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Contrato de trabajo eventual Todo contrato laboral, cualquiera sea la especialidad, se entiende celebrado por tiempo indeterminado, siendo el empleador quien debe probar que contrató a plazo fijo o en forma eventual conforme a la modalidad de la actividad, debiendo suponerse en caso contrario que el vínculo es permanente y por tiempo indeterminado. Expediente: 24098 - LINARES, JUAN BRANDANI, OSCAR ORDINARIO Fecha: 04-08-1993 Ubicación: LS093 - Fs.001 – 2º Cámara CONTRATO DE TRABAJO - A PLAZO FIJO-NATURALEZA DE LAS TAREAS Texto: Aunque hayan quedado cumplidos los recaudos formales que exige el art. 90 de la L.C.T. para la caracterización del contrato a plazo fijo, la modalidad de las tareas, apreciadas razonablemente, deben justificar la determinación del plazo de duración de la relación laboral, y, si de las pruebas rendidas surge que las actividades realizadas por la demandada son de tipo permanente y no transitorias, eventuales y/o extraordinarias, queda desvirtuada la necesidad de recurrir a la figura de la contratación a plazo fijo. Referencias Normativas Norma: Ley de Contrato de Trabajo nº: 20744 art.: 0090 Expediente: 2477 - CORRADI, ROBERTO ALFREDO CONSORCIO PúBLICO ZONA NORTE-LUCHA ANTIGRANIZO SUMARIO Fecha: 17-11-1994 Ubicación: LS013 - Fs.465 Magistrados: FARRUGIA-LORENTE-CITTADINI Tribunal: SEXTA CáMARA DEL TRABAJO CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL - OBJETO-PRUEBA Texto: El contrato de trabajo eventual se configura cuando el vínculo comienza y termina con la relación de la obra, la ejecución del acto o la prestación del servicio contratado, siendo carga del empleador demostrar claramente todos los

Contrato de Trabajo Eventual

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Apuntes sobre el trabajo eventual

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Contrato de trabajo eventualTodo contrato laboral, cualquiera sea la especialidad, se entiende celebrado por tiempo indeterminado, siendo el empleador quien debe probar que contrat a plazo fijo o en forma eventual conforme a la modalidad de la actividad, debiendo suponerse en caso contrario que el vnculo es permanente y por tiempo indeterminado.Expediente:2!"# $ %&'()E*, +,(' -)('.('&, /*0() /).&'()&/ 1ec2a: !$!#$3""4,bicacin:%*!"4 $ 1s.!!3 5 26 07mara0/'T)(T/ .E T)(-(+/ $ ( 8%(9/ 1&+/$'(T,)(%E9( .E %(* T()E(*Texto:(unque 2ayan quedado cumplidos los recaudos formales que exi:e el art. "! de la %.0.T. para la caracterizacin del contrato a plazo fijo, la modalidad de las tareas, apreciadas razonablemente, deben justificar la determinacin del plazo de duracin de larelacin laboral, y, si de las pruebas rendidas sur:e que las actividades realizadas por la demandada son de tipo permanente y no transitorias, eventuales y;o extraordinarias, queda desvirtuada la necesidad de recurrir a la fi:ura de la contratacin a plazo fijo.)eferencias 'ormativas'orma: %ey de 0ontrato de Trabajo n6: 2!< art.: !!"! Expediente:2/)(0&/ E /T)/* ?&@F'E9 E G(?'E) *.).%. /).&'()&/ 1ec2a: 2!$3!$3""B,bicacin:.ato no suministrado por el Tribunal@a:istrados:0(@8E%%/'E$*(%(**($0('/ Tribunal: 8)&@E)( 07@()( .E% T)(-(+/(unque la proveedora de servicios se encuentra reconocida como intermediaria, si provey personal para tareas continuas y normales no eventuales ni temporales debe asumir la responsabilidad solidaria por el deber de dar ocupacin de la empresa destinaria y el derec2o que tena el actor de se:uir siendo empleado Harts.