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________________________________________________________________________________ Página 1 de 108 ACTA NÚMERO 25 DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL 10 DE JUNIO DEL 2012 EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, SIENDO LAS DIECIOCHO HORAS DEL DÍA DIEZ DE JUNIO DE DOS MIL DOCE, SE REUNIERON EN EL LOCAL QUE OCUPA EL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL, SITO EN BOULEVARD LUIS DONALDO COLOSIO NÚMERO TREINTA Y CINCO, ESQUINA CON ROSALES, COLONIA CENTRO DE ESTA CIUDAD, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LAS FORMALIDADES LEGALES ESTABLECIDAS, LOS CIUDADANOS CONSEJEROS ELECTORALES Y COMISIONADOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS INTEGRANTES DE ESTE ORGANISMO, PARA CELEBRAR SESIÓN ORDINARIA, CONFORME AL SIGUIENTE: ORDEN DEL DÍA: 1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARATORIA DE QUÓRUM. 2.- APERTURA DE LA SESIÓN. 3- PROPUESTA Y APROBACIÓN DE LA ORDEN DEL DÍA. 4.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA NÚMERO 24 CELEBRADA EL DÍA 06 DE JUNIO DEL 2012. 5.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCIÓN DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE QUIRIEGO, SONORA PRESENTADA POR LOS PARTIDOS MOVIMIENTO CIUDADANO Y DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, EN CANDIDATURA COMUN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LAS RENUNCIAS AL CARGO PRESENTADAS POR LOS CANDIDATOS PREVIAMENTE REGISTRADOS. 6.- PROYECTO DE RESOLUCION SOBRE LA SUSTITUCIÓN DE CANDIDATO QUE INTEGRA LA FORMULA DE DIPUTADO LOCAL PROPIETARIO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO I CON CABECERA EN SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 7.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATO A DIPUTADO PROPIETARIO DE LA FORMULA DE DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO X CON CABECERA EN HERMOSILLO, SONORA PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA EN CANDIDATURA COMÚN CON EL PARTIDO DEL TRABAJO, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR LA CANDIDATA PREVIAMENTE REGISTRADA. 8.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CAJEME, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 9.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NACO, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO

ACTA NÚMERO 25 DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL 10 DE JUNIO DEL 2012 · 10 de junio del 2012 en la ciudad de hermosillo, sonora, siendo las dieciocho horas del dÍa diez de junio de dos

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ACTA NÚMERO 25 DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL

10 DE JUNIO DEL 2012 EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, SIENDO LAS DIECIOCHO HORAS DEL DÍA DIEZ DE JUNIO DE DOS MIL DOCE, SE REUNIERON EN EL LOCAL QUE OCUPA EL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL, SITO EN BOULEVARD LUIS DONALDO COLOSIO NÚMERO TREINTA Y CINCO, ESQUINA CON ROSALES, COLONIA CENTRO DE ESTA CIUDAD, PREVIO

CUMPLIMIENTO DE LAS FORMALIDADES LEGALES ESTABLECIDAS, LOS CIUDADANOS CONSEJEROS ELECTORALES Y COMISIONADOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS INTEGRANTES DE ESTE ORGANISMO, PARA CELEBRAR SESIÓN ORDINARIA, CONFORME AL SIGUIENTE:

ORDEN DEL DÍA:

1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARATORIA DE QUÓRUM. 2.- APERTURA DE LA SESIÓN. 3- PROPUESTA Y APROBACIÓN DE LA ORDEN DEL DÍA. 4.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA NÚMERO 24 CELEBRADA EL DÍA 06 DE JUNIO DEL 2012. 5.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCIÓN DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE QUIRIEGO, SONORA PRESENTADA POR LOS PARTIDOS MOVIMIENTO CIUDADANO Y DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, EN CANDIDATURA COMUN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LAS RENUNCIAS AL CARGO PRESENTADAS POR LOS CANDIDATOS PREVIAMENTE REGISTRADOS. 6.- PROYECTO DE RESOLUCION SOBRE LA SUSTITUCIÓN DE CANDIDATO QUE INTEGRA LA FORMULA DE DIPUTADO LOCAL PROPIETARIO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO I CON CABECERA EN SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 7.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATO A DIPUTADO PROPIETARIO DE LA FORMULA DE DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO X CON CABECERA EN HERMOSILLO, SONORA PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA EN CANDIDATURA COMÚN CON EL PARTIDO DEL TRABAJO, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR LA CANDIDATA PREVIAMENTE REGISTRADA. 8.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CAJEME, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 9.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NACO, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO

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DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 10.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TRINCHERAS, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO 11.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NOGALES, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 12.- PROYECTO DE RESOLUCION SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATO A DIPUTADO PROPIETARIO DE LA FORMULA DE DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO XVI CON CABECERA EN CIUDAD OBREGON SURESTE PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO DEL TRABAJO, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 13.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NOGALES, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 14.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NOGALES, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO DEL TRABAJO, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO. 15.- CUENTA DE PETICIONES Y CONSULTAS. 16.- CUENTA DE LOS RECURSOS INTERPUESTOS. 17.- ASUNTOS GENERALES. 18.- CLAUSURA DE LA SESIÓN.

INICIO Y DESARROLLO DE LA SESIÓN

SECRETARÍA.-Buenas tardes, me voy a permitir dar cuenta con un escrito y de una incapacidad. El día 9 de Junio de 2012, en la Oficialía de Partes de este Consejo Estatal Electoral, se recibió a las nueve horas con treinta y un minutos, un escrito suscrito por el Mtro. Francisco Javier Zavala Segura, Presidente de este Consejo Estatal Electoral, dirigido al Consejo y dice lo siguiente: “Por medio del presente oficio me permito hacer del conocimiento del Pleno de este

Organismo, que por causas ajenas a mi voluntad no me será posible estar presente en la Sesión Ordinaria, a celebrarse el día 10 de junio del año 2012, a las 18:00 horas, lo anterior para el efecto de que en la Sesión Ordinaria mencionada se nombre entre los Consejeros al fungirá como Presidente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 97 del Código Electoral para el Estado de Sonora y 81 del Reglamento que Regula el

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Funcionamiento del Consejo Estatal Electoral, sus Comisiones, los Consejos Distritales Electorales y los Municipales Electorales”. Asimismo, el día de hoy 10 de Junio del año en curso, a las dieciséis horas con cincuenta y ocho minutos, se recibió en la Oficialía de Partes de este Consejo una incapacidad expedida por el Dr. Federico Sepúlveda Fernández, médico internista de fecha nueve Junio del presente año y dice lo siguiente: “A quien corresponda:

Hago constar que la C. MARISOL COTA CAJIGAS, presenta cuadro de desequilibrio hidro electrólisis, posible infección intestinal, amerita líquidos,

antibiótico y reposo por dos días. ATTE. Firma ilegible.” El original de dicha incapacidad una vez cotejada, se regresó a la asistente de la Licenciada Marisol Cota Cajigas. En virtud de lo anterior y dado que el Licenciado Francisco Córdova Romero y la Licenciada María Dolores Carvajal Granillo, se encuentran presentes en esta Sala de Sesiones, se les solicita sean tan amables de pasar a formar parte del Pleno. Acto seguido se procede a tomar lista de parte de los Consejeros Electorales se encuentran por los Consejeros Electorales, Licenciada María del Carmen Arvizu Bórquez, presente; Licenciada Sara Blanco Moreno; presente; Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri, presente; Licenciado Francisco Córdova Romero, presente; Licenciada María Dolores Carvajal Granillo, presente; por los Comisionados de los Partidos Políticos, Partido Acción Nacional, Licenciado Sergio César Sugich Encinas, propietario, ausente; Licenciado Mario Aníbal Bravo Peregrina, suplente, presente; Partido Revolucionario Institucional, Licenciado Adolfo García Morales, propietario, ausente; Licenciado José Javier González Castro, suplente, ausente; Partido de la Revolución Democrática, C. Profesor Juan Manuel Ávila Félix, propietario, ausente; Licenciado Florencio Castillo Gurrola, suplente, ausente; Partido del Trabajo, C. Alejandro Moreno Esquer, propietario, presente; Partido Verde Ecologista de México, Licenciada Verónica Gómez Cuadras; propietaria, presente; Movimiento Ciudadano C.P. Manuel León Zavala, propietario,

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presente; Partido Nueva Alianza, Licenciado Carlos Sosa Castañeda, propietario, presente; Alianza “Por un Mejor Sonora”, Licenciado Víctor Gregorio Félix Félix, propietario, ausente. Hay quórum. SECRETARIA.- Dada la ausencia del Maestro Francisco Javier Zavala Segura, Presidente del Consejo Estatal Electoral y para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97 del Código Electoral para el Estado de Sonora y al artículo 81 del Reglamento que Regula el Funcionamiento del Consejo Estatal Electoral, sus Comisiones, los Consejos Distritales Electorales y los Consejos Municipales Electorales, tienen el uso de la voz los Consejeros Electorales Propietarios, para el efecto de efectuar propuestas para que un Consejero presida esta sesión.

Licenciada Sara Blanco Moreno, tiene el uso de la voz. CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.- Buenas tardes compañeros Consejeros, en esta ocasión como lo ha manifestado la Secretaria, en ausencia del Presidente, propongo para que presida la Sesión y haga las veces de Presidente al compañero Consejero Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri. SECRETARIA.- Antes de continuar, una moción nada más, para dar fe que siendo las dieciocho horas con ocho minutos, se incorporan a la sala de sesiones el Licenciado Víctor Gregorio Félix Félix, Comisionado Propietario de la Alianza “Por un Mejor Sonora”, así como el Licenciado Florencio Castillo Gurrola; Comisionado suplente del Partido de la Revolución Democrática. Continuando, se consulta a los Consejeros Electorales para que externen su voto a favor de la propuesta realizada por la Consejera Sara Blanco Moreno, a favor del Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri. SECRETARIA.- Licenciada María del Carmen Arvizu Bórquez. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DEL CARMEN ARIVIZU BÓRQUEZ.-

Aprobado. SECRETARÍA.- Licenciada Sara Blanco Moreno. CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.- Aprobado. SECRETARIA.- Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri.

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CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI. Aprobado. SECRETARIA.- Licenciado Francisco Córdova Romero. CONSEJERO LICENCIADO FRANCISCO CÓRDOVA ROMERO.- A favor. SECRETARIA. Licenciada María Dolores Carvajal Granillo. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DOLORES CARVAJAL GRANILLO.- Me uno a la propuesta. SECRETARIA.- Por unanimidad de votos se aprueba la propuesta realizada

por la Consejera Licenciada Sara Blanco Moreno, a favor del Consejero Fermín Chávez Peñúñuri. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Gracias a todos mis compañeros, y no habiendo ninguna objeción podemos continuar con el punto número dos, relativo a la apertura de la Sesión, por lo tanto les suplico nos pongamos de pie, para dar inicio a esta Sesión Ordinaria, siendo las dieciocho horas con trece minutos del día diez de julio de dos mil doce, declaro formalmente iniciada esta Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Estatal Electoral. Solicito a la Secretaría que en el punto número tres, proceda a dar lectura a la propuesta del Orden del Día. SECRETARIA.- Procedo a dar lectura a la Propuesta del Orden del Día: 1.- Lista de asistencia y declaratoria de quórum; 2.- Apertura de la Sesión; 3.- Propuesta y aprobación de la Orden del Día; 4.- Lectura y aprobación del Acta de la Sesión Extraordinaria número 24 celebrada el día 06 de junio del 2012; 5.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Quiriego, Sonora, presentada por los Partidos Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo

el día primero de julio de dos mil doce, en virtud de las renuncias al cargo presentadas por los candidatos previamente registrados; 6.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidato que integra la fórmula de Diputado local propietario por el principio de mayoría relativa del distrito I con cabecera en San Luis Rio Colorado, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido Movimiento Ciudadano, en virtud de La renuncia al cargo,

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presentada por el candidato previamente registrado; 7.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidato a Diputado propietario de la fórmula de Diputado por el principio de mayoría relativa del Distrito X con cabecera en Hermosillo, Sonora para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática en candidatura común con el Partido del Trabajo, en virtud de la renuncia al cargo presentada por la candidata previamente registrada; 8.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Cajeme, Sonora, solicitada por el Partido Acción Nacional y Nueva Alianza en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente

registrado; 9.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Naco, Sonora, solicitada por el Partido Acción Nacional y Nueva Alianza en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado; 10.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Trincheras, Sonora, solicitada por el Partido Acción Nacional y Nueva Alianza en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado; 11.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora, solicitada por el Partido Acción Nacional y Nueva Alianza en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado; 12.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidato a Diputado Propietario de la fórmula de Diputado por el principio de mayoría relativa del Distrito XVI con cabecera en Ciudad Obregón Sureste, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido del Trabajo, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado; 13.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos

que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado; 14.- Proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora, solicitada por el Partido del Trabajo, para la elección que se llevará a cabo el día primero de

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julio de dos mil doce, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado; 15.- Cuenta de peticiones y consultas; 16.- Cuenta de los recursos interpuestos; 17.- Asuntos Generales; 18.- Clausura de la Sesión. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tienen el uso de la voz los compañeros Consejeros, así como los Comisionados de los Partidos Políticos, por si desean hacer alguna observación al Orden del Día. COMISIONADO DE LA ALIANZA “POR UN MEJOR SONORA”.- La resolución de candidato en Huépac, promovido por el Partido Revolucionario Institucional.

CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- En Asuntos Generales vamos a agregar dos puntos: El que menciona el Comisionado de la Alianza “Por un Mejor Sonora” y también el del Distrito Número Cinco, para que se sirvan en la votación aceptarlo o rechazarlo. SECRETARIA.- Consejero Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri, si gusta dar lectura a los dos proyectos de acuerdo mencionados, mismos que en estos momentos se están circulando a los Consejeros Electorales y a los Comisionados de los Partidos Políticos. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Los puntos son los siguientes: 1.- Resolución sobre la sustitución de candidato que integra la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora, solicitada por el Partido Revolucionario y Verde Ecologista de México en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SG-JRC-246/2012, el otro punto es: 2.- Resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la fórmula de Diputado local propietario y suplente por el principio de mayoría relativa del

Distrito V, con cabecera en Nogales Sur, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática, en virtud de la renuncia al cargo presentada por los candidatos previamente registrados. COMISIONADO DE LA ALIANZA “POR UN MEJOR SONORA”.- En asuntos generales, quisiéramos también anotar que en este inicio de Sesión,

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que conversemos, debatamos y analicemos la posibilidad que hoy presentamos, también por escrito dirigido a Usted Licenciada Sara Blanco, Consejera Propietaria y Presidenta de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral de este Consejo, en el sentido del acto protocolario que debe de realizarse para la verificación final de los diseños de las boletas de votación, así como las medidas de seguridad y todo el protocolo que debe tener mediante fe pública, para que dichas medidas queden resguardadas, debidamente y/o en el caso de que existiese algún incidente como aquel que ha acontecido ya en este proceso constitucional federal en Oaxaca, pueda este Órgano Electoral, evidentemente cotejar cuál es el original y cuáles son aquéllas que están de manera erróneas manejadas en el proceso, entonces nada más quería dejarlo anotado porque en asuntos

generales, sí deseo exponerlo con mayor precisión y objetividad. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Muy bien se toma en cuenta, alguna otra observación, Secretaria favor de tomar la votación del Orden del Día. SECRETARIA.- Se consulta a los Consejeros Electorales, el sentido de su voto en relación con la propuesta del Orden del Día, para la presente Sesión Ordinaria. SECRETARIA.- Licenciada María del Carmen Arvizu Bórquez. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DEL CARMEN ARIVIZU BÓRQUEZ.- Aprobado. SECRETARIA.- Licenciada Sara Blanco Moreno. CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.- A favor de la propuesta. SECRETARIA.- Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri.

CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Aprobada. SECRETARÍA.- Licenciado Francisco Córdova Romero. CONSEJERO LICENCIADO FRANCISCO CÓRDOVA ROMERO.- Aprobado.

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SECRETARIA.- Licenciada María Dolores Carvajal Granillo. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DOLORES CARVAJAL GRANILLO. Aprobado. SECRETARIA.- Por unanimidad de votos se aprueba el Orden del Día de la Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Estatal Electoral. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Muy bien, en desahogo al punto número cuatro, sírvase la Secretaría dar lectura para la aprobación respectiva al Proyecto de Acta de la Sesión Extraordinaria número 24, celebrada el día 06 de Junio del presente año.

SECRETARIA.- Con fundamento en el artículo 84 del Reglamento que Regula el Funcionamiento del Consejo Estatal Electoral, sus Comisiones, los Consejos Distritales y los Consejos Municipales Electorales, esta Secretaría consulta a los Consejeros Electorales el sentido de su voto en relación con la dispensa de la lectura del Proyecto de Acta número 24 de la Sesión Extraordinaria, celebrada el día 06 de junio del presente año, así como la dispensa de la lectura de los Proyectos de Acuerdo a que se refieren los puntos números, 5 al 14 del Orden del Día, así como la relación de las cuentas a que se refieren los puntos números 15 y 16 del Orden del Día, toda vez que dichos documentos fueron circulados entre los Consejeros Electorales y los Comisionados de los Partidos Políticos junto con la Convocatoria para la presente Sesión Ordinaria. Así también se solicita la dispensa de la lectura de los dos proyectos de Acuerdo a que se refirió el Consejero Fermín Chávez Peñúñuri, mismos que en esta sesión se circularon a los Consejeros Electorales y Comisionados de los Partidos Políticos. Licenciada María del Carmen Arvizu Bórquez. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DEL CARMEN ARIVIZU BÓRQUEZ.-

Aprobado. SECRETARIA.- Licenciada Sara Blanco Moreno. CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.- Aprobado. SECRETARIA.- Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri.

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CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Aprobado. SECRETARÍA.- Licenciado Francisco Córdova Romero. CONSEJERO LICENCIADO FRANCISCO CÓRDOVA ROMERO.- Aprobada la dispensa. SECRETARIA.- Licenciada María Dolores Carvajal Granillo. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DOLORES CARVAJAL GRANILLO. Aprobado.

SECRETARIA.- Por unanimidad de votos de los Consejeros Electorales, se aprueba la dispensa de la lectura solicitada por la Secretaría. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tienen el uso de la voz los compañeros Consejeros, así como los Comisionados de los Partidos Políticos, pos si desean hacer alguna observación al Proyecto de Acta número 24 de la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 6 de junio del presente año, que previamente fue circulada. No habiendo observaciones, sírvase la Secretaría obtener la votación correspondiente. SECRETARIA.- Se consulta a los Consejeros Electorales, el sentido de su voto en relación con la aprobación del Proyecto de Acta número 24 de la Sesión Extraordinaria del día 6 de Junio del año 2012. SECRETARIA.- Licenciada María del Carmen Arvizu Bórquez. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DEL CARMEN ARIVIZU BÓRQUEZ.- Aprobado. SECRETARIA.- Licenciada Sara Blanco Moreno.

CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.- Aprobado. SECRETARIA.- Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Aprobado.

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SECRETARÍA.- Licenciado Francisco Córdova Romero. CONSEJERO LICENCIADO FRANCISCO CÓRDOVA ROMERO.- Aprobado. SECRETARIA.- Licenciada María Dolores Carvajal Granillo. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DOLORES CARVAJAL GRANILLO. Aprobado. SECRETARIA.- Por unanimidad de votos de los Consejeros Electorales, se aprueba el Proyecto de Acta número 24 de la Sesión Extraordinaria, del día

6 de Junio de este año, la cual pasará a firma para los efectos legales conducentes. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Que en virtud de que los proyectos de acuerdo contenidos en los puntos 5, 8, 9, 10, 11, 13, 14 y 15, se circularon a los Consejeros Electorales y Comisionados de los Partidos Políticos y aprobada que fue la dispensa de su lectura, solicito que toda vez que dichos proyectos se refieren a sustituciones de candidatos que integran las planillas de ayuntamientos de los Municipios que se indican en los proyectos, solicito a Secretaría dé lectura en lo general a los puntos resolutivos de los proyectos que se mencionan en la Orden del Día, en los puntos 5, 8, 9, 10, 11, 13 y 14, así como el proyecto de resolución que se agregó en Asuntos Generales y que corresponde a la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora, solicitada por el Partido Revolucionario y Verde Ecologista de México en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SG-JRC-246/2012. SECRETARIA.- En general la Secretaría procede a dar lectura a los puntos de acuerdo de los Proyectos de Resolución que se mencionan en el Orden

del Día, en los puntos 5, 8, 9, 10, 11, 13 y 14, así como el proyecto de resolución que se agregó en Asuntos Generales y que corresponde a la sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora, solicitada por el Partido Revolucionario y Verde Ecologista de México en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral

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del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SG-JRC-246/2012, siendo los siguientes: PRIMERO.- Se aprueba la sustitución de candidatos de las planillas de ayuntamientos para la elección que se llevará a cabo el primero de julio del dos mil doce, solicitada por cada uno de los partidos políticos que en los proyectos se indican, en los términos señalados en los considerandos que mencionan en dichos proyectos. SEGUNDO.- Como consecuencia expídase por duplicado las constancias de registro correspondientes.

TERCERO.- Comuníquese de inmediato a los Consejos Municipales Electorales que se indican en los proyectos de acuerdos referidos para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público los nombres de los candidatos que integran las planillas cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los estrados de este Consejo, en la página de internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, asimismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los Partidos Políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. En lo que se refiere al Proyecto de Resolución de Huépac, el punto sexto de sus resolutivos, dice lo siguiente:

SEXTO.- Se instruye a la Secretaría de este Consejo para que informe a la brevedad a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, del cumplimiento dado por este Consejo a lo ordenado en el punto resolutivo Tercero de la sentencia recaída al Juicio de Revisión Constitucional Electoral número SG-JRC-246/2012, debiendo manifestar los señalamientos hechos en el considerando VIII del presente acuerdo, lo anterior para todos los efectos legales correspondientes.

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En el punto séptimo de los demás acuerdos, a excepción del acuerdo que contiene el proyecto de resolución de Huépac, dice lo siguiente: SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente acuerdo. Esto es lo que dice en lo general los Proyectos de Acuerdo, en el caso de Huépac, dice: SÉPTIMO.- Notifíquese a los Partidos Políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes.

OCTAVO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente acuerdo CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tienen el uso de la voz los compañeros Consejeros, así como los Comisionados de los Partidos Políticos, por si desean hacer alguna observación a todos y cada uno de los Proyectos de Resolución que se mencionan No habiendo observaciones, sírvase la Secretaría obtener la votación correspondiente. SECRETARIA.- Se consulta a los Consejeros Electorales el sentido de su voto en relación a los Proyectos de Acuerdo, identificados y precisados en el Orden del Día, en los puntos 5, 8, 9, 10, 11, 13 y 14, así como el proyecto de resolución de sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora, solicitada por el Partido Revolucionario y Verde Ecologista de México en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SG-JRC-246/2012.

SECRETARIA.- Licenciada María del Carmen Arvizu Bórquez. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DEL CARMEN ARIVIZU BÓRQUEZ.- Aprobados los proyectos antes mencionados por esta Secretaría. SECRETARIA.- Licenciada Sara Blanco Moreno.

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CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.- Aprobados los proyectos en consulta. SECRETARIA.- Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Aprobados. SECRETARÍA.- Licenciado Francisco Córdova Romero. CONSEJERO LICENCIADO FRANCISCO CÓRDOVA ROMERO.- Aprobados.

SECRETARIA.- Licenciada María Dolores Carvajal Granillo. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DOLORES CARVAJAL GRANILLO. Aprobados. SECRETARIA.- Por unanimidad de votos de los Consejeros Electorales, se aprueba y pasan a resolución definitiva, los proyectos de resolución precisados en el Orden del Día, en los puntos 5, 8, 9, 10, 11, 13 y 14, así como el proyecto de resolución sobre sustitución de candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora, solicitada por el Partido Revolucionario y Verde Ecologista de México en candidatura común, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, en acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SG-JRC-246/2012, los cuales pasarán a firma para los efectos legales correspondientes. (Se insertan textos íntegros)

“ACUERDO NÚMERO 141 RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE QUIRIEGO, SONORA PRESENTADA POR LOS PARTIDOS

MOVIMIENTO CIUDADANO Y DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, EN CANDIDATURA COMUN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LAS RENUNCIAS AL CARGO PRESENTADAS POR LOS CANDIDATOS PREVIAMENTE REGISTRADOS.

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A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 14 de Mayo dos mil doce, se recibió escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática, respectivamente, solicitando el registro en candidatura común, de los candidatos que integra la planilla del Ayuntamiento del municipio de Quiriego, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- El 15 de Mayo de dos mil doce, a las veinte horas con quince minutos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 189 del Código Electoral para el Estado de Sonora, se celebro el Acuerdo de candidatura común entre los C.C. Francisco Soto García y José René Noriega Gómez, el primero en su carácter de Presidente del Partido Movimiento Ciudadano en Sonora y el segundo en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de Sonora, para la postulación de planilla en candidatura común en el municipio de Quiriego, Sonora, planilla que será registrada por el Partido de la Revolución Democrática. 4.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora, pues la población del municipio de Quiriego, Sonora, es menor a los 30,000 habitantes, de acuerdo con el último censo de población del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática. 5.- Mediante acuerdo número 125 “Sobre resolución a la solicitud de registro del candidato que integra la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Carbo y Quiriego, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce, presentada por los Partidos Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, en Candidatura Común” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 22 de Mayo del presente año. 6.- Con fecha 24 de Mayo del 2012, renunciaron a su candidatura los C.C. Emeterio Soto Palafox, Manuel de Jesús Rojas Juzaino quienes integraban la planilla al Ayuntamiento de Quiriego, Sonora, y estaban registrados como Candidato a Presidente Municipal y Síndico propietario respectivamente, planilla presentada por el Partido de la Revolución Democrática.

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7.- El día 24 de Mayo del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C.C. José René Noriega Gómez, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrático, solicitando el registro y sustitución de candidatos para formar la Planilla para Ayuntamiento de Quiriego, Sonora, en virtud de las renuncias a las Candidaturas previamente registradas. 8.- Mediante Auto de fecha seis de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Quiriego, presentada por los C.C. Emeterio Soto Palafox y Manuel de Jesús Rojas Juzaino, Candidato a Presidente Municipal y Síndico propietario, respectivamente.

C O N S I D E R A N D O I.- El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- De acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado.

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El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Mediante Acuerdo número 125 “Sobre resolución a la solicitud de registro del candidato que integra la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Carbo y Quiriego, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por los partidos Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, en candidatura común” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 22 de Mayo del presente año, en el cual la planilla quedó integrada de la siguiente manera:

GENERO ORDEN CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO

ALCALDE EMETERIO SOTO PALAFOX

MASCULINO

SINDICO MANUEL DE JESUS ROJAS JUZAINO

MASCULINO

SINDICO SUPLENTE RICARDO DANIEL ENCINAS SOTO

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO ELIZABETH ENRIQUEZ BUITIMEA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO SANTIAGO BRICEÑO ESTRADA

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO VERONICA PERALTA ARMENTA

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE RAMONA BUITIMEA SUJA

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE EDER MARTÍN VILLELA DUARTE

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE GLORIA ENRIQUEZ VALENZUELA

V.- El día 24 de Mayo del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. René Noriega Gómez, solicitando la sustitución de los C.C. Manuel de Jesús Rojas Juzaino y Emeterio Soto Palafox, quienes ostentaban el cargo de candidato a Síndico propietario y a Presidente Municipal respectivamente, para quedar como candidato a Presidente Municipal y Síndico propietario respectivamente, dentro de la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Quiriego, Sonora, registrada por el Partido de la Revolución Democrática. VI.- En virtud de las renuncias señaladas en el punto 6 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha seis de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Quiriego, presentada por el candidato a Presidente Municipal y Síndico propietario, registrada por el Partido de la Revolución Democrática, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce.

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VII.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en el punto anterior por haber sido presentadas las mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando V antes citado, se propone aprobar la planilla la cual quedará integrada de la siguiente manera:

GENERO ORDEN CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO

ALCALDE MANUEL DE JESUS ROJAS JUZAINO

MASCULINO

SINDICO EMETERIO SOTO PALAFOX

MASCULINO

SINDICO SUPLENTE RICARDO DANIEL ENCINAS SOTO

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO ELIZABETH ENRIQUEZ BUITIMEA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO SANTIAGO BRICEÑO ESTRADA

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO VERONICA PERALTA ARMENTA

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE RAMONA BUITIMEA SUJA

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE EDER MARTÍN VILLELA DUARTE

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE GLORIA ENRIQUEZ VALENZUELA

VIII.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro, así como de la documentación que se anexa a la misma y de la solicitud de sustitución de candidaturas antes señaladas, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, las solicitudes fueron presentadas ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: los nombres, apellidos, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato.

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b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio de Quiriego, Sonora.

c)- Examen toxicológico del candidato. d)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. e)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad

mexicana del candidato. f). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la

Procuraduría General de Justicia del Estado.

IX.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución en el registro de candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Quiriego, Sonora para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el C. René Noriega Gómez, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre de los candidatos que integran la planilla señalada, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. X.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución de candidatos de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Quiriego, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática y el Partido Movimiento Ciudadano en candidatura común, en virtud de las renuncias al cargo presentadas por los candidatos previamente registrados, cuya planilla quedará integrada en los términos señalados en el considerando VII del presente Acuerdo.

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SEGUNDO.- Como consecuencia, expídanse las constancias de registro correspondientes. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de Quiriego, Sonora para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre de los candidatos que integran la nueva planilla de Ayuntamiento del municipio de Quiriego, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 144

RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CAJEME, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

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A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las doce horas con veintisiete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en CANDIDATURA COMÚN, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de CAJEME, SONORA, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora y de conformidad con lo previsto en los Acuerdos número 44 y 45 de fecha 2011 emitidos por este Consejo. 4.- Mediante Acuerdo Número 49 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de ayuntamiento del municipio de Cajeme, sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce, presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza en candidatura común” se aprueba por el Pleno de este Consejo con fecha 28 de Abril de 2012, la planilla de Ayuntamiento solicitada. 5.- Con fecha del 15 de Mayo se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando que en sustitución quede el registro del C. ERICK ROSENDO ARMENTA FÉLIX, como Candidato a Regidor Suplente 10 en la planilla de Cajeme, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en virtud de la renuncia a la candidatura previamente registrada. 6.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre JORGE DANIEL ARMENTA LIRA, quien aspiraba como candidato a Regidor Suplente número 10 en la planilla de Cajeme, Sonora, en

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candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza.

C O N S I D E R A N D O I.- El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- De acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Con fecha 25 de Abril de 2012, se recibió escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en

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CANDIDATURA COMÚN, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de CAJEME, SONORA, quedando integrada de la siguiente manera:

GENERO NOMBRE DEL PRECANDIDATO CARGO AL QUE SE POSTULA

M ELOISA FLORES GARCIA ALCALDE

H CARLOS ANTONIO CARRIZOZA RUIZ SINDICO PROPIETARIO

H CESAR AGUIAR MENESES SINDICO SUPLENTE

M MIRNA ARACELI CORONEL CASTRO REGIDOR PROPIETARIO 1

H JOSE PEDRO CONTRERAS MONTOYA REGIDOR PROPIETARIO 2

M MA EUGENIA AMPARANO CAMPA REGIDOR PROPIETARIO 3

H VIDAL MARTINEZ ENRIQUEZ REGIDOR PROPIETARIO 4

M MARIA CELIA ZAMORANO LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO 5

H RICARDO CASTRO RAMIREZ REGIDOR PROPIETARIO 6

M LUZ DEL CARMEN MEDINA IBARRA REGIDOR PROPIETARIO 7

H MARTIN DE JESUS TADEO MENDOZA CEVALLOS REGIDOR PROPIETARIO 8

M MARIA EDILIA GARCIA FERNANDEZ REGIDOR PROPIETARIO 9

H SOSTENES VALENZUELA SOTO REGIDOR PROPIETARIO 10

M MINERVA CAMPA LAPIZCO REGIDOR PROPIETARIO 11

H JAVIER GARCIA DE LEON YEPIZ REGIDOR PROPIETARIO 12

M SUSANA ALEYDA BARRA SALGUERO REGIDOR SUPLENTE 1

H JORGE LUIS OSUNA FELIX REGIDOR SUPLENTE 2

M DANIELA CASTRO RAMIREZ REGIDOR SUPLENTE 3

H CUAUHTEMOC RUIZ ROMAN REGIDOR SUPLENTE 4

M MARCELA MIRANDA PARRA REGIDOR SUPLENTE 5

H JESUS ALFREDO RAMIREZ FRAIJO REGIDOR SUPLENTE 6

M ANA LUISA LOPEZ FELIX REGIDOR SUPLENTE 7

H HIRIAM OMAR ROMERO MARQUEZ REGIDOR SUPLENTE 8

M SOCORRO GAMEZ VILLARREAL REGIDOR SUPLENTE 9

H JORGE DANIEL ARMENTA LIRA REGIDOR SUPLENTE 10

M ALBA NOHEMI FUENTES VERDUZCO REGIDOR SUPLENTE 11

H PEDRO NAZARIO HUIDOBRO CARMONA REGIDOR SUPLENTE 12

V.- Con fecha del 28 de Abril de 2012 se aprobó por el Pleno del Consejo Estatal electoral, el Acuerdo Número 49 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de ayuntamiento del municipio de Cajeme, sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza en candidatura común”. VI.- Con fecha del 15 de Mayo se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan

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Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando la sustitución del C. JORGE DANIEL ARMENTA LIRA, como Candidato a Regidor Suplente 10 en la planilla de Cajeme, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza. VII.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre JORGE DANIEL ARMENTA LIRA, como candidato a Regidor Suplente número 10 en la planilla de Cajeme, Sonora, en la planilla integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza en candidatura común. VIII.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en el punto anterior por haber sido presentadas las mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando VI antes citado, se propone aprobar la planilla la cual quedará integrada de la siguiente manera:

GENERO NOMBRE DEL PRECANDIDATO CARGO AL QUE SE POSTULA

M ELOISA FLORES GARCIA ALCALDE

H CARLOS ANTONIO CARRIZOZA RUIZ SINDICO PROPIETARIO

H CESAR AGUIAR MENESES SINDICO SUPLENTE

M MIRNA ARACELI CORONEL CASTRO REGIDOR PROPIETARIO 1

H JOSE PEDRO CONTRERAS MONTOYA REGIDOR PROPIETARIO 2

M MA EUGENIA AMPARANO CAMPA REGIDOR PROPIETARIO 3

H VIDAL MARTINEZ ENRIQUEZ REGIDOR PROPIETARIO 4

M MARIA CELIA ZAMORANO LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO 5

H RICARDO CASTRO RAMIREZ REGIDOR PROPIETARIO 6

M LUZ DEL CARMEN MEDINA IBARRA REGIDOR PROPIETARIO 7

H MARTIN DE JESUS TADEO MENDOZA CEVALLOS REGIDOR PROPIETARIO 8

M MARIA EDILIA GARCIA FERNANDEZ REGIDOR PROPIETARIO 9

H SOSTENES VALENZUELA SOTO REGIDOR PROPIETARIO 10

M MINERVA CAMPA LAPIZCO REGIDOR PROPIETARIO 11

H JAVIER GARCIA DE LEON YEPIZ REGIDOR PROPIETARIO 12

M SUSANA ALEYDA BARRA SALGUERO REGIDOR SUPLENTE 1

H JORGE LUIS OSUNA FELIX REGIDOR SUPLENTE 2

M DANIELA CASTRO RAMIREZ REGIDOR SUPLENTE 3

H CUAUHTEMOC RUIZ ROMAN REGIDOR SUPLENTE 4

M MARCELA MIRANDA PARRA REGIDOR SUPLENTE 5

H JESUS ALFREDO RAMIREZ FRAIJO REGIDOR SUPLENTE 6

M ANA LUISA LOPEZ FELIX REGIDOR SUPLENTE 7

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H HIRIAM OMAR ROMERO MARQUEZ REGIDOR SUPLENTE 8

M SOCORRO GAMEZ VILLARREAL REGIDOR SUPLENTE 9

H ERICK ROSENDO ARMENTA FÉLIX REGIDOR SUPLENTE 10

M ALBA NOHEMI FUENTES VERDUZCO REGIDOR SUPLENTE 11

H PEDRO NAZARIO HUIDOBRO CARMONA REGIDOR SUPLENTE 12

IX.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la sustitución de registro, así como de la documentación que se anexa a la misma, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: los nombres, apellidos, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato.

b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del

Ayuntamiento del municipio de Cajeme, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. e)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. f)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad

mexicana del candidato. g). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la

Procuraduría General de Justicia del Estado.

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X.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución del candidato que integra la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Cajeme, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, en candidatura común y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla señalada, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. XI.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Cajeme, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por el Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora y el Partido Nueva alianza en candidatura común, en virtud de la renuncias al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya planilla quedará integrada en los términos señalados en el considerando VIII del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídanse por duplicado las constancias de registro correspondientes. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de CAJEME, SONORA, para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla de Cajeme, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

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QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 145

RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NACO, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde

se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder

Legislativo, así como los ayuntamientos del estado.

2.- El día 11 de Mayo de 2012, se recibió escrito y anexos presentados por el

Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero

Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado

de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido

Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en candidatura común,

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de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de

Naco, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012.

3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo

comprendido del 01 al 15 de Mayo del presente año, el cual se encuentra

previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora y de

conformidad con lo previsto en los Acuerdos número 44 y 45 de 2011 emitidos

por este Consejo.

4.- Mediante Acuerdo Número 102 “Sobre resolución a la solicitud de registros de los candidatos que integran las planillas de Ayuntamientos de los municipios de Arivechi, Átil, Bacanora, La Colorada, Moctezuma, Naco, Nacori Chico, Quiriego, Santa Cruz, Tubutama y Villa Hidalgo, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce, presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en candidatura común” se aprueba por el Pleno de este Consejo con fecha del 18 de Mayo de 2012, la planilla de Ayuntamiento solicitada. 5.- Con fecha del 28 de Mayo de 2012 se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando que en sustitución quede el registro del C. C. MARLEN DENNISSE HOYOS QUILIHUA , como Candidato a Regidora Suplente 2 en la planilla de Naco, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en virtud de la renuncia a la candidatura previamente registrada. 6.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre MARLEN DENNISSE HOYOS QUILIHUA, quien aspiraba como candidato a Regidora Suplente 2 en la planilla de Naco, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en sustitución de la C. ESTEFANIA RAMÍREZ MARTÍNEZ.

C O N S I D E R A N D O I.- El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como

partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones

estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo

en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular

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y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al

ejercicio del poder público, mediante el sufragio.

II.- Los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones

ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y

prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos

estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código

Electoral para el Estado de Sonora.

Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los

diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según

lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo

ordenamiento.

III.- De acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para

el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior

al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la

elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión

celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del

proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del

Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado.

El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y

esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de

Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de

Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen

expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así

como la fracción VI del diverso numeral 156.

IV.- El día 11 de Mayo de 2012, se recibió escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en candidatura común, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de Naco, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, quedando integrada de la siguiente manera: GENERO PRELACION NOMBRE DEL CANDIDATO CARGO POR EL QUE SE POSTULA

MASCULINO C. JESÚS ARMOL GALLARDO JIMÉNEZ ALCALDE

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FEMENINO C. LOURDES YOLANDA CORDOVA VAZQUEZ SINDICO PROPIETARIO

FEMENINO C. DORA YADIRA GALLEGO LÓPEZ SINDICO SUPLENTE

MASCULINO 1 C. FABIAN ARTURO BÓRQUEZ VALENZUELA REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 2 C. GUADALUPE SÁNCHEZ LORETO REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 3 C. GERARDO COTA MORENO REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 1 C. JOSÉ VÍCTOR MARTÍNEZ BARRAZA REGIDOR SUPLENTE

FEMENINO 2 C. MARLEN DENNISSE HOYOS QUILIHUA REGIDOR SUPLENTE

MASCULINO 3 C. FRANCISCO RAFAEL CORONA CORNEJO REGIDOR SUPLENTE

V.- Con fecha del 18 de Mayo de 2012, se aprobó por el Pleno del Consejo Estatal Electoral, el Acuerdo Número 102 “Sobre resolución a la solicitud de registros de los candidatos que integran las planillas de Ayuntamientos de los municipios de Arivechi, Átil, Bacanora, La Colorada, Moctezuma, Naco, Nacori Chico, Quiriego, Santa Cruz, Tubutama y Villa Hidalgo, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce, presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en candidatura común”. VI.- Con fecha del 28 de Mayo de 2012 se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando la sustitución de la C. MARLEN DENNISSE HOYOS QUILIHUA por la C. ESTEFANIA RAMIREZ MARTÍNEZ, como Candidata a Regidora Suplente 2 en la planilla de Naco, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza. VII.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre C. MARLEN DENNISSE HOYOS QUILIHUA, como Candidata a Regidora Suplente 2 en la planilla de Naco, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza. VIII.- En virtud de haber sido acordadas la renuncia señalada en el punto anterior por haber sido presentada la misma dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando VI antes citado, se propone aprobar la planilla la cual quedará integrada de la siguiente manera:

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GENERO PRELACION NOMBRE DEL CANDIDATO CARGO POR EL QUE SE POSTULA

MASCULINO C. JESÚS ARMOL GALLARDO JIMÉNEZ ALCALDE

FEMENINO C. LOURDES YOLANDA CORDOVA VAZQUEZ SINDICO PROPIETARIO

FEMENINO C. DORA YADIRA GALLEGO LÓPEZ SINDICO SUPLENTE

MASCULINO 1 C. FABIAN ARTURO BÓRQUEZ VALENZUELA REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 2 C. GUADALUPE SÁNCHEZ LORETO REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 3 C. GERARDO COTA MORENO REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 1 C. JOSÉ VÍCTOR MARTÍNEZ BARRAZA REGIDOR SUPLENTE

FEMENINO 2 C. MARLEN DENNISSE HOYOS QUILIHUA REGIDOR SUPLENTE

MASCULINO 3 C. FRANCISCO RAFAEL CORONA CORNEJO REGIDOR SUPLENTE

IX.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de sustitución, así como de la documentación que se anexa a la misma, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: el nombre, apellido, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para

votar del candidato.

b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del

Ayuntamiento del municipio de Naco, Sonora.

c)- Examen toxicológico del candidato.

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e)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato.

f)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana del

candidato.

g). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la

Procuraduría General de Justicia del Estado.

X.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar el registro de la candidata que integra la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Naco, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el

primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla señalada, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. XI.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Naco, Sonora, para la elección

que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por el Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora y el Partido Nueva alianza en candidatura común, en virtud de la renuncias al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya planilla quedará integrada en los términos señalados en el considerando VIII del presente Acuerdo.

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SEGUNDO.- Como consecuencia, expídanse por duplicado las constancias de registro correspondientes. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de Naco, Sonora, para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla de Naco, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 146

RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TRINCHERAS, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

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ACTA NÚMERO 25 DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL 10 DE JUNIO DE 2012

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A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 14 de Mayo de 2012, se recibió escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en CANDIDATURA COMÚN, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de TRINCHERAS, SONORA para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 01 al 15 de Mayo del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora y de conformidad con lo previsto en los Acuerdos número 44 y 45 de 2011 emitidos por este Consejo. 4.- Mediante Acuerdo Número 112 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran las planillas de Ayuntamientos de los municipios de Aconchi, Álamos, Altar, Arizpe, Bacadéhuachi, Bacerac, Bacoachi, Bácum, Banámichi, Baviácora, Bavíspe, Benito Juárez, Benjamín Hill, Carbó, Cucurpe, Cumpas, Divisaderos, Fronteras, Granados, Huachinera, Huásabas, Huépac, Imuris, Magdalena de Kino, Mazatán, Nacozari de García, Ónavas, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, Rayón, Rosario de Tesopaco, Sahuaripa, San Felipe de Jesús, San Ignacio Río Muerto, San Javier, San Miguel de Horcasitas, San Pedro de la Cueva, Santa Ana, Sáric, Soyopa, Suaqui Grande, Tepache, Trincheras, Villa Pesqueira y Yécora, todos del Estado de Sonora, presentadas por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza en candidatura común”. Aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha del 18 de Mayo de 2012. 5.- Con fecha del 24 de Mayo de 2012 se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando la sustitución del C. ARTURO RAMÍREZ PAREDES por el C. RAFAEL ENRIQUE YESCAS REYNA, como Candidato a Síndico Propietario en la planilla de Trincheras, Sonora, en candidatura común

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integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en virtud de la renuncia a la Candidatura previamente registrada. 6.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre ARTURO RAMIREZ PAREDES, como Candidato a Síndico Propietario en la planilla de Trincheras, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza.

C O N S I D E R A N D O I.- El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- De acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156.

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IV.- El día 14 de Mayo de 2012, se recibió escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en CANDIDATURA COMÚN, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de TRINCHERAS, SONORA para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, quedando integrada de la siguiente manera:

GENERO PRELACION NOMBRE DEL CANDIDATO CARGO POR EL QUE SE POSTULA

FEMENINO LUZ MARIA PORTILLO TREJO ALCALDE

MASCULINO ARTURO RAMIREZ PAREDES SINDICO PROPIETARIO

MASCULINO PRISCILIANO MURRIETA CELAYA SINDICO SUPLENTE

FEMENINO 1 LUZ LILIANA MURRIETA RODRIGUEZ REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 2 RAUL LOPEZ ESPINOZA REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 3 MARIA SONIA SANTILLAN REYNA REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 1 JOSEFINA YESCAS MURRIETA REGIDOR SUPLENTE

MASCULINO 2 GERARDO ARISTEO VINGOCHEA REYNA REGIDOR SUPLENTE

FEMENINO 3 ANA ROSA CAÑEZ REINA REGIDOR SUPLENTE

V.- Con fecha del 18 de Mayo de 2012 se aprobó el Acuerdo Número 112 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran las planillas de Ayuntamientos de los municipios de Aconchi, Álamos, Altar, Arizpe, Bacadéhuachi, Bacerac, Bacoachi, Bácum, Banámichi, Baviácora, Bavíspe, Benito Juárez, Benjamín Hill, Carbó, Cucurpe, Cumpas, Divisaderos, Fronteras, Granados, Huachinera, Huásabas, Huépac, Imuris, Magdalena de Kino, Mazatán, Nacozari de García, Ónavas, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, Rayón, Rosario de Tesopaco, Sahuaripa, San Felipe de Jesús, San Ignacio Río Muerto, San Javier, San Miguel de Horcasitas, San Pedro de la Cueva, Santa Ana, Sáric, Soyopa, Suaqui Grande, Tepache, Trincheras, Villa Pesqueira y Yécora, todos del Estado de Sonora, presentadas por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza en candidatura común”. VI.- Con fecha del 24 de Mayo de 2012 se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando la sustitución del C. ARTURO RAMÍREZ PAREDES por el C. RAFAEL ENRIQUE YESCAS REYNA, como Candidato a Síndico Propietario en la planilla de Trincheras, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza.

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VII.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre ARTURO RAMIREZ PAREDES, como Candidato a Síndico Propietario en la planilla de Trincheras, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza. VIII.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en el punto anterior por haber sido presentadas las mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando VI antes citado, se propone aprobar la planilla la cual quedará integrada de la siguiente manera:

GENERO PRELACION NOMBRE DEL CANDIDATO CARGO POR EL QUE SE POSTULA

FEMENINO LUZ MARIA PORTILLO TREJO ALCALDE

MASCULINO RAFAEL ENRIQUE YESCAS REYNA SINDICO PROPIETARIO

MASCULINO PRISCILIANO MURRIETA CELAYA SINDICO SUPLENTE

FEMENINO 1 LUZ LILIANA MURRIETA RODRIGUEZ REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 2 RAUL LOPEZ ESPINOZA REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 3 MARIA SONIA SANTILLAN REYNA REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 1 JOSEFINA YESCAS MURRIETA REGIDOR SUPLENTE

MASCULINO 2 GERARDO ARISTEO VINGOCHEA REYNA REGIDOR SUPLENTE

FEMENINO 3 ANA ROSA CAÑEZ REINA REGIDOR SUPLENTE

IX.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro, así como de la documentación que se anexa a la misma, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: el nombre, apellido, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

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a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato.

b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del

Ayuntamiento del municipio de Trincheras, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. e)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. f)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad

mexicana del candidato. g). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la

Procuraduría General de Justicia del Estado.

X.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar el registro del candidato que integra la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Trincheras, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. XI.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Trincheras, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por el Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora y el Partido Nueva alianza en candidatura común, en virtud de la renuncias al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya planilla quedará integrada en los términos señalados en el considerando VIII del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídanse por duplicado las constancias de registro correspondientes.

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TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de Trincheras, Sonora, para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla de Trincheras, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 147

RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NOGALES, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y NUEVA ALIANZA EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

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A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las doce horas con veintisiete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en CANDIDATURA COMÚN, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de NOGALES, SONORA para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora y de conformidad con lo previsto en los Acuerdos número 44 y 45 de 2011 emitidos por este Consejo. 4.- Mediante Acuerdo Número 50 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce, presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza en candidatura común” se aprueba por el Pleno de este Consejo con fecha 28 de Abril de 2012, la planilla de Ayuntamiento solicitada. 5.- Con fecha del 01 de Mayo de 2012 se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando la sustitución del C. ROBERTO GARCÍA GARCÍA por el C. LUIS TADEO VELASCO FIMBRES, como Candidato a Regidor Propietario número 12 en la planilla de Nogales, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza, en virtud de la renuncia a la Candidatura previamente registrada. 6.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre ROBERTO GARCÍA GARCÍA, como Candidato a Regidor

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Propietario número 12 en la planilla de Nogales, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza.

C O N S I D E R A N D O I.- El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- De acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- El día 25 de Abril de 2012, a las doce horas con veintisiete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda

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Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando el registro en CANDIDATURA COMÚN, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de NOGALES, SONORA, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, quedando integrada de la siguiente manera:

GÉNERO ORDEN CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO - PRESIDENTE MUNICIPAL C. MARCO ANTONIO MARTINEZ DABDOUB.

MASCULINO - SINDICO C. REYNALDO GUTIERREZ GUTIERREZ

MASCULINO - SINDICO SUPLENTE C. FRANCISCO MORENO BELTRÁN

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO C. CECILIA ORTIZ ECHEVERRIA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO C. JESÚS LEOBARDO LIMON DELGADO

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO C. MAYRA RODRÍGUEZ ARIZMENDI

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO C. JAIME MATEO MANRIQUEZ VALENCIA

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO C. GUADALUPE ALEJANDRA BARRAZA MARTIN DEL CAMPO

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO C. HANSEN ALEJANDRO VALENZUELA HERNÁNDEZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO C. MARÍA IRASEMA MADRID MORALES

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO C. SAMUEL GONZÁLEZ MARTINEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO C. ROSA IMELDA LÓPEZ CASTRO

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO C. HEBERARDO BARREDES AYON

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO C. PAOLA MANRIQUEZ SIQUEIROS

MASCULINO 12 REGIDOR PROPIETARIO C. ROBERTO GARCÍA GARCÍA

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE C. KARLA ROMERO LÓPEZ

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE C. LUIS ALBERTO VALENZUELA OZUA

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE C. LAURA AYALA ARIZMENDI

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE C. VICTOR CANDELARIO VELARDE MARTÍNEZ

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE C. ALMA LETICIA RIVERA LÓPEZ

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE C. JESÚS IRAQ MORALES OCHOA

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE C. KARINA YESENIA HERNÁNDEZ ÁLVAREZ

MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE C. CESAR ALBERTO CIBRIAN MARTÍNEZ

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE C. JUANA VILLALOBOS PARTIDA

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE C. ROMÁN LIMÓN GALLO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE C. RAMONA LEÓN ANGUAMEA

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE C. RAÚL ALBERTO ALFARO MORENO

V.- Con fecha del 28 de Abril de 2012 se aprobó por el Pleno del Consejo Estatal Electoral, el Acuerdo Número 50 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce, presentada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza en candidatura común”. VI.- Con fecha del 01 de Mayo de 20121 se recibió en la oficialía de parte de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, respectivamente, solicitando la sustitución del C. ROBERTO GARCÍA GARCÍA por el C. LUIS TADEO VELASCO FIMBRES, como Candidato a Regidor Propietario número 12 en la planilla de Nogales, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza.

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VII.- Con fecha 04 de Junio del 2012, se aceptó la renuncia a la Candidatura de la persona de nombre ROBERTO GARCÍA GARCÍA, como Candidato a Regidor Propietario número 12 en la planilla de Nogales, Sonora, en candidatura común integrada por el Partido Acción Nacional y el Partido Nueva Alianza. VIII.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en el punto anterior por haber sido presentadas las mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando VI antes citado, se propone aprobar la planilla la cual quedará integrada de la siguiente manera:

GÉNERO ORDEN CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO - PRESIDENTE MUNICIPAL C. MARCO ANTONIO MARTINEZ DABDOUB.

MASCULINO - SINDICO C. REYNALDO GUTIERREZ GUTIERREZ

MASCULINO - SINDICO SUPLENTE C. FRANCISCO MORENO BELTRÁN

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO C. CECILIA ORTIZ ECHEVERRIA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO C. JESÚS LEOBARDO LIMON DELGADO

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO C. MAYRA RODRÍGUEZ ARIZMENDI

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO C. JAIME MATEO MANRIQUEZ VALENCIA

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO C. GUADALUPE ALEJANDRA BARRAZA MARTIN DEL CAMPO

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO C. HANSEN ALEJANDRO VALENZUELA HERNÁNDEZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO C. MARÍA IRASEMA MADRID MORALES

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO C. SAMUEL GONZÁLEZ MARTINEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO C. ROSA IMELDA LÓPEZ CASTRO

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO C. HEBERARDO BARREDES AYON

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO C. PAOLA MANRIQUEZ SIQUEIROS

MASCULINO 12 REGIDOR PROPIETARIO C. LUIS TADEO VELASCO FIMBRES

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE C. KARLA ROMERO LÓPEZ

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE C. LUIS ALBERTO VALENZUELA OZUA

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE C. LAURA AYALA ARIZMENDI

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE C. VICTOR CANDELARIO VELARDE MARTÍNEZ

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE C. ALMA LETICIA RIVERA LÓPEZ

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE C. JESÚS IRAQ MORALES OCHOA

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE C. KARINA YESENIA HERNÁNDEZ ÁLVAREZ

MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE C. CESAR ALBERTO CIBRIAN MARTÍNEZ

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE C. JUANA VILLALOBOS PARTIDA

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE C. ROMÁN LIMÓN GALLO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE C. RAMONA LEÓN ANGUAMEA

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE C. RAÚL ALBERTO ALFARO MORENO

IX.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro, así como de la documentación que se anexa a la misma, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: los nombres, apellidos, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo

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para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con

fotografía para votar del candidato. b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. e)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. f)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana del candidato. g). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

X.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar el registro del candidato que integra la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Maestro Juan Valencia Durazo y la C. Dora María Talamante Lemas, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, la segunda Presidente del Comité de Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla señalada, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. XI.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19

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fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por el Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora y el Partido Nueva alianza en candidatura común, en virtud de la renuncias al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya planilla quedará integrada en los términos señalados en el considerando VIII del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídanse por duplicado las constancias de registro correspondientes. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de Nogales, Sonora, para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla de Nogales, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

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“ACUERDO NÚMERO 149

RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NOGALES, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

A N T E C E D E N T E S

1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintiún horas con cincuenta y siete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, en su carácter de Presidente del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual solicita el registro de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora, y el registro de los candidatos Antonio Guzmán Cárdenas, Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintitrés horas, se recibió escrito y anexos presentados por el C. Jaime Moreno Berry en su carácter de Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo, mediante el cual solicita el registro de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 4.- Las solicitudes de registro de mérito, fueron presentadas dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora. 5.- Mediante Acuerdo número 69 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido de la Revolución Democrática” fue

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aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año la planilla del Ayuntamiento antes citado, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

GENERO CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO ALCALDE FRANCISCO JAVIER MENDIVIL ESTRADA

MASCULINO SINDICO PROPIETARIO MIGUEL ANGEL HERNANDEZ BURQUEZ

MASCULINO SINDICO SUPLENTE GERARDO ZAMORA VEGA

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO LUZ ELVA ENRRIQUEZ MENDOZA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO ISRAEL ALEXANDRO GARCIA BENITEZ

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO MARTHA LILIA RAMIREZ CARDENAS

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO CESAR DANIEL GONZALEZ GALAVIZ

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO MYRNA PATRICIA RIVERA LEYVA

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ANTONIO RAMOS PEREZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO VERONICA HUERTA CRUZ

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ENRIQUE AVILA HERNANDEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO DALIA RAQUEL BALDERAS GONZALEZ

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO CARLOS IVAN GARCIA BENITEZ

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO MARIA ABDELALI RAMIREZ AYON

MASCULIN 12 REGIDOR PROPIETARIO ISIDRO FRAIJO SALAZAR

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE MARIA DE JESUS OSUNA BUITIMEA

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE LUIS ARMANDO GONZALEZ MOORE

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE ANGELICA MARIA AGUILAR GARCIA

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO OLACHEA MARTIN

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE LIDIA ROXANA GRIJALVA PESQUEIRA

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE JORGE BERNARDO PEREZ TESISTECO

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE ANA LILIA GOMEZ RIVERA

MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO JOAQUIN TAURIAN MONTAÑO

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE MAURA QUIÑONEZ VALDEZ

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE ALVARO MARTIN RODRIGUEZ DELGADO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE IRMA YOLANDA CASTILLO GASTELUM

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE RAUL TERAN

6.- Mediante Acuerdo número 81 “ Sobre resolución a la solicitud de registro presentada por el Partido de la Revolución Democrática, de los candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el principio de mayoría relativa de los Distritos locales electorales correspondientes al V Distrito con cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con cabecera en Cananea, XI Distrito con cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito con cabecera en Obregón Sureste y XVII Distrito con cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce”, solicitud aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del

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presente año, misma en la cual se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito V con cabecera en Nogales, Sonora, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

V Nogales Antonio Guzmán Cárdenas Propietario Masculino

------------ ---------------- Francisco Javier de los Reyes Dennis Suplente Masculino

7.- Mediante Acuerdo número 70 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido del Trabajo” fue aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año la planilla del Ayuntamiento antes citado, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

GENERO

NOMBRE DEL PRECANDIDATO CARGO AL QUE SE POSTULA

M EDGAR ENRIQUE VALDEZ LOPEZ ALCALDE

M ROBERTO RAMIREZ QUINTANAR SINDICO PROPIETARIO

M FRANCISCO DAMIAN RONDAN HERNANDEZ SINDICO SUPLENTE

F 1 SADOT AYALA HERNANDEZ REGIDOR PROPIETARIO

M 2 FRANCISCO ANTONIO COTA NOPERI REGIDOR PROPIETARIO

F 3 VIRIDIANA ALAINE VALDEZ LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO

M 4 BENJAMIN MEDINA BONILLA REGIDOR PROPIETARIO

F 5 PATRICIA YADEL MARTINEZ GRACIA REGIDOR PROPIETARIO

M 6 TEODORO PAVEL VALDEZ LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO

F 7 ROSALIA SILVA CORTEZ REGIDOR PROPIETARIO

M 8 OMAR FILIBERTO VILLAESCUSA SALAZAR REGIDOR PROPIETARIO

F 9 CARMEN FERNANDA RIVERA BERNAL REGIDOR PROPIETARIO

M 10 ROBERTO CARLOS CRUZ PAREDES REGIDOR PROPIETARIO

F 11 LENIX AZENET MOCTEZUMA SOTO REGIDOR PROPIETARIO

M 12 PABLO GARCIA FLORES REGIDOR PROPIETARIO

F 1 ANAIZ CRISTINA GARCIA MAGALLANES REGIDOR SUPLENTE

M 2 ARMANDO MARIANO ALVAREZ FLORES REGIDOR SUPLENTE

F 3 DALIA MARIA SOTO PALAFOX REGIDOR SUPLENTE

M 4 CESAR JAVIER ANGULO FLORES REGIDOR SUPLENTE

F 5 YUCELME JANETTE VALENZUELA VELAZQUEZ REGIDOR SUPLENTE

M 6 JOSE RAUL VERDUZCO GIL REGIDOR SUPLENTE

F 7 FRANCISCA JANETH FLORES ROSALES REGIDOR SUPLENTE

M 8 MIGUEL ANGEL COTA GALVEZ REGIDOR SUPLENTE

F 9 JUANA CEVALLOS MIRANDA REGIDOR SUPLENTE

M 10 HANUAR GARZA JASSO REGIDOR SUPLENTE

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F 11 YARITZA SUGUEY BOJORQUEZ SILVA REGIDOR SUPLENTE

M 12 ISMAEL QUIHUIS CARRILLO REGIDOR SUPLENTE

8.- Con fecha 14 de Mayo de 2012, renunciaron a su Candidatura la totalidad de las personas que integraban la planilla al Ayuntamiento de Nogales, Sonora, registrada por el Partido del Trabajo, las cuales se detallan a continuación: los C.C. Edgar Enrique Valdez López, Roberto Ramírez Quintanar, Francisco Damián Rondan Hernández, Sadot Ayala Hernández, Francisco Antonio Cota Noperi, Viridiana Alaine Valdez López, Benjamín Medina Bonilla, Patricia Yadel Martínez Gracia, Teodoro Pavel Valdez López, Rosalía Silva Cortez, Omar Filiberto Villaescusa Salazar, Carmen Fernanda Rivera Bernal, Roberto Carlos Cruz Paredes, Lenix Azenet Moctezuma Soto, Pablo García Flores, Anaiz Cristina García Magallanes, Armando Mariano Álvarez Flores, Dalia María Soto Palafox, Cesar Javier Angulo Flores, Yucelme Janette Valenzuela Velázquez, José Raúl Verduzco , Francisca Janeth Flores Rosales, Miguel Ángel Cota Gálvez, Juana Cevallos Miranda, Hanu Garza Jasso, Yaritza Suguey Bojórquez Silva y Ismael Quihuis Carrillo. 9.- Con fecha 14 de Mayo del 2012, renunciaron a su Candidatura las personas que se integraban la planilla al Ayuntamiento de Nogales, Sonora, por el Partido de la Revolución Democrática, las cuales se detallan a continuación: los C.C. Miguel Ángel Hernández Burquez, Sindico Propietario; Gerardo Zamora Vega, Sindico Suplente; María de Jesús Ozuna Buitimea, Regidor Suplente 1; Israel Alejandro García Benítez, Regidor Propietario 2;Luis Armando González Moore, Regidor Suplente 2; Cesar Daniel González, Regidor Propietario 4; Francisco Olachea Martin, Regidor Suplente 4; Jorge Alberto Pérez Tesisteco, Regidor Suplente 6; Verónica Huerta Cruz, Regidor Propietario 7; Ana Lilia Gómez Rivera, Regidor Suplente 7; Dalia Raquel Balderas González, Regidor Propietario 9; Maura Quiñonez Valdez, Regidor Suplente 9; María Abdelay Ramírez Ayón, Regidor Propietario 11; Irma Yolanda Castillo Gastélum, Regidor Suplente 11; Isidro Fraijo Salazar, Regidor Propietario 12; Raúl Terán, Regidor Suplente 12; mediante el cual manifiestan su renuncia a los diversos cargos de elección popular, de la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Nogales, así como a los CC. Antonio Guzmán Cárdenas, Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur. 10.- El día catorce de Mayo de 2012, se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por C.C. José René Noriega Gómez y Jaime Moreno Berry, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Sonora, el

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segundo en su carácter de Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo en el Estado de Sonora, solicitando el registro y sustitución de candidatos en candidatura común, para formar la Planilla para Ayuntamiento de Nogales, Sonora, en virtud de las renuncias a las Candidaturas previamente registradas. 11.- Mediante Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora, así como la renuncia presentada por el Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, ambos presentados por el Partido de la Revolución Democrática. 12.- Mediante Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora, presentada por el Partido del Trabajo.

C O N S I D E R A N D O I.- Que el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Que los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- Que de acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la

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elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Que mediante Acuerdo número 69 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido de la Revolución Democrática” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, quedando integrada de la siguiente manera:

GENERO CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO ALCALDE FRANCISCO JAVIER MENDIVIL ESTRADA

MASCULINO SINDICO PROPIETARIO MIGUEL ANGEL HERNANDEZ BURQUEZ

MASCULINO SINDICO SUPLENTE GERARDO ZAMORA VEGA

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO LUZ ELVA ENRRIQUEZ MENDOZA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO ISRAEL ALEXANDRO GARCIA BENITEZ

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO MARTHA LILIA RAMIREZ CARDENAS

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO CESAR DANIEL GONZALEZ GALAVIZ

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO MYRNA PATRICIA RIVERA LEYVA

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ANTONIO RAMOS PEREZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO VERONICA HUERTA CRUZ

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ENRIQUE AVILA HERNANDEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO DALIA RAQUEL BALDERAS GONZALEZ

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO CARLOS IVAN GARCIA BENITEZ

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO MARIA ABDELALI RAMIREZ AYON

MASCULINO 12 REGIDOR PROPIETARIO ISIDRO FRAIJO SALAZAR

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE MARIA DE JESUS OSUNA BUITIMEA

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE LUIS ARMANDO GONZALEZ MOORE

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE ANGELICA MARIA AGUILAR GARCIA

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO OLACHEA MARTIN

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE LIDIA ROXANA GRIJALVA PESQUEIRA

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE JORGE BERNARDO PEREZ TESISTECO

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE ANA LILIA GOMEZ RIVERA

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MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO JOAQUIN TAURIAN MONTAÑO

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE MAURA QUIÑONEZ VALDEZ

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE ALVARO MARTIN RODRIGUEZ DELGADO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE IRMA YOLANDA CASTILLO GASTELUM

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE RAUL TERAN

V.- El día 14 de Mayo del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, solicitando el registro por sustitución de los C.C. Verónica Huerta Cruz, como candidato a Regidor Suplente Número 1, Miguel Ángel Hernández Burquez, como candidato a Regidor Propietario Número 2, Israel Alejandro García Benítez, como candidato a Regidor suplente 2, al Raúl Terán, como candidato a Regidor suplente 6, a la Irma Yolanda Castillo Gastélum, como candidato a Regidor propietario 11, a la Dalia Raquel Balderas González, como candidato a Regidor suplente 11, Antonio Guzmán Cárdenas, como candidato a Regidor propietario 12, Francisco Olachea Martin, como candidato a Regidor suplente 12, Edgar Enrique Valdez López, como candidato a Síndico propietario, Roberto Ramírez Quintana, como candidato a Síndico suplente, Francisco Antonio Cota Noperi, como candidato a Regidor propietario 4, Benjamín Medina Bonilla, como candidato a Regidor suplente 4, Sadot Ayala Hernández, como candidato a Regidor propietario 7, C. Viridiana Alaine Valdez López, como candidata a Regidor suplente 7,. Dalia María Soto Palafox, como candidata a Regidor propietario 9, Patricia Yadel Martínez Gracia, como candidato a Regidor suplente 9, presentada por el Partido del Trabajo para la

elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, dicha solicitud queda condicionada a la aceptación de las renuncias previamente señaladas. VI.- En virtud de las renuncias señaladas en los puntos 8 y 9 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora así como la renuncia presentada por el candidato a Diputado Local por el principio de mayoría relativa por el Distrito V con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, presentadas por el Partido de la Revolución Democrática; así como la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora, presentadas por el Partido del Trabajo. VII.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en los antecedentes 8 y 9 del presente Acuerdo y por haber sido presentadas las

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mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando V antes citado, se propone que la planilla quede integrada de la siguiente manera:

GENERO CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO ALCALDE FRANCISCO JAVIER MENDIVIL ESTRADA

MASCULINO SINDICO PROPIETARIO EDGAR ENRIQUE VALDEZ LOPEZ

MASCULINO SINDICO SUPLENTE ROBERTO RAMIREZ QUINTANA

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO LUZ ELVA ENRIQUEZ MENDOZA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO MIGUEL ANGEL HERNANDEZ BURQUEZ

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO MARTHA LILIA RAMIREZ CARDENAS

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO FRANCISCO ANTONIO COTA NOPERI

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO MYRNA PATRICIA RIVERA LEYVA

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ANTONIO RAMOS PEREZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO SADOT AYALA HERANDEZ

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ENRIQUE AVILA HERNANDEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO DALIA MARÍA SOTO PALAFOX

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO CARLOS IVAN GARCIA BENITEZ

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO IRMA YOLANDA CASTILLO GASTELUM

MASCULINO 12 REGIDOR PROPIETARIO ANTONIO GUZMAN CARDENAS

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE VERONICA HUERTA CRUZ

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE ISRAEL ALEJANDRO GARCÍA BENITEZ

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE ANGELICA MARIA AGUILAR GARCIA

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE BENJAMIN MEDINA BONILLA

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE LIDIA ROXANA GRIJALVA PESQUEIRA

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE RAUL TERAN

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE VIRIDIANA ALAINE VALDEZ LOPEZ

MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO JOAQUIN TAURIAN MONTAÑO

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE PATRICIA YADEL MARTINEZ GRACIA

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE ALVARO MARTIN RODRIGUEZ DELGADO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE DALIA RAQUEL BALDERAS GONZALEZ

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO OLACHEA MARTIN

VIII.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro, así como de la documentación que se anexa a la misma y de la solicitud de sustitución de candidaturas antes señaladas, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora.

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En efecto, las solicitudes fueron presentadas ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: los nombres, apellidos, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato. b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. d)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. e)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana del candidato. f). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

IX.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución en el registro de candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática y como consecuencia expedir las constancias de registro correspondientes. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre de los candidatos que integran la planilla señalada, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

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X.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución de candidatos de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática, en virtud de las renuncias al cargo presentadas por los candidatos previamente registrados, cuya planilla quedará integrada en los términos señalados en el considerando VII del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídase la constancia de registro correspondiente. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de Nogales, Sonora para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre de los candidatos que integran la planilla de Nogales, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para

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constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 150

RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE NOGALES, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO DEL TRABAJO, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintitrés horas, se recibió escrito y anexos presentados por el C. Jaime Moreno Berry en su carácter de Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo, mediante el cual solicita el registro de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintiún horas con cincuenta y siete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, en su carácter de Presidente del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual solicita el registro de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora, y el registro de los candidatos Antonio Guzmán Cárdenas, Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 4.- Las solicitudes de registro de mérito, fueron presentadas dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora. 5.- Mediante Acuerdo número 70 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del municipio de

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Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido del Trabajo” fue aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año la planilla del Ayuntamiento antes citado, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

GENERO

NOMBRE DEL PRECANDIDATO CARGO AL QUE SE POSTULA

M EDGAR ENRIQUE VALDEZ LOPEZ ALCALDE

M ROBERTO RAMIREZ QUINTANAR SINDICO PROPIETARIO

M FRANCISCO DAMIAN RONDAN HERNANDEZ SINDICO SUPLENTE

F 1 SADOT AYALA HERNANDEZ REGIDOR PROPIETARIO

M 2 FRANCISCO ANTONIO COTA NOPERI REGIDOR PROPIETARIO

F 3 VIRIDIANA ALAINE VALDEZ LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO

M 4 BENJAMIN MEDINA BONILLA REGIDOR PROPIETARIO

F 5 PATRICIA YADEL MARTINEZ GRACIA REGIDOR PROPIETARIO

M 6 TEODORO PAVEL VALDEZ LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO

F 7 ROSALIA SILVA CORTEZ REGIDOR PROPIETARIO

M 8 OMAR FILIBERTO VILLAESCUSA SALAZAR REGIDOR PROPIETARIO

F 9 CARMEN FERNANDA RIVERA BERNAL REGIDOR PROPIETARIO

M 10 ROBERTO CARLOS CRUZ PAREDES REGIDOR PROPIETARIO

F 11 LENIX AZENET MOCTEZUMA SOTO REGIDOR PROPIETARIO

M 12 PABLO GARCIA FLORES REGIDOR PROPIETARIO

F 1 ANAIZ CRISTINA GARCIA MAGALLANES REGIDOR SUPLENTE

M 2 ARMANDO MARIANO ALVAREZ FLORES REGIDOR SUPLENTE

F 3 DALIA MARIA SOTO PALAFOX REGIDOR SUPLENTE

M 4 CESAR JAVIER ANGULO FLORES REGIDOR SUPLENTE

F 5 YUCELME JANETTE VALENZUELA VELAZQUEZ REGIDOR SUPLENTE

M 6 JOSE RAUL VERDUZCO GIL REGIDOR SUPLENTE

F 7 FRANCISCA JANETH FLORES ROSALES REGIDOR SUPLENTE

M 8 MIGUEL ANGEL COTA GALVEZ REGIDOR SUPLENTE

F 9 JUANA CEVALLOS MIRANDA REGIDOR SUPLENTE

M 10 HANUAR GARZA JASSO REGIDOR SUPLENTE

F 11 YARITZA SUGUEY BOJORQUEZ SILVA REGIDOR SUPLENTE

M 12 ISMAEL QUIHUIS CARRILLO REGIDOR SUPLENTE

6.- Mediante Acuerdo número 69 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido de la Revolución Democrática” fue aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año la planilla del Ayuntamiento antes citado, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

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GENERO CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO ALCALDE FRANCISCO JAVIER MENDIVIL ESTRADA

MASCULINO SINDICO PROPIETARIO MIGUEL ANGEL HERNANDEZ BURQUEZ

MASCULINO SINDICO SUPLENTE GERARDO ZAMORA VEGA

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO LUZ ELVA ENRRIQUEZ MENDOZA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO ISRAEL ALEXANDRO GARCIA BENITEZ

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO MARTHA LILIA RAMIREZ CARDENAS

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO CESAR DANIEL GONZALEZ GALAVIZ

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO MYRNA PATRICIA RIVERA LEYVA

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ANTONIO RAMOS PEREZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO VERONICA HUERTA CRUZ

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ENRIQUE AVILA HERNANDEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO DALIA RAQUEL BALDERAS GONZALEZ

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO CARLOS IVAN GARCIA BENITEZ

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO MARIA ABDELALI RAMIREZ AYON

MASCULIN 12 REGIDOR PROPIETARIO ISIDRO FRAIJO SALAZAR

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE MARIA DE JESUS OSUNA BUITIMEA

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE LUIS ARMANDO GONZALEZ MOORE

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE ANGELICA MARIA AGUILAR GARCIA

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO OLACHEA MARTIN

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE LIDIA ROXANA GRIJALVA PESQUEIRA

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE JORGE BERNARDO PEREZ TESISTECO

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE ANA LILIA GOMEZ RIVERA

MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO JOAQUIN TAURIAN MONTAÑO

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE MAURA QUIÑONEZ VALDEZ

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE ALVARO MARTIN RODRIGUEZ DELGADO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE IRMA YOLANDA CASTILLO GASTELUM

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE RAUL TERAN

7.- Mediante Acuerdo número 81 “ Sobre resolución a la solicitud de registro presentada por el Partido de la Revolución Democrática, de los candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el principio de mayoría relativa de los Distritos locales electorales correspondientes al V Distrito con cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con cabecera en Cananea, XI Distrito con cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito con cabecera en Obregón Sureste y XVII Distrito con cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce”, solicitud aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, misma en la cual se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito V con cabecera en Nogales, Sonora, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

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DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

V Nogales Antonio Guzmán Cárdenas Propietario Masculino

------------ ---------------- Francisco Javier de los Reyes Dennis Suplente Masculino

8.- Con fecha 14 de Mayo de 2012, renunciaron a su Candidatura la totalidad de las personas que integraban la planilla al Ayuntamiento de Nogales, Sonora, registrada por el Partido del Trabajo, las cuales se detallan a continuación: los C.C. Edgar Enrique Valdez López, Roberto Ramírez Quintanar, Francisco Damián Rondan Hernández, Sadot Ayala Hernández, Francisco Antonio Cota Noperi, Viridiana Alaine Valdez López, Benjamín Medina Bonilla, Patricia Yadel Martínez Gracia, Teodoro Pavel Valdez López, Rosalía Silva Cortez, Omar Filiberto Villaescusa Salazar, Carmen Fernanda Rivera Bernal, Roberto Carlos Cruz Paredes, Lenix Azenet Moctezuma Soto, Pablo García Flores, Anaiz Cristina García Magallanes, Armando Mariano Álvarez Flores, Dalia María Soto Palafox, Cesar Javier Angulo Flores, Yucelme Janette Valenzuela Velázquez, José Raúl Verduzco , Francisca Janeth Flores Rosales, Miguel Ángel Cota Gálvez, Juana Cevallos Miranda, Hanu Garza Jasso, Yaritza Suguey Bojórquez Silva y Ismael Quihuis Carrillo. 9.- Con fecha 14 de Mayo del 2012, renunciaron a su Candidatura las personas que se integraban la planilla al Ayuntamiento de Nogales, Sonora, por el Partido de la Revolución Democrática, las cuales se detallan a continuación: los C.C. Miguel Ángel Hernández Burquez, Sindico Propietario; Gerardo Zamora Vega, Sindico Suplente; María de Jesús Ozuna Buitimea, Regidor Suplente 1; Israel Alejandro García Benítez, Regidor Propietario 2;Luis Armando González Moore, Regidor Suplente 2; Cesar Daniel González, Regidor Propietario 4; Francisco Olachea Martin, Regidor Suplente 4; Jorge Alberto Pérez Tesisteco, Regidor Suplente 6; Verónica Huerta Cruz, Regidor Propietario 7; Ana Lilia Gómez Rivera, Regidor Suplente 7; Dalia Raquel Balderas González, Regidor Propietario 9; Maura Quiñonez Valdez, Regidor Suplente 9; María Abdelay Ramírez Ayón, Regidor Propietario 11; Irma Yolanda Castillo Gastélum, Regidor Suplente 11; Isidro Fraijo Salazar, Regidor Propietario 12; Raúl Terán, Regidor Suplente 12; mediante el cual manifiestan su renuncia a los diversos cargos de elección popular, de la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Nogales, así como a los CC. Antonio Guzmán Cárdenas, Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur. 10.- El día catorce de Mayo de 2012, se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por C.C. José René Noriega Gómez y Jaime Moreno Berry, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Sonora, el

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segundo en su carácter de Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo en el Estado de Sonora, solicitando el registro y sustitución de candidatos en candidatura común, para formar la Planilla para Ayuntamiento de Nogales, Sonora, en virtud de las renuncias a las Candidaturas previamente registradas. 11.- Mediante Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora, así como la renuncia presentada por el Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, ambos presentados por el Partido de la Revolución Democrática. 12.- Mediante Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora, presentada por el Partido del Trabajo. 13.- Mediante acuerdo de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora, presentada por el Partido del Trabajo.

C O N S I D E R A N D O I.- Que el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Que los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según

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lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- Que de acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Que mediante Acuerdo número 69 “Sobre resolución a la solicitud de registro de los candidatos que integran la planilla de Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido de la Revolución Democrática” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, quedando integrada de la siguiente manera:

GENERO CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO ALCALDE FRANCISCO JAVIER MENDIVIL ESTRADA

MASCULINO SINDICO PROPIETARIO MIGUEL ANGEL HERNANDEZ BURQUEZ

MASCULINO SINDICO SUPLENTE GERARDO ZAMORA VEGA

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO LUZ ELVA ENRRIQUEZ MENDOZA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO ISRAEL ALEXANDRO GARCIA BENITEZ

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO MARTHA LILIA RAMIREZ CARDENAS

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO CESAR DANIEL GONZALEZ GALAVIZ

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO MYRNA PATRICIA RIVERA LEYVA

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ANTONIO RAMOS PEREZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO VERONICA HUERTA CRUZ

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ENRIQUE AVILA HERNANDEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO DALIA RAQUEL BALDERAS GONZALEZ

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO CARLOS IVAN GARCIA BENITEZ

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO MARIA ABDELALI RAMIREZ AYON

MASCULINO 12 REGIDOR PROPIETARIO ISIDRO FRAIJO SALAZAR

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE MARIA DE JESUS OSUNA BUITIMEA

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MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE LUIS ARMANDO GONZALEZ MOORE

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE ANGELICA MARIA AGUILAR GARCIA

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO OLACHEA MARTIN

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE LIDIA ROXANA GRIJALVA PESQUEIRA

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE JORGE BERNARDO PEREZ TESISTECO

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE ANA LILIA GOMEZ RIVERA

MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO JOAQUIN TAURIAN MONTAÑO

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE MAURA QUIÑONEZ VALDEZ

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE ALVARO MARTIN RODRIGUEZ DELGADO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE IRMA YOLANDA CASTILLO GASTELUM

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE RAUL TERAN

V.- El día 14 de Mayo del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, solicitando el registro por sustitución de los C.C. Verónica Huerta Cruz, como candidato a Regidor Suplente Número 1, Miguel Ángel Hernández Burquez, como candidato a Regidor Propietario Número 2, Israel Alejandro García Benítez, como candidato a Regidor suplente 2, al Raúl Terán, como candidato a Regidor suplente 6, a la Irma Yolanda Castillo Gastélum, como candidato a Regidor propietario 11, a la Dalia Raquel Balderas González, como candidato a Regidor suplente 11, Antonio Guzman Cárdenas, como candidato a Regidor propietario 12, Francisco Olachea Martin, como candidato a Regidor suplente 12, Edgar Enrique Valdez Lopez, como candidato a Síndico propietario, Roberto Ramírez Quintana, como candidato a Síndico suplente, Francisco Antonio Cota Noperi, como candidato a Regidor propietario 4, Benjamín Medina Bonilla, como candidato a Regidor suplente 4, Sadot Ayala Hernández, como candidato a Regidor propietario 7, C. Viridiana Alaine Valdez López, como candidata a Regidor suplente 7,. Dalia María Soto Palafox, como candidata a Regidor propietario 9, Patricia Yadel Martínez Gracia, como candidato a Regidor suplente 9, presentada por el Partido del Trabajo para la

elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, dicha solicitud queda condicionada a la aceptación de las renuncias previamente señaladas. VI.- En virtud de las renuncias señaladas en los puntos 8 y 9 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora así como la renuncia presentada por el candidato a Diputado Local por el principio de mayoría relativa por el Distrito V con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, presentadas por el Partido de la Revolución

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Democrática; así como la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Nogales, Sonora, presentadas por el Partido del Trabajo. VII.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en los antecedentes 8 y 9 del presente Acuerdo y por haber sido presentadas las mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada por el Partido de la Revolución Democrática en el considerando V antes citado, se propone que la planilla propuesta por el Partido de la Revolución Democrática quede integrada de la siguiente manera:

GENERO CARGO AL QUE SE POSTULA NOMBRE DEL CANDIDATO

MASCULINO ALCALDE FRANCISCO JAVIER MENDIVIL ESTRADA

MASCULINO SINDICO PROPIETARIO EDGAR ENRIQUE VALDEZ LOPEZ

MASCULINO SINDICO SUPLENTE ROBERTO RAMIREZ QUINTANA

FEMENINO 1 REGIDOR PROPIETARIO LUZ ELVA ENRIQUEZ MENDOZA

MASCULINO 2 REGIDOR PROPIETARIO MIGUEL ANGEL HERNANDEZ BURQUEZ

FEMENINO 3 REGIDOR PROPIETARIO MARTHA LILIA RAMIREZ CARDENAS

MASCULINO 4 REGIDOR PROPIETARIO FRANCISCO ANTONIO COTA NOPERI

FEMENINO 5 REGIDOR PROPIETARIO MYRNA PATRICIA RIVERA LEYVA

MASCULINO 6 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ANTONIO RAMOS PEREZ

FEMENINO 7 REGIDOR PROPIETARIO SADOT AYALA HERANDEZ

MASCULINO 8 REGIDOR PROPIETARIO JOSE ENRIQUE AVILA HERNANDEZ

FEMENINO 9 REGIDOR PROPIETARIO DALIA MARÍA SOTO PALAFOX

MASCULINO 10 REGIDOR PROPIETARIO CARLOS IVAN GARCIA BENITEZ

FEMENINO 11 REGIDOR PROPIETARIO IRMA YOLANDA CASTILLO GASTELUM

MASCULINO 12 REGIDOR PROPIETARIO ANTONIO GUZMAN CARDENAS

FEMENINO 1 REGIDOR SUPLENTE VERONICA HUERTA CRUZ

MASCULINO 2 REGIDOR SUPLENTE ISRAEL ALEJANDRO GARCÍA BENITEZ

FEMENINO 3 REGIDOR SUPLENTE ANGELICA MARIA AGUILAR GARCIA

MASCULINO 4 REGIDOR SUPLENTE BENJAMIN MEDINA BONILLA

FEMENINO 5 REGIDOR SUPLENTE LIDIA ROXANA GRIJALVA PESQUEIRA

MASCULINO 6 REGIDOR SUPLENTE RAUL TERAN

FEMENINO 7 REGIDOR SUPLENTE VIRIDIANA ALAINE VALDEZ LOPEZ

MASCULINO 8 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO JOAQUIN TAURIAN MONTAÑO

FEMENINO 9 REGIDOR SUPLENTE PATRICIA YADEL MARTINEZ GRACIA

MASCULINO 10 REGIDOR SUPLENTE ALVARO MARTIN RODRIGUEZ DELGADO

FEMENINO 11 REGIDOR SUPLENTE DALIA RAQUEL BALDERAS GONZALEZ

MASCULINO 12 REGIDOR SUPLENTE FRANCISCO OLACHEA MARTIN

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VIII.- Que en virtud de la solicitud de sustitución de la totalidad de la planilla que integra el Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora y que el día catorce de Mayo de 2012, se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por C.C. José René Noriega Gómez y Jaime Moreno Berry, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Sonora, el segundo en su carácter de Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo en el Estado de Sonora, solicitando el registro y sustitución de candidatos en candidatura común, para formar la Planilla para Ayuntamiento de Nogales, Sonora, en virtud de las renuncias a las Candidaturas previamente registradas, este Consejo propone aprobar la sustitución de la totalidad de la planilla presentada por el Partido del Trabajo, para quedar en los términos señalados en el considerando que antecede, toda vez que el Partido del Trabajo solicita la sustitución de la planilla presentada por dicho partido, con la planilla presentada para su registro por el Partido de la Revolución Democrática, para lo cual a consideración de este Consejo, no existe imposibilidad legal alguna, toda vez que los candidatos del Partido de la Revolución Democrática aceptaron la candidatura del Partido del Trabajo. IX.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro, así como de la documentación que se anexa a la misma y de la solicitud de sustitución de candidaturas antes señaladas, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, las solicitudes fueron presentadas ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: los nombres, apellidos, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo respectivamente. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son: a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato.

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b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. d)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. e)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana del candidato. f). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

X.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución en el registro de candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Nogales, Sonora para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Partido del Trabajo y como consecuencia expedir las constancias de registro correspondientes. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre de los candidatos que integran la planilla señalada, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. XI.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución de candidatos de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por el Partido del Trabajo, en virtud de las renuncias al cargo presentadas por los candidatos previamente registrados, cuya planilla quedará integrada en los términos señalados en el considerando VII, por las consideraciones manifestadas en el considerando IX ambas del presente Acuerdo.

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SEGUNDO.- Como consecuencia, expídase la constancia de registro correspondiente. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de Nogales, Sonora para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre de los candidatos que integran la planilla de Nogales, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 151

RESOLUCIÓN SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATO QUE INTEGRA LA PLANILLA DE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HUEPAC, SONORA, SOLICITADA POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO Y VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO EN CANDIDATURA COMÚN, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN ACATAMIENTO A LA SENTENCIA EMITIDA POR LA SALA REGIONAL DE GUADALAJARA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION DENTRO DEL EXPEDIENTE SG-JRC-246/2012.

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A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 13 de Mayo de 2012, se recibió escrito y anexos presentados por los C. C. Jesús Rosario Rodríguez Quiñones y Cesar Augusto Marcor Ramírez, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Sonora, el segundo Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, respectivamente, solicitando el registro en candidatura común, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de Huépac, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 01 al 15 de Mayo del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora y de conformidad con lo previsto en los Acuerdos número 44 y 45 de 2011 emitidos por este Consejo. 4.- Mediante Acuerdo Número 108 “Sobre Resolución a la solicitud de registros e los candidatos que integran las planillas de Ayuntamientos de los Municipios de Aconchi, Álamos, Arivechi, Arizpe, Átil, Bacadéhuachi, Bacanora, Bacerac, Bacoachi, Bácum, Banámichi, Baviácora, Bavispe, Benito Juárez, Benjamín Hill, Carbó, Cucurpe, Cumpas, Divisaderos, Granados, Huachinera, Huasábas, Huépac, Imuris, La Colorada, Magdalena de Kino, Mazatán, Moctezuma, Nácori Chico, Nacozari de García, Ónavas, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, Quiriego, Rayón, Rosario, Sahuaripa, San Felipe de Jesús, San Javier, San Miguel de Horcasitas, San Pedro de la Cueva, Santa Ana, Santa Cruz, Sáric, Soyopa, Suaqui Grande, Tepache, Trincheras, Tubutama, Ures, Villa Hidalgo, Villa Pesqueira y Yécora, del Estado de Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, en candidatura común”, se aprueba por el Pleno de este Consejo con fecha del 18 de Mayo de 2012, la planilla de Ayuntamiento solicitada. 5.- Con fecha 22 de Mayo del 2012, el Partido Acción Nacional a través de su representante ante este Consejo, interpuso ante este Consejo Juicio de Revisión Constitucional Electoral, en contra del acuerdo número 108 anteriormente señalado, concretamente por lo que ve al registro de los ciudadanos Edith Rocío Contreras Noriega y Ricardo Martínez Lugo, como candidatos a Presidente Municipal y Síndico propietario respectivamente en el

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Municipio de Huépac, Sonora, solicitado por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, mismo que fue remitido a la Sala de Guadalajara del Tribunal del Poder Judicial de la Federación y radicado bajo el expediente número SG-JRC-246/2012. 6.- El Pleno de la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con fecha 7 de Junio de 2012, dictó sentencia mediante el cual resuelve el expediente integrado con motivo del Juicio de Revisión Constitucional Electoral número SG-JRC-246/2012. 7.- Con fecha 08 de Junio del presente año, entre las diez horas y las doce horas se notificaron por parte del personal de este Consejo, las Convocatorias a los Consejeros Electorales y Comisionados de los partidos políticos que integran este Consejo, para efectos de llevar a cabo una sesión ordinaria a las dieciocho horas del día 10 de Junio del presente año, siendo las dieciséis horas con veinticinco minutos, con un orden del día previamente establecido. 8.- Con fecha 08 de Junio del presente año, siendo las dieciséis horas con veinticinco minutos, se recibió en oficialía de partes de este Consejo, el oficio número SG-SGA-OA-1710/2012 mediante el cual se nos remite copia certificada de la sentencia emitida por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de fecha 7 de Junio de 2012, mediante la cual dictó sentencia dentro del Juicio de Revisión Constitucional Electoral en el expediente número SG-JRC-246/2012. 9.- Con fecha 09 de Junio del presente año, siendo las diez horas con cincuenta y cinco minutos, se recibió en oficialía de partes de este Consejo, la solicitud de registro de candidato presentada por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en Sonora, en la cual en cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de fecha 7 de Junio de 2012, dentro del Juicio de Revisión Constitucional Electoral en el expediente número SG-JRC-246/2012, se les ordenaba sustituir al Candidato a Presidente Municipal.

C O N S I D E R A N D O I.- Que el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio.

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II.- Que los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, diputados y ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- Que de acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y

esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de

Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de

Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen

expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así

como la fracción VI del diverso numeral 156.

IV.- Que el día 13 de Mayo de 2012, se recibió escrito y anexos presentados por los C.C. Jesús Rosario Rodríguez Quiñones y Cesar Augusto Marcor Ramírez, el primero Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Sonora, el segundo Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, respectivamente, solicitando el registro en candidatura común, de los candidatos que integran la planilla del Ayuntamiento del municipio de Huépac, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, quedando la solicitud integrada de la siguiente manera:

GENERO ORDEN NOMBRE DEL CANDIDATO CARGO POR EL QUE SE POSTULA

FEMENINO EDITH ROCIO CONTRERAS NORIEGA ALCALDE

MASCULINO RICARDO MARTINEZ LUGO SINDICO PROPIETARIO

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MASCULINO JOSE GARCIA ADRIAN SINDICO SUPLENTE

FEMENINO 1 MARTHA MENDEZ OTHON REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 2 JESUS SABORI LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 3 MARIA DEL CARMEN PADILLA VELARDE REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 1 GUILLERMINA QUIJADA CORDOVA REGIDOR SUPLENTE

MASCULINO 2 JESUS ISRAEL LÓPEZ LÓPEZ REGIDOR SUPLENTE

FEMENINO 3 ANA OFELIA LÓPEZ LÓPEZ REGIDOR SUPLENTE

V.- Que con fecha de 18 de Mayo de 2012, se aprobó por el Pleno del Consejo Estatal Electoral, el Acuerdo Número 108 “Sobre Resolución a la solicitud de registros e los candidatos que integran las planillas de Ayuntamientos de los Municipios de Aconchi, Álamos, Arivechi, Arizpe, Átil, Bacadéhuachi, Bacanora, Bacerac, Bacoachi, Bácum, Banámichi, Baviácora, Bavispe, Benito Juárez, Benjamín Hill, Carbó, Cucurpe, Cumpas, Divisaderos, Granados, Huachinera, Huasábas, Huépac, Imuris, La Colorada, Magdalena de Kino, Mazatán, Moctezuma, Nácori Chico, Nacozari de García, Onavas, Opodepe, Oquitoa, Pitiquito, Quiriego, Rayón, Rosario, Sahuaripa, San Felipe de Jesus, San Javier, San Miguel de Horcasitas, San Pedro de la Cueva, Santa Ana, Santa Cruz, Sáric, Soyopa, Suaqui Grande, Tepache, Trincheras, Tubutama, Ures, Villa Hidalgo, Villa Pesqueira y Yécora, del Estado de Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, presentada por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, en candidatura común”, se aprueba por el Pleno de este Consejo con fecha del 18 de Mayo de 2012, la planilla de Ayuntamiento solicitada en el punto anterior. VI.- Que con fecha 22 de Mayo del 2012, el Partido Acción Nacional a través de su representante ante este Consejo, interpuso ante este Consejo Juicio de Revisión Constitucional Electoral, en contra del acuerdo número 108 anteriormente señalado, concretamente por lo que ve al registro de los ciudadanos Edith Rocío Contreras Noriega y Ricardo Martínez Lugo, como candidatos a Presidente Municipal y Síndico propietario respectivamente en el Municipio de Huépac, Sonora, solicitado por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, mismo que fue remitido a la Sala de Guadalajara del Tribunal del Poder Judicial de la Federación y radicado bajo el expediente número SG-JRC-246/2012. VII.- Que en virtud de la sentencia dictada con fecha 7 de Junio de 2012, por el Pleno de la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, señalada en el punto 6 de los antecedentes, dictó sentencia mediante el cual resuelve el expediente integrado con motivo del

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Juicio de Revisión Constitucional Electoral número SG-JRC-246/2012, dictando los puntos resolutivos siguientes: PRIMERO.- Se modifica el Acuerdo número 108, emitido el 18 de Mayo de 2012, por el Consejo Estatal Electoral del Estado de Sonora, con el objeto de dejar insubsistente el registro de Edith Rocío Contreras Noriega, como candidata de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en Sonora en candidatura común, a Presidente Municipal de Huépac; SEGUNDO.- Se ordena a los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en Sonora, que en el termino de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la notificación de la citada sentencia, en ámbito de sus facultades y atribuciones, designen un nuevo candidato para la planilla del Municipio de Huépac, Sonora, y soliciten su registro ante el consejo Estatal Electoral de Sonora, y TERCERO.- Se ordena al Consejo Estatal Electoral de Sonora, que reciba el registro de la candidatura referida en el resolutivo anterior, y resuelva sobre la procedencia del mismo en el plazo de veinticuatro horas.

VIII.- Que en virtud de haber sido notificadas con fecha 08 de Junio del presente año, entre las diez horas y las doce horas se notificaron por parte del personal de este Consejo, las Convocatorias a los Consejeros Electorales y Comisionados de los partidos políticos que integran este Consejo, para efectos de llevar a cabo una sesión ordinaria a las dieciocho horas del día 10 de Junio del presente año, siendo las dieciséis horas con veinticinco minutos, con un orden del día previamente establecido, por lo que en atención a que se nos está ordenando para dentro del término de veinticuatro horas demos cumplimiento a la solicitud de registro que nos presenten los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en Sonora, y considerando que dicha solicitud nos fue presentada el día 09 de Junio a las diez horas con cincuenta y cinco minutos, y como el plazo otorgado por la Sala Regional se vencería el día 10 de Junio a las diez horas con cincuenta y cinco minutos, y al estar convocados para esa misma fecha pero a las dieciocho horas, este Consejo considera que no es necesario emitir una convocatoria especial para tratar este asunto, toda vez que de conformidad con las disposiciones reglamentarias que rigen a este Consejo, y por tratarse de una sesión ordinaria, es posible dentro de los asuntos generales, el incluir puntos en el orden del día que no estaban considerandos, por lo que se propone incluir el presente Acuerdo dentro de los asuntos a tratar en el punto de asuntos generales, sin que ello implique una actitud de desobediencia a lo ordenado por la Sala Regional. IX.- En virtud de que con fecha 08 de Junio de 2012 a las dieciséis horas con veinticinco minutos, se notificó a este Consejo, la sentencia dictada con fecha 7

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de Junio de 2012, por el Pleno de la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, señalada en el considerando VIII, y dentro de los plazos señalados en el punto resolutivo TERCERO.- “Se ordena al Consejo Estatal Electoral que reciba el registro de la candidatura referida en el resolutivo anterior, y resuelva sobre la procedencia del mismo en el plazo de veinticuatro horas”, se tiene la obligación de cumplir a la brevedad y tomando en consideración lo estipulado en el punto anterior. X.- Que el día 09 de Junio de 2012, se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral a las diez horas con cincuenta y cinco minutos, escrito y anexos presentados por los C.C. Profr. Jesús Rosario Rodríguez Quiñones y Lic. César Augusto Marcor Ramírez, el primero en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, y el segundo Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, en atención a la sentencia de fecha 07 de Junio del año en curso y en cumplimiento al punto resolutivo segundo de la misma, en la cual se ordena a los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en Sonora, que en el termino de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la notificación de la citada sentencia, en ámbito de sus facultades y atribuciones, designen un nuevo candidato para la planilla del Municipio de Huépac, Sonora, y soliciten su registro ante el Consejo Estatal Electoral de Sonora, por lo que para tal efecto, solicitan el registro como candidato a Presidente Municipal en la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora al C. EFRAIN CONTRERAS LÓPEZ. XI.- En virtud del cumplimiento a la sentencia señalada en el punto 8 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha ocho de Junio del año dos mil doce por este Consejo en el cual acuerda recibir la sentencia antes descrita relativa al expediente tramitado por el Pleno de la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y agregarla a los expedientes que obran en este Consejo, dando cumplimiento a lo ordenado en los puntos resolutivos señalados por la autoridad Electoral Federal. XII.- En virtud de haber ordenado la sentencia multicitada y por haber sido presentada la solicitud en comento dentro de los plazos señalados en el punto resolutivo Segundo de la sentencia señalada en el punto 8 de los antecedentes, la solicitud de registro de la formula para la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora, se propone quede integrada de la siguiente manera:

GENERO ORDEN NOMBRE DEL CANDIDATO CARGO POR EL QUE SE POSTULA

MASCULINO EFRAIN CONTRERAS LOPEZ ALCALDE

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MASCULINO RICARDO MARTINEZ LUGO SINDICO PROPIETARIO

MASCULINO JOSE GARCIA ADRIAN SINDICO SUPLENTE

FEMENINO 1 MARTHA MENDEZ OTHON REGIDOR PROPIETARIO

MASCULINO 2 JESUS SABORI LOPEZ REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 3 MARIA DEL CARMEN PADILLA VELARDE REGIDOR PROPIETARIO

FEMENINO 1 GUILLERMINA QUIJADA CORDOVA REGIDOR SUPLENTE

MASCULINO 2 JESUS ISRAEL LOPEZ LOPEZ REGIDOR SUPLENTE

FEMENINO 3 ANA OFELIA LOPEZ LOPEZ REGIDOR SUPLENTE

Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de sustitución, así como de la documentación que se anexa a la misma, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: el nombre, apellido, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de las credenciales con fotografía para votar de los candidatos; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que los postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad de los candidatos sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma de los Presidentes del Comité Directivo Estatal de los partidos postulantes. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato.

b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del

Ayuntamiento del municipio de Huépac, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. d)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. e)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana

del candidato. f). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la

Procuraduría General de Justicia del Estado.

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XIII.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar el registro de la candidatura que integra la planilla del Ayuntamiento del Municipio de Huépac, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por los C.C. Profr. Jesús Rosario Rodríguez Quiñones y Lic. César Augusto Marcor Ramírez, el primero en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional, y el segundo Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla señalada, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. XIV.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se tiene al Comité Directivo Estatal de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en Sonora, en cumplimiento a la sentencia dictada con fecha 7 de Junio de 2012 emitida por el Pleno de la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se aprueba la solicitud de registro de los candidatos de la planilla del Ayuntamiento del municipio de Huépac, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de julio de 2012, solicitada por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México en candidatura común, en los términos señalados en el considerando XII del presente acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídanse por duplicado las constancias de registro correspondientes. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Municipal Electoral de Huépac, Sonora, para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre del candidato que integran la planilla de Huépac, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante

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publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Se instruye a la Secretaría de este Consejo para que informe a la brevedad a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, del cumplimiento dado por este Consejo a lo ordenado en el punto resolutivo Tercero de la sentencia recaída al Juicio de Revisión Constitucional Electoral número SG-JRC-246/2012, debiendo manifestar los señalamientos hechos en el considerando VIII del presente acuerdo, lo anterior para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. OCTAVO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y

da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Toda vez que los proyectos de acuerdo contenidos en los puntos 6, 7 y 12, así como el proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la fórmula de Diputado local propietario y suplente por el principio de mayoría relativa del Distrito V, con cabecera en Nogales Sur, se entregaron a los Consejeros Electorales, así como a los Comisionados de los Partidos Políticos

y aprobada que la dispensa de su lectura, solicito a la Secretaría dé lectura en lo general a los puntos resolutivos de los proyectos que se mencionan en el Orden del Día en los puntos 6, 7 y 12, así como el proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la fórmula de Diputado local propietario y suplente por el principio de mayoría relativa del Distrito V, con cabecera en Nogales Sur, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido de la Revolución

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Democrática, en virtud de la renuncia al cargo presentada por los candidatos previamente registrados. SECRETARIA.- Se da lectura en lo general a los proyectos de resolución que se mencionan en el Orden del Día, en los puntos 6, 7 y 12, así como el proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la fórmula de Diputado local propietario y suplente por el principio de mayoría relativa del Distrito V, con cabecera en Nogales Sur para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática, en virtud de la renuncia al cargo presentada por los candidatos previamente registrados.

PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato para integrar las formulas de diputados por el PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA de los Distritos Electorales que ahí se mencionan. SEGUNDO.- Expídase la constancia de registro correspondiente. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Distrital que ahí se menciona para los efectos legales correspondientes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público los nombres de los candidatos a diputados por el Distrito que se menciona en el punto resolutivo al cual me remito en obvio de repeticiones. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, asimismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los Partidos Políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes.

SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente acuerdo. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tienen el uso de la voz los compañeros Consejeros, así como los Comisionados de los Partidos Políticos, por si desean hacer alguna observación a todos y cada

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uno de los proyectos que se mencionan en el Orden del Día en los puntos 6, 7 y 12, así como el proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la fórmula de Diputado local propietario y suplente por el principio de mayoría relativa del Distrito V, con cabecera en Nogales Sur. Si no hay ninguna observación, sírvase la Secretaría, obtener la votación correspondiente. SECRETARIA.- Se consulta a los Consejeros Electorales el sentido de su voto en relación a los Proyectos de Acuerdo, identificados y precisados en el Orden del Día, en los puntos 6, 7 y 12, así como el proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la fórmula de Diputado local

propietario y suplente por el principio de mayoría relativa del Distrito V, con cabecera en Nogales Sur para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática, en virtud de la renuncia al cargo presentada por los candidatos previamente registrados. Licenciada María del Carmen Arvizu Bórquez. CONSEJERA LICENCIADA MARIA DEL CARMEN ARVIZU BÓRQUEZ.- Aprobados los proyectos mencionados por esta Secretaría. SECRETARÍA.- Licenciada Sara Blanco Moreno. CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.- A favor de los Proyectos. SECRETARIA.- Ingeniero Fermín Chávez Peñúñuri. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Aprobados. CONSEJERO LICENCIADO FRANCISCO CÓRDOVA ROMERO.- Aprobados.

SECRETARIA.- Licenciada María Dolores Carvajal Granillo. CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DOLORES CARVAJAL GRANILLO. Aprobados.

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SECRETARIA.- Por unanimidad de votos de los Consejeros Electorales, se aprueba y pasan a resolución definitiva, los proyectos de resolución precisados en el Orden del Día, en los puntos 6, 7 y 12, así como el proyecto de resolución sobre la sustitución de candidatos que integran la fórmula de Diputado local propietario y suplente por el principio de mayoría relativa del Distrito V, con cabecera en Nogales Sur para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática, en virtud de la renuncia al cargo presentada por los candidatos previamente registrados, los cuales pasarán a firma para los efectos legales correspondientes.(Se insertan textos íntegros)

“ACUERDO NÚMERO 142 RESOLUCION SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATO QUE INTEGRA LA FORMULA DE DIPUTADO LOCAL PROPIETARIO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO I CON CABECERA EN SAN LUIS RIO COLORADO, SONORA PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintiún horas con cincuenta y siete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el C. Lic. Francisco Soto García, en su carácter de Coordinador Operativo Estatal Del Partido Movimiento Ciudadano, mediante el cual solicita el registro de la Formula de Diputado Local Propietario y Suplente para el Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora. 4.- Mediante Acuerdo número 82 “Sobre Resolución a la solicitud de registro presentada por el Partido Movimiento Ciudadano, de los Candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa de los

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Distritos Locales Electorales correspondientes al Distrito I con cabecera en San Luis Rio Colorado, IV Distrito con Cabecera en Nogales Norte, V Distrito con Cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con Cabecera en Cananea, VII Distrito con Cabecera en Agua Prieta, IX Distrito con Cabecera en Hermosillo Centro, X Distrito con Cabecera en Hermosillo Noreste, XI Distrito con Cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con Cabecera en Hermosillo Sur, XIII Distrito con Cabecera en Guaymas, XIV Distrito con Cabecera en Empalme, XV Distrito con Cabecera en Obregón Sur, XVI Distrito con Cabecera en Obregón Sureste, XVII Distrito con Cabecera en Obregón Centro, XVIII Distrito con Cabecera en Obregón Norte, XIX Distrito con Cabecera en Navojoa Norte, XX Distrito con Cabecera Etchojoa, para la elección que se llevará a cabo el día primero de julio de dos mil doce” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

I San Luis Rio Colorado Juan Manuel García López Propietario Masculino

Gaspar Sotelo Girón Suplente Masculino

5.- Con fecha 31 de Mayo del 2012, el C. Juan Manuel García López presentó escrito de renuncia a su Candidatura a Diputado Local Propietario por el Principio de Mayoría Relativa por el Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, manifestando su interés en renunciar, presentando la renuncia dirigida a su Partido, mismo que fue remitido a este Consejo y recibido en la Oficialía de Partes de este Consejo. 6.- El día 31 de Mayo del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. Francisco Soto García, Coordinador Estatal del Partido Movimiento Ciudadano, solicitando la sustitución de candidato de la formula a Diputados Local Propietario por el principio de mayoría relativa por el Distrito I con Cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, en virtud de la renuncia del Candidato Diputado Local propietario previamente registrado. 7.- Mediante Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia presentada por el candidato a Diputado Local propietario por el principio de mayoría relativa por el Distrito I, con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora.

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C O N S I D E R A N D O I.- El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- De acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Mediante Acuerdo número 82 “Sobre Resolución a la solicitud de registro presentada por el Partido Movimiento Ciudadano, de los Candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa de los Distritos Locales Electorales correspondientes al Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, IV Distrito con Cabecera en Nogales Norte, V Distrito con Cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con Cabecera en Cananea, VII Distrito con Cabecera en Agua Prieta, IX Distrito con Cabecera en Hermosillo Centro, X

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Distrito con Cabecera en Hermosillo Noreste, XI Distrito con Cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con Cabecera en Hermosillo Sur, XIII Distrito con Cabecera en Guaymas, XIV Distrito con Cabecera en Empalme, XV Distrito con Cabecera en Obregón Sur, XVI Distrito con Cabecera en Obregón Sureste, XVII Distrito con Cabecera en Obregón Centro, XVIII Distrito con Cabecera en Obregón Norte, XIX Distrito con Cabecera en Navojoa Norte, XX Distrito con Cabecera Etchojoa, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, quedando integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

I San Luis Río Colorado Juan Manuel García López Propietario Masculino

Gaspar Sotelo Girón Suplente Masculino

V.- El día 31 de Mayo del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. Francisco Soto García en su carácter de Coordinador Estatal del Partido Movimiento Ciudadano, solicitando el registro del C. José Alfredo Ayala Chávez como Candidato a Diputado local Propietario por el Principio de Mayoría Relativa en el Distrito número I con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, presentada por el Partido Movimiento Ciudadano para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce. VI.- En virtud de la renuncia señalada en el punto 5 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce por este Consejo en el cual acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de San Luis Río Colorado, Sonora, así como la renuncia presentada por el candidato a Diputado Local Propietario por el principio de mayoría relativa por el Distrito I, con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora. VII.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en el punto anterior por haber sido presentadas las mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado de Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando V antes citado, la formula a Diputado Local Propietario y su Suplente por el principio de mayoría relativa por el Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, quedará integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

I San Luis Rio Colorado José Alfredo Ayala Chávez Propietario Masculino

Gaspar Sotelo Girón Suplente Masculino

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VIII.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro y de sustitución, así como de la documentación que se anexa a la solicitud de sustitución del candidato a Diputado Local Propietario ante señalado, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud de sustitución fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: el nombre, apellido, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de la credencial con fotografía para votar del candidato; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que lo postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad del candidato sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato. b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio de San Luis Río Colorado, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. e)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. f)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana del candidato. g). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

IX.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución en el registro de candidato que integra la formula de Diputado Local propietario por el principio de mayoría relativa por el Distrito I, con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el C.

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Francisco Soto García en su carácter de Coordinador Estatal del Partido Movimiento Ciudadano, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato a Diputado Local Propietario por el Principio de mayoría Relativa por el Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. X.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203 y 207 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato para integrar la formula de candidato a Diputado Local Propietario por el principio de Mayoría Relativa por el Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Partido Movimiento Ciudadano, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya fórmula quedará integrada en los términos señalados en el considerando VII del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídase la constancia de registro correspondiente. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Distrital Electoral I de San Luis Río Colorado, Sonora para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre del candidato a Diputado Local Propietario por el Principio de Mayoría Relativa por el Distrito I con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo

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234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 143 RESOLUCION SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATO A DIPUTADO PROPIETARIO DE LA FORMULA DE DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO X CON CABECERA EN HERMOSILLO, SONORA PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA EN CANDIDATURA COMÚN CON EL PARTIDO DEL TRABAJO, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR LA CANDIDATA PREVIAMENTE REGISTRADA.

A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintitrés horas con diez minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el C. JOSÉ RENÉ NORIEGA GÓMEZ, en su carácter de Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual solicita el registro de la Fórmula de Diputado Local Propietario y Suplente para el Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012.

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3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora. 4.- El día veinticinco de Abril de 2012, a diversas horas, se recibieron escritos originales y anexos presentados por los CC. JOSE RENE NORIEGA GOMEZ, en su carácter de Presidente Estatal del Partido de la Revolución Democrática y JAIME MORENO BERRY en su carácter de Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo en Sonora, mediante los cuales solicita el registro de los candidatos que integran la fórmula de Diputados Locales por el principio de mayoría relativa de los once Distritos Electorales referidos en el Acuerdo señalado en el punto siguiente. 5.- Mediante Acuerdo número 80 “Sobre resolución a la solicitud de registro presentada por los partidos políticos de la Revolución Democrática y del Trabajo, de los candidatos que integran las fórmulas de diputados por el principio de mayoría relativa de los distritos locales electorales correspondientes al I Distrito con cabecera en San Luis Rio Colorado, IV Distrito con cabecera en Nogales Norte, VII Distrito Con Cabecera En Agua Prieta, IX Distrito con cabecera en Hermosillo Centro, X Distrito con cabecera en Hermosillo Noreste, XIII Distrito con cabecera en Guaymas, XIV Distrito con cabecera en Empalme, XV Distrito con cabecera en Ciudad Obregón Sur, XVIII Distrito con cabecera en Ciudad Obregón Norte, XIX Distrito con cabecera en Navojoa Norte y XX Distrito con cabecera en Etchojoa, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, en la cual se acordó aprobar la fórmula de candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

6.- Con fecha 06 de Junio del 2012, la C. ROSA NELLY ARVIZU IBARRA presentó escrito de renuncia a su Candidatura a Diputado Local Propietario por el Principio de Mayoría Relativa por el Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste, manifestando su interés en renunciar, y presentando la renuncia dirigida a su Partido, misma que fue remitida a este Consejo y recibida en la Oficialía de Partes de este Consejo. 7.- El día 06 de Junio del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

X Hermosillo Noreste Rosa Nelly Arvizu Ibarra Propietaria Femenino

X Hermosillo Noreste María Luz Barraza Arellanes Suplente Femenino

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solicitando la sustitución de candidato de la fórmula a Diputado Local Propietario por el principio de mayoría relativa por el Distrito X con Cabecera en Hermosillo Noreste, en virtud de la renuncia de la Candidata Diputado local propietaria previamente registrada. 8.- Mediante Auto de fecha seis de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia presentada por la candidata a Diputada Local propietaria por el principio de mayoría relativa por el Distrito X, con cabecera, en Hermosillo Noreste.

C O N S I D E R A N D O

I.- El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- De acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la

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fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Mediante Acuerdo número 80 “Sobre resolución a la solicitud de registro presentada por los partidos políticos de la Revolución Democrática y del Trabajo, de los candidatos que integran las fórmulas de diputados por el principio de mayoría relativa de los distritos locales electorales correspondientes al I Distrito con cabecera en San Luis Rio Colorado, IV Distrito con cabecera en Nogales Norte, VII Distrito Con Cabecera En Agua Prieta, IX Distrito con cabecera en Hermosillo Centro, X Distrito con cabecera en Hermosillo Noreste, XIII Distrito con cabecera en Guaymas, XIV Distrito con cabecera en Empalme, XV Distrito con cabecera en Ciudad Obregón Sur, XVIII Distrito con cabecera en Ciudad Obregón Norte, XIX Distrito con cabecera en Navojoa Norte y XX Distrito con cabecera en Etchojoa, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, cuya fórmula para el Distrito X, quedó integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

X Hermosillo Noreste Rosa Nelly Arvizu Ibarra Propietaria Femenino

X Hermosillo Noreste María Luz Barraza Arellanes Suplente Femenino

V.- El día seis de Junio del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez en su carácter de Presidente Estatal del Partido de la Revolución Democrática, solicitando el registro de la C. SANDRA LUZ BUSTAMENTE MACHADO como Candidata a Diputada local Propietaria por el Principio de Mayoría Relativa en el Distrito número X con cabecera en Hermosillo Noreste, presentada por el Partido de la Revolución Democrática para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce. VI.- En virtud de la renuncia señalada en el punto 6 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha seis de Junio del año dos mil doce por este Consejo en el cual acuerda aceptar la renuncia de la candidata para el cargo de elección popular como Diputado Propietaria en el Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste. VII.- En virtud de haber sido acordada la renuncia señalada en el punto anterior por haber sido presentada la misma dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado de Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando V antes citado, la formula a Diputado Local Propietario y su Suplente por el principio de mayoría relativa por el Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste, quedará integrada de la siguiente manera:

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DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

X Hermosillo Noreste Sandra Luz Bustamante Machado Propietaria Femenino

X Hermosillo Noreste María de la Luz Ibarra Arellanes Suplente Femenino

VIII.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro y de sustitución, así como de la documentación que se anexa a la solicitud de sustitución del candidato a Diputado Local Propietario ante señalado, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud de sustitución fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: el nombre, apellido, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de la credencial con fotografía para votar del candidato; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que lo postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad del candidato sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato.

b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del

Ayuntamiento del municipio de Hermosillo, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. e)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. f)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana

del candidato. g). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la

Procuraduría General de Justicia del Estado.

IX.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución en el registro de candidato que integra en la formula al Diputado Local propietario por el principio de mayoría

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relativa por el Distrito X, con cabecera en Hermosillo Noreste para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato a Diputado Local Propietario por el Principio de mayoría Relativa por el Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. X.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203 y 207 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato a Diputado Propietario de la formula a Diputado por el principio de Mayoría Relativa por el Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática y registrada en candidatura común con el Partido del Trabajo, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya fórmula quedará integrada en los términos señalados en el considerando VII del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídanse por duplicado las constancias de registro correspondientes. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Distrital Electoral X Hermosillo Noreste para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre de la candidata a Diputada Local Propietario por el Principio de Mayoría Relativa por el Distrito X con cabecera en Hermosillo Noreste, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

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QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 148

RESOLUCION SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATO A DIPUTADO PROPIETARIO DE LA FORMULA A DIPUTADO POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO XVI CON CABECERA EN OBREGON SURESTE, SOLICITADA POR EL PARTIDO DEL TRABAJO, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR EL CANDIDATO PREVIAMENTE REGISTRADO.

A N T E C E D E N T E S

1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintiún horas con cincuenta y siete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el C. Jaime Moreno Berry, en su carácter de Comisionado Nacional del Partido Trabajo, mediante el cual solicita el registro de la Formula de Diputado Local Propietario y Suplente para el Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012.

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3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora. 4.- Mediante Acuerdo número 79 “Fórmulas de Diputados por el principio de mayoría relativa de los Distritos Locales Electorales correspondientes al III Distrito con Cabecera en Caborca, V Distrito con Cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con Cabecera en Cananea, XI Distrito con Cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito con cabecera en Obregón Sureste y XVII Distrito con Cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce.” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, Sonora, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

XVI Obregón Sureste Graciela Guadalupe González Valverde Propietaria Femenino

Jessica Katherine Carrillo Isais Suplente Femenino

5.- Con fecha 27 de Abril del 2012, la C. Graciela Guadalupe González presentó escrito de renuncia a su Candidatura a Diputado Local Propietario por el Principio de Mayoría Relativa por el Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, Sonora, manifestando su interés en renunciar, presentando la renuncia dirigida a su Partido, mismo que fue remitido a este Consejo y recibido en la Oficialía de Partes de este Consejo. 6.- El día 27 de Abril del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. Jaime Moreno Berry, Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo, solicitando la sustitución de candidato a Diputados Propietario de la formula de Diputados por el principio de mayoría relativa por el Distrito XVI con Cabecera en Obregón Sureste, Sonora, en virtud de la renuncia del Candidato Diputado Local propietario previamente registrado. 7.- Mediante Auto de fecha siete de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia presentada por el candidato a Diputado Local propietario por el principio de mayoría relativa por el Distrito XVI, con cabecera en Obregón Sureste, Sonora.

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C O N S I D E R A N D O I.- Que el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Que los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- Que de acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Que mediante Acuerdo número 79 “Fórmulas de Diputados por el principio de mayoría relativa de los Distritos Locales Electorales correspondientes al III Distrito con Cabecera en Caborca, V Distrito con Cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con Cabecera en Cananea, XI Distrito con Cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito con cabecera en Obregón Sureste y XVII Distrito con Cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce.”

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aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce” aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, quedando integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

XVI Obregón Sureste Graciela Guadalupe González Valverde Propietaria Femenino

Jessica Katherine Carrillo Isais Suplente Femenino

V.- Que el día 27 de Abril del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. Jaime Moreno Berry, Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo, solicitando la sustitución de candidato a Diputado Propietario de la formula de Diputados por el principio de mayoría relativa por el Distrito XVI con Cabecera en Obregón Sureste, Sonora, presentada por el Partido del Trabajo para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce, para que sea la C. Nydia Harysia Almazan Rodríguez quien sea postulada como candidata a Diputada Propietario de dicha fórmula. VI.- Que en virtud de la renuncia señalada en el punto 5 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha siete de Junio del año dos mil doce por este Consejo en el cual acuerda aceptar la renuncia de los candidatos para cargos de elección popular para el Ayuntamiento de Obregón, Sonora, así como la renuncia presentada por la candidata a Diputado Propietaria por el principio de mayoría relativa por el Distrito XVI, con cabecera en Obregón Sureste, Sonora. VII.- En virtud de haber sido acordadas la renuncia señalada en el punto anterior por haber sido presentada la misma dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado de Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando V antes citado, la formula a Diputado Propietario y su Suplente por el principio de mayoría relativa por el Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, Sonora, se propone quede integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

XVI Obregón Sureste Nydia Harysia Almazán Rodríguez Propietario Femenino

Jessica Katherine Carrillo Isais Suplente Femenino

VIII.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro y de sustitución, así como de la

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documentación que se anexa a la solicitud de sustitución de la candidata a Diputada Local Propietaria ante señalado, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud de sustitución fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: el nombre, apellido, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de la credencial con fotografía para votar del candidato; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que lo postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad del candidato sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato. b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio de Ciudad Obregón, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. e)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. f)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana del candidato. g). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

IX.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución en el registro de candidato Diputado propietario de la formula de Diputado por el principio de mayoría relativa por el Distrito XVI, con cabecera en Obregón Sureste, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el C. Jaime Moreno Berry en su carácter de Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente.

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Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato a Diputado Propietario por el Principio de mayoría Relativa por el Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. X.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato a Diputado Propietario de la formula a Diputados por el principio de Mayoría Relativa por el Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, solicitada por el Partido del Trabajo, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya fórmula quedará integrada en los términos señalados en el considerando VII del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídase la constancia de registro correspondiente. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Distrital Electoral XVI con cabecera en Obregón Sureste, para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público el nombre del candidato a Diputado Propietario de la fórmula a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa por el Distrito XVI con cabecera en Obregón Sureste, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.

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SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

“ACUERDO NÚMERO 152

RESOLUCION SOBRE LA SUSTITUCION DE CANDIDATOS QUE INTEGRAN LA FORMULA DE DIPUTADO LOCAL PROPIETARIO Y SUPLENTE POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL DISTRITO V CON CABECERA EN NOGALES SUR, PARA LA ELECCIÓN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL DOCE, SOLICITADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRÁTICA, EN VIRTUD DE LA RENUNCIA AL CARGO PRESENTADA POR LOS CANDIDATOS PREVIAMENTE REGISTRADOS.

A N T E C E D E N T E S 1.- El día 07 de Octubre de 2011, se llevó a cabo sesión extraordinaria donde se dio inicio del proceso electoral local 2011-2012 donde se renovará el Poder Legislativo, así como los ayuntamientos del estado. 2.- El día 25 de Abril de 2012, a las veintiún horas con cincuenta y siete minutos, se recibió escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, Presidente Estatal del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual solicita el registro de la Formula de Diputado Local Propietario y Suplente para el Distrito V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012. 3.- La solicitud de registro de mérito, fue presentada dentro del plazo comprendido del 11 al 25 de Abril del presente año, el cual se encuentra previsto en el artículo 196 del Código Electoral para el Estado de Sonora.

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4.- Mediante Acuerdo número 81 “Sobre resolución a la solicitud de registro presentada por el Partido de la Revolución Democrática, de los candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el principio de Mayoría Relativa de los Distritos Locales Electorales correspondientes al V Distrito con cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con cabecera en Cananea, XI Distrito con cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito Con Cabecera en Obregón Sureste y XVII Distrito con cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce”, aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

V Nogales Sur Antonio Guzmán Cárdenas Propietario Masculino

Francisco Javier de los Reyes Dennis Suplente Masculino

5.- Mediante Acuerdo número 79 “Sobre Resolución a la solicitud de Registro presentada por el Partido del Trabajo, de los Candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa de los Distritos Locales Electorales correspondientes al III Distrito con cabecera en Caborca, V Distrito con Cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con Cabecera en Cananea, XI Distrito con cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito con cabecera en Obregón Sureste Y XVII Distrito con cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce”, aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

V Nogales Sur Carlos David Valenzuela Velásquez

Propietario Masculino

Teodoro Valdez Cota Suplente Masculino

6.- Con fecha 17 de Mayo de 2012, renunciaron a su Candidatura los CC. Antonio Guzmán Cárdenas, Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; y Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, presentando la renuncia dirigida a su Partido, mismo que fue remitido a este Consejo y recibido en la Oficialía de Partes de este Consejo.

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7.- Mediante Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos C.C. Antonio Guzmán Cárdenas, Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, ambos presentados por el Partido de la Revolución Democrática. 8.- El día 07 de Junio del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Sonora, solicitando la sustitución de candidato de la formula a Diputados Local Propietario y Suplente por el principio de mayoría relativa por el Distrito V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, en virtud de la renuncia de los Candidatos Diputados Locales propietario y suplente previamente registrado.

C O N S I D E R A N D O I.- Que el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los partidos políticos son entidades de interés público y como partidos políticos nacionales, tendrán derecho a participar en las elecciones estatales y municipales y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación popular y, como organizaciones de ciudadanos hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, mediante el sufragio. II.- Que los partidos políticos nacionales podrán participar en las elecciones ordinarias y extraordinarias, y gozarán de los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas, incluido el financiamiento público de que gozan los partidos estatales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69 y 70 del Código Electoral para el Estado de Sonora. Uno de esos derechos es el que se refiere al registro de candidatos a los diversos cargos de elección de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos, según lo disponen los artículos 19 fracción III y 200 primer párrafo, del mismo ordenamiento. III.- Que de acuerdo con lo que establece el artículo 155 del Código Electoral para el Estado de Sonora, el proceso se inicia en el mes de Octubre del año anterior al de la elección ordinaria y concluye en el mes de Agosto del año de la elección, por lo que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 96, en sesión celebrada el 07 de Octubre de 2011, se declaró formalmente el inicio del

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proceso electoral ordinario 2011-2012, para la renovación de los integrantes del Poder Legislativo y Ayuntamientos del Estado. El proceso comprende tres etapas, entre ellas la preparatoria de la elección y esta a su vez, comprende entre otras la del registro de candidatos a planillas de Ayuntamientos y fórmulas de Candidatos a Diputados por el principio de Mayoría relativa y de representación proporcional, tal y como lo disponen expresamente la fracción I del primero de los artículos antes invocados, así como la fracción VI del diverso numeral 156. IV.- Que mediante Acuerdo número 81 “Sobre resolución a la solicitud de registro presentada por el Partido de la Revolución Democrática, de los candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el principio de Mayoría Relativa de los Distritos Locales Electorales correspondientes al V Distrito con cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con cabecera en Cananea, XI Distrito con cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito Con Cabecera en Obregón Sureste y XVII Distrito con cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce”, aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, quedando integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

V Nogales Sur Antonio Guzmán Cárdenas Propietario Masculino

Francisco Javier de los Reyes Dennis Suplente Masculino

V.- Mediante Acuerdo número 79 “Sobre Resolución a la solicitud de Registro presentada por el Partido del Trabajo, de los Candidatos que integran las fórmulas de Diputados por el Principio de Mayoría Relativa de los Distritos Locales Electorales correspondientes al III Distrito con cabecera en Caborca, V Distrito con Cabecera en Nogales Sur, VI Distrito con Cabecera en Cananea, XI Distrito con cabecera en Hermosillo Costa, XII Distrito con cabecera en Hermosillo Sur, XVI Distrito con cabecera en Obregón Sureste Y XVII Distrito con cabecera en Obregón Centro, para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce”, aprobada por el Pleno de este Consejo con fecha 29 de Abril del presente año, se acordó aprobar la fórmula de Candidatos a Diputado Propietario y Suplente de los Distritos ahí mencionados, dentro de los cuales se encuentra la fórmula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, la cual quedó integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

V Nogales Sur Carlos David Valenzuela Velásquez

Propietario Masculino

Teodoro Valdez Cota Suplente Masculino

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VI.- Con fecha 17 de Mayo de 2012, renunciaron a su Candidatura los CC. Antonio Guzmán Cárdenas, Candidato a Diputado Propietario en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur; y Francisco Javier de los Reyes Dennis, Candidato a Diputado Suplente en la Formula del Distrito V con cabecera en Nogales Sur, presentando la renuncia dirigida a su Partido, mismo que fue remitido a este Consejo y recibido en la Oficialía de Partes de este Consejo. VII.- En 31 de Mayo del 2012 se recibió en la oficialía de partes de este Consejo Estatal Electoral, escrito y anexos presentados por el C. José René Noriega Gómez, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Sonora, solicitando el registro del C. Carlos David Valenzuela Velásquez como Candidato a Diputado local Propietario por el Principio de Mayoría Relativa en el Distrito número V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, así como al C. Teodoro Valdez Cota, como Candidato a Diputado local Suplente por el Principio de Mayoría Relativa en el Distrito número V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, presentada por el Partido de la Revolución Democrática en Sonora para la elección que se llevará a cabo el día primero de Julio de dos mil doce. VIII.- En virtud de la renuncia señalada en el punto 8 de los antecedentes, se emitió Auto de fecha tres de Junio del año dos mil doce, este Consejo acuerda aceptar la renuncia de los candidatos a Diputado Propietario Y Suplente en la Formula del Distrito V Con cabecera en Nogales Sur, ambos presentados por el Partido de la Revolución Democrática. IX.- En virtud de haber sido acordadas las renuncias señaladas en el punto anterior por haber sido presentadas las mismas dentro de los plazos señalados en el artículo 207 del Código Electoral para el Estado de Sonora, y de la solicitud de sustitución planteada en el considerando V antes citado, la formula a Diputado Local Propietario y su Suplente por el principio de mayoría relativa por el Distrito V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, quedará integrada de la siguiente manera:

DISTRITO CABECERA NOMBRE CARACTER GENERO

V Nogales Sur Carlos David Valenzuela Velásquez

Propietario Masculino

Teodoro Valdez Cota Suplente Masculino

X.- Determinado lo anterior, tenemos que una vez realizado el estudio y análisis de la solicitud de registro y de sustitución, así como de la documentación que se anexa a las solicitudes de sustituciones de los candidatos a Diputado Local Propietario y Suplente antes señalados, se advierte el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en los artículos 197 fracción II, 199, 200, 201, 202 y 203 del Código Electoral para el Estado de

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Sonora, así como los de elegibilidad que exige el artículo 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. En efecto, la solicitud de sustitución fue presentada ante este Consejo Estatal Electoral, y además contiene en relación anexa: el nombre, apellido, identificación del candidato, edad, lugar de nacimiento, domicilio, número y folio de la credencial con fotografía para votar del candidato; estado civil, cargo para el que se postula, denominación del partido, alianza o coalición que lo postula; escrito firmado bajo protesta de decir verdad del candidato sobre su nacionalidad y aceptación de candidatura; y la firma del Presidente del Comité Directivo Estatal del partido postulante. Por otra parte, a la solicitud de mérito se acompaña además, la documentación a que se refieren los artículos 201 y 202 del Código Electoral para el Estado de Sonora, que son:

a)- Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial con fotografía para votar del candidato. b)- Constancia de residencia del candidato, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del municipio de Nogales, Sonora. c)- Examen toxicológico del candidato. d)- La declaración de aceptación de la candidatura del candidato. e)- Escrito firmado bajo protesta de decir verdad, sobre la nacionalidad mexicana del candidato. f). Constancia de no antecedentes penales del candidato, extendida por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

XI.- En atención a los motivos y fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, es procedente aprobar la sustitución en el registro de candidato que integra la formula de Diputado Local propietario y suplente por el principio de mayoría relativa por el Distrito V, con cabecera en Nogales Sur, Sonora para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el C. José René Noriega Gómez, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática en Sonora, y como consecuencia expedir la constancia de registro correspondiente. Por otra parte, en cumplimiento de lo que establece el artículo 208, deberá hacerse del conocimiento público el nombre del candidato a Diputado Local

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Propietario por el Principio de mayoría Relativa por el Distrito V con cabecera en Nogales Sur, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del Consejo Estatal Electoral y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. XII.- Por lo anteriormente expuesto y fundado, 116 fracción IV, incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2 y 22 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Sonora; artículo 19 fracción III, 98 fracciones III, XXXI y XLV, 155 fracción I, 156 fracción VI, 200, 201, 202, 203, 207 y 208 del Código Electoral para el Estado de Sonora; el Pleno de este Consejo, ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba la solicitud de sustitución del candidato para integrar la formula de candidato a Diputado Local Propietario por el principio de Mayoría Relativa por el Distrito V con cabecera en Nogales Sur, para la elección que se llevará a cabo el 01 de Julio de 2012, solicitada por el Partido de la Revolución Democrática en Sonora, en virtud de la renuncia al cargo presentada por el candidato previamente registrado, cuya fórmula quedará integrada en los términos señalados en el considerando IX del presente Acuerdo. SEGUNDO.- Como consecuencia, expídase la constancia de registro correspondiente. TERCERO.- Comuníquese de inmediato al Consejo Distrital Electoral V de Nogales Sur, Sonora para los efectos legales conducentes. CUARTO.- Hágase del conocimiento público los nombres de los candidatos a Diputado Local Propietario y Suplente por el Principio de Mayoría Relativa por el Distrito V con cabecera en Nogales Sur, Sonora, cuyo registro se aprueba, mediante publicación que se fije en los Estrados de este Consejo, en la página de Internet del mismo y en su oportunidad, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. QUINTO.- Dese vista a la Comisión Ordinaria de Organización y Capacitación Electoral para que tome los acuerdos correspondientes con relación al artículo 234 último párrafo del Código Electoral para el Estado de Sonora, así mismo se instruye a la Dirección de Organización y Logística Electoral, para que tomen las medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.

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SEXTO.- Notifíquese a los partidos políticos que no hubiesen asistido a la sesión para todos los efectos legales correspondientes. SÉPTIMO.- Se autoriza al personal de la Unidad de Oficiales Notificadores de este Consejo realice las notificaciones ordenadas en el presente Acuerdo. Así lo acordó por unanimidad de votos, el Pleno del Consejo Estatal Electoral en sesión ordinaria celebrada el día diez de Junio de dos mil doce y firman para constancia los Consejeros que intervinieron, ante la Secretaría que autoriza y da fe.- CONSTE”.(Seis firmas ilegibles)

CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- En desahogo

al punto número 15 del Orden del Día, solicito a la Secretaría, dar lectura a la Cuenta de Peticiones y Consultas. SECRETARIA.- La Cuenta de Peticiones y Consultas fue circulada a los Consejeros Electorales y Comisionados de los Partidos Políticos junto con la Convocatoria y al inicio de la presente Sesión, se solicitó la dispensa de la lectura, la cual fue aprobada por este Pleno. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tienen el uso de la voz los compañeros Consejeros, así como los Comisionados de los Partidos Políticos, pos si desean hacer alguna observación a la cuenta de peticiones y consultas. No habiendo ninguna observación pasemos al punto número 16 del Orden del Día, para su desahogo, solicito a la Secretaría, dar cuenta de los recursos interpuestos. SECRETARIA.- La Cuenta de los recursos interpuestos fue circulada a los Consejeros Electorales y Comisionados de los Partidos Políticos junto con la Convocatoria y al inicio de la presente Sesión, se solicitó la dispensa de la lectura, la cual fue aprobada por este Pleno.

CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tienen el uso de la voz los compañeros Consejeros, así como los Comisionados de los Partidos Políticos, por si desean hacer alguna observación a la cuenta de recursos interpuestos. Si no hay observaciones, continuaremos con el desahogo del Orden del Día, en lo referente al punto número 17 que corresponde a Asuntos Generales,

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para lo cual tienen el uso de la voz los Consejeros Electorales y Comisionados de los Partidos Políticos, por si consideran pertinente o conveniente someter a consideración de este órgano en asuntos generales, las circunstancias que ustedes así lo estimen, en caso de ser así, deberán indicar el tema correspondiente. En este punto se agregaron dos proyectos de acuerdo, los cuales se circularon en esta sesión, los cuales ya fueron aprobados por el Pleno de este Consejo. Adelante Comisionado. COMISIONADO DE LA ALIANZA “POR UN MEJOR SONORA”.- Consejeros, como lo había expresado al inicio de esta Sesión, hay dos

eventos fundamentales que hace falta que este Consejo desarrolle y finiquite y son los que expongo ante ustedes y también obviamente ante los demás presentes. Ambos tienen que ver con los espacios de legalidad que este Consejo Estatal Electoral debe de cubrir de manera fehaciente, clara y precisa, tiene que ser un acto protocolario, donde los representantes de los partidos y ustedes como consejeros ante Notario Público, verifiquemos ya el diseño final o el proyecto final de las boletas de votación con aquellos cambios que han sido solicitados, consensados y acordados dentro de la Comisión que bien preside la Licenciada Sara Blanco, esto para nosotros es sumamente importante en función que hemos dado ya los nombres y los apelativos correspondientes que la ley nos permite y las jurisprudencias nos permiten impulsar hacia la boleta de votación hoy he revisado de manera económica con el jurídico y nos hemos encontrado algunas circunstancias que para nosotros no son claras y digo el ejemplo preciso, nuestro candidato en el Municipio de Hermosillo, nosotros hemos pedido y así quedó asentado en el Acta dentro de la sesión correspondiente a la Comisión que el apelativo fuera “MALORO ACOSTA” y ahorita que lo vemos de manera económica vuelve a aparecer nada más “MALORO”, entonces, este nada más como ejemplo, porque los vimos ahorita de manera rápida con el Jurídico, pero ya en el aspecto integral de la legalidad que debemos cubrir es que debemos hacer este acto protocolario la ley nos obliga hasta diez días antes para mandar a la empresa que va a hacer la impresión de las boletas, dar a la

empresa los diseños definitivos, ¿por qué razón? Porque pudiese existir en estos días que anteceden a los diez, algunas sustituciones hasta de regidores propietarios y suplentes o demás como lo hemos visto en esta Sesión de sustituciones de candidatos, ese es el primer asunto y punto general que solicitamos, ya lo hemos hecho de manera formal en este día y el segundo punto que también viene relatado acá, es inmediatamente después de ello, de que quede consensado y acordado ya el proyecto

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definitivo de boletas de votación y la papelería en general del proceso electoral local, debemos de tener también un acto protocolario donde de igual manera exista un Notario Público, donde se entregue ya estos proyectos definitivos a la empresa que imprimirá las boletas de votación y la papelería electoral en general ¿por qué razón? con Notario Público deben quedar resguardados por este Órgano Electoral los códigos de seguridad deben de quedar en sobre lacrado, deben de quedar perfectamente custodiados, deben de quedar perfectamente validados por fe pública para que si se presentase algún incidente como ya lo mencionábamos que existiera una clonación o algún incidente con la papelería con esta fe pública y con esta actividad del notario se puedan verificar ambos eventos, no han sido ajenos a este Instituto, han sido desarrollados en otros procesos

electorales anteriores, y evidentemente nosotros pedimos de la mejor manera que se cubran estos apartados de la legalidad porque sería incomprensible entendiendo en este sistema donde estamos sujetos a la norma legal, que se enviasen como ya se maneja en el nivel económico que se enviase en este momento a imprimir boletas de votación y específicamente en la ciudad de Hermosillo, sin que los Consejeros y Comisionados de los Partidos Políticos, hayamos visto el diseño final de los mismos, obviamente eso pondría en entredicho al órgano electoral y sin duda a aquellos partidos, entre ellos el nuestro o a los nuestros yo represento al PRI y al Verde en Alianza quedaríamos al uso de los medios de impugnación que nos da la Ley porque evidentemente cualquier error fuera de dedo o de diseño lastimaría, si fuese en el sentido de nuestro candidato o si fuese obviamente a favor del candidato opositor nuestro, evidentemente generaría suspicacias y llevaría a algún apartado inequitativo en la contienda que hoy se desarrolla. Esos son los dos puntos en específico los dos actos que solicitamos que se debata al interior de esta Sesión y evidentemente escuchar sus argumentos y consensos que al tema lleguen ustedes. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Se le concede el uso de la voz a la Consejera Licenciada Sara Blanco Moreno. CONSEJERA LICENCIADA SARA BLANCO MORENO.-Efectivamente

Comisionado, tiene Usted toda la razón en esa inquietud en esa serie de detalles, estamos considerándolos, atendiéndolos y sabemos de antemano que tenemos el pendiente de aprobar en lo particular las boletas, quiero decirle Comisionado y a todos los Comisionados de los Partidos Políticos y a los Consejeros ellos tienen conocimiento, no escapa de nosotros atender en lo particular las boletas, yo me comprometo con Ustedes de hacerles el día de mañana una invitación y a la mayor brevedad posible atender este

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asunto, con la relevancia, pero créame Comisionado que no hemos olvidado estos detalles y es mucha relevancia e importancia y de seguridad para Ustedes y de la única forma que podemos garantizar nosotros para que Ustedes estén tranquilos que las boletas son las indicadas y todas esas pruebas que Usted acaba de mencionar, efectivamente, yo el día mañana les voy hacer llegar una invitación, y de manera muy minuciosa y en lo particular revisar las boletas electorales. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tiene el uso de la voz, el Comisionado del Partido del Trabajo. COMISIONADO DEL PARTIDO DEL TRABAJO.- Únicamente para

hacerle una pregunta al Comisionado de la Alianza, más que al Consejo, Ustedes respetarían lo que se acuerde en esa reunión, porque hemos celebrado algunas reuniones y hemos celebrado algunos acuerdos entre Partidos Políticos y Consejeros Electorales, y aquí se plasma lo que Ustedes manifiestan y se toma en cuenta lo que Ustedes dicen, y quiero decirle que no es un representante, sino que son 3, y han desatado una campaña negra, en contra de este Consejo, por los acuerdos que Ustedes mismos han tomado dentro de las reuniones, y no se vale, no se vale venir aquí y decir el Consejo no está tomando las medidas necesarias en cuestión de seguridad, el acto protocolario no lo podían haber hecho, toda vez, que aun se están acordando las sustituciones, y sería muy grave que lo hubieren hecho con anterioridad, pero lo que sí es preocupante es que a los acuerdos que se llegan en las reuniones, los mismos de la Alianza, traigan una campaña negra de desprestigio, que si los Debates son hechos a la medida de un Candidato o de algún Partido, discúlpenme, pero Ustedes fueron los sastres, y si a alguien se ha tomado en cuenta ha sido a Ustedes, pero lo que si yo quisiera saber, si en esta ocasión por qué será en frente de un Notario, si van a respetar lo que ahí se acuerde. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Tiene el uso de la voz, la Consejera María del Carmen Arvizu Bórquez.

CONSEJERA LICENCIADA MARÍA DEL CARMEN ARVIZU BÓRQUEZ.- Sólo para precisar, sobre el comentario que hizo el Comisionado de la Alianza PRI y VERDE, que en efecto hubo una reunión previa a esta sesión, donde se vieron y se plasmaron como querían que se les llamara a sus Candidatos, todos los Comisionados estuvieron en la reunión junto con nosotros los Consejeros y en esa misma, se tomaron todas las observaciones y estamos por acordar esas observaciones que se hicieron y

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con todo gusto como Ustedes lo solicitaron y si previamente lo hacen por escrito, se va acordar. CONSEJERO LICENCIADO FRACISCO CÓRDOVA ROMERO.- Independientemente, de lo que expresaron mis compañeros, ahorita acabamos de aprobar trece sustituciones, y en ninguna de ellas viene alguna propuesta de sobrenombre, es un aspecto muy importante que toma en cuenta a los Comisionados, porque si mañana, va a citar la Comisión de Capacitación, pues que digan de una vez, por qué no podemos estar atrasando esto, porque el proceso está encima, ahora, la formalidad sabemos que tenemos que dar, pero entre más pronto mejor, a los Comisionados de los Partidos Políticos los exhorto, si alguien tiene la

intención, si alguien de los trece que han cambiado, para que de una vez se acerquen a la Licenciada Sara Blanco, que es la Presidente de la Comisión y es cierto es una Comisión muy respetuosa y que trae mucha responsabilidad y sugiero que en esa Comisión, este presente la Secretaria del Consejo, porque es la que da fe, yo no necesito un Notario Público externo, pues ella tiene fe y le tenemos que tener confianza para que actué, como debe actuar y ya el aspecto formal para cuando entre a Pleno ya esté bien estudiado y documentado, esa es mi opinión. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- Antes de cederle el uso de la voz, al Comisionado de la Alianza “Por un Mejor Sonora”, sí le voy a suplicar que no se vuelva una polémica estéril y se concreten, ya que la Consejera Sara Blanco, propuso una alternativa, por tal motivo, se está buscando una solución, adelante Comisionado. COMISIONADO DE LA ALIANZA “POR UN MEJOR SONORA”.- Sí, Consejero Presidente, sólo por la alusión personal voy a atender a nuestro amigo aquí, sexto Consejero, su pregunta específica fue si respetaríamos el caso nuestro de la Alianza, los acuerdos, lo que yo expresé y lamento que la confusión de su vida también se venga a esta sala, a esta sesión, está muy claramente definido en cuanto a los actos que se piden y en cuanto al respeto, ya es una respuesta directa a Usted Comisionado, los que han

incumplido lo que nosotros hemos solicitado en esa sesión que Usted también estuvo presente, como los otros Comisionados, en la Comisión de Organización y Capacitación Electoral es precisamente este órgano Electoral, y aquí tengo el acta de cinco de Junio, me la recibió la Licenciada Sara Blanco Moreno, y en ella quedó, específicamente, yo mencione el caso de Hermosillo, y dice, Hermosillo debe decir “MALORO ACOSTA”, en la boleta, que fue puesta a nuestra vista de manera económica por el Jurídico, vuelve

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a aparecer “MALORO”, cuando ya había sido la sustitución, por “MALORO ACOSTA”, entonces, el incumplimiento no es nuestro, y hasta ahí me quedo por la petición formal y clara del Presidente, y en cuanto al otro tema, me remito a su palabra, yo estoy seguro y consiente, porque siempre se ha cumplido a excepción de esta acta del cinco de Junio de 2012, ante firmada creo que es la Secretaria, es el único incumplimiento que nosotros hemos observado, por ello no tengo la menor duda de que cumplirá su palabra. CONSEJERO INGENIERO FERMÍN CHÁVEZ PEÑÚÑURI.- En cuanto al punto número 18 del Orden del Día y habiéndose desahogado todos y cada uno de ellos, les voy a solicitar nos pongamos de pie para dar clausura a esta Sesión Ordinaria del Consejo Estatal Electoral, siendo las dieciocho

horas con cincuenta y cinco minutos del día diez de Junio del año dos mil doce, damos por terminada esta Sesión. Muchas gracias.

Mtro. Francisco Javier Zavala Segura Consejero Presidente

Lic. Marisol Cota Cajigas Consejera Electoral

Ing. Fermín Chávez Peñúñuri Consejero Electoral

Dr. Carlos Limón Verdugo Consejero Electoral

Lic. Francisco Córdova Romero Consejero Electoral

Lic. Leonor Santos Navarro Secretaria