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DEBERES Y OBLIGACIONES DEL PEATON Y CONDUCTOR HACIA EL AGENTE DE TRANSITO.- Objetivos.- Reconocer al Agente de tránsito, como valioso apoyo para la sociedad ecuatoriana. Analizar y conocer la normativa referida a peatones y conductores , cuyo acatamiento es el primer paso para mejorar las relaciones con autoridades y agentes de transito Valorar la gestión diaria del Agente de Tránsito y colaborar con actitudes positivas, en concordancia con la Ley y Reglamento. PEATÓN

Deberes y Obligaciones Del Peaton y Conductor Hacia El Agente de Transito

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DEBERES Y OBLIGACIONES DEL PEATON Y CONDUCTOR HACIA EL AGENTE DE

TRANSITO.-

Objetivos.-

Reconocer al Agente de

tránsito, como valioso apoyo

para la sociedad ecuatoriana.

Analizar y conocer la

normativa referida a peatones

y conductores , cuyo

acatamiento es el primer paso para mejorar las

relaciones con autoridades y agentes de transito

Valorar la gestión diaria del Agente de Tránsito y

colaborar con actitudes positivas, en concordancia con

la Ley y Reglamento.

PEATÓN

Persona que transita a pie por las vías terrestres

sea pública o privada, el mismo que debe conocer y

practicar las normas elementales del peatón, las

leyes y reglamentos de transito, mas no dejarse

llevar por las irregularidades despreocupándose de

su propia integridad, de su seguridad y de la de los

demás.

También se considera peatón a

los discapacitados que transitan

en artefactos especiales

manejados por ellos o por

terceros.

ART. 9 LOTTTSV.

Los peatones, conductores , pasajeros , automotores y

vehículos de tracción humana, animal o mecánica

podrán circular en las carreteras y vías públicas del país ,

sujetándose a las disposiciones de esta L:O:T:T:T:S:V:,su

reglamento resoluciones y regulaciones técnicas

vigentes ,

NORMAS DE CONDUCTA DEL PEATON

Respetar las señales de

tránsito. -Antes de cruzar la

calzada mire hacia ambos lado

de la vía.

Nunca cruce la calzada entre

dos vehículos estacionados.

Cruce únicamente por las

esquinas y zonas peatonales.

Camine apresuradamente, pero corra

al cruzar la calzada.

No trate de cruzar la calzada en los

últimos segundos que le permita el

semáforo o la señal del Agente de

tránsito.

Acelere el paso cuando lo sorprenda el color amarillo

del semáforo y usted se encuentre cruzando la calzada.

Escoja las rutas menos

congestionadas para cruzar la

calzada.

Observe bien los carros que viran

o curvan, aunque usted tenga

preferencia.

Manténgase mas alerta sobre todo en los días

lluviosos.

Camine de frente a los vehículos

cuando se halle transitando por

las canes que no tengan aceras

ni señales de tránsito.

Al trotar por las calles en sentido contrario a los

vehículos´.

Los niños siempre deben caminar cogidos de la mano

de los adultos.

Tenga presente que en las noches

es más fácil distinguir a los

vehículos que el conductor del

mismo, al peatón.

PRECAUCIONES AL SUBIR UN VEHICULO

Subir y bajar de un vehículo siempre por

el costado derecho de la acera y en los

paraderos o lugares destinados para

ello.

Abrir con cuidado las puertas para no

golpear a los transeúntes ) Esperar que

el vehículo este parado totalmente para subir o bajar.

Bajar del vehículo por el costado de la acera, y no

cruzar por delante del mismo.

No debe subir a los colectivos apresuradamente

empujando a otros usuarios.

Sacar la cabeza o brazo por la ventanilla

del vehículo en el que viaja.

Ayudar a subir o bajar a mujeres ancianos y niños.

Espera que primero bajen los usuarios.

No subir a los transportes publico con

paquete demasiados grandes Bajarse

del vehículo, aprovechando la luz roja

del semáforo.

Anunciar con tiempo la parada donde se

va a bajar del vehículo.

Educación

• Art.4 (LOTTTSV).- Es obligación del Estado garantizar el

derecho de las personas a ser educadas y capacitadas en

materia y seguridad vial. Para el efecto se establecen,

entre otras medidas, la enseñanza obligatoria en todos

los establecimientos de educación públicos y privados

del país en todos sus niveles, de temas relacionados con

la prevención y seguridad vial, así como los principios,

disposiciones, y normas fundamentales que regulen el

transito, su señalización ,el use de las vías públicas, de

los medios de transporte, de conformidad con los

programas de estudios elaborados conjuntamente por la

comisión nacional del Transporte Terrestre ,Transito y

Seguridad vial y el Ministerio de Educación

DE LOS ORGANISMOS DEL

TRANSPORTE, TRÁNSITO Y

SEGURIDAD VIAL

Art.-B(LOTTTSV).-Son

Órganos del transporte

Terrestre, transito y

seguridad vial, los

siguientes:

A) el Ministerio del sector:

B) La Agencia Nacional de Regulación y Control del

Transporte Terrestre , Transito y Seguridad vial y

sus órganos desconcentrados: y

C) Los Gobiernos Autónomos descentralizados

Regionales, Metropolitanos y Municipales y sus

órganos desconcentrados.

COMISION DE TRANSITO DEL ECUADOR

Es una persona jurídica de derecho público,

desconcentrada, de duración indefinida, con patrimonio

propio y con autonomía técnica, funcional,

administrativa, financiera y presupuestaria con domicilio

en la ciudad de Guayaquil y con jurisdicción en la Red

estatal-troncales nacionales y demás circunscripciones

territoriales que le fueren descentralizados municipales.