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ISR PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Uno de los cambios que más incertidumbre ha causado en los últimos días (sobre todo porque muchos andan sufriendo por su planilla del IVA) es el que afecta a las personas que trabajan en relación de dependencia. Algunos dicen que se está “crucificando” a los empleados, otros que pagarán menos y, en realidad, ambos tienen razón pues dependiendo de los ingresos anuales así será el efecto de estas modificaciones. Les presentamos una explicación de cómo se hará el cálculo para que cada uno de ustedes saque su propia conclusión de si les beneficia o perjudica. Para calcular el ISR por las rentas obtenidas por el trabajo en relación de dependencia tenemos primero que tener claras ciertas definiciones: Renta bruta: El total de los ingresos obtenidos durante el período Rentas exentas: Los ingresos no afectos a ISR, en el caso de los empleados en relación de dependencia son: 1. Indemnizaciones o pensiones por muerte o incapacidad conforme al régimen de seguridad social, por contrato de seguro o en virtud de sentencia 2. Indemnización por tiempo servido 3. Remuneraciones de diplomáticos, agentes consulares y demás representantes oficiales acreditados ante el Gobierno de Guatemala 4. Gastos de representación y viáticos comprobables y otorgados para cubrir gastos incurridos dentro o fuera del país (los viáticos deben ser comprobados con facturas) 5. Aguinaldo y Bono 14 hasta del 100% del sueldo ordinario mensual Renta neta: La renta bruta menos las rentas exentas ¿Cómo se calcula el ISR de los empleados? (A partir de 2013) Para determinar cuánto debe pagar un empleado, se toma su renta neta y se le restan: 1. Q48,000 de gastos personales que no necesitan ser comprobados 2. Hasta Q12,000 de IVA pagado en gastos personales (planilla del IVA), equivalente a Q112,000.00 en facturas 3. Donaciones que puedan comprobarse (no más del 5% de la renta bruta y la institución debe tener solvencia fiscal) 4. Cuotas al IGSS, IPM y al Estado y sus instituciones por regímenes de previsión social 5. Las primas de seguro de vida de las que no se puede solicitar retorno, reintegro o rescate Si el resultado de esta resta es entre Q0.01 y Q300,000 se multiplica por 5%. Si es mayor a Q300,000 se multiplican los primeros Q300,000 por 5% y la diferencia por 7%. Por ejemplo: a) Una persona que gana Q3,500.00 de sueldo fijo mensual afiliado al IGSS y a quien le pagan aguinaldo y bono 14 Renta neta Q42,000 (Q3,500 * 12) Deducciones Q48,000.00 (gastos personales) Q 1,883.70 (Q156.98 mensuales de IGSS * 12) Total Q49,883.70 Renta imponible -Q7,883.70 (Q42,000 Q49,883.70) Tipo impositivo % ISR anual Q0.00 Con la ley de ISR anterior esta persona tenía que presentar planilla del IVA por Q5,762.82 de gastos para que no le descontaran ISR.

Cómo Calcular El Isr Para Empleados en Relación de Dependencia

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INSTRUCTIVO PARA CALCULAR ISR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA EN GUATEMALA

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  • ISR PARA EMPLEADOS EN RELACIN DE DEPENDENCIA

    Uno de los cambios que ms incertidumbre ha causado en los ltimos das (sobre todo porque muchos

    andan sufriendo por su planilla del IVA) es el que afecta a las personas que trabajan en relacin de

    dependencia. Algunos dicen que se est crucificando a los empleados, otros que pagarn menos y, en realidad, ambos tienen razn pues dependiendo de los ingresos anuales as ser el efecto de estas

    modificaciones. Les presentamos una explicacin de cmo se har el clculo para que cada uno de

    ustedes saque su propia conclusin de si les beneficia o perjudica.

    Para calcular el ISR por las rentas obtenidas por el trabajo en relacin de dependencia tenemos primero

    que tener claras ciertas definiciones:

    Renta bruta: El total de los ingresos obtenidos durante el perodo

    Rentas exentas: Los ingresos no afectos a ISR, en el caso de los empleados en relacin de dependencia

    son:

    1. Indemnizaciones o pensiones por muerte o incapacidad conforme al rgimen de seguridad social, por contrato de seguro o en virtud de sentencia

    2. Indemnizacin por tiempo servido 3. Remuneraciones de diplomticos, agentes consulares y dems representantes oficiales

    acreditados ante el Gobierno de Guatemala

    4. Gastos de representacin y viticos comprobables y otorgados para cubrir gastos incurridos dentro o fuera del pas (los viticos deben ser comprobados con facturas)

    5. Aguinaldo y Bono 14 hasta del 100% del sueldo ordinario mensual

    Renta neta: La renta bruta menos las rentas exentas

    Cmo se calcula el ISR de los empleados? (A partir de 2013)

    Para determinar cunto debe pagar un empleado, se toma su renta neta y se le restan:

    1. Q48,000 de gastos personales que no necesitan ser comprobados 2. Hasta Q12,000 de IVA pagado en gastos personales (planilla del IVA), equivalente a

    Q112,000.00 en facturas

    3. Donaciones que puedan comprobarse (no ms del 5% de la renta bruta y la institucin debe tener solvencia fiscal)

    4. Cuotas al IGSS, IPM y al Estado y sus instituciones por regmenes de previsin social 5. Las primas de seguro de vida de las que no se puede solicitar retorno, reintegro o rescate

    Si el resultado de esta resta es entre Q0.01 y Q300,000 se multiplica por 5%. Si es mayor a Q300,000

    se multiplican los primeros Q300,000 por 5% y la diferencia por 7%.

    Por ejemplo:

    a) Una persona que gana Q3,500.00 de sueldo fijo mensual afiliado al IGSS y a quien le pagan

    aguinaldo y bono 14

    Renta neta Q42,000 (Q3,500 * 12)

    Deducciones

    Q48,000.00 (gastos personales)

    Q 1,883.70 (Q156.98 mensuales de IGSS * 12)

    Total Q49,883.70

    Renta imponible -Q7,883.70 (Q42,000 Q49,883.70)

    Tipo impositivo %

    ISR anual Q0.00

    Con la ley de ISR anterior esta persona tena que presentar planilla del IVA por Q5,762.82 de gastos

    para que no le descontaran ISR.

  • b) Una persona que gana Q7,000.00 de sueldo fijo mensual, afiliado al IGSS (le descuentan Q326.03

    mensuales) y le pagan aguinaldo y bono 14.

    Renta neta Q84,000.00 = Q7,000 * 12

    Deducciones

    Q48,000.00 (gastos personales)

    Q 3,912.36 (Q326.03 mensuales de IGSS * 12)

    Total Q51,912.36

    Renta imponible Q32,087.64 (Q84,000 Q51,912.36) Tipo impositivo 5%

    ISR anual Q1,604.38 (Q32,087.64 * 5%)

    Retencin mensual Q133.70 (Q1,604.38 / 12)

    Con la ley anterior, y suponiendo (para fines prcticos) que no est colegiado profesional y durante el

    ao no tuvo gastos mdicos ni contrat seguros, el ISR de esta persona era Q6,613.14 los cuales poda

    compensar con el IVA declarado en la planilla (Q61,722.64 de gastos para que le devolvieran todo lo

    retenido en el ao).

    c) Una persona que gana Q33,000.00 de sueldo fijo mensual afiliado al IGSS (le descuentan Q1,581.83

    mensuales) y le pagan aguinaldo y bono 14

    Renta neta Q396,000.00 (Q33,000 * 12)

    Deducciones

    Q48,000.00 (gastos personales)

    Q18,981.96 (Q1,581.83 mensuales de IGSS * 12)

    Total Q66,981.96

    Renta imponible Q329,018.04 (Q396,000 Q66,981.96) Tipo impositivo 5% de los primeros Q300,000

    7% de Q29,018.04 (Q329,018.04 Q300,000.00) ISR anual

    Q15,000.00 (Q300,000 * 5%)

    Q 2,031.26 (Q29,018.04 * 7%)

    Total Q17,031.26

    Retencin mensual Q1,419.27 (Q17,031.26 / 12)

    Con la ley anterior, y suponiendo (para fines prcticos) que no est colegiado profesional y durante el

    ao no tuvo gastos mdicos ni contrat seguros, esta persona pagaba Q75,765.61 de ISR al ao, los

    cuales poda compensar hasta Q49,446.43 con el IVA declarado en la planilla, el mximo permitido por

    la ley era lo equivalente a presentar en gastos el total de la renta bruta.

    Qu pasa con la planilla del IVA?

    Con esta nueva ley, contina el derecho a presentar la planilla del IVA aunque con dos variables:

    1. Sin importar cunto es el salario anual, el mximo que se podr deducir es Q12,000.00 de IVA (Q112,000.00 de gastos)

    2. Con la ley anterior, la planilla se aplicaba directamente sobre el impuesto, es decir, si haba que pagar Q5,000.00 de ISR y se presentaba la planilla por Q4,500.00 de IVA, a los Q5,000.00 se le

    restaban los Q4,500.00. Con esta nueva ley, el IVA pasa a formar parte de las deducciones por

    lo cual su efecto real es nicamente 5% 7% del total declarado en IVA, segn el tipo impositivo que corresponda por los ingresos del ao.

    Supongamos que la persona que gana Q7,000 mensuales presenta su planilla del IVA por el mximo

    que indica la ley (Q12,000):

    Renta neta Q84,000.00 (Q7,000 * 12)

    Deducciones

    Q48,000.00 (gastos personales)

    Q 3,912.36 (Q326.03 mensuales de IGSS * 12)

  • Q12,000.00 (IVA declarado en planilla)

    Total Q63,912.36

    Renta imponible Q20,087.64 (Q84,000 Q63,912.36) Tipo impositivo 5%

    ISR anual Q1,004.38 (Q20,087.64 * 5%)

    Retencin mensual Q133.70 (Q1,604.38 / 12)

    La retencin mensual no vara porque la planilla se presenta al finalizar el perodo, fecha a la cual ya

    estar descontado el 100% del impuesto calculado al inicio del ao. Entonces, al hacer la declaracin

    definitiva, tomando en cuenta la deduccin del IVA, resulta que al trabajador se le retuvo Q600.00 en

    exceso en el ao (Q1,604.38 Q1,004.38), el cual le debe ser reintegrado. Cules son los gastos que eran deducibles y que con esta ley ya no lo son?

    Fondos de pensin

    Gastos mdicos

    Seguros mdicos y de accidentes

    Cuotas a colegios profesionales

    Aportes a fondos de pensin

    Pensiones alimenticias fijadas por tribunal de familia