Barchietto - Rol Del Psicólogo Forense en Las Declaraciones de Niños

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Rol del psicólogo en su intervención en mecanismos procesales de recepción de testimonios en casos de ASI

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  • CUADERNOS DE MEDICINA FORENSE AO 4 N 2 (7-10)

    ROL DEL PSICLOGO FORENSE EN LAS DECLARACIONES DE NIOS Y

    ADOLESCENTES VCTIMAS EN EL FUERO PENAL LEY N 25.852.

    LA PSICOLOGA FORENSE,EL MENOR VCTIMA Y SU TESTIMONIO

    Ana Mara Barchietto *

    * Psicloga del Servicio de Psicologadel Cuerpo Mdico Forense de la Jus-ticia Nacional.

    La Ley N 25.852 incorporan-do el art. 250 bis y 250 ter alCPPN introduce un cambio en

    Este peculiar objeto, el testimoniode un menor, guarda una relacincoherente con el objeto general dela Psicologa Forense que es laaprehensin, exploracin y diagns-tico de los fenmenos psicolgicosrelacionados con los hechosenjuiciables, materia de Justicia. Elrelato de un nio o adolescente esun hecho discursivo y como tal, laexpresin de fenmenos psicolgi-cos que son coherentes con unaestructura subjetiva, por lo tanto,puede ser objeto de una evaluacincientfica con los procedimientos ytcnicas diseadas al respecto.

    A travs del Testimonio se preten-de establecer los hechos y en basea los hechos se toman las decisio-nes judiciales. Por lo tanto, la en-trevista psicolgica de Declaracin,que es la novedad legislativa, esel mtodo ms importante paraestablecer lo sucedido. Esta entre-vista de declaracin es de esen-cial importancia en los casos deabuso sexual infantil por la dismi-nucin en muchos casos de otraevidencia forense.

    Esta entrevista psicolgica-forense,realizada por especialistas, tienecomo objeto recoger la mayor can-tidad de informacin sin sesgar lasrespuestas del nio y tiene comoobjetivo explorar y establecer lasvariables singulares relativas a lasituacin abusiva padecida.

    Llas entrevistas de declaracionestestimoniales de los menores vc-timas de delitos sexuales y lesio-nes, as como tambin modifica elrol de perito del psiclogo forenseen la administracin de Justicia.

    Sabemos que nuestra prctica deperitos es la resultante de dos co-ordenadas, la demanda social, re-presentada por la norma legislati-va y la respuesta epistemolgicade la ciencia psicolgica.

    La norma legislativa establece ensu texto un lugar, un rol y un objetode estudio para el psiclogo; ellaes la fuente legtima de nuestroaccionar. Esta Ley representa undesafo para la Psicologa Forenseque debe realizar similar recorrido,determinando la particularidad dellugar, del rol como as tambin delobjeto de estudio.

    El objeto de estudio propuesto esel Testimonio de un nio o adoles-cente, de hechos, conductas abu-sivas sexuales y/o lesiones queseala haber padecido, el cual de-signa un nuevo lugar institucional,cumpliendo en l un rol singular,adaptado a las necesidades de laadministracin de Justicia y de lasociedad.

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    Es de suma importancia que lospsiclogos interesados en el cam-po de la Psicologa del Testimoniose preparen para la utilizacin delos procedimientos de entrevistasa menores, porque slo siguiendocorrectamente el procedimientopodemos estar seguros que la in-formacin es vlida. La utilizacindel procedimiento de la entrevistagarantiza la no interferencia delentrevistador y la determinacin delos aspectos centrales del testimo-nio, que comprende la exploracinexhaustiva del tipo de agresinsexual, la naturaleza de la mismay su severidad, el uso de violenciaconcomitante, el tipo de agresor,la eclosin de la situacin abusivaen funcin del contexto y personasinvolucradas en el descubrimiento,como as tambin la demora entrelos hechos y la denuncia y la de-mora entre la eclosin y la denun-cia. En la entrevista tambin seobservan y se ponderan los cam-bios disfuncionales en la conduc-ta del menor, los indicadores ver-bales y no verbales, atribuibles alos hechos objeto de la denuncia.Todo esto aprovechando al mxi-mo las capacidades del nio y ob-tener as la informacin ms rica yprecisa.

    Esta exploracin se realiza en elmarco intersubjetivo de una entre-vista psicolgica, con una dinmi-ca relacional en juego propia de laentrevista clnica y cuya conduccinpor el profesional psiclogo esesencial.

    Es impor tante sealar el ejenovedoso para los dos participan-tes de la misma.

    Respecto al nio, me refiero a laconcrecin a travs de la normalegislativa, de la defensa de losderechos del nio. Es necesariotener en cuenta la construccin

    histrica del concepto de Infanciay que en esta era nos encontramoscon la novedad histrica del NioCiudadano, del nio en la Ley, comosujeto de Derecho y de derechos,que quiere decir que merece la pro-teccin integral porque se encuen-tra en condiciones especiales dedesarrollo.

    La ley N 25.852 es coherente enel cumplimiento de los derechosfundamentales. Porque el concep-to de nio ciudadano es lo opues-to al concepto de nio vctima, porlo que este ltimo merece formasespeciales de proteccin. El con-cepto de vctima conlleva la anula-cin de la subjetividad, nos sealaun ser en peligro, un ser adjetivado.El lenguaje lo designa: nos referi-mos a l como el nio abusado, elnio maltratado.

    En mi praxis como psiclogaforense en el Fuero Civil, con com-petencia en Familia y desde la san-cin de la Ley 25852, en el FueroPenal, he comprobado el estado deindefensin de los nios que vivenuna situacin judicial. Esto no estdado por las acciones y voluntadesindividuales de las personas queocupan distintos cargos en la ins-titucin judicial, que procuran portodos los medios posibles, amorti-guar los efectos perjudiciales de lasituacin que vive el nio, sino queel estado de indefensin est dadoporque, es contrario esencialmen-te a la naturaleza del nio, la ubi-cacin de protagonismo negativoque le fue otorgado por la accinde los adultos.

    Adhiero a la frase del psiclogofrancs Henry Walln, que en suobra La evolucin psicolgica delnio expresa: El nio slo sabevivir su infancia. Es decir que cual-quier situacin que lo aleje de esevivir espontneo, de sus capacida-

  • La psicologa forense, el menor vctima y su testimonio 9

    des en construccin supone unobstculo, una alteracin en sudesarrollo vital.

    La ley, estableciendo que profesio-nales psiclogos sean los especia-listas en la toma de las declara-ciones de los nios y adolescen-tes vctimas, trata de reducir almnimo las consecuencias negati-vas para el menor de la revelacindel abuso sufrido.

    En referencia al rol, novedoso, delpsiclogo forense en la entrevistade declaracin, as como existenconvergencias y tensiones entre losprofesionales del Derecho, tambinexisten entre los profesionalespsiclogos.

    Algunas prestigiosas voces hansealado que el rol asignado porla ley es un rol confuso, que el psi-clogo forense corre el riesgo deconvertirse en un interrogador, con-fundiendo nuestro lugar profesio-nal con el del abogado o con el delpolica. Tambin es controvertidodesde la psicologa la exploracinexhaustiva de la objetividad de loshechos sealados por los nios yadolescentes. Desde estos puntosde vista se considera un retrocesoy no una conquista profesional elnuevo rol profesional asignado. Almomento de escribir el presenteartculo y por la experiencia recogi-da, se me ocurren dos respuestas:

    En primer lugar el psiclogo forensedesarrolla su prctica en una insti-tucin y como tal tiene que ajustarsus procedimientos y tcnicas alobjetivo de dicha institucin. No esla naturaleza de los fenmenos queestudiamos, en este caso el testi-monio de nios y adolescentes, loque invalida nuestra accin sino elCOMO respondemos a esta deman-da, el cmo lo realizamos, lametodologa empleada y sobre

    todo lo que subyace a cualquieraccin concreta, la posicin subje-tiva del que acta, su actitud y con-viccin clnica y su formacin clni-ca forense. Es decir siempre elpsiclogo acta como tal, realicela accin que realice.

    En cuanto a la aparente contradic-cin de datos objetivos y datossubjetivos. Esta es una falacia.Siempre nuestro objeto de estudioes la subjetividad humana en don-de sta se despliegue. El testimo-nio de un nio expresa una reali-dad subjetiva, lo que relata es unaobjetividad perdida. Pero en su re-lato hay seales, signos, indicado-res expresivos y objetivos que de-bemos aprehender con los proce-dimientos cientficos congruentesa este objeto de estudio. Nuestratarea es conducir el espacio inter-subjetivo para crear las condicio-nes apropiadas para que se pro-duzca el hecho de discurso. Lospsiclogos siempre estamos enrelacin a la palabra, al discurso,ya sea en el sistema de signos delhabla o en relacin a otro sistemade signos, dado por los conos, sm-bolos y seales que nos proponeel lenguaje de los tests.

    Debemos sostener la palabra delnio o adolescente dnde ella seproduzca, en este caso en la en-trevista de declaracin. Para ellotenemos que apropiarnos de nues-tro propio discurso y conocer losprocedimientos adecuados paraaprehender y diagnosticar los fe-nmenos psicolgicos que se ex-presan en el discurso. Aqu incor-poramos todo el conocimiento dela clnica psicopatolgica, ms losaportes de la lingstica estructu-ral pero tambin se hace impres-cindible contar con mtodos nue-vos en el mbito forense para eva-luar si dicha declaracin presentaindicadores de verosimilitud, es

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    decir si tiene aspectos, contenidosy signos que se corresponden conexperiencias reales, vividas.

    Los procedimientos clnicosforenses en relacin a la evalua-cin psicolgica de la credibilidaddel testimonio cubren una ampliagama de construcciones tericase intervenciones que constituyenla especialidad, dentro de la Psi-cologa Forense, de la Psicologadel Testimonio.

    Las principales lneas de investiga-cin y modelos tericos desarrolla-dos en la temtica son los siguien-tes:

    La escuela alemana, que es pio-nera en los estudios sobre el testi-monio y la intervencin de los psi-clogos en el tema, con el Dr.Undeustch, en el ao 1957, y lasinvestigaciones y sistematizacinlograda por Steller y Khnken enlas dcadas de 1960 y 1970. Lostrabajos de Steller produjeron unnotable impacto en los EstadosUnidos surgiendo una escuelaamericana de Psicologa del Testi-monio, entre los cuales se handestacado Raskin y Espln en lasdcadas de 1980 y 1990. Ambasescuelas produjeron el Anlisis dela validez de las declaraciones(SVA) y su instrumento central, elAnlisis de Contenidos basado enCriterios (CBCA), cuya aplicacinest siendo instrumentada en elanlisis y evaluacin de las decla-raciones de los nios y adolescen-tes vctimas en el Servicio de Psi-cologa del Cuerpo Mdico Forensede la Justicia Nacional.

    Los desarrollos citados centran suinstrumento en el anlisis y eva-luacin del lenguaje y la memoria,adems de incorporar, por supues-to otros recursos psicolgicos. Unhecho singular que todas las inves-

    tigaciones sealan es la preemi-nencia en el anlisis del testimo-nio, del contenido verbal, es decirel discurso del sujeto, sobre el va-lor otorgado a la imagen.

    Entonces, debemos atender a laspalabras, lo que ellas nos dicen ylo que ellas nos ocultan. La subje-tividad son voces, slo tenemosque aprender y saber escuchar elmensaje.

    BIBLIOGRAFA

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