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Lima, 3 0 ENE. 2014 VISTO: El Memorándum (OPP) N° OPP0124/2014, de 29 de enero de 2014, mediante el cual el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Javier Augusto Shaw, en su calidad de miembro del Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores, informó que existen recursos presupuestales que permitirán atender las actividades de capacitación contenidas en el citado plan; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1025 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2010/PCM, dispone que la capacitación en las entidades públicas tiene como finalidad el desarrollo profesional, técnico y moral del personal que conforma el sector público; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1243-2012-RE, se aprobó el Plan Quinquenal de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado — PDP Quinquenal 2012-2016 del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el cual establece el marco general dentro del cual se desarrollarán las acciones necesarias para fortalecer al trabajador en forma integral, tanto en sus conocimientos, habilidades y actitudes; buscando con ello, garantizar el óptimo desempeño de la función pública y brindar servicios de excelencia, contribuyendo con ellos al fortalecimiento institucional; Que, el referido Decreto Legislativo señala que cada año las entidades deberán presentar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), su PDP anualizado, detallando el planeamiento de la implementación de acciones para el desarrollo de las personas de la entidad; Que, la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR "Directiva para la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE, establece los lineamientos para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado; Que, atendiendo a los dispositivos antes mencionados y considerando que de acuerdo con el documento del visto se cuentan con los recursos para la atención de las necesidades de capacitación del presente año, corresponde efectuar la aprobación del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado anualizado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1025 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010/PCM; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010/RE, el Decreto Legislativo N° 1023 y sus modificatorias; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR, "Directiva para la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado"; el artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Resolución Ministerial N° 1003-2013/RE; 0040

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Lima, 3 0 ENE. 2014 VISTO:

El Memorándum (OPP) N° OPP0124/2014, de 29 de enero de 2014, mediante el cual el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Javier Augusto Shaw, en su calidad de miembro del Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores, informó que existen recursos presupuestales que permitirán atender las actividades de capacitación contenidas en el citado plan;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1025 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2010/PCM, dispone que la capacitación en las entidades públicas tiene como finalidad el desarrollo profesional, técnico y moral del personal que conforma el sector público;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 1243-2012-RE, se aprobó el Plan Quinquenal de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado — PDP Quinquenal 2012-2016 del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el cual establece el marco general dentro del cual se desarrollarán las acciones necesarias para fortalecer al trabajador en forma integral, tanto en sus conocimientos, habilidades y actitudes; buscando con ello, garantizar el óptimo desempeño de la función pública y brindar servicios de excelencia, contribuyendo con ellos al fortalecimiento institucional;

Que, el referido Decreto Legislativo señala que cada año las entidades deberán presentar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), su PDP anualizado, detallando el planeamiento de la implementación de acciones para el desarrollo de las personas de la entidad;

Que, la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR "Directiva para la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE, establece los lineamientos para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado;

Que, atendiendo a los dispositivos antes mencionados y considerando que de acuerdo con el documento del visto se cuentan con los recursos para la atención de las necesidades de capacitación del presente año, corresponde efectuar la aprobación del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado anualizado;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1025 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010/PCM; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010/RE, el Decreto Legislativo N° 1023 y sus modificatorias; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR, "Directiva para la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado"; el artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Resolución Ministerial N° 1003-2013/RE;

0040

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-2-

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar, con eficacia anticipada, al 1 de enero de 2014, el "Plan Anual de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado — PDP 2014 del Ministerio de Relaciones Exteriores", el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Remitir copia de la presente resolución y su anexo a la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR), conforme lo establece el Decreto Supremo N° 009-2010/PCM y la Directiva N° 001-2011-SERVIR/PE, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE.

Regístrese y comuníquese.

o Salas Barahona Embajador

cretario General

Minister'• de Relaciones Exteriores

Registrado en la Fecha

3 0 ENE 2014

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PERÚ

PLAN ANUAL DE DESARROLLO DE LAS PERSONAS AL SERVICIO DEL ESTADO

Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú

2014

1

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Ministerio de Relaciones Exteriores

Presentación

La capacitación en las entidades públicas tiene como finalidad el desarrollo profesional, técnico y moral del personal que conforma el sector público. La capacitación contribuye a mejorar la calidad de los servicios brindados a los ciudadanos y es una estrategia fundamental para alcanzar el logro de los objetivos institucionales. A través de la gestión de los Recursos Humanos propia de cada entidad, se logra que el trabajador refleje el perfil de su Institución.

En este sentido, el propósito de la capacitación debe ser incentivar el buen rendimiento y trayectoria del trabajador. Asimismo, debe considerarse un elemento necesario para el desarrollo de la línea de carrera que conjugue las necesidades organizativas con los diferentes perfiles y expectativas profesionales del personal.

El presente Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado (PDP - 2014) del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), ha sido elaborado en el marco del PDP Quinquenal 2012 - 2016 del MRE, aprobado con RM N° 1243 /RE del 22 de diciembre del 2011, y de acuerdo al Plan Estratégico Sectorial de Largo Plazo (PESLP) 2012-2021 del Sector Relaciones Exteriores, aprobado mediante RM N° 0401/RE del 11 de abril de 2012, a los respectivos documentos de gestión de conformidad con la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR "Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE.

Cabe señalar que el presente PDP Anualizado comprende al personal administrativo bajo el régimen de la actividad pública del DL. N° 276, "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público" y al personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios conforme el DL. N° 1057, "Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios" y sus modificatorias, además del personal contratado localmente que presta servicios en los órganos del Servicio Exterior.

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PERÚ

Ministerio de Relaciones Exteriores

1. Aspectos Generales

1.1 Objetivos de la Capacitación

• Actualizar los conocimientos del personal administrativo, con especial énfasis en las áreas de soporte técnico y de administración y gestión del MRE, bajo los principios de eficiencia, eficacia y transparencia; así como en aquellas que guarden relación con la defensa y seguridad nacional, bajo el principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y el desarrollo laboral de los trabajadores con discapacidad, conforme a la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley N° 27050.

• Desarrollar las capacidades y habilidades del personal administrativo que prestará servicios en el exterior, tanto en las áreas administrativas y consulares, como en el aprendizaje de idiomas, con la finalidad de que se encuentren en capacidad de desempeñar con mayor eficiencia sus funciones en caso sean trasladados al exterior.

• Entrenar al personal en materia de seguridad y salud en el trabajo, conforme a lo señalado en el literal b) del Art. 35° de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; asimismo, siempre que las circunstancias lo requieran, garantizar, oportuna y apropiadamente, la capacitación y entrenamiento en seguridad y salud en el centro laboral, de acuerdo a los supuestos señalados por el Art. 49 de la citada norma.

1.2 Estrategias de la Capacitación

• Otorgamiento de becas y ayudas económicas, para la realización de cursos y talleres de capacitación del personal administrativo y CAS, de acuerdo a sus funciones, capacidades técnicas y las necesidades del MRE. El personal que se beneficie de las mismas, tendrá la calidad de becario.

• Dictado de diplomados a través de la Plataforma Virtual de la Academia Diplomática, en temas de administración y gestión, dirigido al personal que presta funciones en las áreas y dependencias de la Secretaría General.

• Dictado de cursos de idiomas en las instalaciones del MRE, los que serán impartidos al personal bajo el régimen del DL 276, "Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público" y al personal bajo el régimen del DL. 1057, "Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios", de acuerdo a la función y a las capacidades del MRE.

• Se gestionarán convenios de cooperación con instituciones educativas de prestigio: centros de enseñanza de idiomas, centros universitarios y/o centros tecnológicos, a fin de incentivar el aprendizaje del personal.

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Ministerio de Relaciones Exteriores

• Incentivar la docencia del personal administrativo más calificado, a través de cursos, talleres y capacitaciones, lo cual les permitirá trasmitir el conocimiento adquirido, al mismo tiempo que retroalimentarse con la interacción de sus alumnos de preferencia al interior de MRE y en temas transversales como la redacción de cuentas documentadas en el exterior y el archivo documental del MRE.

• Participación del personal administrativo en diplomados, cursos, talleres, seminarios, mesas de trabajo y de discusión en instituciones educativas, con la finalidad de lograr que los recursos humanos del Sector Relaciones Exteriores, alcancen el nivel de excelencia.

2. Datos de la Población del MRE

El MRE cuenta con un total de 287 trabajadores bajo el régimen de la actividad pública DL. N° 276, "Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público" y con un total de 623 personas que se encuentran bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios DL. N° 1057. A esto se suma el personal localmente contratado para realizar funciones en los órganos del Servicio Exterior.

De esta población total, se seleccionará a aquellos servidores que necesiten capacitarse, en función de las brechas existentes, de sus intereses y de las necesidades del MRE.

3. Evaluación

3.1 Evaluación Diagnóstico

A partir de aproximaciones y análisis cualitativos, se ha identificado que el personal presenta brechas de capacitación en las siguientes áreas:

• Manejo del sistema administrativo del MRE, en el marco del procedimiento de la administración pública.

• Manejo de herramientas y software de Sistemas Administrativos, tales como el SIAF, el SIGA y sistemas de trámites documentarios.

• Actualización en herramientas de TIC, aplicadas a los procesos administrativos y de gestión.

• Redacción y producción de documentos: cartas, oficios, memorandos, informes, etc.

• Manejo de idiomas, en especial dirigido al personal que prestará funciones en el exterior y a aquellos que tienen constante trato con el público en el área de trámites consulares y legalizaciones.

• Técnicas de atención al público y gestión consular.

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PERÚ

Ministerio de Relaciones Exteriores

3.2 Mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluación

Para el monitoreo y verificación del logro de los resultados esperados en el PDP - 2014 se aplicará modalidades de evaluación al personal capacitado, tales como:

Pruebas de conocimientos: aplicados por el Ministerio y/o la respectiva institución al término del curso con la finalidad de determinar si como resultado de la capacitación realizada se ha cumplido con el principal objetivo, que es el aprendizaje de los participantes.

• Evaluación para las salidas al exterior, de acuerdo a lo regulado en la R.M. N° 1252/RE-2009 denominado Proceso de Selección y Evaluación para el Nombramiento al Exterior de los Servidores Administrativos.

• Evaluación por reacción: a través de encuestas de satisfacción, con el objetivo de conocer si los participantes están satisfechos con el curso, el expositor, materiales e infraestructura. A partir de los resultados, se realizarán mejoras en el diseño del curso.

3.3 Metas e Indicadores

3.3.1 Mejorar el desempeño laboral del personal administrativo e incentivar su productividad, en todos los niveles.

Indicador:

• Porcentaje de trabajadores con buen desempeño. • Número de personal capacitado. • Cantidad de cursos y talleres realizados. • Actualización y mejora de programas informáticos (Sistema de Informática y

comunicaciones).

3.3.2 Igualdad de oportunidades laborales, evitando diferenciaciones injustificadas entre los trabajadores.

Indicador:

• Porcentaje de puestos laborales ocupados. • Programas y acciones desarrollados. • Difusión de las políticas internas adoptadas

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re

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Page 11: 0 ENE. 2014 - Servirstorage.servir.gob.pe/pdp/archivos/pdp-consolidado/nacional/2014_RREE.pdf · señalado en el literal b) del Art. 35° de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud

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sem

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les

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tivo

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ida

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bajo

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l.

Page 12: 0 ENE. 2014 - Servirstorage.servir.gob.pe/pdp/archivos/pdp-consolidado/nacional/2014_RREE.pdf · señalado en el literal b) del Art. 35° de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud

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Lima, 3 0 ENE. 2014 VISTOS:

La Resolución Suprema N° 165-2013/RE, que nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, como Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 16 de agosto de 2013;

La Resolución Ministerial N° 0036-2014/RE, que encargó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Eduardo Chávarri García, las funciones del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos, a partir del 20 de enero de 2014; y,

La Resolución Viceministerial N° 0111-2013/RE, que nombró al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Javier Augusto Shaw, como Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Secretaría General, a partir del 1 de marzo de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1025 se estableció las reglas para la capacitación y la evaluación del personal al servicio del Estado, como parte del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el artículo 3° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010/PCM, señala que para la planificación del desarrollo de las personas al servicio del Estado se implementa a partir de la elaboración y la autorización de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado, el cual será elaborado por un comité integrado por al menos: (i) un representante de la Alta Dirección; (ii) un representante de la Oficina de Presupuesto; (iii) un representante de la Oficina General de Recursos Humanos o lo que haga sus veces y (iv) un representante del personal de la entidad;

Que, mediante carta N° 005-2014/SITRE, el Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Relaciones Exteriores designó a la servidora administrativa, nivel STB, Patricia Wieland Conroy, como miembro del Comité de la Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores, en representación del personal de este Ministerio;

Que, resulta pertinente constituir el Comité de elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado, a fin de cumplir con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1025 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009- 2010/PCM;

De conformidad la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1025 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2010/PCM; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010/RE; y la Resolución Ministerial N° 1003-2013/RE;

0039

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ertb Salas Barahona Embajador

Secretario General Ministerio de Relaciones Exteriores

-2-

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Constituir el Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el periodo de 3 años, en el marco del Decreto Legislativo N° 1025, su Reglamento y modificatoria, el cual estará integrado por los siguientes miembros:

• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alberto Efraín Wilfredo Salas Barahona, Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores o su representante, quien lo presidirá;

• Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Eduardo Chávarri García, Encargado de la Oficina General de Recursos Humanos;

• Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Javier Augusto Shaw, Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante; y,

• Servidora Administrativa, nivel STB, Patricia Wieland Conroy, representante del personal de la entidad.

Artículo 2°.- El Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ejercerá sus funciones de conformidad con lo previsto en la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR, "Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE.

Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución a cada uno de los miembros del Comité para los fines pertinentes.

Regístrese y comuníquese.

Registrado en le Fecha

3 O ENE 2014

HM° 00 3 9 /RE1