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Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid Número 46 25 de febrero de 2016 X Legislatura S U M A R I O Página 1. TEXTOS APROBADOS 1.3 RESOLUCIONES DE PLENO ─ Resolución Núm. 14/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, sobre la Moción 3/2016 RGEP.1490, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, sobre política general del Gobierno en relación a la Cañada Real Galiana. ............................................................... 5059 ─ Resolución Núm. 15/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 103(X)/2015 RGEP.6234, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno Regional a solicitar al Consorcio Regional de Transportes el cambio de la zona tarifaria B3 del casco urbano de Humanes de Madrid, Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos a la zona B2. ............................................. 5059 ─ Resolución Núm. 16/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 20/2016 RGEP.1124, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid acuerda: 1.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a dirigirse al Gobierno Central, a los Ministerios afectados y a la SEPI, por todos los cauces y con todas las actuaciones posibles, a fin de impedir la ejecución del mencionado PDC en el Grupo TRAGSA. 2.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que se dirija al Gobierno de España para que apremie a la dirección del Grupo TRAGSA la apertura inmediata de una Mesa de diálogo con la representación legal de los trabajadores, que permita plantear un nuevo plan empresarial dirigido a incrementar la capacidad de producción y empleo del grupo público empresarial. 3.- Solicitar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que inste al Gobierno de España a la readmisión de los 555 despedidos hasta la fecha tanto en TRAGSA como en cualquiera de las empresas gestionadas por la SEPI. . ............................................................ 5060

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Boletín Oficial

de la

Asamblea de Madrid

Número 46 25 de febrero de 2016 X Legislatura

S U M A R I O

Página

1. TEXTOS APROBADOS 1.3 RESOLUCIONES DE PLENO ─ Resolución Núm. 14/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, sobre la Moción 3/2016 RGEP.1490, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, sobre política general del Gobierno en relación a la Cañada Real Galiana. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5059 ─ Resolución Núm. 15/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 103(X)/2015 RGEP.6234, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno Regional a solicitar al Consorcio Regional de Transportes el cambio de la zona tarifaria B3 del casco urbano de Humanes de Madrid, Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos a la zona B2. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5059 ─ Resolución Núm. 16/2016 del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 20/2016 RGEP.1124, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid acuerda: 1.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a dirigirse al Gobierno Central, a los Ministerios afectados y a la SEPI, por todos los cauces y con todas las actuaciones posibles, a fin de impedir la ejecución del mencionado PDC en el Grupo TRAGSA. 2.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que se dirija al Gobierno de España para que apremie a la dirección del Grupo TRAGSA la apertura inmediata de una Mesa de diálogo con la representación legal de los trabajadores, que permita plantear un nuevo plan empresarial dirigido a incrementar la capacidad de producción y empleo del grupo público empresarial. 3.- Solicitar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que inste al Gobierno de España a la readmisión de los 555 despedidos hasta la fecha tanto en TRAGSA como en cualquiera de las empresas gestionadas por la SEPI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5060

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1.4 RESOLUCIONES DE COMISIÓN ─ Resolución Núm. 3/2016 de la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que adopte urgentemente las medidas necesarias para que se resuelvan, a la mayor brevedad posible, todos los procesos selectivos pendientes del proceso extraordinario de Consolidación de Empleo que se citan en la Exposición de Motivos de esta resolución. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5060

2. TEXTOS EN TRAMITACIÓN 2.2 PROPOSICIONES DE LEY ─ PROP.L-4(X)/2015 RGEP.3856. Dictamen de la Comisión de Políticas Sociales y Familia, sobre la Proposición de Ley 4(X)/2015 RGEP.3856, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5061-5113 ─ PROP.L-6(X)/2015 RGEP.4709. Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, presentadas al articulado de la Proposición de Ley 6(X)/2015 RGEP.4709, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . 5113-5109 ─ PROP.L-6(X)/2015 RGEP.4709. Enmiendas del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, presentadas al articulado de la Proposición de Ley 6(X)/2015 RGEP.4709, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5109-5098 ─ PROP.L-6(X)/2015 RGEP.4709. Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular, presentadas al articulado de la Proposición de Ley 6(X)/2015 RGEP.4709, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . 5098-5117

2.4 PROPOSICIONES NO DE LEY ─ PNL-33/2016 RGEP.1517. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1.- Que la Dirección General de Familia y Menor estructure los Centros de Atención Residencial para Menores Extranjeros no Acompañados, denominados CACYS, tal y como se diseñaron en 2009. Este diseño debe contar con los elementos que se especifican en el escrito para dar una atención educativa adecuada a los menores extranjeros no acompañados de la Comunidad de Madrid. 2.- Promover el acogimiento familiar de menores extranjeros no acompañados en todos aquellos casos que su perfil así lo recomiende, tras finalizar el Proyecto Educativo Individual en el Proyecto CACYS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5117-5119 ─ PNL-35/2016 RGEP.1581. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno Regional a que lleve a cabo el proyecto de ejecución de un acceso subterráneo para peatones y vehículos al Hospital Infanta Leonor, desde la calle Enrique García Álvarez, en el plazo de 3 meses, y que las obras se inicien durante el presente año. Para su tramitación ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5119

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─ PNL-37/2016 RGEP.1603. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno Regional a elaborar un plan específico de atención a los afectados por la enfermedad rara del Síndrome de Williams, en colaboración con el Gobierno de España, en el marco de sus competencias, que incluya al menos los aspectos que se relacionan en el escrito. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5119-5121

─ PNL-38/2016 RGEP.1604. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta a la Cámara de Cuentas la fiscalización o auditoría de las cuentas correspondientes a los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2013, 2014 y 2015 del Ayuntamiento de Navalcarnero, acordando comunicar al Ayuntamiento de Navalcarnero la resolución adoptada por la Cámara tras el debate de esta Proposición No de Ley. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5121-5122

─ PNL-39/2016 RGEP.1622. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a constituir la extensión actual de Rivas como Escuela Oficial de Idiomas con entidad propia, de manera que esté operativa para el curso 2016-2017, para ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos de Rivas y su entorno. Para su tramitación ante la Comisión de Educación y Deporte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5122-5123

─ PNL-40/2016 RGEP.1680. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1.- La elaboración, por parte de los servicios técnicos de la Consejería competente, de un Protocolo único de atención en todas las residencias, tanto de gestión directa, como indirecta o contratadas, de obligado cumplimiento que también tendrán que cumplir las residencias privadas que opten a algún tipo de concierto o contrato con la Consejería de Políticas Sociales y Familia para la gestión de plazas públicas. 2.- La puesta en marcha de un modelo de atención que sea viable. 3.- La aplicación, como mínimo, de las ratios establecidas para personal en el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la autonomía y Atención para la Dependencia. 4.- La elaboración de un protocolo de atención y coordinación con la red pública sanitaria que de garantía a la atención continua a nuestros dependientes, y cuestiones conexas. . . . . . . . . . . . . . . . 5123-5125

2.5 MOCIONES ─ M-4/2016 RGEP.1721. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, subsiguiente a Interpelación 6/2016 RGEP.813, sobre políticas para prevenir y combatir el acoso escolar en los centros educativos de la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5125-5127

2.7 PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA 2.7.1 PREGUNTAS QUE SE FORMULAN ─ PE-67/2016 RGEP.1568. Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta en qué mes tiene previsto la Consejería de Educación, Juventud y Deporte presentar el anteproyecto de la Ley del espacio madrileño de educación superior. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5127

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2.7.3 TRANSFORMACIÓN DE PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA Transformación de Preguntas para Respuesta Escrita en Peticiones de Información

─ PI-641/2016 RGEP.1571 (Transformada de PE-68/2016 RGEP.1571). De la Diputada Sra. Gallizo Llamas, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: el que fuera liquidador de la Sociedad Campus de la Justicia, D. Miguel Ángel Fernández Calvo, manifestó en su comparecencia que trabajaba en la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno; en relación con lo anterior, se pregunta qué puesto ocupa u ocupaba D. Miguel Ángel Fernández Calvo en la plantilla del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por quién fue contratado y cuáles han sido sus retribuciones. . . . . . . . . . . . . . . . 5128

2.7.4 RESPUESTA A PREGUNTAS FORMULADAS ─ PE-39(X)/2015 RGEP.3170. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: estado actual de tramitación del expediente de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto para la instalación de crematorio y ampliación de sepulturas en el cementerio municipal de Valdemoro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5128 ─ PE-45(X)/2015 RGEP.3327. Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: planes que tiene la Consejería de Políticas Sociales y Familia para la construcción de una nueva residencia de mayores de media y larga estancia en Villaviciosa de Odón. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5129 ─ PE-59(X)/2015 RGEP.3472. De la Diputada Sra. Delgado Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: motivo por el que la Comunidad de Madrid ha excluido a los colectivos de padres y madres de niños transexuales, Chrysallis y la Fundación Daniela, a la vez que a la asociación El Hombre Transexual, de la reunión mantenida con la Presidenta del Gobierno para la entrega del borrador del Anteproyecto de Ley Integral de Identidad de Género. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5129 ─ PE-61(X)/2015 RGEP.3662. Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: previsión de puesta en marcha de las actuaciones pendientes del Plan PRISMA para Miraflores de la Sierra por un importe total de 2.027.121,71 euros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5129 ─ PE-62(X)/2015 RGEP.3663. Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: plazos en que estarán finalizadas cada una de las actuaciones pendientes de llevar a cabo por el Gobierno Regional correspondientes al Plan PRISMA para Miraflores de la Sierra. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5130 ─ PE-64(X)/2015 RGEP.3693. Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo va a afrontar el Gobierno Regional la financiación de las mancomunidades de servicios sociales cuando se vean minorados sus ingresos en las aportaciones que hasta ahora recibían de los ayuntamientos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5130 ─ PE-204(X)/2015 RGEP.3784 (Transformada de PCOP-118(X)/2015 RGEP.3784). Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cuándo piensa reabrir la Consejería de Educación los Colegios de Infantil Verbena y Valle Inclán, así como el segundo ciclo de infantil de la E.I. Lope de Vega, en el municipio de Leganés. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5130-5131

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─ PE-216(X)/2015 RGEP.4210 (Transformada de PCOP-169(X)/2015 RGEP.4210). De la Diputada Sra. González González, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que piensa adoptar el Gobierno de la Comunidad de Madrid para garantizar la libre concurrencia en los procesos de contratación en la Consejería de Políticas Sociales y Familia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5131

─ PE-218(X)/2015 RGEP.4554 (Transformada de PCOP-175(X)/2015 RGEP.4554). De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace el Gobierno Regional sobre su política para hacer frente a las dificultades de las familias monoparentales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5131

─ PE-221(X)/2015 RGEP.4559 (Transformada de PCOP-180(X)/2015 RGEP.4559). De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: política que va a desarrollar el Gobierno Regional para combatir la trata de mujeres con fines de explotación sexual. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5131-5132

─ PE-222(X)/2015 RGEP.4673 (Transformada de PCOP-182(X)/2015 RGEP.4673). De la Diputada Sra. Salazar-Alonso Revuelta, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que está tomando el Gobierno de la Comunidad de Madrid en relación al acoso escolar en los centros educativos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5132

─ PE-238(X)/2015 RGEP.2708 (Transformada de PCOC-6(X)/2015 RGEP.2708). Del Diputado Sr. Reyero Zubiri, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si tienen previsto algún plan para facilitar el pago de suministros de los usuarios de los pisos tutelados de la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5132

─ PE-252(X)/2015 RGEP.3303 (Transformada de PCOC-50(X)/2015 RGEP.3303). Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: planes de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte para la atención educativa integral de los potenciales refugiados por la crisis migratoria que lleguen a la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5132-5133

─ PE-257(X)/2015 RGEP.3436 (Transformada de PCOC-76(X)/2015 RGEP.3436). Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si puede explicar la Consejería de Educación, Juventud y Deporte cómo tiene organizada la supervisión de los libros de texto a la que viene obligada por el Real Decreto 1744/1998. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5133

─ PE-295(X)/2015 RGEP.4290 (Transformada de PCOC-187(X)/2015 RGEP.4290). Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si podría informar la Consejería de Educación, Juventud y Deporte cuándo va a abonar de oficio a los docentes interinos los trienios del territorio MEC y de otras Comunidades, así como los sexenios de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio, sobre equiparación expresa de derechos y condiciones de trabajo entre trabajadores fijos y temporales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5133-5134

─ PE-296(X)/2015 RGEP.4291 (Transformada de PCOC-188(X)/2015 RGEP.4291). Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si podría informar la Consejería de Educación, Juventud y Deporte cuándo va a abonar a las universidades madrileñas la compensación por la bajada de tasas universitarias de un 10% aprobada para el curso 2015-2016. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5134

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─ PE-297(X)/2015 RGEP.4292 (Transformada de PCOC-189(X)/2015 RGEP.4292). Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: principios legales y pedagógicos que se están siguiendo en la contratación de profesorado interino de filosofía dentro de la convocatoria por resolución del 22 de septiembre, BOCM 25-09-15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5134

─ PE-298(X)/2015 RGEP.4295 (Transformada de PCOC-191(X)/2015 RGEP.4295). De la Diputada Sra. Andaluz Andaluz, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: intención que tiene su Consejería respecto al profesorado interino en relación al Decreto 42/2013. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5134-5135

─ PE-301(X)/2015 RGEP.4401 (Transformada de PCOC-212(X)/2015 RGEP.4401). De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace la Consejería de Educación, Juventud y Deporte respecto al aumento del paro en menores de 25 años de la Comunidad de Madrid producido en el tercer trimestre de 2015, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). . . . . . . . . . . . . . . . . 5135

─ PE-302(X)/2015 RGEP.4414 (Transformada de PCOC-214(X)/2015 RGEP.4414). Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: política futura, incluyendo las misiones y dotaciones presupuestarias, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte con respecto a los centros de personas adultas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5135

─ PE-305(X)/2015 RGEP.4430 (Transformada de PCOC-218(X)/2015 RGEP.4430). Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: mecanismos de planificación, control y seguimiento de la reforestación en la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5135-5136

─ PE-306(X)/2015 RGEP.4432 (Transformada de PCOC-220(X)/2015 RGEP.4432). Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: mecanismos de control, gestión y seguimiento de los datos estadísticos de residuos en la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5136

─ PE-308(X)/2015 RGEP.4434 (Transformada de PCOC-222(X)/2015 RGEP.4434). Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: situación en que encuentra la Estrategia de Residuos Regional 2016-2026 de la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5137

─ PE-311(X)/2015 RGEP.4487 (Transformada de PCOC-228(X)/2015 RGEP.4487). De la Diputada Sra. Casares Díaz, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si va a proceder el equipo de Gobierno a dar cobertura de transporte escolar a través de las rutas escolares a todos los alumnos del IES (Sapere Aude). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5137

─ PE-312(X)/2015 RGEP.4488 (Transformada de PCOC-229(X)/2015 RGEP.4488). De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si tiene previsto el Gobierno Regional volver a crear el Consejo de la Juventud. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5137

─ PE-325(X)/2015 RGEP.4855 (Transformada de PCOC-278(X)/2015 RGEP.4855). Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta por qué existen graveras que pueden perforar por debajo del freático a pesar de la normativa ambiental, cuando ello está afectando al caudal ecológico que marca la Unión Europea. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5137-5138

─ PE-326(X)/2015 RGEP.4856 (Transformada de PCOC-279(X)/2015 RGEP.4856). De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: estado en que se encuentra la Laguna de Aceite de Arganda del Rey. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5138

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─ PE-327(X)/2015 RGEP.4860 (Transformada de PCOC-280(X)/2015 RGEP.4860). Del Diputado Sr. Camargo Fernández, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si en los próximos pliegos de condiciones para la renovación de la gestión indirecta de residencias, va a continuar el Gobierno de la Comunidad de Madrid aplicando como criterio preferente el de la "oferta más baja". . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5138-5139

─ PE-332(X)/2015 RGEP.5281 (Transformada de PCOC-288(X)/2015 RGEP.5281). Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que piensa tomar el Consejo de Gobierno ante las noticias que confirman que el Lince Ibérico vive en la ZEC de los ríos Alberche y Cofio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5139

─ PE-356(X)/2015 RGEP.5796 (Transformada de PCOC-328(X)/2015 RGEP.5796). Del Diputado Sr. Camargo Fernández, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración de la Consejería sobre la situación de la Residencia y Centro de Día pública, de gestión privada Mirasierra. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5139

─ PE-360(X)/2015 RGEP.6027 (Transformada de PCOC-341(X)/2015 RGEP.6027). De la Diputada Sra. García D'Atri, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: pasos que se han dado para la nueva Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5139-5140

─ PE-1/2016 RGEP.26. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cuándo tiene previsto el Gobierno de la Comunidad poner en marcha la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5140

─ PE-4/2016 RGEP.121. De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cuándo tiene previsto el Gobierno Regional de la Comunidad de Madrid hacer frente a la deuda relativa a ayudas y subvenciones a la rehabilitación de viviendas y a la instalación de ascensores de los planes anteriores a 2012, del municipio de San Fernando de Henares. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5140-5141

─ PE-5/2016 RGEP.126. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si tiene previsto la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras la modificación del recorrido de la línea N-805 para dar un servicio más frecuente al Barrio de Los Molinos de Getafe. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5141

3. TEXTOS RECHAZADOS

3.4 PROPOSICIONES NO DE LEY

─ PNL-16/2016 RGEP.835. Acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, por el que se rechaza la Proposición No de Ley 16/2016 RGEP.835, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a que adopte las siguientes medidas: Impulsar, con la participación de los interlocutores sociales, un Plan de control contra los abusos laborales en la Comunidad de Madrid que movilice los recursos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de manera prioritaria hacia la inspección y la sanción de aquellas conductas fraudulentas que vulneran los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, bajo las fórmulas de los falsos contratos temporales, a tiempo parcial, los falsos autónomos, los falsos becarios y becarias, y las horas extraordinarias no sometidas al régimen legal, con las especificaciones que se citan en el escrito. La Asamblea de Madrid insta al Gobierno 5141

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de la Comunidad a dirigirse al Gobierno de España para que se adopten las siguientes iniciativas, en el ámbito de sus competencias: Derogar la desregulación del trabajo a tiempo parcial contenida en la Ley 3/2012 y a la reforma llevada a cabo por el Real Decreto-Ley 16/2013. Adoptar, previo diálogo con los interlocutores sociales, una regulación del tiempo de trabajo, incluido el trabajo a tiempo parcial, que permita recuperar el equilibrio en las relaciones laborales individuales y colectivas y la racionalización en su organización, en atención a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador, así como a las necesidades productivas de la empresa. Promover la incorporación en la negociación colectiva y en particular en el marco de los acuerdos intersectoriales de contenidos y medidas relacionadas con la racionalización de las jornadas laborales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4. TEXTOS RETIRADOS

4.4 PROPOSICIONES NO DE LEY

─ PNL-18/2016 RGEP.945. Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de fecha 22 de febrero de 2016, por el que, a petición del Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, se declara la retirada definitiva de la Proposición No de Ley 18/2016 RGEP.945, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que inste al Ministerio de Fomento, para que en un plazo no superior a seis meses, las estaciones de las líneas C-2 y C-7 de Cercanías y muy especialmente las estaciones de Alcalá de Henares Central, Alcalá Universidad y San Fernando de Henares, sean accesibles y se proceda a la eliminación de sus barreras arquitectónicas. . . . . . . . . . . . . . . . 5142

5. ACTIVIDAD PARLAMENTARIA

5.1 COMPARECENCIAS

5.1.1 COMPARECENCIAS ANTE EL PLENO ─ C-170/2016 RGEP.1511. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras ante el Pleno, con el siguiente objeto: motivos por los que se va a cerrar al completo la Línea 1 de Metro de Madrid para acometer obras en ella. (Por vía art. 208 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5142

─ C-171/2016 RGEP.1512. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras ante el Pleno, con el siguiente objeto: obras proyectadas en la Línea 1 de Metro de Madrid. (Por vía art. 208 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5143

─ C-181/2016 RGEP.1583. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Políticas Sociales y Familia ante el Pleno, con el siguiente objeto: tipo de recursos humanos y físicos con que cuenta la Residencia Maternal Norte. (Por vía art. 208 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5143

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5.1.2 COMPARECENCIAS ANTE LAS COMISIONES ─ C-166/2016 RGEP.1462. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Representante del Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat (GREFA), ante la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto: trabajos para la recuperación, investigación y rehabilitación de fauna, la cría en cautividad de especies amenazadas, la conservación de espacios naturales y la educación y sensibilización ambiental. (Por vía art. 211 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5143-5144 ─ C-168/2016 RGEP.1483. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Director General de Agricultura y Ganadería ante la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto: relación de pagos a los ganaderos con cargo a las ayudas a la ganadería de las PAC 2015. (Por vía art. 210 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5144 ─ C-169/2016 RGEP.1499. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Alipio Gutiérrez Sánchez, Director de Informativos de Telemadrid, ante la Comisión de Control del Ente Público Radio Televisión Madrid, con el siguiente objeto: planes con los que encara su nueva etapa en la cadena. (Por vía art. 211 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5144 ─ C-172/2016 RGEP.1513. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero-Delegado de Metro de Madrid ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: obras proyectadas en la Línea 1 de Metro de Madrid. (Por vía art. 221 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5145

─ C-176/2016 RGEP.1549. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: planes de actuación en el mantenimiento de la Línea 1 de Metro de Madrid.(Por vía art. 209 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5145

─ C-178/2016 RGEP.1570. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Miguel Giménez de Córdoba Fernández Pintado, que fue Consejero Delegado y Director General de la Sociedad "Campus de la Justicia", ante la Comisión de Estudio sobre la auditoría del endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: declaración prestada el 28-05-09 en las dependencias de la Brigada Provincial de Policía Judicial, UDYCO, en relación a diversos contratos de seguridad suscritos por la sociedad Campus de la Justicia. (Por vía art. 211 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5145-5146 ─ C-179/2016 RGEP.1572. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio ante la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto: situación actual de las Lagunas de Velilla de San Antonio. (Por vía art. 209 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5146 ─ C-180/2016 RGEP.1580. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Director-Gerente del Consorcio Regional de Transportes ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: acciones tomadas tras el informe de la Cámara de Cuentas del año 2012 que afecta al organismo y relación de municipios que adeudan cantidades al mismo. (Por vía art. 221 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5146

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─ C-183/2016 RGEP.1628. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. José Oreja Sánchez, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5146-5147 ─ C-184/2016 RGEP.1629. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Antonio Coronado Martínez, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5147 ─ C-185/2016 RGEP.1630. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. José Manuel Pinto Serrano, Técnico de la D. G. de Seguridad de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5147 ─ C-186/2016 RGEP.1631. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Sergio Gamón Serrano, ex-Director de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5147-5148 ─ C-187/2016 RGEP.1632. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Yolanda Laviana Díaz, ex-Secretaria de Dña. Esperanza Aguirre y del Director General del Ente Público de Radio Televisión Madrid, D. Manuel Soriano, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5148 ─ C-188/2016 RGEP.1633. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Miguel Castaño Grande, ex-Subdirector de Seguridad de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5148 ─ C-189/2016 RGEP.1634. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Enrique Barón Castaño, ex-Director General de Seguridad de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5149 ─ C-190/2016 RGEP.1635. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Marcos Peña Díaz, ex-Asesor de Seguridad del Consejero de Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5149

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─ C-191/2016 RGEP.1636. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Francisco José Granados Lerena, ex-Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5149 ─ C-192/2016 RGEP.1637. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Alfredo Prada Presa, ex-Vicepresidente y ex-Consejero de Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5150 ─ C-193/2016 RGEP.1638. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Manuel Cobo Vega, ex-Vicealcalde de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5150 ─ C-194/2016 RGEP.1639. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. José Palomo Gallego, ex-Asesor de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5150-5151 ─ C-195/2016 RGEP.1640. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Roberto Casielles Casielles, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5151 ─ C-196/2016 RGEP.1641. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Belén Espartero Rodríguez, ex-Asesora de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5151 ─ C-197/2016 RGEP.1642. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. José Manuel Rodríguez González, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justica e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5151-5152 ─ C-198/2016 RGEP.1644. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. Consejero de Sanidad ante la Comisión de Sanidad, con el siguiente objeto: planes de su Consejería en relación con la construcción de nuevos centros de atención primaria y la reforma de los actualmente existentes, de acuerdo con la dotación presupuestaria prevista para 2016. (Por vía art. 209 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5152

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─ C-199/2016 RGEP.1647. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Francisco Marco Fernández, como Director General de Método 3, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5152 ─ C-200/2016 RGEP.1648. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Juan José Pedraza Arranz, Técnico del Departamento de Dirección de Obra de INNCIVE, ante la Comisión de Estudio sobre la auditoría del endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: contratos relacionados con obra CR-061-07, segundo anillo, tramo quinto, ramal nudo de Majadahonda-Arteria de Retamares. (Por vía art. 211 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5153 ─ C-203/2016 RGEP.1651. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Manuel Jiménez Torrico, Responsable de Obra CR-061-07, segundo anillo, tramo quinto, ramal nudo Majadahonda, ante la Comisión de Estudio sobre la auditoría del endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: participación en la señalada obra. (Por vía art. 211 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5153 ─ C-205/2016 RGEP.1653. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Héctor Casado, Director General de Madrid Network entre 2007 y 2015, ante la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: actividades, objetivos y resultados de sus actividades. (Por vía art. 211 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5153-5154 ─ C-206/2016 RGEP.1654. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Alfredo Prada, ex-Consejero de Justicia, Presidencia e Interior y presunto espiado, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5154 ─ C-207/2016 RGEP.1655. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Carmen Rodríguez Flores, Diputada Regional del PP en las Legislaturas VI, VII y VIII y presunta espiada, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5154 ─ C-209/2016 RGEP.1657. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Ignacio González González, ex-Presidente de la Comunidad de Madrid y Vicepresidente del Gobierno Regional al momento de la realización de la anterior Comisión de Investigación sobre el tema a tratar, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: espionaje político realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5154-5155 ─ C-210/2016 RGEP.1658. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Ildefonso de Miguel, Gerente del Canal de Isabel II hasta 2009, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5155

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─ C-211/2016 RGEP.1659. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Yolanda Laviana, ex-secretaria personal de D. Manuel Soriano y ex-mujer de D. Sergio Gamón, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: espionaje político realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5155

─ C-212/2016 RGEP.1662. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Miguel Castaño, ex-Subdirector General de Seguridad de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5156

─ C-213/2016 RGEP.1663. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Manuel Cobo, ex-Vicealcalde del Ayuntamiento de Madrid y presunto espiado, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5156

─ C-215/2016 RGEP.1665. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia de la Sra. Dña. Esperanza Aguirre, ex-Presidenta de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5156-5157

─ C-216/2016 RGEP.1666. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Francisco Granados, ex-Consejero de Justicia, Presidencia e Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5157

─ C-217/2016 RGEP.1667. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. José Oreja Sánchez, que fue imputado en el proceso judicial relativo al caso de espionaje, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5157

─ C-218/2016 RGEP.1668. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Luis Caro Vinagre, cabo de la Guardia Civil al momento de los hechos y que fue imputado en el proceso judicial relativo al caso de espionaje, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5157-5158

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─ C-219/2016 RGEP.1669. Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Sergio Gamón, ex-Director del Área de Seguridad de la Consejería de Justicia, Presidencia e Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5158 ─ C-220/2016 RGEP.1681. Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia del Sr. D. Gonzalo Aguado, D. G. de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, ante la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones, con el siguiente objeto: contratos con la empresa IELCO adjudicados por la Consejería los últimos dos años. (Por vía art. 210 RAM). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5158

5.2 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL

5.2.1 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL EN PLENO ─ PCOP-126/2016 RGEP.1495. De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si puede explicar cuál es la actual política del Gobierno Regional en materia de planificación familiar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5159

─ PCOP-127/2016 RGEP.1496. De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo valora el Gobierno Regional el acceso de la juventud a la información sobre salud sexual y anticonceptivos en la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5159

─ PCOP-128/2016 RGEP.1507. De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: motivos por los que se ha decidido cerrar en su totalidad la Línea 1 de Metro de Madrid para llevar a cabo las obras proyectadas en dicha línea. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5159-5160

─ PCOP-129/2016 RGEP.1508. De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que se van a adoptar para que las obras previstas en la Línea 1 de Metro de Madrid no interfieran en la movilidad de la ciudad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5160

─ PCOP-130/2016 RGEP.1525. De la Diputada Sra. Salazar-Alonso Revuelta, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: papel que ha tenido la Consejería de Educación en relación al proyecto de un reality show de la productora Shine Iberia. . . . . . . . . . . . . . . . . . 5160

─ PCOP-131/2016 RGEP.1540. Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: grado de compromiso del Gobierno de la Comunidad de Madrid con garantizar los fondos necesarios para la reapertura del Colegio Mayor Universitario San Juan Evangelista. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5160-5161

─ PCOP-132/2016 RGEP.1541. Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: modelo de financiación de las universidades públicas que pretende desarrollar el Gobierno de la Comunidad de Madrid en la futura Ley del espacio madrileño de educación superior. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5161

─ PCOP-133/2016 RGEP.1542. Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que va a llevar a cabo la Consejería de Educación, Juventud y Deporte para combatir la precariedad del profesorado no permanente de las universidades públicas madrileñas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5161

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─ PCOP-134/2016 RGEP.1582. De la Diputada Sra. Ardid Jiménez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: alternativa que plantea el Gobierno de la Comunidad de Madrid a la Asociación Amejhor ante el inminente derribo del local que ocupan en la UVA de Hortaleza. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5161-5162 ─ PCOP-135/2016 RGEP.1660. De la Diputada Sra. Espinosa de la Llave, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo valora el Gobierno de la Comunidad de Madrid la gestión de la explotación de la Plaza de Toros de Las Ventas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5162 ─ PCOP-136/2016 RGEP.1673. De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración que hace el Gobierno sobre el número de abortos que se practican en la Red Pública de Hospitales de la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . 5162 ─ PCOP-137/2016 RGEP.1703. Del Diputado Sr. López Rodrigo, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si va a dar la Agencia Social de la Vivienda una alternativa a la Asociación Amejhor cuando derriben el local en el que desarrollan su acción social en el distrito de Hortaleza. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5162-5163 ─ PCOP-138/2016 RGEP.1731. De la Diputada Sra. Sevillano de las Heras, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: opciones que está contemplando el Gobierno Regional sobre la renovación de los convenios de las Bescam. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5163

5.2.2 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL EN COMISIÓN ─ PCOC-243/2016 RGEP.1480. De la Diputada Sra. Andaluz Andaluz, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Educación y Deporte, con el siguiente objeto: criterios que se han aplicado en las adscripciones directas del alumnado de los CEIP a los IES de referencia teniendo en cuenta la opinión de las familias para sus hijas e hijos según sus necesidades, libre elección de centro, proximidad, etc. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5163 ─ PCOC-244/2016 RGEP.1481. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo va a articular la participación de los Ayuntamientos en el desarrollo de los Programas Operativos Regionales FSE y FEDER 2014-2020 para la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5164 ─ PCOC-245/2016 RGEP.1482. De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, con el siguiente objeto: actuaciones que va a realizar para poner en marcha los proyectos de los Programas Operativos Regionales FSE y FEDER 2014-2020 para la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5164 ─ PCOC-246/2016 RGEP.1509. De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: medidas que se van a adoptar para que las obras previstas en la Línea 1 de Metro de Madrid no interfieran en la movilidad de la ciudad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . 5164 ─ PCOC-247/2016 RGEP.1510. De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: motivos por los que se ha decidido cerrar en su totalidad la Línea 1 de Metro de Madrid para llevar a cabo las obras proyectadas en dicha línea. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5165

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─ PCOC-248/2016 RGEP.1521. De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Cultura y Turismo, con el siguiente objeto: se pregunta si desde la Dirección General de Turismo están ayudando a los municipios de la Comunidad de Madrid a potenciar proyectos de infraestructuras turísticas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5165 ─ PCOC-250/2016 RGEP.1523. De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Cultura y Turismo, con el siguiente objeto: se pregunta si se plantean algún tipo de fusión o coordinación de todos los espacios de congresos o recintos feriales, junto con el Ayuntamiento de Madrid, para que la oferta sea variada en las distintas capacidades comerciales y atractiva para las empresas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5165 ─ PCOC-251/2016 RGEP.1550. De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Cultura y Turismo, con el siguiente objeto: Plan Estratégico desde la Dirección General de Turismo con la partida presupuestaria destinada a la Asociación Turismo Madrid para el 2016. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5166 ─ PCOC-252/2016 RGEP.1594. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, con el siguiente objeto: respuesta que ha remitido o tiene previsto remitir el Gobierno de la Comunidad de Madrid a la demanda formulada desde diversos ayuntamientos instando a la Comunidad al cumplimiento del convenio sobre seguridad suscrito entre ambas Instituciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5166 ─ PCOC-253/2016 RGEP.1599. Del Diputado Sr. Gómez-Chamorro Torres, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Políticas Sociales y Familia, con el siguiente objeto: valoración que hace el Consejo de Gobierno sobre el incidente ocurrido con un residente, el viernes 29-01-16, en el Centro de atención a personas mayores dependientes de la residencia y centro de día "Moscatelares" de San Sebastián de los Reyes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5166 ─ PCOC-254/2016 RGEP.1645. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Sanidad, con el siguiente objeto: situación de la lista de espera de las técnicas de reproducción asistida en los hospitales del SERMAS y medidas que plantean para reducirla. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5167 ─ PCOC-255/2016 RGEP.1678. Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones, con el siguiente objeto: mecanismos de análisis y seguimiento de las noticias en prensa, radio, televisión e Internet para la Oficina de Comunicación del Gobierno de la Comunicad de Madrid (Expte. A/SER-038939/2015). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5167 ─ PCOC-256/2016 RGEP.1682. De la Diputada Sra. González Pastor, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: avances que ha realizado este Gobierno en materia de transparencia de los contratos menores. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5167

5.3 PETICIONES DE INFORMACIÓN

─ PI-502/2016 RGEP.1463. De la Diputada Sra. Mena Romero, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: lista de proyectos presentados por el Ayuntamiento de Humanes de Madrid dentro del Plan Activa Sur. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5168

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─ PI-503/2016 RGEP.1464. De la Diputada Sra. Mena Romero, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: inventario de polígonos industriales del municipio de Humanes de Madrid que conste en la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda. . . . . . . . . . . . . . . . . . 5168

─ PI-505/2016 RGEP.1501. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital Universitario La Paz y en los centros de especialidades que de él dependen en 2014, desagregada por: centros, especialidades y municipios de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en formato electrónico de hoja de cálculo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5168

─ PI-506/2016 RGEP.1502. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital Universitario La Paz y en los centros de especialidades que de él dependen en 2015, desagregada por: centros, especialidades y municipios de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en formato electrónico de hoja de cálculo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5168

─ PI-507/2016 RGEP.1503. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital Universitario La Paz y en los centros de especialidades que de él dependen en 2013, desagregada por: centros, especialidades y municipios de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en formato electrónico de hoja de cálculo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5168

─ PI-508/2016 RGEP.1504. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital del Sureste en 2013, desagregada por: especialidades y municipio de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en formato electrónico de hoja de cálculo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5168

─ PI-509/2016 RGEP.1505. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital del Sureste en 2014, desagregada por: especialidades y municipio de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solita la información en formato electrónico de hoja de cálculo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169

─ PI-510/2016 RGEP.1506. Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital del Sureste en 2015, desagregada por: especialidades y municipio de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en formato electrónico de hoja de cálculo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169

─ PI-511/2016 RGEP.1526. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: remanente que tiene reconocido a fecha actual el Ayuntamiento de El Atazar del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . 5169

─ PI-512/2016 RGEP.1527. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: procedimiento que se ha seguido en la adjudicación de obras del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015 en el municipio de El Atazar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169

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─ PI-514/2016 RGEP.1529. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: presupuesto final que tenían cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169 ─ PI-515/2016 RGEP.1530. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: plazo de ejecución que tenía cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169 ─ PI-516/2016 RGEP.1531. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: organismo contratante al que le correspondió cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169 ─ PI-517/2016 RGEP.1532. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: obras que se han ejecutado en El Atazar con cargo al programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169 ─ PI-518/2016 RGEP.1533. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: grado de ejecución a fecha actual del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015, en el municipio de El Atazar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5169 ─ PI-519/2016 RGEP.1534. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: grado de cumplimiento del plazo de ejecución que existe en cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170 ─ PI-520/2016 RGEP.1535. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: empresas que han ejecutado cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170 ─ PI-521/2016 RGEP.1536. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: cantidades que se han destinado a obras dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015 en el municipio de El Atazar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170 ─ PI-522/2016 RGEP.1537. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: cantidades que se han destinado a financiación del gasto corriente dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015, en el municipio de El Atazar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170 ─ PI-523/2016 RGEP.1538. De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: cantidad económica total que le ha sido adjudicada al municipio de El Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170 ─ PI-526/2016 RGEP.1573. Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: información de la Lista de Espera Diagnóstica a fecha 31-01-16, del Centro de Especialidades María Ángeles López Gómez, desagregada por: (1) pruebas diagnósticas de imagen (TAC, RNM, Ecografía, Ecocardiograma, PET) y (2) primeras consultas por especialidades. Se solicita expresamente que esta información sea remitida en formato electrónico de hoja de cálculo, reutilizable por el usuario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170

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─ PI-527/2016 RGEP.1574. Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: información de la Lista de Espera Diagnóstica a fecha 31-01-16, del Hospital Universitario Severo Ochoa, de Leganés, desagregada por: (1) pruebas diagnósticas de imagen (TAC, RNM, Ecografía, Ecocardiograma, PET) y (2) primeras consultas por especialidades. Se solicita expresamente que esta información sea remitida en formato electrónico de hoja de cálculo, reutilizable por el usuario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170 ─ PI-529/2016 RGEP.1576. De la Diputada Sra. Ardid Jiménez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia del expediente completo del contrato de gestión del CRAS (Centro de Recuperación de Animales Silvestres), adjudicado en 2014 a TRACANI, S.A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5170

─ PI-530/2016 RGEP.1577. De la Diputada Sra. García D'Atri, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: actas del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid desde su creación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171

─ PI-531/2016 RGEP.1578. Del Diputado Sr. Vicente Viondi, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: estadística de ingresos y reingresos por código de enfermedad en el Hospital Infanta Leonor desde el año 2011 hasta 2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171 ─ PI-532/2016 RGEP.1579. Del Diputado Sr. Vicente Viondi, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia del Plan Especial Sur Valdebernardo API 19.01 donde se encuentra el Hospital Infanta Leonor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171 ─ PI-533/2016 RGEP.1595. Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia, a ser posible en formato digital, del contrato de adjudicación de los servicios de gestión y explotación de las instalaciones deportivas Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, tercer depósito. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171 ─ PI-534/2016 RGEP.1596. Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de convenios, protocolos y adendas existentes y firmados entre la Comunidad de Madrid y la Junta de Castilla y León, a fecha 31-01-16. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171

─ PI-535/2016 RGEP.1597. Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de convenios, protocolos y adendas existentes y firmados entre la Comunidad de Madrid y la Junta de Castilla La Mancha, a fecha 31-01-16. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171

─ PI-536/2016 RGEP.1606. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Organigrama funcional de la fundación Arpegio de los años 2007-2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171 ─ PI-537/2016 RGEP.1607. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Organigrama funcional de la Empresa Pública Arpegio, S.A. de los años 2007-2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171 ─ PI-538/2016 RGEP.1608. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Organigrama funcional de la Empresa Pública Nuevo Arpegio, S.A. de los años 2007-2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5171 ─ PI-539/2016 RGEP.1609. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Cargos específicos cubiertos mediante el procedimiento de libre designación en la Fundación Arpegio, incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172

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─ PI-540/2016 RGEP.1610. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores eventuales en la empresa pública Arpegio, S.A., incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172 ─ PI-541/2016 RGEP.1611. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores eventuales en la empresa pública Nuevo Arpegio, S.A., incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172 ─ PI-542/2016 RGEP.1612. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores eventuales en la Fundación Arpegio, incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172 ─ PI-543/2016 RGEP.1613. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Cargos específicos cubiertos mediante el procedimiento de libre designación en la empresa pública Arpegio, incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172 ─ PI-544/2016 RGEP.1614. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Cargos específicos cubiertos mediante el procedimiento de libre designación en la empresa pública Nuevo Arpegio, incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172 ─ PI-546/2016 RGEP.1616. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores en la empresa pública Nuevo Arpegio en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172 ─ PI-547/2016 RGEP.1617. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores en la Fundación Arpegio en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5172 ─ PI-548/2016 RGEP.1618. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Relación de trabajadores, sean estos funcionarios, laborales o de libre designación de la Dirección General de Seguridad Ciudadana desde el 1-01-07 al 1-01-10. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173 ─ PI-549/2016 RGEP.1619. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Contenidos y funciones del Área de Seguridad dentro de la Dirección General de Seguridad entre el 1-01-07 al 1-01-10. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173 ─ PI-550/2016 RGEP.1620. De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al Gobierno, con el siguiente objeto: Relación de los contratos de seguridad suscritos por todas y cada una de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y de las Empresas Públicas, Organismos Públicos vinculadas a las mismas, (indicando adjudicatario, fecha de adjudicación, cuantía, prórrogas y finalización del contrato), entre el 1-01-07 al 1-01-10. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173

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─ PI-551/2016 RGEP.1623. Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: programación de las actuaciones previstas (construcción, ampliación, mejora o rehabilitación) en infraestructuras educativas en el año 2016, indicando, además de sus características, las previsiones de cantidad invertida, fecha de licitación, fecha de inicio y fecha de finalización. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173

─ PI-552/2016 RGEP.1624. Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: cuantificación y relación de denuncias por acoso escolar realizadas ante diversos órganos de la Comunidad de Madrid, aportando información relevante que no afecte a la privacidad de los individuos, como puede ser el centro donde se encontraba escolarizado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173

─ PI-553/2016 RGEP.1625. Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de autorizaciones, junto con su fecha de concesión, según el artículo 86 de la Ley Orgánica 6/2001 y el RD 420/2015, concedidas por la Comunidad Autónoma de Madrid para la impartición de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos, certificados o diplomas de educación superior universitaria, con arreglo a sistemas educativos extranjeros, adjuntando copia de la certificación expedida al efecto por la representación acreditada en España del país de origen, así como la copia del informe del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación sobre la conveniencia de la misma. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173

─ PI-554/2016 RGEP.1661. De la Diputada Sra. Espinosa de la Llave, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia completa del informe sobre la creación de la escuela de tauromaquia aprobado en el Consejo de Gobierno de 16-02-16. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173

─ PI-555/2016 RGEP.1672. Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: expediente del contrato adjudicado para la gestión del call center del Canal de Isabel II en el año 2009. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5173

─ PI-556/2016 RGEP.1674. Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia de los contratos adjudicados y subvenciones concedidas por la Comunidad de Madrid a la empresa Secuencia Pixels, S.L. durante los años 2005, 2006, 2007 y 2008. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5174

─ PI-557/2016 RGEP.1675. Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia de los contratos y adjudicaciones de licencias adjudicados por la Comunidad de Madrid a la empresa Centanor Spain, S.L. durante los años 2005, 2006, 2007 y 2008. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5174

─ PI-558/2016 RGEP.1676. Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de órganos de participación de la Confederación Hidrográfica del Tajo en los que ha participado la Comunidad de Madrid o Canal de Isabel II, con indicación de objeto de la reunión, fecha y responsable de la Comunidad que asistió. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5174

─ PI-559/2016 RGEP.1677. Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de observaciones y sugerencias planteadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid al Proyecto del Plan Hidrológico del Tajo 2016-2021. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5174

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7. OTROS DOCUMENTOS 7.4 RÉGIMEN INTERIOR ─ Resolución núm. 7/2016 de la Presidencia de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo número 333, "Jefe de la Sección de Gestión de Ocupaciones de Página Web y Comisiones Permanentes Legislativas", número 104, "Administrativo de la Secretaría General", turno de tarde y número 191, "Administrativo de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral" de la Asamblea de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5174-5175 ─ Resolución núm. 8/2016 de la Presidencia de la Asamblea de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2016, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión del puesto de trabajo número 230, "Conductor de Presidencia" de la Asamblea de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . 5176 ─ Resolución de la Secretaría General de la Asamblea de Madrid, de fecha 22 de febrero de 2016, por la que se autoriza a D. Fernando Balairón Pérez, Técnico adjunto a la Intervención de la Asamblea de Madrid, el desempeño, por suplencia, de las funciones de Interventor, desde el día 22 de febrero de 2016 hasta la reincorporación del titular. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5176-5177

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1. TEXTOS APROBADOS

1.3 RESOLUCIONES DE PLENO

──── RESOLUCIÓN NÚM. 14/2016 ────

DEL PLENO DE LA ASAMBLEA, SOBRE MOCIÓN 3/2016 RGEP.1490

El Pleno de la Asamblea de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de febrero de 2016,

previo debate de la Moción 3/2016 RGEP.1490, del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, aprobó la

siguiente:

RESOLUCIÓN

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a promover en el

plazo de 3 meses la firma de un Pacto regional para impulsar una solución a la Cañada Real Galiana.

El Pacto regional recogerá tanto los objetivos incluidos en el Acuerdo Marco Social firmado

entre la Comunidad de Madrid y el resto de administraciones como las nuevas propuestas que se

alcancen bajo el diálogo y el consenso con todos los implicados: asociaciones de vecinos de la Cañada

Real, entidades que trabajan en la zona y Ayuntamientos afectados, Madrid, Rivas y Coslada.

El Pacto será presentado y debatido en la Asamblea para su posterior firma por los máximos

representantes a nivel regional de los partidos presentes en la Asamblea. En dicho Pacto se invitará a

la adhesión de Ayuntamientos y Delegación de Gobierno.

El Pacto contendrá objetivos, propuestas y compromiso presupuestario. Asimismo,

establecerá un modelo de gobernanza que garantice la transparencia de los trabajos que se desarrollen

y sirva para coordinar y controlar su avance.

Sede de la Asamblea, 18 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── RESOLUCIÓN NÚM. 15/2016 ────

DEL PLENO DE LA ASAMBLEA, SOBRE PROPOSICIÓN NO DE LEY 103(X)/2015 RGEP.6234

El Pleno de la Asamblea de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de febrero de 2016,

previo debate de la Proposición No de Ley 103(X)/2015 RGEP.6234, del Grupo Parlamentario

Socialista, aprobó la siguiente:

RESOLUCIÓN

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno Regional a solicitar al Consorcio Regional de

Transportes el cambio de la zona tarifaria B3 del casco urbano de Humanes de Madrid, Moraleja de

Enmedio y Arroyomolinos a la zona B2.

Sede de la Asamblea, 18 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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──── RESOLUCIÓN NÚM. 16/2016 ────

DEL PLENO DE LA ASAMBLEA, SOBRE PROPOSICIÓN NO DE LEY 20/2016 RGEP.1124

El Pleno de la Asamblea de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de febrero de 2016,

previo debate de la Proposición No de Ley 20/2016 RGEP.1124, del Grupo Parlamentario Socialista,

aprobó la siguiente:

RESOLUCIÓN

La Asamblea de Madrid acuerda:

1.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a dirigirse al Gobierno central, a los

Ministerios afectados y a la SEPI, por todos los cauces y con todas las actuaciones posibles, a fin de

impedir la ejecución del mencionado PDC en el Grupo TRAGSA.

2.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que se dirija al Gobierno de España

para que apremie a la dirección del Grupo TRAGSA la apertura inmediata de una mesa de diálogo

con la representación legal de los trabajadores, que permita plantear un nuevo plan empresarial

dirigido a incrementar la capacidad de producción y empleo del grupo público empresarial.

3.- Solicitar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que inste al Gobierno de España a la

readmisión de los 555 despedidos hasta la fecha tanto en TRAGSA como en cualquiera de las

empresas gestionadas por la SEPI.

Sede de la Asamblea, 18 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

1.4 RESOLUCIONES DE COMISIÓN

──── RESOLUCIÓN NÚM. 3/2016 ────

DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO, SOBRE

PROPOSICIÓN NO DE LEY 6/2016 RGEP.500

La Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en sesión ordinaria celebrada

el día 16 de febrero de 2016, previo debate y votación de la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500,

del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, adoptó la siguiente:

RESOLUCIÓN

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que adopte

urgentemente las medidas necesarias para que se resuelvan, a la mayor brevedad posible, todos los

procesos selectivos pendientes del proceso extraordinario de Consolidación de Empleo que se citan en

la Exposición de Motivos de esta resolución.

Sede de la Asamblea, 16 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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2. TEXTOS EN TRAMITACIÓN

2.2 PROPOSICIONES DE LEY

──── DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA, SOBRE LA

PROPOSICIÓN DE LEY 4(X)/2015 RGEP.3856, DE IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO E

IGUALDAD SOCIAL Y NO DISCRIMINACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID ────

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, ha acordado

calificar y admitir a trámite el Dictamen de la Comisión de Políticas Sociales y Familia, sobre la

Proposición de Ley 4(X)/2015 RGEP.3856, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no

Discriminación de la Comunidad de Madrid, a tenor de lo previsto en el artículo 146 del Reglamento

de la Asamblea, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA, SOBRE LA

PROPOSICIÓN DE LEY 4(X)/2015 RGEP.3856, DE IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO E

IGUALDAD SOCIAL Y NO DISCRIMINACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La transexualidad es un fenómeno presente en todas las culturas de la humanidad y en todo

tiempo histórico. Los estudios científicos de todo orden nos enseñan que las manifestaciones de

identidad de género del ser humano son variadas y que cada cultura hace su propia interpretación de

este fenómeno. Las respuestas que las distintas sociedades han dado a esta realidad humana han sido

muy diversas a lo largo del tiempo y en las distintas geografías de nuestro mundo. Algunas

sociedades han aceptado en su seno una realidad de género no estrictamente binaria y han articulado

mecanismos sociales y leyes que promueven la integración de las personas trans en la sociedad. Otras,

por desgracia, han manifestado diversos grados de rechazo y represión de las expresiones de

identidad de género provocando graves violaciones de los derechos humanos de las personas trans.

La definición del sexo-género de una persona va mucho más allá de la apreciación visual de

sus órganos genitales externos en el momento del nacimiento, y –como estableció el Tribunal Europeo

de Derechos Humanos, tras una decisión adoptada por unanimidad, en dos importantes sentencias de

2002– no es un concepto puramente biológico, sino, sobre todo, psicosocial.

En la persona imperan las características psicológicas que configuran su forma de ser y se ha

de otorgar soberanía a la voluntad humana sobre cualquier otra consideración física. La libre

determinación del género de cada persona ha de ser afirmada como un derecho humano fundamental,

parte inescindible de su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Las personas trans en nuestra sociedad han protagonizado una larga lucha para conseguir

desarrollarse socialmente en el género al que sienten pertenecer. Las dificultades que se encuentran en

este proceso son incontables y de toda índole, y el sufrimiento que provocan es considerable. Es

necesario por tanto crear un marco normativo que facilite este proceso, permitiendo la progresiva

adaptación de la persona y el desarrollo completo de sus potencialidades humanas. En palabras de

Ban Ki Moon en el histórico discurso de 2012 sobre la igualdad de las personas gais, lesbianas y

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transexuales en Naciones Unidas, "como hombres y mujeres de conciencia, rechazamos la

discriminación en general y en particular la discriminación basada en la orientación sexual y la

identidad de género. (...) donde existan tensiones entre las actitudes culturales y los derechos

humanos universales, los derechos deben prevalecer".

Sin embargo, el proceso de reconocimiento de la identidad de género en la sociedad occidental

está lejos de concluir. En los países de tradición judeo cristiana y buena parte de los de tradición

islámica, la identidad de género fue asociada a la homosexualidad y por tanto proscrita, primero como

transgresión de la norma religiosa y como violación de las normas penales después. No es, sino hasta

el siglo XX cuando se comienza a hablar de transexualidad en términos médicos, por efecto de los

escritos de los profesores, Magnus Hirschfeld y David Oliver Cauldwell que establecieron las

categorías de travestidos y transexuales sobre las que posteriormente Harry Benjamin diseñó sus

diagnósticos iniciales de transexualidad y finalmente, de trastorno de disforia de género. Desde

entonces, si bien se abandonó progresivamente la criminalización de la conducta, han sido términos

médicos los que han calificado a las personas trans como afectadas por una enfermedad o trastorno.

Durante cerca de setenta años la transexualidad ha figurado como enfermedad en los

principales manuales de diagnóstico y en las principales clasificaciones de enfermedades como la

Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-IO) de la Organización Mundial de la Salud o el

Manual de diagnóstico de enfermedades psiquiátricas DMS-R de la American Psychiatric Association

(APA) bajo los calificativos de «trastorno de la identidad sexual» o «desorden de la identidad de

género» cuyo diagnóstico médico asociado era la "disforia de género". Al igual que con la

homosexualidad, ha hecho falta un largo camino para que autoridades médicas, asociaciones

científicas y profesionales reconsideraran esta clasificación médica en sus bases científicas, valoraran

los componentes de prejuicio que la componen y el efecto estigmatizador de dichas clasificaciones.

Recientemente, la propia APA ha retirado su diagnóstico de trastorno de la identidad de género y son

muchas las voces que abogan en los terrenos científicos y sociales por la definitiva despatologización

de la transexualidad y por la consideración de la misma como una más de las manifestaciones de la

diversidad sexual del ser humano, ya que aunque la APA lo ha retirado como trastorno de la

identidad de género sigue permaneciendo en el mismo manual de trastornos con el epígrafe de

"disforia de género".

En este proceso de reconocimiento se han dado ya muchos pasos a nivel global, europeo y

nacional, al convertir el tratamiento de la identidad de género en cuestión de Derechos humanos.

Las normas internacionales sobre derechos humanos consagran como principios básicos la

igualdad y la no discriminación. El artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos

establece la afirmación inequívoca de que "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad

y derechos". El art. 2 de la misma Declaración afirma posteriormente que, "toda persona tiene todos

los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo,

idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición

económica, nacimiento o cualquier otra condición". Mandato que la propia ONU ha declarado que

implica el derecho a la igualdad de trato ante la ley y el derecho a ser protegido contra la

discriminación por diversos motivos, entre ellos la orientación sexual y la identidad de género.

En el año 2006, se redactan los principios de Yogyakarta, sobre la aplicación del derecho

internacional de los derechos humanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género.

Contiene 29 principios y recomendaciones adicionales, que partiendo de la declaración universal de

los derechos humanos, declaración y programa de acción de Viena y otros tratados de derechos

humanos, marcan estándares básicos para que las Naciones Unidas y los Estados avancen en la

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garantía de los derechos humanos de las personas LGTBI, puesto que en numerosos países los

derechos humanos son negados a personas con motivo de su orientación sexual, identidad y expresión

de género.

En el año 2011, se adopta la Resolución 17/19 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU

bajo la rúbrica "Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género", siendo la primera

resolución de las Naciones Unidas que versa de forma expresa sobre la igualdad, la no discriminación

y la protección de los derechos de todas las personas cualquiera sea su orientación sexual, expresión e

identidad de género y que condena formalmente cualquier acto de violencia o discriminación en

cualquier parte del mundo. Su aprobación abrió el camino al primer informe oficial de las Naciones

Unidas sobre ese tema, preparado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para

los Derechos Humanos, denominado «Leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia

cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género», y al reciente informe

«Nacidos libres e iguales: Orientación sexual e identidad de género en las normas internacionales de

derechos humanos».

En el ámbito de la Unión Europea, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea

establece que "la Unión está fundada sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad

humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad". Y prohíbe de forma expresa en el artículo 21 toda

discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales,

características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo,

pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.

Sobre esta base la Unión Europea ha construido un sólido cuerpo de normas y resoluciones

dirigido a garantizar la libre manifestación de identidad de género de sus ciudadanos sin

discriminación. Entre dichos elementos normativos podemos señalar de manera no exhaustiva las

resoluciones del Parlamento Europeo de 8 de febrero de 1994, de 18 de enero de 2006, de 24 de mayo

de 2012, de 24 de junio de 2013 y de 4 de febrero de 2014, todas ellas relativas a la igualdad de

derechos de lesbianas y gais y transexuales, o los efectos colaterales de Directivas como la

2000/78/CE, del Consejo, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en

el empleo y la ocupación. Es necesario mencionar por su pertinencia al caso las Directrices para

promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por las personas lesbianas, gays,

bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI), aprobadas por el Consejo de la Unión Europea el 24 de junio

de 2013 o los informes de la agencia de Derechos fundamentales de la Unión Europea sobre la

homofobia, transfobia y discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género de los

años 2010 y 2014. La jurisprudencia del Tribunal europeo de Derechos humanos ha dictado

igualmente diversas resoluciones desde que se pronunciara expresamente por primera vez en el caso

P.v. S. and Cornwall Council County en 1996.

En el ámbito del Consejo de Europa, finalmente, incide en esta materia el informe del

Comisario de Derechos humanos del Consejo de Europa de julio de 2009 y la Recomendación

CM/Rec(2010)5 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre

medidas para combatir la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género,

adoptada el 31 de marzo de 2010.

Todas estas normas y resoluciones establecen un marco normativo en el que se solicita a los

Estados el reconocimiento de las libres manifestaciones de identidad y expresión de género, la

prohibición de toda discriminación por dicha causa, el apoyo médico a las personas trans y el

establecimiento de procesos legales claros y transparentes que hagan posible y efectivo dicho derecho.

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En esta misma línea, en España, nuestro artículo 14 de la Constitución Española declara que

"los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de

nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquiera otra condición o circunstancia personal o social".

Mientras que el artículo 9.2 establece que "Corresponde a los poderes públicos promover las

condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean

reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la

participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica cultural y social", tras reconocer

como derecho fundamental, el del libre desarrollo de la personalidad. Nuestra carta magna reconoce

igualmente el respeto a la intimidad y a la propia imagen, el derecho a la salud, el trabajo y el acceso a

la vivienda.

En desarrollo de este mandato de respeto a la identidad, el 15 de marzo de 2007 se promulgó

la Ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas,

que permite el cambio de la inscripción relativa al sexo en el registro civil y con ello el cambio del

nombre, de la documentación oficial y del estatus ciudadano adscrito al sexo registrado. La Ley

española de cambio de sexo registral fue, de hecho, un hito histórico por desvincular por primera vez

el pleno ejercicio de los derechos civiles vinculados al registro, de las cirugías genitales y que ha

servido de modelo a las leyes de transexualidad posteriores aprobadas en países tan diversos como

Hungría, Portugal, Argentina, Uruguay y Suecia por poner ejemplos.

El estado español, sin embargo, no se ha limitado al simple reconocimiento del cambio de sexo

registral, pues son muchas las normas que proscriben la discriminación en el trabajo y la identidad de

género ha recibido tutela igualmente en la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del

sistema de protección a la infancia y la adolescencia o en la reciente reforma del Código Penal.

También, con posterioridad al año 2007, diversas comunidades autónomas, en concreto las de

Navarra, País Vasco, Galicia, Cataluña, Canarias, Andalucía y Extremadura, dieron un paso adelante

al garantizar, no sólo el reconocimiento de la identidad de género en el trato con sus administrados,

sino al añadir igualmente una cartera de servicios y políticas públicas a favor de la integración de las

personas trans en la sociedad.

Resulta por todo lo expuesto, esencial, el reconocimiento legal del derecho a la identidad de

género de toda persona en un ejercicio libre y sin presiones legales o sociales como corolario de los

Derechos constitucionales a la igualdad de todos los ciudadanos y al libre desarrollo de su

personalidad. Y como concreción de dicho reconocimiento, garantizar que la ley aplicable a las

personas no las patologiza o somete a condición de prejuicio sobre su capacidad, dignidad y

habilidades.

La ley sigue en su definición de identidad de género y expresión de género el criterio de la

agencia de Derechos fundamentales de la Unión Europea que a su vez obtuvo la definición tras un

extenso trabajo de consulta con las principales organizaciones trans europeas e internacionales. El

concepto de identidad de género se refiere a la vivencia interna e individual del género tal y como

cada persona la siente profundamente, incluyendo la vivencia personal del cuerpo, y otras como la

vestimenta, el modo de hablar y los modales. La identidad de género está generalmente acompañada

del deseo de vivir y recibir aceptación como miembro de dicho género, e incluso del deseo

irrenunciable de modificar, mediante métodos hormonales, quirúrgicos o de otra índole, el propio

cuerpo, para hacerlo lo más congruente posible con el sexo-género sentido como propio.

La presión social, familiar y en el ámbito laboral, por otro lado, pueden crear situaciones en las

que es conveniente el apoyo psicológico para una mejor auto integración del proceso de cambio. Todo

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ello, sin embargo, ha de hacerse a requerimiento del interesado y sin un sometimiento a patrones fijos

de manifestación de la sexualidad o de la identidad, ya que cada persona es única en sus

características y vivencias al respecto. Ha de entenderse que la mayoría de las personas trans no

demandan que se les preste apoyo médico porque se sientan enfermas sino por los obstáculos sociales

que encuentran a su libre desarrollo como personas que realizan una manifestación libre de su género.

Las personas trans no son, sin embargo, un colectivo homogéneo ni en sus pretensiones respecto a la

manifestación de su identidad en el campo social ni en sus requerimientos de asistencia, por lo que no

procede imponer itinerarios únicos o modelos estereotipados de identidad que puedan convertirse su

vez en vulneraciones de los derechos de dichas personas. Como reconoce la Resolución del

Parlamento Europeo de 12 de septiembre de 1989, sobre la discriminación de las personas

transexuales, ha de ser cada persona quien establezca los detalles sobre su identidad como ser

humano.

La Comunidad de Madrid, por su parte, también ha participado de este proceso de

restauración de la dignidad de las personas trans, e incorporó en su día por ley los tratamientos

médicos adscritos al proceso de apoyo a las personas transexuales a su cartera de servicios médicos

básicos y creó la Unidad de Trastornos de la identidad de género que actualmente atiende a las

personas transexuales residentes en la comunidad. Dicha unidad de Trastornos de la Identidad de

Género, sin embargo, se encuentra en la actualidad afectada por una provisionalidad incierta y ha

reducido su amparo por desarrollo de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del

Sistema Nacional de Salud, a quienes acrediten la residencia efectiva por dos años en la Comunidad

de Madrid, lo que puede entenderse que pugna con el art. 4 de la citada ley que, a la hora de abordar

los derechos de los ciudadanos en el conjunto del Sistema Nacional de Salud señala que los

ciudadanos tendrán los siguientes derechos en el conjunto del Sistema Nacional de Salud:

( ... ) c) A recibir, por parte del servicio de salud de la Comunidad Autónoma en la que se

encuentre desplazado, la asistencia sanitaria del catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de

Salud que pudiera requerir, en las mismas condiciones e idénticas garantías que los ciudadanos

residentes en esa Comunidad Autónoma". Y aún más, cuando el artículo 23, bajo la rúbrica "Garantía

de accesibilidad", establece que todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud tendrán acceso a las

prestaciones sanitarias reconocidas en esta Ley en condiciones de igualdad efectiva, mientras que el

artículo 24, dentro de las garantías de movilidad, consagra de modo definitivo que "el acceso a las

prestaciones sanitarias reconocidas en esta Ley se garantizará con independencia del lugar del

territorio nacional en el que se encuentren en cada momento los usuarios del Sistema Nacional de

Salud, atendiendo especialmente a las singularidades de los territorios insulares".

Urge por ello asegurar y garantizar los derechos sanitarios de las personas transexuales y

establecer seguridad jurídica en el acceso a los tratamientos que les son necesarios para evitar la

aparición de patologías derivadas del sufrimiento psicológico, la automedicación o los tratamientos

médicos irregulares en condiciones no idóneas, así como la acentuación del proceso de exclusión

social y marginación que deriva de la desatención. Urge a su vez, una reformulación de dicha Unidad,

ya que bajo los principios de esta Ley resulta del todo inadmisible que la atención a sus usuarios sea

desde los principios de la patologización y directrices que menoscaben su dignidad.

En este mismo sentido, el sistema nacional de salud establece con carácter general que los

pacientes sean atendidos conforme a los principios de atención integral o multidisciplinariedad,

servicio universal, atención de proximidad y prestación de calidad y especialidad. Curiosamente, la

creación de la Unidad de Trastornos de la Identidad de Género ha supuesto el desarrollo no explícito

de un régimen de excepción en relación a algunos de estos principios, al negarse o desconocerse

muchas veces los beneficios de la atención de proximidad, o al no darse, como en el caso de los

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menores de edad, un principio de atención por especialidad pediátrica. La presente Ley corrige dichas

anomalías y recuerda el mandato de que cada paciente sea atendido en proximidad con la mayor

especialidad posible, y en concreto los menores por personal pediátrico, evitando en la medida de lo

posible traslados innecesarios y sus costes sobrevenidos. La futura Unidad de Identidad de Género

(UIG) se configura ahora como un centro de investigación, formación, supervisión y apoyo a los

facultativos de proximidad, y como centro de tratamiento sometido al principio de derivación

voluntaria del paciente.

En otro ámbito, la Comunidad de Madrid creó programa de información y atención a

homosexuales y transexuales, programa puntero e innovador de colaboración entre la Administración

Pública y la sociedad civil dedicado a realizar actuaciones de carácter formativo, informativo, de

asesoramiento y sensibilización dirigidas tanto a profesionales como al conjunto de la población y que

tiene por objeto la prestación de una atención integral y especializada tanto a las personas

homosexuales y transexuales como a sus entornos familiares y relacionales, a través de la intervención

de un equipo multiprofesional que actúa en las áreas social, psicológica, jurídica, de sensibilización y

formación. El programa ha sido un éxito y es igualmente un referente a nivel nacional e internacional,

pero igualmente se encuentra sometido a una provisionalidad indeseable que hace necesaria la

garantía del servicio o su transformación en un servicio de asesoramiento multidisciplinar y con

funciones de intervención con el fin de ofrecer apoyo y asesoría a uno de los colectivos más

vulnerables del entramado social. La presente Ley asegura y garantiza el servicio y define sus

funciones con mayor precisión.

Por otro lado, todas estas intervenciones, con ser importantes, no cubren, sin embargo,

aspectos tan necesarios para la plena integración social de las personas transexuales como el amparo

en las fases iniciales del proceso de declaración de la propia identidad sentida, ante la evidente

presión social y en ocasiones ante la evidencia de la violencia transfóbica o ante la obvia dificultad que

se observa para la integración laboral de las personas trans, que como colectivo acumula uno de los

índices más alarmantes de exclusión social. La situación de vulnerabilidad de las personas trans se

manifiesta con especial necesidad de tutela en las situaciones de minoría de edad y en las de

dependencia por edad avanzada, situaciones a las que ha de prestarse especial atención. La ley por

otro lado atiende a la extrema situación de vulnerabilidad de las personas trans migrantes, colectivo

que recibe amparo en nuestro territorio, muchas veces huyendo de situaciones de violencia y

exclusión extremas y que sufre una fuerte situación de exclusión por la acumulación de las

condiciones de extranjería, transexualidad y no amparo por las leyes estatales de cambio de sexo

registral.

La presente Ley por ello promueve una atención médica y social integral basada en el

principio del respeto a la libre manifestación de la identidad de género de los ciudadanos en una base

de respeto a la igualdad y a la dignidad de todos ellos.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid contempla entre sus competencias el

poder para velar y garantizar el adecuado ejercicio de los derechos y deberes fundamentales de sus

ciudadanos, así como las competencias en materia de organización administrativa y de los servicios

públicos, en la protección y tutela de los menores, en la promoción del empleo, asistencia social, en el

ámbito educativo y en la organización de la prestación de los servicios médicos del sistema nacional

de salud. Todo ello la habilita para realizar un planteamiento de atención integral en las diversas

materias que afectan a la situación de las personas trans sin necesidad de interferir en las

competencias estatales o de otras administraciones. La presente Ley, por ello, no define cuáles son los

presupuestos para el cambio de nombre o sexo registral en el registro civil y de hecho define sus

propios ámbitos de actuación basándose en las necesidades de atención de las personas trans y en las

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manifestaciones de sus ciudadanos sobre un principio de libre manifestación de su condición y de la

necesidad de amparo en la ley.

La Ley se divide en una exposición de motivos, XIV Títulos, dos disposiciones adicionales,

una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

El Título Preliminar dedicado a las disposiciones generales establece los objetivos, el ámbito

de la ley, la definición de las personas amparadas por la misma entre las que se resalta la situación de

los menores de edad y los principios rectores de la administración en el tratamiento de las personas

amparadas. La Ley establece como objetivos el de reconocer el derecho a la libre manifestación de la

identidad de género y el de erradicar toda forma de discriminación como consecuencia de dicha

manifestación. La Ley contempla como sujetos de derecho a todas las personas residentes en la

comunidad sin contemplación de su nacionalidad pues una norma de igualdad y no discriminación

no puede comenzar por establecer exclusiones o distinciones entre los afectados por la discriminación.

En lo referente a los destinatarios de los mandatos de la norma, estos son todas las personas físicas o

jurídicas, públicas o privadas, cualquiera que sea su domicilio o residencia, que se encuentren o

actúen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Resulta obligado resaltar el compromiso que la comunidad autónoma de Madrid adquiere con

esta norme en relación a la protección de los menores trans. Si con frecuencia las personas trans

adultas han sufrido discriminación o han sido desatendidas este abandono es especialmente grave

cuando afecta a los menores de edad que por su desprotección natural y por su estadio de desarrollo

sufren con mayor gravedad la negativa al reconocimiento de su identidad o la desatención médica a

sus necesidades de afirmación. En cumplimiento del mandato de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de

julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia y bajo el criterio rector

de atención al interés superior del menor, la Ley les ofrece ahora a ellos y a sus tutores el amparo de la

ley frente toda exclusión, plena atención a sus necesidades sanitarias y protección en el sistema

educativo.

El Título I dedicado al Tratamiento administrativo de la identidad de género establece los

principios generales del tratamiento administrativo y el derecho a una documentación adecuada a la

identidad de género manifestada en las relaciones con la Administración Pública madrileña, lo que es

de especial interés para quienes se encuentran en el tránsito hacia el cambio de sexo registral o no

pueden acceder al mismo por su edad o por su condición de extranjeros. La Comunidad compromete

igualmente el sostenimiento de un servicio de asesoramiento y apoyo a las personas transexuales, sus

familiares y personas allegadas, el respeto de la confidencialidad e intimidad en todos sus

procedimientos y compromiso firme en la realización de acciones contra la transfobia y el respeto en

su proceder a la identidad y expresión de género de todo administrado.

El Título II, De la atención sanitaria a las personas trans establece el derecho a la salud y a la

asistencia sanitaria de las personas transexuales en el servicio madrileño de salud y regula la unidad

de identidad de género. La asistencia a los menores transexuales, se establece bajo los principios de

tutela del mejor interés del menor y de respeto a su voluntad bajo el principio de reconocimiento

progresivo de su madurez, conforme establecen los principios de la Convención de Naciones Unidas

sobre Derechos del Niño y los protocolos de las principales organizaciones pediátricas internacionales.

En lugar de establecer prohibiciones que atentarían contra los derechos de los menores afectados y

constituirían un maltrato, o de fijar barreras de edad que no tienen en cuenta el desarrollo individual

de cada menor, se establece un sistema de atención individualizado y basado en las necesidades

específicas de cada menor, y en el que se provee de los oportunos tratamientos en el momento

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adecuado en atención a su desarrollo. La Ley, establece además salvaguardas en interés del menor y el

deber de consulta del mismo en toda medida que le afecte.

La Ley contempla igualmente la elaboración de las guías y protocolos médicos adecuados a

los principios de consentimiento informado, descentralización, atención integral multidisciplinaria y

profesional. Se contempla igualmente la realización de estudios, estadísticas y programas de

formación de los profesionales sanitarios.

En el caso de las personas intersexuales, y de manera novedosa, la presente norma garantiza

la integridad corporal de los menores intersexuales hasta que estos definan su identidad sentida y les

ofrece protección de su intimidad y dignidad frente a prácticas de exposición y análisis de carácter

abusivo. La protección de las personas intersexuales exige el reconocimiento de la diversidad de los

cuerpos humanos y la erradicación del prejuicio según el cual existe un único patrón normativo de

corrección corporal, que lleva a que menores intersexuales sean operados en su infancia para

asimilarlos al patrón normativo de hombre o mujer, sin saber cuál es la identidad de dicha persona y

cometiendo con ello frecuentes errores que luego condicionan gravemente la vida de la persona

intersexual. Sin conocimiento de la identidad de género sentida por la persona intersexual: hombre,

mujer o simplemente intersexual, cualquier intervención quirúrgica que asimile al menor a una

identidad puede ser una autentica castración traumática.

El Título III, Medidas en el ámbito de la educación, crea un tratamiento específico de la

identidad de género en el sistema educativo, siempre sobre la base de considerar el sistema educativo

como un espacio de entendimiento y no discriminación y promoviendo que el mismo actúe como

factor de integración y formación cívica en los principios de respeto, tolerancia y no violencia. Esta

Ley impulsa medidas conducentes a lograr el efectivo respeto en el sistema educativo de la diversidad

afectivo-sexual, así como la aceptación de las diferentes expresiones de identidad de género que

permitan superar los estereotipos y comportamientos sexistas. Para ello promueve la integración en el

currículo autonómico, en los planes docentes y de convivencia medidas de formación y de respeto a la

diversidad de género en todos los niveles educativos, así como la adopción de un protocolo de

atención a la identidad de género que sirva de guía al personal docente y de servicios en la atención a

la comunidad educativa.

El Título IV, Medidas en el ámbito laboral y de la Responsabilidad Social Empresarial,

establece el compromiso de crear medidas efectivas en el fomento de la igualdad y no discriminación

en el empleo y en las estrategias de responsabilidad social corporativa.

El Título V, Medidas en el ámbito social, focaliza su atención en la inclusión de uno de los

colectivos más desfavorecidos de nuestra sociedad y con frecuencia sometido a marginalidad y a

situaciones de especial vulnerabilidad. Colectivo que hasta ahora no siempre recibía atención por

aplicación de normas y reglamentos de adscripción al género registral o por simple abandono y

omisión. Tiene especial relevancia en este apartado, el compromiso de extender la tutela ofrecida a las

víctimas de violencia de género a las mujeres transexuales, el compromiso de tutelar a los menores

expulsados de sus hogares con respeto a su manifestación de identidad y la atención a las víctimas de

violencia por transfobia.

El Título VI, Medidas en el ámbito familiar, se dedica a la protección y garantía de la

diversidad familiar, incluyendo ante los posibles casos de violencia en el ámbito familiar.

El Título VII, Medidas en el ámbito de la juventud y de las personas mayores aborda los

mecanismos de protección y fomento del desarrollo personal en dos etapas especialmente necesitadas

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de apoyo como son la juventud y la edad avanzada garantizando en todo caso el respeto y la

adecuada asistencia a los mismos.

El Título VII, Medidas en el ámbito del ocio, la cultura y el deporte, promueve una cultura y

un ejercicio del deporte inclusivo y pretende en la medida en que las competencias de la comunidad

alcanzan, la erradicación de las normas de segregación o los mecanismos de exclusión de las personas

trans.

El Título IX, Medidas en el ámbito de la Cooperación Internacional al Desarrollo, expresa el

compromiso de esta Comunidad con el derecho a la vida, la igualdad y la libertad de aquellas

personas que sufren por su identidad de género persecución violencia o criminalización en los países

donde dichos derechos son negados o ignorados.

El Título X, Comunicación, aborda en el ámbito de las competencias autonómicas la

promoción de la concienciación, divulgación y transmisión de la inclusión social y el respeto a la

identidad y expresión de género, contribuyendo a una trato del colectivo exento de estereotipos.

El Título XI, Medidas en el ámbito policial, pretende impulsar un protocolo de atención a la

identidad de género en las fuerzas de seguridad destinado en especial a paliar las consecuencias que

sufren quienes son víctimas de los delitos de odio por razón de su identidad.

El Título XII Medidas administrativas para garantizar la igualdad real y efectiva de las

personas en atención a la identidad y expresión de género, regula los principios aplicables a la

contratación administrativa, concesión de subvenciones, formación del funcionariado y personal

público en atención a la identidad de género así como el compromiso de que las futuras normas de la

Comunidad valoren su posible impacto normativo en las cuestiones pertinentes a la discriminación

por identidad o expresión de género. De cara a los procedimientos administrativos de esta

Comunidad, establece igualmente la condición de interesados en el procedimiento, las medidas de

remoción cese e indemnización y la posible inversión de la carga de la prueba en los casos que

presenten inicio de prueba por discriminación.

Finalmente, los Título XII y XIV se refieren a las infracciones y sanciones y disposiciones

especiales sobre el procedimiento de los temas relativos a esta Ley. La Comunidad opta porque sus

mandatos no queden en una simple declaración de intenciones y, con respeto a otros ordenes

sancionadores y a la preferencia del orden penal, establece un catálogo de infracciones y sanciones

para las conductas especialmente graves y atentatorias de la paz social y de los derechos de las

personas amparadas por la ley. Sanciones, que en sus expresiones más graves pueden suponer la

inhabilitación para contratar o recibir ayudas de los fondos públicos de esta Comunidad para quienes

demuestren una conducta discriminatoria especialmente grave o sea reincidente en las infracciones.

La norma concluye con las previsiones relativas a su implantación efectiva y desarrollo

reglamentario a fin de asegurar la más temprana implantación y efectividad de los derechos aquí

enunciados.

Con esta norma, la Comunidad de Madrid da amparo y reconocimiento al esfuerzo que las

organizaciones sociales, los partidos políticos, las familias y las personas trans de esta Comunidad han

hecho durante años para que el respeto a la igualdad y dignidad de todos los ciudadanos de Madrid

sea una realidad sin exclusiones.

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TÍTULO PRELIMINAR

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Definiciones.

A los efectos previstos en esta Ley, se entenderá por:

1.- Identidad sexual y/o de género: la vivencia interna e individual del género tal y como cada

persona la siente y auto determina, sin que deba ser definida por terceros, pudiendo corresponder o

no con el sexo asignado al momento del nacimiento, y pudiendo involucrar la modificación de la

apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole,

siempre que ello sea libremente escogido.

2.- Trans: Toda aquella persona que se identifica con un género diferente o que expresa su

identidad de género de manera diferente al género que le asignaron al nacer. A los efectos de esta Ley

y sin prejuzgar otras acepciones sociales el término trans ampara múltiples formas de expresión de la

identidad de género o sub categorías como transexuales, transgénero, travestis, variantes de género,

queer o personas de género diferenciado, así como a quienes definen su género como "otro" o

describen su identidad en sus propias palabras.

3.- Intersexualidad: variedad de situaciones en las cuales, una persona nace con una anatomía

reproductiva o sexual que no parece encajar en las definiciones típicas de masculino y femenino.

4.- Discriminación directa: hay discriminación directa cuando una persona haya sido, sea o

pueda ser tratada de modo menos favorable que otra en situación análoga o comparable, por motivos

de orientación sexual, expresión o identidad de género o pertenencia a grupo familiar.

5.- Discriminación indirecta: hay discriminación indirecta cuando una disposición, criterio o

práctica aparentemente neutros puedan ocasionar una desventaja particular a personas por motivos

de orientación sexual, expresión o identidad de género.

6.- Discriminación múltiple: hay discriminación múltiple cuando además de discriminación

por motivo de orientación sexual, expresión o identidad de género o pertenencia a grupo familiar, una

persona sufre conjuntamente discriminación por otro motivo recogido en la legislación europea,

nacional o autonómica. Específicamente se tendrá en cuenta que a la posible discriminación por

expresión, identidad de género, se pueda sumar la pertenencia a colectivos como inmigrantes.

7.- Discriminación por asociación: hay discriminación por asociación cuando una persona es

objeto de discriminación como consecuencia de su relación con una persona, un grupo o familia trans.

8.- Discriminación por error: situación en la que una persona o un grupo de personas son

objeto de discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género como

consecuencia de una apreciación errónea.

9.- Acoso discriminatorio: será acoso discriminatorio cualquier comportamiento o conducta

que por razones de orientación sexual, expresión o identidad de género o pertenencia a grupo

familiar, se realice con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad y de crear un entorno

intimidatorio, hostil, degradante, ofensivo o segregado.

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10.- Represalia discriminatoria: trato adverso o efecto negativo que se produce contra una

persona como consecuencia de la presentación de una queja, una reclamación, una denuncia, una

demanda o un recurso, de cualquier tipo, destinado a evitar, disminuir o denunciar la discriminación

o el acoso al que está sometida o ha sido sometida.

11.- Victimización secundaria: se considera victimización secundaria al perjuicio causado a las

personas que hagan expresión de su identidad de género que, siendo víctimas de discriminación,

acoso o represalia, sufren las consecuencias adicionales de la mala o inadecuada atención por parte de

los responsables administrativos, instituciones de salud, policía o cualquier otro agente implicado.

Artículo 2.- Ámbito de la ley.

1.- La presente Ley será de aplicación a cualquier persona física o jurídica, pública o privada,

cualquiera que sea su domicilio o residencia, que se encuentre o actúe en el ámbito territorial de la

Comunidad Autónoma de Madrid.

2.- La Asamblea de Madrid, las entidades locales de Madrid, así como cualquier entidad de

derecho público o privado vinculada o dependiente de las mismas, y la Federación Madrileña de

Municipios, garantizarán el cumplimiento de la Ley y promoverán las condiciones para hacerla

efectiva en el ámbito de sus respectivas competencias. En este sentido, apoyarán acciones afirmativas

sobre identidad sexual y de género, así como al apoyo del movimiento asociativo de la Comunidad de

Madrid y sus propios proyectos.

3.- La presente Ley se aplicará a cualquier etapa de la vida de las personas.

Artículo 3.- Objeto.

La presente Ley tiene por objeto regular los principios, medidas y procedimientos destinados

a garantizar los siguientes derechos de todas las personas residentes en la Comunidad Autónoma de

Madrid:

1.- Al reconocimiento de su identidad de género libremente manifestada.

2.- Al libre desarrollo de su personalidad acorde a la identidad o expresión de género

libremente manifestada sin sufrir presiones o discriminación por ello.

3.- A ser tratado de conformidad a su identidad de género en los ámbitos públicos y privados

y en particular a ser identificado y acceder a documentación acorde con dicha identidad.

4.- A que se respete su integridad física y psíquica así como sus opciones en relación a sus

características sexuales y su vivencia de la identidad o expresión de género.

5.- Garantizar el derecho de las personas trans a recibir de la Comunidad de Madrid una

atención integral y adecuada a sus necesidades médicas, psicológicas, jurídicas, sociales, laborales,

culturales y del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos, en igualdad de trato

con el resto de la ciudadanía.

6.- A proteger el ejercicio efectivo de su libertad y sin discriminación en todos los ámbitos de

la vida política, económica, cultural y social, especialmente, en las siguientes esferas:

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a) Empleo y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia, comprendiendo el acceso, las

condiciones de trabajo, la promoción profesional y la formación para el empleo.

b) Acceso, promoción, condiciones de trabajo y formación en el empleo público.

c) Afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, deportivas,

profesionales y de interés social o económico.

d) Educación, cultura y deporte.

e) Sanidad.

f) Prestaciones y servicios sociales.

g) Acceso, oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público, incluida la

vivienda.

Lo dispuesto en la presente Ley se entiende sin perjuicio de los regímenes específicos más

favorables establecidos en la normativa estatal o autonómica por razón de las distintas causas de

discriminación previstas en la Ley.

Artículo 4.- Reconocimiento del derecho a la identidad de género libremente manifestada.

1.- Toda persona tiene derecho a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo,

sexo, género y su orientación sexual. La orientación, sexualidad e identidad de género que cada

persona defina para sí es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos

fundamentales de su dignidad y libertad. Ninguna persona podrá ser presionada para ocultar,

suprimir o negar su identidad de género, expresión de género, orientación sexual o características

sexuales. En el ámbito de aplicación de esta Ley, en ningún caso será requisito acreditar la identidad

de género manifestada mediante informe psicológico o médico.

2.- Ninguna persona será objeto de requerimiento alguno de pruebas de realización total o

parcial de cirugías genitales, tratamientos hormonales o pruebas psiquiátricas, psicológicas o

tratamientos médicos para hacer uso de su derecho a la identidad de género o acceder a los servicios o

a la documentación acorde a su identidad de género sentida en las administraciones públicas o

entidades privadas de Madrid.

3.- Quedan prohibidas en los servicios sanitarios de la Comunidad de Madrid las terapias de

aversión o de conversión de las manifestaciones de identidad de género libremente manifestadas por

las personas, así como las cirugías genitales de las personas intersexuales que no obedezcan a la

decisión de la propia persona afectada a la necesidad de asegurar una funcionalidad biológica por

motivos de salud.

Artículo 5.- No discriminación por motivos de identidad de género, expresión de género o características

sexuales.

1.- La Comunidad de Madrid reconoce a todas las personas libres e iguales en dignidad y

derechos, con independencia de su orientación sexual, de la identidad y/o expresión de género que

manifieste o de sus características sexuales.

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2.- Ninguna persona podrá ser objeto de discriminación, acoso, penalización o castigo por

motivo de su orientación sexual, identidad y/o expresión de género. En particular, las personas deben

ser tratadas de acuerdo con su identidad de género manifestada, que es como la persona se presenta

ante la sociedad, con independencia de su sexo legal, y así obrará la Comunidad de Madrid en todos y

cada uno de los casos en los que ésta participe.

3.- A los efectos de esta Ley se considera prohibida toda forma de discriminación por razón de

identidad de género, expresión de género o características sexuales incluyendo la discriminación,

directa o indirecta, por asociación y por error, la discriminación múltiple, el acoso, la inducción, orden

o instrucción de discriminar, las represalias o el incumplimiento de las medidas de acción positiva

derivadas de obligaciones normativas o convencionales, así como la victimización secundaria por

inacción de quien tiene un deber de tutela.

Artículo 6.- Menores Trans.

1.- Las personas trans menores de edad tienen derecho a recibir de la Comunidad de Madrid

la protección y la atención necesarias para promover su desarrollo integral mediante actuaciones

eficaces para su integración familiar y social en el marco de programas coordinados de la

administración sanitaria, laboral, de servicios sociales y educativa.

2.- Las personas trans menores de edad tienen derecho a recibir el tratamiento médico

oportuno relativo a su transexualidad. La atención sanitaria que se les preste, en tanto que menores, se

hará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de protección a la infancia

y la adolescencia, en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del

paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la

Convención de Derechos del Niño y con atención a lo establecido en los protocolos de las sociedades

médicas y pediátricas internacionales.

3.- Los menores de edad trans tienen derecho a ser oídos y expresar su opinión en atención a

su madurez y desarrollo en relación a toda medida que se les aplique.

4.- Toda intervención de la Comunidad de Madrid deberá estar presidida por el criterio rector

de atención al interés superior del menor y dirigida a garantizar el libre desarrollo de la personalidad

del menor conforme a la identidad auto percibida, y a evitar situaciones de sufrimiento e indefensión.

5.- El amparo de los menores en la presente Ley se producirá por mediación de sus tutores o

guardadores legales o a través de servicios sociales de protección de los menores cuando se aprecie la

existencia de situaciones de sufrimiento e indefensión por negación abusiva de su identidad de

género.

TÍTULO I

TRATAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO

Artículo 7.- Documentación administrativa.

1.- Las Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus

competencias, deberán adoptar todas las medidas administrativas y de cualquier otra índole que sean

necesarias a fin de asegurar que en todos y cada uno de los casos y procedimientos en los que

participe la Comunidad, se obrará teniendo en cuenta que las personas deben ser tratadas de acuerdo

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con su identidad de género, la que se corresponde con el sexo al que sienten pertenecer, así como que

se respetará la dignidad y privacidad de la persona concernida y la heterogeneidad del hecho familiar.

2.- Al objeto de favorecer una mejor integración y evitar situaciones de sufrimiento por

exposición pública o discriminación, la Comunidad Autónoma de Madrid proveerá a toda persona

que lo solicite de las acreditaciones acordes a su identidad de género manifestada que sean necesarias

para el acceso a sus servicios administrativos y de toda índole.

3.- Reglamentariamente se establecerá el procedimiento de acreditación en base a los

siguientes criterios:

a) Las solicitudes serán formuladas por las personas interesadas o, en su caso, por sus

representantes legales.

b) Los trámites para la expedición de la documentación administrativa prevista en la presente

Ley serán gratuitos, no requerirán de intermediación alguna, y en ningún caso implicarán la

obligación de aportar o acreditar cualquier tipo de documentación médica.

c) Se garantizará que las personas sean tratadas de acuerdo con su identidad de género

libremente determinada y se respetará la dignidad y privacidad de la persona concernida.

d) No se alterará la titularidad jurídica de los derechos y obligaciones que correspondan a la

persona ni se prescindirá del número del documento nacional de identidad, siempre que este

deba figurar. Cuando por la naturaleza de la gestión administrativa se haga necesario registrar

los datos que obran en el documento nacional de identidad, se recogerán las iniciales del

nombre legal, los apellidos completos y el nombre elegido por razones de identidad de

género.

e) Se habilitarán los mecanismos administrativos oportunos y coordinados para adaptar los

archivos, bases de datos y demás ficheros de las Administraciones, eliminando toda referencia

a la identificación anterior de la persona, a excepción de las referencias necesarias en el

historial médico confidencial a cargo del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid de

conformidad con lo establecido en la letra anterior.

4.- La Comunidad de Madrid facilitará el asesoramiento necesario para realizar los cambios

oportunos en ficheros de organismos privados o de carácter estatal, de acuerdo con lo recogido en la

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 8.- Servicios de asesoramiento y apoyo a las personas transexuales, sus familiares y personas allegadas.

1.- La Comunidad de Madrid garantizará que las personas transexuales tengan acceso a

servicios:

A. De información, orientación y asesoramiento, incluido el legal y de asistencia social con

inclusión de sus familiares y personas allegadas en relación con las necesidades de apoyo

específicamente ligadas a la condición de persona trans siguiendo los principios de cercanía y

no segregación.

B. De promoción de la defensa de los derechos de este colectivo y de lucha contra la

discriminación que este padece en el ámbito social, cultural, laboral y educativo.

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C. De asesoramiento de los técnicos o cuadros directivos de las organizaciones no lucrativas

que atiendan a las necesidades de las personas trans.

2.- En el marco de la normativa relacionada con la gestión de servicios de responsabilidad

pública, se garantizará la participación en la gestión de las asociaciones y organizaciones que trabajan

en el ámbito de la identidad de género. A este fin y para adecuar el servicio a las necesidades reales y

disponer de un mecanismo de evaluación sobre la efectividad de las medidas adoptadas en esta Ley,

la Comunidad de Madrid creará un comité consultivo que reúna a representantes de las asociaciones,

del servicio de asesoramiento y de la Unidad de Identidad de Género.

Dicho comité, se reunirá dos veces por año o por convocatoria según necesidad y podrá elevar

conclusiones o propuestas de mejora y adaptación a los servicios o administraciones competentes

sobre la base de los hechos que constaten.

3.- Toda persona cuya identidad de género sea la de mujer y acredite tal condición de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y sea víctima de la violencia machista o víctima de trata,

tendrá acceso, en condiciones de igualdad, a los recursos asistenciales existentes.

4.- Los servicios referidos en el presente artículo atenderán también de forma específica a las

personas intersexuales.

Artículo 9.- Confidencialidad y respeto a la privacidad.

1.- La Comunidad de Madrid velará por el respeto a la confidencialidad de los datos relativos

a la identidad de género de las personas trans en todos sus procedimientos.

2.- Como consecuencia de la expedición de la documentación citada en el artículo 7 o de la

rectificación de sexo registral, la Comunidad habilitará los mecanismos administrativos oportunos y

coordinados para la cancelación en el plazo máximo de un año del acceso a los datos que obraban en

archivos, bases de datos y demás ficheros pertenecientes a las administraciones establecidas en la

Comunidad de Madrid toda referencia a la identificación anterior de la persona o a cualquier dato que

haga conocer su realidad trans, excepción hecha de las referencias necesarias en el historial médico

confidencial de la persona a cargo del Servicio Madrileño de Salud.

3.- La Comunidad de Madrid garantizará el adecuado nivel de seguridad y restricción en el

acceso a los datos relativos a la condición de persona trans.

Artículo 10.- Medidas contra la transfobia.

Las Administraciones Públicas madrileñas, en colaboración con las asociaciones que trabajan

en el ámbito de la identidad y/o expresión de género:

1.- Diseñarán, implementarán y evaluarán sistemáticamente una política proactiva en relación

a la mejor integración social de las personas transexuales. Dicha política estará dotada de los

instrumentos y estructuras necesarias para hacerla viable y ostentará carácter transversal.

2.- Desarrollarán e implementarán programas de capacitación, sensibilización u otros

dirigidos a contrarrestar entre el personal funcionario, laboral, estatutario y sanitario de las

administraciones y de los organismos, sociedades y entes públicos madrileños las actitudes

discriminatorias, los prejuicios y los estereotipos dominantes por motivos de identidad de género.

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3.- Emprenderán campañas de sensibilización, dirigidas al público en general, a fin de

combatir los prejuicios subyacentes a la violencia relacionada con la identidad de género y para

obtener el respeto efectivo de la identidad de género de las personas trans.

4.- Realizarán campañas entre la propia población de personas trans fomentando la

autoestima y el sentido de la propia dignidad frente a las posibles reacciones adversas del entorno

social y familiar.

5.- Defenderán eficazmente en materia de identidad de género el tratamiento pluralista, la no

difusión de los prejuicios que conducen a la discriminación o que incitan a la violencia por motivos de

orientación sexual o de identidad de género en los medios de comunicación de titularidad pública o

privada.

6.- Apoyarán el reconocimiento y la acreditación de asociaciones, colectivos y organizaciones

que promueven y protegen los derechos de las personas trans.

7.- Fomentarán, incluyendo en la planificación y subvención de actividades académicas y de

investigación, que las universidades de la Comunidad atiendan a la formación y la investigación en

materia de identidad de género, estableciendo convenios de colaboración si ello fuera aconsejable,

para:

a) Impulsar la investigación y la profundización teórica, sobre la realidad humana de la

identidad de género.

b) Elaborar estudios sociológicos y de otra índole sobre la realidad social de las personas trans.

c) Orientar y ayudar en los planes de formación y de empleo de las personas trans.

d) Elaborar planes de formación para profesionales sanitarios y de otras ramas del

conocimiento que entran en contacto con la transexualidad.

8.- Incentivarán de manera activa la participación social y una mayor integración en el ámbito

lúdico y deportivo.

Artículo 11.- Principios de la actuación administrativa en materia de identidad de género.

La actuación de las Administraciones Públicas madrileñas en relación a lo previsto en esta Ley

se ajustará a los siguientes principios:

1.- Coordinación entre la Comunidad de Madrid y las entidades locales, que deberán ajustar

sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a

los ámbitos competenciales respectivos.

2.- Descentralización y desconcentración en la gestión de los centros y servicios, garantizando

la máxima proximidad a las personas usuarias de los mismos y la cobertura de todo el territorio de la

Comunidad Autónoma.

3.- Homogeneidad de las prestaciones asistenciales previstas en esta Ley, con independencia

de la Administración que asuma su gestión o tutela.

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4.- Igualdad de trato y prestaciones entre los usuarios, con independencia del municipio en

que tengan su residencia.

5.- Suficiencia financiera y de medios materiales para satisfacer las situaciones objeto de

protección.

6.- Eficacia y agilidad en la prestación de servicios, especialmente los de carácter urgente o

inmediato.

7.- Garantía de la calidad a través del establecimiento de sistemas de control que permitan

verificar la eficacia de las actuaciones y servicios previstos en esta Ley.

TÍTULO II

DE LA ATENCIÓN SANITARIA A LAS PERSONAS TRANS

Artículo 12.- Protección del derecho a la salud física, mental, sexual y reproductiva.

1.- Todas las personas tienen derecho al más alto nivel de disfrute de la salud física y mental,

incluida la salud sexual y reproductiva, sin discriminación alguna por razón de expresión o identidad

de género.

2.- El sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid garantizará que la política

sanitaria sea respetuosa hacia las personas en atención a su identidad y/o expresión de género e

incorporará servicios y programas específicos de promoción, prevención y atención que permitan a las

mismas, así como a sus familias, disfrutar del derecho a una atención sanitaria plena y eficaz que

reconozca y tenga en cuenta sus necesidades particulares.

3.- La atención sanitaria dispensada por el sistema sanitario público madrileño se adecuará a

la identidad de género de la persona receptora de la misma.

Artículo 13.- Atención sanitaria a personas trans.

1.- El sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid atenderá a las personas trans

conforme a los principios de consentimiento informado, libre autodeterminación de género, de no

discriminación, de asistencia integral, de calidad, especializada, de proximidad y de no segregación.

Teniendo derecho las personas trans a:

a) Ser informadas y consultadas de los tratamientos que les afecten y a que los procesos

médicos que se les apliquen, se rijan por el principio de consentimiento informado y libre

decisión del paciente o tutor legal.

b) Ser tratadas conforme a su identidad de género e ingresadas en las salas o centros

correspondientes a ésta cuando existan diferentes dependencias por razón de sexo, y a recibir

el trato que se corresponde a su identidad de género evitando toda segregación o

discriminación.

c) Ser atendidas en proximidad sin sufrir desplazamientos y gastos innecesarios, así como a

solicitar la derivación voluntaria a los centros de atención especializada pertinentes a su

tratamiento.

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d) A solicitar, en caso de duda, una segunda opinión a otro miembro del personal médico,

antes de acceder a tratamientos o intervenciones quirúrgicas con efectos irreversibles.

2.- Dentro de sus competencias, y previo cumplimiento de los requisitos y trámites previstos

en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, el sistema

sanitario público de la Comunidad de Madrid:

a) Proporcionará tratamiento hormonal a las personas trans. En el caso de menores de edad, la

atención se realizará en los términos expresados en el artículo siguiente de esta Ley.

b) Proporcionará el proceso quirúrgico genital, aumento de pecho y masculinización de tórax,

siendo la gestión de las listas de espera ajustada a la máxima transparencia, agilidad y eficacia.

c) Proporcionará el material protésico necesario.

d) Prestará tratamientos que tiendan a la modulación del tono y timbre de la voz cuando sean

requeridos.

e) Proporcionará el acompañamiento psicológico adecuado si el usuario y/o familiares y

profesionales lo vieran necesario, siendo este acompañamiento el común previsto para el resto

de los usuarios del Sistema Sanitario Público de Madrid, sin que quepa condicionar la

prestación de asistencia sanitaria especializada a que previamente se deban someter a examen

psicológico alguno.

3.- La asistencia psicológica a las personas trans será la común prevista para el resto de los

usuarios del Sistema Sanitario, sin que quepa condicionar la prestación de asistencia sanitaria

especializada a las personas trans a que previamente se deban someter a examen psicológico. Se

prohíbe expresamente el uso en el Servicio Madrileño de Salud de terapias aversivas y de cualquier

otro procedimiento que suponga un intento de anulación de la personalidad o voluntad de la persona

trans, así como cualquier otra vejación, trato discriminatorio, humillante o que atente contra su

dignidad personal.

Artículo 14.- Atención sanitaria de menores trans.

1.- Las personas trans menores de edad tienen derecho a recibir tratamiento médico relativo a

su transexualidad proporcionado por profesionales pediátricos.

2.- Los menores trans tendrán derecho:

a) A recibir tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, situación que se

determinará utilizando datos objetivos como la medición del nivel de estradiol y testosterona,

la velocidad de crecimiento o la madurez de los ovarios y gónadas, para evitar el desarrollo de

caracteres sexuales secundarios no deseados;

b) Y a recibir tratamiento hormonal cruzado en el momento adecuado de la pubertad para

favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad, a fin de

propiciar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios deseados.

Dicho tratamiento se producirá bajo la autorización de quienes posean la tutela de la persona

menor de edad o por autorización del juez que los sustituya.

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El protocolo de actuación determinará el procedimiento a seguir en aquellos casos en que el

equipo profesional estime la improcedencia por existir circunstancias que pongan en riesgo la salud

del menor.

3.- Sin perjuicio de lo establecido por la Ley 1/2007, de 21 de febrero, de Mediación Familiar

de la Comunidad de Madrid, la negativa de padres o tutores a autorizar tratamientos relacionados con

la transexualidad o a que se establezca preventivamente un tratamiento de inhibición del desarrollo

hormonal, podrá ser recurrida ante la autoridad judicial cuando conste que puede causar un grave

perjuicio o sufrimiento al menor. En todo caso se atenderá al criterio del interés superior del menor.

4.- A los efectos de que conste la posición o el consentimiento del menor en el procedimiento y

de conformidad con la legislación en materia de los derechos de los pacientes y de protección de los

menores, el menor deberá ser oído en atención a su desarrollo y madurez, siempre si supera los 12

años de edad y su consentimiento deberá ser recabado de manera clara e inequívoca si supera los 16

años de edad.

Artículo 15.- Atención sanitaria a personas intersexuales.

1.- El sistema sanitario público de Madrid velará por la erradicación de las prácticas de

modificación genital en bebes recién nacidos atendiendo únicamente a criterios quirúrgicos y en un

momento en el que se desconoce cuál es la identidad real de la persona intersexual recién nacida.

Todo ello con la salvedad de los criterios médicos basados en la protección de la salud de la persona

recién nacida y con la autorización legal.

2.- Se procurará conservar las gónadas con el fin de preservar un futuro aporte hormonal no

inducido. Incluyendo en los controles los marcadores tumorales.

3.- No se realizarán pruebas de hormonación inducida con fines experimentales ni de otro tipo

hasta que la propia persona o sus tutores legales, así lo requieran en función de la identidad sexual

sentida.

4.- Se limitarán las exploraciones genitales a lo estrictamente necesario y siempre por criterios

de salud.

5.- Se formará al personal sanitario haciendo especial hincapié en la corrección de trato y la

privacidad.

6.- Se preservará la intimidad del paciente en su historia clínica de manera que no todo el

personal sanitario que acceda a ella pueda conocer su cambio de identidad de género, salvo cuando

sea estrictamente necesario.

Artículo 16.- Atención sanitaria en el ámbito reproductivo y sexual.

1.- El sistema sanitario público de Madrid promoverá la realización de programas y

protocolos específicos que den respuesta a las necesidades propias y en particular a la salud sexual y

reproductiva.

2.- Estará garantizado el acceso a los bancos de óvulos o semen y a las técnicas de

reproducción asistida incluyendo como beneficiaras a todas las personas con capacidad gestante y/o

sus parejas.

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3.- Antes del inicio de los tratamientos hormonales se ofrecerá la posibilidad de congelación

de tejido gonadal y células reproductivas para su futura recuperación.

Artículo 17.- Formación de los profesionales sanitarios.

1.- La Consejería competente en materia de salud garantizará que los profesionales sanitarios,

cuenten con la formación adecuada, con respeto a los principios recogidos en esta Ley.

2.- La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid establecerá las medidas adecuadas,

en estrecha colaboración con las sociedades profesionales correspondientes y con las Universidades

madrileñas, para asegurar, en el marco del fomento y participación en las actividades de investigación

en el campo de las ciencias de la salud e innovación tecnológica, el derecho de los profesionales a

recibir formación específica de calidad en materia de transexualidad, así como el derecho de las

personas transexuales a ser atendidas por profesionales con experiencia suficiente y demostrada en la

materia.

3.- El sistema sanitario público de Madrid, conformará un grupo coordinador de profesionales

experimentados que garanticen el trato no discriminatorio a los usuarios de la sanidad por motivo de

identidad sexual y/o de género, cuya supervisión estará directamente ligada al Comité consultivo.

4.- La Consejería competente en materia de salud, promoverá la realización de estudios,

investigación y desarrollo de políticas sanitarias específicas en materia de identidad sexual y de

género en estrecha colaboración con las sociedades profesionales correspondientes y con las

universidades madrileñas.

Artículo 18.- Campañas de prevención de enfermedades de transmisión sexual.

1.- Se incluirá de forma expresa el aspecto y la realidad de las personas en atención a la

diversidad sexual y de género en las campañas de educación sexual y de prevención de enfermedades

de transmisión sexual con especial consideración al VIH en las relaciones sexuales. Se realizarán

campañas de información de profilaxis.

2.- Se realizarán campañas de detección precoz del VIH que tendrán en cuenta la extensión y

el carácter rural de parte de nuestra región.

Artículo 19.- Unidad de identidad de género.

1.- La Comunidad de Madrid en su cartera de servicios sanitarios garantizará la existencia de

una Unidad de Identidad de Género (UIG).

2.- La Unidad de Identidad de Género, estará integrada por los profesionales de la asistencia

sanitaria y de la atención psicológica, psicoterapéutica, social y sexológica que se determinen, y

prestará a las personas transexuales el tratamiento más adecuado a sus circunstancias personales y a

su estado de salud.

3.- Será responsabilidad de la UIG la realización de las cirugías genitales que no puedan ser

atendidas conforme al principio de atención de proximidad y demás principios expresados en el

artículo 14.

4.- La Unidad de Identidad de Género se concibe igualmente como un centro de formación e

investigación en las especialidades médicas relacionadas con la transexualidad. A tal fin podrá

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desarrollar programas de formación y estudio especializados para la mejora de los profesionales del

sistema de salud de la Comunidad de Madrid.

5.- La UIG prestará servicios de asesoramiento y seguimiento a los profesionales que presten

asistencia sanitaria a las personas transexuales de la Comunidad que opten por la atención de

proximidad siguiendo los principios de esta Ley.

6.- La UIG atenderá y prestará asistencia integral a quienes opten por solicitar la derivación

voluntaria a dicho centro.

7.- Dicha Unidad definirá, en coordinación con la Unidad de Referencia estatal

correspondiente, las mejores prácticas médicas relacionadas con la transexualidad; dicha coordinación

quedará sin efecto en el caso de que la Unidad sea designada Unidad de Referencia estatal por la

Administración competente. En todo caso tal designación no podrá en ningún caso menoscabar los

derechos sanitarios de los usuarios recogidos en el articulado de esta Ley y demás normas aplicables,

ni los derechos de los profesionales reconocidos en la Ley a una formación inicial y continuada en la

materia, así como a la práctica de los conocimientos adquiridos.

Artículo 20.- Guías de Recomendaciones.

Con independencia de los derechos y obligaciones a los que hacen referencia los apartados

anteriores, y con el objetivo de mejorar la calidad de la información ofertada, podrán elaborarse desde

el Servicio Madrileño de Salud guías de recomendaciones dirigidas específicamente a personas

transexuales, que aborden las necesidades sanitarias más frecuentes entre las personas trans.

Artículo 21.- Estadísticas y tratamiento de datos.

1.- El seguimiento de la atención sanitaria de las personas transexuales incluirá la creación de

estadísticas públicas sobre los resultados de los diferentes tratamientos, terapias e intervenciones que

se lleven a cabo, con detalle de las técnicas empleadas, complicaciones y reclamaciones surgidas, así

como la evaluación de la calidad asistencial.

2.- La recogida de los datos anteriores con fines estadísticos se ajustará a los principios de

secreto, transparencia, especialidad y proporcionalidad. El secreto estadístico obliga a la Comunidad

de Madrid a no difundir en ningún caso los datos personales de las personas transexuales cualquiera

que sea su origen.

3.- Para la elaboración de las estadísticas previstas en el apartado primero de este artículo se

creará un fichero automatizado, del que será titular el Servicio Madrileño de Salud, en los términos

previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal.

TÍTULO III

MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN

Artículo 22.- Actuaciones en materia de transexualidad en el ámbito educativo.

La Comunidad de Madrid:

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1.- Velará porque el sistema educativo sea un espacio de respeto y tolerancia libre de toda

presión, agresión o discriminación por motivos de identidad de género con amparo a los estudiantes,

profesores y familias que lo componen.

2.- Garantizará una protección adecuada a estudiantes, personal y docentes trans de las

diferentes orientaciones sexuales e identidades de género contra todas las formas de exclusión social y

violencia, incluyendo el acoso y el hostigamiento, dentro del ámbito escolar. Los centros educativos

garantizarán la correcta atención y apoyo a aquellos estudiantes, personal docente o personal de

administración o servicios que fueran objeto de discriminación por identidad de género en el seno de

los mismos. Dicha protección incluirá la información sobre los mecanismos de denuncias existentes en

el ordenamiento jurídico.

2.- Impulsará medidas conducentes a lograr el efectivo respeto en el sistema educativo de la

diversidad afectivo-sexual, así como la aceptación de las diferentes expresiones de identidad de

género que permitan superar los estereotipos y comportamientos sexistas.

3.- La Administración autonómica, en colaboración con el Comité consultivo elaborará un

plan integral sobre educación en la Comunidad de Madrid que partirá de un estudio de la realidad

existente en la Comunidad que analice la percepción que se tiene de estas cuestiones por parte del

profesorado, progenitores y alumnado y que contemplará las medidas necesarias para garantizar la

igualdad y la no discriminación de las personas por su identidad y/o expresión de género en el

ámbito educativo. Las medidas previstas en este Plan Integral se aplicarán en todos los niveles y ciclos

formativos.

4.- Incluirá en el currículo de educación primaria y secundaria contenidos que sensibilicen en

cuanto a las normas internacionales de derechos humanos y los principios de igualdad y no

discriminación, incluidos los concernientes a la orientación sexual y la identidad de género.

5.- Garantizará que se preste apoyo psicopedagógico con asesoramiento de los Equipos de

Orientación Educativa y Psicopedagógica en aquellas situaciones en que lo requieran.

6.- La Comunidad de Madrid coordinará los recursos del sistema educativo y sanitario y

asegurará que los métodos, recursos educativos y de apoyo psicológico sirvan para efectuar la posible

detección temprana de aquellas personas en educación infantil que puedan estar incursas en un

proceso de manifestación de su identidad de género, con el fin de elaborar con previsión suficiente un

posible plan de acción para la mejor integración del alumno en el centro y tutelar su devenir en el

sistema educativo. Y prevenir las situaciones de riesgo que pongan en peligro el desarrollo integral del

menor.

7.- Diseñará e implantará en todos los centros educativos un protocolo de atención educativa a

la identidad de género.

Artículo 23.- Protocolo de atención educativa a la identidad de género.

1.- La Comunidad de Madrid elaborara e implantará en todos los centros educativos un

protocolo de atención a la identidad de género en el que se garantice:

a) El respeto a las manifestaciones de identidad de género que se realicen en el ámbito

educativo y el libre desarrollo de la personalidad del alumno conforme a su identidad. Sin

perjuicio de que en las bases de datos de la Administración educativa se mantengan los datos

de identidad registrales, se adecuará la documentación administrativa de exposición pública y

la que pueda dirigirse al alumnado, haciendo figurar en dicha documentación el nombre

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elegido, evitando que dicho nombre aparezca de forma distinta al que se muestra el resto de

los nombres del alumnado.

b) El respeto a la intimidad de los alumnos que realicen tránsitos sociales.

c) La prevención de actitudes o comportamientos homofóbicos, lesbofóbicos, bifóbicos y/o

transfóbicos que impliquen prejuicios y discriminación por razón de orientación sexual,

identidad o expresión de género en orden a una rápida detección y actuación ante situaciones

discriminatorias y atentatorias contra la diversidad. Este protocolo incorporará la necesaria

coordinación entre las áreas de educación, sanidad y acción social, en orden a una rápida

detección y actuación ante situaciones discriminatorias y atentatorias contra la identidad de

género.

d) Se indicará al profesorado y personal de administración y servicios del centro que se dirija

al alumnado trans por el nombre elegido por éste, o en caso de no estar emancipado o no

contar con las suficientes condiciones de madurez, el indicado por alguno de sus

representantes legales. Se respetará su derecho a utilizar dicho nombre en todas las

actividades docentes y extraescolares que se realicen en el centro, incluyendo los exámenes,

sin perjuicio de asegurar en todo caso la adecuada identificación de la persona a través de su

documento nacional de identidad o, en su caso, número de identificación de extranjero, en

expedientes académicos y titulaciones oficiales en tanto no se produzca el cambio registral.

e) El respeto a la imagen física del alumnado trans, así como la libre elección de su

indumentaria. Si en el centro existe la obligatoriedad de vestir un uniforme diferenciado por

sexos, se reconocerá el derecho del alumnado trans a vestir aquel con el que se sienta más

identificado.

f) Si se realizan actividades diferenciadas por sexo, se tendrá en cuenta el sexo sentido por el

alumnado, garantizándose el acceso y uso de las instalaciones del centro de acuerdo con su

identidad de género, incluyendo los aseos y los vestuarios.

Artículo 24.- Planes y contenidos educativos.

1.- La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas

necesarias para transformar los contenidos educativos que impliquen discriminación o violencia física

o psicológica basadas en la identidad o expresión de género, garantizando así una escuela para la

inclusión y la diversidad, ya sea en el ámbito de la enseñanza pública como en la concertada y

privada. Los contenidos del material educativo empleado en la formación de los alumnos, cualquiera

sea la forma y soporte en que se presente, promoverán el respeto y la protección del derecho a la

identidad y expresión de género y a la diversidad sexual.

2.- Los planes educativos deberán contemplar pedagogías adecuadas para el reconocimiento y

respeto de la diversidad existente en cuanto a configuraciones genitales y su relación con las

identidades, por lo que se incluirá en los temarios de forma transversal y específica, integrando la

transexualidad e intersexualidad. Del mismo modo se deberá dar cabida a proyectos curriculares que

contemplen y permitan la educación afectivo-sexual y la discriminación por motivos de identidad de

género o expresión.

Para ello dispondrán de herramientas, recursos y estrategias para educar en la diversidad de

género, prevenir el acoso escolar y educar en el respeto y la igualdad, tanto desde la educación formal

como desde la no formal, incorporando al currículo los contenidos de igualdad.

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3.- Los centros educativos de la Comunidad autónoma promoverán acciones que permitan

detectar, prevenir y proteger acciones de discriminación o acoso y evitar la impartición de contenidos

discriminatorios hacia las personas por motivos de identidad y/o expresión de género. Estos

compromisos quedarán expresados de manera explícita en sus planes de estudio y planes de

convivencia.

Artículo 25.- Acciones de formación y divulgación.

1.- Se impartirá al personal docente formación adecuada que incorpore la diversidad sexual y

de género en los cursos de formación, y que analice cómo abordarla en el aula para alcanzar la

eliminación de actitudes y prácticas con prejuicio o discriminatorias dentro del sistema educativo,

basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquier orientación sexual, identidad de

género o expresión de género.

2.- Se realizarán acciones de fomento del respeto y la no discriminación de la personas por

motivo de identidad y/o expresión de género en los centros educativos, y en particular entre las

asociaciones de padres y madres de alumnos.

Artículo 26.- Universidad.

1.- Las Universidades de la Comunidad de Madrid garantizarán el respeto y la protección del

derecho a la igualdad y no discriminación del alumnado, personal docente y cualquier persona que

preste servicios en el ámbito universitario por causa de identidad y/o expresión de género.

2.- La Comunidad de Madrid, en colaboración con las Universidades de la Comunidad de

Madrid, promoverán acciones informativas, divulgativas y formativas entre el personal docente en

torno a la diversidad en cuestión de identidad y/o expresión de género, que permitan detectar,

prevenir y proteger acciones de discriminación o acoso, así como evitar la impartición de contenidos

discriminatorios hacia las personas por estos motivos.

Asimismo, las Universidades de la Comunidad de Madrid prestarán atención y apoyo en su

ámbito de acción a aquellos estudiantes, personal docente o personal de administración y servicios

que fueran objeto de discriminación por identidad y/o expresión de género en el seno de la

comunidad educativa.

3.- Las Universidades de la Comunidad de Madrid y el Gobierno regional, adoptarán medidas

de apoyo a la realización de estudios y proyectos de investigación sobre la realidad de las personas

transexuales, transgénero e intersexuales, en el ámbito de las acciones de investigación, desarrollo e

innovación.

TÍTULO IV

MEDIDAS EN EL ÁMBITO LABORAL Y DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

Artículo 27.- Políticas de fomento de la igualdad y no discriminación en el empleo.

1.- La Consejería de Empleo de la Comunidad de Madrid incluirá en los correspondientes

Planes de Servicios Integrados para el Empleo así como, en su caso, en el Plan Anual de Formación

para el Empleo previsto en el artículo 3 de la Ley 5/2001, de 3 de julio, de creación del Servicio

Regional de Empleo, las medidas de formación, orientación, inserción, y prevención de la exclusión,

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encaminadas a la inserción y la sostenibilidad en el empleo que garanticen el ejercicio del derecho al

trabajo para las personas susceptibles de discriminación por motivos de identidad y/o expresión de

género.

2.- A tal efecto adoptará medidas adecuadas y eficaces que tengan por objeto:

a) La promoción y defensa de la igualdad de trato en el acceso al empleo o una vez

empleados.

b) Promover en el ámbito de la formación el respeto de los derechos de igualdad y no

discriminación de las personas por motivos de identidad y/o expresión de género.

c) La prevención, corrección y eliminación de toda forma de discriminación por identidad de

género, en materia de acceso al empleo, contratación y condiciones de trabajo.

d) Información y divulgación sobre derechos y normativa.

e) Control del cumplimiento efectivo de los derechos laborales y de prevención de riesgos

laborales de las personas en atención a su identidad y/o expresión de género por parte de la

Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

f) Incorporar en las convocatorias de ayudas y subvenciones de fomento del empleo criterios

de igualdad de oportunidades y medidas de bonificación fiscal o subvención para la

integración laboral de las personas trans en las empresas.

g) Incorporar en las convocatorias de ayudas para la conciliación de la vida laboral y familiar,

cláusulas que contemplen la heterogeneidad del hecho familiar.

h) El impulso, a través de los agentes sociales, de la inclusión en los convenios colectivos, de

cláusulas de promoción, prevención, eliminación y corrección de toda forma de

discriminación por causa de expresión e identidad de género.

i) El impulso para la elaboración de planes de igualdad y no discriminación que incluyan

expresamente a las personas trans, en especial en las pequeñas y medianas empresas.

Artículo 28.- Acciones en el ámbito de la Responsabilidad Social Empresarial.

1.- La estrategia madrileña de responsabilidad social empresarial, incluirá medidas destinadas

a promover la igualdad y la no discriminación por razón de identidad o expresión de género.

2.- En este sentido la Administración Autonómica impulsará la adopción por parte de las

empresas, de Códigos éticos y de conducta que contemplen medidas de protección frente a la

discriminación por razón de expresión e identidad de género, así como acciones que favorezcan la

contratación e inclusión laboral de las personas trans.

3.- Asimismo, la Administración Autonómica divulgará las buenas prácticas realizadas por las

empresas en materia de inclusión y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación por

razón de identidad o expresión de género.

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TÍTULO V

MEDIDAS EN EL ÁMBITO SOCIAL

Artículo 29.- Medidas para la inserción social de las personas trans.

1.- Los programas individuales de inserción de personas trans en situaciones de dificultad

social o riesgo de exclusión serán elaborados con criterios técnicos y profesionales por el centro

municipal de servicios sociales correspondiente a su domicilio.

2.- Sin perjuicio de lo que disponga al respecto la normativa específica sobre empleo y

servicios sociales, la Comunidad de Madrid elaborará un programa marco de actuación para la

inserción y atención social del colectivo de personas trans en riesgo de grave exclusión. La

Comunidad de Madrid atenderá de manera específica a la situación de aquellas personas trans que

hayan sido expulsadas de sus hogares por razón de la manifestación de su identidad de género con

situación de desvalimiento. Si la persona expulsada fuera menor de edad los servicios sociales de la

Comunidad de Madrid interesarán ante la autoridad oportuna los trámites necesarios para el

acogimiento del menor y la adopción de las medidas oportunas en relación a su guarda y custodia

ante el supuesto de abandono o maltrato del menor por sus responsables.

3.- La Comunidad de Madrid velará para que los recursos disponibles para la atención de las

víctimas de violencia de género o victimas de trata se apliquen igualmente a las personas trans de la

misma condición.

4.- Los proyectos de integración dirigidos a la promoción personal y social de grupos

determinados de personas trans en situación de riesgo o exclusión social podrán ser promovidos, en

las condiciones que reglamentariamente se determinen, por las organizaciones que promueven y

protegen los derechos humanos de las personas trans.

Artículo 30.- Apoyo y protección en situación de especial vulnerabilidad.

1.- Se llevarán a cabo medidas de prevención de la discriminación y apoyo a la visibilidad,

como colectivo vulnerables. En particular se adoptarán medidas específicas de apoyo, mediación y

protección en los supuestos de menores, adolescentes y jóvenes que estén sometidos a presión o

maltrato psicológico en el ámbito familiar a causa de su expresión y/o identidad de género.

2.- La Comunidad de Madrid adoptará los mecanismos necesarios para la protección efectiva

de menores en atención a su identidad y/o expresión de género, que se encuentren bajo la tutela de la

Administración, ya sea en centros de menores, pisos tutelados o recurso en el que residan,

garantizando el respeto absoluto a su identidad o expresión de género, y unas plenas condiciones de

vida.

3.- La Comunidad de Madrid garantizará y adoptará las medidas necesarias para la protección

y el absoluto respeto de los derechos de las personas con diversidad funcional en atención a su

identidad y/o expresión de género.

Los centros y servicios de atención a personas con diversidad funcional, públicos o privados,

velarán por que el respeto del derecho a la no discriminación de las personas sea real y efectivo.

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4.- La Comunidad de Madrid velará por que no se produzcan situaciones de discriminación

de las personas especialmente vulnerables por razón de edad, en atención a su identidad y/o

expresión de género.

5.- Se adoptarán las medidas necesarias para que los espacios o equipamientos identificados

en función del sexo, en los centros de menores, pisos tutelados, centros de atención a personas con

diversidad funcional, residencias de la tercera edad o en cualquier otro recurso que acoja a personas

especialmente vulnerables, puedan utilizarse por las personas libremente en atención al género

sentido.

6.- La Comunidad de Madrid prestará especial protección a las personas que por tradición o

cultura pudiera contar con un mayor nivel de discriminación por razón de identidad o expresión de

género.

7.- La Comunidad de Madrid garantizará en cualquier caso que en todos los ámbitos de

aplicación de la presenta Ley se aportará a los profesionales las herramientas necesarias para la no

discriminación y se contará con el personal especializado necesario en las diferentes materias, según

se precise en los distintos protocolos y medidas a tomar.

Artículo 31.- Atención a víctimas de violencia por transfobia.

1.- La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, prestará una atención

integral real y efectiva a las personas víctimas de violencia motivada por su identidad y/o expresión

de género.

2.- Esta atención comprenderá la asistencia y asesoramiento jurídico, la asistencia sanitaria,

incluyendo la atención especializada y medidas sociales tendentes a facilitar, si así fuese preciso, su

recuperación integral.

TÍTULO VI

MEDIDAS EN EL ÁMBITO FAMILIAR

Artículo 32.- Protección de la diversidad familiar.

1.- Se fomentará el respeto y la protección de los menores en atención a la identidad y

expresión de género de los miembros de su familia.

2.- Los programas de apoyo a las familias, contemplarán de forma expresa medidas de apoyo

a la diversidad familiar por razón identidad y expresión de género.

Artículo 33.- Adopción y acogimiento familiar.

1.- Se garantizará, de conformidad con la normativa vigente, que en la valoración de la

idoneidad en los procesos de adopción y acogimiento familiar, no exista discriminación por motivo de

identidad y/o expresión de género.

2.- En los centros de menores se trabajará la diversidad familiar con el fin de garantizar que los

menores que sean susceptibles de ser adoptados o acogidos sean conocedores de la diversidad

familiar por razón de identidad o expresión de género.

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Artículo 34.- Violencia en el ámbito familiar.

1.- Se reconocerá como violencia familiar y se adoptarán medidas de apoyo, mediación y

protección, a cualquier forma de violencia que se ejerza en el ámbito familiar por causa de identidad

y/o expresión de género de cualquiera de sus miembros, incluyendo el no respeto por padres y

hermanos a la identidad y/o expresión de género de los menores.

2.- Se adoptarán medidas de atención y ayuda a víctimas de la violencia por motivos de

identidad y/o expresión de género que garanticen la protección de la persona acosada frente a la

persona acosadora, facilitando con ello la independencia física y económica de la víctima.

3.- Asimismo, toda persona cuya identidad de género sea la de mujer y como tal, sea víctima

de la violencia machista tendrá acceso, en condiciones de igualdad, a la protección integral,

contemplada en la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la

Comunidad de Madrid.

TÍTULO VII

MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA JUVENTUD Y PERSONAS MAYORES

Artículo 35.- Protección de los jóvenes.

1.- El Instituto de la Juventud de Madrid promoverá acciones de asesoramiento e impulsará el

respeto a la identidad de género, difundiendo las buenas prácticas realizadas en materialización de

este respeto.

2.- En los cursos de mediadores, monitores y formadores juveniles se incluirá formación sobre

la expresión e identidad de género que les permita fomentar el respeto y proteger los derechos de las

personas trans en su trabajo habitual con los adolescentes y jóvenes de la Comunidad Autónoma de

Madrid.

3.- Todas las entidades juveniles y trabajadores de cualquier ámbito que realicen sus labores

con la juventud promoverán y respetarán con especial cuidado la igualdad de las personas en

atención a la identidad y expresión de género.

Artículo 36.- Protección de las personas trans mayores.

1.- Las personas trans mayores tienen derecho a recibir de los servicios públicos sociales de la

Comunidad de Madrid una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía

personal y del envejecimiento activo, que les permita una vida digna e independiente y su bienestar

social e individual, así como a acceder a una atención gerontológica adecuada a sus necesidades, en el

ámbito sanitario, social y asistencial.

2.- Las personas trans mayores tendrán derecho al acogimiento en residencias adecuadas a su

género y a recibir trato que respete, tanto en su individualidad, intimidad, y especialmente, su

identidad de género. En todo caso, la identificación del residente trans frente al personal del centro, a

los demás residentes o a terceros, aun cuando éste no haya procedido a la rectificación en el Registro

Civil de la mención de sexo, habrá de respetar la identidad de género del mismo, con independencia

del nombre y sexo reflejado en su expediente.

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3.- Las residencias de la tercera edad, tanto públicas como privadas, garantizarán el derecho a

la no discriminación de personas en atención a su identidad y/o expresión de género, ya sea en su

individualidad como en su relación sentimental.

4.- El Servicio Público de Atención a Personas Mayores en Residencias, Centros de Día y Pisos

Tutelados promoverá que dichas residencias, centros y pisos concierten protocolos de colaboración

con la Unidad de Identidad de Género y con el Servicio de Asistencia y Apoyo a las Personas Trans

con el fin de establecer el tratamiento gerontológico más adecuado para las personas trans mayores y

la mejor difusión de buenas prácticas en relación a los problemas específicos de la transexualidad en la

vejez.

TÍTULO VIII

MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL OCIO, LA CULTURA Y EL DEPORTE

Artículo 37.- Promoción de una cultura inclusiva.

1.- La Comunidad de Madrid reconoce la identidad y expresión de género como parte de la

construcción de una cultura inclusiva, diversa y promotora de derechos. A tal efecto se adoptarán

medidas que garanticen la visibilización e impulsen, tanto a nivel autonómico como local, como parte

de la cultura ciudadana, la convivencia y la construcción de la expresión cultural.

2.- Se adoptarán medidas de apoyo y fomento de iniciativas y expresiones artísticas,

culturales, patrimoniales, recreativas y deportivas considerando sus formas propias de representación.

3.- Todas las bibliotecas propiedad de la Comunidad de Madrid y de los diferentes

Ayuntamientos, deberán contar con fondo bibliográfico específico en materia de identidad sexual y de

género, en cualquier caso respetuoso con los derechos humanos y nunca contrario al reconocimiento

de la expresión o identidad de género, siendo obligatorio que dichos fondos conformen una sección

específica en aquellas bibliotecas de ciudades de más de 20.000 habitantes.

Artículo 38.- Deporte, ocio y tiempo libre.

1.- La Comunidad de Madrid promoverá y velará para que la participación en la práctica

deportiva y de actividad física se realice en términos de igualdad, sin discriminación por motivos de

identidad y/o expresión de género. En los eventos y competiciones deportivas que se realicen en la

Comunidad Autónoma de Madrid se considerará a las personas que participen atendiendo a su

identidad sexual sentida a todos los efectos, sin perjuicio del oportuno cumplimiento de las normas de

rango superior que rijan las competiciones internacionales.

2.- Se adoptarán las medidas precisas para garantizar que las actividades recreativas, de ocio y

tiempo libre, se disfrutan en condiciones de igualdad y respeto a la realidad de personas en atención a

su identidad y expresión de género, evitando cualquier acto de prejuicio, hostigamiento y violencia

física o psicológica.

3.- Se adoptarán medidas que garanticen formación adecuada de los profesionales de

didáctica deportiva, de ocio y tiempo libre, que incorpore la diversidad sexual y de género, el respeto

y la protección del colectivo frente a cualquier discriminación por identidad o expresión de género.

Para ello se establecerá el contacto necesario con las entidades públicas o privadas representativas en

el ámbito de la gestión del ocio y tiempo libre y juventud.

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4.- Se promoverá un deporte inclusivo, erradicando toda forma de manifestación transfóbica

en los eventos deportivos realizados en la Comunidad Autónoma de Madrid.

TÍTULO IX

MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO

Artículo 39.- Cooperación internacional al desarrollo.

El Plan General y los planes anuales madrileños de cooperación para el desarrollo, impulsarán

expresamente aquellos proyectos que promuevan y defiendan el derecho a la vida, la igualdad, la

libertad y la no discriminación de las personas por motivos de identidad o expresión de género en

aquellos países en que estos derechos sean negados o dificultados, legal o socialmente, así como la

protección de personas frente a las persecuciones y represalias.

TÍTULO X

COMUNICACIÓN

Artículo 40.- Tratamiento igualitario de la información y la comunicación.

La Comunidad de Madrid fomentará, en todos los medios de comunicación de titularidad

autonómica y aquellos que perciban subvenciones o fondos públicos de la Administración madrileña,

la concienciación, divulgación y transmisión de la inclusión social y el respeto a la identidad y

expresión de género, emitiendo contenidos que contribuyan a una percepción del colectivo exenta de

estereotipos y al conocimiento y difusión de necesidades y realidades de la población trans.

Artículo 41.- Códigos deontológicos.

La Comunidad de Madrid velará para que los medios de comunicación adopten, mediante

autorregulación códigos deontológicos que incorporen el respeto a la igualdad y la prohibición de

discriminación por motivos de identidad o expresión de género, tanto en contenidos informativos y de

publicidad, como en el lenguaje empleado. Esta disposición afectará a todos los medios, incluidos

aquéllos propiciados por las nuevas tecnologías.

TÍTULO XI

MEDIDAS EN EL ÁMBITO POLICIAL

Artículo 42.- Protocolo de atención policial a la identidad de género.

1.- La Comunidad Autónoma de Madrid en el ámbito de su competencia, elaborará y velará

por la aplicación efectiva de un protocolo de atención a las personas trans, en especial cuando sean

víctimas de agresiones, acoso o coacciones tanto físicas como por medios virtuales.

2.- La Comunidad Autónoma de Madrid, en el ámbito de su competencia, velará porque la

formación de las fuerzas de seguridad incluya medidas de respeto a la identidad y expresión de

género y la adopción de las medidas necesarias para la atención a las víctimas de delitos de odio por

motivos de identidad y/o expresión de género, cuando sean víctimas de agresiones, acoso o

coacciones, tanto físicas como por medios virtuales.

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TÍTULO XII

MEDIDAS ADMINISTRATIVAS PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD REAL Y EFECTIVA DE

LAS PERSONAS EN ATENCIÓN A LA IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO

Artículo 43.- Contratación Administrativa y Subvenciones.

1.- Se podrá establecer, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, la preferencia

en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en

el momento de acreditar su solvencia técnica, desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de

oportunidades en atención a la identidad y expresión de género.

2.- Asimismo, la Administración de la Comunidad Autónoma de Madrid podrá incorporar a

las bases reguladoras de las subvenciones públicas la valoración de actuaciones de efectiva

consecución de la igualdad de las entidades solicitantes.

Artículo 44.- Formación de empleados públicos.

En el ámbito de la Administración Autonómica se impartirá una formación que garantice la

sensibilización adecuada y correcta actuación de los profesionales que prestan servicios en los ámbitos

de la salud, la educación, el mundo laboral, familia y servicios sociales, los cuerpos de policía local,

ocio cultura y deporte y comunicación.

Artículo 45.- Evaluación de impacto normativo sobre la identidad o expresión de género.

1.- Las normas y resoluciones de la Comunidad de Madrid incorporarán la evaluación del

impacto sobre identidad de género en el desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración

del principio de igualdad y no discriminación por razón de identidad de género o expresión de

género.

Artículo 46.- Medidas de remoción y cese e indemnización.

La protección frente a cualquier violación del derecho a la igualdad de las personas por

motivo de identidad y/o expresión de género comprenderá, en su caso, la adopción de cuantas

medidas sean necesarias para el cese inmediato en la conducta discriminatoria, adopción de medidas

cautelares, prevención de violaciones inminentes o ulteriores, indemnización de daños y perjuicios y

restablecimiento pleno de la persona perjudicada en el pleno ejercicio de sus derechos.

Artículo 47.- Concepto de interesado.

1.- Tendrán la condición de interesados en el procedimiento administrativo:

A. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o

colectivos. Las asociaciones entidades y organizaciones representativas de los colectivos de

personas trans y aquéllas que tengan por objeto la defensa y promoción de derechos humanos

serán titulares de intereses legítimos colectivos.

B. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar

afectados por la decisión que en el mismo se adopte.

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Artículo 48.- Inversión de la carga de la prueba.

1.- En los procesos autonómicos, cuando el interesado aporte hechos o indicios razonables,

fundamentados y probados por cualquier medio de prueba admitido en derecho, de haber sufrido

discriminación por razón de identidad o expresión de género, corresponde a aquél a quien se atribuye

la conducta discriminatoria, la aportación de justificación probada, objetiva y razonable de las

medidas adoptadas.

2.- Lo previsto en el apartado primero de este artículo no será de aplicación a los procesos

penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores.

TÍTULO XIII

INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 49.- Responsabilidad.

1.- Serán responsables de las infracciones administrativas en materia de vulneración de los

derechos de las personas trans e intersexuales las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas por

la realización de las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley. Todo ello sin perjuicio de las

responsabilidades civiles, penales o de otro orden y de las atribuciones inspectoras y sancionadoras

que en el ámbito laboral pueda ejercer la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

2.- Cuando el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley corresponda a varias

personas conjuntamente, éstas responderán de manera solidaria de las infracciones que cometan y de

las sanciones que se impongan.

Artículo 50.- Concurrencia con el orden jurisdiccional penal.

1.- No podrán sancionarse los hechos que hayan sido sancionados penal o

administrativamente, en los casos en que se aprecie identidad de sujeto, de hecho y de fundamento.

2.- En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de ilícito penal, la

Administración pasará el tanto de culpa al órgano judicial competente o al Ministerio Fiscal y se

abstendrá de seguir el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte sentencia

firme o resolución que ponga fin al procedimiento o mientras el Ministerio Fiscal no comunique la

improcedencia de iniciar o proseguir actuaciones.

3.- De no haberse estimado la existencia de ilícito penal, o en el caso de haberse dictado

resolución de otro tipo que ponga fin al procedimiento penal, la Administración continuará el

expediente sancionador en base a los hechos que los Tribunales hayan considerado probados.

Artículo 51.- Infracciones.

1.- Las infracciones administrativas se califican como leves, graves y muy graves, en atención

a la naturaleza de la obligación incumplida y a la entidad del derecho afectado.

2.- Son infracciones administrativas leves:

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A. Utilizar o emitir expresiones vejatorias contra las personas o sus familias por su identidad

y/o expresión de género en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de

comunicación, en discursos o intervenciones públicas, o en las redes sociales.

B. No facilitar la labor o negarse parcialmente a colaborar con la acción investigadora de los

servicios de inspección de la Comunidad de Madrid en el cumplimiento de los mandatos

establecidos en la presente Ley.

3.- Son infracciones graves:

A. La reiteración en el uso o emisión de expresiones vejatorias por razón de identidad o

expresión de género en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de

comunicación, en discursos o intervenciones públicas, o en las redes sociales.

B. El uso o emisión de expresiones que inciten a la violencia contra las personas trans o sus

familias, en la prestación de servicios públicos, en cualquier medio de comunicación, en

discursos o intervenciones públicas, o en las redes sociales.

C. La no retirada inmediata por parte del prestador de un servicio de la sociedad de la

información, de expresiones vejatorias o de incitación a la violencia por razón de identidad o

expresión de género contenidas en sitios web o redes sociales de las que sea responsable, una

vez tenga conocimiento efectivo del uso de esas expresiones.

D. La realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios

jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de la orientación sexual,

identidad o expresión de género.

E. La obstrucción o negativa absoluta a la actuación de los servicios de inspección de la

Comunidad de Madrid en el cumplimiento de los mandatos establecidos en la presente Ley.

F. Impedir u obstaculizar la realización de cualquier trámite administrativo o el acceso a un

servicio público o establecimiento, por causa de orientación sexual, identidad o expresión de

género.

G. Realizar actos que impliquen aislamiento, rechazo o menosprecio público y notorio de

personas por causa de orientación sexual, identidad o expresión de género.

H. La implantación, el impulso o la tolerancia de prácticas laborales discriminatorias en

empresas que reciban subvenciones, bonificaciones o ayudas públicas de la Comunidad

Autónoma de Madrid.

I. La elaboración, utilización o difusión en Centros educativos de la Comunidad Autónoma de

libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o

inferiores en dignidad humana en función de su orientación sexual, identidad o expresión de

género, o que inciten a la violencia por este motivo.

4.- Son infracciones muy graves:

A. Adoptar comportamientos agresivos o constitutivos de acoso, realizados en función de la

orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, que tenga el propósito o

produzca el efecto de atentar contra su dignidad, creando un entorno intimidatorio,

degradante u ofensivo para la misma.

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B. Cualquier represalia o trato adverso que reciba una persona como consecuencia de haber

presentado la misma una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso de cualquier tipo,

destinado a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de

igualdad.

C. La negativa a atender o asistir de manera efectiva a quienes hayan sufrido cualquier tipo de

discriminación o abuso por razón de su identidad o expresión de género cuando por su

condición o puesto tenga obligación de atender a la víctima.

5.- Respecto de las infracciones leves y graves, la discriminación múltiple incrementará,

respecto de cada una de las acciones concurrentes, un grado el tipo infractor previsto en la ley. A estos

efectos se entiende por discriminación múltiple cuando además de discriminación por motivo de

expresión o identidad de género, una persona sufre conjuntamente discriminación por otro motivo.

Artículo 52.- Reincidencia.

A los efectos de lo previsto en esta Ley, existirá reincidencia cuando el responsable o

responsables de la infracción prevista en ella hayan sido sancionados anteriormente mediante

resolución firme por la realización de una infracción de la misma naturaleza en el plazo de dos años,

contados desde la notificación de aquélla.

Artículo 53.- Sanciones.

1.- Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de 200 a 3.000

euros.

2.- Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 3.001 hasta 20.000 euros. Además,

podrán imponerse como sanciones accesorias alguna o algunas de las siguientes:

A. Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Comunidad Autónoma de

Madrid por un periodo de un año.

B. Prohibición de contratar con la Administración, sus organismos autónomos o entes públicos

por período de un año.

3.- Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 20.001 hasta 45.000 euros, y

además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes:

A. Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Comunidad Autónoma de

Madrid por un periodo de hasta tres años.

B. Inhabilitación temporal, por un periodo de hasta tres años, para ser titular, la persona física

o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.

C. Prohibición de contratar con la Administración, sus organismos autónomos o entes

públicos por un periodo de hasta tres años.

Artículo 54.- Graduación de las sanciones.

1.- Para la graduación de las sanciones se tendrá en cuenta:

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A. La naturaleza y gravedad de los riesgos o perjuicios causados a las personas o bienes.

B. La intencionalidad del autor.

C. La reincidencia.

D. La discriminación múltiple y la victimización secundaria.

E. La trascendencia social de los hechos o su relevancia.

F. El beneficio que haya obtenido el infractor.

G. El incumplimiento de las advertencias o requerimientos que previamente haya realizado la

Administración.

H. La pertenencia de la persona infractora a fuerzas y cuerpos de seguridad.

I. La pertenencia de la persona infractora a un grupo organizado de ideología fehacientemente

homofóbica, lesbofóbica, bifóbica, y/o transfóbica.

J. La reparación voluntaria de los daños causados o la subsanación de los hechos que dieron

lugar a la comisión del tipo infractor, siempre que ello tenga lugar antes de que recaiga

resolución definitiva en el procedimiento sancionador.

2.- Para la imposición de las sanciones pecuniarias y para la determinación de su cuantía

deberá tenerse en cuenta que la comisión de las infracciones no resulte más beneficiosa para el

infractor o los infractores que el cumplimiento de las normas infringidas.

Artículo 55.- Prescripción.

1.- Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las

leves a los nueve meses.

2.- El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a computarse desde el día siguiente

a aquel en que la infracción se hubiera cometido.

3.- Las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los dos años, las

graves al año y las leves a los seis meses.

4.- El cómputo de la prescripción de las sanciones comenzará a correr desde que adquiera

firmeza la resolución que imponga la sanción.

TÍTULO XIV

PROCEDIMIENTO

Artículo 56.- Competencia.

1.- La imposición de las sanciones previstas en este Título exigirá la previa incoación del

correspondiente expediente sancionador cuya instrucción corresponderá al titular del Servicio de

Régimen Jurídico de la Secretaría General competente en materia de no discriminación a las personas

por motivos de identidad y expresión de género.

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2.- Si durante la tramitación del expediente sancionador se comprobara que la competencia

corresponde a otra Administración pública, se dará traslado del expediente a la Administración

pública competente para su tramitación.

3.- La competencia para la imposición de sanciones previstas en la presente Ley

corresponderá:

a) A la persona que ostente la titularidad de la Secretaría General competente en materia de no

discriminación de personas por motivos de identidad y expresión de género, cuando se trate

de la imposición de sanciones por infracciones leves.

b) A la persona titular de la Consejería con competencias en materia de no discriminación de

personas por identidad y expresión de género, cuando se trate de imposición de sanciones por

infracciones graves.

c) El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para la imposición de sanciones por

infracciones muy graves.

Artículo 57.- Procedimiento sancionador.

La potestad sancionadora se ejercerá de conformidad con lo que disponen la Ley reguladora

del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y el Decreto 245/2000, de

16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora

por la Administración de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

No discriminación por motivos de identidad de género en el cómputo del plazo de residencia para

ser beneficiario de la renta mínima de inserción

No se considerará interrumpido el tiempo de residencia efectiva en la Comunidad de Madrid

exigido por la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de

Madrid, y las normas de desarrollo de la misma, en los casos de traslados fuera de la comunidad

autónoma derivados de situaciones constatadas de malos tratos familiares, de tratamientos socio-

sanitarios de rehabilitación, como consecuencia de medidas especiales de protección en

procedimientos judiciales, o de tratamiento derivado de la atención a la transexualidad del interesado,

o por cumplimiento de condena en establecimientos penitenciarios radicados fuera de la Comunidad

de Madrid.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

No discriminación por motivos de identidad de género en el Servicio Público de Atención a

Personas Mayores en Residencias, Centros de Día y Pisos Tutelados de la Comunidad de Madrid

1.- Se modifica el artículo 2.d) del Decreto 72/2001, de 31 de mayo, del Consejo de Gobierno,

por el que se regula el Régimen Jurídico Básico del Servicio Público de Atención a Personas Mayores

en Residencias, Centros de Atención de Día y Pisos Tutelados, que pasa a decir:

"Asimismo, en el marco de las políticas de promoción reguladas en el artículo 50 del Texto

Constitucional y en el 11.c) de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad

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de Madrid, y sin perjuicio de los principios generales establecidos en el artículo 3 de esta última, la

prestación del Servicio a que se refiere este Decreto, se ajustará a los siguientes principios: d) Respeto a

la individualidad y a la intimidad, y especialmente, a la orientación sexual y a la identidad de género

del usuario".

2.- En relación al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Residencias de

Ancianos de la Comunidad de Madrid, gestionadas por el Servicio Regional de Bienestar Social,

aprobado por la Orden 766/1993, de 10 de junio, de la Consejería de Integración Social, (hoy de

familia y asuntos sociales):

Se modifica el artículo 3.d) del mismo, que pasa a decir:

"Asimismo, se ajustarán a los siguientes principios: d) Trato diferenciado y respeto a la

individualidad y a la intimidad, y especialmente, a la orientación sexual y a la identidad de género del

residente".

La Unidad de Atención Sanitaria de la residencia de ancianos prestará la asistencia sanitaria y

farmacológica prevista en el artículo 22 del mismo en colaboración con la Unidad de Identidad de

Género, para lo cual la Comunidad de Madrid establecerá reglamentariamente los mecanismos de

comunicación oportunos.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango emanadas de los órganos

de la Comunidad de Madrid se opongan a lo previsto en la presente Ley.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Desarrollo reglamentario

1.- Se faculta al Consejo de Gobierno a disponer y firmar los convenios necesarios para el

desarrollo de esta Ley con aquellas instituciones y administraciones que resulten competentes y

oportunas.

2.- Se faculta asimismo al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el

desarrollo y ejecución de la presente Ley, en el plazo máximo de nueve meses, contado a partir de la

fecha de su entrada en vigor.

3.- Las medidas contempladas en la presente Ley, que en virtud de su desarrollo

reglamentario impliquen la realización de gastos, serán presupuestadas con cargo a los Presupuestos

de la Comunidad Autónoma del ejercicio siguiente a la entrada en vigor de las disposiciones

adoptadas para su aplicación.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Las medidas contenidas en el Título II y concordantes de la presente Ley relativas a la

atención en proximidad y descentralizada a personas trans, se pondrán en marcha en un plazo de seis

meses desde la entrada en vigor de la Ley, en el que se procederá por la Administración de la

Comunidad de Madrid a la definición de los circuitos de derivación de estas personas y a la formación

de los profesionales sanitarios afectados por la nueva normativa. Todo ello sin perjuicio de la

utilización de los recursos ya existentes en el Servicio Madrileño de Salud, atendiendo a los criterios

de libre elección.

──── ENMIENDAS AL ARTICULADO DE LA PROPOSICIÓN DE LEY 6(X)/2015 RGEP.4709,

PARA PALIAR Y REDUCIR LA POBREZA ENERGÉTICA (ELECTRICIDAD, AGUA Y GAS) EN

LA COMUNIDAD DE MADRID ────

Al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.1, 141 y 151.6 del Reglamento de la Asamblea, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las enmiendas del Grupo

Parlamentario Socialista (RGEP.1605/2016), en relación al articulado de la Proposición de Ley

6(X)/2015 RGEP.4709, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la

Comunidad de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

ENMIENDAS DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, PRESENTADAS AL

ARTICULADO DE LA PROPOSICIÓN DE LEY 6(X)/2015 RGEP.4709, PARA PALIAR Y REDUCIR

LA POBREZA ENERGÉTICA (ELECTRICIDAD, AGUA Y GAS) EN LA COMUNIDAD DE

MADRID

ENMIENDA NÚM. 1

De Modificación.

Del título de la Proposición de Ley.

Se propone sustituir el título de la Proposición de Ley por el siguiente:

"PROPOSICIÓN DE LEY PARA PROTEGER A LOS CONSUMIDORES VULNERABLES Y/O

HOGARES VULNERABLES CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA EN LA COMUNIDAD DE

MADRID"

ENMIENDA NÚM. 2

De Adición.

Al Preámbulo.

Se propone añadir al principio del texto propuesto en el Preámbulo el siguiente:

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5099

"En los últimos años una nueva forma de pobreza, la pobreza energética se ha extendido por las

sociedades desarrolladas.

La pobreza energética se puede definir como, aquella situación que sufren los hogares cuyos

miembros son incapaces de pagar una cantidad económica por los servicios energéticos básicos para

satisfacer las necesidades mínimas y/o cuando se ven obligados a destinar una parte excesiva de sus

ingresos a pagar la factura energética de sus viviendas.

La crisis, los recortes y el elevado desempleo han reducido las rentas e ingresos familiares llevando en

muchos casos a la imposibilidad de hacer frente a gastos tan elementales como el pago del agua, de la

luz y la calefacción del hogar, unido en muchos casos a la ineficiencia de la vivienda desde el punto de

vista energético, agudizan el riesgo de pobreza energética entre las personas más vulnerables.

La pobreza energética es un problema cada vez más presente y se sufre tanto en los entornos urbanos

como rurales.

Ante el alarmante incremento de la pobreza, cada vez son más el número de familias que, por razones

personales, económicas y/o sociales, se encuentran en situación de pobreza y marginalidad.

Es necesario que se adopten medidas para garantizar el suministro de servicios básicos esenciales para

las familias como son agua, luz y gas a todas aquellas personas que no pueden hacer frente al pago de

esas facturas.

El impago supone el corte inmediato del suministro en el hogar, lo que las deja sin luz, sin energía

para poder calentar su vivienda y no disponen de agua para cocinar, beber, asearse y lavar su ropa.

Se trata de evitar que se corte la luz, el agua o el gas a las personas que no tienen recursos suficientes

para pagar. Es una cuestión humanitaria, sí, y también de higiene y salud, que evitará el aislamiento y

exclusión de muchas familias. Se trata de que puedan disfrutar de unas condiciones de vida dignas."

ENMIENDA NÚM. 3

De Modificación.

Del Preámbulo.

Se propone la modificación del primer párrafo del Preámbulo propuesto, que quedaría redactado con

el siguiente texto:

"La Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas

comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE,

así como la Directiva 2009/73/CE sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, son

normas que contienen previsiones específicas para que los Estados miembros aborden la cuestión de

la pobreza energética y la protección de los consumidores vulnerables."

ENMIENDA NÚM. 4

De Adición.

Al Preámbulo.

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Se propone añadir tras el segundo párrafo del Preámbulo propuesto el siguiente párrafo:

"La regulación del mantenimiento de unas condiciones adecuadas de climatización de la vivienda

para los consumidores vulnerables y quienes sufren situaciones de pobreza energética resulta, por

otro lado, un desarrollo del derecho a la vivienda recogido por el artículo 47 de la Constitución

española. Con esta incorporación no solo se da cumplimiento al deber de los poderes públicos de

promover las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho, sino que al vincularlo a las

condiciones de habitabilidad objetivas consideradas mínimas, se configura un derecho a la vivienda

más completo y avanzado de lo que se reconocía hasta ahora."

ENMIENDA NÚM. 5

De Adición.

Al Preámbulo.

Se propone añadir al final del Preámbulo propuesto el siguiente texto:

"A día de hoy se están produciendo casos en los que muchas familias con escasez de recursos, que

están pasando por un momento económico difícil, se ven privados de uno de los recursos más básicos

y necesarios como es el agua ante la imposibilidad de afrontar el pago de las facturas por el

suministro.

La gestión pública del agua debe realizarse desde un modelo que tenga presente que el agua es un

bien básico y los poderes públicos deben garantizar que todos los ciudadanos y ciudadanas tengan

acceso a este bien sin que su condición económica o social le impida disfrutar del mismo. En este

sentido la Asamblea de las Naciones Unidas en la resolución 64/292 reconoció el derecho al Agua

como un Derecho Humano, por ello el acceso al agua no puede gestionarse únicamente desde la

óptica puramente lucrativa. La falta de una política tarifaria del agua más justa y equitativa en la

Comunidad de Madrid está poniendo en riesgo este Derecho Humano.

Según los últimos datos publicados en las Memorias del Canal de Isabel II tan solo 1.177 personas

están beneficiándose de la bonificación por exención social en la factura del agua, de un total de 1,4

millones de clientes que tiene el Canal de Isabel II, lo que contrasta escandalosamente con el hecho de

que a la vez la Junta de Accionistas del Canal haya aprobado los incrementos en la retribución de su

Consejo de Administración.

Resulta imprescindible, desde la gestión pública, apostar por un nuevo modelo de tarifa social del

agua respetuosa con el derecho de acceso al agua y suministro garantizado, y en la que se modifiquen

los requisitos y criterios de aplicación de manera que se puedan beneficiar de ella las familias con falta

de recursos y en riesgo de exclusión social, los pensionistas con pensiones mínimas, los parados de

larga duración, las familias con todos sus miembros en situación de desempleo o las familias que tan

solo reciben como ingreso una prestación social, es decir, una tarifa progresiva, no sólo socialmente

sino medioambientalmente sostenible, aplicando una tarificación que tenga en cuenta el tipo y

volumen de consumos (doméstico, industrial, riego…).

La pobreza energética tiene un impacto profundo en la vida de las personas y puede influenciar en su

esperanza de vida. Se estima que en 2011 la pobreza energética fue responsable de entre 2.300 y 9.300

muertes prematuras. Diversos estudios situaban la tasa de pobreza energética española en el 10% de la

población.

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5101

Estas cifras resultan inasumibles y, en este sentido, urge, entre otras acciones, incorporar el combate

contra la pobreza energética como prioridad de la política energética española.

Es necesario implantar un sistema de precios más justos para la energía y el agua. No es razonable que

el primer litro de agua o el primer kilovatio, aquel que cubre las necesidades más básicas de la gente,

tenga el mismo precio que el litro de agua o el kilovatio que se dedican al ocio o que simplemente se

despilfarran.

Es necesario establecer un suelo social reconocido como derecho vital, para dar solución a las

situaciones de pobreza energética y a la angustia de muchas personas que no pueden pagar sus

facturas, garantizando unos consumos mínimos vitales a todas las familias en función del número de

miembros y de los periodos estacionales."

ENMIENDA NÚM. 6

De Modificación.

Del artículo 1.

Se propone sustituir el texto propuesto en el artículo 1 por el siguiente:

"La presente Ley tiene por objeto el establecimiento de medidas para garantizar unas condiciones de

habitabilidad objetiva adecuada en las viviendas de los hogares vulnerables y/o consumidores

vulnerables de suministros energéticos, en situación de pobreza energética entendiendo como tal el

consumo de gas, electricidad y agua."

ENMIENDA NÚM. 7

De Modificación.

Del título del artículo 2.

Se propone modificar la rúbrica del artículo 2 sustituyendo la palabra "Definiciones" por la expresión:

"Pobreza energética".

ENMIENDA NÚM. 8

De Modificación.

Del artículo 2.

Se propone sustituir el texto propuesto en el artículo 2 por el siguiente:

"1.- A los efectos de la presente Ley, se considera pobreza energética aquella situación en la que los

consumidores vulnerables definidos de acuerdo con lo dispuesto por esta Ley destinan, en cómputo

anual, a la factura de los suministros energéticos para la satisfacción de sus necesidades domésticas

básicas, más del 10 por ciento de su renta familiar.

2.- Se entenderá por "medidas para prevenir, evitar o paliar la pobreza energética" todas las

actuaciones encaminadas a desarrollar una protección efectiva a los consumidores vulnerables de

suministros energéticos y para abordar la insoslayable situación de pobreza energética.

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5102

3.- Se entenderá por "reducir la pobreza energética" todas las actuaciones destinadas a lograr que el

número de personas en pobreza energética disminuya."

ENMIENDA NÚM. 9

De Adición.

Se propone añadir un nuevo artículo 2 BIS con el siguiente texto:

"Artículo 2 BIS.- Consumidores vulnerables.

1.- Los consumidores vulnerables tendrán derecho al suministro energético suficiente para satisfacer

sus necesidades domésticas básicas a un precio asequible garantizado por la tarifa social.

2.- Se consideran consumidores vulnerables, a los efectos de lo dispuesto en esta Ley, a quienes no

superen los umbrales de consumo energético básicos y se encuentren en alguna de las siguientes

circunstancias:

a) Sean perceptores de pensiones mínimas del Sistema de la Seguridad Social, pensiones mínimas de

clases pasivas, pensiones del extinguido SOVI no concurrentes o pensiones no contributivas.

b) Sean unidades familiares que tengan a todos sus miembros en situación de desempleo.

c) Dispongan de una renta familiar per cápita inferior al 75 por 100 del salario mínimo

interprofesional."

ENMIENDA NÚM. 10

De Adición.

Se propone añadir un nuevo artículo 2 TER con el siguiente texto:

"Artículo 2 TER.-

Se entenderá por "hogar vulnerable" aquel:

a) Que se encuentre en situación de pobreza relativa según los estándares del INE en la Comunidad

de Madrid y cuyo consumo energético supere el 10% de los ingresos del hogar.

b) Que se encuentre en pobreza severa (40% de la mediana) o en pobreza extrema (30% de la mediana)

según los estándares del INE en la Comunidad de Madrid,

c) Donde se reciben prestaciones por Rentas Mínimas de Inserción.

d) Que no pudiendo demostrar su renta se encuentre dentro de la horquilla de ingresos aquí definida,

según un informe redactado por los Servicios Sociales Municipales competentes. En el mismo

supuesto estarán aquellos casos de emergencia social que puedan ser catalogados como Hogar

Vulnerable por los mismos Servicios Sociales."

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5103

ENMIENDA NÚM. 11

De Adición.

Se propone añadir un nuevo artículo 2 QUATER con el siguiente texto:

"Artículo 2 QUATER.-

Se consideran necesidades domésticas básicas:

a) Las destinadas a la climatización de las viviendas imprescindible para mantener una temperatura

adecuada durante los meses fríos.

b) Las destinadas a la iluminación y al consumo de los aparatos de conservación y transformación de

alimentos.

c) Las destinadas a calentar el agua de uso sanitario e higiénico."

ENMIENDA NÚM. 12

De Adición.

Se propone añadir un nuevo artículo 2 QUINQUIES con el siguiente texto:

"Artículo 2 QUINQUIES.- Tarifa Social.

1.- Los suministros energéticos para satisfacer las necesidades domésticas básicas de los consumidores

vulnerables y/o hogares vulnerables, estarán garantizados por una tarifa social asequible para el

consumidor al que se dirige y cuya fórmula se desarrollará reglamentariamente teniendo en cuenta las

condiciones establecidas en el presente artículo.

2.- En función del suministro energético al que se refiera, se aplicará a un determinado nivel de

potencia o consumo que deberá ser suficiente para cubrir las necesidades domésticas básicas.

3.- La tarifa social será asequible. Su determinación estará referenciada a parámetros objetivos

relacionados con la renta y al gasto energético de las familias y no tendrá en cuenta la fluctuación de

los precios del mercado.

4.- La Comunidad de Madrid facilitará a los consumidores vulnerables y a los hogares vulnerables el

acceso directo a la tarifa social, evitando así que la falta de información impida el acceso a la misma.

La Comunidad de Madrid favorecerá la coordinación y cooperación con las entidades sociales para la

identificación de las situaciones de necesidad, prevención, acompañamiento y determinación de las

medidas necesarias.

5.- La designación de las empresas comercializadoras o suministradoras que resulten obligadas a

poner a disposición de los clientes finales los suministros energéticos a los que resulte de aplicación la

tarifa social se realizará de acuerdo a criterios objetivos.

6.- El déficit de ingresos de las empresas obligadas al suministro de clientes con tarifa social será

considerado coste del sistema y será financiado a través de los cargos que se establezcan o en su caso

de partidas provenientes de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid."

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ENMIENDA NÚM. 13

De Modificación.

Se propone sustituir en la letra a) del artículo 3 las palabras: "personas censadas en el domicilio" por el

siguiente texto: "personas que figuran en el certificado de convivencia".

ENMIENDA NÚM. 14

De Modificación.

De la letra a) del artículo 3.

Se propone sustituir la referencia al "apartado 4 del artículo 2" por: "artículo 2 TER".

ENMIENDA NÚM. 15

De Modificación.

De la letra b) del artículo 3.

Se propone sustituir la referencia al "artículo 2.4" por: "artículo 2 TER".

ENMIENDA NÚM. 16

De Supresión.

Del apartado c) del artículo 3.

ENMIENDA 17

De Adición.

Se propone añadir un nuevo artículo 3 BIS con el siguiente texto:

"Artículo 3 BIS.- Interrupción del suministro para las personas en situación de pobreza energética.

1.- Cuando una empresa suministradora de energía aprecie que se dan las causas para interrumpir el

suministro de un cliente que conste en situación de pobreza energética, deberá solicitar una

autorización previa a la Administración competente.

La Comunidad de Madrid buscará acuerdos con las comercializadoras para que no corten el

suministro a menos que haya un informe de los servicios sociales que lo autorice.

Los Servicios Sociales Municipales se pondrán en contacto con los miembros del hogar y recabarán la

documentación necesaria para poder examinar su situación. Durante el tiempo de tramitación de este

procedimiento, no se podrá llevar a cabo ningún corte de suministro energético al hogar cuya

situación esté siendo analizada.

El plazo para resolver será de 60 días hábiles, desde que la empresa suministradora efectúe la

comunicación a los Servicios Sociales municipales.

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Si del estudio de la situación los Servicios Sociales Municipales se deriva que dicho hogar se encuentra

dentro de alguna de las variables de Hogar Vulnerable consideradas en el artículo 2.4, se procederá a

emitir la correspondiente declaración, notificándola a la empresa comercializadora, iniciándose los

trámites para la realización de los pagos correspondientes.

Si pasado este plazo la Administración no se hubiera pronunciado, se entenderá que esa unidad

familiar se encuentra en situación de vulnerabilidad y se emitirá un certificado de silencio

administrativo positivo. Este certificado podrá ser solicitado tanto por los miembros del hogar

vulnerable mayores de edad o por algún representante de la compañía de suministro, para que se

inicien los oportunos trámites de pago.

La interrupción del suministro no podrá producirse hasta que hayan transcurrido 6 meses desde el

primer requerimiento de pago sin que se hubiera hecho efectivo.

2.- No se autorizará la interrupción del suministro de una persona en situación de pobreza energética,

o en trámite de obtener su reconocimiento, durante el período estacional en el que las temperaturas

sean más bajas o cuando el suministro sea indispensable para garantizar la salud de las personas que

la habitan. A estos fines se establecerá un calendario indicativo según la zona climática donde se

ubique la vivienda."

ENMIENDA NÚM. 18

De Modificación.

Del artículo 5.

Se propone sustituir el texto propuesto por el siguiente:

"Artículo 5.- Ayuda para el pago de la factura del consumo energético.

La declaración como Hogar Vulnerable y/o consumidor vulnerable conllevará el acceso a una ayuda

para el pago de los insumos energéticos. Dicha ayuda se mantendrá durante el tiempo que dure la

declaración como Hogar Vulnerable y/o consumidor vulnerable y se realizará según criterios de

progresividad.

a) Los hogares y/o consumidor vulnerable en situación de pobreza extrema recibirán un pago del

100% del conjunto de sus tarifas energéticas (electricidad, agua y gas). En estos casos se comenzará

por analizar la factura energética de los hogares para analizar si existen medidas, como el cambio en la

potencia contratada, que se puedan llevar a cabo contemporáneamente a la ayuda en la factura.

b) Aquellos en pobreza severa recibirán el 35% que alcanzará el 50% a partir de un/a hijo/a o persona

dependiente a su cargo.

c) Aquellos en pobreza relativa con un porcentaje de gasto energético según ingresos de más del 10%

recibirán una ayuda del 20% de su factura. En este caso, tendrán que acreditar su situación con los

recibos de los últimos seis meses.

d) En los casos de emergencia social definidos por los Servicios Sociales Municipales se establecerá el

procedimiento más adecuado que garantice la respuesta inmediata.

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Además de lo establecido en el primer supuesto de este artículo, los servicios sociales revisarán,

cuando así lo solicite el o la titular del Hogar Vulnerable y/o consumidor vulnerable un análisis de la

factura eléctrica para revisar la potencia contratada y proponer, o no, modificaciones en la misma que

supongan ahorros en la factura."

ENMIENDA NÚM. 19

De Modificación.

Del artículo 6.

Se propone sustituir el texto propuesto por el siguiente:

"Artículo 6.- Duración y renovación.

La declaración como Hogar Vulnerable y/o consumidor vulnerable tendrá una validez de dos años

desde el momento en que sea confirmada y será renovada automáticamente, previo informe de los

Servicios sociales municipales que acredite que se mantienen las circunstancias que determinaron la

concesión de la ayuda.

En el caso de la emergencia social dependerá del tiempo que esa situación se mantenga según el

informe de los Servicios Sociales Municipales."

ENMIENDA NÚM. 20

De Adición.

Al artículo 7.

Se propone añadir después de: "hogar vulnerable" las palabras: "y/o consumidor vulnerable".

ENMIENDA NÚM. 21

De Adición.

Al artículo 8.1.

Se propone añadir después de: "hogar declarado como vulnerable", las palabras: "y/o consumidor

vulnerable".

ENMIENDA NÚM. 22

De Adición.

Al artículo 8.2.

Se propone añadir después de: "hogar vulnerable" las palabras: "y/o consumidor vulnerable".

ENMIENDA NÚM. 23

De Supresión.

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5107

Al artículo 8.2.

Se propone suprimir la palabra: "alguna".

ENMIENDA NÚM. 24

De Modificación.

Del artículo 9.

Se propone modificar el texto propuesto en el artículo 9 que quedará redactado como sigue:

"Artículo 9.- Plan de medidas de micro-eficiencia energética.

La Comunidad de Madrid en colaboración con las entidades locales, aprobará un Plan de desarrollo

de medidas de micro-eficiencia energética en Hogares Vulnerables y/o consumidores vulnerables.

Estas medidas están destinadas a promover el cambio en los hábitos de consumo y, especialmente, el

ahorro energético que permitirá reducir el consumo y por lo tanto el coste de la factura de luz, agua y

gas en los Hogares Vulnerables y/o consumidores vulnerables que donde se den este tipo de

intervenciones.

El Plan incluirá también acciones dirigidas a estudiar las posibilidades de reducir la potencia

contratada de los hogares y se estudiará si concurre alguno de los presupuestos habilitantes para

solicitar la ayuda en el pago de la factura del consumo energético, en caso de que dicho hogar no se

estuviera beneficiando de dicha tarifa reducida.

Este Plan tendrá una duración de tres años y para su elaboración se creará un Comité de Seguimiento,

que trabajará con las Administraciones locales y sus Servicios Sociales Municipales, así como con los

agentes sociales involucrados en la protección de los derechos de los consumidores y las empresas de

suministro energético a la hora de definir su alcance, diseñar sus objetivos y establecer una serie de

indicadores que permitan evaluar los resultados de su implementación y arrojar datos sobre la

reducción de la pobreza energética en la Comunidad.

El Plan deberá estar aprobado antes de la finalización del primer semestre de 2016.

Los Hogares Vulnerables y/o consumidores vulnerables en los supuestos de pobreza extrema o que

reciben una RMI accederán automáticamente a las intervenciones de micro-eficiencia energética, con

una financiación del 100%. Los hogares y/o consumidores vulnerables en pobreza severa podrán

solicitar su inclusión en este plan con una financiación del 50% en las intervenciones, mientras que los

hogares y/o consumidores vulnerables en pobreza relativa considerados como Hogar Vulnerable,

podrán acceder a estas intervenciones con una financiación del 25%.

Se pondrán en marcha medidas de inversión en barrios más deteriorados que garanticen el acceso a

unos servicios mínimos de energía.

Para ello se plantearán intervenciones integrales que faciliten la cohesión social en barrios que

acumulan déficit, tales como viviendas en mal estado o carencia de servicios, sobre todo en aquellos

casos en los que las deficiencias estructurales de la vivienda suponen barreras al acceso a la energía.

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5108

Entre las medidas destinadas a la mejora de la eficiencia energética, en consonancia con la estrategia

europea y española de lucha contra el cambio climático, teniendo en cuenta la estimación de la

rentabilidad de la inversión a medio y largo plazo, se fomentará la incorporación de energías

renovables que puedan reducir el consumo y la dependencia energética de las viviendas."

ENMIENDA NÚM. 25

De Supresión.

Al artículo 10.

Se propone suprimir en su primer párrafo el siguiente texto:

"pudiendo asignarse con cargo al fondo de contingencia de los presupuestos en su primer año de

aplicación (2016)".

ENMIENDA NÚM. 26

De Modificación.

Del artículo 10.

Se propone sustituir la referencia: "artículo 13" por: "artículo 14".

ENMIENDA NÚM. 27

De Modificación.

Del artículo 12.

Se propone la modificación del texto propuesto en el artículo 12 que quedará redactado con el

siguiente texto:

"Artículo 12.- Tramitación ante las Administraciones locales.

Las Administraciones locales pondrán a disposición de los ciudadanos los medios necesarios para que

estos puedan solicitar la declaración de Hogar Vulnerable y/o consumidor vulnerable.

La tramitación podrá realizarse tanto presencialmente como de forma telemática."

ENMIENDA 28

De Adición.

Al artículo 14.

Se propone añadir un nuevo punto 5 con el siguiente texto:

"5.- En el caso de que la persona beneficiaria de la ayuda cambiara de situación económica, y no lo

comunicara a los Servicios Sociales municipales, a la Administración competente o a la

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5109

comercializadora, perdería el derecho a la ayuda desde el momento en que se produjera dicho

cambio."

──── ENMIENDAS AL ARTICULADO DE LA PROPOSICIÓN DE LEY 6(X)/2015 RGEP.4709,

PARA PALIAR Y REDUCIR LA POBREZA ENERGÉTICA (ELECTRICIDAD, AGUA Y GAS) EN

LA COMUNIDAD DE MADRID ────

Al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.1, 141 y 151.6 del Reglamento de la Asamblea, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las enmiendas del Grupo

Parlamentario de Ciudadanos (RGEP.1627/2016), en relación al articulado de la Proposición de Ley

6(X)/2015 RGEP.4709, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la

Comunidad de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

ENMIENDAS DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CIUDADANOS, PRESENTADAS AL

ARTICULADO DE LA PROPOSICIÓN DE LEY 6(X)/2015 RGEP.4709, PARA PALIAR Y REDUCIR

LA POBREZA ENERGÉTICA (ELECTRICIDAD, AGUA Y GAS) EN LA COMUNIDAD DE

MADRID

ENMIENDA NÚM. 1

De Modificación.

Se modifica el artículo 1, que queda redactado así:

"Constituye el objeto de la presente Ley la adopción de medidas para garantizar los suministros

energéticos básicos en las viviendas de los consumidores vulnerables y las personas en situación de

pobreza energética residentes en la Comunidad de Madrid."

ENMIENDA NÚM. 2

De Modificación.

Se modifica el artículo 2, que queda redactado así:

"Artículo 2.- Definiciones.

A efectos de la presente Ley.

1.- Se considera consumidor vulnerable a quienes no superen unos umbrales de consumo energético

considerados básicos y se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Sean perceptores de rentas mínimas de inserción o pensiones mínimas del Sistema de Seguridad

Social.

b) Sean unidades familiares con todos sus miembros en situación de desempleo.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5110

c) Dispongan de una renta familiar per cápita inferior al IPREM.

2.- Se consideran necesidades domésticas básicas:

a) Las destinadas a mantener la climatización de la vivienda en unas condiciones adecuadas para la

salud.

b) Las destinadas a la iluminación y al consumo de los equipos de refrigeración y cocinado de

alimentos.

c) Las destinadas al calentamiento del agua de uso sanitario e higiénico.

3.- Se considera pobreza energética aquella situación en la que los consumidores vulnerables definidos

de acuerdo a esta Ley, destinan en cómputo anual, a la factura de los suministros energéticos para la

satisfacción de sus necesidades domésticas básicas más del diez por ciento de su renta familiar."

ENMIENDA NÚM. 3

De Modificación.

Se modifica el artículo 3, que queda redactado así:

"Artículo 3.- Desarrollo Reglamentario.

Reglamentariamente se desarrollará el procedimiento y los medios de acreditar los requisitos

establecidos en los apartados anteriores para la consideración de consumidor vulnerable.

Reglamentariamente se determinarán los requisitos para acreditar la situación de pobreza energética,

así como la autoridad competente para dicho reconocimiento, que se realizará tras un examen

individualizado de las circunstancias objetivas de las personas afectadas y tendrá en cuenta, entre

otras, el tipo y localización de la vivienda, su grado de eficiencia energética, los suministros con los

que cuenta y número de miembros de la familia."

ENMIENDA NÚM. 4

De Supresión.

Se suprime el artículo 4.

ENMIENDA NÚM. 5

De Modificación.

Se modifica el artículo 5, que queda redactado así:

"Artículo 5.- Tarifa social.

1.- Los suministros energéticos para satisfacer las necesidades domésticas básicas de los consumidores

vulnerables estarán garantizados por una tarifa social asequible. La forma de calcular la tarifa social se

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5111

desarrollará reglamentariamente, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el presente

artículo.

2.- La tarifa social será la aprobada con carácter trimestral por acuerdo de Consejo de Ministros.

3.- Se aplicará un determinado nivel de potencia o consumo, en función del suministro energético, que

deberá ser suficiente para cubrir las necesidades básicas de la vivienda.

4.- Las empresas comercializadoras o suministradoras de energía y agua que resulten obligadas a

poner a disposición de los clientes finales los suministros energéticos a los que resulte de aplicación la

tarifa social, serán designados de acuerdo a criterios objetivos."

ENMIENDA NÚM. 6

De Supresión.

Se suprime el artículo 6.

ENMIENDA NÚM. 7

De Modificación.

Se modifica el artículo 7, que queda redactado así:

"Artículo 7.- Interrupción del suministro para las personas en situación de pobreza energética.

1.- Cuando una empresa suministradora de energía aprecie que se dan las causas para interrumpir el

suministro de un cliente, comprobará si se encuentra en situación de pobreza energética, y si lo

estuviere, deberá comunicar dicha circunstancia a la administración competente para que estudie la

situación del hogar en riesgo de situación de pobreza energética, de manera previa a que se efectúe

ningún tipo de restricción o corte en el suministro. Para ello, la Comunidad de Madrid buscará

acuerdos con las empresas comercializadoras para que no corten el suministro a menos que haya un

informe de la administración competente que lo autorice.

2.- No se autorizará la interrupción del suministro de una persona en situación de pobreza energética,

durante el periodo de invierno o cuando el suministro sea indispensable para garantizar la salud de

las personas que la habitan."

ENMIENDA NÚM. 8

De Supresión.

Se suprime el artículo 8.

ENMIENDA NÚM. 9

De Modificación.

Se modifica el artículo 9, que queda redactado así:

"Artículo 9.- Plan de medidas de eficiencia energética.

Page 76: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5112

La Comunidad de Madrid en colaboración con las entidades locales, aprobará un Plan de desarrollo

de medidas de eficiencia energética en hogares de la Comunidad de Madrid.

Estas medidas están destinadas a promover el cambio en los hábitos de consumo y, especialmente, el

ahorro energético que permitirá reducir el consumo y por lo tanto el coste de la factura de luz, agua y

gas en las viviendas de la Comunidad de Madrid.

El Plan incluirá también acciones dirigidas a estudiar las posibilidades de reducir la potencia

contratada de los hogares y se estudiará si concurre alguno de los presupuestos habilitantes para

solicitar la ayuda en el pago de la factura del consumo energético, en caso de que dicho hogar no se

estuviera beneficiando de dicha tarifa reducida.

Este Plan tendrá una duración de tres años y se creará un Comité de Seguimiento, que trabajará con

las Administraciones locales y sus Servicios Sociales Municipales, así como con los agentes sociales

involucrados en la protección de los derechos de los consumidores y las empresas de suministro

energético a la hora de definir su alcance, diseñar sus objetivos y establecer una serie de indicadores

que permitan evaluar los resultados de su implementación y arrojar datos sobre la reducción de la

pobreza energética en la Comunidad.

El Plan deberá estar aprobado en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley."

ENMIENDA NÚM. 10

De Modificación.

Se modifica el artículo 10, que queda redactado así:

"Artículo 10.- Financiación de la ayuda en el pago de la factura de consumo energético.

La Comunidad deberá consignar anualmente en sus presupuestos, los fondos necesarios para

garantizar las condiciones de habitabilidad en las viviendas de las personas en situación de pobreza

energética de la Comunidad de Madrid."

ENMIENDA NÚM. 11

De Supresión.

Se suprime el artículo 11.

ENMIENDA NÚM. 12

De Modificación.

Se modifica el artículo 12, que queda redactado así:

"Artículo 12.- Tramitación y colaboración entre Administraciones.

Se desarrollará reglamentariamente el procedimiento de colaboración entre la Comunidad de Madrid

y las Administraciones locales de la Comunidad de Madrid, para acreditar los requisitos establecidos

en la consideración de consumidor vulnerable y todos aquellos oficios que implique el cumplimiento

de las disposiciones de la presente Ley."

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5113

ENMIENDA NÚM. 13

De Supresión.

Se suprime el artículo 13.

ENMIENDA NÚM. 14

De Supresión.

Se suprime el artículo 14.

──── ENMIENDAS AL ARTICULADO DE LA PROPOSICIÓN DE LEY 6(X)/2015 RGEP.4709,

PARA PALIAR Y REDUCIR LA POBREZA ENERGÉTICA (ELECTRICIDAD, AGUA Y GAS) EN

LA COMUNIDAD DE MADRID ────

Al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.1, 141 y 151.6 del Reglamento de la Asamblea, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las enmiendas del Grupo

Parlamentario Popular (RGEP.1643/2016), en relación al articulado de la Proposición de Ley

6(X)/2015 RGEP.4709, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la

Comunidad de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

ENMIENDAS DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR, PRESENTADAS AL ARTICULADO

DE LA PROPOSICIÓN DE LEY 6(X)/2015 RGEP.4709, PARA PALIAR Y REDUCIR LA POBREZA

ENERGÉTICA (ELECTRICIDAD, AGUA Y GAS) EN LA COMUNIDAD DE MADRID

ENMIENDA NÚM. 1

De Modificación.

Del título de la Proposición de Ley.

Sustituir el título propuesto por el que a continuación se indica:

"Proposición de Ley para paliar y reducir la pobreza energética en la Comunidad de Madrid."

ENMIENDA NÚM. 2

De Modificación.

Del Preámbulo de la Proposición de Ley.

Se propone la eliminación del párrafo octavo del Preámbulo, que empieza por "El resultado es que

entre el año 2009…" y de la tabla de datos que aparece a continuación".

Page 78: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5114

ENMIENDA NÚM. 3

De Supresión.

Suprimir del texto de la Proposición de Ley todas las referencias a "suministros de agua" o "agua", y

en concreto las siguientes:

Preámbulo, artículo 2.1, artículo 3.c), artículo 5.a) y párrafo segundo del artículo 9.

ENMIENDA NÚM. 4

De Modificación.

Del artículo 1.- Objeto.

Eliminar la expresión "de choque".

ENMIENDA NÚM. 5

De Modificación.

Del artículo 3.

"Artículo 3.- Declaración de Hogar Vulnerable y vías de acceso a ayudas para la cobertura de gastos

por consumo energético.

1.- La declaración que suponga el reconocimiento como Hogar Vulnerable podrá obtenerse por tres

vías:

a) Hogares que puedan acreditar la situación de vulnerabilidad: mediante solicitud de uno o más

miembros mayores de edad de dicho hogar ante los Servicios Sociales Municipales, acompañada de la

documentación acreditativa que se determine reglamentariamente.

b) Hogares que no puedan acreditar la situación de vulnerabilidad; mediante la solicitud de informe

de los Servicios Sociales Municipales que certifique de manera motivada el nivel de renta estimado del

hogar.

c) Hogares perceptores de RMI: mediante solicitud de uno o más miembros mayores de edad, sin

necesidad de presentar documentación acreditativa adicional. En este caso, el reconocimiento como

Hogar Vulnerable será automático.

En los supuestos a) y b), los Servicios Sociales Municipales deberán verificar el cumplimento de los

requisitos en un plazo máximo de 30 días hábiles y, en caso afirmativo, emitirán un informe propuesta

de Declaración de Hogar Vulnerable.

2.- La declaración de "hogar vulnerable" será emitida, previo informe de los Servicios Sociales del

municipio correspondiente, por la Consejería competente en materia de servicios sociales y familia, en

los términos que reglamentariamente se establezcan.

La falta de resolución expresa en el plazo máximo de 1 mes tendrá consideración de silencio positivo."

Page 79: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5115

ENMIENDA NÚM. 6

De Supresión.

Del artículo 4.

ENMIENDA NÚM. 7

De Modificación.

Del artículo 5.

Sustituir el texto propuesto por otro del siguiente tenor:

"Artículo 5.- Ayuda en el pago de la factura del consumo energético.

La declaración como "Hogar Vulnerable" conllevará el acceso a una ayuda para el pago de los

consumos energéticos. Dicha ayuda se mantendrá durante el tiempo que dure la referida declaración

y se realizará según criterios de progresividad económica y energética.

A tales efectos, reglamentariamente se determinarán las cuantías de las ayudas, que podrán ser del

100% de costes energéticos, en atención a los ingresos y los niveles máximos de consumo en función

del número de miembros del hogar vulnerable."

ENMIENDA NÚM. 8

De Adición.

Al artículo 6.

De un párrafo segundo y tercero en el artículo 6.

"En el caso de que durante el plazo de vigencia de la declaración de "hogar vulnerable" se viesen

modificadas las condiciones que sirvieron de base para la emisión de la misma, será obligatorio para

los beneficiarios comunicar dicha circunstancia, en el plazo máximo de un mes desde que se

produzca, a la Consejería competente, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

Si se tuviese conocimiento de algún cambio relativo a la situación laboral de las personas que forman

parte del Hogar Vulnerable y esa situación no hubiese sido puesta en conocimiento de los servicios

sociales se declarará nula la condición de Hogar Vulnerable."

ENMIENDA NÚM. 9

De Supresión.

Del artículo 7.

ENMIENDA NÚM. 10

De Modificación.

Del artículo 9.

Page 80: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5116

Sustituir el texto propuesto por otro del siguiente tenor:

"La Comunidad de Madrid, en colaboración con las Entidades Locales, elaborará un Plan de

desarrollo de medidas de micro-eficiencia energética en hogares vulnerables de acuerdo con las

disponibilidades presupuestarias en cada ejercicio.

Estas medidas están destinadas a promover el cambio en los hábitos de consumo y, especialmente, el

ahorro energético que permitirá reducir el consumo y, por lo tanto, el coste de la factura donde se den

este tipo de intervenciones.

El Plan deberá estar aprobado antes de la finalización del primer semestre de 2016."

ENMIENDA NÚM. 11

De Modificación.

Del artículo 10.

Sustituir el texto propuesto por otro del siguiente tenor:

"El coste que las medidas contempladas en la presente Ley puedan suponer deberá atenderse con los

créditos consignados anualmente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid."

ENMIENDA NÚM. 12

De Modificación.

Del artículo 11.

Sustituir el texto propuesto por otro del siguiente tenor:

"Para financiar estas medidas de micro-eficiencia se aprovechará la disponibilidad de cualquiera de

los fondos vinculados a programas estatales o europeos existentes."

ENMIENDA NÚM. 13

De Adición.

Al artículo 12.

Añadir al final del segundo párrafo el texto siguiente:

", articulándose un proceso que se establecerá en el desarrollo reglamentario de la Ley."

ENMIENDA NÚM. 14

De Adición.

Al artículo 13.

Añadir al final del primer párrafo el texto siguiente:

Page 81: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5117

", lo que se determinará en el desarrollo reglamentario de la Ley".

ENMIENDA NÚM. 15

De Supresión.

Del artículo 14.

2.4 PROPOSICIONES NO DE LEY

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, de conformidad con

los artículos 49, 97, 205 y siguientes del Reglamento de esta Cámara acuerda admitir y tramitar las

Proposiciones No de Ley que a continuación se relacionan.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PNL-33/2016 RGEP.1517 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de

Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1.- Que la Dirección General de

Familia y Menor estructure los Centros de Atención Residencial para Menores Extranjeros no

Acompañados, denominados CACYS, tal y como se diseñaron en 2009. Este diseño debe contar con los

elementos que se especifican en el escrito para dar una atención educativa adecuada a los menores

extranjeros no acompañados de la Comunidad de Madrid. 2.- Promover el acogimiento familiar de

menores extranjeros no acompañados en todos aquellos casos que su perfil así lo recomiende, tras

finalizar el Proyecto Educativo Individual en el Proyecto CACYS.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde hace más de veinte años la Comunidad de Madrid se ha convertido en receptora de

menores que llegan de otros países y sin referentes familiares. La Comunidad de Madrid tiene la

obligación de ejercer la medida de tutela de estos menores y proceder a su ingreso en la red de

Centros de Acogimiento Residencial.

Desde la llegada de estos menores se pudo comprobar que su traslado desde el Centro de

Primera Acogida a otros recursos se constituía, en su gran mayoría, en un fracaso por dos motivos

fundamentales: la dificultad en el idioma y el desarraigo sociocultural.

Ante estos acontecimientos se vio la necesidad de crear un recurso que evitara el fracaso de los

Proyectos Educativos de estos menores, y a la vez supusiera una transición tanto para la adaptación

de los menores a otros recursos normalizados como para su emancipación a la vida adulta.

En el año 2009 se pone en marcha el proyecto de Adaptación Cultural y Social en el CACYS

Manzanares, residencia dependiente de la Comunidad de Madrid. Las características fundamentales

del proyecto son:

Page 82: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5118

- La estructuración en dos fases claramente diferenciadas, una inicial de observación y otra de

desarrollo de la integración a todos los niveles.

- El apoyo de aulas educativas en los orígenes de la estancia del menor con el objetivo básico

del aprendizaje del idioma.

- La figura del mediador intercultural que “traduce” la intervención educativa de los

diferentes profesionales del Centro.

- La implantación de actividades complementarias tanto relacionadas con perfiles

profesionales como de ocio y tiempo libre.

- La temporalidad del menor no ha de superar los 7-9 meses con el objetivo de evitar que el

Centro se convierta en un gueto.

- El perfil de la población, que ha de ser valorado desde el Centro de Primera Acogida y

determinar que se ajusta al Proyecto CACYS ya que éste carece de sentido para otra tipología

de menores para los que no está diseñado.

Desde 2009 los esfuerzos para llevar a cabo el proyecto han sido inconmensurables. Si bien en

sus inicios se contaron con la mayoría de los recursos, con el paso del tiempo, estos se fueron

eliminando debido a la política de recortes desproporcionados del Gobierno Regional de la

Comunidad de Madrid, hasta llegar a un deterioro del proyecto haciéndolo casi insostenible.

Así mismo, hay que señalar que una de las grandes dificultades son: "Las emancipaciones de

los menores por mayoría de edad". Debido a la ausencia casi total de recursos, muchos menores que

pasan a la mayoría de edad se ven obligados a seguir su proyecto educativo en la calle y sin referentes

de continuidad, viéndose abocados en la mayoría de los casos a vivir en la más absoluta marginalidad.

Por lo que hay que tener presente que este proyecto no debe terminar en un día determinado y a una

hora determinada: debe ser un proyecto educativo de continuidad.

Por tanto el Grupo Parlamentario Socialista en la Comunidad de Madrid presenta la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

La Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a:

1.- Que la Dirección General de Familia y Menor estructure los Centros de atención residencial

para Menores Extranjeros no Acompañados, denominados CACYS tal y como se diseñaron en 2009.

Este diseño debe contar con los siguientes elementos para dar una atención educativa

adecuada a los Menores Extranjeros no Acompañados de la Comunidad de Madrid:

- Garantizar la existencia de la figura del Profesional de la Intervención Intercultural.

- La existencia de actividades sobre perfiles profesionales habituales en nuestro entorno más

cercano.

- Actividades de ocio y tiempo libre llevadas a cabo por instituciones con una amplia

experiencia en este campo.

Page 83: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5119

- La creación de recursos para adolescentes de 15/18 años dentro de la Red de protección:

unidades de convivencia para adolescentes, unidades alberguistas y programas de vida

independiente.

- La apertura de recursos para menores que pasan a ser emancipados, en coordinación y en

continua supervisión de cada caso con el CACYS Manzanares de aquellos que cumplen la

mayoría de edad.

2.- Promover el acogimiento familiar de Menores Extranjeros no Acompañados en todos

aquellos casos que su perfil así lo recomiende tras finalizar el Proyecto Educativo Individual en el

Proyecto CACYS.

──── PNL-35/2016 RGEP.1581 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de

Madrid insta al Gobierno Regional a que lleve a cabo el proyecto de ejecución de un acceso

subterráneo para peatones y vehículos al Hospital Infanta Leonor, desde la calle Enrique García

Álvarez, en el plazo de 3 meses, y que las obras se inicien durante el presente año. Para su tramitación

ante la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde la apertura del Hospital Infanta Leonor en el año 2007, las dificultades de acceso a este

centro hospitalario han sido objeto de reclamación y demanda de los vecinos y vecinas de los Distritos

de Villa de Vallecas y Puente de Vallecas, ya que el único acceso a los servicios del Hospital se

produce a través de la Avenida de la Democracia.

La puesta en marcha de un nuevo acceso al centro hospitalario requiere sea inmediata tras

años de compromisos incumplidos, además ha sido incorporada una cantidad presupuestaria en 2016

al Presupuesto de la Comunidad de Madrid.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno Regional a que lleve a cabo el proyecto de ejecución

de un acceso subterráneo para peatones y vehículos al Hospital Infanta Leonor desde la calle Enrique

García Álvarez en el plazo de 3 meses y que las obras se inicien durante el presente año.

──── PNL-37/2016 RGEP.1603 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de

Madrid insta al Gobierno Regional a elaborar un plan específico de atención a los afectados por la

enfermedad rara del Síndrome de Williams, en colaboración con el Gobierno de España, en el marco

de sus competencias, que incluya al menos los aspectos que se relacionan en el escrito.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Síndrome de Williams es una de las llamadas "Enfermedades Raras". Se trata de un

trastorno del desarrollo causado por una deleción genética y caracterizado por una serie de afecciones

Page 84: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5120

comunes: estenosis (estrechamientos) en algunos vasos sanguíneos, discapacidad intelectual leve o

moderada, hipercalcemia, hiperacusia, alteraciones en la columna y hernias inguinales, entre otras.

Los problemas que sufren estas personas y sus familias se agravan en situaciones de crisis,

cuando disminuyen los recursos destinados a su atención. De ahí las recientes movilizaciones de

entidades como FEDER (Federación Española de Enfermedades Raras) y ASWE (Asociación Síndrome

Williams España), que han recibido un extraordinario apoyo social.

Los afectados por el Síndrome de Williams y sus familias son personas felices en general, por

su afectividad y su gran sensibilidad ante las emociones de los demás, pero necesitan de la atención y

de la ayuda de la sociedad y sus instituciones para facilitarles una vida sana, digna y autónoma.

En consecuencia, reclaman una concienciación social ante sus dificultades y la dedicación de

los recursos adecuados para atender sus justas demandas. Es preciso reforzar la investigación en torno

a las causas de estas enfermedades, para prevenir su aparición y para mejorar los tratamientos. Es

necesario anticipar los diagnósticos para evitar sufrimiento a las familias y paliar los efectos del

síndrome.

También se reivindica una atención sanitaria de carácter integral, con un centro de referencia

especializado en el Sistema Nacional de Salud y con unidades multidisciplinares de información,

seguimiento, control y atención general en todas las comunidades autónomas. Las familias requieren

de apoyo social para hacer frente a los tratamientos, y los afectados necesitan respaldo para mejorar su

educación, su autonomía, su transición a la vida adulta y su inserción laboral.

El Gobierno de España debe conocer las enfermedades raras como el Síndrome de Williams, y,

junto con las Comunidades Autónomas, establecer planes eficaces para atender a sus afectados como

se merecen.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno Regional a:

Elaborar un plan específico de atención a los afectados por la enfermedad rara del Síndrome

de Williams, en colaboración con el Gobierno de España, en el marco de sus competencias, que

incluya al menos los siguientes aspectos:

- Un plan de información y concienciación social sobre la naturaleza de este síndrome.

- Establecimiento de un Centro de Referencia en el Sistema Nacional de Salud para la atención

sanitaria a los afectados por este síndrome, con unidades multidisciplinares de información,

seguimiento, control y atención general en todas las Comunidades Autónomas.

- Impulsar la investigación en torno a las causas, los efectos y los mejores tratamientos para los

afectados por el Síndrome de Williams.

- Promover medidas para mejorar los tiempos y los procedimientos para el diagnóstico precoz

del síndrome, estableciendo un protocolo de información y atención adecuada a las familias,

en coordinación con la Asociación Síndrome Williams España (ASWE).

Page 85: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5121

- Una campaña específica de divulgación en los centros de atención primaria del Sistema

Nacional de Salud, para que los profesionales conozcan la naturaleza, las características y los

tratamientos adecuados para los afectados por el síndrome.

- Regular una "atención temprana" específica para todos los niños y niñas con Síndrome de

Williams, dotada de los recursos sanitarios y asistenciales adecuados para ellos y sus familias.

- Asegurar un servicio educativo adecuado a sus necesidades, tanto en los centros de

integración como en los centros de educación especial, con un adiestramiento específico a los

profesionales en torno a los problemas y potencialidades de los niños y jóvenes con Síndrome

de Williams.

- Un plan específico con medidas y recursos concretos para reforzar la autonomía de las

personas con Síndrome de Williams, con especial atención al cumplimiento de las normas

vigentes en cuanto a la reserva de empleos para personas con discapacidad en entidades

públicas y privadas.

- Estudiar un convenio específico de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales y

Familia y la Asociación Síndrome Williams España (ASWE) para desarrollar actuaciones

conjuntas en orden a cumplir con los objetivos de esta proposición.

- La consideración de las "13 propuestas para el año 2013" presentadas al Gobierno por la

Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER) con acciones, calendario, responsables

y presupuesto concreto: un marco jurídico para la protección de los derechos de los afectados

por ER; eximir del copago sanitario a las familias con ER; acceso en equidad a los

medicamentos; mapa de expertos y unidades de referencia; 10 centros de referencia en el

Sistema Nacional de Salud; impulsar la investigación en ER; establecer y publicar una ruta de

derivaciones para garantizar la atención efectiva; asumir las propuestas e indicadores del

Informe EUROPLAN; aplicación de la Directiva de Movilidad Sanitaria Transfronteriza para

personas con ER; aplicación de la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la

Discapacidad y de la Salud; impulsar la escolarización del alumnado con necesidades

educativas especiales en los centros ordinarios; asegurar la integración laboral y la adaptación

de las condiciones laborales para personas con ER.

──── PNL-38/2016 RGEP.1604 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de

Madrid insta a la Cámara de Cuentas la fiscalización o auditoría de las cuentas correspondientes a los

ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2013, 2014 y 2015 del Ayuntamiento de Navalcarnero,

acordando comunicar al Ayuntamiento de Navalcarnero la resolución adoptada por la Cámara tras el

debate de esta Proposición No de Ley.

Con fecha 23 de julio de 2015, el pleno del Ilmo. Ayuntamiento de Navalcarnero aprobó, por

unanimidad, la solicitud de fiscalización de la Cámara de Cuentas de Madrid, de los ejercicios

presupuestarios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2013, 2014 y 2015 (el ejercicio 2012 ya ha sido fiscalizado).

Además, el pleno insta a la Cámara a recabar información de aquellos aspectos anteriores a 2007 de los

que pudiera derivarse responsabilidad.

Esta petición viene provocada por la situación económica, de extrema gravedad, del

Ayuntamiento de Navalcarnero, consecuencia de una serie concatenada de irregularidades puestas de

Page 86: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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manifiesto en el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Navalcarnero sobre el ejercicio 2012,

realizado por la Cámara de Cuentas, así como en base a diferentes magnitudes reflejadas por los

técnicos municipales en los diferentes expedientes que el Ayuntamiento ha realizado desde junio de

2015.

Dado que ya ha sido trasladado a la Cámara de Cuentas el acuerdo adoptado por el

Ayuntamiento Pleno de solicitud de inicio de fiscalización comprensiva de los ejercicios 2007 a 2015,

ambos inclusive, con excepción del ejercicio 2012, y contestados diferentes extremos solicitados por la

Cámara (núm. B-101/15) mediante oportuno escrito con registro de salida de 24 de junio de 2015, el

Grupo Parlamentario Socialista presenta, para su debate ante el Pleno de la Cámara la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

La Asamblea de Madrid insta a la Cámara de Cuentas la fiscalización o auditoría de las

cuentas correspondientes a los ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2013, 2014 y 2015 del

Ayuntamiento de Navalcarnero, acordando comunicar al Ayuntamiento de Navalcarnero la

resolución adoptada por la Cámara tras el debate de esta Proposición No de Ley.

──── PNL-39/2016 RGEP.1622 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de

Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a constituir la extensión actual de Rivas como

Escuela Oficial de Idiomas con entidad propia, de manera que esté operativa para el curso 2016-2017,

para ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos de Rivas y su entorno. Para su tramitación ante la

Comisión de Educación y Deporte.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI) constituyen una red de centros implantados en todo el

territorio nacional cuyo objetivo es la oferta académica oficial para la capacitación del alumnado en el

uso efectivo del idioma como vehículo de comunicación general. En la Comunidad de Madrid cuenta

con casi 600 profesores, más de 35 centros y unos 50.000 alumnos. Están dirigidas a aquellos

ciudadanos que desean o necesitan aprender un idioma para estudiar, trabajar o acercarse a una

cultura diferente. Resulta obvia la importancia del conocimiento de idiomas en la sociedad moderna

globalizada pues el idioma es la clave de la cultura.

La Escuela Oficial de Idiomas (EOI) de Rivas Vaciamadrid funciona desde el curso 2002-2003

como una extensión de la Escuela de San Fernando de Henares. La Escuela oferta cursos de inglés,

francés y alemán. Su matrícula está por encima de las 500 plazas por curso que suponen menos del

25% de los demandantes, lo que es coherente con la propia evolución de Rivas, una ciudad en

expansión, con un gran volumen de población joven y con demandas educativas crecientes.

Aunque hay más ejemplos de extensiones de las Escuelas Oficiales de Idiomas, esta figura

normalmente se utiliza como una situación temporal mientras se afianza y profundiza en la viabilidad

del proceso. Sin embargo, la EOI de Rivas es, después de 13 años, la extensión más antigua de todas

las existentes en la Comunidad de Madrid.

La situación de estudio del impacto de la Escuela está hoy ya superado y todos sus

indicadores son idóneos y su funcionamiento interno está perfectamente preparado y listo para

gestionarse como una escuela independiente. Entre estos indicadores puede contarse con la existencia

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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de una demanda que crece (por encima del 75% de insatisfacción de solicitudes, una de las más altas

en Madrid), alto nivel de satisfacción de los ciudadanos de Rivas, unas infraestructuras adecuadas

(aulas bien equipadas, adaptadas a las nuevas tecnologías en la enseñanza de idiomas, equipamiento

TIC y con conexión inalámbrica a Internet, proyectores, altavoces de calidad) y un buen servicio a los

estudiantes pues cuenta con personal administrativo en el horario completo de mañana y de tarde.

Esta independencia permitirá una mayor y mejor estabilidad en su funcionamiento, al poder

disponer de una plantilla fija (y no las incorporaciones novedosas cada mes de septiembre) que

redundará en la consolidación de su proyecto educativo y su programación y gestión, lo que incluye,

entre otras cuestiones, actividades culturales, viajes de estudio o dotaciones de material.

Tampoco contribuye eficazmente a su funcionamiento una coordinación con una escuela

central a más de 8 kilómetros y sin transporte público directo, con jefes de departamento a distancia y

sin contabilidades horarias específicas para atender las necesidades de la EOI de Rivas y con un

Consejo Escolar que representa a toda la comunidad educativa distribuido pero que no cuenta con la

presencia del Ayuntamiento de Rivas. Su mayor implicación permitiría la fácil extensión con más

aulas en equipamientos adyacentes propiedad del Ayuntamiento.

En este sentido se han manifestado a favor de la independencia tanto el Pleno del

Ayuntamiento por unanimidad, como el claustro de profesores, como el propio alumnado y la

dirección de la Escuela de la que depende.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a constituir la

extensión actual de Rivas como Escuela Oficial de Idiomas con entidad propia, de manera que esté

operativa para el curso 2016-2017 para ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos de Rivas y su

entorno.

──── PNL-40/2016 RGEP.1680 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, con el siguiente objeto: la Asamblea de

Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1.- La elaboración, por parte de los servicios

técnicos de la Consejería competente, de un Protocolo único de atención en todas las residencias, tanto

de gestión directa, como indirecta o contratadas, de obligado cumplimiento que también tendrán que

cumplir las residencias privadas que opten a algún tipo de concierto o contrato con la Consejería de

Políticas Sociales y Familia para la gestión de plazas públicas. 2.- La puesta en marcha de un modelo

de atención que sea viable. 3.- La aplicación, como mínimo, de las ratios establecidas para personal en

el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la autonomía y Atención para la Dependencia. 4.-

La elaboración de un protocolo de atención y coordinación con la red pública sanitaria que de garantía

a la atención continua a nuestros dependientes, y cuestiones conexas.

EXPOSICIÓN

Hace ya más de dos décadas, el impulso político para la mejora de los servicios sociales,

supuso un cambio radical en la concepción de los centros geriátricos.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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Se han superado las concepciones asilares y caritativas de centros destinados a personas sin

recursos económicos ni apoyo social, a favor de lo que conocemos como residencias de válidos y/o

dependientes, centros donde el alojamiento y la manutención, reglada y de calidad, constituirán los

aspectos esenciales de una atención ya no caritativa, sino regulada por normas.

Los establecimientos geriátricos son ahora concebidos como instrumentos vivos y adaptables a

las características particulares de cada uno de los centros, construidos siempre en torno a una precisa

y ética concepción del servicio donde el respeto a los derechos y la capacidad de elección del usuario,

sea la pieza central y donde, a partir del consenso, la interdisciplinariedad y la participación, el plan

individual de intervención, sea el eje central de la asistencia prestada.

El Plan General de Intervención (PGI) es un documento en el que deben enmarcarse tanto los

diferentes servicios ofertados por un centro por parte de los distintos profesionales que lo integran,

como los programas específicos de intervención, es la garantían de la atención personal a los usuarios

de estos centros. Y el mismo debe contener los recursos humanos y técnicos necesarios y de

infraestructura que garantice el modelo ofertado y contratado, con calidad de atención.

En la Comunidad de Madrid desde los años ochenta se ha ido configurando una red de

residencias para personas mayores que se completó con las transferencias del IMSERSO y la

estrategias del plan Velocidad, en todo caso fue una acción conjunta entra las distintas

Administraciones (Central, Autonómica y Local).

Por otra parte destacamos que en nuestra Comunidad coexisten distintos modelos de gestión

de estas residencias que va desde la gestión directa a concertada e indirecta y la directamente privada.

Es más la confluencia de diferentes pliegos de gestión de los servicios donde se deja a los

posibles adjudicatarios la elaboración de los diferentes protocolos o la forma de valoración de los

mismos respecto del peso económico dando una mínima importancia a proyecto técnico viene a

dispersar los programas de intervención y no garantiza un trato uniforme y por igual en todas las

residencias.

Otro aspecto importante es la coordinación sociosanitaria y la implicación de los recursos de

atención sanitaria.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista de la Asamblea de Madrid presenta, para su

debate en el Pleno de la Cámara, la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a:

1.- La elaboración, por parte de los servicios técnicos de la Consejería competente, de un

Protocolo Único de atención en todas las residencias -tanto de gestión directa como indirecta o

contratadas- de obligado cumplimiento que también tendrán que cumplir las residencias privadas que

opten a algún tipo de concierto o contrato con la Consejería de Políticas Sociales y Familia para la

gestión de plazas públicas.

2.- La puesta en marcha de un modelo de atención que sea viable, tras una evaluación técnica

solvente de análisis de los costes de los servicios actuales y que se proporcionan a las personas

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mayores en las residencias, evitando licitaciones en las que se producen ofertas por debajo del precio

real que afectan, posteriormente a la calidad de la atención a las personas.

3.- La aplicación, como mínimo, de las ratios establecidas para personal en el Acuerdo del

Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención para la Dependencia y que son

requeridas por la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la

Discapacidad en sus conciertos y contratos.

4.- La elaboración de un protocolo de atención y coordinación con la red pública sanitaria que

dé garantía a la atención continua a nuestros dependientes, zonificado y jerarquizado con acceso a

todos los profesionales a la historia clínica y al programa individual de atención.

2.5 MOCIONES

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, de conformidad con

el artículo 203 del Reglamento de esta Cámara acuerda admitir la Moción Parlamentaria que a

continuación se relaciona y su inclusión en el Orden del Día de la próxima sesión plenaria, pudiendo

presentarse enmiendas hasta el día anterior de la sesión plenaria en la que haya de debatirse y votarse.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── M-4/2016 RGEP.1721 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, subsiguiente a Interpelación 6/2016

RGEP.813, sobre políticas para prevenir y combatir el acoso escolar en los centros educativos de la

Comunidad de Madrid.

Desde el comienzo de la Legislatura el Grupo Parlamentario de Ciudadanos ha manifestado

su preocupación por la situación de la convivencia escolar en los centros educativos de la Comunidad

de Madrid.

Consideramos que la finalidad básica de la educación debe ser el formar buenas personas,

buenos ciudadanos y buenos profesionales.

Alcanzar tales fines sólo es posible si en las aulas existe un adecuado clima escolar. El acoso

escolar es una forma de violencia que constituye una grave amenaza para el logro de objetivos

esenciales tales como el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos, en

suma, impide el logro de cualquiera de los fines de nuestro sistema educativo, asentado en el respeto a

los derechos y libertades reconocidos en la Constitución.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de

9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su artículo 1 los principios en los

que se inspira el sistema educativo español. En concreto en su apartado k) establece como principio:

La educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos así como para la

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social y en especial en el del acoso

escolar.

Asimismo en el artículo 124 se establece que cada centro elaborare un plan de convivencia que

incorpore a la programación general anual y que recoja todas las actividades que se programen con el

fin de fomentar un buen clima de convivencia dentro del centro escolar. En el mismo también se insta

a las Administraciones educativas a facilitar que los centros en el marco de su autonomía puedan

elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.

La Disposición Adicional Vigesimoprimera establece que las Administraciones educativas

asegurarán la escolarización inmediata de las alumnas y alumnos que se vean afectados por cambios

de centro derivados de actos de violencia de género o acoso escolar y facilitarán que los centros

educativos presten especial atención a dichos alumnos.

De la lectura de la propia normativa básica que en materia educativa hay en España se deduce

claramente que las Administraciones educativas deben implicarse en el apoyo de una serie de

medidas que fomenten el buen clima en los centros docentes.

Se necesitan, por un lado recursos económicos y humanos y por otro lado, medidas

organizativas que permitan prevenir el acoso escolar, identificarlo cuando se produzca y combatirlo.

Valorando los pasos que se han dado para concienciar a la sociedad sobre la gravedad de las

consecuencias que tiene el acoso escolar, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos considera que deben

con urgencia adoptarse medidas más eficientes y concretas que las tomadas hasta el momento.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente:

MOCIÓN

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid antes de la finalización

del curso escolar 2015/2016 y con carácter prioritario una serie de medidas encaminadas a la

prevención, detección del acoso escolar así como de atención a las víctimas:

1.- La realización y superación de un curso de formación, de asistencia obligatoria para todos

los docentes, en el propio centro escolar, impartido por profesionales y expertos en prevención y

detección del acoso escolar. El curso deberá tener contenidos teórico-prácticos que permitan al docente

identificar y saber actuar en tales situaciones.

2.- Tras dar cumplimiento al punto 1, constituir la Comisión de Trabajo contra el acoso escolar

en cada centro escolar. Estará constituida por el director, jefe de estudios y representantes del

profesorado, padres, ayuntamiento, personal de administración y servicios y alumnos

preferentemente de entre los que integran el Consejo Escolar del centro así como un miembro de la

recién creada Unidad de Emergencia.

3.- Establecer desde la Administración Educativa en colaboración con las corporaciones locales

un protocolo de actuación para la prevención, la identificación y la intervención contra el acoso escolar

que será impulsado y supervisado por la Comisión de Trabajo en el centro educativo.

4.- Simplificar los trámites burocráticos con el fin de agilizar los procesos de intervención y

actuar con rapidez en la sanción en su caso.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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5.- Proporcionar a las víctimas de acoso escolar la atención psicológica necesaria orientada a

evitar los efectos no siempre visibles en un primer estadio, del trauma vivido: depresión, trastornos de

ansiedad, fobia social, entre otros.

6.- Organización en todos los centros escolares de la Comunidad de Madrid de una jornada

dedicada a la concienciación sobre el acoso escolar en la que participarán todos los miembros de la

comunidad educativa, con el objeto de que se reconozca la gravedad del problema y se programen

actividades orientadas a mejorar el clima escolar.

2.7 PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

2.7.1 PREGUNTAS QUE SE FORMULAN

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, de conformidad con

los artículos 49, 97, 191, 192 y 198 del Reglamento de esta Cámara, acuerda la admisión de la pregunta

que a continuación se relaciona, para la que se solicita respuesta por escrito.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PE-67/2016 RGEP.1568 ────

Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se

pregunta en qué mes tiene previsto la Consejería de Educación, Juventud y Deporte presentar el

anteproyecto de la Ley del espacio madrileño de educación superior.

2.7.3 TRANSFORMACIÓN DE PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

Transformación de Preguntas para Respuesta Escrita en Peticiones de Información

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, considerando el

objeto de la iniciativa parlamentaria, que a continuación se relaciona, y de conformidad con lo

dispuesto por los artículos 18.1, 49.1.c), 97 y 192.3.a) del Reglamento de la Asamblea, acuerda su

calificación y admisión a trámite como Petición de Información.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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──── PI-641/2016 RGEP.1571 ────

(Transformada de PE-68/2016 RGEP.1571)

De la Diputada Sra. Gallizo Llamas, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: el que fuera

liquidador de la Sociedad Campus de la Justicia, D. Miguel Ángel Fernández Calvo, manifestó en su

comparecencia que trabajaba en la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno; en

relación con lo anterior, se pregunta qué puesto ocupa u ocupaba D. Miguel Ángel Fernández Calvo

en la plantilla del Gobierno de la Comunidad de Madrid, por quién fue contratado y cuáles han sido

sus retribuciones.

2.7.4 RESPUESTA A PREGUNTAS FORMULADAS

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las siguientes contestaciones escritas a

las correspondientes preguntas parlamentarias.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PE-39(X)/2015 RGEP.3170 ────

De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: estado

actual de tramitación del expediente de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto para la

instalación de crematorio y ampliación de sepulturas en el cementerio municipal de Valdemoro.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en la actualidad se está tramitando

un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificado del proyecto de instalación de

crematorio y ampliación de sepulturas en el cementerio municipal de Valdemoro, promovido por la

empresa PRISAN-UTE, al estar incluido en el epígrafe 51 "Cementerios y crematorios" del Anexo III

de la Ley 2/2002, de evaluación de impacto ambiental de la Comunidad de Madrid (actualmente

derogada).

El correspondiente Estudio de Impacto Ambiental se sometió a información pública durante

20 días, con la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 27 de

noviembre de 2014.

Con fecha 26 de marzo de 2015 el promotor contestó a las alegaciones que se produjeron

durante este período.

Sin embargo, la Declaración de Impacto Ambiental que podrá fin al procedimiento de

evaluación aún no se ha emitido, ya que está a falta de diferentes informes necesarios, uno de la

Consejería de Sanidad, solicitado con fecha 12 de agosto de 2015 y otro del Ayuntamiento de

Valdemoro en relación a sus ordenanzas, solicitado con fecha 10 de septiembre de 2015.

Además se ha comprobado que el titular no ha solicitado la preceptiva autorización de

atmósfera, que otorga la Dirección General de Medio Ambiente, por lo que se le va a solicitar la

información necesaria para tramitar la mencionada documentación.

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──── PE-45(X)/2015 RGEP.3327 ────

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: planes que

tiene la Consejería de Políticas Sociales y Familia para la construcción de una nueva residencia de

mayores de media y larga estancia en Villaviciosa de Odón.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa que en la Consejería no tiene prevista la

construcción de una nueva residencia en Villaviciosa de Odón. Hay que indicar que dicho municipio

cuenta con una Residencia de Mayores perteneciente a la Agencia Madrileña de Atención Social.

──── PE-59(X)/2015 RGEP.3472 ────

De la Diputada Sra. Delgado Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: motivo por

el que la Comunidad de Madrid ha excluido a los colectivos de padres y madres de niños

transexuales, Chrysallis y la Fundación Daniela, a la vez que a la asociación El Hombre Transexual, de

la reunión mantenida con la Presidenta del Gobierno para la entrega del borrador del Anteproyecto de

Ley Integral de Identidad de Género.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que ya se dio respuesta a la misma en el

Pleno del pasado día 1 de octubre con ocasión de la sustanciación de la PCOP-75/2015 RGEP.3476, tal

como figura en el Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid núm. 27, de esa fecha.

──── PE-61(X)/2015 RGEP.3662 ────

Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: previsión de

puesta en marcha de las actuaciones pendientes del Plan PRISMA para Miraflores de la Sierra por un

importe total de 2.027.121,71 euros.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la gestión del Programa Regional de

Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) 2008-2011 se realiza de acuerdo con las condiciones de

gestión previstas en el Decreto 68/2008, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba

dicho Programa, actualmente prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2015.

El citado Programa es cofinanciado, de conformidad con lo señalado en el artículo 4, por

ambas Administraciones públicas de forma que, tanto la Comunidad de Madrid como el municipio de

Miraflores de la Sierra deberán dar cumplimiento a sus compromisos dentro de su período de

vigencia.

La puesta en marcha de las actuaciones pendientes así como los plazos de ejecución han de ser

acordes con las previsiones que como tales plazos de ejecución se contengan en la documentación

técnica respectiva por actuación, y las condiciones económico-contractuales necesarias para su efectiva

materialización, siendo prioritarias las actuaciones consistentes en servicios básicos municipales y sus

equipamientos.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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──── PE-62(X)/2015 RGEP.3663 ────

Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: plazos en

que estarán finalizadas cada una de las actuaciones pendientes de llevar a cabo por el Gobierno

Regional correspondientes al Plan PRISMA para Miraflores de la Sierra.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la gestión del Programa Regional de

Inversiones y Servicios de Madrid (PRISMA) 2008-2011 se realiza de acuerdo con las condiciones de

gestión previstas en el Decreto 68/2008, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba

dicho Programa, actualmente prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2015.

El citado Programa es cofinanciado, de conformidad con lo señalado en el artículo 4, por

ambas Administraciones públicas de forma que, tanto la Comunidad de Madrid como el municipio de

Miraflores de la Sierra deberán dar cumplimiento a sus compromisos dentro de su período de

vigencia.

La puesta en marcha de las actuaciones pendientes así como los plazos de ejecución han de ser

acordes con las previsiones que como tales plazos de ejecución se contengan en la documentación

técnica respectiva por actuación, y las condiciones económico-contractuales necesarias para su efectiva

materialización, siendo prioritarias las actuaciones consistentes en servicios básicos municipales y sus

equipamientos.

──── PE-64(X)/2015 RGEP.3693 ────

Del Diputado Sr. Lobato Gandarias, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

cómo va a afrontar el Gobierno Regional la financiación de las mancomunidades de servicios sociales

cuando se vean minorados sus ingresos en las aportaciones que hasta ahora recibían de los

ayuntamientos.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa de que la financiación se mantendrá con

el mismo régimen actual.

──── PE-204(X)/2015 RGEP.3784 ────

(Transformada de PCOP-118(X)/2015 RGEP.3784)

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

cuándo piensa reabrir la Consejería de Educación los Colegios de Infantil Verbena y Valle Inclán, así

como el segundo ciclo de infantil de la E.I. Lope de Vega, en el municipio de Leganés.

RESPUESTA

Las Escuelas Infantiles de segundo ciclo de Educación Infantil Verbena y Valle-Inclán, ambas

ubicadas en la localidad de Leganés, se integraron jurídicamente al inicio del curso 2013/2014 en el

Colegio Público Pérez Galdós y en el Colegio Público Calderón de la Barca respectivamente.

La Escuela Infantil Lope de Vega dejó de impartir el segundo ciclo de Educación Infantil al

inicio del curso 2014/2015 y pasó a impartir únicamente el primer ciclo de dicha etapa para posibilitar

el incremento de plazas para los niños menores de tres años en la localidad al tiempo que se

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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garantizaba la escolarización de todos los alumnos de Leganés que solicitaran plaza para el segundo

ciclo de Educación Infantil.

En estos momentos no está prevista ninguna modificación de la actual situación de estos

centros.

──── PE-216(X)/2015 RGEP.4210 ────

(Transformada de PCOP-169(X)/2015 RGEP.4210)

De la Diputada Sra. González González, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto:

medidas que piensa adoptar el Gobierno de la Comunidad de Madrid para garantizar la libre

concurrencia en los procesos de contratación en la Consejería de Políticas Sociales y Familia.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa que la Consejería de Políticas Sociales y

Familia, en todos sus procedimientos de contratación administrativa utiliza el procedimiento abierto,

de modo que cualquier entidad que acredite el cumplimiento de los requisitos de solvencia técnica,

profesional económica y financiera establecidos en los pliegos correspondientes, así como, en su caso,

de habilitación profesional exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el

objeto del contrato pueda presentar oferta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 138 de la Ley de Contratos del Sector Público,

cuyo texto refundido se aprobó por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el

procedimiento abierto es uno de los que se utilizará ordinariamente para la adjudicación de los

contratos de las Administraciones públicas. Asimismo, como establece el artículo 157 de la referida

norma, en el procedimiento abierto todo empresario podrá presentar una proposición, quedando

excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.

──── PE-218(X)/2015 RGEP.4554 ────

(Transformada de PCOP-175(X)/2015 RGEP.4554)

De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

valoración que hace el Gobierno Regional sobre su política para hacer frente a las dificultades de las

familias monoparentales.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa que la valoración es positiva, si bien

somos conscientes de que existen medidas que se pueden seguir tomando y, por ello, estamos

trabajando en las mismas, destacando la labor referida a la elaboración de la Estrategia Madrileña de

Apoyo a la Familia.

──── PE-221(X)/2015 RGEP.4559 ────

(Transformada de PCOP-180(X)/2015 RGEP.4559)

De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: política

que va a desarrollar el Gobierno Regional para combatir la trata de mujeres con fines de explotación

sexual.

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RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa que la detallada por el Consejero de

Políticas Sociales y Familia en su comparecencia ante la Comisión de Mujer del 21 de septiembre de

2015 (Diario de Sesiones núm. 21).

──── PE-222(X)/2015 RGEP.4673 ────

(Transformada de PCOP-182(X)/2015 RGEP.4673)

De la Diputada Sra. Salazar-Alonso Revuelta, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

medidas que está tomando el Gobierno de la Comunidad de Madrid en relación al acoso escolar en los

centros educativos.

RESPUESTA

La pregunta de referencia ha sido contestada por el Consejero de Educación, Juventud y

Deporte en su respuesta a la PCOP-31/2015 RGEP.2826 y a la PCOP-1/2016 RGEP.1. Sustanciadas,

respectivamente, en los Plenos de la Asamblea de Madrid del día 17 de septiembre de 2015 y del día

21 de enero del presente año.

──── PE-238(X)/2015 RGEP.2708 ────

(Transformada de PCOC-6(X)/2015 RGEP.2708)

Del Diputado Sr. Reyero Zubiri, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si

tienen previsto algún plan para facilitar el pago de suministros de los usuarios de los pisos tutelados

de la Comunidad de Madrid.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa que los pisos tutelados son un recurso

asistencial para personas autónomas.

Están a cargo de los usuarios, y de conformidad con los pliegos de prescripciones técnicas que

rigen los contratos, los gastos correspondientes a los consumos de energía eléctrica, agua y teléfono de

la plaza adjudicada (en piso individual o compartido), son obligaciones de las cuales son informados

los usuarios.

En aquellos casos en los que los usuarios han tenido dificultades en el cumplimiento de las

mencionadas obligaciones por circunstancias sobrevenidas, se ha dado a los mismos facilidades de

pago.

──── PE-252(X)/2015 RGEP.3303 ────

(Transformada de PCOC-50(X)/2015 RGEP.3303)

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: planes de la

Consejería de Educación, Juventud y Deporte para la atención educativa integral de los potenciales

refugiados por la crisis migratoria que lleguen a la Comunidad de Madrid.

RESPUESTA

La Comunidad de Madrid garantizará un puesto escolar sostenido con fondos públicos, a

partir del segundo ciclo de Educación Infantil, a todos los niños que lleguen. Asimismo, facilitará el

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acceso al primer ciclo de Educación Infantil y a la Educación de Personas Adultas y les proporcionará

material y apoyo educativo, así como acceso al comedor escolar, todo ello con el fin de poner en

práctica los principios de normalización e inclusión y facilitar su incorporación a la sociedad

madrileña y española.

──── PE-257(X)/2015 RGEP.3436 ────

(Transformada de PCOC-76(X)/2015 RGEP.3436)

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

si puede explicar la Consejería de Educación, Juventud y Deporte cómo tiene organizada la

supervisión de los libros de texto a la que viene obligada por el Real Decreto 1744/1998.

RESPUESTA

La Resolución de 16 de septiembre de 2015, de la Viceconsejería de Organización Educativa,

por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2015-

2016, recoge en su apartado 4.1.1. como actuación habitual de tratamiento homogéneo en los cinco

servicios territoriales la supervisión de las programaciones didácticas, en las cuales se incluye la

supervisión de los materiales curriculares, entre los que se encuentran, en su caso, los libros de texto

que se utilicen en el desarrollo de las diversas enseñanzas.

Por otra parte, de acuerdo con el indicador (Sección 15. Programa 321M. Centro Gestor

150020000), recogido en la Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la

Comunidad de Madrid para el año 2016, dentro del desarrollo de las funciones propias de la

inspección educativa y realización de las actividades recogidas en el plan general de actuación, que

recoge actuaciones de atención preferente y actuaciones habituales de mayor relevancia relativas a la

supervisión de libros texto, se ha iniciado la elaboración del correspondiente Protocolo que será

utilizado preceptivamente por los inspectores de educación, que iniciarán esta actuación en el curso

2016/2017.

──── PE-295(X)/2015 RGEP.4290 ────

(Transformada de PCOC-187(X)/2015 RGEP.4290)

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

si podría informar la Consejería de Educación, Juventud y Deporte cuándo va a abonar de oficio a los

docentes interinos los trienios del territorio MEC y de otras Comunidades, así como los sexenios de la

Comunidad de Madrid, de acuerdo con la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio, sobre

equiparación expresa de derechos y condiciones de trabajo entre trabajadores fijos y temporales.

RESPUESTA

En relación con el reconocimiento de trienios a los funcionarios interinos docentes, la Ley

7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid limita

el reconocimiento de trienios en esta Comunidad sólo a los servicios prestados para la Administración

de la Comunidad de Madrid. Por esta razón, hasta que no sea derogada esta norma, no podrá

arbitrarse un procedimiento de reconocimiento de oficio de trienios.

En relación con el reconocimiento de sexenios a los funcionarios interinos docentes, hasta que

no se regule legalmente el reconocimiento de los trienios, no es posible aprobar una norma que

reconozca los sexenios a este colectivo, dada la íntima conexión existente entre ambos conceptos

retributivos.

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No obstante, este tema se abordará en el seno de la Mesa Sectorial de Personal Docente no

Universitario. Asimismo, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte iniciará las gestiones con la

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda para procurar la correspondiente dotación

presupuestaria, de manera análoga a la que está desarrollando la Consejería de Sanidad.

──── PE-296(X)/2015 RGEP.4291 ────

(Transformada de PCOC-188(X)/2015 RGEP.4291)

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

si podría informar la Consejería de Educación, Juventud y Deporte cuándo va a abonar a las

universidades madrileñas la compensación por la bajada de tasas universitarias de un 10% aprobada

para el curso 2015-2016.

RESPUESTA

El 50% se ha abonado con cargo al presupuesto de 2015 y el 50% restante se abonará con cargo

al presupuesto de 2016.

──── PE-297(X)/2015 RGEP.4292 ────

(Transformada de PCOC-189(X)/2015 RGEP.4292)

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: principios

legales y pedagógicos que se están siguiendo en la contratación de profesorado interino de filosofía

dentro de la convocatoria por resolución del 22 de septiembre, BOCM 25-09-15.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa que, conforme establecía la convocatoria

citada, los aspirantes a ocupar puestos de interinidad debían reunir los requisitos generales y

específicos establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el

reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que

se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Además, para la especialidad de

Filosofía los participantes debían acreditar alguna de las titulaciones recogidas en el Anexo I de la

Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, de 28 de abril de 2015, por la que se regula

la participación, composición y ordenación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes

en régimen de interinidad en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos

de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes

Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para el curso escolar 2015-

2016.

──── PE-298(X)/2015 RGEP.4295 ────

(Transformada de PCOC-191(X)/2015 RGEP.4295)

De la Diputada Sra. Andaluz Andaluz, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: intención

que tiene su Consejería respecto al profesorado interino en relación al Decreto 42/2013.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la Ley 9/2015, de 28 de diciembre,

de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid establece en su Disposición

Derogatoria Única, apartado 2. K), que queda derogado el Decreto 42/2013 y toda la normativa que lo

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desarrolla, sustituyendo sus disposiciones por acuerdos con los agentes sociales. La Consejería de

Educación, Juventud y Deporte está negociando con los representantes de los funcionarios docentes

un nuevo acuerdo, tal y como informó el Consejero de Educación, Juventud y Deporte en el Pleno de

la Asamblea de Madrid del día 21 de enero del presente año.

──── PE-301(X)/2015 RGEP.4401 ────

(Transformada de PCOC-212(X)/2015 RGEP.4401)

De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: valoración

que hace la Consejería de Educación, Juventud y Deporte respecto al aumento del paro en menores de

25 años de la Comunidad de Madrid producido en el tercer trimestre de 2015, según los datos de la

Encuesta de Población Activa (EPA).

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que en la Encuesta de Población Activa

(EPA) del tercer trimestre de 2015, en la Comunidad de Madrid la tasa de paro de los menores de 25

años era 2,26 puntos inferior a la media del conjunto de España y 12,83 puntos inferior a la de

Andalucía. Los datos de la EPA del cuarto trimestre de 2015 en la Comunidad de Madrid reflejan una

bajada del paro de los menores de 25 años de 2,64 puntos y un descenso interanual de 4,7 puntos.

──── PE-302(X)/2015 RGEP.4414 ────

(Transformada de PCOC-214(X)/2015 RGEP.4414)

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: política

futura, incluyendo las misiones y dotaciones presupuestarias, de la Consejería de Educación, Juventud

y Deporte con respecto a los centros de personas adultas.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que de conformidad con lo aprobado en

la Proposición No de Ley 68/2015 RGEP.4429 (Pleno de la Asamblea de Madrid del 21 de enero de

2016), la Consejería de Educación, Juventud y Deporte impulsará la creación de una comisión de

estudio integrada por expertos docentes y otros representantes de la sociedad civil para hacer un

diagnóstico de las necesidades que existen en la educación de personas adultas con el objetivo de

hacer propuestas encaminadas a diseñar una oferta educativa que garantice el aprendizaje a lo largo

de la vida.

Asimismo, se dotará a la educación para personas adultas de los recursos humanos y

materiales necesarios para hacer efectivos estos objetivos.

──── PE-305(X)/2015 RGEP.4430 ────

(Transformada de PCOC-218(X)/2015 RGEP.4430)

Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: mecanismos

de planificación, control y seguimiento de la reforestación en la Comunidad de Madrid.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la planificación de las labores de

reforestación en la región se recoge en el Programa de Reforestación y Restauración de las Cubiertas

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Vegetales, que constituye el primero de los once programas del Plan Forestal de la Comunidad de

Madrid, aprobado mediante Decreto 50/1999, de 8 de abril y con un período de vigencia desde el año

2000 hasta el año 2019. Dicho Programa fue reforzado, además, en el año 2006, con el Plan de

Repoblaciones de la Comunidad de Madrid 2006-2010, ya concluido y con el que se repoblaron casi

8.000 hectáreas en la región.

El Plan Forestal se configura en el artículo 27 y siguientes de la Ley 16/1995, de 4 de mayo,

Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, como un instrumento

fundamental para el diseño y ejecución de la política forestal y de conservación de la naturaleza. Su

desarrollo, control y seguimiento se lleva a cabo por la Consejería de Medio Ambiente,

Administración Local y Ordenación del Territorio en colaboración con otras Administraciones (estatal,

autonómica y local), así como con instituciones y organizaciones públicas y privadas afectadas.

──── PE-306(X)/2015 RGEP.4432 ────

(Transformada de PCOC-220(X)/2015 RGEP.4432)

Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: mecanismos

de control, gestión y seguimiento de los datos estadísticos de residuos en la Comunidad de Madrid.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la Comunidad de Madrid ha

implementado el Sistema de Información de Gestión de Residuos, que permite la presentación

telemática de la documentación relativa al traslado de residuos peligrosos, en concreto los

documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos que regulaba el Real Decreto 833/1988,

de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de

Residuos Tóxicos y Peligrosos.

Respecto a la tramitación telemática de los documentos de traslado de residuos no peligrosos,

está prevista la adaptación del Sistema de Información a los nuevos requerimientos de información

derivados del Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el

interior del territorio del Estado e incluirá tanto documentos de identificación como notificaciones

previas de traslado tanto para residuos peligrosos, como no peligrosos.

Actualmente, a partir de los documentos de residuos peligrosos tramitados telemáticamente a

través del Sistema de Información, así como de las memorias resumen de actividad que deben

presentar los gestores de residuos y los sistemas de responsabilidad ampliada del productor

autorizados por la Comunidad de Madrid se elaboran los datos de residuos peligrosos gestionados en

la región, así como de los flujos sometidos al principio de responsabilidad ampliada del productor.

Se ha de tener en cuenta que no se dispone de datos completos de gestión de los residuos

generados en la Comunidad de Madrid que se han tratado fuera de nuestro territorio. Una vez todas

las Administraciones públicas se adapten a los nuevos requerimientos se dispondrá de la información

completa de la gestión de residuos en la Comunidad de Madrid.

Por último, con respecto a los residuos urbanos, son las Mancomunidades creadas al efecto,

así como el Ayuntamiento de Madrid, los competentes de su gestión, proporcionando los datos a la

Comunidad de Madrid con periodicidad anual.

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──── PE-308(X)/2015 RGEP.4434 ────

(Transformada de PCOC-222(X)/2015 RGEP.4434)

Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: situación en

que encuentra la Estrategia de Residuos Regional 2016-2026 de la Comunidad de Madrid.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la Estrategia de Residuos de la

Comunidad de Madrid que establecerá las bases para la gestión de los residuos en la región a partir de

2017, se encuentra en elaboración.

──── PE-311(X)/2015 RGEP.4487 ────

(Transformada de PCOC-228(X)/2015 RGEP.4487)

De la Diputada Sra. Casares Díaz, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta si

va a proceder el equipo de Gobierno a dar cobertura de transporte escolar a través de las rutas

escolares a todos los alumnos del IES (Sapere Aude).

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que el IES Sapere Aude, de Villanueva

del Pardillo, cuenta con 4 rutas escolares, que efectúan 2 viajes cada una y transportan a 432 alumnos,

entre los que se encuentran todos los alumnos matriculados en 1.º, 2.º y 3.º de la ESO. Además, el

Consejo Escolar del centro ha establecido los criterios por los que también se transporta a algunos

alumnos de 4.º de la ESO. Hay que tener en cuenta que el centro educativo se encuentra en el mismo

municipio en el que residen los alumnos por lo que no es obligatorio que la Consejería proporcione

rutas de transporte, conforme a la legislación vigente.

──── PE-312(X)/2015 RGEP.4488 ────

(Transformada de PCOC-229(X)/2015 RGEP.4488)

De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

si tiene previsto el Gobierno Regional volver a crear el Consejo de la Juventud.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que el artículo 28 de la Ley 9/2015, de 28

de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOCM de 31 de diciembre de 2015) establece lo

siguiente:

"Se crea el Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, como órgano de deliberación,

consulta y participación de los jóvenes madrileños.

El Consejo estará vinculado a la Consejería competente en materia de juventud. Sus funciones

y organización interna serán objeto de regulación mediante reglamento."

──── PE-325(X)/2015 RGEP.4855 ────

(Transformada de PCOC-278(X)/2015 RGEP.4855)

Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

por qué existen graveras que pueden perforar por debajo del freático a pesar de la normativa

ambiental, cuando ello está afectando al caudal ecológico que marca la Unión Europea.

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RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que ninguna gravera puede perforar por

debajo del nivel freático, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que

se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid no tiene constancia de ninguna instalación de estas

características autorizada por la Dirección General de Industria, Energía y Minas y evaluada conforme

a la normativa ambiental vigente.

──── PE-326(X)/2015 RGEP.4856 ────

(Transformada de PCOC-279(X)/2015 RGEP.4856)

De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: estado

en que se encuentra la Laguna de Aceite de Arganda del Rey.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que actualmente se está ejecutando la

Fase 1 A "Actuaciones sobre el material bombeable de la laguna principal dentro de la recuperación

ambiental de las parcelas 146 c y d del polígono 47 de Arganda del Rey".

Se está extrayendo mediante bombeo la fracción bombeable de los residuos de la laguna

principal (se estima en un 85% del volumen total), habiéndose extraído hasta la fecha 8.000 toneladas

de residuos.

Los residuos se cargan en camión cisterna que los transporta a planta de gestión de residuos

peligrosos, que cuenta con autorizaciones (Autorización Ambiental Integrada y Autorización de

Gestor de Residuos Peligrosos) para preparar un combustible a partir de estos materiales de cara a su

posterior valorización energética. Este combustible se utiliza en hornos de fábricas de cemento que

cuentan con Autorización Ambiental Integrada que permite su admisión y utilización.

──── PE-327(X)/2015 RGEP.4860 ────

(Transformada de PCOC-280(X)/2015 RGEP.4860)

Del Diputado Sr. Camargo Fernández, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se

pregunta si en los próximos pliegos de condiciones para la renovación de la gestión indirecta de

residencias, va a continuar el Gobierno de la Comunidad de Madrid aplicando como criterio

preferente el de la "oferta más baja".

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia se informa que la gestión de los centros de servicios

sociales de titularidad pública debe garantizar que la atención social especializada, así como la

sanitaria, en su caso, que en ellos se preste a los usuarios de la red pública madrileña sea homogénea y

en condiciones de igualdad.

Con ese objetivo, los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos que tienen por objeto

la gestión de estos centros fijan detalladamente, el contenido y características de la prestación, así

como las obligaciones del adjudicatario que garanticen una atención de calidad y adaptada a las

específicas necesidades de sus usuarios.

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Dado que el contenido de las prestaciones que constituyen el objeto de los contratos están

perfectamente definidas, no procede valorar otros criterios para la determinación de la oferta

económicamente más ventajosa que el precio y las mejoras objetivas valorables mediante cifras o

porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos, de

conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyo texto

refundido se aprobó por Real decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

──── PE-332(X)/2015 RGEP.5281 ────

(Transformada de PCOC-288(X)/2015 RGEP.5281)

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas que

piensa tomar el Consejo de Gobierno ante las noticias que confirman que el Lince Ibérico vive en la

ZEC de los ríos Alberche y Cofio.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que oficialmente no hay constancia de la

presencia de ejemplares de lince ibérico (Lynx Pardinus) en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Su imagen no ha sido recogida en ninguna cámara de trampeo, ni se ha recibido ninguna

comunicación oficial de la existencia de estudios que así lo constaten.

──── PE-356(X)/2015 RGEP.5796 ────

(Transformada de PCOC-328(X)/2015 RGEP.5796)

Del Diputado Sr. Camargo Fernández, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

valoración de la Consejería sobre la situación de la Residencia y Centro de Día pública, de gestión

privada Mirasierra.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que la valoración es positiva ya que la

atención que se presta en el centro es adecuada.

──── PE-360(X)/2015 RGEP.6027 ────

(Transformada de PCOC-341(X)/2015 RGEP.6027)

De la Diputada Sra. García D'Atri, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: pasos que se

han dado para la nueva Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa lo siguiente:

1.- En los primeros días del mes de octubre de 2015, se iniciaron los trabajos técnicos en la

Dirección General de Patrimonio Cultural. El objetivo era proceder a una adaptación de la Ley 3/2013,

de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid a la Sentencia del Tribunal

Constitucional de 17 de julio de 2014, así como a la introducción de mejoras técnicas en la misma. Se

estableció un plan de trabajo basado en el estudio técnico con la participación de todos los agentes

interesados y se fijaron los siguientes hitos temporales:

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5140

- Cierre de un borrador del texto, que incorporase la Sentencia del Tribunal Constitucional y

otras mejoras, para mediados de diciembre.

- Inicio de la fase de consultas, donde se presentarían las propuestas de los agentes

interesados durante el mes de enero.

- Incorporación de las propuestas a lo largo del mes de febrero.

- Presentación del borrador en abril de 2016.

2.- Tras la aprobación por el Pleno de la Asamblea de Madrid, el 22 de octubre, de la Moción

5/2015, con el voto a favor de los cuatro Grupos Parlamentarios, dicho plan de trabajo perdió todo el

sentido, dado que en la misma se aprobó la presentación de un Proyecto de Ley ante la Asamblea en

un plazo de tres meses.

Por ello, el grupo de trabajo técnico, procedió al estudio de las diferentes propuestas de

reforma de la actual Ley con adaptaciones a la STC, otras relativas a la mejora de la misma, tras la

experiencia de más de dos años desde su entrada en vigor, así como el tratamiento de los veintitrés

puntos (veinte del Grupo Socialista, dos de Ciudadanos y uno de Podemos) recogidos en la citada

Moción aprobada en el mes de octubre.

Además, se han mantenido reuniones con asociaciones interesadas en la materia, al objeto de

poder tener en cuenta en un borrador de anteproyecto de ley todas las sensibilidades posibles.

3.- En el mes en curso se prevé recibir las últimas propuestas emitidas desde las diferentes

áreas técnicas de la Dirección General de Patrimonio Cultural.

──── PE-1/2016 RGEP.26 ────

De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

cuándo tiene previsto el Gobierno de la Comunidad poner en marcha la Comisión Interdepartamental

de Ciencia y Tecnología.

RESPUESTA

El Decreto por el que se aprobará el Reglamento de la Comisión Interdepartamental de

Ciencia, Tecnología e Innovación se aprobará en los próximos días y una vez aprobado el mismo,

dicha Comisión se constituirá en el plazo de tres meses.

──── PE-4/2016 RGEP.121 ────

De la Diputada Sra. Carazo Gómez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

cuándo tiene previsto el Gobierno Regional de la Comunidad de Madrid hacer frente a la deuda

relativa a ayudas y subvenciones a la rehabilitación de viviendas y a la instalación de ascensores de los

planes anteriores a 2012, del municipio de San Fernando de Henares.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que el Decreto 88/2009, de 15 de octubre,

que regula las ayudas económicas a la rehabilitación de edificios residenciales y recuperación de

entornos urbanos incluye las subvenciones para la instalación de ascensores para el periodo 2009-2012.

Este Decreto fue desarrollado por la Orden 4036/2011, de 21 de noviembre.

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5141

El Decreto 88/2009 y, en concreto la Orden 4036/2011, establecieron que el procedimiento de

concesión sería la concurrencia competitiva. Este último exige, por un lado, la obtención de la

calificación provisional, y posteriormente la convocatoria de la subvención.

El Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, necesita de una Orden para su desarrollo.

Respecto a los Planes anteriores a 2009, no existe ninguna deuda, ni actuación protegible

pendiente de pago.

──── PE-5/2016 RGEP.126 ────

De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: se

pregunta si tiene previsto la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras la modificación

del recorrido de la línea N-805 para dar un servicio más frecuente al Barrio de Los Molinos de Getafe.

RESPUESTA

En relación con la iniciativa de referencia, se informa que el Consorcio Regional de

Transportes de la Comunidad de Madrid ha hecho una propuesta técnica al Ayuntamiento de Getafe

y está a la espera de la respuesta de éste, para su implantación.

3. TEXTOS RECHAZADOS

3.4 PROPOSICIONES NO DE LEY

──── PNL-16/2016 RGEP.835 ────

El Pleno de la Asamblea de Madrid, en su sesión ordinaria celebrada el día 18 de febrero de

2016, rechazó la Proposición No de Ley 16/2016 RGEP.835, del Grupo Parlamentario Socialista, por la

que la Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a que adopte

las siguientes medidas: Impulsar, con la participación de los interlocutores sociales, un Plan de control

contra los abusos laborales en la Comunidad de Madrid que movilice los recursos de la Inspección de

Trabajo y Seguridad Social de manera prioritaria hacia la inspección y la sanción de aquellas

conductas fraudulentas que vulneran los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, bajo las

fórmulas de los falsos contratos temporales, a tiempo parcial, los falsos autónomos, los falsos becarios

y becarias, y las horas extraordinarias no sometidas al régimen legal, con las especificaciones que se

citan en el escrito. La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad a dirigirse al Gobierno

de España para que se adopten las siguientes iniciativas, en el ámbito de sus competencias: Derogar la

desregulación del trabajo a tiempo parcial contenida en la Ley 3/2012 y a la reforma llevada a cabo

por el Real Decreto-Ley 16/2013. Adoptar, previo diálogo con los interlocutores sociales, una

regulación del tiempo de trabajo, incluido el trabajo a tiempo parcial, que permita recuperar el

equilibrio en las relaciones laborales individuales y colectivas y la racionalización en su organización,

en atención a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador, así como a las

necesidades productivas de la empresa. Promover la incorporación en la negociación colectiva y en

particular en el marco de los acuerdos intersectoriales de contenidos y medidas relacionadas con la

racionalización de las jornadas laborales.

Sede de la Asamblea, 18 de febrero de 2016. La Presidenta de la Asamblea

PALOMA ADRADOS GAUTIER

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5142

4. TEXTOS RETIRADOS

4.4 PROPOSICIONES NO DE LEY

──── PNL-18/2016 RGEP.945 ────

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, a petición del

Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, ha acordado declarar la retirada definitiva de la

Proposición No de Ley 18/2016 RGEP.945, con el siguiente objeto: la Asamblea de Madrid insta al

Gobierno de la Comunidad de Madrid para que inste al Ministerio de Fomento, para que en un plazo

no superior a seis meses, las estaciones de las líneas C-2 y C-7 de Cercanías y muy especialmente las

estaciones de Alcalá de Henares Central, Alcalá Universidad y San Fernando de Henares, sean

accesibles y se proceda a la eliminación de sus barreras arquitectónicas.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

5. ACTIVIDAD PARLAMENTARIA

5.1 COMPARECENCIAS

5.1.1 COMPARECENCIAS ANTE EL PLENO

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las siguientes Comparecencias ante el

Pleno.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-170/2016 RGEP.1511 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras ante el Pleno, con el

siguiente objeto: motivos por los que se va a cerrar al completo la Línea 1 de Metro de Madrid para

acometer obras en ella. (Por vía art. 208 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda su

celebración, de conformidad con el artículo 208 del Reglamento de la Asamblea, remitiendo dicho

escrito a la Junta de Portavoces a los efectos previstos en dicho artículo, y ordenar su publicación en el

Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de

la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016. La Presidenta de la Asamblea

PALOMA ADRADOS GAUTIER

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5143

──── C-171/2016 RGEP.1512 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras ante el Pleno, con el

siguiente objeto: obras proyectadas en la Línea 1 de Metro de Madrid. (Por vía art. 208 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda su

celebración, de conformidad con el artículo 208 del Reglamento de la Asamblea, remitiendo dicho

escrito a la Junta de Portavoces a los efectos previstos en dicho artículo, y ordenar su publicación en el

Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de

la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-181/2016 RGEP.1583 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del

Sr. Consejero de Políticas Sociales y Familia ante el Pleno, con el siguiente objeto: tipo de recursos

humanos y físicos con que cuenta la Residencia Maternal Norte. (Por vía art. 208 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda su

celebración, de conformidad con el artículo 208 del Reglamento de la Asamblea, remitiendo dicho

escrito a la Junta de Portavoces a los efectos previstos en dicho artículo, y ordenar su publicación en el

Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de

la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

5.1.2 COMPARECENCIAS ANTE LAS COMISIONES

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las siguientes Comparecencias ante las

Comisiones.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016. La Presidenta de la Asamblea

PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-166/2016 RGEP.1462 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del

Sr. Representante del Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat (GREFA), ante la

Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente

objeto: trabajos para la recuperación, investigación y rehabilitación de fauna, la cría en cautividad de

especies amenazadas, la conservación de espacios naturales y la educación y sensibilización

ambiental. (Por vía art. 211 RAM).

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5144

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y

Ordenación del Territorio, para que la misma resuelva sobre la invitación para comparecer, de

conformidad con el artículo 211 del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el

Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de

la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-168/2016 RGEP.1483 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del

Sr. Director General de Agricultura y Ganadería ante la Comisión de Medio Ambiente,

Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto: relación de pagos a los

ganaderos con cargo a las ayudas a la ganadería de las PAC 2015. (Por vía art. 210 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y

Ordenación del Territorio, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 210

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-169/2016 RGEP.1499 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Alipio Gutiérrez Sánchez, Director de Informativos de Telemadrid, ante la

Comisión de Control del Ente Público Radio Televisión Madrid, con el siguiente objeto: planes con los

que encara su nueva etapa en la cadena. (Por vía art. 211 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Control del Ente Público Radio Televisión

Madrid, para que la misma resuelva sobre la invitación para comparecer, de conformidad con el

artículo 211 del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de

Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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5145

──── C-172/2016 RGEP.1513 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. Consejero-Delegado de Metro de Madrid ante la Comisión de Transportes,

Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: obras proyectadas en la Línea 1 de Metro de

Madrid. (Por vía art. 221 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras,

para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 221 del Reglamento de la

Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad

con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-176/2016 RGEP.1549 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras ante la Comisión de Transportes,

Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: planes de actuación en el mantenimiento de la

Línea 1 de Metro de Madrid.(Por vía art. 209 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras,

para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 209 del Reglamento de la

Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad

con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-178/2016 RGEP.1570 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del

Sr. D. Miguel Giménez de Córdoba Fernández Pintado, que fue Consejero Delegado y Director

General de la Sociedad "Campus de la Justicia", ante la Comisión de Estudio sobre la auditoría del

endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: declaración

prestada el 28-05-09 en las dependencias de la Brigada Provincial de Policía Judicial, UDYCO, en

relación a diversos contratos de seguridad suscritos por la sociedad Campus de la Justicia. (Por vía art.

211 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Estudio sobre la auditoría del

endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva sobre la

invitación para comparecer, de conformidad con el artículo 211 del Reglamento de la Asamblea, y

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5146

ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los

artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-179/2016 RGEP.1572 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del

Sr. Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio ante la Comisión

de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, con el siguiente objeto:

situación actual de las Lagunas de Velilla de San Antonio. (Por vía art. 209 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Medio Ambiente, Administración Local y

Ordenación del Territorio, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 209

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-180/2016 RGEP.1580 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se solicita la comparecencia del

Sr. Director-Gerente del Consorcio Regional de Transportes ante la Comisión de Transportes,

Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: acciones tomadas tras el informe de la Cámara de

Cuentas del año 2012 que afecta al organismo y relación de municipios que adeudan cantidades al

mismo. (Por vía art. 221 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras,

para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 221 del Reglamento de la

Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad

con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-183/2016 RGEP.1628 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. José Oreja Sánchez, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e

Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con

el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

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5147

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-184/2016 RGEP.1629 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Antonio Coronado Martínez, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia,

Justicia e Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de

Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-185/2016 RGEP.1630 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. José Manuel Pinto Serrano, Técnico de la D. G. de Seguridad de la Comunidad de Madrid,

ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el

siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-186/2016 RGEP.1631 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Sergio Gamón Serrano, ex-Director de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia e

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5148

Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con

el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-187/2016 RGEP.1632 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

de la Sra. Dña. Yolanda Laviana Díaz, ex-Secretaria de Dña. Esperanza Aguirre y del Director General

del Ente Público de Radio Televisión Madrid, D. Manuel Soriano, ante la Comisión de Investigación

sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje

político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-188/2016 RGEP.1633 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Miguel Castaño Grande, ex-Subdirector de Seguridad de la Comunidad de Madrid, ante la

Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente

objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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5149

──── C-189/2016 RGEP.1634 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Enrique Barón Castaño, ex-Director General de Seguridad de la Comunidad de Madrid, ante

la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente

objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016. La Presidenta de la Asamblea

PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-190/2016 RGEP.1635 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Marcos Peña Díaz, ex-Asesor de Seguridad del Consejero de Interior de la Comunidad de

Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con

el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-191/2016 RGEP.1636 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Francisco José Granados Lerena, ex-Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la

Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad

de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016. La Presidenta de la Asamblea

PALOMA ADRADOS GAUTIER

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5150

──── C-192/2016 RGEP.1637 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Alfredo Prada Presa, ex-Vicepresidente y ex-Consejero de Justicia e Interior de la

Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad

de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-193/2016 RGEP.1638 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Manuel Cobo Vega, ex-Vicealcalde de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre

corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en

la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-194/2016 RGEP.1639 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. José Palomo Gallego, ex-Asesor de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la

Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad

de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

Page 115: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5151

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-195/2016 RGEP.1640 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Roberto Casielles Casielles, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia

e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en

la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la Comunidad de

Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-196/2016 RGEP.1641 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

de la Sra. Dña. Belén Espartero Rodríguez, ex-Asesora de Seguridad de la Consejería de Presidencia,

Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción

política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la

Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-197/2016 RGEP.1642 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. José Manuel Rodríguez González, ex-Asesor de Seguridad de la Consejería de Presidencia,

Justica e Interior de la Comunidad de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción

política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político en la

Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

Page 116: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5152

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-198/2016 RGEP.1644 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. Consejero de Sanidad ante la Comisión de Sanidad, con el siguiente objeto: planes de su

Consejería en relación con la construcción de nuevos centros de atención primaria y la reforma de los

actualmente existentes, de acuerdo con la dotación presupuestaria prevista para 2016. (Por vía art. 209

RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Sanidad, para que la misma resuelva al

respecto, de conformidad con el artículo 209 del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación

en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del

Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-199/2016 RGEP.1647 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Francisco Marco Fernández, como Director General de Método 3, ante la Comisión de

Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de

espionaje político en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

Page 117: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5153

──── C-200/2016 RGEP.1648 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Juan José Pedraza Arranz, Técnico del Departamento de Dirección de Obra

de INNCIVE, ante la Comisión de Estudio sobre la auditoría del endeudamiento y la gestión pública

de la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: contratos relacionados con obra CR-061-07,

segundo anillo, tramo quinto, ramal nudo de Majadahonda-Arteria de Retamares. (Por vía art. 211

RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Estudio sobre la auditoría del

endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva sobre la

invitación para comparecer, de conformidad con el artículo 211 del Reglamento de la Asamblea, y

ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los

artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-203/2016 RGEP.1651 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Manuel Jiménez Torrico, Responsable de Obra CR-061-07, segundo anillo,

tramo quinto, ramal nudo Majadahonda, ante la Comisión de Estudio sobre la auditoría del

endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: participación

en la señalada obra. (Por vía art. 211 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Estudio sobre la auditoría del

endeudamiento y la gestión pública de la Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva sobre la

invitación para comparecer, de conformidad con el artículo 211 del Reglamento de la Asamblea, y

ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los

artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-205/2016 RGEP.1653 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Héctor Casado, Director General de Madrid Network entre 2007 y 2015,

ante la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: actividades,

objetivos y resultados de sus actividades. (Por vía art. 211 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Presupuestos, Economía, Empleo y

Page 118: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5154

Hacienda, para que la misma resuelva sobre la invitación para comparecer, de conformidad con el

artículo 211 del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de

Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-206/2016 RGEP.1654 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Alfredo Prada, ex-Consejero de Justicia, Presidencia e Interior y presunto

espiado, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con

el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid.

(Por vía art.75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-207/2016 RGEP.1655 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia de la Sra. Dña. Carmen Rodríguez Flores, Diputada Regional del PP en las

Legislaturas VI, VII y VIII y presunta espiada, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción

política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente

realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016. La Presidenta de la Asamblea

PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-209/2016 RGEP.1657 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Ignacio González González, ex-Presidente de la Comunidad de Madrid y

Vicepresidente del Gobierno Regional al momento de la realización de la anterior Comisión de

Investigación sobre el tema a tratar, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Page 119: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5155

Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: espionaje político realizado en la Comunidad de

Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-210/2016 RGEP.1658 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Ildefonso de Miguel, Gerente del Canal de Isabel II hasta 2009, ante la

Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente

objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-211/2016 RGEP.1659 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia de la Sra. Dña. Yolanda Laviana, ex-secretaria personal de D. Manuel Soriano y ex-

mujer de D. Sergio Gamón, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: espionaje político realizado en la Comunidad de

Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

Page 120: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5156

──── C-212/2016 RGEP.1662 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Miguel Castaño, ex-Subdirector General de Seguridad de la Comunidad

de Madrid, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid,

con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de

Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-213/2016 RGEP.1663 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Manuel Cobo, ex-Vicealcalde del Ayuntamiento de Madrid y presunto

espiado, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con

el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid.

(Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-215/2016 RGEP.1665 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia de la Sra. Dña. Esperanza Aguirre, ex-Presidenta de la Comunidad de Madrid, ante

la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente

objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

Page 121: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5157

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-216/2016 RGEP.1666 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Francisco Granados, ex-Consejero de Justicia, Presidencia e Interior, ante la

Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente

objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art.

75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-217/2016 RGEP.1667 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. José Oreja Sánchez, que fue imputado en el proceso judicial relativo al caso

de espionaje, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid,

con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de

Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-218/2016 RGEP.1668 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Luis Caro Vinagre, cabo de la Guardia Civil al momento de los hechos y

que fue imputado en el proceso judicial relativo al caso de espionaje, ante la Comisión de

Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de

espionaje político presuntamente realizado en la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

Page 122: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5158

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-219/2016 RGEP.1669 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por la que se solicita

la comparecencia del Sr. D. Sergio Gamón, ex-Director del Área de Seguridad de la Consejería de

Justicia, Presidencia e Interior, ante la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, con el siguiente objeto: caso de espionaje político presuntamente realizado en

la Comunidad de Madrid. (Por vía art. 75.3 RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la

Comunidad de Madrid, para que la misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 75.3

del Reglamento de la Asamblea, y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de

Madrid de conformidad con los artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── C-220/2016 RGEP.1681 ────

Presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por la que se solicita la comparecencia

del Sr. D. Gonzalo Aguado, D. G. de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación,

Juventud y Deporte, ante la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones, con el siguiente objeto:

contratos con la empresa IELCO adjudicados por la Consejería los últimos dos años. (Por vía art. 210

RAM).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Comparecencia y su envío a la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones, para que la

misma resuelva al respecto, de conformidad con el artículo 210 del Reglamento de la Asamblea, y

ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los

artículos 49 y 97 del Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

Page 123: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5159

5.2 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL

5.2.1 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL EN PLENO

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las siguientes Preguntas de Respuesta

Oral en Pleno.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-126/2016 RGEP.1495 ────

De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se

pregunta si puede explicar cuál es la actual política del Gobierno Regional en materia de planificación

familiar.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-127/2016 RGEP.1496 ────

De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se

pregunta cómo valora el Gobierno Regional el acceso de la juventud a la información sobre salud

sexual y anticonceptivos en la Comunidad de Madrid.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-128/2016 RGEP.1507 ────

De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: motivos

por los que se ha decidido cerrar en su totalidad la Línea 1 de Metro de Madrid para llevar a cabo las

obras proyectadas en dicha línea.

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ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-129/2016 RGEP.1508 ────

De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: medidas

que se van a adoptar para que las obras previstas en la Línea 1 de Metro de Madrid no interfieran en

la movilidad de la ciudad de Madrid.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-130/2016 RGEP.1525 ────

De la Diputada Sra. Salazar-Alonso Revuelta, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

papel que ha tenido la Consejería de Educación en relación al proyecto de un reality show de la

productora Shine Iberia.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-131/2016 RGEP.1540 ────

Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: grado

de compromiso del Gobierno de la Comunidad de Madrid con garantizar los fondos necesarios para

la reapertura del Colegio Mayor Universitario San Juan Evangelista.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

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publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-132/2016 RGEP.1541 ────

Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: modelo

de financiación de las universidades públicas que pretende desarrollar el Gobierno de la Comunidad

de Madrid en la futura Ley del espacio madrileño de educación superior.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-133/2016 RGEP.1542 ────

Del Diputado Sr. Fernández Rubiño, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

medidas que va a llevar a cabo la Consejería de Educación, Juventud y Deporte para combatir la

precariedad del profesorado no permanente de las universidades públicas madrileñas.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-134/2016 RGEP.1582 ────

De la Diputada Sra. Ardid Jiménez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: alternativa

que plantea el Gobierno de la Comunidad de Madrid a la Asociación Amejhor ante el inminente

derribo del local que ocupan en la UVA de Hortaleza.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

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publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-135/2016 RGEP.1660 ────

De la Diputada Sra. Espinosa de la Llave, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se

pregunta cómo valora el Gobierno de la Comunidad de Madrid la gestión de la explotación de la

Plaza de Toros de Las Ventas.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-136/2016 RGEP.1673 ────

De la Diputada Sra. Serra Sánchez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

valoración que hace el Gobierno sobre el número de abortos que se practican en la Red Pública de

Hospitales de la Comunidad de Madrid.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-137/2016 RGEP.1703 ────

Del Diputado Sr. López Rodrigo, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta

si va a dar la Agencia Social de la Vivienda una alternativa a la Asociación Amejhor cuando derriben

el local en el que desarrollan su acción social en el distrito de Hortaleza.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

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publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOP-138/2016 RGEP.1731 ────

De la Diputada Sra. Sevillano de las Heras, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

opciones que está contemplando el Gobierno Regional sobre la renovación de los convenios de las

Bescam.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta, incluirla en la relación de asuntos pendientes de Pleno, y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid de conformidad con los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

5.2.2 PREGUNTAS DE RESPUESTA ORAL EN COMISIÓN

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 97.1 del Reglamento de esta Cámara, se

ordena publicar en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid las siguientes Preguntas de Respuesta

Oral en Comisión.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-243/2016 RGEP.1480 ────

De la Diputada Sra. Andaluz Andaluz, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Educación y

Deporte, con el siguiente objeto: criterios que se han aplicado en las adscripciones directas del

alumnado de los CEIP a los IES de referencia teniendo en cuenta la opinión de las familias para sus

hijas e hijos según sus necesidades, libre elección de centro, proximidad, etc.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Educación y Deporte, conforme a los artículos 49,

97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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──── PCOC-244/2016 RGEP.1481 ────

De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presidencia,

Justicia y Portavocía del Gobierno, con el siguiente objeto: se pregunta cómo va a articular la

participación de los Ayuntamientos en el desarrollo de los Programas Operativos Regionales FSE y

FEDER 2014-2020 para la Comunidad de Madrid.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno,

conforme a los artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-245/2016 RGEP.1482 ────

De la Diputada Sra. Navarro Lanchas, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presidencia,

Justicia y Portavocía del Gobierno, con el siguiente objeto: actuaciones que va a realizar para poner en

marcha los proyectos de los Programas Operativos Regionales FSE y FEDER 2014-2020 para la

Comunidad de Madrid.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno,

conforme a los artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-246/2016 RGEP.1509 ────

De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno ante la Comisión de Transportes,

Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: medidas que se van a adoptar para que las obras

previstas en la Línea 1 de Metro de Madrid no interfieran en la movilidad de la ciudad de Madrid.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras,

conforme a los artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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──── PCOC-247/2016 RGEP.1510 ────

De la Diputada Sra. Díaz Román, del GPPCM, al Gobierno ante la Comisión de Transportes,

Vivienda e Infraestructuras, con el siguiente objeto: motivos por los que se ha decidido cerrar en su

totalidad la Línea 1 de Metro de Madrid para llevar a cabo las obras proyectadas en dicha línea.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras,

conforme a los artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-248/2016 RGEP.1521 ────

De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Cultura y

Turismo, con el siguiente objeto: se pregunta si desde la Dirección General de Turismo están

ayudando a los municipios de la Comunidad de Madrid a potenciar proyectos de infraestructuras

turísticas.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Cultura y Turismo, conforme a los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-250/2016 RGEP.1523 ────

De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Cultura y

Turismo, con el siguiente objeto: se pregunta si se plantean algún tipo de fusión o coordinación de

todos los espacios de congresos o recintos feriales, junto con el Ayuntamiento de Madrid, para que la

oferta sea variada en las distintas capacidades comerciales y atractiva para las empresas.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Cultura y Turismo, conforme a los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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──── PCOC-251/2016 RGEP.1550 ────

De la Diputada Sra. Marbán de Frutos, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Cultura y

Turismo, con el siguiente objeto: Plan Estratégico desde la Dirección General de Turismo con la

partida presupuestaria destinada a la Asociación Turismo Madrid para el 2016.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Cultura y Turismo, conforme a los artículos 49, 97,

191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-252/2016 RGEP.1594 ────

Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Presidencia, Justicia

y Portavocía del Gobierno, con el siguiente objeto: respuesta que ha remitido o tiene previsto remitir el

Gobierno de la Comunidad de Madrid a la demanda formulada desde diversos ayuntamientos

instando a la Comunidad al cumplimiento del convenio sobre seguridad suscrito entre ambas

Instituciones.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno,

conforme a los artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su

publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-253/2016 RGEP.1599 ────

Del Diputado Sr. Gómez-Chamorro Torres, del GPS, al Gobierno ante la Comisión de Políticas

Sociales y Familia, con el siguiente objeto: valoración que hace el Consejo de Gobierno sobre el

incidente ocurrido con un residente, el viernes 29-01-16, en el Centro de atención a personas mayores

dependientes de la residencia y centro de día "Moscatelares" de San Sebastián de los Reyes.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Políticas Sociales y Familia, conforme a los

artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su publicación en el Boletín

Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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──── PCOC-254/2016 RGEP.1645 ────

Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Sanidad, con el

siguiente objeto: situación de la lista de espera de las técnicas de reproducción asistida en los

hospitales del SERMAS y medidas que plantean para reducirla.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Sanidad, conforme a los artículos 49, 97, 191 y

siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-255/2016 RGEP.1678 ────

Del Diputado Sr. Veloso Lozano, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de Vigilancia de las

Contrataciones, con el siguiente objeto: mecanismos de análisis y seguimiento de las noticias en

prensa, radio, televisión e Internet para la Oficina de Comunicación del Gobierno de la Comunicad de

Madrid (Expte. A/SER-038939/2015).

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla a la Comisión de Vigilancia de las Contrataciones, conforme a los

artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y ordenar su publicación en el Boletín

Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PCOC-256/2016 RGEP.1682 ────

De la Diputada Sra. González Pastor, del GPCS, al Gobierno ante la Comisión de

Presupuestos, Economía, Empleo y Hacienda, con el siguiente objeto: avances que ha realizado este

Gobierno en materia de transparencia de los contratos menores.

ACUERDO

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda admitir a

trámite dicha Pregunta y remitirla, por razón de la materia, a la Comisión de Presupuestos, Economía,

Empleo y Hacienda, conforme a los artículos 49, 97, 191 y siguientes del Reglamento de la Asamblea y

ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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5.3 PETICIONES DE INFORMACIÓN

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2016, acuerda la

tramitación de las Peticiones de Información que a continuación se relacionan, por el procedimiento

del artículo 18 del Reglamento de la Asamblea y ordena su publicación en el Boletín Oficial de la

Asamblea de Madrid por los artículos 49 y 97.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── PI-502/2016 RGEP.1463 ────

De la Diputada Sra. Mena Romero, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: lista de

proyectos presentados por el Ayuntamiento de Humanes de Madrid dentro del Plan Activa Sur.

──── PI-503/2016 RGEP.1464 ────

De la Diputada Sra. Mena Romero, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: inventario de

polígonos industriales del municipio de Humanes de Madrid que conste en la Consejería de

Economía, Empleo y Hacienda.

──── PI-505/2016 RGEP.1501 ────

Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de

consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital Universitario La Paz y en los

centros de especialidades que de él dependen en 2014, desagregada por: centros, especialidades y

municipios de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en

formato electrónico de hoja de cálculo.

──── PI-506/2016 RGEP.1502 ────

Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de

consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital Universitario La Paz y en los

centros de especialidades que de él dependen en 2015, desagregada por: centros, especialidades y

municipios de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en

formato electrónico de hoja de cálculo.

──── PI-507/2016 RGEP.1503 ────

Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de

consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital Universitario La Paz y en los

centros de especialidades que de él dependen en 2013, desagregada por: centros, especialidades y

municipios de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se solicita la información en

formato electrónico de hoja de cálculo.

──── PI-508/2016 RGEP.1504 ────

Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de

consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital del Sureste en 2013, desagregada

por: especialidades y municipio de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se

solicita la información en formato electrónico de hoja de cálculo.

Page 133: Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid · Gobierno, de fecha 16 de febrero de 2016, sobre la Proposición No de Ley 6/2016 RGEP.500, presentada por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos,

BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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──── PI-509/2016 RGEP.1505 ────

Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de

consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital del Sureste en 2014, desagregada

por: especialidades y municipio de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se

solita la información en formato electrónico de hoja de cálculo.

──── PI-510/2016 RGEP.1506 ────

Del Diputado Sr. Álvarez Cabo, del GPCS, al Gobierno, con el siguiente objeto: número de

consultas externas, primeras y sucesivas, realizadas en el Hospital del Sureste en 2015, desagregada

por: especialidades y municipio de residencia de los pacientes atendidos en cada especialidad. Se

solicita la información en formato electrónico de hoja de cálculo.

──── PI-511/2016 RGEP.1526 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

remanente que tiene reconocido a fecha actual el Ayuntamiento de El Atazar del programa PRISMA

2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-512/2016 RGEP.1527 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

procedimiento que se ha seguido en la adjudicación de obras del programa PRISMA 2008-2011,

prorrogado hasta 2015 en el municipio de El Atazar.

──── PI-514/2016 RGEP.1529 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

presupuesto final que tenían cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro

del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-515/2016 RGEP.1530 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: plazo de

ejecución que tenía cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro del

programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-516/2016 RGEP.1531 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

organismo contratante al que le correspondió cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El

Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-517/2016 RGEP.1532 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: obras

que se han ejecutado en El Atazar con cargo al programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-518/2016 RGEP.1533 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: grado de

ejecución a fecha actual del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015, en el municipio de

El Atazar.

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──── PI-519/2016 RGEP.1534 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: grado de

cumplimiento del plazo de ejecución que existe en cada una de las obras adjudicadas en el municipio

de El Atazar dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-520/2016 RGEP.1535 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: empresas

que han ejecutado cada una de las obras adjudicadas en el municipio de El Atazar dentro del

programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-521/2016 RGEP.1536 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

cantidades que se han destinado a obras dentro del programa PRISMA 2008-2011, prorrogado hasta

2015 en el municipio de El Atazar.

──── PI-522/2016 RGEP.1537 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

cantidades que se han destinado a financiación del gasto corriente dentro del programa PRISMA 2008-

2011, prorrogado hasta 2015, en el municipio de El Atazar.

──── PI-523/2016 RGEP.1538 ────

De la Diputada Sra. San José Pérez, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: cantidad

económica total que le ha sido adjudicada al municipio de El Atazar dentro del programa PRISMA

2008-2011, prorrogado hasta 2015.

──── PI-526/2016 RGEP.1573 ────

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: información

de la Lista de Espera Diagnóstica a fecha 31-01-16, del Centro de Especialidades María Ángeles López

Gómez, desagregada por: (1) pruebas diagnósticas de imagen (TAC, RNM, Ecografía,

Ecocardiograma, PET) y (2) primeras consultas por especialidades. Se solicita expresamente que esta

información sea remitida en formato electrónico de hoja de cálculo, reutilizable por el usuario.

──── PI-527/2016 RGEP.1574 ────

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: información

de la Lista de Espera Diagnóstica a fecha 31-01-16, del Hospital Universitario Severo Ochoa, de

Leganés, desagregada por: (1) pruebas diagnósticas de imagen (TAC, RNM, Ecografía,

Ecocardiograma, PET) y (2) primeras consultas por especialidades. Se solicita expresamente que esta

información sea remitida en formato electrónico de hoja de cálculo, reutilizable por el usuario.

──── PI-529/2016 RGEP.1576 ────

De la Diputada Sra. Ardid Jiménez, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia del

expediente completo del contrato de gestión del CRAS (Centro de Recuperación de Animales

Silvestres), adjudicado en 2014 a TRACANI, S.A.

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──── PI-530/2016 RGEP.1577 ────

De la Diputada Sra. García D'Atri, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: actas del

Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid desde su creación.

──── PI-531/2016 RGEP.1578 ────

Del Diputado Sr. Vicente Viondi, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: estadística de

ingresos y reingresos por código de enfermedad en el Hospital Infanta Leonor desde el año 2011 hasta

2015.

──── PI-532/2016 RGEP.1579 ────

Del Diputado Sr. Vicente Viondi, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia del Plan

Especial Sur Valdebernardo API 19.01 donde se encuentra el Hospital Infanta Leonor.

──── PI-533/2016 RGEP.1595 ────

Del Diputado Sr. Cruz Torrijos, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia, a ser

posible en formato digital, del contrato de adjudicación de los servicios de gestión y explotación de las

instalaciones deportivas Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, tercer depósito.

──── PI-534/2016 RGEP.1596 ────

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de

convenios, protocolos y adendas existentes y firmados entre la Comunidad de Madrid y la Junta de

Castilla y León, a fecha 31-01-16.

──── PI-535/2016 RGEP.1597 ────

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de

convenios, protocolos y adendas existentes y firmados entre la Comunidad de Madrid y la Junta de

Castilla La Mancha, a fecha 31-01-16.

──── PI-536/2016 RGEP.1606 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Organigrama funcional de la fundación Arpegio de los años 2007-

2015.

──── PI-537/2016 RGEP.1607 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Organigrama funcional de la Empresa Pública Arpegio, S.A. de los

años 2007-2015.

──── PI-538/2016 RGEP.1608 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Organigrama funcional de la Empresa Pública Nuevo Arpegio, S.A.

de los años 2007-2015.

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──── PI-539/2016 RGEP.1609 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Cargos específicos cubiertos mediante el procedimiento de libre

designación en la Fundación Arpegio, incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos

entre 2007-2015, desglosado por años.

──── PI-540/2016 RGEP.1610 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores eventuales en la empresa pública

Arpegio, S.A., incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015,

desglosado por años.

──── PI-541/2016 RGEP.1611 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores eventuales en la empresa pública

Nuevo Arpegio, S.A., incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-

2015, desglosado por años.

──── PI-542/2016 RGEP.1612 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores eventuales en la Fundación Arpegio,

incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años.

──── PI-543/2016 RGEP.1613 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Cargos específicos cubiertos mediante el procedimiento de libre

designación en la empresa pública Arpegio, incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años

comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años.

──── PI-544/2016 RGEP.1614 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Cargos específicos cubiertos mediante el procedimiento de libre

designación en la empresa pública Nuevo Arpegio, incluyendo nombre y cargo ocupado, en los años

comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años.

──── PI-546/2016 RGEP.1616 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores en la empresa pública Nuevo Arpegio

en los años comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años.

──── PI-547/2016 RGEP.1617 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Número total de trabajadores en la Fundación Arpegio en los años

comprendidos entre 2007-2015, desglosado por años.

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5173

──── PI-548/2016 RGEP.1618 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Relación de trabajadores, sean estos funcionarios, laborales o de

libre designación de la Dirección General de Seguridad Ciudadana desde el 1-01-07 al 1-01-10.

──── PI-549/2016 RGEP.1619 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Contenidos y funciones del Área de Seguridad dentro de la

Dirección General de Seguridad entre el 1-01-07 al 1-01-10.

──── PI-550/2016 RGEP.1620 ────

De la Comisión de Investigación sobre corrupción política en la Comunidad de Madrid, al

Gobierno, con el siguiente objeto: Relación de los contratos de seguridad suscritos por todas y cada

una de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y de las Empresas Públicas, Organismos Públicos

vinculadas a las mismas, (indicando adjudicatario, fecha de adjudicación, cuantía, prórrogas y

finalización del contrato), entre el 1-01-07 al 1-01-10.

──── PI-551/2016 RGEP.1623 ────

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto:

programación de las actuaciones previstas (construcción, ampliación, mejora o rehabilitación) en

infraestructuras educativas en el año 2016, indicando, además de sus características, las previsiones de

cantidad invertida, fecha de licitación, fecha de inicio y fecha de finalización.

──── PI-552/2016 RGEP.1624 ────

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto:

cuantificación y relación de denuncias por acoso escolar realizadas ante diversos órganos de la

Comunidad de Madrid, aportando información relevante que no afecte a la privacidad de los

individuos, como puede ser el centro donde se encontraba escolarizado.

──── PI-553/2016 RGEP.1625 ────

Del Diputado Sr. Moreno Navarro, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de

autorizaciones, junto con su fecha de concesión, según el artículo 86 de la Ley Orgánica 6/2001 y el RD

420/2015, concedidas por la Comunidad Autónoma de Madrid para la impartición de enseñanzas

conducentes a la obtención de títulos, certificados o diplomas de educación superior universitaria, con

arreglo a sistemas educativos extranjeros, adjuntando copia de la certificación expedida al efecto por

la representación acreditada en España del país de origen, así como la copia del informe del Ministerio

de Asuntos Exteriores y de Cooperación sobre la conveniencia de la misma.

──── PI-554/2016 RGEP.1661 ────

De la Diputada Sra. Espinosa de la Llave, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

copia completa del informe sobre la creación de la escuela de tauromaquia aprobado en el Consejo de

Gobierno de 16-02-16.

──── PI-555/2016 RGEP.1672 ────

Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto:

expediente del contrato adjudicado para la gestión del call center del Canal de Isabel II en el año 2009.

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──── PI-556/2016 RGEP.1674 ────

Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia de

los contratos adjudicados y subvenciones concedidas por la Comunidad de Madrid a la empresa

Secuencia Pixels, S.L. durante los años 2005, 2006, 2007 y 2008.

──── PI-557/2016 RGEP.1675 ────

Del Diputado Sr. Gutiérrez Benito, del GPPCM, al Gobierno, con el siguiente objeto: copia de

los contratos y adjudicaciones de licencias adjudicados por la Comunidad de Madrid a la empresa

Centanor Spain, S.L. durante los años 2005, 2006, 2007 y 2008.

──── PI-558/2016 RGEP.1676 ────

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de

órganos de participación de la Confederación Hidrográfica del Tajo en los que ha participado la

Comunidad de Madrid o Canal de Isabel II, con indicación de objeto de la reunión, fecha y

responsable de la Comunidad que asistió.

──── PI-559/2016 RGEP.1677 ────

Del Diputado Sr. Gómez Montoya, del GPS, al Gobierno, con el siguiente objeto: relación de

observaciones y sugerencias planteadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid al Proyecto del

Plan Hidrológico del Tajo 2016-2021.

7. OTROS DOCUMENTOS

7.4 RÉGIMEN INTERIOR

──── RESOLUCIÓN NÚM. 7/2016 ────

DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA, SOBRE CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA

PROVISIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO NÚMERO 333, "JEFE DE LA SECCIÓN DE

GESTIÓN DE OCUPACIONES DE PÁGINA WEB Y COMISIONES PERMANENTES

LEGISLATIVAS", NÚMERO 104, "ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARÍA GENERAL",

TURNO DE TARDE Y NÚMERO 191, "ADMINISTRATIVO DE LA UNIDAD DE SEGURIDAD Y

SALUD LABORAL"

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 6.2 d) del Estatuto del Personal de la Asamblea de

Madrid, y a la vista de la propuesta de la Junta de Méritos de 18 de febrero de 2016, esta Presidencia:

RESUELVE1

Primero.- Resolver el concurso de méritos convocado por Resolución de la Presidencia de 4 de

enero de 2016 para la cobertura de los puestos de trabajo que se relacionan:

1 Contra la presente Resolución se podrá interponer Recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación.

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NÚM. PUESTO DENOMINACIÓN N.C.D. C.E. ANUAL

333

“Jefe de la Sección de Gestión de

Ocupaciones de Página Web y

Comisiones Permanentes Legislativas”

22 18.225,36 euros anuales

NÚM. PUESTO DENOMINACIÓN N.C.D. C.E. ANUAL

104 “Administrativo de la Secretaría

General”, turno de tarde 22 13.974,48 euros anuales

NÚM. PUESTO DENOMINACIÓN N.C.D. C.E. ANUAL

191 “Administrativo de la Unidad de

Seguridad y Salud Laboral” 17 11.346,72 euros anuales

Segundo.- Adjudicar los referidos puestos de trabajo a los siguientes funcionarios, haciendo

constar, en su caso, el puesto liberado.

- Puesto de trabajo: Núm. 333, “Jefe de la Sección de Gestión de Ocupaciones de Página Web y

Comisiones Permanentes Legislativas”, adscrito a la Dirección de Gestión Parlamentaria:

Adjudicado a D. José Antonio Martín Delgado, con una puntuación de 39,12 puntos.

Puesto liberado: No libera puesto porque el titular no disponía de un puesto adjudicado en

adscripción definitiva.

- Puesto de trabajo: Núm. 104, “Administrativo de la Secretaría General”, turno de tarde,

adscrito a la Secretaría General: Adjudicado a Dña. Ana María García Ortega, con una

puntuación de 38,12 puntos.

Puesto liberado: Núm. 127, “Administrativo-Secretario/a de Dirección” dependiente de la

Intervención, (NCD 20 y complemento específico anual de 13.149,48 euros).

- Puesto de trabajo: 191, “Administrativo de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral” adscrito

a la Sección de Recursos Humanos: Adjudicado a D. Oscar Sánchez Sánchez, con una

puntuación de 28,98 puntos.

Puesto liberado: Núm. 190, “Administrativo del Negociado de Régimen Económico”

dependiente de la Sección de Recursos Humanos, (NCD 17 y complemento específico anual

de 11.346,72 euros).

Tercero.- Los efectos económicos y administrativos de dichos nombramientos serán los de la

toma de posesión.

Sede de la Asamblea, 18 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

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──── RESOLUCIÓN NÚM. 8/2016 ────

DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA, SOBRE CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA

PROVISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO NÚMERO 230, "CONDUCTOR DE PRESIDENCIA"

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 6.2 d) del Estatuto del Personal de la Asamblea de

Madrid, y a la vista de la propuesta de la Junta de Méritos de 18 de febrero de 2016, esta Presidencia

RESUELVE2

Primero.- Resolver el concurso de méritos convocado por Resolución de la Presidencia de 4 de

enero de 2016 para la cobertura del puesto de trabajo que se relaciona:

NÚM. PUESTO DENOMINACIÓN N.C.D. C.E. ANUAL

230 “Conductor de Presidencia” 16 24.129,12 euros anuales

Segundo.- Adjudicar el referido puesto de trabajo al siguiente funcionario, haciendo constar,

en su caso, el puesto liberado.

- Puesto de trabajo: Núm. 230, “Conductor de Presidencia”, adscrito a la Sección de Asuntos

Generales: Adjudicado a D. Juan Carlos Serrano Panes, con una puntuación de 35 puntos.

Puesto liberado: Núm. 232, “Conductor de Incidencias” dependiente de la Sección de Asuntos

Generales, (NCD 16 y complemento específico anual de 15.108,96 euros).

Tercero.- Los efectos económicos y administrativos de dicho nombramiento será el de la toma

de posesión.

Sede de la Asamblea, 18 de febrero de 2016.

La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER

──── DESEMPEÑO TEMPORAL DE FUNCIONES POR SUPLENCIA ────

Esta Secretaría General, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 del Estatuto de Personal de

la Asamblea de Madrid, 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 23.3 del Reglamento de Régimen Interior de la Asamblea de

Madrid,

CONSIDERANDO la ausencia del Ilmo. Sr. Interventor, D. Fernando Ortega Azcárate, por

enfermedad,

2 Contra la presente Resolución se podrá interponer Recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación.

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RESUELVE3

Primero.- Autorizar a D. Fernando Balairón Pérez, Técnico adjunto a la Intervención de la

Asamblea de Madrid, el desempeño, por suplencia, de las funciones de Interventor desde el día 22 de

febrero de 2016 hasta la reincorporación del titular.

Segundo.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

Sede de la Asamblea, 22 de febrero de 2016.

La Secretaria General de la Asamblea RAQUEL MARAÑÓN GÓMEZ

3 Contra la presente Resolución se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Mesa de la Asamblea en el plazo

de un mes desde el día siguiente a su notificación.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

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BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID / Núm. 46 / 25 de febrero de 2016

5180

ÍNDICE GENERAL DEL BOLETÍN OFICIAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID

1. TEXTOS APROBADOS

1.1 Leyes

1.2 Textos Reglamentarios

1.3 Resoluciones de Pleno (RP)

1.4 Resoluciones de Comisión (RC)

1.5 Procedimientos ante los Órganos del Estado

(POE)

2. TEXTOS EN TRAMITACIÓN

2.1 Proyectos de Ley (PL)

2.2 Proposiciones de Ley (PROP.L)

2.3 Delegación Legislativa en el Gobierno (DL)

2.4 Proposiciones No de Ley (PNL)

2.5 Mociones (M)

2.6 Interpelaciones (I)

2.7 Preguntas para Respuesta Escrita (PE)

2.7.1 Preguntas que se formulan

2.7.2 Transformación en Preguntas para

Respuesta Escrita

2.7.3 Transformación de Preguntas para

Respuesta Escrita

2.7.4 Respuestas a Preguntas formuladas

2.8 Procedimientos ante los Órganos del Estado

2.9 Criterio del Gobierno

2.10 Propuestas de Resolución

3. TEXTOS RECHAZADOS

3.1 Proyectos de Ley (PL)

3.2 Proposiciones de Ley (PROP.L)

3.3 Delegación Legislativa en el Gobierno (DL)

3.4 Proposiciones No de Ley (PNL)

3.5 Mociones (M)

3.8 Procedimientos ante los Órganos del Estado

(POE)

3.10 Propuestas de Resolución

4. TEXTOS RETIRADOS

4.1 Proyectos de Ley (PL)

4.2 Proposiciones de Ley (PROP.L)

4.3 Delegación Legislativa en el Gobierno (DL)

4.4 Proposiciones No de Ley (PNL)

4.5 Mociones (M)

4.6 Interpelaciones (I)

4.7 Preguntas (P)

4.8 Procedimientos ante los Órganos del Estado

(POE)

5. ACTIVIDAD PARLAMENTARIA

5.1 Comparecencias

5.1.1 Comparecencias ante el Pleno

5.1.2 Comparecencias ante las Comisiones

5.2 Preguntas de Respuesta Oral

5.2.1 Preguntas de Respuesta Oral en Pleno

5.2.2 Preguntas de Respuesta Oral en Comisión

5.3 Peticiones de Información

5.4 Constitución, Composición y Designación de los

miembros y Órganos de la Cámara

5.5 Nombramiento y Designación de miembros de

Instituciones, Entes y Organismos Públicos

5.6 Calendario de celebración de sesiones

5.7 Resumen de la Actividad Parlamentaria

6. ACUERDOS, RESOLUCIONES Y

COMUNICACIONES DE LOS ÓRGANOS DE LA

ASAMBLEA

6.1 Acuerdos del Pleno de la Cámara

6.2 Acuerdos de la Mesa de la Asamblea y/o de la

Junta de Portavoces

6.3 Acuerdos y Dictámenes de las Comisiones de la

Cámara

6.4 Resoluciones de la Presidencia de la Asamblea

6.5 Resoluciones de la Secretaría General

6.6 Declaraciones Institucionales

7. OTROS DOCUMENTOS

7.1 Comunicaciones del Gobierno de la Comunidad

de Madrid (CGCM)

7.2 Planes y Programas Remitidos por el Gobierno

(PPG)

7.3 Resoluciones Interpretativas (RI)

7.4 Régimen Interior

7.5 Varios

7.6 Corrección de errores

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