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COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO INFORME ANUAL DE LABORES DE LA CONSAR 2003

COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO … · REGLAMENTACION DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO 5 ... El presente informe es un compendio de las principales actividades realizadas

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COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

INFORME ANUAL DE LABORES DE LA CONSAR 2003

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN 1

1. VICEPRESIDENCIA JURIDICA. 2

ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. 2 SANCIONES 2 ASUNTOS DE LO CONTENCIOSO 3 REGLAMENTACION DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO 5 PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. 12

PERSPECTIVAS PARA EL 2004. 12

2. VICEPRESIDENCIA DE SUPERVISIÓN. 14

ACTIVIDADES 2003. 14 INSPECCIÓN DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO 14 VIGILANCIA DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO 21 SEGUIMIENTO OPERATIVO DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO 31

ESTRATEGIAS 2004 35

3. VICEPRESIDENCIA DE PLANEACIÓN. 39

ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES 2003. 39 RÉGIMEN DE INVERSIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGOS 39 FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES 43 INTERRELACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES 46

RETOS PARA EL 2004 47

4. SECRETARIADO TÉCNICO. 49

ESTRATEGIA Y PROGRAMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE LA CONSAR 2003. 49 ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN 49 ENLACE INSTITUCIONAL 58

PERSPECTIVAS PARA 2004 61

5. DIRECCIÓN GENERAL DE ÓRGANOS DE GOBIERNO Y COMITÉS. 62

ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. 62

PERSPECTIVAS PARA 2004. 65

6. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN. 66

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ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. 66

PERSPECTIVAS PARA 2004. 67

7. ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. 70

ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. 70 MISIÓN. 70 VISIÓN. 70 OBJETIVO ESTRATÉGICO. 70 ANTECEDENTES. 70 PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO 2003. 71 SEGUIMIENTO DE OBSERVACIONES RELEVANTES. 72 ATENCIÓN DE QUEJAS, DENUNCIAS Y RESPONSABILIDADES. 72 PARTICIPACIÓN EN LOS COMITÉS DE LA CONSAR. 72 OTRAS ACTIVIDADES DE CONTROL, SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO. 73 CAPACITACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS HUMANOS. 73 EVALUACIONES AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. 73 RESULTADOS ALCANZADOS Y LOGROS OBTENIDOS POR EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. 74 CONCLUSIÓN. 74

PERSPECTIVAS PARA EL 2004 74 OTRAS ACTIVIDADES: 76

ANEXOS 78

ANEXO A: AUTORIZACIONES DE CARÁCTER CORPORATIVO 79

ANEXO B: INDICE DE NORMATIVIDAD DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO 158

ANEXO C: MULTAS IMPUESTAS 221

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INTRODUCCIÓN

El presente informe es un compendio de las principales actividades realizadas durante el año 2003 (enero-diciembre) por las diferentes áreas que conforman la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para la coordinación, regulación, supervisión y vigilancia de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, con el objeto de salvaguardar los derechos de los trabajadores, así como de las perspectivas que se tienen para 2004. Por lo que respecta a los aspectos normativos, se hace un recuento de las Circulares emitidas, así como de las modificaciones a la normatividad que se realizaron durante el año 2003. Asimismo, se ofrecen los principales resultados obtenidos en las acciones de protección de los derechos de los trabajadores. Del mismo modo, se detallan los resultados obtenidos por la CONSAR en términos de las actividades de supervisión a través de las visitas de inspección y la revisión de la información que diariamente envían las Administradoras de Fondos para el retiro (AFORES), Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORES), Entidades Receptoras, Bancos involucrados en la administración del SAR 92 y la Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional del SAR (PROCESAR). De igual manera, se informa sobre las acciones preventivas y correctivas implementadas por la CONSAR. Por otra parte, se da seguimiento a la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, detallando los avances en la instrumentación del nuevo sistema de pensiones, la problemática vigente en algunos procesos operativos y las acciones adoptadas para enfrentarla. Por otro lado, también se informa de las sesiones de los Órganos de Gobierno de la Comisión realizadas durante el año, las acciones realizadas en materia de Comunicación Social y las relativas a Enlace Institucional. Finalmente, cabe señalar que en el informe se muestran los resultados alcanzados y las perspectivas para 2004 de la Dirección General de Administración y el Órgano Interno de Control en la CONSAR.

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1. VICEPRESIDENCIA JURIDICA. ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. SANCIONES Multas a los participantes en el sistema de pensiones Con base a las irregularidades detectadas a través de las facultades de supervisión en el periodo que comprende los meses de enero a diciembre de 2003, la CONSAR impuso un total de 906 multas, por un importe total de $22,901,132.15, de las cuales corresponden 822 multas a 11 Administradoras de Fondos para el Retiro por un monto de $14,866,257.15, 68 multas a 13 Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, por un monto de $7,237,330.00, 12 multas a PROCESAR, S.A. DE C.V., Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional SAR, por un monto de $570,565.00, y 4 multas a 2 Entidades Receptoras por un monto de $226,980.00. A continuación se presenta el cuadro informativo correspondiente:

AFORE MULTAS MONTO ACTINVER 7 301,185.00ALLIANZ DRESDNER 363 737,227.55BANAMEX 5 383,092.50BANCOMER 20 597,360.00BANORTE GENERALI 73 5,429,237.50INBURSA 64 684,151.50ING 104 809,523.10PRINCIPAL 145 2,775,785.00PROFUTURO 15 1,263,262.50SANTANDER 12 1,031,655.00XXI 14 853,777.50 822 14,866,257.15

SIEFORE MULTAS MONTO ACTINVER 5 355,747.50ALLIANZ 2 111,540.00AFOMER 2 1 56,745.00BANAMEX 1 56,745.00BANCOMER 7 547,765.00BANORTE 11 2,900,340.00INBURSA 5 374,505.00

ING 10 883,440.00PRINCIPAL 4 307,222.50

PROFUTURO 13 966,240.00SANTANDER 3 168,285.00

TEPEYAC 1 54,795.00XXI 5 453,960.00

68 7,237,330.00 EMPRESA OPERADORA MULTAS MONTO

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PROCESAR 12 570,565.00 12 570,565.00

ENTIDAD RECEPTORA MULTAS MONTO INTERNACIONAL 3 170,235.00SCOTIABANK 1 56,745.00 4 226,980.00 LA INFORMACIÓN CON LOS CONCEPTOS DE INFRACCIÓN SE DETALLAN EN EL ANEXO C. Amonestaciones a Funcionarios y Contralores Normativos de AFORES Durante el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2003, esta Comisión llevó a cabo la imposición de una sanción consistente en amonestación pública y de dos sanciones consistentes en amonestaciones privadas a las personas, mediante los oficios y por las causas que se indican en el cuadro que se muestra a continuación:

NOMBRE Y CARGO DEL INFRACTOR

ADMNISTRADORA/ SOCIEDAD DE

INVERSIÓN

SANCIÓN N° DE OFICIO CAUSA DE LA SANCIÓN

Verónica González Vázquez, Director General Adjunto

AFORE AZTECA, S.A. DE C.V.

Amonesta-ción Privada

D00/2100/8325/ 2003 de fecha 4 de noviembre de 2003

Haber contravenido lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 53 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Héctor San Román Rivera, Contralor Normativo

AFORE AZTECA, S.A. DE C.V.

Amonesta-ción Pública

D00/2100/8326/ 2003 de fecha 4 de noviembre de 2003

Haber contravenido lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 30 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como por la parte final de la fracción IV de dicho precepto legal

Arturo Raúl Acevedo Aceves, Consejero No Independien-te Suplente

ING AFORE, S.A. DE C.V. y SIEFORE ING, S.A. DE C.V.

Amonesta-ción Privada

D00/2100/8327/ 2003 de fecha 4 de noviembre de 2003

Haber contravenido lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 67 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en relación con el párrafo primero de dicho precepto legal

ASUNTOS DE LO CONTENCIOSO Recursos de Revocación

Promovidos Resueltos Sentido En Trámite

1 0 Pendiente 1

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Juicios de Nulidad

Demandas Recibidas Sentencias Dictadas A favor Consar Contra Consar

72 97 30 En contra de la imposición de sanciones, los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro desde el inicio del Nuevo Sistema de Pensiones, han promovido un total de 687 juicios de nulidad. De los juicios concluidos en definitiva, en un 91% la sentencia dictada ha sido favorable, pudiendo cobrar las multas impuestas en 414 casos y en 81 asuntos emitir una nueva resolución. Amparos y Revisiones Fiscales

Sentencias Dictadas Amparos Indirectos

Amparos Directos

Revisiones Fiscales

A favor Consar Contra Consar

13 70 45 75 43

Suspensión de Publicidad

Sentido Promovidos Resueltos

Confirma Sin materia

En Trámite

8 6 3 3 2

Juicios Laborales En materia laboral, área en la que también se defienden los intereses de esta Comisión, se atendió un total de 238 asuntos notificados por las Juntas Federal y Local de Conciliación y Arbitraje, así como por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, de los cuales, en 94 asuntos fue llamada a juicio como demandada, en 81 más como tercero interesado y en 63 fue requerida esta Comisión como autoridad informante, habiéndose asistido a las audiencias correspondientes, en el Distrito Federal y en diversas Juntas Federales de la República.

Demandado Tercero Interesado

Autoridad Informante

Audiencias Convocadas

Cantidad Ciudades

94 81 63 175 14

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Denuncias Penales Se presentó 1 denuncia por hechos ilícitos realizados por agentes promotores en el registro de trabajadores. REGLAMENTACION DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO Circulares que regulan nuevos Procesos Operativos Se emitieron un total de 2 disposiciones de carácter general en relación con procesos o aspectos operativos del nuevo sistema de pensiones, que no habían sido objeto de regulación anterior, mismas que se describen a continuación.

• Circular CONSAR 54-1, “Reglas generales a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro con respecto a sus consejeros independientes y contralores normativos”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2003.

Objeto: Establece los requisitos que deben satisfacer las personas propuestas por las administradoras de fondos para el retiro para desempeñarse como Consejeros Independientes y Contralores Normativos.

• Circular CONSAR 55-1, “Reglas Prudenciales en Materia de Inversiones a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2003.

Objeto: Se regula la conformación mínima del Comité de Inversiones, los requisitos que deberán cubrir los responsables del área de inversiones de las administradoras de fondos para el retiro, los operadores, los responsables del registro, asignación y liquidación de las operaciones de inversión y el contenido de los manuales de inversión.

Circulares relacionadas con las principales adecuaciones al Marco Normativo Por otra parte, como consecuencia de la operación cotidiana de los diversos procesos que involucran los sistemas de ahorro para el retiro, se consideró necesario efectuar modificaciones o adecuaciones a diversas disposiciones de carácter general, para lo cual se emitieron un total de 18 modificaciones a diversas circulares publicadas con anterioridad.

• CIRCULAR CONSAR 02-3, “Reglas Generales que establecen el régimen de capitalización al que se sujetarán las Administradoras de Fondos para el Retiro y Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2003.

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Objeto: Establecer los requisitos mínimos que deben cumplir las personas que deseen actuar como Agentes Promotores de las administradoras de fondos para el retiro.

• CIRCULAR CONSAR 03-2, “Reglas generales sobre la determinación de

cuotas de mercado a las que se sujetarán las administradoras de fondos para el retiro.” Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2003. Objeto: Establecer las cuotas de mercado a que se sujetarán las administradoras de fondos para el retiro.

• CIRCULAR CONSAR 04-5, “Reglas Generales que establecen el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2003.

Objeto: Establecer el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro.

• CIRCULAR CONSAR 05-6, “Modificaciones a las Reglas Generales a las que deberán sujetarse los agentes promotores de las Administradoras de Fondos para el Retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2003.

Objeto: Se modifica el segundo párrafo de la regla Tercera de la Circular CONSAR 05-5, para establecer claramente que los agentes promotores de las Administradoras cuando reciban solicitudes de registro y traspaso, deberán cerciorarse de que son originales los documentos presentados por los trabajadores para realizar los trámites mencionados ante las Administradoras.

• CIRCULAR CONSAR 06-4, “Reglas Generales sobre publicidad y

promociones que realicen las Administradoras de Fondos para el Retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la federación el 30 de junio de 2003.

Objeto: Establecer las reglas a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro que realicen publicidad para la difusión de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como promociones de los servicios que prestan, a través de cualquier medio, dirigida a los trabajadores y público en general.

• CIRCULAR CONSAR 07-6, “Reglas Generales a las que deberán sujetarse

las Administradoras de Fondos para el Retiro y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el registro de trabajadores”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de abril de 2003.

Objeto: Establecer el procedimiento, requisitos y formalidades a los que

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deberán de sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, en el trámite de solicitudes de registro de los trabajadores, en términos de los artículos 176 de la Ley del Seguro Social y 74 y 76 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como del Reglamento de esta última.

• CIRCULAR CONSAR 07-7, “Modificaciones a las reglas generales a las

que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el registro de trabajadores”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2003. Objeto: Modificación al primer párrafo de la regla trigésima séptima de la Circular CONSAR 07-6 publicada el día 14 de abril de 2003.

• CIRCULAR CONSAR 10-4, “Reglas Generales que establecen las

características que deben reunir los prospectos de información y los folletos explicativos que las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro deben proporcionar a los trabajadores”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2003.

Objeto: Establecer el modelo de prospecto de información y las características del folleto explicativo que, de conformidad con el artículo 47 bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, están obligadas a proporcionar a los trabajadores registrados.

• CIRCULAR CONSAR 14-8, “Reglas Generales que establecen el régimen

de comisiones al que deberán sujetarse las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2003.

Objeto: Establecer el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR.

• CIRCULAR CONSAR 15-9, “Reglas Generales que establecen el régimen

de inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2003.

Objeto: Establecer el régimen de inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro.

• CIRCULAR CONSAR 15-10, “Reglas generales que establecen el régimen

de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2003.

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Objeto: Establecer el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro.

• CIRCULAR CONSAR 15-11, “Modificaciones a las reglas generales que

establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2003. Objeto: Se modifican la fracción XVIII de la regla segunda, el quinto párrafo de la fracción I de la regla décima y el segundo párrafo de la regla décima segunda de la Circular CONSAR 15-10, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de agosto de 2003.

• CIRCULAR CONSAR 22-4, “Reglas Generales sobre la administración de

cuentas individuales a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2003.

Objeto: Establecer los mecanismos y procedimientos a los que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, en lo relativo a la recepción de recursos e información de las cuotas obrero patronales, aportaciones estatales, cuota social, aportaciones voluntarias, aportaciones complementaras de retiro y aportaciones de vivienda, de los procesos de individualización, aclaración en la dispersión de recursos, amortización de créditos de vivienda y emisión de estados de cuenta, relacionados con la administración de las cuentas individuales de los trabajadores.

• CIRCULAR CONSAR 28-6, “Modificaciones y Adiciones a las Reglas

Generales al que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2003.

Objeto: Se modifican las reglas Segunda, Séptima, Novena, Décima Tercera, Décima Quinta, Décima Octava, Vigésima, Trigésima Segunda, Trigésima Octava, Cuadragésima Quinta y Cuadragésima Sexta, se adicionan fracciones a la regla Segunda, una fracción a la Séptima, un párrafo a la Novena, párrafos a la Décima Segunda, incisos, fracción y párrafos a la Décima Tercera, fracciones a la Décima Quinta y se derogan inciso y fracción a la Décima Tercera e inciso y párrafo a la Décima Quinta de la Circular CONSAR 28-5, toda vez que en el servicio de traspaso de cuentas individuales de una Administradora a otra es necesario realizar adecuaciones con el propósito de que los procesos de traspaso se realicen con mayor grado de eficacia.

• CIRCULAR CONSAR 28-7, “Reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de

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la Base de Datos Nacional SAR para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2003.

Objeto: Establecer el procedimiento al que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores, de una administradora de fondos para el retiro a otra elegida por el trabajador titular de una cuenta individual.

• CIRCULAR CONSAR 31-5, “Reglas generales que establecen los procesos

a los que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la disposición y transferencia de los recursos depositados en las cuentas individuales de los trabajadores”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de octubre 2003.

Objeto: Establecer los procedimientos a los que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la transferencia de los recursos de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y de vivienda, de las cuentas individuales, para la contratación de un seguro de renta vitalicia o de sobrevivencia, en su caso, o bien para su disposición de manera parcial o total en una sola exhibición, conforme a los supuestos y condiciones previstos en las leyes del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como los procedimientos relativos a la transferencia de información relacionada con los mencionados recursos.

• CIRCULAR CONSAR 45-2, “Reglas para la recomposición de cartera de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de marzo de 2003.

Objeto: Determinar los procedimientos a los que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, para recomponer su cartera en los casos de incumplimiento al régimen de inversión aplicable a dichas sociedades.

• CIRCULAR CONSAR 51-3, “Reglas prudenciales en materia de

administración integral de riesgos a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro con respecto a las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro que operen”. Publicada en el Diario Oficial de la Federación de 30 de octubre de 2003.

Objeto: Establecer lineamientos mínimos que las administradoras de fondos para el retiro deberán observar para implementar una adecuada administración integral de riesgos en el manejo de los recursos e inversiones de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro que operen.

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Cabe destacar que el total de las circulares que regulan procesos nuevos y estas modificaciones, suman un total de 20 disposiciones de carácter general emitidas durante el período que corresponde del 1° de enero al 31 de diciembre de 2003. Asimismo, durante este periodo quedaron abrogadas 39 circulares, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, que son: • Circular CONSAR 02-1, publicada el; 10 de octubre de 1996 • Circular CONSAR 02-2, publicada el; 18 de Agosto de 2000 • Circular CONSAR 03-1, publicada el; 10 de octubre de 1996 • Circular CONSAR 04-1, publicada el; 10 de octubre de 1996 • Circular CONSAR 04-2, publicada el; 18 de Agosto de 2000 • Circular CONSAR 04-3, publicada el; 11 de junio de 2002 • Circular CONSAR 04-4, publicada el; 28 de octubre de 2002 • Circular CONSAR 06-1, publicada el; 10 de octubre de 1996 • Circular CONSAR 06-2, publicada el; 15 de diciembre de 1999 • Circular CONSAR 06-3, publicada el; 28 de octubre de 2002 • Circular CONSAR 07-5, publicada el; 29 de mayo de 2002 • Circular CONSAR 10-1, publicada el; 14 de enero de 1997 • Circular CONSAR 10-2, publicada el; 30 de junio de 1997 • Circular CONSAR 10-3, publicada el; 30 de octubre de 2002 • Circular CONSAR 14-1, publicada el; 30 de junio de 1997 • Circular CONSAR 14-2, publicada el; 14 de julio de 1998 • Circular CONSAR 14-3, publicada el; 1° de marzo de 1999 • Circular CONSAR 14-4, publicada el; 20 de abril de 2000 • Circular CONSAR 14-5, publicada el; 18 de Agosto de 2000 • Circular CONSAR 14-6, publicada el; 31 de mayo de 2001 • Circular CONSAR 14-7, publicada el; 8 de abril de 2002 • Circular CONSAR 15-8, publicada el; 29 de noviembre de 2002 • Circular CONSAR 15-9 publicada el; 4 de abril de 2003 • Circular CONSAR 22-3, publicada el; 30 de mayo de 2002 • Circular CONSAR 28-5, publicada el; 25 de julio de 2002 • Circular CONSAR 28-6, publicada el; 12 de mayo de 2003 • Circular CONSAR 31-1, publicada el; 8 de junio de 1998 • Circular CONSAR 31-2, publicada el; 10 de septiembre de 1998 • Circular CONSAR 31-3, publicada el; 18 de marzo de 1999 • Circular CONSAR 31-4, publicada el; 25 de junio de 1999 • Circular CONSAR 34-1, publicada el; 7 de agosto de 1998 • Circular CONSAR 34-2, publicada el; 7 de febrero del 2000 • Circular CONSAR 36-1, publicada el; 8 de septiembre de 1998 • Circular CONSAR 43-1, publicada el; 14 de diciembre de 1999 • Circular CONSAR 43-2, publicada el; 18 de mayo de 2000 • Circular CONSAR 49-1, publicada el; 22 de diciembre de 2000 • Circular CONSAR 51-1, publicada el; 26 de diciembre de 2001 • Circular CONSAR 51-2, publicada el; 07 de octubre de 2002 • Circular CONSAR 52-1, publicada el; 18 de marzo de 2002

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Circulares relacionadas con la participación de Instituciones de Crédito en los Sistemas de Ahorro para el Retiro Respecto al año 2003, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro emitió 3 circulares para regular la operación de las Instituciones de Crédito operadoras de cuentas individuales SAR, abiertas bajo el régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que son las siguientes:

• CIRCULAR 001/2003 ISSSTE-FOVISSSTE, “Reglas generales mediante las cuales se notifica a las instituciones de crédito y entidades financieras autorizadas operadoras de cuentas individuales SAR, modificaciones a las reglas generales sobre el sistema de ahorro de los trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, relativas a la información que deben entregar las dependencias y entidades públicas al cubrir las aportaciones relativas al sistema de ahorro para el retiro y las aportaciones al fondo a la vivienda”. Publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 13 de agosto de 2003.

Objeto: Se adicionan los párrafos tercero y cuarto, así como las fracciones I a IV, a la regla primera de las Reglas Generales sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro de los trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 1994.

• CIRCULAR 002/2003 ISSSTE-FOVISSSTE, “Modificaciones a las reglas

generales sobre el sistema de ahorro de los trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado”. Publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 14 de agosto de 2003.

Objeto: Se modifica la fracción quinta de la regla décima primera de las Reglas Generales sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el día 22 de septiembre de 1994.

• “Reglas generales a las que deberán de sujetarse las instituciones de

crédito o entidades financieras autorizadas y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la recepción de aportaciones al sistema de ahorro para el retiro de los trabajadores sujetos a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que realicen las dependencias y entidades públicas”. Publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de diciembre de 2003.

Objeto: Establecer el procedimiento al que deberán sujetarse las instituciones de crédito y entidades financieras autorizadas, operadoras de cuentas individuales del sistema de ahorro para el retiro, así como las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, para la recepción

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de los recursos e información relativos a las aportaciones a la subcuenta de ahorro para el retiro y a la subcuenta del fondo de la vivienda de los trabajadores sujetos al régimen previsto en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, que realicen las dependencias o entidades públicas.

PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. En cumplimiento a lo previsto en el artículo Octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión ha emitido respuesta a consultas de trabajadores. En virtud de lo anterior, durante el periodo que comprende los meses de enero a diciembre del año 2003, ha dado atención a 451 consultas presentadas por trabajadores, ha proporcionado atención y asesoría vía telefónica y, en otros casos, ha remitido las reclamaciones en contra de Administradoras de Fondos para el Retiro e Instituciones de Crédito operadoras de cuentas individuales SAR, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. PERSPECTIVAS PARA EL 2004. Se estima que durante el año 2004, la Dirección General Jurídica atenderá un número aproximado de 550 consultas relacionadas con el funcionamiento de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, asimismo, se estima que en materia de asesoría a las diversas áreas de la Comisión, se resuelvan 200 consultas. Asimismo, la Dirección General Jurídica durante el año 2004, realizará una revisión a la normatividad hasta el momento publicada, a efecto de identificar posibles adecuaciones a la misma, considerando para ello, los puntos de vista de las áreas internas de la Comisión y lo expuesto por los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro. En tal sentido, se estima la elaboración de 20 proyectos de circulares. Por otra parte, se estima realizar 10 estudios jurídicos relacionados con los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como continuar tramitando las autorizaciones de las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, y demás participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para su óptimo funcionamiento. En materia contencioso administrativa, atento al número de sanciones que se lleguen a imponer por esta Comisión se calcula la impugnación por parte de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro de un 20% de resoluciones, de las cuales se prevé que se promuevan 10 recursos de revocación y alrededor de 95 juicios de nulidad. Conforme al promedio de juicios de nulidad promovidos durante 2002 y 2003, de los cuales están pendientes de resolver por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa 58, se tiene previsto que los participantes promuevan amparo directo en contra de esas resoluciones si fueren

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contrarias a sus intereses, o bien esta Comisión interpondrá las revisiones fiscales que correspondan. De igual forma se ha programado seguir atendiendo los asuntos notificados por las Juntas Federales Especiales de Conciliación y Arbitraje, así como prestar apoyo jurídico en materia contenciosa a las demás áreas que integran esta Comisión.

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2. VICEPRESIDENCIA DE SUPERVISIÓN. ACTIVIDADES 2003. La supervisión de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro es una de las principales atribuciones de la CONSAR. Tiene el propósito de salvaguardar los intereses de los trabajadores al supervisar la adecuada administración de los recursos depositados en las cuentas individuales. Durante el año 2003, la CONSAR intensificó los actos de vigilancia e inspección con el objeto de verificar que las AFORES mantuvieran una adecuada liquidez, solvencia y estabilidad financiera. Además, se actualizaron los procesos operativos para asegurar el correcto registro de las transacciones que generan la operación. Asimismo, se continuó con la actualización de los procesos operativos para hacerlos más eficientes y garantizar el sano desarrollo de la industria. Dentro de las obligaciones de la Vicepresidencia de Supervisión destaca el vigilar los procesos operativos y financieros de los participantes del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) mediante actividades de Inspección (Dirección General de Inspección), Vigilancia (Dirección General de Vigilancia) y Seguimiento (Dirección General de Seguimiento Operativo) INSPECCIÓN DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

La CONSAR ha llevado a cabo una estrategia de fortalecimiento al proceso de inspección al tomar en cuenta las recomendaciones hechas por las Direcciones Generales de Vigilancia y de Seguimiento Operativo, por la experiencia obtenida en años pasados y por la adopción de las mejores prácticas nacionales e internacionales en la materia. Por medio de las actividades de inspección se verifica que las operaciones se ajusten a la normatividad que regula al Sistema a través de la revisión de los procesos operativos, contables y financieros de las Entidades Participantes en los SAR. Estas actividades de inspección, han permitido inhibir prácticas indebidas que pudieran lesionar los derechos de los trabajadores. Conforme al Programa Anual de visitas de Inspección, durante el periodo de enero a diciembre del 2003 se realizaron 49 visitas a los participantes del SAR, durante las cuales se detectaron 277 irregularidades.

CUADRO 1 VISITAS DE INSPECCIÓN E IRREGULARIDADES DETECTADAS

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PARTICIPANTE VISITAS IRREGULARIDADES

AFORES 26 133 SIEFORES 19 136 Otros Participantes1 4 8 TOTAL 49 277

Fuente: CONSAR

Visitas de Inspección a AFORES En el periodo reportado se concluyeron 26 visitas de inspección a las AFORES en las cuales se revisaron procesos sustantivos que pudieran afectar los derechos y recursos de los trabajadores. Como resultado de dichas visitas se efectuaron un total de 133 observaciones cuyo resumen se muestra en el Cuadro 2.

CUADRO 2 VISITAS DE INSPECCIÓN A LAS AFORES

AFORE VISITAS OBSERVACIONES

Actinver 3 35 Allianz Dresdner 2 7 Azteca 2 29 Banamex 3 0 Bancomer 1 4 Banorte 2 7 Inbursa 2 2 ING 1 0 Principal 3 10 Profuturo GNP 2 2 Santander Mexicano 3 33 XXI 2 4 TOTAL 26 133

Fuente: CONSAR

Los principales procesos revisados durante las visitas de inspección a las AFORES fueron los siguientes:

• Registro de Trabajadores. • Traspasos AFORE - AFORE. • Certificación Operativa de Nuevos Participantes. • Control Interno de Recaudación. • Asignación de cuentas. • Proceso de Fusión. • Emisión y envío de Estados de Cuenta. • Cambio de plataforma tecnológica de la AFORE. • Unidad de Administración Integral de Riesgos (UAIR).

1 Se entiende por Otros Participantes a las Entidades Receptoras y PROCESAR.

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Como resultado de las visitas de inspección se detectaron las siguientes observaciones: a) Registro de Trabajadores.- Las visitas de inspección permitieron detectar anomalías en la documentación contenida en los expedientes de los trabajadores registrados, así como constancias de registro no entregadas a los trabajadores. En estos casos, se recomendó a las AFORES correspondientes desarrollar los mecanismos que permitan prevenir estas situaciones, además de promover las sanciones correspondientes. b) Traspasos AFORE – AFORE.- En el caso del proceso de traspasos, se llevaron a cabo inspecciones a las AFORES tanto en su papel de receptoras como de cedentes. En cada caso se detectó:

• Receptoras.- Anomalías en la documentación soporte para realizar el traspaso que se encontraba en los expedientes de los trabajadores, así como la falta del acuse de recibo de la constancia de traspaso enviada al trabajador.

• Cedentes.- Rechazos improcedentes de las solicitudes de Traspaso. Como resultado de las observaciones, se impulsaron cambios a la norma para evitar que éstas prácticas se presenten nuevamente y se promovieron las sanciones correspondientes. c) Certificación Operativa.- Se llevó a cabo la certificación operativa de las AFORES Azteca y Actinver, en donde se detectaron algunas observaciones que fueron subsanadas durante el desarrollo de la visita, entre las que destacan las siguientes:

• Errores en la individualización de traspaso ICEFA - AFORE. • Falta del seguimiento histórico de las modificaciones a los datos de los

trabajadores. • Inconsistencias en la carga de archivos de respuesta de PROCESAR en el

proceso de registro de trabajadores. • Inconsistencias en las fechas de liquidación de traspasos AFORE - AFORE. • Omisión de diversas pruebas. • Omisiones e imprecisiones en los manuales de políticas y procedimientos.

d) Control interno del proceso de Recaudación.- Las visitas de inspección permitieron detectar diferencias en el registro de títulos entre la base de datos de trabajadores y la contabilidad. En estos casos se promovieron las sanciones aplicables correspondientes. e) Asignación recurrente.- La inspección permitió el cerciorarse que el proceso se realizó de acuerdo con la normatividad vigente, sin detectar observaciones.

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f) Proceso de fusión.- Se verificaron que los procesos de fusión de Principal AFORE en su carácter de fusionante de AFORE Tepeyac se realizaran con estricto apego a la normatividad, sin constatar observación alguna

g) Emisión y envío del estado de cuenta.- Se observó la omisión de la definición del concepto de “Comisiones Equivalentes Sobre Saldo a 25 años” y del cuadro comparativo de “Comisiones Equivalentes a 25 años” así como errores en los datos informativos a los trabajadores relativos al número telefónico y al correo electrónico de CONDUSEF. En este caso, se giraron instrucciones a fin de reexpedir y enviar nuevamente los estados de cuenta independientemente de promover las sanciones correspondientes. h) Cambio de plataforma tecnológica de la AFORE.- Se llevó a cabo la certificación del cambio de sistema informático en las AFORES Actinver y Santander, identificándose diversas observaciones en diferentes procesos. Estas observaciones fueron corregidas durante el desarrollo de la visita, concluyéndose así que la aplicación informática cumplió razonablemente con la administración y operación de los procesos señalados en la normatividad. i) Unidad de Administración Integral de Riesgos (UAIR).- La revisión efectuada permitió detectar conflicto de interés entre algunos miembros de la UAIR y el Comité de Inversión, ya que el titular de la UAIR propone al Comité de Inversión de la SIEFORE la estrategia de inversión. En este caso, se promovió la sanción correspondiente y se ordenó la modificación del manual de políticas y procedimientos, en lo referente a la delimitación de funciones.

Visitas de Inspección a SIEFORES Durante el periodo que se informa, se realizaron un total de 19 visitas de inspección a las SIEFORES, las cuales se practicaron con el objeto de evaluar los riesgos a los que están sujetos los sistemas de control y la calidad de la administración, la eficiencia en el manejo de los recursos provenientes de las cuotas obrero – patronales y el funcionamiento de la Unidad de Administración Integral de Riesgos, así como la observancia de los usos y sanas prácticas de los mercados financieros. Como resultado de las visitas efectuadas se detectaron un total de 136 observaciones cuyo resumen se muestra en el Cuadro 3.

CUADRO 3 VISITAS DE INSPECCIÓN A LAS SIEFORES

SIEFORE VISITAS OBSERVACIONES

Actinver 2 56 Allianz Dresdner 1 0 Azteca 2 55 Banamex 1 0 Bancomer 1 2 Banorte 2 4

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Inbursa 1 2 ING 2 5 Principal 1 1 Profuturo GNP 3 7 Santander Mexicano 2 1 XXI 1 3 TOTAL 19 136

Fuente: CONSAR Se llevó a cabo la revisión de los siguientes procesos:

• Riesgo Operativo. • Proceso de Fusión. • Funcionamiento de la Unidad de Administración Integral de Riesgos (UAIR). • Certificación Operativa de nuevos participantes. • Revisiones Integrales.

Derivado de los actos de inspección se detectaron diversas irregularidades, las cuales se señalan a continuación: a) Riesgo Operativo.- En el periodo que se informa se realizaron las siguientes observaciones de Riesgo Operativo detectadas en las visitas de inspección: • No se cuenta con grabaciones de algunas operaciones de compra-venta de

valores. • Se pactaron operaciones sin contar con una o más cotizaciones. • La liquidación y traspaso de valores sólo cuenta con la firma de un funcionario

autorizado ante el custodio debiendo ser ésta mancomunada. • Operaciones concertadas en reporto a tasas menos competitivas que las

cotizaciones previas a las concertaciones. • El Director de Inversiones no está designado por parte del Comité de

Inversiones y cuenta con facultades de inversión. En todos los casos se promovieron las sanciones correspondientes. b) Proceso de fusión.- Se verificaron los procesos de fusión de Principal AFORE en su carácter de fusionante de AFORE Tepeyac con el propósito de comprobar que el proceso se haya realizado con estricto apego a la normatividad. En esta visita se detectó que el comunicado publicado en el Boletín Bursátil emitido por la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), informó a los accionistas que se realizaba un cambio de acciones de Zurich por acciones de Principal. Dicha situación quedó subsanada mediante Fe de Erratas publicada en el mismo boletín. c) Unidad de Administración Integral de Riesgos (UAIR).- En coordinación con la Dirección General de Inversiones y Riesgos, se realizó una segunda visita de inspección a SIEFORE Banorte, para certificar el funcionamiento de la UAIR a

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efecto de operar al amparo del nuevo Régimen de inversión, detectándose las siguientes observaciones:

• No se incorporaron todos los factores que deben ser tomados en consideración así como la información histórica de los mismos para evaluar y dar seguimiento a las posiciones sujetas a riesgo de mercado.

• No se implementaron normas cuantitativas y cualitativas que aseguren el desempeño correcto de la aplicación de los modelos.

• Existen deficiencias en los modelos utilizados para calcular el Valor en Riesgo de los distintos riesgos cuantificables con respecto al control y medición de información.

Todas estas observaciones han sido subsanadas y la SIEFORE visitada cuenta al día de hoy con mejores controles y mecanismos para evitar estas irregularidades. La CONSAR instrumentó nuevos procesos que permiten monitorear el cumplimiento de estas recomendaciones.

d) Certificación Operativa.- Se llevó a cabo la certificación operativa de las SIEFORES Azteca y Actinver en donde se detectaron algunas observaciones, mismas que fueron subsanadas durante el desarrollo de la visita, entre las que se destacan:

• Inadecuada delimitación de funciones. • Falta de Planes de Contingencia. • Insuficiencia de controles internos en el manejo de valores. • Falta de políticas para la adquisición de papeles privados. • Omisiones e imprecisiones en los manuales de políticas y procedimientos.

Ante las irregularidades mencionadas se procedió a ordenar su inmediata corrección, independiente del inicio del procedimiento sancionador correspondiente, comprobándose que dichas observaciones no afectaron el patrimonio de los trabajadores.

e) Visitas Integrales.- Se llevó a cabo la revisión integral de las SIEFORES Santander Mexicano, Allianz Dresdner y Profuturo GNP, en las que se verificó el estricto apego a la normatividad en los siguientes procesos: • Recepción e Inversión de los recursos. • Operaciones de compra-venta de valores. • Régimen de Inversión. • Registros Contables. • Valuación de la Cartera de Valores. • Determinación del Precio de la Acción. • Registro diario en la BMV de las operaciones de compra y venta de las

acciones de la SIEFORE. • Guarda y custodia de valores. • Liquidación de valores. • Comité de Inversiones.

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• Comité de Riesgos.

De las revisiones antes descritas, no se detectaron observaciones que hacer constar.

Visitas de Inspección a Otros Participantes del SAR a) Instituciones de Crédito o Entidades Financieras Autorizadas (ICEFA) para la operación de SAR 92-97.- Se realizó una visita a Banco Mercantil del Norte, S.A. (Banorte) con motivo de su salida del SAR. Al respecto se verificó que la entrega de la base de datos de trabajadores a la institución receptora se realizara sin afectar los recursos de los trabajadores. b) Entidades Receptoras y PROCESAR.- En el periodo que se informa se concluyeron 4 visitas de Inspección. El Cuadro 4 resume las visitas realizadas a cada entidad receptora y el número de observaciones en cada caso.

CUADRO 4 VISITAS DE INSPECCIÓN A LAS ENTIDADES RECEPTORAS

ENTIDADES

RECEPTORAS Y BANCOS

VISITAS OBSERVACIONES

Banamex 1 2 BBV Bancomer 1 1 Bital 1 3 Serfin 1 2 TOTAL 4 8 Fuente: CONSAR

Los programas de revisión se orientaron a verificar los siguientes procesos:

• Concentración de la información y de los recursos correspondientes a las cuotas y aportaciones recibidas, a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) proporcionado a los patrones por el IMSS.

• Envío y conciliación de información a PROCESAR, de las Transacciones Efectuadas en Ventanilla (TV´s).

• Entero de los recursos por subcuenta en Banco de México. • Corrección de errores.

De la revisión efectuada, se detectaron las siguientes observaciones promoviendo la sanción correspondiente:

• Envío extemporáneo y falta de envío de SUA´s a PROCESAR. • Depósitos extemporáneos en BANXICO, sin cubrir los rendimientos e

indemnizaciones. • SUA´s y TV´s enviados de más a PROCESAR.

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VIGILANCIA DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO La CONSAR realiza las tareas de supervisión a través del monitoreo de aspectos operativos, contables, financieros y bursátiles de los participantes de los SAR. Así se pueden detectar oportunamente errores e irregularidades y se aseguran que los recursos de los trabajadores sean registrados, invertidos y administrados en forma íntegra y transparente. Como resultado de la Vigilancia se realizaron 577 acciones por posibles irregularidades en la operación, sin que alguna de ellas haya significado afectación a los recursos depositados en las cuentas individuales. La Gráfica 1 muestra el número de acciones de vigilancia discriminados por participante. Por acción de vigilancia se entiende el análisis de posibles inconsistencias en los procesos operativos del SAR.

GRÁFICA 1 NÚMERO TOTAL DE ACCIONES DE VIGILANCIA POR PARTICIPANTE

82

5246 44 43 41 41 40 39 37 35

31

20 19

7

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

BA

NC

OM

ER

PR

INC

IPA

L

XX

I

PR

OFU

TUR

O

BA

NO

RTE

AC

TINV

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NA

ME

X

SA

NTA

ND

ER

ALLIA

NZ

AZTE

CA

TEP

EY

AC

Participante

Fuente: CONSAR

Vigilancia Operativa Durante el periodo enero - diciembre de 2003, se llevaron a cabo 457 acciones de vigilancia (Cuadro 5) con el fin de determinar si el participante incurrió en una posible irregularidad.

CUADRO 5 ACCIONES DE VIGILANCIA POR PROCESO

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PROCESO TOTAL 2003 % CON RESPECTO AL TOTAL

Traspasos AFORE - AFORE 262 57% Registro de trabajadores 87 19% Recaudación 22 5% Unificación de cuentas 19 4% Asignación de cuentas 18 4% Información SAR-ISSSTE 16 4% Varios 15 3% Retiros 9 2% Agentes Promotores 8 2% Homonimias 1 0% TOTAL 457 100%

Fuente: CONSAR

A continuación se presentan las actividades de vigilancia que se llevaron a cabo en cada uno los procesos operativos mencionados anteriormente. a) Registro de Agentes Promotores.- Parte de las funciones de la CONSAR consisten en llevar el registro de los Agentes Promotores. Durante el 2003 se realizaron 5,754 nuevos registros de agentes promotores, alcanzando así un total de 17,870 agentes promotores al mes de diciembre, según se muestra en el Cuadro 6.

CUADRO 6

AGENTES PROMOTORES POR AFORE

AFORE TOTAL PARTICIPACIÓ

N Inbursa 4,987 28%Profuturo GNP 2,458 14%Principal 1,721 10%Banamex 1,515 8%Bancomer 1,453 8%Banorte 1,302 7%ING 1,115 6%Allianz 1,031 6%XXI 1,010 6%Santander 772 4%Azteca 288 2%Actinver 218 1%Total 17,870 100%Fuente: CONSAR

GRÁFICA 2

DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA DE AGENTES PROMOTORES Y AFILIADOS

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19%

81%

21%

79%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

14 estados de mayor concentración 18 estados de menor concentración

Agentes Promotores Afiliados

Fuente: CONSAR La Gráfica 2 muestra que 14 estados (Distrito Federal, Estado de México, Nuevo León, Jalisco, Veracruz, Guanajuato, Chihuahua, Puebla, Baja California Norte, Coahuila, Tamaulipas, Sinaloa, Querétaro y Sonora) concentran al 81% de los agentes promotores totales; en cambio, los 18 estados restantes concentran sólo el 19% de los agentes promotores totales. Esto se debe a que los 14 estados previamente mencionados concentran el 79% de los afiliados totales; en contraste, los 18 estados restantes concentran sólo el 21% del total de afiliados. Por lo tanto, existe una distribución de los agentes promotores congruente con la distribución geográfica de los afiliados. Como parte de las actividades de vigilancia de la CONSAR se encuentra la aplicación de exámenes de postulación y revalidación a los Agentes Promotores, lo cual permite lograr un adecuado monitoreo de conocimientos de los Agentes con registro. Durante el año que se informa se realizaron 8 acciones de vigilancia relativas al proceso de registro de agentes promotores. b) Registro de Trabajadores.- En este rubro, se verificó, que las operaciones de las AFORES se apegaran en todo momento a las disposiciones que rigen el proceso. Como resultado de la Vigilancia se realizaron 87 acciones por irregularidades en el trámite de la solicitud de registro, mala calidad en la información transmitida a la CONSAR, el no envío de información y diferencias en los cruces de información entre participantes del SAR. Para aquellas acciones de vigilancia que resultaron en una posible irregularidad se promovió, en su caso, la imposición de la sanción correspondiente y se instrumentaron nuevos procesos para prevenir y disminuir este tipo de irregularidades.

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c) Recaudación, Dispersión y Liquidación.- En relación a las aportaciones de los trabajadores, de los patrones y del Gobierno Federal, la CONSAR vigiló que el proceso se apegara en todo momento a las disposiciones que rigen la recepción, dispersión y liquidación de los recursos. En esta materia, la vigilancia consistió en verificar que los recursos recaudados por las Entidades Receptoras fueran registrados y concentrados a tiempo en el Banco de México. Se supervisó que el monto de las aportaciones recibidas fuera igual al monto de recursos depositados en Banco de México. Asimismo, se vigilaron las aportaciones voluntarias efectuadas por los trabajadores en las AFORES. Al respecto, se realizaron 22 acciones de vigilancia por posibles irregularidades de las AFORES y de las Entidades Receptoras en aportaciones voluntarias y en el envío de información a la Comisión. d) Asignación de Cuentas de Trabajadores.- Durante el periodo reportado se vigiló el proceso de asignación recurrente previsto en el Artículo 76 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y regulado por la Circular CONSAR 07-7. Al respecto, la Dirección General de Vigilancia vigiló la correcta operación del proceso y de las Entidades participantes, lo que dio como resultado 18 acciones de vigilancia que permitieron mejorar la calidad de la información que envían las AFORES a la CONSAR. e) Traspasos AFORE - AFORE.- Durante 2003, la Circular de Traspasos sufrió dos modificaciones importantes, mismas que repercutieron de manera importante en el número de traspasos exitosos. Entre enero y diciembre de 2003 se observa un incremento importante en el porcentaje de éxito (medido en razón de las solicitudes realizadas), al pasar del 41% en enero al 80% en diciembre, como se muestra en la Gráfica 3.

GRÁFICA 3

TRASPASOS EXITOSOS Y RECHAZOS CON RESPECTO A LAS SOLICITUDES DE

TRASPASO (MILES DE TRASPASOS)

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13 18 23 26

34

2132 42 51 56 41 63

33 4 4

4

106

1110 10 5 8

16 16 19 22

7 8 118 6 7 3 8

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

Exitosos (miles) Rechazos en la Certificación (miles) Rechazos en la Localización (miles)

Publicación Circ. 28-6

Publicación Circ. 28-7

Fuente: CONSAR Adicionalmente, se observa una disminución en los rechazos como razón de las solicitudes que entraron al proceso: el porcentaje de rechazo en la etapa de localización2 pasó del 50% al 10% entre enero y diciembre del 2003. Por otro lado, el 12 de diciembre de 2003 se publicó la Circular 28-7, mediante la cual se eliminaron motivos de devolución, resaltando la eliminación del motivo de leyenda de cotejado, mismo que ha sido uno de los principales motivos de devolución de las AFORES cedentes desde la publicación de la Circular 28-6 en mayo de 2003. En el proceso de Traspaso, esta Comisión vigiló que las entidades participantes se apegaran a la normatividad emitida. Durante el periodo de enero a diciembre de 2003, se llevaron a cabo 262 acciones de vigilancia, principalmente a las AFORES en su posición de cedentes de cuentas por posibles rechazos irregulares. Las acciones de vigilancia realizadas han permitido a la CONSAR modificar la norma aplicable y los mecanismos de vigilancia para incrementar los puntos de control en las AFORES y en la CONSAR y prevenir prácticas impropias tanto de la Administradora como de sus empleados. f) Retiros.- La supervisión que se realiza en el proceso de Retiro consiste en verificar el desempeño operativo e informático, así como el registro contable de los recursos que se ponen a disposición de los trabajadores en los siguientes tipos de retiros: 2 Los rechazos en la etapa de localización corresponden a las devoluciones de las AFORES cedentes a las AFORES receptoras, las solicitudes sin trámite y los rechazos de PROCESAR a las AFORES cedentes.

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• Seguro de invalidez y vida y de riesgos de trabajo; • Seguro de Retiro (SAR 92-97); • Retiros totales en una sola exhibición (negativa de pensión); • Retiros parciales (ayuda a desempleados y gastos matrimoniales); • Pensión mínima garantizada; • Plan privado de pensiones.

Como resultado de la supervisión practicada al trámite de solicitudes de retiro de recursos, se efectuaron en el presente período un total de 9 acciones de vigilancia relativas a errores de registro contable y errores en la transmisión de información detectadas por los institutos de seguridad social, para los cuales se promovió en su caso la imposición de la sanción correspondiente. g) Transferencia de Acreditados.- Se supervisó la transferencia de información de las cuentas de las AFORES al INFONAVIT, sin detectarse irregularidades en este proceso. h) Contralores Normativos.- La función de los Contralores Normativos se ha orientado a generar y mantener procedimientos internos de control, prevención y corrección sobre acciones u omisiones que pudieran provocar el incumplimiento de las normas de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. La CONSAR revisa el cumplimiento de los programas e informes de los Contralores Normativos para asegurar el apego a la norma y a la autorregulación. i) Programas de Autocorrección.- Las AFORES, por conducto de los Contralores Normativos, presentaron a la CONSAR un total de 526 Programas de Autocorrección, de los cuales 459 están resueltos y 67 se encuentran pendientes de resolver. El Cuadro 7 muestra el número de Programas de Autocorrección realizados durante 2003 por AFORE.

CUADRO 7 PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN PRESENTADOS POR AFORE

AFORE TOTAL 2003

% CON RESPECTO AL TOTAL

BANCOMER 66 13% XXI 63 12% ALLIANZ 54 10% PRINCIPAL 52 10% BANAMEX 49 9% INBURSA 48 9% PROFUTURO 47 9% ACTINVER 38 7% ING 38 7% SANTANDER 30 6%

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BANORTE 17 3% AZTECA 13 2% TEPEYAC 11 2% TOTAL 526 100%

Fuente: CONSAR Las principales irregularidades reportadas a través de los Programas de Autocorrección son:

• Registro contable incorrecto. • Transmisión de información con errores en su contenido o fuera del horario

estipulado para ello. • Errores en el proceso operativo de Agentes Promotores. • Errores en el proceso operativo de Registro de Trabajadores. • Errores en la Administración de Cuentas de Trabajadores. • La no realización de Traspasos de Recursos, en el término establecido para

ello y por transmitir información con errores. • Errores operacionales en el pago de recursos de solicitudes de retiros. • Inconsistencias en el envío de transferencia de acreditados a PROCESAR. • Errores en el proceso de Unificación de Cuentas.

j) Información proporcionada por las AFORES para la Integración de la Clave Única de Registro Poblacional (CURP).- La CONSAR, a efecto de vigilar la debida integración de la información de las CURP asignadas a los trabajadores en la Base de Datos Nacional SAR (BDNSAR), ha instrumentado acciones para que las AFORES cumplan en tiempo y forma con la entrega de información al Registro Nacional de Población (RENAPO) para la asignación de la Clave a los trabajadores registrados en el SAR. Al respecto, la CONSAR no ha detectado irregularidades por parte de las AFORES en este proceso. k) Unificación de Cuentas.- En el interés de atender los casos de duplicidad del Número de Seguridad Social (NSS) y por ende las duplicidades de cuentas, la CONSAR publicó la Circular CONSAR 42, en la que se establece el procedimiento bajo el cual el trabajador puede solicitar la unificación de sus números y en su caso, de sus cuentas individuales. Este proceso de unificación constituye un mecanismo seguro de depuración de la base de datos, ya que para proceder a unificar las cuentas o Números de Seguridad Social, las Administradoras deben contar con los documentos del trabajador para cada NSS que haya intentado registrarse en las AFORES. La CONSAR ha vigilado que las AFORES atiendan las solicitudes de los trabajadores para unificar sus cuentas. Al respecto, se efectuaron 19 acciones de vigilancia referentes a diferencias en la información reportada por los participantes. l) Entrega de Información a los Institutos de Seguridad Social.- En apoyo a las actividades que realizan los Institutos de Seguridad Social, se realizaron actos de

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vigilancia para verificar la correcta y oportuna entrega de información por parte de las Instituciones de Crédito, sobre la recepción de las cuotas y aportaciones SAR que los patrones enteraron en favor de sus trabajadores, así como la correspondiente a movimientos y retiros. Se mantiene comunicación y coordinación permanente con el ISSSTE y el FOVISSSTE para detectar, con toda oportunidad, los casos de las Instituciones de Crédito que no cumplen con los parámetros de entrega y calidad de la información que deben remitir. En el periodo reportado la CONSAR no detectó irregularidades referentes a la entrega de información a los Institutos de Seguridad Social. m) Recursos SAR-ISSSTE.- Como parte de las actividades de vigilancia, esta Dirección coordinó la devolución de pagos indebidos realizados por tres dependencias al ISSSTE y al FOVISSSTE, instruyendo a las instituciones de crédito involucradas (Banco Internacional, S.A. y BBVA Bancomer, S.A.) para que realizaran la devolución correspondiente. Durante el año reportado se llevaron a cabo 16 acciones de vigilancia relativas a dicho proceso. n) Instituciones de Crédito que han dejado de participar en los Sistemas de Ahorro para el Retiro.- En agosto de 2003, Banco Mercantil del Norte, S.A. (Banorte) solicitó autorización a esta Comisión para dejar de participar en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, toda vez que llegó a la conclusión de que los costos que implica mantener la prestación de los servicios relacionados con su participación en los SAR eran notablemente mayores que la utilidad generada por el mismo. Habiendo efectuado el estudio de la información presentada, la visita de verificación operativa y en cumplimiento al acuerdo tomado por la Junta de Gobierno de esta Comisión celebrada el día 12 de diciembre de 2003, se autorizó a Banorte para dejar de participar en los sistemas de ahorro para el retiro, a partir del día 1° de enero de 2004. Con la salida de Banorte, las cuentas individuales de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que hasta el día 31 de diciembre de 2003 eran administradas por Banorte, serán administradas a partir del día 1° de enero de 2004 por Banco Internacional, S.A. en virtud del convenio celebrado entre ambas instituciones de crédito. En consecuencia, a partir del 1° de enero de 2004, las Instituciones de Crédito que tendrán el carácter de participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro 92-97 serán:

• BBVA Bancomer, S.A. • Banco Nacional de México, S.A. • Banca Serfín, S.A.

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• Banco Internacional, S.A. • Banco Inverlat, S.A.

Vigilancia Bursátil Durante el periodo enero-diciembre 2003, la CONSAR, a través de su área de vigilancia bursátil, supervisó los aspectos contables y financieros de las AFORES y SIEFORES. El Cuadro 8 resume el número de acciones de vigilancia por proceso.

CUADRO 8 ACCIONES DE VIGILANCIA POR PROCESO

PROCESO BURSÁTIL TOTAL 2003 % CON RESPECTO AL TOTAL

Mala calidad en archivos financieros 56 47%Registro contable 33 28%Cruce en la BMV e INDEVAL de precios y títulos 19 16%Régimen de inversión 5 4%Cálculo y cobro de comisiones 4 3%Valuación de cartera 2 2%Publicaciones de estados financieros 1 1%TOTAL 120 100%

Fuente: CONSAR Diariamente, se reciben a través del Sistema de Vigilancia un conjunto de 45 archivos, con información contable y financiera. Para el periodo que se informa, se realizaron 120 acciones de vigilancia por posibles inconsistencias en la información. Por inconsistencia se entiende la diferencia entre la información de la SIEFORE y el S.D. INDEVAL, BMV y los distintos participantes en los SAR. Para dichos incumplimientos, en su caso, se promovió la imposición de la sanción correspondiente. a) Registro Contable.- De la vigilancia diaria del registro contable, tanto en AFORE como en SIEFORE, se detectaron 33 inconsistencias en lo relativo al registro contable propio de la recaudación de recursos, de los traspasos y de la devolución de traspasos Bancos - AFORES. Para dichos incumplimientos se promovió la imposición de la sanción correspondiente. Cabe aclarar que estos errores contables no significaron la omisión de la inversión de los recursos de los trabajadores en las SIEFORES, ni perjuicio alguno a su patrimonio. b) Régimen de Inversión.- Durante el año 2003, se realizó la vigilancia diaria del régimen de inversión de las SIEFORES autorizadas. Se supervisó el cumplimiento

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de los márgenes de inversión establecidos por la normatividad aplicable, así como de la calidad crediticia de los instrumentos. Producto de esta vigilancia, se llevaron a cabo 5 acciones de vigilancia para el periodo que se informa por parte de las SIEFORES. En su caso, se promovió la imposición de la sanción correspondiente. c) Valuación de Carteras.- Como parte del proceso de revisión de la cartera de valores, relativa a cada una de las SIEFORES, se observó que la valuación de los instrumentos que conforman las carteras de las SIEFORES se apegara a lo consignado en la Circular CONSAR 21-3. En este proceso no se detectó inconsistencia alguna para el periodo que se informa. Dentro de este rubro se vigiló el correcto cálculo de los intereses devengados para cada uno de los instrumentos que componen la cartera de cada SIEFORE, mismos que deben registrarse conforme a los criterios establecidos para este propósito. A este respecto, se realizaron 2 acciones de vigilancia. d) Precio de las acciones.- La correcta determinación del precio de la acción que cada SIEFORE obtiene diariamente, es fundamental para la adecuada asignación de dichos títulos a las cuentas individuales de los trabajadores. El procedimiento a seguir para la referida determinación del precio de las acciones se encuentra regulado en las disposiciones contenidas en la Circular CONSAR 21-3. Mediante la supervisión diaria de la aplicación de estos procedimientos y de la vigilancia del correcto cálculo del precio de la acción, se garantizó que la compraventa de acciones propiedad de los trabajadores se realizará dentro de los parámetros estipulados en la LSAR y demás disposiciones aplicables. Para el periodo que se informa, no se detectaron irregularidades por determinación errónea del precio de la acción. e) Compraventa de valores.- La CONSAR vigila diariamente que las SIEFORES reporten en su cartera la compraventa de instrumentos a fin de validar el correcto cumplimiento del régimen de inversión. Para el periodo que se informa no se detectó ninguna irregularidad. f) Cálculo y cobro de comisiones.- Los cálculos que efectuaron las SIEFORES, con el fin de crear la provisión para el pago de comisiones por saldo, fueron a su vez supervisados diariamente. Se vigiló que los cobros de comisiones por flujo que se aplican sobre los recursos que reciben las AFORES por concepto de recaudación, fueran realizados conforme a la estructura de comisiones vigente para cada una de las AFORES. Al respecto se detectaron 4 inconsistencias. g) Régimen de capitalización.- Para garantizar la solvencia de las AFORES, así como el pago oportuno por incumplimientos incurridos, la LSAR establece un régimen de capitalización, al cual deben de apegarse obligatoriamente las AFORES. Este concepto abarca tres aspectos:

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• Capital mínimo pagado exigido que debe invertirse en las SIEFORES, una vez que se consideró la inversión en activos fijos de las AFORES.

• Reserva especial. • Capital fijo sin derecho a retiro en la SIEFORE.

Se verificó que las AFORES, como responsables de sus respectivas SIEFORES, mantuvieran invertidos los recursos en éstas, en las proporciones que exige la normatividad. De la revisión efectuada a este proceso no se detectaron irregularidades. h) Inversión en SIEFORES.- La CONSAR verificó que las aportaciones realizadas a la cuenta individual, por los patrones y los trabajadores, se hayan invertido en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido por la normatividad vigente, sin detectarse irregularidad alguna. i) Publicación de estados financieros y documentación impresa con mala calidad.- La Vigilancia incluyó la revisión de la publicación de los Estados Financieros y la cartera de valores por parte de las AFORES y de las SIEFORES, habiéndose efectuado una acción de vigilancia promoviendo, en su caso, la imposición de la sanción correspondiente. j) Cruce de precios y títulos con la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).- Conforme a la normatividad establecida en la Circular CONSAR 12-11, las SIEFORES diariamente deben de registrar en la BMV el precio de la acción de la SIEFORE, así como el número de títulos que se utilizaron para realizar las operaciones de compraventa por parte de los trabajadores a dichos precios. Adicionalmente, deben cumplir con lo establecido en el Artículo 32 de la Ley del SAR y 44 de su Reglamento, depositando en el INDEVAL los títulos en posición propia, en posición de terceros, así como los activos de las SIEFORES. Al respecto se llevaron a cabo 19 acciones de vigilancia por posibles inconsistencias en los cruces en la Bolsa Mexicana de Valores e INDEVAL. k) Información financiera con mala calidad o entrega extemporánea.- La Vigilancia incluyó la revisión de la información financiera enviada de manera electrónica e impresa por las AFORES y SIEFORES a la Comisión. Dicha vigilancia ocasionó que se realizaran 56 acciones de vigilancia. Adicionalmente, se desarrollaron los mecanismos para corregir los errores y poderlos prevenir.

SEGUIMIENTO OPERATIVO DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO Durante el periodo enero-diciembre de 2003 se realizaron trabajos relativos a mejorar los procesos operativos, por lo que en cumplimiento al Programa Anual de

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Seguimiento Operativo, se propusieron actualizaciones a la Normatividad, Manuales y Procesos. Los resultados de estos esfuerzos se vieron reflejados en las circulares publicadas durante el año: la circular 07-6 relativa a los procesos de registro, la 22-4 sobre la administración de la cuenta individual y la 28-6 en donde se regula el proceso de traspasos entre AFORES. Además, se autorizaron 5 Manuales de Procedimientos Transaccionales (MPT) y 19 actualizaciones correspondientes a 10 procesos operativos. Estas tareas de mejoramiento operativo se llevaron a cabo en coordinación con los Institutos de Seguridad Social, Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la CONDUSEF y los Órganos de Gobierno de la CONSAR. A su vez, la CONSAR trabajó intensamente para poner en práctica el nuevo proceso de recaudación SAR-ISSSTE con el cual los trabajadores al servicio del Estado podrán recibir sus aportaciones del SAR en una cuenta individual administrada por una AFORE. Registro de Trabajadores Con la entrada en vigor de la Circular CONSAR 7-6 y la autorización del Manual de Procedimientos Transaccionales de Asignación de trabajadores, se da cumplimiento a las reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro publicadas en el decreto del 10 de diciembre de 2002, en donde la asignación de los recursos de trabajadores que no han elegido AFORE debe hacerse aplicando el criterio de comisiones. Administración de la Cuenta Individual Para dar cumplimiento a las reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro publicadas en el decreto del 10 de diciembre del 2002, respecto a la información que debe contener el Estado de Cuenta que las AFORES entregan a sus trabajadores, la Comisión formuló un nuevo diseño en el que se incluyen los datos del pago patronal referentes al salario base y a los días cotizados y los números telefónicos en los que los trabajadores pueden presentar sus quejas e inconformidades por omisiones de sus patrones. Adicionalmente, la Comisión realizó una simplificación del formato del estado de cuenta, para resaltar los datos más relevantes de la cuenta individual del trabajador. En el mismo estado de cuenta, se incluyen las comisiones equivalentes de todas las AFORES para que el trabajador pueda estar mejor informado y comparar el nivel de comisiones o bien, ubicar en que nivel se encuentra su administradora. Traspasos AFORE-AFORE

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En seguimiento al proceso de traspasos entre AFORES, la Comisión realizó algunos ajustes para propiciar que se agilicen los trámites y brindar mayor certidumbre al trabajador sobre el éxito de su traspaso. Estos ajustes tienen que ver con la mecánica de validación de la procedencia del trámite. Con esta modificación, se espera una mejora en el nivel de aceptación de solicitudes de traspasos. Retiros En el proceso de retiros, continuaron los trabajos con el IMSS, INFONAVIT, PROCESAR y las AFORES, en donde se tiene como resultado de la primera etapa un nuevo sistema denominado “Datamart SPES”, dando como resultado un trámite de retiro más ágil, eficiente y rápido. SAR-ISSTE Durante el 2003, la CONSAR trabajó intensamente para poner en operación el Nuevo Proceso de Recaudación de las aportaciones que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal (Centros de Pago) están obligadas a enterar a los trabajadores que cotizan al ISSSTE con el objeto de hacer más eficiente la operación de dicho proceso. El Nuevo Modelo consiste en que los Centros de Pago deberán integrar dos archivos, uno con la información del catálogo de trabajadores activos y otro con la información del pago bimestral, los cuales deberán ser transmitidos vía Internet a través del Sistema de Información de Recepción (SIRI) que administra la Empresa Operadora. PROCESAR integrará con está información una Base de Datos (BDSAR ISSSTE) que será actualizada con la información que los centros de pago envíen durante cada bimestre y servirá para validar la información contenida en los archivos del pago bimestral. Lo anterior, con el objeto de eliminar los errores en los datos de identificación de los trabajadores mediante la validación y retroalimentación de la información con el Centro de Pago para la corrección de los mismos y con esto evitar la multiplicidad de cuentas del esquema anterior. En caso de que existan inconsistencias entre la información del Centro de Pago y la BDSAR ISSSTE, la Empresa Operadora las notifica para su corrección y reenvío del archivo correcto, en caso contrario el resultado del proceso es la actualización de los datos de identificación de las cuentas y la generación de una línea de captura que permite realizar el pago de las aportaciones en el banco. Los bancos seguirán recibiendo el pago del monto de las aportaciones que debe enterar el Centro de Pago a sus trabajadores mediante la línea de captura emitida por el SIRI, la cual será validada para comprobar su autenticidad y recibirán los recursos tal y como lo hacían en el esquema anterior. Posteriormente, los recursos serán individualizados de acuerdo a la información que reciban de PROCESAR.

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Los beneficios del nuevo modelo de recaudación son los siguientes: • Mayor control de la información y eliminación de multiplicidad de cuentas

mediante la conformación de una Base de Datos (BDSAR ISSSTE) robusta que será actualizada por el Centro de Pago durante cada bimestre y administrada por PROCESAR.

• Eliminación de inconsistencias en la información reportada por el Centro de

Pago cada bimestre gracias a las validaciones que se realizarán previas al envío de la misma y por las correcciones realizadas por la retroalimentación que PROCESAR proporcionará con base en la información integrada por cada Centro de Pago en la BDSAR ISSSTE.

• Control en el flujo de información, recursos y comprobantes de pago al

eliminar el uso de papel (formatos SAR 01 y SAR 02) y de disquetes en el banco, ya que en ocasiones el Centro de Pago sólo presentaba el pago y no la información de sus trabajadores ocasionaba que el dinero estuviera en una cuenta transitoria y no en la del trabajador.

• Se facilitarán los procesos de vigilancia que realizan las autoridades

correspondientes (ISSSTE, FOVISSSTE y CONSAR) al contar con información de mayor calidad y consistencia e integrada en un sistema de información.

• Se facilitará la acreditación de derechos de los trabajadores ante los Institutos

al contar con información más confiable. Durante el periodo reportado se han realizado avances significativos en cuanto a instrumentación, difusión y capacitación de los centros de pago y apoyos institucionales. a) Instrumentación.- Se elaboró la nueva circular de recaudación la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre 2003. De igual manera, se concluyeron las tareas de diseño, y se está programando un sistema en coordinación con PROCESAR, los Bancos, así como las Dependencias y Entidades. b) Difusión y capacitación a los Centros de Pago.- La CONSAR ha realizado 10 sesiones de capacitación en las que han participado poco más de 500 centros de pago, que representan el 40% de las aportaciones al SAR ISSSTE. En el mes de diciembre se programaron por esta vía 14 sesiones en el interior del República y 6 en la ciudad de México. Así mismo, se instaló en la página de Internet de la CONSAR un icono para acceder al sitio de soporte técnico SAR ISSSTE para apoyar a los centros de pago con la siguiente información:

Manual explicativo del nuevo sistema Demo del sistema Web para envío y recepción de información Los nuevos formatos de declaración Sección de preguntas frecuentes Consulta de dudas vía correo electrónico

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A partir del primero de diciembre se envía semanalmente a los centros de pago registrados el boletín e-SAR con los avances del programa, información de los foros de capacitación, entre otra información. Por último, Se inició con PROCESAR un aula virtual a la cual el usuario deberá ingresar a efectos de obtener su clave de acceso al sistema. c) Apoyos Institucionales.- Se trabajó con la Secretaría de la Función Pública con el propósito de incorporar dentro del Programa Anual de Trabajo de los Contralores Internos la revisión del cumplimiento que deban observar las Dependencias en la operación del nuevo sistema de recaudación. A través de la Coordinación General de e-México se efectuaron las siguientes líneas de acción:

Difusión a través del portal e-México y del e-Gobierno. Contacto con gobiernos estatales y municipales. Difusión a través de su red de contactos de áreas informáticas. Diseño integral de los servicios digitales. Soporte a dependencias y entidades (Internet)

Finalmente, se colaboró con el Registro de Población e Identificación Personal para habilitar un esquema de apoyo directo a las dependencias que requieran tramitar la CURP de sus empleados a efectos de cumplir con los requisitos del nuevo sistema de recaudación.

ESTRATEGIAS 2004 INSPECCIÓN DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

Derivado de la evolución del Sistema de Pensiones, se realizarán las visitas que sean necesarias con el propósito de revisar, verificar y comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los participantes, así como evaluar el manejo profesional de los recursos y patrimonio de los trabajadores, dando prioridad a la revisión de los siguientes procesos: a) Certificación por el surgimiento de nuevos participantes.- Derivado de las solicitudes para constituir y operar una Administradora de Fondos para el Retiro y una Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro, se realizarán las visitas de certificación operativa necesarias. b) Registro de Trabajadores.- Comprobar que se respete el derecho de los trabajadores de elegir libremente la AFORE que más convenga a sus intereses. c) Traspasos AFORE - AFORE.- Derivado de las modificaciones al modelo de traspasos, se hace necesaria la realización de visitas de inspección para verificar que éste se desarrolle de conformidad con la normatividad.

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d) Individualización.- Comprobar la recepción de las cuotas y aportaciones, dando prioridad a la verificación del correcto cobro de comisiones. e) Operaciones con Derivados.- Como consecuencia de las modificaciones al Régimen de Inversión, se practicarán visitas de inspección a las SIEFORES que soliciten autorización para operar con este tipo de operaciones, a efecto de comprobar que cumplan con los requisitos de operación necesarios. f) Inversiones.- Verificar las medidas adoptadas por las AFORE y SIEFORE, para dar cumplimiento a las reglas prudenciales señaladas en la circular 55-1. g) SAR – ISSSTE.- A través de visitas de inspección, llevar a cabo la supervisión de los procesos operativos relacionados con los trabajadores sujetos al régimen del ISSSTE. h) Retiros.- Con motivo de la publicación de la Circular CONSAR 31-5 “Reglas Generales que establecen los procesos a los que deberán sujetarse las AFORES y la Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional SAR para la disposición y transferencia de recursos”, será necesario llevar a cabo visitas de inspección a las administradoras para cerciorarse del cumplimiento de la normatividad que regula este proceso. VIGILANCIA DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO Vigilancia Operativa

Para el ejercicio del año 2004, la supervisión que realiza la CONSAR a través de los actos de vigilancia continuará verificando el estricto cumplimiento de la normatividad que regula los SAR para propiciar el fortalecimiento de los aspectos administrativos y de los procesos operativos relativos a la administración de las cuentas individuales de los trabajadores y en consecuencia proteger sus intereses. Durante el año 2004 se buscará realizar una vigilancia analítica de los diferentes procesos operativos. Este método constará en analizar los datos históricos de cada proceso, a fin de poder establecer tendencias de las variables y así detectar fácilmente movimientos irregulares. Asimismo, se podrán determinar patrones de conducta los cuales permitirán establecer proyecciones econométricas del comportamiento de las variables. Adicionalmente, se llevará a cabo una vigilancia muestral de los procesos. Mediante este método, se buscará especificar las características de cada proceso mediante estadísticas descriptivas, y establecer intervalos para cada variable. De esta forma, se podrán detectar claramente valores atípicos de las variables, y así establecer alarmas para su identificación.

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Por último, se prevé llevar una vigilancia integral, en el sentido de evaluar los procesos operativos como un conjunto y no de manera segmentada, para así estimar el desempeño operativo global de cada Participante. En apoyo a esta tarea de supervisión, se promoverá el fortalecimiento de la autorregulación de los participantes mediante la adopción de mayores mecanismos internos de control y de prevención.

Vigilancia Bursátil

a) Vigilancia de la contabilidad de AFORES y SIEFORES.- Se verificará que los registros contables diarios de AFORES y SIEFORES, se apeguen a las guías contables oficiales y al catálogo de cuentas vigente. Adicionalmente, se elaborará una base de datos histórica para poder analizar la información contable de las AFORES y SIEFORES. Derivado de los cambios en la normatividad, se realizarán adecuaciones a las guías contables de acuerdo a los requerimientos del Régimen de Inversión. b) Vigilancia financiera de las SIEFORES.- Se verificará que no se afecten los recursos de los trabajadores, por valuaciones erróneas de instrumentos, por determinaciones equivocadas del precio de la acción de la SIEFORES, o por violaciones al Régimen de Inversión. Durante el 2004, se pretende automatizar la mayoría de los procesos de vigilancia. El objetivo para el 2004, es trabajar conjuntamente con las áreas de inspección y riesgos para certificar a las AFORES que soliciten a la Comisión la autorización para operar instrumentos financieros derivados. Se vigilará que las AFORES autorizadas para operar derivados, se apegue a la normatividad vigente, es decir, se verificará que no se rebasen los límites establecidos en el Régimen de Inversión y que las operaciones se registren de acuerdo a la guía contable. c) Comisiones.- Se vigilará que se determinen correctamente las comisiones por flujo y por saldo, mediante la verificación de los registros contables. SEGUIMIENTO OPERATIVO DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO Para el año 2004 se contempla continuar con las siguientes actividades de Seguimiento Operativo:

• La elaboración con PROCESAR del aula virtual a la cual el usuario deberá ingresar a efectos de obtener su clave de acceso al sistema.

• El envío semanal a los centros de pago registrados del boletín e-

SAR con los avances del programa, información de los foros de capacitación, entre otra información.

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• Seguir colaborando con la Secretaría de la Función Pública para

incorporar la revisión del cumplimiento en la operación del nuevo sistema de recaudación dentro del Programa Anual de Trabajo de los contralores internos.

• Seguir trabajando con el Registro de Población e Identificación

Personal para habilitar un esquema de apoyo directo a las dependencias que requieran tramitar la CURP de sus empleados.

• Continuar con las actividades de mejorar los procesos operativos de

los SAR así como verificar y autorizar los Manuales de Procedimientos Transaccionales de PROCESAR.

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3. VICEPRESIDENCIA DE PLANEACIÓN.

ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES 2003. La Vicepresidencia de Planeación es el área responsable de diseñar y proponer diversas líneas de acción que sigue la CONSAR en su objetivo de desarrollar el sistema de ahorro para el retiro. En este sentido, a lo largo del 2003, la Vicepresidencia de Planeación desarrolló una serie de proyectos acordes con la estrategia que ha seguido la CONSAR para procurar la mayor seguridad y rentabilidad del ahorro para el retiro y el desarrollo de mecanismos de información a los trabajadores más sencillos y eficientes y el diseño de propuestas y criterios de regulación tendientes a fortalecer el sistema de pensiones.

RÉGIMEN DE INVERSIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGOS

Con el propósito de procurar el mayor rendimiento y seguridad de los recursos depositados en las cuentas individuales, durante el 2003 la Vicepresidencia de Planeación impulsó diversas acciones en materia de inversiones y administración de riesgos bajo cinco líneas de acción:

1. Abrir gradual y prudentemente el régimen de inversión, con el fin de ampliar la diversificación de las inversiones y, con ello, aumentar el rendimiento esperado a cada nivel de riesgo. La diversificación implica la posibilidad de que los fondos de pensiones se inviertan en un mayor número de emisores, sectores económicos y tipos de moneda.

2. Establecer mecanismos eficaces para la adecuada administración de riesgos a fin de que las administradoras otorguen la mayor seguridad posible al ahorro de los trabajadores.

3. Emitir reglas prudenciales en materia de Inversiones. 4. Apoyar en las visitas de inspección de certificación de derivados. 5. Emitir reglas de recomposición de las carteras en caso de violación al

Régimen de Inversión.

Cambios en el Régimen de Inversión El 28 de enero de 2003, de conformidad con las reformas a la Ley del SAR de diciembre de 2002, la Junta de Gobierno de la CONSAR, previa opinión favorable del Comité Consultivo y de Vigilancia, autorizó la modificación del régimen de inversión para incluir, dentro de los instrumentos que pueden ser adquiridos por las SIEFORES, a los valores de deuda emitidos por los estados, municipios, Gobierno del Distrito Federal y entidades paraestatales, sin que necesariamente éstos se encuentren indizados a la inflación. Esta medida pretendió, por un lado, aumentar la diversificación de las carteras de las Siefores al eliminar requisitos para adquirir los instrumentos de este tipo de emisores y, por otro lado,

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incrementar el financiamiento hacia proyectos de infraestructura y el desarrollo regional.

De igual forma, el 25 de junio del 2003, la Junta de Gobierno de la CONSAR autorizó una modificación del régimen de inversión para la eliminación de un límite del 10% para la inversión en entidades financieras y para establecer la prohibición de adquirir instrumentos de entidades relacionadas.

Cabe señalar que dicho límite de 10% aplicable a las inversiones en emisiones de entidades financieras relacionadas con la AFORE era el único límite sectorial en el Régimen de Inversión y su eliminación responde a las siguientes consideraciones:

1. Imponer límites regulatorios a sectores económicos es ineficiente porque limita las oportunidades de inversión y, por tanto, no permite incrementar los rendimientos esperados o disminuir el riesgo a través de la diversificación

2. Con los reportos y la próxima operación de préstamo de valores, instrumentos financieros derivados y el crecimiento esperado en las Sofoles y otras entidades financieras, el límite puede ser muy restrictivo.

3. El Límite del 10% restringe una opción “natural” de diversificación, ya que ante los requisitos de calidad crediticia que se exigen para las Siefores, el número de emisores potenciales es limitado.

4. Además, una forma de incrementar la diversificación por emisor es mediante la inversión en instrumentos emitidos por instituciones financieras con grado de inversión (AAA, AA y A), ya que de manera indirecta las Siefores contribuyen al financiamiento de diversas empresas y sectores que, si bien pueden no ser emisores en el mercado, reciben financiamiento de entidades financieras para proyectos productivos y generación de empleo.

Finalmente, el 29 de octubre del 2003 la Junta de Gobierno de la CONSAR autorizó una modificación del régimen de inversión para cambiar las reglas relativas al cómputo de las emisiones de Certificados procedentes de Fideicomisos.

Administración integral de riesgos Durante el año, la CONSAR participó activamente en la revisión de las Afores

para cerciorarse de que existe una cultura de administración integral de riesgos en las administradoras de fondos para el retiro.

Hoy día las Afores deben contar con una Unidad de Administración Integral de Riesgos, cuyo objetivo es identificar, medir, monitorear e informar a los consejos y funcionarios de las administradoras los riesgos cuantificables que las Siefores enfrenten en sus operaciones. De igual forma, las Afores deben contar con un Comité de Riesgos, cuya función es definir y establecer el perfil de riesgos del fondo y autorizar los límites, modelos y manuales de riesgos.

El 7 de octubre de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Circular CONSAR 51-2, cuyos objetivos son los siguientes:

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1. Fortalecer las mejores prácticas a que deben sujetarse las Afores y Siefores para disminuir el riesgo operativo en la concertación, liquidación y asignación de operaciones.

2. Estandarizar la logística de operación de toma de decisiones y ejecución en la celebración de operaciones financieras conocidas como derivadas, así como operaciones que el Comité de Inversiones considere relevantes, a efecto de que se asegure la participación de los comités de inversiones y riesgos, de la UAIR, del área de inversiones y del área de control y registro de las operaciones.

3. Medir y controlar el riesgo a que se encuentran expuestas las Siefores en condiciones extremas de mercado.

Por tal motivo, las Afores y Siefores debieron implementar como máximo el 13 de enero de 2003 todos los puntos necesarios para controlar el riesgo operativo. Se realizaron visitas de inspección para verificar el cumplimiento a dicha regla y se presentaron algunas irregularidades que se encuentran actualmente en proceso de sanción. Asimismo, el 30 de octubre de 2003 se publicó la Circular CONSAR 51-3, misma que integra en un solo cuerpo normativo las diversas reglas de carácter general en materia de riesgos que deben cumplir las AFORES. Con esta nueva circular se fortalecen los controles para prevenir riesgos operativos en los principales procesos de inversiones, que son los siguientes:

1. Operación de compra-venta de valores: se refiere al proceso de negociación referente a la adquisición o venta de instrumentos y las actividades asociadas (difusión de información y reportes establecidos).

2. Proceso de asignación de valores y efectivo y liquidación: se refiere a los procesos necesarios para entregar o recibir los valores y pagar o recibir el dinero que siguen a la ejecución de una operación. Establecer cuándo y cómo deben de llevarse a cabo, y comunicar la información requerida a todos los participantes antes de la liquidación.

3. Liquidación: se refiere a la entrega de valores al comprador, al pago del precio al vendedor, y a todos los procesos necesarios para situar los valores y a los necesarios para manejar los activos que resultan de la entrega o pago.

A este respecto, se realizaron visitas de inspección para verificar que las Afores cumplieran con estos nuevos controles de riesgo operativo.

Reglas prudenciales en materia de inversiones Con el propósito de que las Siefores adopten las mejores prácticas internacionales en el manejo de las inversiones, el 24 de junio de 2003 se publicó la Circular CONSAR 55-1. Estas nuevas reglas garantizan que las Siefores operen con las mejores prácticas internacionales en materia de inversiones, lo que redundará en un mayor rendimiento y seguridad de los ahorros de los trabajadores.

Entre las medidas establecidas en dicha Circular destacan:

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1. El fortalecimiento de la organización del Comité de Inversiones, con el fin de promover la toma de decisiones colegiada. Cabe señalar que entre los miembros del Comité de Inversión debe contemplarse por lo menos un consejero independiente, a fin de evitar conflictos de interés.

2. El establecimiento de requisitos que deben cumplir tanto el responsable del área de inversiones como los funcionarios que tienen a su cargo la inversión de los recursos, con el objetivo de que ésta sea realizada por profesionales con experiencia y cuyos conocimientos sean certificados por un tercero.

3. La obligación para que las Siefores cuenten con sistemas automatizados para su operación. Dichos sistemas deberán cumplir con estándares mínimos, entre los que se incluye la instrumentación de alarmas en línea para cuando se sobrepase algún límite del régimen de inversión, ya sea éste interno o regulatorio.

4. La obligación para que las Afores elaboren un manual de inversión, en el cual se determinen claramente los procedimientos de inversión por parte de las Siefores que operen y la responsabilidad de cada funcionario en dichos procesos. Además, el manual deberá contener los mecanismos necesarios para acceder a las mejores tasas de interés o precios vigentes en el mercado al momento de concertar operaciones por instrumento o monto operado.

Durante el segundo semestre del año se recibieron dichos manuales y la CONSAR supervisó que en ellos se determinen claramente los procedimientos de inversión por parte de las Siefores y la responsabilidad de cada funcionario en dichos procesos.

Apoyo en visitas para certificar a las Afores y que puedan operar con derivados Durante el 2003 las Afores instrumentaron los diversos procesos para iniciar la operación con instrumentos financieros derivados y la CONSAR realizó visitas para su seguimiento y eventual certificación. Así, en el segundo semestre del 2003 la CONSAR inició con la revisión de certificación a las Afores para otorgar la autorización, misma que consistió en verificar que:

• La organización está preparada y conoce la estrategia aprobada para operar con derivados, así como la regulación aplicable en la materia.

• Los sistemas informáticos y los procesos operativos se encuentran listos.

• Cuenta con el personal certificado, y

• La Unidad de Administración de Riesgos vigila el cumplimiento de los parámetros de riesgo regulatorios e internos.

Cabe señalar que la utilización de los derivados jugará un papel esencial en el manejo de las Siefores ya que ayudarán a:

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• Cumplir con los límites regulatorios mediante una mayor variedad de instrumentos.

• Modificar más ágilmente el perfil de la cartera ante cambios en las expectativas financieras.

• Cubrir riesgos del portafolio.

• Aprovechar oportunidades para incrementar el rendimiento del portafolio.

Recomposición de carteras A raíz de las modificaciones y adiciones a la Ley del SAR, se consideró conveniente modificar la Circular 45 relativa a los casos y modalidades de recomposición de cartera contemplados en el artículo 44 de la Ley, el cual establece que en caso de que una Siefore haya adquirido un valor que cumpla con los requisitos de calificación y posteriormente se degrade, éste se podrá conservar hasta su vencimiento. En este sentido, favorable 10 de marzo de 2003 se publicó la Circular CONSAR 45-2, que contiene las nuevas reglas de recomposición de la cartera que dependerán del tipo de violación de que se trate:

a) Por degradación de calificación. b) Por incumplir los límites establecidos en el Régimen de Inversión. c) Por exceder el límite de VaR.

En caso de violaciones al Régimen de Inversión, se determinó cómo participarán los Comités de Inversiones y Riesgos de las Siefores para la definición de los programas de recomposición de cartera.

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES Durante 2003, la Vicepresidencia de Planeación desarrolló una serie de proyectos acordes con la estrategia que ha seguido la CONSAR para fortalecer el sistema de pensiones.

Mejor información a los trabajadores

Nueva Versión de la Calculadora de Proyección de Saldos. La calculadora de proyección de saldos es una herramienta de información diseñada para ayudar al trabajador en la elección de la Afore que administre su cuenta individual de retiro. Con ella, se puede comparar el saldo que acumularía el trabajador en cada una de las administradoras y la Afore o combinación de Afores que, dadas sus propias características (salario, saldo, antigüedad y años que se esperan trabajar), le permitiría acumular el mayor saldo en su cuenta individual. La nueva versión que se puso a disposición del público a través de Internet incorpora cuatro cambios significativos:

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− Elección de Afore para un trabajador de nuevo ingreso.- Permite que un trabajador que no se encuentre afiliado a una Afore pueda obtener información sobre saldos acumulados y comisiones de las Afores antes de afiliarse.

− Mejor Funcionalidad.- La calculadora despliega hojas de validación y tablas comparativas de fácil comprensión que permiten a los trabajadores obtener de forma sencilla la información necesaria para elegir la Afore en la que acumularía el mayor saldo.

− Módulo de Aportaciones Voluntarias.- En la nueva versión de la calculadora se pueden realizar cálculos del saldo acumulando incorporando aportaciones a la subcuenta de ahorro voluntario.

− Información de la Subcuenta de Vivienda.- De manera informativa, la calculadora despliega el saldo proyectado en la Subcuenta de Vivienda. Si bien el saldo proyectado de Vivienda es el mismo, independientemente de la Afore que elija el trabajador, la información es importante debido a que para muchos trabajadores que no reciban un crédito del INFONAVIT dichos saldo será utilizado en el cálculo de la pensión .

Junto con la nueva versión de la Calculadora de Proyección de Saldos, se diseñó una base de datos para dar seguimiento al perfil de los usuarios que accedan el servicio, Asimismo, se incorporó una encuesta de salida para monitorear y mejorar la calidad del servicio.

Implementación de la Calculadora vía telefónica.- Con el fin de brindar el servicio de información de la Calculadora a los trabajadores no tienen acceso a Internet, se desarrolló la consulta a través de línea telefónica. El acceso telefónico a la Calculadora está orientado a aquellos trabajadores que quieran comparar su saldo de ahorro para el retiro en la Afore donde se encuentran afiliados respecto de la administradora que le otorgaría el mayor saldo. Adicionalmente, se diseñó una base de datos donde se explota la información del perfil de los usuarios de esta herramienta y una encuesta de salida para evaluar la calidad del servicio.

Reestructuración del Boletín Mensual Estadístico publicado en Internet.- Con el fin de mejorar el ordenamiento de la información estadística del sistema de ahorro para el retiro en Internet, así como para hacer más sencilla la búsqueda de información a los usuarios, se reorganizó la información con base en un índice temático. Asimismo, se incorporaron tablas estadísticas en formato Excel y en PDF.

Análisis de modificaciones y autorización de estructuras de comisiones.- Durante 2003, se realizaron seis análisis derivados de las disminuciones de comisiones de cinco Afores: Inbursa, Actinver, Azteca,

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Santander Mexicano y Allianz Dresdner. En todos los casos, los cambios fueron aprobados dando como resultado una baja en el indicador de comisiones equivalentes sobre saldo a 25 años del sistema de aproximadamente 25 por ciento.

Análisis y reportes del comportamiento del sistema de pensiones

Análisis del Perfil de los Trabajadores Traspasados.- Con el fin de conocer el perfil de los trabajadores que deciden cambiar de Afore, la Consar solicitó a Procesar la entrega de la información de la base de datos de los trabajadores que traspasados. Los resultados fueron presentados en la Junta de Gobierno y se piensa actualizar este análisis cada seis meses.

Análisis estadístico sobre las Cuentas Activas e Inactivas en el sistema.- Por primera vez, la Consar explotó información de la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (BDNSAR) con el fin de clasificar los trabajadores afiliados al IMSS de acuerdo con el grado de actividad laboral. Posteriormente, el análisis se centró en determinar el perfil de los trabajadores pertenecientes a cada grupo por edad, salario, ingreso y estatus de asignado o afiliado.

Nuevo Formato de Traspasos y/o Registro.- Se simplificó el formato disponible en la página de Internet de la Consar que debe ser utilizado por las Afores en los procesos de traspaso y registro. Ahora consta de una hoja con dos tablas comparativas (comisiones y saldos proyectados a 25 años) eliminando datos estadísticos y definiciones que hacían esta herramienta difícil de entender.

Notas Técnicas del Proceso de Asignación Recurrente.- Utilizando los nuevos criterios establecidos en la Ley del SAR, se elaboraron cinco notas técnicas con los resultados de las Afores que participaron en cada proceso de asignación de los trabajadores que no eligieron Afore, así como, el porcentaje de las cuentas que se les asignó a cada una de ellas.

Elaboración de estudios especiales En lo relacionado al desempeño del sistema de pensiones, se elaboraron estudios para analizar las condiciones de operación de la Industria así como estudios comparativos con otros sistemas del mundo. Destacan entre los documentos realizados los análisis a de tasas de reemplazo y el análisis del modelo conceptual de algunos sistemas de pensiones en Europa. Asimismo, se elaboraron análisis de soporte para el otorgamiento del visto bueno a dos nuevas Afores, lo cual ha repercutido en un incremento de la competencia en la Industria de las AFORES y, en la consecuente disminución de las

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comisiones. Cabe resaltar que estas nuevas administradoras se han posicionado entre las más baratas del sistema:

• Actinver: Tiene como estrategia enfocarse en un segmento medio-alto y alto de la población, apalancando su base existente de clientes y la presencia geográfica de la operadora.

• Azteca: Tiene como estrategia atender los segmentos bajo y medio de la población, con base en su conocimiento del mercado objetivo y el tráfico anual de las tiendas Elektra.

Se elaboraron propuestas para integrar en el Reglamento de la Ley del SAR los lineamientos generales para los nuevos productos derivados de las reformas y adiciones a la propia Ley aprobadas en diciembre de 2002. Entre los nuevos productos para los cuales es necesario diseñar los esquemas conceptuales de operación están: los fondos previsionales, el acceso al SAR a trabajadores independientes y trabajadores municipales y estatales. Asimismo, en lo que toca al aspecto financiero de las AFORES se publicó la nueva circular de requerimientos de capitalización, el la cual se adecuan los requerimientos de capital de las administradoras. Entre estos cambios se encuentra el que el nivel mínimo que debe tener la Reserva Especial se establece en Unidades de Inversión (UDIs) lo cual mantiene el nivel requerido en términos reales. Asimismo, se establece que el capital mínimo pagado requerido para Siefores adicionales sea de un millón de pesos, en lugar de los cuatro millones de pesos que contemplaba la normativa anterior. INTERRELACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES A efecto de contar con información y experiencias que permitan un mejor entendimiento de la problemática y evolución de los sistemas pensionarios a nivel mundial, en el 2003 la CONSAR atendió una importante agenda de trabajo en diversos foros y eventos llevados a cabo por organismos internacionales, Al respecto se elaboraron documentos y presentaciones para apoyar la participación de la CONSAR en foros realizados en Inglaterra, Costa Rica, Argentina y Chile en donde se solicitó a la CONSAR presentar sus experiencias en materia de regulación y supervisión basada en parámetros de riesgo y diseño del régimen de inversión, así como las nuevas disposiciones contenidas en las reformas a Ley del SAR.

Uno de estos eventos en los que participó la CONSAR fue el Seminario “Resultados y Desafíos de las Reformas a las Pensiones” organizado por la Federación Internacional de Administradoras de Pensiones (FIAP) en Cancún, México en el mes de mayo de 2003. Derivado de ello, se contribuyó al libro “Resultados y Desafíos de las Reformas a las Pensiones” con dos artículos que tratan el tema de la perspectiva de los reguladores en materia de reformas previsionales y el tema del por qué es necesario un régimen de inversión en los sistemas de cuentas individuales.

En el marco de la colaboración que tiene la CONSAR con diversas instituciones internacionales, durante el año se atendieron a diversas delegaciones de

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funcionarios interesados en conocer la experiencia de México en cuanto a la reforma de su sistema de pensiones. En este sentido se atendió diversos grupos de Polonia, Nigeria, Costa Rica y la República Popular China.

En el mes de noviembre, se asistió a la XI Asamblea General de la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS) realizada en Santiago de Chile. En esta asamblea se abordaron temas relacionados con la estructura estatutaria de la organización y se definieron las nuevas actividades para las Comisiones Técnicas de la AIOS encargadas de desarrollar trabajos que permitan la cooperación e intercambio de experiencias en materia previsional y la difusión de los sistemas de pensiones de capitalización individual.

Dentro de los trabajos realizados en el seno de la AIOS destacan el libro “La Capitalización Individual en los Sistemas Previsionales del América Latina”, el cual hace una amplia descripción de las características y situación de los sistemas pensionarios de 12 países latinoamericanos, y el Boletín Estadístico de la AIOS, entre otras colaboraciones para los proyectos de esa Asociación internacional de reguladores de pensiones.

RETOS PARA EL 2004 El principal objetivo de la Vicepresidencia de Planeación para 2004 es el consolidar los proyectos relativos a la instrumentación de las reformas a la Ley del SAR y reforzar el sistema de pensiones en los ámbitos de la regulación de las inversiones, la información al trabajador y la organización de la industria de las AFORES, lo que permitirá coadyuvar a la conformación, en el mediano plazo, de un Sistema Nacional de Pensiones. Con la aprobación de las reformas y adiciones a la Ley del SAR, durante el 2004 se desarrollará las propuestas para la regulación secundaria para que las AFORES estén en condiciones de abrir una cuenta de ahorro para el retiro a todos los trabajadores no afiliados al IMSS.

- Administración de fondos previsionales por parte de las Afores - Acceso a los trabajadores afiliados al ISSSTE para traspasar sus

recursos del SAR 92 a una Afore - Acceso al sistema de ahorro para el retiro a trabajadores estatales y

municipales y trabajadores independientes. Asimismo, se deberán canalizar esfuerzos a los aspectos normativos y

temas referentes a la supervisión financiera del sistema. En el ámbito de los aspectos normativos, se tiene como objetivo el ampliar las oportunidades de inversión de las Siefores, a través de la incorporación al régimen de inversión de nuevas clases de activos y continuar con la profesionalización de las Afores en el manejo de los riesgos. La Agenda normativa en materia de inversiones y riesgos presenta retos importantes. Los temas a desarrollar se pueden dividir en tres grupos:

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1. Régimen de inversión: Seguir ampliando tipos de instrumentos y de mercados para mejorar el rendimiento de las Siefores y la diversificación de los portafolios.

2. Regulación prudencial: Mejorar la regulación en materia de riesgo de crédito, de revelación de información y llevar a cabo revisiones a las adecuaciones a los manuales de inversiones y riesgos.

3. Regulación operativa: En la medida en que nuevas operaciones son permitidas (mercados e instrumentos) es conveniente adecuar la norma contable y las circulares de valuación. Esto ya que de los contrario no se podrían realizar las citadas operaciones por la imposibilidad de registrarlas contablemente.

La Agenda de supervisión en materia de inversiones y riesgos abarca la supervisión de los siguientes procesos:

• Certificación para la operación con derivados.

• Certificación de potenciales nuevas Afores en lo que respecta a inversiones y riesgos.

• Supervisión del proceso de implementación de la circular de reglas prudenciales en materia de inversiones.

• Actualizar las certificaciones de en materia de riesgos ya que algunas de ellas fueron otorgadas hace año y medio.

En el ámbito internacional, se deberá continuar con la labor de intercambio de técnico con los países integrante de la AIOS, así como con la colaboración dentro de las Comisiones Técnicas de esta Asociación y con los trabajos desarrollados con la International Network of Pension Regulator and Supervisors de la OCDE. A efecto de contar con mejores herramientas de análisis y estar en condiciones de responder a las nuevas necesidades del sistema de ahorro para el retiro, durante 2004 se llevarán a cabo proyectos para la automatización de los procesos de generación de información estadística. Con ello se pretende reducir al mínimo la probabilidad de error en la explotación y análisis de datos y disminuir el tiempo invertido en actividades de poco valor agregado, como son las tareas de conformación de cuadros estadísticos periódicos. A cambio se podrá disponer de mayores recursos para la elaboración de análisis, presentaciones e informes institucionales. Una de las tareas más importantes a realizar en 2004 será el ajustar y optimizar el modelo de cálculo de comisiones equivalentes, con el fin de incorporar mayor flexibilidad en los supuestos de las proyecciones y generar resultados más precisos. Es importante tener en cuenta que el modelo de comisiones equivalentes es un insumo crítico de diversos análisis y reportes de la CONSAR en materia de comisiones.

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4. SECRETARIADO TÉCNICO.

ESTRATEGIA Y PROGRAMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE LA CONSAR 2003.

AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN En cumplimiento del Artículo 9° del “ACUERDO por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación y supervisión de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para el ejercicio fiscal 2003”, el 15 de abril de 2003 la Dirección General de Normatividad de Comunicación de la Secretaría de Gobernación autorizó, “en el ámbito de su competencia, la estrategia y el programa de comunicación social 2003 de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro”. A su vez, durante la Cuadragésima Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno de la CONSAR, los miembros de dicho órgano otorgaron por unanimidad el visto bueno a la Estrategia y Programa de Comunicación Social 2003 de la CONSAR y la programación de las erogaciones correspondiente (Acuerdo JG40/16/2003) para cumplir con los objetivos planteados. En cuatro ocasiones, la CONSAR solicitó modificaciones a la programación de erogaciones del Programa de Comunicación Social, con el objeto de diversificar la difusión de las campañas planteadas y programadas a otros medios de comunicación que permitieran acceder a un mayor público. En todos los casos, la SEGOB respondió autorizando dichas modificaciones. ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Conclusión de la Campaña de Difusión 2002 El 16 de enero de 2003 concluyó la difusión de la campaña “Información Básica sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro” en radiodifusoras de todo el país, a través de los tiempos oficiales administrados por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación. Posteriormente, se autorizó la difusión del video “Información Básica sobre el Sistema de Pensiones” a través de los Tiempos de Estado administrados por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación (RTC). Este material audiovisual consiste en un video inductivo sobre aspectos básicos del funcionamiento del Sistema de Ahorro para el Retiro, con una duración total de 30 minutos, dividido en seis módulos de cinco minutos cada uno, abordando la siguiente temática:

a) La cuenta individual y la inversión de los ahorros. b) Administración de la cuenta individual y el registro en la AFORE.

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c) Los retiros. d) Las comisiones y el cambio de AFORE. e) Las aportaciones voluntarias, complementarias y el SAR 92-97. f) Reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

De manera paralela, el material se difunde a través de pláticas y presentaciones que realiza la CONSAR ante diversos auditorios empresariales, sindicales, etc., a nivel nacional.

Campaña de Difusión 2003. Durante el año 2003 se contrató a la Agencia Publicidad Ferrer y Asociados, S.A. de C.V., con la cual se trabajó en el desarrollo del concepto creativo y producción de los materiales de campaña. Por su parte, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 del ACUERDO referido, en el mes de septiembre la Secretaría de Gobernación autorizó la difusión de las campañas previstas en el Programa de Comunicación 2003 de la CONSAR.

Imagen gráfica de la campaña de difusión 2003

Medios de difusión

A partir del mes de octubre dio inicio la difusión de la campaña, de acuerdo con las siguientes versiones:

− Elige tu Afore − Traspasos − Aportaciones Voluntarias

De conformidad con lo establecido por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se contrataron diversos medios de comunicación para la difusión de las campañas:

− 300 caras en 300 parabuses en el DF, durante 3 catorcenas (octubre y noviembre).

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− 260 cabeceras de asiento y 15 páneles de andén en el Sistema de Transporte colectivo METRO, durante 30 días (octubre y noviembre).

− 69 camiones de la Red de Transporte de Pasajeros del Gobierno del DF (autobuses publicidad interior) en 25 rutas, durante 30 días (octubre y noviembre).

− 3 inserciones de ¼ de plana en 31 diarios editados en cada entidad federativa, durante el mes de octubre

− 3 inserciones de ½ plana en revistas “Proceso”, durante el mes de octubre − 3 inserciones de una plana en revista “Día Siete”, durante el mes de

octubre − Tarjetas Telefónicas Ladatel (octubre y noviembre) − 3 inserciones de una plana en la Revista del Consumidor durante los

meses de octubre, noviembre y diciembre, así como la contratación del servicio de producción, renta, colocación y distribución de publicidad en 40 anuncios espectaculares (20 en el DF, 10 en Guadalajara y 10 en Monterrey) y publicidad móvil exterior en 33 camiones en 11 rutas por el Distrito Federal.

− De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 del ACUERDO, RTC autorizó la difusión de dos spots de radio y uno de TV vía tiempos fiscales, a nivel nacional.

− RTC autorizó la difusión del video inductivo “Información Básica sobre el Sistema de Pensiones”

Adicionalmente, con motivo del 6° Aniversario del Nuevo Sistema de Pensiones se transmitió en el Programa de “La Hora Nacional” una cápsula de radio de 3 minutos referente a la evolución del Sistema de Ahorro para el Retiro desde su creación.

Materiales impresos de apoyo

Se realizó la producción de varios materiales impresos de apoyo, tales como flyers, folletos, calendarios, libretas, entre otros, los cuales fueron diseñados de acuerdo con la imagen gráfica de la campaña de difusión y abordan temas relacionados con los aspectos más importantes que los trabajadores deben conocer acerca del SAR. Los materiales producidos durante el 2003 fueron:

FOLLETOS − Tipos de Retiro − Las 10 cosas que debes saber sobre el SAR − Traspasos − ¿En qué debo fijarme a la hora de elegir AFORE? − SAR-92

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− Asignación − Los Rendimientos − Seguridad en los recursos − Calculadora − La Cuenta Individual − Retiro de recursos vivienda − Nuevo Sistema de Recaudación PÓSTERS − Comisiones − Dispensarios − Cartel SAR-92 FLYERS − SAR-92 − Patrones IMSS − Comisiones Empresas − Traspasos OTROS − Guía del Sistema de Ahorro para el Retiro para los Trabajadores afiliados

al IMSS − Cartera Metro (versión 1) − Cartera Metro (versión 2) − LSAR − Libreta pegada en base − Informe de Actividades 2002 − Boletín Informativo Bimestral

Cabe destacar que en el año 2004 se realizará una intensa campaña de distribución de los materiales en diversos puntos de gran afluencia, tales como: STC METRO de la ciudad de México, Centros Comerciales y Centros de Espectáculos, además de que se realizará una distribución a nivel nacional, vía las giras que realiza el personal de la Dirección General Adjunta de Difusión y Enlace Institucional a todos los estados de la República Mexicana. Encuesta de Percepción del SAR Durante los meses de septiembre, octubre y noviembre se contrató a la empresa Marketing Information Services, S.A. de C.V. para desarrollar el “Estudio cualitatitvo y cuantitativo para evaluar el conocimiento sobre el sistema de Ahorro para el Retiro”, cuyos resultados constituyen un punto de referencia para el diseño de la Estrategia y Programa de Comunicación Social 2004 de la CONSAR, así como para los procesos operativos del Sistema regulados por CONSAR. Página de internet Entre las principales modificaciones y actualizaciones hechas al portal de CONSAR en

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Internet, se encuentran las siguientes:

− De conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se publicó el “Portal de Transparencia y Acceso a la Información”, con el contenido informativo que establece el artículo 7 de la citada Ley. Asimismo, se instaló el “Módulo de Transparencia” en el piso 3 de la CONSAR.

− A partir del 1 de septiembre, entró en funcionamiento la nueva página de Internet de la Comisión, la cual fue rediseñada para ofrecer a los usuarios un sitio más accesible con iconos gráficos de más fácil acceso.

− Con fundamento en el artículo 90 Bis C y 90 Bis F de la Ley del ISSSTE y las nuevas reglas publicadas por esta Comisión, se actualizó la sección relativa al “Nuevo Proceso de Recaudación SAR-ISSSTE”, como parte de la capacitación que esta Comisión imparte a todos los centros de pago de las entidades y dependencias para que a partir del 2004 se realicen los pagos haciendo uso de la CURP.

Evaluación del material publicitario y de promoción que realizan las AFORES Con fundamento en el artículo 53 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la CONSAR lleva a cabo labores de supervisión respecto de la publicidad y la promoción que realizan las Administradoras de Fondos para el Retiro. Por lo anterior, y con el objeto de dar cumplimiento a esta normatividad, se monitorea la publicidad en radio, televisión, prensa y revistas, a fin de verificar que los materiales cumplan con lo dispuesto en las “REGLAS GENERALES SOBRE PUBLICIDAD Y PROMOCIONES QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. El 30 de junio de 2003 se publicó en le Diario Oficial de la Federación la Circular CONSAR 06-4, que abroga las Circulares CONSAR 06-1, 06-2 y 06-3, cuyas modificaciones se enfocan a dos puntos torales:

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− Con el objeto de intensificar la publicidad comparativa entre las Afores, se hacen más flexibles los criterios para que las Administradoras se comparen entre ellas, sin menoscabo de que éstas propicien la confianza del público respecto de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, además de cumplir con los principios de sana competencia para con las demás Afores.

− A fin de ofrecer información más clara y precisa para el trabajador, se establecen indicadores obligatorios en materia de rendimientos, comisiones y saldos, con el objeto de que la comparación sea fácil de comprender por el público. En este sentido, las comparaciones en materia de rendimientos y comisiones deben hacerse al menos contra el promedio del mercado para que el trabajador tenga un punto claro de referencia en torno a la información que recibe.

Las modificaciones realizadas a esta Circular resultan un nuevo elemento que la CONSAR lleva a cabo con el fin de propiciar incentivos que favorezcan la baja de comisiones entre las AFORES, toda vez que la publicidad comparativa en este sentido, únicamente podrá basarse en el indicador de comisiones equivalentes a 25 años más reciente que dé a conocer la CONSAR a través de su página de Internet. Con base en lo anterior, las Administradoras de Fondos para el Retiro presentaron ante esta Comisión los siguientes materiales a evaluación:

STATUS PREVIAS DEFINITIVAS

CON OBSERVACIÓN / SUSPENSIÓN 40 4** ING AFORE, S.A. DE C.V. suspensión notificada el 15/05/03. AFORE BANCOMER, suspensión notificada el 06/06/03. AFORE AZTECA (2 materiales) suspensiones notificadas el 23/06/03.

SIN OBSERVACIÓN 152 129 CANCELADAS* 4 0 SUBTOTAL 196 TOTAL 325

* De conformidad con lo dispuesto por la Regla Cuarta Transitoria de la Circular CONSAR 06-4 ** Materiales contabilizados dentro del registro de publicidad definitiva

Toda vez que la Circular CONSAR 06-4 cancela la opción de “revisión previa” de las piezas publicitarias emitidas por las AFORES y reduce los plazos de presentación ante la autoridad para su evaluación definitiva, se continúa con el monitoreo de la publicidad de las Administradoras contratado con la empresa IBOPE AGB MÉXICO, S.A. DE C.V., Dicho monitoreo se lleva a cabo a través de tecnologías especializadas y únicas en el mercado que reportan de manera electrónica y automatizada la información (peoplemeters y multigrabber), verificando diariamente la transmisión de los anuncios comerciales en los diferentes medios, con los detalles completos de cada inserción

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(fecha de transmisión, hora, canal, posición del mensaje, duración, inversión publicitaria, versión del programa y medición de audiencia en el caso de TV). La identificación automática de los anuncios publicitarios ofrece a la CONSAR la posibilidad de desarrollar la vigilancia de los materiales de las AFORES con un sistema que posee un alto grado de eficiencia en reconocimiento automático de spots y reduciendo a la par el error humano de un monitoreo realizado de forma manual. Durante el segundo semestre del año, los materiales evaluados fueron los siguientes:

STATUS

DEFINITIVAS

TOTAL DE MATERIALES EVALUADOS

191

SUSPENSIÓN

2

(AFORE INBURSA)

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DEFINITIVA

PREVIAS CANCELADAS

SUSPENSIONES

TOTAL

MATERIALES PUBLICITARIOS Y DE PROMOCIÓN QUE EMITEN LAS AFORES

129

TOTAL

50

100

150

200

250

300

PREVIAS

196

4 4*

520

350

400

191

PUBLICIDAD DEFINITIVA

2° SEMESTRE

2*

SUSPENSIONES 2° SEMESTRE

500

450

*Publicidad contabilizada dentro de la publicidad definitiva

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ACTIVIDADES INFORMATIVAS

Se concedieron 62 entrevistas a medios de comunicación por diversos funcionarios de la CONSAR

Se llevaron a cabo dos conferencias de prensa con los siguientes temas:

− Modificación en la estructura de comisiones de Afore Azteca y presentación de la nueva versión de la Calculadora de Proyección de Saldos

− Modificación en la estructura de comisiones de Afore Santander Se difundieron a diversos medios de comunicación nacionales y

extranjeros: revistas, diarios, radio, televisión y agencias informativas 22 Boletines de Prensa con los temas:

− “Modificaciones al régimen de inversión al que deberán sujetarse las

SIEFORES y criterios para comparar las comisiones que cobran las AFORES"

− “Autorización de operaciones de AFORE AZTECA y AFORE ACTINVER, así como la autorización de la fusión entre AFORE TEPEYAC y AFORE PRINCIPAL”

− "Asignación de cuentas de trabajadores que no eligieron AFORE". − "Modificaciones a las Circulares de Registro y Traspaso". − "Circular 22-4: Reglas generales a las que deberán sujetarse las AFORES

y empresas operadoras de la BDNSAR". − "Reglas prudenciales en materia de inversiones (Circular 55-1)". − "Autorización a AFORE INBURSA y a AFORE ACTINVER para reducir

comisiones". − "Cambios a la Circular 06-4 en materia de publicidad y promociones que

realizan las AFORES". − “Asignación de cuentas de trabajadores correspondiente al 2° bimestre de

2003“ − “Modificación en la estructura de comisiones de Afore Azteca“ − “Nueva versión de la Calculadora de proyección de saldos“ − “Nombramiento del nuevo Vicepresidente de Supervisión“ − “Designación del nuevo presidente del Comité Consultivo y de Vigilancia

para el periodo 2003-2004“ − “Modificación en la estructura de comisiones de Afore Actinver“ − “Rediseño de la página de Internet de la CONSAR“ − “Asignación de cuentas correspondiente al 3er. bimestre“ − “Se pone en marcha la operación del CAT“ − “Modificación en la estructura de comisiones de Afore Santander“ − “Modificaciones a la Circular CONSAR 31-5“ − “Asignación Recurrente correspondiente al 4° Bimestre 2003“

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− “Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V. reduce su comisión equivalente sobre saldo a 25 años en 21.6%“

− “Nueva modificación a la Circular 28-7“ Se difundieron 6 INFOCONSARES a medios de comunicación nacionales y

extranjeros con los temas:

− "Trabajadores afiliados a las AFORES al cierre de abril de 2003". − "Comisiones de las AFORES y Comisiones equivalentes". − "Sanciones a las AFORES". − “Rendimientos de las SIEFORES al cierre de junio de 2003”. − “Comisiones que cobran las Afores”. − “Calculadora de Proyección de Saldos”.

ENLACE INSTITUCIONAL Con el fin de que los trabajadores tomen mayor conciencia sobre su ahorro para hacer frente a la vejez, la CONSAR instrumentó una nueva estrategia de difusión que comprende diversos programas de divulgación dirigidos a organizaciones empresariales y sindicales, a gobiernos estatales y municipales, así como entidades públicas y privadas. A través de dichos programas, se proporciona a los trabajadores información básica sobre el SAR para ayudarlos en la toma de decisiones en esta materia. 1. Giras de Trabajo Durante el año 2003, se llevaron a cabo 510 pláticas de orientación sobre los Sistemas de Ahorro para el Retiro en distintos foros en el Distrito Federal y el interior de la República, entre los que se encuentran, Nuevo León, Jalisco, Baja California, Coahuila, Hidalgo, Nayarit, Sonora, Tlaxcala, Yucatán, Quinta Roo y Tamaulipas, Campeche, Chiapas, entre otros. A través de estas pláticas, la CONSAR tuvo contacto directo con aproximadamente 2 millones de trabajadores, a los cuales se les orientó sobre los resultados del sistema de ahorro para el retiro, así como las nuevas herramientas de información para la adecuada toma de decisiones.

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59

53

510

0

100

200

300

400

500

2002 2003

Pláticas

Adicionalmente, se impartieron 38 cursos de capacitación al personal de la CONDUSEF en las Delegaciones de Michoacán y Coahuila, al Centro de Atención Telefónica del SAR (CAT) y a 42 Dependencias del Gobierno Federal con motivo de la incorporación del SAR ISSSTE a las AFORES. 2.- Distribución de material informativo Como apoyo a la labor de difusión que realiza esta Comisión, y con el propósito fundamental de poner al alcance de los trabajadores información relevante sobre el Sistemas de Ahorro para el Retiro, se adquirieron 200 dispensarios de folletería, adicionales a los 20 existentes, a través de los cuales se distribuyeron 22 mil 515 materiales informativos en sus diferentes versiones. Dichos dispensarios han sido colocados en el IMSS, INFONAVIT, FONACOT y CONDUSEF, entre otros. A su vez, a través de los diversos eventos en los que participa esta Comisión se distribuyeron 35 mil 910 folletos tanto en el Distrito Federal y como en el interior de la República Los temas principales de los folletos informativos fueron sobre: Comisiones, Rendimientos, Traspasos, Asignación de cuentas, Criterios básicos para elegir una AFORE, Cómo está integrada la cuenta individual, La Seguridad de los ahorros, Tipos de retiro y 10 cosas que debes saber sobre el SAR. 3.- Atención a usuarios Derivado del convenio de colaboración suscrito con la CONDUSEF en mayo de 2000, la CONSAR atiende las consultas que trabajadores y público en general realiza sobre el funcionamiento del Sistema, a través de distintos medios. Durante el ejercicio 2003, se atendieron 11 mil 153 consultas, de las cuales 6,702 se realizaron vía Internet, 3,402 por teléfono y 1049 directamente en las oficinas

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de esta Comisión. El 67% del total de las consultas atendidas por la CONSAR durante el año 2002, se realizaron del interior de la República.

1303

1677

447

6702

3402

1049

0%

20%

40%

60%

80%

100%

2002 2003

VentanillaTeléfonoInternet

Los temas más recurrentes de las consultas realizadas fueron localización de cuenta, traspaso y retiro de recursos SAR 92, corrección de datos, retiros, estado de cuenta, comisiones, rendimientos, unificación de Número de Seguridad Social y homonimias, entre otros. No obstante que ésta ya no es una atribución de la CONSAR, se brinda a los trabajadores un trato personalizado que les dé confianza y seguridad sobre el Sistema de Pensiones. 4. Eventos diversos Con el propósito de buscar más espacios de difusión para dar a conocer los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la CONSAR participó en 9 eventos diversos con la instalación de un módulo de atención al público en donde se atendieron dudas de los trabajadores sobre este tema. Los eventos fueron:

• Consejo General Ordinario de la C.T.M., 24 de feb 2003 • Convención Nacional de la CROM, 24 de may. 2003 • Exporestaurantes 2003, del 2 al 4 de julio • Congreso de Trabajo, Retos y Desafíos, D.F. 22 de julio • Evento PyMe, D.F. del 15 al 16 de agosto • Feria de Distribuidores de FONACOT, Quintana Roo, del 14 al 17 de agosto

y en la Ciudad de México del 13 al 16 de noviembre • Evento Congreso del Trabajo del 15 al 16 de octubre

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• Evento Colegio de Ingenieros Civiles del 11 al 13 de noviembre

PERSPECTIVAS PARA 2004 El Programa de Comunicación Social 2004 de la CONSAR pretende dar seguimiento a las acciones emprendidas en años anteriores para orientar al trabajador sobre tres aspectos fundamentales del Sistema:

• Su derecho a elegir la AFORE que más le convenga (comisiones y rendimientos)

• La Calculadora de Proyección de Saldos como herramienta de orientación para conocer cuál es la situación de un trabajador en su AFORE actual y si existe algún escenario mejor de ahorro

• La simplificación del Proceso de Traspaso, en caso de decidir cambiar de AFORE

Conocer estos temas le permitirá al trabajador realizar una toma de decisiones informada que repercutirá determinantemente en el monto de su ahorro para el retiro, de ahí la importancia en fomentar de manera intensa un ejercicio de toma de conciencia. Por ello, la estrategia de comunicación diseñada se basa en dos aspectos fundamentales:

a) La segmentación de la población objetivo, de acuerdo al perfil de los trabajadores afiliados al SAR y los elementos decisorios (libre elección, pertenencia, seguridad, servicios)

b) Selección de medios acorde al perfil de los trabajadores afiliados al SAR y

diversificación en relación los medios empleados con años anteriores, a fin de abarcar a un público más diverso.

Los medios de difusión que se planea usar son: Televisión y Radio vía tiempos oficiales a nivel nacional, Revistas de información general y especializadas, Diarios editados en el DF y provincia, Sistema de Transporte Colectivo METRO, Cine, Parabuses e Internet. Asimismo, se llevará a cabo una distribución estratégica de la nueva “familia de materiales informativos” de CONSAR, seleccionando para ello puntos de gran afluencia de los trabajadores que responden al perfil de la población objetivo. Con este Programa se reforzará la segmentación del público para diseñar mensajes y emplear medios más ad hoc a cada perfil, así como innovar diversas estrategias comunicacionales.

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5. DIRECCIÓN GENERAL DE ÓRGANOS DE GOBIERNO Y COMITÉS. ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. Durante este periodo, se llevaron a cabo diversas sesiones de los distintos órganos de gobierno coordinados por esta Dirección General y que a continuación se señalan: − Junta de Gobierno celebró 6 sesiones ordinarias y 3 extraordinarias; se tomaron 105 acuerdos, los cuales se encuentran cumplidos en su totalidad. Por su importancia destacaron los acuerdos relacionados con los siguientes temas: • Informe de actividades de la Presidencia de la CONSAR. • Informe Semestral al Congreso de la Unión sobre la situación que guardan los

Sistemas de Ahorro para el Retiro. • Informe Anual de Labores de la CONSAR 2002. • Programa Anual de Inspección y Vigilancia 2003. • Proyecto de Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. • Modificación a Circulares en virtud de las reformas y adiciones a la Ley de los

Sistemas de Ahorro para el Retiro. • Solicitudes de autorización presentadas por diversas AFORES:

− AFORE Azteca, S.A. de C.V. y de SIEFORE Azteca, S.A. de C.V. • Autorización de la estructura de comisiones de:

− AFORE Azteca, S.A. de C.V., − AFORE Actinver, S.A. de C.V. y SIEFORE Actinver 1, S.A. de C.V. − AFORE Inbursa, S.A. de C.V. − Santander Mexicano, S.A. de C.V., AFORE.

• Solicitud de autorización para adquirir acciones representativas del capital social de: − Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo

Financiero Santander Serfín (Santander Mexicano) para adquirir acciones representativas del capital social de Santander Mexicano, S.A. de C.V., AFORE,

− AFORE Holding, B.V. para la adquisición de acciones representativas del capital social de ING AFORE, S.A. de C.V. (FILIAL).

− Grupo Financiero Bital, S.A. de C. V., para la adquisición de acciones representativas del capital social de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V.

• Autorización a Banco Mercantil del Norte, S.A., (Banorte) para dejar de participar en los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Reestructura corporativa de: − Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore − Afore Banamex, S.A. de C.V.

• Aprobación de nombramientos de funcionarios de las AFORES y SIEFORES. • Solicitud de Condonación de Multas impuestas a Banco Nacional de Comercio

Interior, S.N.C. (BNCI) (en liquidación).

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• Aprobación de nombramientos de funcionarios de las Empresas Operadoras que gocen de concesión para operar la Base de Datos Nacional SAR.

• Estrategia de Comunicación y Campañas de Difusión 2003 • Proyecto SAR-ISSSTE • Lineamientos para la Asistencia Legal de los miembros de la Junta de

Gobierno, del Comité Consultivo y de Vigilancia y servidores públicos de la CONSAR, así como de los interventores administrativos o gerentes y funcionarios auxiliares de las intervenciones.

• Estudio sobre cuentas activas e inactivas. • Mejoras al proceso de traspasos. • Incumplimientos a las disposiciones normativas que regulan los SAR y las

sanciones administrativas impuestas durante 2003. • Gestión administrativa y situación financiera presupuestal. • Informe de labores del Comité de Control y Auditoría (COCOA). • Aprobación de nombramientos de diversos servidores públicos de la CONSAR. • Aprobación del calendario de sesiones de la Junta de Gobierno para el año

2004. − Comité Consultivo y de Vigilancia celebró 6 sesiones ordinarias en las que se tomaron un total de 50 acuerdos, de los cuales 49 han sido debidamente cumplidos, mientras que uno se encuentra pendiente. Por otro lado, se llevó a cabo la 3ª sesión extraordinaria, adoptándose 6 acuerdos que se encuentran cumplidos totalmente. Destacan los siguientes temas: • Informe de Labores del Comité Consultivo y de Vigilancia, correspondiente al

periodo 2002-2003. • Propuesta de designación de Presidente del Comité Consultivo y de Vigilancia

para el periodo 2003-2004. • Criterios aplicables a las comisiones de las AFORES. • Informe sobre proyectos y actividades desarrolladas en materia de informática • Atención a los trabajadores: Informe sobre orientaciones técnicas y

reclamaciones presentadas ante la CONDUSEF en materia de los SAR. • Disposiciones de Carácter General aplicables a la Publicidad y Promoción que

emiten las AFORES • Medidas a favor de una mayor competencia en precios y servicios: avances

recientes. • Modificaciones al Régimen de Inversión de las Siefores. • Resumen del informe elaborado por la CONSAR al H. Congreso de la Unión

referente al Art. 8° Transitorio de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Calendario de Sesiones del Comité Consultivo y de Vigilancia de la CONSAR para el año 2004.

• Programa Anual de Inspección y Vigilancia 2003.

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• Solicitud de aprobación de los nombramientos de Consejeros Independientes de diversas Administradoras de Fondos para el Retiro.

• Informe sobre los incumplimientos a las disposiciones normativas que regulan los SAR y las sanciones administrativas impuestas durante 2003.

− Comité de Informática, llevó a cabo 4 reuniones de trabajo en las que se tomaron un total de 34 acuerdos, de los cuales 30 fueron debidamente cumplidos, quedando cuatro pendientes. Destacan los siguientes temas: • Diversos requerimientos de Software y Hardware para funciones propias de la

CONSAR por parte de la Dirección General de Informática durante 2003. • Mantenimiento preventivo y correctivo Oro 7x24 del Servidor SUN E10000 para

lo que resta del 2003. • Renovación del contrato de mantenimiento y uso de la licencia para el Sistema

de Riegos (Riskwatch). − Comité de Análisis de Riesgos, efectuó la Décima Cuarta Sesión Ordinaria en la que se tomaron 2 acuerdos, que fueron cumplidos en su totalidad, haciendo mención que en el segundo de ellos se aprobó la Circular 45-3 “Reglas para la recomposición de cartera a las que deberán sujetarse las Siefores.” − Subcomité para el Análisis de las estructuras de Comisiones que cobran las AFORES, realizó 5 reuniones de trabajo en las que se tomaron un total de 26 acuerdos, los cuales fueron debidamente cumplidos. Destacan los siguientes temas: • Lineamientos para la Operación del Subcomité. • Panorama del Sistema de Pensiones y Análisis de las Estructuras de

Comisiones de las AFORES • Evolución de las Comisiones de las AFORES y regulación secundaria.

Comparativo de las comisiones con Sociedades de Inversión y Comparativo Internacional.

• Requerimientos de información de miembros del Subcomité e informe de la CONSAR sobre modificaciones en la estructura de comisiones.

• Informe de la CONSAR sobre las medidas en materia de Difusión adoptadas para mejorar la competencia entre AFORES.

− Reunión con los Directores Generales de las Administradoras de Fondos para el Retiro, llevó a cabo 10 reuniones de trabajo. Destacaron por su importancia los siguientes temas: • Integración del Consejo De Pensiones. • Cuentas duplicadas.

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• Nuevos productos. • Comercialización. • Reglas prudenciales en materia de Inversiones. • 1800 - Comisiones. • Afiliacion ISSSTE. • Portafolio de las Siefores. • Asuntos Fiscales. • Traspaso Bancos-AFORE SAR-92. • Avances CAT-IVR. • Examen a Promotores. • Modificación a la Circular 45.- Recomposición de cartera. • Informe sobre Atención al Público. • Unidad Especializada de atención a los trabajadores: Nueva circular. PERSPECTIVAS PARA 2004. Con fundamento en el artículo 9° y 15 párrafo tercero de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, se tiene previsto coordinar seis sesiones ordinarias tanto para el Comité Consultivo y de Vigilancia como para la Junta de Gobierno, así como las sesiones extraordinarias que, en su caso, se estimen llevar a cabo. Con respecto al resto de los órganos colegiados, se podrán establecer sesiones o reuniones de trabajo, si existiera la necesidad de un correcto análisis o estudio de cualquiera de los temas que les compete y en su caso aprobarlos.

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6. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN. ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. En cumplimiento a las facultades que le competen a la Dirección General de Administración, sus labores se enmarcaron en las disposiciones de austeridad y disciplina presupuestal dictadas por el Ejecutivo Federal, para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros de la Comisión, privilegiando la oportunidad en el servicio y la eficiencia administrativa. Entre las principales actividades realizadas por la Dirección General de Administración se encuentran: • Eficientó el ejercicio de los recursos presupuestales y materiales,

estableciendo medidas de ahorro en los rubros de material de oficina e insumos informáticos, telefonía, fotocopiado, luz eléctrica, mantenimiento de vehículos, gastos de alimentación y viáticos y pasajes, principalmente, incentivando la participación activa del personal que integra la Comisión.

• Realizó durante el periodo, el dictamen de la estructura organizacional del

Secretariado Técnico de la CONSAR, reforzando las funciones de Difusión y Enlace Institucional con el objeto de que el área se constituya en un promotor del Sistema de Pensiones, que permita que el funcionamiento, beneficios, comisiones y rendimientos del Sistema sea comprendido por los trabajadores para garantizar que su elección de AFORE se sustente en beneficios reales para su jubilación, y que adicionalmente se genere una verdadera competencia entre las AFORES que derive en una nueva estructura de comisiones que se traduzca en mejores pensiones para los trabajadores. Este movimiento se tramitó ante las instancias de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como compensado en términos presupuestales y no significó un incremento en la estructura organizacional de la Comisión.

• Profesionalizó y capacitó al recurso humano para garantizar una mayor calidad

en las tareas especializadas que se realizan. Para enfocar las habilidades del personal a las necesidades de la Comisión y mejorar su rendimiento laboral, se integró el Programa Institucional de Capacitación, enfatizando en los rubros de sistemas de calidad, ética y valores del personal, profesionalización del personal, desarrollo personal y especialmente en materia de informática, por ser ésta una herramienta básica para agilizar las labores administrativas en las distintas áreas de la Comisión.

• Integró e instaló, en el marco de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en

la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Profesionalización y Selección de la CONSAR, el cual se registró ante las instancias correspondientes de la SHCP y de la SFP, respectivamente. Asimismo, se iniciaron las primeras actividades para alinear los procesos de la CONSAR para cumplir con los requerimientos de la Planeación de Recursos Humanos,

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Ingreso, Desarrollo Profesional, Capacitación y Certificación de Capacidades, Evaluación del Desempeño, Separación del servidor público y el Control y Evaluación para personal de Enlace, Jefes de Departamento, Subdirectores y Directores de Área, Director General Adjunto, Director General y homólogos, que establece la normatividad en la materia.

• Inició, con la participación del personal que integra la CONSAR, las actividades

para mejorar la imagen de las instalaciones, para lo cual se establecieron lineamientos para el uso de mobiliario, equipo y espacios físicos de la Consar, se impartieron cursos de imagen institucional y se realizó un diagnóstico de las condiciones actuales de las instalaciones y propuestas para mejorar la distribución de espacios, la interacción de las áreas y el aprovechamiento de la luz natural.

• Participó en la integración de la estructura general del Portal de Transparencia

de la CONSAR, en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) que establece la obligación de poner a disposición del público la información a que hace referencia el Artículo 7° de la LFTAIPG a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica, incorporando la información actualizada sobre la estructura orgánica de la CONSAR, facultades de las Unidades Administrativas, directorio de servidores públicos, remuneraciones y directorio de los servidores públicos de la Comisión, entre otros.

Para concretar y dar continuidad a las acciones mencionadas, las actividades en que la Dirección General de Administración encausará su labor durante 2004, se dirigirán a lograr los objetivos siguientes: PERSPECTIVAS PARA 2004. Ampliación Liquida Presupuestal con cargo a Ingresos Excedentes El presupuesto autorizado para el ejercicio 2004 de $160.3 millones de pesos, asignado por la SHCP resulta insuficiente para cubrir el costo total de los requerimientos operativos y de inversión de la CONSAR, poniendo en riesgo el logro de los objetivos institucionales de la Comisión, al quedar sin cobertura no sólo aquellos proyectos que requieran las áreas sustantivas de la CONSAR, sino algunos servicios básicos de operación, el mantenimiento del equipo y software específico de supervisión y vigilancia a las entidades supervisadas y el Programa de Comunicación Social, entre otros. Por lo anterior será necesario gestionar ante las instancias de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo a la normatividad establecida, a fin de obtener una ampliación líquida presupuestal con cargo a los ingresos excedentes obtenidos por el cobro de derechos de inspección y vigilancia que realiza la CONSAR a las AFORES y a la empresa PROCESAR.

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Programación Presupuestal, Sistema Integral de Presupuesto y Contabilidad Se desarrollarán actividades de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación enfocadas a propiciar la eficiencia, eficacia y calidad en el ejercicio del gasto público para alcanzar los resultados programados y se concertarán compromisos específicos con las unidades administrativas en términos de programas, proyectos, acciones y metas, congruentes con los objetivos, estrategias y líneas de acción previstos en sus respectivos Programas de Trabajo. Asimismo, se implementará el Sistema Integral de Presupuesto y Contabilidad, para mejorar el control y la oportunidad en los informes relacionados con la Cuenta Pública, Estados Financieros, y los presupuestales. Innovación, Capacitación y Desarrollo Humano Para apoyar el desarrollo integral del capital humano y mejorar el desempeño de los servidores públicos de la CONSAR, el Programa Institucional de Capacitación, continuará proporcionando a los servidores públicos las herramientas adjetivas y sustantivas para mejorar el desarrollo de las funciones y estará dirigido a elevar el desempeño de los servidores públicos en su puesto de trabajo; eficientar las labores que se le encomiendan; y mejorar las condiciones de clima laboral entre los empleados de la Comisión. A fin de dar cumplimiento a la Agenda Presidencial de Buen Gobierno, en las líneas de Gobierno de Calidad y Gobierno Profesional, se instrumentará un Programa de Proyectos de Innovación para promover la participación e impulsar la creatividad de los servidores públicos de la CONSAR para proponer acciones de mejora en los procesos relativos a los sistemas de ahorro para el retiro que permitan cumplir de manera eficiente y exitosa las atribuciones conferidas. Sistema del Servicio Profesional de Carrera Para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública con base en el mérito y con el fin de aplicar la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se deberán integrar las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la CONSAR que comprenda los aspectos de planeación de recursos humanos, de ingreso de personal, de desarrollo profesional, de capacitación y certificación de capacidades, de evaluación del desempeño, de separación del servicio y de control y evaluación. Entre las primeras acciones que se realizarán, destaca la actualización de las descripciones de puestos de la Comisión, que servirán de base para obtener los perfiles de los puestos e integrar los catálogos de puestos de la Comisión y de esta manera, integrar la información que incidirá en el Subsistema de Planeación de Recursos Humanos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera para la Administración Pública Federal.

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Remodelación de oficinas sede Con el propósito de optimizar el uso de los espacios físicos de la Comisión, se realizarán los trabajos necesarios de remodelación a fin de ubicar a las unidades administrativa en espacios homogéneos y adecuados al tipo de funciones, que permitan una adecuada coordinación entre ellas y permita compartir los servicios que el personal de apoyo debe proporcionar; se pretende también la asignación de espacios comunes para servicios de impresión, fotocopiado, engargolado y archivo, así como para recepción de visitantes; De igual forma se buscará que la distribución permita una adecuada circulación de las personas y la correcta ubicación de salidas de emergencia para garantizar la seguridad de los funcionarios; el aprovechamiento de la luz natural que, entre otros aspectos, permita elevar la productividad y mejorar el ambiente de trabajo para el desarrollo de las actividades cotidianas de las unidades administrativas de la Comisión.

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7. ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. ESTRATEGIAS Y ACTIVIDADES DE 2003. MISIÓN. "Fortalecer el Control Interno en las Unidades Administrativas de la CONSAR, para salvaguardar el manejo adecuado, ético y eficiente de los recursos asignados para el logro de sus metas y objetivos". VISIÓN. "Ser Órgano promotor de la transparencia y calidad total en el quehacer gubernamental". OBJETIVO ESTRATÉGICO. “Evaluar, prevenir y corregir posibles desviaciones en el desarrollo de la gestión pública y en el ejercicio de los recursos asignados durante la actuación de los responsables de cada una de las Unidades Administrativas, coadyuvando a la función directiva de la Comisión en sus esfuerzos para promover el mejoramiento de dicha gestión a través de las revisiones que se practiquen en cada una de ellas”. ANTECEDENTES. En el Programa Anual de Trabajo (PAT) 2003 que se registró en la Secretaría de la Función Pública (SFP) se programaron 15 auditorías y 25 intervenciones de control. Sin embargo, se tuvo la necesidad de modificar el PAT en 11 y 20, respectivamente, al quedar reducida en un 50% la plantilla del Órgano Interno de Control (OIC); en virtud de que a partir del 16 de mayo de ese año, se canceló una plaza homóloga a Jefe de Departamento por haberse incorporado al Programa de Retiro Voluntario implementado por el gobierno federal, y como resultado de la reducción presupuestal en que se vieron inmersos los Órganos Internos de Control en ese ejercicio 2003, tres plazas más, también homólogas a Jefe de Departamento, se tuvieron que dejar vacantes a partir del primero de septiembre siguiente. No obstante la modificación que se tuvo que realizar al PAT/2003, las auditorías o intervenciones de control se orientaron a las áreas sustantivas y/o críticas, evaluando el cumplimiento de objetivos estratégicos de la unidad auditada y su impacto en la observancia de la normatividad, economía, eficiencia y eficacia, fortalecimiento del control y sistema de indicadores.

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PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO 2003. - Auditorías. Al 31 de diciembre del 2003 se realizaron 9 revisiones, el 82% de las 11 que se reprogramaron en el PAT/2003. De las cuales destaca lo siguiente:

- Como resultado de la auditoría realizada al cumplimiento del contrato número CONSAR/040/2002 celebrado con la empresa “Profesionales en Arquitectura de Sistemas, S.A. de C.V.”, para el desarrollo del Sistema Integral de Información y Supervisión del Sistema de Ahorro para el Retiro (SIIS-SAR) se observó que se llevó a cabo la liberación del pago total del proyecto por parte del Director General de Informática no obstante de no contar con la firma de aceptación y/o liberación de las pruebas operativas realizadas con los usuarios que respalde la funcionalidad de cada uno de los módulos del sistema, así como el no haberse impartido la capacitación correspondiente por parte de dicha empresa.

- Intervenciones de Control. Se llevaron a cabo un total de 19 intervenciones de control al 31 de diciembre del 2003, el 95% de las 20 reprogramadas en el PAT/2003. Como resultado de las intervenciones concluidas se establecieron los siguientes acuerdos de mejora:

- Un plan de trabajo que permitirá verificar el cumplimiento de metas y resultados de la CONSAR en el Programa de Metas Presidenciales.

- Adopción de nuevos indicadores de gestión en las Direcciones Generales que conforman la Vicepresidencia de Supervisión, Dirección de Comunicación Social y de Enlace Institucional.

- Para el registro y control en la toma física de los inventarios. - Uno en materia de consumo de energía eléctrica y telefonía para un mejor

control del gasto por centros de costo. - Administración de archivos y control de gestión de asuntos.

Por otra parte, destacan las siguientes acciones realizadas: • Se llevaron a cabo reuniones de trabajo con los Directores Generales de la

CONSAR y de la Comisión Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción (CITCC), a través de su Coordinador el Dr. Enrique Vallarta Rodríguez, a fin de comprometerse en la elaboración del Programa Operativo para la Transparencia y el Combate a la Corrupción (POTCC), el cual se integró con los procesos de adquisiciones, recursos humanos y un macroproceso sustantivo integrado por tres procesos críticos, se difundieron los criterios de evaluación a través del Indicador de Satisfacción y Transparencia (IST) que se integra además, con el cumplimiento de los 17 acuerdos de la CITCC.

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• Se difundió el nuevo enfoque de los OIC, así como los principales elementos

operativos para la implantación del Comité de Mejora Regulatoria (COMERI) y Normateca Interna en la CONSAR

• Se corroboró la implantación de un Código de Conducta en la Comisión,

llevándose a cabo su toma de protesta el 13 de junio del 2003, contando con la participación del titular de la CONSAR, del Coordinador de Órganos de Vigilancia y Control del Sector Hacienda y la Titular de la Unidad de Vinculación para la Transparencia de la SFP.

• Se verificó el cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Federal

de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental como sigue; establecimiento del Comité de Información y de la Unidad de Enlace de la CONSAR, clasificación de la información reservada y confidencial y creación del portal de transparencia en la página de internet de la Comisión.

SEGUIMIENTO DE OBSERVACIONES RELEVANTES. Al 31 de diciembre del 2002 se tenía 1 observación pendientes de solventar determinada por el Órgano Interno de Control en ese ejercicio. Asimismo, como resultado de las auditorías del 2003, en el segundo y tercer trimestre se determinaron dos observaciones relevantes; en el seguimiento que se llevó a cabo a las 3 observaciones se dio por solventada la del año 2002, por lo que al cierre del 2003 se registran dos observaciones con los compromisos correspondientes para su solventación. Por otra parte, derivado de la auditoría a los estados financieros de la CONSAR con cifras al 31 de diciembre del 2001, el despacho de auditores externos designados por SECODAM, Ruiz Zepeda y Asociados, S.C., determinó 5 recomendaciones. En el seguimiento que llevó a cabo este Órgano Interno de Control al 31 de diciembre del 2002 se dieron 3 como solventadas, quedando 2 en proceso de atención. Por lo que respecta al 2003, del seguimiento realizado se dio por solventada una y continúa en proceso otra derivado de que para su solventación depende de la intervención de terceros. ATENCIÓN DE QUEJAS, DENUNCIAS Y RESPONSABILIDADES. En el ejercicio 2003 no se recibió ningún asunto y no se tienen pendientes de atender de ejercicios pasados. PARTICIPACIÓN EN LOS COMITÉS DE LA CONSAR. El Órgano Interno de Control participó de manera directa o en carácter de asesor o supervisor de su procedimiento en 45 sesiones que llevaron a cabo 10 Comités que operan en la Comisión, en los que se promovió una mayor eficiencia

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administrativa, observancia de las disposiciones normativas aplicables para cada caso. OTRAS ACTIVIDADES DE CONTROL, SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO. Además de las actividades de auditoría e intervenciones de control, el Órgano Interno de Control llevó a cabo otras actividades de control y supervisión que permitieron la promoción de eficiencia operativa, así como el comprobar la observancia de las disposiciones normativas aplicables como sigue: A. La Dirección General de Administración adquirió diversos bienes y servicios,

llevando a cabo 17 Licitaciones Públicas y 1 Invitación a por lo menos tres personas, en las que participó personal de este Órgano Interno de Control en su carácter de asesor.

B. Este Órgano Interno de Control participó de acuerdo con sus facultades, en 19

procesos de Entrega-Recepción, en las que se comprobó el estricto apego de las disposiciones normativas que regulan estos actos.

C. Este Órgano Interno de Control realizó la revisión mensual de los gastos

relacionados con publicidad y de comunicación social en los que se confirmó la autenticidad de los gastos, así como el que estos se apegaran al Programa autorizado por la Secretaría de Gobernación, a los Lineamientos y al Acuerdo en materia de comunicación social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1992 y el 9 de enero de 2003, respectivamente.

D. Indicadores de Gestión de la CONSAR: Este Órgano Interno de Control verificó

su cumplimiento previo al envió del informe correspondiente a la SFP. CAPACITACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS HUMANOS. En cumplimiento a la Norma 2.3 “Actualización de los conocimientos técnicos” del Boletín “B”, Normas Generales de Auditoría Pública, emitido por la SECODAM, ahora SFP, al Programa de Capacitación de este Órgano Interno de Control y conforme a los Objetivos de Profesionalización de los Servidores Públicos de la SFP, se ha logrado ser más eficiente en aspectos operativos de este Órgano Interno de Control a través de 361 horas de capacitación recibida en 25 cursos de 28 programados en el ejercicio 2003 (el 90%). EVALUACIONES AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. Se tuvieron seis reuniones de coordinación con el C. Comisario Público Propietario y Delegado de la SFP a fin de evaluar y asesorar en la gestión al Órgano Interno de Control.

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Por parte de la Unidad de Auditoría Gubernamental de la SFP, en el cuarto trimestre del 2003 llevó a cabo una revisión al Órgano Interno de Control en la CONSAR enfocada a la verificación de su estructura orgánica, cumplimiento de programas, elaboración de informes de auditoría y de las observaciones generadas, papeles de trabajo, integración de expedientes y seguimientos, en la que determinó 3 observaciones. RESULTADOS ALCANZADOS Y LOGROS OBTENIDOS POR EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL. Como resultado de las intervenciones que tuvo este Órgano Interno de Control se ha promovido una mejoría en los procedimientos de control y de gestión, en apego a la normatividad aplicable permitiendo a través de los compromisos que cada Unidad Administrativa hizo para eficientar los recursos asignados; alcanzar los objetivos que la CONSAR tiene encomendados. CONCLUSIÓN. Aún y cuando se vio reducida la estructura de este Órgano Interno de Control en la CONSAR, se cumplió satisfactoriamente con el PAT autorizado para 2003 por la SFP, redoblando el compromiso de trabajo y capacitación permanente a fin de contribuir con la asesoría pertinente a la propia Comisión, participando en sus diferentes Comités y dando seguimiento al Programa de Transparencia y Combate a la Corrupción y al cumplimiento por parte de la CONSAR de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. PERSPECTIVAS PARA EL 2004 Para la elaboración del PAT/2004 este Órgano Interno de Control se apego a los Lineamientos Generales para la elaboración y presentación del Programa Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control emitidos en el 2003 por la SFP, programando las auditorías e intervenciones de control con la oportunidad, orientación y profundidad necesaria. En ese sentido, para la elaboración del PAT/2004 se llevó a cabo una investigación de campo seleccionando las áreas, operaciones, programas, procesos o recursos donde se estimó necesario practicar una auditoría o intervención de control con base en la evaluación de riesgos y en el valor agregado que puedan aportar; por lo tanto, las auditorías se orientaron a las áreas sustantivas y/o críticas. En dichas revisiones, se evaluará el cumplimiento de objetivos estratégicos o de la unidad auditada y su impacto en la observancia de la normatividad, economía, eficiencia y eficacia, fortalecimiento de los sistemas de control establecidos e indicadores. Cabe mencionar que se identificó conjuntamente con los Titulares de las áreas sustantivas y administrativas de la Comisión cada uno de los riesgos principales de la Comisión, asignándoles los niveles de importancia del riesgo y

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clasificándolos de acuerdo a la experiencia obtenida por este OIC a través de la práctica de auditorías anteriores y del consenso con dichos Titulares; para ello se utilizó un Mapa de riesgos de acuerdo a la probabilidad de ocurrencia de cada riesgo. Asimismo, en la programación de las revisiones se tomó en cuenta la experiencia y capacidad de los recursos humanos del OIC y se buscó tratar de interferir lo menos posible con la revisión que practicará el auditor externo en el 2004, a efecto de evitar duplicidades. En materia de auditoría se pretende realizar revisiones selectivas y especializadas que enfoquen los aspectos sustantivos de la Comisión y con las intervenciones de control, lograr fomentar el autocontrol y la autoevaluación, tendientes a alcanzar los siguientes objetivos estratégicos: 1. Prevenir la ocurrencia de conductas indebidas y contribuir a mejorar la calidad y productividad de los procesos de la Comisión. 2. Promover el establecimiento adecuado de controles internos y supervisar su cumplimiento. 3. Promover la cultura de legalidad, verificar el cumplimiento de la normatividad y proponer su mejora. 4. Reforzar lo preventivo, con énfasis en un adecuado control interno de los asuntos sustantivos. 5. Generar cambio y valor agregado, siendo proactivos a la innovación, la gestión gerencial y la creatividad. Las auditorías y las intervenciones de control programadas, se orientaron a lo siguiente: • Profundizar en aspectos donde pudieran existir debilidades en el control interno o riesgo probable en el manejo de recursos tomando en cuenta previo a la asignación de fechas de revisión factores como cierre de ejercicio, proyectos en proceso, áreas de ejecución y detección de necesidades y requerimientos para ejercicios subsecuentes. • Verificar el cabal cumplimiento a las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, que señala el Presupuesto de Egresos de la Federación y las disposiciones de ahorro que emita tanto la SFP como la SHCP. • Impulsar en la Comisión la mejora de sus procesos en áreas críticas a través de la detección de áreas de oportunidad y sugerencias de cambio, en aspectos como el examen y evaluación del control y la evaluación de riesgos de los principales

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procesos sustantivos y que recaen en las Direcciones Generales de Inspección y la de Vigilancia. • Evaluar el avance en el cumplimiento de las metas presidenciales, así como los factores de éxito y principales obstáculos que pudieran tener. • Se programan revisiones a las unidades sustantivas de la CONSAR a fin de evaluar: los estudios jurídicos; los sistemas de informática con que cuenta la Comisión; la inspección y vigilancia de las Afores y Siefores que es donde hay mayores posibilidades de riesgo, ya que estos organismos controlan e invierten las aportaciones del 2% del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y una falla o mal manejo no detectado en los derechos y recursos de los trabajadores originaría repercusiones serias para la CONSAR. • Apoyar en la prevención de prácticas de corrupción e impunidad en áreas proclive, mediante la promoción del fortalecimiento de los controles internos. • Proponer la aplicación de lineamientos y medidas que correspondan cuando así lo requieran los riesgos inherentes al régimen de inversión de las sociedades de inversión. • Revisar la correcta aplicación de los programas de comunicación social y vinculación institucional para el desarrollo de actividades de difusión de la Comisión y de los sistemas de ahorro para el retiro. • Se verificará el cumplimiento por parte de la CONSAR de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Bajo ese contexto, se programaron 14 auditorías y 17 intervenciones de control. OTRAS ACTIVIDADES: Se continuará dando seguimiento al Programa de Transparencia y Combate a la Corrupción. En el PAT/2004 se consideraron los tiempos estimados que ocuparía la atención a los requerimientos de información de la SFP así como la participación en los actos de entrega-recepción. A fin de eficientar los recursos con que cuenta este Órgano Interno de Control, se elaboró un Programa de Capacitación para su Personal considerando cursos en el que se incluyen los externos que en materia de auditoría, administración, finanzas, fiscal y desarrollo humano, se consideran pertinentes y los que la SFP imparte en el ámbito de su competencia. Se seguirán llevando a cabo las reuniones de coordinación con el C. Comisario Público Propietario y Delegado de la SFP, conforme al calendario que establezca,

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para una mejor gestión del Órgano Interno de Control y las que de manera periódica su Titular realice con el personal a su cargo, a fin de retroalimentarlo y hacerlo parte integrante y participativo del nuevo enfoque que ha propuesto la SFP para los Órgano Internos de Control. Conjuntamente con la Dirección de Recursos Humanos y Materiales se continuará llevando a cabo el registro, control y actualización del cumplimiento por parte de los servicios públicos ante la SFP de presentar su Declaración de Situación Patrimonial de conformidad a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y se seguirá consultando, por los medios electrónicos, a la misma SFP, para que informe sobre las contrataciones que realiza la CONSAR en cuanto a que los servidores públicos que se contratan no se encuentren imposibilitados a laborar en la Administración Pública Federal. Se seguirá asistiendo a las sesiones del Comité de Adquisiciones así como a los procesos de licitación que lleve a cabo la Dirección General de Administración para la adquisición de los bienes y servicios requeridos por las áreas de la Comisión, asesorando y promoviendo el apego de las disposiciones normativas aplicables. En relación a los demás Comités que han integrado las áreas de la CONSAR, para agilizar y dar transparencia a su gestión, este Órgano Interno de Control asistirá en calidad de asesor ó invitado para promover el apego a la normatividad que le es aplicable. Todo ello con la finalidad de que la CONSAR incremente su productividad, eficiencia y obtenga un mejoramiento administrativo, promoviéndose la cultura de control.

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ANEXOS

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ANEXO A: AUTORIZACIONES DE CARÁCTER CORPORATIVO

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AUTORIZACIONES DE CARÁCTER CORPORATIVO OTORGADAS POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CONSAR, A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, DESDE EL INICIO DE SUS OPERACIONES. Los actos que a continuación se describen, no han modificado en forma alguna, las autorizaciones emitidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro a las Administradoras de Fondos para el Retiro y Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, para organizarse y operar; sino que versan sobre asuntos que, de conformidad con la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, deben someterse a la consideración de la Junta de Gobierno de este órgano, para su aprobación. A continuación, se presenta un informe que detalla la conformación actual del capital social de las entidades financieras mencionadas, así como los actos corporativos autorizados a cada una de ellas. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, emitió autorización para organizarse y operar como Administradoras de Fondos para el Retiro y Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, a las siguientes entidades financieras:

Administradoras de Fondos para el Retiro Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro

Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V.

Siefore Bancomer Real, S.A. de C.V.

Afore Actinver, S.A. de C.V. Siefore Actinver 1, S.A. de C.V. Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V. AP Index, S.A. de C.V., Siefore. Afore Azteca, S.A. de C.V. Siefore Azteca, S.A. de C.V. Afore Banamex, S.A. de C.V. Siefore Banamex No.1, S.A. de C.V. Afore Bital, S.A. de C.V. Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V. Afore Capitaliza, S.A. de C.V. Siefore Capitaliza, S.A. de C.V. Afore Confía Principal, S.A. de C.V. Siefore Confía Principal, S.A. de C.V. Afore Génesis, S.A. de C.V. Siefore Génesis, S.A. de C.V. Afore Inbursa, S.A. de C.V. Inbursa Siefore, S.A. de C.V. Afore Previnter, S.A. de C.V. Siefore Previnter, S.A. de C.V. Afore Tepeyac, S.A. de C.V. Siefore Tepeyac, S.A. de C.V. Afore XXI, S.A. de C.V. Siefore XXI, S.A. de C.V. Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore. Bancrecer Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore. Garante, S.A. de C.V., Afore. Garante 1, S.A. de C.V., Siefore. Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. Fondo Profuturo S.A. de C.V., Siefore. Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore. Ahorro Santander Mexicano, S.A. de C.V.,

Siefore. Sólida Banorte, S.A. de C.V., Siefore. Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., Siefore. Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore. Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore.

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Las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y las Administradoras de Fondos para el Retiro que se enuncian a continuación, han modificado su denominación social. Cabe mencionar que una de dichas entidades financieras se ha extinguido en virtud del proceso de fusión de que ha sido partícipe.

Denominación Inicial Denominación Actual Afore Confía Principal, S.A. de C.V. Principal Afore, S.A. de C.V. Siefore Confía Principal, S.A. de C.V. Principal Siefore, S.A. de C.V. Afore Génesis, S.A. de C.V. Afore Génesis Metropolitan, S.A. de C.V.* Sólida Banorte, S.A. de C.V., Afore. Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore. Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., Siefore. Fondo Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V.,

Siefore. Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore. Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V. Bancrecer Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore. Allianz Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore. Afore Bital, S.A. de C.V. ING Afore, S.A. de C.V. Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V. Siefore ING, S.A. de C.V. (*) Afore Génesis Metropolitan, S.A. de C.V., se extinguió en virtud de su fusión con Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore. Asimismo, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, ha autorizado la fusión de las Administradoras y Sociedades de Inversión, que a continuación se indican:

ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO

Fusionada: Fusionante (subsistente): Fecha en que surtió efectos

la fusión: Afore Previnter, S.A. de C.V. Profuturo G.N.P., S.A. de C.V.

Afore 1° de octubre de 1998

Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V.

Principal Afore, S.A. de C.V. 1° de noviembre de 1998

Afore Capitaliza, S.A. de C.V. Afore Inbursa, S.A. de C.V. 1° de diciembre de 1998 Afore Génesis Metropolitan, S.A. de C.V.

Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore

1° de septiembre de 1999

Garante, S.A. de C.V., Afore Afore Banamex, S.A. de C.V. 28 de febrero de 2002 Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore.

Principal Afore, S.A. de C.V. 1° de agosto de 2002

Afore Tepeyac, S.A. de C.V. Principal Afore, S.A. de C.V. 1° de abril de 2003

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SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO

Fusionada: Fusionante (subsistente): Fecha en que surtió efectos la fusión:

Siefore Previnter, S.A. de C.V. Fondo Profuturo, S.A. de C.V., Siefore

1° de octubre de 1998

AP Index, S.A. de C.V. Siefore Principal Siefore, S.A. de C.V. 1° de noviembre de 1998 Siefore Capitaliza, S.A. de C.V. Inbursa Siefore, S.A. de C.V. 1° de diciembre de 1998 Siefore Génesis, S.A. de C.V. Ahorro Santander Mexicano,

S.A. de C.V., Siefore 1° de septiembre de 1999

Garante 1, S.A. de C.V., Siefore Siefore Banamex No.1, S.A. de C.V.

28 de febrero de 2002

Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore

Principal Siefore, S.A. de C.V. 1° de agosto de 2002

Siefore Tepeyac, S.A. de C.V. Principal Siefore, S.A. de C.V. 1° de abril de 2003 En virtud de las fusiones referidas, actualmente operan doce Administradoras de Fondos para el Retiro, e igual número Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro Básicas.

Administradoras de Fondos para el Retiro Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro

Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V.

Siefore Bancomer Real, S.A. de C.V.

Afore Actinver, S.A. de C.V. Siefore Actinver 1, S.A. de C.V. Afore Azteca, S.A. de C.V. Siefore Azteca, S.A. de C.V. Afore Banamex, S.A. de C.V. Siefore Banamex No.1, S.A. de C.V. Afore Inbursa, S.A. de C.V. Inbursa Siefore, S.A. de C.V. Afore XXI, S.A. de C.V. Siefore XXI, S.A. de C.V. Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V. Bancrecer Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore Fondo Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V.,

Siefore ING Afore, S.A. de C.V. Siefore ING, S.A. de C.V. Principal Afore, S.A. de C.V. Principal Siefore, S.A. de C.V. Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. Fondo Profuturo S.A. de C.V., Siefore. Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore. Ahorro Santander Mexicano, S.A. de C.V.,

Siefore. En el año 2000, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro otorgó su visto bueno y la autorización respectiva para la constitución, organización, operación y funcionamiento de tres Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro Adicionales, cuyo objeto exclusivo es la inversión de aportaciones voluntarias, a favor de las siguientes entidades financieras:

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Administradora de Fondos para el Retiro Sociedad de Inversión Especializada de

Fondos para el Retiro Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V.

Afomer 2 Ahorro Voluntario, S.A. de C.V., Siefore.

Afore Banamex, S.A. de C.V. Siefore Banamex N° 2, S.A. de C.V. Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. Fondo Profuturo 2, S.A. de C.V., Siefore. A continuación se describen las autorizaciones otorgadas por la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, a las Administradoras de Fondos para el Retiro y Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro mencionadas, para realizar diversos actos corporativos, desde el inicio de su operación. ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO BANCOMER, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/418/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer, para proceder a la constitución de Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/073/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer.

51%

Aetna Internacional y Cía., S. en N.C. de C.V. 49% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/541/97 de fecha 2 de mayo de 1997, se autorizó la

reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., aumentando su capital mínimo fijo y sin derecho a retiro a la cantidad de $100’000,000.00 (Cien millones de pesos 00/100 M.N.); así como la incorporación de la sociedad denominada Aetna International, Inc., quien detentaría hasta el 19.60% del capital social de esa Administradora.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer.

51%

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Aetna Internacional y Cía., S. en N.C. de C.V. 29.40% Aetna International Inc. 19.60% Total 100% • Mediante certificación de fecha 24 de noviembre de 1997, expedida por el

Secretario del Consejo de Administración de Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., se manifestó que el capital social de dicha entidad financiera se encontraba representado de la siguiente manera:

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer.

51%

Aetna Internacional y Cía., S. en N.C. de C.V. 33% Aetna International, Inc. 16% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/1059/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó a Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., para que su accionista Aetna International Inc., transmitiera su tenencia accionaria en dicha Administradora, a favor de la sociedad de nacionalidad chilena denominada Santamaría Internacional, S.A.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer.

51%

Aetna Internacional y Cía., S. en N.C. de C.V. 33% Santamaría Internacional, S.A. 16% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/0070/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se autorizó

a Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/0507/98 de fecha 15 de diciembre de 1998, se

autorizó a Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., para constituir una empresa de servicios complementarios o auxiliares, denominada Servicios Corporativos Bancomer, S.A. de C.V., en la cual dicha Administradora participaría en un 99.99%.

• Mediante oficio D00/1000/0039/99 de fecha 18 de febrero de 1999, se autorizó

a Aetna Internacional y Compañía, S. en N.C. de C.V., para transmitir la totalidad de su tenencia accionaria en Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., a favor de la sociedad denominada Nueva Aetna y Compañía, S. de R.L. de C.V., como consecuencia de la fusión de ambas

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sociedades y como resultado de la cual habría de subsistir la última mencionada, como fusionante, modificando posteriormente su denominación por la de Aetna Internacional y Compañía, S. de R.L. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer.

51%

Aetna Internacional y Cía, S. de R.L. de C.V. 33% Santamaría Internacional, S.A. 16% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/0130/1999 de fecha 4 de mayo de 1999, se autorizó

la reforma al artículo primero de los estatutos sociales de Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., a fin de establecer la posibilidad de ostentarse con su denominación social completa o bien, con su abreviatura, Afore Bancomer, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0774/2000 de fecha 28 de noviembre de 2000, se

otorgó autorización a la sociedad de nacionalidad chilena denominada Provida Internacional, S.A., y a la sociedad de nacionalidad española denominada Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., para adquirir, respectivamente, el 4.8% y el 11.2% de las acciones representativas del capital social de Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., propiedad de Santamaría Internacional, S.A.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer.

51%

Aetna Internacional y Cía., S. de R.L. de C.V. 33% Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. 11.2% Provida Internacional, S.A. 4.8% Total 100%

Nota: Mediante aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de febrero de 2001, se hizo del conocimiento público que en Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Bancomer, S.A., celebrada el 23 de octubre de 2000, se resolvió, entre otros asuntos, cambiar su denominación social, para quedar a partir del 19 de enero de 2001, como BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer. Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero 51%

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BBVA Bancomer. Aetna Internacional y Cía., S. de R.L. de C.V. 33% Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. 11.20% Provida Internacional, S.A. 4.80% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/076/2002 de fecha 28 de abril de 2002, esta

Comisión otorgó autorización para que Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., se convirtiera en administradora de fondos para el retiro filial.

• Mediante oficio D00/2100/8855/2003 de fecha 30 de diciembre de 2003, esta

Comisión aprobó a Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., reformar los artículos Segundo, Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto, Trigésimo, Trigésimo Séptimo de sus Estatutos Sociales, en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

SIEFORE BANCOMER REAL, S.A. DE C.V.

• Mediante oficio D00/1000/419/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer, para proceder a la constitución de Siefore Bancomer Real, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/085/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Siefore Bancomer Real, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V. 3’999,999 Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancomer.

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/790/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

modificación al artículo séptimo de los estatutos sociales de Siefore Bancomer Real, S.A. de C.V., estableciendo que el capital mínimo fijo de dicha Sociedad de Inversión, estaría representado por 4’000,000 de acciones ordinarias, nominativas, con valor de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.), y que el importe variable del capital social con derecho a retiro, en ningún caso podría exceder a cinco mil veces el monto del capital social mínimo fijo no sujeto a retiro y estaría representado por acciones ordinarias, nominativas con valor de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.).

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Nota: Mediante aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de febrero de 2001, se hizo del conocimiento público que en Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Bancomer, S.A., celebrada el 23 de octubre de 2000, se resolvió, entre otros asuntos, cambiar su denominación social, para quedar a partir del 19 de enero de 2001, como BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer. • Mediante oficio D00/1000/0566/2001 de fecha 17 de noviembre de 2001, se

aprobó la reforma de la cláusula Séptima de los estatutos sociales de Siefore Bancomer Real, S.A. de C.V., estableciendo que el capital social mínimo fijo no sujeto a retiro asciende a la cantidad de $8,000,000.00 (OCHO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), representado por ocho millones de acciones ordinarias, nominativas, con valor nominal de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.) cada una, íntegramente suscritas y pagadas, y que el importe de la parte variable del capital social con derecho a retiro, en ningún caso podría exceder a cinco mil veces el monto del capital social mínimo fijo no sujeto a retiro y estaría representado por acciones ordinarias, nominativas con valor de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.) cada una.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V. 3’999,999 BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer.

1

Total 4’000,000

AFOMER 2 AHORRO VOLUNTARIO, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/0614/2000 de fecha 28 de septiembre de 2000, esta

Comisión emitió visto bueno a Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Afomer 2 Ahorro Voluntario, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/0643/2000 de fecha 9 de octubre de 2000, esta

Comisión autorizó a Afomer 2 Ahorro Voluntario, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V. 3’999,999

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Atenía Internacional y Compañía, S. de R.L. de C.V. 1 Total 4’000,000

AFORE ACTINVER, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/165/2002 de fecha 3 de diciembre de 2002, se emitió

visto bueno a Actinver, S.A., de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, para proceder a la constitución de Afore Actinver, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/012/2003 de fecha 26 de febrero de 2003, se

autorizó a Afore Actinver, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Actinver, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión

99.99%

Héctor Madero Rivero 0.01% Total 100%

SIEFORE ACTINVER 1, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/166/2002 de fecha 3 de diciembre de 2002, se emitió

visto bueno a Actinver, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, para proceder a la constitución de Siefore Actinver 1, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/013/2003 de fecha 26 de febrero de 2003, se

autorizó a Siefore Actinver 1, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Actinver, S.A. de C.V. 3’999,999 Héctor Madero Rivero 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/2100/0912/2003 de fecha 2 de abril de 2003, esta

Comisión autorizó la reforma del artículo Séptimo de los estatutos sociales de Siefore Actinver 1, S.A. de C.V.

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AFORE ATLÁNTICO PROMEX, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/444/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, esta

Comisión emitió el visto bueno a Banca Promex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Promex-Finamex y Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero GBM Atlántico, para proceder a la constitución de Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/184/97 de fecha 21 de febrero de 1997, esta

Comisión autorizó a Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banca Promex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Promex Finamex.

50%

Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero GBM Atlántico.

50%

Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/546/97 de fecha 2 de mayo de 1997, esta Comisión aprobó la incorporación de Valores Finamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Promex-Finamex y de GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero GBM Atlántico, como accionistas de Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banca Promex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Promex Finamex.

27.106%

Valores Finamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Promex Finamex.

22.894%

Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero GBM Atlántico.

27.106%

GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero GBM Atlántico.

22.894%

Total 100%

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• Mediante oficio D00/1000/916/97 de fecha 21 de agosto de 1997, esta Comisión autorizó el incremento de la participación de las casas de bolsa en el capital social de Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., quedando de la siguiente manera:

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banca Promex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Promex Finamex.

15.64%

Valores Finamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Promex Finamex.

34.36%

Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero GBM Atlántico.

15.64%

GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero GBM Atlántico.

34.36%

Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0079/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se autorizó a Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/0112/98 de fecha 13 de marzo de 1998, esta

Comisión autorizó a Banca Promex, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Promex-Finamex, y a Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero GBM Atlántico, la transmisión de sus acciones de Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., a efecto de quedar como accionistas de la misma, Finamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Promex-Finamex, y GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero GBM Atlántico, quedando de la siguiente manera:

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Valores Finamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Promex Finamex.

50%

GBM Grupo Bursátil Mexicano, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero GBM Atlántico.

50%

Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/285/98 de fecha 8 de julio de 1998, esta Comisión autorizó la enajenación de las acciones representativas del capital social de Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., quedando de la siguiente manera:

Socios:

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ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN

Principal International, Inc. 99.99% Principal Holding Company. 00.01% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0294/98 de fecha 15 de julio de 1998, esta Comisión otorgó autorización para que Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., se convirtiera en Administradora de Fondos para el Retiro Filial.

• Mediante oficio D00/1000/0442/98 de fecha 28 de octubre de 1998, se autorizó

la fusión de Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., como sociedad fusionada.

AP INDEX, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/445/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banca Promex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Promex-Finamex y Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero GBM Atlántico, para proceder a la constitución de AP Index, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/185/97 de fecha 21 de febrero de 1997, se autorizó a

AP Index, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/113/98 de fecha 13 de marzo de 1998, esta

Comisión autorizó a Banca Promex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Promex-Finamex, a transmitir su tenencia accionaria en AP Index, S.A. de C.V., Siefore, a favor de Finamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Promex-Finamex, quedando de la siguiente manera:

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V. 3´999,000 Valores Finamex, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Promex Finamex

1,000

Total 4´000,000 • Mediante oficio D00/1000/285/98 de fecha 8 de julio de 1998, esta Comisión

autorizó a Principal International, Inc., la adquisición de 1,000 acciones representativas del capital social de AP Index, S.A. de C.V., Siefore.

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Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V. 3´999,000 Principal International, Inc. 1,000 Total 4´000,000

• Mediante oficio D00/1000/0294/98 de fecha 15 de julio de 1998, esta Comisión

autorizó la reforma total de los estatutos sociales de AP Index, S.A. de C.V., Siefore.

• Mediante oficio D00/1000/0443/98 de fecha 28 de octubre de 1998, se autorizó

la fusión de Principal Siefore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y AP Index, S.A. de C.V., Siefore, como sociedad fusionada.

AFORE AZTECA, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/163/2002 de fecha 3 de diciembre de 2002, se emitió

visto bueno a Grupo Elektra, S.A. de C.V., y Elektrafín Comercial, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Afore Azteca, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/08/2003 de fecha 26 de febrero de 2003, se autorizó

a Afore Azteca, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Grupo Elektra, S.A. de C.V. 99.99% Elektrafín Comercial, S.A. de C.V. 0.01% Total 100% • Mediante oficio D00/2100/1231/2003 de fecha 16 de mayo de 2003, esta

Comisión autorizó la reforma del artículo Décimo Tercero de los estatutos sociales de Afore Azteca, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/2100/8816/2003 de fecha 17 de diciembre de 2003, esta

Comisión autorizó la reforma del artículo Séptimo de los estatutos sociales de Afore Azteca, S.A. de C.V.

SIEFORE AZTECA, S.A. DE C.V.

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• Mediante oficio D00/1000/164/2002 de fecha 3 de diciembre de 2002, se emitió visto bueno a Grupo Elektra, S.A. de C.V., y Elektrafín Comercial, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Siefore Azteca, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/09/2003 de fecha 26 de febrero de 2003, se autorizó

a Siefore Azteca, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Azteca, S.A. de C.V. 3’999,999 Elektrafín Comercial, S.A. de C.V. 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/2100/0705/2003 de fecha 11 de marzo de 2003, esta

Comisión autorizó la reforma del artículo Séptimo de los estatutos sociales de Siefore Azteca, S.A. de C.V.

AFORE BANAMEX, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/416/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival y Acciones y Valores de México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, para proceder a la constitución de Afore Banamex, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/071/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Afore Banamex, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival.

99.99%

Acciones y Valores de México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa. 0.01% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/291/97 de fecha 7 de marzo de 1997, se autorizó a

Afore Banamex, S.A. de C.V., para invertir en el capital social de una empresa prestadora de servicios complementarios o auxiliares.

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• Mediante oficio D00/1000/0074/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se emitió

autorización a Afore Banamex, S.A. de C.V., para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/0265/98 de fecha 30 de junio de 1998, se autorizó a

Aegon Mexico Holding, B.V., para adquirir de Banco Nacional del México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex Accival, el 49% de las acciones representativas del capital social de Afore Banamex, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0355/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

a Acciones y Valores de México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Banamex-Accival, a transmitir a favor de Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival, la totalidad de su tenencia accionaria en Afore Banamex, S.A. de C.V.

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Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival

51%

Aegon México Holding, B.V. 49% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/0357/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la reforma de diversos artículos de los estatutos sociales de Afore Banamex, S.A. de C.V., que involucran asuntos corporativos y de relaciones entre sus accionistas, así como el cambio de su denominación a Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0358/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

a Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., para constituir una empresa de servicios complementarios o auxiliares bajo la denominación PRH-Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., participando en un 99.99% en el capital social de dicha empresa.

• Mediante oficio número D00/1000/00394/2001 de fecha 4 de julio de 2001, se

aprobó la conversión de Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., en Administradora de Fondos para el Retiro Filial, así como la reforma integral de sus estatutos sociales.

• Mediante oficio número D00/1000/019/2002 de fecha 22 de febrero de 2002,

esta Comisión autorizó que se llevaran a cabo los siguientes actos jurídicos: a) La enajenación por parte de Aegon México Holding, B.V., a Banco Nacional de México, S.A., de 9,906 (Nueve mil novecientas seis) acciones de la Serie “B” Clase “I” y 102,557 (Ciento dos mil quinientos cincuenta y siete) acciones de la serie “B” Clase “II”, emitidas por Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., representativas del 48% de su capital social. b) La enajenación por parte de Aegon México Holding, B.V., a Citibank Overseas Investment Corporation, de una acción del capital fijo de Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V. c) La fusión entre Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Garante, S.A. de C.V., Afore, como sociedad fusionada. d) La reforma integral de los estatutos de Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., dentro de la cual se contempla el cambio de denominación por la de Afore Banamex, S.A. de C.V.

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Socios:

ACCIONISTAS PORCENTAJE Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival

89.76%

Citibank Overseas Investment Corporation 10.24% TOTAL: 100% • Mediante oficio D00/2100/0739/2003 de fecha 13 de marzo de 2003, se

autorizó la reforma de los artículos Tercero, Noveno, Vigésimo, Vigésimo Sexto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Noveno, Trigésimo, Trigésimo Primero y Trigésimo Quinto de los estatutos sociales de Afore Banamex, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/2100/1204/2003 de fecha 12 de mayo de 2003, se autorizó

la reforma de los artículos Décimo Quinto y Vigésimo Octavo de los estatutos sociales de Afore Banamex, S.A. de C.V.

• Mediante oficio número D00/1000/1170/2003 de fecha 15 de diciembre de

2003, esta Comisión autorizó a Banco Nacional de México, para adquirir el 10.23% de las acciones representativas del capital social de Afore Banamex, S.A. de C.V., propiedad de Citibank Overseas Investment Corporation, y tomó conocimiento de que Planeación de Recursos Humanos, S.A. de C.V, adquiriría el 00.01% de las acciones restantes del capital social de Afore Banamex, S.A. de C.V.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PORCENTAJE Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival

99.99%

Planeación de Recursos Humanos, S.A. de C.V. 00.01% TOTAL: 100%

SIEFORE BANAMEX N°1, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/417/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival y Acciones y Valores de México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, para proceder a la constitución de Siefore Banamex N°1, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

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• Mediante oficio D00/1000/083/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó autorización a Siefore Banamex N°1, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival

3’999,600

Acciones y Valores de México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa 400 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/914/97 de fecha 21 de agosto de 1997, se autorizó a

Siefore Banamex No.1, S.A. de C.V., para invertir por un monto del 10% del activo total de dicha Sociedad, en valores de deuda emitidos, aceptados o avalados por Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival, de conformidad con el artículo 48 fracción X de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/544/97 de fecha 2 de mayo de 1997, se autorizó la

enajenación de 3’999,600 acciones representativas del 99.99% del capital mínimo fijo de Siefore Banamex N°1, S.A. de C.V., a favor de Afore Banamex, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES Afore Banamex, S.A. de C.V. 3’999,600 Acciones y Valores de México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa. 400 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0356/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

a Acciones y Valores de México, S.A. de C.V., Casa de Bolsa a transmitir la totalidad de su tenencia accionaria en Siefore Banamex N°1, S.A. de C.V., a favor de Afore Banamex, S.A. de C.V.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Banamex, S.A. de C.V. 4’000,000 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0040/99 de fecha 18 de febrero de 1999, se autorizó

la reforma a la cláusula décima tercera de los estatutos sociales aprobados de Siefore Banamex N°1, S.A. de C.V., a efecto de incrementar el número de integrantes de su consejo de administración, de cinco a nueve consejeros.

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• Mediante oficio D00/1000/019/2002 de fecha 22 de febrero de 2002, esta

Comisión autorizó que se llevaran a cabo los siguientes actos jurídicos: a) La fusión entre Siefore Banamex N° 1, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Garante 1, S.A. de C.V., Siefore, como sociedad fusionada.

b) La reforma integral de estatutos de Siefore Banamex N° 1, S.A. de C.V., con la finalidad de realizar las adecuaciones derivadas del proceso de fusión entre Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Garante, S.A. de C.V., Afore, como sociedad fusionada.

• Mediante oficio D00/2100/0740/2003 de fecha 14 de marzo de 2003, se

autorizó la reforma de las cláusulas Cuarta, Sexta, Décimo Tercera, Décimo Sexta, Décimo Octava, Décimo Novena y Trigésima Tercera, así como la adición de la cláusula Décimo Novena Bis de los estatutos sociales de Siefore Banamex N° 1, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/2100/1205/2003 de fecha 12 de mayo de 2003, se autorizó

la reforma de las cláusulas Décimo Quinta, Décimo Novena y Décimo Novena Bis de los estatutos sociales de Siefore Banamex N° 1, S.A. de C.V.

SIEFORE BANAMEX N°2, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/0613/2000 de fecha 28 de septiembre de 2000, se

emitió visto bueno a Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Siefore Banamex N°2, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/0642/2000 de fecha 9 de octubre de 2000, se otorgó

autorización a Siefore Banamex N°2, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V. 3’999,999 Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banamex-Accival.

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/019/2002 de fecha 22 de febrero de 2002, esta

Comisión autorizó a Siefore Banamex N° 2, S.A. de C.V., para que llevara

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acabo la reforma integral de sus estatutos sociales con la finalidad de realizar diversas adecuaciones del proceso de fusión entre Afore Banamex Aegon, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Garante, S.A. de C.V., Afore, como sociedad fusionada.

• Mediante oficio D00/2100/0741/2003 de fecha 14 de marzo de 2003, se

autorizó la reforma de las cláusulas Cuarta, Sexta, Décimo Tercera, Décimo Sexta, Décimo Octava, Décimo Novena y Trigésima Tercera, así como la adición de la cláusula Décimo Novena Bis de los estatutos sociales de Siefore Banamex N° 2, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/2100/1206/2003 de fecha 12 de mayo de 2003, se autorizó

la reforma de las cláusulas Décimo Quinta, Décimo Novena y Décimo Novena Bis de los estatutos sociales de Siefore Banamex N° 2, S.A. de C.V.

AFORE CAPITALIZA, S.A. DE C.V.

• Mediante oficio D00/1000/424/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a General Electric Capital Assurance Company y GE Capital de México, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Afore Capitaliza, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/202/97 de fecha 24 de febrero de 1997, se autorizó a

Afore Capitaliza, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN GE Capital de México, S.A. de C.V. 99.99% General Electric Capital Assurance Company 0.01% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/547/97 de fecha 2 de mayo de 1997, se aprobó la

modificación de los artículos décimo quinto, primer párrafo, la totalidad de los artículos décimo octavo, vigésimo, vigésimo segundo, el quinto párrafo del artículo vigésimo tercero y la totalidad de los artículos vigésimo quinto y vigésimo sexto de los estatutos sociales de Afore Capitaliza, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0469/98 de fecha 4 de noviembre de 1998, se

aprobó el aumento del capital social máximo autorizado de Afore Inbursa, S.A. de C.V., para quedar en la cantidad de $1,000’000,000.00, la reforma total de sus estatutos sociales, así como su fusión con Afore Capitaliza, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda como sociedad fusionada. Asimismo, se autorizó que Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa, detentara el

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94.30% de las acciones representativas de Afore Inbursa, S.A. de C.V.; el 5.70% restante, se detenta por General Electric Assurance Company.

SIEFORE CAPITALIZA, S.A. DE C.V.

• Mediante oficio D00/1000/425/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a General Electric Capital Assurance Company y GE Capital de México, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Siefore Capitaliza, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/203/97 de fecha 24 de febrero de 1997, se autorizó a

Siefore Capitaliza, S.A. de C.V., para organizarse y operar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Capitaliza, S.A. de C.V. 399,999,999 General Electric Capital Assurance Company 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/548/97 de fecha 2 de mayo de 1997, se aprobó la

reforma de los artículos segundo, décimo cuarto, décimo séptimo, décimo octavo, vigésimo cuarto, vigésimo quinto y vigésimo noveno de los estatutos sociales de Siefore Capitaliza, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0471/98 de fecha 4 de noviembre de 1998, se

autorizó la fusión de Inbursa Siefore, S.A. de C.V. y Siefore Capitaliza, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

AFORE GÉNESIS METROPOLITAN, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/428/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Seguros Génesis, S.A. y al C. Luis Huerta Rosas, para proceder a la constitución de Afore Génesis, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/074/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Afore Génesis, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

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Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Seguros Génesis, S.A. 99.99% Luis Huerta Rosas 0.01% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/782/97 de fecha 30 de junio de 1997, se autorizó a

Afore Génesis, S.A. de C.V., para modificar su denominación a Afore Génesis Metropolitan, S.A. de C.V.; para incrementar su capital mínimo fijo sin derecho a retiro a la cantidad de $100’000,000.00 (Cien millones de pesos 00/100 M.N.) y para aumentar su capital variable máximo autorizado a la cantidad de $1,000’000,000’000.00 (Un billón de pesos 00/100 M.N.) y como consecuencia de lo anterior, la para reformar los artículos segundo y séptimo de los estatutos de la Administradora.

• Mediante oficio D00/1000/1033/97 de fecha 14 de noviembre de 1997, se

emitió autorización a Afore Génesis Metropolitan, S.A. de C.V., para convertirse en Administradora de Fondos para el Retiro Filial.

• Mediante oficio D00/1000/1058/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó a Seguros Génesis, S.A., para transmitir la totalidad de su tenencia accionaria, a favor de Metropolitan Life Insurance Company; así como la transmisión por parte del C. Luis Huerta Rosas, del total de su tenencia accionaria en dicha Administradora, a favor de Seguros Génesis, S.A.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Metropolitan Life Insurance Company 99.99% Seguros Génesis, S.A. 0.01% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0229/1999 de fecha 17 de agosto de 1999, se

autorizó la fusión de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore y Afore Génesis Metropolitan, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

SIEFORE GÉNESIS, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/429/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Seguros Génesis, S.A. y al C. Luis Huerta Rosas, para proceder a la constitución de Siefore Génesis, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/086/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Siefore Génesis, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse, operar

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y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Génesis, S.A. de C.V. 3’999,999 Seguros Génesis, S.A. 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/543/97 de fecha 2 de mayo de 1997, se autorizó la

reforma a la cláusula séptima de los estatutos sociales de Siefore Génesis, S.A. de C.V., respecto de la integración de su capital social.

• Mediante oficio D00/1000/794/97 de fecha 30 de junio de 1997 se aprobó la

modificación de la cláusula séptima de los estatutos sociales de Siefore Génesis, S.A. de C.V., consistente en el aumento del monto de su capital variable máximo autorizado, de la suma de $100’000,000.00 (Cien millones de pesos 00/100 M.N.), a la cantidad de $1’000,000’000,000.00 (Un billón de pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/1000/0230/1999 de fecha 17 de agosto de 1999, se

autorizó la fusión entre Ahorro Santander Mexicano, S.A. de C.V., Siefore y Siefore Génesis, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

AFORE INBURSA, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/426/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa y Promotora Inbursa, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Afore Inbursa, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/075/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Afore Inbursa, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa.

99.9995%

Promotora Inbursa, S.A. de C.V. 0.0005% Total 100%

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• Mediante oficio D00/1000/549/97 de fecha 2 de mayo de 1997, se aprobó el

aumento del capital social máximo autorizado de Afore Inbursa, S.A. de C.V., y la consecuente reforma al artículo séptimo de sus estatutos sociales.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa.

99.997%

Promotora Inbursa, S.A. de C.V. 0.003% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/945/97 de fecha 5 de septiembre de 1997, se aprobó

el aumento del capital social máximo autorizado de Afore Inbursa, S.A. de C.V., y la consecuente modificación al artículo séptimo de sus estatutos sociales. En virtud de dicha reforma, el capital social variable tuvo un límite máximo de $250’000,000.00 (Doscientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/1000/1013/97 de fecha 24 de octubre de 1997, se autorizó

a Promotora Inbursa, S.A. de C.V., para transmitir una acción representativa del capital social de Afore Inbursa, S.A. de C.V., de la cual es titular, a favor de la sociedad denominada Compañía de Servicios Inbursa, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa.

99.997%

Compañía de Servicios Inbursa, S.A. de C.V. 0.003% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/0469/98 de fecha 4 de noviembre de 1998, se

aprobó el aumento del capital social máximo autorizado de Afore Inbursa, S.A. de C.V., para quedar en la cantidad de $1,000’000,000.00 (Mil millones de pesos 00/100 M.N.), la reforma total de sus estatutos sociales, así como su fusión con Afore Capitaliza, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda como sociedad fusionada. Asimismo, se autorizó que Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa, detentara el 94.30% de las acciones representativas de Afore Inbursa, S.A. de C.V.; el 5.70% restante, se detenta por General Electric Assurance Company.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa.

94.30%

General Electric Assurance Company 5.70%

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Total 100% • Mediante oficio número D00/1000/0100/2001 de fecha 22 de febrero de 2001,

se autorizó la reforma del primer párrafo del artículo séptimo de los estatutos sociales de Afore Inbursa, S.A. de C.V., consistente en la disminución de su capital mínimo fijo íntegramente suscrito y pagado por la cantidad de $187’511,000.00 (Ciento ochenta y siete millones quinientos once mil pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/2100/0925/2003 de fecha 3 de abril de 2003, se autorizó la

reforma de los artículos Primero, Tercero, Séptimo, Noveno, Vigésimo Segundo, Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto, Vigésimo Octavo, Trigésimo Primero, Trigésimo Séptimo y Cuadragésimo Segundo de los estatutos sociales de Afore Inbursa, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como la compulsa total de los mismos.

INBURSA SIEFORE, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/427/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa y Promotora Inbursa, S.A. de C.V., para proceder a la constitución de Inbursa Siefore, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/087/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Inbursa Siefore, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Inbursa, S.A. de C.V. 3’999,999 Banco Inbursa, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa.

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/788/97 de fecha 30 de junio de 1997, se autorizó la

modificación al artículo séptimo de los estatutos sociales de Inbursa Siefore, S.A. de C.V. El capital mínimo fijo sería la cantidad de $4’000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), representado por cuatro millones de acciones ordinarias, con valor nominal de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.). El capital variable sería la cantidad de $10’000,000,000.00 (Diez mil millones de pesos

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00/100 M.N.), representado por acciones nominativas, con valor nominal de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/1000/0470/98 de fecha 4 de noviembre de 1998, se

autorizó la fusión de Inbursa Siefore, S.A. de C.V. y Siefore Capitaliza, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

• Mediante oficio D00/1000/112/2002 de fecha 4 de julio de 2002, se autorizó la

reforma del artículo séptimo de los estatutos sociales de Inbursa Siefore, S.A. de C.V., consistente en la ampliación de su capital variable el cual tendrá un límite máximo de $15,000’000,000.00 (Quince mil millones de pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/2100/0965/2003 de fecha 8 de abril de 2003, se autorizó la

reforma de los artículos Tercero, Décimo Octavo, Vigésimo Cuarto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Noveno, Cuadragésimo y Cuadragésimo Cuarto de los estatutos sociales de Inbursa Siefore, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como la compulsa total de los mismos.

• Mediante oficio D00/2100/8507/2003 de fecha 24 de noviembre de 2003, se

autorizó la reforma del artículo Tercero de los estatutos sociales de Inbursa Siefore, S.A. de C.V.

AFORE PREVINTER, S.A. DE C.V.

• Mediante oficio D00/1000/450/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Boston AIG Company, LLC y The Bank of Nova Scotia, para proceder a la constitución de Afore Previnter, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/076/97 de enero de 27 de enero de 1997, se emitió

autorización a Afore Previnter, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Boston AIG Company, LLC 90% The Bank of Nova Scotia 10% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/783/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

modificación de los artículos décimo quinto, décimo octavo, décimo noveno, vigésimo, vigésimo primero, vigésimo segundo, vigésimo tercero, quinto

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párrafo, vigésimo quinto y vigésimo sexto de los estatutos sociales de Afore Previnter, S.A. Dichas reformas se refirieron a diversos aspectos corporativos.

• Mediante oficio D00/1000/1015/97 de fecha 24 de octubre de 1997, se autorizó

la reforma al primer párrafo del artículo séptimo de los estatutos sociales de Afore Previnter, S.A. de C.V., en virtud de la conversión de acciones representativas del capital variable, en acciones representativas de capital fijo y como consecuencia, el aumento de su capital mínimo fijo, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $168’537,000 (Ciento sesenta y ocho millones, quinientos treinta y siete mil pesos 00/100 M.N.), representado por 168,537 acciones ordinarias, nominativas, no amortizables, clase I, con valor nominal de $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.) cada una.

• Mediante oficio D00/1000/1064/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó la inversión del 60% del capital mínimo pagado de Afore Previnter, S.A. de C.V., con el fin de destinarlo a mobiliario y equipo, en inmuebles y derechos reales que no sean de garantía o en gastos de instalación, más el importe de las inversiones en el capital de las empresas que le presten servicios complementarios o auxiliares.

• Mediante oficio D00/1000/0185/98 de fecha 20 de mayo de 1998, se autorizó a

Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para adquirir 640,840 acciones representativas del capital social de Afore Previnter, S.A. de C.V. y, como consecuencia, detentar el 99.9999% del capital social de esta última.

• Mediante oficio D00/1000/0186/98 de fecha 20 de mayo de 1998, se autorizó a

Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V., accionista mayoritario de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para adquirir una acción representativa del capital social de Afore Previnter y una acción representativa del 0.0001% del capital social mínimo fijo de Siefore Previnter, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore 99.999% Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 0.001% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0189/98 de fecha 20 de mayo de 1998, se autorizó la

reforma a los artículos primero, séptimo, octavo, décimo, vigésimo primero, vigésimo tercero, trigésimo, trigésimo quinto, trigésimo octavo y cuadragésimo séptimo de los estatutos sociales de Afore Previnter, S.A. de C.V. En virtud de dichas reformas, se convirtieron acciones del capital variable en acciones del capital fijo, para que éste quedara en la cantidad de $25’000,000.00 (Veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.), representado por 25,000 acciones ordinarias, nominativas, no amortizables, clase I, con valor nominal de

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$1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.) y un capital variable máximo autorizado de $800’000,000.00 (Ochocientos millones de pesos 00/100 M.N.), representados por acciones nominativas, ordinarias de la clase II, con valor de $1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.) cada una. Asimismo, tuvieron el objeto de transformar las acciones de la serie F, en acciones de las series A y B, con vistas a la adquisición de las mismas, por parte de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore.

• Mediante oficio D00/1000/0353/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la fusión entre Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore y Afore Previnter, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

SIEFORE PREVINTER, S.A. DE C.V.

• Mediante oficio D00/1000/451/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Boston AIG Company, LLC y The Bank of Nova Scotia, para proceder a la constitución de Siefore Previnter, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/088/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Siefore Previnter, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Previnter, S.A. de C.V. 399,999 Boston AIG Company, LLC. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/791/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

modificación de los artículos séptimo, décimo cuarto, décimo séptimo, décimo octavo, décimo noveno y vigésimo quinto de los estatutos sociales de Siefore Previnter, S.A. de C.V. Mediante dichas reformas se estableció que el capital fijo de dicha sociedad de inversión estaría integrado por 4’000,000 de acciones nominativas, ordinarias, no amortizables, de la clase I con valor nominal de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.), antes de $100.00 (Cien pesos 00/100 M.N.) y el capital variable sería de hasta un monto máximo autorizado de $10,000’000,000.00 (Diez mil millones de pesos 00/100 M.N.), representados por acciones nominativas de la clase II, con valor de $1.00 (Un peso 00/100

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M.N.) y se dividiría en las series A y B. Asimismo, se realizaron diversas reformas de carácter corporativo.

• Mediante oficio D00/1000/0186/98 de fecha 20 de mayo de 1998, se autorizó a

Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V., accionista mayoritario de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para adquirir una acción representativa del capital social de Afore Previnter, S.A. de C.V., y una acción representativa del 0.0001% del capital social mínimo fijo de Siefore Previnter, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Previnter, S.A. de C.V. 399,999 Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/0359/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la fusión entre Fondo Profuturo S.A. de C.V., Siefore y Siefore Previnter, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

AFORE TEPEYAC, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/438/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Seguros Tepeyac, S.A. y al C. José Vicente Llamosas Portilla, para proceder a la constitución de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/077/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Afore Tepeyac, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Seguros Tepeyac, S.A. 99% José Luis Vicente Llamosas Portilla 1% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/553/97 de fecha 6 de mayo de 1997, se autorizó a

Afore Tepeyac, S.A. de C.V., la modificación del primer párrafo del artículo séptimo de sus estatutos sociales, en el sentido de incrementar el capital mínimo fijo, íntegramente suscrito y pagado de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., de la cantidad de $30’000,000.00 (Treinta millones de pesos 00/100 M.N.) a la suma de $55’000,000.00 (Cincuenta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.).

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• Mediante oficio D00/1000/784/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

modificación del artículo quinto de los estatutos sociales de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., en el sentido de cambiar su domicilio social del Municipio de Huixquilucan, Estado de México, a la Ciudad de México, Distrito Federal.

• Mediante oficio D00/1000/929/97 de fecha 22 de agosto de 1997, se autorizó a

Afore Tepeyac, S.A. de C.V., para invertir hasta el 60% de su capital mínimo pagado exigido, con el fin de destinarlo a finiquitar gastos de instalación y liquidar el complemento de la aportación para la compra de una acción representativa del capital social de Procesar, S.A. de C.V., Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional SAR.

• Mediante oficio D00/1000/931/97 de fecha 25 de agosto de 1997, se aprobó la

modificación del primer párrafo del artículo séptimo de los estatutos sociales de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., en el sentido de incrementar su capital mínimo fijo, íntegramente suscrito y pagado, de la cantidad de $55’000,000.00 (Cincuenta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.) a la suma de $80’000,000.00 (Ochenta millones de pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/1000/1009/97 de fecha 23 de octubre de 1997, se aprobó

la modificación del artículo séptimo de sus estatutos sociales, en el sentido de establecer que la parte fija del capital social de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., sea hasta por la suma de $250’000,000.00 (Doscientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) y que el capital mínimo fijo, sin derecho a retiro, íntegramente suscrito y pagado, en ningún caso podrá ser menor de $50’000,000.00 (Cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/1000/1066/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó la incorporación de Mapfre Internacional Vida, S.A., como nuevo accionista de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., así como la transmisión de 550 acciones representativas del capital social de esa Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Seguros Tepeyac, S.A. 66.017% Mapfre Internacional Vida, S.A. 33.983% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0075/1999 de fecha 26 de febrero de 1998, se

autorizó a Afore Tepeyac, S.A. de C.V., para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

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• Mediante oficio D00/1000/0163/98 de fecha 30 de abril de 1998, se aprobó la adición de un segundo párrafo a la fracción quinta del artículo vigésimo séptimo de los estatutos sociales de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., relativo a la facultad de su consejo de administración para integrar la comisión directiva de dicha sociedad, como un órgano social dependiente del propio consejo, así como para señalar los demás miembros que la integrarán y establecer sus normas de funcionamiento, precisando que de ninguna manera las funciones y facultades del consejo de administración de dicha administradora podrán ser conferidas a la citada comisión directiva.

• Mediante oficio D00/1000/0349/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la incorporación de Caja de Madrid Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, como nuevo accionista de Afore Tepeyac, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0350/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la incorporación de Tema Vida, S.A. de C.V., – sociedad en la que participan Seguros Tepeyac, S.A. y Mapfre América Vida, S.A.– como nuevo accionista de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., y de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0193/1999 de fecha 16 de julio de 1999, se autorizó

a Afore Tepeyac, S.A. de C.V., para cambiar su domicilio social, de la Ciudad de México, Distrito Federal al Municipio de Huixquilucan, Estado de México; así como para designar el valor nominal de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.) a cada una de las acciones representativas del capital social de dicha Administradora.

• En términos del oficio número D00/1000/0041/2000 de fecha 7 de febrero de

2000, se autorizó la incorporación de la sociedad de nacionalidad española denominada CORPORACION INTERNACIONAL CAJA DE MADRID E.T.V.E., S.L., como nuevo accionista de AFORE TEPEYAC, S.A. DE C.V., mediante la adquisición de la totalidad de la tenencia accionaria detentada en dicha administradora por la diversa sociedad denominada CAJA DE MADRID VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Tema Vida, S.A. de C.V. 67% Corporación Internacional Caja de Madrid E.T.V.E., S.L.. 33% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/021/2002 de fecha 25 de febrero de 2002, esta

Comisión autorizó que se llevaran a cabo los siguientes actos jurídicos: a) La conversión de Afore Tepeyac, S.A. de C.V. en Administradora de

Fondos para el Retiro Filial.

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b) La incorporación de Mapfre América Vida, S.A. y de Seguros Tepeyac, S.A. como accionistas de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., mediante la adquisición y conservación de acciones que representen el 51% y 16% respectivamente del capital social de dicha administradora. c) La reforma total de los estatutos sociales de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., con el fin de adecuarlos a lo establecido en las “Reglas para la constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales”, particularmente por lo que respecta a la serie “F” de acciones, las cuales en todo momento deben representar, cuando menos, el 51% del capital social de dicha administradora, y solamente podrán ser adquiridas por una institución financiera del exterior, o por una institución financiera filial, o por una sociedad relacionada.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Mafre América Vida, S.A. 51% Corporación Internacional Caja de Madrid E.T.V.E., S.L. 33% Seguros Tepeyac, S.A. 16% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/183/2002 de fecha 20 de diciembre de 2002, esta

Comisión autorizó a Principal Afore, S.A. de C.V. para adquirir la totalidad de las acciones representativas del capital social de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., excepto una acción que será adquirida por Principal International Holding Company, LLC, condicionados, conforme a lo dispuesto por la Regla Novena fracción IV de las “Reglas para la constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales”, a que se lleve a cabo la fusión entre Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante con Afore Tepeyac, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, en un período no mayor a ciento veinte días naturales contados a partir de la fecha de notificación del referido oficio.

• Mediante oficio D00/1000/018/2003 de fecha 27 de febrero de 2003, esta

Comisión autorizó la fusión de Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Afore Tepeyac, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, de conformidad con los convenios de fusión celebrados por las sociedades antes mencionadas, tomando en consideración que dicha fusión surtió efectos tanto entre las partes como frente a terceros a partir del 1° de abril de 2003.

SIEFORE TEPEYAC, S.A. DE C.V.

• Mediante oficio D00/1000/439/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Seguros Tepeyac, S.A. y al C. José Vicente Llamosas Portilla, para proceder a la constitución de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

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• Mediante oficio D00/1000/089/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó autorización a Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Tepeyac, S.A. de C.V. 3’960,000 Seguros Tepeyac, S.A. de C.V. 40,000 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/792/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., en el sentido de modificar el valor nominal de las acciones en que se divide su capital social, tanto de la clase I, como de la clase II, en sus series A y B.

• Mediante oficio D00/1000/796/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

modificación del artículo Quinto de los estatutos sociales de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., en el sentido de cambiar su domicilio social del Municipio de Huixquilucan, Estado de México, a la Ciudad de México, Distrito Federal.

• Mediante oficio D00/1000/0164/98 de fecha 30 de abril de 1998, se autorizó a

Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., para modificar el artículo séptimo, tercer párrafo de sus estatutos sociales, con el objeto de incrementar el límite máximo de la parte variable de su capital social de $500’000,000.00 (Quinientos millones de pesos 00/100 M.N.) a $1,000’000,000.00 (Mil millones de pesos 00/100 M.N.), así como precisar que dicha parte variable de su capital social estará representado por 100’000,000 de acciones de la serie A y 900’000,000 de acciones de la serie B, nominativas, ordinarias de la clase II, con valor nominal de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.)

• Mediante oficio D00/1000/0350/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la incorporación de Tema Vida, S.A. de C.V., como nuevo accionista de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., y de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/044/99 de fecha 18 de febrero de 1999, se autorizó

la enajenación de 39,999 acciones representativas del capital social de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., propiedad de Tema Vida, S.A. de C.V., en favor de Afore Tepeyac, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0045/99 de fecha 18 de febrero de 1999, se autorizó

la adquisición de 39,999 acciones representativas del capital social de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., propiedad de Tema Vida, S.A. de C.V., a favor de Afore Tepeyac, S.A. de C.V. Afore.

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Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Tepeyac, S.A. de C.V. 3’999,999 Tema Vida, S.A. de C.V. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/0194/1999 de fecha 16 de julio de 1999, se autorizó

a Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., para modificar el artículo quinto de sus estatutos sociales, en el sentido de establecer que el domicilio de la sociedad sería, en lo sucesivo, el Municipio de Huixquilucan, Estado de México.

• Mediante oficio D00/1000/0501/2001 de fecha 23 de agosto de 2001, se

autorizó a Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., la modificación del artículo séptimo de sus estatutos sociales, en el sentido de incrementar el límite máximo del capital social variable de la mencionada sociedad de inversión especializada de fondos para el retiro de la suma de $1,000’000,000.00 (Un mil millones de pesos 00/100 M.N.), hasta la cantidad de $5,000’000,000.00 (Cinco mil millones de pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/1000/021/2002 de fecha 25 de febrero de 2002, esta

Comisión autorizó a Tema Vida, S.A. de C.V., para llevar a cabo la enajenación de una acción de su propiedad representativa de la parte fija del capital social de Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., en favor de Afore Tepeyac, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Tepeyac, S.A. de C.V. 4’000,000 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/183/2002 de fecha 20 de diciembre de 2002, esta

Comisión autorizó a Principal Afore, S.A. de C.V. para adquirir la totalidad de las acciones representativas del capital social de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., excepto una acción que será adquirida por Principal International Holding Company, LLC, condicionados, conforme a lo dispuesto por la Regla Novena fracción IV de las “Reglas para la constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales”, a que se lleve a cabo la fusión entre Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante con Afore Tepeyac, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, en un período no mayor a ciento veinte días naturales contados a partir de la fecha de notificación del referido oficio.

• Mediante oficio D00/1000/018/2003 de fecha 27 de febrero de 2003, esta

Comisión autorizó la fusión de Principal Siefore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, de conformidad con los convenios de fusión celebrados por las sociedades antes

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mencionadas, tomando en consideración que dicha fusión surtió efectos tanto entre las partes como frente a terceros a partir del 1° de abril de 2003.

AFORE XXI, S.A. DE C.V.

• Mediante oficio D00/1000/430/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno al Instituto Mexicano del Seguro Social y Aseguradora Hidalgo, S.A., para proceder a la constitución de Afore XXI, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/208/97 de fecha 25 de febrero de 1997, tomando en

consideración la incorporación de un nuevo accionista a Afore XXI, S.A. de C.V., se aprobaron modificaciones a los estatutos sociales de esa Administradora, así como de Siefore XXI, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/208/97 de fecha 25 de febrero de 1997, se aprobó la

participación de IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero, en el capital social de Afore XXI, S.A. de C.V., autorizando a dicha institución de crédito a suscribir más del 10% del capital social de la mencionada administradora.

• Mediante oficio D00/1000/213/97 de fecha 26 de febrero de 1997, se autorizó a

Afore XXI, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Instituto Mexicano del Seguro Social 26% Aseguradora Hidalgo, S.A. 24% IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero.

50%

Total 100% • Mediante oficio D00/1000/696/97 de fecha 4 de junio de 1997, se autorizó al

Instituto Mexicano del Seguro Social para adquirir la totalidad de la tenencia accionaria de Aseguradora Hidalgo, S.A. en Afore XXI, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Instituto Mexicano del Seguro Social 50% IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero.

50%

Total 100% • Mediante oficio D00/1000/0069/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se autorizó

a Afore XXI, S.A. de C.V. para prestar los servicios de administración a que se

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refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/00383/2001 de fecha 4 de julio de 2001, se aprobó la

reforma al artículo vigésimo sexto de los estatutos sociales de Afore XXI, S.A. de C.V., en el sentido de establecer que para el legal funcionamiento de su Consejo de Administración, en las sesiones correspondientes se requerirá un quórum de asistencia de por lo menos seis Consejeros, entre los cuales deberán encontrarse, por lo menos, dos Consejeros Independientes.

• Mediante oficio D00/1000/020/2002 de fecha 22 de febrero de 2002 esta

Comisión autorizó que se llevaran a cabo los siguientes actos jurídicos: a) Que Prudential International Investments Corporation, adquiera el 48.81 %

de las acciones representativas del capital social de Afore XXI, S.A. de C.V., propiedad de IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero.

b) Que DMO México, S. de R. L. de C. V., adquiera el 1.19% de las acciones representativas del capital social de Afore XXI, S.A. de C.V. propiedad de IXE Banco, S.A. , Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Instituto Mexicano del Seguro Social 50% Prudential International Investments Corporation 48.81% DMO México, S. de R. L. de C. V. 1.19% Total 100%

• Mediante oficio D00/2100/8542/2003 de fecha 26 de noviembre de 2003, se

autorizó la reforma de los artículos Tercero, Séptimo, Vigésimo Tercero, Vigésimo Quinto, Vigésimo Sexto, Vigésimo Séptimo, Trigésimo, Trigésimo Séptimo y Cuadragésimo Primero de los estatutos sociales de Afore XXI, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

SIEFORE XXI, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/431/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno al Instituto Mexicano del Seguro Social y Aseguradora Hidalgo, S.A., para proceder a la constitución de Siefore XXI, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

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• Mediante oficio D00/1000/208/97 de fecha 25 de febrero de 1997, tomando en consideración la incorporación de un nuevo accionista a Afore XXI, S.A. de C.V., se aprobaron modificaciones a los estatutos sociales de esa Administradora, así como de Siefore XXI, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/214/97 de fecha 26 de febrero de 1997, se autorizó a

Afore XXI, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN (capital mínimo fijo)

Afore XXI, S.A. DE C.V. 99.99925% Instituto Mexicano del Seguro Social 0.00025% Aseguradora Hidalgo, S.A. 0.00025% IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero.

0.00025%

Total 100% • Mediante oficio D00/1000/697/97 de fecha 5 de junio de 1997, se autorizó a

Afore XXI, S.A. de C.V. para adquirir la totalidad de la tenencia accionaria de Aseguradora Hidalgo, S.A. en Siefore XXI, S.A. de C.V.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN (capital mínimo fijo)

Afore XXI, S.A. DE C.V. 99.99925% Instituto Mexicano del Seguro Social 0.00050% IXE Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero.

0.00025%

Total 100% • Mediante oficio D00/1000/789/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de Siefore XXI, S.A. de C.V., en el sentido de modificar el valor nominal de las acciones en que se divide el capital social de dicha Sociedad de Inversión, tanto de la Clase I, como de la Clase II en sus Series A y B.

• Mediante oficio D00/1000/0174/2000 de fecha 10 de abril del 2000, se aprobó

la reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de Siefore XXI, S.A. de C.V., en el sentido de incrementar el límite máximo autorizado de la parte variable del capital social de dicha Sociedad de Inversión.

• Mediante oficio D00/1000/00384/2001 de fecha 4 de julio de 2001, se aprobó la

reforma a los artículos vigésimo quinto y vigésimo noveno de los estatutos sociales de Siefore XXI, S.A. de C.V., en el sentido de establecer que para el legal funcionamiento de su Consejo de Administración y del Comité de

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Inversión, en las sesiones correspondientes, se requerirá un quórum de asistencia de por lo menos seis Consejeros o seis miembros integrantes del Comité de Inversión, según sea el caso, entre los cuales deberán encontrase, por lo menos, dos Consejeros Independientes, además del Presidente del Consejo de Administración tratándose de las sesiones de éste órgano societario.

• Mediante oficio D00/1000/020/2002 de fecha 22 de febrero de 2002, esta

Comisión autorizó a Prudential International Investments Corporation, para que adquiera el 0.000025% de las acciones representativas del capital social fijo de Siefore XXI, S.A. de C.V., propiedad de IXE Banco, Institución de Banca Múltiple, IXE Grupo Financiero.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN (capital mínimo fijo)

Afore XXI, S.A. de C.V. 3’999,980 Instituto Mexicano del Seguro Social 10 Prudential International Investments Corporation 10 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/2100/8543/2003 de fecha 26 de noviembre de 2003, se

autorizó la reforma de los artículos Tercero, Décimo, Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto, Vigésimo Sexto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Noveno y Cuadragésimo Cuarto, así como la adición del Capítulo Sexto Bis, compuesto por los artículos Trigésimo Primero bis y Trigésimo Primero ter de los estatutos sociales de Siefore XXI, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

BANCRECER DRESDNER, S.A. DE C.V., AFORE. • Mediante oficio D00/1000/442/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancrecer, Dresdner Pension Fund Holdings, LLC. y Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, para proceder a la constitución de Bancrecer-Dresdner, S.A. de C.V., Afore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/054/97 de fecha 16 de enero de 1997, se autorizaron

modificaciones a los estatutos sociales de Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore y Bancrecer-Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, con anterioridad a la constitución ante fedatario público de ambas sociedades.

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• Mediante oficio D00/1000/078/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Bancrecer-Dresdner, S.A. de C.V., Afore, para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancrecer.

51%

Dresdner Pension Fund Holdings, LLC. 44% Allianz México, S.A., Compañía de Seguros. 5% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0076/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se emitió

autorización a Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore, para prestar los Servicios de Administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio número D00/1000/0505/2001 de fecha 27 de agosto de 2001,

se autorizó la realización de los siguientes actos jurídicos:

I. La adquisición por parte de Dresdner Pension Fund Holdings, LLC, del 47.5% de las acciones de las cuales es titular Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, representativas del capital social de Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore, como resultado del proceso de licitación pública convocado por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario; II. La adquisición por parte de Dresdner Pension Fund Holdings, LLC, del 3.5% de las acciones de las cuales es titular Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, representativas del capital social de Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore, como resultado del ejercicio del derecho de opción pactado previamente entre las partes. III. La adquisición, en suma, del 51 % de las acciones representativas del capital social de Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore, por parte de Dresdner Pension Fund Holdings, LLC, en virtud de que dicha operación no implica un conflicto de interés, en términos de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, siendo titular como consecuencia, del 95% del capital de dicha Administradora. IV. La conversión de Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore, en una Administradora de Fondos para el Retiro Filial, de conformidad con las Reglas Generales para la Constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales, y como consecuencia, la reforma de sus estatutos sociales aprobados, en términos del proyecto presentado a esta Comisión, con la denominación Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V.

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Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Dresdner Pension Fund Holdings, LLC. 95% Allianz México, S.A., Compañía de Seguros. 5% Total 100%

• Mediante oficio número D00/1000/071/2002 de fecha 29 de abril de 2002, esta

Comisión autorizó a Afore Allianz Dresdner, S.A., de C.V., la contratación de una línea de crédito en cuenta corriente asociada a una operación de “forwards” para el período comprendido del año 2002 al 2004, hasta por un monto de USD$6’850,000 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

• Mediante oficio número D00/1000/1158/2003 de fecha 30 de octubre de 2003,

esta Comisión autorizó los siguientes actos jurídicos: I. Que Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V. adquiriera el 99.99% de las

acciones representativas del capital social de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V.

II. Tomó conocimiento de que Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, adquiriría el 00.01% de las acciones restantes del capital social de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V.

III. Tomó conocimiento de que Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V., una vez que se lleve a cabo la adquisición de acciones referida en los puntos anteriores, adquirirá la acción de la que actualmente es titular Dresdner Pensión Fund Holdings, LLC, del capital social de Allianz Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore.

IV. Tomó conocimiento de que Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., se comprometió de manera irrevocable a aplicar una baja en la estructura de comisiones que actualmente cobra Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V., a partir de que asuman el control de esa Administradora, de conformidad con lo establecido en el Plan de Negocios presentado y las disposiciones legales aplicables.

• Mediante oficio número CNSAR/D00/2100/8481/2003 de fecha 19 de

noviembre de 2003, esta Comisión tomó conocimiento de que en virtud de que la H. Secretaría de Hacienda y Crédito Público no autorizó la adquisición de una acción Serie “B” representativa del capital social de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V., por parte de Banco Internacional S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, dicha adquisición la realizará el SR. Alexander

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A. Flockhart, Presidente Ejecutivo y Director General de Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V. 99.99% Alexander A. Flockhart 00.01% Total 100%

• Mediante oficio D00/2100/1398/2003 de fecha 5 de junio de 2003, se autorizó

la reforma de los artículos Tercero, Octavo, Décimo Quinto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Octavo, Trigésimo, Trigésimo Segundo, Trigésimo Tercero, Trigésimo Sexto, Cuadragésimo Cuarto y Cuadragésimo Quinto de los estatutos sociales de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/2100/8827/2003 de fecha 22 de diciembre de 2003, se

autorizó la reforma del artículo Segundo de los estatutos sociales de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V., consistente en el cambio de denominación a HSBC AFORE, S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO HSBC.

ALLIANZ DRESDNER I-1, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/443/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancrecer, Dresdner Pension Fund Holdings, LLC. y Allianz México, S.A., Compañía de Seguros, para proceder a la constitución de Bancrecer-Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/054/97 de fecha 16 de enero de 1997, se autorizaron

modificaciones a los estatutos sociales de Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore y Bancrecer-Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, con anterioridad a la constitución ante fedatario público de ambas sociedades.

• Mediante oficio D00/1000/090/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Bancrecer-Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES

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(capital mínimo fijo) Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore. 3’999,999 Bancrecer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bancrecer

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio número D00/1000/0505/2001 de fecha 27 de agosto de 2001,

se autorizó la adquisición por parte de Dresdner Pension Fund Holdings, LLC, de una acción representativa del capital social de Bancrecer Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, propiedad de Bancrecer, S.A., Institución De Banca Múltiple, así como la reforma del artículo segundo de los estatutos sociales aprobados a Bancrecer Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, para modificar su denominación a la de Allianz Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Bancrecer Dresdner, S.A. de C.V., Afore. 3’999,999 Dresdner Pensión Fund Holdings, LLC 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio número D00/1000/1158/2003 de fecha 30 de octubre de 2003,

esta Comisión autorizó los siguientes actos jurídicos: I. Que Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V. adquiriera el 99.99% de las

acciones representativas del capital social de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V.

II. Tomó conocimiento de que Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, adquiriría el 00.01% de las acciones restantes del capital social de Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V.

III. Tomó conocimiento de que Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V., una vez que se lleve a cabo la adquisición de acciones referida en los puntos anteriores, adquirirá la acción de la que actualmente es titular Dresdner Pensión Fund Holdings, LLC, del capital social de Allianz Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore.

IV. Tomó conocimiento de que Grupo Financiero Bital, S.A. de C.V., se comprometió de manera irrevocable a aplicar una baja en la estructura de comisiones que actualmente cobra Afore Allianz Dresdner, S.A. de C.V., a partir de que asuman el control de esa Administradora, de conformidad con lo establecido en el Plan de Negocios presentado y las disposiciones legales aplicables.

Socios Actuales:

ACCIONISTA ACCIONES

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(capital mínimo fijo) HSBC Afore, S.A. de C.V., Grupo Financiero HSBC 4’000,000 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/2100/1399/2003 de fecha 5 de junio de 2003, se autorizó

la reforma de los artículos Tercero, Vigésimo Cuarto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Octavo y Cuadragésimo Cuarto, así como la adición del artículo Vigésimo Octavo Bis de los estatutos sociales de Allianz Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/2100/8828/2003 de fecha 22 de diciembre de 2003, se

autorizó la reforma de los artículos Segundo, Tercero, Séptimo, Décimo Cuarto, Vigésimo Primero, Vigésimo Segundo, Vigésimo Tercero, Vigésimo Quinto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Octavo bis, Vigésimo Noveno, Trigésimo, trigésimo Tercero, Trigésimo Séptimo, Trigésimo Noveno, Cuadragésimo y Cuadragésimo Segundo de los estatutos sociales de Allianz Dresdner I-1, S.A. de C.V., Siefore, consistentes en el cambio de denominación a HSBC- S1 Siefore, S.A. de C.V.

BANORTE GENERALI, S.A. DE C.V., AFORE • Mediante oficio D00/1000/420/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte y al C. Juan Manuel Quiroga, para proceder a la constitución de Sólida Banorte, S.A. de C.V., Afore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/082/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Sólida Banorte, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte.

99.99%

Juan Manuel Quiroga Garza. 0.01% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/913/97 de fecha 21 de agosto de 1997, se autorizó la

inversión del 60% del capital mínimo pagado de Sólida Banorte, S.A. de C.V., con el fin de destinarlo a la inversión de activos fijos.

• Mediante oficio D00/1000/1070/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó la transmisión de acciones representativas del capital social de Sólida

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Banorte, S.A. de C.V., Afore, a favor de las sociedades denominadas Participatie Maatschappij Graafscghap Holland N.V. y Belgica Insurance Holding, S.A., empresas controladas por Assicurazioni Generali, S.p.A.; así como la transmisión de una acción representativa del capital social de Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., propiedad del C. Juan Manuel Quiroga Garza, a favor de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte. Finalmente, se autorizó la reforma total de los estatutos de la sociedad, entre lo cual destaca la modificación de su denominación a Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte

51%

Participatie Maatschappij Graafscghap Holland N.V. 24.50% Belgica Insurance Holding, S.A. 24.50% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0072/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se emitió

autorización a Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore, para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/0253/98 de fecha 25 de junio de 1998, se autorizó el

aumento de la parte fija del capital social de Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore, para alcanzar la suma de $50’000,000.00 (Cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) y la consecuente reforma al artículo séptimo de sus estatutos sociales.

• Mediante oficio D00/1000/0171/2000 de fecha 10 de abril del 2000, se aprobó

la reforma de los artículos segundo y cuadragésimo segundo de los estatutos sociales de esa Administradora, para modificar su denominación social, a efecto de quedar establecida en lo subsecuente como Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore, así como el mecanismo para la distribución de las utilidades netas de cada ejercicio social.

• Mediante oficio D00/1000/0782/2000 de fecha 4 de diciembre de 2000, se

autorizó la adquisición por parte de Banco del Centro, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, de la totalidad de la tenencia accionaria de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, en Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore y en Fondo Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Siefore.

Socios:

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ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco del Centro, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte

51%

Participatie Maatschappij Graafschap Holland N.V. 24.50% Belgica Insurance Holding, S.A. 24.50% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0787/2000 de fecha 14 de diciembre de 2000, se

autorizó a Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore, para invertir en el capital social de dos empresas prestadoras de servicios complementarios o auxiliares.

• Mediante oficio D00/1000/167/2002 de fecha 3 de diciembre de 2002, esta

Comisión autorizó a Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore, incrementar la inversión en el capital social de las empresas denominadas Servicios Banorte Generali, S.A. de C.V., y Comercial America Banorte Generali, S.A. de C.V.

• Mediante oficio número D00/1000/1169/2003 de fecha 15 de diciembre de

2003, esta Comisión autorizó a Flandria Participations Financieres, S.A., para adquirir el 24.5% de las acciones representativas del capital social de Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore, propiedad de Belgica Insurance Holding, S.A.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco del Centro, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte

51%

Participatie Maatschappij Graafscghap Holland, N.V 24.5% Flandria Participations Financieres, S.A. 24.5% Total 100%

FONDO SÓLIDA BANORTE GENERALI, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/421/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte y al C. Juan Manuel Quiroga, para proceder a la constitución de Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/094/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Sólida Banorte, S.A. de C.V., Afore. 39’999,999

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Juan Manuel Quiroga Garza 1 Total 40’000,000

• Mediante oficio D00/1000/911/97 de fecha 21 de agosto de 1997, se autorizó a

Sólida Banorte, S.A. de C.V., Afore, para transmitir acciones de su propiedad, representativas del capital social de Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., Siefore, a favor del C. Juan Manual Quiroga Garza, como consecuencia de la reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de esa sociedad de inversión, por virtud de la cual se modificó el valor nominal de dichas acciones, de $0.10 (Diez centavos M.N.) a $1.00 (Un peso 00/100 M.N.). Lo anterior, toda vez que el C. Juan Manuel Quiroga Garza, carecía de títulos suficientes para efectuar el canje decretado por la Asamblea General de Accionistas, y conservar su participación accionaria en esa sociedad, pues derivado de la reforma mencionada, el canje de acciones se realizaría, a razón de diez de las que en ese momento poseían cada uno de los accionistas, por una de las que emitiría la sociedad como consecuencia de la modificación estatutaria de referencia. A fin de efectuar el canje descrito, Sólida Banorte, S.A. de C.V., transmitió en forma gratuita, a favor del C. Juan Manuel Quiroga Garza, nueve acciones de su propiedad, correspondientes a la Serie “A”, Clase I, con valor nominal de $0.10 (Diez centavos M.N.) cada una de ellas.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES* (capital mínimo fijo)

Sólida Banorte, S.A. de C.V., Afore. 3’999,999 Juan Manuel Quiroga Garza 1 Total 4’000,000 (*) Acciones con valor de $1.00 (Un peso 00/100 M.N.), de acuerdo con la reforma mencionada. • Mediante oficio D00/1000/1070/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó la transmisión de acciones representativas del capital social de Sólida Banorte, S.A. de C.V., Afore, a favor de las sociedades denominadas Participatie Maatschappij Graafschap Holland N.V. y Bélgica Insurance Holding, S.A., empresas controladas por Assicurazioni Generali, S.p.A.; así como la transmisión de una acción representativa del capital social de Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., propiedad del C. Juan Manuel Quiroga Garza, a favor de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte. Finalmente, se autorizó la reforma total de los estatutos de la sociedad, entre lo cual destaca la modificación de su denominación, a Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore.

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Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore 3’999,999 Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0254/98 de fecha 25 de junio de 1998, se autorizó el

cambio de denominación de Fondo Sólida Banorte, S.A. de C.V., Siefore, a Fondo Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Siefore, y la consecuente reforma del artículo segundo de sus estatutos sociales.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore. 3’999,999 Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0755/2000 de fecha 22 de noviembre de 2000, se

aprobó la reforma del artículo séptimo de los estatutos sociales de Fondo Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Siefore, para establecer como ilimitado el capital social variable de dicha sociedad de inversión.

• Mediante oficio D00/1000/0782/2000 de fecha 4 de diciembre de 2000, se

autorizó la adquisición por parte de Banco del Centro, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, de la totalidad de la tenencia accionaria de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, en Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore y en Fondo Sólida Banorte Generali, S.A. de C.V., Siefore.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Banorte Generali, S.A. de C.V., Afore. 3’999,999 Banco del Centro, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte

1

Total 4’000,000

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127

GARANTE, S.A. DE C.V., AFORE • Mediante oficio D00/1000/448/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín; Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank y Habitat Desarrollo Internacional, S.A., para proceder a la constitución de Serfinciti, S.A. de C.V., Afore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/460/96 de fecha 4 de diciembre de 1996, esta

Comisión tomó conocimiento del cambio de denominación de Serfinciti, S.A. de C.V., Afore, a Creces, S.A. de C.V., Afore, autorizando la modificación en lo conducente a los estatutos sociales aprobados, únicamente por lo que se refiere a la denominación de la sociedad a constituirse.

• Mediante oficio D00/1000/068/97 de fecha 24 de enero de 1997, esta Comisión

tomó conocimiento del cambio de denominación de Creces, S.A. de C.V., Afore a Garante, S.A. de C.V., Afore, autorizando la reforma al artículo segundo de los estatutos de la sociedad.

• Mediante oficio D00/1000/079/197 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Garante, S.A. de C.V., Afore, para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín.

51%

Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank 40% Habitat Desarrollo Internacional, S.A. 9% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/290/97 de fecha 7 de marzo de 1997, se autorizó a

Garante, S.A. de C.V., Afore, para invertir en una empresa prestadora de servicios complementarios denominada Vidapass, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0071/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se emitió

autorización a Garante, S.A. de C.V., Afore, para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/077/2000 de fecha 17 de febrero de 2000, se

autorizó la realización de los siguientes actos jurídicos:

(i) La adquisición por parte de Citibank Overseas Investment Corporation,

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de 336,280 acciones representativas del capital social de Garante, S.A. de C.V., Afore, propiedad de Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín, detentando en lo sucesivo el 40% del capital social de dicha Administradora.

(ii) La adquisición por parte de Citibank México, S.A., Grupo Financiero

Citibank, de 92,477 acciones representativas del capital social de Garante, S.A. de C.V., Afore, propiedad de Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín; detentando en lo sucesivo, el 51% del capital de la Administradora.

(iii) La adquisición por parte de Garante, S.A. de C.V., Afore, de una acción

representativa del capital social de Garante 1, S.A. de C.V., Siefore, propiedad de Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín.

(iv) La conversión de Garante, S.A. de C.V., Afore, en Administradora de

Fondos para el Retiro Filial y, como consecuencia, la reforma total de sus estatutos sociales, y

(v) La creación de una serie “F” de acciones representativas del capital

social de Garante, S.A. de C.V., Afore. Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank 51% Citibank Overseas Investment Corporation 40% Habitat Desarrollo Internacional, S.A. 9% Total 100%

• Mediante oficio número D00/1000/0155/2001 de fecha 28 de febrero de 2001,

se autorizó a Citibank Overseas Investment Corporation, para adquirir 5,400 acciones de la Serie “B”, Clase I, y 70,263 acciones de la Serie “B”, Clase II, propiedad de HABITAT DESARROLLO INTERNACIONAL, S.A., representativas del capital social de GARANTE, S.A. DE C.V., AFORE; así como para ser titular, en lo sucesivo, de 411,943 acciones representativas del 9% (nueve por ciento) del capital social de esa Administradora. Asimismo, se le autorizó para adquirir una acción representativa del capital social de GARANTE 1, S.A. DE C.V., SIEFORE, propiedad de HABITAT DESARROLLO INTERNACIONAL, S.A.

Socios:

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ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank 51% Citibank Overseas Investment Corporation 49% Total 100%

• Mediante oficio número D00/1000/0553/2001 de fecha 30 de octubre de 2001,

se autorizó a Banco Nacional de México, S.A., Grupo Financiero Banamex, para adquirir el 51% de las acciones representativas del capital social de Garante, S.A. de C.V., Afore, como resultado de la fusión entre dicha institución de crédito y Citibank México, S.A.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Nacional de México, S.A., Grupo Financiero Banamex 51% Citibank Overseas Investment Corporation 49% Total 100%

• Mediante oficio número D00/1000/019/2002 de fecha 22 de febrero de 2002,

esta Comisión autorizó la fusión entre Afore Banamex, S.A. de C.V., subsistiendo como sociedad fusionante y Garante, S.A. de C.V., Afore, extinguiéndose como sociedad fusionada.

GARANTE 1, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/449/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín; Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank y Habitat Desarrollo Internacional, S.A., para proceder a la constitución de Inverserfinciti, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/460/96 de fecha 4 de diciembre de 1996, esta

Comisión tomó conocimiento del cambio de denominación de Inverserfinciti, S.A. de C.V., Siefore a Invercreces, S.A. de C.V., Siefore, autorizando la modificación en lo conducente a los estatutos sociales aprobados, únicamente por lo que se refiere a la denominación de la sociedad a constituirse.

• Mediante oficio D00/1000/069/97 de fecha 24 de enero de 1997, esta Comisión

tomó conocimiento del cambio de denominación de Invercreces, S.A. de C.V., Siefore, a Garante 1, S.A. de C.V., Siefore, autorizando la reforma al artículo segundo de los estatutos de la sociedad.

• Mediante oficio D00/1000/091/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Garante 1, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

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Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Garante, S.A. de C.V., Afore 3’999,997 Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín.

1

Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank 1 Habitat Desarrollo Internacional, S.A. 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/077/2000 de fecha 17 de febrero de 2000, se

autorizó, entre otros asuntos, la adquisición por parte de Garante, S.A. de C.V., Afore, de una acción representativa del capital social de Garante 1, S.A. de C.V., Siefore, propiedad de Banca Serfín, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Serfín.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Garante, S.A. de C.V., Afore 3’999,998 Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank 1 Habitat Desarrollo Internacional, S.A. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/0155/2001 de fecha 28 de febrero de 2001, se

autorizó, entre otros asuntos, la adquisición por parte de Citibank Overseas Investment Corporation, de una acción representativa del capital social de Garante 1, S.A. de C.V., Siefore, propiedad de Habitat Desarrollo Internacional, S.A.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Garante, S.A. de C.V., Afore 3’999,998 Citibank México, S.A., Grupo Financiero Citibank 1 Citibank Overseas Investment Corporation 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio número D00/1000/0553/2001 de fecha 30 de octubre de 2001,

se autorizó a Banco Nacional de México, S.A., Grupo Financiero Banamex, para adquirir dos acciones representativas del capital social de Garante 1, S.A. de C.V., Siefore, como resultado de la fusión entre dicha institución de crédito y Citibank México, S.A.

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Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Garante, S.A. de C.V., Afore 3’999,998 Banco Nacional de México, S.A., Grupo Financiero Banamex 2 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/019/2002 de fecha 22 de febrero de 2002, esta

Comisión autorizó la fusión entre Siefore Banamex N° 1, S.A. de C.V., subsistiendo como sociedad fusionante con Garante 1, S..A de C.V., Siefore, extinguiéndose como sociedad fusionada.

ING AFORE, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/446/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital y al C. Francisco Berrondo Lagos, para proceder a la constitución de Afore Bital, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/063/97 de fecha 22 de enero de 1997, se aprobó la

participación de ING America Insurance Holdings, Inc., en el capital social de Afore Bital, S.A. de C.V., una vez que dicha Administradora hubiera obtenido la autorización para organizarse y operar como tal.

• Mediante oficio D00/1000/064/97 de fecha 22 de enero de 1997, se autorizó la

participación de ING America Insurance Holdings, Inc., en el capital social de Afore Bital, S.A. de C.V., mediante la adquisición de 12,250 acciones de la Serie B, Clase I, con valor nominal de $1,000.000 (Mil pesos 00/100 M.N.) cada una; así como de 61,250 acciones de la Serie B, Clase II, con igual valor nominal, una vez que dicha Administradora hubiera obtenido la autorización para organizarse y operar como tal.

• Mediante oficio D00/1000/072/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Afore Bital, S.A. de C.V., para organizarse y operar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital.

99.99993%

Francisco Berrondo Lagos. 0.00007% Total 100%

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• Mediante oficio D00/1000/163/97 de fecha 13 de febrero de 1997, se autorizó al C. Francisco Berrondo Lagos, para transmitir a Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, una acción representativa del capital social de Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V., en virtud de haber dejado de ser accionista de Afore Bital, S.A. de C.V., en términos de los oficios D00/1000/063/97 y D00/1000/064/97 de fecha 22 de enero de 1997.

A la fecha de la autorización descrita, los socios de Afore Bital, S.A. de C.V., eran:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital.

51%

ING America Insurance Holdings, Inc. 49% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/164/97 de fecha 13 de febrero de 1997, se autorizó

la reforma a los estatutos sociales de Afore Bital, S.A. de C.V. y Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0503/98 de fecha 11 de diciembre de 1998, se

autorizó la incorporación de Seguros Bital, S.A., Grupo Financiero Bital, quien suscribió la totalidad de las acciones representativas del capital social de Afore Bital, S.A. de C.V., menos una, que conservó Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital. Asimismo, se autorizó que tanto la institución de crédito mencionada, como la sociedad denominada ING America Insurance Holdings, Inc., transmitieran la totalidad de su tenencia accionaria en dicha Administradora, y que como consecuencia, Seguros Bital, S.A., Grupo Financiero Bital, detentara el 99.99% del capital social de la Administradora. ING Insurance International, B.V., se incorporó como accionista de la aseguradora referida, detentado el 49% de su capital social.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Seguros Bital, S.A., Grupo Financiero Bital. 99.99% Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital.

0.01%

Total 100% • Mediante oficio D00/1000/0131/1999 de fecha 4 de mayo de 1999, se emitió

autorización a Afore Bital, S.A. de C.V., para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/583/2000 de fecha 14 de septiembre de 2000, esta

Comisión autorizó a la sociedad resultante de la escisión de Seguros Bital, S.A. de C.V., Grupo Financiero Bital, a adquirir por escisión, la tenencia accionaria de esa institución de seguros en Afore Bital, S.A. de C.V., detentando dicha

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sociedad, como consecuencia, el 99.99% del capital social de la mencionada Administradora.

• Mediante oficio D00/1000/703/2000 de fecha 25 de octubre de 2000, esta

Comisión aprobó los siguientes actos jurídicos:

a) La fusión de Afore Bital, S.A. de C.V. y Servicios ING, S.A. de C.V., la primera de ellas como fusionante y la segunda, como fusionada.

b) Como consecuencia de la fusión referida, la adquisición de acciones representativas del capital social de Afore Bital, S.A. de C.V., por parte de ING Insurance International, B.V., Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, e ING America Insurance Holdings, Inc.

c) La conversión de Afore Bital, S.A. de C.V., en Administradora de Fondos para el Retiro Filial y como consecuencia, la reforma total de sus estatutos sociales aprobados.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN ING America Insurance Holdings, Inc. 51% ING Insurance International, B.V. 47% Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital.

2%

Total 100% • Mediante oficio número D00/1000/00375/2001 de fecha 4 de julio de 2001, se

aprobó la reforma al artículo segundo de los estatutos sociales de AFORE BITAL, S.A. DE C.V., consistente en el cambio de denominación de social de Afore Bital, S.A. de C.V., Afore, por Afore Bital, S.A. de C.V.

• Mediante oficio número D00/1000/0544/2001 de fecha 30 de octubre de 2001,

se aprobó la reforma al artículo segundo de los estatutos sociales de AFORE BITAL, S.A. DE C.V., consistente en el cambio de denominación de social de Afore Bital, S.A. de C.V., por ING Afore, S.A. de C.V.

• Mediante oficio número D00/1000/0564/2001 de fecha 17 de diciembre de

2001, se autorizó a ING Afore, S.A. de C.V., a realizar los siguientes actos jurídicos:

a) Que ING Insurance International, B.V., adquiera el 51% menos una acción de

las acciones representativas del capital social de ING Afore, S.A. de C.V. (FILIAL), propiedad de ING America Insurance Holdings, INC.

b) Que ING Asset Management, B.V., adquiera una acción representativa del capital social de ING Afore, S.A. de C.V. (FILIAL), propiedad de ING America Insurance Holdings, INC.

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c) Que ING Insurance International, B.V., adquiera el dos por ciento de las acciones representativas del capital social de ING Afore, S.A. de C.V., (FILIAL), propiedad de Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, y

d) Que ING Afore, S.A. de C.V., (FILIAL), adquiera una acción representativa del capital social de Siefore ING, S.A. de C.V., propiedad de ING America Insurance Holdings, INC.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN ING Insurance International, B.V. 99.9% Ing Asset Management, B.V. 0.1% Total 100%

• Mediante oficio número D00/1000/113/2002 de fecha 4 de julio de 2002, esta

Comisión autorizó a ING Latin American Holdings, B.V., la adquisición de una acción representativa del capital social de ING Afore, S.A. de C.V., propiedad de ING Asset Management, B.V.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN ING Insurance International, B.V. 99.9% Ing Latin American Holdings, B.V. 0.1% Total 100%

• Mediante oficio D00/2100/1842/2003 de fecha 28 de julio de 2003, se autorizó

la reforma de la totalidad de los estatutos sociales de ING Afore, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio número D00/1000/0588/2003 de fecha 13 de agosto de 2003,

esta Comisión autorizó a Afore Holding, B.V., adquirir el 99.9% de las acciones representativas del capital social de ING Afore, S.A. de C.V., propiedad de ING Insurance International, B.V.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Afore Holding, B.V. 99.9% Ing Latin American Holding, B.V. 0.1% Total 100%

SIEFORE ING, S.A. DE C.V.

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• Mediante oficio D00/1000/447/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital y al C. Francisco Berrondo Lagos, para proceder a la constitución de Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V., de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/084/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Bital, S.A. de C.V. 3’999,999 Francisco Berrondo Lagos 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/163/97 de fecha 13 de febrero de 1997, se autorizó

al C. Francisco Berrondo Lagos, para transmitir a Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, una acción representativa del capital social de Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V., en virtud de haber dejado de ser accionista de Afore Bital, S.A. de C.V., en términos de los oficios D00/1000/063/97 y D00/1000/064/97 de fecha 22 de enero de 1997.

• Mediante oficio D00/1000/164/97 de fecha 13 de febrero de 1997, se autorizó

la reforma a los estatutos sociales de Afore Bital, S.A. de C.V. y Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/703/2000 de fecha 25 de octubre de 2000, se

autorizó a ING America Insurance Holdings, Inc., para adquirir una acción representativa del capital social de Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V., propiedad de Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Bital, S.A. de C.V. 3’999,999 ING America Insurance Holdings, Inc. 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio número D00/1000/0543/2001 de fecha 30 de octubre de 2001,

se autorizó la reforma a las cláusulas primera y sexta de los estatutos sociales de Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V., consistente en el cambio de

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denominación social de Siefore Bital S1 de Renta Real, S.A. de C.V., por Siefore ING, S.A. de C.V., y el aumento de su capital variable máximo autorizado por la cantidad de $27,500’000,000.00 (Veintisiete mil quinientos millones de pesos 00/100 M.N.).

• Mediante oficio número D00/1000/0564/2001 de fecha 17 de diciembre de

2001, se autorizó que ING Afore, S.A. DE C.V., (FILIAL), adquiera una acción representativa del capital social de Siefore ING, S.A. de C.V., propiedad de ING America Insurance Holdings, INC.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

ING Afore, S.A. de C.V. (Filial) 4’000,000 • Mediante oficio D00/2100/1854/2003 de fecha 28 de julio de 2003, se autorizó

la reforma de la totalidad de los estatutos sociales de Siefore ING, S.A. de C.V., en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

PRINCIPAL AFORE, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/432/1996 de fecha 29 de noviembre de 1996, se

emitió visto bueno a Confía, S.A., Institución de Banca Múltiple y Principal International, Inc., para que procedieran a la constitución de una Administradora de Fondos para el Retiro, denominada Confuturo, S.A. de C.V., Afore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/145/97 de fecha 1° de febrero de 1997, esta

Comisión aprobó modificaciones a los estatutos sociales de dicha Administradora, así como el cambio de su denominación social, de Confuturo, S.A. de C.V., Afore por la de Afore Confía Principal, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/224/97 de fecha 26 de febrero de 1997, se autorizó a

Afore Confía Principal, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Confía, S.A., Institución de Banca Múltiple 51% Principal International, Inc. 49% Total 100%

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• Mediante oficio D00/1000/0078/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se autorizó a Afore Confía Principal, S.A. de C.V., para prestar los servicios a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/0342/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

a Afore Confía Principal, S.A. de C.V., para convertirse en Administradora de Fondos para el Retiro Filial de Principal International Inc.; para cambiar su denominación social a Principal Afore, S.A. de C.V., así como para cambiar su domicilio y reformar totalmente sus estatutos sociales.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Principal International, Inc. 99.99% Principal Holding Company 00.01% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0442/98 de fecha 28 de octubre de 1998, se autorizó

la fusión de Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Afore Atlántico Promex, S.A. de C.V., como sociedad fusionada.

• Mediante oficio D00/1000/088/2002 de fecha 29 de mayo de 2002, esta

Comisión autorizó a Principal International Holding Company, LLC, para adquirir una de las acciones representativas del capital social de Principal Afore, S.A. de C.V., propiedad de Principal Holding Company, y a Principal Afore, S.A. de C.V. para adquirir la totalidad de las acciones representativas del capital social de Zurich Afore, S.A. de C.V. Afore, excepto una acción que será adquirida por Principal International Holding Company, LLC, condicionados, conforme a lo dispuesto por la Regla Novena fracción IV de las “Reglas para la constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales”, a que se lleve a cabo la fusión entre Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante con Zurich Afore, S.A. de C.V. Afore, como sociedad fusionada, en un periodo no mayor a noventa días naturales contados a partir de la fecha de notificación del referido oficio.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Principal International, Inc. 99.99% Principal International Holding Company, LLC. 00.01% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/105/2002 de fecha 4 de julio de 2002, esta Comisión

autorizó la fusión de Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, como sociedad fusionada, de conformidad con los convenios de fusión celebrados por las sociedades antes

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mencionadas, tomando en consideración que dicha fusión surtió efectos tanto entre las partes como frente a terceros a partir del 1° de agosto de 2002.

• Mediante oficio D00/1000/183/2002 de fecha 20 de diciembre de 2002, esta

Comisión autorizó a Principal Afore, S.A. de C.V. para adquirir la totalidad de las acciones representativas del capital social de Afore Tepeyac, S.A. de C.V., excepto una acción que será adquirida por Principal International Holding Company, LLC, condicionados, conforme a lo dispuesto por la Regla Novena fracción IV de las “Reglas para la constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales”, a que se lleve a cabo la fusión entre Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante con Afore Tepeyac, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, en un período no mayor a ciento veinte días naturales contados a partir de la fecha de notificación del referido oficio.

• Mediante oficio D00/1000/018/2003 de fecha 27 de febrero de 2003, esta

Comisión autorizó la fusión de Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Afore Tepeyac, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, de conformidad con los convenios de fusión celebrados por las sociedades antes mencionadas, tomando en consideración que dicha fusión surtió efectos tanto entre las partes como frente a terceros a partir del 1° de abril de 2003.

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Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Principal International, Inc. 99.99% Principal International Holding Company, LLC. 00.01% Total 100%

PRINCIPAL SIEFORE, S.A. DE C.V. • Mediante oficio D00/1000/433/1996 de fecha 29 de noviembre de 1996, se

emitió visto bueno para que Confía, S.A., Institución de Banca Múltiple y Principal International, Inc., para proceder a la constitución de Sifuturo, S.A. e C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/100/145/97 de fecha 1° de febrero de 1997, esta Comisión

aprobó diversas modificaciones a los estatutos sociales de dicha Sociedad de Inversión, así como el cambio de su denominación social a Siefore Confía Principal, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/225/97 de fecha 26 de febrero de 1997, se autorizó a

Siefore Confía Principal, S.A. e C.V., para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Afore Confía Principal, S.A. de C.V. 3’960,000 Principal International, Inc. 40,000 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0343/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

el cambio de denominación de Siefore Confía-Principal, S.A. de C.V. a Principal Siefore, S.A. de C.V., y la reforma total de sus estatutos sociales.

• Mediante oficio D00/1000/0443/98 de fecha 28 de octubre de 1998, se autorizó

la fusión de Principal Siefore S.A. de C.V., como sociedad fusionante y AP Index, S.A. de C.V., Siefore, como sociedad fusionada.

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Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Principal Afore, S.A. de C.V. 3’960,000 Principal International, Inc. 40,000 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/105/2002 de fecha 4 de julio de 2002, esta Comisión

autorizó la fusión de Principal Siefore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, como sociedad fusionada, de conformidad con los convenios de fusión celebrados por las sociedades antes mencionadas, tomando en consideración que dicha fusión surtió efectos tanto entre las partes como frente a terceros a partir del 1° de agosto de 2002.

• Mediante oficio D00/1000/018/2003 de fecha 27 de febrero de 2003, esta

Comisión autorizó la fusión de Principal Siefore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante y Siefore Tepeyac, S.A. de C.V., como sociedad fusionada, de conformidad con los convenios de fusión celebrados por las sociedades antes mencionadas, tomando en consideración que dicha fusión surtió efectos tanto entre las partes como frente a terceros a partir del 1° de abril de 2003.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Principal Afore, S.A. de C.V. 3’960,000 Principal International, Inc. 40,000 Total 4’000,000

PROFUTURO G.N.P., S.A. DE C.V., AFORE • Mediante oficio D00/1000/434/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Grupo Nacional Provincial, S.A. de C.V., Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa y Provida Internacional, S.A., para proceder a la constitución de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/080/97 de fecha 27 de enero de 1997, se emitió

autorización a Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

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ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Grupo Nacional Provincial, S.A. de C.V. 51% Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa.

25%

Provida Internacional, S.A. 24% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/920/97 de fecha 21 de agosto de 1997, se autorizó a

Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V., para adquirir la totalidad de la tenencia accionaria de Grupo Nacional Provincial, S.A. en Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 51% Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa.

25%

Provida Internacional, S.A. 24% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0077/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se autorizó

a Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/0184/98 de fecha 20 de mayo de 1998, se aprobó el

incremento de capital social máximo autorizado de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, de $1,000’000,000.00 (Mil millones de pesos 00/100 M.N.), a la cantidad de $2,000’000,000.00 (Dos mil millones de pesos 00/100 M.N.) y como consecuencia, la modificación al párrafo tercero del artículo séptimo de sus estatutos sociales, para estar en posibilidad de adquirir las acciones representativas del capital social de Afore Previnter, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0185/98 de fecha 20 de mayo de 1998, se autorizó a

Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para adquirir 640,840 acciones representativas del capital social de Afore Previnter, S.A. de C.V., y como consecuencia, detentar el 99.9999% del capital social de esta última.

• Mediante oficio D00/1000/0186/98 de fecha 20 de mayo de 1998, se autorizó a

Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V., accionista mayoritario de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para adquirir una acción representativa del capital social de Afore Previnter, S.A. y una acción representativa del 0.0001% del capital social mínimo fijo de Siefore Previnter, S.A. de C.V.

• Mediante oficio D00/1000/0256/98 de fecha 25 de junio de 1998, se aprobó la

reforma de los artículos vigésimo tercero y vigésimo cuarto de los estatutos sociales de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, reflejando adecuaciones

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corporativas y se modificó la proporción accionaria autorizada a cada socio respecto de la parte variable del capital social de la Administradora.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 51% Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa.

25%

Provida Internacional, S.A. 24% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0353/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la fusión entre Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore y Afore Previnter, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

• Mediante oficio D00/1000/0132/1999 de fecha 4 de mayo de 1999, se aprobó

la modificación a los artículos duodécimo, vigésimo tercero, tercer párrafo y cuadragésimo séptimo de los estatutos sociales de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. Las reformas se refieren a la forma en que deberán entregarse los avisos a los accionistas o consejeros de la sociedad, a los derechos de minorías para designar consejeros tanto independientes como no independientes, así como al establecimiento de un procedimiento arbitral para la resolución de controversias que pudieran presentarse entre los accionistas o alguno de éstos y la propia sociedad.

• Mediante oficio D00/1000/0297/1999 de fecha 20 de octubre de 1999, se

autorizó a Banco Bilbao Vizcaya, S.A., sociedad de nacionalidad española, para adquirir el 30.17% de las acciones representativas del capital social de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, propiedad de Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 51% Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. 25% Provida Internacional, S.A. 24% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0154/2001 de fecha 27 de febrero de 2001, se

autorizó la realización de los siguientes actos jurídicos: a) Que Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V., adquiriera 466,214 acciones representativas del capital social de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, de que son titulares Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y Provida Internacional, S.A.

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b) Que la sociedad denominada Nalterfin, S.A. de C.V., adquiriera una acción representativa del capital social de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. c) Que Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V., para ser titular en lo sucesivo de 1’044,865 acciones representativas del 99.999904% del capital social de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. d) Que Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, adquiriera dos acciones representativas del 0.00005% del capital social de Fondo Profuturo, S.A. de C.V., Siefore, propiedad de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y Provida Internacional, S.A. Socios Actuales:

ACCIONISTAS Acciones (Capital fijo y variable)

Porcentaje

Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V.

1’044,865 99.999904%

Nalterfin, S.A. de C.V. 1 0.000096% Total 100% • Mediante oficio número D00/1000/00380/2001 de fecha 4 de julio de 2001, se

aprobó la reforma al artículo vigésimo tercero de los estatutos sociales de PROFUTURO G.N.P., S.A. DE C.V., AFORE. Dicha modificación estatutaria deriva de la variación en la participación accionaria de la mencionada Administradora.

• Mediante oficio D00/2100/036/2003 de fecha 8 de enero de 2003, se autorizó

la reforma del artículo Séptimo de los estatutos sociales de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore.

• Mediante oficio D00/2100/1655/2003 de fecha 8 de julio de 2003, se autorizó la

reforma de los artículos Segundo a Cuadragésimo Primero de los estatutos sociales de PROFUTURO G.N.P., S.A. DE C.V., AFORE, en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

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FONDO PROFUTURO S.A. DE C.V., SIEFORE

• Mediante oficio D00/1000/435/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Grupo Nacional Provincial, S.A. de C.V.; Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa y Provida Internacional, S.A., para proceder a la constitución de Fondo Profuturo, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/092/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Fondo Profuturo, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. 3,999,997 Grupo Nacional Provincial, S.A. de C.V. 1 Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa., S.A.

1

Provida Internacional, S.A. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/786/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

reforma a la cláusula séptima de los estatutos sociales de Fondo Profuturo S.A. de C.V., Siefore, para modificar el valor nominal de sus acciones de $0.10 (Diez centavos M.N.) a $1.00 (Un peso 00/100 M.N.).

• Mediante oficio D00/1000/921/97 de fecha 21 de agosto de 1997 se autorizó a

Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V., para adquirir la totalidad de la tenencia accionaria de Grupo Nacional Provincial, S.A., en Fondo Profuturo S.A. de C.V., Siefore.

• Mediante oficio D00/1000/1065/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

aprobó la modificación de la cláusula séptima de los estatutos sociales de Fondo Profuturo S.A. de C.V., Siefore, estableciendo que la serie “A” de las acciones representativas del capital social de dicha sociedad de inversión, estaría integrada por 1,000’000,000 de acciones ordinarias, nominativas de la clase II, con derecho a voto, por un importe total de $1,000’000,000.00 (Mil millones de pesos 00/100 M.N.), que únicamente podrán ser suscritas por Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore y los accionistas de ésta; así como que la serie “B” de las acciones, estará representada por 999,000’000,000 de acciones de voto restringido, de la clase II, por un importe total de $999,000’000,000.00 (Novecientos noventa y nueve mil millones de pesos

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00/100 M.N.), que únicamente podrán ser suscritas por los trabajadores registrados en Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. 3,999,997 Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 1 Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa., S.A.

1

Provida Internacional, S.A. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/0359/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

la fusión entre Fondo Profuturo S.A. de C.V., Siefore y Siefore Previnter, S.A. de C.V., subsistiendo la primera, como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda, como sociedad fusionada.

• Mediante oficio D00/1000/0297/1999 de fecha 20 de octubre de 1999, se

autorizó a Banco Bilbao Vizcaya, S.A., sociedad de nacionalidad española, para adquirir una acción representativa del capital social de Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, propiedad de Banco Bilbao Vizcaya-México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBV-Probursa.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. 3,999,997 Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 1 Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. 1 Provida Internacional, S.A. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/1000/0154/2001 de fecha 27 de febrero de 2001, se

autorizó, entre otros asuntos, que Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, adquiriera dos acciones representativas del 0.00005% del capital social de Fondo Profuturo, S.A. de C.V., Siefore, propiedad de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y Provida Internacional, S.A.

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Socios Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. 3,999,999 Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/2100/1656/2003 de fecha 8 de julio de 2003, se autorizó la

reforma de los artículos Tercero, primer párrafo del Vigésimo Cuarto, cuarto párrafo del Vigésimo Quinto, Vigésimo Séptimo, Vigésimo Octavo, incisos d), g) y k) del Cuadragésimo Cuarto y la adición del artículo Cuadragésimo Octavo de los estatutos sociales de FONDO PROFUTURO, S.A. DE C.V., SIEFORE, en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

FONDO PROFUTURO 2, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/0615/2000 de fecha 28 de septiembre de 2000 esta

Comisión emitió visto bueno a Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore, para proceder a la constitución de Fondo Profuturo 2, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/0644/2000 de fecha 9 de octubre de 2000, se otorgó

autorización a Fondo Profuturo 2, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse, operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales y Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Profuturo G.N.P., S.A. de C.V., Afore. 3,999,999 Grupo Nacional Provincial Pensiones, S.A. de C.V. 1 Total 4’000,000

• Mediante oficio D00/2100/1657/2003 de fecha 8 de julio de 2003, se autorizó la

reforma de los artículos Séptimo primer párrafo, Vigésimo Quinto primer párrafo, Vigésimo Sexto cuarto párrafo, Vigésimo Octavo, Vigésimo Noveno, inciso k) del Cuadragésimo Quinto y la adición del artículo Cuadragésimo Noveno de los estatutos sociales de FONDO PROFUTURO 2, S.A. DE C.V., SIEFORE, en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V., AFORE.

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• Mediante oficio D00/1000/436/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inverméxico y Santander Investment, S.A., para proceder a la constitución de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/081/97 de fecha 27 de enero de 1997, se otorgó

autorización a Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inverméxico.

75%

Santander Investment, S.A. 25% Total 100%

Derivado de la conversión de Grupo Financiero InverMéxico, S.A. de C.V., en Sociedad Controladora Filial, y consecuentemente, la conversión de Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, en institución de banca múltiple filial, al ser este último accionista mayoritario de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, detentando el 75% de las acciones representativas del capital social de la mencionada Administradora, la misma se transformó en Administradora de Fondos para el Retiro Filial, de conformidad con las Reglas para la constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales. • Mediante oficio D00/1000/1063/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó a Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, para convertirse en Administradora de Fondos para el Retiro Filial, reformando totalmente sus estatutos sociales.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Mexicano (antes Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inverméxico)

75%

Santander Investment, S.A. 25% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0080/1999 de fecha 26 de febrero de 1998, se

autorizó a Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

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• Mediante oficio D00/1000/0229/1999 de fecha 17 de agosto de 1999, se autorizó la fusión de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore y Afore Génesis Metropolitan, S.A. de C.V., subsistiendo la primera como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda como sociedad fusionada.

• Mediante oficio D00/1000/0354/2000 de fecha 6 de diciembre de 1999, esta

Comisión aprobó la modificación al artículo séptimo de los estatutos sociales de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, a fin de establecer el capital mínimo fijo sin derecho a retiro de dicha Administradora en la cantidad de $25’000,000.00 (Veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.).

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Mexicano

75%

Santander Investment, S.A. 25% Total 100%

• Mediante oficio D00/1000/0552/2001 de fecha 30 de octubre de 2001, esta

Comisión aprobó la modificación al artículo vigésimo octavo de los estatutos sociales de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, a fin de que en lugar de contar con un sólo Secretario, se cuente con uno o varios Prosecretarios.

• Mediante oficio D00/1000/021/2003 de fecha 4 de marzo de 2003, esta

Comisión que Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Serfín, adquiriera de Santander Investment, S.A., 6,249 acciones de la Clase I Serie “B” y 11,480 acciones de la Clase II Serie “B”, representativas del capital social de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, lo cual corresponde al 24.9% de dicho capital.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Serfín

99.90%

Santander Investment, S.A. 0.10% Total 100%

• Mediante oficio D00/2100/0801/2003 de fecha 20 de marzo de 2003, se

autorizó la reforma de los artículos Tercero, Vigésimo Cuarto, Trigésimo Primero, Trigésimo Tercero, Trigésimo Cuarto, Trigésimo Noveno, Cuadragésimo Octavo, Quincuagésimo Segundo y Quincuagésimo Tercero de los estatutos sociales de Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore, en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

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AHORRO SANTANDER MEXICANO, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/437/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inverméxico y Santander Investment, S.A., para proceder a la constitución de Ahorro Santander Mexicano, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/093/97 de fecha 27 de enero de 1997, se autorizó a

Ahorro Santander Mexicano, S.A. de C.V., Siefore, para organizarse y operar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore 3’999,999 Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero InverMéxico.

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0230/1999 de fecha 17 de agosto de 1999, se

autorizó la fusión entre Ahorro Santander Mexicano, S.A. de C.V., Siefore y Siefore Génesis, S.A. de C.V., subsistiendo la primera como sociedad fusionante y extinguiéndose la segunda como sociedad fusionada.

Socios Actuales:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Santander Mexicano, S.A. de C.V., Afore 3’999,999 Banco Santander Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander Mexicano.

1

Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0542/2001 de fecha 30 de octubre de 2001, esta

Comisión aprobó la modificación al artículo vigésimo quinto de los estatutos sociales de Ahorro Santander Mexicano, S.A. de C.V., Siefore, a fin de que en lugar de contar con un sólo Secretario, se cuente con uno o varios Prosecretarios.

• Mediante oficio D00/2100/0818/2003 de fecha 24 de marzo de 2003, se

autorizó la reforma de los artículos Tercero, Vigésimo Sexto, Vigésimo Noveno, Trigésimo, Cuadragésimo Segundo y Cuadragésimo Sexto, así como la adición del artículo Trigésimo Tercero Bis de los estatutos sociales de Ahorro

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Santander Mexicano, S.A. de C.V., Siefore, en virtud de las modificaciones y adiciones a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

ZURICH AFORE, S.A. DE C.V., AFORE • Mediante oficio D00/1000/440/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V., a los CC. Gabriel Monterrubio Guasque, Ernesto Fernández Hurtado, Luis Alamillo Peralta, Jesús Alvarez Morodo, Carlos Tommasi Villamil, Arturo Humphrey Salinas y Carlos Yñigo de Gortari, para proceder a la constitución de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/175/97 de fecha 18 de febrero de 1997, se autorizó a

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para organizarse, operar y funcionar como Administradora de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A. 77% Gabriel Monterrubio Guasque 10% Ernesto Fernández Hurtado 3% Luis Alamillo Peralta 3% Carlos Tomassi Villamil 3% Jesús Alvarez Modoro 1% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 1% Arturo Humphrey Salinas 1% Carlos Yñigo de Gortari 1% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/1067/97 de fecha 17 de diciembre de 1997, se

autorizó a Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para que su accionista Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., incrementara su participación en el capital social de dicha Administradora de Fondos para el Retiro, hasta por un 80%.

• Mediante oficio D00/1000/0348/98 de fecha 20 de agosto de 1998, se autorizó

a Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para que su accionista Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., incrementara su participación en el capital social autorizado de dicha Administradora de Fondos para el Retiro, hasta por un 82.86%

• Mediante oficio D00/1000/0068/98 de fecha 26 de febrero de 1998, se autorizó

a Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para prestar los servicios de administración a que se refiere el artículo Tercero Transitorio del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

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• Mediante oficio D00/1000/0505/98 de 14 de diciembre de 1998, se autorizó a

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para que su accionista Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., incrementara su participación en el capital social de esa Administradora de Fondos para el Retiro, hasta por un 85.42%.

• Mediante oficio D00/1000/0506/98 de fecha 14 de diciembre de 1998, se

autorizó la incorporación de Zurmex Canada Holdings, Ltd., como nuevo accionista de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore y Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore., adquiriendo la tenencia accionaria de Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., en ambas sociedades.

• Mediante oficio D00/1000/0192/1999 de fecha 16 de julio de 1999, se autorizó

a Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para ampliar del 40% al 60%, la inversión con cargo a su capital mínimo pagado exigido, con el fin de destinarlo a inversiones en equipo de cómputo con la intención de eficientar el sistema operativo de esa Administradora de Fondos para el Retiro.

• Mediante oficio D00/1000/0201/1999 de fecha 23 de julio de 1999, se aprobó a

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para que su accionista Zurmex Canada Holdings, Ltd., incrementara su participación en el capital social autorizado de esa Administradora de Fondos para el Retiro, hasta por un 88.62%.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurmex Canada Holdings, Ltd. 88.62% Gabriel Monterrubio Guasque 4.93% Ernesto Fernández Hurtado 3.00% Luis Alamillo Peralta 1.48% Jesús Alvarez Modoro 0.49% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 0.49% Arturo Humphrey Salinas 0.49% Carlos Yñigo de Gortari 0.49% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/0202/1999 de fecha 23 de julio de 1999, se aprobó a

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para modificar el artículo séptimo de sus estatutos sociales, en el sentido de incrementar el límite máximo de su capital variable autorizado, de la suma de $200’000,000.00 (Doscientos millones de pesos 00/100 M.N.) a la cantidad de $500’000,000.00 (Quinientos millones de pesos 00/100 M.N.); así como para que su accionista mayoritario Zurmex Canada Holdings, Ltd., realice aportaciones al capital social de esa Administradora, hasta por la cantidad de USD$18’000,000.00 (Dieciocho millones de dólares 00/100 moneda de curso legal en los Estados Unidos de América), durante los años de 1999 y 2000, o en fecha posterior, dejando a salvo los derechos de preferencia de los demás accionistas de la Administradora, en caso de que deseen realizar nuevas aportaciones.

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• Mediante oficio D00/2100/1292/1999 de fecha 4 de agosto de 1999, esta

Comisión tomó conocimiento de que Zurmex Canada Holdings, Ltd., accionista mayoritario de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, aportó al capital variable de esta última, la cantidad de $38’871,127.00 (Treinta y ocho millones ochocientos setenta y un mil ciento veintisiete pesos 00/100 M.N.), en términos de la autorización referida en el párrafo que antecede, modificando las proporciones de participación de los socios de dicha Administradora, en su capital social, para quedar integradas en los siguientes términos:

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurmex Canada Holdings, Ltd. 90.86% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 0.43% Gabriel Monterrubio Guasque 4.27% Ernesto Fernández Hurtado 1.88% Luis Alamillo Peralta 1.28% Jesús Alvarez Modoro 0.43% Arturo Humphrey Salinas 0.43% Carlos Yñigo de Gortari 0.43% Total 100% • Mediante oficio D00/2100/1117/2000 de fecha 2 de junio del 2000, esta

Comisión tomó conocimiento de que Zurmex Canada Holdings, Ltd., accionista mayoritario de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, aportó al capital social de esta última, la cantidad de $25’007,915.00 (Veinticinco Millones Siete Mil Novecientos Quince Pesos 00/100 M.N.), en términos de la autorización referida en los párrafos que anteceden, modificando las proporciones de participación de los socios de dicha Administradora, en su capital social, para quedar integradas actualmente en los siguientes términos:

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Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurmex Canada Holdings, Ltd. 91.62% Gabriel Monterrubio Guasque 3.91% Ernesto Fernández Hurtado 1.72% Luis Alamillo Peralta 1.17% Jesús Alvarez Modoro 0.39% Arturo Humphrey Salinas 0.39% Carlos Yñigo de Gortari 0.39% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 0.39% Total 100% • En términos del oficio número D00/1000/0455/2000 de fecha 3 de agosto del

2000, esta Comisión autorizó la enajenación por parte del C. Luis Alamillo Peralta de 2’355,240 acciones de su propiedad, representativas del capital social de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore a favor de Zurmex Canada Holdings, Limited, como consecuencia de lo cual se modificaron las proporciones de participación accionaria de los socios de dicha Administradora en el capital social de ésta, para quedar integradas actualmente en los siguientes términos:

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurmex Canada Holdings, Ltd. 92.41% Gabriel Monterrubio Guasque 3.91% Ernesto Fernández Hurtado 1.72% Luis Alamillo Peralta 0.39% Jesús Alvarez Modoro 0.39% Arturo Humphrey Salinas 0.39% Carlos Yñigo de Gortari 0.39% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 0.39% Total 100% • En términos del oficio número D00/1000/0551/2001 de fecha 30 de octubre de

2001, esta Comisión autorizó lo siguiente: a) La enajenación por parte del C. Ernesto Fernández Hurtado de la totalidad de

su tenencia accionaria en ZURICH AFORE, S.A. DE C.V., AFORE, consistente en 5’186,483 (Cinco millones ciento ochenta y seis mil cuatrocientas ochenta y tres) acciones representativas del capital social de la mencionada administradora, a favor de ZURMEX CANADA HOLDINGS, LIMITED, como consecuencia de lo cual dicha persona física dejará de ser accionista de ZURICH AFORE, S.A. DE C.V., AFORE.

b) La enajenación por parte del C. Jesús Alvarez Morodo de la totalidad de su tenencia accionaria en ZURICH AFORE, S.A. DE C.V., AFORE, consistente en

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1’177,620 (Un millón ciento setenta y siete mil seiscientas veinte) acciones representativas del capital social de la mencionada administradora, a favor del C. Gabriel Monterrubio Guasque, como consecuencia de lo cual el enajenante dejará de ser accionista de ZURICH AFORE, S.A. DE C.V., AFORE.

c) La tenencia y conservación en lo sucesivo, por parte de ZURMEX CANADA HOLDINGS, LIMITED, de acciones que representen el 94.31% del capital social de ZURICH AFORE, S.A. DE C.V., AFORE.

Como consecuencia de lo cual se modificaron las proporciones de participación accionaria de los socios de dicha Administradora en el capital social de ésta, para quedar integradas actualmente en los siguientes términos: Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurmex Canada Holdings, Limited 94.31% Gabriel Monterrubio Guasque 4.17% Luis Alamillo Peralta 0.38% Arturo Humphrey Salinas 0.38% Carlos Yñigo de Gortari 0.38% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 0.38% Total 100% • Mediante oficio número D00/1000/022/2002 de fecha 25 de febrero de 2002,

esta Comisión autorizó a Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, para llevar a cabo la modificación del artículo Séptimo de sus estatutos sociales, en el sentido de disminuir el capital mínimo fijo de dicha administradora de fondos para el retiro, de la suma de $54’955,600.00 (Cincuenta y cuatro millones novecientos cincuenta y cinco mil seiscientos pesos 00/100 M.N.), a la cantidad de $48’910, 484.00 (Cuarenta y ocho millones novecientos diez mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.).

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurmex Canada Holdings, Limited 98.40% Luis Alamillo Peralta 0.40% Arturo Humphrey Salinas 0.40% Carlos Yñigo de Gortari 0.40% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 0.40% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/087/2002 de fecha 29 de mayo de 2002, esta

Comisión autorizó a Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., para adquirir el 1.6% de las acciones representativas del capital social de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, propiedad de los señores Luis Alamillo Peralta, Arturo Humphrey Salinas, Carlos Yñigo de Gortari y la sociedad denominada Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V.

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Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Zurmex Canada Holdings, Limited 98.40% Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V. 1.6% Total 100% • Mediante oficio D00/1000/088/2002 de fecha 29 de mayo de 2002, esta

Comisión autorizó a Principal Afore, S.A. de C.V. para adquirir la totalidad de las acciones representativas del capital social de Zurich Afore, S.A. de C.V. Afore, excepto una acción que será adquirida por Principal International Holding Company, LLC, condicionados, conforme a lo dispuesto por la Regla Novena fracción IV de las “Reglas para la constitución de Administradoras de Fondos para el Retiro Filiales”, a que se lleve a cabo la fusión entre Principal Afore, S.A. de C.V., como sociedad fusionante con Zurich Afore, S.A. de C.V. Afore, como sociedad fusionada, en un periodo no mayor a noventa días naturales contados a partir de la fecha de notificación del referido oficio.

Socios:

ACCIONISTAS PARTICIPACIÓN Principal Afore, S.A. de C.V. 99.99% Principal International Holding Company, LLC. 00.01% Total 100% • Mediante oficio número D00/1000/105/2002 de fecha 4 de julio de 2002, esta

Comisión autorizó la fusión entre Principal Afore, S.A. de C.V., subsistiendo como sociedad fusionante y Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, extinguiéndose como sociedad fusionada.

ZURICH SIEFORE, S.A. DE C.V., SIEFORE • Mediante oficio D00/1000/441/96 de fecha 29 de noviembre de 1996, se emitió

visto bueno a Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., Grupo de Inversionistas México, S.A. de C.V., a los CC. Gabriel Monterrubio Guasque, Ernesto Fernández Hurtado, Luis Alamillo Peralta, Jesús Alvarez Morodo, Carlos Tommasi Villamil, Arturo Humphrey Salinas y Carlos Yñigo de Gortari, para proceder a la constitución de Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, de conformidad con los estatutos sociales aprobados al efecto.

• Mediante oficio D00/1000/176/97 de fecha 18 de febrero de 1997, se autorizó a

Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, para operar y funcionar como Sociedad de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro.

Socios Iniciales:

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ACCIONISTAS ACCIONES (Capital mínimo fijo)

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore. 399 Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A. 1 Total 400 • Mediante oficio D00/1000/793/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, en el sentido de modificar el valor nominal de las acciones en que se divide su capital social, tanto de la clase I, como de la clase II, en sus series A y B, de la cantidad de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) a $1.00 (Un peso 00/100 M.N.).

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore. 3’999,999 Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A. 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/797/97 de fecha 30 de junio de 1997, se aprobó la

reforma de los artículos séptimo y vigésimo quinto, de los estatutos sociales de Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, en el sentido de aumentar el límite de su capital social en la parte variable hasta la cantidad de $2,000’000,000.00 (Dos mil millones de pesos 00/100 M.N.), así como para establecer, a favor de la asamblea de accionistas de dicha Sociedad de Inversión, la facultad de nombrar un vicepresidente del consejo de administración.

• Mediante oficio D00/1000/0506/98 de fecha 14 de diciembre de 1998, se

autorizó la incorporación de Zurmex Canada Holdings, Ltd., como nuevo accionista de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore y Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, adquiriendo la tenencia accionaria de Zurich Vida, Compañía de Seguros, S.A., en ambas sociedades.

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Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore. 3’999,999 Zurmex Canada Holdings, LTD. 1 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0203/1999 de fecha 23 de julio de 1999, se autorizó

la enajenación de 10,000 acciones representativas de la parte fija del capital social de Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, propiedad de Zurmex Canada Holdings, Ltd., a favor de Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore.

Socios:

ACCIONISTAS ACCIONES (capital mínimo fijo)

Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore. 4’000,000 Total 4’000,000 • Mediante oficio D00/1000/0645/2000 de fecha 9 de octubre del 2000, se

autorizó a Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore para llevar a cabo la modificación del artículo séptimo de sus estatutos sociales en el sentido de establecer que el límite máximo autorizado de la parte variable de su capital social, cuyo monto ascendía en tal fecha a la cantidad de $2,000’000,000.00 (Dos Mil Millones de Pesos 00/100 M.N.) y se encuentra representado por acciones de la Clase “II”, su subdivide en los siguientes sublímites: (i) un sublímite de $100’000,000.00 (Cien Millones de Pesos 00/100 M.N.) para la Serie “A” de la Clase “II”, correspondiente a acciones que han sido y solo pueden ser suscritas por Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore, y (ii) un sublímite de $1,900’000,000.00 (Mil Novecientos Millones de Pesos 00/100 M.N.) para la Serie “B” de la Clase “II”, correspondiente a acciones que han sido y solo pueden ser suscritas por los trabajadores cuyas cuentas individuales sean administradas por Zurich Afore, S.A. de C.V., Afore.

• Mediante oficio D00/1000/0105/2002 de fecha 4 de julio de 2002, esta

Comisión autorizó la fusión entre Principal Siefore, S.A. de C.V., subsistiendo como sociedad fusionante con Zurich Siefore, S.A. de C.V., Siefore, extinguiéndose como sociedad fusionada.

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ANEXO B: INDICE DE NORMATIVIDAD DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

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CIRCULARES PUBLICADAS POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN RELATIVAS A LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO 1992- 2003. 1.- CIRCULAR 001/94 CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS MISMOS NO PUBLICADA. OBJETO: EN ESTA CIRCULAR SE REQUIERE A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO QUE NOTIFIQUEN A LA COMISIÓN SOBRE LOS PATRONES QUE HAYAN DEJADO DE REALIZAR EL ENTERO DE LAS CUOTAS Y APORTACIONES Y QUE SE ABSTENGAN DE PROPICIAR LA DUPLICIDAD DE CUENTAS. 2.- CIRCULAR 002/94 CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS MISMOS NO PUBLICADA OBJETO: REGULAR EL PAGO DE LAS CANTIDADES QUE DEBERÁN ENTERAR A UNA EMPRESA PROCESADORA PARA LA OPERACIÓN DE LA MISMA. 3.- CIRCULAR 001/95 CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS MISMOS. NO PUBLICADA OBJETO: REGULAR EL INICIO DE OPERACIONES DE LA EMPRESA PROCESADORA 4.- CIRCULAR 002/95 INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, EL PLAZO IMPRORROGABLE PARA EFECTUAR LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN DERIVADA DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES NO PUBLICADA OBJETO: REGULAR LA FECHA EN QUE DEBERÁN ENTREGAR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO INFORMACIÓN DERIVADA DE LOS SAR AL INFONAVIT

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5.- CIRCULAR 002/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES RELATIVA AL PROCEDIMIENTO PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL DÍA 14 DE AGOSTO DE 1995 OBJETO: REGULA LO RELATIVO A LOS TRASPASOS DE CUENTAS, COMO POR EJEMPLO: SUPUESTOS, REQUISITOS, FECHA PARA REALIZAR LA GESTIÓN DE LOS TRASPASOS, PROCESO OPERATIVO, FECHAS RELATIVAS AL REQUERIMIENTO DE LAS EMPRESAS PROCESADORAS A LA INSTITUCIÓN CEDENTE. 6.- CIRCULAR 002/95 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DE 1995 OBJETO: REGULA LO RELATIVO A LOS TRASPASOS DE CUENTAS, COMO POR EJEMPLO: SUPUESTOS, REQUISITOS, FECHA PARA REALIZAR LA GESTIÓN DE LOS TRASPASOS, PROCESO OPERATIVO, FECHAS RELATIVAS AL REQUERIMIENTO DE LAS EMPRESAS PROCESADORAS A LA INSTITUCIÓN CEDENTE, EN LO RELATIVO AL APARTADO B DEL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL 7.- CIRCULAR 003/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES RELATIVAS A COMISIONES POR MANEJO DE CUENTA, POR TRANSFERENCIAS Y COMPENSACIONES A LAS EMPRESAS PROCESADORAS DE INFORMACIÓN SAR PUBLICADA EN EL DOF: DÍA 2 DE JUNIO DE 1995 OBJETO: MODIFICAR LAS REGLAS VIGÉSIMA SÉPTIMA Y SEXAGÉSIMA QUINTA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INFONAVIT PUBLICADAS EL 22 DE SEPTIEMBRE DE 1994 EN EL DOF.

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8.- CIRCULAR 003/95 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO RELATIVAS A COMISIONES POR MANEJO DE CUENTA, POR TRANSFERENCIAS Y COMPENSACIONES Y A LAS EMPRESAS PROCESADORAS DE INFORMACIÓN SAR PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 2 DE JUNIO DE 1995 OBJETO: MODIFICAR LAS REGLAS VIGÉSIMA TERCERA Y SEXAGÉSIMA SEGUNDA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL ISSSTE PUBLICADAS EL 22 DE SEPTIEMBRE DE 1994 EN EL DOF. 9.- CIRCULAR 004/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA UNIFICACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR DENTRO DE UNA MISMA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO O ENTIDAD FINANCIERA AUTORIZADA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 14 DE AGOSTO DE 1995 OBJETO: REGULA LO RELATIVO A LA UNIFICACIÓN DE CUENTAS, TAL COMO LA SOLICITUD, REQUISITOS PARA LA UNIFICACIÓN, CUENTA UNIFICADORA, SUPUESTOS PARA LA UNIFICACIÓN, PROCESOS ESPECIALES DE UNIFICACIÓN, REPORTE DE CUENTAS UNIFICADAS, ETC. 10.- CIRCULAR 004/95 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA UNIFICACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR DENTRO DE UNA MISMA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO O ENTIDAD FINANCIERA AUTORIZADA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 8 DE SEPTIEMBRE DE 1995 OBJETO: REGULA LO RELATIVO A LA UNIFICACIÓN DE CUENTAS, TAL COMO LA SOLICITUD, REQUISITOS PARA LA UNIFICACIÓN, CUENTA

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UNIFICADORA, SUPUESTOS PARA LA UNIFICACIÓN, PROCESOS ESPECIALES DE UNIFICACIÓN, REPORTE DE CUENTAS UNIFICADAS, ETC. PERO EN LO RELATIVO AL APARTADO B DEL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL. 11.- CIRCULAR 005/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO O ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVAS A LA OPERACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR INACTIVAS PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DE 1995 OBJETO: REGULA LO RELATIVO A LAS CUENTAS INACTIVAS, TAL COMO DEFINICIÓN, INTERESES DE CUENTAS INACTIVAS, REACTIVACIÓN DE CUENTAS INACTIVAS Y REPORTE A CONSAR SOBRE CUENTAS INACTIVAS. 12.- CIRCULAR 005/95 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS A LA OPERACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR INACTIVAS PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DE 1995 OBJETO: REGULA LO RELATIVO A LAS CUENTAS INACTIVAS, TAL COMO DEFINICIÓN, INTERESES DE CUENTAS INACTIVAS, REACTIVACIÓN DE CUENTAS INACTIVAS Y REPORTE A CONSAR SOBRE CUENTAS INACTIVAS, EN LO RELATIVO AL APARTADO B DEL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL. 13.- CIRCULAR 007/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 4 DE ENERO DE 1996 OBJETO: REGULA LO RELATIVO A LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁN ENTREGAR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO AL IMSS E INFONAVIT, RELACIONADA CON LA DERIVADA DE LOS FORMULARIOS SAR-01 Y SAR-02.

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14.- CIRCULAR 008/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVAS AL FORMULARIO SAR-04 Y AL CLAUSULADO MÍNIMO DEL CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA INDIVIDUAL SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 8 DE ENERO DE 1996 OBJETO: REGULA EL CLAUSULADO MÍNIMO DEL CONTRATO DE APERTURA, POR LO QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA Y VIGÉSIMA PRIMERA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN REGLAS GENERALES SOBRE LOS SAR DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INFONAVIT. 15.- CIRCULAR 008/95 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS AL FORMULARIO SAR-ISSSTE-04 Y AL CLAUSULADO MÍNIMO DEL CONTRATO DE APERTURA DE CUENTA INDIVIDUAL SAR PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 4 DE ENERO DE 1996 OBJETO: REGULA EL CLAUSULADO MÍNIMO DEL CONTRATO DE APERTURA, POR LO QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DÉCIMA QUINTA, DÉCIMA SEXTA Y DÉCIMA SÉPTIMA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN REGLAS GENERALES SOBRE LOS SAR DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL ISSSTE. 16.- CIRCULAR 009/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVAS A LA CORRECCIÓN DE ERRORES EN QUE INCURRAN LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO O LAS ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADA EN EL DEPOSITO Y RETIRO, DE LAS CUOTAS Y APORTACIONES DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO Y DE RECURSOS DEL SISTEMA DE APORTACIONES Y AMORTIZACIONES DE CRÉDITOS EN EL BANCO DE MÉXICO.

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PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 5 DE ENERO DE 1996 OBJETO: REGULAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES EN QUE PUDIERAN INCURRIR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO AL DEPOSITAR LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES AL SISTEMA DE APORTACIONES Y AMORTIZACIONES DE CRÉDITOS ANTE EL BANCO DE MÉXICO. 17.- CIRCULAR 010/95 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LOS ANEXOS B Y C DE LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 8 DE ENERO DE 1996 OBJETO: MODIFICAR LOS ANEXOS “B” Y “C” RELATIVOS AL SAR-ISSSTE-02-2, Y EL SAR-ISSSTE-03-2, QUE SE REFIEREN A LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD, Y DE LOS DATOS DEL TRABAJADOR, ASÍ COMO EL COMPROBANTE DE APORTACIÓN AL TRABAJADOR. 18.- CIRCULAR 0011/95 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES RELATIVAS A LA RECEPCIÓN DE CUOTAS Y APORTACIONES A LOS ERRORES O FALTANTES EN LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONAN LOS PATRONES Y A LA CUENTA TRANSITORIA SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 5 DE ENERO DE 1996 OBJETO: ESTABLECER EL MECANISMO MEDIANTE EL CUAL SE SUBSANEN LOS ERRORES EN LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONEN LOS PATRONES A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO PARA LA INDIVIDUALIZACIÓN DE CUENTAS. 19.- CIRCULAR 012/95 IMSS-INFONAVIT ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA TASA POR CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN A LOS INSTITUTOS DE SEGURIDAD SOCIAL, A QUE SE REFIEREN LAS REGLAS GENERALES RELATIVAS A LA CORRECCIÓN DE ERRORES EN QUE INCURRAN LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO EN EL DEPOSITO Y RETIRO DE LAS CUOTAS Y APORTACIONES

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DEL SISTEMA DE MÉXICO AHORRO PARA EL RETIRO EN EL BANCO DE MÉXICO. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 4 DE ENERO DE 1996 OBJETO: SUSPENSIÓN DE LA TASA POR CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN, LA CUAL FUE DURANTE LA VIGENCIA DE DICHA CIRCULAR IGUAL A UNA VEZ LA QUE RESULTE DEL PROMEDIO DE LAS TASAS PRIMARIAS DE LOS CETES A 28 DÍAS. LA VIGENCIA DE ESTA CIRCULAR FUE HASTA EL 1° DE FEBRERO DE 1996. 20.- CIRCULAR 001/96 IMSS-INFONAVIT ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS, INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL, DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES Y DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO RELATIVAS A LA INFORMACIÓN QUE EN FORMA PERIÓDICA DEBERÁN ENTREGAR A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 12 DE ABRIL DE 1996 OBJETO: REGULA LA INFORMACION QUE DEBERÁN ENTREGAR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO A LA COMISIÓN, COMO ES LA RELATIVA AL REPORTE MENSUAL DE SALDO SAR, REPORTE BIMESTRAL DE APORTACIÓN INDIVIDUAL E INFORME MENSUAL DE RETIROS DE SALDOS SAR. 21.- CIRCULAR 002/96 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA REGLA PRIMERA DE LA CIRCULAR 11/95 IMSS-INFONAVIT RELATIVA A LA RECEPCIÓN DE CUOTAS Y APORTACIONES, A LOS ERRORES O FALTANTES EN LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONAN LOS PATRONES Y LA CUENTA TRANSITORIA SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 28 DE JUNIO DE 1996 OBJETO: SUSPENDER LA APLICACIÓN DE LA REGLA PRIMERA DE LA CIRCULAR 011/95 IMSS-INFONAVIT. LA VIGENCIA DE ESTA CIRCULAR FUE HASTA EL 1° DE FEBRERO DE 1997. 22.- CIRCULAR 002/96 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS

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TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 6 DE FEBRERO DE 1997 OBJETO: MODIFICA REGLAS RELATIVAS A REQUISITOS PARA LA REALIZACIÓN DE TRASPASOS, EL PROCESO OPERATIVO DEL TRASPASO, CANTIDADES PENDIENTES DE INDIVIDUALIZARSE CORRESPONDIENTES A CUENTAS MATERIA DE TRASPASOS, DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR 002/95 PUBLICADA EL 11 DE SEPTIEMBRE EN EL DOF. 23.- CIRCULAR 003/96 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA UNIFICACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES DENTRO DE UNA MISMA INSTITUCIÓN FINANCIERA AUTORIZADA. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 6 DE FEBRERO DE 1997 OBJETO: ADICIONAR REGLAS A LA CIRCULAR DE UNIFICACIÓN DE CUENTAS EN UNA MISMA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO, DENOMINADA CIRCULAR 004/95 ISSSTE-FOVISSTE PUBLICADA EL 8 DE SEPTIEMBRE DE 1995 EN EL DOF. 24.- CIRCULAR 003/96 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 12 DE ABRIL DE 1996 OBJETO: REGULA LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN QUE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO DEBERÁN ENTREGAR AL ISSSTE. 25.- CIRCULAR 004/96 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE: NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVAS AL DE LA PROCEDIMIENTO PARA EL TRASPASO DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 28 DE JUNIO DE 1996

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OBJETO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 002/95 IMSS-INFONAVIT PUBLICADA EL 14 DE AGOSTO DE 1995 EN EL DOF. 26.- CIRCULAR 005/96 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA UNIFICACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR DENTRO DE UNA MISMA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO O ENTIDAD FINANCIERA AUTORIZADA. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 3 DE OCTUBRE DE 1996 OBJETO: ADICIONAR REGLAS A LA CIRCULAR DE UNIFICACIÓN DE CUENTAS EN UNA MISMA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO, 27.- CIRCULAR 006/96 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTA INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVA AL PROCEDIMIENTO PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 1 DE OCTUBRE DE 1996 OBJETO: MODIFICAR EL PRIMERO, SEGUNDO Y QUINTO PÁRRAFOS DE LA REGLA SEGUNDA, ASÍ COMO EL CUARTO, SÉPTIMO Y OCTAVO PÁRRAFOS DE LA REGLA CUARTA Y SE DEROGAN EL INCISO F) DEL TERCER PÁRRAFO ASÍ COMO EL QUINTO PÁRRAFO DE LA REGLA CUARTA DE LA CIRCULAR 002/95 IMSS-INFONAVIT PUBLICADA EN EL DOF. EL 14 DE AGOSTO DE 1995

PUBLICACIONES 1997

28.- CIRCULAR 001/97 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES, RELATIVAS A LA ENTREGA DE FONDOS DE LAS SUBCUENTAS INDIVIDUALES DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 3 DE MARZO DE 1997

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OBJETO: MODIFICAR LA REGLA DÉCIMA SEXTA EN SUS INCISOS B) FRACCIÓN I Y E) FRACCIÓN II DEL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. 29.- CIRCULAR 001/97 ISSSTE-FOVISSSTE CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO RELATIVAS A LA ENTREGA DE FONDOS DE LAS SUBCUENTAS INDIVIDUALES DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 3 DE MARZO DE 1997. OBJETO: MODIFICAR LA FRACCIÓN VI SEGUNDO PÁRRAFO Y ADICIONAR CON UN ULTIMO PÁRRAFO LA REGLA DÉCIMA PRIMERA DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. 30.- CIRCULAR 002/97 IMSS-INFONAVIT CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA REGLA PRIMERA DE LA CIRCULAR 011/95 IMSS-INFONAVIT RELATIVA A LA RECEPCIÓN DE CUOTAS Y APORTACIONES, A LOS ERRORES O FALTANTES EN LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONAN LOS PATRONES Y A LA CUENTA TRANSITORIA SAR. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 3 DE MARZO DE 1997 OBJETO: SUSPENDER DURANTE EL TIEMPO DE VIGENCIA DE LA CIRCULAR LA APLICACIÓN DE LA REGLA PRIMERA DE LA CIRCULAR 011/95 IMSS-INFONAVIT. 31.- CIRCULAR 003/97 IMSS-INFONAVIT. CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL

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SEGURO SOCIAL Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 30 DE MAYO DE 1997. OBJETO: MODIFICAR LA CIRCULAR 007/95 IMSS-INFONAVIT EN SU ANEXO “2”.

PUBLICACIONES 1998.

32. CIRCULAR 001/98 ISSSTE-FOVISSSTE. MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. PUBLICACION DOF: 14/JULIO/98 OBJETO: SE MODIFICA LA COMISION QUE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO PODRAN CARGAR A LAS SUBCUENTAS DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES. (COMISION POR TRANSFERENCIAS Y COMPENSACIONES DEL 0.09% ANUAL). 33. CIRCULAR 001/98 IMSS-INFONAVIT MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. PUBLICACION DOF: 1°/DIC/98 OBJETO: ESTABLECER LA OBLIGACION A LAS INSTITUCIONES DE CREDITO DE SEGUIR EMITIENDO ESTADOS DE CUENTAS, A LAS CUENTAS QUE SE ENCUENTREN OPERANDO, NO OBSTANTE QUE SEAN INACTIVAS.

PUBLICACIONES 1999 34. CIRCULAR 001/1999 ISSSTE-FOVISSSTE, “MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO”. PUBLICACION DOF: 31 DE MAYO DE 1999. OBJETO: LA CIRCULAR EN CITA TIENE POR OBJETO MODIFICAR EL ANEXO “3” DE LA CIRCULAR 003/96 ISSSTE-FOVISSSTE, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DOCE DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, RELATIVO A LAS IRREGULARIDADES EN LA CALIDAD DE LA INFORMACIÓN QUE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO ENTREGAN EN MEDIOS MAGNÉTICOS A LOS INSTITUTOS DE SEGURIDAD SOCIAL 35. CIRCULAR 001/1999 IMSS-INFONAVIT, “MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES

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RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 31 DE MAYO DE 1999. OBJETO: LAS DISPOSICIONES GENERALES ANTES MENCIONADAS TIENEN POR OBJETO MODIFICAR EL ANEXO “3” DE LA CIRCULAR 007/95 IMSS-INFONAVIT, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL CUATRO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, PARA QUEDAR EN LOS TÉRMINOS DEL RESPECTIVO ANEXO DE LAS PRESENTES MODIFICACIONES. 36. CIRCULAR 02/1999 ISSSTE/FOVISSSTE, “MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS A LA RECEPCIÓN DE APORTACIONES, A LOS ERRORES O FALTANTES EN LA INFORMACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES QUE DEBEN PROPORCIONAR LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES PUBLICAS Y A LA CUENTA TRANSITORIA SAR ISSSTE”. PUBLICACION DOF: 2 DE JULIO DE 1999. OBJETO: LA CIRCULAR EN CITA TIENE POR OBJETO ESTABLECER LA INFORMACIÓN, LOS CRITERIOS Y LINEAMIENTOS GENERALES QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO PARA HACER DEL CONOCIMIENTO DEL ISSSTE LA OPERACIÓN DE LA CUENTA TRANSITORIA SAR ISSSTE, LA CUAL TIENE SU ORIGEN EN LA FALTA DE INFORMACIÓN DE LAS APORTACIONES QUE SE RECIBEN EN LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO PARA SU INDIVIDUALIZACIÓN. 37. CIRCULAR 03/1999 ISSSTE-FOVISSSTE, “MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DE SALDOS DE LAS SUBCUENTAS DEL FONDO DE LA VIVIENDA, CON EL FIN DE DESTINARLOS A LA AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS PARA VIVIENDA OTORGADOS POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO”. PUBLICACION DOF: 13 DE JULIO DE 1999. OBJETO: LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS DE LA

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SUBCUENTA DE VIVIENDA PARA LA AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS OTORGADOS POR EL FOVISSSTE.

38. CIRCULAR 04/1999 ISSSTE-FOVISSSTE “MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO”. PUBLICACION DOF: 11 DE AGOSTO DE 1999. OBJETO: LAS MODIFICACIONES Y ADICIONES PREVISTAS EN LA CIRCULAR ANTES SEÑALADA, TIENEN POR OBJETO ADECUAR FORMATOS Y CRITERIOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS A EFECTO DE EVITAR POSIBLES CRISIS COMO SON LOS PROBLEMAS DE IDENTIFICACIÓN, CONTROL Y CÁLCULO EN LOS PROCESOS INFORMÁTICOS QUE ESTÉN RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, EN VIRTUD DEL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000.

39. CIRCULAR 02/1999 IMSS- INFONAVIT “MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, CORRESPONDIENTE AL PERIODO COMPRENDIDO DEL SEGUNDO BIMESTRE DE 1992 AL TERCER BIMESTRE DE 1997”. PUBLICACION DOF: PUBLICADA EL 13 DE AGOSTO DE 1999. OBJETO: LAS MODIFICACIONES Y ADICIONES PREVISTAS EN LA CIRCULAR ANTES SEÑALADA, TIENEN POR OBJETO ADECUAR FORMATOS Y CRITERIOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS A EFECTO DE EVITAR POSIBLES CRISIS COMO SON LOS PROBLEMAS DE IDENTIFICACIÓN, CONTROL Y CÁLCULO EN LOS PROCESOS INFORMÁTICOS QUE ESTÉN RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, EN VIRTUD DEL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000. 40. CIRCULAR 05/1999 ISSSTE-FOVISSSTE, “MEDIANTE LA CUAL SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DE SALDOS DE LAS SUBCUENTAS DEL FONDO DE LA VIVIENDA, CON EL FIN DE DESTINARLOS A LA AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS PARA

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VIVIENDA OTORGADOS POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO”. PUBLICACION DOF: 1° DE DICIEMBRE DE 1999. OBJETO: LAS REGLAS GENERALES MENCIONADAS, TIENE POR OBJETO MODIFICAR PLAZOS DE ENTREGA DE INFORMACIÓN ENTRE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO AUTORIZADAS PARA OPERAR CUENTAS INDIVIDUALES SAR, LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO EN CUANTO A LOS PROCESOS DE TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON LA AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS OTORGADOS POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. LO ANTERIOR A EFECTO DE AGILIZAR DICHOS PROCESOS.

PUBLICACIONES 2000

41. CIRCULAR 01/2000 ISSSTE-FOVISSSTE, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.” PUBLICACION DOF: 20 DE ABRIL DE 2000. OBJETO: SE MODIFICO LA COMISION QUE LAS INSTITUCIONES TIENEN DERECHO A COBRAR A LAS CUENTAS INDIVIDUALES POR CONCEPTO DE TRANSFERENCIA Y COMPENSACIONES.

PUBLICACIONES 2003 42. CIRCULAR 001/2003 ISSSTE-FOVISSSTE, REGLAS GENERALES MEDIANTE LAS CUALES SE NOTIFICA A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, RELATIVAS A LA INFORMACIÓN QUE DEBEN ENTREGAR LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES PÚBLICAS AL CUBRIR LAS APORTACIONES RELATIVAS AL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO Y LAS APORTACIONES AL FONDO DE LA VIVIENDA. PUBLICADAS: 13/08/2003. 43. CIRCULAR 002/2003 ISSSTE-FOVISSSTE, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. PUBLICADA: 14/08/2003.

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44. REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN DE SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO O ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA RECEPCIÓN DE APORTACIONES AL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES PÚBLICAS. PUBLICADAS: 31/12/2003.

CIRCULARES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

RELATIVAS AL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES.

PUBLICACIONES 1996 1. CIRCULAR CONSAR 01-1 “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

PROCEDIMIENTO PARA OBTENER AUTORIZACIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN Y OPERACIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 10/OCT/96. OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PERSONAS QUE SOLICITEN LA AUTORIZACIÓN PARA CONSTITUIR UNA AFORE Y UNA SIEFORE.

2. CIRCULAR CONSAR 02-1. “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN AL QUE SE SUJETARÁN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 10/0CT/96 OBJETO: ESTABLECER EL RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN DE LAS AFORES Y SIEFORES, ASÍ COMO LA RESERVA ESPECIAL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS AFORES.

3. CIRCULAR CONSAR 03-1. “REGLAS GENERALES SOBRE LA

DETERMINACIÓN DE CUOTAS DE MERCADO A QUE SE SUJETARAN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO” PUBLICACIÓN DOF: 10/0CT/96 OBJETO: ESTABLECER LAS CUOTAS DE MERCADO A LAS QUE DEBERÁ SUJETARSE LAS AFORES.

4. CIRCULAR CONSAR 04-1. “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 10/0CT/96

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OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DEL RÉGIMEN DE COMISIONES. 5. CIRCULAR CONSAR 05-1. “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN

SUJETARSE LOS AGENTES PROMOTORES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 10/0CT/96 OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS QUE DESEEN ACTUAR COMO AGENTES PROMOTORES.

6. CIRCULAR CONSAR 06-1. “REGLAS GENERALES SOBRE PUBLICIDAD Y

PROMOCIONES QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 10/0CT/96 OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DE LOS LINEAMIENTOS, CARACTERÍSTICAS Y TÉRMINOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LA PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN QUE REALICEN LAS AFORES Y SIEFORES.

PUBLICACIONES 1997

7. CIRCULAR CONSAR 07-1. “REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE

LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL REGISTRO DE TRABAJADORES”. PUBLICACIÓN DOF: 9/ENE/97 OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, REQUISITOS Y FORMALIDADES A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS AFORES Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN EL TRÁMITE DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO.

8. CIRCULAR CONSAR 08-1. “REGLAS GENERALES SOBRE REQUISITOS

MÍNIMOS DE OPERACIÓN QUE DEBERÁN OBSERVAR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 10/ENE/97 OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE OPERACIÓN QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS AFORES.

9. CIRCULAR CONSAR 09-1. “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS

CARACTERÍSTICAS QUE DEBE REUNIR LA INFORMACIÓN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN DIRIGIR A LOS TRABAJADORES Y AL PÚBLICO EN GENERAL”. PUBLICACIÓN DOF: 10/ENE/97 OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE DEBERÁ REUNIR LA INFORMACIÓN, QUE LAS AFORES DEBEN HACER DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRABAJADORES Y PÚBLICO GENERAL.

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10.CIRCULAR CONSAR 10-1. “ REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS PROSPECTOS DE INFORMACIÓN Y LOS FOLLETOS EXPLICATIVOS QUE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN PROPORCIONAR A LOS TRABAJADORES” PUBLICACIÓN DOF: 14/ENE/97 OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DEL MODELO DEL PROSPECTO DE INFORMACIÓN Y EL FOLLETO EXPLICATIVO QUE SE DEBERÁ ENTREGAR A LOS TRABAJADORES REGISTRADOS.

11.CIRCULAR CONSAR 11-1. “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LA

INFORMACIÓN QUE DEBERÁ CONTENER EL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 18/FEB/97 OBJETO: EL ESTABLECIMIENTO DE LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ CONTENER EL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS PARA EL RETIRO.

12. CIRCULAR CONSAR 12-1. “REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 16/ABRIL/97 OBJETO: ESTABLECER LOS REQUISITOS Y TÉRMINOS QUE DEBERÁ CUMPLIR EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD DE LAS OPERACIONES Y LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO.

13. CIRCULAR CONSAR 10-2. “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS PROSPECTOS DE INFORMACIÓN Y FOLLETOS EXPLICATIVOS QUE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN PROPORCIONAR A LOS TRABAJADORES”. PUBLICACIÓN DOF: 30/JUNIO/97. OBJETO: MODIFICAR Y ADICIONAR LAS REGLAS GENERALES RELATIVAS A LOS PROSPECTOS INFORMATIVOS Y FOLLETOS EXPLICATIVOS, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE ENERO DE 1997.

14. CIRCULAR CONSAR 13-1. “ REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN

LAS COMISIONES QUE SERÁN COBRADAS POR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO QUE LLEVEN EL REGISTRO DE LOS RECURSOS DEL SEGURO

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DE RETIRO Y APORTACIONES AL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, ACUMULADOS HASTA EL TERCER BIMESTRE DE 1997. PUBLICACIÓN DOF: 30/JUNIO/97. OBJETO: ESTABLECER LAS COMISIONES QUE SERÁN COBRADAS POR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO”.

15. CIRCULAR CONSAR 14-1. “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR”. PUBLICACIÓN DOF: 30/JUNIO/97. OBJETO: ESTABLECER EL RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR.

16. CIRCULAR CONSAR 15-1. “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR VALORES QUE PRESERVEN EL VALOR ADQUISITIVO DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES”. PUBLICACIÓN DOF: 30/JUNIO/97. OBJETO: ESTABLECER EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR TÍTULOS DE DEUDA QUE PRESERVEN EL AHORRO DE LOS TRABAJADORES.

17. CIRCULAR CONSAR 16-1. “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS

TÉRMINOS Y CONDICIONES A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO RESPECTO A LOS GASTOS QUE GENERE EL SISTEMA DE EMISIÓN, COBRANZA Y CONTROL DE APORTACIONES QUE DEBERÁN CUBRIR AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL”. PUBLICACIÓN DOF: 30/JUNIO/97. OBJETO: ESTABLECER LA COMISIÓN QUE DEBERÁN CUBRIR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL POR LOS GASTOS QUE GENERE EL SISTEMA DE EMISIÓN, COBRANZA Y CONTROL DE APORTACIONES.

18. CIRCULAR CONSAR 17-1 “ REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS

REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBERÁN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACIÓN COLECTIVA PARA SU REGISTRO ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 29/JULIO/97.

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OBJETO: ESTABLECER LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 190 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y 90 BIS-O DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, PARA SU REGISTRO ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO.

19.CIRCULAR CONSAR 15-2. “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR VALORES QUE PRESERVEN EL VALOR ADQUISITIVO DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES.” PUBLICACIÓN DOF: 29/OCTUBRE/97. OBJETO: LA CIRCULAR EN CUESTIÓN MODIFICA A LA CIRCULAR CONSAR 15-1, RESPECTO DE LA INVERSIÓN QUE DEBEN REALIZAR LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO EN CUANTO A REPORTOS AUTORIZADOS POR EL BANCO DE MÉXICO, EN VIRTUD DE LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, DE SU CIRCULAR 1/97 DIRIGIDA A LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, EL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO; LOS DEPÓSITOS BANCARIOS DE DINERO A LA VISTA EN INSTITUCIONES DE CRÉDITO, Y LA ADQUISICIÓN DE TÍTULOS EMITIDOS POR EL GOBIERNO FEDERAL DENOMINADOS EN MONEDA NACIONAL, SIEMPRE Y CUANDO LOS INTERESES QUE SE DEVENGUEN SEAN CUANDO MENOS IGUALES A LA VARIACIÓN DE LA UNIDAD DE INVERSIÓN.

20.CIRCULAR CONSAR 13-2. MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS COMISIONES QUE SERÁN COBRADAS POR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO QUE LLEVEN EL REGISTRO DE LOS RECURSOS DEL SEGURO DE RETIRO Y APORTACIONES AL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA ACUMULADOS HASTA EL TERCER BIMESTRE DE 1997. PUBLICACIÓN DOF: 31/OCTUBRE/97. OBJETO: ESTA CIRCULAR MODIFICA A LA CIRCULAR CONSAR 13-1, EN LO RELATIVO AL PROCEDIMIENTO QUE PERMITE QUE LAS COMISIONES APROBADAS POR LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, A FAVOR DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO POR LOS SERVICIOS QUE PRESTEN A LOS TRABAJADORES DURANTE EL TIEMPO QUE SEAN DEPOSITADOS SUS RECURSOS EN LA CUENTA CONCENTRADORA, SEAN COBRADAS POR DICHAS ENTIDADES FINANCIERAS DE MANERA EXPEDITA.

21. CIRCULAR CONSAR 18-1. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR LOS PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACIÓN

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COLECTIVA EN TÉRMINOS Y PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 27, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. PUBLICACIÓN DOF: 11/NOV/97 OBJETO: ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR LOS PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACIÓN COLECTIVA, EN TÉRMINOS Y PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 27, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.

22. CIRCULAR CONSAR 20-1, REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS PAGOS REALIZADOS SIN JUSTIFICACIÓN LEGAL. PUBLICACIÓN DOF: 11/NOV/97 OBJETO: ESTABLECER LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS PAGOS EFECTUADOS SIN JUSTIFICACIÓN LEGAL, REALIZADOS POR LOS PATRONES.

23. CIRCULAR CONSAR 21-1. REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN

SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA VALUACIÓN DE LOS TÍTULOS QUE ADQUIERAN LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, Y DE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL PAGADO DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 11/NOV/97 OBJETO: ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS, CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA VALUACIÓN DE LOS TÍTULOS QUE ADQUIERAN LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, Y DE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL PAGADO DE DICHAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO.

24. CIRCULAR CONSAR 05-2. MODIFICACIÓN A LAS REGLAS GENERALES A

LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS AGENTES PROMOTORES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 14/NOV/97 OBJETO: MODIFICACIONES EN CUANTO A LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRADORA RESPECTO DE SUS AGENTES PROMOTORES

25. CIRCULAR CONSAR 12-2, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS

REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS

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QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF:14/NOV/97). OBJETO: MODIFICA A LA CIRCULAR CONSAR 12-1, EN LO RELATIVO AL REGISTRO CONTABLE DE LAS OPERACIONES QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN, ASÍ COMO AL REGISTRO CONTABLE DE LAS CUENTAS DE ORDEN DE BANCOS DE LAS ADMINISTRADORAS.

26. CIRCULAR CONSAR 19-1 REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁ

SUJETARSE LA INFORMACIÓN QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, ENTREGUEN A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 17/NOV/97 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, EN CUANTO A LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁN PROPORCIONAR A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, PARA QUE ÉSTA CUENTE CON LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA SUPERVISAR SU ADECUADO FUNCIONAMIENTO.

27. CIRCULAR CONSAR 23-1. REGLAS GENERALES SOBRE LA

DIVULGACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD RELACIONADA CON LA INFORMACIÓN DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ QUE CONOZCAN LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 2/DIC/97 OBJETO: ESTABLECER LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, ASÍ COMO PARA DETERMINAR SU DIVULGACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD.

28. CIRCULAR CONSAR 22-1. REGLAS GENERALES SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACIÓN DOF: 10/DIC/97

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OBJETO: ESTABLECER LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR EN LO RELATIVO A LA RECEPCIÓN DE RECURSOS E INFORMACIÓN RELACIONADOS CON LA ADMINISTRACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES.

29. CIRCULAR CONSAR 24-1. REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN

SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACIÓN DOF: 10/DIC/97 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE SE INTEGREN CON LOS RECURSOS DE LA SUBCUENTA DE RETIRO PREVISTA POR LA ABROGADA LEY DEL SEGURO SOCIAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 12 DE MARZO DE 1973, CON SUS ADICIONES Y REFORMAS, ASÍ COMO LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LA SUBCUENTA DE VIVIENDA PREVISTA EN LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, DE UNA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO A LA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO QUE ELIJA EL TRABAJADOR SOLICITANTE.

30. CIRCULAR CONSAR 25-1. REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS CONTRALORES NORMATIVOS DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME MENSUAL PREVISTO EN EL ARTICULO 30 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 11/DIC/97 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS CONTRALORES NORMATIVOS DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO EN CUANTO A LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, DEL INFORME MENSUAL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO.

31. CIRCULAR CONSAR 26-1. REGLAS GENERALES A LAS QUE SE

SUJETARA LA APLICACIÓN DE PROGRAMAS DE AUTOCORRECCION EN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO RESPECTO A INFRACCIONES A LAS NORMAS QUE REGULAN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 11/DIC/97

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OBJETO: ESTABLECER LA FORMA, TÉRMINOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE SE SUJETARÁ LA APLICACIÓN DE PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN EN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO RESPECTO A INFRACCIONES A LAS NORMAS QUE REGULAN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO.

PUBLICACIONES 1998.

32. CIRCULAR CONSAR 28-1, REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE

LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACIÓN DOF: 9/ENE/98 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES, DE UNA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO A OTRA ELEGIDA POR EL TRABAJADOR TITULAR DE LA CUENTA.

33. CIRCULAR CONSAR 12-3, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 6/FEB/98. OBJETO: MODIFICAR LOS ANEXOS B,C,D, ADICIONAR LOS ANEXOS E-1 Y F-1. ASIMISMO, ESTABLECER LA FORMA DE REGISTRO DE LOS MOVIMIENTOS CONTABLES DERIVADOS DE LOS TRASPASOS DE UNA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO A UNA ADMINISTRADORA.

34. CIRCULAR CONSAR 08-2, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE REQUISITOS MÍNIMOS DE OPERACIÓN QUE DEBERÁN OBSERVAR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 12/FEB/98. OBJETO: MODIFICAR LAS REGLAS RELATIVAS AL ESTADO DE CUENTA (VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA Y VIGÉSIMA QUINTA) ASIMISMO, SE ANEXA EL FORMATO DEL ESTADO DE CUENTA ASÍ COMO EL GLOSARIO QUE DEBERÁ ACOMPAÑAR DICHO DOCUMENTO.

35.CIRCULAR CONSAR 27-1, REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DE

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SERVICIOS A LOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 20/FEB/98. OBJETO: LAS PRESENTES REGLAS TIENEN POR OBJETO ESTABLECER LOS TÉRMINOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO PARA LLEVAR A CABO LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN A AQUELLOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO UNA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO.

36. CIRCULAR CONSAR 29-1, REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LA COMISIÓN QUE SERÁ COBRADA POR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO AUTORIZADAS PARA PRESTAR SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN A LOS TRABAJADORES CUYOS RECURSOS SE DEPOSITEN EN LA CUENTA CONCENTRADORA. PUBLICACIÓN DOF: 27/FEB/98. OBJETO: ESTABLECER LA COMISIÓN QUE SERÁ COBRADA POR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO AUTORIZADAS PARA PRESTAR SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN A LOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO UNA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO Y CUYOS RECURSOS SE ENCUENTREN EN LA CUENTA CONCENTRADORA, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO.

37. CIRCULAR CONSAR 20-2, ADICIÓN A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS PAGOS REALIZADOS SIN JUSTIFICACIÓN LEGAL. PUBLICACIÓN DOF: 2/MZO/98 OBJETO: SE ADICIONA CON UN SEGUNDO PÁRRAFO LA REGLA SÉPTIMA DE LA CIRCULAR CONSAR 20-1, PASANDO EL ACTUAL SEGUNDO PÁRRAFO A SER TERCERO.

38. CIRCULAR CONSAR 12-4, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 11/MARZO/98.

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OBJETO: MODIFICAR LOS ANEXOS A Y C, Y ADICIONAR “CAPÍTULO V, RELATIVO A LAS CONSIDERACIONES EN MATERIA CONTABLE PARA CIERRES MENSUALES Y ANUALES DE LAS ADMINISTRADORAS Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN, Y EL ANEXO E-2.

39. CIRCULAR CONSAR 22-2, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACIÓN DOF: 29/ABRIL/98 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS AFORES EN CUANTO A LA DETERMINACIÓN DE LOS INTERESES DE LAS CUOTAS Y APORTACIONES DURANTE EL TIEMPO EN QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO DE CONCILIACIÓN Y DISPERSARON, ASÍ COMO DEFINIR EL CONCEPTO DE CUENTA INACTIVA.

40. CIRCULAR CONSAR 30-1, REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA DEPURACION DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACION DOF: 20 DE MAY0 DE 1998. OBJETO: ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA IDENTIFICACIÓN Y UNIFICACIÓN DE LOS REGISTROS DE CUENTAS, ASÍ COMO COORDINAR LOS PROCESOS DE TRASPASO Y UNIFICACIÓN DE LAS MENCIONADAS CUENTAS INDIVIDUALES, A EFECTO DE MANTENER DEPURADA Y ACTUALIZADA LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR.

41. CIRCULAR CONSAR 31-1, REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS PROCESOS A LOS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICION TOTAL Y TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 8 DE JUNIO DE 1998. OBJETO: ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS DE LAS SUBCUENTAS DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, Y DE VIVIENDA DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES, PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO

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DE RENTA VITALICIA O DE SOBREVIVENCIA, EN SU CASO, O BIEN SU DISPOSICIÓN EN UNA SOLA EXHIBICIÓN CONFORME A LOS SUPUESTOS Y CONDICIONES PREVISTOS EN LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL Y DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, ASÍ COMO LOS PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON LOS MENCIONADOS RECURSOS, POR CONCEPTO DE: I. SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO; II. SEGURO DE INVALIDEZ Y VIDA; III. SEGURO DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ; IV.PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR EL PROPIO PATRÓN O

DERIVADOS DE CONTRATACIÓN COLECTIVA; V. SEGURO DE RETIRO; VI.MODIFICACIÓN DE PENSIÓN, Y VII.RETIROS TOTALES EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.

42. CIRCULAR CONSAR 19-2. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERA SUJETARSE LA INFORMACION QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, ENTREGUEN A LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 30/JUNIO/98 OBJETO: SE MODIFICAN FORMATOS PARA LA ENTREGA DE INFORMACION Y SE ACLARA QUE LA INFORMACION SE DEBE REMITIR EN LOS PLAZOS Y HORARIOS PREVISTOS EN CADA ANEXO.

43. CIRCULAR CONSAR 32-1. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERA SUJETARSE LA DEVOLUCION DE PAGOS SIN JUSTIFICACION LEGAL REALIZADOS POR LOS GOBIERNOS ESTATALES, MUNICIPIOS O POR ENTIDADES U ORGANISMOS PUBLICOS DE CARÁCTER ESTATAL O MUNICIPAL. PUBLICACION DOF: 13/JULIO/98 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERA SEGUIRSE PARA LA DEVOLUCION DE LOS PAGOS SIN JUSTIFICACION LEGAL EFECTUADOS POR CONCEPTO DE CUOTAS Y APORTACIONES A LA SUBCUENTA DEL SEGURO DE RETIRO Y A LA SUBCUENTA DE AHORRO PARA EL RETIRO DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES A LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO PREVISTOS EN LA ABROGADA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y EN LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

44. CIRCULAR CONSAR 13-3. MODIFICACIONES A LAS REGLAS

GENERALES QUE ESTABLECEN LAS COMISIONES QUE SERAN COBRADAS POR LAS INSTITUCIONES DE CREDITO QUE LLEVEN EL

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REGISTRO DE LOS RECURSOS DEL SEGURO DE RETIRO Y APORTACIONES AL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA ACUMULADOS HASTA EL TERCER BIMESTRE DE 1997. PUBLICACION DOF: 14/JULIO/98. OBJETO: MODIFICA LA COMISION QUE COBRARAN LAS INSTITUCIONES DE CREDITO. (0.59% ANUAL SOBRE EL SALDO DE LOS RECURSOS DEL SEGURO DE RETIRO.)

45. CIRCULAR CONSAR 14-2. MODIFICACIONES A LAS REGLAS

GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACION DOF: 14/JULIO/98 OBJETO: MODIFICA LAS COMISIONES QUE COBRARAN LAS EMPRESAS OPERADORAS A LAS INSTITUCIONES DE CREDITO (0.09% ANUAL SOBRE EL SALDO DIARIO PROMEDIO DE LOS RECURSOS DEL SEGURO DE RETIRO Y SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO.)

46. CIRCULAR CONSAR 23-2. MODIFICACIONES A LAS REGLAS

GENERALES SOBRE LA DIVULGACION Y CONFIDENCIALIDAD RELACIONADA CON LA INFORMACION DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ QUE CONOZCAN LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 14/JULIO/98 OBJETO: SE MODIFICAN LAS REGLAS TERCERA, NOVENA Y CUARTA. RESPECTO A INFORMACION QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DEBERÁN ENTREGAR A SOLICITUD EXPRESA DE LAS ADMINISTRADORAS, Y LA RESPONSABILIDAD DE LAS AFORES EN CUANTO AL MANEJO Y USO DE DICHA INFORMACION.

47. CIRCULAR CONSAR 28-2. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 27/JULIO/98. OBJETO: MODIFICAR EL FORMATO DE SOLICITUD DE ESTADO DE CUENTA PARA TRASPASOS, LAS FECHAS DE RECEPCION DE LAS SOLICITUDES DE TRASPASO POR PARTE DE LAS EMPRESAS OPERADORAS, LOS CRITERIOS DE VERIFICACION APLICADOS POR LAS EMPRESAS OPERADORAS, ETC. ADICIONAR LA VIGENCIA DEL ESTADO DE CUENTA PARA TRASPASOS, LA OBLIGACION DE LAS ADMINISTRADORAS DE CONTAR CON UNA LINEA DE CREDITO EN CASO DE NO REALIZAR LOS DEPOSITOS PARA TRASPASO DE CUENTA EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS, ASI COMO LA OBLIGACION DE LAS ADMINISTRADORAS DE INFORMAR EL PRECIO DE LAS ACCIONES DE

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LAS SOCIEDADES DE INVERSION UN DIA ANTES DE LA LIQUIDACION DE LAS MISMAS, ETC.

48 CIRCULAR CONSAR 21-2. MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA VALUACION DE LOS TITULOS QUE ADQUIERAN LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, Y DE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL PAGADO DE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 3/AGOSTO/98 OBJETO: MODIFICAR EL VECTOR DE PRECIOS, DEFINIENDO EN CONSECUENCIA AL VECTOR DE PRECIOS DEFINITIVO, COMO EL VECTOR DE PRECIOS QUE DÉ A CONOCER LA BOLSA EN QUE SE INDIQUEN LOS PRECIOS DEL DÍA HÁBIL BANCARIO ANTERIOR A QUE SE REALICE UNA OPERACIÓN DETERMINADA, ASI COMO ESTABLECER LA OBLIGACION DE QUE LAS SOCIEDADES DE INVERSION UTILICEN COMO PARAMETRO PARA DETERMINAR LOS LIMITES DE CUMPLIMIENTO DEL REGIMEN DE INVERSION EL MENCIONADO VECTOR DE PRECIOS DEFINITIVO.

49. CIRCULAR CONSAR 24-2 MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 3/AGOSTO/98 OBJETO: MODIFICAR LAS FECHAS DE RECEPCION DE SOLICITUDES DE TRASPASOS PRESENTADAS POR LAS ADMINISTRADORAS ANTE LAS EMPRESAS OPERADORAS Y ADICIONAR LA DEFINICION DE CUENTA INHABILITADA.

50. CIRCULAR CONSAR 27-2 MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS INSTITUCIONES DE CREDITO, EN RELACION A LA PRESTACION DE SERVICIOS A LOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 3/AGOSTO/98 OBJETO: MODIFICAR LAS FECHAS DE RECEPCION DE SOLICITUDES DE REGISTRO DE AQUELLOS TRABAJADORES CUYOS RECURSOS SE ENCUENTREN EN CUENTA CONCENTRADORA POR NO HABER ELEGIDO ADMINISTRADORA, PRESENTADAS ANTE LAS EMPRESAS OPERADORAS

51. CIRCULAR CONSAR 30-2 MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO Y LAS EMPRESAS

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OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA DEPURACION DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACION DOF: 3/AGOSTO/98 OBJETO: MODIFICAR LAS FECHAS DE RECEPCION DE SOLICITUDES DE TRASPASOS PARA LA DEPURACION DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PRESENTADAS ANTE LAS EMPRESAS OPERADORAS, ASI COMO ADICIONAR LA DEFINICION DE CUENTAS INHABILITADAS.

52. CIRCULAR CONSAR 33-1. REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA EL CALCULO DE INTERESES GENERADOS EN LA CUENTA CONCENTRADORA. PUBLICACION DOF: 7/AGOSTO/98 OBJETO: ESTABLECER LA FÓRMULA QUE SE DEBERÁ APLICAR PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS INTERESES QUE LAS CUOTAS Y APORTACIONES CORRESPONDIENTES AL SEGURO DE RETIRO PREVISTO EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 12 DE MARZO DE 1973, CON SUS REFORMAS Y ADICIONES, Y AL SEGURO DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, PREVISTO EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE DICIEMBRE DE 1995, GENEREN DURANTE EL TIEMPO EN QUE SE ENCUENTREN DEPOSITADOS EN LA CUENTA CONCENTRADORA.

53. CIRCULAR CONSAR 34-1. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICION PARCIAL DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 7/AGOSTO/98 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA LA DISPOSICIÓN PARCIAL QUE REALICEN LOS TRABAJADORES RESPECTO DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN SUS CUENTAS INDIVIDUALES.

54. CIRCULAR CONSAR 35-1. REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN

SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO; Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN RELACION A LOS CAMBIOS EN LOS SISTEMAS INFORMATICOS POR EL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000 PUBLICACION DOF: 24/AGOSTO/98 OBJETO: ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS GENERALES QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADA DE FONDOS PARA EL

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RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO QUE OPEREN LA INFORMACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES AL SEGURO DE RETIRO PREVISTO EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 12 DE MARZO DE 1973, CON SUS REFORMAS Y ADICIONES, ENTIDADES RECEPTORAS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LLEVAR A CABO LAS MODIFICACIONES A SUS SISTEMAS INFORMÁTICOS POR EL CAMBIO DE FECHAS EN EL AÑO 2000.

55. CIRCULAR CONSAR 36-1. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS INSTITUCIONES DE CREDITO PARA LA DISPOSICION DE RECURSOS EN VIRTUD DE LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACION COLECTIVA PREVISTOS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973. PUBLICACION DOF: 8/SEPTIEMBRE/98 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO E INSTITUCIONES DE CRÉDITO, PARA LA DISPOSICIÓN DE LOS RECURSOS DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES PREVISTAS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EL 12 DE MARZO DE 1973 Y 40 DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, QUE REALICEN LOS TRABAJADORES QUE ADQUIERAN EL DERECHO A DISFRUTAR DE UN PLAN DE PENSIONES ESTABLECIDO POR SU PATRÓN O DERIVADO DE CONTRATACIÓN COLECTIVA, EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LOS ORDENAMIENTOS LEGALES MENCIONADOS.

56. CIRCULAR CONSAR 07-2. MODIFICACIONES A LAS REGLAS A LAS QUE

DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL REGISTRO DE TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 10/SEPTIEMBRE/98 OBJETO: ESTABLECER ADECUACIONES AL PROCESO DE REGISTRO EN LO QUE RESPECTA A LA NOTIFICACION AL TRABAJADOR DEL ESTADO QUE GUARDA SU SOLICITUD, YA SEA QUE SE ENCUENTRE ACEPTADA, RECHAZADA O PENDIENTE. ASIMISMO, SE PREVE ADECUACIONES A LOS CRITERIOS DE CERTIFICACION DE SOLICITUDES QUE APLICAN LAS EMPRESAS OPERADORAS.

57. CIRCULAR CONSAR 31-2. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS

REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS PROCESOS A LOS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICION TOTAL Y TRANSFERENCIA DE

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LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 10/SEPTIEMBRE/98 OBJETO: SUSPENDER LA APLICACIÓN DE ALGUNAS REGLAS COMO LA DE VERIFICAR EL NUMERO DE RESOLUCION EMITIDA POR EL IMSS A EFECTO DE QUE LAS ADMINISTRADORAS PAGUEN EL SAR 92-97 A LOS TRABAJADORES PENSIONADOS.

58. CIRCULAR CONSAR 19-3. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS

REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERA SUJETARSE LA INFORMACION QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, ENTREGUEN A LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 30/SEPTIEMBRE/98 OBJETO: SE MODIFICAN ALGUNOS REQUERIMIENTOS DE INFORMACION PARA LAS ENTIDADES RECEPTORAS, ASIMISMO, SE MODIFICAN LOS ANEXOS SEIS, DIECISÉIS Y VEINTE, EL CONTENIDO Y LA DENOMINACIÓN DEL ANEXO SEIS BIS Y SE ADICIONAN LOS ANEXOS SEIS BIS B, SEIS BIS C, SEIS BIS D, SEIS BIS E, DIECISÉIS BIS Y DIECINUEVE BIS.

59. CIRCULAR CONSAR 37-1. REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO OPERADORAS DE CUENTAS INDIVIDUALES SAR, RESPECTO DE CUOTAS Y APORTACIONES DIRIGIDAS A UN INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DISTINTO AL QUE POR LEY LES CORRESPONDE. PUBLICACION DOF: 28/OCTUBRE/98 OBJETO: LAS PRESENTES REGLAS TIENEN POR OBJETO ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA CORREGIR: I. LOS PAGOS DE CUOTAS DEL SEGURO DE RETIRO PREVISTO POR LA

LEY DEL SEGURO SOCIAL –73 QUE ERRÓNEAMENTE SE HAYAN DIRIGIDO AL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO PREVISTO EN LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO;

II. LOS PAGOS DE APORTACIONES AL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO PREVISTO EN LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO QUE ERRÓNEAMENTE SE HAYAN DIRIGIDO AL SEGURO DE RETIRO PREVISTO POR LA LEY DEL SEGURO SOCIAL –73;

III. LOS PAGOS DE APORTACIONES AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL SEGUNDO BIMESTRE DE 1992 AL TERCER BIMESTRE DE 1997, QUE ERRÓNEAMENTE SE HAYAN DIRIGIDO AL FONDO DE LA

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VIVIENDA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, Y

IV.LOS PAGOS DE APORTACIONES AL FONDO DE LA VIVIENDA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO QUE ERRÓNEAMENTE SE HAYAN DIRIGIDO AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES COMO APORTACIONES CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL SEGUNDO BIMESTRE DE 1992 AL TERCER BIMESTRE DE 1997.

60. CIRCULAR CONSAR 30-3. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS

REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA DEPURACION DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACION DOF: 27/NOV/98 OBJETO: ADICIONAR EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS, EMPRESAS OPERADORAS E INSTITUCIONES DE CREDITO PARA LA DEVOLUCION DE CUENTAS INDIVIDUALES TRASPASADAS INDEBIDAMENTE.

61. CIRCULAR CONSAR 17-2 MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS MINIMOS QUE DEBERAN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACION COLECTIVA PARA SU REGISTRO ANTE LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 30/NOV/98 OBJETO: MODIFICAR ALGUNOS CONCEPTOS PARA DAR CLARIDAD A LOS REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS PLANES DE PENSIONES QUE SE REGISTREN ANTE LA COMISIÓN, ASÍ COMO LA ADECUACIÓN DE ALGUNOS PLAZOS.

62. CIRCULAR CONSAR 38-1 REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ENTIDADES RECEPTORAS PARA LA CORRECCION DE DEPOSITOS REALIZADOS ERRONEAMENTE EN BANCO DE MEXICO DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A LAS CUOTAS DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, Y APORTACIONES AL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA. PUBLICACION DOF: 30/NOV/98 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ENTIDADES RECEPTORAS PARA LA CORRECCIÓN DE LOS DEPÓSITOS REALIZADOS ERRÓNEAMENTE EN BANCO DE MÉXICO.

63. CIRCULAR CONSAR 12-5. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS

REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y

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ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 24/DICIEMBRE/98. OBJETO: MODIFICAR LA REGLA QUINTA SOBRE REGISTRO CONTABLE DE INTERESES DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA, LA REGLA DECIMA CUARTA SOBRE GASTOS PREOPERATIVOS Y ADICIONAR EL CAPITULO VI DE LA CERTIFICACION DE ESTADOS FINANCIEROS.

PUBLICACIONES 1999

64 CIRCULAR CONSAR 27-3 MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS INSTITUCIONES DE CREDITO, EN RELACION A LA PRESTACION DE SERVICIOS A LOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 29/ENERO/99. OBJETO: MODIFICAR LAS REGLAS DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA A LA SEXAGESIMA TERCERA, ASI COMO ADICIONAR EL “CAPITULO IX DE LA TERMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

65 CIRCULAR CONSAR 05-3 MODIFICACION A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LOS AGENTES PROMOTORES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 11/FEBRERO/99. OBJETO: MODIFICAR PLAZOS DE EXAMENES Y REVALIDACION DE REGISTROS ANTE CONSAR

66 CIRCULAR CONSAR 26-2 MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE SE SUJETARA LA APLICACION DE PROGRAMAS DE AUTORREGULACION EN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO RESPECTO A INFRACCIONES A LAS NORMAS QUE REGULAN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 11/FEBRERO/99. OBJETO: MODIFICAR LAS REGLAS QUINTA; SEXTA; EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA REGLA OCTAVA; NOVENA; DÉCIMA, Y DÉCIMA PRIMERA DE LA CIRCULAR CONSAR 26-1. ADICIONAR UN SEGUNDO, TERCER Y CUARTO PÁRRAFOS A LA REGLA QUINTA; Y UN SEGUNDO PÁRRAFO A LA NOVENA. Y DEROGAR LA FRACCIÓN IV DE LA REGLA SÉPTIMA.

67. CIRCULAR CONSAR 14-3, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR.

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PUBLICACION DOF: 1/MZO/1999 OBJETO: MODIFICA TODAS LAS COMISIONES Y ADICIONA UNA COMISION FIJA PAGADERA MENSUALMENTE A CARGO DE LAS AFORES.

68. CIRCULAR CONSAR 12-6, REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACION Y PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PUBLICACION DOF: 10/MZO/1999. OBJETO: ESTABLECER LA FORMA EN QUE LAS ADMINISTRADORAS PODRÁN OPTAR POR CAPITALIZAR SUS “GASTOS EROGADOS POR EL REGISTRO DE TRABAJADORES”, DEL AÑO DE 1998.

69. CONSAR 39-1, REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR RELATIVAS A LA CLAVE UNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN”. PUBLICACION DOF: 11/MARZO/1999. OBJETO: ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS Y CRITERIOS QUE DEBRÁN CONSIDERAR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO EN CUANTO AL TRAMITE DE LA GENERACION DE LA CURP ANTE DICHAS ENTIDADES FINANCIERAS.

70. CONSAR 31-3, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS

GENERALES QUE ESTABLECEN LOS PROCESOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN TOTAL Y TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 18 DE MARZO DE 1999. OBJETO: SUSPENDER LA APLICACION DE CIERTAS REGLAS RELATIVAS A LA TRANSFERENCIA Y VALIDACION DE INFORMACION ELECTRONICA DE LAS RESOLUCIONES DEL IMSS EN CUANTO AL SAR 92-97

71. CONSAR 32-2 “ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE

ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁ SUJETARSE LA DEVOLUCIÓN DE PAGOS SIN JUSTIFICACIÓN LEGAL REALIZADOS POR LOS GOBIERNOS ESTATALES, MUNICIPALES O POR ENTIDADES U ORGANISMOS PÚBLICOS DE CARÁCTER ESTATAL O MUNICIPAL”. PUBLICACION DOF: 29 DE MARZO DE 1999. OBJETO: SE ADICIONA EL CAPÍTULO V DENOMINADO “DE LOS TRABAJADORES PENSIONADOS”, Y LAS REGLAS DÉCIMA OCTAVA, DÉCIMA NOVENA Y VIGÉSIMA A LA CIRCULAR CONSAR 32-1, A EFECTO DE QUE LOS TRABAJADORES PENSIONADOS AL AMPARO DE UN PLAN DE PENSIONES ESTABLECIDO POR LOS GOBIERNOS ESTATALES,

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MUNICIPALES O POR ENTIDADES U ORGANISMOS PUBLICOS DE CARACTER ESTATAL O MUNICIPAL, OBTENGAN EL PAGO DEL SAR 92-97 ANTES DE QUE SE TRANSFIERAN LOS RECURSOS AL SISTEMA ESTABLECIDO POR DICHOS ORGANISMOS O ENTIDADES GUBERNAMENTALES.

72. CONSAR 40-1, “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS

PROCESOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN Y TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN Y RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO, DERIVADAS DE LOS SEGUROS DE RIESGOS DE TRABAJO Y DE INVALIDEZ Y VIDA”. PUBLICACION DOF: 8 DE ABRIL DE 1999; OBJETO: ESTABLECE LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERAN AJUSTARSE LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS EN CASO DE PENSIONADOS POR RIESGOS DE TRABAJO, INVALIDEZ Y VIDA, YA QUE DICHOS PROCESOS NO IMPLICAN QUE EL TRABAJADOR SE PRESENTE DIRECTAMENTE ANTE LA PRESTADORA DE SERVICIOS.

73. CONSAR 12-7, “REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA

CONTABILIDAD Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: 12 DE ABRIL DE 1999; OBJETO: ABROGAR LAS CIRCULARES 12-1 A LA 12-6, PARA ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS QUE EN MATERIA DE CONTABILIDAD DEBERÁN CUMPLIR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS.

74. CONSAR 19-4, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS

GENERALES A LAS QUE DEBERÁ SUJETARSE LA INFORMACIÓN QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, ENTREGUEN A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 12 DE ABRIL DE 1999, OBJETO: MODIFICAR LA REGLA SEXTA Y SEPTIMA EN CUANTO A LOS ESTADOS FINANCIEROS, ASI COMO MODIFICAR EL ANEXO DIECISIETE.

75 CONSAR 41-1, “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR EN CUANTO A LA AMORTIZACIÓN DE

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CRÉDITOS OTORGADOS POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES”. PUBLICACION DOF: PUBLICADA EL 19 DE ABRIL DE 1999. OBJETO: LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA DE AQUELLOS TRABAJADORES CON CRÉDITOS DE VIVIENDA OTORGADOS POR EL INFONAVIT, O CUANDO SE HAGA EFECTIVA LA GARANTÍA DADA POR EL TRABAJADOR AL RECIBIR UN CRÉDITO DE ALGUNA ENTIDAD FINANCIERA, Y CUYAS APORTACIONES DEBEN SER CANALIZADAS A LA AMORTIZACIÓN DEL CRÉDITO, O A LA ACREDITACIÓN EN LA CITADA CUENTA EN AQUELLOS CASOS EN QUE SE IDENTIFIQUEN APORTACIONES POR MONTOS SUPERIORES AL CRÉDITO OTORGADO AL TRABAJADOR.

76. CONSAR 40-2, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS PROCESOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN Y TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN Y RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO, DERIVADAS DE LOS SEGUROS DE RIESGOS DE TRABAJO Y DE INVALIDEZ Y VIDA”. PUBLICACION DOF: 31 DE MAYO DE 1999. OBJETO: LA CIRCULAR ANTES MENCIONADA TIENE POR OBJETO MODIFICAR LA FRACCIÓN II DE LA REGLA DÉCIMA SEGUNDA DE LA CIRCULAR CONSAR 40-1, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 8 DE ABRIL DE 1999, PARA ACLARAR LA OBLIGACIÓN DE LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS EN CUANTO AL ENVÍO DE INFORMACIÓN DE SALDOS DE LA SUBCUENTA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ.

77. CONSAR 07-3, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS A LAS QUE DEBERÁN

SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL REGISTRO DE TRABAJADORES”.

PUBLICACION EN EL DOF: EL 14 DE JUNIO DE 1999. OBJETO: LAS MODIFICACIONES PREVISTAS EN LA PRESENTE CIRCULAR TIENEN POR OBJETO ADECUAR EL PROCESO DE REGISTRO EN EL SENTIDO DE HACER OBLIGATORIA LA EXHIBICIÓN DE LA CONSTANCIA DE LA CURP O EL DOCUMENTO PROBATORIO PARA EL REGISTRO, ASÍ COMO LA OBLIGACIÓN DE LAS EMPRESAS

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OPERADORAS DE DAR TRÁMITE A LAS SOLICITUDES QUE SE ENCONTRABAN IDENTIFICADAS COMO PENDIENTES.

78. CONSAR 28-3, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES”.

PUBLICACION EN EL DOF: 14 DE JUNIO DE 1999. OBJETO: LA CIRCULAR EN CITA TIENE POR OBJETO ADECUAR EL TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE ESTADO DE CUENTA PARA TRASPASO, ESTABLECIENDO PARA TAL EFECTO LA POSIBILIDAD DE QUE EL TRABAJADOR SE PRESENTE DIRECTAMENTE EN LA ADMINISTRADORA A SOLICITAR QUE DICHO ESTADO DE CUENTA LE SEA ENTREGADO EN ALGUNA SUCURSAL DE LA ADMINISTRADORA, ASÍ COMO LA OBLIGACIÓN DE REEXPEDIR EL MENCIONADO DOCUMENTO CUANDO EL TRABAJADOR LO HAYA EXTRAVIADO, LO ANTERIOR EN EL ENTENDIDO DE QUE EL PRIMER ESTADO DE CUENTA PARA TRASPASO QUE SE REEXPIDA ES GRATUITO.

79. CONSAR 30-4, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS

GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA DEPURACIÓN DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR”.

PUBLICACION DOF: 14 DE JUNIO DE 1999. OBJETO: LAS PRESENTES MODIFICACIONES TIENEN POR OBJETO ESTABLECER PLAZOS ESPECÍFICOS Y CALENDARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA CONFRONTA QUE DEBERÁN ACREDITAR LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS ADMINISTRADORAS PARA INICIAR EL TRÁMITE DE DEVOLUCIÓN DE CUENTAS TRASPASADAS INDEBIDAMENTE DE UNA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO A UNA ADMINISTRADORA, ASÍ COMO ESTABLECER CLARAMENTE LAS OBLIGACIONES DE AMBAS ENTIDADES FINANCIERAS EN CASO DE NO REALIZAR PREVIAMENTE LAS CONFRONTAS.

80. CONSAR 27-4, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: 18 DE JUNIO DE 1999. OBJETO: LAS DISPOSICIONES GENERALES ANTES MENCIONADAS TIENEN POR OBJETO MODIFICAR LA REGLA QUINTA DE LA CIRCULAR 27- 1, ACLARANDO QUE PARA LA ASIGNACIÓN DE CUENTAS SE DEBERÁ

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TOMAR EN CONSIDERACIÓN EL PORCENTAJE DE CURP OTORGADAS POR EL RENAPO A LOS TRABAJADORES REGISTRADOS EN CADA ADMINISTRADORA, HASTA EL ÚLTIMO DÍA DEL MES ANTERIOR A AQUÉL EN QUE SE LLEVE A CABO LA DISTRIBUCIÓN DE INFORMACIÓN, ASÍ COMO EL TOTAL DE TRABAJADORES QUE NO HAYAN SIDO ASIGNADOS A UNA PRESTADORA DE SERVICIOS, Y QUE HABIENDO RECIBIDO CUOTAS Y APORTACIONES NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA Y CUYOS RECURSOS SE ENCUENTREN EN LA CUENTA CONCENTRADORA.

81. CONSAR 31-4, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS

GENERALES QUE ESTABLECEN LOS PROCESOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN TOTAL Y TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES”. PUBLICACION DOF: 25 DE JUNIO DE 1999. OBJETO: LAS MODIFICACIONES PREVISTAS EN LA CIRCULAR EN CITA, TIENEN POR OBJETO ADECUAR PLAZOS DE TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN ENTRE LAS EMPRESAS OPERADORAS Y EL INFONAVIT, ASÍ COMO ADICIONAR EL CAPÍTULO VII BIS DENOMINADO “DEL PROCEDIMIENTO DE INTEGRACIÓN DE INFORMACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES QUE EL INFONAVIT HAYA IDENTIFICADO CON DIAGNÓSTICOS “EN ACLARACIÓN”, “CUENTA PAGADA EN ICEFA” Y “CUENTA PAGADA EN AFORE”.

82. CONSAR 42-1, “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN

SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA UNIFICACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES”. PUBLICACION DOF: 25 DE JUNIO DE 1999. OBJETO: LA CIRCULAR EN CITA TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, PRESTADORAS DE SERVICIOS Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA UNIFICACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN AFILIADOS AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL CON MÁS DE UN NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL.

83. CONSAR 08-3, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE REQUISITOS MINIMOS DE OPERACION QUE DEBERAN OBSERVAR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 21/07/99

OBJETO: ADICIONAR LA REGLA VIGESIMA QUINTA BIS, MEDIANTE LA CUAL SE ACLARAN LAS FECHAS QUE LAS ADMINISTRADORAS DEBERAN

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CONSIDERAR EN LOS DETALLES DE MOVIMIENTOS DE LOS ESTADOS DE CUENTAS PARA LOS TRABAJADORES EN CUANTO A LA SUBCUENTA DE VIVIENDA.

84. CONSAR 26-3, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE SE SUJETARA LA APLICACION DE PROGRAMAS DE AUTOCORRECCION EN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO RESPECTO A INFRACCIONES A LAS NORMAS QUE REGULAN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 21/07/99. OBJETO: REGULAR LOS TERMINOS Y CONDICIONES A LOS QUE DEBERAN SUJETARSE LOS INFORMES DE LOS CONTRALORES NORMATIVOS EN CASO DE AUSENCIA DE LOS MISMOS.

85 CONSAR 09-2, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBE REUNIR LA INFORMACIÓN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN DIRIGIR A LOS TRABAJADORES Y PÚBLICO EN GENERAL”. PUBLICADA EL 3 DE AGOSTO DE 1999. OBJETO: LAS MODIFICACIONES PREVISTAS EN LA CIRCULAR ANTES SEÑALADA, TIENEN POR OBJETO DEROGAR LA OBLIGACIÓN DE NOTIFICAR A LOS TRABAJADORES A TRAVÉS DEL PIZARRÓN O MATERIAL INFORMATIVO, DATOS E INFORMACIÓN RESPECTO A LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO QUE PRESTABA LA COMISIÓN, PARA LA RECEPCIÓN DE RECLAMACIONES SOBRE IRREGULARIDADES EN LA OPERACIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LAS ADMINISTRADORAS, EN VIRTUD DE EXISTIR LA NUEVA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS.

86. CONSAR 11-2, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE

ESTABLECEN LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ CONTENER EL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICADA EN EL DOF: EL 3 DE AGOSTO DE 1999. OBJETO: LA CIRCULAR ANTES MENCIONADA, TIENE POR OBJETO ACLARAR Y ADICIONAR EN EL CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS PARA EL RETIRO, QUE EN CASO DE RECLAMACIONES POR PARTE DE LOS TRABAJADORES EN CUANTO A LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, ÉSTOS PODRÁN ACUDIR A PRESENTARLAS ANTE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS.

87 CONSAR 35-2, “ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS

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PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO; Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN RELACION A LOS CAMBIOS EN LOS SISTEMAS INFORMATICOS POR EL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000. PUBLICADA EN EL DOF: 13 DE SEPTIEMBRE DE 1999.” OBJETO: ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS GENERALES A LOS QUE DEBERA SUJETARSE EL PLAN DE CONTINGENCIA PARA EL AÑO 2000. PARA TAL EFECTO SE ADICIONA LAS REGLAS DECIMA CUARTA A LA VIGESIMA SEGUNDA.

88. CONSAR 12-8, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACION Y PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA EN EL DOF: 20 DE SEPTIEMBRE DE 1999.” OBJETO: MODIFICAR LAS REGLAS CUARTA; DÉCIMA, FRACCIONES III Y IV; VIGÉSIMA PRIMERA, FRACCIÓN III Y TRIGÉSIMA PRIMERA, FRACCIONES II Y IV, DE LA CIRCULAR CONSAR 12-7, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 12 DE ABRIL DE 1999,

89. CONSAR 19-5, “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERA SUJETARSE LA INFORMACION QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, ENTREGUEN A LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO.” PUBLICADA EN EL DOF: 4 DE OCTUBRE DE 1999. OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, EN CUANTO A LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁN PROPORCIONAR A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, PARA QUE ÉSTA CUENTE CON LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA SUPERVISAR SU ADECUADO FUNCIONAMIENTO.

90. CONSAR 19-6, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS

QUE DEBERA SUJETARSE LA INFORMACION QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS ENTIDADES RECEPTORAS, ENTREGUEN A LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO”.

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PUBLICADA EN EL DOF: 27 DE OCTUBRE DE 1999. OBJETO: SE MODIFICA LA FRACCIÓN II DE LA REGLA SEPTIMA Y LA FRACCIÓN III DE LA REGLA OCTAVA DE LA CIRCULAR CONSAR 19-5, DE LA CIRCULAR CONSAR 19-5, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE OCTUBRE DE 1999.

91. CONSAR 08-4. “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE REQUISITOS MÍNIMOS DE OPERACIÓN QUE DEBERÁN OBSERVAR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION EN EL DOF: 2 DE DICIEMBRE DE 1999. OBJETO: LAS DISPOSICIONES GENERALES TIENEN COMO COMETIDO ESTABLECER LA MODIFICACIÓN DEL PERÍODO QUE DEBERÁ CONSIDERAR EL ESTADO DE CUENTA QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBERÁN ENVIAR A LOS TRABAJADORES REGISTRADOS EN LAS MISMAS. DICHO PERÍODO COMPRENDE LA INFORMACIÓN DE LOS SALDOS DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES GENERADA DEL 1° DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.

92. CONSAR 27-5, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, EN RELACIÓN A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: EL 14 DE DICIEMBRE DE 1999. OBJETO: DETALLAR LOS CONCEPTOS QUE DEBERAN CONSIDERARSE PARA DESIGNACION DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON AFORE, ASI COMO MODIFICAR LA FORMULA EMPLEADA PARA TAL EFECTO. DICHA DESIGNACION DEBERA REALIZARSE TOMANDO EN CUENTA EL PORCENTAJE DE CURP OTORGADAS POR EL RENAPO A LOS TRABAJADORES REGISTRADOS EN CADA ADMINISTRADORA, HASTA EL ÚLTIMO DÍA DEL MES ANTERIOR A AQUÉL EN QUE SE LLEVE A CABO LA DISTRIBUCIÓN DE INFORMACIÓN, ASÍ COMO EL TOTAL DE TRABAJADORES QUE NO HAYAN SIDO ASIGNADOS A UNA PRESTADORA DE SERVICIOS, Y QUE SE ENCUENTREN REGISTRADOS EN LAS CÉDULAS DE DETERMINACIÓN Y QUE NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA.

93. CONSAR 43-1, “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS AL GOBIERNO FEDERAL, DE TRABAJADORES PENSIONADOS POR RIESGOS DE TRABAJO, INVALIDEZ Y VIDA, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 97, PERO QUE OPTEN POR LOS BENEFICIOS DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 73, AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE

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FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR”, PUBLICACION DOF: EL 14 DE DICIEMBRE DE 1999; OBJETO: ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA TRANSFERENCIA AL GOBIERNO FEDERAL DE LOS RECURSOS DE LA SUBCUENTA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, Y DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA EN RELACIÓN CON EL SALDO CORRESPONDIENTE A LAS APORTACIONES DEL CUARTO BIMESTRE DE 1997 EN ADELANTE Y LOS INTERESES QUE HUBIERAN GENERADO, DE TRABAJADORES PENSIONADOS POR LOS SEGUROS DE RIESGOS DE TRABAJO, INVALIDEZ Y VIDA, Y CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE DICIEMBRE DE 1995, PERO QUE HAYAN SOLICITADO ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL LOS BENEFICIOS DE LAS PENSIONES REGULADOS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 12 DE MARZO DE 1973, CON SUS REFORMAS Y ADICIONES.

94. CONSAR 44-1, “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS

PROCESOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN Y TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN Y RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO, QUE OBTENGAN UNA RESOLUCIÓN DE NEGATIVA DE PENSIÓN DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 97”. PUBLICACION DOF: EL 14 DE DICIEMBRE DE 1999. OBJETO: ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA TRANSFERENCIA Y DISPOSICIÓN DE LOS RECURSOS DE LAS SUBCUENTAS DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, Y DE VIVIENDA, DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUANDO ÉSTOS HAYAN OBTENIDO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNA RESOLUCIÓN DE NEGATIVA DE PENSIÓN DE CONFORMIDAD CON LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE DICIEMBRE DE 1995.

95. CONSAR 06-2, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE PUBLICIDAD Y PROMOCIONES QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”.

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PUBLICACION DOF: EL 15 DE DICIEMBRE DE 1999. OBJETO: MODIFICAR LOS TERMINOS, CONDICIONES ASI COMO EL CONCEPTO DE LA PUBLICIDAD, A LOS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS AFORES, ASI COMO LOS PLAZOS EN LOS QUE SE RESOLVERA SOBRE EL MATERIAL UTILIZADO EN LAS CAMPAÑAS PROMOCIONALES Y DE PUBLICIDAD.

96. CONSAR 23-3, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE

LA DIVULGACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD RELACIONADA CON LA INFORMACIÓN DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ QUE CONOZCAN LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: EL 15 DE DICIEMBRE DE 1999. OBJETO: MODIFICAR LA REGLA CUARTA EN CUANTO A LA OBLIGACION DE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE NO PORPORCIONAR INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL DOMICILIO Y NUMERO TELEFONICO DE LOS TRABAJADORES QUE NO ELGIEROM AFORE, ASI COMO LA POSIBILIDAD DE PROPORCIONAR DICHA INFORMACION A EMPRESAS DISTINTAS DE LAS AFORES CON EL FIN DE EFICIENTAR LA OPERACIÓN DE LA CUENTA CONCENTRADORA.

97. CONSAR 35-3, “ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO; Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN RELACIÓN A LOS CAMBIOS EN LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS POR EL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000”. PUBLICACION DOF: EL 15 DE DICIEMBRE DE 1999. OBJETO: ESTABLECER COMO MEDIDA PREVENTIVA POR EL ADVENIMIENTO DEL AÑO 2000, QUE EN CASO DE QUE LOS PARTICIPANTES EN LOS SAR POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR REPORTEN ALGUNA PROBLEMÁTICA EN SUS SISTEMAS INFORMÁTICOS, LA COMISIÓN, PREVIA CAUSA JUSTIFICADA DEBIDAMENTE ACREDITADA ANTE LA MISMA, PODRÁ DICTAR LAS MEDIDAS DE CARÁCTER TEMPORAL QUE PERMITAN QUE LOS PARTICIPANTES AJUSTEN LA OPERACIÓN DE LOS PRINCIPALES PROCESOS OPERATIVOS QUE TIENEN UN IMPACTO DIRECTO EN LA ADMINISTRACION DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES.

PUBLICACIONES 2000

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98. CONSAR 26-4, “REGLAS GENERALES A LAS QUE SE SUJETARÁ LA APLICACIÓN DE PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN EN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO RESPECTO AL INCUMPLIMIENTO A LAS NORMAS QUE REGULAN LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: 7/02/2000. OBJETO: ESTABLECER CLARAMENTE LOS SUPUESTOS BAJO LOS CUALES LAS ADMINISTRADORAS PODRÁN PRESENTAR PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN, LOS REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR DICHOS PROGRAMAS; LOS PLAZOS EN QUE DEBEN SER PRESENTADOS, LAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRALORES NORMATIVOS EN CUANTO AL SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES DE AUTOCORRECCIÓN, ASÍ COMO ABROGAR LAS CIRCULARES 26-1 A LA 26-3 ANTERIORES.

99. CONSAR 30-5, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA DEPURACIÓN DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR”. PUBLICACION DOF: 7/02/2000. OBJETO: LA CIRCULAR TIENE POR OBJETO AJUSTAR PLAZOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA CONFRONTA DE INFORMACIÓN ENTRE ADMINISTRADORAS E INSTITUCIONES DE CRÉDITO RELACIONADA CON LAS CUENTAS QUE SE HAYAN TRASPASADO INDEBIDAMENTE, ASÍ COMO ESTABLECER UN PLAZO DE 180 DÍAS NATURALES PARA REALIZAR EL COTEJO DE LA INFORMACIÓN DE TODAS AQUELLAS CUENTAS QUE SE HAYAN TRASPASADO CON ANTERIORIDAD A LA VIGENCIA DE LA CIRCULAR EN CITA, A EFECTO DE DETECTAR LAS CUENTAS INDIVIDUALES RESPECTO DE LAS CUALES FALTA GESTIONAR EL TRÁMITE DE DEVOLUCIÓN.

100. CONSAR 34-2, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE

ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN PARCIAL DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES”. PUBLICACION DOF: 7/02/2000 OBJETO: EN ATENCIÓN A UNA SOLICITUD DEL IMSS, SE MODIFICÓ LA CIRCULAR CON EL OBJETO DE ESTABLECER COMO OBLIGACIÓN DE LAS ADMINISTRADORAS, LA DE VERIFICAR AL MOMENTO DE RECIBIR UNA SOLICITUD DE DISPOSICIÓN PARCIAL DE RECURSOS, SI LA RESOLUCIÓN DE AYUDA POR GASTOS DE MATRIMONIO SE ENCUENTRA VIGENTE AL MOMENTO DE PRESENTARLA ANTE DICHA ENTIDAD FINANCIERA, TODA VEZ QUE EL IMSS EN LOS FORMATOS DE ESE TIPO DE RESOLUCIÓN, ESTABLECE LA VIGENCIA DE CADA RESOLUCIÓN.

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101. CONSAR 45-1, “REGLAS PARA LA RECOMPOSICIÓN DE CARTERA DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”, PUBLICACION DOF: 11/02/2000 OBJETO: QUE TIENE COMO OBJETO, ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS Y TÉRMINOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SIEFORES CUANDO HAYAN ADQUIRIDO VALORES QUE DEJEN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA ÉSTOS, TALES COMO EL HECHO DE QUE HUBIEREN SIDO DEGRADADOS EN SU CALIFICACIÓN, SUSPENDIDA SU COTIZACIÓN EN EL MERCADO CORRESPONDIENTE; CANCELADA SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES E INTERMEDIARIOS, CUANDO SE MODIFIQUEN LAS REGLAS APLICABLES AL RÉGIMEN DE INVERSIÓN, ASÍ COMO CUANDO EL COMITÉ DE ANÁLISIS DE RIESGOS HAYA PROHIBIDO SU ADQUISICIÓN.

102. CONSAR 25-2, “REGLAS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LOS CONTRALORES NORMATIVOS DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA PRESENTACION DEL PLAN DE FUNCIONES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 4° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO Y DEL INFORME MENSUAL PREVISTO EN EL ARTICULO 30 FRACCION IV DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: 23 DE FEBRERO 2000. OBJETO.- ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS CONTRALORES NORMATIVOS DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO EN CUANTO A LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, DEL PLAN DE FUNCIONES Y DEL INFORME MENSUAL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE DICHOS FUNCIONARIOS.

103. CONSAR 13-4, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS COMISIONES QUE SERAN COBRADAS POR LAS INSTITUCIONES DE CREDITO QUE LLEVEN EL REGISTRO DE LOS RECURSOS DEL SEGURO DE RETIRO Y APORTACIONES AL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA ACUMULADOS HASTA EL TERCER BIMESTRE DE 1997”. PUBLICACION DOF: 20 DE ABRIL DE 2000. OBJETO: SE MODIFICÓ LA COMISIÓN QUE LAS ICEFAS COBRAN POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PREVISTOS EN LA REGLA TERCERA DE LA CIRCULAR CONSAR 13-1

104. CONSAR 14-4, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR”. PUBLICACION DOF: 20 DE ABRIL DE 2000.

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OBJETO: MODIFICAR LAS REGLAS CUARTA Y DECIMA PRIMERA RELATIVAS A LAS COMISIONES QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS COBRAN A LAS ADMINISTRADORAS POR LOS SERVICIOS DE PROCESAMIENTO DE LA INFORMACION RELATIVA A LA RECEPCION, CONICLIACION Y DISPERSION DE CUOTAS Y APORTACIONES; ASÍ COMO A LAS INSTITUCIONES DE CREDITO.

105. CONSAR 15-3, “MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR VALORES QUE PRESERVEN EL VALOR ADQUISITIVO DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES”. PUBLICACION DOF: 26 DE ABRIL DE 2000. OBJETO:MODIFICAR EL CONCEPTO DE “TITULOS”, Y EN ALGUNOS CASOS DETALLAR LOS PORCENTAJES DE INVERSION EN CUANTO A TITULOS EMITIDOS POR EMPRESAS PRIVADAS O EMITIDOS, AVALADOS O ACEPTADOS POR INSTITUCIONES DE CREDITO.

106. CONSAR 46-1, REGLAS QUE DETERMINAN LAS CARACTERISTICAS DE VALORES CUYA ADQUISICION SE ENCUENTRA PROHIBIDA A LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 27 DE ABRIL DE 2000. OBJETO: PROHIBIR LA ADQUISICIÓN POR LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, DE LOS VALORES QUE SE INDICAN EN LA REGLA TERCERA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO.

107. CONSAR 43-2, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS AL GOBIERNO FEDERAL DE TRABAJADORES PENSIONADOS POR RIESGOS DE TRABAJO, INVALIDEZ Y VIDA, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 97, PERO QUE OPTEN POR LOS BENEFICIOS DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 73, AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR.” PUBLICACION DOF: 18/MAYO/2000 OBJETO: MODIFICAR EL CONCEPTO DE LOS RECURSOS QUE DEBERÁN SER TRANSFERIDOS POR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO AL GOBIERNO FEDERAL, EN CASO DE QUE LOS TRABAJADORES PENSIONADOS BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 97, OPTEN POR LOS BENEFICIOS DE LA ANTERIOR LEY DEL SEGURO SOCIAL.

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108. CONSAR 47-1, REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA CORRECCION O ACLARACION DEL NUMERO DE SEGURIDAD SOCIAL UTILIZADO PARA LA IDENTIFICACION DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES. PUBLICACION DOF: 29/MAYO/00 OBJETO: ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA ACLARACIÓN Y CORRECCIÓN DE LOS NÚMEROS DE SEGURIDAD SOCIAL DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE DURANTE EL TRÁMITE DE REGISTRO SE HAYA DETECTADO QUE SU NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL SE ENCUENTRA ASIGNADO A OTRA PERSONA QUE ESTÁ REGISTRADA EN ALGUNA ADMINISTRADORA, POR LO QUE NO FUE POSIBLE OBTENER SU REGISTRO EN LA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO DE SU ELECCIÓN.

109. CONSAR 12-9, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACION Y PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 5/JUNIO/2000 OBJETO: MODIFICAR, ADICIONAR Y DEROGAR CUENTAS PARA FACILITAR LA CONTABILIDAD QUE LAS ADMINISTRADORAS DEBEN PRESENTAR ANTE LA COMISION.

110. CONSAR 01-2, ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER AUTORIZACION PARA LA CONSTITUCION Y OPERACION DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 18/08/00 OBJETO: ADICIONAR LOS REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS SOLICITANTES QUE DESEEN CONSTITUIR UNA NUEVA SIEFORE.

111. CONSAR 02-2, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE CAPITALIZACION AL QUE SE SUJETARAN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 18/08/00 OBJETO: ACLARAR QUE LA RESERVA ESPECIAL DE LAS ADMINISTRADORAS EQUIVALENTE POR LO MENOS AL 1% DEL CAPITAL

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SUSCRITO POR LOS TRABAJADORES DEBERÁ MANTENERSE INVERTIDA EN CADA UNA DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN QUE OPEREN.

112. CONSAR 04-2, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS

GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 18/08/00 OBJETO: ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS ADMINISTRADORAS CUANDO PRESENTEN SUS ESTRUCTURAS DE COMISIONES, CONSIDERANDO LAS SIEFORES QUE OPEREN

113. CONSAR 14-5, ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACION DOF: 18/08/00 OBJETO: ESTABLECER LA OBLIGACION DE LAS ADMINISTRADORAS DE QUE DURANTE EL AÑO DOS MIL, TENDRÁN QUE CUBRIR UNA COMISION A LAS EMPRESAS OPERADORAS DE UN TOTAL DE CUARENTA Y CINCO MILLONES.

114. CONSAR 15-4, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE

ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR VALORES QUE PRESERVEN EL VALOR ADQUISITIVO DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 21/08/00 OBJETO: MODIFICAR LA REGLA NOVENA EN LA QUE SE PREVE QUE EN CASO DE QUE INSTITUCIONES CALIFICADORAS DE VALORES MODIFIQUEN LA DENOMINACIÓN DE SUS CALIFICACIONES O SE AUTORICEN POR LA AUTORIDAD COMPETENTE OTRO TIPO DE INSTITUCIONES CALIFICADORAS DE VALORES, LAS NUEVAS ESCALAS DEBERÁN SUJETARSE A LA ACTUALIZACION DEL ANEXO “A” AUTORIZADA PREVIAMENTE POR EL COMITÉ DE ANALISIS DE RIESGOS. NOTA: LA ACTUALIZACION DEL ANEXO “A” SE PUBLICO EN EL DOF EL 31 DE AGOSTO DE 2000.

115. CONSAR 48-1, REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO QUE TENGAN POR OBJETO LA INVERSION DE APORTACIONES VOLUNTARIAS. PUBLICACION DOF: 21/08/00 OBJETO: ESTABLECER EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN QUE TENGAN POR

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OBJETO ÚNICO LA INVERSIÓN DE APORTACIONES VOLUNTARIAS, DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE ELIJAN EXPRESAMENTE QUE SUS APORTACIONES VOLUNTARIAS SE INVIERTAN EN ESTAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN.

116. CONSAR 23-4, MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE LA DIVULGACION Y CONFIDENCIALIDAD RELACIONADA CON LA INFORMACION DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ QUE CONOZCAN LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACION DOF: 19/09/00 (TIENE ANEXOS) OBJETO: MODIFICAR LA REGLA TERCERA, POR MEDIO DE LA CUAL, SE ESTABLECE QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS PODRÁN PROPORCIONAR INFORMACION A LAS AFORES RESPECTO DE LOS TRABAJADORES QUE NO HAN ELEGIDO AFORE, COMO ES, SU NOMBRE, CURP Y DATOS DEL PATRON.

117. CONSAR 21-3, “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA VALUACION DE LOS ACTIVOS PROPIEDAD DE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, Y DE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL PAGADO DE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: 9/10/2000. OBJETO: ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS, CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA VALUACIÓN DE LOS ACTIVOS PROPIEDAD DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, Y DE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL PAGADO DE DICHAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO.

118. CONSAR 24-3, “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CREDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES Y DEVOLUCION DE CUENTAS TRASPASADAS INDEBIDAMENTE”. PUBLICACION DOF: 16/10/2000. OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE SE INTEGREN CON LOS RECURSOS DE LA SUBCUENTA DE RETIRO PREVISTA POR LA

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ABROGADA LEY DEL SEGURO SOCIAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 12 DE MARZO DE 1973, CON SUS ADICIONES Y REFORMAS, ASÍ COMO LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LA SUBCUENTA DE VIVIENDA PREVISTA EN LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, DE UNA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO A LA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO QUE ELIJA EL TRABAJADOR SOLICITANTE

119. CONSAR 28-4, “REGLAS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACION DOF: 16/10/2000. OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES, DE UNA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO A OTRA ELEGIDA POR EL TRABAJADOR TITULAR DE LA CUENTA.

120. CONSAR 12-10, “REGLAS GENERALES SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: 22/12/2000. OBJETO: ESTABLECER LOS REQUISITOS Y TÉRMINOS QUE DEBERÁ CUMPLIR EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD DE LAS OPERACIONES Y LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. TRATÁNDOSE DE ADMINISTRADORAS QUE SE ENCUENTREN AUTORIZADAS PARA PRESTAR LOS SERVICIOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, ÉSTAS DEBERÁN ADICIONALMENTE REQUISITAR Y LLEVAR, LOS REGISTROS EN LAS CUENTAS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLEZCAN EN LAS PRESENTES DISPOSICIONES, ASI COMO DEROGAR LAS CIRCULARES CONSAR 12-7, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 12 DE ABRIL DE 1999; LA CIRCULAR CONSAR 12-8, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE 1999 Y LA CIRCULAR CONSAR 12-9, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 5 DE JUNIO DE 2000.

121. CONSAR 44-2, “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS

PROCESOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PRESTADORAS DE

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SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN Y TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN Y RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO, QUE OBTENGAN UNA RESOLUCIÓN DE NEGATIVA DE PENSIÓN DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 97”. PUBLICACION DOF: 22/12/2000. OBJETO: ESTABLECER LOS PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS DE LAS SUBCUENTAS DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, Y DE VIVIENDA, DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUANDO ÉSTOS HAYAN OBTENIDO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNA RESOLUCIÓN DE NEGATIVA DE PENSIÓN DE CONFORMIDAD CON LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE DICIEMBRE DE 1995, ASI COMO DEROGAR LA CIRCULAR CONSAR 44-1, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 1999

122. CONSAR 49-1, “REGLAS GENERALES SOBRE LA ASIGNACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES DE TRABAJADORES QUE NO ELIGIERON ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACION DOF: 22/12/2000. OBJETO: ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS Y TÉRMINOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, PARA LA ASIGNACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE NO HAYAN ELEGIDO ADMINISTRADORA, UNA VEZ TRANSCURRIDO EL PLAZO DE CUATRO AÑOS QUE SE SEÑALA EN EL ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO DEL DECRETO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO Y DE REFORMAS Y ADICIONES A LAS LEYES GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS, DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, DEL MERCADO DE VALORES Y FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR.

PUBLICACIONES 2001

123 CONSAR 20-3 “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL

PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y PRESTADORAS DE

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SERVICIOS PARA LA DEVOLUCION DE LOS PAGOS REALIZADOS SIN JUSTIFICACION LEGAL”. PUBLICACIÓN DOF: 6/02/01 OBJETO: OBJETO ESTABLECER LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA LA DEVOLUCIÓN DE LOS PAGOS EFECTUADOS SIN JUSTIFICACIÓN LEGAL, REALIZADOS POR LOS PATRONES. ASÍ COMO ABROGAR LA CIRCULAR CONSAR 20-1, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA ONCE DE NOVIEMBRE DE 1997, ASÍ COMO SUS MODIFICACIONES Y ADICIONES ESTABLECIDAS EN LA CIRCULAR CONSAR 20-2, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA DOS DE MARZO DE 1998.

124.CONSAR 19-7 “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁ SUJETARSE LA INFORMACIÓN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, ENTREGUEN A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 22/02/01 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS, LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN CUANTO A LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁN PROPORCIONAR A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, PARA QUE ÉSTA CUENTE CON LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA SUPERVISAR SU ADECUADO FUNCIONAMIENTO. ACTUALIZACION DEL ANEXO “A” DE LA CIRCULAR CONSAR 15-1, RELATIVA A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE INVERSION AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, CUYA CARTERA SE INTEGRE FUNDAMENTALMENTE POR VALORES QUE PRESERVEN EL VALOR ADQUISITIVO DE LOS AHORROS DE LOS TRABAJADORES. PUBLICADO EL 26 DE ABRIL DE 2001.

125. CONSAR 14-6, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE

ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR”. PUBLICACIÓN DOF: 31/05/2001

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OBJETO: SE MODIFICA LA COMISIÓN FIJA MÁXIMA QUE LA EMPRESA OPERADORA DEBE RECIBIR DE LAS AFORES.

126. CONSAR 05-4, “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS AGENTES PROMOTORES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO” PUBLICACIÓN DOF: 29/11/01 OBJETO: MODIFICAR PLAZOS Y PROCESO DE REGISTRO DE AGENTES PROMOTORES, ACLARAR LOS SUPUESTOS POR LOS QUE SE CONSIDRA CANCELADO, SUSPENDIDO O INACTIVO EL REGISTRO DEL AGENTE PROMOTOR, ASÍ COMO ABROGAR LAS CIRCULARES CONSAR 05-1, 05-2 Y 05-3, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN LOS DÍAS 10 DE OCTUBRE DE 1996, 14 DE NOVIEMBRE DE 1997 Y 11 DE FEBRERO DE 1999, RESPECTIVAMENTE.

127. CONSAR 07-4 MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL REGISTRO DE TRABAJADORES. PUBLICACIÓN DOF: 9 DE AGOSTO DE 2001 OBJETO: ADECUAR LOS PROCESOS DE REGISTRO DE TRABAJADORES, ESTABLECIENDO DOCUMENTOS QUE PERMITAN IDENTIFICAR AL TRABAJADOR SOLICITANTE, ASÍ COMO SE ESTABLECEN Y MODIFICAN.

128. CONSAR 17-3, “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE

ESTABLECEN LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBERÁN REUNIR LOS PLANES DE PENSIONES ESTABLECIDOS POR PATRONES O DERIVADOS DE CONTRATACIÓN COLECTIVA PARA SU REGISTRO ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO” PUBLICACIÓN DOF: 29/11/01 OBJETO: INCORPORAR LA FIGURA DE LA AFIRMATIVA FICTA A FAVOR DEL QUE SOLICITE EL REGISTRO DE UN PLAN PRIVADO DE PENSIONES O DE UN ACTUARIO AUTORIZADO PARA DICTAMINAR DICHOS PLANES. ESTO EN ATENCIÓN AL ACUERDO DE DESREGULACIÓN.

129. CONSAR 50-1, “REGLAS DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN

MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS PARA PREVENIR, DETECTAR Y COMBATIR EN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, ACTOS U OPERACIONES QUE PUEDAN UBICARSE EN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 400 BIS DEL CÓDIGO PENAL” PUBLICACIÓN DOF: 29/11/01. OBJETO: ESTABLECER LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBERÁN REPORTAR A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO, AQUELLOS DEPÓSITOS O DISPOSICIÓN DE APORTACIONES VOLUNTARIAS QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS SE IDENTIFIQUEN

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COMO OPERACIONES RELEVANTES, INUSUALES O PREOCUPANTES. 130. CONSAR 15-5, “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN

DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 5/12/01. OBJETO: ESTABLECER EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y ABROGAR LAS CIRCULARES CONSAR 15-1, 15-2,15-3, 15-4 Y 48-1, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN LOS DÍAS 30 DE JUNIO DE 1997, 29 DE OCTUBRE DE 1997, 26 DE ABRIL DE 2000 Y 21 DE AGOSTO DE 2000, RESPECTIVAMENTE.

131. CONSAR 51-1, REGLAS PRUDENCIALES EN MATERIA DE

ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO CON RESPECTO A LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO QUE OPEREN. PUBLICACIÓN DOF: 26/12/01 OBJETO: ESTABLECER LINEAMIENTOS MÍNIMOS QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBERÁN OBSERVAR PARA IMPLEMENTAR UNA ADECUADA ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS EN EL MANEJO DE LOS RECURSOS E INVERSIONES DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO QUE OPEREN.

PUBLICACIONES 2002

132. CONSAR 52-1 REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA OPERACIÓN DE LOS RETIROS PROGRAMADOS Y PENSIÓN GARANTIZADA. PUBLICACIÓN DOF: 18/03/2002 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERÁN SEGUIR LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA LA OPERACIÓN, CÁLCULO Y CONTRATACIÓN DE LA MODALIDAD DE PENSIÓN DENOMINADA COMO “RETIROS PROGRAMADOS” Y LA “PENSIÓN GARANTIZADA” PREVISTAS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE DICIEMBRE DE 1995, CON SUS REFORMAS Y ADICIONES.

133. CONSAR 14-7 MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICACIÓN DOF: 8/04/2002

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OBJETO: SE MODIFICA LA REGLA TERCERA TRANSITORIA DE LA CIRCULAR CONSAR 14-1, MODIFICADA POR LA CIRCULAR CONSAR 14-6, POR LA QUE SE ESTABLECE DISMINUCIÓN EN LA COMISIÓN QUE LAS EMPRESAS OPERADORAS COBRAN A LAS ADMINISTRADORAS.

134. CONSAR 15-6 MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 8/04/2002 OBJETO: DEFINIR CLARAMENTE Y DESCRIBIR LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS INSTRUMENTOS QUE LES ESTÁ PERMITIDO ADQUIRIR A LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, ASÍ COMO DE LOS INSTRUMENTOS QUE LES ESTÁN PROHIBIDOS

135. CONSAR 07-5, RELATIVA A LAS “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL REGISTRO DE TRABAJADORES” PUBLICACIÓN DOF: 29/05/2002 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO, REQUISITOS Y FORMALIDADES A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, EN EL TRÁMITE DE SOLICITUDES DE REGISTRO DE LOS TRABAJADORES, EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 176 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y 74 Y 76 DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, ASÍ COMO DEL REGLAMENTO DE ESTA ÚLTIMA

136. CONSAR 22-3, RELATIVA A LAS “REGLAS GENERALES SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR” PUBLICACIÓN DOF: 30/05/2002 OBJETO: ESTABLECER LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR EN LO RELATIVO A LA RECEPCIÓN DE RECURSOS E INFORMACIÓN DE LAS CUOTAS OBRERO PATRONALES, APORTACIONES ESTATALES, CUOTA SOCIAL, APORTACIONES VOLUNTARIAS, Y APORTACIONES DE VIVIENDA, DE LOS PROCESOS DE INDIVIDUALIZACIÓN, ACLARACIÓN EN LA DISPERSIÓN DE RECURSOS, AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS DE VIVIENDA Y EMISIÓN DE ESTADOS DE CUENTA, RELACIONADOS CON LA ADMINISTRACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES.

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137 CONSAR 04-3, RELATIVA A LAS “ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO” PUBLICACIÓN DOF: 11/06/2002 OBJETO: SE MODIFICAN LAS REGLAS SÉPTIMA Y OCTAVA, A EFECTO DE OBLIGAR A LAS AFORES QUE INCREMENTEN SUS COMISIONES, A REMITIR A LOS TRABAJADORES UN COMUNICADO EN EL QUE SE LE INFORME SOBRE EL CAMBIO EN LA ESTRUCTURA DE COMISIONES, HACIENDO VER AL TRABAJADOR QUE DERIVADO DEL INCREMENTO PUEDE EJERCER SU DERECHO A TRASPASAR SU CUENTA A OTRA AFORE, ASI COMO, LA OBLIGACIÓN DE LAS AFORES DE REMITIR JUNTO CON EL COMUNICADO ANTES MENCIONADO, LA SOLICITUD DE ESTADO DE CUENTA PARA TRASPASO, CUANDO SE TRATE DE UN INCREMENTO EN LAS COMISIONES.

138. CONSAR 15-7, RELATIVA A LAS “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO” PUBLICACIÓN DOF: 26/06/2002 OBJETO: ESPECIFICAR QUE LOS LÍMITES DE INVERSIÓN EN UN MISMO EMISOR ESTABLECIDOS EN TÉRMINOS DE LA CIRCULAR CONSAR 15-6 PUBLICADA EL DÍA 8 DE ABRIL DE 2002 DEBEN APLICARSE CONSIDERANDO TANTO LOS INSTRUMENTOS EMITIDOS EN MONEDA NACIONAL COMO EN MONEDA EXTRANJERA.

139. CONSAR 28-5 REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICACIÓN DOF.: 25/07/2002 OBJETO: ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES, DE UNA ADMINISTRADORA DE FONDOS PARA EL RETIRO A OTRA ELEGIDA POR EL TRABAJADOR TITULAR DE UNA CUENTA INDIVIDUAL.

140. CONSAR 51-2 MODIFICACIONES A LAS REGLAS PRUDENCIALES EN

MATERIA DE ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO CON RESPECTO A LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO QUE OPEREN. PUBLICACIÓN DOF. 7/10/2002

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OBJETO: ESTABLECER LINEAMIENTOS QUE PERMITAN MEDIR LOS RIEGOS EN LA INVERSIÓN DE LOS RECURSOS DE LOS TRABAJADORES, MEJORAR LAS PRÁCTICAS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA DISMINUIR EL RIESGO EN LA CONCERTACIÓN, LIQUIDACIÓN Y ASIGNACIÓN DE OPERACIONES, Y ESTANDARIZAR LOS PROCESOS DE TOMA DE DECISIONES Y EJECUCIÓN, A EFECTO DE QUE SE ASEGURE LA PARTICIPACIÓN DE LOS COMITÉS DE INVERSIONES Y RIESGOS, DE LA UNIDAD PARA LA ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS, DEL ÁREA DE INVERSIONES Y DEL ÁREA DE CONTROL Y REGISTRO DE LAS OPERACIONES

141. CONSAR 53-1, REGLAS PRUDENCIALES A LAS QUE DEBERÁN

SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PARA CELEBRAR OPERACIONES CON DERIVADOS. PUBLICACIÓN DOF: 14/10/2002 OBJETO: ESTABLECER LOS REQUISITOS QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN ACREDITAR PARA PODER CELEBRAR OPERACIONES CON DERIVADOS EN LOS TÉRMINOS DE LAS “REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO EN LA CELEBRACIÓN DE OPERACIONES FINANCIERAS CONOCIDAS COMO DERIVADAS” EMITIDAS POR EL BANCO DE MÉXICO.

142. CONSAR 04-4, RELATIVA A LAS “MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 28/10/02 OBJETO: SE MODIFICÓ LA REGLA OCTAVA DE LA CIRCULAR CONSAR 04-1, ADICIONADA Y MODIFICADA MEDIANTE LAS CIRCULARES CONSAR 04-2 Y 04-3, DERIVADO DE LA NUEVA REGULACIÓN APLICABLE A LOS TRASPASOS DE TRABAJADORES, POR VIRTUD DE LA QUE SE ELIMINÓ LA NECESIDAD DE PRESENTAR UN ESTADO DE CUENTA PARA TRASPASO EN LA AFORE RECEPTORA DEL TRÁMITE.

143.- CONSAR 06-3, MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS

GENERALES SOBRE PUBLICIDAD Y PROMOCIONES QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICACIÓN DOF: 28/10/2002 OBJETO: ESTABLECER LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE MEJORE LA INFORMACIÓN QUE ES TRANSMITIDA A LOS TRABAJADORES A TRAVÉS DE LA PUBLICIDAD, EN TAL SENTIDO, LAS AFORES DEBERÁN SEÑALAR LA DIRECCIÓN DE LA CONDUSEF PARA

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QUE ASISTAN LOS TRABAJADORES EN CASO DE QUEJAS, ASÍ COMO QUE LA INFORMACIÓN SEA CONGRUENTE CON LA OPERACIÓN DE LAS AFORES ETC.

144.- CIRCULAR CONSAR 09-3, RELATIVA A LAS “MODIFICACIONES Y

ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBE REUNIR LA INFORMACIÓN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN DIRIGIR A LOS TRABAJADORES Y AL PÚBLICO EN GENERAL.” PUBLICACIÓN DOF: 30/10/02 OBJETO: SE MODIFICA LA REGLA TERCERA, QUINTA, SÉPTIMA Y NOVENA Y SE ADICIONA EL CAPÍTULO IV Y UNA REGLA DÉCIMA PRIMERA A LA CIRCULAR CONSAR 09-1, MODIFICADA Y REFORMADA A SU VEZ POR LA CIRCULAR CONSAR 09-2, ESTABLECIÉNDOSE LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBERÁ PRESENTAR EL MATERIAL INFORMATIVO QUE ELABOREN LAS AFORES.

145.- CONSAR 10-3, RELATIVA A LAS “MODIFICACIONES A LAS REGLAS

GENERALES QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS PROSPECTOS DE INFORMACIÓN Y LOS FOLLETOS EXPLICATIVOS QUE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN PROPORCIONAR A LOS TRABAJADORES”. PUBLICACIÓN DOF: 30/10/02 OBJETO: SE MODIFICA LA REGLA SEXTA Y SE DEROGA LA REGLA OCTAVA DE AL CIRCULAR CONSAR 10-1, MODIFICADA POR LA CIRCULAR CONSAR 10-2; SE MODIFICA EL ANEXO A Y SE DEROGA EL ANEXO B DE LA CIRCULAR CONSAR 10-1. SE ELIMINA LA OBLIGACIÓN DE ELABORAR LOS FOLLETOS EXPLICATIVOS DE LAS SIEFORES CONFORME AL ANEXO B DE LA CIRCULAR, MISMO QUE SE SUPRIME.

146.- CONSAR 15-8, RELATIVA A LAS “REGLAS GENERALES QUE

ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 29/11/02 OBJETO: ESTABLECER EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. SE SUSTITUYE EL LÍMITE DE PLAZO PROMEDIO PONDERADO PARA LA CARTERA DE LAS SIEFORES POR UN LÍMITE DE VALOR EN RIESGO. SE INCLUYE EL RIESGO CONTRAPARTE EN OPERACIONES CON DERIVADOS EN LOS LÍMITES PARA CADA EMISOR EN FUNCIÓN DE SU CALIFICACIÓN. SE LLEVA A CABO LA COMPILACIÓN DE LA REGULACIÓN EN MATERIA DE RÉGIMEN DE INVERSIÓN DE LAS SIEFORES.

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147.- CONSAR 16-2, RELATIVA A LAS “REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO RESPECTO A LOS GASTOS QUE GENERE EL SISTEMA DE EMISIÓN, COBRANZA Y CONTROL DE APORTACIONES QUE DEBERÁN CUBRIR AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL”. PUBLICACIÓN DOF: 09/12/02 OBJETO: LAS PRESENTES REGLAS TIENEN POR OBJETO ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS, TÉRMINOS Y CONDICIONES A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, RESPECTO A LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR LA EMISIÓN, COBRANZA Y CONTROL DE APORTACIONES QUE DEBERÁN CUBRIR AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

148.- CONSAR 5-5, RELATIVAS A LA “REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS AGENTES PROMOTORES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 11/12/02 OBJETO: ESTABLECER LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS QUE DESEEN ACTUAR COMO AGENTES PROMOTORES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO.

149.- CONSAR 12-11, RELATIVA A LAS “REGLAS GENERALES SOBRE EL

REGISTRO DE LA CONTABILIDAD Y ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO”. PUBLICACIÓN DOF: 27/12/02 OBJETO: ESTABLECER LOS REQUISITOS Y TÉRMINOS QUE DEBERÁ CUMPLIR EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD DE LAS OPERACIONES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO ASÍ COMO LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE DICHAS SOCIEDADES.

PUBLICACIONES 2003

150.- CIRCULAR CONSAR 54-1. REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO CON RESPECTO A SUS CONSEJEROS INDEPENDIENTES Y CONTRALORES NORMATIVOS. PUBLICADA: 07/02/2003. 151.- CIRCULAR CONSAR 04-5. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO.

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PUBLICADA: 14/02/2003. 152.- CIRCULAR CONSAR 45-2. REGLAS PARA LA RECOMPOSICIÓN DE CARTERA DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA: 10/03/2003. 153.- CIRCULAR CONSAR 02-3. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE CAPITALIZACIÓN AL QUE SE SUJETARAN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA: 14/03/2003. 154.- CIRCULAR CONSAR 05-6. MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS AGENTES PROMOTORES DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO PUBLICADAS: 14/03/2003. 155.- CIRCULAR CONSAR 15-9. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA: 04/04/2003. 156.- CIRCULAR CONSAR 14-8. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICADA: 14/03/2003. 157.- CIRCULAR CONSAR 07-6. REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL REGISTRO DE TRABAJADORES. PUBLICADA: 14/04/2003. 158.- CIRCULAR CONSAR 10-4. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN REUNIR LOS PROSPECTOS DE INFORMACIÓN Y LOS FOLLETOS EXPLICATIVOS QUE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO DEBEN PROPORCIONAR A LOS TRABAJADORES. PUBLICADA: 16/04/2003. 159.- CIRCULAR CONSAR 28-6. MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES PUBLICADAS: 12/05/2003.

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160.- CIRCULAR CONSAR 22-4. REGLAS GENERALES SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR. PUBLICADA: 23/06/2003. 161.- CIRCULAR CONSAR 55-1. REGLAS PRUDENCIALES EN MATERIA DE INVERSIONES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA: 24/06/2003. 162.- CIRCULAR CONSAR 06-4. REGLAS GENERALES SOBRE PUBLICIDAD Y PROMOCIONES QUE REALICEN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA: 30/06/2003. 163.- CIRCULAR CONSAR 07-7. MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL REGISTRO DE TRABAJADORES. PUBLICADAS: 12/08/2003. 164.- CIRCULAR CONSAR 15-10. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA: 22/08/2003. 165.- CIRCULAR CONSAR 51-3. REGLAS PRUDENCIALES EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO CON RESPECTO A LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO QUE OPEREN. PUBLICADA: 30/10/2003. ACLARACIÓN: 10/11/2003. 166.- CIRCULAR CONSAR 31-5. REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS PROCESOS A LOS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PARA LA DISPOSICIÓN Y TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS DEPOSITADOS EN LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICADA: 31/10/2003.

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167.- CIRCULAR CONSAR 15-11. MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADAS: 12/12/2003. 168.- CIRCULAR CONSAR 28-7. REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. PUBLICADA: 12/12/2003. 169.- CIRCULAR CONSAR 03-2. REGLAS GENERALES SOBRE LA DETERMINACIÓN DE CUOTAS DE MERCADO A QUE SE SUJETARAN LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO. PUBLICADA: 26/12/2003. ACUERDO POR EL QUE SE ACTUALIZA EL FORMATO PREVISTO EN EL ANEXO “A” DE LA CIRCULAR CONSAR 22-4, REGLAS GENERALES SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, PUBLICADA EL 23 DE JUNIO DE 2003. PUBLICADO: 26/12/2003.

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ANEXO C: MULTAS IMPUESTAS

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MULTAS IMPUESTAS DETALLE DE SANCIONES

I.- AFORE CONCEPTOS DE INFRACCIÓN No. MULTAS

MONTOS DE SANCIÓN

ACTINVER DS/NPH/140/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00 DS/GVS/151/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00 DS/GVS/152/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00 DS/GVS/129/2003 Cobro indebido de comisiones 1 21,825.00 DS/GVS/129/2003 Cobro indebido de comisiones 1 21,825.00 DS/GVS/84/2003 No verificar ni comprobar deposito en indeval 1 43,650.00 DS/YJV/089/2003 No verificar ni comprobar deposito en indeval 1 43,650.00 7 301,185.00 ALLIANZ

DS/NPH/011/2003 No verifico el deposito de títulos en el INDEVAL 06/12/2003 1 54,795.00

DS/GVS/154/2002 No realizar contabilidad conforme a normatividad 3/06/2002 1 54,795.00

DS/YJV/013/2003 Entrega de información a Consar con mala calidad 10/2002 1 54,795.00

DS/YJV/160/2002 No remitir y emitir conforme a norma estados de cta. Traspaso 349 trabajadores 349 184,969.85

DS/GVS/154/2002 No realizar contabilidad conforme a normatividad 3/06/2002 1 54,795.00

DS/YJV/174/2002 Registros contables incorrectos 1° julio de 2002 1 54,795.00 DS/GZR/202/2002 Rechazo indebido de edos. De cta. Para traspaso 6 6 3,287.70 DS/GVS/120/2003 Recazo indebido de solicitud de traspaso 1 13,095.00

DS/YJV/042/2003 Irregularidades en la base de datos respecto a la contabilidad 1 130,950.00

DS/YJV/042/2003 Irregularidades en la base de datos respecto a la contabilidad 1 130,950.00

363 737,227.55

BANAMEX DS/GVS/020/2003 Entrega de información si calidad 02/10/2002 1 54,795.00 DS/YJV/185/2002 Realizar publicidad fuera de norma 1 158,062.50 DS/GVS/080/2003 Envío de información con mala calidad 1 56,745.00 DS/NPH/088/2003 Envío de información con mala calidad 1 56,745.00 DS/GVS/134/2003 Entrega de información con mala calidad a CONSAR 1 56,745.00 5 383,092.50

BANCOMER DS/GVS/119/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00

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DS/GVS/021/2003 Entrega de información con mala calidad traspaso 10/2002 1 54,795.00

DS/GVS/022/2003 Entrega de información con mala calidad traspasos 10/2002 1 54,795.00

DS/GVS/159/2002 Registro contable de dos o mas operaciones como una sola 3/06/2002 1 54,795.00

DS/GVS/151/2002 Rechazo incorrecto de solicitudes de pagos sin justificación legal 1 54,795.00

DS/YJV/208/2003 Rechazo indebido de traspasos procedentes 10 126,450.00 DS/GVS/126/2003 Entrega de información fuera de plazo a Consar 1 56,745.00 DS/NPH/108/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/GVS/025/2003 No entrega de información a Consar Manual de Riesgos 1 56,745.00

DS/YJV/037/2003 Registro de trabajadores con documentación fuera de norma 2 24,750.00

20 597,360.00 BANORTE DS/YJV/039/2003 Registro contable incorrecto 14/03/2003 1 56,745.00 DS/GZR/005/2003 Publicidad fuera de norma 15/10/2002 1 158,062.50 DS/GVS/192/2002 Irregularidades en la operación de la uair 13 2,212,875.00 DS/YJV/012/2003 Entrega extemporánea información 5/09/2002 1 54,795.00

DS/GZR/166/2002 Envío de información con mala calidad agente promotor 13/04/2002 1 37,900.00

DS/YJV/179/2002 No verificar el correcto deposito de las acciones de su siefore 17/04/2002 1 37,900.00

DS/GZR/018/2003 Entrega de información sin calidad traspasos 02/10/2002 1 54,795.00 DS/GZR/338/2000/ BIS

No entregar información a Consar en plazo traspasos marzo 2000 1 37,900.00

DS/NPH/123/2003 Irregularidades en registro de trabajadores V.I. Af 09/2003 29 485,010.00 DS/NPH/142/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00 DS/NPH/113/2003 No entrega de información en plazo a la Consar 1 56,745.00 DS/GVS/111/2003 IRREGULARIDADES EN LA OPERACIÓN DE LA UAIR 4 1,483,900.00 DS/YJV/98/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/039/2003 Registro contable incorrecto 13/03/2003 1 56,745.00 DS/GPM/059/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/076/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 2 109,590.00 DS/YJV/075/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/MFC/053/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/MFC/056/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/074/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00

DS/GVS/066/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

DS/GVS/068/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

DS/GVS/063/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

DS/GVS/069/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

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DS/GVS/070/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

DS/GVS/065/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

DS/GVS/067/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

DS/GPM/062/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

DS/GVS/026/2003 No verifico el correcto deposito de acciones en el INDEVAL 1 84,300.00

73 5,429,237.50 INBURSA

DS/YJV/148/2002 No remitir mediante mensajeria especializada edo. Ct.a o rechazo de 54 trabajadores 54 28,606.50

DS/YJV/164/2002 No realizar contabilidad conforme a normatividad 03/06/2002 1 54,795.00

DS/NPH/109/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/091/2003 Entrega de información con mala calidad 1 56,745.00

DS/YJV/086/2003 VI AF 07/2003 Como receptora irregularidades en trámite de traspaso 6 432,465.00

DS/GVS/082/2003 Entrega de información con mala calidad 1 54,795.00 64 684,151.50 ING DS/GVS/207/2002 rechazo indebido de traspasos procedentes 19 240,255.00

DS/YJV/177/2002 V.I. Af 10/2002 no remitir al domicilio por mensajeria especializada esto cta. Traspaso 26 13,638.30

DS/YJV/177/2002 V.I. Af 10/2002 no remitir al domicilio por mensajeria especializada esto cta. Traspaso 32 17,534.40

DS/YJV/177/2002 No realizar la emisión de estado de cuenta para traspaso conforme a norma 2 trabajadores 2 1,049.10

DS/GVS/178/2002 Cobro de comisiones por bimestres anteriores al registro de l trabajador 1 44,785.00

DS/YJV/177/2002 No realizar la emisión de estado de cuenta para traspaso conforme a norma 14 trabajadores 14 7,671.30

DS/NPH/150/2002 Rechazo indebidamente solicitudes de devolución por pagos injustificados 1 52,455.00

DS/GVS/118/2003 No traspasó la totalidad de los recursos 1 13,095.00 DS/YJV/96/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/99/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/GVS/047/2003 No registrar la totalidad de las acciones en la BMV 1 21,825.00 DS/MFC/057/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/GPM/061/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/GPM/058/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/071/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/073/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 104 809,523.10 PRINCIPAL

DS/NPH/008/2003 Entrega de información con mala calidad traspasos 10/2002 1 54,795.00

DS/NPH/009/2003 Entrega de información con mala calidad traspasos 1 54,795.00

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09/2002

DS/NPH/007/2003 Entrega de información con mala calidad traspasos 10-09/2002 1 54,795.00

DS/NPH/06/2003 Entrega de información con mala calidad 29/10/2002 1 54,795.00

DS/YJV/204/2002 Rechazo indebido de solicitud de devolución de pagos sin justificación legal 1 54,795.00

DS/YJV/155/2002 Envío de información de registro de trabajadores en forma errónea 25/06/2002 1 54,795.00

DS/GVS/175/2002 Registro de 15 trabajadores con documentos carentes de legitimidad 15 136,350.00

DS/GZR/191/2002 Registro contable erróneo 07/12/1998 1 30,200.00 DS/NPH/122/2003 Irregularidades en el proceso de registro de trabajadores 80 1,021,500.00 DS/NPH/122/2003 Irregularidades en el proceso de traspaso como receptora 10 690,780.00 DS/YJV/106/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 6 340,470.00 DS/MFC/054/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/072/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/077/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00

DS/YJV/034/2003 Registro de trabajadores con documentación fuera de norma 4 41,340.00

DS/YJV/034/2003 No remitir mediante mensajería especializada edo. Cta. o rechazo de 20 trabajadores 20 16,140.00

145 2,775,785.00 PROFUTURO

DS/GVS/024/2003 Publicidad fuera de normatividad 10/2002 1 158,062.50 DS/GVS/023/2003 Publicidad fuera de normatividad 10/2002 1 158,062.50 DS/YJV/14/2003 Transmitió información fuera de plazo 9/10/2002 1 54,795.00

DS/YJV/015/2003 Entrega de información 1° de julio de 2002, sin calidad proceso de aclaración 1 54,795.00

DS/GZR/002/2003 Registro contable incorrecto 22/11/2002 1 54,795.00 DS/GZR/003/2003 Publicidad fuera de norma 15/08/2002 1 136,987.50

DS/GZR/158/2002 No entregar a la Comisión dentro de plazo inf. Sobre programa correctivo 1 54,795.00

DS/NPH/152/2002 No presentar dentro de plazo a la Comisión acuerdo de asamblea para celebrar contrato 1 54,795.00

DS/NPH/152/2002 No presentar para aprobación contrato con un tercero para servicio de administración de riesgos 1 54,795.00

DS/NPH/148/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/NPH/148/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00

DS/YJV/043/2003 Realizo el tramite de traspaso con la hoja de comisiones con datos erróneos 1 210,750.00

DS/YJV/043/2003 Realizo el tramite de traspaso con la hoja de comisiones con datos erróneos 1 43,650.00

DS/YJV/078/2003 Entrega de información fuera de plazo 1 56,745.00

DS/NPH/028/2003 Entrega de información a Consar con mala calidad traspasos ene-2003 1 56,745.00

15 1,263,262.50 SANTANDER

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DS/GZR/199/2002 Transmitió fuera de horario información a Procesar sep 2002 1 54,795.00

DS/NPH/149/2002 Rechazo incorrecto de solicitud de pagos sin justificación legal 1 52,455.00

DS/GVS/116/2003 No entrega de información en plazo a la Consar 1 56,745.00 DS/MLA/105/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/MLA/105/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/MLA/105/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/MFC/055/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00

DS/GVS/052/2003 Realizo el tramite de traspaso con la hoja de comisiones con datos erróneos 1 421,500.00

DS/GVS/052/2003 Tramite de traspaso de 2 trabajadores sin ajustarse los documentos a normatividad 1 54,795.00

DS/GVS/052/2003 Tramite de traspaso de 2 trabajadores sin ajustarse los documentos a normatividad 1 54,795.00

DS/GVS/052/2003 Tramite de traspaso de 2 trabajadores sin ajustarse los documentos a normatividad 1 54,795.00

DS/GVS/019/2003 Entrega de información a Consar sin calidad traspasos sep-2002 1 54,795.00

12 1,031,655.00

XXI DS/NPH/169/2002 Registro contable erróneo 3/06/2002 1 54,795.00 DS/YJV/189/2002 Publicidad fuera de norma 1 136,987.50

DS/GZR/172/2002 Registro erróneo del total de acciones de la siefore BMV 2/09/2002 1 54,795.00

DS/YJV/162/2002 No verifico el correcto depósito de acciones de su siefore 12/04/2002 1 54,795.00

DS/NPH/087/2003 Envío de información con mala calidad 1 54,795.00 DS/YJV/107/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 87,300.00 DS/GVS/121/2003 Entrega de información fuera de plazo a Consar 1 56,745.00 DS/YJV/100/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/GVS/115/2003 Entrega de información fuera de plazo a Consar 1 56,745.00 DS/YJV/97/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/YJV/95/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00 DS/NPH/092/2003 Entrega de información fuera de plazo 1 56,745.00 DS/GPM/060/2003 No digitalizo la totalidad de documentos de traspaso 1 56,745.00

DS/GVS/064/2003 Rechazo indebido de solicitud de traspaso de un trabajador 1 13,095.00

14 853,777.50

11 MULTAS 822 $14,866,257.15

II.- SIEFORE CONCEPTOS DE INFRACCIÓN No. MULTAS

MONTOS DE SANCIÓN

ACTINVER DS/NPH/145/2003 entrega de información fuera de plazo y horario 2 113,490.00 DS/GVS/130/2003 Registro incorrecto en la BMV 1 43,650.00 DS/NPH/144/2003 No cumplir con el Régimen de Inversión 1 141,862.50

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DS/YJV/090/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00 5 355,747.50

ALLIANZ DS/YJV/017/2003 Entrega de información con mala calidad 08/01/2003 PPP 1 56,745.00

DS/GZR/196/2002 Envío información con mala calidad proceso financiero 07/10/2002 1 54,795.00

2 111,540.00

AFOMER 2 DS/GVS/083/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00 1 56,745.00

BANAMEX DS/GVS/049/2003 Registro contable erróneo 1 56,745.00 1 56,745.00

BANCOMER DS/GZR/171/2002 Valuación errónea de valores 02/09/2002 1 54,795.00 DS/YJV/044/2003 Registros contables erróneos 3 170,235.00 DS/NPH/094/2003 Registro incorrecto en la BMV 1 56,745.00 DS/GVS/079/2003 Irregularidades en el monitoreo de cuentas UAIR 2 265,990.00 7 547,765.00

BANORTE

DS/GVS/193/2002 Incumplimiento en la operación de la uair 7 1,285,575.00

DS/GVS/050/2003 Medidas de control en la administración de riesgo operativo 1 130,665.00

DS/GVS/110/2003 IRREGULARIDADES OPERACIÓN UAIR 3 1,484,100.00 11 2,900,340.00

INBURSA

DS/GZR/183/2002 Valuación errónea de valores 30/08/2002 1 54,795.00

DS/GVS/051/2003 Medidas de control en la administración de riesgo operativo 2 206,220.00

DS/NPH/155/2003 Entrega de información con mala calidad a la Consar 1 56,745.00

DS/NPH/146/2003 Registro contable fuera de norma 1 56,745.00 5 374,505.00

ING DS/GZR/035/2003 Entrega de información a Consar sin calidad PPP 1 54,795.00 DS/GZR/032/2003 Entrega extemporánea de prospectos de información 1 54,795.00

DS/GZR/161/2002 Transmitió información errónea de costo promedio ponderado 12/07/2002 1 54,795.00

DS/GZR/163/2002 Realizar registros contables erróneos el 14 /08/2002 1 54,795.00

DS/GZR/161/2002 Transmitió información errónea de costo promedio ponderado 11/07/2002 1 54,795.00

DS/NPH/112/2003 Entrega de información fuera de plazo a Consar 1 56,745.00 DS/YJV/046/2003 Realizar registro contable erróneo 1 56,745.00

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DS/GVS/036/2003 realizar operaciones fuera de cotizaciones de mercado, RIESGO OPERATIVO 1 168,600.00

DS/GVS/036/2003 Realizar operaciones sin contar con una o mas cotizaciones 1 152,775.00

DS/GVS/036/2003 Realizar operaciones por operador no autorizado 1 174,600.00 10 883,440.00

PRINCIPAL

DS/NPH/10/2003 Incumplimiento al régimen de inversión 21 de noviembre del 2002 1 136,987.50

DS/YJV/124/2003 Entrega de información fuera de plazo a Consar 2 113,490.00 DS/GVS/048/2003 Registro contable fuera de norma 1 56,745.00 4 307,222.50 PROFUTURO

DS/NPH/198/2002 No ajustar su contabilidad a las normas sar 18/09/2002 1 54,795.00 DS/NPH/198/2002 No proporciono a los inspectores inf. Requerida en visita 1 54,795.00 DS/YJV/200/2002 No realizar la contabilidad conforme a la normatividad sar 1 54,795.00 DS/NPH/147/2003 Registro contable fuera de norma 1 56,745.00 DS/GVS/128/2003 Entrega de información con mala calidad a la Consar 1 56,745.00 DS/GVS/154/2003 Entrega de información con mala calidad a la Consar 1 56,745.00 DS/YJV/030/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00 DS/GVS/040/2003 Irregularidades en la operación de la UAIR 6 574,875.00 13 966,240.00 SANTANDER

DS/GZR/033/2003 No entrega de información a Consar dentro de plazo requerimiento de inf. 1 56,745.00

DS/NPH/001/2003 No acredito contar con operaciones de compraventa 14 al 22 /11/2002 1 54,795.00

DS/GVS/135/2003 Entrega de información sin calidad a Consar 1 56,745.00 3 168,285.00

TEPEYAC

DS/GZR/173/2002 Envío de información con mala calidad plazo promedio ponderado 24/08/2002 1 54,795.00

1 54,795.00

XXI

DS/GVS/103/2003 Registro contable incorrecto 1 56,745.00

DS/NPH/141/2003 Registro contable fuera de norma 1 56,745.00

DS/YJV/041/2003 No establecer mecanismos para el control de liquidación de operaciones UAIR 3 340,470.00

5 453,960.00

13 MULTAS 68 $7,237,330.00

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III.- EMPRESA OPERADORA

CONCEPTOS DE INFRACCIÓN No. MULTAS

MONTOS DE SANCIÓN

PROCESAR DS/NPH/203/2002 Diferencias en nss de un trabajador 1 54,795.00 DS/NPH/203/2002 Falta de actualización de procanase 1 54,795.00 DS/NPH/203/2002 Duplicidad de nombres en la BDNSAR de un trabajador 1 54,795.00 DS/NPH/128/2002 Información con cifras erróneas 22/05/2002 dispersión 1 54,795.00 DS/YJV/206/2002 no trasmitir información a consar en plazo 13/12/1999 1 34,450.00 DS/YJV/206/2002 no trasmitir información a consar en plazo 24/12/1999 1 34,450.00 DS/YJV/206/2002 no trasmitir información a consar en plazo 26/01/2000 1 37,900.00

DS/NPH/197/2002 tramito transmisión de información proceso traspasos fuera de horario 1 54,795.00

DS/GVS/052/2001 Entrega de información sin calidad 1 40,350.00

DS/GVS/465/2000 Entrega de información sin calidad 1 37,900.00

DS/NPH/114/2003 Entrega de información fuera de plazo 1 54,795.00

DS/GVS/117/2003 Entrega de información sin calidad 1 56,745.00 12 570,565.00

1 12 MULTAS $570,565.00

IV.- ENTIDAD RECEPTORA

CONCEPTOS DE INFRACCIÓN No. MULTAS

MONTOS DE SANCIÓN

INTERNACIONAL DS/NPH/93/2003 Entrega de información fuera de plazo recaudación 1 56,745.00

DS/NPH/102/2003 Entrega de información fuera de plazo recaudación 1 56,745.00

DS/NPH/104/2003 Entrega de información fuera de plazo balanza de comprobación 1 56,745.00

3 170,235.00 SCOTIABANK

DS/GPM/101/2003 No entrega de información en plazo recaudación 1 56,745.00 1 56,745.00

2 MULTAS 4 $226,980.00