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Cómo iniciar un negocio Antes de iniciar un negocio se deben evaluar las condiciones en que éste se va a desarrollar, si va a tener aceptación entre los clientes y, por supuesto, las obligaciones tributarias que le corresponden. Los trámites para iniciar un negocio varían según se trate de una persona natural o jurídica. Se denomina persona natural a la persona física o individual. En cambio, una persona jurídica es una entidad abstracta (no existe físicamente) a la que la ley le reconoce derechos y obligaciones, así como le permite le permite suscribir contratos y ser representada judicial y extrajudicialmente. La persona jurídica actúa a través de sus representantes legales. Una persona común y corriente que desea iniciar una actividad comercial, como una bodega, librería, restaurante, entre otros, es considerada como una persona natural con negocio para efectos tributarios. Por su parte, una persona jurídica puede ser una Sociedad Anónima - S.A., una Sociedad de Responsabilidad Limitada - S.R.L., una Sociedad Colectiva, una Sociedad Civil o una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - E.I.R.L. (constituida por una sola persona natural). Para constituir una persona jurídica se debe elaborar un documento (minuta) en el que se detalla para qué se forma, dónde va a operar, quienes la componen, los aportes efectuados, su capital, cómo se tomarán los acuerdos, cómo se van a repartir las ganancias y el Estatuto con todo lo relativo a la formación, organización y desarrollo. Esta minuta debe ser elevada a Escritura Pública por un Notario Público e inscrita en los Registros Públicos, lo cual determina su existencia. PRINCIPALES TRAMITES A continuación detallamos los trámites que se deben realizar previamente al inicio de las actividades. 1. Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC Si el propio contribuyente o su representante legal es quien realiza el trámite, podrá prescindir de la utilización de los formularios requeridos para este trámite .

Cómo Iniciar Un Negocio

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Cmo iniciar un negocio

Antes de iniciar un negocio se deben evaluar las condiciones en que ste se va a desarrollar, si va a tener aceptacin entre los clientes y, por supuesto, las obligaciones tributarias que le corresponden.

Los trmites para iniciar un negocio varan segn se trate de una persona natural o jurdica. Se denomina persona natural a la persona fsica o individual. En cambio, una persona jurdica es una entidad abstracta (no existe fsicamente) a la que la ley le reconoce derechos y obligaciones, as como le permite le permite suscribir contratos y ser representada judicial y extrajudicialmente. La persona jurdica acta a travs de sus representantes legales.

Una persona comn y corriente que desea iniciar una actividad comercial, como una bodega, librera, restaurante, entre otros, es considerada como una persona natural con negocio para efectos tributarios.

Por su parte, una persona jurdica puede ser una Sociedad Annima - S.A., una Sociedad de Responsabilidad Limitada - S.R.L., una Sociedad Colectiva, una Sociedad Civil o una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - E.I.R.L. (constituida por una sola persona natural).

Para constituir una persona jurdica se debe elaborar un documento (minuta) en el que se detalla para qu se forma, dnde va a operar, quienes la componen, los aportes efectuados, su capital, cmo se tomarn los acuerdos, cmo se van a repartir las ganancias y el Estatuto con todo lo relativo a la formacin, organizacin y desarrollo. Esta minuta debe ser elevada a Escritura Pblica por un Notario Pblico e inscrita en los Registros Pblicos, lo cual determina su existencia.PRINCIPALES TRAMITES

A continuacin detallamos los trmites que se deben realizar previamente al inicio de las actividades.1. Inscripcin en el Registro nico de Contribuyentes - RUCSi el propio contribuyente o su representante legal es quien realiza el trmite, podr prescindir de la utilizacin de los formularios requeridos para este trmite .Persona natural

Debe acercarse a las oficinas de SUNAT y exhibir: Original de su documento de identidad. Original de uno de los siguientes documentos: recibo de agua, telefona fija, luz, televisin por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los ltimos dos meses; o la ltima declaracin jurada o autoavalo del local donde funcionar el establecimiento.

Si el trmite es realizado por una persona autorizada para tal efecto, deber exhibir adicionalmente su documento de identidad original y, presentar una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT y los siguientes formularios: Formulario N 2119 "Solicitud de inscripcin o comunicacin de afectacin de tributos". Formulario N 2046 "Establecimientos anexos" (en el caso de contar con establecimiento anexo distinto al sealado como domicilio fiscal).Persona jurdica

El representante legal exhibir: Original de su documento de identidad. Original de uno de los siguientes documentos: recibo de agua, telefona fija, luz, televisin por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los ltimos dos meses; o la ltima declaracin jurada o autoavalo del local donde funcionar el establecimiento. Original o copia simple del Testimonio de Escritura Pblica de Constitucin inscrita en los Registros Pblicos .

Si el trmite lo realiza una persona autorizada para tal efecto, exhibir adicionalmente su documento de identidad original y, presentar una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT y los siguientes formularios: Formulario N 2119: Firmado por el representante legal. Formulario N 2054: Solicitud de inscripcin del Gerente General y los representantes legales de la sociedad, de acuerdo con lo establecido en su Estatuto. Formulario N 2046: Siempre y cuando tuviera locales adicionales al domicilio fiscal.2. Autorizacin de impresin de Comprobantes de Pago.Luego de obtenido su nmero de RUC y de la verificacin de su domicilio fiscal por parte de la SUNAT, solicitar la autorizacin para imprimir sus comprobantes de pago con el Formulario N 806 en las oficinas de SUNAT o con el Formulario N 816 en las imprentas conectadas en lnea con la SUNAT.

Si va a emitir tickets o cintas de mquina registradora, debe solicitar la inscripcin de la mquina con el Formulario N 809.

3. Legalizacin de libros de contabilidadTambin debe adquirir y legalizar ante Notario Pblico o Juez de Paz los libros que est obligado a llevar segn el rgimen tributario en el que se hubiera inscrito.4. Obtencin de la Licencia Municipal de FuncionamientoEste trmite se realiza ante la Municipalidad Distrital o Provincial donde se encuentra ubicado el negocio.

REGMENES TRIBUTARIOSEs importante tener en cuenta que, al momento de la inscripcin en el RUC, la persona deber incorporarse al Rgimen General, al Rgimen Especial del Impuesto a la Renta - RER o al Rgimen nico Simplicado - RUS, dependiendo de si cumplen con los requisitos y condiciones exigidos para ello. Podr optar por uno de estos regmenes, segn correspondaEl Instituto Nacional de Estadstica e Informtica (INEI) inform que en el ao 2009, las municipalidades entregaron 10,118 licencias para la apertura de restaurantes a nivel nacional, lo que equivale a 28 autorizaciones por da. El boom de la gastronoma peruana sigue dando de qu hablar y todos quieren ser parte de l. No por nada, en el pas, existen alrededor de 70,000 restaurantes. Pero, cmo hago para abrir uno?Desde el 2006, gracias al trabajo conjunto de las municipalidades y el Banco Mundial (BM), los trmites para realizar dicha empresa se han simplificado tremendamente. Antes, obtener la licencia de funcionamiento poda demorar 160 das, ahora, la ms de las veces, slo toma tres.Lo primero que debe hacer el interesado es acercarse a la municipalidad del distrito en el que piensa abrir su restaurante y preguntar si en la calle en la que se ubicar este pueden operar negocios de ese tipo. Si la respuesta es afirmativa, entonces el siguiente paso es solicitar el formulario nico para licencia de funcionamiento.En dicho documento deber consignarse la direccin y el tamao del inmueble, que no podr exceder los 500 m2, el nombre del solicitante y de su representante legal, el tipo de actividad que se realizar, el horario de atencin y el nmero de RUC.Junto con el formulario, el interesado deber presentar, ante la municipalidad, una copia de su DNI, luego de exhibir el original, y deber pagar la tasa municipal correspondiente (S/. 272) para que su solicitud ingrese al sistema virtual.Asimismo, deber realizar un pago de entre S/.88 y S/.266, dependiendo del tamao del inmueble, para que el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) realice las inspecciones que certificarn la seguridad del local.Los restaurantes deben contar con un botiqun de emergencias, puertas de evacuacin, extintores contra incendios y una buena distribucin de mesas para evitar accidentes en caso de sismo.Adems, todos los empleados deben contar con certificado desanidady la cocina debe cumplir con todas las normas dispuestas por la Direccin General de Salud Ambiental (Digesa).Si se obtiene el visto bueno del INDECI, la municipalidad debe emitir el permiso para que el restaurante empiece a operar en un plazo no mayor a 24 horas.Cabe recordar que los funcionarios de la municipalidad respectiva pueden intervenir el local en cualquier momento y sancionar en caso de hallar problemas de sanidad, demasiado ruido o contaminacin ambiental en el negocio inaugurado.

TRAMITAR LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO ANTE EL MUNICIPIO DONDE ESTAR UBICADO TU NEGOCIOLa Licencia Municipal de Funcionamiento es una autorizacin que otorga una municipalidad distrital y/o provincial para el desarrollo de actividades econmicas (comerciales, industriales o de prestacin de servicios profesionales) en su jurisdiccin, ya sea como persona natural o jurdica, entes colectivos, nacionales o extranjeras.La Licencia Municipal de Funcionamiento: Slo permitir la realizacin de actividades econmicas, legalmente permitidas, conforme a la planificacin urbana y bajo condiciones de seguridad. Permite acreditar la formalidad de su negocio, ante entidades pblicas y privadas, favoreciendo su acceso al mercado. Garantiza el libre desarrollo de la actividad econmica autorizada por la municipalidad.El plazo mximo para el otorgamiento de la licencia es de dos (2) das laborables para giros automticos (segn la municipalidad) y quince (15) das para giros de negocio que requieran inspeccin previa. Para el otorgamiento de licencia de funcionamiento se aplica el silencio administrativo positivo.La licencia de funcionamiento es a plazo indeterminado y slo vlido para la jurisdiccin donde se otorga y por el establecimiento por el cual se ha solicitado. Al abrir el mismo negocio en otro distrito, se tendr que tramitar otra licencia de funcionamiento en la nueva jurisdiccin. Asimismo, si lo que se quiere es cambiar de local o abrir otro en el mismo distrito, se requerir tramitar una nueva licencia de funcionamiento.Podrn otorgarse licencias que incluyan ms de un giro siempre que stos sean afines o complementarios entre s. REQUISITOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTOPara el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, la municipalidad evaluar los siguientes aspectos: Zonificacin y compatibilidad de uso. Condiciones de seguridad en Defensa Civil, cuando dicha evaluacin constituya facultad de la municipalidad. Cualquier aspecto adicional ser materia de fiscalizacin posterior.Para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento son exigibles, los siguientes requisitos: Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carcter de declaracin jurada que incluya: Nmero de RUC y DNI o carn de extranjera del solicitante, tratndose de personas jurdicas o naturales, segn corresponda. DNI o carn de extranjera del representante legal en caso de personas jurdicas, u otros entes colectivos, o tratndose de personas naturales que acten mediante representacin. Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas jurdicas u otros entes colectivos. Tratndose de representacin de personas naturales, se requerir carta poder con firma legalizada. Declaracin Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspeccin Tcnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, segn corresponda. Adicionalmente, de ser el caso, sern exigibles los siguientes requisitos: Copia simple de ttulo profesional en el caso de servicios relacionados con la salud. Informar sobre el nmero de estacionamientos, de acuerdo con la normativa vigente, en la Declaracin Jurada. Copia simple de la autorizacin sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que, conforme a ley, la requieran de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento. Copia simple de la autorizacin expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme a la Ley N 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin. Recibo de pago por derecho de trmite.El monto a pagar por derecho de trmite depende de que si se requiere o no una inspeccin previa por ejemplo:COSTOS POR TRAMITE DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO EN ALGUNAS MUNICIPALIDADES

Municipalidad de San Juan de Lurigancho Lima (Ver)

Municipalidad de Villa el Salvador Lima (Ver)

Municipalidad provincial de Piura - Piura. (Ver)

Municipalidad provincial de Trujillo La Libertad. (Ver)

Municipalidad provincial de Chiclayo Lambayeque. (Ver)

Para la certificacin de las condiciones de seguridad (requisito 3) de parte de defensa civil a detalle o multidisciplinaria se clasifican las solicitudes segn sea el caso en tres grupos. Grupo 01:Establecimientos de menor riesgo.Pertenecen a este grupo los locales menores a 100 m2 en los cuales la Inspeccin Tcnica de Seguridad en Defensa Civil Bsica la debe realizar la municipalidad y efectuarla de manera ex post al otorgamiento de licencia de funcionamiento; sin embargo, como requisito previo ser necesaria la presentacin de una declaracin jurada de observancia en seguridad.Se encuentran excluidos de este procedimiento:Las solicitudes de Licencia de Funcionamiento que incluyan los giros de pub, licorera, discoteca, bar, casinos, juegos de azar, mquinas tragamonedas, ferreteras o giros afines a los mismos, as como solicitudes que incluyan giros cuyo desarrollo implique el almacenamiento, uso o comercializacin de productos txicos o altamente inflamables. Grupo 02:Establecimientos de riesgo medio.Pertenecen a este grupo los locales mayores a 100 m2 y menores a 500 m2 donde si bien la inspeccin tambin la realiza la municipalidad, a diferencia del grupo 1, esta Inspeccin Tcnica de Seguridad en Defensa Civil Bsica se debe efectuar de manera ex ante al otorgamiento de licencia de funcionamiento pero como parte del mismo procedimiento. Grupo 03:Establecimientos de riesgo alto.Locales iguales o mayores a 500 m2 donde la inspeccin en defensa civil se debe realizar ex ante como un procedimiento previo por cuanto el rgano competente en realizar esta inspeccin es el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). De esta manera, el certificado expedido se establece como un requisito que luego debe ser solicitado por el municipio para tramitar la licencia de funcionamiento ante la municipalidad.Clasificacin de giros de negocio segn requieran o no inspeccin previa para el otorgamiento de licencia de funcionamiento.Giros automticos (que no requieren inspeccin previa)Giros que requieren inspeccin previa

Venta de abarrotes Comercio Local Oficina Administrativa Servicios profesionales, tcnicos y otros afines Servicio de salud Centro esttica Restaurantes, venta de comidas y bebidas no alcohlicas Centro de salud Servicio de telecomunicaciones Prostbulos, casa de citas Ventas de inmuebles, maquinaria y equipo Centros educativos Entidades financieras y bancarias Talleres y fbricas artesanales e industriales Centro de esttica Comercio local Juegos de azar Bares y discotecas Talleres de fbrica artesanales e industriales Centro de salud Servicios de telecomunicaciones Centros de comerciales Almacenes depsitos y distribuciones Venta de hidrocarburos Servicios de hospedaje Terminales terrestres Otros: Cocheras, playa de estacionamiento, club deportivo, otros giros no especificados

EL REGISTRO NACIONAL DE MICRO Y PEQUEAS EMPRESAS (REMYPE Y/O RENAMYPE)Para el caso de la constitucin de una Micro y Pequea Empresa (MYPE) deber inscribirse en el Registro Nacional de Micro y Pequeas empresas (REMYPE) para que goce con los beneficios creados para las MYPES.Requisitos para inscribirse en el REMYPE. Contar al menos con un (1) trabajador. En el caso de MYPE constituidas por persona natural o EIRL, el conductor no cuenta como trabajador. Cumplir con las caractersticas de las MYPE (trabajadores y ventas) Se considera el promedio de trabajadores de los 12 ltimos meses calendarios. No incurrir en supuestos de grupo o vinculacin econmica, que en conjunto no cumplan con las caractersticas de la MYPE. Contar con RUC y clave SOL.Pasos para registrarte en el REMYPE. Ingresar a la pgina web del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo:www.mintra.gob.pe Acceder al enlace de REMYPE, ingresar con tu nmero de RUC y Clave SOL. Confirmar los datos de la empresa. Ingresar los datos de tus trabajadores y su modalidad contractual. Imprimir tu constancia.El silencio administrativo positivo significa que una vez terminado el plazo mximo que la institucin pblica establece para responder una solicitud y/o permiso, etc. y este no se hecho efectivo, se asume como otorgado.