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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 15:00 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2014, Año de las letras argentinas" 4542 15/12/2014

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 15:00 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

4542

15/12/2014

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Sumario

Poder Ejecutivo

Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 209-SSDHPC/14Se restituye subsidio suspendido.......................................................................................................................... Pág. 12

Resolución N° 800-SSTRANS/14Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 13.832-SIGAF/14................................................................... Pág. 13

Resolución N° 805-SSTRANS/14Se autoriza a la Presidencia de la Nación a efectuar cortes de tránsito............................................................... Pág. 14

Resolución N° 811-SSTRANS/14Se autoriza a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete                                       de Ministros el estacionamiento de vehículos en Avenida Figueroa Alcorta entre Vaz Ferreira y                                     la prolongación de la calle Ayacucho.................................................................................................................... Pág. 16

Resolución N° 813-SSTRANS/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Menor N° 320-0480CME/14...................................................... Pág. 17

Resolución N° 814-SSTRANS/14Se deja sin efecto la Resolución Nº 752-SSTRANS/14........................................................................................ Pág. 18

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 204-SSSC/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 20

Resolución N° 205-SSSC/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 20

Resolución N° 528-SSJUS/14Se deja sin efecto la contratación del agente Marcelo Emir Blanco..................................................................... Pág. 21

Resolución N° 529-SSJUS/14Se designa a la escribana Leila Frieiro como adscripta al Registro Notarial Nº 325............................................ Pág. 22

Resolución N° 530-SSJUS/14Se aprueba y adjudica la Contratación Directa en su modalidad Compra Menor Nº                                                         763-0421-CME14.................................................................................................................................................. Pág. 23

Resolución N° 532-SSJUS/14Se deja sin efecto la contratación del agente Oscar Roberto Serra..................................................................... Pág. 24

Resolución N° 533-SSJUS/14Se deja sin efecto la contratación de la agente Guillermina Bourlot..................................................................... Pág. 25

Resolución N° 534-SSJUS/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 26

Resolución N° 535-SSJUS/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 27

Resolución N° 536-SSJUS/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 28

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Resolución N° 537-SSJUS/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Nº                                      763-0475-CME14.................................................................................................................................................. Pág. 28

Resolución N° 538-SSJUS/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Nº                                      763-0472-CME14.................................................................................................................................................. Pág. 30

Resolución N° 539-SSJUS/14Se deja sin efecto la Resolución Nº 531/SSJUS/14 y se aprueba el Reglamento Interno de la                                        Dirección General de Asistencia a Benenficiarios de la Ex. Caja de Seguridad Social de los                                           Abogados de la Ciudad de Buenos Aires............................................................................................................. Pág. 31

Resolución N° 540-SSJUS/14Se autoriza la contratación de Marcos Dupont..................................................................................................... Pág. 32

Resolución N° 541-SSJUS/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa Nº 763-0482-CME14..................................................... Pág. 33

Resolución N° 542-SSJUS/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Nº                                      763-0486-CME14.................................................................................................................................................. Pág. 34

Resolución N° 217-SSAPM/14Se posterga la Licitación Pública N° 1615-SIGAF/14........................................................................................... Pág. 35

Resolución N° 218-SSAPM/14Se amplían órdenes de compra............................................................................................................................ Pág. 36

Resolución N° 219-SSAPM/14Se aprueba compensación de créditos................................................................................................................. Pág. 38

Resolución N° 705-SSEMERG/14Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 678-0184-CDI/14................................................................... Pág. 39

Ministerio de Salud

Resolución N° 1708-MSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 41

Resolución N° 1713-MSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 43

Resolución N° 1743-MSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 45

Resolución N° 1835-MSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 47

Resolución N° 1840-MSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 48

Resolución N° 1852-MSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 50

Resolución N° 1854-MSGC/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 401-0581-LPU14........................................................................ Pág. 52

Resolución N° 1872-MSGC/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 56

Resolución N° 1893-MSGC/14Se modifica la Resolución Nº 1891/MSGC/14...................................................................................................... Pág. 58

Resolución N° 489-SSASS/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 59

Resolución N° 497-SSASS/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 61

Resolución N° 499-SSASS/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 62

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Resolución N° 537-SSASS/14Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 64

Ministerio de Desarrollo Urbano

Resolución N° 239-SSPUAI/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 14.223/14................................................................. Pág. 66

Agencia Gubernamental de Control

Resolución N° 687-AGC/14Se desestima el recurso jerárquico implícito en el recurso de reconsideración interpuesto por                                        Rolando Eusebio Menéndez contra la Disposición Nº 673/DGHYSA/14.............................................................. Pág. 69

Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 552-APRA/14Se da por aprobado pago a favor de la firma Ambiental Del Sud S.A.................................................................. Pág. 71

Resolución N° 553-APRA/14Se otorga la Declaración de Impacto Ambiental en el predio sito Acoyte 1153/63............................................... Pág. 72

Resolución N° 554-APRA/14Se transfiere suma de pesos a favor de la Cámara Argentino Alemana de Industria y Comercio....................... Pág. 75

Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud

Resolución N° 1503-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 182/HGAP/13................................................................................ Pág. 78

Resolución N° 1504-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 308/HGAZ/14................................................................................ Pág. 79

Resolución N° 1505-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 354/HGAP/13................................................................................ Pág. 79

Resolución N° 1506-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 205/HGAP/14................................................................................ Pág. 80

Resolución N° 1507-MMGC/14Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 301/HGAP/13................................................................................ Pág. 81

Resolución N° 1508-MMGC/14Se dispone el cambio de especialidad de Pediatría a Neonatología de Roxana Gabriela Conti.......................... Pág. 82

Disposición

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 22-DGIPM/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 84

Disposición N° 53-SGISSP/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 85

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Ministerio de Salud

Disposición N° 152-DGADC/14Se encomienda a la firma Casa Napolitano S.A. la provisión de ataúdes............................................................ Pág. 87

Disposición N° 159-DGADC/14Se prorroga la Orden de Compra Nº 65.391-SIGAF/13........................................................................................ Pág. 88

Disposición N° 851-HBR/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa Nº 14.198-SIGAF/14..................................................... Pág. 90

Ministerio de Educación

Disposición N° 1350-DGAR/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 21/14........................................................................................... Pág. 92

Disposición N° 1353-DGAR/14Se aprueba y adjudica la Licitación Privada N° 69-SIGAF/14.............................................................................. Pág. 93

Disposición N° 1356-DGAR/14Se aprueba y adjudica la Licitación Privada N° 76-SIGAF/14.............................................................................. Pág. 95

Ministerio de Desarrollo Urbano

Disposición N° 1939-DGIUR/14Se autoriza localización de usos en el predio sito en Avenida Córdoba 466........................................................ Pág. 98

Disposición N° 1941-DGIUR/14Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Tte. Gral. Donato Álvarez 20............................... Pág. 99

Disposición N° 1942-DGIUR/14Se considera factible el Proyecto de ampliación de Museo Pabellón del inmueble sito en Av.                                         del Libertador 999............................................................................................................................................... Pág. 100

Disposición N° 1943-DGIUR/14Se consideran aplicables las normas de completamiento de tejidos respecto del predio sito en                                      Olazábal 2706/18................................................................................................................................................ Pág. 102

Disposición N° 1944-DGIUR/14Se amplía la vigencia de la Disposición Nº 867/DGIUR/13................................................................................ Pág. 104

Disposición N° 1946-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Humberto Primo 517................................................. Pág. 105

Disposición N° 1947-DGIUR/14Se deniega localización de uso para el inmueble sito en Gorriti 5842................................................................ Pág. 106

Disposición N° 1948-DGIUR/14Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Av. Presidente Figueroa Alcorta                                             6438/42............................................................................................................................................................... Pág. 108

Disposición N° 1949-DGIUR/14Se visa el Aviso de Obra del inmueble sito en Avenida Alvear 1672/78............................................................. Pág. 109

Disposición N° 1951-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en México 972 /74.......................................................... Pág. 110

Disposición N° 1952-DGIUR/14Se visa el Aviso de Obra del inmueble sito en Mercedes 3841/43..................................................................... Pág. 112

Disposición N° 1953-DGIUR/14Se deja sin efecto la Disposición Nº 1813/DGIUR/14 y se autoriza localización de usos en el                                         inmueble sito en Tacuarí 1327............................................................................................................................ Pág. 113

Disposición N° 1954-DGIUR/14Se dejan sin efecto las Disposiciones Nº 1212/DGIUR/14 y Nº 1232/DGIUR/14 y se visa plano                                      de obras para el inmueble sito en Estocolmo 3370............................................................................................ Pág. 114

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Disposición N° 1956-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en México 459................................................................ Pág. 116

Disposición N° 1957-DGIUR/14Se amplía la vigencia de la Disposición Nº 939/DGIUR/12................................................................................ Pág. 117

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Disposición N° 10-DGPYPRE/14Se designa a la agente Mónica Yzaguirre como Auxiliar de la Directora General de                                                        Planeamiento y Presupuesto.............................................................................................................................. Pág. 119

Disposición N° 335-DGTALMAEP/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 11.448-SIGAF/14.................................................................. Pág. 119

Ministerio de Modernización

Disposición N° 135-DGTALMOD/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor - Proceso de Compra Nº 642-0460-CME14.............................. Pág. 121

Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 1690-DGET/14Se convoca a Audiencia Pública en el Museo de Arte Moderno........................................................................ Pág. 123

Ente de Turismo

Disposición N° 122-DGPRT/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 126

Disposición N° 123-DGPRT/14Se aprueba la Contratación Directa de la empresa Firefly S.R.L....................................................................... Pág. 127

Disposición N° 124-DGPRT/14Se tienen por elegidos los Ganadores y sus respectivos Suplentes para cada Práctica                                                   Profesional de la Primera Edición del Programa Experiencia Buenos Aires...................................................... Pág. 129

Agencia de Sistemas de Información

Disposición N° 440-DGTALINF/14Se aprueba la modificación de partidas presupuestarias................................................................................... Pág. 131

Disposición N° 441-DGTALINF/14Se aprueba y adjudica la Contratación Menor Nº 13.416-SIGAF/14.................................................................. Pág. 132

Ministerio de Salud

Disposición N° 266-HBR/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 431-0539-LPU14...................................................................... Pág. 135

Disposición N° 396-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 136

Disposición N° 397-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 137

Disposición N° 398-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 139

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Disposición N° 399-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 140

Disposición N° 404-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 141

Disposición N° 405-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 143

Disposición N° 406-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 144

Disposición N° 407-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 145

Disposición N° 408-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 146

Disposición N° 409-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 148

Disposición N° 420-HGAPP/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 149

Instituto de Juegos de Apuestas de la CABA

Resolución de Directorio N° 36-IJACBA/14Se acepta la renuncia presentada por el agente Leandro Raúl Perugini............................................................ Pág. 151

Redolución de Directorio N° 37-IJACBA/14Se aceptar la renuncia presentada por la agente María Manuela Marroquín..................................................... Pág. 152

Organos de Control

Resolución

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 422-PG/14Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 1595-SIGAF/14......................................................................... Pág. 153

Disposición

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Disposición N° 71-DGTALPG/14Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 730-0172-CDI14..................................................... Pág. 156

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Comunicados y Avisos

Ministerio de Educación

Comunicados N° 31-GODCYDD/14.................................................................................................................... Pág. 159

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Comunicados N° 1531392-SSMEP/11............................................................................................................... Pág. 161

Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 1690-DGET/14............................................................................................................................ Pág. 162

Consejo de la Magistratura

Resolución N° 1-PCSEL/14................................................................................................................................ Pág. 163

Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación - Preadjudicación N° 939-DGTALMJG/14.......................................................................................... Pág. 165Licitación - Fracaso N° 93-UPEJOL/14.............................................................................................................. Pág. 165

Ministerio de Justicia y Seguridad

Licitación - Preadjudicación N° 943-SSEMERG/14........................................................................................... Pág. 166Expediente - Preadjudicación N° 16249835-DGALPM/14................................................................................. Pág. 167

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 756-HGAJAF/14........................................................................................................... Pág. 168Licitación - Llamado N° 792-HGAJAF/14........................................................................................................... Pág. 168Licitación - Llamado N° 852-HGAJAF/14........................................................................................................... Pág. 169Licitación - Llamado N° 853-HGAJAF/14........................................................................................................... Pág. 169Licitación - Llamado N° 980-DGADC/14............................................................................................................ Pág. 170Licitación - Preadjudicación N° 700-DGADC/14................................................................................................ Pág. 171Contratación Directa - Adjudicación N° 162-HGADS/14.................................................................................... Pág. 173

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Ministerio de Educación

Licitación - Llamado N° 746-DGAR/14............................................................................................................... Pág. 174Expediente - Llamado N° 15595900-DGAR/14.................................................................................................. Pág. 175

Ministerio de Desarrollo Urbano

Licitación - Llamado N° 1011-MDUGC/14......................................................................................................... Pág. 176Expediente - Llamado N° 13723076-DGTALMDU/14........................................................................................ Pág. 177Fe de Erratas N° 13723595-DGTALMDU/14...................................................................................................... Pág. 178

Ministerio de Cultura

Licitación - Preadjudicación N° 718-DGMUS/14................................................................................................ Pág. 179

Agencia de Protección Ambiental

Licitación - Preadjudicación N° 824-DGTALAPRA/14....................................................................................... Pág. 180

Agencia Gubernamental de Control

Licitación - Llamado N° 1015-DGLYTAGC/14................................................................................................... Pág. 181

Ente de Turismo

Expediente - Adjudicación N° 17408607-DGTALET/14..................................................................................... Pág. 182

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

Expediente - Preadjudicación N° 313-TSJ/14.................................................................................................... Pág. 183

Consejo de la Magistratura

Expediente - Llamado N° 222-DCYC/14............................................................................................................ Pág. 184

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Contratación Directa - Preadjudicación N° 14-IVC/14....................................................................................... Pág. 185

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

Licitación - Preadjudicación N° 2-ERSP/14....................................................................................................... Pág. 187Licitación - Preadjudicación N° 12-ERSP/14..................................................................................................... Pág. 187

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Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Licitación - Adjudicación N° 1595-PG/14........................................................................................................... Pág. 191

Edictos Particulares

Transferencias N° 535-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 192Transferencias N° 540-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 192Transferencias N° 541-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 193Transferencias N° 542-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 193Transferencias N° 543-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 193Transferencias N° 545-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 194Transferencias N° 546-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 195Transferencias N° 547-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 195Transferencias N° 548-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 195Transferencias N° 549-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 196Transferencias N° 550-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 197Transferencias N° 551-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 197

Edictos Oficiales

Ministerio de Justicia y Seguridad

Notificación N° 202-SSEMERG/14..................................................................................................................... Pág. 199

Ministerio de Salud

Notificación N° 1220-HGNRG/14........................................................................................................................ Pág. 200Notificación N° 1766-HGNRG/14........................................................................................................................ Pág. 200

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Actuación N° 1-DGMYT/14................................................................................................................................. Pág. 201Expediente N° 17636663-EHU/14...................................................................................................................... Pág. 202

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación N° 3484-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 203Notificación N° 3553-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 206Notificación N° 3590-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 213Intimaciones N° 6392362-DGR/13...................................................................................................................... Pág. 218

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 9709-IVC/12............................................................................................................................... Pág. 221Intimaciones N° 17642436-IVC/14...................................................................................................................... Pág. 222

Ministerio Público

Citación N° 17530441-UFOUTC/14.................................................................................................................... Pág. 223

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

Citación N° 17806308-JPCFN25/14................................................................................................................... Pág. 224Citación N° 17708978-JCAT10/14...................................................................................................................... Pág. 224Citación N° 17719620-UFO/14........................................................................................................................... Pág. 225Citación N° 17721224-JPCF24/14...................................................................................................................... Pág. 226Citación N° 17733783-UFS/14............................................................................................................................ Pág. 226Citación N° 17880395-JPIPCF25/14................................................................................................................... Pág. 227Notificación N° 17697371-JPCF26/14................................................................................................................ Pág. 228Notificación N° 17810908-UFS/14...................................................................................................................... Pág. 228Intimaciones N° 17706117-JPICAT10/14........................................................................................................... Pág. 230Intimaciones N° 17714227-JCAT10/14............................................................................................................... Pág. 230Intimaciones N° 17857372-JPIPCF2/14............................................................................................................. Pág. 231

Ministerio de Modernización

Expediente N° 8315886-DGPC/14...................................................................................................................... Pág. 232

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Poder Ejecutivo Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 209/SSDHPC/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: las Leyes N° 4786 y 5121; los Decretos N° 118-GCABA/14, N° 660-GCABA/11 y n° 1209-GCABA/08; las Resoluciones N° 246/SSDH/09, 247-SSDH/09, N° 248-SSDH/09, N° 251-SSDH/09, N° 252-SSDH/09, N° 32-SSDH/10, N° 33-SSDH/10, N° 34-SSDH/10, N° 35-SSDH/10, N° 36-SSDH/10, N° 37-SSDH/10, N° 38-SSDH/10, N° 39-SSDH/10, N° 49-SSDH/10, N° 50-SSDH/10, N° 51-SSDH/10, N° 53-SSDH/10, N° 62-SSDH/10, 27/SSDHPC/12 y el Expediente electrónico N° ex-2014-17564992-MGEYA-DGAYAV; y, CONSIDERANDO: Que en virtud de las facultades conferidas por el Anexo III del Decreto N° 1209-GCABA/08 ésta autoridad de aplicación en su anterior conformación decidió en vista de que los beneficiarios que se consignan en el Anexo I de la presente no cumplían con los requisitos que exigía aquella normativa suspender el subsidio oportunamente otorgado; Que dichas suspensiones fueron instrumentadas mediante el dictado de las resoluciones que se consignan en el Visto y en cada caso a partir del periodo que en cada una se consignó; Que la Ley 5121 recientemente sancionada dispuso la modificación del art. 11 de la Ley 4786, debiéndose en consecuencia incluir nuevamente a las personas incluidas en el Anexo I en la nomina de beneficiarios; Que por la Ley N° 4786 y su Decreto reglamentario N° 118-AJG/14 se prevé la asistencia económica mensual por el término de cinco (5) años a los beneficiarios descriptos en el artículo 2° inciso 2°) siendo la asistencia económica de pesos un mil doscientos ($1.200,00); Que a la luz de dicha normativa es que se hace necesario a través de la firma de este acto administrativo restituir los subsidios suspendidos por las resoluciones del Visto a todas las personas que se consignan en el Anexo I (IF 2014-17656067-DGAYAV) de la presente y forman parte integrante de la misma en cada caso por un importe de pesos un mil doscientos ($1.200); Que por la Ley N° 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 660-GCABA/11 se crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural como organismo sucesor de la Subsecretaría de Derechos Humanos en todas sus atribuciones. Que la presente se firma conforme las facultades conferidas por el Artículo 2° del Decreto N° 118-AJG/14. Por ello,

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EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.- Restítuyase a todas las personas consignadas en el Anexo I (IF 2014-17656067-DGAYAV) que forma parte integrante de la presente el subsidio oportunamente suspendido por un importe mensual de pesos un mil doscientos ($1.200,00) a partir del 1° de Marzo de 2.014 y en lo sucesivo.- Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes de la Subsecretaría de Administración y Gestión Financiera del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese en esta Subsecretaría. Avruj

RESOLUCIÓN N.° 800/SSTRANS/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, el Expediente Nº4009789/SSTRANS/14, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación Directa Nº13832-SIGAF/14, cuyo objeto es la realización por parte de la Universidad Tecnológica Nacional-Facultad Regional Buenos Aires de estudios altimétricos, de tránsito, de impacto ambiental, de agrimensura y de suelo, proyectos hidráulicos, cateos, informes y asesoramientos técnicos y de diseño, verificación y cálculo estructural de plateas y de paradores para asistir a la Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme el estatuto de la Universidad Tecnológica Nacional-Facultad Regional Buenos Aires, ésta reviste el carácter de Universidad Nacional según la Ley Nacional Nº 13.229; Que el artículo 28 inc. 11) de la Ley N° 2.095 y su modificatoria N° 4.764 establece que procede la contratación directa para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate; Que la Universidad Tecnológica Nacional-Facultad Regional Buenos Aires cuenta con amplia experiencia en el campo de la docencia, la investigación y la implementación de actividades vinculadas con el asesoramiento, relevamiento, consultoría y asistencia técnica;

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ANEXO

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Que en estas condiciones, la presente contratación encuadra en el marco normativo antes citado; Que la presente contratación directa asciende a la suma de pesos DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 2.600.000) y se ha efectuado la afectación presupuestaria correspondiente para afrontar la erogación en cuestión; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la presente Contratación Directa Nº 13832-SIGAF/14 y la adjudique a la Universidad Tecnológica Nacional-Facultad Regional Buenos Aires. Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 13, inciso f) del Anexo I y el Anexo II, ambos del Decreto Nº 95/14,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa N°13832-SIGAF/14, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 28 inciso 11) de la Ley Nº 2.095, para la realización por parte de la Universidad Tecnológica Nacional-Facultad Regional Buenos Aires de estudios altimétricos, de tránsito, de impacto ambiental, de agrimensura y de suelo, proyectos Hidráulicos, cateos, informes y asesoramientos técnicos y de diseño, verificación y cálculo estructural de plateas y de paradores para asistir a la Subsecretaría de Transporte dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Adjudícase la citada Contratación Directa a la Universidad Tecnológica Nacional-Facultad Regional Buenos Aires, por la suma total de pesos DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 2.600.000), conforme los términos del Contrato, que como Anexo I (IF-2014-17458860-SSTRANS) forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- El gasto que irrogue la presente contratación se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015. Artículo 4º.- El gasto que se proyecta queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado dentro del presupuesto para el ejercicio o ejercicios siguientes, para financiar las obligaciones derivadas del contrato. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Unidad de Proyectos Especiales Transporte Masivo Buses Rápidos dependiente de la Subsecretaría de Transporte y a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Transporte para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Dietrich

RESOLUCIÓN N.° 805/SSTRANS/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº 17468253/DGPMOV/2014, Y

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ANEXO

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CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente mencionado, Presidencia de la Nación, solicita permiso para la afectación de diversas arterias de la ciudad, el día martes 9 de diciembre de 2014, en el marco de la realización de un acto con motivo de la Inauguración del Monumento a Don Arturo Martín Jauretche; Que la Dirección General de Planificación de la Movilidad ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a Presidencia de la Nación, con presencia policial, a efectuar los cortes de tránsito que a continuación se detallan: corte total de Av. 9 de Julio entre Juncal y Arenales, sentido norte sin afectar bocacalles, el día martes 9 de diciembre de 2014 de 0.00 a 21.00 y corte total de Carlos Pellegrini entre Arroyo y Arenales, sin afectar bocacalles extremas, de 10.00 a 21.00, en el marco de la realización de un acto con motivo de la Inauguración del Monumento a Don Arturo Martín Jauretche. Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles

molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez.

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Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Dirección General de Planificación de la Movilidad quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, de Limpieza, de Transporte, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

RESOLUCIÓN N.° 811/SSTRANS/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº EX-2014-17505546- -MGEYA- DGTALM-2014; y CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha solicitud se efectúa para la realización del evento "Buenos Aires Navidad 2014", en el Parque Thays; Que la Dirección General de Planificación de la Movilidad ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al estacionamiento solicitado; dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que el control del estacionamiento como de la circulación en la zona deberá contar con el correspondiente apoyo policial. Por ello, conforme a lo dispuesto en el inciso d) del artículo 1.1.4 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección General de Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, el estacionamiento de vehículos en Avenida Figueroa Alcorta, entre Vaz Ferreira y la prolongación de la calle Ayacucho, sobre mano derecha los días hábiles de 15 a 21 horas desde el martes 9 al miércoles 24 de diciembre de 2014, con motivo de la realización del evento "Buenos Aires Navidad 2014".

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Artículo 2º.- El estacionamiento aprobado en el artículo anterior será de carácter gratuito y no exclusivo, se efectuará paralelo y junto al cordón de la arteria mencionada, no se permitirá el uso de la vereda, ni de las Plazas y no se afectarán paradas de transporte público, ochavas, sendas peatonales, ni espacios verdes, permitiendo en todo momento la libre circulación por las arterias. Asimismo deberá contar con el correspondiente apoyo de la Policía, el cual será requerido por el peticionante. Artículo 3º.- La solicitante contratará la limpieza que resulte necesaria ejecutar, de acuerdo a la Ordenanza Nº 51.277, pues en caso de incumplimiento será llevada a cabo por Administración y a su costa; debiendo aceptar asimismo la responsabilidad que establece el artículo 2.1.10 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4º.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Luego, gírese a la Dirección General de Planificación de la Movilidad quien comunicará, a la Policía, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, de Limpieza y a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y remítase al Departamento Administrativo para la notificación del solicitante y posterior archivo. Dietrich

RESOLUCIÓN N.° 813/SSTRANS/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095; Ley N°4764/13 su Decreto Reglamentario N°95/14 y Expediente Nº 17625058/14 y; CONSIDERANDO: Que por las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita la Contratación Menor N°320-0480CME/14 que tiene como objeto contratar un Servicio de instalación de SIMS (Subscriber Identity Modules) en los dispositivos de transmisión de localización automática de vehículos monitoreados satelitalmente afectados al Servicio de Autotransporte Publico de Pasajeros, con el fin de realizar tareas de monitoreo por parte del GCBA, con destino a la Dirección General de Planificación de la Movilidad; Que dicha contratación se fundamenta en la necesidad de preservar y controlar el correcto funcionamiento de los dispositivos de seguimiento satelital (AVL) existentes; Que hasta el momento los AVL que son propiedad del Gobierno para su comunicación cuentan con SIMS cuya titularidad no es de la Administración; Que la Dirección General de Planificación de la Movilidad ha evaluado conveniente realizar dicho reemplazo destacando que las ventajas de realizar este cambio contemplarían la eliminación del costo que pueda cargar el intermediario por la transferencia de datos, un control más eficiente de la administración; Que en estas condiciones, se estimó como mejor medio de contratación el procedimiento de Compra Menor regulado en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095, modificado por la Ley Nº4.764, toda vez que el monto total estimado para la presente contratación no supera las cien mil (100.000) unidades de compra, fijándose como fecha límite para la recepción de propuestas el día 15 de diciembre de 2014; Que obran la solicitud de de gasto que reflejan la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

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Que por Disposición N°396/DGCyC/2014, la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con lo establecido en el artículo 85 de la Ley Nº 2.095, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige la presente contratación; Que son parte integrante de esta Contratación Menor, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. Por ello, en virtud de las competencias conferidas por el articulo 13 del Decreto N°95/14 reglamentario de las Leyes 2095,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexo (PLIEG-2014-17732940-SSTRANS) forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Llámase a Contratación Menor N°320-0480CME/14 que tiene por objeto un Servicio de instalación de SIMS (Subscriber Identity Modules) en los dispositivos de transmisión de localización automática de vehículos monitoreados satelitalmente con destino a la Dirección General de Planificación de la Movilidad estableciéndose como fecha límite para la presentación de ofertas el día 15 de Diciembre a las 12:00 horas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N°2095 y su Decreto Reglamentario 95/14, por un monto total estimado de Pesos Cien Mil ($100.000). Artículo 3º.-Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2014,2015. Artículo 4º.- Emítanse las respectivas invitaciones de acuerdo a lo establecido a la reglamentación vigente. Artículo 5º.-Regístrese; publíquese en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y para su conocimiento y demás fines remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Transporte. Cumplido, archívese. Dietrich

RESOLUCIÓN N.° 814/SSTRANS/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51 -MHGC-10, Nº 107 - MHGC-14, Resolución Conjunta Nº 10-SECLYT-2013, las Disposiciones Nº A 9 DGCG/10, Nº 10 - DGCG/10 y Nº 183-DGCG-2013 y el Expediente Nº 1.531.084 - MGEYA - DGTRANSI -2014, y

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ANEXO

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Que por el actuado citado en el Visto tramita la aprobación del gasto de la Caja Chica Común Final Nro 2, de la Dirección General de Tránsito dependiente de la Subsecretaria de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros en los términos del Decreto Nº 67/2010 que aprueba el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que de conforme el articulo 16 del Decreto Nº 67/ 2010 "El titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobará los gastos, mediante Acto Administrativo, de acuerdo a la reglamentación, siendo responsable de la oportunidad, merito y conveniencia de dichas erogaciones"; Que por otra parte el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 183-DGCG-13 establece que dicho acto administrativo aprobará como Anexos las planillas 2 y 3 del Anexo V de la citada Disposición; Que mediante la Resolución Nº 752-SSTRANS/14 se aprobó el gasto en concepto de Caja Chica Común Final Nº 2 de la Dirección General de Tránsito dependiente de la Subsecretaria de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, conforme al Anexo I "Resumen de Comprobante por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por Imputación" (Nº 14236308 - SSTRANS -2014). Que en este sentido, resulta pertinente el dictado de la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias

EL SUSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º - Déjese sin efecto la Resolución Nº 752-SSTRANS/14. Artículo 2° - Apruébese los gastos correspondientes en concepto de Rendición Nº 2 de la Caja Chica Común Final, correspondiente a la Dirección General de Tránsito dependiente de la Subsecretaria de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el monto PESOS NUEVE MIL TRECIENTOS VEINTIOCHO CON 54/100 ($ 9.328,54), conforme al Anexo I "Resumen de Comprobante por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por Imputación" (IF-2014-17662007 - SSTRANS -2014), según Disposición Nº A-9-DGCG-2010 y su modificatoria Disposición Nº 183-DGCG/13, que como tal forman parte integrante de la presente. Artículo 3° - Comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros y remítase para su intervención a la Dirección

General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Dietrich

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ANEXO

CONSIDERANDO:

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.° 204/SSSC/14

Buenos Aires, 1 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente N° 16913205/2014, por el cual la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana gestiona la modificación de diversas partidas, correspondientes al ejercicio en vigor; y CONSIDERANDO: Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2/GCBA/2014, por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014, Por ello y en uso de las facultades conferidas, Anexo I, Capitulo IX, punto III, del Decreto 2-GCBA- 2014;

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la compensación de créditos con destino a diversas partidas pertenecientes a la Dirección General de Seguridad Privada , por un monto total de PESOS CIENCUENTA Y UN MIL ($ 51.000,00 -), de acuerdo con el IF N° 16913205/SSSC/2014 de modificación presupuestaria, que como Anexo forma parte integrante del presente acto administrativo. Artículo2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido Archivese. García

RESOLUCIÓN N.° 205/SSSC/14

Buenos Aires, 1 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente N° 16912966/2014, por el cual la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana gestiona la modificación de diversas partidas, correspondientes al ejercicio en vigor; y

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ANEXO

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Que en consecuencia, procede arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2/GCBA/2014, por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2014, Por ello y en uso de las facultades conferidas, Anexo I, Capitulo IX, punto III, del Decreto 2-GCBA- 2014;

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la compensación de créditos con destino a diversas partidas pertenecientes a la Dirección General de Seguridad Privada , por un monto total de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00 -), de acuerdo con el IF N° 16912966/SSSC/2014 de modificación presupuestaria, que como Anexo forma parte integrante del presente acto administrativo. Artículo2° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido Archivese. García

RESOLUCIÓN N.° 528/SSJUS/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 224/GCBA/13, El Expediente Electrónico N° 15613868/14, La Resolución N° 394/SSJUS/14, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 394/SSJUS/14, se autorizó la contratación del agente BLANCO, Marcelo Emir, DNI N° 33.017.829, CUIT N° 23-33017829-9, por el período comprendido entre el 01/06/2014 y el 31/12/2014 para prestar servicios en la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que el Artículo 5° del contrato suscripto oportunamente entre las partes prevé que los mismos pueden ser rescindidos por el Gobierno sin expresión de causa; Que en la actuación citada en el visto surge que el Subsecretario de Justicia solicita se le rescinda el contrato de locación de servicios del citado a partir del 01/10/2014; Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Déjese sin efecto la contratación del agente BLANCO, Marcelo Emir, DNI N° 33.017.829, CUIT N° 23-33017829-9, por parte de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad a partir del 1 de Octubre de 2014, la cual fue dispuesta mediante Resolución Nº 394-SSJUS-14.

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ANEXO

CONSIDERANDO:

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Articulo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para demás efectos. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 529/SSJUS/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 660/11 y 23/12, y el expediente N° 15648617/14, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto, la escribana Mariela Paola Del Río, titular del Registro Notarial Nº 325, solicita, a fojas 1, que se designe como adscripta a su registro a la escribana Leila Frieiro, quien presta su conformidad con dicha propuesta; Que se encuentra acreditado que la escribana titular cumple con el requisito de antigüedad establecido en el artículo 46, incisos a) y b), de la Ley Nº 404 y el artículo 22 del Decreto reglamentario Nº 1624/00, y que, conforme surge de las constancias obrantes en autos, se ha efectuado la inspección de protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 325, tal como estipula el art. 13 del Decreto Nº 1624/00, obteniendo resultado favorable; Que la escribana Leila Frieiro ha obtenido un puntaje de 5 (cinco) puntos en la prueba escrita y de 6 (seis) puntos en la prueba oral de la Evaluación de Idoneidad para acceder a la adscripción de registros notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c), de la ley citada; Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales";

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Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la propuesta de la escribana Mariela Paola Del Río y se adscriba al Registro Notarial Nº 325, a la escribana Leila Frieiro.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 660/11 y Nº 23/12,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1º.- Desígnase a la escribana Leila Frieiro, D.N.I Nº 29.946.646, matrícula Nº 5.291, como adscripta al Registro Notarial Nº 325. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a las interesadas y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 530/SSJUS/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y Decreto Nº 1145/09 y concordantes, las Resoluciones N° 424-MHGC-13, Nº 596-MHGC-11 y Nº 1160-MHGC-11, las Disposiciones Nº 302-DGCYC-13 Y Nº 396-DGCYC-14, el Expediente Nº EX - 2014-17052308-MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Nº 763-0421-CME14, para la adquisición de impresoras multifunción monocromáticas solicitadas por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17021805-SICYPDP, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que obra la Solicitud de Gastos Gastos N° 763-2687-SG14 por un importe total de pesos cincuenta y un mil doscientos con 00/100 ($51.200,00.-), correspondiente al Ejercicio 2014; Que obran los correspondientes códigos BAC de identificación para los productos objeto de la presente Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor; Que se publicó en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de los productos licitados, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, entre otras;

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Que mediante Resolución N° 190/MJYSGC/08, modificada por la Resolución N° 01/MJYSGC/11, y la Disposición N° 59/DGCyC/12 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el ámbito de la Subsecretaria de Justicia, habiendo sido designados los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Resolución Nº 89/SJUSS/12 y sus modificatorias; Que a través de la Resolución Nº RESOL -2014-516-SSJUS se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se llamó a Contratación Directa Nº 763-0421-CME14 en su modalidad Compra Menor, para el día 02 de diciembre de 2014 a las 11:00 hs. al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095; Que el llamado referido fue publicado en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº IF-2014-17395497-SSJUS se recibieron dos (2) ofertas por parte de la firmas, SOSIT S.R.L. y LINCOL S.R.L Que se ha confeccionado el cuadro comparativo de precios, tal como establece el artículo 106 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095, siendo el precio total más conveniente el cotizado por la firma "SOSIT S.R.L CUIT 33-71421549-9", por un monto de pesos cincuenta y un mil doscientos con 00/100.- ($51.200,00.-); Que por IF Nº 2014-17455114-SSJUS la Gerencia Operativa de la Subsecretaría de Justicia aconseja la adjudicación al proveedor mencionado; Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095,

El SUBSECREARIO de JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Apruébese la Contratación Directa, en su modalidad Compra Menor Nº 763-0421-CME14, para la adquisición de impresoras multifunción monocromáticas solicitadas por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17021805-SICYPDP, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); y adjudíquese a favor de la firma "SOSIT S.R.L.. CUIT Nº 33-71421549-9", por un monto de pesos cincuenta y un mil doscientos con 00/100.- ($51.2000,00.-), al amparo del artículo 108 de la Ley Nº 2095. Artículo 2.- Dicho gasto será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al Ejercicio vigente. Artículo 3.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial, en internet en el portal de Buenos Aires Compras, en la página web oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires notifíquese a la firma "SOSIT S.R.L. CUIT Nº 33-71421549-9", comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y Contaduría del Ministerio de Hacienda y remítase a la Gerencia Operativa de la Subsecretaría de Justicia para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Buján RESOLUCIÓN N.° 532/SSJUS/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO:

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El Decreto Nº 224/GCBA/13, El Expediente Electrónico N° 17504463/14, La Resolución N° 84/SSJUS/14, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 84/SSJUS/14, se autorizó entre otros, la contratación del agente SERRA, Oscar Roberto DNI N° 22.285.843, CUIT N° 20-22285843-8, por el período comprendido entre el 15/01/2014 y el 31/12/2014 para prestar servicios en la Dirección General de Administración de Infracciones; Que el Artículo 5° del contrato suscripto oportunamente entre las partes prevé que los mismos pueden ser rescindidos por el Gobierno sin expresión de causa; Que en la actuación citada en el visto surge que el Subsecretario de Justicia solicita se le rescinda el contrato de locación de servicios del citado a partir del 01/04/2014; Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Déjese sin efecto la contratación del agente SERRA, Oscar Roberto DNI N° 22.285.843, CUIT N° 20-22285843-8, por parte de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad a partir del 1 de ABRIL de 2014, la cual fue dispuesta mediante Resolución Nº 84-SSJUS-14. Articulo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para demás efectos. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 533/SSJUS/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 224/GCBA/13, El Expediente Electrónico N° 17495585/14, La Resolución N° 81/SSJUS/14, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 81/SSJUS/14, se autorizó entre otros, la contratación de la agente BOURLOT, Guillermina, DNI N° 26.958.283, CUIT N° 27-26958283-4, por el período comprendido entre el 15/01/2014 y el 31/12/2014 para prestar servicios en la Dirección General de Administración de Infracciones; Que el Artículo 5° del contrato suscripto oportunamente entre las partes prevé que los mismos pueden ser rescindidos por el Gobierno sin expresión de causa; Que en la actuación citada en el visto surge que el Subsecretario de Justicia solicita se le rescinda el contrato de locación de servicios del citado a partir del 01/12/2014; Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

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Artículo 1.- Déjese sin efecto la contratación de la agente BOURLOT, Guillermina, DNI N° 26.958.283, CUIT N° 27-26958283-4, por parte de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad a partir del 1 de DICIEMBRE de 2014, la cual fue dispuesta mediante Resolución Nº 81-SSJUS-14. Articulo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para demás efectos. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 534/SSJUS/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 556/10 y su modificatorio el Decreto N° 752/10; el Expediente N° 2302952/12, el Expediente EX-2014-17463380-MGEYA-DGJRYM, y CONSIDERANDO: Que, por Expediente N° 2302952/12 tramita el alquiler del inmueble sito en Chacabuco 132 piso 1° UF 1 y piso 5° UF 5, donde funciona la Dirección General Electoral y la Dirección General de Registro, Justicia y Mediación; Que, con fecha 1 de diciembre de 2012 se ha suscripto el Contrato de Locación Administrativa, registrado en la Escribanía General bajo el N° 12383 con fecha 11/12/2012; Que, dicho Contrato, en su cláusula OCTAVA establece que el locatario deberá tomar a su cargo el pago de todo servicio, como ser luz, gas, teléfono y expensas ordinarias, a partir de la entrada en vigencia de dicho contrato y hasta la fecha de entrega del inmueble; Que, en el Expediente EX-2014-17463380-MGEYA-DGJRYM, obra la liquidación de expensas de noviembre 2014 de la UF N° 5; Que, el artículo 1° inciso d) del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, faculta a los funcionarios, según un cuadro de competencias, a aprobar gastos de imprescindibles necesidad los cuales justificadamente no pudieran ser gestionados a través de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva Caja Chica; Que, en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo 2 del Decreto N° 752/10, la presente es la aprobación de las expensas correspondientes al mes de noviembre de 2014 de la UF N° 5, por un monto total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 10/100 ($6.657,10); Que se ha efectuado la reserva presupuestaria con cargo al presupuesto en vigencia; Que, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en concepto de expensas ordinarias del mes de noviembre de 2014 del inmueble sito en la calle Chacabuco 132, 5° piso UF 5 de esta Ciudad, por un monto de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 10/100 ($6.657,10); Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 752/10,

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EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

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Artículo 1.- Apruébese el gasto correspondiente a las expensas ordinarias de inmueble sito en la calle Chacabuco 132, 5° piso UF 5, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sede de la Dirección General de Registro, Justicia y Mediación, correspondientes al mes de noviembre de 2014, por la suma total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 10/100 ($6.657,10), a ser depositada en la misma cuenta donde es depositado el precio del alquiler, Der Kanzler S.A., CUIT N° 30-70867064-9. Artículo 2.- La presente erogación encontrará respaldo en las partidas presupuestarias

en vigencia. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 535/SSJUS/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente NºEX-2014-17273105--MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que, resulta necesario incrementar la partida mencionada en el formulario F1, a fin de solventar los gastos indispensables que estima conveniente realizar esta Subsecretaría en el presente ejercicio; Que, en consecuencia, procede a arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° DECTO-2014-2-AJG por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2014. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 36°, Apartado III del Decreto N° 2/14.

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese la compensación de créditos por el monto total de pesos CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($150.000,00) de acuerdo con el formulario F1 de modificaciones presupuestarias, que como anexo IF-2014-17276060 -SSJUS forma parte del presente acto administrativo. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido archívese. Buján

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EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 536/SSJUS/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente NºEX-2014-17009017--MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que, resulta necesario incrementar la partida mencionada en el formulario F1, a fin de solventar los gastos indispensables que estima conveniente realizar esta Subsecretaría en el presente ejercicio; Que, en consecuencia, procede a arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° DECTO-2014-2-AJG por el que se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires-Ejercicio Fiscal 2014. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el Capítulo IX, Artículo 36°, Apartado III del Decreto N° 2/14.

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese la compensación de créditos por el monto total de pesos CIENTO CINCO MIL CON 00/100 ($105.000,00) de acuerdo con el formulario F1 de modificaciones presupuestarias, que como anexo IF-2014-17010153-SSJUS forma parte del presente acto administrativo. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 537/SSJUS/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y N° 1145/09 y concordantes, la resolución N° 424-MHGC-13, las Resoluciones N° 596-MHGC-11 y N° 1160-MHGC-11, las Disposiciones N° 302-DGCyC-13 y N° 396-DGCyC-14, el Expediente Electrónico Nº EX - 2014-17597733- -MGEYA-SSJUS, y

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Que por la citada actuación tramita la Contratación Directa, en su modalidad Compra Menor Nº 763-0475-CME14, para adquisición de electrodomésticos solicitados por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17000954-SICYPDP, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que obra la Solicitud de Gastos N° 763-2705-SG14 por un importe total de pesos sesenta y seis mil cuatrocientos con 00/100 ($66.400,00.-), correspondiente al Ejercicio 2014; Que obra el correspondiente código BAC de identificación para los productos objeto de la presente Contratación directa en su modalidad de Compra Menor Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de los productos requerido, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantía, entre otras; Que mediante Resolución Nº 190/MJYSGC/08 modificada por la Resolución Nº 01/MJYSGC/11, y la Disposición Nº 59/DGCyC/12 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el ámbito de la Subsecretaría de Justicia, habiendo sido designados los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Resolución Nº 89/SJUSS/12 y sus modificatorias. Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Nº

763-0475-CME14, para el día 12 de diciembre de 2014, a las 14:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095, para la adquisición de electrodomésticos solicitados por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17000954-SICYPDP, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Artículo 3.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en curso. Artículo 4.- Publíquese en Internet en el portal de Buenos Aires Compras y en la página WEB Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda al Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores y remítase a la Gerencia Operativa de la Subsecretaria de Justicia, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Buján

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CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 538/SSJUS/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y N° 1145/09 y concordantes, la resolución N° 424-MHGC-13, las Resoluciones N° 596-MHGC-11 y N° 1160-MHGC-11, las Disposiciones N° 302-DGCyC-13 y N° 396-DGCyC-14, el Expediente Electrónico Nº EX - 2014-17547704- -MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Contratación Directa, en su modalidad Compra Menor Nº 763-0472-CME14, para adquisición de utensilios de cocina solicitado por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17000954-SICYPDP, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que obra la Solicitud de Gastos N° 763-2783-SG14 por un importe total de pesos cuarenta y dos mil quinientos noventa y dos con 00/100 ($42.592,00.-), correspondiente al Ejercicio 2014; Que obra el correspondiente código BAC de identificación para los productos objeto de la presente Contratación directa en su modalidad de Compra Menor Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de los productos requerido, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantía, entre otras; Que mediante Resolución Nº 190/MJYSGC/08 modificada por la Resolución Nº 01/MJYSGC/11, y la Disposición Nº 59/DGCyC/12 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el ámbito de la Subsecretaría de Justicia, habiendo sido designados los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Resolución Nº 89/SJUSS/12 y sus modificatorias. Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095,

ELSUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Nº

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763-0472-CME14, para el día 12 de diciembre de 2014, a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095, para la adquisición de utensilios de cocina solicitado por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17000954-SICYPDP, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Artículo 3.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en curso. Artículo 4.- Publíquese en Internet en el portal de Buenos Aires Compras y en la página WEB Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda al Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores y remítase a la Gerencia Operativa de la Subsecretaria de Justicia, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 539/SSJUS/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: Las Leyes Nros. 2.811 y 4.824, los decretos N° 660/11 y 270/2014, el Expediente Electrónico EX-2014-17481661-MGEYA-SSJUS/2014/MGEYASSJUS, y la Resolución Nº 531-SSJUS-2014, y CONSIDERANDO: Que por un error material en la carga del Sistema Informático se ha dictado de la Resolución Nº 531-SSJUS-2014, por la que se implementan todas las medidas necesarias para el mejor funcionamiento y homogeneización de la Dirección General a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CASSABA); y es por ello que corresponde rectificar la Resolución 531/2014 Por ello, en uso de facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1º - Dejar sin efecto la Resolución Nº 531-SSJUS-2014, en todos sus términos por un error material Artículo 2°.- Apruébese el Reglamento Interno de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA) dependiente de esta Subsecretaría, que figura en el Anexo I de la presente ( IF-2014-17511961-SSJUS), el cual a todos sus efectos, será parte integrante de esta resolución. Artículo 3°.- Instrúyase al Sr. Director General de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA) para que en el plazo de tres días notifique fehacientemente a cada uno de los Gerentes Operativos en servicio su entrada en vigencia a partir del quinto día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial.

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Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y gírese al Sr. Director de la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CASSABA) cumplimiento. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 540/SSJUS/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 224/GCBA/13, El Expediente N° 17012965/14, y CONSIDERANDO: Que por las mencionadas actuaciones se solicita la contratación de DUPONT, Marcos, DNI N° 17.901.362, CUIT N° 20-17901362-3, para prestar servicios en la Subsecretaria de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, por el periodo comprendido entre el 15/10/2014 y el 31/12/2014; Que por el citado requerimiento en los términos del Decreto N° 224/GCBA/13, por los cuales se establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que atento a lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizase la contratación de DUPONT, Marcos, DNI N° 17.901.362, CUIT N° 20-17901362-3, para prestar servicios en la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el Anexo Nº 17668954- SSJUS, que forma parte integrante de la presente. Articulo 2.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago. Artículo 3.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por el contratado a la Dirección General Tesorería. Articulo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Buján

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ANEXO

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 541/SSJUS/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y N° 1145/09 y concordantes, la resolución N° 424-MHGC-13, las Resoluciones N° 596-MHGC-11 y N° 1160-MHGC-11, las Disposiciones N° 302-DGCyC-13 y N° 396-DGCyC-14, el Expediente Electrónico Nº EX- 2014-17677993- -MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Contratación Directa Nº 763-0482-CME14 , en su modalidad Compra Menor para la contratación del servicio de readecuación y refacción del inmueble sito en Avenida Córdoba 1237/39 piso 4º UF5 Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitado por la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la CABA según Nota Nº NO-2014-17148806-DGSSOCAB, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que obra la Solicitud de Gastos N° 763-2755-SG14 por un importe total de pesos cuatrocientos cincuenta y cinco mil noventa con 00/100 ($455.090,00.-), correspondiente al Ejercicio 2014; Que obra el correspondiente código BAC de identificación para el servicio objeto de la presente Contratación directa en su modalidad de Compra Menor; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle del servicio requerido, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantía, entre otras; Que mediante Resolución Nº 190/MJYSGC/08 modificada por la Resolución Nº 01/MJYSGC/11, y la Disposición Nº 59/DGCyC/12 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el ámbito de la Subsecretaría de Justicia, habiendo sido designados los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Resolución Nº 89/SJUSS/12 y sus modificatorias. Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa Nº 763-0482-CME14 en su modalidad de Compra Menor, para el día 12 de diciembre de 2014, a las 09:30 horas, al amparo de

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lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095, para la contratación del servicio de readecuación y refacción del inmueble sito en Avenida Córdoba 1237/39 piso 4º UF5 Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitado por la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la CABA según Nota Nº NO-2014-17148806-DGSSOCAB, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Artículo 3.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en curso. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial, en Internet en el portal de Buenos Aires Compras y en la página WEB Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda a la Dirección General de Asistencia a Beneficiarios de la Ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la CABA y remítase a la Gerencia Operativa de la Subsecretaria de Justicia, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 542/SSJUS/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y N° 1145/09 y concordantes, la resolución N° 424-MHGC-13, las Resoluciones N° 596-MHGC-11 y N° 1160-MHGC-11, las Disposiciones N° 302-DGCyC-13 y N° 396-DGCyC-14, el Expediente Electrónico Nº EX- 2014-17694223- -MGEYA-SSJUS, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la Contratación Directa, en su modalidad Compra Menor Nº 763-0486-CME14, para la adquisición de mobiliario solicitado por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17063917-SICYPDP, de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que obra la Solicitud de Gastos N° 763-2748-SG14 por un importe total de pesos cuarenta y siete mil setecientos setenta con 00/100 ($47.770,00.-), correspondiente al Ejercicio 2014; Que obra el correspondiente código BAC de identificación para la adquisición de los productos objeto de la presente Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14, el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle del servicio requerido, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantía, entre otras;

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Que mediante Resolución Nº 190/MJYSGC/08 modificada por la Resolución Nº 01/MJYSGC/11, y la Disposición Nº 59/DGCyC/12 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el ámbito de la Subsecretaría de Justicia, habiendo sido designados los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Resolución Nº 89/SJUSS/12 y sus modificatorias. Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 13 del Decreto Nº 95/14, reglamentario de la Ley Nº 2095,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Artículo 2.- Llámese a Contratación Directa en su modalidad de Compra Menor Nº

763-0486-CME14, para el día 15 de diciembre de 2014, a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095, para la adquisición de mobiliario solicitado por el Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad sito en la calle Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según Nota Nº NO-2014-17063917-SICYPDP , de acuerdo al procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Artículo 3.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio en curso. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial, en Internet en el portal de Buenos Aires Compras y en la página WEB Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda , al Centro de Alojamiento Provisorio de Contraventores y remítase a la Gerencia Operativa de la Subsecretaria de Justicia, para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Buján

RESOLUCIÓN N.° 217/SSAPM/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley Nº 70, los Decretos N° 1.254/GCBA/08, Nº 663/GCBA/09, y Nº 166/GCBA/14, el Expediente Nº 10834655/14, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la contratación de la obra pública denominada "Puesta en valor de la sala de grupo electrógeno, sala de transformadores y sala de tableros generales, ingeniería de detalles, provisión y puesta en marcha de tableros generales de baja tensión de la sede del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

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Que mediante Resolución Nº 208/SSAPM/14 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se realizó el llamado a Licitación Pública N° 1615/SIGAF/14 para el día 10 de diciembre de 2014 a las 13:00 horas, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064; Que, encontrándose dicho proceso en etapa de publicación del llamado, resulta necesario, por razones de índole administrativa, fijar una nueva fecha a tal efecto. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINSITRACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Postérgase la Licitación Pública N° 1615/SIGAF/14, cuya fecha de apertura se encontraba prevista para el día 10 de diciembre de 2014 a las 13:00 horas, para el día 16 de diciembre de 2014 a las 13:00 horas. Artículo 2.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet del Gobierno la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Remítanse las invitaciones de rigor y exhíbase copia de la presente en la cartelera de la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana. Comuníquese a la Dirección General de Infraestructura de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana, y remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana en prosecución de su trámite. Greco

RESOLUCIÓN N.º 218/SSAPM/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/14, el Decreto 1145/09, la Resolución N° 187/SSAPM/14, el Expediente Electrónico Nº 13034351/14, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la adquisición de uniformes para cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales;

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Que por Resolución N° 187/SSAPM/14, se aprobó la Licitación Pública N° 2900-0748-LPU14 y se adjudicó la adquisición de uniformes para cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública a las firmas: BORCAL S.A.I.C. (CUIT N° 30506333446), Renglón N° 1, por un monto total de pesos trescientos cuarenta y tres mil doscientos ($343.200.-), SEGUMAT S.A. (CUIT N° 30645908798), Renglón N° 2, por un monto total de pesos trescientos cuarenta y seis mil trescientos veinte ($346.320.-), INDUMAX S.R.L. (CUIT N° 30711605653), Renglones N° 3/5, 7/21, por un monto total de pesos tres millones quinientos cuarenta y nueve mil ($3.549.000.-), y CONFECCIONES JOSE CONTARTESE Y CIA S.R.L. (CUIT N° 30521417311), Renglón N° 6, por un monto total de pesos cuatrocientos veintinueve mil ($429.000.-), ascendiendo el monto de la contratación a la suma total de pesos cuatro millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos veinte ($4.667.520.-); Que, en consecuencia, se entregaron las Órdenes de Compra N° 2900-3310-OC14 a la firma BORCAL S.A.I.C., 2900-3311-OC14 a la firma SEGUMAT S.A., 2900-3312-OC14 a la firma INDUMAX S.R.L., y 2900-3313-OC14 a la firma CONFECCIONES JOSE CONTARTESE Y CIA S.R.L.; Que en virtud de las razones invocadas por la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana, existe la necesidad de ampliar las órdenes de compra precitadas; Que, en consecuencia, en atención a la necesidad manifestada, corresponde proceder a ampliar los contratos perfeccionados oportunamente, al amparo de los términos del Apartado I del Artículo 117 de la Ley Nº 2.095; Que la ampliación propuesta se encuadra en los parámetros previstos por la norma citada en el párrafo precedente, toda vez que el valor incrementado no excede el veinte por ciento (20%) del original contemplado en las Órdenes de Compra respectivas; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE LA POLICÍA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Amplíase, conforme los términos del Apartado I del Artículo 117 de la Ley 2.095 modificada por Ley 4.764 y reglamentada por Decreto Nº 95/14, la Orden de Compra N° 2900-3310-OC14, girada a la firma BORCAL S.A.I.C. (CUIT N° 30506333446), en la suma de pesos sesenta y seis mil ($ 66.000.-). Artículo 2.- Amplíase, conforme los términos del Apartado I del Artículo 117 de la Ley 2.095 modificada por Ley 4.764 y reglamentada por Decreto Nº 95/14, la Orden de Compra N° 2900-3311-OC14, girada a la firma SEGUMAT S.A. (CUIT N° 30645908798), en la suma de pesos sesenta y seis mil seiscientos ($ 66.600.-). Artículo 3.- Amplíase, conforme los términos del Apartado I del Artículo 117 de la Ley 2.095 modificada por Ley 4.764 y reglamentada por Decreto Nº 95/14, la Orden de Compra N° 2900-3312-OC14, girada a la INDUMAX S.R.L. (CUIT N° 30711605653), en la suma de pesos seiscientos mil ciento sesenta y ocho ($ 600.168.-). Artículo 4.- Amplíase, conforme los términos del Apartado I del Artículo 117 de la Ley 2.095 modificada por Ley 4.764 y reglamentada por Decreto Nº 95/14, la Orden de Compra N° 2900-3313-OC14, girada a la firma CONFECCIONES JOSE CONTARTESE Y CIA S.R.L. (CUIT N° 30521417311), en la suma de pesos ochenta y dos mil quinientos ($ 82.500.-).

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Artículo 5.- El gasto previsto en los Artículos precedentes se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio en vigor. Artículo 6.- Exhíbase copia de la presente en el portal. Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día. Artículo 8.- Regístrese. Notifíquese a las empresas adjudicatarias, y comuníquese a la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana. Greco

RESOLUCIÓN N.º 219/SSAPM/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 2/2014, el Expediente Electrónico N° 17542572/14 y CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente Electrónico Nº 17542572/14 la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana gestiona una modificación presupuestaria por un monto de pesos un millón seiscientos setenta y seis mil quinientos noventa y cinco ($ 1.676.595) a fin de realizar la imputación presupuestaria referente a la adquisición de vehículos con destino a la Policía Metropolitana; Que resulta procedente arbitrar los medios necesarios para tal fin, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 2/2014 por el cual se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Ejercicio Fiscal 2014. Por ello en uso de las facultades conferidas por el Anexo I Capitulo IX Punto III del Decreto Nº 2/2014,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA POLICIA METROPOLITANA

RESUELVE Artículo 1.- Apruébase la compensación de créditos correspondiente al Programa 58 por un monto total de pesos un millón seiscientos setenta y seis mil quinientos noventa y cinco ($ 1.676.595) de acuerdo con el formulario de modificaciones presupuestarias, que como Anexo IF Nº 17728243-SSAPM-14, forma parte integrante del presente acto administrativo. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, y a la Dirección General Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto. Greco

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 705/SSEMERG/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 15258150/14-MGEYA-SSEMERG, El Expediente Nº 06404242/14 MGEYA-SSEMERG y Expediente Nº 12127375/14-MGEYA-SSEMERG, Proceso de Compra Nº 678-0184-CDI/14, la Ley Nº 2095/07 y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08, Decreto 1145/09 y CONSIDERANDO: Que, por la mencionada actuación tramita la solicitud de adquisición de equipo compresor de aire solicitada por la Dirección General de Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de Emergencias perteneciente al Ministerio de Justicia y Seguridad; Que, por Resolución Nº 2014-649-SSEMERG se llamó a Contratación Directa Nº 678-0184-CDI/14; Que, según surge del Acta de Apertura se presentaron las siguiente ofertas: 1) ABRAFER SRL, 2) ABS INTERNATIONAL SA y 3) LICICOM SRL; Que, dichas ofertas fueron remitidas a la repartición solicitante a efectos de su evaluación; Que, efectuada la evaluación técnica, administrativa y económica la Comisión Evaluadora de la Dirección General de Defensa Civil, dictamina preadjudicar la presente Contratación Directa a la firma ABS INTERNATIONAL SA, en orden a lo establecido por el artículo 108 de la Ley Nº 2095/07; Que, habiéndose publicado el mencionado Dictamen y no presentándose impugnación al mismo, se resuelve por éste acto adjudicar la Contratación Directa Nº 678-0184-CDI/14 en el Renglón Nº 1, opción Nº 1 a la firma ABS INTERNATIONAL SA por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL SETESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 192.756,00); Que, la firma adjudicada se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) y ninguno de sus socios, miembros del directorio, apoderado y/o representantes legales registra anotación alguna en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Ciudad de Buenos Aires; Que, las presentes actuaciones tramitan conforme lo establece el Decreto 1145/09; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2095,

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS RESUELVE

Artículo 1: Apruèbase la Contratación Directa N° 678-0184-CDI/14 para la adquisición de equipo compresor de aire solicitada por la Dirección General de Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de Emergencias perteneciente al Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2: Adjudícase la Contratación Directa Nº 678-0184-CDI/14, en el Renglón Nº

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1, opción Nº 1 a la firma ABS INTERNATIONAL SA ( CUIT 30707403671 ) por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MIL SETESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 192.756,00). Artículo 3: Emítase la correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicada. Artículo 4:Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. Nicolás

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 1708/MSGC/14

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 y el Expediente Nº EX-2014-11995209-MGEYA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, realizado por la firma SEYMA MANTELECTRIC I.C.I.S.A. - RIVA S.A. U.T.E., correspondiente al mes de JULIO de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($1.498.944,41); Que por Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS, comunicada por Nota N° NO-2014-4527579-DGADC, a través del sistema de Comunicaciones Oficiales, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable, ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente Nº EX-2014-11995209-MGEYA-MSGC dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inicio con anterioridad al dictado de la Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS; Que el Supervisor de Obra dependiente de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura correspondiente al período JULIO 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que el titular de la mencionada Dirección General mediante Disposición N° DI-2014-370-DGRFISS (DI-2014-15134642-DGRFISS), reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que la Dirección General que nos ocupa, manifiesta la necesidad de contar con un servicio que dé respuesta a trabajos de pequeña y mediana envergadura, tanto edilicios como de otras instalaciones hospitalarias en un grupo de efectores que carecían del mismo y al cual no resultaba posible dar respuesta con recursos propios, por razones operativas y técnicas; Que en ese sentido, en Informe N° IF-2014-14663207-DGRFISS, obra el detalle de Costas y Costes conformado por la empresa, el Supervisor de Obra y el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud; Que el monto de la prestación surge de lo actuado en el Expediente Nº 1.761.442/2012 por el cual tramitó la contratación de los trabajos de marras, bajo el sistema de costes y costas, según Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas y con el objeto de dotar a cada uno de los efectores involucrados de al menos seis (6) operarios;

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Que según las condiciones de la contratación, el Coste de la obra comprenderá los rubros: materiales, mano de obra, cargas sociales, fletes y costos varios y las Costas el porcentaje convenido en la cotización elegida como más conveniente, con el cual se retribuye materiales que no quedaran incorporados a la obra, la prestación de herramientas, maquinarias y equipo, gastos generales de obra y oficina, gastos varios y beneficios; Que en el Informe N° IF-2014-12032255-MSGC (Pág. 1), obra copia del Acta de Inicio de fecha 17.12.12., suscripta por personal de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, el Director del Efector y el contratante; Que el costo de materiales consignado en Planilla de Pág. 2/3 (IF-2014-15039797-DGRFISS) se encuentra respaldado en el Informe N° IF-2014-12032528-MSGC por los comprobantes debidamente conformados por el Supervisor de Obras, por los cuales se acredita el gasto de los materiales, cotejados con la revista Vivienda según surge del mencionado Informe N°2014-12032255-MSGC (pág. 3); Que asimismo en Orden 2 (Pag. 6/7 y 8) se agrega listado del personal empleado suscripto por la Supervisión de Obra, encontrándose adunada la documentación respaldatoria pertinente, en atención a las obligaciones estipuladas en el Punto 4.2 del Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas referido en el octavo considerando de la presente; Que en pág. 4 a 7 (Orden 3), se anexan Actas de Ampliación dotación de personal, suscriptas por la empresa, el Supervisor de Obra, el Director del Efector y, el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, incrementándose en 30 (Treinta) la cantidad de personal empleado; Que a través de la Resolución N° 101-MSGC-2014, se autorizo el llamado a Licitación Pública para los trabajos que nos ocupan; Que en el Informe N° IF-2014-13311794-DGRFISS, la Dirección General Recursos Físicos en Salud pone en conocimiento que por Expediente Nº 2.886.953/2013 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el mismo en la etapa de Evaluación de Ofertas; Que se ha realizado el Registro de Compromiso Definitivo, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 395/GCBA/14; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/GCBA/2010,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, realizado por la firma SEYMA MANTELECTRIC I.C.I.S.A. - RIVA S.A. U.T.E. durante el mes de JULIO 2014, por la suma de PESOS UN MILLON

CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($1.498.944,41). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Reybaud

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RESOLUCIÓN N.° 1713/MSGC/14

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 y el Expediente Nº EX-2014-13560793-MGEYA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, realizado por la firma SEYMA MANTELECTRIC I.C.I.S.A. - RIVA S.A. U.T.E., correspondiente al mes de AGOSTO de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.275.261,64); Que por Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS, comunicada por Nota N° NO-2014-4527579-DGADC, a través del sistema de Comunicaciones Oficiales, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Dec reto Nº 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable, ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente Nº EX-2014-13560793- MGEYA-MSGC dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inicio con anterioridad al dictado de la Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS; Que el Supervisor de Obra dependiente de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura correspondiente al período AGOSTO 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que el titular de la mencionada Dirección General mediante Disposición N° DI-2014-384-DGRFISS (DI- 2014-15687733-DGRFISS), reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que la Dirección General que nos ocupa, manifiesta la necesidad de contar con un servicio que dé respuesta a trabajos de pequeña y mediana envergadura, tanto edilicios como de otras instalaciones hospitalarias en un grupo de efectores que carecían del mismo y al cual no resultaba posible dar respuesta con recursos propios, por razones operativas y técnicas; Que en ese sentido, en Informe N° IF-2014-14663371-DGRFISS, obra el detalle de Costas y Costes conformado por la empresa, el Supervisor de Obra y el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud; Que el monto de la prestación surge de lo actuado en el Expediente Nº 1.761.442/2012 por el cual tramitó la contratación de los trabajos de marras, bajo el sistema de costes y costas, según Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas y con el objeto de dotar a cada uno de los efectores involucrados de al menos seis (6) operarios;

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Que según las condiciones de la contratación, el Coste de la obra comprenderá los rubros: materiales, mano de obra, cargas sociales, fletes y costos varios y las Costas el porcentaje convenido en la cotización elegida como más conveniente, con el cual se retribuye materiales que no quedaran incorporados a la obra, la prestación de herramientas, maquinarias y equipo, gastos generales de obra y oficina, gastos varios y beneficios; Que en el Informe N° IF-2014-13561053-MSGC, Pág. 12, obra copia del Acta de Inicio de fecha 17.12.12., suscripta por personal de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, el Director del Efector y el contratante; Que el costo de materiales consignado en Planilla de Pág. 2/3 y 4 (IF-2014-15039785-DGRFISS) se encuentra respaldado en el Informe N° IF-2014-13562642-MSGC por los comprobantes debidamente conformados por el Supervisor de Obras, por los cuales se acredita el gasto de los materiales, cotejados con la revista Vivienda según surge del mencionado Informe IF-2014-13562642 (pág. 14); Que asimismo en Orden 2 (Pág. 7/8 y 9) se agrega listado del personal empleado suscripto por la Supervisión de Obra, encontrándose adunada la documentación respaldatoria pertinente, en atención a las obligaciones estipuladas en el Punto 4.2 del Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas referido en el octavo considerando de la presente; Que en pág. 15 a 18 (Orden 2), se anexan Actas de Ampliación dotación de personal, suscriptas por la empresa, el Supervisor de Obra, el Director del Efector y, el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, incrementándose en 30 (Treinta) la cantidad de personal empleado; Que a través de la Resolución N° 101-MSGC-2014, se autorizo el llamado a Licitación Pública para los trabajos que nos ocupan; Que en el Informe N° IF-2014-15681494-DGRFISS, la Dirección General Recursos Físicos en Salud pone en conocimiento que por Expediente Nº 2.886.953/2013 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el mismo en la etapa de Evaluación de Ofertas; Que se ha realizado el Registro de Compromiso Definitivo, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 395/GCBA/14; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/GCBA/2010,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, realizado por la firma SEYMA MANTELECTRIC I.C.I.S.A. - RIVA S.A. U.T.E. durante el mes de AGOSTO 2014, por la suma de PESOS UN

MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNOCON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.275.261,64). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Reybaud

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RESOLUCIÓN N.° 1743/MSGC/14

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 y el Expediente Nº EX-2014-13224337-MGEYA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital de Salud Mental Braulio Moyano realizado por la firma SEHOS S.A., correspondiente al mes de AGOSTO de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y NUEVE ($943.978,59); Que por Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS, comunicada por Nota N° NO-2014-4527579-DGADC, a través del sistema de Comunicaciones Oficiales, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable, ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente Nº EX-2014-13224337- MGEYA-MSGC dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inicio con anterioridad al dictado de la Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS; Que el Supervisor de Obra dependiente de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura correspondiente al período AGOSTO 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que el titular de la mencionada Dirección General mediante Disposición N° DI-2014-382-DGRFISS (DI- 2014-15687683-DGRFISS), reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que la Dirección General que nos ocupa, manifiesta la necesidad de contar con un servicio que dé respuesta a trabajos de pequeña y mediana envergadura, tanto edilicios como de otras instalaciones hospitalarias en un grupo de efectores que carecían del mismo y al cual no resultaba posible dar respuesta con recursos propios, por razones operativas y técnicas; Que en Informe N° IF-2014-14689466-DGRFISS, obra el detalle de Costas y Costes conformado por el titular de la Dirección general Recursos Fisicos en Salud, la Empresa y el Supervisor de Obra; Que el monto de la prestación surge de lo actuado en el Expediente Nº 1.761.442/2012 por el cual tramitó la contratación de los trabajos de marras, bajo el sistema de costes y costas, según Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas y con el objeto de dotar a cada uno de los efectores involucrados de al menos seis (6) operarios; Que según las condiciones de la contratación, el Coste de la obra comprenderá los

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rubros: materiales, mano de obra, cargas sociales, fletes y costos varios y las Costas el porcentaje convenido en la cotización elegida como más conveniente, con el cual se retribuye materiales que no quedaran incorporados a la obra, la prestación de herramientas, maquinarias y equipo, gastos generales de obra y oficina, gastos varios y beneficios; Que en el Informe N° IF-2014-14176018-DGRFISS, Pág. 6, obra copia del Acta de Inicio de fecha 10.12.12 suscripta por el Supervisor de Obra y por el contratante; Que el costo de materiales consignado en Planilla de Pág. 7/8, Informe N° IF-2014-13224530-MSGC se encuentra respaldado por los comprobantes debidamente conformados por el Supervisor de Obras, por los cuales se acredita el gasto de los materiales, cotejados con la revista Vivienda según surge del mencionado Informe (Pág. 56 a 65); Que asimismo en Pág. 9 (Informe N° IF-2014-13224530-MSGC) se agrega listado del personal empleado suscripto por la Supervisión de Obra, encontrándose adunada la documentación respaldatoria pertinente, en atención a las obligaciones estipuladas en el Punto 4.2 del Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas referido en el Octavo considerando de la presente; Que en pág. 4/5 (IF-2014-13224530- MSGC), se anexan Actas de Ampliación dotación de personal, suscriptas por la empresa, el Supervisor de Obra, el Director del Efector y el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, incrementándose en 7 (Siete) la cantidad de personal empleado; Que asimismo surge de las notas en pág. 75 (Orden 2) el incremento en 12 (Doce) operarios de la cantidad de personal empleado, suscripta por la empresa y el supervisor de obras; Que a través de la Resolución N° 106-MSGC-2014, se autorizo el llamado a Licitación Pública para los trabajos que nos ocupan; Que mediante Informe Nº IF-2014-15681500-DGRFISS, la Dirección General Recursos Físicos en Salud pone en conocimiento que por Expediente Nº 2.887.476/2013 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el mismo en la etapa de Evaluación de Ofertas; Que se ha realizado el Registro de Compromiso Definitivo, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 395/GCBA/14; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/GCBA/2010;

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital de Salud Mental Braulio Moyano, realizado por la firma SEHOS S.A. durante el mes de AGOSTO 2014, por la

suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y NUEVE ($943.978,59). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Reybaud

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RESOLUCIÓN N.° 1835/MSGC/14

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010, Resolución N° 113-SSASS-14 y su rectificatoria Resolución N° 116-SSASS-14, y el Expediente Electrónico N° 14552291/MGEYA-MSGC/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza del Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", realizado por la firma Planobra S.A., correspondiente al mes de Septiembre 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON QUINCE CENTAVOS ($ 555.295,15.-); Que por Resolución 131-SSASS-14, comunicada por Nota N° 4527579-DGADC-2014, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto N° 556/GCBA/2010 y su modificatorio Decreto N° 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud reconoció la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza correspondiente al mes de Septiembre 2014 efectuado en el citado efector de salud a través de la Disposición N° 405-DGRFISS-2014 -Orden N° 13-, en la que manifiesta que el servicio de mantenimiento y limpieza resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que el monto de la prestación surge de lo establecido mediante Acta Acuerdo N° 32-MSGC-2014, por la cual se reconoce a la firma prestadora de los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los convenios salariales aplicables, tomando como antecedente las Actas Acuerdo Nº 12119/12; N° 8019/11 y las aprobadas por los Decretos Nº 2211/04, 1814/05, 1815/07 y Resolución Nº 2679/MSGC/08 y las reducciones operadas en función del avance de la Obra de Rehabilitación y Modernización del Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", aprobadas por Resoluciones Nº 765/MSGC/07 y Nº 1450/MSGC/08; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos de fecha 23 de octubre de 2014 -Orden 8- y Registro de Compromiso Definitivo -Orden 18-, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a las Partidas 4.2.1. y 3.3.5.; Que por Expediente N° 2.888.337/13 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en etapa de análisis de ofertas; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las

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razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 395/GCBA/2014. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza del Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", realizado por la firma Planobra S.A. durante el mes de Septiembre 2014, por la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON QUINCE CENTAVOS ($555.295,15.-). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1840/MSGC/14

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 y el Expediente Electrónico Nº 15323059/MGEYA-MSGC/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital General de Agudos "Bernardino Rivadavia", realizado por la firma SEYMA MANTELECTRIC I.C.I.S.A. - RIVA S.A. U.T.E., correspondiente al mes de SEPTIEMBRE de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($1.974.146,20.-); Que por Resolución N° 131-SSASS-2014, comunicada por Nota N° 4527579-DGADC-2014, a través del sistema de Comunicaciones Oficiales, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable, ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente Nº 15323059/MGEYA- MSGC/2014 dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inicio con anterioridad al dictado de la Resolución N° 131-SSASS-2014;

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Que el Supervisor de Obra dependiente de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura correspondiente al período SEPTIEMBRE 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que el titular de la mencionada Dirección General mediante Disposición N° 394-DGRFISS-2014 (DI- 2014-16280407-DGRFISS), reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que la Dirección General que nos ocupa, manifiesta la necesidad de contar con un servicio que dé respuesta a trabajos de pequeña y mediana envergadura, tanto edilicios como de otras instalaciones hospitalarias en un grupo de efectores que carecían del mismo y al cual no resultaba posible dar respuesta con recursos propios, por razones operativas y técnicas; Que en ese sentido, en Informe N° 16310800-DGRFISS-2014, obra el detalle de Costas y Costes conformado por la empresa, el Supervisor de Obra y el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud; Que el monto de la prestación surge de lo actuado en el Expediente Nº 1.761.442/2012 por el cual tramitó la contratación de los trabajos de marras, bajo el sistema de costes y costas, según Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas y con el objeto de dotar a cada uno de los efectores involucrados de al menos seis (6) operarios;

Que según las condiciones de la contratación, el Coste de la obra comprenderá los rubros: materiales, mano de obra, cargas sociales, fletes y costos varios y las Costas el porcentaje convenido en la cotización elegida como más conveniente, con el cual se retribuye materiales que no quedaran incorporados a la obra, la prestación de herramientas, maquinarias y equipo, gastos generales de obra y oficina, gastos varios y beneficios; Que en el Informe N° 15326735-MSGC-2014, Pág. 12, obra copia del Acta de Inicio de fecha 17 de diciembre de 2012, suscripta por personal de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, el Director del Efector y el contratante; Que el costo de materiales consignado en Planilla de Pág. 2 a 5 (Informe N° 15671377-DGRFISS-2014) se encuentra respaldado en el Informe N° 15329166-MSGC-2014 por los comprobantes debidamente conformados por el Supervisor de Obras, por los cuales se acredita el gasto de los materiales, cotejados con la revista Vivienda según surge del mencionado Informe N° 15326735-MSGC-2014 (pág. 14); Que la Dirección General Administrativa Contable ha realizado observaciones mediante Informe N° 15799948-DGADC-2014, dando respuesta a ello la Dirección General Recursos Físicos en Salud a través del Informe N° 16310800-DGRFISS-2014; Que asimismo en Orden 2 (Pág. 7/8 y 9) se agrega listado del personal empleado suscripto por la Supervisión de Obra, encontrándose adunada la documentación respaldatoria pertinente, en atención a las obligaciones estipuladas en el Punto 4.2 del Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas referido en el octavo considerando de la presente; Que en pág. 15 a 18 (Orden 2), se anexan Actas de Ampliación dotación de personal, suscriptas por la empresa, el Supervisor de Obra, el Director del Efector y, el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, incrementándose en treinta (30) la cantidad de personal empleado; Que a través de la Resolución N° 101-MSGC-2014, se autorizo el llamado a Licitación Pública para los trabajos que nos ocupan; Que en el Informe N° IF-2014-16280058-DGRFISS, la Dirección General Recursos Físicos en Salud pone en conocimiento que por Expediente Nº 2886953/2013 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el mismo en la etapa de Evaluación de Ofertas;

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Que se ha realizado el Registro de Compromiso Definitivo, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 395/GCBA/14; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/GCBA/2010,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación de los

Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia, realizado por la firma SEYMA MANTELECTRIC I.C.I.S.A. - RIVA S.A. U.T.E. durante el mes de SEPTIEMBRE 2014, por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($1.974.146,20.-). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1852/MSGC/14

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 y el Expediente Nº EX-2014-4744661-MGEYA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital De Salud Mental "Jose T. Borda", realizado por MEJORAMIENTO HOSPITALARIO S.A- MIG S.A UTE, correspondiente al mes de MARZO de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de Pesos Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Ciento Treinta y Cinco con Cincuenta Centavos ($ 486.135,50); Que por Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS, comunicada por Nota N° NO-2014-4527579-DGADC, a través del sistema de Comunicaciones Oficiales, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010;

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Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable, ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente Nº EX-2014-4744661- MGEYA-MSGC dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inicio con anterioridad al dictado de la Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS; Que el Supervisor de Obra dependiente de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura correspondiente al período MARZO 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que el titular de la mencionada Dirección General mediante Disposición N° DI-2014-234-DGRFISS, rectificada por Disposición N° DI-2014-386-DGRFISS, reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que la Dirección General que nos ocupa, manifiesta la necesidad de contar con un servicio que dé respuesta a trabajos de pequeña y mediana envergadura, tanto edilicios como de otras instalaciones hospitalarias en un grupo de efectores que carecían del mismo y al cual no resultaba posible dar respuesta con recursos propios, por razones operativas y técnicas; Que en ese sentido, en Informe N° IF-2014-15677386-DGRFISS, obra el detalle de Costas y Costes conformado por la Dirección General Recursos Físicos en Salud; Que el monto de la prestación surge de lo actuado en el Expediente Nº 1.761.442/2012 por el cual tramitó la contratación de los trabajos de marras, bajo el sistema de costes y costas, según Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas y con el objeto de dotar a cada uno de los efectores involucrados de al menos seis (6) operarios; Que según las condiciones de la contratación, el Coste de la obra comprenderá los rubros: materiales, mano de obra, cargas sociales, fletes y costos varios y las Costas

el porcentaje convenido en la cotización elegida como más conveniente, con el cual se retribuye materiales que no quedaran incorporados a la obra, la prestación de herramientas, maquinarias y equipo, gastos generales de obra y oficina, gastos varios y beneficios; Que en el Informe N° IF-2014-4745936-MSGC, Pág. 13, Orden 2, obra copia del Acta de Inicio de fecha 17.12.12., suscripta por personal de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, el efector de salud y el contratante; Que el costo de materiales consignado en Planilla de Pág. 2/3 (IF-2014-06701987-DGRFISS, Orden 10) se encuentra respaldado en el Informe N° IF-2014-04745936-MSGC por los comprobantes debidamente conformados por el Supervisor de Obras, por los cuales se acredita el gasto de los materiales, cotejados con la revista Vivienda según surge del Informe de Pág. 20 (IF-2014-04745936-MSGC); Que asimismo en el Informe N° IF-2014-04745936-MSGC (Pág. 6) se agrega listado del personal empleado suscripto por la Supervisión de Obra, encontrándose adunada la documentación respaldatoria pertinente, en atención a las obligaciones estipuladas en el Punto 4.2 del Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas referido en el considerando octavo de la presente; Que de pág. 16 a 18 (Orden 2), se anexan Actas de Ampliación dotación de personal, suscriptas por la empresa, el Supervisor de Obra y, el Gerente Operativo Mantenimiento y Servicios de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, incrementándose en 5 (cinco) la cantidad de personal empleado; Que a través de la Resolución N° 81-MSGC-2014, se autorizo el llamado a Licitación Pública para los trabajos que nos ocupan;

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Que en el Informe Nº IF-2014-12036884-DGRFISS, rectificado a través Informe N° IF-2014-15785467-DGRFISS, la Dirección General Recursos Físicos en Salud pone en conocimiento que por Expediente Nº 2.888.128/2013 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el mismo en la etapa de Evaluación de Ofertas; Que se ha realizado el Registro de Compromiso Definitivo, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 395/GCBA/2014; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital De Salud Mental "Jose T. Borda", realizado por MEJORAMIENTO HOSPITALARIO S.A.-MIG S.A. UTE durante el mes de MARZO 2014, por la suma de Pesos Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Ciento Treinta y Cinco con Cincuenta Centavos ($ 486.135,50). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la

partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1854/MSGC/14

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095, modificada por Ley Nº 4764, los Decretos Reglamentarios Nº 95/GCABA/14 y Nº 1145/GCABA/09, el Expediente Electrónico Nº 8.780.684/MGEYA-DGADC/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 401-0581-LPU14, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145/GCBA/09, para la contratación del "Servicio de Traslado de muestras biológicas (sangre) para diagnóstico bioquímico con destino a diversas dependencias del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por un plazo de veinticuatro (24) meses;

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Que por Resolución Nº 379-SSASS/14 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y el Pliego registrado en el Portal de Compras para la contratación del servicio descripto precedentemente, por un monto estimado de PESOS ONCE MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL ($ 11.088.000.-); Que mediante Resolución N° 410-SSASS/14 se llamó a la citada Licitación Pública en base a la documentación licitaria aprobada por el Artículo 1º de la Resolución Nº 379-SSASS/14, fijándose fecha de apertura de ofertas para el día 10 de octubre de 2014 a las 11:00 hs.; Que la convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Portal Buenos Aires Compras y se cursaron las comunicaciones a los organismos de rigor, de conformidad con lo establecido en los artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 2095, modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y el Decreto Nº 1145/GCABA/09; Que los pliegos de aplicación fueron publicados en el Portal Buenos Aires Compras y en la página de Internet de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a tenor de las facultades delegadas por el Artículo 5º de la Resolución Nº 379-SSASS/14, la Dirección General Administrativa Contable emitió las Circulares N° 1 y 2 con Consulta a fin de formular aclaraciones sobre los pliegos de aplicación; Que ambas Circulares fueron publicadas en el Portal Buenos Aires Compras y en la página de Internet de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentra registrada en el Sistema BAC la adquisición de pliegos de la gestión que nos ocupa por parte de cuatro (4) firmas interesadas, las cuales confirmaron su

oferta; Que con fecha 10 de Octubre de 2014 a las 11:00 hs. operó la apertura de la Licitación Pública Nº 401- 0581-LPU14, habiendo presentado ofertas las firmas TRANSPORTES AMBIENTALES S.A. (CUIT Nº 30-69665767-6) por un monto de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCO CON SESENTA CENTAVOS ($10.441.305,60); LATIN AMERICA POSTAL S.A. (CUIT N° 30-66315061-4) por un monto de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($7.709.248,80); INTERNATIONAL MESSENGER EXPRESS S.A. (CUIT N° 30-67853766-3) por un monto de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($2.818.488.-) y RH + S.A. (CUIT N° 30-71224361-5) por un monto de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 5.688.000.-), habiéndose generado el Acta de Apertura correspondiente al mencionado procedimiento, en cumplimiento de la normativa vigente; Que en atención a lo establecido en el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 1145/GCABA/09, las firmas cotizantes presentaron en tiempo y forma oportunos las pólizas de mantenimiento de oferta previamente individualizadas en el Sistema BAC, excepto la empresa TRANSPORTES AMBIENTALES S.A., incurriendo en la causal de descarte de pleno derecho establecida en la norma citada y en el artículo 104 de la Ley N° 2095, modificada por la Ley Nº 4764; Que la Dirección General Redes y Programas de Salud, a través de los profesionales designados a tal efecto, realizó el análisis técnico de las propuestas y documentación presentadas, quedando registrada su evaluación bajo Informe N° IF-2014-15531071-DGRyPS, descalificando por razones técnicas a la empresa INTERNATIONAL MESSENGER EXPRESS S.A.;

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Que, por otro lado, la Dirección General Compras y Contrataciones manifestó la imposibilidad de proporcionar los precios de referencia para el servicio en cuestión, en virtud del alcance y plazo del servicio a contratar; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas, luego de evaluar las propuestas y documentación vinculada al expediente y al Portal BAC, el Informe Técnico, el Cuadro Comparativo de Precios y demás antecedentes del actuado emitió el Dictamen de Preadjudicación en el cual se pronunció sobre la admisibilidad y conveniencia de las ofertas presentadas, y preadjudicó la contratación de marras, por ajustarse a los pliegos que rigen la licitación y ser ofertas convenientes, en relación a cada uno de los renglones licitados, de acuerdo al criterio de adjudicación establecido en los pliegos licitatorios, resultando: Renglones 1 y 3: firma preadjudicataria Primera en Orden de Mérito: RH + S.A., por n monto total de PESOS UN MILLON CIENTO SETENTA Y SEIS MIL ($ 1.176.000.-); Segunda en Orden de Mérito: LATIN AMÉRICA POSTAL S.A.; Renglones 2 y 4: firma preadjudicataria Primera en Orden de Mérito: LATIN AMÉRICA POSTAL S.A., por un monto total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 1.350.360.-); Segunda en Orden de Mérito: RH + S.A.; Renglones 5, 7 y 9: firma preadjudicataria Primera en Orden de Mérito: LATIN AMÉRICA POSTAL S.A., por un monto total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 2.311.148,40); Segunda en Orden de Mérito: RH + S.A.; Renglones 6, 8 y 10: firma preadjudicataria Primera en Orden de Mérito: RH + S.A., por un monto total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA MIL ($

1.560.000.-); Segunda en Orden de Mérito: LATIN AMÉRICA POSTAL S.A.; Que, conforme los términos del citado Dictamen, el monto total preadjudicado asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 6.397.508,40), de los cuales PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 2.736.000.-) corresponden a la empresa RH + S.A. y PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHO CON CUARENTA CENTAVOS (3.661.508,40) a LATIN AMÉRICA POSTAL S.A.; Que, asimismo, la Comisión de Evaluación de Ofertas aconsejó desestimar, por inadmisibles, las ofertas de TRANSPORTES AMBIENTALES S.A. e INTERNATIONAL MESSENGER EXPRESS S.A., detallando en cada caso las causales de descarte; Que los términos del Dictamen de Evaluación de Ofertas fueron notificados a las empresas oferentes mediante BAC y publicados en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras, sin que se presentaran impugnaciones al mismo; Que ha tomado intervención la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 395/GCABA/14. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 1145/GCABA/09,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

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Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 401-0581-LPU14 al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145/GCABA/09, para la contratación del "Servicio de Traslado de muestras biológicas (sangre) para diagnóstico bioquímico con destino a diversas dependencias del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por un plazo de veinticuatro (24) meses. Artículo 2º.- Desestímanse las ofertas presentadas por TRANSPORTES AMBIENTALES S.A. por no dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Nº 1145/GCABA/09 y la perteneciente a INTERNATIONAL MESSENGER EXPRESS S.A. por no cumplir técnicamente, de conformidad con lo aconsejado por la Comisión de Evaluación de Ofertas. Artículo 3º.- Adjudícase la contratación de los renglones licitados por un monto total de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 6.397.508,40), a favor de las firmas: RH + S.A. por la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 2.736.000.-) y LATIN AMÉRICA POSTAL S.A. por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHO CON CUARENTA CENTAVOS (3.661.508,40), conforme se detalla en el siguiente cuadro:

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EMPRESA ADJUDICATARIA

RENGLÓN

CANTIDAD

(MESES)

PRECIO UNITARIO $

PRECIO TOTAL $

RH + S.A.

1 24 22.540,00 540.960,003 24 26.460,00 635.040,006 24 18.000,00 432.000,00

8 24 23.000,00 552.000,0010 24 24.000,00 576.000,00

TOTAL: 2.736.000,00

LATIN AMÉRICA POSTAL S.A.

2 24 28.132,50 675.180,004 24 28.132,50 675.180,005 24 32.065,00 769.560,007 24 25.410,00 609.840,009 24 38.822,85 931.748,40

TOTAL: 3.661.508,40

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Artículo 5º.- Autorízase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Administrativa Contable a emitir las respectivas Órdenes de Compra. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Buenos Aires Compras; regístrese en el Portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar para su publicación y notificación a los oferentes en los términos dispuestos por el Decreto Nº 1145/GCABA/09 y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativa Contable y comuníquese a las Subsecretarías de Administración del Sistema de Salud y de Atención Integrada de la Salud y a la Dirección General Redes y Programas de Salud. Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1872/MSGC/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/10, Resolución N° 113- SSASS-14 y su rectificatoria Resolución N° 116-SSASS-14 y el Expediente Electrónico N° 14549921/MEGYA-MSGC/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto por la prestación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza correspondiente a la obra de "Reestructuración y Modernización del Hospital de Niños Dr. Pedro de Elizalde", realizado por la firma Planobra S.A., durante el mes de Septiembre de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($2.872.496,61.-); Que por Resolución N° 131-SSASS-14, - comunicada por Nota N° 4527579-DGADC-2014 - se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto N° 556/GCBA/2010 y su modificatorio Decreto N° 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación del servicio de mantenimiento y limpieza correspondiente al mes de Septiembre de 2014 efectuado en el citado efector de salud;

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Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión se imputa a las correspondientes partidas presupuestarias.

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Que asimismo la mencionada orgánica deja constancia que el servicio en cuestión estuvo a cargo de la empresa Dycasa S.A. Calcaterra S.A. U.T.E., como continuidad del contrato de obra que incluía limpieza y mantenimiento de obra civil y equipamiento, cuyo vencimiento operó el 13de marzo de 10, por lo que se solicitó a la contratista la continuidad de la prestación - en el marco del entonces vigente Decreto N° 2143/GCBA/07 modificatorios y complementarios -, manifestando ésta que garantizaba su continuidad, de mediar incremento del monto mensual; Que la Dirección General Legal y Técnica expuso que es improcedente la redeterminación de precios de prestaciones brindadas bajo la modalidad de pago reglada por el mencionado Decreto N° 2143/GCBA/07, por lo cual efectuó la pertinente comunicación a la empresa prestadora, quien manifestó su decisión de no continuar con la prestación; Que a fin de no interrumpir un servicio esencial para el normal funcionamiento del efector de salud, la Dirección General de Recursos Físicos en Salud solicitó cotización a la firma Planobra S.A., la que mantenía a su cargo el servicio en las restantes áreas del hospital no cubiertas por la U.T.E., a la que se le solicitó asimismo el agregado de sectores no cubiertos hasta entonces por ninguno de los dos prestadores: Capilla,

Zooterapia, Vivero, Huerto y Depósito de Patrimonio; Que mediante Acta Acuerdo N° 32-MSGC-2014, - Orden 2, Páginas 45/47- se reconoce a la firma prestadora de los servicios el incremento en el costo de mano de obra según los convenios salariales aplicables, ascendiendo el monto de la prestación a la suma de Pesos Dos Millones Ochocientos Setenta y Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Seis con Sesenta y Un Centavos ($ 2.872.496,61.-), a partir del mes de Septiembre 2013; Que mediante Disposición N° 410-DGRFISS-2014, -Orden 13-, el titular de la Dirección General de Recursos Físicos en Salud reconoce la prestación de los trabajos a favor de la empresa PLANOBRA S.A. y conforma el gasto por la suma mencionada ut supra, manifestando que los mismos resultan imprescindibles e impostergables a fin de garantizar la prestación de los servicios de salud; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos - Orden 8 - y Registro de Compromiso Definitivo - Orden 18 - con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a las Partidas 4.2.1. y 3.3.5.; Que por Expediente N° 2888337/13 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en etapa de análisis de ofertas; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 395/GCBA/2014; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza correspondiente a la obra de "Reestructuración y Modernización del Hospital de Niños Dr. Pedro de Elizalde", realizado por la firma Planobra S.A. durante el mes de Septiembre de 2014, por la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOSNOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 2.872.496,61.-).

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Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 1893/MSGC/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764, el Decreto Nº 95/GCBA/14, los Decretos Nº 1353/GCBA/08, Nº 481/GCBA/10, Nº 593/GCABA/11, Nº 660/GCBA/11, Nº 260/GCBA/12, N° 372/AJG/14 y N° 395/AJG/14, el Expediente 13.313.388/MGEYA-DGCYC/14,y CONSIDERANDO: Que el expediente citado en el Visto, tramita la Licitación Pública Nº 07/UCAS/2014, convocada para la Contratación de un Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Patogénicos Generados por los Efectores de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución Nº 434/SSASS/14 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se autoriza al Directorio o al Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el articulo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto N° 95/GCBA714; Que por Resolución Nº 1891/MSGC/14 se designaron a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública Nº 07/UCAS/2014; Que por razones de índole personal el Sr. Juan Aschettino (D.N.I. 13.211.757), integrante de la mencionada Comisión, no podrá desarrollar las tareas que le fueron asignadas; Que corresponde en consecuencia modificar el artículo 1° de la Resolución N° 1891/MSGC/14 designando en su reemplazo al Sr. Victor Quintana (D.N.I.26.010.350). Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley 4.013 y el art. 31 del pliego de condiciones particulares aprobado por Resolución N° 434/SSASS/14,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1º de la Resolución Nº 1891/MSGC/14, el que deberá leerse de la siguiente manera: " Designase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública Nº 07/UCAS/2014 sobre la "Contratación de un Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición final de Residuos Patogénicos generados por los efectores de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", la cual estará co nformada por los señores Luis Molouny (D.N.I. 27.938.597), Victor Quintana (D.N.I.26.010.350) e Ignacio Debenedetti (D.N.I 18.128.121)"

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Artículo 2°.- Publíquese y remítase en prosecución del trámite al Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS). Reybaud

RESOLUCIÓN N.° 489/SSASS/14

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 y el Expediente Nº EX-2014-14397379-MGEYA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital de Odontología Dr. Ramón Carrillo, realizado por la firma DALKIA ARGENTINA S.A, correspondiente al mes de AGOSTO de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATRO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($339.004,43); Que por Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS, comunicada por Nota N° NO-2014-4527579-DGADC, a través del sistema de Comunicaciones Oficiales, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable, ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente Nº EX-2014-14397379-MGEYA-MSGC dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inicio con anterioridad al dictado de la Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS; Que el Supervisor de Obra dependiente de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura correspondiente al período AGOSTO 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que mediante Disposición N° DI-2014-388-DGRFISS (DI-2014-15882686-DGRFISS), se reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, manifiesta la necesidad de contar con un servicio que dé respuesta a trabajos de pequeña y mediana envergadura, tanto edilicios como de otras instalaciones hospitalarias en un grupo de efectores que carecían del mismo y al cual no resultaba posible dar respuesta con recursos propios, por razones operativas y técnicas; Que en ese sentido, en Informe N° IF-2014-15099433-DGRFISS, obra el detalle de Costas y Costes conformado por la Empresa, Supervisor de Obra y el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud; Que el monto de la prestación surge de lo actuado en el Expediente Nº 1.761.442/2012 por el cual tramitó la contratación de los trabajos de marras, bajo el sistema de costes y costas, según Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas y con el objeto de dotar a cada uno de los efectores involucrados de al menos seis (6) operarios; Que según las condiciones de la contratación, el Coste de la obra comprenderá los rubros: materiales, mano de obra, cargas sociales, fletes y costos varios y las Costas

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el porcentaje convenido en la cotización elegida como más conveniente, con el cual se retribuye materiales que no quedaran incorporados a la obra, la prestación de herramientas, maquinarias y equipo, gastos generales de obra y oficina, gastos varios y beneficios; Que en el Informe N° IF-2014-14400210-MSGC, Pág. 39 (Orden 2) obra copia del Acta de Inicio de fecha 17.12.12., suscripta por personal de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, y por el contratante; Que el costo de materiales consignado en Planilla de Pág. 1/2 (IF-2014-15720526-DGRFISS) se encuentra respaldado en el Informe N° IF-2014-14400210-MSGC por los comprobantes debidamente conformados por el Supervisor de Obras, por los cuales se acredita el gasto de los materiales, cotejados con la revista Vivienda según surge del mencionado Informe (Pág. 38); Que asimismo en el Informe N° IF-2014-14400210-MSGC, Pág. 2, se agrega listado del personal empleado suscripto por la Supervisión de Obra, encontrándose adunada la documentación respaldatoria pertinente, en atención a las obligaciones estipuladas en el Punto 4.2 del Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas referido en el octavo considerando de la presente; Que en Pág. 4 (Orden 2) del informe N° IF-2014-14400210-MSGC, obra nota de la empresa DALKIA ARGENTINA S.A., dando cuenta del contrato con la firma IMMI S.A. para la ejecución de los servicios; Que a través de la Resolución N° 83-MSGC-2014, se autorizo el llamado a Licitación Pública para los trabajos que nos ocupan; Que en el Informe N° IF-2014-15870096-DGRFISS, se pone en conocimiento que por Expediente Nº 2.888.405/2013 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el mismo en la etapa de Evaluación de Ofertas; Que se ha realizado el Registro de Compromiso Definitivo, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 395/GCBA/14; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/GCBA/2010,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Hospital de Odontología Dr. Ramón Carrillo , realizado por la firma DALKIA ARGENTINA S.A. durante el mes de AGOSTO 2014, por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATRO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($339.004,43). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa

Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Guevara

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RESOLUCIÓN N.° 497/SSASS/14

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10 y el Expediente Electrónico N° 2014-14476583-MGEYA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza del Hospital de Rehabilitación "Manuel Rocca", realizado por la firma MIG S. A., correspondiente al mes de SEPTIEMBRE de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/10, modificado por Decreto Nº 752/10, por un monto total de Pesos TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 351.965,96); Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que personal de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación del servicio de mantenimiento y limpieza correspondiente a Septiembre de 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que la mencionada Dirección General mediante la Disposición DI-2014-375-DGRFISS -Orden 11-, reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que el servicio de mantenimiento y limpieza resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que el monto de la prestación que nos ocupa se integra con la readecuación de los precios que resultan de lo establecido en la cláusula Segunda del Acta Acuerdo N° 12.117-EGCBA-2012, firmada en 11 de Octubre de 2012 -Orden 24-, la cual posee como antecedente las Actas Acuerdo aprobadas por los Decretos Nº 2206/04, 1815/05 y 1820/07, de la Resolución Nº 2864/MSGC/08 y Acta Acuerdo N° 8257-EGCBA/2011; Que por EX. N° 2.889.286/13 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en etapa de análisis de ofertas; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos -Orden 5- y Registro de Compromiso Definitivo -Orden 21-, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a las Partidas 3.3.5. y 4.2.1.; Que en atención a lo establecido en la Resolución Nº 760/MSGC/2014 la Dirección General Administrativa Contable instruyó a la Dirección General Recursos Físicos en

Salud mediante ME-2014-14518492-DGADC; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 395/GCBA/14;

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Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza del Hospital de Rehabilitación "Manuel Rocca", realizado por la firma MIG S. A., durante el mes de Septiembre de 2014, por la suma de Pesos TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 351.965,96). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3°.- Previo a la emisión del PRD, la Dirección General Recursos Físicos en Salud deberá acreditar en el Expediente, el estricto cumplimiento de lo establecido en la Resolución N° 760-MSGC-2014, Artículo 2°: "...realizar los controles relacionados con las prestaciones de los formularios 931-AFIP- de las empresas subcontratadas por las firmas adjudicadas..." Artículo 4º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Guevara

RESOLUCIÓN N.° 499/SSASS/14

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por el Decreto Nº 752/GCBA/2010 y el Expediente Nº EX-2014-11295090-MGEYA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Centro de Salud Mental N° 3 Dr. Arturo Ameghino, realizado por la firma SES S.A, correspondiente al mes de JULIO de 2014, en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SIETE CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($361.807,57); Que por Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS, comunicada por Nota N° NO-2014-4527579-DGADC, a través del sistema de Comunicaciones Oficiales, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable, ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente Nº EX-2014-11295090-MGEYA-MSGC dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inicio con anterioridad al dictado de la Resolución N° RESOL-2014-131-SSASS;

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Que el Supervisor de Obra dependiente de la Dirección General Recursos Físicos en Salud suscribió la prestación y certificación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura correspondiente al período JULIO 2014 efectuado en el citado efector de salud; Que el titular de la mencionada Dirección General mediante Disposición N° DI-2014-389-DGRFISS (DI-2014-15882764-DGRFISS), reconoció la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas; Que la Dirección General que nos ocupa, manifiesta la necesidad de contar con un servicio que dé respuesta a trabajos de pequeña y mediana envergadura, tanto edilicios como de otras instalaciones hospitalarias en un grupo de efectores que carecían del mismo y al cual no resultaba posible dar respuesta con recursos propios, por razones operativas y técnicas; Que en ese sentido, en Informe N° IF-2014-14327552-DGRFISS, obra el detalle de Costas y Costes conformado por la Empresa, el Supervisor de Obras y el titular Dirección General Recursos Físicos en Salud; Que el monto de la prestación surge de lo actuado en el Expediente Nº 1.761.442/2012 por el cual tramitó la contratación de los trabajos de marras, bajo el sistema de costes y costas, según Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas y con el objeto de dotar a cada uno de los efectores involucrados de al menos seis (6) operarios; Que según las condiciones de la contratación, el Coste de la obra comprenderá los rubros: materiales, mano de obra, cargas sociales, fletes y costos varios y las Costas el porcentaje convenido en la cotización elegida como más conveniente, con el cual se retribuye materiales que no quedaran incorporados a la obra, la prestación de herramientas, maquinarias y equipo, gastos generales de obra y oficina, gastos varios y beneficios; Que en el Informe N° IF-2014-11295398-MSGC, Pág. 15 (Orden 2) obra copia del Acta de Inicio de fecha 03.12.12., suscripta por personal de la Dirección General Recursos Fisicos en Salud y por el contratante; Que el costo de materiales consignado en Planilla de Pág. 2 (N° IF-2014-15724267-DGRFISS) se encuentra respaldado en el Informe N° IF-2014-11295398-MSGC por los comprobantes debidamente conformados por el Supervisor de Obras, por los cuales se acredita el gasto de los materiales, cotejados con la revista Vivienda según surge del mencionado Informe (Pág. 16); Que asimismo en Pág. 4 del Informe N° IF-2014-11295398-MSGC se agrega listado del personal empleado suscripto por la Supervisión de Obra, encontrándose adunada la documentación respaldatoria pertinente, en atención a las obligaciones estipuladas en el Punto 4.2 del Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas referido en el octavo considerando de la presente; Que en pág. 14 (Orden 2), se anexa Acta de Ampliación dotación de personal, suscripta por la empresa, el Director del efector, el Supervisor de Obra y, el Gerente Operativo Mantenimiento y Servicios de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, incrementándose en 4 (Cuatro) la cantidad de personal empleado; Que a través de la Resolución N° 121-MSGC-2014, se autorizo el llamado a Licitación Pública para los trabajos que nos ocupan; Que en el Informe N° IF-2014-15870097-DGRFISS, la Dirección General Recursos Físicos en Salud pone en conocimiento que por Expediente Nº 2.889.435/2013 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose el mismo en la etapa de Evaluación de Ofertas; Que se ha realizado el Registro de Compromiso Definitivo, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 4.2.1.;

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Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 395/GCBA/14; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/GCBA/2010;

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación de los Trabajos de Pequeña y Mediana Envergadura en el Centro de Salud Mental N° 3 Dr. Arturo Ameghino, realizado por la firma SES.S.A. durante el mes de JULIO 2014, por la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SIETE CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($361.807,57). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el Artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y a la Dirección General Recursos Físicos en Salud. Guevara

RESOLUCIÓN N.° 537/SSASS/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto N° 752/GCBA/2010 y el Expediente Electrónico N° 11375162/MGEYA-HRRMF/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", realizado por la firma PLANOBRA S. A., en el marco del Decreto Nº 556/GCBA/2010, modificado por Decreto Nº 752/GCBA/2010, correspondiente al mes de julio de 2014, por un monto total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA ($ 298.370,00.-); Que por Resolución N° 131-SSASS-14 - comunicada por Nota N° 4527579-DGADC-2014 - se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto N° 556/GCBA/10 y su modificatorio Decreto N° 752/GCBA/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluídas, dado que el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que la Dirección del Hospital reconoció la prestación del servicio mediante Disposición N° 87-HRRMF-2014, - Orden 6 - por un total de Pesos Doscientos Noventa y Ocho Mil Trescientos Setenta ($ 298.370,00.-), para el periodo en cuestión;

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Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud acordó la gestión realizada y prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que la mencionada Dirección General mediante Nota N° 2730255-DGRFISS-2013 -Orden 4 – comunicó al efector que la empresa Century Green S. A. finalizó el periodo de prestación de servicios el 30 de junio de 2013, fecha a partir de la cual y bajo las mismas condiciones técnicas operará la firma PLANOBRA S.A., y mediante Nota N° 4566908-DGRFISS-2013 - Orden 3 - informó que el monto mensual de la prestación del servicio de marras asciende a Pesos Doscientos Noventa y Ocho Mil Trescientos Setenta ($ 298.370,00.-); Que el monto de la prestación surge de la oferta presentada por la firma de marras siendo este menor que el resultante del Acta Acuerdo N° 61-MSGC-2013 - Orden 22 -, teniendo como antecedente lo actuado por Registro Nº 804435/MSGC/10, a partir del 01 de octubre de 2010, para las prestaciones de Hospitales, y del Acta de fecha 26 de abril de 2012, suscripta por la Dirección General Recursos Físicos en Salud, el efector y el proveedor; Que por Expediente Electrónico N° 04881784-DGRFISS-2014 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en etapa de elaboración de pliegos; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos -Orden 14- y Registro de Compromiso Definitivo, -Orden 24-con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 3.3.5.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 395/GCBA/2014; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 752/GCBA/10,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer", realizado por la firma PLANOBRA S. A. durante el mes de Julio de 2014, por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA ($ 298.370,00.-). Artículo 2º.- El gasto que se aprueba por el artículo 1º de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3º.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable, y al Hospital de Rehabilitación Respiratoria "María Ferrer". Guevara

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Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN N.º 239/SSPUAI/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: Las Leyes Nro. 2.095 y 4.764, los Decretos Nros. 660/GCBA/11 y 95/GCBA/14, el E.E. N °17.114.301-2014-MGEYA-UPEDG, y CONSIDERANDO: Que mediante las presentes actuaciones la Unidad de Proyectos Especiales Distrito Gubernamental propicia la contratación directa del "Servicio de Readecuación del Edificio Centro Cívico Parque Patricios", al amparo de la Ley 2.095 y 4.764, proponiendo para su aprobación los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que la regirán; Que en el informe que fundamenta la propuesta, consigna que las tareas de readecuación requeridas se deberán desarrollar en el edificio ubicado en la manzana comprendida por las calles Uspallata, Iguazú, Atuel y Los Patos que fuera originalmente concebido para ser la sede corporativa del Banco de la Ciudad de Buenos Aires; Que, siempre según dicho informe, el diseño del edificio es el resultado de un Concurso Internacional convocado por el Banco en el año 2010, en el que compitieron 17 estudios de arquitectura asociados con empresas constructoras, que adjudicó el Primer Premio a la propuesta de la "CRIBA S.A." con el proyecto del estudio británico "Foster and Partners", asociado con los estudios locales de los arquitectos Edgardo Minond y Berto Berdichevsky; Que la ejecución de dicha obra presenta un avance del 94% y conforme su programación la puesta en marcha debiera ocurrir en el mes de diciembre próximo, si bien la provisión de ciertos insumos está supeditada a que la Administración Federal de Ingresos Públicos apruebe los documentos necesarios para su importación; Que mediante un acuerdo al que arribaron el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el mencionado Banco en septiembre de 2014 se resolvió que el edificio se constituya en la sede principal del Gobierno de la Ciudad, como parte del plan que impulsa para relocalizar la totalidad de sus edificios administrativos en el área sur de la Ciudad; Que el inmueble aludido, en concreto, será ocupado por las estructuras vinculadas al señor Jefe de Gobierno y a la señora Vicejefa y a los Ministerios Jefatura de Gabinete de Ministros y de Modernización; Que el edificio, emblemático por su arquitectura de aproximadamente 30.000 m2 cuyo autor principal es Sir Norman Foster, es de gran legibilidad espacial a la vez que posee una compleja y avanzada tecnología instalada, sobre todo en materia de aire acondicionado y control inteligente (Building Manager System); Que para adecuarlo al nuevo uso se requiere la ejecución de los trabajos involucrados en la contratación propiciada, los que no estaban incluidos dentro de las tareas comprendidas por el contrato que oportunamente suscribiera el Banco de la Ciudad de Buenos Aires con "CRIBA S.A."; Que la adecuación apuntada conlleva la intervención de instalaciones (eléctricas,

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termomecánicas, sanitarias, de incendio, circuito cerrado televisión -CCTV- y puntos de control de accesos) que, además de su característica complejidad, presentan un avanzado grado de ejecución, por lo que se requiere un profundo conocimiento técnico de la obra, a fin de no afectar los sistemas ni demorar las acciones que posibiliten su puesta en marcha; Que, de tal modo, las tareas comprendidas en la contratación que se propone, resultan complementarias o accesorias a la ejecución del edificio y, a la vez, necesarias para adaptarlo al nuevo destino que ha decidido dársele, conforme se apuntó. Por otro lado, deben compatibilizar con la infraestructura ejecutada y realizarse coetáneamente a que se finaliza su construcción de modo tal que pueda prestar la finalidad a que ahora está destinado; Que consiguientemente, resulta pertinente aprobar los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas propuestos para regir la contratación directa para la ejecución del "Servicio de Readecuación del Edificio Centro Cívico Parque Patricios"; Que la contratación directa es procedente de conformidad con lo reglado por el artículo 28, inciso 6), de la Ley 2.095; Que en virtud de ello, y a los fines de reducir riesgos que redunden en mayores costos y mayores plazos, corresponde invitar a quien resulta ser la contratista principal de la construcción del edificio, "CRIBA S.A.", para que cotice la ejecución del "Servicio de Readecuación del Edificio Centro Cívico Parque Patricios", de acuerdo a la documentación de la contratación que se aprueba, conforme se dejó dicho; Que, el presupuesto oficial del "Servicio de Readecuación del Edificio Centro Cívico Parque Patricios" se ha establecido en PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000,00); Que, en cumplimiento del Decreto Nº 1825/97, se encuentra debidamente valorizada la Solicitud de Gasto Nº68886/2014 y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo a los ejercicios 2014 y 2015, la cual ha sido conformada por la repartición solicitante; Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/2014 la Dirección General de Compras y Contrataciones con carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 85 de la Ley 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que legalmente le compete. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2095 y los Decretos Nº 95/14 y 660/11,

EL SUBSECRETARIO DE PROYECTOS DE URBANISMO, ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA

RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas para el llamado a Contratación Directa del "Servicio de Readecuación Centro Cívico Parque Patricios", de conformidad con lo normado por el inciso 6) del artículo 28 de la Ley N°2095, los que como Anexo I (PLIEG-2014-17216890-UPEDG) y II (IF-2014-17172874-UPEDG) forman parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Llámese a Contratación Directa N°14.223/2014 para el día 16 de Diciembre de 2014 a las 10:00 hs, para la contratación del "Servicio de Readecuación

Centro Cívico Parque Patricios", atento lo reglado por la Ley 2.095, cuyo presupuesto oficial es de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000,00). Artículo 3°.- Las erogaciones a que dé lugar la contratación serán imputadas a las partidas presupuestarias de los ejercicios 2014 y 2015.

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Artículo 4°.- Invítase a "CRIBA S.A." (CUIT 30-50545443-6), con domicilio en la Av. Córdoba 1351 1° Piso, C.A.B.A, a presentar una oferta para la ejecución del "Servicio de Readecuación Centro Cívico Parque Patricios". Artículo 5°.- La presentación de ofertas se realizará en la Subgerencia Operativa de Compras, y Licitaciones y suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano hasta el 16 de Diciembre de 2014 a las 10:00 hs. (Carlos Pellegrini 211 9° Oficina 924). Artículo 6°.- Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 1 día y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. (www.compras.buenosaires.gov.ar), Comuníquese a la Unidad de Proyectos Especiales Distrito Gubernamental, a la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Sábato

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Agencia Gubernamental de Control

RESOLUCIÓN N.º 687/AGC/14

Buenos Aires, 7 de noviembre de 2014 VISTO: EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 01484328/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que a través del Expediente Electrónico citado en el VISTO, el Sr. Rolando Eusebio Menéndez, en su carácter de capacitador, interpuso recurso de reconsideración contra la Disposición Nº 673/DGHYSA/14 por la cual se tiene por no realizado el Curso de Capacitación para Manipuladores de Alimentos supuestamente dictado los días 8 y 9 de febrero de 2014 en el local sito en Av. Olazábal Nº 5572/74 esta Ciudad, en atención de no hallarse presente el mismo en el lugar declarado; Que tal como surge del Informe Nº IF-2014-04172756-DGHYSA el Sr. Tomás Lonardi, en su carácter de auditor, informó que el Sr. Menéndez no se hallaba presente en el local referido el día 08 de febrero de 2014 a las 14:30 horas, lugar que fuera declarado para el dictado del correspondiente curso y posterior evaluación; Que el referido curso debía ser impartido los días 8 y 9 de febrero de 2014 entre las 14:00 y las 19:00 horas; Que mediante la Disposición Nº 673/DGHYA/14 con fecha 13 de mayo de 2014 y por aplicación del artículo 18 de la Disposición Nº 60/DGHYA/13 se dispuso tener por no realizado el Curso de Capacitación para Manipuladores de Alimentos dictado entre los días 8 y 9 de febrero de 2014, según la información que fuera brindada por el Sr. Rolando Eusebio Menéndez en su carácter de Capacitador; Que a través del RE-2014-06341002-AGC incorporado a las presentes actuaciones, el Sr. Menéndez interpuso recurso de reconsideración, manifestando que el curso fue realizado los mismos días pero en otro horario, motivado en una indisposición física padecida conforme lo acreditó con el certificado médico acompañado, de donde surge que se le recomendó reposo durante el día 08 de febrero de 2014; Que mediante la Disposición Nº 1103/DGHYA/14 se desestimó el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra la Disposición Nº 673/DGHYSA/14; Que la impugnación de la Disposición Nº 673/DGHYSA/14 fue considerada y tratada como recurso de reconsideración, mediante la Disposición Nº 1103/DGHYSA/14, en atención de ello corresponde en esta instancia resolver el Recuso Jerárquico implícito en el Recurso de Reconsideración interpuesto conforme lo normado por el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que los argumentos esgrimidos por el recurrente refieren que el curso fue dictado en un horario distinto al oportunamente informado; Que el Decreto Nº 782/01 establece la obligatoriedad de la capacitación del personal que se encuentra vinculado con la manipulación de alimentos, materias primas, utensillos, cadena productiva, elaboración de alimentos, fraccionamiento, distribución de alimentos, higiene y seguridad alimentaria; Que el mencionado Decreto Nº 782/01 en su artículo 7º inciso "b" establece que la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, asimismo, tiene por misión "Auditar en forma permanente y aleatoria, a través de la Dirección de Programas y

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Capacitación, el dictado de los cursos y su evaluación"; Que en dicha inteligencia, el cumplimiento del horario y de los días del dictado del curso, tienen como finalidad permitir el cumplimiento de la obligación que hace a la misión precedentemente señalada por parte de la Autoridad de Aplicación; Que por tal circunstancia la Disposición Nº 1834/DGHYSA/10 en su artículo 7º establece la obligatoriedad de presentar los formularios en forma previa a la realización del curso, hallando su fundamento en el control que esta Administración debe ejercer; Que asimismo, la Disposición Nº 60/DGHYSA/13 establece un plazo de siete días hábiles administrativos de antelación para presentar los formularios en forma previa al inicio de los cursos; Que por ello, los cursos deben ser impartidos conforme lo estatuido por las normas enunciadas en forma precedente; Que lo expresado por el recurrente en el sentido de que "... el curso se realizó en un horario distinto al informado... por indisposición física padecida el día 8 y que acredito fehacientemente con comprobante médico que acompaño..." dan cuenta que la tarea desplegada fue sustraída del control de la Administración, y en consecuencia no puede ser tomado como válido; Que por todo lo expuesto, desde el punto de vista jurídico no se logra modificar el temperamento adoptado en la oportunidad de denegar la solicitud de emisión de los certificados requeridos; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo Dictamen mediante el Informe N° IF-2014-14738775-DGAINST, aconsejando desestimar el Recurso Jerárquico implícito en el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Rolando Eusebio Menéndez contra la Disposición Nº 673/DGHYSA/14; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 12 Inc. e) de la Ley Nº 2624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico implícito en el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Rolando Eusebio Menéndez, contra la Disposición Nº 673/DGHYSA/14. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de esta Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 552/APRA/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: La Constitución Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 70 su Reglamentación y la Nº 2628, los Decretos Nº 138/GCBA/2008, Nº 09/GCBA/13, Nº 556/GCBA/10 y Nº 752/GCBA/10, las Resoluciones Nº 202/APRA/12, Nº 458/APRA/14 y la Nº 1391/MHGC/13, el Expediente Nº 1750172/2011 y, CONSIDERANDO: Que, por la Resolución Nº 458/APRA/14, se dio por aprobado el gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 1.595.600,00), a favor de la firma AMBIENTAL DEL SUD S.A. (CUIT Nº 30-709393851), con motivo de la conformidad brindada por la Dirección General de Evaluación Técnica para la continuidad de las tareas de mitigación desarrolladas en el suelo adyacente al inmueble sito en la calle Mariano Acha 2102/4 y Mendoza 4406 de esta Ciudad, por el período comprendido desde el mes de octubre del año 2013 hasta el mes de mayo 2014; Que, habiéndose efectuado el pago a favor del proveedor por los meses de octubre y noviembre del año 2013, emitido el señor Director General de Evaluación Técnica su conformidad por en el Informe de Avance Nº 15 y hallándose expeditos los fondos para el abono a AMBIENTAL DEL SUD S.A., corresponde proceder conforme el artículo 9º del Anexo I de la Resolución Nº 1391/MHGC/13 por el período comprendido entre diciembre del año 2013 a enero del año en curso; Que la Dirección General de Evaluación Técnica y la similar Técnica Administrativa y Legal han tomado la debida intervención. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2628 y el Decreto Nº 509/GCBA/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1º.- Dase por aprobado el pago por la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 398.900,00), a favor de la firma AMBIENTAL DEL SUD S.A. (CUIT Nº 30-709393851), con motivo de la conformidad brindada por la Dirección General de Evaluación Técnica en las tareas de mitigación desarrolladas en el suelo adyacente al inmueble sito en la calle Mariano Acha 2102/4 y Mendoza 4406 de esta Ciudad, por el período comprendido desde el mes de diciembre del año 2013 hasta el mes de enero 2014. Artículo 2º.- El gasto debe ser imputado a la partida presupuestaria pertinente del ejercicio que corresponda. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y a la Dirección General de Evaluación Técnica de la Agencia de Protección Ambiental para la prosecución de su trámite.

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Villalonga

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RESOLUCIÓN N.° 553/APRA/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 123, el Decreto Nº 222/12, la Resolución N° 31-SSMAMB-2005, la Disposición Nº 117/DGTALAPRA/2012, el Expediente Nº 79.003/06, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la inclusión en el Régimen de Adecuación normado en el Artículo 40 de la Ley Nº 123, de las actividades: "Estación de Servicio de Combustibles Líquidos; Estación de Servicio de Gas Natural Comprimido (GNC); Comercio Minorista por sistema de autoservicio de bebidas y productos alimenticios envasados" que se desarrolla en el predio sito en calle Acoyte N° 1.153/63 esquina Avenida Ángel Gallardo Nº 699, nomenclatura catastral: Circunscripción 15; Sección 47; Manzana 108; Parcela 9n, Distrito de Zonificación C3, con una superficie de 956.43 m2, cuyo titular es la firma SERVIGAS S.A.; Que en el marco de la normativa ambiental, la Ley Nº 123 en su Artículo 13 inciso h), establece que la actividad "Los depósitos y expendedores de petróleo y sus derivados en gran escala y las estaciones de servicio de despacho o expendio de combustibles líquidos y/o gaseosos inflamables y fraccionadoras de gas envasado", se presume categorizada Con Relevante Efecto (CRE); Que conforme surge de estos actuados, el local cuenta con Plancheta de Habilitación recaída en el Expediente N° 73.890/98, con fecha 7 de noviembre de 1998, anterior a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 123; Que por los antecedentes citados y por Resolución N° 31-SSMAMB-2005, la actividad fue incluida, para su tratamiento en el Régimen de Adecuación previsto en el Artículo 40 de la Ley Nº 123; Que por Informe IF-2014-05866510-DGET, el área técnica de evaluación ambiental efectuó un exhaustivo análisis de la documentación y de lo declarado en el estudio presentado para el conjunto de las actividades, destacando los aspectos de interés y formulando las observaciones correspondientes; Que la actividad en análisis se encuentra ubicada en el barrio de Caballito a unos 300 metros del Parque Centenario, las tres esquinas que se enfrentan con el predio, presentan locales comerciales con viviendas en sus niveles superiores y sobre la calle Acoyte en la intersección con la Avenida Ángel Gallardo, se encuentra un edificio de viviendas con locales comerciales en su planta baja y contigua a éste viviendas unifamiliares; Que por otra parte, en el predio lindero a la estación de servicio sobre Avenida Ángel Gallardo, hay un mercado y según lo declarado, la densidad de ocupación de suelo en la zona es alta con presencia de construcciones de poca antigüedad y en buen estado de conservación, además, no existen edificios de concentración masiva de público y pocos locales comerciales; Que el predio se encuentra emplazado en un área con total cobertura de servicios: energía eléctrica, gas natural, agua corriente, telefonía, desagües pluviales, red cloacal;

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Que la estación de servicio está destinada al expendio de combustibles líquidos y gas natural comprimido, además de contar con un local destinado a la venta de productos por sistema de autoservicio de bebidas y alimentos, de repuestos, lubricantes y aditivos envasados; Que en la estación no se realizan tareas relacionadas con el lavado de vehículos automotores ni engrase, en tanto que en planta baja es ubica la playa de despacho de combustibles líquidos y el sector de Gas Natural Comprimido, la oficina de control, el minimercado, sanitarios, el búnker de compresores de GNC y estacionamiento; Que las islas de expendio de combustibles se encuentran ubicadas en línea oblicua en relación a la calle Acoyte, contando con dos islas para el despacho de combustibles líquidos y cuatro para GNC, en tanto que el sector de carga y maniobras se encuentra cubierto por un techo que posee en su parte central una cobertura vidriada permitiendo la iluminación natural; Que en cuanto al expendio de GNC, éste se realiza en cuatro islas y el sistema de compresión, almacenamiento y despacho de GNC cuenta con las pruebas hidráulicas correspondientes, el cual se encuentra conformado por una batería de 60 tanques de almacenamiento con una capacidad individual de 0.53 m3; Que por otra parte la instalación del sistema de expendio de GNC cuenta con el correspondiente certificado de aprobación de la estación de carga otorgado por Gas del Estado en el año 1992 y obran en estos actuados copia del Acta de Inspección Técnica de las Instalaciones Específicas de GNC realizada por METROGAS en el mes de Enero de 2014, de la que surge que en esa ocasión se pudo verificar el normal funcionamiento de las instalaciones; Que respecto al expendio de combustibles líquidos, en un principio, la estación de servicio se dedicaba exclusivamente al despacho de GNC hasta que en el año 1997 se procedió a la instalación de cuatro tanques de combustibles; Que las dos islas de expendio de combustibles líquidos cuentan con surtidores con una capacidad de despacho de seis mangueras por isla, en tanto que el Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH) se encuentra constituido por 4 tanques, tres de ellos con una capacidad de 10 m3 y uno de 20 m3, habiéndose acreditado con la copia del Certificado de Instalaciones SASH (líquidos, GNC ó duales) Nº 923.233/0 efectuado sobre el sistema el día 25 de Junio de 2012 que el sistema se encuentra hermético, así como se ha acompañado copia del Certificado de Superficie de Instalaciones SASH (Líquidos) Nº 493.987/0 realizada en la estación de servicio el día 19 de Diciembre de 2013; Que en lo que respecta a la generación de emisiones, la estación de servicio cuenta con un sistema de recuperación de gases para carga de los tanques, acotando la emanación de gases a la atmósfera como producto del despacho de combustible a los vehículos y aquellos provenientes de las cañerías de ventilación de los tanques; Que asimismo, mediante Expediente Nº 187524/10 la estación de servicio se encuentra tramitando la inscripción en el Registro de Generadores de Fuentes Fijas en cumplimento con lo establecido en la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; Que en cuanto a la generación de residuos, en la estación de servicio se generan residuos con características peligrosas y residuos asimilables a los domiciliarios; Que en lo relativo a residuos peligrosos, se pueden generar eventualmente pequeños volúmenes de trapos, material absorbente, envases vacíos impregnados con combustibles y/o lubricantes, los cuales son almacenados en forma temporal dentro de

contenedores con tapas hasta su recolección por personal de la empresa contratada y mediante Expediente Nº 1.703.247/11 e inc. Registro Nº 1.088.061/DGET/2009, se encuentra tramitando la inscripción en el Registro de Generadores de Residuos Peligrosos en cumplimiento con lo establecido en con la Ley N° 2.214 y su Decreto reglamentario N° 2.020/07;

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Que en cuanto a residuos asimilables a los domiciliarios, la actividad genera este tipo de residuos provenientes de las oficinas y del minimercado, los cuales son almacenados en contenedores apropiados con bolsas ubicados dentro del predio y retirados por el servicio de recolección de la zona. Que respecto a la generación de efluentes líquidos, el establecimiento no cuenta con servicio de lavadero de automóviles ni lubricentro, en consecuencia, no se generan efluentes líquidos con características peligrosas como resultado del desarrollo de la actividad, sin embargo, se originan efluentes domiciliarios provenientes del servicio sanitario y minimercado que son descargados por cañería a la colectora cloacal de la AySA; Que en cuanto a las condiciones contra incendio, el emprendimiento cuenta con un tanque de reserva contra incendio de 12.000 litros y tanque hidroneumático de 1.500 litros de capacidad con dos bombas de 12 m3/h cada una y con cuatro salidas para hidrantes con sus lanzas y mangas con grifos tipo niebla, ubicados frente a la playa de despacho, matafuegos y tambor con arena de 200 litros con los correspondientes baldes; Que en forma periódica, se pone en conocimiento al personal en forma detallada sobre las normas de seguridad, estableciendo un rol de incendio y las funciones de todo el personal interviniente en caso de un incidente, habiéndose acreditado con la copia del Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección Contralor de Instalaciones, dependiente de la entonces Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro el cumplimiento de la normativa vigente respecto de las mismas; Que la estación cuenta con un Plan de Gestión Ambiental que incluye todos los elementos que involucran el correcto gerenciamiento de las actividades relacionadas con la operación de la estación, además de la etapa de abandono ó cierre de la misma; Que como conclusión del informe, el área técnica de la Dirección General de Evaluación Técnica, recomienda la aprobación del estudio para el emprendimiento de que se trata, categorizado Con Relevante Efecto, fijando al propio tiempo condiciones de funcionamiento; Que posteriormente y en respuesta a la intimación oportunamente cursada por la Gerencia Operativa de Análisis y Procesamiento Inicial de Documentación, dependiente de la Dirección General de Evaluación Técnica, por Presentación a Agregar Nº 4 el particular acredita la contratación de la Póliza de Seguro de Caución de Daño Ambiental Incidencia Colectiva, dando así cumplimiento con lo previsto por la Resolución Nº 2521/SSGEYAF-APRA/10; Que en atención a lo actuado, corresponde producir la Declaración de Impacto Ambiental en los términos del Artículo 28 inciso c) de la Ley Nº 123 fijando los requerimientos de funcionamiento y consecuentemente otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental; Que el informe en examen ha sido ratificado por el señor Director General de Evaluación Técnica;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 509/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

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Artículo 1°.- Otórgase la Declaración de Impacto Ambiental, en los términos del inciso c) del Artículo 28 de la Ley Nº 123, al emprendimiento "Estación de Servicio de

956.43 m2, categorizado Con Relevante Efecto (CRE) e incluido en el Artículo 40 de la Ley N° 123 (Régimen de Adecuación).

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Combustibles Líquidos; Estación de Servicio de Gas Natural Comprimido (GNC); Comercio Minorista por sistema de autoservicio de bebidas y productos alimenticios envasados" que se desarrolla en el predio sito en calle Acoyte N° 1153/63 esquina Avenida Ángel Gallardo Nº 699, nomenclatura catastral: Circunscripción 15; Sección 47; Manzana 108; Parcela 9n, Distrito de Zonificación C3, con una superficie de 956.43 m2, categorizado Con Relevante Efecto (CRE) e incluido en el Artículo 40 de la Ley N° 123 (Régimen de Adecuación). Artículo 2°.- Otórgase, por el plazo de cuatro (4) años, el Certificado de Aptitud Ambiental previsto en el Artículo 9º inc. g) de la Ley Nº 123, a nombre de la firma SERVIGAS S.A., titular del emprendimiento citado en el Artículo 1°. Artículo 3°.- Apruébanse las condiciones a cumplir por el titular que se enumeran en el ANEXO I de la presente Resolución, que obra con registro SADE Nº IF-2014-17499905-APRA, fijadas con el objeto de evitar, minimizar o mitigar los potenciales impactos negativos de la actividad. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones enunciadas en el ANEXO I y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el régimen de faltas. Artículo 5°.- Podrá disponerse la realización de una Auditoria Ambiental Externa por parte de auditores específicamente destinados por la Autoridad de Aplicación, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las condiciones fijadas en el ANEXO I y de los resultados que surgen de las auditorias presentadas por el titular de la actividad, en caso de corresponder. Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y entréguese copia certificada de la presente Resolución al interesado, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación, comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de esta Agencia. Cumplido, archívese. Villalonga

RESOLUCIÓN N.° 554/APRA/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 3246, Nº 2628 y Nº 70, los Decretos Nº 138/GCBA/2008 y Nº 509/GCBA/2013, EE Nº 09183073-DGEAMB/14 y, CONSIDERANDO:

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ANEXO

Que por Ley Nº 2628 se creó la Agencia de Protección Ambiental, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad, y entre sus misiones y funciones se encuentra la de efectuar propuestas relacionadas con "...políticas y diseño de planes, programas y proyectos, tendientes a mejorar y preservar la calidad

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ambiental; propiciar mecanismos de cooperación y/o asistencia técnica con organismos u organizaciones en general; y la realización de campañas de información y difusión masivas de buenas prácticas ambientales" y entre sus facultades se hace mención que podrá disponer de todos sus recursos, incluidos subsidios, disposiciones testamentarias, donaciones y transferencias que bajo cualquier título reciba; Que en el artículo 36º de la Ley Nº 70, se enumeran los recursos de la Ciudad que se integran la Ciudad de Buenos Aires entre otros, con donaciones, legados, herencias vacantes y subsidios; Que en el año 2013, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, suscribió un Convenio de Colaboración para llevar a cabo la iniciativa Metropolis "Centro de Economía verde", con la Asociación Mundial de Grandes Metropolis; Que en tal contexto dicha Asociación, efectuó una donación no reembolsable sin fines de lucro a esta Agencia a fin de llevar a cabo la iniciativa Metropolis "centro economía verde" ut supra mencionada; Que en el mismo orden de ideas, son necesarias herramientas de capacitación para formar a los administradores energéticos, a fin que puedan llevar a cabo las tareas encomendadas; Que en ese sentido, la Gerencia Operativa de Economía Sustentable y consumo responsable y la Gerencia Operativa de Cambio Climático y Energía Sustentable dependientes de la Dirección General de Estrategias Ambientales asisten a esta Agencia en la realización y efectivización de las capacitaciones proyectadas; Que en dicho marco, el Centro de Economía Verde, funciona en la órbita de la mencionada Gerencia Operativa de Economía Sustentable y Consumo Responsable, que apoya y acompaña los programas de eficiencia energética que la Gerencia Operativa de Cambio Climatico y Energía Sustentable, lleva a cabo en el marco de la Ley Nº 3246 (la cual se encuentra en proceso de reglamentación) siendo esta Agencia, su autoridad de aplicación; Que la mencionada Ley tiene, por objetivo la reducción y optimización del consumo de energía en las dependencias públicas del Gobierno de la Ciudad, como así también en la iluminación y semaforización del espacio Público, construcciones proyectadas y compras y contrataciones públicas; Que en su artículo 5º contempla todas las funciones que debe llevar a cabo esta Agencia, entre las cuales se encuentra la de capacitar a un administrador energético,

que será designado para llevar adelante el registro mensual de los consumos de energía de cada edificio alcanzado por la Ley y será el encargado del seguimiento y ejecución de las medidas de ahorro y eficiencia energética; Que atendiendo a lo plasmado, el "Centro de Economía Verde" impulsa los cursos de Administrador Energético dictados por la Cámara Argentino Alemana de Industria y Comercio (AHK), en el Instituto Tecnológico de Buenos Aires que tienen como objetivo, formar gestores de energía que implementen proyectos de ahorro energético dentro de sus propios ámbitos, dotándolos de una formación técnico práctica para la reducción del consumo energético en empresas y edificios, estimular las competencias de los participantes en la gestión de la energía mediante el manejo de datos, cálculos económicos, dirección de proyectos, reducir la generación de gases efecto invernadero e intercambiar experiencias entre los participantes mediante un foro en Internet y participar en la red European Energy Manager Mercosur;

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Que el Decreto Nº 138/GCBA/08, instituyó a esta Agencia como el Organismo con mayor competencia ambiental, actuando como autoridad de aplicación de las leyes vigentes relacionadas con la materia de su competencia y las que en el futuro se sancionen en el ámbito de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Estrategias ambientales solicitó autorización de la afectación de fondos obtenidos de la Red Metrópolis por PESOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROSCIENTOS ($ 78.400), a fin de llevar a cabo la capacitación ut supra mencionada; Que por todo lo expuesto resulta pertinente propiciar la realización del curso "Energy Management", dictado por la Cámara Argentino Alemana de Industria y Comercio (AHK) en el Instituto Técnológico de Buenos Aires, con el apoyo financiero de la Red Metrópolis, las cuales serán otorgadas a los agentes seleccionados específicamente por el Centro de Economía Verde, dependiente de la Dirección General de Estrategias Ambientales; Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado debida intervención. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 2628 y Nº 70 en función de los Decretos Nº 138/GCBA/08 y Nº 509/GCBA/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE

Articulo1º.- Transfiérese la suma de Pesos SETENTA Y OCHO MIL CUATROSCIENTOS ($ 78.400); a favor de la Cámara Argentino Alemana de Industria y Comercio (AHK), CUIT Nº 30-53163455-8, los fondos donados por la Red Metropolis de conformidad con el artículo 12º inciso b) Ley Nº 2628. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y confiérase intervención a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. Villalonga

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Ministerio de Modernización - Ministerio de

Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1503/MMGC/14

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 5947298/2013, (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 182/HGAP/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Nancy Haydee Fernández, D.N.I. 13.238.575, CUIL. 27-13238575-6, como Auxiliar de Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 182/HGAP/2013. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1504/MMGC/14

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 6975443/2014, (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 308/HGAZ/2014 designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al Señor Héctor Javier Romero, D.N.I. 32.401.758, CUIL. 20-32401758-6, como Licenciado en Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 308/HGAZ/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1505/MMGC/14

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014 VISTO:

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 79 de 232

La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3430454/2013 (DGAYDRH), y

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CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 354/HGAP/2013, modificada por la Disposición Nº 386/HGAP/2014, designó con carácter interino, a la Dra. Luciana Mengucci, D.N.I. 31.073.098, CUIL. 27- 31073098-5, como Profesional de Guardia Obstétrica Asistente Adjunto, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 354/HGAP/2013, modificada por la Disposición Nº 386/HGAP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1506/MMGC/14

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 6070450/2013 (DGAYDRH), y

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 205/HGAP/2014, designó con carácter interino, a la agente Silvana Yolanda Garzo, D.N.I. 17.656.910, CUIL. 27-17656910-2, como Profesional Nutricionista-Dietista Asistente de Planta, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 205/HGAP/2014, dejándose establecido que la designación efectuada por la misma, en favor de la señora Silvana Yolanda Garzo, CUIL. 27-17656910-2, lo es como Nutricionista Dietista de Planta Asistente Adjunto, con 30 horas semanales, partida 4022.1300.P.S.25.753, del Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1507/MMGC/14

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3746288/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";

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CONSIDERANDO:

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Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 301/HGAP/2013, modificada por Disposición N° 387/HGAP/2014, designó con carácter interino, a la Dra. Andrea Teresa Álvarez, D.N.I. 18.394.158, CUIL. 27-18394158-0, legajo personal 427.061, como Profesional de Guardia Farmacéutica Hospital Adjunto, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Farmacéutico de Planta Hospital Adjunto, titular, con 30 horas semanales, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N°301/HGAP/2013, modificada por Disposición N° 387/HGAP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1508/MMGC/14

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. N° 4321748/2013 (HMIRS), y CONSIDERANDO: Que la Dra. Roxana Gabriela Conti, D.N.I. 18.635.195, CUIL. 27-18635195-4, legajo personal 417.203, Médica de Planta Asistente, titular, para desempeñarse en el Banco de Leche Humana, con 30 horas semanales, del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", dependiente del Ministerio de Salud, solicita el cambio de especialidad de Pediatría a Neonatología; Que la Comisión Asesora Permanente de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, evaluó los antecedentes presentados por la citada profesional, resolviendo acceder a dicho cambio;

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Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.6 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que es de hacer notar que la presente no genera mayor erogación; Por ello, y conforme las facultades conferidas mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Dispónese el cambio de especialidad de Pediatría a Neonatología, de la Dra. Roxana Gabriela Conti, D.N.I. 18.635.195, CUIL. 27-18635195-4, legajo personal 417.203, Médica de Planta Asistente, titular, para desempeñarse en el Banco de Leche Humana, con 30 horas semanales, del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4021.0030.MS.24.024, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.6 de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobado por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Artículo 2.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese Reybaud - Ibarra

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Disposición Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.° 22/DGIPM/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 556/10, su modificatorio Nº 752/10, y el Expediente Electrónico N° 17192806/14 y; CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita el reconocimiento de gasto incurrido como consecuencia de la prestación de un servicio de grúa de acarreo para la Policía Metropolitana, brindado entre los días 8/10/2014 y 13/11/2014 por la firma Grand Routier de Guillermo Ernesto Bordone (CUIT N° 20-18639979- 0), por un monto total de pesos ciento setenta mil trescientos ochenta y ocho ($ 170.388.-); Que la necesidad y urgencia de la prestación, han quedado puestas de manifiesto a través de los fundamentos vertidos por la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana; Que la aprobación del pago que se propicia, corresponde a un servicio de imprescindible necesidad, cuya contratación no admitió interrupción o dilación, circunstancia que impidió su contratación mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 2095; Que se trata de un servicio que se encontraba comprendido en la Licitación Pública N° 1166/SIGAF/14, realizada bajo la modalidad Orden de Compra Abierta, cuyo período de vigencia ha finalizado y, habiéndose gestionado un nuevo procedimiento de selección, el mismo aún no ha sido perfeccionado; Que debido a las circunstancias precedentemente apuntadas, no fue posible satisfacer la exigencia establecida en el inciso b) del Artículo 2 del Decreto N° 556/10; Que la empresa contratada, según surge de los presentes, se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores oportunamente, (R.I.U.P.P.), extremo que satisface la exigencia establecida por el inciso c) del Artículo 2 del Decreto N° 556/10 en concordancia con el Artículo 22 de la Ley Nº 2.095; Que por los servicios prestados, la firma Grand Routier de Guillermo Ernesto Bordone emitió la Orden de Servicio de fecha 13 de noviembre de 2014, la cual se encuentra glosada en los presentes y debidamente conformada por autoridad competente; Que asimismo, se ha agregado la correspondiente solicitud de gastos presupuestaria y el respectivo compromiso definitivo por la suma mencionada en el primer párrafo de los presentes considerandos; Que, encontrándose reunidos los requisitos previstos por el Artículo 2 del Decreto N° 556/10, se dicta la presente Resolución de conformidad con la facultad establecida por el Artículo 1 de dicha norma. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

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Artículo 1.- Apruébase el gasto incurrido como consecuencia de la contratación de un servicio de grúa de acarreo para la Policía Metropolitana, entre los días 8/10/2014 y 13/11/2014, brindado por la firma Grand Routier de Guillermo Ernesto Bordone (CUIT N° 20-18639979-0), por un monto total de pesos ciento setenta mil trescientos ochenta y ocho ($ 170.388.-), en virtud de lo establecido en el Artículo 1 del Decreto 556/10, modificado por Decreto Nº 752/10. Artículo 2.- La presente erogación será afectada a la Partida Presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor. Artículo 3.- Autorízase a la Directora General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana y/o a la Directora General de Suministros a la Policía Metropolitana, en forma indistinta, a suscribir la respectiva orden de compra. Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Tesorería, a la Dirección General de Suministros a la Policía Metropolitana, y a la firma Grand Routier de Guillermo Ernesto Bordone, y remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana para la prosecución del trámite. Manfroni DISPOSICIÓN N.º 53/SGISSP/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, Nº 54/ISSP/14, Nº 85/ISSP/14, Nº 10/SECLYT/13 y Nº 107/MHGC/14, las Disposiciones N° 9/DGCG/10 y Nº 183/DGCG/13, el Expediente Electrónico N° 1505513/MGEYA/SGISSP/14, y CONSIDERANDO: Que por medio del Decreto Nº 67/10, se aprobó el denominado "Régimen para la asignación de fondos" a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que la Resolución Nº 51/MHGC/10, aprobó la reglamentación del Decreto Nº 67/10, estableciendo en el Artículo 3 del Anexo correspondiente, los requisitos que deben cumplir las normas particulares para dicha asignación, complementada con el procedimiento aprobado por Disposición Nº 9/DGCG/10 y su modificatoria Nº 183/DGCG/13; Que asimismo, la Resolución Nº 107/MHGC/14 determinó los montos de las cajas chicas de las diversas Jurisdicciones y Reparticiones, conforme el Anexo II que, a todos sus efectos, forma parte integrante de dicho Acto Administrativo; Que a su vez, por medio de la Resolución Nº 10/SECLYT/13 se estableció que el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común deberá tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto Nº 196/11; Que por lo dispuesto en el Artículo 2 de la Resolución N° 54/ISSP/14, y su modificatoria la Resolución Nº 85/ISSP/14, resultan ser responsables de la administración y rendición de los fondos asignados a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública, en concepto de Gastos de Caja Chica Común, la Dra. Paola Vanessa Lechuga (D.N.I. Nº 25.340.123), y las Sras. Lucrecia Belén Neirotti (D.N.I. Nº 29.272.709) y Daniela Soledad Giustino (D.N.I. Nº 30.590.814);

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EL DIRECTOR GNERAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA POLICIA METROPOLITANA

DISPONE

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Que en cumplimiento de la normativa vigente, toda repartición deberá presentar la rendición de cuenta firmada por el máximo responsable de la misma donde conste la aprobación de los gastos mediante el dictado del acto administrativo pertinente; Que llegados a esta instancia, corresponde expedirse acerca de los gastos efectuados por la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública, específicamente en lo que respecta a la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones que ellos han importado, de conformidad con el procedimiento previsto en el Anexo III de la Disposición N° 9/DGCG/10 y su modificatoria Nº 183/DGCG/13; Que analizados los gastos relativos a la octava rendición de la Caja Chica Común de la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al ejercicio 2014, corresponde proceder a su aprobación con los alcances señalados en el párrafo precedente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA SECRETARIA GENERAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE Artículo 1.- Aprobar los gastos efectuados por la Caja Chica Común de la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública, relativos a la octava rendición del Ejercicio 2014, por la suma total de pesos quince mil trescientos sesenta con 10/100 ($ 15.360,10.-) y las Planillas que como Anexo I IF-2014- 17713406-SGISSP y Anexo II IF-2014-17713478-SGISSP, confeccionadas de conformidad con lo previsto en el Anexo V de la Disposición Nº 9/DGCG/10 y su modificatoria Nº 183/DGCG/13, forman parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lechuga

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ANEXO

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.º 152/DGADC/14

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10, la Resolución 113-SSASS/14 y su rectificatoria Resolución 116-SSASS/14 y el Expediente Electrónico N° 15.593.057/MGEYA- DGADC/2014; y CONSIDERANDO: Que por la actuación del Visto tramita la documentación respladatoria para la encomienda de la Provisión de treinta (30) ataúdes para el Proyecto Morgues dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a favor de la firma CASA NAPOLITANO S.A. CUIT N° 30-67907432-2, por un monto de PESOS OCHENTA MIL SETECIENTOS ($80.700.-), dado que cumple con las bases y condiciones particulares y ha sido evaluada económicamente como la cotización más conveniente; Que por Resolución 113-SSASS/14 y su rectificatoria Resolución 116-SSASS/14 se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos encuadrados en el Anexo I del Decreto 556/10, modificado por Decreto 752/10, para las unidades de organización del nivel central de esta Jurisdicción; Que en función de lo allí establecido, la Gerencia Operativa Administración y Control Contable dependiente de esta Dirección General ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en el Expediente; Que consta en la actuación la Nota N° NO-2014-15538396-MSGC, por la cual el Asesor en Ministerio de Salud del GCBA solicita se gestione la adquisición de los bienes de marras, como así también la conformidad prestada, bajo Nota N° NO-2014-15542530-SSAIS, por la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud en cuanto al requerimiento formulado; Que por Expediente Electrónico N° 12.348.410/MGEYA-DGADC/2014, se tramitaron dos procedimientos de Contratación Menor al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2095 modificada por Ley N° 4764, registrados bajo Nros 9964/SIGAF/2014 y 11.125/SIGAF/2014, siendo ambos declarados desiertas por Disposiciones Nros. 130-DGADC/14 y 142/DGADC/14, respectivamente, motivo por el cual se solicitó tramitar la provisión con carácter de urgente, a tenor de lo establecido en el Decreto N° 556/10 y modificatorio Decreto N° 752/10; Que en el marco de las gestiones implementadas por este Ministerio de Salud de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 4977, resulta imprescindible la adquisición de marras a fin de cubrir la necesidad planteada con carácter de urgente por la repartición requirente; Que obran vinculados al actuado las constancias de entrega, juntamente con las Bases y Condiciones Particulares, de las invitaciones a cotizar a tres (3) empresas del rubro, para el día 5 de Noviembre de 2014, como así también las dos (2) ofertas presentadas, según Acta de Apertura oportunamente labrada, procedimiento éste llevado a cabo a través de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de este nivel;

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Que mediante informe técnico emitido bajo Nota N° NO-2014-16401239-MSGC, se deja constancia que las ofertas se ajustan a lo solicitado en las bases y condiciones particulares, siendo la correspondiente a la firma CASA NAPOLITANO S.A la oferta más conveniente; Que, por su parte, el Subsecretario de Atención Integrada de Salud, mediante Nota N° NO-2014- 16787867-SSAIS, prestó conformidad al asesoramiento técnico efectuado; Que esta Dirección General Administrativa Contable ha verificado el estado registral de la firma CASA NAPOLITANO S.A, en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores y la acreditación del trámite de actualización del Certificado Fiscal para contratar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos; Que ha tomado debida intervención, la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 395/14; Que el presente trámite encuadra en las previsiones del Anexo I, Cuadro A, del Decreto Nº 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10, en cuanto a la aprobación del gasto que se propicia y los límites de tramitaciones mensuales y monto total autorizado para el corriente mes; Que se realizó la imputación presupuestaria con cargo a la Partida 2.9.9.del ejercicio en vigor. Por ello, en uso de las facultades previstas por el Decreto Nº 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE

Artículo 1º.- Encomiéndase a la firma CASA NAPOLITANO S.A. - CUIT N° 30-67907432-2 – la provisión Treinta (30) Ataúdes por un monto de PESOS OCHENTA MIL SETECIENTOS ($80.700.-), dado que cumple con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y ser económicamente la oferta más conveniente. Artículo 2º.- Notifíquese fehacientemente al proveedor los términos de la presente, como así también que para la gestión de aprobación del gasto deberá acreditar la tenencia del certificado fiscal para contratar vigente. Artículo 3º.- Dicho gasto se imputa a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 4º.- Para su conocimiento, notificación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Administración y Control Contable y a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones. Filippo

DISPOSICIÓN N.º 159/DGADC/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y el Expediente Nº 3.769.520/13; y

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Que por la actuación citada en el Visto tramitó la Contratación Directa Nº 9902/SIGAF/2013 al amparo de lo establecido en el artículo 28 apartado 3º y concordantes de la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 754 /08 modificado por Decreto Nº 232/10, entonces vigentes, para la contratación del “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de mesas de anestesia marca General Electric ubicadas en Servicios de Anestesiología de distintos hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, por un plazo de doce (12) meses; Que por Resolución Nº 1987-MSGC/2013 se aprobó la citada Contratación Directa, adjudicándose a la firma JAEJ S.A. (CUIT Nº 30-60656652-9) la prestación del servicio objeto de la contratación, por la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON VENTICINCO CENTAVOS ($2.266.696,25); Que con fecha 30 de Diciembre de 2013, se perfeccionó la contratación de marras con la suscripción de la Orden de Compra Nº 65391/SIGAF/2013, con inicio de ejecución en el mes de Enero de 2014, por lo cual el último mes de prestación corresponde al mes de Diciembre del corriente año por operar el vencimiento del plazo de vigencia del contrato de doce (12) meses; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, mediante Nota N° 15068455/DGRFISS/14, en su carácter de Unidad Solicitante y organismo técnico con competencia específica en la materia objeto del contrato, solicitó gestionar la prórroga la citada Orden de Compra, por un plazo de seis (6) meses, conforme lo dispuesto en el inciso III de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y según los pliegos de aplicación, dado que persiste la necesidad de continuar con la prestación de los servicios en cuestión; Que la normativa citada establece que una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede “... III) Prorrogar cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros, de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo igual o menor del contrato inicial, no pudiendo el plazo de la prórroga superar al plazo de vigencia original del contrato.“; Que, por otra parte, en el artículo 2° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contempla la prerrogativa del Organismo contratante de prorrogar la Orden de Compra de conformidad con lo previsto en el artículo reseñado; Que, en ese contexto y al amparo de la normativa invocada, la gestión que se propicia importa el ejercicio, por parte de la administración, de la facultad de modificar los términos del contrato, esto es, de ejercer el ius variandi en forma unilateral y de

carácter obligatorio para el co-contratista; Que teniendo en cuenta el monto unitario por el cual se adjudicó cada uno de los renglones que integra la contratación y el plazo de prórroga solicitado, el gasto que genera dicha prórroga asciende a la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 1.195.620.-) con impacto presupuestario en las respectivas partidas del ejercicio 2015; Que, toda vez que la prórroga en cuestión compromete ejercicio futuro, han tomado intervención los organismos competentes a tenor de lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto Nº 02-GCBA/14,;

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CONSIDERANDO:

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Que conforme lo establecido en el artículo 117 del Decreto Nº 95/14, apartado III "El acto administrativo que autorice la prórroga contractual es suscripto por el funcionario que resulte competente de acuerdo con los niveles de decisión y cuadro de competencias aprobado en el artículo 2º del presente Decreto o el que en el futuro lo reemplace, y según el monto de la prórroga correspondiente, individualmente considerada". Que, en base a las consideraciones formuladas, teniendo en cuenta lo solicitado por la Dirección General de Recursos Físicos en Salud y a tenor de la normativa aplicable, deviene procedente la prórroga propiciada, en las condiciones pactadas en la contratación original, por lo cual corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga; Que ha tomado intervención la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 395/14. Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley Nº 2095, modificada por Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/14

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE

Artículo 1º.- Prorrógase por el plazo de seis (6) meses, computados a partir del 01 de Enero de 2015, la contratación perfeccionada bajo Orden de Compra Nº 65391/SIGAF/13 emitida en la Contratación Directa Nº 9902/SIGAF/13, a favor de la firma JAEJ S.A. (CUIT Nº 30-60656652-9), al amparo de lo establecido en el inciso III del Artículo 117 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 1.195.620.-), bajo las mismas condiciones pactadas, conforme se detalla en el Anexo que integra la presente, registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Número IF-2014-17622220-DGADC. Artículo 2º.- Hágase saber a la adjudicataria que deberá integrar la respectiva garantía de cumplimiento de contrato en función de la prórroga aprobada por el artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a las correspondientes Partidas Presupuestarias, con cargo al ejercicio 2015. Artículo 4º.- Autorízase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones a emitir la Orden de Compra correspondiente a la prórroga de la Orden de Compra Nº

65391/SIGAF/2013. Artículo 5º.- Publíquese y para su notificación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud. Filippo

DISPOSICIÓN N.º 851/HBR/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO

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ANEXO

el Expediente Electronico Nº 17308396-MGEYA-HBR-2014, la Ley Nº 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y,

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CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado tramita la Contratación Directa Nº 14198/SIGAF/14 bajo la modalidad de Compra Menor, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2.095, Art 38º y su modificatoria Ley 4764, y Decreto Reglamentario N° 95/14, para la ADQUISICIÓN DE FIBRONASOLARINGOSCOPIO, con destino al Servicio de Otorrinolaringología; Que, la Solicitud de Gastos N° 68105/14 debidamente valorizadas y sus correspondientes afectaciones presupuestarias con cargo al Ejercicio 2014; Que, por Disposición Nº 396-DGCYC-2014 (B.O.C.B.A Nº 4414) el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18º de la Ley 2.095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que, por Resolución Nº 1.226/MSGC/2007 (B.O.C.B.A Nº 2.714), el Ministro de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece como Unidad Operativa de Adquisiciones al Hospital "Bernardino Rivadavia", Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley 2.095 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y dando cumplimiento a lo manifestado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 49/2011;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" DISPONE

Artículo 1º.- Elabórese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas. Artículo 2º.- Llámese a contratación Directa Nº 14198/SIGAF/14 para el día 16 de Diciembre del 2014 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en la Ley 2.095 Art 38º y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313) y Decreto Reglamentario N° 95/14, para la ADQUISICIÓN DE FIBRONASOLARINGOSCOPIO, con destino al Servicio de Otorrinolaringología por un monto aproximado DE PESOS: $ 90.000,00 (PESOS: NOVENTA MIL CON 00/100). Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada en la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2014; Artículo 4º.- Valor del Pliego: Gratuito. Artículo 5º.- Publicaciones e invitaciones de acuerdo a lo normado en el Art. 93º, Art. 97º, y 98º de la Ley 2.095/06 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A Nº 4313). Artículo 6º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial y remítase al Departamento Compras para la prosecución de su trámite. Fernández Rostello

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.° 1350/DGAR/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, Resolución Ministerial Nº 1304/13, el Decreto Nº 481/GCBA/11 y su modificatorio Nº 166/GCBA/14, la Resolución Nº 4548/MEGC/10, La Disposición Nº 855/DGAR/14, el Expediente Electrónico N° EX-2014-07644765- -MGEYA-DGIES, y CONSIDERANDO: Que, en las citadas actuaciones se ha dictado la Disposición Nº 855/DGAR/14, por la cual se ha aprobado el llamado a Licitación Pública N° 21-14 con el objeto de ejecutar los trabajos de rehabilitación en el edificio de la Escuela Técnica Nº 9 D.E. Nº 7, sita en Gral. Martín de Gainza 1050, Ciudad Autónoma de Buenos Aires fijando como Presupuesto Oficial la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON SESENTA CENTAVOS ($2.883.843,60); Que de conforme surge de Acta de Apertura de fecha 17 de Septiembre de 2014, se presentaron dos (2) firmas oferentes: Constructora Premart S.R.L. y Di Pietro Paolo; Que con fecha 17 de Septiembre de 2014 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, donde se concluye que: las empresas Constructora Premart S.R.L. y Di Pietro Paolo tienen capacidad legal suficiente para obligarse a ejecutar las obras proyectadas, y en virtud de lo expuesto, se solicita al Área de Control y Ejecución de Contratos proceda a analizar los antecedentes técnicos y contables de la empresa Di Pietro Paolo, por ser la que presenta la oferta más conveniente, entre las admisibles, en términos económicos; Que con fecha 25 de Septiembre de 2014 el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio de la documentación presentada, donde se solicita a: la empresa Constructora Premart S.R.L. que presente documentación adicional; Que en forma previa a la preadjudicación esta Dirección General intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundo informe del Área de Control y Ejecución de Contratos donde da por cumplido lo solicitado, declarando admisible la oferta de Constructora Premart S.R.L. en virtud de lo establecido por el punto 5.2 a) del Pliego de Bases y Condiciones Generales; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Disposición Nº 464/DGAR/12 y modificada por Disposición Nº 52/DGAR/14, en ejercicio de las atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación de fecha 10 de Octubre de 2014 resolvió declarar inadmisible la oferta de la empresa Di Pietro Paolo Rubens Ernesto por no cumplir con lo requerido en los puntos 5.2 c) y d) del Pliego de Condiciones Generales y Anexos, declarar admisible la oferta de Constructora Premart S.R.L. y preadjudicar a dicha empresa la ejecución de los trabajos de rehabilitación en el edificio de la Escuela Técnica Nº 9 D.E. Nº 7, sita en Gral. Martín de Gainza 1050 por el valor de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL

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DOSCIENTOS VEINTIDOS ($ 3.222.222) por ser la oferta más conveniente a la Administración; Que conforme lo prevé el procedimiento establecido en la Resolución N° 1304/13 del Ministerio de Educación de la Nación, a través de Nota de fecha 04 de Noviembre de 2014 suscripta por la Dirección General de Infraestructura dependiente del Ministerio de Educación de la Nación, a cargo de la Ing. Patricia Morales, se otorga la No Objeción al cálculo de actualización del presupuesto oficial y el aval para continuar con el procedimiento de adjudicación y contratación del procedimiento de referencia; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares, no existiendo impugnaciones al respecto; Que ha tomado intervención la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, en el marco de lo dispuesto por el Artículo N° 7, Inc d) del DNU N° 1510/97; Por ello, en razón de lo normado por la Resolución N° 4548/MEGC/10 y el Decreto N° 481/11 y su modificatorio Nº 166/14, y la Resolución N° 1304/13 del Ministerio de Educación de la Nación,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar la Licitación Pública N° 21-14 y adjudicar a Constructora Premart S.R.L. los trabajos de rehabilitación en el edificio de la Escuela Técnica Nº 9 D.E. Nº 7, ubicada en la calle Gral. Martín de Gainza N° 1050 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el valor de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS ($ 3.222.222). Artículo 2.- Notifíquese a las empresas oferentes en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobó

DISPOSICIÓN N.º 1353/DGAR/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto N° 481/11 y su modificatorio Nº 166/14, la Disposición Nº 925/DGAR/14, el Expediente N° 4.544.791/14, y CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 925/DGAR/14 se llamó a Licitación Privada N° 69-SIGAF-14 (12-14) para llevar a cabo trabajos de impermeabilización de cubiertas y tareas varias en el edificio de la Escuela N° 12 sita en la calle Garcia de Cossio 5570 del Distrito Escolar Nº 20, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO SETENTA CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($ 319.170,38);

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Que con fecha 8 de septiembre de 2014 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose dos (2) ofertas: Spinelli y Asociados S.R.L. y Lemme Obras Civiles S.R.L.; Que con fecha 8 de septiembre de 2014 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, donde se concluye que: las ofertas presentadas por las empresas Spinelli y Asociados S.R.L. y Lemme Obras Civiles S.R.L. están en condiciones de ser analizadas por el Área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento de las requisitorias que les sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida por los Pliegos Licitatorios; Que con fecha 10 de septiembre de 2014 el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio técnico de la documentación presentada, donde se concluye que: la oferta de la firma Lemme Obras Civiles S.R.L. es descalificada por resultar de cero (0) puntos la calificación de los ítems A4 y B6 y por no reunir el mínimo de puntos en el apartado A, se acepta la oferta de Spinelli y Asociados S.R.L. y se solicita a dicha firma, en virtud de ser económicamente más conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Que en forma previa a la preadjudicación esta Dirección General intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundoinforme del Área de Control y Ejecución de Contratos donde da por cumplido lo solicitado; Que a número de orden 78 obra Nota Nº 14509812/2014 proveniente de la Dirección General de Infraestructura Escolar que informó sobre una actualización en el computo y presupuesto de la licitación demarras, el cual arrojó un saldo de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON CUATRO CENTAVOS ($ 397.150,04); Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 412/SSCRYAC/05 y modificada por Resolución Nº333/SSGEFYAR/11; por Resolución Nº 391/SSGEFyAR/12 y por Resolución Nº 231/SSGEFYAR/14 en ejercicio de las

atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación Nº 30 de fecha 22 de octubre de 2014 procedió a desestimar la oferta de Lemme Obras Civiles S.R.L. por resultar de cero (0) puntos la calificación de los ítems A4 y B6 y por no reunir el mínimo de puntos en el apartado A, declarar admisible la oferta presentada por Spinelli y Asociados S.R.L. y preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer Considerando a dicha empresa por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON OCHO CENTAVOS ($ 406.931,08) en virtud de ser la única oferta admisible y conveniente; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares; Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa Spinelli y Asociados S.R.L. los trabajos de impermeabilización de cubiertas y tareas varias en el edificio de la Escuela Nº 12 sita en la calle Garcia de Cossio 5570 del Distrito Escolar Nº 20, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON OCHO CENTAVOS ($ 406.931,08);

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Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley N° 1218 modificada por la Ley N° 3167); Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en razón de lo normado por el Decreto N° 481/11y su modificatorio Nº 166/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar la Licitación Privada N° 69-SIGAF-14 (12-14) y adjudicar a Spinelli y Asociados S.R.L. los trabajos de impermeabilización de cubiertas y tareas varias en el edificio de la Escuela Nº 12 sita en la calle Garcia de Cossio 5570 del Distrito Escolar Nº 20, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON OCHO CENTAVOS ($ 406.931,08). Artículo 2.- El gasto que demanda la presente fue imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 3.- Notifíquese a las empresas oferentes en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4.- Para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobó

DISPOSICIÓN N.º 1356/DGAR/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto N° 481/11 y su modificatorio Nº 166/14, la Disposición Nº 1009/DGAR/14, el Expediente N° 3461143/14, y CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 1009/DGAR/14 se llamó a Licitación Privada N° 76-SIGAF-14 (18-14) para llevar a cabo trabajos de construcción de un comedor en el Edificio de la Escuela Infantil Nº5 D.E.Nº5, sita en Pedro Chutro 3388, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 81/100($1.400.284,81); Que con fecha 25 de Septiembre de 2014 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose tres (3) ofertas: CIA Central Construcciones S.R.L, Ibasa y Serviur S.A.; Que con fecha 25 de Septiembre de 2014 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, donde se concluye que: se desestima la oferta de la empresa Serviur S.A. dado que de su cotización no surge un monto total de la oferta y que las ofertas presentadas por las empresas CIA Central Construcciones S.R.L e Ibasa, están en condiciones de ser analizadas por el Área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento de las requisitorias que les sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida por los Pliegos Licitatorios;

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Que con fecha 29 de Septiembre de 2014 el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio técnico de la documentación presentada, donde se concluye que: corresponde desestimar la oferta de la empresa Serviur S.A., dado que de su cotización no surge un monto total de la oferta ; se aceptan las ofertas de CIA Central Construcciones S.R.L e Ibasa y se solicita a la firma CIA Central Construcciones S.R.L, en virtud de ser la oferta más conveniente entre las admisibles y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Que en forma previa a la preadjudicación esta Dirección General intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundo informe del Área de Control y Ejecución de Contratos donde da por cumplido lo solicitado; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 412/SSCRYAC/05 y modificada por Resolución Nº333/SSGEFYAR/11; por Resolución Nº 391/SSGEFyAR/12 y por Resolución Nº 231/SSGEFYAR/14 en ejercicio de las atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación Nº 39 de fecha 3 de Noviembre de 2014 procedió a desestimar la oferta de la empresa Serviur S.A., dado que de su cotización no surge el monto total de la oferta, declarar admisibles las ofertas presentadas por CIA Central Construcciones S.R.L e Ibasa y

preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer considerando a la empresa CIA Central Construcciones S.R.L, por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 70/100 ($1.397.317,70), en virtud de ser la ofertamás conveniente entre las admisibles; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares; Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa CIA Central Construcciones S.R.L, los trabajos de construcción de un comedor en el Edificio de la Escuela Infantil Nº5 D.E.Nº5, sita en Pedro Chutro 3388, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 70/100 ($1.397.317,70); Que en razón del monto no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley N° 1218 modificada por la Ley N° 3167); Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención en el marco de sus competencias. Por ello, en razón de lo normado por el Decreto N° 481/11y su modificatorio Nº 166/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar la Licitación Privada N° 76-SIGAF-14 (18-14) y adjudicar a la empresa CIA Central Construcciones S.R.L, los trabajos de construcción de un comedor en el Edificio de la Escuela Infantil Nº5 D.E.Nº5, sita en Pedro Chutro 3388, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 70/100 ($1.397.317,70). Artículo 2.- El gasto que demanda la presente fue imputado a la partida presupuestaria correspondiente.

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Artículo 3.- Notifíquese a las empresas oferentes en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobó

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Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.º 1939/DGIUR/14

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 14.277.726/2014, por el que se solicita la localización de usos, en el predio sito en la Avenida Córdoba Nº 466, Entrepiso UF 198 - 199 - 200 - 201 -202 (unificadas) "Galería de las Catalinas", con una superficie de 73,87 m², y; CONSIDERANDO: Que, el predio en cuestión se encuentra afectado a la Zona 2 del Distrito 51 - Catedral al Norte de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, modificado por Ley Nº 3.943 (BOCBA Nº 3.831); Que, la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos indican en el IF-2014-15374990-DGIUR, que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C1 del Código de Planeamiento Urbano; Que, a través de los presentes se solicita la localización de los usos "Comercio Minorista de máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación, informática (603150); Reparación de máquinas y equipos de contabilidad y computación (502340)"; Que, los usos consignados Permitidos según dicho código son "Comercio Minorista de máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación, informática; Aparatos y equipos de telefonía y comunicación /(603050/603150/603350)"; Que, cabe aclarar que el uso solicitado de "Reparación de máquinas y equipos de contabilidad y computación (502340)", no se encuentra expresamente consignado, por lo que se asimila al rubro "Comercio Minorista óptica, fotografía, admitiéndose como actividad complementaria un taller de reparación que integre la unidad de uso sin superar el 20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitido como actividad independiente (6031009)", que se encuentra expresamente consignado en el Cuadro de Usos 5.2.1a) del Código de Planeamiento Urbano y resultando Permitido en el Distrito C1; Que, se visan los usos permitidos dejando constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos; Que, desde el punto de vista del patrimonio urbano se considera que los rubros solicitados, no originan impactos relevantes en el Distrito en cuestión; Que, no se visa publicidad, toda vez que no ha sido solicitada en los presentes; Que, toda reforma posterior y/o modificación del inmueble, y/o tratamiento de la fachada, y/o pedido de publicidad, deberá ser consulta a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos "Comercio Minorista de máquinas de oficina, cálculo, contabilidad, computación, informática (603150)"; y "Reparación de máquinas y equipos de contabilidad y computación (502340)"; este último el que se asimila al rubro "Comercio Minorista óptica, fotografía, admitiéndose como actividad complementaria un taller de reparación que integre la unidad de uso sin superar el 20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitido como actividad independiente (6031009)", en el predio sito en la Avenida Córdoba Nº 466 Entrepiso UF Nº 198 - 199 - 200 - 201 - 202 (unificadas) "Galerías de las Catalinas", con una superficie de 73,87 m² (Setenta y tres metros cuadrado ochenta y siete decímetros cuadrados), debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Hágase saber al interesado que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble, y/o tratamiento de la fachada, y/o pedido de publicidad, deberá ser consulta a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.º 1941/DGIUR/14

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 13.463.234/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Venta de Planes de Salud y Atención al Afiliado", para el inmueble sito en la Av. Tte. Gral. Donato Álvarez Nº 20, Planta Baja, UF Nº 1, con una superficie de 142,28m2, y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito R2a de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 15375155-DGIUR- 2014, indica que en virtud de lo solicitado y la normativa vigente, se informa que el rubro "Venta de Planes de Salud y Atención al Afiliado" se encuadra dentro del rubro "Casa de cambio - Agencia de Seguros. Ley Nº 123: S.R.E." y pertenece a la Clase B, "Servicios terciarios" y resulta "Permitido" hasta "150" (150m²); Que del estudio de la documentación presentada: Plano de ajuste de instalación mecánica y ventilación forzada año 2006; Plano de uso; Memoria Descriptiva; Relevamiento parcelario; Escritura; Disposición DGIUR año 2006; Reglamento de copropiedad; Consulta catastral; se informa que se trata de la Parcela 2b, sita en la manzana circunscripta por las calles Terrero, Yerbal, Av. Tte. Gral. Donato Álvarez y Av. Rivadavia;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

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Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera que no existen inconvenientes desde un punto de vista urbanístico en acceder a la localización del uso solicitado: "Agencia de seguros", para el inmueble sito en la Av. Tte. Gral. Donato Álvarez Nº 20, Planta Baja, UF Nº 1, Superficie de 142,28 m2. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos: "Agencia de seguros", para el inmueble sito en la Av. Tte. Gral. Donato Álvarez Nº 20, Planta Baja, UF Nº 1, con una superficie de 142,28m2 (Ciento cuarenta y dos metros cuadrados con veintiocho decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1942/DGIUR/14

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 9.434.693/2014, por el que se consulta sobre el Proyecto de ampliación de Museo Pabellón del inmueble sito en la calle Av. del Libertador Nº 999, de acuerdo a las tareas detalladas en la Memoria Descriptiva en Páginas 20 a 24 del Informe Gráfico Nº 15535913-DGIUR-2014 y Planos adjuntos en Página 1 del Informe Gráfico Nº 9434846-DGIUR-2014, y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito UF, según plano de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 15540303-DGIUR-2014, indica que respecto de la documentación presentada se informa que: a. Según se explica en Memoria Descriptiva en Páginas 20 a 24 del Informe Gráfico Nº 15535913- DGIUR-2014, los trabajos a realizar consisten en: "(...) Construcción de un nuevo pabellón para ampliación de las actividades desarrolladas en el MARQ. El mismo estará construido en estructura de Steel Framing y será de carácter desmontable. Los espacios a construir comprenden una sala de exposiciones, área de bar, servicios, y espacios exteriores de esparcimiento y recorrido. Nuevo Núcleo vertical MARQ: El proyecto consiste en el desarrollo proyectual y construcción de un nuevo núcleo circulatorio vertical integral, en reemplazo de la escalera actual existente en el MARQ.

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La razón de este proyecto surge de la necesidad de resolver las deficiencias del núcleo circulatorio vertical existente, además de maximizar las potencialidades generadas por la realización del Nuevo Pabellón MARQ, a construirse durante 2014 (...)". b. De acuerdo al Convenio de Comodato entre la Agencia de Administración de Bienes del Estado y la Sociedad Central de Arquitectos, en Páginas 1 a 12 del Informe Gráfico Nº 15535913-DGIUR-2014, se informa que: "(...) Con fecha 25 de marzo de 2013, LA SOCIEDAD solicita a la AABE la continuación de todo lo actuado con el ENABIEF, ONAB y ADIFSE en lo referido a la concesión de uso del inmueble en cuestión y autorización para ampliar la superficie expositiva del MARQ por medio de la construcción de un pabellón no permanente, sin afectar el carácter edilicio y valor histórico del Tanque de Agua. La ADIFSE, mediante Nota Nº 492-ADIF-GE-2013 de fecha 26 de marzo de 2013 dirigida a la AABE, expresa que no encuentra objeciones a la propuesta efectuada por LA SOCIEDAD y estima conveniente iniciar las gestiones necesarias a os fines de suscribir un nuevo acuerdo por el uso del inmueble. A los efectos de la construcción del citado pabellón no permanente, se efectuó un Concurso Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos prestó su conformidad, respecto del anteproyecto que resultó seleccionado para la construcción del nuevo Pabellón del MARQ, con excepción de unión entre la Torre y el nuevo

pabellón (...)". c. Según Formulario obrante en Páginas 1 y 2 del Informe Gráfico Nº 9435087-DGIUR-2014, se indica una superficie a construir de 210m² (los cuales deberán ser ratificados en los planos al momento de realizar las presentaciones correspondientes ante el Organismo de competencia); Que en relación a lo previsto por la normativa vigente, se informa que: a. De acuerdo al Artículo 5.4.12 para el Nivel de Protección Cautelar se admiten los Grados de Intervención 1 a 4. b. Las tareas a realizar se encuadran en lo establecido en el Grado de Intervención 4, donde se indica que: "(...) Toda propuesta de modificación por aumento de volumen de un edificio, deberá ser presentada previamente para su visado ante el Consejo, justificando un mejor uso social del volumen resultante y el resguardo de su calidad arquitectónica. Características: La intervención propuesta no afectará la conformación del edificio, debiendo integrarse con las características arquitectónicas predominantes del mismo (...)"; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que desde el punto de vista urbanístico y patrimonial se debería autorizar el visado de las tareas detalladas en la Memoria Descriptiva en Páginas 20 a 24 del Informe Gráfico Nº 15535913-DGIUR-2014 y Planos adjuntos en Página 1 del Informe Gráfico Nº 9434846-DGIUR-2014, indicadas para el inmueble sito en la calle Av. del Libertador Nº 999. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considérese factible desde el punto de vista urbanístico, y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente, el Proyecto de ampliación de Museo Pabellón del inmueble sito en la calle Av. del Libertador Nº 999, de acuerdo a las tareas detalladas en la Memoria Descriptiva en Páginas 20 a 24 del Informe Gráfico Nº 15535913-DGIUR-2014 y Planos adjuntos en Página 1 del Informe Gráfico Nº 9434846-DGIUR-2014, debiendo cumplir con toda la normativa que resulte de aplicación para el presente caso.

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Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente, la Memoria Descriptiva en Páginas 20 a 24 del Informe Gráfico Nº 15535913-DGIUR-2014 y Planos adjuntos en Página 1 del Informe Gráfico Nº 9434846-DGIUR-2014 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1943/DGIUR/14

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 13.936.687/2014, por el que se consulta sobre una Obra Nueva con destino "Locales Comerciales: Minorista Perfumería, Bazar; Vivienda Multifamiliar y Estudios Profesionales" a realizarse en la calle Olazábal Nº 2706/18 esquina Moldes Nº 2288/92/96/300, y; CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito R2aII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana, mediante Informe Nº 15486892-DGIUR- 14 hace saber que para el presente caso, resulta de aplicación lo dispuesto en los Artículos 8º y 24º de la Ley 2930, Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico - Plan Urbano Ambiental (BOCBA Nº 3091), en el Capítulo 4.9.2 Disposiciones Particulares y lo establecido en la figura 4.10 "Completamiento de Tejido", ambos del Código de Planeamiento Urbano; Que para el pertinente estudio se adjunta documentación, consistente en Plantas, vistas y corte, según PLANO 2014-14143284-DGROC obrante en número de Orden 3; Balance de superficies, detalles, Calculo de la Línea de Frente Interno y Planilla de locales según PLANO2014-14144160-DGROC obrante en el número de Orden 4; Perimetral y ancho de calles, Relevamiento fotográfico del entorno inmediato, Axonometrías de la propuesta en la manzana de implantación, Axonometría de la propuesta y MH-092-14 sobre Mensura de particular con unificación, el cual se encuentra registrado con fecha 1º de septiembre del año 2014, según Presentación Ciudadana obrante en el número de Orden 2 y Pisada y relevamiento fotográfico del entorno de la manzana y parcela en consulta, base APH de la parcela en consulta y relevamiento fotográfico aéreo obtenidas del sistema interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI) obrante en IF-2014-15479450-DGIUR; Que de acuerdo a la documentación presentada, el Área Técnica informa que se trata de un proyecto de Obra nueva, con destino "Locales comerciales: Minorista perfumería, bazar; Vivienda Multifamiliar y estudios profesionales", a materializarse en la parcela N° 1, que posee un frente de 17,88m sobre la calle Olazabal y un posee un frente de 17,31m sobre la calle Moldes, con una superficie total de 460,07m2, según copia de MH-092-14 sobre Mensura particular con unificación, el cual se encuentra registrado con fecha 1º de septiembre del año 2014;

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Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en la manzana delimitada por las calles Mendoza, Vidal, Olazabal y Moldes; Que con respecto al área edificable, la parcela se halla afectada por la Línea de Frente Interno de la manzana y/o extensión del espacio libre de manzana (comúnmente denominada Tronera), a una distancia de 19,07m desde la Línea Oficial de la calle Olazabal y adoptándose una manda mínima edificable de 16,00m desde la calle Moldes;

Que en cuanto al entorno general de emplazamiento, se trata de una zona con sectores consolidados, en los corredores de considerable escala e impacto, como lo son las calles Olazabal y Moldes; Que se prevé actuar en el perfil urbano sobre estas arterias, a la vez que promueve a la futura definición morfológica del frente de estas arterias, lo cual surge del relevamiento fotográfico mediante el sistema interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI), observándose un tejido preexistente de alta y media densidad con una alta ocupación del suelo, altamente consolidado por lo cual no tendería a una pronta renovación; Que en el fragmento en donde se ubica el emprendimiento se encuentra un entorno consolidado de edificios. Ello es así tanto en las manzanas 79, 85 y 92, las cuales se ubican frente a la calle Olazabal, como así también, sobre el eje de la calle Moldes las manzanas 77, y 84, en cercanías donde se localiza el Proyecto de "Obra Nueva" en la Parcela 1, en la manzana 78, objeto de consulta; Que se observa un stock edilicio a sustituir a corto plazo en las manzanas mencionadas, 85, 86 y 92 sobre la calle Olazabal y las manzanas 77 y 84 sobre la calle Moldes, como así también, en la manzana en estudio 78, como en la manzana 79; Que, este concepto encuentra sus fundamentos en la observación de las dinámicas de cambio en las parcelas frentistas en ambas arterias; Que, a tal efecto se incorpora muestra documental fotográfica del sistema interno "Parcela Digital Inteligente" (PDI) del área en cuestión junto al relevamiento fotográfico adjunto por los interesados; Que analizada la documentación presentada, el Área Técnica entiende los interesados proponen la conformación de un edificio entre medianeras, adecuando la volumetría a la futura situación contextual en su entorno, en la intersección de las calles Olazabal y Moldes, a los efectos de lograr la continuidad morfológica de las mazas edificadas en la manzana de implantación de la presente propuesta, siempre de acuerdo a documentación gráfica bajo declaración jurada adjunta por los interesados obrante en PLANO-- 2014-14143284-DGROC y PLANO 2014-14144160-DGROC del Expediente Electrónico; Que en cuanto a la ocupación del suelo (FOS), los interesados proponen liberar un espacio en el sector del fondo del terreno en relación directa con la extensión del centro libre de manzana, según se desprende de la documentación oportada; Que los usos propuestos "Locales Comerciales: Minorista Perfumería, Bazar; Vivienda Multifamiliar y Estudios Profesionales", resultarían permitidos en el distrito, con las pautas y condiciones que establece el Cuadro de Usos 5.2.1a) del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente considera, dentro de sus competencias, que podrá autorizarse la construcción de un proyecto de "Obra Nueva", destinado a un edificio de "Locales Comerciales: Minorista Perfumería, Bazar; Vivienda Multifamiliar y Estudios Profesionales", en el predio sito en la calle Olazábal Nº 2706/18 esquina Moldes Nº 2288/92/96/300, siempre de acuerdo a documentación aportada, presentada bajo declaración jurada, con una superficie de terreno de 460,07m2 (s/ MH-092-14 adjunto por los interesados) y una superficie a construir de 3.626,49m2, (según PLANO--2014-14143284-DGROC y PLANO 2014-14144160-DGROC, y en relación directa con su futura inserción urbana;

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Que esta autorización encuentra su fundamento en lo normado por el Art. 24º.- Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico de la Ley 2930 - Plan Urbano

Ambiental (BOCBA Nº 3091), el cual reza entre otros, que "...se tendrá por objetivo guiar la conformación de la ciudad, incluyendo tanto los espacios públicos como los espacios privados y las edificaciones que en los mismos se desarrollen, considerando tanto las dimensiones ambientales, morfológicas y funcionales de la ciudad en su totalidad, como las particularidades de sus diversas zonas, barrios y sectores. Con respecto al tejido edilicio parcelario se otorgara especial importancia a los criterios morfológicos y a los de admisibilidad de usos, que contemplen a la manzana y a la cuadra como unidades primarias de configuración del tejido urbano, toda vez que se las aprecie como aspectos deseables de los sectores consolidados..." cuyos términos se verifican en el proyecto objeto de estudio; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considérese aplicable desde el punto de vista urbanístico, respecto del predio sito en la calle Olazábal Nº 2706/18 esquina Moldes Nº 2288/92/96/300, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 39, Manzana 78, Parcela 1a, las normas de completamiento de tejidos previstas en el Capítulo 4.10. “COMPLETAMIENTO DE TEJIDOS“ del Código de Planeamiento Urbano, si y sólo si se da cumplimiento a lo dispuesto en los considerandos. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado, que lo consignado en el Artículo 1º no implica la aprobación de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación, y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, la que deberá constatar que dicha documentación se ajuste a los lineamientos consignados en los considerandos. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado y copia de la documentación obrante en PLANO 14143284-DGROC-14 y PLANO Nº 14144160-DGROC-14; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1944/DGIUR/14

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 1.178.670/2013 y la Disposición Nº 867-DGIUR-2013, y

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Que a través de la mencionada Disposición se autorizó desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Consultorio profesional (anexo a vivienda) h/50 m², Servicios Terciarios: Personales directos en general (peluquería, salón de belleza) E/E", para el inmueble sito en la calle Mercedes Nº 4174 Planta Baja y 1º piso, con una superficie a habilitar de 186,00 m²; Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 36 "Plaza Arenales y su entorno", de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007. Los usos correspondientes a la zona 1, son los asignados para el Distrito de Zonificación R1bI del Cuadro de usos 5.2.1 del Código de Planeamiento Urbano; Que en esta oportunidad el interesado solicita prórroga de la mencionada Disposición Nº 867-DGIUR- 2013; Que en virtud de lo solicitado, y toda vez que tanto la normativa con la cual fue estudiado el presente caso, como las condiciones que permiten la aplicación de la misma, no han sufrido modificaciones al día de la fecha, se considera atendible dicho pedido, por lo que no existirían inconvenientes en acceder a la prórroga de la mencionada disposición. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Amplíase la vigencia de la Disposición Nº 867-DGIUR-2013, por la cual se autorizó desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Consultorio profesional (anexo a vivienda) h/50 m², Servicios Terciarios: Personales directos en general (peluquería, salón de belleza) E/E", para el inmueble sito en la calle Mercedes Nº 4174 Planta Baja y 1º piso, con una superficie a habilitar de 186,00 m² (Ciento Ochenta y Seis metros cuadrados), por un plazo de Ciento Ochenta (180) días a partir de la notificación de la presente. Artículo 2º.- Dentro del plazo contemplado en el Artículo Primero, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1946/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 13.790.002/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista: Café, Bar"; Bar lácteo"; Despacho de Bebidas, Whisquería, Cervecería; Confitería; Galería de Arte" para el inmueble sito en la calle Humberto Primo Nº 517 Subsuelo, Planta Baja, Entre Piso, 1º Piso, con una superficie a habilitar de 215,44 m², y

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 105 de 232

CONSIDERANDO:

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Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4c Distrito APH 1 "San Telmo - Av. de Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 15374285-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados permitidos están expresamente consignados en el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1: en el ítem: Servicios Terciarios(A) Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes: Alimentación en general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc., (602000/20/21/30), Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos (602010/20/21/30)"; y en el ítem Cultura, Culto y Esparcimiento, en (I) Locales de representación o exhibición: Galería de Arte (604220); Que respecto a la localización de publicidad, no corresponde su visado toda vez que en las fotografías presentadas no se visualiza cartel publicitario; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Alimentación en general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc., (602000/20/21/30), Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos (602010/20/21/30)"; y en el ítem Cultura, Culto y Esparcimiento, en (I) Locales de representación o exhibición: Galería de Arte (604220)", para el inmueble sito en la calle Humberto Primo Nº 517 Subsuelo, Planta Baja, Entre Piso, 1º Piso, con una superficie a habilitar de 215,44 m², (Doscientos quince metros cuadrados con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.º 1947/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO:

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 106 de 232

CONSIDERANDO:

El Expediente Nº 12.595.367/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Oficina comercial", para el inmueble sito en la calle Gorriti Nº 5842, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 129,45m², y

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CONSIDERANDO: Que el predio se encuentra localizado en la Zona Z2b del Distrito U20 de Zonificación General, de acuerdo a lo expuesto en el Parágrafo Nº 5.4.6.21 del Código de Planeamiento Urbano (Ley Nº 449); Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 15444231-DGIUR- 2014, indica que en tal sentido, y del estudio realizado se informa que: Conforme surge de la norma mencionada el carácter urbanístico del área está dado por la localización de vivienda de baja densidad y equipamiento comercial diario, donde se admiten expresamente: "4.2.5 Usos permitidos: . Residencia: vivienda individual y colectiva, baulera . Comercio minorista: fiambrería; lechería; almacén; panadería (expendio); quiosco; venta diarios, revistas; farmacia . Venta de ropa confeccionada, lencería, blanco, mantelería, textiles en general y pieles, máximo 50m² y hasta 2 por cuadra . Educación: preescolar y primaria, guardería . Servicios: consultorio o estudio profesional, garage . Alimentación en general: en las parcelas frentistas a las calles Honduras, Gorriti y Bonpland entre J. A. Cabrera y Honduras se admitirán los siguientes usos: restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, whiskería, cervecería, parrilla, pizzería, lácteos, grill, heladería, elaboración de empanadas, churros, flanes, facturas, con servicio de entrega a domicilio y su referencia. No se permitirá la actividad complementaria de música y canto. En el resto del polígono descripto en el ítem 4.2.1 se admitirán los usos de alimentación en general con una localización máxima de dos (2) por acera, incluyendo las esquinas, no permitiéndose la ocupación de las mismas ni la actividad complementaria de música y canto. Con consulta al Consejo: Casa Pensión, Hospedaje, Hostal (condicionado por el inmueble), Hotel residencial, Hotel 1 estrella, Escuela secundaria (oficial o privada), Academia e Instituto de Enseñanza. En todos los casos deberá darse cumplimiento a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga establecidos en dicho Cuadro y a la Ley Nº 123, sus modificatorias y ampliatorias, mientras que el uso solicitado en estos actuados no resulta mencionado en forma expresa; Que en tal sentido, de acuerdo al Punto 4.2 Zona 2b (Z2b) del Parágrafo Nº 5.4.6.21 y al Cuadro de Usos 5.2.1.a), se informa que el uso “Oficina comercial" no se encuentra

Permitido en el Distrito; Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera que no podría hacerse lugar, desde el punto de vista urbanístico, a la localización del uso solicitado. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 107 de 232

Artículo 1º.- Deniégase la localización del uso "Oficina comercial", para el inmueble sito en la calle Gorriti Nº 5842, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 129,45m² (Ciento veintinueve metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados), por no encontrarse permitido en el Distrito de implantación.

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Artículo 2º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1948/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014

VISTO: El Expediente Nº 13.930.163/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Restaurante, Cantina, Casa de lunch, Café bar, Despacho de bebidas, whiskería, cervecería, Casa de comidas, rotisería, confitería, Local bailable clase C", para el inmueble sito en la Av. Presidente Figueroa Alcorta Nº 6438/42, Planta Baja y Planta Alta, con una superficie total de 857,18m², y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en una manzana delimitada por: la Pampa, Castañeda, Mariscal A. J. de Sucre y Av. Presidente Figueroa Alcorta, afectada al Distrito U23 Zona 6 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 15442890-DGIUR- 2014, indica que para el presente caso, es de aplicación lo normado en el Parágrafo 5.4.6.24 Distrito U23 - Barrio Nuevo Belgrano 1. Delimitación: El Distrito U23 se halla delimitado según Plano de Zonificación y Plano Nº 5.4.6.24a). 2. El suelo del Distrito U23 se divide en las siguientes zonas: Zona 6 - Equipamiento servicios y recreación... Usos Permitidos: a) Gastronómicos b) Recreativos (casas de fiesta, café-concert, boites y salas de bailes) c) Espetáculos públicos (cines, teatros, auditórios, variedades) d) Vivienda de servicios de (a, b y c) superficie máxima 91m2 e) Canchas de tenis y de frontón con raqueta Usos Requeridos: (Mínimos para guarda, estacionamiento y movimiento de vehículos) Carga, descarga y estacionamiento según lo establecido en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1a); Que en virtud de lo solicitado, se informa que: a. Los rubros solicitados deberán cumplir con las exigencias de estacionamiento Numeral "26" (Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida) y Numeral "38" (10% de la superficie del local será estacionamiento destinada para guarda, con un mínimo de 12,5m²) debiendo cumplir además con la normativa de tejido. b. Respecto a la actividad "Local de baile clase C", se encuadra dentro del Punto b) Recreativos (casas de fiesta, café-concert, boites y salas de bailes);

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Que con respecto a la documentación presentada: Plano condiciones c/incendio y Plano de obras existentes (redistribución de Usos) año 2014; Consulta catastral; Contrato de locación; Memoria descriptiva; Relevamiento fotográfico; Certificado de Aptitud Ambiental año 2006; Certificado Inspección Final emitido por la Superintendencia federal de Bomberos; Habilitación Municipal año 2013; Transferencia titularidad; se informa que:

a. La superficie a habilitar es de 857,18m². b. Es una redistribución de los usos ya habilitados. c. Plano de Mensura Particular con unificación del año 1962 d. Los usos de los lotes adyacentes son restaurante, garaje, salón de fiestas, confitería, café bar, etc. e. Es un local con Planta baja y Planta Alta; Que de acuerdo a la Ley Nº 123 de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Nº 1.352-GCBA-2002, los rubros solicitados se encuentran categorizados como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera que no existen inconvenientes desde un punto de vista urbanístico en acceder a la localización de los usos "Restaurante, Cantina, Casa de lunch, Café bar, Despacho de bebidas, whiskería, cervecería, Casa de comidas, rotisería, confitería, Sala de bailes", en el local sito en la Av. Presidente Figueroa Alcorta Nº 6438/62, Planta Baja y Planta Alta, con una superficie total de 857,18m². Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos: "Restaurante, Cantina, Casa de lunch, Café bar, Despacho de bebidas, whiskería, cervecería, Casa de comidas, rotisería, confitería, Sala de bailes", para el inmueble sito en la Av. Presidente Figueroa Alcorta Nº 6438/42, Planta Baja y Planta Alta, con una superficie total de 857,18m² (Ochocientos cincuenta y siete metros cuadrados con dieciocho decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1949/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 12.799.124/2014 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra, consistente en el tratamiento de frente y contrafrente del inmueble sito en la Avenida Alvear Nº 1672/78, según se explica en Presupuesto de tareas a realizar en Página 13 del Registro Nº 12922657-DGROC-2014, y

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CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito APH 30 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 y el mismo cuenta con Nivel de Protección General; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 15488079-DGIUR-2014, indica que respecto de la documentación presentada se informa que según se explica en Presupuesto de tareas a realizar en Página 13 del Registro Nº 12922657-DGROC-2014, el objetivo de la intervención en frente y contrafrente del inmueble consiste en: Remoción de revoques y/o mampostería floja o desprendida; Se limpiarán superficies con cepillo de acero rotativo; Ejecución de puente de adherencia; Reconstrucción de revoques; Trabajos de sellado con poliuretano de 1 componente en el piso 11º; Sellado de barandas de balcones; Limpieza de obra; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que resultaría factible acceder al visado de las tareas descriptas en Presupuesto de tareas a realizar en Página 13 del Registro Nº 12922657-DGROC-2014, indicado para el inmueble sito en la Avenida Alvear Nº 1672/78; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el Aviso de Obra, consistente en el tratamiento de frente y contrafrente del inmueble sito en la Avenida Alvear Nº 1672/78, según se explica en Presupuesto de tareas a realizar en Página 13 del Registro Nº 12922657-DGROC-2014, debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y Presupuesto de tareas a realizar en Página 13 del Registro Nº 12922657-DGROC-2014 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.º 1951/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO:

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 110 de 232

El Expediente Nº 14.372.526/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Café, Bar, Restaurant, Hostel" para el inmueble sito en la calle México Nº 972 /74, con una superficie a habilitar de 964,33 m², y

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CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d Distrito APH 14 "Zona de Amortiguación APH1" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 15374452-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados permitidos están expresamente consignados en el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1: en el ítem: Servicios Terciarios(A) Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes: Alimentación en general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería, etc., (602000/20/21/30), Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos (602010/20/21/30)". El uso "Hostel" se asimila a: Hospedaje Categoría A,B,C,D.E , consignados en Residencial (E) Alojamientos (700110); Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que deberá regularizar las reformas efectuadas para el desarrollo de la actividad, ante el organismo correspondiente; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Alimentación en general, Restaurant, Cantina, Pizzería, Grill, Heladería, Confitería (602000/20/21/30), Bar, Café, Whisquería, Cervecería, Lácteos (602010/20/21/30)"; el uso "Hostel" se asimila a: "Hospedaje", para el inmueble sito en la calle México Nº 972 /74, con una superficie a habilitar de 964,33 m², (Novecientos sesenta y cuatro metros cuadrados con treinta y tres decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber, que deberá regularizar las reformas efectuadas para el desarrollo de la actividad, ante el organismo correspondiente. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 111 de 232

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DISPOSICIÓN N.º 1952/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 13.939.857/2014 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra, consistente en el tratamiento del frente del inmueble sito en la calle Mercedes Nº 3841/43, según se explica en Memoria Descriptiva en Página 13 del Registro Nº 14263697-DGROC-2014, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito APH 36 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 y el mismo cuenta con Nivel de Protección General; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 15488275-DGIUR-2014, indica que respecto de la documentación presentada se informa que según se explica en Memoria Descriptiva en Página 13 del Registro Nº 14263697-DGROC-2014, el objetivo de la intervención en la fachada del inmueble consiste en: Trabajos de pintura exterior; Mantenimiento de carpinterías en la fachada principal y balcones y barandas exteriores; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que resultaría factible acceder al visado de las tareas descriptas en Memoria Descriptiva en Página 13 del Registro Nº 14263697-DGROC-2014, indicada para el inmueble sito en la calle Mercedes Nº 3841/43; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el Aviso de Obra, consistente en el tratamiento del frente del inmueble sito en la calle Mercedes Nº 3841/43, según se explica en Memoria Descriptiva en Página 13 del Registro Nº 14263697-DGROC-2014, debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y la Memoria Descriptiva en Página 13 del Registro Nº 14263697-DGROC-2014 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Ledesma

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 112 de 232

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DISPOSICIÓN N.º 1953/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 8.973.909/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Comercio minorista de Calzados en general, Artículos de cuero, Marroquinería, Talabartería y Artículos personales y para regalos", en el inmueble sito en la calle Tacuarí Nº 1327, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie a habilitar de 22m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 "Zona de Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007 y el mismo se encuentra catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 14658780-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1. del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH 1, Zona 4d. Los mismos no afectan patrimonialmente al edificio; Que los usos consignados Permitidos son: "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines - Regalos"; Que no se visa publicidad, dado que por fotos adjuntas de la fachada del local en cuestión en Registro Nº 8966863-DGROC-2014 no se observa cartel publicitario; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Disposición Nº 1813-DGIUR-2014 de fecha 15 de Octubre de 2014. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines - Regalos", en el inmueble sito en la calle Tacuarí Nº 1327, Planta Baja, UF Nº 2, con una superficie a habilitar de 22m² (Veintidós metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación

pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 113 de 232

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Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1954/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 4.341.576/2013, por el que se consulta respecto a las obras ejecutadas sin permiso reglamentarias para el inmueble, con destino "Vivienda Multifamiliar", sito en la calle Estocolmo Nº 3370, de acuerdo a la documentación obrante de fs. 25 a 28 del Giro Documental, y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito U39 -"Parque Chas" (Parágrafo 5.4.6.40) de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, delimitado según Plano Nº 5.4.6.40; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informes Nº 8885652-DGIUR-2014 y Nº 15390071-DGIUR-2014, indica que de acuerdo a la normativa que se encuentra vigente, se informa que: a. El Parágrafo 5.4.6.40 Distrito U39 - Parque Chas, en su Punto 4.3) establece: "... Normas de Tejido a) No podrán regularizarse obras ejecutadas sin permiso que no se ajusten a 4.2.1.2 Normas generales de composición de fachadas o a las presentes Normas generales de tejido. b) Tipología Edilicia: Se permiten edificios entre medianeras, de perímetro semilibre y de perímetro libre de altura limitada. c) Tejido: Cumplirán con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a: R = h/d = 1 r = h´/d´ = 1,5 Retiro de frente: 3 m. Plano límite será de 9 m. a contar desde la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro. d) F.O.S.: el que resulte de las normas de tejido, salvo lo dispuesto en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1." b. El Parágrafo 4.9.2 DISPOSICIONES PARTICULARES establece: "...g) Pueden proponerse compensaciones volumétricas a los efectos de optimizar la estética urbana o el centro libre de manzana, atendiendo los hechos existentes en la misma"; Que del análisis de la documentación obrante en Giro Documental de fs. 25 a 28 (Plano de obras ejecutadas sin permiso reglamentarias); a fs. 2 (Plano de antecedente); a fs. 4 (Memoria Descriptiva); a fs. 3, 5, 23 y 24 (relevamiento fotográfico); a fs. 9 a 10 (Perimetral y ancho de calles); de fs. 11 a 14 (Consulta Catastral); a fs. 30 (Resolución de manzana atípica con el correspondiente trazado de LFI) y a fs. 31 (pisada de edificios linderos obtenida del USIG), se informa que: a. Se trata de la Parcela Nº 7 sita en la manzana delimitada por las calles Burela, Av. de los Constituyentes, Moscú y Estocolmo.

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b. La parcela posee un frente de 8,70 m. sobre la calle Estocolmo; 21,02 m. y 20,93 m. sobre sus laterales; y una superficie de 181m2, de acuerdo a Consulta Catastral adjunta.

c. De acuerdo a lo graficado en planos adjuntos se evidencian construcciones existentes en planta baja y un primer piso ejecutado sin permiso reglamentario, que no da cumplimiento al retiro de frente obligatorio. d. En relación al entorno y sus linderos se observa que se trata de tipologías entre medianeras desarrolladas en dos niveles, que actualmente ocupan el retiro de frente, avanzando sobre la L.O.; Que en relación a la propuesta de subdivisión en Propiedad Horizontal, como así también las obras realizadas, el Área Técnica competente no tiene objeciones, siempre y cuando, se dé cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo 6.3.1.2 "Obras en contravención" del Código de Edificación; quedando sujeto a verificación por parte de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera atendible acceder a lo solicitado toda vez que en lo que respecta a lo morfológico no afecta al entorno inmediato, no obstante la presente solicitud quedará condicionada al cumplimiento de las tareas de adecuación y tratamiento de fachada, por encontrarse la misma con faltantes de terminación, especialmente en revoques exteriores y pintura, lo que impacta negativamente desde el punto de vista paisajístico en el entorno de la cuadra afectada. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Déjense sin efecto las Disposiciones Nº 1212-DGIUR-2014 y Nº 1232-DGIUR-2014. Artículo 2º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el Plano de obras ejecutadas sin permiso reglamentarias, con destino "Vivienda Multifamiliar", para el inmueble sito en la calle Estocolmo Nº 3370, de acuerdo a la documentación obrante de fs. 25 a 28 del Giro Documental, debiendo cumplir con toda la normativa vigente para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al interesado que en relación a la propuesta de subdivisión en Propiedad Horizontal, como así también las obras realizadas, se accede a lo solicitado, siempre y cuando, se dé cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo 6.3.1.2 "Obras en contravención" del Código de Edificación; quedando sujeto a verificación por parte de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 4º.- Notifíquese al interesado que el visado de los planos de obra se circunscribe a la conformidad respecto de las intervenciones a ejecutar en el inmueble y del uso correspondiente, exclusivamente en los aspectos que están regulados en el Artículo 5.4.12, relacionados con la protección del patrimonio. El uso será permitido una vez finalizadas las obras en su totalidad de acuerdo a los términos en los cuales fueron aprobadas las mismas. Artículo 5º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma, modificación del inmueble o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 6º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 7º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese

en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.º 1956/DGIUR/14

Buenos Aires, 29 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 14.402.354/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista de Ropa confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería, Textiles en general y Pieles"; "de Antigüedades, Objetos de Arte"; "de Artefactos de Iluminación y del Hogar, Bazar, Platería, Cristalería, de Artículos de Mercería, Botonería, Bonetería, Fantasías"; "de Calzados en general, Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería"; "de Artículos Personales y para Regalo" para el inmueble sito en la calle México Nº 459 Planta Baja y Sótano. UF 1, con una superficie a habilitar de 195,00 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2c Distrito APH 1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección General; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 15444625-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan permitidos en el Distrito de Zonificación APH 1 Zona 2c; Que los usos consignados permitidos son: "Comercio Minorista de Ropa confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería, Textiles en general y Pieles" se encuentra permitido hasta 100 m²; "de Antigüedades, Objetos de Arte" se encuentra permitido hasta 200 m²; "de Artefactos de Iluminación y del Hogar, Bazar, Platería, Cristalería, de Artículos de Mercería, Botonería, Bonetería, Fantasías" se encuentra permitido hasta 200 m² y tiene un requerimiento de carga y descarga; "de Calzados en general, Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería" se encuentra permitido hasta 100 m²; "de Artículos Personales y para Regalo" se encuentra permitido hasta 100 m²"; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio Minorista de Ropa confeccionada, Lencería, Blanco, Mantelería, Textiles en general y Pieles"; "de Antigüedades, Objetos de Arte"; "de Artefactos de Iluminación y del Hogar, Bazar, Platería, Cristalería, de Artículos de Mercería,

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Botonería, Bonetería, Fantasías"; "de Calzados en general, Artículos de Cuero, Talabartería, Marroquinería"; "de Artículos Personales y para Regalo" para el inmueble sito en la calle México Nº 459 Planta Baja y Sótano. UF 1, con una superficie a habilitar de 195,00 m², (Ciento noventa y cinco metros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.º 1957/DGIUR/14

Buenos Aires, 30 de octubre de 2014 VISTO: Expediente Nº 2.276.751/2012 y la Disposición Nº 939-DGIUR-2012, y CONSIDERANDO: Que a través de la mencionada Disposición se visó desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos y aviso de obra para "Comercio minorista Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos" sobre Av. de Mayo N° 1000 esq. Bernardo de Irigoyen N° 70 con una superficie de 351,32 m²; "Hotel 4 estrellas" sobre Av. de Mayo N° 984/986/996; con una superficie total de 3479,58 m², "Aviso de obra para la puesta en valor, acondicionamiento de la fachada", "Colocación de estructura tubular y andamios, con Desgravación de los Derechos de delineación y construcción como así también de la ocupación de la vía pública", para el inmueble sito en la Av. de Mayo Nº 984/1000, Bernardo de Irigoyen Nº 70/72 e Hipólito Yrigoyen Nº 979/85 PB. 1° SS., 2° SS, EP, 1° piso EP. S/1° piso, 2° piso, EP. S/2° piso, 3° piso EP. S/3° piso y terraza con una superficie total de 4977,30 m², de acuerdo a fs. 42, 43 y copias de fs. 44 a 47, debiéndose dar cumplimiento a todas las disposiciones vigentes; Que el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito APH1, Zona 10e/9d del Código de Planeamiento Urbano, y se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que, toda vez que tanto la normativa con la cual fue estudiado el presente caso, como las condiciones que permiten la aplicación de la misma, no han sufrido modificaciones al día de la fecha, se considera atendible dicho pedido por lo que no existirían inconvenientes en acceder a la actualización de la Disposición Nº 939-DGIUR-2012; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Amplíase la vigencia de la Disposición Nº 939-DGIUR-2012, por la cual se visó desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos y aviso de obra para "Comercio minorista Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos" sobre Av. de Mayo N° 1000 esq. Bernardo de Irigoyen N° 70 con una superficie de 351,32 m²; "Hotel 4 estrellas" sobre Av. de Mayo N° 984/986/996; con una superficie total de 3479,58 m², "Aviso de obra para la puesta en valor, acondicionamiento de la fachada", "Colocación de estructura tubular y andamios, con Desgravación de los Derechos de delineación y construcción como así también de la ocupación de la vía pública", para el inmueble sito en la Av. de Mayo Nº 984/1000, Bernardo de Irigoyen Nº 70/72 e Hipólito Yrigoyen Nº 979/85 PB. 1° SS., 2° SS, EP, 1° piso EP. S/1° piso, 2° piso, EP. S/2° piso, 3° piso EP. S/3° piso y terraza con una superficie total de 4977,30 m², por única vez por un plazo de Noventa (90) días a partir de la notificación de la presente. Artículo 2º.- Dentro del plazo contemplado en el Artículo Primero, el recurrente deberá

presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

DISPOSICIÓN N.º 10/DGPYPRE/14

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 1444/93, el Expediente N° EX-2014-17653797- -MGEYA-DGPYPRE , y CONSIDERANDO: Que, mediante el precitado Decreto se fija la dotación de Auxiliares de Funcionarios; Que, resulta menester la cobertura del cargo de Auxiliar de Funcionario de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Nivel División; Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propia;

LA DIRECTORA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE: Articulo 1°.- Desígnase a la agente YZAGUIRRE, MONICA; CUIL N° 27-94038593-3, F.C. 431.170, como Auxiliar de la Señora Directora General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Ambiente y Espacio Público en el nivel "DIVISION", a partir del 01/12/2014.- Artículo 2º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y para su conocimiento y demás efectos pase copia certificada de la presente a la Secretaria de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización. Cumplido, vuelva al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, para notificación de la agente involucrada y su pertinente archivo. Pieras

DISPOSICIÓN N.° 335/DGTALMAEP/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, la Disposición N° 253-DGTALMAEP/14, el Expediente Electrónico N° 13750123-DGREC/14, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la Contratación Menor N° 11448/SIGAF/2014 para la “Adquisición de Elementos de Seguridad para Centros Verdes“ con destino a la Dirección General Reciclado de este Ministerio;

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Que mediante Disposición N° 253-DGTALMAEP/14, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, estableciéndose el presupuesto oficial para la presente contratación, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS UNO CON 60/100 ($ 454.401,60.); Que, a su vez, por el aludido acto administrativo se llamó a Contratación Menor N° 11448-SIGAF/2014 para el día 16 de Octubre de 2014 a las 13:00 horas y se efectuaron las publicaciones de rigor del llamado a esta Contratación Menor establecidas en la normativa vigente; Que tal como luce en el Acta de Apertura N° 2240/2014, se recibió una única oferta perteneciente a la firma SUR COMEX S.R.L. (Oferta N° 1) y se procedió a confeccionar el pertinente Cuadro Comparativo de Ofertas; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en atención a lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo de adjudicación. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 95/14,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 11448-SIGAF/2014 efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14. Artículo 2º.- Adjudíquese a la firma SUR COMEX S.R.L. (Oferta N° 1) la presente contratación por un monto total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 34/100 ($ 538.296,34.), en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14. Artículo 3º.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria del ejercicio correspondiente. Artículo 4º.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exhíbase copia de la presente Disposición en la Cartelera de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de esta Dirección General. Comuníquese a la Dirección General Reciclado y a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de este Ministerio, en prosecución del trámite. Pazos Verni

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Ministerio de Modernización

DISPOSICIÓN N.º 135/DGTALMOD/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, y su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, los Decretos Nros. 1.145/GCBA/09, 226/GCBA/13 y 165/GCBA/14, las Disposiciones Nº 396/DGCyC/14 y Nº132/DGTALMOD/14, el Expediente Electrónico Nº 17290825/2014/DGTALMOD, CONSIDERANDO: Que por el Expediente referenciado en el Visto, tramita la contratación requerida mediante Nota Nº: NO- 2014-17291683-DGAMT, para la realización de Trabajos de pintura en la Dirección General Administración de Medicina del Trabajo, dependiente de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, sita en Avda. Amancio Alcorta 1502, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764; Que en tal orden de ideas por Disposición Nº 132/DGTALMOD/14 se aprobó el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales como PLIEG-2014-17288701-DGAMT, y se realizó el pertinente llamado a Contratación Menor - Proceso de Compra Nº 642-0460-CME14, por un monto de pesos cuatrocientos sesenta mil con 00/100 ($ 460.000,00.-); Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente al gasto en cuestión, conforme Solicitud de Gasto 642-2601-SG14; Que habiendo tenido lugar el acto de apertura, el Sistema Buenos Compras (BAC) confirma tres ofertas, Claudio Adriano Lino Silvestri, Hemacar Construcciones S.R.L. y Belfast CM S.A.; Que de conformidad al Informe Técnico, incorporado como IF 2014- 17617037-DGTALMOD, de las ofertas presentadas se denota una paridad en dos de los oferentes, estableciéndose una diferencia entre las mismas del 1,21 % y respecto del tercer oferente éste cotiza un 23,4% menos que los restantes; Que la Comisión Evaluadora, de conformidad al cuadro comparativo de ofertas y tomando en cuenta el dictamen técnico, se expide con relación a la oferta de Claudia Adriano Lino Silvestri, estimando que la misma no cumple con los requisitos exigidos por el respectivo Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, entre otros en lo referente a la visita al lugar y la propuesta técnica, sin perjuicio de ser su oferta económica por debajo del Presupuesto Oficial; Que con relación a las restantes ofertas, tanto Hemacar Construccciones S.R.L. como Belfast CM S.A. cumplen con todos los requisitos exigidos por el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, y en lo que hace a la propuesta económica ambas resultan por debajo del Presupuesto Oficial; Que en base al análisis efectuado, se estima desde el punto de vista económico, conveniente a los intereses de la Administración adjudicar la contratación a la empresa Belfast CM S.A.;

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Que se efectuaron las afectaciones presupuestarias correspondientes para hacer frente al gasto en cuestión con cargo al presente ejercicio y el respectivo registro de compromiso definitivo. Por ello, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, los Decretos Nros. 226/GCBA/13 y 165/GCBA/14,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor - Proceso de Compra Nº 642-0460-CME14, para la contratación de Trabajos de pintura a realizarse en la Dirección General Administración de Medicina del Trabajo, dependiente de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, sita en Avda. Amancio Alcorta 1502 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y adjudicase a la firma Belfast CM S.A., por un monto de pesos trescientos cuarenta y ocho mil con 00/100 ($ 348.000,00.-). Artículo 2°.- La erogación que demanda la presente contratación será imputada a la respectiva partida del presupuesto 2014. Artículo 3°.- Publíquese en el BOCBA, y en la página de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un (1) día. Exhíbase por igual tiempo en la cartelera de la gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Notifíquese al oferente. Comuníquese a la Dirección General Medicina del Trabajo, dependiente de la Subsecretaria de gestión de Recursos Humanos. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de esta Dirección General. Cumplido, archívese. Caeiro

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.° 1690/DGET/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 6 y 123, los Decretos Nº 220/07 y 222/12, la Resolución N° 300/MAyEPGC/08, el Expediente Nº 2.752.307/12, y CONSIDERANDO: Que por el citado expediente tramita la Declaración de Impacto Ambiental y el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para las actividades: “Rubros autorizados: Terminal de concentración de pasajeros con origen o destino en las terminales aeroportuarias y portuarias y servicio de pasajeros y turistas, cargas, y encomiendas (Privado); Servicio de cafetería para el viajero; Venta de productos regionales; Comercio minorista artículos artesanales; Agencia de turismo, asistencia integral al viajero; Agencia de remises; Playa de estacionamiento; Helipuerto (elevado) y Hangar. Rubros según normativa vigente: Garage de ómnibus y colectivos (605.080); Café Bar (602.020); Comercio minorista de artículos personales y para regalos (603.310); Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc. (604.001); Agencia de remises (604.056); Playa de estacionamiento (604.080); Helipuerto (605.110)“, que se desarrollarían en predio ubicado en Avenida Eduardo Madero Nº 1299 (Distrito de zonificación: RU); con una superficie de 3.947,76 m2, cuyo titular es la empresa TRASLADOS ESPECIALES S.A.; Que en el contexto de la Ley N° 123 las actividades antes señaladas han sido categorizadas Con Relevante Efecto Ambiental (CRE), por consiguiente debe celebrarse la pertinente Audiencia Pública, exigida en forma obligatoria por la normativa aplicable, y en un todo de acuerdo con el artículo 30 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de la Dirección General de Evaluación Técnica mediante el Informe IF-2014-17287030-DGET se ha expedido respecto del mérito del estudio de Evaluación de Impacto Ambiental presentado por el solicitante; Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9º, inciso d) de la Ley Nº 123 en virtud de la delegación efectuada el Señor Presidente de ésta Agencia mediante la Resolución RESOL-2014-548-APRA, el Señor Director General de Evaluación Técnica, como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 123 ha emitido el Dictamen Técnico (IF-2014- 17665659-DGET), receptando las consideraciones técnicas del proyecto efectuadas en el Informe Técnico antes citado; Que se ha expedido la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental mediante Acta N° 29/CIHA/14, en orden a la competencia atribuida en el punto g) del Anexo II del Decreto N° 220/07 y la Resolución N° 300/MAyEPGC/08; Que habiéndose agregado el Dictamen Técnico y en mérito a los demás antecedentes antes señalados, corresponde proceder a efectuar la convocatoria a Audiencia Pública para la discusión y evaluación de la propuesta; Que en virtud de lo previsto en el Artículo 17 del Anexo I del Decreto Nº 222/12 ha sido delegada en la Autoridad de Aplicación la convocatoria a Audiencia Pública a la que

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hace referencia el Artículo 26 de la Ley N° 123, sin perjuicio de la intervención que le cabe a la Dirección General de Participación Ciudadana dependiente de la Subsecretaria de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana; Que el llamado a Audiencia Pública tiene por finalidad consultar en forma simultánea, en pie de igualdad y a través del contacto directo con los vecinos, organizaciones intermedias, sindicatos, empresarios, funcionarios, académicos, urbanistas y todo otro interesado en el proyecto presentado de la manera mas amplia que sea posible, estimulando de esta manera la participación ciudadana y favoreciendo la toma de decisiones y la transparencia en la gestión pública, de acuerdo con la normativa aplicable y en cumplimiento del trámite previsto en el Capítulo VII de la Ley N° 123; Que hasta tanto se celebre la Audiencia Pública y a los efectos de la toma de vista de los interesados y de la inscripción de quienes quieran intervenir con el carácter de participantes se procederá a abrir el correspondiente Registro y poner a su disposición el Expediente Nº 2.752.307/12 en la Dirección General de Participación Ciudadana, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana sita en Avenida Roque Sáenz Peña N° 555 piso 8º de esta Ciudad, teléfono 4340-8429 o vía e-mail a [email protected] desde el martes 16 de diciembre de 2014, hasta el miércoles 14 de enero de 2015 inclusive, en el horario de 11:00 a 16:00 horas; Que el Artículo 45 de la Ley N° 6 prevé que con el fin de difundir la convocatoria a Audiencia Pública se debe de publicitar en los medios de difusión masiva su realización con una antelación no menor de veinte (20) días hábiles respecto de la fecha fijada para la misma, en tanto que el Artículo 26 de la Ley Nº 123 establece que el costo de las mismas así como todo otro gasto que irrogue la implementación la Audiencia corren por cuenta del responsable del proyecto; Que cabe destacar que se suscribe el presente acto en virtud de lo establecido en la Resolución RESOL-2014-548-APRA, por la cual el Señor Presidente delegó en la Dirección General de Evaluación Técnica la firma de actos administrativos, la atención de los asuntos y despacho diario de la Presidencia en el período comprendido entre los días 9 de diciembre de 2014 y hasta el 12 de diciembre 2014 inclusive; Por ello, y en orden a las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL 2014-137-APRA y RESOL 2014-228-APRA y sus modificatorias,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE Artículo 1º.- Convócase a Audiencia Pública, de conformidad con lo establecido en Artículo 26 de la Ley Nº 123 de Evaluación de Impacto Ambiental y bajo el régimen de la Ley Nº 6 y sus modificatorias, para el día martes 20 de enero de 2015, desde las 15:00 horas en el Museo de Arte Moderno, sito en la avenida San Juan N° 350, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- El objeto de la Audiencia Pública convocada precedentemente es el análisis de las actividades “Rubros autorizados: Terminal de concentración de pasajeros con origen o destino en las terminales aeroportuarias y portuarias y servicio de pasajeros y turistas, cargas, y encomiendas (Privado); Servicio de cafetería para el viajero; Venta de productos regionales; Comercio minorista artículos artesanales;

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Agencia de turismo, asistencia integral al viajero; Agencia de remises; Playa de estacionamiento; Helipuerto (elevado) y Hangar. Rubros según normativa vigente: Garage de ómnibus y colectivos (605.080); Café Bar (602.020); Comercio minorista de artículos personales y para regalos (603.310); Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc. (604.001); Agencia de remises (604.056); Playa de estacionamiento (604.080); Helipuerto (605.110)“, que se desarrollarían en predio ubicado en Avenida Eduardo Madero Nº 1299 (Distrito de zonificación: RU); con una superficie de 3.947,76 m2, cuyo titular es la empresa TRASLADOS ESPECIALES S.A. Artículo 3º.- El organismo encargado de organizar la Audiencia Pública convocada por el Artículo 1º de la presente, es la Dirección General de Participación Ciudadana dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana, la cual dispondrá la apertura del registro de Participantes. Artículo 4º.- La documentación técnica correspondiente debe ser aportada por esta Agencia de Protección Ambiental. Artículo 5º.- Los participantes deben inscribirse y tomar vista del Expediente Nº 2.752.307/12 en la Dirección General de Participación Ciudadana dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana sita en Avenida Roque Sáenz Peña N° 555 piso 8º, teléfono 4340.8429 o vía e-mail: [email protected] desde el martes 16 de diciembre de 2014 hasta el miércoles 14 de enero de 2015 inclusive, en el horario de 11:00 a 16:00 horas. Artículo 6º.- La difusión de la Audiencia Pública debe ser realizada de conformidad a lo previsto en el Artículo 45 de la Ley N° 6. Artículo 7º.- Establécese que la Audiencia Pública será presidida por el Señor Presidente de esta Agencia, pudiendo delegar esta función en otro funcionario que él designe. La Coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarias/os de la Dirección General de Participación Ciudadana dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana. Artículo 8°.- Las erogaciones emergentes de las tareas a desarrollar para la organización y celebración de la Audiencia Pública serán solventados en forma exclusiva por TRASLADOS ESPECIALES S.A., pudiendo comprender los gastos de publicación, logística, equipamiento, material de apoyo, grabación, desgrabación, versión taquigráfica, confección del Acta de Audiencia, no siendo la descripción taxativa, pudiendo comprender otras erogaciones siempre y cuando se vinculen inmediata o mediatamente con el objeto. Artículo 9°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y procédase a la notificación a la parte interesada, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Participación Ciudadana dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana. Cumplido, archívese. Nardi

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Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.° 122/DGPRT/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: el Decreto N° 477/11, la Disposición reglamentaria Nº 344-DGC/11, la Disposición Nº 81- DGTALET/14 y el Expediente Nº 15.278.821/14, las Notas Nº 14.592.277-DGTALET/2014, Nº 15.202.453-MHGC/2014 y; CONSIDERANDO: Que en el expediente citado tramita la rendición de los fondos entregados a la Dirección General de Promoción Turística, del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires por Disposición Nº 81- DGTALET/14, en los términos del Decreto Nº 477/11, en concepto de viáticos e inscripciones, para atender el desplazamiento de la Sra. Gabriela Salvatierra, Agente de la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, para participar de el "45° Workshop ACAV 2014", en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, por la suma total de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ONCE ($ 5.311,00); Que por Nota Nº 14.592.277-DGTALET/2014 se propuso autorizar el viaje de la señora Gabriela Salvatierra, D.N.I. Nº 24.265.196, asignándole los viáticos correspondientes estipulados por el Decreto Nº 477/11; Que por Nota Nº 15.202.453-MHGC/2014, se autorizó la excepción para la realización del presente viaje, ello de conformidad con el art. 6º del Decreto 353/14; Que en cumplimiento del procedimiento para las asignaciones en concepto de Viáticos, Inscripciones, Alojamiento y Pasajes establecido por la Disposición Nº 344-DGC/11, la Sra. Gabriela Salvatierra, ha acompañado debidamente cumplimentada y firmada la Declaración Jurada Anexo III, establecida en la Disposición Nº 344-DGC/11, detallando además los gastos referidos a pasajes y alojamiento aprobada por Decreto Nº 477/11. Que analizada la oportunidad, mérito y conveniencia de los mismos corresponde proceder a su aprobación. Por ello, conforme con el procedimiento determinado en la Disposición señalada,

El DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébense los gastos que conforman la rendición de los fondos otorgados mediante Disposición Nº 81-DGTALET/14, por la suma de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS ONCE ($ 5.311,00), en concepto de viáticos e inscripciones, así como los gastos correspondientes a pasajes y alojamiento, contenidos en la Declaración Jurada que como Anexo IF-2014-17.542.704-DGPRT, forma en un todo parte integrante de la presente Disposición, para atender el desplazamiento a la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, República Argentina, a fin de participar de el "45° Workshop ACAV 2014", acreditando que los mismos guardan razonable relación con el fin para el que fueran asignados.

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Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Díaz Gilligan

DISPOSICIÓN N.° 123/DGPRT/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 2.627, 4.685, 2.095 y modificatorias, la Resolución Nº 17-ENTUR/2014 y Expediente Nº 16469667-ENTUR/2014 y CONSIDERANDO: Que la Ley 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley Nº 4.685 modificó la Ley Nº 2.627 con el propósito de dotar al organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo; Que es su función fomentar el turismo nacional e internacional y desarrollar estrategias de mercado que tiendan a promocionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino turístico, así como representarla, como administración local de turismo, ante todos aquellos organismos nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, entidades públicas y privadas, empresas y particulares; Que del juego armónico de las Resoluciones N° 2-ENTUR/08, N° 44-ENTUR/11, N° 354-ENTUR/11, N° 2/GCABA/DEENTUR/12, N° 13-DEENTUR/2013 y Nº 17-ENTUR/2014, surgen tanto la estructura orgánico funcional del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, como asimismo las responsabilidades primarias de esta DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, encontrándose entre ellas la de coordinar y organizar la participación en ferias, congresos, exposiciones y eventos en el ámbito nacional a los efectos de promover el turismo receptivo en la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante Nota 17579139/DGPRT/2014 de fecha 27 de octubre del corriente año, se propició desde esta Dirección General la contratación del servicio de producción integral a los fines de posibilitar la participación del ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES en la feria "Expo Sustenta 2014" que tuviera lugar en el Municipio de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, entre los días 6 y 9 de noviembre del corriente año; Que, siendo el mentado evento un espacio de concurrencia masiva, representaba una oportunidad importante para difundir, mediante la producción integral y generación de contenido, los valores y principios con los que viene trabajando el Ente de Turismo; Que, en ese sentido, cabe señalar que "Expo Sustenta 2014" genera un espacio de transmisión de valores y compromisos sobre la alimentación saludable, consumo responsable, sustentabilidad, cuidado del medio ambiente y lineamientos generales afines a los ejes de gestión con los que venimos trabajando;

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ANEXO

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Que la celeridad con la que debieron llevarse a cabo las acciones de referencia, tanto como la consecuente necesidad de proceder a la contratación inmediata de los servicios en cuestión -en razón de la inminencia de la fecha de la realización de la feria- así como el imperativo de darle continuidad a la gestión procurando evitar la frustración o no cumplimiento tempestivo de objetivos institucionales relevantes, tornaron claramente inviable el sometimiento de los gastos respectivos a los procedimientos previstos en el régimen general de compras y contrataciones; Que, dichas circunstancias configuraron de manera indubitable la necesidad y urgencia habilitantes de la contratación según los términos y condiciones previstos en el artículo 6° del Decreto N° 556/GCABA/2010 -con las modificaciones introducidas por el art. 5° del Decreto N° 752/GCABA/2010- en cuya virtud se instauró un mecanismo para hacer frente a aquellos gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio con arreglo a la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o mediante el régimen excepcional de Cajas Chicas regulado por Decreto N° 67/GCABA/2010 y reglamentado -en lo sustancial- por Resolución N° 51/MH/2010 y Resolución N° 74/MH/2013; Que teniendo en consideración la mencionada premura con que debió procederse a la contratación aludida y, a los efectos de la consecución efectiva de los objetivos planteados, se han solicitado TRES (3) presupuestos a empresas del rubro, en estricta observancia de lo preceptuado en ese sentido por el artículo 2°, inc. b) del mentado Decreto N° 556/2010; Que, de las tres ofertas cotizadas, la firma FIREFLY S.R.L., CUIT N° 30-714181498-8, resultó quien ofreciera el presupuesto más conveniente, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), cuyo detalle surge tanto del presupuesto oportunamente presentado por la empresa adjudicataria, como del cuadro comparativo de ofertas que lucen glosados en las actuaciones de referencia; Que, asimismo, la firma FIREFLY S.R.L, a quien se adjudicara la provisión requerida, se encuentra debidamente inscripta en el REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES (RIUPP), según los términos previstos en el artículo 22 de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que a los fines de reflejar el gasto en cuestión se ha realizado la registración contable pertinente por medio de la Solicitud de Gasto N° 66.019; Que en virtud de lo expuesto precedentemente, analizada que fuera la documentación aportada la empresa adjudicataria de la provisión requerida, teniendo en consideración que la prestación ha sido efectuada en forma satisfactoria y con arreglo a lo oportunamente requerido, y habida cuenta de la procedencia de su pago, resulta pertinente la emisión del acto administrativo correspondiente por medio del cual se viabilice la cancelación de dicho pago por medio de la aprobación del gasto respectivo; Por ello, conforme las facultades delegadas por Decreto N° 556/2010 y su modificatorio N° 752/2010;

EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL ENTE DE TURISMO

DISPONE: Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa de la empresa FIREFLY S.R.L., CUIT N° 30-714181498- 8, a los efectos de sufragar los costos inherentes al servicio de producción integral a los fines de posibilitar la participación del ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES en la feria "Expo Sustenta 2014" que tuviera lugar en el Municipio de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, entre los días 6 y 9

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de noviembre del corriente año, los que ascienden a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000); Articulo 2°.- Dicho gasto se imputará a la Partida del Presupuesto correspondiente al ejercicio en vigor; Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese. Díaz Gilligan

DISPOSICIÓN N.° 124/DGPRT/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: La Resolución Conjunta N° 1203/MMGC/2014; las Disposiciones N° 78/DGTALET/14, N° 116/DGPRT/2014, N° 117/DGPRT/2014; Nº 118/DGPRT/2014 y N° 119/DGPRT/2014 y CONSIDERANDO: Que por Resolución Conjunta N° 1203/MMGC/14 se creó en la órbita del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, el Programa “Experiencia Buenos Aires“ con el objetivo principal de generar una plataforma de promoción turística orientada a jóvenes entre 18 y 35 años, instrumentada a través de la participación e intercambio de experiencias y prácticas profesionales que permitan, en su conjunto, potenciar y consolidar a la Ciudad de Buenos Aires como destino turístico joven; Que el artículo 2° de la citada norma faculta a la Dirección General de Promoción Turística del Ente de Turismo a dictar las Bases y Condiciones particulares del Programa y las normas instrumentales, interpretativas y complementarias para la implementación de dicho Programa; Que, en este sentido, por Disposición N° 78/DGTALET/14 fueron aprobadas las Bases y Condiciones particulares de la Primera Edición del Programa "Experiencia Buenos Aires", las que establece en ocho (8) el número de ganadores que vendrán a la Ciudad de Buenos Aires y realizarán la práctica profesional para la que fueron seleccionados durante tres (3) meses, del 2 de enero al 31 de marzo de 2015; Que, debido al gran caudal de solicitudes de inscripción recibidas, por Disposición N° 116/DGPRT/2014 se procedió ampliar la cantidad de Candidatos finalistas de 3 (TRES) a 10 (DIEZ) por cada Práctica Profesional, a los efectos de ampliar el universo de finalistas sobre el que el Jurado debería -conforme el punto 8 Tercera Etapa. Selección de Ganadores de las Bases y Condiciones-, efectuar la selección del ganador de cada Práctica Profesional con sus respectivos suplentes; Que, por medio de Disposición N° 117/DGPRT/2014 se designó a los integrantes del Jurado indicado en el considerando precedente; Que, al cabo de la sustanciación del concurso según las previsiones plasmadas en las Bases y Condiciones particulares de la Primera Edición del Programa "Experiencia Buenos Aires" han sido elegidos, por parte del Jurado, los 10 (DIEZ) candidatos finalistas por cada práctica profesional cuyos nombres y N° de D.N.I. fueron oportunamente consignados en Anexo IF-2014-17298726-DGPRT de la Disposición Nº 118/DGPRT/2014, la que fuera posteriormente rectificada mediante Disposición Nº 119/DGPRT/2014;

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Que de acuerdo a los puntos 4 Áreas Temáticas y 8 Tercera Etapa. Selección de Ganadores de las Bases y Condiciones, el Jurado constituido debe proceder a la elección de un (1) Ganador y dos (2) Suplentes por cada Práctica Profesional, con excepción del "Equipo Gastronómico del Ente de Turismo" para el que serán tres (3) Ganadores seleccionados con sus respectivos Suplentes; Que en virtud de lo expuesto precedentemente, resulta necesario proceder a la designación de los 8 (OCHO) Ganadores con sus respectivos Suplentes elegidos por el Jurado interviniente; Por ello, y en uso de sus facultades que le fueran conferidas por Resolución Conjunta Nº 1203/MMGC/2014;

EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1°.- Ténganse por elegidos los 8 (OCHO) Ganadores y sus respectivos Suplentes para cada Práctica Profesional, según las previsiones plasmadas en las Bases y Condiciones particulares de la Primera Edición del Programa "Experiencia Buenos Aires", cuyos datos lucen insertos en el Anexo IF-2014- 17585421-DGPRT, que forma parte integrante del presente. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Díaz Gilligan

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ANEXO

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Agencia de Sistemas de Información

DISPOSICIÓN N.º 440/DGTALINF/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 70, Ley N° 2.689, la Ley Nº 4.809, el Decreto N° 2/GCABA/2.014, la Resolución Nº 18/ASINF/13, el Expediente Electrónico Nº 17334477-MGEYA-ASINF-2014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 10858/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar las compras detalladas en el IF-2014-17537106-ASINF; Que por medio de la Ley Nº 4.809 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que mediante la Resolución Nº 18/ASINF/2013 se modificó la estructura organizativa de la Agencia de Sistemas de Información, y se encomendó al Director General Técnico Administrativo y Legal, entre otras cosas administrar los bienes y recursos de la Agencia y analizar, elaborar, registrar y controlar la ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Agencia; Que así por Decreto Nº 2/GCABA/14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 10858/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2/GCABA/2.014; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 del Decreto Nº 2/GCABA/ 14,

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Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como DI-2014-17537368-DGTALINF, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Disposición. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Dacharry

DISPOSICIÓN N.º 441/DGTALINF/14

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, la Resolución Nro. 16/ASINF/10, la Disposición Nº 418/DGTALINF/2.014, el Expediente Electrónico Nº 16667428 -MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la contratación del "Servicio de Instalación, provisión y soporte de treinta (30) antenas WIFI Indoor para dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que a través de la Nota Nº 14172573-DGIASINF-2014 obrante bajo el número de Orden 3, el Director General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información solicitó se arbitren los medios necesarios para gestionar la contratación indicada ut -supra; Que por Disposición Nº 418/DGTALINF/14 (Orden Nº 11) se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y se llamó a Contratación Menor Nº 13416/SIGAF/2.014, bajo el amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095, su modificatorio Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para el día 1º de diciembre de 2014 a las 11:00 hs. cursándose las correspondientes invitaciones a las empresas OPTIMA INGENIERÍA S.A, DATCO S.A, DCS S.A,(Orden Nº 14); Que asimismo se estableció que el presupuesto total estimado para la presente contratación asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 258.900,00) I.V.A. incluido, ejecutable dentro del ejercicio 2014; Que bajo Orden Nº 17 luce el Acta de Apertura Nº 80/2014 de la cual surge la oferta presentada por la empresa DCS S.A (Orden Nº 15);

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ANEXO

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

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Que en este sentido, mediante Informe Nº 17268201-ASINF obrante bajo Orden Nº 18, la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de esta Agencia de Sistemas de Información realizó el análisis de los aspectos administrativos de la oferta presentada por la empresa señalada ut-supra e informó que la documentación recibida soporte de la oferta, cumple por lo solicitado por pliegos; Que al respecto bajo Orden Nº 20 obra el Examen Preliminar de los Aspectos Formales, registrado en SADE como IF-2014-17288986-ASINF; Que por Informe Nº 17434685-DGIASINF-2014 obrante bajo Orden Nº 23, el Director General de de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información informó que la oferta cumple con el requerimiento especificado en los Pliegos que rigen la presente contratación; Que conforme obra bajo Orden Nº 16, la empresa DCS S.A se encuentra debidamente inscripta en el Registro Único y Permanente de Proveedores; Que bajo Orden Nº 27 luce el Informe Nº 17496231-ASINF-2014 mediante el cual el Gerente Operativo de Compras y Contrataciones de la Agencia de Sistemas de

Información manifestó que del análisis y evaluación de la oferta presentada, resulta adjudicable a la firma DCS S.A por ser económica y técnicamente más conveniente para la administración; Que asimismo agregó que la erogación total del gasto asciende a la suma de pesos doscientos cuarenta y un mil quinientos con 00/100 ($ 241.500,00); Que bajo número de Orden 6, obra la Solicitud de Gastos N° 66167/SIGAF/2.014 en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al ejercicio 2.014; Que en este sentido bajo Orden Nº 26, obra el correspondiente Registro de Compromiso Definitivo Nº 471734/2014; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información ha tomado la debida intervención; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la Contratación Menor Nº 13416/SIGAF/2.014 y adjudique a la empresa DCS S.A la contratación del "Servicio de Instalación, provisión y soporte de treinta (30) antenas WIFI Indoor para dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 13416/SIGAF/2.014, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095, su modificatorio Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 para la contratación del "Servicio de Instalación, provisión y soporte de treinta (30) antenas WIFI Indoor para dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Artículo 2°.- Adjudícase el Renglón Nº 1 por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 241.500,00) a la empresa DCS S.A. Artículo 3°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la partida correspondiente al presupuesto del Ejercicio 2.014. Artículo 4º.- Autorizase a emitir la orden de compra. Artículo 5º.- Publíquese en la página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Artículo 6º.- Notifíquese fehacientemente a la empresa DCS S.A. de conformidad con los artículos 60 y 61 del Decreto 1510/GCABA/1997. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase en prosecución de su trámite a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Dacharry

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 266/HBR/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO Expediente Electrónico N°8215942-MGEYA-HBR-2014, la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y, CONSIDERANDO Que, por la citada actuación se tramita el Proceso de Compra Nº: 431-0539-LPU14 bajo la modalidad de Licitación Pública para la ADQUISICIÓN SET DESCARTABLE DE ABLACION, con destino a la UNIDAD DE ORL, bajo el nuevo sistema de compras electrónicas BAC, siguiendo la normativa vigente y el Decreto Nº: 1145/09 (ANEXO I PROCEDIMIENTO BUENOS AIRES COMPRA); Que, por Disposición Nº 361-HBR-2014 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Licitación Pública Nº 431-0539-LPU14 para el día 28/07/14 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 31° de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario N° 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura (BAC) se recibió una única (1) oferta de la firma: MD MEDICAL DEVICES S.A.; Que, obra el cuadro comparativo de precios, y el DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS (BAC), según lo manifestado en el Informe Técnico con fecha 02/09/2014, de los cuales surge que corresponde la adjudicación de la única oferta presentada por: MD MEDICAL DEVICES S.A. (Renglón N° 1), por resultar oferta conveniente conforme los términos del artículo 109º de la Ley Nº 2095 y su modificatoria; Que, el Dictamen emitido fue exhibido en la cartelera del organismo licitante el día 07/11/2014; Que por DI-848-014-HBR el Director del Hospital..." UN EQUIPO DE ABLACION POR RADIOFRECUENCIA -MARCA ARTHROCARE ENT. ANMAT Nº: 1837/09 -MODELO COBLARTOR II NUMERO DE SERIE: C20K0000JT, provisto por la empresa MD MEDICAL DEVICES SA; conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características y especificaciones técnicas de los citados equipos en cumplimiento de la citada Orden de Compra ; Que, según Memorando nº 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos licitatorios que lleven a cabo; Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 109º de la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14, y lo dispuesto en los Artículos 6º del Decreto Nº: 392/2010

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EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADMINISTRATIVA

ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Art. 1º - Apruébese la Licitación Pública Nº 431-0539-LPU14 realizada al amparo de los establecido en el Articulo Nº 31º de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764 y Decreto Reglamentario 95/14, adjudíquese la ADQUISICION SET DESCARTABLE DE ABLACION , con destino a la UNIDAD DE ORL a favor de la siguiente firma MD MEDICAL DEVICES S.A.: (Renglón N° 1), por un Importe de PESOS: SESENTA Y CUATRO MIL CON 00/100($ 64.000,00) Art. 2º - Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida Presupuestaria del ejercicio 2014 y ejercicio futuro;. Art. 3º - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Hospital Bernardino Rivadavia por el termino de un (1) día. Art. 4º - Emítase la respectiva Orden de Compra ajustada al Proyecto obrante en el pertinente actuado. Art. 5º Cúmplase lo establecido en los artículos 2º a 5º de la DI-2014-848-HBR Art. 6º - Regístrese, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, BAC y Boletín Oficial, por el término de un (1) día, notifíquese a la empresa. Maiorano - Fernández Rostello

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 396/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 13536617/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 368/14 (Pedido Sigaf Nº 9614/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0002-00188195 (LABORATORIOS FABRA S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.-

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EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA"

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Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 18(Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 159.612,82 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 340.387,18 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA

DEL HOSPITAL "P.PIÑERO" DISPONEN

Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($8.750) realizado a la firma LABORATORIOS FABRA S.A. CUIT 30-53447579-5.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 397/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 13462749/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.-

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Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 364/14 (Pedido Sigaf Nº 9611/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00018719 (SUTURAS ARGENTINAS S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 17(Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 150.862,82 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 349.137,18 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS CUATRO ($6.804) realizado a la firma SUTURAS ARGENTINAS S.R.L. CUIT 30-69965140-7.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 138 de 232

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 398/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 13462365/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Traumatología solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 363/14 (Pedido Sigaf Nº 9648/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00002431 (INSUMOS HOSPITALARIOS de FOGEL JAIME EUGENIO), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 16(Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 144.058,82 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 355.941,18 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 139 de 232

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Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS ($9.900) realizado a la firma INSUMOS HOSPITALARIOS de FOGEL JAIME EUGENIO CUIT 20-11644268-0.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 399/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el E.E. Nº 13123151/2014 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados se tramitó la reparación de referencia para el Servicio de Guardia.- Que resulta impostergable e imprescindible para asegurar resultados finales esenciales.- Que, la Sección Compras identifico el presente pedido con el Nº 345/14 (SIGAF Nº9615/14).- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Dirección autorizó que la presente reparación fuera realizada por la firma RAYOS X DINAN S.A., por tratarse de un equipo cuyo desarme y examen previo resultaba imprescindible para determinar la reparación necesaria y que pudiera resultar más conveniente. Que, mediante Remito Nº0001-00002303 (RAYOS X DINAN S.A.), se acreditó la reparación del aparato señalado. Que, se ha considerado a la firma RAYOS X DINAN S.A., habiendo acreditado ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley Nº 2095. Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 15 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 134.158,82 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 365.841,18

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EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA

DEL HOSPITAL "P.PIÑERO" DISPONEN

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Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.-

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA

DEL HOSPITAL "P.PIÑERO" DISPONEN

Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE ($3.315) realizado a la firma RAYOS X DINAN S.A. CUIT 30-52306170-0.- Art. 2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente. Art. 3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art. 4º.- Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 404/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 13464162/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 361/14 (Pedido Sigaf Nº 9513/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP;

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 141 de 232

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Que, mediante Remitos Nº 0001-00019651 (RAUL JORGE LEON POGGI) 0001- 00095731 (DROGUERIA MARTORANI S.A.) 0001-00004263 (STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 09 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 92.607,60 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 407.392,40 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO" DISPONEN

Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($20.980) realizado a las firmas RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20-08336759-9 por PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE ($4.415) DROGUERIA MARTORANI S.A. CUIT 30-70296606-6 por PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($4.625) CUIT STORING INSUMOS MEDICOS S.R.L. CUIT 30-70887571-2 por PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($11.940).- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 405/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 9483045/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 309/14 (Pedido Sigaf Nº 7912/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00038376 (RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 01 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 1.917,60 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 498.082,40 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 143 de 232

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Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS UN MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON 60/00 ($1.917,60) realizado a la firma RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A. CUIT 30-61933934-3.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 406/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 13018818/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 353/14 (Pedido Sigaf Nº 9509/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00022933/22942 (DROGUERIA BIOFARMA S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 08 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 71.627,60 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 428.372,40 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.-

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 144 de 232

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Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS NUEVE MIL OCHENTA Y NUEVE ($9.089) realizado a la firma DROGUERIA BIOFARMA S.R.L. CUIT 30-60459619-6.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 407/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 12864083/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Odontología solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 349/14 (Pedido Sigaf Nº 9240/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00007938 (BRAIN MEDICAL de OSCAR ALEJANDRO REVELLO), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.-

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 145 de 232

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Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 07 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 62.538,60 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 437.461,40 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010 EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO" DISPONEN

Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS ONCE MIL CIENTO TREINTA Y TRES ($11.133) realizado a la firma BRAIN MEDICAL de OSCAR ALEJANDRO REVELLO CUIT 23-18606781-9.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 408/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 10476728/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Odontología solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.-

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 146 de 232

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Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 311/14 (Pedido Sigaf Nº 8013/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00004356 (TRAUMAX S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 02 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 10.867,60 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 489.132,40 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($8.950) realizado a la firma TRAUMAX S.R.L. CUIT 30-70970355-9.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 409/HGAPP/14

Buenos Aires, 21 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 11915044/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Odontología solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 325/14 (Pedido Sigaf Nº 8448/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00004358 (TRAUMAX S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 03 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 20.717,60 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 479.282,40 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

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Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 9.850) realizado a la firma TRAUMAX S.R.L. CUIT 30-70970355-9.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 420/HGAPP/14

Buenos Aires, 22 de octubre de 2014 VISTO el EE Nº 14072082/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Hemoterapia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 365/14 (Pedido Sigaf Nº 9838/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00041082 (BIOQUIMICA S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 22 (Octubre/14) ACUMULADO APROBADO $ 198.414,82 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 301.585,18 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.-

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DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO" DISPONEN

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA

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Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA ($830) realizado a la firma BIOQUIMICA S.R.L. CUIT 30-64216922-6.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud. Efrón - Bruno

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Instituto de Juegos de Apuestas de la CABA

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N.º 36/IJACBA/14

Buenos Aires, 28 de noviembre de 2014 VISTO las leyes Nº 538, 916 y 2600, la Resolución de Directorio Nº 35/IJACBA/2013, nota de renuncia del agente Leandro Raúl Perugini, el Expediente Nº 194/IJACABA/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 538, regula todos los Juegos de Apuestas que se organizan, administre, exploten o comercialicen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 1º de la Ley Nº 916, creó al Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como autoridad de aplicación de la Ley Nº 538, dotándolo de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera, Que asimismo mediante Resolución de Directorio Nº 35/IJACBA/2013 del 22 de noviembre de 2013, se renovó la designación del personal en la Planta Transitoria por el período 01/01/2014 al 31/12/2014; Que con fecha 1º de octubre de 2014 el Sr. Leandro Raúl Perugini, DNI 30.902.817, ha presentado nota de renuncia a su puesto como agente de Planta Transitoria en el Instituto de Juegos de Apuestas de la C.A.B.A con efectividad a partir del 1º de noviembre del corriente año; Que no se encuentran objeciones ni situaciones pendientes que resolver que no ameriten la aceptación de la misma; Que la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia; Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas por la ley 916 (B.O.C.B.A. Nº 1578-28/11/2002) artículo 4º y su ley modificatoria Nº 2.600 (B.O.C.B.A. Nº 2852-17/01/2008); Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º: Aceptar a partir del 1º de noviembre de 2014, la renuncia presentada por el agente Dr. Leandro Raúl PERUGINI, DNI 30.902.817, al puesto que ocupa como agente de Planta Transitoria del Instituto de Juegos de Apuestas dentro del Agrupamiento Profesional, Tramo “A”, Nivel 3, que revestía en la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, en atención a los considerandos que anteceden. Artículo 2º: Dar intervención al Departamento Recursos Humanos a fin que practique la correspondiente liquidación final. Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Ejecutivas y notifíquese al personal alcanzado por esta norma. Archívese. García Lira - Ibarzábal - Sosa - Del Sol

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RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N.º 37/IJACBA/14

Buenos Aires, 28 de noviembre de 2014 VISTO las leyes Nº 538, 916 y 2600, la Resolución de Directorio Nº 35/IJACBA/2013, nota de renuncia de la agente María Manuela Marroquín, el Expediente Nº 195/IJACABA/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 538, regula todos los Juegos de Apuestas que se organizan, administre, exploten o comercialicen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 1º de la Ley Nº 916, creó al Instituto de Juegos de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como autoridad de aplicación de la Ley Nº 538, dotándolo de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera, Que asimismo mediante Resolución de Directorio Nº 35/IJACBA/2013 del 22 de noviembre de 2013, se renovó la designación del personal en la Planta Transitoria por el período 01/01/2014 al 31/12/2014; Que con fecha 30 de octubre de 2014 la Sra. María Manuela Marroquín, DNI 25.405.335, ha presentado nota de renuncia a su puesto como agente de Planta Transitoria en el Instituto de Juegos de Apuestas de la C.A.B.A con efectividad a partir del 1º de diciembre del corriente año; Que no se encuentran objeciones ni situaciones pendientes que resolver que no ameriten la aceptación de la misma; Que la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia; Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas por la ley 916 (B.O.C.B.A. Nº 1578-28/11/2002) artículo 4º y su ley modificatoria Nº 2.600 (B.O.C.B.A. Nº 2852-17/01/2008); Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1º: Aceptar a partir del 1º de Diciembre de 2014, la renuncia presentada por la agente Sra. María Manuela MARROQUIN, DNI 25.405.335, al puesto que ocupa como agente de Planta Transitoria del Instituto de Juegos de Apuestas dentro del Agrupamiento Administrativo, Tramo “B”, Nivel 7, que revestía en la Presidencia del Organismo, en atención a los considerandos que anteceden. Artículo 2º: Dar intervención al Departamento Recursos Humanos a fin que practique la correspondiente liquidación final. Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Ejecutivas y notifíquese al personal alcanzado por esta norma. Archívese. García Lira - Ibarzábal - Sosa - Del Sol

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Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 422/PG/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, los Decretos N° 2186/GCABA/2004, Nº 127/GCABA/2014 y Nº 166/GCABA/2014, las Resoluciones Nº 44/ASINF/2008, Nº 237/PG/2009 y Nº 399/PG/2009, la Disposición Nº 58/DGTALPG/2014, el EE N° 14339398/PG/2014 y; CONSIDERANDO: Que por el EE Nº 14339398/PG/2014 tramita la Licitación Pública N° 1595/SIGAF/2014 cuyo objeto es la contratación y ejecución de las obras de remodelación, reacondicionamiento y puesta en valor del séptimo piso del edificio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Uruguay Nº 440/466, de dicha Ciudad; Que mediante Disposición Nº 58/DGTALPG/2014 se aprobaron los Pliegos de Condiciones Particulares (PLIEG-2014-15989243-DGTALPG) y su Anexo (IF-2014-15986325-DGTALPG), los Pliegos de Especificaciones Técnicas Cláusulas Generales (IF-2014-15986414-DGTALPG), de Especificaciones Técnicas Cláusulas Particulares (IF-2014-15986604-DGTALPG), de Especificaciones Técnicas Instalaciones Sanitarias (IF-2014-15986993-DGTALPG), de Especificaciones Técnicas Instalación Termomecánica (IF-2014-15987420-DGTALPG), y de Especificaciones Técnicas Instalaciones Eléctricas y Corrientes Débiles (IF-2014-15987458-DGTALPG), correspondientes a la Licitación Pública de que se trata; Que mediante PV-2014-14583005-DGRP la Dirección General de Redeterminación de Precios se expidió en el marco del artículo 8º del Decreto Nº 127/GCABA/2014; Que asimismo, en cumplimiento de la Resolución Nº 44/ASINF/2008, se dio intervención a la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no resultando observación alguna respecto del Pliego de Especificaciones Técnicas de Instalaciones Eléctricas y Corrientes Débiles; Que a su vez, a través de la Disposición precitada se aprobó un presupuesto oficial de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 48/100. ($9.831.725, 48); Que en este contexto, el día 14 de noviembre de 2014 tuvo lugar el acto de apertura de ofertas, labrándose el Acta de Apertura Nº 2472/2014, presentándose las firmas CUNUMI S.A. (CUIT Nº 30-61574803-6), MARLE CONSTRUCCIONES S.A. (CUIT Nº 33-56839753-9) y KIR S.R.L. (CUIT Nº 30-70223204-6);

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Que de la referida Acta de Apertura surge que dichos oferentes presentaron las correspondientes garantías de mantenimiento de sus propuestas y que cotizaron los siguientes precios: CUNUMI S.A., la suma de pesos diez millones novecientos setenta y nueve mil veinticinco con 30/100 ($ 10.979.025,30), IVA incluido; MARLE CONSTRUCCIONES S.A., la suma de pesos once millones setecientos veintitrés mil doscientos nueve con 64/100 ($ 11.723.209,64), IVA incluido; y KIR S.R.L., la suma de pesos diez millones seiscientos cuatro mil ciento noventa y tres con 68/100 ($ 10.604.193,68), IVA incluido; Que con la finalidad de analizar y evaluar las distintas ofertas presentadas desde el punto de vista técnico- administrativo, jurídico y económico-financiero, tomaron intervención las distintas áreas competentes de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Procuración General. Que por su parte, la Comisión de Evaluación de Ofertas conformada según Resolución Nº 399/PG/2014, mediante Dictamen IF-2014-16979222-DGAINST de fecha 21 de noviembre de 2014 y por los fundamentos allí expuestos, sostuvo la prelación de ofertas conforme el siguiente orden: KIR S.R.L., CUNUMI S.A. y MARLE CONSTRUCCIONES S.A.; Que asimismo, en virtud de lo demás expresado en dicho Dictamen, y por ser la mejor de las propuestas presentadas, expresamente recomendó preadjudicar la contratación a la firma KIR S.R.L.; Que la pre-adjudicación se notificó en forma fehaciente a la totalidad de los oferentes participantes en la contratación, a la vez que se cumplió con la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio WEB del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en la Cartelera de este organismo licitante; Que vencido el plazo previsto en el artículo 1.4.2 del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores, ninguno de los oferentes participantes en la contratación ha impugnado la pre-adjudicación; Que la Dirección General de Relaciones Contractuales ha tomado la intervención que corresponde en virtud de su competencia, emitiendo el Dictamen Jurídico IF-2014-17418154-DGRECO, conforme lo establecido en el artículo 3° de la Resolución Nº 237/PG/2009; Que por ello, y en virtud de las competencias resultantes del Decreto Nº 166/GCABA/2014 y el punto 1.4.3 del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 1595/SIGAF/2014 para la contratación y ejecución de las obras de remodelación, reacondicionamiento y puesta en valor del séptimo piso del edificio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Uruguay Nº 440/466, de dicha Ciudad. Artículo 2°.- Adjudícase la Licitación Pública N° 1595/SIGAF/2014 a la firma KIR S.R.L. por la suma de pesos diez millones seiscientos cuatro mil ciento noventa y tres con 68/100 ($ 10.604.193,68), IVA incluido, por ser la oferta más conveniente y ajustarse a lo requerido por las normas que regulan la presente contratación. Artículo 3°.- Aféctase definitivamente el monto indicado en el Artículo 2° a las partidas presupuestarias de los ejercicios económicos pertinentes. Artículo 4°.- Notifíquese fehacientemente los términos de la presente a la firma adjudicada y a los demás oferentes participantes del procedimiento de contratación de conformidad con el punto 1.4.3 del Pliego de Condiciones Generales para Obras Mayores.

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Artículo 5°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Procuración General para la

prosecución del trámite. Conte Grand

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Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.º 71/DGTALPG/14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014 VISTO: las Leyes N° 2095 y N° 4764, los Decretos Nº 1145/GCABA/2009 y 95/GCABA/2014, la Resolución Conjunta N° 8/MHGC/SECLYT/2012, las Resoluciones Nº 237/PG/2009, Nº 1160/MHGC/2011, Nº 123/PG/2012, Nº 424/MHGC/2013 y Nº 274/PG/2014, las Disposiciones Nº 396/DGCYC/2014 y 573/DGCYC/2014, el EE N° 13803747/DGTALPG/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2095 modificada por su similar N° 4764, establece las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos, designando como Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Dirección General de Compras y Contrataciones; Que el Decreto N° 95/GCABA/2014, reglamentario de la Ley N° 2095, fija los niveles de decisión y cuadro de competencias para el dictado de los actos administrativos comprendidos en dicha normativa; Que por Decreto N° 1145/GCABA/2009 se reglamentó el artículo 83 de la Ley N° 2095 e implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Resolución N° 1160/MHGC/2011 se aprobaron las normas de procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público a través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Resolución Conjunta N° 8/MHGC/SECLYT/2012 el Ministro de Hacienda y el Secretario Legal y Técnico establecieron que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá realizar las licitaciones y contrataciones directas a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones BAC; Que por Resolución Nº 424/MHGC/2013 se estableció que todas las jurisdicciones deberán realizar las Licitaciones y Contrataciones regidas por la Ley Nº 2095 por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Disposición Nº 573/DGCYC/2014, modificatoria del Anexo I de la Resolución citada precedentemente, se establece la aplicación del Procedimiento Buenos Aires Compras (BAC) para la modalidad de contratación directa por compra menor; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/2014 el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de órgano rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios;

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Que por el EE N° 13803747/DGTALPG/2014 tramita la Contratación Directa para la adquisición de un "Servicio de suscripción online de información jurídica", a cargo de la firma Abeledo Perrot S.A. con destino la Procuración General de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, por el término de 12 meses consecutivos y un monto total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($ 252.182,00); Que por IF-2014-15465930-DGIJE, la Dirección General de Información Jurídica y Extensión de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informa que la oferta traída a consideración por la firma Abeledo Perrot S.A. contiene una suscripción al servicio on-Iine con más el soporte en papel de diversas publicaciones, siendo estas últimas parte integrante de una de las colecciones permanentes de la Biblioteca del Organismo; Que expresa además que todos los elementos considerados constituyen un sistema técnico especializado que recopila y clasifica, según criterios de valoración, jurisprudencia de distintos fueros y jurisdicciones; incorpora doctrina sobre diversos temas y de variados autores y selecciona legislación nacional, provincial y municipal, siendo éste material de indispensable necesidad para nutrir a las distintas áreas de la Procuración General de la Ciudad; Que por IF-2014-14089691-DGTALPG se ajunta declaración bajo juramento de la firma Abeledo Perrot S.A. de la que surge que son los propietarios, editores y únicos prestadores de dichos servicios en exclusividad; Que conforme lo expuesto y siendo que el oferente resulta ser editor y único distribuidor del sistema y de las publicaciones que ofrece, la presente contratación se encuadra en el inciso 5 del artículo 28º de la Ley N ° 2095 modificada por la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014; Que la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General, creada por Resolución Nº 123/PG/2012 y modificada por su similar Nº 274/PG/2014, ha tomado la intervención que le compete; Que en ese orden de ideas, se ha procedido a confeccionar los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas; Que se ha realizado la correspondiente afectación presupuestaria; Que por IF-2014-17488639-DGRECO, la Dirección General de Relaciones Contractuales ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución Nº 237/PG/2009; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 95/GCABA/2014;

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL

DISPONE Artículo 1º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que, como Anexo I (PLIEG-2014-17578079-DGTALPG) y Anexo II (IF-2014-17578258-DGTALPG), forman parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Llámese a Contratación Directa N° 730-0172-CDI14 para el día 17 de diciembre de 2014 a las 15 horas, para la contratación de un "Servicio de suscripción on line de información jurídica" con la firma ABELEDO PERROT S.A., con destino a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el inciso 5) del artículo 28 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria N° 4764, por un monto total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($ 252.182,00) por un plazo de doce (12) meses

consecutivos. Artículo 3º.- Las erogaciones a que de lugar la presente contratación serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes del presente ejercicio económico.

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Artículo 4º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Portal Buenos Aires Compras y en el sitio web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Notifíquese de manera fehaciente a la firma involucrada. Cumplido, archívese. Rodríguez

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ANEXO

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Comunicados y Avisos Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE Comunicado 31 Ingreso 2014 - Junta De Clasificación Inicial El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento con lo normado en la Ordenanza Nº 40593 y su Reglamentación, informa que la Junta de Clasificación Docente Área Inicial procederá a realizar el Concurso de INGRESO 2014 Maestras/os de Sección y Maestra/os Celadoras/res (Resolución Nº 2014/3555/MEGC), según el siguiente Cronograma: Para Cargos de maestras/os de sección Día: Lunes 15 de diciembre de 2014. Lugar: Escuela Técnica N° 23 DE 13 “Casal Calviño”, Lacarra 621. Horarios: 9 hs: Desde Nº de Orden 1 Ptje. 35,2360 hasta Nº de Orden 372 Ptje. 25,0875 11 hs: Desde Nº de Orden 373 Ptje. 25.0850 hasta Nº DE Orden 713 Ptje. 23,0990 13 hs: Desde Nº de Orden 714 Ptje. 23,0920 hasta Nº de Orden 1054 Ptje. 21,4510 15 hs: Desde Nº de Orden 1055 Ptje. 21,4500 hasta Nº de Orden 1426 Ptje. 19,8260 17 hs: Desde Nº de Orden 1427 Ptje. 19.8200 hasta Nº de Orden 2232 Ptje. 16,9140 Para Cargos de maestras/os celadoras/es Día: Martes 16 de diciembre de 2014. Lugar: Escuela Técnica N° 23 DE 13 “Casal Calviño”, Lacarra 621. Horarios: 9 hs: Desde Nº de Orden 1 Ptje. 35,4095 hasta Nº de Orden 403 Ptje. 29,9993 11 hs: Desde Nº de Orden 404 Ptje. 29,9960 hasta Nº de Orden 806 Ptje. 26,8110 13 hs: Desde Nº de Orden 807 Ptje. 26,8080 hasta Nº de Orden1209 Ptje. 24,3160 14, 30 hs: Desde Nº de Orden 1210 Ptje. 24,3130 hasta Nº de Orden 2077 Ptje. 20,3930 IMPORTANTE: - Documentación requerida: DNI. -Se solicita concurrir únicamente en el horario convocado según el puntaje debido a la capacidad del lugar.

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Inicia: 15-12-2014 Vence: 16-12-2014

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- En el caso de no concurrir personalmente, se podrá enviar un representante con la autorización correspondiente y DNI, a fin de cumplimentar el acto administrativo.

María L. Piacenza Gerenta Operativa

CA 490

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO Búsqueda de actuación - Expediente Nº 1.531.392/11 Atento que en esta Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, no se ha podido localizar el Expediente Nº 1.531.392/11 e Inc., en forma previa a la reconstrucción del mismo, según los términos del artículo 11 del anexo de la Resolución Nº 138/SLYT/10, se solicita a todas las reparticiones de este Gobierno de la Ciudad que tengan a bien proceder a la búsqueda exhaustiva del Expediente en cuestión, informando a esta Subsecretaría el resultado de la misma. Sin otro particular saluda atte.

Rodrigo Javier Silvosa Subsecretario

CA 489 Inicia: 11-12-2014 Vence: 18-12-2014

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Agencia de Protección Ambiental

El DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Convoca a Audiencia Pública Disposición N°1690-DGET/14 - Expediente N° 2.752.307/12 Objeto: Análisis del Proyecto de las actividades “Rubros según normativa vigente: Garage de ómnibus y colectivos (605.080); Café Bar (602.020); Comercio minorista de artículos personales y para regalos (603.310); Agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, etc. (604.001); Agencia de remises (604.056); Playa de estacionamiento (604.080); Helipuerto (605.110)”. Lugar: Museo de Arte Moderno, sito en la Av. San Juan N° 350 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha y Hora: Martes 20 de enero de 2015, a partir de las 15:00 horas. Lugar de Inscripción y Consulta del Expediente: Dirección General de Participación Ciudadana, dependiente de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana (Avenida Roque Sáenz Peña Nº 555 piso 8º), teléfono 4340-8429, desde el martes 16 de diciembre de 2014 hasta el miércoles 14 de enero de 2015 inclusive, en el horario de 11:00 a 16:00 horas ó vía e-mail: [email protected]. Autoridades: Presidida por el Señor Presidente de La Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La coordinación estará a cargo de funcionaria/o de la Dirección General de Participación Ciudadana. Procedimiento Aplicable: Ley N° 6 y sus modificatorias, y Ley Nº 123.

Sra. Marina Hernández Dirección General de Participación Ciudadana

CA 492 Inicia: 12-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Consejo de la Magistratura

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA RESOLUCIÓN N.º 1/PCSEL/14 Se amplía en un cargo el concurso N°48/14 convocado para cubrir tres cargos de Juez de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas de Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2014 VISTO: El concurso nro. 48/14, convocado mediante Res. CSEL nro. 2/2014 para cubrir tres (3) cargos de Juez de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el art. 13 del Reglamento de concursos (aprobado por Res. CSEL nro. 873/08), y CONSIDERANDO: Que por Res. Presidencia nro. 1134/14 se aceptó la renuncia del Dr. Gabriel Eduardo Vega al cargo de Juez de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas. Que, en consecuencia, ha quedado vacante un cargo de Juez de Primera Instancia del mencionado fuero. Que, por su parte, el artículo 13 del Reglamento de concursos (aprobado por Res. CM nro. 873/08) establece que en caso de producirse nuevas vacantes en igual cargo y fuero durante el desarrollo de un Concurso, y hasta que se produzca la discusión del orden de mérito provisorio por el Plenario, se deberán incorporar automáticamente todos aquellos cargos que queden vacantes durante el trámite del expediente, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias, debiendo comunicarse esta ampliación por el término de tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página web del Consejo de la Magistratura, en dos (2) diarios de gran circulación a nivel nacional y mediante carteles en edificios del Poder Judicial, en los Colegios de Abogados y en las Facultades de Derecho con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que teniendo en cuenta el estado del trámite del concurso nro. 48/14 corresponde ampliar en un cargo la convocatoria de Juez de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA COMISION DE SELECCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Art. 1º: Ampliar en un (1) cargo el concurso nro. 48/14, convocado para cubrir tres (3) cargos de Juez de Primera Instancia en lo Penal Contravencional y de Faltas de Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 2º: Regístrese, publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página web del Consejo de la Magistratura, en dos

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(2) diarios de gran circulación a nivel nacional y mediante carteles en edificios del Poder Judicial, en los Colegios de Abogados y en las Facultades de Derecho con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese. García

Alejandra García Presidenta

CA 491 Inicia: 15-12-2014 Vence: 16-12-2014

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Preadjudicación - Expediente Nº 16.885.915/MGEYA-DGTALMJG/14 Licitación Pública N° 2051-0939-LPU14. Objeto: Contratación de un servicio integral para la producción de evento con armado y desarme de instalaciones, provisión de insumos, mantenimiento y logística general, para el Programa "Buenos Aires Playa 2015”. Dictamen de Evaluación BAC de fecha 15 de diciembre de 2014. Monto preadjudicado: pesos diecinueve millones doscientos noventa y seis mil ($ 19.296.000). Firma preadjudicada: E.S. Consulting S.R.L. (CUIT N° 30-71002650-1).

Horacio Rodríguez Larreta Jefe de Gabinete de Ministros

OL 4321 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 Se declara desierta licitación privada - Expediente Nº 8.992.679/UPEJOL/14 Licitación Privada de Obra Menor N° 93-SIGAF/14. Declárese desierta la Licitación Privada de Obra Menor N° 93-SIGAF/14 Acto Administrativo: Resolución Nº 19/UPEJOL/14.

Francisco J. Irarrazával Titular

OL4311 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Preadjudicación - Expediente Electrónico Nº 16.890.663/MGEYA/SSEMERG/14 Licitacion Publica N° 678-0943-LPU14. Dictamen Comisión de Evaluación de Ofertas. Rubro: Contenedores Especiales para Transporte y Almacenaje. Objeto de la contratación: Adquisición de Contenedores habitables para DGDCIV. Observaciones: Firma preadjudicada: Ecosan S.A. Renglón: 1 - cantidad: 5 - precio unitario: $ 426.400,00 - precio total: $ 2.132.000,00. La presente preadjudicación se fundamenta en el artículo 108 de la Ley N° 2095 atento a que la firma preadjudicada ha presentado la oferta más conveniente para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y cumple con los requisitos, conforme lo especificado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Se deja constancia que se dio cumplimiento al art. 106 de la Ley N° 2.095 en virtud que se solicito el dictamen de evaluación técnica de las ofertas a la dirección general de defensa civil perteneciente a la subsecretaria de emergencia. Lugar de exhibición de acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, Subsecretaría de Emergencias, sita en Av. Regimientos de Patricios 1142, 2º piso, 1 día en cartelera.

Néstor A. Nicolás Subsecretario

OL 4324 Inicia: 15-12-2014 Vence: 16-12-2014

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA Preadjudicación - Expediente Electrónico Nº 16.249.835/14 Licitación Pública N° 2900-0914-LPU14. Objeto de la contratación: Adquisición de municiones con destino a la Policía Metropolitana. Oferta preadjudicada: Sociedad Internacional de Representaciones S.A. (Oferta 1), por un monto dólares estadounidenses catorce mil (U$ 14.000,00). Monto total preadjudicado: dólares estadounidenses catorce mil (U$ 14.000,00). Fundamento de la preadjudicación: Alejandro Lefevre, Santiago García Moritán y María de los Ángeles Quiroga. Vencimiento validez de oferta: 9/1/15. Lugar de exhibición del acta: Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana - Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana - Ministerio de Justicia y Seguridad, sito en Av. Regimiento de Patricios 1142, 1º piso, 1 día a partir de 15/12/14.

Mariana Ostiglia Directora General

OL 4317 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de insumos para Farmacia - Expediente N° 13.119.230/MGEyA/14 Llámese al Proceso de Compras 418-0756-LPU14 cuya apertura se realizará el día 23/12/14 a las 10.30 hs., para la adquisición de insumos para Farmacia. Autorizante: Disposición N° 1644/HGAJAF/14. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos “Juan A. Fernández”, Cerviño 3356, 5° piso de lunes a viernes de 9 a 12 hs., hasta la hora de apertura. Lugar de apertura: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos ”Juan A. Fernández”, Cerviño 3356, 5° piso.

José A. Lanes Director

Stella M. Nocetti Gerente Operativa

OL 4313 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de Tubo generador de Rayos X - Expediente N° 13.603.163/MGEyA/14 Llámese al Proceso de Compras 418-0792-LPU14 cuya apertura se realizará el día 23/12/14 a las 10 hs., para la adquisición de Tubo generador de rayos X. Autorizante: Disposición N° 1643/HGAJAF/14 Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos “Juan A. Fernández”, Cerviño 3356, 5° piso de lunes a viernes de 9 a 12 hs., hasta la hora de apertura. Lugar de apertura: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos “Juan A. Fernández”, Cerviño 3356, 5° piso.

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José A. Lanes Director

Stella M. Nocetti Gerente Operativa

OL4312 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de Insumos para quirófano - Expediente N° 15.158.449/MGEyA/14 Llámese al Proceso de Compras 418-0852-LPU14 cuya apertura se realizará el día 23/12/14 a las 11 hs., para la adquisición de Insumos para quirófano. Autorizante: Disposición N° 1645/HGAJAF/14. Valor del pliego: $ 0. Adquisición y consultas de pliegos: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos “Juan A. Fernández”, Cerviño 3356, 5° piso de lunes a viernes de 9 a 12 hs., hasta la hora de apertura. Lugar de apertura: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5° piso.

José A. Lanes Director

Stella M. Nocetti Gerente Operativa

OL 4314 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “JUAN A. FERNÁNDEZ” Adquisición de insumos para anestesia - Expediente N° 15.162.801/MGEyA/14 Llámese al Proceso de Compras 418-0853-LPU14 cuya apertura se realizará el día 23/12/14 a las 11.30 hs., para la adquisición de insumos para anestesia. Autorizante: Disposición N° 1646/HGAJAF/14. Valor del pliego: $ 0.

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 169 de 232

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Adquisición y consultas de pliegos: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5° piso de lunes a viernes de 9 a 12 hs., hasta la hora de apertura. Lugar de apertura: en la Oficina de Compras del Hospital Gral. de Agudos Juan A. Fernández, Cerviño 3356, 5° piso.

José A. Lanes Director

Stella M. Nocetti Gerente Operativa

OL 4315 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE - GOCYC Adquisición de heladeras - Expediente Electrónico Nº 17.148.408/MGEYA-DGADC/14 Llámase a Licitación Pública Nº 401-0980-LPU14, que se gestiona a través del sistema BAC (www.buenosairescompras.gov.ar), para la adquisición de heladeras con destino al Programa de Inmunizaciones dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”. Apertura: 19/12/14, a las 11 hs. Autorizante: Disposición Nº 162/DGADC/14. Repartición destinataria: Dirección General Redes y Programas. Unidad Requirente: Dirección General Redes y Programas de Salud. Valor del pliego: sin valor comercial. Retiro y consulta de pliegos: Los pliegos se encuentran disponibles en el portal www.buenosairescompras.gov.ar. Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta. Las consultas deberán realizarse mediante Buenos Aires Compras (BAC) hasta el día 16 de diciembre de 2014 a las 11 horas. Lugar de apertura: La apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar

Emilse Filippo Directora General

OL 4325 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE Preadjudicación - Expediente Electrónico Nº 12.012.252-MGEYA-DGADC/14 Licitación Pública Nº 401-0700-LPU14. Dictamen de Evaluación de Ofertas BAC suscripto por los señores Damián Leardo Gabás, Alejandro Enrique Varsallona y Eduardo Daniel Langer. Clase: Etapa única Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Adquisición de mobiliario y equipos de uso médico con destino al Hospital General de Agudos J.M. Penna del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ofertas desestimadas: conforme se detalla en el Dictamen de Preadjudicación de Ofertas y el Informe Técnico y su ampliatorio que obran como anexos de la presente. Fracasados: Renglones 1, 6, 9, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 21 y 22. Desiertos: Renglón 26. Orden de Mérito: Renglón N° 2: 1°) QUIRO-MED S.A.C.I.F.; 2°) PETTINARI METAL S.A.C.I.F.I. y A. Renglón N° 3: 1°) PETTINARI METAL S.A.C.I.F.I. y A..; 2°) QUIRO-MED S.A.C.I.F. Renglón N° 4: 1°) CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A., opción 1; 2°) QUIROMED S.A.C.I.F. Renglón N° 23: 1°) QUIRO-MED S.A.C.I.F.; 2°) PETTINARI METAL S.A.C.I.F.I. y A. Firmas Preadjudicatarias: QUIRO-MED S.A.C.I.F. CUIT N° 30-56300666-4 Domicilio: Zavaleta 661, PB - C.A.B.A. RENGLÓN CANTIDAD P. UNITARIO $ P. TOTAL $ 2 2 6.081,53 12.163,06 7 2 12.493,95 24.987,90 12 1 68.654,60 68.654,60 18 7 1.482,74 10.379,18 23 3 42.987,00 128.961,00 Total: 245.145,74. PETTINARI METAL S.A.C.I.F. y A. CUIT N° 30-50145780-5 Domicilio: Pacheco 2467 - C.A.B.A. RENGLÓN CANTIDAD P. UNITARIO $ P. TOTAL $ 3 4 4.125,00 16.500,00 8 2 16.300,00 32.600,00 Total: 49.100. CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. CUIT N° 30-61878318-5 Domicilio: Av. Córdoba 2300 - C.A.B.A. RENGLÓN CANTIDAD P. UNITARIO $ P. TOTAL $ 4 10 5.130,00 51.300,00

10 16 596,00 9.536,00 20 1 26.090,00 26.090,00 24 9 2.070,00 18.630,00 Total: 105.556.

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TALLERES METALÚRGICOS ETNA S.A. CUIT N° 30-50550098-5 Domicilio: Tucumán 1438, piso 2, dpto 205 – C.A.B.A. RENGLÓN CANTIDAD P. UNITARIO $ P. TOTAL $ 5 1 3.872,00 3.872,00 25 4 1.298,00 5.192,00 Total: 9.064. Monto total preadjudicado: pesos cuatrocientos ocho mil ochocientos sesenta y cinco con setenta y cuatro centavos ($ 408.865,74). Encuadre Legal: Art. 108, Ley N° 2095, modificada por Ley N° 4764.

ANEXO

Emilse Filippo Directora General

OL 4330 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI Adjudicación - Expediente Nº 13.564.304-MGEYA/14 Disposición Aprobatoria Nº 382/HGADS/14. Contratación Directa Nº 162/14. Rubro: Adquisición del Servicio Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Mesa para Anestesia marca Penlon, modelo 202, con destino al Departamento de Recursos Físicos de este Hospital. Firma adjudicada: ADOX S.A. Renglón: 1 - Cantidad: 12 meess - Precio unitario: $ 5.808,00 - Precio Total: $ 69.696. Total: pesos sesenta y nueve mil seiscientos noventa y seis ($ 69.696). Encuadre legal: Art. 28 inc. 5) Ley Nº 2095 (BOCBA Nº 2557/06), Ley Nº 4764/13 (BOCBA Nº 4313/14) su Decreto Reglamentario Nº 95/14 (BOCBA Nº 4355/14), el Decreto Nº 1145/09 (BOCBA Nº 3332/10) y la Resolución Nº 1160/GCBA/11 (BOCBA Nº 3724/11). Observaciones: Se adjudico según Informe Técnico.

Sergio E. Auger Director

Diego A. Rizzo

Coordinador de Gestión Económico Financiero OL 4329 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de equipamiento y materiales informáticos - Expediente Electrónico N° 2.757.140/DGTEDU/14 Llámase a Licitación Pública N° 746/SIGAF/14, que tramita la adquisición de equipamiento y materiales informáticos para el Centro de Innovación de Tecnología Educativa (CITE), dependiente de la Dirección General de Tecnología Educativa dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con modalidad de Orden de Compra abierta para el día 16 de diciembre de 2014 a las 12 hs. Repartición destinataria: Dirección General de Tecnología Educativa. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Departamento de Compras del Ministerio de Educación, sito en la Av. Paseo Colón 255, 2º piso frente. Acto Administrativo: Disposición N° 1363.

Graciela M. Testa Gerente Operativa

OL 4297 Inicia: 12-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de puesta en valor de fachada, atrio, hall y patio a ejecutarse en la Escuela de Danzas Nº 1, D.E. 1 - Expediente N° 15.595.900/14 Licitación Pública Nº 1754/SIGAF/14 (N° 28/14). Expediente N° 15.595.900/14. Objeto del llamado: Trabajos de puesta en valor de fachada, atrio, hall y patio a ejecutarse en la Escuela de Danzas Nº 1 D.E. 1 sita en Esmeralda 285 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Disposición N° 1355/DGAR/14. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito. Presupuesto oficial: $ 2.730.724,97 (pesos dos millones setecientos treinta mil setecientos veinticuatro con noventa y siete centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 22 de diciembre de 2014, a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 18 de diciembre de 2014 a las 10 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 90 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 4275 Inicia: 11-12-2014 Vence: 17-12-2014

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Contratación de servicio con el fin de implementar un sistema de trazabilidad y seguridad de archivos con tecnología RFID - Expediente Nº 15.677.296/14 Llámase a la Licitación Pública Nº 300-1011-LPU14, cuya apertura se realizará el día 18/12/14, a las 11 hs., para la contratación de un servicio con el fin de implementar un sistema de trazabilidad y seguridad de archivos con tecnología RFID. Autorizante: Resolución Nº 529/SECPLAN/14. Repartición destinataria: Secretaría de Planeamiento. Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: en BAC http://buenosairescompras.gob.ar/ Lugar de apertura: en BAC http://buenosairescompras.gob.ar/

Fernando Codino Director General

OL 4292 Inicia: 12-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Obra Civil - Palacio Lezama” - Expediente N° 13.723.076/14 Llámese a Licitación Pública Nº 1816/14. Obra “Obra Civil - Palacio Lezama”. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs. del día 20 de enero de 2015 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 4322 Inicia: 15-12-2014 Vence: 12-1-2015

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Instalaciones eléctricas de corrientes fuertes, corrientes débiles e iluminación - Expediente N° 13.723.595/14 Llámese a Licitación Pública Nº 1716/14. Obra: “Instalaciones eléctricas de corrientes fuertes, corrientes débiles e iluminación - Oficinas palacio Lezama”. Autorizante: Resolución N° 216/SSPUAI/14 Valor del pliego: Gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs del día 17 de diciembre de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 4319 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Cultura

MINISTERIO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL DE MÚSICA Preadjudicación - Expediente Electrónico Nº 12.335.995/14 Licitación Pública Nº 513-0718-LPU14. Expediente Electrónico Nº 12.335.995/14. Rubro: Adquisición de Instrumentos Musicales. Observaciones: Reunida la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación de referencia, designada a tal fin mediante Disposición Nº 30/DGMUS/14, con la presencia de Gustavo Alejandro Cushnir, Gabriela Aranaz y Carlos Alberto Castrelo a fin de proceder con la evaluación de las presentaciones efectuadas por las empresas: Melenzane S.A, Licicom SRL e Instrumentos Musicales S. A. a tal efecto, habiendo efectuado el pertinente análisis de los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización, esta Comisión de Evaluación de Ofertas aconseja: Fundamentación: Se aconseja adjudicar a favor de: Instrumentos Musicales S. A.: Renglones 1 y 2 en la suma total de hasta pesos un millón dos cientos cincuenta mil ($ 1.250.000). La adjudicación aconsejada lo ha sido por ofertas más convenientes en un todo de acuerdo a lo establecido en el art. 108 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley N°4.764 y el Decreto Nº 95/14, en concordancia con el artículo 28 de la Resolución Nº1.160/MHGC/11. Se desestiman las ofertas de las empresas: Melenzane S.A y Licicom SRL. por no ajustarse a las especificaciones Técnicas. Se deja constancia que el presente dictamen se emite superando el plazo previsto en el art. 106 de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la documentación

Juan C. Coacci Director General

OL 4320 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Agencia de Protección Ambiental

AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Preadjudicación - Expediente N° 14.294.720/14 Licitación Pública Nº 8934-0824-LPU14. Acta de Preadjudicación con fecha 2/12/14. Objeto del llamado: “Contratación de servicio de mantenimiento para red de estaciones automáticas epa de monitoreo atmosférico”. Fecha de apertura: 10/11/14. Ofertas presentadas: 2 (dos) de acuerdo a lo manifestado en el Acta de Apertura y a lo evaluado a través del cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de: Martin Miguel Almar - Siafa S.R.L. Objeto: reunidos en comisión los que suscriben, en la fecha indicada "ut-supra" con el objeto de considerar las propuestas recibidas para la presente contratación y según surge de lo manifestado precedentemente, han resuelto: Recomendar la preadjudicación del Renglón 1 a favor de: Martin Miguel Almar. Dictamen Autorizado: Blachet - Nüesch - Corbella Anuncio de preadjudicación: Artículo 108 del Decreto Nº 95/14 reglamentario de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria.

Luciano Casiraghi Director General

OL 4318 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Agencia Gubernamental de Control

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Mejoras del edificio de la Agencia Gubernamental de Control - Expediente Electrónico Nº 17.813.206/MGEYA-AGC/14 Licitación Pública N° 8262-1015-LPU14 Clase: etapa única. Objeto de la contratación: S/la contratación que tiene por objeto la realización de diversas mejoras en el área del primer piso del edificio sede de la Agencia Gubernamental de Control, sita en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 2933. Retiro de pliegos: La adquisición de los pliegos será a título gratuito mediante la página oficial de “Buenos Aires Compras” hasta las 11 horas del día 19 de Diciembre de 2014. Valor del pliego: Gratuito. Pliegos disponibles para su consulta en el sitio Web del GCBA: www.compras.buenosaires.gov.ar Presentación de las ofertas: fecha límite para el ingreso de las ofertas en la página web oficial de “Buenos Aires Compras” hasta las 11 horas del día 19 de Diciembre de 2014 y para la entrega de los sobres con la copia respectiva el mismo día y horario en la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de esta Agencia Gubernamental de Control, sita en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 2933, 2º piso. Fecha de apertura: la apertura de las ofertas se realizará en la página web oficial de “Buenos Aires Compras” a las 11 horas del día 19 de Diciembre de 2014.

Gustavo Alexis Bau Subgerente Operativo de Compras y Contrataciones

OL 4331 Inicia: 15-12-2014 Vence: 16-12-2014

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Ente de Turismo

ENTE DE TURISMO Adjudicación - Expediente Nº 17.408.607-DGTALET/14 Contratación Menor Nº 467/CME14. Disposición Nº 116/DGTALET/14. Rubro comercial: Artes Gráficas, Duplicación y Equipamiento para impresión, servicios. Objeto de la contratación: contratación del servicio de redacción y elaboración de piezas de marketing directo para las acciones de turismo a nivel nacional e internacional. Firma adjudicada: Done Comunicación S.A. CUIT. 30-71430339-9. Total adjudicado: pesos doscientos veintisiete mil trescientos veinticinco con 00/100 ($ 227.325,00). Lugar de exhibición del acta: Unidad de Adquisiciones - Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires.

Jesús M. Acevedo Director General

OL 4316 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad

de Buenos Aires

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS Preadjudicación - Expediente Interno N° 313/14 Licitación Pública N° 15/14. Acta de preadjudicación del 11 de diciembre de 2014. Objeto de la contratación: Desarrollo de la Web Electoral. Dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Firma preadjudicada: Czyne S.R.L. Fundamentación de la preadjudicación: La cotización se halla dentro de la afectación presupuestaria, la oferta se ajusta a los requerimientos exigidos por el pliego de bases y condiciones de la presente licitación, la empresa es proveedora del Tribunal con un desempeño que se considera altamente satisfactorio, y reúne las demás condiciones necesarias para contratar. CEO: Benarroch - Díaz - Godetti Lugar de exhibición del acta: Cartelera de la UOA el Tribunal Superior de Justicia, Cerrito 760, piso 6°, Dirección General de Administración y en la solapa de compras y contrataciones (licitaciones) de la página del Tribunal en Internet: www.tsjbaires.gob.ar.

Rubén R. Torres Director General de Administración

OL 4326 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Consejo de la Magistratura

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de sistemas de detección de incendios - Expediente CM Nº DCC-222/14 -0 Licitación Pública Nº 30/14. RESOLUCIÓN OAYF N° 356/14. Objeto: Adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de sistemas de detección temprana de incendio para los edificios sitos en las calles Libertad 1042, Bolívar 177 y Beruti 3345 del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consultas: Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Julio A. Roca 530, piso 8º Anexo, de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11 a 17 horas; o al teléfono 4008-0358, o en la página web: www.jusbaires.gov.ar. Adquisición de pliegos: Hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura de las ofertas, en la Dirección de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes, de 11 a 17 horas. Precio de los pliegos: sin cargo Presentación de las ofertas: hasta las 12 horas del día 23 de diciembre de 2014, en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 530, P.B., frente, de esta Ciudad. Fecha y lugar de apertura: 23 de diciembre de 2014, a las 12 horas, en la sede de este Consejo, Av. Julio A. Roca 530, piso 8º Anexo, Ciudad de Buenos Aires.

Horacio Lértora Director

OL 4306 Inicia: 12-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Preadjudicación - Nota Nº 1716/IVC/2013 Alc. 8 Contratación Directa Nº 14/14 - Servicio de Mantenimiento del Sistema de Presupuesto para el IVC - Nota Nº 1716/IVC/2013 Alc. 8. Acta de Preadjudicación Nº 20/14. De acuerdo a lo dispuesto por Acta de Directorio Nº 2449/D/2012, Nº 2501/D/2013 y Nº ACDIR-2014-3000-IVC, se reúnen los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, Lic. Federico Mauricio Braun, Dra. Sandra Noemí Villar, Arq. Gabriela Inés Zimerman y Cdra. Verónica Paula Abad, con el objeto de evaluar la documentación de la Oferta presentada a la Contratación del Motivo, cuyo presupuesto estimado asciende a la suma de Pesos Trescientos Cuarenta y Ocho Mil con 00/100 ($ 348.000,00.-) según surge del informe de fs. 21 y conforme Formulario de Solicitud de Gastos Nº 39371/2014 de fs. 22/23. A fs. 28 la Gerencia Administración y Finanzas propone la presente contratación, teniendo en cuenta que la misma “Es una herramienta fundamental para la gestión y el seguimiento del presupuesto de este IVC…” y agrega que “Las necesidades del ejecutivo en cuanto al seguimiento y armado de reportes está cubierta por este programa”. A fs. 17 la empresa SOFT del NOA S.R.L. manifiesta que “...es la única empresa que brinda el Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de la aplicación desarrollada “in house” en el Instituto de Vivienda para la administración del Presupuesto”. Es por ello que a fs. 33, la Gerencia de Asuntos Jurídicos efectúa el correspondiente encuadre conforme las Disposiciones del Inc. 4º, Art. 28 de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones, modificada por la Ley Nº 4764 y reglamentada por el Decreto Nº 95/14. Conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas Nº 41/14 obrante a fs. 61, con fecha 28 de Noviembre de 2014, se recibió la Oferta Nº 1 de la empresa SOFT DEL NOA S.R.L. (IF-2014-17191136-IVC). Llamada a intervenir, a fs. 75, la Gerencia Coordinación General Acceso a la Vivienda “...informa que la empresa cumple con las especificaciones técnicas...”. (IF-2014-17404267-IVC). Habiendo analizado la documentación, que rige la presente Contratación se destaca que la oferta recibida cumplimenta la requisitoria de la documentación licitaria. Se adjunta consulta efectuada del estado registral de la Empresa oferente (fs. 76/79). Por lo hasta aquí expuesto, esta Comisión de Evaluación de Ofertas recomienda: 1- Adjudicar la Contratación Directa Nº 14/14 - Servicio de Mantenimiento del Sistema de Presupuesto para el IVC - conforme las previsiones del Art. 28, Inc. 4º de la Ley Nº 2095 de Compras y Contrataciones, modificada por la Ley Nº 4764 y reglamentada por el Decreto Nº 95/14 - a la Oferta Nº 1 de la empresa SOFT DEL NOA S.R.L. por un total de Pesos Trescientos Ochenta y Cuatro Mil con 00/100 ($ 384.000,00.-) conforme surge del Anexo I adjunto a la presente, por resultar su oferta conveniente y ajustarse a los requerimientos de la documentación licitaria. Se deja constancia que corresponde publicar la presente y dar vista al oferente, en los términos del Artículo 108 del Decreto Nº 95/14, Reglamentario de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095, modificada por la Ley Nº 4764.

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Luego de concluida la labor de esta Comisión, se cierra el presente Acto firmando los suscriptos conformidad.

Federico Braun Gerente General

CV 32 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 186 de 232

ANEXO

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Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Preadjudicación - Expediente N° 3750-EURSP/14 Licitación Pública Nº 2/ERSP/14. Acta de Preadjudicación N° 14/14, de fecha 11 de diciembre de 2014. Clase: Etapa única. Rubro comercial: Comunicaciones. Objeto de la contratación: Contratación de servicio para telefonía móvil y adquisición de equipos. Firmas preadjudicadas: Telecom Personal S.A. Renglón 1, ítem 1, 2 y 3: Cantidad 12 Mes. P. Unitario: $ 27351.- P. Total: $ 328212. Renglón 2, ítem 1: Cantidad 12 Mes. P. Unitario: $ 197.- P. Total: $ 36784. Renglón 2, ítem 1: Cantidad 12 Mes. P. Unitario: $ 290- P. Total: $ 8990,20. Renglón 3, ítem 1 a 8: Cantidad 1 Unidad. P. Unitario: $ 50000.- P. Total: $ 50000. Renglón 4, ítem 1 a 3: Cantidad 1 Unidad. P. Unitario: $ 26000.- P. Total: $ 26000. Subtotal: $ 449.986,20. Total preadjudicado: $ 449.986,20. Fundamento de la preadjudicación: Martín A. Casabé - Mariano C. Corazzi - Mariano A. Balanovsky Vencimiento validez de oferta: veinte (20) días a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial. Lugar de exhibición del acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, sito en Bartolomé Mitre 760, por 1 día a partir de 12/12/14, en planta baja y piso 9.

Leonor R. Colombo Gerente de Administración

OL 4327 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Preadjudicación - Expediente N° 1046-EURSP/14 Licitación Privada Nº 12/ERSP/14. Acta de Preadjudicación N° 13/14, de fecha 11 de diciembre de 2014. Clase: Etapa única. Rubro comercial: Suministros y dispositivos para oficina, máquinas para oficina. Objeto de la contratación: adquisición de artículos de librería.

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Firmas preadjudicadas: Gustavo Manuel Ozemo Renglón 3, ítem 1: Cantidad 15 Pack x 12. P. Unitario: $ 51,66.- P. Total: $ 773,40.- Renglón 5, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ 16,60- P. Total: $ 166.- Renglón 7, ítem 1: Cantidad 8 Caja. P. Unitario: $ 11,39- P. Total: $ 91,12.- Renglón 8, ítem 1: Cantidad 8 Caja. P. Unitario: $ 26,85.- P. Total: $ 214,80.- Renglón 10, ítem 1: Cantidad 20 Unidad. P. Unitario: $ 30,46.- P. Total: $ 609,20.- Renglón 13, ítem 1: Cantidad 150 Unidad. P. Unitario: $ 14,15.- P. Total: $ 2122,50.- Renglón 13, ítem 2: Cantidad 120 Unidad. P. Unitario: $ 14,15.- P. Total: $ 1698.- Renglón 16, ítem 1: Cantidad 15 Unidad. P. Unitario: $ 14,60.- P. Total: $ 219.- Renglón 20, ítem 1: Cantidad 200 Unidad. P. Unitario: $ 15,39.- P. Total: $ 3078,09.- Renglón 33, ítem 1: Cantidad 150 Unidad. P. Unitario: $ 14,56.- P. Total: $ 2184.- Renglón 41, ítem 1: Cantidad 180 Unidad. P. Unitario: $ 1,03.- P. Total: $ 185,40.- Renglón 43, ítem 1: Cantidad 24 Unidad. P. Unitario: $ 21,33.- P. Total: $ 511.92.- Renglón 47, ítem 1: Cantidad 150 Unidad. P. Unitario: $ 4,09.- P. Total: $ 613,50.- Renglón 47, ítem 2: Cantidad 50 Unidad. P. Unitario: $ 4,09.- P. Total: $ 204,50.- Renglón 47, ítem 3: Cantidad 50 Unidad. P. Unitario: $ 4,09.- P. Total: $ 204,50.- Renglón 47, ítem 4: Cantidad 50 Unidad. P. Unitario: $ 4,09.- P. Total: $ 204,50.- Renglón 47, ítem 5: Cantidad 50 Unidad. P. Unitario: $ 4,09.- P. Total: $ 204,50.- Renglón 51, ítem 1: Cantidad 300 Unidad. P. Unitario: $ 4,96.- P. Total: $ 1488.- Renglón 63, ítem 1: Cantidad 50 Unidad. P. Unitario: $ 8,87.- P. Total: $ 443,5.- Renglón 63, ítem 2: Cantidad 36 Unidad. P. Unitario: $ 15,16.- P. Total: $ 545,78.- Subtotal: $ 15.762,10.- Los Chicos de las Bolsas S.R.L. Renglón 25, ítem 1: Cantidad 40 Caja x 25. P. Unitario: $ 73.- P. Total: $ 2920.- Renglón 28, ítem 1: Cantidad 400 Unidad. P. Unitario: $ 3,18.- P. Total: $ 1272.- Subtotal: $ 4.192.- Simón Alejandro Niemand Renglón 1, ítem 1: Cantidad 5 Unidad. P. Unitario: $ 544,50.- P. Total: $ 2722,50.- Renglón 2, ítem 1: Cantidad 100 Unidad. P. Unitario: $ 177,36.- P. Total: $ 17736.- Renglón 4, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ 132.- P. Total: $ 1320.- Renglón 9, ítem 1: Cantidad 50 Bolsa. P. Unitario: $ 15,94.- P. Total: $ 797.- Renglón 11, ítem 1: Cantidad 10 Pack x 12. P. Unitario: $ 15,55.- P. Total: $ 155,50.- Renglón 12, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ 241,12.- P. Total: $ 2411,20.- Renglón 13, ítem 3: Cantidad 15 Unidad. P. Unitario: $ 49,82.- P. Total: $ 747,30.- Renglón 13, ítem 4: Cantidad 15 Unidad. P. Unitario: $ 49,82.- P. Total: $ 747,30.- Renglón 14, ítem 1: Cantidad 20 Unidad. P. Unitario: $ 16,99.- P. Total: $ 339,80.-

Renglón 15, ítem 1: Cantidad 20 Caja x 50. P. Unitario: $ 122,51.- P. Total: $ 2450,20.- Renglón 15, ítem 2: Cantidad 25 Caja x 50. P. Unitario: $ 122,51.- P. Total: $ 3062,75.- Renglón 17, ítem 1: Cantidad 300 Caja x 100. P. Unitario: $ 6,68.- P. Total: $ 1998.- Renglón 18, ítem 1: Cantidad 60 Caja. P. Unitario: $ 3,86.- P. Total: $ 201,60.- Renglón 18, ítem 2: Cantidad 150 Caja. P. Unitario: $ 3,72.- P. Total: $ 558.- Renglón 18, ítem 3: Cantidad 120 Caja. P. Unitario: $ 5,17.- P. Total: $ 620,40.- Renglón 18, ítem 4: Cantidad 100 Caja. P. Unitario: $ 22,11.- P. Total: $ 2211.- Renglón 19, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ 78.60.- P. Total: $ 786.- Renglón 21, ítem 1: Cantidad 100 Unidad. P. Unitario: $ 16,28.- P. Total: $ 1628.- Renglón 22, ítem 1: Cantidad 150 Unidad. P. Unitario: $ 4,28.- P. Total: $ 642.- Renglón 23, ítem 1: Cantidad 200 Unidad. P. Unitario: $ 9.- P. Total: $ 1800.- Renglón 24, ítem 1: Cantidad 100 Unidad. P. Unitario: $ 9,80.- P. Total: $ 980.- Renglón 26, ítem 1: Cantidad 300 Unidad. P. Unitario: $ 6,99.- P. Total: $ 2097.- Renglón 27, ítem 1: Cantidad 250 Unidad. P. Unitario: $ 8,19.- P. Total: $ 2047,50.- Renglón 29, ítem 1: Cantidad 15 Unidad. P. Unitario: $ 50,89.- P. Total: $ 783,35.- Renglón 30, ítem 1: Cantidad 15 Unidad. P. Unitario: $ 28,39.- P. Total: $ 425,85.-

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Renglón 32, ítem 1: Cantidad 150 Unidad. P. Unitario: $ 3,47.- P. Total: $ 520,50.- Renglón 32, ítem 2: Cantidad 80 Unidad. P. Unitario: $ 11,89.- P. Total: $ 951,20.- Renglón 36, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ 110,72.- P. Total: $ 1107,20.- Renglón 38, ítem 1: Cantidad 72 Unidad. P. Unitario: $ 7,06.- P. Total: $ 508,32.- Renglón 40, ítem 1: Cantidad 200 Unidad. P. Unitario: $ 17,10.- P. Total: $ 3420.- Renglón 44, ítem 1: Cantidad 6 Unidad. P. Unitario: $ 320,33.- P. Total: $ 1921,98.- Renglón 45, ítem 1: Cantidad 40 Unidad. P. Unitario: $ 5,03.- P. Total: $ 201,20.- Renglón 45, ítem 2: Cantidad 50 Unidad. P. Unitario: $ 5,03.- P. Total: $ 150,90.- Renglón 46, ítem 1: Cantidad 24 Unidad. P. Unitario: $ 8,33.- P. Total: $ 199,92.- Renglón 46, ítem 2: Cantidad 12 Unidad. P. Unitario: $ 8,33.- P. Total: $ 99.96.- Renglón 46, ítem 3: Cantidad 12 Unidad. P. Unitario: $ 8,33.- P. Total: $ 99,96.- Renglón 46, ítem 4: Cantidad 12 Unidad. P. Unitario: $ 8,33.- P. Total: $ 99,96.- Renglón 48, ítem 1: Cantidad 60 Unidad. P. Unitario: $ 9,13.- P. Total: $ 547,80.- Renglón 48, ítem 2: Cantidad 39 Unidad. P. Unitario: $ 9,13.- P. Total: $ 328,68.- Renglón 49, ítem 1: Cantidad 4 Caja x 10. P. Unitario: $ 2,85.- P. Total: $ 9,40.- Renglón 50, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ 13,07.- P. Total: $ 130,70.- Renglón 51, ítem 1: Cantidad 300 Unidad. P. Unitario: $ 8,40.- P. Total: $ 2520.- Renglón 52, ítem 1: Cantidad 60 Unidad. P. Unitario: $ 78.- P. Total: $ 4680.- Renglón 53, ítem 2: Cantidad 4 Unidad. P. Unitario: $ 765,02.- P. Total: $ 3060,08.- Renglón 54, ítem 1: Cantidad 20 Unidad. P. Unitario: $ 11,45.- P. Total: $ 229.- Renglón 55, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ 33,40.- P. Total: $ 334.- Renglón 56, ítem 1: Cantidad 30 Unidad. P. Unitario: $ 17,30.- P. Total: $ 519.- Renglón 57, ítem 1: Cantidad 30 Unidad. P. Unitario: $ 33,49.- P. Total: $ 1004,70.- Renglón 59, ítem 3: Cantidad 50 Pack x 10. P. Unitario: $ 3,74.- P. Total: $ 187.- Renglón 60, ítem 1: Cantidad 15 Bolsa. P. Unitario: $ 126,22.- P. Total: $ 1893,30.- Renglón 60, ítem 2: Cantidad 10 Bolsa. P. Unitario: $ 144,22.- P. Total: $ 1442,20.- Renglón 61, ítem 1: Cantidad 100 Caja. P. Unitario: $ 15,77.- P. Total: $ 1577.- Renglón 62, ítem 1: Cantidad 120 Unidad. P. Unitario: $ 20.- P. Total: $ 2400.- Renglón 64, ítem 1: Cantidad 24 Unidad. P. Unitario: $ 10,45.- P. Total: $ 250,60.- Subtotal: $ 77.542,01 Renglones fracasados: Renglón 6, ítem 1: Cantidad 1 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ -

Renglón 31, ítem 1: Cantidad 20 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 33, ítem 2: Cantidad 80 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 34, ítem 1: Cantidad 3 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 35, ítem 1: Cantidad 5 Paquete. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 35, ítem 2: Cantidad 5 Paquete. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 35, ítem 3: Cantidad 3 Caja. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 37, ítem 1: Cantidad 2 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 39, ítem 1: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 39, ítem 2: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 39, ítem 3: Cantidad 20 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 39, ítem 4: Cantidad 20 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 42, ítem 1: Cantidad 25 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 52, ítem 2: Cantidad 10 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 53, ítem 1: Cantidad 4 Unidad. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 58, ítem 1: Cantidad 50 Pack x 5. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 58, ítem 2: Cantidad 100 Pack x 5. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 59, ítem 1: Cantidad 10 Bolsa. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Renglón 59, ítem 2: Cantidad 10 Bolsa. P. Unitario: $ - P. Total: $ - Subtotal: $ - Total preadjudicado: $97.496,10.-

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Fundamento de la preadjudicación: Martín A. Casabé - Mariano C. Corazzi - Mariano A. Balanovsky Vencimiento validez de oferta: veinte (20) días a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial. Lugar de exhibición del acta: Unidad Operativa de Adquisiciones, sito en Bartolomé Mitre 760, por 1 día a partir de 12/12/2014, en planta baja y piso 9.

Leonor R. Colombo Gerente de Administración

OL 4328 Inicia: 15-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

PROCURACIÓN GENERAL Adjudicación - Expediente Electrónico Nº 14.339.398/PG/14 Licitación Pública Nº 1595/SIGAF/14. Adjudicación: Resolución Nº 422/PG/14 de fecha 10 de diciembre de 2014. Rubro comercial: obras y servicios. Objeto de la contratación: obras de remodelación, reacondicionamiento y puesta en valor del séptimo piso del edificio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Uruguay 440/466 de dicha Ciudad. Firma adjudicada: Kir S.R.L. Precio total: pesos diez millones seiscientos cuatro mil ciento noventa y tres con 68/100 ($ 10.604.193,68).

Conte Grand Procurador General

OL 4303 Inicia: 12-12-2014 Vence: 12-12-2014

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Edictos Particulares Particular

Transferencia de Habilitación Se hace saber que por fallecimiento de Manuel Fontal, titular de la habilitación del comercio de Hotel sin servicio de comidas (700.110), calle Guardia Vieja 3620 (P.B., piso 1° y 2°) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Expediente N° 20036/1992, mediante Disposición N° 3690/DGRYCE/1997, otorgada en fecha 9/5/1997. Observaciones: Capacidad máxima 30 habitaciones. No se consigna superficie, por no haberse declarado en el momento de inscribirse la habilitación primitiva, habilitación anterior Expediente N° 192.004/67. Su sucesión que tramitó por ante el Juzgado de 1° instancia en lo Civil y Comercial N° 8, Secretaría Única de La Plata, Declaratoria de herederos de fecha 13 de agosto de 2010, herederos instituidos su hija Susana Encarnación Fontal Carrera y la cónyuge del titular Sra. Jesusa Carrera Núñez, se comunica por este medio que la Srta. Susana Encarnación Fontal Carrera será la continuadora del Funcionamiento de la Actividad Mencionada Anteriormente. Domicilio Legal: Guardia Vieja 3620.

Solicitantes: Susana Encarnación Fontal Carrera EP 535 Inicia: 9-12-2014 Vence: 15-12-2014

Transferencia de Habilitación Eduardo Ramirez y Laureano Albacete, transfieren la habilitación municipal otorgada en fecha 6/12/1991, mediante Disposición N° 12802/91, recaída en el Expediente N° 53858/1991 del inmueble ubicado en la calle Aizpurúa 3170, P.B., pisos 1°, 2°, 3° y 4° y azotea que funciona en carácter de Instituto de Enseñanza (enseñanza de Danzas, capacidad máxima 29 alumnos por turno, Instituto Técnico, Academia - Cancha de Tenis-Paddle (2) - Cancha de Frontón c/Raqueta (Squash) (6) - Servicio de Café-bar uso complementario de canchas de tenis, canchas de tenis-paddle y/o canchas de frontón c/raqueta (squash), cancha de fútbol de salón (1), superficie cubierta de 2141,43 m2, a Marta Susana Bazan. Reclamos de ley en el mismo establecimiento.

Solicitante: Marta Susana Bazan EP 540 Inicia: 10-12-2014 Vence: 16-12-2014

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 192 de 232

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Transferencia de Habilitación Essenza S.R.L. con domicilio en Reconquista 474 .CABA avisa que transfiere habilitación municipal del local sito en Av. Reconquista 487 1 y 2 Piso CABA que funciona como: “Elab.de Masas, Pasteles. Sandw.y Prod. Sim. etc. - Elab.de Prod.de panadería con venta directa al público (Sin elaboración de Pan)” Expte. Nº 2060885/2012 sup.: 138,60 m2, a la firma Frantina S.R.L. CUIT: 30-71421715-8 con domicilio en Av. Reconquista 487 1° piso CABA. Reclamos de Ley con domicilio mencionado del local. Observaciones: El rubro 500202 s sin elab. de pan. Se concede la presente en iguales términos que hab. anterior Exp. N°4727172005

Solicitante: Frantina S.R.L.

EP 541 Inicia:11-12-2014 Vence: 17-12-2014

Transferencia de Habilitación Néstor Zonana Cohen transfiere la habilitación municipal de la calle Uriarte 1332 PU/1334 P.B., E.P., que funciona en el carácter de (800.140) Casa para Fiestas Privadas; (800.480) Salón de Exposiciones, por Expediente N° 59.794/1998, mediante Disposición N° 11.804/DGRYCE/1998, otorgada en fecha 30/7/1998. Superficie habilitada: 342,30 m2. Observaciones: autorización de funcionamiento hasta tanto sean reglamentadas las mismas, sujeto al cumplimiento de lo dispuesto por Ordenanza N° 39.025 respecto a la trascendencia de ruidos molestos, a Pabellón 4 S.R.L. Reclamos de ley en el mismo local.

Solicitante: Néstor Zonana Cohen Pabellón 4 S.R.L. (presidente Fernando Martín Turturiello)

EP 542 Inicia: 11-12-2014 Vence: 17-12-2014

Transferencia de Habilitación

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María Font (DNI 2.967.626) con domicilio en Tucumán 2083 CABA avisa que transfiere el 50% de la habilitación de la Sociedad de hecho “María Font y Miriam Sandra Clemente” del local sito en Junín 624, P.B. y piso 1º, CABA que funciona como: (300005) Guardería Infantil por Carpeta Nº 12642/1983 mediante Disposición Nº 15163/DGHP/1985 otorgada en fecha 29/7/1985, observaciones: por Disp. Nº 15823/DGHP/2011 (21/12/2011) recaída en el Reg. Nº 15.135/DGHP/03, se “rectifica” titulares siendo las actuales María Font/Miriam Sandra Clemente, por Disp. N° 1260/DGHP/2012 de fecha (21/11/2012) recaída en Expediente N° 865171/2012 se aprueba redist./usos y rectif./cap. de (38) niños y (12) cunas y superf. 164.50 m2, según certificado y plancheta de habilitación por Disposición Nº 15823/DGHP/2011 dictada en el Registro Nº 15135/DGHP/2003, se ha concedido la rectificación de la partida de inscripción de la habilitación otorgada por Carpeta Nº 12.462/SSIG/1983 en lo que hace al rubro por cambio de denominación de acuerdo a lo establecido por el art. 23, Cap. VII de la Ley N° 621 (BOCBA Nº 1269), a escuela infantil; a Miriam Sandra Clemente (DNI 14.432.595) con domicilio en Zuviría 1089, 5º “A”, CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Junín 624 CABA.

Solicitante: María Font Miriam Sandra Clemente

EP 543 Inicia: 11-12-2014 Vence: 17-12-2014

Transferencia de Habilitación Trifull-K S.A. con domicilio legal en Costa Rica 4588 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires transfiere la habilitación municipal a Brooklyn Resto Bar S.R.L., con domicilio legal en la calle Costa Rica 4588 de la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona como rubro (601.050) Com. Min de Helados (sin elaboración); (602.000) Restaurante, Cantina; (602.010) Casa de Lunch; (602.020) Café Bar; (602.021) Com. Min. Bar lácteo; (602.030) Despacho de Bebidas, Whiskería, Cervecería; (602.050) Com. Min. Elab. y Vta. Pizza, Fugazza, Fainá, Empanadas, Postres, Flanes, Churros, Grill; (602.060) Parrilla; (602.070) Confitería, por Expediente N° 418.754/10, mediante Disposición N° 8900/DGHP/12, otorgada en fecha 30/8/12, superficie habilitada 353,09 m2. Observaciones: planta alta, no posee servicio de entrega a domicilio, presenta plano de ventilación mecánica registrado por Expediente N° 452.119/11, superficie a habilitar 296,10 m2, superficie a habilitar semicubierta 56,99 m2, superficie a habilitar total: 353,09 m2. Asimismo, de la lectura del Expediente N° 418.754/10, se desprende que el mismo se encuentra tramitando en la Coordinación de Profesionales Verificadores de Habilitaciones (P.V.H.). Reclamos de ley en Costa Rica 4588 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, libre de toda deuda, gravamen y sin personal.

Solicitante: Marcos L. Rossi (Titular Brooklyn Resto Bar S.R.L.) EP 545 Inicia: 12-12-2014 Vence: 18-12-2014

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 194 de 232

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Transferencia de Habilitación Guatemala 5905 S.R.L. con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen 847, PU/849-51, P.B., subsuelo y entrepiso, UF.4 comunica la transferencia de su Habilitación Municipal aprobada por Expediente N° 2504/09, mediante Disposición N° 145/DGHP/10, otorgada en fecha 6/1/10. Observaciones: capac. máxima autoriz. (958) personas s/Disposición N° 4/DGHP-DGFOC-DGFYC, de fecha 15/1/10 (Nota N° 2.074.265-DGHP/11), para los rubros (800.360) local de Baile Clase “C”, ubicado en la calle Hipolito Yrigoyen 847 PU/849-51, P.B., Subsuelo y entrepiso, UF. 4, con una superficie cubierta de 968.13 m2, a Wainstein Federico con domicilio en la calle Medrano 582 P.B. “B”. Reclamos de ley en el mismo local.

Solicitante: Wainstein Federico EP 546 Inicia: 12-12-2014 Vence: 18-12-2014

Transferencia de Habilitación Productos Cobi S.R.L. con domicilio en Virrey del Pino 4050 (CABA) transfiere a The Why Factory S.A. la habilitación del local existente en la calle Virrey del Pino 4046/50 (CABA) que funciona con carácter de “Panadería” por Expediente: 83262/1944. Por cinco (5) días. Reclamos de ley en el siguiente domicilio: Carlos Pellegrini 125 7º “B” (CABA)

Solicitante: The Why Factory S.A.

EP 547 Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

Transferencia de Habilitación

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El Dr. Juan I. De la colina, Tº 65 Fº 987 C.P.A.C.F., con domicilio en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA, informa que: “Alto Palermo S.A.” (APSA) transfiere la habilitación municipal del local sito en Av. Corrientes 3201 PB, Local ABAS-N00 G0018 (NIVEL 0), CABA, que funciona como: “com. min. golosinas envasadas (kiosko) y todo lo comprendido en la ord.33.266, com. min. de cuadros, marcos y espejos enmarcados, com. min. tabaquería, cigarrería, com. min. de ropa confección, lencería, blanco, mantel, text. en gral. y pieles, com. min. de artículos de optica y fotografía, com. min. de artefac. de iluminación y del hogar, bazar, plateria, cristaleria, com. min. relojería y joyería, art. de decoración, com. min. de libros y revistas, com. min. artic. librer. papeler. cartoner. impresos, filat. juguetería, discos y grab., com. min. de artículos de perfumería y tocador, com. min. de calzados en gral., art. de cuero. talabartería, marroquinería, com. min. art. de plástico y embalaje, com. min. de artic. personales y para regalos, com. min de aparatos, equipos y artículos de telefonia y comunicación, com. min. de artículos para el hogar y afines, com. min. de flores, plantas de interior, oficina comercial. Expte. Nº 2246963/2011, Disposición Nº 16095/DGHP/2011 de fecha 29/12/2011; Sup.: 20m2. Observaciones: Kiosco sin acceso de público. Procesado de acuerdo a las Res. Nº 518/AGC/2011 y Res. Nº 526/AGC/2011; a “Buenos Electronicos S.R.L.”. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA.

Solicitante: Buenos Electronicos S.R.L. EP 548 Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

Transferencia de Habilitación El Dr. Juan I. De la colina, Tº 65 Fº 987 C.P.A.C.F., con domicilio en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA, informa que: “Alto Palermo S.A.” (APSA) transfiere la habilitación municipal del local sito en Av. Corrientes 3201 PB, Local ABAS-N00 G0005 (NIVEL 0), CABA, que funciona como: “com. min. golosinas envasadas (kiosko) y todo lo comprendido en la ord.33.266, com. min. de cuadros, marcos y espejos enmarcados, com. min. tabaquería, cigarrería, com. min. de ropa confección, lencería, blanco, mantel, text. en gral. y pieles, com. min. de artículos de optica y fotografía, com. min. de artefac. de iluminación y del hogar, bazar, plateria, cristaleria, com. min. relojería y joyería, art. de decoración, com. min. de libros y revistas, com. min. artic. librer. papeler. cartoner. impresos, filat. juguetería, discos y grab., com. min. de artículos de perfumería y tocador, com. min. de calzados en gral., art. de cuero. talabartería, marroquinería, com. min. art. de plástico y embalaje, com. min. de artic. personales y para regalos, com. min de aparatos, equipos y artículos de telefonia y comunicación, com. min. de artículos para el hogar y afines, com. min. de flores, plantas de interior, oficina comercial. Expte. Nº 2291924/2011, Disposición Nº 15943/DGHP/2011 de fecha 26/12/2011; Sup.: 20m2. Observaciones: kiosco sin acceso de público; a “Mara Natacha Nelly Maciel”. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA.

Solicitante: Mara Natacha Nelly Maciel EP 549

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Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

Transferencia de Habilitación El Dr. Juan I. De la colina, Tº 65 Fº 987 C.P.A.C.F., con domicilio en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA, informa que: “Alto Palermo S.A.” (APSA) transfiere la habilitación municipal del local sito en Av. Corrientes 3201 Piso 1º, Local G2003, CABA, que funciona como: “com. min. golosinas envasadas (kiosko) y todo lo comprendido en la ord.33.266 (601040), com. min. de cuadros, marcos y espejos enmarcados (603031), com. min. tabaquería, cigarrería (603060), com. min. de ropa confección, lencería, blanco, mantel, text. en gral. y pieles (603070), com. min. de artículos de optica y fotografía (603100), com. min. de artefac. de iluminación y del hogar, bazar, plateria, cristaleria (603120), com. min. relojería y joyería (603130), art. de decoración (603193), com. min. de libros y revistas (603207), com. min. artic. librer. papeler. cartoner. impresos, filat. juguetería, discos y grab. (603210), com. min. de artículos de perfumería y tocador (603220), com. min. de calzados en gral., art. de cuero. talabartería, marroquinería (603240), com. min. art. de plástico y embalaje (603251), com. min. de artic. personales y para regalos (603310), com. min de aparatos, equipos y artículos de telefonia y comunicación (603350), com. min. de artículos para el hogar y afines (603400), com. min. de flores, plantas de interior (603475), oficina comercial (604010)”. Expte. Nº 2259146/2011, Disposición Nº 16009/DGHP/2011 de fecha 27/12/2011; Sup.: 20m2. Observaciones: Kiosco sin acceso de público. Procesado de acuerdo a las Res. Nº 518/AGC/2011 y Res. Nº 526/AGC/2011; a “Sainz Andres y Sainz Juan Miguel SH”. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA.

Solicitante: Sainz Andres y Sainz Juan Miguel EP 550 Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

Transferencia de Habilitación

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El Dr. Juan I. De la Colina, Tº 65 Fº 987 C.P.A.C.F., con domicilio en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA, informa que: “Alto Palermo S.A.” (APSA) transfiere la habilitación municipal del local sito en Av. Santa Fe 3251 PB, Local APAL-N00-G0030, CABA, que funciona como: “com. min. golosinas envasadas (kiosko) y todo lo comprendido en la ord.33.266 (601040), com. min. de cuadros, marcos y espejos enmarcados (603031), com. min. tabaquería, cigarrería (603060), com. min. de ropa confección., lencería, blanco, mantel, text. en gral. y pieles (603070), com. min. de artículos de optica y fotografía (603100), com. min. de artefac. de iluminación y del hogar, bazar, plateria, cristaleria (603120), com. min. relojería y joyería (603130), art. de decoración (603193), com. min. de libros y revistas (603207), com. min. artic. librer. papeler. cartoner. impresos, filat. juguetería, discos y grab. (603210), com. min. de artículos de perfumería y tocador (603220), com. min. de calzados en gral., art. de cuero. talabartería, marroquinería (603240), com. min. art. de plástico y embalaje (603251), com. min. de artic. personales y para regalos (603310), com. min de aparatos, equipos y artículos de telefonia y comunicación (603350), com. min. de artículos para el hogar y afines (603400), com. min. de flores, plantas de interior (603475), oficina comercial (604010). EXP. Nº 111645/12, Disposición Nº 1193/DGHP/12 de fecha 31/01/2012; Sup.: 20m2. Observaciones: Kiosco sin acceso de público; Proceso autorizado de acuerdo a la RES. Nº 518/AGC/2011; a “Morubia S.R.L.” Reclamos de Ley y domicilio de partes en Av. Paseo Colón 746, Piso 1°, CABA.

Solicitante: Morubia S.R.L. EP 551 Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

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Edictos Oficiales Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS Notificación - Resolución N° 202/SSEMERG/14 El Sr. Subsecretario de Emergencias, hace saber que mediante la Resolución Nº 202-SSEMERG/14, a los administrados que se detallan a continuación: Regina Carlos Alberto DNI 11.295.907, Quinteros Teresa Marta DNI 11.176.182, Pérez Antonia Liliana DNI 18.446.291, Riande José María DNI 93.392.040, Aguilar Gabriel Hugo DNI 10.138.958, Aguilar Analía Romina DNI 31.525.622, Benítez Mirta Zoraida DNI 92.940.249, se les ha denegado la solicitud de subsidio por inundación DNU 1/13. Asimismo, se les informa que conforme los términos del Art. 60, del Decreto Nº 1510/1997, los interesados podrán interponer recursos de Reconsideración y/o Jerárquico, atento lo dispuesto por los Arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días, respectivamente, de notificado. El acto administrativo que se notifica NO agota la instancia administrativa. Quedan ustedes debidamente notificados/as.

Néstor Nicolás Subsecretario

EO 1905 Inicia: 10-12-2014 Vence: 16-12-2014

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS RICARDO GUTIÉRREZ Notificación - Resolución N° 1220/SSGRH/14 En mi carácter de Directora del Hospital General de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez le hago saber a la agente. De Bella Gladys Karina CUIL Nº25177881-2-que queda notificada que acepto la renuncia a partir del 02 de julio de 2014 según Resolución Nº 1220/SSGRH/14. Queda Ud Notificado

Cristina Galoppo Directora Médica

EO 1913 Inicia: 12-12-2014 Vence: 18-12-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS RICARDO GUTIÉRREZ Notificación - Resolución N° 1766/SSGRH/14 En mi carácter de Directora del Hospital General de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez le hago saber a la agente. Rodriguez Patricia CUIL Nº27-25951597-7 que queda notificada que acepto la cesantia a partir del 3 de agosto de 2014 según Resolución Nº 1766/SSGRH/14. Queda Ud Notificado.

Cristina Galoppo Directora Médica

EO 1900 Inicia: 9-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE MANTENIMIENTO Y TALLERES Notificación N° 1-DGMYT/14 Se notifica al agente Parellada Alberto Damián, FC N° 445.212, que como consecuencia de no haber respondido a la intimación cursada por la Oficina de Personal de la Dirección General de Mantenimiento y Talleres mediante Telegrama N° 5470697 del 25/09/2014, respecto de la justificación de la licencia por enfermedad solicitada por Memorandum Médico N° 1752146 emitido el día 01/09/2014, ha quedado comprendido en los términos del Inciso B, Art 48, Capítulo XII, de la Ley 471/00 de la C.A.B.A. por lo que se procederá a tramitar su cesantía en el marco de la norma mencionada.

Maximiliano Vallejos Director General

EO 1914 Inicia: 15-12-2014 Vence: 17-12-2014

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO ENTE DE HIGIENE URBANA Notificación Cesantía - Expediente Electrónico Nº 17.636.663-MGEYA-EHU/14 El Ente de Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, Ministerio de Ambiente y Espacio Público, hace saber que, en virtud de las inasistencias incurridas por el agente Andrés Leonardo Araujo, ficha nº 452.329, desde el día 13/02/2014 en que había solicitado licencia médica (Art.19, Ley 471), no habiendo justificado las faltas hasta la fecha; por tal motivo, se han iniciado los trámites correspondientes de cesantía de acuerdo a lo normado en el Art. 48, inc..b) de la Ley de Relaciones Laborales Nº 471 del G.C.B.A. en el que se encuadra la situación el nombrado agente. Dado que, de acuerdo al acuse de recibo de la Carta Documento oportunamente remitida, la misma no fue recibida en el domicilio denunciado y desconociéndose el paradero actual del causante, sirva la presente publicación como notificación fehaciente del susodicho.

Brian M. Kreintzies

Director General EO 1915 Inicia: 15-12-2014 Vence: 17-12-2014

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - RESOLUCIÓN N° 3484-DGR/2014

Buenos Aires, Lunes 1 de Diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 704.977-MGEyA-2012 relacionado con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de BARRAGAN RITA LAURA inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el N° 1037159-01 y CUIT 23-11893318-4, con domicilio fiscal sito en la calle Camarones Nº 3974 (Comuna Nº 10) (fojas 138 y 139) y domicilio donde se llevo a cabo la fiscalización sito en la calle Soldado de la Independencia Nº 1129 (Comuna Nº 14) ambos de esta Ciudad (foja 119), cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por Menor de juguetes" y, CONSIDERANDO: Que esta Administración en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los períodos fiscales 2009 (1º a 5º y 7º a 12º anticipos mensuales), 2010 (5º y 7º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 4º anticipos mensuales); Que las causas que fundamentan el presente ajuste, de acuerdo al procedimiento detallado en los informes de inspección, sus observaciones y sus respectivas convalidaciones jerárquicas obrantes a fojas 77/79, 84, 99/100 y 119/130 y 133/136, tienen su origen en: Omisión total en la declaración de ingresos y diferencias en el pago del impuesto resultante por los períodos fiscales 2009 (1º a 5º y 7º a 12º anticipos mensuales), 2010 (5º y 7º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 4º anticipos mensuales); Que las diferencias de verificación fueron establecidas en autos por la inspección interviniente teniendo en cuenta la siguiente documentación: montos netos gravados en el IVA, información obtenida en la base de datos de esta repartición y demás documentación obrante en autos; Que si bien la contribuyente se encontraba inscripta en el Régimen Simplificado del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, (fojas 4/5 y 140), no obstante ello, durante el transcurso de la fiscalización, la inspectora actuante determinó que la responsable debió tributar como contribuyente local desde el período 01/01/2009, puesto que obtuvo ingresos, los cuales anualizados superan el tope establecido por los artículos 224 inciso a) del Código Fiscal TO 2012 y 71 Ley Tarifaria para el año 2012 y disposiciones concordantes de años anteriores, intimándose en consecuencia su

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inscripción como Contribuyente Local bajo el Régimen General mediante acta de foja 29, lo cual no fue cumplimentado tal como surge de actas obrantes a fojas 31 y 32; Que atento a ello, la inspección actuante realizó dicho trámite de oficio, en forma retroactiva al período 01/2009, tal como surge de las constancias obrantes a fojas 35. Asimismo se tomaron como pagos a cuenta los pagos efectuados en cada posición cancelada en el Régimen Simplificado al período correspondiente en la Categoría de Régimen General (ver hojas de trabajo de fojas 116 y 117); Que en razón de lo expuesto a los fines de establecer los ingresos gravados, la fiscalización consideró los montos imponibles declarados ante el Impuesto al Valor Agregado en aquellos períodos en los que contaba con dicha información (foja 13), lo cual se encuentra expuesto en las hojas de trabajo de fojas 116/117; Que asimismo, teniendo en cuenta que el último ingreso conocido es de 12/2011, se utilizó el mismo para el cálculo de los anticipos mensuales 01 a 04/2012 (fojas 13 y 99); Que finalmente se aplicó la alícuota del 3% sobre los ingresos ajustados, conforme el artículo 53 de la Ley Tarifaria para el año 2012 y concordantes de años anteriores motivo de ajuste; Que por todo lo expuesto, la presente se realiza sobre base presunta y con carácter parcial; Que por tal motivo, se confeccionaron las correspondientes planillas de diferencias de verificación de fojas 110/111, conteniendo las liquidaciones respectivas, en relación a los períodos observados, detallados anteriormente; Que, habiéndose dado traslado a la contribuyente de los instrumentos indicados en el párrafo anterior, e intimado el pago del impuesto resultante mediante actas obrantes a fojas 101, 108 y 109, la interesada no se hizo presente a los efectos de prestar conformidad motivo por el cual se la tuvo por no conformadas como surge a foja 115, ni abonó el ajuste de que se trata; Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de las obligaciones impositivas a cargo de la responsable, y atento su falta de conformidad para con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible, tal como lo prescriben los artículos 143/146, 179/182, 184/186 y 189/191 del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que los hechos descriptos constituyen incumplimiento de las obligaciones tributarias, que configuran presuntivamente infracciones a los deberes fiscales de orden material cuya comisión se encuentra prevista y sancionada en el artículo 105 -omisión- del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que, resulta necesario observar que dado que el domicilio fiscal declarado por la contribuyente es incorrecto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores, de no denunciar el correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, a los fines del proceso determinativo que por esta resolución se inicia, el mismo quedará constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, y las resoluciones que se dicten a partir de la presente se han de considerar válidamente notificadas el día martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado- inmediato a la fecha de suscripción de los actos correspondientes;

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Que por otra parte, y a efectos de ponderar en el tiempo procesal oportuno, la eventual situación infraccional de la contribuyente en el Registro de Reincidencia de Faltas Fiscales, conforme lo pautado en los artículos 109 y 110 del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores, se la intima para que dentro del término de quince (15) días de notificada la presente, denuncie si ha interpuesto contra este Fisco Local demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado en su contra con anterioridad, debiendo en caso afirmativo, aportar número de expediente, juzgado y secretaría donde se encuentra su radicación, y todos aquellos datos que entienda relevantes y conducentes a la acreditación de tal extremo, bajo apercibimiento de resolver acorde las constancias obrantes en estos actuados; Que por último corresponde intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales; Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas, los artículos 143/146, 179/182, 184/186 y 189/191 del Código Fiscal T.O. 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores y Resolución Nº 704-AGIP/2014,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente BARRAGAN RITA LAURA inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el N° 1037159-01 y CUIT 23-11893318-4, con domicilio fiscal sito en la calle Camarones Nº 3974 (Comuna Nº 10) y domicilio donde se llevo a cabo la fiscalización sito en la calle Soldado de la Independencia Nº 1129 (Comuna Nº 14) ambos de esta Ciudad, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por Menor de juguetes", con respecto a los períodos fiscales 2009 (1º a 5º y 7º a 12º anticipos mensuales), 2010 (5º y 7º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 4º anticipos mensuales). Artículo 2º.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los considerandos de la presente. Artículo 3º.- Intimar a la contribuyente a denunciar el correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de esta Ciudad, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificadas las resoluciones que se dicten a partir de la presente, los días martes o viernes o el

siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato a la fecha de suscripción de los actos correspondientes.

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Artículo 4°.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente para que en el término de los quince (15) días, contados a partir del siguiente al de la notificación de esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que haga a su derecho; debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in límine. Artículo 5º.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6º.- Intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 109 y 110 del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores; todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 7º.- Intimar a la contribuyente para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudiera sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8º.- Regístrese y notifíquese a la contribuyente por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el domicilio fiscal y en el domicilio donde se llevo a cabo la fiscalización, con habilitación de días y horas inhábiles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2014, con copia de la presente y resérvese. Tepedino

Horacio J. Tepedino Subdirector General de Técnica Tributaria

EO 1907 Inicia: 11-12-2014 Vence: 15-12-2014

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación RESOLUCIÓN N° 3553/DGR/14

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ANEXO

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Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: La Carpeta N° 1491654/DGR/2009, relacionada con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de ROAMI S.A. inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-212397-3, CUIT N° 30-70887469-4, con domicilio fiscal en la calle Zamudio N° 3973, Comuna Nº 15, de esta Ciudad (fojas 242), cuya actividad principal sujeta a tributo declarada consiste en "Elaboración de productos alimenticios n.c.p." y, CONSIDERANDO: Que esta Dirección General en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los períodos fiscales 2008 (12° anticipo mensual); 2009 (1º a 12° anticipos mensuales); 2010 (1° a 12° anticipos mensuales); 2011 (1° a 12° anticipos mensuales); 2012 (1º a 12° anticipos mensuales); 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 4° anticipos mensuales), confeccionándose las correspondientes planillas de diferencias de verificación originales de fojas 212/214, cuya vista se confiere mediante la presente Resolución formando parte integrante de la misma; Que, las diferencias de verificación fueron notificadas requiriendo conformidad a la contribuyente, conforme surge de las actas obrantes a fojas 209/211, conforme lo establece el artículo 32 del Código Fiscal Texto ordenado 2014, como así también en el domicilio del Presidente de la firma mediante Cartas Documento N° 0073091-9, N° 0073090-2 y N° 0073079-7, obrantes a fojas 223/228, sin que las mismas fueran recepcionadas y; atento que nadie compareció a conformar las mismas, se las tuvo por no conformadas, tal como surge del acta obrante a fojas 215; Que conforme se expresa en el informe de inspección y sus posteriores convalidaciones jerárquicas (fojas 229/241) -cuya vista se confiere por medio de la presente como así también la de todos los antecedentes que fundan y sustentan el referido ajuste- pudo determinarse que las causas que fundamentan el mismo, tienen su origen en: 1) La omisión total en la declaración de ingresos y pago del impuesto resultante, en relación a los períodos fiscales 2008 (12° anticipo mensual); 2009 (1º a 12° anticipos mensuales); 2010 (1° a 12° anticipos mensuales); 2011 (1° a 12° anticipos mensuales); 2012 (1º a 12° anticipos mensuales); 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 4° anticipos mensuales); Que el presente cargo de inspección se inició como consecuencia de un relevamiento de información bajo las pautas del "Instructivo de Control Externo de Exenciones" (fojas 10). En punto a ello, se efectuaron tareas de revisión y control, informando el área correspondiente que la firma no aportó la documentación requerida, por lo que, no se pudo constatar la real actividad desarrollada por la empresa, motivo por el cual tampoco se pudo constatar si la responsable reunía los extremos requeridos para gozar del beneficio de "alícuota cero" o exención, según corresponda, del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (ver informe de fojas 27/28);

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Que, en primer termino cabe aclarar que a los fines de dar inicio a la verificación, la inspección actuante concurrió al domicilio fiscal de la firma, en el cual siendo atendida por el Señor Carlos Micheli (DNI 7.595.717), quien informó que en dicho domicilio se encontraba operando la empresa "El Sabor del Buen Comer S.A.", conforme surge del Acta N° 03-00214127 de fojas 42; Que en virtud de ello, se procedió a consultar el Boletín Oficial de la Nación, obteniendo publicaciones efectuadas por la contribuyente de referencia y por la firma El Sabor del Buen Comer S.A., detectándose que ambas coinciden en el domicilio sede de la sociedad y tienen como socio al Señor Leonardo Alberto Micheli (fojas 69/70). En consecuencia, la inspección actuante concurrió a la Inspección General de Justicia, solicitando mediante acta N° 03-00214129, información y documentación respecto de la firma ROAMI S.A. (Copia del Estatuto Social, Domicilio Legal, Fiscal y/o Real, Copia de Actas de Asamblea y Directorio, Detalles de Integrantes del órgano de Administración, y últimos dos Balances Comerciales presentados) tal como consta fojas 73 y 75. En punto a ello, a fojas 127/138 la requerida acompaña la documentación solicitada; Que asimismo, se procedió a verificar si a la contribuyente se le han retenido o percibido importes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a tal fin, se efectuaron consultas a las base de datos de esta Administración (SIAC y GIT) y se detectó que existen agentes de recaudación que le han retenido impuesto a favor de este fisco, lo que da evidencias de actividad comercial por parte de la contribuyente (ver papeles de trabajo obrantes a fojas 168/174); Que se observaron los registros de Percepciones que figuran en la base de datos de esta Administración Gubernamental, con lo que, la inspección efectúa un análisis de los agentes de recaudación y procede a realizar una circularización a los mismos, a quienes se les solicita información y copias de documentación acerca de la contribuyente (ver actas obrantes a fojas 78 y 80, 82 y 84 y 89/90). En este orden de ideas, cabe destacar que uno de los agentes de recaudación (Siderum S.A.) incumplió al requerimiento efectuado (según consta en Acta N° 03-00214131 de fojas 82) y otro de ellos (Alimentos Integrados S.A.) aportó copias de la documentación requerida, las cuales obran a fojas 94/103; Que en base a la información proporcionada, se procedió a dar inicio de la verificación en el domicilio fiscal de la sociedad (ver Actas obrantes a fojas 107/110) conforme el artículo 32 Código Fiscal T.O. 2014. Asimismo, corresponde mencionar que la inspección actuante se apersonó en el domicilio del Presidente de la firma, sito en la calle Arcos 1757, Piso 2°, Departamento "A", no logrando ser atendida por persona alguna (ver Acta obrante a fojas 111); Que con posterioridad, se concurrió nuevamente al domicilio fiscal de la contribuyente, en donde en reiteradas ocasiones, nadie atendió a los llamados del inspector (actas N° 03-00228930, 03-00228936 de fojas 149 y 151, 03-00234172 de fojas 155, y 03-00234173/03-00234174/03-00234175 de fojas 156/158); Que asimismo, siendo intimada a presentarse en las oficinas de esta Administración, la contribuyente no se presentó en el plazo estipulado, incumpliendo una vez mas a los requerimientos de la actuante; tal como consta en actas N° 03-00214145 de fojas 112, N° 03-00214147 de fojas 115, N° 03-00228944 de fojas 153 y N° 03-00240153 de fojas 159; Que en virtud de ello, y ante los reiterados incumplimientos por parte de la responsable, la inspección actuante procedió a la determinación de las correspondientes diferencias de verificación; Que asimismo, en base a la información proporcionada por la Base de esta Administración, corresponde mencionar que figuran presentadas las declaraciones juradas de los anticipos mensuales 12/2008 a 12/2009, sin declarar ingresos;

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Que a los fines de obtener la base imponible del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, por los períodos fiscales objeto de inspección y atento a que la contribuyente no declaró ingresos, la inspección actuante tuvo en cuenta los Montos imponibles de las Declaraciones Juradas de IVA para los períodos 12/2008 a 05/2010 (ver fojas 67 y papeles de trabajo obrantes a fojas 162); Que para los periodos 06/2010 a 04/2014 atento a no contar con documentación ni información alguna, se procedió a calcular la base imponible mediante la aplicación de coeficientes progresivos, tomando como base el ingreso ajustado según montos imponibles de IVA, correspondiente al anticipo mensual 05/2010 (fojas 164/167); Que por otra parte, la contribuyente se encuentra inscripta en el Régimen de Convenio Multilateral, en ésta jurisdicción, con fecha de alta el día 01/07/2005. En punto a ello, a los efectos del calculo del coeficiente unificado, la inspección actuante atento que la contribuyente no aportó documentación, y no habiendo podido constatar la facturación emitida por la empresa, ni encontrándose acreditado el lugar de entrega de las mercaderías, y/o utilización económica de las mismas, procedió a atribuir la totalidad de sus ingresos a ésta jurisdicción sede; Que, una vez establecida la base imponible, la fiscalización procedió a gravar los ingresos obtenidos a la alícuota del 3% correspondientes a la actividad "Elaboración de productos alimenticios n.c.p.", para la totalidad de los períodos motivos de ajuste, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 57 inciso 1) de la Ley Tarifaria para el año 2014 y concordantes con años anteriores motivo de ajustes; Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de las obligaciones impositivas a cargo de la responsable, y atento su falta de conformidad para con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de su materia imponible, tal como lo prescriben los artículos 143 a 146, 179 a 182, 184 a 186 y 189 a 191 del Código Fiscal Texto Ordenado 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que por otra parte, los hechos descriptos constituyen incumplimiento a las obligaciones tributarias que configuran presuntivamente infracciones a los deberes fiscales de orden material contempladas en el artículo 106 -defraudación- del Código Fiscal Texto Ordenado 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores;

Que para así concluir se tuvo en consideración el hecho de que la contribuyente presentó Declaraciones Juradas del Impuesto de marras sin declarar ingresos por los anticipos mensuales 12/2008 a 12/2009, cuando en dichos anticipos mensuales sufrió retenciones y percepciones efectuadas por los agentes de recaudación correspondientes, y asimismo, surgen ingresos declarados en IVA, lo que denota actividad comercial. Tales consideraciones demuestran una contradicción evidente entre los libros, documentos o demás antecedentes correlativos con los datos proporcionados por los contribuyentes o responsables, encuadrando la mentada conducta en la presunción dispuesta en el artículo 107 inciso 1) del Código Fiscal TO 2014 y concordantes de años anteriores motivo del ajuste;

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Que asimismo, se verificó "prima facie", mediante el cotejo efectuado de los montos imponibles surgidos de las Declaraciones Juradas del IVA, cuyo detalle obra a fojas 162/167, con las retenciones efectuadas por los correspondientes agentes de recaudación volcados en las planillas obrantes a fojas 168/174, la existencia de ingresos sujetos al Impuesto de tratas, los cuales no fueron declarados por la contribuyente ante esta Administración, ya que no ha presentado declaraciones juradas mensuales por los anticipos mensuales 01/2010 a 04/2014 y ha presentado Declaraciones Juradas, sin declarar ingresos en las mismas, por los anticipos mensuales 12/2008 a 12/2009. Por lo expuesto, la mentada situación permite inferir la existencia de una conducta omisiva por parte de la contribuyente con la intención de producir o facilitar la omisión total del impuesto de marras, configurando así una conducta defraudatoria tipificada en el artículo mencionado anteriormente; Que, resulta necesario observar que, atento la no localización de la contribuyente en el domicilio fiscal, y resultando imposible ubicar a la misma, tal domicilio debe reputarse como incorrecto, a lo que el Código Fiscal Texto Ordenado 2014, dispone para el caso: "Art. 21...Los contribuyentes que no cumplen con la obligación de denunciar su domicilio fiscal o cuando el denunciado es incorrecto o inexistente, son pasibles de que, de oficio, se les tenga por constituidos sus domicilios en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos..." Que por ello, y de acuerdo con lo previsto en la norma citada, de no formalizar la contribuyente la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de esta Administración Gubernamental, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, y las resoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas el día martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del acto resolutivo; Que corresponde remarcar que en virtud de los artículos 11 inc 4) y 5), 12, 14 inc. 1) y 108 del Código Fiscal TO 2014 y concordantes con años anteriores motivo de ajustes, deviene responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, el presidente del Directorio, Señor Mariano Micheli, DNI 25.495.596, con domicilio en la calle Arcos N° 1757, Piso 2°, Departamento "A", Comuna N° 13, de esta Ciudad (fojas 69) y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, por lo tanto corresponde hacerle extensiva la responsabilidad; Que por otra parte, y a efectos de ponderar en el tiempo procesal oportuno, la eventual situación infraccional de la contribuyente en el Registro de Reincidencia de Faltas Fiscales, conforme lo pautado en los artículos 109 y 110 del Código Fiscal Texto Ordenado 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores, se la intima para que dentro del término de quince (15) días de notificada la presente, denuncie si ha interpuesto contra este Fisco Local demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado en su contra con anterioridad, debiendo en caso afirmativo, aportar número de expediente, juzgado y secretaría donde se encuentra su radicación, y todos aquellos datos que entienda relevantes y conducentes a la acreditación de tal extremo, bajo apercibimiento de resolver acorde las constancias obrantes en estos actuados;

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Que por último, corresponde intimar a ROAMI S.A., al presidente del directorio Señor Mariano Micheli y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y el responsable solidario, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales; Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas y la Resolución Nº 704-AGIP-2014;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente ROAMI S.A. inscripta en el Régimen del Convenio Multilateral del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 901-212397-3, CUIT N° 30-70887469-4, con domicilio fiscal en la calle Zamudio N° 3973, Comuna Nº 15, de esta Ciudad (fojas 242), cuya actividad principal sujeta a tributo declarada consiste en "Elaboración de productos alimenticios n.c.p." con respecto a los períodos fiscales 2008 (12° anticipo mensual); 2009 (1º a 12° anticipos mensuales); 2010 (1° a 12° anticipos mensuales); 2011 (1° a 12° anticipos mensuales); 2012 (1º a 12° anticipos mensuales); 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 4° anticipos mensuales). Artículo 2º.- Instruir sumario a la contribuyente mencionado, por la comisión presunta de las infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los "Considerandos" de la presente. Artículo 3°.- Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, al presidente de Directorio Señor Mariano Micheli, DNI 25.495.596, con domicilio en la calle Arcos N° 1757, Piso 2°, Departamento "A", Comuna N° 13, de esta Ciudad (fojas 69) y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad en virtud de lo establecido en los artículos 11 incisos 4° y 5°, 12, 14 inciso 1° y 108 del Código Fiscal TO 2014 y concordantes con años anteriores;

Artículo 4°.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente y al Presidente de Directorio Señor Mariano Micheli, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que en el término de los quince (15) días, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la notificación de esta Resolución, expresen por escrito su descargo, ofrezcan y produzcan las pruebas que hagan a su derecho, debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in limine. Artículo 5°.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución.

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Artículo 6º.- Hacer saber a la contribuyente que de no formalizar la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. En función de ello, las resoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas el día martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del respectivo acto administrativo. Artículo 7º.- Intimar a ROAMI S.A. para que dentro del plazo de 15 (QUINCE) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 109 y 110 del Código Fiscal Texto Ordenado 2014 y concordantes de años anteriores. Todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 8º.- Intimar a la contribuyente y al presidente de directorio Señor Mariano Micheli, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y el responsable solidario, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9º.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y al responsable solidario en el domicilio indicado en el artículo 3° con copia de la presente, y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal Texto Ordenado 2014 y concordantes de años anteriores, con transcripción de la presente, y resérvese. Tujsnaider

Demian Tujsnaider Director General de Rentas

EO 1917 Inicia: 15-12-2014 Vence: 17-12-2014

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ANEXO

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - RESOLUCIÓN Nº 3590/DGR/14

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente N° 359.951-MGEyA-2013, relacionado con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de GONZALEZ MARÍA ALEJANDRA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente Local bajo el N° 0879768-04 (CUIT N° 27-11985059-8), con domicilio fiscal sito en la calle Francisco Iturri N° 1432, Comuna N° 15 de esta Ciudad (fojas 163 y 165), cuya actividad declarada sujeta a tributo consiste en "Demolición y Voladura de Edificios y de sus Partes" (foja 154), y CONSIDERANDO: Que esta Administración en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos con relación a los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 3° anticipos mensuales), de los que se corrió traslado mediante las planillas de diferencias de verificación de fojas 138/140, solicitando la conformidad de la contribuyente mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires efectuada desde el 09/05/2014 hasta el 13/05/2014 (foja 147). Vencido el plazo, no se hizo presente la contribuyente y/o representante de la misma a conformar las diferencias comunicadas, por lo cual se las consideró como no conformadas, según surge del Acta de foja 150; Que conforme se expresa en el informe de inspección, y sus posteriores convalidaciones jerárquicas (fojas 154/162 -cuya vista se confiere por medio de la presente como así también la de todos los antecedentes que fundan y sustentan el referido ajuste- pudo determinarse que las causas que fundamentan el mismo, tienen su origen en: Omisión en la declaración de la Base Imponible y del consiguiente impuesto, en relación a los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 3° anticipos mensuales), respecto del rubro "Demolición y Voladura de Edificios y de sus Partes"; Que la fiscalización concurrió en reiteradas oportunidades al domicilio fiscal y a los domicilios alternativos recabados de la contribuyente (foja 10), sin lograr ser atendida por persona que represente legalmente a la misma, lo que se desprende de las Actas N° 03-00191117 de fecha 19/02/2013 (foja 17), Acta N° 03-00191118 de fecha

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19/02/2013 (foja 19), Acta N° 03-00191119 de fecha 21/02/2013 (foja 21), Acta N° 03-00191120 de fecha 21/02/2013 (foja 23), Acta N° 03-00191122 de fecha 21/02/2013 (foja 25), Acta N° 03-00191123 de fecha 22/02/2013 (foja 28) y Acta N° 03-00191125 de fecha 25/02/2013 (foja 29); Que con motivo de la no localización tanto en el domicilio fiscal como en los domicilios alternativos mencionados, se notificó a la contribuyente el cargo de inspección N° 14737-2013, mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuada desde el 11/03/2014 hasta el 13/03/2014 (fojas 76/78), constatando el incumplimiento de los requerimientos efectuados, conforme se desprende del Acta N° 03-00224745 de fecha 25/03/2014, foja 130; Que en razón de lo expuesto, la inspección no contó con la documentación que le fuera solicitada a la contribuyente oportunamente; Que sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la fiscalización obtuvo los datos de los montos imponibles, a partir de la consulta efectuada a la Base de Datos de la AFIP -Declaraciones Juradas de IVA-, tal como consta en el papel de trabajo de foja 133; Que en consecuencia, las diferencias de verificación fueron establecidas en autos por la inspección interviniente teniendo en cuenta la información brindada por la AFIP, Consulta a la Base de Datos de esta Repartición y demás documentación obrante en autos; Que a fin de establecer los ingresos obtenidos por la contribuyente, la inspección actuante consideró los ingresos consignados según las Declaraciones Juradas de IVA, para los anticipos mensuales 12/2009 a 7/2012, conforme papel de trabajo de foja 135; Que por otro lado, para la determinación de los ingresos de los restantes períodos fiscales 2012 (8° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 3° anticipos mensuales), atento a no contar con información que permita establecerlos en forma fehaciente, la inspección actuante utilizó coeficientes progresivos considerando como base el último ingreso conocido para el anticipo mensual 7/2012, tarea plasmada en papel de trabajo a foja 134; Que, obtenidas de ese modo las bases imponibles, se procedió a aplicar la alícuota general del 3% correspondiente a la actividad de "Demolición y Voladura de Edificios y de sus Partes"; respecto de los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 3° anticipos mensuales), conforme lo previsto en el artículo 55 de la Ley Tarifaria para el año 2014 y concordantes con años anteriores motivo de ajuste; Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de las obligaciones impositivas a cargo de la contribuyente, y atento su falta de conformidad para con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible, tal como lo prescriben los artículos 143, 144, 145, 146, 179, 180, 181, 182, 184, 185, 186, 189, 190 y 191 del Código Fiscal TO 2014, y disposiciones concordantes de años anteriores motivo de ajuste; Que los hechos descriptos constituyen incumplimiento de las obligaciones tributarias, que configuran presuntivamente infracciones a los deberes fiscales de orden material cuya comisión se encuentra prevista y sancionada en el artículo 106 -defraudación- del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que para así concluir se tuvo en cuenta:

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Que se verificó "prima facie", mediante el cotejo realizado de los montos imponibles surgidos de las Declaraciones Juradas de IVA -cuyo detalle obra a foja 132-, la existencia de ingresos sujetos al Impuesto de tratas, los cuales no fueron declarados en tiempo y forma a través de la presentación de declaraciones juradas mensuales, por la contribuyente ante esta Administración. Por lo expuesto, la mentada situación permite inferir la existencia de una conducta omisiva por parte de la contribuyente, con la intención de producir o facilitar la omisión total del impuesto de marras, configurando así una conducta defraudatoria tipificada en el artículo mencionado en el párrafo anterior; Que es necesario observar que resultando imposible ubicar a la rubrada en el domicilio fiscal, resulta de aplicación lo dispuesto por el artículo 21 del Código Fiscal TO 2014, el cual prescribe: "...Los contribuyentes que no cumplen con la obligación de denunciar su domicilio fiscal o cuando el denunciado es incorrecto o inexistente, son pasibles de que, de oficio, se les tenga por constituidos sus domicilios en la sede de esta Dirección General..."; Que por ello, y de acuerdo con lo previsto en la norma citada, de no formalizar la contribuyente la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, sirviendo esta mención de suficiente constancia en autos, que las resoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas el día martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del respectivo acto resolutivo; Que a efectos de ponderar en el tiempo procesal oportuno la eventual situación infraccional de la contribuyente en el Registro de Reincidencia de Faltas Fiscales, conforme lo pautado en los artículos 109 y 110 del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores, se intima a GONZALEZ MARIA ALEJANDRA, para que dentro del término de quince (15) días de notificada la presente, denuncie si ha interpuesto contra este Fisco Local demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado en su contra con anterioridad, debiendo en caso afirmativo, aportar numero de expediente, juzgado y secretaría donde se encuentra su radicación, y todos aquellos datos que entienda relevantes y conducentes a la acreditación de tal extremo, bajo apercibimiento de resolver acorde las constancias obrantes en estos actuados; Que asimismo corresponde intimar a GONZALEZ MARIA ALEJANDRA, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.

Por ello, en vista de las disposiciones legales citadas y en virtud de lo reglado por el artículo 143 del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones concordantes de años anteriores, y la Resolución 822-AGIP-2013,

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Artículo 1°.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes en relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la contribuyente GONZALEZ MARÍA ALEJANDRA, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente Local bajo el N° 0879768-04 (CUIT N° 27-11985059-8), con domicilio fiscal sito en la calle Francisco Iturri N° 1432, Comuna N° 15 de esta Ciudad, cuya actividad sujeta a tributo, consiste en "Demolición y Voladura de Edificios y de sus Partes", con respecto a los períodos fiscales 2009 (12° anticipo mensual), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 3° anticipos mensuales). Artículo 2°.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de las infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los Considerandos de la presente. Artículo 3°.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente, para que en el término de quince (15) días de notificada esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho; debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su rechazo in límine. Artículo 4°.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 5°.- Hacer saber a la contribuyente que de no formalizar la comunicación del correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el mismo quedará constituido en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. En función de ello, las resoluciones posteriores a la presente se han de considerar válidamente notificadas el día martes o viernes o el siguiente hábil si alguno es feriado, inmediato siguiente a la fecha de suscripción del respectivo acto resolutivo. Artículo 6°.- Intimar a la contribuyente GONZALEZ MARÍA ALEJANDRA, para que dentro del plazo de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 109 y 110 del Código Fiscal TO 2014 y disposiciones de años anteriores; todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos. Artículo 7°.- Intimar GONZALEZ MARÍA ALEJANDRA, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese y notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, con copia de la presente; y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal TO 2014, con trascripción de la presente, y resérvese. Tujsnaider

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EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

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Demian Tujsnaider Director

EO 1912 Inicia: 12-12-2014 Vence: 16-12-2014

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ANEXO

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Expediente Nº 6.392.362/13

Buenos Aires, 21 de noviembre de 2014 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber al contribuyente PROIDEAS S.A, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 1171765-03, CUIT N° 30-70968008-7 con domicilio fiscal en la Av. Santa Fe N° 2679 piso 12 oficina B de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 6.392.362/MGEYA/2013, se inició el 30/01/2014 una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de recaudación y control mediante Cargo de inspección N° 015128/2013. Verificada la documentación aportada y habiéndose constatado el incumplimiento a documentación intimada, se comunica que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se detallan a continuación:

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DIFERENCIAS DE VERIFICACION ISIB

PERIODO

RUBROS ANALIZADOS

MONTO IMPONIBLE ALICUOTA

(%) VERIFICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DECLAR AJUST DECLARADO AJUSTADO SALDO

Ene-12

741490- Servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial 7.207.930,83 7.274.046,53 3,75% 3,75% 270.297,41

272.776,74

2.479,34

Dic-12

741490- Servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial 783.414,57 1.283.899,96 3,75% 3,75% 29.378,05

48.146,25 18.768,20

Subtotales 7.991.345,40 8.557.946,49 3,75% 3,75% 299.675,45 320.922,99 21.247,54

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La diferencia de impuesto se debe a los siguientes motivos: 1) Período 01/2012 por ingresos según libro IVA ventas exhibido no tributados en ISIB; 2) Período 12/2012 por ingresos según libro IVA ventas exhibido no tributados en ISIB; y Otros ingresos del Estado de Resultado al 31/12/2012 no tributados en ISIB. Se deja constancia que las mismas son de carácter parcial. Por tal motivo se intima a que el primer día miércoles hábil a contar desde la última publicación del presente edicto, se presente persona responsable y/o debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ante la agente Romina Nerea Castiglione, F.C. 474.489 dependiente de la División Interna I, Departamento Planificación y Selección, Dirección de Planificación, Asignación y Normas, perteneciente a la Subdirección General de Fiscalización de esta Dirección General de Rentas-AGIP, sito en Viamonte 900, 1er. Piso, de 09:30 a 12:30 hs., a los efectos de notificarse de las Diferencias de Verificación de carácter parcial, determinadas por los períodos 01/2012 y 12/2012. En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 75 del Código Fiscal Vigente (T.O. 2014), dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicado, las diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio y la instrucción de sumario conexo. DIFERENCIAS POR SALDOS A FAVOR MAL COMPUTADOS. Asimismo verificadas las DDJJ de ISIB presentadas al inicio de la inspección, se detecta el computo del saldo a favor del periodo anterior en forma improcedente (Art 183 TO 2014), por lo tanto se intima a abonar dentro de los 15 (quince) días hábiles de notificado el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 75 del Código Fiscal Vigente (T.O. 2014), descontándose correctamente los saldos a favor del periodo anterior computados en las DDJJ de Ingresos Brutos en los periodos 01/2012 a 5/2012 y 11/12012 inclusive por los importes que se detallan a continuación:

Todo ello bajo apercibimiento de proceder al Embargo preventivo e inhibición general de bienes en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 inciso 12 del Código Fiscal (T.O. 2014). PLANES DE FACILIDADES DE PAGO

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ANTICIPO ACTIV BASE IMPON. DECLARADA

ALIC. % IMPUESTO SALDO A

FAVOR RET./PERC./

SIRCREB NOMINAL A PAGAR

01/2012 741490 7.207.930,83 3,75% 270.297,41 0,00 123,23 270.174,18 02/2012 741490 7.542.389,56 3,75% 282.839,61 0,00 103.649,64 179.189,97 03/2012 741490 11.603.200,60 3,75% 435.120,02 0,00 299.757,89 135.362,13 04/2012 741490 4.980.020,43 3,75% 186.750,77 0,00 133.761,86 52.988,91 05/2012 741490 5.438.050,42 3,75% 203.926,89 0,00 3.636,96 200.289,93 11/2012 741490 4.258.000,00 3,75% 159.675,00 8.452,58 18.773,09 132.449,33

TOTAL 970.454,44

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Asimismo se intima a abonar dentro de los 15 (quince) días hábiles de notificado las cuotas de los Planes de Facilidades de pago correspondientes al Decreto 589- Acogimiento 2672 y Decreto 589- Acogimiento 3498 vencidas e impagas al día de la fecha, bajo apercibimiento de proceder al Embargo preventivo e inhibición general de bienes en virtud de lo dispuesto en el articulo 3 inciso 12 del Código Fiscal (T.O. 2014). A su vez, se intima a abonar dentro de los 15 (quince) días hábiles de notificado la caducidad remanente impaga del Plan de Facilidades de pago correspondiente al Decreto 589- Acogimiento 2139 caduco al día de la fecha, bajo apercibimiento de proceder al Embargo preventivo e inhibición general de bienes en virtud de lo dispuesto en el articulo 3 inciso 12 del Código Fiscal (T.O. 2014).

Ana Lia Santora Directora de Planificación,

Asignación y Normas EO 1910 Inicia: 11-12-2014 Vence: 15-12-2014

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Nota Nº 9709/IVC/12 El instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Amico, Gustavo Alberto (DNI N° 20.638.605) que por DISFC-2014-637-IVC, de fecha 1/10/14, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa oportunamente suscripto correspondiente a la unidad de vivienda ubicada en la Calle Francisco Fernandez de la Cruz y Lacarra Piso 2 Dto.150 del edificio G Barrio 180 viviendas, de esta Ciudad de Buenos Aires, U.C. N 100.730, por las causales previstas en las cláusulas Tercera (3°) y Novena (9°) y en los términos de la Quinta (5) y Décimo Primera (11°) ; según lo actuado en Nota N° 9709/IVC/2012. La Disposición dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva (conf. Arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. del Decreto 1510/CABA/97 quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo, interponer recurso de alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días computados desde el día siguiente al de la última publicación (art. 62 del decreto citado).

Federico Lagorio Gerencia Asuntos Jurídicos

EO 1916 Inicia: 15-12-2014 Vence: 17-12-2014

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Intimación Nº 17642436/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre los inmuebles detallados en el anexo i, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 3902 y el Decreto N° 512/GCBA/2012 vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiendo recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial.

Juan M. Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial

EO 1908 Inicia: 11-12-2014 Vence: 15-12-2014

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ANEXO

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Ministerio Público

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17530441/MGEYA/2014) Carátula: “VILLAROEL, ANGÉLICA SUSANA ART:183 El Dr. Néstor Maragliano, Titular de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22, de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4450/4502/4514), en el marco del Legajo de Investigación MPF 61050 caratulado “VILLAROEL, ANGÉLICA SUSANA - Art:183” cita y emplaza a Angélica Susana Villaruel, titular del D.N.I. N° 29.631.910 a fin de que comparezca a la sede de esa Fiscalía dentro del tercer día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art.161 CPP, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Se deja constancia que el delito que motiva el proceso se encuentra prevista en el art. 183 del Código Penal. Publíquese por cinco (5) días.

Daniel Ferreyra Secretario Administrativo

OJ 452 Inicia: 9-12-2014 Vence: 15-12-2014

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 25 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17806308/MGEYA/2014) Carátula: “GALVAN LUIS SEBASTIAN S/INF.ART. 52 CODIGO CONTRAVENCIONAL” CAUSA N° 3809/14 (jc-2008) “///dad Autónoma de Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014.-…, cítese a Luis Sebastián Galván por medio de edictos, con carácter de urgente, que se publicarán durante 5 días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 63 del CPPCABA de aplicación supletoria (art. 6 de la ley 12) para que concurra a la audiencia de debate oral y pública fijada para los días 15 y 17 de diciembre del corriente año, a las 13 y 10.30 horas respectivamente, o , en su caso, a que comparezca ante estos estrados a fin de estar a derecho, dentro de los (3) días de notificado, bajo apercibimiento de decretar su rebeldía y, en consecuencia, solicitar su comparendo por la fuerza pública, conforme lo dispone el artículo 40 de la ley 12 y art. 158 del CPPCABA, de aplicación supletoria.”…. Fdo. Dr. Ladislao J.J. Endre – Juez, Ante mí: Dra. Noelía Inés Astiz- secretaria”

Ladislao J.J. Endre Juez

OJ 459 Inicia: 12-12-2014 Vence: 18-12-2014

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO N° 10 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17708978/MGEYA/2014) Carátula “G.C.B.A. C/ ALVAREZ WALTER UBALDO S/ EJECUCION FISCAL” Expte. N° EJF 558414

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El Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. ZULETA. Hugo Ricardo, Secretaría 20 a mi cargo, con domicilio en Av. Roque Saenz Peña 636, cita al Sr. ALVAREZ WALTER UBALDO a que, en el plazo de diez (10) días-a partir de la ultima publicación-, comparezca a tomar la intervención que le pudiera corresponder en este proceso ejecutivo, caratulado “G.C.B.A. C/ ALVAREZ WALTER UBALDO S/ EJECUCION FISCAL”, (Expte. N° EJF 558414), bajo apercibimiento de nombrar al Sr. Defensor Oficial para que los represente en juicio (confr. Arts. 128, 129 y concordantes del CCAyT). El presente deberá publicarse por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Diario Clarín y en la tablilla del juzgado (conf. art. 128 y ss. CCA y T).

Verónica D. Franceschi Secretaria

OJ 456 Inicia: 12-12-2014 Vence: 16-12-2014

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17719620/MGEYA/2014) Carátula: “FREDES DOMINGUEZ, GABRIEL ALEJANDRO – ART: 149 BIS 1° PÁRRAFO” “El Dr. Néstor Maragliano, Titular de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 25, de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4502/4451), en el marco del Legajo de Investigación MPF 27366, caratulado “FREDES DOMINGUEZ, GABRIEL ALEJANDRO – ART: 149 bis 1° párrafo” cita y emplaza a GABRIEL FREDES DOMINGUEZ Documento Nacional de Identidad 62.593.943 - a fin de que comparezca a la sede de esa Fiscalía dentro del tercer día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 161 CPP, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Se deja constancia que el delito que motiva el proceso se encuentra prevista en el art. Del Código Penal. Publíquese por cinco (5) días

Daniel Ferreyra Secretario Administrativo

OJ 454 Inicia: 12-12-2014 Vence: 18-12-2014

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 24 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17721224/MGEYA/2014) Carátula “FERREYRA, ANIBAL S/ INF. ART. 183 CP” Causa N° 5721/13 La Dra. María Alejandra Doti, titular del Juzgado de Primera Instancia Penal, Contravencional y de Faltas N° 24, del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Beruti 3345, piso 4°, de esta ciudad (telfax 4014-6171/6112) Secretaría Única a cargo de la Dra. Analía I. Zamboni Ledesma, cita por cinco (5) días y emplaza al Sr. Anibal Ferreyra DNI n° 27.997.287, argentina, nacido el día 2 de mayo de 1981, hijo de Ramón y de Eloisa Duarte para que comparezca a estar a derecho por ante este Tribunal dentro de los cinco (5) días posteriores a la última publicación del presente edicto.

Analía I. Zamboni Ledesma Secretaria

OJ 458 Inicia: 12-12-2014 Vence: 18-12-2014

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL SUDESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17733783/MGEYA/2014) Carátula: “UTC 205043 MPF 17459 S/ NOMBRE – ART:83 CC” ///nos Aires, 4 de diciembre de 2014. Hágase saber a Oscar Daniel Barreiro Choca DNI 93.017.609 mediante la publicación de EDICTOS, que deberá comparecer a esta sede (Bartolomé Mitre 1735 Piso 7° CABA) dentro del tercer día hábil de notificado a partir de la última publicación y en el horario entre las 9:00 y 14:00 horas, con el objeto de ser intimado de los hechos que se investigan en este proceso (art. 41 LPC). Hágasele saber los términos del art. 3 de la ley 12 y déjese constancia que la contravención que motiva el proceso es la prevista y reprimida por el art. 83 del Código Contravencional.” Fdo: Walter Lopez-

Gaston López García Prosecretario Administrativo

OJ 460 Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 25 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 17880395/MGEYA/2014) Carátula: “BARRAZA, HECTOR OSCAR S/INF.ART. 183 CP” Causa N° 31444-01/12 (JP-737) “///dad Autónoma de Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014. (…) cítese a Héctor Oscar Barraza por medio de edictos que se publicarán durante 5 días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 63 del CPPCABA para que. en el término de tres (3) días de notificado, comparezca ante estos estrados a fin de colocarse a derecho en las presentes actuaciones, y asimismo se le hará saber que deberá comparecer en carácter de imputado a la audiencia de debate oral y público fijada para los días 28 y 30 de abril de 2015 a las 11:00 horas, en los términos del art. 213 del Código Proc. Penal de CABA, bajo apercibimiento de disponer su traslado mediante el uso de la fuerza pública, en caso de incomparecencia injustificada. Notifíquese a la defensa mediante cédula urgente. Fdo. Ladislao J.J. Endre. Juez. Ante mí: Noelia Inés Astiz. Secretaría”

Noelía Inés Astiz Secretaria

OJ 463 Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 26 Notificación (Oficio Judicial E.E. Nº 17697371/MGEYA/2014) Carátula “MAMANI SANCHEZ, DOROTEA Y OTROS S/ INFR. ART(S). 181 INC. 1, USURPACIÓN (DESPOJO) – CP (P/ L 2303); 183, DAÑOS – CP (P/ L 2303); 96, LESIONES EN RIÑA -” Causa N° 1962/12 Causa n° 1962/12 (Sumario 1.964/C), caratulado “MAMANI SANCHEZ, DOROTEA y otros s/infr. art(s). 181 inc. 1, Usurpación (Despojo) – CP (p/ L 2303);183 , Daños – CP (p/ L 2303);96 , Lesiones en Riña –“ del registro de este Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 26, a cargo de la Dra. María Cristina Nazar, Se transcribe el auto: “Ciudad Autónoma Buenos Aires, 3 de diciembre de 2014.- Por recibido, tómase razón. Atento lo solicitado por el Sr. Fiscal, siendo que el día de la fecha no ha notificado fehacientemente a los imputados de las diversas audiencias de juicio fijadas en autos, corresponde, previo a proceder al dictado de rebeldía y captura, proceder en los términos del art. 63 del CPPCABA, debiendo notificarse a: 1) Dorotea Mamani Sánchez, DNI Nro. 94.222.677, nacida el día 3 de febrero de 1954 en Bolivia; 2) Vanesa Marcela Mamani, DNI Nro. 94.287.723, nacida el día 10 de marzo de , haciéndole saber 1994 en Bolivia; 3) Benito Andia Loruño, CI boliviana 8.232.507, nacido el día 2 de enero de 1992 en Bolivia y 4) Germán Aliaga Mamani, DNI Nro. 93.083.115, nacido el día 12 de mayo de 1973 en Bolivia, mediante edicto a publicarse durante cinco días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que dentro del quinto día de su última publicación deberán concurrir ante los estrados de este Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nro. 26, sito en Tacuarí 138 2° piso, en el horario comprendido entre las 9 a 15 hs, a efectos de estar a derecho. A tal fin, líbrese oficio de estilo, adjuntándose tres ejemplares del edicto. Notifíquese a las partes.”. Fdo: María Cristina Nazar, Jueza en lo Penal, Contravencional y de Faltas. Ante mí: Carlos E. Dobenau, Secretario.

Carlos E. Dobenau Secretario

OJ 457 Inicia: 12-12-2014 Vence: 18-12-2014

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL SUDESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Notificación (Oficio Judicial E.E. Nº 17810908/MGEYA/2014)

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 228 de 232

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Carátula: “UTC 205648 MPF 47606 PERRY BERNAOLA, EMPERATRIZ – ART:85 CC” (…) Teniendo en cuenta que pese a las distintas tareas llevadas a cabo no se ha podido haber a la imputada Emperatriz Perry Bernaola, Pasaporte nro. 09552397 en el domicilio por ella denunciado oportunamente, hágasele saber mediante la publicación de edictos por el término de tres días que deberá comparecer a esta Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas nro. 19 (sita en la calle Bartolomé Mitre nro. 1735, piso 4°, de esta ciudad) dentro del tercer día hábil de notificada a partir de la última publicación y en el horario comprendido entre las 9:00 y 14:00 horas, a los efectos de ser intimada en los términos del art. 41 CPC, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar su rebeldía (art. 158 CPPCABA de aplicación supletoria según art. 6 ley 12). Comuníquese a la nombrada el derecho que le asiste de ser asistida por un abogado de su confianza o por el defensor oficial que por turno corresponda. Déjese constancia que la contravención que motiva el proceso es aquella prevista y reprimida por el art. 85 del Código Contravencional. Fdo: Lorena San Marco, Fiscal.-

Gaston López García Prosecretario Administrativo

OJ 461 Inicia: 15-12-2014 Vence: 17-12-2014

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 229 de 232

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO N° 10 Intimación (Oficio Judicial E.E. Nº 17706117/MGEYA/2014) Carátula “G.C.B.A. C/ ROMANO CLAUDIO FEDERICO S/ EJECUCIÓN FISCAL” Expte. N° EJF 1015369 El Juzgado de 1° Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, N° 10, a cargo del Dr. Aurelio L. Ammirato, Secretaría 19 a mi cargo, sito en Av. Roque Saenz Peña 636 piso 4to de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los autos caratulados “G.C.B.A. C/ ROMANO CLAUDIO FEDERICO S/ EJECUCIÓN FISCAL”, (Expte. N° EJF 1015369), a fin de notificar al demandado en autos, de la siguiente intimación: Ciudad de Buenos Aires, 13 de agosto de 2010. “En función a lo solicitado y constancias de autos, intímase al ejecutado para que en el término de CINCO (5) días proceda al pago de la suma reclamada, con más el quince por ciento (15 %) que se presupuesta provisionalmente para responder a intereses y costas de la ejecución, lo que podrá satisfacer mediante depósito judicial en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, sucursal Tribunales, a la orden de este Juzgado y como perteneciente a estos autos. Asimismo en caso de falta de pago, la intimación importará la citación del ejecutado a oponer excepciones dentro del plazo precitado, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución sin más trámite”. Publíquese por el término de 3 (tres) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Ley y en la tablilla del juzgado (Conf. art. 128 y ss. CCA y T).

Martín D. Farrell Secretario

OJ 455 Inicia: 12-12-2014 Vence: 16-12-2014

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO N°10 Intimación (Oficio Judicial E.E. Nº 17714227/MGEYA/2014) Carátula: “GCBA C/ A.D.A.N.D. S/EJECUCIÓN FISCAL” Expte. N° EJF 558381

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de junio de 2003. fc.I.- Por presentado, por parte y por constituido el domicilio legal indicado. II.- Hágase saber al letrado de la parte actora que deberá acompañar el bono que acredite el pago del derecho fijo en los términos del artículo 51 inc. D) de la ley 23187, bajo apercibimiento de comunicar dicho incumplimiento al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.- III.- En función a lo solicitado y constancias de autos, intímese al ejecutado para que en el término de CINCO (5) días proceda al pago de la suma reclamada, con más PESOS DOSCIENTOS ($200,-) que se presupuestan provisionalmente para responder a intereses y costas de la ejecución, lo que podrá satisfacer mediante depósito judicial en el banco de la Ciudad de Buenos Aires, sucursal Tribunales, a la orden de este Juzgado y como perteneciente a estos autos. Asimismo en caso de falta de pago, la intimación importará la citación del ejecutado a oponer excepciones dentro del plazo precitado, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución sin más trámite. A tal fin, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 461, inc.2° del C.C.A. y T., notifíquese por cédula a diligenciarse con carácter constituido, a la que deberá acompañar copia del escrito del inicio y de la documentación adjunta.- III.- Téngase presente la reserva del caso Federal planteada.- Hugo Ricardo Zuleta Juez

Verónica D. Franceschi Secretario

OJ 453 Inicia: 12-12-2014 Vence: 16-12-2014

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 2 Intimación (Oficio Judicial E.E. Nº 17857372/MGEYA/2014) Carátula: “PARRA JAIMES, STEVEN ANDRÉS Y OTROS S/INF.ART. 95 DEL CP” Causa N° 15.860/13 (1088/8) “(…) requiérase al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la publicación de edictos por el término de cinco (5) días con el objeto de intimar a los imputados Steven Andrés Parra Jaimes (DNI 10.362.175) y María Isabel Chitiva Oyola (Documento 1010168667) a que comparezcan ante estos estrados en el plazo de tres (3) días para estar a derecho, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía y ordenar sus capturas. (…) Fdo: Carla Cavaliere, Jueza (P.R.S); Ante mí: Sergio A. Benavídez, Secretario”… Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014.

Sergio A. Benavídez Secretario

OJ 462 Inicia: 15-12-2014 Vence: 19-12-2014

Nº 4542 - 15/12/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 231 de 232

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Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Notificación - Expediente N° 8.315.886/MGEYA-DGPLC/14 Notifícase a Nicolás Ravenna (DNI 27.184.699), dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11, de la terna Final elaborada por el Comité de Selección, correspondiente al Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución N° 483/MMGC/14 para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Evaluación del Gasto, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Terna Final: Apellido, Nombre Documento de Identidad Feijoo, Claudio Daniel DNI N° 22.005.062 Fernández, Félix Guillermo; DNI N° 11.729.952 Gorrasi, Adriana Mabel DNI N° 14.117.955 Asimismo, notifícase que la terna final puede ser impugnada dentro de los (5) días hábiles de la notificación ante el Comité de Selección de acuerdo a lo establecido en el art. 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11.

Julia Domeniconi Directora General

EO 1911 Inicia: 11-12-2014 Vence: 15-12-2014

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