5
^ITTA INSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE ACACIAS REGLAMENTO INTERNO COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO RG-GTH-01-V1 Vigencia: 19/08/2015 CONTENIDO 1. Introducción y marco normativo 2. Conformación 3. Reuniones 4. Funciones del Comité 5. Funciones del Presidente 6. Funciones del Secretario 7. Control de revisión y cambios OswaldMdales Mertdez Elaborado Revisado izab'efh'Andrácle Auxiliar Administrativo OPS Sonia RomerdyRodríguez Jefe Of. Gestión Adm. y Fi Página 1 de 5

CONTENIDO 3. Reuniones 7. Control de revisión y … · 12, numeral 10, define la obligatoriedad de llevar registros de la conformación del COPASST, y las actas de sus reuniones

  • Upload
    vomien

  • View
    219

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: CONTENIDO 3. Reuniones 7. Control de revisión y … · 12, numeral 10, define la obligatoriedad de llevar registros de la conformación del COPASST, y las actas de sus reuniones

^ITTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE

ACACIASREGLAMENTO INTERNO COMITÉ PARITARIO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

RG-GTH-01-V1

Vigencia:19/08/2015

CONTENIDO

1. Introducción y marco normativo

2. Conformación

3. Reuniones

4. Funciones del Comité

5. Funciones del Presidente

6. Funciones del Secretario

7. Control de revisión y cambios

OswaldMdales Mertdez

Elaborado Revisado

izab'efh'AndrácleAuxiliar Administrativo OPS

Sonia RomerdyRodríguezJefe Of. Gestión Adm. y Fi

Página 1 de 5

Page 2: CONTENIDO 3. Reuniones 7. Control de revisión y … · 12, numeral 10, define la obligatoriedad de llevar registros de la conformación del COPASST, y las actas de sus reuniones

^JTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE

ACACIASREGLAMENTO INTERNO COMITÉ PARITARIO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

RG-GTH-01-V1

Vigencia:19/08/2015

1. Introducción y Marco normativo

El Instituto de Tránsito y Transporte de Acacias, en cumplimiento de lanormatividad vigente en relación con el Sistema de Gestión de la Seguridad ySalud en el Trabajo, define y reorganiza el Comité Paritario de Seguridad ySalud en el Trabajo, cuya conformación y funcionamiento se regirán por elpresente reglamento.

El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo es un organismo depromoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentrode la empresa y no se ocupará por lo tanto de tramitar asuntos referentes a larelación contractual laboral propiamente dicha, los problemas de personal,disciplinarios o sindicales; ellos se ventilan en otros organismos y están sujetosa reglamentación distinta.

Las normas aplicables a este reglamento son (orden cronológico):

Decreto 614 de 1984, por el cual se determinan las bases para la organización yadministración de Salud Ocupacional en el país. Art. 25 Comités de medicina,higiene y seguridad industrial de empresas.

Resolución 2013 de 1986, Por la cual se reglamenta la organización yfuncionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial enlos lugares de trabajo

Resolución 1016 de 1989, Por la cual se reglamenta la organización,funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que debendesarrollar los patronos o empleadores en el país, Art 12, 13. Define laobligatoriedad de registrar su constitución ante la autoridad competente. Estadisposición fue eliminada por la Resolución 1157 de 2008, y restauradamediante Resolución 1457 de 2008, quedando vigente la obligatoriedad deregistrar los Comités.

Decreto de ley 1295 de 1994, Por el cual se determina la organización yadministración del Sistema General de Riesgos Profesionales. Art. 63, fija elnuevo nombre de Comité Paritario de Salud Ocupacional, ajusta a 2 años elperíodo de sus miembros y establece la obligatoriedad de permitir 4 horassemanales para su funcionamiento.

Ley 1562 de 2012, por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y sedictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional

Página 2 de 5

Page 3: CONTENIDO 3. Reuniones 7. Control de revisión y … · 12, numeral 10, define la obligatoriedad de llevar registros de la conformación del COPASST, y las actas de sus reuniones

ylTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE

ACACÍASREGLAMENTO INTERNO COMITÉ PARITARIO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

RG-GTH-01-V1

Vigencia:19/08/2015

Decreto 1443 de 2014, Por el cual se dictan disposiciones para laimplementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo(SG-SST). Art 8, obligaciones de los empleadores conformación de ComitéParitario de Seguridad y Salud en el Trabajo y facilitar su funcionamiento; Art.12, numeral 10, define la obligatoriedad de llevar registros de la conformacióndel COPASST, y las actas de sus reuniones. Art. 36, parágrafo 2, modifica elnombre de Comité Paritario de Salud Ocupacional a Comité Paritario deSeguridad y Salud en el Trabajo.

2. Conformación

El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del Instituto de Tránsito yTransporte de Acacias quedará conformado por:Un (1) delegado por parte de la empresa y su respectivo suplente, quienes serándesignados mediante acto administrativo por el Director.Un (1) delegado por parte de los trabajadores, y su respectivo suplente, quienesserán elegidos por y entre los trabajadores del Instituto.

La vigencia de esta designación es de dos (2) años, a partir de la fecha en quesea formalizada.

El delegado principal del Instituto ejercerá las funciones de Presidente delComité, mientras que el delegado principal de los trabajadores ejercerá comoSecretario del mismo.

3. Reuniones

El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo se reunirá de maneraordinaria una vez al mes, en las instalaciones de la entidad y en horario hábil.Igualmente se podrá reunir de manera extraordinaria cuando alguno de susmiembros lo solicite, o cuando se presente un evento asociado a la Seguridad ySalud en el Trabajo que lo amerite.

De todas las reuniones se deberá levantar un acta, en el formato definido paratal fin, la cual deberá reposar en el archivo del Comité, bajo la custodia de suSecretario.

Las reuniones del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo sellevarán a cabo con la presencia de los miembros principales del mismo. Lossuplentes asistirán en ausencia del principal respectivo, o por convocatoria delPresidente del COPASST.

Página 3 de 5

Page 4: CONTENIDO 3. Reuniones 7. Control de revisión y … · 12, numeral 10, define la obligatoriedad de llevar registros de la conformación del COPASST, y las actas de sus reuniones

^JTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE

ACACÍASREGLAMENTO INTERNO COMITÉ PARITARIO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

RG-GTH-01-V1

Vigencia:19/08/2015

4. Son funciones del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo lassiguientes:

• Proponer a la Dirección la adopción de medidas y el desarrollo deactividades que procuren y mantengan la salud en los lugares yambientes de trabajo.

• Proponer y participar en actividades de capacitación, promoción ydivulgación en materias de seguridad y salud en el trabajo dirigidas atrabajadores, supervisores y directivos del Instituto.

• Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales deseguridad y salud en el trabajo en las actividades que éstos adelanten enla entidad y recibir por derecho propio los informes correspondientes.

• Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de seguridad ysalud en el trabajo debe realizar la entidad de acuerdo con el Sistema deGestión en Seguridad y Salud en el Trabajo y las normas vigentes;promover su divulgación y observancia.

• Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo yenfermedades profesionales y proponer al empleador las medidascorrectivas que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar losprogramas que se hayan realizado y los informes recibidos sobreevaluación de los riesgos de seguridad y salud en el trabajo realizadaspor la entidad u organismos externos competentes.

• Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar losambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas porel personal de trabajadores en cada área o sección de la entidad einformar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerirlas medidas correctivas y de control.

• Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores enmateria de seguridad y salud en ei trabajo.

• Servir como organismo de coordinación entre empleador y lostrabajadores en la solución de los problemas relativos a la seguridad ysalud en el trabajo. Tramitar los reclamos de los trabajadoresrelacionados con la segundad y salud en el trabajo.

» Solicitar periódicamente a la entidad informes sobre accidentalidad yenfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a loestipulado en la normatividad vigente.

• Elegir al Secretario del Comité.• Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades

que se desarrollen el cual estará en cualquier momento a disposición delempleador, los trabajadores y las autoridades competentes.

• Las demás funciones que le señalen las normas sobre saludocupacional.

Página 4 de 5

Page 5: CONTENIDO 3. Reuniones 7. Control de revisión y … · 12, numeral 10, define la obligatoriedad de llevar registros de la conformación del COPASST, y las actas de sus reuniones

^JTTAINSTITUTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE

ACACÍASREGLAMENTO INTERNO COMITÉ PARITARIO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

RG-GTH-01-V1

Vigencia:19/08/2015

5. Funciones del Presidente del Comité

Son funciones del Presidente del Comité Paritario de Seguridad y Salud en elTrabajo las siguientes:

• Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz.• Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de

las reuniones.• Notificar lo escrito a los miembros del Comité sobre convocatoria a las

reuniones por lo menos un vez al mes.• Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión.• Tramitar ante la administración de la entidad las recomendaciones

aprobadas en el seno del Comité y darle a conocer todas susactividades.

• Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del Comité e informara los trabajadores de la entidad, acerca de las actividades del mismo.

6. Funciones del Secretario del COPASST

Son funciones del Secretario:

• Verificar la asistencia de los miembros del Comité a las reunionesprogramadas.

• Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión ysometerla a la discusión y aprobación del Comité.

• Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité ysuministrar toda la información que requieran el empleador y lostrabajadores.

7. Control de revisión y cambios

FECHA

19/08/2015

Versión

1

CAMBIOS EFECTUADOS Y SU JUSTIFICACIÓN

Creación del documento en el marco de laactualización del MECÍ, se incluyen los parámetrosnormativos vigentes en cuanto a la reglamentación delos comités paritarios de seguridad y salud en ettrabajo.

Página 5 de 6