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1. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE
LOS CENTROS PÚBLICOS
A. SOPORTE LEGISLATIVO Y ÓRGANOS DE GOBIERNO
Julia Herrera DíezCEIP Antonio Machado. Majadahonda.Curso de Funcionarios en Prácticas del Cuerpo de Maestros.Collado-Villalba. Noviembre 2012
A. SOPORTE LEGISLATIVO - LOE
TITULO V : Participación, autonomía y gobierno de los centros.
Participación. Se garantizará la participación de la comunidad educativa en la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros educativos.
La autonomía de los centros docentes: pedagógica, a través de sus proyectos educativos, gestión económica de los recursos, elaboración de sus normas de organización y
funcionamiento.
Gobierno de los centros: Consejo Escolar, Claustro y órganos de coordinación docente.
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A. SOPORTE LEGISLATIVO
Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el ROC.
Orden de 29 de febrero de 1996, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los centros de infantil y primaria.
Orden de 28 de febrero de 1996, por la que se regula la elección de los consejos escolares y órganos unipersonales de gobierno de los centros públicos de infantil, primaria y secundaria.
Órdenes de la consejería de educación de la CAM.
Instrucciones de las viceconsejerías de organización escolar y educación.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
CONSEJO ESCOLAR órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa.
¿Quiénes forman el Consejo? Depende del nº de unidades del centro. Centro de nueve o más unidades
• Director (presidente).• Jefe de Estudios.• 5 maestros elegidos por el Claustro.• 5 representantes de los padres de alumnos.• 1 representante del personal de administración y
servicios.• 1 concejal o representante del Ayuntamiento.• Secretario (Secretario del Consejo) con voz pero sin
voto.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Renovación del Consejo
Renovación por mitades cada dos años.
Primer trimestre del curso académico.Proceso de elección constitución
de la junta electoral: Director, un maestro saliente, un padre saliente.
El voto es directo, secreto y no delegable.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Renovación del Consejo:
Maestros
Claustro extraordinario. Electores todos los miembros del Claustro Elegibles aquellos que se hayan presentado candidatos.
Mesa electoral formada por el Director y los maestros de mayor y de menor antigüedad en el cuerpo (este último será el secretario).
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Renovación del Consejo:
Padres
Serán electores y elegibles aquellos que estén en el censo.
Posibilidad de voto por correo. Necesidad de presentar el DNI u otro equivalente. Mesa electoral formada por el director y
representantes de los padres del Consejo saliente. Será secretario el representante de padres de menor
edad.
Administración y servicios misma mesa electoral de maestros en urna separada.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
El Ayuntamiento de cada municipio designará a su representante.
El AMPA puede designar un miembro directamente.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Funcionamiento del Consejo:
• Reuniones preceptivas (5). Documentación.
• Asistencia obligatoria para todos los miembros.
• Convocatoria ordinaria una semana.• Convocatoria extraordinaria 48
horas.• Comisiones Formadas por el Director,
maestro y padre/madre. Preceptiva: Convivencia. Otras: Económica…
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Competencias del Consejo:Fijar las directrices para elaborar el
Proyecto Educativo.Elegir al Director.Decidir sobre la admisión de
alumnos.Aprobar el Reglamento de Régimen
Interior.Resolver los conflictos e imponer las
correcciones oportunas con finalidad pedagógica.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Competencias del Consejo:
Aprobar la cuenta de gestión y el presupuesto.
Aprobar la Programación General Anual (PGA) respetando los aspectos docentes.
Informar la Memoria anual.Analizar y evaluar la evolución del
rendimiento escolar general del centro.
Otras
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
CLAUSTRO órgano de participación de los profesores en el gobierno del Centro. Decide sobre los aspectos educativos.
Presidido por el Director e integrado por todos los profesores.
Asistencia obligatoria.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Funcionamiento del Claustro:
Reuniones preceptivas (5) principio y final de curso y una cada trimestre. Las necesarias.
Convocado por el Director o solicitado por un tercio de sus miembros.
Convocatoria ordinaria una semana.
Convocatoria extraordinaria 24 o 48 horas.
El maestro tiene que firmar el recibí de la convocatoria.
Posibilitar la asistencia de todos los miembros.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Competencias del Claustro:
Formular propuestas al Equipo Directivo para la elaboración del Proyecto Educativo y de la Programación General Anual.
Establecer criterios para la elaboración de los proyectos curriculares, aprobarlos, evaluarlos y modificarlos, si fuera necesario.
Aprobar los aspectos docentes de la PGA y la memoria.
Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Competencias del Claustro: Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar.
Coordinar las funciones de orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
Analizar y evaluar los resultados de la evaluación que realice la administración educativa.
Analizar y evaluar los aspectos docentes del PEC y PGA.
Participar en la planificación de la formación del profesorado.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS COLEGIADOS
Competencias del Claustro:
Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar de los alumnos a través de los resultados de las evaluaciones y de cuantos medios se consideren adecuados.
Otras.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Para centros de menos de 6 unidades:
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Equipo directivo
DIRECTOR ( asume las funciones de Jefe de Estudios y de Secretario)
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Para centros de 6 a 9 unidades:
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Equipo Directivo
Director
Jefede
Estudios
Secretario
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Para centros de 9 o más unidades:
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Equipo Directivo
Director
Jefede
EstudiosSecretario
B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Funciones del Equipo Directivo:
Velar por el buen funcionamiento del centro.
Presentar al Claustro y Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación de toda la comunidad educativa en la vida del centro.
Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del centro.
Proponer actuaciones que favorezcan las relaciones entre los colectivos de la comunidad educativa y mejoren la convivencia del centro.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Funciones del Equipo Directivo:
Establecer los criterios para elaborar el proyecto de presupuesto.
Elaborar la propuesta del PEC, la PGA y la Memoria final de curso.
Aquellas otras funciones que delegue en él el Consejo Escolar, en el ámbito de su competencia.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Requisitos para el cargo de director:
Ser elegido por el Consejo Escolar.
Período de 4 años.
Presentación del proyecto de dirección.
Antigüedad de al menos 5 años en el cuerpo.
Destino definitivo en el centro con una antigüedad de 1 curso académico.
Poseer la acreditación para el ejercicio de la dirección.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Director:
Representar al Centro y representar a la Administración Educativa en el Centro.
Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
Dirigir y coordinar todas las actividades del Centro.
Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Centro y controlar la asistencia al trabajo.
Aplicar el régimen disciplinario de todo el personal adscrito al Centro.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Director:
Mantener las relaciones con la Dirección Provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades competentes.
Gestionar los medios materiales del Centro.
Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto y ordenar los pagos.
Designar y proponer el cese de los restantes miembros del Equipo Directivo.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Director:
Designar a los coordinadores de ciclo y a los tutores.
Elaborar con el Equipo Directivo la propuesta de Proyecto Educativo y de la PGA y velar por su correcta aplicación.
Convocar y presidir los actos académicos, el Consejo Escolar, el Claustro y la CCP del Centro.
Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del Centro.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Requisitos para el cargo de Jefe de Estudios y Secretario:
Ser maestros, funcionarios de carrera y con destino definitivo en el Centro.
Ser designados por el Director, previa comunicación al Consejo Escolar, y nombrados por el Director Provincial.
Duración de su mandato la misma que la del Director que los ha designado.
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Competencias del Jefe de Estudios:
Ejercer, por delegación del Director, la jefatura del personal docente en lo relativo al régimen académico.
Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto Educativo, los proyectos curriculares y la PGA.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Jefe de Estudios:
Elaborar los horarios de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro.
Coordinar las tareas con los equipos de ciclo.
Coordinarlos distintos planes del Centro (Acción tutorial, Atención a la diversidad,…).
Organizar los actos académicos.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Jefe de Estudios:
Coordinar las actividades de perfeccionamiento del Claustro, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el Centro.
Favorecer la convivencia en el Centro y garantizar el procedimiento de imponer las correcciones que correspondan, según el RRI.
Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
Participar en la elaboración de la propuesta de Proyecto Educativo y de la PGA, junto con el resto del Equipo Directivo.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Secretario:
Ordenar el régimen administrativo del Centro de acuerdo a las directrices del Director.
Actuar como secretario de los órganos colegiados, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
Custodiar los libros y archivos del centro.
Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Secretario:
Realizar el inventario del Centro y mantenerlo actualizado.
Ejercer, por delegación del Director, la jefatura del personal de administración y servicios del centro.
Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Centro.
Ordenar el régimen económico del Centro, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Competencias del Secretario:
Participar en la elaboración de la propuesta de Proyecto Educativo y de la PGA, junto al resto del Equipo Directivo.
Velar por el mantenimiento material del Centro en todos sus aspectos, según las indicaciones del Director.
Custodiar y disponer la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.
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B. ÓRGANOS DE GOBIERNO – ÓRGANOS UNIPERSONALES
Sustitución de los miembros del Equipo Directivo:
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s
Si falta el Director
Jefe de Estudio
sMaestro más antiguo en el Centro y, en
caso de empate, el de
mayor antigüedad en
el cuerpo
Si falta el Jefe de Estudios o el Secretario
Maestro designado por el
Director de forma
provisional