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INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Página 1
AÑO DE LA PROMOCIÒN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO
CLIMÁTICO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS
ASIGNATURA: INTRODUCCIÓN A LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
DOCENTE TUTOR: CPCC. ELADIO GERMÁN SALINAS ROSALES
CICLO ACADÉMICO: VIII
SEMESTRE: 2014-I
INTEGRANTES DEL GRUPO:
Tadeo Fernández Oliverio
Leiva Valenzuela Nancy
Vargas Valentín Lisbeth
Flores Gavino Amelia
Mayhuay Durand Karla Yoshira
Quispe Vasquez Luz Maria
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ACTITUD DE LA CIUDADANÍA FRENTE AL CONTRABANDO Y
LA EVASIÓN TRIBUTARIA EN NUESTRO PAÍS
INTRODUCCIÓN
El crecimiento económico y desarrollo de los países del mundo en especial el Perú se
viene dando a través de la explotación de sus recursos económicos, teniendo una
particularidad especial cada país, tal es el caso peruano, que durante las últimas décadas,
su crecimiento económico se debió a los precios de los minerales en el mercado
internacional; pero este crecimiento no fue complementado con una economía
sostenible, capaz de poder respaldar y contribuir a la recaudación, originándose una
interrogante ¿qué pasará cuando los precios de los minerales bajen?, esto generará un
gran problema que repercutirá en los demás sectores y habrá un retroceso en la
economía. Para evitar que suceda esto, es necesario comprometer la participación
ciudadana, que tiene el papel protagónico de colaboradora del desarrollo del país, pero
esto no sucede en la realidad hay una gran mayoría de países, tal como el caso peruano
que los ciudadanos no están preparados para cumplir con su rol ante la sociedad, esto es
debido a la falta de cultura tributaria que viene a ser un resumen de la conciencia y la
aplicación de valores que nacen de su identidad propia y de su hogar.
Ante esta carencia, es complementada con el crecimiento desmesurado de factores
siniestros que contrarrestan el desarrollo de todo país como son: la evasión tributaria,
informalidad y la corrupción, hasta cierto punto resulta incontrolable por la autoridades
gubernamentales en especial por las administraciones tributarias; que hacen todo lo
posible para erradicar el evasión y el contrabando aplicando políticas de control y
riesgo, tomando ciertas medidas sancionatorias, pero una gran mayoría de la ciudadanía
no colabora, siendo muy difícil de hacerles cambiar de parecer.
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EVASIÓN TRIBUTARIA.
La Evasión Tributaria es definida por Jorge Cosulich11”como la falta de cumplimiento
de sus obligaciones por parte de los contribuyentes. Esa falta de cumplimiento puede
derivar en pérdida efectiva de ingreso para el Fisco o no. Es evidente que ambas
implican una modalidad de evasión, aun cuando con efectos diferentes”.
La clasificación de la evasión que se emplea comúnmente es la de evasión y elusión o
evitación. En el caso de evasión es cuando se violan las normas jurídicas establecidas,
en tanto que elusión es cuando se elude el cumplimiento de las obligaciones acudiendo
a medios lícitos, generalmente, la elusión está relacionada con la vaguedad o laguna de
la norma jurídica y ocurre sin violación de la ley.
La evasión tributaria asume un carácter encubierto y derivado de una conducta
consciente y deliberada también, puede darse el caso de evasión en forma abierta como
los vendedores ambulantes, y que se deriva de un acto inconsciente (error o falta). La
intención o voluntad del infractor es un elemento importante en todas las legislaciones
al momento de configurar la objetividad o subjetividad de la infracción y para efectos de
determinar las sanciones que puedan corresponder.
La evasión tributaria no solo significa generalmente una pérdida de ingresos fiscales con
su efecto consiguiente en la prestación de los servicios públicos, sino que implica una
distorsión del sistema Tributario, fracturando la equidad vertical y horizontal de los
impuestos, haciendo que el contribuyente evasor obtenga ventajas significativas frente
al contribuyente cumplidor.
EN LA CIUDADANÍA
De todo esto, es necesario para comprender más el fenómeno plantearnos 6
interrogantes:
1. ¿Quiénes evaden impuestos?
Los contrabandistas, las personas que trabajan en la economía informal, aquellas
personas que ejerciendo una actividad económica jamás se han preocupado por
tributar porque el Estado ha sido incapaz de detectarlos, también están quienes
tributan pero no lo hacen en debida forma.
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Aquí también están algunos altos ejecutivos tanto del sector público, como del
sector privado quienes se constituyen en grandes evasores porque se amparan en
figuras tales como: los impuestos no constitutivos de renta, las deducciones, los
gastos, las rentas exentas entre otras que les permiten ocultar sus riquezas. En el
hipotético caso que fueran desmontados tales privilegios el Estado percibiría
mayores recursos para mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
2. ¿Qué evaden?
El pago de tributos al Estado en contraprestación a una determinada actividad que
. significa beneficio económico
3. ¿Qué monto evaden?
Valores significativos de dinero por quienes están al margen de la legalidad o
estando dentro de ella no cumplen como debiera su obligación de tributar
oportunamente.
4. ¿Por qué evaden?
Porque quienes lo hacen consideran que el Estado no es equitativo en la
redistribución del ingreso, o porque sencillamente no creen en la buena destinación
que se de a los recursos obtenidos. Claro está que hay quienes piensan que esa es
una forma de lograr mayor rentabilidad en la labor que realizan y obtener ventajas
sobre quienes tributan correctamente.
5. ¿Cuánto tiempo llevan evadiendo?
Desde el mismo momento en que inician una actividad y ven en la evasión una
forma interesante de capitalizar. También puede suceder que evadan en cualquier
momento de estar ejerciendo una actividad económica motivada por la poca
presencia o efectividad de los organismos de control, o alentados por aquellos
conocidos que lo vienen haciendo y nunca les ha sucedido nada que afecte sus
intereses.
6. ¿Hasta cuándo lo van a hacer?
Hasta cuando sientan la presencia del Estado sancionando con rigor a quienes
ejercen dicha práctica.
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Castigos que se aplican a quienes persistan en eludir sus obligaciones fiscales.
Hay quienes consideran que se debe sancionar con penas económicas significativas,
otros piensan que debe hacerse con arresto a aquellas personas que se apropien de
los dineros del Estado, como por ejemplo el impuesto al valor agregado o añadido.
Algunos creen que en vez de un castigo severo debe amonestarse al evasor
obligándolo a que a partir del momento que sea desenmascarado corrija e ingrese a
la fila de los que tributan con honestidad, porque una actitud represiva puede
desestimular no necesariamente al evasor, sino a quien está cumpliendo con
oportunidad y se sienta perseguido decidiendo cancelar su actividad o trasladarla a
otro lugar donde encuentre mejores condiciones. Hay que tener en cuenta que si se
presenta alguna clase de normatividad frente a la evasión, ésta debe ir dirigida
principalmente a quienes debiendo tributar nunca lo han hecho y en la medida que
sean evidenciados, administración tributaria además de sancionarlos debería
cobrarles los costos en que haya incurrido para detectarlos, quienes tributen
parcialmente evadiendo determinados montos se les debe dar otro tratamiento,
porque se entiende que son contribuyentes.
Cumplimiento tributario
El cumplimiento tributario voluntario va relacionado con la moral fiscal que está
constituida por una sola variable denominada tolerancia al fraude inscrita en la
dimensión de los valores y motivaciones internas del individuo; los resultados por el
incumplimiento de las
Administraciones Tributarias, en las cuales existen altas percepciones de riesgo así
como la sensibilidad al aumento de las sanciones, no tienen relación con la gran
magnitud del incumplimiento de las obligaciones tributarias.
Por este motivo se aborda un breve análisis de la situación tributaria, así como del
cumplimiento tributario y la evasión tributaria en el Perú, realizado mediante estudios
en base de encuestas sobre Conciencia Tributaria, obteniendo resultados de un enfoque
que sirve para formular un nuevo marco teórico y analítico acerca de la moral fiscal de
los peruanos en el que queda demostrado que los valores personales e incluso la visión
que tienen los ciudadanos en relación con el Estado, tienen una pobre contribución pues
el proceso de internalización del sistema legal no ha concluido, es incipiente donde
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prima la norma social que ha sido generada por una democracia imperfecta que no ha
permitido el cumplimiento del contrato social, generando inequidades fiscales
importantes.
El hecho tributario es un acto de dos vías entre el contribuyente y el Estado, en el que a
este último corresponde una doble función: la de recaudar los impuestos y la de
retornarlos a la sociedad bajo la forma de bienes y servicios públicos. Se trata de un
proceso social regulado, en el cual el cumplimiento tributario responde a un mandato
legal que el contribuyente debe acatar y que la autoridad debe hacer cumplir, según las
facultades que la ley le confiere.
MÉTODOS Y CAUSAS DE LA EVASIÓN TRIBUTARIA.
Los métodos de estimación de la Evasión Tributaria, según Michael Jorrat y Andrea
Podestá12 denomina ‘brecha tributaria’ a la diferencia entre lo que el gobierno debería
recaudar, y lo que realmente recauda. Hay diversas causas que explican que los
contribuyentes paguen menos impuestos de los que deberían pagar, estas se agrupar en
tres categorías: su declaración involuntaria, elusión tributaria y evasión tributaria.
Donde la ‘su declaración involuntaria’ es consecuencia de los errores involuntarios que
puede cometer un contribuyente al momento de preparar su declaración de impuestos.
Estos errores son atribuibles al desconocimiento de la normativa tributaria, los cuales se
ven aumentados cuando dicha normativa es compleja.
La ‘elusión tributaria’ es un concepto que hace referencia al uso abusivo de la
legislación tributaria, es decir, que no respeta el espíritu de la ley, con el propósito de
reducir el pago de impuestos. Por último, la ‘evasión tributaria’ corresponde a la su
declaración ilegal y voluntaria de los impuestos. En este caso hay un acto deliberado por
parte del contribuyente para reducir sus obligaciones tributarias. Adicionalmente, el
concepto de „incumplimiento tributario’ se puede asociar a la suma de la evasión
tributaria y la su declaración involuntaria. Ambas son formas de „incumplir‟ con las
obligaciones, aun cuando una sea premeditada y la otra no.
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Entre las causas de la evasión tributaria Cosulich13 considera a las siguientes:
1) Inexistencia de una conciencia tributaria en la población.- Señala que existe una falta
de conciencia tributaria en la población, este proviene del concepto de que a nadie le
agrada pagar impuestos, eso es históricamente valido en el tiempo y en el espacio.
Sin embargo la falta de conciencia tributaria es una consecuencia lógica de la falta de
conciencia social.
En general, son pocos los que satisfacen voluntariamente con puntualidad y corrección
sus obligaciones, cualquiera sea la naturaleza de las mismas, esa resistencia se vincula
con la imagen del Gobierno y la percepción que los individuos se hacen de la forma en
que el Gobierno gasta el dinero aunado a la corrupción de los países.
Está actividad va relacionada con el carácter individualista del ser humano
prevaleciendo su sentimiento de egoísmo y su afán de lucro. La corrupción es
responsabilidad de toda la sociedad la que deberá comprender un cambio en los
sistemas educativos en todos los niveles, esta tarea es reconocida por las autoridades
gubernamentales, en algunos países son las Administraciones Tributarias las que están
tomando esta iniciativa.
2) Complejidad y limitaciones de la legislación tributaria.- Esta causa incluye conceptos
muy amplios como la existencia de normas que regulan la misma base imposible y los
contribuyentes, asimismo la existencia de la exoneraciones amplias o condicionadas, la
vigencia de regímenes de fomento o incentivos con procedimiento muy detallados y
confusos, el alcance no siempre claro en cuanto a las facultades y deberes de la
administración tributaria y de los contribuyentes. Se incluye también sistemas de
condonación o amnistía tributaria, que premian al contribuyente incumplidor en
perjuicio del cumplidor y afectan por ende la conciencia tributaria.
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CONCLUSIONES
Debemos entender como evasión tributaria toda aquella disminución del pago de una contribución, por parte de quienes están jurídicamente obligados a pagarlo, mediante conductas fraudulentas u omisivas que violan las disposiciones legales. En él se
conjugan varios elementos donde uno del más importante es la eliminación o disminución de un tributo y que además se transgrede la ley de un país, por los sujetos
legalmente obligados. Las principales causas de la evasión es la ausencia de una verdadera conciencia
tributaria individual y colectiva, motivada por la imagen que la comunidad tiene del Estado y la percepción frente a la imparcialidad en sus gastos e inversiones, al no tener
conocimiento de los programas de gobierno y las políticas de redistribución del ingreso. Por tal razón hay quienes consideran que no deben contribuir al erario público, porque sus aportes no generan obras y porque nadie les asegura que no despilfarren lo que
aportan al Estado. La existencia de corrupción puede viciar una política eficaz, los posibles evasores, en oportunidades, son capaces de sobornar funcionarios públicos
. La evasión tributaria y fiscal puede ser del orden social, estructural, normativo, administrativo, también están aquellas de naturaleza técnica como los vacíos en las
leyes, la falta de claridad y las dudas en su interpretación y aplicación (la incertidumbre de la norma tributaria). De naturaleza política: como los factores de política
económica y financiera, que intervienen en la modificación del equilibrio y la distribución de la carga fiscal, y pueden constituir estímulos negativos en el comportamiento del contribuyente. Accidentales: como aquellos elementos
excepcionales, naturales, políticos y sociales que se resuelven en una alteración de las condiciones contributivas o en un cambio en las actividades de los sujetos pasivos de la
imposición frente a las obligaciones fiscales.
De naturaleza económica, o sea, aquella en la que se considera el peso de la carga tributaria con respecto de las posibilidades contributivas reales de los sujetos
impositivos. Y de naturaleza sicológica: constituida por un conjunto de tendencias individuales del sujeto a reaccionar de distinta manera ante la obligación de contribuir a los gastos del gobierno, incluyendo inconvenientes como la relación de confianza entre
la administración y los contribuyentes, los sistemas de distribución de la carga fiscal, la productividad y calificación de los gastos públicos.
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BIBLIOGRAFÍA
http://www.monografias.com/trabajos84/evasion-fiscal-mundo-
moderno/evasion-fiscal-mundo-moderno2.shtml#conclusioa
http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/03959836C65E2E5
805257C120081DB15/$FILE/cultura_tributaria_dulio_solorzano.pdf