pueden incurrir en la infracción M-3 siaños para obtener una nueva licencia de conducir. 4.-Las...

Preview:

Citation preview

"Año de la Diversificación ProductivazyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAy Fortalecimiento de la Educación""Decenio de las Personas Con Discapacidad en el Perú"

REVALIDACIÓN DE LICENCIASDE CONDUCIR

Se comunica al público en general que con fecha24 de setiembre del 2015 se ha expedido el D.S. N°009-2015-MTC que establece lo siguiente:

1. Las licencias de conducir deben revalidarse30 días calendarios antes de su vencimiento.

2.- Después de esta fecha pierden su vigencia ypueden incurrir en la infracción M-3 simanejan con licencia vencida.

3.- Con la infracción M-3 se les inhabilita tres (03)años para obtener una nueva licencia deconducir.

4.-Las licencias de conducir vencidas después del25 de setiembre del 2015, se les puede revalidarhasta en un plazo máximo de tres (03) meses.

5.- Las licencias de conducir vencidas antes del25-09-2015 están anuladas y no puedenrevalidarse, recategorizarse ni obtenerduplicado. El sistema Nacional de Conductoresno lo permite.

Se les recomienda efectuar su trámite con la debidaantelación para no incurrir en infracciones.

La Dirección.