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Cuadernillo Informativo de PRL: SILVICULTURA Y JARDINERÍA “CON PREVENCIÓN, GÁNATE LA VIDA”

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Cuadernillo Informativode PRL:SILVICULTURAY JARDINERÍA

“CON PREVENCIÓN,GÁNATE LA VIDA”

“El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo colabora en esta publicación en el marco del IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2013-2016 y no se hace responsable de los contenidos de la misma ni las valoraciones e interpretaciones de sus autores. La obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión”.

La utilización en este escrito del masculino plural cuando nos refi ramos a mujeres y hombres en el trabajo como colectivo no tiene intención discriminatoria alguna, sino la aplicación de la ley lingüística de la economía expresiva, para facilitar la lectura con el menor esfuerzo posible, refi riéndonos explícitamente a trabajadoras y trabajadores cuando la comparación entre sexos sea relevante en el contexto. (Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT-Madrid)

Realiza: Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial UGT-Madrid

Edita: UGT-Madrid

Imprime: Gráficas de Diego

Depósito Legal: M-37028-2015

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería” 3

Índice

PRESENTACIÓN ................................................................................... 5

1. INTRODUCCIÓN .............................................................................. 9

2. RIESGOS MECÁNICOS. MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS ................... 13

3. RIESGOS BIOLÓGICOS .................................................................... 17

3.1 Enfermedades producidas por contacto con agentes biológicos .. 17

3.2 Medidas preventivas a adoptar ................................................... 20

4. RIESGOS QUÍMICOS ....................................................................... 23

4.1 Tratamientos Fitosanitarios ........................................................ 24

5. RIESGOS ERGONÓMICOS ............................................................... 25

6. RIESGOS PSICOSOCIALES .............................................................. 29

7. RIESGOS FÍSICOS ........................................................................... 31

8. RIESGOS RELACIONADOS CON LAS CONDICIONES AMBIENTALES. 33

8.1 Riesgos generales ...................................................................... 33

8.2 Estrés Térmico por Calor ........................................................... 35

8.2.1 Medidas preventivas generales .......................................... 36

8.2.2 Medidas preventivas de aclimatación al calor .................... 37

8.2.3 Medidas preventivas adicionales durante las olas de calor . 38

8.2.4 Daños en la salud de los trabajador@s debidos al calor .... 38

9. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI´s) .............................. 41

10. MEDIDAS DE EMERGENCIA Y PRIMEROS AUXILIOS ...................... 43

11. PROPUESTAS DE UGT-MADRID ..................................................... 45

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería”4

12. PUBLICACIONES REALIZADAS DESDE LA SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y DESARROLLO TERRITORIAL. UGT-MADRID ................ 47

13. DIRECCIONES DE INTERÉS ........................................................... 53

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería” 5

PRESENTACIÓNActualmente la crisis financiera por la que atraviesa nuestro país, está provocan-do recortes por parte de algunas empresas en medidas de seguridad. Esto está haciendo que la seguridad y la salud laboral de los trabajador@s se estén viendo afectadas, lo que se está traduciendo en un aumento de las tensiones relacionadas con el trabajo, repercutiendo en las condiciones laborales y en las relaciones per-sonales de las organizaciones.

La situación de la siniestralidad laboral en Madrid, a pesar de ser la Comunidad Autónoma con menor Índice de Incidencia, es estremecedora, ya que en 2014 cada día se produjeron 210 accidentes laborales; cada día hubo un accidente de trabajo grave y cada 5 días falleció un trabajador como consecuencia de su trabajo. Para UGT-Madrid es de vital importancia continuar con la lucha para llegar a conseguir el objetivo preventivo de “accidentes cero”, tal y como se ha venido realizando con los distintos Planes Directores de La Comunidad de Madrid (ahora IV Plan Direc-tor) y siendo por ello imprescindible la continuidad de este trabajo en el tiempo para conseguir nuestro más ansiado fin, “ni un accidentado más”.

Ante esta situación laboral en la que nos encontramos actualmente, la norma que debe proteger la salud de los trabajador@s no es otra que la Ley 31/1995 de Pre-vención de Riesgos Laborales, que se aprobó hace ya 20 años y aún nos encontra-mos con unos niveles de siniestralidad inaceptables en la Comunidad de Madrid, porque para UGT-Madrid un solo accidente es inaceptable.

La aprobación de la Ley 31/1995 supuso un cambio cualitativo y cuantitativo de la seguridad y salud en el trabajo, ya que pasamos de la reposición económica del daño, a la prevención del riesgo; de una ordenanza de seguridad e higiene en el tra-bajo dirigida a la industria básicamente, a una norma para todos los trabajador@s.

Durante estos años, se ha avanzado en el desarrollo de la normativa preventiva, pero en la realidad la implantación de la prevención no ha ido aplicándose parale-lamente, ya que las empresas siguen sin incluir en su gestión la prevención de los riesgos a los que están expuestos los trabajador@s, si bien es verdad que si existe un cumplimiento documental de las obligaciones derivadas de estas normas.

La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que va más allá del mero cumplimiento formal de una serie de deberes y obligaciones empresariales, y más allá de la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas. La aplicación de la ley persigue no sólo la ordenación de las obligaciones y responsabilidades, sino fomentar una auténtica cultura de la prevención.

Desde la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT-Madrid, se di-rigen todos los esfuerzos a la consecución de un objetivo prioritario de nuestra or-ganización, que es la mejora de la calidad de vida de los trabajador@s, teniendo en

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cuenta que la salud no es sólo la falta de enfermedades o daños, sino también el bienestar físico, mental y social como la define la OMS, a través de la promoción de la prevención de riesgos laborales y la mejora de las condiciones de trabajo.

Los accidentes laborales tienen un gran coste, no solo económico por pérdida de jornadas de trabajo, reducción del salario o pérdida de productividad, sino que también tiene un elevado coste sanitario y la propia pérdida de la salud de los afectados, así como un enorme coste social que se refleja directamente en los familiares de los accidentados, pérdida de valores, etc.

Superar esta situación implica a todos: al empresario, que debe cumplir con la legislación vigente integrando de manera efectiva la prevención en su gestión y no únicamente como un trámite para evitar sanciones y a los trabajador@s que deben exigir a los empresarios todas las medidas preventivas necesarias para conseguir un trabajo totalmente seguro, incluyendo no sólo los equipos de protección indivi-dual o herramientas y maquinaria en buen estado, sino también la formación, la vigilancia adecuada de su salud, el nombramiento de los delegados de prevención, la participación de los trabajador@s, la creación y funcionamiento de los Comités de Seguridad y Salud.

Pero también hay que conseguir que toda la sociedad sea consciente de la existen-cia de esta lacra que hay que erradicar con todos los medios de que se disponga, porque son muchos los trabajadores y las trabajadoras que han sufrido accidentes graves o incluso mortales, en el desarrollo de su actividad laboral o en el de otras actividades relacionadas con ella.

Los atrapamientos, las caídas, los golpes, choques, los accidentes con vehículos, etc., son las causas más comunes de accidentes que sufren los trabajador@s de la Comunidad de Madrid y son todas ellas fácilmente evitables si en la evaluación de riesgos previa, se han identificado y se han puesto las medidas preventivas ne-cesarias para que no se produzcan estos siniestros.

Las cifras nos dicen que la gestión de la prevención de riesgos laborales se optimi-za notablemente en las empresas donde existe una estabilidad laboral, en empre-sas en las que hay una continuidad del personal y en las que no existe precariedad en los contratos. Así mismo, donde existe representación sindical hay prevención.

Un tipo de riesgos que cada vez tiene una mayor presencia en el ámbito laboral, son los riesgos derivados de una mala organización en el trabajo, que generan en-fermedades psicosociales largas y que pueden suponer una muy grave pérdida de salud de los afectados, por ello, es necesario exigir la evaluación de estos riesgos y la implantación de medidas preventivas que eviten el daño antes de que éste aparezca.

Por otra parte, las enfermedades musculoesqueléticas, las hipoacusias, las en-fermedades derivadas por contacto con virus, los cánceres laborales y otras en-fermedades de origen laboral, también se pueden evitar y merecen una especial

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atención, dado que su aparición no se evidencia inmediatamente sino con el paso del tiempo, siendo en muchos casos difícil repercutir la responsabilidad corres-pondiente por desaparición de empresas o imposibilidad de localización de los responsables. Por eso hay que realizar revisiones médicas periódicas que identifi-quen indicios de enfermedades cuyo origen se encuentra directamente relacionado con la actividad laboral, con el fin de prevenir su aparición. De ahí la importancia de que la atención primaria sanitaria tenga los medios materiales y conocimientos necesarios para relacionar la enfermedad con la actividad laboral.

UGT-Madrid ha firmado con la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda el IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales, 2013-2016 contando con una cofinanciación del 50% del FSE, con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral en todos los sectores, haciendo un especial esfuerzo en lograr la eliminación de los accidentes laborales, fundamentalmente los mortales y graves, así como las enfermedades profesionales. Una de las actividades que realizamos dentro de este IV Plan Director, vigente en la actualidad, es la edición de material informativo, para ofrecer a los trabajadores y trabajadoras, y especialmente a los delegados de prevención, una guía y un apoyo que les sirva para conocer sus derechos y facilitar la preservación de su seguridad y su salud y la de sus compañeros, sabiendo que pueden contar con el sindicato que les ofrece todo su apoyo y que puede ayudarles en el desempeño de sus quehaceres diarios en esta lucha.

Susana Huertas MoyaSecretaria de Salud Laboral y Desarrollo Territorial

UGT-Madrid

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INTRODUCCIÓN

Los sectores de jardinería y silvicultura1, aunque realizan distinta actividad, compar-ten un sistema de trabajo muy similar, con riesgos para su seguridad y salud comu-nes en ambos sectores. Mientras que la silvicultura se dedica al cuidado y cultivo de montes y bosques, la jardinería lo hace de los jardines. En ambos casos deben realizar tareas muy variadas (podar, plantar, desbrozar, cavar, limpiar, uso de plaguicidas, herbicidas, etc), en entornos de trabajo muy diversos y debiendo utilizar diferentes maquinarias y herramientas.

Los principales factores de riesgo a los que están expuestos estos trabajador@s de-rivan del trabajo a la intemperie y las condiciones climáticas, la utilización de deter-minadas maquinarias y herramientas (desbrozadoras, motosierras, azadas, rastrillos, podadoras, sopladoras, etc.) el contacto con la tierra, plantas y vegetales, en ocasio-nes trabajos aislados, realización de sobreesfuerzos, entre otros. Estas condiciones de trabajo, junto con la cada vez mayor temporalidad en las contrataciones de los trabajador@s, la realización de trabajos rutinarios, la falta de promoción en el puesto de trabajo, etc., provoca que sean sectores susceptibles de sufrir daños muy impor-tantes en su salud.

Tal como establece la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante LPRL), las empresas tienen el deber de proteger a los trabajador@s a su cargo, por lo que deben adoptar una serie de medidas preventivas y de protección para este fin.

La LPRL establece en el artículo 15 los “Principios de la Acción Preventiva”, sobre los que se sustentan las bases de la prevención de riesgos y de las medidas que se deben adoptar en las organizaciones para proteger a los trabajador@s. Estos nueve principios establecen la manera en que se deben llevar a cabo las diversas medidas preventivas, estableciendo prioridades a la hora de implantar la gestión de la preven-ción de la empresa (por ejemplo, no se puede adoptar medidas de protección cuando un riesgo es evitable, en este caso el primer paso sería evitar ese riesgo).

Estos principios consisten en:

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1 CLa Real Academia Española aglutina el término “silvicultura”, aunque muchas publicaciones hacen referencia a este sector como “selvicultura”.

A. Evitar los riesgos. Siempre que sea posible se deberán evitar los riesgos del puesto de trabajo, siendo más sencillo cuando se realiza en la fase de diseño de los puestos de trabajo.

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería”10

B. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. De manera que se puedan detectar los riesgos presentes en el medioambiente laboral, así como las causas que los originan y poder establecer las medidas adecuadas para controlar estos riesgos.

C. Combatir los riesgos en su origen. De manera que se pueda aislar el riesgo así como la probabilidad de que se materialice el daño.

D. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la con-cepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.

E. Tener en cuenta la evolución de la técnica. De manera que cuando se elija la tecnología a utilizar en la empresa se tenga en cuenta la eliminación de riesgos o la minimización de daños a la salud de los trabajador@s.

F. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. A igual eficacia en la utilización de equipos de trabajo, sustancias, etc. elegir aqué-llas que entrañen menor riesgo para los trabajador@s, sin que prevalezcan criterios económicos sobre criterios preventivos.

G. Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

H. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. A través de las protecciones colectivas se protege simultáneamente a un conjunto de trabajador@s expuestos a un mismo riesgo con el objetivo de disminuir la probabilidad de que se materialice un daño. Mientras que la individual, además de suponer mayor incomodidad para el trabajador, actúa de manera individual y solamente sobre las consecuencias que entrañe la materialización de un riesgo.

I. Dar las debidas instrucciones a los trabajador@s. A través de la informa-ción y formación precisas en función a los riesgos inherentes al puesto de trabajo.

Teniendo en cuenta estos principios, las empresas deberán realizar su gestión pre-ventiva, por lo que, aunque a lo largo de este Cuadernillo Informativo trataremos distintos factores de riesgos en estos sectores y las medidas preventivas a llevar a cabo, será la empresa (a través de lo que establezca el servicio de prevención) la encargada de adoptar las medidas preventivas y de protección necesarias en función de los riesgos inherentes a los puestos de trabajo de los trabajador@s a su cargo.

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Desde UGT-Madrid, y con el fin de informar y concienciar, tanto a los delegados de prevención como a los trabajador@s en general, sobre la importancia de la preven-ción y detección precoz de los riesgos para la salud de los trabajador@s de estos sectores, elaboramos este Cuadernillo Informativo, con el deseo de que sirva como una herramienta de trabajo útil y eficaz en su quehacer diario.

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RIESGOS MECÁNICOS.MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS

Una de las principales características del trabajo propio de jardinería y silvicultura es el uso de equipos de trabajo (máquinas y herramientas). Su utilización implica una serie de riesgos para la seguridad y salud de los trabajador@s de este sector que hace vital adoptar medidas preventivas que protejan al trabajador de los riesgos (principal-mente mecánicos) a los que puedan estar expuestos por su uso y evitar así un posible accidente de trabajo (generalmente de consecuencias muy graves o con la pérdida de vida del trabajador que lo sufre).

Los principales factores de riesgo asociados al riesgo mecánico por el uso de máqui-nas consisten en:

• Atrapamientos y vuelcos

• Aplastamientos

• Proyecciones de elementos o fluidos

• Golpes o impactos

• Cortes y amputaciones

• Lesiones oculares

• Etc.

Igualmente, el uso de herramientas manuales conlleva una serie de riesgos para los trabajador@s que las usan, que principalmente consisten en:

• Golpes y cortes con objetos

• Proyección de partículas o fragmentos

• Caídas de objetos en manipulación

• Etc.

A estos factores de riesgo relacionados principalmente con los riesgos mecánicos, hay que añadir otra serie de riesgos, como son riesgos ergonómicos derivados de sobrees-fuerzos, posturas forzadas, etc; por contacto eléctrico y térmico; riesgos derivados de la exposición al ruido y vibraciones; etc., así como por la combinación de varios facto-res de riesgos que interrelacionan entre sí, y de los que hablaremos en los siguientes apartados de este Cuadernillo Informativo.

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Actualmente el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajador@s de los equipos de trabajo (RD 1215/1997), es la norma destinada a garantizar que la presencia o utilización de los equipos de trabajo puestos a disposición de los trabajador@s se realice de manera segura.

Este RD establece una serie de requisitos mínimos que deben reunir los equipos de trabajo puestos a disposición de los trabajador@s, que podemos resumir en:

¬ Requisitos formales de las máquinas comercializadas o puestas en servicio a partir del 1 de enero de 1995.

• Ir provistas del marcado CE.

• Disponer de la declaración CE de conformidad (incluyendo nombre y dirección del fabricante, identificación de la máquina, redactado en castellano y disposicio-nes a las que se ajusta la máquina).

• Manual de instrucciones (incluyendo la instalación, puesta en servicio del equipo, normas de utilización y mantenimiento y redactado en castellano).

¬ Por otro lado, para los equipos de trabajo anteriores al 1 de enero de 1995, hay que llevar a cabo un proceso de adaptación, que se regirán por lo establecido en los anexos I y II del RD 1215/1997, para lo que se debe:

1. Realizar un Inventario, identificando los equipos de trabajo antiguos (fabricados antes del 1 de enero de 1995).

2. Evaluar los riesgos derivados de esos equipos, analizando los peligros que de ellos se deriven así como las posibles deficiencias e incumplimientos sobre lo establecido en la norma.

3. Planificar las acciones que se van a llevar a cabo, estableciendo las prioridades de actuación, los plazos necesarios para llevarlas a cabo, los responsables en implantar estas acciones, si se van a realizar con medios propios y/o ajenos, etc.

4. Llevar a cabo las acciones oportunas, de cara a establecer las medidas técnicas y correctoras necesarias que eliminen o eviten los posibles riesgos derivados del uso de esos equipos. Así mismo, se llevarán a cabo las medidas organizativas necesarias para la utilización del equipo, estableciendo procedimientos, inspec-ciones y métodos de trabajo seguros, según lo establecido en el manual de ins-trucciones del equipo, la formación e información necesaria a los trabajador@s expuestos a los riesgos laborales derivados del equipo, la vigilancia de la salud, etc.

5. Realizar un seguimiento sobre los puntos anteriores, realizando las comproba-ciones necesarias sobre la eficacia de las medidas adoptadas y en caso de ser insuficientes, establecer nuevas medidas preventivas que garanticen la seguridad de los trabajador@s.

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Herramientas manuales

Entendemos por herramientas de mano todos aquellos útiles simples cuyo funciona-miento actúa única y exclusivamente por el esfuerzo físico del hombre, incluyendo las que se sostienen con las manos y son accionadas por energía eléctrica, por medios neumáticos, por combustión, etc.

En los sectores de silvicultura y jardinería es muy habitual el uso de este tipo de herramientas, siendo las causantes de un gran número de accidentes entre los trabajador@s. Las principales causas por las que se producen los daños en la salud de quiénes las usan se deben principalmente a:

¬ Herramientas de mala calidad que no reúnen los requisitos de seguridad necesa-rios.

¬ Herramientas, que reuniendo estos requisitos de seguridad, se encuentran en mal estado de conservación.

¬ No disponer de las herramientas adecuadas en función al trabajo a desarrollar.

¬ Almacenamiento inadecuado.

¬ No disponer de la información y la formación (teórico-práctica) necesaria para el uso de la herramienta en condiciones de seguridad.

¬ Realizar sobreesfuerzos durante su uso.

¬ Etc.

De manera general las medidas preventivas a adoptar durante el trabajo con herra-mientas manuales son:

• Deben cumplir con los requisitos mínimos de seguridad exigidos por la normativa (RD 1215/1997).

• En la adquisición de las herramientas, elegir aquéllas que estén elaboradas con materiales de buena calidad, así como un adecuado diseño ergonómico.

• Cuando se utilicen en instalaciones eléctricas, asegurarse de que están convenien-temente aisladas y no suponen un riesgo por contacto eléctrico para el trabajador.

• Elegir las herramientas adecuadas en función del tipo de trabajo que se vaya a realizar.

• Proporcionar la formación y adiestramiento adecuado al trabajador para su utili-zación de manera segura.

• Proporcionar la información adecuada sobre los riesgos que entraña el uso de la herramienta, así como sobre la utilización segura de la misma.

• Establecer inspecciones periódicas de las herramientas, asegurando que se en-cuentran en buen estado de conservación y que su uso no entraña riesgo.

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• Realizar un almacenamiento, mantenimiento y conservación adecuados.

• Realizar el transporte de las herramientas en los medios adecuados para ello.

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RIESGOS BIOLÓGICOS

Los principales factores de riesgo biológicos (según lo establecido en la NTP 1020 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo) relacionados con estos sectores derivan de:

¬ El contacto o manipulación con la tierra: debido a la existencia de microorganis-mos patógenos; orina, heces y secreciones de animales infectados que han sido depositados en la tierra; existencia de pelo y descamaciones de animales, etc. que bien a través del contacto o por la creación de bioaerosoles y polvo al remo-ver y cavar la tierra, pueden producir daños en la salud de los trabajador@s.

¬ Contacto con plantas y restos vegetales: por la existencia principalmente de hon-gos en las plantas y material vegetal en descomposición; la deposición de orina y secreciones de animales en árboles o entorno de trabajo; por el polen de algunas plantas que puede ser inhalado por el trabajador; por contacto con algunas par-tes de las plantas (espinas, cortezas de los árboles, etc) provocando lesiones y heridas en la piel y pueden ser una posible fuente de contaminación.

¬ Manipulación de abonos y fertilizantes de origen animal: en estos sectores es muy habitual el uso de estiércol, mantillos, compost de diversos residuos orgáni-cos, etc. que pueden provocar la existencia de agentes biológicos que supongan un riesgo para el trabajador (por ejemplo, legionela, E. coli) cuando no están suficientemente tratados.

¬ Empleo de aguas residuales para el riego: debido a la presencia de microorga-nismos patógenos no debidamente depurados. Para el riego con aguas residuales en el sector de la silvicultura no existen parámetros tan estrictos de cara a la depuración del agua, por lo que el riesgo de contacto con estos microorganismos es mayor.

3.1 Enfermedades producidas por contacto con agentes biológicos

A continuación quedan reflejadas las enfermedades que pueden padecer los trabajador@s en función del agente biológico al que pueda estar expuesto, así como cuál es su mecanismo de trasmisión, tal y como viene establecido en la NTP 1020 del INSHT.

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Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería”18

Enfermedad Agente biológico Mecanismo de transmisión

Brucelosis

Brucella abortus, Brucella melitensis, Brucella suis Brucella canis

Contacto directo de la piel lesionada y las mucosas con sangre, orina y heces de animales infectados (p.e. vacas, cabras, ovejas, jabalíes, perros), fertilizantes orgánicos (estiércol); inhalación de bioaerosoles y polvo contaminado

Carbunco Bacillus anthracis Contacto directo de la piel lesionada con tejidos de animales infectados (p.e. vacas, cabras, ovejas, caballos); inhalación de esporas presentes en el suelo contaminado

Colitis hemorrágica Disentería bacilar Gastroenteritis

Escherichia coli Ruta fecal – oral: ingesta de agua contaminada, contacto mano – boca con heces de humanos y animales infectados

Enfermedad de Lyme Borrelia burgdorferi Picadura de garrapatas infectadas del género Ixodes

Fiebre botonosa mediterránea Rickettsia conorii Picadura de la garrapata marrón del perro (Riphicephalus

sanguineus) infectada

Fiebre por mordedura de rata

Streptobacillus moniliformis

Contacto directo de la piel con orina o secreciones bucales, nasales u oculares de animales infectados (roedores, ardillas); mordedura de animales infectados

Fiebre Q Coxiella burnetii

Inhalación de bioaerosoles procedentes de animales infectados (p.e. animales salvajes, vacas, cabras, ovejas); contacto con animales infectados o sus excretas, fertilizantes orgánicos (estiércol); picadura de garrapatas infectadas de las familias Ixodidae y Argasidae

Fiebre recurrente transmitida por garrapatas

Borrelia hispanica Picadura de garrapatas infectadas del género Ornithodorus

Fiebre tifoidea Salmonella typhi Ruta fecal – oral: ingesta de agua contaminada, contacto mano – boca con heces humanas contaminadas

Gangrena gaseosa Clostridium perfringens

Contacto directo de la piel lesionada con tierra, materia fecal contaminada, estiércol

Legionelosis Legionella pneumophila

Inhalación de bioaerosoles procedentes de los sistemas de riego por aspersión

Leptospirosis Leptospira interrogans

Contacto de la piel lesionada y las mucosas con tierra y vegetación contaminadas con orina de animales infectados (p.e. perros, caballos, roedores, zorros, ciervos, erizos, reptiles); contacto directo de la piel lesionada con orina de animales infectados; inhalación de bioaerosoles procedentes de fluidos contaminados

Ornitosis/Psitacosis Clamydophila psittaci Inhalación de polvo contaminado con orina, secreciones respiratorias o heces de aves infectadas, principalmente loros y palomas; picadura de aves infectadas

Salmonelosis Salmonella enterica spp.

Ruta fecal – oral: ingesta de agua contaminada, contacto mano – boca con heces de humanos y animales infectados (vacas, cerdos, aves salvajes)

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Enfermedad Agente biológico Mecanismo de transmisión

Tétanos Clostridium tetani

Contacto directo de la piel lesionada con tierra, heces, estiércol, herramientas y objetos contaminados; inoculación en la piel a través de cortes o pinchazos causados por herramientas y objetos contaminados (p.e. jeringuillas); mordedura de animales infectados (p.e. perros, caballos)

Tuberculosis bovina Mycobacterium bovis Inhalación de bioaerosoles; contacto directo de la piel lesionada y las mucosas con heces u orina de animales infectados (p.e. vacas, cabras, ciervos, perros, gatos)

Tularemia Francisella tularensis Picadura de garrapatas y moscas del venado (Chrysops spp.) infectadas; inhalación de bioaerosoles y polvo contaminado

Aspergilosis Aspergillus spp. Inhalación de polvo contaminado con esporas o conidios; contacto directo de la piel lesionada con tierra y polvo contaminados

Blastomicosis Blastomyces dermatitidis

Inhalación de polvo procedente de materia orgánica en descomposición (p.e. restos vegetales)

Criptococosis Cryptococcus neoformans var. neoformans

Inhalación de esporas procedentes del suelo contaminado con heces de aves, principalmente palomas

Esporotricosis Sporothrix schenkii

Inoculación en la piel a través de cortes, rozaduras o pinchazos causados por espinas de plantas, astillas, objetos contaminados, etc.; picadura y mordedura de animales infectados (p.e. insectos, perros, gatos, ardillas); inhalación de polvo contaminado con esporas

Histoplasmosis Histoplasma capsulatum

Inhalación de esporas procedentes del suelo contaminado con heces de aves y murciélagos infectados

Anquilostomiasis Ancylostoma duodenale

Contacto directo de la piel con el suelo contaminado con las larvas filariformes

Toxocariosis o larva migrans visceral/ocular

Toxocara canis, Toxocara cati

Ingesta accidental de huevos embrionados del parásito presentes en el suelo contaminado con heces de perros y gatos infectados

Leishmaniasis Leishmania spp. Picadura de la hembra de la mosca de la arena (Phlebotomus spp. en Europa), alimentada con animales infectados (p.e. perros, gatos, liebres, roedores, etc.)

Toxoplasmosis Toxoplasma gondii

Ruta fecal – oral: contacto mano – boca con heces de animales infectados (vacas, cabras, ovejas, cerdos, gatos, perros, roedores, aves salvajes); inhalación de polvo contaminado con los ooquistes del parásito

Otras parasitosis: Amebiasis, Ascariasis, Teniasis Criptosporidiosis Giardiasis, Tricuriasis

Entamoeba histolytica, Ascaris lumbricoides, Taenia solium Cryptosporidium parvum, Giardia duodenalis, Trichuris trichiura

Ruta fecal – oral: ingesta de agua contaminada con heces humanas infectadas con las formas infectivas del parásito; contacto mano – boca con heces humanas infectadas; contacto mano – boca con heces de animales infectados (C. parvum, G. duodenalis, T. solium)

Hepatitis A Orthohepadnavirus Ruta fecal – oral: ingesta de agua contaminada con heces humanas infectadas; contacto mano – boca con heces humanas infectadas

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3.2 Medidas preventivas a adoptar

Ante la posible exposición de los trabajador@s a factores de riesgo biológico, es necesario que la empresa adopte todas las medidas preventivas y de protección necesarias y adecuadas para eliminar, evitar o combatir los efectos negativos que se puedan derivar en la salud del trabajador. Estas medidas consisten en:

¬ Realizar el mayor número de tareas posibles de forma mecánica en lugar de manualmente, de cara a reducir al mínimo la exposición del trabajador.

¬ Aislar y establecer filtros antipolvo en las cabinas de la maquinaria utilizada.

¬ Utilizar equipos de aspiración neumática en las labores de limpieza, en lugar de aquéllas que generen polvo en suspensión.

¬ Evitar el contacto directo con heces, orina y secreciones de animales a través de los medios de protección adecuados.

¬ Realizar de manera periódica controles de plagas.

¬ En caso de trabajadoras embarazadas y trabajador@s especialmente sensibles a estos riesgos, establecer medidas preventivas adecuadas de cara a adaptar las condiciones de su puesto de trabajo y prevenir así, los daños en su salud.

¬ Realizar una correcta vigilancia de la salud de los trabajador@s frente a la ex-posición a estos riesgos biológicos, así como dotar a estos trabajador@s de las vacunas necesarias.

¬ A la hora de realizar tareas de abono y fertilización de la tierra, plantas y vegeta-les seguir las instrucciones establecidas por el fabricante del producto, y siem-pre que sea posible, realizar dichas tareas de forma mecánica y no manual.

¬ Disponer de instalaciones higiénicas adecuadas para la limpieza y desinfección de los trabajador@s en contacto con estos agentes.

¬ Formar e informar debidamente a los trabajador@s sobre los riesgos a los que están expuestos, las medidas preventivas que se van a adoptar, las normas de utilización de los productos, etc.

¬ Formar igualmente a los trabajador@s sobre primeros auxilios y medidas de evacuación de heridos (por picaduras, alergias, mordeduras de animales, etc.).

¬ No fumar, comer o beber durante la realización de las tareas ni hasta que no se haya realizado el aseo personal.

Hepatitis B Orthohepadnavirus Inoculación en la piel a través de cortes o pinchazos con objetos contaminados (p.e. jeringuillas)

Rabia Rhabdovirus Mordedura de animales infectados (p.e. zorros, mofetas, mapaches, murciélagos, caballos, cabras, perros, gatos, etc.)

Enfermedad Agente biológico Mecanismo de transmisión

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería” 21

¬ Establecer los medios necesarios para que los trabajado@s puedan tener sepa-rada la ropa de calle de la de trabajo, de cara a evitar su contaminación.

¬ Dotar a los trabajador@s de ropa de trabajo y equipos de protección individual adecuados en función de las tareas que vayan a realizar (protección de la piel, ojos, vías respiratorias, etc.).

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RIESGOS QUÍMICOS

Los principales factores de riesgo químico con los que se pueden encontrar los trabajador@s se derivan por la realización de las siguientes tareas:

¬ Contacto directo con el producto químico: Durante el abono y tratamiento fito-sanitario de plantas, tierra y vegetales que pueden provocar reacciones alérgicas y procesos sensibilizadores en el trabajador. Este contacto también se pude dar cuando no existe un correcto almacenamiento y conservación de los envases, provocando su deterioro.

¬ Por la exposición a polvo: generalmente en las labores de desbrozado y siembra manual, labores de limpieza que no disponen de sistema de aspiración, etc. pu-diendo provocar irritación de las vías respiratorias y oculares, reacciones alérgi-cas y sensibilizaciones a estos productos.

¬ Por Inhalación de humos y gases: Durante la utilización de diversa maquinaria, en la extinción de incendios controlados, etc. que pueden desembocar en enfer-medades respiratorias.

Dentro de los contaminantes químicos más frecuentes utilizados por los trabajador@s de estos sectores nos encontramos con los plaguicidas, combustibles y aceites.

Como principales medidas preventivas podemos establecer:

¬ Realizar una selección de aquéllos productos químicos menos peligrosos para la salud.

¬ Informar a los trabajador@s acerca de los riesgos de los productos.

¬ Formar a los trabajador@s sobre las medidas preventivas y de protección nece-sarias frente a los riesgos derivados del uso de productos químicos.

¬ Facilitar a los trabajador@s las fichas de datos de seguridad de los productos.

¬ Adoptar las medidas preventivas y de protección establecidas reglamentariamen-te para el almacenamiento, trasvase y manipulación de los productos químicos, así como para las operaciones de eliminación o desecho de los envases.

¬ Dotar a los trabajador@s de las instalaciones necesarias para la higiene y lavado de manos tras el uso de productos químicos o para el caso de sufrir un accidente.

¬ Formar sobre los primeros auxilios en caso sufrir un accidente de trabajo deriva-do de la exposición a un contaminante químico.

¬ Establecer la prohibición de comer o fumar en el lugar de trabajo.

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4.1 Tratamientos Fitosanitarios

Una de las tareas fundamentales que derivan del trabajo de jardinero y silvicultor consiste en el empleo de plaguicidas para el tratamiento fitosanitario de plantas y vegetales de cara a la eliminación de plagas. El empleo de estos productos químicos peligrosos supone a menudo para los trabajador@s riesgos graves para su salud, sien-do causa de numerosos accidentes en el sector debido a su alta toxicidad.

Es preciso conocer las principales vías de entrada de los plaguicidas dentro del orga-nismo para poder establecer una adecuada protección del trabajador. Estas vías son:

La exposición del trabajador a estos plaguicidas supone siempre un riesgo en mayor o menor medida, dado la naturaleza tóxica del producto con efectos nocivos para la salud. Por tanto, a la hora de establecer medidas preventivas en el uso de plaguicidas durante los tratamientos fitosanitarios habrá que tener en cuenta:

¬ La mayor o menor toxicidad del plaguicida.

¬ La forma de exposición o contacto con el organismo.

¬ El tiempo de exposición al producto tóxico.

¬ La interrelación entre sí de los tres factores anteriores.

Teniendo en cuenta lo anterior, para evitar los riesgos derivados del uso de estos plaguicidas durante los tratamientos fitosanitarios y los posibles accidentes en los que pueda desencadenar, las empresas deberán adoptar las medidas preventivas pre-cisas. Siendo necesario que se establezcan procedimientos de trabajo adecuados, donde se precisen las medidas preventivas y de protección adecuadas, tanto para los trabajador@s cuyas tareas consistan en el uso de estos productos, así como de aquéllos otros que sin ser parte de sus funciones habituales se puedan ver afectados de manera indirecta.

• Dérmica: El producto entra en contacto con el organismo a través de la piel, principalmente por las mucosas.

• Respiratoria: Cuando el trabajador respira el aire contaminado con el pro-ducto tóxico.

• Oral: El contacto con el organismo se realiza a través de la boca, que direc-tamente pasa al sistema digestivo.

• Parenteral: El plaguicida penetra en el organismo a través de heridas, pin-chazos, llagas, etc.

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Dentro de estos procedimientos se debe establecer como mínimo:

¬ Solo podrán aplicar los tratamientos fitosanitarios los trabajador@s que dispon-gan del carnet de aplicador y que tengan el certificado de aptitud de la última revisión médica anual.

¬ Los productos químicos peligrosos utilizados deberán guardarse en armarios ce-rrados con llave, estarán debidamente señalizados y agrupados por categorías de peligrosidad, con buena ventilación y separados de los productos combustibles.

¬ Se conservarán en su embalaje original y correctamente etiquetados.

¬ Se dispondrá de un juego de fichas de datos de seguridad en la zona de almace-namiento y en los vehículos de desplazamiento al lugar de aplicación.

¬ Para la realización de mezclas se deberá seguir lo indicado en la ficha de datos de seguridad de los productos, respetando las dosis recomendadas y utilizando los utensilios y equipos de protección individual adecuados.

¬ Se recomiendan realizar las mezclas al aire libre.

¬ Se dotará a los trabajador@s de materiales absorbentes y utensilios para recoger vertidos accidentales.

¬ Estará prohibido que las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia apliquen tratamientos fitosanitarios, siendo necesario realizar la adaptación del puesto de estas trabajadoras.

¬ Se dotará a los trabajador@s de los Equipos de Protección Individual adecuados que vengan especificados en las fichas de datos de seguridad de los productos durante todo el proceso de aplicación y preparado.

¬ Se proporcionará a los trabajador@s la formación teórico-práctica necesaria so-bre los riesgos laborales derivados del tratamiento fitosanitario así como de las medidas preventivas adoptadas. Esta formación se impartirá al inicio de la acti-vidad y se repetirá de manera periódica.

¬ Se dotará a los trabajador@s de servicios higiénicos adecuados para la limpieza personal y de los equipos y/o herramientas utilizados en el proceso.

¬ Deberá estar prohibido fumar, beber o comer mientras se realice el tratamiento fitosanitario y hasta que no se hayan tomado las medidas higiénicas precisas.

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RIESGOS ERGONÓMICOS

La naturaleza de las tareas que se realizan en estos dos sectores, dan lugar a frecuen-tes problemas musculoesqueléticos (una de las enfermedades de origen laboral más comunes), ya que exige un considerable esfuerzo físico, con muchas tareas con mo-vimientos repetitivos, posturas forzadas y/o estáticas y el manejo manual de cargas, derivando en muchas ocasiones en lesiones por sobreesfuerzos. Entendiendo por:

¬ Movimientos repetitivos: Cuando se realizan ciclos de trabajo cortos y realizando movimientos continuos y similares. Generalmente entendemos que un trabajador realiza trabajos con movimientos repetitivos cuando los ciclos de trabajo son menores de 30 segundos o cuando se repiten los mismos movimientos o gestos durante al menos el 50% del ciclo de trabajo o jornada laboral.

¬ Posturas forzadas y/o estáticas: Aquellas posiciones de trabajo que requieren que una o varias regiones anatómicas del trabajador pasen de una situación de confort a una posición forzada y/o mantenida en el tiempo.

¬ Manejo o manipulación manual de cargas: Aquellas operaciones realizadas por uno o varios trabajador@s que suponen el levantamiento, colocación, empuje, tracción, transporte o desplazamiento de una carga. Se considera que la manipu-lación manual de cargas superiores a 3 kg. pueden entrañar un potencial riesgo dorsolumbar si se manipula en condiciones desfavorables (alejada del cuerpo, con posturas forzadas o inadecuadas, etc.). Se recomienda no sobrepasar un peso máximo de carga de25 kg, 15 en el caso de las mujeres), y bajo ninguna circunstancia se deben manipular cargas que excedan de 40 kg.

Los principales síntomas de los trastornos músculoesqueléticos en trabajos de jardine-ría y silvicultura consisten en dolor en los dedos, la muñeca, las extremidades superio-res y la parte inferior de la espalda, contracturas musculares y alteraciones de los siste-mas periférico, vascular y nervioso, dislocaciones y distensiones, aunque dependiendo del tipo de trabajo a realizar pueden derivar en otro tipo de dolencias. Generalmente los síntomas son de aparición lenta, pero tras una larga exposición o un sobreesfuerzo brusco se suelen cronificar derivando en un trastorno musculoesquelético (TME).

En la evaluación de riesgos se deberá reflejar los puestos de trabajo que realizan este tipo de tareas y por lo tanto, están expuestos a estos factores de riesgo. Tras la detección de los riesgos en la evaluación, es obligatorio realizar la consiguiente planificación de las medi-das preventivas y de protección que se van a llevar a cabo de cara a combatir los posibles daños en la salud de los trabajador@s que deriven en un trastorno musculoesquelético.

De manera general se deberán adoptar una serie de medidas preventivas ante este tipo de riesgo ergonómico, como son:

n Diseñar los puestos de trabajo de manera ergonómica, seleccionando los equipos de trabajo, herramientas y métodos de trabajo mas adecuados, adaptados al tra-

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bajador que vaya a desempeñar las tareas, minimizando la carga total soportada por el trabajador.

n Evitar la manipulación manual de cargas a través de ayudas mecánicas (carreti-llas, tractores, etc), así como la aplicación excesiva de fuerza, teniendo en cuenta las nuevas tecnologías existentes.

n Evitar la trasmisión de vibraciones al trabajador de equipos y herramientas, a través de sistemas antivibratorios.

n Alargar los ciclos de trabajo y diversificar las tareas del puesto para evitar traba-jos con movimientos repetitivos.

n Distribuir con equidad y transparencia las tareas y las competencias, en especial las más incómodas.

n Alternar las tareas a través de medidas organizativas, dando mayor autonomía y control del trabajador sobre la organización de su tiempo de trabajo, las pausas y el ritmo a seguir, facilitando la recuperación física y mental del trabajador.

n Realizar la vigilancia de la salud de los trabajador@s expuestos a factores de riesgo ergonómico, tanto de manera colectiva (a través de estudios epidemiológicos y de siniestralidad, etc.) como individual (a través de los reconocimientos médicos espe-cíficos), teniendo en cuenta lo establecido en los protocolos sanitarios específicos.

n Formar e informar a los trabajador@s sobre los riesgos que se derivan de la ex-posición a posturas forzadas y/o estáticas, de la manipulación manual de cargas y de realizar movimientos repetitivos, así como sobre las medidas preventivas adoptadas.

n Fomentar hábitos posturales correctos en el trabajo, actividades y ejercicios de autocuidado, de calentamiento y relajación muscular, así como de hábitos de vida saludable (tabaquismo, consumo de alcohol, alimentación saludable, etc).

n Propiciar la participación y la consulta de los trabajador@s y de sus represen-tantes en la adopción de las medidas preventivas a adoptar y, en la búsqueda de soluciones para la mejora de sus condiciones de trabajo.

n Adaptar los puestos de trabajo para los trabajador@s considerados especial-mente sensibles así como de las trabajadoras embarazadas o durante el periodo de lactancia (evitando la realización de sobreesfuerzos, de trabajo a turnos y/o nocturnos, reubicando al trabajador en otro puesto de trabajo, etc).

No debemos olvidar que, será a través del plan de prevención de riesgos laborales de cada empresa, la evaluación de los riesgos y la planificación

de las actividades preventivas y de protección a llevar a cabo, donde se debe determinar las medidas precisas a adoptar, en función de las

particularidades del puesto de trabajo

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RIESGOS PSICOSOCIALES

Como ya comentamos al principio del Cuadernillo Informativo, los sectores de jardi-nería y silvicultura se caracterizan fundamentalmente por la realización de tareas muy diversas, generalmente a la intemperie, con jornadas de trabajo muy extensas, etc. Esta particularidad, unido a la cada vez mayor temporalidad en las contrataciones de los trabajador@s, a la realización de trabajos rutinarios, la falta de promoción en el puesto de trabajo, etc., provoca que los trabajador@s de estos sectores se encuentren expuestos también a una gran presión psicológica.

Cuando a la carga de trabajo física hay que añadir la presión psicológica que conlleva el trabajo, nos encontramos con que los trabajador@s están sometidos a situaciones de estrés, carga mental, etc., pudiendo llegar a producir depresión u otra serie de conflictos que, en muchas ocasiones traspasan del ámbito laboral al doméstico.

Los principales factores de riesgo psicosocial con los que nos podemos encontrar son:

¬ Estrés: debido a altas demandas de trabajo sin tener los recursos necesarios para hacer frente a dichas demandas por parte del trabajador. Cuando estas si-tuaciones de estrés son muy intensas o se prolongan en el tiempo pueden llegar a ocasionar daños en la salud de quién las padece, desembocando en situaciones de ansiedad, pérdida de concentración, dificultad para relajarse, pérdida de au-toestima, úlceras, hipertensión, arritmias, depresión, etc., afectando también a la unidad articular, dado que provoca contracturas musculares.

¬ Falta de Autonomía: cuando el trabajador no puede disponer de la iniciativa ne-cesaria para estructurar o planificar sus tareas dentro del puesto de trabajo, de-rivando en situaciones de gran insatisfacción laboral y disminuyendo el grado de compromiso con la empresa, pudiendo encontrarnos con situaciones contrarias en la que la autonomía es excesiva. En ambos casos puede derivar en fatiga física y mental, estrés, conflictos derivados en acoso o violencia laboral, etc.

¬ Repetitividad y monotonía: cuando las fases del trabajo y las funciones a desem-peñar por el trabajador se repiten en el tiempo, sin posibilidad de alternar tareas distintas. Al igual que ocurre con la autonomía del trabajador, se ha establecido la existencia de una relación directa entre el trabajo monótono y repetitivo y la insatisfacción laboral de trabajador. Para que un trabajo sea interesante debe ser variado y debe tener una cierta multiplicidad de tareas y de atribuciones.

¬ Carga mental: se produce cuando las exigencias cognitivas del trabajador para realizar su trabajo no se adaptan a su capacidad de respuesta y se realiza un uso excesivo en tiempo y/o intensidad de funciones cognitivas. La carga mental se puede dar en dos situaciones diferentes, cuando hay una sobrecarga de trabajo (el volumen de trabajo, la complejidad de la tarea y el tiempo disponible para realizarlas están por encima de la capacidad del trabajador para responder a la

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tarea) y la subcarga de trabajo (el volumen de trabajo está muy por debajo del necesario para mantener el nivel correcto de activación del trabajador o la tarea no implica ningún compromiso mental resultando insuficiente para el trabaja-dor). En ambos casos puede desembocar en fatiga mental, que puede producir igualmente situaciones de estrés, depresión, contracturas musculares, falta de concentración en la tarea, etc.

¬ Falta de apoyos: se produce cuando el trabajador debe realizar su trabajo de manera aislada sin contar con el apoyo de superiores y/o compañeros, así como cuando las tareas están mal definidas o la información es inadecuada, pudiendo derivar en la frustración e insatisfacción del trabajador.

Al igual que ocurre con el resto de riesgos laborales a los que pueden estar expuestos los trabajador@s de estos sectores (riesgos mecánicos, ergonómicos, físicos, etc.) es necesario que la empresa evalúe, también, los riesgos psicosociales, detectan-do los posibles factores de riesgo psicosocial a los que puedan estar expuestos los trabajador@s, y a raíz de ahí, establecer las medidas organizativas necesarias para bien eliminar el riesgo, o bien, controlar los riesgos minimizando las consecuencias que puedan tener en la salud de los trabajador@s, teniendo en cuenta para ello lo establecido en el Art. 15 de la LPRL, sobre los “Principios de la Acción Preventiva”, y fundamentalmente que la interrelación entre diversos factores de riesgos (físicos-psicosociales; mecánicos-psicosociales, etc.) produce un efecto sinérgico a la hora de producirse un accidente de trabajo y en consecuencia, un daño en la salud del trabajador.

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RIESGOS FÍSICOS

Dentro de los riesgos físicos a los que están expuestos los trabajador@s de estos sec-tores cabe destacar aquéllos que tienen relación con las condiciones ambientales (al que dedicamos un capítulo específico), el ruido y las vibraciones.

Debido al tipo de actividad desarrollada (uso de maquinaría, trabajos en vías de cir-culación, etc.) son frecuentes las situaciones en las que los niveles de ruido superan frecuentemente los limites permitidos, según “RD 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido”, el valor inferior de exposición que dará lugar a una acción es de 80 dB(A), valor a partir del cual la empresa estará obligada a adoptar medidas preventivas y de protección de la salud de los trabajador@s expuestos.

La exposición durante un breve periodo de tiempo a un ruido excesivo puede ocasionar pérdidas temporales de audición, que dura de unos pocos segundos a unos cuantos días. Por otro lado, la exposición al ruido durante un largo período de tiempo puede provocar al trabajador pérdidas auditivas permanentes. Esta pérdida de audición NO siempre es fácil de reconocer, dándose la circunstancia de que en la mayoría de los casos, los trabajador@s no se dan cuenta de que están perdiendo audición hasta que su sentido del oído ha quedado dañado permanentemente, siendo así tan importante la adopción de medidas preventivas.

A través de la evaluación de los riesgos y la planificación de la actividad preventi-va, y teniendo en cuenta lo establecido en el RD 286/2006 de ruido anteriormente mencionado, se deberán establecer aquéllas medidas encaminadas a eliminar la ex-posición al ruido o disminuir los niveles de ruido y/o el tiempo de exposición de los trabajador@s. De manera general se deberá:

t Eliminar la fuente de trasmisión de ruido o minimizar la emisión de ruido al máximo, a través de pantallas, cerramientos y recubrimientos con material acús-ticamente absorbente.

t Reducir al máximo los tiempos de exposición de los trabajador@s a las fuentes de ruido a través de medidas organizativas y de los tiempos de trabajo.

t Tener en cuenta en la adquisición de los equipos de trabajo que éstos emitan el menor ruido posible, disponiendo de sistemas de atenuación del ruido.

t Disponer los lugares de trabajo de manera que las diversas fuentes de emisión de ruido interfieran lo menos posible en el resto de trabajador@s.

t Realizar una correcta vigilancia de la salud, aplicando en los reconocimientos médicos los protocolos sanitarios específicos para la exposición del trabajador al ruido.

t Dar a los trabajador@s las instrucciones precisas y la formación adecuada sobre las medidas preventivas a adoptar, así como de los efectos auditivos en su salud

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debidos a la exposición al ruido (hipoacusias, jaquecas, irritabilidad, presión ar-terial elevada, etc.).

t Dotar a los trabajador@s de los equipos de protección auditivos adecuados (EPI´s) de protección contra el ruido, cuando no sea posible minimizar sus efec-tos a través de medidas técnicas, organizativas o de protección colectiva.

Por otro lado, la exposición a vibraciones puede resultar perjudicial para la salud, sien-do en muchos casos desconocido estos efectos perjudiciales por los trabajador@s. Sin embargo, la exposición a este factor de riesgo no solamente es molesto para el traba-jador, sino que cuando es constante puede provocar problemas y dolores de espalda, trastornos vasculares, síndrome de túnel carpiano, etc. El uso de equipos de trabajo (vehículos y equipos portátiles con vibración, como motosierras, desbrozadotas, etc.) en estos sectores está muy generalizado.

Al igual que ocurre con la exposición al ruido, la empresa deberá adoptar medidas encaminadas a proteger a los trabajador@s de la exposición a vibraciones, que irán encaminadas a:

t La eliminación o reducción de la exposición.

t La mecanización de las tareas con exposición a vibraciones en lugar de realizar-las manualmente.

t La limitación del tiempo de exposición.

t La adquisición de equipos de trabajo con sistemas antivibratorios, o bien la ins-talación de empuñaduras antivibratorios en los equipos manuales para aquéllos que ya se hayan adquirido.

t Al igual que ocurre con el ruido, realizar una correcta vigilancia de la salud apli-cando los protocolos sanitarios específicos.

t Formar e informar a los trabajador@s sobre la exposición a este factor de riesgo, las medidas preventivas y de protección a adoptar y las consecuencias que puede conllevar para su salud.

t Cuando a través de otro tipo de medidas técnicas u organizativas no sea posible la total protección del trabajador, se complementarán con los equipos de protec-ción individual necesarios.

Es imprescindible a la hora de establecer medidas preventivas frente al ruido y las vibraciones que se cuente con la consulta y participación de

los trabajador@s y/o sus representantes legales (Art. 18 y 34 LPRL)

La empresa adoptará todas las medidas preventivas necesarias para la adaptación de los puestos de trabajo de los trabajador@s especialmente

sensibles (Art. 25 LPRL) y de las trabajadoras embarazadas (Art. 26 LPRL) frente al ruido y las vibraciones, dados los efectos negativos que puede

conllevar para su salud.

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RIESGOS RELACIONADOS CON LAS CONDICIONES AMBIENTALES

Una de las particularidades de los sectores de jardinería y silvicultura, que en otros sectores no tienen tanta incidencia, es el trabajo a la intemperie. Este tipo de trabajo hace más difícil establecer medidas preventivas adecuadas, ya que el “lugar de traba-jo” en el que el trabajador presta servicios no está bajo el control de la empresa, como puede suceder cuando el trabajo se realiza en una nave o en una oficina, por tanto, es muy importante que a la hora de establecer medidas preventivas se tenga en cuenta el lugar o medioambiente de trabajo donde se va a prestar servicios, atendiendo a las condiciones climáticas que se puedan dar en cada caso.

Son muchos los trabajos que los trabajador@s de estos sectores deben realizar a la intemperie, como son el desbrozado, desmalezado, el apeo, siembra, labores de lim-pieza, etc.

Si bien es cierto que no todos los trabajador@s contamos con las mismas capaci-dades a la hora de adaptarnos a las diversas condiciones climáticas con las que nos podamos encontrar en nuestro puesto de trabajo, hay que destacar que, en mayor o menor medida los trabajador@s que prestan su trabajo a la intemperie y en condi-ciones climatológicas adversas sufren en su salud, a corto o largo plazo, los efectos que de estos factores de riesgo se derivan. Por lo que a la hora de adoptar medidas preventivas, la empresa deberá atender con especial incidencia, a las condiciones in-dividuales de cada trabajador que padece estas condiciones climatológicas adversas, así como sobre la capacidad del individuo de poder aclimatarse.

8.1 Riesgos generales

Como ya hemos visto, en estos sectores existe una permanente exposición a las con-diciones climáticas del lugar donde se realizan las tareas y de la estación del año en la que se realice dicho trabajo, por lo que la exposición al frío, el calor, la lluvia, el viento y la nieve, se convierten en importantes factores de riesgo a tener en cuenta en la evaluación de los riesgos a los que pueda estar expuesto el trabajador.

Los daños que se pueden derivar en la salud del trabajador debido a estas condiciones climáticas son:

¬ Insolaciones

¬ Calambres por pérdida de agua y sales debido a la exposición solar.

¬ Entorpecimiento muscular debido a fríos extremos, pudiendo derivar en congela-ción de extremidades.

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¬ Altas ráfagas de viento que provoquen vuelcos de maquinaria, caída de ramas de árboles, etc. con el consiguiente riesgo para el trabajador.

¬ En caso de exposición prolongada a radiaciones ultravioletas pueden derivar en caso de cáncer en la piel.

¬ Etc.

De manera general (aunque dedicamos un apartado especial a la exposición del tra-bajador al calor), la empresa deberá llevar a cabo una serie de medidas preventivas ante las condiciones climáticas adversas que se puedan presentar en los diferentes lugares de trabajo:

• Previo a la realización de los trabajos se deberá atender a las previsiones atmos-féricas previstas de cara a establecer las medidas preventivas oportunas, o en su caso, el retraso en los trabajos hasta que dichas condiciones climatológicas sean más adecuadas y no entrañen riesgos.

• Establecer pausas que permitan la recuperación térmica del trabajador, tanto del frío como del calor, y siempre que sea posible en un lugar cerrado y conveniente-mente climatizado.

• Evitar el trabajo en las horas de temperaturas extremas (tanto por frío como por calor).

• Rotar los puestos y tareas en los que la exposición a temperaturas adversar sea mayor, limitando así el tiempo de exposición del trabajador.

• Reponer los líquidos que pueda perder el organismo debido a carga térmica, ingi-riendo bebidas de manera pausada pero abundante.

• Dotar a los trabajador@s de los equipos de protección individual necesarios para combatir el frío, el calor, la nieve y el viento, incluyendo si fuera necesario, protec-ción solar dérmica y ocular.

• Dar las instrucciones debidas a los trabajador@s, la formación e información ne-cesaria de cara a poder combatir las condiciones atmosféricas, así como sobre los tiempos de aclimatación.

• Dar formación sobre los primeros auxilios a llevar a cabo en caso de accidentes laborales debidos a estas condiciones climatológicas.

• Realizar la vigilancia de la salud y los reconocimientos médicos teniendo en cuenta estos factores de riesgo, así como las condiciones individuales de cada trabajador de cara a combatir el riesgo y poder aclimatarse a él.

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8.2 Estrés Térmico por Calor

Tal y como lo define el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) el estrés térmico por calor es “la carga de calor que los trabajadores reciben y acumulan en su cuerpo y que resulta de la interacción entre las condiciones ambientales del lugar donde trabajan, la actividad física que realizan y la ropa que llevan”.

El cuerpo humano necesita, para trabajar con normalidad, que la temperatura interior se mantenga en torno a los 37ºC. A partir de los 38ºC ya se pueden producir daños a la salud del trabajador, pudiendo llegar a producir la muerte a partir de los 40,5ºC.

Los trabajador@s del sector de jardinería y silvicultura, como ya hemos visto, desarro-llan su trabajo principalmente a la intemperie, por lo que el estrés térmico por calor es un factor de riesgo laboral a tener muy en cuenta a la hora de adoptar medidas preventivas que protejan a este colectivo de trabajador@s.

En trabajos al aire libre, el estrés térmico y sus consecuencias pueden ser especial-mente peligrosos ya que, al tratarse de una situación peligrosa que fundamentalmen-te se da en los días más calurosos de verano, no suele haber programas de prevención de riesgos como en el caso de los trabajos donde el estrés por calor es un problema a lo largo de todo el año.

La exposición a este factor de riesgo puede desencadenar en distintos daños a nuestra salud, dado que los riesgos que ocasionan pueden presentarse de manera diversa:

• Muy rápidamente, con desenlaces rápidos e irreversibles.

• Fácilmente reconocibles (igualmente, la posibilidad de que se produzcan daños es fácilmente previsible).

• Con condiciones ambientales no excesivamente extremas, pudiendo pasar el ries-go inadvertido y producir daños a la salud de los trabajador@s.

Existen otra serie de factores de riesgo, que interrelacionando con el riesgo de ex-posición a estrés térmico por calor, intervienen en la probabilidad de que se generen daños en la salud de los trabajador@s, y sobre las que es necesario intervenir para reducir dicha probabilidad:

El exceso de calor corporal puede hacer que:

• Aumente la probabilidad de que se produzcan accidentes de trabajo.

• Se agraven dolencias previas (enfermedades cardiovasculares, respiratorias, renales, cutáneas, diabetes, etc.).

• Se produzcan las llamadas enfermedades relacionadas con el calor.

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1. El tiempo de exposición a la situación de estrés (duración del trabajo): Si es largo, aún cuando el estrés térmico no sea muy elevado, el trabajador puede acu-mular una cantidad de calor peligrosa.

2. Factores individuales: Atendiendo a esta individualidad del trabajador, ante un mismo puesto de trabajo con idéntica exposición al riesgo, determinados trabajador@s, atendiendo a sus condiciones individuales pueden tener una pre-disposición mayor a sufrir estrés térmico por calor que otros. Estos factores consisten fundamentalmente en la edad, el estado de salud, toma de medica-mentos, mala forma física, falta de descanso, consumo de alcohol, drogas y exceso de cafeína, haber sufrido con anterioridad algún trastorno relacionado con el calor, etc., y principalmente, la falta de aclimatación al calor del trabaja-dor. Éste último es uno de los factores individuales más importantes, dado que los trabajador@s no aclimatados pueden sufrir daños en condiciones de estrés térmico por calor que no son dañinas para sus compañeros que llevan tiempo trabajando en esas condiciones.

8.2.1 Medidas preventivas generales

Dado que una de las principales característica del trabajo de jardinería y silvicultura es el trabajo a la intemperie, es complicado actuar sobre las condiciones ambientales (eliminando el factor de riesgo). Por lo que se hace necesario que los empresarios desarrollen medidas de tipo organizativo para reducir al mínimo los riesgos y con-secuencias derivadas de su exposición. Estas medidas consisten principalmente en:

t Realizar un procedimiento de trabajo previo a la realización de las tareas, tenien-do en cuenta el lugar sobre el que se va a trabajar y las posibilidades de organi-zar los tiempos de trabajo en función a sus características (si existen sombras, maquinaria y herramienta a utilizar).

t Estar atentos a las previsiones meteorológicas para planificar el trabajo diario y adoptar las medidas preventivas adecuadas. Además de la temperatura del aire, deben tenerse en cuenta la humedad del aire (el riesgo aumenta al aumentar la humedad del aire) y la radiación solar (si el día es despejado aumenta el riesgo). Los valores de temperatura a partir de los cuales los riesgos pueden ser inacep-tables dependerán de si el trabajo es ligero (temperaturas más altas), moderado (temperaturas más bajas que en el caso de los ligeros) o pesados (temperaturas todavía más bajas).

Para trabajos de tipo moderado, los riesgos debidos al estrés térmico por calor pueden ser importantes. En un día cubierto y con una humedad relativa del 30%, cuando la temperatura alcanza los 33ºC, cada aumento de la humedad relativa del 10%, produce un riesgo comparable a un aumento de la tempera-tura entre 2ºC y 3ºC. Si además el día está completamente despejado, el riesgo sería comparable al producido por un aumento de la temperatura de unos 7ºC, mientras que si está parcialmente cubierto, sería como el producido por un incremento de 3ºC.

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t Procurar que el trabajo, especialmente durante las horas de mayor temperatura, se haga en interiores o a la sombra.

t Planificar las tareas de mayor esfuerzo físico, las más pesadas, los trabajos es-pecialmente peligrosos y el trabajo en solitario, de manera que se realicen en los momentos de menor calor de la jornada.

t En zonas donde el verano es muy caluroso, modificar los horarios de trabajo du-rante el verano para que, cuando el proceso de trabajo lo permita, no se trabaje durante las horas de más calor del día.

t Establecer la rotación de trabajador@s en las tareas donde puede haber mucho estrés térmico por calor.

8.2.2 Medidas preventivas de aclimatación al calor

La aclimatación al calor no se consigue de forma inmediata sino de manera gradual, pudiendo durar de 7 a 14 días. Durante este proceso el cuerpo se va adaptando a realizar una determinada actividad física en condiciones ambientales calurosas. El proceso consiste en:

t El primer día de trabajo sólo se debe trabajar en esas condiciones la mitad de la jornada.

t Posteriormente cada día se irá aumentando un poco el tiempo de trabajo (10% de la jornada normal) hasta llegar a la jornada completa. Los aumentos de la actividad física del trabajo o del calor o la humedad ambientales, requerirán otra aclimatación a las nuevas circunstancias.

t Cuando se deja de trabajar en esas condiciones durante 3 semanas (por ejemplo en vacaciones o durante una baja prolongada), se puede perder la aclimatación al calor. Ello implica que es necesario volver a aclimatarse al incorporarse nueva-mente al trabajo.

t Será necesario una nueva aclimatación si la actividad, el calor o la humedad au-mentan bruscamente o hay que empezar a usar EPI´s.

La aclimatación al calor hace que el cuerpo sea capaz de tolerar mejor los efectos del calor, ya que favorece los mecanismos de termorregulación fisiológica (aumenta la producción del sudor y disminuye su contenido en sales y aumenta la vasodilatación periférica) y con ello la temperatura central del cuerpo no se eleva tanto.

Ningún trabajador debería realizar la jornada completa con exposición a estrés térmico por calor sin estar aclimatado.

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8.2.3 Medidas preventivas adicionales durante las olas de calor

Las olas de calor son situaciones meteorológicas que duran varios días y se caracte-rizan por temperaturas inusualmente altas durante el día y durante la noche. Como consecuencia, se incrementan en gran medida la magnitud de los riesgos para la sa-lud de los trabajador@s debidos al estrés térmico por calor. Por tanto es necesario:

t Intensificar las medidas y conductas preventivas y extenderse a todos los ámbi-tos laborales y trabajador@s que puedan verse afectados.

t Prestar una especial atención a los trabajos y trabajador@s que habitualmente no están expuestos a condiciones de estrés térmico por calor, dado que es más fácil que los trabajador@s desconozcan las medidas preventivas a adoptar.

t Seguir las medidas preventivas citadas y los consejos de las autoridades sanitarias.

t Adoptar medidas para que el cuerpo no acumule un exceso de calor, evitando o limitando la entrada de calor del ambiente y la generación de calor interno por la actividad muscular, favoreciendo la pérdida de calor corporal.

t Reponer el agua y las sales perdidas al sudar, para lo cual debe beberse agua sin esperar a tener sed y tomar un poco más de sal en las comidas (en caso de sufrir hipertensión debe consultarse al médico cuánta sal tomar).

t Estas recomendaciones deben tenerse en cuenta cuando se está en el trabajo y fuera del mismo.

t Si no se dispone de lugares frescos donde descansar, es aconsejable ducharse, bañarse, mojarse el cuerpo o envolverse en toallas mojadas, ya que la evapo-ración del agua sobre la piel refresca el cuerpo. Es importante conseguir re-frescarse durante la noche para poder descansar y dormir, ya que como se ha indicado anteriormente, la falta de descanso es un factor que agrava los efectos del estrés térmico.

t Fomentar el uso de pantalones largos y camisa de manga larga, no ajustados, de tejidos ligeros y color claro, así como el uso de sombreros de ala ancha para que los trabajador@s se protejan de la radiación térmica solar y también de la ultravioleta, que puede provocar cánceres de piel.

8.2.4 Daños en la salud de los trabajador@s debidos al calor

Tal como hemos comentado al principio de este apartado, la exposición del trabajador a estrés térmico puede desembocar en diversos daños en su salud, bien por sufrir un accidente de trabajo, por el agravamiento de patologías previas del trabajador, o por-que desencadenan alguna de las “enfermedades relacionadas con el calor”.

Es importante tener en cuenta que los trabajador@s con enfermedades cardiovas-culares, respiratorias, diabetes, enfermedades de la piel, enfermedades de las glán-dulas sudoríparas, insuficiencia renal, enfermedades gastrointestinales, epilepsia y

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería” 39

enfermedades mentales son más vulnerables frente al estrés térmico por calor, por lo que no deberían trabajar en condiciones de calor extremo.

Por otro lado, la toma de ciertos medicamentos (tanto prescritos por el médico como los que no necesitan receta médica), incrementa el riesgo de sufrir daños en la salud, siendo muy importante preguntar al facultativo médico sobre las medidas a adoptar cuando existe exposición al calor, ya que algunos medicamentos actúan alterando la termorregulación natural del cuerpo (antihistamínicos, antidepresivos, tranquilizan-tes, etc.) o pueden facilitar la deshidratación (por ejemplo los diuréticos).

En el cuadro siguiente podemos ver las enfermedades relacionadas con el calor, con las causas que las originan, los síntomas que producen, los primeros auxilios que deben aplicarse ante las mismas y medidas para prevenirlas.

ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL CALOR

CAUSAS SÍNTOMAS PREVENCIÓN (PREV.) / PRIMEROS AUXILIOS (P. AUX.)

ERUPCIÓN CUTÁNEA

Piel mojada debido a excesiva sudoración o a excesiva humedad ambiental.

Erupción roja desigual en la piel que puede infectarse, picores intensos, molestias que impiden o dificultan trabajar y descansar bien.

PREV.: Ducharse regularmente, usar jabón sólido y secar bien la piel. Evitar la ropa que oprima. Evitar las infecciones. P. AUX: Limpiar la piel y secarla. Cambiar la ropa húmeda por seca.

CALAMBRES Pérdida excesiva de sales, debido a que se suda mucho. Beber grandes cantidades de agua sin que se ingieran sales para reponer las perdidas con el sudor.

Espasmos (movimientos involuntarios de los músculos) y dolores musculares en los brazos, piernas, abdomen, etc. Pueden aparecer durante el trabajo o después.

PREV.: Ingesta adecuada de sal con las comidas. Durante el periodo de aclimatación al calor, ingesta suplementaria de sal. P. AUX: Descansar en lugar fresco. Beber agua con sales o bebidas isotónicas. Hacer ejercicios suaves de estiramiento y frotar el músculo afectado. No realizar actividad física alguna hasta horas después de que desaparezcan. Acudir al médico si no desaparece en 1 hora.

SÍNCOPE POR CALOR

Al estar de pie e inmóvil durante mucho tiempo en sitios calurosos, no llega suficiente sangre al cerebro. Pueden sufrirlo sobre todo los trabajador@s no aclimatados al calor al principio de la exposición.

Desvanecimiento, visión borrosa, mareo, debilidad, pulso débil.

PREV.: Aclimatación. Evitar estar inmóvil durante mucho tiempo, moverse o realizar alguna actividad para facilitar el retorno venoso al corazón. P. AUX: Mantener a la persona echada con las piernas levantadas en lugar fresco.

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería”40

(*) En algunas publicaciones, al golpe de calor se le llama indebidamente “insolación”. Las insolaciones son el resultado de las exposiciones excesivas a los rayos del sol, y pueden abarcar desde molestias, en el mejor de los casos, hasta enfermedades más o menos graves, incluido el golpe de calor.

Fuente: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo

AGOTAMIENTO POR CALOR

En condiciones de estrés térmico por calor, durante trabajo continuado, sin descansar o perder calor y sin reponer el agua y las sales perdidas al sudar. Puede desembocar en golpe de calor.

Debilidad y fatiga extremas, náuseas, malestar, mareos, taquicardia, dolor de cabeza, pérdida de conciencia, pero sin obnubilación. Piel pálida, fría y mojada por el sudor. La temperatura rectal puede superar los 39 °C.

PREV.: Aclimatación. Ingesta adecuada de sal con las comidas y mayor durante la aclimatación. Beber agua abundante aunque no se tenga sed. P. AUX: Llevar al afectado a un lugar fresco y tumbarlo con los pies levantados. Aflojarle o quitarle la ropa y refrescarle, rociándole con agua y abanicándole. Darle agua fría con sales o una bebida isotónica fresca.

GOLPE DE CALOR (*)

En condiciones de estrés térmico por calor: trabajo continuado de trabajador@s no aclimatados, mala forma física, susceptibilidad individual, enfermedad cardiovascular crónica, toma de ciertos medicamentos, obesidad, ingesta de alcohol, deshidratación, agotamiento por calor, etc. Puede aparecer de manera brusca y sin síntomas previos. Fallo del sistema de termorregulación fisiológica. Elevada temperatura central y daños en el sistema nervioso central, riñones, hígado, etc., con alto riesgo de muerte.

Taquicardia, respiración rápida y débil, tensión arterial elevada o baja, disminución de la sudación, irritabilidad, confusión y desmayo. Alteraciones del sistema nervioso central. Piel caliente y seca, con cese de sudoración. La temperatura rectal puede superar los 40,5 °C PELIGRO DE MUERTE.

PREV.: Vigilancia médica previa en trabajos en condiciones de estrés térmico por calor importante. Aclimatación. Atención especial en olas de calor y épocas calurosas. Cambios en los horarios de trabajo, en caso necesario. Beber agua frecuentemente. Ingesta adecuada de sal con las comidas. P. AUX: Lo más rápidamente posible, alejar al afectado del calor, empezar a enfriarlo y llamar urgentemente al médico: Tumbarle en un lugar fresco. Aflojarle o quitarle la ropa y envolverle en una manta o tela empapada en agua y abanicarle, o introducirle en una bañera de agua fría o similar. ¡ES UNA EMERGENCIA MÉDICA!

DESHIDRATACIÓN Pérdida excesiva de agua, debido a que se suda mucho y no se repone el agua perdida.

Sed, boca y mucosas secas, fatiga, aturdimiento, taquicardia, piel seca, acartonada, micciones menos frecuentes y de menor volumen, orina concentrada y oscura.

PREV.: Beber abundante agua fresca con frecuencia, aunque no se tenga sed. Ingesta adecuada de sal con las comidas. P. AUX: Beber pequeñas cantidades de agua cada 30 minutos.

ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL CALOR

CAUSAS SÍNTOMAS PREVENCIÓN (PREV.) / PRIMEROS AUXILIOS (P. AUX.)

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería” 41

EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI´s)

Tal y como establece el Art. 15 de la LPRL “Principios de la Acción Preventiva”, en su apartado H, se debe “Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la indivi-dual”. Esta es una premisa indiscutible de la prevención de riesgos laborales, ya que el EPI no elimina o controla el riesgo, sino los efectos que pueden causar en la seguridad y salud de los trabajador@s expuestos, en caso de materializarse ese riesgo.

Si bien es cierto que a través de la evaluación de riesgos y la planificación de la ac-ción preventiva se deben adoptar todas las medidas necesarias para evitar que los trabajador@s deban utilizar en exceso los Equipos de Protección Individual (EPI ´s) y evitar así las molestias e incomodidad que en muchos casos supone su uso, en los sectores de jardinería y silvicultura se hace necesario en muchas ocasiones, debido a las particularidades propias del sector y los múltiples factores de riesgo a los que es-tán expuestos, el uso de estos equipos de protección individuales como complemento al resto de medidas preventivas (técnicas, organizativas, de protección colectiva, etc.).

Para ello, en la evaluación de riesgos laborales se deberá establecer cuales son los EPI´s necesarios y adecuados para cada trabajador, en función de las tareas que des-empeñe y de los riesgos a los que estén expuestos. De manera general, cuando se establezca la necesidad de utilizar estos equipos de protección individual, se deberá tener en cuenta:

t Que el EPI se utiliza como último recurso, cuando no sea posible reducir los ries-gos con medios técnicos, de organización, etc.

t Estos equipos, como su nombre indica, deberán ser de uso individual y no com-partido, y se deberán sustituir siempre que estén dañados o deteriorados.

t La ropa de trabajo deberá confeccionarse con materiales que sean cómodos, que mantengan seco el cuerpo del trabajador y a una temperatura agradable. Para el trabajo con exposición a condiciones climatológicas adversas, deberá emplearse una ropa adecuada, con objeto de aislar al trabajador del frío, calor, viento y nieve.

t Se deberán usar EPI´s cuando haya un riesgo de radiación ultravioleta o amena-zas biológicas debido a plantas venenosas, animales o infecciones.

t La ropa debería ser de un color que contraste con el entorno laboral, para que los trabajador@s sean perfectamente visibles.

t Cuando se manipulen productos químicos, deberán facilitarse equipos de protec-ción individual que protejan al trabajador del contacto por vía dérmica así como de la inhalación del producto. En caso de que sea posible, se sustituirán los pro-

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Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería”42

ductos químicos peligrosos por otros que no entrañen riesgo, o bien el nivel de peligrosidad sea menor.

t Se deberá formar a los trabajador@s sobre las características del EPI que vaya a utilizar, el tipo de protección que ofrecen, sus posibilidades, limitaciones, uso y mantenimiento. Estas instrucciones se deberán dar por escrito.

t Se deberá disponer de una cantidad suficiente de EPI´s con objeto de que se ase-gure la completa seguridad de los trabajador@s en caso de tener que sustituir dichos equipos por rotura, deterioro, etc.

t El equipo de protección individual se deberá ajustar a lo establecido en el “RD 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relati-vas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individual”.

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MEDIDAS DE EMERGENCIAY PRIMEROS AUXILIOS

En estos sectores es habitual que los trabajador@s realicen el trabajo en pequeños grupos, pero dispersos en distinto puntos de trabajo y en muchas ocasiones aislados de los centros de salud y/o emergencias.

Debida a esta particularidad, es especialmente importante que la empresa facilite a todos los trabajador@s formación en materia de primeros auxilios y sobre medios de evacuación en caso de una emergencia, ya que una pronta intervención en caso de que un trabajador sufra un accidente de trabajo, asegura que las consecuencias del accidente puedan no revestir tanta gravedad.

Teniendo en cuenta que, como ya hemos visto a lo largo del Cuadernillo Informativo, estos trabajador@s pueden sufrir riesgos de intoxicación por productos químicos, mordeduras o picaduras de animales, golpes de calor, etc. , en caso de ser necesario esta formación se deberá ampliar con los servicios médicos del trabajo.

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Ante un accidente de trabajo ten en cuenta siempre la conducta PAS:

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De manera general es necesario que:

¬ La formación de primeros auxilios se deberá repetir a intervalos adecuados con objeto de que los conocimientos teóricos y prácticos adquiridos no se olviden o queden anticuados.

¬ La evaluación de riesgos del medioambiente de trabajo en el que se vayan a prestar servicios deberá establecer la necesidad de que exista personal capa-citado específicamente en primeros auxilios y evacuación de heridos, así como de medios o instalaciones de primeros auxilios.

¬ Se debe dotar a los trabajador@s de botiquines de fácil acceso en los lugares de trabajo, indicando a los trabajador@s la ubicación de estos botiquines, sien-do fácilmente visibles (que lleven rótulos claros y que contengan solamente material de primeros auxilios).

¬ Facilitar una relación de los centros de emergencias más cercanos (teléfono, di-rección, ruta más rápida, etc.) al lugar de trabajo de cara a un posible traslado del trabajador herido.

¬ Se deberán tomar medidas para una rápida evacuación de los trabajador@s gravemente heridos o enfermos y que necesite asistencia médica urgente.

¬ Dotar en la zona de trabajo de una radio o teléfono móvil para poderse poner en contacto con los servicios de salvamento cuando se produzca un accidente, así como periódicamente revisar que el funcionamiento de estos sistemas de comunicación son correctos.

¬ En las zonas de trabajo permanentes se deberá establecer un lugar adecuado donde los trabajador@s enfermos o heridos puedan descansar cómodamente hasta el momento de la evacuación.

¬ Los trabajador@s deberán poder disponer de un vehículo de transporte para poderse desplazar hasta centro médico o al lugar hasta el que pueda acceder una ambulancia, helicóptero, etc.

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería” 45

PROPUESTAS DE UGT-MADRID

Las propuestas que desde UGT-Madrid hacemos para intentar reducir la siniestralidad laboral en las empresas de la Comunidad de Madrid dentro de un Sistema Integrado de Gestión irían encaminadas a:

l Exigir el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en relación a los derechos de los trabajador@s, intentando que la calidad dentro del Sistema de Gestión no tome el protagonismo y deje de lado la prevención o el medio ambiente.

l Continuidad de Acuerdos firmados entre Administración y Agentes Sociales y mayor duración de los mismos.

l Aplicación del Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, e instar a la Administración a que se publique no sólo en el Boletín Oficial del Estado o de la Comunidad Autónoma, sino también a través de los medios de comunicación de forma que se de la mayor publicidad posible.

l Exclusión de las subvenciones públicas a las empresas sancionadas por infracción grave o muy grave en materia de seguridad y salud.

l La comunicación inmediata, al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de las empresas que hayan sido sancionadas con carácter grave o muy grave, en los términos previstos por la Ley de Contratos del Estado y la normativa reglamentaria que la desarrolla.

l Instar a la Administración a personarse como acusación popular en aquellos casos en que exista presunción de delito por parte del empresario.

l Demandar una efectiva coordinación entre la Inspección de Trabajo, Fiscalía y Judicatura, con la participación de los agentes sociales para conseguir mejorar la efectividad de las actuaciones llevadas a cabo en materia de siniestralidad laboral; a través del Protocolo Marco de Colaboración firmado entre los anteriores Consejo General del Poder Judicial, Ministerio del Interior, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Fiscalía General del Estado para la investigación eficaz y rápida de los delitos contra la vida, la salud y la integridad física de los trabajador@s y la ejecución de las sentencias condenatorias.

l Solicitar una aplicación efectiva del convenio de colaboración firmado entre la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, el Decano de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Madrid y Ayuntamiento de Madrid, para actuar contra la Siniestralidad laboral.

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l Aumentar los recursos materiales y humanos de la Inspección Provincial de Trabajo de la Comunidad de Madrid, así como del IRSST (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo), solicitando un incremento del número de inspectores y técnicos habilitados para una mayor vigilancia y control de la norma.

l Desarrollar y consolidar una cultura preventiva en la sociedad española en todos los ámbitos, impulsando el tratamiento de la prevención de riesgos laborales en los diferentes niveles del sistema educativo.

Uno de los objetivos de UGT-Madrid es desarrollar actividades de promoción de la salud de los trabajador@s y mejorar las condiciones de trabajo existentes en la empresa, de forma que podamos disminuir la siniestralidad existente en nuestra Comunidad.

Es importante que contemos con representación de los trabajador@s en todas las empresas, ya que a través de ésta haremos llegar al empresario nuestras propuestas, dado que los trabajador@s somos los que mejor conocemos nuestro puesto de trabajo y las condiciones en que desarrollamos el mismo.

Los Delegados de Prevención y los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo son los órganos de defensa de los intereses de los trabajador@s, vigilan el cumplimiento en las empresas y centros de trabajo de la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y promueven la participación de los trabajador@s en la organización del trabajo y la gestión del riesgo, desarrollando una política preventiva y de promoción de la seguridad y salud, en definitiva ejercen una labor de vigilancia y control de las condiciones de salud y seguridad en el desarrollo del trabajo en la empresa.

NO OLVIDES QUE ...

... ponte en contacto con UGT Madrid, ¡TU SINDICATO!

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PUBLICACIONES

A continuación se detallan algunas de las publicaciones realizadas desde la Secretaría de Salud Laboral, que tenéis a vuestra disposición.

Boletín Informativo

• Nº 39 (noviembre 2012): La influencia de la reforma laboral en la salud de los trabajadores.

• Nº 40 (diciembre 2012): Memoria de las actuaciones realizadas al amparo del III Plan Director en Prevención de RL de la Comunidad de Madrid 2008-2011. (Periodo Enero 2008-Diciembre 2012).

• Nº 41 (noviembre 2013): Acuerdo para desarrollar el IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales.

• Nº 42 (diciembre 2013): Educando en Prevención para crear cultura preventiva.

• Nº 43 (marzo 2014): Crisis económica, drogodependencias y salud pública.

• Nº 44 (diciembre 2014): Los accidentes de tráfico y la seguridad vial.

• Nº 45 (septiembre 2015): Reforma del marco jurídico de las Mutuas.

• Nº 46 (octubre 2015): Los riesgos psicosociales, cada vez más presentes.

Trípticos informativos de prevención de riesgos laborales:

• Violencia física y psicológica

• Síndrome de estar quemado por el trabajo o Burn-out

• Ansiedad y depresión laboral

• Conflicto laboral

• La Evaluación de riesgos psicosociales

• Pautas de actuación frente a los riesgos psicosociales

• Tríptico preguntas más frecuentes sobre riesgos psicosociales.

• Trabajadores Jóvenes

• Mujeres

• Actuación en caso de accidente

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• Delegado de prevención

• Enfermedad y trabajo

• Inmigrantes en varios idiomas

• Riesgos en la Manipulación de cargas y cómo prevenirlos

• Lipoatrofia semicircular

• Incapacidad temporal

• Prevención de riesgos laborales. Documentación de interés

• Prevención de riesgos laborales. Información

• Mutuas de AT y EEPP de la Seguridad Social

• Reconocimientos médicos

• Información y formación, dos herramientas seguras para la Prevención de Riesgos Laborales.

• El Amianto y sus riesgos.

• Agentes anestésicos inhalatorios

• Movilización de personas

• Riesgos Laborales de los Productos Fitosanitarios

• Riesgos Laborales de Productos Químicos

• Mutuas. Reformas de su régimen jurídico. Ley 35/2014.

• Trabajos en Altura.

• La Prevención de los Riesgos Laborales en los Centros Educativos.

• Prevención de Riesgos Laborales en Hostelería.

• Riesgo durante el embarazo y embarazo de Riesgo.

• Trabajador Inmigrante: Mismos riesgos, mismos derechos.

Trípticos Informativos circulares en materia de prevención de riesgos laborales de los siguientes títulos:

• Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente

• ¿Por qué prevenir?

• Accidentes de trabajo y riesgos psicosociales.

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Cuadernillos Informativos de Prevención de Riesgos Laborales:

• Personas con discapacidad

• Trabajadores Jóvenes

• Mujer trabajadora

• Accidentes de trabajo

• Servicios públicos

• Subcontratación

• El absentismo laboral como indicador de las condiciones de trabajo

• Trasporte y comunicaciones

• Protocolo acoso laboral

• Primeros auxilios

• Plan de autoprotección

• Alergia la látex: la gran desconocida del ámbito laboral….

• Empresas de trabajo temporal

• Vigilancia de la Salud

• Ley de Jurisdicción Social y Ley Salud Pública

• Ruido y Vibraciones

• Comercio, hostelería, turismo y juego

• Temperaturas extremas

• Trabajo en solitario

• IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid

• Equipos de trabajo

• Trastornos Musculoesqueléticos

Manuales dirigidos a los siguientes sectores:

• Riesgo eléctrico

• Riesgo biológico

• Delegados de prevención y los Riesgos psicosociales

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• Automoción

• Madera y Mueble

• Sustancias químicas

• Mutuas-sociedades de prevención

• Enfermedades profesionales

• Acoso psicológico

• Riesgos psicosociales

• Auditoria del sistema de gestión en la PRL

• Sistemas de Gestión en la PRL

• Obras de construcción

• Transporte

• Delegados de Prevención

• Riesgo biológico

• Conviene Saber….salud y seguridad en el trabajo

• Organización del Trabajo

• Gestión integral del riesgo.

• REACH Y CLP

Estudios de investigación:

• Estudio sobre los accidentes de trabajo en el sector del metal en la Comunidad de Madrid.

• Estudio sobre la situación de la prevención de riesgos laborales en la Negociación Colectiva 2013.

• Enfermedades profesionales. Trastornos musculoesqueléticos

• Necesidades de las víctimas de accidentes de trabajo graves y mortales. Guía de actuación frente a accidentes graves y mortales.

Otras publicaciones como:

• DVD de publicaciones

• Juego interactivo “PREVENIR 365”

• JUEGO DE MESA, de prevención de riesgos laborales. También se han hecho en formato pendrive y una adaptación para internet.

• CD legislación en prevención de riesgos laborales

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• Pegatinas

- Contenido de botiquines en los centros de trabajo

- ¿A quién llamar en caso de accidente.

- Servicios que ofrecemos de salud laboral

- EPI´S

• Carteles:

- Primeros auxilios

- EPI´S

- Uso correcto del extintor

- Trastornos musculoesqueléticos

- Accidente de trabajo

- Protección contra el Ruido

- Accidentes laborales de tráfico

- Almacenamiento de sustancias peligrosas

- La Vigilancia de la salud es un derecho de todos los trabajadores y trabajadoras

- El Delegado de Prevención te ayuda

- Incapacidad Temporal

- Salud Laboral y Negociación Colectiva

- IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2013-2016.

- Trabajos en Altura.

- Salud Laboral y Trabajador Inmigrante.

- El Delegado de Prevención en tu empresa.

Elaboración de informes Técnicos sobre:

• Estadística de siniestralidad.

• Negociación Colectiva.

• Síndrome del Edificio Enfermo.

• Mobbing.

• Riesgos Psicosociales.

• Y otros.

A través de la página web http://www.saludlaboralugtmadrid.org se puede acceder a las publicaciones arriba citadas, así como a otras publicaciones

realizadas que tratan de diversos temas trasversales y sectoriales de interés en materia de prevención de riesgos laborales. Se encuentran en diversos formatos

como manuales, trípticos, carteles, cuadernillos, etc.

Cuadernillo Informativo de PRL: “Silvicultura y jardinería” 53

DIRECCIONES DE INTERÉS

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Más información en los teléfonos 915890909 / 915890910 o en la web www.saludlaboralugtmadrid.org

PUBLICACIONES:

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CALIDAD DE LA PUBLICACIÓN

Los datos aportados en el presente cuestionario son confidenciales y anónimos y serán utilizados, únicamente, para analizar la calidad de las acciones desarrolladas por la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT Madrid en el marco del IV Plan Director de la Comunidad de Madrid.

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