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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
11. En el capítulo de "Contenido de la Proposición", se reproducen en
términos generales, los motivos y alcance de la Proposición con Punto de
Acuerdo en estudio, y se hace una breve referencia de los temas que la
componen.
111. En el capítulo de "Consideraciones", los integrantes de esta Comisión
expresan los argumentos de valoración de la Proposición con Punto de
Acuerdo y de los motivos que sustentan la decisión de aprobarla con
modificaciones.
l. ANTECEDENTES
1. En sesión celebrada con fecha 5 de diciembre de 2019, por el Pleno de la
Cámara de Senadores de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión,
la Mesa Directiva recibió la Proposición con Punto de Acuerdo en relación
con el cumplimiento irrestricto de la Ley Federal de Sanidad Vegetal ;
presentada por el Senador José Narro Céspedes, del Grupo
Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional, la
Senadora Minerva Hernández Ramos y el Senador Juan Antonio Martín
del Campo Martín del Campo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción
Nacional.
2 Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de
la República, dispuso que dicha Proposición con Punto de Acuerdo fuera
turnada a la Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Rural.
3. Una vez remitida la Proposición con Punto de Acuerdo citada, esta
Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural procedió a
su estudio, análisis y valoración, a efecto de elaborar el presente
Dictamen .
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
11. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO
En este apartado, se hace una referencia general de los hechos que motivaron
a las y los proponentes a presentar la Proposición con Punto de Acuerdo en
Dictamen, así como las diversas consideraciones en que fundan su contenido.
De acuerdo con esta proposición, se analizó el contenido de la Ley Federal de
Sanidad Vegetal, señalando que esta es responsable de la disposición del marco
en materia fitosanitaria; asimismo, se puntualizan ciertos artículos de dicho
dispositivo legal, como lo es el artículo 3°, el cual menciona que la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) está encargada de establecer las
medidas fitosanitarias , tomando en cuenta características específicas; el artículo
r señala que, las atribuciones de dicha Secretaría serán establecidas en normas
oficiales mexicanas, acuerdos, lineamientos u otras disposiciones legales
aplicables, las cuales serán publicadas por el Diario Oficial de la Federación; y
el artículo 20°, el cual menciona los requisitos para que dichas normas oficiales
mexicanas puedan ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Una vez analizada dicha Ley, se expresan ciertas irregularidades e
inconsistencias dentro de los procesos de importación señalados, como lo es la
falta de mandato legal en el ejercicio de modificación de requisitos, distensión en
los requisitos fitosanitarios provocando un bajo control de los organismos vivos
que ingresan al país, incumplimiento por parte del gobierno respecto a la tutela
sanitaria, falta de justificación legal para ingresar al territorio el producto
estadounidense, falta de garantía a los productores de un producto idóneo e
inocuo, vulnerabilidad del sector nacional, incompetencia para advertir algún
riesgo ambiental y favorecimiento a los actos de corrupción.
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
Por tal razón, la y los Senadores promoventes, a través de esta propuesta, hacen
un llamado para que el Senado de la República exhorte a la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural para que, en el ámbito de sus facultades, observe
el cumplimiento irrestricto de la Ley Federal de Sanidad Vegetal en cuanto a los
requisitos para la importación de maíz y trigo, para uso y consumo y/o industrial
con origen y procedencia de los Estados Unidos de América, a efecto de que:
i) Se aplique el tratamiento fitosanitario ya sea en origen o punto de
ingreso en el país, para evitar la introducción y diseminación de plagas;
ii) Se establezcan medidas necesarias para la importación de
mercancías reguladas, con la finalidad de preservar y conservar el
estatus fitosanitario del país, proteger a los productos nacionales, a los
consumidores de bienes y productos de origen vegetal y a la sociedad
en g~neral.
111. CONSIDERACIONES
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 190 fracción VIl, en
relación con el 277 numeral 1 del Reglamento del Senado de la República, esta
dictaminadora, estima pertinente precisar las siguientes consideraciones:
ÚNICA. La Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural del
Senado de la República, es un órgano legislativo de carácter ordinario y
permanente, creado para el despacho de los asuntos y cuestiones relacionadas
con la materia propia de su denominación, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 85 numeral 2 inciso a), 86 y 89 numeral 1 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 113, 117 y 178
numerales 1 y 2 del Reglamento del Senado de la República; así como el
resolutivo tercero numeral 2 del "Acuerdo de la Junta de Coordinación Política
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
por el que se constituyen y se integran las Comisiones Ordinarias que
funcionarán durante la LXIV Legislatura", de fecha 25 de septiembre de 2018. En
consecuencia, es competente para conocer y dictaminar la Proposición con
Punto de Acuerdo en relación con el cumplimiento irrestricto de la Ley Federal
de Sanidad Vegetal.
Esta dictaminadora hace suya la preocupación de los Senadores proponentes
para que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) implemente
las acciones administrativas de inspección y vigilancia, a efecto de que se dé
cabal cumplimiento a los requisitos de importación de maíz y trigo para uso y
consumo regional, y exhortamos a la Secretaría para que, a la brevedad posible,
implemente los mecanismos de control fitosanitario correspondientes.
Sin embargo, es necesario mencionar que en la estructura interna de la SADER
existe el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
(SENASICA), organismo desconcentrado que tiene la competencia y
atribuciones legales para atender todos los temas relacionados con la sanidad e
inocuidad de los productos que ingresan al territorio mexicano. En este sentido,
la Comisión que suscribe el presente dictamen considera necesario exhortar
a la Secretaría en general y al SENASICA en particular, para efecto de que
se implemente de manera inmediata las acciones administrativas de inspección
y vigilancia dispuestas en la Ley de Sanidad Vegetal.
A mayor abundancia, el artículo 3° de la Ley de Sanidad Vegetal establece que
corresponde a la SADER implementar las medidas fitosanitarias para asegurar
el nivel adecuado de protección en todo el territorio nacional. Por su importancia,
nos permitimos reproducir a la literalidad la disposición legal anteriormente
citada:
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
Artículo 3o.- Las medidas fitosanitarias que establezca la Secretaría,
serán las necesarias para asegurar el nivel adecuado de protección y
condición fitosanitaria en todo o parte del territorio nacional, para lo
cual tomará en consideración la evidencia científica y en su caso, el análisis
de riesgo de plagas, así como las características agroecológicas de la zona
donde se origine el problema fitosanitario y las de la zonas a la que se
destinen los vegetales, productos o subproductos; buscando proteger y
conservar la fauna benéfica nativa y el equilibrio natural. La Secretaría
establecerá, las medidas para la reducción de riesgos de contaminación en
la producción primaria de vegetales, necesarias para minimizar la presencia
de agentes contaminantes físicos, químicos y microbiológicos, determinados
a través de un análisis de riesgos.
Por su parte, el artículo 23 de la Ley de Sanidad Vegetal también establece que
los vegetales, sus productos o subproductos y cualquier tipo de insumes o
materiales que puedan representar un riesgo fitosanitario, deberán observar
un procedimiento de control ajustado a lo dispuesto por las leyes aplicables y las
Normas Oficiales Mexicanas en la materia.
En este mismo sentido, el artículo 26 de la citada Ley de la materia establece
que cuando la importación o internación de las mercancías implique un riesgo
fitosanitario, su ingreso sólo podrá realizarse por las aduanas y puertos
marítimos, aéreos y terrestres que se determinen en los acuerdos previamente
publicados en el Diario Oficial de la Federación, que para el efecto expidan
conjuntamente los Secretarios de Hacienda y Crédito. Público y la SADER.
Artículo 26.- Cuando la importación o internación de las mercancías
reguladas en este Capítulo implique un riesgo fitosanitario, únicamente
podrá realizarse por las aduanas y puertos marítimos, aéreos y terrestres
que se determinen en los acuerdos que para el efecto expidan
conjuntamente los Secretarios de Hacienda y Crédito Público y de
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL . CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, mismos que
deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Como pude observarse, de las disposiciones jurídicas anteriormente citadas se
desprende que la Secretaría tiene facultades legales para implementar
mecanismos de protección y control fitosanitario, para prevenir cualquier tipo de
plaga en la introducción de mercancías, productos y subproductos en todo el
territorio nacional. En consecuencia , está justificada la intención de los
Senadores promoventes para exhortar a las autoridades administrativas en la
materia, para que cumplan con las disposiciones legales, y se evite un problema
fitosanitario por la falta de control y vigilancia.
A efecto de fortalecer la proposición con punto de acuerdo, quienes suscribimos
el presente dictamen, consideramos necesario ampliar la propuesta para efecto
de que se exhorte directamente al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad
y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), por ser el órgano desconcentrado de
la SADER competente en los temas de inspección y vigilancia fitosanitaria en la
importación de mercancías, productos y subproductos, entre los que se
encuentra el maíz y el trigo .
La competencia del SENASICA en materia de inspección fitosanitaria de las
mercancías que se exportan e importan al país está determinada por su propio
Reglamento Interior. En este instrumento jurídico se especifica que corresponde
al SENASICA proponer a la SADER, la política nacional en materia de sanidad
vegetal, animal , acuícola y pesquera, de inocuidad agroalimentaria, de la
producción orgánica y, de bioseguridad de los organismos genéticamente
modificados y derivados de la biotecnología competencia de la Secretaría, a fin
de reducir los riesgos en la producción agropecuaria y en la salud pública,
fortalecer la productividad agropecuaria y facilitar la comercialización nacional e
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
internacional de las mercancías reguladas, así como coadyuvar con las
instancias de seguridad nacional, en términos de la legislación aplicable.
Es importante mencionar que la desconcentración administrativa tiene por objeto
dar mayor atención a los temas de política pública; para el caso específico, la
desconcentración administrativa otorgada al SENASICA permite a la
SADER atender de manera directa todo lo relacionado con la importación y
exportación de mercancías, productos y subproductos en todo el territorio
nacional, para efecto de brindar un control y vigilancia fitosanitaria.
El Reglamento del SENASICA es preciso respecto de las facultades y
atribuciones que tiene su Titular en Jefe, entre las que destacan:
• Detectar las mercancías de importación que estarán sujetas al
cumplimiento de las disposiciones emitidas por el SENASICA y las
autoridades aduaneras en puntos de entrada al país, por la fracción
arancelaria correspondiente, en términos de las disposiciones jurídicas
aplicables, así como ordenar su publicación en el Diario Oficial de la
Federación conjuntamente con la Secretaría de Economía;
• Detectar las mercancías que estarán sujetas a regulación por parte de
la Secretaría para su movilización, exportación, reexportación y
tránsito, con base en su nivel de riesgo y sujetándose para tal efecto en
las disposiciones jurídicas aplicables; y
• Conducir la activación e instrumentación de los Dispositivos Nacionales
de Emergencia de Sanidad Animal, de Sanidad Vegetal y el de Sanidad
Acuícola, que ordene el secretario mediante acuerdo que se publique en
el Diario Oficial de la Federación.
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA. PESCA Y DESARROLLO RURAL, QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL.
Por todo lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural; que suscribimos el presente
Dictamen, aprobamos con modificaciones la Proposición con Punto de
Acuerdo y nos permitimos someter a la consideración de la Honorable Asamblea
de la Cámara de Senadores de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión,
el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO. El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) para que, en el ámbito de sus facultades
y a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
(SENASICA), observe el cumplimiento irrestricto de la Ley Federal de Sanidad
Vegetal en cuanto a los requisitos para la importación de maíz y trigo, para uso
y consumo y/o industrial con origen y procedencia de los Estados Unidos de
América, a efecto de que:
1) Se aplique el tratamiento fitosanitario ya sea en origen o punto de ingreso en
el país, para evitar la introducción y diseminación de plagas;
11) Se establezcan medidas necesarias para la importación de mercancías
reguladas, con la finalidad de preservar y conservar el estatus fitosanitario del
país, proteger a los productos nacionales, a los consumidores de bienes y
producto de origen vegetal y a la sociedad en general.
Dado en el salón de sesiones del Senado de la República a los 27 días del mes
de febrero del 2020.
COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO
RURAL
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COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
"2020, AÑO DE LEONA VICARIO, BENEMÉRITA MADRE DE LA PATRIA"
QUINTA REUNIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
LISTA DE VOTACIÓN NOMINAL
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN CON EL
CUMPLIMIENTO IRRESTRICTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD
VEGETAL
27 DE FEBRERO DE 2020
Presidente
Sen . José Narro
Céspedes
Secretario
Sen. Juan Antonio
Martín del Ca
Sen. Secretaria
María Antonia
Cárdenas Mariscal
Sen. Gerardo Novelo
Osuna
Sen . Jesusa
Rodríguez Ramírez
9~f .
llftl~~~ COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
Sen. Arturo
Bours Griffith
Sen. Ovidio Salvador
Peralta Suárez
Sen. Cruz
Pérez Cuellar
Sen. Ángel
García Yáñez
Sen. Ma. Leonor
Noyola Cervantes
Sen . Beatriz Elena Paredes Rangel
COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
Sen . Ma. Leonor
Noyola Cervantes
Sen. Joel
Padilla Peña
Sen. María
Guadalupe Saldaña Cisneros
Sen. Antonio
García Conejo
Sen. Ernesto
Pérez Astorga
COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
"2020, AÑO DE LEONA VICARIO, BENEMÉRITA MADRE DE LA PATRIA"
QUINTA REUNIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
LISTA DE ASISTENCIA
27 DE FEBRERO DE 2020
Presidente
Sen . José Narro
Céspedes
Secretario
Sen . Juan Antonio
Martín del Campo
Martín del Campo
Sen. Secretaria
María Antonia
Cárdenas Mariscal
Sen . Gerardo
Novelo Osuna
Sen . Jesusa
Rodríguez Ramírez
Sen. Arturo
Bours Griffith
Sen. Ovidio
Salvador
Peralta Suárez
Sen. Cruz
Pérez Cuellar
Sen. José Erandi
Bermúdez Méndez
Sen. Ángel
García·Yáñez
Sen. Beatriz Elena
Paredes Rangel
COMISIÓN DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
Sen. Ma. Leonor
Noyola Cervantes
Sen. Joel
Padilla Peña
Sen. María
Guadalupe
Saldaña Cisneros
Sen. Antonio
García Conejo
Sen. Ernesto
Pérez Astorga
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