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Funcionamiento del sector eléctrico en Uruguay
MARCO REGULATORIO
eléctrico en Uruguay
Dr. Ing. Mario VignoloDr. Ing. Mario Vignolo
20 de agosto de 2009
EL SECTOR ELÉCTRICO TRADICIONAL
GENERACIÓN
TRASMISIÓN
Producción electricidad
Transporte
DISTRIBUCIÓN
COMERCIALIZACIÓN
Transporte
Consumo electricidad
¿PUEDE SEPARASE LA ELECTRICIDAD DE SU TRANSPORTE?
GENERACIÓN
TRASMISIÓN
DISTRIBUCIÓN
COMERCIALIZACIÓN
¿PUEDE SEPARASE LA ELECTRICIDAD DE SU TRANSPORTE?
� IDEA FUNDAMENTAL:
LA ENERGÍA ELÉCTRICA COMO PRODUCTO PUEDE SEPARASECOMERCIALMENTE DE SU COMERCIALMENTE DE SU TRANSPORTE COMO SERVICIO
¿PUEDE SEPARASE LA ELECTRICIDAD DE SU TRANSPORTE?
� Aparece un mercado para la energía eléctrica� Este mercado está abierto a nuevos
generadores y consumidores� El análisis económico para este modelo es el de
análisis de las transacciones:análisis de las transacciones:– ¿cuál es el producto vendido y comprado?– ¿a qué hora, en qué lugar?– ¿quién es el comprador, quién es el vendedor?
– ¿cuál es el precio, cómo es determinado?
EL MERCADO ELÉCTRICO
Gen GenGenGen
Red de trasmisión
Mercado Mayorista
Comer Comer Comer
Red de distribución
Mercado Minorista
Consumidor Consumidor Consumidor
Consumidor
EL MERCADO ELÉCTRICO
� Necesita balance instantáneo entre oferta y demanda– Limitada capacidad de almacenamiento– Sin un sustituto en el corto plazo
� Muy alto valor de la continuidad del � Muy alto valor de la continuidad del suministro– Una discontinuidad en el funcionamiento del
mercado es intolerable– La demanda es inelástica
EL MERCADO ELÉCTRICO
� Los productores y consumidores están vinculados a través de una red– ¿Dónde se encuentra el mercado?– ¿Cuál es el efecto en el precio?– ¿Cuál es el efecto en la continuidad de suministro?¿Cuál es el efecto en la continuidad de suministro?
� ¿Puede operar el mercado sin un control centralizado?
EL MERCADO ELÉCTRICO
• Sistema de Trasmisión
• Sistema de Distribución
Operador del MercadoRegulado
DesreguladoOPERADOR
DEL SISTEMA
GENERADORES CONSUMIDORESComercializadores
Desregulado
Info + $
Potencia
DEL SISTEMA
EL PRECIO DE LA ENERGÍA
CDistCTrasPPms
++=
• CTras y CDist: tarifas reguladas (trasmisión • CTras y CDist: tarifas reguladas (trasmisión y distribución)
• Pm : Precio de compra de la energía en el mercado mayorista
LAS DIMENSIONES DE LOS CAMBIOS
� EL PROCESO DE CAMBIO MUESTRA DOS DIMENSIONES DIFERENTES QUE DEBEN SER TRATADAS EN FORMA INDEPENDIENTE:– REESTRUCTURA PROPIAMENTE DICHA – REESTRUCTURA PROPIAMENTE DICHA – CAMBIOS EN LA PROPIEDAD DE LOS
ACTIVOS
REESTRUCTURA
� Se refiere a los cambios a la forma de articulación entre las etapas, independizándolas en su gestión e introduciendo competencia donde sea posible de acuerdo a la evolución actual de la tecnología.Se refiere además a gran parte de los nuevos � Se refiere además a gran parte de los nuevos diseños regulatorios que necesariamente deben ser externos a cualquiera de los agentes participantes.
CAMBIOS EN LA PROPIEDAD
� Obedecen a visiones de orden económico, político y social pudiendo adoptar múltiples soluciones
DINÁMICA ACTUAL DE LAS ESTRUCTURAS DE LA INDUSTRIA
� PROPIEDAD– (I) DEL ESTADO CON GESTIÓN DEL
EJECUTIVO– (II) DEL ESTADO CON GESTIÓN
INDEPENDIENTE (EMPRESA)INDEPENDIENTE (EMPRESA)– (III) PRIVADA
DINÁMICA ACTUAL DE LAS ESTRUCTURAS DE LA INDUSTRIA
� ESTRUCTURA– (I) NO EXISTE COMPETENCIA– (II) COMPETENCIA EN GENERACIÓN
SOLAMENTE
– (III) COMPETENCIA EN GENERACIÓN Y MAS DE UN AGENTE DEMANDANTE INDEPENDIENTE UN AGENTE DEMANDANTE INDEPENDIENTE LIMITADO POR LA ESCALA DISPUESTA POR EL REGULADOR.
– (IV) MULTIPLICIDAD DE AGENTES OFERENTES Y DEMANDANTES SIN LÍMITES DE ESCALA. COMPETENCIA PLENA
LA MATRIZ ESTRUCTURA/PROPIEDAD
Modelo
1
Modelo
2
Modelo
3
Modelo
4
Repartición
del Gobierno
Corporación
ESTRUCTURA
PROP/ Reino UnidoCorporación
Pública
Corporación
Privada
/GESTIO�
Reino Unido
Reino Unido
ArgentinaChile
ArgentinaChile
URUURU
SECTOR ELÉCTRICO EN EL URUGUAY - EL MODELO
� La ley N°16832 de 1997 divide el Sector Eléctrico en tres etapas: generación, trasmisión y distribución
� Los Reglamentos General, de MMEE, de Trasmisión y de Distribución reglamentan la Ley Trasmisión y de Distribución reglamentan la Ley (Decretos del PE)
� Competencia en generación � Trasmisión y Distribución reguladas (monopolios
naturales)
SECTOR ELÉCTRICO EN EL URUGUAY - EL MODELO
� Distribuidoras operan como monopolios geográficos
� Acceso abierto a las redes� Participante predominante: empresa pública
verticalmente integrada (UTE) verticalmente integrada (UTE)
SECTOR ELÉCTRICO EN EL URUGUAY - EL MODELO
� Separación en el Estado entre�Política energética: MIEM�Regulación: URSEA�Actividad empresarial: UTE�Operador del mercado y del sistema: ADME�Operador del mercado y del sistema: ADME
SECTOR ELÉCTRICO EN EL URUGUAY - EL MODELO
� LA INDUSTRIA ELÉCTRICA ANTES DE LA LEY 16.832
TRASMISIÓ�
GE�ERACIÓ�
UTE: EMPRESA
SALTOGRA�D
E
GE�ERACIÓ�DE LA REGIÓ�
DISTRIBUCIÓ�
UTE: VERTICALMENTE
INTEGRADA
USUARIOS
SECTOR ELÉCTRICO EN EL URUGUAY - EL MODELO
� LA INDUSTRIA ELÉCTRICA SEGÚN LA LEY
GENERADOR
DE LA
REGIÓN
OTRA
GENERACIÓN
URUGUAYA
SALTO
GRAND
E
UTEGE�ERADOR
TRASMISIÓ�
MERCADO MAYORISTA
UTE DISTRIBUIDOR
GRA�DES CO�SUMIDORES CO�SUMIDORES REGULADOS
MERCADO MAYORISTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
� Es donde se comercializan la generación y el consumo de energía eléctrica
� Son agentes del mercado mayorista de energía eléctrica los generadores, trasmisores, distribuidores y grandes consumidores
� Declara de libre acceso el sistema de Transmisión y � Declara de libre acceso el sistema de Transmisión y Distribución, para Generadores y Consumidores, debiendo éstos pagar los peajes que correspondan
� Los generadores podrán celebrar contratos de suministros directamente con distribuidores y grandes consumidores
MERCADO MAYORISTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
� DECRETO 360 / 2002, Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica: Establece en detalle el funcionamiento del mercado mayorista, de los contratos y del mercado spot, de las importaciones y exportaciones de energía, las reglas de despacho económico, y los derechos y obligaciones de los agentes y participantes, así como las disposiciones relativas a la ADME.como las disposiciones relativas a la ADME.
� DECRETO 278 / 2002, Reglamento de Trasmisión de Energía Eléctrica: Establece el régimen de ampliaciones del sistema de trasmisión, el régimen tarifario incluyendo la metodología de cálculo de los peajes, el régimen de calidad y los derechos y obligaciones de los usuarios.
MERCADO MAYORISTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
� DECRETO 277 / 2002, Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica: Establece los derechos y obligaciones de los usuarios de la distribución, las disposiciones particulares para la generación conectada a dicha red (entre ellas la Generación Distribuida), el régimen tarifario y la estructura tarifaria.y la estructura tarifaria.
CAMBIOS POSTERIORES DE LA REGLAMENTACIÓN / Precio Spot
� DECRETO 241 / 2007, “El Precio Spot de la energía en un nodo de la red de transmisión, es el costo marginal de abastecer un incremento de demanda en ese nodo, dentro de los Criterios de Desempeño Mínimo y teniendo en cuenta el costo marginal de corto plazo de transmisión, con los ajustes que establece este reglamento, a menos con los ajustes que establece este reglamento, a menos que el cálculo resultante exceda de 250 USD/MWh, en cuyo caso el Precio Spot de la energía será igual a 250 USD/MWh.”
CAMBIOS POSTERIORES DE LA REGLAMENTACIÓN / Precio Spot
Promedio
100,0
150,0
200,0
250,0
300,0
Promedio
0,0
50,0
01/0
1/20
04
01/0
4/20
04
01/0
7/20
04
01/1
0/20
04
01/0
1/20
05
01/0
4/20
05
01/0
7/20
05
01/1
0/20
05
01/0
1/20
06
01/0
4/20
06
01/0
7/20
06
01/1
0/20
06
01/0
1/20
07
01/0
4/20
07
01/0
7/20
07
01/1
0/20
07
01/0
1/20
08
01/0
4/20
08
01/0
7/20
08
01/1
0/20
08
01/0
1/20
09
01/0
4/20
09
CAMBIOS POSTERIORES DE LA REGLAMENTACIÓN / Peajes trasmisión
� Decreto 44 / 2007: Fija la remuneración de Transmisión en $U 2.676.000.000 (aprox. 110 MMUSD).
� Decreto 228 / 2007: Fija dos metodologías (Anexo I y Anexo II). Anexo II es transitorio durante 4 años.
� Decreto 332 / 2007: Fija los valores de peajes transitorios.
CAMBIOS POSTERIORES DE LA REGLAMENTACIÓN/Contratos renovables
� Decreto 77 / 2006: Habilita la posibilidad que UTE efectúe una licitación para contratar energía eléctrica generada a partir de fuentes renovables:– 60 MW en total (20 MW eólica, 20 MW biomasa, 20
MW hidroeléctrica)– Potencia máxima instalada 10 MW– Potencia máxima instalada 10 MW– Despacho libre y exoneración de cargos de peaje– Contratos por un máximo de 20 años– Durante la vigencia del contrato no pueden vender
a terceros
CAMBIOS POSTERIORES DE LA REGLAMENTACIÓN/Contratos renovables
� Decreto 397 / 2007: Modifica el Decreto 77/2006 de la compra de energía renovable:
– Potencia máxima instalada 20 MW en vez de 10 MW, aunque la potencia máxima a contratar por UTE se mantiene en 10 MW
– Si la potencia instalada es mayor a 10 MW, la potencia a contratar por UTE representará al menos el 50 % (solo contratar por UTE representará al menos el 50 % (solo aplicable si para las que inyecten más de 10 MW, de acuerdo a decreto aclaratorio Nº 299/2008)
– Durante la vigencia del contrato no pueden vender a terceros pero se puede vender la remanente en el Mercado Spot
SITUACIÓN ACTUAL DEL SECTOR ELÉCTRICO
TRASMISIÓ�
GE�ERACIÓ�
UTE: EMPRESA
SALTOGRA�D
E
GE�ERACIÓ�DE LA REGIÓ�
PRIVADOS
GE�ERADORES
PRIVADOS
DISTRIBUCIÓ�
UTE: EMPRESAVERTICALMENTE
INTEGRADA
USUARIOS
CONCLUSIONES
� El Mercado Eléctrico tal cual fue concebido en la Ley de Marco Regulatorio y Decretos reglamentarios de 2002 no se encuentra aún implementado
� Con los nuevos decretos asociados a las � Con los nuevos decretos asociados a las renovables el modelo actual en práctica es más bien asimilable a un modelo de comprador único (aunque limitado por ahora en la potencia) con una participación predominante de UTE
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