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Estudio de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Patrimonial suscrita por el SESCAM.
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Indice
Historia y Origen de la Cobertura.
Preliminar.
Definiciones.
Objeto y Extensión del Contrato.
Condiciones de Cobertura.
Condiciones Económicas.
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Historia y Origen de la Cobertura
Antigua demanda sindical (decada de los ochenta). Diferentes periodos y compañias aseguradoras.
Efecto del aseguramiento sobre:
– Usuarios.
– Profesionales Sanitarios.
– Estructuras Administrativas (Hospitales).
Opciones que toman las Administraciones Sanitarias Españolas
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Preliminar
Declaración de Gran Riesgo. (Art. 44. 2º parrafo Ley 50/80 LCS).
– El SESCAM tiene la consideracion de gran riesgo.
– El presente contrato no está sometido a la LCS, siendo unicamente aplicable dicha Ley en defecto de pacto expreso.
– Delimitación temporal de la cobertura.
Administracion del Contrato: UTE MARSH - CCM Multiseguros.
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Definiciones
Tomador del seguro
Tendrá la condición de Contratante del seguro el SESCAM
Asegurador
Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.
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Definiciones
Asegurados.
– SESCAM.
– Centros dependientes del SESCAM.
– En general, personal dependiente, cualquiera que fuera su situación
administrativa, en el ejercicio de sus actividades profesionales por
cuenta del SESCAM.
– Herederos y familiares de cualquiera de los Asegurados anteriores.
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Definiciones
Actividad.
Prestación de Servicios Públicos de asistencia sanitaria y actividades conexas.
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Definiciones
Terceros
– Cualquier persona física o jurídica distinta del tomador del seguro y de los Asegurados, siempre que acredite haber sufrido perjuicios o daños evaluables económicamente, como consecuencia de las actividades del SESCAM y su personal dependiente.
– Los asegurados en cualquiera de las situaciones siguientes:
En su calidad de usuarios de la asistencia y de los servicios del SESCAM.
En su calidad de personal empleado, en el caso de la responsabilidad civil patronal
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Definiciones
Daños y Perjuicios Indemnizables
– Daños corporales: Muerte, lesiones u otros atentados a la integridad fisica o la salud de las personas.
– Daños Materiales: Destrucción, deterioro o pérdida de cosas o animales.
– Daños Morales derivados de daños corporales.
– Perjuicios económicos consecutivos a un previo daño
cubierto: Pérdidas económicas ocasinadas como consecuencia
directa de los daños corporales o materiales indemnizables
sufridos por el reclamante de dicha pérdida.
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Definiciones
Siniestro.
– Todo hecho del que pueda resultar responsable el asegurado, siempre que sea objeto de cobertura y de acuerdo con las condiciones pactadas.
– Claúsula Unidad de Siniestro: Se considera un solo y unico siniestro la sucesion de hechos derivados de un mismo origen o causa.
Sumas Aseguradas.
– Suma Asegurada por siniestro.
– Suma Asegurada por periodo de seguro.
– Suma Asegurada por víctima.
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Definiciones
Responsabilidad.
El objeto de esta cobertura abarca dos vertientes:
– Responsabilidad civil. ( Derecho Privado)
– Responsabilidad patrimonial de la Administración Publica. (Ley 30/1992 de 26 de noviembre de RJAP).
Se distinguen las siguientes responsabilidades:
– Responsabilidad Profesional. Como consecuencia del ejercicio profesional tanto en la actividad sanitaria como no sanitaria.
– Responsabilidad de Explotación. Como consecuencia de la utilización de las instalaciones afectas a la actividad.
– Responsabilidad Patronal. Por accidentes de trabajo.
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Objeto y Extensión del Contrato
Objeto del Seguro
– Aseguramiento de las consecuencias económicas derivadas de la responsabilidad profesional, de explotación y patronal que pudiera corresponder a los Asegurados, por daños corporales o materiales y perjuicios económicos consecutivos, causados por acción u omisión a terceros en el ejercicio de sus actividades y competencias.
Quedarán aseguradas:
– El pago de las indemnizaciones que se deriven de la responsabilidad asegurada.
– Los costes y gastos judiciales y extrajudiciales.
– Prestación de Fianzas.
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Objeto y Extensión del Contrato
Ambito Geográfico de la Cobertura
Daños sobrevenidos en el territorio nacional, declarados en España y que
den lugar a responsabilidades reconocidas por tribunales españoles o de
cualquier otro estado de la Unión Europea.
Ambito Temporal de la Cobertura
– Daños y perjuicios derivados de actos u omisiones del Asegurado que se produzcan con anterioridad y durante la vigencia del contrato y que sean reclamados durante el mismo periodo de vigencia.
– Igualmente, los que se hayan producido durante la vigencia de la póliza,
y se reclamen durante los seis meses siguientes a la cancelación del
contrato (periodo de descubrimiento).
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Condiciones de Cobertura
Riesgos Cubiertos
– El presente contrato se suscribe como un todo riesgo de
responsabilidad, de forma que, salvo aquellas
responsabilidades expresamente excluidas, todas las demás se
encuentran cubiertas hasta los límites más adelante indicados.
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Condiciones de Cobertura
A título meramente enunciativo y no limitativo se garantizan las siguientes responsabilidades del Asegurado:
Riesgos Profesionales derivados de:
– La asistencia médica, de enfermería, quirúrgica y farmacéutica, ordinaria y de urgencia, en atención primaria y especializada.
– La asistencia prestada con carácter de ayuda humanitaria.
– La actuación en la atención domiciliaria y traslado de enfermos.
– Las actividades de administración, dirección, mantenimiento, etc.
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Condiciones de Cobertura
Riesgos Generales de Explotación derivados de:
– La propiedad de bienes muebles e inmuebles afectos a la actividad descrita.
– La condición de promotor o constructor de obras o instalaciones menores.
– La distribución y suministro de alimentos y bebidas.
– Los servicios de vigilancia y seguridad.
– La contaminación accidental de aire, agua y suelo.
– El transporte y las mercancías transportadas, operaciones de carga, descarga y almacenamiento.
– Trabajos realizados para el Asegurado o por cuenta de él por adjudicatarios, concesionarios, contratistas y subcontratistas.
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Condiciones de Cobertura
Riesgo de Responsabilidad Patronal o por Accidente de Trabajo.
– Por los accidentes de trabajo sufridos por el personal que tenga la condición de Asegurado ocurridos en el desarrollo de la actividad asegurada.
– Asimismo, por los accidentes de trabajo sufridos por otros contratista, subcontratistas propios o ajenos y el personal dependiente de todos ellos.
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Condiciones de Cobertura
Fianza y Defensa.
– La defensa del Asegurado, incluso contra reclamaciones infundadas, en cualquier procedimiento judicial, así como los honorarios y gastos.
– La defensa del Asegurado por los Abogados y Procuradores en los Procedimientos que se les siguiera.
– La constitución de las fianzas judiciales exigidas.
– La constitución de la fianza que en causa criminal se les exigiera
para asegurar su libertad provisional.
– La constitución de la totalidad de la fianza.
– El pago de todos los costes y gastos judiciales y extrajudiciales
que sobrevinieran a consecuencia del siniestro.
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Defensa jurídica:
Para las reclamaciones contra las agresiones al personal del SESCAM
Asistencia jurídica (asesoramiento y orientación)
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Condiciones de Cobertura
Riesgos Excluidos:
En ejecución de actos administrativos normativos. Intervenciones médicas o quirúrgicas, y actividades sanitarias no
incluidas en la Asistencia de la Seguridad Social.
– Utilización de procedimientos curativos y de medios ajenos a la buena y reconocida práctica médica o que no hayan recibido reconocimiento de entidades científicas o de profesionales médicos de reconocido prestigio.
– Las consecuencias de recetar y/o administrar productos farmacéuticos no aprobados por la Autoridad Sanitaria.
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Condiciones de Cobertura
– Los daños a los inmuebles de terceros utilizados por el
asegurado para el desarrollo de su actividad.
– Daños meramente estéticos por no haber obtenido la finalidad
propuesta en la operación de cirugía plástica, no reparadora.
– Actos dolosos o derivados de la infracción o incumplimiento
voluntario e injustificado de las normas que rigen las actividades
objeto del seguro, con excepción de la responsabilidad que
pudiera corresponder al SESCAM por actos de su personal
dependiente.
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Condiciones de Cobertura
El pago de multas, penalizaciones y sanciones. Cualquier daño inmaterial o perjuicio económico que no sea
consecuencia directa de daños materiales y/o corporales, garantizados por el contrato.
La realización de ensayos clínicos, tal y como se encuentran regulados en el R.D. 561/1993, de 16 de abril.
– La responsabilidad derivada de daños causados por cualquier
artefacto, nave o aeronave destinados a la navegación o
sustentación acuática o aérea.
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Condiciones de Cobertura
Las responsabilidades que deban ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio.(Instalaciones radiactivas y Vehiculos a motor)
Los daños por hechos de guerra civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios.
Las reclamaciones por asbestosis o cualquiera otra enfermedad, incluido el cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan.
Utilización de prótesis de silicona blanda (soft silicona).
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Condiciones de Cobertura
Exclusiones específicas para la cobertura de responsabilidad civil patronal o por accidentes de trabajo:
Hechos que no sean calificados como accidente de trabajo o que estén excluidos del seguro de accidentes de trabajo, así como las reclamaciones de trabajadores que no estén dados de alta a los efectos del seguro obligatorio de accidentes de trabajo o no tengan el seguro obligatorio del régimen especial procedente.
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Condiciones de Cobertura
Las indemnizaciones y gastos de asistencia por enfermedad profesional o bien por enfermedades no profesionales que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, así como el infarto de miocardio, trombosis, hemorragia cerebral y enfermedades de similar etiología, salvo que sea calificada como accidente de trabajo.
Multas y sanciones. Incumplimiento de las obligaciones contractuales del
empleador de carácter general de las que no se deriven daños corporales.
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Condiciones Económicas
Suma Asegurada por siniestro
Responsabilidad Profesional: 1.200.000 Euros. Responsabilidad Explotación: 3.005.060 Euros. Responsabilidad Patronal: 3.005.060
Euros.
Suma Asegurada por anualidad de seguro: 11.000.000 Euros.
Suma Asegurada por víctima: 600.000 Euros.
Franquicia: 3.000 Euros.
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