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ANEXO 1: RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD ACADÉMICA PARA EL CURSO 2018‐19 POR APLICACIÓN DEL NUEVO DOCUMENTO DE DIRECTRICES REGULADORAS DEL PDI Y DE SU DEDICACIÓN ACADÉMICA, APROBADAS EN CONSEJO DE GOBIERNO EL 15 DE JUNIO DE 2016, MODIFICADAS EL 27 DE
NOVIEMBRE DE 2017 Y EN CONSIDERACIÓN DEL ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE 28 DE MARZO DE 2018 QUE REGULA SU APLICACIÓN.
Reconocimientos de la Actividad Académica de Investigación en h/s de docencia
Actividad Reconocimiento Agente Evaluador INV1 Participación en un
proyecto de
investigación
Reconocimiento al profesorado perteneciente a los Cuerpos Docentes Universitarios, Profesorado Contratado Doctor, Contratado
Doctor Interino, Ayudante Doctor y Profesor Sustituto de Docencia por participar en proyectos de investigación obtenidos en
convocatorias competitivas del Plan Nacional de Investigación, del Gobierno de Navarra, de la Unión Europea u otros programas
internacionales asimilables, cuyos fondos sean ingresados en la Universidad Pública de Navarra, incluyan costes indirectos y el
proyecto esté vigente a 31/12 del año 2017:
a) Investigador principal a tiempo completo en un proyecto de la Unión Europea: 1,25h/s
b) Investigador principal a tiempo completo en un proyecto de investigación de ámbito nacional o regional: 1h/s
c) Investigador principal a tiempo parcial en un proyecto de investigación de ámbito nacional o regional: 0,5h/s.
d) Investigador principal a tiempo completo en proyectos del Plan Nacional con dos investigadores principales: 0,75h/s cada
uno.
e) Miembro del equipo investigador a tiempo completo de un proyecto de investigación de la Unión Europea: 0,75h/s.
f) Miembro del equipo investigador a tiempo completo en un proyecto de investigación de ámbito nacional o regional: 0,5
h/s.
g) Miembro del equipo investigador a tiempo parcial: la mitad de la participación como investigador a tiempo completo.
Reconocimiento al profesorado por la dirección de contratos al amparo del artículo 83 de la LOU, siempre que el director del proyecto
aporte a la Universidad parte del dinero percibido por él en dicho contrato y mientras el proyecto esté vigente a 31/12 del año 2017.
Vicerrectorado
competente en materia
de investigación.
Servicio de Investigación
2
h) Por cada HBMACUTC/61 le corresponderá un reconocimiento de 1h/s, a distribuir por el responsable del proyecto entre los
miembros del equipo investigador.
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento máximo por cada miembro del PDI resultante de la suma de los conceptos a), b), c) y d) es de 2h/s.
El reconocimiento máximo por cada miembro del PDI resultante de la suma de los conceptos e), f) y g) es de 2h/s.
El reconocimiento máximo por cada miembro del PDI por el concepto h) es de 2h/s.
El reconocimiento máximo por cada miembro del PDI resultante de la suma de los conceptos INV1 es de 2,5 h/s.
En el caso de sustitución de un PDI en el equipo investigador por otro PDI de la Universidad será el investigador principal el
que decida la distribución de la asignación entre el personal entrante y saliente.
A los efectos de este reconocimiento, la pertenencia al “equipo de trabajo” de un único proyecto de investigación se asimila a la pertenencia al “equipo de investigación”.
INV2 Sexenios/ Tramos de
Investigación
Reconocimiento al profesorado contratado doctor con vinculación permanente, al profesorado contratado doctor interino y al
profesorado de los cuerpos docentes universitarios a tiempo parcial por la obtención de sexenios:
a) Profesores con dos o más sexenios reconocidos por la CNEAI u organismo de evaluación nacional competente y habiendo
obtenido el último en los últimos seis años (último año evaluado 2012 o posterior): 0,5h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
Este reconocimiento será aplicable durante los seis cursos siguientes al último año evaluado positivamente.
Vicerrectorado
competente en materia
de investigación.
Servicio de Investigación
Limitaciones/Consideraciones sobre el reconocimiento de la Actividad Académica de investigación:
El profesorado de los CDU, cuya CpD sea 5 h/s por aplicación del RD 14/2012, queda excluido del reconocimiento de
Actividad Académica de Investigación.
1 HBMACUTC: Haberes mínimos anuales de un catedrático de universidad a tiempo completo.
3
Reconocimientos de la Actividad Académica de Internacionalización en h/s de docencia
Actividad Reconocimiento Agente Evaluador INT 1 Participación en
Proyectos Erasmus+
Reconocimiento al profesorado perteneciente a los Cuerpos Docentes Universitarios, Profesorado Contratado Doctor, Contratado
Doctor Interino, Ayudante Doctor y Profesor Sustituto de Docencia por la participación en Proyectos Erasmus+ no relacionados con
la movilidad y que esté vigente a 31/12 del año 2017:
a) Coordinador principal del proyecto, cuando la UPNA sea la institución coordinadora del proyecto: 1,25 h/s.
b) Coordinador UPNA cuando la UPNA no sea la institución coordinadora del proyecto: 1h/s
c) Miembro del equipo del proyecto: 0,5h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento máximo por cada miembro del PDI por este concepto es de 1,25h/s.
Vicerrectorado
competente en materia
de internacionalización.
Unidad responsable de
internacionalización
INT 2 Responsable de
movilidad
Reconocimiento al profesorado por la actividad como Responsable de Movilidad:
Por cada estudiante de movilidad, tanto in como out: 0,05/s.
Limitaciones/Consideraciones:
Para computar este reconocimiento será necesario gestionar, al menos 5 estudiantes de movilidad.
El reconocimiento máximo por esta actividad será de 1 h/s.
Para este reconocimiento se tendrá en cuenta el número de estudiantes gestionados en el curso 2017/2018.
Vicerrectorado
competente en materia
de internacionalización.
Unidad responsable de
internacionalización
INT 3 Coordinador de
Movilidad
Reconocimiento al profesorado por la actividad como responsable de Coordinación de Relaciones Internacionales (CRI):
Los CRI que gestionen al menos 25 estudiantes salientes y 15 estudiantes entrantes, tendrán un reconocimiento docente de
0,75h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
Para este reconocimiento se tendrá en cuenta el número de estudiantes gestionados en el curso 2017/2018.
Vicerrectorado
competente en materia
de internacionalización.
Unidad responsable de
internacionalización
4
Tutelas
programas de
movilidad
Reconocimiento al profesorado por la actividad de supervisión de estudiantes de doctorado de los programas de movilidad K107 y K103:
Por cada estudiante de movilidad y semestre 0,12 h/s
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento máximo por esta actividad será de 2h/s.
En el caso de co‐tutela el reconocimiento se distribuirá de forma proporcional.
Nota de aplicación POD:
Para el reconocimiento de las horas correspondientes se tendrá en cuenta el número de estudiantes supervisados
en el curso 2017‐2018.
5
Reconocimiento de la Actividad Académica de Gestión en h/s de docencia
Actividad Reconocimiento Agente Evaluador G1 Equipo Rectoral Reconocimiento al profesorado por pertenencia al equipo rectoral:
a) Rectorado: exención total de actividad académica docente.
b) Vicerrectorado: exención total de actividad académica docente.
c) Secretaría General: exención total de actividad académica docente.
d) Vicesecretaría: 3h/s.
e) Dirección de Área: 3h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
La suma total de h/s reconocidas por dedicación a Directores de Área, no podrá superar 30h/s.
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una
resolución que así lo requiera.
Vicerrectorado
competente en materia
de profesorado y
Recursos Humanos
G2 Equipo directivo de un
departamento
El conjunto de miembros del equipo directivo de un departamento, tendrá los siguientes reconocimientos, según su tamaño.
La Dirección del departamento dispondrá de estas horas como una bolsa de libre disposición para la gestión del mismo.
Vicerrectorado
competente en materia
de profesorado.
Recursos Humanos
Número de profesores activos h/s
Menos de 50 8 Entre 50‐75 8,5Entre 76‐100 9,5 Entre 101‐125 11
Más de 125 13,5
6
Limitaciones/Consideraciones:
Calculados los reconocimientos precedentes, la Dirección del Departamento comunicará su distribución entre los
miembros de su equipo al vicerrectorado competente en materia de profesorado, como paso previo para su
incorporación al POD.
El número de subdirectores nunca podrá ser superior a tres.
Para el cómputo de estos reconocimientos se tendrá en cuenta el tamaño del departamento a fecha 31 de diciembre
del año 2017, de acuerdo con los datos procedentes del fichero PDI del SIIU (Sistema de Información Integral
Universitaria)
El reconocimiento en el POD se actualizará cada curso en función de la asignación proporcionada por los departamentos.
G3 Equipo directivo de un
centro
El conjunto de miembros del equipo directivo de un Centro, tendrá los siguientes reconocimientos:
a) Decanato/Dirección: 4h/s.
b) Vicedecanato/Subdirección responsable de calidad de un grado: 2h/s.
c) Secretaría académica: 2 h/s.
d) Vicedecanato/Subdirección para desarrollar actividades alineadas con el Plan Estratégico de la Universidad en
cuestiones como Internacionalización, Movilidad o I+D+I: 1h/s.
e) Aquellos centros responsables de la gestión de las prácticas curriculares de grados de 6 o más ECTS dispondrán de
1h/s por grado. Adicionalmente, dispondrán de 0,5h/s por cada bloque de 150 estudiantes matriculados en prácticas
en un mismo grado.
f) Responsable de Calidad de un Centro: 1h/s.
g) Dirección Académica de un máster UPNA (Director, secretario y responsable de calidad): 1,5h/s si el máster tiene
matriculados 15 o más estudiantes en equivalente a tiempo completo.
h) Dirección Académica de un máster UPNA (Director, secretario y responsable de calidad): 0,75h/s si el máster tiene matriculados menos de 15 estudiantes en equivalente a tiempo completo.
Centro con el VºBº del
Vicerrectorado
competente en materia
de profesorado.
Vicerrectorado
competente en materia
de enseñanzas. Servicio
de enseñanzas.
7
i) Dirección Académica/Responsabilidad Académica de un máster inter universitario, coordinado por la UPNA: 1h/s.
j) Dirección Académica/Responsabilidad Académica de un máster inter universitario, no coordinado por la UPNA:
0,5h/s.
k) Aquellos centros responsables de la gestión de prácticas curriculares, en el conjunto de todos sus másteres, tendrán
un reconocimiento de 0,05h/s por cada práctica de estudiante.
Limitaciones/Consideraciones:
Calculados los reconocimientos precedentes, el Decanato/Dirección del Centro comunicará su distribución entre los
miembros de su equipo al vicerrectorado competente en materia de profesorado, como paso previo para su
incorporación al POD.
El Decanato/Dirección podrá nombrar un solo Secretario Académico.
El Decanato/Dirección podrá nombrar como máximo tantos Vicedecanos/Subdirectores como grados se impartan en
el centro (en este cómputo no se incluye el Vicedecano/Subdirector para actividades alineadas con el Plan
Estratégico).
El número máximo de Vicedecanos o Subdirectores para desarrollar actividades alineadas con el Plan Estratégico de
la Universidad será uno, salvo aquellos centros que superen los 1500 estudiantes matriculados en el curso 2017‐2018
e impartan más de 5 titulaciones de grado, en cuyo caso podrán contar con dos Vicedecanos o Subdirectores, uno
para la gestión del Plan Estratégico y Calidad y otro para Internacionalización y Movilidad. El segundo Vicedecano o
Subdirector deberá estar sujeto a la autorización expresa del Vicerrectorado competente en materia de profesorado
y sustituirá al responsable de Calidad del Centro.
Aquellos Centros responsables de un máster habilitante con 50 o más estudiantes a tiempo completo podrán nombrar
un único Vicedecanato o Subdirección de másteres.
Para el reconocimiento de las horas correspondientes al apartado g) o h) se tendrá en cuenta el número de estudiantes matriculados en el curso 2017‐2018.
8
Para el reconocimiento de las horas por gestión de prácticas curriculares se tendrá en cuenta el número de
estudiantes matriculados en el curso 2017‐2018.
El reconocimiento en el POD se actualizará cada curso en función de la asignación proporcionada por los centros.
El reconocimiento máximo por cada centro correspondiente al apartado k) será de 2,5 h/s.
G4 Escuela de Doctorado
(EDONA)
Reconocimiento al profesorado por actividades relacionadas con la gestión de programas de doctorado:
Dirección de la Escuela de Doctorado: 4h/s.
Secretaría Académica: 2h/s.
Coordinación de un Programa de Doctorado de la UPNA al amparo del Real Decreto 99/2011 (coordinación,
responsable de calidad, secretario): 1h/s.
Se habilitará una bolsa de 1h/s adicional por cada programa de doctorado con más de 20 estudiantes matriculados a
tiempo completo.
Limitaciones/Consideraciones:
Calculados los reconocimientos precedentes, el Director de la EDONA comunicará la distribución entre los diferentes
responsables de programas de doctorado al vicerrectorado competente en materia de profesorado, como paso
previo para su incorporación al POD.
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una
resolución que así lo requiera.
Para el reconocimiento de las horas correspondientes al apartado d) se tendrá en cuenta el número de estudiantes matriculados en el curso 2017‐2018.
Nota de aplicación POD: Los estudiantes a tiempo parcial se computan como la mitad de un estudiante a tiempo completo. De esta manera el
número total de estudiantes a tiempo completo se calcula como . ∗ .
Vicerrectorado
competente en materia
de profesorado. EDONA
9
G5 Gestión de proyectos
europeos
Reconocimiento al profesorado por actividades relacionadas con la gestión de proyectos europeos:
a) Investigador Principal de un proyecto europeo del programa H2020, o asimilado, siempre que el proyecto esté vigente
a 31/12 del año 2017: 0,5h/s.
Vicerrectorado
competente en materia
de investigación.
Servicio de Investigación
1
G6 Pertenencia al Comité
de Empresa
Reconocimiento al profesorado por pertenecer al Comité de Empresa:
a) Miembro del Comité de Empresa: 26,8% de la CpD.
Limitaciones/Consideraciones:
El cálculo se realiza tomando como marco el Estatuto de los Trabajadores. La reducción es proporcional a la capacidad
docente.
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una resolución que así lo requiera o tras el proceso electoral correspondiente.
Servicio de Recursos
Humanos
G7 Pertenencia a la Junta
del PDI
Reconocimiento al profesorado por pertenecer a la Junta del PDI:
a) Miembro la Junta del PDI: 20% de la CpD.
Limitaciones/Consideraciones:
El cálculo se realiza tomando como marco el Estatuto Básico del Empleado Público. La reducción es proporcional a la
capacidad docente.
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una resolución que así lo requiera o tras el proceso electoral correspondiente.
Servicio de Recursos
Humanos
G8 Defensoría de la
Comunidad
Universitaria
Reconocimiento al profesorado por pertenecer a la Defensoría de la Comunidad Universitaria:
a) Defensor de la Comunidad Universitaria: 4h/s.
b) Adjunto al Defensor de la Comunidad Universitaria: 1h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una
resolución que así lo requiera.
Vicerrectorado
competente en materia
de profesorado
G9 Dirección del Centro
Superior de Idiomas
Reconocimiento al profesorado por desempeñar la Dirección del Centro Superior de Idiomas:
a) Dirección del Centro Superior de Idiomas: 3h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una resolución que así lo requiera.
Vicerrectorado
competente en materia
de profesorado
1
G10 Instituto de
Agrobiotecnología
Reconocimiento al profesorado por actividades relacionadas el Instituto de Agrobiotecnología (IDAB):
a) Dirección del IDAB: 3h/s.
b) Subdirección del IDAB: 1h/s. Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una
resolución que así lo requiera.
Vicerrectorado
competente en materia
de investigación
G11 Equipo directivo de un
Instituto de
Investigación
Reconocimiento al profesorado por actividades relacionadas con los institutos de investigación:
a) Dirección de instituto de investigación: 3h/s.
b) Subdirección de instituto de investigación: 1h/s.
c) Secretariado Académico de instituto de investigación: 1h/s. Limitaciones/Consideraciones:
Considerado en conjunto como una bolsa, el Director del Instituto comunicará su distribución entre los miembros de
su equipo al vicerrectorado competente en materia de investigación, como paso previo para su incorporación al POD.
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una resolución que así lo requiera.
Vicerrectorado
competente en materia
de investigación
G12 Coordinador general de
acceso
Reconocimiento por la actividad relativa a la coordinación general de acceso a la Universidad:
a) Coordinador general de acceso: 3h/s. Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una
resolución que así lo requiera.
Vicerrectorado
competente en materia
de estudiantes.
10
Limitaciones/Consideraciones sobre el reconocimiento de la Actividad Académica de gestión:
Como norma general la AA de Gestión será computada en función del número de semanas en el cargo respecto a
un total de 52 semanas considerando para el curso 2018/2019 en el período comprendido entre el 01/07/2018 y el
30/06/2019.
Los reconocimientos serán aplicables al profesorado perteneciente a los Cuerpos Docentes Universitarios,
Profesorado Contratado Doctor, Contratado Doctor Interino, Ayudante Doctor y Profesor Sustituto de Docencia.
El reconocimiento G7 por pertenencia al Comité de Empresa, será aplicable también al profesorado con nombramiento de profesor con contrato de sustitución para la docencia y el profesorado asociado a tiempo parcial.
11
Reconocimiento de otras Actividades Académicas Docentes en h/s de Docencia
Actividad Reconocimiento Agente Evaluador D1 Docencia en inglés
en grado y máster
Reconocimiento al profesorado por la impartición de clases presenciales en inglés:
a) La docencia impartida en inglés y perteneciente a la oferta académica de la Universidad tendrá una valoración
adicional del 15%.
Limitaciones/Consideraciones:
Para su reconocimiento, el profesorado deberá acreditar el conocimiento del idioma con el nivel C1 o equivalente, o
capacitación lingüística expedida por la UPNA a tal efecto, durante el curso académico.
Se exceptúa la impartición de asignaturas que tengan por objeto el aprendizaje de la lengua inglesa.
Nota de aplicación POD:
Este reconocimiento figurará en POD como un incremento de docencia
El listado de grupos/asignaturas con este reconocimiento será el indicado por Vicerrectorado de Enseñanzas.
El Vicerrectorado de Economía Planificación y Profesorado establecerá los procedimientos oportunos para el proceso
de acreditación de la capacitación lingüística por parte del profesorado.
Vicerrectorado
competente en materia
de enseñanzas
12
D2 Dirección de
Trabajos Fin de
Estudios (TFM y
TFG).
Reconocimiento al profesorado por la dirección de TFE. Los TFE de grado o máster dirigidos, presentados y superados en el
curso 2017‐2018, tendrán su reconocimiento el curso 2018/2019.
a) Por cada TFE de hasta 7 ECTS se computará un reconocimiento docente de 0,12h/s.
b) Por cada TFE de más de 7 y hasta 12 ECTS se computará un reconocimiento docente de 0,16h/s
c) Por cada TFE de más de 12 y hasta 18 ECTS se computará un reconocimiento docente de 0,20h/s.
d) Por cada TFE de más de 18 ECTS se computará un reconocimiento docente de 0,25h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento máximo por esta actividad será de 2h/s.
En el caso de codirección el reconocimiento se distribuirá de forma proporcional.
Nota de aplicación POD:
Por aplicación de la nueva normativa tendrán reconocimiento aquellos TFE defendidos en ambos semestres del curso
2017‐2018 con los reconocimientos arriba indicados.
Las direcciones de TFE de estudiantes participantes en programas de movilidad que incorporan la asignatura TFE en su
compromiso de estudios no tendrán reconocimiento.
Los PFC antiguos se seguirán computando de acuerdo con la antigua normativa
Vicerrectorado
competente en materia
de enseñanzas
D3 Dirección de tesis Reconocimiento al profesorado por la dirección de tesis:
Por cada Tesis Doctoral, a tiempo completo, se computará un reconocimiento docente de 1 h/s durante dos cursos
académicos desde el tercer año de su fecha si la tesis se encuentra en su tercer año de matriculación y siempre que
esté activa.
Por cada Tesis Doctoral, a tiempo parcial, se computará un reconocimiento docente de 1 h/s durante dos cursos
académicos, desde el quinto año de su fecha si la tesis se encuentra en su quinto año de matriculación y siempre que
esté activa.
En el supuesto de que se haya defendido con anterioridad a la entrada en vigor de su reconocimiento, se computará a partir de la fecha de su defensa.
Vicerrectorado
competente en materia
de enseñanzas. EDONA.
13
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento se atribuye al Director/Tutor de la tesis. En el caso de dirección colectiva (Director(es)/Tutor) el
reconocimiento se distribuirá de forma proporcional entre ellos.
En el caso de dirección de tesis de doctorandos no matriculados en la UPNA, computarán aquellas que correspondan
a un programa de doctorado interuniversitario que conste en la oferta de programas de doctorado de la UPNA; y las
amparadas por acuerdos o convenios de colaboración que así lo estipulen y que sean avaladas por la Escuela de
Doctorado de Navarra.
Nota de aplicación POD:
Por aplicación de la nueva normativa tendrán reconocimiento:
a) Aquellas tesis que en el curso 2018/19 se encuentren matriculadas en tutela académica de tercer o cuarto curso
a tiempo completo o de quinto y sexto curso a tiempo parcial. En los casos en los que se produzcan variaciones
en el régimen de dedicación se tomará como referencia la dedicación matriculada en la tutela académica de
tercer curso.
b) Aquellas tesis que hayan sido leídas durante el curso 2017/18 y que durante ese mismo curso hayan tenido
reconocimiento como tesis dirigidas por estar en tercer año de tutela a tiempo completo o en quinto a tiempo
parcial tendrán un reconocimiento de 1 h/s en el curso 2018/19.
c) Aquellas tesis que hayan sido leídas durante el curso 2017/18 y que nunca hayan tenido reconocimiento como
tesis dirigidas tendrán un reconocimiento de 1 h/s en el curso 2018/19 y 1 h/s en el curso 2019/20.
d) Aquellas tesis que durante el curso 2017/18 hayan tenido reconocimiento como tesis dirigidas por estar en
tercer año de tutela a tiempo completo o en quinto a tiempo parcial y que en 2018/19 sigan activas porque está
prevista su lectura a lo largo del curso tendrán reconocimiento de 1 h/s.
Por aplicación de la antigua normativa tendrán reconocimiento las tesis leídas en el:
e) segundo semestre del curso 2015/16
14
f) primer y segundo semestre del curso 2016/17 (siempre y cuando no hayan tenido reconocimiento como tutela).
g) primer semestre del curso 2017/18 (siempre y cuando no hayan tenido reconocimiento como tutela).
En ningún caso una tesis tendrá reconocimiento superior a dos cursos académicos.
15
D4 Curator del herbario Reconocimiento al profesorado por la actividad relacionada con el herbario:
a) Curator del herbario: 6h/s.
Limitaciones/Consideraciones:
El reconocimiento en el POD se realizará de manera automática entre cursos y sólo se modificará cuando exista una
resolución que así lo requiera.
Vicerrectorado
competente en materia
de profesorado
Excelencia Nota de aplicación POD:
Por aplicación de la antigua normativa tendrán reconocimiento 0,5 h/s aquellos docentes con evaluación excelente
obtenida en las convocatorias desde 2013 hasta 2015 (ambas incluidas).
La nueva normativa no contempla reconocimientos por este mérito.
Nota de aplicación POD:
Se considerará como primer semestre el periodo comprendido entre el 01 de septiembre al 31 de enero, y segundo
semestre al periodo comprendido entre el 01 de febrero y el 31 de agosto.
16
ANEXO 2: Capacidad Docente Efectiva (CpDE) POR APLICACIÓN DEL NUEVO DOCUMENTO DE DIRECTRICES REGULADORAS DEL PDI Y DE SU DEDICACIÓN
ACADÉMICA APROBADO EN CONSEJO DE GOBIERNO DE 15 DE JUNIO DE 2016
La CpDE mide la disponibilidad del profesorado expresada en h/s. En principio, la CpD y la CpDE deben ser coincidentes. No obstante, durante un
curso académico ambas capacidades pueden ser diferentes debido a las siguientes causas:
Circunstancia Criterios de Valoración Agente Evaluador C1 Cambio CpD (dedicación) a
lo largo del periodo lectivo
por cambio de
contrato/modificación de
contrato/reducción de
jornada etc.
En el caso de que la CpD sufriese una modificación a lo largo del periodo lectivo, la CpDE del curso se calculará como
la media de las capacidades a lo largo del mismo.
Limitaciones/Consideraciones:
Se considerará como capacidad en el primer semestre aquella que se haya tenido desde el 01 de septiembre
al 31 de enero y como capacidad en el segundo semestre la capacidad desde el 01 de febrero al 30 de junio.
En el caso de se produzcan variaciones de capacidad en los periodos intermedios será el Vicerrectorado en
materia de profesorado el que decida la capacidad docente del docente.
Vicerrectorado
competente en materia de
profesorado. Servicio de
Recursos Humanos
C2 Servicios
Especiales/Comisión de
Servicios
En el caso de que el PDI se encuentre realizando Servicios Especiales su CpDE será la que determine la
correspondiente Resolución.
Vicerrectorado
competente en materia de
profesorado. Servicio de
Recursos Humanos
C3 Incapacidades laborales
transitorias
En el caso de que el PDI se vea afectado por una incapacidad laboral transitoria o se encuentre en situación de
excedencia. La CpDE se verá reducida respecto a su CpD de acuerdo con el siguiente criterio:
a) Si el periodo de incapacidad es menor a 8 semanas la reducción será del 0%.
b) Si el periodo de incapacidad es mayor o igual a 8 semanas y menor a 16 la reducción será del 25%.
c) Si el periodo de incapacidad es mayor o igual a 16 semanas y menor a 24 la reducción será del 50%.
d) Si el periodo de incapacidad es mayor o igual a 24 semanas y menor a 32 la reducción será del 75%.
e) Si el periodo de incapacidad es mayor o igual a 32 semanas la reducción será del 100%.
Servicio de Recursos
Humanos
17
Limitaciones/Consideraciones:
El período de referencia para el cómputo de las semanas del punto anterior será desde el 1 de septiembre
hasta el último día del período lectivo de impartición de clases y evaluación continua.
Los diferentes periodos de incapacidad temporal ocurridos a lo largo del curso académico serán acumulados
para el cómputo de la reducción.
C4 Excedencias En el caso de que el PDI se encuentre en situación de excedencia. La CpDE se verá reducida respecto a su CpD de
acuerdo con el mismo criterio en función del número de semanas especificado en la incapacidad laboral transitoria.
Limitaciones/Consideraciones:
El período de referencia para el cómputo de las semanas del punto anterior será desde el 1 de septiembre
hasta el último día del período lectivo de impartición de clases y evaluación continua.
Los diferentes periodos de excedencia que se den a lo largo del curso académico serán acumulados para el
cómputo de la reducción.
Vicerrectorado
competente en materia de
profesorado. Servicio de
Recursos Humanos
C5 Licencias Académicas/Año
Sabático
En el caso de que el PDI tenga concedida una licencia académica o se encuentre disfrutando de un año sabático, la
CpDE se verá reducida respecto a su CpD de acuerdo con el siguiente criterio:
a) Si la licencia académica es por un periodo inferior o igual a tres meses la reducción será del 0%.
b) Si la licencia es superior a tres meses la reducción será del 50% siempre y cuando la fecha de finalización sea
posterior al 01/12/2018 o la fecha de comienzo anterior al 31/01/2019.
c) Si la licencia académica es anual la reducción será del 100% siempre y cuando comprenda el periodo lectivo
del curso 2018/2019.
Vicerrectorado
competente en materia de
profesorado. Servicio de
Recursos Humanos
C6 Reducciones de jornada En el caso del PDI que tenga concedida una reducción de jornada, la CpDE será la resultante de aplicar el porcentaje
de reducción sobre su CpD.
Vicerrectorado
competente en materia de
profesorado. Servicio de
Recursos Humanos
18
C7 Reducción por
discapacidad
En el caso de que el PDI se vea afectado por una discapacidad reconocida que pueda acreditar, la CpDE se verá
reducida respecto a su CpD de acuerdo con el siguiente criterio:
a) Si la discapacidad es inferior al 33% la reducción será del 0%.
b) Si la discapacidad es superior al 33% e inferior al 49% la reducción será del 12,5%.
c) Si la discapacidad es superior al 49% e inferior al 65% la reducción será del 18,75%.
d) Si la discapacidad es superior al 65% la reducción será del 25%.
Vicerrectorado
competente en materia de
profesorado. Servicio de
Recursos Humanos.
19
Limitaciones/Consideraciones:
Las variaciones de las capacidades recogidas en esta tabla se aplicarán siempre y cuando no haya una
resolución en otro sentido.
Cualquier otra situación de reducción de capacidad vendrá indicada por la resolución correspondiente.
Aquellos casos de PDI para los que concurran varias causas será el Vicerrectorado competente en materia
de profesorado el que decida el procedimiento de aplicación de las reducciones.
Aquellos docentes que accedan a los CDU que tengan reconocidos periodos de actividad investigadora
realizados por la CNEAI y dichos periodos estén activos, y no tengan sexenios, tendrán las siguientes
reducciones de su CpD:
1. Si acceden a una plaza de TU la reducción será de 2.5h/s o de 5h/s, este último caso cuando la
evaluación de su actividad equivale a tres o más sexenios.
2. Si acceden a una plaza de CU la reducción será de 2.5h/s o de 5h/s, este último caso cuando la
evaluación de su actividad equivale a cuatro sexenios.
3. El resto, es decir, que no hayan sometido su primer periodo, o tenga un resultado negativo o
hayan transcurrido más de seis años desde la última evaluación positiva, tendrá una capacidad
(que de acuerdo a la normativa) será de 10h/s.