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142 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL Gobierno del Estado de Zacatecas SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO DIRECCIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES I. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA LIC. OTILIO RIVERA HERRERA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en el artículo 84 y 86 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 4º, 25, fracción X, 35, fracción IX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; 5º y 19 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Zacatecas y sus Municipios; además de lo establecido por artículos 9º, 10, 24 fracción III y IV y 25 fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, tengo a bien emitir las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL “PROGRAMA COINVERSIÓN SOCIAL (ESTATAL)” Con fundamento en lo que establecen los artículos 10, 14 y 19 fracción III, IV y VIII, 21, 26 y 44 de la Ley General de Desarrollo Social, artículos 14, 15, 19 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Zacatecas, artículos 25 fracción X y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, así como los artículos 20, 21 fracción II, 24, 25 fracción I, 26 y 27 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; Se emiten las presentes Reglas de Operación. El Plan Estatal de Desarrollo plantea un gobierno de participación de todos los sectores de la sociedad, generando políticas públicas idóneas que permitan atender las necesidades de los Zacatecanos; a través de sus cuatro “Ejes Estratégicos” 1.- Gobierno Abierto y de Resultados; 2.-Seguridad Humana; 3.-Competitividad y prosperidad; 4.- Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 marca los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la presente Administración deben regir la acción del Gobierno Federal, de tal forma que ésta tiene un rumbo y una dirección clara, representa el compromiso que el Gobierno establece con los ciudadanos y que permite, por lo tanto, la rendición de cuentas, que es condición indispensable para un buen Gobierno. Contempla además, la ruta que el Gobierno ha trazado para contribuir de manera más eficaz a que todos juntos podamos lograr que México alcance su máximo potencial y cumplir con las metas nacionales: un México en paz, un México incluyente, un México con educación de calidad, un México prospero, y un México con responsabilidad global, así como las estrategias transversales para democratizar la productividad, para alcanzar un gobierno cercano y moderno y para tener una perspectiva de género en todos los programas de la Administración Pública Federal. De conformidad con el Artículo 2 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de Zacatecas, señala entre otras cosas que al Estado y sus Municipios les corresponde asumir plenamente las obligaciones constitucionales en materia de desarrollo social para que la población pueda gozar de sus derechos sociales universales, así como garantizar el derecho igualitario e incondicional al acceso de sus programas y combatir con eficiencia la pobreza, la marginación y la exclusión social. Así mismo y en base al Artículo 35, fracción I, II, IX, XI, XII Y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública son atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Social:

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142 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

Gobierno del Estado de Zacatecas

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO

DIRECCIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES

I. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

LIC. OTILIO RIVERA HERRERA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en el artículo 84 y 86 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 4º, 25, fracción X, 35, fracción IX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; 5º y 19 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Zacatecas y sus Municipios; además de lo establecido por artículos 9º, 10, 24 fracción III y IV y 25 fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, tengo a bien emitir las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL “PROGRAMA COINVERSIÓN SOCIAL (ESTATAL)”

Con fundamento en lo que establecen los artículos 10, 14 y 19 fracción III, IV y VIII, 21, 26 y 44 de la Ley General de Desarrollo Social, artículos 14, 15, 19 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Zacatecas, artículos 25 fracción X y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, así como los artículos 20, 21 fracción II, 24, 25 fracción I, 26 y 27 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; Se emiten las presentes Reglas de Operación.

El Plan Estatal de Desarrollo plantea un gobierno de participación de todos los sectores de la sociedad, generando políticas públicas idóneas que permitan atender las necesidades de los Zacatecanos; a través de sus cuatro “Ejes Estratégicos” 1.- Gobierno Abierto y de Resultados; 2.-Seguridad Humana; 3.-Competitividad y prosperidad; 4.- Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 marca los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la presente Administración deben regir la acción del Gobierno Federal, de tal forma que ésta tiene un rumbo y una dirección clara, representa el compromiso que el Gobierno establece con los ciudadanos y que permite, por lo tanto, la rendición de cuentas, que es condición indispensable para un buen Gobierno. Contempla además, la ruta que el Gobierno ha trazado para contribuir de manera más eficaz a que todos juntos podamos lograr que México alcance su máximo potencial y cumplir con las metas nacionales: un México en paz, un México incluyente, un México con educación de calidad, un México prospero, y un México con responsabilidad global, así como las estrategias transversales para democratizar la productividad, para alcanzar un gobierno cercano y moderno y para tener una perspectiva de género en todos los programas de la Administración Pública Federal. De conformidad con el Artículo 2 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de Zacatecas, señala entre otras cosas que al Estado y sus Municipios les corresponde asumir plenamente las obligaciones constitucionales en materia de desarrollo social para que la población pueda gozar de sus derechos sociales universales, así como garantizar el derecho igualitario e incondicional al acceso de sus programas y combatir con eficiencia la pobreza, la marginación y la exclusión social. Así mismo y en base al Artículo 35, fracción I, II, IX, XI, XII Y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública son atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Social:

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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 143

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Formular la política de desarrollo social para el Estado y el Programa Estatal de Desarrollo Social, mismos que buscarán erradicar la vulnerabilidad, pobreza o marginación de toda persona o grupo social del Estado de Zacatecas. Elaborar y ejecutar los programas productivos de carácter social, previa aprobación de la Coordinación Estatal de Planeación, que permitan generar recursos y superar las condiciones de pobreza a partir de un desarrollo sustentable y perdurable. Definir las reglas de operación de los programas de desarrollo social y someterlos al análisis y, en su caso, aprobación de la Coordinación Estatal de Planeación, que una vez aprobadas deberá publicarlas en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas. Promover las actividades productivas, el empleo y cooperativismo, como medios para generar ingresos para los grupos en situación de marginación, vulnerabilidad y pobreza con enfoque de género. Implementar programas y acciones encaminadas al mejoramiento de las condiciones alimenticias de la población marginada y desprotegida, a través de programas de productividad familiar. Implementar y coordinar con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, así como con los Municipios del Estado, programas y acciones en zonas urbanas marginadas cuyo propósito sea mejorar las condiciones sociales de vida y cohesión social.

II. INTRODUCCIÓN

El Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social CONEVAL, caracteriza a la pobreza en tres dimensiones: el bienestar económico relacionado con el ingreso para satisfacer las necesidades de bienes y servicios; los derechos humanos como libertad, expresión, satisfacción de necesidades, el ejercicio pleno de los valores universales y, el territorio, como espacio para la cohesión social y de relaciones dentro de la comunidad. La sociedad zacatecana exige un gobierno diferente, honesto, incluyente, transparente, eficaz y eficiente que haga suyos sus reclamos sociales para impulsar el desarrollo del estado. Para ello, contamos principalmente con la propia gente, tenemos que ordenar, racionalizar y optimizar los recursos financieros, materiales y técnicos para atender las prioridades y canalizarlos a las comunidades más marginadas. Según información del Consejo Nacional de Evaluación CONEVAL, de 2012 a 2014, el porcentaje de población en condición de pobreza pasó de 54.2 a 52.3 por ciento, es decir, disminuyó en dos puntos porcentuales, la pobreza moderada presenta una mínima reducción. El porcentaje de población en situación de pobreza extrema pasó de 7.5 a 5.7; registró una disminución de casi dos puntos porcentuales. No obstante, aumentó la población vulnerable por carencias sociales en 4 puntos porcentuales de 2012 a 2014, y de 6.4 a 7.3 en la población vulnerable por ingresos. En rezago educativo el indicador disminuye ligeramente de 21.1 a 21.6 y, la carencia por acceso a los servicios de salud se reduce al pasar de 16.7 a 14.9 por ciento. Con respecto a las carencias por alimentación, se reducen de 22.3 a 16.8 por ciento. El porcentaje de población con ingreso inferior a la línea de bienestar mínima, pasó de 30.3 a 26.7 por ciento y el porcentaje de población con ingreso inferior a la línea de bienestar pasó de 60.6 a 59.7 por ciento. La cohesión social es indispensable en todas las sociedades porque las vincula y permite estrechar mejores relaciones de entendimiento para la convivencia social en todos los espacios sociales, públicos y privados. Es condición para la estabilidad social, la convivencia, la paz y la armonía de las personas, las familias y las comunidades. En la actualidad, el deterioro del tejido social tiene como consecuencia la fragmentación de la sociedad, atomizándola cada vez más y cancelando con ello, la oportunidad para participar de manera organizada en los asuntos públicos y privados, haciendo a la población más vulnerable y pasiva ante las distintas amenazas de inestabilidad social y económica. En materia de participación de la sociedad civil organizada, a la fecha se encuentran

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registradas 373 Organizaciones de la Sociedad Civil en el Registro Federal de las OSC del INDESOL, consecuencia de un crecimiento sostenido en los últimos años, mismo que, en el mejor de los casos, deberá mantener su tendencia. Derivado de lo anterior y considerando la diversidad de Actores Sociales comprometidos en un trabajo corresponsable para el desarrollo social, con diversos niveles de profesionalización, hace pertinente la existencia de programas de fomento, para contribuir a fortalecer sus capacidades, conocimientos y modelos de interacción social, promover las condiciones institucionales que coadyuven al fortalecimiento del trabajo de los Actores Sociales, a fin de propiciar un mayor profesionalismo e impacto en su quehacer, buscando formas creativas de aprovechar, transparentar y hacer eficiente el uso de los recursos públicos. El Programa de Coinversión Social (PCS), fortalece y vincula entre sí y con los diversos órganos de gobierno a los Actores Sociales para que a través del fomento de sus actividades promuevan la cohesión y capital social, así como el desarrollo humano y social de grupos, comunidades o regiones que viven en situación de vulnerabilidad o exclusión. Desde un enfoque transversal y con perspectiva de género, en sinergia con los Actores Sociales, el PCS busca contribuir a promover la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres. Por lo tanto, el PCS, contribuye a dirigir los esfuerzos conjuntos para la atención de grupos de población que viven situaciones de vulnerabilidad o exclusión, tales como, indígenas, personas adultas mayores, con discapacidad, niñas, niños, adolescentes y jóvenes, entre otros, propiciando su inclusión en el desarrollo social desde un enfoque de derechos. En un marco de corresponsabilidad apoya proyectos que incorporen acciones de promoción del desarrollo humano y social. Conforme a la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del PCS, el fin o impacto del Programa consiste en contribuir a fortalecer la participación social para impulsar el desarrollo comunitario mediante el fortalecimiento y vinculación de los Actores Sociales, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil. Este Programa, tiene como eje transversal la seguridad humana, que permite garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población considerado dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, así como el cumplimiento de la línea 2.2. Pobreza y Desigualdad en el que se establece como prioridad reducir la proporción de niñas, niños, mujeres y hombres de todas las edades que viven en la pobreza en todas sus dimensiones y la reducción de la pobreza en el estado. Al respecto, las acciones del PCS se alinean a la Estrategia 2.2.1 del Plan Estatal de Desarrollo que busca implementar programas de reducción de la pobreza en todas sus dimensiones. Es un programa que opera a través de la participación de Organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro, el cual está enfocado a la realización de acciones tales como: desarrollo integral sustentable con participación ciudadana, mejora alimentaria, entre otros.

III. GLOSARIO DE TÉRMINOS

Acondicionamiento, habilitación y/o adecuación de inmuebles: Deberán entenderse como aquellas mejoras, adaptaciones, remodelaciones o refuerzos de un bien inmueble ya existente que no irán más allá de aquellos conceptos que por el tipo de convocatoria en concordancia con el proyecto, justifique la implementación del recurso en conceptos específicos como por ejemplo

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invernaderos, estanques, corrales, así como rampas o adecuaciones para personas con alguna discapacidad. No así, aquellas que, por su naturaleza, se consideren como obra pública. Acta de Entrega Recepción: Es el documento que da constancia de la terminación de un proyecto y/o acción que se elabora con el propósito de efectuar la entrega a los beneficiarios de los trabajos programados. Actor Social: Es una agrupación de personas con un fin determinado. Por ejemplo una asociación civil, instituciones de educación superior o centros de investigación. Beneficiarios: Es la persona o grupo de personas que reciben directamente el beneficio de un proyecto y/o acción determinada y que cumplen los requisitos de las presentes Reglas de Operación. Capital Social: Es el conjunto de formas de interacción, cooperación y suma de capacidades para incrementar el bienestar colectivo y que a su vez genera confianza pública y reciprocidad. COEPO: Es el Consejo Estatal de Población. COEPLA: Es la Coordinación Estatal de Planeación Coinversión: Participación, conjunta o individual, de organizaciones de los sectores social y privado, mediante la aportación de recursos humanos, materiales o financieros, en las acciones y Programas gubernamentales de desarrollo social. Coinversión Monetaria: Aportación de recursos económicos, en moneda nacional que realiza el Actor Social para el desarrollo del Proyecto. Coinversión No Monetaria: Aportación en especie, tanto recursos humanos como materiales, que pueden ser muebles o inmuebles, que el Actor Social destina para la realización del proyecto y que son cuantificables hasta el 20% de la Coinversión. CONAPO: El Consejo Nacional de Población, por mandato de la Ley de Población, tiene la misión de regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que ésta participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social. Comité Técnico: Es la instancia de decisión de la SEDESOL, orientada la revisión y seguimiento para la validación de los proyectos a apoyar a través del Programa Coinversión Social. CONEVAL: Es el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Convocatoria: documento que establece las bases, con objeto de invitar a los Actores Sociales a participar en el PCS presentando proyectos. Convenio de Coordinación: Instrumento jurídico que suscribe el Ejecutivo del Estado a través de las dependencias o entidades de la Administración Pública Estatal y/o Federal, o en su caso con las organizaciones de la sociedad civil para la realización de actividades relacionadas con el desarrollo social.

Coordinación Institucional: Proceso a través del cual se da orden al esfuerzo institucional de las dependencias y entidades del gobierno federal y de los gobiernos estatales y municipales. Los propósitos primordiales de esta coordinación son evitar la duplicidad de esfuerzos, transparentar y hacer más eficiente el uso de los recursos.

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Comité de Participación Social: Es la conformación de Comités para la intervención de los habitantes de las localidades en la planeación de su propio desarrollo, con la ejecución de proyectos y/o acciones enfocadas al beneficio de la población. CLUNI: Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil. Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS): Instrumento de recolección de información en el que se captan los datos sobre las condiciones socioeconómicas y demográficas del hogar y sus integrantes para la identificación de los posibles beneficiarios. CURP: Clave Única de Registro de Población. Declaratoria de Desastre Natural: Es el documento oficial emitido por la Secretaría de Gobernación que señala cuando una Entidad Federativa se encuentra en condiciones de desastre natural ocasionados por eventos naturales que hacen referencia a las enormes pérdidas materiales incluso humanas a causa de un fenómeno natural perturbador. Esta declaratoria se emite a solicitud de la Entidad Federativa afectada. Dictaminación: Clasificación de proyectos como elegibles o no factibles de canalización de recursos, de acuerdo con su viabilidad técnica, metodológica, financiera, así como su contribución para generar capital social. Instancia Ejecutora: Dependencia u Organismo responsable de la realización o ejecución del proyecto y/o acciones. OSC: Organizaciones de la Sociedad Civil PED: Se refiere al Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 PCS: Se refiere al Programa Coinversión Social. PNUD: Es el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Rezago Social: Resume cuatro indicadores de carencias sociales (educación, salud, servicios básicos y espacios en la vivienda) en un solo índice que tiene como finalidad ordenar a las unidades de observación según sus carencias sociales. Reglas: Se refiere a las Reglas de Operación del Programa Coinversión Social SEDESOL: Es la Secretaría de Desarrollo Social de Gobierno del Estado. SEFIN: Es la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado. ZAP: Áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza y marginación, indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social establecidos en la Ley General de Desarrollo Social. Su determinación se orientará por los criterios de resultados que para el efecto defina el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social que esta Ley señala y deberá, en todo tiempo, promover la eficacia cuantitativa y cualitativa de los ejecutores de la Política Social.

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IV. ALINEACIÓN DE OBJETIVOS

1. Alineación al PED Los presentes objetivos se encuentran alineados al Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, en el eje 2 Seguridad Humana en que establece abrir espacios a los agentes del desarrollo, a los poderes del estado y de la sociedad en la definición e implementación de una agenda pública que privilegie los derechos humanos y el acceso a los satisfactores sociales, económicos, culturales y ambientales en cantidad y calidad para elevar el bienestar individual y colectivo, así como en la Línea Estratégica. 2.2 Pobreza y desigualdad estableciendo como objetivo la orientación de los programas públicos para la erradicación de la desigualdad y la pobreza en el Estado. Y considerando la estrategia 2.2.1 Implementar programas de reducción de la pobreza en todas sus dimensiones.

2. Alineación a los programas sectoriales

La alineación a programas sectoriales está enfocado en la estrategia 4. Impulso a la economía Social cuyo objetivo sectorial consiste en fortalecer capacidades y medios de los Organismos del Sector Social de la Economía, que cuenten con iniciativas productivas para la inclusión productiva y financiera. Metas:

Establecer programas de desarrollo de apoyo en los 58 municipios del Estado. Estrategias:

Identificar los proyectos que fortalezcan el desarrollo de las localidades y contribuyan al crecimiento económico y social de las mismas.

Líneas de acción:

Promover la capacitación a grupos y personas en comunidades en alta y muy alta marginación y zonas de atención prioritaria.

3. Alineación a Derechos Humanos 12. Derecho a la educación 13. Derecho a la salud 14. Derecho a la vivienda 16. Derecho a la alimentación 21. Derecho al trabajo

4. Objetivos de Desarrollo Sostenible Considera la participación de los diferentes órganos de gobierno, con la finalidad de garantizar que el desarrollo llegue a las personas en situación de mayor vulnerabilidad, entre los que se encuentra:

ODS 1.Fin de la pobreza ODS 2. Hambre cero ODS 3. Salud y Bienestar ODS 4. Educación de calidad ODS 10. Reducción de las Desigualdades

V. OBJETIVOS

1. Objetivo General:

Contribuir a fortalecer la participación social para impulsar el desarrollo comunitario mediante el fortalecimiento y vinculación de las Organizaciones de la Sociedad Civil a través de la

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implementación de proyectos que permitan la participación de los grupos en situación de vulnerabilidad en el Estado de Zacatecas.

2. Objetivo Específico: Fortalecer y vincular a las OSC para que a través del fomento y apoyo a sus actividades promuevan la cohesión social, el desarrollo humano y el capital social de grupos, comunidades o regiones que viven en situación de vulnerabilidad o exclusión.

VI. ALCANCE

“Este programa está diseñado con perspectiva de género, por lo que para la operación del mismo se consideran criterios que contribuyen a salvaguardar la igualdad y la equidad entre los géneros, es decir igualdad entre hombre y mujeres, igualdad de oportunidades de bienestar social”.

1. Cobertura territorial El programa tiene cobertura estatal, es decir; podrá operar en los 58 municipios del Estado y de manera particular en los territorios definidos como Zonas de Atención Prioritaria, localidades con los dos grados de rezago alto y en su caso en localidades con pobreza extrema.

2. Población Potencial La integran las personas o grupos de personas que habitan una localidad determinada que reciben el beneficio directo de proyectos y/o acciones a realizar, con el objetivo de realizar un proyecto de desarrollo humano, de cohesión social o de capital humano que formen que sean considerados por la OSC para ser factible de recibir el apoyo..

3. Población Objetivo Organizaciones de la Sociedad Civil que cuentan con proyectos de desarrollo social que coadyuven al desarrollo de grupos, comunidades o regiones que viven en situación de vulnerabilidad o exclusión, y que cumplan con los criterios de selección establecidos en las presentes Reglas de Operación.

VII. BENEFICIARIOS

Se considerará como beneficiarios a las Organizaciones de la Sociedad Civil que cuentan con proyectos de desarrollo social que coadyuven al desarrollo de grupos, comunidades o regiones que viven en situación de vulnerabilidad o exclusión, y que cumplan con los criterios de selección establecidos en las presentes Reglas de Operación. Así mismo se considerará como beneficiarios a la población que reciben los apoyos o los recursos de los programas a través de un Actor Social, para lo cual el Actor Social deberá conformar un padrón de beneficiarios.

1. Criterios y requisitos de elegibilidad Las propuestas elegibles serán presentadas por las OSC, las cuales deberán de cumplir con los siguientes criterios y requisitos: Criterios:

Que la OSC solicitante del apoyo demuestre contar con domicilio fiscal exclusivamente dentro del Estado.

Contar con un proyecto que cumpla con los requisitos que marcan las presentes Reglas de Operación.

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Gobierno del Estado de Zacatecas

Cumplir con los requisitos fiscales de conformidad con la normatividad aplicable en la materia la cual deberá señalar específicamente que se trata de una “persona moral sin fines de lucro”.

Contar con los recursos necesarios para la coinversión, la cual será como mínimo del 20% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y no monetarios.

En caso de haber sido apoyado en el ejercicio fiscal anterior, deberá haber entregado a la Instancia ejecutora correspondiente, el Reporte Final de Actividades completo, así como la documentación comprobatoria generada en la ejecución de su proyecto.

Se aprobará únicamente un proyecto por cada ejercicio fiscal, por lo que en ningún caso una misma OSC podrá presentar dos proyectos para el mismo ejercicio.

No tener irregularidades o incumplimientos reportados, observaciones de auditorías o cualquier otro tipo de impedimento jurídico administrativo con algún Programa de la SEDESOL, o con alguna instancia pública.

Las OSC que reciban apoyos del Programa no podrán recibir recursos por parte de otros Programas federales o estatales para las mismas actividades señaladas en el proyecto, ni durante el ejercicio fiscal correspondiente ni en ejercicios fiscales subsecuentes.

Estar inscrita en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

Requisitos:

Presentar oficio de solicitud de apoyo y formato de expediente técnico para la ejecución de proyectos por parte de organizaciones de la sociedad civil para el Programa de Coinversión Social, de manera física y en medio electrónica en la Secretaría de Desarrollo Social de Gobierno del Estado. La SEDESOL proporcionará el formato de expediente técnico para la ejecución de Proyectos.

Adjuntar constancia de situación fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria, con una antigüedad máxima de un mes a la fecha en que se presenta el proyecto para verificar el domicilio fiscal y régimen como persona moral sin fines de lucro.

En la propuesta presentada, la OSC deberá comprometerse a no solicitar ni recibir apoyos del Programa para proyectos iguales y/o las mismas actividades de otros programas federales y/o estatales.

Presentar copia de acta constitutiva de la OSC.

Contar con la Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI), y que ésta se haya obtenido antes del cierre del ejercicio fiscal 2017.

Los criterios de selección utilizados en el proceso de dictaminación, consideran en primera instancia el impacto social del proyecto, así como su viabilidad y contribución para generar inclusión, cohesión y capital social y privilegiar los principios de respeto y ejercicio de los derechos humanos.

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Gobierno del Estado de Zacatecas

Se dará prioridad a los proyectos que cuenten con acciones enfocadas al abatimiento de los indicadores de alimentación y vivienda, así como a proyectos ubicados en zonas ZAP, localidades con rezago social en localidades consideradas en pobreza extrema.

2. Restricciones de elegibilidad

No podrá acceder al Programa, en caso de haber incurrido en cualquiera de los siguientes casos:

Que la OSC no haya cumplido con las metas programas en el Proyecto.

Que la OSC no haya presentado Reporte de las actividades

Que la OSC no cuente con documentación comprobatoria de los recursos aprobados en ejercicios pasados.

Que se aplique el recurso en actividades diferentes a las aprobadas en el proyecto.

3. Derechos y obligaciones de los beneficiarios

Derechos: La población beneficiaria tiene derecho:

Recibir asesoría y capacitación gratuita, así como información acerca del estatus de sus proyectos.

Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación alguna.

Estar informados sobre los proyectos y/o acciones a realizarse en beneficio de su comunidad.

Formar parte de los comités de participación y contraloría social (según sea el caso) que se constituyan con el objetivo de hacerlos partícipes en la ejecución y aplicación clara y transparente de los recursos aprobados en su beneficio.

Obligaciones: Las y los beneficiarios manifestarán:

Sujetarse a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.

Verificar que la persona propuesta para coordinar su proyecto no se haya presentado con la misma función en ningún otro proyecto.

En corresponsabilidad con la persona que ostente la representación legal vigente, quien coordine el proyecto, se compromete a la debida ejecución del mismo, haciéndose responsable solidario en el cumplimiento del ejercicio de los recursos.

Atender en su caso las entrevistas y/o visitas de campo de la Instancia Ejecutora a efecto de verificar la información sobre su compromiso, experiencia y capacidad de gestión del proyecto. Atender las visitas de seguimiento, así como los requerimientos de información de las instancias de control, vigilancia y ejecutora, presentando en caso de ser requerido, el original de la documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos estatales.

Para el caso de los proyectos que atiendan directamente a personas, deberán contar con una relación de éstas sin faltar a la verdad, datos personales relativos a nombre, sexo, domicilio (municipio, localidad), situación socio-económica, grado máximo de estudios, número de dependientes económicos, CURP y tipo de apoyo que están recibiendo, etc.

Asistir a reuniones y/o talleres relacionados con el programa.

Presentar en tiempo y forma la propuesta.

Presentar copia de la documentación generada en el proceso de ejecución del proyecto.

Elaborar acta de entrega recepción al término del proyecto.

4. Criterios de incumplimiento, retención, suspensión o reducción de recursos

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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 151

Gobierno del Estado de Zacatecas

La SEDESOL podrá rechazar propuestas de inversión de una OSC que hayan incumplido compromisos de operación o comprobación documental de otros proyectos/o acciones que le hayan sido autorizados con anterioridad, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar. Cuando la SEDESOL o algún órgano de fiscalización o instancias de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación, desvío de recursos, incumplimiento a los convenios o acuerdos, o incumplimiento en la entrega oportuna de información relativa a avances y metas alcanzadas, la SEDESOL, podrá suspender los apoyos e inclusive solicitar su reintegro, de acuerdo con el origen de los recursos aportados, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables. Así como las que determine los órganos de fiscalización que correspondan. Recursos No Devengados: En el caso de que las OSC no ejerzan el recurso o se detecte algún tipo de malversación de los mismos (incumplimiento de metas), la SEDESOL tiene la facultad para solicitar el reintegro del 100% de los recursos otorgados, mismo que deberá ser reintegrado a la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado y deberán remitir copia del reintegro a la SEDESOL para su registro correspondiente.

VIII. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS O BENEFICIOS

1. Tipos de apoyo

El Programa otorga recursos públicos para el desarrollo de proyectos presentados por las OSC, de conformidad con lo establecido en las presentes Reglas de Operación. Los apoyos que otorga el Programa son recursos públicos catalogados como subsidios a través de suscripción de Convenios, mediante la coinversión con programas federales, en éste caso la aplicación del recurso quedará sujeto a las reglas de operación correspondientes a la federación.

2. Característica del apoyo

Se otorgarán aportaciones en efectivo, para la ejecución de proyectos que cumpla con lo siguiente:

Promoción del Desarrollo Humano y Social: Proyectos que contribuyan al logro de acciones que mejoren las condiciones de vida de la población en situación de pobreza, exclusión, vulnerabilidad, desigualdad por género, marginación o discriminación, y fomenten el desarrollo comunitario y el capital social

Fortalecimiento, Capacitación y Sistematización: Proyectos dirigidos al mejoramiento de las capacidades, conocimientos, habilidades y metodologías de organización y gestión de los Actores Sociales, así como el equipamiento y mejoramiento de infraestructura. Incluye la promoción de la participación ciudadana en las políticas públicas, los procesos de articulación con los tres órdenes de gobierno y la generación de sinergias para un mayor impacto social.

En situación de emergencia originada por un fenómeno natural o en casos de contingencias que pongan en riesgo a la población, el Programa podrá realizar acciones durante y después de la contingencia, de acuerdo con lo que disponga el Comité Técnico del Programa, el que tendrá en cuenta la magnitud de los daños o la inmediatez requerida para atender a la población afectada. Para estos casos u otros que disponga el Comité de Técnico del Programa se dejará sin efecto la dictaminarían sobre la condición de pobreza de la población afectada.

3. Periodicidad del apoyo

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152 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

Gobierno del Estado de Zacatecas

Se otorgará solo un apoyo de manera anual de acuerdo al ejercicio fiscal vigente.

4. Montos de Apoyo

Para el presupuesto del Programa Coinversión Social (PSC), el Estado destinará los recursos de acuerdo al gasto del presupuesto aprobado por el Congreso del Estado para la ejecución de este programa, con el fin de elevar la calidad de vida y bienestar social de las personas más vulnerables de nuestro estado. El monto máximo de recursos que podrá otorgarse por proyecto será de hasta $300,000.00, en función de las características y objetivos presentados por cada OSC. El porcentaje de coinversión de los Actores Sociales, deberá ser cuando menos del 20% del costo total del proyecto, el cual podrá ser en términos monetarios y no monetarios. El monto a asignar a cada proyecto será determinado en base a los siguientes criterios:

Que se desarrollen en alguna de las zonas de atención prioritaria, localidades con los dos grado de rezago social más altos y localidades en pobreza extrema.

Que los proyectos integren objetivos y metas orientados a favorecer la equidad e igualdad de género.

Que fomenten el capital social, principalmente la construcción de redes sociales y/o su fortalecimiento.

Que se vinculen con algún programa de desarrollo social, que contribuya a generar sinergias en temáticas específicas o complementarias.

Que no repliquen roles tradicionales ni estereotipos de género.

IX. OPERATIVIDAD

1. Planteamiento Cada OSC presentará a la Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Programas Sociales la solicitud y propuesta de su proyecto, misma que previo acuerdo con el Comité Técnico del Programa, revisará y analizará la viabilidad de los mismos. Cada solicitud presentada a la Secretaría, deberá realizarse de manera oficial, especificando monto del proyecto, participación monetaria (en caso de que exista), mencionar nombre del proyecto, ubicación, objetivo del mismo, así como presentar la propuesta en el formato de expediente técnico. (Formato proporcionado en las presentes Reglas de Operación o en su caso en la Dirección de Programas Sociales con el enlace responsable del programa quien tendrá la facultad para la recepción de los proyectos). En caso de que faltara algún dato o hubiera algún error, la Secretaría de Desarrollo Social a través de la Dirección de Programas Sociales tendrá un plazo de 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud para informar al solicitante, quien a su vez tendrá 5 días hábiles para solventar las observaciones realizadas a su propuesta. En el caso de que los beneficiarios u organizaciones de la sociedad civil se constituyan en ejecutores deberán presentar sus proyectos en escrito libre señalando el nombre del ejecutor, RFC, teléfono, domicilio para recibir notificaciones, el nombre y la firma del representante legal además de la siguiente información:

Las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar en original y copia para su cotejo, acta constitutiva, cedula de identificación fiscal del representante legal, comprobante de domicilio, formulario de registro ante SHCP, estado de cuenta y contrato de apertura bancaria, carta de cumplimiento de obligaciones fiscales en escrito libre, currículo y carta compromiso manifestando que no presenta irregularidades con alguna instancia del Gobierno Estatal.

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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 153

Gobierno del Estado de Zacatecas

Antes de la aprobación y dictaminación de los proyectos, las Instancias participantes deberán suscribir el convenio de concertación correspondiente.

RESPONSABLE ACT.

NO. ACTIVIDADES REGISTRO TIEMPO

SEDESOL 1 Asignación del techo financiero al

programa Oficio circular Ene-Feb

SEDESOL 2 Proporcionar información al público en

general sobre el Programa

Reglas de

operación y

difusión a través

de Coordinaciones

Regionales

Ene-Dic

SOLICITANTE 3

Presentar solicitudes con propuestas a

través dirigida al C. Secretario de la

SEDESOL o en su caso las presenta

directamente en la Dirección de

Programas Sociales de la misma

Secretaría.

Oficio de solicitud Ene

SEDESOL 4

Determinar la viabilidad de las

propuestas, en base al techo financiero

asignado al programa para el ejercicio

fiscal vigente, considerando lo indicado

en las Reglas de Operación del

programa,

Reporte Feb

COMITÉ

TÉCNICO 5

Revisar y analizar si la propuesta

presentada cumple con todos los

requisitos establecidos en las Reglas de

Operación del Programa;

Fallo Feb

SEDESOL 6

Una vez autorizado el Convenio por la

Dirección Jurídica, se procederá a la

firma correspondiente de cada una de

las instancias involucradas.

Convenio Feb-Mar

SEDESOL 7

Coordinarse con las áreas

correspondientes, para solicitar a la

COEPLA la elaboración del Oficio de

Ejecución de los proyectos aprobados

Oficio de ejecución Abr

SEDESOL 8

Solicitar a la OSC copia de cuenta de

inversión, en la cual la SEFIN realizará

la transferencia de los recursos

aprobados dependiendo del monto de

inversión autorizado. Así como los

recibos de ingresos que serán utilizados

para el trámite de liberación de los

Cuenta bancaria Abr

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154 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

Gobierno del Estado de Zacatecas

recursos.

SEDESOL 9

La Dirección de Programas Sociales en

conjunto con la Coordinación

Administrativa realiza los trámites

correspondientes para solicitar a la

SEFIN la transferencia de los recursos a

cada una de las OSC beneficiadas,

presentando la documentación soporte

(Oficio de ejecución, Convenio de

Coordinación, Oficio de apertura de

cuenta, recibos de ingresos, formato

RCB-1).

Oficio Abr

SOLICITANTE 10

Dará inicio con la ejecución de los

proyectos y cumplir con cada una de

metas programadas

Reporte May

SEDESOL 11

Llevar a cabo el seguimiento de cada

uno de los proyectos aprobados, con el

acompañamiento de cada OSC.

Informe y reporte

fotográfico Abr-Dic

SEDESOL 12

Integrar la documentación

comprobatoria, misma que será

solicitada a los responsables de la

ejecución de los proyectos, en este caso

a las OSC.

Informe, reporte

fotográfico y acta

de entrega

recepción

Dic

SEDESOL 13 Realizar el cierre de ejercicio del

Programa. Documento Dic

En todos los casos deberá integrarse un comité de participación y/o contraloría social para el seguimiento de los proyectos y/o acciones aprobadas en el programa, el cual se realizará conjuntamente con la participación de los ejecutores, la Secretaría de Desarrollo Social o en su caso la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Atención a la Pobreza a través de las coordinaciones territoriales ubicadas en el Estado.

Comité Técnico del Programa Los proyectos se evaluarán mediante un dictamen técnico que será realizado por comisiones integradas, de la siguiente forma: Por un servidor o servidora pública estatal; una persona integrante de las organizaciones de la sociedad civil y otra especialista en la materia. La Instancia Ejecutora designará a un servidor público que fungirá como secretario técnico. Atribuciones y funciones encomendadas por la Instancia Ejecutora del PCS a las comisiones dictaminadoras:

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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 155

Gobierno del Estado de Zacatecas

1. Evaluar colegiadamente la viabilidad de los proyectos y la trayectoria de los Actores Sociales, mediante la realización de un dictamen técnico, a efecto de ponderar la elegibilidad de los mismos, con base en los criterios de selección establecidos en las presentes Reglas de Operación.

2. Evaluar la pertinencia y factibilidad de los indicadores de impacto social del proyecto y materiales probatorios registrados en el proyecto, a efecto de que sean congruentes y consistentes con las líneas de acción, los objetivos específicos y los niveles de impacto del mismo y de ser necesario, hacer las recomendaciones convenientes para ello.

3. Emitir observaciones y recomendaciones que contribuyan a mejorar las propuestas de un proyecto elegible, sin que ello implique la reelaboración del proyecto.

4. Especificar y argumentar de manera clara los criterios de selección que fueron

determinantes para otorgar la calificación al proyecto dictaminado.

5. Recomendar, considerando la naturaleza del proyecto y el tiempo para su ejecución, que los recursos se entreguen en una sola exhibición.

6. En el caso de los proyectos de continuidad tomar en cuenta las participaciones anteriores

del Actor Social en el PCS en cuanto al cumplimiento de sus metas y, en su caso, otras acciones de seguimiento.

Las personas que integran las Comisiones Dictaminadoras deberán tener experiencia o conocimientos en ámbitos relacionados con los proyectos que dictaminen. Ninguna persona podrá integrarse en comisiones que dictaminen proyectos presentados por organizaciones o instituciones de las cuales sean representantes legales, personas asociadas, trabajadoras o con las que tengan conflicto de intereses o cualquier otro factor que implique parcialidad en el dictamen El Comité Técnico estará integrado por:

1. Presidente Secretario (a) de la SEDESOL

2. Secretario Director (a) de Programas Sociales de la SEDESOL

3. Vocal 1 Servidor Público

4. Vocal 2 Persona especialista en la materia

5. Vocal 3 Representante de las Organizaciones Civiles

Gastos de Operación: Del recurso asignado al programa, se destinará hasta máximo el 3% del total de los recursos para gastos indirectos, mismos que serán operados por “EL ESTADO”, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, para el seguimiento de los proyectos, en concordancia con lo establecido en el Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Gasto Público Vigente.

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156 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

Gobierno del Estado de Zacatecas

2. Diagrama de flujo

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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 157

Gobierno del Estado de Zacatecas

3. Matriz de indicadores

DATOS DEL PROYECTO

Nombre del

Proyecto

Promoción y Gestión del

desarrollo social en el estado1 Inversión:

Unidad

responsable

Nombre

del Titular

ALINEACIÓN

Eje de Política

PúblicaEje:

Dependencia o

Entidad

Línea

Estratégica

Estrategia

Finalidad 2. Desarrollo social Función: Propósito

RESULTADOS

Denominación:

Método de

Cálculo:

Tipo: Dimensión:

Frecuencia:

Meta Anual:

Denominación:

Método de

Cálculo:

Tipo: Dimensión:

Frecuencia:

Meta Anual:

Denominación:

Método de

Cálculo:

Tipo: Dimensión:

Frecuencia:

Meta Anual:

Denominación:

Método de

Cálculo:Tipo: Dimensión:

Frecuencia:

Meta Anual:

Denominación:

Método de

Cálculo:

Tipo: Dimensión:

Frecuencia:

Meta Anual:

Denominación:

Método de

Cálculo:

Tipo: Dimensión:

Frecuencia:

Meta Anual:

Denominación:

Método de

Cálculo:

Tipo: Dimensión:

Frecuencia:

Meta Anual:

Superivisón física, reporte escrito y fotográfico

Los Actores Sociales ejecutan

el proyecto apoyado de

acuerdo a lo convenido

(Avance en la ejecución de proyectos apoyados/Total de recurso

otorgado)*100

Resultado Eficacia

SemestralSentido: Incremento

100%

Registros administrativos, Dirección de Programas

Sociales

El presupuesto de egresos

programa reucrsos para la

ejecución del Programa

(Total de recurso ejercido/Total de recurso asignado al programa)*100

Gesdtión Eficacia

SemestralSentido: Incremento

100

Actividad 1.2

Capacitación a organizaciones

de la sociedad civil

beneficiarias para la

ejecución de los recursos

aprobados

Porcentaje de actores sociales capacitados que participan con un proyecto

Registro de asistencia de actores sociales

capacitados. Informe

Los Actores Sociales se

interesan en participar en

capacitaciones que

promueven el fortalecimeitop

de sus capacidades

(No. de actores sociales que participan en las capacitaciónes /Número de

actores que solicitan el apoyo)*100

Gestión Eficacia

SemestralSentido: Incremento

100%

Actividad 1.3 entrega de recursos a

proyectos apoyados

Porcentaje de recurso ejercido

Actividad 1.4 Seguimiento a proyectos

aprobados

Porcentaje de avance en la ejecución de proyectos apoyados

Los Actores Sociales aplican

los apoyos para el

fortalecimiento de su

capacidad de autogestión y

desarrollan actividades de

fomento a la cohesión social.

La concurrencia de recursos

se conserva en los programas

sociales

(Número de proyectos apoyados/Número de proyectos soli ictados)*100

Impacto Eficacia

Anual

Sentido: Incremento100%

Actividad 1.1

Recepción de solicitudes

presentadas por

Organizaciones de la Sociedad

Civil para participar en el

programa

Porcentaje de OSC que solicitan el apoyo

Registros administrativos, Dirección de Programas

Sociales

Componente 1

Proyectos presentados

por los Actores Sociales,

apoyados

Porcentaje de proyectos apoyados

Informe de seguimiento físico y operativo del

programa. Total de proyectos aprobados reflejados

en informe trimestral

Los Actores sociales cuentan

con todos los recursos para

el desarrollo de sus

actividades. Los Actores

Scoiales muestran interés en

presentar proyectos

(Número de proyecto apoyados/Total de proyecto recibidos)*100

Impacto Eficacia

Las organizaciones sociales

de la sociedad civil acuden a

solicitar apoyo

(OSC que solicitan el apoyo/Total de OSC registradas)*100

-2%

Propósito

Actores Sociales se

fortalecen y cuentan con

vinculación suficiente para

el fomento del capital

social y la realización de

actividades que fortalecen

la cohesión y el desarrollo

social

Porcentaje de proyectos cuyos beneficiarios incrementaron su nivel de

participación ciudadadana

Denominación - Método de cálculo - Tipo-Dimensión-Frecuencia - Sentido - Meta Anual

Fin

Contribuir a la disminución

de la pobreza y el rezago

social en el estado de

zacatecas

Porcentaje de Población en pobreza en el Estado

Informe de seguimiento físico y operativo del

programa. Total de proyectos aprobados reflejados

en informe trimestral

Participativo50%

Anual Sentido:

Resultado Eficacia

Anual Sentido: Incremento

80%

Objetivo

2.5.3.Lograr una mayor y mejor coordinación

interinstitucional que garantice la concurrencia

y corresponsabilidad de los tres órdenes de

gobierno para el ordenamiento sustentable del

territorio, así como para el impulso

2.2. POBREZA, MARGINACIÓN Y DESIGUALDAD

Objetivo

Consolidar el Sistema Estatal de Desarrollo social a

través de la coordinación de las acciones orientadas

a la generación del desarrollo social. 2.2.1. IMPLEMENTA PROGRAMAS DE REDUCCIÓN DE POBREZA EN TODAS SUS

DIMENSIONES

Página de CONEVAL

Se conserva como prioridad

para el estado la

disminución de la pobreza

(Población con al menos una carencia social y con ingresos insuficientes

para adquirir los bienes y servicios que requieren/ Población total)

Impacto Eficacia

Anual

Clasificación Funcional

2.6. Protección social Subfunción 2.6.4 Desempleo

La población en situación de pobreza es atendida con

acciones de fomento al ingreso y al desarrollo social

NIVEL OBJETIVOSINDICADORES

MEDIOS DE VERIFICACIÓN SUPUESTOS

Sentido: decremento

Matriz de Indicadores para Resultados (MIR)

Número de ProyectoSECRETARÍA DE DESARROLLO

SOCIAL Lic. Otil io Rivera Herrera

Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 Objetivo estratégico de la Dependencia o Entidad

2.5 MÉXICO INCLUYENTE 2. SEGURIDAD HUMANA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

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158 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

Gobierno del Estado de Zacatecas

X. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL

1. Seguimiento

Con el propósito de corroborar la correcta aplicación del Programa, la SEDESOL Estatal llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de los recursos asignados al mismo, así como a las acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas. Mismas que deberá de reportar resultados de manera interna a través del formato EVA-03 a Dirección de Planeación y Evaluación. Así mismo la instancia ejecutora será la responsables del seguimiento a los proyectos aprobados, así como de verificar que en su ejecución se cumpla con la normatividad aplicable, conjuntamente con personal de las Coordinaciones Territoriales ubicadas en el los diversos municipios del estado. Así mismo, la Dirección de Programas Social tiene la facultad para asignar personal de la propia Dirección para realizar visitas de seguimiento y de ésta manera verificar los avances físicos y financieros de los proyectos aprobados, así como el cumplimiento de las metas programadas. La Secretaría de Desarrollo Social podrá solicitar a las OSC y/o comités de contraloría social la información o documentación que considere necesaria para la administración y seguimiento del programa. Una vez concluidas las acciones, las OSC beneficiadas procederá a realizar el proceso de entrega recepción que garantice el buen término del proyecto, obteniendo las actas correspondientes y entregando copia de las mismas a la Secretaría de Desarrollo Social en la Dirección de Programas Sociales. Al acto de entrega recepción se deberá convocar a la Secretaría de la Función Pública además de las instancias involucradas en la ejecución del proyecto. 2. Evaluación

La Secretaría de Desarrollo Social a través de la Dirección de Programas Sociales elaborará en conjunto con la Dirección planeación y evaluación un instrumento que refleje de manera trimestral los avances físicos financieros (Formato EVA-03) de las obras y/o acciones, “Ésta área deberá ajustarse a los Lineamientos aprobados por el Consejo Estatal de Evaluación”. 3. Indicadores de evaluación

1. Porcentaje de proyectos cuyos beneficiarios finales manifiestan haber

incrementado su nivel de participación ciudadana. 2. Porcentaje de proyectos apoyados con la ejecución del programa. 3. Porcentaje de OSC que solicitan el apoyo 4. Porcentaje de actores sociales capacitados que participan con un proyecto

4. Contraloría Social

Corresponderá a la Secretaría de la Función Pública propiciar la participación de las y los beneficiarios del Programa, a través de la integración y operación de comités de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo. “Las acciones de vigilancia y control se llevarán a cabo por Comités de Contraloría Social, que serán la figura de participación ciudadana, quien dará seguimiento y realizará acciones de supervisión respecto al cumplimiento de las metas y acciones contempladas, así como del correcto ejercicio de los recursos públicos asignados al proyecto”

5. Ejercicio de recursos

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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 159

Gobierno del Estado de Zacatecas

Los recursos se entregarán en dos ministraciones que se depositarán en la cuenta bancaria exclusiva de la OSC, para ello deberá haber cumplido los requisitos que indique la Instancia Normativa para la transferencia de recursos: Por cada ministración, la OSC deberá presentar de manera física y/o electrónica la siguiente documentación:

1. Formato RCB-1 (Será proporcionado por la SEDESOL) 2. Copia del estado de cuenta bancario de la OSC que contenga la CLABE interbancaria de

18 dígitos, número de cuenta y nombre de la Institución Bancaria. 3. Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de la OSC, emitido por el SAT con

estatus en positivo y una vigencia no mayor a treinta días. 4. Archivos .xml y .pdf, del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que cumpla con

los requisitos fiscales de conformidad con la normatividad aplicable en la materia. En caso de faltar cualquiera de estos documentos no se procederá a realizar el pago. La primera ministración se depositará posteriormente a la firma del Instrumento Jurídico y una vez que el fallo del proyecto haya resultado favorable. La segunda ministración estará condicionada a la presentación de avances físicos que comprueben el cumplimiento de las metas planteadas en el proyecto. . La Instancia Normativa podrá determinar no entregar la segunda ministración cuando cuente con información documentada, sobre alguna circunstancia que ponga en riesgo la ejecución del proyecto o en su caso de detecte algún incumplimiento de las metas programadas. Dicha decisión deberá estar fundada y motivada. La Instancia Normativa podrá otorgar los recursos en una sola exhibición en los siguientes casos:

1. Cuando se apoyen proyectos o se suscriban instrumentos jurídicos, durante el cuarto trimestre del ejercicio fiscal.

2. Cuando reciban una aportación del Programa mayor a $100,000.00 3. Cuando la Comisión Dictaminadora o la Instancia Ejecutora lo recomiende, por las

características técnicas del proyecto o de acuerdo a la naturaleza del Programa El Actor Social (OSC) deberá ejercer los recursos obtenidos conforme a los rubros y conceptos autorizados en formato de expediente técnico o cédula de información básica. . Las organizaciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como donatarias, no podrán presentar como comprobante un recibo de donativo, por lo que deberán presentar un comprobante fiscal digital diverso establecido en el Art. 29-A del Código Fiscal de la Federación y demás normatividad aplicable, para poder recibir recursos públicos del Programa. Las OSC deberán utilizar una cuenta bancaria exclusiva para el manejo de los recursos del Programa. . Las OSC deberán mantener, por lo menos durante 5 años después de concluido el proyecto, la Documentación original comprobatoria de los recursos estatales ejercidos, a disposición de las instancias de verificación competentes.

XI. INSTANCIAS PARTICIPANTES

1. Instancia Ejecutora Las Dependencias del Gobierno del Estado, Las Organizaciones de la Sociedad Civil, Instituciones Académicas o de Investigación, así como los Comités de Participación Social, dependiendo del tipo de proyecto o acción a realizar. La Secretaría de Desarrollo Social podrá suscribir acuerdos o

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160 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL

Gobierno del Estado de Zacatecas

convenios de ejecución, coordinación o concertación correspondientes. Las Organizaciones Civiles y las constituidas por los propios beneficiarios que reciban recursos públicos siempre y cuando destinen los mismos exclusivamente a los fines de este programa.

2. Instancia Normativa La instancia normativa queda a cargo de la SEDESOL ESTATAL, en el caso de recursos convenidos con la federación, la dependencia normativa será la dependencia federal. En el caso de la SEDESOL Estatal, a través de la Dirección de Programas Sociales será la instancia facultada para interpretar las presentes Reglas de Operación y para resolver los casos no previstos en las mismas.

3. Instancia de Control y vigilancia La Secretaria de la Función Pública y la Auditoría Superior del Gobierno del Estado, serán las instancias responsables para el control y vigilancia del Programa. En el caso de que existan recursos federalizados, la instancia facultada para el control y vigilancia del Programa quedará a cargo de la Auditoría Superior la federación.

4. Instancia de Apoyo Operativo La SEDESOL estatal establecerá los mecanismos de coordinación necesaria para garantizar que sus programas y acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal y/o estatal. Por tal motivo el apoyo operativo quedará a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Atención a la Pobreza a través de las coordinaciones regionales ubicadas en el Estado. Iniciando desde el momento de la puesta en marcha de la ejecución de los proyectos hasta el término de los mismos.

XII. TRANSPARENCIA

a) Publicación de las Reglas de Operación

Las Reglas de Operación serán publicadas en el Periódico Oficial, además, de conformidad con la Ley General y Estatal de Transparencia, en el Portal Nacional de Transparencia (http://www.plataformadetransparencia.org.mx/), en el Portal de Transparencia de Gobierno del Estado (http://transparencia.zacatecas.gob.mx/) y en la página institucional de la dependencia (http://www.sedesol.zacatecas.gob.mx), en el apartado de Transparencia.

b) Difusión Las convocatorias del programa serán publicadas en la página de Internet de la Secretaría de Desarrollo Social (http://sedesol.zacatecas.gob.mx) para la consulta de criterios, requisitos, restricciones de elegibilidad y vigencia de las mismas. El enlace de las convocatorias se compartirá a través de las redes sociales oficiales de la Dependencia, para una mayor difusión.

c) Unidades de Transparencia

Para solicitud de información, la Unidad de Transparencia de la Dependencia se encuentra ubicada en el 5° piso del Edificio B del Complejo de Ciudad Administrativa, con domicilio en Circuito Cerro del Gato, Colonia Ciudad Gobierno, Código Postal 98160, Zacatecas, Zac.; correo electrónico [email protected], teléfono 491 5000, extensión 35200; o bien, a través del portal INFOMEX (http://infomex.zacatecas.gob.mx/Infomex/).

d) Padrón de beneficiarios Una vez otorgado el beneficio se procederá a la conformación del Padrón de Beneficiarios de la Dependencia, cuya captura en el SIPABE será periódica y estará bajo la responsabilidad del área

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SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL 161

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de origen del Programa, de la cual se entregará un reporte trimestral a la Unidad de Transparencia para cumplir con las Obligaciones que en esta materia tiene el área.

La Dirección de Planeación y Evaluación, quien administra el SIPABE, realizará cortes semestrales de los beneficiarios y los entregará a la Coordinación Estatal de Planeación para la integración del Padrón Único de Beneficiarios del Gobierno del Estado y federal.

XIII. QUEJAS Y DENUNCIAS.

p) Procedimiento para interponer queja o denuncia

Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa las y los beneficiarios deberán dirigirlo por escrito a la Dirección Jurídica de la Secretaría de Desarrollo Estatal, se deberá interponer en el plazo de 30 días hábiles a partir de que haya sucedido el acto que haya dado lugar a la misma, Queja que deberá contener como mínimo:

Generales de quien lo presenta

Expresión de los hechos que motivan su queja o denuncia Nombre y firma

q) Área responsable de atención de quejas y denuncias

Dirección Jurídica de la Secretaría de Desarrollo Social, que para tal efecto se encuentra ubicada

en Circuito Cerro del Gato, Edificio “B”, quinto piso, Ciudad Administrativa, Zacatecas, Zacatecas.

“Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública quien dará el trámite correspondiente o bien hacer uso del Sistema de Atención Ciudadana:

Red Estatal de Buzones; Sistema Electrónico de Atención Ciudadana:

http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx; correo electrónico: contralorí[email protected], y

Lada gratuita: 01 800 55 26 26 67

Para la presentación de quejas y denuncias derivadas de la operación del Programa, los beneficiarios podrán acudir de manera externa a la Secretaría de la Función Pública, quien dará el trámite correspondiente o bien, hacer uso del sistema de Atención Ciudadana:

Red Estatal de buzones

Sistema electrónico de Atención Ciudadana: http://contraloriasocial.zacatecas.gob.mx; correo electrónico: contralorí[email protected]

Lada gratuita: 0180055262667

r) Los plazos y mecanismos para dar a conocer la resolución El plazo para emitir la resolución correspondiente es de 10 (15) días hábiles, una vez recibida la queja o denuncia y se notificará en ese

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mismo plazo mediante escrito entregado en el domicilio que el denunciante proporcione para tal efecto.

XII. ANEXOS