Cuestionario de Contratos 1 Corte

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  • 7/24/2019 Cuestionario de Contratos 1 Corte

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    Cuestionario de contratos:

    Contratos:Una convencin entre dos o ms personas para constituir, reglar,transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vinculo jurdico

    El vnculo nace de un acto jurdico, el acto jurdico es aislado, no produce ningnefecto hacia alguna persona, es necesario que se constituya el vnculo.

    Ej.: i una persona, pu!licaVENDO UN BIEN INMUEBLE por "##!sf. Estahaciendo una oferta p!lica, $l le est diciendo a todas las personas que vende un!ien inmue!le, esta manifestado su voluntad de vender y est esperando que untercero desconocido le diga TE COMPRO EE BIEN INMUEBLEcuando esetercero desconocido manifiesta su voluntad de comprar y como la venta es un contrato

    consensual, es decir, se forma y se perfecciona con el solo consentimiento de laspartes.

    Es importante resaltar que una cosa es formar un contrato y otra cosa esperfeccionarlo.

    %. &odos los contratos se forman con el consentimiento de las partes pero notodos se perfeccionan del mismo modo.

    Por su !er"ecciona#iento $os contratos se c$asi"ican en:

    %. Contratos consensua$es:'on el solo consensu, consentimiento de laspartes se perfeccionan.&. Contratos rea$es:e perfeccionan con la entrega material de la cosa. Es

    decir, requieren, adems del consentimiento, la entrega de una cosa.'. Contratos so$e#nes: e perfeccionan con el cumplimiento de

    formalidades. Estas formalidades se denominan a tales formalidades(formalidades ad su!stantian) o (formalidades ad solemnitatem), con lo quese quiere significar que el cumplimiento de las mismas es esencial para laexistencia del contrato.

    Con(enci)n:Es la unin de los dos consentimientos, es decir, involucra el concurso

    de voluntades de dos o ms personas conjugadas para la reali*acin de undeterminado efecto jurdico, sea para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguirun vinculo jurdico, es decir, viene un acto jurdico y dice (+E-) y el otro dice('/01) y de esta manera se forma el vinculo, se producen los efectos de uncontrato consensual.

    o es necesario que las manifestaciones de voluntad integrantes del contrato seanid$nticas, sino !asta con que se conjuguen, complementen y coincidan en lareali*acin del efecto jurdico deseado.

    *+u, -eneran $os contratos2os contratos generan o!ligaciones, es decir, la fuente

    principal de las o!ligaciones son los contratos, 'uando ha!lamos de los contratos son3!ligaciones convencionales denominados tam!i$n (contractuales) nace de las

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    voluntad de las partes, y las o!ligaciones que estn esta!lecidas en el cdigo civil o enotras leyes, las cuales no es necesario que sean estipuladas en las clausulas delcontrato porque son o!ligaciones legales.

    En conclusin se puede decir que el contrato qui*s es la figura que engendra mayor

    nmero de relaciones o!ligatorias, desencadenante de derechos y de!eres, decomportamientos y conductas.

    /!$icando e$ !rinci!io de $a autono#0a de $as !artes , 2o que las partes no quieranque este en el contrato se modifica, es decir, cualquier estipulacin que no sea deorden p!lico puede ser extinguido, relajado, modificado. En cam!io las normas deorden p!lico no pueden modificarse.

    El principio de la autonoma de la voluntad de las partes, es el fundamento deo!ligatoriedad que conduce a darle plenos efectos jurdicos a todos los contratosinnominados. 2as partes son li!res de regular sus relaciones econmicas particulares,

    derogando total o parcialmente todas las normas supletorias contenidas en el 'digo'ivil y dems leyes /rt0cu$o %.%12.3

    En derecho civil salvo algunas materias el legislador interviene con el fin de proteger yeso causa que este vaya ms all y atropella, es decir, elimina el principio de laautonoma de la voluntad de las partes.

    Esta limitado por la intervencin del Estado.

    Ej.:'on la nueva ley de arrendamiento de locales comerciales, se modificaron algunasnormas donde se capta la intervencin del legislador en el momento que esta!lece

    que el contrato de arrendamiento ser por un a4o, que de!e ser escrito, es decir, atrav$s de un documento, que de!e ser apro!ado por un organismo de carcteradministrativo etc. 5qu se elimina la autonoma de la voluntad de las partes, de!ido aque esta ley es de orden p!lico y por lo tanto de!e ser cumplida tal cual.

    5 diferencia de las normas de orden privado Ej.:2os artculos en el 'digo de'omercio donde el legislador se4ala que a excepcin de que las partes no hayanesta!lecido las clausulas del contrato, o la sociedad mercantil, o como se va aconstituir las asam!leas etc. e aplica lo esta!lecido en el 'digo de 'omercio

    Causa de $os contratos:e trata de esa parte su!jetiva, el nimo que lleva a la

    persona a reali*ar un contrato. 2a causa es la que produce el consentimiento, es lara*n o fin por el cual se otorga dicho consentimiento.

    Ej.:i se est comprando un vehculo el nimo del comprador seria ingresar un !ienmue!le a su patrimonio sea para go*ar o vender y el nimo del vendedor seria extraerde su patrimonio un !ien mue!le para ingresar una cantidad de dinero, es decir,sustituir un !ien mue!le por una cantidad de dinero, sea para un negocio, etc.

    tro ejemplo seria una persona que junto a otra ela!oran un contrato de venta peroresulta que la persona solo necesita un pr$stamo y para garanti*ar ese pr$stamoentrega la casa en garanta hacend un documento como si estuviese vendiendo la

    casa y la otra paga el precio, no por el verdadero precio de la casa sino que entrega elvalor del pr$stamo, es decir, la cantidad de dinero que la otra persona necesita, ante

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    este supuesto no hay causa de venta pero si hay una causa su!yacente que es uncontrato de prenda, adems que se trata de un pr$stamo usurero, de!ido que lapersona cuando le esta!a entregando el dinero al vendedor no le esta!a entregando elprecio del valor real de la casa sino una cantidad de dinero inferior por motivo delpr$stamo, esta causa su!yacente es ilcita, por lo tanto el contrato es nulo, es

    inexistente por ilicitud de la causa.

    Vicios de$ consenti#iento:

    %. Error:'onsiste en una falsa apreciacin de la realidad, en creer lo falsoverdadero o viceversa. e clasifica en Error de 6echo y Error de -erecho.

    &. Do$o: Error provocado por las maquinaciones o actuaciones intencionales deuna de las partes o un tercero a fin de lograr que la otra parte decida contratar.El dolo es causa de anula!ilidad del contrato.

    '. Vio$encia: &oda coaccin de tipo fsico o moral destinada a o!tener elconsentimiento de una persona a fin de que cele!re un determinado contrato.

    7ue se clasifica en +iolencia 5!soluta y 1elativa.

    Por su contra!restaci)n e$ contrato !uede ser: neroso y 8ratuito.

    a. Onerosos:on aquellos en los cuales cada una de las partes procura teneruna ventaja mediante un equivalente o contraprestacin.

    !. 4ratuitos:on aquellos contratos en los cuales uno de los contratantes leproporciona al otro una ventaja sin equivalente alguno.

    Por e$ #odo de ad5uirir $as o6$i-aciones $as !artes: Unilateral y 8ratuito.

    a. Contrato uni$atera$:Una de las partes es la que se o!liga, es decir, surgen

    o!ligaciones para una sola de las partes contratantes!. Contrato 6i$atera$:5m!as se o!ligan, es decir, surgen o!ligaciones para am!as

    partes contratantes. 0resentan la peculiaridad de cada una de las partes esto!ligada frente a la otra9 son recprocamente deudores. est presente el principiode la reciprocidad.

    Modos de ter#inaci)n de $os contratos:

    Diso$uci)n: 2os contratos nacen, es decir, se forman por el mutuo consentimiento, ascomo existen algunos que se perfeccionan del mismo modo, por lo tanto se ningunaforma los contratos pueden disolverse o revocarse sin el mutuo consentimiento de laspartes, es decir, si am!as partes cele!ran el contrato de mutuo acuerdo tam!i$n de lamisma manera de!er disolverse. Ej.3 El contrato de +enta.

    Modi"icacion:2as partes pueden disminuir o aumentar las o!ligaciones nacidas delcontrato vigente :aumentar el precio o reducirlo;, pueden a4adir una clausula penal oeliminarla, crear un t$rmino o una condicin suspensiva o resolutoria. Estasmodificaciones que no sustituyen, ni hacen desaparecer alguno de los elementosesenciales del contrato, son eficaces pero sin efecto retroactivo. Ej.3 7ue se redu*ca elprecio de la venta.

    E$ ter#ino e7tinti(o: En los contratos de tracto sucesivo se prev$ generalmente unt$rmino, en cuyo caso el contrato cesa de producir efectos, es decir, se extinguen las

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    o!ligaciones a partir del vencimiento del t$rmino extintivo, pero su!sisten los efectosya cumplidos o que se causaron durante su vigencia. Ej.3 2a anticresis

    Condici)n Reso$utoria: 'uando las partes han convenido una accin resolutoria90roducido el hecho que constituye la condicin, esta pera retroactivamente.

    Reso$(er: Ej.3 En cuanto el contrato de arrendamiento la ley esta!lece que la falta depago de < mensualidades trae como consecuencia la resolucin del contrato:incumplimiento del canon; el arrendador en este caso da por terminado el contrato yel arrendatario estar o!ligado a entregar la cosa li!re de !ienes y personas

    =El arrendador podr entonces ir a la casa y sacarlo> o, la resolucin del contratotiene que hacerse por la va jurisdiccional y es el jue* el que decide si el contrato estresuelto.

    ='mo resolvemos el contrato> 0rimero es importante resaltar que el contrato se

    resuelve de manera unilateral ante el incumplimiento de la otra parte, pero antes deello se de!e descartar la posi!ilidad de que el arrendatario haya cumplido con lao!ligacin de manera indirecta como el pago de las mensualidades pendientes en eltri!unal, lo que se denomina oferta p!lica real de pago o que el arrendatario hayareali*ado mejoras que le corresponde al arrendador que equivalen el valor de esasmensualidades, etc. i estos supuestos no son presentados pues, el arrendatariopuede ejercer de pleno derecho la solicitud de resolucin en vista del incumplimientoante el jue*.

    En caso de que un contrato formado y perfecto donde las partes posteriormente demutuo acuerdo desean disolverlo =0ueden declarar ese contrato nulo> o, porque

    solo un contrato valido puede disolverse, es decir, solo pueden disolverse los contratosque produ*can efectos jurdicos, para que el contrato sea declarado nulo tiene que seratacado en sus elementos de valide* o existencia, sea por vicios o ausencia de uno deestos elementos.

    Nu$idad: El contrato puede terminar como consecuencia de un vicio en su formacin,donde se requiere la intervencin judicial para declarar la desaparicin de los efectosdel respectivo contrato, que se produce retroactivamente. 2as partes pueden conveniren que se han dado los supuestos de las normas legales que regulan la nulidad, deeste mismo modo se 1evoca el contrato solo que aqu se da por motivo deincumplimiento de una de las partes.

    T0tu$o III: De $as o6$i-aciones

    Ca!0tu$o I: De $as "uentes de $as o6$i-aciones

    ecci)n I: de $os contratos

    /rticu$o %.%''.3 'oncepto de 'ontratos.

    /rt0cu$o %.%'8.3 /odos de adquirir las o!ligaciones.

    /rticu$o %.%'1.3 0or su contraprestacin

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    /rt0cu$o %.%'9.3 'ontratos aleatorios Ej.3 2os contratos de seguro donde elcumplimiento depende de un hecho casual.

    /rt0cu$o %.%'.3 El contrato se forma cuando una de las partes (autor de la oferta uoferente) tiene conocimiento de la aceptacin de esa oferta Ej.3 El oferente le

    comunica al oferido la intencin de vender su casa por un /illn de !sf. El contrato seforma cuando el oferente tiene conocimiento del consentimiento del destinatario de laoferta, es decir, tuvo conocimiento de la aceptacin de la misma. Es importantedestacar que cuando el autor de la oferta le concedi un pla*o determinado aldestinatario de la oferta se de!e esperar dentro ese pla*o la aceptacin de la oferta,

    2a revocacin de la oferta de!e llegar antes de la aceptacin y la revocacin de laaceptacin de!e llegar antes que la aceptacin al conocimiento del autor de la oferta

    /rticu$o %.%';.3 ferta de ejecucin previa

    /rticu$o %.%'2.3 ferta 0!lica de 1ecompensa/rt0cu$o %.%8

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    I. De $a Ca!acidad de $as Partes Contratantes.

    /rticu$o %.%8'.3 'apacidad legal3 Es la medida de la aptitud de un sujeto de derechopara reali*ar por su propia voluntad negocios jurdicos validos que afecten sus propiosintereses.

    /rticu$o %.%88.3 ?ncapacidad 2egal.

    ?nstitutos de /anos muertas3 5lgunas iglesias que sus propios estatutos les proh!entransmitir la propiedad de los !ienes que sean de su propiedad, congelan sus !ienes yviolan el principio de la economa de la transmisin de los !ienes, los !ienes dejan deser transmitidos

    /rt0cu$o %.%81.3 En los casos donde una persona es condenada a una pena presidiotiene una pena su!sidiaria civilmente que es lo que lo declara inh!il

    II. De $os (icios de$ Consenti#iento.

    /rticu$o %.%89.3 +icios del 'onsentimiento, importante resaltar que la accin deanula!ilidad prescri!e a los " a4os

    /rt0cu$o %.%8.3 Error de derecho produce nulidad

    /rt0cu$o %.%8;.3 Error de hecho produce la anula!ilidad

    /rticu$o %.%82.3

    /rt0cu$o %.%1

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    De $os E"ectos de $os Contratos.

    /rticu$o %.%12.3Efecto del contrato, 5utonoma de la voluntad de las partes, es decir,los contratos nacen por el mutuo consentimiento de las partes, mutuo descenso.

    /rticu$o %.%9 Entre las partes contratantes, no produce ningn efecto conrelacin a los terceros porque la ley as lo esta!lece. Ej.3 / 2e vende una casa a B>resulta que cuando /compro la casa se la vendieron con documentos falsos quieredecir que /no viene siendo el verdadero propietario de la casa, el verdaderopropietario de la casa es C=0uede Cdemandar la nulidad de esta venta> o, no lopuede hacer porque no formo parte en la cele!racin del contrato as sea el verdaderodue4o, en este caso quien tiene la accin para ejercer este acto es B por ser el d$!iljurdico de!ido a que /le vendi una cosa ajena, en consecuencia la venta es nula=7ui$n tiene la legitimidad para demandar> Es B, porque los contratos si se demanda

    tanto como /y Bpueden decir que ningunos cele!raron contratos con C. En estecaso la ley solo le permite a Cpor ser el propietario del !ien inmue!le, ejercer la

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    accin reivindicatoria la cual la va a ejercer contra Bsolicitando la restitucin de lacosa.

    En conclusin, principio de 1elatividad de los contratos, los contratos solamente surtenefectos entre las partes, en este supuesto seria vendedor y comprador, la ley

    esta!lece que si el vendedor vendi la cosa que era ajena el comprador tiene elejercicio para demandar la nulidad de ese contrato porque carece de legitimidadporque el comprador no es el verdadero propietario.

    /rticu$o %.%9.3 orma 1ectora.

    %. En los contratos !ilaterales, cuando am!as partes se o!ligan, en caso de queuna de las partes no cumpla con su o!ligacin la otra parte puede reclamarjudicialmente el cumplimiento del contrato o la resolucin del mismo, es decir,que el contrato resuelto, el contrato deja de existir y vuelve al estado original enque esta!an las partes. Es importante el incumplimiento, el incumplimiento es

    la causa para pedir el cumplimiento o la resolucin.&. 'uando el legislador ha!la de (pago de da4os y perjuicios) en las o!ligacionesdonde se o!ligan a entregar una cantidad de dinero, es decir, el pago de dineroestos da4os y perjuicios en caso de contravencin est representado en elpago de intereses. 0ara que se d$ el pago de da4os y perjuicios de!e ha!eruna relacin causa efecto, es decir, que el incumplimiento de ese contratoprodujo un a4o.

    /rt0cu$o %.%9;.3i se han fijado fechas diferentes para la ejecucin de la o!ligacin laparte no puede o!ligar. Ej.3 'ele!ran el contrato de venta, las partes se dirigen alregistro. El que est comprando le dice (2os otros B###!sf. &e los pago dentro de B

    meses) y el vendedor le dice la casa te la entrego dentro del lapso de C meses) anteesta circunstancia hay contrato de venta, es decir, la venta se perfecciono solo que laspartes le estn dando un t$rmino al cumplimiento de las o!ligaciones esencialesderivadas del contrato de venta que es entregar la cosa, la tradicin de la cosa y pagarel precio. Esta es una forma de pago tracto sucesiva

    inguna persona puede exigir o puede dejar de cumplir en contratos !ilaterales suo!ligacin si la otra no ha dejado de cumplir, salvo que hayan fijado un t$rmino.

    i una de las partes no ha cumplido la otra no est o!ligada a cumplir, esta excepcinse llamaE?EPCI@N NON /DIMPLETI CONTR/CTU

    Venta3 Enajenacin de una cosa por un precio o signo que lo represente.

    /rt0cu$o %.88.3 Es Dilateral, el vendedor se o!liga a transferir el derecho depropiedad, en la venta es necesario que el consentimiento este manifestado demanera legitime /rticu$o.3%.%9%

    =5 que se o!liga el comprador> e o!liga a pagar el precio.

    2a venta es un modo de transferir el -erecho de propiedad por acto entre vivos.

    El vendedor tam!i$n es llamado el 'ausante por ser la persona que transfiere elderecho de propiedad

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    El comprador tam!i$n es llamado causaha!ientes por que es quien reci!e el derechode propiedad.

    En la venta el cumplimiento de una o!ligacin se puede sujetar a una condicin y at$rmino pero el contrato se formo y se perfecciono.

    I#!ortancia de $a (enta3

    2a venta es el contrato ms importante de todos los contratos desde un triple punto devista.

    %. 0or su frecuencia ya que, si no todas las personas venden, al menos todascompran

    . 0or la variedad de las formas que puede adoptarB. 0or la a!undancia de sus normas legales, no solo la rige el derecho civil o

    mercantil sino leyes especiales

    O6$i-aciones esencia$es de $a (enta: 2a +enta tiene dos o!ligaciones esencialespara que sea el contrato de venta

    %. &ransferencia del derecho de propiedad. El pago del precio.

    Contrato de Venta dentro de $a c$asi"icaci)n de $os contratos:

    %. Por $os #odos de ad5uirir $as o6$i-aciones: El contrato de venta es Dilateralporque am!as partes se o!ligan

    . Por su contra!restaci)n:Una de las partes transfiere el derecho de

    propiedad y el otro paga el precio, por ello el contrato es nerosoB. Por su Per"ecciona#iento:2a venta se perfecciona con el soloconsentimiento de las partes, es un contrato consensual.

    U6icaci)n:2a ejecucin de la o!ligacin en los contratos de ventas puede serinstantnea o tracto sucesivo. 2a venta es un contrato !ilateral ya que el vendedor y elcomprador asumen o!ligaciones reciprocas. 2a venta tam!i$n es un contratoconsensual, ya que se perfecciona por el solo consentimiento, lo que no excluye que laley en ciertos caso requiera el cumplimiento de determinadas formalidades.

    El contrato de +enta en cuanto a los efectos de las o!ligaciones es una o!ligacin de

    dar /rt0cu$o %.&91.3 Es importante resaltar que la cosa perece para su due4o pero sila cosa esta en manos del comprador y el comprador esta en mora no perece para eldue4o, para el propietario porque si el comprador esta en mora, sino para otra personaporque es una o!ligacin de dar y no ha cumplido

    Di"erencia de $a (enta con otros contratos a"ines:

    %. Di"erencia entre Venta A Per#uta:0ermuta se trata de cam!iar una cosa porla otra por ejemplo, te cam!io mi carro por el tuyo o (+E- 5051&5/E&,2 '5/D? 01 855-) aqu no hay venta, hay permuta, en la permuta nohay precio fijado

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    &. Di"erencia entre Venta A Donaci)n: 2a donacin es 8ratuita, el que estadonando no est reci!iendo ninguna contraprestacin. El nico que se o!ligaes el donante.

    '. La Venta A $a Daci)n de !a-o: En primer lugar la dacin de pago es un modode terminar las o!ligaciones, -ar en pago Ejemplo.3 Una persona tiene una

    deuda de %##!sf. A el acreedor se dirige a su casa a exigir el cumplimiento dela o!ligacin de!ido que ya venci el lapso y el deudor le explica que no tienelos %##!sf. 0ara ejecutar la o!ligacin dice, !ueno cumplir$ la o!ligacin conmi carro y en este caso el acreedor acepta, en el documento de cancelacin vaa decir consta de documentoF. que yo le preste aF. %##!sf. A conste en esteacto queF me esta pagando los %##!sf y para pagrmelos me de pago unvehculo marcaFen consecuencia doy por extinguida la o!ligacin

    En consecuencia, la diferencia que existe entre la dacin de pago y la venta esque la dacin de pago es un modo de extinguir una o!ligacin y la venta es uncontrato.

    Re5uisitos de E7istencia A Va$ide= en $os contratos de (entas:En cuanto a los 1equisitos de Existencia son3%. Consenti#iento de $as !artes3

    /rticu$o %.%9%.3El consentimiento tiene que estar legtimamentemanifestado.

    /rticu$o %.2&&.3

    El consentimiento tam!i$n puede tener vicios como el error, dolo yviolencia.

    El contrato se forma con el consentimiento de las partes. Ej.3 la oferta aqula hace el vendedor :oferente; (&E +E- 25 '55 01 U /?22D@) y esta oferta llega al comprador :oferido; el cual dice (&E '/0125 '55 01 U /?22 -E D2+51E) , es decir, se produce laaceptacin de la oferta, para que el contrato se forme la aceptacin de!ellegar al conocimiento del autor de la oferta, que tenga conocimiento que suoferta ha sido aceptada y como la venta es un contrato consensual no solose formo el contrato sino que tam!i$n se perfecciono. /rticu$o %.%'.3

    /anifestacin unilateral de ese consentimiento, sea de vender o de

    comprar3 Contrato !re$i#inar de (enta9 El contrato preliminar es uncontrato que solo produce efecto de o!ligar a las partes a cele!rar entre siun futuro contrato9 y es unilateral o !ilateral segn se o!liguen a cele!rar elfuturo contrato una de las partes o am!as.

    preparacin de un contrato para la formacin de la venta, lo que llamamosen la !ro#esa uni$atera$ de (enta>la llamamos tam!i$n opcin a compra,Es el contrato por el cual se o!liga a venderle a otra quien no se o!liga acomprarle Ejemplo.3 El vendedor dice (te vendo la casa, me o!ligo avenderte la casa) pero me o!ligo a vend$rtela dentro del t$rmino de %"#

    das, el comprador en este caso tiene la opcin de manifestar su voluntadde comprar la casa dentro del lapso de %"# das, es decir para manifestar

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    su consentimiento de comprar, por eso se dice opcin a compra porque elcomprador no ha manifestado su voluntad de comprar, el nico que hamanifestado y ha hecho la oferta de vender. En caso de que el oferidoacepte la oferta dentro del pla*o fijado le manifiesta al oferente, es decir, alvendedor su voluntad de comprar. 5qu se formo y se perfecciono el

    contrato./utantis /utandis, es decir, as como la persona puede manifestarunilateralmente su voluntad de vender tam!i$n puede o!ligarse a comprar,es decir, pcin de 'ompra. 7ue es el contrato por el cual una parte seo!liga a comprarle a otra sin que esta se o!ligue a venderle.

    Pro#esa Bi$atera$ de co#!ra(enta: &anto la doctrina como lajurisprudencia nos dice que ya es venta de!ido a que una de las partesprometi vender y la otra comprar. El contrato por el cual las partes seo!ligan recprocamente a cele!rar un contrato de venta.

    En los contratos tanto de opcin de compra como opcin de venta,promesa unilateral de vender o comprar existen las llamadas arras. 2asarras que vienen del derecho 1omano viene constituyendo una garanta dela promesa de cumplir la o!ligacin por ejemplo3 &e ests o!ligando avenderme la casa por un milln de !olvares y vas a mantener esao!ligacin en %"# das, es decir, que si te sale una mejor oferta no podrvender porque ya hay una o!ligacin y el comprador puede en esos %"#das manifestar la voluntad de comprar, entonces el vendedor diceentr$game algo en garanta para yo sa!er que tienes la voluntad decomprar, y el comprador entonces entrega %##!sf. En arras, esas arras

    pueden convertirse en clausulas penal y se convierte si no lo esta!lecen laspartes en el contrato en una indemni*acin tarifada, es decir, laindemni*acin es por los %##!s cusense los da4os que se causen, elvendedor dice al comprador, si tu no me compras en los %"# das yo mevoy a apropiar de esos %##!sf como indemni*acin por los da4os que mepudieses causar.

    /rt0cu$o %.&9'.35rras.

    &. O6jeto: El o!jeto del 'ontrato de venta es transferir el -erecho depropiedad :acto entre vivos; y pagar el precio

    &ransferir el derecho de propiedad no es igual a entregar la cosa, esta esotra o!ligacin derivada del contrato. Esa cosa de la que se esttransfiriendo los derechos se presentan dos situaciones3%. 2a cosa puede ser futura, la ley esta!lece que se puede contratar, en

    derecho civil se puede vender la cosa futura. La (enta de $a cosa"utura es ($ida pero no se puede vender la cosa ajena.Ej.3 una persona que compre un apartamento a futuro, es decir, cele!rael contrato antes de la construccin de este.

    /rticu$o %.%19.32a cosas futuras pueden ser o!jeto de contrato. /s no desucesiones.

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    /rticu$o %.8;8.3 o se permite la venta de las cosas que provengan de una herenciafutura. 0orque se estara vendiendo la cosa ajena.

    &. La cosa ajenano se puede vender porque si la persona no tiene elderecho de propiedad no lo puede trasmitir y no tiene legitimidad, en

    cam!io en derecho mercantil, en el comercio es vlida la cosa ajenaPrecio: El o!jeto de los contratos de!e ser determinado o determina!le, enconsecuencia como el precio en el contrato de venta constituye o!jeto delcontrato el precio de!e ser determinado o determina!le

    /rticu$o %.89.3'uando se fija el precio de la venta en glo!o

    /rticu$o %.82.3'uando el precio ha sido fijado por un tercero. :Experto; aunque elprecio de!e ser estipulado por las partes.

    Caracter0sticas de$ !recio:

    %. El precio de!e ser real y verdadero.. El precio no de!e ser vil, de vile*a. Un precio tampoco puede ser colocado en

    un precio que sea excesivamente !ajo Ej.3 un padre que le venda la casa a unhijo en un precio excesivamente !ajo no se puede considerar venta porque noes

    1eal precio se est haciendo una donacin. o se pueden transmitir en laventa los derechos sin ningn tipo de contraprestacin porque no seracontrato de venta, es una li!eralidad. Esto se denomina si#u$aci)n de (entacomo este contrato no se ajusta a la realidadante esta situacin el contrato es

    nulo porque la causa es inexistente porque el precio no se entrego. 2a causade!era ser que el hijo le entregue una cantidad de dinero a cam!io del !ienque ha sustrado de su propiedad para invertirlo en otra casa si ese sera elcaso.

    '. Causa L0cita3 0ueden darse por muchos motivos, puede ser que elcomprador quiere por ejemplo la casa para ha!itarla con su familia,demolerla y construir un edificio y el vendedor porque quiere ingresar unacantidad de dinero a su patrimonio para incrementarlo.

    Re5uisitos de (a$ide=:

    No !ueden contratar.

    /rticu$o %..38;%.3 e proh!e la venta entre cnyuges. ?ncapacidad paravender y comprar

    /rt0cu$o %.81%.3 Entre cnyuges es vlida la donacin y esta donacin esrevoca!le y se produce efecto cuando el que revoca pone en conocimiento dela revocacin de la donacin al otro cnyuge.

    /rt0cu$o %.8;&.3o pueden contratar

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    Una persona que administra !ienes de otra persona que est sometida a suadministracin no puede comprar sus !ienes.

    El que maneje la compa4a o el presidente de la compa4a no se va a vender as mismo un !ien que es de la compa4a

    El que es apoderado de una persona no se puede vender as mismos los!ienes de la persona que le otorgo el poder

    &ampoco el a!ogado puede permitir que se le pague con la parte del o!jetopropio del litigio (el pacto de cuota liti) no funciona en el dinero porque es un!ien fungi!le.

    Venta de $a cosa ajena:

    /rticu$o %.%8;'.3

    i el comprador no sa!a que la cosa no era del vendedor le nace la premisade poder reclamar da4os y perjuicios

    2a ley se4ala quien tiene la legitimacin activa procesal, es decir, =7ui$npuede dentro del vendedor y el comprador la anula!ilidad de esa venta> Es elcomprador

    !ligaciones del vendedor3

    %. &ransferir el derecho de propiedad. 2a o!ligacin de hacer la tradicin de la cosa, la entrega de la cosaB. El saneamiento.

    O6$i-aci)n de acer $a tradici)n de $a cosa 2a venta se forma y se perfecciona conel solo consentimiento de las partes. El consentimiento en los contratos que tienencomo fin la transmisin de la propiedad de!e estar legtimamente manifestado/rt0cu$o %.%9%.3

    /rticu$o %.8;.3 +erificacin de la tradicin

    /rticu$o %.8;;.32a tradicin de los !ienes inmue!les se cumple con el otorgamientodel instrumento de propiedad, el cual se otorga en el registro.

    /rticu$o %.8;2.3 'on el solo consentimiento de las partes si ya el comprador esta!ateniendo la posesin de la cosa Ej.3 'uando el arrendatario le compra el !ien inmue!learrendado al arrendador. 0asa de poseedor precario a poseedor de !uena fe porqueesta poseyendo con un titulo de!idamente registrado.

    /rticu$o %.82

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    /rticu$o %.82'.3(EG'E0'?H 5-?02E&? '&15'&U) i la persona estdeclarada en quie!ra el vendedor no est o!ligado a entregar la cosa en el pla*o quefijaron cuando el vendedor acord cumplir con la o!ligacin posteriormente.

    /rticu$o %.828.3

    /rticu$o %.821.3

    4arant0a de $a ca6ida:

    Existe la regla de que toda persona est o!ligada a entregar la cosa que ha fijado enel contrato.

    Ej.3 si el vendedor dice que vende un terreno de

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    puede desistir del contrato. (forma de terminacin de contrato de maneraunilateral que lo fija la ley)

    'omo la diferencia es superior a la # ava parte el comprador puede desistirdel contrato o pagar la diferencia

    'uando no so!re pasa la # ava parte la ley lo o!liga a pagar la diferencia deca!ida y no le permite desistir del contrato.

    'uando es disminucin la carga nace para el vendedor, en este caso elvendedor en principio est o!ligado a entregar la ca!ida que el se4alo en elcontrato o disminuye el precio.

    Ca6ida:5$reas, metros cuadrados, metros c!icos.

    &. /rticu$o %.82.3

    tra situacin se da cuando no se vende por medidas sino el inmue!lecompleto por un solo precio.

    Ej.3 e vende una casa con su terreno de

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    /rticu$o %.1 Dle informa a 5 que hay un tercero que los est pertur!ando y me dice quede!o devolverle la casa de!ido a que lo demandara por reivindicacin y eltri!unal me va a sancionar con la restitucin de la cosa, en caso que 'demande a D, D de!er citar a juicio a 5 para que lo defienda. En caso de queD pierda el juicio la ley le otorga la accin para demandar a 5 para que lerestituya el precio, decir, 5 de!e sanear a D

    2lamado saneamiento !or e(icci)n>posesin pacifica de la cosa.

    En el saneamiento por eviccin hay B o!ligaciones3

    %; Dereco !ro!io, la o!ligacin que tiene el causante :el vendedor; de nopertur!ar al comprador ni sus causaha!ientes, la pertur!acin es de-erecho.

    ; O6$i-aci)n incidenta$, en caso de un juicio de reivindicacin donde 'demanda a D porque es el verdadero due4o de la casa que 5 le vendi. Dva a citar a 5 para que lo defienda en el juicio, lo cita por saneamiento./rticu$o '< Ord 1 C.P.C .3

    B; E(icci)n consu#ada, =7u$ sucede si a pesar de todas las prue!as Dpierde el juicio> D demandara a 5 para que le restituya precio, mas lasmejoras que haya hecho, reem!olse los gastos de la venta, y si fue de malafe lo demanda por da4os y perjuicios. iempre que en un contrato una delas partes acta de mala fe la otra tiene el derecho de demandar por da4osy perjuicios.

    aneamiento por caso de eviccin.

    /rticu$o %.1

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    /rticu$o %.1

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    utili*acin de algunas ha!itaciones porque se filtra el agua en el techo se ha!lade (icios de $a cosa

    anea#iento !or (icios o de"ectos ocu$tos de $a cosa (endida:

    /rticu$o %.1%;.3 -isminuye el uso o no cumple con el uso a la cual estdestinada. A si el comprador hu!iese tenido conocimiento de esos vicios odefectos no hu!iese comprado.

    /rticu$o %.1%2.3'uando los vicios o defectos pueden ser conocidos por elcomprador, es decir, no estn ocultos

    /rticu$o %.1&

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