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CTE Código Técnico de la Edificación Partes I y II Marzo de 2006

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  • 1. CTECdigo Tcnico de la EdificacinPartes I y II Marzo de 2006

2. 2 3. CTE Cdigo Tcnico de la EdificacinParte I Captulo 1. Disposiciones generales Captulo 2. Condiciones tcnicas y administrativas Captulo 3. Exigencias bsicas ANEJO I. Contenido del proyecto ANEJO II. Documentacin del seguimiento de la obra ANEJO III. Terminologa Marzo de 2006 4. 2 5. ndice Captulo 1. Disposiciones Generales Artculo 1. Objeto Artculo 2. mbito de aplicacin Artculo 3. Contenido del CTE Artculo 4. Documentos Reconocidos del CTE Captulo 2. Condiciones tcnicas y administrativas Artculo 5. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE5.1. Generalidades5.2. Conformidad con el CTE de los productos, equipos y materiales Artculo 6. Condiciones del proyecto6.1. Generalidades6.2. Control del proyecto Artculo 7. Condiciones en la ejecucin de las obras7.1. Generalidades7.2. Control de recepcin en obra de productos, equipos y sistemas7.3. Control de ejecucin de la obra7.4. Control de la obra terminada Artculo 8. Condiciones del edificio8.1. Documentacin de la obra ejecutada8.2. Uso y conservacin del edificio Captulo 3. Exigencias bsicas Artculo 9. Generalidades Artculo 10. Exigencias bsicas de seguridad estructural (SE)10.1. Exigencia bsica SE 1: Resistencia y estabilidad10.2. Exigencia bsica SE 2: Aptitud al servicio Artculo 11. Exigencias bsicas de seguridad en caso de incendio (SI)11.1. Exigencia bsica SI 1: Propagacin interior11.2. Exigencia bsica SI 2: Propagacin exterior11.3. Exigencia bsica SI 3: Evacuacin11.4. Exigencia bsica SI 4: Instalaciones de proteccin contra incendios11.5. Exigencia bsica SI 5: Intervencin de bomberos11.6. Exigencia bsica SI 6: Resistencia estructural al incendio Artculo 12. Exigencias bsicas de seguridad de utilizacin (SU)12.1. Exigencia bsica SU 1: Seguridad frente al riesgo de cadas12.2. Exigencia bsica SU 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento12.3. Exigencia bsica SU 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento12.4. Exigencia bsica SU 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminacin inadecuada12.5. Exigencia bsica SU 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupacin12.6. Exigencia bsica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento12.7. Exigencia bsica SU 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehculos en movimiento12.8. Exigencia bsica SU 8: Seguridad frente al riesgo relacionado con la accin del rayo Artculo 13. Exigencias bsicas de salubridad (HS)13.1 Exigencia bsica HS 1: Proteccin frente a la humedad13.2 Exigencia bsica HS 2: Recogida y evacuacin de residuos13.3 Exigencia bsica HS 3: Calidad del aire interior13.4 Exigencia bsica HS 4: Suministro de agua13.5 Exigencia bsica HS 5: Evacuacin de aguas Artculo 14. Exigencias bsicas de proteccin frente al ruido (HR) Artculo 15. Exigencias bsicas de ahorro de energa (HE)15.1 Exigencia bsica HE 1: Limitacin de demanda energtica15.2 Exigencia bsica HE 2: Rendimiento de las instalaciones trmicas15.3 Exigencia bsica HE 3: Eficiencia energtica de las instalaciones de iluminacin15.4 Exigencia bsica HE 4: Contribucin solar mnima de agua caliente sanitaria 15.5. Exigencia bsica HE 5: Contribucin fotovoltaica mnima de energa elctrica ANEJO I. CONTENIDO DEL PROYECTO ANEJO II. DOCUMENTACIN DEL SEGUIMIENTO DE LA OBRA ANEJO III. TERMINOLOGA 3 6. 4 7. Captulo 1. Disposiciones generales Artculo 1. Objeto 1. El Cdigo Tcnico de la Edificacin, en adelante CTE, es el marco normativo por el que se regulanlas exigencias bsicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, parasatisfacer los requisitos bsicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de lo previsto en la dis-posicin adicional segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenacin de la Edificacin,en adelante LOE. 2. El CTE establece dichas exigencias bsicas para cada uno de los requisitos bsicos de seguridadestructural, seguridad en caso de incendio, seguridad de utilizacin, higiene, salud y proteccindel medio ambiente, proteccin contra el ruido y ahorro de energa y aislamiento trmico, esta-blecidos en el artculo 3 de la LOE, y proporciona procedimientos que permiten acreditar su cumpli-miento con suficientes garantas tcnicas. 3. Los requisitos bsicos relativos a la funcionalidad y los aspectos funcionales de los elementosconstructivos se regirn por su normativa especfica. 4. Las exigencias bsicas deben cumplirse en el proyecto, la construccin, el mantenimiento y la con-servacin de los edificios y sus instalaciones.Artculo 2. mbito de aplicacin 1. El CTE ser de aplicacin, en los trminos establecidos en la LOE y con las limitaciones que en elmismo se determinan, a las edificaciones pblicas y privadas cuyos proyectos precisen disponer dela correspondiente licencia a autorizacin legalmente exigible. 2. El CTE se aplicar a las obras de edificacin de nueva construccin, excepto a aquellas construccio-nes de sencillez tcnica y de escasa entidad constructiva, que no tengan carcter residencial o p-blico, ya sea de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten ala seguridad de las personas. 3. Igualmente, el CTE se aplicar a las obras de ampliacin, modificacin, reforma o rehabilitacin quese realicen en edificios existentes, siempre y cuando dichas obras sean compatibles con la naturale-za de la intervencin y, en su caso, con el grado de proteccin que puedan tener los edificios afecta-dos. La posible incompatibilidad de aplicacin deber justificarse en el proyecto y, en su caso, com-pensarse con medidas alternativas que sean tcnica y econmicamente viables. 4. A estos efectos, se entender por obras de rehabilitacin aqullas que tengan por objeto actuacionestendentes a lograr alguno de los siguientes resultados: a) la adecuacin estructural, considerando como tal las obras que proporcionen al edificio condicio-nes de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia me-cnica; b) la adecuacin funcional, entendiendo como tal la realizacin de las obras que proporcionen aledificio mejores condiciones respecto de los requisitos bsicos a los que se refiere este CTE. Seconsideran, en todo caso, obras para la adecuacin funcional de los edificios, las actuacionesque tengan por finalidad la supresin de barreras y la promocin de la accesibilidad, de confor-midad con la normativa vigente; o c) la remodelacin de un edificio con viviendas que tenga por objeto modificar la superficie destina-da a vivienda o modificar el nmero de stas, o la remodelacin de un edificio sin viviendas quetenga por finalidad crearlas. 5. Se entender que una obra es de rehabilitacin integral cuando tenga por objeto actuaciones ten-dentes a todos los fines descritos en este apartado. El proyectista deber indicar en la memoria del proyecto en cul o cules de los supuestos citados se pueden inscribir las obras proyectadas y si stas incluyen o no actuaciones en la estructura pre- existente; entendindose, en caso negativo, que las obras no implican el riesgo de dao citado en el artculo 17.1.a) de la LOE. 6. En todo caso deber comprobarse el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE cuando pre-tenda cambiarse el uso caracterstico en edificios existentes, aunque ello no implique necesariamen-te la realizacin de obras. 5 8. 7. La clasificacin de los edificios y sus zonas se atendr a lo dispuesto en el artculo 2 de la LOE, sibien, en determinados casos, en los Documentos Bsicos de este CTE se podrn clasificar los edifi-cios y sus dependencias de acuerdo con las caractersticas especficas de la actividad a la que va-yan a dedicarse, con el fin de adecuar las exigencias bsicas a los posibles riesgos asociados a di-chas actividades. Cuando la actividad particular de un edificio o zona no se encuentre entre las clasi-ficaciones previstas se adoptar, por analoga, una de las establecidas, o bien se realizar un estu-dio especfico del riesgo asociado a esta actividad particular basndose en los factores y criterios deevaluacin de riesgo siguientes:a) las actividades previstas que los usuarios realicen;b) las caractersticas de los usuarios;c) el nmero de personas que habitualmente los ocupan, visitan, usan o trabajan en ellos;d) la vulnerabilidad o la necesidad de una especial proteccin por motivos de edad, como nios o ancianos, por una discapacidad fsica, sensorial o psquica u otras que puedan afectar su capa- cidad de tomar decisiones, salir del edificio sin ayuda de otros o tolerar situaciones adversas;e) la familiaridad con el edificio y sus medios de evacuacin;f) el tiempo y perodo de uso habitual;g) las caractersticas de los contenidos previstos;h) el riesgo admisible en situaciones extraordinarias; yi) el nivel de proteccin del edificio.Artculo 3. Contenido del CTE 1. Con el fin de facilitar su comprensin, desarrollo, utilizacin y actualizacin, el CTE se ordena en dospartes:a) la primera contiene las disposiciones y condiciones generales de aplicacin del CTE y las exi- gencias bsicas que deben cumplir los edificios; yb) la segunda est formada por los denominados Documentos Bsicos, en adelante DB, para el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE. Estos Documentos, basados en el conoci- miento consolidado de las distintas tcnicas constructivas, se actualizarn en funcin de los avances tcnicos y las demandas sociales y se aprobarn reglamentariamente. 2. Los DB contienen: a) la caracterizacin de las exigencias bsicas y su cuantificacin, en la medida en que el desarro-llo cientfico y tcnico de la edificacin lo permite, mediante el establecimiento de los niveles ovalores lmite de las prestaciones de los edificios o sus partes, entendidas dichas prestacionescomo el conjunto de caractersticas cualitativas o cuantitativas del edificio, identificables objeti-vamente, que determinan su aptitud para cumplir las exigencias bsicas correspondientes; y b) unos procedimientos cuya utilizacin acredita el cumplimiento de aquellas exigencias bsicas,concretados en forma de mtodos de verificacin o soluciones sancionadas por la prctica.Tambin podrn contener remisin o referencia a instrucciones, reglamentos u otras normastcnicas a los efectos de especificacin y control de los materiales, mtodos de ensayo y datos oprocedimientos de clculo, que debern ser tenidos en cuenta en la redaccin del proyecto deledificio y su construccin.Artculo 4. Documentos Reconocidos y Registro General del CTE 1. Como complemento de los Documentos Bsicos, de carcter reglamentario, incluidos en el CTE ycon el fin de lograr una mayor eficacia en su aplicacin, se crean los Documentos Reconocidos delCTE, definidos como documentos tcnicos, sin carcter reglamentario, que cuenten con el reconoci-miento del Ministerio de Vivienda que mantendr un registro pblico de los mismos. 2. Los Documentos Reconocidos podrn tener el contenido siguiente: a) especificaciones y guas tcnicas o cdigos de buena prctica que incluyan procedimientos dediseo, clculo, ejecucin, mantenimiento y conservacin de productos, elementos y sistemasconstructivos; 6 9. b) mtodos de evaluacin y soluciones constructivas, programas informticos, datos estadsticossobre la siniestralidad en la edificacin u otras bases de datos; c) comentarios sobre la aplicacin del CTE; o d) cualquier otro documento que facilite la aplicacin del CTE, excluidos los que se refieran a la uti-lizacin de un producto o sistema constructivo particular o bajo patente. 3. Se crea, en el Ministerio de Vivienda, y adscrito a la Direccin General de Arquitectura y Poltica deVivienda, el Registro General del CTE, que tendr carcter pblico e informativo. 4. Los Documentos Reconocidos del CTE se inscribirn en dicho Registro General. Tambin podrninscribirse en el mismo:a) Las marcas, los sellos, las certificaciones de conformidad y otros distintivos de calidad volunta- rios de las caractersticas tcnicas de los productos, los equipos o los sistemas, que se incorpo- ren a los edificios y que contribuyan al cumplimiento de las exigencias bsicas..b) Los sistemas de certificacin de conformidad de las prestaciones finales de los edificios, las cer- tificaciones de conformidad que ostenten los agentes que intervienen en la ejecucin de las obras, las certificaciones medioambientales que consideren el anlisis del ciclo de vida de los productos, otras evaluaciones medioambientales de edificios y otras certificaciones que faciliten el cumplimiento del CTE y fomenten la mejora de la calidad de la edificacinc) Los organismos autorizados por las Administraciones Pblicas competentes para la concesin de evaluaciones tcnicas de la idoneidad de productos o sistemas innovadores u otras autori- zaciones o acreditaciones de organismos y entidades que avalen la prestacin de servicios que facilitan la aplicacin del CTE. 7 10. Captulo 2. Condiciones tcnicas y administrativas Artculo 5. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE5.1. Generalidades 1. Sern responsables de la aplicacin del CTE los agentes que participan en el proceso de la edifica-cin, segn lo establecido en el Captulo III de la LOE. 2. Para asegurar que un edificio satisface los requisitos bsicos de la LOE mencionados en el artculo 1de este CTE y que cumple las correspondientes exigencias bsicas, los agentes que intervienen enel proceso de la edificacin, en la medida en que afecte a su intervencin, deben cumplir las condi-ciones que el CTE establece para la redaccin del proyecto, la ejecucin de la obra y el manteni-miento y conservacin del edificio. 3. Para justificar que un edificio cumple las exigencias bsicas que se establecen en el CTE podr op-tarse por:a) adoptar soluciones tcnicas basadas en los DB, cuya aplicacin en el proyecto, en la ejecucin de la obra o en el mantenimiento y conservacin del edificio, es suficiente para acreditar el cumplimiento de las exigencias bsicas relacionadas con dichos DB; ob) soluciones alternativas, entendidas como aqullas que se aparten total o parcialmente de los DB. El proyectista o el director de obra pueden, bajo su responsabilidad y previa conformidad del promotor, adoptar soluciones alternativas, siempre que justifiquen documentalmente que el edificio proyectado cumple las exigencias bsicas del CTE porque sus prestaciones son, al me- nos, equivalentes a los que se obtendran por la aplicacin de los DB.5.2. Conformidad con el CTE de los productos, equipos y materiales 1. Los productos de construccin que se incorporen con carcter permanente a los edificios, en funcinde su uso previsto, llevarn el marcado CE, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE de produc-tos de construccin, transpuesta por el Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre, modificado porel Real Decreto 1329/1995 de 28 de julio, y disposiciones de desarrollo, u otras Directivas europeasque les sean de aplicacin. 2. En determinados casos, y con el fin de asegurar su suficiencia, los DB establecen las caractersticastcnicas de productos, equipos y sistemas que se incorporen a los edificios, sin perjuicio del MarcadoCE que les sea aplicable de acuerdo con las correspondientes Directivas Europeas. 3. Las marcas, sellos, certificaciones de conformidad u otros distintivos de calidad voluntarios que facili-ten el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE, podrn ser reconocidos por las Administra-ciones Pblicas competentes. 4. Tambin podrn reconocerse, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, las certificacio-nes de conformidad de las prestaciones finales de los edificios, las certificaciones de conformidadque ostenten los agentes que intervienen en la ejecucin de las obras, las certificaciones medioam-bientales que consideren el anlisis del ciclo de vida de los productos, otras evaluaciones medioam-bientales de edificios y otras certificaciones que faciliten el cumplimiento del CTE. 5. Se considerarn conformes con el CTE los productos, equipos y sistemas innovadores que demues-tren el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE referentes a los elementos constructivos enlos que intervienen, mediante una evaluacin tcnica favorable de su idoneidad para el uso previsto,concedida, a la entrada en vigor del CTE, por las entidades autorizadas para ello por las Administra-ciones Pblicas competentes en aplicacin de los criterios siguientes: a) actuarn con imparcialidad, objetividad y transparencia disponiendo de la organizacin adecuaday de personal tcnico competente; b) tendrn experiencia contrastada en la realizacin de exmenes, pruebas y evaluaciones, avala-da por la adecuada implantacin de sistemas de gestin de la calidad de los procedimientos deensayo, inspeccin y seguimiento de las evaluaciones concedidas; c) dispondrn de un Reglamento, expresamente aprobado por la Administracin que autorice a laentidad, que regule el procedimiento de concesin y garantice la participacin en el proceso deevaluacin de una representacin equilibrada de los distintos agentes de la edificacin;8 11. d) mantendrn una informacin permanente al pblico, de libre disposicin, sobre la vigencia de lasevaluaciones tcnicas de aptitud concedidas, as como sobre su alcance; y e) vigilarn el mantenimiento de las caractersticas de los productos, equipos o sistemas objeto dela evaluacin de la idoneidad tcnica favorable. 6. El reconocimiento por las Administraciones Pblicas competentes que se establece en los apartados5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5 se referir a las marcas, sellos, certificaciones de conformidad u otros distintivosde calidad voluntarios, as como las certificaciones de conformidad de las prestaciones finales de losedificios, las certificaciones medioambientales as como a las autorizaciones de las entidades queconcedan evaluaciones tcnicas de la idoneidad, legalmente concedidos en los Estados miembrosde la Unin y en los Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Econmico Europeo.Artculo 6. Condiciones del proyecto6.1. Generalidades 1. El proyecto describir el edificio y definir las obras de ejecucin del mismo con el detalle suficientepara que puedan valorarse e interpretarse inequvocamente durante su ejecucin. 2. En particular, y con relacin al CTE, el proyecto definir las obras proyectadas con el detalle ade-cuado a sus caractersticas, de modo que pueda comprobarse que las soluciones propuestas cum-plen las exigencias bsicas de este CTE y dems normativa aplicable. Esta definicin incluir, al me-nos, la siguiente informacin:a) las caractersticas tcnicas mnimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen de forma permanente en el edificio proyectado, as como sus condiciones de sumi- nistro, las garantas de calidad y el control de recepcin que deba realizarse;b) las caractersticas tcnicas de cada unidad de obra, con indicacin de las condiciones para su ejecucin y las verificaciones y controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indi- cado en el proyecto. Se precisarn las medidas a adoptar durante la ejecucin de las obras y en el uso y mantenimiento del edificio, para asegurar la compatibilidad entre los diferentes pro- ductos, elementos y sistemas constructivos;c) las verificaciones y las pruebas de servicio que, en su caso, deban realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio; yd) las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, de conformidad con lo previsto en el CTE y dems normativa que sea de aplicacin. 3. A efectos de su tramitacin administrativa, todo proyecto de edificacin podr desarrollarse en dosetapas: la fase de proyecto bsico y la fase de proyecto de ejecucin. Cada una de estas fases delproyecto debe cumplir las siguientes condiciones:a) el proyecto bsico definir las caractersticas generales de la obra y sus prestaciones mediante la adopcin y justificacin de soluciones concretas. Su contenido ser suficiente para solicitar la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, pero insufi- ciente para iniciar la construccin del edificio. Aunque su contenido no permita verificar todas las condiciones que exige el CTE, definir las prestaciones que el edificio proyectado ha de pro- porcionar para cumplir las exigencias bsicas y, en ningn caso, impedir su cumplimiento; yb) el proyecto de ejecucin desarrollar el proyecto bsico y definir la obra en su totalidad sin que en l puedan rebajarse las prestaciones declaradas en el bsico, ni alterarse los usos y condi- ciones bajo las que, en su caso, se otorgaron la licencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, salvo en aspectos legalizables. El proyecto de ejecucin incluir los proyectos parciales u otros documentos tcnicos que, en su caso, deban desarrollar- lo o completarlo, los cuales se integrarn en el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordinacin del proyectista. 4. En el Anejo I se relacionan los contenidos del proyecto de edificacin, sin perjuicio de lo que, en sucaso, establezcan las Administraciones competentes.6.2. Control del proyecto 1. El control del proyecto tiene por objeto verificar el cumplimiento del CTE y dems normativa aplicabley comprobar su grado de definicin, la calidad del mismo y todos los aspectos que puedan tener in- 9 12. cidencia en la calidad final del edificio proyectado. Este control puede referirse a todas o algunas de las exigencias bsicas relativas a uno o varios de los requisitos bsicos mencionados en el artculo 1. 2. Los DB establecen, en su caso, los aspectos tcnicos y formales del proyecto que deban ser objetode control para la aplicacin de los procedimientos necesarios para el cumplimiento de las exigen-cias bsicas.Artculo 7. Condiciones en la ejecucin de las obras7.1. Generalidades 1. Las obras de construccin del edificio se llevarn a cabo con sujecin al proyecto y sus modificacio-nes autorizadas por el director de obra previa conformidad del promotor, a la legislacin aplicable, alas normas de la buena prctica constructiva, y a las instrucciones del director de obra y del directorde la ejecucin de la obra. 2. Durante la construccin de la obra se elaborar la documentacin reglamentariamente exigible. Enella se incluir, sin perjuicio de lo que establezcan otras Administraciones Publicas competentes, ladocumentacin del control de calidad realizado a lo largo de la obra. En el Anejo II se detalla, con ca-rcter indicativo, el contenido de la documentacin del seguimiento de la obra. 3. Cuando en el desarrollo de las obras intervengan diversos tcnicos para dirigir las obras de proyec-tos parciales, lo harn bajo la coordinacin del director de obra. 4. Durante la construccin de las obras el director de obra y el director de la ejecucin de la obra reali-zarn, segn sus respectivas competencias, los controles siguientes:a) control de recepcin en obra de los productos, equipos y sistemas que se suministren a las obras de acuerdo con el artculo 7.2;b) control de ejecucin de la obra de acuerdo con el artculo 7.3; yc) control de la obra terminada de acuerdo con el artculo 7.4.7.2. Control de recepcin en obra de productos, equipos y sistemas 1. El control de recepcin tiene por objeto comprobar que las caractersticas tcnicas de los productos,equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprender:a) el control de la documentacin de los suministros, realizado de acuerdo con el artculo 7.2.1;b) el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones tcnicas de idoneidad, segn el artcu- lo 7.2.2; yc) el control mediante ensayos, conforme al artculo 7.2.3.7.2.1. Control de la documentacin de los suministros 1. Los suministradores entregarn al constructor, quien los facilitar al director de ejecucin de la obra,los documentos de identificacin del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y,en su caso, por el proyecto o por la direccin facultativa. Esta documentacin comprender, al me-nos, los siguientes documentos:a) los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado;b) el certificado de garanta del fabricante, firmado por persona fsica; yc) los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente, incluida la documentacin correspondiente al marcado CE de los productos de construccin, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposicin de las Directi- vas Europeas que afecten a los productos suministrados.7.2.2. Control de recepcin mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad tcnica 1. El suministrador proporcionar la documentacin precisa sobre:10 13. a) los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas suministrados, que aseguren las caractersticas tcnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentar, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el artculo 5.2.3; yb) las evaluaciones tcnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el artculo 5.2.5, y la constancia del manteni- miento de sus caractersticas tcnicas. 2. El director de la ejecucin de la obra verificar que esta documentacin es suficiente para la acepta-cin de los productos, equipos y sistemas amparados por ella.7.2.3. Control de recepcin mediante ensayos 1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE puede ser necesario, en determina-dos casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, segn lo establecido en la regla-mentacin vigente, o bien segn lo especificado en el proyecto u ordenados por la direccin faculta-tiva. 2. La realizacin de este control se efectuar de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto oindicados por la direccin facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los crite-rios de aceptacin y rechazo y las acciones a adoptar.7.3. Control de ejecucin de la obra 1. Durante la construccin, el director de la ejecucin de la obra controlar la ejecucin de cada unidadde obra verificando su replanteo, los materiales que se utilicen, la correcta ejecucin y disposicin delos elementos constructivos y de las instalaciones, as como las verificaciones y dems controles arealizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto, la legislacin aplicable, lasnormas de buena prctica constructiva y las instrucciones de la direccin facultativa. En la recepcinde la obra ejecutada pueden tenerse en cuenta las certificaciones de conformidad que ostenten losagentes que intervienen, as como las verificaciones que, en su caso, realicen las entidades de con-trol de calidad de la edificacin. 2. Se comprobar que se han adoptado las medidas necesarias para asegurar la compatibilidad entrelos diferentes productos, elementos y sistemas constructivos. 3. En el control de ejecucin de la obra se adoptarn los mtodos y procedimientos que se contemplenen las evaluaciones tcnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas in-novadores, previstas en el artculo 5.2.5.7.4. Control de la obra terminada En la obra terminada, bien sobre el edificio en su conjunto, o bien sobre sus diferentes partes y sus insta- laciones, parcial o totalmente terminadas, deben realizarse, adems de las que puedan establecerse con carcter voluntario, las comprobaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto u ordenadas por la direccin facultativa y las exigidas por la legislacin aplicable.Artculo 8. Condiciones del edificio8.1. Documentacin de la obra ejecutada 1. El contenido del Libro del Edificio establecido en la LOE y por las Administraciones Pblicas compe-tentes, se completar con lo que se establezca, en su caso, en los DB para el cumplimiento de lasexigencias bsicas del CTE. 2. Se incluir en el Libro del Edificio la documentacin indicada en el artculo 7.2 de los productos equi-pos y sistemas que se incorporen a la obra. 3. Contendr, asimismo, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado de conformi-dad con lo establecido en este CTE y dems normativa aplicable, incluyendo un plan de manteni-miento del edificio con la planificacin de las operaciones programadas para el mantenimiento deledificio y de sus instalaciones.11 14. 8.2. Uso y conservacin del edificio 1. El edificio y sus instalaciones se utilizarn adecuadamente de conformidad con las instrucciones deuso, abstenindose de hacer un uso incompatible con el previsto. Los propietarios y los usuariospondrn en conocimiento de los responsables del mantenimiento cualquier anomala que se observeen el funcionamiento normal del edificio. 2. El edificio debe conservarse en buen estado mediante un adecuado mantenimiento. Esto supondrla realizacin de las siguientes acciones: a) llevar a cabo el plan de mantenimiento del edificio, encargando a tcnico competente las opera-ciones programadas para el mantenimiento del mismo y de sus instalaciones; b) realizar las inspecciones reglamentariamente establecidas y conservar su correspondiente do-cumentacin; y c) documentar a lo largo de la vida til del edificio todas las intervenciones, ya sean de reparacin,reforma o rehabilitacin realizadas sobre el mismo, consignndolas en el Libro del Edificio.12 15. 13 16. Captulo 3. Exigencias bsicas Artculo 9. Generalidades 1. Los requisitos bsicos de seguridad y habitabilidad que la LOE establece en el apartado 1 b) y c) delartculo 3 como objetivos de calidad de la edificacin, se desarrollan en el presente CTE, de confor-midad con lo dispuesto en dicha Ley, mediante las exigencias bsicas correspondientes a cada unode ellos. 2. En los artculos siguientes se relacionan dichas exigencias bsicas como prestaciones de carctercualitativo que los edificios deben cumplir para alcanzar la calidad que la sociedad demanda. Su es-pecificacin y, en su caso, cuantificacin establecidas en los Documentos Bsicos que se incluyenen la Parte II de este CTE, determinan la forma y condiciones en las que deben cumplirse las exi-gencias, mediante la fijacin de niveles objetivos o valores lmite de la prestacin u otros parmetros.Dichos niveles o valores lmite sern de obligado cumplimiento cuando as lo establezcan expresa-mente los Documentos Bsicos correspondientes. Adems, los DB incluyen procedimientos, no ex-cluyentes, cuya aplicacin implica el cumplimiento de las exigencias bsicas con arreglo al estadoactual de los conocimientos. 3. Los trminos que figuran en letra cursiva deben utilizarse conforme al significado que se establecepara cada uno de ellos en el Anejo III.Artculo 10. Exigencias bsicas de seguridad estructural (SE) 1. El objetivo del requisito bsico quot;Seguridad estructuralquot; consiste en asegurar que el edificio tiene uncomportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que puedaestar sometido durante su construccin y uso previsto. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, fabricarn, construirn y mantendrn deforma que cumplan con una fiabilidad adecuada las exigencias bsicas que se establecen en losapartados siguientes. 3. Los Documentos Bsicos DB SE Seguridad Estructural, DB-SE-AE Acciones en la edificacin,DB-SE-C Cimientos, DB-SE-A Acero, DB-SE-F Fbrica y DB-SE-M Madera, especifican par-metros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsi-cas y la superacin de los niveles mnimos de calidad propios del requisito bsico de seguridad es-tructural. 4. Las estructuras de hormign estn reguladas por la Instruccin de Hormign Estructural vigente.10.1. Exigencia bsica SE 1: Resistencia y estabilidad La resistencia y la estabilidad sern las adecuadas para que no se generen riesgos indebidos, de forma que se mantenga la resistencia y la estabilidad frente a las acciones e influencias previsibles durante las fases de construccin y usos previstos de los edificios, y que un evento extraordinario no produzca con- secuencias desproporcionadas respecto a la causa original y se facilite el mantenimiento previsto. 10.2. Exigencia bsica SE 2: Aptitud al servicio La aptitud al servicio ser conforme con el uso previsto del edificio, de forma que no se produzcan de- formaciones inadmisibles, se limite a un nivel aceptable la probabilidad de un comportamiento dinmico inadmisible y no se produzcan degradaciones o anomalas inadmisibles. Artculo 11. Exigencias bsicas de seguridad en caso de incendio (SI) 1. El objetivo del requisito bsico quot;Seguridad en caso de incendioquot; consiste en reducir a lmites acepta-bles el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daos derivados de un incendio de origen ac-cidental, como consecuencia de las caractersticas de su proyecto, construccin, uso y mantenimien-to. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, mantendrn y utilizarn deforma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los aparta-dos siguientes. 3. El Documento Bsico DB-SI especifica parmetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimientoasegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de los niveles mnimos de calidad14 17. propios del requisito bsico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicacin el Reglamento de seguri- dad contra incendios en los establecimientos industriales, en los cuales las exigencias bsicas se cumplen mediante dicha aplicacin.11.1. Exigencia bsica SI 1: Propagacin interior Se limitar el riesgo de propagacin del incendio por el interior del edificio, tanto al mismo edificio como a otros edificios colindantes. 11.2. Exigencia bsica SI 2: Propagacin exterior Se limitar el riesgo de propagacin del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios. 11.3. Exigencia bsica SI 3: Evacuacin de ocupantes El edificio dispondr de los medios de evacuacin adecuados para facilitar que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad. 11.4. Exigencia bsica SI 4: Instalaciones de proteccin contra incendios El edificio dispondr de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la deteccin, el control y la extincin del incendio, as como la transmisin de la alarma a los ocupantes. 11.5. Exigencia bsica SI 5: Intervencin de bomberos Se facilitar la intervencin de los equipos de rescate y de extincin de incendios. 11.6. Exigencia bsica SI 6: Resistencia estructural al incendio La estructura portante mantendr su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias bsicas. Artculo 12. Exigencias bsicas de seguridad de utilizacin (SU) 1. El objetivo del requisito bsico quot;Seguridad de Utilizacinquot; consiste en reducir a lmites aceptables elriesgo de que los usuarios sufran daos inmediatos durante el uso previsto de los edificios, comoconsecuencia de las caractersticas de su proyecto, construccin, uso y mantenimiento. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, mantendrn y utilizarn deforma que se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los apartados siguientes. 3. El Documento Bsico DB-SU Seguridad de Utilizacin especifica parmetros objetivos y procedi-mientos cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de losniveles mnimos de calidad propios del requisito bsico de seguridad de utilizacin.12.1. Exigencia bsica SU 1: Seguridad frente al riesgo de cadas Se limitar el riesgo de que los usuarios sufran cadas, para lo cual los suelos sern adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo se limitar el riesgo de cadas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitndose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad. 12.2. Exigencia bsica SU 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento Se limitar el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o m- viles del edificio. 12. 3. Exigencia bsica SU 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento Se limitar el riesgo de que los usuarios puedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos. 12.4. Exigencia bsica SU 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminacin inadecuada Se limitar el riesgo de daos a las personas como consecuencia de una iluminacin inadecuada en zonas de circulacin de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal. 12.5. Exigencia bsica SU 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupa- cin Se limitar el riesgo causado por situaciones con alta ocupacin facilitando la circulacin de las personas y la sectorizacin con elementos de proteccin y contencin en previsin del riesgo de aplastamiento.15 18. 12.6. Exigencia bsica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento Se limitar el riesgo de cadas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depsitos, pozos y simi- lares mediante elementos que restrinjan el acceso.12.7. Exigencia bsica SU 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehculos en movimiento Se limitar el riesgo causado por vehculos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la sealizacin y proteccin de las zonas de circulacin rodada y de las personas.12.8. Exigencia bsica SU 8: Seguridad frente al riesgo causado por la accin del rayo Se limitar el riesgo de electrocucin y de incendio causado por la accin del rayo, mediante instalacio- nes adecuadas de proteccin contra el rayo. Artculo 13. Exigencias bsicas de salubridad (HS) Higiene, salud y proteccin del medio am- biente 1. El objetivo del requisito bsico Higiene, salud y proteccin del medio ambiente, tratado en adelantebajo el trmino salubridad, consiste en reducir a lmites aceptables el riesgo de que los usuarios,dentro de los edificios y en condiciones normales de utilizacin, padezcan molestias oenfermedades, as como el riesgo de que los edificios se deterioren y de que deterioren el medioambiente en su entorno inmediato, como consecuencia de las caractersticas de su proyecto,construccin, uso y mantenimiento. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, mantendrn y utilizarn de talforma que se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los apartados siguientes. 3. El Documento Bsico DB-HS Salubridad especifica parmetros objetivos y procedimientos cuyocumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de los niveles mni-mos de calidad propios del requisito bsico de salubridad.13.1Exigencia bsica HS 1: Proteccin frente a la humedad Se limitar el riesgo previsible de presencia inadecuada de agua o humedad en el interior de los edificios y en sus cerramientos como consecuencia del agua procedente de precipitaciones atmosfricas, de es- correntas, del terreno o de condensaciones, disponiendo medios que impidan su penetracin o, en su caso permitan su evacuacin sin produccin de daos. 13.2Exigencia bsica HS 2: Recogida y evacuacin de residuos Los edificios dispondrn de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema pblico de recogida de tal manera que se facilite la adecuada separacin en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestin. 13.3Exigencia bsica HS 3: Calidad del aire interior 1Los edificios dispondrn de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eli-minando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edifi-cios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extraccin y ex-pulsin del aire viciado por los contaminantes. 2Para limitar el riesgo de contaminacin del aire interior de los edificios y del entorno exterior en fa-chadas y patios, la evacuacin de productos de combustin de las instalaciones trmicas se produ-cir, con carcter general, por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible ydel aparato que se utilice, de acuerdo con la reglamentacin especfica sobre instalaciones trmi-cas.13.4Exigencia bsica HS 4: Suministro de agua 1Los edificios dispondrn de medios adecuados para suministrar al equipamiento higinico previstode agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su fun-cionamiento, sin alteracin de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posiblesretornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control delcaudal del agua. 2Los equipos de produccin de agua caliente dotados de sistemas de acumulacin y los puntos ter-minales de utilizacin tendrn unas caractersticas tales que eviten el desarrollo de grmenes pat-genos. 16 19. 13.5Exigencia bsica HS 5: Evacuacin de aguas Los edificios dispondrn de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas en ellos de forma independiente o conjunta con las precipitaciones atmosfricas y con las escorrentas. Artculo 14. Exigencias bsicas de proteccin frente al ruido (HR) 1. El objetivo de este requisito bsico Proteccin frente al ruido consiste en limitar dentro de los edifi-cios, y en condiciones normales de utilizacin, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruidopueda producir a los usuarios, como consecuencia de las caractersticas de su proyecto, construc-cin, uso y mantenimiento. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, utilizarn y mantendrn de talforma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas caractersticas acs-ticas adecuadas para reducir la transmisin del ruido areo, del ruido de impactos y del ruido y vibra-ciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos. 3. El Documento Bsico quot;DB HR Proteccin frente al Ruidoquot; especifica parmetros objetivos y sistemasde verificacin cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacinde los niveles mnimos de calidad propios del requisito bsico de proteccin frente al ruido. Hastaque se apruebe este DB se aplicar la Norma Bsica de la Edificacin NBE-CA-88 quot;Condicionesacsticas en los edificiosquot;.Artculo 15. Exigencias bsicas de ahorro de energa (HE) 1. El objetivo del requisito bsico Ahorro de energa consiste en conseguir un uso racional de la ener-ga necesaria para la utilizacin de los edificios, reduciendo a lmites sostenibles su consumo y con-seguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energa renovable, comoconsecuencia de las caractersticas de su proyecto, construccin, uso y mantenimiento. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, utilizarn y mantendrn deforma que se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los apartados siguientes. 3. El Documento Bsico DB-HE Ahorro de Energa especifica parmetros objetivos y procedimientoscuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de los nivelesmnimos de calidad propios del requisito bsico de ahorro de energa.15.1 Exigencia bsica HE 1: Limitacin de demanda energtica Los edificios dispondrn de una envolvente de caractersticas tales que limite adecuadamente la deman- da energtica necesaria para alcanzar el bienestar trmico en funcin del clima de la localidad, del uso del edificio y del rgimen de verano y de invierno, as como por sus caractersticas de aislamiento e iner- cia, permeabilidad al aire y exposicin a la radiacin solar, reduciendo el riesgo de aparicin de humeda- des de condensacin superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus caractersticas y tratando adecuadamente los puentes trmicos para limitar las prdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotrmicos en los mismos. 15.2Exigencia bsica HE 2: Rendimiento de las instalaciones trmicas Los edificios dispondrn de instalaciones trmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar trmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Trmicas en los Edificios, RITE, y su aplicacin quedar definida en el proyecto del edificio. 15.3 Exigencia bsica HE 3: Eficiencia energtica de las instalaciones de iluminacin Los edificios dispondrn de instalaciones de iluminacin adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupacin real de la zona, as como de un sistema de regulacin que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que renan unas determinadas condiciones. 15.4 Exigencia bsica HE 4: Contribucin solar mnima de agua caliente sanitaria En los edificios con previsin de demanda de agua caliente sanitaria o de climatizacin de piscina cubier- ta, en los que as se establezca en este CTE, una parte de las necesidades energticas trmicas deriva- das de esa demanda se cubrir mediante la incorporacin en los mismos de sistemas de captacin, al- macenamiento y utilizacin de energa solar de baja temperatura adecuada a la radiacin solar global de su emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio. Los valores derivados de esta exigencia bsica tendrn la consideracin de mnimos, sin perjuicio de valores que puedan ser establecidos por las17 20. administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las caractersticas propias de su localizacin y mbito territorial.15.5 Exigencia bsica HE 5: Contribucin fotovoltaica mnima de energa elctrica En los edificios que as se establezca en este CTE se incorporarn sistemas de captacin y transforma- cin de energa solar en energa elctrica por procedimientos fotovoltaicos para uso propio o suministro a la red. Los valores derivados de esta exigencia bsica tendrn la consideracin de mnimos, sin perjuicio de valores ms estrictos que puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que con- tribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las caractersticas propias de su localizacin y mbito territorial. 18 21. 19 22. ANEJO I. CONTENIDO DEL PROYECTO3En este anejo se relacionan los contenidos del proyecto de edificacin, sin perjuicio de lo que, en sucaso, establezcan las Administraciones competentes. 4Los marcados con asterisco (*) son los que, al menos, debe contener el Proyecto Bsico. 5Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros documentostcnicos, en la memoria del proyecto se har referencia a stos y a su contenido, y se integrarn enel proyecto por el proyectista, bajo su coordinacin, como documentos diferenciados de tal formaque no se produzca duplicidad de los mismos, ni en los honorarios a percibir por los autores de losdistintos trabajos.Contenido del proyecto Observaciones I. Memoria 1. Memoria descriptiva Descriptiva y justificativa, que contenga la informacinsiguiente: 1.1 Agentes* - Promotor, proyectista, otros tcnicos. 1.2 Informacin previa*- Antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno fsico, normativa urbanstica, otras normativas en su caso.- Datos del edificio en caso de rehabilitacin, reforma o ampliacin. Informes realizados. 1.3 Descripcin del proyecto*- Descripcin general del edificio, programa de necesida- des, uso caracterstico del edificio y otros usos previs- tos, relacin con el entorno.- Cumplimiento del CTE y otras normativas especficas, normas de disciplina urbanstica, ordenanzas municipa- les, edificabilidad, funcionalidad, etc.- Descripcin de la geometra del edificio, volumen, su- perficies tiles y construidas, accesos y evacuacin.- Descripcin general de los parmetros que determinan las previsiones tcnicas a considerar en el proyecto respecto al sistema estructural (cimentacin, estructura portante y estructura horizontal), el sistema de compar- timentacin, el sistema envolvente, el sistema de aca- bados, el sistema de acondicionamiento ambiental y el de servicios. 1.4 Prestaciones del edificio* - Por requisitos bsicos y en relacin con las exigenciasbsicas del CTE. Se indicarn en particular las acorda-das entre promotor y proyectista que superen los umbra-les establecidos en el CTE.- Se establecern las limitaciones de uso del edificio en suconjunto y de cada una de sus dependencias e instala-ciones. 2. Memoria constructivaDescripcin de las soluciones adoptadas 2.1 Sustentacin del edificio* Justificacin de las caractersticas del suelo y parme--tros a considerar para el clculo de la parte del sistemaestructural correspondiente a la cimentacin.20 23. 2.2 Sistema estructural (cimentacin, es- -Se establecern los datos y las hiptesis de partida, el tructura portante y estructura horizontal) programa de necesidades, las bases de clculo y pro-cedimientos o mtodos empleados para todo el sistemaestructural, as como las caractersticas de los materia-les que intervienen. 2.3 Sistema envolvente Definicin constructiva de los distintos subsistemas de-la envolvente del edificio, con descripcin de su com-portamiento frente a las acciones a las que est some-tido (peso propio, viento, sismo, etc.), frente al fuego,seguridad de uso, evacuacin de agua y comportamien-to frente a la humedad, aislamiento acstico y sus ba-ses de clculo.El Aislamiento trmico de dichos subsistemas, la de--manda energtica mxima prevista del edificio paracondiciones de verano e invierno y su eficiencia energ-tica en funcin del rendimiento energtico de las insta-laciones proyectado segn el apartado 2.6.2. 2.4 Sistema de compartimentacin Definicin de los elementos de compartimentacin con-especificacin de su comportamiento ante el fuego y suaislamiento acstico y otras caractersticas que seanexigibles, en su caso. 2.5 Sistemas de acabados Se indicarn las caractersticas y prescripciones de los-acabados de los paramentos a fin de cumplir los requi-sitos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad 2.6 Sistemas de acondicionamiento e insta- - Se indicarn los datos de partida, los objetivos a cum- laciones plir, las prestaciones y las bases de clculo para cadauno de los subsistemas siguientes:1. Proteccin contra incendios, anti-intrusin, pararra- yos, electricidad, alumbrado, ascensores, transpor- te, fontanera, evacuacin de residuos lquidos y s- lidos, ventilacin, telecomunicaciones, etc.2. Instalaciones trmicas del edificio proyectado y su rendimiento energtico, suministro de combustibles, ahorro de energa e incorporacin de energa solar trmica o fotovoltaica y otras energas renovables.2.7 Equipamiento Definicin de baos, cocinas y lavaderos, equipamiento-industrial, etc.Justificacin de las prestaciones del edificio por requisitos 3. Cumplimiento del CTEbsicos y en relacin con las exigencias bsicas del CTE.La justificacin se realizar para las soluciones adoptadasconforme a lo indicado en el CTE.Tambin se justificarn las prestaciones del edificio quemejoren los niveles exigidos en el CTE. 3.1 Seguridad Estructural 3.2 Seguridad en caso de incendio* 3.3 Seguridad de utilizacin 3.4 Salubridad 3.5 Proteccin contra el ruido 3.6 Ahorro de energa 21 24. Cumplimiento de otros reglamentos y Justificacin del cumplimiento de otros reglamentos obliga- torios no realizada en el punto anterior, y justificacin del disposiciones. cumplimiento de los requisitos bsicos relativos a la fun- cionalidad de acuerdo con lo establecido en su normativa especfica. El proyecto contendr tantos anejos como sean necesarios Anejos a la memoriapara la definicin y justificacin de las obras.Informacin geotcnica Clculo de la estructura Proteccin contra el incendio Instalaciones del edificio Eficiencia energtica Estudio de impacto ambiental Plan de control de calidad Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Bsico, en su caso El proyecto contendr tantos planos como sean necesarios II. Planospara la definicin en detalle de las obras.En caso de obras de rehabilitacin se incluirn planos deledificio antes de la intervencin. Plano de situacin * - Referido al planeamiento vigente, con referencia a pun- tos localizables y con indicacin del norte geogrfico Plano de emplazamiento*- Justificacin urbanstica, alineaciones, retranqueos, etc. Plano de urbanizacin* - Red viaria, acometidas, etc. Plantas generales* - Acotadas, con indicacin de escala y de usos, reflejan- do los elementos fijos y los de mobiliario cuando sea preciso para la comprobacin de la funcionalidad de los espacios. Planos de cubiertas* - Pendientes, puntos de recogida de aguas, etc. Alzados y secciones* - Acotados, con indicacin de escala y cotas de altura de plantas, gruesos de forjado, alturas totales, para com- probar el cumplimiento de los requisitos urbansticos y funcionales. Planos de estructura - Descripcin grfica y dimensional de todo del sistema estructural (cimentacin, estructura portante y estructu- ra horizontal). En los relativos a la cimentacin se inclui- r, adems, su relacin con el entorno inmediato y el conjunto de la obra. Planos de instalaciones- Descripcin grfica y dimensional de las redes de cada instalacin, plantas, secciones y detalles. Planos de definicin constructiva- Documentacin grfica de detalles constructivos. Memorias grficas- Indicacin de soluciones concretas y elementos singu- lares: carpintera, cerrajera, etc. OtrosIII. Pliego de condiciones Pliego de clusulas administrativas Disposiciones generales Disposiciones facultativas Disposiciones econmicas 22 25. Pliego de condiciones tcnicas particulares Prescripciones sobre los materiales Caractersticas tcnicas mnimas que deben reunir los - productos, equipos y sistemas que se incorporen a las obras, as como sus condiciones de suministro, recep- cin y conservacin, almacenamiento y manipulacin, las garantas de calidad y el control de recepcin que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptacin y re- chazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservacin y mantenimiento. Estas especificaciones se pueden hacer por referencia - a pliegos generales que sean de aplicacin, Documen- tos Reconocidos u otros que sean vlidas a juicio del proyectista. Prescripciones en cuanto a la ejecucin por - Caractersticas tcnicas de cada unidad de obra indi- unidades de obracando su proceso de ejecucin, normas de aplicacin, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realizacin, tolerancias admisibles, condiciones de ter- minacin, conservacin y mantenimiento, control de ejecucin, ensayos y pruebas, garantas de calidad, cri- terios de aceptacin y rechazo, criterios de medicin y valoracin de unidades, etc. Se precisarn las medidas para asegurar la compatibili- - dad entre los diferentes productos, elementos y siste- mas constructivos. Prescripciones sobre verificaciones en el - Se indicarn las verificaciones y pruebas de servicio edificio terminadoque deban realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio.Desarrollo por partidas, agrupadas en captulos, conte- IV. Mediciones- niendo todas las descripciones tcnicas necesarias pa- ra su especificacin y valoracin.V. Presupuesto Presupuesto aproximado* Valoracin aproximada de la ejecucin material de la - obra proyectada por captulos. Presupuesto detallado Cuadro de precios agrupado por captulos - Resumen por captulos, con expresin del valor final de - ejecucin y contrata. Incluir el presupuesto del control de calidad. - Presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud -23 26. ANEJO II. DOCUMENTACIN DEL SEGUIMIENTO DE LA OBRA En este anejo se detalla, con carcter indicativo y sin perjuicio de lo que establezcan otras Administra- ciones Publicas competentes, el contenido de la documentacin del seguimiento de la ejecucin de la obra, tanto la exigida reglamentariamente, como la documentacin del control realizado a lo largo de la obra.II.1. Documentacin obligatoria del seguimiento de la obra 1 Las obras de edificacin dispondrn de una documentacin de seguimiento que se compondr, al menos, de:a) el Libro de rdenes y Asistencias de acuerdo con lo previsto en el Decreto 461/1971, de 11 de marzo;b) el Libro de Incidencias en materia de seguridad y salud, segn el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre;c) el proyecto, sus anejos y modificaciones debidamente autorizados por el director de obra;d) la licencia de obras, la apertura del centro de trabajo y, en su caso, otras autorizaciones admi- nistrativas; ye) el certificado final de la obra de acuerdo con el Decreto 462/1971, de 11 de marzo, del Ministe-rio de la Vivienda 2En el Libro de rdenes y Asistencias el director de obra y el director de la ejecucin de la obra con-signarn las instrucciones propias de sus respectivas funciones y obligaciones. 3El Libro de Incidencias se desarrollar conforme a la legislacin especfica de seguridad y salud.Tendrn acceso al mismo los agentes que dicha legislacin determina. 4Una vez finalizada la obra, la documentacin del seguimiento ser depositada por el director de laobra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administracin Publica compe-tente, que aseguren su conservacin y se comprometan a emitir certificaciones de su contenido aquienes acrediten un inters legtimo. II.2. Documentacin del control de la obra 1 El control de calidad de las obras realizado incluir el control de recepcin de productos, los con- troles de la ejecucin y de la obra terminada. Para ello:a) el director de la ejecucin de la obra recopilar la documentacin del control realizado, verifi- cando que es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones;b) el constructor recabar de los suministradores de productos y facilitar al director de obra y al director de la ejecucin de la obra la documentacin de los productos anteriormente sealada as como sus instrucciones de uso y mantenimiento, y las garantas correspondientes cuando proceda; yc) la documentacin de calidad preparada por el constructor sobre cada una de las unidades deobra podr servir, si as lo autorizara el director de la ejecucin de la obra, como parte del con-trol de calidad de la obra. 2Una vez finalizada la obra, la documentacin del seguimiento del control ser depositada por eldirector de la ejecucin de la obra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en laAdministracin Publica competente, que asegure su tutela y se comprometa a emitir certificacionesde su contenido a quienes acrediten un inters legtimo.II.3. Certificado final de obra 1 En el certificado final de obra, el director de la ejecucin de la obra certificar haber dirigido la ejecu-cin material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente la construccin y la calidad delo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentacin tcnica que lo desarrolla y las normas dela buena construccin.24 27. 2 El director de la obra certificar que la edificacin ha sido realizada bajo su direccin, de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la documentacin tcnica que lo complementa, hallndose dis- puesta para su adecuada utilizacin con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento. 3 Al certificado final de obra se le unirn como anejos los siguientes documentos: a)descripcin de las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se hubiesen introdu- cido durante la obra, haciendo constar su compatibilidad con las condiciones de la licencia; y b)relacin de los controles realizados durante la ejecucin de la obra y sus resultados.25 28. ANEJO III. TERMINOLOGA A efectos de aplicacin del CTE, los trminos que figuran a continuacin deben utilizarse conforme al significado y a las condiciones que se establecen para cada uno de ellos.Accin previsible: Accin que debe ser tenida en cuenta, conforme a la reglamentacin vigente.Agentes de la edificacin: Todas las personas fsicas o jurdicas que intervienen en el proceso de la edificacin segn se establece en la LOE.Bienestar trmico: Condiciones interiores de temperatura, humedad y velocidad del aire establecidas reglamentariamente que se considera producen una sensacin de bienestar adecuada y suficiente a sus ocupantes.Cerramiento: Elemento constructivo del edificio que lo separa del exterior, ya sea aire, terreno u otros edificios.Comportamiento estructural adecuado: Comportamiento de una estructura y de las distintas partes que la componen, que no supone efectos indebidos.Comportamiento dinmico inadmisible: Nivel de vibraciones u oscilaciones de una estructura, que no cumple con lo establecido en la reglamen- tacin vigente.Construccin: Conjunto de las actividades para la realizacin fsica de la obra. El trmino, cubre la construccin in situ, pero tambin la fabricacin de partes en taller y su posterior montaje in situ.Constructor: Es el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujecin al proyecto y al contrato, y siguiendo las instrucciones del director de obra y del director de la ejecucin de la obra.Demanda energtica: Es la energa necesaria para mantener en el interior del edificio unas condiciones de confort definidas reglamentariamente en funcin del uso del edificio y de la zona climtica en la que se ubique. Se compo- ne de la demanda energtica de calefaccin y refrigeracin, correspondientes a los meses de la tempo- rada de calefaccin y refrigeracin respectivamente.Deformacin inadmisible: Nivel de deformacin que supera los lmites de deformacin admisibles establecidos en la reglamenta- cin vigente.Degradacin inadmisible: Nivel de degradacin que no cumple con las exigencias establecidas en la reglamentacin vigente.Direccin facultativa: Est constituida por el director de obra y el director de la ejecucin de la obra.Director de la ejecucin de la obra: Es el agente que, formando parte de la direccin facultativa, asume la funcin tcnica de dirigir la ejecu- cin material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construccin y la calidad de lo edificado.Director de obra: 26 29. Es el agente que, formando parte de la direccin facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspec- tos tcnicos, estticos, urbansticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificacin y dems autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuacin al fin propuesto.Edificio: Construccin fija, hecha con materiales resistentes, para habitacin humana o para albergar otros usos.Ejecucin de la obra: Vase Construccin.Elementos estructurales: Parte de una estructura distinguible fsicamente. Por ejemplo: pilar, viga, losa, zapata, etc.Estructura: Conjunto de elementos, conectados entre ellos, cuya misin consiste en resistir las acciones previsibles y en proporcionar rigidez.Exigencias bsicas de calidad de los edificios: Caractersticas genricas, funcionales y tcnicas de los edificios que permiten satisfacer los requisitos bsicos de la edificacin.Influencia: a) Influencia qumica, fsica o biolgica que incide en una estructura, en las partes que la componen oen los elementos resistentes no estructurales, y que puede afectar de manera desfavorable a sucomportamiento en servicio, y su resistencia y estabilidad. b) Causa (que no pertenezca a las categoras de las acciones o de las mencionadas en a)) de efectosdesfavorables en el comportamiento en servicio, o en la resistencia y estabilidad de una estructura,de las partes que la componen o de los elementos resistentes no estructurales. Por ejemplo: imper-fecciones geomtricas, defectos inducidos por los procesos de fabricacin o montaje, erroreshumanos, etc.Influencia previsible: Influencia que debe ser tenida en cuenta, conforme a la reglamentacin vigente.Licencia municipal de obras: Acto administrativo por el cual el Ayuntamiento competente autoriza la ejecucin de la obra proyectada, una vez comprobada su conformidad con la legalidad aplicable.Mantenimiento: Conjunto de actividades destinadas a conservar el edificio o las partes que lo componen para que, con una fiabilidad adecuada, cumplan con las exigencias establecidas.Mantenimiento previsto: Mantenimiento que, para cada edificio, consiste en el cumplimiento de las Instrucciones de uso y mante- nimiento contenidas en el Libro del Edificio.Marcado CE: Marcado que deben llevar los productos de construccin para su libre circulacin en el territorio de los Estados miembros de la Unin Europea y pases parte del Espacio Econmico Europeo, conforme a las condiciones establecidas en la Directiva 89/106/CEE u otras Directivas que les sean de aplicacin.Particiones interiores: Elemento constructivo del edificio que divide su interior en recintos independientes. Pueden ser verticales u horizontales (suelos y techos).Producto de construccin: Aquel que se fabrica para su incorporacin permanente en una obra incluyendo materiales, elementos semielaborados, componentes y obras o parte de las mismas, tanto terminadas como en proceso de ejecucin.27 30. Promotor: Es el agente de la edificacin que decide, impulsa, programa y financia las obras de edificacin.Proyectista: Es el agente que redacta el proyecto por encargo del promotor y con sujecin a la normativa tcnica y urbanstica correspondiente.Proyecto: Es el conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias tcnicas de las obras contempladas en el artculo 2 de la LOE, y en el que se justifican tcnicamente las soluciones propuestas de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa tcnica aplicable.Proyecto bsico: Fase del trabajo en la que se definen de modo preciso las caractersticas generales de la obra, mediante la adopcin y justificacin de soluciones concretas. Su contenido es suficiente para solicitar, una vez obtenido el preceptivo visado colegial, la licencia municipal u otras autorizaciones administrativas, pero insuficiente para iniciar la construccin.Proyecto de ejecucin: Fase del trabajo en la que se desarrolla el proyecto bsico, con la determinacin completa de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos, definiendo la obra en su totalidad. Su contenido ser el necesario para la realizacin de las obras contando con el precepti- vo visado colegial y la licencia correspondiente.Proyectos parciales: Los que desarrollan o completan el proyecto en aspectos concretos referentes a tecnologas especficas o instalaciones del edificio, definiendo con suficiente detalle para su ejecucin, sus caractersticas cons- tructivas. Su contenido ser el necesario para la realizacin de las obras que en l se contemplan y con- tar con el preceptivo visado colegial.Puentes trmicos: Parte de la envolvente trmica de un edificio donde la resistencia trmica normalmente uniforme cambia significativamente debido a: a) penetraciones completas o parciales en el cerramiento de un edificio, de materiales con diferente conductividad trmica; b) un cambio en el espesor de la fbrica; o c) una diferencia entre las reas internas o externas, tales como juntas entre paredes, suelos, o te- chos.Recinto: Espacio del edificio limitado por cerramientos, particiones o cualquier otro elemento separadorRecinto habitable Recinto interior destinado al uso de personas cuya densidad de ocupacin y tiempo de estancia exigen unas condiciones acsticas, trmicas y de salubridad adecuadas. Se consideran recintos habitables los siguientes: a) habitaciones y estancias (dormitorios, comedores, bibliotecas, salones, etc.) en edificios residencia-les; b) aulas, bibliotecas, despachos, en edificios de uso docente; c) quirfanos, habitaciones, salas de espera, en edificios de uso sanitario; d) oficinas, despachos; salas de reunin, en edificios de uso administrativo; e) cocinas, baos, aseos, pasillos y distribuidores, en edificios de cualquier uso; f) zonas comunes de circulacin en el interior de los edificios; g) cualquier otro con un uso asimilable a los anteriores. Se consideran recintos no habitables aquellos no destinados al uso permanente de personas o cuya ocupacin, por ser ocasional o excepcional y por ser bajo el tiempo de estancia, slo justifica unas con- diciones de salubridad adecuadas. En esta categora se incluyen explcitamente como no habitables los garajes, trasteros, las cmaras tcnicas y desvanes no acondicionados, y sus zonas comunes.Recinto protegido: 28 31. Recinto incluido en la categora de recinto habitable pero que cuenta con caractersticas acsticas ms restrictivas que prevalecen sobre las exigencias de los recintos habitables convencionales. Se conside- ran en todo caso recintos protegidos los recintos habitables mencionados en los prrafos a), b), c) y d).Requisitos bsicos de la edificacin: Objetivos derivados de la demanda social de calidad de los edificios y cuya consecucin debe procurarse tanto en el proyecto como en la construccin, mantenimiento y conservacin de los mismos.Residuos ordinarios: Parte de los residuos urbanos generada en los edificios, con excepcin de: a) animales domsticos muertos, muebles y enseres; y b) residuos y escombros procedentes de obras menores de construccin y reparacin domiciliaria.Resistencia al fuego: Capacidad de un elemento de construccin para mantener durante un perodo de tiempo determinado la funcin portante que le sea exigible, as como la integridad y el aislamiento trmico en los trminos es- pecificados en el ensayo normalizado correspondiente.Riesgo: Medida del alcance del peligro que representa un evento no deseado para las personas. Un riesgo se expresa en trminos de la probabilidad vinculada a las consecuencias de un evento no deseado.Solucin alternativa: Cualquier solucin que difiera total o parcialmente de las establecidas en los DB.Suministradores de productos: Son todas las personas fsicas o jurdicas que proporcionan productos de construccin a las obras: fabri- cantes, almacenistas, importadores o vendedores de productos de construccin.Uso del edificio: Actividades que se realizan en un edificio, o determinadas zonas de un edificio, despus de su puesta en servicio.Uso previsto: Uso especfico para el que se proyecta y realiza un edificio y que se debe reflejar documentalmente. El uso previsto se caracteriza por las actividades que se han de desarrollar en el edificio y por el tipo de usuario.Usuario: Es el agente que, mediante cualquier ttulo, goza del derecho de uso del edificio de forma continuada. Est obligado a la utilizacin adecuada del mismo de conformidad con las instrucciones de uso y mante- nimiento contenidas en el Libro del Edificio. Otras acepciones utilizadas: a) persona que habitualmente acude a un edificio con el fin de realizar una determinada actividad se-gn el uso previsto; b) la propiedad o su representante, aunque no acuda habitualmente al edificio; c) persona que ocasionalmente acude a un edificio con el fin de realizar una determinada actividadacorde con el uso previsto. Por ejemplo: visitante, proveedor, cliente, etc.; o d) personas que no acuden al edificio, pero que se pueden encontrar, habitualmente u ocasionalmen-te, en su zona de influencia. Por ejemplo: vecinos, transentes, etc. 29 32. CTE Cdigo Tcnico de la EdificacinParte II Documentos Bsicos DB-SESeguridad estructural DB-SE AE Seguridad estructural. Acciones en la edificacin DB-SE CSeguridad estructural. Cimientos DB-SE ASeguridad estructural. Acero DB-SE FSeguridad estructural. Fbrica DB-SE MSeguridad estructural. Madera DB-SISeguridad en caso de incendio DB-SUSeguridad de utilizacin DB-HSSalubridad (Higiene, salud y proteccin del medioambiente) DB-HEAhorro de energaMarzo de 2006 33. SE Documento Bsico Seguridad estructural SE 1 Resistencia y estabilidad SE 2 Aptitud al servicioMarzo 2006 34. Documento Bsico SE Seguridad Estructural IntroduccinI Objeto Este Documento Bsico (DB) tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permitan cumplir las exigencias bsicas de seguridad estructural. La correcta aplicacin del conjunto del DB supone que se satisface el requisito bsico Seguridad estructural.Tanto el objetivo del requisito bsico Seguridad estructural, como las exigencias bsicas se establecen en el artculo 10 de la Parte I de este CTE y son los siguientes: Artculo 10. Exigencias bsicas de seguridad estructural (SE) 1. El objetivo del requisito bsico quot;Seguridad estructuralquot; consiste en asegurar que el edificio tiene uncomportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que puedaestar sometido durante su construccin y uso previsto. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, fabricarn, construirn y mantendrn deforma que cumplan con una fiabilidad adecuada las exigencias bsicas que se establecen en losapartados siguientes. 3. Los Documentos Bsicos DB-SE Seguridad Estructural, DB-SE-AE Acciones en la Edificacin,DB-SE-C Cimientos, DB-SE-A Acero, DB-SE-F Fbrica y DB-SE-M Madera, especifican par-metros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsi-cas y la superacin de los niveles mnimos de calidad propios del requisito bsico de seguridad es-tructural. 4. Las estructuras de hormign estn reguladas por la Instruccin de Hormign Estructural vigente. 10.1. Exigencia bsica SE 1: Resistencia y estabilidad La resistencia y la estabilidad sern las adecuadas para que no se generen riesgos indebidos, de forma que se mantenga la resistencia y la estabilidad frente a las acciones e influencias previsibles durante las fases de construccin y usos previstos de los edificios, y que un evento extraordinario no produzca con- secuencias desproporcionadas respecto a la causa original y se facilite el mantenimiento previsto. 10.2. Exigencia bsica SE 2: Aptitud al servicio La aptitud al servicio ser conforme con el uso previsto del edificio, de forma que no se produzcan de- formaciones inadmisibles, se limite a un nivel aceptable la probabilidad de un comportamiento dinmico inadmisible y no se produzcan degradaciones o anomalas inadmisibles.IImbito de aplicacin El mbito de aplicacin de este DB es el que se establece con carcter general para el conjunto del CTE en su artculo 2 (Parte I).III Criterios generales de aplicacin Pueden utilizarse otras soluciones diferentes a las contenidas en este DB, en cuyo caso deber seguirse el procedimiento establecido en el artculo 5 de la parte I de este CTE y deber documentarse en el pro- yecto el cumplimiento de las exigencias bsicas. Las citas a disposiciones reglamentarias contenidas en este DB se refieren a sus versiones vigentes en cada momento en que se aplique el Cdigo y a los efectos que se indican en el artculo 3 de la Parte I. Las citas a normas UNE, UNE EN o UNE EN ISO se deben relacionar con la versin que se indica en cada caso, an cuando exista una versin posterior, excepto cuando se trate de normas equivalentes a normas EN cuya referencia haya sido publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Europea, en el mar- co de aplicacin de la Directiva 89/106/CEE sobre productos de construccin u otras directivas que les sean de aplicacin, en cuyo caso la cita se deber relacionar con la versin de dicha referencia.SE - i 35. Documento Bsico SE Seguridad EstructuralIV Condiciones particulares para el cumplimiento del DB-SE La aplicacin de los procedimientos de este DB se llevar a cabo de acuerdo con las condiciones parti- culares que en el mismo se establecen y con las condiciones generales para el cumplimiento del CTE, las condiciones del proyecto, las condiciones en la ejecucin de las obras y las condiciones del edificio que figuran en los artculos 5, 6, 7 y 8 respectivamente de la parte I del CTE.VTerminologa Los trminos que figuran en letra cursiva y, a efectos de aplicacin de este CTE, deben utilizarse con- forme al significado y a las condiciones que se establece para cada uno de ellos. Las definiciones figuran en letra capital, no son exclusivas de este CTE y se incluyen en el mismo con el fin de aportar una mayor comodidad en su lectura y aplicacin. Otros trminos y definiciones generales utilizados en el conjunto del CTE pueden consultarse en el Anejo III de la Parte I. SE - ii 36. Documento Bsico SE Seguridad Estructural ndice1 Generalidades1.1 mbito de aplicacin y consideraciones previas1.2 Prescripciones aplicables conjuntamente con DB-SE2 Documentacin2.1 Documentacin del proyecto2.2 Documentacin final de la obra2.3 Instrucciones de uso y plan de mantenimiento3 Anlisis estructural y del dimensionado3.1 Generalidades3.2 Estados lmite3.3 Variables bsicas3.4 Modelos para el anlisis estructural3.5 Verificaciones4 Verificaciones basadas en coeficientes parciales4.1 Generalidades4.2 Capacidad portante4.3 Aptitud al servicio4.4 Efectos del tiempo5 Verificaciones basadas en mtodos experimentales5.1 Generalidades5.2 Planteamiento experimental5.5 Evaluacin de los resultadosAnejo A TerminologaAnejo B NotacionesB.1 NotacionesAnejo C Principios de los mtodos probabilistas explcito e implcitoC.1 Objetivos y campo de aplicacinC.2 Incertidumbres asociadas con las variables bsicasC.3 Criterios para el fallo estructuralC.4 Niveles de fiabilidadC.5 Determinacin de probabilidades de falloC.6 Mtodos basados en la determinacin de los valores de clculoC.7 El formato de los coeficientes parcialesAnejo D Evaluacin estructural de edificios existentesD.1 GeneralidadesD.2 Criterios bsicos para la evaluacinD.3 Recopilacin de informacinD.4 Anlisis estructuralD.5 VerificacinD.6 Evaluacin cualitativaSE - iii 37. Documento Bsico SE Seguridad EstructuralD.7 Resultados de la evaluacin D.8 MedidasSE - iv 38. Documento Bsico SE Seguridad Estructural 1 Generalidades1.1 mbito de aplicacin y consideraciones previas 1 Este DB establece los principios y los requisitos relativos a la resistencia mecnica y la estabilidad del edificio, as como la aptitud al servicio, incluyendo su durabilidad. Describe las bases y los prin- cipios para el clculo de las mismas. La ejecucin, la utilizacin, la inspeccin y el mantenimiento se tratan en la medida en la que afectan a la elaboracin del proyecto. 2 Los preceptos del DB-SE son aplicables a todos los tipos de edificios, incluso a los de carcter pro- visional. 3 Se denomina capacidad portante a la aptitud de un edificio para asegurar, con la fiabilidad requeri- da, la estabilidad del conjunto y la resistencia necesaria, durante un tiempo determinado, denomi- nado periodo de servicio. La aptitud de asegurar el funcionamiento de la obra, el confort de los usuarios y de mantener el aspecto visual, se denomina aptitud al servicio. 4 A falta de indicaciones especficas, como periodo de servicio se adoptar 50 aos1.2 Prescripciones aplicables conjuntamente con DB-SE 1 El DB-SE constituye la base para los Documentos Bsicos siguientes y se utilizar conjuntamente con ellos: - DB-SE-AEAcciones en la edificacin - DB-SE-C Cimientos - DB-SE-A Acero - DB-SE-F Fbrica - DB-SE-M Madera - DB-SI Seguridad en caso de incendio 2 Debern tenerse en cuenta, adems, las especificaciones de la normativa siguiente: - NCSENorma de construccin sismorresistente: parte general y edificacin - EHE Instruccin de hormign estructural - EFHEInstruccin para el proyecto y la ejecucin de forjados unidireccionales de hormign estructural realizados con elementos prefabricadosSE - 1 39. Documento Bsico SE Seguridad Estructural 2 Documentacin2.1 Documentacin del proyecto 1 En relacin con la seguridad estructural, el contenido del proyecto de edificacin ser el descrito en el Anejo I del CTE e incluir la informacin que se indica en los siguientes apartados. Esta docu- mentacin se completar con la especfica que se detalle, en su caso, en cada uno de los restantes DB relativos a la seguridad estructural que se utilicen conjuntamente con ste. 2 Cuando el director de obra autorice modificaciones a lo proyectado, lo har constar expresamente en el Libro de rdenes, sin perjuicio de aportar documentos grficos anejos a la orden, que en su da se aadirn, como proceda, por adenda o sustitucin, a la documentacin final de obra realiza- da. Para evitar confusiones, se indicar claramente en los documentos del proyecto original que re- sulten afectados por el cambio, que se deben entender sustituidos por los aportados, y en stos, los del proyecto que quedan anulados.2.1.1 Memoria 1 En la memoria del proyecto se incluir el programa de necesidades, en el que se describirn aque- llas caractersticas del edificio y del uso previsto que condicionan las exigencias de seguridad es- tructural, tanto en lo relativo a la capacidad portante como a la aptitud al servicio; las bases de cl- culo y la declaracin de cumplimiento de los DB o justificacin documental del cumplimiento de las exigencias bsicas de seguridad, si se adoptan soluciones alternativas que se aparten total o par- cialmente de los DB. 2 En las bases de clculo y en su caso, en el anejo de clculo se incluirn los siguientes datos: a) el periodo de servicio previsto, si difiere de 50 aos; b) las simplificaciones efectuadas sobre el edificio para transformarlo en uno o varios modelos de clculo, que se describirn detalladamente, indicando el tipo estructural adoptado para el con- junto y sus partes, las caractersticas de las secciones, tipo de conexiones y condiciones de sustentacin; c) las caractersticas mecnicas consideradas para los materiales estructurales y para el terreno que lo sustenta, o en su caso acta sobre el edificio; d) la geometra global (especificando las dimensiones a ejes de referencia) y cualquier elemento que pueda afectar al comportamiento o a la durabilidad de la estructura; e) las exigencias relativas a la capacidad portante y a la aptitud al servicio, incluida la durabilidad, si difieren de las establecidas en este documento; f)las acciones consideradas, las combinaciones efectuadas y los coeficientes de seguridad utili- zados; g) de cada tipo de elemento estructural, la modalidad de anlisis efectuado y los mtodos de cl- culo empleados; y h) en su caso, la modalidad de control de calidad previsto. Si el proyecto se desarrolla en dos fases (proyecto bsico y proyecto de ejecucin), en el proyecto bsico se incluir, al menos, la informacin indicada en los puntos a) y d), as como las acciones de aplicacin al caso, los materiales previstos y los coeficientes de seguridad aplicables. 3 Los clculos realizados con ordenador se completarn identificando los programas informticos utilizados en cada una de las partes que han dado lugar a un tratamiento diferenciado, indicando el objeto y el campo de aplicacin del programa y explicando con precisin, la representacin de los datos introducidos y el tipo de los resultados generados por el programa.2.1.2 Planos 1 Los planos del proyecto correspondientes a la estructura deben ser suficientemente precisos para la exacta realizacin de la obra, a cuyos efectos se podrn deducir tambin de ellos los planos auxilia- res de obra o de taller, en su caso, y las mediciones que han servido de base para las valoraciones pertinentes. 2 Los planos contendrn los detalles necesarios para que el constructor, bajo las instrucciones del director de obra, pueda ejecutar la construccin, y en particular, los detalles de uniones y nudos en- SE - 3 40. Documento Bsico SE Seguridad Estructuraltre elementos estructurales y entre stos y el resto de los de la obra, las caractersticas de los mate- riales, la modalidad de control de calidad previsto, si procede, y los coeficientes de seguridad adop- tados en el clculo. 3 Si el proyecto se desarrolla en dos fases (proyecto bsico y proyecto de ejecucin), los planos del proyecto bsico deben ser lo suficientemente precisos para la definicin del tipo estructural previsto y el establecimiento de las reservas geomtricas para la realizacin de la estructura.2.1.3 Pliego de condiciones 1 En el pliego de condiciones del proyecto se incluirn las prescripciones tcnicas particulares exigi- bles a los productos, equipos y sistemas y a la ejecucin de cada unidad de obra. 2 Incluir las condiciones en la ejecucin de las obras definiendo, en su caso, la modalidad de control de calidad, el control de recepcin en obra de productos, equipos y sistemas, el control de ejecucin de la obra y el control de la obra terminada, estableciendo la documentacin exigible, los distintivos de calidad o evaluaciones tcnicas de la idoneidad admitidos para su aceptacin y, en su caso, los ensayos a realizar, los criterios de aceptacin y rechazo, y las acciones a adoptar en cada caso. Asimismo, se establecer el plazo de garanta de cada componente. 3 Si para una misma obra se prevn distintos tipos de un mismo producto, se detallarn separada- mente cada uno de ellos, indicndose las zonas en que habrn de ser empleados. 4 En el pliego se exigir, cuando sea oportuno o cuando est reglamentado, la colocacin en el lugar de la obra que especifique, de una placa con el valor mximo de la sobrecarga admisible para el uso de esa zona del edificio.2.2 Documentacin final de la obra 1 La documentacin final de obra incluir los planos completos de todos los elementos y partes de la obra, que reflejen con precisin la obra realmente construida, as como la documentacin acreditati- va de que es conforme con el CTE. 2 Asimismo, incluir la documentacin acreditativa de que se han cumplido las especificaciones de control de calidad especificadas en el proyecto, en las instrucciones de la direccin facultativa y en el CTE.2.3 Instrucciones de uso y plan de mantenimiento 1 En las instrucciones de uso se recoger toda la informacin necesaria para que el uso del edificio sea conforme a las hiptesis adoptadas en las bases de clculo. 2 De toda la informacin acumulada sobre una obra, las instrucciones de uso incluirn aquellas que resulten de inters para la propiedad y para los usuarios, que como mnimo ser: a) las acciones permanentes; b) las sobrecargas de uso; c) las deformaciones admitidas, incluidas las del terreno, en su caso; d) las condiciones particulares de utilizacin, como el respeto a las seales de limitacin de so-brecarga, o el mantenimiento de las marcas o bolardos que definen zonas con requisitos es-peciales al respecto; e) en su caso, las medidas adoptadas para reducir los riesgos de tipo estructural. 3 El plan de mantenimiento, en lo correspondiente a los elementos estructurales, se establecer en concordancia con las bases de clculo y con cualquier informacin adquirida durante la ejecucin de la obra que pudiera ser de inters, e identificar: a) el tipo de los trabajos de mantenimiento a llevar a cabo; b) lista de los puntos que requieran un mantenimiento particular; c) el alcance, la realizacin y la periodicidad de los trabajos de conservacin; d) un programa de revisiones.SE - 4 41. Documento Bsico SE Seguridad Estructural 3 Anlisis estructural y del dimensionado3.1 Generalidades 1 La comprobacin estructural de un edificio requiere: a) determinar las situaciones de dimensionado que resulten determinantes; b) establecer las acciones que deben tenerse en cuenta y los modelos adecuados para la estruc- tura; c) realizar el anlisis estructural, adoptando mtodos de clculo adecuados a cada problema; d) verificar que, para las situaciones de dimensionado correspondientes, no se sobrepasan los estados lmite. 2 En las verificaciones se tendrn en cuenta los efectos del paso del tiempo (acciones qumicas, fsi- cas y biolgicas; acciones variables repetidas) que pueden incidir en la capacidad portante o en la aptitud al servicio, en concordancia con el periodo de servicio. 3 Las situaciones de dimensionado deben englobar todas las condiciones y circunstancias previsibles durante la ejecucin y la utilizacin de la obra, teniendo en cuenta la diferente probabilidad de cada una. Para cada situacin de dimensionado, se determinarn las combinaciones de acciones que deban considerarse. 4 Las situaciones de dimensionado se clasifican en : a) persistentes, que se refieren a las condiciones normales de uso; b) transitorias, que se refieren a unas condiciones aplicables durante un tiempo limitado (no se incluyen las acciones accidentales); c) extraordinarias, que se refieren a unas condiciones excepcionales en las que se puede encon- trar, o a las que puede estar expuesto el edificio (acciones accidentales).3.2 Estados lmite 1 Se denominan estados lmite aquellas situaciones para las que, de ser superadas, puede conside- rarse que el edificio no cumple alguna de los requisitos estructurales para las que ha sido concebi- do.3.2.1 Estados lmite ltimos 1 Los estados lmite ltimos son los que, de ser superados, constituyen un riesgo para las personas, ya sea porque producen una puesta fuera de servicio del edificio o el colapso total o parcial del mismo. 2 Como estados lmite ltimos deben considerarse los debidos a: a) prdida del equilibrio del edificio, o de una parte estructuralmente independiente, consideradocomo un cuerpo rgido; b) fallo por deformacin excesiva, transformacin de la estructura o de parte de ella en un meca-nismo, rotura de sus elementos estructurales (incluidos los apoyos y la cimentacin) o de susuniones, o inestabilidad de elementos estructurales incluyendo los originados por efectos de-pendientes del tiempo (corrosin, fatiga).3.2.2 Estados lmite de servicio 1 Los estados lmite de servicio son los que, de ser superados, afectan al confort y al bienestar de los usuarios o de terceras personas, al correcto funcionamiento de del edificio o a la apariencia de la construccin. 2 Los estados lmite de servicio pueden ser reversibles e irreversibles. La reversibilidad se refiere a las consecuencias que excedan los lmites especificados como admisibles, una vez desaparecidas las acciones que las han producido. 3 Como estados lmite de servicio deben considerarse los relativos a: a) las deformaciones (flechas, asientos o desplomes) que afecten a la apariencia de la obra, alconfort de los usuarios, o al funcionamiento de equipos e instalaciones;SE - 5 42. Documento Bsico SE Seguridad Estructural b) las vibraciones que causen una falta de confort de las personas, o que afecten a la funcionali- dad de la obra;c) los daos o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra.3.3 Variables bsicas 3.3.