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Comentarios a la Ley de reforma parcial de la Ley de Contrataciones Públicas COMENTARIOS A LA LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS GACETA OFICIAL Nº 39.503 DEL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2010 En Gaceta Oficial Nº 39.503 de fecha 6 de septiembre de 2010 fue publicada la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Contrataciones Públicas. 1) Objeto de la Reforma La reforma de la Ley incluye 8 nuevos artículos, del 130 al 137, los cuales tienen por objeto establecer y regular las medidas preventivas que se podrán dictar durante el procedimiento administrativo iniciado para determinar el incumplimiento por parte del contratista en los contratos de ejecución de obras, cuando la obra hubiere sido paralizada o exista un riesgo inminente de su paralización. 2) Medidas Preventivas Elartículo 130 establece que una vez iniciado el procedimiento administrativo para determinar el incumplimiento por parte del contratista en los contratos de ejecución de obras, cuando la obra hubiere sido paralizada o exista un riesgo inminente de su paralización, y con la finalidad de dar continuidad a la obra y garantizar su culminación en el plazo establecido, el órgano o ente contratante podrá dictar y ejecutar las siguientes medidas preventivas: (i) la requisición de los bienes, equipos, instalaciones y maquinarias; y (ii) el comiso de los materiales, afectos a la ejecución de la obra. 3) Ejecución de las Medidas Preventivas El nuevo artículo 131 prevé que las medidas preventivas se adoptarán y ejecutarán en el mismomomento en que se verifique la paralización de la obra o el peligro inminente de su paralización, de lo cual se dejará constancia en Acta, que deberán suscribir el funcionario actuante, el ingeniero inspector y el contratista. La negativa a suscribir el Acta por parte de los sujetos afectados por la medida o del ingeniero inspector, no impedirá su ejecución, pero se dejará constancia en el Acta de esa circunstancia.

Comentarios a La Ley de Reforma Parcial de La Ley de Contrataciones Públicas

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Comentarios a la Ley de reforma parcial de la Ley de Contrataciones Públicas 

COMENTARIOS A LA LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

GACETA OFICIAL Nº 39.503 DEL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2010

 En Gaceta Oficial Nº 39.503 de fecha 6 de septiembre de 2010 fue publicada la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Contrataciones Públicas. 

1)    Objeto de la Reforma La reforma de la Ley incluye 8 nuevos artículos, del 130 al 137, los cuales tienen por objeto establecer y regular las medidas preventivas que se podrán dictar durante el procedimiento administrativo iniciado para determinar el incumplimiento por parte del contratista en los contratos de ejecución de obras, cuando la obra hubiere sido paralizada o exista un riesgo inminente de su paralización. 

2)    Medidas Preventivas Elartículo 130 establece que una vez iniciado el procedimiento administrativo para determinar el incumplimiento por parte del contratista en los contratos de ejecución de obras, cuando la obra hubiere sido paralizada o exista un riesgo inminente de su paralización, y con la finalidad de dar continuidad a la obra y garantizar su culminación en el plazo establecido, el órgano o ente contratante podrá dictar y ejecutar las siguientes medidas preventivas: (i) la requisición de los bienes, equipos, instalaciones y maquinarias; y (ii) el comiso de los materiales, afectos a la ejecución de la obra. 

3)    Ejecución de las Medidas Preventivas El nuevo artículo 131 prevé que las medidas preventivas se adoptarán y ejecutarán en el mismomomento en que se verifique la paralización de la obra o el peligro inminente de su paralización, de lo cual se dejará constancia en Acta, que deberán suscribir el funcionario actuante, el ingeniero inspector y el contratista. La negativa a suscribir el Acta por parte de los sujetos afectados por la medida o del ingeniero inspector, no impedirá su ejecución, pero se dejará constancia en el Acta de esa circunstancia. De acuerdo al artículo 132, en la misma fecha en que se ejecute la medida preventiva, el funcionario actuante levantará Acta en el lugar de la obra, que deberán suscribir éste, el ingeniero inspector y el contratista, la cual deberá dejar constancia de los bienes, equipos, instalaciones y materiales que allí se encuentren, así como del estado de ejecución de las obras y cualquier otra circunstancia que permita determinar con certeza el grado de avance de las obras. Si hubieren equipos, maquinarias o materiales ubicados o depositados en lugares distintos al de la obra, deberán ser inventariados en la referida Acta, o deberán levantarse las Actas necesarias en nuevas oportunidades. 

4)    Sustanciación de las Medidas Preventivas La medida preventiva se sustanciará en cuaderno separado, debiendo incorporarse al expediente principal los autos mediante los cuales se decrete o se disponga su modificación o revocatoria (Artículo 133). 

El artículo 134 establece como oportunidad para hacer oposición a la medida el lapso de tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que se dictó la medida, o de su ejecución. Cualquier interesado podrá, mediante solicitud razonada, pedir la revocatoria, suspensión o modificación de la medida ante el funcionario que la dictó, quien tendrá cinco (5) días hábiles para decidir la oposición ejercida. En aquellos casos en que la medida preventiva no haya sido notificada al afectado, éste podrá oponerse en el lapso de dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha en que haya tenido conocimiento de la medida. 

5)    Eficacia de las Medidas Preventivas Los bienes que sean objeto de medida preventiva quedarán a disposición del órgano o ente contratante, mediante la ocupación temporal y posesión inmediata de los mismos (Artículo 135). La porción de obra ejecutada por el órgano o ente contratante con ocasión de la medida preventiva que se dicte, no podrá ser imputada a favor del contratista. No obstante, cuando la resolución del procedimiento administrativo de rescisión le fuere favorable, el contratista podrá exigir al órgano o ente contratante el reconocimiento de las inversiones que hubiere efectuado en la obra con relación a los materiales y maquinarias objeto de medida preventiva. Cuando los bienes objeto de medida preventiva fueren propiedad de terceros distintos al contratista, éstos podrán exigir al órgano o ente contratante el pago de los contratos que hubieren suscrito con el contratista, sólo respecto de lo efectivamente ejecutado por el órgano o ente contratante, y previa demostración fehaciente de la existencia y vigencia de dichos contratos. La medida preventiva permanecerá en vigencia hasta la recepción definitiva de la obra o hasta su revocatoria por parte del órgano o ente contratante. En cualquier estado y grado del procedimientoadministrativo, el funcionario que conoce del respectivo asunto, de oficio, podrá decretar la revocatoria, suspensión o modificación de las medidas preventivas que se hubieren dictado, cuando, a su juicio, hayan desaparecido las condiciones que justificaron su procedencia y el levantamiento o modificación de la medida no pueda afectar la ejecución de la decisión que fuere dictada. 

6)    Vigencia de la Ley La Ley de Reforma Parcial de la Ley de Contrataciones Públicas entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial, es decir, a partir del 6 de septiembre de 2010.