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CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01) CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01) INDICE GENERAL DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Título Art. Contenido Pág. I DEL LLAMADO A CONCURSO 1 Objeto 1 2 Del Concurso 1 3 Definiciones 1 4 Documentos del concurso y legislación aplicable 7 5 Condiciones generales 8 5.1 Personas habilitadas 8 5.2 Condiciones a satisfacer por los oferentes 8 5.2.1 Domicilio 8 5.2.2 Compromiso Arbitral 8 5.3 Incompatibilidades para ser oferente 9 5.4 Conocimiento de las obligaciones 10 5.5 Venta de pliegos 11 5.6 Consultas y aclaraciones 12 6 Anuncio del concurso 13 II DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 7 Presentación de las ofertas 13 8 Sobre "A" (Antecedentes) 15 9 Sobre "B" (Ofertas Técnico Económica) 20 10 Pautas básicas de la oferta 22 11 Garantías 22

CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ... ·  · 2016-03-18empresas que resulten seleccionadas durante el proceso de selección ... 12)

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CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN

Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)

CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL

PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)

INDICE GENERAL DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

Título Art. Contenido Pág.

I DEL LLAMADO A CONCURSO

1 Objeto 1

2 Del Concurso 1

3 Definiciones 1

4 Documentos del concurso y legislación aplicable 7

5 Condiciones generales 8

5.1 Personas habilitadas 8

5.2 Condiciones a satisfacer por los oferentes 8

5.2.1 Domicilio 8

5.2.2 Compromiso Arbitral 8

5.3 Incompatibilidades para ser oferente 9

5.4 Conocimiento de las obligaciones 10

5.5 Venta de pliegos 11

5.6 Consultas y aclaraciones 12

6 Anuncio del concurso 13

II DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

7 Presentación de las ofertas 13

8 Sobre "A" (Antecedentes) 15

9 Sobre "B" (Ofertas Técnico Económica) 20

10 Pautas básicas de la oferta 22

11 Garantías 22

11.1 Mantenimiento de oferta 22

11.2 De cumplimiento del Contrato 23

11.5 Devolución de la garantía de mantenimiento de oferta 25

11.6 Desafectación de la garantía de ejecución del contrato 26

11.7 Intereses 26

12 Rechazo de ofertas 26

13 Aclaraciones e información adicional 27

III DE LA ADJUDICACIÓN

14 Precalificación de ofertas 28

15 Selección 29

16 Adjudicación 29

17 Impedimento de suscripción del Contrato 29

18 Ausencia de oferentes - Ofertas inconvenientes 30

19 Suscripción del contrato 30

20 Ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta 30

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

TÍTULO I: DEL LLAMADO A CONCURSO Artículo 1 – Objeto

El presente Pliego establece las Bases y Condiciones del llamado a

CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL (en adelante el

“CONCURSO”), destinado a la selección y posterior adjudicación a las

empresas que resulten seleccionadas durante el proceso de selección de un

contrato con ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante

“ENARSA”), para la exploración, desarrollo y explotación, transporte y

comercialización de hidrocarburos en áreas marítimas nacionales cuya

titularidad de los permisos de exploración y concesiones de explotación le

corresponde en virtud de lo establecido en el Artículo 2° de la Ley N° 25.943.

La ubicación de las ÁREAS sujetas al presente concurso y sus

correspondientes superficies y coordenadas provisorias, se indican en el

ANEXO 1 y en el ANEXO 2 respectivamente, los cuales forman parte de este

pliego.

Artículo 2 – Del Concurso

Este llamado a Concurso Público Nacional e Internacional se desarrollará, de

conformidad con todos los términos estipulados en el presente Pliego de Bases

de Condiciones y de acuerdo a los procedimientos establecidos en sus

TÍTULOS II y III.

Artículo 3 – Definiciones

A todos los efectos del presente Pliego de Bases y Condiciones y de sus

respectivos Anexos (en adelante el “PLIEGO”), los términos que se indican a

continuación tendrán el siguiente significado:

ADJUDICATARIO: OFERENTE calificado que ha cumplido con la totalidad de

los requisitos estipulados en el PLIEGO y cuya OFERTA ha sido seleccionada

y adjudicada por ENARSA a través de la aplicación de todos los

procedimientos establecidos en sus TÍTULOS I y III.

AFILIADA: Es una sociedad o persona jurídica que directa o indirectamente es

controlada por una de las Partes, o una persona jurídica que sea directa o

indirectamente controlada por la misma persona jurídica que controla a

cualquiera de las Partes, o una persona jurídica que es directa o indirectamente

controlada por cualquiera de las Partes.

El término control, consiste en la propiedad o titularidad, directa o indirecta, por

parte de la controlante, de más del cincuenta por ciento (50%) del capital y de

los votos de o en la controlada, o la aptitud para formar la voluntad social de

esta última. En los supuestos de titularidad indirecta de capital y votos, el

porcentaje mínimo requerido antes referido, deberá cumplirse entre la Parte y

cada una de las personas, entidades, sociedades o asociaciones involucradas

en la cadena de control.

AÑO: Un periodo de doce (12) meses comenzando el primero de enero y

terminando en el siguiente treinta y uno (31) de diciembre del mismo año.

ÁREA o ÁREAS: Son las áreas objeto del presente concurso, cuyas

denominaciones, medidas, ubicación y coordenadas provisorias se indican en

los ANEXOS 1 y 2 del PLIEGO, y que ENARSA aportará y pondrá a disposición

de las EMPRESAS ASOCIADAS sin que ello signifique cesión alguna de su

titularidad.

AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La definida en los Artículos 97 y 98 de Ia Ley

N° 17.319.

CASO FORTUITO o FUERZA MAYOR: Su definición, alcances y efectos serán

los previstos en el Código Civil Argentino (Artículos N° 513, 514 y

concordantes), en todo lo que no se encuentre específicamente regulado en el

presente PLIEGO.

CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN: Conjunto de derechos y obligaciones que

surgen de las Leyes N° 25.943 y N° 17.319.

CONTRATO: Es el Contrato de Unión Transitoria de Empresas y sus Anexos

que se adjuntan como Anexo 8 al presente PLIEGO.

DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD: Es la comunicación escrita oficial

presentada ante la AUTORIDAD DE APLICACIÓN registrando la existencia de

un DESCUBRIMIENTO COMERCIAL en el ÁREA.

DESCUBRIMIENTO COMERCIAL: Es todo descubrimiento de

HIDROCARBUROS que, una vez realizados todos los ensayos necesarios para

dimensionar su potencial productivo, resulta factible de ser explotado

comercialmente.

DÍA: Plazo de veinticuatro (24) horas a contar desde las 00:00 horas. Salvo

que se establezca lo contrario, se lo computa como día corrido. En todos los

casos donde el vencimiento de los plazos aquí establecidos ocurra en un día

no hábil, el mismo se trasladará al primer DÍA HÁBIL subsiguiente en el horario

original.

DIA HÁBIL: Significa un día en que los Bancos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires abren sus puertas para operar normalmente.

DÓLAR: La moneda de curso legal en los Estados Unidos de América.

EMPRESAS ASOCIADAS: OFERENTE seleccionado que haya celebrado con

ENARSA el CONTRATO objeto del presente concurso y que se encuentra

obligado en los términos del mismo y del presente PLIEGO.

ENARSA: Energía Argentina Sociedad Anónima, empresa creada mediante la

Ley N° 25.943, titular de los permisos de exploración y concesiones de

explotación de las ÁREAS, cuyos estatutos se aprobaron por Decreto

1692/2004, inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el N° 1546, del

Libro 27 de Sociedades por Acciones.

EVALUACIÓN: Los trabajos destinados a determinar la capacidad de un

RESERVORIO para producir HIDROCARBUROS. La palabra EVALUACIÓN y

todos sus derivados deberán ser interpretadas de conformidad con esta

definición.

FECHA DE VIGENCIA DEL CONTRATO: El día DIA HÁBIL siguiente a la

fecha en la cual se suscriba el CONTRATO entre el ADJUDICATARIO y

ENARSA.

GASES LICUADOS: Propano y/o butano (C3 y C4), que puedan recuperarse

del GAS NATURAL a través de una planta de tratamiento, de

acondicionamiento de GAS NATURAL y/o de una planta de extracción.

GAS NATURAL: Mezcla de HIDROCARBUROS gaseosos a presión

atmosférica y a 15,5 ° Celsius en cualquiera de condiciones que se encuentre.

GASOLINA: Mezcla de HIDROCARBUROS (C5+) presentes en el GAS

NATURAL, separados al estado líquido por medio de operaciones de

enfriamiento mecánico o por procesos industriales propios de las plantas de

acondicionamiento de GAS NATURAL y/o extracción de GASES LICUADOS.

HIDROCARBUROS: PETRÓLEO CRUDO, GAS NATURAL, GASES

LICUADOS y condensados en cualquiera de las condiciones y relaciones en

que se encuentren vinculados.

OFERENTE: Persona física o jurídica o conjunto de personas físicas o jurídicas

agrupadas que adquieren el PLIEGO y presentan una OFERTA en conjunto

válida en el marco del presente PLIEGO. Ninguna persona podrá integrar por sí

o por una AFILIADA, más de un OFERENTE, cualquiera sea su porcentaje de

participación.

OFERTA: Declaración de voluntad irrevocable y unilateral efectuada por un

OFERENTE de acuerdo con las condiciones establecidas en el PLIEGO y toda

la documentación contenida en el Sobre “A” y el Sobre “B”. Las OFERTAS

podrán efectuarse por una o más ÁREAS.

OPERADOR: Es cualquiera de las EMPRESAS ASOCIADAS, o quien las

sustituya durante la vigencia del CONTRATO, a cargo de la efectiva ejecución

del PLAN DE TRABAJO presentado en la OFERTA para el PERÍODO DE

EXPLORACIÓN, y eventualmente la ejecución de programas de desarrollo y

compromisos de inversión durante el PERÍODO DE EXPLOTACIÓN en el caso

de

una DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD.

PERÍODO DE EXPLORACIÓN: Lapso de cinco (5) años consecutivos,

contados a partir de la FECHA DE VIGENCIA DEL CONTRATO sin reversiones

intermedias, prorrogable por una única vez por un (1) año previa autorización

de ENARSA.

PERÍODO DE EXPLOTACIÓN: Período de veinticinco (25) años, más el plazo

no transcurrido del PERÍODO DE EXPLORACIÓN, a contar desde la fecha de

la DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD.

PERMISO DE EXPLORACIÓN: Derecho exclusivo para la búsqueda de

HIDROCARBUROS en el ÁREA establecido en el Artículo 16, siguientes y

concordantes de la Ley N° 17.319, y otorgados a ENARSA conforme con lo

establecido por la Ley N° 25.943.

PETRÓLEO CRUDO: Mezcla de HIDROCARBUROS líquidos en su estado

natural u obtenidos por condensación o extracción del GAS NATURAL y que

permanecen líquidos bajo condiciones normales de presión y temperatura (760

mm. Hg y 15,56 grados Celsius). Se incluyen como tal los HIDROCARBUROS

que se obtengan a partir de la fase gaseosa, luego de la primera separación de

petróleo (condensados del gas) y la GASOLINA.

PLAN DE TRABAJO: Plan para la ejecución efectiva de las UNIDADES DE

TRABAJO (U.T.) según las disposiciones de este PLIEGO y comprometidas

por el ADJUDICATARIO en su OFERTA para su realización en el PERÍODO

DE EXPLORACIÓN y su eventual prórroga. Este PLAN DE TRABAJO incluirá

una indicación, sobre un mapa geo-referenciado, de las superficies a cubrir

con los trabajos de geociencias a ejecutar y las potenciales ubicaciones

exploratorias de dicho ÁREA. Deberá además contener un Cronograma Anual

de los desembolsos e inversiones a realizar y un Programa Anual de las

Actividades exploratorias asociadas a las mismas a realizar para cada uno de

los cinco (5) AÑOS del PERÍODO DE EXPLORACIÓN. Se confeccionará uno

por cada ÁREA respecto de la cual se presente una OFERTA. El PLAN DE

TRABAJO deberá permitir obtener la información necesaria para la evaluación

del potencial exploratorio de la totalidad de la superficie del ÁREA.

POZO EXPLORATORIO: Cualquier pozo realizado en una posible trampa

separada en la que no se hubiere perforado previamente un pozo considerado

económicamente productivo. Están incluidos los destinados a investigar

entrampamientos estratigráficos o estructurales. Asimismo, un pozo perforado

en una zona descubierta que tenga como objetivo una profundidad por debajo

del intervalo estratigráfico más profundo punzado en un pozo considerado

económicamente productivo, también será considerado como POZO DE

EXPLORACION.

POZO DE EVALUCIÓN: Pozo realizado con el objeto de mejorar la definición y

evaluar la extensión, capacidad de producción y el potencial de reservas

recuperables de hidrocarburos vinculados a un descubrimiento realizado por un

POZO EXPLORATORIO y para confirmar si el mismo constituye o no un

DESCUBRIMIENTO COMERCIAL.

POZO DE DESARROLLO: Cualquier pozo perforado para la producción de

HIDROCARBUROS de un RESERVORIO calificad como de RESERVA

COMPROBADA.

RESERVAS: Acumulaciones descubiertas de HIDROCARBUROS

comercialmente recuperables a una fecha dada. La clasificación establecida de

reservas y recursos con sus respectivas definiciones, se basan en todo lo

establecido por la Resolución S.E.N. Nº 324/2006 o la que en el futuro la

reemplace.

RESERVORIO: Un estrato del subsuelo que contiene o se piensa que contiene

una acumulación de HIDROCARBUROS que puede ser objeto de producción

separada de otra acumulación de HIDROCARBUROS.

S.E.N.: Secretaría de Energía de la Nación.

UNIDAD DE TRABAJO (U.T.): Parámetro expresado en unidades económicas

convencionales, que permite valorizar, medir y comparar la magnitud e

importancia de diversos parámetros (tales como metros de perforación,

cantidad de pozos a perforar, kilómetros de líneas sísmicas a adquirir, etc.), de

las actividades e inversiones de carácter exploratorio propuestas por los

OFERENTES en los PLANES DE TRABAJO para el PERÍODO DE

EXPLORACIÓN.

La valorización del total de las UNIDADES DE TRABAJO de cada PLAN DE

TRABAJO incluido en las diferentes OFERTAS recibidas, será empleada, junto

con otros parámetros considerados, para la elección de la OFERTA ganadora.

Se establece el valor unitario de cada UNIDAD DE TRABAJO en cinco mil

(5.000) DÓLARES.

Toda referencia vinculada a las definiciones establecidas en el presente

Artículo son aplicables indistintamente al género masculino o femenino y

cualquier referencia al singular incluye el plural y viceversa.

Artículo 4 – Documentos del Concurso y Legislación Aplicable

4.1 El presente CONCURSO, PLIEGO y el CONTRATO se regirán y serán

interpretados de acuerdo a las leyes de la República Argentina. A los

fines de la interpretación del CONTRATO se establece el siguiente

orden de prelación:

1. El PLIEGO y las circulares aclaratorias que oportunamente sean

emitidas. 2. EL CONTRATO que suscriban ENARSA y el ADJUDICATARIO

de cada ÁREA en los términos y condiciones establecidos en

el ANEXO 8.

3. Las OFERTAS de los OFERENTES.

4. La documentación que intercambien las partes.

4.2 La Legislación Nacional en materia de HIDROCARBUROS será de

aplicación en todo cuanto no esté expresamente previsto en el PLIEGO

o en el CONTRATO.

Atento a ello, este PLIEGO deberá ser interpretado teniendo en cuenta

la totalidad de sus disposiciones, las que no podrán ser interpretadas

separadamente.

El orden de los Títulos y Artículos que lo componen no indican prelación

entre los mismos. Los Títulos utilizados no forman parte de texto

normativo y solo tienen carácter de referencia.

Para el caso que existan dudas en la interpretación de las cláusulas del

CONTRATO y lo establecido en el PLIEGO, el CONTRATO prevalecerá

sobre el PLIEGO.

Artículo 5 – Condiciones Generales

5.1 Personas habilitadas: Podrán presentar OFERTAS las personas físicas o

jurídicas constituidas en la República Argentina, y las que constituidas

en el extranjero que den cumplimiento a lo establecido en el artículo 118

y siguientes de la Ley N° 19.550, al momento de la presentación de

OFERTAS, o se comprometan en forma irrevocable en caso de resultar

ADJUDICATARIO, a su cumplimiento previo a la firma del CONTRATO.

5.2 Condiciones a satisfacer por los OFERENTES:

5.2.1 Domicilio: Los OFERENTES deberán constituir domicilio especial

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (República Argentina),

donde serán notificadas válidamente todas las comunicaciones

referentes al presente CONCURSO, el que no podrá ser

cambiado por el OFERENTE sin mediar la previa notificación

fehaciente a ENARSA.

5.2.2 Compromiso Arbitral: Los OFERENTES deberán aceptar y

declarar en forma expresa:

a) Que toda controversia que se suscite entre uno o más

OFERENTES y ENARSA con relación al presente CONCURSO,

al PLIEGO, las OFERTAS y al CONTRATO, se someterá en

forma definitiva e inapelable a la decisión del Tribunal de Arbitraje

General de la Bolsa de Comercio (en adelante el “Tribunal de

Arbitraje”), de acuerdo con la reglamentación vigente para el

arbitraje de derecho que el OFERENTE y ENARSA declaran

conocer y aceptan como medio idóneo para dirimir las

controversias surgidas del CONCURSO, el PLIEGO, las

OFERTAS y el CONTRATO;

b) Que será competencia exclusiva del Tribunal de Arbitraje el

dictado de medidas cautelares de cualquier tipo, como así

también su ejecución, salvo que para la misma se requiera el

imperio de la Justicia en cuyo caso corresponderá la competencia

de los Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, con exclusión de cualquier otro fuero o

jurisdicción;

c) Que la ejecución del laudo arbitral será solicitada ante los

Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de

Buenos con exclusión de cualquier otro fuero o jurisdicción que

pudiera corresponder;

d) Que en todos los procesos y en todas las instancias arbitrales y

eventualmente judiciales, las costas serán soportadas por las

partes involucradas en el orden causado;

e) Que en su primera intervención en cualquier proceso, los

letrados patrocinantes y apoderados de cada parte deberán

manifestar por escrito conocer y aceptar las disposiciones del

inciso f) siguiente; y

f) Que renuncian al derecho de solicitar el dictado de medidas

cautelares que pudieran interrumpir y/o demorar el proceso del

presente CONCURSO.

5.3 Incompatibilidades para ser OFERENTE:

No podrán concurrir a este Concurso por sí, ni por interpósita persona

aquellos interesados que se encuentren encuadrados en cualquiera de

los siguientes supuestos:

a) Las personas físicas incapaces de contratar, según la legislación

vigente en la República Argentina.

b) Las personas físicas o jurídicas que sean deudoras morosas

impositivas o previsionales del Fisco Nacional o Provincial por

decisión judicial o administrativa firme.

c) Las personas físicas o jurídicas que estuvieran sujetas a

procesos concursales o falencias o cualquier tipo de reorganización

de su pasivo en estado de cesación de pagos, y las declaradas en

quiebra mientras no obtengan su rehabilitación.

d) Aquellas personas jurídicas en cuyos órganos directivos se

desempeñen agentes o funcionarios de la Administración Pública, o

de aquellos organismos nacionales que sean competentes para

entender en todo lo relacionado a la Exploración, Explotación y

Desarrollo de Hidrocarburos en territorio de la República Argentina.

e) Aquellas personas jurídicas que se encuentren suspendidas o

inhabilitadas en el Registro de Empresas Productoras de

Hidrocarburos de la Secretaría de Energía de la Nación.

f) Aquellas que se encuentren inhabilitadas por condena judicial.

g) Aquellas que se encuentren alcanzadas por las limitaciones y/o

restricciones que se establecen en la Resolución SE N° 407/2007.

5.4 Conocimiento de las obligaciones:

La presentación de una OFERTA implicará que quien la realiza conoce el

ÁREA marítima objeto del presente CONCURSO, sus condiciones físicas y

climáticas, las características geográficas, geológicas, los objetivos concretos

de los trabajos y su desarrollo, que se ha compenetrado con el alcance de las

bases y condiciones contenidas en el PLIEGO, que las acepta de conformidad

y que ha arbitrado todos los medios financieros necesarios para la ejecución

completa del plan descrito en la OFERTA.

En consecuencia, la presentación de una OFERTA en este CONCURSO y las

obligaciones que contraerá el OFERENTE, implicarán la renuncia previa a

cualquier reclamo posterior a la adjudicación basado en el desconocimiento de

este PLIEGO, el ÁREA, las condiciones para el desarrollo del PLAN DE

TRABAJO incluido en la OFERTA o cualquier otro tema vinculado al presente

PLIEGO.

5.5 Venta de pliegos:

Los avisos del Concurso se iniciarán treinta (30) DÍAS previos a la venta

de los PLIEGOS.

5.5.1 Copia certificada de los PLIEGOS, incluyendo un mapa de

ubicación de cada ÁREA con sus correspondientes coordenadas

aproximadas, podrán adquirirse hasta veintiocho (28) DÍAS antes

de la fecha de apertura del presente CONCURSO, en la oficina

de ENARSA sita en: Av. del Libertador 1068 – Piso 2°

(C1112ABN) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tel/Fax:

54 - 11 – 4801-9325

5.5.2 Se establece en ciento veinte mil DÓLARES (US$ 120.000) el

precio del PLIEGO para las ÁREAS (E-4 y E-5) y en setenta mil

DÓLARES (US$ 70.000) para las demás ÁREAS, pagaderos en

pesos al tipo de cambio del Banco Nación Argentina – tipo

vendedor - del cierre del día anterior al del depósito para la

compra del PLIEGO. La adquisición del PLIEGO es condición

indispensable para la formulación de una OFERTA.

Los interesados en participar en el presente CONCURSO, al

momento de adquirir el PLIEGO, deberán seleccionar aquella/s

AREA/S que resulte/n de su interés, a fin de obtener la

información correspondiente a cada una de las AREA/S

seleccionadas.

El PLIEGO incluirá la información que ENARSA disponga, a la

fecha de este CONCURSO, de cada una de las ÁREAS

seleccionadas por el interesado y estará constituida por

información de carácter general y específico de las cuencas costa

afuera argentinas de cada una de las ÁREAS incluidas en el

CONCURSO, e información sísmica, perfiles y legajos de pozos.

5.5.3 ENARSA elaborará un registro, debidamente foliado, donde se

dejará constancia de los adquirentes del PLIEGO. A tal efecto los

mismos deberán suministrar, al momento de la adquisición del

PLIEGO, los siguientes datos:

a. Nombre de la persona jurídica, o en caso de un Contrato

de Colaboración Empresaria u otra figura de asociación

empresaria bajo las leyes de la República Argentina, el

nombre del representante o apoderado del mismo.

b. Domicilio especial en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

c. Dirección postal, número de teléfono/telefax, dirección

de correo electrónico.

d. Nombre y apellido, documento de identidad y

representación acreditada de la persona que retira el

PLIEGO.

La adquisición del PLIEGO y la presentación de los

OFERENTES al CONCURSO implican el pleno

conocimiento y aceptación de todas las condiciones y

normas establecidas en el mismo;

Los interesados deberán, al momento de adquisición del PLIEGO y la

información de la/s AREA/S, suscribir el Acuerdo de Confidencialidad del

Anexo 4.

5.6 Consultas y aclaraciones:

ENARSA habilitará un período para la recepción de consultas o solicitudes de

aclaraciones que le formulen los postulantes con referencia al PLIEGO.

Estas consultas y/o aclaraciones serán recibidas por ENARSA hasta

diecinueve (19) DÍAS antes de la fecha de apertura de las OFERTAS.

Las consultas y/o aclaraciones deberán ser formuladas por escrito en idioma

español. Serán respondidas del mismo modo a todos los postulantes, sin

identificar quien realizó la consulta, los que a tal efecto estarán obligados, al

momento de la compra del PLIEGO, a fijar un domicilio especial en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, para este tipo de notificaciones y envíos de

circulares aclaratorias.

ENARSA responderá las consultas y/o aclaraciones así recibidas, en un plazo

no mayor de diez (10) DÍAS a contar de la fecha de recepción fehaciente del

pedido de consulta y/o aclaración. Estas consultas y/o aclaraciones con sus

correspondientes respuestas, serán informadas a los demás postulantes bajo la

forma de circulares aclaratorias las que quedarán automáticamente

incorporadas al PLIEGO.

Toda la correspondencia relacionada con el presente CONCURSO deberá

dirigirse a: ENERGÍA

ARGENTINA S.A.

Av. del Libertador 1068, Piso 2°

(C1112ABN) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Artículo 6 – Anuncio del Concurso

El presente concurso será publicada, por el término de cinco (5) DÍAS

HÁBILES, en cuatro (4) oportunidades en periódicos de amplia circulación

nacional, en dos (2) oportunidades en periódicos de circulación internacional.

Las publicaciones se realizarán en forma alternada o sucesiva, efectuándose la

última con una anticipación mínima de veinticinco (25) DÍAS HÁBILES a la

fecha de apertura del CONCURSO.

Asimismo, el anuncio del concurso se incorporará al sitio oficial de ENARSA en

Internet: www.enarsa.com.ar

TÍTULO II: DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Artículo 7 – Presentación de las Ofertas

7.1 Las OFERTAS por una o más ÁREAS se recibirán en la Recepción de

“Energía Argentina Sociedad Anónima”, en sobre cerrado (sobre general)

dirigido a: ENARSA, con la indicación: “CONCURSO PÚBLICO

NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN Y

EVENTUAL EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)”.

Dicho sobre general contendrá a su vez, dos (2) sobres, también cerrados,

uno correspondiente a “Antecedentes” e identificado con la letra “A” y el

otro, identificado con la letra “B”, que contendrá la “Oferta Técnico-

Económica”. Ambos sobres deberán tener claramente identificados el

nombre del/de los OFERENTE/S y de las ÁREAS por las que oferta.

7.2 Las OFERTAS deberán ser claras, redactadas en idioma español, con la

Planilla de Cotización (ANEXO 7) completada, debiendo ser presentadas

en original y copia en papel y en versión electrónica grabada en soporte

magnético. Si un OFERENTE presentara OFERTAS por dos o más

Eliminado: ¶

ÁREAS, cada “Oferta Técnico-Económica” por cada ÁREA deberá ser

incluida en un Sobre “B” por cada ÁREA debidamente identificada en su

exterior.

Todas las fojas de la OFERTA deberán estar foliadas y firmadas por la, o

las personas que acrediten fehacientemente estar debidamente

apoderadas y con poder suficiente para ello por el OFERENTE.

Asimismo, dichos representantes o apoderados también deberán salvar

con sus rúbricas, toda raspadura y/o enmienda que pudieran contener los

documentos de la OFERTA. El soporte magnético llevará impresos o

adheridos en una etiqueta, el nombre del OFERENTE y la firma de dichos

representantes o apoderados.

7.3 Las OFERTAS se recibirán desde el 08/08/08 y hasta las 11:00 horas

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del día de apertura (cuya fecha

consta en el Cronograma del Concurso y que constituye el ANEXO 3 de

este PLIEGO). A las 14:00 horas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

de ese mismo Día de Apertura, se procederá a la apertura del sobre

general conteniendo los Sobres “A” y “B”, y del Sobre “A”, con constancia

de la reserva del/de los Sobre/s “B” en sobre opaco cerrado, sellado y

firmado por Escribano Público, para su posterior consideración. No se

recibirán OFERTAS con posterioridad al horario de recepción citado.

7.4 De la revisión del contenido, del consiguiente análisis de los

antecedentes presentados en el Sobre “A” y su posterior selección,

surgirán los OFERENTES cuyas respectivas OFERTAS quedarán

calificadas para la apertura de sus correspondientes Sobres “B”. Del acto

de apertura de los Sobres “B”, solo participarán los OFERENTES cuyas

OFERTAS hayan sido declaradas válidas.

7.5 ENARSA se expedirá sobre la evaluación de los antecedentes del Sobre

“A” a partir de los veinte (20) DÍAS a contar desde la fecha del Día de

apertura.

7.6 ENARSA informará a los OFERENTES cuyos Sobres “A” no hubieran sido

declarados válidos, dicha circunstancia, será debidamente notificada por

ENARSA, enviando la correspondiente comunicación al domicilio que

oportunamente hubieran declarado y constituido e invitándolos a retirar su

respectivo Sobre “B” sin abrir.

7.7 En caso que los OFERENTES no calificados no retirasen sus respectivos

Sobres “B” sin abrir dentro de los quince (15) DÍAS posteriores a la fecha

de envío de la comunicación mencionada en el ítem precedente, ENARSA

procederá a la destrucción de los mismos.

7.8 Toda consulta y/o aclaración al PLIEGO o sobre cualquier otro documento

que sea integrante del presente llamado a CONCURSO, deberá hacerse

por escrito ante ENARSA dentro de los plazos establecidos en el Artículo

5.6.

7.9 Se establece en cien mil DÓLARES (U$S 100.000.-), el monto de la

garantía de mantenimiento de la OFERTA para cada una de las ÁREAS y

en ciento veinte (120) DÍAS el plazo de mantenimiento de la OFERTA

respectiva. Dicha garantía será incluida en el Sobre “A” y podrá ser

constituida en efectivo, mediante aval bancario, valores públicos que

coticen en Bolsa o seguro de caución, según lo estipulado en el Artículo

11. ENARSA no reconocerá intereses por depósitos de garantía, pero los

que devenguen los títulos o valores pertenecerán a sus depositantes y

estarán a disposición de éstos cuando la entidad emisora los haga

efectivos.

Artículo 8 – Sobre “A” (Antecedentes)

El Sobre “A” tendrá en su parte exterior indicación de la siguiente información:

• Identificación del OFERENTE.

• Título de la Concurso

• Sobre “A” (Antecedentes)

El Sobre “A” (Antecedentes) deberá indefectiblemente contener lo siguiente:

1. Índice del contenido del Sobre “A” (Antecedentes).

2. Nombre, denominación o razón social, domicilio legal, dirección postal,

número de teléfono, telefax, correo electrónico del OFERENTE. En

caso de tratarse de un conjunto de empresas de personas físicas o, el

de todos sus integrantes.

3. Constitución de domicilio especial en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires - República Argentina, conforme al artículo 5.2.1 del

PLIEGO.

4. Copia debidamente autenticada de:

a) Acta constitutiva, contrato social, estatutos, certificados

de vigencia o debida inscripción y toda otra documentación

válida que acredite la existencia, capacidad jurídica del

OFERENTE, y la representación de sus directores o

administradores, debidamente actualizados e inscriptos ante

la Autoridad Competente que corresponda en cada caso

particular.

b) Indicación de las personas físicas que tienen el uso de la

firma social y el carácter de las mismas;

c) Acta de Designación de Autoridades vigentes al momento

de la presentación;

d) Acta de Reunión del órgano societario competente, del

que surja la decisión social para la presentación y la

formulación de la OFERTA, y que confiera poder suficiente

de representación en forma expresa a la persona que se

designe para ello, con facultades también expresas para

asumir las obligaciones emergentes del PLIEGO y de la

OFERTA. La persona nominada será considerada el

representante o apoderado a los efectos indicados en el

presente PLIEGO.

5. En caso que el OFERENTE opte por presentar la OFERTA, a través de

un conjunto de personas físicas o jurídicas, presentará la totalidad de

los requisitos que se establecen en el Artículo 8 inciso 4, de cada uno

de los integrantes del OFERENTE, además del compromiso expreso e

irrevocable de constituir una Unión Transitoria de Empresas con

ENARSA, en caso de resultar ADJUDICATARIO, antes de la firma del

CONTRATO, compromiso que a su vez deberá contemplar:

a) Que el objeto sea afín al del CONCURSO.

b) La participación en la Unión Transitoria de Empresas de

cada uno de los integrantes de la misma.

c) Que las responsabilidades y obligaciones entre

todos los participantes, sean mancomunadas y

solidarias.

f) Acta de reunión del órgano competente de la

persona jurídica que cumpla la decisión de integrar una

Unión Transitoria de Empresas con ENARSA.

6. Nómina de los integrantes de los órganos de administración y

fiscalización de la sociedad, al menos, durante los dos (2) últimos

años. En caso de no contar la empresa con dos (2) años de

antigüedad, deberá presentar la nómina antes mencionada desde su

creación a la fecha.

7. Poder otorgado ante Escribano Público certificado y legalizado por el

Colegio Público de Escribanos, para el caso de confeccionarse en otra

jurisdicción, en el que se acrediten las facultades de la o las personas

físicas que actúan en representación del OFERENTE.

8. Detalle de los números de inscripción para los impuestos y

tributos que fuere responsable y de los órganos previsionales que

correspondiere aportar, nacionales y provinciales. Tal requisito deberá

ser cumplimentado hasta el momento de la firma del CONTRATO.

9. Garantía de Mantenimiento de OFERTA, por un monto de cien mil

DÓLARES (U$S 100.000.-), constituida a favor de ENARSA por ciento

veinte (120) DÍAS para cada una de las ÁREAS para las que se

presente OFERTA, según lo estipulado en el Artículo 11.1.

10. Copia del PLIEGO y sus ANEXOS, foliados y firmados en todas sus

páginas por un representante o apoderado con facultades suficientes

para obligar al OFERENTE y la declaración escrita del OFERENTE

aceptando las condiciones del presente PLIEGO y las aclaraciones y

circulares correspondientes.

11. Información general que se estime conveniente para completar los

antecedentes.

12. Nombre, antecedentes, organización del OFERENTE y de su personal

técnico profesional, a asignar para la cumplir con la OFERTA

presentada.

13. Constancia que acredite la experiencia y capacidad de los

OFERENTES, en relación con su solvencia económica y respaldo

técnico en, al menos, tres proyectos como los incluidos en el presente

CONCURSO, de manera que a juicio de ENARSA aseguren el

adecuado cumplimiento de sus compromisos con relación a este

CONCURSO.

14. Acreditación de la fecha y número de inscripción del OPERADOR y

de los demás integrantes del OFERENTE, en el Registro previsto

por el Artículo 50 de la Ley 17.319, reglamentado por la Resolución

Secretaría de Energía 407/2007, o en su defecto constancia de haber

iniciado el trámite de inscripción correspondiente antes de los diez (10)

DÍAS de la fecha de apertura del CONCURSO.

15. Declaración de aceptación de la cláusula arbitral prevista en los

Artículos 5.2.2 del PLIEGO con trascripción de todos sus términos y

constituyendo domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

16. Declaración jurada que no existen impedimentos, inhabilitaciones o

incompatibilidades de orden nacional y/o provincial para el desarrollo

de las actividades que son el objeto de esta CONCURSO.

17. Documentos, informes, certificados y opiniones de expertos que

prueben o acrediten la antigüedad del OFERENTE en la actividad

hidrocarburífera; y en el caso de un conjunto de personas jurídicas, los

correspondientes a cada uno de sus integrantes. Los documentos

presentados deberán ser copias certificadas notarialmente y en su

caso, legalizados de conformidad con la legislación vigente. En el

supuesto de un OFERENTE extranjero o que lo sea cualquier

integrante de un OFERENTE, toda la documentación requerida deberá

ser legalizada por ante el Consulado Argentino de su lugar de origen y

el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación o, en su

defecto, contar con la apostilla prevista en la Convención de La Haya

para la supresión de requisitos de legalización de documentos públicos

extranjeros del 5 de octubre de 1961.

18. El integrante del OFERENTE que se desempeñará como OPERADOR

durante el plazo de vigencia del CONTRATO, para el caso que el

OFERENTE resultara ADJUDICATARIO, deberá acreditar experiencia

comprobada en al menos tres proyectos de exploración, desarrollo y

explotación en áreas costa afuera (áreas “offshore”) de hidrocarburos,

similares a los del objeto del presente CONCURSO. Los mismos

deberán resultar suficientes, a criterio de ENARSA, para demostrar la

capacidad e idoneidad técnico-operativa y de gestión empresaria en

proyectos similares para la realización de las actividades

hidrocarburíferas que constituyen el objeto del presente CONCURSO.

19. Declaración expresa de los integrantes del OFERENTE, de la que

resulte la responsabilidad mancomunada y solidaria frente a ENARSA

a todos los efectos derivados del presente CONCURSO, debiendo

además constituir un único domicilio en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y unificar su personería a todos los efectos derivados de

este CONCURSO y hasta la firma del CONTRATO, mediante el

otorgamiento por instrumento público de mandato irrevocable

debidamente legalizado.

20. Acreditar solvencia financiera - económica. Para ello deberá presentar

los Estados Contables de los tres (3) últimos ejercicios cerrados con

anterioridad a la fecha de apertura de la CONCURSO; para el caso de

inexistencia de los mismos deberá presentar, como mínimo, un

balance de cierre. Los estados contables y financieros requeridos

deberán estar certificados por Contador Público Nacional y

legalizados. En el caso de un OFERENTE integrado por un conjunto

de personas jurídicas, la presentación de los balances de los tres (3)

últimos ejercicios de cada una de los integrantes. Para el caso de

inexistencia de los mismos deberá presentar, como mínimo, un

balance de cierre de cada una de ellas. Para las empresas extranjeras,

los estados contables y financieros deberán estar acompañados de su

traducción al español realizada y certificada por un Traductor Público

Nacional.

Dada la declaración de responsabilidad solidaria requerida en el punto

19 precedente, el OFERENTE deberá poseer, según surja de los

estados contables y financieros presentados para el último ejercicio, un

patrimonio neto no inferior a la suma de veinte millones de pesos ($

20.000.000).

21. Deberá presentar una declaración expresa dejando constancia que la

OFERTA presentada se basa exclusivamente en la evaluación técnica

del OFERENTE. Asimismo el OFERENTE deberá reconocer que

ENARSA no ha otorgado garantía de ningún tipo, ni efectuado

aseveración alguna, sobre el potencial del ÁREA, para su exploración,

desarrollo y extracción de HIDROCARBUROS (ANEXO 5).

22. ENARSA tendrá la facultad de auditar toda la información suministrada

por el OFERENTE, debiendo éste facilitar todo trámite de verificación y

las gestiones necesarias para ello. El incumplimiento de esta

obligación será motivo de rechazo de la OFERTA.

23. El OFERENTE incluirá en su OFERTA un detalle completo del Sistema

de Gestión de Salud, Seguridad, Medio Ambiente y Calidad a

implementar y ejecutar en las ÁREAS.

24. El OFERENTE deberá presentar un informe de la Central de Deudores

del Banco Central de la República Argentina, del que surja su situación

financiera al momento de presentar la OFERTA.

25. Recibo de compra del PLIEGO y la respectiva documentación técnica.

En el caso de un OFERENTE integrado por dos o más empresas,

bastará que el recibo de compra del PLIEGO esté emitido a nombre de

una de dichas empresas.

Artículo 9 – Sobre “B” “Oferta Técnico Económica”

El Sobre “B” deberá contener la “Oferta Técnico Económica”, la que estará

constituida por:

9.1 PLAN DE TRABAJO: Contendrá el Cronograma Anual de

Desembolsos y el Programa Anual de Actividades, para cada una de

las ÁREAS sobre las que se realice la “Oferta Técnico Económica”.

En cada PLAN DE TRABAJO se discriminará, para cada uno de los

cinco (5) años del PERÍODO DE EXPLORACIÓN, todos los

desembolsos de fondos y las actividades exploratorias asociadas a

llevar a cabo.

Los montos de los desembolsos a realizar durante el PERÍODO DE

EXPLORACIÓN serán expresados en UNIDADES DE TRABAJO. Se

establece el valor unitario de cada UNIDAD DE TRABAJO en cinco mil

DÓLARES (U$S 5.000).

A los efectos de establecer la debida equivalencia entre los

desembolsos a comprometer en la “Oferta Técnico Económica” y el

PLAN DE TRABAJO de cada OFERENTE, se hará uso de la “Tabla de

Equivalencias de Unidades de Trabajo” estipuladas en el ANEXO 6 de

este PLIEGO.

En base a la citada equivalencia cada OFERENTE procederá a

completar la “Planilla de Cotización” de acuerdo al modelo establecido

en el ANEXO 7 de este PLIEGO.

El OFERENTE que presente “Oferta Técnico Económica” por más de un

ÁREA, deberá indicar el orden de preferencia de adjudicación para el

caso de resultar ADJUDICATARIO en más de una de ellas.

9.2 Garantía de Cumplimiento de CONTRATO: Se deberá incluir en este

Sobre “B”, una nota del OFERENTE suscripta por su representante

apoderado legal, mediante la cual el OFERENTE, en caso de resultar

ADJUDICATARIO, asume el formal compromiso de constituir a favor de

ENARSA, una Garantía de Cumplimiento del CONTRATO en un todo de

acuerdo a lo establecido en el Artículo 11.2 de este PLIEGO.

9.3 El porcentaje de participación mínimo de ENARSA en el CONTRATO

para cada ÁREA no será inferior al cincuenta y uno por ciento (51%). Sin

perjuicio de lo anterior, el OFERENTE podrá presentar en su OFERTA

porcentajes de participación de ENARSA superiores al mínimo antes

mencionado, lo que deberá ser claramente establecido en la Planilla de

Cotización (ANEXO 7) de la “Oferta Técnico Económica” contenida en

este Sobre “B” a los fines de su evaluación.

9.4 En caso que durante el PERÍODO DE EXPLORACIÓN se produjese un

DESCUBRIMIENTO COMERCIAL y consecuentemente, la

DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD del descubrimiento realizado,

ENARSA tendrá la opción de incrementar su participación durante el

PERÍODO DE EXPLOTACIÓN hasta un máximo del sesenta por ciento

(60%) en la participación total, efectuando los aportes adicionales que

correspondan.

La opción mencionada, podrá ser ejercida por ENARSA dentro de los

ciento ochenta (180) DÍAS contados a partir de la fecha de la

comunicación de la DECLARACIÓN DE COMERCIALIDAD del

DESCUBRIMIENTO COMERCIAL.

9.5 El OFERENTE deberá presentar a ENARSA, el Sistema de Gestión

de Salud, Seguridad, Medio Ambiente y Calidad que aplicará en sus

actividades en el ÁREA, como así también los Planes de Contingencia

que se propone aplicar en las mismas.

Artículo 10 – Pautas básicas de la OFERTA

Durante todo el PERÍODO DE EXPLORACIÓN y su eventual prórroga, el

ADJUDICATARIO se compromete a ejecutar, a su exclusivo costo y riesgo, el

PLAN DE TRABAJO comprometido en el punto 9.1 precedente.

Artículo 11 – Garantías

11.1 Mantenimiento de OFERTA

Los OFERENTES respaldarán el cumplimiento de todas las obligaciones

requeridas por este PLIEGO constituyendo a tal fin, una garantía de

mantenimiento de sus OFERTAS, a favor de ENARSA.

El monto de esta garantía se establece en cien mil DÓLARES (U$S

100.000), y el plazo de mantenimiento de la OFERTA será de ciento

veinte (120) DÍAS para cada una de las ÁREAS para las que se

presente “Oferta Técnico Económica”.

Las modalidades posibles para efectivizar esta garantía, se indican en el

Artículo 11.4.

Los OFERENTES quedan obligados a mantener la validez de sus

OFERTAS durante ciento veinte (120) DÍAS contados a partir de la fecha

de apertura del CONCURSO.

Si el OFERENTE comunicase su desistimiento o el retiro de su OFERTA

antes de la expiración del plazo original de mantenimiento de la misma,

o no suministrare información adicional de acuerdo al Artículo 14 b)

perderá la garantía de mantenimiento de OFERTA constituida a favor

ENARSA, quien la ejecutará sin necesidad de interpelación

administrativa o judicial previa alguna y sin que ello genere derecho a

reclamo o resarcimiento de ninguna índole por parte del OFERENTE.

11.2 De Cumplimiento del CONTRATO

Como garantía del cumplimiento del CONTRATO, el ADJUDICATARIO

deberá constituir a favor de ENARSA y a satisfacción de ésta, con una

antelación de treinta (30) DÍAS a la fecha de la firma del CONTRATO,

una garantía de cumplimiento de las UNIDADES DE TRABAJO

comprometidas en su “Oferta Técnico Económica”.

Bajo ninguna circunstancia podrá suscribirse el CONTRATO hasta tanto

no se haya constituido satisfactoriamente en el plazo estipulado el

párrafo anterior la garantía descripta en este Artículo.

La garantía de cumplimiento del CONTRATO estará escalonada

anualmente a lo largo de todo el PERÍODO DE EXPLORACIÓN y sus

montos en DÓLARES serán iguales a los respectivos desembolsos

anuales comprometidos por el ADJUDICATARIO en el PLAN DE

TRABAJO presentado en su Planilla de Cotización (ANEXO 7), que

forma parte de la OFERTA.

Sesenta (60) DÍAS previos al vencimiento de cada uno de los AÑOS del

PERÍODO DE EXPLORACIÓN, las EMPRESAS ASOCIADAS deberán

constituir a favor de ENARSA y a satisfacción de la misma, la renovación

de la garantía por el cumplimiento de los desembolsos comprometidos

para el siguiente AÑO del PERÍODO DE EXPLORACIÓN.

El incumplimiento de la citada renovación en el plazo fijado dará derecho

a ENARSA para proceder a la resolución del CONTRATO sin derecho

para las EMPRESAS ASOCIADAS de efectuar reclamo alguno a

ENARSA por ello y sin perjuicio que ENARSA ejecute la garantía vigente

y reclame daños y perjuicios adicionales.

Al cabo de cada AÑO del PLAN DE TRABAJO, las EMPRESAS

ASOCIADAS presentarán a ENARSA un detalle de las actividades y

desembolsos de fondos efectuados en el AÑO finalizado y del

porcentaje de cumplimiento alcanzado con respecto al PLAN DE

TRABAJO.

Con la excepción de aquellos casos de incumplimiento debidamente

justificados y fehacientemente aceptados por ENARSA, los

incumplimientos incurridos darán lugar a la aplicación, como mínimo, de

una multa por incumplimiento en carácter de cláusula penal, sin perjuicio

de la ejecución de las UNIDADES DE TRABAJO correspondientes al

PLAN DE TRABAJO anual comprometido.

El importe en DÓLARES de la multa a aplicar a las EMPRESAS

ASOCIADAS será igual al veinte por ciento (20%), de la diferencia entre

los montos a desembolsar comprometidos según el PLAN DE TRABAJO

y los efectivamente desembolsados por las EMPRESAS ASOCIADAS

en el período considerado.

ENARSA podrá a su solo criterio ejecutar la garantía de fiel cumplimiento

del CONTRATO para satisfacer el importe de la multa acordada y

cuantificada conforme a lo establecido en este Artículo, sin necesidad de

acto alguno de su parte, ni de interpelación o requerimiento a las

EMPRESAS ASOCIADAS, y sin perjuicio de exigir la ejecución de las

UNIDADES DE TRABAJO correspondientes al PLAN DE TRABAJO

anual.

11.3 Estas garantías a constituirse a favor de ENARSA, responderán por el

fiel e íntegro cumplimiento de todas las obligaciones contractuales y la

correcta y completa ejecución del PLAN DE TRABAJO.

Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de reclamar daños y perjuicios,

mayores costos, multas y/o demás cargos que correspondan y deriven

de incumplimientos del PLIEGO, del CONTRATO y/o de la legislación

vigente aplicable.

11.4 Las garantías de Mantenimiento de OFERTA y de Cumplimiento

del CONTRATO se constituirán a favor de ENARSA y a entera

satisfacción de esta, en alguna de las formas que se describen a

continuación:

a) Mediante un depósito en DÓLARES a la orden de Energía

Argentina Sociedad Anónima, en la Cuenta e institución a ser

oportunamente indicada por ésta.

b) Mediante fianza o aval emitido por un banco de primera línea, en la

que se constituya como liso, llano y principal pagador, con

renuncia a los beneficios de excusión, división, retractación e

interpelación judicial previa al deudor, pagadera incondicionalmente

al primer requerimiento de ENARSA y con firma certificada por el

Banco Central de la República Argentina en caso de bancos locales

o firma debidamente autenticada y legalizada en caso de bancos

extranjeros.

c) Mediante Seguro de Caución, de acuerdo a pólizas aprobadas por la

Superintendencia de Seguros de la Nación, con los anexos,

condiciones generales y particulares, con su correspondiente recibo

de pago. En cualquier caso, ENARSA podrá requerir el reemplazo de

la póliza presentada por el OFERENTE, por otra la de otra compañía

aseguradora, cuando se considere que los requisitos exigidos no son

cumplimentados a satisfacción de ENARSA.

11.5 Devolución de la Garantía de Mantenimiento de OFERTA: Dentro de los

diez (10) DÍAS posteriores al acto de ADJUDICACIÓN, se pondrá a

disposición de aquellos OFERENTES que no hubiesen resultado

ADJUDICATARIOS en cada una de las ÁREAS, las respectivas

Garantías de Mantenimiento de OFERTA que oportunamente

constituyeran.

Al OFERENTE cuya OFERTA hubiera resultado ADJUDICATARIA, le

será restituida su Garantía de Mantenimiento de OFERTA dentro de los

diez (10) DÍAS de haber constituido, a satisfacción de ENARSA, la

correspondiente Garantía de Cumplimiento del CONTRATO.

11.6 Desafectación de la Garantía de Ejecución del CONTRATO: Dentro

de los treinta (30) DÍAS de completado satisfactoriamente el PLAN DE

TRABAJO correspondiente al PERÍODO DE EXPLORACIÓN contenido

en la OFERTA que resultara ADJUDICATARIA, ENARSA procederá a la

devolución de la Garantía de Cumplimiento del CONTRATO.

Si la citada Garantía de Cumplimiento del CONTRATO no fuera retirada

dentro de los noventa (90) DÍAS se procederá a su destrucción.

Para el caso que las EMPRESAS ASOCIADAS ejercieran la opción de

prórroga del PERÍODO DE EXPLORACIÓN, previa aprobación de

ENARSA, las EMPRESAS ASOCIADAS deberán constituir una nueva

Garantía de Cumplimiento de ejecución de los trabajos exploratorios

adicionales al PLAN DE TRABAJO, en los términos indicados en los

Artículos 11.2 y 11.4 la que estará referida a los desembolsos que las

EMPRESAS ASOCIADAS se comprometan a realizar durante la

prórroga requerida.

11.7 Intereses: No se reconocerán intereses por la constitución de garantías

efectuadas mediante depósitos en efectivo.

Artículo 12 – Rechazo de OFERTAS

Serán rechazadas ya sea en el acto de apertura o durante la revisión posterior

de las OFERTAS, aquellas OFERTAS que no cumplan, como mínimo, con los

siguientes requisitos de admisibilidad:

12.1 Cumplimiento estricto de todos los requisitos de presentación de los

Sobres “A” y “B”, de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 7, 8, 9 y 11

del presente PLIEGO.

12.2 Garantía de Mantenimiento de OFERTA constituida con arreglo

a lo establecido en el Artículo 11.1 del presente PLIEGO.

12.3 Las OFERTAS cuya documentación no esté firmada por el

OFERENTE y/o su representante legalmente apoderado con poderes

suficientes, en la totalidad de sus folios.

12.4 Cuando las OFERTAS contengan objeciones o reservas al régimen legal

aplicable al CONCURSO, se aparten de lo estipulado en este PLIEGO, o

que de cualquier modo condicionen la vigencia y efectos de la

presentación de la OFERTA y sus términos, o la subordinen a la ulterior

existencia o comprobación de hechos o situaciones, o limiten o restrinjan

las obligaciones a asumir por el OFERENTE o el ADJUDICATARIO.

12.5 Concluida la apertura de las OFERTAS recibidas, se procederá a

labrar ante escribano público un Acta Notarial, la que además podrá ser

firmada por los OFERENTES asistentes al acto que quisieran hacerlo.

Los OFERENTES podrán dejar constancia en dicha Acta de las

observaciones que consideren que merezca el acto de apertura.

Artículo 13 – Aclaraciones e información adicional

Con el objeto de poder interpretar adecuadamente las OFERTAS recibidas,

ENARSA podrá requerir a los OFERENTES, durante el proceso de evaluación

de las OFERTAS, todos los pedidos de aclaración y/o la presentación de

información complementaria que considere necesaria para efectuar la debida

evaluación y comparación entre las mismas, estando los OFERENTES

obligados a su presentación a ENARSA en el plazo estipulado en el Artículo 14

b) segundo párrafo de este PLIEGO.

TÍTULO III: DE LA ADJUDICACIÓN

Artículo 14 – Precalificación de OFERTAS

Una vez finalizada la recepción de las OFERTAS, ENARSA procederá al

análisis de la toda la documentación presentada por los OFERENTES en base

a las siguientes consideraciones:

a) Sólo serán consideradas válidas y aptas para su análisis las OFERTAS

Eliminado: ¶

que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos estipulados en los

Artículos 7, 8, 11, 12 y 14, y serán rechazadas como no válidas aquellas

que no alcancen los requisitos mínimos exigidos en el PLIEGO o que,

por deficiencias insalvables, no permitan su comparación en condiciones

de igualdad con las restantes OFERTAS válidas.

b) Los OFERENTES están obligados a suministrar toda la información

adicional y/o aclaratoria que ENARSA le solicite por considerarla

pertinente para una más clara comprensión e interpretación de los

Sobres “A” de las respectivas OFERTAS a los fines de su evaluación.

Los OFERENTES deberán dar cumplimiento a los pedidos de

información complementaria realizados por ENARSA dentro de un plazo

de cinco (5) DÍAS a partir de su solicitud.

Si transcurrido dicho plazo ENARSA no hubiera recibido

satisfactoriamente la información complementaria requerida, ENARSA

declarará no válida la OFERTA con la consiguiente pérdida de la

Garantía de Mantenimiento de Oferta como lo establece el Artículo 11.1

de este PLIEGO.

El cumplimiento a satisfacción de ENARSA de lo establecido en los puntos a) y

b) del presente Artículo, permitirá declarar válidas las OFERTAS para proceder

a la apertura de sus respectivos Sobres “B”.

Dicha circunstancia así como la fecha de apertura de los Sobres “B” de las

OFERTAS válidas, serán comunicadas en forma fehaciente por ENARSA a sus

respectivos OFERENTES.

La apertura de los Sobres “B” se realizará cinco (5) DÍAS posteriores a la fecha

establecida en el Artículo 7.5, a las 14:00 horas (hora argentina).

Artículo 15 - Selección

Habiendo dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 14 precedente,

ENARSA procederá al estudio y análisis de las OFERTAS válidas presentadas

por los OFERENTES y seleccionará, a su solo juicio, para cada ÁREA

concursada, la OFERTA que considere más conveniente.

Artículo 16 – Adjudicación

Conforme a lo establecido en el Anexo 3, la información sobre la OFERTA

seleccionada para cada ÁREA concursada según lo establecido en el Artículo

15 precedente, será elevada al Directorio de ENARSA para su consideración,

evaluación y adopción de la correspondiente decisión final.

La decisión final del Directorio de ENARSA sobre la OFERTA que resulte

ADJUDICATARIA del concurso para cada ÁREA, será definitiva e inapelable.

Esta definición se adoptará dentro de los veintiún (21) DÍAS después de

concluida, la evaluación por parte de ENARSA, de los correspondientes

Sobres ”B”. Ningún OFERENTE podrá resultar ADJUDICATARIO de más de

dos (2) ÁREAS, considerándose el orden de preferencia dado en su PLAN DE

TRABAJO, conforme al Artículo 9.1.

Dentro de los siete (7) DÍAS siguientes a la fecha aprobación por parte del

Directorio de ENARSA de la OFERTA que resulte ADJUDICATARIA para cada

ÁREA, ENARSA procederá a comunicar dicha aprobación de manera

fehaciente al respectivo ADJUDICATARIO.

ENARSA a su solo juicio, podrá proceder al rechazo parcial o total de las

OFERTAS recibidas, no teniendo por tanto la obligación de adjudicar la

presente CONCURSO.

Artículo 17 - Impedimento de suscripción del CONTRATO

En caso que el Directorio de ENARSA aprobara la OFERTA seleccionada

realizada según lo establecido en el Artículo 16 y no obstante ello se generara

alguna situación que por su carácter impidiera la formalización del

CONTRATO, el Directorio de ENARSA podrá, a su solo juicio, proceder a dejar

sin efecto la adjudicación y seleccionar un nuevo ADJUDICATARIO entre las

restantes OFERTAS válidas en orden a mérito y conveniencia, sin que ello

genere derecho alguno para los OFERENTES.

Artículo 18 – Ausencia de OFERENTES – OFERTAS inconvenientes

En caso que en este CONCURSO no se presentaren OFERENTES, o bien que

no se recibiesen OFERTAS convenientes por considerarse que las mismas no

satisfacen los objetivos e intereses exploratorios procurados por ENARSA, para

las ÁREAS concursadas, ésta podrá dejar sin efecto el presente CONCURSO y

quedará en total libertad de adoptar aquellas decisiones que más convengan a

sus intereses.

El ejercicio de dicha facultad no dará derecho alguno a los OFERENTES para

reclamar indemnizaciones, compensaciones o resarcimientos de ninguna

naturaleza.

Artículo 19 – Suscripción del CONTRATO

Dentro de los treinta (30) DÍAS siguientes a la comunicación de adjudicación

por parte del Directorio de ENARSA de acuerdo con el Artículo 16 precedente,

el ADJUDICATARIO firmará el CONTRATO correspondiente para el ÁREA

adjudicada.

Previo a lo establecido en el párrafo anterior, las personas físicas y jurídicas

integrantes del ADJUDICATARIO, en el caso de ser extranjeras, deberán

acreditar el cumplimiento del artículo 118 y siguientes de la Ley N° 19.550.

Previo a este acto, el ADJUDICATARIO deberá haber constituido a

satisfacción de ENARSA la Garantía de Cumplimiento del CONTRATO prevista

en los Artículos 11.2 al 11.4.

El incumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Artículo en los

plazos respectivamente establecidos y con las formalidades previstas en este

PLIEGO, será causal automática de la anulación de la adjudicación realizada.

El modelo básico de CONTRATO a suscribir entre la ENARSA y el

ADJUDICATARIO forma parte del presente PLIEGO como ANEXO 8 del

mismo.

Artículo 20 – Ejecución de garantía de Mantenimiento de la OFERTA

La ejecución de la Garantía de Mantenimiento de la OFERTA debidamente

constituida a favor de ENARSA según lo requerido por el Artículo 11.1, se

concretará en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Si el OFERENTE retirase la OFERTA antes del vencimiento del período de

Mantenimiento de OFERTA o no diere cumplimiento al Artículo 14 b);

b) Si el ADJUDICATARIO no constituyera en tiempo y forma la Garantía de

Cumplimiento del CONTRATO;

c) Si el ADJUDICATARIO no se aviniera a suscribir el CONTRATO según lo

estipulado en el Artículo 19.

CONCURSO PÚBLICO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA EXPLORACIÓN

Y EXPLOTACIÓN DE ÁREAS COSTA AFUERA (Ronda 01)