Control y Erradicación de Las Enfermedades de Los Peces

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  • I Congreso Iberoamericano Virtual de Acuicultura 459

    CIVA 2002 (http://www.civa2002.org), 459-474

    Implementacin eficaz de una estrategia en el control y erradicacin de las enfermedades de los peces: el modelo de Aragn (Espaa)

    Imanol Ruiz Zarzuela1, Ignacio de Blas Giral1, Jos Luis Clavero Villacampa2, Jos Luis Muzquiz Moracho1

    1 Laboratorio de Ictiopatologa, Facultad de Veterinaria, Universidad de Zaragoza (Espaa)

    2 Direccin General del Medio Natural, Diputacin General de Aragn (Espaa)

    Resumen

    La instauracin de una estrategia de control de enfermedades de los peces pasa por la promulgacin de una legislacin especfica, la elaboracin de un listado de las enfermedades ms importantes, la aplicacin de procedimientos de inspeccin y control de estas enfermedades, la disponibilidad de una reglamentacin relativa a la importacin/exportacin de peces y sus productos, as como al movimiento y transporte entre los diferentes pases, el establecimiento de medidas de cuarentena, el diseo de planes de emergencia frente a un foco de enfermedad y la puesta en prctica de medidas profilcticas de carcter higinico-sanitario. Como consecuencia de la aplicacin de esta estrategia la Decisin 1999/513/CE establece la lista de zonas espaolas autorizadas con relacin a la Necrosis Hematopoytica Infecciosa (NHI) y a la Septicemia Hemorrgica Viral (SHV), en la que se incluye Aragn.

    Summary

    Effective implementation of a strategy in the control and eradication of fish diseases: the model of Aragon (Spain) A successful strategy of control of fish diseases depends on the promulgation of a specific legislation, the production of a list with most important diseases, the application of procedures of inspection and control of these diseases, the availability of a regulation relative to import/export of fishes and their products, as well as to the movement and transport among the different countries, the establishment of measurements of quarantine, the design of emergency plans against an outbreak and the putting in practice of prophylactic measurements. As consequence of the application of this strategy the Decision 1999/513/EC establishes the list of authorized zones of Spain in relation to the Infectious Haematopoietic Necrosis (IHN) and to the Viral Haemorrhagic Septicaemia (VHS), in which Aragon is included.

    Introduccin

    Al igual que en otras especies animales de produccin intensiva, los principales problemas sanitarios que afectan a los organismos acuticos, se atribuyen a una amplia variedad de agentes patgenos que comprenden bacterias, virus, parsitos y hongos. La naturaleza de estos procesos, no slo depende del hospedador (especie cultivada) o de la capacidad de difusin del agente patgeno, en la mayora de los casos se ve tambin amplificada por la presencia de otros factores de distinto tipo: climtico y/o medioambiental (calidad de agua), nutricional, gentico e higinico-sanitario (manejo), que condicionan el desarrollo y estado de salud general, as como su posterior evolucin en el tiempo.

    La prevencin o reduccin del riesgo de tales desequilibrios evitan graves prdidas econmicas para el sector, ya que minimizan la proliferacin y diseminacin de las enfermedades. Con todo ello, un plan preventivo capaz de garantizar un estado de ptimo de salud, no slo para las especies cultivadas sino tambin para la ictiofauna salvaje, ntimamente relacionada, deber tener en cuenta los siguientes aspectos, que pasaremos a exponer de forma detallada en apartados sucesivos:

    1. Marco jurdico especfico y regulador, tanto al nivel nacional como internacional, 2. Listado de aquellas enfermedades ms importantes 3. Procedimientos de inspeccin y control de estas enfermedades

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    4. Reglamentacin relativa a la importacin/exportacin de peces y/o productos derivados destinados al consumo humano, as como al movimiento y transporte entre los diferentes pases

    5. Medidas de cuarentena 6. Planes de emergencia frente a un foco de enfermedad 7. Medidas profilcticas de carcter higinico-sanitario.

    En este trabajo pretendemos abordar de forma prctica la estrategia general seguida a nivel europeo y espaol para el control y erradicacin de las enfermedades de los peces, y la implantacin especfica de alguna de estas medidas en el mbito de la Comunidad Autnoma de Aragn.

    Aragn es una regin situada estratgicamente en el cuadrante noreste de Espaa (figura 1) con un territorio de ms de 47 500 km2 (superior a Dinamarca, Holanda o Suiza) que es nexo natural entre dos de los ejes clave de desarrollo europeos: el Eje Atlntico y el Eje Mediterrneo (1).

    Figura 1 Situacin geogrfica y orografa de Aragn

    Hay que destacar que es una de las regin espaola de menor densidad poblacional (25 hab/km2) llegando a 13 y 10 hab/km 2 respectivamente en las provincias de Huesca y Teruel.

    Se trata de una regin interior (sin litoral marino) que se caracteriza por tres grandes estructuras geolgicas: dos grandes cadenas montaosas (Pirineos y Sistema Ibrico), con cotas mximas de 3 404 metros y 2 024 metros sobre el nivel del mar respectivamente y una depresin central (Valle del Ebro) con una altura media de 200 metros sobre le nivel del mar.

    Esta especial orografa hace que las temperaturas sean muy variables y extremas (por debajo de 0C en invierno en toda la regin, y superando los 35C en verano en la parte baja del Valle del Ebro) unido a una pluviometra baja (incluso inferior a 300 mm/m2 anuales).

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    La red hidrogrfica est constituida fundamentalmente por la parte central de la cuenca del ro Ebro, cabeceras de las cuencas de los ros Tajo, Guadalaviar-Turia y Mijares. En el territorio aragons y con excepcin del ro Ebro (el ms caudaloso de la Pennsula Ibrica), se trata de ros de rgimen mediterrneo (de caudal irregular y alimentacin pluvionival) (figura 2).

    Figura 2 Cuenca hidrogrfica de Aragn

    Por la especial climatologa y orografa de la regin se ha realizado la regulacin artificial de los caudales lo que ha originado un elevado nmero de embalses, sobre todo en la zona pirenaica y en el propio ro (1).

    Las especies cultivadas en Aragn son fundamentalmente la trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss) y la trucha comn (Salmo trutta), siendo esta ltima dedicada a la repoblacin de ros y embalses.

    1. Marco Jurdico

    La acuicultura constituye un sector econmico de gran relevancia en el mundo, y como no, tambin en la Unin Europea que presenta una capacidad poltica y de regulacin muy especfica. En teora no existen controles ni fronteras y, stos se realizan nicamente en origen y bajo la responsabilidad de la administracin del pas donde se halla la explotacin, ya que uno de los pilares de la Poltica Agraria Comunitaria (PAC) como unidad de mercado es la armonizacin de una reglamentacin sanitaria y/o veterinaria, para que los productos ganaderos puedan circular libremente en todos los pases encuadrados en la Unin.

    En el caso de la acuicultura con frecuencia los focos de enfermedades transmisibles se pueden atribuir al traslado de animales acuticos y a su introduccin en nuevas zonas, libres de enfermedad.

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    Por lo tanto la prevencin y control de estas enfermedades requieren unas prcticas de gestin adecuadas, apoyadas por un marco jurdico capaz de legislar y evitar la introduccin y propagacin de las mismas o, luchar contra las ya existentes.

    Para ello las disposiciones legales deben incluir una serie de elementos indispensables, muchos de las cuales ya han sido referidos en la introduccin de este trabajo y sern tratados con ms extensin en apartados posteriores:

    Objetivos prioritarios de lucha: la legislacin debe incluir de forma especfica una lista de enfermedades de declaracin obligatoria, que debe incluir aquellas enfermedades exticas cuyo impacto sanitario y econmico fuera crtico para el sector y por lo que es necesario evitar su aparicin en la Unin Europea, y las enfermedades presentes en cada regin que se pretenden controlar y erradicar con el fin de minimizar riesgos para la salud pblica, reducir el impacto econmico de las mismas y mejorar la competitividad del sector.

    Mantenimiento status sanitario de exencin de enfermedades: con el fin de mantener la incidencia nula de las enfermedades de declaracin obligatoria ausentes en la regin, as como otras de inters local, se establecern diversas medidas para impedir la introduccin y difusin de los patgenos en una regin determinada, entre las que hay que tener en cuenta las aplicables a la importacin y exportacin tanto de animales vivos como de aquellos productos derivados, destinados al consumo humano, el establecimiento de protocolos de inspeccin, control y prevencin sanitaria (basados en el diagnstico para la deteccin de patgeno), la realizacin de cuarentenas, la regulacin del transporte de animales (mediante la expedicin de Guas sanitarias) y la adopcin de medidas de prevencin sobre la introduccin de especies alctonas (por el riesgo implcito de introduccin de enfermedades que conllevan y el posible impacto ecolgico negativo que pudieran tener sobre el medio).

    Control y erradicacin de procesos: con respecto a aquellas enfermedades presentes en una determinada regin las medidas previamente citadas contribuirn a reducir la incidencia y prevalencia de la enfermedad, as como la realizacin de diagnsticos sistemticos (para conocer la evolucin de la incidencia y prevalencia de la enfermedad), implantacin de medidas encaminadas al saneamiento y desinfeccin de instalaciones, equipos, personal, tratamiento de aguas, as como la promulgacin de una Legislacin sobre el uso indiscriminado, fabricacin y distribucin de agentes teraputicos y profilcticos, que permitan la correcta y eficaz aplicacin de estos productos para reducir las prdidas econmicas derivadas de la enfermedad.

    Hay que poner de manifiesto que cualquier sistema de prevencin y control de enfermedades precisa obligatoriamente de una normativa legal y de una autoridad competente (Administracin Veterinaria) que la respalde y se ocupe de su cumplimiento.

    En la actualidad aparecen como documentos fundamentales el Cdigo Sanitario Internacional (2) y el Manual de Diagnstico de las Enfermedades de los animales acuticos (3) de la Oficina Internacional de Epizootas (OIE), reconocido como documento de referencia por la Organizacin Mundial del Comercio (OMC) (4), as como numerosas Directivas y Reglamentos de la Comisin Europea (5, 6 y 7) y del Estado Espaol (8 y 9). En este sentido, existen otras organizaciones de carcter internacional, como la Organizacin de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentacin (FAO) y la Red de Centros de Acuicultura en la Regin de Asia y Pacfico (NACA), que estn elaborando las directrices necesarias para la gestin, control y prevencin de las principales enfermedades de los animales acuticos en estas zonas.

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    Finalmente, no hemos de olvidar la necesidad de la implicacin de las Administraciones nacionales, regionales e incluso del propio sector para garantizar el estricto cumplimiento de la legislacin establecida.

    2. Lista de enfermedades

    Paralelamente al desarrollo de la acuicultura y a su intensificacin en el cultivo industrial, se ha observado la aparicin de diversas enfermedades, algunas ya conocidas desde antao y otras de reciente aparicin, asociadas al tipo de cultivo en animales que hasta este momento se encontraba en vida silvestre.

    La legislacin actual, a travs de la Directiva del Consejo Europeo 91/67/CE (5) y en su defecto, la transposicin de la misma en el Real Decreto 1882/94 (8), relativa a las condiciones de polica sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y productos de la acuicultura (Anexo A) as como del Cdigo Sanitario In ternacional de la OIE (2), establecen una serie de enfermedades transmisibles, cuya clasificacin est basada fundamentalmente en un punto de vista socioeconmico y/o sanitario con graves repercusiones tanto en el comercio nacional como internacional (Tablas I y II).

    Tabla I Enfermedades de declaracin obligatoria segn Directiva 91/67/CE (7) y Real Decreto 1882/94 (9)

    Enfermedades Agente etiolgico Especies sensibles

    Lista I

    Anemia Infecciosa del Salmn

    Ortomyxovirus Salmn del Atlntico (Salmo salar)

    Lista II

    Septicemia Hemorrgica Viral

    Rhabdovirus Salmnidos Tmalo (Thymallus thymallus) Rodaballo (Scophthalmus maximus) Lucio (Esox lucius)

    Necrosis Hematopoytica Infecciosa

    Lisavirus Salmnidos

    Bonamiosis Bonamia ostreae Ostra plana (Ostrea edulis)

    Marteiliosis Marteilia refringens, Marteilia spp

    Ostra plana (Ostrea edulis)

    Lista III

    Necrosis Pancretica Infecciosa

    Birnavirus Salmnidos

    Viremia Primaveral de la Carpa

    Rhabdovirus Ciprnidos

    Enfermedad Renal Bacteriana

    Renibacterium salmoninarum

    Salmnidos

    Forunculosis Aeromonas salmonicida

    Salmnidos

    Enfermedad de Boca Roja Yersinia ruckeri Salmnidos Anguila (Anguilla anguilla) Rodaballo (Scophthalmus maximus)

    Girodactilosis Gyrodactilus salaris Salmnidos

    Afanomicosis (peste de cangrejo de ro)

    Aphanomyces astaci Cangrejo autctono (Austrapotamobius pallipes) Cangrejo seal (Pacifastacus leniusculus) Cangrejo americano (Procambarus clarkii)

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    Tabla II Enfermedades de declaracin obligatoria a la OIE (2)

    Enfermedades Agente etiolgico

    Enf. de los peces

    Necrosis Hematopoytica Epizotica Iridovirus

    Necrosis Hematopoytica Infecciosa Lisavirus

    Herpesvirosis del salmn masou Herpesvirus tipo 2

    Viremia Primaveral de la Carpa Rhabdovirus

    Septicemia Hemorrgica Viral Rhabdovirus

    Enf. de los moluscos

    Bonamiosis Bonamia exitiosus Bonamia ostreae Mikrocytos roughleyi

    Enfermedad MSX Haplosporidium nelsoni

    Marteiliosis Marteilia refringens Marteilia sydneyi

    Microcitosis Mikrocytos mackini

    Perkinsosis Perkinsus marinus Perkinsus olseni /atlanticus

    Enf. de los crustceos Sndrome de Taura Picornavirus Enfermedad de las manchas blancas (White Spot) Whispovirus Enfermedad de la cabeza amarilla (Yellow head) ssRNA (Coronavirus?)

    Hay que destacar tambin la presencia de otras patologas emergentes que, si bien algunas no se hallan incluidas en ninguna lista, estn causando importantes prdidas en pases de nuestro entorno y su aparicin en el mbito nacional supone una amenaza para el sector (Tablas III y IV) .

    Tabla III Enfermedades emergentes

    Enfermedades Agente etiolgico Especies sensibles

    Estreptococosis Lactococcus garviae Streptococcus iniae Vagococcus salmoninarum .

    Salmnidos Rodaballo (Scophthalmus maximus)

    Sndrome del alevn Flavobacterium psychrophilum Trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss)

    Aeromoniasis Aeromonas mviles Salmnidos Ciprnidos Anguila (Anguilla anguilla)

    Piscirickettiosis Piscirickettsia salmonis Salmnidos

    Encefalopata de la lubina Nodavirus Rodaballo (Scophthalmus maximus) Lubina (Dicentrarchus labrax)

    Linfocistis Iridovirus Salmnidos Dorada (Sparus aurata)

    Herpesvirosis de la ostra Herpesvirus Ostra

    Haplosporidiosis Haplosporidium nelsoni Moluscos

    Perkinsosis Perkinsus sp. Moluscos (almejas)

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    Tabla IV Otras enfermedades importantes segn la OIE (2)

    Enfermedades Agente etiolgico

    Enf. de los peces

    Virosis del bagre de canal Herpesvirus de Ictaluridae tipo 1

    Encefalopata y retinopata virales Nodavirus

    Necrosis Pancretica Infecciosa Birnavirus

    Anemia Infecciosa del Salmn Ortomyxovirus

    Sndrome Ulcerante Epizotico Aphanomyces invadans

    Renibacteriosis Renibacterium salmoninarum

    Septicemia entrica del bagre Edwardsiella ictaluri

    Piscirickettsiosis Piscirickettsia salmonis

    Girodactilosis Gyrodactylus salaris

    Iridovirosis de la dorada japonesa Iridovirus

    Iridovirosis del esturin blanco. Iridovirus

    Enf. de los moluscos

    Enfermedad SSO Haplosporidium costale

    Sndrome de marchitamiento de las orejas de mar (Haliotis spp.)

    Candidatus xenohaliotis californiensis

    Enf. de los crustceos

    Baculovirosis tetradrica Baculovirus penaei

    Baculovirosis esfrica Baculovirus de tipo Penaeus monodon

    Necrosis Hipodrmica y Hematopoytica Infecciosa

    Parvovirus

    Plaga del cangrejo de ro (Afanomicosis)

    Aphanomyces astaci

    Virosis mortal de los genitores DNA ( ~parvovirus)

    3. Medidas de inspeccin, control y certificacin: Polica Sanitaria

    Es imprescindible contar con una serie de sistemas eficaces de vigilancia y seguimiento de las principales enfermedades que afectan a los organismos acuticos, estableciendo de esta forma, pases, regiones e incluso zonas, libres de una determinada enfermedad.

    La epidemiologa en este sentido, se constituye como una de las herramientas de trabajo imprescindibles, tanto en el control sanitario (metodologa de recogida de muestras para deteccin del patgeno) como en el diseo de pruebas experimentales y posterior anlisis de resultados, facilitando de esta manera el conocimiento de status sanitario establecido en los objetivos y su evolucin en el tiempo. Dichas tareas exigen un profundo conocimiento de los mecanismos de transmisin y/o de los posibles reservorios de un determinado agente patgeno (epidemiologa cualitativa), as como de aquellos factores asociados a su presentacin (epidemiologa cuantitativa).

    La inspeccin y toma de muestras deben de ser realizadas por personal capacitado y totalmente independiente al propio sector con una cierta frecuencia controlando todas

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    aquellas unidades encaminadas a la produccin, poniendo especial nfasis en aquellos animales o huevos nuevos en la explotacin.

    Una vez establecidos estos objetivos es necesario contar con una infraestructura mnima que incluya la presencia de personal cualificado y laboratorios competentes as como todos aquellos estamentos responsables de la gestin sanitaria.

    Algunos autores (10) sugieren una serie de elementos esenciales para que un programa de control y prevencin pueda funcionar:

    Sistema para la Declaracin Obligatoria de aquellas enfermedades de mayor trascendencia, detectadas por personal sanitario (Veterinarios) y sealadas a la Autoridad Competente mediante la articulacin de los oportunos mecanismos.

    Programa sanitario (vigilancia epidemiolgica), ya sea mbito nacional o regional, que comprenda tanto el examen de especies susceptibles de enfermedad (en explotaciones y medio natural), como de los principales reservorios (portadores asintomticos), a fin de recabar la mayor informacin sobre la aparicin, no slo de la enfermedad, sino del agente patgeno.

    Laboratorios de Diagnstico competentes en las labores de deteccin del patgeno y diagnstico de la enfermedad, que se caractericen por su fiabilidad y rapidez en el procesado de las muestras, y que preferentemente gocen de reconocimiento oficial.

    Registro de todas las explotaciones existentes (nacional y/o regional)

    Base de datos del registro de las enfermedades existentes, que faciliten posteriormente la identificacin de stas, estableciendo zonas o explotaciones libres de enfermedad, y que condicionen las restricciones en el movimiento de los animales entre estas zonas.

    Plan de de emergencia en el que figuren las medidas a adoptar ante la aparicin de focos de enfermedad y los mecanismos de indemnizacin a las explotaciones afectadas.

    En este sentido, conscientes de la problemtica existente en el control y prevencin de las enfermedades del medio acutico y, basndonos en la legislacin vigente, desde el Laboratorio de Ictiopatologa de la Facultad de Veterinaria de la Universidad Zaragoza hemos desarrollado y potenciado la implantacin de un modelo de Asociacin de Defensa Sanitaria Acucola (ADSA) que se presenta como la unidad de trabajo fundamental que, apoyada en las estrategias de seguimiento y vigilancia epidemiolgica sea capaz de controlar las poblaciones pisccolas, tanto de produccin industrial como de vida silvestre (cuencas) y de la Carta de Identificacin Sanitaria como herramienta legal que respalde las estrategias de control implementadas.

    Para ello, la actuacin de la ADSA se basa en el trabajo coordinado y estructurado de los siguientes elementos:

    Veterinarios de campo: son los responsables de la adecuada recogida de muestras e informacin de todos aquellos datos epidemiolgicos y de calidad del medio as, como de realizar el asesoramiento tcnico a los productores, la Administracin Pblica y otros agentes implicados para establecer las medidas de control, tratamiento y prevencin de enfermedades dentro del marco legal vigente.

    Laboratorio de Referencia Autorizado para las enfermedades de los peces, donde se realizan las pruebas diagnsticas oficiales para la deteccin de los patgenos incluidos en las listas de referencia, as como del desarrollo y puesta a punto de tcnicas alternativas que aumenten la sensibilidad y especificidad del diagnstico, y

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    sobre todo reduzcan el tiempo de diagnstico. Sobre el personal del Laboratorio recaen las labores de organizacin, anlisis e interpretacin de la informacin epidemiolgica generada durante la toma de muestras, seguimiento de la evolucin de los procesos y difusin de la informacin a todos los elementos participantes.

    Organismo Oficial competente de la Comunidad Autnoma, quien en colaboracin con los veterinarios de campo determinar y coordinar las medidas de actuacin, frente a las enfermedades instauradas, as como de los programas de prevencin y control frente a aquellas enfermedades emergentes de posible aparicin.

    Carta de Identidad Sanitaria, se constituye como el documento oficial donde se recoge la analtica realizada y los resultados obtenidos, destacando las enfermedades de mayor significacin, con el fin de acreditar oficialmente el status sanitario de las explotaciones.

    Actualmente y debido al xito obtenido, este modelo se ha extendido desde la Comunidad Autnoma de Aragn a otras Comunidades limtrofes como Navarra, La Rioja y Catalua, con resultado satisfactorio.

    4. Importacin y movimientos de animales

    La aparicin y difusin de enfermedades entre los distintos pases y regiones, generalmente esta relacionada con el movimiento y traslado de animales acuticos y productos derivados. Algunas enfermedades como la Bonamiosis, Afanomicosis y la Necrosis Hematopoytica Infecciosa fueron propagadas a partir de transacciones comerciales, causando graves prdidas al sector. Por ello, la limitacin de la importacin/exportacin de organismos acuticos vivos y/o gametos se hacen necesarios, acompaados por un certificado sanitario vlido a todos los efectos.

    El intercambio comercial lleva implcito la actividad del transporte, cuya reglamentacin debe permitir orientar los desplazamientos segn itinerarios evitando las regiones afectadas por determinados problemas sanitarios. Este tipo de reglamentacin tambin debe estipular aquellos procedimientos adecuados para la desinfeccin de camiones o contenedores, equipos, renovacin del agua, etc.

    En la actualidad se trabaja activamente en establecer los mecanismos oportunos que permitan el estricto cumplimiento de la legislacin vigente.

    5. Establecimiento de cuarentenas

    El cumplimiento de las medidas previamente citadas no garantiza un proteccin completa contra la entrada de patgenos por lo que se hace preciso establecer durante un tiempo prudencial una serie de medidas de cuarentena que permitan aislar adecuadamente los nuevos animales introducidos en la explotacin impidiendo que entren en contacto (directamente o a travs del agua) con la poblacin existente as como efectuar su eventual sacrificio en caso de desarrollo de un proceso patolgico en este periodo.

    Estas medidas pese a las dificultades que plantean se hacen necesarias principalmente en la importacin de larvas o gametos, por lo que desde el ADSA se ha potenciado la concienciacin del sector sobre la necesidad de implantar este tipo de prcticas.

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    6. Elaboracin de planes de emergencia

    Consiste bsicamente en la definicin reglamentaria de las medidas que se han de adoptar cuando se detecta y se confirma una determinada enfermedad de declaracin obligatoria, y es uno de los aspectos legales ms importantes en la lucha y prevencin de las mismas. En funcin de la clasificacin y tipo de enfermedad la legislacin actual establece, a travs de la Directiva 93/53/CE (11) y de la Decisin 92/532/CE (5) incorporadas ambas en el Real Decreto 1488/94 (8), mtodos de diagnstico rpidos, restriccin en el transporte de animales, tratamientos de aguas, sacrificio sanitario total o parcial seguido por medidas de desinfeccin general y vaciado sanitario de la/s explotacion/es implicadas.

    7. Medidas profilcticas de carcter higinico-sanitario

    El objetivo de estas medidas es la prevencin y control de enfermedades existentes a travs de distintas estrategias bsicas como son la induccin de inmunidad en la poblacin (a travs de la vacunacin) y la desinfeccin sistemtica de instalaciones y utensilios. Adems hay que considerar la aplicacin de otras estrategias complementarias.

    1. Profilaxis vacunal

    La inmunoprofilaxis y su correcta utilizacin constituyen una de las herramientas de prevencin directa ms eficaces para luchar contra aquellas enfermedades infecciosas ms graves. La aparicin de un foco infeccioso lleva consigo una alta mortalidad y un incremento en los costes derivados de los tratamientos medicamentosos, por tanto las vacunas favorecen la bioproduccin de los ecosistemas acuticos.

    La vacunacin se basa en que algunos antgenos expresados por patgenos son capaces de inducir una respuesta inmune especfica, respuesta que no siempre es capaz de conferir proteccin al hospedador, y por lo tanto es necesario que para que una vacuna induzca una determinada respuesta inmune, los antgenos especficos, tambin denominados como antgenos protectores, sean capaces de bloquear e inhibir la habilidad del patgeno para invadir y/o proliferar en el organismo hospedador o bien destruirlo directamente. Por tanto, no basta con demostrar la posibilidad de inducir una respuesta protectora frente a un bioagresor para obtener en la prctica una vacuna til en el campo, deber tambin responder a algunas exigencias antes de su comercializacin entre las que podemos sealar:

    - Largos periodos de proteccin - Demostrada inocuidad y efectividad - Bajo coste - Fcil administracin - Presencia de sustancias adyuvantes

    Finalmente, es necesario recordar que para el desarrollo ptimo de una vacuna es imprescindible tambin establecer e identificar el factor de virulencia (agente patgeno) y los mecanismos de respuesta del hospedador (a nivel celular y humoral). Adems, la induccin del sistema inmune debe ser optimizada de tal forma que los peces vacunados sean capaces de desarrollar mecanismos de proteccin inmune contra el agente patgeno. Actualmente tras numerosos estudios se ha podido establecer la relacin entre aquellos parmetros especficos de la respuesta inmune y la proteccin que pueden inducir las vacunas. Por otra parte, factores tan importantes como la temperatura, va de

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    administracin, dosis, estacionalidad y el estado inmunolgico del pez, pueden influir tambin en la induccin de una determinada respuesta inmune y por tanto en el proceso de vacunacin.

    Las vacunas pueden ser clasificadas en funcin de la va de inmunizacin y de la naturaleza de las mismas.

    La va de administracin es el punto clave para la utilizacin de una vacuna desde el punto de vista prctico. Los peces pueden ser inmunizados por tres vas:

    - Inyeccin (intraperitoneal) - Inmersin o bao (solucin determinada) - Oral (piensos compuestos)

    En la actualidad las tcnicas de inoculacin e inmersin estn bien desarrolladas y se aplican a nivel industrial, sobre todo en la produccin intensiva de salmnidos, alcanzando resultados ptimos (especialmente frente a la boca roja). No obstante, los mecanismos de captacin y presentacin de los antgenos no estn muy claros en el caso de la inmunizacin por inmersin.

    En la vacunacin oral, las investigaciones se han centrado en la proteccin del inmungeno de los procesos de digestin, mediante la estimulacin del tejido de la porcin anterior del intestino o mediante la encapsulacin del mismo.

    Desde el punto de vista de su naturaleza, podemos distinguir los siguientes tipos de vacunas:

    Vacunas inactivadas o bacterinas: consisten en los agentes patgenos inactivados con formol o mediante calor. Constituyen vacunas que apenas presentan efectos secundarios abarcando un amplio espectro de serotipos. Hasta la fecha la mayor parte de este tipo de vacunas ha sido realizada frente a procesos bacterianos (boca roja, forunculosis y vibriosis), aunque se estn consiguiendo algunos avances frente a algunos procesos vricos (Necrosis Hematopoytica Infecciosa y Viremia Primaveral de la Carpa).

    Vacunas vivas o atenuadas: En este caso se utilizan agentes con su patogenicidad atenuada pero que an conservan un alto poder virulento, lo que facilita la diseminacin del antgeno a toda la poblacin, disminuyendo los costes y nmero de dosis empleadas (y la consiguiente reduccin del estrs de los animales inducido por el manejo). Como principales desventajas destacan el riesgo de una difusin incontrolada del patgeno en el medio acutico (poblaciones salvajes) y su posible reversin hacia la patogenia.

    Vacunas DNA-recombinantes (inmunizacin gentica): Durante los ltimos aos las investigaciones se han centrado en la produccin de antgenos de proteccin mediante el uso de DNA recombinante "Vacunas recombinantes", facilitando la estimulacin de la respuesta inmune celular. Se ha observado a nivel experimental que glicoprotenas virales responsables de la Septicemia Hemorrgica Viral y Necrosis Hematopoytica Infecciosa, expresadas en E. coli y cepas atenuadas de A. salmonicida, son capaces de inducir una respuesta inmune moderada en trucha arco iris expresada mediante la neutralizacin de anticuerpos (12, 13 y 14). Sin embargo actualmente slo existe una vacuna recombinante en el mercado frente al virus de la Necrosis Pancretica Infecciosa.

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    Por ltimo hay que comentar la utilizacin de vacunas polivalentes versus monovalentes, ya que se ha observado que el sistema inmune de los peces se haya menos diversificado que el de los mamferos, y las vacunas polivalentes han presentado una mayor capacidad de induccin de la respuesta inmune que las vacunas monovalentes. De esta forma se ha establecido que vacunas con antgenos de Vibrio anguillarum, Vibrio salmonicida y Aeromonas salmonicida han dado mayores niveles de proteccin frente al proceso de la Forunculosis que, aquellas vacunas monovalentes empleadas frente a este proceso. Esto puede deberse a la existencia de reacciones cruzadas entre Vibrio y Aeromonas salmonicida.

    2. Profilaxis higinico-sanitaria

    Debido a la dificultad que plantea tanto la utilizacin como el nmero de quimioterpicos autorizados y de vacunas eficaces, la lucha frente a determinados procesos infecciosos se centra principalmente en un exhaustivo control higinico-sanitario que evite la aparicin y proliferacin de patologas.

    Con objeto de prevenir las principales enfermedades que afectan a la acuicultura, no slo debemos tener en cuenta la realizacin de un perfecto manejo y gestin de la instalacin sino tambin la instauracin de un sistema exhaustivo de desinfeccin de equipos y material, estanques y del personal presente en la explotacin. A su vez, todas aquellas unidades de produccin debern estar perfectamente definidas y con funcionalidad autnoma y propia.

    A modo de resumen, se debern tener en cuenta los siguientes aspectos:

    Huevos: deben proceder de explotaciones o zonas libres de enfermedad. Como medida preventiva adicional debern desinfectarse con compuestos iodforos a su llegada al laboratorio.

    Peces: al igual que en el caso de los huevos deben proceder de zonas o explotaciones libres. Lo ideal es mantenerlos en cuarentena y separados del resto de animales en distintos estanques, empleando material diferente para su manejo.

    Personal: debern desinfectar el equipo de trabajo preferentemente despus de su uso o al menos una vez a la semana. La ropa empleada por estos debe ser utilizada exclusivamente en el lugar de trabajo. Toda persona ajena a la explotacin deber emplear calzas desechables o bien realizar la desinfeccin del calzado propio, tanto a la entrada como a la salida de la misma. As mismo, en ningn caso deber tener contacto con el agua o cualquier unidad de produccin. Si ello fuera necesario debern utilizar guantes de ltex desechables o desinfectar las manos.

    Vehculos: se debe realizar una desinfeccin exhaus tiva de las ruedas a la entrada y salida de la explotacin, as como del interior y exterior de las cubas de transporte y de todos los accesorios.

    Estanques: en el momento de vaciarlos tienen que ser desinfectados y limpiados con los productos adecuados aplicados a las concentraciones indicadas por el fabricante. Adems se recomienda que los estanques cuenten con redes o mallas de proteccin para evitar la entrada de aves/mamferos ictifagos como posibles portadores de enfermedad.

    Retirada de muertos: tambin es necesario la eliminacin diaria de todos aquellos peces muertos, y no slo durante el transcurso de un foco infeccioso, anotndose la mortalidad registrada. De esta forma evitaremos que los agentes patgenos puedan multiplicarse en los cadveres hasta alcanzar concentraciones elevadas.

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    Otras consideraciones ha tener en cuenta son que en la medida de lo posible cada uno de los estanques deber mantenerse aislado y los animales clasificados en funcin del tamao y que hay que garantizar buena calidad de agua fundamentalmente en el laboratorio, cuya fuente debe proceder preferentemente de manantiales o pozos cuyas aguas no hallan estado en contacto con otras poblaciones cticas.

    Los mtodos de desinfeccin de las instalaciones pisccolas estarn en funcin del tamao y tipo de explotacin y de los materiales y zonas a desinfectar. stos debern ser limpiados previamente, eliminando la materia orgnica existente. Los mtodos utilizados con mayor frecuencia quedan expuestos en la tabla V.

    Tabla V Mtodos de desinfeccin recomendados por la OIE (2 y 3)

    Mtodos Fsicos Indicaciones Modo de empleo Observaciones

    Desecacin, luz Agentes patgenos sobre estanques de tierra

    18 C : 30-90 das Puede ser reducido por el uso de desinfectantes

    Calor seco Patgenos sobre estanques de cemento o plstico

    Soplete, lanzallamas

    Calor hmedo Tanques de transporte Vapor a 100 C : 5 Dosis letal mnima

    Virus y bacterias 5 mJ/cm 2

    Mixosporidios en el agua 35 mJ/cm 2

    Rayos Ultravioletas

    Virus NPI en el agua 125 mJ/cm2

    Mtodos Qumicos Indicaciones Modo de empleo Observaciones

    Agentes patgenos, manos 1 mg/l : 1 Amonios cuaternarios Bacteriosis branquiales,

    superficies. 2 mg/l : 15

    Virus NPI resistente -

    Ozono Esterilizacin fuentes de agua 1 mg/l : 1 Tcnica muy cara

    Agentes patgenos - Recomendaciones de uso

    Manos y superficies - Recomendaciones de uso

    Huevos embrionados 100 mg/l : 10 (pH 6-8) -

    Estanques - Recomendaciones de uso

    Iodforos

    Gametos 25 mg/l ; 1-2 h -

    Ectoparsitos 150-200 mg/l : 30 Renovacin de agua Formalina

    Equipos - Recomendaciones de uso

    Ectoparsitos, Myxobacterias - Recomendaciones de uso Cloramina T Equipos - Recomendaciones de uso

    Agentes patgenos, aguas 30 mg Cl/l Renovacin de agua o neutralizar con tiosulfato

    sdico

    Hipoclorito sdico

    Equipos, manos - Renovacin de agua o neutralizar con tiosulfato

    sdico

    Mixobacteriosis, hongos 2-4 mg/l : 30 Oxigenacin forzada Cloruro de Benzalconio Equipos - Recomendaciones de uso

    Cal viva Estanques - Altamente corrosivo

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    A travs de la ADSA se gestionan las diversas subvenciones y ayudas destinadas a financiar este tipo de actuaciones en la explotaciones de la Comunidad Autnoma, as como a asesorar a los productores en los distintos aspectos relativos con la correcta aplicacin de las mismas.

    3. Otras medidas complementarias

    La aplicacin de las medidas anteriores no siempre es factible por lo que se hace preciso recurrir a estrategias de control complementarias.

    La mejora gentica de las especies es hoy en da una de las lneas de trabajo ms importante. La seleccin de animales en funcin de la resistencia a determinadas enfermedades, puede conducir a una mayor rentabilidad de las explotaciones.

    Adems es importante valorar todas aquellas medidas orientadas a reducir el estrs de los animales que pueda comprometer el estado inmune de los animales y/o aumentar la susceptibilidad de los mismos a padecer enfermedades: reduccin de la densidad de poblacin, separacin por sexos, optimizar la calidad del agua (oxgeno disuelto, pH, temperatura,) aunque hay que valorar la rentabilidad econmica de la implementacin de estas medidas.

    Por otra parte la administracin de antibiticos con carcter profilctico es una estrategia que ha sido relegada en la Unin Europea por motivos legales y hay que indicar que incluso la utilizacin de quimioterpicos en peces con carcter teraputico es una prctica bastante restringida lo que obliga a buscar soluciones alternativas. Entre estas alternativas se encuentran la aplicacin de productos inmunoestimulantes o la utilizacin de probiticos.

    Conclusiones

    El status de Zona Continental Autorizada constituye la figura legal creada por la Unin Europea para reconocer que un determinado territorio est exento de ciertas enfermedades de los peces, una vez cumplidas una larga serie de disposiciones oficiales existentes en la legislacin vigente. En Aragn, se vena actuando en este sentido desde el ao 1985 y con el fin de conocer el estado sanitario de sus explotaciones se realizaron diversos estudios que tuvieron continuidad en las cuencas fluviales aragonesas y con la designacin del Laboratorio Autorizado para las enfermedades de los peces, ubicado en la Facultad de Veterinaria de Zaragoza, motivos por los cuales Aragn es reconocida en este sentido como Zona Autorizada por razones histricas.

    As con la publicacin en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas de 28 de julio de 1999 de la Decisin de la Comisin 1999/513 (15), se establece la lista de zonas espaolas autorizadas con relacin a la Necrosis Hematopoytica Infecciosa (NHI) y, a la Septicemia Hemorrgica Viral (SHV), en la que se incluye la Comunidad Autnoma de Aragn. De esta forma finaliza un largo proceso por el que se reconoce su status sanitario a la acuicultura continental aragonesa.

    La trascendencia de la consecucin de este status sanitario hecho y las consecuencias y repercusin que el mismo tiene en el futuro, tanto desde un punto de vista zoosanitario como socioeconmico, supone alcanzar en los diferentes mercados europeos una situacin altamente ventajosa, debido fundamentalmente a que aquellos productos procedentes de la acuicultura aragonesa evitan las barreras sanitarias impuestas desde la Unin Europea y

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    pueden defender el status sanitario conseguido por medio de medidas restrictivas frente a la entrada de peces vivos, huevos o gametos.

    No obstante lo ms importante es que con las infraestructuras y dinmicas conseguidas dentro del sector (el Laboratorio de Ictiopatologa y la puesta en marcha de la ADSA) el mantenimiento de estos niveles sanitarios e incluso su aumento es algo que est a nuestro alcance lo que aadido a la voluntad de la Administracin Autonmica en ahondar y desarrollar el marco normativo del sector, podemos concluir que la situacin actual de la acuicultura en Aragn denota un alto grado de modernizacin y una evolucin muy positiva, tanto en lo referente a su capacidad tcnico-sanitaria como normativa y organizativa (16).

    Referencias 1. GOBIERNO DE ARAGN. La Geografa en

    Aragn. 1997. URL: http://www.aragob.es/ pre/cido/geo.htm

    2. OFICINA INTERNACIONAL DE EPIZOOTAS (OIE). Cdigo Internacional para los Animales Acuticos . OIE Fish Disease Commision. Paris. France. 2001. URL: http://www.oie.int/ esp/normes/fcode/E_summry.htm

    3. OFICINA INTERNACIONAL DE EPIZOOTAS (OIE). Diagnostic Manual for Aquatic Diseases . OIE Fish Disease Commision. Paris. France. 2000. URL: http://www.oie.int/ esp/normes/fmanual/A_summry.htm

    4. ORGANIZACIN MUNDIAL DEL COMERIO (OMC). Comunicado de prensa. 1998. URL: http://www. wto.org/spanish/news_s/ pres98_s/pr099_s.htm

    5. COMISIN EUROPEA. Decisin 92/532 , de 19 de noviembre de 1992, por la que se establecen los planes de muestreo y mtodos de diagnstico para la deteccin y confirmacin de determinadas enfer-medades de los peces. Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE) L 337, de 21 de noviembre de 1992

    6. COMISIN EUROPEA. Decisin 2001/183, de 22 de febrero de 2001, por la que se establecen los planes de muestreo y los mtodos de diagnstico para la deteccin y confirmacin de determinadas enferme-dades de los peces y se deroga la Decisin 92/532/CEE. Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE) L 67, de 9 de marzo de 2001. URL: http://europa.eu.int/eur-lex/pri/es/oj/dat/ 2001/l_067/l_06720010309es00650076.pdf

    7. CONSEJO DE EUROPA . Directiva 91/67 de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de polica sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y productos de la

    acuicultura. Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE) L 46, de 19 de febrero de 1991

    8. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIN (MAPA). Real Decreto 1488/1994, de 1 de julio, por el que se establecen medidas mnimas de lucha contra determinadas enfermedades de los peces . Boletn Oficial del Estado (BOE), n 227 de 22 de septiem bre de 1994. URL: http://aquatic.unizar.es/leyes/R1488a94.htm

    9. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIN (MAPA). Real Decreto 1882/1994, de 16 de septiembre, por el que se establece las condiciones de sanidad animal aplicables a la puesta en el mercad o de animales y productos de la acuicultura. Boletn Oficial del Estado (BOE), n 249 de 18 de octubre de 1994

    10. Shepherd CJ, Bromage NR. Piscicultura intensiva. Acribia S.A. Zaragoza. 1999

    11. COMISIN EUROPEA . Directiva 93/53 de 24 de junio de 1993, por la que se establece medidas comunitarias mnimasde lucha contra determinadas enfermedades de los peces. Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE) L 175, 19 julio 1993

    12. FERNNDEZ -ALONSO M, ESTEPA A, COLL JM. Vacunas DNA en Acuicultura. Revista AquaTIC, 1998:4. URL: http://aquatic. unizar.es/N1/art401/DNA_VAC.htm

    13. ROCHA A, COLL JM. Investigacin actual en vacunas para la acuicultura. Revista AquaTIC, 2000;11. URL: http://aquatic. unizar.es /N3/art1106/vacunas.htm

    14. GUDDING R, LILLEHAUG A, EVENSEN O. Recent developments in fish vaccinology. Vet. Inmunol. Inmunopathol. 1999;72:203 -212

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    15. COMISIN EUROPEA . Decisin 1999/513 de 9 de julio que modifica la Decisin 98/361/CE por la que se establece la lista de zonas espaolas autorizadas con relacin a la necrosis hematopoytica infecciosa y a la septicemia hemorrgica viral. Diario Oficial de las Comunicades Europeas (DOCE) L 195/39, de 28 de julio de 1999

    16. RUIZ I, CLAVERO JL, DE BLAS I. La Comunidad Autnoma de Aragn: Zona Autorizada por razones histricas con relacin a la Septicemia Hemorrgica Viral y la Necrosis Hematopoytica Infecciosa.

    Revista AquaTIC, 1999; 8. URL: http://aquatic.unizar.es/N2/art803/zonas.htm

    17. DE K INKELIN P, M ICHEL CH, GHITTINO P. Tratado de las enfermedades de los peces. Acribia SA. Zaragoza. 1991

    18. AUSTIN B, AUSTIN DA. Bacterial Fish Pathogens. Disease of Farmed and Wild Fish. Praxis Publishing Ltd, Chichester. England. 1999

    19. THORBURN MA. Variables associated with the use of chemotherapeutic agents on trout farms in Ontario, Canada. Preventive Veterinary Medicine. 1995;24:1-14