11
“DESTILERIA HUASTECA”, S.A. DE C.V. ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 04 DE MARZO DE 1994 En la Ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado del mismo nombre, domicilio social de “DESTILERIA HUASTECA”, S.A. DE C.V. siendo las 09:00 horas del día cuatro de marzo de mil novecientos noventa y cuatro, se reunieron los miembros de la sociedad en las oficinas que ocupa la misma, con el objeto de celebrar una Asamblea General ordinaria. Por decisión unánime de todos los presentes actuó como Presidente de la Asamblea el señor FERNANDO YSITA SEPTIEN y así mismo nombraron como Secretario y escrutador al señor MANUEL YSITA DEL HOYO. El Presidente solicitó al Secretario de la Asamblea, procediera a revisar el Libro de Registro de Acciones y los títulos de las acciones, y hecho lo anterior formuló la lista de Asistencia correspondiente, de la que se desprende que se encontraban representadas en la Asamblea la totalidad de las acciones suscritas, pagadas y en circulación en la Sociedad, por lo que el Presidente de la Asamblea declaró legalmente instalada la Asamblea, con fundamento en el artículo 189 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, sin necesidad de la publicación previa de la convocatoria conforme al artículo 188 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y con los Estatutos de la Sociedad. Acto seguido el Presidente de la Asamblea solicitó al Secretaria procediera a dar lectura al Orden del Día, el cual fue aprobado por unanimidad de votos de los presentes y se transcribe a continuación: O R D E N D E L D Í A I.- Proposición, discusión y aprobación en su caso de cambio de Consejo de Administración. II.- Otorgamiento de facultades. III.- Nombramiento de delegado especial y Asuntos Generales. Dicho Orden del Día se desahogó en los siguientes términos: I.- PROPOSICIÓN, DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO DE CAMBIO DE CONSEJO DE ADMINISTRACION. En desahogo del primer punto de la orden del día toma la palabra el señor FERNANDO YSITA SEPTIEN y manifiesta que se ha hecho necesario llevar a cabo el nombramiento de nuevos miembros del Consejo de Administración, así como sus facultades, por lo que pone a consideración de los presentes dicho punto, quienes por unanimidad ratificar algunos nombramientos y nombrar otros nuevos, para que a partir de esta fecha el Consejo de Administración quede formado de la siguiente forma:

Asamblea destileria huasteca ysita septien

  • Upload
    ysita55

  • View
    99

  • Download
    1

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Asamblea destileria huasteca ysita septien

“DESTILERIA HUASTECA”, S.A. DE C.V.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

04 DE MARZO DE 1994

En la Ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado del mismo nombre, domicilio social de “DESTILERIA

HUASTECA”, S.A. DE C.V. siendo las 09:00 horas del día cuatro de marzo de mil novecientos noventa y

cuatro, se reunieron los miembros de la sociedad en las oficinas que ocupa la misma, con el objeto de

celebrar una Asamblea General ordinaria. Por decisión unánime de todos los presentes actuó como

Presidente de la Asamblea el señor FERNANDO YSITA SEPTIEN y así mismo nombraron como Secretario

y escrutador al señor MANUEL YSITA DEL HOYO.

El Presidente solicitó al Secretario de la Asamblea, procediera a revisar el Libro de Registro de Acciones y

los títulos de las acciones, y hecho lo anterior formuló la lista de Asistencia correspondiente, de la que se

desprende que se encontraban representadas en la Asamblea la totalidad de las acciones suscritas, pagadas

y en circulación en la Sociedad, por lo que el Presidente de la Asamblea declaró legalmente instalada la

Asamblea, con fundamento en el artículo 189 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, sin necesidad de

la publicación previa de la convocatoria conforme al artículo 188 de la Ley General de Sociedades

Mercantiles y con los Estatutos de la Sociedad.

Acto seguido el Presidente de la Asamblea solicitó al Secretaria procediera a dar lectura al Orden del Día, el

cual fue aprobado por unanimidad de votos de los presentes y se transcribe a continuación:

O R D E N D E L D Í A

I.- Proposición, discusión y aprobación en su caso de cambio de Consejo de Administración.

II.- Otorgamiento de facultades.

III.- Nombramiento de delegado especial y Asuntos Generales.

Dicho Orden del Día se desahogó en los siguientes términos:

I.- PROPOSICIÓN, DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO DE CAMBIO DE CONSEJO DE

ADMINISTRACION.

En desahogo del primer punto de la orden del día toma la palabra el señor FERNANDO YSITA SEPTIEN y

manifiesta que se ha hecho necesario llevar a cabo el nombramiento de nuevos miembros del Consejo de

Administración, así como sus facultades, por lo que pone a consideración de los presentes dicho punto,

quienes por unanimidad ratificar algunos nombramientos y nombrar otros nuevos, para que a partir de esta

fecha el Consejo de Administración quede formado de la siguiente forma:

Page 2: Asamblea destileria huasteca ysita septien

PROPIETARIOS

PRESIDENTE.- LIC. FERNANDO YSITA SEPTIEN.

VICEPRESIDENTE.- ING. MANUEL YSITA DEL HOYO.

SECRETARIO.- LIC. JORGE VILLATORO ROBLEDO.

PRIMER VOCAL.- ING. JOSE ISITA DEL COLLADO.

SEGUNDO VOCAL.- LIC. FRANCISCO YSITA DEL HOYO.

TERCER VOCAL.- SR- ISMAEL OCHOA CASTILLO.

CUARTO VOCAL.-

QUINTO VOCAL.-

SEXTO VOCAL.-

SUPLENTES

PRESIDENTE.-

VICEPRESIDENTE.- LIC. LUIS ALVAREZ BILBAO.

SECRETARIO.-

PRIMER VOCAL.- SRA. REGINA FIERRO DE YSITA.

SEGUNDO VOCAL.- LIC. RAMON ALVAREZ BILBAO.

TERCER VOCAL.-

CUARTO VOCAL.-

QUINTO VOCAL.- LIC. SENEN GOMEZ ALCOCER.

SEXTO VOCAL.-

II.- OTORGAMIENTO DE FACULTADES.

Continuando con el segundo punto de la Orden del Día, el Presidente pide a los presentes hagan sus

propuestas sobre los poderes y facultades con que ejercerán sus funciones los miembros del Consejo, o en

su caso únicamente se les ratifiquen.

Después de una amplia deliberación, los socios adoptaron por mayoría de votos las siguientes:

RESOLUCIONES

PRIMERA.- Se acuerda otorgar al actual consejo de Administración, todos los poderes y facultades más

amplias que en derecho procedan, pudiendo actuar de manera separada el Presidente Licenciado

FERNANDO YSITA SEPTIEN y también de manera individual el vicepresidente Ingeniero MANUEL YSITA

DEL HOYO con las siguientes facultades:

A).- Poder General para Pleitos y Cobranzas.- Con todas las facultades generales y aún las especiales

Page 3: Asamblea destileria huasteca ysita septien

que de acuerdo con la Ley requieran poder o cláusula especial, en los términos del párrafo primero del

Artículo Dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Distrito Federal y de sus correlativos de

los demás Estados de la República, de manera enunciativa y no limitativa, se mencionan entre otras

facultades, las siguientes: -I.- Para interponer y desistirse de toda clase de procedimientos inclusive

amparos; II.- Para transigir; III.- Para comprometer en árbitros, IV.- Para absolver y articular posiciones; V.-

Para recusar; VI.- Para hacer cesión de bienes.- VII.- Para recibir pagos.- VIII.- Para presentar denuncias y

querellas en materia penal y para desistirse de ellas, cuando lo permita la Ley.- IX.- Para coadyuvar con el

Ministerio Público y para la reparación civil del daño causado.

B).- Facultad para actos de Administración Laboral.- De manera enunciativa y no limitativa de las

siguientes facultades:

1.- Comparecer en representación de la propia sociedad, ante todo tipo de autoridades y organismos del

trabajo, inclusive los relacionados en él articulo quinientos veintitrés de la Ley Federal del Trabajo y en las

disposiciones reglamentarias y conexas de la propia Ley; así como ante INFONAVIT, el I.M.S.S. y

FONACOT, para realizar todos los tramites y gestiones que sean necesarios respecto de los asuntos en que

dichas autoridades y organismos intervengan.

2.- Comparecer en representación de la sociedad, ante las juntas de conciliación y arbitraje, Federales y

Locales en todos los juicios, procedimientos para-procesales, y demás asuntos en que la propia sociedad

sea parte hasta su total y definitiva terminación, en consecuencia de ello en su carácter de representantes

legales quedarán plenamente facultados para intervenir en todas y cada una de las etapas para conciliar en

la primera de ellas o en cualquier otra del procedimiento laboral; para ofrecer y desahogar pruebas y

absolver posiciones en nombre de la Sociedad, para obtener la prueba de la parte arbitraria e intervenir en

su desahogo; y en fin para transigir y celebrar convenios, con los demandantes y efectuar los pagos que

correspondan.

3.- Contratar y despedir trabajadores; y en general para tener bajo sus ordenes y subordinados a todos los

empleados, trabajadores y demás personal que preste sus servicios a la empresa y en general para que

realice sin limitación alguna todos y cada uno de los actos de personas físicas o morales y ante toda clase

de dependencias, institutos y autoridades del trabajo en nombre de la empresa en su calidad de patrón en

los términos previstos por la Ley Federal del Trabajo.

C).- El mandato a que alude el inciso anterior, se ejercerá ante particulares y ante toda clase de autoridades

administrativas o judiciales, inclusive de carácter federal y penal y ante las juntas de conciliación y arbitraje,

locales o federales y autoridades de trabajo.

D).- Poder General para Actos de Administración, en los términos del párrafo segundo del citado artículo

2384, dos mil trescientos ochenta y cuatro, del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí y su

correlativo el 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus

concordantes de las demás entidades de la República Mexicana.

E).- Poder General para Actos de Dominio, de acuerdo con el párrafo Tercero del mismo Artículo 2384

dos mil trescientos ochenta y cuatro, del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí y su correlativo el

2554, dos mil quinientos cincuenta y cuatro, del Código Civil para el Distrito Federal y sus concordantes de

las demás entidades de la República Mexicana.

Page 4: Asamblea destileria huasteca ysita septien

F).- Poder para otorgar y suscribir títulos de crédito en los términos de los artículos 9º noveno y 10º

décimo del la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, así como suscribir, emitir, avalar, descontar

toda clase de títulos de crédito y operaciones, recibir y otorgar créditos y garantías especiales, no pudiendo

ubicarse en los supuestos del artículo cuatro de la Ley de Mercado de Valores.

G).- Facultad para designar al Director, a los Gerentes, Sub-Gerentes, factores o empleados de la

sociedad.

H).- Para delegar sus funciones en uno o varios comisarios, para que actúen separadamente o en comité.

I).- Facultad para otorgar poderes generales o especiales y para revocar unos y otros.

SEGUNDA.- Se acuerda ratificar el poder del Licenciado JORGE VILLATORO ROBLEDO en los siguientes

términos:

A).- Poder General para Pleitos y Cobranzas.- Con todas las facultades generales y aún las especiales

que de acuerdo con la Ley requieran poder o cláusula especial, en los términos del párrafo primero del

Artículo Dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Distrito Federal y de sus correlativos de

los demás Estados de la República, de manera enunciativa y no limitativa, se mencionan entre otras

facultades, las siguientes: -I.- Para interponer y desistirse de toda clase de procedimientos inclusive

amparos; II.- Para transigir; III.- Para comprometer en árbitros, IV.- Para absolver y articular posiciones; V.-

Para recusar; VI.- Para hacer cesión de bienes.- VII.- Para recibir pagos.- VIII.- Para presentar denuncias y

querellas en materia penal y para desistirse de ellas, cuando lo permita la Ley.- IX.- Para coadyuvar con el

Ministerio Público y para la reparación civil del daño causado.

TERCERA.- Se acuerda ratificar como Gerente General al Ingeniero JOSE ISITA DEL COLLADO, quien

gozará en ejercicio de su cargo con los siguientes poderes y facultades:

A).- Poder General para Pleitos y Cobranzas.- Con todas las facultades generales y aún las especiales

que de acuerdo con la Ley requieran poder o cláusula especial, en los términos del párrafo primero del

Artículo Dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Distrito Federal y de sus correlativos de

los demás Estados de la República, de manera enunciativa y no limitativa, se mencionan entre otras

facultades, las siguientes: -I.- Para interponer y desistirse de toda clase de procedimientos inclusive

amparos; II.- Para transigir; III.- Para comprometer en árbitros, IV.- Para absolver y articular posiciones; V.-

Para recusar; VI.- Para hacer cesión de bienes.- VII.- Para recibir pagos.- VIII.- Para presentar denuncias y

querellas en materia penal y para desistirse de ellas, cuando lo permita la Ley.- IX.- Para coadyuvar con el

Ministerio Público y para la reparación civil del daño causado.

B).- Facultad para actos de Administración Laboral.- De manera enunciativa y no limitativa de las

siguientes facultades:

1.- Comparecer en representación de la propia sociedad, ante todo tipo de autoridades y organismos del

trabajo, inclusive los relacionados en él articulo quinientos veintitrés de la Ley Federal del Trabajo y en las

disposiciones reglamentarias y conexas de la propia Ley; así como ante INFONAVIT, el I.M.S.S. y

FONACOT, para realizar todos los tramites y gestiones que sean necesarios respecto de los asuntos en que

dichas autoridades y organismos intervengan.

Page 5: Asamblea destileria huasteca ysita septien

2.- Comparecer en representación de la sociedad, ante las juntas de conciliación y arbitraje, Federales y

Locales en todos los juicios, procedimientos para-procesales, y demás asuntos en que la propia sociedad

sea parte hasta su total y definitiva terminación, en consecuencia de ello en su carácter de representantes

legales quedarán plenamente facultados para intervenir en todas y cada una de las etapas para conciliar en

la primera de ellas o en cualquier otra del procedimiento laboral; para ofrecer y desahogar pruebas y

absolver posiciones en nombre de la Sociedad, para obtener la prueba de la parte arbitraria e intervenir en

su desahogo; y en fin para transigir y celebrar convenios, con los demandantes y efectuar los pagos que

correspondan.

3.- Contratar y despedir trabajadores; y en general para tener bajo sus ordenes y subordinados a todos los

empleados, trabajadores y demás personal que preste sus servicios a la empresa y en general para que

realice sin limitación alguna todos y cada uno de los actos de personas físicas o morales y ante toda clase

de dependencias, institutos y autoridades del trabajo en nombre de la empresa en su calidad de patrón en

los términos previstos por la Ley Federal del Trabajo.

C).- El mandato a que alude el inciso anterior, se ejercerá ante particulares y ante toda clase de autoridades

administrativas o judiciales, inclusive de carácter federal y penal y ante las juntas de conciliación y arbitraje,

locales o federales y autoridades de trabajo.

D).- Poder General para Actos de Administración, en los términos del párrafo segundo del citado artículo

2384, dos mil trescientos ochenta y cuatro, del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí y su

correlativo el 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y sus

concordantes de las demás entidades de la República Mexicana.

III.- NOMBRAMIENTO DE DELEGADO ESPECIAL Y ASUNTOS GENERALES.

Con relación al penúltimo punto del Orden del Día, el señor FERNANDO YSITA SEPTIEN en su carácter de

Presidente de la Asamblea, propuso nombrar Delegado Especial de la Asamblea para que acuda ante el

Fedatario Público de su preferencia a protocolizar la presente acta, y en general, para que formalice los

acuerdos adoptados en la presente Asamblea General Ordinaria de Accionistas.

Después de haber analizado la propuesta del Presidente de la Asamblea, los señores accionistas,

procedieron a deliberar ampliamente, acordando por unanimidad de votos designar al señor ROBERTO

EDGAR MONTES ALMANZA para que con el carácter de Delegado Especial de la Asamblea, proceda a

llevar a cabo todos los actos y a firmar todos los documentos que fueren necesarios para formalizar, dar

cumplimiento y ejecutar las resoluciones tomadas por esta Asamblea, así como en caso de ser necesario

comparezcan ante el Fedatario Público de su elección a protocolizar el acta de esta asamblea.

El Presidente preguntó a los señores accionistas si tenían algún otro asunto que tratar y al contestar éstos

en sentido negativo, suspendió la asamblea el tiempo necesario para la redacción de la presente acta, la

cual una vez concluida, fue leída y aprobada por los señores asambleístas que representan el 100% del

capital social y firmada para constancia por el Presidente y el Secretario de la Asamblea, en cumplimiento a

lo dispuesto por el artículo 194 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, haciéndose constar

Page 6: Asamblea destileria huasteca ysita septien

expresamente que durante todo el tiempo de su duración y al tomarse todas y cada una de las resoluciones,

estuvieron presentes en la asamblea ininterrumpidamente todos los accionistas que se enumeran en la lista

de asistencia.

Siendo las doce horas con treinta minutos del día de su fecha, se dio por concluida la presente Asamblea

General Ordinaria de la sociedad “DESTILERIA HUASTECA” S.A. DE C.V.

__________________________________ _________________________________ FERNANDO YSITA SEPTIEN MANUEL YSITA DEL HOYO

Presidente Secretario

Page 7: Asamblea destileria huasteca ysita septien

LISTA DE ASISTENCIA

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA SOCIEDAD

“DESTILERIA HUASTECA”, S.A. DE C.V.

04 DE MARZO DE 1994

NOMBRE DEL SOCIO FIRMA

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

__________________________________________________ ______________________________

Page 8: Asamblea destileria huasteca ysita septien

INSTRUMENTO NUMERO . ------------------------------------------------------------------------

VOLUMEN DOS MIL QUINIENTOS . ------------------------------------------------------------------

EN LA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSÍ, Capital del Estado del mismo nombre de los Estados Unidos

Mexicanos, siendo las horas con minutos del día de del Dos mil diez,

compareció ANTE MI, Licenciado BERNARDO GONZÁLEZ COURTADE Notario Público Número Once en

ejercicio en esta Capital, el señor SSS en su carácter de Delegado especial del Acta de Asamblea Ordinaria

de la Sociedad Mercantil denominada “DESTILERIA HUASTECA” SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE y manifiesta que el objeto de su comparecencia es el de solicitar del Notario ante quien concurre

se sirva protocolizar el Acta de Asamblea General Ordinaria de accionistas levantada con fecha cuatro de

marzo de mil novecientos noventa y cuatro. --------------------------------------------------------------------------------

ACTO CONTINUO, el Suscrito Notario, accediendo a lo solicitado por el compareciente, con fundamento en

el artículo 194 ciento noventa y cuatro de la Ley General de Sociedades Mercantiles, procedo a protocolizar

el Acta de Asamblea de referencia la cual se encuentra fuera del Libro de actas mismo que doy fe tener a la

vista y agrego al Apéndice de Documentos de mi Protocolo bajo el número /2010 al /2010

y que a la letra dice: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

------------------------------------------------------ C L A U S U L A S --------------------------------------------------------------

PRIMERA.- Queda protocolizada el acta de Asamblea Ordinaria de Socios de la Sociedad Mercantil

denominada “DESTILERIA HUASTECA” SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, celebrada el

día cuatro de marzo de mil novecientos noventa y cuatro, la cual quedó transcrita en este instrumento. ---

SEGUNDA.- En virtud de que no me exhiben sus cédulas de identificación fiscal los señores accionistas de

“DESTILERIA HUASTECA” SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, procedo a dar el aviso a

que se refiere la regla dos punto tres punto quince que se contiene en la Resolución Miscelánea fiscal,

misma que agrego al apéndice de documentos del protocolo de esta notaria del corriente año bajo el

número /2010. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA:- Los gastos que se causen con motivo de la presente acta serán cubiertos por la misma

Sociedad. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

------------------------------------------------------ A N T E C E D E N T E S ------------------------------------------------------

PRIMERO.- Con fecha veintidós de diciembre de mil novecientos treinta y ocho bajo el acta número

trece mil quinientos cincuenta y cinco del protocolo a cargo del Licenciado Agustín Santamarina, Notario

Público Número cuarenta y tres con ejercicio en la Ciudad de México, Distrito Federal se constituyó la

sociedad mercantil denominada “DESTILERIA HUASTECA” SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE la cual quedo debidamente inscrita en el Registro Publico de la Propiedad y de Comercio de

Ciudad Valles, San Luis Potosí, con el número cuatro, a fojas cincuenta y uno frente a cincuenta y

nueve vuelta del libro principal de Registro de Comercio, el cual doy fe tener a la vista y transcribo en lo

Page 9: Asamblea destileria huasteca ysita septien

conducente: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

“NUMERO TRECE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO.- EN LA CIUDAD DE MEXICO, a los veintidós

días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y ocho, yo, el licenciado AGUSTIN SANTAMARINA,

Titular de la Notaría número cuarenta y tres hago constar el contrato de SOCIEDAD ANONIMA

MERCANTIL … C L A U S U L A S.- DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION.-

PRIMERA.- Los expresados señores convienen en constituir y constituyen una sociedad anónima mercantil

con sujeción a las leyes mexicanas y que se denominará “DESTILERIA HUASTECA” a cuya denominación

se agregarán las palabras “Sociedad Anónima” o su abreviatura “S.A.”.- … TERCERA.- La Sociedad

tendrá por objetos:- a).- La fabricación, por sus propios medios o por conducto de terceros, de alcoholes y

aguardientes de todas clases.- b).- La compra y venta de esos productos; c).- La fundación, el

arrendamiento y la explotación de establecimientos industriales destinados a elaboración y transformación,

en su totalidad o parcialmente de los mismos productos;- d).- La participación directa o indi8recta en

empresas financieras, comerciales o industriales que tengan relación con los objetos antes expresados;- e).-

En general todas las operaciones financieras, comerciales o industriales que estén relacionadas con la

fabricación, explotación, compra y venta de alcoholes y aguardientes;- f).- La adquisición de inmuebles

estrictamente necesarios para el establecimiento de las fábricas y laboratorios destinados directamente a la

realización de los objetos anteriores;- g).- La obtención y adquisición de concesiones para el uso y

aprovechamiento de aguas con fines industriales;- h).- La ejecución de los actos y la celebración de los

contratos relacionados con los objetos anteriores que están permitidos por las leyes.- … CAPITAL Y

ACCIONES.- QUINTA.- El Capital de la sociedad será de VEINTICINCO MIL PESOS, … -----------------------

SEGUNDO.- por escritura número treinta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve de fecha siete del

mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres otorgada ante la fe del Suscrito Notario, se

protocolizó el acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas en la que entre otros acuerdos, se

tomó el de cambiar su régimen de capital fijo a capital variable, reformando al efecto las cláusulas primera y

quinta de sus estatutos sociales. ---------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERO.- Con fecha nueve de agosto de mil novecientos noventa y tres se llevó a cabo la

protocolización del acta de asamblea de la sociedad “DESTILERIA HUASTECA” SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE en la cual, entre otros puntos, se hace constar la prórroga de la duración de la

sociedad por un término de NOVENTA Y NUEVE AÑOS contados a partir de la fecha de inscripción del acta

constitutiva en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio correspondiente. Dicho documento quedó

inscrito en la Oficina del Registro Público bajo el número mil doscientos cincuenta y siete del tomo I de

Comercio. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

---------------------------------------------------- P E R S O N A L I D A D --------------------------------------------------------

PRIMERO.- El señor SSS, me justifica su personalidad y facultades como Delegado Especial del Acta de

Asamblea Ordinaria de la Sociedad Mercantil denominada “DESTILERIA HUASTECA” SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE con la misma acta que en este momento se protocoliza -------------------

TRANSCRIPCIÓN DEL ARTICULO DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO DEL CÓDIGO CIVIL

PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ Y SU CORRELATIVO EL DOS MIL QUINIENTOS

CINCUENTA Y CUATRO DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL. ------------------------------------

Page 10: Asamblea destileria huasteca ysita septien

“Artículo.- 2384.- En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que se

otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran la cláusula especial conforme a la

ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna. ----------------------------------------------------------------

En los poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter, para que

el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas. -------------------------------------------------------------

En los poderes generales, para ejercer actos de dominio, bastará que se den con ese carácter para que el

apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda

clase de gestiones a fin de defenderlos. -----------------------------------------------------------------------------------------

Cuando quisieren limitar, en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se

consignarán las limitaciones, o los poderes serán especiales. -------------------------------------------------------------

Los notarios insertarán este artículo en los testimonios de los poderes que otorguen”. -----------------------------

-------------------------------------------- GENERALES DEL COMPARECIENTE ---------------------------------------------

El señor SSS, manifiesta ser mexicano por nacimiento, mayor de edad, nacida el día de de

mil novecientos , casado, originario y vecino de , con domicilio en la casa marcada con el

numero de la calle , colonia , , (ocupacion), al corriente en el pago del

Impuesto sobre la Renta que cubre con su registro Federal de Contribuyentes clave numero guión

sin justificarlo por lo que lo advertí en los términos de ley y quien se identificó con credencial

para votar con fotografía numero ( ) expedida por el Instituto Federal

Electoral. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

----------------------------------------------------- F E N O T A R I A L ----------------------------------------------------------

YO, EL SUSCRITO NOTARIO, CERTIFICO Y DOY FE DE LO SIGUIENTE: ------------------------------------------

a).- Que el compareciente se identifico como ha quedado descrito en el presente instrumento, y a quien

conceptúo capacitado para contratar y obligarse.------------------------------------------------------------------------------

b).- Que la transcripción hecha en este instrumento, concuerda fielmente con su original al que me remito. ---

c).- L E I D O el presente instrumento al compareciente, bien impuesto del valor y fuerza legal de sus

términos, estuvo en todo conforme con su contenido, lo ratificó y firma para constancia por Ante Mí, Hoy día

de su otorgamiento. Doy Fe.- -------------------------------------------------------------------------------------------------------

_____________________________________ SSS

ANTE MI

LIC. BERNARDO GONZALEZ COURTADE

NOTA PRIMERA.- Queda agregado al apéndice de documentos de mi protocolo con el número /2010 el comprobante de los derechos correspondientes.- San Luis Potosí, S.L.P., a de del dos mil diez.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- No causando impuesto al Estado, autorizo definitivamente la presente escritura.- San Luis Potosí, S.L.P., a los días de del dos mil diez.- Doy fe. ----------------------------------------------------------

Page 11: Asamblea destileria huasteca ysita septien

LIC. BERNARDO GONZÁLEZ COURTADE NOTARIO PÚBLICO NÚMERO ONCE.

GOCB-490610-2J3.