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Proceso Constitucional de Accion Popular
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Acción PopularAcción Popular
JHONNY TUPAYACHI JHONNY TUPAYACHI SOTOMAYORSOTOMAYOR
Proceso constitucional de tipo jurisdiccional, dirigido al control constitucional y legal de
aquellas normas reglamentarias o administrativas, contrarias a la Constitución y a la ley.
III. DEFINICIÓNIII. DEFINICIÓN
© Carolina Canales 2006
IV. NATURALEZAIV. NATURALEZA
Proceso de Acción Proceso de Acción PopularPopular
objetivodefensa de la
supremacía normativa de la Constitución
Doble Doble caráctecarácte
rr
las dos vocaciones del proceso constitucional (subjetiva y objetiva), son mezclas que se hacen necesarias todas las veces
en que la tutela primaria de uno de los dos intereses (subjetivo y objetivo) comporte el abandono o la violación
del otro (G. Zagrebelsky)
subjetivoprotección de los
derechos constitucionales
también tiene una dimensión subjetiva, en la que se busca proteger los derechos constitucionales que podrían verse afectados por la eficacia de las norma objeto del proceso
proceso fundamentalmente objetivo
juicio de compatibilidad abstracta entre dos 2 fuentes
de distinta jerarquía
© Carolina Canales 2006
>> El control de los decretos, reglamentos y demás normas administrativas debe realizarse con relación a las normas constitucionales y legales, y también a las sentencias del TC, que hayan estimado o desestimado la declaración de una ley como inconstitucional.
>> Desde el punto de vista sustantivo, la acción popular está, estrechamente, vinculada a la acción de inconstitucionalidad contra las leyes.
V. CARACTERÍSTICASV. CARACTERÍSTICAS
>> Los jueces pueden declarar la inconstitucionalidad o ilegalidad con carácter general, de la norma infralegal que sea contraria a la Constitución y a la leyes. Sin embargo, este control abstracto de constitucionalidad y legalidad no concluye con la expulsión judicial de la norma infractora del ordenamiento jurídico.
La demanda de acción popular La demanda de acción popular puede ser interpuesta por puede ser interpuesta por cualquier persona.cualquier persona.
Art. 84º del CPC
Siendo que la protección del orden constitucional y legal, valores supremos no sólo
del Estado sino también de la sociedad, la legitimidad procesal activa es general y material.
V. LEGITIMACIÓN PROCESAL V. LEGITIMACIÓN PROCESAL ACTIVAACTIVA
pueden pueden demandademandarr
ciudadanos extranjeros residentes en el país?
personas jurídicas nacionales y extranjeras?
personas jurídicas estatales de derecho público?
Órgano emisor de la norma objeto del proceso
VI. LEGITIMACIÓN PROCESAL VI. LEGITIMACIÓN PROCESAL PASIVAPASIVA
VII. PLAZOVII. PLAZO
El plazo para interponer la El plazo para interponer la demanda de acción popular demanda de acción popular prescribe a los cinco años prescribe a los cinco años contados desde el día siguiente de contados desde el día siguiente de publicación de la norma.publicación de la norma.
Art. 87º del CPC
Sin embargo, eso no impide, el acaecimiento, luego Sin embargo, eso no impide, el acaecimiento, luego de la prescripción, de dos fenómenos jurídicos de la prescripción, de dos fenómenos jurídicos contrarios a la norma viciada… contrarios a la norma viciada…
su derogación por la autoridad administrativa o alguna Ley
que los jueces puedan hacer uso del control difuso de las leyes (segundo párrafo del art. 138 de la CP y el art. VI del Titulo Preliminar del CPC)
© Carolina Canales 2006
Las sentencias fundadas recaídas Las sentencias fundadas recaídas en el proceso de acción popular en el proceso de acción popular podrán determinar la nulidad, con podrán determinar la nulidad, con efecto retroactivo, de las normas efecto retroactivo, de las normas impugnadas. En tal supuesto, la impugnadas. En tal supuesto, la sentencia determinará sus sentencia determinará sus alcances en el tiempo. Tienen alcances en el tiempo. Tienen efectos generales y se publican en efectos generales y se publican en el Diario Oficial El Peruano.el Diario Oficial El Peruano.
Art. 81º del CPC
VIII. EFECTOS DE LA VIII. EFECTOS DE LA SENTENCIASENTENCIA
El proceso de acción popular, es un control con efectos generales, por cuanto la decisión de la judicatura tiene por objeto privar de efectos de
manera directa, obligatoria e inmediata a la norma reglamentaria acusada de ilegal o
inconstitucional, y no se trata de una mera inaplicación para el demandante.
efecto efecto retroactivo retroactivo
nulidad nulidad
© Carolina Canales 2006
IX. INNOVACIONES DEL CÓDIGO IX. INNOVACIONES DEL CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONALPROCESAL CONSTITUCIONAL
La unificación del plazo de prescripción para interponer la demanda contra toda norma reglamentaria a cinco años a partir de su publicación (artículo 87)
La procedencia de la medida cautelar de suspensión de efectos de la norma, en segunda instancia si la sentencia de grado fuera favorable a la demanda (artículo 94)
La supresión de la participación del Ministerio Publico como instancia dictaminadora en este proceso
X. DEFICIENCIAS DEL CÓDIGO X. DEFICIENCIAS DEL CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONALPROCESAL CONSTITUCIONAL
La supresión de la procedencia del control previo de constitucionalidad y legalidad, disposición contenida en el art. 5 de la derogada Ley N.º 24968, en virtud de la cual, esta acción se podía interponer incluso, contra las normas reglamentarias y administrativas que no han entrado en vigencia; es decir, contra aquellas que aún no han sido publicadas en el diario oficial .
solo podrá presentarse demandas de acción popular contra reglamentos ya publicados, pues es un requisito su señalamiento en la demanda (artículo 86)
XI. ACCIÓN POPULAR Y XI. ACCIÓN POPULAR Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
constituyen vías procesales autónomas y distintas que proceden para la tutela de bienes
jurídicos propios.
proceso constitucional que permite la tutela del principio de jerarquía
del ordenamiento jurídico, correspondiendo a la tipología de
control concentrado y abstracto de constitucionalidad de las normas
reglamentarias
Acción popularAcción popular
proceso de control jurisdiccional de aquellos actos administrativos que
resuelven un caso particular o singular y, que hayan causado
estado, en esa medida, no supone la tutela judicial inmediata propia de
los procesos constitucionales.
Contencioso Contencioso administrativoadministrativo
© Carolina Canales 2006
La acción contencioso administrativa prevista en el Artículo 148 de la Constitución Política tiene por finalidad el control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la administración pública sujetas al derecho administrativo y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados.
Artículo 1 de la Ley N:º 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo
De esta forma se hace referencia al control de constitucionalidad y legalidad de los actos de la
Administración Pública que resuelven casos singulares, particulares o concretos, siempre que
no vulneren o amenacen el contenido constitucionalmente protegido de los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución
(artículo 5 inciso 1 del CPC). Así, se garantiza que la actuación de la Administración se sujete a la Constitución, las leyes y las normas jurídicas de inferior jerarquía, en virtud, a la revisión por el
órgano jurisdiccional competente.
XII. ACCIÓN POPULAR Y CONTROL XII. ACCIÓN POPULAR Y CONTROL DIFUSO ADMINISTRATIVODIFUSO ADMINISTRATIVO
¿Cabe preguntarse si dada la naturaleza del proceso de acción popular por sí mismo excluye el ejercicio y la necesidad material del control difuso en el procedimiento administrativo?
No, porque de lo contrario terminaríamos por admitir, e incluso legitimar, la actuación de aquellos funcionarios administrativos
que deciden aplicar una norma de carácter legal que lesiona derechos fundamentales. Esto en sí mismo supone una anomalía
inadmisible dado el carácter vinculante de las disposiciones constitucionales y, que incluso puede afectar a la totalidad de la
justicia administrativa
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Control difuso Control difuso administrativoadministrativo
Los DD.FF. de los administrados pueden también ser Los DD.FF. de los administrados pueden también ser vulnerados como consecuencia devulnerados como consecuencia de
aplicación de las normas legales y administrativas
ambiguas, y/o
con conceptos jurídicos indeterminados
funcionarios públicos que realizan actuaciones arbitrarias
Control de constitucionalidad de Control de constitucionalidad de las leyeslas leyes
vs.
Principio de supremacía constitucional
Control de legalidad de los reglamentos y de Control de legalidad de los reglamentos y de toda norma general de rango inferior a la leytoda norma general de rango inferior a la ley
Principio de legalidad
a. Conflicto de a. Conflicto de normasnormas
Principios:Principios: Normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida posible, dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes. Mandatos de optimización.
Reglas:Reglas: Normas que sólo pueden ser cumplidas o no. Si una regla es válida, entonces debe de hacerse exactamente lo que exige. Determinaciones en el ámbito de lo fáctica y jurídicamente posible.
Recordando…
la de mayor jerarquía deja sin efectos la de menor jerarquía
conflicto entre dos normas-conflicto entre dos normas-reglas jerárquicamente distintasreglas jerárquicamente distintas
(dimensión de la validez )(dimensión de la validez )
si la Constitución entra en conflicto con la ley, se entiende que la ley inconstitucional es inválida e
ineficaz
colisión entre dos normas-principioscolisión entre dos normas-principios
(dimensión del análisis del caso concreto)(dimensión del análisis del caso concreto)
uno de los principios cede ante el otro, lo cual no significa que se declare inválido el
principio desplazado
el principio de legalidad prima sobre el de
jerarquía administrativa
preferencia del principio de constitucionalidad sobre el
de legalidad
conflicto entre una norma-conflicto entre una norma-principio y una norma-regla principio y una norma-regla
una regla es soslayada cuando en el caso concreto el principio opuesto tiene un mayor
peso que el principio que apoya la regla
principio de protección de los derechos fundamentales
principio de persecución de los intereses de la
comunidad (bien común)
Elementos para la determinación Elementos para la determinación del principio aplicabledel principio aplicable
Primer Primer PresupuestoPresupuesto
El carácter auténtico del órgano o Tribunal Administrativo. Herramienta de garantía de los derechos del administrado y de límite al ejercicio excesivo del poder.
Tercer Tercer PresupuestoPresupuesto
Carácter manifiestamente inconstitucional de la norma a inaplicar.
Segundo Segundo PresupuestoPresupuesto
La protección de los derechos fundamentales.
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Límite a la posible arbitrariedad o abuso de poder de las autoridades administrativas.
Límite formal y material de la actuación en sus relaciones con los ciudadanos.
b. Principio de b. Principio de legalidadlegalidad
Principio rector de la organización estatal
DefiniciónFacultad de inaplicar dispositivos reglamentados por considerarlos no conformes con normas de
mayor jerarquía
Facultad de inaplicar dispositivos reglamentados por considerarlos no conformes con normas de
mayor jerarquía
Titularidad
Algunos órganos de la Administración Pública, que por mandato legal están expresamente facultados para ejercerla, como es el caso de los Tribunales Administrativos que resuelven recursos en última instancia administrativa (p.e. Tribunal Fiscal, art.-
102º del Código Tributario)
Algunos órganos de la Administración Pública, que por mandato legal están expresamente facultados para ejercerla, como es el caso de los Tribunales Administrativos que resuelven recursos en última instancia administrativa (p.e. Tribunal Fiscal, art.-
102º del Código Tributario)
El reconocimiento de la Constitución y su eficacia normativa se irradian a la totalidad del sistema jurídico.
No existe derecho estatutario que pueda estar “por encima” de la Constitución.
c. Principio de c. Principio de constitucionalidadconstitucionalidad
El control de legalidad de la Administración significa hoy, al mismo tiempo, control de
constitucionalidad de la Administración; significa que también se controla a la Administración sobre
el cumplimiento del sistema de valores de la Constitución (Otto Bachof)
Es éste el nuevo significado del Es éste el nuevo significado del principio de legalidad en el marco del principio de legalidad en el marco del
Estado Constitucional Estado Constitucional
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tutela de DD.FF.
inaplicación de una norma legal
anulación de un acto
administrativo
Factor de garantía que el ordenamiento jurídico administrativo se encuentre vinculado principalmente
por la Constitución antes que por la ley
Poder-deber de la Administración de desconocer la supuesta obligatoriedad de la norma infraconstitucional viciada, en los
supuestos de manifiesta inconstitucionalidad de normas legales o reglamentarias
d. d. DefiniciónDefinición
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La legitimidad y validez de los procedimientos administrativos se sustentan en el respeto a la Constitución y los derechos fundamentales de
los administrados
Base normativa
art. IV Título Preliminar LPAGPrincipio de “Legalidad”
art. 51 Const.Principio de supremacía constitucional
art. 10 LPAGNulidad del acto administrativo
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Base jurisprudencial
Caso Reforma del régimen pensionario (STC Exp. Nros. 0050-2004-AI/TC, 0051-2004-AI/TC, 0004-2005-PI/TC, 007-2005-PI/TC, 009-2005-PI/TC)
“en los supuestos de manifiesta inconstitucionalidad de normas legales o reglamentarias, la Administración no sólo tiene la facultad, sino el deber de desconocer la
supuesta obligatoriedad de la norma infraconstitucional viciada, dando lugar a la aplicación directa de la
Constitución” (FJ. 156)
¿ante una norma que consagra una arbitrariedad estarían obligados a aplicarla?
Ello no debe ser así, tal como lo han demostrado los propios pronunciamientos administrativos:
Resolución 0259-2001/TC-INDECOPICaso Panamericana Televisión
Tribunal Fiscal Exp. 5229-96, 5446-96, 1587-97, 1588-97Caso Testigos de Jehová
© Carolina Canales 2006
Funcionarios que están sujetos a reglas de independencia, autonomía y accountability claras, y por tanto no puedan fácilmente convertir su discrecionalidad en arbitrariedad
Tribunales Administrativos
De ser un funcionario encargado principalmente de constatar la adecuación de las normas
administrativas a las normas legales, se convierte en el protector de los derechos fundamentales del
ciudadano y del derecho objetivo
e. e. TitularidadTitularidad