1. Delegacin Regional Veracruz Mtro. Abraham Hernndez Patio
Introduccin a los Derechos Humanos 22 de agosto de 2012
2. DERECHOS HUMANOS?
3. Son el conjunto de atribuciones reconocidas en los
instrumentos internacionales y en las Constituciones para hacer
efectiva la idea de la dignidad de todas las personas y, en
consecuencia, que puedan conducir una existencia realmente humana
desde los mbitos ms diversos, los que se imbrican, como el
individual, el social, el poltico, el econmico y el cultural.
4. Es el conjunto de las garantas que pertenecen, frente al
poder pblico, a toda persona humana, cualesquiera sean su
nacionalidad, edad y sexo; es decir, la igualdad y la libertad
civiles y el derecho de propiedad.
5. Cul es la base de los DD HH? Es la dignidad de la persona,
la cual est por encima de consideraciones positivistas y, debido a
ella, nadie puede legtimamente impedir a otro el goce de sus
derechos.
6. Qu es la dignidad humana? DIGNIDAD HUMANA. SU NATURALEZA Y
CONCEPTO. La dignidad humana es un valor supremo establecido en el
artculo 1o. de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos
Mexicanos, en virtud del cual se reconoce una calidad nica y
excepcional a todo ser humano por el simple hecho de serlo, cuya
plena eficacia debe ser respetada y protegida integralmente sin
excepcin alguna. poca: Dcima poca, Registro: 160 869, Instancia:
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO,
Tipo Tesis: Jurisprudencia, Fuente: Semanario Judicial de la
Federacin y su Gaceta, Localizacin: Libro I, Octubre de 2011, Tomo
3, Materia(s): Civil Tesis: I.5o.C. J/31 (9a.), Pg. 1529
7. Qu tutela los DD HH? Cualquier aspecto fundamental que
afecte el desarrollo integral de la persona en una comunidad de
hombres libres y en caso de infraccin existe la posibilidad de
poner en marcha el aparato coactivo del Estado. Garantiza los
mnimos de bienestar econmico para que se pueda participar en la
vida comunitaria.
8. PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
9. A. Universalidad. B. Historicidad. C. Progresividad. D.
Aspecto protector. E. Indivisibilidad, y F. Eficacia directa.
10. Universalidad Que todo ser humano posee una serie de
derechos con independencia del pas en que haya nacido o
habite.
11. Historicidad La historicidad se refiere a tres aspectos
diversos: a) El reconocimiento de los derechos humanos y de su
contenido es, en buena parte, resultado de la historia universal y
de la civilizacin y, en consecuencia, sujeto a evolucin y
modificacin. b) la existencia de necesidades que con anterioridad
no existan o protegerlos no revesta mayor importancia. C) No es
posible que el Constituyente de un Estado desconozca la evolucin
poltica del mismo, su contexto cultural, sus realidades, las
relaciones individuo sociedad, las peculiaridades de esa nacin,
como por ejemplo si tiene una integracin plurinacional o
pluricultural.
12. Progresividad Implica que su concepcin y proteccin
nacional, regional e internacional se va ampliando
irreversiblemente, tanto en lo que se refiere al nmero y contenido
de ellos como a la eficacia de su control.
13. Aspecto protector El aspecto protector estriba en que se
ampara a toda persona.
14. Indivisibilidad Implica que todos los derechos, ya sean
civiles, polticos, econmicos, sociales, culturales o de solidaridad
forman una unidad. Entonces, resulta claro que los derechos humanos
son interdependientes entre s, que unos se apoyan en los otros para
integrar la mencionada unidad o bloque.
15. Eficacia directa Los derechos humanos reconocidos en la
Constitucin y en los instrumentos internacionales ratificados por
un pas vinculan obligatoriamente a todos los poderes pblicos
Ejecutivo, Legislativo, Judicial y rganos Constitucionales
Autnomos, as como a autoridades, grupos y personas, y para ello no
es necesario que una ley desarrolle los alcances de ese derecho
humano, aun en el supuesto de que la Constitucin seale la
existencia de esa ley.
16. CLASIFICACIN DE LOS DD HH? Al desglose de los Derechos
Humanos ha dado en llamrsele clasificacin o tipologa, en algunos
casos este desglose tiene como finalidad establecer cules derechos
son ms importantes y en otros casos se trata solamente de
establecer cules derechos surgieron primero.
17. 3? 4? o 5? GENERACIONES PRIMERA GENERACIN Surgen con la
Revolucin Francesa como rebelin contra el absolutismo del monarca.
Se encuentra integrada por los denominados derechos civiles y
polticos. Imponen al Estado respetar siempre los Derechos
Fundamentales del ser humano (a la vida, la libertad, la igualdad,
etc.) SEGUNDA GENERACIN La constituyen los Derechos de tipo
colectivo, los Derechos Sociales, Econmicos y Culturales. Surgen
como resultado de la Revolucin Industrial, en Mxico, la Constitucin
de 1917 incluy los Derechos Sociales por primera vez en el mundo.
Constituyen una obligacin de hacer del Estado y son de satisfaccin
progresiva de acuerdo a las posibilidades econmicas del mismo
TERCERA GENERACIN Se forma por los llamados Derechos de los Pueblos
o de Solidaridad. Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la
necesidad de cooperacin entre las naciones, as como de los
distintos grupos que las integran CUARTA GENERACIN Surgen con
motivo de los avances cientficos, tecnolgicos y de desarrollo de
las nuevas tecnologa de la comunicacin.
18. 1 Generacin Derechos que comprende: Libertades
fundamentales, los Derechos Civiles y Polticos Son los ms antigos
en su desarrollo normativo. Son los derechos que corresponden al
individuo frente al Estado o frente a cualquier autoridad.
Caractersticas: Imponen al Estado el deber de respetarlos siempre.
Slo pueden ser limitados en los casos y bajo las condiciones
previstas en la Constitucin. Implican: Respeto No impedimento Su
titular es: En los derechos civiles: En los derechos polticos: Todo
ser humano en general Todo ciudadano Su reclamo corresponde al
propio individuo
19. DERECHOS CLASIFICACIN EJEMPLOS Libertad de trnsito Libertad
Fundamental Puedo circular libremente por mi pas Libertad de reunin
y asociacin Libertad Fundamental Puedo reunirme o asociarme
pacficamente con mis vecinos para lograr mejoras para la comunidad
Derecho al reconocimiento de la personalidad jurdica Derecho Civil
Yo tengo derecho a tener un nombre, un domicilio y un estado civil
Derecho a ser electo Derecho Poltico Yo puedo ocupar un cargo de
eleccin popular en mi pas Derecho al voto Derecho Poltico Yo tengo
derecho a votar por el candidato de mi eleccin, en forma libre,
secreta y directa
20. 2 Generacin Derechos que comprende: Econmicos, Sociales y
Culturales. Son derechos de contenido social para procurar las
mejores condiciones de vida Caractersticas: Ampla la esfera de
responsabilidad del Estado; Imponen un deber hacer positivo por
parte del Estado; Satisfaccin de necesidades; prestacin de
servicios. Su titular es el individuo en comunidad, que se asocia
para su defensa. Su reclamo es mediato est condicionado a las
posibilidades indirecto econmicas del pas. Son legtimas
aspiraciones de la sociedad.
21. DERECHOS CLASIFICACIN EJEMPLOS Derecho a un salario justo
Derecho Econmico Yo tengo derecho a percibir un salario que sea
suficiente para mantener un nivel de vida adecuado Libertad de
Asociacin Derecho Social Yo tengo derecho a formar organizaciones
laborales Derecho a tomar parte libremente en la vida cultural
Derecho Cultural Yo tengo derecho de ir a los museos, ruinas
arqueolgicas, etc.
22. 3 Generacin Tambin se les llama: -Derechos de los pueblos
-Derechos de Solidaridad Derechos que comprende: Se hace referencia
a tres tipos Paz Desarrollo Medio ambiente de bienes, que se pueden
englobar en: 3 tipos de derechos Civiles y Econmicos De cooperacin
Polticos Sociales entre los pueblos Culturales - De los distintos
grupos que conforman un Estado. - De una nacin. - De las naciones
entre s.
23. Caractersticas: Pertenecen a grupos imprecisos de personas
que tienen un inters colectivo comn. Requieren para su cumplimiento
de prestaciones: - positivas (hacer, dar) - negativas (no hacer)
Tanto de un Estado como de toda la Comunidad Internacional. Su
titular es el Estado, pero tambin pueden ser reclamados: -ante el
propio Estado (en el caso de grupos pertenecientes al mismo). -ante
otro Estado (en el caso de la Comunidad Internacional, es decir, de
nacin a nacin).
24. - Los grupos tnicos tienen derecho al desarrollo econmico.
- Mi pas tiene derecho a elegir su forma de gobierno. - Todos los
pases tienen derecho a beneficiarse del patrimonio comn de la
humanidad. - Un pas no debe agredir a otro.
25. La reforma Constitucional de DD HH La mencionada reforma
constitucional de junio de 2011 decidi incorporar algunas
caractersticas de los derechos humanos en el artculo 1o. De nuestra
Constitucin: los principios de universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad.
26. Artculo 1 CPEUM En los Estados Unidos Mexicanos todas las
personas gozarn de los derechos humanos reconocidos en esta
Constitucin y en los tratados internacionales de los que el Estado
Mexicano sea parte, as como de las garantas para su proteccin, cuyo
ejercicio no podr restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y
bajo las condiciones que esta Constitucin establece.
27. Del Otorgamiento al reconocimiento
28. Persona por individuo
29. Bloque de constitucionalidad = Se respetan otros
instrumentos de derechos expansivos.
30. Interpretacin conforme
31. Pro persona
32. Control de constitucionalidad
33. Control de convencionalidad
34. PARA QUE SIRVEN LOS DD HH? EJERCER Y RESPETAR LOS DERECHOS
HUMANOS, FAVORECE LA CONVIVENCIA EN ARMONIA DEL SER HUMANO EN
SOCIEDAD Y FACILITA SU DESARROLLO INTEGRAL CON DIGNIDAD
HUMANA.
35. DNDE SE ENCUENTRAN RECONOCIDOS? -Constitucin Poltica de los
Estados Unidos Mexicanos; -Tratados Internacionales;
-Constituciones Locales; -Leyes que emanan de la Constitucin
Federal y de las Constituciones Locales.
36. QUIENES ESTAN OBLIGADOS A RESPETAR LOS DD HH? -Los Estados
representados por los gobiernos, a travs de sus autoridades y
funcionarios pblicos, estn obligados a garantizar a la poblacin las
condiciones necesarias para vivir y desarrollarse con dignidad.
-Todas las personas tenemos que respetar los derechos humanos de
las otras.
37. COMO PUEDE DARSE UNA VIOLACION DE DD HH? a) Por medio de
una accin.- Cuando la autoridad o servidor pblico, hace algo que es
violatorio de derechos humanos. b) Por omisin.- Cuando la autoridad
o servidor pblico no hace algo o deja de cumplir con sus
obligaciones.
38. QUIEN PUEDE CONOCER DE LAS VIOLACIONES DE DD HH? rganos que
derivan del sistema jurisdiccional de proteccin a derechos humanos.
rganos que derivan del sistema no jurisdiccional de proteccin a
derechos humanos.
39. Jurisdiccionales Juicio Poltico Controversias
Constitucionales Accin de Inconstitucionalidad Procedimiento
investigatorio de la S.C.J.N. Juicio para proteccin de los derechos
poltico-electorales del Ciudadano Juicio de revisin constitucional
electoral Juicio de Amparo
40. No jurisdiccionales CNDH CEDH
41. QUE ES LA COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS? Es un
organismo autnomo con personalidad jurdica y patrimonio propios
cuyo objeto esencial es la proteccin, defensa, observancia,
promocin, estudio y divulgacin de los derechos humanos, previstos
por el orden jurdico mexicano.
42. COMPETENCIA DE LA CEDH: a) Por actos u omisiones de
autoridades administrativas de carcter estatal y/o municipal; b)
Cuando los particulares o algn otro agente social cometan ilcitos
con la tolerancia o anuencia de algn servidor pblico o autoridad, o
bien cuando estos ltimos se nieguen infundadamente a ejercer las
atribuciones que legalmente les correspondan en relacin con dichos
ilcitos, particularmente tratndose de conductas que afecten la
integridad fsica de las personas;
43. NO ES COMPETENTE PARA CONOCER DE: I. Asuntos
jurisdiccionales en cuanto al fondo; II. Conflictos entre
particulares; III. Asuntos laborales; IV. Asuntos electorales; V.
Asuntos de carcter agrario; VI. Quejas extemporneas; VII. Asuntos
de la competencia de la Comisin Nacional o de algn otro organismo
pblico de proteccin y defensa de los Derechos Humanos en el pas;
VIII. Consultas formuladas por autoridades, particulares u otras
entidades sobre la interpretacin de las disposiciones
constitucionales y legales; IX. Asuntos que comprometan o vulneren
su autonoma o su autoridad moral de conformidad con el artculo 5 de
la Ley; y X. Asuntos relacionados con el desalojo de alguna
propiedad, cuando se solicita el auxilio de la fuerza pblica para
ejecutar una sentencia.
44. PROCEDIMIENTO DE LA CEDH Se inicia el procedimiento de
queja emitiendo un acuerdo de radicacin; Se corre traslado a la
autoridad; Se acusa recibo al quejoso, dndole aviso de lo
anterior;
45. Se practican diligencias, para llegar al conocimiento de la
verdad histrica de los hechos. Se solicitan informes a las
autoridades que, por razn de sus funciones, tenga conocimiento de
los hechos, y Se emite una resolucin.
46. LOS INFORMES QUE RINDAN LAS AUTORIDADES O SERVIDORES
PBLICOS, DEBEN CONTENER: 1. El sealamiento de si efectivamente
existieron o no los actos u omisiones que se les atribuyen. 2. Si
es que existieron, una relacin de cuando, donde y cmo acontecieron;
3. El sealamiento de cual fue el motivo y fundamento legal de su
actuacin; 4. Las pruebas que se aporten para acreditar lo dicho; 5.
Todo aquello que se considere necesario para la investigacin; 6.
Tambin debern anexarse al informe las pruebas documentales que se
hayan ofrecido.
47. CUL ES EL PROCEDIMIENTO DE UNA QUEJA? RECEPCIN DE QUEJA
CALIFICACIN INCOMPETENCIA INPROCEDENCIA PRESUNTA VIOLACIN
ORIENTACIN Solicitud de Informe a la Autoridad Es obligatoria (15
das) Realizacin de la Investigacin QUEJA CONCLUIDA
RECOMENDACINORIENTACIN CONCILIACIN ACUERDO DE NO
RESPONSABILIDAD
48. Mtro. Abraham Hernndez Patio Encargado de la Delegacin
Regional Veracruz E-mail: [email protected]
Domicilio: Gmez Faras N. 532-A, esquina Vctimas del 25 de junio,
Fracc. Faros, Veracruz, Ver., C.P. 91709 Telfono (229) 931-2240 Fax
(229) 932-9642 01-800-260-2200