Estructura Organizativa del Centro Escolar (Tema 2)

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ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS

DEL CENTRO ESCOLAR

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE UN CENTRO

ORGANOS DE GOBIERNO ORGANOS DE

REPRESENTACIÓN

ORGANOS DE

COORDINACIÓN DOCENTE

UNIPERSONALES

(E.D)

COLEGIADOS

-DIRECTOR

-JEFE DE ESTUDIOS

- SECRET.

CLAUSTRO

DE

PROFES.

CONSEJO

ESCOLAR

ASOCIACIONES

PADRES

DE

ALUMNOS

ALUMNOS

-TUTORES

-EQUIPOS DE CICLO

-DEPARTAMENTOS

-COMISIÓN DE

COORDINACIÓN

PEDAGÓGICA (C.C.P.)

- EQUIPO DOCENTE

JMGB

Referencia de la LOE a órganos de gobierno y

coordinación docente

• La LOE regula en su Título V, Capítulos III y IV, los órganos colegiados

de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos, así

como la dirección de los mismos.

(Artículos 126 a 139). Concretamente:

• Consejo Escolar, composición y competencias.

• Claustro, composición y competencias.

• Se menciona a los órganos de coordinación docente que serán

regulados por las administraciones educativas.

• Se denomina al equipo directivo como órgano ejecutivo y se presta

especial atención al Director, detallando sus competencias, proceso de

selección, evaluación y reconocimiento.

JMGB

COMPONENTES

Miembros natos Miembros elegidos

Director Profesores Representante

organizaciones

empresariales

Jefe de Estudios Padres de alumnos Representante del

personal de atención ed.

complementaria

Secretario (con voz y sin

voto)

Representante PAS Persona que impulse

medidas para fomentar la

igualdad entre H y M

Representante Ayto. Alumnos (1º ESO)

CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO

JMGB

COMPETENCIAS

Aprobar y evaluar la PGA sin perjuicio de las competencias del claustro

Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados

por los candidatos

Participar en la selección del director

Decidir sobre la admisión de alumnos

Conocer la resolución de conflictos de disciplina

Analizar y valorar el funcionamiento del centro y la evolución del rendimiento

escolar

CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO

CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO

• ES EL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LOS DIFERENTES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

• UN REPRESENTANTE DE LOS PADRES SERÁ DESIGNADO POR LA A.M.P.A.

• LOS ALUMNOS DE PRIMARIA ESTARÁN REPRESENTADOS CON VOZ PERO SIN VOTO EN LAS CONDICIONES QUE ESTABLEZCA EL P.E.C.

CONSEJO ESCOLAR.

REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.

• EN DÍA Y HORA POSIBLE PARA TODOS SUS MIEMBROS

• EN CONVOCATORIAS ORDINARIAS, ORDEN DEL DÍA Y DOCUMENTACIÓN CON UNA SEMANA DE ANTELACIÓN

• EN CONV. EXTRAORDINARIAS CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 48 H.

CONSEJO ESCOLAR.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.

• UNA VEZ AL TRIMESTRE, SIEMPRE

QUE LO CONVOQUE EL DIRECTOR, O

CUANDO LO SOLICITE AL MENOS UN

TERCIO DE SUS MIEMBROS.

• LA ASISTENCIA SERÁ OBLIGATORIA

PARA TODOS SUS MIEMBROS

CONSEJO ESCOLAR. COMISIONES

• COMISIÓN DE CONVIVENCIA

• COMISIÓN ECONÓMICA

• COMISIÓN DEL COMEDOR ESCOLAR

• COMISIÓN DE GRATUIDAD DE LIBROS

• COMISIÓN PERMANENTE

• TODAS LAS QUE SE ESTIMEN OPORTUNAS

CONSEJO ESCOLAR.

ELECCIÓN Y RENOVACIÓN

• PROCEDIMIENTO DURANTE EL

PRIMER TRIMESTRE DEL CURSO, POR

MITADES CADA DOS AÑOS DE CADA

UNO DE LOS SECTORES

REPRESENTADOS.

COMPOSICIÓN DEL CLAUSTRO

• SERÁ PRESIDIDO POR EL DIRECTOR

• ESTARÁ INTEGRADO POR LA

TOTALIDAD DE LOS PROFESORES

QUE INTEGRAN EL CENTRO EN ESE

MOMENTO.

JMGB

COMPETENCIAS

Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración

de los proyectos del centro y de la PGA

Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de

los proyectos

Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de

alumnos

Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados

por los candidatos y participar en la selección del mismo

Analizar y valorar el funcionamiento general del centro y la evolución del

rendimiento escolar

Conocer la resolución de conflictos disciplinarios

CLAUSTRO DE PROFESORES

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL

CLAUSTRO

• SE REUNIRÁ COMO MÍNIMO UNA VEZ AL TRIMESTRE, Y SIEMPRE QUE LO CONVOQUE EL DIRECTOR O UN TERCIO DE SUS MIEMBROS

• SERÁ PRECEPTIVA UNA SESIÓN A PRINCIPIO DE CURSO Y OTRA AL FINAL DEL MISMO.

• LA ASISTENCIA ES OBLIGATORIA PARA TODOS SUS MIEMBROS.

ÓRGANOS UNIPERSONALES

EL EQUIPO DIRECTIVO

• EL DIRECTOR.

Se ocupa de los aspectos de carácter organizativo, representativo y de gestión. – FUNCIONES:

• Toma de decisiones

• La programación y evaluación de los procesos y resultados

• La comunicación

• La coordinación intra y extraescolar

• La solución de conflictos

ÓRGANOS UNIPERSONALES

EL EQUIPO DIRECTIVO

• EL JEFE DE ESTUDIOS

Asume las competencias pedagógicas del Equipo Directivo, respondiendo a las siguientes funciones: – Función académica

– Función planificadora-temporal y de agrupamiento de alumnos

– Funciones orientadoras

– Funciones de coordinación docente

– Funciones convivenciales y disciplinarias.

ÓRGANOS UNIPERSONALES

EL EQUIPO DIRECTIVO

• El J.E. será maestro funcionario definitivo en el centro, designado por el Director, comunicado a la comisión de selección y nombrado por el/la Delegado/a Provincial.

• La duración de su mandato será la del Director.

• Podrá cesar por renuncia motivada, cese del director, traslado, excedencia, a propuesta del Director o por incumplimiento grave de sus funciones

• Podrá ser sustituido provisionalmente por el profesor que designe el Director.

ÓRGANOS UNIPERSONALES

EL EQUIPO DIRECTIVO

• EL SECRETARIO

Requiere dedicación, orden, sistematicidad y honradez personal. Los sectores en los que se desenvuelve su gestión son: – Legislación

– Documentación administrativa y académica

– Funciones de custodia y organización de recursos y medios didácticos

– Gestión económica

– Información y atención al público

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

• EQUIPOS DE CICLO

Todos los maestros que imparten docencia en él, y se encargan de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo, bajo la supervisión del jefe de estudios. Deben elaborar las Programaciones Didácticas y mantener actualizada la metodología. Organizan todas las actividades complementarias y extraescolares. Cada ciclo estará dirigido por un Coordinador, para cada curso, que será un maestro definitivo con docencia en ese ciclo

• COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Estará integrada por el Director, el Jefe de Estudios, los Coordinadores de Ciclo y el Orientador del Centro. Actuará de secretario el profesor de menor edad.

La Comisión de Coordinación Pedagógica y se reunirá con una periodicidad mensual. Celebrará, además, una sesión extraordinaria al comienzo de curso y otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias.

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

La Comisión de Coordinación Pedagógica deberá tener establecidas las directrices generales para la elaboración y revisión de las Programaciones Didácticas antes del comienzo de la elaboración de las mismas. Asimismo, la Comisión deberá establecer durante el mes de septiembre, y antes del inicio de las actividades lectivas, un calendario de actuaciones para la actuación con los alumnos de n.e.e.

• TUTORES

La tutoría y orientación de alumnos forma parte de la función docente. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor designado por el Director a propuesta del Jefe de Estudios que coordinará el trabajo de todos.

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE