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PROYECTO DE
NORMA TÉCNICA DE SALUD DE LA
UNIDAD PRODUCTORA DE DIAGNÓSTICO
POR IMÁGENES
FINALIDAD
NTS
BASE LEGAL
ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE NTS
UPSS DIAGNOSTICO POR IMAGENES
OBJETIVO
DISPOSICIONES GENERALES
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
RESPONSABILIDADES
DISPOSICIONES FINALES
ÁMBITO DE APLICACIÓN
FINALIDAD
Contribuir a mejorar la calidad de atención que se
brinda en la Unidad Productora de Servicios de
Salud (UPSS) de Diagnóstico por Imágenes de los
establecimientos públicos privados y mixtos del
Sector Salud y en los Servicios Médicos de Apoyo.
OBJETIVOOBJETIVO GENERAL
• Establecer las disposiciones técnicas administrativas que permitanmejorar la calidad de atención que se brinda en la Unidad Productorade Servicios de Salud de Diagnóstico por Imágenes.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Elaborar las disposiciones técnico – administrativas de la UPSS de
Diagnóstico por Imágenes.
Desarrollar una adecuada Gestión de Calidad en la UPSS de Diagnóstico
por Imágenes y en los establecimientos de salud que desarrollan algunas
actividades de la UPSS de Diagnóstico por Imágenes.
Establecer los criterios de calidad y oportunidad para la atención en la
UPSS Diagnóstico por Imágenes y en los establecimientos de salud que
desarrollan algunas actividades de la UPSS de Diagnóstico por Imágenes.
La presente Norma Técnica de Salud es de aplicación en todos los
establecimientos públicos, privados y mixtos del Sector Salud (MINSA, EsSalud,
Fuerzas Armadas y Policía Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales
y subsector privado) que cuentan con la UPSS de Diagnóstico por Imágenes y
en los Servicios Médicos de Apoyo de Diagnóstico por Imágenes que funcionan
en forma independiente de un establecimiento de salud.
Públicos Privados
Ámbito de Aplicación
Mixtos
Definiciones Operativas
UPSS de Diagnóstico por Imágenes
Área dedicada a la ejecución, procesamiento e interpretación de los
estudios con radiaciones ionizantes y no ionizantes (ultrasonido,
resonancia magnética), organizada de manera apropiada para
garantizar la calidad y oportunidad de sus resultados de apoyo al
diagnóstico de las especialidades respectivas, que de acuerdo a su nivel
de complejidad y capacidad resolutiva puede comprender:
• Radiología convencional o general
• Radiología especializada
• Radiología intervencionista
• Densitometría ósea
• Ecografía general
• Ecografía doppler
• Resonancia Magnética
• Tomografía computarizada
• Mamografía.
Definiciones Operativas
Radiología Convencional o General
Uso de radiaciones ionizantes para la evaluación diagnóstica
de órganos y sistemas sin la utilización de medios de
contraste, mediante equipos analógicos o digitales.
Radiología Especializada
Uso de radiaciones ionizantes para la evaluación diagnóstica
de patologías con utilización de medios de contraste.
Radiología Intervencionista
Es la unidad o servicio donde se realiza procedimientos
invasivos con la utilización de radiaciones ionizantes y no
ionizantes, para el diagnóstico y/o tratamiento, haciendo uso o
no de sustancias de contraste o de otro tipo.
Definiciones Operativas
Servicios Médicos de Apoyo
Los servicios médicos de apoyo son unidades productoras de
servicios de salud que funcionan independientemente o dentro
de un establecimiento con internamiento o sin internamiento,
según corresponda, que brindan servicios complementarios o
auxiliares de la atención médica y que tienen por finalidad
coadyuvar en el diagnóstico y tratamiento de los problemas
clínicos.
Radiación ionizante
Radiación de energía suficientemente alta para producir pares
de iones, en una materia o en materias biológicas.
Definiciones Operativas
Radiación no ionizante
Elementos del espectro electromagnético que al interactuar
con los seres vivos no produce ionización (ultrasonido,
resonancia magnética).
Protección y Seguridad
Protección de las personas contra la exposición indebida a la
radiación ionizante y a sustancias radiactivas, así como la
seguridad de las fuentes de radiación, incluidos los medios
para conseguir esa protección y seguridad prevenir
accidentes y atenuar las consecuencias de estos si
ocurrieran.
DISPOSICIONES GENERALES
1. Los establecimientos de salud categorizados como II-1, II-2, III-1
y III-2 deben contar con UPSS de Diagnóstico por Imágenes. Los
establecimientos de salud categorizados como I-4 que cuenten
población asignada deben realizar actividades de
ultrasonografía y radiología convencional para lo cual deben
contar con Médico Cirujano capacitado en Radiología y
ultrasonografía.
2. En los establecimientos de salud que cuentan con UPSS
Diagnóstico por Imágenes, los informes de los estudios con
radiaciones ionizantes y no ionizantes (ultrasonido, resonancia
magnética) deberán ser realizados y firmados por médico
especialista en Radiología.
DISPOSICIONES GENERALES
3. En el caso de establecimientos de salud categorizados como I-4, que
brindan actividades de ultrasonografía y/o radiología convencional y
que no cuentan con médico especialista en radiología, el médico
responsable de la atención realizará el reporte de la descripción de
los hallazgos en la Historia Clínica de acuerdo a su competencia.
4. El equipamiento de la UPSS de Diagnóstico por Imágenes, y de la
unidad donde se realizan las actividades de ultrasonografía y/o
radiología convencional, estará sujeto a la demanda, perfil
epidemiológico y nivel de complejidad del establecimiento de salud.
5. La UPSS de Diagnóstico por Imágenes, según nivel de complejidad
del establecimiento de salud debe contar con recursos humanos,
infraestructura, insumos y reactivos así como con el equipamiento
biomédico necesario para una prestación de servicios en condiciones
de operatividad y seguridad.
DISPOSICIONES GENERALES
6. Los Establecimientos de Salud y los Servicios Médicos de Apoyo
que requieran y utilicen los servicios de diagnóstico por imágenes
brindado por terceros, bajo cualquier modalidad contractual,
deberán cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en
la presente norma técnica.
7. El equipo biomédico empleado en la atención, debe estar sujeto a
mantenimiento preventivo y Correctivo de acuerdo al Plan de
Mantenimiento o cuando se requiera y de acuerdo a las
recomendaciones del fabricante.
8. Se debe garantizar la operatividad de la UPSS durante el horario
de atención del establecimiento.
9. Los informes de los diferentes estudios de diagnóstico por
imágenes deberán ser adjuntados en la historia clínica.
DISPOSICIONES GENERALES
10. Los estudios radiológicos intervencionistas y aquellos que utilizan
medio de contraste, deberá contar con el Consentimiento Informado
del paciente, antes de realizar el examen, así como las indicaciones y
contraindicaciones del médico especialista en radiología que realiza
el procedimiento.
11. La prescripción de un examen radiológico, con o sin radiación
ionizante, debe ser realizada solamente por un médico cirujano
colegiado.
De la Organización y Funcionamiento
La UPSS Diagnóstico por Imágenes es una unidad que funcionalmentese ubica en el Departamento/Servicio de Diagnóstico por Imágenes.
La UPSS Diagnóstico por Imágenes, debe contar con licencia de la
instalación y licencia de operación para cada equipo emisor de radiaciones
ionizantes otorgada por la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional
(OTAN) del Instituto Peruano de Energía Nuclear, tanto para los equipos
propios como de terceros.
El Médico Radiólogo es el responsable de la UPSS Diagnóstico por
Imágenes en los establecimientos de salud y en los Servicios Médicos de
Apoyo. En los establecimientos de salud públicos categorizados como II-1,
de no contar con un médico especialista en radiología, esta
responsabilidad recaerá en un médico radiólogo que la Red de Salud
disponga o en un médico cirujano designado por la autoridad competente
De la Organización y Funcionamiento
Todo estudio de imágenes debe contar con un informe debidamentefirmado y sellado por el médico especialista en Radiología. Lasimágenes serán archivadas adecuadamente bajo la modalidad demedio magnético, óptico, digital (CD, DVD, USB u otros) o físico(película radiográfica, papel fotográfico, papel térmico u otros),debiendo este archivo estar supervisado y controlado por el médicoresponsable de la UPSS, bajo las normas establecidas para losdocumentos de salud.
El medio de archivo para los equipos digitales o digitalizadores serásólo magnético, óptico o digital.
Del Personal
6.3.1 Del Responsable de la UPSS de Diagnóstico por Imágenes
Médico cirujano con título y registro de especialista en Radiología, certificado y
habilitado por el Colegio Médico del Perú, con licencia individual vigente en el
uso de radiaciones ionizantes, con experiencia en la especialidad no menor de 5
años. Con capacitación en gestión, conocimientos de informática básica.
6.3.2 De los Responsables de las áreas especializadas de la UPSS de
Diagnóstico por Imágenes
Médico cirujano con título y registro de especialista en Radiología, certificado y
habilitado por el Colegio Médico del Perú, con licencia individual vigente en el
uso de radiaciones ionizantes. Con experiencia en la especialidad del área
correspondiente a su jefatura (ultrasonido, resonancia magnética, tomografía
computada, mamografía, intervencionismo u otras propias de la especialidad),
no menor de 3 años. Con capacitación en gestión, conocimientos de informática
básica.
Del Personal
6.3.3 Del Radiólogo Asistente
Médico cirujano especialista en Radiología, con título y registro de especialista,
certificado y habilitado por el Colegio Médico del Perú, con licencia individual
vigente en el uso de radiaciones ionizantes, con conocimientos de informática
básica.
6.3.4 Del Tecnólogo Médico en Radiología
Licenciado en Tecnología Médica, especialidad de Radiología, con título
profesional, colegiado y habilitado por el Colegio Tecnólogo Médico del Perú, con
licencia individual vigente en el uso de radiaciones ionizantes, con conocimientos
de informática básica.
6.3.5 De la Enfermera (o) asistencial
Licenciada (o) en Enfermería, con título profesional, colegiada (o) y habilitada (o)
por el Colegio de Enfermeros del Perú, con capacitación en el área, informática
básica y conocimientos en el uso de radiaciones ionizantes.
Del Personal
6.3.6 Del técnico/a en enfermería
Técnico en Enfermería con título de técnico de Instituto Superior. Con
conocimientos en el uso de radiaciones ionizantes y de informática básica.
6.3.6 Del técnico de mantenimiento de equipos biomédicos
Certificado de Instituto Superior (en electrónica, electricidad, electromecánica),
además cuenta con experiencia, certificado o diplomado en mantenimiento de
equipos biomédicos. Con conocimientos de protección radiológica y de
informática básica, con licencia individual vigente en el mantenimiento de
equipos de radiación ionizante.
6.3.7 Del Ingeniero responsable del mantenimiento de equipos
Ingeniero con título profesional, colegiado y habilitado por el Colegio de
Ingenieros del Perú, con experiencia y capacitación en el mantenimiento de los
equipos de la UPSS, con conocimientos de protección radiológica y licencia
individual vigente en el mantenimiento de tales equipos. Este profesional es
necesario en las UPSS de los establecimientos de salud de categoría III-1 y III-2.
Del Personal 6.3.8 Físico médico
Profesionales con maestría y/o especialización en física médica con
capacitación y experiencia en el control de calidad de equipos generadores de
radiaciones ionizantes, con licencia individual vigente en protección radiológica
y física médica. Este profesional es necesario en las UPSS de los
establecimientos de salud de categoría III-1 y III-2.
6.3.9 Del Personal administrativo
El personal podrá trabajar a exclusividad o parcialmente, dependiendo de la
producción y categoría del establecimiento:
Un coordinador que velará por el suministro oportuno y el control de
insumos, así como otras funciones administrativas que se le encargue
mediante un documento firmado por el médico responsable de la UPSS.
Técnico de informática con certificado de Instituto Superior.
Técnico administrativo con certificado de Instituto Superior.
Secretaria con certificado de Instituto Superior.
De la Infraestructura : ambientes
Ambientes con blindajes adecuados para la protección contra radiación
ionizante.
Señales de advertencia luminosa y señalización con símbolo de radio
protección (áreas controladas y supervisadas) la misma que debe
cumplir con la normativa vigente del IPEN.
Sistema de aire acondicionado y/o calefacción.
Sistema de iluminación artificial general e individual, graduable en
intensidad.
Sistema eléctrico empotrado.
Sistema de tomacorriente, considerado enchufes de alto amperaje
para equipos especiales.
De la Infraestructura : ambientes
Instalaciones con línea a tierra.
Soporte de grupo electrógeno y equipo de luz auxiliar.
Teléfono con acceso interno y externo.
La unión de paredes y muros con el piso, o techos deben contar con
acabados que faciliten la limpieza y las condiciones de asepsia.
Los pisos son resistentes al desgaste, lisos, antideslizantes, lavables,
impermeables.
Sistema de manejo de residuos.
Ambientes de la UPSS de Diagnóstico por Imágenes Ambientes
CATEGORÍA DEL ESTABLECIMIENTO
III -2 III -1 III – E* II -1 II- 2 II – E*
Admisión, recepción y cita X X X X X X
Sala de espera X X X X X X
Área administrativa: Jefatura, secretaría. X X X X X X
Sala de informes X X X X X X
Archivo/Sistema PACS/RIS X X X X X X
Tópico de enfermería X X X X X X
Radiología Convencional X X X X X X
Cuarto Oscuro (sólo Equipos Analógicos) X X X X X X
Procedimientos especiales (exámenes contrastados)
X X X X X
Radiología Intervencionista X X X
Ecografía X X X X X X
Tomografía Computarizada X X X
Mamografía X X X X X X
Densitometría Ósea X X X
Resonancia Magnética X X X
Servicios Higiénicos para pacientes X X X X X X
Almacén X X X X X X
Vestidores y servicios higiénicos para personal
X X X X X X
RESPONSABILIDADESDGSP-MINSA
•Difusión
•Evaluación cumplimiento
NTS
DIRESA/GERESA
/DISA
•Difusión
•Implementación
•Monitoreo, Supervisión,
Evaluación cumplimiento
NTS
EESS
• Son responsables del
cumplimiento de la presente
Noma Técnica de Salud.
El presente documento ha sido elaborado con la participación de Jefes de las UPSS
Diagnostico por Imágenes y representantes de
• Hospitales e Institutos del Ministerio de Salud.
• EsSalud,
• Sanidad Policía Nacional.
• Sanidad Fuerzas Armadas.
• Instituto Peruano de Energía Nuclear.
• Sociedad Peruana de Radiología.
• Asociación de Clínicas Privadas.
• Colegio de Tecnólogos Médicos
• Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento.
• Dirección de Servicios de Salud-DGSP
Dr. Luis Meza Santibáñez
Lic. Doris Dionisio Astuhuamán
Agradecimientos:
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