D_DPP_RV_2015_062-A2

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    9noviembre 2015 Puntos Prcticos

    ISR a retener por pago de la prima vacacional

    INTRODUCCIN

    De conformidad con lo establecido en el artculo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores que tengan ms de un ao de servicios disfrutarn de un periodo anual de vacaciones pagadas, el cual en ningn caso podr ser inferior a seis das laborables, mismo que aumentar en dos das laborables, hasta lle-gar a 12, por cada ao subsecuente de servicios.

    Despus del cuarto ao, dicho periodo se aumentar en dos das por cada cinco de servicios, esto es:

    Aos Das

    1 6

    2 8

    3 10

    Procedimientos aplicables para su determinacin

    C.P. Araceli Paz Gonzlez

    Aos Das

    4 12

    5 a 9 14

    10 a 14 16

    15 a 19 18

    20 a 24 20

    25 a 29 22

    30 a 34 24

    35 a 39 26

    Otros aspectos que la LFT regula en el tema de vaca-ciones, son los siguientes:

    1. Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrn derecho a un periodo anual de

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    10 noviembre 2015Puntos Prcticos

    vacaciones, en proporcin al nmero de das trabajados en el ao (artculo 77).

    2. Los trabajadores debern disfrutar en forma continua seis das de vacaciones, por lo menos (artculo 78).

    3. Las vacaciones no podrn compensarse con una re-muneracin (artculo 79).

    Respecto a este tema, segn la situacin del trabaja-dor, puede apoyarse en la siguiente tesis, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nacin (SCJN):

    Localizacin: (TA). 10a. poca. Tribunal Colegiado de Cir-cuito. Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta. Libro XX. Mayo de 2013. Tomo 3. Pg. 2157. I.13o.T.58 L (10a.).

    4. Si la relacin de trabajo termina antes de que se cumpla el ao de servicios, el trabajador tendr derecho a una remuneracin proporcional al tiempo de servicios prestados (artculo 79).

    5. Los trabajadores tendrn derecho a una prima no menor del 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones (artculo 80).

    6. Las vacaciones debern concederse a los trabajado-res dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del ao de servicios (artculo 81).

    7. Los patrones entregarn anualmente a sus trabaja-dores una constancia que contenga su antigedad, y de acuerdo con ella el periodo de vacaciones que les corres-ponda y la fecha en que debern disfrutarlo (artculo 81).

    En lo que respecta al tema fiscal, el artculo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) indica en su primer prrafo que se consideran ingresos por la prestacin de un servicio personal subordinado, los salarios y dems prestaciones que deriven de una relacin laboral, incluyendo la participacin de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) y las prestaciones per-cibidas como consecuencia de la terminacin de la rela-cin laboral, por tanto, para efectos del impuesto sobre la renta (ISR), el ingreso que perciban los trabajadores por concepto de prima vacacional, es susceptible de re-tencin, en los trminos del Captulo I De los ingresos por salarios y en general por la prestacin de un servicio personal subordinado, del Ttulo IV De las personas fsicas de la LISR.

    Dicho lo anterior, en este tema de estudio se mencionan los procedimientos aplicables para que los empleadores determinen la retencin del ISR correspondiente cuando realice el pago de la prima vacacional a sus trabajadores.

    CONCEPTO GRAVABLE PARA EFECTOS DEL ISR

    De la referencia dada de la LISR, el pago por la prima vacacional tendr la calidad de ingreso por la prestacin de un servicio personal subordinado, por tratarse de una prestacin derivada de una relacin laboral y para efectos de realizar la retencin correspondiente del ISR, deber atenderse a lo estipulado en el Captulo I, del Ttulo IV de la LISR.

    RETENCIN DEL ISR POR PRIMA VACACIONAL

    Para que los empleadores determinen la retencin o el importe a devolver que corresponda por el pago de la prima vacacional, tendrn que aplicar los procedimientos establecidos en las siguientes disposiciones fiscales:

    1.Artculos 96 de la LISR y dcimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposicio-nes de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Produccin y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta y se abrogan la Ley del Impuesto Empre-sarial a Tasa nica, y la Ley del Impuesto a los Depsitos en Efectivo (Decreto) (DOF 11-XII-2013).

    2.Opcionalmente, el previsto en el artculo 174 del Re-glamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (RISR).1

    Ingreso exento por prima vacacional

    Para la aplicacin de los referidos procedimientos, lo primero es determinar el ingreso gravable por la prima vacacional.

    Por tanto, se debe conocer el monto exento aplicable a este concepto:

    Conforme al artculo 93, fraccin XIV de la LISR, se en-cuentra exento del pago del ISR por prima vacacional, un monto equivalente a 15 das de salario mnimo general (SMG) del rea geogrfica del trabajador, debiendo pa-garse el impuesto por el monto del ingreso excedente:

    1 El nuevo RISR se public en el DOF del 8 de octubre de 2015

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    11noviembre 2015 Puntos Prcticos

    Conceptorea geogrfica

    A

    SMG $70.10

    por:

    Das exentos 15

    igual:

    Ingreso exento por prima vacacional 1,051.50

    De acuerdo con la Resolucin de la Comisin Nacional de los Salarios Mnimos (CONASAMI) publicada en el DOF del 30 de septiembre de 2015, a partir del 1 de octubre del presente ao, se unificaron las reas geogrficas del SMG a la del rea A en toda la Repblica MexicanaSe recomienda leer el artculo Homologacin del salario mnimo general en todo el pas, que se incluye en esta misma edicin

    Cabe sealar que el artculo 167 del RISR1 indica que quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere el artculo 94 de la LISR, para los efectos de aplicar los procedimientos establecidos en los artculos 96 de la LISR y dcimo del Decreto, podrn considerar el SMG del rea geogrfica que corresponda al lugar donde el trabajador preste sus servicios, salvo que ste le hubiera solicitado por escrito que se considere el del rea geogrfica que co-rresponda a su casa habitacin.2

    Ingreso gravable por prima vacacional

    La determinacin del ingreso gravable para calcular el ISR correspondiente al pago de la prima vacacional, se obtiene de la operacin siguiente:

    Ingreso percibido por prima vacacional

    menos:

    Ingreso exento por prima vacacional

    igual:

    Ingreso gravable por prima vacacional

    DETERMINACIN DE LA RETENCIN DEL ISR O DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO A DEVOLVER

    Una vez determinado el ingreso gravable por prima vacacional, los empleadores debern aplicar los procedimientos mencionados, con la finalidad de evaluar cul es el que ms conviene a sus trabajadores:

    2La solicitud surtir efectos 15 das despus de la fecha en que el trabajador presente el escrito a quien le haga los pagos referidosUna vez presentada la solicitud, tratndose de la retencin a que se refiere el artculo 96 de la LISR, el retenedor continuar considerando, para los efectos de la retencin, el SMG del rea geogrfica que corresponda a la casa habitacin del trabajador, hasta en tanto este ltimo nuevamente le comunique por escrito que opta por que dicha retencin se efecte considerando el SMG del rea geogrfica que corresponda al lugar donde presta sus servicios

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    12 noviembre 2015Puntos Prcticos

    1. Aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR y la tabla del subsidio para el empleo del artculo dcimo del Decreto.

    a)Determinacin del ingreso gravable del mes en el cual se paga la prima vacacional.

    Ingreso ordinario mensual

    ms:

    Ingreso gravable por prima vacacional

    igual:

    Ingreso gravable del mes en el que se paga la prima vacacional

    b)Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable del mes.

    Ingreso gravable del mes en el que se paga la prima vacacional

    aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR3 y la tabla del subsidio para el empleo:4

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable del mes

    c)Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual.

    Ingreso ordinario mensual

    aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR3 y la tabla del subsidio para el empleo:4

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual

    d)Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver por la prima vacacional.

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable del mes

    menos:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual

    igual:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver por la prima vacacional

    2. Opcin del artculo 174 del RISR

    El artculo 174 del RISR,1 establece que cuando el trabajador perciba remuneraciones por concepto de gratificacin anual (aguinaldo), PTU, primas dominicales y vacacionales, en vez de acumular las percepciones gravables en el mes en que corresponda, quien realice los pagos podr determinar la retencin del ISR o la devolucin del subsidio para el empleo, considerando el procedimiento que a continuacin se cita.

    Cabe mencionar que el referido artculo 174 del Reglamento no seala que ese procedimiento pueda aplicarse cuando se obtenga como resultado subsidio para el empleo a devolver; no obstante, considero que s procede, pues

    3Tarifa contenida en el rubro B Tarifas aplicables a retenciones, numeral 5 Tarifa aplicable durante 2015, para el clculo de los pagos provi-sionales mensuales, del anexo 8 de la Resolucin Miscelnea Fiscal (RM) para 2015 (DOF 5-I-2015)4Tabla contenida en el rubro B Tarifas aplicables a retenciones, numeral 5 Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B, del anexo 8 de la RM para 2015 (DOF 5-I-2015)

  • Fiscal

    13noviembre 2015 Puntos Prcticos

    por mecnica de clculo, el aplicar la tarifa del artculo 96 de la LISR implica tambin la utilizacin de la tabla del subsidio para el empleo, por lo cual puede resultar un impuesto a retener.5

    Procedimiento opcional

    a)Determinacin del ingreso gravable mensual promedio de la prima vacacional.6

    Ingreso gravable por la prima vacacional

    entre:

    Factor de 365

    igual:

    Ingreso gravable diario de la prima vacacional

    por:

    Factor del 30.4

    igual:

    Ingreso gravable mensual promedio de la prima vacacional

    b)Determinacin de la percepcin mensual promedio.7

    Ingreso gravable mensual promedio de la prima vacacional

    ms:

    Ingreso ordinario mensual

    igual:

    Percepcin mensual promedio

    c)Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver de la percepcin mensual promedio.5, 7

    Percepcin mensual promedio

    aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR3 y la tabla del subsidio para el empleo:4

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver de la percepcin mensual promedio

    d)Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual.8

    Ingreso ordinario mensual

    aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR3 y la tabla del subsidio para el empleo:4

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual

    5 Debe mencionarse que esa disposicin establece que al resultado (percepcin mensual promedio) se le aplicar el procedimiento indicado en el artculo 96 de la LISR y en mi opinin la tabla del subsidio para el empleo, debido a que ste procede por los pagos realizados en trminos del primer prrafo o la fraccin I del artculo 94 de la LISR6Artculo 174, fraccin I del RISR7Artculo 174, fraccin II del RISR8Artculo 174, fraccin III del RISR

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    14 noviembre 2015Puntos Prcticos

    e)Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional.8

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver de la percepcin mensual promedio

    menos:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual

    igual:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional

    f)Determinacin de la tasa de impuesto del ingreso gravable mensual de la prima vacacional.9

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional

    entre:

    Ingreso gravable mensual promedio de la prima vacacional

    igual:

    Tasa de impuesto

    g)Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional.10

    Ingreso gravable por la prima vacacional

    por:

    Tasa de impuesto

    igual:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional

    CASO PRCTICO

    Con la finalidad de ejemplificar los procedimientos comentados, a continuacin se muestra un caso prctico.

    Cabe sealar que para efectos prcticos de estos ejemplos, las cifras fueron redondeadas.

    Datos de la empresa

    1. Tabla de das que otorga como vacaciones la empresa:

    Aos Das1 10

    2 123 144 16

    5 a 9 1910 a 14 22

    9 Artculo 174, fraccin V del RISR10Artculo 174, fraccin IV del RISR

  • Fiscal

    15noviembre 2015 Puntos Prcticos

    Aos Das

    15 a 19 2520 a 24 2825 a 29 3130 a 34 3435 a 39 37

    Despus del cuarto ao, el periodo vacacional se aumentar en tres das por cada cinco de servicios

    2. La prima vacacional que otorga la empresa es del 30%.

    Datos de los trabajadores que durante el mes de octubre de 2015 les corresponde el pago de su prima vacacional

    Trabajador Concepto de pago Ingreso ordinario mensualAntigedad

    (aos)

    Das de vacaciones que le

    corresponden

    rea geogrfica del trabajador

    A Prima vacacional $12,000 4 16 AB Prima vacacional $2,500 1 10 AC Prima vacacional $9,500 9 19 AD Prima vacacional $38,000 16 25 AE Prima vacacional $6,000 2 12 AF Prima vacacional $28,000 10 22 AG Prima vacacional $19,000 3 14 A

    H Prima vacacional $40,000 25 31 A

    I. DETERMINACIN DEL INGRESO POR PRIMA VACACIONAL

    1. Determinacin del importe de pago por concepto de vacaciones.

    ConceptoTrabajador

    A B C D E F G HIngreso ordinario mensual $12,000 $2,500 $9,500 $38,000 $6,000 $28,000 $19,000 $40,000

    entre:

    Factor (30)11 30 30 30 30 30 30 30 30

    igual:

    Ingreso ordinario diario 400 83 317 1,267 200 933 633 1,333

    por:

    Das de vacaciones correspon-dientes 16 10 19 25 12 22 14 31

    igual:

    Base para la determinacin de la prima vacacional 6,400 830 6,023 31,675 2,400 20,526 8,862 41,323

    11 Factor aplicable conforme al artculo 89, ltimo prrafo de la LFT

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    16 noviembre 2015Puntos Prcticos

    2. Determinacin del ingreso percibido por prima vacacional.

    ConceptoTrabajador

    A B C D E F G H

    Base para la determinacin de la prima vacacional $6,400 $830 $6,023 $31,675 $2,400 $20,526 $8,862 $41,323

    por:

    Porcentaje que otorga la empre-sa por prima vacacional 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30%

    igual:

    ingreso percibido por prima vacacional 1,920 249 1,807 9,502 720 6,158 2,659 12,397

    3. Determinacin del ingreso gravable por prima vacacional.

    a)Ingreso exento por prima vacacional.

    Concepto rea geogrfica A

    SMG $70.10

    por:

    Das exentos 15

    igual:

    Ingreso exento por prima vacacional 1,051.50

    b)Ingreso gravable por prima vacacional.

    ConceptoTrabajador

    A B C D E F G H

    Ingreso percibido por prima va-cacional $1,920 $249 $1,807 $9,502 $720 $6,158 $2,659 $12,397

    menos:

    Ingreso exento por prima vaca-cional 1,051 1,051 1,051 1,051 1,051 1,051 1,051 1,051

    igual:

    Ingreso gravable por prima vacacional 869 012 756 8,451 012 5,107 1,608 11,346

    12 Debido a que el monto exento excede del ingreso por prima vacacional correspondiente, no existe base gravable para determinar el impuesto

  • Fiscal

    17noviembre 2015 Puntos Prcticos

    II. DETERMINACIN DE LA RETENCIN DEL ISR

    APLICACIN DE LA TARIFA DEL ARTCULO 96 DE LA LISR Y LA TABLA DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO DEL ARTCULO DCIMO DEL DECRETO

    1. Determinacin del ingreso gravable del mes en el cual se paga la prima vacacional.

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Ingreso ordinario mensual $12,000 $9,500 $38,000 $28,000 $19,000 $40,000

    ms:

    Ingreso gravable por prima vaca-cional 869 756 8,451 5,107 1,608 11,346

    igual:

    Ingreso gravable del mes en el que se paga la prima vacacional 12,869 10,256 46,451 33,107 20,608 51,346

    2. Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable del mes.

    a) Determinacin del ISR del ingreso gravable del mes, aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR.3

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Ingreso gravable del mes en el que se paga la prima vacacional $12,869 $10,256 $46,451 $33,107 $20,608 $51,346

    menos:

    Lmite inferior 10,298 8,602 32,737 32,737 10,298 32,737

    igual:

    Excedente del lmite inferior 2,571 1,654 13,714 370 10,310 18,609

    por:

    Porciento sobre el excedente del lmite inferior 21.36% 17.92% 30.00% 30.00% 21.36% 30.00%

    igual:

    Impuesto marginal 549 296 4,114 111 2,202 5,583

    ms:

    Cuota fija 1,091 787 6,142 6,142 1,091 6,142

    igual:

    ISR del ingreso gravable del mes 1,640 1,083 10,256 6,253 3,293 11,725

  • Fiscal

    18 noviembre 2015Puntos Prcticos

    b) Determinacin del subsidio para el empleo del ingreso gravable del mes.

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Ingreso gravable del mes en el que se paga la prima vacacional $12,869 $10,256 $46,451 $33,107 $20,608 $51,346

    aplicacin de la tabla del artculo dcimo del Decreto (DOF 11-XII-2013):4

    Subsidio para el empleo del in-greso gravable del mes 0 0 0. 0 0 0

    c)ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable del mes.

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR del ingreso gravable del mes $1,640 $1,083 $10,256 $6,253 $3,293 $11,725

    menos:

    Subsidio para el empleo del ingre-so gravable del mes 0 0 0 0 0 0

    igual:

    ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable del mes 1,640 1,083 10,256 6,253 3,293 11,725

    3. Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual.

    a)Determinacin del ISR del ingreso ordinario mensual, aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR.3

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Ingreso ordinario mensual $12,000 $9,500 $38,000 $28,000 $19,000 $40,000

    menos:

    Lmite inferior 10,298 8,602 32,737 20,770 10,298 32,737

    igual:

    Excedente del lmite inferior 1,702 898 5,263 7,230 8,702 7,263

    por:

    Porciento sobre el excedente del lmite inferior 21.36% 17.92% 30.00% 23.52% 21.36% 30.00%

    igual:

    Impuesto marginal 364 161 1,579 1,700 1,859 2,179

    ms:

  • Fiscal

    19noviembre 2015 Puntos Prcticos

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Cuota fija 1,091 787 6,142 3,327 1,091 6,142

    igual:

    ISR del ingreso ordinario men-sual 1,455 948 7,721 5,027 2,950 8,321

    b) Determinacin del subsidio para el empleo del ingreso ordinario mensual.

    Concepto

    Trabajador

    A C D F G H

    Ingreso ordinario mensual $12,000 $9,500 $38,000 $28,000 $19,000 $40,000

    aplicacin de la tabla del artculo dcimo del Decreto (DOF 11-XII-2013):4

    Subsidio para el empleo del in-greso ordinario mensual 0 0 0 0 0 0

    c) ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual.

    Concepto

    Trabajador

    A C D F G H

    ISR del ingreso ordinario mensual $1,455 $948 $7,721 $5,027 $2,950 $8,321

    menos:

    Subsidio para el empleo del ingre-so ordinario mensual 0 0 0 0 0 0

    igual:

    ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual 1,455 948 7,721 5,027 2,950 8,321

    4. Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver por la prima vacacional.

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gra-vable del mes $1,640 $1,083 $10,256 $6,253 $3,293 $11,725

    menos:

  • Fiscal

    20 noviembre 2015Puntos Prcticos

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso or-dinario mensual 1,455 948 7,721 5,027 2,950 8,321

    igual:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver por la prima vacacional 185 135 2,535 1,226 343 3,404

    OPCIN DEL ARTCULO 174 DEL RISR

    1. Determinacin del ingreso gravable mensual promedio de la prima vacacional.6

    Concepto

    Trabajador

    A C D F G H

    Ingreso gravable por la prima va-cacional $869 $756 $8,451 $5,107 $1,608 $11,346

    entre:

    Factor de 365 365 365 365 365 365 365

    igual:

    Ingreso gravable diario de la prima vacacional 2 2 23 14 4 31

    por:

    Factor del 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4

    igual:

    Ingreso gravable mensual pro-medio de la prima vacacional 61 61 699 426 122 942

    2. Determinacin de la percepcin mensual promedio.7

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Ingreso gravable mensual prome-dio de la prima vacacional $61 $61 $699 $426 $122 $942

    ms:

    Ingreso ordinario mensual 12,000 9,500 38,000 28,000 19,000 40,000

    igual:

    Percepcin mensual promedio 12,061 9,561 38,699 28,426 19,122 40,942

  • Fiscal

    21noviembre 2015 Puntos Prcticos

    3. Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver de la percepcin mensual promedio.5, 7

    a)Determinacin del ISR de la percepcin mensual promedio, aplicacin de la tarifa del artculo 96 de la LISR.3

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Percepcin mensual promedio $12,061 $9,561 $38,699 $28,426 $19,122 $40,942

    menos:

    Lmite inferior 10,298 8,602 32,737 20,770 10,298 32,737

    igual:

    Excedente del lmite inferior 1,763 959 5,962 7,656 8,824 8,205

    por:

    Porciento sobre el excedente del lmite inferior 21.36% 17.92% 30.00% 23.52% 21.36% 30.00%

    igual:

    Impuesto marginal 377 172 1,789 1,801 1,885 2,461

    ms:

    Cuota fija 1,091 787 6,142 3,327 1,091 6,142

    igual:

    ISR de la percepcin mensual promedio 1,468 959 7,931 5,128 2,976 8,603

    b) Determinacin del subsidio para el empleo de la percepcin mensual promedio.

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Percepcin mensual promedio $12,061 $9,561 $38,699 $28,426 $19,122 $40,942

    aplicacin de la tabla del artculo dcimo del Decreto (DOF 11-XII-2013):4

    Subsidio para el empleo de la per-cepcin mensual promedio 0 0 0 0 0 0

    c) ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver de la percepcin mensual promedio.

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR de la percepcin mensual pro-medio $1,468 $959 $7,931 $5,128 $2,976 $8,603

    menos:

  • Fiscal

    22 noviembre 2015Puntos Prcticos

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Subsidio para el empleo de la per-cepcin mensual promedio 0 0 0 0 0 0

    igual:

    ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver de la per-cepcin mensual promedio 1,468 959 7,931 5,128 2,976 8,603

    4. ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual.8

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR del ingreso ordinario mensual $1,455 $948 $7,721 $5,027 $2,950 $8,321

    menos:

    Subsidio para el empleo del ingre-so ordinario mensual 0 0 0 0 0 0

    igual:

    ISR por retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso ordinario mensual 1,455 948 7,721 5,027 2,950 8,321

    5. Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional.8

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver de la percepcin mensual promedio $1,468 $959 $7,931 $5,128 $2,976 $8,603

    menos:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso or-dinario mensual 1,455 948 7,721 5,027 2,950 8,321

    igual:

    ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional 13 11 210 101 26 282

  • Fiscal

    23noviembre 2015 Puntos Prcticos

    6. Determinacin de la tasa de impuesto del ingreso gravable mensual de la prima vacacional.9

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR a retener o subsidio para el em-pleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional $13 $11 $210 $101 $26 $282

    entre:

    Ingreso gravable mensual prome-dio de la prima vacacional 61 61 699 426 122 942

    igual:

    Tasa de impuesto13 0.2131 0.1803 0.3004 0.2370 0.2131 0.2993

    7. Determinacin del ISR a retener o subsidio para el empleo a devolver del ingreso gravable mensual de la prima vacacional.10

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    Ingreso gravable por la prima vaca-cional $869 $756 $8,451 $5,107 $1,608 $11,346

    por:

    Tasa de impuesto 0.2131 0.1803 0.3004 0.2370 0.2131 0.2993

    igual:

    ISR a retener o subsidio para el em-pleo a devolver del ingreso grava-ble mensual de la prima vacacional 185 136 2,539 1,210 343 3,395

    III. ELECCIN DE LA OPCIN

    ConceptoTrabajador

    A C D F G H

    ISR a retener o subsidio para el em-pleo a devolver aplicando el artculo 96 de la LISR $185 $135 $2,535 $1,226 $343 $3,404

    contra:

    ISR a retener o subsidio para el em-pleo a devolver aplicando la opcin del RISR 185 136 2,539 1,210 343 3,395

    igual:

    Diferencia 0 (1) (4) 16 0 9

    EleccinEn estos ejemplo, tanto el procedimiento de la LISR como el del RISR, arrojan resultados muy parecidos, por tanto, podra aplicarse cualquiera de los dos

    13 El ltimo prrafo del artculo 17-A del Cdigo Fiscal de la Federacin (CFF) establece que cuando de conformidad con las disposiciones fiscales se deban realizar operaciones aritmticas, con el fin de determinar factores o proporciones, las mismas debern calcularse hasta el diezmilsimo