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6084 Viernes 15 febrero 2002 BOE núm. 40 I. Disposiciones generales JEFATURA DEL ESTADO 3016 CORRECCIÓN de errores de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria. Advertido error en la Ley 18/2001, de 12 de diciem- bre, General de Estabilidad Presupuestaria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 298, del día 13 de diciembre de 2001, se procede a efectuar la oportuna rectificación: En la página 46825, segunda columna, en la dis- posición final quinta, apartado 2, líneas séptima y octava, donde dice: «... a la naturaleza específica del régimen foral del propio País Vasco.», debe decir: «... a la natu- raleza específica del régimen foral propio del País Vasco.» MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 3017 ORDEN ECD/271/2002, de 14 de enero, por la que se rectifica el anexo de la Orden de 28 de junio de 2000, por la que se modificó el plan de estudios conducente a la obtención del título de Diplomado en Fisioterapia, de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisio- terapia «San Juan de Dios», de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid. Vista la propuesta de la Secretaría General del Con- sejo de Universidades, a solicitud de la Universidad Pon- tificia Comillas de Madrid, de rectificación del anexo a la Orden de 28 de junio de 2000, por la que se modificó el plan de estudios conducente a la obtención del título de Diplomado en Fisioterapia, de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia «San Juan de Dios», de dicha Universidad, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio de 2000. Este Ministerio ha dispuesto la rectificación del anexo a la Orden ministerial de 28 de junio de 2000, por la que se modificó el plan de estudios conducente a la obtención del título de Diplomado en Fisioterapia, de la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia «San Juan de Dios», de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio de 2000, en los siguientes términos: 1. o La asignatura «Bioquímica y Biología Molecular» que figura como una de las asignaturas en que se diver- sifica la materia troncal «Estructura y función del cuerpo humano» debe sustituirse por «Bioquímica y Biofísica». 2. o En la relación de materias optativas la asignatura «Fisioterapia Gerontológica Geriátrica» debe ser sustitui- da por la de «Fisioterapia Gerontológica y Geriátrica». Madrid, 14 de enero de 2002. DEL CASTILLO VERA Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación y Uni- versidades. 3018 ORDEN ECD/272/2002, de 11 de febrero, para la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 86/1987, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de homologación de títulos extranjeros de educación superior. Por Real Decreto 86/1987, de 16 de enero, se regu- lan las condiciones de homologación de títulos extran- jeros de educación superior. Su artículo 8. o , apartado 2, establece, a propósito de las instancias por las que se iniciarán los expedientes de homologación, que, por Orden del Ministro de Educación y Ciencia (actualmente de Educación, Cultura y Deporte), se determinará el modelo de solicitud, la documentación complementaria que justifique el contenido de la petición y los requisitos a que deben ajustarse los documentos expedidos en el extranjero. Por otra parte, la disposición final cuarta del citado Real Decreto autoriza al Ministro de Educación y Ciencia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de las normas contenidas en el mismo. En virtud de las disposiciones mencionadas, se dictó la Orden de 9 de febrero de 1987 («Boletín Oficial del Estado» del 13), para la aplicación de lo dispuesto en el referido Real Decreto. La experiencia acumulada en la aplicación de ambas normas, así como el notable incremento del número de solicitudes de homologación que se ha producido desde entonces, aconsejan dictar una nueva Orden que intro- duzca modificaciones en determinados aspectos de los documentos exigidos a los interesados y de la trami- tación del procedimiento. La finalidad de estas modi- ficaciones es simplificar las exigencias de aportación documental, en línea con los principios contenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí- dico de las Administraciones Públicas y del Procedimien- to Administrativo Común. En este sentido, destaca la supresión de la necesidad de aportar el título extranjero original. Al mismo tiempo, se especifican los documentos que deben permanecer en el expediente, una vez fina- lizado el procedimiento, con el fin de que quede cons- tancia de los elementos sobre los que se fundó la resolución adoptada.

A06084-06087

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  • 6084 Viernes 15 febrero 2002 BOE nm. 40

    I. Disposiciones generales

    JEFATURA DEL ESTADO3016 CORRECCIN de errores de la Ley 18/2001,

    de 12 de diciembre, General de EstabilidadPresupuestaria.

    Advertido error en la Ley 18/2001, de 12 de diciem-bre, General de Estabilidad Presupuestaria, publicada enel Boletn Oficial del Estado nmero 298, del da 13de diciembre de 2001, se procede a efectuar la oportunarectificacin:

    En la pgina 46825, segunda columna, en la dis-posicin final quinta, apartado 2, lneas sptima y octava,donde dice: ... a la naturaleza especfica del rgimenforal del propio Pas Vasco., debe decir: ... a la natu-raleza especfica del rgimen foral propio del Pas Vasco.

    MINISTERIO DE EDUCACIN,CULTURA Y DEPORTE

    3017 ORDEN ECD/271/2002, de 14 de enero, porla que se rectifica el anexo de la Orden de 28de junio de 2000, por la que se modific elplan de estudios conducente a la obtencindel ttulo de Diplomado en Fisioterapia, de laEscuela Universitaria de Enfermera y Fisio-terapia San Juan de Dios, de la UniversidadPontificia Comillas de Madrid.

    Vista la propuesta de la Secretara General del Con-sejo de Universidades, a solicitud de la Universidad Pon-tificia Comillas de Madrid, de rectificacin del anexo ala Orden de 28 de junio de 2000, por la que se modificel plan de estudios conducente a la obtencin del ttulode Diplomado en Fisioterapia, de la Escuela Universitariade Enfermera y Fisioterapia San Juan de Dios, de dichaUniversidad, publicada en el Boletn Oficial del Estadode 13 de julio de 2000.

    Este Ministerio ha dispuesto la rectificacin del anexoa la Orden ministerial de 28 de junio de 2000, por laque se modific el plan de estudios conducente a laobtencin del ttulo de Diplomado en Fisioterapia, dela Escuela Universitaria de Enfermera y Fisioterapia SanJuan de Dios, de la Universidad Pontificia Comillas deMadrid, publicado en el Boletn Oficial del Estado de13 de julio de 2000, en los siguientes trminos:

    1.o La asignatura Bioqumica y Biologa Molecularque figura como una de las asignaturas en que se diver-

    sifica la materia troncal Estructura y funcin del cuerpohumano debe sustituirse por Bioqumica y Biofsica.

    2.o En la relacin de materias optativas la asignaturaFisioterapia Gerontolgica Geritrica debe ser sustitui-da por la de Fisioterapia Gerontolgica y Geritrica.

    Madrid, 14 de enero de 2002.

    DEL CASTILLO VERA

    Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educacin y Uni-versidades.

    3018 ORDEN ECD/272/2002, de 11 de febrero,para la aplicacin de lo dispuesto en el RealDecreto 86/1987, de 16 de enero, por el quese regulan las condiciones de homologacinde ttulos extranjeros de educacin superior.

    Por Real Decreto 86/1987, de 16 de enero, se regu-lan las condiciones de homologacin de ttulos extran-jeros de educacin superior. Su artculo 8.o, apartado 2,establece, a propsito de las instancias por las que seiniciarn los expedientes de homologacin, que, porOrden del Ministro de Educacin y Ciencia (actualmentede Educacin, Cultura y Deporte), se determinar elmodelo de solicitud, la documentacin complementariaque justifique el contenido de la peticin y los requisitosa que deben ajustarse los documentos expedidos enel extranjero. Por otra parte, la disposicin final cuartadel citado Real Decreto autoriza al Ministro de Educaciny Ciencia para dictar las disposiciones necesarias parael desarrollo y aplicacin de las normas contenidas enel mismo.

    En virtud de las disposiciones mencionadas, se dictla Orden de 9 de febrero de 1987 (Boletn Oficial delEstado del 13), para la aplicacin de lo dispuesto enel referido Real Decreto.

    La experiencia acumulada en la aplicacin de ambasnormas, as como el notable incremento del nmero desolicitudes de homologacin que se ha producido desdeentonces, aconsejan dictar una nueva Orden que intro-duzca modificaciones en determinados aspectos de losdocumentos exigidos a los interesados y de la trami-tacin del procedimiento. La finalidad de estas modi-ficaciones es simplificar las exigencias de aportacindocumental, en lnea con los principios contenidos enla Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jur-dico de las Administraciones Pblicas y del Procedimien-to Administrativo Comn. En este sentido, destaca lasupresin de la necesidad de aportar el ttulo extranjerooriginal. Al mismo tiempo, se especifican los documentosque deben permanecer en el expediente, una vez fina-lizado el procedimiento, con el fin de que quede cons-tancia de los elementos sobre los que se fund laresolucin adoptada.

  • BOE nm. 40 Viernes 15 febrero 2002 6085

    En su virtud, previa aprobacin del Ministro de Admi-nistraciones Pblicas, dispongo:

    Primero.Las solicitudes de homologacin de ttulosextranjeros de educacin superior se ajustarn al modeloque se publica como anexo a la presente Orden, y sepresentarn en el Registro General del Ministerio de Edu-cacin, Cultura y Deporte, o en cualquiera de los lugaressealados en el artculo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administra-ciones Pblicas y del Procedimiento AdministrativoComn, desarrollado por el artculo 2 del Real Decre-to 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula lapresentacin de solicitudes, escritos y comunicacionesante la Administracin General del Estado.

    Segundo.Las solicitudes debern ir acompaadasde los siguientes documentos:

    a) Copia autentificada del documento que acreditela identidad y nacionalidad del solicitante, expedido porlas autoridades competentes del pas de origen o deprocedencia o por las autoridades espaolas competen-tes en materia de extranjera. En el caso de los ciuda-danos espaoles, fotocopia compulsada del documentonacional de identidad.

    b) Certificacin original acreditativa de la expedicindel ttulo cuya homologacin se solicita, que contengatodos los extremos que figuren en el propio ttulo, ycertificacin acadmica original de los estudios realiza-dos por el solicitante para su obtencin, en la que cons-ten, entre otros extremos, la duracin oficial, en aosacadmicos, del plan de estudios seguido, las asigna-turas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas.En el caso de que la certificacin acadmica acreditetambin suficientemente la expedicin del ttulo, bastarcon la aportacin de sta.

    Los documentos a que se refieren las letras a) y b)anteriores permanecern en el expediente de homolo-gacin, como parte integrante del mismo, una vez fina-lizado el procedimiento.

    Tercero.Cuando se trate de solicitudes de homo-logacin al ttulo de Doctor, se deber acompaartambin una memoria explicativa de la tesis realizada,redactada en castellano, as como un ejemplar de lamisma, con indicacin de los miembros que compusieronel jurado de la tesis y la calificacin obtenida.

    Cuarto.La documentacin especificada en los nme-ros segundo y tercero de la presente Orden podrasimismo completarse con un currculum acadmico ycientfico del solicitante. El rgano instructor podrrequerir, adems, otros documentos que considere nece-sarios para la acreditacin de la equivalencia entre laformacin conducente a la obtencin del ttulo extranjeroaportado y la que se exige para la obtencin del ttuloespaol con el cual se pretende homologar, incluyendoen su caso los programas de las asignaturas en los quese refleje el contenido y la amplitud con que fueron cur-sadas, o la documentacin acadmica acreditativa dehaber superado, en su totalidad, los estudios exigidospara el acceso a aqullos cursados para la obtencindel ttulo cuya homologacin se solicita.

    Quinto.Los documentos expedidos en el extranjerodebern ajustarse a los requisitos siguientes:

    a) Debern ser oficiales y estar expedidos por lasautoridades competentes para ello, de acuerdo con elordenamiento jurdico del pas de que se trate.

    b) Debern presentarse legalizados por va diplom-tica o, en su caso, mediante la apostilla del Conveniode La Haya. Este requisito no se exigir a los documentosexpedidos por las autoridades de los Estados miembrosde la Unin Europea o signatarios del Acuerdo sobreel Espacio Econmico Europeo.

    c) Debern ir acompaados, en su caso, de sucorrespondiente traduccin oficial al castellano. No sernecesario aportar traduccin oficial del ejemplar de latesis doctoral que debe aportarse con las solicitudes dehomologacin al ttulo de Doctor, ni de los documentoscomplementarios a que se refiere el nmero cuarto deesta Orden, siempre que ello no impida la adecuadavaloracin de los mismos.

    Sexto.Los documentos originales, con excepcin delos indicados en la letra b) del nmero segundo de lapresente Orden, podrn presentarse juntamente confotocopia de los mismos y sern devueltos a los inte-resados, una vez realizado el cotejo y extendida la dili-gencia de compulsa. Si las fotocopias estuvieran ya cote-jadas y legalizadas ante Notario o por las representa-ciones diplomticas o consulares de Espaa en el pasde donde proceda el documento, no ser necesaria lapresentacin simultnea del original.

    Sptimo.En caso de duda sobre la autenticidad, vali-dez o contenido de los documentos aportados, el rganoinstructor podr dirigirse a la autoridad competente expe-didora de los mismos para comprobar los extremosdudosos.

    Octavo.La resolucin de concesin o denegacinde la homologacin se realizar, en cada caso, medianteOrden del Ministro de Educacin, Cultura y Deporte,expedida por delegacin por el Secretario general tc-nico del Departamento. En el caso de concesin de lahomologacin, la Orden mencionada se formalizarmediante credencial expedida por la Subdireccin Gene-ral de Ttulos, Convalidaciones y Homologaciones.

    Noveno.En los casos en que la homologacin debaquedar condicionada a la superacin de la prueba deconjunto prevista en el artculo 2 del Real Decreto86/1987, de 16 de enero, el Secretario general tcnicodel Departamento dictar Resolucin en ese sentido. LaOrden de concesin de homologacin se producir unavez acreditada, ante dicha Secretara General Tcnica,la superacin de la prueba de conjunto.

    Dcimo.Los procedimientos de homologacin quehubieran sido iniciados con anterioridad a la entrada envigor de la presente Orden se tramitarn de acuerdocon la normativa anteriormente vigente.

    Undcimo.Queda derogada la Orden de 9 de febrerode 1987 para la aplicacin de lo dispuesto en el RealDecreto 86/1987, de 16 de enero, por el que se regulanlas condiciones de homologacin de ttulos extranjerosde educacin superior, as como cualquier otra dispo-sicin de igual o inferior rango que se oponga a lo esta-blecido en la presente Orden.

    Duodcimo.Se autoriza a la Secretara General Tc-nica del Departamento para dictar las instrucciones nece-sarias para la aplicacin de la presente Orden.

    Decimotercero.La presente Orden entrar en vigora los dos meses de su publicacin en el Boletn Oficialdel Estado.

    Madrid, 11 de febrero de 2002.DEL CASTILLO VERA

    Ilmos. Sres. Subsecretario y Secretario general tcnico.

  • 6086 Viernes 15 febrero 2002 BOE nm. 40

    SECRETARA GENERAL TCNICA

    SUBSECRETARA MINISTERIO DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE

    SOLICITUD DE HOMOLOGACIN DE TTULO EXTRANJERO DE EDUCACIN SUPERIOR

    Pg. 1 (anverso) 1. DATOS DEL SOLICITANTE Apellidos Nombre

    Lugar y fecha de nacimiento Nacionalidad

    N del Documento Nacional de Identidad (DNI), Pasaporte o Nmero de Identidad de Extranjero (NIE)

    2. DATOS DEL REPRESENTANTE (slo en caso de actuar mediante representacin) Apellidos Nombre

    N del Documento Nacional de Identidad (DNI), Pasaporte o Nmero de Identidad de Extranjero (NIE)

    3. DATOS RELATIVOS A LA SOLICITUD Solicitud de homologacin del ttulo de:

    Otorgado por la Universidad / Centro de educacin superior de (denominacin, localidad y pas):

    Al ttulo universitario espaol de:

    4. DATOS RELATIVOS A LA NOTIFICACIN A efectos de notificaciones el interesado / representante (tachar lo que no proceda) seala el siguiente domicilio: Avda., calle o plaza y nmero Localidad Cdigo Postal

    Provincia Pas Telfono

    Esta solicitud se realiza al amparo de lo establecido en el Real Decreto 86/1987, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de homologacin de ttulos extranjeros de educacin superior (Boletn Oficial del Estado de 23 de enero de 1987), acompandose los documentos relacionados al dorso.

    Lugar y fecha Firma

    EXCMO. SR. MINISTRO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE Subdireccin General de Ttulos, Convalidaciones y Homologaciones Paseo del Prado, 28. 28071-Madrid

    ANEXO

  • BOE nm. 40 Viernes 15 febrero 2002 6087

    SECRETARA GENERAL TCNICA

    SUBSECRETARA MINISTERIO DE EDUCACIN, CULTURA Y DEPORTE

    SOLICITUD DE HOMOLOGACIN DE TTULO EXTRANJERO DE EDUCACIN SUPERIOR

    Pg. 2 (reverso)

    NOMBRE DEL SOLICITANTE:

    DOCUMENTOS que se acompaan a esta solicitud (de acuerdo con la Orden Ministerial de 11 de febrero de 2002, Boletn Oficial del Estado de 15 de febrero de 2002)

    Copia autentificada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante (fotocopia compulsadas del DNI en el caso de ciudadanos espaoles).

    Traduccin oficial (en su caso)

    Certificacin original acreditativa de la expedicin del ttulo cuya homologacin se solicita, conteniendo todos los extremos que figuren en el propio ttulo.

    Traduccin oficial (en su caso)

    Certificacin acadmica original de los estudios realizados por el solicitante para la obtencin del ttulo cuya homologacin se solicita.

    Traduccin oficial (en su caso)

    Memoria explicativa de la tesis (para homologacin al ttulo de Doctor).

    Traduccin oficial (en su caso)

    Ejemplar de la tesis (para la homologacin al ttulo de Doctor)

    Currculum acadmico y cientfico.

    Programas de las asignaturas cursadas.

    Otros (especificar):

    Lugar y fecha Firma