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215839253 Tarea de Derecho Comercial Doc

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    TEMA:DERECHO COMERCIAL

    CURSO:DERECHO COMERCIAL

    SEMESTRE:III CICLO

    ESPECIALIDAD:CONTABILIDAD

    2015

    INTEGRANTES:CHAUCA CHUMPITAZ JUAN LENINPAREDES OLAYA BRAYANPLACENCIA HARO FELIPE

    GRUPO:"A"

    "Ao de la diversificacin productiva y del fortalecimiento de la educacin"

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    PRESENTACIONA continuacin tengo el agrado de presentarle a usted el siguientetrabajo monogrfico de Derecho Comercial.Donde se mostrara todo lo referente al Derecho Comercial donde atravs de las Autoevaluaciones se mostrara: (Su Origen, Concepto,Fuentes, Autonoma). El Acto de Comercio: (Caractersticas, La empresa yEl Comerciante). Los Auxiliares del Comercio: (Bolsas de Produccin,Bolsa de Valores, Sociedad Agente de Bolsa, Almacenes Generales deDepsito, Cmaras Generales de Depsito, Cmaras de Comercio yRematadores o martilleros). Y Los Auxiliares del comerciante.Con la finalidad de que sea del completo agrado de usted y adems desu buena crtica.

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    DEDICATORIA

    Este presente trabajo monogrfico se lo dedico amis padres; a quienesles debotodo lo que tengo enestavida.

    A Dios, ya que gracias a l tengo esospadresmaravillosos, los cuales meapoyan en mis derrotasy celebranmis triunfos.

    A mis profesores quienes sonmis guas en elaprendizaje, dndome los ltimos conocimientosparami buen desenvolvimiento en lasociedad.

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    PRIMERA AUTOEVALUACION1. A partir de la lectura de Gua y el libro base proponga una

    diferenciacin entre la costumbre y la ley mercantil.COSTUMBRE LEY MERCANTIL

    Una costumbre es un hbitoadquirido por la prctica frecuentede un acto. Las costumbres de unanacin o persona, son el conjunto deinclinaciones y de usos que forman sucarcter distintivo. Generalmente sedistingue entre las que cuentan conaprobacin social, y las malascostumbres, que son relativamentecomunes, pero no cuentan conaprobacin social, y a veces leyeshan sido promulgadas para tratarde modificarlas en la conducta de laspersonas.

    El Derecho mercantil o Derechocomercial es una rama del Derechoprivado que regula el conjuntode normas relativas a loscomerciantes en el ejercicio de suprofesin, a los actos decomercio legalmente calificados comotales y a las relaciones jurdicasderivadas de la realizacin de estos.Esto es, en trminos amplios, es larama del Derecho que regula elejercicio del comercio.

    2. En qu consiste el lucro en el acto de comercio.El acto de comercio est indisolublemente unido al lucro, es decir, a obteneruna ganancia, un dividendo, una utilidad, que compense al mximo laactividad comercial, traducida en la mediacin y en el cambio. Esa actividadmercantil se propone a cubrir los costos de produccin, nutrir un fondo dereserva para enfrentar las contingencias, procurar el retorno del capitalinvertido en el menor tiempo y posibilitar la reinversin para elfortalecimiento y engrandecimiento de la empresa y obtener as mayoresganancias. (1)

    3. Proponga un ejemplo de la labor de los martilleros.El Martillero Pblico o Rematador es, en algunos pases, un profesionalindependiente que realiza ventas en remates pblicos de cualquier clase debienes muebles, inmuebles, semovientes y derechos, marcas, patentes y engeneral todo bien cuya venta no est prohibida por la Ley o encomendadas aotras profesiones especficas.Las ventas puedenser encomendadas por un particular (remates privados),por el Estado (remates oficiales) o por la justicia (remates judiciales) y siempredeben realizarse en forma pblica y al mejor postor. El Martillero Pblico,adems, puede practicar y expedirse en tasaciones de inmuebles, muebles ysemovientes en general.

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    Los Martilleros Pblicos estn habilitados para: Efectuar ventas en remate pblico de cualquier clase de bienes. Informar sobre el valor venal o de mercado de los bienes para remate. Recabar directamente de las oficinas pblicas y bancos oficiales y particulares,

    los informes o certificados necesarios para el cumplimiento de las obligaciones. Solicitar de las autoridades competentes las medidas necesarias para

    garantizar el normal desarrollo del acto de remate.Son obligaciones del Martillero Pblico:

    o Comprobar la existencia de los ttulos invocados por el legitimado paradisponer del bien a rematar. En el caso de remate de inmuebles, deberntambin constatar las condiciones de dominio de los mismos.

    o Convenir por escrito con el legitimado para disponer del bien, los gastos delremate y la forma de satisfacerlos, condiciones de venta, lugar de remate,modalidades del pago del precio y dems instrucciones relativas al acto,debindose dejar expresa constancia en los casos en que el martillero quedaautorizado para suscribir el instrumento que documenta la venta en nombrede aqul.

    o Anunciar los remates con la publicidad necesaria, debiendo indicar en todoslos casos su nombre, domicilio especial y matrcula, fecha, hora y lugar delremate y descripcin y estado del bien y sus condiciones de dominio.

    4. Proponga un ejemplo de la labor de las cmaras de compensacin.Una cmara de compensacin de pagos o cmara de contrapartida central oclearing house en ingls es una institucin financiera que ofrece servicios decompensacin de pagos y liquidacin a sus miembros sobre transacciones dederivados financieros. Es decir, facilita y compensa la ejecucin de los contratosque representan los derivados financieros.Adems las cmaras de compensacin de pagos realizan otra funcin extra,recogen las garantas inherentes a los derivados financieros y con cargo a ellasgarantizan el cumplimiento de las obligaciones. Es decir, las cmaras decompensacin de pagos garantizan el mercado. Qu quiere decir esto?Supongamos que en un mercado hemos comprado un futuro sobre unasacciones que ahora cotizan por once euros en el que nos comprometemos acomprarlas por doce euros dentro de seis meses. A los seis meses las accionescotizan en diez euros cmo se garantiza que haremos el pago y cumpliremosnuestra obligacin?Para esto existen las cmaras de compensacin de pagos. Mediante unproceso conocido como novacin, la cmara de compensacin de pagos seconvierte en nuestra contrapartida. Es decir, en el anterior contrato yo hago eltrato con Remo, y despus vamos a una cmara de contrapartida central. Lacmara se mete en medio de la transaccin de forma que yo trato con lacmara y Remo tambin. De ese modo nos resulta irrelevante con

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    quienhagamos la operacin puesto que la cmara cubrir las prdidas si laotra parte no cumple su obligacin.A la cmara esta operacin desde un punto de vista de compra venta le daigual, porque lo que le entra por un lado le sale por otro. No obstante, desdeun punto de vista de gestin de riesgo le resulta un problema, ya que si unade las partes no cumple su obligacin tiene que asumir el riesgo.La cmara entonces toma una medida simple, exigir a las partesuna garanta suficiente que cubra las prdidas en caso de que incumplan suobligacin. Este tipo de garantas son habituales en el mundo de los derivadosfinancieros, puesto que existe el riesgo de que la otra parte no cumpla con suobligacin. Por supuesto la cmara de compensacin de pagos cobra unatarifa por sus servicios, nada es gratis. Esta tarifa depende de la cmara y aveces incluso del derivado que se tiene en cuenta.Una ventaja de las cmaras de compensacin de pagos es la compensacin delos pagos y de las garantas. Si hubiramos hecho el trato con cien personasdistintas tendramos que realizar los pagos de las garantas a cien personasdistintas y cuando tocara ejecutar el contrato pagar a cien personas distintas.Con una cmara de compensacin de pagos slo pagamos a la cmara y estapaga a la otra parte. De este modo se simplifican mucho el pago de garantasy los pagos de los contratos. Adems compensa, as que si por ejemplo un danos toca pagar 200 y recibir 300 la cmara nos paga 100.Los particulares no tienen acceso directo a la cmara, sino que estos serealizan a travs de grandes bancos llamados miembros liquidadores. A travsde estos miembros liquidadores actan la mayor parte de los bancos y brokersy a travs de ellos los inversores particulares.

    5. Establezca la diferencia entre auxiliares del comerciante y auxiliares delcomercio.Son los que ejercen su actividad con el propsito de realizar negocioscomerciales ajenos o facilitar su conclusin. Auxiliares del Comerciante: Estn subordinados a un comerciante, al

    cual prestan sus servicios de modo exclusivo. El artculo 309 del CCseala que los que tienen la direccin de una empresa oestablecimiento fabril, comercial o estn autorizados para contratarrespecto a todos los negocios concernientes a dichos establecimientos oempresas por su cuenta y en nombre de los propietarios de los mismosson considerados FACTORES.

    Auxiliares del Comercio: No estn supeditados a ningn comerciantedeterminado y desplieguen su actividad a favor de cualquiera que losolicite, siendo auxiliares del comercio en general y no a un comercianteen particular. Los auxiliares del comercio consideran su actividadindependiente, puesto que prestan sus servicios al comercio en general,sin depender directamente de algn comerciante.

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    6. Explique la actuacin de las Sociedades Agentes de Bolsa.Cuando alguien decide comprar acciones debe recurrir a un agente de bolsa.El agente de bolsa puede ser una persona fsica, un individuo, o jurdica, unasociedad de bolsa.Una sociedad de bolsa debe reunir los mismos requisitos que un agenteindividual para ejercer su actividad. El agente de bolsa puede asesorar alcliente, pero no est obligado por ninguna ley a hacerlo. La ley s lo obliga aestar informado sobre el funcionamiento del mercado de acciones. Aunque elagente de bolsa asesore a sus clientes, la decisin de compra o venta de ttulosla toman los clientes, no el agente de bolsa. El agente de bolsa generalmenteinduce a su cliente, mediante el otorgamiento de informacin, a la toma deuna decisin. Una vez tomada la decisin, el agente de bolsa intentarrealizar la operacin decidida por el cliente de acuerdo a la regulacin de laactividad.Los agentes de bolsa suelen preferir tener pocos clientes grandes a muchosclientes chicos, debido a que los costos operativos son similares para lasoperaciones grandes o chicas, adems, de que la prdida de capitalporcentual puede ser mayor en los inversores pequeos. A pesar de esto, seobserva a veces que los agentes de bolsa se especializan en ciertos grupos deinversores: algunos intentan captar a los inversores grandes mientras que otrosse especializan en inversores pequeos.Algunos inversores se suelen guiar por la trayectoria de los agentes de bolsa,buscando aquellos que han estado ms tiempo operando en el mercado. Sinembargo, estos ltimos generalmente ya han acumulado cierto capital y nonecesariamente ponen tanta energa en la bsqueda de las mejoresoportunidades, dejando actividades a cargo de empleados. Los agentes debolsa ms nuevos, invierten mayores energas y tiempo en el anlisis de losmercados, por esto no necesariamente implican una mala opcin para losinversores.

    SEGUNDA AUTOEVALUACION1. Explique en qu consiste la pluralidad de socios.

    Como en todos los modelos societarios, bastara con el concurso de dos sociospersonas naturales o jurdicas para constituirse.Si la sociedad pierde la pluralidad mnima de socios y ella no se reconstituyeen un plazo de seis meses, se disuelve de pleno derecho al trmino de eseplazo.No es exigible pluralidad de socios cuando el nico socio es el Estado o en otroscasos sealados expresamente por Ley.

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    2. Establezca tres diferencias entre las dos modalidades de constitucin desociedades.

    Sociedades Colectivas:La sociedad colectiva tambin se conoce como sociedad ilimitada, yaque su caracterstica fundamental es que en caso de dificultadescomerciales aquellos socios que la conforman deben responder no slocon su aporte de capital si no que, incluso, con sus bienes personales.

    En Comandita:Lo que identifica a la sociedad en comandita es que por un ladoexisten socios capitalistas, llamados comanditarios, y por el otro estnlos socios gestores que administran el aporte hecho por los primeros a lacaja social.

    Annima:Las sociedades annimas poseen un capital social en un fondo comndividido en acciones. La administracin recae en un directorio que estcompuesto por miembros elegidos y renovados en las juntas generalesordinarias de accionistas.

    Limitada:Las sociedades de responsabilidad limitada se caracterizan por estarformadas por un nmero de socios que no puede ser superior a 50,quienes son responsables slo hasta el monto de sus aportes o la sumamayor que se indique en los estatutos sociales.

    3. Que son los aportes y de cuantas clases pueden ser.Concepto:Los aportes son los porcentajes del rea bruta (rea Bruta total del terrenomatriz), que deben ser entregado en forma gratuita por el habilitador elestado o a la Municipalidad distrital donde se ubica la habilitacin, y para serdestinado a distintos usos de carcter urbano.

    Tipos de Aportes:Hay fundamentalmente tres tipos de aportes:

    a) Para recreacin publica(Parques en la habilitacin)b) Para servicios pblicos complementarios

    Para el sector educacin (Locales Educativos) Para otros fines (Municipalidad Distrital)

    c) Para parques Zonales (SERPAR), a propuesta de la Comisin Tcnicade Habilitacin Urbana.

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    4. Concepto y contenido del Pacto Social.Se conoce como pacto o contrato social al acuerdo entre los hombres por elcual resuelven para el bien comn, renunciar a toda o parte de su libertad,conformando el Estado.

    5. Diferencias entre razn social y denominacin en las sociedades.RAZON SOCIAL DENOMINACION SOCIAL

    Sociedades en las que importanlas personas, a las sociedades conrazn social, se les llamasociedades de personas.Se utiliza cuando en el nombre deuna sociedad, se escriben dos oms nombres de los socios,despus "y cia" o y compaa,seguido de las iniciales del tipo desociedad.EJEMPLO: sociedad en comanditasimpleEl nombre seria: Luis Jimnez,Alfonso Rocha y compaa.

    Se utiliza cuando en la sociedadse le da importancia al capitalque se aporta, por eso a lassociedades que tienendenominacin social, se le llamasociedad de capital.Las sociedades que llevandenominacin, no llevan elnombre de los socios, se le asignael nombre que decida los socios.EJEMPLO: "La galleta, S.A".

    6. Explique la personera jurdica de la sociedad.(2)Como todos conocemos o intuimos, el hombre para la convivencia con sus semejantesha desarrollado un ordenamiento, que se sustenta en un esquema jurdico, queregula los derechos y las obligaciones de cada individuo incluido en ese sistema. Si nocontramos con ese ordenamiento seguramente, tendramos otro u otros, impuestopor un esquema similar al del ms fuerte, como rige en el reino animal.Pero por suerte estamos dotados de inteligencia y creamos un orden escrito que nosdefine derechos y obligaciones, en rgimen legal. Dentro de este rgimen legal losindividuos que pueden contraer derechos y obligaciones se los reconoce comopersonas, dentro de esta denominacin (personas) ese mismo ordenamiento reconocedos clases de personas.Las personas de existencia real, o fsica, las personas de carne y hueso que somosnosotros mismos.Las personas de existencia ideal, opuesta a la fsica, son personas reconocidasespecialmente por el orden jurdico y por eso se las llama Personas Jurdicas. Son lasSociedades o Asociaciones que forman un conjunto de personas de existencia real ofsica.Dentro de este ltimo grupo estaramos nosotros pero, tengamos en cuenta que, lasPersonas Jurdicas pueden ser:

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    1. - De carcter Pblico: Estado Nacional, Provincial y Municipal. Entes autrquicos. Iglesia Catlica.

    2. - De carcter Privado: Asociaciones y Fundaciones. Sociedades Civiles y Sociedades Comerciales.

    7. Cules son los efectos de la nulidad del pacto social?La nulidad del contrato puede tener lugar por la afectacin de un elemento esencialdel contrato o por el incumplimiento de requisitos de solemnidad.La nulidad por omisin de una solemnidad, en los contratos comerciales, encuentra sufundamento en lo dispuesto por el art. 194 del CCom. All se establece que loscontratos para los cuales se establecen determinadamente formaso solemnidades particulares, no producirn accin en juicio si aquellas formas osolemnidades no han sido observadas. En materia de sociedades no se dar estaltima modalidad, porque no hay requisitos de forma esenciales para el contrato desociedad. La sociedad que no cumple con un requisito de forma y con las inscripcionesy publicaciones establecidas por la LSC, segn el tipo, ser una sociedad irregular.Como precisin, cabe advertir que la falta de un elemento o requisito especfico delcontrato social, tampoco provoca la nulidad del contrato. En dicha hiptesis no habrsociedad. Estaremos ante otro negocio jurdico. Por ejemplo, un contrato que se llamesociedad pero en que no hubiera aportes o en que, habiendo aporte, no se pactedistribucin de utilidades entre socios sino que se le de otro destino, es vlido, pero noconstituye un contrato de sociedad.

    8. Desarrolle el tema de la duracin de las sociedades.La sociedad puede tener una duracin determinada, o lo que es ms habitual:indefinida.

    Esta duracin debe de constar en los propios estatutos de la sociedad en el caso de lasSA. En las SL si no se menciona nada, se entiende que su duracin es indefinida.

    El cumplimiento del trmino fijado constituye una de las causas de disolucin de lamercantil, de manera que una vez transcurrido el plazo, esta se disuelve de plenoderecho y entra en perodo de liquidacin.

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    Aun en los supuestos en que figure una fecha de finalizacin, sta puede prorrogarse;en cuyo caso la sociedad no entrara automticamente en liquidacin. Lgicamentepara prorrogar el plazo, debe de elevarse a pblico el acuerdo y llevarse al RegistroMercantil antes de llegado el trmino del plazo previsto.

    9. Desarrolle el tema de las acciones en la sociedad annima.Las acciones dentro de la Sociedad Annima conforman un elemento esencial einherente a ella, dado que es en funcin de sta que se establece la participacin delos socios dentro de la sociedad, tanto en la configuracin de la administracin ygestin de la empresa, como tambin en la participacin de las utilidades.

    Estos derechos que recaen sobre los accionistas mencionados en el prrafo anterior sonlo que se denominan derechos polticos y derechos econmicos o patrimoniales. Sobrelos primeros, Amico Anaya explica que los derechos polticos son aquellos mediantelos cuales el accionista ejerce los mecanismos que le permiten asegurarse de que laactividad social est efectivamente encaminada a la obtencin de rendimientosadecuados, mientras que los derechos patrimoniales son los que corresponden con elinters del accionista de obtener un beneficio a travs de la actividad desarrolladapor la sociedad. El socio entra en la sociedad poniendo dinero, derechos o bienes paraobtener ganancias repartibles con los dems accionistas.Tenemos, entonces, que las acciones proporcionan una serie de derechos a losaccionistas, pero tambin deberes y obligaciones, sin embargo, la titularidad de laaccin, y la accin en s misma contiene adems otras aristas que iremos tratando enel presente informe.En nuestra Ley General de Sociedades, Ley N 26887 (07.12.1999) en el artculo 82establece que las acciones representan partes alcuotas del capital, todas tienen elmismo valor nominal y dan derecho a un voto, con la excepcin prevista en elartculo en el artculo 164 y las dems contempladas en la Ley.

    Ahora bien, ahondemos un poco ms en el concepto de accin, dado que no existeuna nica definicin, incluso se discute acerca de ella en algunos alcances como es elcaso de considerarla como un ttulo valor, lo cual veremos ms adelante.

    Acerca de la concepcin de la accin Elas Larrosa ha sealado que desde suaparicin en el mbito jurdico la accin ha expresado diferentes acepcionesconceptuales, sobre los cuales hay prcticamente unanimidad en la doctrina y en elderecho comparado. Son bsicamente tres: la accin como parte alcuota del capitalsocial, representativa de una porcin del mismo; la accin como vehculo paraadquirir la condicin de socio y ser, en consecuencia, titular de un conjunto especial dederechos y obligaciones; y, finalmente la accin como ttulo.(3)

    Siguiendo lo sealado por el autor citado, son tres las caractersticas representativas

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    de las acciones, la primera de ellas es considerar a la accin como parte alcuota delcapital social. Sobre esto cabe referir que es una caracterstica recogida por nuestralegislacin, y en realidad tiene su explicacin en el hecho que los aportes que dan losaccionistas, ya sea en el momento de la constitucin de la sociedad, o bien cuando serealiza un aumento de capital, dichos aportes llegan a constituir o formar parte delcapital social, por ello como contrapartida, los accionistas reciben acciones, las cualesson, pues, partes o alcuotas de ese capital social.La segunda acepcin sobre la accin es aquella sobre la cual la adquisicin de stadetermina la condicin de accionista, es decir la sociedad considerar como accionista,y por ende titular de los derechos econmicos y polticos inherentes a sta,acreditndose dicha situacin jurdica con la inscripcin en el Libro de Matrcula deAcciones de la sociedad, lo cual es concordante con el artculo 91 de la LGS queestablece que la sociedad considera propietario de la accin a quien aparezca comotal en la matrcula de acciones.

    10. Desarrolle la importancia de las sociedades mercantiles en la economaperuana.

    El derecho comercial es de vital importancia por que sus normas regulan gran partede la actividad comercial, es decir, el derecho comercial abarca reas del derecho demucha importancia, como las siguientes: derecho societario, derecho cambiario oderecho cartular, derecho burstil, derecho bancario, derechoconcursal, telecomunicaciones, martimo, industrial, derecho de comerciointernacional, y otras reas del derecho privado.En tal sentido las normas del derecho comercial se encontraban agrupadas enel texto original del Cdigo de Comercio Peruano de 1902 del cual se handesprendido muchas normas y han pasado a formar parte de otras ramas delderecho conforme se detalla a continuacin.(4)Las normas que regulan los ttulos valores han pasado a formar parte del derechocambiario. En el derecho cambiario la evolucin de la legislacin a partir del Cdigode Comercio de 1902 ha sido la siguiente: primero se regulaban en el Cdigo deComercio algunos ttulos valores, luego estas normas pasan a formar parte de la Ley16587, la que posteriormente es abrogada por la Ley de Ttulos Valores vigente,contenida en la Ley 27287, en la cual se agrupan todos los ttulos valores existentes enel derecho positivo peruano.Las normas que regulan las sociedades han pasado a formar parte del derechosocietario. En el derecho societario la evolucin de la legislacin a partir del Cdigo deComercio de 1902() ha sido la siguiente: primero se regulaban las sociedadesmercantiles en el Cdigo de Comercio, y las Sociedades Civiles en el Cdigo CivilPeruano de 1936, luego las normas que regulan las sociedades mercantiles pasan aformar parte de la Ley de Sociedades Mercantiles y posteriormente se modifica dichaLey, por lo cual se unifica dicha legislacin en el TUO de la Ley General de Sociedades

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    aprobado por D.S. 03-85-JUS y posteriormente es derogada por la ley General deSociedades, contenida en la Ley 26887, la cual se encuentra vigente.Las normas que regulan la suspensin de pagos y las quiebras han pasado a formarparte del derecho concursal. En el derecho concursal la evolucin de la legislacin apartir del Cdigo de Comercio Peruano de 1902 ha sido la siguiente: primero seregulaba la suspensin de pagos y las quiebras en el Cdigo de Comercio, luego lasnormas que regulaban dicha materia pasan a formar parte de la Ley de Quiebras,contenida en la Ley 7566, posteriormente dicha materia pas a ser regulada en laLey de Restructuracin Empresarial, contenida en el Decreto Ley 26116, luego la Leyde Restructuracin Patrimonial contenida en el Decreto Legislativo 845, y finalmentela Ley General del Sistema Concursal, contenida en la Ley 27809 publicada el 08-08-2002, que se encuentra vigente.Las normas que regulan las Bolsas de Valores han pasado a formar parte del derechoburstil. En el derecho burstil la evolucin de la legislacin a partir del Cdigo deComercio Peruano de 1902 ha sido la siguiente: primero se regulaba dicha materia enel Cdigo de Comercio, luego dicha materia pas a ser regulada por la Ley 18353 de04-08-70 que Norma y Amplia atribuciones de la Comisin Nacional de Valores,luego fue aprobada la Ley Normativa del Mercado Burstil contenida en el DecretoLegislativo 211 de 12-06-81, y en la actualidad dicha materia se encuentra reguladapor la Ley del Mercado de Valores contenida en el D. Leg. 861 que ha sidoreglamentada por el Decreto Supremo 093-2002-EF de junio del 2002.Es decir, en el Estado Peruano el derecho comercial ha desarrollado bastante en losltimos cien aos, de tal forma que es frecuente que un Abogado domine tan slouna de sus ramas, por ejemplo un Abogado puede dominar el derecho cambiariopero no el derecho societario, igualmente un Abogado puede dominar el derechosocietario pero no el derecho concursal.

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    11. Bibliografa

    1. http://www.monografias.com/trabajos102/teoria-actos-comercio/teoria-actos-comercio.shtml

    2. http://html.rincondelvago.com/persona-juridica_1.html3. http://www.monografias.com/trabajos14/sociedad-anonima/sociedad-

    anonima.shtml4. http://jorgeamador5051.blogspot.com/2013/05/comentario-de-la-

    importancia-de-las.html