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S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 416 SAN SALVADOR, MARTES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017 NUMERO 178 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-10 11-12 13-31 32-34 Pág. 35 36 36-37 37 DIRECTOR INTERINO AD HONOREM: Tito Antonio Bazán Velásquez DIARIO OFICIAL ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 784.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto vigente, en la parte que corresponde al Ramo de Hacienda, por un monto de US$17,754,300.00, transferencias a Diferentes Ramos e Instituciones del Sector Público. ................................. Decreto No. 785.- Disposición Transitoria Aplicable a la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones................................................................ ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL RAMO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL Escrituras públicas, estatutos de las Asociaciones de “Salvadoreña de Criadores y Expositores de Caballos Raza Iberoamericana” y “Nacional de Veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 189 y 196, aprobándoles sus estatutos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ... Estatutos de la Iglesia Cristiana Evangélica Jesús Nombre Sin Igual y Acuerdo Ejecutivo No. 145, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica.................................................... MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 1147.- Se autoriza a la sociedad Zona Franca Santa Tecla, Sociedad Anónima de Capital Variable, la ampliación del área que actualmente posee. ................................................ MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0276.- Reconocimiento de estudios académicos realizados por Cristian Enrique Cerén Brito. ......... Acuerdo No. 15-0408.- Se reconoce como directora del Colegio “Julio César Moreno Canjura”, a la profesora Ermely Asucena García Lazo. ................................................................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdo No. 706-D.- Se autoriza a la Licenciada Yensi Marlene Centeno de Barrientos, para que ejerza la profesión de abogado en todas sus ramas. ...................................................... - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 416 SAN SALVADOR, MARTES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017 NUMERO 178

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]

Pág.

4-10

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DIRECTOR INTERINO AD HONOREM: Tito Antonio Bazán Velásquez

DIARIO OfICIAL

ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 784.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto

vigente, en la parte que corresponde al Ramo de Hacienda, por

un monto de US$17,754,300.00, transferencias a Diferentes

Ramos e Instituciones del Sector Público. .................................

Decreto No. 785.- Disposición Transitoria Aplicable a la

Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad

y Telecomunicaciones. ...............................................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

Ramo de GobeRnación

y desaRRollo TeRRiToRial

Escrituras públicas, estatutos de las Asociaciones de

“Salvadoreña de Criadores y Expositores de Caballos Raza

Iberoamericana” y “Nacional de Veteranos de la Exguerrilla

Salvadoreña” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 189 y 196, aprobándoles

sus estatutos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...

Estatutos de la Iglesia Cristiana Evangélica Jesús Nombre Sin

Igual y Acuerdo Ejecutivo No. 145, aprobándolos y confiriéndole

el carácter de persona jurídica. ...................................................

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Ramo de economía

Acuerdo No. 1147.- Se autoriza a la sociedad Zona Franca

Santa Tecla, Sociedad Anónima de Capital Variable, la ampliación

del área que actualmente posee. ................................................

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Ramo de educación

Acuerdo No. 15-0276.- Reconocimiento de estudios

académicos realizados por Cristian Enrique Cerén Brito. .........

Acuerdo No. 15-0408.- Se reconoce como directora del

Colegio “Julio César Moreno Canjura”, a la profesora Ermely

Asucena García Lazo. ................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdo No. 706-D.- Se autoriza a la Licenciada Yensi

Marlene Centeno de Barrientos, para que ejerza la profesión de

abogado en todas sus ramas. ......................................................

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

Acuerdo No. 084/2015-2017 (IV).- Reforma al Reglamento

de la Gestión Académico-Administrativa de la Universidad de

El Salvador. ................................................................................

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 7.- Ordenanza Transitoria de Exención de

Intereses y Multas Provenientes de Deudas de Tasas por Servicios

e Impuestos a favor de la municipalidad de San Francisco Gotera,

departamento de Morazán. .........................................................

Decreto No. 12.- Modificación al Presupuesto municipal

vigente de San Miguel. ..............................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Aviso de Inscripción ........................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Declaratoria de Muerte Presunta ..................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Título Supletorio .............................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Juicio de Ausencia ...........................................................

Cambio de Nombre .........................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Subasta Pública ...............................................................

Balance de Liquidación ..................................................

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Patente de Invención .......................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Emblemas .........................................................................

Otros .................................................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Resoluciones .....................................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título Supletorio .............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Reposición de Certificados .............................................

Disminución de Capital ..................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certificados .............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 1587, 1594, 1595, 1618, 1640, 1645,

1650, 1669, 1710, 1763, 1770, 1784, 1790, 1795, 1809, 1826, 1833,

1839, 1843, 1845, 1853, 1894, 1955, 2068 y 2132.- Reposiciones

de títulos. ...................................................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

DECRETO No. 784

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 161, de fecha 29 de octubre de 2015, publicado en el Diario Oficial No. 203, Tomo 409, del 5 de

noviembre de ese mismo año, se emitió la Ley de Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana,

con el objeto de establecer el marco legal para garantizar los fondos necesarios para el financiamiento y ejecución del Plan El Salvador

Seguro, la cual recaerá sobre la obtención de ganancias netas iguales o mayores a $500,000, a las cuales se les aplicará la tasa del 5% sobre

el monto total de las mismas, obtenidas por cualquier persona jurídica, uniones de personas, sociedades irregulares de hecho, domiciliadas

o no.

II. Que mediante Decreto Legislativo No. 162, de fecha 29 de octubre de 2015, publicado en el Diario Oficial No. 203, Tomo 409, del 5 de

noviembre de ese mismo año, se emitió la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, con el objeto de esta-

blecer una contribución especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, la cual recaerá sobre la adquisición y/o utilización de servicios

de telecomunicaciones en todas sus modalidades, independientemente de los medios tecnológicos, terminales, aparatos o dispositivos que

se empleen para su consumo, de acuerdo a los alcances establecidos en dicha Ley y, sobre la transferencia de cualquier tipo de dispositivo

tecnológico, terminales, aparatos y accesorios de los mismos que permitan la utilización de los servicios de telecomunicaciones.

III. Que de conformidad a lo que establece el artículo 2 de la Ley de Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de

Seguridad Ciudadana y el artículo 11 de la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, los recursos pro-

venientes de dichas Contribuciones Especiales serán utilizados única y exclusivamente para la seguridad ciudadana y convivencia, que se

concretará en diversos beneficios, tales como instituciones de seguridad fortalecidas, el disfrute de servicios institucionales eficientes para

la prevención de la violencia, la recuperación de espacios públicos, el desarrollo de los programas de reinserción y prevención del delito,

la reducción del número de niños, adolescentes y jóvenes que no estudian y no trabajan, entre otros.

IV. Que el monto votado en la Ley de Presupuesto vigente de 2017, en lo que corresponde a la fuente de ingresos para la Contribución Especial

a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana, asciende a $55,000,000 y según lo informado por la Dirección General

de Tesorería del Ministerio de Hacienda, se ha percibido el monto de $66,587,745, reflejando un excedente de $11,587,745, que se requiere

incorporar a las asignaciones vigentes de Ingresos y Gastos del Presupuesto 2017; asimismo, existe un remanente de recursos percibidos

en el ejercicio fiscal 2016 por $6,407,787, provenientes de la aplicación de la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana

y Convivencia, los cuales también se requieren incorporar a las asignaciones vigentes de Ingresos y Gastos del Presupuesto 2017.

V. Que de acuerdo a las prioridades establecidas por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia y que están contempladas

en el Plan El Salvador Seguro, del total de recursos percibidos en ambas Contribuciones Especiales, se asignará el monto $17,754,300, los

cuales serán distribuidos así: a Ramo de la Defensa Nacional un monto de $6,875,400 dólares, los cuales son $4,175,400 para cubrir el pago

de una bonificación por $300, correspondiente al tercer trimestre del año, la cual estará exenta de Impuesto sobre la Renta, y se entregará

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía Nacional Civil en labores de seguridad; $200,000 para el apoyo a

familiares de efectivos militares fallecidos a partir de la entrada en vigencia de las medidas extraordinarias de prevención; $621,300 los

cuales serán destinados para el pago del bono para 1,266 oficiales y 805 suboficiales; así como $1,878,700 para cubrir el pago de transporte

de Equipo Aéreo de la Fuerza Armada que contribuirá a fortalecer las capacidades del combate a la criminalidad, ya que serán utilizados

para las tareas de control y apoyo a la seguridad pública; $300,000 que se utilizarán para el fortalecimiento institucional de la Procuraduría

General de la República; Al Ramo de Justicia y Seguridad Pública un monto de $8,778,900 dólares, de los cuales $7,500 dólares corres-

ponden a la Secretaría de Estado los cuales serán destinados para el pago de bonos correspondiente al tercer trimestre por valor de $300, el

cual será destinado al personal de seguridad destacado en dicho ministerio; $8,239,600 dólares, para la Policía Nacional Civil, de los cuales

$7,239,600 se destinan para cubrir el pago de un bono trimestral de $300, para los miembros de la Policía Nacional Civil de nivel básico,

ejecutivo y superior, motoristas de apoyo en la eficacia policial y supernumerarios; $500,000 dólares para fortalecer el fideicomiso para los

familiares de personal policial fallecidos a partir de la entrada en vigencia de las medidas extraordinarias de prevención; y $300,000 para

operatividad institucional; $644,800 dólares a la Dirección General de Centros Penales, de los cuales $100,000 dólares, se destinan para

brindar apoyo a los familiares del personal del Sistema Penitenciario, fallecidos a partir de la entrada en vigencia de las medidas extraor-

dinarias de prevención: $544,800 dólares, para el pago de bonos correspondiente al tercer trimestre por valor de $300 dólares, al personal

de seguridad de los centros penales y personal de inspectoría; a la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia con $87,000 dólares, para

financiar el pago de bonos al personal que prestan servicios de seguridad al programa de protección de víctimas y testigos y $1,000,000

dólares al Ramo de Educación para la reparación y renovación de mobiliario en 320 Centros Educativos de municipios priorizados; a la

Procuraduría General de la República un monto de $300,000 dólares para fortalecimiento institucional y a la Fiscalía General de la República

un monto de $800,000 dólares para fortalecimiento Institucional.

VI. Que con el propósito de atender las prioridades establecidas por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia, se requiere

reformar la Ley de Presupuesto 2017 así: en la Sección A, Presupuesto General del Estado, Apartado II – INGRESOS, Rubro 41 INGRE-

SO POR CONTRIBUCIONES ESPECIALES, Cuenta 411 Contribuciones a Productos Especiales, se incrementan las fuentes específicas

41107 Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia por $6,407,787, y 41108 Contribución Especial a los Grandes

Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana por $11,587,745, totalizando el monto de $17,995,532; además, en el Apartado III -GASTOS,

se aumenta el Ramo de Hacienda en la Unidad Presupuestaria 21 Financiamiento a la Seguridad Ciudadana y Convivencia, Línea de

Trabajo 01 Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia por $6,407,787 y la Línea de Trabajo 02 Contribución

Especial Grandes Contribuyentes por $11,587,745, haciendo un total de $17,995,532; asimismo, es necesario efectuar una transferencia de

recursos entre asignaciones presupuestarias de distintos Ramos y Entidades del Sector Público por un monto total de $17,754,300, así: En

la Sección A, Presupuesto General del Estado, en el Apartado III - GASTOS, se aumenta el Ramo de la Defensa Nacional con $6,875,400;

la Procuraduría General de la República con $300,000; el Ramo de Justicia y Seguridad Pública con $8,978,900 y el Ramo de Educación

con $1,600,000 y en el mismo Apartado III - GASTOS, se disminuyen las asignaciones vigentes del Ramo de Hacienda por un monto de

$17,754,300. Además, en la Sección B, Presupuestos Especiales, B.1- Instituciones Descentralizadas No Empresariales, Apartado II -GASTOS,

se incrementan las asignaciones del Presupuesto Especial de la Unidad Técnica Ejecutiva con $87,000.

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416DECRETA:

Art. 1. En la Ley de Presupuesto vigente, Sección -A PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO, se introducen las siguientes modificacio-

nes:

A) En el Apartado II- INGRESOS, Rubro 41 INGRESO POR CONTRIBUCIONES ESPECIALES, Cuenta 411 Contribuciones a Productos

Especiales, increméntense las fuentes específicas 41107 Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia y 41108 Con-

tribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana, así:

41 INGRESO POR CONTRIBUCIONES ESPECIALES

411 Contribuciones a Productos Especiales 17,995,532

41107 Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia 6,407,787

41108 Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de

Seguridad Ciudadana 11,587,745

B) En el Apartado III - GASTOS, en la parte correspondiente al Ramo de Hacienda, literal B. Asignación de Recursos, increméntase en la

Unidad Presupuestaria 21 Financiamiento a la Seguridad Ciudadana y Convivencia, Línea de Trabajo 01 Contribución Especial para la

Seguridad Ciudadana y Convivencia y Línea de Trabajo 02 Contribución Especial Grandes Contribuyentes, la asignación de gasto que a

continuación se detalla:

C) En el Apartado III - GASTOS, se refuerza con el monto de $17,754,300 las asignaciones de distintas Instituciones de la Administración

Pública, conforme se indica a continuación, así:

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

D) Los recursos con que se refuerzan las asignaciones antes detalladas por un valor total de $17,754,300, serán disminuidos del Ramo de Hacienda, Unidad Presupuestaria 21 Financiamiento a la Seguridad Ciudadana y Convivencia, Línea de Trabajo 01 Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia con $6,166,555, y Línea de Trabajo 02 Contribución Especial Grandes Contribuyentes con $11,587,745, ambas del Rubro 81 Transferencias de Contribuciones Especiales, Fondo General.

Art. 2. La bonificación que será entregada a los miembros de la Policía Nacional Civil de nivel superior, ejecutivo, básico, motoristas de apoyo en la eficacia policial, supernumerarios; personal de seguridad e inspectoría de los Centros Penales; personal de seguridad de la Secretaría de Estado; supernumerarios que mediante convenio suscrito con la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia prestan servicios de seguridad al programa de Protección de Víctimas y Testigos; así como a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Corporación Policial en labores de seguridad, estará exenta del pago del Impuesto sobre la Renta.

Art. 3. El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,

PRESIDENTE.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, DONATO EUGENIO VAQUERANO RIVAS, PRIMERA VICEPRESIDENTA. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ, RODRIGO AVILA AVILES, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.

SANTIAGO FLORES ALFARO,

QUINTO VICEPRESIDENTE.

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT, RENE ALFREDO PORTILLO CUADRA, PRIMER SECRETARIO. SEGUNDO SECRETARIO.

FRANCISCO JOSE ZABLAH SAFIE, REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO.

JACKELINE NOEMI RIVERA AVALOS, SILVIA ESTELA OSTORGA DE ESCOBAR, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA.

MANUEL RIGOBERTO SOTO LAZO, JOSE SERAFIN ORANTES RODRIGUEZ, SEPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

PUBLÍQUESE,

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JUAN RAMON CARLOS ENRIQUE CACERES CHÁVEZ,

MINISTRO DE HACIENDA.

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. DECRETO No. 785

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 808, de fecha 12 de septiembre de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 189, Tomo No. 333, del

9 de octubre del mismo año, se emitió la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones;

II. Que mediante Decreto Legislativo No. 86, de fecha 18 de agosto de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 154, Tomo No. 396, del 22

del mismo mes y año, se emitieron reformas a la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones,

que permitían seleccionar al Director representante de las asociaciones gremiales del sector privado más competente para integrarse a la

Junta de Directores de dicha Superintendencia por medio de la apertura y diversidad de las propuestas;

III. Que en virtud de sentencia definitiva pronunciada por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia el 14 de noviembre de

2016 en el proceso de inconstitucionalidad con referencia 67-2014, se declaró inconstitucional de un modo general y obligatorio, entre

otros, el Decreto Legislativo No. 86 antes relacionado;

IV. Que producto de la declaratoria de inconstitucionalidad, el actual tenor del Art. 6 de la citada Ley, es el introducido por el Decreto Legis-

lativo No. 175, de fecha 4 de diciembre de 1997, publicado en el Diario Oficial No. 239, Tomo No. 337, del 22 del mismo mes y año, que

regula, entre otros aspectos, que la máxima autoridad de la SIGET es la Junta de Directores, que está integrada por un Director nombrado

por el Presidente de la República que ejerce las funciones de Superintendente, un Director electo por las asociaciones gremiales del sector

privado legalmente establecidas en el país, en junta que para ese efecto convoca y preside el Ministro de Economía, y un Director nombrado

por la Corte Suprema de Justicia;

V. Que es importante asegurar que la Junta de Directores de la SIGET, como máxima autoridad de la institución, continúe ejerciendo las

atribuciones que determina el Art. 13 de la Ley de creación de la SIGET mientras se cumplen los trámites pertinentes para la elección de

un nuevo Director por las asociaciones gremiales del sector privado.

VI. Que por lo anterior se requiere que quienes se han venido desempeñando como Director propietario y Director suplente de la Junta de

Directores de la SIGET, por las referidas asociaciones, continúen desempeñando sus cargos por un plazo razonable, en atención a las

relevantes funciones que realizan.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Economía,

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416DECRETA la siguiente:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA APLICABLE A LA LEY DE CREACIÓN DE LA

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y

TELECOMUNICACIONES

Art. 1.- Si por cualquier motivo no se hubiere realizado la elección del Director propietario y Director suplente de la Junta de Directores de la

Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones por las asociaciones gremiales del sector privado legalmente establecidas en el país

antes del vencimiento del plazo de los Directores electos por ese sector en el año dos mil diez, éstos continuarán en el cargo hasta el treinta y uno de

diciembre de dos mil diecisiete.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial, y sus efectos se retrotaen a partir del veinte

de septiembre de dos mil diecisiete.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil diecisiete.

GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,

PRESIDENTE.

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA, DONATO EUGENIO VAQUERANO RIVAS, PRIMERA VICEPRESIDENTA. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ, RODRIGO AVILA AVILES, TERCER VICEPRESIDENTE. CUARTO VICEPRESIDENTE.

SANTIAGO FLORES ALFARO,

QUINTO VICEPRESIDENTE.

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT, RENE ALFREDO PORTILLO CUADRA, PRIMER SECRETARIO. SEGUNDO SECRETARIO.

FRANCISCO JOSE ZABLAH SAFIE, REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA, TERCER SECRETARIO. CUARTO SECRETARIO.

JACKELINE NOEMI RIVERA AVALOS, SILVIA ESTELA OSTORGA DE ESCOBAR, QUINTA SECRETARIA. SEXTA SECRETARIA.

MANUEL RIGOBERTO SOTO LAZO, JOSE SERAFIN ORANTES RODRIGUEZ, SEPTIMO SECRETARIO. OCTAVO SECRETARIO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

PUBLÍQUESE,

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN,

MINISTRO DE ECONOMÍA.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

NÚMERO CINCUENTA Y SEIS. LIBRO CIENTO SETENTA Y

SEIS.- CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN. En la ciudad de San

Salvador, a las ocho horas del día dos de mayo del año dos mil dieciséis.

Ante mí, PEDRO FAUSTO ARIETA VEGA, Notario del domicilio de

la ciudad y departamento de San Miguel, comparecen los señores JUAN

DE LA CRUZ BENÍTEZ, de cincuenta años de edad, Empresario, del

domicilio y departamento de San Miguel, persona a quien no conozco

pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número

cero dos tres uno dos cero tres uno- seis, y con Número de Identificación

Tributaria uno tres cero tres- uno uno cero cinco seis cinco- cero cero

uno- cinco, JAIME FERNANDO GARCÍA PRIETO WIRTH, de sesenta

y tres años de edad, agricultor, del domicilio de Concepción de Ataco,

Departamento de Ahuachapán, persona a quien no conozco pero

identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero

uno siete cinco cinco cinco tres uno- siete, y con Número de Identificación

Tributaria cero seis uno cuatro- cero seis cero tres cinco tres- cero cero

uno- tres; y JAIME FERNANDO GARCÍA PRIETO VALLECIOS, de

treinta y dos años de edad, Ingeniero en Ciencias de Comunicación, del

domicilio Concepción de Ataco, departamento de Ahuachapán, a quien

no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de

Identidad número cero tres tres cero cero cero tres dos- dos, y con

Número de Identificación Tributaria cero uno cero dos- dos cinco cero

tres ocho cuatro- uno cero uno- ocho; JUVENAL LEIVA MEJIA, de

sesenta y tres años de edad, Ganadero, del domicilio de Guazapa,

departamento de San Salvador, persona a quien hoy conozco e identifico

por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero siete

cero cero cuatro cinco siete- seis, y con Número de Identificación

Tributaria cero nueve cero seis- cero cuatro uno dos cinco dos- cero cero

uno- ocho, SALVADOR ELÍAS BENÍTEZ SERRANO, de cincuenta

y un años de edad, comerciante, del domicilio de San Martín, Departa-

mento de San Salvador, persona a quien no conozco pero identifico por

medio de su Documento Único de Identidad número cero cero seis tres

tres uno seis ocho- siete; Y ME DICEN: PRIMERO: Que por medio del

presente instrumento acuerdan constituir la "ASOCIACIÓN SALVA-

DOREÑA DE CRIADORES Y EXPOSITORES DE CABALLOS RAZA

IBEROAMERICANA", del domicilio de la Ciudad de San Salvador.

SEGUNDO: Por unanimidad aprueban íntegramente los Estatutos que

regirán la Asociación, los cuales constan de cuarenta y un artículos que

se transcriben a continuación: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN

SALVADOREÑA DE CRIADORES Y EXPOSITORES DE CABALLOS

RAZA IBEROAMERICANA.- (ASIBERO) CAPÍTULO I. NATURALEZA,

DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO. ARTÍCULO UNO.-

Créase en la Ciudad de San Salvador, la Asociación de nacionalidad

Salvadoreña, que se denominará ASOCIACIÓN SALVADOREÑA DE

CRIADORES Y EXPOSITORES DE CABALLOS RAZA IBERO-

AMERICANA y que podrá abreviarse "ASIBERO" como una entidad

apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatuto se

denominará "La Asociación". ARTÍCULO DOS.- El domicilio de la

Asociación será de la ciudad de San Salvador, pudiendo establecer fi-

liales en todo el territorio de la República y fuera de él. ARTÍCULO

TRES.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPÍTULO

II. FINES U OBJETIVOS. ARTÍCULO CUATRO.- Los fines u objetivos

de la Asociación serán: a) Preservar, promover y mejorar la crianza de

animales equinos de la raza Iberoamericana, pudiendo con este propósito

promover la importación y exportación de ganado equino; b) Mantener

el prototipo de la raza de caballos Iberoamericana de acuerdo con los

caracteres o étnicos y fisiológicos que establezca la Asociación; c)

Ejercer todos los controles a su alcance sobre el nacimiento, desarrollo

y reproducción de los equinos inscritos y a inscribir en el Registro

genealógico del Caballo de Raza Iberoamericana y dictar cuantas

medidas juzgue convenientes para preservar y mejorar esta raza; d)

Organizar y prestar la colaboración en exposiciones y todo aquel evento

que tienda a dar a conocer y mejorar la raza; y e) Promover la creación

de filiales tanto a nivel nacional como internacional asimismo como

ORGANO EJECUTIVOMinisterio de Gobernación y desarrollo territorial

RAMO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416mantener buenas relaciones con las Asociaciones similares nacionales

e internacionales, pudiéndose también conformar o integrar federaciones

o confederaciones a nivel Iberoamericano o a conveniencia de la Asociación

con países de otras latitudes. CAPÍTULO III. DEL PATRIMONIO.

ARTÍCULO CINCO.- El patrimonio de la Asociación estará constituido

por: a) Las cuotas de los miembros; b) Donaciones, herencias, legados,

contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,

respectivamente; c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera

y las a rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley;

d) Los ingresos obtenidos por cualquier actividad que desarrolle la

Asociación o que terceras personas realicen en nombre y para beneficio

de la Asociación previa autorización de la Junta Directiva. ARTÍCULO

SEIS.- Los recursos mencionados en el artículo anterior juntamente con

sus bienes, derechos y valores que adquiera a cualquier título legal,

constituirán el patrimonio de la Asociación, en el que en ningún caso

podrá distribuirse directa o indirectamente entre sus miembros, ya que

deberá destinarse de manera exclusiva al logro de los fines de la

Asociación, siempre y cuando no contravenga el artículo nueve de la

Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.- ARTÍCULO

SIETE.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme

a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPÍTULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN. ARTÍCULO OCHO.- El

Gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General;

y b) La Junta Directiva. CAPÍTULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL.

ARTÍCULO NUEVE.- La Asamblea General, debidamente convocada,

es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad

de los miembros Activos y Fundadores; y se reunirá ordinariamente una

vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva.- ARTÍCULO DIEZ.- La Asamblea General sesionará

válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como

mínimo de los miembros en primera convocatoria, y en segunda convo-

catoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los

casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las

resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de

votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría

diferente.- ARTÍCULO ONCE.- La Junta General en sesión extraordinaria

únicamente tratará los asuntos que motivaron su convocatoria.

ARTÍCULO DOCE.- Cada miembro tendrá derecho a un voto y las

resoluciones de la Junta General se adoptarán por la mayoría de votos

de los asistentes; salvo casos contemplados en los presentes estatutos,

y en caso de presentarse un empate el voto de quien presida las sesiones

tendrá doble valor. ARTÍCULO TRECE.- Todo miembro que no pudiera

asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos

justificados, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El

límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto

de su representado. ARTÍCULO CATORCE.- Son atribuciones de la

Asamblea General: a) Elegir por voto secreto a los miembros de la

Junta Directiva, sustituirlos total o parcialmente; b) Aprobar, reformar

o derogar los Estatutos y el Reglamento interno de la Asociación; c)

Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la

Asociación; d) Aprobar o desaprobar la memoria Anual de labores de

la Asociación, presentada por la Junta Directiva y los Estados Financieros

del ejercicio que finaliza, y dictar en su caso las disposiciones que

estime convenientes; e) Elegir al Auditor Externo de la Asociación y

determinarle sus honorarios, cuando de conformidad con la ley fuere

necesario su nombramiento; f) Decidir sobre la compra, venta o enaje-

nación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación; g)

Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no

estén contemplados en los presentes estatutos. CAPÍTULO VI. DE LA

JUNTA DIRECTIVA. ARTÍCULO QUINCE.- La Junta Directiva es el

organismo ejecutor de las decisiones de la Asamblea General y la

responsable de la dirección y administración de la Asociación, así como

del logro de sus fines. ARTÍCULO DIECISÉIS.- La dirección y

administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la

cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vice-

presidente, un Secretario, un Tesorero, dos Vocales denominados: Primer

Vocal y Segundo Vocal. ARTÍCULO DIECISIETE.- Los miembros de

la Junta Directiva, serán electos por un período de tres años pudiendo

ser reelectos. En caso de ocurrir una vacante, será llenada por elección

de la Junta Directiva. ARTÍCULO DIECIOCHO.- La Junta Directiva

sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas

veces sea necesario. ARTÍCULO DIECINUEVE.- El quórum necesario

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus

miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por mayoría simple de

los asistentes. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.

ARTÍCULO VEINTE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribu-

ciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines

de la Asociación; b) Velar por la administración eficiente y eficaz del

patrimonio de la Asociación y dirigir el funcionamiento de la misma de

acuerdo a los presentes estatutos y reglamentos que se dicten; c) Elaborar

la Memoria Anual de Labores de la Asociación; d) Promover la elabo-

ración de planes, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar

a la Asamblea General; e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos,

Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General

y de la misma Junta Directiva; f) Nombrar de entre los Miembros de la

Asociación los comités o comisiones que consideren necesarios y seña-

larles los asuntos sobre los que deban tratar para el cumplimiento de los

fines de la Asociación; g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordi-

narias de Asamblea General a todos los miembros de la Asociación; h)

Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y

proponerlos a la Asamblea General y conocer de la renuncia de los

miembros; i) Nombrar al personal administrativo necesario y fijarle su

remuneración; j) Elaborar y presentar a la Asamblea General en sesión

ordinaria, la Memoria de cada ejercicio anterior, la cual deberá contener

de manera resumida, un informe sobre las actividades desarrolladas en

el mismo y los Estados Financieros de la Asociación correspondientes

a dicho ejercicio, debidamente auditados; k) Proponer a la Asamblea

General la reforma de los Estatutos de la Asociación, cuando así lo

estime conveniente y las cuotas de los miembros deberán establecerse

de acuerdo con las necesidades de la Asociación; l) Resolver todos los

asuntos y funciones que le corresponden por los presentes estatutos y

demás reglamentos que se dicten y que no sean competencia de la

Asamblea General. ARTÍCULO VEINTIUNO.- El presidente de la

Junta Directiva será el Representante Legal de la Asociación y presidirá

las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, también le

corresponden las siguientes atribuciones: a) Presidir las sesiones

Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el

cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de

la Asamblea General, las comisiones que se designe a los miembros, así

como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación; c)

Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo

otorgar Poderes previa autorización de la Junta Directiva; d) Adoptar

en caso de urgencia, cualquier resolución indispensable para la buena

marcha de la Asociación, debiendo dar cuenta de lo actuado a la Junta

Directiva en la primera sesión; e) Convocar a sesiones Ordinarias y

Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; f)

Autorizar conjuntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que

hacer la Asociación; y g) Presentar la Memoria de Labores de la

Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

ARTÍCULO VEINTIDÓS.- Son atribuciones del Vicepresidente: a)

Sustituir al Presidente en caso de ausencia de éste por cualquiera de los

siguientes motivos: renuncia, licencia por enfermedad, muerte y siempre

por cualquier circunstancia no pudiera ejercer sus funciones; b) Colaborar

con el presidente en todas las funciones que le sean asignadas en uso de

sus atribuciones. ARTÍCULO VEINTITRÉS.- Son atribuciones del

Secretario: a) Autorizar y llevar los libros de Actas de las sesiones de

Asamblea General y de Junta Directiva; b) Tener a su cargo el archivo

de documentos y registros de los miembros a la Asociación; c) Extender

y firmar todas las certificaciones y credenciales que fueren solicitadas a

la Asociación; d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para

las sesiones; y e) Servir de órgano de comunicación de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTICUATRO.- Son atribuciones del tesorero: a)

Tendrá a su cuidado el manejo y custodia de los fondos y valores de la

Asociación y ejercerá el más estricto control en la forma que estime

conveniente a los intereses de la misma y ejercerá control además sobre

las percepciones de fondos y sus depósitos en las entidades autorizadas

por la Junta Directiva; b) Dar cuenta mensualmente a la Junta Directiva,

del estado económico de la Asociación, presentando el balance y estados

financieros correspondientes, igual informe presentará a la Asamblea

General en su sesión ordinaria anual; c) Mantener, custodiar y garantizar

la utilización y el cuido de los comprobantes, libros, registros, balances,

estados financieros y demás documentos propios de su labor; d) Llevar

o tener el control directo de los libros de contabilidad de la Asociación;

e) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la

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Page 16: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416Asociación tendrá que realizar; f) A falta de tesorero, corresponderá

ejercer transitoriamente sus atribuciones al miembro de la misma Junta

Directiva que ésta designe. ARTÍCULO VEINTICINCO.- Son atribu-

ciones de los vocales: a) Asistir puntualmente a las sesiones de la Junta

Directiva y colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva, en la atención de los asuntos de la Asociación y desempeñar

las comisiones que la Junta Directiva les asigne; b) Sustituir a cualquier

miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento,

excepto al Presidente que será sustituido por el vicepresidente.

CAPÍTULO VII. DE LOS MIEMBROS. ARTÍCULO VEINTISÉIS.- La

Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros

Fundadores; b) Miembros activos; y c) Miembros honorarios. Serán

Miembros Fundadores: Todas las personas que suscriban Escritura

Pública de Constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos:

Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la

Asociación. Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por

su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la

Asamblea General. ARTÍCULO VEINTISIETE.- Son derechos de los

miembros fundadores y activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones

de la Asamblea General; b) Optar a cargos Directivos llenando los

requisitos que señalen tos Estatutos de la Asociación; y c) Los demás

que le señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTIOCHO.- Son deberes de los miembros Activos y

Fundadores: a) Asistir a las reuniones Ordinarias y Extraordinarias de

Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades

propias de la Asociación; c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea

General; d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General; e) Los demás

que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTINUEVE.- La calidad de miembro se perderá por

las siguientes causas: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General; b) Por otras

faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan

tal sanción; c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPÍTULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICA-

CIÓN. ARTÍCULO TREINTA.- Las infracciones se clasifican en:

menores, graves y muy graves. Las sanciones disciplinarias son: a)

Amonestación escrita; b) Suspensión del goce de los derechos de Miembro

Activo, cuyo plazo máximo no podrá exceder de un año; confiriéndole

al miembro el derecho de audiencia previo a la resolución que corres-

ponda; y c) Expulsión de la Asociación. ARTÍCULO TREINTA Y

UNO.- Son infracciones menores: a) Proferir expresiones irrespetuosas

aunque no denigrantes, contra los directivos o contra cualquier miembro

en el ejercicio de sus derechos como tales; b) No realizar las labores

asignadas por la Asamblea General o la Junta Directiva; y c) Observar

mal comportamiento en el ejercicio de las labores asignadas. ARTÍCULO

TREINTA Y DOS:- Son infracciones graves: a) No realizar las labores

asignadas sin justa causa y luego de ser solicitado por segunda vez de

manera escrita; b) Permitir, por sí o por medio de terceros, que personas

no afiliadas a la Asociación conozcan temas confidenciales de la misma;

o que siéndolo no estén facultadas para recibir información de dichos

temas; c) Negarse a suministrar información solicitada por la Asamblea

General o la Junta Directiva; d) Realizar desórdenes en cualquier local

de la Asociación, o en cualquier evento que ésta realice; y e) Persistir

en irrespetar a cualquier miembro de la Asociación, cuando ya hubiese

sido sancionado una vez por igual motivo. ARTÍCULO TREINTA Y

TRES.- Son Infracciones muy graves: a) Realizar cualquier tipo de

acción u omisión que denigre a la Asociación de cualquier manera; b)

Proferir cualquier tipo de insulto, que denigre el honor de cualquier

miembro de la Asociación; c) Realizar actos graves de inmoralidad en

cualquier local de la Asociación; d) Causar intencionalmente daños

materiales en los muebles o inmuebles de la Asociación; e) No cumplir

las responsabilidades de los cargos aceptados y encomendados por la

Asamblea General o la Junta Directiva, sin causa justificada; y f)

Realizar cualquier acción y omisión que ponga en peligro la estabilidad

y/o la existencia de la Asociación. ARTÍCULO TREINTA Y CUATRO.-

El conocimiento de las infracciones y la imposición de las sanciones

será potestad de la comisión disciplinaria temporal de la Junta Directiva,

quienes otorgarán el derecho de Defensa al que cometiere la infracción

y cuando no se hubiese elegido una comisión permanente, la cual se

sujetará al reglamento de procedimientos para imposición de sanciones

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Page 17: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. disciplinarias. CAPÍTULO IX. DE LA DISOLUCIÓN. ARTÍCULO

TREINTA Y CINCO.- No podrá disolverse la Asociación sino por

disposición de ley o por resolución tomada en Asamblea General

Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que

represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. ARTÍCULO

TREINTA Y SEIS.- En caso de acordase la disolución de la Asociación

se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas,

electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.

Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea

General señale. CAPÍTULO X. REFORMAS DE ESTATUTOS.

ARTÍCULO TREINTA Y SIETE.- Para reformar o derogar los

presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del

sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada

para tal efecto. CAPÍTULO XI. DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO TREINTA Y OCHO.- Los documentos sujetos a registro

deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su

formalización. ARTÍCULO TREINTA Y NUEVE.- Todo lo relativo

al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos,

se establecerá en el Reglamento Interno de la misma; el cual deberá

ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General. ARTÍCULO CUARENTA.- La Asociación se regirá por la

LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE

LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales

aplicables. ARTÍCULO CUARENTA Y UNO: Los presentes Estatutos

entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

TERCERO: De conformidad al artículo dieciséis y siguientes de los

Estatutos se procede a elegir la Primera Junta Directiva y por decisión

unánime de los concurrentes queda integrada de la siguiente manera:

Presidente: JUAN DE LA CRUZ BENITEZ; Vicepresidente: JAIME

FERNANDO GARCIA PRIETO WIRTH; Secretario: JENRI

ALVAREZ SANTAMARIA, de cuarenta y siete años de edad,

Comerciante del domicilio de Colón, departamento de La Libertad,

con Documento Único de Identidad número cero dos nueve uno tres

cinco dos seis- dos, y con Número de Identificación Tributaria uno

tres dos tres- dos ocho cero siete seis ocho- uno cero dos- cinco;

Tesorero: JUVENAL LEIVA MEJIA; Primer Vocal: JAIME

FERNANDO GARCIA PRIETO VALLECIOS; Segundo Vocal:

SALVADOR ELIAS BENITEZ SERRANO, todos los miembros de la

Junta Directiva son de nacionalidad salvadoreña y de las generales ya

expresadas. El suscrito Notario HACE CONSTAR: Que advertí a los

comparecientes de la obligación de registrar el testimonio original de

esta escritura en el Registro correspondiente y las sanciones a que se

refiere el Artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro.- Así se expresaron los comparecientes a

quienes expliqué detenidamente los efectos legales de este instrumen-

to, y leído que le fue por íntegramente en un solo acto ininterrumpido,

ratifican su contenido por estar redactado conforme a sus voluntades

y firmamos. DOY FE.-

PEDRO FAUSTO ARIETA VEGA,

NOTARIO.

PARA SER ENTREGADO A LA ASOCIACIÓN SALVADOREÑA

DE CRIADORES Y EXPOSITORES DE CABALLOS RAZA

IBEROAMERICANA: EXTIENDO, FIRMO Y SELLO EL PRE-

SENTE TESTIMONIO DE CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN,

OTORGADO DE LOS FOLIOS DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO

FRENTE AL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES FRENTE DEL

LIBRO NÚMERO CIENTO SETENTA Y SEIS DE MI PROTOCOLO

QUE VENCE EL DÍA QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL

DIECISIETE.- EN LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LOS DOS

DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-

PEDRO FAUSTO ARIETA VEGA,

NOTARIO.

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Page 18: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SALVADOREÑA

DE CRIADORES Y EXPOSITORES DE CABALLOS

RAZA IBEROAMERICANA.- (ASIBERO)

CAPÍTULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

ARTÍCULO UNO.- Créase en la Ciudad de San Salvador, la

Asociación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará ASOCIA-

CIÓN SALVADOREÑA DE CRIADORES Y EXPOSITORES DE

CABALLOS RAZA IBEROAMERICANA y que podrá abreviarse

"ASIBERO", como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la

que en los presentes Estatutos se denominará "La Asociación".

ARTÍCULO DOS.- El domicilio de la Asociación será de la ciudad

de San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la

República y fuera de él.

ARTÍCULO TRES.- La Asociación se constituye por tiempo

indefinido.

CAPÍTULO II.

fINES U OBJETIVOS.

ARTÍCULO CUATRO.- Los fines u objetivos de la Asociación

serán:

a) Preservar, promover y mejorar la crianza de animales equi-

nos de la raza Iberoamericana, pudiendo con este propósito

promover la importación y exportación de ganado equino;

b) Mantener el prototipo de la raza de caballos Iberoamericana

de acuerdo con los caracteres étnicos y fisiológicos que

establezca la Asociación;

c) Ejercer todos los controles a su alcance sobre el nacimiento,

desarrollo y reproducción de los equinos inscritos y a inscribir

en el Registro Genealógico del Caballo de Raza Iberoame-

ricana y dictar cuantas medidas juzgue convenientes para

preservar y mejorar esta raza;

d) Organizar y prestar la colaboración en exposiciones y todo

aquel evento que tienda a dar a conocer y mejorar la raza; y

e) Promover la creación de filiales tanto a nivel nacional como

internacional, asimismo como mantener buenas relaciones

con las Asociaciones similares nacionales e internacionales,

pudiéndose también conformar o integrar federaciones o

confederaciones a nivel Iberoamericano o a conveniencia

de la Asociación con países de otras latitudes.

CAPÍTULO III.

DEL PATRIMONIO.

ARTÍCULO CINCO.- El patrimonio de la Asociación estará

constituido por:

a) Las cuotas de los miembros;

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente;

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley;

d) Los ingresos obtenidos por cualquier actividad que desarrolle

la Asociación o que terceras personas realicen en nombre y

para beneficio de la Asociación previa autorización de la

Junta Directiva.

ARTÍCULO SEIS.- Los recursos mencionados en el artículo

anterior juntamente con sus bienes, derechos y valores que adquiera a

cualquier título legal, constituirán el patrimonio de la Asociación, en

el que en ningún caso podrá distribuirse directa o indirectamente entre

sus miembros, ya que deberá destinarse de manera exclusiva al logro de

los fines de la Asociación, siempre y cuando no contravenga el artículo

nueve de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

ARTÍCULO SIETE.- El Patrimonio será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea

General.

CAPÍTULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.

ARTÍCULO OCHO.- El Gobierno de la Asociación será ejercido

por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPÍTULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

ARTÍCULO NUEVE.- La Asamblea General, debidamente con-

vocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por

la totalidad de los miembros Activos y Fundadores; y se reunirá ordina-

riamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada

por la Junta Directiva.

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. ARTÍCULO DIEZ.- La Asamblea General sesionará válidamente

con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los

miembros en primera convocatoria, y en segunda convocatoria el día

siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales

en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las

tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en

los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

ARTÍCULO ONCE.- La Junta General en sesión extraordinaria

únicamente tratará los asuntos que motivaron su convocatoria.

ARTÍCULO DOCE.- Cada miembro tendrá derecho a un voto y las

resoluciones de la Junta General se adoptarán por la mayoría de votos

de los asistentes; salvo casos contemplados en los presentes estatutos y

en caso de presentarse un empate el voto de quien presida las sesiones

tendrá doble valor.

ARTÍCULO TRECE.- Todo miembro que no pudiera asistir a

cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifica-

dos, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite

de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado.

ARTÍCULO CATORCE.- Son atribuciones de la Asamblea Ge-

neral:

a) Elegir por voto secreto a los miembros de la Junta Directiva,

sustituirlos total o parcialmente;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación;

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto

anual de la Asociación;

d) Aportar o desaprobar la memoria Anual de labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva y los Estados

Financieros del ejercicio que finaliza y dictar en su caso las

disposiciones que estime convenientes;

e) Elegir al Auditor Externo de la Asociación y determinarle sus

honorarios, cuando de conformidad con la ley fuere necesario

su nombramiento;

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Asociación;

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes estatutos.

CAPÍTULO VI.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

ARTÍCULO QUINCE.- La Junta Directiva es el organismo ejecutor

de las decisiones de la Asamblea General y la responsable de la dirección

y administración de la Asociación, así como del logro de sus fines.

ARTÍCULO DIECISÉIS.- La dirección y administración de la

Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada

de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un

Tesorero, dos vocales denominados: Primer Vocal y Segundo Vocal.

ARTÍCULO DIECISIETE.- Los miembros de la Junta Directiva,

serán electos por un periodo de tres años pudiendo ser reelectos. En caso

de ocurrir una vacante, será llenada por elección de la Junta Directiva.

ARTÍCULO DIECIOCHO.- La Junta Directiva sesionará ordi-

nariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea

necesario.

ARTÍCULO DIECINUEVE.- El quórum necesario para que la

Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y

sus acuerdos deberán ser tomados por mayoría simple de los asistentes.

En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.

ARTÍCULO VEINTE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes

atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de la Asociación;

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio

de la Asociación y dirigir el funcionamiento de la misma

de acuerdo a los presentes estatutos y reglamentos que se

dicten;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación;

d) Promover la elaboración de planes, proyectos y presupuestos

de la Asociación e informar a la Asamblea General;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva;

f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los comi-

tés o comisiones que consideren necesarios y señalarles los

asuntos sobre los que deban tratar para el cumplimiento de

los fines de la Asociación;

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General a todos los miembros de la Asociación;

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General y conocer

de la renuncia de los miembros;

i) Nombrar al personal administrativo necesario y fijarle su

remuneración;

j) Elaborar y presentar a la Asamblea General en sesión ordi-

naria, la Memoria de cada ejercicio anterior, la cual deberá

contener de manera resumida, un informe sobre las actividades

desarrolladas en el mismo y los Estados Financieros de la

Asociación correspondientes a dicho ejercicio, debidamente

auditados;

k) Proponer a la Asamblea General la reforma de los Estatutos

de la Asociación, cuando así lo estime conveniente y las

cuotas de los miembros deberán establecerse de acuerdo con

las necesidades de la Asociación;

l) Resolver todos los asuntos y funciones que le corresponden

por los presentes estatutos y demás reglamentos que se dicten

y que no sean competencia de la Asamblea General.

ARTÍCULO VEINTIUNO.- El Presidente de la Junta Directiva

será el Representante Legal de la Asociación y presidirá las sesiones de

la Asamblea General y de la Junta Directiva, también le corresponden

las siguientes atribuciones:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, las comisiones

que se designe a los miembros, así como de los Estatutos y

Reglamento Interno de la Asociación;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,

pudiendo otorgar Poderes previa autorización de la Junta

Directiva;

d) Adoptar en caso de urgencia, cualquier resolución indis-

pensable para la buena marcha de la Asociación, debiendo

dar cuenta de lo actuado a la Junta Directiva en la primera

sesión;

e) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva;

f) Autorizar conjuntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación; y

g) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

ARTÍCULO VEINTIDÓS.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia de éste por

cualquiera de los siguientes motivos: renuncia, licencia por

enfermedad, muerte y siempre por cualquier circunstancia

no pudiera ejercer sus funciones;

b) Colaborar con el Presidente en todas las funciones que le sean

asignadas, por el Presidente en uso de sus atribuciones.

ARTÍCULO VEINTITRÉS.- Son atribuciones del Secretario:

a) Autorizar y llevar los libros de actas de las sesiones de

Asamblea General y de Junta Directiva;

b) Tener a su cargo el archivo de documentos y registros de los

miembros a la Asociación;

c) Extender y firmar todas las certificaciones y credenciales que

fueren solicitadas a la Asociación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones; y

e) Servir de órgano de comunicación de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTICUATRO.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Tendrá a su cuidado el manejo y custodia de los fondos y

valores de la Asociación y ejercerá el más estricto control en

la forma que estime conveniente a los intereses de la misma

y ejercerá control además sobre las percepciones de fondos

y sus depósitos en las entidades autorizadas por la Junta

Directiva;

b) Dar cuenta mensualmente a la Junta Directiva, del estado

económico de la Asociación, presentando el balance y estados

financieros correspondientes, igual informe presentará a la

Asamblea General en su sesión ordinaria anual;

c) Mantener, custodiar y garantizar la utilización y el cuido de los

comprobantes, libros, registros, balances, estados financieros

y demás documentos propios de su labor;

d) Llevar o tener el control directo de los libros de contabilidad

de la Asociación;

e) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Asociación tendrá que realizar;

f) A falta de Tesorero, corresponderá ejercer transitoriamente

sus atribuciones al miembro de la misma Junta Directiva que

ésta designe.

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. ARTÍCULO VEINTICINCO.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Asistir puntualmente a las sesiones de la Junta Directiva y

colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva, en la atención de los asuntos de la Asociación y

desempeñar las comisiones que la Junta Directiva les asigne;

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, excepto al Presidente que será

sustituido por el Vicepresidente.

CAPÍTULO VII.

DE LOS MIEMBROS.

ARTÍCULO VEINTISÉIS.- La Asociación tendrá las siguientes

clases de miembros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Activos; y

c) Miembros Honorarios.

Serán Miembros Fundadores: Todas las personas que suscriban

Escritura Pública de Constitución de la Asociación.

Serán Miembros Activos: Todas las personas que la Junta Directiva

acepte como tales en la Asociación.

Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su labor

y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea

General.

ARTÍCULO VEINTISIETE.- Son derechos de los miembros

fundadores y activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral;

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación; y

c) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTIOCHO.- Son deberes de los miembros Activos

y Fundadores:

a) Asistir a las reuniones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Asociación;

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General;

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General;

e) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

ARTÍCULO VEINTINUEVE.- La calidad de miembro se perderá

por las siguientes causas:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos

y Resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción;

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPÍTULO VIII.

SANCIONES A LOS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES

Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.

ARTÍCULO TREINTA.- Las infracciones se clasifican en: menores,

graves y muy graves. Las sanciones disciplinarias son:

a) Amonestación escrita;

b) Suspensión del goce de los derechos de Miembro Activo, cuyo

plazo máximo no podrá exceder de un año; confiriéndole al

miembro el derecho de audiencia previo a la resolución que

corresponda; y

c) Expulsión de la Asociación.

ARTÍCULO TREINTA Y UNO.- Son infracciones menores:

a) Proferir expresiones irrespetuosas aunque no denigrantes,

contra los directivos o contra cualquier miembro en el ejercicio

de sus derechos como tales;

b) No realizar las labores asignadas por la Asamblea General o

la Junta Directiva; y

c) Observar mal comportamiento en el ejercicio de las labores

asignadas.

ARTÍCULO TREINTA Y DOS.- Son infracciones graves:

a) No realizar las labores asignadas sin justa causa y luego de

ser solicitado por segunda vez de manera escrita;

b) Permitir, por sí o por medio de terceros, que personas no

afiliadas a la Asociación conozcan temas confidenciales de

la misma, o que siéndolo no estén facultadas para recibir

información de dichos temas;

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 c) Negarse a suministrar información solicitada por la Asamblea

General o la Junta Directiva;

d) Realizar desórdenes en cualquier local de la Asociación o en

cualquier evento que ésta realice; y

e) Persistir en el irrespetar a cualquier miembro de la Asocia-

ción, cuando ya hubiese sido sancionado una vez por igual

motivo.

ARTÍCULO TREINTA Y TRES.- Son infracciones muy graves:

a) Realizar cualquier tipo de acción u omisión que denigre a la

Asociación de cualquier manera;

b) Proferir cualquier tipo de insulto que denigre el honor de

cualquier miembro de la Asociación;

c) Realizar actos graves de inmoralidad en cualquier local de

la Asociación;

d) Causar intencionalmente daños materiales en los muebles o

inmuebles de la Asociación;

e) No cumplir las responsabilidades de los cargos aceptados y

encomendados por la Asamblea General o la Junta Directiva,

sin causa justificada; y

f) Realizar cualquier acción y omisión que ponga en peligro la

estabilidad y/o la existencia de la Asociación.

ARTÍCULO TREINTA Y CUATRO.- El conocimiento de las

infracciones y la imposición de las sanciones será potestad de la comi-

sión disciplinaria temporal de la Junta Directiva, quienes otorgarán el

derecho de defensa al que cometiere la infracción y cuando no se hubiese

elegido una comisión permanente, la cual se sujetará al reglamento de

procedimientos para imposición de sanciones disciplinarias.

CAPÍTULO IX.

DE LA DISOLUCIÓN.

ARTÍCULO TREINTA Y CINCO.- No podrá disolverse la Aso-

ciación sino por disposición de ley o por resolución tomada en Asamblea

General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos

que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

ARTÍCULO TREINTA Y SEIS.- En caso de acordarse la disolu-

ción de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta

de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que

acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos

sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que

la Asamblea General señale.

CAPÍTULO X.

REfORMAS DE ESTATUTOS.

ARTÍCULO TREINTA Y SIETE.- Para reformar o derogar los

presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del

sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada

para tal efecto.

CAPÍTULO XI.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO TREINTA Y OCHO.- Los documentos sujetos a

registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a

su formalización.

ARTÍCULO TREINTA Y NUEVE.- Todo lo relativo al orden in-

terno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá

en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por

la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

ARTÍCULO CUARENTA.- La Asociación se regirá por la LEY

DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO,

por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

ARTÍCULO CUARENTA Y UNO.- Los presentes Estatutos en-

trarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 189.

San Salvador, 31 de julio de 2017.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIÓN SALVA-

DOREÑA DE CRIADORES Y EXPOSITORES DE CABALLOS

RAZA IBEROAMERICANA, que se podrá abreviar "ASIBERO",

compuestos de CUARENTA Y UN artículos constituida por escritura

pública otorgada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, a las ocho horas del día 02 de mayo de 2016, ante los oficios

del Notario PEDRO FAUSTO ARIETA VEGA, y no encontrando en

ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad

con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación y Desarrollo

Territorial, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a

dicha Entidad el carácter de PERSONA JURÍDICA; b) Publíquense en

el Diario Oficial; c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE

ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMU-

NÍQUESE.- EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO

TERRITORIAL, RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. C010114)

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. NUMERO ONCE.- LIBRO TERCERO. CONSTITUCION DE

ASOCIACION.- En la ciudad de Quezaltepeque, Departamento de La

Libertad, a las catorce horas del día veintiséis de diciembre de dos mil

dieciséis. Ante mí, MIRNA ELIZABETH GUEVARA NAVAS,

Notario, de este domicilio, comparecen los señores: REYNA DEL

CARMEN GUARDADO LAZO, de cincuenta años de edad, Agricultora,

de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de Colón, Departamento

de La Libertad, con Número de Identificación Tributaria un mil

doscientos diecisiete-ciento un mil sesenta y seis-ciento uno-ocho, a

quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de

Identidad número cero dos millones cuatrocientos cuatro mil ochocientos

noventa y uno-cinco; CARLOS HUMBERTO ARDON GARCIA, de

cuarenta y dos años de edad, Comerciante, de nacionalidad salvadoreña,

del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, con

Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos doce-ciento

noventa mil seiscientos setenta y cuatro-ciento dos-cero, a quien

conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad

número cero un millón trescientos dos mil ochocientos trece-cero;

PABLO FLAMENCO GARCIA, de cincuenta y ocho años de edad,

Ganadero, de nacionalidad salvadoreña, de este domicilio, con Número

de Identificación Tributaria cero quinientos doce-cero setenta mil

doscientos cincuenta y ocho-cero cero uno-seis, a quien conozco e

identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero

dos millones doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta y

cuatro-cinco; JESUS MEJIA MENJIVAR, de setenta y tres años de

edad, Comerciante en Pequeño, de nacionalidad salvadoreña, de este

domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos

catorce-doscientos setenta y un mil doscientos cuarenta y dos-cero

cero uno-siete, a quien conozco e identifico por medio de su Documento

Único de Identidad número cero cero novecientos sesenta y cinco mil

quinientos noventa y nueve-uno; JOSE FERNANDO JUAREZ

FERNANDEZ, de sesenta y tres años de edad, Artesano, de nacionalidad

salvadoreña, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria

cero quinientos doce-cero ochenta mil ciento cincuenta y tres-cero cero

uno-cinco, a quien conozco e identifico por medio de su Documento

Único de Identidad número cero cero doscientos sesenta y dos mil

trescientos sesenta y dos-seis; ANGEL ANTONIO VILLANUEVA,

de cincuenta y tres años de edad, Empleado, de nacionalidad salvadoreña,

de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero

quinientos doce-doscientos ochenta mil trescientos sesenta y tres-cero

cero dos-tres, a quien conozco e identifico por medio de su Documento

Único de Identidad número cero dos millones trescientos treinta y dos

mil novecientos veinticinco-tres; OVIDIO ANAYA, de cincuenta y

nueve años de edad, Jornalero, de nacionalidad salvadoreña, de este

domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero quinientos

doce-ciento cuarenta mil ciento cincuenta y siete-cero cero dos-uno,

a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de

Identidad número cero cero -setecientos catorce mil cuatrocientos

treinta y dos-seis; RIGOBERTO LOPEZ MAGAÑA, de sesenta y siete

años de edad, Empleado, de nacionalidad salvadoreña, de este domicilio,

con Número de Identificación Tributaria un mil doscientos diecisiete-

ciento veinte mil novecientos cuarenta y nueve-cero cero uno-cinco,

a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de

Identidad número cero un millón novecientos cuarenta y nueve mil

ciento noventa y nueve-uno; FELIPE DE JESUS MENJIVAR MOLINA,

de sesenta y tres años de edad, Jornalero, de nacionalidad salvadoreña,

de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero

seiscientos nueve-cero cincuenta mil trescientos cincuenta y tres-ciento

uno-dos, a quien conozco e identifico por medio de su Documento

Único de Identidad número cero cero seiscientos setenta y nueve mil

novecientos cuarenta y dos-nueve; y MARTA ALICIA MARTINEZ,

de setenta y tres años de edad, de Oficios del Hogar, de nacionalidad

salvadoreña, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria

cero quinientos doce-cero veinte mil seiscientos cuarenta y tres-ciento

dos-ocho, a quien conozco e identifico por medio de su Documento

Único de Identidad número cero un millón doscientos treinta y un mil

novecientos treinta y siete-seis; y ME DICEN: Que por medio de este

instrumento constituyen y organizan. LA ASOCIACION NACIONAL

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416DE VETERANOS DE LA EXGUERRILLA SALVADOREÑA, como

entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, que se regirá por las

siguientes cláusulas, que a su vez serán sus Estatutos. ESTATUTOS

DE LA ASOCIACION NACIONAL DE VETERANOS DE LA

EXGUERRILLA SALVADOREÑA. CAPITULO UNO.

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo Uno.- Créase en la ciudad de Quezaltepeque, Departamento

de La Libertad, La Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se

denominará ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE LA

EXGUERRILLA SALVADOREÑA y que pondrá abreviarse

"ANVEGSAL", como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa,

la que en los presentes Estatutos se denominará "La Asociación".

Artículo Dos.- El domicilio de La Asociación será la ciudad de

Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, pudiendo establecer

filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. Artículo

Tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO

II. FINES U OBJETIVOS. Artículo Cuatro.- Los fines u objetivos de

la Asociación serán: OBJETIVO GENERAL. Alcanzar el bienestar

económico social para los veteranos de la ex guerrilla salvadoreña que

permita una reinserción digna e integral a la Sociedad. OBJETIVOS

ESPECIFICOS. a) Procurar por los veteranos de la Exguerrilla

Salvadoreña para que obtengan el reconocimiento económico que

permita una reinserción adecuada al aparato económico de la Sociedad.

b) Propiciar para que los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña, y

su grupo familiar reciban una atención integral en el campo preventivo

y curativo en la red nacional de salud. c) Ayudar para que en los

veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña se genere una verdadera

inserción productiva sostenible, que garantice una plena inserción

productiva de los beneficiarios en cualquiera de los renglones

económicos de la sociedad. d) Procurar para que los veteranos de la

Exguerrilla Salvadoreña y sus hijos tengan derecho a la educación

formal vocacionaria que les permita una profesión para integrarse al

proceso productivo del país. e) Propiciar para que los Veteranos de la

Exguerrilla Salvadoreña con vocación agropecuaria tengan acceso a

propiedad de tierra y programas de apoyo técnico para la diversificación

productiva. f) Ayudar para que los veteranos de la Exguerrilla

Salvadoreña y su grupo familiar tengan derecho y acceso a una vivienda

digna. g) Procurar para que los Veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña

tengan derecho a créditos productivos preferenciales. h) Dignificar a

los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña y contribuir a impulsar la

memoria histórica que registre el desarrollo y fortalecer el compromiso

político ideológico de sus miembros. i) Dignificar a los veteranos de

la Exguerrilla Salvadoreña y contribuir a impulsar la memoria histórica

que registre el desarrollo de aquellos acontecimientos. CAPITULO

III. DEL PATRIMONIO. Artículo Cinco.- El patrimonio de la

Asociación estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros. b)

Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales

o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente. c) Todos los

bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de

los mismos de conformidad con la ley. Artículo Seis.- El patrimonio

será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que

le manifieste la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO

DE LA ASOCIACION. Artículo Siete.- El gobierno de la asociación

será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva.

CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo Ocho.- La

Asamblea General debidamente convocada es la autoridad máxima de

la Asociación y está integrada por la totalidad de los miembros activos

y fundadores. Artículo Nueve.- La Asamblea General se reunirá

ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuera

convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará

válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como

mínimo de los miembros en primera convocatoria y en segunda

convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto

con los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes.

Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta

de votos, excepto en los casos que se requiera una mayoría diferente.

Artículo Diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de

las sesiones de la Asamblea General por motivos justificados podrá

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de

representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado. Artículo Once.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de

la junta directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el

reglamento interno de la Asociación. c) Aprobar, y/o modificar los

planes, programas o presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar

o desaprobar la memoria anual de labores de la Asociación, presentada

por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones

eventuales de los miembros. f) Decidir sobre las compras, ventas o

enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación.

g) Decidir todo aquellos asuntos de interés para la Asociación y que

no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE

LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo Doce.- La dirección y administración

de la Asociación estará confiada en la Junta Directiva la cual estará

integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un

Secretario, un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero, un Síndico

y tres vocales. Artículo Trece.- Los miembros de la junta Directiva

serán electos para un período de DOS AÑOS pudiendo ser reelectos.

Artículo Catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una

vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo

Quince.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar

será de cinco de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por

la mayoría de los asistentes. Artículo Dieciséis.- La Junta Directiva

tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades

necesarias para los logros de los fines de la Asociación. b) Velar por

la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación. d) Promover

la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuesto de la

Asociación e informar a la Asamblea General. e) Velar por el

cumplimiento de los Estatutos, Reglamento interno, acuerdos y

resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités o

comisiones que considere necesarios para el cumplimiento de los fines

de la Asociación. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias

de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación

de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver

todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

Artículo Diecisiete.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las

sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General. b) Velar

por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva

y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento

Interno de la Asociación. c) Representar judicial y extrajudicialmente

a la Asociación junto con el Síndico, pudiendo otorgar poderes previa

autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a sesiones ordinarias

y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e)

Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que tenga que

hacer la Asociación. f) Presentar la memoria de labores de la Asociación

y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. Artículo

Dieciocho.- Son atribuciones del Vicepresidente: a) Reemplazar al

Presidente cada vez que éste, por cualquier causa, estuviere impedido

para asistir a reuniones. b) Sustituir al Presidente, con las mismas

facultades y obligaciones enumeradas en el artículo anterior, además

deberá colaborar con el Presidente en todos los proyectos y actividades

que se le asignen. c) Asumir la presidencia de la Asociación por el

resto del periodo, cuando se produzca la ausencia definitiva del

presidente. Artículo Diecinueve.- Son atribuciones del Secretario: a)

Llevar los libros de actas de las sesiones de la Asamblea General y de

Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los

miembros de Asociación. c) Extender todas las certificaciones que

fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias

a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación

de la Asociación. Artículo Veinte.- Son atribuciones del Prosecretario:

colaborar directamente con el Secretario. Artículo Veintiuno.- Son

atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la

Asociación obtenga en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b)

Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la

Asociación. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416que la Asociación tenga que realizar. Artículo Veintidós.- Son

atribuciones del Protesorero: colaborar directamente con el Tesorero.

Artículo Veintitrés.- Son atribuciones del Síndico: a) Defender los

intereses de la Asociación. b) Representar judicial y extrajudicialmente

a la Asociación junto con el Presidente, pudiendo otorgar poderes

previa autorización de la Junta Directiva. c) Presentar a la Junta Directiva

las posibles soluciones a conflictos que se den dentro de la Asociación.

d) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos y del Reglamento

Interno. e) Dictaminar en los casos de amonestación o retiro de los

asociados según lo previsto en los presentes Estatutos. Artículo

Veinticuatro.- Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar

directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b) Sustituir

a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o

impedimento, a excepción del Presidente. CAPITULO VII. DE LOS

MIEMBROS. Artículo Veinticinco.- Podrán ser miembros todos los

ex combatientes del Frente Farabundo Martí Para la Liberación nacional

FMLN histórico, y las personas mayores de dieciocho años sin

distinciones de raza, credo, religión e ideología política que así lo

soliciten a la junta Directiva. Artículo Veintiséis.- La Asociación tendrá

las siguientes clases de miembros: a) Miembros fundadores. b) Miembros

activos. c) Miembros honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES:

Todas las personas que suscriban la Escritura Pública de Constitución

de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas

que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán

MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y

méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea

General. Artículo Veintisiete.- Son derechos de los miembros

Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la

Asamblea General. b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos

que señalen los Estatutos de la Asociación. c) Los demás que señalen

los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo

Veintiocho.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a)

Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea

General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias

de la Asociación. c) Cancelar la cuota acordada en la Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno,

acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demás que

señale los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. CAPITULO

VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS

CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN. Artículo

Veintinueve.- La Asociación impondrá las siguientes infracciones:

leves, graves y muy graves. Serán infracciones leves: a) El maltrato

de los bienes muebles o inmuebles de la Asociación. b) Agredir,

amenazar o insultar a cualquier asociado. c) Inasistencia durante tres

ocasiones sin causa justificada a la Asamblea General. Serán infracciones

graves: a) El quebrantamiento de sanciones por infracción leve. b)

Participar en acciones que perjudiquen la imagen de la Asociación. c)

Realizar conductas contrarias a los Estatutos y Reglamento Interno.

Serán infracciones muy graves: Actuaciones que impidan la celebración

de la Asamblea General: a) Las atribuciones ilegítimas sin contar con

autorización de la Junta Directiva o Asamblea General. b) Malversación

de fondos de la Asociación. Artículo Treinta.- Las infracciones leves

serán sancionadas con amonestación verbal o escrita. Será verbal

cuando se cometan por primera vez y escrita cuando haya reincidencia.

Las infracciones graves serán sancionadas con suspensión temporal

de un mes a un año, será por un mes cuando se cometan por primera

vez y por un año cuando haya reincidencia. Las infracciones muy

graves serán sancionadas con suspensión temporal de un año o expulsión,

será por un año cuando se cometa por primera vez y aplicará la expulsión

cuando haya reincidencia. Artículo Treinta y Uno.- Para la imposición

de la sanción será competente la Junta Directiva quienes de manera

preventiva informarán al asociado sobre los hechos de los cuales será

sancionado, con el objeto de que el asociado ejerza sus derechos de

defensa; la Junta Directiva en todo caso motivará la sanción o medida

disciplinaria adoptada, si fuera pertinente aplicarla. En caso que el

infractor sea miembro de la Junta Directiva, será informado de los

hechos que se le acusan y será suspendido de su cargo mientras dure

el proceso de imposición de la sanción. Impuesta la sanción el infractor

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. tendrá tres días para apelar ante la Asamblea General. CAPITULO IX.

DE LA DISOLUCIÓN. Artículo Treinta y Dos.- Sólo podrá disolverse

la Asociación por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por

lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Artículo Treinta y Tres.-

En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una

junta de liquidación compuesta de cinco personas electas por la Asamblea

General extraordinaria que acordó la disolución, los bienes que sobraren

después de cancelar todos los compromisos se donarán a cualquier

entidad benéfica, o cultural declarada de utilidad pública. CAPITULO

X. REFORMA DE ESTATUTOS. Artículo Treinta y Cuatro.- Para

reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto

favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en

Asamblea General convocada para tal efecto. En primera convocatoria

y en segunda convocatoria con los miembros que estuvieren presentes.

CAPITULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo Treinta y

Cinco.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados

dentro de los quince días siguientes a su formalización. Artículo Treinta

y Seis.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no

comprendido en estos estatutos se establecerá en el Reglamento Interno

de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y

aprobado por la Asamblea General. Artículo Treinta y Siete.- La

Asociación se regirá por LA LEY DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables. Artículo Treinta y Ocho.- Los

presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación

en el Diario Oficial.- EL NOMBRAMIENTO de la primera Junta

Directiva queda conformada de la siguiente forma: Presidente: FELIPE

DE JESUS MENJIVAR MOLINA; Vicepresidente: PABLO

FLAMENCO GARCIA; Secretario: REYNA DEL CARMEN

GUARDADO LAZO; Prosecretario CARLOS HUMBERTO ARDON

GARCIA; Tesorero JESUS MEJIA MENJIVAR; Pro Tesorero: ANGEL

ANTONIO VILLANUEVA; Síndico JOSE FERNANDO JUAREZ

FERNANDEZ; Primer Vocal: RIGOBERTO LOPEZ MAGAÑA;

Segundo Vocal: OVIDIO ANAYA; Tercer Vocal: MARTA ALICIA

MARTINEZ. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué

los efectos legales de este instrumento, y les advertí de la obligación

de inscribir esta escritura en el respectivo Registro y las sanciones a

que se refiere el Artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro; y leído que les hube todo lo escrito

íntegramente, en un solo acto ininterrumpido, manifiestan que está

redactado conforme a sus voluntades, ratifican todo su contenido y

firmamos.-DE TODO DOY FE.- Entrelíneas-Procurar-Propiciar para-

Ayudar para-Procurar para-Propiciar para-Ayudar para-Procurar

para-Los presentes estatutos entrarán en Vigencia desde el día de su

Publicación en el Diario Oficial. EL NOMBRAMIENTO DE LA-

VALEN.- Enmendados-entrarán-entrarán-VALEN.-

MIRNA ELIZABETH GUEVARA NAVAS,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio número CATORCE vuelto, al número

DIECINUEVE vuelto, del Libro TERCERO de mi Protocolo, que

vence el día veinticinco de noviembre de dos mil diecisiete.- Y para

ser entregado a LA ASOCIACION NACIONAL DE VETERANOS

DE LA EXGUERRILLA SALVADOREÑA, extiendo, firmo y sello

el presente Testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los veintiséis

días del mes de diciembre de dos mil dieciséis.-

MIRNA ELIZABETH GUEVARA NAVAS,

NOTARIO.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416ESTATUTOS ASOCIACIÓN NACIONAL

DE VETERANOS DE LA EXGUERRILLA SALVADOREÑA

(ANVEGSAL)

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Artículo Uno.- Créase en la ciudad de Quezaltepeque, Departamento

de La Libertad, La Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se

denominará ASOCIACIÓN NACIONAL DE VETERANOS DE

LA EXGUERRILLA SALVADOREÑA y que pondrá abreviarse

"ANVEGSAL", como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa,

la que en los presentes Estatutos se denominará "La Asociación".

Artículo Dos.- El domicilio de La Asociación será la ciudad de

Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, pudiendo establecer

filiales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo Tres.- La Asociación se constituye por tiempo

indefinido.

CAPITULO II

fINES U OBJETIVOS.

Artículo Cuatro.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:

OBJETIVO GENERAL. Alcanzar el bienestar económico social

para los veteranos de la ex guerrilla salvadoreña que permita una

reinserción digna e integral a la Sociedad.

OBJETIVOS ESPECIFICOS.

a) Procurar por los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña para

que obtengan el reconocimiento económico que permita una

reinserción adecuada al aparato económico de la Sociedad.

b) Propiciar para que los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña,

y su grupo familiar reciban una atención integral en el campo

preventivo y curativo en la red nacional de salud.

c) Ayudar para que en los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña

se genere una verdadera inserción productiva sostenible, que

garantice una plena inserción productiva de los beneficiarios

en cualquiera de los renglones económicos de la sociedad.

d) Procurar para que los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña

y sus hijos tengan derecho a la educación formal vocaciona-

ria que les permita una profesión para integrarse al proceso

productivo del país.

e) Propiciar para que los Veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña

con vocación agropecuaria tengan acceso a propiedad de

tierra y programas de apoyo técnico para la diversificación

productiva.

f) Ayudar para que los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña

y su grupo familiar tengan derecho y acceso a una vivienda

digna.

g) Procurar para que los Veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña

tengan derecho a créditos productivos preferenciales.

h) Dignificar a los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña y

contribuir a impulsar la memoria histórica que registre el

desarrollo y fortalecer el compromiso político ideológico de

sus miembros.

i) Dignificar a los veteranos de la Exguerrilla Salvadoreña y

contribuir a impulsar la memoria histórica que registre el

desarrollo de aquellos acontecimientos.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO.

Artículo Cinco.- El patrimonio de la Asociación estará constituido

por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Artículo Seis.- El patrimonio será administrado por la Junta

Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea

General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Artículo Siete.- El gobierno de la asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Artículo Ocho.- La Asamblea General debidamente convocada es

la autoridad máxima de la Asociación y está integrada por la totalidad

de los miembros activos y fundadores.

Artículo Nueve.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente

una vez al año y extraordinariamente cuando fuera convocada por la

Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la

asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros

en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente

con los miembros que asistan, excepto con los casos especiales en que

se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará

la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los

casos que se requiera una mayoría diferente.

Artículo Diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera

de las sesiones de la Asamblea General por motivos justificados

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Page 29: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de

representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado.

Artículo Once.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la junta directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el reglamento

interno de la Asociación.

c) Aprobar, y/o modificar los planes, programas o presupuesto

anual de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre las compras, ventas o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Asociación.

g) Decidir todo aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Artículo Doce.- La dirección y administración de la Asociación

estará confiada en la Junta Directiva la cual estará integrada de la

siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario,

un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero, un Síndico y tres

vocales.

Artículo Trece.- Los miembros de la junta Directiva serán electos

para un período de DOS AÑOS pudiendo ser reelectos.

Artículo Catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente

una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo Quince.- El quórum necesario para que la Junta Directiva

pueda sesionar será de cinco de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Artículo Dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las siguientes

atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para los logros de los

fines de la Asociación.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio

de la Asociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos

y presupuesto de la Asociación e informar a la Asamblea

General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités

o comisiones que considere necesarios para el cumplimiento

de los fines de la Asociación.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Artículo Diecisiete.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación junto

con el Síndico, pudiendo otorgar poderes previa autorización

de la Junta Directiva.

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación.

f) Presentar la memoria de labores de la Asociación y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo Dieciocho.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Reemplazar al Presidente cada vez que éste, por cualquier

causa, estuviere impedido para asistir a reuniones.

b) Sustituir al Presidente, con las mismas facultades y obliga-

ciones enumeradas en el artículo anterior, además deberá

colaborar con el Presidente en todos los proyectos y actividades

que se le asignen.

c) Asumir la presidencia de la Asociación por el resto del periodo,

cuando se produzca la ausencia definitiva del presidente.

Artículo Diecinueve.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de la Asamblea

General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de Asociación.

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la

Asociación.

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Page 30: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

Artículo Veinte.- Son atribuciones del Prosecretario: colaborar

directamente con el Secretario.

Artículo Veintiuno.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en

el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Asociación tenga que realizar.

Artículo Veintidós.- Son atribuciones del Protesorero: colaborar

directamente con el Tesorero.

Artículo Veintitrés.- Son atribuciones del Síndico:

a) Defender los intereses de la Asociación.

b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación

junto con el Presidente, pudiendo otorgar poderes previa

autorización de la Junta Directiva.

c) Presentar a la Junta Directiva las posibles soluciones a con-

flictos que se den dentro de la Asociación.

d) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos y del

Reglamento Interno.

e) Dictaminar en los casos de amonestación o retiro de los

asociados según lo previsto en los presentes Estatutos.

Artículo Veinticuatro.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, a excepción del Presidente.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS.

Artículo Veinticinco.- Podrán ser miembros todos los ex

combatientes del Frente Farabundo Martí Para la Liberación nacional

FMLN histórico, y las personas mayores de dieciocho años sin

distinciones de raza, credo, religión e ideología política que así lo

soliciten a la junta Directiva.

Artículo Veintiséis.- La Asociación tendrá las siguientes clases

de miembros:

a) Miembros fundadores.

b) Miembros activos.

c) Miembros honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por

su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por

la Asamblea General.

Artículo Veintisiete.- Son derechos de los miembros Fundadores

y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación.

c) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

Artículo Veintiocho.- Son deberes de los miembros Fundadores

y Activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Asociación.

c) Cancelar la cuota acordada en la Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que señale los Estatutos y Reglamento Interno de

la Asociación.

CAPITULO VIII

SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE

APLICACIÓN.

Artículo Veintinueve.- La Asociación impondrá las siguientes

infracciones: leves, graves y muy graves.

Serán infracciones leves:

a) El maltrato de los bienes muebles o inmuebles de la Asocia-

ción.

b) Agredir, amenazar o insultar a cualquier asociado.

c) Inasistencia durante tres ocasiones sin causa justificada a la

Asamblea General.

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Page 31: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Serán infracciones graves:

a) El quebrantamiento de sanciones por infracción leve.

b) Participar en acciones que perjudiquen la imagen de la Aso-

ciación.

c) Realizar conductas contrarias a los Estatutos y Reglamento

Interno.

Serán infracciones muy graves:

a) Actuaciones que impidan la celebración de la Asamblea

General.

b) Las atribuciones ilegítimas sin contar con autorización de la

Junta Directiva o Asamblea General.

c) Malversación de fondos de la Asociación.

Artículo Treinta.- Las infracciones leves serán sancionadas con

amonestación verbal o escrita. Será verbal cuando se cometan por

primera vez y escrita cuando haya reincidencia. Las infracciones graves

serán sancionadas con suspensión temporal de un mes a un año, será

por un mes cuando se cometan por primera vez y por un año cuando

haya reincidencia. Las infracciones muy graves serán sancionadas

con suspensión temporal de un año o expulsión, será por un año

cuando se cometa por primera vez y aplicará la expulsión cuando haya

reincidencia.

Artículo Treinta y Uno.- Para la imposición de la sanción será

competente la junta Directiva quienes de manera preventiva informarán

al asociado sobre los hechos de los cuales será sancionado, con el objeto

de que el asociado ejerza sus derechos de defensa; la junta Directiva

en todo caso motivará la sanción o medida disciplinaria adoptada, si

fuera pertinente aplicarla. En caso que el infractor sea miembro de la

Junta Directiva, será informado de los hechos que se le acusan y será

suspendido de su cargo mientras dure el proceso de imposición de la

sanción. Impuesta la sanción el infractor tendrá tres días para apelar

ante la Asamblea General.

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCIÓN.

Artículo Treinta y Dos.- Sólo podrá disolverse la Asociación por

resolución tomada en Asamblea General extraordinaria convocada a

ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres

cuartas partes de sus miembros.

Artículo Treinta y Tres.- En caso de acordarse la disolución de la

Asociación se nombrará una junta de liquidación compuesta de cinco

personas electas por la Asamblea General extraordinaria que acordó

la disolución, los bienes que sobraren después de cancelar todos los

compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica, o cultural

declarada de utilidad pública.

CAPITULO X

REfORMA DE ESTATUTOS.

Artículo Treinta y Cuatro.- Para reformar o derogar los presentes

Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por

ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

En primera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros

que estuvieren presentes.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo Treinta y Cinco.- Los documentos sujetos a registro

deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su

formalización.

Artículo Treinta y Seis.- Todo lo relativo al orden interno de la

Asociación no comprendido en estos estatutos se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la

junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

Artículo Treinta y Siete.- La Asociación se regirá por LA LEY

DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO,

por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo Treinta y Ocho.- Los presentes Estatutos entrarán en

vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.-

ACUERDO No. 196.

San Salvador, 21 de agosto de 2017.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIÓN

NACIONAL DE VETERANOS DE LA EXGUERRILLA

SALVADOREÑA, que puede abreviarse "ANVEGSAL", compuestos

de TREINTA Y OCHO artículos, constituida por Escritura Pública

celebrada en la ciudad de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad,

a las catorce horas del día veintiséis de diciembre de dos mil dieciséis,

ante los oficios de la Notario Mirna Elizabeth Guevara Navas; y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país,

de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación y

Desarrollo Territorial, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes

confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b)

Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el

REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE

LUCRO. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACION Y

DESARROLLO TERRITORIAL, RAMON ARISTIDES VALENCIA

ARANA.

(Registro No. F060649)

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Page 32: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416ESTATUTOS DE LA "IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA

JESUS NOMBRE SIN IGUAL".

CAPÍTULO I

NATURALEZA, DOMICILIO Y DENOMINACIÓN:

Artículo 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento

de Salvador, la "IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA JESUS

NOMBRE SIN IGUAL ", y que podrá abreviarse "ICEJENSI", de

Nacionalidad Salvadoreña, como una entidad de interés particular

y religiosa, apolítica, no lucrativa, que en los presentes Estatutos se

denominará "La Iglesia".

Artículo 2.- El domicilio de la Iglesia será en el Municipio de San

Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales

dentro del territorio nacional y fuera de él.

Artículo 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.

CAPÍTULO II

fINES:

Artículo 4.- Los fines de la Iglesia son:

a) Predicar el Evangelio de Salvación a toda persona;

b) El estudio en general, difusión y enseñanza de la Biblia, para

propagar el cristianismo mediante la evangelización;

c) Relacionarse con otras iglesias o entidades nacionales o

extranjeras que tengan las mismas finalidades.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS:

Artículo 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores

de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología

política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Artículo 6.- La Iglesia, tendrá las siguientes clases de

miembros:

a) Miembros fundadores;

b) Miembros activos.

Son miembros fundadores las personas que asistan a la primera

Asamblea General de fundación de la Iglesia y firmen el acta de

constitución de ésta.

Son miembros activos los que la Junta Directiva les acepte la

solicitud para pertenecer a la Iglesia.

Artículo 7.- Son derechos de los miembros fundadores y

activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral;

b) Optar a cargos directivos, llenando los requisitos que señalen

los estatutos y reglamento interno de la Iglesia.

Artículo 8.- Son deberes de los miembros fundadores y

activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General;

b) Instruirse en la doctrina y reglamento interno de la Iglesia

creciendo en el conocimiento del evangelio;

c) Cooperar en las actividades propias de la Iglesia en el aspecto

espiritual, moral y material a fin de alcanzar los fines de la

misma;

d) Elegir y ser electo en cargo de la Junta Directiva;

e) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el Re-

glamento Interno de la iglesia, acuerdo y resoluciones de la

Asamblea General.

Artículo 9.- Los miembros de la Iglesia perderán esta calidad por

las razones siguientes:

a) Por renuncia del miembro activo o fundadores a su calidad

como tal de la Iglesia;

b) Por infringir las disposiciones de la Iglesia, sus estatutos y

Reglamento Interno de la misma;

c) Por faltar a sus principios cristianos.

CAPÍTULO IV

GOBIERNO DE LA IGLESIA:

Artículo 10.- El gobierno de la Iglesia lo ejercerá:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta directiva.

CAPÍTULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL:

Artículo 11.- La Asamblea General será la autoridad superior de

la Iglesia y se integrará con los miembros activos y fundadores.

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Artículo 12.- La Asamblea General Ordinaria se reunirá una vez al

año, en el transcurso de los primeros tres meses y extraordinariamente

cuando las circunstancias así lo exijan.

La Asamblea General Ordinaria sesionará válidamente con la

asistencia del cincuenta por ciento de sus miembros fundadores y activos

como mínimo en primera convocatoria y en segunda convocatoria el

día siguiente con los miembros que asistan, excepto en casos especiales

en que requiera mayor número de asistentes.

Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría

absoluta de votos, excepto en casos especiales que se requiera una

mayoría diferente.

Artículo 13.- Todo miembro que no pueda asistir a las sesiones

de la Asamblea General podrá justificar su ausencia en forma verbal

y escrita, veinticuatro horas antes de la sesión, sin embargo, podrá ser

representado por otro miembro sin que la representación exceda de

una, la que se hará por escrito.

Artículo 14.- La Asamblea General tendrá las siguientes

atribuciones:

a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los estatutos y reglamento interno

de la Iglesia;

c) Sustituir o destituir total o parcialmente a los miembros de

la Junta Directiva;

d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores, así como

planes, programas y presupuesto de la Iglesia.

CAPÍTULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA:

Artículo 15.- La Junta Directiva tendrá la dirección y administración

de la Iglesia, la cual está integrada así: un Presidente, un Secretario,

un Tesorero, y dos Vocales.

Artículo 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos

por un período de un año, pudiendo ser reelectos.

Artículo 17.- La Junta Directiva sesionará válidamente con un

quórum, con al menos tres de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de sus asistentes.

Artículo 18.- La Junta Directiva sesionará el último domingo de

cada mes.

Artículo 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes

atribuciones:

a) Desarrollar las actividades para el logro de los fines de la

Iglesia;

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio

de la Iglesia;

c) Elaborar la memoria anual de labores de la Iglesia;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-

ral.

Artículo 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Iglesia,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva;

b) Convocar a las sesiones ordinarias de la Junta Directiva y

Asamblea General;

c) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta

Directiva y Asamblea General;

d) Velar por el cumplimiento y resoluciones de la Junta Di-

rectiva y de la Asamblea General, así como los Estatutos y

Reglamento Interno de la Iglesia;

e) Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

Artículo 21.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los Libros de actas, de sesiones de la Asamblea General

y de la Junta Directiva;

b) Llevar archivos de documentos y registros de la Iglesia;

c) Extender certificaciones que le fueren solicitadas de la Igle-

sia;

d) Hacer y enviar convocatorias a los miembros para las sesiones

de Asamblea General y de Junta Directiva;

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

Artículo 22.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga en el

Banco que la Junta Directiva seleccione;

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia;

c) Autorizar Juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Iglesia tenga que realizar.

Artículo 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con los miembros de la Junta Direc-

tiva;

b) En caso de ausencia temporal o definitiva, sustituir a cualquiera

de los miembros de la Junta Directiva.

CAPÍTULO VII

DEL PATRIMONIO:

Artículo 24.- El patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Donaciones, contribuciones hechas por personas naturales o

jurídicas, sean éstas nacionales o extranjeras;

b) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquieran, la renta

proveniente de los mismos.

Artículo 25.- El patrimonio de la Iglesia será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que manifieste la Asamblea

General.

CAPÍTULO VIII

DE LA DISOLUCIÓN:

Artículo 26.- No podrá disolverse la Iglesia si no por la disposición

de ley o resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria

convocada para tal efecto y con número de votos que represente por

lo menos las tres cuartas partes de los miembros.

Artículo 27.- En caso de disolución de la Iglesia se nombrará

una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas electas por la

Asamblea General Extraordinaria, que acordare la disolución. Los bienes

que sobraren después de cancelar sus compromisos serán donados a

cualquier entidad benéfica que la Asamblea General designe.

CAPÍTILO IX

DISPOSICIONES GENERALES:

Artículo 28.- Para reformar los presentes Estatutos, será necesario

el voto favorable de no menos del setenta por ciento de los miembros

de la Asamblea General convocada para tal efecto.

Artículo 29. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar a

Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, en los primeros

quince días del mes enero de cada año, la nómina de la Junta Directiva,

una Certificación del Acta de la misma, así como la nómina de todos

los miembros y en todo caso proporcionar a dicho Ministerio cualquier

dato que le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no

comprendidos en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento

Interno de la misma, el cual deberá ser aprobado por la Asamblea

General y Elaborado por la Junta Directiva.

Artículo 31.- LA "IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA JESUS

NOMBRE SIN IGUAL", se regirá por los presentes Estatutos y demás

disposiciones aplicables.

Artículo 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde

el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 145.

San Salvador, 29 de mayo de 2017.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia que se denomina

IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA JESÚS NOMBRE SIN IGUAL,

que podrá abreviarse "ICEJENSI"; compuestos de TREINTA Y DOS

Artículos, fundada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, a las once horas del día seis de enero de dos mil diecisiete

y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes

del país, de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la

República, 34 numeral 6 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

y 542 y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de

Gobernación y Desarrollo Territorial, ACUERDA: a) Aprobarlos en

todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA

JURIDICA. b) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. EL

MINISTRO DE GOBERNACION Y DESARROLLO TERRITORIAL.

RAMON ARISTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. F060686)

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

ACUERDO No. 1147

San Salvador, 4 de septiembre de 2017

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA.

Vista la solicitud presentada el día 24 de mayo de 2016, e información complementaria los días 5 de junio y 25 de julio de este año; suscritos por

el Licenciado Julio René Fuentes Rivera, Apoderado General Judicial de la SOCIEDAD ZONA FRANCA SANTA TECLA, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ZONA FRANCA SANTA TECLA, S. A. DE C. V., o Z. F. S. T., S. A. DE C. V., propietaria de la

Zona Franca "Santa Tecla", relativos a que se le conceda autorización de ampliación del área de la mencionada zona franca.

CONSIDERANDO:

I.- Que la Sociedad ZONA FRANCA SANTA TECLA, S. A. DE C. V., es la actual desarrollista, explotadora y administradora de la Zona

Franca Santa Tecla, la cual consta de un área de 30,034.36 metros cuadrados, según acuerdos Nos. 458 y 577 de fechas 25 de julio de

1998, y 28 de julio de 2000, publicados en los Diarios Oficiales Nos. 156 y 149, tomos Nos. 340 y 348, de fechas 31 de julio 1998, y 31

de julio de 2000, respectivamente, y resoluciones Nos. 109, 458 y 485 de fechas 14 de mayo de 1998, 25 de julio del mismo año, y 20 de

noviembre de 2001, respectivamente;

II.- Que de conformidad con la letra a) del tercer inciso del artículo 10 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, la

Sociedad ZONA FRANCA SANTA TECLA, S. A. DE C. V., ha solicitado autorización para ampliar el área de su Zona Franca adicionando

un área adyacente de 2 manzanas equivalentes a 14,172.94m2, para hacer un área total de 44,207.10m2; y

III.- Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10 inciso final de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, se solicitó

la opinión correspondiente a la Dirección General de Adunas; y en vista que transcurrió el término respectivo sin haber obtenido respuesta,

con base en las facultades que otorga el Art. 45-A de Ley, se considera procedente acceder a lo solicitado.

POR TANTO:

Con base a lo anteriormente expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 10 letra a) del tercer inciso e inciso final de la Ley de

Zonas Francas Industriales y de Comercialización, este Ministerio.

ACUERDA:

1. AUTORIZAR a la sociedad ZONA FRANCA SANTA TECLA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, para que adicione

14,172.74m²., colindantes al área de la Zona Franca "Santa Tecla", que actualmente posee un área de 30,034.36m²., para sumar un área

total autorizada de 44,207.10m²;

2. Quedan vigentes los acuerdos Nos. 458 y 577 y las resoluciones Nos. 109, 458 y 485 mencionados en el considerando II, en todo aquello

que no contradigan al presente Acuerdo;

3. Hágase saber este Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y a la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;

y

4. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ

GUZMÁN, Ministro.

(Registro No. F060775)

Ministerio de econoMíaRAMO DE ECONOMIA

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

ACUERDO No. 15-0276

San Salvador, 02 de marzo de 2017

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38

numeral 12; y CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado CRISTIAN ENRIQUE CEREN BRITO,

solicitando que se le reconozca el grado académico de BACHELOR OF SCIENCE SOFTWARE DEVELOPMENT, obtenido en HARDING

UNIVERSITY, en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el día 23 de mayo de 2015, lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la

Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de

conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales, suscrito por nuestro país, ratificado el día dieciséis de mayo de mil novecientos dos,

publicado en el Diario Oficial No. 131, Tomo No. 52, de fecha 4 de junio de 1902, y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento académico; III)

Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro e Incorporaciones de la Dirección Nacional de Educación Superior,

con fecha, 24 de febrero de 2017, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado

en el romano uno. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley

y el Convenio, ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de BACHELOR OF SCIENCE SOFTWARE DEVELOPMENT,

realizados por CRISTIAN ENRIQUE CEREN BRITO, en los Estados Unidos de América; 2°) Tener por incorporado a CRISTIAN ENRIQUE CEREN

BRITO, como LICENCIADO EN DESARROLLO DE SOFTWARE, en nuestro país; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización

alguna para el ejercicio profesional en El Salvador, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo

entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F060657)

ACUERDO No. 15-0408

San Salvador, 28 de marzo de 2017

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República

de El Salvador, se establece que es obligación y finalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona

humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos oficiales

y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del

Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros oficiales y privados de

Ministerio de educaciónRAMO DE EDUCACION

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley

General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones oficiales y privadas; para lo cual

establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, eficiencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funciona-

miento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones

que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y financieros necesarios y el personal docente calificado de

conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional, de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de

este Ministerio conoció sobre la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DIRECTORA, presentada por la señora Maritsa Ivonne Herrera Menjívar,

quien se identifica con su Documento Único de Identidad No. 02851363-7, actuando en su calidad de propietaria, del centro educativo privado de-

nominado COLEGIO "JULIO CÉSAR MORENO CANJURA", propiedad que comprueba con Declaración Jurada, celebrada el día 25 de enero de

2017, ante los oficios del Notario Julio Alonso Solorzano Salazar, el centro educativo antes mencionado se identifica con el código No. 21569, con

domicilio autorizado en 4a. Calle Poniente, No. 35, Barrio El Calvario, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, proponiendo para el

cargo de Directora a la profesora ERMELY ASUCENA GARCÍA LAZO, quien se identifica con su Documento Único de Identidad No. 01835668-5,

inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identificación Profesional 0807045, como Profesora Docente Nivel Dos guión quince,

en sustitución de la profesora Xiomara Lissette Meléndez de Yescas, reconocida mediante Acuerdo No. 15-1597 de fecha 23 de diciembre de 2009,

IV) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, el Departamento

de Acreditación Institucional, de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 10 de marzo de 2017,

resolvió RECONOCER COMO DIRECTORA, de dicho centro educativo, a la profesora ERMELY ASUCENA GARCÍA LAZO, quien se identifica

con su Documento Único de Identidad No. 01835668-5, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identificación Profesional

0807045, como Profesora Docente Nivel Dos guión quince, en sustitución de la profesora Xiomara Lissette Meléndez de Yescas. POR TANTO, de

conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, y en uso de las facultades

legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confirmar en todas sus partes la Resolución de fecha 10 de marzo de 2017, emitida por el Departamento de

Acreditación Institucional, de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, por medio del cual se RECONOCE COMO DIRECTORA,

del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO "JULIO CÉSAR MORENO CANJURA", con código No. 21569, con domicilio autorizado en

4a. Calle Poniente, No 35, Barrio El Calvario, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a la profesora ERMELY ASUCENA GARCÍA

LAZO, quien se identifica con su Documento Único de Identidad No. 01835668-5, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de

Identificación Profesional 0807045, como Profesora Docente Nivel Dos guión quince, en sustitución de la profesora Xiomara Lissette Meléndez de

Yesca, servicio solicitado por la señora Maritsa Ivonne Herrera Menjívar, actuando en su calidad de propietario del centro educativo en mención; 2)

Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.-

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F060787)

ACUERDO No. 706-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de junio de dos mil diecisiete. El Tribunal con fecha vein-

tiocho de marzo de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada YENSI MARLENE CENTENO DE BARRIENTOS, para que ejerza la

profesión de ABOGADO, en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- O. BON. F.-

A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F060674)

ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

Acuerdo No. 084/2015-2017 (IV)

LA ASAMBLEA GENERAL UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que por Acuerdo No. 106/2011-2013 (V), la Asamblea General Universitaria aprobó El Reglamento de la Gestión Académico - Adminis-

trativa de la Universidad de El Salvador, publicado en el Diario Oficial número 123, Tomo número 400 de fecha 5 de julio de 2013.

II. Que ante la problemática que ha surgido por la falta de presentación del Título de Bachiller en el plazo establecido en el Art. 55 del re-

glamento antes mencionado y los traslados, a solicitud de la Defensora de los Derechos Universitarios de la Universidad de El Salvador,

solicita a la Asamblea General Universitaria, la reforma a los artículos 55 y 163 del Reglamento de la Gestión Académico – Administrativa

de la Universidad de El Salvador.

III. Que la Comisión de Legislación en cumplimiento del acuerdo de la Asamblea General Universitaria, No. 074/2015-2015 (IX) de fecha

veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete, analizó los artículos 55 y 163 del precitado Reglamento.

POR TANTO:

En el ejercicio de la autonomía universitaria y de las atribuciones que le confiere el Art. 19 literal "d" de la Ley Orgánica y a Propuesta de la

Comisión de Legislación, la Asamblea General Universitaria,

ACUERDA:

Emitir la siguiente REfORMA AL REGLAMENTO DE LA GESTIÓN ACADÉMICO – ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD

DE EL SALVADOR.

Art. 1.- Refórmese el inciso final del artículo 55, como se detalla a continuación:

Reconsideración de la Admisión.

Art. 55.- En este caso el estudiante de nuevo ingreso matriculado obtendrá una prórroga para la entrega del Título de Bachiller hasta el cierre del

Ciclo I del año siguiente a su ingreso, siempre y cuando se compruebe que obtuvo el grado de Bachiller antes de matricularse en la UES.

Art. 2.- Se sustituye el artículo 163 por el siguiente:

Traslados

Art. 163.- El traslado es la acción administrativa académica realizada por un estudiante, para continuar sus estudios en la misma carrera pero en

una Facultad diferente a la que se encuentra matriculado.

El traslado puede ser voluntario o forzado.

Se considera traslado voluntario a aquel que realiza el estudiante por una decisión particular o académica sin causa justificada.

INSTITUCIONES AUTONOMASuniversidad de el salvador

INSTITUCIONES AUTONOMASuniversidad de el salvador

INSTITUCIONES AUTONOMASuniversidad de el salvador

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Se consideran razones de traslado forzado las siguientes:

a) Cambio del domicilio familiar o personal;

b) Riesgo a su seguridad personal;

c) Asuntos laborales; y

d) Enfermedad.

Los traslados forzados serán concedidos de forma automática.

Los traslados por las causales antes citadas serán concedidos de forma automática sin más trámite que la presentación de la solicitud con los

respectivos atestados, salvo el literal "b", que bastará con la declaración jurada del estudiante.

Art. 3. El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL UNIVERSITARIA, DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR,

Ciudad Universitaria, San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

Licda. JOSEFINA SIBRIÁN DE RODRÍGUEZ, Br. CARLOS ALBERTO BUENDÍA RIVAS,

PRESIDENTA. VICEPRESIDENTE EN FUNCIONES.

Lic. CÉSAR ALFREDO ARIAS HERNÁNDEZ,

SECRETARIO.

(Registro No. F060960)

DECRETO MUNICIPAL No. 07 - 2017

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con los Artículos 203 y 204 Ordinal 5° de la Constitución de la República; y Artículo 3 Numerales 3 y 5 del Código

Municipal, los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo y regularán las materias de su competencia

por medio de Ordenanzas Municipales.

II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de San Francisco Gotera, incremente sus ingresos mediante el eficaz cobro de los tributos mu-

nicipales, de conformidad a los instrumentos jurídicos correspondientes, con el fin de mantener la prestación de los servicios, el bienestar

social y la seguridad económica de sus habitantes.

III. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente crear un instrumento jurídico con

carácter transitorio que estimule a los contribuyentes el pago de sus deudas tributarias municipales.

alcaldías Municipales

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS,

IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES A fAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN fRANCISCO GOTERA.

Objeto

Art. 1.- El objeto de la presente Ordenanza es el de proporcionar a los contribuyentes de la administración tributaria municipal de San Francisco

Gotera, un instrumento jurídico que les permita cancelar sus cuentas pendientes con la misma, exonerándoles del pago de accesorios a los mismos.

Lo dicho en el inciso anterior de conformidad al artículo 68 del Código Municipal es permisible ya que a los municipios les es prohibido úni-

camente "Dispensar el pago de impuesto, tasa o contribución alguna establecidos "Por ley en beneficio de sus ingresos", y no así de la multa y los

intereses de la mora.

Plazo

Art. 2.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza será de noventa días calendario contados a partir de ocho días después de su publicación

en el Diario Oficial, para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que adeuden tasas, impuestos y/o contribuciones especiales a

favor del municipio de San Francisco Gotera, puedan efectuar el pago de los mismos, gozando del beneficio de exención del pago de intereses y multas

que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas.

Sujetos

Art. 3.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes situaciones:

a) Aquellos que estando calificados en el registro de contribuyentes del municipio de San Francisco Gotera, se encuentren en situación de

mora de las tasas, impuestos y/o contribuciones especiales municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes y que lo hagan dentro del período

de vigencia de la presente Ordenanza.

c) Aquellos que con ocasión de la vigencia de la presente Ordenanza soliciten a la Administración Tributaria Municipal de San Francisco

Gotera, gozar de los beneficios de la misma, estableciendo al efecto el correspondiente Convenio de Pago o Contrato de Financiamiento,

dentro del plazo señalado en la presente Ordenanza.

d) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya iniciado el proceso ejecutivo de cobro por parte de la Muni-

cipalidad y se sometan a la forma de pago establecida de conformidad a las disposiciones de esta Ordenanza y demás Leyes aplicables.

e) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles dentro del Municipio de San Francisco Gotera, que

reciben uno o más servicios municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes.

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Art. 4.- Para que los Convenios de Pago o Contrato de Financiamiento suscritos antes de la vigencia de la presente Ordenanza gocen de los

beneficios de la misma, deberán ratificarse dentro del plazo señalado, en cuyo caso se procederá a la dispensa únicamente de la multa y los intereses

de la mora pendiente, no así la que ya ha sido cancelada.

Art. 5.- La Administración tributaria municipal tendrá la obligación de socializar la presente Ordenanza, por todos los medios posibles a fin de

que los deudores morosos de la Municipalidad puedan conocer las disposiciones de la misma y se acojan a sus beneficios, todo sin perjuicio de lo

establecido en el Artículo 8 del Código Civil Salvadoreño.

Art. 6.- Podrán gozar de los beneficios de la presente Ordenanza los contribuyentes que realicen sus pagos en forma total, parcial o a través de

planes de pago, conforme lo dispuesto en el Manual de Políticas y Procedimientos de Cobro de la Deuda Tributaria.

Se concede el beneficio de la Consideración de la "Capacidad de Pago" de acuerdo a la situación económica de cada contribuyente.

Art. 7.- Se entenderá que cesan los beneficios tributarios que se conceden con ocasión de la vigencia de la presente Ordenanza, cuando el sujeto

pasivo incumpla sin causa justificada el pago de dos cuotas consecutivas, del Convenio de Pago o Contrato de Financiamiento suscrito.

Art. 8.- Se entiende que el Convenio de Pago o Contrato de Financiamiento suscrito y el calendario de sus cuotas se extienden hasta la fecha de

cancelación de la última, aunque ya haya vencido el plazo concedido en la presente Ordenanza.

En todo caso el Convenio de Pago o Contrato de Financiamiento suscrito deberá ser satisfecho por parte de los contribuyentes, en forma ágil,

oportuna y sin demoras, ya que el incumplimiento del mismo cesa en forma instantánea sus beneficios fiscales.

Art. 9.- Sólo podrá concederse la excepción de fuerza mayor o caso fortuito a criterio del Concejo Municipal, el cual deberá fundamentar sus

resoluciones expresadas en tal sentido.

Art. 10.- En todo lo no previsto en la presente Ordenanza deberá estarse a lo dispuesto por el Concejo Municipal, de conformidad a sus instruc-

ciones a través del Acuerdo Municipal correspondiente.

Art. 11.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL DESPACHO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, a los once días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

LORENA ECHEVERRIA DE BONILLA, CARLOS ANTONIO CLAROS,

ALCALDESA MUNICIPAL. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F060648)

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

(Registro No. F061594)

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación

DECLARATORIA DE HERENCIA

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a las ocho horas con quince minutos del día dieciocho de los corrientes, se declararon herederos abintestato con beneficio de inventario al menor ISMAEL VLADIMIR GUEVARA REGALADO, representado legalmente por su madre ANA GRISELDA REGALADO UMAÑA, y al señor HECTOR ANTONIO GUEVARA PINTO, ambos en cali-dad de HIJOS y el último también como Cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores Ismelia del Carmen Lara de Guevara conocida por Ismelita del Carmen Peña e Ismelia del Carmen Peña, Karla Griselda Guevara de Peraza, Rosa Magdalena Guevara de Galdámez, y José Wilfredo Guevara Pinto, la primera en calidad de madre, y los demás como hijos del causante JOSE ANTONIO GUEVARA PEÑA, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, comerciante, fallecido el día veinte de noviembre de dos mil dieciséis, siendo esta ciudad su último domicilio.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con treinta minutos del día dieciocho de agosto del dos mil diecisiete.- Lic. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 859

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las ocho y cincuenta y seis minutos del día veinticuatro de agosto del corriente año, se ha declarado heredero en forma definitiva con beneficio de inventario, de la herencia Intestada que a su defunción dejó la causante María Andrea Díaz de Mejía, al señor José León Mejía, de sesenta y tres años de edad, agricultor, del domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero cero nueve cuatro uno seis cuatro dos guión ocho; y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos catorce guión uno cinco cero cuatro cinco cuatro guión cero cero uno guión dos; por derecho propio en calidad de cónyuge sobreviviente de la mencionada causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y siete años de edad, de oficios domésticos, casada, originaria de Meanguera y del domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; hija de los señores Leoncio Argueta y María Félix Díaz; falleció a las cero horas y cuarenta y cinco minutos del día catorce de

Marzo de dos mil diecisiete, en el Hospital Nacional Dr. Héctor Antonio Hernández Flores, de esta ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; siendo esta misma ciudad, lugar de su último domicilio.- Se le confirió al heredero Declarado mencionado y en la forma establecida, la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera; a las ocho horas y cincuenta y un minutos del día veinticinco de agosto de dos mil diecisiete.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 860

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

EL LICENCIADO JOSÉ APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ DE LO CIVIL DE COJUTEPEQUE, SUPLENTE: DE CONFORMIDAD A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en esta sede Judicial se han promovido por el Licenciado JOSÉ ALIRIO BELTRÁN GARCÍA, diligencias de Aceptación de Herencia Intestada con Beneficio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara el señor JOSÉ ANDRÉS LÓPEZ PARADA, quien fuera de treinta y cinco años de edad, casado, digitador, del domicilio San Bartolomé Perulapía, departamento Cuscatlán, quien falleció el día catorce de agosto del año dos mil dieciséis, sin haber otorgado testamento, siendo el Municipio de San Bartolomé Perulapía, Cuscatlán, su último domicilio, y este día, en expediente referencia DV-79-17-4, se tuvo por aceptada la herencia de parte de los señores NOEMÍ ARGUETA DE LÓPEZ, conocida por NOEMÍ ARGUETA ÁLVAREZ y por NOEMÍ ARGUETA, en su calidad de cónyuge sobreviviente y los menores DAVID ALLESSANDRO y ANDRÉS EDUARDO, ambos de apellidos LÓPEZ ARGUETA, como hijos del causante y como cesio-narios de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores JOSÉ ANDRÉS LÓPEZ GUILLÉN y ROSA LAURA PARADA DE LÓPEZ, en su calidad de padres del causante; confiriéndoseles la admi-nistración y representación interina de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, lo que se hace del conocimiento público para que se presenten a este juzgado la o las personas que se crean con derecho a la herencia que dejara el referido causante dentro de los quince días posteriores a la tercera publicación de este edicto.

Cojutepeque, trece de septiembre del año dos mil diecisiete.-

Lic. JOSÉ APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ DE LO CIVIL

DE COJUTEPEQUE, SUPLENTE. Licda. GILDA MARITRINI

CONTRERAS ROSALES, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 861-1

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. LIC. JOSÉ APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ SUPLENTE DEL

JUZGADO DE LO CIVIL DE COJUTEPEQUE: DE CONFORMIDAD

AL INCISO 1° DEL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL AL

PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER QUE: Se han promovido por el Licenciado José

Alirio Beltrán García, diligencias de Aceptación de Herencia Intestada

con Beneficio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara el

señor Alcides Romeo Paulino López, quien falleció a las dieciséis horas

con cincuenta minutos del día dos de junio del año dos mil quince, en

la treinta y dos Avenida Norte, entre Avenida Peralta y Calle San Juan,

local nueve- dieciséis de San Salvador, siendo San Ramón, departamento

de Cuscatlán su último domicilio, y en el expediente DV-94-17-1 este

día se tuvo por aceptada la herencia antes referida y se nombró como

ADMINISTRADORAS Y REPRESENTANTES INTERINAS con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente de

dicha sucesión, a la señora MEYBIN ROSMERY PAULINO MÓJICA,

y las menores NELLY ALEYDA y PERLA DULCENIA de apellidos

PAULINO MÓJICA, representadas legalmente por la señora JUANA

DEL ROSARIO MÓJICA MARTÍNEZ; todas en calidad de hijas del

causante en comento. Lo que se hace del conocimiento público para que

puedan presentarse a este juzgado las personas que se crean con derecho

a la herencia que a su defunción dejara el referido causante, dentro de

los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Cojutepeque, a los catorce

días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.- Lic. JOSÉ

APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO

DE LO CIVIL DE COJUTEPEQUE, Licda. GILDA MARITRINI

CONTRERAS ROSALES, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO

CIVIL DE COJUTEPEQUE.

Of. 3 v. alt. No. 862-1

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.-

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las doce horas y cinco minutos de este día; se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte de: ROSA AMINTA

MACHADO DE MÉNDEZ, de 48 años de edad, de Oficios Domésticos,

originaria de San Carlos, Departamento de Morazán, y residente en la

Colonia San José de la ciudad de San Francisco Gotera, Departamento

de Morazán, con Documento Único de Identidad Número 01540540-1;

y Tarjeta de Identificación Tributaria Número 1317-110769-102-0; de

la herencia que en forma Intestada dejó el causante GUILLERMO

MÉNDEZ RODRÍGUEZ, quien fue de 58 años de edad, Casado,

Agricultor, Originario de Yamabal, Departamento de Morazán, hijo de

Olaya Rodríguez, fallecida y de Santos Méndez; quien falleció a las 9

horas y 40 minutos del día 17 de Octubre del año 2016, en el Hospital

Nacional San Juan de Dios de San Miguel; con Documento Único de

Identidad Número 00467574-2, y Tarjeta de Identificación Tributaria

Número 1325-100258-101-0; a consecuencia de "Falla Multiorgánica";

siendo su lugar su último domicilio el Cantón San Francisquito, de la Jurisdicción de Yamabal; en concepto cónyuge sobreviviente del referido causante.

Confiérasele a la referida aceptante en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera, Instancia, San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a las doce horas y diez minutos del día once de septiembre de dos mil diecisiete.- Lic. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES. JUEZ l°. DE lª. INSTANCIA. Licda. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 863-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA: DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN; PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las quince horas y cinco minutos del día veintidós de Agosto, del Dos Mil Diecisiete, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante CARMEN PEREZ PEREZ, de parte de la señora MARIA CIPRIANA LUNA viuda DE PEREZ, de sesenta años de edad, viuda, de oficios domésticos, del domicilio de esta Ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; con documento Único de Identidad Número cero uno nueve tres cuatro cuatro uno nueve - cuatro, y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos dos - dos seis cero nueve cinco seis -ciento uno- cero; por derecho propio que le corresponde en calidad de esposa del causante; quien a la fecha de su fallecimiento, fue de cincuenta y dos años de edad, casado, jornalero, originario de Cacaopera, Morazán; hijo de Bruno Pérez y Simona Pérez; falleció a las once horas y treinta y cinco minutos del día trece de Julio del dos mil nueve, en Cacaopera, Departamento de Morazán; siendo en ese lugar su último domicilio. Se le confirió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la administración y representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil diecisiete.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 864-1

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de

las quince horas y seis minutos del día once de septiembre del corriente

año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el causante Alberto Argueta,

conocido por Ruperto Argueta, de parte de la señora Catalina Flores

Pérez, de ochenta y cuatro años de edad, agricultora, del domicilio de San

Francisco Gotera, Departamento de Morazán, con Documento Único de

Identidad personal número cero uno cero seis tres nueve uno seis guión

seis; y, Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos

cinco guión doscientos cincuenta y un mil ciento treinta y dos guión

ciento uno guión siete; como Cesionaria de los derechos hereditarios que

le correspondían a la señora Santa Suyapa Romero Argueta, en calidad

de hija del mencionado causante; quien a la fecha de su fallecimiento

fue de setenta y tres años de edad, jornalero, soltero, originario y de

nacionalidad Hondureña; hijo de los señores Tomás Romero y

Ruperta Argueta; falleció a las quince horas con treinta minutos del

día veintiocho de diciembre de mil novecientos ochenta y siete, en el

Cantón El Triunfo, de esta ciudad de San Francisco Gotera, Departamento

de Morazán; siendo esta misma ciudad, lugar de su último domicilio. Se

le confirió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida,

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que

se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado

periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán; a las nueve horas y veinte minutos del día catorce de

septiembre de dos mil diecisiete.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN

URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 865-1

JOSÉ HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPÁN,

HACE SABER: que por resolución proveída en este juzgado a las

diez horas diez minutos del día siete de agosto del dos mil diecisiete; se

tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada dejada por el causante HORACIO GUTIERREZ RECINOS,

quien fue de treinta y seis años de edad, agricultor, fallecido el día seis

de febrero de dos mil diecisiete, siendo Metapán su último domicilio; de

parte de los señores DEYSI NOHEMY PERDIDO DE GUTIERREZ,

LUIS ALONSO y KAREN YASMIN, ambos de apellidos GUTIERREZ

PERDIDO, quienes lo hacen la primera en calidad de cónyuge sobreviviente

y los demás como hijos del referido causante; y se les confirió a dichos

aceptantes la administración y representación INTERINA de la suce-

sión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia

yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con

diez minutos del día siete de agosto de dos mil diecisiete.- Lic. JOSÉ

HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARÍA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 866-1

AVISO DE INSCRIPCIÓN

LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-

PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo

número doscientos noventa y uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA Y SERVICIOS MÚLTIPLES "TIERRAS FLUC-

TUANTES EL ELOTE" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE

SE ABREVIA "ACOPASTFE" DE R. L., con domicilio en el municipio

de El Paraíso, departamento de Chalatenango, obtuvo su personalidad

jurídica el día ocho de agosto de dos mil diecisiete; y está inscrita en el

libro ciento treinta y tres de Registro que esta oficina lleva bajo la siguiente

codificación: Tres mil trescientos quince del Sector No Reformado. Por

lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el asiento y por una

sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los veinte días del mes de septiembre del año dos

mil diecisiete.

NOTIFÍQUESE:

LICENCIADA ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,

JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA.

Of. 1 v. No. 867

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Page 47: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-

PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA Y SERVICIOS MÚLTIPLES "MONTECRISTO"

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "ACOPAM"

DE R. L., con domicilio en el municipio de Metapán, departamento de

Santa Ana, obtuvo su personalidad jurídica el día seis de septiembre de

dos mil diecisiete; y está inscrita en el libro ciento treinta y cuatro de

Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Tres mil

trescientos veintisiete del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDE-

RA: Publicar en el Diario Oficial el asiento y por una sola vez el aviso

de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los diecinueve días del mes de septiembre del año

dos mil diecisiete.-

NOTIFÍQUESE:

LICENCIADA ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,

JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA.

Of. 1 v. No. 868

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Séptima de Primera Instancia de

la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Artículo 88

de la Ley de la Corte de Cuentas de la República,

EMPLAZA a la señora ANA GLADIS PAREDES DE MEJÍA,

quien fungió como Cuarta Regidora Propietaria en la ALCALDÍA

MUNICIPAL DE SANTA CLARA, DEPARTAMENTO DE SAN

VICENTE, DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL

UNO DE ENERO DE DOS MIL TRECE AL TREINTA Y UNO DE

DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE; para que dentro de cinco días

hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, comparezca a

esta Cámara a recibir copia del Pliego de Reparos, donde se le señala

Responsabilidad Patrimonial y Administrativa, por su actuación, según

Informe de Auditoría Financiera, realizada a dicha Municipalidad, que

ha dado origen al Juicio de Cuentas número JC-VII-025- 2016.

Librado en la Cámara Séptima de Primera Instancia de la Corte

de Cuentas de la República, San Salvador, once horas del día siete de

septiembre del año dos mil diecisiete.-

Lic. JOSÉ ARNOLDO GAITÁN CASTRO,

Lic. JOSÉ GUILLERMO SUNCIN CÁRCAMO,

Jueces de Cuentas de la Cámara Séptima de Primera InstanciaCorte de Cuentas de la República.

Licda. DEYSI MARGOTH BAZÁN MEJÍA,Secretaria de Actuaciones.

Of. 1 v. No. 869

DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA

ALLAN GUDIEL DURÁN RODAS, JUEZ DOS DEL JUZGADO

DE LO CIVIL DE DELGADO. AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por sentencia dictada por este Juzgado en las

Diligencias de Muerte Presunta del señor JOSÉ RICARDO MEDRANO

RAMOS, conocido por RICARDO MEDRANO, RICARDO MEDRANO

RAMOS y JOSÉ RICARDO MEDRANO, promovidas por la señora

BERNARDINA ANTONIA RIVERA DE MEDRANO, a las diez

horas con treinta minutos del día cinco de julio del dos mil diecisiete

y declara firme por medio de auto dictado a las catorce horas del día

siete de septiembre del dos mil diecisiete, se encuentra el FALLO que

literalmente DICE: ""POR TANTO: De conformidad a las anteriores

consideraciones y con base en lo prescrito por los Artículos 11 y 12 de

la Constitución, 1,954 del Código Civil, 32 y 44 inc. 2° de la Ley de

Notariado, 7 inc. 3°, 217, 272, 244, 457 ord. 1°, 458, 459, 460, 462, 463,

468 y 470 CPCM; a nombre de la República de El Salvador, FALLO:

Declárase la presunción de muerte por desaparecimiento del señor JOSÉ

RICARDO MEDRANO RAMOS, conocido por RICARDO MEDRANO,

RICARDO MEDRANO RAMOS y JOSÉ RICARDO MEDRANO,

fijase como día presuntivo de la muerte, el último día del primero bienio

contado desde el día dos de septiembre de mil novecientos ochenta y

uno, o sea el día: DOS DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS

OCHENTA Y TRES; Concédase la POSESIÓN DEFINITIVA de los

bienes del desaparecido a la señora BERNARDINA ANTONIA RIVERA

DE MEDRANO, en su carácter de esposa del desaparecido; y Publíquese

por tres veces consecutivas esta sentencia en el Diario Oficial. No hay

costas. NOTIFÍQUESE.- A. D. Ante Mí: A.A.S.M. Srio. Rubricadas."

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, Juez Dos: Delgado,

a las quince horas del día siete de septiembre del dos mil diecisiete.- Lic.

ALLAN GUDIEL DURÁN RODAS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

Of. 3 v. c. No. 870-1

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

de tercera publicación

ACEPTACION DE HERENCIA

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA

EN FUNCIONES.

HACE SABER : Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las once horas y tres minutos del día veintitrés de agosto del presente

año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora NORMA ISA-

BEL MELARA DE RIVERA, quien fue de sesenta y un años de edad,

costurera, casada, fallecida el día treinta de noviembre del año dos mil

dieciséis, siendo la ciudad de Apopa, su último domicilio; de parte de

la señora SANDRA PATRICIA CASTILLO MELARA, de treinta años

de edad, comerciante, del domicilio de Apopa, en calidad de hija de la

causante.

TÍTULO SUPLETORIO

PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA INTERINA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL

PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, actuando en calidad de Agente

Auxiliar del señor Fiscal General de la República en representación del

Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Salud; solicitando

se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor del Estado y Gobierno

de El Salvador, en el Ramo de Salud, de UN inmueble de naturaleza

rústica, situado en CANTON SANTA ROSA, CASERÍO LLANO

VERDE, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE SENSUNTEPEQUE,

DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, con una extensión superficial de

NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO SETENTA Y SIETE

METROS CUADRADOS, equivalentes a UN MIL CUATROCIENTOS

DIEZ PUNTO CUARENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. Que

se describe así: LINDERO NORTE: partiendo del mojón uno está

formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Sur setenta y un grados cero dos minutos veintidós segundos Este

con una distancia de treinta y un punto setenta y dos metros; colindando

con JESUS MEJIA con cerco de malla ciclón propio de por medio.

LINDERO ORIENTE: partiendo del mojón dos está formado por un

tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur treinta

y un grados veintisiete minutos veintitrés segundos Oeste con una

distancia de treinta y cuatro punto ochenta y cuatro metros; colindando

con SANTOS OVIDIO ARGUETA con calle y cerco de malla ciclón

propio de por medio. LINDERO SUR: partiendo del mojón tres está

formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Norte cuarenta y ocho grados veinte minutos diecinueve segundos

Oeste con una distancia de treinta y siete punto cuarenta y tres metros;

colindando con ANA MEJIA con cerco de malla ciclón propio de por

medio. LINDERO PONIENTE: partiendo del mojón cuatro está formado

por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte

treinta y cinco grados treinta y un minutos diecisiete segundos Este,

con una distancia de quince punto setenta y cuatro metros; Tramo dos

Norte setenta un grados treinta y cuatro minutos cero dos segundos Este,

con una distancia de siete punto cincuenta y cuatro metros; colindado

ambos tramos con JESUS MEJIA con cerco de malla ciclón propio de

por medio. Así se llega al mojón uno; que es el punto donde se inició

esta descripción.

Dicho inmueble fue adquirido por el Estado y Gobierno de El Sal-

vador, en el Ramo de Salud, por donación que hiciera el señor ESTEBAN

MONTOYA, dicho inmueble lo valora en la cantidad de QUINIENTOS

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los quince días

del mes de diciembre de dos mil dieciséis.- LIC. PATRICIA LISSET-

TE BARDALES OSEGUEDA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

INTERINA. LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRE-

TARIO.

Of. 3 v. alt. No. 848-3

Y se le confirió a la aceptante en el carácter indicado, la Adminis-

tración y Representación interina de los bienes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y

veinte minutos del día veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE

APOPA EN FUNCIONES. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 853-2

de seGunda publicación

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

DECLARATORIA DE HERENCIA

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las once

horas con cuarenta y cinco minutos del día once de Septiembre del dos

mil diecisiete, se ha declarado definitivamente Herederos Abintestatos

y con Beneficio de Inventario de la sucesión que a su defunción

dejó el causante BELARMINO MENJIVAR OLMEDO, conocido

por BELARMINO NORBERTO MENJIVAR y por BELARMINO

MENJIVAR, quien falleció a las dieciocho horas del día veintidós de

Abril del año de mil novecientos ochenta y cinco, en el Barrio Los

Alas del Municipio de San Francisco Lempa, siendo ese Municipio su

último domicilio; de parte de MARIA CONSUELO CASTILLO DE

GALDAMEZ, en calidad de hija sobreviviente de la causante.

Se confiere a la heredera declarada la administración y

representación definitiva de la sucesión, en la calidad antes

expresada.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango,

a los once días del mes de Septiembre del dos mil diecisiete. LIC.

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO,

SECRETARIO.

1 v. No. C010060

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, al público para los efectos de ley.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas con veinte minutos

del día treinta de agosto de dos mil diecisiete; Y habiendo transcurrido

más de quince días desde la última publicación en el Diario Oficial,

sin que persona alguna se haya presentado a alegar igual o mejor

derecho hereditario que la peticionaria, en la sucesión del Causante

FIDEL ANGEL SIGARAN ARGUETA o FIDEL ANGEL SIGARAN,

quien falleció a las tres horas del día veintidós de septiembre de dos

mil quince, en Lotificación Las Perlitas, Polígono 8, Lote 13, Barrio

El Centro del municipio de Berlín, departamento de Usulután, siendo

este también su último domicilio, habiendo fallecido a consecuencia de

TAQUICARDIA, INFECCION EN LOS PULMONES, sin Asistencia

Médica; es procedente declarar a la peticionaria señora: MARIA

MARTHA MUÑOZ DE SIGARAN, conocida por MARIA MARTHA

MUÑOZ Y MARIA MARTA MUÑOZ, con Documento Unico de

Identidad número 01488519-5; y Numero de Identificación Tributaria

1102-290739-101-4, Heredera Definitiva en la Herencia Intestada con

Beneficio de Inventario del relacionado Causante; en su calidad de

cónyuge sobreviviente; confiriéndole a la aceptante la administración

y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a los treinta

días del mes de agosto de dos mil diecisiete. LICDA. MERCEDES

CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA. BACH. CARMELA DE LA PAZ GOMEZ DE

HERNANDEZ, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. C010102

LA LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ

DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas seis minutos

del día veintidós de agosto de dos mil diecisiete. Se han DECLARADO

HEREDEROS DEFINITIVOS ab-intestato con beneficio de inventario

del señor MARVIN NEFTALÍ GIRÓN TRUJILLO, quien falleció

a las diecinueve horas quince minutos del día once de noviembre

del dos mil dieciséis, en Kilómetro cuarenta y uno, carretera de San

Salvador a Santa Ana, Ciudad Arce, La Libertad, siendo su último

domicilio Ahuachapán, Ahuachapán; a los señores MARUBENIS

LISENIS MALDINERO VIUDA DE GIRÓN en calidad de cónyuge

sobreviviente del causante, PETRONILA TRUJILLO DE GIRÓN

y CARLOS ELEAZAR GIRÓN, en calidad de padres del causante

y a los menores MARVIN GEOVANNY y MILENA LISENIS,

ambos de apellidos GIRÓN MALDINERO, en calidad de hijos

del causante quienes son representados legalmente por su madre la

señora MARUBENIS LISENIS MALDINERO VIUDA DE GIRÓN.

Confiéraseles la administración y representación definitiva de la

sucesión a los herederos declarados, la que ejercerán los menores

por medio de su representante legal señora MARUBENIS LISENIS

MALDINERO VIUDA DE GIRÓN. Publíquese y fíjese los edictos

de Ley y oportunamente extiéndase la certificación solicitada.

SECCION CARTELES PAGADOSde priMera publicación

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 Lo que se pone en conocimiento de público para los efectos

legales.

JUZGADO DE LO CIVIL, Ahuachapán, a las doce horas siete

minutos del día veintidós de agosto de dos mil diecisiete. LIC. DANI

BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE

ACTUACIONES.

1 v. No. F060624

MAYRA ELIZABETH SALAZAR CANALES, Notario, del domicilio

de la ciudad y departamento de San Salvador, con Oficina Notarial

en Final Calle Juan Pablo Segundo, Calle El Carmen, número 51-D,

Residencial Escalón Norte, de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita

Notario en esta ciudad, a las once horas del día dieciocho de septiembre

del año dos mil diecisiete. en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada de los bienes que a su defunción dejó la señora SANTOS

MARTÍNEZ CAMPOS DE MARTÍNEZ, quien al momento de fallecer

fuera de setenta años de edad, costurera, quien falleció en Cuarenta y

Un Calle Poniente, barrio Belén, número quinientos trece, jurisdicción

de la ciudad y departamento de San Salvador, a las veintiún horas y

treinta minutos del día seis de enero de dos mil diecisiete, siendo su

último domicilio el de Ilopango, departamento de San Salvador, ha sido

declarado heredero definitivo con beneficio de inventario en la sucesión

de la mencionada causante, el señor SANTOS MARTÍNEZ, de setenta

y dos años de edad, Sastre, del domicilio de Ilopango, departamento

de San Salvador. En su carácter de cónyuge, respectivamente; y se le

confiere la Administración y Representación definitiva de la mencionada

sucesión.

San Salvador, dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete.

LIC. MAYRA ELIZABETH SALAZAR CANALES,

NOTARIO.

1 v. No. F060627

NOHEMY MARILYN GARCIA HERNANDEZ, Notario, del domicilio

de Usulután, departamento de Usulután, con oficina ubicada en Primera

Calle Oriente, número cuatro, contiguo a parada de buses Padilla,

segundo nivel, local número cuatro, Barrio El Calvario, Usulután.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario,

proveída a las ocho horas del día dieciocho de septiembre del año

dos mil diecisiete, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO con

Beneficio de Inventario al señor ESAU ADEILKARIN ANGEL

RAMIREZ, en la Herencia Intestada del causante ROMAN ALFREDO

RAMIREZ, quien falleció en Cantón Iglesia Vieja, municipio de San

Dionisio, departamento de Usulután, a las una horas con cero minutos

del día uno de febrero del año dos mil diecisiete, a consecuencia de

Paro Cardiorrespiratorio, sin asistencia médica, siendo ese su último

domicilio; en su concepto de hijo del causante, habiéndosele concedido

la representación y administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la Ciudad de Usulután, a las nueve horas del día

dieciocho de septiembre del año dos mil diecisiete.

LIC. NOHEMY MARILYN GARCIA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060640

OSCAR ORLANDO ALFEREZ SALGUERO, Notario, de este

domicilio, con oficina ubicada en Trece Calle Poniente, Primera Avenida

Norte, local seis, frente a la Corte de Cuentas de la República, de la

ciudad de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día veinticinco del mes de agosto del presente

año, se ha declarado herederos definitivos abintestato, con beneficio

de inventario de los bienes a la señora MARIA CONCEPCIÓN

AREVALO DE FLORES, de cuarenta y cuatro años de edad, ama

de casa, del domicilio de San Martín, departamento de San Salvador,

portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero uno

cuatro siete cinco siete siete - nueve, y con Número de identificación

Tributaria cero novecientos dos- ciento once mil doscientos sesenta y

nueve- ciento dos- dos; la señorita VERONICA ABIGAIL FLORES

AREVALO, de dieciocho años de edad, estudiante, del domicilio de

San Martín, de este departamento, portadora de su documento único de

identidad número cero cinco millones trescientos quince mil trescientos

veintiséis- ocho y con número de identificación tributaria cero seiscientos

trece- doscientos setenta mil ciento noventa y seis- ciento uno – nueve

y el señor OMAR DE JESUS FLORES AREVALO, de veintitrés años

de edad, estudiante, del domicilio de San Martín, de este departamento,

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. portador de su documento único de identidad número cero cuatro

millones quinientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos setenta- dos y

Número de Identificación Tributaria cero seiscientos trece- doscientos

once mil doscientas noventa y uno- ciento dos- ocho, la primera en

su calidad de esposa del causante, y como cesionaria de los derechos

hereditarios que le corresponden a BERTINA CRUZ DE CRUZ conocida

por BERTA ALICIA CRUZ, en su calidad de madre sobreviviente del

causante; los dos jóvenes VERÓNICA ABIGAIL FLORES AREVALO

y OMAR DE JESÚS FLORES AREVALO, como hijos del causante,

de la herencia intestada de los bienes que a su defunción, ocurrida en

el Hospital Militar de San Salvador, Departamento de San Salvador,

el día diecinueve de julio de dos mil nueve, dejó el señor AMILCAR

OMAR FLORES CRUZ; habiéndoseles conferido la administración

y representación definitiva de los bienes de la sucesión.

En consecuencia, se ha tenido por aceptada la citada herencia y

se les ha conferido la administración y representación definitiva de los

bienes de la misma.

Librado en la oficina del Notario OSCAR ORLANDO ALFEREZ

SALGUERO, en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día

veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete.

LIC. OSCAR ORLANDO ALFEREZ SALGUERO,

NOTARIO.

1 v. No. F060644

JOSÉ LEONARDO SÁNCHEZ, Notario, del domicilio de San Salvador,

con despacho notarial ubicado en Trece Calle Poniente, Condominio El

Carmen, segundo nivel, apartamento veintiuno, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las quince horas del día catorce de septiembre del año dos mil

diecisiete, se ha declarado al Señor RODOLFO NELSON HERNANDEZ

CORDOVA, heredero definitivo con beneficio de inventario de los

bienes que a su defunción, dejó el señor FRANCISCO ANTONIO

HERNANDEZ CARRANZA, conocido por FRANCISCO ANTONIO

HERNANDEZ y FRANCISCO HERNANDEZ, quien falleció en

cantón Cangrejera, La Libertad, Departamento de La Libertad, el día

veintiuno de agosto del año dos mil trece, siendo su último domicilio

La Libertad, departamento de La Libertad; en concepto de hijo y

como cesionario de los derechos de MARTA LILIAN MATA VIUDA

DE HERNANDEZ y BLANCA ISABEL HERNANDEZ MATA, la

primera en su calidad de cónyuge y la segunda en su calidad de hija

sobreviviente del causante; habiéndole concedido la representación y

administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa

al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día diecinueve de septiembre del año

dos mil diecisiete.

JOSÉ LEONARDO SÁNCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060659

MARLENE ESMERALDA DURÁN BURGOS, Notario, de este

domicilio, con oficina establecida en Avenida Masferrer Sur, pasaje

Los Andes, número 19, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día

diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, se ha declarado al

joven Julio Sigfredo Ramírez Coreas, HEREDERO DEFINITIVO

INTESTADO con beneficio de inventario de los bienes que a su

defunción dejó el señor Vicente Ramírez Herrera, quien falleció a las

doce horas y seis minutos del día once de junio del año dos mil, en el

Cantón El Presidio, Caserío Media Luna, departamento de Sonsonate,

siendo su último domicilio, en concepto de heredero intestado del

causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación

Definitivas de la sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del

mes de septiembre de dos mil diecisiete.-

LICDA. MARLENE ESMERALDA DURÁN BURGOS,

NOTARIO.

1 v. No. F060661

PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA

DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE

CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE

LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce

horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha declarado heredero

abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada de los

bienes que a su defunción dejó el señor JUAN ANGEL PORTILLO

VENTURA conocido por JUAN ANGEL PORTILLO, acaecida

el día veinte de octubre de dos mil trece, en el Hospital Nacional

de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; siendo Victoria,

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Page 52: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416Departamento de Cabañas, su último domicilio, hijo de José Inocente

Portillo y de María Josefina Ventura, originario de Osicala, Departamento

de Morazán a los señores: PAULA OTILIA GUARDADO LOPEZ,

hoy PAULA OTILIA GUARDADO PORTILLO, JUAN JOSUE

PORTILLO GUARDADO, CLAUDIA CLARIBEL PORTILLO

GUARDADO conocida por CLAUDIA CLARIBEL PORTILLO y la

menor FLOR YAMILETH PORTILLO REYES representada legalmente

por su madre señora MARIA PAULA REYES GUEVARA conocida por

MARIA PAULA REYES, la primera en calidad de cónyuge, el segundo,

tercera y cuarta en calidad de hijos del causante, respectivamente,

representados por la Licenciada DELMA GLORIBEL MARTINEZ DE

ARTIGA en calidad de Apoderada General Judicial, Administrativo

con Cláusula Especial. Habiéndoseles conferido la administración y

representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a

los treinta días del mes de agosto de dos mil diecisiete. LICDA.

PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO MENA

HERNANDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F060697

LICENCIADO OSEAS HARVEYS MENDEZ ÁLVAREZ, JUEZ

DE LO CIVIL, SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado a las quince horas

del día veintitrés de agosto del corriente año, de conformidad con los

Arts. 988 N° 1°, 1162, 1163 Inc. 1° y 1165, todos del Código Civil,

se resolvió DECLARAR HEREDERO DEFINITIVO, expresamente

y con beneficio de inventario de la HERENCIA INTESTADA, que

dejó el causante JOSÉ SANTOS REYES, quien falleció a las dos

horas del día once del mes de enero del año dos mil tres, en el Cantón

San Sebastián, Jurisdicción de Santa Rosa de Lima, departamento de

La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, a favor del señor

FRANCISCO REYES TORRES, en concepto de HIJO sobreviviente del

causante antes mencionado. En consecuencia se le confirió al heredero

declarado en el carácter dicho la administración y representación

definitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima,

departamento de La Unión, a los veintitrés días del mes de agosto del

año dos mil diecisiete.- LIC. OSEAS HARVEYS MENDEZ ÁLVAREZ,

JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F060706

Licenciado CARLOS GUSTAVO ORANTES MAGAÑA, Notario, de

este domicilio, con oficina establecida en Cuarenta y Cinco Avenida

Norte, Centro Profesional Roosevelt, tercer nivel, número treinta y

siete, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a

las diez horas del día tres de abril de dos mil diecisiete, se ha declarado

heredero Testamentario, con beneficio de inventario de la señora

MARÍA EUGENIA TORRES RODRÍGUEZ, quien falleció el día

diecinueve de marzo de dos mil doce, en Colonia San Luis Gonzaza,

Final Treinta Avenida Sur y Cincuenta y Nueve Calle Poniente, número

diecinueve - B, Municipio y Departamento de Santa Ana, a LESTER

ALEJANDRO VENTURA TORRES y JOAQUÍN ARMANDO PEÑA

TORRES, ambos, en concepto de herederos Testamentarios de la referida

causante y se le confirió a los herederos declarados la administración

y representación definitiva de la sucesión.-

Librado en la oficina del Notario Carlos Gustavo Orantes Magaña,

San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día seis de abril de

dos mil diecisiete.

LIC. CARLOS GUSTAVO ORANTES MAGAÑA,

NOTARIO.

1 v. No. F060712

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado

a las diez horas del día veintitrés de los corrientes, se declararon

herederos testamentarios con beneficio de inventario a los señores ALEX

EDUARDO CABRERA PERAZA, FRANCIS WILLIAN CABRERA

PERAZA, CARLOS ALFONSO PERAZA CABRERA conocido

por CARLOS ALFONSO PERAZA, EYVY DALIA CABRERA

PERAZA, MELBY PERAZA, y JOSE EFRAIN PERAZA; en calidad

de HEREDEROS TESTAMENTARIOS del causante EDUARDO

CABRERA ABREGO, quien fue de noventa y cuatro años de edad,

Idóneo en farmacia, fallecido el día treinta y uno de mayo de dos mil

dieciséis, siendo esta ciudad su último domicilio.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

diez minutos del día veintitrés de agosto del dos mil diecisiete.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

1 v. No. F060746

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Page 53: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. JOSÉ HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las catorce horas veinte minutos del día veintitrés de agosto del dos mil

diecisiete, se declaró HEREDERA INTESTADA con beneficio de inven-

tario a la señora ROSA MIRIAM VALLE VIUDA DE AGUILAR, como

CONYUGE SOBREVIVIENTE, y CESIONARIA del derecho hereditario

que le correspondía al señor BENJAMIN AGUILAR PACHECO, como

PADRE del causante JORGE ADALBERTO AGUILAR ARRIOLA,

quien fue de cincuenta y dos años de edad, agricultor, fallecido el día

diecisiete de octubre del dos mil doce, siendo esta ciudad su último

domicilio.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas

cincuenta minutos del día veinticuatro de agosto del dos mil diecisiete.

LIC. JOSÉ HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F060751

NELSON ANTONIO CASTILLO RAMIREZ, Notario, del domicilio

de Mejicanos, departamento de San Salvador, NIT 0614-281061-005-0,

con oficina ubicada en Calle a San Antonio Abad, Colonia Diecisiete de

Mayo, casa número Veinticuatro, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día dieciocho de septiembre del año dos mil dieci-

siete, se ha declarado a los señores RICARDO ADALBERTO LÓPEZ

AGUIRRE y CLAUDIA MARCELA LÓPEZ AGUIRRE, en su calidad

de hijos sobrevivientes del causante, y MARIA OLIMPIA LÓPEZ, en su

calidad de madre del causante de los bienes que a su defunción dejara el

señor JUAN ADALBERTO LÓPEZ MENDEZ, quien falleció a las diez

horas y quince minutos del día veinticuatro de julio de dos mil doce, en

el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, siendo el Municipio

de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, su último domicilio,

quien en ese entonces era de cuarenta y nueve años de edad, originario

de Sonsonate, departamento de Sonsonate, en su concepto de hijos y

madre del referido causante; habiéndoles concedido la Representación

y Administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de la ley.

Librado en la oficina del Notario NELSON ANTONIO CASTI-

LLO RAMIREZ, San Salvador, el día veinte del mes de septiembre de

dos mil diecisiete. NELSON ANTONIO CASTILLO RAMIREZ TEL:

22353770.

NELSON ANTONIO CASTILLO RAMIREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060752

EVA YOLANDA ALVAREZ MENDEZ, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficina ubicada en Primera Avenida Norte y Once

Calle Poniente, Edificio Seiscientos Veintiséis, Local número Dos, San

Salvador, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

el día dieciocho de septiembre de dos mil diecisiete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario de parte de la señora

CARLOTA MARGARITA FLORES AYALA, Heredera Definitiva

con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción

acaecida en la ciudad de Delano, Kern, California de los Estados Unidos

de América, lugar de su último domicilio, el día cinco de diciembre del

dos mil dieciséis, dejó la señora VILMA DEL CARMEN FLORES

AYALA, en su calidad de HERMANA sobreviviente de la causante

y Cesionaria del Derecho Hereditario que le correspondía a la señora

Anastacia Flores Campos, conocida por María del Transito Flores Cam-

pos, en concepto de madre de la causante, y en consecuencia, se le ha

conferido la Administración y Representación Definitiva de la sucesión

dejada por la expresada causante.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del

mes de septiembre de dos mil diecisiete.

LICDA. EVA YOLANDA ALVAREZ MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060753

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Page 54: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416OSCAR EDGARDO GALLARDO LAINEZ, Notario, de este domicilio,

y con Oficina Jurídica en Barrio El Calvario, Calle al Templo del Señor de

la Caridad, San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, al público.

HACE SABER: Que este día se ha declarado a la señora MARIA

CRISTINA MEJIA DE MELGAR, heredera beneficiaria e intestada en

la SUCESION INTESTADA del causante señor ADOLFO MELGAR

conocido por ADOLFO CRUZ MELGAR, quien falleció el día dieci-

nueve de noviembre del año dos mil catorce, a consecuencia de ulcera

cancerosa, sin asistencia médica, siendo al momento de su defunción de

sesenta y ocho años de edad, Salvadoreño, casado, empleado, originario

de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, y del domicilio de

San Juan Nonualco, Departamento de La Paz , hijo de los señores Bibian

Cruz y de Cándida Melgar, ambos ya fallecidos, habiendo fallecido el

causante en mención sin formalizar testamento alguno con relación a

sus bienes, en su calidad de esposa sobreviviente.

Y se ha conferido a la herencia que se declara, la Administración

y Representación definitivas de la sucesión.

San Juan Nonualco, veinte de septiembre de dos mil diecisiete.

LIC. OSCAR EDGARDO GALLARDO LAINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060754

CARLOS CASTELLON, Notario, de este domicilio, con oficina Notarial

ubicada en Autopista Los Próceres, Colonia Reparto Los Héroes, Calle

Gabriel Rosales, número Ochenta, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario,

a las once horas del día once de septiembre del año dos mil diecisiete,

se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA, con beneficio de

inventario, a la señora GLORIA GLADYS HERNANDEZ MENDEZ,

en concepto de hija del causante, de los bienes que a su defunción de-

jara el señor FELIX SEGUNDO HERNANDEZ RAMIREZ, fallecido

el día diez de diciembre del año dos mil dieciséis, en la ciudad de San

Salvador, su último domicilio, confiriéndose a tal heredera declarada,

la Administración y Representación Definitivas de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

septiembre del año dos mil diecisiete.

DR. CARLOS CASTELLON,

NOTARIO.

1 v. No. F060757

CARLOS ALBERTO PANAMEÑO ORTIZ, Notario, del domicilio de

la ciudad de Usulután, con oficina en la Cuarta Calle Oriente, número

Trece, Barrio La Parroquia, de dicha ciudad, AL PUBLICO, para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito, a las

nueve horas del día siete de septiembre del presente año, se han declaradas

HEREDERAS DEFINITIVAS CON BENEFICIO DE INVENTARIO,

a las señoras STELLA ANTONIA DEL ROSARIO GAMERO DE

ARIAS, SANDRA CAROLINA ARIAS DE MARTINEZ, ROXANA

PATRICIA ARIAS GAMERO, CAMILA ALEJANDRA ARIAS RIVAS,

la primera en concepto de cónyuge y las otras tres en concepto de hijas

sobreviviente del causante señor RICARDO ARMANDO ARIAS

FUENTES, conocido por RICARDO ARMANDO ARIAS, quien fue

de sesenta y ocho años de edad, casado, Ingeniero Industrial, Originario

de Santiago de María, departamento de Usulután, y del domicilio San

Salvador, de Nacionalidad Salvadoreño, hijo de hijo de Ofelia Arias, ya

fallecida; y Leopoldo Fuentes Hernández, ya fallecido, quien falleció

a las dieciocho horas cincuenta minutos del día ocho de mayo del año

dos mil diecisiete, en Ciudad Satélite, calle Constitución, polígono K,

número Tres, San Salvador, a causa de Infarto Agudo Miocardio y Paro

Cardiorrespiratorio, sin asistencia médica.

Habiéndosele conferido al heredero declarada la Administración

y Representación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en la ciudad de Usulután, a las diez horas del día doce de

septiembre de dos mil diecisiete.

DR. CARLOS ALBERTO PANAMEÑO ORTIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060766

DIARIO

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. LICENCIADO HECTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJIA, JUEZ

PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los

efectos de ley.

AVISA: Que por resolución de este juzgado de las once horas con

quince minutos del día dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete, se

han DECLARADO HEREDEROS CON BENEFICIO DE INVENTA-

RIO de los bienes, derechos y obligaciones transmisibles que de manera

INTESTADA dejase el señor JOSE DAVID QUIÑONEZ, conocido por

DAVID MELARA QUIÑONEZ, y por DAVID QUIÑONEZ MELARA,

fallecido en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, de la ciudad

de San Salvador, a las seis horas treinta minutos del día veintisiete de

diciembre de dos mil dos, siendo la ciudad de Santa Ana, el lugar de su

último domicilio, a los señores KARLA GERALDINA QUIÑONEZ

MORALES, con Documento Único de Identidad número 02378107-3,

IRIS VANESSA QUIÑONEZ MORALES, con Documento Único de

Identidad número 03388859-2, y Número de Identificación Tributaria

0210- 241185-106-5, y EVER DAVID QUIÑONEZ MORALES, con

Documento Único de Identidad número 03943991-9, y Número de

Identificación Tributaria 0210- 170688-107-5, en su carácter de hijos

del referido causante, a quienes se les confiere en forma DEFINITIVA,

la Administración y Representación de la sucesión, salvo posterior

impugnación.

Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las doce horas del día

dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete. LIC. HECTOR ARNOLDO

BOLAÑOS MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. CARLOS

ROBERTO ORELLANA ARGUETA, SECRETARIO.

1 v. No. F060783

JOSÉ ARMANDO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, Notario, con notaría

ubicada en Condominio Feria Rosa, Edificio "C", Tercer Nivel, Local

Trescientos Cuatro, Carretera a Santa Tecla, San Salvador (frente a Casa

Presidencial, contiguo a Canal Seis), al público.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

en esta ciudad, a las nueve horas del día ocho del mes de septiembre de

dos mil diecisiete, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA

CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora CANDELARIA

VILMA RIVERA ROMERO, de la Herencia Testada que a su defunción

dejó el señor GILBERTO ORANTES GUTIÉRREZ, sexo masculino,

mecánico, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de la ciudad de

Richmond, Estado de Texas, Estados Unidos de América, y de San

Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio

la ciudad de Richmond, Estado de Texas, Estados Unidos de América,

lugar donde FALLECIO, a las cinco horas y cincuenta minutos del

día veinticuatro de enero de dos mil dieciséis, habiéndosele conferido

la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE

LA SUCESIÓN citada, a la señora CANDELARIA VILMA RIVERA

ROMERO, en su calidad de heredera testamentaria sobreviviente del

de cujus.

Por lo que AVISA al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día ocho de septiembre de dos mil

diecisiete.

JOSÉ ARMANDO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060795

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,

JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE HABER: Que por resolución de las doce horas y quince

minutos del día veintidós de junio de este año, se ha declarado a JOSE

RAMIRO TORRES DURAN, heredero beneficiario e intestado de los bienes

que a su defunción dejó la causante MARTA DURAN MIRANDA, conocida

por MARTA DURAN, quien falleció el día veinticinco de septiembre del

año dos mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San

Salvador, siendo San Rafael Obrajuelo, Departamento de La Paz, su

último domicilio; en concepto de cesionario del derecho hereditario que

le correspondía a PAULA DURAN DE PALMA o PAULA DURAN

MIRANDA, como hermana sobreviviente de la referida causante.

Confiérese al heredero que se declara, la Administración y Repre-

sentación definitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de junio

del año dos mil diecisiete. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO

QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC.

OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

1 v. No. F060796

DIARIO

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día die-

ciocho de noviembre de este año, se ha declarado a FLOR DE MARIA

SANCHEZ MOLINA, conocida por FLOR DE MARIA SANCHEZ,

heredera testamentaria de los bienes que a su defunción dejó la causante

JESUS SANCHEZ, quien falleció el día quince de noviembre del año

dos mil doce, en la Colonia San Antonio, de la ciudad de Zacatecoluca,

habiendo tenido como su último domicilio Santiago Nonualco, Depar-

tamento de La Paz, en concepto de hija de la referida causante .

Confiérese a la heredera que se declara, la Administración y Re-

presentación definitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de noviembre

del año dos mil dieciséis. LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA

DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL. LICDA. GLORIA ESMERAL-

DA HERNANDEZ DE MONTES, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F060798

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE HABER: Que por resolución de las ocho horas y veinte

minutos del día veintinueve de junio de este año, se ha declarado a

JONATHAN RAFAEL CHAVEZ CARRANZA, conocido por JONA-

THAN RAFAEL VASQUEZ, y ANA ISABEL CARRANZA VIUDA

DE CHAVEZ, conocida por ANA ISABEL CARRANZA y por ANA

ISABEL CARRANZA DE CHAVEZ; herederos beneficiarios e intestados

de los bienes que a su defunción dejó la causante LEONOR CHAVEZ,

quien falleció el día tres de septiembre de mil novecientos setenta y siete,

en el Barrio San Sebastián, de la ciudad de Zacatecoluca, Departamento

de La Paz, siendo éste su último domicilio, en concepto de herederos por

derecho de transmisión que en tal sucesión le correspondía a la causante

señora JUANA CHAVEZ.

Confiérese a los herederos que se declaran, la Administración y

Representación definitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintinueve de junio del

año dos mil diecisiete. LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA

DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO

AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

1 v. No. F060799

ACEPTACION DE HERENCIA

JOEL RIVAS LINARES, Notario, del domicilio de Santa Tecla, del

Departamento de La Libertad, con oficina ubicada en CALLE DANIEL

HERNANDEZ, CONDOMINIO ATLANTIC, LOCAL 13-"A", SANTA

TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas, del día primero de agosto del año dos mil dieciséis, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Residencial y Avenida

Santa Teresa, Polígono B-Cuatro, número Diecisiete, de la Ciudad de

Santa Tecla, del Departamento de La Libertad, a las veintitrés horas y

tres minutos, del día ocho de septiembre del año dos mil once, dejó la

señora MARIA DE LOS REYES RAMOS, siendo su último domicilio

en la Ciudad de Santa Tecla, del Departamento de La Libertad; de parte

de las señoras ROSA NATIVIDAD RAMOS y ABELINA RAMOS

PERDOMO, EN SU CALIDAD DE HIJAS SOBREVIVIENTES DE

LA CAUSANTE; habiéndose conferido la Administración y Represen-

tación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la oficina,

en el término de quince días, contados desde el siguiente día de la última

publicación del presente Edicto.

En la Ciudad de Santa Tecla, del Departamento de La Libertad, a las

trece horas del día dieciséis de septiembre del año dos mil diecisiete.

JOEL RIVAS LINARES,

NOTARIO.

1 v. No. C010061

DIARIO

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Page 57: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. IRIS DEL CARMEN RODRIGUEZ MONTERROSA, Notario, con

Oficina en la Sexta Calle Oriente Número Nueve, Barrio Candelaria,

Zacatecoluca, Departamento de La Paz.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita en la

ciudad de Zacatecoluca, a las once horas del día dieciséis de septiembre

del año dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y

con Beneficio de Inventario de parte de la señora MARIA EVELIA

MARTINEZ VIUDA DE POLANCO, conocida por LUZ EVELIA

MARTINEZ y por MARIA EVELIA MARTINEZ, la Herencia Intestada

dejada a su defunción por el señor SARBELIO ANTONIO POLANCO,

quien falleció a las cuatro horas y cincuenta y cinco minutos del día

veinticuatro de octubre de dos mil quince, en el Barrio Concepción de la

ciudad de San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, a consecuencia

de Neumonía Aspirativa Septicema Síndrome de Respuesta Inflamatoria

Sistemia más Paro Cardiorespiratorio, con asistencia médica, sin haber

realizado testamento alguno en relación a sus bienes, siendo su último

domicilio la ciudad de San Juan Nonualco, Departamento de La Paz,

en su carácter de Cónyuge del causante.

Confiérase a la aceptante la Administración y Representación

Interina de los Bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente, lo que se hace saber al público

para efectos de Ley.

Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a los veinte días del mes

de septiembre del año dos mil diecisiete.

LICDA. IRIS DEL CARMEN RODRIGUEZ MONTERROSA,

NOTARIO.

1 v. No. F060631

IRIS DEL CARMEN RODRIGUEZ MONTERROSA, Notario, con

Oficina en la Sexta Calle Oriente Número Nueve, Barrio Candelaria,

Zacatecoluca, Departamento de La Paz.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita

en la ciudad de Zacatecoluca, a las nueve horas del día diecinueve

de septiembre del año dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con Beneficio de Inventario de parte de la señora

LUCIA BEATRIZ MARTINEZ VENTURA, la Herencia Intestada

dejada a su defunción por la señora LUCIA VENTURA HERNANDEZ,

quien falleció a las cuatro horas del día diecisiete de marzo de dos

mil diecisiete, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San

Salvador, a consecuencia de Choque Séptico , Neumonia Nosocomial,

Fibrosis Pulmonal y Esclerodermia, con asistencia médica, habiendo

fallecido la causante sin formalizar testamento alguno con relación a sus

bienes, siendo su último domicilio la ciudad de San Rafael Obrajuelo,

Departamento de La Paz, en su carácter de Hija de la causante.

Confiérase a la aceptante la Administración y Representación

Interina de los Bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente, lo que se hace saber al público

para efectos de Ley.

Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a los veinte días del mes

de septiembre del año dos mil diecisiete.

LICDA. IRIS DEL CARMEN RODRIGUEZ MONTERROSA,

NOTARIO.

1 v. No. F060632

CORINA ELVIA VELASQUEZ DE FLORES, Notario, de este

domicilio, con despacho Notarial ubicado en Boulevard San Bartolo,

y Calle El Sauce, Local Uno-A, San Bartolo, Ilopango.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las catorce horas veinte minutos del día seis de Septiembre del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio

de Inventario la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el

señor HENRY ESAU REPREZA ARTERO, quien fue de cuarenta y

ocho años de edad, originario de Chalchuapa, Departamento de Santa

Ana, su último domicilio, San Martín, Departamento de San Salvador,

falleció a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día treinta de junio

del año dos mil diecisiete, en la Lotificación Los Naranjos, en el Cantón

Utalco, en el Municipio de San Bartolomé Perulapía, Departamento de

Cuscatlán. No habiendo formalizado TESTAMENTO alguno, acepta

herencia en concepto de HEREDERA POR DERECHO PROPIO Y

SECIONARIA la señora ABELINA RODRIGUEZ DE REPREZA como

su única heredera. Habiéndole conferido la ADMINISTRACIÓN Y

REPRESENTACIÓN INTERINA de la SUCESIÓN, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a

la referida herencia, para que se presenten a la oficina de la Notario

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina Notarial. CORINA ELVIA VELASQUEZ

DE FLORES, Ilopango, a las diez horas treinta minutos del día doce

de Septiembre del año dos mil diecisiete. PUBLIQUESE.

LICDA. CORINA ELVIA VELASQUEZ DE FLORES,

NOTARIO.

1 v. No. F060650

RAFAEL ANTONIO JUAREZ AMAYA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficina ubicada en Noventa y Una Avenida Norte, y

Calle El Mirador, Casa número SEISCIENTOS VEINTISEIS, Colonia

Escalón, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, provista

a las once horas del día cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete,

DIARIO

OFIC

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Page 58: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

la herencia Testamentaria que a su defunción, ocurrida en Hospital

Médico Quirúrgico y Oncológico del Seguro Social de la ciudad de

San Salvador, a las diecinueve horas y dieciocho minutos del día

diecinueve de abril del año dos mil diecisiete, dejó la señora BERTA

SANTAMARIA HELENA, a favor de los señores SONIA ELIZABETH

VALLE DE RAMIREZ conocida por SONIA ELIZABETH VALLE

SANTAMARIA DE RAMIREZ; JOSÉ ANTONIO VALLE

SANTAMARÍA y LORENA VALLE DE RAMOS, en su concepto de

HIJOS sobrevivientes de la referida causante, a quien se les confiere

la administración y representación interina de la referida Sucesión.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario RAFAEL ANTONIO JUAREZ

AMAYA. En la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día

doce de septiembre del año dos mil diecisiete.-

RAFAEL ANTONIO JUAREZ AMAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F060655

CARLOS RAFAEL DE JESUS RODAS ROZOTTO, Notario, de este

domicilio, con oficina ubicada en Final Calle Los Sisimiles, Avenida

"B", número cincuenta y dos, Colonia Jardines de Miramonte, de

esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas del día doce de septiembre del presente año, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada que a su defunción ocurrida en Kilómetro veinte

y medio sobre Carretera Panamericana, en Colón, departamento de

La Libertad, el día treinta de julio de dos mil nueve, dejara la señora

AMINTA RIVERA DE CHACON conocida por AMINTA GOMEZ

DE CHACON, AMINTA GOMEZ RIVERA DE CHACON, AMINTA

GOMEZ, AMINTA RIVERA GOMEZ y AMINTA GOMEZ RIVERA

quien fue de sesenta y ocho años de edad, doméstica, casada, siendo su

último domicilio Colón, departamento de La Libertad, al señor PEDRO

ADAN CHACON GOMEZ, en su calidad de hijo sobreviviente y

como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondía a

los señores Felipa Chacón Gómez, Ana Gladis Chacón de Vásquez,

Norma Deysi Chacón de Carranza y Héctor Antonio Chacón Gómez;

consecuentemente, confiérese al aceptante la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Por lo tanto, por este medio se cita a todos los que se crean con

derecho a la herencia, para que se presenten a la referida oficina en

el término de quince días contados desde el día siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario Carlos Rafael de Jesús Rodas

Rozotto. En la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día trece

de Septiembre de dos mil diecisiete.

LIC. CARLOS RAFAEL DE JESUS RODAS ROZOTTO,

NOTARIO.

1 v. No. F060666

CARLOS RAFAEL DE JESUS RODAS ROZOTTO, Notario, de este

domicilio, con oficina ubicada en Final Calle Los Sisimiles, Avenida

"B", número cincuenta y dos, Colonia Jardines de Miramonte, de

esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las quince horas del día dieciocho de Septiembre del presente año, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Climosal,

de la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, el día

veintitrés de febrero del presente año, dejara la señora MARGARITA

CHACON GOMEZ, quien fue de cuarenta y tres años de edad, Profesora

de Educación Parvularia, soltera, siendo su último domicilio Colón,

departamento de La Libertad, al señor PEDRO ADAN CHACON

GOMEZ, en su calidad de hermano sobreviviente y como cesionario

de los derechos hereditarios que les correspondía a los señores Felipa

Chacón Gómez, Ana Gladis Chacón de Vásquez, Norma Deysi Chacón

de Carranza y Héctor Antonio Chacón Gómez ; consecuentemente,

confiérese al aceptante la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Por lo tanto, por este medio se cita a todos los que se crean con

derecho a la herencia, para que se presenten a la referida oficina en

el término de quince días contados desde el día siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario Carlos Rafael de Jesús Rodas

Rozotto. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día

diecinueve de Septiembre de dos mil diecisiete.

LIC. CARLOS RAFAEL DE JESUS RODAS ROZOTTO,

NOTARIO.

1 v. No. F060667

MARCOS ANTONIO VELA ARGUERA, Notario, del domicilio de

Jiquilisco, departamento de Usulután, con Oficina en la Primera Calle

Poniente Casa Número Tres, Barrio San José, de dicha ciudad, AL

PÚBLICO, para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito, a las

ocho horas y veinte minutos del día diecinueve de septiembre de dos

mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora

DIARIO

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IAL SOLO P

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NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 59: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. MARÍA FELIPA HERNÁNDEZ DE CALLEJAS, cuyo nombre de

soltera fue MARÍA FELIPA HERNÁNDEZ ALEMÁN, conocida

por MARÍA FELIPA HERNÁNDEZ, quien falleció en el Hospital

Nacional San Juan de Dios de la ciudad de San Miguel, a las seis horas

y treinta minutos del día dos de agosto de dos mil doce, con asistencia

médica, a causa de neumonía grave; de parte de la señora MARÍA

CRUZ HERNÁNDEZ CALLEJAS, en calidad de hija de la causante y

cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a los señores

José Félix Callejas Romero y José Eduardo Calleja Hernández, en sus

respectivas calidades de cónyuge e hijo de la causante; habiéndosele

conferido a la aceptante interinamente la administración y representación

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de

la Herencia Yacente.-

En consecuencia por este medio CITA a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlos

a la oficina del suscrito Notario en el término de quince días contados

desde el siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.-

Librado en la ciudad de Jiquilisco, departamento de Usulután, a

los diecinueve días del mes de septiembre de dos mil diecisiete.-

MARCOS ANTONIO VELA ARGUERA,

NOTARIO.

1 v. No. F060673

DOROTEA ESTERLINA PORTILLO ALEMÁN, Notario, del

domicilio de Quelepa, Departamento de San Miguel, con Oficina

ubicada en Cuarta Avenida Sur, número quinientos dos, Barrio El

Calvario, San Miguel.

HACE CONSTAR: Que por resolución de la Suscrita notario,

proveída a las nueve horas del día dieciséis de septiembre del año dos

mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

JUAN PABLO GONZALEZ FLORES, conocido por JUAN PABLO

FLORES GONZALEZ, quien falleció a las siete horas del día seis de

marzo de dos mil dieciséis, en Cantón Miraflores, jurisdicción de San

Miguel, Departamento de San Miguel, su último domicilio, de parte

de la señora MARIA MARINA GONZALEZ PERLA, en calidad de

cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la señora

MARIA OTILLA RODRÍGUEZ DE FLORES, en calidad de esposa

del causante, confiriéndole a dicha aceptante en la calidad mencionada,

la administración y representación interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.-

DOROTEA ESTERLINA PORTILLO ALEMÁN,

NOTARIO.

1 v. No. F060675

NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES, Notario, con oficina

Jurídica en la Sexta Avenida Norte, Número cuatrocientos uno, de esta

ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia

que ante mis oficios de Notario promueven los señores FRANCISCO

WILFREDO PALMA; MIGUEL ANGEL PALMA; y ZOILA CECILIA

PALMA DE GIRALT, que por resolución de las once horas del día

catorce de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada con

beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó

la señora ZOILA ARMIDA PALMA DIAZ, conocida por ZOILA

ARMIDA PALMA y por ZOILA PALMA, quien era de sesenta y

nueve años de edad, de oficios domésticos, soltera, originaria de Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel, y de este domicilio, y quien

falleció a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del día nueve

de agosto del año dos mil doce, en esta ciudad de San Miguel, siendo

esta ciudad su último domicilio, y quien falleciera en forma intestada,

de parte de los señores FRANCISCO WILFREDO PALMA; MIGUEL

ANGEL PALMA; y ZOILA CECILIA PALMA DE GIRALT, en su

calidad de hijos de la difunta. La señora ZOILA CECILIA PALMA

DE GIRALT, además en su calidad de cesionaria de los derechos

hereditarios que como hijos les correspondía a los señores CARLOS

ERNESTO PALMA y ONIS ESTER PALMA, a quienes se les ha

conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión

con las facultades y restricciones de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

San Miguel, quince de Septiembre del año dos mil diecisiete.

LIC. NERY MARGARITA RIVERA BENAVIDES,

NOTARIO.

1 v. No. F060689

BRENDA LIZETH CEA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio,

con despacho notarial situado en Colonia Metrópolis Pasaje Malta,

Polígono G-25, Mejicanos, departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las siete horas del

día treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

a su defunción dejara la señora JESUS RODRIGUEZ, ocurrida en la

ciudad de San Salvador, de este departamento, el día siete de agosto

de dos mil diecisiete, por parte del señor CESAR EMILIO SERRANO

en su calidad de hijo, a quien se le ha conferido la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

del curador de la herencia yacente.

Por lo que por este medio se cita a todas las personas que se crean

con derechos a tal sucesión, para que se presenten a la mencionada

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente día a

la última publicación del presente edicto.

DIARIO

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Page 60: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 Librado en la oficina de la Notario Brenda Lizeth Cea Hernandez.

En la Ciudad de San Salvador, a las siete horas y quince minutos del

día treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete.

BRENDA LIZETH CEA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060719

El Licenciado HERBERT FRANCISCO VALDÉS LEWY, mayor de

edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de Ahuachapán,

Departamento de Ahuachapán, con Oficina en Calle Gerardo Barrios

Oriente número tres- cuatro, en esta ciudad, al público para los efectos

de Ley.-

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de la

Herencia Intestada promovidas ante mis oficios notariales, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia

Intestada, que a su defunción dejó el señor FAUSTINO AVELAR

conocido por FAUSTINO AVELAR ZEPEDA, quien falleció a las

veintidós horas del día trece de junio de dos mil diecisiete, en Cantón

La Danta, Caserío El Quebrachal, Ahuachapán, lugar que fue su último

domicilio, de parte del señor FRANKLIN ESAU AVELAR AREVALO,

se le ha conferido al aceptante la Administración y Representación

interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.-

Librado en la ciudad de Ahuachapán, a los diecinueve días del

mes de septiembre de dos mil diecisiete.-

LICENCIADO HERBERT FRANCISCO VALDÉS LEWY,

NOTARIO.

1 v. No. F060728

El Licenciado HERBERT FRANCISCO VALDÉS LEWY, mayor de

edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de Ahuachapán,

Departamento de Ahuachapán, con Oficina en Calle Gerardo Barrios

Oriente número tres- cuatro, en esta ciudad, al público para los efectos

de Ley.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de la

Herencia Testamentaria promovidas ante mis oficios notariales, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

Herencia Testamentaria, que a su defunción dejó la señora DOLMA

GUILLERMINA TORRENTO DE LIMA conocida por NORMA

GUILLERMINA GALICA TORRENTO DE LIMA, quien falleció a

las once horas y treinta minutos del día veintitrés de junio de dos mil

diecisiete, en Colonia María Auxiliadora, calle Luis Cortez Poniente,

casa número Veinte, Ahuachapán, siendo su último domicilio la ciudad

de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, de parte de los señores

CESAR HUMBERTO LIMA TORRENTO y JOSE ERNESTO LIMA

TORRENTO, se les ha conferido a los aceptantes la Administración y

Representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en la ciudad de Ahuachapán, a los dieciocho días del

mes de septiembre de dos mil diecisiete.-

LICENCIADO HERBERT FRANCISCO VALDÉS LEWY,

NOTARIO.

1 v. No. F060729

ANA MIRIAM QUITEÑO MEJÍA, Notaria, del domicilio de Mejicanos,

departamento de San Salvador, oficina situada en Res. San Gabriel,

número 13, Calle al Volcán, Mejicanos; al público para los efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por Resolución de fecha 14 de Septiembre

de 2017, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por el

señor ROBERTO CARLOS MONGE PADILLA quien falleció en

la ciudad de Mejicanos, departamento de San Salvador, el día 27 de

Junio de 2012 a la edad de 37 años, siendo su profesión Arquitecto;

de parte de TANIA BELENCY DURAN DE MONGE; MONICA

ABIGAIL MONGE DURAN y TANIA ISABEL MONGE DURAN

mayores de edad, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San

Salvador, Arquitecta la primera y estudiantes la segunda y tercera, en

su concepto de la primera cónyuge sobreviviente la segunda y tercera

hijas del causante; confiriéndosele a las aceptantes la administración

y representación interinas de la sucesión con las restricciones de los

curadores de Herencias Yacentes.

Se cita a las personas que se crean con mejor derecho en las

presentes, para que se presenten a probarlo en el plazo máximo de

quince días a partir de la última de las publicaciones del presente

Edicto, a la oficina de la suscrita Notaria.

San Salvador, Departamento de San Salvador, a los catorce días

del mes de Septiembre de dos mil Diecisiete.-

ANA MIRIAM QUITEÑO MEJÍA,

NOTARIO.

1 v. No. F060731

DIARIO

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. EDUARDO BONILLA MONTOYA, Notario, de este domicilio, con

Oficina Notarial situada en Condominio Centro de Gobierno, Local

Quince, Trece Calle Poniente y Séptima Avenida Norte, Centro de

Gobierno, de la ciudad de San Salvador, al público,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las dieciséis horas del día trece de septiembre del corriente año, se

ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario,

la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor JULIO

AMERICO RIVAS GONZALEZ, conocido por JULIO AMERICO

RIVAS, quien fue de sesenta y nueve años de edad, originario de

Apastepeque, Departamento de San Vicente, Casado, Periodista, del

domicilio de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, siendo éste

su último domicilio, fallecido el día quince de noviembre del año dos mil

dieciséis, a las dos horas y cuarenta minutos, en el Hospital General del

Seguro Social de la ciudad y Departamento de San Salvador; de parte

de la señora BLANCA ARGENTINA CALLES ALVARENGA DE

RIVAS, en su calidad de heredera Testamentaria.

Confiriéndosele a la aceptante la Administración y Representación

Interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente.-

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

San Salvador, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil

diecisiete.

EDUARDO BONILLA MONTOYA,

NOTARIO.

1 v. No. F060769

ZAIDA PATRICIA ROMERO ABARCA, NOTARIO, con oficina en

Diecinueve Calle Poniente y Tercera Avenida Norte, número doscientos

treinta y ocho, segunda planta, Barrio San Miguelito, de esta ciudad,

AVISA: Que por resolución pronunciada a las nueve horas con

quince minutos del día trece de septiembre de dos mil diecisiete, se ha de-

clarado heredera interina a la señorita MARTHA ALICIA ESCALANTE

MORALES, de la sucesión intestada que a su defunción dejó el señor

GUILLERMO ANTONIO ESCALANTE MONGE, fallecido en esta

ciudad el día veintitrés de enero de mil novecientos ochenta y ocho,

siendo esta ciudad, su último domicilio, en concepto de cesionaria de

los derechos hereditarios que les correspondían a su padre, el señor

GUILLERMO ANTONIO ESCALANTE RAMOS, como hijo del de

cujus.

A quien se le ha conferido la Administración y Representación

Interina de dicha sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos legales.

San Salvador, trece de septiembre de dos mil diecisiete.-

Licda. ZAIDA PATRICIA ROMERO ABARCA,

NOTARIO.

1 v. No. F060774

CARLOS DAGOBERTO GAVIDIA VENTURA, Notario, de este

domicilio, con oficina situada en: Condominio Héroes Norte, Edificio

"A", segunda planta, Local dos-cero tres, Boulevard de Los Héroes y

Veinticinco Calle Poniente, de esta ciudad, al público para los efectos

de ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas con treinta minutos del día ocho de septiembre de dos

mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, de parte de los señores GUILLERMO VASQUEZ LOPEZ y

ANA GLORIA MUNGUIA DE VASQUEZ, conocida por ANA GLORIA

MUNGUIA, ANA GLORIA MUNGUIA VÁSQUEZ, ANA GLORIA

VASQUEZ MUNGUIA y por ANA GLORIA VÁSQUEZ VÁSQUEZ,

en el carácter de padres sobrevivientes, la Herencia Intestada que a su

defunción ocurrida a las once horas del día veintiocho de febrero del

año dos mil diecisiete, en la colonia San José Las Flores, jurisdicción

de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, a causa de paro

cardíaco más Cirrosis Hepática, dejó el señor GUILLERMO VASQUEZ

MUNGUIA, quien a la fecha de su fallecimiento era de cuarenta y tres

años de edad, mecánico, siendo éste su último domicilio.

Confiérase a los aceptantes la administración y representación

interina de la Herencia Intestada, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derecho a la referida herencia, para que se presenten a la oficina antes

citada, en el término de quince días, contados a partir del día siguiente

de la última publicación del presente edicto.

DIARIO

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Page 62: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 Librado en la Oficina del Notario CARLOS DAGOBERTO

GAVIDIA VENTURA. En la Ciudad de San Salvador, a las dieciséis

horas del día once de septiembre de dos mil diecisiete.

Lic. CARLOS DAGOBERTO GAVIDIA VENTURA,

NOTARIO.

1 v. No. F060777

NANCY ELIZABETH RECINOS ROQUE, Notaria, de este domicilio,

con Oficina Profesional situada en Primera Avenida Norte y Diecinueve

Calle Poniente, Edificio Viena, Local Once, Centro de Gobierno, al

público,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Notaria,

en esta ciudad, a las diez horas del día veintiocho de agosto del año dos

mil diecisiete, se ha tenido por aceptada la herencia Ab-Intestato de la

causante ORALIA ESTER ROMAN DE RIVAS, quien fue de setenta y

cuatro años de edad, Psicóloga, fallecida en el Hospital General del Seguro

Social, a las diecisiete horas quince minutos del día once de octubre del

año dos mil dieciséis, siendo su último domicilio la ciudad de Antiguo

Cuscatlán, departamento de La Libertad, de parte de los señores Katty

Auxiliadora, Giovanni Gilberto y Víctor Fernando, todos de apellidos

Rivas Román en su carácter de hijos legítimos de la causante y como

Cesionarios de los derechos hereditarios de su padre Gilberto Rivas

Herrera, cónyuge sobreviviente.

A quienes se les ha conferido la Administración y representación

interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo anterior se hace saber al público por el presente y único aviso

para los efectos de Ley.

Librado en mi Oficina Profesional, San Salvador, a los cuatro días

del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.-

NANCY ELIZABETH RECINOS ROQUE,

NOTARIA.

1 v. No. F060781

GLENDA DEL CARMEN AVALOS, Notario, de este domicilio y del

de San Salvador, con Oficina ubicada en Edificio Peña Center, Nivel dos,

cuatro "B", Calle José Francisco López, Cojutepeque, Cuscatlán,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las once horas del día trece de septiembre del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, la Herencia

Intestada que a su defunción ocurrida a las quince horas y treinta minutos

del día treinta de julio de dos mil quince, en Hospital Médico Quirúrgico

del Seguro Social, del municipio de San Salvador, a consecuencia de

Empiema, con asistencia médica, atendida por la Doctora Andrea Denisse

Sotelo Bernal, dejara la señora DELMY ALCIRA MENA DE VENTU-

RA, a los cuarenta y nueve años de edad, Licenciada en Trabajo Social,

casada, Originaria de San Marcos, Departamento de San Salvador, hija

de Laura Martinez y de Hector David Mena (fallecido), y del domicilio

de Soyapango, departamento de San Salvador, siendo éste su último

domicilio, por parte del señor VICTOR DAVID VENTURA MENA

en su calidad de hijo de la causante.

Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a

la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notario Glenda del Carmen Ávalos, en

la ciudad de Cojutepeque, a los diecinueve días del mes de septiembre

del año dos mil diecisiete.

GLENDA DEL CARMEN AVALOS,

NOTARIO.

1 v. No. F060785

LICENCIADA MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, JUEZA

INTERINA DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA, DEPARTA-

MENTO DE CHALATENANGO.

LA SUSCRITA JUEZA INTERINA HACE SABER: Que por

resolución de este Juzgado, proveía a las diez horas con veinticinco

minutos del día siete de septiembre de dos mil diecisiete, se ha declarado

DIARIO

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Page 63: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. heredera Interina a la señora ELVIRA CARDOZA DE MATA, en calidad

de Cesionario de los derechos que les correspondían al señor José Saúl

Mata Cardoza y Julio Cesar Mata Cardoza, en calidad de hijos, en la

Sucesión de la Causante GABRIELA CARDOZA VIUDA DE MATA,

quien era de noventa y tres años de edad, ama de casa, Viuda, originario

de La Reina, Departamento de Chalatenango y del domicilio de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad

Personal número cero un millón doscientos dieciséis mil cuatrocientos

ochenta y uno -cero, y Tarjeta de Identificación Tributaria número cero

cuatrocientos trece -ciento cincuenta mil cuatrocientos cuarenta y ocho

- ciento uno - cero, hija de Carmen Torres y Santos Cardoza, falleció a

las once horas con diez minutos del día ocho de julio de dos mil doce.

Confiérase al aceptante la administración y representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones legales que le corres-

ponde a los curadores de herencia yacente.

Fíjense y Publíquense los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los siete días del mes de septiembre

de dos mil diecisiete.- Lic. MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE,

JUEZA INTERINA DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.- Licda.

ERLINDA GUADALUPE GUERRERO ORELLANA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. C010050-1

LICENCIADA MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, JUEZA

INTERINA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL

DISTRITO JUDICIAL DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHA-

LATENANGO,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a

las once horas del día siete de septiembre del dos mil diecisiete, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la he-

rencia intestada que a su defunción dejó el señor RICARDO AMILCAR

VASQUEZ REYES, quien fue de cuarenta años de edad, soltero, jornalero,

originario de Tejutla, Departamento de Chalatenango, hijo de Carlos

Antonio Vásquez y Rosalina Reyes Flores, falleció el día dieciocho de

septiembre del dos mil dieciséis, siendo su último domicilio el Munici-

pio de Tejutla, Departamento de Chalatenango, de parte de CARLOS

ANTONIO VASQUEZ PEREZ en calidad de padre del causante.

Confiérese al aceptante la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corres-

ponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los siete días del mes de septiembre del

dos mil diecisiete.- Licda. MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE,

JUEZA INTERINA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

TEJUTLA, CHALATENANGO.- Licda. ERLINDA GUADALUPE

GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010051-1

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta

minutos del día dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente la Herencia Abintestato con Beneficio de Inven-

tario, de los bienes que a su defunción dejó la Causante MARIA EVILA

RODRIGUEZ DE MORATAYA o MARIA EVILA RODRIGUEZ,

quien falleció día veinte de Julio de dos mil once, en el Hospital Na-

cional Zacamil de la ciudad de San Salvador, con asistencia médica, a

consecuencia de SHOCK SEPTICO SEPSIS, AMPUTACION POR PIE

DIABETICO G/V, del domicilio de Mercedes Umaña, Departamento

de Usulután, de parte del señor VICENTE ADAN MORATAYA,

con Documento Único de Identidad Número 02134915-0 y Tarjeta de

Identificación Tributaria Número 1101-020248-001-4, en su calidad de

Cónyuge sobreviviente de la Causante MARIA EVILA RODRIGUEZ

DE MORATAYA o MARIA EVILA RODRIGUEZ.

Confiriéndole al aceptante VICENTE ADAN MORATAYA, la

administración y representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad

a lo establecido en el Artículo 1163 del Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus

derechos.

DIARIO

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Page 64: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las diez horas

y quince minutos del día dieciocho de mayo de dos mil dieciséis.- Eda.

No. 09/2015 A.H. bhc.- Licda. MERCEDES CONCEPCION SERPAS

DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ANA

MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SRIA.

3 v. alt. No. C010101-1

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al

público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas treinta minutos

del día once de septiembre de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción dejó la causante señora APOLONIA REYES FUENTES,

quien fue de setenta y ocho años de edad, fallecida el día veinte de enero

de dos mil trece, siendo el municipio de San Miguel el lugar de su último

domicilio, de parte del señor JOSE SAUL REYES, en calidad de hijo

sobreviviente del causante.

Confiriéndose al aceptante en el carácter indicado, la administra-

ción y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de que

las personas que se consideren con derecho a la herencia, se presenten

a deducirlo en el término de quince días, desde el siguiente a la tercera

publicación.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL: San Miguel, a las doce horas treinta y cinco minutos del día once

de septiembre de dos mil diecisiete.- Lic. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- Lic.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA DE ACTUA-

CIONES.

3 v. alt. No. C010103-1

Lic. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,

a las doce horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por acepta-

da expresamente y con beneficio de inventario de parte de: JUANA

ANTONIA CÁRCAMO DE SALMERÓN, de 63 años de edad, de

Oficios Domésticos, originaria y del domicilio de Jocoro, Departamento

de Morazán, con Documento Único de Identidad Número 01146289-1;

y Tarjeta de Identificación Tributaria Número 1312-200254-101-4; de la

herencia que en forma Testamentaria dejó el causante LUIS ALONSO

SALMERÓN, quien fue de 74 años de edad, Casado, Agricultor en

Pequeño, Originario de la Ciudad de Jocoro, Departamento de Morazán,

hijo de Juana Salmerón y padre Ignorado; quien falleció a las 23 horas

y 20 minutos del día 23 de Junio del año 2017, en el Hospital Militar

Regional de San Miguel; a consecuencia de "Infarto Cardíaco Masivo,

Cardiopatía Isquémica, Insuficiencia Renal"; siendo su lugar su último

domicilio la ciudad de Jocoro; en concepto de Heredera Testamentaria

del referido causante.-

Confiérasele a la referida aceptante en la calidad expresada, la

administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, a las doce horas y veinte minutos del día

siete de septiembre de dos mil diecisiete.- Lic. ISIDRO ENRIQUE MO-

RENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010110-1

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que a las ocho horas veinte minutos del día once de sep-

tiembre del dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente

con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor REYES MENDOZA CAMPOS, quien fue de sesenta y

DIARIO

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Page 65: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. dos años de edad, fallecido el día veintiocho de julio de dos mil trece,

siendo este Municipio el lugar de su último domicilio, de parte del señor

FRANCISCO MENDOZA CAMPOS, como cesionario de los derechos

hereditarios que le correspondía a la señora LORENZA CAMPOS

VIUDA DE MENDOZA, como madre sobreviviente del causante.

Confiriéndose al aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de que

las personas que se consideren con derecho a la herencia, se presenten

a deducirlo en el término de quince días, desde el siguiente a la tercera

publicación.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil: a las ocho

horas veinticinco minutos del día once de septiembre del dos mil diecisie-

te.- Lic. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. IVONNE JULISSA ZELAYA

AYALA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010111-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, pronunciada

a las once horas cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de la señora

DELMY HERNANDEZ DE SOLIS, de la Herencia Intestada dejada a

su defunción por el señor el señor JOSE ARTURO SOLIZ HERRERA,

conocido por JOSE ARTURO SOLIS, quien al fallecer era de sesenta y

siete años de edad, pensionado o jubilado, casado, originario de Ciudad

Arce, departamento de La Libertad, hijo de Arturo Soliz (fallecido) y

de Angelina Herrera (fallecida), falleció a las seis horas veinticinco

minutos del día once de diciembre de dos mil once, en Hospital Médico

Quirúrgico, ISSS, San Salvador, departamento de San Salvador, siendo

esta ciudad su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente

del referido causante.

Confiérasele a la aceptante expresada en el concepto indicado, la

Administración y Representación Interina de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,

departamento de La Libertad, a las doce horas cinco minutos del día

once de septiembre del año dos mil diecisiete. - Licdo. DAVID AMAEL

MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo.

CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010115-1

GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que el día quince de febrero del año dos mil doce, ha

tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la he-

rencia intestada que dejó el señor BONIFACIO DIAZ, quien falleció el

día once de diciembre de mil novecientos ochenta y siete, en San Pedro

Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de los

señores MARIA JULIA PORTILLO VIUDA DE DIAZ, conocida por

JULIA PORTILLO; MARTA ARACELI DIAZ PORTILLO, conocida

por MARTA ARACELY DIAZ; ALCIDES FERMIN DIAZ PORTI-

LLO, conocido por ARCIDES FERMIN DIAZ o ALDICES FERMIN

DIAZ; PATRICIA GUADALUPE DIAZ DE VILLALTA, conocida

por PATRICIA GUADALUPE DIAZ PORTILLO y por PATRICIA

GUADALUPE DIAZ; ROSA AMELIA DIAZ PORTILLO, conocida

por ROSA AMELIA DIAZ; CAROLINA ELIZABETH DIAZ PORTI-

LLO, conocida por CAROLINA ELIZABETH DIAZ y por CAROLINA

ELISABETH DIAZ PORTILLO y ANA ARELI DIAZ PORTILLO,

conocida por ANA ARELI DIAZ, por habérseles transmitido el derecho

que en tal sucesión le correspondía a su esposo y padre, respectivamente

señor FERMIN DIAZ, en la sucesión del señor JESUS DIAZ, hermano

del finado.

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes

interinos de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a la herencia del señor

BONIFACIO DIAZ, para que dentro de los quince días siguientes a la

tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: ZACATECOLUCA, a los once días del

mes de septiembre de dos mil diecisiete.- Licda. GLORIA VICTALINA

VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. OSCAR

ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010120-1

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Page 66: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416GLORIA ESTELA AMAYA DE FERNANDEZ, EN SU CALIDAD

DE JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE LA

CIUDAD DE USULUTAN: AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas treinta y cinco

minutos de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con

Beneficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó

la señora : BRENDA SARAI RIVAS GARCIA, en la sucesión intestada

que ésta dejó al fallecer el día catorce de febrero del corriente año, en

Cantón El Cañal, Caserío Montefresco, de la Jurisdicción de la ciudad

de Concepción Batres, siendo esa misma ciudad su último domicilio,

de parte de los señores: ALFREDO RIVAS GUERRERO, conocido

por ALFREDO RIVAS, y MARIA FIDELINA GARCIA DE RIVAS,

ambos en su calidad de padres de la causante.

Confiriéndoseles a los aceptantes dichos, la Administración y

Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

después de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

treinta días del mes de agosto del dos mil diecisiete.-LIC. GLORIA

ESTELA AMAYA DE FERNANDEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE

USULUTAN. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060622-1

KARINA JEANETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las diez horas del día cuatro de septiembre de dos mil diecisiete, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

de parte de los señores GUILLERMO ALBERTO BERRIOS

PORTILLO; DINORAH ALEJANDRINA IGLESIAS DE LEMUS

conocida por DINORAH ALEJANDRINA IGLESIAS o DINORAH

ALEJANDRINA BERRIOS; HÉCTOR LEOPOLDO BERRIOS

LÓPEZ, conocido por HÉCTOR LEOPOLDO BERRIOS; y de

ALMA GRACIELA BERRIOS PORTILLO conocida por ALMA

BERRIOS MENDOZA y ALMA GRACIELA BERRIOS, en calidad

de hijos sobrevivientes del causante, de la herencia intestada dejada

a su defunción por LEOPOLDO IGLESIAS conocido por JOSE

LEOPOLDO BERRIOS, quien a la fecha de su defunción era de

sesenta y siete años de edad, hijo de los señores Héctor Peccorini y

Graciela Iglesias, originario de San Miguel, con último domicilio, en

San Salvador, quien falleció a las veinte horas del ocho de agosto de

mil novecientos noventa y tres.

Cítese por este medio a los que se crean con derecho a la sucesión

para que dentro del término de quince días siguientes a la tercera

publicación de este edicto, se presenten a este Juzgado a deducir sus

derechos.

Confiérase a los aceptantes declarados la administración y

representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente, lo que se hace

del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las diez horas con diez minutos del día cuatro de septiembre

de dos mil diecisiete. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.

LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060623-1

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZ

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta

minutos del día once de mayo de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, que a

su defunción dejó la causante CATALINA GONZALEZ ESCOBAR O

CATALINA GONZALEZ DELGADO, quien falleció el día nueve de

septiembre del año dos mil diez, en el Hospital Nacional San Rafael de

Santa Tecla, Departamento La Libertad, siendo su último domicilio la

ciudad de San Luis La Herradura, Departamento La Paz; por parte del

señor FELIX DE JESUS GONZALEZ ESCOBAR en concepto de hijo

sobreviviente de la causante. Nómbrase al aceptante, interinamente,

administrador y representante de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este juzgado a justificar dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de mayo del año

dos mil dieciséis. LICDA. VICTALINA VALENCIA DE BARRERA,

JUEZ DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060630-1

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas con diez minutos del día treinta de agosto del corriente

año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora MARIA

AGUEDA PINEDA, conocida por ANGELA PINEDA, MARIA

ANGELA PINEDA y por MARIA AGUEDA PINEDA LOPEZ,

fallecida a las siete horas veintinueve minutos del día veintisiete de

DIARIO

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. mayo de dos mil tres, en el Hospital Nacional de Nueva Guadalupe,

de este Distrito, Departamento de San Miguel, siendo esta Ciudad

de Chinameca, Departamento de San Miguel su último domicilio;

de parte de la señora Victoria Anely Pineda, de cuarenta y tres años

de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, con Documento

Único de Identidad número: cero dos millones ciento sesenta y cinco

mil quinientos diez - tres; y número de Identificación Tributaria un

mil doscientos cinco - doscientos ochenta mil novecientos sesenta y

nueve - ciento tres - cuatro, ésta en calidad de hija de la causante y

como Cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les

correspondían a los señores Alcides Pineda Marín, de cincuenta y seis

años de edad, Jornalero, de este domicilio y Delmi de la Paz Pineda,

de cuarenta y siete años de edad, Ama de Casa, de este domicilio y

del domicilio de los Estados Unidos de América, con sus Documentos

Únicos de Identidad números en su orden: Cero cero setecientos

cuarenta y tres mil cuatrocientos veintiocho - cuatro; Cero cinco

millones ciento cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y tres - cero;

con Números de Identificación Tributaria: Un mil doscientos cinco -

cero setenta mil cuatrocientos cincuenta y seis - cero cero uno - seis, y

Un mil doscientos cinco - doscientos cuarenta y un mil ciento sesenta

y cinco - ciento dos - cuatro, respectivamente, en su concepto de hijos

de la misma causante.- Nómbrasele a la aceptante en el carácter dicho

administradora y representante interina de la sucesión de que se trata,

con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de

la herencia.- Publíquense los edictos de ley.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a

las nueve horas con veinte minutos del día treinta de agosto de dos

mil diecisiete.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE

LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. INGRID VANESSA

VASQUEZ BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060635-1

ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO, Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado a

las diez horas y cuatro minutos del día seis de septiembre de dos mil

diecisiete. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada a su defunción ocurrida el día

cinco de marzo de dos mil doce, en la ciudad de San Salvador, y

con último domicilio el de Cuscatancingo, dejó la causante señora:

ANTONIA ROSA HERNÁNDEZ conocida por ANTONIA ROSA y

por ANTONIA HERNÁNDEZ, de parte de: JUANA ROSA, en calidad

de hija sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios

que le correspondían las señoras SEBASTIANA ANTONIA ROSA

y SANTOS ROSA, en calidad de hijas sobrevivientes de la referida

causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil Juez dos: Delgado, a las diez

horas y veinticuatro minutos del día seis de septiembre de dos mil

diecisiete. LIC. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DOS DE LO

CIVIL. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060645-1

LIC. OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE; del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez

horas y treinta minutos del día veintidós de Agosto de dos mil diecisiete.-

Se le declaró heredera expresamente y con beneficio de inventario de

la HERENCIA INTESTADA que al fallecer a las catorce horas con

treinta y cinco minutos del día once de Marzo del año dos mil diecisiete,

en el Cantón Cordoncillo, Caserío Los Guevara, de la Jurisdicción de

la Ciudad de Anamorós, de este distrito, Departamento de La Unión,

dejó el causante señor ELENO ESCOBAR GUEVARA, de parte de

la señora PAULINA GUEVARA DE ESCOBAR, en concepto de

cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad con el

Artículo 988 Numeral 1° del Código Civil.

Se le confiere a la heredera declarada en el carácter dicho la

administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. Extiéndase para las publicaciones el edicto correspondiente.

En tal sentido a partir de la notificación de este proveído puede retirar

el aviso la Licenciada Nery Luz Gómez de Benítez.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima,

Departamento de La Unión, a los veintidós días del mes de Agosto de

dos mil diecisiete. LIC. OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ,

JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060699-1

KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas con veinticinco minutos del día ocho de agosto de dos

mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario, de parte de la señora GERALDINA DEL CARMEN

ALVARADO DHEMING, quien acepta quien acepta en calidad de

hija y como cesionaria de los derechos que le correspondían a los

DIARIO

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416señores JOSÉ LUIS ALVARADO DHEMING e ILIANA CECILIA

ALVARADO DE CHACÓN, en calidad de hijos de la causante,

la herencia intestada que a su defunción ocurrida en San Salvador,

su último domicilio el día treinta de junio de dos mil trece, dejó la

causante señora MILAGRO DEL CARMEN DHEMING VIUDA

DE RAMOS, de setenta años de edad, originaria del Municipio de La

Unión, Departamento de La Unión, Ama de Casa, viuda, hija de los

señores, CARLOS ALBERTO DHEMING ROMERO y ROSARIO

MORENO DE DHEMING

Cítese por este medio a los que se crean con derecho a la sucesión

para que dentro del término de quince días siguientes a la tercera

publicación de este edicto, se presenten a este Juzgado a deducir sus

derechos.

Confiérese a la aceptante la ADMINISTRACIÓN Y

REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, lo

que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día ocho de agosto de

dos mil diecisiete. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.

LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060702-1

LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMIREZ, JUEZA

DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de ocho horas doce minutos del

día doce de septiembre de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a

su defunción ocurrida a las dieciocho horas del día dos de octubre de

mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Río Frío, de esta ciudad,

siendo éste su último domicilio, dejó el señor JUAN ANTONIO

VALIENTE HERNANDEZ, de parte de la señora OLGA ARANA

GONZÁLEZ DE VALIENTE, en calidad de cónyuge sobreviviente;

a quien se ha nombrado interinamente representante y administradora

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para que los que se

crean con derecho se presenten a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente de la tercera publicación del presente

edicto.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas catorce

minutos del día doce de septiembre de dos mil diecisiete. LICDA. DANI

BERI CALDERÓN DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL. LICDA.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060713-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DEL DISTRITO

JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

AVISA: Que por resolución dictada en las diligencias de aceptación

de herencia intestadas con referencia 27-H-17-7-J 1, de las nueve horas

y treinta minutos del día quince de agosto de dos mil diecisiete, se ha

aceptado expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA

INTESTADA, de los bienes que a su defunción dejó la causante ROSA

LINA FLORES MACAY DE MAYORGA conocida por ROSALINA

MACKAY DE MAYORGA, ROSA LINA FLORES MACAY,

ROSALINA FLORES MACAY y por ROSALINA MACKAY, quien

falleció a las cinco horas y cuarenta y cinco minutos del día once de

enero de dos mil diecisiete, en Hospital Médico Quirúrgico y Oncológico

del Seguro Social, de San Salvador, siendo la ciudad de Mejicanos su

último domicilio, por parte de los señores JOSE RICARDO MAYORGA

ORTIZ conocido por JOSE RICARDO ORTIZ y por JOSE RICARDO

TICAS ORTIZ, MARIA JOSE MAYORGA DE MARTINEZ Y

JOSE RICARDO MAYORGA MACKAY, el primero como cónyuge

sobreviviente y los dos últimos como hijos de la causante.

Habiéndose conferido a los aceptantes en el carácter antes

indicado la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente, Art. 1163 C.C.

Y CITA, a los que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas

y cuarenta minutos del día quince de agosto de dos mil diecisiete.- LIC.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060733-1

ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO. Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas

con treinta y tres minutos del día cinco de septiembre de dos mil

diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario en la herencia intestada, que a su defunción ocurrida según

certificación de su partida de defunción, en calle a Mariona, desvío

de Montecarmelo, Mesón El Tanque, número uno, del Municipio de

Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el

día treinta de mayo de mil novecientos noventa y cinco, dejó el señor

JOSE ANGEL IRAHETA, de parte de la señora LUISA YANET ORTIZ

LOPEZ, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que les

correspondían a los señores ANGEL ANTONIO IRAHETA ORTIZ,

IRIS IVETTE IRAHETA ORTIZ e ISIS JENNIFFER IRAHETA DE

BARAHONA, en su calidad de hijos sobrevivientes de la causante.

DIARIO

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Se ha conferido a la aceptante, la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, Juez dos; Delgado, a

las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día cinco de septiembre

de dos mil diecisiete. LIC. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ

DOS DE LO CIVIL DE DELGADO. BR. ALEX ALBERTO SORTO

MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060744-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este juzgado

a las nueve horas del día once de Septiembre de dos mil diecisiete,

se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada por el causante FIDELINO ORELLANA,

quien fue de setenta y dos años de edad, agricultor, fallecido el día

cinco de Noviembre de dos mil catorce, siendo esta ciudad su último

domicilio; de parte de la señora VILMA ESTRADA LARIOS como

Cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a HAYDEE

NOEMY ORELLANA LARIOS como hija del referido causante; y

se le confirió a dicha aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

Curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con

diez minutos del día once de Septiembre de dos mil diecisiete.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060747-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a

las catorce horas del día seis de los corrientes, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada

por la causante RINA ZELMIRA RODRIGUEZ DE TEJADA, quien

fue de sesenta y siete años de edad, cosmetóloga, fallecida el día dos

de mayo de dos mil diecisiete, siendo esta ciudad su último domicilio;

de parte de las señoras RINA ELIZABETH TEJADA DE TORRES

y ROSA EMILY TEJADA RODRIGUEZ en calidad de HIJAS y

como cesionarias del derecho hereditario que le correspondía al señor

NELSON DOUGLAS TEJADA GONZALEZ en calidad de cónyuge

sobreviviente de la referida causante.- Por lo anterior, se les confirió

a dichas aceptantes la administración y representación INTERINA de

la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

herencia yacente.-

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas

con diez minutos del día seis de septiembre de dos mil diecisiete.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060750-1

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: En las diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada con Beneficio de Inventario promovidas por el Licenciado

RAÚL WILFREDO AGUILAR AGUIRRE, en su calidad de Apoderado

General Judicial de la señora CARMEN FLORES GRIJALVA,

clasificadas bajo el número de referencia 00767-17-CVDV-2CM1, se

ha proveído resolución por este tribunal, mediante la cual se ha tenido

por ACEPTADA INTERINAMENTE LA SUCESIÓN INTESTADA

por parte de la señora CARMEN FLORES GRIJALVA, Mayor de

edad, Oficios Domésticos, de este Domicilio, con Documento Único

de identidad número 02911364-2 y con Número de Identificación

Tributaria 0302-0212053-001-5; en calidad de hija sobreviviente del

causante el señor FELIPE ALBERTO GRIJABA MOLINA conocido

por FELIPE ALBERTO GRIJALVA MOLINA, FELIPE GRIJALVA,

FELIPE GRIJALVA MOLINA y FELIPE GRIJALBA, quien falleció a

la edad de ochenta y seis años, Carpintero, Soltero, Cantón Primavera,

Santa Ana y de nacionalidad Salvadoreña.

Al aceptante supra relacionado se le confiere INTERINAMENTE

LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DE LA SUCESIÓN

CON LAS FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS

CURADORES DE LA HERENCIA INTESTADA, lo que se hace del

conocimiento del público, para que todo aquel que tenga derecho a la

referida sucesión, se presente a este juzgado a deducirlo dentro de los

quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto

en el Diario Oficial de conformidad al art. 1163 del Código Civil.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL; Santa Ana, a las nueve horas treinta y cinco minutos

del dos de agosto de dos mil diecisiete.- LIC. RODRIGO ERNESTO

BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL INTERINO, SANTA ANA. LIC. CARLOS MAX

QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060784-1

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Page 70: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta oficina Municipal, se ha presentado

el señor JOSE MARIA MEJIA VALLE conocido como JOSE MARIA

MEJIA, de setenta y cuatro años de edad, carpintero, soltero, del domi-

cilio de Ayutuxtepeque, departamento San Salvador, con Documento

Único de Identidad número cero tres millones ochocientos noventa y

ocho mil doscientos cinco-ocho; y Número de Identificación Tributaria:

cero doscientos diez-cero treinta mil seiscientos cuarenta y tres- cero

cero tres-nueve; solicitando Título de Propiedad de un inmueble Urba-

no, situado en Barrio San José, calle uno poniente, Número S/N, del

municipio de Ciudad Arce, departamento de La Libertad, el cual según

medida CATASTRAL es de un área de TREINTA Y UNO PUNTO

OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL

ORIENTE: seis punto cincuenta y nueve metros, linda con JOSE ELTON

ARDON ROMERO; AL NORTE: cinco punto cero cinco metros linda

con terreno de VICTORIA RUBIA BORJA DE EQUIZABAL; AL

PONIENTE: cuatro punto noventa y cuatro metros, linda con terreno

propiedad JULIO RENE MORENO, y con inmueble JOSE MARIA

MEJIA VALLE; Y AL SUR: seis metros ochenta centímetros, linda

con terreno de MACARIA CELIA PORTILLO SALAZAR, EDY

RUTH PORTILLO SALAZAR y MANUEL DE JESUS PORTILLO

SALAZAR, primera calle poniente de por medio. Dicho predio no es

dominante ni sirviente, no posee ninguna carga real que pertenezca a

otra persona que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión con

nadie. El interesado lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES

de los Estados Unidos De América, además fue adquirido en el año de

mil novecientos sesenta y siete, por venta que le hizo la señora ROSA

ARAGON VIUDA DE MEJIA, actualmente fallecida, por el precio de

cuatrocientos colones, quien fue cónyuge de su abuelo, señor Teódulo

Mejía, quien en vida nunca le otorgó documento de venta alguno.

ALCALDIA MUNICIPAL DE CIUDAD ARCE, DEPAR-

TAMENTO DE LA LIBERTAD, a los DIECIOCHO días del mes de

SEPTIEMBRE del año dos mil DIECISIETE.- Dr. JOSE ALFREDO

CONTRERAS VILLALTA, ALCALDE MUNICIPAL. WENDI YA-

MILETH TORREZ MARTINEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F060734-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que en esta oficina se ha recibido escrito de Eve-

ralia Henríquez Henríquez, de cuarenta y seis años de edad, Abogado

y Notario, de este domicilio, con Documento Único de Identidad: cero

cero cero nueve siete dos uno cero-cero, y con Número de Identifica-

ción Tributaria: cero doscientos doce-cero treinta y un mil doscientos

setenta-ciento uno-siete, quien solicita Título de Propiedad en carácter

de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la señora:

LETICIA LINARES DE CALLES, de cincuenta y cuatro años de edad,

Doméstica, del domicilio de Santiago de la Frontera, Departamento de

Santa Ana, con Documento Único de Identidad: Cero dos cero cuatro

uno seis uno cuatro-cero, y con Número de Identificación Tributaria:

cero doscientos doce-doscientos veinte mil novecientos sesenta y dos-

ciento uno-seis; quien es dueña y actual poseedora de buena fe, quieta,

pacífica e ininterrumpida, de un inmueble de naturaleza Rústica, que

contiene una casa paredes de ladrillo y techo de Duralum, y una galera

paredes de ladrillo y techo de tejas, dicho inmueble tiene cercos propios

por todos sus rumbos de malla ciclón, situado en Cantón Las Piletas,

jurisdicción de Santiago de la Frontera, Departamento de Santa Ana,

de una extensión superficial de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS

PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS. Con linderos:

AL NORTE, en cinco tiros rectos, el primero con rumbo Norte cuarenta

y cuatro grados once minutos cuarenta y un segundos Este y una distan-

cia de dieciocho punto trece metros; el segundo de mojón dos a mojón

tres con rumbo Norte sesenta y un grados veintiún minutos cuarenta y

siete segundos Este y una distancia de uno punto noventa y dos metros;

el tercero de mojón tres a mojón cuatro con rumbo Norte ochenta y un

grados veintidós minutos cincuenta y un segundos Este y una distancia

de uno punto noventa y siete metros; el cuarto de mojón cuatro a mojón

cinco con rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y dos minutos

veinticuatro segundos Este y una distancia de uno punto cincuenta y dos

metros; el quinto de mojón cinco a mojón seis con rumbo Sur setenta

y ocho grados cuarenta y seis minutos cuarenta y dos segundos Este y

una distancia de uno punto sesenta y seis metros, linda con propiedad

del señor CASIMIRO PEREZ y con propiedad de la señora ETELVINA

CHINCHILLA, calle de por medio con ambas propiedades; AL ORIEN-

TE: en siete tiros rectos, el primero de mojón seis a mojón siete con

rumbo Sur treinta y dos grados tres minutos cuarenta y nueve segundos

Este y una distancia de dos punto noventa y seis metros; el segundo de

mojón siete a mojón ocho con rumbo Sur diecinueve grados cincuenta

minutos cuatro segundos Este y una distancia de once punto cincuenta

y un metros; el tercero de mojón ocho a mojón nueve con rumbo Sur

veintidós grados treinta y un minutos cincuenta y seis segundos Este y

una distancia de dos punto cuarenta y dos metros; el cuatro de mojón

nueve a mojón diez con rumbo Sur treinta grados un minutos cincuenta y

cinco segundos Este y una distancia de cuatro punto cero ocho metros; el

quinto de mojón diez a mojón once con rumbo Sur cuarenta y un grados

cincuenta y ocho minutos veinticinco segundos Este y una distancia de

seis punto dieciséis metros; el sexto de mojón once a mojón doce con

rumbo Sur veintinueve grados cuarenta y ocho minutos veinticuatro se-

gundos Este y una distancia de tres puntos dieciocho metros y el séptimo

de mojón doce a mojón trece con rumbo Sur dieciséis grados cuarenta

y dos minutos diecisiete segundos Este y una distancia de dieciocho

punto veintinueve metros, linda con propiedad del señor ALBERTO

JULIO CHINCHILLA ALMAZÁN, Calle de por medio, y antes con

propiedad del señor ALFREDO CHINCHILLA ALMAZÁN ahora con

propiedad del señor SALVADOR CHINCHILLA MONTEJO, Calle de

por medio; AL SUR: En dos tiros rectos, el primero de mojón trece a

catorce con rumbo Sur setenta y dos grados cuarenta y un minutos trece

segundos Oeste y una distancia de seis punto ochenta y nueve metros;

el segundo de mojón catorce a mojón quince con rumbo Sur ochenta y

cuatro grados veintidós minutos treinta segundos Oeste y una distancia

de catorce punto veintidós metros, linda con propiedad del señor ADEL-

SO COLINDRES TRUJILLO; y AL PONIENTE: en tres tiros rectos,

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Page 71: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. el primero de mojón quince a mojón dieciséis con rumbo Norte nueve

grados cuarenta y dos minutos once segundos Oeste y una distancia de

veintinueve punto setenta metros; el segundo de mojón dieciséis a mo-

jón diecisiete con rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y ocho

minutos cincuenta segundos Oeste y una distancia de dos punto cero

seis metros; el tercero de mojón diecisiete a mojón uno con rumbo Norte

sesenta y nueve grados veintiún minutos cuarenta y un segundos Oeste

y una distancia de once punto ochenta metros, linda con propiedad de la

señora MIRIAN LINARES. Dicho inmueble lo adquirió por compra que

hizo a la señora MARÍA GRANILLO VIUDA DE LINARES, quien es

mayor de edad, de Oficios Domésticos, de este domicilio, en el año dos

mil diez. Quien lo poseía desde el año mil novecientos sesenta y cuatro.

No es predio dominante ni sirviente, ni tiene derechos ni cargas reales

que le pertenezcan en proindivisión con otras personas. Lo estima en

la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA.

Los colindantes son del domicilio de Santiago de la Frontera.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Santiago de la Frontera, a los veinticuatro

días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.- JOSE ANTONIO

MARTINEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. OSWALDO PAYES

MORALES, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F060794-1

TITULO SUPLETORIO

WILLIAN EDGARDO RODRÍGUEZ ÉVORA, Notario, del domicilio

de Zacatecoluca, con Oficina ubicada en Barrio San José, Séptima Calle

Oriente, Casa Número Cuatro, Zacatecoluca, AL PÚBLICO,

HAGO SABER: Que se ha presentado el señor JOSÉ FELIX

AMAYA RODRÍGUEZ, de sesenta y cinco años de edad, agricultor,

del domicilio de San Rafael Obrajuelo de este Departamento, a quien

conozco, portador de su Documento Único de Identidad número cero

dos cinco nueve cero dos seis cuatro-uno; con Número de Identificación

Tributaria cero ocho uno siete-cero ocho uno uno cinco uno-cero cero

uno-nueve; MANIFESTANDO: Que es dueño y actual poseedor de

buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida, de un

inmueble rústico situado según su antecedente en Cantón San José La

Palma, jurisdicción de San Rafael Obrajuelo de este Departamento,

compuesto de SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE PUNTO

VEINTICUATRO METROS CUADRADOS de extensión superficial,

de las medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE: Sur setenta

y cuatro grados cuarenta y siete minutos cero un segundos Este, mide

ochenta y uno punto cincuenta y siete metros, colinda con Víctor Manuel

Amaya Amaya, cerco de púas y Callejón de servidumbre de tránsito

de tres metros de ancho, constituido con anterioridad, de por medio.

LINDERO ORIENTE: Sur cero cuatro grados treinta y nueve minutos

cuarenta y ocho segundos Oeste, mide ochenta y cinco punto treinta

metros, colinda con María Carmen Amaya de Delgado, cerco de púas

de por medio. LINDERO SUR: Formado por dos tramos: Tramo Uno,

Norte setenta y siete grados cuarenta y tres minutos veintiún segundos

Oeste, mide cincuenta y cinco punto sesenta y cinco metros; y, Tramo

Dos, Norte sesenta y cuatro grados treinta y dos minutos treinta y seis

segundos Oeste, mide treinta y dos punto cuarenta y cuatro metros; colinda

en estos dos tramos en parte con Jaime Ulices Amaya Hernández, Juan

Vicente Amaya, José Rigoberto Amaya Rodríguez y en parte con María

Angélica Molina de Mejía, cerco de púas de por medio. Y, LINDERO

PONIENTE: Formado por dos tramos: Tramo Uno, Norte cero seis grados

cincuenta y siete minutos cero cuatro segundos Este, mide cuarenta y

cuatro punto ochenta y dos metros; y, Tramo Dos, Norte diez grados

cero ocho minutos veintidós segundos Este, mide treinta y seis punto

setenta y cuatro metros; colinda en estos dos tramos con Digna Petrona

Amaya Rodríguez, cerco de púas de por medio. Todos los colindantes

son del domicilio de San Rafael Obrajuelo de este Departamento. Dicho

inmueble lo valúa en UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, del cual SOLICITA TÍTULO

SUPLETORIO; y es dominante sobre un callejón de servidumbre de

tránsito de tres metros de ancho, constituido con anterioridad por el

rumbo norte; no está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que

pertenezcan a terceras personas; y lo adquirió por venta que le hicieron

los señores Juan Vicente Amaya y Dolores Amaya Rodríguez, según

Escritura Pública Número DOSCIENTOS ONCE, otorgada en esta

ciudad, a las nueve horas del día veintiocho de enero de mil novecientos

noventa y siete, ante los oficios notariales de José Anibal Jiménez: que

unida su posesión con la de los vendedores es de más de TREINTA

AÑOS, de poseerlo en forma quieta, pacífica y no interrumpida.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Zacatecoluca, a los diecinueve días del

mes de abril de dos mil diecisiete.

WILLIAN EDGARDO RODRIGUEZ ÉVORA,

NOTARIO.

1 v. No. C010118

MAURICIO EDGARDO FLORES GONZALEZ, Notario, del domici-

lio de San Miguel, con Oficina Jurídica en el Barrio El Recreo de esta

Ciudad, al público,

HACE SABER: Que ante mis Oficios se ha presentado GEOVAN-

NY MAURICIO CRUZ MORALES, mayor de edad, Estudiante del

domicilio de Nueva Esparta, solicitando título supletorio de dos terrenos

rústicos situados en el Cantón Las Marias, Jurisdicción de Nueva Esparta,

Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, el PRIMERO

de la capacidad superficial de SIETE MIL METROS CUADRADOS,

DIARIO

OFIC

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ARA CONSULTA

NO TIE

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EZ LEGAL

Page 72: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416linda: NORTE, con César Augusto Morales; ORIENTE, José Daniel

Palacios Pineda y Ruben Palacios Morales; SUR, Luis Beltrán Palacios

Morales, Humberto Enrique Maldonado y Leticia Yanez; PONIENTE

Victoria Rubio y Aparicio Morales. SEGUNDO de la capacidad

de CUATRO MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, linda:

NORTE, Hilda Cálix de Palacios y Dilver Yancarlos Morales Palacios;

ORIENTE, José Daniel Palacios Pineda; SUR, César Augusto Morales

Maldonado; PONIENTE, Atilio Maldonado Se valoran en conjunto en

DOS MIL DOLARES, los adquirió por compra que hizo a José Dimas

Morales Palacios segun escritura pública otorgada a su favor en el dos

mil diez, los posee en forma quieta, pacífica sin interrupción.

Santa Rosa de Lima, cinco de Agosto del dos mil diecisiete.

MAURICIO EDGARDO FLORES GONZALEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F060704

ROBERTO LARA. Notario, de este domicilio, con despacho jurídico en

Calle Doctor Jesús Velasco, número tres, de la ciudad de Sensuntepeque,

Departamento de Cabañas, al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que ante mí, ha comparecido, el veintisiete de

julio del año corriente, el Doctor José Luis Navarro Cárcamo, de seten-

ta y tres años de edad, Doctor en Jurisprudencia y Ciencias Sociales,

con domicilio en la ciudad de San Salvador, con Documento Único

de Identidad número cero dos siete cero siete dos seis cinco-cuatro,

con Número de Identificación Tributaria cero ocho dos uno-dos tres

cero tres cuatro cuatro-cero cero uno-cero, quien actúa en nombre y

representación legal, en su carácter de Apoderado General Judicial, de

don Héctor David Quinteros Orellana, de cuarenta y un años de edad,

agricultor, con domicilio en San Emigdio, Departamento de La Paz,

con Documento Único de Identidad número cero dos seis nueve seis

cuatro dos seis-cuatro, con Número de Identificación Tributaria cero

nueve cero seis-dos seis uno uno siete cinco-uno cero dos-seis, y ha

promovido ante mis oficios notariales, Diligencias de Título Supleto-

rio, de un inmueble que éste tiene en posesión de buena fe, el cual es

rústico, inculto, innominado, sin construcciones, situado en caserío El

Jobo, Cantón Chunte, Municipio de Sensuntepeque, Departamento de

Cabañas, en zona no catastrada, según antecedente, de dieciocho áreas

cincuenta y una centiáreas de superficie, que linda: AL NORTE, ciento

setenta y tres punto treinta y un metros, en veintiseis tramos rectos, con

inmueble de José Timoteo Orellana; AL ORIENTE, ciento noventa y

uno punto noventa y dos metros, en veinte tramos rectos, con inmuebles

de José Timoteo Orellana, y de Carlos Isaías Zavala; AL SUR, dos punto

ochenta y seis metros, un tramo recto, con Carlos Isaías Zavala; y AL

PONIENTE, ciento ochenta punto treinta y tres metros, en diecisiete

tramos rectos, con inmuebles de Salvador Orellana y de Teresa Dubón;

en todos los rumbos hay cercos de alambre de división y al rumbo

Oriente, hay también bordes de barranco de por medio. El inmueble

no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes de ninguna

naturaleza en favor de terceros y se estima en CINCO MIL DÓLARES

AMERICANOS. Lo adquirió por escritura de venta de posesión que le

hizo la tradente María Coronada Barrera viuda de Zavala, con quien no es

pariente, en esta ciudad, a las nueve horas del día seis de octubre de dos

mil dieciséis, ante mis oficios notariales, cuyo testimonio no se inscribió

por carecer de antecedente inscrito, desde cuando lo posee sin estar en

proindivisión con nadie, de manera quieta, pacífica e ininterrumpida, ha

consistido su posesión en ese inmueble en que: ha cortado árboles y se

ha aprovechado de sus maderas, lo ha cercado, ha pastado ganado, ha

sembrado cereales, y en general ha realizado todos los actos que el amo

y señor ejerce sobre los bienes de su propiedad, sin el consentimiento de

terceros y sin que nadie se haya opuesto a que los realice, pero al añadir

su posesión a la de su antecesora, se hace un lapso de posesión de más

de diez años.

El abogado peticionario comprobó su personería, en su alegación

inicial, la cual es legítima y suficiente.

Sensuntepeque, veintitrés de agosto de dos mil diecisiete.

Dr. ROBERTO LARA,

NOTARIO.

1 v. No. F060760

ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

HERMES BERARDO VILLATORO GUTIÉRREZ, en calidad de Apo-

derado General Judicial con Cláusula Especial del señor FREDIS OMAR

VILLATORO VILLATORO solicitando TITULO SUPLETORIO, del

siguiente INMUEBLE: Una porción de terreno de naturaleza rústica,

inculto, situado en el Cantón Labranza, jurisdicción de Sociedad, distrito

de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, cuya extensión es

de dos manzanas y media o sean una hectárea sesenta y cinco áreas,

aunque su antecedente no lo dice es equivalente a DIECISIETE MIL

QUINIENTOS METROS CUADRADOS, con los linderos siguientes:

AL ORIENTE, con terreno de Juan Blanco, hoy terrenos de José Juan

Saravia Vásquez y con la señora Inés Flores de Perla Calle de por medio;

AL NORTE, con terreno de Humberto Aragón y Resalí Velásquez, hoy

con terrenos de Francisco Romero Colindres y del señor Santos Hernán

Cruz Romero, cerco de alambre y piña medianero; AL PONIENTE,

calle nacional de por medio con terreno de don Isidoro Duran hoy de

Fabio Blanco Gutiérrez; y AL SUR, con terreno del mismo señor Isidoro

Duran, hoy con terrenos de Mercedes Fuentes y Francisca Delmy Flores,

zanjo de por medio. Dicho terreno carece de cultivos permanentes, no

es dominante ni sirviente, ni sufre cargas ni derechos reales que respetar

DIARIO

OFIC

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Page 73: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. contra terceros, no está en proindivisión con nadie, todos los colindan-

tes con del domicilio del Cantón Labranza, jurisdicción de Sociedad,

departamento de Morazán.

Dicho inmueble está valorado en la cantidad de DIEZ MIL DÓLA-

RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, el inmueble

antes relacionado lo adquirió por Escritura Pública de Compraventa de

Posesión Material, otorgada por el señor José Ines Marciano Villatoro

Mejía.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las

diez horas y treinta y cinco minutos del día trece de septiembre del año

dos mil diecisiete.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES,

JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO

DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060802-1

JUICIO DE AUSENCIA

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo

Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANO-

NIMA por medio de su apoderado Licenciado EDMUNDO ALFREDO

CASTILLO AGUILUZ y continuado por el Licenciado FRANCISCO

NAPOLEON DUEÑAS ABREGO, en contra de la señora MARTA

ALICIA PINEDA DE MARTINEZ conocida por MARTA ALICIA

PINEDA MEJIA DE MARTINEZ, por MARTA ALICIA PINEDA y

por MARTA ALICIA PINEDA MEJIA.

Posteriormente a la fecha en que se inició dicho Juicio, se presentó

el Licenciado FRANCISCO NAPOLEON DUEÑAS ABREGO, en el

concepto antes expresado, manifestando que la señora MARTA ALICIA

PINEDA DE MARTINEZ antes del domicilio de Soyapango, Departa-

mento de San Salvador, ahora de domicilio ignorado, con NUMERO DE

ÚNICO DE IDENTIDAD NUMERO CERO CERO CUATRO CINCO

UNO NUEVE NUEVE CINCO-CUATRO, Y CON NUMERO DE

IDENTIFICACION TRIBUTARIA CERO SEISCIENTOS OCHO-

CIENTO UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS-CIENTO

UNO- OCHO; se ha ausentado de su domicilio, sin que se sepa de su

paradero actual, ignorándose además si ha dejado Procurador u otro Re-

presentante Legal en el país, para que intervenga en el Juicio de Mérito;

por lo que pidió, previos los trámites legales, se le nombre CURADOR

ESPECIAL que lo represente en el referido juicio.

En consecuencia, se previene que si la señora MARTA ALICIA

PINEDA DE MARTINEZ, tuvieren Procurador u otro Representante

Legal, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia,

dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este

aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las diez horas del día seis de Abril del dos mil diecisiete.

MSC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIME-

RO DE LO MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS NAJARRO PEREZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F060723

CAMBIO DE NOMBRE

LA INFRASCRITA JUEZA DE FAMILIA DE LA CIUDAD DE

APOPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

SANDRA ELIZABETH MAJANO GARCIA, de cuarenta y siete años

de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, en su calidad de Apoderada Judicial Específica de la señora

RAYMUNDA JAMILETH MATUTE MUÑOZ, de veintitrés años de

edad, Estudiante, del domicilio de Apopa, Departamento de San Sal-

vador, quien promueve Diligencias de Cambio de Nombre, tal como lo

establece el Art. 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural. Que por

resolución de las nueve horas y treinta minutos del día once de agosto

del presente año, se admitió la solicitud de Cambio de Nombre y se ha

ordenado librar este edicto a fin de comunicar a cualquier persona que

afectare el cambio de nombre de la señora RAYMUNDA JAMILETH

MATUTE MUÑOZ, para que manifieste su oposición.

En consecuencia, tal como dispone el Art. 23 inc.4° L. N. P. N.

se HACE SABER POR EDICTO a cualquier persona a quien afectare

el cambio de Nombre, que puede presentar su oposición dentro de los

diez días siguientes a la última publicación del edicto por medio de

Apoderado constituido con arreglo a la Ley.

El edicto será publicado por una vez en el Diario Oficial y en otro

de Circulación Nacional.

Librado en el Juzgado de Familia de la ciudad de Apopa, a las

doce horas y cuarenta minutos del día veinticuatro de agosto del año

dos mil diecisiete- LICDA. JEANETTE CAROLINA MONTESINO

DE MENJIVAR, JUEZ DE FAMILIA. LIC. MIRNA YANIRA PEREZ

LOPEZ, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F060764

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 2002025950

No. de Presentación: 20170254128

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado

EVELYN MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

DIARIO

OFIC

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ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 74: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416NOTARIO(A), del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de RECKITT BENCKISER VANISH B.V., del domi-

cilio de Siriusdreef 14, 2132 WT, Hoofddorp, Holanda, de nacionalidad

HOLANDESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00199 del Libro 00191 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra VANISH; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de julio del año dos mil diecisiete.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010082-1

No. de Expediente: 1992003789

No. de Presentación: 20170255208

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado

EVELYN MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

NOTARIO(A), del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de ALCATEL LUCENT, del domicilio de 148/152

Route de la Reine, 92100 Boulogne-Billancourt, France, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00204 del Libro 00191 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra ALCATEL; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los once días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010083-1

No. de Expediente: 1987001548

No. de Presentación: 20080113906

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado

EVELYN MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

NOTARIO(A), del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de FABER-CASTELL AKTIENGESELLSCHAFT, del

domicilio de Nuerberger Strasse 2, 90546 Stein, Alemania, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00129 del Libro 00117 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

expresión "A.W.FABER CASTELL"; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de julio del año dos mil diecisiete.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010084-1

DIARIO

OFIC

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Page 75: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2017162262

No. de Presentación: 20170254670

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDGAR

JOSE SALMERON CAMPILLO, en su calidad de APODERADO de

INDIGO EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: INDIGO EL SALVADOR, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la palabra INDIGO EL SALVADOR y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A LOS SERVICIOS EN EL ÁREA DE CENTRO DE LLA-

MADAS PARA SOPORTE, ASESORÍA Y VENTA DE DIFERENTES

TIPOS DE PRODUCTOS O SERVICIOS, PROPORCIONADOS POR

UNA OFICINA CENTRALIZADA EN EL EXTRANJERO HACIA

ESTADOS UNIDOS Y OTROS PAÍSES.

La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de julio del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010047-1

No. de Expediente: 2017163240

No. de Presentación: 20170256784

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA

ALICIA DURAN DE NOVALES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras FARMACIA NUEVA y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VEN-

TA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y LIBRERIA INSUMOS

MEDICOS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de septiembre del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010112-1

No. de Expediente: 2017163190

No. de Presentación: 20170256688

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA

ELIZABETH ATANACIO CADER, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

HOT CHUCHITOS

Consistente en: las palabras HOT CHUCHITOS, se traduce al

castellano como: Chuchitos calientes, que servirá para: IDENTIFICAR

UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA

DE COMIDA.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año

dos mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

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EZ LEGAL

Page 76: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de septiembre del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060707-1

No. de Expediente: 2017161763

No. de Presentación: 20170253868

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

TRANSPORTES Y ARRENDAMIENTOS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TRANSAR, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

DACO HEAVY LIfT

Consistente en: las palabras DACO HEAVY LIFT, en donde

HEAVY LIFT se traducen al castellano como CARGA PESADA,

que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA DEDICADA AL

TRANSPORTE DE CARGA Y LA OPERACIÓN DE GRÚAS.

La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060742-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2017162589

No. de Presentación: 20170255423

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

CERVECERIA CENTRO AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la EX-

PRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión DESCUBRE MÁS DE LA PASIÓN

ARTESANAL y diseño. Siendo la marca a la que hace referencia la

presente señal o expresión de publicidad comercial: EL ZAPOTE

BREWING COMPANY y diseño, la cual se encuentra inscrita bajo el

número de inscripción 00073 del libro 00302 de Marcas, que servirá

para: SERVIRA PARA ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO

CONSUMIDOR EN RELACION A LOS PRODUCTOS; CERVE-

ZAS; AGUAS MINERALES Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL;

BEBIDAS A BASE DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES

Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS; SER-

VICIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION); HOSPEDAJE

TEMPORAL.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010085-1

DIARIO

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Page 77: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2014139207

No. de Presentación: 20140208966

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de FUNDACION EMPRESARIAL PARA LA ACCION

SOCIAL que se abrevia: FUNDEMAS, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión RECONOCIMIENTO MARCA

POSITIVA FUNDEMAS y diseño. Las marcas a las que hace referencia

la presente expresión o señal de publicidad comercial son: RECONO-

CIMIENTO MARCA POSITIVA FUNDEMAS y diseño, inscrita al

número 104 del libro 277 de marcas y RECONOCIMIENTO MARCA

POSITIVA FUNDEMAS y diseño, inscrita al número 94 del libro 286

de marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LA POBLA-

CIÓN RESPECTO A CAMPAÑAS PUBLICITARIAS, PROMOCIÓN

Y DIVULGACIÓN DE LAS MEJORES EXPERIENCIAS Y BUENAS

PRÁCTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL EN

EL SALVADOR Y EVENTOS CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060741-1

SUBASTA PUBLICA

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL, DE SOYAPANGO:

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, pro-

movido por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO,

en carácter de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor

JOSÉ UBALDO MEJÍA VILLALTA. Se ORDENÓ LA VENTA EN

PUBLICA SUBASTA, de un bien inmueble que se le ha embargado,

el cual pertenece el cien por ciento, venta que en fecha oportuna se se-

ñalará en este Tribunal, el cual se describe a continuación: Lote urbano

y construcciones que contiene marcado con el número cinco del Block

Catorce de la Urbanización "BOSQUES DE PRUSIA", ubicado en

jurisdicción de Soyapango de este Departamento, el cual se describe

así: LOTE NÚMERO CINCO DEL BLOCK NÚMERO CATORCE

UBICADO EN PASAJE EL CEDRO DE LA URBANIZACIÓN BOS-

QUES DE PRUSIA" Partiendo de la intersección formada por los ejes

de Calle Los Abetos y Pasaje El Cedro de la Urbanización Bosques de

Prusia, se mide sobre el eje del Pasaje El Cedro con Rumbo Norte trece

grados cuarenta y nueve minutos quince segundos Este una distancia

de veintiocho metros cincuenta centímetros y se llega a un punto donde

con deflexión derecha de noventa grados y rumbos Sur setenta y seis

grados diez minutos cuarenta y cinco segundos este y una distancia de

dos metros cincuenta centímetros, se llega al vértice Sur-Oeste del lote

que mide y linda: AL PONIENTE: Línea recta con rumbo Norte trece

grados cuarenta y nueve minutos quince segundos Este y distancia de

cuatro metros, linda con lote número setenta y cuatro del Block número

quince del pasaje El Cedro de cinco metros de ancho de por medio; AL

NORTE: línea recta con rumbo Sur setenta y seis grados diez minutos

cuarenta y cinco segundos Este y distancia de catorce metros, linda con

lote número seis del block número catorce; AL ORIENTE: línea recta

con rumbo Sur trece grados cuarenta y nueve minutos quince segundos

Oeste y distancia de cuatro metros, linda con lotes números sesenta

y tres y sesenta y cuatro del block número catorce; AL SUR: línea

recta rumbo Norte setenta y seis grados diez minutos cuarenta y cinco

segundos Oeste y distancia de catorce metros, linda con lote número

cuatro del block número catorce, llegando así al punto de inicio de la

presente descripción. El lote descrito tiene un área de CINCUENTA Y

SEIS METROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA VARAS

CUADRADAS DOCE CENTÉSIMAS DE VARAS CUADRADAS,

el inmueble antes descrito es propiedad del señor JOSÉ UBALDO ME-

JÍA VILLALTA, a la matrícula número SEIS CERO CUATRO TRES

NUEVE NUEVE CINCO CERO -CERO CERO CERO CERO CERO,

(60439950-00000), del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro. Dicho inmueble se encuentra hipotecado

con PRIMERA HIPOTECA a favor del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, inscrita a la misma Matrícula y asiento DOS.

LIBRADO: EN EL JUZGADO DE LO CIVIL-A: Soyapango, a

las doce horas del día veintitrés de agosto de dos mil dieciséis.- LIC.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL SOYA-

PANGO. LICDA. AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ.

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060725-1

DIARIO

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

3 v. alt. No. F060691-1

3 v. alt. No. F060694-1

BALANCES DE LIQUIDACION

DIARIO

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Page 79: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. PATENTE DE INVENCIÓN

No. de Expediente: 2017005367

No. de Presentación: 20170021240

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado ELSY ELE-

NA DURAN CAMPOS, mayor de edad, ABOGADA Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de NGM BIOPHARMACEUTICALS, INC, del domicilio de

630 GATEWAY BOULEVARD, SOUTH SAN FRANCISCO, CALI-

FORNIA 94080, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE

DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT/

US2015/042510 denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS DE

USO PARA TRATAR TRASTORNOS METABÓLICOS, por el término

de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 38/18, C07K

14/00, C07K 14/495, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDEN-

SE No. 62/031,063, de fecha treinta de julio del año dos mil catorce,

solicitud ESTADOUNIDENSE No. 62/195.908, de fecha veintitrés de

julio del año dos mil quince.

Se refiere a: SE PROPORCIONAN MÉTODOS PARA TRATAR

INDIVIDUOS CON UN TRASTORNO DEL METABOLISMO DE

LA GLUCOSA Y/O UN TRASTORNO DEL PESO CORPORAL Y

COMPOSICIONES ASOCIADAS CON ESTOS.

La solicitud fue presentada internacionalmente el día veintiocho

de julio del año dos mil quince.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-

TO DE PATENTES. San Salvador, a los nueve días del mes de mayo

del año dos mil diecisiete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. C010121

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

SONIA GUADALUPE OBANDO CAMPOS, JUEZA UNO DEL

JUZGADO TERCERO DE MENOR CUANTIA, al público para

efectos de Ley,

HACE SABER: Que el señor JORGE ROBERTO BURGOS

GONZALEZ, quien es mayor de edad, Abogado, actualmente de domicilio

ignorado, con Documento Único de Identidad número: 001203884-9

y Número de Identificación Tributaria: 0614-060277-110-3, ha sido

demandado en el proceso Ejecutivo con referencia: 00573-17-EC-3MC1,

promovido en su contra por la ASOCIACION COOPERATIVA

DE AHORRO, CREDITO Y CONSUMO DE ABOGADOS DE EL

SALVADOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia

"COOP-ABOGADOS", por medio de su Apoderado General Judicial con

Cláusula Especial Licenciado JOSE GUILLERMO MIRANDA, pudiendo

ser ubicados en la siguiente dirección: Condominio Los Héroes, segundo

nivel, local dos ST, Boulevard de Los Héroes, San Salvador o por el

medio técnico telefax número 2226-7100. Que por haberse realizado las

actuaciones previas y expresar el apoderado de la parte demandante que

no posee dirección donde se pueda emplazar efectivamente al demandado

señor JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ; en consecuencia, el

mismo es de paradero desconocido, razón por la cual de conformidad

a los Artículos 181 párrafo segundo y 186 del Código Procesal Civil y

Mercantil, se le emplaza notificando el decreto de embargo y demanda

que lo motiva, por medio de este edicto al demandado señor JORGE

ROBERTO BURGOS GONZALEZ, a quien se le previene que se pre-

sente a este Juzgado a contestar la demanda incoada en su contra dentro

de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la

tercera publicación de este edicto, previénese a dicho señor que deberá

comparecer al proceso por medio de procurador y si carece de recursos

económicos deberá avocarse a la Procuraduría General de la República

para que le asignen un Procurador, tal como lo dispone el artículo 75 del

Código Procesal Civil y Mercantil. Asimismo, previénese al señor JORGE

ROBERTO BURGOS GONZALEZ, que en caso de no comparecer a

este Juzgado en el término antes indicado, se procederá a nombrarle un

CURADOR AD LITEM para que lo represente en el proceso, a quien

se le harán las notificaciones sucesivas. Finalmente se le previene que

al momento de contestar la demanda, deberá manifestar si formula

oposición de acuerdo a los motivos establecidos en el artículo 464 del

Código Procesal Civil y Mercantil y de no haber oposición se dictará

la correspondiente sentencia. La demanda presentada se acompaña de

los siguientes documentos: fotocopias certificadas del Testimonio de

Escritura Pública de Poder General Judicial con Cláusula Especial,

Tarjetas de Identificación Tributaria, Documento Único de Identidad,

Tarjeta de Identificación de Abogado y Credencial de Ejecutor de Em-

DIARIO

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Page 80: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416bargos; Escritura Pública de MUTUO; demanda que ha sido admitida y

se ordenó decreto de embargo en su contra, por la cantidad de DOS MIL

CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS DOLARES CON VEINTI-

CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, más accesorios solicitados.

Y para que lo proveído por este juzgado tenga su legal cumpli-

miento, se libra el presente edicto, en el Juzgado Tercero de Menor

Cuantía, Juez Uno, de San Salvador, a las once horas y treinta minutos

del día veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete.- Licda. SONIA

GUADALUPE OBANDO CAMPOS, JUEZA UNO TERCERO DE

MENOR CUANTIA.- Lic. RICARDO NAPOLEON IBARRA CAL-

DERON, SECRETARIO.

1 v. No. F060634

LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHUACHAPAN,

HACE SABER: Que en el Juzgado de lo Civil del Distrito Judi-

cial de Ahuachapán, se está promoviendo EL PROCESO ESPECIAL

EJECUTIVO CIVIL, con referencia 56-3-15-2, de parte del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma,

de Derecho Público, con Tarjeta de Identificación Tributaria número:

0614-070575-002-6, por medio de su apoderado Licenciado RAFAEL

ERNESTO ANDRADE PEÑATE, mayor de edad, Abogado, del domicilio

de Santa Ana, con Número de Identificación Tributaria cero doscientos

diez- cero ochenta y un mil setenta y siete- ciento nueve- nueve, con

Tarjeta de Identificación de Abogado número doce mil ochenta y seis,

con Documento Único de Identidad número cero dos uno nueve dos tres

cuatro siete-cinco, con telefax 2447-7760, medio que señaló para efecto

de recibir notificaciones; el proceso se promueve contra el señor JOSE

JEOVANY RIVAS, en su demanda el FONDO SOCIAL PARA LA VI-

VIENDA, le reclama la cantidad de OCHO MIL NOVECIENTOS ONCE

DOLARES CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS DE DOLAR DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más accesorios reclamados,

según MUTUO CON GARANTIA HIPOTECARIA, otorgado en LA

CIUDAD DE SANTA ANA, el día TRECE DE DICIEMBRE DE DOS

MIL UNO, ante los oficios notariales del Licenciado JUAN RAFAEL

ANDRADE RUIZ, agregado al expediente como documento base de

la pretensión; asimismo y por auto de las doce horas dos minutos del

día veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete, se ha ordenado que se

notifique el auto de folios 28 que contiene la notificación del decreto de

embargo y la demanda que lo motiva que equivale al emplazamiento,

esto por medio de edicto, art. 186 CPCM, al señor JOSE JEOVANY

RIVAS, mayor de edad, estudiante, de este domicilio, con Cédula de

Identidad Personal Número 11-01-0060786 y con Número de Identifi-

cación Tributaria 0104-200477-102-6, edicto que se libra para que en

el plazo de diez días hábiles siguientes al del emplazamiento, el deman-

dado comparezca al Juzgado de lo Civil de Ahuachapán, sede judicial

ubicada en Barrio El Calvario, 2a. Calle Poniente, casa número 1-11, de

la ciudad de Ahuachapán, a estar a derecho y a contestar la demanda,

de no comparecer en el plazo mencionado, el proceso continuará sin su

presencia, debiendo nombrarle Curador Ad Lítem.

Juzgado de lo Civil, Ahuachapán, a las doce horas tres minutos

del día veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete.- Lic. DANI BERI

CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. CRISTIAN

BENJAMIN AVELAR LAGUAN, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F060688

LA INFRASCRITA JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS,

DOCTORA DELMY ESPERANZA CANTARERO MACHADO,

HACE SABER: Al señor JESUS ANTONIO JOAQUIN ROSALES,

quien es cincuenta y cinco años de edad, Diseñador Gráfico, actualmente

de domicilio desconocido, con Documento Único de Identidad número

cero tres dos cero nueve dos cuatro cero-siete (03209240-7), con Número

de Identificación Tributaria cero seis cero ocho-cero uno cero siete seis

dos-cero cero tres-uno (0608-010762-003-1); que en este Tribunal se

encuentra el Proceso Ejecutivo Mercantil, clasificado bajo la Referencia

66-EM-2015/4, promovido por la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO, de cuarenta y seis años de edad, Abogado y

Notario, del domicilio de la ciudad y Departamento de San Salvador,

con Carné de Abogado número cuatro mil setecientos sesenta y ocho

(4768), con Documento Único de Identidad número cero uno cero siete

cero uno seis ocho-dos (01070168-2), con Número de Identificación

Tributaria cero seiscientos catorce-ciento treinta mil quinientos setenta

y uno-ciento tres-tres (0614-130571-103-3), en su calidad de Apoderada

de la parte demandante BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA,

que se abrevia BANCO AGRICOLA, S. A., Institución Bancaria, del

domicilio de la ciudad y Departamento de San Salvador, con Número

de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos diez mil

ciento cincuenta y cinco-cero cero uno-seis (0614-310155-001-6), en

contra de la demandada señora MYRNA ESTELA SOTO DE JOAQUIN,

en el Proceso Ejecutivo Mercantil con Referencia 66-EM-2015/4, pre-

DIARIO

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Page 81: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. sentada por el BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, a través

de su apoderada, Licenciada Nora Elizabeth Herrera Carpio, en virtud

de los títulos ejecutivos que corren agregados al proceso, reclamándole

la cantidad de Doce Mil Ciento Setenta y Siete Dólares con Sesenta

Centavos de Dólar de los Estados Unidos de América ($12,177.60), y en

donde ha sido embargado el inmueble inscrito bajo la Matrícula número

SEIS CERO CERO CERO TRES CINCO TRES NUEVE-CERO CERO

CERO CERO CERO (60003539-00000), en el cual se advierte que el

señor JESUS ANTONIO JOAQUIN ROSALES, es dueño del cincuenta

por ciento (50%) del derecho de Propiedad que se desprende de dicho

inmueble; y en vista de no ser posible la localización y desconocer el

paradero del señor JESUS ANTONIO JOAQUIN ROSALES, en con-

secuencia, NOTIFIQUESELE EL PRESENTE PROCESO AL SEÑOR

JESUS ANTONIO JOAQUIN ROSALES, POR ESTE MEDIO, en

virtud que es propietario del 50% del derecho proindiviso del inmueble

embargado en el presente proceso, a fin que se pronuncie respecto al

mismo, tal como lo establece el Art. 636 inc. 2° CPCM, dentro del

término de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del siguiente a la

publicación de este edicto.

Se le advierte al señor JESUS ANTONIO JOAQUIN ROSALES,

que de comparecer al proceso deberá nombrar abogado para que lo

represente, Art. 67 CPCM, y en caso de no tener recursos económicos

suficientes, ocurra a la Procuraduría General de la República, para ser

asistido legalmente, de conformidad al Art. 75 CPCM; quien deberá

también señalar lugar para oír notificaciones dentro del asiento de

este tribunal, caso contrario se procederá conforme a la ley. Art. 171

CPCM.

SE ADVIERTE que el señor JESUS ANTONIO JOAQUIN ROSA-

LES, no es parte procesal en el presente proceso, tal como lo establece

el Art. 58 CPCM. Pero en vista de una tutela efectiva de los derechos

del mismo, se ordena el edicto antes relacionado, a fin de que si así lo

decide el interesado pueda comparecer a hacer uso de sus derechos. Arts.

636 inc. 2° CPCM, Art. 2 de la Constitución.

Los Documentos presentados junto a la demanda, son los siguien-

tes: 1) Fotocopia de la demanda; 2) Fotocopia certificada notarialmente

del Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Judicial con

Cláusula Especial de la Licenciada Nora Elizabeth Herrera Carpio; 3)

original de informe actualizado de la Situación jurídica del inmueble

embargado a la demandada MYRNA ESTELA SOTO DE JOAQUIN,

de fecha veintidós de Septiembre del año dos mil dieciséis, agregado

de fs. 139 a fs. 140.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley

correspondiente.

Librado el presente edicto de emplazamiento en el Juzgado de lo

Civil de Mejicanos, Juez Dos, Suplente, a las diez horas y veinticinco

minutos del día veinticuatro de julio de dos mil diecisiete.- Dra. DELMY

ESPERANZA CANTARERO MACHADO, JUEZ DOS DE LO CIVIL

DE MEJICANOS, SUPLENTE.- Lic. VICTORINO ALEXANDER

PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. F060717

LICENCIADA EVELYN DEL CARMEN JIMENEZ DE SOLIS, JUEZA

SUPLENTE DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el proceso promovido por la Licenciada

Nora Elizabeth Herrera Carpio, Apoderada General judicial del Fondo

Social para la Vivienda, en contra del señor Elmer Vladimir Lovato

Ramos, se ha ordenado notificar el decreto de embargo al demandado,

a fin de ser emplazado de la demanda, y habiendo sido buscado según

diligencias realizadas por la solicitante, ignorándose su actual domicilio

y si ha dejado procurador u otro representante legal acreditado en el país,

por lo que solicitó se le notifique el decreto de embargo mediante edicto,

de conformidad Art.186 CPCM., al referido demandado, quien es mayor

de edad, estudiante y del domicilio de Tonacatepeque, con Documento

Único de Identidad número cero tres dos nueve seis dos cuatro cinco

-ocho. Razón por la cual el Juzgado ha admitido la solicitud respectiva,

ordenando la publicación del edicto en la forma señalada en el artículo

arriba indicado.

Se le previene al demandado si tuviere procurador o representante

legal se presente éste a este Tribunal dentro de los diez días después de

la última publicación y compruebe dicha circunstancia, advirtiendo que

de no presentarse dentro del plazo antes señalado, el presente proceso

continuará sin su presencia.

Librado en el Juzgado de Primera instancia de Tonacatepeque, a los

diecisiete días del mes de julio de dos mil diecisiete.- Licda. EVELYN

DEL CARMEN JIMENEZ DE SOLIS, JUEZA SUPLENTE DE PRI-

MERA INSTANCIA.- Licda. ANA LETICIA ARIAS DE MOLINA,

SECRETARIA.

1 v. No. F060718

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Page 82: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA

EN FUNCIONES,

HACE SABER: AL SEÑOR JOSE DANIEL OCHOA ALFARO,

de treinta y tres años de edad a la fecha del Contrato, Serígrafo, del

domicilio de Apopa, con Documento Único de Identidad Número:

cero dos cinco cuatro seis nueve siete siete- cuatro; y con Número de

Identificación Tributaria: cero seiscientos nueve- cien mil ochocientos

setenta y nueve- ciento uno- dos; que ha sido demandado en el Proceso

Ejecutivo registrado con Referencia: 168-PE-16 ( 2 ), en esta sede Judicial,

por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito

Autónoma, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación

Tributaria: cero seiscientos catorce - cero setenta mil quinientos setenta y

cinco - cero cero dos - seis; cuyas oficinas están ubicadas en Calle Rubén

Darío, entre Quince y Diecinueve Avenida Sur, Número Novecientos

Uno, de San Salvador; representado procesalmente por la Licenciada

NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, con Número de Identifica-

ción Tributaria: cero seiscientos catorce- ciento treinta mil quinientos

setenta y uno-ciento tres- tres; reclamándole la cantidad de SEIS MIL

QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA CON TRES CENTAVOS DE DOLAR; en

concepto de capital, más intereses del SIETE PUNTO NOVENTA Y

SIETE POR CIENTO ANUAL, desde el día treinta y uno de agosto del

año dos mil doce, en adelante; más la suma de CIENTO SETENTA Y

SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON

OCHENTA Y DOS CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de Primas

de Seguro de Vida y de Daños a la Propiedad, comprendidas desde el

día uno de septiembre del año dos mil doce, hasta el día treinta y uno de

octubre del año dos mil dieciséis; más costas procesales; con fundamento

en una Escritura Pública de Mutuo Hipotecario, garantizado con Primera

Hipoteca; y por no haber sido posible determinar el paradero del señor

JOSE DANIEL OCHOA ALFARO, SE EMPLAZA POR ESTE MEDIO,

PREVINIENDOSELE para que dentro del plazo de diez días hábiles

contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto

en un periódico de circulación diaria y nacional o la del Diario Oficial,

en su caso, se presente a este Tribunal, ubicado en: Colonia Guadalupe,

Avenida Olimpia, Número Nueve, de la ciudad de Apopa; a contestar la

demanda y a ejercer sus derechos; si no lo hiciere el proceso continuará

sin su presencia y se procederá a nombrarle un Curador Ad Lítem, para

que lo represente, de conformidad al Artículo 186 CPCM.-

Se advierte al demandado, que de conformidad al Artículo 67

CPCM, todas las actuaciones deberán realizarse por medio de Procurador

y en caso de carecer de recursos económicos suficientes podrá solicitar

la asistencia de la Procuraduría General de la República, tal como lo

estipula el Artículo 75 del mismo Cuerpo Legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

cuarenta minutos del día catorce de junio del año dos mil diecisiete.-

LICENCIADA ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO

CIVIL DE APOPA EN FUNCIONES.- Lic. JOSE DULEY CERNA

FERNANDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F060720

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA

EN FUNCIONES.

HACE SABER: Al señor CARLOS ROBERTO SANCHEZ ORTIZ,

mayor de edad, Carpintero, del domicilio de Ciudad Delgado, con Do-

cumento Único de Identidad Número: cero tres uno siete cinco cinco

cinco seis- cinco, y con Número de Identificación Tributaria: cero seis

uno cuatro- cero ocho cero cuatro ocho cinco- uno cero cinco- dos; quien

ha sido demandado en el Proceso Ejecutivo registrado con Referencia

11-PE-2017/1 en esta sede Judicial, por el FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, con

Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce-cero setenta

mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis, cuyas oficinas están

ubicadas en Calle Rubén Darío, número 901, entre 15 y 17 Avenida Sur,

de la ciudad de San Salvador; representado procesalmente por medio

de su Apoderada General Judicial, Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO con Número de Identificación Tributaria cero

seiscientos catorce-ciento treinta mil quinientos setenta y uno-ciento

tres-tres; reclamándole la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS

SESENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR, en

concepto de capital, más el interés del SIETE PUNTO NOVENTA Y

SIETE POR CIENTO ANUAL, contado desde el día treinta de diciembre

del año dos mil once, en adelante; más CIENTO TREINTA Y SIETE

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON ONCE

CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de Primas de Seguro de Vida

y de Daños a la Propiedad, comprendidas desde el día uno de enero del

año dos mil doce, hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos

mil dieciséis, y costas procesales; con fundamento en una Escritura

Pública de Mutuo Hipotecario; y por no haber sido posible determinar

el paradero del señor CARLOS ROBERTO SANCHEZ ORTIZ, SE

EMPLAZA POR ESTE MEDIO, PREVINIENDOSELE para que dentro

del plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria

y nacional o la del Diario Oficial, en su caso, se presente a este Tribunal,

ubicado en: Colonia Guadalupe, Avenida Olimpia, Número Nueve, de

la ciudad de Apopa; a contestar la demanda y a ejercer sus derechos;

si no lo hiciere el proceso continuará sin su presencia y se procederá a

nombrarle un Curador Ad Lítem, para que lo represente, de conformidad

al Artículo 186 CPCM.- Se advierte al demandado que de conformidad

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Page 83: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. al Artículo 67 CPCM, todas las actuaciones deberán realizarse por medio

de Procurador y en caso de carecer de recursos económicos suficientes

podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría General de la República,

tal como lo estipula el Artículo 75 del mismo Cuerpo Legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

veintitrés minutos del día veintiuno de julio del año dos mil diecisiete.-

Licda. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE

APOPA EN FUNCIONES.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F060721

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO, de cuarenta y seis años de edad, Abogada y Nota-

rio, del domicilio de San Salvador, con Número Identificación tributaria

cero seiscientos catorce-ciento treinta mil quinientos setenta y uno-ciento

tres-tres; Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, con Número de Identificación tributaria cero seiscientos

catorce-cero setenta mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis;

promueve Proceso Ejecutivo bajo la Referencia E-127-16-2 en contra

del señor CARLOS FRANCISCO RAMÍREZ PINEDA, con Número

Identificación tributaria cero quinientos doce-trescientos mil setecientos

noventa-ciento uno-cuatro, en virtud de un contrato de Mutuo con Hipo-

teca, otorgado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas y treinta y

tres minutos del día siete de abril del año dos mil once, ante los oficios

notariales de la Licenciada María de los Ángeles Córdova Hernández,

mediante el cual al señor CARLOS FRANCISCO RAMÍREZ PINEDA,

se le otorgó la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y

CINCO DOLARES CON OCHO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para el plazo de trescientos meses,

devengando al interés convencional del siete punto noventa y siete por

ciento anual, sobre saldos insolutos, desde el día primero de mayo del

año dos mil once, pagaderos por medio de doscientos noventa y nueve

cuotas de CINCUENTA Y CUATRO DOLARES CON OCHENTA

Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, que comprendían capital, intereses, seguro de vida

para pago de deuda, seguro de daños y el impuesto a la transferencia

de bienes muebles y a la Prestación de Servicios, y una última por el

saldo que resultare pendiente, más los intereses y seguros respectivos

al final del plazo o dentro del lapso adicional que se amplíes período

comprendido los días treinta de cada uno de los meses comprendidos

dentro del plazo estipulado, hasta su completa cancelación del crédito

y costas procesales. El señor CARLOS FRANCISCO RAMÍREZ PI-

NEDA, constituyó Primera Hipoteca, sobre un Inmueble de naturaleza

urbana, asimismo, el referido señor ha incumplido con la obligación de

pago, encontrándose en mora desde el día treinta de junio del año dos

mil once, y adeudando en concepto de capital la cantidad de SEIS MIL

QUINIENTOS CINCUENTA Y UN DOLARES CON VEINTICUATRO

CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

más DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DOLARES CON DOCE

CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-

CA, en concepto de primas de seguros de vida, Colectivo, Decreciente

y de Daños a la propiedad; los intereses pactados en el documento base

de la acción, al demandado se le ha embargado un Lote de terreno de

naturaleza rústica hoy urbano y construcciones que contiene marcado

con el NUMERO DIECISEIS, del Block "M", PASAJE CINCO SUR,

"URBANIZACION PRIMAVERA", situado en el Cantón Primavera,

de la Jurisdicción de Quezaltepeque, departamento de La Libertad,

de una extensión superficial de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, correspondiente a la ubicación

geográfica de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, inscrita

bajo la Matrícula TRES CERO CERO CUATRO SEIS OCHO SEIS

SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO, del registro de la Propiedad

raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, del Departamento de

La Libertad; en razón de ello, en el presente proceso Ejecutivo se le

demanda para que en Sentencia Estimativa se le ordene pagar a la parte

actora la cantidad e intereses referidos, ordenándose previo a ello la

notificación del decreto de embargo, y demanda que lo motiva Art. 462

CPCM. Se HACE CONSTAR QUE: en vista de ignorarse el domicilio

del demandado señor CARLOS FRANCISCO RAMÍREZ PINEDA,

se procede a realizarle el emplazamiento por edicto de conformidad al

Art.186 CPCM, haciéndole saber que tiene un plazo de diez días hábiles

contados a partir de la presente notificación para contestar la demanda,

debiendo intervenir mediante Apoderado conforme a los Art. 66 y 67

Código Procesal Civil y M. Asimismo, se le hace saber al señor referido,

que de no hacerlo el proceso continuará sin su presencia a la tercera

publicación de este aviso, nombrándole un curador ad lítem para que lo

represente art. 186 CPCM

El presente edicto se le hace saber para que le sirva de legal em-

plazamiento al demandado señor CARLOS FRANCISCO RAMÍREZ

PINEDA, publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y por tres

veces en un periódico impreso de circulación diaria y nacional.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once

horas quince minutos del día trece de junio de dos mil diecisiete.- Lic.

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTO.- Lic. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ, SECRE-

TARIO.

1 v. No. F060722

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416LA LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SOYA-PANGO,

HACE SABER: Al demandado señor MANUEL ANTONIO ÁNGEL LÓPEZ, portador de su Tarjeta de Identificación Tributaria número: 0903-290771-101-5; que ha sido demandado en Proceso Especial Ejecutivo clasificado bajo el NUE: 09844-16-SOY-0CV2, promovido la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, quien posee Número de Identificación Tributaria: 0614-130571-103-3, en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identificación Tributaria: 0614-070575-002-6, demanda que ha sido admitida en este tribunal y se ha decretado el embargo solicitado.

Se le advierte al demandado señor MANUEL ANTONIO ÁNGEL LÓPEZ, que tiene el plazo de diez días para presentarse a ejercer su derecho de defensa y contestar la demanda incoada en su contra por medio de abogado, so pena de continuar el proceso sin su presencia y en consecuencia se nombrará un curador ad lítem para que la represente en el proceso, de conformidad a los Arts. 181, 182, 186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas del día treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete.- LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA (2) DE LO CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F060726

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE SOYAPANGO, LICEN-CIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, AL DEMANDADO SEÑOR JEREMIAS MORALES ZAVALA:

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido en esta sede judicial por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, mayor de edad, abogado, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, actuando en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra del señor JEREMIAS MORALES ZAVALA, de paradero desconocido.

En virtud de que la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, en el carácter antes expresado, ignora el paradero del señor JEREMIAS MORALES ZAVALA conocido por JEREMIAS ZAVALA MORALES, así como se ignora si tiene apoderado, curador o represen-tante legal, para que lo represente en el proceso y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, lo procedente es que sea emplazado por medio de edictos, a fin de que ejerza su derecho de defensa en el referido proceso.

En consecuencia, emplácese al señor JEREMIAS MORALES ZAVALA conocido por JEREMIAS ZAVALA MORALES, en aquel en-tonces de veintidós años de edad, empleado, del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria: un mil ciento ocho-cero diez mil ochocientos setenta y cuatro-ciento dos-nueve, a fin de que comparezca a este tribunal en el plazo de diez

días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar la demanda.

Adviértase al demandado que al contestar la demanda deberá darle cumplimiento a lo regulado en el Art. 67del CPCM, es decir, deberá ha-cerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en Abogado de la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art. 69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos suficientes recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal, de conformidad al Art. 75 CPCM.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas treinta y ocho minutos del día veintiocho de junio de dos mil diecisiete.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F060727

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA: Al señor Carlos Antonio Murcia, mayor de edad, empleado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número 02966961-9, y Número de Identificación Tributaria 0502-290573-101-9,

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo clasificado como NUE: 01291-16-CVPE-3CM1; REF: PE-145-16-CII, incoado por el Licenciado Danilo Ernesto Delgado Alemán, en su calidad de repre-sentante procesal de la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Empleados de Salud de Occidente de Responsabilidad Limitada, se presentó demanda en su contra y en contra de otras personas, la cual fue admitida a las quince horas con nueve minutos del día cinco de sep-tiembre de dos mil dieciséis, juntamente con los siguientes documentos: documento de privado de Mutuo Simple, historial de pagos y estado de cuenta emitido por el contador y gerente general de la demandante, fotocopia certificada de poder general judicial con cláusula especial, de la tarjeta de abogado y NIT del Licenciado Danilo Ernesto Delgado Alemán, y en auto de las ocho horas nueve minutos del día seis de oc-tubre de dos mil dieciséis, se ordenó la notificación de la demanda, por lo que habiéndose agotado todos los mecanismos de búsqueda a efecto de localizarle en la dirección que fue aportada por la parte demandante y en las direcciones que fueron aportadas, a petición de esta sede judicial, por los Registros Públicos pertinentes, no se le pudo localizar de manera personal, por lo que en auto de las quince horas con veintinueve minutos del día tres de agosto de dos mil diecisiete, se ordenó la notificación de la demanda al señor Carlos Antonio Murcia por medio de edicto. En razón de ello el señor Murcia, deberá comparecer en el plazo de diez días hábiles, posteriores a la última publicación de este edicto, a contestar la demanda presentada en su contra y a ejercer los correspondientes derechos, ya que de no comparecer se continuará con el proceso aun sin su presencia, aclarándole que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 67 y siguientes del CPCM, que instaura la procuración obligatoria, la contestación de la demanda y cualquier acto personal, lo deberá hacer por medio de abogado. Asimismo se le aclara que de no comparecer en el plazo indicado se procederá a nombrarle un (a) Curador (a) Ad Lítem para que lo represente en este proceso, de conformidad al artículo 186 inciso 4° del CPCM.

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, a los tres días del mes de agosto de dos mil diecisiete.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SANTA ANA. LICDA. ELIDA ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN. SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

1 v. No. F060749

EMBLEMAS

No. de Expediente: 2017158433

No. de Presentación: 20170247052

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA CULINARIA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIA CULINARIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro del EMBLEMA,

Consistente en: un diseño identificado como Una combinación de letras y números que identifica a la I de industria seguida del número veinticinco acompañado de una rueda de engranaje industrial, todo encerrado por un círculo, que servirá para: SERVIRA PARA IDENTI-FICAR UN ESTABLECIMIENTO MERCANTIL DEDICADO A: LA VENTA DE ALIMENTOS EN RESTAURANTE Y/O COMIDA Y BEBIDAS EN GENERAL AL PUBLICO CONSUMIDOR, Y TODO LO RELACIONADO A DICHO GIRO ALIMENTICIO.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060626-1

OTROS

NARCISO ROVIRA FLORES, Notario, de este domicilio, con Oficina en Condominio Héroes Norte, Local Uno-Dos, sobre Boulevard Los Héroes, ciudad, con base en la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: En la ciudad de San Salvador, a las once horas treinta minutos del día cuatro de septiembre del dos mil diecisiete. Ante mí y por mí, NARCISO ROVIRA FLORES, Notario de este domicilio, RESUELVO: A sus antecedentes la prueba documental aportada por la señora JOSEFINA MEDRANO MUNGUIA, en las DILIGENCIAS DE MODIFICACION DE LA PROTOCOLIZACION DE LA RESO-LUCION FINAL en donde consta que a la heredera declarada, señora JOSEFINA MEDRANO MUNGUIA, se le confirió la representación y administración definitiva de la sucesión que a su defunción dejará el señor NATIVIDAD DE LEON BENITEZ. Tiénese por modificada la protocolización de resolución final otorgada a las diez horas del día seis de noviembre del dos mil catorce, ante mis oficios notariales, en el sentido que la declaratoria de heredera es INTESTADA, omitiéndose manifestación alguna en relación a que por un error involuntaria se dijo que era Testamentaria.

Por lo que se modifica la protocolización antes relacionada y asentada en la escritura número OCHENTA Y CINCO en el FOLIO CIENTO SESENTA Y NUEVE FRENTE al FOLIO CIENTO SETENTA FRENTE DEL LIBRO CUARENTA Y TRES DE MI PROTOCOLO, QUE VENCIO EL DIA DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL QUINCE, y se ratica lo demás.

Publíquense el aviso de Ley y protocolícese esta resolución.

En San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del dos mil diecisiete.

NARCISO ROVIRA FLORES,

NOTARIO.

1 v. No. C010116

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2017160016

No. de Presentación: 20170250301

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Airbnb,

DIARIO

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Page 86: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

AIRBNB

Consistente en: la palabra AIRBNB, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE RESEÑAS DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE VIAJES; GUÍA DE VIAJES Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE VIAJES; SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJES, A SABER, REALIZACIÓN DE RESERVACIONES DE TRANSPORTE, EX-CURSIONES, TOURS DE VIAJE Y VIAJES. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día siete de abril del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de julio del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010048-1

No. de Expediente: 2017159993

No. de Presentación: 20170250190

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Airbnb, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identificado como BÉLO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE RESEÑAS DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE VIAJES; GUÍA DE VIAJES Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE VIAJES; SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJES, A SABER, REALIZACIÓN DE RESERVACIONES DE TRANSPOR-TE, EXCURSIONES, TOURS DE VIAJE Y VIAJES. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día seis de abril del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de julio del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010049-1

No. de Expediente: 2017162621

No. de Presentación: 20170255470

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de ELMEC, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ELMEC y diseño, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN DE APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANS-FORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN Y/O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD, ACUMULADORES ELÉCTRICOS Y BATERÍAS; COMERCIALIZACIÓN DE MEDIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y AGUA; SERVICIOS DE VENTA AL POR MAYOR Y AL POR MENOS DE APARATOS DE ILUMINACIÓN. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010052-1

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2017161172

No. de Presentación: 20170252628

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS

ELIAS ZABLAH CORDOVA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: la palabra signature y diseño, que se traduce al cas-

tellano como firma Se le concede exclusividad a la marca en su conjunto,

no de los términos denominativos en forma aislada, por considerarse de

uso común para los servicios que ampara la marca, tal como lo establece

el Art. 29 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS JURIDICOS. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010057-1

No. de Expediente: 2017161173

No. de Presentación: 20170252630

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS

ELIAS ZABLAH CORDOVA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ARPRO AMLSystem y diseño, donde

la palabra AMLSystem se traduce al idioma castellano como AMLSis-

tema, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS TECNOLÓGICOS,

INCLUYENDO SERVICIOS INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE,

PARA LA DISTRIBUCIÓN, LICENCIAMIENTO DE PROGRAMA

O SOFTWARE. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010059-1

No. de Expediente: 2017162165

No. de Presentación: 20170254503

CLASE: 36, 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de ADMI-

NISTRADORA DE MARCAS RD, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras AL CASH CASH y diseño, donde

la palabra CASH se traduce al idioma castellano como efectivo. Se

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Page 88: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416le comunica al solicitante que se concede exclusividad sobre el signo

distintivo en su conjunto, ya que sobre el uso de los elementos deno-

minativos que componen la marca, individualmente considerados no se

concede exclusividad, por ser términos de uso común o necesarios en el

comercio. En base a lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Marcas

y otros Signos Distintivos., que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

DE SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES

MONETARIAS INCLUYENDO SERVICIO DE ENVÍO DE REME-

SAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36. Para: AMPARAR:

SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010077-1

No. de Expediente: 2017162622

No. de Presentación: 20170255471

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

WALMART

Consistente en: la palabra WALMART, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS;

OPERACIONES MONETARIAS INCLUYENDO: SERVICIOS DE

ASESORAMIENTO Y CONSULTORÍA FINANCIERA, NEGOCIOS

INMOBILIARIOS, SERVICIOS BANCARIOS, ADMINISTRACIÓN

DE BIENES INMUEBLES, RECAUDACIÓN DE FONDOS DE BENE-

FICENCIA, GESTIÓN DE ALMACENES DE DEPARTAMENTOS,

GESTIÓN DE MERCADOS, OPERACIÓN Y GESTIÓN DE SUPER-

MERCADOS, SERVICIOS DE TRANSACCIONES FINANCIERAS,

A SABER, SERVICIOS DE TRANSACCIONES COMERCIALES

SEGURAS Y OPCIONES DE PAGO UTILIZANDO UN DISPOSITIVO

MÓVIL EN UN PUNTO DE VENTA, SERVICIOS FINANCIEROS,

A SABER, SERVICIOS DE TARJETA DE CRÉDITO ELECTRÓNI-

CA, TARJETA DE DÉBITO, TARJETA DE REGALO Y TARJETAS

DE COMPRA PREPAGO ELECTRÓNICAMENTE A TRAVÉS DE

INTERNET, TELÉFONO MÓVIL Y TELÉFONO INTELIGENTE,

SERVICIOS DE PROCESAMIENTO DE PAGOS, A SABER, TARJE-

TA DE CRÉDITO, TARJETA DE REGALO, TARJETA DE DÉBITO

Y SERVICIO DE PROCESAMIENTO DE TRANSACCIONES DE

TARJETAS DE COMPRA PREPAGO. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010078-1

No. de Expediente: 2017160451

No. de Presentación: 20170251094

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN MÉDICA, S.A., de naciona-

lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras CIAM CENTRO INTEGRAL DE

ATENCIÓN MÉDICA y diseño Se concede exclusividad sobre la marca

tal como se presenta, en su conjunto, tomando en cuenta el diseño, trazos

y forma de letras representada ya que sobre las palabras "CENTRO

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Page 89: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. INTEGRAL DE ATENCIÓN MÉDICA'', individualmente consideradas

no se le concede exclusividad, por ser palabras de uso común o necesario

en el comercio. En base a lo establecido en el Artículo 29 de la Ley

de Marcas y otros Signos Distintivos, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS RELACIONADOS CON SANATORIOS, CLÍNICAS

Y TODA CLASE DE SERVICIOS MÉDICOS, HOSPITALARIOS Y

PARAMÉDICOS, TALES COMO LABORATORIOS CLÍNICOS Y

PSICOLÓGICOS, RADIOLOGÍA, RADIO -DIAGNOSTICO, RADIO-

TERAPIA, TOMOGRAFÍA COMPUTARIZADA; LABORATORIOS

DE MUESTRAS DE SANGRE Y FLUIDOS HUMANOS; TRATA-

MIENTOS MÉDICOS, SERVICIOS MÉDICO-HOSPITALARIOS:

SERVICIOS MÉDICOS INTERNOS Y EXTERNOS; MÉDICOS

DE EMERGENCIA: SERVICIOS PROFESIONALES PRESTADOS

POR MÉDICOS Y PSICOANALISTAS EN ESTABLECIMIENTOS

ADECUADAMENTE EQUIPADOS; ASESORÍA DE FARMACIAS.

Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010079-1

No. de Expediente: 2017158116

No. de Presentación: 20170246426

CLASE: 38, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERA-

DO de Fandango Media, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

fANDANGO

Consistente en: la palabra FANDANGO, que servirá para: AM-

PARAR: SUMINISTRO DE UN SITIO WEB EL CUAL ORGANIZA

LA RESERVACIÓN DE BOLETOS PARA PELÍCULAS. Clase: 38.

Para: AMPARAR: SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE UBICACIÓN

Y HORARIOS DE PELÍCULAS, SERVICIOS DE RESERVACIÓN

Y BOLETOS PARA PELÍCULAS Y OTROS EVENTOS DE EN-

TRETENIMIENTO; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN SOBRE

DESTINOS DE RECREACIÓN, PROGRAMACIÓN Y RESEÑAS A

TRAVÉS DE REDES GLOBALES DE COMPUTADORA, REDES

DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICAS, APLICACIONES DE

DISPOSITIVOS PORTÁTILES; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN,

NOTICIAS Y COMENTARIOS RELACIONADOS A PELÍCULAS

Y ENTRETENIMIENTO A TRAVÉS DE REDES GLOBALES DE

COMPUTADORA, REDES DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICAS,

APLICACIONES DE DISPOSITIVOS PORTÁTILES; SERVICIOS DE

ENTRETENIMIENTO EN LA NATURALEZA DE VIDEOS E IMÁ-

GENES NO DESCARTABLES RELACIONADAS A PELÍCULAS

Y ENTRETENIMIENTO SUMINISTRADOS A TRAVÉS DE REDES

GLOBALES DE COMPUTADORA, REDES DE COMUNICACIÓN

INALÁMBRICAS, APLICACIONES DE DISPOSITIVOS PORTÁTI-

LES; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO EN LA NATURALEZA

DE PROGRAMAS DE ENTRETENIMIENTO MULTIMEDIA NO

DESCARGABLES RELACIONADOS A COMENTARIOS, NOTI-

CIAS E INFORMACIÓN EN EL CAMPO DEL ENTRETENIMIENTO;

PRESENTACIÓN, PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE TRABA-

JOS AUDIO VISUALES EN LA NATURALEZA DE PROGRAMAS

MULTIMEDIA. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año

dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010109-1

No. de Expediente: 2017163230

No. de Presentación: 20170256759

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado IBRAJIM

ANTONIO BUKELE ORTEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 90: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Aclarando Conceptos y diseño, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PROGRAMA TELEVISIVO

O DIFUSIÓN DE PROGRAMA DE TELEVISIÓN. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de septiembre del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010113-1

No. de Expediente: 2017161040

No. de Presentación: 20170252353

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO ALE-

JANDRO SACA JIMENEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra epic SANDWICH SHOP y diseño,

la palabra epic se traduce al castellano como EPICO, y SANDWICH

SHOP como Tienda de emparedados, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE RESTAURANTE (ALIMENTACIÓN). Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de mayo del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060738-1

No. de Expediente: 2017161762

No. de Presentación: 20170253867

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

TRANSPORTES Y ARRENDAMIENTOS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TRANSAR, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

DACO HEAVY LIfT

Consistente en: las palabras DACO HEAVY LIFT, la frase HEAVY

LIFT se traducen al castellano como "carga pesada", que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE; EMBALAJE Y AL-

MACENAMIENTO DE MERCANCÍAS; SERVICIOS LOGÍSTICOS

DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE OPERACIÓN DE GRÚAS Y

MONTACARGAS. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060743-1

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 91: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

RESOLUCIONES

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 92: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

2 v. alt. No. F060651-1

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 93: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2017158143

No. de Presentación: 20170246489

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Altera

Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

MAX

Consistente en: la palabra MAX, traducida al castellano como:

máximo, que servirá para: AMPARAR: CIRCUITOS INTEGRADOS DE

SILICIO DE ÓXIDOS METÁLICOS COMPLEMENTARIOS (CMOS)

CONFIGURABLES POR EL USUARIO PARA APLICACIONES DE

LÓGICA PROGRAMABLE. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010053-1

No. de Expediente: 2017163044

No. de Presentación: 20170256306

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NOVAR-

TIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

OfINEYOS

Consistente en: la palabra OFINEYOS, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010054-1

No. de Expediente: 2017163043

No. de Presentación: 20170256305

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NOVAR-

TIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

EDOMIGE

Consistente en: la palabra EDOMIGE, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 94: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010055-1

No. de Expediente: 2017163042

No. de Presentación: 20170256304

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NOVAR-

TIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

STILIGE

Consistente en: la palabra STILIGE, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010056-1

No. de Expediente: 2017161175

No. de Presentación: 20170252632

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS

ELIAS ZABLAH CORDOVA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: las palabras ARPRO AMLSystem y diseño, que

se traduce, que servirá para: AMPARAR: SISTEMA PARA ORDENA-

DOR O SOFTWARE, PARA EL PROCESAMIENTO, REGISTRO,

CONTROL, BASE DE DATOS, PERFILAMIENTO, SEGUIMIENTO

DE INFORMACION, ENFOCADA A MODELOS DE PREVENCION

CONTRA LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010058-1

No. de Expediente: 2017163050

No. de Presentación: 20170256312

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PROTEIN

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 95: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

ANSDEPCAN

Consistente en: la palabra ANSDEPCAN, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTO FARMACÉUTICO PARA EL TRATAMIENTO

DE LA DEPRESIÓN Y TRASTORNOS OBSESIVO COMPULSIVOS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010062-1

No. de Expediente: 2017162897

No. de Presentación: 20170256042

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Industrias

Alimenticias Kern's y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

KERN'S TOTAL

Consistente en: las palabras KERN'S TOTAL, que servirá para:

AMPARAR: CERVEZA, AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y

OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS A BASE DE FRUTAS

Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES

PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010063-1

No. de Expediente: 2017162841

No. de Presentación: 20170255869

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NOVAR-

TIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño de semi-circulos en color, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 96: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010064-1

No. de Expediente: 2017162843

No. de Presentación: 20170255872

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de NOVAR-TIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identificado como Diseño de semi-circulos en blanco y negro, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010065-1

No. de Expediente: 2017162767

No. de Presentación: 20170255730

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

O2 Partners, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ORTHOLITE fLOAT

Consistente en: las palabras ORTHOLITE FLOAT, traducida la palabra FLOAT como flotador, que servirá para: AMPARAR: PLAN-TILLAS PARA ZAPATOS. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010066-1

No. de Expediente: 2017162623

No. de Presentación: 20170255472

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LADY SPEED STICK DYNAMIC

Consistente en: la frase LADY SPEED STICK DYNAMIC, que se traduce al castellano como Dama Velocidad Palo Dinámica, que servirá para: AMPARAR: DESODORANTES Y ANTITRANSPIRANTES

PARA USO PERSONAL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010067-1

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 97: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2017161597

No. de Presentación: 20170253521

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

NUTRILEARN

Consistente en: la palabra NUTRILEARN, que servirá para:

AMPARAR: ALIMENTOS PREPARADOS HECHOS A BASE DE

VERDURAS, PAPAS, FRUTAS, CARNE, AVES DE CORRAL,

PESCADO Y/O PRODUCTOS ALIMENTICIOS PROVENIENTES

DEL MAR; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES

EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; LECHE Y

PRODUCTOS LÁCTEOS: LECHE EN POLVO, LECHE DE SOYA

(SUCEDÁNEOS DE LA LECHE); PREPARACIONES Y BEBIDAS

HECHAS A PARTIR DE LECHE INCLUIDAS EN ESTA CLASE;

SUBSTITUTOS DE LECHE; BEBIDAS HECHAS A BASE DE LE-

CHE; BEBIDAS HECHAS A BASE DE LECHE CONTENIENDO

CEREALES Y/O CHOCOLATE; YOGURTS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de junio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010068-1

No. de Expediente: 2017162333

No. de Presentación: 20170254817

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

BLUNT WRAP USA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BLUNT WRAP

Consistente en: las palabras BLUNT WRAP, que se traducen al caste-

llano como Despuntado Envoltura, que servirá para: AMPARAR: TABACO;

ARTICULOS PARA FUMADORES; CERILLAS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de julio del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010069-1

No. de Expediente: 2017162620

No. de Presentación: 20170255469

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de

CONSORCIO COMEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

TOP GARDEN

Consistente en: las palabras TOP GARDEN, se traduce al castellano

como: superior jardín, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BAR-

NICES, LACAS; PRODUCTOS ANTIOXIDANTES Y PRODUCTOS

PARA CONSERVAR LA MADERA; MATERIAS TINTÓREAS;

MORDIENTES; RESINAS NATURALES EN BRUTO. Clase: 02.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 98: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010070-1

No. de Expediente: 2017162340

No. de Presentación: 20170254824

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

PORTOLA PHARMACEUTICALS, INC, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BEVYXXA

Consistente en: la expresión BEVYXXA, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO

EN ONCOLOGÍA Y HEMATOLOGÍA; PREPARACIONES FAR-

MACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE TRASTORNOS DE

COAGULACIÓN, TRONBOSIS, CÁNCERES HEMATOLÓGICOS

E INFLAMACIÓN; PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA

USO COMO ANTICOAGULANTES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010071-1

No. de Expediente: 2017162386

No. de Presentación: 20170254911

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

fRITOLAY MANIAX

Consistente en: las palabras FRITOLAY MANIAX, que servirá

para: AMPARAR: REFRIGERIOS CONSISTENTES PRINCIPAL-

MENTE EN FRUTAS, VERDURAS, NUECES, FRUTOS SECOS

PREPARADOS, SEMILLAS COMESTIBLES O COMBINACIONES

DE LAS MISMAS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de julio del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010072-1

No. de Expediente: 2017162299

No. de Presentación: 20170254750

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-

TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SUAVITEL TELAPROTECT

Consistente en: las palabras SUAVITEL TELAPROTECT; sobre

la expresión TELAPROTECT no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: ACONDICIONADORES DE ROPA, PREPARA-

CIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA

LAVAR LA ROPA. Clase: 03.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 99: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. La solicitud fue presentada el día veintiuno de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de julio del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010073-1

No. de Expediente: 2017161598

No. de Presentación: 20170253522

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

NUTRILEARN

Consistente en: la palabra NUTRILEARN, que servirá para: AM-

PARAR: ALIMENTOS, BEBIDAS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS

ADAPTADAS PARA USO MÉDICO Y CLÍNICO: ALIMENTOS Y

SUBSTANCIAS ALIMENTICIAS DE USO MÉDICO PARA NIÑOS

Y ENFERMOS, ALIMENTOS Y SUBSTANCIAS ALIMENTICIAS

DE USO MÉDICO PARA MUJERES QUE AMAMANTAN; ALI-

MENTOS Y SUBSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA BEBÉS:

PREPARACIONES ALIMENTICIAS PARA BEBÉS, HARINAS

LACTEADAS PARA BEBÉS, LECHE EN POLVO PARA BEBÉS;

SUPLEMENTOS NUTRICIONALES: SUPLEMENTOS NUTRICIO-

NALES DE USO MÉDICO PARA MUJERES EMBARAZADAS Y

MUJERES QUE AMAMANTAN, SUPLEMENTOS DIETÉTICOS Y

NUTRICIONALES DE USO MÉDICO; PREPARACIONES VITAMÍ-

NICAS, SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS MINERALES; FIBRAS

ALIMENTARIAS; VITAMINAS; SUSTANCIAS Y PREPARACIO-

NES DE VITAMINAS; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES Y

ALIMENTICIOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de junio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010074-1

No. de Expediente: 2017162665

No. de Presentación: 20170255544

CLASE: 16, 29, 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PIZZA

HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

TRIPLE HUT BOX

Consistente en: la frase TRIPLE HUT BOX, que se traduce al cas-

tellano como triple cabaña caja, que servirá para: AMPARAR: PAPEL

Y CARTON; PRODUCTOS DE IMPRENTA, MATERIAL DE EN-

CUADERNACION; FOTOGRAFIAS; ARTICULOS DE PAPELERIA;

ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERIA O PARA USO DO-

MESTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS

DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCION O MATERIAL DIDACTICO (EX-

CEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR;

CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES DE IMPRENTA. Clase: 16.

Para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE

DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS,

HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS,

SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUE-

VOS; LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES. Clase: 29. Para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO Y

SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS

Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS

DE PASTELERIA Y CONFITERIA; HELADOS; AZUCAR, MIEL,

JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR;

SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPE-

CIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

diecisiete.

DIARIO

OFIC

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ARA CONSULTA

NO TIE

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EZ LEGAL

Page 100: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010075-1

No. de Expediente: 2017162433

No. de Presentación: 20170255031

CLASE: 05, 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de H.J. Heinz Company Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

fRUBOT

Consistente en: la palabra FRUBOT, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PREPARACIONES PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITA-RIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉ-TICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATE-RIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFEC-TANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. Para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010076-1

No. de Expediente: 2017161873

No. de Presentación: 20170254039

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Whirlpool Properties, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

AffRESH

Consistente en: la palabra AFFRESH, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA LIMPIEZA INCLUYENDO COMBINACIÓN DE LIMPIADOR Y DESODORANTE PARA MÁQUINA DE LA-VAR ROPA, LAVAPLATOS Y TRITURADORES DE BASURA, PREPARACIONES LIMPIADORES DE COCINA INCLUYENDO LIMPIADORES DE SUPERFICIES DE COCCIÓN DE COCINA, LIMPIADORES DE COCINA Y DE APARATOS DE COCINA, LIMPIADORES DE APARATOS DE ACERO INOXIDABLE Y TOALLITAS DE LIMPIEZA PARA APARATOS DE ACERO INOXI-DABLE, DETERGENTES INCLUYENDO DETERGENTES PARA LAVAR PLATOS; AGENTES Y SUSTANCIAS DE LIMPIEZA PARA USO DOMÉSTICO, PREPARACIONES PARA LIMPIEZA DE HORNOS, PREPARACIONES PARA LIMPIEZA DE SUPER-FICIES, LIMPIADORES SOLVENTES PARA USO DOMÉSTICO, PREPARACIONES PARA LIMPIEZA DE TUBERÍAS DE RESI-DUOS, PREPARACIONES PARA LIMPIAR METAL, PREPARA-CIONES DE LIMPIEZA NO JABONOSOS, PREPARACIONES DE LIMPIEZA MULTIPROPÓSITO, MATERIALES DE LIMPIEZA, PREPARACIONES Y PRODUCTOS PARA USO DOMÉSTICO, AGENTES ESPUMOSOS PARA USO EN LA LIMPIEZA DE APA-RATOS, PRODUCTOS DE LIMPIEZA PARA COMPONENTES DE APARATOS ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS, COMPUESTOS QUÍMICOS PARA LIMPIAR FILTROS, LIMPIADOR PARA USO EN SUAVIZANTES DE AGUA, PREPARACIONES DE LIMPIEZA DESENGRASANTES DE GRAN RESISTENCIA, PAÑOS IMPREG-NADOS CON DETERGENTES PARA LIMPIEZA, LIMPIADORES DE VIDRIO; DESODORANTES; POLVO PARA LAVAR PLATOS; PREPARACIONES BLANQUEADORES, JABONES SUAVIZADO-RES DE TELA, ALMIDÓN Y OTRAS SUSTANCIAS PARA USO EN LAVANDERÍA; PREPARACIONES PARA PULIR, FREGAR Y ABRASIVAS; PREPARACIONES PARA QUITAR MANCHAS, ENCERADO, CHAMPÚ Y ABRASIVAS; PREPARACIONES DE AGUA INCLUYENDO REMOVEDOR DE INCRUSTACIONES CALCÁREAS; AGENTES SUAVIZADORES O PARA USO EN LA LAVANDERÍA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día cinco de julio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010080-1

DIARIO

OFIC

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Page 101: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente : 2017157797

No. de Presentación: 20170245696

CLASE: 01, 03, 04, 05, 07, 08, 09, 11, 16, 18, 20, 21, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identificado como M, que servirá para:

AMPARAR: CARBÓN PARA PROPÓSITOS HORTÍCOLAS; EDUL-

CORANTES ARTIFICIALES; MANTILLO; ABONO ORGÁNICO;

FERTILIZANTES; FLUIDOS PARA LA DIRECCIÓN ASISTIDA;

CLORO INCLUYENDO CLORO PARA PISCINAS. Clase: 01. Para:

AMPARAR: COSMÉTICOS INCLUYENDO COSMÉTICOS PARA

ANIMALES; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL

NO MEDICADAS; REMOVEDOR DE MAQUILLAJE; PREPARA-

CIONES Y SUSTANCIAS PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRA-

SAR, A SABER JABONES Y DETERGENTES, PREPARACIONES

PARA LIMPIAR PISOS, LIMPIADORES PARA TODO USO, LIM-

PIADOR DE ALFOMBRA, LIMPIADOR DE HORNOS, LIMPIADO-

RES DE PARRILLAS, PREPARACIONES DESENGRASANTES,

PREPARACIONES PARA EXTRAER LA CERA, PREPARACIONES

DE ACABADO DE SUELOS, PREPARACIONES PARA LAVAR Y

BLANQUEAR ROPA, DETERGENTES PARA ROPA, SOLUCIONES

DE LIMPIEZA PARA LENTES DE GAFAS, KIT DE LIMPIEZA

PARA GAFAS COMPUESTOS DE LÍQUIDO DE LIMPIEZA Y PAÑO

DE LIMPIEZA; SUAVIZANTES DE TELAS; ACONDICIONADOR

DE TELA; TOALLITAS IMPREGNADAS CON UNA PREPARA-

CIÓN LIMPIADORA, TOALLITAS PARA BEBÉ; PREPARACIO-

NES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO; PASTA DENTAL;

MENTA USADA PARA LIMPIAR DIENTES, BOCA Y ALIENTO;

PRODUCTOS PARA PERFUMAR EL AMBIENTE; POTENCIADOR

DE AROMA; PERFUMERÍA; ACEITES ESENCIALES. Clase: 03.

Para: AMPARAR: COMBUSTIBLE DE COMBUSTIÓN; FLUIDO

ENCENDEDOR DE CARBÓN; CARBÓN; ACEITE DE MOTOR;

GASOLINA; VELA; MECHAS DE VELAS; LEÑA; ACEITE LUBRI-

CANTE. Clase: 04. Para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉU-

TICOS, A SABER, CREMAS Y UNGÜENTOS ANALGÉSICOS,

ANTIBIÓTICOS, ANTIFÚNGICOS Y ANTISÉPTICOS, ENJUA-

GUES BUCALES ANTISÉPTICOS, MEDICAMENTOS PARA

ALERGIAS, MEDICAMENTOS ANTIDIARREICOS, ANTIHISTA-

MÍNICOS, ANTIÁCIDOS, ASPIRINA PARA NIÑOS, PREPARA-

CIONES PARA DEJAR DE FUMAR INCLUYENDO PARCHES

TRANSDÉRMICOS PARA DISTRIBUIR PREPARACIONES PARA

DEJAR DE FUMAR, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA LA

TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DE LAS ARTICULACIO-

NES, PERÓXIDO DE HIDRÓGENO PARA USO MÉDICO, CREMAS

FACIALES Y LIMPIADORES QUE CONTIENEN PERÓXIDO DE

BENCILO PARA USO MÉDICO, A SABER, PARA EL TRATA-

MIENTO DEL ACNÉ, SOLUCIÓN TÓPICA MEDICADA QUE

AUMENTA LA EFICACIA Y ABSORCIÓN PERCUTÁNEA DEL

PERÓXIDO DE BENCILO, SALES DE EPSOM, TIRAS REACTIVAS

PARA MEDIR LA GLUCOSA EN LA SANGRE, COMPRIMIDOS

(TABLETAS), LÍQUIDOS Y GEL DE GLUCOSA, A SABER, SUS-

TITUTOS DE AZÚCAR CON FINES MEDICINALES, KITS DE

EMBARAZO Y KITS DE PRUEBAS DE PREDICCIÓN DE OVU-

LACIÓN, ALMOHADILLAS DE LIMPIEZA IMPREGNADAS DE

AVELLANO, GLICERINA Y ALCOHOL PARA USO TÓPICO,

FARMACÉUTICO Y MÉDICO, MEDICAMENTOS PARA EL RES-

FRIADO Y GRIPE, JARABE PARA LA TOS, SUPRESORES PARA

LA TOS, CHAMPÚ PARA LA CASPA, DESCONGESTIONANTES,

ENJUAGUES DENTALES MEDICADOS, INCLUYENDO ENJUA-

GUES MEDICINALES ANTI-CAVIDAD DENTAL, PREPARACIO-

NES PARA ENEMA, EXPECTORANTES, GOTAS PARA LOS OJOS,

PREPARACIONES ANTIHEMORROIDALES, CREMAS Y UN-

GÜENTOS DE HIDROCORTISONA Y TOLNAFTATO, LAXANTES,

MEDICAMENTO PARA EL MAREO, AEROSOLES NASALES,

GOTAS NASALES, CALMANTES PARA EL DOLOR, A SABER,

MEDICAMENTOS PARA EL CONTROL DEL DOLOR, VASELINA

PARA USO MÉDICO, SOLUCIONES SALINAS Y PULVERIZADO-

RES PARA USO MÉDICO, CHAMPÚS Y AEROSOLES PARA

REPELER PIOJOS, PREPARACIONES PARA INDUCIR EL SUEÑO,

A SABER, PREPARACIONES NATURALES PARA EL SUEÑO,

MEDICAMENTOS CONTRA EL ESTRÉS, SUPOSITORIOS, FUN-

GICIDA VAGINAL, BUDESONIDA, FLUTICASONA, LACTAIDA,

SUPLEMENTOS PARA LAS ARTICULACIONES, ALCOHOL Y

BASTONCILLOS DE ALGODÓN PARA USO MÉDICO, PREPA-

RACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS PARA USO MÉDICO O

VETERINARIO, SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO

O VETERINARIO, SUPLEMENTOS DIETÉTICOS Y NUTRICIO-

NALES A SABER PREPARACIONES SUPRESORAS DEL APETI-

TO, SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS DIETÉTICOS, REEMPLAZO

DE COMIDA EN POLVO Y LÍQUIDO PARA PÉRDIDA DE PESO

Y FINES MÉDICOS; VITAMINAS; ALIMENTOS PARA BEBÉS;

PREPARACIONES MEDICINALES PARA ESTIMULAR EL CRE-

CIMIENTO CAPILAR; PREPARACIONES PARA LA DESTRUC-

CIÓN DE ALIMAÑAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS; PAÑALES

PARA BEBÉS; PAÑALES PARA ADULTOS; PAÑALES DE INCON-

TINENCIA; PAÑALES PARA MASCOTAS; VENDAS PARA APÓ-

SITOS; CERA DENTAL; DESINFECTANTES PARA PROPÓSITO

DE HIGIENE INCLUYENDO PREPARACIONES DESINFECTAN-

TES PARA USO DOMÉSTICO, PREPARACIONES DESINFECTAN-

TES PARA USO HOSPITALARIO, TOALLITAS DESINFECTANTES

DESECHABLES; PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICA-

MENTOS PARA ANIMALES, A SABER, COLLARES, POLVOS,

AEROSOLES Y CHAMPÚES MEDICINALES PARA EL TRATA-

MIENTO DE PULGAS Y GARRAPATAS, VITAMINAS PARA

ANIMALES, SUSTANCIAS RADIACTIVAS PARA USO MÉDICO;

SOLUCIONES PARA LENTES DE CONTACTO; PREPARACIONES

DESODORANTES PARA EL AIRE; PESTICIDAS; PREPARACIO-

NES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES NOCIVOS; AL-

DIARIO

OFIC

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Page 102: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416GODÓN PARA USO MÉDICO; LACA DENTAL. Clase: 05. Para:

AMPARAR: ASPIRADORAS, BOLSAS PARA ASPIRADORAS,

ASPIRADORAS (ACCESORIOS DE ¿) PARA DIFUNDIR PERFU-

MES Y DESINFECTANTES; IMPRESORAS 3D; TRITURADORAS;

PISTOLAS DE PEGAMENTO ELÉCTRICAS; MÁQUINAS DE

ESCARDAR; APARATOS DE LIMPIEZA UTILIZANDO VAPOR;

APARATO ELECTRODOMÉSTICO DE COCINA PARA CORTAR

EN CUBITOS, TRITURAR, REBANAR Y CORTAR ALIMENTOS;

APARATOS AUTOMATIZADOS PARA MASCOTAS, A SABER,

ALIMENTADORES Y BEBEDEROS; MÁQUINAS DE COSER;

TIJERAS ELÉCTRICAS. Clase: 07. Para: AMPARAR: HERRAMIEN-

TAS E IMPLEMENTOS MANUALES (ACCIONADOS MANUAL-

MENTE); CUCHILLERÍA; ARMAS BLANCAS; MÁQUINAS DE

AFEITAR. Clase: 08. Para: AMPARAR: CABLES USB; BATERÍAS;

ORDENADORES; CALCULADORA; TECLADOS; BOLSAS

ADAPTADAS PARA ORDENADORES PORTÁTILES; DISPOSITI-

VOS DE CONTROL DE CURSOR DE ORDENADOR, A SABER,

RATÓN DE ORDENADOR; CARGADORES DE BATERÍAS PARA

TELÉFONOS MÓVILES; CRONÓGRAFOS PARA SU USO COMO

APARATOS ESPECIALIZADOS DE REGISTRO DEL TIEMPO;

MÁQUINAS DE DICTADO; MÁQUINAS DE VOTACIÓN; ETIQUE-

TAS ELECTRÓNICAS PARA PRODUCTOS; BALANZAS; GRÁFI-

COS INFORMÁTICOS DESCARGABLES; SEÑALIZACIÓN

DIGITAL; APARATOS DE MEDICIÓN DE DISTANCIA; APARA-

TOS DE MEDICIÓN DE VOLUMEN; APARATOS DE MEDICIÓN

DE LA PRESIÓN; TABLONES DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS;

APARATOS E INSTRUMENTOS ELECTRÓNICOS DE NAVEGA-

CIÓN Y POSICIONAMIENTO; REPRODUCTORES MULTIMEDIA

PORTÁTILES; CÁMARAS; APARATOS DE INSPECCIÓN ÓPTICA;

HILOS TELEFÓNICOS; CABLE DE CORRIENTE; CINTAS ELÉC-

TRICAS; PROTECTORES DE SOBRETENSIÓN; SEMICONDUC-

TORES; PANTALLAS FLUORESCENTES; FILAMENTOS CON-

DUCTORES DE ONDAS LUMINOSAS; FIBRA ÓPTICA; PARA-

RRAYOS; ELECTROLIZADORES; EXTINTORES; TUBOS DE

RAYOS X, EXCEPTO PARA USOS MÉDICOS; TRAJES DE PRO-

TECCIÓN CONTRA ACCIDENTES; ALARMAS CONTRA INCEN-

DIOS; SENSORES DE ALARMA; TERMÓMETROS QUE NO PARA

USO MÉDICO; QUEVEDOS INCLUYENDO MONTURAS DE

QUEVEDOS, LENTE QUEVEDOS, CADENA PARA QUEVEDOS,

ESTUCHES PARA QUEVEDOS. Clase: 09. Para: AMPARAR: PA-

RRILLAS PARA BARBACOA. Clase: 11. Para: AMPARAR: PAÑUE-

LO DE PAPEL; TOALLAS DE PAPEL; PAPEL DE BAÑO; PAÑUE-

LO FACIAL; SERVILLETAS; ETIQUETA DE REGALO DE PAPEL;

LAZOS DE PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS; TARJETAS DE

FELICITACIÓN; MATERIALES DE EMBALAJE DE PAPEL O

CARTÓN A SABER ROLLO DE PELÍCULA DE PLÁSTICO PARA

EMBALAJE, ENVOLTURAS DE PLÁSTICO, PELÍCULAS DE

MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR; BOLSAS DE MER-

CANCÍAS; CARTULINA; PUBLICACIONES IMPRESAS; MATE-

RIAL DE ENCUADERNACIÓN, FOTOGRAFÍAS IMPRESAS;

ARTÍCULOS DE PAPELERÍA INCLUYENDO PAPEL PERGAMINO,

PANEL DE ESCRITURA, PAPEL DE ESCRIBIR, PAPEL DE COPIA,

SOBRES, ADHESIVOS PARA PAPELERÍA O PARA USO DOMÉS-

TICO, PLUMAS, LÁPICES, TAPETE DE ESCRITORIO; PINCELES;

MÁQUINAS DE ESCRIBIR, ARTÍCULOS DE OFICINA, A SABER,

REMOVEDOR DE GRAPAS, RECORTADOR DE PAPEL, ENGRA-

PADORAS, GOMAS, DISPENSADORES DE CINTA ADHESIVA,

CARPETAS, PROTECTORES DE HOJAS, PORTAPAPELES DE

CLIP, PLEGADERAS, CLICHÉS DE MULTICOPISTA, KITS DE

SIGNOS, MARCADOR NO PERMANENTE, BOLSAS DE BASURA,

BOLSAS DE PLÁSTICO PARA USO GENERAL, ÁLBUMES DE

FOTOS, BLOQUES DE IMPRESIÓN; ARCILLA DE MOLDEAR,

ROSARIOS, SELLOS POSTALES, SELLOS DE CAUCHO, TINTAS

PARA SELLOS, SELLOS DE LACRE, SELLOS DE FECHA, SELLOS

DE IMPRESIÓN, SELLOS CON TINTA; TABLEROS DE DIBUJO;

ALMOHADILLAS DESECHABLES PARA USO EN EL ENTRENA-

MIENTO DE CACHORROS. Clase: 16. Para: AMPARAR: PARA-

GUAS Y SOMBRILLAS; MARCOS PARA SOMBRILLAS; PARTES

METÁLICAS DE SOMBRILLAS; MANIJAS DE SOMBRILLAS;

FUNDAS DE PARAGUAS; BASE DE PARAGUAS; BOLSAS DE

VIAJE INCLUYENDO BOLSAS DE ROPA PARA VIAJES; BAÚLES;

EQUIPAJE (MALETA); ETIQUETA DEL EQUIPAJE; CUERO E

IMITACIÓN DE CUERO; COLLARES PARA MASCOTAS; PIELES

Y CUERO DE ANIMALES; BASTONES; LÁTIGOS; ARNESES Y

GUARNICIONERÍA. Clase: 18. Para: AMPARAR: MUEBLES ME-

TÁLICOS; MUEBLES RESIDENCIALES Y COMERCIALES; PAN-

TALLAS DE CHIMENEA; ALMOHADAS; COJINES; ESPEJOS;

URNAS FUNERARIAS; TIRADORES DE PLÁSTICO O DE MADE-

RA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO,

MARFIL, HUESO DE BALLENA, CONCHA, ÁMBAR, NÁCAR,

ESPUMA DE MAR Y SUCEDÁNEOS DE TODOS ESTOS MATE-

RIALES; MUEBLES PARA MASCOTAS; CAMAS PARA MASCO-

TAS; ESCALERAS DE MADERA O DE PLÁSTICO, VENTILADO-

RES NO ELÉCTRICOS PARA USO PERSONAL; OBRAS DE ARTE,

DE MADERA, CERA, YESO O PLÁSTICO; TABLONES DE ANUN-

CIOS; ADORNOS DE FIESTA DE PLÁSTICO; PERCHAS PARA

LA ROPA. Clase: 20. Para: AMPARAR: VAJILLAS, A SABER,

OLLAS, PLATOS, TAZAS, PLATILLOS [PLATOS PEQUEÑOS],

BOLES Y BANDEJAS; RECIPIENTES PARA USO DOMÉSTICO

INCLUYENDO RECIPIENTES DOMÉSTICOS PARA ALIMENTOS;

GUANTES DE LÁTEX DESECHABLES PARA USO GENERAL;

SECADORES [TENDEDEROS] DE ROPA; CEPILLOS DE DIENTES;

CEPILLOS DE LENGUA; URNA; PEINES; ESPONJAS PARA USO

DOMÉSTICO; PORTA-ESPONJAS; CEPILLOS PARA MASCOTAS;

CEPILLOS DE LIMPIEZA PARA USO DOMÉSTICO; RECIPIENTES

COMEDEROS PARA MASCOTAS; ADORNOS DE PORCELANA;

JAULAS PARA MASCOTAS DOMÉSTICAS; ACUARIOS DE IN-

TERIOR; ESCOBAS; TABLAS DE CORTAR; BANDEJAS GIRA-

TORIAS [UTENSILIOS DE MESA]; MACETAS PARA FLORES Y

PLANTAS; PAJILLAS PARA BEBER; DISPENSADORES DE PA-

JILLA PARA BEBER; PLATOS, TAZAS Y BOLES DESECHABLES;

PALILLOS DE DIENTES. Clase: 21. Para: AMPARAR: PRENDAS

DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA. Clase:

25. Para: AMPARAR: ENCAJES Y BORDADOS, CINTAS Y COR-

DONES; BOTONES, GANCHOS Y OJETES, ALFILERES Y AGUJAS;

FLORES ARTIFICIALES; LAZOS PARA ENVOLVER REGALOS;

LAZOS PARA EL CABELLO; PELUCAS INCLUYENDO GORROS

DE PELUCA; AGUJAS; BIGUDÍES. Clase: 26. Para: AMPARAR:

ESTERAS DE PISO, ESTERAS DE CARGA, REVESTIMIENTOS

DE SUELOS; TAPETES; ALFOMBRA; ESTERAS COMERCIALES.

Clase: 27. Para: AMPARAR: CARNE INCLUYENDO, CARNES

PROCESADAS, A SABER, SALAMI, PASTRAMI, PAVO, JAMÓN,

DIARIO

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Page 103: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. CARNE EN CONSERVA, CARNE ASADA, TOCINO, CARNE EN-

LATADA, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE;

FRUTAS EN CONSERVA, SECAS O COCIDAS; VEGETALES EN

CONSERVA, SECOS O COCIDOS; JALEAS, MERMELADAS,

COMPOTAS; HUEVOS INCLUYENDO HUEVOS EN POLVO;

LECHE INCLUYENDO PRODUCTOS LÁCTEOS: CREMA AGRIA;

QUESO INCLUYENDO COMIDA DE QUESO, SUCEDÁNEOS DEL

QUESO, QUESO EN FORMA DE DIPS, QUESOS EN FORMA DE

PASTAS PARA UNTAR; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES;

MANTEQUILLA INCLUYENDO SUSTITUTOS DE MANTEQUI-

LLA, MANTEQUILLA DE MANÍ; DIPS PARA REFRIGERIOS;

REFRIGERIOS A BASE DE FRUTAS; ACEITUNAS PROCESADAS;

PASAS; FRIJOLES SECOS; FRIJOLES AL HORNO; SOPAS INCLU-

YENDO MEZCLAS DE SOPAS, SOPA PRECOCIDA, PREPARA-

CIONES PARA HACER SOPAS; PASTA DE TOMATE; PURÉ DE

TOMATE; BEBIDAS LÁCTEAS ALIMENTICIAS EN LAS QUE

PREDOMINE LA LECHE, BEBIDAS ALIMENTICIAS USADAS

COMO SUSTITUTO DE LECHE; CREMA NO LÁCTEA (SUSTITU-

TO DE CREMA); BOCADILLOS DE FRUTOS SECOS CUBIERTOS

DE CHOCOLATE; BOCADILLOS DE FRUTA CUBIERTOS DE

CHOCOLATE; LECHE DE COCO; MEZCLA DE FRUTOS SECOS

COMPUESTO PRINCIPALMENTE DE NUECES PROCESADAS,

SEMILLAS, FRUTOS SECOS E INCLUYENDO TAMBIÉN CHO-

COLATE; MEZCLA DE NUECES; NUECES PROCESADAS, A

SABER, ALMENDRAS, ANACARDOS (MARAÑÓN), CACAHUE-

TES (MANÍES); FRUTAS CONGELADAS INCLUYENDO FRUTAS

CONGELADAS-DESHIDRATADAS; CIRUELAS; PASAS; KITS DE

ALIMENTOS PREPARADOS COMPUESTOS DE CARNE, AVES

DE CORRAL, PESCADO, MARISCOS Y / O HORTALIZAS Y

TAMBIÉN INCLUYENDO SALSAS O CONDIMENTOS, LISTOS

PARA COCINAR Y ENSAMBLADOS COMO UNA COMIDA;

PAPAS FRITAS; VEGETALES CONGELADOS; FRIJOLES ENLA-

TADOS; VEGETALES ENLATADOS; FRUTAS ENLATADAS;

TAPENADES (PASTA DE ACEITUNA). Clase: 29. Para: AMPARAR:

TÉ INCLUYENDO BEBIDAS A BASE DE TÉ, CAFÉ INCLUYENDO

BEBIDAS A BASE DE CAFÉ, AZÚCAR, SUCEDÁNEOS DE AZÚ-

CAR, CHOCOLATE INCLUYENDO BOCADILLOS LISTOS PARA

COMER A BASE DE CHOCOLATE, BEBIDAS A BASE DE CHO-

COLATE; HARINA DE AVENA; PRETZELS; PALOMITAS DE

MAÍZ; MEZCLA DE BOCADILLOS QUE CONSISTEN PRINCI-

PALMENTE EN: GALLETAS SALADAS (CRACKERS), PRETZELS

Y/O PALOMITAS DE MAÍZ; OBLEAS; GALLETAS; HARINA;

PAN INCLUYENDO MEZCLAS DE PAN; MEZCLAS DE PANQUE-

QUES; PRODUCTOS DE PASTELERÍA INCLUYENDO PASTELES,

MEZCLAS PARA PASTELES; ARROZ; PASTA Y FIDEOS; ESPE-

CIAS; CHIPS A BASE DE GRANO; CHIPS A BASE DE HARINA;

CHIPS A BASE DE MAÍZ; CEREALES INTEGRALES PROCESA-

DOS, CONGELADOS, COCIDOS O ENVASADOS; HELADO IN-

CLUYENDO SUSTITUTO DE HELADO; BICARBONATO DE

SODIO (PARA USO CULINARIO) ; LEVADURA EN POLVO;

EXTRACTOS UTILIZADOS COMO SABORIZANTES DE ALIMEN-

TOS; CONFITERÍA CONGELADAS; PIZZA; MASA PARA PIZZA;

ADOBOS; CONDIMENTOS, A SABER, KETCHUP, MOSTAZA,

CHUTNEY [CONDIMENTO], RÁBANO PICANTE, PESTO, SALSA,

ADEREZO PARA ENSALADAS, VINAGRE INCLUYENDO VINA-

GRE BALSÁMICO, RELISH (CONDIMENTO); CARAMELOS IN-

CLUYENDO CARAMELOS A BASE DE MENTA, DULCES;

TARTAS SALADAS; SANDWICHES; COMIDAS PREPARADAS

CONGELADAS PRINCIPALMENTE DE PASTA O ARROZ; ALCA-

PARRAS; CEREALES DE DESAYUNO; JARABE; MIEL; GRANO-

LA. Clase: 30. Para: AMPARAR: ALIMENTOS PARA GATOS Y

PERROS. Clase: 31. Para: AMPARAR: BEBIDAS SIN ALCOHOL A

SABER: JUGOS DE FRUTAS, BEBIDAS DEPORTIVAS; AGUA

EMBOTELLADA, AGUAS (BEBIDAS), LECHE DE ALMENDRAS

PARA BEBIDAS, LIMONADA; SIDRA NO ALCOHÓLICA, BEBI-

DAS NO ALCOHÓLICAS CON SABOR A TÉ, JARABES PARA

BEBIDAS, BEBIDAS ENERGIZANTES, CONCENTRADOS Y

POLVOS UTILIZADOS EN LA PREPARACIÓN DE BEBIDAS

ENERGÉTICAS, MEZCLAS DE CÓCTELES SIN ALCOHOL, EX-

TRACTOS DE MALTA PARA HACER LICORES, EXTRACTOS DE

MALTA PARA HACER CERVEZA. Clase: 32. Para: AMPARAR:

BEBIDAS ALCOHÓLICAS, EXCEPTO CERVEZA; MEZCLAS DE

CÓCTELES ALCOHÓLICAS; BORBÓN. Clase: 33. Para: AMPARAR:

SERVICIOS DE TIENDAS AL POR MENOR Y SERVICIOS DE

TIENDAS POR DEPARTAMENTOS: SERVICIOS DE VENTA AL

POR MENOR EN LÍNEA INCLUYENDO SERVICIOS DE VENTA

AL POR MENOR EN LÍNEA QUE OFRECEN UNA AMPLIA VA-

RIEDAD DE BIENES DE CONSUMO DE OTROS, SERVICIOS DE

VENTA AL POR MENOR Y EN LÍNEA DE COMESTIBLES QUE

OFRECEN SERVICIO DE ENTREGA A DOMICILIO, SERVICIOS

EN LÍNEA DE VENTA AL POR MAYOR Y AL POR MENOR CON

ARCHIVOS DE SONIDO, MÚSICA, IMÁGENES, VIDEO Y JUEGOS

DESCARGABLES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010081-1

No. de Expediente: 2017162787

No. de Presentación: 20170255765

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SILVIA

EUGENIA RODRIGUEZ CEA, en su calidad de GESTOR OFICIO-

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 104: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416SO de Ford Motor Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

fIGO Consistente en: la palabra FIGO, que servirá para: AMPARAR: VE-HICULOS DE MOTOR Y SUS PARTES Y ACCESORIOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010086-1

No. de Expediente: 2017162349

No. de Presentación: 20170254850

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FABIO ARTURO PERLA VENTURA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Toto USA, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LINEARCERAM

Consistente en: las palabras LINEARCERAM, que servirá para: AMPARAR: APARATOS DE ALUMBRADO, CALEFACCIÓN, PRO-DUCCIÓN DE VAPOR, COCCIÓN, REFRIGERACIÓN, SECADO, VENTILACIÓN, SUMINISTRO DE AGUA E INSTALACIONES SA-NITARIAS, INCLUYENDO LOS ACCESORIOS DE FONTANERÍA, ESPECIALMENTE INODOROS Y LAVABOS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010087-1

No. de Expediente: 2017162592

No. de Presentación: 20170255426

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS MARAVILLA, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra BEBERÉ y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PREPARACIONES PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO; PRODUCTOS HIGIÉNI-COS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUS-TANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBI-CIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010088-1

No. de Expediente: 2017162593

No. de Presentación: 20170255427

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS MARAVILLA, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 105: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra BEBERÉ y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; PREPARACIONES PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO; PRODUCTOS HIGIÉNI-COS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUS-TANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DEN-TALES, CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010089-1

No. de Expediente: 2017162594

No. de Presentación: 20170255428

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS MARAVILLA, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra BEBERÉ y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; PREPARACIONES

PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO; PRODUCTOS HIGIÉNI-COS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUS-TANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DEN-TALES, CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010090-1

No. de Expediente: 2017162714

No. de Presentación: 20170255627

CLASE: 01, 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO de Henkel AG & Co. KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

MEGAPLEX

Consistente en: la palabra MEGAPLEX, que servirá para: AMPARAR: INGREDIENTES QUIMICOS PARA USO EN LA FABRICACION DE PRODUCTOS COSMETICOS. Clase: 01. Para: AMPARAR: JABONES NO MEDICADOS, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010091-1

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 106: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416No. de Expediente: 2017162743

No. de Presentación: 20170255684

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FABIO

ARTURO PERLA VENTURA, en su calidad de APODERADO de

Merck KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identificado como neurobion-logo n, que

servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS

PARA USO MÉDICO; PREPARACIONES DIETÉTICAS Y SUPLE-

MENTOS ALIMENTICIOS PARA USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010092-1

No. de Expediente: 2017162801

No. de Presentación: 20170255781

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Church & Dwight Canada Corp., de nacionalidad CANADIENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

OVOL

Consistente en: la palabra OVOL, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACEUTICAS, ESPECIALMENTE,

PREPARACIONES ANTI-FLATULENTAS PARA EL ALIVIO DE

COLICOS INFANTILES, HINCHAZON Y DOLOR GASTROINTES-

TINAL. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010093-1

No. de Expediente: 2017162715

No. de Presentación: 20170255628

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

de Henkel AG & Co. KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Schwarzkopf COLOUR SPECIALIST,

en donde la palabra COLOUR se traduce al castellano como SONRO-

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 107: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. JARSE y SPECIALIST como ESPECIALISTA, que servirá para: AM-

PARAR: PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CUERPO Y

LA BELLEZA, LOCIONES PARA EL CABELLO, PREPARACIONES

PARA CUIDAR, LIMPIAR, TEÑIR, DAR COLOR, DECOLORAR,

ARREGLAR, ESTILIZAR Y ONDULAR EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010094-1

No. de Expediente: 2017162670

No. de Presentación: 20170255549

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

SUMITOMO RUBBER INDUSTRIES, LTD., de nacionalidad JAPO-

NESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SPORTMAX Roadsport

Consistente en: la palabra SPORTMAX Roadsport, que servirá

para: AMPARAR: NEUMATICOS PARA VEHICULOS, INCLU-

YENDO NEUMATICOS PARA VEHICULOS DE MOTOR DE DOS

RUEDAS; NEUMATICOS PARA AUTOMOVILES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010095-1

No. de Expediente: 2017162588

No. de Presentación: 20170255422

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-

RADO de ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Tasty Day y diseño, se traduce al

castellano como: día sabroso, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ,

TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y

SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES;

PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS;

AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS

DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-

MENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil

diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 108: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010096-1

No. de Expediente: 2017162638

No. de Presentación: 20170255510

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DAVID

SALOMON PORTILLO MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

TEMPOZA

Consistente en: la palabra TEMPOZA, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO HUMANO

EXCLUYENDO LAS PREPARCIONES FARMACÉUTICAS PARA

CUIDADO DENTAL. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010097-1

No. de Expediente: 2017162487

No. de Presentación: 20170255210

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FABIO

ARTURO PERLA VENTURA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Toto USA, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

TORNADO fLUSH

Consistente en: las palabras TORNADO FLUSH, en donde el

elemento denominativo FLUSH se traduce al castellano como SONROJO,

que servirá para: AMPARAR: ARTICULOS DE FONTANERIA,

ESPECIALMENTE INODOROS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010098-1

No. de Expediente: 2017162587

No. de Presentación: 20170255421

CLASE: 29, 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 109: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. RADO de ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

Consistente en: la palabra Naú y diseño de Bolsa, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUE-VOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. Para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ, ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010099-1

No. de Expediente: 2017160449

No. de Presentación: 20170251087

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Honda

Motor Co., Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra TYPE R y diseño, que se traduce al

castellano como TIPO R. Se concede exclusividad sobre la marca tal

como se presenta, en su conjunto, tomando en cuenta el diseño con la

combinación de colores, trazos y forma de letras representada ya que

sobre las palabras "TYPE R que se traducen al castellano como TIPO

R", individualmente consideradas no se le concede exclusividad, por

ser palabras de uso común en el comercio. En base a lo establecido

en el Artículo 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, que

servirá para: AMPARAR: APARATOS PARA LOCOMOCION POR

TIERRA, AIRE O AGUA, INCLUYENDO VEHICULOS, Y PARTES

Y ACCESORIOS PARA LOS ARTICULOS ANTES MENCIONADOS,

INCLUIDOS EN LA CLASE 12 INTERNACIONAL. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010100-1

No. de Expediente: 2017158377

No. de Presentación: 20170246932

CLASE: 03, 05, 41, 42, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Vifor (International) AG (Vifor (International) Ltd.) (Vifor (International)

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 110: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416Inc.), de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: las palabras VIFOR PHARMA y diseño, que ser-

virá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y

OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;

PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉ-

TICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03. Para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PREPARACIONES

PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO; PRODUCTOS HIGIÉNI-

COS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUS-

TANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO,

ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS

PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL

PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS

DENTALES, CERA DENTAL; DESINFECTANTES. Clase: 05.

Para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE

ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTU-

RALES. Clase: 41. Para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS, ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN

Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E

INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO

DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42. Para:

AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS; SERVICIOS VETERINARIOS;

TRATAMIENTOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS

O ANIMALES. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día nueve de febrero del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010104-1

No. de Expediente: 2015148805

No. de Presentación: 20150226883

CLASE: 07, 09, 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SILVIA EUGENIA RODRIGUEZ CEA, en su calidad de APODERADO de Flir Systems, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra FLIR y diseño, que servirá para: AMPARAR: MÁQUINAS Y MÁQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRES-TRES); ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS AGRÍCOLAS QUE NO SEAN ACCIONADOS MANUALMENTE; INCUBADORAS DE HUEVOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTI-COS. Clase: 07. Para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVA-MENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMU-LACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉ-TICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABACIÓN DIGITALES; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, ORDENADORES; SOFTWARE; EXTINTORES. Clase: 09. Para: AMPARAR: APARATOS DE ALUMBRADO, CALEFACCIÓN, PRODUCCIÓN DE VAPOR, COCCIÓN, REFRIGERACIÓN, SECA-DO, VENTILACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA, ASÍ COMO INSTALACIONES SANITARIAS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día catorce de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010105-1

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 111: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2017162742

No. de Presentación: 20170255683

CLASE: 09, 16, 38, 41, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FABIO

ARTURO PERLA VENTURA, en su calidad de APODERADO de

Merck KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

ADVEVA

Consistente en: la palabra ADVEVA, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN Y CONTROL; SOFTWARE DE COMPUTA-DORA; APLICACIONES MÉDICAS MÓVILES Y APLICACIONES WEB (SOFTWARE) PARA APOYAR A PACIENTES CON ENFER-MEDADES CRÓNICAS; APLICACIONES MÉDICAS MÓVILES; PLATAFORMAS DE SOFTWARE DE COMPUTADORA; PLATA-FORMAS DE INTERNET; PLATAFORMAS DE INFORMACIÓN EN EL INTERNET; PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS. Clase: 09. Para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN, PRODUCTOS DE IMPRENTA; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA Y ARTÍCULOS DE OFICINA, EXCEPTO MUEBLES; MATERIAL DE INSTRUCCIÓN Y DIDÁCTICO. Clase: 16. Para: AMPARAR: SUMINISTRO DE ACCESO A PLATAFORMAS Y PORTALES EN EL INTERNET; COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA POR MEDIO DE SALAS DE CHAT, CHATS EN LÍNEA Y FOROS EN INTERNET. Clase: 38. Para: AMPARAR: EDUCACIÓN, ENSEÑANZA Y ENTRENAMIENTO; PUBLICACIÓN DE PUBLICACIONES MÉDICAS; SUMINISTRO DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (NO DESCARGABLES); CONDUCCIÓN DE CURSOS, SEMINARIO Y TALLERES; ORGANI-ZACIÓN Y CONDUCCIÓN DE CONFERENCIAS, CONGRESOS Y SIMPOSIOS; PUBLICACIÓN DE REVISTAS, LIBROS Y MANUA-LES MÉDICOS. Clase: 41. Para: AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS; CUIDADOS DE LA SALUD Y LA BELLEZA PARA PERSONAS; SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ATENCIÓN MÉDICA; INFOR-MACIÓN Y ASESORAMIENTO SOBRE SALUD. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010106-1

No. de Expediente: 2017162591

No. de Presentación: 20170255425

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

ALIMENTOS MARAVILLA, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

BEBERÉ

Consistente en: la palabra BEBERÉ, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PREPARACIONES PARA USO

MÉDICO Y VETERINARIO; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y

SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS

PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSO-

NAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES, CERA

DENTAL; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010107-1

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 112: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416No. de Expediente: 2017162488

No. de Presentación: 20170255211

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FABIO

ARTURO PERLA VENTURA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Toto USA, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO:

CEfIONTECT

Consistente en: la palabra CEFIONTECT, que servirá para:

AMPARAR: ARTICULOS DE FONTANERIA, ESPECIALMENTE,

INIDOROS Y LAVABOS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, nueve de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010108-1

No. de Expediente: 2017161519

No. de Presentación: 20170253402

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

ORLANDO VAQUERANO MALDONADO, en su calidad de

REPRESENTANTE LEGAL de COMERCIALIZADORA GILTON,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

GILTON, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO:

Consistente en: las palabras TEXTILES GILTON y diseño Sobre

el elemento denominativo TEXTILES, individualmente considerado, no

se le concede exclusividad, por ser palabra de uso común o necesaria en

el comercio, se aclara que obtiene su derecho sobre todo su conjunto tal

como se ha presentado en el modelo adherido a la solicitud, así como

de los colores que aparecen en el mismo, que servirá para: AMPARAR:

TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES (TELAS). Clase: 24.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veintidós de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010117-1

No. de Expediente: 2017162928

No. de Presentación: 20170256075

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ARMANDO AMAYA POLANCO, en su calidad de REPRESENTANTE

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 113: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. LEGAL de DISTRIBUIDORA EL ROBLE, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA EL

ROBLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO:

Consistente en: la palabra LALO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: DEPORTIVAS (ZAPATILLAS-), CAMISETAS DE

DEPORTE, CALCETINES, CAMISAS, GORRAS, BOTAS. Clase:

25.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010119-1

No. de Expediente: 2017163305

No. de Presentación: 20170256897

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE

NEFTALY ZEPEDA RIVAS, de nacionalidad SALVADOREÑA y

DINORA DEL CARMEN GARCIA DE ZEPEDA, de nacionalidad

SALVADOREÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO:

Consistente en: los términos RV RI-VAS, que servirá para:

AMPARAR: JOYERIA. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060671-1

No. de Expediente: 2017162905

No. de Presentación: 20170256051

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 114: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO:

Consistente en: la expresión ESPUMAR FLORESTA y diseño,

que servirá para: AMPARAR: CAMAS. Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete.

HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060678-1

No. de Expediente: 2017162908

No. de Presentación: 20170256054

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO:

Consistente en: la palabra BEAR BATH que se traduce al

castellano como BAÑO DE OSO, que servirá para: AMPARAR:

ESPONJAS DE ASEO PERSONAL, PARA USAR EN BAÑOS DE

NIÑOS, ESPONJAS DE POLIUTERANO, QUE TIENEN LA FORMA

DE UN OSO. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete.

HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060679-1

No. de Expediente: 2017159082

No. de Presentación: 20170248577

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCO

JAVIER CALVO CAMINOS, en su calidad de APODERADO de ISSA

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 115: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. MARIA BARRERA DE LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO:

Consistente en: la frase DEAR SUN y diseño, que se traduce al

castellano como querido sol, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS

DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase:

25.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, siete de junio del año dos mil diecisiete.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060680-1

No. de Expediente: 2017162902

No. de Presentación: 20170256048

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO:

Consistente en: las palabras ESPUMAR PETS y diseño; PETS se

traduce al castellano como MASCOTAS, que servirá para: AMPARAR:

CAMAS PARA MASCOTAS. Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete.

HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060681-1

No. de Expediente: 2017159080

No. de Presentación: 20170248575

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCO

JAVIER CALVO CAMINOS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de ISSA MARIA BARRERA DE LOPEZ, de nacionalidad

SALVADOREÑA y MARTA YANIRA NUÑEZ DE LOPENS, de

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 116: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO:

Consistente en: las palabras Victorie Kids y diseño, que se

traducen al castellano como VICTORIA DE NIÑOS, que servirá para:

AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE

SOMBRERERÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veintiocho de junio del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060682-1

No. de Expediente: 2017162904

No. de Presentación: 20170256050

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: La expresión ESPUMAR Eternity y diseño, la

palabra Eternity se traduce al castellano como Eternidad, que servirá

para: AMPARAR: MUEBLES; CAMAS PARA USO DE PERSONAS.

Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete.

HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060683-1

No. de Expediente: 2017162910

No. de Presentación: 20170256056

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO:

Consistente en: la palabra ESPUMAR y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CAMAS DE COMPONENTES DE BASE Y COLCHÓN.

Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos

mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 117: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060684-1

No. de Expediente: 2013123888

No. de Presentación: 20130178562

CLASE: 16, 35, 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VICTOR

MANUEL HERRERA MAGAÑA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO:

Consistente en: las palabras INFOGUIA EL SALVADOR

y diseño, que servirá para: AMPARAR: REPRESENTACIONES

GRAFICAS, REVISTAS, PUBLICACIONES. Clase: 16. Para:

AMPARAR: SERVICIOS POR CUENTA DE TERCEROS PARA

QUE LOS CONSUMIDORES REALICEN COMPRAS O VENTAS

DE PRODUCTOS O SERVICIOS A TRAVES DE SITIOS WEB.

Clase: 35. Para: AMPARAR: ORGANIZACION DE CRUCEROS,

EXCURSIONES Y VIAJES, SERVICIOS DE TURISMO, AGENCIAS

DE TURISMO. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060711-1

No. de Expediente: 2017161486

No. de Presentación: 20170253347

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JORGE

ALBERTO FAJARDO AQUINO, en su calidad de APODERADO

de WILLIAM ALFREDO SANTOS GONZALEZ, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO:

Consistente en: la frase Camas Sublime y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CAMAS; ACCESORIOS PARA CAMAS, COLCHONES

Y ALMOHADAS Y COLCHONETAS PARA DORMIR. Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad

de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San

Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060778-1

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 118: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

ACEPTACION DE HERENCIA

LICENCIADO JOSÉ APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ DE

LO CIVIL DE COJUTEPEQUE SUPLENTE: DE CONFORMIDAD

AL INCISO 1° DEL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL. AL

PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER QUE: Se han promovido por la Licenciada Coralia

Marina Artiga Ávalos, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas

con Beneficio de Inventario clasificadas en este juzgado bajo la REF.:

DV-81-17-2; sobre los bienes que a su defunción dejara la señora

Isabel Guerra, conocida por María Isabel Guerra, quien falleció a las

nueve horas del día treinta de abril de mil novecientos setenta y cuatro;

siendo su último domicilio la ciudad de Cojutepeque, departamento de

Cuscatlán, y este día se tuvo por aceptada la herencia antes referida

y se nombró como ADMINISTRADORA Y REPRESENTANTE

INTERINA con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente de dicha sucesión, a la señora María Antonia Guerra,

en su calidad de hija sobreviviente de la causante en comento.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan

presentarse a este tribunal las personas que se crean con derecho a la

herencia que a su defunción dejara la referida causante, dentro de los

quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de la ciudad de Cojutepeque,

a los seis días del mes de septiembre de dos mil diecisiete. LIC.

JOSÉ APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ DE LO CIVIL DE

COJUTEPEQUE, SUPLENTE. LICDA. GILDA MARITRINI

CONTRERAS ROSALES, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. C009993-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley.

HACE SABER, Que por resolución de las ocho horas y cincuenta

minutos del día seis de septiembre de dos mil diecisiete. se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario en la Herencia

Intestada dejada al fallecer por la señora ROSA ELENA CÁCERES

VIUDA DE MORALES, el día seis de enero de dos mil diecisiete en

Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo este su último domicilio, de

parte de los señores ROSA LÍVIDA MORALES DE GRANADEÑOS,

EN CALIDAD DE HIJA DE LA CAUSANTE Y CESIONARIA

DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS QUE COMO HIJOS DE

LA CAUSANTE LE CORRESPONDÍAN A LOS SEÑORES LUIS

ALONSO MORALES CÁCERES, JUAN FRANCISCO MORALES,

JUBER ADALBERTO MORALES CÁCERES, EDITH AZUCENA

MORALES CÁCERES, MARÍA MARTINA MORALES CÁCERES

Y MIRIAM MARIBEL MORALES CÁCERES.-

Confiéraseles a los aceptantes la Administración y Representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo

en el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los seis días

del mes de septiembre de dos mil diecisiete.- LIC. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. LOURDES

ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060264-2

LICENCIADO RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SONSONATE, AL

PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de herencia

con beneficio de inventario, clasificadas bajo el Número 304-ACE-16-

(3), iniciadas por la Licenciada Gladis Jeannette Portillo Campos, en su

calidad de Apoderada General Judicial de las señoras Carla Verónica

Valle Guzmán antes Carla Verónica Valle de Castillo, mayor de edad,

empleada, de este domicilio, y Natalia del Pilar Valle de Castro antes

Natalia del Pilar Valle Martínez, mayor de edad, estudiante y de este

domicilio; se ha proveído resolución por este Tribunal, a las diez horas

nueve minutos del día nueve de agosto de dos mil diecisiete, mediante

la cual se ha tenido por aceptada interinamente y con beneficio de

inventario de parte de las señoras Carla Verónica Valle Guzmán antes

Carla Verónica Valle de Castillo, y Natalia del Pilar Valle de Castro

antes Natalia del Pilar Valle Martínez, la herencia Testamentaria que

a su defunción dejare el causante señor José Rigoberto Valle, quien

fue de setenta y un años a su deceso, pensionado o Jubilado, soltero,

originario de Comasagua, La Libertad, de nacionalidad Salvadoreña,

habiendo fallecido el día dieciocho de enero del año dos mil diecisiete,

hijo de la señora Jesús Valle, siendo su último domicilio en Colonia

El Balsamar, de la ciudad de Sonsonate.

de seGunda publicación

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 119: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. A las aceptantes señoras Carla Verónica Valle Guzmán antes Carla

Verónica Valle de Castillo, y Natalia del Pilar Valle de Castro antes

Natalia del Pilar Valle Martínez, en calidad de herederas Testamentarias

del Causante, se les confiere interinamente la administración y

representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel

que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a

deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera

publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las

quince horas del día veinticinco de agosto del año dos mil diecisiete.

LIC. MSc. RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE

LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No.F060297-2

LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta

minutos del día dieciséis de mayo del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor

JUAN CARLOS BARRERA MUÑOZ, mayor de edad, camarógrafo,

del domicilio de esta ciudad y departamento, con Documento Único

de Identidad número cero cero cuatrocientos setenta y ocho mil

cuatrocientos veinticinco-ocho y Número de Identificación Tributaria un

mil diez- cero treinta mil ciento setenta-ciento cuatro-cero, la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora ELENA DEL TRÁNSITO

CHACÓN MUÑOZ conocida por MARÍA ELENA MUÑOZ, quien

fue de setenta y cinco años de edad, doméstica, soltera, salvadoreña,

con Documento Único de Identidad número cero un millón seiscientos

dieciocho mil seiscientos ochenta y nueve-ocho, fallecida el día catorce

de julio del año dos mil doce, en el Barrio El Santuario, de esta ciudad

y departamento, lugar de su último domicilio, en concepto de hijo de la

causante y se ha nombrado al aceptante administrador y representante

interino de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis

días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. LIC. LUIS ANTONIO

BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060313-2

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con

veinticinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte de las señoras

YANIRA ELIZABETH CHACON Y LOURDES ROSIBEL CHACON

DE VILLALTA, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

ADALBERTO CHACON MUÑOZ, quien fue de sesenta y sesenta y

siete años de edad, platero, salvadoreño, soltero, falleció el día trece

de marzo del dos mil uno en esta ciudad en este Distrito Judicial, lugar

de su último domicilio, en concepto de hijas de la causante.

Y se ha nombrado a las aceptantes administradoras y representantes

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dos días del

mes de mayo del dos mil diecisiete. LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060315-2

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cincuenta

minutos del día veintinueve de Mayo del año dos mil diecisiete, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte

del señor DANIEL ANASTACIO VALLADARES RAMOS o DANIEL

ANASTASIO RAMOS VALLADARES, mayor de edad, empleado, del

domicilio de San Vicente, departamento de San Vicente, con Documento

Unico de Identidad número cero dos seis cinco dos cinco dos cero -seis

y Tarjeta de Identificación Tributaria número uno cero uno cero -cero

tres cero uno cuatro uno- cero cero uno -tres, la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor CEFERINO DAMAZIO RAMOS

CORNEJO o CEFERINO RAMOS, quien fue de cien años de edad,

agricultor en pequeño, soltero, salvadoreño, con Documento Único

de Identidad número cero tres millones novecientos sesenta y seis mil

trescientos dieciséis -cero y Tarjeta de Identificación Tributaria un mil

diez-doscientos sesenta mil ochocientos nueve -cero cero uno - cinco;

fallecido el día veintiocho de mayo del año dos mil once, en el Cantón

Antón Flores de esta ciudad, siendo San Vicente, departamento de San

Vicente, el lugar de su último domicilio, en concepto de hijo del causante

y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

DIARIO

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Page 120: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintinueve

días del mes de Mayo del año dos mil diecisiete. LIC. LUIS ANTONIO

BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060317-2

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día

veintisiete de abril de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor JUAN

CARLOS BARRERA MUÑOZ, la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor ALFREDO MUÑOZ, quien fue de setenta y

cuatro años de edad, panificador, soltero, originario de la ciudad de

San Vicente, departamento de San Vicente, fallecido a las veinte

horas del día veinticuatro de junio de dos mil tres, en el Barrio El

Santuario, de la ciudad de San Vicente, departamento de San Vicente,

lugar de su último domicilio, como cesionario del derecho hereditario

que en la sucesión del causante le correspondía a la señora ELVIRA

ESMERALDA MUÑOZ DE PALACIOS, ésta en calidad de hija del

referido causante. Y se ha nombrado al aceptante administrador y

representante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas

diez minutos del día veintisiete de abril de dos mil diecisiete. LIC. LUIS

ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.

LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060318-2

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, de este Distrito Judicial, al

Público para efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal

de las once horas y cuarenta minutos del día siete de Septiembre del

corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante

José Anastacio Ramos Ramos, de parte de la señora María Vicenta

Argueta, de cincuenta y nueve años de edad, de Oficios Domésticos, del

domicilio de Meanguera, Departamento de Morazán, con Documento

Único de Identidad Número cero dos seis uno dos seis uno uno guión

siete; y, Número de Identificación Tributaria Número uno tres uno

cuatro guión cero tres cero nueve cinco siete guión cero cero uno

guión dos; como Cesionaria de los derechos hereditarios que le

correspondían a los señores Mauricio Argueta Ramos; María Yessenia

Ramos Argueta y Glenda Alejandra Ramos Argueta, en calidad de

hijos del mencionado causante, quien a la fecha de su fallecimiento

fue de cincuenta y nueve años de edad, soltero, Jornalero, originaria

y con domicilio de Meanguera, Departamento de Morazán; hijo de los

señores Secundido Ramos y Julia Ramos; falleció a las once horas del

día seis de Agosto de dos mil catorce, en el Caserío Alto Miro, Cantón

Cerro Pando del Municipio de Meanguera, Departamento de Morazán;

siendo ese mismo Municipio, lugar de su último domicilio.- Se le

confirió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida,

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que

se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado

periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera; a las once horas y nueve minutos del día doce de Septiembre de

Dos Mil Diecisiete. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060321-2

ETHEL ELIZABETH CABRERA TOBAR, Notario, de este domicilio,

con oficina ubicada en Trece Calle Poniente y Séptima Avenida Norte,

Condominio Centro de Gobierno, Tercer Nivel, Local treinta y cinco,

contiguo a Diario El Mundo, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída

en la ciudad de San Salvador a las siete horas del día trece de septiembre

del año dos mil diecisiete; se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

dejó la señora SARA VASQUEZ DE CEA, conocida por SARA

VASQUEZ MONTOYA, SARA VASQUEZ y por SARA MONTOYA,

quien falleció a las catorce horas con cincuenta minutos del día treinta

y uno de diciembre del año dos mil dieciséis en el Hospital General

del Seguro Social de San Salvador; de parte de los señores MEDAD

OSVALDO CEA VASQUEZ y CARLOS DAVID CEA VASQUEZ,

DIARIO

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Page 121: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. de generales conocidas en las presentes Diligencias de Aceptación

de Herencia Intestada, en sus caracteres de hijos sobrevivientes y

cesionarios de los derechos hereditarios que le corresponden al señor

MEDAD CEA GUILLEN, quien es cónyuge sobreviviente de la

causante, siendo por consiguiente los llamados a heredar los bienes y

derechos de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante,

habiéndose conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente, en consecuencia por este medio se cita a todos los

que se crean con derecho a la referida Herencia para que se presenten

a esta oficina, en el término de quince días contados desde el siguiente

de la última publicación del presente edicto.

En la Ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes de

septiembre del año dos mil diecisiete.-

ETHEL ELIZABETH CABRERA TOBAR,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F060337-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta

minutos del día cinco de septiembre de dos mil diecisiete. se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario en la Herencia

Intestada dejada al fallecer por el señor Luis Ernesto Martínez Quezada,

el día nueve de junio de mil novecientos noventa y cinco en la ciudad de

Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo este su último domicilio,

de parte de Jorge Ernesto Palacios Martínez y Dolores Del Carmen

Palacios Martínez, en calidad de hijos sobrevivientes del causante.

Confiéraseles a los aceptantes la Administración y Representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo

en el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a

los cinco días del mes de septiembre de dos mil diecisiete.- LIC.

MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

LICDA. LOURDES ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060377-2

PEDRO MAURICIO GUATEMALA ROSA, JUEZ DE LO LABORAL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada promovidas por la Señora DIGNA ISOLINA DEL CID,

en su calidad de Madre de los en aquel entonces menores MIRNA

MARITZA BLANCO DEL CID, SALVADOR ANTONIO BLANCO

DEL CID, JOSE ADOLFO BLANCO DEL CID y ANA BERSABE

BLANCO DEL CID, de los bienes que a su defunción dejó el causante

Señor JOSE ADOLFO BLANCO BERRIOS, conocido por ADOLFO

BLANCO BERRIOS, a folios 11 se encuentra el edicto que literalmente,

DICE: "JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, Juez de lo Laboral,

de este Distrito Judicial, HACE SABER: Que por resolución de este

mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el Señor JOSE

ADOLFO BLANCO BERRIOS, conocido por ADOLFO BLANCO

BERRIOS, quien falleció en El Cantón El Brazo de esta Jurisdicción,

distrito y Departamento de San Miguel, lugar de su último domicilio,

el día veintiocho de Agosto del corriente año, de parte de los menores

MIRNA MARITZA BLANCO DEL CID, SALVADOR ANTONIO

BLANCO DEL CID, JOSE ADOLFO BLANCO DEL CID y ANA

BERSABE BLANCO DEL CID, representados todos por su señora

madre DIGNA ISOLINA DEL CID, y teniendo parte en la misma

herencia los señores JOSE SANTOS BLANCO y MARIA TRINIDAD

BERRIOS, en concepto de padres del causante, se les cita para que

manifiesten si aceptan o repudian dicha herencia; y se les ha conferido a

los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión

con las facultades y restricciones de Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Laboral: San Miguel, a las once

horas y cuarenta y cinco minutos del día cuatro de Noviembre de mil

novecientos ochenta y nueve.----Guerra Guerra----Fi de Cárdenas---

Sria---RUBRICADAS----

El cual se extiende a solicitud del Licenciado LUIS ALONSO

FRANCO GONZALEZ, para los efectos de las publicaciones de Ley,

a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día veintinueve de

Agosto de dos mil diecisiete.- LIC. PEDRO MAURICIO GUATEMALA

ROSA, JUEZ DE LO LABORAL. LICDA. ALBA LUZ SALVADOR

DE GUZMAN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060379-2

DIARIO

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Page 122: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,

a las catorce horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte de: GREGORIA

ABIGAIL GÓMEZ BONILLA, de 66 años de edad, costurera, soltera,

del domicilio de El Divisadero, Departamento de Morazán, con DUI

Número 01046115-1, y NIT Número 1312-021150-102-7; de la heren-

cia que en forma Intestada dejó el causante ESTANISLAO GÓMEZ,

conocido por JOSÉ ESTANISLAO GÓMEZ y por ESTANISLAO

GÓMEZ MANZANARES, quien fue de 92 años de edad, Soltero,

Agricultor en Pequeño, originario de Jocoro, Departamento de Morazán,

hijo de Francisco Reyes Manzanarez y Gregoria Gómez, ya fallecidos;

quien falleció a las 5 horas del día 11 de octubre de 1998, en el Cantón

Llano de Santiago, de la jurisdicción de El Divisadero, Departamento

de Morazán, a consecuencia de " Paro Cardiaco"; siendo ese lugar su

último domicilio; en concepto de hija del referido causante.-

Confiérasele a la referida aceptante en la calidad expresada, la

administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, a las catorce horas y veinticinco minutos del

día treinta de mayo de dos mil diecisiete.- Lic. ISIDRO ENRIQUE MO-

RENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060380-2

GLORIA ESTELA AMAYA DE FERNANDEZ, JUEZA DE LO CIVIL

DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y cinco minutos

de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio

de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor

FRANCISCO ARNOLDO RENDEROS, al fallecer el día veintitrés

de mayo del año dos mil dieciséis, en el Hospital San Francisco, de la

Ciudad de San Miguel, habiendo sido esta Ciudad de Usulután su último

domicilio, de parte de la señora ANA JULIA VIGIL DE RENDEROS,

en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintisiete días del mes de julio de dos mil diecisiete.- Licda. GLORIA

ESTELA AMAYA DE FERNANDEZ, JUEZA DE LO CIVIL.- Licda.

MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060417-2

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce

horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario, de parte de la señora MARTHA GLORIA VASQUEZ

DE PORTILLO y DIEGO ALEXANDER PORTILLO VASQUEZ y

de los menores GERARDO BENJAMIN, PERLA LUCERO y ANGEL

ARIEL, todos de apellido PORTILLO VASQUEZ, representados legal-

mente por su madre MARTHA GLORIA VASQUEZ DE PORTILLO,

la primera en su calidad de cónyuge del causante y los tres últimos en

calidad de hijos, de la Herencia intestada dejada a su defunción por el

señor ELEXANDER BENJAMÍN PORTILLO MONCHEZ, quien fuera

de cuarenta años de edad, casado, Mecánico Industrial, originario de

Ciudad Arce, Departamento de La Libertad y que falleció el día siete de

diciembre del año dos mil dieciséis, en San Juan Opico, Departamento

de La Libertad, siendo éste su último domicilio.

Confiéraseles a los aceptantes expresados en el concepto indicado,

la Administración y Representación Interina de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las catorce horas diez minutos del día uno de septiembre del año dos

mil diecisiete.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060429-2

DIARIO

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Page 123: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. HERENCIA YACENTE

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas dieciocho

minutos del día siete de septiembre de dos mil diecisiete, se ha declarado

YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

señora Eva Cristina Granados, quien fue de cincuenta y cinco años de

edad, comerciante en pequeño, soltera, hija de Tomasa Granados, quien

falleció el día dos de julio de dos mil catorce, siendo esta ciudad el lugar

de su último domicilio; y se nombró curadora especial para que represente

la sucesión de la mencionada, a la Licenciada Consuelo Elizabeth López

Carranza, a quien se le hizo saber este nombramiento para su aceptación,

protesta y demás efectos de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL SAN MIGUEL: a las once horas veintitrés minutos del día siete de

septiembre de dos mil diecisiete.- Lic. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN

MIGUEL.- Lic. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F060267-2

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las nueve horas y treinta minutos del día dieciocho de agosto de dos

mil diecisiete, se ha declarado yacente la herencia intestada dejada a

su defunción por el señor FREDY ANTONIO REGALADO RUANO,

quien fue de treinta y cuatro años de edad, estudiante, fallecido el día

tres de abril de dos mil diecisiete, en la jurisdicción de San Salvador,

siendo El Paisnal su último domicilio y se ha nombrado Curadora a la

Licenciada JOSSETTE PARADA HERNÁNDEZ, quien es mayor de

edad, Abogada, a quien se hace saber de este nombramiento al referido

profesional para su aceptación, juramento y demás efectos de ley.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión, se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días, después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve

horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de agosto de dos mil

diecisiete.- Lic. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO,

JUEZ DE LO CIVIL INTO.- Lic. EFRAIN EDGARDO AVELAR

BERMUDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060416-2

TITULO SUPLETORIO

PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA

DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licencia-

do CARLOS ALBERTO MIRA CRUZ, mayor de edad, Abogado, del

domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, con Tarjeta de

Abogado número: ocho mil setecientos once y Tarjeta de Identificación

Tributaria número: cero novecientos cinco guión doscientos cincuenta

mil ciento setenta y seis guión ciento uno guión dos; quien actúa en

representación de la Alcaldía Municipal de Guacotecti, Departamento

de Cabañas, representada por el señor CARLOS ALBERTO ZAVALA

VASQUEZ, en su calidad de Alcalde Municipal de la Alcaldía Municipal

de Guacotecti, Departamento de Cabañas, con Número de Identificación

Tributaria cero novecientos dos guión cien mil doscientos setenta y

tres guión ciento uno guión cero; solicitando se le extienda TITULO

SUPLETORIO a favor de la Alcaldía Municipal de Guacotecti de UN

inmueble de naturaleza rústico, situado en CANTON AGUA ZARCA,

JURISDICCION DE GUACOTECTI, DEPARTAMENTO DE CA-

BAÑAS, de la extensión superficial de TRESCIENTOS CINCUENTA

Y CINCO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS,

de la descripción técnica siguiente: Lindero Norte, consta de un tramo

recto con rumbo Norte sesenta y seis grados cuarenta y tres minutos

cincuenta y seis segundos Oriente con una distancia de veintiocho

punto cincuenta metros, colindando con el Estado de El Salvador en el

DIARIO

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Page 124: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416Ramo de Educación, Escuela "Agua Zarca", con línea imaginaria de por

medio. Lindero Oriente, consta de un tramo recto con rumbo Sur ocho

grados cuarenta y seis minutos cincuenta y cinco segundos Oriente con

una distancia de once punto cero cinco metros, colindando con Alberto

Cortez, con línea imaginaria y calle de por medio. Lindero Sur, consta

de un tramo recto con rumbo Sur cincuenta y cuatro grados, tres mi-

nutos treinta y dos segundos Poniente con una distancia de veinticinco

punto veintinueve metros colindando con Santiago Soriano, con línea

imaginaria y servidumbre de por medio. Lindero Poniente, consta de un

tramo recto con rumbo Norte veintisiete grados un minutos cincuenta y

cinco segundos Poniente con una distancia de dieciséis punto veintiocho

metros, colindando con Mariana de Jesús García de Cruz, con línea

imaginaria de por medio, llegando así al vértice inicial donde inicio la

presente descripción técnica. Lo adquirió por donación de hecho que

le hizo el señor Santos Soriano, en el año de mil novecientos sesenta

y cinco. Y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veintiún

días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.- Lic. PATRICIA

LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA INTERINA.- Lic. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010014-2

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

LEONEL ALFREDO GUTIERREZ HERNANDEZ, mayor de edad,

Abogado y Notario, del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután,

con Tarjeta de Abogado número diecisiete mil ciento treinta y seis, y

Tarjeta de Identificación Tributaria número uno uno uno seis guión dos

cero cero cinco ocho uno guión uno cero uno guión siete, quien actúa

en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la

señora BERTA LILLIAN DE LA O DE ALVARENGA, de sesenta y

cinco años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Jucuapa,

Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número

cero cero setecientos treinta y siete mil trescientos veinticuatro guión

dos; y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil ciento nueve

guión ciento veinte mil ciento cincuenta y dos guión ciento uno guión

cuatro; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, del siguiente

inmueble: Un terreno rústico cultivado de café, situado en el lugar deno-

minado "El Jícaro" de la jurisdicción y distrito de Jucuapa, Departamento

de Usulután, de la capacidad superficial de TRESCIENTOS SETENTA

Y SIETE METROS CUADRADOS; de las medidas Y linderos especia-

les siguientes Comenzando a describir el inmueble a partir del vértice

NOR-ORIENTE, el cual mide y linda así; NORTE: Formado por un

tramo recto de cuatro metros y rumbo Sur con cincuenta grados, dieciséis

minutos y cuarentena y un segundos Este, lindando con la señora Berta

Lillian de la O de Alvarenga; ORIENTE: Formado por un tramo recto

de cincuenta y cinco punto cincuenta metros cuadrados y rumbo Sur con

veintinueve grados, cincuenta y ocho minutos y veintiocho segundos

Oeste , lindando con la señora Berta Lillian de la O de Alvarenga; SUR:

Formado por un tramo recto de nueve punto sesenta metros cuadrados y

rumbo Norte cuarenta y siete grados, veintiséis minutos y veinticuatro

segundos Oeste, lindando con el señor Moisés Chevez Argueta; y al

PONIENTE: Formado por un tramo recto de cincuenta y cinco punto

tres metros cuadrados y rumbo Norte treinta y cinco grados, cuarenta

minutos y cero cero segundos Este, lindando calle de por medio con

el señor Mauricio Valencia Colato; y por la suma de SEISCIENTOS

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, adquirido

mediante Compraventa de Posesión Material que le hizo al señor JOSÉ

MOISÉS CHÉVEZ ARGUETA y éste lo por de Escritura Pública de

Compraventa de Inmueble otorgada por el señor Margarita del Carmen

Araujo de Arrieta, el día diecisiete de enero de dos mil quince, ante

los oficios notariales de la Licenciada Marcela Dolores Soto Gutiérrez

y ésta ejerció posesión desde hace más de treinta años, por lo que la

unidad de posesión de la titulante señora BERTA LILLIAN DE LA O

DE ALVARENGA, pasan más de treinta años consecutivos de poseer

el inmueble. Dicho inmueble lo valora por la cantidad de SEISCIEN-

TOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; por

lo que la señora Berta Lillian De La O De Alvarenga, está en posesión

material, quieta, pacífica, pública, continua y sin ninguna interrupción;

sin proindivisión con ninguna persona, del mencionado inmueble.-

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS DOCE HORAS Y CINCUENTA Y CINCO

MINUTOS DEL DIA CUATRO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL

DIECISIETE.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010015-2

DIARIO

OFIC

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ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

DAYSI ELIZABETH CARRANZA RIVERA, como Apoderada General

Judicial del señor JOSE SANTOS ARGUETA GUSMAN, a solicitar

a favor de su poderdante, TITULO SUPLETORIO de dos terrenos de

Naturaleza rústica, situados en el Caserío volcancillo, Cantón Casa

Blanca, Jurisdicción de Perquín, Distrito de Jocoaitique, Departamento

de Morazán, EL PRIMERO: de la Capacidad Superficial de OCHO

MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y TRES

METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes:

El vértice Nor Poniente que es el punto de partida de esta descripción

técnica tiene los siguientes rumbos y distancias que en sentido horario

se describen así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente

está formado por siete tramos con los siguientes rumbos y distancias:

Tramo uno, Noreste cuarenta y cinco grados cincuenta y seis minutos

cincuenta y cinco segundos con una distancia de trece punto ochenta y

siete metros; Tramo dos, noreste ochenta y cuatro grados cincuenta y

dos minutos cincuenta y nueve segundos con una distancia de diecisiete

punto veintitrés metros; Tramo tres, Sureste setenta y nueve grados

veintiocho minutos cero seis segundos con una distancia de ocho punto

cuarenta y tres metros; Tramo cuatro, noreste setenta y dos grados

cincuenta y nueve minutos treinta y tres segundos con una distancia de

once punto sesenta y tres metros; Tramo cinco, Noreste sesenta y ocho

grados cero uno minutos veintiún segundos con una distancia de dieci-

siete punto setenta y cuatro metros; Tramo seis, Noreste ochenta y tres

grados treinta y cuatro minutos veintinueve segundos con una distancia

de diecisiete punto treinta y ocho metros; Tramo siete, Sureste sesenta

y ocho grados treinta y tres minutos treinta y nueve segundos con una

distancia de dos punto ochenta y cuatro metros; colinda con terrenos de

Armando Nolasco Pérez y Santos Nolasco de Ramos con cerco de púas.

LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor oriente está formado por

ocho tramos con los siguientes rumbos y distancia: Tramo uno, sureste

cero seis grados diez minutos veintisiete segundos con una distancia de

seis punto cuarenta metros; Tramo dos, suroeste diecinueve grados cero

cero minutos treinta y dos segundos con una distancia de diecisiete punto

sesenta y tres metros; Tramo tres, suroeste once grados cero ocho minutos

diez segundos con una distancia de doce punto setenta y siete metros;

Tramo Cuatro, sureste cero uno grados veinticuatro minutos veinticinco

segundos con una distancia de ocho punto cincuenta y siete metros;

Tramo cinco, sureste cero ocho grados veintinueve minutos treinta y dos

segundos con una distancia de treinta y siete punto veintiséis metros;

Tramo seis, sureste veinte grados cuarenta y seis minutos cincuenta y

nueve segundos con una distancia de dieciocho punto noventa y tres

metros; Tramo siete sureste veintiséis grados veinte minutos veintiséis

segundos con una distancia de cincuenta y dos punto treinta y siete

metros; Tramo ocho, sureste diecisiete grados cuarenta y nueve minutos

treinta y tres segundos con una distancia de veintidós punto cuarenta y

seis metros; colinda con terrenos de Jesús Chicas, Eliazar Gómez, Rudy

Díaz, Valentín Nolasco Hernández, con cerco de púas y calle de por

medio; LINDERO SUR, Partiendo del vértice sur Oriente está formado

por siete tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,

Noreste cuarenta y seis grados treinta y seis minutos cuarenta y siete

segundos con una distancia de veintidós punto sesenta y seis metros;

Tramo dos, noroeste cincuenta y uno grados treinta y nueve minutos

cuarenta y dos segundos con una distancia de veintiuno punto cincuenta

y ocho metros; Tramo tres, Noroeste, cuarenta y tres grados cero uno

minutos trece segundos con una distancia de veinticuatro punto treinta

y uno metros; tramo cuatro, Noroeste cincuenta y dos grados cincuenta

minutos diecinueve segundos con una distancia de doce punto cero cero

metros; tramo cinco, Noroeste cincuenta y nueve grados cincuenta y

nueve minutos cincuenta y tres segundos con una distancia de dieciséis

punto once metros; Tramo seis, noroeste sesenta grados cero seis minutos

treinta y seis segundos con una distancia de treinta y tres punto cero ocho

metros; Tramo siete, noroeste sesenta y cuatro grados veintisiete minutos

treinta y ocho segundos con una distancia de veinticuatro punto noventa

y ocho metros; colinda con el terreno identificado como el segundo,

propiedad de José Santos Argueta Gusmán, con cerco de púas y calle de

por medio.- LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice sur Poniente

está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo

uno, Noreste cero seis grados cuarenta y seis minutos cuarenta y cuatro

segundos con una distancia de cincuenta y siete punto cincuenta y tres

metros; colinda con terrenos de Ana María de Jesús Gutiérrez de Díaz,

con cerco de púas; Así se llega al vértice Nor Poniente que es donde

se inició la descripción.- EL SEGUNDO: De la extensión superficial

de TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA PUNTO SESENTA Y

NUEVE METROS CUADRADOS; del vértice nor poniente que es el

punto de partida de esta descripción técnica, tiene los siguientes rumbos

y distancias, en sentido horario se describe así: LINDERO NORTE,

Partiendo del vértice nor poniente está formado por cinco tramos con

los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, sureste setenta grados

once minutos cincuenta y dos segundos con una distancia de seis punto

cero cero metros; Tramo dos, sureste sesenta y tres grados dieciocho

minutos cincuenta y cinco segundos con una distancia de veinte punto

cincuenta y tres metros; tramo tres, sureste sesenta grados cincuenta y

tres minutos treinta y uno segundos con una distancia de nueve punto

noventa y ocho metros; tramo cuatro, sureste cincuenta y cinco grados

cero dos minutos veinte segundos con una distancia de dieciséis punto

cincuenta metros; tramo cinco sureste sesenta grados once minutos

veintidós segundos con una distancia de veintisiete punto cuarenta y

ocho metros; colinda con terreno identificado como EL PRIMERO,

propiedad de José Santos Argueta Gusmán, con cerco de púas y calle

de por medio. LINDERO ORIENTE, Partiendo del vértice nor oriente

está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias:

DIARIO

OFIC

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NO TIE

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Page 126: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416Tramo uno, sureste cuarenta y cuatro grados veinticinco minutos cero

siete segundos con una distancia de veinticuatro punto ochenta y nueve

metros; Tramo dos, sureste cuarenta y nueve grados cincuenta y uno

minutos veintinueve segundos con una distancia de veinte punto sesenta

metros; tramo tres, Sureste cuarenta y cinco grados cero uno minutos

cincuenta y seis segundos con una distancia de veintiséis punto cincuenta

y nueve metros; colinda con terreno identificado como EL PRIMERO,

propiedad de José Santos Argueta Gusmán, con cerco de púas y calle

de por medio. LINDERO SUR; partiendo del vértice sur oriente está

formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno noroeste sesenta y nueve grados treinta y seis minutos cero cinco

segundos con una distancia de ciento siete punto veintiocho metros;

Tramo dos, Noroeste cincuenta y seis grados treinta y ocho minutos

cero uno segundos con una distancia de treinta punto cincuenta y siete

metros; colindando con terrenos de Rogelio Gómez, con cerco de púas.-

LINDERO PONIENTE; Partiendo del vértice sur poniente está formado

por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno, Noreste cero

seis grados treinta y seis minutos cero tres segundos con una distancia

de treinta y cinco punto diez metros, colinda con terrenos de Ana María

de Jesús Gutiérrez de Díaz, con cerco de púas; así se llega al vértice

Nor poniente, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble lo

adquirió por compraventa de Posesión Material que le hizo a la señora

Benancia Gómez de Romero; inmuebles que cada uno se estiman en

el precio de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Departamento de Morazán, a los veintidós días del mes

de Junio del Dos Mil Diecisiete.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA. LIC. CARLOSAMILCAR

PINEDA NOLASCO, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F060341-2

RENOVACIÓN DE MARCA

No. de Expediente: 1997003802

No. de Presentación: 20170245621

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO(A)

Y NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Empresas CMPC

S. A., del domicilio de Agustinas 1343, Santiago, Chile, de nacionalidad

CHILENA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00115 del Libro 00191 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra ELITE, escrita en letras de molde mayúsculas de color

negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil diecisiete.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060358-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2017161847

No. de Presentación: 20170253994

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS GIAN-

CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APODERADO

de DANIEL OSORTO FLORES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

SASTRERIA fLORES

Consistente en: las palabras SASTRERIA FLORES, que servi-

rá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A LA CONFECCION DE ROPA Y SERVICIOS DE

SASTRERIA.

DIARIO

OFIC

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ARA CONSULTA

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EZ LEGAL

Page 127: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de julio del año dos mil diecisiete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009999-2

No. de Expediente: 2016151055

No. de Presentación: 20160231583

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIAN

VICTORIA OVANDO DIAZ, en su calidad de APODERADO de

INVERSIONES BARRIO LA BOCA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES BARRIO LA

BOCA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra CAMINITO y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO COMER-

CIAL DEDICADO A: SERVICIOS DE BAR; CAFÉS-RESTAU-

RANTES; CAFETERÍAS; RESTAURANTES DE AUTOSERVICIOS;

SERVICIOS DE HOTELERÍA; SERVICIOS DE CATERING; SNACK-

BAR, A SABER, RESTAURANTES DE SERVICIOS RÁPIDO Y

PERMANENTE; ALQUILER DE SILLA, MESAS, MANTELERIÍA

Y CRISTALERÍA.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año

dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060361-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

LA INFRASCRITA Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad

"CASAVERDE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,"

del domicilio de la ciudad de Santa Ana,

CONVOCA: A sus accionistas a JUNTA GENERAL EXTRAOR-

DINARIA, a celebrarse el día Martes 17 de Octubre de dos mil diecisiete,

a partir de las 9.00 AM , en las oficinas de la Sociedad, situadas en final

25 Calle Oriente y 25 Avenida Sur, Álvarez El Molino, Portón No. 2, para

conocer y resolver sobre los puntos detallados en la siguiente agenda:

1. Establecimiento y Aprobación del Quórum.

2. Lectura del Acta Anterior.

3. Disminución del Capital.

QUORUM PARA ASUNTOS EXTRAORDINARIOS

El Quórum necesario para celebrar sesión en primera fecha de

convocatoria será de las tres cuartas partes de las acciones de la sociedad,

en segunda convocatoria será necesaria la mitad más una de las acciones

de la sociedad, para que haya resolución sobre los puntos sometidos a

aprobación en primera fecha se necesitará el voto favorable de las tres

cuartas partes de las acciones de la sociedad, en segunda fecha, las tres

cuartas partes de las acciones presentes.

DIARIO

OFIC

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Page 128: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416SEGUNDA FECHA DE CONVOCATORIA.

La sesión se instalará válidamente en primera convocatoria, al

estar presente la porción necesaria de acciones que integran el capital

social necesario para cumplir quórum. Si la Junta General Extraordinaria

se reuniere en segunda convocatoria por falta de quórum necesario

para hacerlo en la primera, se convoca el día 18 de Octubre de dos mil

diecisiete en el mismo lugar y a la misma hora.

Santa Ana, 18 de Septiembre de dos mil diecisiete.

MARIA ELENA ÁLVAREZ DE PACAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060319-2

REPOSICIÓN DE CERTIfICADOS

AVISO

LA CAJA DE CREDITO METROPOLITANA SOCIEDAD COO-

PERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE, o CCAMETRO S. C. de R. L., de C. V.,

HACE SABER: Que a su agencia Santa Tecla, ubicada en 1ª

Av. Sur #3-8 Nueva San Salvador, de la ciudad de Santa Tecla, se ha

presentado la señora: JOAQUINA PEREZ DE LOPEZ (propietaria) del

CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO No. 62-02-0099130-0

a 90 días prorrogables, emitió por esta institución, el día 17 de Abril de

2017, por la cantidad de $ 1,000.00(US $), solicitando su reposición por

extravío.

En consecuencia, para los efectos legales correspondientes, se hace

del conocimiento del público en general, que transcurridos treinta días

contados a partir de la tercera publicación de este aviso, y en el caso de

no haber oposición, se procederá a reponer el certificado antes referido

al interesado.

San Salvador, 14 de Septiembre de 2017.

ANA RUTILIA MARROQUIN,

GERENTE DE AGENCIA SANTA TECLA,

CAJA DE CRÉDITO METROPOLITANA.

3 v. alt. No. F060285-2

DISMINUCIÓN DE CAPITAL

AVISO

Para los efectos legales, se pone en conocimiento del público

que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas de

"SERVICUSCA, S. A. DE C. V.", del domicilio de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, celebrada a las 9:00 horas del 12 de

Septiembre del año 2,017, se resolvió Disminuir el Capital Social

Mínimo de la Sociedad en la suma de US $ 22,000.00, representado y

dividido en 2,200 acciones con un valor nominal de US $ 10.00 cada

una. Con la disminución acordada el nuevo Capital Social Mínimo de

"SERVICUSCA, S. A. DE C. V.", es de US $ 2,000.00, representado

y dividido en 200 acciones con un valor nominal de US $ 10.00 cada

una.

Antiguo Cuscatlán, 12 de Septiembre del año 2,017.

DINORA MARIELLA MELGAR DE BONILLA,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. No. F060442-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2017161848

No. de Presentación: 20170253995

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS GIAN-

CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE SERVICIOS,

AGROfUTURA

Consistente en: la palabra AGROFUTURA, que servirá para:

AMPARAR: ASESORÍA TÉCNICA EN MATERIA DE PROPIE-

DAD INTELECTUAL, ESPECIALMENTE SOBRE TECNOLOGÍAS

RELACIONADAS CON PATENTES PARA LA AGRICULTURA;

OTORGAMIENTO DE LICENCIAS EN MATERIA DE PROPIEDAD

INTELECTUAL. Clase: 45.

DIARIO

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Page 129: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de julio del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010000-2

No. de Expediente: 2017161742

No. de Presentación: 20170253790

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS GIAN-CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de DISTRIBUIDORA DE AGUA ENVASADA SALVA-DOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DAESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BY CHEf ED

Consistente en: las palabras BY CHEF ED, se traduce al castellano como: Por chef ed, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de julio del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010001-2

No. de Expediente: 2017161743

No. de Presentación: 20170253791

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha (n) presentado LUIS GIAN-CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de DISTRIBUIDORA DE AGUA ENVASADA SALVA-DOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: DAESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

LA ORDEN DEL TACO

Consistente en: las palabras LA ORDEN DEL TACO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010002-2

No. de Expediente: 2017161741

No. de Presentación: 20170253789

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS GIAN-CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de DISTRIBUIDORA DE AGUA ENVASADA SALVA-DOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DAESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MONCHEESE

Consistente en: la palabra MONCHEESE, que servirá para: AM-PAAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010005-2

DIARIO

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Page 130: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416No. de Expediente: 2017162033

No. de Presentación: 20170254329

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de

APODERADO de MERCK SHARP & DOHME CORP, de naciona-

lidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS.

INVENTING fOR LIfE

Consistente en: las palabras INVENTING FOR LIFE, que se

traducen al castellano como Inventando Para La Vida, que servirá para:

AMPARAR: SUMINISTRO DE INFORMACIÓN EN LOS CAMPOS

DE LA SALUD, MEDICINA, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y

LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de julio del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010008-2

No. de Expediente: 2016151018

No. de Presentación: 20160231546

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APO-

DERADO de PFIP INTERNATIONAL, de nacionalidad BRITANICA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: La palabra PLANET FITNESS y diseño traducido

al castellano como PLANETA CONDICIÓN FÍSICA, que servirá para:

AMPARAR: INSTRUCCIÓN DE ACONDICIONAMIENTO FISICO

Y ENTRENAMIENTO; SERVICIOS DE CLUB DE SALUD, PRINCI-

PALMENTE PROVEER INSTRUCCIÓN Y EQUIPO EN EL CAMPO

DEL EJERCICIO FISICO. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año

dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010010-2

No. de Expediente: 2017163105

No. de Presentación: 20170256453

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CINDY

KARINA ESTRADA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

DIARIO

OFIC

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EZ LEGAL

Page 131: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS.

Consistente en: la frase Mister JUICE EL SEÑOR DE LOS JUGOS

y diseño, que se traduce al castellano como el señor de los jugos. Sobre

la palabra Jugo no se le concede exclusividad, por ser de uso común y

necesario en el comercio para los productos que ampara, tal como lo

establece el Art. 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, que

servirá para: AMPARAR: VENTA DE JUGOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de septiembre del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060288-2

No. de Expediente: 2016151054

No. de Presentación: 20160231582

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIAN

VICTORIA OVANDO DÍAZ; en su calidad de APODERADO de

INVERSIONES BARRIO LA BOCA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES BARRIO LA

BOCA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: La palabra CAMINITO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE BAR; CAFÉS-RESTAURANTES; CA-

FETERÍAS; RESTAURANTES DE AUTOSERVICIO; SERVICIOS DE

HOTELERÍA; SERVICIO DE CATERING; SNACK-BAR, A SABER,

RESTAURANTES DE SERVICIOS RÁPIDO Y PERMANENTE; AL-

QUILER DE SILLAS, MESAS, MANTELERIÍA Y CRISTALERÍA.

Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año

dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060362-2

No. de Expediente: 2017161415

No. de Presentación: 20170253171

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado YAMI-

LETH RIVERA DE MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 132: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416GENERAL JUDICIAL de JOSE ENRIQUE DE LA O SALAZAR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la frase 4 APPS y diseño Sobre el elemento denominativo APPS, individualmente considerada, no se le concede exclusividad, por consistir en una palabra de uso común o necesaria en el comercio, se aclara que obtiene su derecho sobre todo su conjunto tal como se ha presentado en el modelo adherido a la solicitud, así como del color que aparece en el mismo, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS TECNOLÓGICOS, ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060440-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2017157936

No. de Presentación: 20170245972

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

CIfAXAN Consistente en: la palabra CIFAXAN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS GASTROINTESTINALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de enero del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009994-2

No. de Expediente: 2017159107

No. de Presentación: 20170248610

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY

CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO,

SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-

tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

BENELAX

Consistente en: la palabra BENELAX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS RELACIONADOS CON

EL APARATO DIGESTIVO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de marzo del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009995-2

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 133: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2017160712

No. de Presentación: 20170251523

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

ADIABECAN

Consistente en: la palabra ADIABECAN, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS CARDIOMETABÓLICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009996-2

No. de Expediente: 2017160713

No. de Presentación: 20170251525

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

ADIAPLEX Consistente en: la palabra ADIAPLEX, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS CARDIOMETABÓLICOS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009997-2

No. de Expediente: 2017158406

No. de Presentación: 20170246981

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

DEDIAfAX Consistente en: la palabra DEDIAFAX, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL SISTEMA RESPIRATORIO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009998-2

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 134: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416No. de Expediente: 2016150728

No. de Presentación: 20160230899

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIANA

FERMINA BOLAÑOS MEARDI, en su calidad de APODERADO de

MERCK SHARP & DOHME CORP., de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

EQLIZAR

Consistente en: la palabra EQLIZAR, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO HUMANO.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010003-2

No. de Expediente: 2017161671

No. de Presentación: 20170253634

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS GIAN-

CARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de Western Digital Technologies, Inc., de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

MY BOOK

Consistente en: la frase MY BOOK, que se traduce al castellano como

mi libro, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVOS DE ALMACE-

NAMIENTO DE DATOS, A SABER, UNIDADES DE DISCO [HARD-

WARE] DURO, UNIDADES DE DISCO [HARDWARE] DIGITAL,

MEDIOS VÍRGENES DE ALMACENAMIENTO DIGITAL, UNIDA-

DES DE DISCO [HARDWARE] HÍBRIDOS, UNIDADES DE ESTADO

SÓLIDO Y PERIFÉRICOS DE COMPUTADORA; DISPOSITIVOS

DE ALMACENAMIENTO PARA COMPUTADORA, A SABER,

MEMORIAS PARA COMPUTADORA [HARDWARE] Y DISCOS

DUROS PARA COMPUTADORA; PRODUCTOS INFORMÁTICOS,

A SABER, PRODUCTOS DE ALMACENAMIENTO DE DATOS EN

LA NATURALEZA DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DIGITA-

LES PARA ORGANIZAR, RECIBIR, TRANSMITIR, ADMINISTRAR,

ALMACENAR, ASEGURAR, ENCRIPTAR, CENTRALIZAR, RE-

PRODUCIR, EMITIR, RESPALDAR, TRANSFERIR, PERSONA-

LIZAR, NAVEGAR, REPRODUCIR, VISUALIZAR, ACCEDER,

COMPARTIR, SINCRONIZAR, MODIFICAR, REVISAR, CARGAR Y

DESCARGAR DATOS DIGITALES INCLUYENDO TEXTO, DATOS,

IMAGENES, ARCHIVOS DE AUDIO Y VIDEO, INFORMACIÓN,

O MEDIOS ALMACENADOS, TRANSMITIDOS, ALOJADOS O

EJECUTADOS EN DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO DE

DATOS, UNIDADES DE DISCO [HARDWARE] DURO, UNIDADES

DE DISCO [HARDWARE], UNIDADES DE ESTADO SÓLIDO,

REPRODUCTORES MULTIMEDIA, SERVIDORES DE INTERNET

O SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO EN NUBES; SOFTWARE

[PROGRAMAS GRABADOS], HARDWARE Y FIRMWARE PARA

ALMACENAMIENTO DE DATOS, RECUPERACIÓN DE DATOS,

ACCESO DE DATOS, RESPALDAR DATOS, REPLICACIÓN DE

DATOS, DISPONIBILIDAD DE DATOS, RECUPERACIÓN DE

DATOS, TRADUCCIÓN DE DATOS Y CONVERSIÓN DE DATOS;

SOFTWARE DE ADMINISTRACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE

DATOS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos

mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 135: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de junio del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010004-2

No. de Expediente: 2015146986

No. de Presentación: 20150223613

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APO-

DERADO de BODYLOGIC INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

Consistente en: las letras BL y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: APARATOS E INSTRUMENTOS QUIRÚRGICOS, MÉDICOS,

ODONTOLÓGICOS Y VETERINARIOS, ASÍ COMO MIEMBROS,

OJOS Y DIENTES ARTIFICIALES; ARTÍCULOS ORTOPÉDICOS;

MATERIAL DE SUTURA. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de julio del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010006-2

No. de Expediente: 2017162407

No. de Presentación: 20170254953

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY

CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de DISTRIBUIDORA GRANADA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO.

DISTRIBUIDORAGRANADA

Consistente en: las palabras DISTRIBUIDORA GRANADA,

que servirá para: AMPARAR: EQUIPOS Y APARATOS DE AIRE

ACONDICIONADO, SUS PARTES Y LA INSTALACIÓN DE LOS

MISMOS; MAQUINAS, APARATOS E INSTALACIONES DE RE-

FRIGERACIÓN; MAQUINAS APARATOS E INSTALACIONES DE

ENFRIAMIENTO REFRIGERADORES; CÁMARAS FRIGORÍFICAS;

MAQUINAS Y APARATOS FRIGORÍFICOS, EN ESPECIAL, VITRI-

NAS FRIGORÍFICAS; CONGELADORES; DISPOSITIVOS PARA

ENFRIAR EL AIRE; APARATOS Y MAQUINAS PARA PURIFICAR

EL AIRE. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 136: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010007-2

No. de Expediente: 2017162032

No. de Presentación: 20170254328

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de

APODERADO de MERCK SHARP & DOHME CORP, de naciona-

lidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

INVENTING fOR LIfE

Consistente en: las palabras INVENTING FOR LIFE, que se

traducen como Inventando para la vida, que servirá para: AMPARAR:

MATERIAL IMPRESO, A SABER, AVISOS PUBLICITARIOS;

CIRCULARES, FOLLETOS, CARTELES, PAPELERIA, BANDERO-

LAS Y ANUNCIOS DE PAPEL EN LOS CAMPOS DE LA SALUD,

MEDICINA, PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y LA INDUSTRIA

FARMACEUTICA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010009-2

No. de Expediente: 2017160885

No. de Presentación: 20170252007

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO de

RESEARCH & DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad

PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras yams bunkos y diseño, donde la palabra

Yams se traduce al castellano como Batata, que servirá para: AMPARAR:

HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, MAÍZ,

PAPAS Y BATATAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010016-2

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 137: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2017160904

No. de Presentación: 20170252032

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO de RESEARCH & DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras yam's bunkos y diseño, en donde yam's se traduce al castellano como BATATA, que servirá para: AMPARAR: HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, MAIZ, PAPAS Y BATATAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010017-2

No. de Expediente: 2017158867

No. de Presentación: 20170248243

CLASE: 06, 09, 16, 18, 20, 21, 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de IdeaS-

tream Consumer Products LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

VAULTZ

Consistente en: la palabra VAULTZ, que servirá para: AMPA-

RAR: CABLES DE AMARRE DE METAL; CABLES METÁLICOS

DE SEGURIDAD PARA ASEGURAR OBJETOS PERSONALES;

CAJAS DE HERRAMIENTAS METÁLICAS; CANDADOS ME-

TÁLICOS. Clase: 06. Para: AMPARAR: BOLSAS Y ESTUCHES

PARA TELÉFONOS MÓVILES, ORDENADORES PORTÁTILES,

TABLETAS ELECTRÓNICAS, EQUIPOS PORTÁTILES, EQUIPOS

PERIFÉRICOS, CD, DVD, DISPOSITIVOS DE NAVEGACIÓN GPS,

EQUIPOS FOTOGRÁFICOS Y ACCESORIOS DE VIDEOJUEGOS,

A SABER, CARTUCHOS DE VIDEOJUEGOS Y ALMACENAMIEN-

TO DE SOPORTES ELECTRÓNICOS O DIGITALES; MALETIN

CON RUEDAS PARA COMPUTADORA; CARPETAS PARA

GUARDAR SOPORTES ELECTRÓNICOS Y DIGITALES, INCLUI-

DOS CD, DVD, DISQUETES, JUEGOS DE CONSOLA, DISCOS

MULTIMEDIA, CASETES, MP3, VIDEOJUEGOS Y JUEGOS DE

COMPUTADORA; HOJAS PROTECTORAS PARA CARPETAS

PARA GUARDAR SOPORTES ELECTRÓNICOS Y DIGITALES,

INCLUIDOS CD Y DVD, DISQUETES, JUEGOS DE CONSOLA,

DISCOS MULTIMEDIA, CASETES, MP3, VIDEOJUEGOS Y JUE-

GOS DE COMPUTADORA; FUNDAS PROTECTORAS PARA CD,

DVD, Y OTROS SOPORTES MAGNÉTICOS Y ELECTRÓNICOS;

BASTIDORES DE ALMACENAMIENTOS DE CD/DVD; CARTERAS

DE ALMACENAMIENTO DE CD/DVD; FUNDAS PROTECTORAS

DE CD/DVD. Clase: 09. Para: AMPARAR: CAJAS Y ESTUCHES DE

ALMACENAMIENTO; PORTAPAPELES; CAJAS DE SEGURIDAD

DE ARCHIVOS; BANDEJAS ARCHIVADORAS PARA PARED;

CAJAS Y ESTUCHES PARA GUARDAR ARTICULOS ESCOLARES

Y DE OFICINA, A SABER, INSTRUMENTOS PARA ESCRITURA,

CRAYONES, MARCADORES, BORRADORES, ROTULADORES,

FOLDERS, CUADERNOS, PAPEL, TRANSPORTADORES, CLIPS,

SACAPUNTAS, ADAPTADOR ERGONÓMICO PARA ESCRITU-

RA, PEGAMENTO, REGLAS PARA DIBUJO, SEPARADORES

DE LIBROS, CINTA CORRECTORA, PERFORADORA, BANDAS

ELÁSTICAS, ENGRAPADORAS, SACA GRAPAS, CORTADOR

DE PAPEL Y CINTAS ADHESIVAS, CAJAS Y ESTUCHES PARA

ALMACENAMIENTO DE EXPEDIENTES PERSONALES O DE

NEGOCIOS, REVISTAS; CAJAS Y ESTUCHES PARA LAPICEROS;

CAJAS Y ESTUCHES PARA LÁPICES; CAJAS Y ESTUCHES

PARA GUARDAR ARTÍCULOS DE ARTE; CAJAS Y ESTUCHES

PARA GUARDAR Y EXHIBIR FOTOGRAFÍAS; ARCHIVEROS,

CAJONES DE DOCUMENTOS DE TAMAÑO CARTA Y LEGAL,

CAJA PORTÁTIL PARA DOCUMENTOS DE TAMAÑO CARTA

Y LEGAL, CAJAS DE ARCHIVOS DE REVISTAS, CAJAS PARA

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 138: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416FICHAS; CAJAS Y ESTUCHES PARA ARTÍCULOS DE PAPELERÍA

O PARA USO DOMÉSTICO; CAJAS Y ESTUCHES PARA ALMA-

CENAR TARJETAS DE INDICE; BOLSILLOS ARCHIVADORES

PARA PARED; PORTAMONEDAS; CARPETAS; CARPETAS CON

ZIPPER; PORTA UTENSILIOS DE ARTE, ESCUELA Y OFICINA.

Clase: 16. Para: AMPARAR: BOLSAS DE ALMACENAMIENTO DE

NYLON PARA USO GENERAL, INCLUYENDO BOLSAS PARA

HERRAMIENTAS, ACCESORIOS DE HERRAMIENTAS Y FERRE-

TERÍA; MOCHILAS; MALETINES, INCLUYENDO MALETINES

DE MENSAJERO, MALETINES DE GIMNASIA, MALETINES DE

MANO, MALETINES PARA LIBROS, MALETINES DE ESCUE-

LA Y MALETINES DE VIAJE; ATACHES; BOLSAS DE CIERRE

INCLUYENDO BOLSAS DE CIERRE NO METÁLICAS; BOLSAS

PARA ARTÍCULOS ESCOLARES; BOLSOS DE MALLA PARA

ALMACENAMIENTO EN GENERAL, INCLUIDOS BOLSOS DE

MALLA PARA EL ALMACENAMIENTO DE CABLES Y COR-

DONES PARA CÁMARAS, ORDENADORES Y DISPOSITIVOS

ELECTRÓNICOS; ESTUCHES VACÍOS PARA ARTÍCULOS DE

TOCADOR. Clase: 18. Para: AMPARAR: CAJAS NO METÁLICAS

VACÍAS, INCLUIDAS CAJAS DE SEGURIDAD NO METÁLICAS;

CAJAS NO METÁLICAS PARA TIJERAS, EFECTIVO, ARCHIVOS;

CAJAS NO METÁLICAS PARA ARTESANÍAS DISTINTAS DE LAS

HECHAS DE PAPEL, A SABER, RECIPIENTES NO METÁLICOS

PARA BOTIQUINES VACÍOS DE PRIMEROS AUXILIOS, PARA

USO COMERCIAL; Y ARCHIVADORES; GABINETES PARA

ALMACENAMIENTO DE CD/DVD. Clase: 20. Para: AMPARAR:

CAJAS Y ESTUCHES PORTÁTILES PARA GUARDAR MEDICINA

PARA USO PERSONAL; ESTUCHES Y CAJAS PARA GUARDAR

CÁPSULAS DE CAFÉ QUE CONTIENEN CAFÉ PARA BEBER,

VACÍO; REFRIGERADORES PORTÁTILES NO ELÉCTRICOS.

Clase: 21. Para: AMPARAR: ESTUCHES Y CAJAS PARA CIGA-

RRILLOS ELECTRÓNICOS Y ACCESORIOS DE CIGARRILLOS

ELECTRÓNICOS; ESTUCHES Y CAJAS PARA CIGARRILLOS Y

ACCESORIOS PARA CIGARRILLOS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060355-2

No. de Expediente: 2017162585

No. de Presentación: 20170255419

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de COLQUÍMICA- INDÚSTRIA NACIONAL DE COLAS, S.A., de

nacionalidad PORTUGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

Consistente en: las palabras K COLQUIMICA ADHESIVES y

diseño, en donde ADHESIVES que se traduce al castellano como AD-

HESIVOS Se concede exclusividad sobre la marca tal como se presenta,

en su conjunto, tomando en cuenta el diseño con los trazos y forma de

letras representada ya que sobre la palabra "ADHESIVES que se traduce

al castellano como Adhesivos", individualmente consideradas no se le

concede exclusividad, por ser palabras de uso común o necesario en el

comercio. En base a lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Marcas

y Otros Signos Distintivos, que servirá para: AMPARAR: PEGAMENTO

PARA USO INDUSTRIAL. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060356-2

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 139: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2016157127

No. de Presentación: 20160243909

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de SALUTARE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: las palabra JOURNEY LEAF y diseño la cual se

traduce al castellano como VIAJE DE LA HOJA, que servirá para: AM-

PARAR: TÉ Y BEBIDAS CON SABOR O A BASE DE TÉ. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día catorce de diciembre del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de julio del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060357-2

No. de Expediente: 2017162584

No. de Presentación: 20170255417

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de COLQUÍMICA-INDÚSTRIA NACIONAL DE COLAS, S. A., de

nacionalidad PORTUGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: las palabras KMELT TECHNOLOGY y diseño, en

donde el elemento denominativo TECHNOLOGY se traduce al castellano

como TECNOLOGÍA, que servirá para: AMPARAR: PEGAMENTO

PARA USO INDUSTRIAL. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060360-2

DIARIO

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416

ACEPTACION DE HERENCIA

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las a las ocho

horas y tres minutos del día siete de agosto del año dos mil diecisiete,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

la herencia intestada dejó la causante la señora MARIANA DE JESUS

TAGCHIN TESHE, conocida por MARIANA DE JESUS TAJCHIN y

por MARIANA DE JESUS TAGCHIN, quien falleció el día quince de

agosto del año dos mil catorce, a la edad de ochenta y dos años, siendo

en Izalco su último domicilio, de parte de la señora REINA ISABEL

TAJCHIN VIUDA DE CHUE, de cincuenta y ocho años de edad, de

oficios domésticos, del domicilio de Izalco, departamento de Sonsonate,

portador de su Documento Único de Identidad Personal Número cero

cero siete nueve uno dos tres cero guion cinco y Número de Identifica-

ción Tributaria cero tres cero tres guion dos cinco cero tres cinco nueve

guion uno cero uno guion cuatro; en calidad hija y como cesionaria de

los derechos que en dicha sucesión le correspondía a los señores JULIO

ALBERTO TAGCHIN, CARLOS FRANCISCO TAJCHIN PULACHO,

OSCAR ARMANDO TAJCHIN PULACHO y DOUGLAS ISRAEL

TAJCHIN PULACHO, conocido por DOUGLAS ISRAEL TAGCHIN

PULACHO, todos como hijos de la causante.

Confiérase a la aceptante en el concepto antes expresado, la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente,

Lo que se hace saber al público para que puedan presentarse a este

Juzgado, las personas que se crean con derecho a la herencia que a su

defunción dejara el referido causante.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, siete días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.- Lic.

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009888-3

LICENCIADA MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, JUEZA

INTERINA DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA, DEPARTA-

MENTO DE CHALATENANGO,

LA SUSCRITA JUEZA HACE SABER: Que por resolución de

este juzgado, proveída a las ocho horas con cincuenta minutos del día

treinta de agosto de dos mil diecisiete, se ha declarado heredera Interina

a la señora ZOILA DEL CARMEN HERNANDEZ DE RAMOS, en

calidad de Cesionario de los derechos que les correspondían al señor

Joel Hernández Guillen, en calidad de padre del Causante JORGE

HUMBERTO HERNANDEZ FLORES, quien era de cuarenta y cuatro

años de edad, agricultor, soltero, originario de La Palma, Departamen-

to de Chalatenango y del domicilio de La Palma, Departamento de

Chalatenango, con Documento Único de Identidad Personal número

cero un millón ciento veinticinco mil ochocientos sesenta y dos – cuatro,

y Tarjeta de Identificación Tributaria número cero cuatrocientos doce-

cero cuarenta mil quinientos setenta y dos - ciento uno- cinco, hijo de

Joel Hernández Guillen y Rosa Aminta Flores, falleció a las dos horas

veinte minutos del día veintiocho de diciembre de dos mil dieciséis.

Confiérase al aceptante la administración y representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones legales que le corres-

ponde a los curadores de herencia yacente.

Fíjense y Publíquense los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los treinta días del mes de agosto de

dos mil diecisiete.- Lic. MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE,

JUEZA INTERINA DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.- Licda.

ERLINDA GUADALUPE GUERRERO ORELLANA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. C009897-3

de tercera publicación

DIARIO

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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. LICENCIADA MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, JUEZA

INTERINA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL

DISTRITO JUDICIAL DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHA-

LATENANGO,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a

las once horas con quince minutos del día veintiocho de agosto del dos

mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora

MARIA ROMANA FLORES UMAÑA, conocida por María Ramona

Flores Umaña viuda de Hernández, María Romana Flores y por María

Flores, quien fue de ochenta y ocho años de edad, viuda, oficios domésticos,

originaria del Municipio de La Palma, Departamento de Chalatenango,

hija de Avelino Flores y Fernanda Umaña, falleció el día veintinueve

de Julio de mil novecientos ochenta y nueve, siendo su último domicilio

el Municipio de La Palma, Departamento de Chalatenango, de parte de

MARIA DE JESUS HERNANDEZ DE MENA y PEDRO HERNANDEZ

FLORES, ambos en calidad de hijos de la causante.

Confiérese a los aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que

les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los veintiocho días del mes de agosto del

dos mil diecisiete.- Licda. MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE,

JUEZA INTERINA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

DE TEJUTLA, DEPTO. DE CHALATENANGO.- Licda. ERLINDA

GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009898-3

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzga-

do a las doce horas veinte minutos del día once de agosto de dos mil

diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el día diez de

octubre de dos mil once, que defirió la causante señora MARÍA BERTA

RECINOS VÁSQUEZ, conocida por MARÍA BERTA VÁSQUEZ

RECINOS, de ochenta y cinco años de edad, Comerciante en Pequeño,

Soltera, Salvadoreña, originaria de San Salvador, Departamento de San

Salvador, hija de Rafaela Recinos y Salvador Alberto Vásquez, siendo

su último domicilio Soyapango, departamento de San Salvador, de parte

del señor GREGORIO ANTONIO RIVERA RECINOS, de cincuenta y

ocho años de edad, Doctor en Cirugía Dental, Divorciado, del domicilio

de Soyapango, departamento de San Salvador, en su calidad de hijo

de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que le

correspondían a la señora Alba Dinora Rivera de Treminio, hija de la

causante, representado por su procurador Licenciado JOSÉ ANTONIO

PEREZ.

Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación

INTERINA de los bienes de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

treinta y tres minutos del día once de agosto de dos mil diecisiete.- Lic.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.

AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009920-3

DIARIO

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Page 142: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

LA CIUDAD DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta

minutos del día seis de julio del año dos mil diecisiete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada,

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día quince de octubre de

mil novecientos ochenta y seis, dejó el causante señor GILBERTO FER-

NANDO BURGOS, conocido por GILBERTO BURGOS LOPEZ, de

parte de la señora GILMA BEATRIZ BURGOS MONROY, conocida

por GILMA BEATRIZ BURGOS DE SANTOS, en concepto de hija del

causante, a quien se le ha conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Confiérese a la aceptante la Administración y Representación In-

terina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente, quien ejercerá la misma junto con la señora

BERTA MONROY DE BURGOS, hoy BERTA MONROY VIUDA

DE BURGOS, en concepto de cónyuge del causante.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

nueve horas con cuarenta minutos del día seis de julio del año dos mil

diecisiete.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. Por LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059894-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas con

cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario en la Herencia Intestada dejada al fallecer

por el señor CARLOS DAVID CLAROS GODOY, el día diecisiete de

junio de dos mil dieciséis en la ciudad de Jiquilisco, Departamento de

Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de Wendy Carolina

Claros Godoy, en su calidad de Cesionaria del derecho Hereditario que

le correspondía a la señora Dolores del Carmen Godoy, como madre

del causante.

Confiérasele a la aceptante la Administración y Representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los cuatro

días del mes de mayo de dos mil diecisiete.- LIC. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. LOURDES

ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F059927-3

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino

de este distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta

minutos del día veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la

señora ESTELA BEATRIZ MERINO DE CRUZ, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante señor JOSE HUMBERTO MERINO

conocido por JOSE HUMBERTO MERINO HERNANDEZ, quien fue

de cincuenta y cinco años de edad, empleado, originario de San Vicente,

departamento de San Vicente, presuntamente fallecido el día diez de

febrero de dos mil diez, en la ciudad de San Vicente, departamento

de San Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto de hija del

causante.

Y se ha nombrado a la aceptante, administradora y representante

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas treinta

y cinco minutos del día veintiocho de agosto de dos mil diecisiete.- LIC.

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.

LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059982-3

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino

de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

doce de septiembre de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MAR-

GARITA MOLINA VIUDA DE LOPEZ, la herencia intestada que a su

defunción dejó la causante señora TOMASA PALACIOS DE MOLINA

conocida por TOMASA PALACIOS, quien fue de noventa y seis años

de edad, domésticos, originaria de San Lorenzo, departamento de San

Vicente, fallecida a las ocho horas del día veintitrés de abril de dos mil

diecisiete, en el municipio de San Cayetano Istepeque, departamento

DIARIO

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Page 143: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. de San Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto de hija de

la causante y además, como cesionaria de los derechos hereditarios

que en la sucesión del causante les correspondía a los señores JUAN

SANTIAGO MOLINA MONTANO, JUAN FRANCISCO MOLINA,

GUDELIA DE LOS ANGELES MOLINA DE GOMEZ, FEDERICO

MOLINA PALACIOS, MARIA BERNARDINA MOLINA PALACIOS

y FRANCISCO MOLINA PALACIOS, el primero en calidad de cónyuge

sobreviviente de la causante, y el resto en calidad de hijos de la referida

causante.

Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas

del día doce de septiembre de dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO

BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060006-3

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por

resolución proveída por este Tribunal, a las catorce horas cuarenta y

dos minutos del día dieciocho de agosto de dos mil diecisiete; SE HA

TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE, con beneficio de inven-

tario, la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a las trece horas

cuarenta minutos del día uno de agosto de dos mil diez, en el Instituto

Salvadoreño del Seguro Social de Santa Ana, siendo esta ciudad el lugar

de su último domicilio; dejó la Causante MARÍA ILDA ANGÉLICA

SANTOS MELGAR, conocida por HILDA ANGÉLICA SANTOS

DE DUARTE, ANGÉLICA SANTOS, MARÍA ILDA ANGÉLICA

SANTOS MELGAR hoy DE DUARTE, MARÍA HILDA SANTOS

DE RODRÍGUEZ, HILDA ANGÉLICA SANTOS DE RODRÍGUEZ,

HILDA ANGELICA SANTOS MELGAR y por HILDA ANGÉLICA

SANTOS, quien fue de setenta y nueve años de edad, ama de casa, casada;

de parte de la señora MARÍA ELENA RODRÍGUEZ DE SANTOS,

en su concepto de heredera testamentaria instituida por la expresada

causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE administradora y

representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince

días, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas

treinta minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil diecisiete.- LIC.

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060029-3

SAMUEL ELY MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Juez de Primera Instancia

Interino de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta

minutos del día cuatro de septiembre de dos mil diecisiete, se ha tenido

por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia

testamentaria que a su defunción dejó el señor GILBERTO MAURO

DURÁN QUINTANILLA, quien falleció el día diez de diciembre de

dos mil dieciséis, en la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas,

lugar de su último domicilio, de parte de la señora ANA GLADYS

ORELLANA DE DURÁN, en concepto de heredera testamentaria; y se

le ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a

las once horas cuarenta minutos del día cuatro de septiembre de dos mil

diecisiete.- LIC. SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA INTERINO. LICDA. MIRIAN CONCEPCION

ORELLANA ARCE, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F060054-3

HERENCIA YACENTE

GLORIA ESTELA AMAYA DE FERNADEZ, EN SU CALIDAD DE

JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD

DE USULUTAN: AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las catorce horas del día seis de

abril del corriente año, se ha declarado Yacente la Herencia que a su

defunción dejó la causante la señora: SANDRA ISABEL CAMPOS

GUARDADO, al fallecer el día trece del mes de febrero del dos mil

doce, en la Colonia Altos de Piedra, Calle Principal y Avenida Es-

meralda, Casa número quince de esta ciudad de Usulután, siendo esta

ciudad y departamento de Usulután, su último domicilio, de parte de la

Institución Financiera denominada como: Asociación Cooperativa de

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Page 144: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416Ahorro y Crédito de Ciudad Barrios de Responsabilidad Limitada que se

abrevia como ACACCIBA DE R.L., del domicilio de Ciudad Barrios,

departamento de San Miguel.

Asimismo se ha procedido a nombrar como Curador de la Herencia

Yacente al Licenciado JOSE ANTONIO SANTOS NAVARRETE,

a quien se le ha hecho saber su nombramiento para su Aceptación,

Juramentación y demás efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los veinte

días del mes de julio del dos mil diecisiete.- LICDA. GLORIA ESTELA

AMAYA DE FERNANDEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN.

LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059895-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día ocho de

agosto del dos mil diecisiete, se declaró yacente la herencia de los bie-

nes que a su defunción dejó la causante SILVIA MERCEDES REYES

BARAHONA, quien falleció a los cuarenta y cinco años de edad,

auxiliar de enfermería, soltera, hija de Rosa Barahona Flores y Manuel

Reyes, el día veintiuno de enero del dos mil once, en el Hospital General

del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, siendo su último Domicilio

la Ciudad de Mejicanos; habiendose nombrado como CURADOR DE

LA HERENCIA YACENTE al Licenciado MAURICIO ANTONIO

VASQUEZ DURAN, para que la Represente dicha Sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas con

cuarenta y cinco minutos del día ocho de agosto del dos mil diecisiete.-

LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ UNO DE LO CIVIL.

LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA

JUDICIAL.

3 v. alt. No. F059925-3

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor EN-

CARNACION VILLATORO, de setenta y un años de edad, Comerciante

en pequeño, con Documento Único de Identidad número CERO CERO

SIETE CINCO UNO CUATRO CUATRO SIETE GUION CUATRO,

y con domicilio y residencia en Barrio San José, El Divisadero, Depar-

tamento de Morazán; actuando en su calidad de poseedor. Solicitando

se extienda a su favor TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, en un

inmueble de naturaleza Urbana situado en Barrio San José, El Divisadero,

Morazán de la capacidad Superficial de seiscientos cuarenta y un metros

cuadrados con setenta y un centímetros cuadrados y que mide y linda al

RUMBO NORTE: Este rumbo consta de dos tramos: El primer tramo

partiendo del mojón uno a mojón dos, con rumbo norte sesenta y cuatro

grados, treinta y tres minutos y treinta segundos este, y una distancia

de cuatro metros con cincuenta y seis centímetros. El segundo tramo

partiendo del mojón dos a mojón tres, con rumbo norte setenta y un

grados, treinta y un minutos y cero siete segundos este, y una distancia

de once metros con setenta y cuatro centímetros. Lindando con calle

de por medio con José Daniel Parada y cerco de por medio. RUMBO

ORIENTE: Este rumbo consta de ocho tramos: El primer tramo partiendo

del mojón tres a mojón cuatro, con rumbo sur cero cinco grados, cero

tres minutos y veintidós segundos este, y una distancia de cuatro metros

con ochenta y ocho centímetros. El segundo tramo partiendo del mojón

cuatro a mojón cinco, con rumbo sur diez grados, cero cuatro minutos y

treinta y dos segundos este, y una distancia de dos metros con cuarenta

y seis centímetros. El tercer tramo partiendo del mojón cinco a mojón

seis, con rumbo sur diez grados, cuarenta y ocho minutos y veintiún se-

gundos este, y una distancia de seis metros con veinticuatro centímetros.

El cuarto tramo partiendo del mojón seis a mojón siete, con rumbo sur

dieciséis grados, cero dos minutos y cero cinco segundos este, y una

distancia de diez metros con cincuenta y siete centímetros. El quinto

tramo partiendo del mojón siete a mojón ocho, con rumbo sur dieciséis

grados, cero cuatro minutos y dieciséis segundos este, y una distancia de

tres metros con setenta y seis centímetros. El sexto tramo partiendo del

mojón ocho a mojón nueve, con rumbo sur diez grados, treinta y cuatro

minutos y cuarenta y un segundos este, y una distancia de un metro con

sesenta y nueve centímetros. El séptimo tramo partiendo del mojón nueve

a mojón diez, con rumbo sur cero tres grados, cincuenta minutos y cero

cinco segundos este, y una distancia de cinco metros con cincuenta y tres

centímetros. El octavo tramo partiendo del mojón diez a mojón once, con

rumbo sur cero seis grados, veinticinco minutos y veintiocho segundos

oeste, y una distancia de tres metros con setenta y cinco centímetros.

Lindando con Petrona Parada y cerco de por medio. RUMBO SUR: Este

rumbo consta de dos tramos: El primer tramo partiendo del mojón once

a mojón doce, con rumbo norte ochenta y seis grados, cuarenta y cinco

minutos y cuarenta y seis segundos oeste, y una distancia de dieciséis

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Page 145: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. metros con sesenta y cinco centímetros. El segundo tramo partiendo del

mojón doce a mojón trece, con rumbo norte setenta y nueve grados, doce

minutos y cincuenta y siete segundos oeste, y una distancia de tres metros

con cuarenta y dos centímetros. Lindando con Santos Humberto Gómez

y cerco de por medio. RUMBO PONIENTE: Este rumbo consta de tres

tramos: El primer tramo partiendo del mojón trece a mojón catorce, con

rumbo norte cero cuatro grados, diecinueve minutos y cuarenta segundos

oeste, y una distancia de un metros con ochenta y seis centímetros. El

segundo tramo partiendo del mojón catorce a mojón quince, con rumbo

norte cero tres grados, treinta y cuatro minutos y trece segundos oeste,

y una distancia de cinco metros con noventa y cuatro centímetros. El

tercer tramo partiendo del mojón quince a mojón uno, con rumbo norte

cero dos grados, treinta minutos y treinta y dos segundos oeste, y una

distancia de veintitrés metros con cero siete centímetros, lindando con

Benito Antonio Bonilla y cerco de por medio. No es predominante ni

sirviente no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia no está

en proindivisión; se valúa por la suma de OCHO MIL DOLARES DE

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

Para los efectos legales se extiende el presente en la Alcaldía

Municipal de la villa de El Divisadero, Departamento de Morazán a

los seis días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.- ANGEL

RUBEN BENITEZ ANDRADE, ALCALDE MUNICIPAL. ELSA

JUDITH LAZO MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059922-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

SAN ILDEFONSO, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

HACE SABER: Que a esta Municipalidad se ha presentado el

Licenciado Víctor Mature Medrano Fernández, Abogado y Notario,

del domicilio de San Miguel, en calidad de Apoderado General Judi-

cial con Cláusula Especial, de la señora JESUS PILAR RAMIREZ

BERRIOS, de cuarenta y tres años de edad, de oficios doméstico, del

domicilio de San Ildefonso, Departamento de San Vicente, portadora

de su Documento Único de Identidad número: Cero cero tres seis cero

nueve tres tres guión dos, y Número de Identificación Tributaria: uno

cero cero siete guión uno cuatro cero dos siete cuatro guión uno cero

uno guión ocho, solicitando Título de Propiedad a favor de la señora

JESUS PILAR RAMIREZ BERRIOS, sobre un inmueble de naturaleza

urbana, situado en Colonia Guadalupe, Calle Los Posos, número S/N,

Jurisdicción de San Ildefonso, Departamento de San Vicente, en donde

expresa que su representada es dueña y legítima poseedora de buena fe,

por más de treinta años del inmueble anteriormente descrito, en forma

quieta, pacífica e ininterrumpida, no es predio dominante ni sirviente, no

está en proindivisión con otra persona, ni tiene cargas o derechos reales

que pertenezcan a otras personas, quien ha venido realizando actos de

verdadera dueña, los cuales han consistido en sembrar árboles frutales,

reparar las cercas, realizar mejoras en su casa de habitación, entre otras,

sin que persona alguna le haya disputado su posesión, el inmueble en re-

ferencia es de una extensión superficial de SETECIENTOS VEINTIUNO

PUNTO DIEZ METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE, mide veintiocho metros, colindando con solares

de los señores JOSÉ ANTONIO PORTILLO, FIDEL ANGEL CHACON

y SARA PORTILLO, y camino vecinal de por medio; AL ORIENTE,

mide veinticinco punto cinco metros, colindando con solar de JOSÉ

NARSISO AREVALO, con cerco de malla ciclón de por medio propiedad

del colindante; AL SUR, mide veintiocho metros, colindando con solares

de los señores URIEL ARAMIS RUIZ MARIN, y MARIA ANGELICA

GOMEZ, cerco de piedras y alambre de púa de por medio propiedad de

la solicitante, y AL PONIENTE, mide veintiséis metros, colindando con

solar de URIEL ARAMIS RUIZ MARIN, cerco de piedras de por medio

propiedad de la solicitante. El inmueble lo obtuvo por posesión de más

de treinta años en dicho lugar, el cual no es inscribible en el Registro de

la Propiedad correspondiente, por carecer de antecedente inscrito, por

lo que presenta Certificación de la Denominación Catastral, extendida

por el Centro Nacional de Registros, Departamento de San Vicente, en

donde se comprueba que el poseedor del inmueble en referencia, es la

señora JESUS PILAR RAMIREZ BERRIOS, y lo valúa en la cantidad

de dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América.

San Ildefonso, Departamento de San Vicente, a los veinticuatro

días del mes de Agosto de dos mil diecisiete.- CARLOS ALFONSO

RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LISSETH MARGARITA

ROQUE DE PALACIOS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F060046-3

DIARIO

OFIC

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416TITULO SUPLETORIO

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado General

Judicial con Cláusula Especial del señor FILEMÓN FUENTES FLO-

RES, a solicitar a favor de su poderdante TITULO SUPLETORIO, sobre

los inmuebles de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Fuentes,

Cantón Sunsulaca, jurisdicción del Municipio de Cacaopera, Distrito

de Osicala, Departamento de Morazán, siendo EL PRIMERO: De la

extensión superficial de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUAREN-

TA METROS CUADRADOS, que mide y linda al ORIENTE, ciento

treinta y cinco metros, con Isabel Romero a llegar al encuentro de dos

quebradas y con Reinaldo González, calle real de por medio y cerco

de piña, antes, ahora con Irma Fuentes Romero, calle de por medio;

al NORTE, ciento ocho metros, con otro terreno del titulante cerco

de alambre propio de por medio; al PONIENTE, setenta y tres metros

con terreno de Máximo Molina y Cleofás Molina, antes ahora Santos

Camilo Fuentes Fuentes y Herbert Molina, cerco de alambre de púas

de por medio; y al SUR, ciento doce metros con terreno de Francisca

Fuentes, cerco de alambre propio de por medio; en este inmueble existe

una casa paredes de adobe, techo de tejas, de doce metros de largo por

diez metros de ancho, con una capacidad de ciento veinte metros rodeada

de corredores.- EL SEGUNDO: Inmueble de la extensión superficial de

DIEZ MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO CINCUEN-

TA METROS CUADRADOS, que mide y linda: al ORIENTE, ciento

nueve metros con terreno de Santos Liboria Fuentes, cerco de alambre

de la colindante de por medio; al NORTE, ochenta y seis metros, con

terreno de Santos Liboria Fuentes, cerco de alambre de la colindante

de por medio; al PONIENTE, ciento veintiséis metros con terreno de

Leopoldo Fuentes, quebradita arriba de por medio; y al SUR, noventa y

seis metros con terreno de Sucesión de Isabel Romero, antes ahora con

José Humberto Fuentes, cerco de alambre de por medio.

Dicho terreno es inculto y sin construcciones.- Dichos inmuebles

los valora en la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIO-

CHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA; y, los adquirió por medio de escritura de com-

praventa de la posesión material que le hizo la señora SANTOS LIBORIA

FUENTES.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán; a las nueve horas y cincuenta minutos del día treinta

de Agosto de Dos Mil Diecisiete.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009918-3

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora,

MARIA DE LOS ANGELES ESCOBAR GONZALEZ, quien es de

sesenta y cinco años de edad, ama de casa, de este domicilio, con docu-

mento único de identidad número: cero uno cinco uno ocho nueve tres

nueve guion ocho, y con Número de Identificación Tributaria: cero seis

cero cinco guión cien mil setecientos cincuenta y dos guión ciento uno

guión cero, solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO de un

inmueble de naturaleza urbano, situado en el Barrio San José, calle antigua

a cantón Las Ventanas s/n, Municipio de El Paisnal, Departamento de San

Salvador, de una extensión superficial de: MIL DIECINUEVE PUNTO

OCHENTA METROS CUADRADOS con las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE: mide cuarenta y dos punto cero metros ,

colinda con terreno de María Victoria González Corado, callejón de por

medio; AL NORTE: mide cuarenta y seis punto cero metros y colinda

con terreno de Julia Arévalo Viuda de Corado ; AL PONIENTE: mide

cuarenta y siete punto cero metros, colinda con terreno de Julia Arévalo

Viuda de Corado; AL SUR: mide siete punto cero metros colinda con

terreno de la Alcaldía Municipal El Paisnal. Todos los colindantes son

de este domicilio. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni

está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a

terceras personas desde su adquisición.

Habiendo poseído el referido inmueble en forma quieta, pacífica

y no interrumpida, de forma material por más de diez años y lo valora

en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los doce días del mes

de septiembre de dos mil diecisiete.- JOSE HECTOR LARA ZAMORA,

ALCALDE MUNICIPAL. VICTOR MANUEL NIETO DUGON,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F059995-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2017162452

No. de Presentación: 20170255073

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALMA

JANETTE ZAYAS DE ZELAYA, de nacionalidad SALVADOREÑA

y ERICK ANTONIO ZELAYA ZELAYA, de nacionalidad SALVA-

DIARIO

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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. DOREÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras LA SPIGA CAKERY y diseño, donde

la palabra Cakery se traduce al castellano como Pasteleria, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA

A LA ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE POSTRES Y

CAKES.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059979-3

No. de Expediente: 2017162839

No. de Presentación: 20170255857

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA

VERONICA DEL CARMEN JORDAN MOORE, en su calidad de

REPRESENTANTE LEGAL de ABC KID'S SCHOOL, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ABC KID'S

SCHOOL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras ABC BILINGUAL SCHOOL y

diseño. Se concede exclusividad sobre el signo distintivo tal como se

presenta, en su conjunto, tomando en cuenta el diseño con la combina-

ción de colores, trazos y forma de letras representada, ya que sobre los

términos denominativos, individualmente considerados no se le concede

exclusividad, por ser palabras de uso común o necesario en el comercio.

En base a lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Marcas y otros

Signos Distintivos, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA

DEDICADA A EDUCACIÓN ACADEMICA Y MORAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060034-3

No. de Expediente: 2017162838

No. de Presentación: 20170255856

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA

VERONICA DEL CARMEN JORDAN MOORE, en su calidad de

REPRESENTANTE LEGAL de ABC KID'S SCHOOL, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ABC KID'S

SCHOOL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras OPEN DOORS INNOVATION ACA-

DEMY y diseño, traducidas al castellano como PUERTAS ABIERTAS

INNOVACIÓN ACADEMICA, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EM-

PRESA DEDICADA A LA EDUCACIÓN ACADÉMICA Y MORAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

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Page 148: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060035-3

No. de Expediente: 2017162298

No. de Presentación: 20170254749

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS-

CO EDUARDO MEDRANO RIVAS, en su calidad de APODERADO de

EMMA CAROL JAIME DE LUNA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras don arce COMIDA A LA VISTA y

diseño. Sobre las palabras COMIDA A LA VISTA, no se le concede

exclusividad, por ser palabras de uso común o necesario en el comercio, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A: LA ELABORACIÓN Y VENTA AL POR MAYOR Y

AL DETALLE DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y A LA PRESTA-

CIÓN DE SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN).

La solicitud fue presentada el día veintiuno de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de julio del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060063-3

No. de Expediente: 2017163152

No. de Presentación: 20170256512

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OTTO

RAFAEL AVILES BERNAL, en su calidad de APODERADO de EVER

GREEN CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: EVER GREEN CENTROAMERICA, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Almacén El Kosto

Consistente en: las palabras Almacén El Kosto, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA

DE PRODUCTOS AL DETALLE.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060076-3

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2017160059

No. de Presentación: 20170250427

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PA-

NADERIA TECLEÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia: PANTECLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad

DIARIO

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Page 149: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión CON SABOR A TECLA. Las marcas

que hacen referencia a la presente Expresión o Señal de Publicidad Comer-

cial son: LA TECLEÑA DESDE 1965 PANADERIA & PASTELERIA

y diseño, bajo los números de expedientes 2015143594 y 2015143595

inscritas al Número 00045 del Libro 00268 y 00044 del Libro 00268 de

Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO

CONSUMIDOR SOBRE PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y PANA-

DERÍA; HELADOS; CONFITERÍA Y SERVICIOS DE CAFETERÍA

Y RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009900-3

No. de Expediente: 2017162495

No. de Presentación: 20170255218

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES

CONFIA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: AFP CONFIA,

S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión CONFIAcultural y diseño. Siendo la

marca a la que hace referencia la presente señal o expresión de publi-

cidad comercial: AFP CONFIA y diseño, la cual se encuentra inscrita

bajo el número de inscripción 00050 del libro 00135 de Inscripción de

Marcas, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO

CONSUMIDOR DE LOS SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN

DE FONDOS DE PENSIONES, EN LO RELATIVO A OFRECER

ACCESO A ACTIVIDADES CULTURALES Y DE ESPARCIMIENTO

PARA SUS AFILIADOS Y PENSIONADOS, COMO PARTE DEL

APOYO AL DESARROLLO DEL ARTE Y LA CULTURA DE EL

SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059930-3

CONVOCATORIAS

ASOCIACIÓN YPO EL SALVADOR,

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE MIEMBROS,

LA JUNTA DIRECTIVA DE ASOCIACIÓN YPO EL SALVA-

DOR, atentamente convoca a todos los miembros de la Asociación, a la

Asamblea General Ordinaria de Miembros de la ASOCIACIÓN YPO EL

SALVADOR, que se celebrará en Avenida El Espino y Calle la reforma

#66 Portal del Casco Norte, San Salvador, El Salvador, C.A. a las 17:00

horas del día 19 de octubre del corriente año.

La agenda a desarrollar es la siguiente:

1) Verificación del Quórum.

2) Memoria de Labores de la Junta Directiva.

3) Presentación de estados financieros del ejercicio 2016.

4) Elección de la Junta Directiva.

5) Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios.

Para que haya quórum en primera convocatoria, será necesaria la

asistencia de la mitad más uno de los miembros.

En caso de no haber quórum en primera convocatoria, se señalan

las 18:00 horas del mismo día para llevar a cabo la Asamblea en segunda

convocatoria con cualquiera que sea el número de los asistentes.

Para tomar resoluciones en primera y segunda convocatoria, será

necesario el voto favorable de la mayoría de los asistentes.

San Salvador, 12 de septiembre de 2017.

EDWIN DANIEL ESCOBAR PERAZA,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F059952-3

DIARIO

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Page 150: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416CONVOCATORIA

El presidente de la Sociedad PRODAES S.A. de C.V., Jorge Zelaya

Lozano.

CONVOCA: A sesión de Junta General Ordinaria de accionistas

a celebrarse en primera convocatoria en las instalaciones ubicadas en

Calle Huizúcar, Cantón Ojo de Agua, Quinta San Valentín, Municipio

de Huizúcar, Departamento de La Libertad, a partir de las nueve horas

del día martes veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete.

El quórum para tratar los puntos de carácter ordinario en primera

convocatoria será de la mitad más una de las acciones que forman el

Capital Social. El quórum para tratar los puntos de carácter ordinario

en segunda convocatoria será cualquier número de acciones presente.

La agenda será la siguiente:

AGENDA

Puntos de carácter ordinario:

1- Verificación del quórum.

2- Lectura y aprobación del acta anterior.

3- Memoria de labores de la Administración, Balance General ,

Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y

Estado de Flujos de efectivo; correspondientes a los ejercicios

económicos anuales que finalizaron el 31 de diciembre de los

años 2014, 2015 y 2016.

4- Informe del Auditor Externo correspondiente al ejercicio

finalizado al 31 de diciembre de 2014 .

5- Aprobación o improbación de la Memoria de labores de la

Administración, Balance General, Estado de Resultados,

Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de

efectivo; todos correspondientes a los ejercicios económicos

anuales que finalizaron el 31 de diciembre de los años 2014,

2015, y 2016.

6- Aplicación de Resultados.

7- Nombramiento del auditor externo, su suplente y fijación de

sus honorarios para los ejercicios económicos 2015, 2016 y

2017.

8- Elección de Junta Directiva.

9- Autorización especial requerida por el Art. 275, párrafo III

y IV del Código de Comercio.

En el caso de no existir quórum para celebrar la Junta en primera

convocatoria, se convoca para realizarla en segunda convocatoria para

el día veinticinco de octubre de dos mil diecisiete a las nueve horas,

siempre en las instalaciones ubicadas en Calle Huizúcar, Cantón Ojo

de Agua, Quinta San Valentín, Municipio de Huizúcar, Departamento

de La Libertad.

San Salvador, a los once días del mes de septiembre de dos mil

diecisiete.

JORGE ZELAYA LOZANO,

PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F060058-3

SUBASTA PUBLICA

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE

DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE

HERNANDEZ, con Número de Identificación Tributaria: Cero cuatro-

cientos doce-doscientos treinta mil cuatrocientos sesenta y ocho-cero

cero uno-ocho, actuando como Apoderado General Judicial con Cláusula

Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número

de Identificación Tributaria: cero seiscientos catorce-cero setenta mil

quinientos setenta y cinco-cero cero dos- seis, Institución de Crédito,

Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de San Salvador; contra el

señor HERBERT ADALBERTO ANAYA FUENTES, mayor de edad,

Estudiante, con Número de Identificación Tributaria: Cero cuatrocientos

diez-cero treinta mil ochocientos setenta-ciento uno-siete; actualmente

de paradero ignorado; representado por medio de su Curador Ad-Lítem,

DIARIO

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Page 151: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. Licenciado FRANCISCO ULLOA MONDRAGON; reclamándole la

cantidad de DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SESENTA Y UN CENTA-

VOS DE DOLAR, en concepto de capital, más intereses convencionales

con tasas modificadas del: SEIS por ciento anual sobre saldos, contados

del diecinueve de diciembre del año dos mil tres, al treinta y uno de

diciembre del año dos mil cuatro; del SIETE POR CIENTO ANUAL

sobre saldos, contados del uno de enero de dos mil cinco, al treinta y

uno de diciembre del dos mil cinco; del SIETE PUNTO SETENTA Y

SIETE POR CIENTO anual sobre saldos, contados del uno de enero de

dos mil seis, al treinta y uno de diciembre de dos mil seis, y del SIETE

PUNTO NOVENTA Y SIETE POR CIENTO anual sobre saldos, con-

tados del uno de enero de dos mil siete, en adelante; hasta su completo

pago; más la cantidad CIENTO SETENTA Y SEIS DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON TREINTA Y DOS

CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de Primas de Seguro de Vida

Colectivo Decreciente y Daños a la Propiedad, comprendidas desde el

uno de enero del año dos mil cuatro, hasta el día veintisiete de julio del

año dos mil nueve, y Costas Procesales; se ha ordenado VENDER EN

PUBLICA SUBASTA en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio

que oportunamente se indicará, el lote de terreno Urbano y construccio-

nes que contiene, marcado con el Número SEIS, Block TRES, Pasaje

B-DIECIOCHO, de la Colonia CANJURA, situada en el Barrio San

Sebastián, actualmente calle a la Estación, Jurisdicción de Apopa, depar-

tamento de San Salvador, de un área de SESENTA Y TRES METROS

CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA VARAS CUADRADAS,

con un área construida de Cuarenta y Tres punto Once metros cuadra-

dos, y que se describe así: AL NORTE: Catorce metros, linda con lote

número siete del Block tres que actualmente es de propiedad de Santiago

Rodríguez, antes de Emigdio Canjura; AL ORIENTE: Cuatro metros

cuarenta y ocho centímetros, con terrenos que actualmente pertenecen

a la Asociación Cooperativa conocida con las siglas ACOTUD y que

antes fue de don Manuel Mazariego, luego de Luis Sarco y Marcelino

Lara; AL SUR: Catorce metros, linda con resto del inmueble general

que le queda a la compareciente Gumercinda Landaverde, del cual se

desmembra la porción descrita, pared de sistema mixto de por medio,

propia de la porción que se describe; y AL PONIENTE: Cuatro metros

sesenta y cinco centímetros, linda con lote número ocho del block dos,

que hoy es de propiedad, antes arrendado a Manuel de Jesús Guardado,

pasaje B de por medio, abiertos en el resto del terreno, que antes fuera

de propiedad de Don Emigdio Canjura.

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro; bajo la Matrícula Número: SESENTA

MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA

Y NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas

y trece minutos del día uno de diciembre del año dos mil dieciséis.

LICDA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE APOPA. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059960-3

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL, DE SOYAPANGO.

HACE SABER que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, promovido

por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, en carác-

ter de Apoderado General Judicial con Cláusula especial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra los señores REINA NOHEMÍ

ORELLANA ROMERO y HUGO NELSON JOVEL LÓPEZ, se ORDE-

NÓ LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA, de un bien inmueble que se les

ha embargado, el cual les pertenece el cien por ciento, venta que en fecha

oportuna se señalará en este Tribunal, el cual se describe a continuación:

Lote número trece, polígono cuarenta y siete, del proyecto urbanización

Prados de Venecia IV Etapa, departamento de San Salvador, municipio

Soyapango, cantón Venecia, y según descripción de mutuo hipotecario: en

un lote de terreno urbano en el cual se ha construido una casa de sistema

mixto, con todos sus servicios, con un área de CUARENTA Y UNO

PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, marcado en el

plano respectivo con el número TRECE del polígono CUARENTA Y

SIETE, el cual forma parte de la urbanización denominada PRADOS DE

VENECIA CUARTA ETAPA, situada en el lugar llamado" El Cocal",

en jurisdicción de Soyapango, en este departamento, que se localiza y

describe así: partiendo de la intersección de los ejes de la calle Murano

y el pasaje número cuarenta y cinco, se mide sobre el eje de este último

una distancia de treinta y ocho punto cincuenta metros con rumbo Sur

trece grados treinta y dos punto cinco minutos Oeste en este punto se

hace una deflexión izquierda de noventa grados y se mide una distancia

de dos punto cincuenta metros, llegando así al esquinero Nor-Oeste,

del lote que se describe: AL NORTE: Línea recta de doce metros con

rumbo Sur setenta y seis grados veintisiete punto cinco minutos Este

lindando con lote número once del mismo polígono Cuarenta y Siete;

AL ORIENTE: Línea recta de cinco metros con rumbo sur trece grados

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Page 152: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416treinta y dos punto cinco minutos Oeste lindando con lote número

catorce del mismo polígono cuarenta y siete; AL SUR: Línea recta de

doce metros con rumbo Norte setenta y seis grados veintisiete punto

cinco minutos Oeste lindando con lote de zona verde y equipamiento

social AL PONIENTE: Línea recta de cinco metros con rumbo Norte

trece grados treinta y dos punto cinco minutos Este, lindando con lote

número seis del polígono cuarenta y seis, pasaje número cuarenta y cinco

de cinco metros de ancho de por medio el lote así descrito tiene un área

de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA

Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, el

inmueble antes descrito es propiedad de los señores REINA NOHEMÍ

ORELLANA ROMERO y HUGO NELSON JOVEL LÓPEZ, a la

matrícula número SEIS CERO DOS SEIS OCHO OCHO UNO TRES-

CERO CERO CERO CERO CERO, (6026881300000), del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Dicho inmueble se encuentra hipotecado con PRIMERA HIPO-

TECA a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, inscrita a

la misma Matrícula y asiento DOS.

LIBRADO: EN EL JUZGADO DE LO CIVIL-A: Soyapango, a

las diez horas con veinticinco minutos del día tres de octubre de dos mil

dieciséis. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL SOYAPANGO. LICDA AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059961-3

HECTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en el Juzgado Tercero

de lo Civil de esta ciudad, el cual fue remitido a este Juzgado en aplica-

ción del Decreto Legislativo número 59, de fecha doce de julio del dos

mil doce, prorrogado por el Decreto Legislativo número 238 de fecha

catorce de diciembre del año dos mil doce; prorrogado por el Decreto

Legislativo número 892 de fecha doce de Diciembre del año dos mil

catorce, promovido inicialmente en su carácter personal por el señor

DAVID ERNESTO SANDOVAL CISNEROS, y continuado por la

Licenciada ROSA ELENA MORALES ALARCON, de treinta y cinco

años de edad, Abogado y Notario de este domicilio como Apoderada

del señor DAVID ERNESTO SANDOVAL CISNEROS, de cincuenta

y un años de edad, comerciante, de este domicilio, con Documento

Único de Identidad número cero cero tres dos seis cinco uno siete guión

cero, y con número de Identificación Tributaria cero doscientos trece

guión dos uno cero dos seis seis guión cero cero uno guión seis, en

contra del señor TULIO CESAR MANCIA MÉNDEZ, reclamándole

la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, intereses legales y costas procesales, se venderá en pública

subasta por este Tribunal, al mejor postor por deuda de dinero; el derecho

proindiviso equivalente al 16.67%, a favor del señor TULIO CESAR

MANCIA MÉNDEZ, de un solar y casa con el número 13, ubicada en

la Treinta y Cinco Calle Poniente, de la Colonia El Palmar, situada en

la jurisdicción de la ciudad de Santa Ana, solar que es de setenta y dos

metros, cincuenta y tres decímetros cuadrados de extensión superficial,

siendo lo construido de una superficie de cuarenta y siete metros setenta

decímetros cuadrados y que a partir de su vértice Noroeste mide y linda;

AL NORTE: nueve metros sesenta y siete centímetros, con terrenos del

Instituto de Vivienda urbana, Treinta y Cinco Calle Poniente, de once

metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: siete metros cincuenta

centímetros, con casa número once, Tipo Mínimo de la Treinta y Cinco

Calle Poniente; AL SUR: nueve metros sesenta y siete centímetros, con

casa número ocho Tipo Mínimo del Pasaje Paraguay; y AL PONIENTE:

siete metros cincuenta centímetros, con casa número dos, Tipo Mínimo,

Pasaje Bolivia, de nueve metros de ancho de por medio. Todos los solares

y casas colindantes son de Tipo Mínimo, de la misma Colonia las cuales

son o han sido de propiedad del Instituto. Inscrito bajo la Matrícula DOS

CERO UNO SIETE UNO CUATRO TRES SIETE-CERO CERO CERO

CERO CERO, de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección

de Occidente, se hace constar que el señor TULIO CESAR MANCIA

MÉNDEZ, es dueño del derecho proindiviso equivalente al 16.67%.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas treinta

y cinco minutos del día nueve de junio del año dos mil diecisiete. LIC.

HECTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. LIC. CARLOS ROBERTO ORELLANA ARGUETA, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F060009-3

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 153: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. REPOSICION DE CERTIfICADOS

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Masferrer, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado

No. 0770-007576-6, amparado con el registro No. 0134636, del Depósito

a Plazo Fijo constituido el 14/07/1994, a 180 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado

relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de

Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de septiembre de 2017.

BANCO AGRICOLA, S. A.

VICTOR CANALES,

JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F059901-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Unicentro Lourdes, del Municipio de

Colón, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada

manifestando que ha extraviado el Certificado No. 007650085312, am-

parado con el registro No. 1138817 del Depósito a Plazo Fijo, constituido

el 31/10/2011, a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento

público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme

a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de septiembre de 2017.

BANCO AGRICOLA, S. A.

VICTOR CANALES,

JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA SERVICIOS DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F059905-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Colón, de la ciudad de Santa Ana,

Departamento de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifes-

tando que ha extraviado los Certificado No. 007600373381, amparado

con el registro No. 1237843 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el

07/07/2016, a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento pú-

blico para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a

los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de septiembre de 2017.

BANCO AGRICOLA, S. A.

VICTOR CANALES,

JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA SERVICIOS DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F059928-3

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 154: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Los Santos, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado

No. 0722-032279-2, amparado con el registro No. 0440054, del Depósito

a Plazo Fijo constituido el 17/05/1999, a 180 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado

relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de

Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de septiembre de 2017.

BANCO AGRICOLA, S. A.

VICTOR CANALES,

JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA SERVICIOS DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F059936-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Anamorós, de la Ciudad de Anamorós,

Departamento de La Unión, se ha presentado parte interesada manifes-

tando que ha extraviado el Certificado No. 007240098625, amparado

con el registro No. 1256312, del Depósito a Plazo Fijo constituido el

17/11/2016, a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los

Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de septiembre de 2017.

BANCO AGRICOLA, S. A.

VICTOR CANALES,

JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA SERVICIOS DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F059937-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Roosevelt San Miguel, de la ciudad de

San Miguel, Departamento de San Miguel, se ha presentado parte intere-

sada manifestando que ha extraviado el Certificado No. 007830333008,

amparado con el registro No.1249155, del Depósito a Plazo Fijo constitui-

do el 02/09/2016, a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento

público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme

a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 06 de septiembre de 2017.

BANCO AGRICOLA, S. A.

VICTOR CANALES,

JEFE DEPTO. CONTROL DE CALIDAD Y ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA SERVICIOS DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F059938-3

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 155: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2016149776

No. de Presentación: 20160228809

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ALFREDO ROMERO BONILLA, en su calidad de APODERADO de LUIS BENJAMIN MUÑOZ CID, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

LOS GALOS

Consistente en: la palabra LOS GALOS, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE PRESENTACIONES, ACTIVIDADES CULTURALES, ESENCIALMENTE PARA SERVICIOS PRESTA-DOS POR UN GRUPO MUSICAL, CUYO FIN PRINCIPAL ES EL ENTRETENIMIENTO, LA DIVERSION O EL RECREO DE LOS INDIVIDUOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009886-3

No. de Expediente: 2017163051

No. de Presentación: 20170256321

CLASE: 35, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RODOLFO MONTUFAR GUARDADO, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras MY BIG GIANT y diseño, que se tra-ducen al idioma castellano como MI GRAN GIGANTE, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIA-LES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS VETERINARIOS, TRATAMIENTOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS O ANIMALES. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009889-3

No. de Expediente: 2017160783

No. de Presentación: 20170251809

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de VICTOR JORGE SACA TUEME, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ENERSOL

Consistente en: la palabra ENERSOL, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

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NE VALID

EZ LEGAL

Page 156: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009906-3

No. de Expediente: 2017157971

No. de Presentación: 20170246193

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS INDUSTRIALES SALVADOREÑOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALISAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras THE EATERY y diseño, que se traducen como El Restaurante, que servirá para: AMPARAR: SERVI-CIOS DE RESTAURACION (ALIMENTACION) QUE INCLUYEN SERVICIOS DE RESTAURANTES, SERVICIOS DE CAFETERÍAS, SERVICIOS DE BANQUETES, SERVICIOS DE BEBIDAS Y COMI-DAS PREPARADAS, Y SERVICIOS DE CAFÉS-RESTAURANTES. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de abril del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009908-3

No. de Expediente: 2017162274

No. de Presentación: 20170254702

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUAR-DO ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de IDEAS PATENTS & TRADEMARKS EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IP&T EL SALVADOR, S.A. DE C.V., o IDEAS PATENTES & TRADEMARKS EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras IDEAS trademarks & patents, que se traduce al castellano como Ideas marcas y patentes, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS LEGALES, INCLUYENDO SERVICIOS DE ARBITRAJE, SERVICIOS DE GESTIÓN DE DERECHOS DE AUTOR, SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE PROPIEDAD INTE-LECTUAL, SERVICIOS JURÍDICOS RELACIONADOS CON LA NEGOCIACIÓN DE CONTRATOS POR CUENTA DE TERCEROS, LICENCIAS DE PROPIEDAD INTELECTUAL, LICENCIAS DE SOFTWARE [SERVICIOS JURÍDICOS], SERVICIOS DE LITIGIOS, CONTROL DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL CON FINES DE ASESORAMIENTO JURÍDICO, REGISTRO DE NOMBRES DE DOMINIO [SERVICIOS JURÍDICOS]. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009913-3

No. de Expediente: 2017162954

No. de Presentación: 20170256137

CLASE: 35, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE DANIEL AUDIA INTERIANO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de OCTOPUS CO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

DIARIO

OFIC

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ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 157: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. VARIABLE que se abrevia: OCTOPUS CO, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras MODJO STUDIOS y diseño, que se traducen al castellano como ESTUDIOS MODJO, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS PUBLICITARIOS. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009923-3

No. de Expediente: 2017161183

No. de Presentación: 20170252647

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MIRIAM HAYDEE ERAZO DE VEGA, en su calidad de APODERADO de Aso-ciación de Municipios Micro Región El Bálsamo, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras CIRCUITO Senderos de La Cumbre y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURA-CIÓN (ALIMENTACIÓN), HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de julio del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F059948-3

No. de Expediente: 2017162300

No. de Presentación: 20170254751

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS-CO EDUARDO MEDRANO RIVAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EMMA CAROL JAIME DE LUNA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: las palabras don arce COMIDA A LA VISTA y diseño. Sobre las palabras Comida a la Vista no se le concede exclusividad por ser palabras de uso común o necesarias en el comercio, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTA-CIÓN). Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de julio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060064-3

DIARIO

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NE VALID

EZ LEGAL

Page 158: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416No. de Expediente: 2017159278

No. de Presentación: 20170248851

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SANDRA

FABIOLA MATA GUZMAN, de nacionalidad SALVADOREÑA y

CARLOS DAVID AMAYA ARAUZ, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro de la

MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la palabra PETCUT y diseño; que se traduce al

castellano como CORTE-MASCOTA, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS VETERINARIOS; TRATAMIENTOS DE HIGIENE

PARA ANIMALES. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete.

HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F060070-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2017163157

No. de Presentación: 20170256517

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RUTILIO

ANTONIO DIAZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO GE-

NERAL JUDICIAL de PANADERIA EL ROSARIO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PANADERIA

EL ROSARIO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

PANADERÍA EL ROSARIO

Consistente en: las palabras PANADERIA EL ROSARIO, sobre

las palabras de uso común no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: PAN. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año

dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009894-3

No. de Expediente: 2017162414

No. de Presentación: 20170254960

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

NICOLAS CANALES ORELLANA, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de ASOCIACION AGROPECUARIA GANADEROS

DE CIUDAD BARRIOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras CONCENTRADO CACAHUATIQUE

y diseño. Se concede exclusividad sobre la marca tal como se presenta,

en su conjunto, tomando en cuenta el diseño con la combinación de

colores, trazos y forma de letras representada ya que sobre las palabras

DIARIO

OFIC

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EZ LEGAL

Page 159: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. "CONCENTRADO y CACAHUATIQUE", individualmente conside-

radas no se le concede exclusividad, por ser palabras de uso común o

necesario en el comercio. En base a lo establecido en el Artículo 29 de la

Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, que servirá para: AMPARAR:

CONCENTRADO PARA GANADO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009895-3

No. de Expediente: 2017160060

No. de Presentación: 20170250428

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PANADE-

RIA TECLEÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: PANTECLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la letra T y diseño, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y PANADERÍA; HELADOS;

CONFITERÍA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009901-3

No. de Expediente: 2017160062

No. de Presentación: 20170250430

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PANADE-

RIA TECLEÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: PANTECLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras LA TECLEÑA y diseño, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS DE PASTELERIA Y PANADERIA;

HELADOS; CONFITERIA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009902-3

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 160: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416No. de Expediente: 2017160063

No. de Presentación: 20170250431

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PANADE-

RIA TECLEÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: PANTECLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras LA TECLEÑA y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE CAFETERÍA Y RESTAURANTE.

Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009903-3

No. de Expediente: 2017160580

No. de Presentación: 20170251348

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

ferriZinc Vijosa Consistente en: las palabras FerriZinc Vijosa, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBES; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IM-PRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009905-3

No. de Expediente: 2017162694

No. de Presentación: 20170255577

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de ELECTROLAB MEDIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ELECTROLAB MEDIC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

CONfORT SHOES by Electrolab Medic

Consistente en: las palabras CONFORT SHOES by Electrolab

Medic, que se traduce al castellano como Confort zapatos por Electrolab

Médico, que servirá para: AMPARAR: CALZADO. Clase: 25.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 161: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de agosto del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009907-3

No. de Expediente: 2017162967

No. de Presentación: 20170256156

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de

GYNOPHARM S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

NONYDRA

Consistente en: la palabra NONYDRA, que servirá para: AMPA-

RAR: DIURÉTICO TIAZIDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año

dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de agosto del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009909-3

No. de Expediente: 2017161056

No. de Presentación: 20170252380

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de

GYNOPHARM S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

ERYKINE

Consistente en: la palabra ERYKINE, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS ANTIANÉMICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009910-3

No. de Expediente: 2016157368

No. de Presentación: 20160244423

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 162: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416de BROWNLEE & FUSTER CORPORATION, de nacionalidad PA-NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras Bioland DERMIA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARA-CIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES, INCLUYENDO: JABONES ANTITRANSPIRANTES, JABONES DESINFECTANTES; PRODUCTOS ANTITRANSPIRAN-TES [ARTÍCULOS DE TOCADOR]; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA INCLUYENDO AGUA DE COLONIA, AGUAS PERFUMADA, DESODORANTES PARA USO PERSONAL [PRODUCTOS DE PERFUMERÍA]; ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS; PREPA-RACIONES COSMÉTICAS ADELGAZANTES, PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA EL BAÑO; LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, PRODUCTOS DE AFEITAR, ASTRINGENTES PARA USO COSMÉTICO; CREMAS COSMÉTICAS; LOCIONES CAPILARES; FIJADORES PARA EL CABELLO, CARA Y CUERPO; DENTÍFRICOS, PRODUCTOS EN AEROSOL PARA REFRESCAR EL ALIENTO; GELES BLANQUEADORES PARA USO DENTAL; BRONCEADORES; PRODUCTOS DE PROTECCIÓN SOLAR; PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO; CHAMPÚS INCLUYENDO CHAMPÚS PARA ANIMALES DE COMPAÑÍA; PRODUCTOS DEPILATORIOS, DETERGENTES DE LAVANDE-RÍA; MASCARILLAS DE BELLEZA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de abril del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009911-3

No. de Expediente: 2016157369

No. de Presentación: 20160244424

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

de BROWNLEE & FUSTER CORPORATION, de nacionalidad PA-

NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la frase BioLand ORGANICS y diseño, que se

traduce al castellano como BioLand ORGÁNICOS, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES,

INCLUYENDO: JABONES ANTITRANSPIRANTES, JABONES

DESINFECTANTES; PRODUCTOS ANTITRANSPIRANTES

[ARTÍCULOS DE TOCADOR]; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA

INCLUYENDO AGUA DE COLONIA, AGUAS PERFUMADA,

DESODORANTES PARA USO PERSONAL [PRODUCTOS DE

PERFUMERÍA]; ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS; PREPA-

RACIONES COSMÉTICAS ADELGAZANTES, PREPARACIONES

COSMÉTICAS PARA EL BAÑO; LOCIONES PARA DESPUÉS

DEL AFEITADO, PRODUCTOS DE AFEITAR, ASTRINGENTES

PARA USO COSMÉTICO; CREMAS COSMÉTICAS; LOCIONES

CAPILARES; FIJADORES PARA EL CABELLO, CARA Y CUERPO;

DENTÍFRICOS, PRODUCTOS EN AEROSOL PARA REFRESCAR

EL ALIENTO; GELES BLANQUEADORES PARA USO DENTAL;

BRONCEADORES; PRODUCTOS DE PROTECCIÓN SOLAR;

PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO; CHAMPÚS

INCLUYENDO CHAMPÚS PARA ANIMALES DE COMPAÑÍA;

PRODUCTOS DEPILATORIOS, DETERGENTES DE LAVANDE-

RÍA; MASCARILLAS DE BELLEZA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de abril del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009912-3

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 163: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. No. de Expediente: 2017161055

No. de Presentación: 20170252379

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

de BLENASTOR C.A., de nacionalidad ECUATORIANA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra ORLY y diseño, que servirá para:

AMPARAR: DENTIFRICOS NO MEDICADOS PARA USO EN

MASCOTAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de julio del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009914-3

No. de Expediente: 2017161368

No. de Presentación: 20170253064

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de

GYNOPHARM S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

PROSTERONA

Consistente en: la palabra PROSTERONA, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN TRATAMIENTOS

ONCOLÓGICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de julio del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009915-3

No. de Expediente: 2017161054

No. de Presentación: 20170252378

CLASE: 05, 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

de BLENASTOR C.A., de nacionalidad ECUATORIANA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra ORLY y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 164: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO;

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS

PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES

DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05. Para: AMPA-

RAR: UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA USO DOMÉSTICO Y

CULINARIO; PEINES Y ESPONJAS; CEPILLOS; MATERIALES

PARA FABRICAR CEPILLOS; MATERIAL DE LIMPIEZA; LANA

DE ACERO; VIDRIO EN BRUTO O SEMIELABORADO (EXCEPTO

EL VIDRIO DE CONSTRUCCIÓN); ARTÍCULOS DE CRISTALERÍA,

PORCELANA Y LOZA NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;

CEPILLOS DE DIENTES. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de julio del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009916-3

No. de Expediente: 2017160111

No. de Presentación: 20170250490

CLASE: 07, 11, 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ERNESTO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

de Toyota Boshoku Kabushiki Kaisha, comercializando como Toyota

Boshoku Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PIEZAS

PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA PARA VEHÍCULOS

TERRESTRES; COLECTORES DE ESCAPE PARA MOTORES DE

COMBUSTIÓN INTERNA DE VEHÍCULOS TERRESTRES; PURIFI-

CADORES DE AIRE PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA

PARA VEHÍCULOS TERRESTRES (EXCEPTO PARA FILTROS

DE AIRE CLASIFICADOS EN OTRAS CLASES); CUBIERTAS DE

CULATAS DE CILINDROS PARA MOTORES DE VEHÍCULOS TE-

RRESTRES; CULATAS DE CILINDROS PARA MOTORES; CÁRTE-

RES DE ACEITE PARA MOTORES DE VEHÍCULOS; CUBIERTAS

DE CÁRTERES PARA MOTORES DE VEHÍCULOS; FUNDAS DE

CORREAS DE DISTRIBUCIÓN PARA MOTORES DE VEHÍCULOS

TERRESTRES; BASTIDOR DE VENTILADORES DE RADIADORES

PARA MOTORES DE VEHÍCULOS TERRESTRES; MOTORES,

INCLUYENDO MOTORES DE ARRANQUE ELÉCTRICOS PARA

VEHÍCULOS TERRESTRES, MOTORES QUE NO SEAN PARA

VEHÍCULOS TERRESTRES; SILENCIADORES INCLUYENDO

SILENCIADORES PARA MOTORES DE VEHÍCULOS TERRES-

TRES, SILENCIADORES PARA MOTORES Y MÁQUINAS; FAJAS

PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA DE VEHÍCULOS

TERRESTRES; ABANICOS Y CILINDROS PARA MOTORES DE

VEHÍCULOS TERRESTRES; DISPOSITIVOS DE ENCENDIDO

PARA MOTORES DE VEHÍCULOS TERRESTRES; DUETOS

DE VENTILACIÓN PARA CONDUCIR AIRE EN MOTORES DE

COMBUSTIÓN INTERNA PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;

COBERTORES DE PROTECCIÓN PARA MOTORES DE VEHÍ-

CULOS TERRESTRES; FILTROS INCLUYENDO FILTROS DE

ACEITE PARA MOTORES, FILTROS DE PARTÍCULAS DIESEL

PARA MOTORES DE VEHÍCULOS TERRESTRES; COLADORES

PARA ACEITE PARA MOTORES DE VEHÍCULOS TERRESTRES;

RESONADORES DE ADMISIÓN PARA MOTORES DE VEHÍCULOS

TERRESTRES; VÁLVULAS DE RECIRCULACIÓN DE GASES

DE ESCAPE (EGR) PARA MOTORES DE VEHÍCULOS TERRES-

TRES; DISPOSITIVOS PARA CONTROL DE EMISIONES PARA

MOTORES DE VEHÍCULOS TERRESTRES; TUBOS DE ESCAPE

PARA MOTORES; CONVERTIDORES CATALÍTICOS; APARATOS

PARA ABSORCIÓN DE VAPORES DE COMBUSTIBLE ENSAM-

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 165: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

165DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. BLADOS CON PURIFICADORES DE AIRE PARA MOTORES DE

COMBUSTIÓN INTERNA (EXCEPTO PARA PURIFICADORES

DE AIRE CLASIFICADOS EN OTRAS CLASES). Clase: 07. Para:

AMPARAR: APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO [PARA USO

INDUSTRIAL]; FILTROS DE AIRE INCLUYENDO FILTROS PARA

ACONDICIONADORES DE AIRE DE AUTOMÓVILES, FILTROS

DE AIRE PARA APARATOS DE ACONDICIONAMIENTO DE

AIRE; INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN PARA VEHÍCU-

LOS; PURIFICADORES DE AIRE INDUSTRIALES; APARATOS

DE AIRE ACONDICIONADO; FILTROS DE AGUA INCLUYENDO

FILTROS DE AGUA POTABLE PARA USO DOMÉSTICO, NO

ELÉCTRICOS; APARATOS DEPURADORES DE AGUA [PARA

USO INDUSTRIAL]; APARATOS PARA FILTRAR EL AGUA

INCLUYENDO APARATOS PARA FILTRAR AGUA POTABLE;

APARATOS Y MAQUINAS DE PURIFICAR PARA AGUA; APA-

RATOS DE ILUMINACIÓN PARA VEHÍCULOS INCLUYENDO

FAROS DE VEHÍCULOS, LAMPARAS ELÉCTRICAS Y OTROS

APARATOS PARA ILUMINACIÓN, FAROS PARA AUTOMÓVI-

LES, LUCES PARA AUTOMÓVILES Y VEHÍCULOS, LUCES DE

DINAMO PARA VEHÍCULOS, BOMBILLAS PARA INDICADORES

DE DIRECCIÓN DE AUTOMÓVILES, BOMBILLAS DE INDICA-

DORES DE DIRECCIÓN PARA VEHÍCULOS; DISPOSITIVOS

ANTIDESLUMBRANTES PARA VEHÍCULOS [ACCESORIOS

PARA LAMPARAS]; APARATOS Y MAQUINAS PARA PURI-

FICAR EL AIRE. Clase: 11. Para: AMPARAR: AUTOMÓVILES Y

PARTES ESTRUCTURALES DE LOS MISMOS; CINTURONES

DE SEGURIDAD; ARNESES DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS

DE VEHÍCULOS; EQUIPAJE INCLUYENDO EQUIPAJE PARA

ÁREA DE CARGA Y CORREAS DE CARGA PARA PARTES DE

VEHÍCULOS TERRESTRES, EQUIPAJE PARA ÁREA DE CARGA Y

REDES DE CARGA PARA PARTES DE VEHÍCULOS TERRESTRE,

EQUIPAJE PARA ÁREA DE CARGA Y BANDEJAS DE CARGA

PARA PARTES DE VEHÍCULOS TERRESTRES; PARACHOQUES

DE VEHÍCULOS; REVESTIMIENTOS PARA LADERAS PARA

PARTES DE VEHÍCULOS TERRESTRES; GUARDABARROS;

MOLDURAS PARA PUERTA PARA PARTES DE VEHÍCULOS

TERRESTRES; CIELOS DE TECHO PARA PARTES DE VEHÍCULOS

TERRESTRES; AIRBAGS PARA VEHÍCULOS; ASIENTOS PARA

AUTOMÓVILES; FUNDAS PARA ASIENTOS PARA VEHÍCULOS

O AUTOMÓVIL; MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;

FUNDAS PARA VEHÍCULOS {AJUSTABLES); CORTINAS

PARA VENTANA PARA AUTOMÓVILES; PARASOLES PARA

AUTOMÓVILES; COMPONENTES INTERIORES PARA COM-

PARTIMENTOS DE PASAJEROS U OTRAS PARTES NO PARTE

DEL TREN DE TRANSMISIÓN; MATERIAL DE AISLAMIENTO

MOLDEADO PARA PARTES DE VEHÍCULOS TERRESTRES,

ESPECÍFICAMENTE AISLAMIENTO PARA EL TABLERO DE

INSTRUMENTOS Y AISLAMIENTO PARA EL PANEL DE PISO.

Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos

mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de agosto del año dos mil diecisiete.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009917-3

No. de Expediente: 2017162542

No. de Presentación: 20170255303

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS EN-

RIQUE PORTILLO ULLOA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de MARCAND, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: MARCAND, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras Bubble wrap waffle y diseño, tra-

ducidas al castellano como BURBUJA ENVUELTA EN GALLETA,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE PASTELERÍA;

HELADOS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil diecisiete.

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 166: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de agosto del año dos mil diecisiete.

ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F059896-3

No. de Expediente: 2017163133

No. de Presentación: 20170256481

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN

LEONARDO JOVEL MIRANDA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de GRANJA JOVELS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra CLARAYEMA y diseño, que servirá

para: AMPARAR: HUEVOS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil diecisiete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060050-3

No. de Expediente: 2017162301

No. de Presentación: 20170254753

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO EDUARDO MEDRANO RIVAS, en su calidad de APODERADO de EMMA CAROL JAIME DE LUNA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras don arce y diseño, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTA-LIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de julio del año dos mil diecisiete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil diecisiete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F060061-3

DIARIO

OFIC

IAL SOLO P

ARA CONSULTA

NO TIE

NE VALID

EZ LEGAL

Page 167: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017.

RESOLUCION No. 1587/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO "CANTÓN TONALÁ", J/ Sonsonate, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha

20 de diciembre de 2013, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha

emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase

el Título de Bachiller General, Obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO "CANTÓN TONALÁ", J/ Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a IXDY

GABRIELA BERMÚDEZ MORALES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F047558)

RESOLUCION No. 1594/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Obtenido en el CENTRO ESCOLAR CATÓLICO "ALBERTO MASFERRER", Municipio de Nueva San

Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 08 de diciembre de 2008, y considerando que después de verificar la documentación

presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría Obtenido

en el CENTRO ESCOLAR CATÓLICO "ALBERTO MASFERRER", Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a STEVEN

ANTONIO RAMÍREZ CUÉLLAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F047689)

SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMinisterio de educación

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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416RESOLUCION No. 1595/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO "NACIONES UNIDAS", Municipio de Cacaopera, Departamento de Morazán, extendido

con fecha 02 de diciembre de 2008, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Re-

póngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO "NACIONES UNIDAS", Municipio de Cacaopera, Departamento

de Morazán, a JESÚS NEFTALÍ CRUZ MOLINA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F047681)

RESOLUCION No. 1618/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL TECPÁN, J/ San Juan Opico, Departamento de La Libertad,

extendido con fecha 23 de diciembre de 2003, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL TEC-

PÁN, J/ San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a JAVIER ALEXANDER SA VÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente

Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F048102)

RESOLUCION No. 1640/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE JUAYÚA, Municipio de Juayúa, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha

21 de diciembre de 2001, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha

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169DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase

el Título de Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE JUAYÚA, Municipio de Juayúa, Departamento de Sonsonate, a DAVID

WILFREDO TORRES JIMÉNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F048546)

RESOLUCION No. 1645/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO CATÓLICO "SAGRADA FAMILIA", Municipio de Turín, Departamento de Ahuachapán, extendido

con fecha 13 de agosto de 2010, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO CATÓLICO "SAGRADA FAMILIA", Municipio de Turín, Departamento

de Ahuachapán, a KAREN ELIZABETH CHINCHILLA CALDERÓN. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario

Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F048767)

RESOLUCION No. 1650/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de

diciembre de 2012, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido

dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el

Título de Bachiller General, Obtenido en el LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a RICARDO

ALBERTO CÁCERES ALBANÉS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F048695)

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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416RESOLUCION No. 1669/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General Obtenido en el LICEO AMERICANO ESPAÑOL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha

20 de noviembre de 1998, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha

emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase

el Título de Bachiller General, Obtenido en el LICEO AMERICANO ESPAÑOL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a

MARÍA AFRANI GUTIÉRREZ ARAUJO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F049054)

RESOLUCION No. 1710/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título

de Bachiller Industrial, Obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO INDUSTRIAL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, ex-

tendido con fecha 30 de noviembre de 1983, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial, Opción Electrónica Obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO INDUSTRIAL, Municipio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, a LUIS ENRIQUE CAMPOS DÍAZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución

en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F049346)

RESOLUCION No. 1763/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el COLEGIO ADVENTISTA DE SOYAPANGO, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, extendido

con fecha 20 de diciembre de 2013, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

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Page 171: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

171DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el COLEGIO ADVENTISTA DE SOYAPANGO, Municipio de Soyapango, Departamento

de San Salvador, a ROSALBA MARÍA MARTÍNEZ CAMPOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F050295)

RESOLUCION No. 1770/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título

de Bachiller General Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL "SAN JOSÉ VERAPAZ", Municipio de Verapaz, Departamento de San Vicente,

extendido con fecha 19 de diciembre de 2014, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL "SAN JOSÉ VERAPAZ", Municipio de Verapaz,

Departamento de San Vicente, a WILBER ISAÍAS MARROQUÍN ARGUETA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el

Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F050730)

RESOLUCION No. 1784/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Sal-

vador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2012, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad

del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, a NUBIA MARÍA MORALES POLÍO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución

en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F050319)

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416RESOLUCION No. 1790/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el CENTRO ESCOLAR SAN BARTOLOMÉ PERULAPÍA, Municipio de San Bartolomé Perulapía, Departamento

de Cuscatlán, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a

la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el CENTRO ESCOLAR SAN BARTOLOMÉ PERULAPÍA,

Municipio de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuscatlán, a DEYSI MARILIN PALENCIA LÓPEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE

la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F050405)

RESOLUCION No. 1795/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE ALEGRÍA, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután,

extendido con fecha 28 de noviembre de 2003, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del

citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE

ALEGRÍA, Municipio de Alegría, Departamento de Usulután, a ALTAGRACIA GUADALUPE BENÍTEZ GONZÁLEZ. Para los efectos de ley

PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F050567)

RESOLUCION No. 1809/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller en Comercio y Administración Obtenido en el INSTITUTO CULTURAL MIGUEL DE CERVANTES, Municipio de San Salvador, Depar-

tamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1987, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con

respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales

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173DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado Obtenido en el INSTITUTO

CULTURAL MIGUEL DE CERVANTES, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a SARA MERCEDES MOLINA CAMPOS.

Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F050809)

RESOLUCION No. 1826/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL PADRE JOSÉ MARÍA VILASECA, Municipio de Apopa, De-

partamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000, y considerando que después de verificar la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades

legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría Obtenido en el INS-

TITUTO NACIONAL PADRE JOSÉ MARÍA VILASECA, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a DINA MARCELA ALAS. Para

los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F051008)

RESOLUCION No. 1833/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el NUEVO INSTITUTO ARCE JERIEL, Municipio de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, extendido con

fecha 20 de noviembre de 1998, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el NUEVO INSTITUTO ARCE JERIEL, Municipio de Ciudad Arce, Departamento de La

Libertad, a ANA DEL ROSARIO RODRÍGUEZ GUZMÁN. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F051147)

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Page 174: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416RESOLUCION No. 1839/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el CENTRO ESCOLAR "INSA" SEDE EDUCAME, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido

con fecha 19 de diciembre de 2016, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,

se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:

Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el CENTRO ESCOLAR "INSA" SEDE EDUCAME, Municipio de Santa Ana, Departamento

de Santa Ana, a NATHALIE MELISSA HERRERA DÍAZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F051195)

RESOLUCION No. 1843/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General Obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, extendido con fecha 02 de febrero de 2010, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad

del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento

RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de

San Salvador, Departamento de San Salvador, a NATALIA STEPHANIE RIVERA RIVERA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente

Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F051224)

RESOLUCION No. 1845/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN JULIÁN, Municipio de San Julián, Departamento de

Sonsonate, extendido con fecha 23 de diciembre de 2003, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Depar-

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Page 175: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

175DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. tamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL

DE SAN JULIÁN, Municipio de San Julián, Departamento de Sonsonate, a DORIS YAMILETH ESTRADA HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley

PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F051243)

RESOLUCION No. 1853/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta días del mes de junio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Académico, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO DE CHALCHUAPA, Municipio de Chalchuapa, Departamento de

Santa Ana, extendido con fecha 20 de diciembre de 1990, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este De-

partamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO

DE CHALCHUAPA, Municipio de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, a OSCAR ARMANDO VARGAS MENÉNDEZ. Para los efectos de

ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F051297)

RESOLUCION No. 1894/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller General, Obtenido en el CENTRO ESCOLAR CATÓLICO "ALBERTO MASFERRER", Municipio de Nueva San Salvador, Departamento

de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto

a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este

Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en el CENTRO ESCOLAR CATÓLICO "ALBERTO MASFE-

RRER", Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a EDIE BEATRIZ HERNÁNDEZ CALDERÓN. Para los efectos de ley

PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F051565)

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Page 176: Diario Oficial 26 de Septiembre 2017...2017/09/26  · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Septiembre de 2017. 5 a los miembros de la Fuerza Armada que están apoyando a la Policía

176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 416RESOLUCION No. 1955/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL "FRANCISCO MENÉNDEZ", Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de enero de 1989, y considerando que después de verificar la documentación pre-sentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL "FRANCISCO MENÉNDEZ", Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOSÉ ALBERTO ROMERO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F052382)

RESOLUCION No. 2068/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en la ACADÉMIA BRITÁNICA CUSCATLECA, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 18 de diciembre de 2015, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Títu-lo, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, Obtenido en la ACADÉMIA BRITÁNICA CUSCATLECA, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a DIEGO GIUSEPPE ALVARENGA CICCHELLI. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F053304)

RESOLUCION No. 2132/2017

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil diecisiete.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE EL COYOLITO, Municipio de Tejutla, Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 20 de diciembre de 2010, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Títu-lo, se ha emitido dictamen favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE EL COYOLITO, Municipio de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a FRANCISCO AMILCAR ERAZO VÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.

LIC. JUAN CARLOS ARTEAGA MENA,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F053821)

Imprenta Nacional - Tiraje 300 Ejemplares.

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