26
ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010 relativo a la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación” A continuación se mencionan los dispositivos que se deberán integrar al procedimiento de adquisición de equipo de Circuito Cerrado de Televisión contemplando los nuevos modelos. CANTIDAD DESCRIPCIÓN 5 Cámara de movimiento Spectra IV modelo SD435-PG-E0 10 Cámara fija a color modelo. C10CH-6 5 Cámara fija Camclosure, modelo. ICS110-CDV39A 5 Cámara fija Camclosure, modelo. IS310-DWV22 10 Controlador de lente motorizado modelo IRD-2024 10 Fuente alimentación para cámara modelo. MCS 8-5B 10 Lente motorizado 1/3" de pulgada modelo 13ZD5. 6x20 1 Monitor LCD serie 500 modelo PMCL542F 10 Monitor LCD serie 400 modelo PMCL419A 10 Monitor LCD serie 400 modelo PMCL417A 1 Soporte pared serie 500 modelo PMCL-WMTF 2 Tarjeta de entradas para cámara sistema CM-9760-VCC 2 Tarjeta de conectores BNC sistema CM-9760-RPC 2 Tarjeta de montaje de cable sistema CM-9760-DFC 2 Traductor de protocolo de comunicación modelo CM-9760-CXTA 3 Videograbadora digital modelo DX8116-4000 para 16 cámaras MODELO RIOR SUSTITUCION DESCRIPCION El plazo de ejecución de los trabajos a realizar contemplando la entrega de equipo, instalación, puesta en marcha y configuración se toma a 45 días para la culminación y cumplimiento del proyecto.

ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010 relativo a la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación” A continuación se mencionan los dispositivos que se deberán integrar al

procedimiento de adquisición de equipo de Circuito Cerrado de Televisión

contemplando los nuevos modelos.

CANTIDAD DESCRIPCIÓN

5 Cámara de movimiento Spectra IV modelo SD435-PG-E0

10 Cámara fija a color modelo. C10CH-6

5 Cámara fija Camclosure, modelo. ICS110-CDV39A

5 Cámara fija Camclosure, modelo. IS310-DWV22

10 Controlador de lente motorizado modelo IRD-2024

10 Fuente alimentación para cámara modelo. MCS 8-5B

10 Lente motorizado 1/3" de pulgada modelo 13ZD5. 6x20

1 Monitor LCD serie 500 modelo PMCL542F

10 Monitor LCD serie 400 modelo PMCL419A

10 Monitor LCD serie 400 modelo PMCL417A

1 Soporte pared serie 500 modelo PMCL-WMTF

2 Tarjeta de entradas para cámara sistema CM-9760-VCC

2 Tarjeta de conectores BNC sistema CM-9760-RPC

2 Tarjeta de montaje de cable sistema CM-9760-DFC

2 Traductor de protocolo de comunicación modelo CM-9760-CXTA

3 Videograbadora digital modelo DX8116-4000 para 16 cámaras

MODELO RIOR SUSTITUCION DESCRIPCION El plazo de ejecución de los trabajos a realizar contemplando la entrega de

equipo, instalación, puesta en marcha y configuración se toma a 45 días para la

culminación y cumplimiento del proyecto.

Page 2: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

La forma de pago se realiza al 100% al concluir el proyecto de instalación y

operación a satisfacción de la Suprema Corte de Justicias de la Nación.

Características especiales que deberán contener las bases para este

procedimiento se mencionan a continuación:

- Entrega de reporte o documento que avale el término del proyecto con la

información técnica del equipo instalado así como la entrega del sistema

acoplado al ya existente operando al 100%.

- Elaborar acta de entrega y recepción del equipo instalado y configurado por

parte del proveedor y la Dirección General de Seguridad de la Suprema Corte

de Justicia de la Nación.

- Especificar el tipo de garantía en el periodo de entrega y recepción así como

el tiempo que ampara el funcionamiento del equipo y sus componentes por

parte del integrador en la implementación de los dispositivos del Circuito

Cerrado de Televisión en el edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de

la Nación.

- Presentar documento certificación del fabricante que lo avale como integrador

y distribuidor con conocimientos de manejo e instalación de equipo de

Circuito Cerrado de Televisión de la marca solicitada.

- Indicar la necesidad de contar con garantía sobre responsabilidad civil al

momento de que sea adjudicado el proyecto a una compañía concursante.

- Al momento de la entrega y recepción de los dispositivos de Circuito Cerrado

de Televisión en el Almacén General de Zaragoza se verificará que los

equipos sean originales y nuevos como fueron solicitados, al término de la

entrega de las unidades se informara a la Secretaria Ejecutiva de Servicios

sobre la recepción de los mismos.

- Deberá considerarse que se trata de una ampliación del sistema de Circuito

cerrado de Televisión, siendo que el equipo nuevo deberá acoplarse al que se

encuentra en funcionamiento.

- Al momento de la integración y configuración del equipo nuevo con el

existente la empresa adjudicada deberá contar con el software de

programación para el dispositivo MATRIX SWITCHER CPU CM9740-CC1, de

Page 3: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

la marca Pelco, para la aplicación de los cambios nuevos al sistema

instalado.

- La empresa adjudicada deberá contar con equipo de seguridad (uniformes,

arnés de seguridad para sitios de altura, señalizaciones, escaleras y

andamios) para los trabajos a realizar en la instalación del equipo de Circuito

Cerrado de Televisión.

- Indicar a la empresa adjudicada que se estará trabajando en lugares donde

se encuentran murales históricos que requieren de cuidados extremos y

donde será necesario considerar fianza económica para respaldar alguna

situación de daño que se presente a estas obras de arte colocadas en los

pisos del Edificio Sede .

- Los sanitarios que serán utilizados por el personal de la compañía adjudicada

serán los que se encuentran a nivel estacionamiento.

- La Suprema Corte de Justicia de la Nación prestara la energía eléctrica a la

compañía adjudicada para la alimentación de los dispositivos de trabajo.

- En caso de mover plafones por motivo de los trabajos de instalación de

tubería y equipo de Circuito Cerrado de Televisión y bajo este esquema que

dichos materiales sufran alguna modificación, estos deberán ser

reemplazados por materiales nuevos de acuerdo con las normas existentes

en la Suprema Corte de Justicia de la Nación por parte de la compañía

adjudicada.

- Para la instalación de tuberías, cableados y equipos de video se indica que

no se tocaran estructuras arquitectónicas del edificio Sede, por lo que no será

necesario solicitar y realizar permisos ante el I.N.A.H. e I.N.B.A., en este

sentido se aprovecharan las canalizaciones existentes y se reutilizaran las

mismas trayectorias con las que ya se cuentan en el Edificio Sede de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación.

- Para la colocación de equipos y accesorios de Circuito Cerrado de Televisión

en el primer nivel del Edificio Sede, serán fijadas a nivel de loza, derivado que

el plafón existente se encuentra fijado a la misma superficie.

- Sera necesario señalizar con colores (rojo energía eléctrica y azul señal de

video) los tendidos de tubería colocadas en la estructura del inmueble para su

posterior identificación.

Page 4: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

- Para la colocación de tubería a nivel sótano es necesario considerar para su

proceso un clip UP esparrago de 3/8 unicanal perforada y abrazadera para

canal, en su fijación se deberá realizar con un perno fijador, mismo que se

hará con una ancla dora y con cartucho calibre 27.

- Los diámetros de las tuberías se tomaran en cuenta de acuerdo a los

trayectos de cableado que se generen, así como considerar canaletas de

PVC y aluminio para la protección del cableado.

- Los horarios de trabajo establecidos en el Edificio Sede para la instalación del

equipo de Circuito Cerrado de Televisión serán en horarios de 18:00 hrs.

hasta las 06:00 hrs. de Lunes a Viernes y Sábados de de 09:00 a 18:00 hrs.

Page 5: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número
Page 6: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número
Page 7: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número
Page 8: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número
Page 9: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número
Page 10: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 1 de 11

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO “LA SUPREMA CORTE”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO JULIÁN ALFONSO OLIVAS UGALDE, SECRETARIO EJECUTIVO DE SERVICIOS, Y POR LA OTRA LA EMPRESA _________ S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO “EL VENDEDOR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ___________, EN SU CARÁCTER DE ____________, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. “LA SUPREMA CORTE” MANIFIESTA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2. Requiere adquirir los bienes y contratar los servicios de instalación y puesta en marcha y capacitación del equipo de Circuito Cerrado de Televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resultado del concurso por invitación pública número SCJN/DGOM/___/___/2010, mismos que se describen de manera general en la cláusula primera del presente instrumento y se detalla en la Propuesta Técnica que se agrega como Anexo “1” al mismo. I.3. La contratación aludida en el inciso anterior fue autorizada por el Secretario Ejecutivo de Servicios, como resultado del Concurso por Invitación Pública número SCJN/DGOM/___/___/2010, conforme a lo establecido en los artículos 42, 43, fracción II y 78 al 81 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.4. El licenciado Julián Alfonso Olivas Ugalde, Secretario Ejecutivo de Servicios, está facultado para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en los artículos 136, fracciones VIII y XIV del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y 10, párrafo I y 11, fracciones XII y XXI, del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SCJ9502046P5 a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.6. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, México, Distrito Federal.

II. “EL VENDEDOR” MANIFIESTA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: II.1. Acredita ser una sociedad mercantil legalmente constituida y registrada conforme a las leyes mexicanas, en términos de la escritura pública número ___ de ___ de __ de ____otorgada ante la fe del licenciado ____ Notario Público número ___ del _____________, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público del Comercio bajo el folio mercantil número ___ a fojas del volumen ___ bajo el libro ____del ___ de____ de___.

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 11: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 2 de 11

II.2. El ___ en su carácter de ___, acredita su personalidad con el testimonio de la escritura pública número ___ de___ de ___ de ____, otorgada ante la fe del licenciado ___, Notario Público número ___ de____ y cuenta con las facultades para suscribir el presente contrato, mismas que hasta la fecha no le han sido revocadas ni limitada en forma alguna.

II.3. A la fecha de la adjudicación de la presente contratación ni “el Vendedor” persona jurídico colectiva, ni los socios de éste, se encuentran inhabilitados conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, para celebrar contratos, ni éstos desempeñan actualmente un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios o accionistas no se encuentra un servidor público del Poder Judicial de la Federación.

II.4. Conoce perfectamente las especificaciones técnicas de los equipos y servicios descritos en la cláusula primera de este instrumento, y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos y prestarlos a satisfacción de “la Suprema Corte”.

II.5. Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número ___________ otorgado por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, según cédula de identificación fiscal que exhibe.

II.6. Señala como domicilio para todos los efectos del presente contrato el ubicado en ________ número________ colonia_______ delegación _______ código postal_____ en México, Distrito Federal. Así mismo, manifiesta que notificará por escrito a este Alto Tribunal cualquier cambio de domicilio que realice.

II.7. Para recibir los pagos derivados del presente contrato, señala la cuenta de cheques número__________ de la Institución Bancaria___________ plaza______ sucursal______ con número de Clave Bancaria Estandarizada _________________.

III. “LA SUPREMA CORTE” Y “EL VENDEDOR” DECLARAN QUE: III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.6 y II.6 de este instrumento.

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO DE CONTRATO. Con motivo de “la adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, “el Vendedor” vende y se obliga a entregar a “la Suprema Corte”, los siguientes bienes y a prestar los siguientes servicios:

Descripción Cantidad Precio Unitario

Precio Total Descuento Subtotal

Cámara de movimiento Spectra IV modelo SD435-PG-E0

5

Cámara fija a color modelo. C10CH-6 10

Cámara fija Camclosure, modelo. ICS 110-CDV39A

5

Cámara fija Camclosure, modelo. IS310-DWV22

5

Controlador de lente motorizado modelo IRD-2024

10

Fuente alimentación para cámara modelo. MCS 8-5B

10

Lente motorizado 1/3” de pulgada modelo 13ZD5. 6X20

10

Monitor LCD serie 500 modelo PMCL542F 1

Monitor LCD serie 400 modelo PMCL419A

10

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 12: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 3 de 11

Cualquier otra característica de los bienes y servicios no especificados en esta cláusula, se contiene en las propuestas técnica y económica presentadas por “el Vendedor”, de__________, documentos que forman parte integrante del presente contrato y se agregan a él como Anexo “1” y Anexo “2”, respectivamente. Para efectos de la obligación antes señalada “el Vendedor” se compromete a entregar los bienes y a prestar los servicios y “la Suprema Corte” a efectuar su pago. SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO. “La Suprema Corte” cubrirá a “el Vendedor” como precio por la adquisición de los bienes y la prestación de los servicios mencionados en la cláusula anterior, la cantidad de $_________________ (______/100 moneda nacional), mas el 16% del impuesto al valor agregado equivalente a $________ (_______/100 moneda nacional), dando un importe total de $___________ (___________/100 moneda nacional). A su vez “el Vendedor” se obliga a respetar los precios y condiciones de pago pactados en este instrumento. TERCERA. FORMA DE PAGO. Las partes convienen en que el pago de la adquisición de los bienes y la prestación de los servicios precisados en la cláusula primera de este contrato se realizará dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la entrega, instalación, puesta en marcha y capacitación de los equipos, a entera satisfacción de “la Suprema Corte”, previa presentación de las facturas correspondientes. Las facturas correspondientes deberán ser entregadas dentro de los diez días hábiles siguientes a la entrega, instalación, puesta en marcha y capacitación de los equipos y deberán cumplir con los requisitos de ley y con los datos señalados en las declaraciones I.5 y I.6 de este instrumento. Los pagos que realice “la Suprema Corte” a favor de “el Vendedor” sólo podrán realizarse mediante depósito en la cuenta de cheques señalada en la declaración II.7 de este instrumento, la que podrá sustituirse mediante escrito firmado por el _____de “el Vendedor”. CUARTA. PAGOS EN EXCESO. “El Vendedor”, deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses que correspondan conforme a la tasa prevista en la Ley de Ingresos de la Federación, del ejercicio relativo a la firma de este instrumento, para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago a “el Vendedor”, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “la Suprema Corte”. QUINTA. IMPUESTOS. El impuesto al valor agregado se pagará a “el Vendedor” aplicando la tasa del 16% en términos de lo previsto en el artículo 1° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, debiéndose realizar su desglose en la factura respectiva.

Monitor LCD serie 400 modelo PMCL417A

10

Soporte pared serie 500 modelo PMCL-WMTF 1

Tarjeta de entradas para cámara sistema CM-9760-VCC

2

Tarjeta de conectores BNC sistema CM-9760-RPC

2

Tarjeta de montaje de cable sistema CM-9760-DFC

2

Traductor de protocolo de comunicación modelo CM-9760-CXTA

2

Videograbadora digital modelo DX8116-4000 para 16 cámaras. 3

Page 13: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 4 de 11

SEXTA. LUGAR Y PLAZOS DE ENTREGA DE LOS BIENES. La entrega e instalación de los bienes, así como la puesta en marcha y capacitación correspondiente se hará dentro de los cuarenta días naturales siguientes a la notificación del fallo correspondiente. La entrega se llevará a cabo en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicado en José Maria Pino Suarez número 2 Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc C.P. 06060. El plazo citado en el párrafo que antecede empezará a correr al día hábil siguiente al en que “el Vendedor” sea notificado del fallo correspondiente. La autorización y coordinación para el inicio de la obra de instalación en el Edificio Sede, correrá a cargo de la Dirección General de Seguridad de “la Suprema Corte”. La puesta en marcha incluye las pruebas necesarias de funcionamiento y de acoplamiento de los sistemas existentes con los nuevos, a fin de que ambos sistemas funcionen de manera integral, así como detectar posibles fallas y defectos internos no visibles en componentes previamente entregados. SÉPTIMA. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Vendedor” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo sin contar el impuesto al valor agregado, esto es, por la cantidad de $______ (______/100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza solo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: “- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $________ (_________ pesos __/100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados para garantizar, por parte de __________, con domicilio en la calle de____ número ____, colonia ____, Delegación _____________, código postal _________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGOM/---/---/2010, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ___________, S.A. de C.V., con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $___,___.__ (_________ pesos __/100 moneda nacional), incluido el impuesto al valor agregado. “La afianzadora” expresamente declara que: -La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGOM/--/--/2010, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _________________, con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo del vendedor correspondientes a la compra venta de equipo de circuito cerrado de televisión y a la prestación de servicios, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $__,___.__ (______/100 moneda nacional), incluido el impuesto al valor agregado. -La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGOM/___/__/2010. -La fianza es indivisible y garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aún cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 14: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 5 de 11

-La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como los intereses por pagos en exceso y/o penas convencionales que se lleguen a determinar. -La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios del contrato de referencia hayan sido recibidos y terminados de instalar en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que deberá asentarse en una acta de entrega recepción, se haya pagado la estimación del finiquito y recibido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación la carta del finiquito expedida por el fiado, considerándose el anterior como plazo determinado. -La póliza de fianza sólo podrá ser cancelada y liberada con el consentimiento expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la afianzadora por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como la presentación del acta entrega recepción correspondiente y previa entrega de la garantía de vicios ocultos. -De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGOM/--/--/2010, la fianza estará vigente durante toda la duración del contrato y la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. -En caso de prórroga al plazo de ejecución establecido que se haga constar en convenios modificatorios o que existan atrasos en la ejecución de los trabajos contratados, la presente fianza quedará vigente por un lapso igual al convenio o al plazo del atraso, asimismo de existir ampliación al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicional al originalmente pactado. -La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. -La afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. -Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza así como en caso de controversia siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener. OCTAVA. GARANTÍA PARA VICIOS OCULTOS. Para garantizar la calidad de los bienes y servicios del presente contrato, “El Vendedor” sustituirá la fianza otorgada para el cumplimiento del contrato descrita en la cláusula que antecede, por otra equivalente al 10% del monto total contratado para responder de los defectos que resulten por vicios ocultos o por cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido durante su instalación y puesta en marcha. La vigencia de esta garantía será de un año contado a partir de la fecha de la recepción total de los trabajos. En caso de presentarse vicios ocultos o responsabilidades a cargo de “El Vendedor”, “la Suprema Corte” se lo comunicará por escrito en cuanto se presenten. Si no los resuelve de inmediato, se hará efectiva la garantía. Las partes acuerdan que la fianza de vicios ocultos será liberada al término del año contado a partir de la fecha de firma del finiquito de no haberse presentado vicios ocultos, previa solicitud de “El Vendedor”, para lo cual “la Suprema Corte” deberá emitir por escrito el documento de liberación. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de firma del finiquito correspondiente. En el texto de la póliza de fianza deberá constar la siguiente leyenda:

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 15: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 6 de 11

“- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $______ (________________), para garantizar, por parte de ________, con domicilio en la calle de_____, colonia __________________________, la reparación de los defectos por vicios ocultos que se pudieran presentar en los bienes , adquiridos y puesta en marcha de los mismos. “La afianzadora” expresamente declara: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008, del 25 de septiembre de 2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios prestados por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGOM/__/__/2010, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por parte de_____, con domicilio en la calle de ______, Colonia,_____ con el objeto de garantizar la reparación de los defectos por vicios ocultos que se pudieran presentar en “la adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación” a cargo de la empresa_________, con un monto total contratado que haciende a la cantidad de $_______ (_________), mas el correspondiente impuesto al valor agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGOM/__/__/2010. - La presente fianza tendrá vigencia, desde la fecha de su expedición y hasta un año contado a partir de la entrega-recepción de los bienes, servicios o trabajos contratados según sea el caso y que para su cancelación será necesaria comunicación previa y por escrito a la afianzadora, por parte de la Dirección General de Obras y Mantenimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La “Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme al procedimiento señalado en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. En todo caso, el plazo para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación advierta los defectos por vicios ocultos, no podrá exceder de un año contado a partir de la fecha del acta de entrega-recepción o finiquito según sea el caso de los bienes, servicios o trabajos según sea el caso contratados. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aún y para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener. NOVENA. RESPONSABILIDAD CIVIL. “EL Vendedor” será responsable civilmente de los daños que el personal asignado para la instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación objeto de este instrumento cause a los bienes, empleados o visitantes durante el desempeño de sus funciones. DÉCIMA. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. “El Vendedor” deberá garantizar su responsabilidad civil por daños a terceros en que incurra el personal asignado para la instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los bienes, empleados o visitantes del lugar durante el desempeño de sus funciones; para lo cual deberá presentar póliza de seguro expedida a su favor por institución autorizada, por un monto de $______________ (__________ pesos__/100 moneda nacional), más el impuesto al valor agregado respectivo, que equivale al 20% de lo contratado, aplicable a bienes muebles, inmuebles, y personas, por los daños

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 16: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 7 de 11

hacia terceros que se lleguen a presentar durante la instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede, en el entendido de que la misma debe mantenerse vigente durante su desarrollo, ya que de no hacerlo así, “la Suprema Corte” no erogará pago alguno hasta en tanto no haya sido renovada dicha póliza. En el caso de prórroga en el plazo de la instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esta póliza deberá extenderse en el mismo plazo. DÉCIMA PRIMERA. GARANTIA DE LOS BIENES. “El Vendedor”, garantiza en sitio los equipos por__ años en todas sus partes a partir de la fecha de entrega-recepción a entera satisfacción de “la Suprema Corte”, incluyendo refacciones y mano de obra (o sustitución del equipo en el caso de que éste no sea reparado en menos de 72 horas), debiendo repararse con refacciones originales (de igual marca y modelo o superiores) nuevas; en caso de sustitución del equipo, el que lo sustituya deberá ser configurado igual al originalmente ofertado. Los equipos, partes y materiales que estén fuera de especificaciones y/o presenten fallas serias antes de su instalación y aceptación o bien después y dentro de los noventa días siguientes, deberán ser reemplazados por productos nuevos, por parte de “el Vendedor”, sin ningún costo adicional para “la Suprema Corte”. DÉCIMA SEGUNDA. PROCESO DE RECEPCIÓN DE LOS BIENES. “El Vendedor” se obliga a entregar en los términos pactados en el presente instrumento, los bienes adquiridos, así como a completar y en su caso, a sustituir los bienes defectuosos o faltantes una vez que se haya realizado el proceso de recepción correspondiente en el que “la Suprema Corte” por conducto de la Dirección General de Seguridad reciba los bienes adquiridos. Una vez recibidos los referidos bienes, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, la Dirección General de Seguridad verificará la cantidad y contenido de los mismos, y realizará un reporte para la Secretaria de ejecutiva de Servicios, en el que especifique las condiciones de los bienes entregados. Posteriormente, la referida Dirección General en un plazo no mayor a tres días hábiles, extenderá a “el Vendedor” la carta de recepción de conformidad de los bienes o la solicitud de entrega de los bienes faltantes y en su caso, la reposición de los que se encuentren defectuosos. En el caso de que se solicite a “el Vendedor” la entrega o reposición de los bienes, éste tendrá un plazo no mayor a cinco días hábiles para corregir dicha anomalía a fin de no incurrir en incumplimiento del presente contrato. Lo anterior, sin menoscabo de las garantías que “el Vendedor” debe otorgar respecto de los bienes adquiridos. La Dirección General de Obras y Mantenimiento para dar por concluido los derechos y obligaciones asumidos por las partes en el presente contrato, elaborará el finiquito correspondiente, anexado el acta recepción física de los trabajos, bienes o servicios. DÉCIMA TERCERA. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO “La Suprema Corte” designa al Director General de Seguridad como “ADMINISTRADOR” del presente contrato, quien tendrá las facultades para supervisar su estricto cumplimiento, por lo que podrá revisar e inspeccionar las actividades que desempeñe “el Vendedor” y girar las instrucciones que considere oportunas, así como verificar que los bienes y servicios cumplan con las especificaciones señaladas en el presente contrato. DÉCIMA CUARTA. PENA CONVENCIONAL Y SANCIÓN ECONÓMICA. Las penas convencionales serán determinadas por “la Suprema Corte” en función del incumplimiento del presente contrato y conforme a lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato y sus anexos, “la Suprema Corte” podrá aplicar a “el Vendedor” una pena convencional equivalente al 10% del monto total del contrato, el cual será determinado en el finiquito correspondiente, misma que se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido,

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 17: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 8 de 11

sin menoscabo de hacer efectiva la garantía de cumplimiento referida en la cláusula séptima de este contrato. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes, mencionado en la cláusula sexta, se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar al 10 al millar diario de la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega hasta en tanto se dé cumplimiento total a lo pactado. Dicha sanción no podrá exceder el 10 % del monto total del contrato. En caso de incumplimiento en el plazo de instalación, puesta en marcha y capacitación de los bienes, se aplicará una penalización correspondiente al 10 al millar diario sobre del monto total de los bienes no instalados, aún y cuando se hubiere entregado el equipo en tiempo, hasta un máximo del 10% del monto total del contrato. La pena convencional y sanción antes referidas podrán aplicarse a los montos que adeude “la Suprema Corte” a “el Vendedor”. Para determinar la aplicación de las penas que en su caso se llegarán a imponer, se considerarán los ajustes generados durante la vigencia del contrato. DÉCIMA QUINTA. SUBCONTRATACIÓN. Para los efectos del presente contrato, se entiende por subcontratación el acto por el cual "el Vendedor" encomienda a otra persona física o jurídico colectiva, la ejecución de parte de los servicios, o de aquellos que requieran la autorización de profesionales distintos a los de “el Vendedor” para cumplir con el objeto del presente contrato. Cuando "el Vendedor" pretenda realizar una subcontratación en los términos del párrafo que antecede, deberá comunicarlo previamente por escrito a "la Suprema Corte", la que resolverá si acepta o rechaza la subcontratación. En ningún caso se aceptará la subcontratación de la totalidad de los servicios con un solo subcontratista. En caso de subcontratación, el único responsable de la ejecución de los servicios será "el Vendedor" y será a éste al que se le cubra su importe. El subcontratista no quedará subrogado en ninguno de los derechos de "el Vendedor" ni tendrá relación alguna con "la Suprema Corte". DECIMA SEXTA. RESCISIÓN. Las partes convienen y aceptan que “la Suprema Corte”, previa solicitud del administrador del contrato, podrá rescindir el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que “el Vendedor” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas a “el Vendedor” en el domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga y anexe los documentos que estime convenientes y vencido este plazo con su respuesta o sin ella, “la Suprema Corte” resolverá si procedo o no la rescisión. Serán causas de rescisión del presente instrumento las siguientes circunstancias:

1. Contravenir las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos establecidos para el procedimiento de Concurso por Invitación Pública de conformidad con el Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho y demás disposiciones administrativas sobre la materia.

2. Si “el Vendedor” no exhibe las garantías descritas en el presente instrumento.

3. Si “el Vendedor” suspende injustificadamente la entrega de los bienes o la prestación de los servicios señalados en la cláusula primera del presente contrato o se niega a reponer alguna parte de ellos que hubiere sido rechazada por “la Suprema Corte”.

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 18: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 9 de 11

4. Si “el Vendedor” no entrega los bienes o presta los servicios de conformidad con lo estipulado en su cotización, en el presente contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por escrito por “la Suprema Corte” siempre y cuando sean congruentes con la naturaleza del servicio.

5. Si los subcontratistas o prestadores de servicios con los que haya celebrado

convenios de participación conjunta, son declarados mediante resolución judicial en embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.

6. Si subcontrata parte del objeto del presente contrato que no haya sido previamente autorizado por escrito por “la Suprema Corte”.

7. Si cede cualquier derecho, incluso los de cobro, derivados del presente

contrato, sin autorización previa y por escrito de “la Suprema Corte”.

8. Si “el Vendedor” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información proporcionada para la celebración del presente contrato.

9. En general por el incumplimiento por parte de “el Vendedor” a cualquiera de

las obligaciones derivadas del presente contrato.

En los supuestos a que se refiere esta cláusula, las partes convienen en que “la Suprema Corte” podrá descontarle a “el Vendedor” del monto pendiente por pagar, la pena convencional y sanciones decretadas por “la Suprema Corte” a que se refiere la cláusula décima primera del presente instrumento, considerándolas causas que hayan motivado la rescisión y podrá hacerlas efectivas con cargo a las cantidades pendientes de cubrirse por los bienes entregados o servicios no prestados, ello independientemente de que haga efectiva la garantía de cumplimiento establecida en este contrato o se solicite a “el Vendedor ” su pago ingresando el monto de la pena convencional o sanción a la Tesorería de “la Suprema Corte”. DÉCIMA SEPTIMA. SUPUESTOS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, DIVERSOS A LA RESCISIÓN. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008. DÉCIMA OCTAVA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que “la Suprema Corte” podrá en cualquier momento suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo previsto en el artículo 145 del Acuerdo General de Administración VI/2008. DÉCIMA NOVENA. INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL Todas las personas que intervengan para la realización del objeto de este contrato, serán trabajadores de "el Vendedor", por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y "la Suprema Corte". Será responsabilidad de "el Vendedor" cumplir con todas las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan el SAR, INFONAVIT, Seguro Social y las contempladas en la Ley Federal del Trabajo; por tanto, responderá a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que los trabajadores de “el Vendedor” presenten en su contra o de “la Suprema Corte”, en relación con la adquisición de los bienes o prestación de servicios motivo del presente contrato. El costo que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrán a cargo de "el Vendedor", el que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con sus trabajadores. "La Suprema Corte" estará facultada para requerir a "el Vendedor" los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de "el Vendedor", ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de "la Suprema Corte", "el Vendedor" deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue "la Suprema Corte", con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado,

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 19: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 10 de 11

viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a "la Suprema Corte" de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar, podrán ser deducidos por “la Suprema Corte” de las facturas que se encuentre pendientes de pago, independiente de las acciones legales que se pudieran ejercer. VIGÉSIMA. INTRANSMISIBILIDAD DE LOS DERECHOS DERIVADOS EN EL PRESENTE CONTRATO. “El Vendedor” no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier titulo todo o parte de los derechos y obligaciones que adquiere con motivo del presente contrato. VIGÉSIMA PRIMERA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que cualquier modificación al presente instrumento procederá sólo por causas excepcionales plenamente justificadas a solicitud y por acuerdo de las partes y plena aprobación de los órganos competentes de “la Suprema Corte” de conformidad con lo previsto en los artículos 143 y 162 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del comité de gobierno y Administración de la Suprema corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. VIGÉSIMA SEGUNDA. CONFIDENCIALIDAD Y DEL FOMENTO A LA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Los trabajos ejecutados total o parcialmente, especificaciones y en general la información que se encuentre en el lugar de su ejecución que se hubiesen entregado a “el vendedor” para cumplir con el objeto del presente contrato, son propiedad de “la Suprema corte”, por lo que “el Vendedor” se obliga a devolver a “la Suprema Corte” el material que le hubiese proporcionado para la elaboración de los trabajos materia de este instrumento, así como entregar el material que se llegue a realizar. Por otra parte, las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7° y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. Sin embargo de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, “el Vendedor” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otro medio de comunicación, aún electrónico, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato, así como los resultados conferidos y obtenidos en los trabajos contratados. En caso de incumplimiento, “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 30% del monto total de este instrumento, por concepto de indemnización. VIGÉSIMA TERCERA. LEGISLACIÓN APLICABLE. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en lo no previsto en éste por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente. VIGÉSIMA CUARTA. TRIBUNAL COMPETENTE. Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato, las partes se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es el órgano competente para interpretar y dirimir las controversias que pudieran llegar a suscitarse con motivo de lo pactado en el

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 20: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGOM/--/--/2010

Página 11 de 11

mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener. VIGÉSIMA QUINTA. ANEXOS. Forman parte integrante del presente instrumento los siguientes anexos:

• La Propuesta Técnica de “el Vendedor” de_____ como Anexo “1”. • La Propuesta Económica de “el Vendedor” de _____ como Anexo “2”

Leído y explicado el presente contrato y al estar de acuerdo en su contenido y alcance, se firma con la conformidad de las partes por quintuplicado en México, Distrito Federal, el __ de __________ de dos mil diez.

POR “LA SUPREMA CORTE”

POR “EL VENDEDOR”

LICENCIADO JULIÁN ALFONSO

OLIVAS UGALDE SECRETARIO EJECUTIVO DE

SERVICIOS

_________________________

TESTIGOS

CAPITAN FILIBERTO JUAREZ RUIZ DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD (ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)

INGENIERO RODOLFO CEJA MENA DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y

MANTENIMIENTO SCJN/DGOM/__/__/2010 VJR/RBA

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Page 21: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

(Papel membretado del participante)

ANEXO 4

Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010 relativo a la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”

(Lugar) a XX de XXXXX de 2010 Carta Protesta

(Nombre del representante legal de la empresa concursante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante) declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren quienes declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que:

1. En los dos últimos años no se le ha rescindido algún instrumento contractual por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal o el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

2. Entre sus socios no se encuentra algún servidor público en activo.

3. No tiene conocimiento de que se encuentra en el supuesto de que sus representantes

legales o socios tengan con los servidores públicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que intervengan en cualquier forma en la adjudicación, contratación, vigilancia y cumplimiento de los contratos, alguna relación familiar dentro del cuarto grado, por consanguinidad o afinidad, o bien, profesional, laboral o de negocios, incluyendo aquéllas con las que en caso de contratar pueda resultar un beneficio para alguno de esos servidores públicos, su cónyuge o sus parientes consanguíneos o afines dentro del cuarto grado, o parientes civiles, así como para los socios o sociedades, incluyendo sus representantes legales, de los que formen o hayan formado parte o las hayan representado en los cinco años previos al respectivo concurso por invitación.

4. No se encuentra sujeta a proceso de liquidación, en concurso mercantil, concurso de

acreedores o huelga estallada.

5. No se encuentra inhabilitada por cualquiera de los órganos competentes de la Administración Pública Federal.

6. Por su conducto no participan personas físicas o jurídicas que se encuentren inhabilitadas o

impedidas conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación.

7. En el caso de personas físicas, no participan en el capital social de personas jurídicas que

se encuentran inhabilitadas o impedidas conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación.

Atentamente

____(Nombre)____ ____(Cargo)____ ____(Empresa)__

Page 22: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

(Papel membretado del participante)

ANEXO 5

CARTA DE DOMICILIO LEGAL

(Lugar) a XX de XXXXX de 2010 Suprema Corte de Justicia de la Nación Secretaría Ejecutiva de Servicios

(Nombre del representante legal de la empresa concursante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante). Por medio de la presente manifiesto que en el domicilio ________________________ recibiré toda clase de notificaciones de los actos derivados del procedimiento respectivo, incluyendo los derivados de la adjudicación correspondiente, e incluso todos los relacionados con la contratación que, en su caso, llegue a celebrarse derivado del Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010, para la contratación de los trabajos consistentes en la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, ubicado Pino Suárez número 2, colonia Centro, código postal 06065, Delegación Cuauhtémoc, México , Distrito Federal.

____(Nombre)____ ____(Cargo)____ ____(Empresa)__

Page 23: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

(Papel membretado del participante)

ANEXO 6

Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010 relativo a la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”

(Lugar) a XX de XXXXX de 2010 Relación de contratos celebrados por el concursante en los últimos tres años sobre la adquisición, instalación y puesta en marcha de circuito cerrado de igual o mayor magnitud con características similares”________________________________________. No. No. del

Contrato Descripción

de los trabajos Nombre y Teléfono del Cliente

Monto Contrato

Periodo Ejecución

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Por este conducto autorizo de la forma más amplia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que verifique por cualquier medio la veracidad de la información señalada en este formato. NOTA: De ser necesario, se podrá ampliar el listado en hoja adjunta

Atentamente

____(Nombre)____ ____(Cargo)____ ____(Empresa)__

Page 24: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

(Papel membretado del participante)

ANEXO 7

Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010 relativo a la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”

(Lugar) a XX de XXXXX de 2010 Compromiso de cumplir con las normas y reglamentos aplicables, así como con las normas de calidad y especificaciones técnicas a que se sujetarán los trabajos, presentado por el concursante____________________________________. Expreso el compromiso de mi representada para cumplir con todas las normas y reglamentos vigentes aplicables al desarrollo de los trabajos a que se refiere el presente concurso. Al mismo tiempo, enlisto las normas de calidad y especificaciones técnicas a que se sujetarán los trabajos que se derive del proyecto referido. No. Norma o Especificación Título de la Norma o Especificación 1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

NOTA: De ser necesario, se podrá ampliar el listado en hoja adjunta

Atentamente

____(Nombre)____ ____(Cargo)____ ____(Empresa)__

Page 25: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

ANEXO 8 Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010 relativo a la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

Propuesta económica

Partida Descripción

Columna “A”

Columna “B”

Precio unitario con letra

Columna “C”

Columna “D”

Columna “E”

Unidad de

Medida Cantidad

Precio

Unitario

Precio Total

“A por B”

IVA “C por 16%”

Total Neto

“C+D” 1

2

3

Totales: Suma Suma Suma

Precio total neto consignado con letra de la suma de todas las filas de la columna “E” Manifestación de que el plazo de entrega, instalación y puesta en marcha de los bienes, en ningún caso deberá exceder de 45 días naturales, contabilizados a partir del día hábil siguiente a aquél en que se firme el contrato correspondiente. En caso de que el plazo se cumpla en día inhábil, se pasará en automático al día hábil siguiente. Anexar carta de aceptación de la forma de pago descrita en las bases.

Los precios ofertados deberán ser en moneda nacional.

Los precios ofertados deberán ser fijos y firmes hasta que concluya la totalidad del contrato.

Los precios ofertados deberán estar protegidos con cinta adhesiva transparente. Manifestación de que los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y que estarán vigentes hasta la entrega total de los bienes y servicios. En caso de que no se haga mención expresa de la vigencia de los precios en la propuesta económica, se entenderán fijos por el plazo antes señalado. Nombre de la empresa________________________________ Nombre y firma del representante legal__________________

Page 26: ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional …207.249.17.176/transparencia/AdquisicionesServicios/Procedimien... · ANEXO 1 Concurso por Invitación Pública Nacional número

(Papel membretado del participante)

ANEXO 9

CARTA DE CONFIDENCIALIDAD

(Lugar) a XX de XXXXX de 2010 Suprema Corte de Justicia de la Nación Secretaría Ejecutiva de Servicios

(Nombre del representante legal de la empresa concursante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante). Por medio de la presente manifiesto el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a titulo personal, ni por medio de esta empresa, la información recibida en la carpeta correspondiente al Concurso por Invitación Pública Nacional número SCJN/DGOM/CIP/01/2010, para la contratación de los trabajos consistentes en la “Adquisición, instalación y puesta en marcha del equipo de circuito cerrado de televisión en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, ubicado Pino Suárez número 2, colonia Centro, código postal 06065, Delegación Cuauhtémoc, México , Distrito Federal.

De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer uso de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. A nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Propiedad Industrial y Código Penal Federal vigentes, las cuales aceptamos en este acto.

____(Nombre)____ ____(Cargo)____ ____(Empresa)__