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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, sábado 29 de octubre de 2011 452447 AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO PODER EJECUTIVO AGRICULTURA R.M. Nº 0438-2011-AG.- Designan representantes del Ministerio ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales Olmos Tinajones, Chavimochic, Alto Mayo, y Huallaga Central y Bajo Mayo 452449 CULTURA R.M. Nº 429-2011-MC.- Dan por concluida designación y encargan funciones de Directora General de la Ocina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 452449 DEFENSA RR.MM. Nºs. 1089, 1090 y 1091-2011-DE/SG.- Autorizan el ingreso a territorio peruano de personal militar de la República Popular China y EE.UU. 452449 ECONOMIA Y FINANZAS R.M. Nº 758-2011-EF/10.- Aceptan renuncia y designan representante del Ministerio ante la Comisión Ad Hoc a que se reere la Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo 452451 R.M. Nº 764-2011-EF/15.- Aprueban los índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2011 a aplicar a los Gobiernos Locales, Regionales y Universidades Nacionales 452451 R.M. Nº 765-2011-EF/43.- Aprueban el “Procedimiento para Emitir Opinión sobre Raticación de Vocales del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas” 452452 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Res. Nº 090-2011-CONADIS/PRE.- Designan funcionario responsable de brindar información pública solicitada ante CONADIS, en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 452452 PRODUCE R.M. N° 303-2011-PRODUCE.- Autorizan el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) 452453 R.J. Nº 324-2011-FONDEPES/J.- Aceptan renuncia y designan Secretaria General del FONDEPES 452457 RELACIONES EXTERIORES RR.MM. Nºs. 1030, 1031, 1032, 1033 y 1035/RE-2011.- Autorizan viajes de funcionarios a EE.UU., Argentina, Portugal y Venezuela, en comisión de servicios 452458 R.M. Nº 1034/RE-2011.- Designan delegación que participará en pasantía a realizarse en Argentina 452460 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RR.MM. Nºs. 765 y 767-2011-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y Chile, en comisión de servicios 452461 R.VM. Nº 938-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a Inversiones Yerupaja E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Aguaytía, departamento de Ucayali 452463 R.VM. Nº 939-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Bambamarca - Hualgayoc, departamento de Cajamarca 452465 R.VM. Nº 941-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión por televisión comercial en la localidad de Iberia, departamento de Madre de Dios 452466 R.D. Nº 3559-2011-MTC/15.- Autorizan a Trading American International S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el departamento de Ica 452468 R.D. Nº 3641-2011-MTC/15.- Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Corporación Jove Andina Ingenieros S.A.C. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir de la clase A categoría I en la ciudad de Tacna 452469 R.D. Nº 3727-2011-MTC/15.- Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Brevetes Perú Alfa y Omega E.I.R.L. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir de la clase A categoría I, en la ciudad de Lima 452470 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. Nº 254-2011/SUNAT.- Modican la Res.N° 210-2004/ SUNAT, que aprobó las disposiciones reglamentarias del D. Leg. N° 943 452471 Res. Nº 257-2011/SUNAT.- Designan y excluyen agentes de retención del Impuesto General a las Ventas 452472 Res. Nº 163 3M0000/2011-000211.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo 452472 Sumario Año XXVIII - Nº 11583

Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica · 2013. 4. 11. · R.A. Nº 139-2011-DA/MDB.- Aprueban Directiva sobre Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria de la

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  • NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe

    FUNDADOEN 1825 POR

    EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011

    452447

    AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA

    R.M. Nº 0438-2011-AG.- Designan representantes del Ministerio ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales Olmos Tinajones, Chavimochic, Alto Mayo, y Huallaga Central y Bajo Mayo 452449

    CULTURA

    R.M. Nº 429-2011-MC.- Dan por concluida designación y encargan funciones de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 452449

    DEFENSA

    RR.MM. Nºs. 1089, 1090 y 1091-2011-DE/SG.- Autorizan el ingreso a territorio peruano de personal militar de la República Popular China y EE.UU. 452449

    ECONOMIA Y FINANZAS

    R.M. Nº 758-2011-EF/10.- Aceptan renuncia y designan representante del Ministerio ante la Comisión Ad Hoc a que se refi ere la Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo 452451R.M. Nº 764-2011-EF/15.- Aprueban los índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2011 a aplicar a los Gobiernos Locales, Regionales y Universidades Nacionales 452451R.M. Nº 765-2011-EF/43.- Aprueban el “Procedimiento para Emitir Opinión sobre Ratifi cación de Vocales del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas” 452452

    MUJER Y

    DESARROLLO SOCIAL

    Res. Nº 090-2011-CONADIS/PRE.- Designan funcionario responsable de brindar información pública solicitada ante CONADIS, en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 452452

    PRODUCE

    R.M. N° 303-2011-PRODUCE.- Autorizan el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) 452453R.J. Nº 324-2011-FONDEPES/J.- Aceptan renuncia y designan Secretaria General del FONDEPES 452457

    RELACIONES EXTERIORES

    RR.MM. Nºs. 1030, 1031, 1032, 1033 y 1035/RE-2011.- Autorizan viajes de funcionarios a EE.UU., Argentina, Portugal y Venezuela, en comisión de servicios 452458R.M. Nº 1034/RE-2011.- Designan delegación que participará en pasantía a realizarse en Argentina 452460

    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    RR.MM. Nºs. 765 y 767-2011-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y Chile, en comisión de servicios 452461R.VM. Nº 938-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a Inversiones Yerupaja E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Aguaytía, departamento de Ucayali 452463R.VM. Nº 939-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Bambamarca - Hualgayoc, departamento de Cajamarca 452465R.VM. Nº 941-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión por televisión comercial en la localidad de Iberia, departamento de Madre de Dios 452466R.D. Nº 3559-2011-MTC/15.- Autorizan a Trading American International S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el departamento de Ica 452468R.D. Nº 3641-2011-MTC/15.- Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Corporación Jove Andina Ingenieros S.A.C. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir de la clase A categoría I en la ciudad de Tacna 452469R.D. Nº 3727-2011-MTC/15.- Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Brevetes Perú Alfa y Omega E.I.R.L. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir de la clase A categoría I, en la ciudad de Lima 452470

    ORGANISMOS EJECUTORES

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

    ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Res. Nº 254-2011/SUNAT.- Modifi can la Res.N° 210-2004/SUNAT, que aprobó las disposiciones reglamentarias del D. Leg. N° 943 452471Res. Nº 257-2011/SUNAT.- Designan y excluyen agentes de retención del Impuesto General a las Ventas 452472Res. Nº 163 3M0000/2011-000211.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo 452472

    Sumario

    Año XXVIII - Nº 11583

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011452448

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    INSTITUTO GEOLOGICO

    MINERO METALURGICO

    Res. Nº 158-2011-INGEMMET/PCD.- Asignan montos recaudados por pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros, así como por pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia en la formulación de petitorios mineros correspondiente al mes de setiembre 452473

    PODER JUDICIAL

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Adm. Nº 873-2011-P-CSJLI/PJ.- Reconforman el Colegiado de la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de Lima 452479Fe de Erratas Res.Adm Nº 847-2011-P-CSJLI/PJ. 452480

    ORGANOS AUTONOMOS

    CONTRALORIA GENERAL

    Res. Nº 309-2011-CG.- Modifi can las Normas de Auditoría Gubernamental - NAGU 452480Res. Nº 310-2011-CG.- Aprueban Estructura de Cargos Clasifi cados, el Cuadro para Asignación de Personal y determinan Cargos de Confi anza de la Contraloría General de la República 452486

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

    SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. Nº 10276-2011.- Autorizan la inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 452486Res. Nº 10816-2011.- Autorizan a Financiera Universal S.A. la apertura de una agencia ubicada en el departamento de Lima 452487

    UNIVERSIDADES

    Res. Nº 05580-R-11.- Ratifi can la Res. N° 581-D-FII-11 de la Facultad de Ingeniería Industrial de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos 452487

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

    Res. Nº 191-2011-GRA/PR-GGR.- Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el Sector Quebrada la Caleta de la provincia de Caravelí 452488Res. Nº 197-2011-GRA/PR-GGR.- Rectifi can error material contenido en la Res. N° 138-2010-GRA/PR-GGR referente a la inscripción de terreno en primera de dominio a favor del Estado 452489

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

    Acuerdo Nº 1148.- Ratifi can procedimientos administrativos, servicios brindados en exclusividad y derechos de trámite aprobados por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador 452489

    MUNICIPALIDAD DE BREÑA

    R.A. Nº 139-2011-DA/MDB.- Aprueban Directiva sobre Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria de la Municipalidad 452490

    MUNICIPALIDAD DE

    PUEBLO LIBRE

    D.A. Nº 12-2011-MPL.- Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 373-MPL que incentiva la actualización y regularización de la información predial de los contribuyentes del distrito 452490

    MUNICIPALIDAD DE

    PUNTA HERMOSA

    Ordenanza Nº 201-2011-MDPH.- Establecen normas sobre prevención y control de ruidos molestos en el distrito 452491

    MUNICIPALIDAD DE

    VILLA EL SALVADOR

    Ordenanza Nº 237-MVES.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador 452494

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD

    DE LA PERLA

    Ordenanza Nº 019-2011-MDLP.- Aprueban prórroga de los arbitrios municipales para el ejercicio 2012 452500

    PROYECTO

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

    SERVICIOS DE SANEAMIENTO

    Res. Nº 048-2011-SUNASS-CD.- Proyecto de Resolución que aprueba Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que aplicará la EPS Grau S.A. en el próximo quinquenio así como los costos máximos de unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales que presta a usuarios 452505

    SEPARATAS ESPECIALES

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

    INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

    Fe de Erratas Res. Nº 188-2011-OS/CD 452504

    ORGANISMO SUPERIOR DE LA INVERSION

    EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE

    DE USO PUBLICO

    Res.Nº 050-2011-CD-OSITRAN.- Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de Lima Airport Partners S.R.L.” 452428Res.Nº 051-2011-CD-OSITRAN.- Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de Aeropuertos del Perú - ADP 452440

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 29 de octubre de 2011 452449

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA

    Designan representantes del Ministerio ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales Olmos Tinajones, Chavimochic, Alto Mayo y Huallaga Central y Bajo Mayo

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0438-2011-AG

    Lima, 27 de octubre de 2011CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 0381-2011-AG, se

    dejó sin efecto, entre otras, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0047, 0175, 0288, 0290-2011-AG, mediante las cuales se designaron a los representantes del Ministerio de Agricultura ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales Olmos Tinajones, Chavimochic, Alto Mayo, y Huallaga Central y Bajo Mayo, respectivamente;

    Que, en ese sentido corresponde designar a los representantes del Ministerio de Agricultura ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales referidos;

    De conformidad, con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización de Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;

    SE RESUELVE:Artículo 1º.- Consejo Directivo del Proyecto

    Especial Olmos Tinajones Designar, a partir de la fecha, al señor Segundo

    Valdemar Carbajal Fanso, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Olmos Tinajones.

    Artículo 2º.- Consejo Directivo del Proyecto Chavimochic

    Designar, a partir de la fecha, a los señores Alex Joel Castillo Bazán y Luis Adelmer Pizan Flores, como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Chavimochic.

    Artículo 3º.- Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Mayo

    Designar, a partir de la fecha, al señor Jacinto Ramos Araujo, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Alto Mayo.

    Artículo 4º.- Consejo Directivo del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo

    Designar, a partir de la fecha, a los señores Javier Choy Reátegui y Robert López López, como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL CAILLAUX ZAZZALIMinistro de Agricultura

    709938-1

    CULTURA

    Dan por concluida designación y encargan funciones de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 429-2011-MC

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 311-2011-MC, se designó al señor Ángel Marín Lozada en el cargo de confi anza de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura;

    Que, se estima por conveniente dar por concluida la referida designación y encargar las funciones del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

    SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del

    señor Ángel Marín Lozada en el cargo de confi anza de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados.

    Artículo 2º.- Encargar a la señora Vilma Jacqueline Calderón Vigo las funciones de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA BACA DE LA COLINAMinistra de Cultura

    710305-1

    DEFENSA

    Autorizan el ingreso a territorio peruano de personal militar de los EE.UU. y la República Popular China

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1089-2011-DE/SG

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsímiles (DSD) Nº 659 de fecha 27 de setiembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

    Que, personal militar de los Estados Unidos de América, realizará una visita de evaluación de los helicópteros MI-17, BELL 212, en coordinación con la Fuerza Aérea del Perú;

    Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y,

    Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856;

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011452450

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, entre el 31 de octubre hasta el 15 de noviembre 2011, para realizar una visita de evaluación de los helicópteros MI-17, BELL 212, en coordinación con la Fuerza Aérea del Perú:

    1. Teniente Coronel, Shawn Adkins2. Mayor, David Bruton3. Mayor, Kevin Fischer4. Capitán, Dennis Trutwin5. Capitán, Graydon Muller6. Capitán, Matt Doberman7. Técnico, Maikel Figueroa-Jimenez8. Técnico, Juan Ospina9. Sargento, Omar Rodriguez10. Sargento, Jason Rushing11. Sargento, John Campbell12. Sargento, Clint Grizell

    Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    DANIEL MORA ZEVALLOSMinistro de Defensa

    710334-1

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1090-2011-DE/SG

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsímil (DSD) Nº 726 de fecha 21 de octubre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Popular China, sin armas de guerra;

    Que, el señor General de Ejército de la República Popular China, miembro del Buró Político del Partido Comunista de China y Vicepresidente del Comité Militar Central, acompañado de personal militar de dicho país, realizará una visita Ofi cial al Ministro de Defensa y autoridades militares del Sector;

    Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y,

    Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de la República Popular China, detallado a continuación, para realizar una

    visita Ofi cial al señor Ministro de Defensa y autoridades militares del Sector, del 01 al 03 de noviembre de 2011:

    1.- GENERAL DE EJERCITO GUO BOXIONG2.- GENERAL DE DIVISION WEI FENGHE3.- GENERAL DE EJERCITO LI CHANGCAI4.- GENERAL DE EJERCITO LI SHIMING5.- GENERAL DE DIVISION WEI LIANG6.- VICEALMIRANTE DU JINGCHEN7.- MAYOR GENERAL YI XIAOGUANG8.- GENERAL DE BRIGADA QIAN LIHUA9.- GENERAL DE BRIGADA XU LINPING10.- GENERAL DE BRIGADA JIANG YONG11.- CORONEL SUPERIOR MEI MINGYOU12.- CORONEL SUPERIOR YANG XUELUN13.- CORONEL SUPERIOR HUANG XUEPING14.- CORONEL SUPERIOR LIU DEXIANG15.- CORONEL DE EJERCITO CHEN FENGSI16.- CORONEL DE EJERCITO HU FAN17.- CORONEL DE EJERCITO LAI ZHIMING18.- TENIENTE CORONEL REN GUOQIANG19.- MAYOR DE EJERCITO LI REN20.- TENIENTE DE EJERCITO XING YANG

    Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    DANIEL MORA ZEVALLOSMinistro de Defensa

    710374-1

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1091-2011-DE/SG

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsímil (DSD) Nº 693 de fecha 7 de octubre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

    Que, personal militar de los Estados Unidos de América, realizará una inspección fi nal a los proyectos ejecutados en el marco del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP); asi como visitar diversos proyectos futuros de construcción a realizarse con fondos del citado programa;

    Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y

    Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de los Estados Unidos de América, Mayor, David Woodruff, para realizar una visita a futuros proyectos de construcción, a realizarse

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 29 de octubre de 2011 452451

    con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP), asi como inspeccionar los proyectos ejecutados, a partir del 30 de octubre al 20 de noviembre 2011.

    Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    DANIEL MORA ZEVALLOSMinistro de Defensa

    710374-2

    ECONOMIA Y FINANZAS

    Aceptan renuncia y designan representante del Ministerio ante la Comisión Ad Hoc a que se refiere la Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 758-2011-EF/10

    Lima, 26 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero

    del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, se conformó una Comisión Ad Hoc que efectuará todos los procedimientos y procesos que sean necesarios para cumplir con lo establecido en el dispositivo antes mencionado;

    Que, mediante Resolución Ministerial N° 007-2011-EF/10, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 275-2011-EF/10, 571-2011-EF/10 y 719-2011-EF/10 se designó a los representantes de la Comisión Ad Hoc a que se hace referencia en el considerando precedente;

    Que, la señorita María del Carmen Rivera Pérez ha formulado renuncia como miembro de la Comisión Ad Hoc, a que se refi ere la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, por lo que resulta necesario aceptar la misma y designar al funcionario que ocupará dicho cargo;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas;

    SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita

    María del Carmen Rivera Pérez como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Comisión Ad Hoc, a que se refi ere la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, dándosele las gracias por los servicios prestados.

    Artículo 2°.- Designar al señor Juan Manuel Echevarria Arellano como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Comisión Ad Hoc, a que se refi ere la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo.

    Artículo 3°.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 007-2011-EF/10, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 275-2011-EF/10, 571-2011-EF/10 y 719-2011-EF/10.

    Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), a la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), y a los interesados para los fi nes pertinentes.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

    709522-1

    Aprueban los índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2011 a aplicar a los Gobiernos Locales, Regionales y Universidades Nacionales

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 764-2011-EF/15

    Lima, 28 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modifi cada por las Leyes Nº 28323 y Nº 29788, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización;

    Que, el numeral 2.1 del artículo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos;

    Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera;

    Que, el numeral 16.5 del artículo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, dispone que por Resolución Ministerial se aprobarán los Índices de Distribución de la Regalía Minera;

    Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales de este ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;

    Que, con base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante el Ofi cio Nº 188-2011-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, según el Ofi cio Nº 148-2011-SUNAT/2C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Ofi cio Nº 0073-2010-SE-DGPU-DPIDI/ANR, la Dirección General Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera, según lo indicado en el informe Nº 030-2011-EF/64.03;

    Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera pagada en el mes de setiembre de 2011;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera y sus modifi catorias, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modifi catorias y complementarias;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2011, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del país benefi ciados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

    Artículo 2º.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2011 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8º de la Ley Nº 28258 -

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011452452

    Ley de Regalía Minera, y el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera.

    Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el artículo 1º será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

    710336-1

    Aprueban el “Procedimiento para Emitir Opinión sobre Ratificación de Vocales del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas”

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 765-2011-EF/43

    Lima, 28 de octubre de 2011

    Que, el Tribunal Fiscal es un órgano resolutivo del Ministerio de Economía y Finanzas, que constituye la última instancia administrativa a nivel nacional en materia tributaria y aduanera, el cual tiene entre sus funciones la de resolver las controversias suscitadas entre los contribuyentes y las Administraciones Tributarias;

    Que, el nombramiento del Vocal Presidente, del Vocal Administrativo y de los demás Vocales del Tribunal Fiscal es efectuado por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, de conformidad con el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modifi catorias;

    Que, asimismo el artículo 99º del mencionado Texto Único Ordenado establece que los miembros del Tribunal Fiscal serán ratifi cados cada cuatro (4) años;

    Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 097-2002-EF, para la ratifi cación de los Vocales de las Salas Especializadas del Tribunal Fiscal es necesario contar con la opinión favorable de una Comisión conformada por un representante del Ministro de Economía y Finanzas, quien la presidirá, el Presidente del Tribunal Fiscal, el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional más antigua, y el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Privada más antigua;

    Que, la citada Comisión ha elaborado el “Procedimiento para Emitir Opinión sobre Ratificación de Vocales del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas”, el cual es necesario aprobar, a fin de proceder con la ratificación de los Vocales del Tribunal Fiscal que hayan cumplido cuatro (4) o más años en el cargo;

    De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1°.- Aprobar el “Procedimiento para Emitir Opinión sobre Ratifi cación de Vocales del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas”, que forma parte integrante de la presente Resolución.

    Artículo 2°.- Publicar en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) el Procedimiento aprobado en el artículo precedente, así como la presente Resolución.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

    710573-1

    MUJER Y

    DESARROLLO SOCIAL

    Designan funcionario responsable de brindar información pública solicitada ante CONADIS, en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIANº 090-2011-CONADIS/PRE

    Lima, 28 de setiembre de 2011

    VISTOS:

    La Resolución de Presidencia Nº 043-2008-PRE/CONADIS, de fecha 06 de noviembre de 2008; el Memorando Nº 091-2011-CONADIS/PRE, de fecha 07 de septiembre de 2011; la Resolución de Presidencia Nº 083-2011-PRE/CONADIS, de fecha 07 de septiembre de 2011 y el Informe Nº 332 -2011-CONADIS/PRE, de fecha 28 de septiembre de 2011;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artículo 8 de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada por la Ley 27927 determina que las entidades públicas identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley.

    Que, considerando lo señalado, mediante Resolución Nº 043-2008-PRE/CONADIS, de fecha 06 de noviembre de 2008, se designó como funcionario responsable de brindar información solicitada ante el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad a la abogada Sandra Pilar Piro Marcos.

    Que, mediante Memorando Nº 091-2011-CONADIS/PRE, de fecha 07 de septiembre de 2011, el Despacho de la Presidencia efectuó la rotación del personal sujeto a la Contrato Administrativo de Servicios; determinándose que la abogada Sandra Pilar Piro Marcos rotará su servicio de la encargatura de la Gerencia de Asesoría Jurídica a la de apoyo profesional en la Dirección de Investigación y Registro.

    Que, mediante Resolución 083-2011-PRE/CONADIS, de fecha 07 de septiembre de 2011, se determinó la encargatura del abogado Julio César Cóndor Núñez como Gerente ( e ) de la Oficina de Asesoría Jurídica.

    Que, el mencionado personal se encuentra sujeto al Régimen Especial de Contrato Administrativo de Servicio, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1057, así como el Reglamento del Régimen Especial de Contrato Administrativo de Servicio aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2010 y modifi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011.

    Que, considerando que la abogada Sandra Pilar Piro Marcos ha sido rotada a la Dirección de Investigación y Registro de este Consejo Nacional y en atención a que el abogado Julio César Cóndor Núñez es el nuevo funcionario encargado de la Gerencia (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de este Consejo Nacional;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Nº 043-2008-PRE/CONADIS, de fecha 06 de noviembre de 2008, que designa como funcionaria responsable a la abogada Sandra Pilar Piro Marcos para que brinde información solicitada ante CONADIS.

    Artículo 2º.- Designar al abogado Julio César Cóndor Núñez como funcionario responsable de brindar información pública solicitada ante CONADIS, en cumplimiento de lo ordenado por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modifi cada por la Ley 27927.

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 29 de octubre de 2011 452453

    Articulo 3º.- Solicítesele a la Secretaría General del MIMDES poner en conocimiento de las instancias pertinentes la presente resolución para los fi nes respectivos.

    Regístrese y comuníquese y cúmplase.

    JULIO WILFREDO GUZMAN JARAPresidenteConsejo Nacional para la Integraciónde la Persona con Discapacidad

    710091-1

    PRODUCE

    Autorizan el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus)

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 303-2011-PRODUCE

    Lima, 28 de octubre de 2011

    VISTOS: Los Ofi cios Nº PCD-100-421-2011-PRODUCE/IMP del 26 de octubre del 2011 y Nº DE-100-293-2011-PRODUCE/IMP del 27 de octubre del 2011, ambos, del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el Informe Nº 998-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 27 de octubre de 2011 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 160-2011-PRODUCE/OGAJ-rzarate del 28 de octubre de 2011 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

    CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977

    - Ley General de Pesca, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

    Que, el artículo 9º del citado Decreto Ley establece que sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, el Ministerio de la Producción determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos;

    Que, el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, establece el mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracción de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) destinada al consumo humano indirecto de la región Norte-Centro del litoral, con el fi n de mejorar las condiciones para su modernización y efi ciencia, promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;

    Que, el artículo 3º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, dispone que el Ministerio de la Producción, en función de los informes científi cos que emita el IMARPE, en concordancia con la Ley General de Pesca, determinará el inicio y la conclusión de las temporadas de pesca y el Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP) que corresponde a cada una de ellas, salvo circunstancias ambientales o biológicas. En cada año calendario se determinarán dos (2) temporadas de pesca, cuya defi nición deberá ser publicada por el Ministerio de la Producción con una anticipación mínima de quince (15) días hábiles. La determinación de las temporadas de pesca y del LMTCP se hará de manera independiente para la Zona Norte - Centro y la Zona Sur;

    Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 083-2011-PRODUCE y Nº 105-2011-PRODUCE, se dio inicio

    a la primera temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), se fi jó el LMTCP y las medidas de conservación y ordenación aplicables a dicha pesquería en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16º00’ Latitud Sur, la que concluyó el 31 de julio del presente año;

    Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a través de los Ofi cios de Vistos alcanzó los informes “Estimación de la biomasa desovante de la anchoveta por el método de producción de huevos entre Paita y Punta Infi ernillos” y “Proyecciones de pesca de anchoveta en la Región Norte Centro (Semestre biológico: Octubre 2011 – marzo 2012)”, en los que señala las condiciones ambientales del medio marino, la composición de las especies, información que fue obtenida en el crucero de investigación con la fi nalidad de estimar la biomasa desovante, habiéndose cubierto el área entre Paita (05º00’S) y Punta Infi ernillos (15º00’S), a bordo del BIC Olaya y la LP/IMARPE V;

    Que, el IMARPE recomendó el inicio de la actividad extractiva de la anchoveta en la región Norte – Centro correspondiente al período de Octubre 2011 - Enero 2012, así como el establecimiento de una cuota total permisible de dos millones quinientas mil (2 500 000) toneladas; recomendando también aplicar estricta medida de control de vigilancia sobre los desembarques, descartes y la extracción de ejemplares juveniles;

    Que, en el Informe Nº 998-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, en concordancia con la evaluación realizada por el IMARPE, se considera pertinente acoger las recomendaciones que se formularon y se dé inicio a la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) destinada al consumo humano indirecto de la región Norte-Centro del litoral;

    De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE; así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la producción; y,

    Con el visado de la Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;

    SE RESUELVE:

    Inicio de la segunda temporada de pesca de la anchoveta en la región Norte-Centro

    Artículo 1º.- Autorizar el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) correspondiente al 2011, período octubre 2011 – enero 2012, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16º 00’ Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del día 23 de noviembre de 2011.

    La conclusión de la segunda temporada de pesca autorizada en el párrafo anterior será una vez alcanzada el Límite Máximo Total de Captura Permisible - LMTCP o en su defecto, ésta no podrá exceder del 31 de enero de 2012. La fecha de conclusión de la segunda temporada de pesca, podrá ampliarse o reducirse en función a las condiciones biológicas ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú - IMARPE.

    Límite Máximo Total de Captura Permisible - LMTCP

    Artículo 2º.- Establecer que el Límite Máximo Total de Captura Permisible - LMTCP del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto, correspondiente a la segunda temporada de pesca 2011, es de dos millones quinientas mil (2 500 000) toneladas para la zona de pesca prevista en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial.

    Capturas de las embarcaciones pesqueras

    Artículo 3º.- Solo podrán realizar faenas de pesca en el marco de la presente Resolución Ministerial, las

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011452454

    embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca, conforme al Límite Máximo de Captura por Embarcación - LMCE que será publicado mediante Resolución Directoral; para cuyo efecto, solo podrán efectuar sus actividades extractivas hasta que alcancen la cuota asignada en la mencionada Resolución Directoral.

    Para el cálculo del LMCE de la zona Norte - Centro se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Máximos de Captura por Embarcación aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y precisado por el Decreto Supremo Nº 010-2009-PRODUCE.

    Finalización de las actividades extractivas

    Artículo 4º.- En el caso que las capturas de la fl ota anchovetera alcancen la cuota total de captura autorizada para el presente período de pesca, se suspenderán las actividades extractivas; sin perjuicio de establecer las responsabilidades administrativas y penales de los titulares de aquellas embarcaciones que hubiesen efectuado capturas por encima del Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) asignado.

    Condiciones para el desarrollo de las actividades pesqueras

    Artículo 5º.- El desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento está sujeto a las disposiciones siguientes:

    A) Actividades Extractivas:

    a.1. Solo operarán las embarcaciones pesqueras que tengan permiso de pesca vigente para el recurso anchoveta y cuenten con la asignación de un Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE) que será publicada por Resolución Directoral; información que será actualizada en el Portal Institucional cuya dirección es www.produce.gob.pe.

    a.2. Emplear redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 milímetros).

    a.3. Efectuar operaciones de pesca fuera de las cinco (5) millas marinas de la línea de costa. Las embarcaciones, cuando se desplacen en la zona reservada de las cinco (5) millas marinas hacia la zona de pesca, deben mantener velocidad de travesía y rumbo constante. La velocidad de travesía debe ser igual o mayor a dos (2) nudos.

    Asimismo, las operaciones de pesca deberán efectuarse, cuando las islas o islotes se encuentren fuera de las cinco (5) millas marinas de la línea de costa, de conformidad con las disposiciones del Decreto Supremo Nº 024-2009-MINAM, que aprueba el establecimiento de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras.

    a.4. Efectuar solo una faena de pesca en un intervalo de veinticuatro (24) horas, comprendido entre las 8 a.m. y las 8 a.m. del día siguiente.

    a.5. Contar a bordo de la embarcación con la plataforma-baliza del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, la cual debe emitir permanentemente señales de posicionamiento satelital.

    a.6. Tener suscrito el Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de Obligaciones, a que se refi ere el artículo 6º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE.

    B) Actividades de Procesamiento de harina y aceite de pescado:

    b.1. Contar con licencia de procesamiento vigente.b.2. Tener suscrito el Convenio de Fiel y Cabal

    cumplimiento de las disposiciones contenidas en el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 591-2008-PRODUCE, así como cumplir con los compromisos previstos en el marco del citado Programa, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE.

    b.3. Tener vigente el Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de Obligaciones, a que se refi ere la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE.

    b.4. Está prohibido recibir y procesar recursos hidrobiológicos provenientes de:

    b.4.1. Embarcaciones sin permiso de pesca y de las que no cuenten con un LMCE para la zona Norte – Centro asignado, incluidas aquellas cuyos permisos estén suspendidos.

    b.4.2. Embarcaciones con permiso de pesca para recursos distintos a la anchoveta.

    b.4.3. Embarcaciones artesanales.Están exceptuados de la presente prohibición, los

    recursos decomisados que son entregados para su procesamiento por la autoridad correspondiente.

    b.5. Debe suspenderse o paralizarse la recepción de materia prima en los siguientes casos:

    b.5.1. Cuando ocurran fallas en los equipos de las unidades productivas que impidan continuar con el desarrollo normal de las actividades de procesamiento.

    b.5.2. Cuando se produzcan accidentes imprevistos en los equipos de adecuación y manejo ambiental, debiéndose adoptar de inmediato las medidas de contingencia previstas en sus Estudios de Impacto Ambiental (EIA) o del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), así como comunicar inmediatamente dicha ocurrencia a la autoridad pesquera más cercana.

    b.5.3. Cuando se registre, en la recepción de la anchoveta, la presencia de recursos costeros asociados a la actividad artesanal superior al 5% conforme a la normatividad vigente.

    Medidas de conservación de la anchoveta, especies asociadas y dependientes

    Artículo 6º.- Se prohíbe la extracción y procesamiento de ejemplares de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) con talla menor a 12 centímetros de longitud total, permitiéndose asimismo una tolerancia máxima de 10% expresada en número de ejemplares.

    Artículo 7º.- Cuando se registre ejemplares juveniles de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en porcentajes superiores a la tolerancia establecida en el artículo anterior, durante los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un período mínimo de tres (3) días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desembarques pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado.

    Artículo 8º.- Cuando se observe el ejercicio recurrente de faenas de pesca en la zona reservada de las cinco (5) millas marinas, acción que contraviene la disposición prevista en el literal a.3 del artículo 5º, podrá suspenderse las actividades extractivas de dicha zona o área geográfi ca, en aplicación del principio precautorio.

    Similar medida será adoptada cuando se registre la presencia del recurso merluza y especies costeras de consumo humano directo en las capturas de embarcaciones anchoveteras; sin perjuicio de iniciarse el procedimiento administrativo sancionador que corresponda.

    Artículo 9º.- Establecer que el porcentaje de tolerancia de pesca incidental de otros recursos en la pesca de anchoveta, es de 5% de la captura total desembarcada por embarcación, expresada en peso.

    Artículo 10º.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE está obligado a informar, a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, sobre el seguimiento de la actividad extractiva de la anchoveta y referida a las capturas diarias, capturas incidentales, esfuerzo de pesca desplegado, incidencia de juveniles, entre otros indicadores; recomendando con la prontitud del caso, las medidas de conservación que sean necesarias adoptar para garantizar el adecuado uso de los recursos pesqueros. Asimismo, informará sobre el seguimiento de los regímenes de pesca asociados al recurso anchoveta de la zona Norte - Centro del litoral nacional.

    Artículo 11º.- Los armadores pesqueros o sus representantes están obligados a brindar las facilidades para el embarque del personal del Programa de Bitácoras de Pesca a cargo del IMARPE, para la toma de información biológico-pesquera a bordo de las embarcaciones durante toda la temporada de pesca.

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 29 de octubre de 2011 452455

    Desarrollo de la actividad de consumo humano directo

    Artículo 12º.- El desarrollo de la actividad extractiva y de procesamiento del recurso anchoveta para consumo humano directo, se regirá por la normativa dispuesta en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoveta nasus) para Consumo Humano Directo, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE y las disposiciones legales vigentes que correspondan.

    Del seguimiento, control y vigilancia

    Artículo 13º.- Las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente para el recurso anchoveta, deberán observar las disposiciones previstas en el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, en el Decreto Supremo Nº 018-2004-PRODUCE, en la Resolución Ministerial Nº 411-2004-PRODUCE y en la Resolución Ministerial Nº 197-2009-PRODUCE.

    Artículo 14º.- La Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción publicará el listado de embarcaciones impedidas a efectuar el zarpe con fi nes de pesca, conforme a lo previsto en el artículo 13º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital, el cual establece que la Autoridad Marítima no otorgará zarpe a aquellas embarcaciones pesqueras que no cuenten con el equipo del SISESAT instalado a bordo y que el mismo no se encuentre operativo y emitiendo señales.

    Artículo 15º.- La vigilancia y control de las zonas de pesca se efectuarán sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital.

    Artículo 16º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, en el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás disposiciones legales aplicables.

    Disposiciones fi nales

    Artículo 17º.- Los Armadores deberán disponer las medidas necesarias para el cumplimiento del sistema de rotación de trabajadores, lo cual debe ser equitativo, objetivo y justo, conforme lo dispuesto en el artículo 46º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, el artículo

    2º del Decreto Supremo Nº 010-2009-PRODUCE y la Resolución Ministerial Nº 517-2009-PRODUCE.

    Artículo 18º.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    KURT BURNEO FARFÁNMinistro de la Producción

    Proyecciones de pesca de anchovetaen la Región Norte Centro

    (Semestre biológico : Octubre 2011 – marzo 2012)

    Antecedentes

    DesembarquesDurante el período enero al 27 de octubre 2011 se

    han extraído 4,1 millones de toneladas de anchoveta en la región norte centro (Paita – Pisco) y 0.66 millones en la región sur (Atico – Ilo).

    Mediante la R.M. Nº 105-2011-PRODUCE, se establece el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la región Norte-Centro, correspondiente a la primera temporada de pesca (abril-julio 2011), fi jando una cuota de captura de 3,675 millones de toneladas de anchoveta. El desembarque, en este período y lugar fue de 3,685 millones de toneladas

    Crucero de estimación de Biomasa desovanteDurante el período de desove de invierno-primavera

    de la anchoveta(Engraulisringens), IMARPE ha realizado el Crucero de Estimación de la Biomasa Desovantede esta especie, entre el 31 de agosto y el 6 de octubre del 2011, cubriendo el área entre Paita (05°00’S) y Punta Infi ernillos (15°00’S) a bordo del BIC Olaya y la LP/IMARPE V.

    Las condiciones ambientales encontradas, en promedio muestran un predominio de las Aguas Costeras Frías (ACF), con Anomalías Térmicas (ATSM) promedio de -0,6°C; salvo frente a Chimbote – Pimentel (fuera de la 30 mn de distancia a la costa) donde se presentaron masas de Agua Sub Tropicales Superfi ciales (ASS), ligeramente cálidas provenientes del oeste. Al norte de Pta. La Negra predominaron aguas de mezcla entre las ACF y las ASS (Fig 1.)

    Fig 1. Distribución de a) Temperatura superficial del mar, b) Anomalía térmica y c) salinidad. Cr. MPH 1108-10. BIC Olaya-IMARPE V

    a) b) c)

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011452456

    El escenario ambiental ha dado lugar a una distribución amplia de la anchoveta en la zona evaluada, especialmente entre Paita y Supe, en la cual mostró una mayor continuidad con áreas muy densas; hacia el sur de Supe (Supe-Punta Infi ernillos) su distribución fue dispersa con áreas cercanas a la costa entre Huacho-Callao y frente a Tambo de Mora, y áreas alejadas de la costa localizadas frente a Pucusana y Punta Infi ernillos, en ambos casos con características de concentración de tipo dispersa, densa y muy densa.

    La distribución latitudinal de la biomasa de anchoveta, muestra sus mayores concentraciones frente a Paita-Sechura, así como frente a Pimentel-Malabrigo.

    La distribución latitudinal de las estructuras por tamaños muestran juveniles principalmente entre Salaverry y Chimbote, así como frente a Bahía Independencia. Los grupos modales de mayor tamaño se localizaron entre Chimbote y Supe (Fig.2)

    Fig 4. Composición por tallas de anchoveta en la pesqueríade la región Norte- Centro Abr – Jul 2011

    La biomasa desovante de la anchoveta estimada por el método de Producción de Huevoses de 10,6 millones de toneladas con un sesgo de + 211 798 t. Se asume que esta estimación corresponde al 1º de octubre 2011.

    Proyecciones de pesca

    Se aplicó un modelo de Balance Poblacional, en base a longitudes, para proyectar el crecimiento de la biomasa de anchoveta durante el semestre biológico Octubre 2011 – Marzo 2012, asumiendo una tasa de mortalidad natural (M) de 0,8 y una tasa de explotación moderada de 0,35.

    El rendimiento que se podría lograr en la región Norte-Centro, entre Octubre 2011 y Marzo 2012es de 2,5 millones de toneladas, con lo que se espera obtener una biomasa remanente, al 1 de febrero,de aproximadamente 8,9 millones de toneladas de anchoveta (Fig5.)

    Fig5. Cuota según tasa de explotación y biomasa remanente noviembre 2011 – enero 2012

    El escenario actual permite reservar una biomasa remanente importante, dentro de la perspectiva del manejo de los recursos bajo el Enfoque Ecosistémico, con el objeto de facilitar la recuperación de las abundancias de otras especies cuya dieta principal es la anchoveta, y que son requeridas para el Consumo Humano Directo.

    El desove principal de invierno-primavera 2011,aunque retrasado, se viene realizando en condiciones ambientales favorables para la anchoveta.La proyección de las mismas

    7.5 8.5 9.5 10.5 11.5 12.5 13.5 14.5 15.5 16.5 17.5

    Longitud total (cm)

    1.5 %

    8.1 %

    8.2 %

    22.1 %

    0.8 %

    0.3 %

    13.6 %

    1.4 %

    3.5 %

    16.2 %

    % Juv0.0 0.5 1.0 1.5 2.0 2.5 3.0

    5º S

    7º S

    9º S

    11º S

    13º S

    15º S

    Biomasamillones de t

    Fig 2. Distribución, concentración, biomasas y estructura por tallas de anchoveta Cr. MPH 1108-10.

    La estructura poblacional de la anchoveta en la región Norte-Centro,fueunimodal, con rangos entre 8,0 y 16.5 cm de longitud total; la longitud modal se localiza en los 13,0 cm. Los juveniles sólo representan un 7,6 % en número (Fig 3.)

    0

    30000

    60000

    90000

    120000

    150000

    3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20

    Longitud total (cm)

    Nùm

    ero(M

    illon

    es) Juveniles 7,6 %

    Fig3. Estructura por tallas de anchoveta, Crucero MPH 1108-10

    La estructura de tallas de la pesquería en la región norte-centro durante la primera temporada de pesca, muestra que el grupo modal que ha soportado la extracción es el de 13,0 cm durante los 4 meses, con porcentajes de juveniles entre 7,5 y 12,5 % (Fig 4.)

    5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20

    Por

    cent

    aje

    (%)

    Longitud total (cm)

    Juv. = 12.55% Abril

    Juv. = 07.49% Mayo

    Junio

    Julio

    Juv. = 11.04%

    Juv. = 09.21%

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 29 de octubre de 2011 452457

    hacia el verano próximo indica condiciones de normales a ligeramente frías, lo que es favorable para esta especie. A la biomasa remanente se agregará el reclutamiento que genera el reciente período de desove.

    Asimismo se deberá adoptar las medidas para evitar la captura de los juvenilesque se incorporen al stock durante este período; y de esta manera garantizar una mayor disponibilidad de biomasa parental para el período de desove secundario de verano 2012.

    Se debe tomar en cuenta que las actividades extractivas se suspenderán a partir de febrero 2012 y hasta el inicio de la siguiente temporada de pesca, como medida de protección al período de desove de verano de la anchoveta. Período durante el cual IMARPE realizará el Crucero de Evaluación Hidroacústica de recursos pelágicos.

    Información de las últimas semanas sobre el proceso reproductivo en base alÍndiceGonadosomático y la Fracción Desovante, muestra que los indicadores reproductivos de la anchoveta, siguen la tendencia de los valores del patrón histórico, indicando que durante la primera semana de noviembre se encontrarían por debajo de los valores críticos del período de desove lo que indicaría la declinación del mismo (Figs 6 y 7)

    0

    1

    2

    3

    4

    5

    6

    7

    8

    9

    E-2010

    F Mr Ab MY Jn Jl Ag S O N D E-2011

    F Mr Ab MY Jn Jl Ag S O

    IGS

    (%)

    Meses

    IGS Patrón 2000-2008

    Fig 6. IndiceGonadosomático de anchoveta Norte – Centro al 26 de octubre 2011

    0

    10

    20

    30

    40

    50

    E2010

    F M A My Jn Jl Ag S O N D E2011

    F M A M Jn Jl Ag S O

    FD(%

    )

    Meses

    FD Patrón 1992 2008 FD

    Fig7. Fracción Desovante de anchoveta Norte – Centro al 26 de octubre 2011

    Conclusiones

    • De enero a octubre 2011 se ha desembarcado 4,1 millones de toneladas de anchoveta en la región Norte- Centro y 0,66 millones de toneladas en la región sur.

    • Las condiciones ambientales muestran en promedio un predominio de las Aguas Costeras Frías (ACF), con Anomalías Térmicas (ATSM)de -0,6°C; salvo frente a Chimbote – Pimentel (fuera de la 30 mn de distancia a la costa) donde se presentaron masas de Agua Sub Tropicales Superfi ciales (ASS), ligeramente cálidas provenientes del oeste. Los procesos de surgencia se vienen desarrollando en forma moderada a lo largo de toda la zona evaluada, principalmente en la zona sur donde los índices de afl oramiento y turbulencia fueron altos.

    • La distribución de la anchoveta fue extensa entre Pisco y Paita , principalmente por fuera de las 30 mn.Las mayores concentraciones se localizaron frente a Paita y entre Pimentel – Huarmey.

    • La estructura por tallas de anchoveta presentó un rango de 8,0 a 16,5 cm de longitud total con moda en 13,0

    cm. La proporción de juveniles es de 7,6 % en número.• Los juveniles se localizaron frente a Malabrigo,

    Huacho y sur de Bahia Independencia.• El desove de la anchoveta ha sido intenso durante el

    reciente período reproductivo.• La biomasa estimada en el Crucero de Estimación

    de Biomasa Desovante de Anchoveta 1108-10 fue de 10,6 millones de toneladas

    RECOMENDACIONES

    • Iniciar la actividad extractiva de anchoveta en la región Norte- Centro correspondiente al período Octubre 2011 - Enero 2012, en la primera quincena de noviembre.

    • Establecer durante este período una cuota total permisible de 2,5 millones de toneladas en la región Norte – Centro.

    • Aplicar estrictas medidas de control y vigilancia sobre los desembarques, descartes y sobre la extracción de ejemplares juveniles.

    DIRECCIÓN CIENTIFICA INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ

    710598-1

    Aceptan renuncia y designan Secretaria General del FONDEPES

    RESOLUCIÓN JEFATURALN° 324-2011-FONDEPES/J

    Lima, 28 de octubre de 2011

    VISTA: la carta de renuncia de fecha 03 de agosto de 2011, presentada por el señor CARLOS ANTONIO DE LOS MILAGROS ALBURQUERQUE FALEN; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, cuya fi nalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y fi nancieramente el desarrollo de las actividades de pesca artesanal y de acuicultura, para cuyo efecto goza de autonomía técnica, económica y académica;

    Que, mediante Resolución Jefatural No. 099-2011-FONDEPES/J del 02 de abril de 2011, se dispuso la designación como Secretario General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES;

    Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponderá el acto administrativo por el cual se acepte dicha renuncia y se designe a la persona que desempeñará el cargo de Secretario General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES;

    De conformidad a lo previsto por el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y el artículo 10° literal l) del Decreto Supremo N° 003-2010-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES;

    SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar la renuncia del señor CARLOS

    ANTONIO DE LOS MILAGROS ALBURQUERQUE FALEN, Secretario General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, dándole las gracias por los servicios prestados.

    Artículo 2°.- Designar a la señorita JÉSSYCA DIAZ VALVERDE en el cargo de Secretaria General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ROLANDO YZAZIGA CORONELJefeFondo Nacional de Desarrollo PesqueroFONDEPES

    710595-1

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011452458

    RELACIONES EXTERIORES

    Autorizan viajes de funcionarios a EE.UU., Argentina, Portugal y Venezuela, en comisión de servicios

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 1030/RE-2011

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, el Período Anual de Reuniones del APEC, incluye la realización de las reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores, la Reunión Conjunta de Ministros de Relaciones Exteriores y Comercio del APEC, la Cumbre Empresarial del APEC, la XIX Cumbre de Líderes Económicos del APEC, y una serie de reuniones bilaterales conexas de nivel Presidencial y Ministerial, del 07 al 14 de noviembre de 2011, en la ciudad de Honolulu, Estado de Hawái, Estados Unidos de América;

    Que, las citadas reuniones están orientadas a concretar los avances y materializar las decisiones en torno a los trabajos de APEC durante el año 2011 a favor del desarrollo y apertura de mercados, así como la facilitación y ampliación del comercio y la inversión en la región, con miras a incrementar una integración económica de la región Asia Pacífi co;

    Teniendo en cuenta los Memoranda (DAO) N° DAO0500/2011 y N° DAO0514/2011, de la Dirección General de Asia y Oceanía, de 12 y 17 de octubre de 2011, respectivamente; Nº PRO0481/2011, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 20 de octubre de 2011; y (OPR) N° OPR2140/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 25 de octubre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;

    De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Honolulu, Estado de Hawái, Estados Unidos de América, para que participen en las reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores, la Reunión Conjunta de Ministros de Relaciones Exteriores y Comercio del APEC, la Cumbre Empresarial del APEC, la XIX Cumbre de Líderes Económicos del APEC, y una serie de reuniones bilaterales conexas de nivel Presidencial y Ministerial, en las fechas que a continuación se detallan:

    • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola, Director General de Asia y Oceanía, del 09 al 13 de noviembre de 2011;

    • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Elard Alberto Escala Sánchez-Barreto, Director de APEC y Foros Especializados, de la Dirección General de Asia y Oceanía y Alto Funcionario del Perú ante APEC, del 07 al 13 de noviembre de 2011;

    • Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey, Director (e) de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, del 08 al 14 de noviembre de 2011;

    • Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Sandra Belmont Blondet, funcionario del Despacho Ministerial, del 10 al 13 de noviembre de 2011; y,

    • Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República Luis Guillermo Romero Aguirre, funcionario de la Dirección General de Asia y Oceanía, del 09 al 13 de noviembre de 2011.

    Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación

    de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

    Nombres y Apellidos

    PasajesClase

    EconómicaUS$

    Viáticospor día

    US$

    Númerode

    días

    Totalviáticos

    US$

    Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola 2,687.04 240.00 5+2 1,680.00

    Elard Alberto Escala Sán-chez-Barreto 2,687.04 240.00 7+2 2,160.00

    Jorge Eduardo Román Morey 2,687.04 240.00 7+2 2,160.00Sandra Belmont Blondet 2,687.04 240.00 4+2 1,440.00Luis Guillermo Romero Aguirre 2,687.04 240.00 5+2 1,680.00

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán.

    Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

    710594-1

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 1031/RE-2011

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, en el marco del Período de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA), se realizará el 50º Período Ordinario de Sesiones de la CICAD, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 02 al 04 de noviembre de 2011;

    Que, la Agenda del presente Período de Sesiones aborda importantes temas como los informes sobre la Primera Sesión del Grupo de Expertos Gubernamentales (MEM); los reportes de los Grupos de Expertos en Reducción de la Demanda, Narcotráfi co Marítimo, Sustancias Químicas y Productos Farmacéuticos; el tránsito de precursores químicos; el reporte del Grupo de Expertos en Lavado de Activos, entre otros; asimismo, se procederá a examinar a nivel plenario, los avances en el Programa COPOLAD, y el funcionamiento futuro de la CICAD, lo cual reviste particular importancia para los esfuerzos que el Gobierno realiza en el campo de la lucha contra el tráfi co ilícito de drogas y delitos conexos;

    Teniendo en cuenta los Memoranda (DGM) N° DGM1056/2011, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 20 de octubre de 2011; y (OPP) N° OPP2150/2011, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 25 de octubre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;

    De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, al Consejero en el Servicio Diplomático de la República Edgard Arturo Pérez Alván, funcionario de la Dirección de Control de Drogas, para que participe en el 50º Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA), que se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 02 al 04 de noviembre de 2011.

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 29 de octubre de 2011 452459

    Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo presentar rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

    Nombres y Apellidos

    PasajesClase

    EconómicaUS$

    Viáticospor día

    US$

    Númerode

    días

    Totalviáticos

    US$

    Edgard Arturo Pérez Alván 1,035.60 200.00 3+1 800.00

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

    Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

    710594-2

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1032/RE-2011

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, la Reunión Anual de Puntos Focales del Grupo de amigos de la Alianza de Civilizaciones, se realizará en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 02 al 05 de noviembre de 2011, en el marco del IV Foro de la Alianza de Civilizaciones;

    Que, en la citada reunión se tratarán temas como el Foro Anual de la Alianza de Civilizaciones, la planificación de las principales actividades del año 2012 de los cuatro campos de acción de la Alianza y el análisis de las actividades de los países miembros de la Alianza incluyendo mejores prácticas y lecciones aprendidas;

    Teniendo en cuenta los Memoranda (DAS) N° DAS0464/2011, de la Dirección para Asuntos Sociales, de 12 de octubre de 2011; y (OPR) N° OPR 2055/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 18 de octubre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;

    De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República María Teresa Merino de Hart, Directora de la Dirección para Asuntos Sociales, de la Dirección General de Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 02 al 05 de noviembre de 2011, para que participe en la Reunión Anual de Puntos Focales del Grupo de Amigos de la Alianza, en el marco del IV Foro de la Alianza de Civilizaciones.

    Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

    Nombres y Apellidos

    PasajesClase

    EconómicaUS$

    Viáticospor día

    US$

    Númerode

    días

    Totalviáticos

    US$

    María Teresa Merino de Hart 2,060.00 260.00 4+2 1,560.00

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá.

    Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

    710594-3

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1033/RE-2011

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, en el marco del contrato de Préstamo Nº 1836/OC-PE y el Proyecto Paso de Frontera Desaguadero (Perú-Bolivia) y Componentes Transversales, se acordó en el III Seminario Taller Binacional que se llevó a cabo el 05 de junio de 2011, entre otros, la realización de una pasantía en el Centro Unifi cado Fronterizo (CUF) Santo Tomé – San Borja, República Argentina y República Federativa del Brasil, respectivamente, por funcionarios peruanos y chilenos encargados del control integrado;

    Que, asimismo como parte de la pasantía se realizará la visita al Paso de Control Fronterizo Los Libres – Uruguayana; las citadas visitas se realizarán del 01 al 04 de noviembre de 2011;

    Teniendo en cuenta los Memoranda (DDF) N° DDF0575/2011, de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de 16 de setiembre de 2011; y (OPR) N° OPR2096/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 20 de octubre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;

    De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619 y su Reglamento, así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626;

    SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios,

    de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Buenos Aires, Santo Tomé y Los Libres, República Argentina, del 01 al 04 de noviembre de 2011, para que participen en la pasantía en el Centro Unifi cado Fronterizo (CUF) Santo Tomé – San Borja y al Paso de Control Fronterizo Los Libres – Uruguayana:

    • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Félix Ricardo Denegri Boza, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América;

    • Economista Nilo Casto Meza Monge, Coordinador General de la UCP (Unidad Coordinadora del Proyecto “Paso de Frontera Desaguadero (Perú – Bolivia) y Componentes Transversales en el Marco del Programa Pasos de Frontera Perú – IIRSA); y,

    • Economista Esther del Pilar Bellido Sánchez, funcionaria de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, especialista de la Unidad Coordinadora del Proyecto Pasos de Frontera.

    Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 40469: Acciones Complementarias Paso de Frontera

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, sábado 29 de octubre de 2011452460

    Santa Rosa, Especifi ca de Gasto 2.6.8 1.4 3 Gasto por la Contratación de Servicios y Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito Externo, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

    Endeuda-miento

    Recursos Ordinarios

    Endeuda-miento

    Endeuda-miento

    Recursos Ordinarios

    Nombres y Apellidos

    PasajePasaje

    Terrestre US$

    Viático por día

    US$

    Número de días

    Total de viáticos

    US$

    Tarifa aero-puerto

    US$

    Valor NetoUS$

    Impuesto (IGV) US$

    Félix Ricardo Denegri Boza 695.06 114.90 200.00 200.00 4+1 1,000.00 30.74

    Nilo Casto Meza Monge 695.06 114.90 200.00 200.00 4+1 1,000.00 30.74

    Esther del Pilar Bellido Sánchez

    695.06 114.90 200.00 200.00 4+1 1,000.00 30.74

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán.

    Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

    710594-4

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1035/RE-2011

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, el Gobierno de República Bolivariana de Venezuela, ejerciendo la Presidencia Pro Tempore de la Cumbre de América Latina y el Caribe (CALC), ha convocado a una Reunión de Altos Funcionarios de la Cumbre de América Latina y el Caribe (CALC), en la ciudad de Caracas, del 02 al 03 noviembre y el 04 noviembre de 2011;

    Que, la Reunión de Altos Funcionarios de la CALC tiene como objetivo el intercambio de opiniones y generar los consensos respectivos sobre los distintos documentos que se encuentran pendientes de aprobación con miras a la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Cumbre de América Latina y el Caribe, sobre Integración y Desarrollo (CALC), que se realizará en la República Bolivariana de Venezuela, del 02 al 03 de diciembre de 2011;

    Teniendo en cuenta los Memoranda (DGM) N° DGM1013/2011, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 29 de setiembre de 2011; y (OPP) N° OPP2165/2011, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 27 de octubre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;

    De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626;

    SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios,

    del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, para participar en la Reunión de Altos Funcionarios de la Cumbre de América Latina y el Caribe sobre Integración yDesarrollo (CALC), del 02 al 03 de noviembre de 2011.

    Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

    Nombres y Apellidos

    PasajesClase

    EconómicaUS$

    Viáticospor día

    US$

    Númerode

    días

    Totalviáticos

    US$

    Luis Enrique Chávez Basagoitia 989.97 200.00 2+1 600.00

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

    Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

    710594-6

    Designan delegación que participará en pasantía a realizarse en Argentina

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1034/RE-2011

    Lima, 27 de octubre de 2011

    CONSIDERANDO:

    Que, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 1836/OC-PE y el Proyecto Paso de Frontera Desaguadero (Perú-Bolivia) y Componentes Transversales, se acordó en el III Seminario Taller Binacional que se llevó a cabo el 05 de junio de 2011, entre otros, la realización de una pasantía al Centro Unificado Fronterizo (CUF) Santo Tomé - San Borja, República Argentina y República Federativa del Brasil, respectivamente, por funcionarios peruanos y chilenos encargados del control integrado;

    Que, el Paso de Frontera de Santa Rosa-Chacalluta (Perú-Chile) se encuentra en proceso de implementación del Sistema de Control Integrado, en concordancia con el Anexo Único del referido Contrato, el cual dispone, entre otros objetivos fundamentales, apoyar acciones dirigidas a implementar el sistema de control integrado, promover convergencias normativas, la capacitación de operadores de transporte terrestre, funcionarios públicos y usuarios del paso de frontera, en ambos complejos fronterizos;

    Que, asimismo, como parte de la mencionada pasantía, se realizará del 1º al 4º de noviembre de 2011, la visita al Paso de Control Fronterizo Los Libres - Uruguayana; siendo ambas visitas fi nanciadas por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito Externo asignados al Contrato de Préstamo N° 1836/OC-PE, que forma parte del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores;

    Que, teniendo en cuenta lo informado por la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza a través del Memorándum (DDF) N° DDF0643/2011, de 7 de octubre de 2011, por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum (OPP) Nº OPP2139/2011, de 24 de octubre de 2011; así como lo informado mediante Ofi cios Nº 1117-2011-AG-SENASA, Nº 1372-2011-DIRGEN PNP/EMP/OCNI, Nº 1310-2011-IN-1601-DE, Nº 203-2011-SUNAT/300000, Nº 507-2011-SUNAT/200000 y Nº 2002-2011/DG/DIGESA, mediante los cuales las entidades correspondientes han confi rmado la participación de sus funcionarios en los citados eventos;

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 29 de octubre de 2011 452461

    De conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Designar a la delegación que viajará a la ciudad de Buenos Aires, Santo Tomé y Los Libres, República Argentina, del 1 al 4 de noviembre de 2011, para participar en la pasantía al Centro Unifi cado Fronterizo (CUF) Santo Tomé - San Borja y la visita al Paso de Control Fronterizo Los Libres - Uruguayana, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios públicos:

    - Ingeniero Edwin Yiy Coaquira Holguín, responsable del Puesto de Control Cuarentenario Santa Rosa de la Dirección del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del departamento de Tacna;

    - Comandante PNP Augusto Fuentes Castillo, Jefe de la División de Seguridad de Fronteras del departamento de Tacna;

    - Inspectora de Migraciones María Elvira Torres Noha, representante de la Dirección General de Migraciones y Naturalización - DIGEMIN;

    - Señor Edgar Eduardo Aparicio Cumba, Jefe de la Ofi cina de Ofi ciales de la Aduana del departamento de Tacna;

    - Señora Ada Rocío Franco Marcos, Jefa Administrativa del Complejo Fronterizo de Santa Rosa, del departamento de Tacna; y,