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HERNAN EDUARDO LASKAR ACERO

Curso Básico de Cooperativismo

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Curso Básico de Cooperativismo del Dr. Hernán Eduardo Laskar Acero

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Page 1: Curso Básico de Cooperativismo

HERNAN EDUARDO LASKAR ACERO

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CONTENIDOS DEL CURSO

CAPÍTULO 1. PRINCIPIOS, VALORES Y FINES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

CAPÍTULO 2. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DE LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS

CAPÍTULO 3. ESTRUCTURA BÁSICA DE LA ORGANIZACIÓN, SU CONTROL Y COMITÉS DE APOYO.

CAPÍTULO 4. BALANCE SOCIAL

CAPÍTULO 5. MARCO JURÍDICO APLICADO

CAPÍTULO 6. ORIENTACION PARA LA ELABORACION DE ESTATUTOS Y LEGALIZACION DE LA ORGANIZACIÓN SOLIDARIA

CAPÍTULO 7. PROYECTO EDUCATIVO SOCIAL Y EMPRESARIAL PESEM

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CAPÍTULO 1. PRINCIPIOS, VALORES Y FINES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

1.1 PRINCIPIOS DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

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1.1.1 El ser bueno, su trabajo y mecanismos de cooperación tienen

primacía sobre los medios de producción.

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1.1.2 Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda

mutua.

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Se entiende por solidaridad, el espíritu y los sentimientos que llevan a los hombres a realizar acciones

de ayuda mutua.

Cooperación se entiende como el acto realizado por dos o más personas que contribuye al logro de un propósito

que sirven cuando menos a ellos.

Participar es esencialmente decidir.

La ayuda mutua se define como la asociación consciente, libre y voluntaria de personas que organizan

esfuerzos para el logro de objetivos comunes.

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1.1.3 Administración democrática, participativa, autogestionaria y

emprendedora.

Concepto de democracia: un hombre un voto. Quiere decir también que la orientación y la dirección de la

entidad deben ser ejercidas por sus asociados usuarios, con plena autonomía.

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1.1.4 Adhesión voluntaria, responsable y abierta.

Las organizaciones de la economía solidaria deben ser voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de

utilizar sus servicios y deseosas de aceptar las responsabilidades de ser asociados, sin discriminación

de genero, clase social, política, racial o religiosa.

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1.1.5 Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de

producción.

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1.1.6 Participación económica de los asociados, en justicia y equidad.

Los asociados contribuyen equitativamente a la formación del capital de su cooperativa y lo administran

democráticamente.

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1.1.7 Formación e Información para sus miembros, de manera

permanente, oportuna y progresiva.

Información general Educación de los asociados

Formación de los dirigentes

Capacitación de los administradores y empleados

La enseñanza de la economía solidaria en los establecimientos de la educación

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1.1.8 Autonomía, autodeterminación y autogobierno.

Las cooperativas son autónomas, organizaciones de autoayuda, controladas por sus asociados.

Autonomía significa poder del que es autónomo, o sea, que se da a sí mismo la ley que obedece:

autogobierno.

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1.1.9 Servicio a la comunidad.

Las cooperativas son organizaciones que existen primariamente para el beneficio de sus asociados.

Debido a esta sólida vinculación entre los asociados, a menudo en un espacio geográfico específico, con

frecuencia las cooperativas están también estrechamente ligadas a sus comunidades.

Page 14: Curso Básico de Cooperativismo

1.1.10 Integración con otras organizaciones.

El principio de integración cooperativa señala que las cooperativas deben cooperar con otras organizaciones

sociales y solidarias, en todas las formas posibles y tanto a nivel local, como nacional e internacional

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1.1.11 Promoción de la cultura ecológica.

Que en todas las entidades de economía solidaria exista o haya una educación ambiental como un

proceso constante de formación

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1.1 VALORES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

1.2.1 Valores filosóficos. 1.2.2 Valores éticos.

1.2.3 Valores políticos.1.2.4 Valores sociales.

1.2.5 Valores económicos.

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1.2.1 Valores filosóficos.

Los derechos humanos

La libertad

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1.2.2 Valores éticos.

Responsabilidad

Honestidad

Justicia

Page 19: Curso Básico de Cooperativismo

1.2.3 Valores políticos.

Democracia

Participación

Autonomía

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1.2.4 Valores sociales.

Solidaridad

Cooperación

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1.2.5 Valores económicos.

La ausencia de ánimo de lucro

La distribución social de los excedentes

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1.3 FINES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.

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1.3.1 Promover el desarrollo integral del ser humano.

El hombre es la medida de todas las cosas; por ello las organizaciones socioeconómicas son evaluadas en función

del servicio y del desarrollo aportado a los individuos

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1.3.2 Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial del pensamiento

solidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la

paz de los pueblos.

Trabajar en equipo. Formar hábitos de respeto a las ideas de otras personas.

Desarrollar la capacidad de libertad para impulsar sus propias ideas.

Comprender los comportamientos de diferentes personas. Desarrollar la capacidad para lograr el crecimiento

individual y el bienestar social. Ser creativo y emprendedor

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1.3.3 Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.

Es importante que cada cooperado participe y este obligado a tomar parte activa en las decisiones de la cooperativa a la que

pertenece.

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1.3.4 Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo

económico y social.

Evaluando la situación presente de la entidad.Elaborando programas estratégicos.

Definiendo objetivos. Asignando recursos con sus respectivos cronogramas de

ejecución

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1.3.5 Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el

trabajo, la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin

discriminación alguna

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CAPÍTULO 2. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DE LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS

2.1 DEFINICIÓN DE ECONOMÍA SOLIDARIA2.2 CARACTERISTICAS DE LAS ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA2.3 PROHIBICIONES2.4 COMPONENTES DEL SECTOR DE ECONOMÍA SOLIDARIA2.5 ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL EN CADA FORMA ASOCIATIVA2.6 ALGUNOS REQUISITOS DE CONSTITUCIÓN DE FORMAS ASOCIATIVAS2.7.ORGANISMOS DE APOYO A LA ECONOMÍA SOLIDARIA2.8 ENTIDADES ESTATALES DE PROMOCION, FOMENTO, DESARROLLO Y SUPERVISIÓN

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2.1 DEFINICIÓN DE ECONOMÍA SOLIDARIA

“...sistema socioeconómico, cultural y ambiental conformado por el conjunto de fuerzas sociales organizadas en formas

asociativas identificadas por prácticas autogestionarias solidarias, democráticas y humanistas, sin ánimo de lucro para el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de

la economía”.

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2.2 CARACTERÍSTICAS DE LAS ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA

1. Estar organizada como empresa que contemple en su objeto social, el ejercicio de una actividad socioeconómica, tendiente a

satisfacer necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario.

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• 2. Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la ley 79 de 1988.

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• 3. Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario.

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• 4. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes.

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• 5. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles, debidamente pagados, durante su existencia.

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• 6. Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano.

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• Las organizaciones de la economía solidaria deberán cumplir con los siguientes principios económicos:

• 1. Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.

• 2. Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real.

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2.3 PROHIBICIONES

• Las organizaciones solidarias por ley tienen establecidas las siguientes prohibiciones:

• 1. Establecer restricciones o llevar a cabo prácticas que impliquen discriminaciones sociales, económicas, religiosas o políticas.

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• 2. Establecer con sociedades o personas mercantiles, convenios, combinaciones o acuerdos que hagan participar a éstas, directa o indirectamente, de los beneficios o prerrogativas que las leyes otorguen a las cooperativas y demás formas asociativas y solidarias de propiedad.

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• 3. Conceder ventajas o privilegios a los promotores, empleados, fundadores o preferencias a una porción cualquiera de los aportes sociales.

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• 4. Conceder a sus administradores, en desarrollo de las funciones propias de sus cargos, porcentajes, comisiones, prebendas, ventajas, privilegios o similares que perjudiquen el cumplimiento de su objeto social o afecten a la entidad.

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• 5. Desarrollar actividades distintas a las estipuladas en sus estatutos.

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• 6. Transformarse en sociedad mercantil.

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2.4 COMPONENTES DEL SECTOR DE ECONOMÍA SOLIDARIA

• 2.4.1 Cooperativas

Se encuentran regladas por la ley 79 de 1988.

• 2.4.2 Precooperativas

Se encuentran regladas por el Decreto 1333 de 1989.

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• 2.4.3 Cooperativas de Trabajo Asociado

Se encuentran reguladas por el Decreto 0468 de 1990.

• 2.4.4 Fondos de Empleados

Se encuentran reglamentados por el Decreto 1481 de 1989.

• 2.4.5. Asociaciones Mutuales

Se encuentran reguladas por el Decreto 1480 de 1989.

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CURSO BÁSICO DE COOPERATIVISMO

2.4.6 Administraciones Públicas Cooperativas

Se encuentran reguladas por el Decreto 1482 de 1989.

2.4.7 Instituciones Auxiliares de la Economía Solidaria

Se encuentran reguladas por la Ley 79 de 1988 y la Ley 454 de 1998.

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2.4.8 Organismos de Grado Superior

Organismos de segundo grado

Los organismos de segundo grado de carácter nacional requieren, para constituirse de un número mínimo de diez (10) entidades.

Los organismos de segundo grado de carácter regional requieren para constituirse de un número mínimo de cinco (5) entidades.

Organismos de tercer grado.

Un organismo de tercer grado solo podrá constituirse con un número no inferior de doce (12) entidades.

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2.4.9 Empresas Comunitarias

Las empresas comunitarias fueron reglamentadas por el Decreto 561 del 16 de marzo de 1989 y adoptadas por la Ley 160 de 1994 y la Ley 454 de 1998 en su artículo 6.

2.4.10. Otras formas solidarias:

A partir de la expedición de la Ley 454 de 1998 se vincularon al sector todas las organizaciones sin ánimo de lucro, entre otras las Empresas Solidarias de Salud, Juntas de Acción Comunal, los Voluntariados, las Cajas de Compensación Familiar.

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CURSO BÁSICO DE COOPERATIVISMO

2.5 ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL EN CADA FORMA ASOCIATIVA

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2.6 ALGUNOS REQUISITOS DE CONSTITUCION DE FORMAS

ASOCIATIVAS

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2.7.ORGANISMOS DE APOYO A LA ECONOMÍA SOLIDARIA

• Consejo Nacional de la Economía Solidaria, CONES

Fondo de Fomento de la Economía Solidaria, FONES

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2.8 ENTIDADES ESTATALES DE PROMOCION, FOMENTO, DESARROLLO Y

SUPERVISIÓN

• Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, DANSOCIAL Superintendencia de la Economía Solidaria, SUPERSOLIDARIA

Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, FOGACOOP.

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN