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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ... · Unidad Responsable: Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Unidad Dir 3 dependiente: LA0004613

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    ACTA DE LA SESIN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DA NUEVE DE AGOSTO DE 2016, EN PRIMERA CONVOCATORIA. Fecha de aprobacin del documento: 30/08/2016

    Unidad Responsable: Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.

    Unidad Dir 3 dependiente: LA0004613. RGANOS DE GOBIERNO- AYUNTAMIENTO DE LEGANS.

    Fecha de ltima actualizacin: 30/08/2016

    Excelentsimo Ayuntamiento de Legans.

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artculo 135.2 del Reglamento OrgnicoMunicipal, que dice que una copia del Acta, conteniendo slo la parte dispositiva, deber publicarse en la pgina web municipal en el plazo de siete das a contar desde la aprobacin, se hace pblica este acta en dicha web

    En este documento, los datos de carcter personal objeto de proteccin que pudieran aparecer, se encuentran sustituidos por (**) en cumplimiento de la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccin de datos de Carcter personal.

    Permitida la reutilizacin de este documento sin autorizacin previa y de forma gratuita. Es preciso preservar y no desnaturalizar el contenido as como citar la fuente, todo ello conforme a lo establecido en la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilizacin de la informacin del sector pblico.

    Para ms informacin acceda al aviso legal www.leganes.org/aviso legal

    CIF P2807400C. Ayuntamiento de Legans. Plaza Mayor, 1, 28911. Tlf 912484010

    Firma Digital.CSV del Documento: 10711433360467650047En Legans, a 30 de Septiembre de 2016SECRETARIO DEL PLENOFdo:BOCOS REDONDO PEDRO - DNI 50041728F
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    NDICE

    1.- APROBAR EL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIN ORDINARIA

    CELEBRADA EL DA 2 DE AGOSTO DE 2016 ORDINARIA. ............................. 6

    2.- LICENCIAS DE OBRAS MAYOR. ....................................................................... 6

    2.1- EXPTE. NM. 18.861/2016-010OMY, PARA LA LEGALIZACIN DE

    MODIFICACIN Y AMPLIACIN DE NAVE INDUSTRIAL, EN C/

    PUERTO DE SAN GLORIO, N 17 PARCELA H-33.1. ............................... 6

    2.2- EXPTE. NM. 18.863/2016-010OMY, PARA LA CONSTRUCCIN DE

    NAVE INDUSTRIAL SIN ACTIVIDAD ESPECFICA, EN C/ PUERTO DE

    PANTICOSA, N 5 PARCELA 25-3. ............................................................ 8

    2.3- EXPTE. NM. 18.871/2016-010OMY, PARA INSTALACIN DE

    ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN AVDA. DE GIBRALTAR,

    N 11. ........................................................................................................ 11

    3.- APROBACIN DE LA CONSTITUCIN DE LA JUNTA DE COMPENSACIN

    DEL PLAN PARCIAL P.P.-4 "PUERTA DE FUENLABRADA" Y RESOLUCIN

    RECURSO DE ALZADA PRESENTADO POR D. *** Y OTROS. EXPTE. NM.

    1/2014-168EBJC. ................................................................................................. 13

    4.- LICENCIAS DE ACTIVIDADES. ....................................................................... 14

    4.1- EXPTE. NM. 19/2016-235DAEP, PARA LA ACTIVIDAD DE BAR EN C/

    MADRID, N 24 BJ 3. ................................................................................ 14

    4.2- EXPTE. NM. 9.828/2007-019AIC, PARA LA ACTIVIDAD DE

    ACTUALIZACIN DE INSTALACIONES DE CENTRO DE

    MANTENIMIENTO DE FLOTAS DE TRANSPORTE Y DEPENDENCIAS

    AUXILIARES, EN C/ CARLOS SAINZ, N 19 NICO. ............................ 14

    5.- APROBAR EL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE

    REDACCIN DE PROYECTOS DE EJECUCION DE OBRA Y ESTUDIO DE

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    SEGURIDAD Y SALUD DE LOS CENTROS: POLIDEPORTIVO NUEVO

    CARRASCAL, CENTRO DE MAYORES EL CARRASCAL, CP GINER DE LOS

    RIOS Y CASA CONSERJE RAMIRO DE MAEZTU. EXPTE. PLYCA NM.

    481/2016. ............................................................................................................. 15

    6.- APROBAR EL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIN DE VARIOS LOTES

    DE SEGUROS DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANS. EXPTE. PLYCA NM.

    540/2016. ............................................................................................................. 17

    7.- APROBAR LA ADJUDICACIN DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA

    CONTRATACIN DEL SERVICIO DE "OFICINA DE MOVILIDAD

    INTERNACIONAL JOVEN". EXPTE. PLYCA NM. 814/2015. ......................... 19

    8.- AUTORIZAR LA CESIN DE LA CONCESIN DE LA PLAZA DE GARAJE

    NM. 333 DEL APARCAMIENTO "JULIN BESTEIRO". EXPTE. 10/2015-

    096CDP. .............................................................................................................. 21

    9.- AUTORIZAR LA CESIN DE LA CONCESIN DE LA PLAZA DE GARAJE

    NM. 82 DEL APARCAMIENTO "JULIAN BESTEIRO". EXPTE. 13/2015-

    096CDP. .............................................................................................................. 22

    10.- AUTORIZAR LA CESIN DE LA CONCESIN DE LA PLAZA DE GARAJE

    NM. 148 DEL APARCAMIENTO "ORELLANA". EXPTE. 41/2015-095PAT. .. 23

    11.- RESOLUCIN DE LOS RECURSOS DE REPOSICIN DE LAS AYUDAS

    CONCEDIDAS EN LA CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIN DE

    LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2015/2016. ............................................ 24

    12.- INFORME DE INTERVENCIN SOBRE COMUNICACIN DE ALERTA POR

    EL INCUMPLIMIENTO DEL PERODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES

    CONFORME AL ARTCULO 18.5 DE LA LEY 2/2012, DE 27 DE ABRIL, DE

    ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA. ...... 28

    13.- APROBACIN DE LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS

    SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN NIMO

    DE LUCRO QUE HAN COLABORADO CON EL AYUNTAMIENTO EN

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    TAREAS DE EDUCACIN BSICA DE ADULTOS NO FORMAL, DURANTE

    EL CURSO ACADMICO 2015/2016. ................................................................. 28

    14.- APROBAR LA PRRROGA PARA EL AO 2017 DEL CONVENIO DE

    COLABORACIN ENTRE LA COMUNIDAD DE MADRID A TRAVS DE LA

    CONSEJERA DE POLTICAS SOCIALES Y FAMILIA (DIRECCIN

    GENERAL DE LA MUJER) Y EL AYUNTAMIENTO DE LEGANS, PARA LA

    GESTIN DE UN CENTRO DE EMERGENCIA PARA MUJERES VCTIMAS

    DE VIOLENCIA DE GNERO Y SUS HIJOS. .................................................... 47

    15.- DELEGAR EN EL ALCALDE-PRESIDENTE TODAS LAS COMPETENCIAS

    DELEGADAS POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN EL DIRECTOR

    GENERAL DE URBANISMO E INDUSTRIAS SEGN ACUERDO DE JUNTA

    DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 28 DE JULIO DE 2015. ............................ 48

    16.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES JUDICIALES. ......................................... 48

    16.1- RECURSO P.A. NM. 399/2012 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

    ADMINISTRATIVO N 22 DE MADRID. ................................................. 48

    16.2- RECURSO P.A. NM. 562/2013 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

    ADMINISTRATIVO N 16 DE MADRID. ................................................. 49

    16.3- RECURSO P.O. NM. 507/2014 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

    ADMINISTRATIVO N 8 DE MADRID. ................................................... 49

    16.4- RECURSO P.A. NM. 94/2015 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

    ADMINISTRATIVO N 1 DE MADRID. ................................................... 50

    16.5- RECURSO P.O. NM. 431/2015 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-

    ADMINISTRATIVO N 27 DE MADRID. ................................................. 50

    16.6- RECURSO DE APELACIN N 199/2016 (PO 146/2011) DEL TRIBUNAL

    SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID, SALA DE LO CONTENCIOSO

    ADMINISTRATIVO SECCIN TERCERA. ............................................ 51

    16.7- RECURSO P.O. NM. 918/2015 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N 22 DE

    MADRID. ................................................................................................. 52

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    16.8- RECURSO P.O. NM. 819/2015 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N 11 DE

    MADRID. ................................................................................................. 52

    16.9- RECURSO P.O. NM. 238/2015 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N 12 DE

    MADRID. ................................................................................................. 53

    16.10- RECURSO P.O. NM. 722/2015 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N 12 DE

    MADRID. ................................................................................................. 53

    16.11- RECURSO P.O. NM. 478/2016 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL N 33 DE

    MADRID. ................................................................................................. 54

    17.- URGENCIAS. ..................................................................................................... 54

    18.- RUEGOS Y PREGUNTAS. ................................................................................. 54

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    ACTA DE LA SESIN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO

    LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DA NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL

    DIECISIS, EN PRIMERA CONVOCATORIA.

    En LEGANS, a NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIS. Presididos por el

    Alcalde-Presidente, DON SANTIAGO LLORENTE GUTIRREZ, se renen en Sala de

    Junta de Gobierno Local, Plaza Mayor nm. 1, los Sres. Concejales: DOA MARA

    NGELES MIC VAQUERIZO, DOA MARA ELENA AYLLN LPEZ, DON LUS

    MARTN DE LA SIERRA MARTN DE LA SIERRA, no asistiendo con excusa: DON

    PEDRO ATIENZA MARTN, DON ARSENIO RUBN BEJARANO FERRERAS,

    asistidos de la Concejal-Secretaria de la Junta de Gobierno Local DOA VIRGINIA

    JIMNEZ CALERO, segn Decreto de Alcalda de 15 de Junio de 2.015 , y presente la

    Interventora DOA TERESA PASCUAL GALLEGO, as como la Titular de la Oficina

    de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Acctal., DOA ESTHER IBEZ MARTN, al

    objeto de celebrar la sesin Ordinaria por la Junta de Gobierno Local, en primera

    convocatoria, para la cual, haban sido previamente convocados con arreglo al Orden

    del Da.

    Por el Alcalde-Presidente se declar abierta la sesin, siendo las diez horas.

    1.- APROBAR EL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIN ORDINARIA

    CELEBRADA EL DA 2 DE AGOSTO DE 2016 ORDINARIA.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD: APROBAR el Acta de la

    sesin ordinaria celebrada el da 2 de agosto de 2016.

    2.- LICENCIAS DE OBRAS MAYOR.

    2.1- EXPTE. NM. 18.861/2016-010OMY, PARA LA LEGALIZACIN DE

    MODIFICACIN Y AMPLIACIN DE NAVE INDUSTRIAL, EN C/

    PUERTO DE SAN GLORIO, N 17 PARCELA H-33.1.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

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    PRIMERO.- Conceder a TRANSPORTES M. LPEZ, S.L., representada por D. ***, la

    LICENCIA DE OBRA (Expediente N 18.861/2016-010OMY) para la LEGALIZACIN

    DE MODIFICACIN Y AMPLIACIN DE NAVE INDUSTRIAL en C/ PUERTO DE SAN

    GLORIO 17 PARCELA H-33.1 segn proyecto presentado y de acuerdo con los datos

    del cuadro resumen que consta en el informe del Arquitecto Tcnico municipal de fecha

    14 de julio de 2016:

    CUADRO DE LICENCIA ORIGINAL

    CUADRO DE SUPERFICIES CONSTRUIDAS

    Parcela: H-33.1 Manzana 16

    Calle:

    Sector: IA-5 Overa

    Barrio:

    Licencia: 17.221/2004

    Propietario: Transportes M. Lpez S.L. Ingeniero Tcnico: D. ***

    Superficie total construida: 255,35 m2 N de plantas: B

    Planta Garaje m2 Nde plazas Vivienda m2 N de viv. Locales m2

    2 stano

    1 stano

    Planta baja 255,35

    TOTAL 255,35

    CUADRO DE LICENCIA MODIFICADA

    CUADRO DE SUPERFICIES CONSTRUIDAS

    Parcela: H-33.1 Manzana 16

    Calle:

    Sector: IA-5 Overa

    Barrio:

    Licencia: 18.861/2016

    Propietario: Transportes M. Lpez S.L. Ingeniero Tcnico: D. ***

    Superficie total construida: 264.35 m2 N de plantas: Baja y Entreplanta

    Planta Garaje m2 Nde plazas Vivienda m2 N de viv. Locales m2

    Entreplanta 9,00

    Planta baja 255,35

    TOTAL 264,35

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    SEGUNDO.- Indicar que, de conformidad con lo establecido por la legislacin

    urbanstica y sectorial vigente, deben tenerse en consideracin las siguientes

    condiciones de la presente licencia:

    1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de

    tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbansticas y sobre edificacin

    vigentes, as como a la obtencin en su caso, de las correspondientes autorizaciones

    administrativas.

    2.- Deber solicitar Licencia de Primera Ocupacin.

    3.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo por

    escrito a la Corporacin sin lo cual quedarn ambos sujetos a todas las responsabilidades

    que se deriven para el titular.

    TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez das, hacindoles

    saber que pone fin a la va administrativa y que contra el mismo puede interponer, sin

    perjuicio de los que considere pertinentes, los siguiente recursos, de conformidad con

    lo dispuesto en los artculos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

    Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo

    Comn (BOE nm. 285 de 27/11/1992):

    Recurso potestativo de reposicin ante el rgano que dicta el acuerdo en el plazo de un

    mes contado desde el da siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    O bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-

    Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses contados igualmente desde el da

    siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    2.2- EXPTE. NM. 18.863/2016-010OMY, PARA LA CONSTRUCCIN DE

    NAVE INDUSTRIAL SIN ACTIVIDAD ESPECFICA, EN C/ PUERTO DE

    PANTICOSA, N 5 PARCELA 25-3.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Conceder a NECTARAN, S.L., representada por D ***, la LICENCIA DE

    OBRA (Expediente N 18.863/2016-010OMY) para la CONSTRUCCIN DE NAVE

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    INDUSTRIAL SIN ACTIVIDAD ESPECFICA ubicada en C/ PUERTO DE PANTICOSA

    5 PARCELA 25-3 segn proyecto presentado y de acuerdo con los datos del cuadro

    resumen que consta en el informe del Arquitecto Tcnico municipal de fecha 13 de

    junio de 2016:

    CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BSICO/ EJECUCIN)

    Direccin:

    C/ PUERTO DE

    PANTICOSA, 5 PARCELA

    25-3 28919 LEGANS

    Ordenanza:

    PRADO OVERA

    Licencia:

    018863/2016-010OMY

    Descripcin de las obras:

    CONSTRUCCIN DE NAVE INDUSTRIAL

    Promotor:

    NECTARAN SL

    Tcnicos autores del proyecto:

    D. *** (ARQUITECTO)

    Tcnicos directores de obra:

    D. ***

    Presupuesto de ejecucin material:

    296.202,90 euros

    Superficie total construida: 1.192,50 m2

    Superficie edificada computable: 1.192,50m2

    Nmero de plantas:

    DOS (BAJA Y PRIMERA)

    Plantas N plazas aparcamiento Superficie edificada

    computable por planta m2

    Planta baja 5 espacio libre privado

    6 zona cubierta edificacin

    747.90

    Planta 1 444,60

    TOTAL * 11 * * 1.192,50

    SEGUNDO - Indicar que, de conformidad con lo establecido por la legislacin

    urbanstica y sectorial vigente, deben tenerse en consideracin las siguientes

    condiciones de la presente licencia:

    1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de

    tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbansticas y sobre edificacin

    vigentes, as como a la obtencin en su caso, de las correspondientes autorizaciones

    administrativas.

    2.- Antes del comienzo de las obras, deber contar con el Proyecto de Ejecucin.

    3.- El plazo de iniciacin de las obras ser el da siguiente a la firma del Acta de Inicio o

    Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un ao,

  • Pg. 10 de 54

    pudiendo sta prorrogarse, por una sola vez, previa peticin y por otro ao; el plazo de

    interrupcin mxima ser de tres meses, segn se establece en el artculo 70 de las

    Normas Urbansticas del Plan General de Ordenacin Urbana de Legans.

    4.- De conformidad con lo establecido en el artculo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,

    del Suelo de la Comunidad de Madrid debern levantarse dos actas, una con motivo del

    inicio o replanteo de las obras y otra con ocasin de la terminacin de stas, para lo que

    se solicitarn las correspondientes inspeccin de los Servicios Municipales.

    5.- Deber solicitar Licencia de Primera Ocupacin una vez terminadas las obras de

    construccin.

    6.- La presente licencia habilita nicamente para la contratacin de los servicios de

    agua y luz para la construccin autorizada, pero en ningn caso para la contratacin de

    los mencionados servicios con carcter definitivo, requirindose para ello la Licencia de

    Primera Ocupacin.

    7.- Los residuos de construccin y demolicin procedentes de las obras, debern ser

    trasladados a vertederos autorizados y presentarse garanta que responda de la

    correcta gestin de los residuos con anterioridad al inicio de las obras.

    8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo por

    escrito a la Corporacin sin lo cual quedarn ambos sujetos a todas las responsabilidades

    que se deriven para el titular.

    9.- La presente licencia no ampara la implantacin de ningn contenedor en la va

    pblica ni la instalacin de gras-torre.

    10.- En todo caso, ser preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la

    realizacin de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo

    los propietarios, constructores y directores de los daos que se causen a terceros.

    TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez das, hacindoles

    saber que pone fin a la va administrativa y que contra el mismo puede interponer, sin

    perjuicio de los que considere pertinentes, los siguiente recursos, de conformidad con

    lo dispuesto en los artculos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

    Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo

    Comn (BOE nm. 285 de 27/11/1992):

    Recurso potestativo de reposicin ante el rgano que dicta el acuerdo en el plazo de un

    mes contado desde el da siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

  • Pg. 11 de 54

    O bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-

    Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses contados igualmente desde el da

    siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    2.3- EXPTE. NM. 18.871/2016-010OMY, PARA INSTALACIN DE

    ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN AVDA. DE GIBRALTAR,

    N 11.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AV GIBRALTAR 11, la

    LICENCIA DE OBRA (Expte. N 018871/2016-010OMY), para la INSTALACIN DE

    ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS en AV GIBRALTAR N 11, segn proyecto

    presentado y de acuerdo con el siguiente cuadro resumen que consta en el informe del

    arquitecto tcnico municipal de fecha 13 de julio de 2016:

    CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BSICO/ EJECUCIN)

    Direccin:

    Av Gibraltar 11

    Ordenanza:

    Municipal de Instalacin de ascensores

    en edificios Residenciales

    Licencia:

    018871/2016

    -010OMY

    Descripcin de las obras:

    INSTALACIN DE UN ASCENSOR EN HUECO JUNTO A ESCALERA DEL EDIFICIO SITO

    EN AV GIBRALTAR 11

    Promotor:

    Comunidad de Propietarios

    Av Gibraltar 11

    Tcnico autor del proyecto:

    D. *** (Arquitecto)

    Tcnico director de obra:

    D. *** Presupuesto de ejecucin material:

    55.000 euros

    Superficie exterior ascensor :

    1,21x1,09 mm

    Nmero de plantas:

    Baja+cuatro

    SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislacin

    urbanstica y sectorial vigente, deben tenerse en consideracin las siguientes

    condiciones de la presente licencia:

  • Pg. 12 de 54

    1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de

    tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbansticas y sobre edificacin

    vigentes, as como a la obtencin en su caso, de las correspondientes autorizaciones

    administrativas.

    2.- El plazo de iniciacin de las obras ser el da siguiente a la firma del Acta de Inicio o

    Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un ao,

    pudiendo sta prorrogarse, por una sola vez, previa peticin y por otro ao; el plazo de

    interrupcin mxima ser de tres meses, segn se establece en el artculo 70 de las

    Normas Urbansticas del Plan General de Ordenacin Urbana de Legans.

    3.- De conformidad con lo establecido en el artculo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,

    del Suelo de la Comunidad de Madrid debern levantarse dos actas, una con motivo del

    inicio o replanteo de las obras y otra con ocasin de la terminacin de stas, para lo que

    se solicitarn las correspondientes inspeccin de los Servicios Municipales.

    4.- Deber solicitar Licencia de Primera Ocupacin una vez terminadas las obras de

    construccin.

    5.- Los residuos de construccin y demolicin procedentes de las obras, debern ser

    trasladados a vertederos autorizados y presentarse garanta que responda de la

    correcta gestin de los residuos con anterioridad al inicio de las obras.

    6.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo

    por escrito a la Corporacin sin lo cual quedarn ambos sujetos a todas las

    responsabilidades que se deriven para el titular.

    7.- La presente licencia no ampara la implantacin de ningn contenedor en la va

    pblica ni la instalacin de gras-torre, para lo que se deber solicitar la autorizacin

    correspondiente.

    8.- En todo caso, ser preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la

    realizacin de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo

    los propietarios, constructores y directores de los daos que se causen a terceros.

    TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez das, hacindoles

    saber que pone fin a la va administrativa y que contra el mismo puede interponer, los

    siguiente recursos, de conformidad con lo dispuesto en los artculos 116 y 117 de la

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones

    Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (BOE nm 285 de 27/11/1992):

  • Pg. 13 de 54

    Recurso potestativo de reposicin ante el rgano que dicta el acuerdo en el plazo de un

    mes contado desde el da siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    O bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-

    Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses contados igualmente desde el da

    siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    3.- APROBACIN DE LA CONSTITUCIN DE LA JUNTA DE COMPENSACIN

    DEL PLAN PARCIAL P.P.-4 "PUERTA DE FUENLABRADA" Y RESOLUCIN

    RECURSO DE ALZADA PRESENTADO POR D. *** Y OTROS. EXPTE. NM.

    1/2014-168EBJC.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Aprobar la constitucin de la Junta de Compensacin del P.P. 4 PUERTA

    DE FUENLABRADA, formalizada el da 11 de Enero de 2016, ante la Notario de

    Legans Doa Mara Dolores Pea Pea, bajo el n 27 de su Protocolo, junto con las

    posteriores adhesiones a la misma.

    SEGUNDO.- Remitir el presente acuerdo, junto con copia autorizada de la escritura, a la

    Consejera de Medio Ambiente, Administracin Local y Ordenacin del Territorio de la

    Comunidad de Madrid, para su inscripcin en el Registro administrativo de Entidades

    Urbansticas Colaboradoras.

    TERCERO.- Desestimar el Recurso de alzada presentado por D. ***, actuando en

    nombre propio y de otros doce propietarios, contra la convocatoria y los acuerdos

    adoptados por la Asamblea General constituyente de la Junta de Compensacin del

    Plan Parcial 4, por los motivos expuestos en el presente acuerdo.

    CUARTO.- Proceder a la notificacin individualizada del presente acuerdo a todos los

    interesados en el expediente en el plazo de diez das, hacindoles saber que pone fin a

    la va administrativa y que contra el mismo puede interponer los siguientes recursos, de

    conformidad con lo dispuesto en los artculos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

  • Pg. 14 de 54

    noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento

    Administrativo Comn (BOE nm 285 de 27/11/1992):

    Recurso potestativo de reposicin ante el rgano que dicta el acuerdo en el plazo de un

    mes contado desde el da siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo. A

    excepcin de lo adoptado en el apartado TERCERO.

    O bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-

    Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses contados igualmente desde el da

    siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    4.- LICENCIAS DE ACTIVIDADES.

    4.1- EXPTE. NM. 19/2016-235DAEP, PARA LA ACTIVIDAD DE BAR EN C/

    MADRID, N 24 BJ 3.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD: CONCEDER Licencia de

    Funcionamiento a D ***, para la actividad de BAR, en C/ Madrid, 24 BJ 3 y con un

    aforo mximo permitido de 28 personas, quedando obligado el interesado a mantener

    en perfecto funcionamiento todas las medidas correctoras y al cumplimiento de las

    disposiciones vigentes en la materia.

    El incumplimiento de los requisitos y condiciones en que fue concedida la licencia de

    funcionamiento determinar la revocacin de la misma previa tramitacin de un

    expediente sumario con audiencia del interesado.

    4.2- EXPTE. NM. 9.828/2007-019AIC, PARA LA ACTIVIDAD DE

    ACTUALIZACIN DE INSTALACIONES DE CENTRO DE

    MANTENIMIENTO DE FLOTAS DE TRANSPORTE Y DEPENDENCIAS

    AUXILIARES, EN C/ CARLOS SAINZ, N 19 NICO.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

  • Pg. 15 de 54

    PRIMERO.- Aceptar el desistimiento que CIUDADES DEL TRANSPORTE DE MADRID

    SA formula respecto a su anterior solicitud de Licencia para la actividad de

    ACTUALIZACIN DE INSTALACIONES DE CENTRO DE MANTENIMIENTO DE

    FLOTAS DE TRANSPORTE Y DEPENDENCIAS AUXILIARES, en C/ CARLOS SAINZ,

    19 NICO, y, en consecuencia, declarar concluso el expediente.

    SEGUNDO.- Remitir a Intervencin Municipal para que, si ha lugar, practique la oportuna

    liquidacin de derechos y tasas para proceder al archivo de las actuaciones,

    ulteriormente.

    TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez das, hacindoles

    saber que pone fin a la va administrativa y que contra el mismo puede interponer los

    siguiente recursos, de conformidad con lo dispuesto en los artculos 116 y 117 de la

    Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones

    Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn (BOE nm 285 de 27/11/1992):

    Recurso potestativo de reposicin ante el rgano que dicta el acuerdo en el plazo de un

    mes contado desde el da siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    O bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-

    Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses contados igualmente desde el da

    siguiente al que reciba la notificacin del acuerdo.

    5.- APROBAR EL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE

    REDACCIN DE PROYECTOS DE EJECUCIN DE OBRA Y ESTUDIO DE

    SEGURIDAD Y SALUD DE LOS CENTROS: POLIDEPORTIVO NUEVO

    CARRASCAL, CENTRO DE MAYORES EL CARRASCAL, CP GINER DE LOS

    ROS Y CASA CONSERJE RAMIRO DE MAEZTU. EXPTE. PLYCA NM.

    481/2016.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Aprobar el expediente PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE

    REDACCIN DE PROYECTOS DE EJECUCIN DE OBRA Y ESTUDIO DE

  • Pg. 16 de 54

    SEGURIDAD Y SALUD DE LOS CENTROS: POLIDEPORTIVO NUEVO CARRASCAL,

    CENTRO DE MAYORES EL CARRASCAL, CP GINER DE LOS ROS Y CASA

    CONSERJE RAMIRO DE MAEZTU, EXPTE 481/2016 , as como los Pliegos de

    Clusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Tcnicas que han de regir el

    contrato, mediante procedimiento negociado sin publicidad.

    SEGUNDO.- Autorizar y aprobar el gasto correspondiente que comporta el presente

    contrato por los siguientes importes:

    Precio mximo/base licitacin:

    Presupuesto base de licitacin: 53.719.01

    Importe IVA: 11.280.99

    Total presupuesto de licitacin: 65.000

    Plazo ejecucin: El plazo total mximo para la realizacin de los trabajos ser de DIEZ

    MESES y se establecen unos plazos de entrega parciales para cada proyecto de:

    - POLIDEPORTIVO NUEVO CARRASCAL 1 MES

    - CENTRO DE MAYORES EL CARRASCAL 2 MESES

    - COLEGIO PBLICO GINER DE LOS ROS 2 MESES

    - CASA CONSERJE RAMIRO DE MAEZTU 1 MES

    Los plazos de entrega indicados para cada proyecto, sern consecutivos segn el

    orden indicado y se prevn en los pliegos, adems, unos tiempos de revisin y cambios

    necesarios en los mismos, siendo el plazo mximo total para ejecutar todos los

    proyectos, incluidos los tiempos de revisin y cambios 10 meses desde la firma del acta

    de inicio.

    Reserva de Crdito: Partida presupuestaria: 23/1511/ 22706, del ejercicio 2016 y

    reserva de crdito ejercicios futuros que constan en el expediente.

    Tratndose de un gasto plurianual, en aplicacin de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real

    Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Captulo primero del Ttulo

    sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la

  • Pg. 17 de 54

    autorizacin y el compromiso de los gastos de carcter plurianual se subordinarn al

    crdito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. (Artculo

    155.1, L.R.H.L.). Asimismo, debern reajustarse las cantidades consignadas en las

    partidas presupuestarias, en funcin del da cierto de inicio del contrato.

    TERCERO.- Solicitar un mnimo de tres ofertas y anunciar la licitacin pblica en el

    Perfil del Contratante tal como disponen las Bases de Ejecucin del Presupuesto

    vigente, a los efectos de que cualesquiera interesados puedan presentar ofertas.

    CUARTO.- Nombrar responsables del contrato a D. Juan Carlos Garca Saugar, Jefe

    de Servicio de la Delegacin de Sostenibilidad y D. Mario Snchez Martn, Jefe de

    Seccin de Mantenimiento de Instalaciones a los efectos de lo previsto en el artculo 52

    TRLCSP.

    QUINTO.- Comunicar del presente acuerdo a Intervencin y al Servicio Promotor del

    Contrato.

    6.- APROBAR EL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIN DE VARIOS LOTES

    DE SEGUROS DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANS. EXPTE. PLYCA NM.

    540/2016.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratacin n 0540/2016 as como los Pliegos

    de Clusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Tcnicas que han de regir

    el contrato de DE VARIOS LOTES DE SEGUROS DEL AYUNTAMIENTO DE

    LEGANS EXP. N 540/2016 A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO,

    varios criterios de adjudicacin, Sujeto a Regulacin Armonizada.

    SEGUNDO.- Autorizar y aprobar el gasto correspondiente que comporta el presente

    contrato por importe de 1.320.000 (dos anualidades) segn el siguiente desglose por

    lotes:

    Precio mximo/base licitacin: (desglosar IVA):

  • Pg. 18 de 54

    LOTE I.-

    Precio base de licitacin: 460.000 euros prima total correspondiente a 24 meses

    completos IMPUESTOS INCLUIDOS.

    LOTE II.-

    Precio base de licitacin: 190.000 euros prima total correspondiente a 24 meses

    completos IMPUESTOS INCLUIDOS.

    LOTE III.-

    Precio base de licitacin: 474.000 euros prima total correspondiente a 24 meses

    completos IMPUESTOS INCLUIDOS.

    LOTE IV.-

    Precio base de licitacin: 188.000 euros prima total correspondiente a 24 meses

    completos IMPUESTOS INCLUIDOS.

    LOTE V.-

    Precio base de licitacin: 4.000 euros prima total correspondiente a 24 meses

    completos IMPUESTOS INCLUIDOS.

    LOTE VI.-

    Precio base de licitacin: 4.000 euros prima total correspondiente a 24 meses

    completos IMPUESTOS INCLUIDOS.

    Plazo ejecucin: Dos aos desde la firma del contrato, prorrogable ao a ao de mutua

    acuerdo por cuatro anualidades ms. Duracin mxima incluido prrrogas 6 aos

    Reservas de Crditos ejercicios futuros:

    02/1510/22400; 02/9310/22400;03/2410/224.00; 03/3111/224.00; 04/2210/16205;

    05/3330/224.00; 06/3400/22400; 07/3200/22400; 11/1500/22400; 12/1700/224.00;

    13/9200/224.00; 15/1320/22400; 15/1350/224.00; 15/1360/22400; 18/9200/22400;

    29/9330/22400; 31/4200/22400; 32/9200/22400 reservas de crdito ejercicios futuros

    2016 y 2017 que consta en el expediente

  • Pg. 19 de 54

    Tratndose de un gasto plurianual, en aplicacin de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real

    Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Captulo primero del Ttulo

    sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la

    autorizacin y el compromiso de los gastos de carcter plurianual se subordinarn al

    crdito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. (Artculo

    155.1, L.R.H.L.). Asimismo, debern reajustarse las cantidades consignadas en las

    partidas presupuestarias, en funcin del da cierto de inicio del contrato.

    TERCERO.- Anunciar la licitacin pblica en Diario Oficial de la Unin Europea, Boletn

    Oficial del Estado y en el Perfil del Contratante a los efectos de que cualesquiera

    interesados puedan presentar ofertas.

    CUARTO.- Nombrar responsable del contrato al Tcnico responsable del rea de

    patrimonio a los efectos de lo previsto en el artculo 52 TRLCSP.

    QUINTO.- Comunicar del presente acuerdo a Intervencin, Servicio de Contratacin y

    Servicio Promotor del Contrato.

    7.- APROBAR LA ADJUDICACIN DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA

    CONTRATACIN DEL SERVICIO DE "OFICINA DE MOVILIDAD

    INTERNACIONAL JOVEN". EXPTE. PLYCA NM. 814/2015.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- ADJUDICAR a la empresa NINARWA.S. COOP. MAD. con CIF F-85983591

    el servicio de OFICINA DE MOVILIDAD INTERNACIONAL JOVEN por un importe

    mximo de TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS EUROS (35.600,00 ) IVA EXENTO,

    conforme a la oferta presentada por la empresa y las condiciones establecidas en el

    Pliego de condiciones Tcnicas y Pliego de Clusulas Administrativas Particulares y

    normativa especial y general de aplicacin.

  • Pg. 20 de 54

    SEGUNDO.-. El plazo de ejecucin de la presente contratacin ser de dos aos a contar

    desde su firma, pudindose prorrogar un ao ms por mutuo acuerdo de las partes antes

    de la finalizacin del contrato inicial.

    TERCERO.- Disponer el gasto por importe de TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS

    EUROS con cargo a las partidas 19/3345/226.09 del ejercicio 2016 y compromiso de

    gasto de ejercicios futuros.

    Tratndose de un gasto plurianual, en aplicacin de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real

    Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Captulo primero del Ttulo

    sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la

    autorizacin y el compromiso de los gastos de carcter plurianual se subordinarn al

    crdito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. (Artculo

    155.1, L.R.H.L.). Asimismo, debern reajustarse las cantidades consignadas en las

    partidas presupuestarias, en funcin del da cierto de inicio del contrato.

    CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa NINARWA. S. COOP. MAD. con

    CIF F-85983591 adjudicataria del contrato con los recursos pertinentes, comunicndole

    que la formalizacin del contrato deber realizarse en el plazo de 15 das hbiles a

    contar desde el siguiente al de la notificacin de este acuerdo. En caso de

    incumplimiento de este plazo por causas imputables al adjudicatario, el Ayuntamiento

    de Legans podr acordar la incautacin de la garanta definitiva, todo ello de

    conformidad con lo previsto en el artculo 156 TRLCSP. La formalizacin del contrato

    se publicar en el Perfil del Contratante y en los Boletines que procedan.

    Contra el presente acuerdo, que pone fin a la va administrativa, podr interponer los

    siguientes recursos, sin perjuicio de que interponga cualquier otro que estime oportuno y

    sea aceptable en Derecho, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992 y en la

    Ley 29/1998:

    a) O bien recurso potestativo de reposicin a resolver por la Junta de Gobierno Local, en

    el plazo de un mes contado a partir del da siguiente al de la notificacin de este

    Acuerdo.

  • Pg. 21 de 54

    b) O bien recurso contencioso-administrativo directo, en el plazo de dos meses contados

    desde el da siguiente a la notificacin de este Acuerdo. El recurso contencioso

    administrativo deber interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso con sede en

    Madrid.

    En el caso de que interpusiera recurso potestativo de reposicin, frente a la resolucin del

    mismo podr interponer recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso con

    sede en Madrid. El plazo ser de dos meses, contados a partir del da siguiente al de la

    notificacin si la resolucin del recurso fue expresa. Si la resolucin del recurso fue

    presunta, el plazo ser de seis meses, contado a partir del da siguiente a aquel en el que

    deba entenderse presuntamente desestimado. El recurso potestativo de reposicin se

    entiende presuntamente desestimado por el transcurso de un mes sin que se dictara y

    notificara la resolucin expresa, a contar desde el da siguiente a su interposicin.

    QUINTO.- Comunicar el presente acuerdo a Intervencin y Delegacin Proponente

    (rea de Juventud).

    8.- AUTORIZAR LA CESIN DE LA CONCESIN DE LA PLAZA DE GARAJE

    NM. 333 DEL APARCAMIENTO "JULIN BESTEIRO". EXPTE. 10/2015-

    096CDP.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Autorizar la cesin del contrato de concesin de dominio pblico de la

    plaza de garaje n 333, del Aparcamiento Julin Besteiro cuyo titular es D. ***, NIF: ***

    a favor de D. ***, NIF: ***.

    SEGUNDO.- La concesin seguir rigindose por las clusulas del Pliego de

    Condiciones que sirvieron de base a la primera concesin, normativa relacionada en

    fundamentos de derecho y dems que le sea de aplicacin.

    El cesionario quedar subrogado en todos los derechos y obligaciones del cedente,

    entre otras:

    - Deber constituir garanta por importe de 90,51 .

  • Pg. 22 de 54

    - El precio de la cesin no podr superar la cuanta de 2.413,38 , (impuestos

    excluidos).

    La cesin se formalizar entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pblica de

    conformidad con el artculo 226 2 d) TRLCSP, siendo todos los gastos y gestiones por

    su cuenta.

    TERCERO.- Constituida por el cesionario la garanta por 45,08 , una vez

    perfeccionada y acreditada ante el Ayuntamiento la transmisin, se proceder por el

    rgano competente a la devolucin de la fianza depositada por el cesionario con fecha

    6 de marzo de 1990.

    CUARTO.- Dar traslado a cedente y cesionario, comunquese a los servicios de

    patrimonio, Intervencin, Contratacin y cuantos resulten interesados para su debida

    constancia en los expedientes de su razn.

    9.- AUTORIZAR LA CESIN DE LA CONCESIN DE LA PLAZA DE GARAJE

    NM. 82 DEL APARCAMIENTO "JULIAN BESTEIRO". EXPTE. 13/2015-

    096CDP.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Autorizar la cesin del contrato de concesin de dominio pblico de la

    plaza de garaje n 82, del Aparcamiento Julin Besteiro cuyo titular es D. ***, NIF: *** a

    favor de D. ***, NIF: *** y de D ***, NIF: ***.

    SEGUNDO.- La concesin seguir rigindose por las clusulas del Pliego de

    Condiciones que sirvieron de base a la primera concesin, normativa relacionada en

    fundamentos de derecho y dems que le sea de aplicacin.

    El cesionario quedar subrogado en todos los derechos y obligaciones del cedente,

    entre otras:

  • Pg. 23 de 54

    - Deber constituir garanta por importe de 200,34 .

    - El precio de la cesin no podr superar la cuanta de 5.744,54 , (impuestos

    excluidos).

    La cesin se formalizar entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pblica de

    conformidad con el artculo 226 2 d) TRLCSP, siendo todos los gastos y gestiones por

    su cuenta.

    TERCERO.- Dar traslado a cedente y cesionario, comunquese a los servicios de

    patrimonio, Intervencin, Contratacin y cuantos resulten interesados para su debida

    constancia en los expedientes de su razn.

    10.- AUTORIZAR LA CESIN DE LA CONCESIN DE LA PLAZA DE GARAJE

    NM. 148 DEL APARCAMIENTO "ORELLANA". EXPTE. 41/2015-095PAT.

    La junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Autorizar la cesin de la concesin administrativa de la plaza de garaje n

    148 del Aparcamiento Orellana cuyos titulares son D. ***, DNI: *** Y D ***, DNI: ***, a

    favor de D. ***, DNI: *** y D. ***, DNI: ***.

    SEGUNDO.- La concesin seguir rigindose por las clusulas del Pliego de

    Condiciones que sirvieron de base a la primera concesin, normativa relacionada en

    fundamentos de derecho y dems que le sea de aplicacin.

    El cesionario quedar subrogado en todos los derechos y obligaciones del cedente,

    entre otras:

    - Deber constituir garanta por importe de 234,38 .

    - Deber abonar al Ayuntamiento el canon correspondiente conforme liquidaciones que

    se practiquen. El clculo efectuado por el Arquitecto Tcnico de Patrimonio de 11 de

    mayo de 2015 es de 12,05 euros. El canon ser actualizado para cada anualidad

  • Pg. 24 de 54

    conforme al IPC del mes de enero en las liquidaciones que se practiquen en los

    correspondientes padrones.

    - El precio de la cesin no podr superar la cuanta de 7.812,68 (sin impuestos, no se

    aplican a las concesiones). Segn clusula 5 del Pliego de condiciones es un umbral

    considerado como mximo, por tanto el precio no podr superar esta cantidad. Ambas

    partes debern aportar el contrato que realicen, quedando sometida a condicin

    resolutoria la autorizacin de la cesin en el caso de que se realizara por cifra superior,

    o no se aportase en el Servicio de Patrimonio copia del contrato con original para su

    cotejo y justificante del pago y liquidacin de los impuestos que procedan en el plazo

    de un dos meses desde su firma.

    - La cesin se formalizar entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pblica de

    conformidad con el artculo 226 2 d) TRLCSP, siendo todos los gastos y gestiones por

    su cuenta.

    TERCERO.- Dar traslado a cedente y cesionario, comunquese a los servicios de

    patrimonio, Intervencin, Contratacin y cuantos resulten interesados para su debida

    constancia en los expedientes de su razn.

    11.- RESOLUCIN DE LOS RECURSOS DE REPOSICIN DE LAS AYUDAS

    CONCEDIDAS EN LA CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIN DE LIBROS

    DE TEXTO PARA EL CURSO 2015/2016.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Admitir los recursos presentados por los siguientes interesados:

    N

    EXPEDIENTE/DNI

    PRIMER

    APELLIDO

    SEGUNDO

    APELLIDO NOMBRE MOTIVO DE LA EXCLUSIN/RECURSO

    1310

    DNI *** *** *** ***

    Sin firma autorizando a solicitar datos de

    renta

    MOTIVO DE LA

    ADMISIN:

    SE COMPRUEBA EL ERROR. MAL GRABADA. SE PROCEDE A SU BAREMACIN. LE

    CORRESPONDEN 5 PUNTOS POR RENTA PER CAPITA Y 1 PUNTO POR HIJO .TOTAL

    6 PUNTOS.

  • Pg. 25 de 54

    N

    EXPEDIENTE/DNI

    PRIMER

    APELLIDO

    SEGUNDO

    APELLIDO NOMBRE MOTIVO DE LA EXCLUSIN/RECURSO

    2081

    DNI *** *** *** ***

    Renta familiar superior a la establecida en

    el artculo 5.4 de las bases de la

    convocatoria

    MOTIVO DE LA

    ADMISIN

    SE COMPRUEBA EL ERROR, EST MAL GRABADA, SE HA VERIFICADO AL ESPOSO Y

    NO PROCEDA YA QUE APORTA SENTENCIA DE DIVORCIO Y CONVENIO

    REGULADOR. SE BAREMA CON LOS DATOS DE RENTA DE LA SOLICITANTE. LE

    CORRESPONDE 4 PUNTOS POR RPC, 2 PUNTOS POR HIJOS Y 1 PUNTO POR

    DISCAPACIDAD. TOTAL 7 PUNTOS.

    N

    EXPEDIENTE/DNI

    PRIMER

    APELLIDO

    SEGUNDO

    APELLIDO NOMBRE MOTIVO DE LA EXCLUSIN/RECURSO

    3731

    NIE *** *** ***

    No encontrarse al corriente de sus

    obligaciones tributarias

    MOTIVO DE LA

    ADMISIN

    SE COMPRUEBA QUE EN LA FECHA DE APROBACIN DE LAS AYUDAS, EN JGL DE

    30-12-2015, EL SOLICITANTE ESTABA AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES

    TRIBUTARIAS. SE BAREMA Y LE CORRESPONDEN 5 PUNTOS POR RPC, 3 PUNTOS

    POR HIJOS, TOTAL 8 PUNTOS

    SEGUNDO.- Desestimar, por los motivos indicados, los recursos de los siguientes

    interesados:

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    21

    DNI *** *** *** *** Solicitud admitida No Beneficiario

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    SOLICITUD BIEN BAREMADA. LE CORRESPONDE 5 PUNTOS.

    POR RENTA PER CAPITA 3 PUNTOS Y POR HIJOS 2 PUNTOS.

    HAN OBTENIDO BECA LOS BENEFICIARIOS CON 6 PUNTOS

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    30

    DNI *** *** *** *** Solicitud admitida No Beneficiario

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    SOLICITUD BIEN BAREMADA. LE CORRESPONDE 5 PUNTOS.

    POR RENTA PER CPITA 4 PUNTOS Y POR HIJO 1 PUNTO.

    HAN OBTENIDO BECA LOS BENEFICIARIOS CON 6 PUNTOS

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    1188

    DNI *** *** *** ***

    No consta informacin sobre los

    ingresos de la unidad familiar

    solicitante

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    LA AGENCIA TRIBUTARIA INFORMA QUE D. ***, HA PRESENTADO VARIAS

    DECLARACIONES DE IRPF. POR TANTO NO HAY CONSTANCIA DE LOS INGRESOS

    FAMILIARES.

  • Pg. 26 de 54

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE MOTIVO EXCLUSIN/RECURSO

    1194

    NIE *** *** ***

    No consta informacin sobre los

    ingresos de la unidad familiar

    solicitante

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    LA AGENCIA TRIBUTARIA NO FACILITA DATOS DE D ***, REALIZ DECLARACIN

    INDIVIDUAL

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    1927

    DNI *** *** *** *** Solicitud admitida No Beneficiario

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    SOLICITUD BIEN BAREMADA. LE CORRESPONDE 6 PUNTOS.

    POR RENTA PER CPITA 3 PUNTOS Y POR HIJOS 3 PUNTOS.

    HAN OBTENIDO BECA CON 6 PUNTOS Y UNA RPC IGUAL O MENOR A 4.356,07. LA

    RENTA PER CAPITA DE SU UNIDAD FAMILIAR ES DE 5.701,64 .

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    2390

    DNI *** *** *** *** Solicitud admitida No Beneficiario

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    SOLICITUD BIEN BAREMADA. LE CORRESPONDE 4 PUNTOS,

    POR RENTA 3 PUNTOS Y POR HIJO 1 PUNTO.

    HAN OBTENIDO BECA LOS BENEFICIARIOS CON 6 PUNTOS

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    2900

    DNI *** *** *** ***

    No existe verificacin de la

    Cuenta Bancaria de Ingreso de la

    Solicitud

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    SEGN CONSTA EN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA, EN EL ARTICULO 10,

    PUNTO 10.2 DOCUMENTACIN, APARTADO e), DOCUMENTO BANCARIO, SE

    ACREDITARA CON CARTILLA, CHEQUE O RECIBO A NOMBRE DEL SOLICITANTE DE

    LA BECA. LA CARTILLA BANCARIA EST A NOMBRE DEL MENOR

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    3064

    DNI *** *** *** *** Solicitud admitida No Beneficiario

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    SOLICITUD BIEN BAREMADA. LE CORRESPONDE 6 PUNTOS.

    POR RENTA PER CAPITA 4 PUNTOS Y POR HIJOS 2 PUNTOS.

    HAN OBTENIDO BECA CON 6 PUNTOS Y UNA RPC IGUAL O MENOR A 4.356,07. LA

    RENTA PER CAPITA DE SU UNIDAD FAMILIAR ES DE 4.703,88 .

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    3861

    DNI **** *** *** *** Solicitud admitida No Beneficiario

  • Pg. 27 de 54

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    EN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA NO SE CONTEMPLA LA BAREMACIN QUE

    RECLAMA.

    SOLICITUD BIEN BAREMADA. LE CORRESPONDE 6 PUNTOS,.

    POR RENTA PER CAPITA 3 PUNTOS, POR HIJOS 2 PUNTOS Y POR DISCAPACIDAD 1

    PUNTO.

    HAN OBTENIDO BECA CON 6 PUNTOS Y UNA RPC IGUAL O MENOR A 4.356,07.

    LA RENTA PER CAPITA DE SU UNIDAD FAMILIAR ES DE 5.328,92.

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    4439

    NIE *** *** *** *** Solicitud admitida No Beneficiario

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    SOLICITUD BIEN BAREMADA. LE CORRESPONDE 5 PUNTOS,

    POR RENTA PER CPITA 3 PUNTOS Y POR HIJOS 2 PUNTOS.

    HAN OBTENIDO BECA LOS BENEFICIARIOS CON 6 PUNTOS

    N

    EXPEDIENTE/DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

    MOTIVO DE LA

    EXCLUSIN/RECURSO

    8000

    DNI*** *** *** ***

    No consta empadronamiento de

    la unidad familiar solicitante

    MOTIVO DE LA

    DESESTIMACIN

    EN EL ARTICULO 5 DE LA CONVOCATORIA, REQUISITOS PARA OBTENER LA

    CONDICIN DE BENEFICIARIO, PUNTO 1 DICE: ESTAR EMPADRONADOS EN

    LEGANS, TODOS LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR, EL CNYUGE D LUS

    MIRANDA ENRQUEZ NO CONSTA EMPADRONADO.

    TERCERO.- Conceder las ayudas que se relacionan a continuacin:

    DESTINATARIO DNI/PASAPORTE BENEFICIARIO IMPORTE IMPORTE TOTAL

    *** *** *** 90 90

    *** *** *** 110

    200 *** 90

    *** *** *** 90 90

    IMPORTE TOTAL. 380

    CUARTO.- Aprobar y comprometer un gasto por importe de TRESCIENTOS

    OCHENTA EUROS (380) para atender los recursos admitidos, imputndolo a la

    aplicacin presupuestaria 07/3200-48901, reserva de crdito nm. Operacin:

    201600058826 del vigente presupuesto municipal.

    QUINTO.- Reconocer la obligacin derivada de la anterior concesin, por importe de

    TRESCIENTOS OCHENTA EUROS (380).

  • Pg. 28 de 54

    SEXTO.- Dar traslado del acuerdo a los interesados hacindoles saber que pone fin a

    la va administrativa y que contra el mismo puede interponer recurso contencioso-

    administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el

    plazo de dos meses contados igualmente desde el da siguiente al que reciba la

    notificacin del acuerdo.

    SPTIMO.- Dar traslado del acuerdo a la Intervencin Municipal.

    12.- INFORME DE INTERVENCIN SOBRE COMUNICACIN DE ALERTA POR

    EL INCUMPLIMIENTO DEL PERODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES

    CONFORME AL ARTCULO 18.5 DE LA LEY 2/2012, DE 27 DE ABRIL, DE

    ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA.

    La Interventora Municipal D Teresa Pascual Gallego, da cuenta de su informe de fecha

    28 de julio de 2016 en el que justifica el estado de incumplimiento por parte de la

    Corporacin del principio de sostenibilidad financiera en el que concluye que De

    conformidad con lo dispuesto en el artculo 18.5 de la Ley 2/2012, de 27 de abril, de

    estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, esta Intervencin formula la

    alerta a la que aqul se refiere dado que el periodo de pago de esta Corporacin Local

    ha superado en ms de 30 das el plazo mximo de pago previsto en la normativa de

    morosidad durante dos meses consecutivos a contar desde la ltima actualizacin del

    plan de tesorera en los trminos del artculo 13.6 de la citada ley.

    La actualizacin del plan de tesorera se entender cumplida con la remisin trimestral

    de la informacin que se haya efectuado en cumplimiento del artculo 16 de la Orden

    HAP/2015/2012, de 1 de octubre.

    La Junta de Gobierno se da por enterada del mismo y acuerda realizar las acciones

    precisas para salvar la situacin de morosidad expuesta.

    13.- APROBACIN DE LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE

    LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN

    NIMO DE LUCRO QUE HAN COLABORADO CON EL AYUNTAMIENTO EN

  • Pg. 29 de 54

    TAREAS DE EDUCACIN BSICA DE ADULTOS NO FORMAL, DURANTE

    EL CURSO ACADMICO 2015/2016.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Aprobar las Bases reguladoras y los anexos adjuntos de subvenciones

    destinadas a entidades sin nimo de lucro, que durante el curso acadmico 2015/16

    han participado en tareas de Educacin Bsica de Adultos no reglada, en el

    programa de Legans contra el analfabetismo de la Universidad Popular de Legans

    ao 2016, de acuerdo con el siguiente literal.

    BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DIRIGIDA A ASOCIACIONES Y

    ENTIDADES SIN NIMO DE LUCRO QUE HAN COLABORADO CON EL

    AYUNTAMIENTO EN TAREAS DE EDUCACIN BSICA DE ADULTOS NO FORMAL,

    DURANTE EL CURSO ACADMICO 2015/16.

    Primera.- Objeto.

    Las presentes bases tienen por objeto promover la participacin de las entidades

    sociales en la Educacin Bsica de Adultos, no reglada, y en otros mbitos culturales

    para los adultos del programa, Legans contra el analfabetismo tales como: Poesa,

    teatro, museos, charlas, cursos de formacin, libro forum, canciones populares y visitas

    culturales.

    Los proyectos sern ejecutados por entidades sociales y asociaciones sin nimo de

    lucro que quieren actuar y actan en el municipio de Legans.

    Segunda.- Normativa Aplicable

    2. Las ayudas se concedern, de acuerdo con los principios de publicidad,

    transparencia, objetividad, igualdad y no discriminacin, en rgimen de concurrencia

    competitiva. En lo no previsto en las presentes Bases, se aplicar, de acuerdo a lo

    establecido en las Bases de Ejecucin del vigente Presupuesto nm. 37, lo dispuesto

    en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto

    887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17

  • Pg. 30 de 54

    de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

    Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo

    Comn, y cualquier otra disposicin normativa que por su naturaleza pudiera resultar

    de aplicacin.

    Tercera.- Financiacin.

    1. Las ayudas que se concedan al amparo de la presentes Bases se financiarn con

    cargo a los fondos propios del Ayuntamiento de Legans.

    2. La cuanta total mxima de las ayudas a otorgar es de 25.000 Euros, en concepto de

    subvenciones con cargo a los crditos disponibles y retenidos las aplicaciones

    presupuestarias que se detallan del presupuesto del ejercicio 2016.

    3. La concesin de ayudas quedar condicionada a la suficiencia, existencia y

    disponibilidad del crdito asignado para ello en la partida presupuestaria

    07/3261/48901.

    Cuarta.- Modalidad de Ayudas.

    Los proyectos debern tener como objeto, promover la participacin de las entidades

    sociales en la Educacin Bsica de Adultos, no reglada, y en otros mbitos culturales

    para los adultos del programa, Legans contra el analfabetismo tales como: Poesa,

    teatro, museos, charlas, cursos de formacin, libro forum, canciones populares, visitas

    culturales,

    Los Proyectos se han tenido que ejecutar a lo largo del curso escolar 2015/16, esto es

    desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el 31 de octubre de 2016.

    El contenido de los proyectos ser una Memoria del trabajo realizado a lo largo del

    curso 2015/16 en la que se recoger:

    Relacin con DNI de alumnos atendidos, y los horarios de clase.

    Relacin de los monitores voluntarios para desarrollar la tarea.

    Relacin de las actividades que han realizado, y/o a las que han asistido.

  • Pg. 31 de 54

    Quinta.- Criterios de valoracin y reparto

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 17.3.e de la Ley General de

    Subvenciones, las solicitudes presentadas se valorarn y seleccionarn por el equipo

    tcnico de la UPL, con la aprobacin definitiva en la Comisin Local de Legans contra

    el analfabetismo formada por un representante de todas las entidades solicitantes, un

    representante de cada uno de los partidos polticos con representacin en el Pleno del

    Ayuntamiento y un representante del Centro de adultos Rosala de Castr. Esta

    Comisin estar presidida por el Alcalde o por el Concejal Delegado de Cultura y

    Festejos, responsable de la UPL.

    Los criterios de valoracin sern

    El nmero de alumn@s de cada grupo, distribuido por tramos, tal y como recoge la

    Tabla 1. De esta manera damos 1 punto, a un grupo que tiene entre 4 y 8 alumn@s. A

    partir de ah, incrementamos 0.25 puntos por cada cuatro alumn@s. A todos los grupos

    se les asignan una puntuacin en funcin del nmero de participantes (columna 2 de la

    Tabla 1). Lo segundo que tenemos en cuenta son las horas semanales, para ello los

    puntos de la columna 2 se multiplica por la horas semanales, columna 3 y obtenemos

    as los puntos por grupo columna 4.

    Tabla 1.

    COLUMNA 1 COLUMNA 2 COLUMNA 3 COLUMNA 4

    TRAMOS N DE ALUMN@S

    Curso 14 /15

    PUNTOS POR

    ALUMN@S

    HORAS

    SEMANALES

    PUNTOS

    TOTALES

    4-8 1 4 4

    9-13 1,25 4 5

    14-19 1,5 4 6

    Mas de 20 1,75 2 3,5

    El valor del punto se determinara dividiendo la cantidad de 25.000 euros de la

    subvencin reflejada en partida 07/3261/48901 entre el total de puntos obtenidos por

    todos los grupos con derecho a subvencin.

  • Pg. 32 de 54

    La subvenan para cada entidad, es el resultado de sumar las cantidades de cada uno

    de los grupos de Educacin Bsica que ha atendido. Se aplicar redondeo en las

    cantidades para evitar los cntimos).

    Sexta.- Beneficiarios

    Podrn optar a las subvenciones reguladas en las presentes bases, las Entidades y

    Asociaciones sin nimo de Lucro que estn dadas de alta en el Registro Municipal de

    Asociaciones de Legans en el momento de presentar su solicitud y, cumplan los

    requisitos que a continuacin se enumeran:

    1. No estar inmersas en expedientes de devolucin de subvenciones concedidas por

    el Ayuntamiento de Legans anteriormente.

    2. No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artculo

    13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibicin para la

    obtencin de ayudas o subvenciones pblicas.

    3. El cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo

    con lo previsto en el artculo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

    4 Estar al corriente de pago en sus obligaciones fiscales con la hacienda local, lo que

    se justificar aportando la correspondiente declaracin responsable de dicho extremo,

    sin perjuicio de su posterior comprobacin por la Administracin.

    5 Estar registrada en el Universidad Popular del ayuntamiento de Legans, como

    entidad colaboradora y haber firmado el convenio Marco que regula los compromisos

    mutuos de Colaboracin.

    La justificacin por parte de las personas o entidades de no estar incursos en las

    prohibiciones para obtener la condicin de beneficiarios definidos en los apartados. 1 y

    2, se realizar por una declaracin responsable, y las definidas en los nmeros 3, 4

    mediante la presentacin de los correspondientes certificados, de la Seguridad Social,

    y de Hacienda, autorizando al rgano gestor la consulta de los datos.

  • Pg. 33 de 54

    Sptima.- Solicitudes y plazos de presentacin

    Las solicitudes junto con el resto de documentacin exigida en las presentes Bases, se

    dirigirn a la Concejala de Cultura y Festejos. Universidad Popular y se presentarn

    dentro del plazo de un mes a partir del da siguiente al de la publicacin de la

    convocatoria en el BOCAM, en los Tablones de Anuncios, y en Web Municipal, en los

    siguientes registros municipales:

    Casa del Reloj: Av. Gibraltar, 2 Legans.

    Junta de Distrito La Fortuna: C/ San Amado, 20 La Fortuna Legans.

    Junta de Distrito de Zarzaquemada: Centro Municipal Ramiro de Maeztu C/

    Mayorazgo, 25 Legans.

    Junta de Distrito de San Nicasio: Centro Municipal Jos Saramago Av. Mar

    Mediterrneo, 24 Legans.

    SAC mvil: consultar ubicacin y horarios en pgina Web municipal.

    As mismo tambin se podrn presentar en los lugares establecidos en el artculo 38.4

    de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones

    Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    Las solicitudes presentadas fuera de plazo no sern tenidas en cuenta.

    El formulario general para la solicitud y el resto de documentacin estar disponible en

    la Universidad Popular, Plaza de Pablo Casals, 1. 1 Planta y en la pgina Web del

    Ayuntamiento de Legans (http://www.leganes.org).

    Las informaciones relativas a las subvenciones se realizarn desde el telfono de la

    UPL 912489556 y en la pgina Web.

    Se presentar una solicitud por entidad, independientemente que atienda a uno o

    varios grupos

    Octava.- Solicitudes: Documentacin a presentar

    Las entidades debern presentar la siguiente documentacin

  • Pg. 34 de 54

    1.1. Solicitud de Subvencin a Entidades sin nimo de lucro, segn modelo y

    formulario cumplimentado con los datos del proyecto. (Anexo I).

    1.2. Memoria de ejecucin en la que recoja:

    Relacin con DNI de alumnos atendidos, y los horarios de clase.

    Relacin de los monitores voluntarios para desarrollar la tarea.

    Relacin de las actividades que han realizado, y/o a las que han asistido.

    ( Anexo II)

    1.3. Certificacin segn Modelo 950 de Comunicacin de datos bancarios y domicilio

    (solo si en anteriores convocatorias no se ha presentado o si la asociacin ha

    modificado los datos de la citada ficha).

    1.4. Fotocopia del DNI/NIE del representante.

    1.5. Declaracin del responsable en el que manifieste

    Que la entidad no est inmersa en ninguna de las circunstancias establecidas en el

    artculo trece de la ley general de subvenciones.

    Que no ha recibido de ninguna otra subvencin o ingreso afectado para la actividad

    de que se trate otorgada por otro organismo, entidad o particular y, en caso

    contrario, importe y organismo que la hubiere concedido, de tal manera que

    sumados dichos importes al de la subvencin no sobrepasen el coste de la actividad

    objeto de la subvencin comprometindose, en el caso de obtenerlas, a ponerlo en

    conocimiento del Ayuntamiento.

    Que ha procedido a la justificacin de las subvenciones concedidas con anterioridad

    por el Ayuntamiento de Legans en los trminos establecidos en la correspondiente

    convocatoria o el reintegro de los fondos, en su caso.

    Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones del Ayuntamiento de

    Legans.

    Que no tiene deudas con la Hacienda municipal.

  • Pg. 35 de 54

    1.6. Certificado de la AEAT y de la Seguridad Social en el que se acredite que se halla

    al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad

    Social, si no ha autorizado al rgano gestor.

    De conformidad con lo establecido en el artculo 71.bis.1 de la Ley 30/1992, de 26 de

    noviembre, de Rgimen Jurdico de las administraciones Pblicas y del Procedimiento

    Administrativo Comn (LRJAP-PAC), el solicitante se comprometer al firmar la

    solicitud a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo

    inherente al disfrute de la ayuda, debiendo informar de cualquier variacin en las

    circunstancias al rgano instructor.

    Novena.- Instruccin

    La Delegacin de Cultura y Festejos realizar la ordenacin e instruccin de los

    expedientes de acuerdo al siguiente procedimiento:

    1. Recepcin de las solicitudes

    La Delegacin de Cultura y Festejos comprobar que las solicitudes presentadas se

    ajustan a los requisitos establecidos en las presentes bases en los siguientes aspectos,

    y emitir un informe en el que haga constar que las mismas:

    Que la solicitud se ha presentado en tiempo y forma.

    Que la documentacin presentada, junto a la solicitud, est completa de acuerdo a lo

    establecido en las presentes Bases.

    Que el solicitante est inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones.

    Que ha acreditado el cumplimiento de estar al corriente con las obligaciones fiscales

    y tributarias con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de

    Legans.

    Si la solicitud no rene los requisitos previstos en las presentes Bases, la Concejala

    Cultura y Festejos, requerir al interesado (va e-mail) para que, en el plazo de 15 das

    hbiles, subsane la falta o acompae los documentos preceptivos, de acuerdo con lo

    establecido en el artculo 71 de la LRJAP-PAC, indicndole que si no lo hiciese se le

    tendr por desistido de su peticin.

  • Pg. 36 de 54

    Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento a lo largo del procedimiento podr

    instarse a la entidad solicitante para que cumplimente cualquier otro requisito o trmite

    omitido, de acuerdo con lo previsto en el artculo 76 de la LRJAP-PAC, concedindose

    a tal efecto 10 das hbiles a partir del da siguiente a la notificacin, con expreso

    apercibimiento de que, de no hacerlo as, se le podr declarar decado en su derecho a

    la tramitacin de la solicitud.

    2. Evaluacin de las solicitudes.

    En el plazo mximo de 15 das naturales, desde que se cierre el plazo de presentacin

    de solicitudes, el equipo tcnico de la UPL, de la Delegacin Cultura y Festejos,

    realizara una propuesta de subvenciones a la Comisin Local, recogida en el apartado

    QUINTO de esta convocatoria.

    La propuesta recoger: Los criterios de valoracin, los grupos de cada entidad, los

    puntos obtenidos, y las cantidades propuestas para cada solicitante.

    Tras la evaluacin y examen de las solicitudes presentadas, la Comisin Local, emitir

    un informe-propuesta en el que se concretar una relacin ordenada de todas las

    solicitudes recibidas. El resultado de la evaluacin con la puntuacin correspondiente a

    cada proyecto, se recoger en la propuesta de resolucin de concesin, que

    determinar los beneficiarios, proyecto financiado, puntuacin obtenida, cuantas de las

    ayudas. As mismo se har constar de forma motivada, en su caso, las solicitudes

    denegadas.

    Dcima.- Resolucin

    La Junta de Gobierno Local es el rgano competente para la concesin de las

    subvenciones. La resolucin de concesin deber dictarse y notificarse en el plazo de 3

    meses, contados a partir del ltimo da de presentacin de solicitudes.

    La resolucin del procedimiento ser motivada y contendr los beneficiarios, proyecto

    financiado, puntuacin obtenida, cuantas de las ayudas.

  • Pg. 37 de 54

    La resolucin de concesin ser publicada en la pgina Web municipal, sin perjuicio

    que se practique la notificacin individualizada a cada beneficiario.

    La resolucin dictada pondr fin a la va administrativa y contra la misma cabr

    interponer bien recurso contencioso-administrativo procedente, o bien recurso de

    reposicin ante el mismo rgano que la dict. La presentacin del recurso de reposicin

    podr efectuarse en los lugares establecidos en el artculo 38.4 de la LRJAP-PAC.

    Undcima.- Forma de pago

    Conforme al artculo 34.5 de la LGS no podr realizarse el pago de la ayuda en tanto el

    beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y

    frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolucin de procedencia de reintegro,

    de acuerdo con lo establecido en el artculo 34.5 de la LGS.

    Las ayudas se abonarn en un solo plazo, dado que el objeto de la subvencin es un

    pago por un proyecto ejecutado con anterioridad.

    Duodcima.- Justificacin. Documentacin

    La justificacin de las ayudas se realizar ante el rgano instructor del procedimiento

    Concejala de Cultura y Festejos. Universidad Popular, en el plazo de 15 das desde

    que se le comunique la concesin.

    La justificacin, tendr la forma de cuenta justificativa simplificada del artculo 75 del

    Real Decreto 887/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS

    y estar formada por los siguientes documentos:

    1. Memoria, firmada por el representante legal (Presidente), de actuacin justificativa

    del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesin de la subvencin,

    2. Certificado del Secretario de la Asociacin, en el que se detalle:

    a) Relacin de los gastos de la actividad, con indicacin del acreedor y del documento,

    su importe, fecha de emisin y fecha de pago. La relacin de gastos debe ser igual o

    superior a la cantidad concedida como subvencin

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    b) Las facturas originales, firmadas por el representante legal.

    c) Otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el Proyecto con indicacin del

    importe y su procedencia, en su caso.

    d) La justificacin de parte del importe concedido, supone recibir solo la cantidad

    justificad

    Se admitirn como justificantes de la subvencin, nicamente las facturas (no tickets)

    que cumplan con la normativa vigente de acuerdo a lo previsto en el Real Decreto

    1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se

    regulan las obligaciones de facturacin y en el Real Decreto 1496/2003 del 28 de

    noviembre. Los conceptos expresados en los justificantes del gasto sern los que

    fueran motivo de la ejecucin del proyecto subvencionado.

    Dcima Tercera.- Justificacin. Aprobacin

    Corresponde a la Junta de Gobierno Local la competencia para aprobar la justificacin

    de la aplicacin de los fondos, a propuesta del a Concejala de Cultura y Festejos, que

    emitir un informe-propuesta relativo a la justificacin presentada por los beneficiarios y

    de conformidad con el informe emitido, con carcter previo, por el tcnico responsable.

    Previamente a la elevacin de la propuesta a la Junta de Gobierno Local, el

    responsable tcnico de la subvencin, deber haber informado favorable los siguientes

    aspectos de cada una de las subvenciones concedidas:

    1 La documentacin justificativa se ha presentado en tiempo y forma.

    2 En relacin a la documentacin justificativa presentada si se ha recibido:

    La memoria de ejecucin del proyecto que fue objeto de subvencin, de la que se

    acredita la ejecucin del mismo en los trminos para los que se concedi la ayuda y

    que ha sido comprobado por esta Delegacin.

    La relacin de gastos derivados de la ejecucin del proyecto y las facturas originales

    debidamente formalizadas y firmadas de acuerdo a la convocatoria, comprobndose

    que la aplicacin de los mismos se ha ajustado al objeto para el que se concedi y

  • Pg. 39 de 54

    que la naturaleza de los gastos efectuados son susceptibles de percibir la ayuda

    concedida. Los justificantes de gastos (facturas o tickets) debern de ser

    conformados por el tcnico

    3 Los beneficiarios han cumplido con las obligaciones establecidas en las Bases y

    Convocatoria y han acreditado que a la fecha estn al corriente de obligaciones

    tributarias, frente a la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de

    Legans (Si las certificaciones aportadas para la concesin no rebasan el plazo de

    validez de seis meses no es necesario aportar otra nueva, segn art. 88 RLGS. En

    caso contrario, debern aportarse certificaciones o declaracin responsable en los

    trminos previstos para la concesin

    Una vez informada la justificacin presentada se remitir el expediente completo a la

    Intervencin municipal al objeto de que se efecte la fiscalizacin previa a la adopcin

    del acuerdo

    Dcima Cuarta.- Gastos subvencionables. Cuanta y Naturaleza

    En ningn caso sern subvencionados aquellos gastos referidos en el Art. 31

    apartados 7 y 8 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones:

    gastos financieros ni tributarios.

    Se consideran gastos subvencionables aquellos generados para atender los grupos

    de Educacin Bsica de Adultos y las actividades socioculturales realizadas por

    estos o para estos, que estn comprendido entre el 1 de septiembre de 2015 y la

    fecha lmite de 31 de octubre de 2016.

    Se subvencionan gastos corrientes, relacionados con los aspectos educativos o

    culturales, siempre vinculados a la atencin a los grupos objeto de la subvencin.

    Relacin de posibles gastos imputables: Libros, cuadernos y bolgrafos. Otros

    materiales fungibles para las clases y las actividades culturales. Gastos de imprenta,

    fotocopias y toner de impresoras. Gastos de transporte de monitores voluntarios,

    para el desarrollo de la actividad. Guas profesionales para actividades. Material

    informtico: disquetes, pendrive, software.. Autocares. Entradas a museos,

    espectculos de inters cultural y teatro. Pago a ponentes para charlas, cursos de

    formacin o actividades culturales. Gastos de infraestructura: luz, agua, telfono y

    calefaccin si los locales son propios.

  • Pg. 40 de 54

    No sern validos los gastos inventariables o de inversin. salvo que los mismos

    fuesen el propio objeto del proyecto, que en esta convocatoria no es el caso.

    Las subvenciones reguladas en estas Bases sern compatibles con otras ayudas

    que tengan la misma finalidad, siempre que el importe de la subvencin concedida,

    en ningn caso, sea de tal cuanta que, aisladamente o en concurrencia con otras

    subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad

    subvencionada, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artculo 19

    de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

    Dcima Quinta.- Obligaciones de las entidades beneficiarias

    Los beneficiarios de estas ayudas se comprometen a aceptar el contenido de esta

    convocatoria y el resultado de la misma, as como a cumplir las siguientes obligaciones:

    1. Ejecutar el Proyecto que fundamenta la concesin de la ayuda en los trminos y que

    figure en la Memoria presentada con la solicitud de la ayuda.

    2. Justificar la ayuda concedida en los trminos establecidos en las presentes Bases.

    3. Someterse a las actuaciones de comprobacin que efecte el rgano concedente,

    las de control financiero que corresponden a la Intervencin municipal y las previstas

    en la legislacin del Tribunal de Cuentas, a los que facilitarn cuanta informacin les

    sea requerida al efecto.

    4. Comunicar por escrito al rgano concedente la obtencin de otras subvenciones,

    ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad. Esta comunicacin deber

    efectuarse tan pronto se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificacin de

    la aplicacin dada a los fondos percibidos.

    5. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y dems documentos

    debidamente auditados en los trminos exigidos por la legislacin aplicable al

    beneficiario, as como conservar los documentos justificativos de la aplicacin de los

    fondos recibidos, incluidos los documentos electrnicos, en tanto puedan ser objeto de

    las actuaciones de comprobacin y control.

  • Pg. 41 de 54

    6. Difundir en la ejecucin del proyecto que el mismo es financiado por el Ayuntamiento

    de Legans, para ello deber incorporar de forma visible en todos los materiales que se

    utilicen para la difusin del Proyecto subvencionado el escudo del Ayuntamiento de

    Legans, de modo que permita identificar el origen de la ayuda, respetando su diseo

    en cuanto a forma, texto y colores.

    Asimismo, la concesin de la ayuda conlleva la autorizacin al Ayuntamiento de

    Legans para hacer uso no comercial del Proyecto subvencionado o del material

    derivado del mismo, tales como grabaciones, fotografas, etc. El Ayuntamiento de

    Legans se reserva el derecho de la publicacin de los Proyectos subvencionados, con

    fines de inters sociales.

    De acuerdo con el artculo 85 del RLGS, el rgano concedente se reserva el derecho a

    realizar inspecciones sobre una muestra aleatoria de los beneficiarios con el fin de

    comprobar materialmente la realizacin de la actividad subvencionada y la adecuada

    difusin de la ayuda concedida.

    El incumplimiento de las obligaciones sealadas, as como los restantes supuestos

    establecidos en los artculos 37 de la LGS y 91 a 93 del RLGS, darn lugar al reintegro

    de las cantidades percibidas y la exigencia del inters de demora correspondiente

    desde el momento del pago de la subvencin hasta la fecha en que se acuerde la

    procedencia del reintegro.

    En caso de incumplimiento parcial, la fijacin de la cantidad que deba ser reintegrada

    se determinar en aplicacin del principio de proporcionalidad, siempre que la actividad

    desarrollada se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite por los

    beneficiarios una actuacin inequvocamente tendente a la satisfaccin de sus

    compromisos.

    El reintegro del importe percibido, cuando proceda, se regir por lo dispuesto en el

    ttulo II de la LGS y en el ttulo III del RLGS.

    Dcima Sexta.- Comprobacin y control financiero

    Las actuaciones subvencionadas podrn ser objeto de comprobacin y control

    financiero en cualquier fase de su ejecucin por parte del Ayuntamiento y la

  • Pg. 42 de 54

    Intervencin General municipal. La entidad beneficiaria deber facilitar el acceso al

    lugar de la accin y aportar cuanta documentacin les sea requerida en el ejercicio de

    estas actuaciones.

    El control financiero tendr por objeto verificar la correcta obtencin de los fondos, el

    cumplimiento de las obligaciones en la aplicacin de los fondos recibidos y la correcta

    justificacin de la subvencin.

    Los recursos mencionados se interpondrn con independencia de cualquier otro que en

    derecho se considere oportuno.

    Dcima Sptima.- Incompatibilidad con otras ayudas municipales

    Estas ayudas son incompatibles con las recibidas de otras Concejalas del propio

    Ayuntamiento, para el mismo Proyecto, pero s son compatibles con las que pudieran

    ser concedidas por otros organismos pblicos y privados, siempre que no supere el

    total del presupuesto destinado a la realizacin del proyecto.

    Dcima Octava.- Proteccin de datos de carcter personal

    En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de

    Proteccin de Datos de Carcter Personal, se informa que los datos personales

    facilitados, as como los que sean requeridos posteriormente para completar el

    expediente, podrn ser incorporados a un fichero, cuya titularidad corresponde al

    Ayuntamiento de Legans. Con la remisin de los datos, se presta consentimiento

    expreso para que se pueda llevar a cabo el tratamiento de los mismos, siempre para el

    cumplimiento de las finalidades propias del Ayuntamiento. Asimismo, queda informado

    de que podr ejercitar su derecho de acceso, rectificacin, oposicin y cancelacin de

    sus datos mediante comunicacin escrita al Ayuntamiento de Legans.

    La presentacin de solicitud de ayuda implicar la aceptacin de la cesin de los datos

    contenidos en la misma al Ayuntamiento de Legans con fines de estadstica,

    evaluacin y seguimiento y para la comunicacin de los diferentes programas

    subvencionados por el Ayuntamiento

  • Pg. 43 de 54

    Asimismo, y a los efectos de dar cumplimiento al artculo 18 de la Ley 38/2003, de 17

    de noviembre, General de Subvenciones, la concesin de la subvencin implica la

    aceptacin de ser incluido en una lista que se publicar de forma electrnica o por

    cualquier otro medio, en la que figurarn las personas y empresas beneficiarias y el

    importe de la ayuda.

    Dcima Novena.- Rgimen Jurdico

    En todo lo no previsto en las presentes bases as como respecto a la interpretacin de

    las mismas se estar a lo que disponga la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General

    de Subvenciones y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, en la Ley

    30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y

    del Procedimiento Administrativo Comn y en el resto de normativa aplicable.

    Se faculta al Concejal Delegado de Deportes y Participacin Ciudadana para dictar

    cuantas instrucciones fuesen necesarias en lo referente a la aclaracin de las

    presentes Bases.

    Contra la Resolucin que apruebe las presentes Bases se podr interponer, en el plazo

    de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden de

    Madrid.

    Asimismo, las presentes Bases podrn ser recurridas potestativamente en reposicin

    en el plazo de un mes ante el mismo rgano que las ha aprobado, de acuerdo con los

    artculos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, en la redaccin dada por la

    Ley 4/1999, de 13 de enero, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y

    del Procedimiento Administrativo Comn.

    Vigsima.- Responsabilidad y rgimen sancionador

    Los beneficiarios de estas ayudas quedarn sometidos al rgimen sancionador en

    materia de subvenciones que establece el Ttulo IV de la LGS. Asimismo quedarn

    sometidos a lo dispuesto en el ttulo IX de la LRJAP-PAC, y en el Reglamento del

    Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real

    Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

  • Pg. 44 de 54

    ANEXOS

  • Pg. 45 de 54

  • Pg. 46 de 54

  • Pg. 47 de 54

    SEGUNDO.- Aprobar y comprometer un gasto de VEINTICINCO MIL EUROS

    (25.000,00), con cargo a la aplicacin presupuestaria 07/3261/48901, nmero

    operacin contable 201600054563 del presupuesto de 2016, siempre que se

    contemplen las cantidades precisas en el presupuesto municipal.

    TERCERO.- Aprobar la publicacin de las Bases reguladoras en el BOCAM y en la

    pgina web municipal www.leganes.org.

    CUARTO.- Aprobar la Convocatoria de estas subvenciones y remitirla a la Base de

    Datos Nacional de Subvenciones para su publicacin en el BOCAM.

    QUINTO.- Nombrar responsable de la convocatoria y concesin de estas subvenciones

    de Educacin de Adultos a Andrs Fernndez Montalbn, Coordinador de la

    Universidad Popular.

    14.- APROBAR LA PRRROGA PARA EL AO 2017 DEL CONVENIO DE

    COLABORACIN ENTRE LA COMUNIDAD DE MADRID A TRAVS DE LA

    CONSEJERA DE POLTICAS SOCIALES Y FAMILIA (DIRECCIN GENERAL

    DE LA MUJER) Y EL AYUNTAMIENTO DE LEGANS, PARA LA GESTIN

    DE UN CENTRO DE EMERGENCIA PARA MUJERES VCTIMAS DE

    VIOLENCIA DE GNERO Y SUS HIJOS.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD:

    PRIMERO.- Aprobar la Prrroga para el ao 2017 del Convenio de Colaboracin entre

    la Comunidad de Madrid, a travs de la Consejera de Polticas Sociales y Familia

    (Direccin General de la Mujer), y el Ayuntamiento de Legans para la gestin de un

    Centro de Emergencia para mujeres vctimas de Violencia de Gnero y sus hijos para

    el ao 2017.

    SEGUNDO.- Aprobar el gasto correspondiente a la aportacin del Ayuntamiento de

    Legans para la financiacin del Convenio de Colaboracin cuyo importe total asciende

    a la cantidad de CIENTO NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO EUROS

    (191.625,00 ). Dicho importe ser financiado de la forma siguiente:

  • Pg. 48 de 54

    El gasto para la Comunidad de Madrid correspondiente a la prrroga del Convenio

    asciende a la cantidad de CERO EUROS (0 ) para el ejercicio presupuestario 2016 y

    para el ao 2017 como mximo a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL

    TRESCIENTOS EUROS (153.300,00 ), es decir hasta un mximo del 80% del importe

    total

    El Ayuntamiento de Legans aportar la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL

    TRESCIENTOS VEINTICINCO EUROS (38.325,00 ), que constituye el 20% del

    importe total, con cargo a la partida presupuestaria de la Delegacin de Deportes,

    Igualdad y Juventud 09/2311/227.99

    La mencionada financiacin se describe en la Prrroga presentada para 2017, Clusula

    Segunda de FINANCIACIN.

    15.- DELEGAR EN EL ALCALDE-PRESIDENTE TODAS LAS COMPETENCIAS

    DELEGADAS POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN EL DIRECTOR

    GENERAL DE URBANISMO E INDUSTRIAS SEGN ACUERDO DE JUNTA

    DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 28 DE JULIO DE 2015.

    La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORD: DELEGAR en el Alcalde

    Presidente todas las competencias delegadas por la Junta de Gobierno Local en el

    Director General de Urbanismo e Industrias segn acuerdo de Junta de Gobierno Local

    de fecha 28 de julio de 2015, durante los das 8 al 28 de agosto de 2016, perodo de

    ausencia del Director General de Urbanismo e Industrias.

    16.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES JUDICIALES.

    16.1- RECURSO P.A. NM. 399/2012 DEL JUZGADO DE LO

    CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N 22 DE MADRID.

    La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:

    Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo n 22 de Madrid.

  • Pg. 49 de 54

    Fecha sentencia.- 20 de julio de 2016.

    Nmero procedimiento.- Procedimiento Abre