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Junio de 2008 FECLEI, Federación Castellano Leonesa de Empresas de Inserción Contratación con las Administraciones Públicas: Cláusulas Sociales y Mercados Tutelados Fuente: Manual de Cláusulas Sociales. Santiago Lesmes

Contratación con las Administraciones Públicas: … · BENEFICIOS DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES PARA LAS PERSONAS Y ... sectores una escasez de mano de obra. Los ... de los trabajadores

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  • Junio de 2008

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Contratacin con las Administraciones Pblicas: Clusulas Sociales y Mercados Tutelados

    Fuente: Manual de Clusulas Sociales. Santiago Lesmes

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    DEFINICIN

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Qu son las Clusulas Sociales?

    CLAUSULACLAUSULA es cada una de las disposiciones que forman parte de un contrato, estipulan su contenido y establecen derechos y deberes de obligado cumplimiento por las partes.

    Las Clusulas SocialesClusulas Sociales se definen como la inclusin de aspectos de poltica social en los procesos de contratacin pblica y, concretamente, la promocin de empleo para personas en situacin o riesgo de exclusin social con el objetivo de facilitar su incorporacin sociolaboral.

    Las Empresas de Insercin

    En el caso de las Empresas de Insercin, la introduccin de Clusulas Sociales est orientada a la promocin de empleo para personas en situacin de riesgo de exclusin social para favorecer su integracin social y laboral.

    Inclusin de aspectos de poltica socialaspectos de poltica socialen los procedimientos de contratacin pblica

    Objetivo: generacin de oportunidades de empleo para personas y colectivos desfavorecidooportunidades de empleo para personas y colectivos desfavorecidoss

    En la sociedad actual, el empleoempleo se presenta como el principal mecanismo para la integracin socialprincipal mecanismo para la integracin social

    NECESIDAD DE CLUSULAS SOCIALES Segn el Informe Foessa (1998) en Espaa viven 8.509.000 personas por debajo del umbral de pobreza La pobreza y la exclusin social se mantienen e incluso se incrementan pese a la la reduccin del desempleo y el

    crecimiento econmico El 25% de la poblacin vive por debajo del umbral de la pobreza en Castilla y Len, frente al 20% nacional

    (Observatorio Social de Espaa 2006) Facilitar el empleo de los sectores de la poblacin ms vulnerables es un deber constitucionalmente establecido Las polticas sociales son insuficientes: el gasto social en Espaa se sita 7 puntos por debajo de la Unin

    Europea (20% del PIB, frente al 27,3% de media en la UE-25) El empleo es ms que nunca un factor de integracin

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    LA CONTRATACIN PBLICA

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    El peso de los contratos pblicos en la UE supone entre el 12% y el 15% del PIB. La Administracin se convierte en agente econmico de primer orden.

    La contratacin pblica se basa actualmente en unos criterios objetivos (condiciones tcnicas y precio) y la aplicacin de unos principios (libre concurrencia y publicidad), no teniendo en cuenta otros principios ms importantes de carcter tico, social y solidario, como en este caso la atencin a personas y colectivos desfavorecidos. Cabe exigir a la Administracin Pblica la eficacia y eficiencia en el gasto pblico, puesto que sta:

    Es gestora de fondos y presupuestos pblicos, por lo que debe impulsar efectos sociales y de empleo Es consumidora, por lo que debe promover un fin tico en sus compras y un impacto social Ha de actuar como referente y modelo para el resto de agentes sociales y econmicos llamados a ejercer su RSC Tiene capacidad legisladora y ejecutiva, por lo que puede establecer su propia normativa Debe favorecer el inters pblico y promover las condiciones favorables para el progreso social y econmico y para una distribucin de la renta regional y personal ms equitativa (Artculo 40.1 de la Constitucin)

    Dimensin y alcance de las clusulas socialesLas Clusulas Sociales suponen la introduccin de objetivos sociales de manera transversal en polticas no sociales, integrando la contratacin en el conjunto de polticas que persiguen los poderes pblicos. Se trata de una lnea de actuacin complementaria con otras actuaciones integrales, que transforma polticas pasivas en polticas activas de insercin.Suponen una herramienta eficaz, sencilla, de plena validez legal, rentable econmica y socialmente. Mediante la aplicacin de las frmulas propuestas se consigue adems de la realizacin de las obras, prestacin de servicios o adquisicin de suministros, una rentabilidad socialrentabilidad social que supone una inversin que contribuye, por un lado, a disminuir el gasto pblico destinado a estos fines (programas sociales, rentas bsicas, subsidios por desempleo o gastos sanitarios) y, por otro lado, a generar ingresos a la Hacienda Pblica (A travs de IRPF, IVA y cotizaciones a la Seguridad Social).Permiten establecer una nueva relacin entre la Administracin Pblica y las empresas privadas, para que stas asuman su compromiso con la RSC, integrando las preocupaciones sociales y ecolgicas en sus actividades comerciales.

    El Papel del Tercer SectorLas entidades del Tercer Sector desempean un importante papel en la articulacin de polticas sociales y de empleo mediante la insercin por lo econmico de los colectivos ms desfavorecidos. Frente a la va tradicional de concesin de subvenciones, son varias las frmulas posibles de colaboracin, en especial la contratacin pblica. Por ello, es preciso fomentar la corresponsabilidad entre la Administracin Pblica y las entidades de accin social, en especial EMPRESAS DE INSERCIN.

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    BENEFICIOS DE LAS CLUSULAS SOCIALES

    PARA LAS PERSONAS Y COLECTIVOS EN SITUACIN DESFAVORECIDA

    Acceso al mercado laboral

    Remuneracin econmica

    Autoestima, responsabilidad y dignidad. Adquisicin de hbitos y actitudes Proporcionan un mbito de relacin social e interpersonal

    Cualificacin profesional. Formacin y capacitacin Derecho a subsidios y prestaciones por desempleo

    Acceso al sistema de prestaciones de la Seguridad Social por jubilacin, invalidez o incapacitacin

    PARA LAS ADMINISTRACIONES PBLICAS

    Mejora de la capacidad y eficacia de los dispositivos pblicos de empleo y de los servicios sociales. Incrementa la rentabilidad de la inversin pblica para posibilitar nuevas formas de solidaridad, igualdad de

    oportunidades y cohesin social. Facilita la sostenibilidad de las polticas de empleo, insercin laboral e inclusin social.

    Consecucin de objetivos sociales que trascienden la mera contratacin de obras, servicios o suministros. Compaginar las necesarias polticas asistenciales con aquellas productivas y dinmicas, minorando adems las

    subvenciones destinadas al efecto.

    Impacto positivo en la opinin ciudadana sobre la actuacin del sector pblico. Mejora de la cooperacin y relacin interdepartamental.

    Aplicacin transversal del principio de solidaridad. Contribucin a pilares bsicos del Estado del Bienestar, como el derecho al trabajo y la cohesin social.

    Colocar a la Administracin en posturas innovadoras, propositivas y ejemplarizantes.

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    PARA LAS EMPRESAS MERCANTILES

    La reduccin del desempleo conlleva en algunos sectores una escasez de mano de obra. Los programas de clusulas sociales facilitan personas capacitadas para el desempeo laboral, recayendo en la empresa la eleccin final sobre la persona a contratar.

    Orientar el despliegue de estrategias de Responsabilidad Social de las Empresas. A nivel externo: Captacin y fidelizacin de clientes. Posicionamiento y mejora de imagen y marca. Mejora de la relacin

    con el entorno (agentes sociales, ciudadana y administraciones).

    A nivel interno: Identificacin y compromiso de los y las trabajadoras. Mejora del clima laboral, redundado en la productividad y calidad. Mejora de la comunicacin interna. Fomento de una cultura corporativa. Valor aadido

    PARA LA SOCIEDAD

    Reduccin de la fractura social existente entre personas incluidas y excluidas socialmente.

    Avanzar hacia una corresponsabilidad social entre administraciones pblicas, agentes sociales y empresas mercantiles, creando un paternariado en el que nadie pierde su especificidad pero se comparten objetivos comunes que benefician al conjunto.

    Sensibilizar a la poblacin sobre modelos inclusivos y la situacin de las personas en situacin de pobreza y exclusin social.

    Fomentar el desarrollo local, mejorar la calidad de vida e incidir en las zonas ms desatendidas.

    Potenciar el Tercer Sector por su valor generador de cohesin social.

    BENEFICIOS ECONMICOS

    Facilitar a travs de la incorporacin laboral la reduccin del desempleo y el aumento de la poblacin activa, lo que incide en la renta familiar y el producto interior bruto.

    Reducir el presupuesto pblico destinado a las personas en riesgo de exclusin: salarios mnimos o rentas bsicas, subsidios o prestaciones, albergues, recursos, gastos y profesionales laborales, sociales, sanitarios, penitenciarios, etc.

    Producir por aadidura ingresos a las Haciendas Pblicas, mediante las aportaciones de la persona incorporada laboralmente a la Seguridad Social y el Impuesto de la Renta de las Personas Fsicas, as como su contribucin porcentual por los pagos de su empresa en el Impuesto de Sociedades o el Impuesto sobre el Valor Aadido entre otros.

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    En relacin a la bsqueda de mecanismos en polticas comunitarias en el mercado de la contratacin pblica, recoge:

    Apartado 5.42. una posibilidad consiste en imponer como condicin de ejecucin de los contratos pblicos adjudicados el respeto de las obligaciones de carcter social, encaminadas, por ejemplo a fomentar el

    empleo de las mujeres, o a favorecer la proteccin de determinadas categoras desfavorecidas.

    Apartado 5.V indica tambin: Los poderes y entidades adjudicadoras pueden verse obligadas a aplicar diferentes aspectos de la poltica social en el momento de la adjudicacin de sus contratos, ya que las adquisiciones

    pblicas pueden constituir un importante medio de orientar la actuacin de los operadores econmicos.

    Libro Verde. La Contratacin Pblica en la Unin Europea. Reflexiones para el futuro. Comisin Europea, 27 de noviembre de 1996

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Con objeto de reforzar la sinergia con otras polticas comunitarias y mejorar la transparencia de los procedimientos de adjudicacin, es preciso definir orientaciones precisas sobre las posibilidades ofrecidas por las entidades

    adjudicadoras de tomar en consideracin criterios ecolgicos, sociales y de proteccin de los consumidores.

    Comunicacin de la CE, de 11 de marzo de 1998, sobre Contratacin Pblica en la Unin Europea

    ANTECEDENTES

    Esta Directiva ha asumido y regulado expresamente la introduccin de criterios sociales en la contratacin pblica, indicando entre otras cuestiones que el poder adjudicador podr regirse por criterios destinados a satisfacer exigencias sociales que, en particular, respondan a necesidades -definidas en las especificaciones del contrato- propias

    de las categoras de poblacin especialmente desfavorecidas.

    Artculo 19. Los Estados miembros podrn reservar la participacin en los procedimientos de adjudicacin de contratos pblicos a talleres protegidos o reservar su ejecucin en el marco de programas de empleo protegido, cuando la mayora de los trabajadores afectados sean personas discapacitadas que, debido a la ndole o a la gravedad de sus deficiencias, no

    puedan ejercer una actividad profesional en condiciones normales.

    Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre procedimientos de adjudicacin de los contratos pblicos

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    NORMATIVA SOBRE CONTRATACIN PBLICA

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pblico

    DISPOSICIN ADICIONAL SEXTA. CONTRATACIN CON EMPRESAS QUE TENGAN EN SU PLANTILLA PERSONAS CON DISCAPACIDAD O EN SITUACIN DE EXCLUSIN SOCIAL Y CON

    ENTIDADES SIN NIMO DE LUCRO.2. Igualmente podr establecerse la preferencia en la adjudicacin de contratos, en igualdad de condiciones con las que sean econmicamente ms ventajosas, para las proposiciones presentadas por aquellas empresas dedicadas

    especficamente a la promocin e insercin laboral de personas en situacin de exclusin social, reguladas en la Disposicin Adicional Novena de la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, valorndose el compromiso formal del licitador de contratar no menos del 30 por ciento de sus puestos de trabajo con personas pertenecientes a los

    siguientes colectivos, cuya situacin ser acreditada por los servicios sociales pblicos competentes: a) Perceptores de rentas mnimas de insercin, o cualquier otra prestacin de igual o similar naturaleza, segn la denominacin adoptada en cada Comunidad Autnoma.

    b) Personas que no puedan acceder a las prestaciones

    a las que se hace referencia en el prrafo anterior, por falta del periodo exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitucin de la unidad perceptora, o por haber agotado el perodo mximo de percepcin legalmente establecido.

    c) Jvenes mayores de dieciocho aos y menores de treinta, procedentes de instituciones de proteccin de menores.

    d) Personas con problemas de drogadiccin o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitacin o reinsercin social.

    e) Internos de centros penitenciarios cuya situacin penitenciaria les permita acceder a un empleo, as como liberados condicionales y ex reclusos.

    f) Personas con discapacidad.

    Uno de los cinco objetivos prioritarios consiste en Fomentar el acceso al empleo: promover la participacin en el mercado laboral y luchar contra la pobreza y la exclusin social.

    1.1.3. Favorecer la contratacin pblica de las empresas que empleen un nmero significativo de personas en situacin de exclusin, dentro del marco legal vigente.

    Plan Nacional de Accin para la Inclusin Social 2005-2006

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    PROCEDIMIENTO ABIERTO

    En el procedimiento abierto todo empresario interesado podr presentar una proposicin, quedando excluida toda negociacin de los trminos del contrato con los licitadores (Artculo 141).

    PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO

    En el procedimiento restringido slo podrn presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud y en atencin a su solvencia, sean seleccionados por el rgano de contratacin. En este procedimiento estar prohibida toda negociacin de los trminos del contrato con los solicitantes o candidatos (Artculo 146).

    PROCEDIMIENTO NEGOCIADO

    En el procedimiento negociado la adjudicacin recaer en el licitador justificadamente elegido por el rgano de contratacin, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos (Artculo 153). Lmites establecidos: 1 milln de euros para contratos de obras; 100.000 para contratos de suministro, servicios y restantes contratos (Artculos 154-159).

    CONTRATO MENOR

    Los contratos menores podrn adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitacin profesional necesaria para realizar la prestacin. Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artculo 190 en relacin con las obras, servicios y suministros centralizados en el mbito estatal.

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIN DE CONTRATOS

    Las Clusulas Sociales pueden implantarse indistintamente en losprocedimientos abierto, restringido o negociadoprocedimientos abierto, restringido o negociado.

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    Como criterio de admisin, exigiendo requisitos previos de carcter social o la acreditacin de experiencia o solvencia tcnica en materia de insercin sociolaboral para que la empresa pueda ser contratada.

    Por ejemplo exigir que se trate de una empresa de insercin.

    Como criterio de valoracin o puntuacin, sealando caractersticas o compromisos de carcter social que sern baremados o puntuados en la adjudicacin del contrato.

    Por ejemplo que un porcentaje de la plantilla que ejecutar el contrato sean personas con dificultades de acceso al empleo.

    Como una obligacin, sealando condiciones obligatorias de carcter social para la ejecucin del contrato.

    Por ejemplo que la empresa adjudicataria deba ineludiblemente contratar a un nmero de personas en situacin o riesgo de exclusin social.

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    TIPOLOGA DE CLUSULAS SOCIALES

    Podemos incorporar clusulas sociales en distintas fases de adjudicacin de un contrato pblico:

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    1. CRITERIO DE ADMISINClusulas Sociales en la Fase de Seleccin o Admisin de los contratistas

    Una vez definido el objeto del contrato y establecidos los requisitos y especificaciones tcnicas, pueden introducirse clusulas sociales en la fase de seleccin o admisin de los contratistas.

    El proceso de contratacin exigir la acreditacin de la personalidad jurdica de la empresa, as como su solvencia tcnica y financiera, mediante la aportacin de determinada documentacin.

    Las empresas tienen la obligacin de acreditar fehacientemente que cuentan con experiencia y capacidad para ejecutar debidamente el contrato conforme a las especificaciones tcnicas requeridas. La exigencia es lgica: si para construir una central trmica se requiere acreditar experiencia concreta y conocimiento en ese tipo de tecnologa, si el objeto del contrato y las especificaciones tcnicas contemplan la contratacin de colectivos desfavorecidos del mercado laboral, deber requerirse y demostrarse experiencia y capacitacin especficas en insercin laboral para prestar debidamente el contrato.

    Modalidades:

    Acreditacin de un porcentaje de plantilla compuesta por personas en riesgo de exclusin

    Objetivo social sea la insercin sociolaboral o exigencia de experiencia previa

    Admisin de contratistas inscritos en un Registro de Empresas deInsercin

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    1.3.2. Integracin de aspectos sociales al comprobar la capacidad tcnica de los candidatos o licitadores

    Las Directivas sobre contratos pblicos determinan los medios por los cuales puede demostrarse la capacidad tcnica de un candidato o licitador, estableciendo una lista exhaustiva de los documentos o

    medios de prueba que los candidatos o licitadores pueden verse obligados a presentar para demostrar su aptitud desde un punto de vista tcnico, en funcin de la naturaleza, de la magnitud y del objetivo del contrato. As pues, toda exigencia especfica relativa a la capacidad tcnica del candidato o licitador que los poderes adjudicadores

    impongan debe basarse en alguno de los documentos enumerados en las Directivas.

    El objetivo de la fase de seleccin consiste en elegir a los licitadores que los poderes adjudicadores consideran capaces de ejecutar el contrato. Las distintas exigencias impuestas deben, por tanto, estar

    directamente relacionadas con el objeto del contrato. En esta fase de la seleccin, los poderes adjudicadores tienen la posibilidad de exigir pruebas de la experiencia y los conocimientos de los licitadores.

    Si el contrato requiere aptitudes especficas en materia social, es lcito exigir una experiencia concreta como criterio de capacidad y conocimientos tcnicos para demostrar la solvencia de los

    candidatos.

    COMUNICACIN INTERPRETATIVA DE LA COMISIN, de 15 de octubre de 2001, sobre la legislacin comunitaria de contratos pblicos y las posibilidades de integrar

    aspectos sociales en dichos contratos

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    AYUNTAMIENTO DE GUETXO (Vizcaya). Contratacin mediante procedimiento negociado de las obras de rehabilitacin de una vivienda municipal, mediante la realizacin de procesos de insercin sociolaboral a travs del empleo, la formacin y el acompaamiento. 2001

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    El objeto del contrato incluye la realizacin de procesos de insercin sociolaboral a travs

    del empleo, la formacin y el acompaamiento, de personas con especiales dificultades de

    insercin laboral y/o social.

    Los licitadores debern acreditar tener entre sus objetivos estatutarios el favorecimiento de la insercin laboral de cualquier persona que

    se encuentre en situaciones sociales desfavorecidas.

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    AYUNTAMIENTO DE SANT BOI DE LLOBREGAT. Bases para la seleccin del proyecto de insercin laboral incorporado a la contratacin de obras en el Barrio de Camps Blancs. 1999

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    El objeto de la licitacin es la seleccin de

    proyectos de insercin laboral incorporados a

    la contratacin de obras del barrio de CampsBlancs, dirigidos a

    colectivos vulnerables en situacin de desventaja en el mercado laboral.

    Requisitos: declaracin responsable de que la empresa de insercin

    tenga experiencia probada en el mbito de

    la insercin de al menos 1 ao.

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    MERCADOS TUTELADOS

    Qu son?

    Se entiende por MERCADO TUTELADOMERCADO TUTELADO la actividad de proteccin y fomento realizada por los poderes pblicos de determinadas actividades o sectores econmicos, que por sus especiales caractersticas gozan de un marco regulador propio, ayudas econmicas u otro tipo de estmulos.

    Qu se protege?

    Pueden tutelarse muy diferentes tipos de mercados. Cuando la proteccin se establece por el inters pblico y su carcter social, se habla de MERCADOS SOCIALESMERCADOS SOCIALES, como en el caso de la insercin sociolaboral de personas y colectivos desfavorecidos.

    Y cmo?

    La tutela puede realizarse de muchas maneras, en el caso de las Empresas de Insercin se refiere a la contratacin pblica y al establecimiento de una RESERVA DE MERCADORESERVA DE MERCADO para promover la incorporacin al empleo de personas en situacin o riesgo de exclusin social.

    Para su implantacin se debe analizar la contratacin de una determinada administracin pblica y cuantificar el importe presupuestario licitado mediante el contrato menor y el procedimiento negociado, a continuacin se establece la reserva de un porcentaje de los mismos para ser adjudicados a las empresas de insercin que operan en el sector de actividad concreto.

    Normativa

    Ley 7/2004 de la Generalitat de Catalua

    Ley Foral 6/2006 de contratos pblicos de Navarra

    Resolucin 6/2008, Acuerdo sobre incorporacin de criterios sociales del Pas Vasco

    Una de las frmulas que la legislacin habilita para limitar la admisin de licitadores a empresas de insercin consiste en crear un MERCADO TUTELADO.

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Seccin 2. Medidas en materia de contratacin

    Artculo 19. Modificacin de la Ley 31/2002. Se modifica el artculo 35 de la Ley 31/2002, de 30 dediciembre, de medidas fiscales y administrativas, que queda redactado del siguiente modo:

    "Artculo 35. Fomento de los objetivos sociales en la contratacin.

    1. En los trminos establecidos por el presente artculo, los departamentos, los organismos autnomos y las empresas pblicas de la Generalidad deben reservar determinados contratos administrativos de obras, suministros o servicios a centros de insercin laboral de disminuidos, empresas de insercin sociolaboral reguladas por la Ley 27/2002, de 20 de diciembre, sobre medidas legislativas para regular las empresas de insercin sociolaboral, o a entidades sin afn de lucro que tengan como finalidad la

    integracin laboral o social de personas con riesgo de exclusin social, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos por las normas del Estado y de la Generalidad que los sean aplicables y que su finalidad o su actividad, de acuerdo con sus normas reguladoras, estatutos o reglas fundacionales, tenga relacin directa con el

    objeto del contrato.

    2. Los objetos contractuales susceptibles de reserva son las obras y servicios de conservacin y mantenimiento de bienes inmuebles; los servicios de mensajera, correspondencia y distribucin, de artes grficas, de limpieza y

    lavandera, de restauracin y de recogida y transporte de residuos, y los servicios y suministros auxiliares para el funcionamiento de la Administracin. Sin embargo, los rganos de contratacin pueden ampliar la reserva a otros objetos contractuales, dependiendo de la adecuacin de las prestaciones a las peculiaridades de los

    centros, empresas y entidades a que se refiere el presente artculo.

    Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas (CATALUA)

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas (CATALUA)

    3. Los contratos reservados son exclusivamente los adjudicados como contrato menor o por procedimiento negociado por razn de la cuanta econmica, de acuerdo con los umbrales establecidos por

    la legislacin de contratos de las administraciones pblicas. Con los mismos lmites cuantitativos aplicables a los procedimientos negociados, los rganos de contratacin pueden no utilizar los procedimientos derivados del sistema de contratacin centralizada cuando se pretenda adjudicar, mediante reserva social, alguna de las prestaciones a que se

    refiere el apartado 2.

    4. Los contratos reservados deben someterse siempre al rgimen jurdico establecido por la normativa vigente reguladora de la contratacin pblica, sin que en ningn caso pueda requerirse la constitucin de

    garantas provisionales o definitivas.

    5. Las entidades a que se refiere el apartado 1 que quieran ser contratadas en cumplimiento de las medidas reguladas por este artculo deben inscribirse previamente en el Registro de Licitadores de la Generalidad.

    6. El Gobierno debe fijar, al inicio de cada ejercicio, la cuanta econmica de la reserva social que debe aplicar cada departamento, incluyendo los organismos o empresas pblicas vinculadas o dependientes. El importe fijado no debe superar el 20% del importe contratado en el ejercicio anterior mediante contratos menores o procedimientos negociados por razn de la cuanta en los contratos que tienen por objeto las

    prestaciones a que se refiere el primer inciso del apartado 2.

    7. Las entidades que integran la Administracin local de Catalua pueden aplicar la reserva social establecida por el presente artculo en los trminos que establezca el acuerdo correspondiente del pleno de la corporacin."

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de contratos pblicos (NAVARRA)

    Artculo 9. Reserva de contratos a entidades de carcter social.

    1. Las entidades sometidas a la Ley Foral podrn reservar la participacin en los procedimientos de adjudicacin de contratos a talleres protegidos o reservar su ejecucin a determinadas empresas en el marco de programas de empleo protegido cuando la mayora de los trabajadores afectados sean personas

    discapacitadas que, debido a la ndole o a la gravedad de sus deficiencias, no puedan ejercer una actividad profesional en condiciones normales.

    2. Igualmente podrn ser beneficiarios de la reserva las empresas que tienen por objeto la integracin de personas con riesgo de exclusin social.

    3. El importe de los contratos reservados no podr superar el 20 por 100 del importe de los contratos adjudicados en el ejercicio presupuestario inmediatamente anterior.

    4. Los anuncios de licitacin de los contratos objeto de esta reserva debern mencionar expresamente la presente disposicin.

    Artculo 49. Requerimientos de carcter social o medioambiental en la ejecucin de los contratos.

    1. Los pliegos de clusulas administrativas particulares podrn incluir requerimientos pormenorizados de carcter social o medioambiental sobre el modo de ejecutar el contrato, tales como la recuperacin o reutilizacin de los envases y embalajes o productos usados; la eficiencia energtica de los productos o servicios; el

    suministro de productos en recipientes reutilizables; la recogida y reciclado de los desechos o de los productos usados a cargo del contratista; la obligacin de dar trabajo a desempleados de larga duracin; la organizacin a cargo del

    contratista de actividades de formacin para jvenes y desempleados; la adopcin de medidas de promocin de la igualdad de sexos, o de medidas de integracin de los inmigrantes; la obligacin de contratar para la ejecucin del contrato a un

    nmero de personas discapacitadas superior al legalmente establecido y otros anlogos.

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Resolucin 6/2008, de 2 de junio, Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno sobre incorporacin de criterios sociales, ambientales y otras polticas pblicas en la contratacin de la

    Administracin de la Comunidad Autnoma y de su sector pblico (PAS VASCO)

    Objeto. El presente Acuerdo tiene por objeto aprobar la Instruccin, contenida en su anexo, para la incorporacin de criterios sociales, medioambientales y los derivados de otras polticas pblicas en la contratacin de la Administracin de la

    Comunidad Autnoma y de las entidades que integran su sector pblico.

    MBITO DE APLICACIN. 1. La presente Instruccin est dirigida a los rganos de contratacin de la Administracin general, institucional y dems entidades del sector pblico de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Euskadi. 2.Los referidos rganos de contratacin respetarn lo dispuesto en la presente Instruccin en el momento de elaborar los pliegos de

    clusulas administrativas y de prescripciones tcnicas particulares de los contratos regulados en la legislacin de contratos.

    Captulo IV. RESERVA DE CONTRATOS A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, A EMPRESAS DE INSERCIN SOCIOLABORAL, O A LA EJECUCIN EN EL MARCO DE

    PROGRAMAS DE EMPLEO PROTEGIDO

    1. Los departamentos, organismos autnomos, entes pblicos de derecho privado y entidades pertenecientes al sector pblico de la Administracin de la Comunidad Autnoma deben reservar anualmente determinados contratos a

    empresas de insercin registradas, a centros especiales de empleo de personas con discapacidad, o para la ejecucin de dichos contratos en el marco de programas de empleo protegido.

    La cuanta econmica global y sectorial de la referida reserva se fijar anualmente por el Departamento de Hacienda y Administracin Pblica. A tal efecto, los departamentos competentes en materia de insercin laboral de los colectivos beneficiarios de la

    reserva, previa consulta con las asociaciones empresariales representativas de dichos sectores, presentarn al Departamento de Hacienda y Administracin Pblica la cifra de negocios correspondiente al ao anterior de los distintos sectores empresariales

    beneficiarios de la reserva.

    2. La reserva a empresas de insercin registradas se aplicar nicamente a travs de contratos menores o procedimientos negociados por razn de la cuanta. Para ello no podr fraccionarse el contrato con incumplimiento de las

    prevenciones que respecto al fraccionamiento establece la legislacin de contratos.

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    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    2. CRITERIO DE VALORACIN o PUNTUACINClusulas Sociales en la Fase de Adjudicacin o Valoracin de las ofertas

    Una vez realizada la admisin de las empresas que participarn en la licitacin, llega el momento de valorar sus ofertas, lo que determinar la adjudicataria del contrato.

    Existen dos formas de adjudicacin de contratos: en la subasta se atiende exclusivamente a la oferta econmica; en el concurso se pueden considerar diversos criterios, incluidos los sociales, valorndose la mejor oferta en su conjunto.

    Modalidades:

    Puntuacin por contratacin de personas en situacin de exclusin

    Puntuacin por ser una empresa de insercin

    Puntuacin por experiencia en procesos de insercin sociolaboral

    Otros: Puntuacin por objeto social, carecer de nimo de lucro

  • 20

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Artculo 134. Criterios de valoracin de las ofertas.

    1. Para la valoracin de las proposiciones y la determinacin de la oferta econmicamente ms ventajosa deber atenderse a criterios directamente vinculados al objeto del contrato, tales como:

    la calidad, el precio, la frmula utilizable para revisar las retribuciones ligadas a la utilizacin de la obra o a la prestacin del servicio, el plazo de ejecucin o entrega de la prestacin, el coste de utilizacin,

    las caractersticas medioambientales o vinculadas con la satisfaccin de exigencias sociales que respondan a necesidades, definidas en las especificaciones del contrato, propias de las categoras de poblacin especialmente desfavorecidas a las que pertenezcan los usuarios o beneficiarios de las prestaciones a contratar,

    la rentabilidad, el valor tcnico, las caractersticas estticas o funcionales, la disponibilidad y coste de los repuestos, el mantenimiento, la asistencia tcnica, el servicio postventa u otros semejantes.

    LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pblico

    Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre procedimientos de adjudicacin de los contratos pblicos

    Considerando primero. La presente Directiva est basada en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, en particular la relativa a los criterios de adjudicacin, que clarifica las posibilidades con que cuentan los poderes

    adjudicadores para atender las necesidades de los ciudadanos afectados, sin excluir el mbito medioambiental o social, siempre y cuando dichos criterios estn vinculados al objeto del contrato, no otorguen al poder adjudicador una libertad de eleccin ilimitada, estn expresamente mencionados y se atengan a los principios

    fundamentales enumerados en el considerando 2.

  • 21

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Captulo VIII. PREFERENCIAS EN LA ADJUDICACIN

    Sern aplicadas en todas las contrataciones incluidas en el mbito de aplicacin de estas instrucciones, las preferencias en la adjudicacin establecidas con carcter potestativo en la legislacin de contratos a favor de las

    proposiciones presentadas por empresas que tengan en su plantilla un nmero de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2 por ciento, por empresas dedicadas especficamente a la promocin e insercin laboral de personas en situacin de exclusin social, por entidades reconocidas como Organizaciones de Comercio Justo, y, en el caso de contratos relativos a prestaciones de carcter social o asistencial, las presentadas por entidades sin nimo de lucro.

    Captulo IX. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIN. Apartado 2. INSERCIN LABORAL DE PERSONAS QUE SE ENCUENTREN CON ESPECIAL DIFICULTAD DE ACCESO AL EMPLEO

    1. El pliego de clusulas administrativas particulares en el apartado relativo a Condiciones especiales de ejecucin de tipo medioambiental o social subapartado De carcter social exigir a la empresa adjudicataria el

    compromiso de incorporar en la ejecucin de la prestacin contratada al menos un 20% de personas desempleadas que se encuentren en especial dificultad para acceder al empleo. El porcentaje de insercin se computar en relacin con el nmero total de personas trabajadoras necesarias para la ejecucin tanto de la empresa

    contratista como, en su caso, de las subcontratistas.

    4. la imposibilidad de incorporar en la ejecucin de la prestacin contractual un 20% de personas desempleadas con especiales dificultades de acceso al empleo, slo podr ser aceptada cuando est motivada por la incapacidad acreditada de los servicios pblicos de empleo y los servicios sociales de base, para atender la oferta de empleo

    presentada, o por cuestiones de tipo productivo, organizativo, tcnico o econmico, razones todas ellas debidamente acreditadas. En estos supuestos, siempre que sea adecuado a la tipologa de las prestaciones objeto del contrato, la empresa

    adjudicataria deber subcontratar al menos el 5% del importe del contrato con empresas inscritas en el Registro de Centros Especiales de Empleo contemplado en el Real Decreto 2273/1985, o en el Registro de Empresas de

    Insercin regulado por el Decreto 305/2000, de 26 de diciembre.

    Resolucin 6/2008, de 2 de junio, Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno sobre incorporacin de criterios sociales, ambientales y otras polticas pblicas en la contratacin de la

    Administracin de la Comunidad Autnoma y de su sector pblico (PAS VASCO)

  • 22

    AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA. Concurso para la concesin de la gestin del Servicio de Atencin a Domicilio. 1998

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Puntuacin de hasta 25 puntos para empresas que

    integran un mnimo del 30% del personal

    de colectivos desfavorecidos

    Puntuacin de hasta 20 puntos para empresas de

    economa social

  • 23

    AYUNTAMIENTO DE LA CORUA. Concurso pblico para la realizacin de la remodelacin de las instalaciones del mercado municipal de Monte Alto.

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Puntuacin de hasta 20

    puntos por contratacin de

    personas en situacin de

    riesgo de exclusin con

    contrato superior a un

    ao.

    CLUSULA DECIMOQUINTA. ADJUDICACIN

    La adjudicacin se efectuar teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos:

    1.0. Mejor solucin tcnica en la ejecucin del mercado, valorndose en 40 puntos.1.1. Menor plazo total de construccin e instalacin: Se valorar con mxima puntuacin la oferta que proponga un menor plazo de ejecucin y prevea los medios para originar una menor incidencia en el entorno. Las reducciones en los plazos de ejecucin debern estar motivados: hasta 5 puntos.1.2. Fiabilidad del estudio econmicofinanciero que avale y garantice las prestaciones y servicios previstos en la concesin: hasta 5 puntos.1.3. Otras mejoras ofertadas por el licitador: hasta 10 puntos.1.4. Mayor canon a percibir por el Excmo. Ayuntamiento de A Corua: hasta 5 puntos.1.5. Menor duracin de la concesin: hasta 5 puntos.1.6. Personal: hasta 20 puntos. Se valorar:

    Empleo de personas en situacin de riesgo de exclusin con contrato superior a 1 ao. Tipo de contrato que se ofrecer a las personas a emplear. Personas con discapacidad superior al 50% debidamente acreditadas por el rgano competente de la Xunta de Galicia. Personas desempleadas con edad superior a los 45 aos. Mujeres incluidas en programas de acogimiento por violencia contra las mujeres. Personas incluidas en los censos municipales de chabolistas. Personas incluidas en el programa de integracin laboral para colectivos inmigrantes o emigrantes de retorno. Personas pertenecientes a minoras tnicas.

    1.8. Programas de conciliacin de vida laboralvida familiar: hasta 5 puntos. 1.9. Uso de energas alternativas: hasta 5 puntos.

  • 24

    AYUNTAMIENTO DE BILBAO. Pliego de condiciones generales.

    Obligacin de incorporar a todos los pliegos de clusulas administrativas particulares como criterio de valoracin la contratacin de personas con dificultades de acceso al empleo.

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Se prima a las empresas que para el desarrollo de la obra, servicio o

    suministro contraten a desempleados con especiales dificultades de acceso

    al mercado laboral.Porcentaje de puntuacin entre el 10% y el 15%, cuando al menos el

    20% de la plantilla pertenezca a los colectivos especificados.

  • 25

    AYUNTAMIENTO DE BURLADA (Navarra). Contratacin de la gestin del servicio de Asistencia a Domicilio. 2001

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Puntuacin de hasta 18 puntos

    para empresas de economa social

    Puntuacin de hasta 25 puntos para empresas que integran un mnimo del 30% del personal de

    colectivos desfavorecidos

  • 26

    AYUNTAMIENTO DE GUETXO (Vizcaya). Contratacin del Servicio de Mensajera. 2005

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Porcentaje de puntuacin del 10%, por el objeto social y carencia de nimo de lucro

    del licitador.

    Porcentaje de puntuacin del 30%, por el personal a

    contratar y plan de trabajo: compromisos de contratacin de colectivos con dificultad de insercin laboral en riesgo de

    exclusin social.

  • 27

    AYUNTAMIENTO DE GUETXO (Vizcaya). Contratacin mediante procedimiento negociado de las obras de rehabilitacin de una vivienda municipal, mediante la realizacin de procesos de insercin sociolaboral a travs del empleo, la formacin y el acompaamiento. 2001

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Puntuacin de 15 puntos por experiencia en realizacin de procesos de insercin

    sociolaboral con colectivos con especiales dificultades.

  • 28

    Instituto de la Naturaleza del GOBIERNO DE LAS ISLAS BALEARES. Contratacin del servicio de limpieza de la sede del Instituto. 2002

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Se valorar con 10 puntos a las organizaciones cuyo objetivo sea de carcter social y no lucrativo, como Fundaciones, ONGs u otras.

    Se valorar con 10 puntos las empresas que tengan en

    consideracin la contratacin de personas procedentes de

    situaciones de riesgo de exclusin social, acreditada por las Unidades

    de Trabajo Social de los correspondientes Ayuntamientos, de la Comunidad Autnoma, o servicios de orientacin laboral especficos del

    Servicio de Ocupacin de las Islas Baleares.

  • 29

    AYUNTAMIENTO DE AMURRIO (lava). Contratacin los servicios de Gestin del Telfono 010 de Informacin Ciudadana. 2005

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Hasta 10 puntos por experiencia en realizacin de procesos de insercin sociolaboral con colectivos similares.

    Hasta 10 puntos por colaboracin con el resto de Ayuntamientos a los que se

    prestar el servicio.

    Hasta 10 puntos por tener entre sus objetivos estatutarios el favorecimiento de la insercin sociolaboral de personas en

    riesgo de exclusin y/o que presenten especiales dificultades de acceso al

    mercado laboral.

    Hasta 10 puntos por aplicar el excedente a la mejora o ampliacin de sus estructuras

    productivas o a la promocin de actividades relacionadas con la insercin sociolaboral, no debiendo producirse en

    ningn caso reparto de beneficios.

    6. CRITERIOS DE ADJUDICACIN.

    La valoracin de las ofertas se atendr a la documentacin presentada y se regular en base a una puntuacin fundamentada en los aspectos siguientes:

    A) OFERTA ECONMICA: Puntuacin mxima 60%. La puntuacin mxima contemplada en los Pliegos se dar a la mejor oferta que sea aceptada como propuesta vlida. Las ofertas intermedias se puntuarn proporcionalmente en relacin con la mejor.

    B) Experiencia en realizacin de Procesos de Insercin Sociolaboral con colectivos similares a los destinatarios del proyecto: 10 PUNTOS.

    C) Colaboracin con el resto de Ayuntamientos a los que se prestar el servicio del Telfono 010 de manera conjunta desde el municipio de Amurrio: 10 PUNTOS.

    D) Tener entre sus objetivos estatutarios el favorecimiento de la insercin socio-laboral de personas en riesgo de exclusin y/o que presenten dificultades de acceso al mercado laboral: 10 PUNTOS.

    E) Aplicar el excedente disponible de la empresa a la mejora o ampliacin de sus estructuras productivas o a la promocin de actividades relacionadas con la insercin sociolaboral, no debiendo producirse en ningn caso reparto de beneficios: 10 PUNTOS.

  • 30

    INSTITUTO ARAGONS DE SERVICIOS SOCIALES. Contratacin de la gestin del Servicio de informacin de atencin a menores. 2006

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Se valorar con un mximo de 1

    punto que la empresa est inscrita en el

    Registro sealado en el

    Decreto 33/2002, por el que se regulan las

    empresas de insercin laboral.

    ANEXO N 4

    Criterios objetivos a tener en cuenta para realizar la adjudicacin del contrato administrativo especial para la mecanizacin y gestin del servicio de informacin de atencin a menores en situacin de riesgo o proteccin.

    PRIMERO.- PROYECTO TCNICO: HASTA 3 PUNTOS. Se tendrn en cuenta:

    a) La claridad del itinerario tcnico contenido en el proyecto propuesto, con un mximo de 1 punto.

    b) Las propuestas de actuacin que supongan mejoras a las prescripciones tcnicas contenidas en los pliegos, con un mximo de 1 punto.

    c) La viabilidad del proyecto presentado en relacin con la oferta de medios materiales y personales propuestos, con un mximo de 1 punto.

    SEGUNDO.- MEJORAS EN CUANTO A LA PLANTILLA DEL CENTRO Y CUALIFICACIN DEL PERSONAL: 3 PUNTOS. Se valorar en este apartado la mejora en la dotacin de personal, as como la formacin de dicho personal.

    TERCERO.- PRECIO. Se valorar la mejora en la oferta econmica, con una puntuacin mxima de 2 puntos para la oferta ms econmica, valorndose con 0 puntos la oferta que coincida con el presupuesto de licitacin.

    CUARTO.- SEDE SOCIAL. Se valorar as mismo, con un mximo de 1 punto, a la empresa que acredite documentalmente la ubicacin de su sede social, centro de actividades o delegacin que garantice la inmediacin de las relaciones contractuales dentro del territorio de la Comunidad Autnoma de Aragn.

    QUINTO.- Se valorar con un mximo de 1 punto el que la empresa est inscrita en el Registro sealado en el Decreto 33/2002, de 5 de febrero, del Gobierno de Aragn, por el que se regulan las empresas de insercin laboral y se aprueba el programa ARINSER.

  • 31

    AYUNTAMIENTO DE LA VALL DIX. Contrato del Servicio de recogida de cartn y papel de la va pblica. 2003

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    MEJORAS AL PLIEGO: Se valorar con 0,5 por contrato cuando el

    licitador justifique que en la plantilla de la empresa se incluyen contratos de personas con riesgo de exclusin social, con un

    mximo de 2 puntos.

    ARTICULO 38.- CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIN PARA LA ADJUDICACIN DEL CONCURSO,-

    A) EXPERIENCIA-

    Por cada ao de experiencia empresarial demostrada documentalmente en la recogida y transporte de cartn y papel urbanos, en poblaciones de ms de 20.000 habitantes y menos de 50.000 habitantes, 0,5 puntos/ao, hasta un mximo de 5 puntos.

    B) CAPACIDAD-

    Por cada contrato en activo demostrado documentalmente, de Recogida y Transporte de Cartn de municipios, 0,5 puntos/ao, hasta un mximo de 5 puntos.

    C) CONDICIONES ECONMICAS DE LA OFERTA-

    Por cada 1% de baja sobre el canon de licitacin 1 punto, con un mximo de 5 puntos.

    D) CAPACIDAD ORGANIZATIVA-

    Si el licitador presenta un estudio detallado, de la forma de realizar el servicio, describiendo ruta, horarios, personas asignadas, etc., se podr valorar hasta un mximo de 2 puntos.

    E) MEJORAS AL PLIEGO-

    Cuando el licitador presente mejoras concretas y objetivas que no se hayan especificado en este pliego, con respecto a las condiciones en que se ha de realizar el servicio, que ponderadas por los servicios tcnicos del Ayuntamiento sean valorables, por cuantificacin econmica, como un menor coste al Ayuntamiento, se podrn valorar con 0,5 puntos por cada1% de reduccin que representen sobre el presupuesto de licitacin, con un mximo de 2 puntos.

    Cuando el licitador justifique que en plantilla de la empresa seincluyen contratos de personas en riesgo de exclusin social se valorar 0,5 puntos por contrato, con un mximo de 2 puntos.

  • 32

    AYUNTAMIENTO DE BURGOS. Contratacin de la gestin de los Servicios de Atencin Domiciliaria. 2006

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Puntuacin mxima de 2 puntos contratacin por el licitador de personas pertenecientes a los colectivos con mayores dificultades de insercin, en especial los definidos como preferentes de actuacin en los Planes Nacionales de Accin para el Empleo (Parados de larga duracin, Desempleados mayores de 45 aos, Mujeres,

    Personas con alguna discapacidad), as como las personas pertenecientes a colectivos en exclusin social

    (perceptores de rentas mnimas de insercin, jvenes procedentes de instituciones de proteccin de menores,

    internos de centros penitenciarios cuya situacin penitenciaria les permita acceder a un empleo, personas

    con dependencias que se encuentren en proceso de rehabilitacin o reinsercin)

    X- FORMAS DE ADJUDICACION

    La Comisin de Valoracin Tcnica emitir un informe tcnico, respecto a las ofertas presentadas conforme al rgimen establecido en el Art. 88 del R.D.L. 2/2.000 en base a las valoraciones de los conceptos siguientes:

    a) Proyecto de organizacin y gestin - Se valorar la propuesta organizativa del licitador, teniendo en cuenta la calidad de los contenidos del Proyecto.

    Puntuacin mxima por este concepto: ...........10,00 puntos.

    b) Oferta econmica. - La rebaja en el precio ofertado respecto a los tipos de licitacin.

    Puntuacin mxima por este concepto: ........... 10, 00 puntos.

    c) Mejoras tcnicas ofertadas. - En este apartado se valorar las mejoras opcionales de los licitadores.

    Se valorar 0,50 puntos por cada mejora con un mximo por este concepto de: . ............................. 3,00 puntos

    d) Clusula Social.

    En el Lote nmero 1 ( Servicio de Ayuda a Domicilio) se valorar la existencia en la plantilla de la empresa licitadora de un nmero de trabajadores minusvlidos no inferior al 2% y previa su acreditacin en la proposicin presentada.

    En los Lotes nmero 2 y 3 ( Servicio Comida y Lavandera a Domicilio y Servicio de Respiro Familiar ) se valorar la contratacin por el licitador de personas pertenecientes a los colectivos con mayores dificultades de insercin, en especial los definidos como preferentes de actuacin en los Planes Nacionales de Accin para el Empleo (Parados de larga duracin, Desempleados mayores de 45 aos, Mujeres, Personas con alguna discapacidad), as como las personas pertenecientes a colectivos en exclusin social (perceptores de rentas mnimas de insercin, jvenes procedentes de instituciones de proteccin de menores, internos de centros penitenciarios cuya situacin penitenciaria les permita acceder a un empleo, personas con dependencias que se encuentren en proceso de rehabilitacin o reinsercin) y que intervengan directamente en la prestacin de los servicios del Lote 2 ( comida y lavandera a domicilio) y 3 ( Respiro familiar) que son objeto del concurso. Debindose acreditar mediante la presentacin de currculo y certificados correspondientes.

    Puntuacin mxima por este concepto: ...................2,00 puntos.

  • 33

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    3. CRITERIO DE OBLIGACIN o EJECUCINClusulas Sociales en la Fase Ejecucin del contrato

    Una vez efectuada la valoracin de las propuestas y adjudicado el contrato, es el momento de ejecutarlo y en esta fase tambin pueden contemplarse criterios sociales. Para ello, es imprescindible que con carcter previo se hayan fijado en los pliegos de clusulas administrativas o prescripciones tcnicas. Si no se hubiera estipulado entonces, no se podra en fase de ejecucin exigirlo al contratista.

    Aqu la clusula social forma parte del contrato y es una obligacin inherente al mismo que los licitadores por el hecho de presentar su oferta se comprometen a cumplir en fase de ejecucin. Su incumplimiento pudiera dar lugar a la rescisin del contrato y la imposicin de sanciones.

    Este criterio de obligacin, por un lado, favorece la contratacin de las empresas dedicadas a la insercin sociolaboral y, por otro, no discrimina a las dems, en la medida que no excluye la posibilidad de que el resto de empresas se comprometan de manera puntual a contratar a personas con dificultades de acceso al empleo para la ejecucin del contrato en cuestin.

    Pueden formularse diversas obligaciones:

    Exigir la contratacin de un porcentaje de personas en situacin de exclusin o reservar un determinado nmero de puestos de trabajo al efecto

    Disponer de una tcnico de acompaamiento sociolaboral

    Diseo y ejecucin de un proyecto de insercin, emisin de informes sociolaborales

  • 34

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    LEY 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pblico

    Artculo 102. Condiciones especiales de ejecucin del contrato.

    1. Los rganos de contratacin podrn establecer condiciones especiales en relacin con la ejecucin del contrato, siempre que sean compatibles con el derecho comunitario y se indiquen en el anuncio de licitacin y en el pliego o en el contrato. Estas condiciones de ejecucin podrn referirse, en especial, a consideraciones de tipo medioambiental o a consideraciones de tipo social, con el fin de promover el empleo de personas con dificultades particulares de insercin en el mercado laboral, eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en dicho mercado, combatir el paro, favorecer la formacin en el lugar de trabajo, u otras finalidades que se establezcan con referencia a la estrategia coordinada para el empleo, definida en el artculo 125 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, o garantizar el respeto a los derechos laborales bsicos a lo largo de la cadena de produccin mediante la exigencia del cumplimiento de

    las Convenciones fundamentales de la Organizacin Internacional del Trabajo.

    2. Los pliegos o el contrato podrn establecer penalidades, conforme a lo prevenido en el artculo 196.1, para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecucin, o atribuirles el carcter de obligaciones

    contractuales esenciales a los efectos sealados en el artculo 206.g). Cuando el incumplimiento de estas condiciones no se tipifique como causa de resolucin del contrato, el mismo podr ser considerado en los pliegos o en el contrato, en los trminos que se establezcan reglamentariamente, como infraccin grave a los efectos establecidos en el artculo 49.2.e).

    Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre procedimientos de adjudicacin de los contratos pblicos

    Artculo 26. Condiciones de ejecucin del contrato.

    Los poderes adjudicadores podrn exigir condiciones especiales en relacin con la ejecucin del contratosiempre que stas sean compatibles con el Derecho comunitario y se indiquen en el anuncio de licitacin o en el pliego de condiciones. Las condiciones en que se ejecute un contrato podrn referirse, en especial, a consideraciones de tipo

    social y medioambiental.

  • 35

    GENERALITAT DE CATALUA. ADIGSA, empresa pblica del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda. Licitacin de las obras de rehabilitacin y mantenimiento de vivienda pblica. Programa Posat a Punt. 1997-2005

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    Reserva de puestos de trabajo.

    La empresa adjudicataria debe

    reservar un nmero de puestos de trabajo para

    trabajadores que provengan de

    servicios sociales y realizar un itinerario

    de insercin individual.

    La clusula social se incorpora como una exigencia obligatoria

    en la fase de ejecucin del

    contrato.

  • 36

    EMPRESA PBLICA DE SUELO DE ANDALUCA (EPSA). Contratacin de las obras de construccin de 106 viviendas de proteccin oficial en la barriada de Crdenas, Huelva. 2001

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    1. - Aspectos Generales

    La entidad o persona ofertante habr de acreditar en forma suficiente, y a juicio de la mesa de contratacin, el cumplimiento del Proyecto de Insercin Sociolaboral que se adjunta al Proyecto de Edificacin.

    Es objeto del citado Proyecto:

    a) La Empresa licitadora se comprometa a integrar a su plantilla de obra, como mnimo a un 30% del personal proveniente de grupos de riesgo (jvenes desempleados, mayores desempleados o parados de larga duracin, etc.).

    La insercin laboral contemplada en las presentes Bases podr realizarse mediante

    a.- la unin temporal con una Empresa de Insercin Laboral ya constituida que cumpla con los requisitos de contratacin expuestos anteriormente.

    b.- la contratacin directa de la Empresa licitadora del personal de insercin en las condiciones sealadas en los anteriores.

    2.- Condiciones de la Insercin Laboral

    Se deber acreditar que el proyecto de obra se plantea, adems, como proyecto generador de empleo para colectivos de riesgo, mediante tareas que combinen la formacin y la ocupacin, ligadas a la experiencia prctica.

    Como acreditacin anterior servir el hecho de disponer de profesional y/o profesionales dedicados a asumir las tareas de orientacin, formacin y adaptacin social y profesional de los destinatarios a quienes va dirigido el proyecto de insercin.

    Los profesionales a que se hace referencias sern como mnimo:

    - Un tcnico de insercin socio laboral, cuya funcin sea la de realizar el seguimiento de los destinatarios del programa.

    - Un tcnico de construccin, destinado a las labores de enseanza y control de los trabajos de los destinatarios del programa.

    Por parte de la Empresa Concursante, se deber elaborar un Proyecto de Insercin Especfico para la obra objeto de la subasta, que servir de valoracin por la Mesa de Contratacin, de acuerdo con el contenido del presente Pliego.

    El contenido mnimo del citado Proyecto de Insercin Especfico,adems de dar respuesta a los Aspectos Generales sealados en elpresente Pliego, deber:

    a.- Sealar los criterios de acompaamiento de los trabajadoresdurante el proceso de ejecucin de las obras.

    b.- Sealar los mecanismos de enseanza tcnica que se utilizarn por la Empresa para los trabajadores a insertar.

    c.- Indicar los tcnicos que se pondrn a disposicin del Proyecto de Insercin Especfico.

    La entidad solicitante deber acreditar el cumplimiento de un Proyecto de Insercin

    Sociolaboral, que recoja la incorporacin de un 30% del personal proveniente de grupos de riesgo (jvenes desempleados, mayores desempleados o

    parados de larga duracin, etc.) y disponer de profesionales dedicados a asumir las tareas de

    orientacin, formacin y adaptacin social y profesional.

  • 37

    AYUNTAMIENTO DE GETAFE (Madrid). Obra para la Remodelacin de Zonas Verdes en el Barrio El Casar. 1997

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    El licitador deber cumplir las siguientes condiciones:

    - Cumplimiento de los objetivos de carcter social

    contemplados en el proyecto,

    - Seguimiento individual y grupal de los 5 trabajadores que ocupan los puestos de

    insercin.

    Preferencia a empresas de insercin que desarrollen

    proyectos sociolaborales y realicen actividades

    formativas facilitadoras de la integracin de personas en

    dificultad social.

    3. CONDICIONES DEL LICITADOR

    En cuanto a las obras, el licitador deber cumplir las condiciones que sealan los pliegos de condiciones administrativas particulares y tcnicas.

    En cuanto a la empresa de trnsito, adems de lo descrito en el anexo elaborado por la Coordinadora de Prevencin e Insercin Social, debe cumplir lo siguiente:

    - Hacer posible la ejecucin, gestin desarrollo y evaluacin de los trabajos.

    - Gestin de los aspectos empresariales de la propia empresa y especficamente los aspectos sociales de la misma.

    - Cumplimiento de los objetivos de carcter social contemplados en el proyecto.

    - Seguimiento individual y grupal de los 5 trabajadores que ocupan los puestos de insercin.

    10. CRITERIOS DE ADJUDICACIN

    En cuanto al proyecto de obras se tendr en cuenta la experiencia del contratista en obras similares.

    En cuanto a la empresa de insercin, se darn preferencia a aqullas que en el mbito de la economa social aporten experiencias en la gestin de Servicios Sociales Generales en colaboracin con el Ayuntamiento, as como a aquellas que desarrollen proyectos socio-laborales y realicen actividades formativas facilitadoras de la integracin de personas en dificultad social.

  • 38

    FECLEI, Federacin Castellano Leonesa de Empresas de Insercin

    MERCADO DE SERVICIOS QUE PUEDEN INCORPORAR PROYECTOS DE INSERCIN SOCIOLABORAL A TRAVS DE EMPRESAS DE INSERCIN EN CASTILLA Y LEN

    LAVANDERA Y LIMPIEZA- Lavandera - Servicios de limpieza y mantenimiento

    CONSTRUCCIN- Construccin y reformas- Rehabilitacin y mantenimiento de viviendas

    MEDIO AMBIENTE Y RECICLAJE- Gestin de puntos limpios- Recogida selectiva de residuos, ropa, papel y cartn- Recuperacin y reciclaje

    JARDINERA Y SERVICIOS DE MANTENIMIENTO- Mantenimiento de parques y jardines- Rehabilitacin de espacios naturales y riberas de ros- Mantenimiento de establecimientos y locales pblicos

    HOSTELERA- Gestin de cafeteras, bares y restaurantes- Catering y reparto de comida a domicilio

    SERVICIOS PERSONALES- Servicio de Ayuda a domicilio