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ACTUALI IDAD 03 2005 Centro de Estudios Andaluces CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Centro de Estudios Andaluces CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA 28-F 28-F La Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Contexto e inicio

ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

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ACTUALIDADACTUALIDAD 03 2005

Centro de Estudios AndalucesCONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

Centro de Estudios AndalucesCONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

28-F 28-F

La Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Contexto e inicio

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ACTUALIDAD EL CENTRO DE ESTUDIOS ANDALUCES ES UNA ENTIDAD DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y CULTURAL, SIN ÁNIMO DE LUCRO, ADSCRITA A LA CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. EL OBJETIVO ESENCIAL DE ESTA INSTITUCIÓN ES FOMENTAR CUANTITATIVA Y CUALITATIVAMENTE UNA LÍNEA DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS QUE CONTRIBUYAN A UN MÁS PRECISO Y DETALLADO CONOCIMIENTO DE ANDALUCÍA, Y DIFUNDIR SUS RESULTADOS A TRAVÉS DE VARIAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS.

EL CENTRO DE ESTUDIOS ANDALUCES DESEA GENERAR UN MARCO ESTABLE DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD CIENTÍFICA E INTELECTUAL Y CON MOVIMIENTOS CULTURALES EN ANDALUCÍA DESDE EL QUE CREAR VERDADEROS CANALES DE COMUNICACIÓN PARA DAR COBERTURA A LAS INQUIETUDES INTELECTUALES Y CULTURALES.

LAS OPINIONES PUBLICADAS POR LOS AUTORES EN ESTA COLECCIÓN SON DE SU EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD.

© 2005. Centro de Estudios AndalucesBailén 50, 41001 Sevilla.Tel.: 955 055 210. Fax: 955 055 211www.centrodeestudiosandaluces.es

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Ejemplar Gratuito. Prohibida su venta.

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1.Introducción. 25 años de autonomía en Andalucía 5

1. La trascendencia del 28 de febrero 5

2. La iniciativa autonómica 6

3. El referéndum 6

4. La salida política 7

5. 25 años después 8

2.El Estado Autonómico 9

1. El problema regional 9

2. Los principios del Estado Autonómico 10

3. Concepto y naturaleza jurídica de los Estatutos 11

de Autonomía

3.El momento de emprender reformas 12

1. La necesidad de la reforma 12

2. Contexto general en que se inicia el proceso 13

de reforma estatutaria

A. País Vasco 13

B. Cataluña 14

C. Valencia 16

3. Las Bases para la Reforma del Estatuto 17

de Autonomía para Andalucía

4. Crónica de la reforma del Estatuto 22 y su seguimiento por la prensa

1. El comienzo de la VII Legislatura 22

2. La Ponencia de reforma del Estatuto de Autonomía 23

3. Comparecencias ante la Comisión de 24

Desarrollo Estatutario

4. El documento de reforma elaborado por UGT-Andalucía 27

5. 2005, el año de elaboración del Estatuto 29

5. El Informe de la Ponencia para la reforma del Estatuto 33 de Autonomía para Andalucía

1. Preámbulo 33

2. Título Preliminar 34

3. Derechos Sociales y Políticas Públicas 35

4. Organización institucional de la Comunidad Autónoma 37

A. Parlamento 37

B. Presidencia y Consejo de Gobierno 38

C. Administración Autonómica 38

D. Otras instituciones 38

E. Administración de Justicia 39

5. Economía, Empleo y Hacienda 39

6. Relaciones externas de la Comunidad Autónoma 40

A. Relaciones con otras Comunidades Autónomas 40

B. Relaciones con el Estado 40

C. Relaciones con la Unión Europea 41

D. Relaciones de carácter internacional 41

E. Cooperación al desarrollo 41

7. Organización territorial de la Comunidad Autónoma 42

8. Medios de comunicación 43

9. Medio ambiente 44

10.Competencias 44

11.Reforma del Estatuto 46

12.Disposición Adicional Segunda 46

13.Sistema de financiación 46

Listado de conferencias 48Bibliografía sobre organización territorial del poder 49Bibliografía sobre la Comunidad Autónoma de Andalucía 52

La Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Contexto e inicio

AUTORES DIRECTOR: MIGUEL J. AGUDO ZAMORAINVESTIGADORES: MIGUEL J. AGUDO ZAMORA JUAN GARCÍA BLESA JUAN LUIS LARA VILA

Trabajo de investigación realizado por el Área de Análisis

Jurídico-Político del Centro de Estudios Andaluces.

Consejería de la Presidencia. Junta de Andalucía.

Junio de 2005

2-3

28-F

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Reforma del Estatuto de Autonomía

Con este trabajo de investigación se pretende realizar un estudio de la evolución del proceso de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía desde sus

inicios hasta la presentación del Informe que ha elaborado la Ponencia de la Comisión de Desarrollo Estatutario del Parlamento de Andalucía el pasado 21

de junio de 2005. En el mismo, tras un capítulo introductorio, se reflexiona acerca de la necesidad y el contexto de la reforma de nuestro Estatuto. Se hace

un seguimiento de la evolución política, mediática y doctrinal de este asunto para concluir con el contenido del mencionado Informe.

Es intención del Área de Análisis Jurídico-Político del Centro de Estudios Andaluces continuar con el seguimiento pormenorizado de este proceso y realizar

análisis sectoriales del mismo.

A la hora de realizar este trabajo de investigación se han tomado en consideración, entre otras, las siguientes fuentes:

- Documento “Bases para la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía” de 16 de diciembre de 2003 de la Junta de Andalucía.

- Comparecencias sobre la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía desarrolladas en los últimos meses en el seno de la Comisión de Desarrollo

Estatutario del Parlamento de Andalucía.

-Informe de la Ponencia de la Comisión de Desarrollo Estatutario del Parlamento de Andalucía y Actas de las reuniones de la misma.

-Documentos de reforma presentados por los diferentes grupos políticos y agentes sociales.

-Declaraciones del Presidente de la Junta de Andalucía y de dirigentes de los diferentes grupos políticos en prensa, así como artículos de opinión.

-Comparecencias del Presidente de la Junta de Andalucía en el Parlamento de Andalucía:

· Comparecencia 6/02/APP000047, de 8 de mayo de 2002, relativa a la segunda modernización de Andalucía.

· Comparecencia 6/03/APP000105 y 6/03/APP000106, para informar sobre el proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

· Proposición no de ley en Pleno 7-05/PNLP000014, de 10 de febrero de 2005, relativa al Plan Ibarretxe.

-Discurso institucional del Presidente de la Junta de Andalucía con motivo de la celebración del 28 de febrero de 2005 .

-Discurso del Presidente de la Junta de Andalucía con motivo de la inauguración de las Jornadas sobre “Las políticas de igualdad en los Estatutos de

Autonomía”, de 8 de abril de 2005.

-Diversas conferencias de constitucionalistas, políticos y sociólogos impartidas en el marco de las siguientes jornadas:

· Ciclo de conferencias sobre la reforma del Estatuto de Autonomía, celebradas en febrero de 2005 en el Parlamento de Andalucía.

· Jornadas sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, organizadas por el Consejo Asesor para la modernización del Estado Autonómico, la

Universidad de Granada y el Centro de Estudios Andaluces, celebradas en Granada los días 10 y 11 de marzo de 2005.

· Jornadas sobre la reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites, organizadas por el IAAP y celebradas en Sevilla del 28 al 31 de marzo de

2005.

-Diversas aportaciones doctrinales.

Miguel J. Agudo Zamora

Nota Previa

preveía un régimen de autonomía de menor calado, más cercano a la autonomía

administrativa que a la política.

Este diseño político, denominado por algunos como federalismo asimétrico,

quizá hubiera resultado suficiente para calmar las tradicionales tendencias

centrífugas de determinadas fuerzas políticas nacionalistas que, amparándose

en la existencia de hechos diferenciales, la mayoría de las veces ciertamente

evanescentes, buscan en el sistema de distribución territorial del poder una

vía de reivindicación de postulados ideológicos difíciles de encajar en un

Estado autonómico que pivota sobre el principio de la solidaridad interterritorial.

Y probablemente así hubiera sido si el pueblo andaluz no hubiera hecho ciscos

las previsiones que favorecían tanto a estas fuerzas políticas nacionalistas

como a las conservadoras (UCD, AP) que veían en este modelo una forma de

perpetuar, para buena parte del territorio español, el marcado carácter

centralista que había caracterizado, con las efímeras excepciones conocidas,

la organización territorial del Poder en España desde la instauración de la

dinastía borbónica.

Los acontecimientos políticos previos al 28 de febrero de 1980 y las importantes

secuelas de dicho día justifican el contenido de estas líneas.

Hace pocas fechas se ha conmemorado el 25 aniversario de la celebración

del referéndum por el que el pueblo andaluz decidió acceder a la autonomía

por la vía del artículo 151 de la Constitución. Dicho así, con toda la frialdad

técnica de los vocablos jurídicos, resulta difícil captar todas las consecuencias

que tan importante acontecimiento ha traído no sólo para Andalucía, sino para

el conjunto de España, en este último cuarto de siglo.

Se puede afirmar que el modo de acceso de Andalucía a la autonomía, y todas

las circunstancias que lo rodearon, representaron un punto de inflexión

determinante de nuestra vida constitucional contribuyendo a fraguar la idea

de la España plural hoy existente.

Así fue porque el caso andaluz supuso la quiebra de la previsión, alentada

por el Gobierno de UCD, Alianza Popular y determinados partidos nacionalistas,

de la existencia de dos tipos de comunidades autónomas. Aquéllas que

accedieran por la vía del artículo 151, las llamadas comunidades históricas

atendiendo al hecho de haber plebiscitado favorablemente un régimen de

autonomía durante la II República (Cataluña, País Vasco, Galicia), a las que

se reservaba una autonomía política de mayor intensidad, y todas las demás

restantes, que deberían acceder por la vía del artículo 143 y para las que se

1. Introducción25 años de autonomía en Andalucía

4-5

1. La Trascendencia del 28 de Febrero

Fuente: Diputación de Almería

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Reforma del Estatuto de Autonomía

A partir del 28 de febrero se abrió un período de búsqueda de una salida al

problema que acababa de surgir, y que, día a día, iba minando las expectativas

políticas de la UCD en Andalucía.

Se propuso, entre otras fórmulas, cambiar la ley orgánica reguladora del

referéndum para permitir que éste se repitiese en Almería, propuesta que no

fructificó en el Congreso de los Diputados por un solo voto. El problema

andaluz se convirtió en eje de la moción de censura presentada por el PSOE

a Adolfo Suárez en el mes de mayo y de la cuestión de confianza que éste

presentó en septiembre. Por fin, tras un álgido año 1980, en diciembre se

aprobó la Ley Orgánica 12/80 que permitía la continuación del proceso

autonómico en las provincias que hubieran superado el referéndum y facultaba

a los diputados y senadores almerienses a solicitar a las Cortes Generales

que sustituyeran, por motivos de interés nacional, la iniciativa autonómica con

carácter retroactivo, lo que se hizo a través de la Ley Orgánica 13/80.

Esta salida, que ha sido calificada como un éxito político pero un fracaso

jurídico (Pérez Royo, El País, 28/02/1998), posibilitó que no se estableciera

en España un doble régimen autonómico, el de las llamadas nacionalidades

históricas y el de las demás. El autogobierno dejaba de ser la excepción para

convertirse en la norma, en criterio de estructuración del Estado, tal como se

plasmaría posteriormente en los Pactos Autonómicos de 1981.

Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así

como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

entonces en la fuerza política hegemónica de la Comunidad Autónoma Andaluza,

a la par que coadyuvó al triunfo socialista que se produjo a nivel nacional en

octubre de 1982.

A partir de aquí sólo quedaba elaborar el estatuto y someterlo a la aprobación

de los andaluces en un nuevo referéndum y a la ratificación de las Cortes

Generales, operaciones que se llevaron a cabo sin apenas dificultades.

El gobierno preautonómico andaluz, presidido por Rafael Escuredo, optó por

iniciar los farragosos trámites del artículo 151. Así, en algo más de dos meses

del verano de 1979, las ocho diputaciones provinciales y la práctica totalidad

de los Ayuntamientos andaluces (el 95%) habían ejercido ya la debida iniciativa.

Se había recorrido, pues, con sorprendente facilidad, un trecho que el

constituyente plagó de dificultades. Además, se contaba ya con un anteproyecto

de estatuto de autonomía, el llamado Borrador de Carmona, realizado en

mitad de agosto, mes que ese año también resultó ser de elevada temperatura

política, y que sirvió, posteriormente, como referente del actual Estatuto.

Sólo faltaba, pues, que la iniciativa fuera ratificada por el voto afirmativo de

la mayoría absoluta de los electores de cada una de las provincias andaluzas,

en los términos que estableciera una ley orgánica. Para ello fue preciso que

se aprobara en enero de 1980 la ley orgánica reguladora de las modalidades

de referéndum.

De esta forma, el referéndum relativo a la ratificación de la iniciativa

autonómica en Andalucía se convocó para el 28 de febrero de 1980. Un

referéndum que enfrentó a la UCD y al Gobierno de la Nación contra el

Gobierno preautonómico de la Junta de Andalucía y los restantes partidos

políticos. El desafío estaba servido. Y visto con perspectiva, el enfrentamiento

era desigual. Como ha señalado Lucas Murillo de la Cueva (2003), la

razón del desequilibrio estribaba en que se situaba a los andaluces ante

una disyuntiva –la decisión de si podían aspirar o no a los mayores niveles

de autogobierno consentidos por la Constitución- en la que era inevitable

el cuestionamiento de la propia identidad y, en relación con ella, la

comparación con quienes sí habían visto expedito el trayecto que ahora

se quería impedir a los andaluces. El reto no consistía meramente en una

cuestión técnico-jurídica. Se trataba de una confrontación esencialmente

política de indudable trascendencia para el posterior desarrollo

constitucional.

Socialistas, andalucistas y comunistas, acompañados por Clavero Arévalo,

que había dimitido de su cargo de ministro y de presidente de la UCD de

Andalucía ante la postura mantenida por su partido, galvanizaron a un

electorado, sensibilizado como nunca se ha vuelto a repetir con la causa

de la autonomía, y que se sentía agraviado y postergado injustamente

frente a los vascos y catalanes que precisamente en esos días veían

convocadas sus primeras elecciones autonómicas.

La recuperación de la democracia generó en Andalucía una progresiva

demanda de autogobierno que fue paralela a una intensa afirmación colectiva

del pueblo andaluz. Especialmente históricas resultaron las manifestaciones

celebradas el 4 de diciembre de 1977. Así lo plasmaban en sus portadas El

Correo de Andalucía, Diario Córdoba o ABC Sevilla, que sobre una fotografía

de un niño ondeando una bandera andaluza con fondo de un pueblo blanco

titulaba Día de Andalucía. Al pie de la fotografía se encontraba el comentario

La frontera del futuro.

El amplio consenso social, que se había mostrado en estas grandes

movilizaciones populares, se materializó en el Pacto de Antequera de 4 de

diciembre de 1978, que supo recoger el enorme apoyo que se concitó en

torno a la autonomía y que lo proyectó hacia metas de desarrollo económico

e igualdad social.

La aspiración al autogobierno, deseo perfectamente conciliable con la

identificación con España que siempre ha tenido el pueblo andaluz, tuvo un

intenso componente transformador orientado a la realización de ideales no

sólo nacionalistas sino de auténtico cambio social en Andalucía. El malogrado

Carlos Cano lo expresaba en su canción Verde, blanca y verde cuando

refiriéndose a la bandera, símbolo de este afán autonomista, cantaba Ay, qué

bonica/ verla en el aire/ quitando penas/ quitando hambres. Este era el

pensamiento colectivo. La autonomía iba a suponer la posibilidad, secularmente

negada al pueblo andaluz, de consecución del bienestar social, cultural y

económico. Y la realidad actual de Andalucía ha confirmado que ese pensamiento

era completamente acertado.

Pero el camino hacia la autonomía no resultó ser sencillo. El conflicto se

produjo entre la UCD y el Gobierno de España enfrentados al resto de las

fuerzas políticas andaluzas a propósito del modo en que habría de crearse

la comunidad autónoma.

La búsqueda del máximo nivel de autogobierno se convirtió en el empeño de

los partidos políticos de izquierda (PSOE, PSA, PCE). Ello suponía recorrer el

complejo camino diseñado por el artículo 151 de la Constitución. Por su parte,

la Unión de Centro Democrático aprobó como línea estratégica de su política

que esa vía sólo fuera transitada por las tres comunidades históricas, aliviadas

de los complejos trámites que imponía el mencionado artículo gracias a la

Disposición Transitoria 2ª de nuestra Carta Magna, orientando a las demás

hacia la fórmula, que conllevaba menos cuota de autogobierno, del artículo

143. En la práctica, el paso dado por UCD suponía consagrar una clara

distinción entre las tres Comunidades que llegaron a plebiscitar proyectos de

estatuto en el pasado, y las demás, entre las que se quedaba Andalucía.

6-7

2. La iniciativa autonómica

3. El referéndum

El Gobierno de España, con una actitud impropia de un gobierno democrático,

preconizaba la abstención, la cual jugaba en contra del afán autonomista

puesto que la Constitución requería, para que la iniciativa se considerara

ratificada, el voto afirmativo de la mayoría absoluta, que no la simple, de los

electores de cada provincia.

La redacción dada a la pregunta (¿Da usted su acuerdo a la ratificación

de la iniciativa prevista por el artículo 151 de la Constitución a los efectos

de su tramitación por el procedimiento establecido en dicho artículo?)

resultaba de difícil comprensión, aun más para un pueblo como el andaluz

que en aquellos tiempos padecía graves lagunas culturales y considerables

tasas de analfabetismo.

Las maniobras que utilizó el Gobierno para entorpecer el voto, tales como

recortar la duración de la campaña y dificultar el voto por correo, y las

irregularidades en el censo electoral (recuérdese que el propio Presidente

Rafael Escuredo no aparecía en dicho censo, en el que, en cambio, sí

tenían derecho a voto muchas personas fallecidas) terminaron volviéndose

en su contra.

Tampoco fue muy acertada la campaña auspiciada por la UCD bajo el lema

Andaluz, éste no es tu referéndum, precisamente en el momento más álgido

de autoafirmación del pueblo andaluz en toda su historia.

Todo ello propició una elevada participación (casi del 65% del electorado)

y un aplastante triunfo (86’9%) del voto afirmativo, lo que propició que

más del 55% del conjunto del electorado andaluz diera su respaldo a la

iniciativa autonómica por la vía del artículo 151. Pero, como es bien

sabido, en Almería no se alcanzó el listón de la mayoría absoluta de su

electorado. No se cumplía pues el requisito establecido por la Constitución.

Jurídicamente era claro que no se podía seguir adelante, que se imponía

una espera de cinco años y que no se podía continuar la construcción de

la autonomía en las restantes provincias. Pero políticamente esta solución

era imposible. No se podía ir contra un pueblo que tan inequívocamente

había mostrado su voluntad. No se podía desconocer el contundente

pronunciamiento en las urnas de los andaluces.

4. La salida política

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8-9

En estos veinticinco años Andalucía ha evolucionado considerablemente,

probablemente como nunca en su historia, en el campo social, cultural y

económico. Y el Estatuto de Autonomía ha constituido el marco que ha posibilitado

este incomparable desarrollo social. Un proceso paralelo al de distribución

territorial del poder previsto en la Constitución española de 1978 y apoyado en

el complejo equilibrio de los principios de unidad, autonomía y solidaridad.

Cumplidos los veinticinco años de nuestro sistema constitucional, y ante nuevos

retos sociales y políticos, se hace necesario actualizar esos marcos de referencia,

lo que implica acometer la reforma de la Constitución, y del propio Estatuto de

Autonomía, de forma acompasada y con un amplio consenso.

De esta forma, Andalucía debe enfatizar, aún más, su compromiso con

el bienestar social, es decir, con la realización plena y efectiva del principio

de igualdad entre todos los que vivan en su suelo, tal como se deduce

de los mandatos constitucionales y estatutarios. Si hace veinticinco años

latía en el corazón del pueblo andaluz una esperanza de futuro, la esperanza

de la autonomía que propiciara el bienestar en nuestra tierra, ahora se

hace preciso convertir a Andalucía en el referente necesario de la concreción

del principio de solidaridad.

Por ello, la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía ha de servir como

paradigma normativo que posibilite una sociedad cada vez más justa. Esto

supone, entre otras cuestiones, y como posteriormente analizaremos, la

necesidad de incorporar, como contenidos éticos y políticos del Estatuto, un

catálogo de derechos sociales y políticas públicas que consagre a nivel

estatutario los derechos que en este ámbito se han conquistado en los últimos

años, así como aquellos otros que demanda la realidad cultural y social que

estamos viviendo.

En definitiva, con la reforma de nuestro Estatuto los andaluces estaremos

renovando nuestro pacto político por la autonomía. Así, el Estatuto debe

convertirse en la norma que garantice un auténtico espacio de autogobierno

y permita la consolidación de unas políticas públicas comprometidas con la

libertad, la igualdad y la solidaridad. Unas políticas que sólo será posible

realizar con una redefinición del régimen de financiación autonómico, de

manera que se garantice la suficiencia financiera y la estabilidad del sistema.

Estos son los principales retos que ya estamos afrontando. Y se deben hacer

pensando en otros veinticinco años de bienestar social, recuperando el

sentimiento de esperanza ilusionante de aquel 28 de febrero de 1980 y

procurando hacer realidad las hermosas palabras de Blas Infante que

engrandecen nuestro himno: que los andaluces seamos hombres de luz que

a los hombres alma de hombres les demos.

5. 25 años después

Reforma del Estatuto de Autonomía

La configuración territorial del Estado español, el llamado “problema regional”,

fue uno de los más difíciles de solventar en el proceso constituyente, dando

lugar a uno de los títulos más deficientes de la Constitución, el Octavo. Desde

mediados del siglo XVIII; el problema de la integración territorial ha estado

permanentemente mal resuelto (Rascón, Salazar y Agudo, 2003). Las Cortes

constituyentes de 1978 tenían que ser sensibles a la realidad diferenciada de

distintos territorios integrantes del Estado español. En dicho proceso no hubo

una concepción global y única. Eran diferentes los modelos de distribución

territorial del poder que defendían los grupos políticos con representación en

las Cortes Constituyentes, manteniéndose en el debate desde posiciones

claramente unitarias que reconocían, todo lo más, una mínima descentralización

administrativa -es el caso, por ejemplo, de Alianza Popular- hasta posturas que

incluso iban más allá del modelo federal -así los nacionalistas catalanes y vascos

propugnaban un pacto entre naciones con competencias exclusivas del Estado

central y residuales de las Comunidades Autónomas-, pasando por un modelo

unitario si bien más abierto que sostenía UCD o por los clásicos postulados

federales que mantenían PSOE y PCE. Finalmente y de la mano del consenso

político que reinó en casi todo el proceso constituyente se optó por no establecer

un modelo rígido y cerrado de distribución territorial del poder político, que

permitiera una definición más precisa del legislador. Se puede decir que nuestra

Ley Suprema es, al respecto, simplemente una norma de reorganización del

Estado, y así, contempla la apertura de un proceso político y, en consecuencia,

incluye los elementos a partir de los cuales habrá de configurarse el modelo

territorial del Estado español.

La Constitución reconoce a la autonomía, en su artículo 2, como un derecho

que tienen las nacionalidades y las regiones y, en su artículo 137, como un

principio de organización territorial del Estado.

Como todo derecho, está a disposición de los titulares del mismo, que han de

ejercerlo en los términos previstos en la Norma Suprema. Por lo tanto, lo que

caracteriza al modelo territorial del Estado que se diseña en la Constitución es

que es abierto, en función de la disposición que hagan lo territorios que deseen

acceder a su autonomía del derecho que la Constitución les reconoce en distintas

2. El Estado Autonómico

1. El problema regional vertientes: de cara a optar o no al autogobierno; para escoger una u otra vía de

acceso a ese autogobierno; para asumir más o menos competencias; para la

fijación de distintos elementos definitorios como pueden ser el territorio y las

instituciones propias. Los límites de ese derecho son, como ha señalado nuestro

Tribunal Constitucional -así, STC 25/1981-, los principios que informan el régimen

autonómico.

Nuestro modelo de Estado no puede configurarse ni como un Estado unitario,

ni como Estado federal, ni como Estado regional. Tiene un carácter abierto y

contiene elementos de todos ellos, aunque la evolución parece llevarnos hacia

un Estado federal: así, parece tomar del federalismo1 la opción por el autogobierno

político que hace en el artículo 134, del Estado unitario el reconocimiento que

hace de una sola nación, la española, en su artículo 2º y del Estado regional la

participación del Estado en la formación de la norma básica del territorio autónomo,

el Estatuto de Autonomía, hasta el punto de aprobarse el mismo como ley estatal.

Además, tal como señala Corcuera2, no es incompatible con la Constitución un

modelo en el que algunas Comunidades pudieran tener un tratamiento diferenciado,

aunque sí obliga a señalar que no cualquier diferencia es posible: la afirmación

de la flexibilidad del modelo autonómico implica reconocer que existen elementos

permanentes en la Constitución que definen aquel modelo.

1.Un estudio muy acertado acerca de la relación que vincula a la justicia constitucional con el Estado descentralizado se puede encontrar en ROURA GÓMEZ, S. Federalismo y Justicia Constitucional. Ed. Biblioteca Nueva. Madrid, 2003.

2.CORCUERA ATIENZA, J. “La cuestión regional en España y la construcción del Estado autonómico” en RODRÍGUEZ-ARANA Y OTROS (Dir.) (2003)

Fuente: Diputación de Almería

Fuente: Diputación de Almería

Fuente: Diputación de Almería Fuente: Diputación de Almería

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C) Principio de Solidaridad. El artículo 2 de la Constitución proclama dicho

principio que luego es concretado por otros preceptos. Así, el artículo 138

engloba dos modalidades de realización efectiva del mismo:

1º El establecimiento de un equilibrio económico entre las diversas partes

del territorio por el que tiene que velar el Estado. En este sentido, el

artículo 158.2 prevé un fondo de compensación para corregir los

desequilibrios económicos interterritoriales.

2º La proscripción de privilegios económicos o sociales entre las Comunidades

Autónomas a través de la vía estatutaria3.

El principio de solidaridad, además de servir de fundamento a la cooperación

entre el Estado y las Comunidades Autónomas, funciona como límite de las

competencias de aquéllas y como un factor de equilibrio entre la autonomía

de las nacionalidades y regiones y el principio de unidad.

Esa cooperación puede ser intra-territorial o inter-territorial, es decir, se ha

de dar entre el Estado y cada una de las Comunidades Autónomas -

concibiéndose al respecto por nuestra Constitución diversas fórmulas de

colaboración- y entre éstas entre sí -por ejemplo, suscribiendo los acuerdos

a que hace mención el artículo 145 de la Constitución-.

El artículo 147.1 de la Ley Fundamental califica a los Estatutos como "la

norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma", lo que supone el

reconocimiento del carácter normativo del Estatuto, por un lado, y, por otro,

como el código básico de la Comunidad Autónoma. El Tribunal Constitucional

define al Estatuto de Autonomía como la norma fundacional de la Comunidad

Autónoma (así, por ejemplo, en la STC 76/1988) porque en realidad se

presentan como la expresión del derecho al autogobierno que la Constitución

reconoce a las nacionalidades y regiones que integran la Nación española.

Se ha discutido por la doctrina sobre si esta norma es regional o estatal. Los

argumentos en favor de la primera postura serían los siguientes:

a) se trata, como indica la propia Constitución, de la norma institucional

básica de la Comunidad Autónoma y, en consecuencia, se encarga de

regular instituciones propias de la región.

b) es una norma que se gesta en órganos no estatales -las asambleas

mencionadas en los artículos 146 y 151.2. de la Constitución- aunque

luego en el proceso de elaboración de la misma intervengan instituciones

estatales.

c) el procedimiento de reforma de esta norma no es el propio de cualquier

norma estatal, ya que, después de aprobado el Estatuto, sólo podrá

modificarse de acuerdo con el procedimiento expresamente previsto por

cada uno de ellos -así lo impone el artículo 147.3 de la Constitución-.

d) una cosa es el Estatuto en sí y otra la ley orgánica que lo aprueba

revistiéndola de forma jurídica.

e) el Estatuto de Autonomía forma parte del llamado “bloque de la

constitucionalidad”, es decir, sirve de parámetro de constitucionalidad de

otras normas -estatales y autonómicas- en el control de adecuación a la

norma Suprema que realiza el Tribunal Constitucional -así lo expresa el

artículo 28 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional-.

Entre los razonamientos que existen en pro de considerar al Estatuto de

Autonomía como norma estatal están los que siguen:

a) el artículo 147.1 de la Constitución considera que forman parte integrante

del ordenamiento jurídico estatal, siendo por eso que le impone al Estado

el deber de reconocerlo y ampararlo como tal.

b) según los artículos 146, 147.3 y 151.2 de la Constitución, en su elaboración

y en su modificación participan siempre las Cortes Generales, que son

órganos estatales.

c) la norma que aprueba el Estatuto es estatal, siendo por eso que se

contempla específicamente en el artículo 81.1 de nuestra Constitución.

A la vista de todo lo expuesto, habrá de concluirse, con el Tribunal Constitucional

-así, la STC 99/1986-, que el Estatuto de Autonomía, norma subordinada a

la Constitución como todas, irrumpe con fuerza propia en el sistema de fuentes

estatal, participando en el ordenamiento jurídico general del Estado, y, además,

se perfila en la norma jerárquicamente superior del ordenamiento jurídico

propio de la Comunidad Autónoma.

Reforma del Estatuto de Autonomía

3. Igualmente el mencionado precepto constitucional se refiere a las circunstancias del hecho insular. En este sentido, la Disposición Adicional 3ª de la Constitución establece que "La modificación del régimen económico y fiscal del archipiélago canario requerirá informe previo de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del órgano provisional autonómico".

10-11

El artículo segundo de nuestra Norma Básica dispone que “La Constitución

se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común

e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la

autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad

entre todas ellas”.

Desde este precepto podemos extraer los Principios que informan el Estado

Autonómico y que son los de unidad, autonomía y solidaridad . Es menester

hacer un análisis (Rascón, Salazar y Agudo, 2003) por separado de cada uno

de ellos para entender el alcance de tal precepto:

A) Principio de Unidad. Como ha reiterado el Tribunal Constitucional, la

Constitución parte de la unidad del Estado español, lo que se traduce en una

organización para todo el territorio. Este principio tiene varias manifestaciones:

1ª La proclamación de la soberanía nacional como atributo del pueblo español

y no de cada uno de sus territorios que se hace en el artículo 1.2 de la

Constitución.

2ª La proclamación de la unidad global del ordenamiento jurídico, en cuyo

vértice se sitúa la Constitución.

3ª La unidad en el campo económico (artículos. 131.1, 138.2, 139.2 de

la Constitución): como ha señalado el Tribunal Constitucional, un único

orden económico nacional es el presupuesto para que el reparto de

competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas no produzca

resultados disfuncionales.

4ª La atribución residual de competencias que hace la Constitución en favor

del Estado cuando las distribuye entre el mismo y las Comunidades

Autónomas en los artículos 148 y 149.

5ª La facultad que el artículo 150.3º de la Constitución le atribuye al Estado

para poder dictar leyes armonizadoras de las disposiciones normativas

de las Comunidades Autónomas.

6ª Las diversas posibilidades de control de la actividad de la Comunidad

Autónoma que le reconoce el artículo 153 de la Constitución al Estado.

7ª El reconocimiento de la Corona como símbolo de la unidad y permanencia

del Estado que hace el artículo 56 de la Constitución.

B) Principio de Autonomía. Nuestra Constitución en su artículo 2 reconoce la

autonomía como un derecho que tienen nacionalidades y regiones para la

gestión de sus propios intereses y, también, en su artículo 137 como un

2. Los principios del Estado Autonómico

principio de organización del Estado. Este último precepto establece que "El

Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las

Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan

de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses". Por otro lado, el

143.1, al hablar del ejercicio del derecho a la autonomía, habla de autogobierno.

De la jurisprudencia del Tribunal Constitucional podemos extraer algunas

características de este principio:

1º Se trata de un concepto jurídico indeterminado.

2º Es un poder limitado, de manera que, como señala la STC 25/1981, no

puede atentar contra los principios que informan el régimen autonómico,

pero igualmente es debido, es decir, resulta obligatorio cuando se ha

alcanzado y tiene que ser respetado por el Estado.

3º La autonomía lo es en función del interés respectivo, de suerte que se

la puede caracterizar como optativa (se puede acceder o no al autogobierno,

a través de distintas vías y con competencias distintas), general (se predica

como posible para todos aquellos territorios que cuenten con las condiciones

constitucionalmente exigidas para el acceso) y gradual (permite la

profundización en el autogobierno de la Comunidad Autónoma a través

del aumento progresivo de sus competencias).

4º La naturaleza política de la autonomía de las Comunidades resulta

innegable. En este sentido, nuestro Tribunal Constitucional ha dicho que

la Constitución reconoce diversos grados de autonomía: el Estado es

titular exclusivo de la soberanía, las Comunidades Autónomas cuentan

con autonomía política para la gestión de los intereses que le son propios,

y las provincias y municipios tienen solamente autonomía administrativa

para desarrollar esos fines particulares. Esto equivale a reconocer que

las Comunidades Autónomas cuentan con autogobierno aunque el mismo

no sea soberano, siendo por eso que están dotadas institucionalmente

de poder ejecutivo y de poder legislativo para hacer viable esa realidad.

El mencionado artículo 2 de la Constitución reconoce como titulares del

derecho a la autonomía a dos sujetos: las nacionalidades y las regiones.

Sin embargo, la misma no ofrece una definición de “nacionalidad”, ni

tampoco las diferencia conceptualmente de las regiones. En el debate

constituyente se aprecia que con aquel término se pretendía aludir a los

territorios teóricamente dotados de mayor conciencia histórica autonómica,

es decir, Cataluña, País Vasco y Galicia -estos territorios, vigente la

Constitución de 1931, ya habían plebiscitado favorablemente proyectos

de Estatuto de Autonomía-. Luego ya en el Título VIII, la Constitución opta

por hacer uso de un término más técnico como es el de “Comunidad

Autónoma”.

3. Concepto y naturaleza jurídica de los Estatutos de Autonomía

Page 8: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

Pero en una operación de esta envergadura es imprescindible acompasar

adecuadamente el tempo político, máxime cuando se encuentra en ciernes

una reforma constitucional. Ciertamente, conviene estar informados y

preocupados por otros procesos de reforma estatutaria en curso, pero,

sobre todo, conviene trabajar en paralelo y con la vista puesta en la

reforma constitucional prevista. De lo contrario, se corre el peligro de que

algunas propuestas de reforma, que pueden ser razonables y hasta

convenientes, puedan impactar, cuando no contradecir, con la literalidad

de la Constitución vigente5.

En todo caso, y en aras de que el proceso de cambio sea ordenado y

constitucionalmente adecuado, es necesario que la reforma no supere, en

ningún caso, el marco establecido por la vigente Constitución, al menos

mientras ésta exista en su tenor literal. Por tanto, sería in¬constitucional e

ilegítima una pretendida reforma anticipada de un Estatuto que intentara

superar el marco de la vigente Constitución, o que de forma no negociada

con las Cortes Generales pretendiese forzar la modificación de ciertas leyes

orgánicas de desarrollo directo de la Constitución. Sin embargo, nada impediría

que este debate, articulado en paralelo, pudiese determinar la conveniencia

de adaptar la Constitución, no sólo en los cuatro puntos anunciados por el

Gobierno, sino a algunos bloques estatutarios, debidamente acotados y

homogeneizados para todas las Comunidades Autónomas que, establecidos

en términos de igualdad, supongan desde el punto de vista funcional una

mejor adaptación de nuestro sistema constitucional a esta realidad de la

España plural (Cano, 2005).

A) País VascoEl 25 de Octubre de 2003 se produce la entrada en el registro del Parlamento

Vasco de la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía del País Vasco

elaborada por el gobierno de dicha Comunidad Autónoma. Esta propuesta,

aprobada por el gobierno autonómico vasco en sesión celebrada el mismo

día de su entrada en registro parlamentario, lleva por nombre “Propuesta de

Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi6.

Previamente a la aprobación de la Propuesta del gobierno vasco, se habían

producido una serie de acuerdos y debates sobre autogobierno en el

Parlamento Vasco que acaban el 12 de Julio de 2002 con la aprobación

por esta cámara del Dictamen elaborado por una Comisión Especial de

Autogobierno, cuya constitución había sido decidida por el propio Parlamento

en pleno de 25 de Octubre de 2001 con la función de trabajar en el desarrollo

estatutario vasco. El Dictamen de la Comisión se produce tras la

comparecencia ante la misma entre el 30 de Enero y el 12 de Junio de

2002 de 62 ponentes que acuden al órgano parlamentario para expresar

sus opiniones respecto a la reforma proyectada.

La tramitación de la propuesta del gobierno en el Parlamento Vasco se inicia

con la presentación de varias enmiendas a la totalidad, tras cuyo debate en

la Comisión de Instituciones e Interior, se inicia una ponencia parlamentaria

en esta Comisión el 22 de marzo de 2004. Después de varias comparecencias

la Comisión emite un Dictamen en relación con la propuesta de reforma de

Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi que es debatido y aprobado en

pleno del Parlamento Vasco el 30 de diciembre de 2004 con casi el 50% de

sus miembros en contra.

El 14 de enero de 2005 la propuesta de reforma del Parlamento Vasco es

presentada en el Congreso de los Diputados, y admitida a trámite por la

Mesa del Congreso el 19 del mismo mes.

Por acuerdo de la Junta de Portavoces del Congreso de los Diputados de

25 de enero de 2005 se decide iniciar la tramitación de la propuesta

mediante la celebración de un Pleno de toma en consideración. Contra esta

decisión los grupos Izquierda Verde-IU-ICV, PNV, EA y Nafarroa Bai interponen

el 26 y 27 de enero sendos Recursos de Amparo ante el Tribunal

Constitucional, que son inadmitidos a trámite por el Alto Tribunal mediante

Auto de 31 de enero de 2005.

12-13

Tras más de 25 años de funcionamiento del Estado de las Autonomías existe

un diagnóstico generalizado en España acerca del buen funcionamiento de

la descentralización política desplegada desde la Constitución de 1978. Este

nuevo modelo de Estado autonómico ha sido capaz de reconocer la diversidad

y la pluralidad al tiempo que ha garantizado la unidad del Estado (Cano Bueso,

2005). Por ello, hablar de la necesaria modernización de la España de las

Autonomías no significa, en modo alguno, poner en duda la bondad de la

estructura básica del Estado regulada en el Título VIII de la vigente Constitución,

que ha sabido integrar unidad y diversidad en el marco de la solidaridad.

Los diferentes avatares políticos han posibilitado que, en las presentes

Legislaturas, tanto estatal como autonómicas, nos hallemos inmersos en el

debate de la reforma constitucional y estatutaria. Precedidas por el Plan

Ibarretxe, las instituciones catalanas llevan ya varios años realizando los

trabajos previos conducentes a una reforma estatutaria en profundidad. Y

también Andalucía, donde el propio Presidente de la Junta lanzó la idea a

principios de la Legislatura pasada. En efecto, fue en junio de 2001, cuando

con ocasión del Debate sobre el estado de la Comunidad Autónoma, Chaves

aludía a la necesidad de “abrir un debate político y social sobre el texto

estatutario, evitando la polémica partidista, y proceder con inteligencia y

pragmatismo a impulsar un nuevo horizonte de autogobierno que facilite lo

que vengo denominando la segunda modernización de Andalucía, en base a

sugerencias, propuestas e iniciativas, sin excluir ninguna alternativa, incluida

la posibilidad de reformar el Estatuto si fuera necesario”. Y más adelante

solicitaba “diálogo y acuerdo para contribuir desde nuestra Comunidad al

desarrollo del Estado de las Autonomías. Un impulso que debe significar la

reforma del Senado, la creación de la Conferencia de Presidentes Autonómicos,

el fortalecimiento de las Conferencias Intersectoriales y la presencia de las

Comunidades españolas en los Consejos de Ministros de la Unión Europea”.

Por lo tanto, dada la importancia de una operación de esta naturaleza conviene

aclarar, en primer lugar, si es necesaria la misma.

En el momento actual se presenta como una cuestión pacífica, pero como

tendremos oportunidad de apreciar, no lo fue en el origen del proceso. Hoy,

3. El momento de emprender reformas

1. La necesidad de la reforma en cambio, podemos constatar cómo las cuatro fuerzas del arco parlamentario

andaluz, las centrales sindicales, las organizaciones empresariales, distintos

colectivos sociales y personalidades del mundo de la ciencia, el derecho, la

cultura o las artes son favorables a la reforma estatutaria y así lo han

manifestado en la correspondiente comparecencia parlamentaria. Por lo

demás, en la práctica totalidad de los sondeos de opinión pública recientemente

efectuados los andaluces se muestran satisfechos con su autonomía política

y partidarios de incrementar los niveles de autogobierno.

Pero no debemos olvidar que la elaboración y aprobación del actual Estatuto

de Autonomía para Andalucía, hoy vigente, se produjo en un marco general de

redefinición y racionalización del proceso autonómico en el que se intentó rebajar

el máximo nivel de autogobierno que posibilitaba el artículo 151 CE4.

En los años posteriores se desplegó el Estado autonómico y se produjo una

profunda descentralización partiendo del impreciso Título VIII de la Constitución,

construyendo una suerte de funcionamiento territorial equiparable, grosso modo,

a un Estado federal del tipo alemán y, por supuesto, con más profundidad

descentralizadora que el modelo italiano, partiendo, fundamentalmente, sobre

la base de acuerdos políticos y a través de las sentencias del Tribunal Constitucional.

Se debe destacar, también, como recuerdan, entre otros, Cano Bueso (2005)

y Lucas Murillo de la Cueva (2005), que en los últimos veinticinco años

Andalucía ha cambiado sustancialmente. En el plano interno, porque su

sistema político se ha consolidado, su desarrollo económico ha despegado,

se han universalizado servicios tan básicos como el educativo y el sanitario,

los sistemas de protección y prestación funcionan en unos estándares

razonables. Y lo mismo sucede desde la perspectiva de la acción exterior,

donde Andalucía está jugando un papel muy importante, acorde a sus

posibilidades, en el ámbito de la cooperación internacional, en los esfuerzos

por el diálogo y el entendimiento entre culturas, en la preservación de la

estabilidad y de la paz en el Mediterráneo, particularmente en el Magreb, en

su vocación de puente y enlace con los países Hispanoamericanos.

Por todo esto resulta necesario y coherente el proceso conducente a la revisión

y actualización del Estatuto de Autonomía. Y por ello, también, tanto el

Presidente de la Junta como el Consejo de Gobierno y la totalidad de las

fuerzas políticas parlamentarias de Andalucía, se han implicado de manera

decisiva a la hora de propiciar un debate sobre la adecuación de las normas

escritas a la realidad política subyacente.

constitucional y de libertades propiciado por la Constitución de 1978. Así las cosas, es un texto pactado, en buena medida, desde la desconfianza de una de las grandes fuerzas políticas, precisamente el partido de UCD que en aquel momento encarnaba el Gobierno de la Nación. Ello condujo a que por la vía de los motivos de desacuerdo y a través de la presentación de enmiendas, el centro-derecha español (UCD-AP) intentara rebajar a lo largo de la tramitación parlamentaria el techo de autogobierno que el artículo 151 de la Constitución confería a las Comunidades de primer nivel.

4. CANO nos recuerda que fue diseñado por el segundo Gobierno del Presidente Suárez, iniciado en 1979, que desembocó, tras el Informe de la Comisión de Expertos, en la suscripción de los Acuerdos de 1981 firmados entre UCD y PSOE, y que culminó con la aprobación de la LOAPA, en buena medida declarada posteriormente inconstitucional. Es, por tanto, un Estatuto que se aprueba en un momento de convulsión de la vida política española y que se tramita a la sombra del 23 de febrero y de las cautelas que, en aquel momento, imponían las amenazas de desestabilización del sistema

2. Contexto general en que se inicia el proceso de reforma estatuaria

5. CANO nos recuerda que el necesario ensamblaje entre la Constitución y los Estatutos -en definitiva, el bloque de la constitucionalidad- es imprescindible en materias como los derechos derivados de los derechos fundamentales, en la composición y funcionamiento del Senado, en la configuración de los instrumentos de colaboración, cooperación y mutuo auxilio interterritorial, en la regulación de los mecanismos que permitan la participación de Andalucía, tanto desde la perspectiva de la formación de la voluntad interna del Estado cuanto de la formación de la voluntad hacia el exterior, incluyendo el establecimiento de los canales de representación y participación de las Comunidades Autónomas en el espacio de la Unión Europea.

6.Este texto y todos los demás datos concernientes a este proceso de reforma están disponibles en www.parlamento.euskadi.net

Page 9: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Sin embargo, en opinión de Iñaki Lasagabaster (28/10/2003), aunque el

proyecto supone una alteración importante de la relación Euskadi-Estado, no

implica una alteración sustancial del modelo constitucional, ya que la propuesta

Ibarretxe afectaría únicamente a Euskadi y no a España. Para este autor, la

posibilidad jurídica de encontrar un “enganche” para dicha propuesta en la

Constitución española existe, pero falta voluntad política del Estado. Si bien

Lasagabaster tampoco argumenta cuál pueda ser ese “enganche”, a su

entender, la aprobación del proyecto no necesitaría de reforma constitucional

alguna, siendo la opinión contraria un intento antidemocrático de impedir el

planteamiento de la propuesta, que se incardinaría en una campaña totalitaria

del Estado español por evitar el diálogo.

Finalmente, el Pleno del Congreso de los Diputados acabó rechazando la toma

en consideración de la Propuesta de Nuevo Estatuto, con lo que acababa la

singladura de este intento de reforma estatutaria cuyo efecto, sin embargo,

ha sido el de reavivar un debate institucional ya existente en algunas

Comunidades Autónomas, y abrirlo en otras, sobre la necesidad de revisar

sus respectivos Estatutos de Autonomía. Este proceso, iniciado desde muy

diversas perspectivas por las distintas regiones y nacionalidades españolas,

ha sido calificado de “segunda fase de la transición democrática” (Carrillo,

30/11/2004), y presenta importantes retos para la consolidación y estabilización

de la estructura del Estado.

B) CataluñaEn el caso de Cataluña11, este debate ya se había iniciado a nivel institucional

el 3 de octubre de 2002 con la aprobación por el Parlament de esta Comunidad

Autónoma de una Resolución sobre la orientación política general del Consejo

Ejecutivo12, en la que, partiendo de la constatación de una situación de parálisis

y retroceso en el desarrollo autonómico protagonizado por las dos fuerzas

políticas mayoritarias del Estado mediante una legislación estatal que anula

las competencias autonómicas y también mediante una obstrucción al traspaso

de los servicios pendientes, se pretende que para la consecución de un

necesario incremento de autogobierno, y en caso de que la tendencia estatal

continuara, sería absolutamente necesaria una ampliación del marco estatutario.

Los ámbitos que esta Resolución considera más dignos de revisión son, v.gr.,

los concernientes a la financiación y la inversión pública del Estado, la política

lingüística, la política social, protección de la familia, ciertos aspectos del

autogobierno, lucha contra la violencia de género, enseñanza, política sanitaria,

políticas de empleo, y otros.

Por su parte, el Institut d'Estudis Autonòmics de Cataluña elabora en julio de

2003 un informe sobre la reforma del Estatuto en el que hace un balance y

diagnóstico de la aplicación de dicha norma. Según el Institut, los principales

problemas que derivan de la aplicación del vigente marco estatutario son:

falta de capacidad para fijar políticas propias en ámbitos materiales coherentes

El 1 de febrero de 2005 acaba teniendo lugar el debate de toma en consideración

en el que se reflejan las posturas elementales referentes a la propuesta de

reforma estatutaria aprobada por el Parlamento Vasco con amplio rechazo

por los grupos mayoritarios en esta cámara. Durante el discurso de Ibarretxe

Markuartu, Presidente del gobierno autonómico vasco nombrado representante

del Parlamento de esta Comunidad Autónoma ante el Congreso de los

Diputados para la defensa de la propuesta, se presenta el núcleo de la misma

que consiste en la constitución del País Vasco como Estado Libre y Asociado

al Estado español, en base a un pretendido derecho del pueblo vasco a decidir

sobre su propia soberanía y por mediación de una supuesta legitimidad

constituyente del Parlamento Vasco7.

Frente a estas ideas se presentan las de los grupos parlamentarios mayoritarios,

encabezadas por el Presidente del Gobierno de la Nación, Rodríguez Zapatero,

y el jefe de la oposición, Rajoy Brey. El primero advierte de que la relación

constitucional entre el País Vasco y el resto de España debe decidirse por los

vascos pero también por el resto de españoles, ya que la soberanía reside

en todo el pueblo y no solo en una parte de él, que, además, ni siquiera

expresa la voluntad de la totalidad del pueblo vasco. Por estos motivos, rechaza

la propuesta de reforma8.

Por su parte, y de forma similar, Rajoy Brey expresa su rechazo a dicha

propuesta señalando que tras una apariencia de pretendida reforma estatutaria,

lo que realmente se encuentra es una propuesta de reforma constitucional,

que equivaldría a una propuesta de Constitución para el País Vasco. Esta

propuesta rompería, por tanto, el marco legal y constitucional vigente,

atribuyendo a la Comunidad Autónoma Vasca competencias que no le

corresponden9. El jefe del principal partido en la oposición advierte además

del carácter “genéticamente” antidemocrático de la propuesta del Parlamento

Vasco, ya que al establecer una distinción entre ciudadanía y nacionalidad

vasca se crea una estructura social de castas, rompiendo con el principio

angular del constitucionalismo democrático occidental, el principio de igualdad10.

En sentido parecido se había venido ya expresando alguna doctrina

constitucionalista. Así, Rubio Llorente (28/10/2003) considera que el llamado

“Plan Ibarretxe” presenta un ultimátum, una propuesta de discusión sobre

una decisión ya tomada previa y unilateralmente. En opinión de este autor,

se trata de una declaración de independencia formulada junto a una propuesta

de confederación. Es decir, la propuesta vasca no buscaría una reforma

estatutaria sino más bien una derogación del Estatuto y una constitución para

una nueva comunidad política que se declara soberana mediante un nuevo

poder constituyente.

Para Pérez Royo (28/10/2003) se trata de una propuesta constituyente

originaria de “un pueblo vasco” que suplanta unilateralmente al “pueblo

español” como único titular del poder constituyente. No equivale, por tanto,

a una reforma estatutaria sino al ejercicio de un derecho de autodeterminación

incompatible con la Constitución de 1978.

Reforma del Estatuto de Autonomía

estables de pareja, la protección de los datos personales, la participación en

la elaboración de leyes, la consulta popular, el derecho y deber de conocer

y usar las lenguas, los derechos lingüísticos en la educación y el consumo,

los derechos en el ámbito de la salud, la educación, los servicios sociales,

el alojamiento, y el ámbito laboral16.

Un segundo título contempla los principios rectores de la Comunidad. Así, la

protección de las personas y la familia, la cohesión y el bienestar social, la

seguridad, los principios rectores socio-económicos, la acogida de inmigrantes,

la “convivencia social”, equilibrio territorial, medio ambiente, alojamiento y

movilidad, educación e investigación, protección de consumidores y usuarios,

cooperación exterior, acceso a las tecnologías de la información, memoria

histórica, y fomento de la participación social.

El tercer título contiene los aspectos referentes a las instituciones. Se abordan

en este punto cuestiones tales como el régimen electoral, los decretos-ley del

gobierno de la Comunidad Autónoma, la disolución del Parlamento, elección y

atribuciones del Presidente de la Generalitat, el Consejo Consultivo o Consejo

de Garantías Estatutarias, el Sindic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, la

organización local con aspectos como las competencias locales y su financiación,

el municipio, la vegueria, la comarca y el régimen del Valle de Arán.

Bajo el título del Poder Judicial en Cataluña se incluye la regulación del Tribunal

Superior de Justicia, el Fiscal Superior de Cataluña, un Consejo de Justicia

de Cataluña, con sus atribuciones y competencias, así como otras competencias

de la Generalitat sobre la Administración de Justicia tales como el régimen

de oposiciones y concursos, requisitos para los jueces y el resto de personal

de esta Administración en Cataluña, la justicia gratuita, y la demarcación y

planta judicial.

El título quinto se dedica al tema de las competencias de la Comunidad

Autónoma. En esta parte, a lo largo de casi ochenta páginas, se desarrolla

un articulado que fija una por una y detalladamente las competencias de la

Comunidad y su alcance. En primer lugar se delimitan una serie de materias

como obras hidráulicas, consumo, defensa de la competencia, derecho

procesal, medios de comunicación social y servicios de contenido audiovisual,

trabajo y relaciones laborales, o el sistema penitenciario, en las que se asumen

competencias. A continuación se incluye una proposición de ley orgánica de

transferencia a la Generalitat de las facultades de ejecución de la legislación

estatal, por ejemplo, en planificación económica, agricultura, pesca, consultas

populares, cultura, deportes, inmigración, mercados de valores, organización

territorial, régimen local, sanidad, medio ambiente, políticas de género,

seguridad pública y privada, protección civil y seguridad social17.

En los títulos sexto, séptimo y octavo se contemplan las relaciones con otras

Comunidades Autónomas, con la UE, y la acción exterior. Se incluyen aspectos

como convenios de colaboración con el Estado y con otras Comunidades, una

Comisión Bilateral Generalitat-Estado, formas de colaboración multilateral, y

y completos; funciones ejecutivas fragmentadas y restringidas; ausencia de

una capacidad de autoorganización plena; inadaptación de la Administración

estatal y de la Administración de Justicia al modelo autonómico; insuficiente

participación en las instituciones y en las políticas estatales; déficits participativos

en la Unión Europea y en la proyección exterior; ausencia de financiación

suficiente, estable y garantizada; insuficiente reconocimiento y garantía de

la singularidad de Cataluña; riesgos de desnaturalización de las potestades

legislativas de la Generalitat.

Desde este punto de partida, la Comissió d'Estudi per a l'Aprofondiment de

l'Autogovern elabora un informe con ciertas recomendaciones sobre la reforma

del Estatuto catalán y el procedimiento a seguir, el cual es debatido y aprobado

por el Parlament el 19 de noviembre de 2002.

El 19 de febrero del siguiente año se constituye una especie de pre-ponencia

parlamentaria con la misión de elaborar un nuevo informe sobre una propuesta

de reforma del Estatuto de Autonomía catalán13. Para estas fechas, los partidos

políticos ya habían presentado sus respectivas propuestas al Parlament, las cuales

sirven para orientar a la ponencia. Finalmente, tras varias reuniones y acuerdos

parlamentarios que tienen lugar entre diciembre de 2003 y octubre de 2004, se

constituye la Ponencia redactora de la reforma del Estatuto de Autonomía de

Cataluña que continúa activa aún en busca de un consenso definitivo.

Los elementos fundamentales sobre los que pretende versar la reforma

catalana pueden extraerse del texto de Propuesta de reforma del Estatuto de

Autonomía de Cataluña de mayo de 2005 que ha sido elaborado en primera

lectura, y está siendo debatido en el seno de la Ponencia. Hay que señalar,

previamente a la exposición de estos contenidos, que este texto no constituye

la auténtica proposición de ley de reforma, sino que únicamente recoge los

resultados del trabajo llevado a cabo hasta el momento en la ponencia, los

cuales son abiertos y modificables, como el propio texto indica14. Las propuestas

contenidas recogen principalmente acuerdos articulados, unánimes o

mayoritarios, en función de cada materia, aunque la formalización definitiva

se hará en la segunda lectura.

Las materias recogidas son muy numerosas, y el texto de la propuesta

igualmente extenso15, por lo que a continuación se expondrán de manera

sucinta las líneas fundamentales de dicho trabajo, intentando centrar la

exposición en los temas más representativos.

En el título preliminar se tratan cuestiones como la denominación de Cataluña

como Nación, el derecho a la autodeterminación, los derechos históricos, el

territorio, la lengua propia y las oficiales, los símbolos, la capital, o los principios

generales de la organización territorial.

El primer título está dedicado a los derechos y deberes civiles, derechos en

el ámbito político y de la Administración, derechos lingüísticos, derechos

sociales, y sus garantías. Entre los derechos contemplados se hallan los

derechos de la infancia y la tercera edad, el derecho a crear unos lazos

14-15

15. 243 páginas16. Una regulación estatutaria de estos derechos,

incluyendo sanidad, educación, protección social, yderecho al trabajo, ya se venía reclamando por algunos agentes sociales. Véase la Propuesta sobrelos capítulos laboral y social de una posible reforma

del Estatuto de Autonomía de Cataluña elaborada por UGT-Cataluña

17.En este ámbito también se había reclamado desde UGT-Cataluña la necesidad de una asunción plena de competencias en materia laboral y social, con el fin de crear un marco catalán de relaciones laborales. Véase la citada Propuesta.

7. Véase Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, año 2004, VIII Legislatura, Núm. 65, p. 3091

8. íbidem., pp.3094 y ss. 9. íbidem., p. 309610. íbidem., p. 3099

11. Todos los textos citados a continuación están disponibles en www.parlament-cat.net

12.Boletín Oficial del Parlament de Catalunya (BOPC), núm. 339, de 7 de octubre de 2002

13.BOPC, núm. 398, de 3 de marzo de 200314. Una clara muestra del carácter mutable de esta propuesta

la encontramos en la prensa del día 25 de junio de 2005 (día de finalización de la redacción de este trabajo) en el que aparece la noticia de que el Gobierno Catalán retoca el borrador del Estatuto con la intención de daruna nueva redacción al tema de las competencias menos ambiciosa. Véase El País, 25/6/05: El tripartito catalán lima el borrador del nuevo Estatuto para ajustarlo a la Constitución. El IEA señala 27 puntos del título sobrecompetencias de la Generalitat en que se desborda eltecho constitucional.

Page 10: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

la participación en las instituciones y procedimientos de toma de decisiones

estatales mediante la comparecencia de senadores catalanes ante el Parlament,

designación de miembros del Tribunal Constitucional y del CGPJ, e iniciativa

legislativa en la Cortes. En cuanto a las relaciones con la UE, se pretende una

participación directa en los Tratados originarios, participación en la formación

de las posiciones del Estado, desarrollo y aplicación del Derecho comunitario,

gestión de fondos europeos, participación en el control de los principios de

subsidiariedad y proporcionalidad, acciones ante el Tribunal de Luxemburgo,

y la creación de una delegación catalana ante la UE y una Comisión Mixta

para asuntos europeos. Dentro de la acción exterior se tratan las delegaciones

en el exterior, los acuerdos de colaboración, tratados internacionales, cooperación

transfronteriza, cooperación al desarrollo, y la creación de una Comisión Mixta

de acción exterior.

La financiación de la Comunidad Autónoma se aborda en el penúltimo título,

aunque las propuestas de su contenido están divididas según el partido político

que las defiende. Es decir, que el nivel de consenso en esta materia parece

ser menor por el momento. Así, en el documento presentado por CiU, se

propone un régimen de acuerdo económico con el Estado con una cuota de

contribución, y la creación de una Agencia Tributaria catalana. En la propuesta

del gobierno autonómico catalán se observa una división entre recursos

propios de la Comunidad con sus respectivas competencias financieras y la

creación de una Agencia Tributaria catalana, por un lado, y por otro, la inclusión

de unos principios de solidaridad y lealtad institucional.

Pese a que desde la doctrina (Pérez Royo, 13/12/2004) se advierte que

ninguna reforma estatutaria puede ya variar la irreversibilidad del principio

de igualdad que se ha impuesto en el ejercicio del derecho a la autonomía,

algunas de las pretensiones de reforma que van surgiendo a lo largo del

proceso de elaboración de la propuesta catalana hacen temer al gobierno

autonómico de Andalucía, así como a algunos líderes políticos, por el

mantenimiento de las mayores cuotas de autogobierno en nuestra Comunidad

Autónoma, por lo que, en este contexto, se inicia la andadura andaluza de

reforma teniendo por guía en un principio al modelo catalán.

Sin embargo, el modelo catalán se va mostrando progresivamente como difícil

de extrapolar a Andalucía, y en diversos puntos, especialmente el de la

financiación, se hace cada vez más conflictivo (El País, 06/03/2005), por lo

que, tras un período en el que la reforma andaluza intenta inspirarse en la

catalana, empieza a abrirse la idea de configurar un modelo andaluz como

vía distinta y particular que rápidamente es vista por algunos sectores y por

los dos partidos mayoritarios, PP y PSOE, como una posibilidad de crear un

nuevo referente a nivel nacional (ABC, 10/01/2005 y 08/03/2005; La Razón,

10/01/2005; Diario de Sevilla, 03/03/2005).

C) ValenciaAhora bien, en esta tesitura surge la propuesta definitiva de reforma del

Estatuto de Autonomía de Valencia, que, también separándose del modelo

catalán, abre una nueva posibilidad como modelo de reforma ya acabado. La

llamada “vía valenciana”, nace fruto del consenso entre los dos principales

partidos políticos, y configura un intento de reforma moderada, que no pretende

retocar la Constitución ni leyes orgánicas, que prevé una Agencia Tributaria

coordinada con la estatal, y contempla un sistema competencial y financiero

sin cambios importantes, pero abierto a posibles cambios en otras comunidades

autónomas mediante cláusulas de salvaguarda que permiten asumir aquello

que otras comunidades asuman en futuras reformas (ABC, 25/05/2005).

En opinión de Pérez Royo (29/05/2005), la presentación de esta propuesta

representa la irrupción de la multilateralidad en un proceso de reforma que

no puede ni debe privilegiar a ciertas comunidades y preterir a otras. Puesto

que la reforma alcanza a la propia estructura del Estado, lo lógico es que en

ella participen todas las regiones y nacionalidades. Según este autor, el

carácter moderado y consensuado de la vía valenciana hace de esta propuesta

un modelo muy positivo que probablemente será seguido por la mayoría de

las demás comunidades.

Sin embargo, a pesar de estar fundada en un consenso, y a haber sido

bienvenida por la ejecutiva federal del PSOE (ABC, 25/05/2005), esta vía no

parece satisfacer al gobierno de la Comunidad andaluza, quien además duda

del encaje legal de las citadas cláusulas de salvaguarda. En realidad, la

intención del ejecutivo andaluz parece desmarcarse tanto del modelo valenciano

como del catalán y busca una máxima asunción competencial, aunque sin

romper el marco constitucional (Diario de Sevilla, 14/06/2005).

16-17

Las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía de 16

de diciembre de 2003, cuyo contenido expondremos sucintamente a

continuación poniéndolo en relación con las opiniones y repercusiones

generadas por el mismo en los distintos ámbitos y agentes sociales que han

participado activamente en el proceso de reforma, nacen como una concreción

de la propuesta hecha el 8 de mayo de 2002 por el Presidente de la Junta

de Andalucía, Chaves González, en el marco de la llamada “segunda

modernización de Andalucía”.

En esta propuesta de 2002, Chaves advierte que, pese a la extraordinaria

utilidad que el Estatuto andaluz ha tenido para la superación de la secular

marginación de Andalucía, tanto el nuevo contexto internacional con la

globalización de las sociedades y la internacionalización de la economía, como

el nacional con los nuevos planteamientos sobre el Estado autonómico, generan

la necesidad de reflexionar sobre ciertos aspectos del Estatuto. Así, las

consecuencias de la integración europea en Andalucía, la inmigración, la

revolución tecnológica, la perspectiva de género en el Estatuto, la articulación

interna de la comunidad, la hacienda, y Gibraltar.

Siguiendo estas directrices, el día 30 de diciembre de 2003 el Gobierno

andaluz presenta ante el Parlamento el citado documento de bases para la

reforma del Estatuto, y en el discurso de presentación que hace el propio

Presidente se esbozan las motivaciones concretas del documento. Se pretende

impulsar un nuevo horizonte de autogobierno para adaptar las técnicas y

contenidos del Estatuto a los cambios que se desarrollan en la sociedad actual

sin afectar a sus principios básicos.

El trasfondo de la iniciativa es, pues, la voluntad de afrontar los cambios

económicos, sociales, políticos y culturales del nuevo siglo, cuya superación

pretende alcanzarse con la reforma estatutaria a fin de mejorar las condiciones

de vida de todos los ciudadanos.

También el documento de las Bases advierte de estas motivaciones en su

Preámbulo, y señala una serie de objetivos a alcanzar por la reforma: promover

las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos

en los que se integran sean reales y efectivas; establecer una Comunidad

social y democrática de derecho; establecer un orden económico y social

justo y solidario; garantizar a todas las personas el pleno ejercicio de sus

derechos reconocidos; conseguir el pleno empleo; afianzar la conciencia de

identidad andaluza; aprovechar y potenciar los recursos económicos de

Andalucía, promoviendo la justa redistribución de la renta; protección de la

naturaleza y del medio ambiente; superar los desequilibrios económicos,

3. Las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía

Ante dicha Comisión comparecieron Sesión de 14.10.2004:Ángel M. López y López; Juan Carlos Aguilar Moreno; José Rodríguez de la Borbolla y Camoyán; Miguel Ángel Pino Menchén; Carlos Rosado Cobián; Pedro Serrera Contreras; En Sesión de 18.10.2004: Rafael Escuredo Rodríguez; Antonio Ojeda Escobar; José Antonio Marín Rite; Diego Valderas Sosa; Javier Torres Vela; En Sesión de 04.11.2004: Miquel Roca Junyent; Manuel Clavero Arévalo; María de los Ángeles Infante García, Presidenta de la Fundación Blas Infante; Sesión de 15.11.2004: Juan Cano Bueso, Presidente del Consejo Consultivo de Andalucía; Rafael Navas Vázquez, Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía; Joaquín Galán Pérez, Presidente del Consejo Económico y Social; José Chamizo de la Rubia, Defensor del Pueblo Andaluz; En Sesión de 22.11.2004: Javier Pérez Royo; En Sesión de 16.12.2004: Santiago Herrero León, Presidente de la Confederación de Empresarios de Andalucía; Manuel Pastrana Casado, Secretario General de UGT-Andalucía; Francisco Carbonero Contador, Secretario general de CCOO-Andalucía; Antonio Moreno Romero, Presidente de la Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía; Francisco Moreno Navajas, Representante de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de Andalucía; Cristóbal Cantos Ruiz, Secretario General de ASAJA; En Sesión de 21.12.2004: Rafael Hurtado de Mendoza y Alba, Presidente de CSI-CSIF Andalucía; José Manuel Sánchez Gordillo, Secretario General del Sindicato de Obreros del Campo y el Medio Rural; José María Rosales de Angulo, Representante del Consejo Andaluz de Colegios Profesionales de Abogados; Antonio Virúez García, Presidente de la Confederación de Asociaciones de Vecinos de Andalucía; José González Gaztañaga, Presidente de la Federación de Organizaciones Andaluzas de Mayores; José Luis Gil Salguero, Representante del Consejo de la Juventud de Andalucía; Francisco de la Casa, Coordinador de ATTAC-Andalucía; Mª Ángeles Rebollo, Presidenta de la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa; Juan Moreno Rodríguez, Presidente de la Unión de Consumidores de Andalucía; En Sesión de 28.12.2004: Francisco Toscano Sánchez, Presidente de la federación Andaluza de Municipios y Provincias; Braulio Medel Cámara, Presidente de la Federación Andaluza de Cajas de Ahorro; Pilar Troncoso González, Representante en Andalucía de la Asociación de Juristas Progresistas; Rafaela Pastor Martínez, Presidenta de la Plataforma de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres; Montserrat Moyano Moyano, Presidenta de la Asociación de Mujeres Rurales de Andalucía; Fernando Reyaro Suárez, Presidente de la Asociación de Empresas del Sector Medioambiental; Mª Ángeles Cózar Gutiérrez, Presidenta del Comité de Representantes de Personas con Discapacidad; Antonio Escobar Ruiz, Presidente de la Federación de Asociaciones de Lucha contra la Droga; En Sesión de 18.01.2005: José María Mesa Siles, Presidente de la Confederación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Enseñanza Pública; Juan Rodríguez Hidalgo, Presidente de la Confederación de Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos de Andalucía; Kamal Kahmouni, Presidente de la Asociación de Trabajadores Inmigrantes Marroquíes en Andalucía; Nicolás de Alba Fernández, Presidente de la Coordinadora de Organizaciones no Gubernamentales; En Sesión de 25.01.2005: Walter Vivanco Torres, Presidente de la Asociación de Ecuatorianos de Andalucía; Rosario Aguilera Santos, Presidenta de la Federación Andaluza de Asociaciones de Lesbianas y Gays; Javier García Núñez, Secretario de la Coordinadora Girasol de Grupos Gays, Lesbianas y Transexuales de Andalucía; Humberto García González-Gordon, Coordinador Territorial de Andalucía de la Fundación Secretariado Gitano; Beatriz Carrillo de los Reyes, Presidenta de la Federación Andaluza de Mujeres Gitanas; En Sesión de 07.03.2005: Miguel Terrino Vargas, Representante del Consejo de Comunidades Andaluzas; Jose Luis Ortiz Nuevo; Salvador Távora Triano.

sociales y culturales entre las distintas áreas del territorio andaluz; proponer

la igualdad efectiva del hombre y de la mujer; desarrollar y mantener una

extensa red de derechos sociales y servicios públicos fundamentales; el pleno

reconocimiento de la dignidad de las personas inmigrantes; colaborar en el

fortalecimiento de la cultura de la paz con los restantes pueblos de la tierra.

Como medios a emplear para alcanzar los objetivos marcados se señalan el

ejercicio pleno del derecho al autogobierno como una nacionalidad integrada

en la unidad de España, la participación en las decisiones políticas que afecten

a los derechos e intereses legítimos de Andalucía, contribuir a la construcción

de una Europa democrática y social y de un orden internacional justo y en paz.

Estos medios se concretan en diferentes aspectos cuya exposición se realiza

a lo largo de las diez bases contenidas en el documento que vamos a resumir

a continuación acompañándolo de las opiniones presentadas ante la Comisión

de Desarrollo Estatutario del Parlamento andaluz desde octubre de 2004 a

marzo de 200518.

Fuente: Diputación de Almería

18.

Page 11: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

De la primera de ellas, referida al “Autogobierno”, se puede destacar la

preeminencia del compromiso con los principios de solidaridad con los pueblos

de España, así como los de colaboración, cooperación, mutuo auxilio y lealtad

en las relaciones con los entes locales, el Estado o la Unión Europea, principios

que son también reclamados por los comparecientes en la comisión

parlamentaria19.

Así mismo, se saluda en general la idea de que el nuevo Estatuto recoja

explícitamente el carácter de nacionalidad que tiene Andalucía20.

En la segunda base se aborda el compromiso con los derechos y libertades de los ciudadanos. En este apartado se señala la necesidad de garantizar,

incluso mediante acción positiva, la no discriminación en el ejercicio de los

derechos de todos los ciudadanos, especialmente en las cuestiones de

género21 . La protección de los derechos sociales y laborales es otra de las

prioridades que se presentan en el documento de bases, que propone incluir

en el Estatuto una “Carta de los derechos sociales de los andaluces” a este

fin22. Además de esto, se pretende garantizar la calidad de vida de los

mayores23 , el derecho de acceso de los ciudadanos a las nuevas tecnologías24

, y la integración de los inmigrantes en Andalucía25.

18-19

“Las instituciones de autogobierno” se estudian en la tercera base, que

trata de reforzar la función de impulso político y control que el Parlamento

tiene sobre el Gobierno. Se propone reformar la Ley Electoral de Andalucía

para garantizar la igualdad de género en la participación política26, establecer

un control parlamentario de los medios de comunicación de titularidad pública

andaluza27, potenciar la acción del Defensor del Pueblo andaluz28 y de la

Cámara de Cuentas29, introducir la potestad presidencial de disolución del

Parlamento en el Estatuto30, incluir un sistema de elección proporcional de

senadores por los distintos grupos parlamentarios sin necesidad de consenso31

, y elevar a rango estatutario la existencia y funciones del Consejo Consultivo32.

19. En este sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., PINO MENCHEN, M. A. (sesión de 14.10.2004, pp. 24, 25 y 59), MARIN RITE, J. A. Y TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, pp. 47, 78 y 81); GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, p.41)

20. Se manifiestan a favor de la expresión “nacionalidad” AGUILAR MORENO, J. C. (sesión de 14.10.2004, p.29), ESCUREDO RODRÍGUEZ, R., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, pp. 7 a 8, 59, 61 y 92), CLAVERO ARÉVALO, M. E INFANTE GARCIA, M. A. (sesión de 04.11.2004, pp. 29 y 48); se manifiesta a favor de la calificación de “región” SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de 14.10.2004, p.88); HURTADO MENDOZA, R. (sesión de 21.12.2004, p. 7)

21. Los comparecientes en la comisión parlamentaria prestan especial apoyo a la lucha contra discriminación y a la igualdad por razones de género. Véase ROSADO COBIAN, C. (sesión de 14.10.2004, p. 75), MARIN RITE, J. A., VALDERAS SOSA, D. (sesión de 18.10.2004, pp. 45 y 64), CANO BUESO, J. (que también propone potenciar la discriminación positiva y la paridad electoral en el EAA), GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 8, 45 y 61), PASTRANA CASADO, M. (abogando por la paridad en la administración), CARBONERO CONTADOR, F. (también partidario de la paridad laboral y en la vida pública) ROMERO MORENO, A., MORENO NAVAJAS, F. (sesión de 16.12.2004, pp. 20, 38, 50 y 59); HURTADO MENDOZA, R., VIRUEZ GARCIA, A. (partidario de la discriminación positiva), GIL SALGUERO, J.L. (también partidario de la discriminación positiva) (sesión de 21.12.2004, pp. 9, 36, 51 y 52); GONZALEZ TRONCOSO, P. (propone incluir un principio de democracia paritaria), MOYANO MOYANO, M. (con especial atención a la mujer rural), COZAR GUTIERREZ, M.A. (sesión de 28.12.2004, pp. 34, 50 y 67); MESA SILES, J.M., RODRÍGUEZ HIDALGO, J. (sesión de 18.01.2005, pp. 6 y 15); CARRILLO DE LOS REYES, B. (con especial atención a la mujer gitana) (sesión de 25.01.2005, p. 32). Esta postura es también defendida en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” ofrecido por el Parlamento de Andalucía por parte de MARTÍNEZ SEMPERE, E. (ponencia de 03.02.2005).

22. Esta propuesta encuentra numerosos apoyos entre los comparecientes PINO MENCHEN, M. A. (sesión de 14.10.2004, p. 71), ESCUREDO RODRIGUEZ, R., OJEDA ESCOBAR, A., MARIN RITE, J. A., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, pp. 11, 29, 59, 80), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 8, 45 y 59), PASTRANA CASADO, M., ROMERO MORENO, A. (sesión de 16.12.2004, pp. 19 y 50); SÁNCHEZ GORDILLO, J.M., ROSALES DE ANGULO, J.M., VIRUEZ GARCIA, A., MORENO RODRÍGUEZ, J., REBOLLO, M.A. (sesión de 21.12.2004, pp. 23, 30, 37, 64 y 76); MEDEL CAMARA, B. (aboga por la inclusión conjunta de los deberes que conlleva la ciudadanía) (sesión de 28.12.2004, pp. 24-25);KAHMOUNI, K. (sesión de 18.01.2005, p. 20); TERRINO VARGAS, M. (sesión de 07.03.2005, p.9). También es defendida por LUCAS MURILLO DE LA CUEVA, P. (03.02.2005) y CÁMARA VILLAR, G. (15.02.2005), en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía y AGUDO ZAMORA, M. en la conferencia “La inclusión de un catálogo de derechos y deberes en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Especial referencia a los derechos sociales”, ponencia realizada en el curso de las “Jornadas sobre la reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites”, Instituto Andaluz de Administración Pública, marzo 2005.

23. Idea que apoyan GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 41 y 60), PASTRANA CASADO, M., CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de 16.12.2004, pp. 19 y 37)

24. Igualmente VALDERAS SOSA, D. (sesión de 18.10.2004, p.64), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 8 y 45); ROMERO MORENO, A. (sesión de 16.12.2004, p. 51); GIL SALGUERO, J.L., REBOLLO, M.A. (sesión de 21.12.2004, pp. 53 y 65); MESA SILES, J.M. (sesión de 18.01.2005, p.6); CARRILLO DE LOS REYES, B. (especialmente para los gitanos) (sesión de 25.01.2005, p. 33)

25. En este sentido PINO MENCHEN, M. A., ROSADO COBIAN, C. (sesión de 14.10.2004, pp. 60, 75), OJEDA ESCOBAR, A., TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, pp.29 y 80), GALAN PEREZ, J., CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 44 y 61), PASTRANA CASADO, M., CARBONERO CONTADOR, F. , CANTOS RUIZ, C. (sesión de 16.12.2004, pp. 25, 38 y 65); VIRUEZ GARCIA, A., GIL SALGUERO, J.L. (sesión de 21.12.2004, pp. 37 y 53); MOYANO MOYANO, M. (sesión de 28.12.2004, p.50); RODRÍGUEZ HIDALGO, J., KAHMOUNI, K. (sesión de 18.01.2005, pp. 15 y 20-21). Esta idea fue apoyada por PEREZ SOLA, N. en el curso de las “Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites” celebradas por el Instituto Andaluz de Administración Pública en Sevilla los días 28, 29, 30 y 31 de marzo de 2005. También es defendida por CÁMARA VILLAR, G. (15.02.2005) en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía.

26. En el mismo sentido CANO BUESO, J. (sesión de 15.11.2004, p. 8); CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de 16.12.2004, p. 38); GONZALEZ TRONCOSO, P. (sesión de 28.12.2004, p. 34)

27. La misma idea se encuentra en TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, p. 83), CANO BUESO, J. (sesión de 15.11.2004, p.9), PEREZ ROYO, J. (sesión de 22.11.2004, p.10); REBOLLO, M.A. (sesión de 21.12.2004, p. 65)

28. Apoyado CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, p. 33), NAVAS VAZQUEZ, R., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 23 a 30 y 45); MEDEL CAMARA, B. (sesión de 28.12.2004, p. 22)

29. Igualmente CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, p. 33), NAVAS VAZQUEZ, R., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 23 a 30 y 45); MEDEL CAMARA, B. (sesión de 28.12.2004, p. 22). Esta idea también es apoyada por MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las “Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites” celebradas por el Instituto Andaluz de Administración Pública en Sevilla los días 28, 29, 30 y 31 de marzo de 2005

30. En este sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., AGUILAR MORENO, J. C., ROSADO COBIAN, C., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de 14.10.2004, pp.10, 41, 74, 83), OJEDA ESCOBAR, A. (sesión de 18.10.2004, p. 30), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, p. 33), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 9 y 45), PEREZ ROYO, J. (sesión de 22.11.2004, p. 9); y MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las citadas “Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites”. Defendido también por RUIZ-RICO RUIZ, G. (22.02.2005) en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía.

31. Esta idea también es apoyada por MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las citadas “Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites”

32. En este sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., ROSADO COBIAN, C., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de 14.10.2004, pp. 11, 74 y 83), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, p. 33), GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, p. 45); REBOLLO, M.A. (sesión de 21.12.2004, p. 65); y MORALES ARROYO, J.M. en el curso de las citadas “Jornadas sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía: posibilidades y límites”

Fuente: Diputación de Almería

Fuente: Periódico Ideal

Fuente: Archivo Municipal Córdoba

Page 12: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

La base cuarta contiene las propuestas referentes a la “calidad de la democracia”. Se prevé como objetivo un impulso al derecho a participar

directamente en los asuntos públicos, potenciando a este fin la iniciativa

legislativa popular, “otras modalidades de consulta directa”, y el uso de las

nuevas tecnologías para facilitar dicha participación33. Así mismo, se propone

acabar con el transfuguismo político, y fomentar el asociacionismo.

En el capítulo de competencias de la Comunidad Autónoma se apunta la

necesidad de limitar con precisión el alcance y contenido de los títulos

competenciales horizontales del Estado para evitar que la comunidad se vea

privada del ejercicio de competencias de su legítima titularidad34. Se aboga,

además, por crear y afianzar los cauces de cooperación adecuados entre

Estado y comunidad para evitar la invasión competencial35. En cuanto a

competencias concretas se reclama la transferencia de las cuencas hidrográficas

andaluzas36, la gestión de los parques nacionales de Doñana y Sierra Nevada37,

el tráfico y la seguridad vial38, los puertos y aeropuertos39, los ferrocarriles40

y de “cuantas competencias estatales puedan ser ejercidas con más eficacia

y proximidad a los ciudadanos”.

Los aspectos de economía y sociedad que deba contener la reforma se

enumeran en la sexta base. Así, mediante la reforma se pretende alcanzar

el pleno empleo y mejorar la calidad en el trabajo41, ayudar a la concertación

social42, promover la capacidad emprendedora andaluza43, especialmente

desde la educación, favorecer a las pequeñas y medianas empresas y a los

emprendedores autónomos, fomentar el cooperativismo44, garantizar el acceso

de la mujer al mercado de trabajo, y potenciar la investigación.

Respecto a la “protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible” se propone una modernización ecológica de la comunidad, otorgando un

papel especial a los sectores de la economía ecológica45, e implantando

medidas fiscales con finalidad ecológica para la promoción de un modelo

sostenible46. Además se propone la creación de un Defensor de la Naturaleza

como órgano adjunto al defensor del Pueblo andaluz.

La base octava trata de la “organización territorial” que pretende configurarse

como reflejo y medio de expresión de la identidad social y voluntad política

colectivas. Para ello, el municipio deberá ser la entidad territorial básica de

Andalucía permitiendo que se agrupen en entidades territoriales basadas en

hechos socioeconómicos, urbanísticos o metropolitanos. Se propone garantizar

que los municipios, diputaciones y demás entes locales gocen de la autonomía,

competencias47 y financiación48 que reclama la Carta Europea de la Autonomía

Local. Por otra parte, se propugna la intervención estratégica en la ordenación

y estructuración del territorio para evitar desequilibrios internos.

La financiación de la Comunidad Autónoma en las bases se asienta sobre

los principios de autonomía y suficiencia financiera, para garantizar la igualdad

de acceso a los servicios públicos y la corrección de los desequilibrios

territoriales. Se plantea la posibilidad de gestionar los recursos de la comunidad

mediante una agencia tributaria propia que se rija por los principios de

autonomía, coordinación y lealtad con otras administraciones tributarias49.

20-21

Se aboga por el principio de corresponsabilidad fiscal50 y por la participación

en los ingresos del Estado mediante el criterio de la población. Por otra

parte, se reivindican las cantidades correspondientes a la Disposición

Adicional Segunda del Estatuto de Autonomía51, denominada de forma no

pacífica “deuda histórica”, la participación en las decisiones relativas a

las inversiones estatales en Andalucía, y la igualación de los resultados

entre el régimen foral y el común.

Finalmente, la décima base aborda el tema de la “acción exterior de la comunidad autónoma” reclamando la capacidad de celebrar acuerdos con

otras comunidades para la prestación conjunta de servicios, la participación

en la toma de decisiones de las instituciones de la Unión Europea directamente

o a través del Estado, la presencia en las instituciones de la Unión Europea

mediante la presencia en la representación española del Consejo de Ministros

cuando se traten de asuntos de exclusiva competencia autonómica52, la

aplicación y ejecución de la normativa comunitaria de acuerdo con la distribución

competencial realizada en el bloque de la constitucionalidad53, y el derecho

a instar al Gobierno de la Nación a la celebración de tratados internacionales

y a participar54 y recibir información en el proceso de elaboración de los

mismos en materias que sean del interés de la comunidad55. Además, se

propone desarrollar una actividad autonómica de cooperación exterior56,

especialmente en Iberoamérica y el Mediterráneo57, fomentar la formalización

de convenios interregionales y transfronterizos de cooperación, y garantizar

una colaboración especial con Gibraltar58.

33. En este sentido CANO BUESO, J. (para referéndum consultivo o iniciativa legislativa) (sesión de 15.11.2004, p. 8), HERRERO LEON, S. (para trámites, notificaciones, etc.) (sesión de 16.12.2004, p.8). No ve inconveniente al respecto RUIZ-RICO RUIZ, G. (22.02.2005) en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía.

34. En el mismo sentido TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, p.81), CANO BUESO, J. (que propone una delimitación más clara de los bloques materiales), GALAN PEREZ, J. (que estima oportuno buscar alguna forma de “blindaje” competencial en el EAA) (sesión de 15.11.2004, pp. 10 y 45)

35. TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, p.81). En este sentido, TEROL BECERRA, M. (22.02.2005), hace referencia a “comisiones bilaterales” en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía.

36. En el mismo sentido TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, p.82), INFANTE GARCIA, M. A. (sesión de 04.11.2004, p.48), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 10 y 41); MORENO NAVAJAS, F. (sesión de 16.12.2004, p. 56); HURTADO MENDOZA, R., SÁNCHEZ GORDILLO, J.M., VIRUEZ GARCIA, A., F., MORENORODRÍGUEZ, J., REBOLLO, M.A. (sesión de 21.12.2004, pp. 9, 16, 37 y 71)

37. En el mismo sentido TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, p.82), CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 10 y 44); MORENO NAVAJAS, F. (sesión de 16.12.2004, p. 56); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de 21.12.2004, p. 71)

38. En el mismo sentido CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 10 y 44); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de 21.12.2004, p. 71)

39. En el mismo sentido CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 10 y 44), CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de 16.12.2004, p.37); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de 21.12.2004, p. 71)

40. En el mismo sentido CANO BUESO, J., GALAN PEREZ, J. (sesión de 15.11.2004, pp. 10 y 44), CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de 16.12.2004, p.37); MORENO RODRÍGUEZ, J. (sesión de 21.12.2004, p. 71)

41. En el mismo sentido HERRERO LEON, S., PASTRANA CASADO, M. (sesión de 16.12.2004, pp. 6 y 22); GIL SALGUERO, J.L. (sesión de 21.12.2004, pp. 50-51)

42. En el mismo sentido PASTRANA CASADO, M., CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de 16.12.2004, pp. 22 y 37)

43. En el mismo sentido CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, p.31), HERRERO LEON, S. (sesión de 16.12.2004, p.6); GIL SALGUERO, J.L. (sesión de 21.12.2004, p. 51)

44. En el mismo sentido ROMERO MORENO, A., MORENO NAVAJAS, F. (sesión de 16.12.2004, pp. 49 y 58); SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (sesión de 21.12.2004, p. 18)

45. En el mismo sentido SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (sesión de 21.12.2004, p. 16); REYARO SUAREZ, F. (sesión de 28.12.2004, p. 56)

46. En el mismo sentido VIRUEZ GARCIA, A. (sesión de 21.12.2004, p. 37); REYARO SUAREZ, F. (sesión de 28.12.2004, p.57)

47. En este sentido RODRÍGUEZ DE LA BORBOLLA, J .A., PINO MENCHEN, M. A., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de 14.10.2004, pp.47-48, 61-62 y 94), ESCUREDO RODRIGUEZ, R., OJEDA ESCOBAR, A., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, pp.22, 39, 58-59, 82), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, p.30), CANO BUESO, J. (creando un núcleo duro de competencias locales en el EAA), CHAMIZO DE LA RUBIA, J. (sesión de 15.11.2004, pp.11 y 64), PASTRANA CASADO, M. (sesión de 16.12.2004, p. 23), CARBONERO CONTADOR, F. (sesión de 16.12.2004, pp. 46-47). También en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía, BALAGUER CALLEJÓN, M. L. (17.02.2005).

48. En este sentido AGUILAR MORENO, J. C. (sesión de 14.10.2004, p.41), MARIN RITE, J. A., TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, pp. 56, 94), CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, pp.30 y 31), CANO BUESO, J. (sesión de 15.11.2004, p. 12), PASTRANA CASADO, M. (sesión de 16.12.2004, p. 23).

49. En el mismo sentido ROCA JUNYENT, M. (sesión de 04.11.2004,p.24); ROMERO MORENO, A. (sesión de 16.12.2004, p. 51); HURTADO MENDOZA, R., SÁNCHEZ GORDILLO, J.M., ROSALES DE ANGULO, J.M., GIL SALGUERO, J.L. (sesión de 21.12.2004, pp. 9, 16, 30 y 72); MEDEL CAMARA, B. (sesión de 28.12.2004, p. 22); RODRÍGUEZ HIDALGO, J. (sesión de 18.01.2005, p. 15). También LASARTE ÁLVAREZ, JAVIER (22.02.2005) en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía.

50. En el mismo sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., sesión de 14.10.2004, p.23. 51. En el mismo sentido LOPEZ Y LOPEZ, A. M., AGUILAR MORENO, J. C., RODRÍGUEZ DE

LA BORBOLLA, J .A., SERRERA CONTRERAS, P. (sesión de 14.10.2004, pp.21-22, 31-32, 55, 93-94), ESCUREDO RODRIGUEZ, R., OJEDA ESCOBAR, A., MARIN RITE, J.

A., VALDERAS SOSA, D., TORRES VELA, J. (sesión de 18.10.2004, pp. 19, 30, 55, 71, 94-95), ROCA JUNYENT, M., CLAVERO ARÉVALO, M. e INFANTE GARCIA, M. A. (sesión de 04.11.2004, pp. 19, 35-36, 41, 48); HURTADO MENDOZA, R. (aboga por su eliminación en caso que liquidación), SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (es partidario de mantener tal disposición aunque se liquiden los conceptos que contiene) (sesión de 21.12.2004, pp. 9, 12 y 15); RODRÍGUEZ HIDALGO, J. (sesión de 18.01.2005, p. 15)

52. En el mismo sentido AGUILAR MORENO, J. C. (sesión de 14.10.2004, p.33); SÁNCHEZ GORDILLO, J.M. (sesión de 21.12.2004, p. 17)

53. En el mismo sentido CANO BUESO, J. (sesión de 15.11.2004, p. 10)54. En el mismo sentido GIL SALGUERO, J.L. (sesión de 21.12.2004, p. 53); ALBA

FERNÁNDEZ, N. (sesión de 18.01.2005, p. 28)55. En el mismo sentido AGUILAR MORENO, J. C., sesión de 14.10.2004, p.3356. En el mismo sentido MARIN RITE, J. A. (con el objetivo de alcanzar el 0'7% del PIB de

la Comunidad en Ayuda Pública al Desarrollo) (sesión de 18.10.2004, p.56); VIRUEZ GARCIA, A. (sesión de 21.12.2004, p. 37); ALBA FERNÁNDEZ, N. (sesión de 18.01.2005, p. 27). También CÁMARA VILLAR, G. (15.02.2005) en el “Ciclo de Conferencias sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía” organizado por el Parlamento de Andalucía.

57. En el mismo sentido CLAVERO ARÉVALO, M. (sesión de 04.11.2004, p.34); VIRUEZ GARCIA, A. (sesión de 21.12.2004, p. 37)

58. En el mismo sentido CLAVERO ARÉVALO, M., sesión de 04.11.2004, p.34

Fuente: Periódico Ideal Fuente: Archivo Municipal Córdoba

Page 13: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

autonómica. El Foro del PP concluye que la propuesta de Chaves no exige

reformar el Estatuto (El Mundo, 03/07/2004); según explica la noticia, el

Foro por las Reformas Institucionales del Partido Popular de Andalucía ha

llegado a la conclusión de que todas las aspiraciones recogidas en las

Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía de diciembre de 2003

pueden llevarse a cabo con modificaciones legislativas ordinarias. Por su

parte, IU rechaza dar sólo “retoques” al Estatuto (El País, 12/07/2004), ya

que el parlamentario Antonio Romero exige la incorporación del término

“nacionalidad” en el texto.

Ya en el mes de agosto, Chaves aboga por la reforma estatutaria para frenar

el nacionalismo radical (ABC, 15/08/2004). El presidente autonómico, según

esta información, considera que el impulso de las autonomías puede evitar

que las opciones nacionalistas más radicales tengan más campo y más

margen de maniobra. Mientras, Zapatero convoca a todas las autonomías

para debatir la reforma de los estatutos y la Constitución (El País, 15/08/2004)

en la primera Conferencia de Presidentes, que pretende servir de vía de

comunicación de cara a las distintas reformas estatutarias. Estas dos

informaciones ilustran una circunstancia trascendental: la reforma del

Estatuto de Autonomía para Andalucía no es un proceso aislado, sino que

se enmarca en un contexto en el que varías comunidades autónomas,

principalmente Cataluña y el País Vasco, llevan a cabo iniciativas similares,

cada una con sus particularidades pero siempre dentro del marco de la

reforma del modelo autonómico.

Los partidos continúan tomando posiciones de cara al segundo periodo de

sesiones de la legislatura, en el que comenzará en el Parlamento el debate

sobre la reforma. IU promueve el protagonismo de los Ayuntamientos en el

Estatuto (El Correo de Andalucía, 16/08/2004), ya que anuncia que presentará

mociones en todos los ayuntamientos para reclamar que las corporaciones

locales sean las auténticas protagonistas del proceso. El 9 de septiembre,

los dirigentes del PSOE-A y PP-A tienen un encuentro en el que Chaves y

Arenas impulsan y ponen fecha a la reforma del Estatuto (El Correo de

Andalucía, 10/09/2004). De esta forma, con el comienzo del segundo

periodo de sesiones en el Parlamento y constitución de la Ponencia de

Reforma, El Estatuto entra en quirófano (El Correo de Andalucía, 13/08/2004):

la ponencia ya está constituida y comenzarán a comparecer los agentes

sociales para exponer sus propuestas.

Desde este momento, los partidos fijan definitivamente sus posiciones. El

PSOE promete un Estatuto “de primera” tras las críticas del PP y la Plataforma

del 28-F (ABC, 18/09/2004). Nacionalidad andaluza, elecciones por separado

y policía autonómica, exigencias del PA para la reforma (ABC, 18/09/2004).

El 24 de septiembre, coincidiendo con su primera sesión, la Ponencia hace

pública una declaración institucional sobre la Reforma del Estatuto de

Autonomía. Gran parte de la prensa recoge esta noticia como el punto de

22-23

2. La Ponencia de reforma del Estatuto de Autonomía

El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 29 y 30

de junio de 2004, acuerda la creación de una Ponencia de Reforma del

Estatuto de Autonomía60.

Con fecha igualmente 30 de junio de 2004 procede a constituirse la

Comisión de Desarrollo Estatutario entre cuyos acuerdos figura la

designación de la Ponencia.

En la misma sesión se solicita a los Grupos parlamentarios la presentación

de propuestas de personas y organizaciones que han de comparecer al objeto

de manifestar cuanto consideren oportuno en relación a la reforma del Estatuto

de Autonomía para Andalucía.

Los meses de julio y agosto, vacaciones parlamentarias, el foco de atención

del debate de la reforma vuelve a los partidos alejándose de la cámara

Desde la publicación de las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía

por parte del Gobierno andaluz, en diciembre de 2003, el debate en torno a

la reforma estatutaria ha ido centrando cada vez más la atención de los medios

de comunicación. No obstante, ha sido a partir de las elecciones autonómicas

del 14 de marzo de 2004 cuando, con el inicio de la VII Legislatura en el

Parlamento de Andalucía, la Reforma del Estatuto se ha convertido en uno

de los puntos fuertes de la agenda política y mediática.

Durante la campaña electoral previa a los comicios, los partidos fueron

tomando posiciones en el debate. Ya en el comienzo de la campaña, la prensa

publicaba un reportaje titulado El Estatuto, el debate que viene (El País,

29/02/2004), en el que representantes de las cuatro fuerzas políticas con

representación en el Parlamento autonómico explicaban sus respectivos

puntos de vista acerca de un tema que ya entonces se sabía que iba a ser

uno de los referentes de la legislatura.

El mismo día de las elecciones, otro reportaje explicaba también el

posicionamiento de los cuatro principales partidos políticos en torno a al

debate de la reforma estatutaria. Con el titular Cuatro años para decidir el

futuro del Estatuto de Autonomía (Diario de Sevilla, 14/03/2004), este análisis

se centraba en exponer las opiniones expresadas por los candidatos durante

la campaña electoral al respecto de la creación de una agencia tributaria

propia, las pensiones, la política exterior o la organización territorial de la

Comunidad Autónoma.

Días después de las elecciones se publica la información Proponen que el

presidente tenga límite de mandato (El Correo de Andalucía, 21/03/2004),

según la cual tanto IU como PA coinciden en señalar que el texto estatutario

debe recoger una limitación de dos legislaturas como máximo para que un

mismo candidato ostente la presidencia de la Junta. A partir de la constitución

del Parlamento, el 31 de marzo, y de los gobiernos autonómico y nacional,

los partidos comienzan a exponer sus propuestas concretas.

Con PSOE, IU y PA apostando por la reforma estatutaria, el PP se suma desde

abril al debate. En este mes, Manuel Chaves es investido presidente de la

Junta de Andalucía (días 20 y 21). El PP abre la puerta a negociar la reforma

4. Crónica de la Reforma del Estatuto y su seguimiento por la prensa

1. El comienzo de la VII Legislatura del Estatuto andaluz pese a haberla rechazado por “innecesaria” (El País,

19/04/2004); Antonio Sanz, portavoz del Grupo Parlamentario Popular, ha

admitido estudiar la incorporación de su partido a la ponencia de reforma.

Es de hecho el propio Partido Popular el que toma en estos meses la iniciativa

en este sentido. El 26 de mayo este partido inaugura un foro sobre reformas

institucionales con el que, según la prensa, El PP escenifica en Carmona el

inicio del debate del Estatuto (Diario de Sevilla, 26/05/2004). En este encuentro

entre sus máximos mandatarios autonómicos El PP pone condiciones a la

reforma del Estatuto (Diario de Sevilla, 27/05/2004), ya que Arenas reclama

al Ejecutivo que remita al Parlamento un texto articulado que concrete los

puntos que se pretenden modificar.

A finales del mes de mayo comienzan los contactos entre los partidos con

representación parlamentaria para llevar a cabo el anunciado proceso. Los

grupos parlamentarios buscan un pacto sobre cómo debatir la reforma

estatutaria (El País, 31/05/2004). Este paso de las meras declaraciones de

los partidos al ámbito parlamentario supone ya un punto de inflexión en el

debate. No obstante, el primer periodo de sesiones de la VII Legislatura en

el Parlamento de Andalucía sirve como toma de contacto y punto de partida

de la reforma. En el mes de junio la Consejera de Justicia y Administración

Pública de la Junta de Andalucía plantea ante la Comisión General de

Comunidades Autónomas del Senado la intención del Ejecutivo andaluz de

acometer variaciones en el texto estatutario: López lleva al Senado la aspiración

de reformar el Estatuto (Diario de Sevilla, 4/06/2004). Posteriormente, la

noticia de que Los grupos parlamentarios acuerdan constituir la ponencia

de reforma del Estatuto este mes (El País, 18/06/2004) afirma que el papel

central de la reforma lo tendrá la Cámara autonómica.

59. Las fuentes de información que se han seguido para realizar este apartado han sido las siguientes: ABC, Diario de Sevilla, El Correo de Andalucía, El Mundo, El País, Ideal, La Razón; Gabinete de Prensa del Parlamento de Andalucía, y las diferentes declaraciones y documentos generados por los grupos políticos y organizaciones sociales andaluzas.

Por acuerdo del Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 29 y 30 de junio de 2004, se crea la Ponencia de Reforma del Estatuto de Autonomía según el siguiente texto:

“1.º Se crea una Ponencia en el seno de la Comisión de Desarrollo Estatutario cuyo objeto será la elaboración de un informe que contendrá las propuestas y líneas de modificación del Estatuto de Autonomía para Andalucía con el objetivo de mejorar y profundizar el autogobierno de la Comunidad Autónoma.

2.º Esta Ponencia estará compuesta por 7 miembros, con la siguiente distribución:Grupo Parlamentario Socialista: 3 miembros.Grupo Parlamentario Popular de Andalucía: 2 miembros.Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía: 1 miembro.Grupo Parlamentario Andalucista: 1 miembro.

3.º Su actividad finalizará con la elevación del informe a la Comisión de Desarrollo Estatutario que podrá decidir sobre la ampliación o continuación de los trabajos de la misma.

4.º En las primeras sesiones establecerá sus normas de funcionamiento y el calendario de actividades. En todo caso, la Ponencia informará del desarrollo de sus trabajos a la Comisión al menos una vez en cada período de sesiones.

5.º Este acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.”

Esta Ponencia fue incrementada en su composición a propuesta de todos los Grupos parlamentarios por acuerdo del Pleno en sesión celebrada los días 20 y 21 de abril de 2005, de forma que queda definitivamente compuesta por 11 miembros con la siguiente distribución:

Grupo Parlamentario Socialista: 4 miembros.Grupo Parlamentario Popular de Andalucía: 3 miembros.Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía: 2 miembros.Grupo Parlamentario Andalucista: 2 miembros.

60.

Page 14: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

- Doña Mercé Barceló Serramalera. Catedrática de Derecho Constitucional.

- Doña Ana Cañizares Laso. Catedrática de Derecho Civil.- Don Diego Javier Liñán Nogueras.

Catedrático de Derecho Internacional Público.- Don Braulio Medel Cámara.

Catedrático de Hacienda Pública.- Don Javier Pérez Royo.

Catedrático de Derecho Constitucional.

- ANTONIO ESCOBAR RUIZ, Presidente de la Federación de Asociaciones

de Lucha contra la Droga “ENLACE”.

18 DE ENERO DE 2005:- JOSE MARIA MESA SILES, Presidente de la Confederación CODAPA.

- JUAN RODRÍGUEZ HIDALGO, Presidente de la Confederación CONFAPA.

- KAMAL RAHMOUNI, Presidente de la Asociación de Trabajadores Marroquíes

(ATIME).

- NICOLÁS DE ALBA FERNÁNDEZ, Presidente de la Coordinadora Andaluza

de ONGDs.

25 DE ENERO DE 2005:- WALTER VIVANCO TORRES, Presidente de la Asociación de Ecuatorianos

de Andalucía.

- ROSARIO AGUILERA SANTOS, Presidenta de la Federación Andaluza de

Asociaciones de Lesbianas y Gays “COLEGA”.

- JAVIER GARCÍA NÚÑEZ, Secretario de la Coordinadora GIRASOL de Grupos

de Gays, Lesbianas y Transexuales de Andalucía.

- HUMBERTO GARCÍA GONZÁLEZ-GORDON, Director Territorial de Andalucía

de la Fundación Secretariado Gitano.

- BEATRIZ CARRILLO DE LOS REYES, Presidenta de la Federación Andaluza

de Mujeres Gitanas (FAKALI).

7 DE MARZO DE 2005:- D. MIGUEL TERRINO VARGAS, Vocal de las asociaciones por la

circunscripción de Cataluña, en representación del Consejo de Comunidades

Andaluzas.

- JOSÉ LUIS ORTIZ NUEVO.

- SALVADOR TÁVORA TRIANO.

El 28 de septiembre, el Gobierno autonómico crea, a través del Decreto

497/2004, el Consejo Asesor para la Modernización del Estado de las

Autonomías, que nace con el objetivo principal de realizar propuestas en el

marco de la Reforma del Estatuto andaluz62.

El Consejo Asesor para la modernización del Estado de las Autonomías se

crea, pues, como un órgano de asesoramiento del Consejo de Gobierno de

la Comunidad Autónoma de Andalucía, adscrito a la Consejería de Presidencia.

Sus funciones son las de examinar las repercusiones en el Estado Autonómico

del proceso de construcción, funcionamiento y constitucionalización de la

Unión Europea; formular propuestas para el perfeccionamiento y modernización

del Estado Autonómico; valorar las repercusiones de todo orden, sociales,

económicas y culturales, de las propuestas que se formulen por el citado

Consejo Asesor; así como emitir informes sobre cuantas cuestiones en materia

24-25

DIA 22 DE NOVIEMBRE DE 2004:- JAVIER PÉREZ ROYO, Ponente del Estatuto.

DIA 16 DE DICIEMBRE DE 2004:- SANTIAGO HERRERO LEÓN, Presidente de la CEA.

- MANUEL PASTRANA CASADO, Secretario de UGT-A.

- FRANCISCO CARBONERO CANTADOR, Secretario de CCOO-A.

- ANTONIO ROMERO MORENO, Presidente de CEPES.

- FRANCISCO MORENO NAVAJAS, Representante de UPA.

- CRISTOBAL CANTOS RUIZ, Secretario General de ASAJA.

DIA 21 DE DICIEMBRE DE 2004:- RAFAEL HURTADO DE MENDOZA Y ALBA,

Presidente del CSI-CSIF Andalucía.

- MANUEL SANCHEZ GORDILLO,

Sindicato de Obreros del Campo y Medio Rural.

- JOSE MARIA ROSALES ANGULO, en representación de la Confederación

de Colegios Profesionales de Abogados.

- ANTONIO VIRUEZ GARCIA, Presidente de CAVA. Asociaciones de Vecinos.

- JOSE GONZÁLEZ GASTAÑAGA, Presidente de FOAM,

Organización de Mayores de Andalucía.

- JOSÉ GIL SALGUERO, en representación del Consejo de la Juventud de

Andalucía.

- FRANCISCO DE LA CASA MARTÍNEZ, Presidente de ATTAC-Andalucía.

- MARIA DE LOS ANGELES REBOLLO SANZ, en representación de la

Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa (Al-Andalus).

- JUAN MORENO RODRÍGUEZ, Presidente de UCA.

DIA 28 DE DICIEMBRE DE 2004:- FRANCISCO TOSCANO SÁNCHEZ, Presidente de la Federación Andaluza

de Municipios y Provincias (F.A.M.P.).

- BRAULIO MEDEL CÁMARA,

Presidente de la Federación Andaluza de Cajas de Ahorro.

- PILAR TRONCOSO GONZÁLEZ, Representante en Andalucía de la Asociación

de Juristas Progresistas (THEMIS).

- RAFAELA PASTOR MARTÍNEZ, Presidenta de la Plataforma de apoyo al

Lobby Europeo de Mujeres.

- MONSERRAT MOYANO MOYANO, Presidenta de la Asociación de Mujeres

Rurales de Andalucía (ADEMUR-Andalucía).

- FERNANDO REYARO SUÁREZ, Presidente de la Asociación de Empresas

del Sector Medioambiental (AESMA).

- MARÍA ÁNGELES CÓZAR GUTIÉRREZ, Presidenta del Comité de

Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI-Andalucía).

partida de la reforma: El Parlamento inicia el “proceso histórico” para la

reforma del Estatuto de Autonomía (ABC, 25/09/2004).

La Ponencia inicia, pues, sus trabajos elaborando la siguiente

declaración conjunta:

“Hoy se inicia un proceso histórico para Andalucía. Se pone en marcha la

reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, un texto que ha hecho

posible la convivencia armónica, el desarrollo político, social y económico de

esta tierra y la recuperación de la autoestima de un pueblo que hoy tiene voz

propia en el Estado de las Autonomías, tal y como establece la Constitución

Española de 1978.

Como hace más de dos décadas, iniciamos una tarea ilusionante con un

nuevo Estatuto para el siglo XXI, un instrumento jurídico que debe impulsar

el bienestar, la igualdad y la justicia social, dentro del marco de cohesión y

solidaridad que establece la Constitución.

Afirmamos la centralidad del Parlamento de Andalucía para la importante

tarea que se nos ha encomendado. El propio Estatuto confiere a esta

Cámara autonómica esta prerrogativa. Los poderes de la comunidad

autónoma emanan de la Constitución y del Pueblo Andaluz. Y éste, soberana

y democráticamente, elige a sus representantes para que defiendan los

intereses generales de Andalucía.

El proceso de modernización y actualización de nuestra carta magna autonómica

ha de estar orientado por la utilidad para la ciudadanía y para seguir

profundizando en un horizonte de bienestar y nuevos derechos. Para ello

consideramos como guía de los trabajos la participación de la sociedad civil.

Organizaciones representativas de todos los campos y personalidades relevantes

de nuestra historia reciente tienen mucho que aportar para conseguir un

Estatuto que dé respuesta a las demandas del Pueblo andaluz y a los nuevos

retos que nos impone la evolución de la sociedad andaluza. Por ello, hacemos

un llamamiento a la participación ciudadana, a una movilización cívica,

responsable y comprometida con el futuro de nuestra tierra.

Los trabajos de esta ponencia arrancan con voluntad de consenso. Tenemos

que conseguir el máximo respaldo de todos para acometer con éxito esta

tarea extraordinaria. El diálogo y la búsqueda del acuerdo deben posibilitar

un nuevo Estatuto que dé satisfacción a las expectativas que la ciudadanía

ha depositado en este Parlamento de Andalucía.”

3. Comparecencias ante la Comisión de Desarrollo Estatuario

En esta misma sesión la Ponencia conoce las propuestas formuladas por los

distintos Grupos parlamentarios relativas a las personas y organizaciones que

comparecerán ante la Comisión de Desarrollo Estatutario a fin de exponer

cuantas consideraciones tengan a bien efectuar en relación a la reforma del

Estatuto de Autonomía para Andalucía, estableciéndose el siguiente calendario

de comparecencias61:

DIA 14 DE OCTUBRE DE 2004:- ANGEL M. LÓPEZ Y LÓPEZ,

Ponente del Estatuto y Ex Presidente del Parlamento de Andalucía.

- JUAN CARLOS AGUILAR MORENO, Ponente del Estatuto.

- JOSÉ RODRÍGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYÁN,

Ponente del Estatuto y Ex Presidente de la Junta de Andalucía.

- MIGUEL ÁNGEL PINO MENCHÉN, Ponente del Estatuto.

- CARLOS ROSADO COBIÁN, Ponente del Estatuto.

- PEDRO SERRERA CONTRERAS, Ponente del Estatuto.

DIA 18 DE OCTUBRE DE 2004:- RAFAEL ESCUREDO RODRÍGUEZ, Ex Presidente de la Junta de Andalucía.

- ANTONIO OJEDA ESCOBAR, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía.

- JOSÉ ANTONIO MARÍN RITE, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía.

- DIEGO VALDERAS SOSA, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía.

- JAVIER TORRES VELA, Ex Presidente del Parlamento de Andalucía.

DIA 4 DE NOVIEMBRE DE 2004:- MIGUEL ROCA JUNYENT, Ponente de la Constitución Española.

- MANUEL CLAVERO ARÉVALO, Ex Ministro del Gobierno de la Nación.

- DÑA. MARÍA DE LOS ANGELES INFANTE GARCÍA,

Presidenta de la Fundación Blas Infante.

DIA 15 DE NOVIEMBRE DE 2004:- JUAN CANO BUESO, Presidente del Consejo Consultivo de Andalucía.

- RAFAEL NAVAS VÁZQUEZ,

Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

- JOAQUÍN GALÁN PÉREZ,

Presidente del Consejo Económico y Social de Andalucía.

- JOSÉ CHAMIZO DE LA RUBIA, Defensor del Pueblo Andaluz.

61.En el apartado relativo a las Bases para la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía hemos hecho referencia a las principales aportaciones realizadas por los comparecientes que siguieron, mayoritariamente, el contenido de las citadas Bases a la hora de su intervención.

62.El Consejo estará compuesto por los siguientes miembros:

a) Los ex Presidentes del Tribunal Constitucional:- Don Pedro Cruz Villalón.- Don Manuel Jiménez de Parga.b) Los ex Presidentes de la Junta de Andalucía:- Don Rafael Escuredo Rodríguez.- Don José María Rodríguez de la Borbolla y Camoyán.c) Otras personalidades:- Doña María Luisa Balaguer Callejón.

Catedrática de Derecho Constitucional.

Page 15: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

Así, El nuevo Estatuto debe prever la no coincidencia electoral, según PP

(ABC, 23/11/2004), mientras que El PSOE encarga a un grupo asesor “inventar”

otro Estatuto con el límite de la Constitución (El País, 27/11/2004). Semanas

después, el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista y miembro de la

Ponencia para la Reforma, Manuel Gracia, relataba en una entrevista los

problemas que algunos temas políticos adyacentes suponían para alcanzar

un acuerdo en cuanto a la reforma: “Es muy difícil negociar sobre el Estatuto

porque no hay confianza” (Diario de Sevilla, 13/12/2004).

Este primer año de debates en torno a la reforma del Estatuto de Autonomía

termina con nuevas comparecencias ante la Ponencia parlamentaria. Patronal

y sindicatos exigen que se señale su papel en el Estatuto (El Correo, 17/12/2004),

Colectivos reclaman sus derechos en el Estatuto (El Correo, 22/12/2004), La

FAMP pide que el Estatuto señale las competencias de los municipios (El

Correo, 29/12/2004), Medel no ve necesaria la deuda histórica porque está

en otro artículo del Estatuto (ABC, 29/12/2004). Sucesivamente, las

organizaciones empresariales y sindicales, la Federación Andaluza de Municipios

y Provincias y la Federación Andaluza de Cajas de Ahorro han expuesto sus

puntos de vista acerca del texto estatutario.

4. El documento de reforma elaborado por UGT Andalucía

En este mes de diciembre, UGT-Andalucía presenta su documento La

Reforma del Estatuto de Autonomía. De esta forma se convierte en la

primera organización que pone en circulación un documento elaborado

en relación a la reforma del Estatuto63.

Señala el documento que, “cumplidos los veinticinco años de nuestro

sistema constitucional, y ante los nuevos retos sociales y políticos, se

hace necesario actualizar esos marcos de referencia con el objeto de

afianzar los parámetros que han servido de guía a las políticas desarrolladas,

e incorporar nuevos principios que permitan hallar respuestas a las

demandas de los andaluces y andaluzas, ante los cambios que presenta

la sociedad actual”. Este documento resalta la necesidad de incorporar

una Carta de Derechos Sociales que consagre los derechos conquistados

en los últimos años, así como los nuevos derechos que demanda la

realidad social y cultural: la inmigración, la incorporación de la mujer al

mercado laboral, los cambios en la estructura familiar, las nuevas fórmulas

26-27

nuevo texto: La consejera de Igualdad pide un lenguaje “neutro” en el nuevo

Estatuto (El País, 04/11/2004); Micaela Navarro aboga, según esta información,

por evitar el lenguaje sexista buscando un uso neutro de las palabras, pero

sin modificar los conceptos. La comparecencia ante la Ponencia para la

reforma de Miquel Roca y el ex ministro Manuel Clavero se produce éste

mismo día 4. Sus intervenciones, como indica la prensa al día siguiente,

vuelven a hacer referencia a las otras reformas estatutarias que se suceden

en paralelo a la Andaluza: Clavero y Roca coinciden en que ninguna comunidad

debe recibir más que otra (Ideal, 05/11/2004).

El 9 de noviembre, los grupos parlamentarios se reúnen para hacer un primer

balance de los trabajos sobre la Reforma del Estatuto llevados a cabo en la

Cámara. Una de las principales preocupaciones a estas alturas, tras las

primeras comparecencias ante la Ponencia, es la de implicar a los andaluces

en el debate. Los partidos admiten que a la sociedad no le interesa el Estatuto

(El Correo, 10/11/2004). Además, se decide aumentar el número de reuniones

de la Ponencia para acelerar los avances. Los días siguientes, el debate

parlamentario se centra en los Presupuestos Generales de la Junta de Andalucía

para 2005.

Posteriormente, el Presidente de la Junta de Andalucía sitúa a la comunidad

autónoma en el debate del modelo autonómico. Chaves hará de Andalucía

un “muro de contención” ante los nacionalismos (Diario de Sevilla, 13/11/2004),

titula la prensa un reportaje acerca de la reunión del Comité Director del

PSOE, en la que Manuel Chaves afirmó que la comunidad andaluza sería “un

auténtico muro de contención de las reivindicaciones nacionalistas que

supongan privilegios, insolidaridad o desigualdades entre territorios y

ciudadanos”.

A mediados de noviembre comparecen ante la Ponencia parlamentaria el

Defensor del Pueblo Andaluz, el Presidente del Consejo Consultivo, el Consejero

Mayor de la Cámara de Cuentas y el presidente del Consejo Económico y

Social. De todas estas comparecencias, las dos primeras centran la atención

mediática. El Defensor pide un nuevo bloque de derechos en el Estatuto (El

Correo, 16/11/2004), una carta de derechos defendida por José Chamizo y

en la que coincidió también Juan Cano Bueso, quien insistió además en la

necesidad de clarificar las competencias en el nuevo texto estatutario.

La semana siguiente es el catedrático de Derecho Constitucional y ponente

del Estatuto Javier Pérez Royo quien expone su criterio acerca de la reforma.

Pérez Royo ve “mal” reformar el Estatuto antes que la Constitución (Diario de

Sevilla, 23/11/2004). Este experto apostó ante la Ponencia parlamentaria por

iniciar el debate sobre el modelo territorial desde la Carta Magna, al tiempo

que defendió en buen funcionamiento del actual Estatuto y consideró que las

reformas deberían afrontarse simplemente para perfeccionarlo.

Los distintos partidos políticos también van perfilando sus distintos proyectos

de reforma paralelamente a los trabajos que se realizan en el Parlamento.

de modernización del Estado de las Autonomías le sean planteadas por el

Consejo de Gobierno.

Las comparecencias ante la comisión parlamentaria centran el discurso

periodístico durante el mes de octubre. Los ponentes del Estatuto de Autonomía

abren el jueves las comparecencias parlamentarias de la reforma (El País,

11/10/2004). Después de estas primeras comparecencias, el debate parece

centrarse en aspectos concretos del texto: Los ponentes del 81 abogan por

redefinir la deuda histórica en el nuevo Estatuto (Diario de Sevilla, 15/10/2004).

Esta información resume las comparecencias de José Rodríguez de la Borbolla,

Miguel Ángel Pino, Carlos Rosado, Juan Carlos Aguilar, Pedro Serrera y Ángel

López. La noticia va acompañada de la presentación oficial del Consejo Asesor

para la Modernización del Estado Autonómico y por una reseña de la conferencia

pronunciada por Manuel Clavero en el Foro Antares, donde defendió que

“Andalucía no puede quedar relegada”.

Mientras se producen estas comparecencias, desde el Partido Popular se

aboga por acompasar los tiempos de la reforma estatutaria a la constitucional.

Arenas pide que la reforma del Estatuto no se cierre sin conocer los cambios

en la Constitución (ABC, 16/10/2004). Según esta noticia, el presidente del

PP andaluz, Javier Arenas, defendió también que se mantenga la Disposición

Adicional Segunda del Estatuto de Autonomía hasta que la deuda histórica

sea pagada. Esta postura, según el mismo periódico, es la que mantienen el

resto de los partidos, aunque desde el PSOE se habla de una “reformulación”

si no se produjera el pago. Al día siguiente, con motivo del Congreso de las

Juventudes Socialistas, El PSOE rechaza toda imposición del PP ante el nuevo

Estatuto (Diario de Sevilla, 17/10/2004). El portavoz del Grupo Parlamentario

Socialista, Manuel Gracia, expresa en esta información que el PP no debe

dificultar el acuerdo con posiciones fijas.

Tras los ponentes del Estatuto, corresponde el turno de comparecencias a los

ex presidentes de la Junta y del Parlamento. Escuredo y ex presidentes del

Parlamento comparecen hoy en la ponencia del Estatuto (Ideal, 18/10/2004).

Al día siguiente, es la disertación del ex presidente de la Junta la que más

repercusión tiene en los medios. Escuredo alerta contra el afán de “privilegios”

de otras comunidades” (Diario de Sevilla, 19/10/2004), Escuredo advierte de

que los nacionalistas “quieren escapar del pelotón” (Ideal, 19/20/2004). Estas

dos informaciones coinciden en destacar las aspiraciones del nacionalismo

catalán como eje central de la intervención de Escuredo. Otras informaciones

recogen también las intervenciones de los ex presidentes del Parlamento: Los

expertos abogan por gestionar materias estatales para aumentar el techo

competencial (El País, 19/10/2004).

La actualidad parlamentaria se centra en los días siguientes en los Presupuestos

Generales del Estado para 2005. El único aspecto relativo al Estatuto de

Autonomía que se debate a este respecto es la Disposición Adicional Segunda,

ya que el proyecto de Presupuestos estatal no resuelve el pago de la deuda.

La prensa recoge que El PSOE se queda solo en su negativa a pedir la deuda

histórica (Diario de Sevilla, 21/10/2004). Esta información relata el debate

sobre la incidencia de los PGE en Andalucía y la opinión de los grupos

parlamentarios acerca de ésta.

Pocos días más tarde aparece una entrevista a José Rodríguez de la Borbolla

en la que explica la labor del Consejo Asesor para la Modernización del Estado

de las Autonomías creado por la Junta. “No tiene mucho sentido incluir el

término naciones en la Constitución” (El Correo de Andalucía, 24/10/2004).

El ex presidente de la Junta de Andalucía apuesta por acompasar la reforma

estatutaria a la constitucional, al margen de lo que hagan otras Comunidades

Autónomas. No obstante, a los tres días se publica una información que parece

contradecir estas palabras: El PSOE fecha para junio la presentación del

anteproyecto del Estatuto (ABC, 27/10/2004). El portavoz del PSOE en el

Parlamento, Manuel Gracia, anuncia que el primer borrador del nuevo Estatuto

estará listo en el mes de junio.

El día 28 de octubre tiene lugar la primera Conferencia de Presidentes

Autonómicos, en la que el Gobierno central y los Ejecutivos de todas las

Comunidades Autónomas participan. En ella, aunque no se alcanzan acuerdos

de calado, se constata el hecho de que el debate acerca del modelo territorial

del Estado se encuentra sobre la mesa, y que son varias las Comunidades

Autónomas que tienen proyectos para reformar sus Estatutos.

El día 29 otro importante acontecimiento centra la atención: los Jefes de

Estado y de Gobierno de los 25 países miembros de la Unión Europea firman

en Roma el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.

En Andalucía, el Partido Andalucista, inmerso en un profundo debate interno,

defiende la necesidad de reformar la Constitución Española. Esto es lo que

expone en la información El PA sólo rubricará el Estatuto si antes se reforma

la Constitución (Diario de Sevilla, 28/10/2004) el entonces secretario general

del partido, Antonio Ortega. No obstante, la elección de Julián Álvarez para

ese cargo en el posterior Congreso del Partido Andalucista varió la postura

de la formación a este respecto.

El mes de octubre concluye en prensa con un interesante análisis comparativo

entre las distintas comunidades autónomas que han puesto en marcha las

reformas estatutarias, obviando, eso sí, el caso vasco. El salto adelante de

los estatutos (El País, 31/10/2004) explica los objetivos de Cataluña, que

según la información aspira a conseguir un sistema de financiación similar

al concierto vasco; Galicia, que pretende garantizar su singularidad como

nación; Madrid, que simplemente quiere actualizar su Estatuto a nivel interno;

Valencia, que aspira a equipararse con las comunidades históricas, y Andalucía.

Roca y Solé Tura, primeros ponentes de la Constitución que comparecerán

para hablar de la reforma del Estatuto (ABC, 1/11/2004). En el mes de

noviembre el debate acerca de la reforma vuelve a tener su epicentro en el

Parlamento autonómico. Se comienza incluso a pensar en la redacción del

63. Este documento fue elaborado por un grupo de trabajo coordinado por Dionisio Valverde Pozo, Secretario de Relaciones Institucionales y de Diálogo Social de UGT-Andalucía, y formado por los profesores de Derecho Constitucional: M. Terol Becerra, M. Agudo Zamora, J.M. Morales Arroyo y O. Salazar Benítez; así como por los técnicos de UGT-A: M. Román Torres, A. Talavera Reina y S. Tejada Lozano.

Page 16: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

El mes de febrero está marcado por dos temas que, aunque se relacionan

directamente con el debate territorial y, por ello, afectan de un modo u otro

al futuro de Andalucía, no están inmersos de forma intrínseca en el debate

de la reforma del Estatuto. Uno de ellos, ya mencionado, es el 'Plan Ibarretxe'.

El otro, la Constitución Europea. El 1 de febrero, el Congreso de los Diputados

acoge el debate sobre el proyecto del PNV. Esta polémica propuesta tiene

incluso su eco en el Parlamento de Andalucía, en el que los grupos expresan

en una proposición no de Ley su rechazo al plan.

En el debate de esta proposición no de Ley, el presidente de la Junta de

Andalucía, Manuel Chaves, hace una defensa del marco constitucional y

señala cinco cuestiones que, según dice, conectan con la necesidad de

modernizar el Estado a través de la reforma del Estatuto de Autonomía para

Andalucía. Estas cuestiones son: mejorar la calidad de nuestra democracia

y el derecho a la participación de los ciudadanos en la vida pública; articular

la participación de Andalucía en el Estado y en la Unión Europea; establecer

una carta de derechos sociales de los andaluces que asegure el acceso de

todos los ciudadanos a prestaciones básicas y oriente la actuación de los

poderes públicos andaluces en respuesta a las nuevas demandas y problemas;

profundizar en el autogobierno, agotando el techo de las competencias

señaladas en la Constitución, y fortalecer la organización institucional de

Andalucía haciendo que culmine la organización del Poder Judicial en la

Comunidad en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En su intervención,

el Presidente resume de esta forma las intenciones de su gobierno en la

reforma estatutaria: “queremos preservar todo aquello que nos hace avanzar

y queremos reformar todo aquello que sea necesario para impulsarnos con

más fuerza hacia un futuro de progreso y bienestar, logrando para ello el

máximo consenso de todos los Grupos representados en esta Cámara”.

En cuanto al referéndum para la ratificación del Tratado por el que se establece

una Constitución para Europa, su campaña electoral eclipsa toda la actividad

política durante dos semanas, hasta que el 20 de febrero más del 80 por

ciento de los votantes dice 'sí' en las urnas, aunque con una baja participación.

Ese mismo día, el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, entra

también a opinar acerca del modelo autonómico, afirmando en una entrevista

que “No vamos a dar barra libre para que los estatutos cambien leyes del

Estado” (El Mundo, 20/02/2005). De esta forma, el Gobierno trata de frenar

ciertas aspiraciones respecto al proceso reformador catalán.

Superados estos dos acontecimientos trascendentes, el debate vuelve a

orientarse hacia la propia redacción del texto estatutario. Sindicatos y patronal

plantean que el Estatuto reconozca su participación en los órganos de la Junta

(El País, 23/02/2005).

28-29

5. 2005, el año de elaboración del Estatuto

El nuevo año no hace sino centrar aún más el debate político en torno al modelo

territorial, no ya en Andalucía sino en toda España.

El año de los estatutos (El País, 02/01/2005) ofrece un completo análisis de

la situación en las diferentes comunidades autónomas que han comenzado

el proceso de reforma. Según ese análisis, éste será el eje sobre el que gire

toda la actividad política del año, ya que la reforma de la Constitución quedará

aparcada hasta la segunda mitad de la legislatura. Dentro de este profundo

y complejo debate, Zapatero pone a Andalucía de ejemplo de lo que deben ser

las reformas de los Estatutos (ABC, 04/01/2005); el Presidente del Gobierno,

aprovechando una visita a Sevilla, establece como condiciones a las reformas

el respeto a la Constitución y el consenso.

En el Parlamento de Andalucía, La reforma del Estatuto vuelve al debate (Ideal,

07/01/2005). La ponencia parlamentaria retoma los trabajos y es un buen

momento para realizar un balance de las comparecencias que se han sucedido

hasta el momento. Los temas más destacados que se han puesto sobre la

mesa son la inclusión de los derechos sociales, la definición de la estructura

territorial de la propia Comunidad Autónoma y la exigencia de respetar el marco

constitucional.

Dentro del debate territorial fuera de Andalucía, el comienzo de año toma fuerza

como referente la polémica en torno al 'Plan Ibarretxe', la propuesta del Partido

Nacionalista Vasco para sustituir al actual Estatuto de Autonomía. El 13 de

enero, el lehendakari es recibido en la Moncloa por el presidente del Gobierno,

a quien presenta su Propuesta de Estatuto Político. Zapatero asegura a Ibarretxe

que mientras él sea presidente “nunca” se aprobará el plan (El País, 14/01/2005).

En Andalucía, la fecha de presentación del borrador del nuevo texto y su

acompasamiento a otros procesos de reforma suponen un primer punto de

discusión. El nuevo secretario general del Partido Andalucista, Julián Álvarez,

opina en una entrevista que el proceso de reforma necesita unos plazos más

amplios que los establecidos. “No veo conveniente que ya en junio haya un

borrador de Estatuto” (El Correo de Andalucía, 16/01/2005). No obstante, en

otro reportaje queda clara la preferencia generalizada de que la reforma

andaluza siga su ritmo al margen de los que se haga en otras comunidades

autónomas: La mayoría de los partidos quiere que el nuevo Estatuto andaluz

no espere a otras reformas (ABC, 16/01/2005). También la presidenta del

Parlamento, Mar Moreno, apunta en esta misma línea en una entrevista: “No

tenemos una estrategia de esperar al Estatuto catalán para reformar el andaluz”

(ABC, 24/01/2005).

de convivencia y libertad sexual, la integración de los diferentes colectivos

en la igualdad de derechos, etc. Además, aboga por “incorporar, como

principios transversales, la paridad y la igualdad de género”.

De esta forma, según el documento de UGT, el Estatuto debe convertirse

“en el marco de referencia de un modelo 'social' al que habrán de

responder las actuaciones de los poderes públicos andaluces”. Para ello,

defiende, además del reconocimiento expreso de los sindicatos y sus

principales tareas en el marco de la Comunidad Autónoma, la ampliación

del marco competencial, el establecimiento de un nuevo modelo de

desarrollo industrial y de empresa basado en las Nuevas Tecnologías de

la Información y las Comunicaciones, la apuesta por un sector público

fuerte y moderno, la implantación de un nuevo marco andaluz de relaciones

laborales dentro del contexto del diálogo social, la garantía de un sistema

financiero justo, progresivo y solidario, al servicio de la cohesión económica

y territorial y del bienestar de los andaluces y andaluzas, así como el

reconocimiento y protección de los derechos sociales y la participación

de Andalucía en foros internacionales.

Igualmente, se considera que los poderes públicos han de generar

respuestas a los nuevos retos: la incorporación de la mujer al mercado

laboral, los profundos cambios en la estructura familiar, la integración de

los diferentes colectivos en la igualdad de derechos, la mayor esperanza

de vida, el progresivo envejecimiento de la población, etc. Medidas que

hacen necesaria la participación social. Este es un valor relevante para

hacer posible una democracia avanzada. Por esto, en el Estatuto se han

de contener cláusulas que, expresamente, comprometan a las instituciones

públicas en la creación de mecanismos de interacción social que sirvan

para profundizar en la democracia.

El Documento elaborado por la UGT propugna que el Estatuto ha de

recoger la doctrina de la Unión Europea, así como de otros organismos

internacionales y, de esa forma, establecer claramente un catálogo de

derechos que equipare a Andalucía con los Estados más avanzados en

materia de protección social, derechos y participación laboral. Y tan

importante como el reconocimiento de estos derechos es el

establecimiento en el Estatuto de mecanismos que se regulen mediante

ley, que los garanticen y protejan de forma efectiva y que obliguen a

las administraciones a su efectivo cumplimiento. Por lo tanto, resulta

imprescindible que el Estatuto vincule a los poderes públicos andaluces

en el desarrollo obligatorio de todas las competencias en relación a

estos ámbitos.

El Estatuto ha de consolidar un modelo educativo abierto y participativo

que priorice la enseñanza pública como garantía máxima de formación

en los valores de la igualdad, la libertad y la solidaridad. Igualmente se

ha de reconocer y garantizar la existencia de un modelo sanitario

desarrollado bajo los principios de universalidad y calidad, lo que

implicará cambios que agilicen la prestación sanitaria que actualmente

reciben los ciudadanos en nuestra Comunidad.

Igualmente resulta básica la expresa inclusión de una cláusula por la

que se consolide un sistema de protección que comprenda un amplio

número de prestaciones sociales y que habilite explícitamente a las

instituciones andaluzas para desarrollar mecanismos complementarios

a los establecidos por el Estado para cualquier tipo de prestación social.

Mención expresa ha de hacerse de la necesidad de que el Estatuto

recoja la obligación de los poderes públicos andaluces en la promoción

de medidas que garanticen la autonomía y la integración social y

profesional de las personas discapacitadas, así como su participación

en la vida de la comunidad.

Los poderes públicos andaluces también han de quedar vinculados en

una especial protección a las personas dependientes, a las que el

Estatuto ha de garantizar una actuación por parte de las administraciones

que les asegure una digna calidad de vida.

Igualmente, según esta organización sindical, se ha de reconocer el

derecho de los menores a la protección y los cuidados necesarios para

su formación íntegra y su bienestar. También resulta misión de los

poderes públicos andaluces, y así ha de reconocerse estatutariamente,

velar por el respeto del derecho de las personas mayores a llevar una

vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural de

la comunidad. E igualmente, es necesario articular unos mecanismos

de prestaciones específicas para aquellos colectivos en situación de

exclusión social.

El Estatuto de Andalucía ha de establecer que los poderes públicos

andaluces quedan obligados a garantizar, con arreglo al principio de

desarrollo sostenible, un alto nivel de protección del medio ambiente

y la mejora de su calidad.

Por otra parte, el nuevo texto debe plantear la fijación del estatuto de

los ciudadanos extranjeros residentes en nuestra Comunidad Autónoma,

en consonancia con la nueva realidad social de un colectivo cada vez

más importante e integrado en el conjunto de la sociedad andaluza.

Page 17: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

unas comunidades autónomas acomodadas a vivir del subsidio y otras

más desarrolladas irritadas por su sobreesfuerzo fiscal”. Por otra

parte, la actualidad está marcada por las elecciones autonómicas en

Euskadi, consideradas una prueba de fuego para el 'Plan Ibarretxe',

que se celebran el 17 de abril.

En el Parlamento de Andalucía, Los grupos acuerdan tener un borrador

del Estatuto el 9 de junio (Diario de Sevilla, 08/04/2005). Además,

según indica la información, los partidos presentarán sus propuestas

de reforma en la Cámara el 28 de abril. Un despiece de la noticia

señala que Manuel Chaves defiende incluir en el Estatuto de Autonomía

la exigencia de paridad en las listas electorales. Tras receso en las

informaciones acerca de la reforma andaluza debido a las elecciones

vascas, que suponen un retroceso del PNV y un parón en su plan

soberanista, en Andalucía PSOE y PP avanzan sus propuestas de

reforma del Estatuto bajo el principio de solidaridad entre comunidades

(ABC, 19/04/2005). Los dos partidos con mayor representación en el

Parlamento celebran sendas reuniones de sus grupos de trabajo para

la reforma y dan a conocer algunos de sus avances. Respecto a la

posibilidad de definir a Andalucía dentro del Artículo 2 de la Constitución

en el proceso de reforma estatutaria, El Gobierno respetará la

denominación que cada autonomía apruebe en su Estatuto (El País,

22/04/2005), según declara el ministro de Administraciones Públicas,

Jordi Sevilla.

Los días antes de que los grupos presenten en el registro del Parlamento

sus proyectos de reforma, el del PSOE es el que acapara mayor número

de titulares. El PSOE blinda el carácter público de RTVA en su proyecto

de Estatuto (Diario de Sevilla, 23/04/2005); Chaves defiende el

reconocimiento de Sevilla como capital en el Estatuto (El Correo de

Andalucía, 23/04/2005); el PSOE quiere que Andalucía participe en

el Constitucional, el Banco de España y el CGPJ (El País, 24/04/2005);

El PSOE baraja llamar a Andalucía nacionalidad en el nuevo Estatuto

(Diario de Sevilla, 26/04/2005). Los partidos de la oposición también

van dando a conocer algunos aspectos de sus propuestas: IU pide que

el Estatuto destine un porcentaje del PIB a política social (Diario de

Sevilla, 24/04/2005); El PA sitúa a Andalucía como una nación dentro

de un Estado federal (Diario de Sevilla, 27/02/2005); Arenas rectifica

y apoya definir Andalucía como nacionalidad (El Correo de Andalucía,

28/04/2005).

El 28 de abril, los grupos parlamentarios presentan sus propuestas

en el Registro del Parlamento. La prensa recoge este acontecimiento

destacando los puntos de acuerdo entre los partidos: Más coincidencias

que discrepancias entre los partidos andaluces (Diario de Sevilla,

29/04/2005). El exhaustivo análisis comparativo entre las propuestas

30-31

Con motivo del Día de Andalucía, varios periódicos publican los

resultados de sondeos de opinión acerca de la situación de la

Comunidad Autónoma, en los que también se hace referencia a la

reforma del Estatuto. Casi la mitad de los andaluces cree necesario

reformar el Estatuto (Diario de Sevilla, 28/02/2005); el barómetro

andaluz del Grupo Joly indica que el 48,4% de los encuestados

considera necesaria cambiar el Estatuto pero que sólo el 22,2% ha

oído o leído algo sobre el actual proceso de reforma. Otra encuesta

desvela que los andaluces quieren Más competencias para la

Comunidad, pero no al estilo vasco ni al catalán (ABC, 28/02/2005).

Según los datos de este sondeo, el 41,8% de los encuestados sabe

que hay una propuesta para reformar el Estatuto, mientras que el

55,7% considera esta reforma necesaria

El discurso institucional del presidente Chaves con motivo del 28 de

febrero también utiliza como línea argumental los cambios en el Estado

autonómico. Según el presidente de la Junta, “se trata de un proceso

de modernización del Estado de las Autonomías que sólo es posible

desde una visión global de España. Andalucía tiene esa visión global.

Nunca hemos tenido problemas de encaje en España. Y porque tenemos

esa idea activa de nuestra pertenencia a España queremos ejercerla

participando en los asuntos generales como comunidad, poniendo

encima de la mesa del debate nacional todo nuestro peso histórico,

demográfico y político”. Más adelante, continúa afirmando que “es

necesario, además, modernizar nuestro propio Estatuto de Autonomía,

mejorarlo, actualizarlo con el objetivo de que siga siendo un instrumento

útil que responda a las nuevas demandas y aspiraciones de una

sociedad, la andaluza, que ha cambiado tan profundamente en estas

décadas y en la perspectiva de los cambios que, inevitablemente, se

producirán en las próximas décadas y para los que no puede ser un

corsé nuestro marco jurídico y político”.

El mes de marzo se presenta como decisivo para el futuro de la

reforma. IU y PA piden a Chaves que dé un impulso a la reforma del

Estatuto (Diario de Sevilla, 05/03/2005); los dos partidos de la oposición

que han apostado desde el principio por acometer cambios en el texto

estatutario animan al presidente de la Junta de Andalucía a cumplir

los plazos marcados y a seguir una estrategia propia y clara desde

Andalucía. Las comparecencias ante la comisión parlamentaria para

la Reforma concluyen con la presencia de diversos agentes sociales:

Las comunidades andaluzas en el exterior piden que el Estatuto regule

la figura de los retornados (Diario de Sevilla, 08/03/2005). Esta misma

noticia recoge también las comparecencias del flamencólogo José

Luis Ortiz y del dramaturgo Salvador Távora.

La Confederación de Empresarios de Andalucía -CEA- y los sindicatos CC.OO.

y UGT hacen pública una declaración conjunta ante el proceso de reforma

del Estatuto de Andalucía. Según este documento, “ante los nuevos retos

sociales y políticos de una sociedad moderna, se hace necesario actualizar

el Estatuto de Andalucía con la finalidad de afianzar los valores y parámetros

que han servido de guía a las políticas desarrolladas e incorporar nuevos

principios que permitan dar respuesta a las demandas de los andaluces y

andaluzas ante los cambios que presenta la sociedad”.

Por ello, empresarios y sindicatos expresan su posición común sobre aspectos

como: la necesidad de recoger competencias y medidas que potencien la

innovación tecnológica a través de políticas de I+D+i; la importancia de asumir

mayor capacidad de decisión y actuación en la gestión de cuencas hidrográficas

y en relación con las infraestructuras; la modernización de la Administración

General de la Junta de Andalucía; el establecimiento del Estatuto andaluz

como modelo que permita avanzar en el reconocimiento de derechos sociales;

la referencia a la realidad de la inmigración y su integración social y laboral;

la importancia del diálogo social y, por último, el reconocimiento explícito de

las organizaciones empresariales y sindicales en el Estatuto, en términos

similares a lo dispuesto en el artículo 7 de la Constitución.

El Gobierno continúa sopesando el papel de la Disposición Adicional Segunda:

Chaves eliminará la 'deuda histórica' del Estatuto si pacta una cifra con

Zapatero (El Mundo, 26/02/2005). Según esta información, el PSOE pretende

así buscar una solución estable y definitiva a este contencioso pendiente entre

el Estado y la Junta.

Con la cercanía del Día de Andalucía, los partidos vuelven a posicionarse.

Arenas recuerda al PSOE que la reforma del Estatuto exige la participación

del PP (ABC, 27/02/2005), mientras que El PA elaborará su propio borrador

de Estatuto en el que participarán expertos y militantes (ABC, 27/02/2005).

Acerca de la oportunidad de la reforma, Los partidos descartan el riesgo de

involución autonómica pero creen que hay que estar alerta (El País, 27/02/2004).

El presidente de la Junta, Manuel Chaves, desgrana en una entrevista su

opinión acerca de algunos de los aspectos más polémicos de la reforma. “Ni

catalanes ni vascos ni gallegos van a robarle la cartera a Andalucía” (El Correo

de Andalucía, 27/02/2005). En esta entrevista, Manuel Chaves recuerda que

“sobre la base del Estatuto y de la Constitución, el PP no tiene posibilidad de

veto en esta reforma”. Respecto a los plazos, afirma que “los tenemos que

marcar nosotros según nuestros intereses, sin tener ningún complejo con

ninguna comunidad”. Y en cuanto al proyecto de financiación del gobierno

catalán, asegura que “la financiación autonómica, como la financiación

sanitaria, son temas que afectan al conjunto del Estado y hay que afrontarlos

con todas las autonomías, pero no van a salir adelante sin el acuerdo de

Cataluña y Andalucía”.

El nuevo Estatuto arranca su fase decisiva tras las comparecencias

(El Correo de Andalucía, 14/03/2005). Transcurrido un año exacto

desde las elecciones autonómicas, los partidos políticos afrontan la

negociación política una vez que han comparecido ante la comisión

parlamentaria tanto expertos de diferentes ramas como diversos

agentes sociales. Se plantea además, por primera vez, una fecha

concreta para finalizar el proceso de reforma: Chaves quiere tener el

Estatuto a final de año y convocar el referéndum con las locales de

2007 (El País, 14/03/2005). Según esta información, los problemas

políticos internos de Cataluña han llevado al gobierno autonómico

andaluz a renunciar a la reforma paralela. Esta noticia provoca diversas

reacciones: Zarrías ve “razonable” refrendar el Estatuto en mayo de

2007 (El Correo de Andalucía, 15/03/2005), mientras que, según

explica la misma información, todos los partidos de la oposición

rechazan la coincidencia de la consulta con otros comicios.

Al margen del calendario de la reforma, los partidos continúan

desgranando sus propuestas. El PA, por un Estatuto que limite los

mandatos y fije listas abiertas (El Mundo, 21/03/2005). Según el

documento interno de los andalucistas 'Un nuevo Estatuto de Autonomía

para Andalucía', éste debe fijar los principios de una nueva Ley Electoral

basada en la aprobación de listas abiertas, candidaturas paritarias y

limitación de los mandatos. Por otra parte, Un documento del PSOE-

A intenta frenar la tesis autonómica del PSC (Diario de Sevil la,

29/03/2004); Manuel Chaves, que anteriormente había expresado en

varias ocasiones su intención de frenar los desmanes autonomistas

de otras comunidades, defiende en el Comité Director del PSOE-A una

resolución en la que rechaza un Estado de las Autonomías asimétrico

e insolidario.

Valderas quiere definir Andalucía como comunidad nacional (El Mundo,

02/04/2005); el coordinador general de IU-CA, en la primera reunión

del Consejo Andaluz de su partido para elaborar su propuesta de

reforma del Estatuto, aboga por reformar el artículo 2 de la Constitución

y denominar a Andalucía “comunidad nacional”. Éste se convierte

pronto en otro foco de debate. Chaves, a favor de la actual definición

de Andalucía en el nuevo Estatuto (ABC, 04/04/2005). El presidente

de la Junta prefiere no hacer cambios en la denominación de Andalucía.

Este debate se retomará semanas después.

No obstante, los acontecimientos en otras comunidades autónomas

hacen que la atención se centre en las relaciones con el Estado. Por

un lado, Maragall y Chaves intensifican el pulso por la solidaridad

territorial (Diario de Sevilla, 07/04/2005). Mientras que el presidente

de la Junta defiende el modelo de financiación autonómica solidario

y pactado entre todos, el de la Generalitat afirma que “hay que evitar

Page 18: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

1. Preámbulo

En relación a este punto, se aprecia una amplia coincidencia en la necesidad

misma del Preámbulo que habrá de ser de mayor extensión y contenido del

que en su día se incorporó al Estatuto actualmente vigente.

Se acuerda que el Preámbulo debe significar una exposición de los principios

en que se sustenta Andalucía como realidad histórica con identidad propia

y su voluntad de constituirse en Comunidad Autónoma para el ejercicio del

autogobierno. En este sentido el Preámbulo ha de contener las ideas

fundamentales capaces de ser desarrolladas en un texto amplio y de alto

valor literario y político66.

Así, se debe entender a Andalucía como realidad histórica cuyas raíces se

remontan a un pasado lejano con suficiente identidad para ser reconocible

aun por encima de las coyunturas políticas concretas.

Estrechamente vinculada a esta idea sobre la permanencia histórica de nuestra

Comunidad, ha de anudarse una referencia sobre su función civilizadora en

relación a los diferentes pueblos que la han habitado y de donde es posible

derivar los valores de tolerancia y convivencia.

Igualmente, el Preámbulo ha de referirse a los movimientos sociales y populares

de lucha por la libertad habidos en nuestro territorio con especial mención

al denominado andalucismo histórico. En este contexto ha de incluirse el

reconocimiento de la figura de Blas Infante como padre de la patria andaluza.

En referencia a un momento histórico más cercano, el Preámbulo debe hacer

mención expresa al proceso de acceso a la autonomía en el marco de la

conquista de la libertad conjuntamente con la Constitución Española de 1978.

Así, han de señalarse las fechas determinantes del proceso de acceso a la

autonomía y muy particularmente el 4 de diciembre de 1977, que conmemora

la movilización espontánea de los andaluces en la conquista de su autonomía,

y el 28 de febrero de 1980, fecha del referéndum de ratificación de la iniciativa

autonómica.

El Informe señala que el Preámbulo ha de efectuar, también, con brevedad

una valoración de lo que para Andalucía han supuesto los años de autogobierno

en la mejora de las condiciones de vida y progreso de sus ciudadanos así

32-33

permitir la transición de un estado dictatorial y centralista a un estado

democrático y políticamente descentralizado. De esta forma, aboga por

reformar no sólo el Estatuto de Autonomía, sino también la Constitución,

para alcanzar el máximo nivel de autogobierno. El texto señala como

objetivos de la reforma estatutaria la obtención del mayor grado de

autogobierno posible, la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos

y ciudadanas andaluces y la definición de los nuevos objetivos estratégicos

de Andalucía para los próximos veinticinco años.

Por último, el PA presenta unas Bases para un Nuevo Estatuto de

Autonomía para Andalucía. Según plantean los andalucistas, transcurrido

un cuarto de siglo de ejercicio del derecho de autonomía, Andalucía

necesita un nuevo Estatuto que permita afrontar los nuevos retos del

siglo XXI. Este nuevo Estatuto, en opinión del Partido Andalucista,

debe cumplir tres objetivos: asignar de más autogobierno a Andalucía,

permitir la codecisión a nivel del Estado Español y de la Unión Europea

en todo aquello que afecte a Andalucía, y dotarla de un instrumento

ú t i l pa ra e l r e l anzamien to económico , soc ia l y cu l t u ra l .

Una vez analizados los documentos, El PSOE no ve “insalvables” las

diferencias sobre el Estatuto (El Correo de Andalucía, 02/05/2005),

aunque, según esta información, el portavoz parlamentario de los

socialistas advierte de que “los desacuerdos que puedan surgir no

van a frenar los trabajos ni el calendario”.

de los grupos parlamentarios se centra en cuestiones ya debatidas

como la denominación de Andalucía, la organización territorial, la

cal idad democrát ica, las competencias, las inst i tuc iones de

autogobierno, la presencia en el exterior y en las instituciones del

Estado, el sistema electoral, la existencia de nuevos derechos y los

aspectos relacionados con economía y hacienda.

El documento presentado por el PSOE expone como objetivos de la

reforma el afianzamiento de los parámetros que han servido de guía

a las políticas desarrolladas en la Comunidad y la incorporación de

nuevos principios que permitan hallar respuestas a las demandas

ciudadanas del siglo XXI. En este sentido, refleja la necesidad de

incorporar un título relativo a Derechos Sociales y, como principios

transversales, la mejora de la calidad democrática y el derecho a la

participación de la ciudadanía en la vida pública, con especial incidencia

en la igualdad de género. También resulta de gran importancia, según

el texto del PSOE, articular la participación de Andalucía en las

instituciones del Estado y de la Unión Europea, sobre todo al tratar

materias que sean competencia de Andalucía. De este modo, el PSOE

pretende, mediante la reforma estatutaria, profundizar en el autogobierno

agotando el techo de las competencias señaladas en la Constitución

y fortalecer la organización institucional de Andalucía, incluyendo en

el texto a inst i tuciones ya creadas, mejorando las previstas

estatutariamente y reivindicando nuevas atribuciones en materias

como la organización del Poder Judicial en Andalucía.

El PP, por su parte, aboga por encabezar el Estatuto con una Exposición

de Motivos en la que se recoja el carácter histórico de la identidad

política y cultural de la Comunidad. Entre sus propuestas se encuentra

alcanzar el máximo techo competencial dentro de los límites de la

Constitución Española, la limitación del mandato del presidente de la

Junta de Andalucía, la introducción del Empleo en el Título IV, radicar

la Cámara de Cuentas en Málaga para evitar el centralismo, atenerse

a lo que establezca la Constitución Española y la Unión Europea en

cuanto a la participación de la Comunidad Autónoma en las instituciones

estatales y europeas, garantizar que los referendos estatutarios sean

convocados de manera independiente a cualquier otro proceso electoral,

elevar a dos tercios la mayoría necesaria para reformar el Estatuto y

mantener la Disposición Adicional 2ª.

Las Propuestas para la Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía

presentadas por IU justifican la necesidad de mantener los mismos

derechos que catalanes, vascos y gallegos. Para IU, el modelo autonómico

de la Constitución del 78 ha cumplido la función que se le asignó:

El 6 de mayo de 2005 comienzan las reuniones de la ponencia, formada

ahora por once miembros -4 del PSOE, 3 del PP, 2 de IU y 2 del PA- tras una

modificación aprobada en Pleno a finales de abril64. En la primera sesión de

esta nueva etapa, Los grupos se proponen redactar el nuevo Estatuto antes

de fin de año (El Mundo, 07/05/2005); además de fijar el calendario y el

programa de sesiones de la ponencia, se establece una serie de capítulos

que se irán abordando progresivamente65.

El resultado de estas sesiones ha sido la elaboración de un texto en el que,

distribuido por materias, se contienen, de una parte, los acuerdos alcanzados

por todos los Grupos parlamentarios en cada una de ellas y, de otra, las

observaciones y propuestas que tales Grupos mantienen al objeto de continuar,

en su caso, profundizando en la búsqueda de acuerdos que conduzcan a la

elaboración de un texto articulado.

Veamos a continuación, estructurado por apartados, el contenido fundamental

de este Informe.

5. El informe de la Ponencia para la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía

Ponencia compuesta por Concepción Caballero Cubillo, (G.p. Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucía), José Caballos Mojeda (G.p. Socialista), Ildefonso Dell'Olmo García (G.p. Andalucista), Manuel Gracia Navarro (G.p. Socialista), Antonio Moreno Olmedo (G.p. Andalucista), Antonia Jesús Moro Cárdeno (G.p. Socialista), María Esperanza Oña Sevilla (G.p. Popular de Andalucía), Luis Pizarro Medina (G.p. Socialista), Carlos Rojas García (G.p. Popular de Andalucía), Antonio Romero Ruiz (G.p. Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucía) y Antonio Sanz Cabello (G.p. Popular de Andalucía). También ha asistido a las sesiones de la Ponencia el Vicepresidente de la Mesa de la Comisión de Desarrollo Estatutario: Rafael Salas Machuca (G.p. Popular de Andalucía).

La Mesa de la Comisión de Desarrollo Estatutario, en sesión celebrada el día 6 de mayo, adopta determinados acuerdos relativos al calendario y procedimiento de trabajo, resultando de ello la celebración de las siguientes sesiones y materias tratadas:

MAYOMartes, día 10 Preámbulo y Título PreliminarJueves, día 12 Título Preliminar (continuación)Martes, día 17 Organización Institucional de Comunidad AutónomaViernes, día 20 Organización Institucional de Comunidad Autónoma (continuación)Martes, día 24 Economía y EmpleoMartes, día 31 Relaciones Externas de la Comunidad Autónoma

JUNIOViernes, día 3 Derechos Sociales y Políticas PúblicasMartes, día 7 Organización Territorial de la Comunidad Autónoma y Administración

de JusticiaJueves, día 9 Medios de Comunicación, Medio Ambiente, Disposición Adicional

Segunda, Reforma del Reglamento y otras propuestas.Martes, día 14 Competencias de la Comunidad Autónoma Viernes, día 17 Competencias de la Comunidad Autónoma (continuación)Martes, día 21 Redacción del Informe.

64.

65.

66.Esta referencia al alto valor literario y político puede encontrarse en LUCAS MURILLO DE LA CUEVA (2005).

Fuente: Junta de Andalucía

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Reforma del Estatuto de Autonomía

Se propone también incorporar otros principios tales como:

- La integración social, económica, laboral y cultural de los inmigrantes en

Andalucía.

- La consecución de unos medios de comunicación tanto públicos como

privados que sean expresión de la pluralidad política, social y cultural de

Andalucía.

- El reconocimiento del papel de las organizaciones sociales, económicas y

cívicas.

- El fomento del pluralismo y respeto a las minorías con especial mención a

la etnia gitana.

- El fomento de la cultura de la paz y el diálogo entre los pueblos.

3. Derechos Sociales y Políticas Públicas

En relación a este apartado hay que destacar, en primer lugar, la inclusión de

un nuevo Título en el Estatuto que recoja no sólo un catálogo de derechos

sociales sino además la existencia de unas políticas públicas, como han

defendido sectores prestigiosos de la doctrina constitucionalista (valga por

todos PORRAS NADALES) que hagan realidad el contenido de esos derechos.

La Ponencia acuerda que se reconozcan como titulares de los derechos todas

las personas con vecindad administrativa en Andalucía.

También se incluye una referencia a la educación incidiendo especialmente

en las características de gratuidad, permanencia y calidad bajo los principios

de igualdad, libertad y solidaridad, y de carácter compensatorio. Se hace

también hincapié en la capacidad de iniciativa y emprendimiento y en la lucha

contra las actitudes sexistas68.

Se incluye también en este Título el derecho a la salud, garantizando la

existencia de un modelo sanitario público desarrollado bajo los principios de

universalidad y calidad, con una asistencia sanitaria digna en la que se informe

suficientemente al paciente de los derechos que le asisten como usuario,

velando especialmente por el cumplimiento del consentimiento informado y

la voluntad vital anticipada. Se acuerda igualmente una referencia a la

biomedicina siempre que se alcance un acuerdo en la fórmula concreta.

Todos los grupos parlamentarios menos el Popular defienden también la

inclusión en el Estatuto del derecho a morir dignamente, e, incluso el Grupo

Parlamentario Izquierda Unida-Los Verdes propugna la inclusión del derecho

a la eutanasia.

También se hace referencia al derecho de los menores a la protección y los

cuidados necesarios para su formación íntegra y su bienestar. Por consiguiente,

los poderes públicos andaluces garantizarán la protección integral de la

34-35

asumible desde el punto de vista constitucional, además de compatible con

la denominación de nacionalidad, que, al igual que región, sigue siendo la

terminología más correcta desde el punto de vista constitucional.

La denominación nación adolece, desde nuestro punto de vista, de un vicio

de inconstitucionalidad, dado que el art. 2 CE y el Preámbulo CE hablan de

la nación española e igualmente el art. 1.2 señala que “la soberanía nacional

reside en el pueblo español”, por lo que se puede considerar que ninguna

Comunidad Autónoma, en su texto normativo configurador, cual es el Estatuto

de Autonomía, puede identificarse como nación; comentarios, que, por analogía

extendemos al término comunidad nacional, haciendo saber que, dada la

novedad conceptual de este término, cabrían interpretaciones en sentido

contrario dignas de análisis.

En relación a este Título, existe un acuerdo general en proceder a una mención

expresa de Sevilla como capital de Andalucía y sede de sus instituciones de

autogobierno y de Granada como sede del Tribunal Superior de Justicia. Ello

implicaría lógicamente la reformulación del actual artículo 7.

La Ponencia también acuerda que han de desarrollarse las referencias al

himno y al escudo propios de nuestra Comunidad incorporando en esencia

la descripción que de los mismos se hace en las correspondientes leyes

aprobadas en su día por el Parlamento de Andalucía.

Igualmente, se procederá a suprimir los artículos 3, 4 y 5 del actual Estatuto,

debido a la incorporación de un nuevo título relativo a la organización territorial

de la Comunidad Autónoma.

Se ha de incluir, en este Título Preliminar, una cláusula genérica de vigencia

de los derechos humanos para todas las personas que viven en Andalucía a

la luz de las declaraciones universales y europeas de derechos humanos.

Se subraya la obligación de los poderes públicos en la promoción de las

medidas de acción positiva con el fin de hacer efectivos los objetivos que a

lo largo del artículo 12.1 se contienen, y se refuerza, con carácter transversal

el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

Como objetivos generales, la Ponencia acuerda67 que se establezcan los tres

siguientes:

1. Inclusión en el primer apartado de una referencia explícita a las medidas

de acción positiva que hagan posible que los principios de libertad e

igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y

efectivos así como contribuyan a la remoción de los obstáculos que lo

impiden o dificultan. Se trata de tomar como modelo el apartado segundo

del artículo 9 de la Constitución.

2.Un segundo apartado ha de redactarse de forma en que se ponga de

manifiesto los valores de igualdad de género con un sentido de transversalidad

en todos los ámbitos políticos y sociales.

3.Un nuevo apartado se redactará introduciendo como valor político fundamental

la calidad de la democracia y la participación de la ciudadanía.

como del afianzamiento de los valores democráticos. Y, junto a esta valoración

del más inmediato pasado, el Preámbulo debe proyectar a Andalucía hacia

el futuro en la consecución de nuevos logros tanto en los ámbitos materiales

como sociales y políticos.

Finalmente ha de subrayarse la pertenencia de Andalucía al proyecto de la

Unión Europea así como de su posición geográfica que la sitúa como nexo

de unión con los países del Magreb y del continente africano en general.

2. Título Preliminar

El apartado más conflictivo de este Título es el referente a la denominación

estatutaria de Andalucía. Así, la prensa señala que La reforma del Estatuto

encalla en su arranque en la definición de Andalucía (El Correo de Andalucía,

11/05/2005). Los ponentes no alcanzan un acuerdo acerca de la denominación

que Andalucía debe recibir en el texto estatutario. En la reunión de 10 de

mayo, PSOE y PP apuestan por “nacionalidad”, IU por “comunidad nacional”

y PA por “nación”.

En cambio, en el Informe final las posturas quedaron establecidas de la

siguiente manera: para el Grupo Parlamentario Socialista, Andalucía, en el

marco del artículo 2 de la Constitución Española, se identifica claramente

como nacionalidad. Para el Grupo Parlamentario Popular de Andalucía se

mantiene la actual definición del Estatuto dentro del marco constitucional en

los términos de la Proposición no de Ley 7/05-PNLP-000014 aprobada por

el Pleno del Parlamento de Andalucía en su sesión del 10 de febrero de 2005.

Por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por

Andalucía se propugna la denominación de Andalucía como nación. Por su

parte, el Grupo Parlamentario Andalucista define a Andalucía como nación.

En nuestra opinión, la identificación de una manera nítida de Andalucía como

nacionalidad supone dar un paso más en relación a la redacción actual del

artículo 2 del Estatuto, que es más imprecisa. Desde el punto de vista

constitucional es perfectamente asumible, pues los sujetos titulares del derecho

a la autonomía, según el artículo 2 de la Constitución, son las nacionalidades

y regiones.

Las otras definiciones, tales como nación, comunidad nacional o comunidad

histórica merecen un sucinto comentario.

En relación a la expresión comunidad histórica cabe recordar que el art. 143.1

CE atribuye a “las provincias limítrofes con características históricas, culturales

y económicas comunes...” la posibilidad de acceder al autogobierno y

convertirse en Comunidad Autónoma. Por lo tanto, identificar a Andalucía

como comunidad histórica, al igual que si se hiciera como comunidad cultural

o incluso comunidad histórica, cultural y económica sería perfectamente

En este apartado ha habido otras cuestiones en las que no ha existido acuerdo. Así, el Grupo Socialista propugna que la referencia a la reforma agraria se sustituya por una modernización de la estructura agraria. Igualmente propugna que el autogobierno de Andalucía se fundamenta en el derecho de sus ciudadanos y ciudadanas a decidir sobre sus propios asuntos e intereses, en el marco jurídico-político establecido en la Constitución española de 1978. Para el Grupo Popular, de manera excepcional y por razones justificadas, se podrá establecer la sede de alguna Consejería determinada en alguna otra capital de provincia andaluza. En relación a los objetivos propone un nuevo apartado referido a la consecución de la convergencia y cohesión territorial de la Comunidad Autónoma. Considera necesario que para alcanzar los objetivos descritos el Estatuto contemple la exigencia al Gobierno andaluz de adoptar las medidas pertinentes, el impulso del desarrollo legislativo, la garantía de una financiación suficiente y la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas. Propugna también que se haga una referencia expresa al fracaso escolar y propone la incorporación de un nuevo objetivo dirigido a la lucha contra toda clase de pobreza y marginación. Además propone una referencia explícita a la defensa de la familia y que la referencia a la reforma agraria se sustituya por una modernización de la estructura agraria. El Grupo de Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía propugna un mantenimiento de la referencia expresa a la reforma agraria. En relación a la calidad de la democracia propugna una redacción más amplia que contemple los mecanismos de consultas populares y especialmente el referéndum consultivo a iniciativa del Presidente de la Junta de Andalucía. También propone una referencia a las bases militares de Rota y Morón y a la presencia de elementos radioactivos en el territorio de Andalucía.El Grupo Andalucista propugna que se incluya una referencia a la importancia de la agricultura, su modernización y defensa en la Unión Europea y en las instancias internacionales.

Para la consecución de tales principios u objetivos genéricos se establecen

los siguientes objetivos de carácter sectorial: referencia al pleno empleo;

permanencia y calidad de la educación; desarrollo de la cultura andaluza con

referencia expresa al paisaje y al patrimonio artístico de Andalucía así como

a las hablas andaluzas para lo que se solicitará una opinión científica autorizada;

aprovechamiento de los recursos naturales, del conocimiento y de capital

humano, subrayando el principio de sostenibilidad y suprimiendo la referencia

a los sectores económicos concretos; fomento de la calidad de vida de los

andaluces con especial incidencia en la protección y garantía del medio

ambiente y la adecuada gestión del agua; cohesión territorial y solidaridad

con una referencia explícita al mundo rural subrayando el fomento del diálogo

social como factor de cohesión y progreso, mediante la dotación de

infraestructuras y de un sistema eficaz de comunicaciones; desarrollo industrial

incluyendo los conceptos de desarrollo tecnológico e innovación, la incorporación

de las nuevas tecnologías, las iniciativas emprendedoras y la evaluación de

calidad; e incorporación del pueblo andaluz a la sociedad del conocimiento.

68. Sobre este derecho, todos los grupos parlamentarios excepto el Popular propugnan hacer una referencia al carácter público de la educación. Este propone que la referencia al carácter público de la educación se acompañe de una referencia nítida a la existencia de una doble vía en la consecución de este derecho, esto es, de una parte la existencia de una enseñanza pública y de otra de iniciativa social apuntando como posible modelo de redacción de este punto el propuesto por el Grupo Parlamentario Socialista en relación al derecho a la salud.El Grupo de Izquierda Unida-Los Verdes propone además que figure expresamente el carácter laico de la educación así como la gratuidad de los libros de texto.

67 .

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Reforma del Estatuto de Autonomía

El Grupo Parlamentario Socialista propone el mantenimiento del sistema

proporcional, la circunscripción electoral de la provincia y el límite de que

ninguna provincia pueda tener más del doble de escaños que otra. Igualmente

propone el mantenimiento del número de Diputados y la obligatoriedad de

paridad en las listas electorales y que el Estatuto incluya una mención expresa

a que en el procedimiento legislativo se propicie la participación de la ciudadanía

y de los grupos en que se integran.

El Grupo Socialista contempla la posibilidad de introducir las figuras del decreto

legislativo y el decreto-ley. También propone ampliar las relaciones que

corresponden al Parlamento en relación a la Unión Europea y evacuar las

consultas que le planteen las Cortes Generales sobre el grado de cumplimiento

del principio de subsidiariedad y proporcionalidad de un proyecto de acto

legislativo de la Unión Europea.

El Grupo Parlamentario Popular de Andalucía, en cuanto al número de

Diputados, se muestra favorable en mantener el actual sistema vigente en

el Estatuto así como la provincia como circunscripción electoral y el principio

de proporcionalidad. Considera que se deben incluir en el Estatuto los

mecanismos necesarios para que las elecciones al Parlamento de Andalucía

no coincidan con otros procesos electorales.

Considera también que la paridad en las listas electorales ha de contemplarse

más como una tendencia deseable que como una obligación legal y está

abierto a considerar la inclusión del decreto legislativo, siempre que quedara

limitado a la refundición de textos.

Estima necesaria una referencia a las medidas contra el transfuguismo político

y propone que la función de control del Parlamento de Andalucía se extienda

de manera expresa a las empresas públicas de la Junta de Andalucía.

El Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

propone la inclusión de los Ayuntamientos y Comarcas como parte institucional

de la Comunidad Autónoma, propugna la modificación al alza del número de

Diputados y propone la supresión del inciso final del apartado primero del

artículo 28 al objeto de contemplar una proporcionalidad más directamente

vinculada a la población disminuyendo en consecuencia la incidencia del

territorio. Esta propuesta se vincula a la formulada con anterioridad de aumento

del número de miembros del Parlamento.

Considera que han de incluirse en el Estatuto los mecanismos necesarios

para que las elecciones al Parlamento de Andalucía no coincidan con otros

procesos electorales.

Propone incluir en la ley electoral el derecho de participación en las elecciones de

los inmigrantes siempre que concurran en ellos determinadas condiciones así como

una referencia a la limitación, control y transparencia de la financiación electoral.

Propone también que la función de control del Parlamento de Andalucía se

extienda de manera expresa a las empresas públicas de la Junta de Andalucía

y la obligatoriedad de la paridad en las listas electorales.

36-37

- A proteger y promover de forma efectiva el derecho a una vivienda digna.

Este derecho ha de vincularse a la utilización racional del suelo con una

referencia específica a la protección contra la especulación.

- Derecho a una renta básica, mínimo vital o renta mínima de reinserción,

si bien se acuerda concretar la fórmula en un momento posterior.

- Favorecer la integración social de los inmigrantes en el marco de lo establecido

en las leyes.

- Derecho a participar plenamente en las decisiones que afecten a la vida

pública en todos los ámbitos y respecto a todas las administraciones, así

como igualmente el derecho a la participación en todos los asuntos públicos

y a la capacidad de propuesta ante las instituciones y el derecho a una

información veraz.

- Derechos de los jóvenes, acordando concretar posteriormente la redacción,

aunque tanto el Grupo Andalucista como el de Izquierda Unida propugnan

una referencia específica a la emancipación social y económica de los

jóvenes.

- Derecho de acceso a la cultura.

En este sentido, el Grupo Popular considera necesario que el Estatuto contemple

la exigencia al Gobierno andaluz de alcanzar los derechos y los objetivos de

las políticas públicas a través de medidas concretas tales como el impulso

legislativo, la garantía de una financiación suficiente y la eficacia y eficiencia

de las actuaciones administrativas69.

infancia, con especial atención a los derechos del menor, su bienestar y su

pleno desarrollo personal y social.

Se ha de reconocer el derecho de las personas mayores a llevar una vida

digna e independiente y a participar en la vida social, educativa y cultural de

la Comunidad. Con este fin, los poderes públicos andaluces incentivarán el

envejecimiento activo. Se incluye el derecho a la protección social de los

mayores.

La Ponencia también acuerda estos otros derechos:

- El derecho a las prestaciones y servicios de apoyo a las familias que

favorezcan la conciliación de la vida laboral y familiar

- El derecho al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación

- La libertad de orientación sexual con el consiguiente compromiso de los

poderes públicos andaluces para remover los obstáculos que impidan su

efectividad

- Incluir una cláusula para que se establezca un derecho genérico a la calidad

en la prestación de los servicios públicos

- El derecho al medio ambiente entendido como conservación, protección y

disfrute del patrimonio natural, del paisaje y de los recursos naturales,

especialmente en relación con la calidad del agua y del aire

- El derecho a la seguridad alimentaria

- El derecho a la protección de consumidores y usuarios.

En relación con los deberes se admite como punto de partida una referencia

a los mismos señalándose como inexcusables de cumplimiento por parte de

la ciudadanía andaluza el ejercicio de una ciudadanía solidaria y responsable,

la contribución al sostenimiento del gasto público, la protección del medio

ambiente y la participación en situaciones de emergencia.

Un capítulo dentro de este Título se dedica a las políticas públicas, de manera

que éstas quedarán orientadas a:

- Promoción y sostenimiento de un sistema público de servicios sociales

suficiente para la atención de personas y grupos, dirigido al logro de su

pleno desarrollo personal y social, así como a la eliminación de las causas

y efectos de las diversas formas de marginación o exclusión social.

- La promoción de medidas que garanticen la autonomía y la integración

social y profesional de las personas con discapacidad, así como su

participación en la vida de la Comunidad, contemplando la utilización de

los lenguajes que permitan la comunicación a los discapacitados sensoriales.

- Una especial protección de las personas dependientes, a fin de contribuir

a proporcionarles una digna calidad de vida.

- A promover el pleno empleo, consagrándose el derecho al trabajo en

condiciones de seguridad, a través de la prevención de los riesgos laborales

y a la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo y en las condiciones

de trabajo, y a la conciliación de la vida familiar y laboral.

4. Organización institucional de la Comunidad Autónoma

A) Parlamento

El Informe de la Ponencia, en relación a la duración del mandato de los

Diputados, acuerda proceder a una nueva redacción del precepto de manera

que se añada, a los cuatro años previstos como duración normal del mandato

parlamentario, la expresión “…o el día de disolución de la Cámara” al objeto

de contemplar la posibilidad de un acortamiento del mismo bien como

consecuencia de la disolución automática en el supuesto de imposibilidad de

designación del Presidente de la Junta de Andalucía tras las elecciones o de

la disolución anticipada que a éste corresponde.

Igualmente, se acuerda diferir a una ley un Estatuto del Diputado comprensivo

de sus derechos y obligaciones así como de otros aspectos relacionados con

su estatus de parlamentario.

Existe igualmente acuerdo en incluir en el Estatuto una referencia más explícita

a la plena autonomía de la Cámara para su organización y funcionamiento y

especialmente en lo que respecta a la autonomía reglamentaria, presupuestaria

y administrativa.

En relación con el carácter ordinario o extraordinario de las sesiones se

establecen dos principios: de una parte considerar que la referencia a cuatro

meses que en el mismo se contiene para cada periodo de sesiones ha de

tener la consideración de asegurar un mínimo, pero no necesariamente un

máximo; de otra establecer con claridad la garantía del procedimiento en la

convocatoria de sesiones extraordinarias.

Se acuerda también suprimir el inciso final del apartado segundo del artículo

28 en cuanto remite al Congreso de los Diputados el modelo preciso de

representación proporcional. De esta forma el modelo que en su momento

se adopte queda a disposición del Parlamento de Andalucía.

Una ley electoral contendrá los principios básicos que corresponde a este tipo

de normas, existiendo acuerdo en que en la misma ha de contenerse la

obligatoriedad de la realización de debates en los medios de comunicación.

Se suprime la vinculación de los Senadores en representación de la Comunidad

Autónoma a la condición de Diputados del Parlamento andaluz, suprimiendo

en consecuencia el apartado doce del artículo 30 del vigente Estatuto.

Existe acuerdo en la representación de los Senadores garantizada actualmente

en la Constitución Española.

Una vez vistos los acuerdos a los que llegaron los diferentes representantes

de los grupos parlamentarios, hay que citar las observaciones y propuestas

realizadas por los diferentes grupos parlamentarios.

Otras observaciones y propuestas realizadas por los diferentes grupos, en las que no existe acuerdo, tienen relación con la regulación, mediante Ley del Parlamento, del estatuto de los andaluces y andaluzas en el exterior, propugnada por el Grupo Socialista, y el establecimiento de un servicio público de servicios sociales reconociendo la prestación de los mismos también por las instituciones privadas, que propugna el Partido Popular. En cambio, el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía, en relación al sistema público de servicios sociales propone justo lo contrario: añadir una referencia a que tales servicios no puedan ser objeto de privatización o fórmulas empresariales.Este Grupo propone que se incluya una mención expresa al agotamiento de los recursos naturales para preservar su disfrute para las generaciones futuras y también que se haga una mayor especificación de los instrumentos participativos y una referencia expresa del fomento de la diversidad de expresiones culturales de Andalucía.

69.

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Reforma del Estatuto de Autonomía

38-39

pública y cuyo tenor sería el siguiente: la Administración de la Comunidad

Autónoma sirve con objetividad el interés general y actúa de acuerdo con

los principios de eficacia, racionalidad organizativa, simplificación de

procedimientos, coordinación, imparcialidad, transparencia, no discriminación

y desconcentración, que favorezca la proximidad de la Administración a

los ciudadanos, siempre con sujeción a la Constitución, al Estatuto y al

resto del ordenamiento jurídico.

Existe acuerdo entre los Ponentes en buscar una fórmula consensuada

que haga referencia a la ventanilla única.

- Participación y acceso de la ciudadanía. Se garantizará la participación de

la ciudadanía, directa o a través de asociaciones y organizaciones en las

que se integren, en los procedimientos administrativos o de elaboración

de disposiciones que les puedan afectar. Se garantizará el acceso de la

ciudadanía a la Administración, poniendo a disposición de los mismos los

medios necesarios para facilitar dicho acceso a través de las nuevas

tecnologías.

- Aplicación del principio de la presencia equilibrada de hombres y mujeres

en todos los ámbitos de toma de decisiones en las Administraciones

públicas andaluzas.

- Ordenación y funcionamiento: la ley de la función pública andaluza regulará

el acceso a la misma con arreglo a los principios de mérito y capacidad,

así como el estatuto de los funcionarios al servicio de la Administración

andaluza.

- La Administración de la Junta de Andalucía desarrollará la gestión ordinaria

de sus actividades a través de servicios centrales y periféricos.

- Se contemplará la realización por la Administración de “Cartas de Servicios”

que determinen la oferta y características de prestación de los servicios.

- Se incluirá una referencia a la evaluación de las políticas públicas.

D) Otras instituciones

Se acuerda proceder a la modificación del actual artículo 44 suprimiendo la

referencia que en el mismo se hace al Consejo de Estado, sustituyéndolo por

el Consejo Consultivo71 de acuerdo con las características que se contienen

en su vigente ley reguladora.

Se acuerda establecer el sistema de designación del Defensor del Pueblo por

mayoría cualificada del Parlamento.

Se incluye una referencia a la Cámara de Cuentas como órgano de fiscalización

externa y control de la gestión económica, financiera y contable de los fondos

públicos de la Junta de Andalucía, las Diputaciones Provinciales, los

Ayuntamientos y Universidades andaluzas, y todos los organismos autónomos,

sociedades y empresas públicas dependientes de cada una de estas

Instituciones. La regulación de la Cámara de Cuentas conllevaría a la derogación

del actual artículo 70 del Estatuto de Autonomía en tanto se refiere al Tribunal

En relación a la elección de Senadores, propone que Andalucía se constituya

en colegio único o, en caso de mantenerse las circunscripciones provinciales,

la representación también debe ser proporcional.

Por su parte, el Grupo Parlamentario Andalucista propugna la modificación

al alza del número de Diputados. Considera también que han de incluirse en

el Estatuto los mecanismos necesarios para que las elecciones al Parlamento

de Andalucía no coincidan con otros procesos electorales.

Propone la obligatoriedad de la paridad en las listas electorales y que el

Gobierno tenga capacidad para dictar Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.

Propone, igualmente, que la elección de los Senadores en representación de

la Comunidad Autónoma de Andalucía sea de primer grado en elección libre

y directa, y en circunscripción única.

B) Presidencia y Consejo de Gobierno

En relación a este órgano se acuerda modificar la redacción del actual artículo

36, apartado 2º suprimiendo la referencia a la responsabilidad solidaria del

Consejo de Gobierno y manteniendo la responsabilidad directa de cada

Consejero por su gestión.

Respecto a la forma de elección del Presidente de la Junta de Andalucía

contemplada en el artículo 37 se acuerda suprimir la designación automática

que figura en el párrafo segundo del apartado tercero de este artículo.

Se atribuye al Presidente la facultad de disolver anticipadamente el Parlamento,

facultad que no podrá ejercerse cuando esté en trámite una cuestión de

confianza o una moción de censura.

Se contemplará el análisis de impacto de género de todas las acciones

normativas de la Junta de Andalucía con el objetivo de impedir que ninguna

ley o decreto fomente las desigualdades de género.

En otros temas no se llegó a acuerdos unánimes. Así, todos los grupos menos

el Popular abogan por otorgar al Presidente de la Junta de Andalucía la

facultad de realizar consultas populares de ámbito autonómico y todos los

grupos menos el Socialista proponen la limitación del mandato del Presidente

de la Junta de Andalucía a 8 años. La prensa centró su atención, cuando se

discutieron estos aspectos, en el desacuerdo respecto a este tema como uno

de los más solicitados por la oposición durante los meses anteriores: El PSOE

rechaza que el Estatuto limite los mandatos a ocho años (El Correo de

Andalucía, 21/05/2005).

El grupo de Izquierda Unida-Los Verdes propone, además, endurecer el régimen

de incompatibilidades e incorporar la figura del Primer Consejero/a.

C) Administración Autonómica

La Ponencia acordó crear un Capítulo específico dedicado a la Administración

Autonómica que incluiría, al menos, los siguientes temas70:

- Una referencia a los principios generales que han de regir la Administración

de Cuentas. El Grupo Popular propone que se establezca Málaga como sede

de este órgano.

E) Administración de Justicia

La Ponencia acuerda72 que, de conformidad con la Constitución Española y

las leyes estatales, especialmente la Ley Orgánica del Poder Judicial, las

competencias de la Junta de Andalucía en relación a la Administración de

Justicia sean las siguientes:

- Gestionar los recursos materiales al servicio de la Administración de Justicia.

- Organizar los medios humanos al servicio de la Administración de Justicia.

- Fijar la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos

jurisdiccionales de Andalucía

- Promover la convocatoria de los concursos y oposiciones para cubrir las

plazas vacantes en Andalucía de magistrados, jueces, funcionarios y restante

personal a su servicio

La Ponencia acuerda también incluir una referencia a los Juzgados de Paz

y que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es el órgano jurisdiccional

en que culmina la organización judicial en su ámbito territorial.

Dicho Tribunal conoce los recursos de casación, si bien en este aspecto cada

Grupo parlamentario formula diversos matices tendentes a precisar el alcance,

ámbito y características de este recurso73.

Se acuerda también la creación de un Consejo de la Justicia de Andalucía y

se suprime la referencia a las Audiencias Territoriales del artículo 48.2 del

Estatuto de Autonomía.

La sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es Granada.

70.Por su parte, el Grupo Popular propone incluir una referencia a la eficacia en la tramitación de los procedimientos administrativos, incorporar como principio la despolitización de las estructuras administrativas y, con carácter general,una Carta de los derechos del ciudadano ante la Administración pública. Izquierda Unida-Los Verdes propone una alusión a la administración única (propuesta que también comparte el Grupo Andalucista) y una referencia a los parámetros de un modelo de administración pública democrática de la Junta de Andalucía como alternativa, tanto a la adopción de formulas empresariales y la privatización de la gestión como el burocratismo, la tecnocracia y la falta de transparencia.

71.El Grupo Popular solicita que se establezca Granada como sede de este organismo.

Se formulan además las siguientes observaciones y propuestas1.Del G.p. Socialista:- Propugna que el Tribunal Superior de Justicia conozca de todos los recursos contra las resoluciones

judiciales de Andalucía, sin perjuicio de los recursos de casación para la unificación de doctrina que puedan corresponder al Tribunal Supremo.

- Las funciones del Consejo de Justicia de Andalucía son eminentemente consultivas respecto de las instituciones autonómicas y del Consejo General del Poder Judicial para la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma entre las que se encuentra la emisión de dictamen sobre los candidatos a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia y a la jefatura de la Fiscalía ante este Tribunal.

2.Del G.p. Popular de Andalucía:- El Tribunal Superior de Justicia fijará la doctrina en los órdenes jurisdiccionales en que así proceda,

extendiéndose a todos aquellos cuyo conocimiento le fuera atribuido por el Estado, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo para dictar jurisprudencia, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial.

- Las atribuciones al Consejo de Justicia de Andalucía han de hacerse de acuerdo con lo que dispone la Constitución Española y la Ley Orgánica del Poder Judicial de manera que se garantice la unidad e independencia de este poder del Estado.

3.Del G.p. Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía:- La referencia a los Juzgados de Paz se hará para potenciar sus medios.- Ante el Tribunal Superior de Justicia se agotarán las sucesivas instancias procesales incluyendo

los recursos de casación o la última instancia que proceda en todos los órdenes de jurisdicción.- Atribuye al Consejo de la Justicia de Andalucía el nombramiento del presidente del Tribunal Superior

y del fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.- Propone una referencia a la necesaria colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial

y el Consejo de la Justicia de Andalucía. 4.Del G.p. Andalucista:- El Tribunal Superior de Justicia ejerce las funciones de casación en los asuntos iniciados en

Andalucía.- El Parlamento de Andalucía designará al presidente del Tribunal Superior de Justicia a propuesta

del Consejo de la Justicia de Andalucía.El Consejo de la Justicia de Andalucía ejercerá competencias por delegación del Consejo General del Poder Judicial.

5. Economía, Empleo y Hacienda

La Ponencia acuerda que el Título se inicie con un precepto en el que han

de figurar en igualdad de relevancia los principios de libertad de empresa,

economía social de mercado, la iniciativa pública, la planificación y el fomento

de la actividad económica de Andalucía.

Se conviene en la necesidad de establecer los siguientes principios rectores

de la política económica:

- El pleno empleo y la calidad en el trabajo.

- El desarrollo sostenible.

- La promoción de la capacidad emprendedora y las iniciativas empresariales

en todos los ámbitos y tipos de empresas, con especial atención a la pequeña

y mediana empresa, los emprendedores autónomos y la acción de la

economía social.

- El acceso de la mujer y de los jóvenes al mercado de trabajo y al empleo

en condiciones de igualdad.

- La formación permanente de los trabajadores y trabajadoras y la seguridad

y salud laboral.

- La investigación e innovación tecnológica para el desarrollo social y económico

de la Comunidad, fomentando la relación entre la Universidad y el tejido

productivo.

- La internacionalización de las empresas andaluzas.

Se recoge el Consejo Económico y Social como órgano de carácter consultivo

cuya finalidad primordial es la de servir de cauce de participación y diálogo

permanente en los asuntos socioeconómicos y laborales.

Se destaca la importancia del diálogo social y el reconocimiento del papel de

los sindicatos y de las organizaciones empresariales.

El gasto público se realizará atendiendo a los principios de eficacia, eficiencia

y equidad.

Se introduce un nuevo precepto relativo a las inversiones públicas de la Junta

de Andalucía que se orientará a la consecución de la cohesión social, la

cohesión territorial y el impulso de la actividad económica.

Se incluye una referencia al fortalecimiento del sector financiero andaluz y

de su colaboración en los planes estratégicos de la economía.

En muchas otras materias no hubo acuerdo en el seno de la Ponencia74.

72.

73. Ver nota anterior

Page 22: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

40-41

6. Relaciones externas de la Comunidad Autónoma

La Ponencia, en relación al estudio del Título dedicado a las Relaciones

Externas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha procedido a distinguir

5 apartados, referidos respectivamente a:

A) Relaciones con otras Comunidades Autónomas.

B) Relaciones con el Estado.

C) Relaciones con la Unión Europea.

D) Relaciones de carácter internacional.

E) Cooperación al desarrollo.

A) RELACIONES CON OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS En este punto existe una amplia coincidencia en mantener en términos

generales la actual redacción de los preceptos que se refieren a esta materia

en el actual Estatuto de Autonomía.

No obstante el Grupo Parlamentario Popular de Andalucía propone que se

mencione expresamente las relaciones de colaboración con Ceuta y Melilla

para que de manera estable se mantengan acuerdos de colaboración y

convenios al amparo del artículo 145.2 de la Constitución, aunque esta

referencia podría hacerse en otro lugar del Estatuto.

Por su parte el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria

por Andalucía propone suprimir la intervención de las Cortes Generales en

la firma de convenios y sustituirla por la consulta al Parlamento de Andalucía.

B) RELACIONES CON EL ESTADO Se muestran todos los Grupos parlamentarios de acuerdo en establecer como

principios generales en las relaciones con el Estado los de cooperación, lealtad

recíproca y participación en el marco de la Constitución y de la legislación

del Estado. Los Grupos parlamentarios Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria

por Andalucía y Andalucista muestran su reserva con la referencia a la

legislación del Estado. El acuerdo se extiende a la mención estatutaria de los

principales mecanismos de colaboración como son las conferencias sectoriales,

la Comisión Bilateral Estado-Comunidad Autónoma o los contactos

intergubernamentales, así como a la intervención o participación de Andalucía

en los procesos de elaboración de tratados y convenios internacionales que

afecten a los intereses específicos de la Comunidad Autónoma superando así

la situación actual referida solamente a la consulta e información.

El Grupo Parlamentario Andalucista propone en este punto añadir como

principio general el de codecisión en la toma de decisiones mientras que el

Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

hace mención expresa al derecho de participación de Andalucía en la elaboración

de las leyes de bases que establezcan competencias de desarrollo o ejecución

a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Grupo Parlamentario Socialista establece la participación de Andalucía en

las instituciones del Estado de acuerdo con los procedimientos que establezca

la legislación estatal y con el marco establecido en la Constitución para la

designación de miembros de las altas instancias del Estado. Mientras que en

este punto el Grupo Parlamentario Popular de Andalucía muestra una reserva

general los Grupos parlamentarios Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria

por Andalucía y Andalucista muestran su disconformidad con la referencia a

la legislación del Estado.

Sí existe acuerdo en mencionar el derecho de participación de la Comunidad

Autónoma en la planificación económica tanto general como sectorial con

especial referencia a los sectores estratégicos de interés para Andalucía.

C) RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEAEn relación con este punto se produce unanimidad en recoger la participación

de Andalucía en los procesos de decisión en las instituciones de la Unión

Europea en defensa y promoción de sus intereses y para favorecer la necesaria

integración de las políticas autonómicas con las estatales y comunitarias. No

obstante, mientras los Grupos parlamentarios Socialista, Izquierda Unida Los

Verdes-Convocatoria por Andalucía y Andalucista proponen incorporar la

garantía de esta presencia en la representación española en el Consejo de

Ministros de la Unión cuando se traten asuntos de su exclusiva competencia,

el Grupo Parlamentario Popular de Andalucía muestra su disconformidad con

la referencia concreta al Consejo de Ministros de la Unión prefiriendo que

dicha participación se realice de acuerdo con los procesos que el Estado

establezca para configurar la posición española.

El Gobierno andaluz impulsará a través de esos órganos de decisión las

iniciativas destinadas a desarrollar la cooperación con los países vecinos en

el marco de los programas de cooperación territorial europea.

Se reconoce el derecho de la Comunidad Autónoma a instar del Estado español

el ejercicio de acciones ante el Tribunal de Justicia Europeo en defensa de

los derechos e intereses de la Comunidad Autónoma. Los Grupos parlamentarios

Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía y Andalucista proponen

que estas acciones puedan ser ejercidas directamente por la Comunidad

Autónoma.

Igualmente se reconoce expresamente que corresponde a la Comunidad

Autónoma el desarrollo y ejecución del derecho de la Unión en las materias

de su competencia.

El Gobierno de la Junta de Andalucía habrá de ser consultado en la transposición

del derecho de la Unión cuando afecte a competencias compartidas con el

Estado.

También le corresponde la gestión de los fondos europeos en la Comunidad

Autónoma que financien actividades y servicios de su competencia. Los Grupos

parlamentarios Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria

por Andalucía y Grupo Parlamentario Andalucista proponen que esta gestión

de fondos europeos se extienda a todos aquellos que afecten al territorio de

Andalucía.

Finalmente existe unanimidad en la necesidad de impulsar el papel de las

regiones en la definición de la política de la Unión Europea.

D) RELACIONES DE CARÁCTER INTERNACIONALEn este apartado se reconoce la condición fronteriza de Andalucía con una

especial referencia al Norte de África así como una mención a Iberoamérica

por razones históricas y culturales y a la región mediterránea por razones

estratégicas.

Andalucía ha de participar en los foros y encuentros mixtos de colaboración

del Estado español y los países fronterizos. El Grupo Parlamentario Socialista

propone una mención expresa a Marruecos y Portugal.

Se reconoce la capacidad de la Comunidad Autónoma para proponer iniciativas

de colaboración en el marco de política de vecindad de la Unión Europea con

los países vecinos.

En relación con el tema de Gibraltar los Grupos parlamentarios Socialista y

Popular de Andalucía proponen mantener la referencia que a la misma se

contiene en la Disposición Adicional Primera, ello sin perjuicio del establecimiento

de convenios entre el Gobierno de la Junta de Andalucía y la autoridad de

Gibraltar. Por su parte el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-

Convocatoria por Andalucía propugna una referencia a Gibraltar como parte

en su momento del territorio de Andalucía así como de la firma de convenios

específicos. Igualmente propone una disposición que contenga un régimen

transitorio. El Grupo Parlamentario Andalucista propone una eventual referencia

a la incorporación de Gibraltar cuando así lo acuerden sus ciudadanos sin

que dicha incorporación se entienda como una reforma del Estatuto.

Finalmente, en relación con este tema, el Grupo Parlamentario Popular de

Andalucía hace una reserva general en el sentido de que las relaciones

exteriores de la Comunidad Autónoma se lleven a cabo sin perjuicio de las

competencias del Estado sobre las relaciones externas.

E) COOPERACIÓN AL DESARROLLOEn relación con este tema se incluye una referencia general a la solidaridad

internacional del pueblo andaluz. En este sentido se acuerda que la Comunidad

Autónoma despliegue actividades de cooperación al desarrollo en los países

menos favorecidos que se orientará a la erradicación de la pobreza, la

promoción de los derechos humanos y la paz con actuaciones preferentes

en Iberoamérica y el Norte de África.

Se formularon las siguientes observaciones y propuestas:1. Del G.p. Socialista:

- Propone incluir como principio rector la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos.

- Propone incluir como principio rector la mejora de la competitividad y el favorecimiento de la productividad.

- Las inversiones públicas de la Junta de Andalucía deberán promover el equilibrio territorial de la Comunidad.

-Andalucía deberá participar en la planificación de las inversiones del Estado en su territorio.

2. Del G.p. Popular de Andalucía:- Propone incluir los principios de estabilidad presupuestaria y evaluación de las políticas

económicas.- Propone incluir como principio rector la modernización y desarrollo de todos los sectores

económicos.- Propone incluir como principio rector la mejora de la competitividad y el favorecimiento

de la productividad.- Propone que el Consejo Económico y Social tenga su sede en la ciudad de Málaga.- Propone un reconocimiento de las organizaciones profesionales.- Propone introducir una referencia a un sistema de concertación social configurado por

los principios de transparencia, control parlamentario, seguimiento y evaluación3. Del G.p. Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía:

-En relación con el empleo propone que figure los principios de seguridad laboral, estabilidad, reducción del tiempo de trabajo, la jornada de 35 horas y la jubilación a los 60 años.

-Propone como principio rector la diversificación productiva.- Propone una referencia a la actuación de la empresa pública en los sectores estratégicos

de la economía andaluza con una mención expresa a los sectores agrícola y pesquero.-Propone como objetivo la consecución de la Caja única.

4. Del G.p. Andalucista:-Propone incluir como principio rector la modernización y desarrollo de todos los sectores

económicos.-Propone incluir como principio rector la mejora de la competitividad y el favorecimiento

de la productividad.-Propone introducir una referencia a un sistema de concertación social configurado por

los principios de transparencia, control parlamentario, seguimiento y evaluación.-Propone como objetivo la consecución de la Caja única.-Propugna que se contemple a un Tribunal de la Competencia de Andalucía.

74.

Fuente: Junta de Andalucía

Page 23: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

42-43

Igualmente un precepto establecerá la posibilidad de delegación y transferencia

de competencias en los Ayuntamientos siempre acompañado de la

correspondiente dotación económica y de acuerdo con los principios señalados

en el artículo primero de este título. El Grupo Parlamentario Popular de

Andalucía señala que este precepto ha de referirse igualmente a las

Diputaciones.

El Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

propone la incorporación de un artículo específico dedicado a las Haciendas

Locales que debe incluir los siguientes principios: 1) participación de los

Ayuntamientos en los tributos propios de la Comunidad Autónoma, 2) sustitución

del principio de tutela financiera por el de coordinación, y 3) establecimiento

de un Fondo de Cooperación Local integrado por todos los recursos de la

Comunidad Autónoma.

El Grupo Parlamentario Socialista propone la inclusión de un precepto según

el cual por ley “podrá” establecerse la participación de las Haciendas Locales

en los tributos propios de la Comunidad Autónoma, así como la incorporación

al Estatuto del actual Fondo de Nivelación municipal. Los Grupos parlamentarios

Popular de Andalucía e Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

proponen que dicho precepto tenga carácter imperativo bajo la formula de

“tendrá” o “deberá”. En este supuesto el Grupo Parlamentario Socialista

retiraría su propuesta de incorporación del Fondo de Nivelación.

En relación a las provincias la regulación estatutaria debe establecerse en los

mismos términos que regula la Constitución. Su gobierno y administración

corresponden a la Diputación como órgano representativo de las mismas, si

bien el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por

Andalucía propone la supresión absoluta de las Diputaciones.

Por lo que se refiere a las competencias de las Diputaciones Provinciales

éstas gestionarán las funciones propias de la coordinación municipal,

asesoramiento o asistencia, y cooperación a los Municipios, especialmente

los de menor población que requieran de estos servicios, así como la posible

prestación de algunos servicios supramunicipales y el fomento de los intereses

peculiares de la provincia y siempre en los términos que fije una Ley del

Parlamento.

Se acuerda suprimir el artículo 4.4 del actual Estatuto de Autonomía, supresión

que el Grupo Parlamentario Andalucista hace extensible al punto 3.b) del

mismo artículo. El Grupo Parlamentario Popular de Andalucía, por el contrario,

reclama un mayor número de competencias para las Diputaciones Provinciales.

Respecto a otros entes territoriales ha de mantenerse la regulación de las

comarcas como marco de actuación administrativa para que aquéllas que lo

estimen conveniente tengan reconocido el derecho para poder organizarse

para la prestación de servicios comunes. Su creación se realizará por ley. Los

Grupos parlamentarios Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

y Andalucista propugnan el carácter político y no meramente administrativo

de las comarcas así como la supresión de la limitación provincial en el

establecimiento de su territorio, propuesta esta última a la que el Grupo

Parlamentario Socialista no muestra en principio oposición salvo un estudio

más detenido.

El Estatuto de Autonomía reconocerá igualmente como entes territoriales las

áreas metropolitanas, mancomunidades y consorcios.

El Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

propone la supresión de la figura del Delegado del Gobierno central en

Andalucía y la previsión de la incorporación de Gibraltar a la Comunidad

Autónoma en el respeto a la voluntad y los derechos de la ciudadanía

gibraltareña.

8. Medios de Comunicación

La Ponencia acordó, también, la redacción de un título nuevo bajo el epígrafe

de Medios de Comunicación que se iniciará con un artículo que ponga de

manifiesto la necesidad, para que Andalucía pueda desarrollarse como

sociedad democrática avanzada, de la existencia de medios de comunicación

que sirvan como instrumento para garantizar la libertad de expresión y el

derecho de los ciudadanos y ciudadanas a una información independiente

y plural, que favorezca la creación de una opinión pública libre.

En este sentido, los medios audiovisuales de comunicación cumplen una

función de servicio público y, por tanto, deben respetar los principios de

pluralidad, objetividad, neutralidad informativa y profesionalidad.

El Estatuto contendrá una referencia a los medios de titularidad pública

tanto de la Junta de Andalucía como de las Corporaciones Locales los

cuales, como servicio público, se regirán por los principios de independencia

y objetividad, desarrollando entre sus funciones el fomento de los valores

educativos y culturales especialmente de Andalucía y locales,

respectivamente, así como el fomento de la cinematografía andaluza.

Con objeto de hacer efectiva la pluralidad de la democracia, se garantizará

el derecho de acceso de las organizaciones e instituciones representativas

de la diversidad política, social y cultural de Andalucía a los medios públicos.

Igualmente el Estatuto recogerá la garantía del control democrático de los

medios de comunicación correspondiendo al Parlamento los de la Junta

de Andalucía. El Estatuto también debe contemplar el control de los medios

de comunicación públicos locales por parte de los Plenos de las Corporaciones

Locales, que han de velar por la independencia, pluralismo y objetividad

de estos medios de comunicación; así como proceder al nombramiento de

los directores o directoras de los mismos.

Concretamente, el Estatuto contendrá un tratamiento particularizado de los

medios de comunicación de la Junta de Andalucía respecto de los cuales

se garantizará la titularidad pública de los mismos, el control parlamentario

y la elección del Director o Directora de la RTVA por el Parlamento. Respecto

a la mayoría necesaria para la elección del responsable de este organismo,

el Grupo Parlamentario Socialista y el de Izquierda Unida-Los Verdes

propugnan una mayoría cualificada mientras que el Grupo Andalucista y

el Popular la precisan en dos tercios del Parlamento. Además, estos dos

grupos y el de Izquierda Unida-Los Verdes promueven la adscripción de

RTVA al Parlamento.

Igualmente, se recogerá la figura del Consejo Audiovisual y su regulación

por ley como órgano encargado de velar por el respeto a los derechos,

libertades y valores constitucionales y estatutarios en los medios de

comunicación audiovisuales, tanto públicos como privados, así como por

el cumplimiento de la normativa vigente en el ámbito de los medios

audiovisuales en Andalucía en relación con los contenidos y publicidad.

El Consejo Audiovisual velará especialmente por la protección de la juventud

y la infancia en relación al contenido de la programación de los medios de

comunicación de Andalucía, tanto públicos como privados.

Se reconocerá la capacidad de la Comunidad Autónoma para crear nuevos

canales audiovisuales en el marco del ordenamiento jurídico.

El Grupo Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía propugna

una representación territorial en el Consejo de Administración de la RTVE

de forma que éste refleje la pluralidad del Estado y una acción de fomento

de los medios de comunicación públicos, que podrán estar gestionados

por administraciones públicas o podrán ser cedidos a entidades sin ánimo

de lucro como sindicatos de trabajadores, organizaciones no

gubernamentales, asociación de derechos humanos, FAMP, etc.

El Grupo Parlamentario Andalucista propone también la designación por

la Comunidad Autónoma de representantes en el Consejo de Administración

de RTVE.

Así mismo Andalucía podrá dirigirse al Gobierno de la Nación instándole a la

celebración de tratados o convenios internacionales en materias de interés

para la Comunidad Autónoma, en especial, aquellos que deriven de políticas

de cooperación al desarrollo con países vecinos o culturalmente próximos y

con aquellos Estados que sean receptores de emigrantes andaluces e

igualmente con los países de origen de emigrantes en Andalucía.

7. Organización territorial de la Comunidad Autónoma

La Ponencia, una vez conocidas las propuestas formuladas por los Grupos

parlamentarios relacionadas con la organización territorial de la Comunidad

Autónoma, acordó la incorporación de un nuevo título específico con esta

denominación.

Dicho título se inicia con un artículo en el que se establece que la organización

territorial de la Comunidad Autónoma está constituida por la Junta de Andalucía,

los municipios, provincias, comarcas y demás entes regulados en el presente

título. El Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por

Andalucía propone la supresión de la referencia a las Diputaciones Provinciales

a lo largo de todo el título, mientras que el Grupo Parlamentario Andalucista

propone que tengan la consideración de ámbitos supracomarcales.

Esta organización territorial se regirá por los principios de autonomía, subsidiariedad,

suficiencia financiera, responsabilidad, coordinación y lealtad institucional. El

Grupo Parlamentario Popular de Andalucía añade el principio de no discriminación

y este mismo Grupo junto al Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-

Convocatoria por Andalucía el de descentralización.

En relación al municipio es definido en la actual redacción que del mismo hace

tanto la Constitución Española como el Estatuto de Autonomía para Andalucía

de forma que éstos se configuran como la entidad territorial básica de la

Comunidad Autónoma, gozando de personalidad jurídica propia y de plena

autonomía en el ámbito de sus competencias.

Por otra parte se establece una referencia a los alcaldes como representantes

ordinarios de la Junta de Andalucía en sus pueblos y ciudades, representación

que el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por

Andalucía hace extensible a la ordinaria del Estado.

Por lo que se refiere a las competencias, una Ley de Régimen Local articulará

el reparto competencial entre Comunidad Autónoma, Diputaciones y Ayuntamientos,

sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución y, consecuentemente, en la

normativa básica del Estado en la materia, y recogerá, junto a la ya existente

mención de las comarcas, una referencia a otras agrupaciones de municipios

como son las áreas metropolitanas, mancomunidades y consorcios.

Fuente: Junta de Andalucía

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Reforma del Estatuto de Autonomía

44-45

10. Competencias

Quizá de todos los apartados contenidos en el Informe de la Ponencia éste

sea en el que menos se ha concretado y dónde el trabajo de la Comisión se

presenta como más complejo y arduo. Por ello, se adopta un acuerdo consistente

en proceder a un análisis detallado de un conjunto de materias al objeto de

efectuar una nueva formulación de las mismas, con una actualización

terminológica en su caso, de manera que puedan ampliarse o modularse

siempre que se alcance un acuerdo sobre la forma precisa en que han de

quedar recogidas en el nuevo Estatuto de Autonomía.

No obstante, los Grupos parlamentarios mantienen las observaciones y

propuestas75 formuladas a cada una de estas materias reservándose por

otra parte la posibilidad de hacer nuevas aportaciones en cada una de ellas

así como de introducir otras distintas.

Las materias que serán objeto de análisis son las siguientes76 :

- Régimen local

- Bienes de dominio público

- Espacios naturales

- Política territorial

- Obras públicas

- Ferrocarriles, puertos y aeropuertos

- Recursos y aprovechamiento hidráulicos con especial referencia a la política

de aguas y confederaciones hidrográficas

- Energías renovables

- Cámaras

- Turismo

- Pesca

- Desarrollo rural

- Sanidad

- Asistencia social con precisión de las prestaciones complementarias de

la Seguridad Social

- Políticas de género

- Cultura

- Patrimonio

- Archivos, museos y bibliotecas

- Investigación

- Espectáculos

- Apuestas y juegos

- Policía autonómica

- Seguridad

- Función pública autonómica

- Ordenación del crédito, la banca y los seguros

- Régimen minero y energético

- Ordenación del sector pesquero y puertos pesqueros

- Medio ambiente y aguas

- Servicio meteorológico

- Consultas populares

- Tecnologías de la información y la comunicación

- Medios de comunicación social

- Políticas de empleo

- Museos, archivos y bibliotecas de interés general

- Transporte terrestre

- Agentes de cambio y bolsa y corredores de comercio

- Fomento y planificación de la actividad económica

- Cajas de ahorro y Cajas rurales

- Agricultura

- Ganadería

- Industria

- Comercio interior

- Consumo y defensa de la competencia

- Educación

- Salud y ordenación farmacéutica

- Seguridad Social

- Vivienda

- Navegación marítima y fluvial

- Protección de datos

- Inmigración

- Administración única

- Administración tributaria

- Administración de justicia

- Delegación de competencias legislativas (artículo 150.1 de la CE)

- Transferencia o delegación de competencias (artículo 150.2 de la CE)

- Unión Europea

75. Observaciones y propuestas generales planteadas por los Grupos parlamentarios:

1. Del G.p. Socialista

9. Medio Ambiente

Se propone igualmente la creación de un nuevo título con el epígrafe de medio

ambiente.

El Estatuto recogerá la protección del medio ambiente y la biodiversidad, así

como la necesidad de garantizar un desarrollo sostenible. Para ello, los poderes

públicos potenciarán el desarrollo sostenible, la protección de los espacios

naturales y las energías renovables.

La Comunidad Autónoma velará por el uso sostenible de todos los recursos

naturales, así como por la conservación, defensa y restauración del hábitat

natural y la diversidad biológica, con el fin de proteger y mejorar la salud y

la calidad de vida de las personas y de las generaciones futuras.

El Estatuto otorgará un papel relevante a los sectores productivos del sistema

económico que posibilitan el desarrollo sostenible: la agricultura ecológica,

el turismo sostenible, con especial incidencia en la protección del litoral, la

tecnología eficiente y limpia, la red de espacios naturales protegidos. También

se incidirá con intensidad en la consolidación de una nueva cultura del agua.

Las Administraciones Públicas andaluzas diseñarán los mecanismos

institucionales y las políticas adecuadas para hacer compatible la actividad

económica con la óptima calidad ambiental. Este impulso al desarrollo sostenible

irá acompañado de medidas de fiscalidad ecológica, que graven actividades

especialmente contaminantes y, en sentido inverso, incentiven a empresas

que adapten sus sistemas productivos a actividades y a modelos sostenibles.

Se velará especialmente por la protección de los animales.

Se fomentará la investigación y el empleo de recursos autóctonos en orden

a procurar la mayor autonomía posible en materia agroalimentaria.

Se atribuirá el control del desarrollo tecnológico y biotecnológico a las

instituciones democráticas, implantando el principio de precaución y atendiendo,

muy especialmente, a la seguridad y calidad alimentaria.

Los Grupos parlamentarios Socialista, Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria

por Andalucía y Andalucista proponen una referencia a la ley de fiscalidad

ambiental, con la que se muestra en desacuerdo el Grupo Parlamentario

Popular de Andalucía, que es partidario solamente de contemplar medidas

incentivadoras del medio ambiente.

El Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

propone impulsar planes estratégicos territoriales y temáticos (sostenibilidad, educación,

inclusión social, multiculturalidad, sociedad de la información…) que incorporen

fuertes elementos de participación ciudadana, especialmente la Agenda 21 Andaluza.

Se deja abierta la posible incorporación de otras propuestas de los Grupos

parlamentarios.

En primer lugar, conviene precisar y especificar pormenorizadamente las competencias de la Comunidad Autónoma a fin de evitar que la legislación básica del Estado o los títulos transversales del mismo desapoderen al Estatuto de las competencias asumidas o condicionen indebidamente su ejercicio. Asimismo, con la finalidad de alcanzar el máximo techo competencial con objeto de fortalecer nuestras vías de autogobierno, la Junta de Andalucía ha de tener suficiente título competencial para participar de manera directa o indirecta en la adopción de las decisiones políticas que afecten a los derechos e intereses de los andaluces y andaluzas, así como para ejecutar, en el marco de sus competencias, aquéllas que hayan sido adoptadas en el ámbito estatal y supraestatal. De acuerdo con estas premisas, y teniendo en cuenta además las tendencias jurisprudenciales del Tribunal Constitucional, nuestra Comunidad Autónoma debe asumir, siempre en el marco de la Constitución, y además de lo ya contemplado en su norma institucional básica, las competencias relativas a los ámbitos materiales concretos que se proponen.

2. Del G.p. Popular de AndalucíaAcometer una tarea de sistematización de las competencias recogidas en el texto del Estatuto, con la finalidad de ordenarlas de manera más adecuada, incluyendo en dicha sistematización una mayor claridad entre lo que son competencias plenas o totales asumidas sobre las distintas materias y lo que son funciones concretas asumidas (así la legislación o la ejecución) dentro de una materia compartida. En materia competencial, Andalucía debe alcanzar el máximo nivel que la Constitución reconoce, y equivalente al de las Comunidades que accedieron a la autonomía por la vía rápida del artículo 151 de la Norma Fundamental. Propone que se soliciten informes jurídicos sobre: a) competencias actualmente recogidas y no desarrollas en el Estatuto de Autonomía; b) encaje constitucional de las propuestas que se han hecho por los Grupos parlamentarios; y c) afectación por la legislación sectorial del Estado de las actuales competencias estatutarias.

3. Del G.p. Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por AndalucíaAdemás de las competencias reconocidas en el actual Estatuto, la Junta de Andalucía asumirá las competencias propuestas, ya sea por modificación constitucional o, en su defecto, en virtud del art. 150.2 de la actual Constitución Española.Propone estudiar la incorporación al Estatuto de las distintas competencias de acuerdo con su naturaleza exclusiva, compartida o delegada.

4. Del G.p. Andalucista:Propone que se soliciten informes jurídicos sobre: a) competencias actualmente recogidas y no desarrollas en el Estatuto de Autonomía; b) encaje constitucional de las propuestas que se han hecho por los Grupos parlamentarios; y c) afectación por la legislación sectorial del Estado de las actuales competencias estatutarias.Propone proceder igualmente al estudio del blindaje de las competencias reconocidas en el Estatuto de Autonomía a efectos de evitar su vaciamiento como consecuencia de las competencias de la Unión Europea y de la legislación sectorial del Estado.

Mantenimiento de las referencias al artículo 150.2 de la Constitución como fórmula de atribución de competencias a la Comunidad Autónoma.

Sobre los títulos competenciales referidos a estas materias, que serán objeto de inclusión en la reforma del Estatuto, desde el Centro de Estudios Andaluces se está preparando una publicación que verá la luz en otoño del 2005.

76.

Page 25: ACTUALIDAD ACTUALIDAD · Para Andalucía, todo este devenir propició una fuerte crisis de la UCD, así como un fortalecimiento a nivel regional del PSOE, que lo convirtió desde

Reforma del Estatuto de Autonomía

46-47

IU propone un Fondo de convergencia a aplicar a todas las CCAA como un

nuevo instrumento a incluir en el sistema de financiación estatal.

3.- Fondo de Compensación Interterritorial. Se propugna la potenciación del

Fondo de Compensación Interterritorial como instrumento para corregir

desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de

solidaridad.

4.- Principio de lealtad institucional80 en dos sentidos:

- Que el Estado mantenga mecanismos de compensación financieros por las

modificaciones que lleve a cabo del sistema tributario, que supongan una

minoración de los rendimientos que la Comunidad Autónoma tenga atribuidos.

- El mismo tipo de mecanismo de compensación en relación a las medidas

introducidas por el Estado que impliquen un mayor volumen de gasto en las

competencias asumidas por la Comunidad Autónoma.

5.- Creación de una Agencia Tributaria Andaluza:

- Se configura como el órgano de gestión tributaria de la Comunidad Autónoma,

cuyo funcionamiento se realizará bajo los principios de autonomía, coordinación

y lealtad institucional, que colaborará con la Agencia estatal y podrá consorciarse

con la misma o con la de otras Administraciones.

El PP muestra su reserva en cuanto que esta Agencia tenga rango estatutario,

sin perjuicio de que mediante ley pueda crearse una administración tributaria

andaluza.

IU y PA plantean además que la Comunidad Autónoma tenga participación

directa en la Agencia Estatal Tributaria mediante la facultad de designación

directa de representantes en la misma.

6.- Finalmente se considera que han de tenerse en cuenta, además, los

principios de coordinación, transparencia (en la aplicación del sistema) y

neutralidad.

Además, el PP plantea hacer mención también al principio de estabilidad

presupuestaria e IU plantea que se haga constar que Andalucía pueda

endeudarse hasta un 5% anual, la creación de una Agencia de Fondos

Europeos Andaluza y que dentro del sistema de financiación se aluda a la

inversión pública estatal, en el sentido de que la misma se realice atendiendo

al porcentaje de participación de la población en relación con el total de la

población estatal. Finalmente, tanto para PP como para IU, la financiación

local debe incluirse y abordarse en el sistema de financiación de la Comunidad

Autónoma.

77. Para el PP el ejercicio de la autonomía financiera comprende las competencias de recaudación y normativas en los términos que determine la Ley sobre los tributos cedidos total y parcialmente por el Estado, que conformarán una cesta de impuestos

78.Se hace precisa una definición de la corresponsabilidad fiscal sobre la base de una corresponsabilidad efectiva en el conjunto de los impuestos compartidos, lo que representa:

- ampliación de las competencias normativas - participación de la Comunidad Autónoma en el proceso de

modificación de las normas tributarias de los impuestos sobre los que se financia. En este punto el PP realiza una reserva general.

11. Reforma del Estatuto

En relación a la reforma del Estatuto, los Grupos parlamentarios Grupo

Parlamentario Popular de Andalucía, Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los

Verdes-Convocatoria por Andalucía y Grupo Parlamentario Andalucista proponen

que se recoja en el Estatuto la no coincidencia del referéndum estatutario con

ningún otro tipo de comicios.

Por lo que se refiere a la mayoría precisa para la aprobación por parte del

Parlamento de Andalucía de la propuesta de reforma del Estatuto, el Grupo

Parlamentario Socialista propone que se mantenga la mayoría vigente (3/5),

el Grupo Parlamentario Popular de Andalucía propone una mayoría de 2/3 y

el Grupo Parlamentario Andalucista propone una mayoría de 3/4.

El Grupo Parlamentario Socialista propone la búsqueda de algún sistema que

flexibilice la modificación del Estatuto, distinguiendo algunas materias en las

que no sería necesario el actual procedimiento especialmente agravado.

12. Disposición Adicional Segunda

Los Grupos parlamentarios Socialista y Popular de Andalucía proponen

mantener la Disposición Adicional Segunda en sus términos actuales. Esta

permanencia de la denominada “deuda histórica” se hace para el supuesto

de que, una vez elaborado el nuevo Estatuto, no se haya alcanzado un acuerdo

efectivo de reconocimiento y pago de la misma.

En este punto, el Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria

por Andalucía propone las siguientes modificaciones:1) debe mantenerse en

todo caso las referencias a la deuda histórica, 2) dicha referencia ha de

incorporarse al cuerpo del Estatuto en el título referente a financiación de la

Comunidad Autónoma, y 3) su contenido debe referirse no al nivel mínimo

sino a lo que denomina “nivel medio y equiparable”.

El Grupo Parlamentario Andalucista se muestra de acuerdo con la posición

del Grupo Parlamentario Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía

pero manteniendo la referencia a este concepto como Disposición Adicional.

El Grupo Parlamentario Popular de Andalucía propone exigir del Gobierno de

la Nación un nivel óptimo de inversión en infraestructuras e investigación,

desarrollo e innovación en la búsqueda de la convergencia real con Europa.

13. Sistemas de financiación

En relación al sistema de financiación, tema de alta controversia debido a las

influencias del proceso de reforma estatutaria de Cataluña, la Ponencia aprobó

este informe que contiene los siguientes acuerdos y observaciones, que

posteriormente deberán ser estudiados de cara a su posible inclusión en el

texto del Estatuto:

1.- Principios en los que se basa la financiación de la Comunidad Autónoma:

- Autonomía

- Suficiencia

- Solidaridad

Debe tenerse en cuenta además el principio de igualdad como valor supremo

informador de todo el sistema, que garantice la igualdad de derechos y no

implique privilegios sociales y económicos entre los distintos territorios. En

cuanto al criterio de equidad, debe tenerse en cuenta en cuanto a su encaje

e incidencia en las asignaciones de nivelación de servicios.

2.- Definición y características de los principios:

a) Autonomía fiscal y financiera77 : la Comunidad Autónoma gozará de la

autonomía necesaria para el desarrollo y ejecución de sus competencias.

Garantía y ampliación a través de:

- espacios fiscales propios

- espacios fiscales compartidos con el Gobierno central78 .

b) Suficiencia financiera:

- Se define como el instrumento que garantiza los recursos necesarios para hacer

frente a las competencias asumidas, atendiendo a las necesidades de gasto y la

prestación de servicios públicos que corresponden a la Comunidad Autónoma.

- El criterio básico para calcular la suficiencia debe ser el de la población

- La suficiencia financiera debe calcularse bajo el mismo patrón de igualdad

para todas las CCAA (criterio de equidad)

En este aspecto debe destacarse igualmente la referencia a la garantía de

los mecanismos de nivelación cuando no se llegue a cubrir el nivel mínimo79

de servicios públicos equiparable al resto del Estado en los términos que fija

la Constitución y la legislación estatal (puede hacerse mención a los mecanismos

de nivelación para garantizar los servicios públicos fundamentales como son

la sanidad y la educación en los términos del artículo 15 de la LOFCA, si bien

habría que referirse igualmente a otros servicios públicos que puedan ser

considerados como fundamentales por la legislación estatal).

Igualmente, se debe garantizar la igualdad de acceso a los servicios públicos

de toda la ciudadanía con independencia de su lugar de residencia y a la

realización de la solidaridad entre las Comunidades Autónomas, así como la

corrección de desequilibrios territoriales.

79.IU y PA muestran su oposición a la determinación del nivel mínimo de servicios públicos, entendiendo que debe establecerse el nivel medio

80.Para IU y PP, el principio de lealtad institucional debe hacerse extensible en este apartado al ámbito local. El PSOE no rechaza tal propuesta aunque entiende que su ubicación debe estar contenida en las relaciones financieras con los entes locales.

Fuente: Periódico Ideal

Fuente: Periódico Ideal

Fuente: Archivo Municipal de Córdoba

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