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La Nueva Constitución

Cartilla bolsillo

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La Nueva Constitución

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Presentación

L a Asamblea Constituyente es la reindivicación legitima del pueblo bo-liviano con el mandato de trabajar en la elaboración de una nueva Constitución Política del Estado y entregarla al pueblo soberano.

Cumpliendo todas las exigencias legales y normativas que se trazo para el funcionamiento del trabajo de la Asamblea Constituyente, a pesar de las difi-cultades y las campañas para difamarla por la oposición, se ha cumplido el man-dato establecido con la redaccion de una nueva Constitución Política del Estado.

La Nueva Constitución es el resultado del trabajo, avances y acuerdos logrados en 18 meses de existencia de la Asamblea a partir de los adelantos logrados en los informes de las 21 Comisiones que recogen las diversas propuestas que llegaron

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desde las organizaciones sociales e indígenas, fuer-zas políticas e iniciativas ciudadanas, se enriquecie-ron con los Foros Territo-riales realizados a lo largo del país, y finalmente con los acuerdos firmados en el Consejo Político Supra-partidario.

Es ahora el tiempo del pueblo boliviano para pro-nunciarse con respecto al nuevo texto constitucional y consolidar el avance del proceso constituyente que vivimos.

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Un Nuevo Estado, Estado Plurinacional

E sto quiere decir que, por encima de todo, se reafirma la unidad del Estado boliviano que está compuesto por nueve departa-mentos. El nuevo Estado es libre, autonómico, independiente, soberano, democrático e intercultural, se funda en la pluralidad

y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico dentro del proceso integrador del país. (Art. 1)

El pueblo boliviano está conformado por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, pertenecientes a las áreas urbanas de diferentes clases sociales,

Unidad, reconocimiento, articulación y coexistencia de diversas formas de prácticas políticas

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a las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y a las comunidades interculturales y afrobolivianos. (Art. 3)

Es un Estado Plurinacional porque:

- Asume las diferentes prácticas políticas: democrá-tica, participativa, representativa y comunitaria.

- Reconoce diferentes prácticas jurídicas como la comunitaria y la ordinaria.

- Promueve y difunde la diversidad de idiomas del país.

- Reconoce las diferentes formas de economía: estatal, privada, comunitaria y social cooperativa.

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E l nuevo texto constitucional reconoce la economía plural que esta compuesta por:

- La economía estatal administra a nombre del pueblo boliviano los derechos propietarios de los recursos naturales, ejerce el control estraté-

gico de las cadenas productivas y los procesos de industrialización; administra los servicios públicos y produce bienes y servicios. (Art. 310)

- La economía privada que contribuye al desarrollo económico social y forta-

Una Economía Plural, Economía para la vida

Orientada al Vivir bien

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lece la independencia económica del país. (Art. 309)

- La economía comunitaria comprende a los sistemas de producción y reproduc-ción de la vida social, fundados en los prin-cipios de los pueblos y naciones indígena originario campesinos (Art. 309).

- La economía social cooperativa como for-ma de trabajo solidario y de cooperación, sin fines de lucro. (Art. 311).

Todos estos componentes parten de los princi-pios de complementariedad, reciprocidad, soli-daridad, redistribución, igualdad, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia. (Art. 307)

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L a Nueva Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la exis-tencia de cuatro nuevas formas de estructura y organización territo-rial del Estado:

- Las autonomías departamentales que tendrán su propio catálogo de competencias, sus propios órganos de deliberación y ejecución de las competencias; tienen capacidad legislativa para emitir normas departamen-tales. Recogiendo los resultados del referéndum autonómico. (Art. 278)

Se Constitucionalizan y garantizan las autonomías

Fin del centralismo y distribución de competencias

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- Las autonomías regionales se constituirán por voluntad democrática de la ciudadanía y por la unión de municipios, provincias o te-rritorios indígena originario campesinos con continuidad geográfica. (Art. 281)

- Las autonomías indígenas es la expresión del derecho a autogobierno como ejercicio de la autodeterminación de las naciones y pueblos indígena originario campe-sinos cuya población comparte territorio, cultura, historia, lengua, organización, instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias. (Art. 290)

- Las autonomías municipales están constituidas por un concejo municipal de-liberativo, legislativo, normativo-administrativo y fiscalizador, y un órgano ejecutivo presidido por la o el alcalde. (Art. 284).

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L a democracia se ejerce en las siguientes formas (Art. 11):

- Directa y participativa: por medio del referéndum, la iniciativa legis-lativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa.

- Representativa: por medio de la elección de representantes por voto univer-sal, directo y secreto.

Hacia una Democracia PluralLa forma de gobierno es democrática, participativa, representativa y comunitaria con equivalencia de

condiciones entre hombres y mujeres

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- Comunitaria: por medio de la elección, designación o nominación de autori-dades por normas y procedimientos propios de los pueblos y naciones indí-gena originario campesinos.

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L os recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescrip-tible del pueblo boliviano. El Estado está encargado de su administración, velando

el interés colectivo. Con la Nueva Constitución, el Estado pasa de ser un propietario sin derechos a ad-ministrar sus recursos naturales. Esto significa que sólo el pueblo boliviano, en ejercicio de su soberanía, puede disponer de los recursos naturales.

Los Recursos NaturalesSon de carácter estratégico y de interés

público para el desarrollo del país

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U n capítulo completo de la Constitución desarrolla a la cuenca amazónica como ámbito geográfico, ahí se lo reconoce como espacio estratégico de espe-

cial protección para el desarrollo del país. También protege los recursos forestales, su biodiversidad y

los árboles de la goma y la castaña, en el marco del respeto de los pueblos indígenas que viven de su apro-

vechamiento.

AmazoníaProtección de nuestros

ecosistemas

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Consolida la independencia de los poderes, elimina “la elección a dedo” de los magistrados, porque la población puede elegir mediante voto popular a las y los magistrados del órgano judicial. Esto representa un compromiso serio con la pro-fundización de la democracia participativa y es algo único en toda la región.

También se constitucionaliza la justicia indígena originaria y campesina y la pone en igualdad de jerárquica con la justicia ordinaria, un hecho inédito en América Latina.

Legitimidad y Transparencia en la justicia

Elección por voto popular a los magistrados, institucionalización de la justicia ordinaria y comunitaria

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La justicia comunitaria está constituida por las prácticas judiciales propias de las organizaciones indígena originaria campesinas que tiene Bolivia, se ejerce a través de las autoridades propias de cada nivel organizativo y se sustenta en la cultura de la vida y la paz social. La justicia boliviana será una

sola, compuesta por la ordinaria y la indígena, en ambos casos se complementan los derechos humanos, los derechos fundamentalisimos y

fundamentales de la Constitución.

Al mismo tiempo, consolida una verdadera gratuidad de los servicios judiciales, la trans-parencia en el desempeño de los jueces y la celeridad en la solución de casos sometidos a su conocimiento.

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Propiedad Privada y Derecho a la Herencia

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A l igual que en la antigua Constitución, el nuevo texto constitucional reconoce el derecho a la propiedad privada, siempre que ésta cum-pla una función social. Además, se garantiza la propiedad privada y la sucesión hereditaria. La Nueva Constitución incorpora este as-

pecto que antes sólo estaba establecido en una ley.

TIERRA

Se reconoce y garantiza la tenencia individual y colectiva de la tierra siempre y cuando se le dé una utilidad sustentable y cumpla una función económica social, aprovechándola de manera productiva, evitando la especulación y el en-gorde de la tierra. Se prohíbe el latifundio improductivo y se constitucionaliza el trabajo como garantía de la tenencia de la tierra.

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Derechos fundamentalísimos y fundamentales

Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física, psicoló-gica, moral y sexual. Nadie será torturado ni sufrirá tratos crueles,

inhumanos, degradantes y humillantes. Está prohibida la pena de muer-te. Ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata o tráfico de personas. (Art. 15 y 16)

Área Social y DerechosLa descolonización es una prioridad, así como la igualdad

de oportunidades para todas y todos los bolivianos

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Derechos de la mujer

Las mujeres tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual, psicológica, en la familia y en la sociedad; dere-

cho a igual salario que los varones, por igual trabajo; a no ser discriminadas por su estado civil, ni situación de emba-razo o número de hijos. (Art. 150 y 287)

Derechos de los adultos mayores

Los adultos mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana. El Estado proveerá una renta vita-

licia de vejez a los adultos mayores, adoptará políticas públicas para su protección; prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación. (Art. 67 y 68)

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Derechos de las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad tienen derecho a ser protegi-

das por su familia y por el Estado, a una educación y salud integral gratuita, comunicación en lengua-je alternativo, a trabajar en condi-ciones adecuadas, de acuerdo a sus capacidades y con remunera-ción justa . (Art. 70).

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Derechos de los niños

Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a su desarrollo

integral y a crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva; ten-drá derecho a una familia sustituta, conforme a ley. Sin distinción de su origen, tienen iguales derechos y de-beres respecto a sus progenitores.

Se prohíbe y sanciona toda for-ma de violencia a las niñas,

niños y adolescentes, en la familia

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como en la sociedad. Se prohíbe todo tipo de explotación del trabajo infantil. (Art. 59 al 61)

Salud y seguridad social

La atención y sostenimiento de los servicios de salud constituyen una fun-ción suprema y responsabilidad del Estado. Se priorizará la promoción de

la salud. Se garantizará el acceso de la población a los medicamentos y se priorizan los medicamentos genéricos a través del fomento de su producción.

Las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a la seguridad social, sin ca-rácter lucrativo ni mercantilista, que se presta bajo los principios de universa-lidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportu-nidad, interculturalidad y eficacia.

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L a población ejercerá un control social legítimo a las instituciones esta-tales, constitucionalizando este derecho a fiscalizar. (Art. 242 y 243).

Con la Nueva Constitución los ciudadanos (as) participan y coordinan la actividad del Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral, prefecturas,

alcaldías y empresas públicas; asimismo, participan en la definición de la for-mulación de políticas públicas y la elaboración de leyes y formularan informes para activar la revocatoria de mandato.

También podrá denunciar a las instituciones que incurran en faltas o delitos e instruir su procesamiento.

Participación y Control SocialLa soberanía reside en el pueblo y se ejerce de forma directa

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VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICAPRESIDENCIA DEL CONGRESO NACIONAL