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1 Consultoría Realizar el estudio técnico de la caracterización en la fuente de residuos sólidos generados en la Ciudad de Bogotá Distrito Capital por tipo de generador y establecer el uso de métodos alternativos de transporte para materiales aprovechables. Contrato No. 443 DE 2017 Informe 4. Recomendaciones técnicas y normativas respecto a las necesidades de equipamiento requeridas en la prestación de la actividad de aprovechamiento CONSORCIO NCU- UAESP marzo de 2018

Consultoría Realizar el estudio técnico de la

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Consultoría

Realizar el estudio técnico de la caracterización en la fuente de residuos

sólidos generados en la Ciudad de Bogotá Distrito Capital por tipo de

generador y establecer el uso de métodos alternativos de transporte

para materiales aprovechables.

Contrato No. 443 DE 2017

Informe 4. Recomendaciones técnicas y normativas respecto a las

necesidades de equipamiento requeridas en la prestación de la actividad

de aprovechamiento

CONSORCIO NCU- UAESP

marzo de 2018

2

Índice

I. Introducción ................................................................................................................... 4

II. Antecedentes .................................................................................................................. 5

III. Análisis de la normatividad legal vigente para infraestructura de

aprovechamiento ................................................................................................................... 8

IV. Equipamiento de la ciudad para la gestión de los materiales aprovechables. ....... 13

IV.I. Estado actual de las Bodegas Distritales. ................................................................ 13

IV.II. Recomendaciones sobre la maquinaria requerida para la gestión del Material

Potencialmente Aprovechable ..................................................................................... 20

IV.III. Recomendaciones técnicas sobre los procesos para la gestión de los materiales

potencialmente aprovechables .................................................................................... 23

IV.IV. Recomendaciones técnicas respecto a la ubicación de equipamiento requerido

para la gestión de los materiales potencialmente aprovechable .................................. 26

V. Conclusiones ................................................................................................................ 33

VI. Referencias ................................................................................................................... 34

VII. Anexos .......................................................................................................................... 35

1. Anexo 1. Relatoría conversatorio con la industria, Consorcio NCU-UAESP ............ 35

3

Índice de figuras

Figura 1. Procesos que actualmente realizan las ECA ......................................................... 20

Figura 2. Equipamiento con el que cuentan actualmente las ECA ....................................... 20

Figura 3. Diagrama de flujo para la operación de las ECA .................................................. 25

Figura 4. Ejemplo de ubicación de ECA en la localidad de Engativá .................................. 31

Índice de tablas

Tabla 1. Requisitos de normatividad para bodegas especializadas y ECA. ........................... 9

Tabla 2. Requisitos mínimos para las ECA, Decreto 596 de 2016. ..................................... 15

Tabla 3. Maquinaria que opera en cada ECA ....................................................................... 18

Tabla 4. Procesos que ejecutan las ECA actualmente. ......................................................... 19

Tabla 5. Máquinas para los procesos de selección y clasificación, lavado y compactación 22

Tabla 6. Generación de MPA por localidad ......................................................................... 27

Tabla 7. Producción Per Cápita de residuos sólidos por localidad ....................................... 28

Tabla 8. Localidades que más generan residuos sólidos ...................................................... 32

4

I. Introducción

El Distrito Capital en cabeza de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, en

su compromiso de dar cumplimiento e implementación a las políticas públicas nacionales

sobre la gestión integral de residuos sólidos –GIRS- y en especial sobre el componente o

actividad de aprovechamiento de los mismos, decidió realizar el estudio técnico de

caracterización en la fuente de residuos sólidos generados en la Ciudad de Bogotá Distrito

Capital por tipo de generador y establecer el uso de métodos alternativos de transporte para

materiales aprovechables.

El estudio está previsto para realizarse en tres fases, la Fase 1 incluye los resultados de la

caracterización de residuos sólidos en la fuente, la Fase 2 desarrolla el análisis de las opciones

de aprovechamiento y las recomendaciones técnicas y normativas respecto a las necesidades

de equipamiento requeridas en la prestación de la actividad de aprovechamiento, finalmente,

la Fase 3 contempla las propuestas de métodos alternativos de transporte para materiales

aprovechables y el análisis de las variables relacionadas con la prestación de la actividad de

aprovechamiento y su integración al Sistema de Movilidad de la ciudad.

El presente documento corresponde al Informe No. 4 -Recomendaciones técnicas y

normativas respecto a las necesidades de equipamiento requeridas en la prestación de

la actividad de aprovechamiento. - el cual está dividido en siete capítulos (incluyendo el

capítulo I. Introducción y el capítulo VII. Anexos).

En el capítulo II se presenta una recopilación de la normatividad legal que involucra el

funcionamiento de la infraestructura dedicada al reciclaje y/o acopio de materiales (bodegas

privadas de reciclaje de residuos sólidos no peligrosos no afectas al servicio público de aseo

y bodegas especializadas afectas al servicio público de aseo). En el capítulo III se especifican

las diferencias normativas y operacionales entre las bodegas privadas y las Bodegas

Especializadas, y se dan recomendaciones sobre cómo debería ser la normatividad para estas

infraestructuras. El capítulo IV incluye el estado actual de las Bodegas Especializadas

Distritales afectas al servicio público de aseo frente a los requisitos del Decreto 596, los

procesos que realizan, la maquinaria con la que cuentan y deberían contar para realizar para

una adecuada clasificación de los residuos aprovechables y se dan recomendaciones técnicas

sobre la ubicación y de cómo debería realizarse el proceso de clasificación y

aprovechamiento en las Bodegas Distritales. Finalmente, en el capítulo V se presentan las

principales conclusiones.

5

II. Antecedentes

El Distrito Capital en los últimos 10 años han establecido requisitos para la infraestructura y

equipamiento de las bodegas de reciclaje de residuos sólidos no peligrosos. Específicamente

desde el año 2007, se han expedido Decretos que constituyen lineamientos y condiciones

urbanísticas y arquitectónicas.

Actualmente, en el Distrito operan bodegas privadas de reciclaje de residuos sólidos no

peligrosos, no afectas al servicio público de aseo cuya función consiste en almacenar y

comercializar MPA y bodegas especializadas de carácter público o privado, asimilables al

concepto de Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento cuyo objetivo es la realización

del proceso de clasificación y aprovechamiento de MPA en el marco de la prestación del

servicio público de la actividad de aprovechamiento de dichos materiales.

La normatividad aplicable en el Distrito Capital para las bodegas privadas de reciclaje de

residuos sólidos no peligrosos, no afectas al servicio público de aseo, enfocadas en la

actividad de comercialización de MPA, está establecida en los Decretos distritales 113 de

2013, que modifica el Decreto 456 de 2010 y en el Decreto 469 de 2015 que modifica los

dos Decretos anteriores.

El Decreto 456 de 2010 "Por el cual se complementa el Plan Maestro para el Manejo Integral

de Residuos Sólidos (Decreto Distrital 312 de 2006), mediante la adopción de las normas

urbanísticas y arquitectónicas para la implantación y regularización de bodegas privadas de

reciclaje de residuos sólidos no peligrosos, no afectas al servicio público de aseo, en el

Distrito Capital". Dicho Decreto fue modificado por el Decreto 113 de 2013 “Por medio del

cual se complementa el Decreto Distrital 312 de 2006, Plan Maestro de Residuos Sólidos, se

modifica el Decreto Distrital 456 de 2010, en relación con la adopción de normas urbanísticas

y arquitectónicas para la implantación y regularización de bodegas privadas de reciclaje de

residuos sólidos no peligrosos no afectas (Sic) al servicio público de aseo, y se dictan otras

disposiciones”, en especial en lo relacionado con la clasificación y condiciones de las

bodegas, desarrollo de actividades al interior del predio e implementación de nuevas bodegas.

El Decreto 113 de 2013 define los procesos de la actividad de clasificación y el área destinada

para cada uno de los tres tipos de bodegas de reciclaje establecidas en el mismo (Tipo 1.

Bodegas de mayor área, Tipo 2. Bodegas de mediana área y Tipo 3. Bodegas de menor área

– centros de acopio básico).

El Decreto 469 de 2015 “Por el cual se modifican los Decretos Distritales 456 de 2010

y 113 de 2013, en relación con la adopción de normas urbanísticas y arquitectónicas para las bodegas privadas de reciclaje de residuos sólidos no peligrosos, no afectas al servicio público

de aseo y se dictan otras disposiciones” amplía el plazo de culminación del plan de acción

que trata el artículo 9 del Decreto 113 de 2013, modificado por el Decreto 412 de 2013 y

6

establece que las bodegas de reciclaje no afectas al servicio público de aseo, deben de cumplir

con las normas y requisitos para su operación descritos los Decretos 113 de 2013 y 456 de

2010.

Para las bodegas especializadas, que funcionan como parte de la cadena de aprovechamiento

afectas al servicio público de recolección, la normatividad aplicable está establecida en los

Decretos nacionales 596 de 2016 "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015

en lo relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo

y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio, y se dictan otras

disposiciones" y el 1077 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único

Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio y en los Decretos Distritales 2981

de 2013 “Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo” y el 261 de

2010 "Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital 620 de 2007 que complementó el

Plan Maestro de Residuos Sólidos y se dictan otras disposiciones" ,que modifica el Decreto

620 de 2007 “Por medio del cual se complementa el Plan Maestro de Residuos Sólidos

(Decreto 312 de 2006), mediante la adopción de las normas urbanísticas y arquitectónicas

para la regularización y construcción de las infraestructuras y equipamientos del Sistema

General de Residuos Sólidos, en Bogotá Distrito Capital”.

El Decreto 620 de 2007, en el Anexo 1, define las bodegas especializadas como “Inmuebles

construidos o adecuados para acopiar temporalmente material de reciclaje inorgánico (seco)

de residuos sólidos no peligrosos”. Así mismo establece normas urbanísticas y

arquitectónicas para la regularización y construcción de las infraestructuras y equipamientos

del sistema general de residuos sólidos en Bogotá Distrito Capital, el cual fue modificado por

el Decreto 261 de 2010, en lo relacionado con los subsistemas de reciclaje de residuos sólidos

de aprovechamiento y normas generales de cumplimiento de las bodegas.

El Decreto 261 de 2010 establece los siguientes requisitos que deben cumplir los centros de

acopio o bodegas especializadas:

1. Control de vectores. Elaborar un programa de control de vectores.

2. Plan de emergencias. Adoptar un plan de emergencias avalado por la Unidad

Administrativa Especial y Cuerpo Oficial de Bomberos del Distrito Capital.

3. Programa de salud ocupacional y panorama de riesgos. Adoptar programas avalados

por una aseguradora de riesgos profesionales (ARP).

4. Procedimiento de manejo de residuos peligrosos. Establecer un procedimiento para

el manejo de los residuos peligrosos que puedan llegar a dichas instalaciones,

teniendo en cuenta los estudios que presente la Unidad Administrativa Especial de

Servicios Públicos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la norma.

5. Vertimientos. Todas las áreas del proceso que impliquen el alistamiento de materiales

deberán contar con desagües que garanticen la evacuación de los vertimientos

7

generados por el aseo y mantenimiento de las áreas de trabajo, disponiendo de una

planta de tratamiento de aguas servidas.

6. Todos los vertimientos producidos deberán cumplir con la normatividad distrital

vigente en esta materia.

7. Si hay pretransformación o transformación de materiales se deberá disponer de una

red de vertimientos separada de los vertimientos domésticos de la bodega, en

concordancia con la normatividad ambiental vigente.

Por su parte, el Decreto 2981 de 2013 “por el cual se reglamenta la prestación del servicio

público de aseo” adopta medidas sobre los requisitos mínimos de una Estación de

Clasificación y Aprovechamiento, que más adelante son adoptados por el Decreto 596 de

2016.

El Decreto 1077 de 2015, indica que las ECA son: “instalaciones técnicamente diseñadas con

criterios de ingeniería y eficiencia económica, dedicadas al pesaje y clasificación de los

residuos sólidos aprovechables, mediante procesos manuales, mecánicos o mixtos y que

cuenten con las autorizaciones ambientales”, y que es “obligación de los usuarios presentar

los residuos separados en la fuente con el fin de ser aprovechados y entregados a la persona

prestadora de la actividad de aprovechamiento, que será la responsable de su recolección y

transporte hasta la Estación de Clasificación y Aprovechamiento (ECA), y del pesaje y

clasificación”. Dichas Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento pueden ser privadas

o públicas.

El Decreto 596 de 2016 “por el cual se modifica y adiciona al Decreto 1077 de 2015 en lo

relativo con el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el

régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio” tiene como propósito,

entre otros, regular las organizaciones de recicladores, por lo cual, el artículo 2.3.2.2.2.9.86

incluyó los requisitos que deben cumplir las bodegas para ser consideradas como ECA, los

cuales se presentan a continuación:

1. Contar con el uso del suelo compatible con la actividad.

2. Contar con una zona operativa y de almacenamiento de materiales cubierta y con

cerramiento físico con el fin de prevenir o mitigar los impactos sobre el área de

influencia.

3. Contar con el respectivo diagrama de flujo del proceso incluida la recepción, pesaje

y registro.

4. Contar con medidas de seguridad industrial.

5. Contar con áreas para:

a. Administración

b. Recepción

c. Pesaje

d. Selección y clasificación

e. Almacenamiento temporal de materiales aprovechables

8

f. Almacenamiento temporal para materiales de rechazo incluidos aquellos de

rápida biodegradación

6. Contar con instrumentos de pesaje debidamente calibrados de acuerdo con lo

dispuesto en el Decreto 1074 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto único

Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

7. Contar con un sistema de control de emisión de olores.

8. Contar con un sistema de prevención y control de incendios.

9. Contar con sistemas de drenaje para las aguas de lixiviados cuando sea del caso.

10. Contar con pisos rígidos y las paredes que permitan su aseo, desinfección periódica

y mantenimiento mediante el lavado.

11. Estar vinculado al servicio público de aseo como usuario, para efectos de la prestación

y entrega de rechazo con destino a disposición final.

III. Análisis de la normatividad legal vigente para infraestructura de

aprovechamiento

De acuerdo con lo previsto en la normatividad vigente, en Bogotá están en funcionamiento

Bodegas Privadas de reciclaje no afectas al servicio público domiciliario de aseo y bodegas

especializadas en las cuales se desarrollan actividades en el marco del servicio público

domiciliario, asimilables al concepto de ECA.

En la Tabla 1 se presentan los requisitos para el equipamiento e infraestructura aplicables a

las Bodegas privadas de reciclaje no afectas al servicio público domiciliario de aseo y a las

Bodegas Distritales afectas al servicio público domiciliario de aseo.

9

Tabla 1. Requisitos de normatividad para bodegas especializadas y Bodegas Distritales afectas al servicio público.

Requisito

Bodegas

Especializadas no

afectas al servicio

público

Bodegas

Distritales -ECAs Norma aplicable

Contar con el uso del suelo compatible con la actividad. X X

Decreto 620 de 2007

(Bodegas Distritales),

Decreto 113 de 2013

Contar con una zona operativa y de almacenamiento de materiales cubiertas y con

cerramiento físico con el fin de prevenir o mitigar los impactos sobre el área de influencia. X Decreto 596 de 2016

Contar con el respectivo diagrama de flujo del proceso incluidos la recepción, pesaje y

registro. X Decreto 596 de 2016

Contar con medidas de seguridad industrial. X X

Decreto 596 de 2016

(Bodegas Distritales),

Decreto 113 de 2013

Contar con áreas para:

Administración X Decreto 596 de 2016

Recepción X Decreto 596 de 2016

Pesaje X Decreto 596 de 2016

Selección y clasificación X X

Decreto 596 de 2016

(Bodegas Distritales),

Decreto 113 de 2013

Almacenamiento temporal de material aprovechable X Decreto 596 de 2016

Almacenamiento temporal para materiales de

rechazo Incluidos aquellos de rápida

biodegradabilidad

X Decreto 596 de 2016

Contar con instrumentos de pesaje debidamente calibrado de acuerdo con lo dispuesto en

el Decreto 1074 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto único reglamentario del

sector comercio, industria y turismo".

X Decreto 596 de 2016

Contar con sistema de control de emisión de olores. X Decreto 596 de 2016

Contar con un sistema de prevención y control de incendios. X X

Decreto 596 de 2016

(Bodegas Distritales),

Decreto 113 de 2013

10

Requisito

Bodegas

Especializadas no

afectas al servicio

público

Bodegas

Distritales -ECAs Norma aplicable

Contar con un sistema de drenaje para aguas lluvias y escorrentía superficial. X Decreto 596 de 2016

Contar con un sistema de recolección y tratamiento de lixiviados cuando sea el caso X X

Decreto 596 de 2016

(Bodegas Distritales),

Decreto 113 de 2013

Contar con pisos rígidos y paredes que permitan su aseo, desinfección periódica y

mantenimiento durante el lavado. X Decreto 596 de 2016

Estar vinculado al servicio de público de aseo como usuario, para efectos de presentación

y entrega de rechazos con destino a disposición final. X X

Decreto 596 de 2016

(Bodegas Distritales),

Decreto 113 de 2013

Clasificación según área

Mayor área Igual o mayor a 1000 m² X Decreto 113 de 2013

Mediana área 150 y 999 m ² X Decreto 113 de 2013

Centro de

acopio básico 40 y 149 m ² X Decreto 113 de 2013

Clasificación de actividad

Mayor área

Separación, clasificación,

embalaje, almacenamiento,

transformación y/o

comercialización

X Decreto 113 de 2013

Mediana área

Separación, clasificación,

embalaje, almacenamiento, pre

transformación y/o

comercialización

X Decreto 113 de 2013

Centro de

acopio básico

Separación, clasificación,

embalaje, almacenamiento

temporal y/o comercialización

X Decreto 113 de 2013

Licencias urbanísticas X

Decreto 113 de 2013

y Decreto 261 de

2010

11

Requisito

Bodegas

Especializadas no

afectas al servicio

público

Bodegas

Distritales -ECAs Norma aplicable

Desarrollo de la actividad al interior del predio. X Decreto 113 de 2013

Concepto sanitario. X Decreto 113 de 2013

Condiciones ambientales, de salud

ocupacional y seguridad industrial.

Programa de saneamiento básico X Decreto 113 de 2013

Horarios de cargue, descargue y de funcionamiento X Decreto 113 de 2013

Condiciones sanitarias mínimas X Decreto 113 de 2013

Procedimiento de manejo de residuos peligrosos X Decreto 261 de 2010

Control de vectores X Decreto 261 de 2010

Licencia ambiental X Decreto 261 de 2010

Fuente: adaptado de Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. (2016). Decreto 596/16; Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. (2013). Decreto 113/13. Bogotá; Alcaldía

Mayor de Bogotá D.C. (2010). Decreto 261/0.

Nota: Las bodegas Distritales son aquellas estructuras públicas afectas al servicio público de aseo.

Los Decretos 596 de 2016 y 1077 de 2015 son de orden nacional, mientras que los Decretos 620 de 2007, 113 de 2013 y 261 de 2010 son de orden Distrital.

12

En la Tabla 1 se evidencia que no hay uniformidad en la normatividad respecto a lo

relacionado con los requisitos que deben cumplir las bodegas, pues existen dos conceptos

(Bodega privadas no afectas al servicio público y Bodegas especializadas afectas al servicio

público) definidos en diferentes Decretos aplicables a las estructuras donde se llevan a cabo

las actividades de reciclaje y clasificación de Materiales Potencialmente Aprovechables-

MPA. Esto genera un vacío legal que afecta la creación de las ECA, puesto que para poder

operar en el Distrito deben registrarse bajo el control de la Secretaria Distrital de Planeación,

como bodegas especializadas según lo definido en el Decreto 620 de 2010 (Estrada, 2017).

Vale la pena mencionar que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD)

solicita a las asociaciones de recicladores cumplir con todos los requerimientos estipulados

en el Decreto 596 para completar su proceso de formalización y registro en la plataforma del

Sistema Único de Información (SUI). No obstante, las ECA (Estaciones de Clasificación y

Aprovechamiento o Bodegas Distritales) al ser consideradas por el Distrito como bodegas

especializadas, deben además registrarse bajo el Decreto 620 de 2007. Lo anterior genera un

doble registro, ya que las organizaciones de recicladores que quieran realizar la actividad de

clasificación y separación de MPA, deben registrarse como bodegas especializadas y para

funcionar como ECA deben cumplir con lo estipulado en el Decreto 596 de orden nacional y

en el Decreto 620 de 2007 de orden distrital, que establece los usos del suelo en el distrito en

los que pueden operar las bodegas especializadas.

En lo que respecta a los requisitos establecidos en los Decretos 596 y 113 de 2013 para la

operación de las Bodegas, ya sean especializadas o privadas, en la Tabla 1 se evidencia que

las dos normas solo coinciden en los siguientes aspectos:

1. Contar con el uso del suelo compatible con la actividad.

2. Contar con medidas de seguridad industrial

3. Contar con áreas para: selección y clasificación.

4. Contar con un sistema de prevención y control de incendios.

5. Contar con un sistema de recolección y tratamiento de lixiviados cuando sea el caso

6. Estar vinculado al servicio de público de aseo como usuario, para efectos de

presentación y entrega de rechazos con destino a disposición final.

Los requisitos definidos para las bodegas privadas de reciclaje de residuos sólidos no

peligrosos no afectas al servicio público de aseo, evidencian que el enfoque principal del

Decreto 113 de 2013 es la diferenciación de las mismas de acuerdo con su tamaño. Para ello,

establece los procesos que se deben realizar dependiendo del área de cada uno de los tres

tipos de bodega definidos: i) de mayor área; ii) mediana área y iii) centros de acopio. Por su

parte, el Decreto 596 enfatiza en la distribución del espacio físico de las mismas para los

diferentes procesos (ej. que cuenten con espacios destinados a las áreas administrativas, de

almacenamiento, de selección y clasificación y demás).

Los requisitos de seguridad operacional y salubridad son establecidos en cada Decreto. Por

ejemplo, en el Decreto 596 mediante el uso de diagramas de flujo busca esclarecer la

operación de la actividad de clasificación mediante la definición del correcto funcionamiento

13

de los diferentes procesos de dicha actividad. Por su parte, el Decreto 113 establece

condiciones sobre los horarios de cargue, descargue y de funcionamiento de la maquinaria.

Así mismo, el Decreto 596 establece que las bodegas deben contar con sistemas de control

de emisión de olores, sistemas de drenaje para las aguas lluvias, tener pisos rígidos y paredes

que permitan su aseo, desinfección periódica y mantenimiento durante el lavado, mientras

que el Decreto 113 establece que las bodegas deben de contar con concepto sanitario y

procedimientos claros para el manejo de residuos peligrosos y control de vectores.

Por otra parte, el Decreto 620 de 2007 y el Decreto 456 de 2010 son similares en que ambos

establecen condiciones urbanísticas y arquitectónicas de los equipamientos y elementos

complementarios para las bodegas ya sean privadas no afectas al sistema público de aseo o

especializadas afectas al sistema público de aseo. Con la diferencia de que el Decreto 620 de

2007 establece dimensiones mínimas que deben de tener determinadas áreas dentro de la

instalación y el Decreto 456 de 2010 indica que zonas, según el tipo de bodega, debe tener la

estructura.

En cuanto a los Decretos 456 de 2010 y el Decreto 620 de 2007, en los cuales se establecen

requisitos que deben cumplir las bodegas privadas de reciclaje no afectas al servicio público

de aseo y las bodegas afectas al servicio público de aseo respectivamente, igualmente se

observa disparidad en las exigencias que tienen. Ambos coinciden en la exigencia de contar

con un plan para el manejo de vertimientos, planes de salud ocupacional y seguridad en el

trabajo; para las no afectas se exige un concepto sanitario y las afectas al servicio de aseo

deben contar con un plan de emergencia, para el control de vectores y procedimientos para

el manejo de residuos peligrosos.

En este sentido, sería recomendable unificar la normatividad relacionada con los requisitos

que deben cumplir tanto las Bodegas Privadas como las Bodegas Especializadas afectas al

servicio público, teniendo en cuenta que en las dos se realizan actividades de gestión de

material potencialmente aprovechable, no obstante, el objeto de las primeras es la

acumulación y venta de MPA y el objeto de las segundas es la realización de las actividades

de clasificación y aprovechamiento de dichos materiales en el marco del servicio público de

aseo.

IV. Equipamiento de la ciudad para la gestión de los materiales aprovechables.

En este capítulo se presenta la situación actual de las Bodegas Distritales, los procesos que

realizan y la maquinaria con la que cuentan para la clasificación y aprovechamiento de los

Materiales Potencialmente Aprovechables (MPA).

IV.I. Estado actual de las Bodegas Distritales.

Las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento son instalaciones dedicadas al pesaje y

clasificación de los residuos sólidos aprovechables, mediante procesos manuales, mecánicos

o mixtos y es obligación del distrito o municipio, según lo estipulado en el Decreto 2981 de

2013, definir las áreas para la localización de las mismas, con base en los resultados de los

14

estudios técnicos, requisitos ambientales, así como en el marco de las normas urbanísticas

del respectivo municipio o distrito.

En la actualidad, en Bogotá existen seis (6) Bodegas Distritales que operan actualmente y

que se conocen como ECA (UAESP, Datos recolectados a septiembre de 2017), sin embargo,

estas no cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad vigente para ser

denominadas de esa manera.

IV.I.I Cumplimiento de la normatividad vigente:

En general las Bodegas Distritales no cumplen con los requisitos mínimos establecidos en el

Decreto 596 de 2016 (Tabla 2).

15

Tabla 2. Requisitos mínimos para las Bodegas Distritales afectas al servicio público, Decreto 596 de 2016.

Requisitos según el Decreto 596 de 2016 Bodegas Distritales afectas al servicio público

Kennedy Tunjuelito Usme Engativá Usaquén Puente

Aranda Contar con el uso del suelo compatible con la

actividad

No Si No No Si Si

Contar con una zona operativa y de

almacenamiento de materiales cubiertas y con

cerramiento físico con el fin de prevenir o

mitigar los impactos sobre el área de

influencia

Si Si Si Si Si Si

Contar con el respectivo diagrama de flujo del

proceso incluidos la recepción, pesaje y

registro. (a las bodegas o a la asociación)

No No No No No No

Contar con medidas de seguridad industrial No* No* No* No* No* No*

Áreas para: Administración Si Si Si Si Si Si

Recepción Si Si Si Si Si Si

Pesaje Si Si Si Si Si Si

Selección y clasificación Si Si Si Si Si Si

Almacenamiento temporal

de material aprovechable

Si Si Si Si Si Si

Almacenamiento temporal

para materiales de rechazo

Incluidos aquellos de

rápida biodegradabilidad

Si Si No Si Si No

Contar con instrumentos de pesaje

debidamente calibrado de acuerdo con lo

dispuesto en el Decreto 1074 de 2015 "por

medio del cual se expide el Decreto único

reglamentario del sector comercio, industria

y turismo"

Si Si Si Si Si Si

16

Requisitos según el Decreto 596 de 2016 Bodegas Distritales afectas al servicio público

Kennedy Tunjuelito Usme Engativá Usaquén Puente

Aranda Contar con sistema de control de emisión de

olores.

No No No No No No

Contar con un sistema de prevención y control

de incendios.

-- No Si No Si No

Contar con un sistema de drenaje para aguas

lluvias y escorrentía superficial.

Si Si Si Si Si Si

Contar con un sistema de recolección y

tratamiento de lixiviados cuando sea el caso

N/a N/a N/a N/a N/a N/a

Contar con pisos rígidos y las paredes que

permitan su aseo, desinfección periódica y

mantenimiento durante el lavado.

Si Si Si Si1 Si Si

Estar vinculado al servicio de público de aseo

como usuario, para efectos de presentación y

entrega de rechazos con destino a disposición

final.

Si Si Si Si Si No

Nota: Si, cumple con los requisitos establecidos por la normatividad

No, no cumple con los requisitos establecidos por la normatividad

No* Cumple con algunos requisitos de seguridad de seguridad industrial

Si1 Cumple con piso para fácil limpieza y desinfección, pero solo en la zona administrativa

Fuente: Adaptado de Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. (2016). Decreto 596.

17

De acuerdo con la información de la Tabla 2, se puede evidenciar que en las seis Bodegas

Distritales con las que cuenta la Capital, se presentan problemas con su localización, ya que

el 50% de ellas están ubicadas en uso de suelo residencial y según el POT deben estar

ubicadas en uso de suelo industrial o comercial (Consorcio NCU, 2017).

Respecto al sistema de control de emisiones de olores, ninguna Bodega Distritales cumple.

No obstante, la Bodega Distrital de Kennedy- Alquería cuenta con un mecanismo de

circulación de aire por medio de ventilación natural, ya que el flujo de aire es constante por

el espacio abierto que tiene en el almacenamiento del material aprovechable.

En cuanto a medidas de seguridad industrial, las Bodegas Distritales cumplen actualmente

con algunos requisitos estipulados en la NTC 1461 y 1700 “higiene y seguridad” referentes

a temas de rutas de evacuación y señalización. No obstante, es importante mencionar que

existe otra normatividad que también se enfoca en requisitos de seguridad industrial, que se

enumeran a continuación:

1. El Decreto 1072 del 2015 que establece normas para el sector; en especial el capítulo

6 que instituye el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

2. La Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que

establece algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los

establecimientos, especialmente en:

a. El título II - capítulo II servicio de higiene y capítulo IV orden y limpieza

b. El título III - capítulo II sobre ventilación y capítulo III sobre la iluminación

c. El título IV - capítulo I ropa de trabajo y capítulo II sobre equipos y elementos

de protección.

d. El título XIII - artículo 698 sobre cargas manuales.

El Decreto 596 de 2016 establece que las ECA deben contar con un sistema de prevención y

control de incendios. Al respecto, en las visitas que realizó la consultoría se evidenció que

tres de las Bodegas Distritales no cuentan con los estándares mínimos en este tema

(disponibilidad de extintores). Así mismo, deberían contar con lo estipulado en la Resolución

2400 de 1979, título VI, la cual hace referencia a la prevención y extinción de incendios y a

normas internacionales de la NFPA donde se establecen requisitos mínimos de control contra

incendios, tales como:

1. La NFPA 10 - extintores.

2. La NFPA 72- alarma de incendios.

3. La NFPA 600- brigadas de emergencia.

4. La NFPA 101 - seguridad.

Respecto al control de lixiviados establecido en el Decreto 596, ninguna Bodega Distrital

cuenta con dicha previsión. En todo caso, vale la pena mencionar que la UAESP en su

documento “Especificaciones de la ECA” (Anexo 2), determina que no es necesario que las

18

mismas cuenten con este sistema, debido a que los materiales dispuestos para su clasificación

y aprovechamiento son inorgánicos, que no se descomponen y por lo tanto no generan

lixiviados. Sin embargo, teniendo en cuenta que algunos residuos pueden llegar a la Bodegas

Distritales con materia orgánica y generar lixiviados, se debe prever un desagüe especial para

evitar su disposición en las cañerías comunes.

En relación con la existencia de diagramas de flujo del proceso de clasificación y

aprovechamiento, ninguna de las Bodegas Distritales cuenta con el mismo, por lo cual se

puede inferir que los procesos que se realizan en las mismas no obedecen a un debido proceso

de ejecución.

IV.I.II. Maquinaria y procesos

Las Bodegas Distritales no cuentan con equipos y maquinaria para realizar procesos tales

como lavado y trituración (a excepción de la de Engativá). Los equipos más comúnmente

utilizados son las básculas, balanzas y compactadoras (ver Tabla 3), los cuales en muchos

casos son de propiedad de las organizaciones que laboran en las instalaciones (Consorcio

NCU, 2017).

Tabla 3. Maquinaria que opera en cada Bodegas Distritales

Bodega

Distrital Equipos

# de

equipos

Usaquén · Básculas de nivel 2 · Compactadoras 2

Kennedy · Balanzas 1 · Básculas de pie 1 · Compactadoras 4 · Embaladora 1

Engativá · Balanzas 2 · Básculas de pie 1 · Compactadoras 3 · Trituradoras 1 · Transportadoras 1 · Montacargas 2

Usme · Balanzas 1 · Básculas de nivel 1 · Compactadoras 2

Puente

Aranda

· Básculas de pie 1 · Compactadoras 1

Tunjuelito · Balanzas 2 · Básculas de pie 2 · Compactadoras 1 · Transportadoras 1

Fuente: adaptado de Consorcio NCU. (2017). Informe No.5

Estado del Arte. Bogotá.

19

Las Bodegas Distritales realizan diferentes técnicas de recuperación y pretransformación,

que se presentan en la Tabla 4. En las visitas realizadas, se observó que la Bodega Distrital

de Engativá es la bodega que más procesos realiza, seguida por las Bodegas Distritales de

Usaquén, Kennedy y Usme donde se realizan seis de los ocho procesos identificados que

ejecutan actualmente.

Tabla 4. Procesos que ejecutan las Bodegas Distritales actualmente.

Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento

Procesos Usaquén Kennedy Engativá Usme Puente

Aranda Tunjuelito

Selección X X X X X X

Clasificación X X X X X X

Limpieza/ Lavado X X X X X

Empacado X X X X X

Embalaje X X

Trituración X X X X

Rasgado X X X X X

Compactación X X X

Fuente: Consorcio NCU. (2017). Informe No.5 Estado del Arte. Bogotá.

De acuerdo con lo mostrado en la Tabla 4 se puede concluir que todas las bodegas del distrito,

a excepción de la de Kennedy, realizan los procesos de recuperación y clasificación, los

cuales involucran la selección y clasificación, limpieza/lavado, empacado y en algunos casos

compactación del material.

De acuerdo con lo presentado en la Tabla 3 y Tabla 4, en la Figura 1 y Figura 2 se muestra

un resumen general de los procesos y equipamientos existentes actualmente en las Bodegas

Distritales.

20

Figura 1. Procesos que actualmente realizan las Bodegas Distritales Fuente: Elaboración propia, consorcio NCU – UAESP, 2017

Figura 2. Equipamiento con el que cuentan actualmente las Bodegas Distritales Fuente: Elaboración propia, consorcio NCU – UAESP, 2017

IV.II. Recomendaciones sobre la maquinaria requerida para la gestión del Material

Potencialmente Aprovechable

En cuanto a los procesos de peletizado, embalaje, trituración y rasgado que alteran

radicalmente la forma física de los materiales, de acuerdo con lo manifestado por las

industrias, no son valorados y en muchos casos en el mercado se prefieren los materiales bien

aseados y correctamente separados frente a aquellos ya transformados, por el riesgo de que

los procesos no se hayan realizado adecuadamente.

21

Empresas como Tetra Pak y Colrecicladora manifestaron, en el conversatorio con la

industria, que están interesados en adquirir material compactado, debido a que para recuperar

tetra brik y papel se requieren cantidades altas de masa con bajo volumen.

A continuación, se presentan algunas recomendaciones respecto a la maquinaria con la que

deberían contar las Bodegas Distritales para realizar la correcta clasificación de los materiales

sin afectarlos físicamente, para evitar así su pérdida de valor económico. Vale la pena

mencionar que se parte de la premisa de que los usuarios realizan correctamente la selección

en la fuente.

Es necesario tener en cuenta que antes de iniciar la actividad de clasificación, es necesario

llevar el control del material que ingresa a la Bodega Distrital, lo cual se realiza por medio

de básculas y computadores, puesto que es necesario registrar las masas de los materiales

que ingresan y salen de la Bodega Distrital para regular pagos, cobros, la capacidad operativa

de la Bodega Distrital (toneladas las cuales puede recuperar) y los demás elementos que

requieran conocimiento previo de la masa de MPA que ingresa y sale.

Para el proceso de selección y clasificación, la mejor herramienta para ejecutar manualmente

esta actividad son las bandas transportadoras, debido a que se puede ajustar la velocidad con

la que transitan los materiales, permitiendo al operador visualizar completamente los MPA

que ingresan. Por otro lado, este proceso también puede ser ejecutado mecánicamente por el

marcado mecánico de criba de discos y el sistema balístico. El marcador permite tamizar los

materiales que ingresan a la máquina y así clasificar los MPA por tamaño y el sistema

balístico por su avanzada tecnología permite separar los residuos en función de su tamaño,

densidad y forma, obteniendo así tres grupos de clasificación: residuos con volumen como

botellas de PET, residuos planos como papel y residuos finos como arena.

Para el proceso de lavado o limpieza se eligieron dos tecnologías. En primer lugar, el tanque

de lavado en caliente, el cual permite limpiar los restos de azúcar y bebidas y separar los

adhesivos de los empaques y envases. En segundo lugar, el tanque de lavado por fricción

que consiste en un proceso de centrifugado y decantación que limpia completamente los

plásticos que ingresan a esta máquina. En todo caso, este proceso, de acuerdo con las

necesidades expresadas por la industria, no es uno de los más importantes para su realización

por parte de los recicladores.

Finalmente, para el proceso de compactación se determinó que el compactador de

autoprensado es el más eficiente, ya que ejecuta un proceso de prensado hidráulico integrado

el cual permite compactar fácilmente y con alta eficiencia los materiales que ingresan.

Existe un proceso llamado empacado1, el cual se desarrolla manualmente por los operadores

de la Bodega Distrital luego de que los materiales pasan por el lavado y solo se realiza si los

mismos no pasan por el proceso de compactación. Esto se debe a que en algunas situaciones

1 Empacado: proceso en el cual se empacan los MPA que finalizan la actividad de clasificación, mediante

selección manual en bandas transportadoras.

22

la industria requiere que los materiales no tengan cambios físicos (Consorcio NCU - UAESP,

Diaco, Ekored, Colrecicladora, Darnel, Acoplastricos y Tetra Pak, 2017).

Con base en lo presentado en el Informe 3 de la consultoría - “Opciones de aprovechamiento

existentes y análisis de cadenas de valor para los residuos identificados en el estudio técnico

de caracterización”-, en la Tabla 5 se describen los equipos más adecuados para los procesos

que deben realizar las Bodegas Distritales.

Tabla 5. Máquinas para los procesos de selección y clasificación, lavado y compactación

Proceso Maquinaria Descripción

Registro

Báscula de pesaje

Permite determinar la masa de los

residuos que ingresan a la Bodega

Distrital, de igual forma,

determina la masa de los MPA

que salen de la Bodega Distrital

Computador de

registro

Permite registrar los MPA que

ingresan y salen de la Bodega

Distrital

Selección y

clasificación

Selección y

clasificación

manual

Bandas

transportadoras

Las cintas transportadoras

permiten al reciclador realizar la

selección del material

manualmente

23

Proceso Maquinaria Descripción

Selección y

clasificación

mecánica

Marcado mecánico

de criba de discos

El material entra por la rampa de

alimentación de gran inclinación,

al entrar en contacto con el primer

eje de clasificación los materiales

de menor tamaño caen por

gravedad entre los discos. Los más

grandes, o gruesos, salen por la

parte final de la criba, o salida de

gruesos

Sistemas balísticos

Es un equipo diseñado para

separar los residuos en función de

características de tamaño,

densidad y forma. Su movimiento

permite la separación de 3

fracciones distintas

3D: Rodantes, pesados, botellas,

latas, etc.

Finos: Arena, Restos alimenticios

2D: Ligeros, papel

Compactación

Compactador de

autoprensado

Se caracterizan por un proceso de

prensado hidráulico integrado, con

lo cual se logra una compactación

altamente eficiente

Fuente 1. Adaptado de: Consorcio NCU - UAESP. (2017). Informe 3. Opciones de aprovechamiento existentes

y análisis de cadenas de valor para los residuos identificados en el estudio técnico de caracterización. Bogotá.

IV.III. Recomendaciones técnicas sobre los procesos para la gestión de los

materiales potencialmente aprovechables

Luego de conocer la situación actual de las Bodegas Distritales y la maquinaria que deberían

emplear para operar correctamente, se pueden sugerir recomendaciones que faciliten el

desarrollo de la actividad de aprovechamiento en las mismas.

En principio, los operadores de las Bodegas Distritales deben conocer en detalle la actividad

de clasificación y aprovechamiento para evitar problemas relacionados con la mala

24

ejecución, debido a que, un incorrecto desarrollo de los procesos y una errónea operación de

la maquinaria puede conllevar a:

1. Daños en los equipos por la presencia de lixiviados, materia orgánica u otros

materiales en los MPA.

2. Aceptar material sin potencial de aprovechamiento.

3. Generar atrasos en la ejecución de los procesos.

4. Clasificar y agrupar materiales que no comparten características en común.

5. Que las empresas industriales no compren los materiales que clasifica la Bodega

Distrital.

Por lo anterior, es importante establecer diagramas de flujo sobre el debido proceso, tal como

lo establece el Decreto 596 de 2016. En la Figura 3 se presenta un diagrama de flujo que

describe los procesos recomendados a realizar en las Bodegas Distritales para una correcta

clasificación de los materiales.

25

Figura 3. Diagrama de flujo para la operación de las Bodegas Distritales Fuente: Elaboración propia, consorcio NCU – UAESP, 2017

26

A continuación, se presentan algunas recomendaciones puntuales para cada uno de los

procesos para la gestión de los MPA.

IV.III.I. Registro

El proceso de registro se debe realizar previo al inicio de la actividad de clasificación,

evaluando que los materiales no estén mojados, contengan arena u otros elementos que se

utilicen para aumentar el peso de la muestra. De igual forma, este proceso debe de ser

ejecutado cuando se rechaza el material y cuando la actividad de clasificación se termina.

IV.III.II. Selección y clasificación

Los operadores deben tener un buen conocimiento en la clasificación de los residuos sólidos,

pues se puede presentar descarte de residuos con potencial de aprovechamiento, selección de

material sin potencial de aprovechamiento y/o mezcla de materiales con diferentes

características, que pueden entorpecer los demás procesos y generar desconfianza en la

industria a la hora de comprar los materiales recuperados por la Bodega Distrital. (Consorcio

NCU - UAESP, Diaco, Ekored, Colrecicladora, Darnel, Acoplastricos y Tetra Pak, 2017)

IV.III.III. Compactación

Para el proceso de compactación, al igual que en el proceso de limpieza, se debe conocer el

mercado y los intereses de la industria, debido a que hay empresas a las cuales les interesa

comprar los materiales no compactados.

IV.III.IV. Empacado

El empacado es un proceso que depende de los intereses de la industria y de los procesos

previos que se hayan realizado en el material como el proceso de compactación. En los casos

en que las empresas requieran el material compactado, luego de que este ingresa a la

compactadora es liberado en cubos y no necesita ser empacado, pues ya se encuentra listo

para ser vendido. No obstante, si el material no se requiere compactado se debe seleccionar

manualmente y alistar para ser enviado.

IV.IV. Recomendaciones técnicas respecto a la ubicación de equipamiento

requerido para la gestión de los materiales potencialmente aprovechable

IV.IV.I Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento y Puntos de Transferencia

27

Para una mejor operación de la actividad de clasificación y aprovechamiento esta consultoría

recomienda la utilización de que se empleen ECAs y Puntos de Transferencia2, para efectos

de este estudio se conocerán como PT y se definen como estructuras que tienen las mismas

condiciones de operación a las de una ECA, pero tienen con la excepción de que su una

capacidad que corresponde es a la mitad de la de una ECA estándar, como se describe más

adelante.

Según los resultados del proceso de caracterización de residuos sólidos, adelantado en el

marco del presente estudio, se determinó que las localidades con mayor generación de

material potencialmente aprovechable son: Kennedy, Engativá, Suba y Ciudad Bolívar.

Tabla 6. Generación de MPA por localidad N localidad Localidad Ton/día de MPA

1 Usaquén 146,32

2 Chapinero 34,81

3 Santa Fe 39,31

4 San Cristóbal 128,07

5 Usme 75,39

6 Tunjuelito 68,86

7 Bosa 273,83

8 Kennedy 414,36

9 Fontibón 145,24

10 Engativá 408,26

11 Suba 356,67

12 Barrios Unidos 119,09

13 Teusaquillo 50,89

14 Los Mártires 34,44

15 Antonio Nariño 45,25

16 Puente Aranda 70,04

17 La Candelaria 5,47

18 Rafael Uribe Uribe 152,21

19 Ciudad Bolívar 239,51

Fuente: Elaboración propia consorcio NCU, 2018

En la Tabla 7 se presentan los resultados calculados por la consultoría de la Producción Per

Cápita de residuos generados en cada una de las localidades, a partir de los cuales se

determina que el uso de suelo comercial es el que en su mayoría siempre cuenta con la PPC

más alta.

2 Este concepto es diferente al definido en el decreto 2981 de 2013 en su artículo 2, sobre estaciones de

transferencia

28

Tabla 7. Producción Per Cápita de residuos sólidos por localidad Localidad Mayor PPC Menor PPC

Usaquén Comercial Estrato 3 Estrato

6 0,384

0,971 0,755

Chapinero Estrato 1 Comercial Estrato

3 0,33

1,01 0,93

Santa Fe Estrato 4 Comercial Estrato

2 0,26

1,2 1,02

San Cristóbal Comercial Estrato 3 Estrato

2 0,73

1,25 1,15

Usme Estrato 1 Estrato 2

0,74 0,7

Tunjuelito Comercial Estrato 1 Estrato

2 0,6

1,1 0,89

Bosa Comercial Estrato 1 Estrato

2 0,91

1,06 0,97

Kennedy Comercial Estrato 2 Estrato

4 0,56

1,01 0,7

Fontibón Comercial Estrato 2 Estrato

4 0,68

0,94 0,89

Engativá Estrato 2 Comercial Estrato

4 0,59

1,05 1,02

Suba Comercial Estrato 1 Estrato

6 0,45

0,91 0,85

Barrios Unidos Comercial Estrato 4 Estrato

3 0,62

1,01 0,71

Teusaquillo Comercial Estrato 4 Estrato

3 0,35

0,91 0,62

Los Mártires Estrato 2 Estrato 4 Estrato

3 0,49

0,83 0,72

Antonio Nariño Comercial Estrato 3

0,95 0,5

Puente Aranda Comercial Estrato 3 Estrato

2 0,18

0,83 0,6

Candelaria Estrato 1

0,46

Rafael Uribe Comercial Estrato 2 Estrato

3 0,65

1,04 0,88

Ciudad Bolívar Comercial Estrato 2 Estrato

1 0,81

1,21 0,82

Fuente: Elaboración propia consorcio NCU, 2018

Para determinar la ubicación y el área de influencia de las ECA y Puntos de Transferencia-

PT3 es necesario conocer cinco variables: i) la PPC de la localidad, ii) el estrato

socioeconómico que más genere MPA dentro de la localidad, iii) la densidad poblacional, iv)

el área de la localidad y v) el estado de la malla vial.

3 PT: Punto de transferencia: Este concepto es diferente al definido en el decreto 2981 de 2013 en su artículo 2,

sobre estaciones de transferencia

29

La PPC se define como la cantidad de residuos sólidos que se generan al día por cada

habitante participe de la generación de residuos.

El estrato socioeconómico corresponde a el nivel de clasificación de la población con características similares en cuanto a grado de riqueza y calidad de vida, determinado

de manera directa mediante las condiciones físicas de las viviendas y su localización

(Empresa de Energía de Pereira S.A ES.P, 2015).

La densidad poblacional se estima como la cantidad de habitantes en un kilómetro cuadrado, puede ser a nivel de localidad o a nivel distrital.

El área de la localidad es la superficie acotada que distingue una localidad de otra.

El estado de la malla vial corresponde a la situación actual de las vías, carreras, calles,

transversales y diagonales y sus principales características como pendientes,

dimensiones, entre otras.

Se recomienda ubicar Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento en las localidades que

tengan una producción más o menos igual a 100 toneladas diarias, ya que se tiene previsto

que esta sea la capacidad de operación de una Bodega Distrital (Estrada, 2017). En cuanto a

las localidades con generación menor a 50 toneladas diarias se recomienda ubicar PT, ya que

al ser estructuras de alimentación del sistema, pueden contar con una capacidad más o menos

igual al 50% de la capacidad de una ECA. No obstante, en aquellas localidades que cuenten

con una generación de MPA considerable, es necesario considerar la opción combinada de

ubicar, Estaciones de Aprovechamiento y Clasificación y Puntos de Transferencia4 según las

necesidades de cada una.

Con el fin de ilustrar el diseño conceptual propuesto, se presenta un ejemplo en la Figura 4

para la localidad de Engativá.

La ubicación y el área de influencia de las estructuras se determinan teniendo en cuenta las

cinco variables enumeradas anteriormente, puesto que están interrelacionadas. Para efectos

prácticos de este ejemplo, se ubicaron las ECA con base en cuatro conceptos los cuales se

explican detalladamente a continuación, a excepción de la variable del estado de la malla

vial, la cual no fue incluida debido a la poca información que hay actualmente, pues el último

informe del estado de la malla vial corresponde al año 2013:

En Engativá se generan cerca de 375 toneladas diarias de MPA, las cuales equivalen a 11,38

ton/día x km2, teniendo en cuenta que la densidad poblacional es de 24.482,55 habitantes

por kilómetro cuadrado y los kilogramos generados diariamente por habitante (PPC) son de

0,427.

4 Este concepto es diferente al definido en el decreto 2981 de 2013 en su artículo 2, sobre estaciones de

transferencia

30

𝑇𝑜𝑛

𝑑𝑖𝑎 𝑥 𝑘𝑚2=

𝑃𝑃𝐶 𝑒𝑛 𝑘𝑔

1000 𝑘𝑔∗ 1 𝑡𝑜𝑛 ∗ 𝑑𝑒𝑛𝑠𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑝𝑜𝑏𝑙𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙

𝑇𝑜𝑛

𝑑𝑖𝑎 𝑥 𝑘𝑚2=

0,427𝑘𝑔

ℎ𝑎𝑏 − 𝑑í𝑎1000 𝑘𝑔

∗ 1 𝑇𝑜𝑛 ∗ 24482,55ℎ𝑎𝑏

𝑘𝑚2= 10,45

𝑇𝑜𝑛

𝑑í𝑎 𝑥 𝑘𝑚2

A partir del supuesto que la capacidad de operación de una Bodega Distrital es de 100

Ton/día, se puede establecer el área de operación o de influencia de la Bodega Distrital.

𝐴𝑟𝑒𝑎 𝑑𝑒 𝑖𝑛𝑓𝑙𝑢𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎 𝐸𝐶𝐴 = 𝐶𝑎𝑝𝑎𝑐𝑖𝑑𝑎𝑑 𝐸𝐶𝐴

𝑇𝑜𝑛𝑑𝑖𝑎 𝑥 𝑘𝑚2

=100

𝑇𝑜𝑛𝑑í𝑎

10,45𝑇𝑜𝑛

𝑑í𝑎 𝑥 𝑘𝑚2

= 9,56 𝑘𝑚2 ≈ 9,5 𝑘𝑚2

Sabiendo que cada ECA ocupará su capacidad en alrededor de 9,5 km2, se debe ubicar en la

localidad el estrato y/o uso de suelo que más genere MPA en la misma. Para el caso de

Engativá, en la Tabla 7, se muestra que el estrato 2 y el uso de suelo comercial son los que

más Material Potencialmente Aprovechable generan.

Finalmente, teniendo la ubicación de las zonas que más generan MPA es posible determinar

la mejor ubicación para las Bodegas Distritales. En la Figura 4 se representan los dos estratos

que mayor generación de residuos tienen, el estrato 2 en color rosa y el comercial en azul;

adicionalmente se demarca en rojo los límites del área de operación de las Bodegas Distritales

para esta localidad.

31

Figura 4. Ejemplo de ubicación de Bodegas Distritales en la localidad de Engativá Fuente:

Elaboración propia consorcio NCU, 2018

32

De manera general, se recomienda realizar este procedimiento con cada localidad y así

determinar cuántas Bodegas Distritales y/o PT se requieren.

De igual forma, se debe tener en cuenta que la ubicación de estas ECA o PT debe realizarse

según el uso del suelo. Por lo tanto, esta consultoría recomienda analizar la conveniencia de

cambiar el uso de suelo de aquellos lugares estratégicos que tengan la mayor producción de

MPA para así evitar problemas legales con la ubicación de dicha infraestructura.

IV.IV.II Otras infraestructuras

Como resultado del proceso de caracterización de residuos sólidos, se encontró que las

localidades de Kennedy, Suba, Engativá y Ciudad Bolívar dominan la generación de

residuos. En la Tabla 8 se discrimina el tipo de residuos y la cantidad que se generan en cada

una de ellas.

Tabla 8. Localidades que más generan residuos sólidos

Residuo

Localidad

que más

genera

Generación

localidad que más

genera(Ton/día)

Siguiente

localidad que

más genera

Generación segunda

localidad que más

genera(Ton/día)

Orgánicos Kennedy 548,55 Ciudad Bolívar 448,85

Madera Engativá 20,79 Rafael Uribe

Uribe 16,64

Celulosas Kennedy 136,16 Suba 130,17

Plástico Kennedy 186,22 Engativá 166,91

Vidrio Engativá 47,05 Suba 32,68

Textiles Ciudad

Bolívar 48,23 Kennedy 44,41

Metales Suba 12,10 Kennedy 10,64

Peligrosos Suba 10,07 Kennedy 4,80

Complejos Bosa 13,65 Engativá 13,41

Inertes Kennedy 28,22 Bosa 14,35

Otros Bosa 52,16 Ciudad Bolívar 40,20

Finos Suba 20,91 Engativá 16,77

Fuente: Elaboración propia consorcio NCU, 2018

Según la Tabla 8, la zona occidental de la ciudad es la que más generación de residuos

presenta, especialmente las localidades de Kennedy, Engativá y Suba presentan la mayor

generación de MPA y otros residuos. En este sentido, es recomendable ubicar infraestructura

diferente a las ECA y PT en estas localidades para el manejo de los diferentes residuos.

En Kennedy, se recomienda establecer estructuras dedicadas al tratamiento de residuos

orgánicos, plásticos y celulosas, puesto que su generación sobrepasa las 100 toneladas diarias

de residuos. En Suba se recomienda disponer de infraestructuras dedicadas al tratamiento y

transformación de celulosas. Por su parte, en Engativá se recomienda contar con centros

33

especializados en el aprovechamiento de plásticos debido a que su generación excede las 100

toneladas diarias tomadas como referencia.

No obstante, la Tabla 8 muestra que Kennedy es la localidad en donde más se generan MPA

y residuos orgánicos, por lo tanto se recomienda desarrollar infraestructura especializada en

esta zona, como por ejemplo centros de recolección, acopio y transformación expertos en

celulosas, plásticos, textiles, metales y residuos orgánicos que se produzcan en dicha

localidad y en otras cercanas a esta (Ciudad Bolívar, Engativá).

Para la ubicación de estos centros es necesario tener en cuenta las cinco variables descritas

anteriormente.

V. Conclusiones

1. No hay uniformidad en la normativa vigente respecto a los requisitos que deben

cumplir las bodegas, pues existen dos conceptos (bodega privada no afecta al servicio

público y Bodegas Especializada privada o pública afecta al servicio público)

definidos por diferentes Decretos (620 de 2007 y 113 de 2013).

2. El enfoque principal del Decreto 113 de 2013 es la clasificación de bodegas

especializadas de reciclaje por tamaño. El Decreto 596 de 2016 busca que las ECA

se encuentren correctamente divididas internamente, separando espacios

administrativos, de almacenamiento, selección y clasificación y demás. Finalmente,

el Decreto 620 de 2007 establece condiciones urbanísticas y arquitectónicas de las

infraestructuras e instalaciones técnicas.

3. Ninguna Bodega Distrital cumple con los requisitos mínimos establecidos en el

Decreto 596 de 2016.

4. A la industria lo que más le interesa es que los MPA se recuperen de forma correcta

y en las mejores condiciones.

5. A pesar de que no existe normatividad vigente respecto a la maquinaria con la que

deben contar las bodegas privadas no afectas al servicio público o las Bodegas

Especializadas afectas al servicio público, existe reglamentación sobre los procesos

que se deben realizar las bodegas no afectas al servicio público (Decreto 113 de

2013).

6. Todas las Bodegas Distritales, a excepción de la Bodega Distrital de Kennedy,

cumplen con las técnicas básicas de recuperación y clasificación, las cuales

involucran los procesos de selección y clasificación, limpieza/lavado, empacado y en

algunos casos compactación.

7. A las industrias les interesa que las Bodegas Distritales lleven a cabo el proceso de

clasificación correctamente, más que la entrega del material transformado o pre

transformado.

8. El correcto registro del material permite controlar las capacidades operativas de la

Bodega Distrital, pues de esta forma se conoce cuanto material puede recuperar la

Bodega Distrital y cuanto material desecha.

34

9. Los operadores del proceso de selección y clasificación deben tener un buen

conocimiento en la clasificación de los residuos sólidos, para evitar descarte de

residuos con potencial de aprovechamiento.

10. La separación en la fuente es el primer paso para poder desarrollar la actividad de

aprovechamiento de forma adecuada en las Bodegas Distritales.

11. Las estructuras para la actividad de aprovechamiento deben de ubicarse según la

generación de residuos.

12. Las estructuras especializadas se deben de ubicar, en su mayoría, en Kennedy,

Engativá y Suba, debido a que son las localidades que más generación de residuos

con potencial de aprovechamiento presentan.

13. Es necesario analizar la pertinencia de ajustar el POT a las necesidades de ubicación

de Bodegas Distritales o PT.

VI. Referencias

Alcaldia Mayor de Bogotá D.C. (2010). Decreto 261. Bogotá.

Alcaldia Mayor de Bogota D.C. (2013). Decreto 113. Bogotá.

Consorcio NCU - UAESP. (2017). Informe 3. Opciones de aprovechamiento existentes y

análisis de cadenas de valor para los residuos identificados en el estudio técnico de

caracterización. Bogotá.

Consorcio NCU - UAESP, Diaco, Ekored, Colrecicladora, Darnel, Acoplastricos y Tetra Pak.

(2017). Conclusiones del conversatorio con la industria. Bogotá.

Consorcio NCU. (2017). Informe No.5 Estado del Arte. Bogota.

Consorcio NCU-UAESP. (2017). Anexo 302. Toneladas diarias de residuos por localidad.

Bogotá.

El Espectador. (14 de mayo de 2013). Obtenido de

https://www.elespectador.com/noticias/bogota/bogota-habitan-20-mil-personas-

kilometro-cuadrado-articulo-421932

Empresa de Energía de Pereira S.A ES.P. (2015). Obtenido de

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VII. Anexos

1. Anexo 1. Relatoría conversatorio con la industria, Consorcio NCU-UAESP

2. Anexo 2. Especificaciones de las ECA, UAESP.