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Cód. FO-ADQU-128 Formato FO-ADQU-Análisis del Sector Económico Versión. 1 Página 1 de 2 Centro Administrativo Municipal – CAM – Calle 44 No. 52 – 165 Línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144 www.medellin.gov.co Medellín - Colombia ANÁLISIS DEL SECTOR ECONÓMICO PARA CONCURSO PÚBLICO DE ARQUITECTURA DE ANTEPROYECTO DE URBANISMO Y PAISAJISMO CENTRO CÍVICO EN MEDELLIN 1. Análisis del Mercado 1.1. Aspectos generales del Mercado: El Departamento Administrativo de Planeación tiene como misión general definir y configurar el modelo de desarrollo integral para el municipio de Medellín en un entorno regional, nacional e internacional, mediante procesos interactivos de prospectiva, basados en un sistema de información que posibilite la planeación social, económica y física, y la toma de decisiones oportunas que conduzcan a lograr una mejor calidad de vida para sus habitantes. La Subdirección de Planeación Territorial del Departamento Administrativo de Planeación, en su misión contempla direccionar y coordinar los planes estratégicos que permitan proyectar al Municipio a largo plazo, y contribuir en su articulación con el entorno, a niveles local, subregional, regional, nacional e internacional; guiar la estructura organizacional de mediano y largo plazo, que permita adaptarla a los nuevos retos que plantea la transformación de Medellín y la globalización; identificar las tendencias y procesos de cambio en el contexto regional, nacional e internacional que inciden o determinan las condiciones de desarrollo de la ciudad y su población, para que sean incorporadas en la formulación de escenarios de futuro, y proyectos de largo plazo, formulando políticas, programas y proyectos que orienten el accionar de la Administración Municipal, integrando determinantes del desarrollo económico y social con los atributos físico espaciales y las dimensiones ambiental y cultural. Adicionalmente a través del Grupo de Gestión del Suelo, apoya la gestión de los polígonos sujetos a planes parciales, específicamente aquellos que por su importancia en la definición del modelo de ocupación del Plan de Ordenamiento Territorial aún no han iniciado un proceso de formulación. El Municipio de Medellín -Departamento Administrativo de Planeación- ha gestado una serie de proyectos, programas e instrumentos de planificación, gestión y financiación del suelo, con los cuales se promueve el desarrollo en la gestión de los instrumentos complementarios del POT, como un conjunto de acciones y componentes para el fortalecimiento y consolidación de normas existentes que contribuyan al mejoramiento del territorio. La ley 388 de 1997 estableció la necesidad de revisar y ajustar los Planes de Ordenamiento Territorial en periodos de corto, mediano y largo plazo para cada uno de sus componentes. Para el contenido estructural del plan estableció una vigencia de largo

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ANÁLISIS DEL SECTOR ECONÓMICO PARA CONCURSO PÚBLICO DE ARQUITECTURA DE ANTEPROYECTO DE URBANISMO Y PAISAJISMO CENTRO

CÍVICO EN MEDELLIN

1. Análisis del Mercado 1.1. Aspectos generales del Mercado: El Departamento Administrativo de Planeación tiene como misión general definir y configurar el modelo de desarrollo integral para el municipio de Medellín en un entorno regional, nacional e internacional, mediante procesos interactivos de prospectiva, basados en un sistema de información que posibilite la planeación social, económica y física, y la toma de decisiones oportunas que conduzcan a lograr una mejor calidad de vida para sus habitantes. La Subdirección de Planeación Territorial del Departamento Administrativo de Planeación, en su misión contempla direccionar y coordinar los planes estratégicos que permitan proyectar al Municipio a largo plazo, y contribuir en su articulación con el entorno, a niveles local, subregional, regional, nacional e internacional; guiar la estructura organizacional de mediano y largo plazo, que permita adaptarla a los nuevos retos que plantea la transformación de Medellín y la globalización; identificar las tendencias y procesos de cambio en el contexto regional, nacional e internacional que inciden o determinan las condiciones de desarrollo de la ciudad y su población, para que sean incorporadas en la formulación de escenarios de futuro, y proyectos de largo plazo, formulando políticas, programas y proyectos que orienten el accionar de la Administración Municipal, integrando determinantes del desarrollo económico y social con los atributos físico espaciales y las dimensiones ambiental y cultural. Adicionalmente a través del Grupo de Gestión del Suelo, apoya la gestión de los polígonos sujetos a planes parciales, específicamente aquellos que por su importancia en la definición del modelo de ocupación del Plan de Ordenamiento Territorial aún no han iniciado un proceso de formulación. El Municipio de Medellín -Departamento Administrativo de Planeación- ha gestado una serie de proyectos, programas e instrumentos de planificación, gestión y financiación del suelo, con los cuales se promueve el desarrollo en la gestión de los instrumentos complementarios del POT, como un conjunto de acciones y componentes para el fortalecimiento y consolidación de normas existentes que contribuyan al mejoramiento del territorio. La ley 388 de 1997 estableció la necesidad de revisar y ajustar los Planes de Ordenamiento Territorial en periodos de corto, mediano y largo plazo para cada uno de sus componentes. Para el contenido estructural del plan estableció una vigencia de largo

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plazo, que para este efecto se entenderá como mínimo el correspondiente a tres (3) períodos constitucionales de las administraciones municipales, teniendo cuidado que en el momento previsto para su revisión coincida con el inicio de un nuevo período para estas administraciones. Dicha vigencia se cumple con el inicio de la actual administración 2012 - 2015. La ejecución e implementación de los proyectos, programas e instrumentos, así como el ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial, permiten avanzar hacia un territorio, eficiente, equitativo y ordenado, en beneficio de la comunidad en general. Con el propósito de concretar estos objetivos y otros plasmados a nivel de ciudad, El Departamento Administrativo de Planeación, en su Subdirección de Planeación Territorial, tiene el compromiso de liderar la planificación del Municipio de Medellín, a partir de ejercicios de planeación orientados a un desarrollo sostenible, sustentable y equitativo. Dentro de este contexto, el Municipio de Medellín en cumplimiento de sus funciones establecidas por Ley, modificó su Plan de Ordenamiento Territorial, a través del Acuerdo Municipal No. 46 de 2006, definiendo los “Proyectos Estratégicos” de ciudad como medio para la concreción y consolidación del modelo de ciudad. Así mismo, el Departamento Administrativo de Planeación busca redireccionar la planificación de la ciudad a partir de ejercicios de planeación orientados a un desarrollo sostenible, sustentable y equitativo, buscando la articulación del POT con los programas bandera del Plan de Desarrollo Municipal 2012 - 2015 “Medellín un Hogar para la Vida” (adoptado mediante Acuerdo Municipal No.7 de 2012), a partir del diseño de un conjunto de Proyectos Estratégicos que constituyan la base física sobre la cual se permita y promueva el desarrollo de estos proyectos y programas, los cuales se desarrollarán mediante el ejercicio de interacción interdisciplinaria de las siguientes dimensiones, estas son: física-espacial, social, ambiental, jurídica e institucional en todo el territorio municipal. Los planes parciales de renovación y redesarrollo se encuentran ubicados estratégicamente sobre la planicie cercana al río Medellín, como una de las zonas que, por sus características topográficas, ambientales y de infraestructura, presenta mayores posibilidades para el crecimiento urbano, acorde con el modelo de crecimiento hacia adentro establecida en el Acuerdo 46 de 2006 POT. Dentro de este contexto es importante mencionar que la Alcaldía de Medellín en su actual Plan de Desarrollo “Medellín un Hogar para la Vida” propone vincular otros actores al proceso de transformación de la ciudad que en su misión, programas y políticas permiten la planificación de la ciudad de una manera participativa, colectiva para que su ejercicio se perciba en el territorio de una manera integral con la concreción de proyectos de ciudad que contribuyan al equilibrio del desarrollo urbano con una alta calidad urbanística y con equidad. Sin embargo, actualmente, el problema central que enfrentan los proyectos de renovación urbana, es la falta de instrumentos de gestión y planificación que ayuden a detonar proyectos y/o el desarrollo de este tipo de suelo disponible para la construcción y urbanización, manifestado una baja oferta de comercio y servicios y además de vivienda de interés social prioritaria (VISP), de interés social (VIS) y comercial y el déficit de espacio público para el encuentro ciudadano, afectando la calidad de vida de la población.

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Teniendo en cuenta lo anterior, surgen algunos ejercicios puntuales de planificación, los cuales se articulan a procesos y proyectos que se encuentran en desarrollo como son: El ajuste del POT y la formulación de los Macroproyectos para las Áreas de Intervención Estratégica; dentro de estas áreas tenemos proyectos iniciales como el Parque del Rio Medellín formulado a través de concurso público internacional. Con las Áreas de Intervención Estratégica, se formulan macroproyectos que permiten intervenir territorios que requieren de intervenciones para superar los problemas urbanísticos que hoy en día no permiten lograr los niveles deseables de equidad, eficiencia, sostenibilidad y competitividad. De acuerdo con lo anterior, se identifican algunas áreas en la ciudad, que requieren mediante una propuesta de planificación integral (urbanística, ambiental, cultural y de paisaje) que aborde el territorio teniendo en cuenta los diferentes instrumentos de gestión y planificación que puedan ser aplicados con el fin de detonar nuevos desarrollos. Es así como el proceso de ajuste del POT precisa la lectura, análisis y propuesta de los territorios que enmarcan distintas actuaciones, por lo tanto se requiere de un análisis estratégico que contextualice el territorio con el fin de lograr una planificación integral del territorio y no mediante intervenciones puntuales. Dentro de este contexto surgen Macroproyectos, proyectos y programas que requieren estar articulados, tales como Macroproyecto Medellín Río, el Parque del Río Medellín, Plan Medellín Centro, Plan Parcial Bayadera, Plan Parcial de Calle Nueva, el Centro Cívico de la Ciudad, Cerros Tutelares, que requieren de nuevas propuestas y lineamientos que puedan ser incorporados en el proceso de ajuste del POT y adicionalmente propongan proyectos y desarrollos que generen nuevas formas de habitar la ciudad. El Macroproyecto Medellín Río, es una estrategia para la recuperación de suelo en la ciudad, partiendo de la premisa que Medellín actualmente no cuenta con suelos de expansión por lo tanto el río y sus áreas aledañas son determinantes en el modelo de ocupación de la ciudad, y adicionalmente con el objetivo de bajar la presión de la ocupación del borde de la ciudad. Vale mencionar también la importancia de recuperar el Rio Medellín/Aburrá como eje natural estructurante de la ciudad, así como la recuperación y generación del espacio público. El Macroproyecto Medellín Río se divide en tres ámbitos (Norte, Central y Sur), con lo cual el Ámbito Central contiene “subzonas” como es el Plan Medellín Centro, articulado a su vez con el Centro Cívico de la ciudad. Por lo anterior, y de acuerdo con la idea de lograr un proceso de planificación participativo e incluyente, el Municipio de Medellín, mediante el Departamento Administrativo de Planeación propone una serie Concursos que tiene como primera fase el concurso del Parque Río Medellín actualmente en curso, y con una segunda fase con el Concurso Centro Cívico, con la intención de resolver de manera conjunta proyectos estratégicos para la ciudad desde las dimensiones urbanística, ambiental, cultural y de paisaje; en este caso el polígono denominado e identificado para el Concurso como Centro Cívico enmarcado en el Macroproyecto Medellín Río.

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Dentro del contexto anterior, se ve la oportunidad de formular urbanísticamente y a nivel de Plan Maestro, el Centro Cívico Institucional de la Ciudad, más el sistema estructurante e integración de los suelos de renovación de los sectores de la Bayadera y Calle Nueva y articulado con los Cerros Tutelares (Nutibara y Asomadera) con algunos acercamientos en ideas de lo que sería el Parque EPM enmarcado en el Centro Institucional y la UVA del Cerro Nutibara. Lo anterior permitirá la articulación de las zonas definidas dentro del polígono de intervención del concurso con el Proyecto del Parque del Río Medellín. Es importante mencionar que para el ejercicio de planificación intervienen diferentes temas tales como:

Componentes: Medio ambiente, espacio público, movilidad y transporte; Factores: Localización específica de los sectores objeto de planificación, área de

influencia y entorno; Población: Habitantes y comunidad itinerante; Accesibilidad; Equipamientos existentes; Actividad económica del sector; Usos; Proyectos realizados, en ejecución y proyectos futuros; Entre otros temas…

En el marco de lo anteriormente expuesto los actores que se vinculan con esta propuesta son: El Municipio de Medellín, el Instituto para el Desarrollo de Antioquia (IDEA), éste último como operador de los recursos económicos para el Concurso Centro Cívico y la Sociedad Colombiana de Arquitectos (SCA) como el operador del Concurso. Así mismo, es importante indicar en los estudios previos, que los recursos que soportan el presupuesto del Concurso Centro Cívico, se encuentran respaldados en el Contrato Interadministrativo 4600044632 de 2012 celebrado con IDEA, cuyo objeto es "contrato interadministrativo para la administración y ejecución de recursos para formular, revisar y gestionar el plan Parcial de renovación urbana Bayadera de Redesarrollo Plaza de Ferias, de acuerdo a las normativa vigentes

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Las Matrices de Contabilidad Social (MCS) se constituyen en uno de los principales aportes de la economía aplicada. Se presentan como un conjunto coherente, articulado y complejo de procedimientos estadísticos que permiten la medición y el análisis del funcionamiento del sistema económico con miras al diseño y propuesta de políticas. Según encuesta publicada por el DANE en n el trimestre diciembre 2013 – febrero 2014 para la ciudad de Medellín la tasa global de participación fue 59,6%, la tasa de ocupación 53,8% y la tasa de desempleo 9,8%.

Tasa global de participación, de ocupación y de desempleo Medellín - Diciembre 2013 – febrero 2014

A nivel Nacional, según publicación del DANE los subsectores con mayores incrementos en su nivel de ingreso fueron entretenimiento y otros (12,2% anual) y expendio de alimentos son 8,6%; por el contrario, el subsector de actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler registraron el menor crecimiento en lso ingresos que corresponde al 2,3% anual. Así mismo, las posibilidades de intermediación laboral a través de los procesos de consultoría, como es el caso, propician el crecimiento de la Ocupación Laboral, dado que presenta mayores oportunidades para el sector del diseño de la arquitectura, primero porque las entidades públicas en cumplimiento a la normativa contractual vigente les exige la convocatoria pública de este tipo de procesos y segundo porque a nivel nacional según los diferentes medios y participantes del sector de la Arquitectura y acorde con las conclusiones del Foro Urbano Mundial en su versión VII, se está en un alto crecimiento de la planeación y adecuación urbana en las diferentes ciudades del país lo que invita tanto a las entidades públicas como privadas a hacer partícipes de dicha planificación a través del diseño arquitectónico que incluya espacios de participación ciudadana que se encaminen en el mejoramiento de la calidad de vida. 1.2. Perspectiva económica: Hacia futuro se espera que el dinamismo de la tercerización de procesos de negocio continúe. Allí se espera un incremento en sus ingresos operacionales de al menos de un 15% en el 2014, según datos suministrados por la Cámara de Procesos tercerizados dela Andi. Así mismo el reciente desempeño del sector de servicios, sigue creciendo al 5% anual en el

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primer trimestre del 2014, contrarrestando los resultados de sectores tradicionales como el agro y la industria; sin embargo el Estado en cumplimiento a su plan de gobierno debe estar enfocado para que ese dinamismo cada vez se incremente más enfocándose en estrategias para infraestructura de todo tipo, orden público, flexibilización y aumento de la ocupación laboral. Medellín, ha evolucionado con una rica y diversa dinámica urbana, fenómeno que expresa contradicciones y contrastes de la urbanización contemporánea.

El centro de Medellín, es a la vez centralidad regional y metropolitana, núcleo de complejas y múltiples energías colectivas, resultado de flujos sociales, económicos y culturales que como patrimonio colectivo, da testimonio de nuestra historia.

A lo largo de las últimas décadas del siglo veinte, la ciudad avanzo con dinámicas que derivaron en un progresivo deterioro de la calidad urbana del centro, expresado en la salida hacia otras zonas urbanas, de instituciones y servicios urbanos estratégicos, que gradualmente generaron declive económico y social, así como concentración de problemáticas urbanas estructurales.

Factores altamente negativos ambientalmente como los sistemas de transporte públicos, con altas dosis de concentración de servicios de escala metropolitana, impactos en la mala calidad del aire y alto nivel de ruido, actividades informales sobre el espacio público, masivas, contaminantes y altamente deteriorantes, que se suman a aspectos relevantes sobre seguridad urbana, entre otros aspectos, han generado una etapa en que el centro representa para buena parte de nuestra sociedad, una zona poco atractiva.

El actual Plan de Desarrollo 2012-2015 presenta un proyecto ambicioso y estructural proceso de gestión y planeación que incluye el Plan MEDELLÍN Centro, y un amplio conjunto de acciones de gobierno o inversión, como Área de Intervención Estratégica del Plan de Ordenamiento Territorial, que define estrategias, inversiones y proyectos con potencial transformador y dinamizador de la vida pública y el hábitat urbano.

El concurso publico Carrera Bolívar, convoca a los arquitectos, artistas, paisajistas, urbanistas y actores ciudadanos interesados en el futuro de la ciudad, a contribuir con una acción estructurante para la recuperación del centro de Medellín. Los invita a intervenir una de las vías más importantes del centro tradicional, vía que se cruza con espacios públicos emblemáticos de nuestra historia, con edificios patrimoniales de gran valor sobre sus bordes, arquitectura moderna relevante además de agrupar en su entorno universidades, museos, instituciones de gran trascendencia para la ciudad y el país.

Es este concurso un reto para intervenir comprendiendo las dinámicas propias de una centralidad, poniendo orden en la ocupación del espacio, dándole sentido a la arquitectura de los bordes y bajando el impacto del viaducto del Metro con intervenciones artísticas, paisajísticas y lumínicas que pongan a Bolívar en el mapa de las calles emblemáticas del mundo Para el cálculo del presupuesto el sistema de remuneración que se adopta en esta

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consultoría corresponde a lo establecido en el Decreto 2326 de 1995 y a lo que se establezca dentro de los estudios previos.

1.3. Perspectiva internacional: Desde el componente internacional el Decreto 1510 de 2013 y el Decreto Nacional 2326 no indican que el tipo de concurso público nacional de diseño arquitectónico a primera ronda esté cobijado por Acuerdos Internacionales, sin embargo la convocatoria se hace pública y se ciñe por la normativa legal para los participantes extranjeros tal como se exige en el Decreto Nacional 1510 de 2013.

1.4. Perspectiva técnica: Sociedad Colombiana de Arquitectos SCA

El Departamento Administrativo de Planeación DAP en su calidad de Entidad Estatal Promotora, contrato a la SCA Presidencia Nacional, como organismo asesor del concurso, mediante contrato de prestación de servicios profesionales No. 4600053500 de 2014.

La SCA es una corporación civil sin ánimo de lucro de carácter profesional y federativo con cubrimiento nacional porque sus socios son personas jurídicas de carácter regional o seccional -una en cada departamento – que a la vez están integradas por personas naturales cuyo requisito es ser profesional de la arquitectura.

La SCA es una asociación de profesionales de la arquitectura de reconocido prestigio académico y consultivo, nacional e internacional. Fue fundada el 6 de Junio de 1934 y la personería jurídica le fue reconocida mediante resolución Nº 135 de diciembre 19 de 1934 del Ministerio de Justicia. Está debidamente inscrita como entidad consultora en la Cámara de Comercio de Bogotá, su domicilio social.

La SCA tiene el carácter de cuerpo consultivo del Gobierno Nacional, calidad reconocida a través del tiempo por varias normas. Inicialmente por el Decreto presidencial 1782 del 8 de Junio de 1954, posteriormente lo hizo la Ley 103 de 1963, La ley 64 de diciembre de 1978. Esa calidad fue confirmada más tarde por los decretos 2090 de 1989 y 2326 de 1995 y el último reconocimiento normativo está consagrado en la Ley 435 de 1998.

El Estado reconoce institucional y específicamente que “los organismos o entidades… profesionales… que tengan el carácter de cuerpos consultivos del gobierno, prestarán la colaboración que en la actividad contractual requieran las entidades estatales.”

De otra parte la SCA es una autoridad nacional en materia de concursos de arquitectura como lo dispone la ley: “Artículo 9º del Decreto 2326 de 1995, que a la letra dice: “… El Organismo Asesor podrá ser la Sociedad Colombiana de Arquitectos como cuerpo consultivo del Gobierno Nacional y único organismo idóneo que a nivel nacional adelanta este tipo de gestiones.”

A nivel internacional, la SCA es reconocida como la máxima autoridad profesional de la arquitectura en Colombia. Por eso la SCA es miembro de la Unión Internacional de Arquitectos –UIA-, la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos FPAA, y la Reunión de Arquitectos del Grupo Andino RAGA.

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Esta modalidad se presenta como un concurso es público nacional a una ronda, de anteproyecto urbano, paisajístico y arquitectónico para el sector comprendido entre la avenida San Juan y la estación Prado de la línea A del Metro de Medellín. Objetivo del Concurso, consiste en seleccionar el ganador que será presentado a la entidad promotora como consultor para desarrollar las propuestas a nivel de anteproyecto, de plan maestro y acercamiento de ideas en algunas zonas.

Descripción general del proyecto.

El Concurso Público de Centro Cívico, objeto de este contrato, se enmarca dentro del Contrato Interadministrativo 4600044632 de 2012 celebrado con IDEA, y se celebrará el Contrato de Prestación de Servicios profesionales (técnicos y arquitectónicos), sin pluralidad de oferentes, entre el Municipio de Medellín específicamente el Departamento Administrativo de Planeación (DAP) y la Sociedad Colombiana de Arquitectos (SCA), que para el Concurso de Centro Cívico, permitirá realizar y adelantar el proceso de convocatoria pública, elaboración de las bases, y demás actividades que permitan adelantar y desarrollar la formulación y operación del concurso público; así como la adjudicación y presentación de las propuestas y proyectos ganadores.

CONFORMACIÓN Y OBLIGACIONES DEL COMITÉ TÉCNICO Y OPERATIVO: El comité técnico y operativo estará conformado por:

o El Director del Departamento Administrativo de Planeación ó su delegado. o El Director de la Sociedad Colombiana de Arquitectos o su delegado. o El Gerente del IDEA o su delegado.

Como invitados al Comité estarán:

o El Director del Área Metropolitana ó su delegado. o El Gerente de Empresas Públicas ó su delegado. o El Secretario de Cultura Ciudadana ó su delegado. o Un Delegado de la Vice alcaldía de Gestión Territorial. o El Director del Metro de Medellín o su delegado.

OBLIGACIONES DEL COMITÉ TÉCNICO Y OPERATIVO:

o Realizar seguimiento técnico al objeto del contrato y dar lineamientos técnicos acorde con las políticas establecidas por el Municipio de Medellín y que se encuentren alineadas con la estructura de los estudios previos y de los contratos que se firmen.

DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS ESPECIFICOS, ACTIVIDADES Y PRODUCTOS QUE SE PACTARÁN CON EL CONTRATISTA SEGÚN REQUERIMIENTOS Y ALCANCES DEFINIDOS POR CADA ENTIDAD:

Las actividades y productos estarán enfocados en la definición de los lineamientos técnicos, administrativos y financieros para el Concurso de Centro Cívico que permita el buen desarrollo del proceso del concurso y lograr los productos esperados de acuerdo con lo descrito en el alcance, así:

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Necesidades a resolver con el concurso.

Formular urbanísticamente y a nivel de Plan Maestro, el Centro Cívico Institucional de la Ciudad, más el sistema estructurante e integración de los suelos de renovación de los sectores de la Bayadera y Calle Nueva y articulado con los Cerros Tutelares (Nutibara y Asomadera) con algunos acercamientos en ideas de lo que sería el Parque EPM enmarcado en el Centro Institucional y la UVA del Cerro Nutibara. Componente Centro Institucional, Bayadera y Calle Nueva:

Alcance general (componente): Plan Maestro Urbano. Futuro Parque EPM (área correspondiente actualmente a los parqueaderos en

superficie de EPM): Se enmarca en el Plan Maestro del componente general ya mencionado con un acercamiento en ideas en el área específica.

Componente Cerros:

Cerro Nutibara: Alcance Plan Maestro Urbano y de Paisaje. Futura UVA Cerro Nutibara: Se enmarca en el Plan Maestro del Cerro ya

mencionado con un acercamiento en ideas en el área específica. Cerro Asomadera: Plan Maestro de Paisaje.

Polígono de intervención:

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Vale mencionar que para el Concurso Centro Cívico, en concordancia con lo que a los procedimientos de concursos se refiere según lo estipulado por la Sociedad Colombiana de Arquitectos (SCA), consta de tres fases, las cuales se definen a nivel técnico y se reflejan igualmente en el tema presupuestal. Inicialmente se tiene como primera fase la Asesoría de la Sociedad Colombiana de Arquitectos (SCA) como operador del concurso, quién realiza todo el trabajo de coordinación y convocatoria como tal desde su inicio con la publicación de las prebases, hasta la lectura del acta de juzgamiento. Como segunda fase y posterior a conocer los proponentes seleccionados, se realiza por parte de la SCA el pago de los premios: Primer premio - ganador (correspondiente al 30% del valor del contrato a celebrar para el desarrollo del proyecto), segundo y tercero. La tercera fase corresponde a la contratación al ganador, por parte de la (s) entidad (es) interesada (s) para el desarrollo del proyecto ganador. De acuerdo con lo anterior, se aclara que el presente documento hace referencia a la primera y segunda fase con lo cual una vez se tengan los proponentes seleccionados, las entidades interesadas, podrán contratar al ganador según la necesidad y/o interés; por lo tanto la entidad que lo requiera, una vez se tenga ganador de primer premio, puede proceder a la contratación del proponente ganador para el desarrollo de los diseños específicos de las áreas de su interés.

1.5. Perspectiva legal: NORMATIVIDAD DEL CONCURSO

El presente concurso de arquitectura se rige por las siguientes normas técnicas y

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jurídicas, sin que el orden en que se citan signifique preferencia en su aplicación:

Normas Técnicas.

Respecto a las normas técnicas se observa que éste es un concurso de ANTEPROYECTO, el cual en su desarrollo tendrá ajustes y modificaciones, como se señala en los criterios de evaluación de las presentes bases y por lo mismo las normas técnicas de los anteproyectos serán analizadas por el jurado con la elasticidad que permite favorecer el talento y la creatividad en esta etapa inicial.

Las normas técnicas son:

• Acuerdo 46 de 2006. Por el cual se revisa y ajusta e Plan de Ordenamiento Territorial para el municipio de Medellín.

• Decreto 409 de 2007. Por medio del cual se expiden las Normas Específicas para las actuaciones y procesos de urbanización, parcelación y construcción en los suelos urbano, de expansión y rural del municipio de Medellín.

• Decreto 1521 de 2008. Por el cual se modifica el Decreto 409 de 2007, reglamentario de algunas disposiciones del Acuerdo 046 de 2006.

• Ley 361 de 1997; Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación.

• Decreto 1538 de 2005. Accesibilidad: Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 361 de 1997” espacios públicos accesibles.

• Ley 1287 de 2009. Por la cual se adiciona a la Ley 361 de 1997. Bahías de estacionamiento, movilidad reducida y accesibilidad.

• Decreto 092 de 2011. NSR-10

• Ley 527 de 1999. Definición y reglamentación del acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación.

• Las reglas especiales de estas “Bases del Concurso” sus anexos y eventuales adendas.

Normas Jurídicas.

• Ley 80 de 1993. Estatuto general de contratación de la administración pública.

• Normas fiscales: El Estatuto Tributario Nacional: Ley 47 de 1993

• Ley 1150 de 2007. Modificaciones a la ley 80 de 1993 y otras disposiciones aplicables a toda la contratación con recursos públicos.

• Decreto 1510 de 2013: Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública.

• Decreto 1510 de 2013: Artículo 66 y siguientes en lo pertinente a la regulación de los proyectos de arquitectura.

• Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), la Ley 23 de 1982 y la Ley 44 de 1993; sobre Propiedad intelectual y derechos de autor.

• Decreto 2326 de 1995 Por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993 en cuanto a los

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Concursos para la selección de consultores de diseño, planos, anteproyectos y proyectos arquitectónicos, se hace una adición al Decreto 1584 de 1994 y se dictan otras disposiciones. Las normas que en general modifican la Ley 80 de 1993, en especial la Ley 1150 de 2007.

• Ley 435 de 1998. Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y se dicta el Código de Ética Profesional.

• Ley 789 de 2002. Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo, así como sus decretos reglamentarios

• Resolución No 2047 del 6 de octubre de 2009 expedida por el Ministerio de Cultura, sobre tratamiento de la retención en la fuente del impuesto de renta y complementarios en el pago de los premios en los concursos de arquitectura organizados por la SCA.

• Reglamento de concursos de arquitectura de la SCA.

• Reglamento de Honorarios para los trabajos de Arquitectura de la SCA

2. Análisis de la demanda Para el análisis de esta área el Comité de Estructuración Contractual-CEC en el Municipio de Medellín deben tener en cuenta las condiciones en las cuales se ha adquirido en el pasado el bien o servicio. Además como lo han hecho otras Entidades Estatales de similares características. Para el efecto podrá consultar documentos de especificaciones técnicas y modalidades de contratación de otras entidades similares en el SECOP. 2.1. Adquisiciones previas del Municipio de Medellín y/o Histórico de compras o adquisiciones de otras Entidades Estatales y otros consumidores del bien o servicios Las variables, actividades y los precios utilizados para determinar el presupuesto oficial del Operador, fueron obtenidas por la Sociedad Colombiana de Arquitectos (SCA), quien ha desarrollado varios concursos y contratos a nivel nacional e internacional y fueron referentes históricos con los cuales se han construido referentes de precios unitarios para el desarrollo del presente objeto a contratar. Se anexa cuadro en el cual se relacionan algunos de los contratos más representativos ejecutados por parte de la Sociedad Colombiana de Arquitectos (SCA):

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Año Objeto Entidad Promotora Valor del contrato

2009CONCURSO PARA EL ALOJAMIENTO PARA LA SELECICON COLOMBIANA DE

FUTBOL EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ.FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL $ 264.890.944

2010CONCURSO DISEÑO URBANISTICO DE LA AVENIDA DEL BICENTENARIO EN

CARTAGENA

DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL DE

CARTAGENA DE INDIAS $ 417.363.203

2010

CONCURSO PÚBLICO DE PROPUESTAS DE DISEÑO A NIVEL DE

ANTEPROYECTO, PARA SELECCIONAR DISEÑADORES DE DOS (02)

ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS UBICADOS EN LOS MUNICIPIOS DE

VILLAVICENCIO Y TUMACO.

FONADE $ 146.429.873

2010CONCURSO PARA EL DISEÑO ARQUITECTONICO Y URBANO DE LA NUEVA

SEDE DE INVEMAR - SANTA MARTHAINVEMAR $ 341.325.470

2011 CONCURSO RECUPERACIÓN CENTRO HISTÓRICO DE PAMPLONA MINISTERIO DE CULTURA

2011 CONCURSO RECUPERACIÓN CENTRO HISTÓRICO DE TENJO MINISTERIO DE CULTURA

2011 CONCURSO RECUPERACIÓN CENTRO HISTÓRICO DE BUGA MINISTERIO DE CULTURA

2012CONCURSO RECUPERACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE VILLA DEL ROSARIO

NORTE DE SANTANDER "PARQUE GRANCOLOMBIANO"MINISTERIO DE CULTURA $ 276.079.877

2012 CONCURSO PARA EL DISEÑO DE UN PROTOTIPO DE ESCUELA DE MÚSICA MINISTERIO DE CULTURA $ 122.312.932

2012 CONCURSO PARA EL DISEÑO DEL NUEVO VELÓDROMO DE MEDELLÍN INDER $ 157.522.439

2013

EN EJECUCIÓNCONCURSO INTERNACIONAL PARA LA AMPLIACIÓN DEL TEATRO COLÓN MINISTERIO DE CULTURA $ 4.870.871.633

2013

EN EJECUCIÓNCONCURSO INTERNACIONAL PARQUE DEL RIO MEDELLÍN EDU $ 681.740.175

$ 462.718.343

De acuerdo con el Decreto 1510 de 2013, se solicitarán los siguientes indicadores:

o El proponente o todos los miembros del consorcio o unión temporal, deberán estar inscritos así:

o Codificación de bienes y servicios de acuerdo con el código estándar de productos y servicios de Naciones Unidas, V.14.080, con el siguiente código:

UNSPSC 81101500 Clase: Ingeniería civil.

• Si el RUP se encuentra bajo los lineamientos del Decreto 734 de 2012, el proponente, o todos los miembros del consorcio o unión temporal, deberán estar inscritos así:

CIIU Revisión 4.0 para Colombia, así: CLASE 7110: Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica.

NOTA: Para ambos casos, el proponente, persona natural, jurídica y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deben encontrarse inscritos y clasificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio respectiva, en el código, actividad y clase señalados, según sea el caso, de acuerdo con lo establecido en el presente pliego.

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No requiere puntaje específico, es decir puede ser igual a cero (0). Para ser inscrito es indispensable estar inscrito en el RUP en la actividad, especialidad y grupo señalados.

3. Análisis de la oferta Para el análisis de la oferta, el Comité de Estructuración Contractual-CEC debe dar respuesta a las siguientes preguntas: 3.1. ¿Quién vende? Para el caso del concurso público de arquitectura, podrán ser proponentes arquitectos matriculados como personas naturales o jurídicas, nacionales ya sea individualmente, en uniones temporales o consorcios.

3.2. ¿Cuál es la dinámica de producción, distribución y entrega de los bienes y servicios?

El objeto del presente concurso corresponde a: Seleccionar el consultor que elabore de manera detallada el diseño urbano y paisajístico del Centro Cívico

Oportunidad. Relación y articulación del Plan MEDELLÍN Centro con el área objeto del Concurso.

Las actividades y productos estarán enfocados en la definición de los lineamientos técnicos, administrativos y financieros para el Concurso de Centro Cívico que permita el buen desarrollo del proceso del concurso y lograr los productos esperados de acuerdo con lo descrito en el alcance, así:

JUAN CARLOS GOMEZ SUAREZ

Líder de Programa Unidad Administrativa MIGUEL ANGEL GARCÉS P GIRLESA MEJIA MEJIA Jurídica Logística

mayo 20 de 2014 DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO