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    Edicin No.

    Pag. 4-9

    13 BOLETN INSTITUCIONAL

    Pag. 4-8 Pag. 13-18 Pag. 10

    Doctor Diego Garca Carrin

    INVITADONueva herramientaprocesal para labsqueda de la

    justicia.

    Espacio de anlisis de derecho

    APORTESArtculos de juezas y jueces de laCorte Nacional de Justicia.

    Cdigo Orgnico General de Procesos

    NOTICIASBoletnInstitucionalcumple dosaos depublicacin.

    septiembre - octubre 2014

    Desta

    cado

    Procurador Generaldel Estado

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    Boletn Institucional2

    Dr. Carlos M. Ramrez RomeroUna nueva normativa procesal para materias no penales

    }Presentacin

    PG 3}2. Aportes al derecho PG 4 - 8

    } 3. Reexin PG 9

    }4. Invitado PG 10

    } 5. Reportaje jurdicoPG 11-12

    }6. Noticias PG 13-18

    }7. Literatura jurdica

    PG 19

    }8. Cortes Provinciales PG 20

    }9. Consejo de la Judicatura PG 21

    }10. Galera

    PG 22

    }11. Produccin editorialPG 22

    }12. RetrospectivaPG 23

    Juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia.

    Dr. Wilson Andino ReinosoLa oralidad en el Cdigo Orgnico General de Procesos-COGEP-.

    Dr. Diego Garca CarrinNueva herramienta procesal para la bsqueda de la justicia

    Dra. Lorena Castellanos PeafielVisin panormica del proyecto de Cdigo Orgnico Generalde Procesos -COGEP-

    Boletn Institucional cumple dos aos de publicacin. Primerareunin preparatoria de la CJI en Uruguay. Se incrementa elnmero de consultas en el portal.

    Dra. Lorena Castellanos PeafielVinculacin entre neurociencia y proceso penal

    Ratio Decidendi, Obiter Dicta. Sentencias penales 2012-2013

    La Corte Provincial de Justicia de Zamora:El modelo oral de juicio

    Reunin protocolar en la residencia espaola, Da Nacional de laRepblica de Francia, Da Nacional de la Repblica de Colombia

    y Da Nacional de la Repblica de Uruguay.

    Coleccin: Gestin jurisdiccional. Serie: Cuadernos de trabajo.

    Dilogos judiciales 1

    Posesin de juezas, jueces, conjuezas y conjueces nacionales.Primero y segundo encuentro de Cortes Provinciales. Nuevaimagen institucional. Rendicin de cuentas 2013-2014.

    Casilleros electrnicos, seguridad y transparenciaen las notificaciones judiciales

    Las opiniones vertidas en las secciones 2-3-4-5-8-9 del presente Boletn, son de exclusiva responsabilidad de sus autores.

    PRESIDENCIA DEL DR. CARLOS M. RAMREZ ROMEROCoordinacin: Mara Fernanda Encalada H.Correccin de textos: Lorena Castellanos Peafel.Diseo y fotografa: Departamento de Relaciones Pblicas CNJ.Impresin: Gaceta Judicial.

    ndice

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    Boletn Institucional 3

    Presentacin

    Los cambios profundos queest atravesando el ordena-miento jurdico ecuatoriano,como resultado del desplieguede las normas constitucionalesprogramticas, no solo respon-den a un nuevo diseo institu-cional del Estado y a su coheren-cia con un modelo econmicoque plantea una matriz produc-tiva diferente. La transformacinde las estructuras sociales yculturales tambin ejerce un im-

    pacto considerable en la forma-cin, interpretacin y aplicacindel derecho. No en vano es unode los campos de interaccinhumana ms vinculados con lanocin de conflicto y, al mismotiempo, con la activacin de losmecanismos idneos para suresolucin.La conexin entre las obligacio-nes y derechos que subyacende las instituciones jurdicas ylos procedimientos estableci-dos para su efectividad o legti-ma ejecucin, entonces, es una

    condicin imprescindible paragenerar equilibrio y bienestarcomn cuando las controver-sias son sometidas a la decisinformal de los tribunales y cor-tes. En otras palabras, la sinergiaentre el derecho sustancial y elderecho procesal es un aspectodecisivo para una administra-cin de justicia comprometidacon las personas, sus realidadesy expectativas. Pero, adems, esun esfuerzo permanente por

    optimizar el funcionamiento deldebido proceso.La modernizacin del modeloprocesal, que en materia penalest enfrentando los desafosnormativos derivados de laadopcin del Cdigo OrgnicoIntegral Penal -COIP-, encuen-tra, ahora, una ruta de ampliopotencial para complementarsea travs de la resolucin de con-flictos en materias no penales: elproyecto de Cdigo OrgnicoGeneral de Procesos -COGEP-.Se trata de una propuesta de

    avanzada, en la medida en que es-tandariza y simplifica procedimien-tos, incorpora la oralidad medianteaudiencias en todas las fases y ac-tos procesales, dinamiza el rgimenprobatorio e incentiva una culturadirigida hacia el litigio responsable.Precisamente, este nmero delBoletn Institucional est orientado

    al anlisis de aquellos aspectos demayor relevancia que plantea ladiscusin del COGEP, iniciativa pre-sentada de manera conjunta por laCorte Nacional de Justicia y el Con-sejo de la Judicatura, que, luego decumplir el procedimiento legislati-vo correspondiente, ser el puntode partida para la implementacinde una nueva estructura procesalen el pas. En el espacio Reflexin,se invita al pblico lector a conocer,desde la visin de la comunidadjudicial, la apuesta que implicael trnsito hacia este proceso detransformacin.Desde igual deslinde, la seccinInvitado, que esta vez cuenta conla participacin de la ProcuraduraGeneral del Estado, destaca la fun-cin que el COGEP desempearen el Estado de derechos y justicia,como una herramienta procesalinnovadora para la bsqueda de lajusticia. Se pone de relieve el noto-rio contraste entre el juicio escritoy los principios que sustentan a un

    sistema basado en la oralidad; asmismo, se incluyen algunos apun-tes sobre los tipos de procedimien-to, para contextualizar, luego, el sig-nificado pragmtico que entraa ladefinicin constitucional del siste-ma procesal como un medio parala realizacin de la justicia.En esta edicin, el Boletn cum-ple dos aos desde la publicacinde su primer fascculo. Desde uninicio, fue diseado con el prop-sito de difundir el trabajo jurisdic-cional y operativo llevado a cabopor la mxima magistratura del

    pas, como una forma de rendircuentas de su gestin a los ope-radores procesales y a la ciuda-dana; por eso, en esta ocasinespecial, los Aportes al derechovuelven a generarse en las vocesde las juezas y jueces de la Cor-te Nacional de Justicia, quienesexpresan sus puntos de vista al-

    rededor de los aspectos primor-diales del COGEP.En el Reportaje jurdico, ofrece-mos al pblico lector una visinpanormica del proyecto, cuyosaspectos esenciales se resumenen una tabla de contenidos quesintetiza los componentes, con-tenidos innovadores y puntosclave de la propuesta normati-va. Adems, en esta edicin deaniversario, Literatura jurdicasugiere la lectura de dos ttulos:Neurociencia y proceso judicial,de la casa editorial Marcial Pons,que interpela las nociones pro-cesales tradicionales a partir delos avances de la prueba cientfi-ca; y Ratio decidendi, obiter dicta.Sentencias penales 2012-2013, laltima produccin editorial dela Corte Nacional, que desarrollaun estudio analtico de la juris-prudencia penal ecuatoriana.Dos obras de alto valor jurdicopor la calidad de sus contenidos,dos herramientas esenciales en

    la formacin de todo jurista.Finalmente, la portada de estaentrega del Boletn Institucionalse honra en presentar Formasvegetales del pintor EduardoKingman Riofro, uno de losgrandes maestros del expre-sionismo ecuatoriano, cuyolegado ha transmitido al mun-do entero una obra pictrica yplstica que simboliza la tena-cidad de una lucha sin treguacontra la injusticia, la fuerzaencarnada en un pueblo queexige igualdad.

    Dr. Carlos M. Ramrez RomeroPresidente de la Corte Nacional de Justicia

    Una nueva normativa procesal para materias no penales

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    Boletn Institucional4

    El principio de oralidad seconcepta en materia civilcomo un principio tcnico; ocu-

    rre cosa distinta en el procesopenal, en el que se presentacomo un principio filosfico, loque significa que, en ste, es lasociedad a quien le interesa laoralidad, unida desde luego ala publicidad, para actuar comouna fiscalizadora labor de losjueces.1 En materia contencio-so tributaria, ciertos beneficiosque se obtienen del procesooral, en materia civil al menos,han sido ya recogidos en la di-

    nmica del derecho tributario,a travs de el principio del im-pulso de oficio, el cual sealaque corresponde a la autoridadpromover el proceso, impulsar-lo y dirigirlo, hasta esclarecerlas cuestiones involucradas,incluso cuando se trata de pro-cedimientos iniciados por partedel propio contribuyente o ad-ministrado, sin excluir la partici-

    La oralidad en el proceso contencioso tributario

    pacin e impulso de las partes;el principio de razonabilidad,pues si la administracin impo-ne sanciones, regula derechos oaplica las disposiciones, en esesentido, teniendo como mbitoprotector a la persona humanay arbitrando razonablemente

    con el inters pblico, la Leymediante este principio da unapauta fundamental a la auto-ridad que tiene competenciapara producir actos de grava-men contra los administrados:producirla de manera legtimajusta y proporcional2; y, el prin-cipio de informalismo, tan ca-racterstico del procedimientoen sede administrativa, segnel cual cualquier anlisis sobrelas exigencias formales que

    debe tener un procedimientoadministrativo debe interpre-tarse en favor de la viabilidaddel acto procesal y del propioproceso, claro est sin perjudi-car los intereses del ciudadanoo de la ciudadana. Esto que he-mos anotado significa que, a di-ferencia del proceso civil, penalo laboral, el proceso contencio-so tributario ha tomado otrascaractersticas reconocidas ensu propio origen, esto es, desde

    la accin administrativa del su-jeto activo de las obligacionestributarias, que se ve envueltaen la obligatoriedad de aplicarcon legalidad y reserva de leylas normas, pero que gestionadesde la estricta discresionali-dad los actos, impulsando deoficio los procedimientos quese llevan a cabo en sede admi-nistrativa. Segn lo trado a co-

    lacin por el Cdigo OrgnicoTributario (COT), aun cuando sediga que persiste en el procesooral la disposicin de oficio enmateria probatoria, s pareceraque en el sistema judicial tribu-tario, ste ha permitido siemprela actuacin del juez de manera

    cuasi oficiosa, para esclarecerla verdad y la existencia o node las obligaciones tributariasde un sujeto pasivo. Entonces,la inmediacin y contradiccinhan sido escenario constanteen el proceso contencioso tri-butario, temas que no se venexpuestos a novedades con losobjetivos del proceso oral.Ahora bien, es necesario, encambio, resaltar la importanciade la celeridad que debe buscar

    el proceso oral, en cuyo caso, esmenester apuntalar all el be-neficio que podra obtener elproceso contencioso tributario;sin embargo, hay otros elemen-tos que anotar, que difieren delproceso civil oral, a saber: a) Lainformacin tributaria es re-servada, conforme al artculo99 del COT, que seala que lasdeclaraciones e informacionesde los contribuyentes y respon-sables o terceros, relacionada

    con las obligaciones tributarias,sern utilizadas para los fines dela administracin tributaria ex-clusivamente. Verbigracia, dire-mos que en la contabilidad de laempresa y en su revisin debenexistir operadores judicialescon alto nivel tcnico-contable-tributario de la documentacinescrita para que sirvan de trans-misores fidedignos de la reali-

    dad procesal, esto en el caso deperitos; adems de alta tica ensu actuacin, pues en la conta-bilidad de la empresa se refle-jan, informacin y know howde la empresa que comprendelas bases de proveedores, ba-ses de clientes, frmulas para

    obtencin de patentes indus-triales, diseos industriales, etc.;b) La contabilidad empresarialdebe permanecer en el do-micilio de la empresa, no solopor obligacin legal sino paraprecautelar el volumen de lastransacciones y el asiento diarioque debe realizar. (artculo 55del Cdigo de Comercio); c) Lacontabilidad de las sociedadeso de las personas naturalesobligadas a llevar contabilidad

    es de gran volumeny no todala informacin se hace constaren sistemas telemticos o in-formticos; y, d) En materia tri-butaria, la prueba testimoniales escassima, pues en el pro-cedimiento administrativo sonadmisibles todos los medios deprueba que la ley establece, ex-cepto la confesin de funciona-rios y empleados pblicos, y laprueba testimonial slo se ad-mite cuando, por la naturaleza

    del asunto, no pudieren acredi-tarse de otro modo hechos queinfluyan en la determinacin dela obligacin tributaria.Sin duda, hay elementos queponen de relieve la importanciade establecer el sistema oral enmateria tributaria, pero no sepuede dejar de lado las especi-ficidades del proceso conten-cioso tributario.

    Dra. Maritza Tatiana Prez Valencia

    Presidenta de la Sala de lo

    Contencioso Tributario de la CNJ

    Aportes al derecho

    1. Arguedas Salazar, Olman (2012). La oralidad y su influencia en los procesos judicial y arbitral. EnDerecho Procesal Civil y Mercantil, Juan Pablo Pampillo y Manuel Alexandro Munive(Coord): 217. Mxico: Editorial Porra.

    2. Quiroga Len, Anbal (2012). Proceso Contencioso Administrativo: Principios y debido proceso. EnProceso y Constitucin, Giovanni Priori Posada (Edit): 766-767. Mxico: Editorial Porra.

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    Boletn Institucional 5

    Dr. Johnny Jimmy Ayluardo Salcedo

    Presidente de la Sala de lo Penal,

    Penal Militar, Policial y Trnsito

    de la CNJ

    El derecho procesal laboral a la luz del proyectode Cdigo Orgnico General de Procesos

    La administracin de justicia,segn la Constitucin de 2008,se rige por principios y la sustan-ciacin de los procesos en todaslas materias, instancias, etapas ydiligencias se llevar a cabo me-diante el sistema oral, de acuerdocon los principios de concentra-cin, contradiccin y dispositivo.La Constitucin tambin carac-teriza al sistema procesal comoun medio para la realizacin dela justicia. En funcin de ello, lasnormas procesales deben con-

    sagrar los principios de simpli-ficacin, uniformidad, eficacia,inmediacin, celeridad y econo-ma procesal, y hacer efectivas lasgarantas del debido proceso. Nose sacrificar la justicia por la solaomisin de formalidades.El enunciado procesal constitu-cional ha sido configurado deacuerdo a los elementos quedimensionan al Ecuador comoun Estado constitucional dederechos y justicia, social, de-mocrtico, cuyos contenidosimpactan en todo el sistema

    procesal ecuatoriano.Los principios de concentracin,

    contradiccin, dispositivo e in-mediacin inciden en el proce-salismo laboral, en cuanto a laforma en que deben ser sustan-ciadas dichas causas. Por ello esmenester realizar una breve refe-

    rencia a sus alcances:a) El principio de concentracin:Constituye uno de los principiosprocesales del sistema oral, con-lleva a que todas las diligenciasprocesales deban ser evacuadasen un mismo tiempo; estos es,en una misma audiencia, o, en elpeor de los eventos, que se rea-licen en la menor cantidad posi-ble de audiencias, en las que sepueda anunciar, formular y prac-ticar las pruebas, hacer alegacio-nes en derecho y pronunciar ladecisin o sentencia.

    La aplicacin de este principioimpacta de manera favorable enla aplicacin del principio de ce-leridad de la administracin de

    justicia y, tambin, positivamen-te en la publicidad y transparen-cia del proceso, pues las partesprocesales pueden ser observa-das por el pblico en un mismoacto procesal, as como vivir inte-gralmente la argumentacin dela decisin judicial.b) El principio de contradiccin:Constituye uno de los derechosbsicos previsto entre los dere-

    chos a la defensa, y a las garantasdel debido proceso, aseguradospor el sistema de administracinde justicia, pues permite presen-tar de forma verbal o escrita lasrazones o argumentos de losque se crean asistidas las partesy replicar los argumentos de lacontraparte; presentar pruebasy contradecir las de cargo que sepresenten en su contra.c) El principio dispositivo:El anlisis de este principio re-viste fundamental importanciapara el proceso laboral, pues la

    actividad del juez est sujeta olimitada a la iniciativa o voluntad

    de las partes.El accionar del juez se encuentrasupeditado a la decisin genera-da por la iniciativa de las partes,por ejemplo, la necesidad de lademanda para la iniciacin del

    proceso y la limitacin del juezde resolver el conflicto sometidoa su conocimiento, sobre la basede las pretensiones del actor y delas excepciones de la parte de-mandada, lo que configura unadecisin congruente.Procesalmente, el principio dis-positivo otorga a las partes laexclusividad sobre el elementoprobatorio del proceso y petrifi-ca e inmoviliza toda posibilidadde involucramiento y ampa-ro del juez a una de las partes(aunque sea la ms dbil) en el

    litigio judicial.En consecuencia, es pertinenteanalizar si existe compatibili-dad del principio dispositivodentro de un sistema de admi-nistracin de justicia construi-do alrededor de los principiosdel Estado constitucional dederechos y de justicia, ms an,dentro de las peculiaridadesdel procesalismo laboral.El legislador debe modular laaplicacin indiscriminada delprincipio dispositivo con el ob-

    jeto de no afectar el principio

    de tutela y proteccin, propiodel derecho del trabajo, porantonomasia derecho social, allimitar la intervencin del juez,impidindole que pueda solici-tar prueba de oficio.Es por esta razn que la tenden-cia ha sido generar un sistemaprocesal laboral independien-te, y en forma separada delderecho procesal civil, pues lacomposicin de los sujetos pro-cesales son distintas, al recono-cerse la existencia de una parte(la de los trabajadores) ms d-

    bil, que merece exclusiva tutelay proteccin, a diferencia de la

    empleadora, que cuenta con losmedios para su defensa.d) El principio de inmediacindentro del proceso laboral:Es la aplicacin del principio deinmediacin que instrumenta la

    oralidad como forma de sustan-ciacin procesal? o Es acaso laoralidad un sistema o un instru-mento de la inmediacin? Pues,bien vale intentar teorizar sobreesta interrogante.Pero, para absolver aquello hayque indagar cules son las di-mensiones de la inmediacin,desde una perspectiva doctri-naria, constitucional y legal.Una de ellas radica en la dimen-sin cognitiva, pues el contactodirecto del juez le posibilita unacercamiento, no slo con los

    sujetos-partes (personas) e in-teractuacin con ellos en el de-bate (oral, pblico y contradic-torio) sino, especialmente, consus verdades histricas, mate-riales y probatorias, necesariaspara una adecuada fundamen-tacin de los hechos y una co-rrecta argumentacin jurdicaque d como resultado, no slomotivar la sentencia, sino, fun-damentalmente, administrar

    justicia con imparcialidad.Los principios propios del dere-cho del trabajo son diversos de

    los que existen en otras ramasdel derecho: sirven para justificarsu autonoma y, son especiales.Aunque pudiera suceder que al-gunos de ellos existan en formasimilar o ligeramente variablesen ms de una rama del dere-cho, Mantienen vigencia losprincipios clsicos del derechodel trabajo? Los iuslaboralistasesperamos con inquietud lo quepuedan establecer los legislado-res de la Asamblea Nacional en laexpedicin del Cdigo OrgnicoGeneral de Procesos, para poder

    verificar sus impactos en el trmi-te del juicio laboral.

    Aportes al derecho

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    Boletn Institucional6

    La nueva justicia laboral

    La justicia laboral actual-mente se encuentra enuna constante y profundareforma que busca regular

    las relaciones entre los em-pleadores y trabajadores atravs de cambios de carc-ter sustantivo y adjetivo, in-tegrando el precepto consti-tucional que establece, queel trabajo es un derecho yun deber social, para lo cualla nueva justicia laboral con-tar con nuevos instrumen-tos legales, esto es el CdigoOrgnico de Relaciones La-borales y el Cdigo Orgni-

    co General de Procesos.La Constitucin de la Re-pblica, en el artculo 169,prescribe que las normasprocesales procurarn la sim-plificacin, uniformidad, efi-cacia, inmediacin, celeridady economa procesal; y el ar-tculo 168 numeral 6 ibdem,dispone que la sustanciacinde los procesos en todas lasmaterias, instancias, etapas ydiligencias se llevar a cabo

    mediante el sistema oral, deacuerdo con los principiosde inmediacin, concentra-cin, contradiccin y dis-positivo entre otros. Dichospreceptos constitucionalesya han sido introducidos porlos legisladores en el Cdi-go de Trabajo, mediante Leypublicada en el R.O. N0 146de 13-08-03, establecien-do que: Las controversiasindividuales de trabajo se

    sustanciarn mediante pro-cedimiento oral; aunque

    el procedimiento oral laboraldel Ecuador actualmente esun sistema mixto; pues noes completamente oral, niescrito, por el contrario en lse interrelacionan estos dossistemas de una manera muypeculiar, as en la primera ins-tancia en su mayora es oral;considerando que ciertas eta-pas como la demanda, la con-testacin a la misma, las actassumarias de las audiencias y

    la sentencia son escritas. En lasegunda instancia y casacines eminentemente escrito,por lo que se configura comoun procedimiento mixto.El procedimiento laboral tie-ne ciertas particularidadesque lo individualizan, lasnormas adjetivas no podrninobservar la legislacin labo-ral sustantiva, pues la normaprocesal en materia laboralno puede pasar por alto el

    inters superior de los dere-chos y deberes consagrados

    en aquella. En este sentidomuchas apreciaciones se hanvertido respecto a la auto-noma del Derecho Laboral,aduciendo que tiene relacina una sensible realidad so-cial, no obstante, cabe asumirotras dimensiones como laobjetivamente expuesta porAmrico Pl, cuando afirmaque la autonoma del derechode trabajo se sostiene en queeste derecho tiene doctrinas

    homogneas presididas porconceptos generales comu-nes distintos de los de otras ra-mas del derecho. De ah que laceleridad del proceso sea unanecesidad en materia tan deli-cada como es el Derecho delTrabajo pues su inobservanciaprovocara una injusta dilata-cin de los procesos laborales,adems que contraviene losprincipios del Derecho Socialconsagrados en la Consti-

    tucin. Actualmente se estsocializado el Proyecto de C-

    digo Orgnico de RelacionesLaborales, y con el propsitode contribuir con el desarrollode este cuerpo normativo, laSala de lo Laboral de la CorteNacional de Justicia envi a laAsamblea Nacional del Ecua-dor varias observaciones decarcter procedimental, queestaran en correspondenciacon el Proyecto de Cdigo Or-gnico General de Procesos,buscando la armona entre elderecho sustantivo y adjetivo.El sistema procedimentaloral puro, busca tutelar lasactuaciones de las partescon la finalidad de que elEstado cumpla con resolveren forma oportuna y eficazlas controversias, pero todoesto enmarcado dentro delfin ltimo del derecho, quees la justicia; as, a la oralidaden la administracin de justi-cia, no slo se la debe mirarcomo una herramienta quesirva para agilitar los pro-cedimientos judiciales sino,por el contrario, que permitaalcanzar la paz social y la se-guridad jurdica; motivo porel cual el Cdigo Orgnico

    General del Proceso recogeesta inquietud y se vislumbracomo un conjunto de normasprocesales que permitirnla realizacin de un procedi-miento oral, en el cual todaslas actuaciones procesalesse desarrollan mediante losprincipios que facilitan la ora-lidad, acatando el mandatoconstitucional con estrictaobservancia de los principiosde inmediacin, concentra-

    cin, celeridad, gratuidad ytutela judicial efectiva.

    Dra. Paulina Aguirre Surez

    Presidenta de la Sala de lo Laboral

    de la CNJ

    Aportes al derecho

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    Boletn Institucional 7

    Hablar de un nuevo dere-cho procedimental, ne-cesariamente, nos remite alimaginario de una autntica

    transformacin en la formade administrar justicia, al casoconcreto, a travs de un juicio,en el que se hace realidad elanhelo de la ciudadana a teneracceso a una justicia transpa-rente, independiente, impar-cial, expedita, responsable,eficiente y eficaz. En ella, lasjuezas y los jueces cumplimoscon nuestra vocacin de garan-tes de las libertades y derechosde los justiciables; contando

    para ello con la formacin, elconocimiento, las herramien-tas legales y la tecnologa que,en espacios fsicos ideales, nospermiten construir la justiciaque soamos y el pas al quela Constitucin de la Repblicadefine como un Estado consti-tucional de derechos y Justicia.Estado constitucional en elque la norma suprema impo-ne que la sustanciacin de losprocesos, en todas las materias,instancias, etapas y diligencias,se llevar a cabo mediante elsistema oral, instituyndolocomo el sistema idneo parala realizacin de la justicia, enel que, se integran los prin-cipios de publicidad, contra-diccin, celeridad, eficacia,simplificacin, uniformidad,inmediacin, concentraciny economa procesal. Se tratade presupuestos esencialespara que la administracin dejusticia cumpla el deber de

    Nuevo derecho procedimental y seguridad jurdica

    tutela judicial efectiva de los

    derechos, para lo cual el orde-namiento legal debe adecuar-se de tal forma que permita eldesarrollo de la Constitucin.El Cdigo Orgnico de la Fun-cin Judicial, si bien formulcambios importantes en laadministracin de justicia, nointrodujo reformas al procedi-miento escrito instaurado enel Cdigo de ProcedimientoCivil, normativa de aplicacinobligatoria en el desarrollo de

    los procesos en materias no pe-nales, en virtud de lo dispuestoen el artculo 76.3 de la Cons-titucin de la Repblica, que,como garanta bsica del debi-do proceso, consagra el dere-cho a ser juzgado ante un juezo autoridad competente y conobservancia del trmite pro-pio de cada procedimiento;as se impide a los jueces aplicarla oralidad que haga efectivo elmandato constitucional, po-nindose en riesgo el derecho

    a la seguridad jurdica.

    De esta forma, la implemen-tacin de un nuevo derechoprocedimental, a travs de unCdigo que regule el desenvol-vimiento del proceso, en cohe-rencia con el nuevo paradigmade la normativa constitucional,se convirti en una necesidadurgente. En respuesta a ello, laCorte Nacional de Justicia ela-bor y, con el Consejo de la Judi-catura, present a la AsambleaNacional el proyecto de Cdigo

    Orgnico General de Procesos,que, al incluir los mandatosconstitucionales en su normati-va, garantiza, a travs del juiciopblico oral, la transparenciaen la actividad de los jueces, lainmediacin, la celeridad y laconcentracin; y materializa enlos juicios por audiencias, losprincipios constitucionales queinspiran la administracin dejusticia ordinaria.Este nuevo sistema procesal

    concentra en pocos procedi-

    mientos, expeditos e innova-dores, el desarrollo de los pro-cesos en materias no penales;as mismo, fortalece la concilia-cin, potencia los principios delealtad y buena fe procesal eincorpora el uso de la tecnolo-ga. Es una propuesta que pre-

    tende evitar la mora judicial,eliminar la confusin que ge-nera la existencia de mltiplesprocedimientos y propiciar eladecuado aprovechamientode los recursos humanos, eco-nmicos y materiales de la Fun-cin Judicial, para ponerlos alservicio de la sociedad que re-quiere de una administracinde justicia rpida y eficiente.En este contexto constitucio-nal de derechos y justicia, la

    seguridad jurdica se convier-te en un valor ineludible parael cumplimiento de los otrosprincipios y derechos consti-tucionales, pues no solo invo-lucra el proceso de formacinde las leyes, presupuestos devalidez, vigencia, efectos en eltiempo o estructura, sino quese erige como derecho, cuyocontenido esencial se funda-menta en el respeto a la Cons-titucin, sus principios y nor-

    mativa, condicin y garantade la vigencia de los derechosque en ella se establecen. Sucarcter de inviolable, la suje-cin a ella por quienes la con-cibieron y dictaron, por quie-nes la interpretan y aplican, suapropiacin por la generalidadde ciudadana, constituyen lanica forma de consolidar unEstado de derechos y justiciaen el que el imperio de la leysea expresin de voluntad po-pular de los ecuatorianos.

    Dra. Mara Rosa Merchn Larrea

    Presidenta de la Sala de lo Civil y

    Mercantil de la CNJ

    Aportes al derecho

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    Boletn Institucional8

    La oralidad en los procesos de familia

    La oralidad, identificada conla transparencia y la celeri-dad en la justicia ecuatoriana,pretende remediar la mora,la congestin judicial, la es-pera interminable de los ciu-dadanos y ciudadanas parala solucin jurisdiccional desus conflictos intersubjetivos;solucin que, dejando atrsel procedimiento casi secretopara dictar sentencia, a la luzde la debida diligencia y latutela judicial efectiva, debe-r preponderar los interesessuperiores de los grupos deatencin prioritaria, reguladospor el derecho de familia. Es-pecialmente en ste mbito,debe abandonarse el criteriotradicional del juicio conten-cioso, pues en muchos casosenfrenta de manera despiada-da a sus integrantes.Las tcnicas de oralidad,conjunto sistematizado deherramientas sealadas porla ley procesal en nuestropas, han tenido una intro-duccin y desarrollo de viejadata en el derecho penal, conla insercin de un procesobasado, fundamentalmente,en la oralidad y la asuncindel garantismo en favor delimputado. Hoy se pretendeintroducirla en todas las de-ms reas del derecho pro-cesal y, por supuesto, fortale-cerla en el campo de derechode familia, en el que ya vena

    siendo utilizada, en los casosde niez y adolescencia.Las rpidas transformacionesinstitucionales de mediadosdel siglo pasado, la constitu-cionalizacin del derecho defamilia, as como el reconoci-miento de sus diversos tipos,la individualizacin de susmiembros y el fortalecimien-to de sus derechos aceleranla redefinicin de las relacio-nes y nuevos roles que deben

    cumplir sus miembros. Lasreformas al marco jurdicoresponden a la necesidad deun reacomodo del Estado alas nuevas exigencias y trans-formaciones de la institucinfamiliar y, en el inters decumplir con su rol de garantede los derechos, encuentraen la oralidad una respues-ta gil a conflictos como lainasistencia alimentaria y la

    violencia intrafamiliar, entreotros.Las desavenencias de familiano se reducen a encontrarun culpable o un inocente,como lo persigue el derechopenal. El derecho de familia,cruzado como est por unaconstelacin de relacionesafectivas, sociales, cultura-les, biolgicas y econmicas,permanentes y ms o menosestables, requiere de la tutela

    judicial efectiva, en el marcode un estado constitucionalde derechos y justicia.De manera general, se puededecir que la oralidad es unelemento central del debi-do proceso, pues es la inter-pretacin ms adecuada delderecho a ser odo .1En lasaudiencias, actos procesalescomplejos en los que pre-domina el uso de la palabra

    hablada como forma de ex-presin, bajo la direccin deljuez, se requiere un rol con-siderablemente ms activode los litigantes, una mayorpreparacin, el conocimien-to y aplicacin de tcnicas deargumentacin y persuasiny la necesidad de reaccionaroportunamente a todo loque acontezca. Es la audien-cia el espacio ms adecuadopara exteriorizar pensamien-tos, transmitir convenci-mientos, compartirlos conlos dems para dar inicio aun dilogo, a la rplica, pre-guntas y respuestas, todo entiempo real; nica forma degarantizar la inmediacin,principio constitucionalmen-te establecido.Ahora bien, el manejo de lastcnicas de litigacin oralno se limita a los y las juzga-doras. Los autores que hananalizado en profundidadla actividad que desarrollanlos abogados litigantes, hanconcluido que estos profesio-nales deben contar con doshabilidades tcnicas comple-mentarias e indispensables:(i) conocer el caso de su clien-te y (ii) saberlo presentar enforma persuasiva. En el artede litigar, la mejor estrategiaes no improvisar, conocer elcaso de la persona que nosha confiado y saber defen-derlo, ante un juez o jueza,en todos y cada uno de losactos procesales que tenganlugar a lo largo del proceso;requiere un manejo profesio-nal comprometido y tico.

    Roco Salgado Carpio

    Presidenta de la Sala de la Familia,Niez y Adolescencia y Adolescentes

    Infractores de la CNJ

    Aportes al derecho

    1. Artculo 8.1 de la Convencin Americana de Derechos Humanos

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    Boletn Institucional 9

    Reexin

    El advenimiento del COGEP enla legislacin ecuatoriana, poriniciativa y un trabajo conjuntodel Consejo de la Judicatura y

    el Pleno de la Corte Nacional deJusticia, implica la culminacinde un extenso y profundo es-tudio, en el que se ha asumido,desde un inicio, la responsabili-dad histrica del desarrollo dela ley y el derecho. La propuestaprioriza la tarea jurisdiccional delos juzgadores de contar con unaherramienta procesal idnea yeficaz, a fin de dar cumplimientoa los mandatos constitucionalessobre el acceso a una justicia de

    calidad. Con sustento en la facul-tad prevista en los artculos 184,numeral 4, de la Constitucin dela Repblica -CRE- y 54 de la LeyOrgnica de la Funcin Legislati-va, se present el proyecto en laComisin de Justicia y Estructu-ra del Estado de la Asamblea Na-cional, el 21 de enero de 2014;las normas que conforman elproyecto estn contenidas enms de quinientos artculos y enel mes de agosto su anlisis seintegrar a la agenda del Plenode la Asamblea Nacional para elprimer debate, en el debemosestar inmersos abogados, jue-ces y quienes amamos la justiciay el derecho. Es nuestro deberaportar durante el proceso dediscusin del proyecto.La normativa propuesta dejaatrs el primitivo sistema escritoy se aparta del primer Cdigode Procedimiento Civil, promul-gado en 1869 por la AsambleaNacional Constituyente con el

    ttulo de Cdigo de Enjuicia-miento en Materia Civil, que

    tuvo innumerables reformas.

    La oralidad en nuestra legisla-cin ya estuvo prevista en laConstitucin Poltica de 1998,pero no existi la voluntad delos legisladores de los distintosperodos para implementar estaobligacin. La actual CRE, al refe-rirse a los principios en la admi-nistracin de justicia, prev, ensu artculo 168, numeral 6, quela sustanciacin de los procesosen todas las materias, instancias,etapas y diligencias se llevar acabo mediante el sistema oral,de acuerdo con los principios deconcentracin, contradiccin ydispositivo. Recordemos que losdistintos juicios en materias nopenales estuvieron introducidosen ms de ochenta trmites enel Cdigo de Procedimiento Civil-CPC-, as como en otras leyes ycdigos. El sistema oral ya hasido aplicado en materia laboraly penal en forma positiva y existeun avance inicial, diramos, conla introduccin en el CPC, cuan-

    do, en el artculo 407, disponesu utilizacin en las demandas

    cuya cuanta es menor o no su-

    pera los cinco mil dlares. Conla vigencia del Cdigo OrgnicoIntegral Penal -COIP-, en el mesde agosto, y, posteriormente, ladel COGEP, la oralidad en la le-gislacin ecuatoriana ser inte-gral y, por tanto, esto producirun impacto importante en el ac-ceso de las personas a la justiciay la tutela efectiva que consagrael artculo 75 de la CRE. Con estereplanteamiento de la oralidaden materias no penales, queconstituye el instrumento jur-dico ms idneo, se contemplaa la oralidad como un principioconstitucional en funcin delcual prevalecern las audienciaspblicas y contradictorias, y porfin, en el Ecuador la justicia, sinla venda, podr mirar a los ojos alos justiciables y abogados, perotambin escucharlos y juzgarlospor igual. Ese es el reto: alcanzarel mximo valor del derecho y lajusticia; por tanto, la obligacinde abogadas y abogados, juezas

    y jueces est en la capacitacinpersonal e institucional necesa-

    ria para responder a ese desa-fo con responsabilidad, tica yhonestidad. A quienes desem-peamos la potestad jurisdic-cional nos corresponde actuarcon conocimiento profundo entegro de la normativa y la juris-prudencia, formar el criterio con

    conviccin y obrar con la debidadiligencia. En el diario quehacertodas y todos quienes forma-mos parte de la comunidad ju-dicial tenemos que afrontar a unnobel sistema oral que se apartay no depender ms del trmi-te escrito, ni de la rbita comnu ordinaria; hoy gobernar elcontacto del juez con las partes,pues, como dice Chiovenda, elcontacto entre el juez y las par-tes es inmediato, en la medida

    en que constituye un medio decomunicacin en el que sirveprincipalmente la viva voz. Delos ms de ochenta trmitesque en la actualidad existen enlas distintas materias, con el CO-GEP el esquema se reducir acinco procesos: ordinario, verbalsumario, monitorio, ejecutivo yespeciales (contencioso admi-nistrativo y tributario). En cadauno de ellos prevalece la celeri-dad e inmediatez procesal, por

    el contacto directo con el juezlo que garantizar el acceso a lajusticia y la tutela judicial efecti-va. El ejercicio de estos derechosdepender tambin de la in-fraestructura necesaria para lasaudiencias, personal suficientey eficiente, logstica acorde a losavances de la ciencia y la tecno-loga, cobertura de servicios queconcierne al Consejo de la Judi-catura, como lo ha venido eje-cutando, y contine liderando lamodernizacin de la administra-cin de justicia para conseguiruna sociedad de paz.

    La oralidad en el Cdigo Orgnico General de Procesos -COGEP-

    Dr. Wilson Andino Reinoso

    Juez de la Corte Nacional de

    Justicia

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    Invitado

    Dr. Diego Garca Carrin

    Procurador General del Estado

    Nueva herramienta procesal para la bsqueda de la justicia

    El Proyecto de Cdigo OrgnicoGeneral de Procesos recogevarias de las nuevas tendenciasque la doctrina internacional hadesarrollado y que algunos pa-ses mantienen como su sistemajudicial, sustentados en los fun-damentos y principios del juicioejercido en la oralidad medianteel cual han logrado resultadospositivos en transparencia y efi-cacia. As, se ha generado en susciudadanos, usuarios y partcipesla percepcin de que ese sistemales permite protagonismo direc-to para exponer, argumentar ydiscutir sus controversia frente

    al juez, en cuya litigacin, tienenuna mejor oportunidad de acce-der a lo que esperan de la admi-nistracin de justicia.Nuestra Constitucin ordena,desde hace casi seis aos, que lasustanciacin de procesos judi-ciales se realizar mediante el sis-tema oral en todas sus instancias,etapas y diligencias, de acuerdo alos principios de concentracin,contradiccin y dispositivo. Dis-posicin constitucional que secumpla solo en lo penal, en loconstitucional y en cierto modoen el proceso laboral individual;

    mientras que el proceso civil, elcontencioso administrativo, elcontencioso tributario, entre otros,esperaban la oralidad como esce-nario en el que las partes litigantesexpongan, contradigan y demues-tren sus argumentos, sus contraar-gumentos, pruebas y, en definitiva,

    convenzan al juzgador de la legiti-midad de sus pretensiones.El ejercicio efectivo de estos prin-cipios requera una enorme tarea,que no se agotaba con preparary presentar un cuerpo normativoque los viabilice; sino que requeratambin la preparacin de jueces,fiscales, secretarios y dems funcio-narios judiciales involucrados enese cambio. Adems, era impres-cindible que la administracin dejusticia contara con la infraestructu-ra necesaria, tanto con oficinas, sa-las de audiencias, mobiliario, recur-sos informticos y personal idneopara la eficacia del proceso oral.El juicio escrito, que tiene al expe-diente como eje e instrumentovisible para litigar, est viviendosus ltimos tiempos, frente a lapresencia del nuevo esquemaoral que propone encontrar lajusticia desde la simplificacinprocesal, permitiendo la contra-diccin en presencia del juzga-dor, facilitando la presentacin de

    pruebas, todo desde la oralidad.El proyecto busca hacer efectivoslos principios de uniformidad enlos procesos judiciales, de eficaciaen lo que decide el juzgador, parael ejercicio pleno de los derechosde las partes litigantes. Los princi-pios de celeridad y de economaprocesal se cumpliran efectiva-mente en cada juicio.Para alcanzar estos grandes ob-jetivos, se propone el procesoordinario, como la principal vadentro de la cual se llegar a lasentencia; en dos audiencias, lapreliminar, cuyo objetivo princi-

    pal es resolver sobre la validez delproceso, y la audiencia de juicio,que concluye con la decisin deljuzgador, audiencia que a su vezno podr realizarse ms all de los45 das de celebrada la preliminar.El proceso sumario se aplicarasolo para controversias taxativa-

    mente sealadas en el proyecto,que tambin debern resolverseen audiencia nica a desarrollarseen dos etapas.El llamado proceso monitorio, fi-gura procesal nueva en nuestralegislacin, deber utilizarse porquienes pretendan cobrar deudasmenores a cincuenta remunera-ciones mensuales bsicas unifica-das que no consten en ttulos eje-cutivos, con el que igualmente sebusca resolver el conflicto en muycorto tiempo de litigio.Elproceso ejecutivo, para la ejecu-cin de ttulos ejecutivos previa-mente descritos e identificadosen el proyecto, contiene medidascautelares inmediatas para el quetambin est previsto un cortotiempo de litigio, en caso de opo-sicin y corto tiempo para emitirla decisin judicial.La administracin de justiciaaplicar, entonces, estos procedi-mientos en materias civil, laboral,contencioso administrativo, con-

    tencioso tributario, de familia, mu-jer, niez y adolescencia y de inqui-linato, con las nicas excepcionesen lo penal y constitucional, quetienen va propia. En captulo sepa-rado y en trmite igualmente cor-to se establece el proceso de juris-diccin voluntaria, cuya sentenciaadmite recurso de apelacin.El proyecto propuesto tiene elcarcter de orgnico, al regularejercicio de derechos y garantasconstitucionales.La Procuradura General del Esta-do, en su oportunidad, plante ala Asamblea Nacional, a travs de

    la Comisin de Justicia y Estructuradel Estado, que trabaj en este granproyecto, un conjunto de inquie-tudes y comentarios que incluanprecisiones referentes a la valora-cin de la prueba, a las formas decitacin, a la condena en costascontra el Estado ecuatoriano y sus

    abogados patrocinadores; tam-bin inclua sugerencias de textode la figura jurdica del exequatury a la homologacin de senten-cias extranjeras, para que guardenarmona con la Convencin quesobre este tema tiene suscrito elEstado ecuatoriano; se propusomodificacin y ajustes al concep-to de efecto diferido que surge alinterponer recurso de apelacin yse reivindic el derecho que debetener el Estado ecuatoriano de re-convenir a sus demandantes y suderecho a acudir a la conciliacincomo medio de solucin de sus liti-gios, entre otros temas que se espe-cific en documento debidamentefundamentado.Es digno de ser resaltado el hechoindiscutible de que el Cdigo Or-gnico General de Procesos quedebate la Asamblea, propuestopor la Corte Nacional de Justiciay el Consejo de la Judicatura, su-pone un paso gigante del sistemajudicial ecuatoriano para cumplir

    el precepto constitucional consa-grado en el artculo 169 de nues-tra Carta Fundamental que defineal sistema procesal como un me-dio para la realizacin de la justiciae impone que las normas proce-sales consagrarn los principiosde simplificacin, uniformidad,eficacia, inmediacin, celeridad yeconoma procesal. Se busca quetodos los habitantes de nuestropas, sin discriminacin por causaalguna, tengan acceso gratuito ala justicia y a la tutela judicial efec-tiva, imparcial y expedita de susderechos e intereses.

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    Reportaje jurdico

    Visin panormica del proyecto de Cdigo OrgnicoGeneral de Procesos -COGEP-

    El COGEP es una propuesta indita, ambiciosa y de largo alcance. Propone una reestructura integral del sistema procesal ecuatoriano, parala resolucin de conflictos en materias no penales, a partir de la implementacin de la oralidad en todas las etapas y prctica de actosprocesales. Apuesta por un debido proceso moderno, transparente y flexible, conforme se resume en el esquema inserto a continuacin.

    Libros Componentes Cambios innovadores * Puntos clave**

    LibroPrimero

    Normasgenerales Disposiciones preliminares

    Competencia

    - Normas comunes- Acumulacin- Excusa y recusacin

    Sujetos del proceso

    - Reglas generales- Procuracin judicial- Terceras- Litisconsorcio

    1. Normativa procesal para materias no penales.2. Oralidad mediante audiencias.3. Principios rectores: iniciativa procesal, indisponibilidad

    de las leyes procesales, inmediacin, intimidad,transparencia y publicidad.

    4. Reestructura integral del esquema, etapas y actosprocesales.

    5. Proceso ms moderno.6. Incluye el contenido del proyecto de Ley para la

    Ejecucin de Laudos y Sentencias.

    Suspensin deaudiencias por motivos

    de caso fortuito ofuerza mayor, de formaque no genere retardo

    injustificado delproceso.

    LibroSegundo

    Actividadproce

    sal

    Disposiciones generales

    - Citacin- Notificacin- Comunicaciones de los

    rganos jurisdiccionales

    - Trmino- Audiencia- Nulidades- Nulidades de sentencias- Apremios- Expedientes y registro

    Diligencias preparatorias

    Medidas cautelares

    - Medidas cautelares- Medidas cautelares previas- Medidas cautelares dentro de proceso

    1. Uso de medios de comunicacin y direccin de correoelectrnico para la citacin.

    2. Uso de casillero judicial, domicilio judicial electrnico ocorreo electrnico del abogado legalmente inscritopara la notificacin.

    3. Se eliminan los plazos procesales y, en su lugar, seestablecen como vlidos nicamente los das hbiles(trmino legal y judicial).

    4. Se regula la audiencia a partir de la obligatoriedad deaplicar la oralidad en todas las fases del proceso y conla presencia ininterrumpida del juzgador.

    5. El expediente es fsico y electrnico.6. Se establece el efecto probatorio de documentos

    generados por medios electrnicos.

    LibroTercero

    Disp

    osicionescomunesatodoslospr

    ocesos

    Actos de proposicin

    - Demanda- Contestacin y reconvencin- Prueba- Reglas generales- Confesin judicial- Declaracin de testigos- Prueba documental- Prueba pericial- Inspeccin judicial- Presunciones- Providencias judiciales- Sentencias, actas de mediacin y laudos

    arbitrales extranjeros- Formas extraordinarias de conclusin del proceso- Conciliacin o transaccin- Retiro de la demanda, desistimiento y allanamiento- Abandono

    Impugnacin

    - Disposiciones generales- Recursos de aclaracin y de ampliacin

    - Recurso de revocatoria- Recurso de apelacin- Recurso de casacin- Recurso de hecho

    1. Incentiva el litigio responsable, pues obliga al actor y aldemandado a comparecer con los medios probatoriosde que disponen.

    2. Prev una norma que habilita el reclamo de variostrabajadores a un mismo empleador.

    3. Implementa la oralidad en la sustanciacin de todo elproceso.

    4. Reforma profunda del esquema probatorio: solicitud,decreto, prctica y valoracin de la prueba se vuelvenms flexibles.

    5. Uso de videoconferencia.6. Enlaces directos entre la oralidad y los medios de

    prueba.7. Pronunciamientos judiciales sern orales y

    pronunciados en audiencia.8. lncorpora disposiciones sobre la conciliacin en

    materias transigibles.9. Se crea el recurso de revocatoria en contra de toda

    providencia (excepto sentencias y autos

    interlocutorios).

    Segmento que concentra lamayor carga de complejidad,en especial con

    respecto a:

    a) Obligacin de adjuntarlos medios probatoriosa la demanda.

    b) Clasificacin de lasprovidencias judiciales.

    c) Actuaciones de oficiopor parte del juzgadorque podran generardecisiones discrecionales.

    d) Regulacin de la prueba(presunciones judiciales,oralidad, confesinjudicial, grabaciones

    magnetofnicas yaudiovisuales).

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    * Aspectos aprobados por la Comisin de Justicia y Estructura del Estado en el informe para primer debate en el Pleno de la Asamblea Nacional (perodo de anlisis: 10 de marzo de 2014 a 23 de julio de 2014). que incluyen modificaciones al proyecto original.** Aspectos o nudos crticos que se tratarn en el segundo debate.*** Consejo de la Judicatura.

    Reportaje jurdico

    Elaboracin: Lorena Castellanos Peafiel

    Fuente: Asamblea Nacional (2014). Informe para primer debate del Proyecto de Cdigo Orgnico General de Procesos -COGEP-y articulado anexo

    Libros Componentes Cambios innovadores * Puntos clave**

    LibroCuarto

    Procesos

    Procesos de conocimiento

    - Proceso ordinario- Proceso sumario- Proceso monitorio

    Procesos de ejecucin

    - Proceso ejecutivo

    Procesos contencioso tributario ycontencioso administrativo

    - Disposiciones comunes a losprocesos contencioso tributarioy contencioso administrativo

    - Proceso contencioso tributario- Proceso contencioso

    administrativo

    Procesos voluntarios

    - Trmites de procesos voluntarios- Particin

    1. Proceso ordinario:- Los conflictos laborales se resuelven mediante juicio

    ordinario, excepto las causas previstas en el procesomonitorio.

    - Las partes, por mutuo consentimiento, pueden diferir laaudiencia por una sola vez.

    2. Proceso sumario:- Se aplicar al divorcio contencioso.- En todo proceso de divorcio es obligatorio fijar la

    pensin provisional de alimentos para las hijas e hijos.- No ser necesario el patrocinio para la presentacin de la

    demanda de alimentos.

    - Se podr utilizar un formato CJ***.3. Proceso monitorio:- Figura nueva para casos en que el objeto a sustanciar

    est dotado de cierto grado de certeza (ej. la existenciade un cheque u otro ttulo valor, el vencimiento ovigencia de un contrato de arrendamiento).

    - Aplicable en el caso de que el trabajador reclame hasta150 RBU que no hayan sido pagadas de manera oportuna.

    - Se podr utilizar un formato CJ***.4. Proceso ejecutivo:

    Se podrn establecer nuevas medidas cautelares cuandola garanta real no cubra el monto total de la deuda.

    5. Procesos especiales:- Se desarrollan regulaciones comunes y especficas para

    los procesos contencioso tributario y contenciosoadministrativo.

    - Se deja insubsistente cualquier tipo de reclamo en vaadministrativa, una vez que se propone una accin ensede judicial.

    6. Procesos voluntarios:Aplican para 11 temas (8 temas adicionales sernatribuidos a los notarios).

    LibroQuinto

    Fa

    sedeejecucin

    Ejecucin- Disposiciones generales- Ejecucin de obligaciones de dar,

    hacer o no hacer- Remate de los bienes embargados

    y liquidacin del crdito

    Proceso concursal

    - Disposiciones generales- Trmite del proceso concursal

    Solo procede la apelacin contra el auto de calificacin depostura y el auto de adjudicacin.

    Disposiciones

    Disposiciones generales

    Disposiciones transitorias

    Disposiciones derogatorias yreformatorias

    1. El COGEP entrara en vigencia transcurridos 6 mesesdesde su publicacin en el Registro Oficial.

    2. Se implementara de manera progresiva, dentro del plazode 18 meses, en ejecucin de un plan elaborado por elCJ***.

    Anlisis y revisinde estas

    disposicionesuna vez

    aprobado elarticulado finaldel proyecto.

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    Boletn Institucional 13

    Noticias

    Boletn Institucionalcumple dos aos de publicacin

    En este mes de septiem-bre, el Boletn Institucionalde la Corte Nacional de Jus-ticia cumple dos aos desdesu primera edicin. La pu-blicacin fue pensada paraque las y los servidores ju-diciales conozcan, de forma

    peridica y regular, las prin-cipales actividades realiza-das por sus autoridades enel mbito institucional, legaly judicial, como una herra-mienta que permita evaluarlo hecho y proyectar lo quean falta por hacer, no solocon los operadores procesa-les, sino tambin con la ciu-dadana en general.Elaborado con un eje tem-

    tico especfico, este pro-ducto comunicacional decirculacin bimensual, haacopiado valiosos aportesde juezas, jueces, conjuezasy conjueces, nacionales y provinciales, lo que ha hecho posible generar un espacio propicio para la reflexin permanente y crticadel derecho. Durante estos dos aos, se han editado trece nmeros del Boletn Institucional, que han convocado a profesionales des-tacados, tales como: Nicols Salas Parra, Arturo Donoso Castelln, Anunziatta Valdez Larrea, Jos Troya Jaramillo, Armando BermeoCastillo, Leonor Perdomo, Carlos Plit Faggioni, Gustavo Jalkh Rben, Ernesto Pazmio Granizo, Ramiro Rivadeneira Silva, CatalinaCastro Llerena, Jos Gagliardo Loor y, en la presente ocasin, al procurador del Estado, Diego Garca Carrin.La seccin Cortes Provincialesha ido fortalecindose como un escenario de integracin de la comunidad judicial, pensado para pre-sentar a las y los ciudadanos el trabajo que desarrollan las cortes en provincias; hasta el momento se ha mostrado la labor realizadaen Loja, Azuay, Tungurahua, Los Ros, Pichincha, Caar, Guayas, El Oro, Chimborazo, Imbabura, Santo Domingo de los Tschilas, Ma-

    nab y, en esta edicin, la Corte Provincial de Justicia de Zamora.El Boletn Institucional, a partir de su primer aniversario, potenci el espacio de la portada, para difundir la obra de artistas naciona-les y, de esta forma, consolidarlo como un referente significativo para la renovacin de la cultura jurdica del pas y, ante todo, paravincular la justicia a las distintas expresiones de la identidad ecuatoriana. Varios artistas de reconocida trayectoria, han contribuidocon sus valiosas obras, entre ellas: Espectculo en la madrugada 2, del artista plstico lojano Pablo Alvear; Rescate, del pintor-escultorlojano Alivar Villamagua; Mujer, de la artista plstica quitea Mara Danielle Castao; Mujeres y Cotidianidad 2008, del fotgrafo cuen-cano Juan Antonio Serrano; Madre y nio, del pintor-escultor quiteo Oswaldo Guayasamn;Autoretrato, del artista-pintor ambateoOswaldo Viteri; y en la presente edicin, la obra Formas Vegetales, del pintor lojano Eduardo Kingman.Con motivo de este nuevo aniversario, renovamos la imagen del Boletn Institucional, con una propuesta grfica que se presenta sobria,pero al mismo tiempo moderna, a partir de la conjugacin armoniosa de los tres colores patrios e intitucionales que representan laadministracin de justicia dentro de un Estado de derechos y justicia, con equidad de gnero, representatividad provincial y pluralismo.El Boletn, que ha ido posicionndose como un referente importante en la cultura jurdica del pas, constituye el mejor mecanismo de

    autoevaluacin de la gestin de la Corte. Agradecemos a nuestro pblico lector por la acogida que nos han brindado en el trayecto deestos dos aos de produccin editorial. Su confianza nos incentiva a continuar esforzndonos por ofrecerles lo mejor de nuestro trabajo.

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    Boletn Institucional14

    Noticias

    Presidente de la CNJ presidi aniversario de Corte Provincial

    El presidente de la Corte Nacional de Justicia(CNJ), doctor Carlos Ramrez Romero, presi-di, en el mes de julio de 2014, la sesin solem-ne en conmemoracin del cuadragsimo octavoaniversario de creacin de la Corte Provincial deJusticia de Bolvar. El evento se desarroll en elCentro de Convenciones Nacionales e Interna-cionales de la Universidad Estatal de Bolvar ycont con la presencia de las principales autori-

    dades de la ciudad y la provincia.Durante su intervencin, el presidente de la CNJseal que un servicio ptimo requiere del com-promiso de las juezas y jueces, el trabajo abne-gado y patritico con decisin, a ms, de la entrega de una justicia de calidad, como exige el pueblo ecuatoriano, en la que predo-mine la accesibilidad, oportunidad, transparencia, independencia y eficacia.A este acto conmemorativo asistieron: la doctora Mariana Yumbay Yallico, jueza de la Corte Nacional de Justicia; el doctor WilsonNavarrete, delegado del presidente del Consejo de la Judicatura; el abogado Adrin Mendoza, director provincial del Consejo dela Judicatura; el ingeniero Fafo Gavilnez, gobernador de la Provincia de Bolvar; la doctora Maritza Guzmn, viceprefecta de laprovincia de Bolvar; el doctor Ramss Torres, alcalde de Guaranda; el doctor Manuel Snchez, fiscal provincial de Bolvar; ex presi-dentes, juezas, jueces y funcionarios judiciales de la Corte Provincial de Justicia de Bolvar.

    El presidente de la Corte Nacional de Justicia, doctor Carlos Ramrez Romero, y el juez nacional doctor Merck Benavides Benal-czar, participaron, entre el 4 y 6 de agosto de 2014, en la Reunin de la Comisin de Coordinacin y Seguimiento y la PrimeraReunin Preparatoria para la XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana, citas que tuvieron lugar en Montevideo, Repblica Oriental deUruguay, a las que asistieron las y los principales representantes de la justicia de Iberoamrica.Durante este encuentro, se conocieron los informes de las comisiones de Coordinacin y Seguimiento, as como, los presentadospor las Secretaras Permanente y Pro Tmpore, con la finalidad de evaluar los proyectos presentados y determinar cules sernimpulsados durante la XVIII edicin de la Cumbre, que se desarrollar en la Repblica de Paraguay, durante el 2016, bajo el ejetemtico: Hacia la consolidacin de la Seguridad Jurdica, la Cultura de la Paz y el Desarrollo Social.

    Primera reunin preparatoria de la CJI en Uruguay

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    Boletn Institucional 15

    Foro internacional

    Conferencia Seminario de capacitacin del COIP

    La Corte Nacional de Justicia (CNJ), conjuntamentecon la Universidad Internacional SEK, organiz, en elauditorio de la CNJ, del 7 al 8 de julio de 2014, el ForoInternacional Derecho Comunitario y Derecho Nacional,que cont con la participacin de reconocidos juristasnacionales y extranjeros. El doctor Carlos Ramrez Ro-mero, presidente de la CNJ, durante la inauguracin deeste evento acadmico, sostuvo que este tipo de en-cuentros fortalecen la efectivizacin de los derechos delas ciudadanas y ciudadanos, aportando as a la cons-truccin de un derecho latinoamericano y comunitario.En la primera jornada de este evento se present eltema Derecho Comunitario y Derecho Internacional acargo del doctor Jos Vicente Troya, magistrado del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; adems, se realiz la presenta-cin del texto Tinta Jurdica, tercera edicin, por parte de la doctora Patricia Alvear Pea, decana de la Faculta de Jurisprudencia dela Universidad Internacional SEK, y el doctor Marcelo Vargas, editor de la obra. La CNJ estuvo representada por la doctora TatianaPrez Valencia, presidenta de la Sala Especializada de lo Contencioso Tributario.

    La doctora Lucy Blacio Pereira, jueza de la Corte Nacio-nal de Justicia (CNJ), en el marco de las festividadespor los 50 aos de creacin de la Corte Provincial de Jus-ticia de El Oro, particip, el 4 de julio de 2014, de unaronda de conferencias, con el tema La responsabilidadtica de las juezas y los jueces en el Estado Constitucional

    de Derechos y Justicia. La jueza nacional, recientementedesignada Comisionada de la Comisin Iberoamericanade tica Judicial hasta el 2018, centr su ponencia en quela administracin de justicia es un servicio que debe seraplicado con base en los principios de independencia,imparcialidad, integridad y respeto con la finalidad degarantizar los derechos de las ciudadanas y ciudadanos.Este certamen convoc a abogadas y abogados en libreejercicio profesional, estudiantes de derecho y pblicoen general.

    Con la finalidad de brindar capacitacin a juezas, jueces, fiscales,defensores pblicos, policas judiciales, de criminalstica y fun-cionarios judiciales de la provincia de Imbabura, la jueza y juecesnacionales Lucy Blacio Pereira, Merck Benavides Benalczar, JorgeBlum Carceln y el conjuez nacional Edgar Flores Mier participaron,en el mes de julio de 2014, de un ciclo de conferencias sobre el C-digo Orgnico Integral Penal (COIP). La jornada acadmica se lleva cabo en la ciudad de Ibarra y fue organizada por la Escuela de laFuncin Judicial en coordinacin con el juez Merck Benavides.La capacitacin sobre este cuerpo legal, que entr en vigencia enel mes de agosto, tuvo entre sus principales objetivos; dotar deconocimientos a los operadores de justicia sobre la normativa delderecho sustantivo y adjetivo penal, con el fin de que compren-dan adecuadamente los tipos penales y procedimientos jurdicosque establece el COIP. Adems, este seminario sirvi para forta-

    lecer los conocimientos de quienes integran la funcin judicial yas propender un servicio eficiente y oportuno a las ciudadanas yciudadanos.

    Noticias

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    Boletn Institucional16

    Presidenta subrogante de la Corte Nacional de Justicia dict conferencia

    Por invitacin del director Nacional de Educacin y ladirectora de la Escuela de Especializacin y Perfec-cionamiento de Oficiales, la presidenta subrogante de laCorte Nacional de Justicia, doctora Roco Salgado Carpio,particip el 14 de julio, en la inauguracin de los CursosComplementarios de Violencia de Gnero, Gobierno por Re-sultados (GPR) y Comunicacin Estratgica para los seoresoficiales del XIX Curso de Subtenientes a Tenientes de Lnea,con el tema: La violencia contra las mujeres, una viola-cin a los derechos humanos.Este encuentro se desarroll dentro de la capacitacinque reciben las y los oficiales en su proceso formaciny ascenso, tomando en consideracin que la oportuna,efectiva, gil y expedita accin de la Polica Nacional pue-de ayudar de manera fehaciente a la eliminacin de laviolencia contra las mujeres.

    El pasado 21 de julio, en la Corte Nacional de Justicia (CNJ),se recibi la visita protocolaria de los representantes tcnicosde las instituciones beneficiadas para el Intercambio Paraguay Ecuador, Justicia Ambiental. El doctor Carlos Ramrez Romero,presidente de la CNJ, dio la cordial bienvenida a la abogada yabogados Mnica Carolina Paredes, titular de la Direccin deAsuntos Internacionales; Ral Daro Garay, coordinador gene-ral de la Direccin de Mediacin; y, Weldon Walter Black, titularde la Direccin General de Justicia. Durante su visita, las auto-ridades paraguayas mantuvieron un dilogo con los doctoresWilson Andino Reinoso y Wilson Merino Snchez, jueces nacio-nales, durante el cual trataron proyectos de mutuo inters y be-neficio para la comunidad judicial en el mbito ambiental.Los prestigiosos juristas visitaron el pas para mantener una se-rie de entrevistas con varias instituciones del sector justicia, conla finalidad de intercambiar las buenas prcticas, identificar yreplicar experiencias en el mbito de justicia y mediacin am-biental.

    Del 28 al 30 de julio, en las instalaciones de la Defensora P-blica, se desarroll el Seminario-Taller en materia de inquili-nato.El doctor Asdrbal Granizo Gavidia, juez nacional, en repre-sentacin del doctor Carlos Ramrez Romero, presidente de laCorte Nacional de Justicia, realiz la presentacin del encuen-tro y as mismo, particip con la ponencia titulada Exigenciaconstitucional de que todo procedimiento judicial sea oral.El certamen acadmico cont con la valiosa participacin deotros importantes expositores: doctora Alicia Contero, defenso-ra pblica provincial de Pichincha; doctora Patricia Viteri, juezatercera de inquilinato de Pichincha; y, doctor Luis Jcome, juezprimero de inquilinato de Pichincha. Adems, la jueza nacional

    doctora Gladys Tern Sierra, titular de la Asociacin Ecuatorianade Magistrados y Jueces, intervino en la clausura de este actoacadmico.

    Visita protocolaria Seminario - Taller

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    En la ciudad Cuenca, del 7 al 8 de agosto del 2014, se realiz elseminario internacional El Derecho de Familia en el contexto deun Estado Constitucional de Derechos y Justicia, evento organizado

    por la CNJ, el Consejo de la Judicatura y la Escuela de la FuncinJudicial.La doctora Roco Salgado Carpio, presidenta subrogante de la CNJ,realiz la presentacin del evento; adems, particip como expo-sitora con la conferencia La constitucionalizacin del derecho defamilia en el Ecuador, e indic que la vigencia y fortalecimientodel principio de igualdad en la familia est en entredicho, queconstituyen un reto para las y los administradores de justicia, conla certeza de que las decisiones judiciales impactan en el compor-tamiento no solo de las partes procesales, sino de todas las per-sonas que pertenecen al crculo familiar; aplicar los tratados y estndares internacionales de derechos humanos, se vuelve unaobligacin para las y los jueces en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, manifest la doctora Salgado. De igual manera,las juezas y juez nacional doctora Rosa Merchn Larrea, doctora Mara del Carmen Espinoza Valdiviezo y doctor Vicente RobalinoVillafuerte, presentaron las ponencias Derecho a la identidad frente a la accin de impugnacin e investigacin de la paternidad,Sistemas probatorios en procesos de niez y adolescencia y la doctrina de proteccin integral de los derechos y Justicia de ado-lescentes infractores en el nuevo Cdigo Orgnico Integral Penal y Justicia restaurativa, respectivamente.

    Seminario internacional

    Noticias

    Atendiendo a la invitacin realizada por la UniversidadCentral del Ecuador (UCE) y el proyecto Equality Igual-dad de Gnero, la doctora Ximena Vintimilla Moscoso, juezade la Corte Nacional de Justicia, particip a finales del mes dejunio, de la Mesa Redonda: Estrategias de Posicionamientode Gnero dentro de las Universidades: Polticas y Planes deIgualdad. El certamen se desarroll en el Auditorio Mayor delCentro de Informacin Integral de la UCE.Modernizar, a travs del intercambio de experiencias, las prc-ticas de gestin de las instituciones de educacin superior

    para la promocin de la igualdad de gnero en la educaciny el mercado laboral, fue el principal objetivo de este encuen-tro, en el cual participaron delegaciones del Consejo Nacionalde Mujeres, Secretara Tcnica de la SENESCYT, ONU Mujeres yestudiantes universitarios.

    El Instituto de Estudios de Derecho Administrativo y So-cial y la Universidad San Gregorio de Portoviejo, sedeEcuador, invitaron a la doctora Tatiana Prez Valencia, pre-sidenta de la Sala de lo Contencioso Tributario de la CorteNacional de Justicia (CNJ), a participar del 4 al 5 de julio delpresente ao, de las I Jornadas Internacionales de DerechoAdministrativo La oralidad en el procedimiento contenciosoadministrativo, con el tema: El recurso de casacin en ma-teria administrativa.En este encuentro acadmico tambin participaron losseores conjueces de la CNJ, doctores Francisco IturraldeAlbn y scar Enrquez Villarreal; a ms, de reconocidos ju-ristas nacionales e internacionales de Costa Rica, Venezuelay Colombia.

    Igualdad de gnero Jornadas internacionales

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    El doctor Carlos Ramrez Romero, presidente de la Corte Nacional de Justicia, jun-to a las juezas y jueces nacionales, asistieron el 27 de agosto de 2014, al ForoInternacional El nuevo sistema procesal en el Ecuador, evento organizado por laAsamblea Nacional en el marco de anlisis del proyecto de Cdigo Orgnico Ge-neral de Procesos -COGEP-.La bienvenida al Foro Internacional la realiz la abogada Marcela Aguiaga Va-llejo, segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional, quien, durante su inter-vencin, sostuvo que la implementacin de este proyecto normativo en el pasayudar a reducir el tiempo que lleva administrar un proceso judicial, mediantela aplicacin de la oralidad.La visin general del proyecto, as como los fundamentos de la propuesta parael desarrollo del COGEP, fueron dos aspectos sustanciales expuestos por el presi-dente de la Comisin de Justicia de la Asamblea Nacional, doctor Mauro AndinoReinoso, y el presidente del Consejo de la Judicatura, doctor Gustavo Jalkh R-ben, respectivamente.La jornada del evento cont con la participacin de reconocidos juristas nacio-nales e internacionales, tales como la doctora Claudia Storini (Italia), el doctorSantiago Pereira (Uruguay) y el doctor Rafael Brigante (Ecuador) y la presencia deasamblestas, juezas y jueces, vocales del Consejo de la Judicatura, funcionarios

    judiciales, estudiantes de derecho y medios de comunicacin.

    Por invitacin del gobierno autnomodescentralizado del cantn Ventanas,provincia de los Ros, el doctor Pal i-guez Ros, juez de la Corte Nacional deJusticia (CNJ), particip este sbado 23de agosto del presente ao, de una ca-pacitacin dirigida a estudiantes y pro-fesionales del derecho acerca del nuevoCdigo Orgnico Integral Penal (COIP).El juez de la CNJ expuso el tema: Unanueva visin del COIP, enfatizando que,la aplicacin de esta nueva normativa,promueve una nueva cultura penal, per-mite una administracin de justicia gily garatiza la seguridad jurdica. Por otro

    lado, seal que bajo otra denomina-cin se mantienen algunos tipos pena-les del cdigo anterior, se despenalizanotros y se tipifican nuevas conductas le-galmente relevantes, como respuesta alos compromisos internacionales.De esta jornada de capacitacin tam-bin participaron varios reconocidos ju-ristas como la doctora Pamela MartnezLoayza, asesora jurdica de la Presidenciade la Repblica; la doctora Celicia ArmasTobar, fiscal subrogante, el jurista Nelson

    Vela, entre otros.

    Se incrementa el nmero de consultas en el portal

    Juez nacional participen capacitacin

    Foro internacional sobre el COGEP

    La difusin del servicio que ofrece el Portal de Consultas Orienta-tivas de la Corte Nacional de Justicia, est generando una granaceptacin ciudadana. En los meses de julio y agosto de 2014 seha registrado un incremento importante de consultas, con un totalde 102 consultas atendidas, de las cuales un 29% (30) correspondea materia laboral, 17% (18) a familia niez y adolescencia, 15% (15)a civil, 14% (14) a penal, 11% (11) a tema general, 6% (6) a penalmilitar, 5% (5) a contencioso administrativo y 3% (3) a contencioso

    tributario. Esto refleja que el servicio gratuito de consultas est sien-do utilizado de acuerdo a los propsitos de la CNJ, cuya prioridad es mantener la interaccin con la sociedad, solucionando lasnecesidades y los requerimientos a travs de un servicio gil, sin mayores formalidades, que permite una orientacin oportunapara el estudiante, profesional del derecho y personas particulares.

    Noticias

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    En tiempos de intensa reforma judicial, nada mejor que repensar los fundamentos del sis-tema procesal para evaluar la proyeccin de sus principios en los nuevos escenarios delrelacionamiento humano y sus efectos jurdicos. Nada ms constructivo que ir en busca de lasherramientas epistemolgicas para interpretar las normas a partir de los vertiginosos avancesde la ciencia y la tecnologa, en un presente que comienza a generar las disyuntivas crucialesque deber enfrentar el proceso judicial en un futuro cercano.Neurociencia y proceso judicialofrece una coleccin de artculos seleccionados por la profun-didad de sus argumentos y desarrollos conceptuales, que colocan en el centro del debate el

    destino inmediato de los procedimientos penales y de los medios probatorios, permeadoshoy, cada vez con mayor frecuencia, por el poderoso influjo de la prueba cientfica. El uso delpolgrafo o detector de mentiras, la obtencin de pruebas por mecanismos reidos con la ti-ca, la prueba del dolor y la complejidad de la prueba en los casos de enfermedades mentalesson algunos temas, abordados en esta obra, que cuestionan las nociones de libertad, respon-sabilidad e imputabilidad.

    Un libro trascendente para reflexionar sobre el potencial, oportunidades ycondiciones que ofrece la ciencia del cerebro a la hora de aportar conoci-mientos e informacin vlidos como prueba en un juicio.

    Vinculacin entre neurociencia y proceso penal

    Taruffo, Michele y Jordi Nieva Fenoll (dirs.) (2013).Neurociencia y proceso judicial.Madrid: Marcial Pons.

    La sentencia constituye el resultado ms visible de todos aquellos com-ponentes implcitos en el ejercicio de la potestad de juzgar. Pero, a lavez, se convierte en uno de los dispositivos catalizadores de la rupturade esquemas conceptuales, porque, al igual que cualquier producto de laactividad humana, refleja los valores, principios e ideologa de una deter-minada poca.A la hora de comprender el valor inconmensurable de la justicia y, claroest, el amplio potencial de la motivacin, como mecanismo legitimadordel trabajo de las cortes y tribunales, quiz no exista acto de poder p-blico que pueda superar la carga simblica y material que una decisinjudicial representa en un Estado de derecho. En tanto elemento definidorde una situacin jurdica concreta, toda sentencia va marcando pautasde conducta social y, con ello, va fortaleciendo a la jurisprudencia comofuente formal del derecho.En el campo penal, esta incidencia es decisiva porque representa la sn-tesis de la dinmica existente entre la labor de los jueces, la tutela de losderechos fundamentales y el ejercicio del poder punitivo del Estado. Enesa lnea, Ratio decidendi, obiter dicta. Sentencias penales 2012-2013, la l-tima produccin editorial de la Corte Nacional de Justicia, constituye unaherramienta estratgica para el estudio analtico de la jurisprudencia pe-nal ecuatoriana.

    Ratio decidendi, obiter dicta.Sentencias penales 2012-2013

    Corte Nacional de Justicia (2014).Ratio decidendi, obiter dicta.

    Sentencias penales 2012-2013. Quito: GacetaJudicial.Dr. Jorge M. Blum Carceln,Juez NacionalCoordinador de Publicacin

    Dr. Johnny Ayluardo Salcedo, Presidente de laSala Penal, Penal Militar, Penal Policial y Trnsito

    Prximamente disponible,

    en versin electrnica, en:http://www.cortenacional.gob.ec

    Elaborado por: Dra. Lorena Castellanos Peafiel

    Literatura Jurdica

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    Boletn Institucional20

    Cortes Provinciales

    Corte Provincial de Justicia de Zamora: El modelo oral de juicio

    Siguiendo el camino de la im-plementacin del procesooral para materias no penalesen el sistema jurdico ecuato-riano, que se concreta en elproyecto de Cdigo OrgnicoGeneral de Procesos, y aunqueel propsito solo enuncia ven-

    tajas, es necesario tambin re-ferirse a sus inconvenientes, dehaberlos, por lo que esta cola-boracin contendr una crni-ca de unas y otros, sin pretenderinventar nada sino contribuircon lo que ya se ha escrito al res-pecto y con lo que se pueda se-guir escribiendo. En el Ecuadorya se ha intentado, al menosdesde hace una dcada, pasardel procedimiento jurdico es-crito a uno oral en materias no

    penales, sin tener xito. En esalnea, si bien la ventaja generaly ms anunciada es la de dismi-nuir los tiempos en el trmitedel juicio y la expedicin de lasresoluciones judiciales, tambinexisten retos que en la prcticapueden impedir que el princi-pio oral sea implementado conel eficaz y eficiente resultadoque se pretende.Si hablamos de oralidad nosremitimos al proceso por au-diencias, cuyo modelo fue el

    resultado del anlisis jurdicoensayado para averiguar lasventajas y los inconvenientesen la oralidad y en la escriturade los actos procesales, sin quese pueda sostener que exista laoralidad pura sino ms bien unprocedimiento mixto. As pues,conocemos que la oralidad po-see la ventaja de la economa,la espontaneidad y la fcil co-municacin entre el emisor y eldestinatario, puesto que reduceel nmero de los actos judicia-les que se requieren en un pro-

    ceso escrito, carece de artificio oreserva y est garantizada porsu sencillez; es ms genuina yeficaz, y permite una mayor re-lacin entre quien habla y quienescucha, pudindose afirmar,adems, que el juez puede ob-servar directamente el lenguaje

    corporal en relacin con el men-saje lingstico, confiar o no enla fiabilidad de la declaracin,aclarar mediante el dilogo losasuntos obscuros, simplificarlos actos, concentrar los mediosde instruccin, evitar inciden-tes, impugnaciones y fallos in-terlocutorios. Agreguemos queel modelo oral de juicio verificaen el proceso la aplicacin delos principios de inmediacin,concentracin, publicidad y

    celeridad: las partes y los testi-gos son escuchados por el juez,su presencia permite que lasalegaciones y las afirmacionessean ms veraces, la posibilidadde resolver los incidentes en laaudiencia suprime los juiciosque en el proceso escrito se tra-mitan por cuerda separada, losterceros conocen directamentedel contenido del litigio gene-rando un control difuso de losactos, se alejan las posibilidadesde corrupcin, y se proporciona

    mayor rapidez y facilidad en eltrmite, entre otros.Y los inconvenientes? Recojolos que consigna Gimeno Sen-dra y dems autores: 1. En laprctica algunos actos procesa-les de trascendencia se encuen-tran distanciados en el tiempo,afectndose la inmediacin, yaque suele pasar un lapso con-siderable entre la diligencia yla sentencia, perdindose lasimpresiones que tuvo el tribu-nal al momento de presenciarla prueba; 2. La oralidad de los

    actos da lugar al exceso en eluso de la palabra, generandodilaciones innecesarias, favo-rece a los charlatanes se dice, ysolo permite un conocimientosuperficial del proceso, muchoms si no est precedido deuna fase introductoria escrita,

    en la cual consten la demanda,la contestacin y la oferta depruebas; 3. La oralidad provocasorpresas a la parte contraria,que no siempre tiene el tiemposuficiente para preparar la rpli-ca, lo que afecta el derecho a ladefensa; 4. Los procedimientosorales pueden dispersarse cuan-do el trmite requiere de variasaudiencias y stas no puedenprogramarse a da seguido yen exclusiva; 5. La inmediacin

    no se realiza cuando los juecesno estn atentos a la diligencia,y la experiencia puede borrarsede su mente antes de senten-ciar, sin perjuicio de la confusinentre varias causas; 6. Provocaprecipitacin y superficialidad,pues se tiene poco tiempo parala reflexin, dado que la palabrahablada es efmera y no se pres-ta a la ponderacin (segn Carn-elutti, la palabra es voltil; el do-cumento, si es fiel y no se abusade l, la resguarda); 7. El sistema

    escrito brinda la posibilidad deque las partes y el juez tengancabal conocimiento de las ale-gaciones, evitando omisiones yerrores; 8. Los jueces y los abo-gados deben estar preparadospara el xito del sistema, lo quedemandar varios aos para laformacin de operadores delmismo; 9. La oralidad sin discu-sin no produce frutos, lo queocurre cuando las audiencias selimitan a una simple lectura delas alegaciones; 10. En los pro-cesos que se resuelven nica-

    mente con prueba documentalno hay intercambio de ideas; y,11. El incremento presupues-tario que se debe asignar a laadministracin de justicia, paracontar con los medios huma-nos y materiales necesarios afin de implementar la oralidad,

    puede ser muy alto, y quizsinalcanzable.Las conclusiones pueden sersencillas o complejas. Las prime-ras se fundamentan en que loimportante es garantizar que ladiscusin jurdica se desenvuel-va mediante el intercambio deideas y posturas, de las que eljuez obtendr los elementos deconviccin para su resolucin, yesto se logra eliminando las des-ventajas que puedan atribuirse

    al sistema. Y las segundas, acep-tando una especie de procedi-miento mixto, en el que la escri-tura prepare la fase oral; que laaudiencia se apoye en la formaoral y en la forma escrita; instara las partes al acuerdo; salvar lasnulidades procesales; precisarlos objetivos de la demanda yla contestacin; determinar loshechos que sern objeto de laprueba; fijar los extremos de lacontroversia; proponer y admi-tir los medios de prueba; emitir

    la sentencia por escrito sin anti-cipo verbal a menos que existasuficiente certeza al trmino dela audiencia; registrar la audien-cia mediante las tecnologasexistentes; permitir los actosescritos que lo requieran indis-pensablemente como peritajesy liquidaciones; y tener siemprepresente que no existe un pro-cedimiento totalmente oral ototalmente escrito.

    Dr. Manuel Jos Aguirre A.Juez Provincial de Zamora.

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    Boletn Institucional 21

    Consejo de la Judicatura

    Los profesionales del Dere-cho de todo el pas ahoracuentan con casilleros elec-trnicos para recibir las notifi-caciones de las providencias,resoluciones y sentencias que

    se emiten en las unidadesjudiciales que tramitan susprocesos.Este sistema, que se aplicacon la vigencia del Cdigo Or-gnico Integral Penal (COIP),fue implementado por elConsejo de la Judicatura paracumplir con la disposicintransitoria dcimo octava dela nueva normativa, donde sedetermin que se deba con-tar con un sistema de correo

    electrnico exclusivo para lasnotificaciones electrnicas enlos procesos judiciales (...).El Presidente del Consejo dela Judicatura, Gustavo Jalkh,explic que esta herramientapermite celeridad, comodi-dad, seguridad y transparen-cia, en el conocimiento delas actuaciones de los opera-dores de justicia. No habrexcusas para sealar que (losabogados) no fueron infor-

    mados de una resolucin ju-dicial, dijo.En agosto pasado, el Conse-jo de la Judicatura notific,con una clave personal, acerca de 40 mil profesiona-les del Derecho registradosen el Foro de Abogados de laInstitucin.Mediante esta clave, se ac-cede al casillero electrnicoa travs de la pgina web dela Funcin Judicial www.fun-cionjudicial.gob.ec.El titular de la Judicatura ex-

    plic que adems, los abo-gados recibirn en sus mailsalertas de la llegada de lasnotificaciones.

    El Consejo de la Judicaturaimplement un curso vir-tual para el acceso y el usocorrecto de los casilleroselectrnicos.Para acceder al tutorial, debeingresar a la pgina de la Ins-titucin y dar clic en el enlaceCursos Casilleros Electrni-cos. Aqu, adems del video,podr descargar el Manualdel Usuario, donde encon-

    trar informacin sobre elsistema y la manera en la quedeber navegar en l.Para ingresar al casillero elec-trnico, debe dar clic en la

    opcin de certificado de se-guridad y escoger la ventanaContinuar de todos modos.Se desplegar una pantallapara ingresar el usuario (n-mero de cdula del abogado)y la contrasea (clave quele otorg el Consejo de laJudicatura).Una vez que se ingresa, sedespliegan las boletas y semuestra una tabla que con-tiene informacin sobre: ju-dicatura, nmero de causa,litigante, providencia, fecha

    de notificacin y detalles.El sistema da la opcin derealizar una bsqueda avan-zada de boletas por provin-cia, cantn, judicatura y fe-

    cha; adems de descargar losarchivos en formato PDF.Una vez que finalice, el usua-rio debe cerrar la sesin me-diante la opcin Salir queest en la parte superior de-recha de la pantalla.Por ahora, las notificacionesse mantendrn tambin deforma fsica.Se espera que para finales deao, se implemente la firmaelectrnica con lo cual se eli-minarn definitivamente loscasilleros fsicos.

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    Casilleros electrnicos, seguridad y transparenciaen las notifcaciones judiciales

    Curso virtual decasilleros electrnicos

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    Boletn Institucional22

    Da Nacional de la Repblica Oriental de Uruguay. 25-08-2014Reunin protocolar en la Residencia Espaola. 07-08-2014.

    Da Nacional de la Repblica de Francia. 14-07-2014. Da Nacional de la Repblica de Colombia. 17-07-2014.

    PRXIMAMENTE

    EVENTOS OFICIALES

    Galera

    Produccin editorial

    Coleccin: Gestin jurisdiccional. Serie: Cuadernos de trabajo. Dilogos judiciales 1

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    Boletn Institucional 23

    Retrospectiva

    Encuentro Internacional: Nuevas realidades del derecho procesal

    Marzo 2014

    Seminario Internacional: El pluralismo jurdico en el marco

    del Estado Plurinacional. Abril 2014

    Posesin de conjuezas y conjueces nacionales

    Marzo 2012

    Entrega del proyecto de Cdigo General de Procesos

    Enero 2014

    Posesin de juezas y jueces nacionales.

    Enero 2012

    Rendicin de Cuentas de la Corte Nacional de Justicia

    Enero 2014

    II Encuentro de juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, Cortes Provinciales

    y Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario

    Octubre 2013

    Rendicin de Cuentas de la Corte Nacional de Justicia

    Enero 2013

    Presentacin oficial de la nueva imagen

    de la Corte Nacional de Justicia. Enero 2014

    III Ronda Preparatoria para la XVI Cumbre Judicial Iberoamericana

    Marzo 2012

    Seminario Internacional El Recurso de Casacin en el Estado

    Constitucional de Derechos y Justicia. Marzo 2013

    Primer encuentro nacional de Presidentes de Cortes Provinciales

    Diciembre 2012

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    CorteNacional Ecuador

    Corte Nacionalde Justicia de Ecuador

    @CorteNacional

    BOLETN INSTITUCIONAL

    DEPARTAMENTO DE RELACIONES PBLICAS

    Mezanine. 02 -3953500 Ext. 20563/ 20562

    [email protected]

    Av. Amazonas n37-101 y Unin de periodistas

    Quito - Ecuador

    www.cortenacional.gob.ec

    Sntesis biogrfica del autor:

    Eduardo Kingman Riofro, pintor, dibujante, grabador y muralista ecuatoriano, naci en la ciudad de Loja, provinciade Loja, el 23 de febrero de 1913 y muri en Quito, el 27 de noviembre de 1997. Inici sus estudios artsticos en laEscuela de Bellas Artes de Quito. Otros estudios los realiz en Venezuela, Per, Bolivia y Estados Unidos.Kingman es considerado como uno de los maestros del expresionismo ecuatoriano, el tema del dolor y maltratoindgena, fue la tendencia del artista, quien se hizo famoso por las grandes y poderosas manos de sus personajes,que simbolizan la fuerza. Durante veinte aos, Eduardo Kingman ocup el cargo de profesor director de la Escuelade Bellas Artes de Quito, as como el de Director del Museo de Arte Colonial de Quito.

    PORTADA

    Autor: Eduardo Kingman Artista- Pintor.Nombre: Formas vegetalesTcnica: leo sobre tela

    Ao: 1992