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DEL GENERAL PÁEZ. 117 CAPíTULO XI. LA IGLESIA EN VENEZUELA.-EL ARZOBISPO MENDEZ y LA OONSTI- TUOION DEL A~O 30. NOVIEMBRE y DIOIEMBRE 1830. A vueltas de la veneracion que los reyes de Espafia tuvie- ron por la Santa Sede, se mostraron siempre muy celosos de las regalías para la corona obtenidas por Fernando el Cató- lico en los territorios americanos. A este Príncipe conce- dió Alejandro VI por bula expedida en 1501 el derecho á los diezmos en todas las tierras que entónces se iban descu- briendo, y mas tarde logró Fernando que Julio II le confi- riera el patronato y la provision absoluta de todos los beneficios eclesiásticos. De aquí vino que la gerarquía eclesiás- tica en América estuviese subordinada al poder secular en el ejercicio de muchas funciones privativas á la Tiara en otros paises de la comunion católica. No se admitian las bulas en América ni tenian fuerza alguna hasta que eran examinadas y aprobadas por el Consejo Real de Indias. El culto se mantenía sin embargo con todo el esplendor del catolicismo y los dignatarios eclesiásticos disfrutaban de pingües rentas sin echar de menos privilegios especiales que la Santa Sede no les habia concedido. Influyó pues el clero er. la direccion espiritual de los fieles sin inmiscuirse en los negocios civiles cometidos al cargo de los vireyes y capitanes generales, quienes siempre propendieron por su parte á dar muestras de celo religioso protejiendo los conventos y las cofradías. Consecuente el clero con las ideas de la época y con lo que le dietaban sus intereses, fo- mentó las preocupaciones del pueblo, y no es de extrañar se predicara en los púlpitos qne el terremoto de Carácas era un castigo del cielo contra los que negaban al Rey de. España los derechos reconocidos por el Santo Padre.

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DEL GENERAL PÁEZ. 117

CAPíTULO XI.

LA IGLESIA EN VENEZUELA.-EL ARZOBISPO MENDEZ y LA OONSTI-

TUOION DEL A~O 30.

NOVIEMBRE y DIOIEMBRE 1830.

A vueltas de la veneracion que los reyes de Espafia tuvie-ron por la Santa Sede, se mostraron siempre muy celosos delas regalías para la corona obtenidas por Fernando el Cató-lico en los territorios americanos. A este Príncipe conce-dió Alejandro VI por bula expedida en 1501 el derecho álos diezmos en todas las tierras que entónces se iban descu-briendo, y mas tarde logró Fernando que Julio II le confi-riera el patronato y la provision absoluta de todos losbeneficios eclesiásticos. De aquí vino que la gerarquía eclesiás-tica en América estuviese subordinada al poder secular enel ejercicio de muchas funciones privativas á la Tiara enotros paises de la comunion católica. No se admitian lasbulas en América ni tenian fuerza alguna hasta que eranexaminadas y aprobadas por el Consejo Real de Indias.El culto se mantenía sin embargo con todo el esplendor delcatolicismo y los dignatarios eclesiásticos disfrutaban depingües rentas sin echar de menos privilegios especialesque la Santa Sede no les habia concedido. Influyó pues elclero er. la direccion espiritual de los fieles sin inmiscuirseen los negocios civiles cometidos al cargo de los vireyes ycapitanes generales, quienes siempre propendieron por suparte á dar muestras de celo religioso protejiendo losconventos y las cofradías. Consecuente el clero con lasideas de la época y con lo que le dietaban sus intereses, fo-mentó las preocupaciones del pueblo, y no es de extrañarse predicara en los púlpitos qne el terremoto de Carácasera un castigo del cielo contra los que negaban al Rey de.España los derechos reconocidos por el Santo Padre.

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Iniciada empero la contienda revolucionaria, hubo muchosclérigos venezolanos que abrazaron el partido de los patrio-tas, y tuvieron como ellos que sufrir persecuciones ó huir ábuscar asilo en las filas de los combatientes. Blanco yMéndez fueron los que mas fama alcanzaron en esta linea.

Bolivar en su discurso al Congreso de Angostura haciahonorífica y respetuosa conmemoracion del ilustrado patrio-tismo del clero secular y regular de la Nueva Granada," altamente persuadido de que la independencia de Améri-ca extenderá el imperio de la relijion y le dará nuevo realcey esplendor."

Ya se ha visto en el primer tomo de esta obra los nombresde respetables eclesiásticos que me acompañaban en misoperaciones militares en los llanos, y entre ellos he citado alDr. Ramon Ignacio Méndez, quien ahora nos da materiapara el presente capitulo.

Cuando ardia el país con los furores de la guerra á muertese presentó en Venezuela á ocupar su silla metropolitana elArzobispo español Dr. Narciso Coll y Prat, hombre dotadode todas las cualidades de un apóstol, y cuya primera pasto-ral merece citarse cotno modelo del espíritu conciliador conque debe siempre mediar el sacerdote en las cuestiones quese debaten con la espada. (Véase al final de este capítulo.)

Muy grandes debian ser los talentos, las luces y el amor ála libertad del Sr. Coll y Prat, cuando nacido en España,educado bajo los principios del absolutísmo, recien llegadoá un pais extraño para él, é insurrecto centra el mismo Reyque acababa de honrarle con la mitra, se identificaba con laeausa de los americanos. Se refiere que habiendo oido pon-derar en la Guaira el estado de revolucion en. que se hallabaOaräcas, preguntó si habia católicos, y como se le contestaseafirmativamente, repuso: 610 mi balta, yo iré á apacmtar mi re-kño. Este rasgo caracteriza al Sr. Co11y Prat i pero no secontentó con apaoentarlo simplemente, sino que pasó á re-comendar la sumisión á un gobierno que se acababa de esta-blecer, y la observancia de una constituciou que había priva-do al clero de su fueros y privileglos.La moderacion del venerable Obispo no estaba de acuerdo

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con los planes del pacificador Morillo, quien en 1817 le man-dó á España acusándole de una lenidad que él juzgaba orimi-nosa. Quedó pues sin pastor la iglesia metropolitana de Ve-nezuela, y seis años después, cuando los españoles habían eva-cuado el territorio, el papa Leon xn dirijia cartas á los obís-pos colombianos y nombraba un arzobispo de Filipos paraque desde Chile atendiera á 108 negocios de la América me-ridional.En 2 de Mayo de 1827 fueron preconizados los cuatro

primeros obispos colombianos: medida que en España pro-dujo grsn disgusto, pues valia tanto como un reconocimientodel que Espafia llamaba gobierno revolucionario.

En 30 de Octubre del mismo año el Libertador expidió UD

decreto para que todas las comunicaciones que se dirijieraná su Santidad se hicieran por conducto de la Secretaria res-pectiva y con conocimiento del gobierno.

El 25 de Junio de 1827 el mismo Papa Leon confirmó elnombramiento del Dr. Ramon Ignacio Méndez, presentadopor el Poder Ejecutivo á la Santa Sede como uno de los.mas idóneos para las sillas vacantes, y el 11 de Mayo del añosiguiente tomó posesion de la metropolitana de Carácas.Despues de las ceremonias pasamos á felicitarle á su casa,donde tenia preparado un banquete, y en él le diriji el si-guiente brindis :

"SE80BBS:

" Si la gloria de Venezuela recibe hoy un nuevo ser con lapresencia de su pastor, la espada que la defiende recibe tarn-bien un escudo qne reanima su valor. Nosotros hemos vistoesta mañana al gran sacerdote de la ley moderna dirijir suspreces al Altisimo por la union, dicha y reposo de Colombiabajo los auspicios de su creador. Brindo, Señores, por lacruz que va á formar la espada con el ilustre báculo de laiglesia venezolana par, rechazar las tentativas del enemigoeomun, que colocada en el templo del Señor, despida ray08divinos que confunda á los anarquistas é ilumine á sus ore-yentes. ,

"Por el báculo de Venezuela y la espada del Libertador."

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Era el Dr. l\Iéndez hombre de carácter quisquilloso é iras-cible, áspero y duro en corregir al transgresor, firme en noceder un palmo cuando se creia apoyado en el derecho y lajusticia, y sobre todo cuando se las habia con contrario decarácter tenaz é intolerante como el suyo.

Habíase siempre mostrado favorable á la dictadura de Bo-livar, y por ello malquist6se el aprecio de muchos venezola-nos respetables.

Sancionada la eoustitucíon del año 30, el gobernador de laprovincia de Carácas, general Ramon Ayala, invitó al arzobis-po el 30 de Octubre á jurar la constitucion, y él contest6 queaunque el Congreso había salido de los limites del podercivil é introducídose en la liturjia de la Iglesia en los artícu-los sexto y séptimo del decreto de124 de Setiembre, daría 61'-denes para las ceremonias de la jura, y que despues él enpersona iria á la Casa de Gobierno á prestar su juramento.

Insisti6 respetuosamente el gobernador en que el arzobis-po prestara el juramento en la catedral, segun ordenaba unacircular de la Secretaria del Interior, y de acuerdo con lo quesiempre se había practicado en Venezuela en las grandes fes-tividades aún en los tiempos de la dominacion española, y ter-minaba Ayala exijiendo que se le contestará en el término detres horas. El arzobispo algo indignado replic6 que si ha-cia el juramento seria con las restriciones que le dictabasu conciencia.

A una negativa casi absoluta, el gobernador ofici6 al Deande la catedral Dr. José Suarez Aguado para que oficiase enla iglesia en lugar del arzobispo. Sometióse al mismo tiem-po la cuestion al Consejo de gobierno, y este contest6 que eljuramento condicional 6 con protestas no era el juramentoliso y llano que prescribia la constitucion : que no era justo niposible poner fuerza al M. R. Arzobispo para que reconocie-ra y jurara la Constitución, pero que sin este indispensablerequisito, segun la letra del artículo 220, ni era arzobispo deCarácas ni podia ejercer en el territorio de Venezuela ningunaespecie de jurisdiecion 6 autoridad: que un arzobispo que sehabia negado á reconocer y jurar la Oonstitucion del estadoy que se viese desposeido de su autoridad, era UD individuo

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DEL GENERAL PÁEZ. 121

peligroso á la tranquilidad pública, y que el gobierno con do-lor se veria en el duro caso de declararle privado de la auto-ridad y jurisdiccion eclesiástica que basta entónces había ejer-cido en el territorio de la República, del cual tambien podíaser extrañado sí el Poder Ejecutivo lo estimase necesario.

Ni aun por eso amainó el Sr. Méndez y se negó redonda-mente á prestar el juramento.

Antes de poner en efecto la amenaza del Consejo degobierno que me autorizaba para desterrarle, le diriji la si-guiente carta:

Valencia, 23 de Noviembre 1830.

AL ILLKO. SEROB ARZOBISPO DE OARAOAS.

Mi muy venerado Seflor y amigo:

El mas grande dolor y desconsuelo mortifica vivamente mi corazon alver por su representacion de 19 del presente que U. insiste en no jurar laConstitucion civil del Estado de Venezuela, sino con la condícion," ,alt/alla, Ul!ertatk. ~ inmtmidades de la Iglellia, que 1u iurado ,oBtener en mi COnIQ-gracion." Si la cuestion fuera contraida á algun acto especial, por elcual creyese U. quebrantadas las libertades é inmunidades de la Iglesia,podria yo concebir cómo la delieadesa de su conciencia se oponia en cho-que con la obediencia que los eclesiásticos deben prestar á la potestadtemporal, obedeciendo en aquel caso mas bien á Dios que á los hombres j

pero sin declinar de jurisdiccion. La cuestion actual no es de este género,es puramente general, yestá reducida á que U. como hombre y comociudadano obedezca las leyes de la na.turaleza, y las que la sociedadha juzgado convenientes, sin separarse de aquellas, para asegurar á susmiembros la tranquilidad, el goce de SUB derechos y la abundancia.

U., aunque consagrado á Dios de una manera particular, no deja de serhombre y ciudadano, vive bajo la proteccion de lasleyes, participa de susventejas y goza de los derechos que los demas ciudadanos; de 108 cualesno puede disfrutar sino bajo la mas sagrada é inviolable de todas las con-diciones, que es de someterse á 111 autoridad del gobierno que se los ase-gura j de otra manera la potestad secular no podria dispensárselos por es.tal' U. fuera de sujurisdiccion. U. no ha dejado de ser ciudadano porser arzobispo, y aun por esta cualidad está mas obligado que los que nolo son, á. dar á los pueblos ejemplo de la fidelidad y sumision debida alpoder temporal,_que emana del cielo mismo, como lo reconoció Jesucristonuestro Salvador delante de un juez no solo secular sino idólatra, some-tiendo su hum~nidad á las leyes comunes de los tríbunales de la tierra.U. sabe mil veces mejor que yo el uso y abuso que se ha hecho de las

palabras inmunidad y libertades eclesiásticas: si estos dos ténminoB hu-

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122 AUTOBIOGB.A.FÍA

bieran sido slempre entendidos de una misma manera; si no fuera contro-vertible aun su origen, pues unos dicen que emanan del derecho divino,1otros de la beneficencia y bondad de los príncipes; si la práctica y dis-ciplina de la Iglesia en laa diferentes épocas de la cristiandad hubieransído uniformes, seria fácil arreglar la materia, complacerlo á U. y quequedase acompeiláudonos y trabajando con nosotros bajo la condicion quequeda mencionada; pero sobre nada de esto hay concordsncia, y es me-nester que la prudencia de U. conozca que el Gobierno no puede conve-nir en unos términos' equívocos en cuanto á su origen y extension, sin ha-ceree culpable de haber menguado la uni verealidad y la independencia delpoder temporal, que Jesucristo nuestro Salvador no vino' destruir, quemand6 segun la doctrina de los Apóstoles, obedecer, no solo por un prin-cipio de temor, sino tambien de conciencia; y' que comprende á todaslaa almaa aun de los obispos como dice San Juan CrisÓ8tomo, interpre-tando la palabras del ap6stol San Pablo.El mismo Dios que cri6 al hombre á su imájen y semejanza, que le di6

el uso de Ia palabra para que comunicase sus pensamiontos á los demas,es el que ha querido que se establezca cierto 6rden social y que haya unacabeza, 6 un poder, al que todos sus miembros sometan una parte de BU

Independencie natural para gozar con seguridad de los demaa bienes.En este concepto, y segun las palabrás de Jesucristo, digo' U. que todopoder temporal emana del cielo, porque viene de la voluntad de Dios,.aunque la legitimidad de los escogidos 6 el depösíto en una 6 muchas per-sonas, sea la obra de la voluntad del pueblo. Este poder as[ establecidoes independiente para todo 10 relativo á su objeto, que es la felicidad tem-poral de los ciudadanos, como tambien lo es la Iglesia en las materialconcernientes á la salvacion de 108 fieles, á cuyo dn tiene en sí los mediosque Dios y Jesucristo han dejado en las manos de aquellos que tienen laplenitud de laa llaves 6 de la jurisdiccion.

U. debe conocer que la Constitucion civil del Estado de Venezuela, nopriva en nada á la Religion Católica de sus Iíbertades, ni de su jurisdic-eíon en cuanto' penas, ritos y ceremonias de laa materiaa que la concíee-nen. LOBtemplos están abiertos, los eacerdotee en el libre ejercicio delculto, los fieles oyen SUI doctrinaa segun la uncion de sus conciencias,Dios es adorado en espíritu y verdad, los misterios de nuestra redencionson predicados, y segun mi conciencia creidos: no hay pues ningun moti-vo para que se crea perseguida la Religion Cat6lica, ni mucho menos pa-ra que se intente disminuir la soberanía de la potestad temporal en el ac-to en que presenta á los pueblos el pacto' de union que los liga. La Igle-sia naci6 en el Estado y no el Estado en la Iglesia, el reino de Jesus aun-que heredero del trono de David, no es de este mundo, y el que vino áofrecernos un reino celestial no destrny6 las potestades de la tierra, nipriv6 "I César de sus derechos.

Los temores de U. me parecen demaaiado injustos: se podrian tomarcomo un agravio hecho al gobierno, y á un goblemo que al carácter que

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DEL GENERAL FÁEZ. 123le es propio reune el de protector de la Iglesia y defensor de los cánones.Dejar U. un rebaño fiel donde puede recojer una abundante cosecha paragloria de Dios y provecho nuestro, que oye su doctrina con docilidad, esproceder contra el consejo y precepto del Apóstol San Mateo, que 10-lo permite aalir de la ciudad y sacudir el polvo de eus piés, cuando noquieren oir los sermones j pero aquí no encuentra U. mas que 8umilloD,devocion y buena conciencia: sí algunos no creyeren, no por ESO la8 ver-dades dejarán de ser útiles y provecbosas á los fieles. Seria reprobable laconducta del labrador que dejase de recojer l8s espigas de 8Ucosecha porla maleza que hubiese nacido en su campo. '

U. dirá que ¿quién me ha metido á canonistA' y ein que le le pregunteá otro, le diré que yo mismo he sido el que me he metido, no inspirado deDios, sino del mBSvehemente deseo de que U. no se vaya, abandonandosu silla metropolitana por puro capricho y temeridad, sin que haya en miconcepto ningun justo motivo de conciencia.U. está quieto, goza de toda la plenitud de 8U juriadiccion

y de la mas grande consideracion como patriota, como ciudadano ycorno-nuestro muy digno Arzobispo. ¿Por qué quiere abandonarnos é ir6. pasar trabajos y penas en los últimos aftos de su vida 1 tPor qué quíe-re darme el pesar de que yo sea el que haya de pronunciar su expulsion 1¿Y por qué en fin quiere que yo lamente esta desgracia en el tiempo demi administracion que va marchando sin tropiezo 1 Uno de mis masgrandes consuelos era tenerlo á U. por compañero, y me habia prometidoque no teniendo yo la menor intencion de meter la mano en el incensario,marchariamos perfectamente de acuerdo. Exija U. de mí cuantas con-descendencias personales quiera, que yo se las acordaré, con tal que vol·viendo sobre s( reconozca todos los males que van ji sobrevenir de su Ba-lida. Se dispondrä tal vez, que dejando U. de ser ciudadano de Vene-zuela se declare tambien la silla vacante, y.otra porcion de coneecueneíasdolorosas que mi buen querer no podrá evitar. Sea U. mas bien unministro de paz, un embajador del cielo que serene con su doctrina '1ejemplo todo ortgon de discordia. U. verá como en la práctica se acaba deconvencer que la Religion católiéa. apostólica romana en Venezuela gozade la mas entera libertad,' como sus ministros de las inmunidades. Si misfervorosas súplicas pueden alguna vez tener algun mérito, quisiera quelo aplicase todo á esta ocasiono Ningun motivo personal me mueve fuerade la estimaciou sincera que le profeso. Bi U. abandona el asiento de8Urebaño, el Gobierno arreglará la8 cOlas que Ion de su re.orte, y dil-pondrá que los asesores y oon8ultores del decore y dignidad de la Imametropolltsna, provean al culto y jurildiccion eclesiástica. U... beque esto está dispuesto por 101 cánones, acordado por 108ooncílíoa y san-cionado por la práctica.No son estas dificultades las que me mueven, sino el deseo de la pas,

la concordia, Y. sobre todo la amistad que le profeso.Si á pesar de estas cortas observaciones no puedo interesar su espíritu

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• mi favor, si su resoluciou es mas fuerte que mi súplica, sabré la noticiade su partida con toda Ia amargura del dolor, pues es Imposible que sincomprometer mi suerte, admita el Gobierno la condicion que U. propo-ne; y si mi desgracia fuera tanta que tenga que sentir su ausencia, ningu-na distancia disminuirA el smor que le profeso, y los sentimientos de altorespeto y consideracion con que soy cordialmente su amigo y seguroservidol'.

JosS A. PÁBz.

Nadapude recabar del Arzobispo ápesardemis esfuerzos,pues se excusaba siempre para no cumplir la ley con sus mo-tivos de conciencia y de política. necesario fué que se le se-ñalara el término de cuarenta y ocho horas para que salierade la República en el buque que elijiera. El 21 de N oviem-bre se embarcó para Curazao en la goleta Boliviana, nombran-do antes vicario capitular y gobernador del arzobispado alDean Suarez Aguado.

Fué imprudente en demasía la conducta del Sr. Méndez enaquellas circunstancias, pues por simples fórmulas y escrúpu-los comprometia la situacion del pueblo venezolano introdu-ciendo un cisma en momentos que amenazaban peligros ex-terrores j y nada prueba tanto lo unánime de la opinion de losvenezolanos en favor de la separacion como la tranquilidadcon qlle se llevó á efecto el extrañamiento del arzobispo deOaräcas, y despues la de los otros obispos sufragáneos que si-guieron el ejemplo del metropolitano.

He entrado en estos detalles y escrito este capitulo paramostrar que en Venezuela el poder eclesiástico no fué nuncaelemento bastante influente para poner embarazos al civil,

El clero venezolauo, siempre demasiado pobre para asa-lariar revolvedores, jamas dió su apoyo á los que apelli-daban el nombre sacrosanto de la Religion para justificar susaviesas pretensiones.

Por desgracia el clero americano no ha sido igualmentemoderado en otras repúblicas, y á ello se han debido malosque se están resintiendo hoy cuando escribo estos renglones.Todos culpan al clero mejicano de ser la causn de la inter-venciou europea en Méjico, del establecimiento del imperio,y hasta de las dificultades con que ha tenido (}lw luchur elusurpador en lu consolidncion del trono, La constancia del

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DEL GENERAL PÁEZ.

Presidente Juarez parece haber dado ya el golpe de muerte'la influencia clerical en la administracion política, y se esperaque Méjioo al fin gozará de la paz siempre allí turbada porun partido que ha obrado bajo la díreooion de 108 dignata-rios eolesiästícoa

En Venezuela, como en todos los demas paises de la Am6-rica, donde es necesario fomentar la inmigraoion de pueblesde todos los oredos y ereenoias, donde necesariamente tienenque adoptarse en el gobierno los prinoípíoa de toleranoia relí-jiosa de cultos que no repugnen' Ia moral y buenu oo.tumbres, donde se permiten 16gias mas6nicas, habr' aun talvez ocasión de chooar oon los privilegios del clero, y eon luinmunidades que hasta ahora se le han concedido por lafuerza de las costumbres, Falta, pues, para definir bien lacuestion del poder eolesiästico, que se establezoan los re-gistros para todos aquellos aotos, como el nacimiento, ma-trimonio y muerte, que producen derechos civiles, La 88-paracion de la Iglesia del Estado, es de precisa neeesídsddonde quiera que rijan instituoiones republicanas.

A consecuencia de haberse negado algunos ouras de Ve-nezuela á dar sepultura eclesiástica á los masones, el GrandeOriente nacional y varias 16gias de Ia República, y muohosciudadanos, han ocurrido al Congreso pidiendo el estable-cimiento de registros civiles.

El Congreso neg6 la solicitud interpretando mal .u ob-jeto j pero es muy de esperarse que en las pr6ximas sesione.se apruebe el proyecto de ley, que dicen tiene muchos 'par-tidarios.

PASTORAL.

NOI el Dr. D. Nuello COLlol' Pa..u, por la"..,.. di DiIII , di ,. lJMáBed, ap6.tdicll, pr,lb4úro y mI'ropol¡'_ • ea..... , Y_IIIlG, IÚ.

A nuestro venerable clero seculer y regular, y , 101dem.. fielee ulateD-tea en nuestra díöeesíe, Alud y bendicion en el Sellor.No igoorailt, venerables hermano .. y amados hijOl mlOl, que 108 repre-

seutantes del pueblo en pleno Coo¡relO de 11de Julio de 1811, declararollIOlem.nementeal Mundo que 1.. Provincia. unida. de Venezuela, deede

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126 AUTOBIOGRAFÍA.

aquel dia eran y deblan ser de hecho y de derecho estados libres y sobe-IWlOS é independientes, y absueltos de toda sumlsíon y dependencia de lacorona de Espafia 6 de SUR apoderados y representantes. Entóncea aque-llos, teniendo en ccnsíderaeíon las sesiones y abdicaciones en Beycna, lasjornadas del Escorial y de Aranjuez, las órdenes que el lugartenienteDuque de Berg despach6 á la América, la extension y poblacion de esta,la ocupacion del trono español, la conducta del gobierno peninsular conVeoezut'la, 1Macontecimientos seguidos allS de Abril de 1810; Y final-mente, cuanto espresaron en la citada acta, asentaron, que para recobrarla dignidad natural que el órden de los sucesos habia restituido á estos di-latados paises, debian tomar una resolucion semejante, y que á un tiempoproveyese á la conservacion y felicidad de sus habitantes.

En efecto, asf la tomaron, y poniendo á Dios 1I0rtestigo de la rectitudde sus intenciones, ratificándole el deseo de vivir y morir libres, creyen-do y defendiendo la santa, católica y apostólica religion de Jesucristo, pu-sieron á Venezuela en el rol de las naciones.

Publicada esta ley, el pueble y clero juraron su observanoia, obligán-dose por el propio juramento á conservar pura é Ilese la santa religioncatólica, apost6lica romana, única y exclusiva en estos paises, y defenderel misterio de la Concepcion Inmaculada de la Vfrgen Maria, NuestraSellora.Esta ley estuvo sm vigor mientras las armas espaliolas ocuparon estas

miemas provincias; mas al momento que vencieron las de la república, yá su triunfo se unió la aquiescencia de los pueblos, ella recobró todo su im-perio, y ella es la que hoy preside en el Estado venezolano. A todoapuestoca respetarla y obedecerla, á las ördenes, y bl\io la direccion del gobier-no, porque el propio Dios que manda obedecer Iae leyes de los reyes yem-peradores en los estados monárquicos, ese mismo manda obedecer 1M delas potestades sublimes é intermedias, que bajo diferentes denominacio-nes, presiden 6pueden presidir en los Estados Republicanos: nadie puederesiatirlas, y cada particular está obligado á obedecerlas.La religion, hijos mios, da al hombre ideas mucho mas sublimes quelas

que soberbiamente forman los polfticos irreligiosos. Todavía la filosofúpresumida no ha llegado ni llegará jamas á donde la religion penetra.8010ella es la que hablando 01 corazon dice á los ciudadanos: obedeced'los que os presiden. no solo por temor sino tombien por principio de con-ciencia; temed á Dios, honrad las potest.ades; toda alma esté sometida ,otropoder superior; de Dios vienetodo poder; el que le resiste, se opone,quebranta y resisto á la 6rden misma de Dios. iFeliz aquel Estado dondela religion habla, y donde la religion es oída y sus preceptos fielmentepracticados 1Estudiad sus máximas: formaos y reformaos iocesantemente sobre BU

moral. Sed maridos fiele, y mujeres laboriosas: soldados valientes ysubordinados, ciudadanos virtuosos é irreprensibles, ma¡¡;istradosincorrup-tibles y compaslvos, amantes de la fraternidad, misericordiosos, mcdestos,

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DEL GENERAL P.Á.EZ.

humildes, no volviendo mal por mal ni maldiclon por maldiclon. 1100 alcontrario. AdunaoB en vuestros sentimientos y decldl6ndool conetan&e-mente por el 6rden y comun tranquilidad. obedeced pronto y eficazllllll'te alactual gobierno de la República para defender vueetra rell,loa .,vuestra patria. Aborreced el hurto. la rapifla y el bomlcldlo; I.Intrl¡a,los manejos B6rdldos y las pasiones tumultuariaB que muotoroan el 6rdenpúblico. la insubordinacion, soberbia y elaelon, que haciendo chocar'1 di-vidir las diversas partes que forman el todo loclal producen por lo ee-mun la confusion y anarquía. En una palabra. temed al Selk,r que puedeperder vuestro cuerpo y vuestra alma: amad' Dios, de quien 1010 debelseBperar toda felicidad: amad tamblen por Dios , vuestrpe amigos y'vuestros enemigos, porque Bincaridad es imposible agradarle y aln acr..darle en vano contaia con IU protecclon y amiatad.En teda ocaeíon, en todo lugar y en todos los gobiernos, 01 que .. pre-

cla del nombre de cristiano Be propone reepecte de al mllmo un obj,teparticular y al propio tiempo el mas eficaz é ImI)ortante para concurrirpor su parte al bien general, , .. ber: copiar en el las virtudes del Hombre1>Ios;'imitacion, hijos mios. que 88 os bace en cierto modo mas neoeeulaen el actual eistema de eltaB provincl.. por una raaon panicular; .h'.aqul.El fundamente, el alma de una reop6blicaes la virtud. Cuando 101olu-

dadanol no Bonmoderados. Bumieoe,francos, induatriosos, amigol del tra-bajo, frugales, castos, enemigos dellujo y de lu luper8uldades, d8lp ....dldoB del propio interea y de sf mismos, amantea del bien comun, oouJMI-dos todos,_y por decirlo asf, encendidos en el amorde lafellcidadgenaral,las repúblicas desaparecan, y al Imperio de lu virtudes. lucede el de I..pasiones y el de los vicios: por el contrario, cuando ellos IOn virtu0808sin 8oolony tan cristianos como deben serlo j ent6ncea, .. tablecida la re-p6blica sobre la piedra angular, Criste nuestro Salvador,88 eleva IObre ladebido fundamente, organiza au adllliniitracion de un modo .. ~bl., y ,manera de un árbol plantado cerca de la corriente de lai a¡uae, ezLl_d.BUBramaBy echa profundas ralees. Ninguna poteDCiahumana podri Al'-rancarlos. En una rep61Jlica demejante, Dios ea adorado y aervido en e..piritu como en verdad. DioBen reterno vela BObre8U co_nacion, ytomúdola , BU cargo derraRla sebre eUa bendlcloDes del tiempo y de laeternidad. Pero ab I Hijos mios, V08Otroaque segun el apilltol debiallIOrmi goeo y mi corona, soll hoy 101 hijos de mi dolor. Sí, permitid ....que os lo diga y que derreme en vuestra presencia 1" amargura de mi ee-razono tPodr6 (lreaeDtaroe 1110ligrimaa el cuadro de ultrljes, crfm.D8I,crueldades y asesinatos cometidos por 101racciOlOlenemigos de la p6bllcatrauquilidad Y Seria meollliter que DO fuese yo vueatro padre 6 que mediéseis Ull nuevo COruoD.

[Pueblca eencillos, slmples y dóciles I ¿Por qué razon 01 armals 101

UDOS contra 101 otros' LA naturaleza y la religion gimen al ver yatanta aangre derramada sobre el saelo americano: una 1otra coDdenaa

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vuestra imprecaucion, y vuestros excesos. Sin unidad en vuestros 'llenti-mientos, opiniones y esfuerzos ¿cómo es posible que podais salvaros de 108

horrores' que vais expuestos'l Valle. lid 1Vg 11 8fJnÜJ Luda, pueblol'¡'Oocidmt" OllfJrfJlllJII',TácatfJ, y demas lugeres donde ha prendido el fuego dsla discordia, levantad las manos puras al cielo para apagarlo. Sed fieles yobedientes á las públicas autoridades constituidas y recibidas en esta re-publica para sostener su independencia. Dios 08 manda esta. obediencia,y á mi que os 10 intime: depositario de su celestial doctrina, obediencia eslo que os predico: añadiéndoos con San Pablo, gut lIi 03 mortlei8, dividis ychocais los unos contra los otros, necesario es que mútua y funestamenteos devoreis.A vosotros, venerables hermanos y enadjutores, toca anunciar estas ver-

dades : confirmad vuestra doctrina con la rectitud de vuestras costumbres,y en la racionalidad de vuestros sentimientos. Aqui teneis las del Pastor,

. 'quien Dios sin mérito propio y solo por 8U misericordia infinita, se digonó confiar la iglesia de Venezuela. Padre del Estado y de todos suapueblos, y el mas celoso de sus prosperidades, pongo mi atencion y deboponer toda mi gloria en cultivar la viña á que el gran Padre de familialme ha enviado, en apacentar el rebaño que he recibido de mano del SerSupremo Pastor, en no confundir el sacerdocio con el imperio; en prestarpronta, verdadera y afectuosa obediencia á la potestad civil en la parteque depende de ella; en exhortar a todos mis hijos ä la paz, union yamor fraternal, al ejercicio de la oracion, á la frecuencia de los santos sa-cramentos, 11 la prl.ctica de las virtudes, y á que cada uno aegun su res-pectivo estado y obligaciones, cumpla COD fidelidad y exactitud los debe-rea sociales, poUtlcos y religiosos; sobre todo en velar sobre el dogma ymoral cristiana, y aobre la observancia de la disciplina santa de la Iglesiapara cumplir en cuanto ea compatible con mis débiles fuerzas el formida-ble precepto de vigilancia que me ha impuesto el Señor, y segun el cualha de juzgarme al momento último de mi vida.

Nuestro sacerdocio, mis hermanos, es eterno, es de todos los tiempos yde todoslos estados. Nuestra vocacion es inseparable del retiro y abe-traccion de las C0888 aeculares; de la dependencia y propia abnegacion,del estudio de las santas escrituras y canones de la iglesia; de la modestia1 compostura de los vestidos interiores y exteriores, de ladependencia, res-peto, obediencia y amor al gobierno bajo cuya proteccion vivimos, del ce-lo ardiente por salvar las almas, santificándolas en el sacramento de lapenitencia, instruyéndolas por la predicacion, dirijiéndolas con saludablesconsejos y buen ejemplo, acercándolas al Sellor por medio de nuestra ora-elon, y atrayendo y previniendo el coraeon, si fuera posible. de todos 108

hombres por los mismos socorros temporales que les prestemos para ganar-los á todos para Dios: en una palabra, nuestra vocacion es inseparable dela santidad propia y característica de nuestro estado sacerdotal, santo enel mismo, santo en 8US diferentes ocupaciones y santo en 108 ejemplos queobliga á dar.

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Démos pues á los puebles de Venezuela, los ejemplos que les debemos :unidos al Gobierno, ayudémoslos á hacerse felices.El imperio de nua parte, el sacerdocio de la otra, cada uno por loque le

corresponde, se propone este fin glorioso. Toca ahora á vosotros, venera-bles hermanos, hacer honor á vuestro ministerio; dar á conocer queen medio de los puebles, sois ángeles de paz: que sabiamente instrui-dos en vuestros deberes os decidis siempre por la verdad, que no síen-do esta mas que una, esta es la que anunciais en la congregacion de losfieles desde ellugar santo en que 108 instruis segun ls Ley evangélica ydoctrina de los apóstoles, mantened y conservad la Iglesia Católica, y quepenetrados de lo que exije el espfritu de vuestra vocacion os desprendaisde todos los cuidados de la tierra para contraeros á mantener en estos pai-ses el dogma y moral cristiana; y como parte de ésta la sincera obedienciaA los jefes que la gobiernan, y á las leyes establecidas, promulgadaa y re-cibidas en ellos.Por tanto Nos, consultando el honor y gloria de Dios, y el mayor bien

espiritnal y temporal de estas provincias, ordenemos y mandamos á toodos y á cada uno de los venerables curas de nuestra diócesis, que por s!mismos lean y publiquen repetidas veces este nuestro circular edicto; yque preparándose de antemano y confiando mas en la oracion y humildesruegos al Señor, que en sus propias fuerzas y naturalsaber, expliquen ásus respectivos feligreses, no 8010 los domingos y dias festivos, sino CUBn·tas veces les sea posible, con palabras claras, sencillas y acomodadas á lacapacidad de su auditorio, y con la decencia, decoro y mogestad que pideel augusto ministerio de la divina palabra, todos los dogmas y puntos dela moral evangélica, yendo por partes y de una á otra, y todos 10R prin-cipios en que se funda la sobredicha ley del Supremo Congreeo, declara.toria de la absoluta independencia, y concurriendo , lo mismo, y segunlas diferentes oportunídadee, los demas sacerdotee, confesores y predica-dores, y todos con el santo fin de que haciéndose y portándose los fieleade esta diócesis como verdaderos católicos, y ciudadanos religiosos, lo-gremos vida quieta y tranquila, para emplearla en el servicio deDios.

Dado en nuestro Palacio arzobispal de Carnens, á 18 de Setiembre de1813, 3Q de la Independencía.c-Nancrso, Arzobispo de Carieas.-Pormandado do su Bcüoría Ilustrisima, el Arzobispo mi Sellor-Ju ... JOIElih¡ZKAM, Secretario.