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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 397 SAN SALVADOR, MARTES 16 DE OCTUBRE DE 2012 NUMERO 193 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-20 21-22 22-23 23 24-25 Pág. 26-30 31 31 31 32 33 33 33 33 34 34 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Cámara Empresarial Agropecuaria Salvadoreña y Acuerdo Ejecutivo No. 223, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................... MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 829.- Se autoriza a la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa, para que construya un tanque para almacenar combustible....................................................... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0889 y 15-1123.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 713-D y 735-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .............................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 8.- Ordenanza revocatoria, emitida por el Concejo Municipal de Santiago Nonualco, departamento de La Paz. ........................................................................................... Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de la Colonia Buena Esperanza, Cantón Las Delicias y Acuerdo No. 4, emitido por la Alcaldía Municipal de San Juan Opico, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Cartel No. 1229.- Fausto Alexander Zavala Alvarado y Otros (1 vez) .............................................................................. Aceptación de Herencia Cartel No. 1230.- Dora del Carmen Buruca de Iglesias (3 v. alt.) ..................................................................................... Títulos Supletorios Cartel No. 1231.- Antonio Mejía (3 v. alt.)....................... Cartel No. 1232.- Florencia Ramírez Luna (3 v. alt.) ....... Aviso de Inscripción Cartel No. 1233.- Asoc. Coop. de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Turísticos de Playa El Tunco de R.L. PLAYA EL TUNCO DE R.L. (1 vez) ........................................................... Cartel No. 1234.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria La Coyotera Dos de R.L. (1 vez) ............................................... Cartel No. 1235.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria y Pesquera El Caguamo de R.L. (1 vez) .................................... Cartel No. 1236.- Asoc. Coop. de Producción Pesquera y Servicios Múltiples Arrecife Las Gallinitas de R.L. ACOPAG DE R.L. (1 vez) .......................................................................... DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 1202.- Demesia de Jesús Pérez de Flores y Otros (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 1203.- María Odilia Monges viuda de Rivas y Otros (3 v. alt.) ........................................................................... DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

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Page 1: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.

Diario oficial

S U M a r i o

1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral

TOMO Nº 397 SAN SALVADOR, MARTeS 16 De OCTubRe De 2012 NuMeRO 193

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]

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ORGANO eJeCuTIVOMINISTeRIO De GObeRNACIÓN

Ramo de GobeRnación

Estatutos de la Cámara Empresarial Agropecuaria Salvadoreña y Acuerdo Ejecutivo No. 223, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...........................

MINISTeRIO De eCONOMÍARamo de economía

Acuerdo No. 829.- Se autoriza a la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa, para que construya un tanque para almacenar combustible. ......................................................

MINISTeRIO De eDuCACIÓNRamo de educación

Acuerdos Nos. 15-0889 y 15-1123.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................................................

ORGANO JuDICIALCORTe SupReMA De JuSTICIA

Acuerdos Nos. 713-D y 735-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..............................

INSTITuCIONeS AuTONOMASALCALDÍAS MuNICIpALeS

Decreto No. 8.- Ordenanza revocatoria, emitida por el Concejo Municipal de Santiago Nonualco, departamento de La Paz. ...........................................................................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de la Colonia Buena Esperanza, Cantón Las Delicias y Acuerdo No. 4, emitido por la Alcaldía Municipal de San Juan Opico, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...........................

SeCCION CARTeLeS OFICIALeSDe pRIMeRA pubLICACION

Declaratoria de Herencia Cartel No. 1229.- Fausto Alexander Zavala Alvarado y Otros (1 vez) ..............................................................................

aceptación de Herencia Cartel No. 1230.- Dora del Carmen Buruca de Iglesias (3 v. alt.) .....................................................................................

Títulos Supletorios Cartel No. 1231.- Antonio Mejía (3 v. alt.) ....................... Cartel No. 1232.- Florencia Ramírez Luna (3 v. alt.) .......

aviso de inscripción Cartel No. 1233.- Asoc. Coop. de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples Turísticos de Playa El Tunco de R.L. PLAYA EL TUNCO DE R.L. (1 vez) ........................................................... Cartel No. 1234.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria La Coyotera Dos de R.L. (1 vez) ............................................... Cartel No. 1235.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria y Pesquera El Caguamo de R.L. (1 vez) .................................... Cartel No. 1236.- Asoc. Coop. de Producción Pesquera y Servicios Múltiples Arrecife Las Gallinitas de R.L. ACOPAG DE R.L. (1 vez) ..........................................................................

De SeGuNDA pubLICACION

aceptación de Herencia Cartel No. 1202.- Demesia de Jesús Pérez de Flores y Otros (3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 1203.- María Odilia Monges viuda de Rivas y Otros (3 v. alt.) ...........................................................................

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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Cartel No. 1204.- María Estebana Bermúdez Aparicio (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 1205.- María Elvira Alvarado (3 v. alt.) .......... Cartel No. 1206.- María Cruz González y Otros (3 v. alt.). ........................................................................................... Cartel No. 1207.- Miguel Ángel Alberto Peña y Otros (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 1208.- Ester Cortéz viuda de Ascencio (3 v. alt.) ........................................................................................... Cartel No. 1209.- Moises Henríquez Flores y Otros (3 v. alt.) ........................................................................................... Cartel No. 1210.- Ana Margarita Menjívar de Leiva y Otros (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 1211.- Ana Idalya Nieto (3 v. alt.) .................. Cartel No. 1212.- José David Mendoza Moreno y Otros (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 1213.- Othmaro Antonio Alvarado Núñez y Otro (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 1214.- Paula Hernández viuda de Morán y Otros (3 v. alt.) ..................................................................................... Cartel No. 1215.- Reina Dolores Bonilla y Otros (3 v. alt.) ........................................................................................... Cartel No. 1216.- Reina Elizabeth Martínez Clemente y Otra (3 v. alt.) ............................................................................. Cartel No. 1217.- Silvia Guadalupe Pérez Cristo (3 v. alt.) ........................................................................................... Cartel No. 1218.- Marta Elisabet Torres (3 v. alt.) ...........

Títulos de Propiedad Cartel No. 1219.- Dora Alicia Cortez Hernández (3 v. alt.) ...........................................................................................

De TeRCeRA pubLICACION

aceptación de Herencia Cartel No. 1189.- María de la Paz Contreras y Otras (3 v. alt.) ...........................................................................................

Herencia Yacente Cartel No. 1191.- Israel de Jesús Galdámez González curador Licenciada Glenda Denisse Leonor (3 v. alt.) ............................

Muerte Presunta Cartel No. 918.- Raúl Antonio Soriano Reyes (3 v. c.) ....

SeCCION CARTeLeS pAGADOSDe pRIMeRA pubLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C006003, C006008, C006009, C006010, C006015, C006017, C006018, C006020, C006021, F056160, F056164, F056171, F056180, F056182, F056183, F056200, F056218, F056226, F056230, F056236, F056237, F056243, F056244, F056248, F056259, F056291, F056295, F056298, F056300, F056302, F056308 .....................................................

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C006004, C006016, C006023, C006024, C006031, C006032, C006035, F056165, F056175, F056176, F056211, F056223, F056232, F056235, F056241, F056254, F056262, F056264, F056267, F056273, F056292, C005999, C006019, C006029, F056167, F056168, F056199, F056219, F056220, F056221, F056238, F056245, F056263, F056265, F056266, F056305 .....................................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. C006000, C006001, C006022 ....................

Título Supletorio

Carteles Nos. C006014, C006025, F056212, F056214, F056215, F056217, F056303, F056304, C006012, C006033, F056177, F056178, F056204, F056242 .....................................

Título de Dominio

Cartel No. F056229 ...........................................................

cambio de Nombre

Cartel No. F056283 ...........................................................

renovación de Marcas

Carteles Nos. F056253, F056260, F056279, F056281, F056282 .....................................................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. C006006, C006011, F056275, F056276, F056277, F056278, F056285 .....................................................

Nombre comercial

Carteles Nos. C006028, F056208, F056284 .....................

convocatorias Cartel No. F055055 ...........................................................

Subasta Pública Carteles Nos. C006034, F056170, F056297 .....................

aumento de capital Cartel No. C006030 ..........................................................

Disolución y liquidación de Sociedades Cartel No. C006005 ..........................................................

Título de Predio Urbano Cartel No. C006013 ..........................................................

Edicto de Emplazamiento Carteles Nos. F056186, F056190 ......................................

Marca de Servicios Carteles Nos. F056251, F056252 ......................................

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De SeGuNDA pubLICACION

aceptación de Herencia Carteles Nos. C005935, C005945, C005951, F055758, F055763, F055789, F055806, F055827, F055841, F055921, F055925 .....................................................................................

Herencia Yacente Cartel No. C005956 ..........................................................

Título de Propiedad Carteles Nos. F055777, F055779, F055940 .....................

Título Supletorio Carteles Nos. C005906, F055917 .....................................

renovación de Marcas Carteles Nos. F055844, F055850, F055855, F055856, F055857, F055858, F055859, F055860, F055861, F055862, F055864, F055865 .....................................................................

Marca de fábrica Carteles Nos. C005908, C005909, C005915, C005916, C005917, C005918, C005920, C005922, C005923, C005924, C005925, C005926, C005928, C005929, C005930, C005931, C005932, C005953, C005959, C005962, C005963, F055754, F055845, F055846, F055847, F055848, F055849, F055851, F055852, F055932, F055933, F055935 .....................................

Nombre comercial Carteles Nos. C005958, C005960, C005961 ....................

Señal de Publicidad comercial Carteles Nos. C005933, F055854, F055883 .....................

Subasta Pública Carteles Nos. C005939, C005940, C005941, F055744, F055772, F055792, F055882, F055884, F055885, F055886, F055887, F055888, F055889, F055890, F055891, F055927, F055929, F055930 .....................................................................

Reposición de Certificados Carteles Nos. F055797, F055798, F055799, F055800, F055802, F055825 .....................................................................

Balances de liquidación Cartel No. F055796 ...........................................................

Marca de Servicios Carteles Nos. C005910, C005911, C005912, C005913, C005914, C005919, C005921, C005927, C005934 ..................

Marca de Producto Carteles Nos. C005947, C005964, C005965, C005966, C005967 .....................................................................................

De TeRCeRA pubLICACION

aceptación de Herencia Carteles Nos. C005777, C005778, C005783, F055338, F055345, F055366, F055368, F055372, F055382, F055446, F055459, F055486, F055496, F055508 .....................................

Herencia Yacente Cartel No. F055342 ...........................................................

Título de Propiedad Cartel No. F055465 ...........................................................

renovación de Marcas Carteles Nos. F055396, F055398, F055401, F055419 .....

Marca de fábrica Carteles Nos. C004794, C005775, F055513, F055515, F055517, F055519, F055522, F055524 .....................................

Nombre comercial Carteles Nos. F055494, F055495, F055497, F055499, F055501, F055502 .....................................................................

Señal de Publicidad comercial Carteles Nos. C005789, F055417 .....................................

convocatorias Cartel No. F055379 ...........................................................

Subasta Pública Cartel No. F055467 ...........................................................

Reposición de Certificados Carteles Nos. F055331, F055443, F055444, F055445, F055447, F055448, F055449 .....................................................

Marca de Servicios Carteles Nos. C005784, F055422, F055426 .....................

Marca de Producto Carteles Nos. F055402, F055404, F055405, F055406, F055408, F055409, F055410, F055411, F055412, F055414, F055415, F055420, F055424, F055425 .....................................

SeCCION DOCuMeNTOS OFICIALeS

MINISTeRIO De TRAbAJO ypReVISIÓN SOCIAL

Reformas a los estatutos de la Federación Sindical Revolucionaria y Resolución No. 46, aprobándolas. .................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397

NUMERO NOVENTA Y OCHO. CONSITUCION DE ASOCIACION

SIN FINES DE LUCRO. En la ciudad de Santa Tecla, Departamento

de La Libertad, a las trece horas del día treinta de agosto del año dos mil

doce. Ante mí, TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR, Notario,

de este domicilio, COMPARECEN: 1) el señor ROBERTO MOLINA

AMAYA, de cuarenta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, del

domicilio de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, a quien

hoy conozco e identifico por medio de su Documento único de Identidad

Número: cero cero dos ocho cuatro seis nueve ocho - uno, y con Núme-

ro de Identificación Tributaria: cero novecientos tres - doscientos cua-

renta mil ciento sesenta y siete - ciento uno - cinco; quien actúa en

nombre y representación en su calidad de Presidente del Consejo Ad-

ministración y Representante Legal de la FEDERACION DE COOPE-

RATIVAS DE PRODUCCION Y SERVICIOS PESQUEROS DE LA

PAZ, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede abreviarse

FECOOPAZ, DE R. L., con Número de Identificación Tributaria cero

ochocientos veintidós - doscientos treinta mil novecientos noventa y uno

–ciento uno - ocho, del domicilio de San Luis La Herradura, Departa-

mento de La Paz, personería que al final se relacionará; 2) El señor

NORBERTO ROMERO PALACIOS, de cuarenta y cuatro años de edad,

Pescador, del domicilio de La Libertad, Departamento de La Libertad,

a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de

Identidad Número: cero cero cuatro uno dos dos tres cero – nueve, y con

Número de Identificación Tributaria: cero quinientos nueve – doscientos

veinte mil doscientos sesenta y ocho – cero cero uno – ocho; quien actúa

en nombre y representación en su calidad de Presidente del Consejo

Administración y Representación Legal de la FEDERACION DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS PESQUERAS ARTESANALES DE

EL SALVADOR, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede

abreviarse FACOPADES, DE R. L., con Número de Identificación

Tributaria cero quinientos nueve - cero noventa mil seiscientos noventa

y tres - ciento uno - siete, del domicilio de Puerto El Triunfo, Departa-

mento de Usulután, personería que al final se relacionará; 3) El señor

RICARDO SIGFREDO PUENTE RIVERA, de cuarenta y dos años de

edad, Empleado, del domicilio de Jujutla, Departamento de Ahuachapán,

a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de

Identidad número: cero uno dos ocho ocho ocho nueve cuatro - tres, y

con Número de Identificación Tributaria: cero ciento siete - doscientos

mil seiscientos setenta - ciento dos - uno; quien actúa en nombre y re-

presentación en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Repre-

sentante Legal de la ASOCIACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES

DE CAFE DE EL SALVADOR que puede abreviarse APECAF, con

Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - ciento

ochenta y un mil ciento noventa y seis - ciento siete - dos, del domicilio

de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, personería que

al final se relacionará; 4) El señor ISA GADALA SAMOUR VALLE,

de treinta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de La Libertad,

departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico por

medio de su Documento Único de Identidad Número: cero dos cuatro

nueve cinco cero cuatro cero - cinco, y con Número de Identificación

Tributaria: cero seiscientos catorce - doscientos diez mil trescientos

setenta y cuatro - cero cero tres - cero; quien actúa en nombre y repre-

sentación en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Represen-

tante Legal de la Sociedad EL BARBARO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EL BARBARO, S.

A. DE C. V., con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos

catorce - cero treinta y un mil cero noventa - ciento uno - cuatro, del

domicilio de Tepecoyo, Departamento de La Libertad, personería que

al final se relacionará; 5) El señor DANIEL AGUILAR MALDONADO,

de cincuenta años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de

Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, a quien hoy conozco e

identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número: cero

dos tres tres seis seis seis cinco - tres, y con Número de Identificación

Tributaria: cero seiscientos uno - cero diez mil doscientos sesenta y dos

ORGANO eJeCuTIVOMinisterio de Gobernación

RAMO De GObeRNACION

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. - cero cero dos - ocho; quien actúa en nombre y representación en su

calidad de Director Presidente de la Junta Directiva y Representante

Legal de la sociedad COOPERATIVA DE GANADEROS DE EL

SALVADOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse COGANADES, DE R. L. DE C. V.,

con Número de Identificación Tributaria cero quinientos dos - cero

noventa mil trescientos once - cero cero uno - dos, del domicilio de

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, personería que al final se

relacionará; 6) El señor ABEL NAHIN LARA RUIZ, de treinta y siete

de edad, Agricultor, del domicilio de San Francisco, Departamento de

Ahuachapán, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Docu-

mento Único de Identidad Número: cero uno cero dos nueve cuatro

cinco nueve - seis, y con Número de Identificación Tributaria: cero

doscientos tres - trescientos mil quinientos setenta y cinco - ciento dos

- tres; quien actúa en nombre y representación en su calidad de Presi-

dente del Consejo Administración y Representante Legal de la CON-

FEDERACION DE FEDERACIONES DE LA REFORMA AGRARIA

SALVADOREÑA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede

abreviarse CONFRAS, DE R. L., con Número de Identificación Tributaria

cero quinientos once - doscientos ochenta mil ciento ochenta y ocho -

ciento uno - ocho, del domicilio de San Salvador, Departamento de San

Salvador, personería que al final se relacionará; 7) Comparece el señor

EULOGIO SIGFREDO BENITEZ ORELLANA, de cuarenta años de

edad, Empleado, del domicilio de El Congo, Departamento de Santa

Ana, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento

Único de Identidad número: cero uno nueve cinco seis tres siete cero -

seis; y con Número de Identificación Tributaria: cero doscientos cuatro

- ciento diez mil novecientos setenta y uno - ciento uno - ocho; quien

actúa en nombre y representación en su calidad de Ejecutor Especial del

acuerdo tomado por la Asamblea General Extraordinaria de ASOCIA-

CION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA LOS

PINOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede abreviarse

ACOPAL, DE R. L., con Número de Identificación Tributaria cero

doscientos cuatro - cero treinta mil seiscientos ochenta - cero cero dos

- cuatro, del domicilio de El Congo, Departamento de Santa Ana,

personería que al final se relacionará; ME DICEN: I) Que es su deseo

el constituir en esta ciudad y en efecto por medio de esta matriz lo hacen,

una asociación carácter apolítico, no lucrativa ni religiosa de conformi-

dad con lo establecido por la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro, con el nombre de “CAMARA EMPRESARIAL AGRO-

PECUARIA SALVADOREÑA” que se abrevia “CEMAS”. II) Acor-

dando por unanimidad las cláusulas que constituyen sus estatutos que

se transcriben a continuación: ESTATUTOS DE LA CAMARA, EM-

PRESARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA que se abrevia

CEMAS. CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMI-

CILIO Y PLAZO. ARTICULO UNO.- Créase en la ciudad de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, la CAMARA EMPRESARIAL

AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que podrá abreviarse CEMAS,

como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los pre-

sentes estatutos se denominará "La Cámara o la Asociación". ARTICU-

LO DOS.- El domicilio de La Cámara será la ciudad de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, pudiendo establecer filiales en todo el

territorio de la República y fuera de él. ARTICULO TRES.- La Cáma-

ra se constituye por plazo indefinido. CAPITULO II. FINES Y OBJE-

TIVOS. ARTICULO CUATRO.- El fin principal de La Cámara será:

Fomentar y fortalecer el desarrollo integral del sector agropecuario, a

través de la unidad empresarial agropecuaria, impulsando permanente-

mente acciones efectivas para el bienestar de sus asociados. ARTICULO

CINCO.- Los objetivos de La Cámara serán: a) Promover y fomentar

entre todos los asociados del sector agropecuario, asistencia técnico -

social; b) Promover y participar en la integración de la cadena producción

-procesamiento - comercialización, para el abastecimiento de los mer-

cados, y fomentar el consumo de los sectores que representa; c) Coope-

rar con las Autoridades estatales y municipales en los programas, pro-

yectos e iniciativas de desarrollo de representación sectorial que sean

de beneficio y fomento de sus asociados; d) Proponer y ayudar a las

correspondientes autoridades estatales y municipales, con la elaboración

de opiniones, análisis e informes sobre proyectos de leyes y reformas a

la legislación vigente; e) Intervenir como órgano de consulta para los

asociados y las autoridades competentes en política de desarrollo agro-

pecuaria, temas especializados de los subsectores productos en temas

como producción primaria, comercialización, industrialización, calidad,

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397inocuidad, importación y exportación, entre otros; f) Gestionar y facili-

tar alianzas estratégicas entre autoridades competentes, cooperación

internacional y sus asociados a fin de lograr un mayor desarrollo de la

infraestructura nacional; g) Proponer candidatos de conformidad con

las Leyes Especiales que así lo requieran, con el fin de integrar órganos

de dirección de las diferentes Instituciones Oficiales Autónomas que

demanden por propuestas de ternas provenientes de organizaciones no

gubernamentales; h) Representar y defender los intereses comunes de

sus asociados tales como sugerir políticas tendientes al aumento de la

producción y productividad, encadenamiento productivo, capacitaciones,

entre otros, en general proponer las medidas que estén más adecuadas

para la protección y defensa de los mismos ante toda clase de autorida-

des y asociaciones de interés público, privado o público-privado; k)

Fungir como ente intermediario cuando esto fuera procedente entre sus

asociados y las autoridades estatales, municipales o institución de inte-

rés público, privado o público - privado; l) Cooperar con el Ministerio

de Agricultura y Ganadería o cualquier otra institución gubernamental

para la elaboración, implementación y ejecución de programas de inte-

gración horizontal y vertical de las actividades agropecuarias; m) Ase-

sorar a sus afiliados para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales,

de conformidad con las leyes de El Salvador; velando por mantener la

ética en las Actividades Agropecuarias; n) Dar a conocer todos aquellos

estudios y análisis realizados que por razones de interés general sea

imprescindible su divulgación a través de publicaciones propias de la

cámara o en medios de comunicación; además de proporcionar a sus

asociados toda clase de información que les pueda ser útil; o) Gestionar

y promover con las autoridades gubernamentales y entes privados, na-

cionales e internacionales, la organización de ferias, misiones y cualquier

otro tipo de eventos que fomenten la producción interna y externa de

los productos agropecuarios; p) Nombrar o proponer dentro o fuera de

sus asociados y de acuerdo con las normas legales respectivas aquellas

personas que a juicio de la cámara puedan representar a ésta o al sector

de la iniciativa privada del país, en cualquier institución de carácter

público - privado; q) Organizar, realizar y/o patrocinar cursos, semina-

rios, estudios, investigaciones, publicaciones y cualquier otra actividad

similar que contribuya a los objetivos aquí establecidos; s) Celebrar

convenios de cooperación con organismos gubernamentales o privados

a nivel nacional o internacional, con el fin de cumplir con los objetivos

de la cámara. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. ARTICULO SEIS.-

El patrimonio de la Cámara estará constituido por: a) Las cuotas que

paguen sus asociados ya sean ordinarias, extraordinarias o voluntarias;

b) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas na-

turales o jurídicas, nacionales o extranjeras, particulares o gubernamen-

tales; c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas

provenientes de los mismos de conformidad con la ley; d) Los ingresos

provenientes por servicio de capacitaciones y asistencia técnica o por

cualquier otro servicio que preste la cámara por facilitación de contacto

de negocios, organización de misiones, ruedas de negocios o siendo esta

enumeración enunciativa y no taxativa. ARTICULO SIETE.- El patri-

monio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directri-

ces que le manifieste la Asamblea General. Sera administrado por la

Junta Directiva, teniendo facultades para destinar fondos al pago de las

obligaciones contraídas, a la realización de actividades y el cumplimien-

to de los fines de la cámara, pudiendo destinar fondos para la cobertura

de contingencias que se suscite en su quehacer institucional. ARTICU-

LO OCHO.- Todos los bienes y recursos de la cámara constituirán su

patrimonio, los cuales deberán ser destinados al cumplimiento de su fin

y objetivos y a honrar los compromisos adquiridos para tal fin. En caso

de emergencias o por razones de solidaridad humana, la Junta Directiva

podrá erogar fondos para contribuir con dichas eventualidades, pero

siempre que dichas contribuciones no afecten el cumplimento de los

objetivos de la cámara, particularmente sus obligaciones pecuniarias

frente a terceros. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIA-

CION. ARTICULO NUEVE.- El gobierno de la Cámara será ejercido

por: a) La Asamblea General de Asociados; b) La Junta Directiva.

CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO DIEZ.-

La Asamblea General de Asociados, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la asociación y sus resoluciones serán obligatorias

para todos ellos, inclusive para los que no hubiesen asistido, o asistien-

do, se hubieran retirado o se hubieran abstenido de votar o hubiesen

votado en contra de las resoluciones adoptadas. ARTICULO ONCE.- Las

asambleas generales serán ordinarias o extraordinarias y serán convo-

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. cadas por la Junta Directiva. ARTICULO DOCE.- La Asamblea Gene-

ral ordinaria se convocará una vez al año y deberá efectuarse dentro de

los meses de Enero o Febrero de cada año. ARTICULO TRECE.- Para

la realización de la Asamblea General Ordinaria, sus miembros deberán

ser convocados previamente por lo menos ocho días de anticipación al

día de celebración de la asamblea. La convocatoria puede ser realizada

por cualquier medio de comunicación escrito, incluyendo el correo or-

dinario, correo electrónico, fax, o por medio de una publicación en un

periódico de circulación nacional con esa antelación. ARTICULO

CATORCE.- SON ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

ORDINARIA: a) Elegir y sustituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva. Los miembros presentes podrán nominar a las

personas que integrarán la Junta Directiva; b) Resolver sobre excusas o

renuncias de los miembros de la Junta Directiva, o removerlos cuando

hubieren justos motivos para ellos, eligiendo y dando posesión a las

personas que deben sustituirlos; c) Aprobar, reformar o derogar los

estatutos de la asociación; d) Aprobar y/o modificar los planes, progra-

mas o presupuesto anual de la asociación; e) Ordenar auditorías a la

junta directiva, en los casos que los considere necesarios; f) Conocer,

aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de la junta directiva

y de los informes del tesorero y del auditor, que corresponden al ejerci-

cio próximo anterior; g) Aprobar las cuotas que paguen sus asociados,

ya sean ordinarias o extraordinarias; h) Establecer las políticas a seguir

por la junta directiva encaminadas a lograr mayor prestigio y funciona-

lidad de la asociación; i) Nombrar miembros honorarios de la cámara a

propuesta de la Junta Directiva, quienes deberán ser personas naturales

que hayan prestado servicios relevantes a la cámara, sus asociados o a

los intereses generales del país; j) Acordar la disolución y liquidación

de la cámara; k) Resolver sobre las solicitudes de exclusión de asociados;

l) Decidir sobre los demás asuntos que sean de interés para la cámara,

que no estén considerados en los presentes estatutos. CAPITULO VI.

DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO QUINCE.- La dirección y

administración de la Cámara estará confiada a la Junta Directiva, la cual

estará integrada por siete directores propietarios, que desempeñarán los

siguientes cargos: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un

tesorero y tres directores. Todos los directores tienen voz y voto en las

sesiones de Junta Directiva que se celebren. ARTICULO DIECISEIS.-

Los miembros de la junta directiva deberán ser asociados de la cámara

y deben cumplir con los requisitos que más adelante se señalan. Si el

asociado fuera una persona jurídica, podrán ser electos miembros de la

Junta Directiva los asociados que tengan la representación legal de la

entidad asociada, cualquiera de los miembros que integren su junta di-

rectiva o los delegados que designen cada entidad asociada a la cámara.

ARTICULO DIECISIETE.- Los miembros de la Junta Directiva serán

electos para un periodo de tres años, pudiendo ser reelectos por un pe-

riodo consecutivo únicamente, es decir dos periodos como máximo en

el mismo cargo. Continuarán en el desempeño de sus funciones aunque

hubiere concluido el plazo para el que fueron electos, mientras no se

elijan sus sustitutos y éstos no tomen posesión de sus cargos.- ARTI-

CULO DIECIOCHO.- La Junta Directiva sesionará con la asistencia de

por lo menos con cuatro de sus miembros, y sus resoluciones se tomarán

por mayoría de votos de los presentes. ARTICULO DIECINUEVE.-

Podrán ser miembros de la Junta Directiva quienes cumplan los siguien-

tes requisitos: 1. Mayor de veintiún años. 2. Obtener la recomendación

por escrito de por lo menos de dos asociados fundadores de la cámara.

3. Solvente con sus compromisos financieros con las organizaciones que

son asociadas a la Cámara. 4. Ser de reconocida trayectoria en el sector

agropecuario y de comprobable servicio a la cámara. 5. Tener tres años

de pertenecer a la cámara; 6. Ser el Representante Legal de las organi-

zaciones asociadas a la cámara o en su caso miembro de la Junta Direc-

tiva de éstas cuando así lo decida cada organización de acuerdo a su

normativa interna. ARTICULO VEINTE.- La Junta Directiva sesionará

ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea

necesario. El presidente convocará a sesión extraordinaria de la Junta

Directiva cuando lo considere conveniente, o cuando lo solicitaren por

escrito al menos cinco miembros de la Junta Directiva. ARTICULO

VEINTIUNO.- Los miembros de la Junta Directiva responderán soli-

dariamente por las decisiones que tomen en su seno. ARTICULO

VEINTIDOS.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones y

obligaciones: a) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de

Asamblea General. b) Emitir y reformar el Reglamento Interno de la

asociación; c) Nombrar al director ejecutivo de la cámara. d) Adminis-

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397trar los bienes, recursos y fondos de la cámara y velar por la adminis-

tración eficiente y eficaz del patrimonio de la cámara; e) Designar las

personas autorizadas para administrar las cuentas bancarias de la cáma-

ra; f) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de

la asociación; g) Elaborar la memoria anual de labores de la cámara y

un balance general de la cámara; h) Promover la elaboración de planes,

programas, proyectos y presentarlos a la asamblea general para su

aprobación; i) Revisar cada seis meses el Estado de Cuentas que debe

presentar el Tesorero; j) Velar por el cumplimiento de los estatutos,

reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la asamblea general y

de la misma junta directiva; k) Resolver todas las cuestiones de interés

social y económico que le sean delegadas por la Asamblea General; l)

Nombrar de entre los miembros de la asociación, comités o comisiones

que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la cáma-

ra y para realizar determinadas gestiones y estudios. Deberán establecer

las funciones de estas comisiones y el número de integrantes de las

mismas; m) Autorizar el otorgamiento de poderes generales o especiales,

con las facultades que tenga a bien representar; n) Nombrar los emplea-

dos necesarios para el buen funcionamiento de la misma, asignándoles

sus salarios para lo cual podrá el director ejecutivo realizar propuestas

para los mismos; o) Suspender provisionalmente a cualquiera de sus

miembros, que por su conducta se haga merecedor de tal sanción. La

suspensión no podrá exceder a la celebración de próxima Asamblea

General. p) Llevar un registro general de miembros. q) Contraer obli-

gaciones en nombre de la cámara y celebrar toda clase de contratos. r)

Formular por escrito proyectos tendientes a las reformas de los presen-

tes estatutos y presentarlos a la asamblea general cuando sea necesario.

s) Extender un documento de identificación a los miembros y cancelar-

lo cuando sea necesario. t) Solicitar cuotas extraordinarias a los asocia-

dos, cuando las necesidades la demanden y las erogaciones no se pueden

cubrir con las cuotas ordinarias. u) Crear y modificar si fuere necesario,

el reglamento interno de la cámara. v) Gestionar con instituciones pri-

vadas o públicas, la obtención de recursos para el cumplimiento y

funcionamiento de los objetivos de la cámara. ARTICULO VEINTI-

TRES.- De todas las sesiones de la junta se levantará un acta con una

minuta de la misma, consignando a ella las resoluciones que se tomen.

Esta acta deberá ser firmada por los asistentes de la Junta Directiva.

ARTICULO VEINTICUATRO.- Son atribuciones del Presidente de la

Junta Directiva: a) Tener la representación legal, judicial, extrajudicial

y social de la cámara; b) Convocar a la junta directiva y, por encargo de

ésta, a la asamblea general a sesiones ordinarias y extraordinarias; c)

presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de asamblea general y

las sesiones de Juntas Directivas; d) Velar por el cumplimiento de los

acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General,

así como los estatutos y reglamento interno de la cámara; e) Ejercer el

voto de calidad en caso de empate de una votación, tanto de la Junta

Directiva como de la Asamblea General; f) Presentar la memoria de

labores de la cámara y cualquier informe que le sea solicitado por la

Asamblea General; g) Firmar cualquier contrato o acuerdo, previo

acuerdo de la Junta Directiva. ARTICULO VEINTICINCO.- En defec-

to del presidente, lo sustituirá el Vicepresidente y defecto de éste lo

sustituirá el director que la junta designe. ARTICULO VEINTISEIS.-

Son atribuciones del secretario: a) Asentar las actas de las sesiones de

la Asamblea General y de Junta Directiva y preparar el programa de

cada una de éstas; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los

miembros de la asociación; c) Extender todas las certificaciones que le

fueran solicitadas; d) Preparar la memoria de labores de la asociación y

cualquier informe que le sea solicitado. ARTICULO VEINTISIETE.- En

ausencia del secretario lo sustituirá el director designado por la Junta

Directiva. ARTICULO VEINTIOCHO.- Son facultades y deberes del

tesorero: a) Supervisar la recepción y el depósito de los fondos que la

asociación obtenga en bancos o instituciones financieras que la Junta

Directiva seleccione; b) Llevar o tener control directo de los libros de

contabilidad de la asociación; c) Autorizar las erogaciones que la cáma-

ra tenga que realizar; d) Vigilar conjuntamente con el auditor el buen

funcionamiento de la contabilidad de la cámara; e) Presentar mensual-

mente a la Junta Directiva, un informe sobre el estado financiero de la

asociación y en relación a la ejecución del presupuesto, además deberá

dar cuenta de la tesorería a su cargo, cuando así lo requiera la Asamblea

General; f) Elaborar el balance anual de la cámara y firmarlo en conjun-

to con el presidente y el auditor. ARTICULO VEINTINUEVE.- En

defecto del tesorero lo sustituirá el director que designe la Junta Direc-

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. tiva. ARTICULO TREINTA.- Es atribución de los directores colaborar

directamente en todos los asuntos de interés de la cámara. CAPITULO

VII. DE LOS MIEMBROS. ARTICULO TREINTA Y UNO.- Podrán

ser miembros asociados de la cámara todas las personas jurídicas legal-

mente constituidas, nacionales o extranjeras, que desarrollen y tengan

reconocida trayectoria en actividades dedicadas al mejoramiento y de-

sarrollo del sector agropecuario. Además, para ingresar a la asociación,

deberán contar con dos cartas de recomendación de dos miembros

fundadores de la asociación o con dos cartas de directivos de las orga-

nizaciones asociadas a esta cámara. Los firmantes de la escritura de

constitución de la cámara, se consideran miembros o asociados funda-

dores de la institución. ARTICULO TREINTA Y DOS: La Asociación

tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores; b)

Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUN-

DADORES: Todas las personas que suscriban la Escritura Pública de

Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas

las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su

labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la

Asamblea General. ARTICULO TREINTA Y TRES.- Para los efectos

de su admisión como asociado, el interesado dirigirá solicitud escrita a

la Junta Directiva de la cámara, la cual resolverá sobre su admisión o

rechazo. ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- Son derechos de los

asociados: a) Asistir a las asambleas generales que se realicen, con voz

y voto en los asuntos que se traten en ellas. Cada asociado tendrá dere-

cho a un voto; b) Ser elegibles para poder optar a cargos en la junta

directiva o a los comités de apoyo; c) Presentar solicitudes, proposicio-

nes o sugerencias a la Junta Directiva y a la Asamblea General; d) So-

licitar la intervención de la cámara para la defensa o ayuda a sus intere-

ses gremiales, o los de la colectividad; e) Hacer uso de los beneficios,

servicios, instalaciones y programas con arreglo a los estatutos y gozar

de cuantas facilidades se establezcan para el uso de los asociados;

siempre y cuando no sean de carácter económicos. ARTICULO TREIN-

TA Y CINCO.- Son deberes de los asociados: a) Concurrir a las sesiones

de la Junta Directiva y de la Asamblea General a la que fueran convo-

cados; b) Desempeñar los cargos para los cuales fueron electos o nom-

brados por la asamblea general o por la junta directiva, a menos que

tengan motivos de excusa; c) Cooperar con el sostenimiento económico

de la cámara, mediante el pago puntual de las cuotas ordinarias perió-

dicas que se fijen, y de las cuotas voluntarias extraordinarias que se

hayan comprometido a pagar; d) Cumplir con los estatutos y reglamen-

to interno de la cámara y las resoluciones de la asamblea general y de

la junta directiva; e) Desempeñar las comisiones y encargos que le fueren

conferidos; f) Emitir su opinión por escrito en todas aquellas cuestiones

que les sean requeridas por la cámara; g) Brindar toda la información

que se requiera como necesaria para el buen funcionamiento de la cá-

mara y el cumplimiento de sus fines. ARTICULO TREINTA Y SEIS.-

Las personas jurídicas que tengan el carácter de asociados de la cámara

se harán representar ante la cámara, en sus asambleas generales por

cualquiera de sus socios que tenga la representación legal de la sociedad

o ente jurídico, por cualquiera de los miembros que integre su Junta

Directiva, por delegados designados para tal efecto por la persona jurí-

dica asociada. Para representar a un asociado de la cámara, deberá

presentarse una carta notariada dirigida a la cámara, consignando por

escrito a la persona delegada, debiendo estar firmada por el represen-

tante legal de la persona jurídica. ARTICULO TREINTA Y SIETE.- La

calidad de asociado se pierde: a) Por separación voluntaria del asociado,

mediante renuncia escrita presentada a la junta directiva la cual deberá

ser firmada por el Representante Legal del ente jurídico que representa,

renuncia que será admitida siempre que el asociado se encuentre sol-

vente de sus obligaciones económicas para con la cámara; b) Por exclu-

sión del asociado acordada por la asamblea general, por cualquiera de

los siguientes motivos: a) Por falta de pago de seis cuotas mensuales

consecutivas; b) Por declaración legal de quiebra fraudulenta o culpable

que recaiga sobre el asociado; c) Por no cumplir con los reglamentos y

estatutos de la cámara y las resoluciones de la Asamblea General y de

la Junta Directiva; d) Por la liquidación de la asociación, sociedad, fe-

deración o confederación etc., asociada o por el cierre de sus negocios;

e) Por falta grave contra la ética de la cámara, calificada por la Junta

Directiva y ratificada por la Asamblea General; y f) Por realizar actos

contrarios a los fines de la cámara, calificados por la Junta Directiva y

ratificada por la Asamblea General. ARTICULO TREINTA Y OCHO.-

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397La exclusión de un asociado de la cámara deberá ser adoptada en Junta

Directiva con las dos terceras partes de los miembros de la misma.

ARTICULO TREINTA Y NUEVE.- Los miembros honorarios nom-

brados por la Asamblea General, no tendrán la calidad de asociados de

la cámara, sino que su nombramiento es de carácter meramente hono-

rífico. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICA-

CION. ARTICULO CUARENTA.- La Asociación impondrá las siguien-

tes sanciones: a) Suspensión; y b) Expulsión. ARTICULO CUARENTA

Y UNO.- Son causales de Suspensión: a) Negarse sin motivo justificado

a desempeñar el cargo para el cual fuere electo, o a participar en las

comisiones que se les encomiende, en cuyos casos la suspensión durará

el tiempo que debió desempeñarse en el cargo o participar en la comisión

respectiva; b) No asistir sin causa justificada a dos Asambleas Genera-

les de Asociados; c) Promover asuntos políticos partidaristas, religiosos

o raciales en el seno de la Asociación; y d) Las demás que señale el

estatuto de la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y DOS.- Son

causales de expulsión de los asociados: a) Demostrar reiteradamente

una mala o inapropiada conducta; b) Causar grave perjuicio a los bienes,

valores e intereses de la Asociación; c) Reincidir en cualquiera de las

causales de suspensión; d) Violar cualquiera de las prohibiciones esta-

blecidas en los estatutos, emitidos reglamentos; e) Incumplir reiterada-

mente sus obligaciones como asociado; f) Ausentarse de las actividades

de la Asociación por un periodo continuo de seis meses sin motivo

justificado o sin permiso autorizado; g) Obtener por medios fraudulen-

tos, beneficios de la Asociación para sí o para terceras personas; y, h)

Cometer infracciones graves a las leyes, reglamentos, a este estatuto,

Reglamento Interno o acuerdos de la Asamblea General o de los órganos

de dirección de la Asociación. ARTICULO CUARENTA Y TRES.-

Cuando un asociado incurra en cualquiera de las causales de expulsión,

la Junta Directiva, de inmediato efectuará la investigación respectiva,

concediendo audiencia al infractor dentro de un plazo de ocho días, para

que se defienda por sí o por la persona que designe. Concluida la inves-

tigación y el plazo de audiencia, la Junta resolverá por mayoría de votos

si procede o no la expulsión; si lo resuelto fuere desfavorable el asocia-

do, tendrá derecho a solicitar que se reconsidere el acuerdo ante la

Asamblea General de los tres días siguientes al de la notificación. La

Asamblea General en la reunión más próxima deberá resolver la solici-

tud de reconsideración, y de lo resuelto, el asociado en escrito presen-

tado a la Junta Directiva, puede apelar ante la próxima Asamblea Ge-

neral dentro del plazo de cinco días hábiles, el cual comenzará a correr

a partir del día siguiente de la notificación. CAPITULO IX. DE LA

DISOLUCION. ARTICULO CUARENTA Y CUATRO.- No podrá

disolverse la asociación sino por disposición de la ley o por resolución

tomada en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y

con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes

de sus miembros. ARTICULO CUARENTA Y CINCO.- En caso de

acordarse la disolución de la asociación, se nombrará una junta de liqui-

dación compuesta de cinco personas, electas por la asamblea general

extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después

de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad be-

néfica o cultural que la asamblea general señale. CAPITULO X. RE-

FORMA DE ESTATUTOS. ARTICULO CUARENTA Y SEIS.- Para

reformar o derogar los presentes estatutos será necesario el voto favo-

rable de no menos del sesenta por ciento de los miembros presentes en

asamblea general convocada para tal efecto. CAPITULO XI. DISPO-

SICIONES GENERALES. ARTICULO CUARENTA Y SIETE.- Todo

lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos

Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual

deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General, tomando en cuenta el interés y beneficio de los asociados y de

la institucionalidad de la cámara. ARTICULO CUARENTA Y OCHO.-

Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los

quince días siguientes a su formalización. ARTICULO CUARENTA Y

NUEVE.- La Asociación se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables. ARTICULO CINCUENTA.-

Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publica-

ción en el Diario Oficial. Así mismo, en este mismo acto eligen a la

Junta Directiva, de conformidad con lo que prescriben los estatutos, la

cual por decisión unánime de los comparecientes, queda integrada de la

siguiente manera: PRESIDENTE: Daniel Aguilar Maldonado, VICE-

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. PRESIDENTE: Abel Nahin Lara Ruiz; SECRETARIO: Isa Gadala

Samour Valle, TESORERO: Eulogio Sigfredo Benítez Orellana; DI-

RECTORES: Norberto Romero Palacios; Ricardo Sigfredo Puente Ri-

vera, Roberto Molina Amaya. Todos de generales ya relacionadas al

inicio de este instrumento. III) APORTE DE LOS ASOCIADOS: Se

hace constar que los asociados no hacen ningún aporte en dinero en

concepto de patrimonio inicial de fundación. IV) PERSONERIAS: Doy

fe de ser legítimas y suficientes las personerías con que actúan los

comparecientes en su orden por haber tenido a la vista de la: 1) FEDE-

RACION DE COOPERATIVAS DE PRODUCCION Y SERVICIOS

PESQUEROS DE LA PAZ, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:

a) Estatutos de la Asociación en referencia, inscritos en el departamen-

to de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ga-

nadería, bajo el número de codificación SIETE NUEVE DOS - TRES

DOS - SNR-VEINTITRES - CERO NUEVE - NOVENTA Y UNO, de

la que consta que su denominación y domicilio son los expresados, que

la representación judicial y extrajudicial de la Asociación le correspon-

de al Presidente del Consejo de Administración quien dura en sus fun-

ciones un período de dos años, con facultades para otorgar actos como

el presente previa autorización del Consejo de Administración; b) Cre-

dencial de Reestructuración del Consejo de Administración expedida

por el Jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Mi-

nisterio de Agricultura y Ganadería Licenciado Fernando Miguel Farrar

Aparicio, el día treinta y uno de mayo de dos mil doce, en la que cons-

ta que el compareciente fue electo como Presidente del Consejo de

Administración y cuyo período vence el veintitrés de septiembre de dos

mil trece; y c) certificación de Punto de Acta donde se hace constar que

en reunión de Asamblea General Ordinaria realizada el día veintiuno de

agosto de dos mil doce correspondiente al acta número DOS, punto

UNICO acordó autorizar al señor Roberto Molina Amaya firmar el

presente instrumento de constitución de Asociación sin Fines de Lucro

denominada CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVA-

DOREÑA y que la Federación que representa forme parte de la misma.

2) FEDERACION DE COOPERATIVAS DE PRODUCCION Y SER-

VICIOS PESQUEROS DE LA PAZ, DE RESPONSABILIDAD LIMI-

TADA: a) Estatutos de la Asociación en referencia, inscritos en el De-

partamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricul-

tura y Ganadería, bajo el número de codificación UNO CERO CUATRO

CUATRO -CUATRO DOS- SNR – CERO NUEVE-CERO SEIS-

NOVENTA Y TRES, de la que consta que su denominación y domici-

lio son los expresados, que la representación judicial y extrajudicial de

la Asociación le corresponde al Presidente del Consejo de Administra-

ción quien dura en sus funciones un período de cuatro años, con facul-

tades para otorgar actos como el presente previa autorización del

Consejo de Administración; b) Credencial de Elección del Consejo de

Administración expedida por el Jefe del Departamento de Asociaciones

Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería Licenciado

Fernando Miguel Farrar Aparicio, el día siete de agosto de dos mil doce,

en la que consta que el compareciente fue electo como Presidente del

Consejo de Administración y cuyo periodo vence el día nueve de agos-

to de dos mil quince; y c) Certificación del Acta número DIECISEIS de

fecha veintisiete de agosto del presente año, expedida por el señor Ri-

cardo Emilio Campos, en su calidad de Secretario del Consejo de Ad-

ministración de la Federación, en la cual hace constar que se autorizó al

señor Norberto Romero Palacios, firmar el presente instrumento de

constitución de Asociación sin Fines de Lucro denominada CAMARA

EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la Fe-

deración que representa forme parte de la misma. 3) ASOCIACION DE

PEQUEÑOS PRODUCTORES DE CAFE DE EL SALVADOR: a)

Estatutos de la Asociación en referencia, publicados en el Diario Oficial

de fecha cuatro de febrero de mil novecientos noventa y siete, Tomo

trescientos treinta y cuatro, según Acuerdo número SEISCIENTOS

CUARENTA Y TRES de fecha dieciocho de noviembre mil novecien-

tos noventa y seis, del Órgano Ejecutivo en el Ramo del Interior hoy

Ministerio de Gobernación, aprobó los Estatutos de la Asociación, la

que consta que su denominación y domicilio son los expresados, que la

representación judicial y extrajudicial de la Asociación le corresponde

al Presidente de la Junta Directiva quien dura en sus funciones un pe-

ríodo de dos años, con facultades para otorgar actos como el presente o

previa autorización de la Junta Directiva; b) Certificación de Punto de

Acta de Asamblea General donde se eligió a la Junta Directiva de la

Asociación, expedida por la secretaria de la Junta Directiva señora Rosa

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397Isabel Hernández el día dieciocho de enero de dos mil doce, inscrita en

el Departamento de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el

día tres de febrero de dos mil doce, al número CIENTO SESENTA Y

TRES, del libro CUARENTA Y CINCO, en la que consta que el com-

pareciente fue electo como Presidente de la Junta Directiva para un

periodo de dos años; c) Certificación del Acta número CIENTO DOS

de fecha veintiocho de agosto del presente año, expedida por la señora

Rosa Isabel Hernández, en su calidad de Secretaria de la Junta Directi-

va, en la cual hace constar que se autorizó al señor Ricardo Sigfredo

Puente Rivera firmar el presente instrumento de constitución de Aso-

ciación sin Fines de Lucro denominada CAMARA EMPRESARIAL

AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la asociación que repre-

senta forme parte de la misma. 4) Sociedad EL BARBARO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE: a) Testimonio de la Escritura

Pública de Constitución de Sociedad otorgada en la ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, a las diez horas cuarenta y

cinco minutos del día tres de octubre de mil novecientos noventa, ante

los oficios del notario José Arcadio Sánchez Valencia e inscrita en el

Registro de Comercio al número TRECE DEL LIBRO SETECIENTOS

TREIENTA Y OCHO del Registro de Sociedades el día catorce de fe-

brero de dos mil nueve, en el que consta: que su denominación, natura-

leza y domicilio son los expresados, su nacionalidad es Salvadoreña,

que en su finalidad social está la de otorgar actos como el presente, que

su plazo es indeterminado, que la representación judicial y extrajudicial

corresponden al Director Presidente de la Junta Directiva, quien dura

CINCO AÑOS en el ejercicio de su cargo, y que dentro de sus atribu-

ciones está la de otorgar actos como el presente; b) Testimonio de la

Escritura Pública de Modificación al Pacto Social por Aumento de

Capital de la sociedad EL BARBARO, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, otorgada en esta ciudad, a las diez horas del

día veintiséis de noviembre de dos mil, ante los oficios del notario

Ángel Guillermo Aguilar Cuéllar e inscrita en el Registro de Comercio

al número TREINTA Y DOS DEL LIBRO UN MIL SETECIENTOS

SESENTA Y SEIS del Registro de Sociedades el día veintiuno de di-

ciembre de dos mil dos, c) Certificación del Acta número SETENTA Y

OCHO de fecha veinte de agosto del presente año, expedida por la se-

ñora Norma Iris Valle de Samour, en su calidad de Secretaria de la

Junta Directiva, en la cual hace constar que se autorizó al señor Isa

Gadala Samour Valle firmar el presente instrumento de constitución de

Asociación sin Fines de Lucro denominada CAMARA EMPRESARIAL

AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la sociedad que represen-

ta forme parte de la misma. 5) Sociedad COOPERATIVA DE GANA-

DEROS DE EL SALVADOR DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

DE CAPITAL VARIABLE: a) Testimonio de la Escritura Pública de

Constitución de Sociedad otorgada en la ciudad de Santa Tecla, Depar-

tamento de La Libertad, a las nueve horas del día nueve de marzo de

dos mil once, ante los oficios de la notario Marcella Eugenia Navarro

Barriere e inscrita en el Registro de Comercio al número TREINTA Y

TRES DEL LIBRO DOS MIL NOVECIENTOS CINCO del Registro

de Sociedades el día diez de abril de dos mil doce, en el que consta: que

su denominación, naturaleza y domicilio son los expresados, su nacio-

nalidad es Salvadoreña, que en su finalidad social está la de otorgar

actos como el presente, que su plazo es indeterminado, que la represen-

tación judicial y extrajudicial corresponden al Director Presidente de la

Junta Directiva, quien dura DOS AÑOS en el ejercicio de su cargo, y

que dentro de sus atribuciones está la de otorgar actos como el presente;

b) Certificación del Acta número DOS de fecha veintiuno de agosto del

presente año, expedida por el Licenciado Balmore Mejía, en su calidad

de secretario de la Junta Directiva de la referida sociedad, en la cual

hace constar que se autorizó al señor Daniel Aguilar Maldonado firmar

el presente instrumento de constitución de Asociación sin Fines de

Lucro denominada CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA

SALVADOREÑA y que la sociedad que representa forme parte de la

misma. 6) CONFEDERACION DE FEDERACIONES DE LA REFORMA

AGRARIA SALVADOREÑA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:

a) Estatutos de la Asociación en referencia, inscritos en el Departamento

de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganade-

ría, bajo el número de Codificación CINCO SIETE DOS - DOS TRES

- SR - UNO SEIS - CERO TRES - OCHO OCHO de la que consta que

su denominación y domicilio son los expresados, que la representación

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. judicial y extrajudicial de la Asociación le corresponde al Presidente del

Consejo de Administración quien dura en sus funciones un periodo de

dos años, con facultades para otorgar actos como el presente previa

autorización del Consejo de Administración; b) Credencial de Elección

del Consejo de Administración expedida por la Jefa de la Sección Jurí-

dico del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio

de Agricultura Ganadería Licenciada Ángela del Carmen Manzano, el

día veintinueve de mayo de dos mil doce, en la que consta que el com-

pareciente fue electo como Presidente del Consejo de Administración

y cuyo periodo vence el día veintitrés de marzo de dos mil quince; y c)

Certificación del Acta número doscientos ochenta y uno de fecha vein-

tiuno de agosto del presente año, expedida por la señora Sonia Gladis

Romero Hernández, en su calidad de Secretaria del Consejo de Admi-

nistración de la Confederación, en la cual hace constar que se autorizó

al señor Abel Nahin Lara Ruiz, firmar el presente instrumento de cons-

titución de Asociación sin Fines de Lucro denominada CAMARA

EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA y que la con-

federación que representa forme parte de la misma. 7) ASOCIACION

DE COOPERATIVAS DE PRODUCCION AGROPECUARIA LOS

PINOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: a) Estatutos de la

Asociación en referencia, inscritos en el Departamento de Asociaciones

Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería, bajo el nú-

mero de codificación tres cinco - cero dos - sr - cero tres - cero seis -

ochenta, de la que consta que su denominación y domicilio son los ex-

presados, que la Asamblea General es la autoridad suprema de la

Cooperativa, que el Consejo de Administración es el responsable de la

Administración de la Cooperativa y constituye el instrumento ejecutivo

de la Asamblea General, sus actuaciones serán siempre de forma cole-

giada, que pueden designar a un delegado para firmar actos como el

presente; b) Credencial de elección del Consejo de Administración

expedida por el Jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias

del Ministerio de Agricultura y Ganadería Licenciado Fernando Miguel

Farrar Aparicio, el día doce de julio de dos mil once, en la que consta

que el Secretario del Consejo de Administración es el señor PABLO

ALBERTO VANEGAS PEREZ; y c) Certificación de Punto de Acta

donde se hace constar que en reunión de Asamblea General Extraordi-

naria realizada el día veintiocho de agosto de dos mil doce, correspon-

diente al acta número NOVENTA Y CINCO, punto número cuatro

acordó autorizar al señor Eulogio Sigfredo Benítez Orellana, firmar el

presente instrumento de constitución de Asociación sin Fines de Lucro

denominada CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA SALVA-

DOREÑA y que la asociación que representa forme parte de la misma.

Así se expresaron los comparecientes, a quienes hice saber los efectos

legales de la presente Escritura, la obligación de registrarla y las san-

ciones a que se refiere el artículo noventa y uno de la Ley de Asociacio-

nes y Fundaciones sin Fines de Lucro y Leído que les hube lo escrito en

un solo acto ininterrumpido, manifestaron su conformidad, ratificaron

su contenido y firmamos. DOY FE.

TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR,

NOTARIO.

PASO ANTE MI DE FOLIOS CIENTO SESENTA Y DOS FRENTE

AL CIENTO SETENTA Y CUATRO FRENTE DEL LIBRO SIETE

DE MI PROTOCOLO QUE VENCE EL DIA SEIS DE MARZO DE

DOS MIL TRECE. Y PARA SER ENTREGADO AL REGISTRO DE

ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO DEL

MINISTERIO DE GOBERNACION, EXTIENDO, FIRMO Y SELLO EL

PRESENTE TESTIMONIO DE CONSTITUCION DE ASOCIACION

SIN FINES DE LUCRO DENOMINADA "CAMARA EMPRESARIAL

AGROPECUARIA SALVADOREÑA", EN LA CIUDAD DE SANTA

TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, A LOS TREINTA

DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE.

TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR,

NOTARIO.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397ESTaTUToS DE la caMara EMPrESarial aGroPE-

cUaria SalVaDorEÑa

que se abrevia cEMaS.

caPiTUlo i.

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DoMicilio Y PlaZo.

ARTICULO UNO.- Créase en la ciudad de Santa Tecla, Departa-

mento de La Libertad, la CAMARA EMPRESARIAL AGROPECUARIA

SALVADOREÑA y que podrá abreviarse CEMAS, como una entidad

apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se

denominará "La Cámara o la Asociación".

ARTICULO DOS.- El domicilio de la Cámara será la ciudad de

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, pudiendo establecer filiales

en todo el territorio de la República y fuera de él.

ARTICULO TRES.- La Cámara se constituye por plazo indefinido.

caPiTUlo ii.

fiNES Y oBJETiVoS.

ARTICULO CUATRO.- El fin principal de la Cámara será: Fo-

mentar y fortalecer el desarrollo integral del sector agropecuario, a través

de la unidad empresarial agropecuaria, impulsando permanentemente

acciones efectivas para el bienestar de sus asociados.

ARTICULO CINCO.- Los objetivos de la Cámara serán:

a) Promover y fomentar entre todos los asociados del sector

agropecuario, asistencia técnico - social;

b) Promover y participar en la integración de la cadena producción

-procesamiento - comercialización, para el abastecimiento

de los mercados, y fomentar el consumo de los sectores que

representa;

c) Cooperar con las Autoridades estatales y municipales en los

programas, proyectos e iniciativas de desarrollo de repre-

sentación sectorial que sean de beneficio y fomento de sus

asociados;

d) Proponer y ayudar a las correspondientes autoridades estatales

y municipales, con la elaboración de opiniones, análisis e

informes sobre proyectos de leyes y reformas a la legislación

vigente;

e) Intervenir como órgano de consulta para los asociados y las

autoridades competentes en política de desarrollo agrope-

cuaria, temas especializados de los subsectores productos en

temas como producción primaria, comercialización, indus-

trialización, calidad, inocuidad, importación y exportación,

entre otros;

f) Gestionar y facilitar alianzas estratégicas entre autoridades

competentes, cooperación internacional y sus asociados a fin de

lograr un mayor desarrollo de la infraestructura nacional;

g) Proponer candidatos de conformidad con las Leyes Espe-

ciales que así lo requieran, con el fin de integrar órganos de

dirección de las diferentes Instituciones Oficiales Autónomas

que demanden por propuestas de ternas provenientes de

organizaciones no gubernamentales;

h) Representar y defender los intereses comunes de sus aso-

ciados tales como sugerir políticas tendientes al aumento de

la producción y productividad, encadenamiento productivo,

capacitaciones, entre otros, en general proponer las medidas

que estén más adecuadas para la protección y defensa de los

mismos ante toda clase de autoridades y asociaciones de

interés público, privado o público-privado;

k) Fungir como ente intermediario cuando esto fuera procedente

entre sus asociados y las autoridades estatales, municipales o

institución de interés público, privado o público - privado;

l) Cooperar con el Ministerio de Agricultura y Ganadería o

cualquier otra institución gubernamental para la elaboración,

implementación y ejecución de programas de integración

horizontal y vertical de las actividades agropecuarias;

m) Asesorar a sus afiliados para el cumplimiento de sus

obligaciones fiscales, de conformidad con las leyes de El

Salvador; velando por mantener la ética en las Actividades

Agropecuarias;

n) Dar a conocer todos aquellos estudios y análisis realizados

que por razones de interés general sea imprescindible su

divulgación a través de publicaciones propias de la cámara

o en medios de comunicación; además de proporcionar a sus

asociados toda clase de información que les pueda ser útil;

o) Gestionar y promover con las autoridades gubernamentales

y entes privados, nacionales e internacionales, la organiza-

ción de ferias, misiones y cualquier otro tipo de eventos que

fomenten la producción interna y externa de los productos

agropecuarios;

p) Nombrar o proponer dentro o fuera de sus asociados y de

acuerdo con las normas legales respectivas aquellas personas

que a juicio de la cámara puedan representar a ésta o al sector

de la iniciativa privada del país, en cualquier institución de

carácter público - privado;

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. q) Organizar, realizar y/o patrocinar cursos, seminarios, estudios,

investigaciones, publicaciones y cualquier otra actividad

similar que contribuya a los objetivos aquí establecidos;

s) Celebrar convenios de cooperación con organismos guber-

namentales o privados a nivel nacional o internacional, con

el fin de cumplir con los objetivos de la cámara.

caPiTUlo iii.

DEl PaTriMoNio.

ARTICULO SEIS.- El patrimonio de la Cámara estará constituido

por:

a) Las cuotas que paguen sus asociados ya sean ordinarias,

extraordinarias o voluntarias;

b) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, particulares

o gubernamentales;

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley;

d) Los ingresos provenientes por servicio de capacitaciones y

asistencia técnica o por cualquier otro servicio que preste la

cámara por facilitación de contacto de negocios, organización

de misiones, ruedas de negocios o siendo esta enumeración

enunciativa y no taxativa.

ARTICULO SIETE.- El patrimonio será administrado por la Junta

Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea Ge-

neral. Sera administrado por la Junta Directiva, teniendo facultades para

destinar fondos al pago de las obligaciones contraídas, a la realización

de actividades y el cumplimiento de los fines de la cámara, pudiendo

destinar fondos para la cobertura de contingencias que se suscite en su

quehacer institucional.

ARTICULO OCHO.- Todos los bienes y recursos de la cámara cons-

tituirán su patrimonio, los cuales deberán ser destinados al cumplimiento

de su fin y objetivos y a honrar los compromisos adquiridos para tal fin.

En caso de emergencias o por razones de solidaridad humana, la Junta

Directiva podrá erogar fondos para contribuir con dichas eventualidades,

pero siempre que dichas contribuciones no afecten el cumplimento de

los objetivos de la cámara, particularmente sus obligaciones pecuniarias

frente a terceros.

caPiTUlo iV.

DEl GoBiErNo DE la aSociacioN.

ARTICULO NUEVE.- El gobierno de la Cámara será ejercido

por:

a) La Asamblea General de Asociados;

b) La Junta Directiva.

caPiTUlo V.

DE la aSaMBlEa GENEral.

ARTICULO DIEZ.- La Asamblea General de Asociados, debi-

damente convocada, es la autoridad máxima de la asociación y sus

resoluciones serán obligatorias para todos ellos, inclusive para los que

no hubiesen asistido, o asistiendo, se hubieran retirado o se hubieran

abstenido de votar o hubiesen votado en contra de las resoluciones

adoptadas.

ARTICULO ONCE.- Las asambleas generales serán ordinarias o

extraordinarias y serán convocadas por la Junta Directiva.

ARTICULO DOCE.- La Asamblea General ordinaria se convocará

una vez al año y deberá efectuarse dentro de los meses de Enero o Febrero

de cada año.

ARTICULO TRECE.- Para la realización de la Asamblea General

Ordinaria, sus miembros deberán ser convocados previamente por lo

menos ocho días de anticipación al día de celebración de la asamblea. La

convocatoria puede ser realizada por cualquier medio de comunicación

escrito, incluyendo el correo ordinario, correo electrónico, fax, o por

medio de una publicación en un periódico de circulación nacional con

esa antelación.

ARTICULO CATORCE.- SON ATRIBUCIONES DE LA ASAM-

BLEA GENERAL ORDINARIA:

a) Elegir y sustituir total o parcialmente a los miembros de la

Junta Directiva. Los miembros presentes podrán nominar a

las personas que integrarán la Junta Directiva;

b) Resolver sobre excusas o renuncias de los miembros de la

Junta Directiva, o removerlos cuando hubieren justos motivos

para ellos, eligiendo y dando posesión a las personas que

deben sustituirlos;

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 c) Aprobar, reformar o derogar los estatutos de la asociación;

d) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto

anual de la asociación;

e) Ordenar auditorías a la junta directiva, en los casos que los

considere necesarios;

f) Conocer, aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de

la junta directiva y de los informes del tesorero y del auditor,

que corresponden al ejercicio próximo anterior;

g) Aprobar las cuotas que paguen sus asociados, ya sean ordi-

narias o extraordinarias;

h) Establecer las políticas a seguir por la junta directiva en-

caminadas a lograr mayor prestigio y funcionalidad de la

asociación;

i) Nombrar miembros honorarios de la cámara a propuesta de la

Junta Directiva, quienes deberán ser personas naturales que

hayan prestado servicios relevantes a la cámara, sus asociados

o a los intereses generales del país;

j) Acordar la disolución y liquidación de la cámara;

k) Resolver sobre las solicitudes de exclusión de asociados;

l) Decidir sobre los demás asuntos que sean de interés para la

cámara que no estén considerados en los presentes estatu-

tos.

caPiTUlo Vi.

DE la JUNTa DirEcTiVa.

ARTICULO QUINCE.- La dirección y administración de la Cá-

mara estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada por

siete directores propietarios, que desempeñarán los siguientes cargos: un

presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y tres directores.

Todos los directores tienen voz y voto en las sesiones de Junta Directiva

que se celebren.

ARTICULO DIECISEIS.- Los miembros de la junta directiva

deberán ser asociados de la cámara y deben cumplir con los requisitos

que más adelante se señalan. Si el asociado fuera una persona jurídica,

podrán ser electos miembros de la Junta Directiva los asociados que

tengan la representación legal de la entidad asociada, cualquiera de los

miembros que integren su junta directiva o los delegados que designen

cada entidad asociada a la cámara.

ARTICULO DIECISIETE.- Los miembros de la Junta Directiva

serán electos para un periodo de tres años, pudiendo ser reelectos por un

periodo consecutivo únicamente, es decir dos periodos como máximo en

el mismo cargo. Continuarán en el desempeño de sus funciones aunque

hubiere concluido el plazo para el que fueron electos, mientras no se

elijan sus sustitutos y éstos no tomen posesión de sus cargos.-

ARTICULO DIECIOCHO.- La Junta Directiva sesionará con la

asistencia de por lo menos con cuatro de sus miembros, y sus resoluciones

se tomarán por mayoría de votos de los presentes.

ARTICULO DIECINUEVE.- Podrán ser miembros de la Junta

Directiva quienes cumplan los siguientes requisitos:

1. Mayor de veintiún años.

2. Obtener la recomendación por escrito de por lo menos de dos

asociados fundadores de la cámara.

3. Solvente con sus compromisos financieros con las organiza-

ciones que son asociadas a la Cámara.

4. Ser de reconocida trayectoria en el sector agropecuario y de

comprobable servicio a la cámara.

5. Tener tres años de pertenecer a la cámara;

6. Ser el Representante Legal de las organizaciones asociadas

a la cámara o en su caso miembro de la Junta Directiva de

éstas cuando así lo decida cada organización de acuerdo a

su normativa interna.

ARTICULO VEINTE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente

una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. El

presidente convocará a sesión extraordinaria de la Junta Directiva cuando

lo considere conveniente, o cuando lo solicitaren por escrito al menos

cinco miembros de la Junta Directiva.

ARTICULO VEINTIUNO.- Los miembros de la Junta Directiva

responderán solidariamente por las decisiones que tomen en su seno.

ARTICULO VEINTIDOS.- La Junta Directiva tendrá las siguientes

atribuciones y obligaciones:

a) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

b) Emitir y reformar el Reglamento Interno de la asociación;

c) Nombrar al director ejecutivo de la cámara

d) Administrar los bienes, recursos y fondos de la cámara y

velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio

de la cámara;

e) Designar las personas autorizadas para administrar las cuentas

bancarias de la cámara;

f) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fines de la asociación;

g) Elaborar la memoria anual de labores de la cámara y un

balance general de la cámara;

h) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presentarlos a la asamblea general para su aprobación;

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. i) Revisar cada seis meses el Estado de Cuentas que debe

presentar el Tesorero;

j) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno,

acuerdos y resoluciones de la asamblea general y de la misma

junta directiva;

k) Resolver todas las cuestiones de interés social y económico

que le sean delegadas por la Asamblea General;

l) Nombrar de entre los miembros de la asociación, comités o

comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fines de la cámara y para realizar determinadas ges-

tiones y estudios. Deberán establecer las funciones de estas

comisiones y el número de integrantes de las mismas;

m) Autorizar el otorgamiento de poderes generales o especiales,

con las facultades que tenga a bien representar;

n) Nombrar los empleados necesarios para el buen funcionamien-

to de la misma, asignándoles sus salarios para lo cual podrá

el director ejecutivo realizar propuestas para los mismos;

o) Suspender provisionalmente a cualquiera de sus miembros,

que por su conducta se haga merecedor de tal sanción. La

suspensión no podrá exceder a la celebración de próxima

Asamblea General.

p) Llevar un registro general de miembros.

q) Contraer obligaciones en nombre de la cámara y celebrar

toda clase de contratos.

r) Formular por escrito proyectos tendientes a las reformas de

los presentes estatutos y presentarlos a la asamblea general

cuando sea necesario.

s) Extender un documento de identificación a los miembros y

cancelarlo cuando sea necesario.

t) Solicitar cuotas extraordinarias a los asociados, cuando las

necesidades la demanden y las erogaciones no se pueden

cubrir con las cuotas ordinarias.

u) Crear y modificar si fuere necesario, el reglamento interno

de la cámara.

v) Gestionar con instituciones privadas o públicas, la obtención

de recursos para el cumplimiento y funcionamiento de los

objetivos de la cámara.

ARTICULO VEINTITRES.- De todas las sesiones de la junta se

levantará un acta con una minuta de la misma, consignando a ella las

resoluciones que se tomen. Esta acta deberá ser firmada por los asistentes

de la Junta Directiva.

ARTICULO VEINTICUATRO.- Son atribuciones del Presidente

de la Junta Directiva:

a) Tener la representación legal, judicial, extrajudicial y social

de la cámara;

b) Convocar a la junta directiva y, por encargo de ésta, a la

asamblea general a sesiones ordinarias y extraordinarias;

c) presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de asamblea

general y las sesiones de Juntas Directivas;

d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como los

estatutos y reglamento interno de la cámara;

e) Ejercer el voto de calidad en caso de empate de una votación,

tanto de la Junta Directiva como de la Asamblea General;

f) Presentar la memoria de labores de la cámara y cualquier

informe que le sea solicitado por la Asamblea General;

g) Firmar cualquier contrato o acuerdo, previo acuerdo de la

Junta Directiva.

ARTICULO VEINTICINCO.- En defecto del presidente, lo sus-

tituirá el Vicepresidente y defecto de éste lo sustituirá el director que la

junta designe.

ARTICULO VEINTISEIS.- Son atribuciones del secretario:

a) Asentar las actas de las sesiones de la Asamblea General y

de Junta Directiva y preparar el programa de cada una de

éstas;

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la asociación;

c) Extender todas las certificaciones que le fueran solicitadas;

d) Preparar la memoria de labores de la asociación y cualquier

informe que le sea solicitado.

ARTICULO VEINTISIETE.- En ausencia del secretario lo sustituirá

el director designado por la Junta Directiva.

ARTICULO VEINTIOCHO.- Son facultades y deberes del teso-

rero:

a) Supervisar la recepción y el depósito de los fondos que la

asociación obtenga en bancos o instituciones financieras que

la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la asociación;

c) Autorizar las erogaciones que la cámara tenga que realizar;

d) Vigilar conjuntamente con el auditor el buen funcionamiento

de la contabilidad de la cámara;

e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva, un informe

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397sobre el estado financiero de la asociación y en relación a

la ejecución del presupuesto, además deberá dar cuenta de

la tesorería a su cargo, cuando así lo requiera la Asamblea

General;

f) Elaborar el balance anual de la cámara y firmarlo en conjunto

con el presidente y el auditor.

ARTICULO VEINTINUEVE.- En defecto del tesorero lo sustituirá

el director que designe la Junta Directiva.

ARTICULO TREINTA.- Es atribución de los directores colaborar

directamente en todos los asuntos de interés de la cámara.

caPiTUlo Vii.

DE loS MiEMBroS.

ARTICULO TREINTA Y UNO.- Podrán ser miembros asociados de

la cámara todas las personas jurídicas legalmente constituidas nacionales

o extranjeras, que desarrollen y tengan reconocida trayectoria en activi-

dades dedicadas al mejoramiento y desarrollo del sector agropecuario.

Además, para ingresar a la asociación, deberán contar con dos cartas

de recomendación de dos miembros fundadores de la asociación o con

dos cartas de directivos de las organizaciones asociadas a esta cámara.

Los firmantes de la escritura de constitución de la cámara, se consideran

miembros o asociados fundadores de la institución.

ARTICULO TREINTA Y DOS: La Asociación tendrá las siguientes

clases de miembros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban la Escritura Pública de Constitución de la Asociación.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por

su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la

Asamblea General.

ARTICULO TREINTA Y TRES.- Para los efectos de su admisión

como asociado, el interesado dirigirá solicitud escrita a la Junta Directiva

de la cámara, la cual resolverá sobre su admisión o rechazo.

ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- Son derechos de los aso-

ciados:

a) Asistir a las asambleas generales que se realicen, con voz

y voto en los asuntos que se traten en ellas. Cada asociado

tendrá derecho a un voto;

b) Ser elegibles para poder optar a cargos en la junta directiva

o a los comités de apoyo;

c) Presentar solicitudes, proposiciones o sugerencias a la Junta

Directiva y a la Asamblea General;

d) Solicitar la intervención de la cámara para la defensa o ayuda

a sus intereses gremiales, o los de la colectividad;

e) Hacer uso de los beneficios, servicios, instalaciones y progra-

mas con arreglo a los estatutos y gozar de cuantas facilidades

se establezcan para el uso de los asociados; siempre y cuando

no sean de carácter económicos.

ARTICULO TREINTA Y CINCO.- Son deberes de los asocia-

dos:

a) Concurrir a las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General a la que fueran convocados;

b) Desempeñar los cargos para los cuales fueron electos o

nombrados por la asamblea general o por la junta directiva,

a menos que tengan motivos de excusa;

c) Cooperar con el sostenimiento económico de la cámara,

mediante el pago puntual de las cuotas ordinarias periódicas

que se fijen, y de las cuotas voluntarias extraordinarias que

se hayan comprometido a pagar;

d) Cumplir con los estatutos y reglamento interno de la cámara

y las resoluciones de la asamblea general y de la junta direc-

tiva;

e) Desempeñar las comisiones y encargos que le fueren confe-

ridos;

f) Emitir su opinión por escrito en todas aquellas cuestiones

que les sean requeridas por la cámara;

g) Brindar toda la información que se requiera como necesaria

para el buen funcionamiento de la cámara y el cumplimiento

de sus fines.

ARTICULO TREINTA Y SEIS.- Las personas jurídicas que tengan

el carácter de asociados de la cámara se harán representar ante la cámara,

en sus asambleas generales por cualquiera de sus socios que tenga la

representación legal de la sociedad o ente jurídico, por cualquiera de

los miembros que integre su Junta Directiva, por delegados designados

para tal efecto por la persona jurídica asociada. Para representar a un

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. asociado de la cámara, deberá presentarse una carta notariada dirigida a la cámara, consignando por escrito a la persona delegada, debiendo estar firmada por el representante legal de la persona jurídica.

ARTICULO TREINTA Y SIETE.- La calidad de asociado se

pierde:

a) Por separación voluntaria del asociado, mediante renuncia

escrita presentada a la junta directiva la cual deberá ser firmada

por el Representante Legal del ente jurídico que representa,

renuncia que será admitida siempre que el asociado se en-

cuentre solvente de sus obligaciones económicas para con

la cámara;

b) Por exclusión del asociado acordada por la asamblea general,

por cualquiera de los siguientes motivos: a) Por falta de pago

de seis cuotas mensuales consecutivas; b) Por declaración

legal de quiebra fraudulenta o culpable que recaiga sobre el

asociado;

c) Por no cumplir con los reglamentos y estatutos de la cámara

y las resoluciones de la Asamblea General y de la Junta

Directiva;

d) Por la liquidación de la asociación, sociedad, federación o con-

federación etc., asociada o por el cierre de sus negocios;

e) Por falta grave contra la ética de la cámara, calificada por la

Junta Directiva y ratificada por la Asamblea General; y

f) Por realizar actos contrarios a los fines de la cámara, cali-

ficados por la Junta Directiva y ratificada por la Asamblea

General.

ARTICULO TREINTA Y OCHO.- La exclusión de un asociado

de la cámara deberá ser adoptada en Junta Directiva con las dos terceras

partes de los miembros de la misma.

ARTICULO TREINTA Y NUEVE.- Los miembros honorarios

nombrados por la Asamblea General, no tendrán la calidad de asocia-

dos de la cámara, sino que su nombramiento es de carácter meramente

honorífico.

caPiTUlo Viii.

SaNcioNES a loS MiEMBroS, MEDiDaS

DiSciPliNariaS, caUSalES Y ProcEDiMiENTo

DE aPlicacioN.

ARTICULO CUARENTA.- La Asociación impondrá las siguientes

sanciones:

a) Suspensión; y

b) Expulsión.

ARTICULO CUARENTA Y UNO.- Son causales de Suspen-

sión:

a) Negarse sin motivo justificado a desempeñar el cargo para

el cual fuere electo, o a participar en las comisiones que

se les encomiende, en cuyos casos la suspensión durará el

tiempo que debió desempeñarse en el cargo o participar en

la comisión respectiva;

b) No asistir sin causa justificada a dos Asambleas Generales

de Asociados;

c) Promover asuntos políticos partidaristas, religiosos o raciales

en el seno de la Asociación; y

d) Las demás que señale el estatuto de la Asociación.

ARTICULO CUARENTA Y DOS.- Son causales de expulsión de

los asociados:

a) Demostrar reiteradamente una mala o inapropiada conduc-

ta;

b) Causar grave perjuicio a los bienes, valores e intereses de la

Asociación;

c) Reincidir en cualquiera de las causales de suspensión;

d) Violar cualquiera de las prohibiciones establecidas en los

estatutos, emitidos reglamentos;

e) Incumplir reiteradamente sus obligaciones como asociado;

f) Ausentarse de las actividades de la Asociación por un periodo

continuo de seis meses sin motivo justificado o sin permiso

autorizado;

g) Obtener por medios fraudulentos, beneficios de la Asociación

para sí o para terceras personas; y,

h) Cometer infracciones graves a las leyes, reglamentos, a este

estatuto, Reglamento Interno o acuerdos de la Asamblea

General o de los órganos de dirección de la Asociación.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 ARTICULO CUARENTA Y TRES.- Cuando un asociado incu-

rra en cualquiera de las causales de expulsión, la Junta Directiva, de

inmediato efectuará la investigación respectiva, concediendo audiencia

al infractor dentro de un plazo de ocho días, para que se defienda por

sí o por la persona que designe. Concluida la investigación y el plazo

de audiencia, la Junta resolverá por mayoría de votos si procede o no la

expulsión; si lo resuelto fuere desfavorable el asociado tendrá derecho

a solicitar que se reconsidere el acuerdo ante la Asamblea General de

los tres días siguientes al de la notificación. La Asamblea General en la

reunión más próxima deberá resolver la solicitud de reconsideración,

y de lo resuelto, el asociado en escrito presentado a la Junta Directiva,

puede apelar ante la próxima Asamblea General dentro del plazo de

cinco días hábiles, el cual comenzará a correr a partir del día siguiente

de la notificación.

caPiTUlo iX

DE la DiSolUcioN.

ARTICULO CUARENTA Y CUATRO.- No podrá disolverse

la asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada

en Asamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y con un

número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus

miembros.

ARTICULO CUARENTA Y CINCO-En caso de acordarse la diso-

lución de la asociación se nombrará una junta de liquidación compuesta

de cinco personas, electas por la asamblea general extraordinaria que

acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos

sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que

la asamblea general señale.

caPiTUlo X.

rEforMa DE ESTaTUToS.

ARTICULO CUARENTA Y SEIS.- Para reformar o derogar

los presentes estatutos será necesario el voto favorable de no menos

del sesenta por ciento de los miembros presentes en asamblea general

convocada para tal efecto.

caPiTUlo Xi.

DiSPoSicioNES GENEralES.

ARTICULO CUARENTA Y SIETE.- Todo lo relativo al orden

interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se estable-

cerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado

por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General, tomando en

cuenta el interés y beneficio de los asociados y de la institucionalidad

de la cámara.

ARTICULO CUARENTA Y OCHO.- Los documentos sujetos a

registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a

su formalización.

ARTICULO CUARENTA Y NUEVE.- La Asociación se regirá

por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES

DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales

aplicables.

ARTICULO CINCUENTA.- Los presentes estatutos entrarán en

vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 223

San Salvador, 31 de agosto de 2012

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la CAMARA EMPRE-

SARIAL AGROPECUARIA SALVADOREÑA que podrá abreviarse

CEMAS, compuesta de CINCUENTA artículos, constituida por Escritura

Pública celebrada en la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La

Libertad, a las trece horas del día treinta de agosto de dos mil doce, ante

los oficios de la Notario TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR

y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes

del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de

Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo

a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense

en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO

DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

COMUNIQUESE. EL MINISTRODE GOBERNACION, GREGORIO

ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS.

(Registro No. F056290)

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.

acUErDo No. 829

San Salvador, 26 de septiembre de 2012.

El ÓrGaNo EJEcUTiVo EN El raMo DE EcoNoMÍa:

Vistas las diligencias iniciadas el día treinta de abril de dos mil doce, por el señor Eduardo Contreras Lemus, mayor de edad, Ingeniero Civil, de

este domicilio, quien actúa en calidad de Apoderado General Administrativo, de la "Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa", que puede

denominarse "C.E.L.", relativas a que se le autorice la construcción de un tanque para consumo privado, con capacidad para cinco mil galones, para

el almacenamiento de Aceite Combustible Diesel, en un inmueble ubicado en Final Setenta y Cinco Avenida Norte y Calle al Volcán, Colonia Monte

Bello Poniente, San Ramón, Municipio de Mejicanos y departamento de San Salvador. Y

coNSiDEraNDo:

I- Que está comprobada en autos la existencia legal de la referida Comisión, la personería jurídica con que actúa el Apoderado General Ad-

ministrativo; y la disponibilidad del inmueble en que se pretende construir el tanque, tal como lo establece la Ley Reguladora del Depósito,

Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación.

II- Que según Acta de Inspección número cero, uno, siete, siete_: MQ, se realizó inspección previa construcción, constatándose que presenta

las condiciones para el desarrollo de la referida construcción.

III- Que se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y

Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación, por lo que se considera procedente acceder a lo solicitado.

Por TaNTo,

de conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero de la Ley Reguladora del Depósito,

Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y sus Reformas, y 56 y siguientes de su Reglamento,

acUErDa:

1°) AUTORIZAR a la "Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa", que puede denominarse "C.E.L.", la construcción de un tanque

para consumo privado, con capacidad para cinco mil galones, para el almacenamiento de Aceite Combustible Diesel, en un inmueble

ubicado en Final Setenta y Cinco Avenida Norte y Calle al Volcán, Colonia Monte Bello Poniente, San Ramón, Municipio de Mejicanos

y departamento de San Salvador.

2°) La titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo

y su Reglamento.

b) Para la construcción deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, y demás leyes que sean aplicables.

Ministerio de econoMíaRAMO De eCONOMIA

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 3°) Aceptar por escrito el presente Acuerdo y presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Oficial, dentro de los OCHO DÍAS

HÁBILES siguientes al de su notificación.

4°) La titular de la presente autorización deberá iniciar la construcción inmediatamente después de publicado el Acuerdo en el Diario Oficial,

y finalizar en los treinta días subsiguientes.

5°) Comunicar por escrito a la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas, con cinco días de anticipación, la fecha en que se realizarán

las pruebas de hermeticidad al tanque y sus tuberías a efecto que Delegados de ésta testifiquen la calidad de los mismos, de conformidad

al artículo 10 literal d) del Reglamento para la Aplicación de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de

Petróleo.

6°) Finalizada la construcción del tanque, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

7°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. JOSÉ ARMANDO FLORES

ALEMÁN, MINISTRO.

(Registro No. C006002)

acUErDo No. 15-0889

San Salvador, 13 de julio de 2012.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo.

en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado MANUEL VICENTE

GUERRA DUARTE, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADO EN FILOSOFÍA Y EDUCACIÓN, obtenido en la UNI-

VERSIDAD FRANCISCO MARROQUÍN, EN LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, el día 28 de abril de 2006, lo anterior de conformidad a lo

dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior y su Reglamento de Incorporación, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio;

II) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios,

suscrito por nuestro país el día veintidós de junio de mil novecientos sesenta y dos, ratificado por la Asamblea Legislativa el día veinticinco de mayo

de mil novecientos sesenta y cuatro, publicado en el Diario Oficial N° 96, Tomo N° 203, de fecha 28 de mayo de 1964 y vigente a la fecha, procede

dicho Reconocimiento Académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada, se ha emitido el Dictamen favorable por la Ge-

rencia de Registro e Incorporaciones, de la Dirección Nacional de Educación Superior, para el reconocimiento del título académico mencionado en

el romano uno. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley y

Convención. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de LICENCIADO EN FILOSOFÍA Y EDUCACIÓN, realizados por

MANUEL VICENTE GUERRA DUARTE, en la República de Guatemala; 2°) Tener por incorporado a MANUEL VICENTE GUERRA DUARTE,

como LICENCIADO EN FILOSOFÍA Y EDUCACIÓN, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el

ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia

ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F056202)

Ministerio de educaciónRAMO De eDuCACION

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. acUErDo No. 15-1123

San Salvador, 24 de septiembre de 2012.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado CLAUDIA LISSETH

SORIANO PORTILLO, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADA EN EDUCACIÓN PRIMARIA, obtenido en la ES-

CUELA NORMAL PARTICULAR AUTORIZADA "INSTITUTO MORELOS", en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, el día 03 de agosto de

2009; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior y Art. 46 de su Reglamento General, y a las facultades

concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de

Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y El Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil

novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publi-

cado en el Diario Oficial N° 235, Tomo N° 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento Académico; III)

Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional

de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el nu-

meral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación

Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en la referida Convención. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de

los estudios de LICENCIADA EN EDUCACIÓN PRIMARIA, realizados por CLAUDIA LISSETH SORIANO PORTILLO, en los Estados Unidos

Mexicanos; 2°) Tener por incorporada a CLAUDIA LISSETH SORIANO PORTILLO, como LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

CON ESPECIALIDAD EN EDUCACIÓN BÁSICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo,

no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo

Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM,

(Registro No. F056257)

ACUERDO No. 713-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de agosto de dos mil doce.- El Tribunal con fecha tres de

julio de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EDWIN OSWALDO RAMIREZ AGUILAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- SONIA DE SEGOVIA.-

M. REGALADO.- J. A. D.- R. SUAREZ F.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F056216)

ACUERDO No.735-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de agosto de dos mil doce. - El Tribunal con fecha seis

de julio de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado WILFREDO CARPIO GARCIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- SONIA DE SEGOVIA.- M. REGALADO.-

J. A. D.- R. SUAREZ F.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F056209)

ORGANO JuDICIALcorte supreMa de Justicia

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397

DECRETO MUNICIPAL NÚMERO 08-2012.

La Municipalidad de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz,

Considerando:

I. Que por medio del Acuerdo Municipal Número XVI, del veinticinco de abril del corriente año dos mil doce, entre otras disposiciones, la

pasada administración municipal “revocó parcialmente en la cantidad de Cincuenta Dólares Estadounidenses (US $50.00), durante el período de once

meses, es decir de abril a diciembre de 2011 y de enero a febrero de 2012, del monto de Trescientos Dólares Estadounidenses (US $300.00), estable-

cido en el Art. 2, Número 4, Literal g), Derechos del Uso del Suelo y Subsuelo, de la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Municipales,

emitida en Decreto Municipal Número 03-2007, de fecha 3 de diciembre de 2007, publicada en el Diario Oficial Número 232, Tomo 377, de fecha

12 de diciembre de 2007; ordenándose la formulación y publicación de la Ordenanza respectiva.

II. Que por motivos de concluirse el período constitucional de la administración pasada y por motivos de insuficiencia económica o de haber

tan corto tiempo disponible; no se formuló ni se publicó dicha ordenanza; siendo necesario decidir el destino de tal disposición, porque persiste la

gestión del peticionario en el sentido de que se resuelva dicha petición.

III. Que esta Administración Municipal, estima que es procedente dicha revocatoria, “obrando por propia autoridad y por contrario imperio”

-es decir con la misma potestad que generó un tributo, si éste es ilegal, puede revisar y revocar el mismo-; porque además de reconocerse el error

en que la administración incurrió al calificar el tributo, confundiendo un impuesto con una tasa; de no demostrar que existe una contraprestación

de servicio y que el monto no es justo ni equitativo; ya hay jurisprudencia en casos similares en otros municipios, y tener además una Sentencia de

Amparo desfavorable de la Corte Suprema de Justicia, por Recurso interpuesto en la Sala de lo Constitucional, por parte de C.T.E., S.A. DE C.V.; por

estimar que hubo por parte de esta Municipalidad “contravención a los derechos de equidad tributaria y a la seguridad jurídica” y una “inobservancia

del principio de reserva de ley tributaria”.

Por tanto:

Y por excesos en la tributación, con la misma potestad y fundamentados en el Art. 86 y 204 y relacionando los Arts. 164 y 246 de la Constitución

de la República; en uso de las facultades que le confiere el Art. 30 -Numeral 21- del Código Municipal y los Arts. 78 y 79 de la Ley General Tributaria

Municipal;

DECRETA: La siguiente ORDENANZA REVOCATORIA:

Art. 1. Se ratifica en todo su contexto, el contenido del Acuerdo Municipal Número XVI, del 25 de abril de 2012 y su antecesor, el Acuerdo

Municipal Número XLIII del 17 de enero de 2012; emitidos por la administración que antecedió a la presente, así:

INSTITuCIONeS AuTONOMASalcaldías Municipales

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Primero: Se revoca parcialmente en la cantidad de Cincuenta Dólares Estadounidenses (US $50.00), durante el período de once meses, es decir

de abril a diciembre de 2011 y de enero a febrero de 2012, del monto de Trescientos Dólares Estadounidenses (US $300.00), contenidos en el Literal g),

Número 4, del Art. 2, y -que se refiere- a los Derechos del Uso del Suelo y Subsuelo, “Por mantener torres de transmisión y/o retransmisión de señales

de radio y de celulares en el municipio, pago mensual cada una:” de la Reforma a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Municipales,

emitida en Decreto Municipal Número 03-2007, de fecha 3 de diciembre de 2007, publicada en el Diario Oficial Número 232, Tomo 377, de fecha 12

de diciembre de 2007.

Segundo: Como consecuencia de lo anterior, el monto a cobrar en dicho período, será el que aparece en la Ordenanza emitida Decreto Munici-

pal Número 03-2012, del 25 de enero de 2012, publicado en el Diario Oficial 33, Tomo 394 del 17 de febrero del mismo año, es decir la cantidad de

DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES (US $250.00) MENSUALES; previa publicación de esta Ordenanza.

Art. 2. La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santiago Nonualco, a veinte de agosto de dos mil doce.

MARVIN MORENA MARTELL DE CANALES, ANTONIO PALACIOS ALVARADO,

ALCALDESA MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

ERNESTO GONZÁLEZ, VIDAL FLORES,

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

CARMELA VALLADARES DE ROGEL, ROSA IMELDA PLATERO DE MÉNDEZ,

TERCERA REGIDORA PROPIETARIA. CUARTA REGIDORA PROPIETARIA.

SANTIAGO CERÓN ALVARADO, JULIO CÉSAR FERNÁNDEZ CARBALLO,

QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.

MERLING VERIDIA FUENTES DE GONZÁLEZ, JORGE LUIS GARCÍA,

SÉPTIMA REGIDORA PROPIETARIA. OCTAVO REGIDOR PROPIETARIO;

ELÍAS BARAHONA LOVO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F056306)

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397ESTaTUToS DE la aSociaciÓN DE DESarrollo

coMUNal DE la coloNia BUENa ESPEraNZa,

DEl caNToN laS DEliciaS, DEl MUNiciPio

DE SaN JUaN oPico, DEl DEParTaMENTo

DE la liBErTaD.

coNSTiTUciÓN, NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN,

DUraciÓN Y DoMicilio

Art. 1. La Asociación que se constituye estará regulada por el Có-

digo Municipal, la Ordenanza Municipal y demás disposiciones legales

aplicables, estará al servicio de la comunidad, para el desarrollo de los

planes, programas y proyectos de interés social, cultural, económico y

será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter demo-

crático.

La Asociación se denominará ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL COLONIA BUENA ESPERANZA, DEL CANTON LAS

DELICIAS, del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La

Libertad, de la que se denominará ADESCO BUENA ESPERANZA.

Art. 2. La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,

sin embargo, podrá disolverse y liquidarse por casos previstos por las

leyes en materia.

Art. 3. El domicilio de la Asociación será COLONIA BUENA

ESPERANZA, del Cantón LAS DELICIAS, del Municipio de San Juan

Opico, La Libertad.

fiNES

Art. 4. La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y

las obras productivas y físicas que se proyecten; para ello deberá:

a. Promover el progreso de la comunidad, juntamente con

los organismos Públicos y privados que participen en los

correspondientes programas.

b. Fomentar el espíritu de servicio en los Asociados, los vecinos,

sus grupos y sus circunvecinos.

c. Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en

la mayor integración de sus miembros y la mejor organización

de sus actividades.

d. Impulsar y participar en los programas de capacitación y

promoción social a fin de contribuir al mejoramiento de

la organización, la administración de proyectos sociales,

económicos y elevación de los niveles educativos.

e. Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad

con el equipamiento de los servicios y medios indispensables

para solucionar los distintos problemas que existen.

f. Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales para

el desarrollo a través de la ayuda mutua y esfuerzo propio, a

fin de completar las obras que se consideran en el respectivo

plan de trabajo y otras que de emergencia surjan.

g. Incrementar las actividades a nivel de la comunidad a fin

de obtener Recursos propios que sirvan para impulsar el

mejoramiento ambiental local.

h. Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,

haciéndoles participar responsablemente en el mejoramiento

ambiental local.

i. Promover la incorporación de la mujer en el proceso de

desarrollo integral de la comunidad.

j. Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional

en cuanto a determinación de proyectos y la obtención de

recursos comunales o gubernamentales, etc.

k. Proteger el medio ambiente.

1. Otorgar calidad de socios honorarios.

m. Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento

Interno que se dicten.

n. Elegir, sustituir y destituir total o parcial a la Junta

Fiscalizadora.

SocioS: caliDaD, DErEcHoS Y DEBErES

Art. 5. Los socios podrán ser:

a) Activos,

b) Honorarios,

c) Fundadores.

a. Podrán ser socios todas las personas mayores de dieciocho

años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política

que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

b. Son socios activos. Todas las personas que reúnan los re-

quisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de

los límites de la unidad vecinal correspondiente y afiliarse

mediante procedimiento determinado por la Junta Directi-

va.

c. Son socios Honorarios: Todas las personas que por su labor

y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por

la Asamblea General.

d. Son socios fundadores: Todas las personas que suscriban

el acta de Constitución de la Asociación.

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Art. 6. Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a. Gozar de los beneficios derivados de la Asociación.

b. Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

c. Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación.

d. Los socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea

General otorgue.

e. Los demás que le señale los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

Art. 7. Son deberes de los miembros Fundadores Activos:

a. Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

b. Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Asociación.

c. Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d. Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.

e. Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

GoBiErNo DE la aSociaciÓN

Art. 8. El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a. Asamblea General.

b. La Junta Directiva.

c. La Junta Fiscalizadora.

DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 9. La Asamblea General, debidamente convocada es la auto-

ridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los

miembros, Activos y Fundadores.

Art. 10. La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces

al año con intervalos de seis meses, enero y junio; extraordinariamente

cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia a

solicitud del cincuenta y uno por ciento como mínimo de socios.

Art. 11. En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios.

En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratan los

asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre

otros aspectos no comprendidos en la agenda, será nulo.

Art. 12. La convocatoria a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria

se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de anticipación

para las primeras y con veinticuatro horas de anticipación para las

segundas, indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que ha de

celebrarse.

Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de

quórum, ésta se llevará a cabo una hora después con los presentes, en

este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun

para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

SoN aTriBUToS DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 13. Son atribuciones de la Asamblea General:

a. Elegir, sustituir total o parcialmente a los miembros de la

Junta Directiva.

b. Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

c. Aprobar, y/o modificar los planes, programas y proyectos.

d. Aprobar o desaprobar el Informe Anual de Labores presentado

por la Junta Directiva.

e. Aprobar la suspensión definitiva de los socios.

f. Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-

tes.

g. Fijar las cuotas de contribución eventuales de los miembros

que será de un dólar.

h. Decidir sobre la compra venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la asociación.

i. Decidir todos aquellos asuntos de interés para la asociación

y que no estén contemplados en los presentes estatutos.

j. Aprobar el reglamento interno de la asociación.

k. Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación

de estos estatutos al Concejo Municipal respectivo por medio

del representante legal de la asociación.

1. Acordar calidad de socios honorarios.

m. Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamento

interno que se dicte.

n. Elegir, sustituir y destituir total o parcial a la Junta

Fiscalizadora.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Art. 14. Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y

previa audiencia del interesado, se consideran además como causales

de retiro o expulsión a las siguientes:

a. Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave

de la Asociación.

b. Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de

elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General

o la Junta Directiva.

c. Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza

que vayan en perjuicio de la Asociación.

d. Obtener por medio fraudulento beneficios de la Asociación

para sí o para terceros.

e. Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-

ción.

f. Levantar falsas calumnias en contra de sus compañeros.

g. No podrán ser miembros de la Junta Directiva los parientes

dentro del primer grado y cuarto grado de consanguinidad.

Art. 15. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva

nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investigue

los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto

infractor exponga en su defensa, resolverá. En caso de suspensión

definitiva la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere

el inciso anterior, pero en este caso, la Asamblea General resolverá por

sobre tal suspensión acordada, que se nombrará a los sustitutos.

Art. 16. Sobre el retiro de los Asociados y sobre la suspensión

temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse única-

mente el Recurso de Revisión ante la misma, dentro del tercer día de la

notificación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá

ningún recurso.

Art. 17. Los Miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-

blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva,

según la gravedad del caso. La suspensión definitiva únicamente podrá

ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la

Junta Directiva.

Art. 18. En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días

de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los artículos

anteriores, un número de cinco asociados por lo menos, podrá pedir al

Concejo Municipal correspondiente que les autorice:

a) Para nombrar de entre los miembros la comisión investiga-

dora.

b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que concederá

la suspensión en base a los informes de la comisión investiga-

dora. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a

las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal

o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse

de un número considerado de miembros los que quedan no

pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que

establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la

que resolverá la suspensión temporal o definitiva de los miembros y en

la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo

de la suspensión o por el resto del periodo de los directivos.

JUNTa DirEcTiVa

Art. 19. La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros

electos en Asamblea General por votación nominal, pública cuyo

mandato será por dos años, pudiéndose reelegir un 30% de la Directiva

existente para un segundo o tercer periodo; pero con cargo distinto. La

nominación de los cargos será los siguientes: Presidente, Vicepresidente,

Secretario, Tesorero y Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán

ad-honorem.

Art. 20. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas ve-

ces sea necesario y por lo menos una vez por mes extraordinariamente

cuando sea convocada por el Presidente. Para que la sesión sea válida

deberá concurrir por lo menos la mitad más uno de sus miembros y las

resoluciones se tomarán por mayoría de votos; en caso de empate, el

Presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.

Art. 21. Son atribuciones de la Junta Directiva:

a. Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-

ponerlos a la Asamblea General.

b. Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme

a la Ley.

c. Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo Comunal, el plan de trabajo y el presupuesto

correspondiente.

d. Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. e. Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o

extraordinarias.

f. Vincularse con las organizaciones del Estado, las Municipa-

lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar

en la Región en Proyectos de Desarrollo Comunal.

g. Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,

ejecución y Evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento de la comunidad.

h. Informar periódicamente a la Asamblea General de las ac-

tividades que se desarrollan y presentarle el Plan Anual de

Trabajo y el Presupuesto respectivo e informar igualmente a

los organismos que cooperan en el desarrollo de sus programas

de trabajo.

i. Velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en

la consecución de sus fines.

j. Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la Asociación.

k. Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

afiliados.

1. Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones

emanadas la Asamblea General y las que crea conveniente

dictar.

m. Resolver a su prudente arbitrario las situaciones excepcionales

previstas en los Estatutos.

n. Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General en la sesión ordinaria anual, sus actividades de

trabajo.

o. Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes

correspondientes y estos estatutos.

Art. 22. El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá las

sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. Autorizando con su

firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades.

Tendrá la presentación Judicial y Extrajudicial de la Asociación. Deberá

ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la

certificación del punto de acta que lo autoriza.

Art. 23. El Vicepresidente colaborará con el presidente, lo sustituirá

en casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que fuese

concerniente a actividades comunales.

Art. 24. El Secretario, será el órgano de comunicación de la Aso-

ciación y llevará el Inventario de los bienes de la misma.

Además será el secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de

Actas de Sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva

y todo lo demás que fuere pertinente.

Art. 25. El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de

la Asociación y llevará los libros de Contabilidad a las cuentas de la

misma.

Todos los fondos serán depositados en una institución Bancaria o

Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación,

debiendo registrar la firma del Tesorero con la del Presidente como

refrendario.

Art. 26. Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la

medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirá a los

miembros de la Junta Directiva.

Art. 27. La Junta fiscalizadora, estará compuesta por cuatro miem-

bros electos en Asamblea General, Presidente, Secretario y Vocales.

La Junta será la responsable de fiscalizar los trabajos y bienes que

desarrolle la Junta Directiva, al igual que otros comités de la comuni-

dad.

PaTriMoNio DE la aSociacioN

Art. 28. El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a. Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten

los socios Activos y será de un dólar.

b. Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, do-

naciones, legados, etc., que provengan de diversas fuentes.

c. Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la asociación.

d. El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes,

muebles e inmuebles de propiedad de la Asociación. El valor

de estos alquileres serán aprobados por la Asamblea General,

a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún caso eximirá

de estos pagos el hecho de ser asociado.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 e. Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier

título.

f. Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio

no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o

prestados sin la autorización previa de la asamblea general.

Art. 29. De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio

administrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por

lo menos para formar un fondo de reserva para incrementar el capital

bancario a nombre de la misma.

La Asociación para desarrollar sus fines sociales y de obras físicas,

siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos

económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea General

y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el acto en que

comparezca el representante de la Asociación.

En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para

el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas

en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

Art. 30. Si al final de cada ejercicio administrativo anual /enero a

diciembre/ se obtuvieran ganancias, la Junta Directiva propondrá a la

Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas

ganancias, también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.

Art. 31. En caso de disolución de la Asociación, si después de

pagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo

destinará a programas de desarrollo comunal a realizarse en la comunidad

del domicilio de la Asociación; mientras no se realice su inversión, el

remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.

DiSolUciÓN DE la aSociaciÓN

Art. 32. La Disolución de la Asociación será acordada en sesión

Extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras

partes de socios de la misma, por motivos que el Código y Ordenanza

Municipales, estos Estatutos y las demás leyes de la materia estable-

cen.

Art. 33. La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados, actas

de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva, Registro Financiero

y Registro de Inventario, todos foliados y sellados, con una razón de

apertura que contenga el objeto del libro y pondrán su razón de cierre,

la cual deberá estar firmada y sellada por la Alcaldía Municipal.

Art. 34. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal Durante los primeros quince días posteriores a la elección la

nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros quince días

del año, la nómina de los Asociados, informe de las sustituciones de

los miembros de la Junta Directiva, cuando sean en forma definitiva y

cualquier dato relativo a la Asociación.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta

Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal su plan de Actividades y

Trabajo.

Art. 35. Para la modificación del Acta de Constitución y los

presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la

constitución e inscripción de la Asociación.

Art. 36. Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos,

serán resueltos en Asamblea General de Socios.

Art. 37. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NÚMERO CUATRO.

Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de

la Colonia BUENA ESPERANZA, DEL CANTON LAS DELICIAS,

del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, que

se denominará: "ADESCO BUENA ESPERANZA", que consta de 37

Artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a

las Leyes de la República y al Orden Público, el Concejo Municipal

ACUERDA: Conferirles la Personalidad Jurídica, de conformidad a los

Artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal y aprobarlos en

todas sus partes. Comuníquese.

Alcaldía Municipal San Juan Opico, diecisiete de septiembre del

dos mil doce.

Ing. ROMEO JOSE BARILLAS,

ALCALDE MUNICIPAL.

SALVADORA PALACIOS MOLINA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F056296)

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.

DEclaraToria DE HErENcia

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las once horas

veinte minutos de este día, se han declarado Herederos Definitivos y

con Beneficio de Inventario a los señores FAUSTO ALEXANDER

ZAVALA ALVARADO, la menor NOEMY EUNICE ZAVALA

ALVARADO, representada legalmente por su madre la señora María

del Carmen Alvarado o María del Carmen Alvarado de Quintanilla y a

FAUSTO ROLANDO ZAVALA ABARCA, de la herencia intestada

dejada a su defunción por el señor FAUSTO ROLANDO ZAVALA

MANZANO, quien falleció a las catorce horas treinta y cinco minutos

del día dieciséis de abril del año dos mil diez, en Centro de Atención El

Botoncillal, Lourdes Colón, La Libertad, siendo Ciudad Arce su último

domicilio; en concepto de hijos y padre respectivamente del causante.

Confiriéndoseles a los declarados herederos en el concepto indicado

la administración y representación definitiva de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

catorce horas cinco minutos del día uno de octubre de dos mil doce. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.-

Of. 1v. No. 1229

acEPTacioN DE HErENcia

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho

horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con

beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor CESAR

DOMINGO BURUCA ROMERO, conocido por CESAR DOMINGO

BURUCA, quien falleció el día dieciocho de marzo del dos mil doce, en

el interior de la finca La Vegueta, calle al Jute Chalchuapa, Departamento

de Santa Ana, siendo su último domicilio Bolívar, Departamento de La

Unión, de parte de la señora DORA DEL CARMEN BURUCA DE

IGLESIAS o DORA DEL CARMEN BURUCA, en calidad de hermana

del causante. Confiriéndole a dicha aceptante, en el carácter indicado, la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días

del mes de Septiembre del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1230-1

TiTUloS SUPlETorioS

Lic. Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de

Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

ANTONIA MEJIA, de sesenta y dos años de edad, ama de casa, del

domicilio de Pasaquina, y con residencia en El Cantón Horcones, Ca-

serío Las Chilcas, con documento único de identidad número cero un

millón trescientos ochenta y dos mil ochocientos ochenta y uno - cinco,

representada por el Procurador del Ministerio Público Licenciado

Emilio Noé Ruíz Sorto, solicitando Título Supletorio de un terreno de

naturaleza rústica, situado en El Cantón Horcones, de la jurisdicción de

Pasaquina, distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

de la capacidad superficial de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL

ORIENTE, diecisiete metros, calle de por medio, con Luís Alonso López;

AL NORTE, diecisiete metros con Abraham Álvarez; AL PONIENTE,

veintiún metros con propiedad del vendedor Juan Pablo López; y AL

SUR, veinte metros con el vendedor Juan Pablo López. Que en el in-

mueble antes descrito existe construida una casa de sistema mixto, que

mide doce metros de ancho por catorce metros de largo, techo de tejas,

piso de cemento, con los servicios de agua potable, y energía eléctrica.

Valúa el referido terreno en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y los adquirió por compra

venta de posesión material que le hizo al señor JUAN PABLO LOPEZ,

el día diez de junio de dos mil diez, ante los oficios Notariales de la

Licenciada Iliana Elizabeth Ramírez Ramírez.

Librado en el Juzgado de Lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los trece días del mes de marzo de dos mil doce.

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1231-1

SeCCION CARTeLeS OFICIALeSde priMera publicación

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado

GERMAN ALEXANDER CHICA ARGUETA, en representación de

la señora FLORENCIA RAMIREZ LUNA, a solicitar a favor de ésta

TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica si-

tuado en la Colonia La Planta, San Luis, del Municipio de Meanguera,

Departamento de Morazán; de la Capacidad Superficial de OCHO MIL

TRESCIENTOS VEINTISEIS PUNTO SETENTA Y OCHO METROS

CUADRADOS, comenzando en sentido horario se describe: COSTADO

NORTE, consta de cuatro tramos rectos del mojón uno al mojón dos

con una distancia de cuatro metros con setenta y cuatro centímetros

y un rumbo norte sesenta y dos grados, cuarenta y siete minutos con

veintiséis segundos este; del mojón dos al mojón tres con una distancia

de veinticuatro metros con cincuenta y cinco y un rumbo norte sesenta

grados, treinta y cinco minutos con veintidós segundos este; del mojón

tres al mojón cuatro con una distancia de setenta y cuatro metros con

veinticinco centímetros y un rumbo Norte con una distancia de setenta

y cuatro metros con veinticinco centímetros y un rumbo norte, setenta y

cuatro grados, treinta y siete minutos con cinco segundos este, del mojón

cuatro al mojón cinco con una distancia de dieciséis metros con diez

centímetros y un rumbo Norte, setenta y seis grados veintidós minutos

con cincuenta segundos este; linda con terreno propiedad de LIDIA

RAMOS. COSTADO ORIENTE: Consta de cinco tramos rectos del

mojón cinco al mojón seis con una distancia de treinta y un metros con

ocho centímetros y un rumbo sur treinta y nueve grados dos minutos

con cuarenta y dos segundos este; del mojón seis al mojón siete con una

distancia de nueve metros con diez centímetros y un rumbo sur treinta

y un grados, cincuenta y cinco minutos con cuarenta y dos segundos

este; del mojón siete al mojón ocho con una distancia de once metros

con nueve centímetros y un rumbo Sur dieciséis grados cuarenta y un

minutos con treinta y dos segundos este; del mojón ocho al mojón nueve

con una distancia de ocho metros con doce centímetros y un rumbo sur

treinta y dos grados, treinta y seis minutos con veinte segundos este;

del mojón nueve al mojón diez con una distancia de veinte metros con

setenta y ocho centímetros y un rumbo sur cincuenta grados cuarenta

y un minutos con treinta y cuatro segundos este; linda con terreno pro-

piedad de ANATOLIO LUNA PEREZ y FIDELINA DEL CARMEN

HERNANDEZ, con calle de acceso de por medio; COSTADO SUR:

consta de cuatro tramos rectos del mojón diez al mojón once con una

distancia de diez metros con cuarenta y ocho centímetros y un rumbo

sur cincuenta y tres grados, cuarenta y tres minutos con cuarenta y un

segundos oeste; del mojón once al mojón doce con una distancia de

veintiún metros con noventa y ocho centímetros y un rumbo sur setenta

y nueve grados, ocho minutos con nueve segundos oeste; del mojón doce

al mojón trece con una distancia de ochenta y ocho metros con treinta

y dos centímetros y un rumbo sur ochenta y cinco grados, treinta y tres

minutos con treinta y dos segundos oeste; del mojón trece al mojón catorce

con una distancia de doce metros con cincuenta y siete centímetros y un

rumbo sur cincuenta y dos grados, quince minutos con cincuenta y cinco

segundos oeste; linda con terreno del señor JOSE RODOLFO GARCIA;

COSTADO PONIENTE: consta de ocho tramos rectos del mojón quince

con una distancia de tres metros con cuarenta y seis centímetros y un

rumbo norte setenta y ocho grados siete minutos con treinta y cuatro

segundos oeste; del mojón quince al mojón dieciséis con una distancia

de tres metros con veinticuatro centímetros y un rumbo norte treinta y

siete grados cincuenta y dos minutos con once segundos oeste; del mojón

dieciséis al mojón diecisiete con una distancia de cinco metros con treinta

y cuatro centímetros y un rumbo norte treinta y tres grados, cincuenta y

nueve minutos con cuarenta y dos segundos oeste; del mojón diecisiete

al mojón dieciocho con una distancia de cuatro metros con treinta y

ocho centímetros y un rumbo norte, dieciséis grados, siete minutos con

veintiocho segundos oeste; del mojón dieciocho al mojón diecinueve con

una distancia de doce metros con ochenta y tres centímetros y un rumbo

norte, veintidós grados nueve minutos con siete segundos oeste; del mojón

diecinueve al mojón veinte con una distancia de tres metros con sesenta

y siete centímetros y un rumbo norte, treinta y nueve grados, veintiún

minutos con tres segundos oeste del mojón veinte al mojón veintiuno

con una distancia de catorce metros con cinco centímetros y un rumbo

norte treinta y seis grados tres minutos, con treinta y cinco segundos

oeste, del mojón veinte al mojón uno con una distancia de catorce con

seis centímetros y un rumbo norte treinta y tres grados, cuarenta y nueve

minutos con treinta y un segundos oeste; linda con terreno propiedad de

María Santos Márquez Márquez, María de la Paz Márquez Argueta, Juana

Yolanda Reyes Sánchez y Claribel Guevara Reyes.- Dicho inmueble lo

adquirió por compra verbal que le hizo al señor SANTOS NICOLAS

RAMIREZ LUNA; se estima en el precio de UN MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San

Francisco Gotera, Morazán, a las doce horas y cinco minutos del día

veintiséis de Septiembre del Dos Mil Doce.- LIC. JORGE ALBERTO

GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.-

Of. 3 v. alt. No. 1232-1

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. aViSo DE iNScriPcioN

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero de su Reglamento,

HACE SABER: Que la "ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y SERVICIOS MULTIPLES TURISTICOS DE PLAYA EL TUNCO, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", que se abrevia "PLAYA EL TUNCO, DE R. L.", con domicilio legal en San Salvador, Departamento de San Salvador, ha sido INSCRITA en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número TRECE, folios ciento noventa frente a folios doscientos cuatro frente del libro TRIGESIMO OCTAVO de Registro e Inscripción de Asociaciones Cooperativas de AHORRO Y CREDITO, que lleva el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO, a los tres días del mes de septiembre de dos mil doce.

MISAEL EDGARDO DIAZ,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE

ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Of. 1 v. No. 1233

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA "LA COYOTERA DOS" DE RESPONSABILI-DAD LIMITADA, con domicilio en el municipio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, obtuvo su personalidad jurídica el día tres de octubre del año dos mil doce, e inscrita en el libro ciento ocho de Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil seiscientos ochenta del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los doce días del mes de octubre del año dos mil doce.

NOTIFIQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1 v. No. 1234

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

AGROPECUARIA Y PESQUERA "EL CAGUAMO" DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, con domicilio en el municipio de La Unión,

departamento de La Unión, obtuvo su personalidad jurídica el día vein-

ticuatro de septiembre de dos mil doce y fue inscrita en el libro ciento

ocho del Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación:

Dos mil seiscientos setenta y nueve del Sector Reformado.

Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial por una

sola vez el asiento de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los

doce días del mes de octubre de dos mil doce.

NOTIFÍQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1 v. No. 1235

El Infrascrito Jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del

Ministerio de Agricultura y Ganadería,

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

PESQUERA Y SERVICIOS MULTIPLES "ARRECIFE LAS GALLI-

NITAS" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA

"ACOPAG" DE R. L., con domicilio en el municipio de Puerto El Triunfo,

departamento de Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el diez de

julio del año dos mil doce, e inscrita en el libro ciento seis de Registro

que esta oficina lleva bajo la siguiente codificación: dos mil seiscientos

treinta y nueve del Sector No Reformado.

Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el extracto

y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente. Santa Tecla,

a los diez días del mes de octubre del año dos mil doce.

NOTIFIQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1 v. No. 1236

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397

de seGunda publicación

acEPTacioN DE HErENcia

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO

RIVAS LIMA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas

diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción

dejó el causante señor DAVID ALBERTO FLORES PEREZ, quien

falleció el día ocho de julio del año dos mil once, a la edad de treinta

y seis años, siendo su último domicilio el de esta Ciudad; de parte de

los señores DEMESIA DE JESUS PEREZ DE FLORES y MIGUEL

ANGEL FLORES y los menores DAVID ALEXANDER FLORES

CULI y JAVIER ENRIQUE FLORES CULI, representados legalmente

por la señora DAYSI ISABEL CULI FRAILE, los dos primeros en su

calidad de Padres sobrevivientes del causante y los menores como hijos

sobrevivientes del indicado causante. Confiéreseles a los aceptantes en

los conceptos antes relacionados, la Administración y Representación

lnterina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, a los veintiocho días del mes de Agosto de dos mil

doce. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1202-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO

RIVAS LIMA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas de este

día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ELADIO

ALFREDO RIVAS o ELADIO ALFREDO RIVAS CASTILLO, quien

falleció el día uno de abril del año dos mil dos, a la edad de cincuenta y

seis años, siendo su último domicilio el de la Población de Caluco; por

parte de los señores MARIA ODILIA MONGES VIUDA DE RIVAS,

VICTOR MANUEL RIVAS MONGES, JOSE MAURICIO MONGES

RIVAS y ANA GUADALUPE RIVAS DE PALMA, la primera en su

calidad de cónyuge y los restantes como hijos sobrevivientes del indicado

causante. Confiéreseles a los aceptantes en los conceptos antes relacio-

nados, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamen-

to de Sonsonate, a los veintiún días del mes de Septiembre de dos mil

doce. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1203-2

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día,

se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que dejó el señor PEDRO ANTONIO BERMUDEZ

BERMUDEZ, conocido por PEDRO ANTONIO BERMUDEZ, al fa-

llecer el día dieciséis de septiembre del año dos mil once, en el Seguro

Social de la ciudad de San Miguel, siendo la ciudad de Usulután, lugar que

tuvo como último domicilio, de parte de la señora MARIA ESTEBANA

BERMUDEZ APARICIO, en calidad de madre del causante, conjun-

tamente con los otros aceptantes señores; WALTER EDENILSON

BERMUDEZ GARCIA, MARIA ELENA RAMOS VIUDA DE

BERMUDEZ y JOSE PEDRO BERMUDEZ RAMOS, el primero

y último en calidad de hijos del causante, y la segunda en concepto de

cónyuge sobreviviente del mismo causante, confiriéndosele la admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintisiete

días del mes de septiembre del dos mil doce. Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1204-2

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por reso-

lución promovida por este Tribunal, a las doce horas veinte minutos del

día diecisiete de Septiembre del corriente año; se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida a las siete horas y veinte minutos del día veintitrés

de septiembre del dos mil ocho, en Cantón Metalío de esta jurisdicción,

siendo Acajutla su último domicilio, dejó la señora SARA ELVIRA

HERRERA VIUDA DE ALVARADO o SARA ELVIRA HERRERA, de

parte de la señora MARIA ELVIRA ALVARADO o MARIA ELVIRA

ALVARADO DE FIGUEROA, en su calidad de hija de la expresada

causante, por lo que se le ha conferido a dicha aceptante, la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Acajutla, a las catorce horas diez minutos del día diecisiete de septiem-

bre del dos mil doce. Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ

ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA

CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1205-2

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas

y treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante señor ADILSON ADONAY GONZALEZ

REYES, quien falleció el día diecisiete de mayo del año dos mil diez, a

la edad de veinticinco años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de

parte de las señoras MARIA CRUZ GONZALEZ, EVELIN YANETH

RODRIGUEZ VIUDA DE GONZALEZ y la menor YASELI STHE-

FANY GONZALEZ RODRIGUEZ, en calidad de madre, cónyuge e hija

del causante; la menor representada por la señora EVELIN YANETH

RODRIGUEZ VIUDA DE GONZALEZ, en calidad de madre de la

misma. Confiéresele a los aceptantes en el concepto antes expresado, la

Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facul-

tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; la menor

YASELI STHEFANY GONZALEZ RODRIGUEZ, representada por la

señora EVELIN YANETH RODRIGUEZ VIUDA DE GONZALEZ,

en calidad de madre de la misma.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los tres días del mes de Septiembre del año dos mil doce.

Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1206-2

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas y

treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó la causante señora GABRIELA NARCISA PEÑA conocida por

NARCISA GABRIELA PEÑA, GABRIELA NARCISA PEÑA DE

ESCOBAR y por GABRIELA PEÑA, quien falleció el día nueve de julio

de mil novecientos noventa y uno, a la edad de cuarenta y ocho años,

siendo en Caluco su último domicilio, de parte de los señores MIGUEL

ANGEL ALBERTO PEÑA, SALVADOR EVARISTO PEÑA, DESI-

DORO ELIO PEÑA CARIAS, JOSE LORENZO PEÑA y SANTOS

MARTIN PEÑA, en calidad de hijos de la causante. Confiéresele a los

aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil doce.

Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1207-2

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las diez

horas treinta y cinco minutos del día veintiuno de los corrientes, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la

herencia intestada dejada por el señor GERONIMO ASCENCIO DIAZ,

conocido por Jerónimo Ascencio Díaz, fallecido el día veintiocho de

mayo de mil novecientos noventa y tres, en el Cantón San José La Ma-

jada, jurisdicción de Juayúa, siendo ese el lugar de su último domicilio,

de parte de la señora ESTER CORTEZ VIUDA DE ASCENCIO, en

concepto de cónyuge sobreviviente del causante y además como cesio-

naria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores

ARACELI DEL CARMEN ASCENCIO DE FLORES, MARÍA DE

LOS ÁNGELES ASCENCIO CORTEZ, GERONIMO SALVADOR

ASCENCIO CORTEZ y JOSE LUIS ASCENCIO CORTEZ, conocido

por Gerónimo Ascencio Díaz, en concepto de hijos sobrevivientes.

Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas treinta y

cinco minutos del día veintisiete de agosto del dos mil doce. Dr. MARIO

MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1208-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las

doce horas del día dos de julio del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria

dejada a su defunción por la causante señora MARIA DEL CARMEN

FLORES DE HENRIQUEZ, conocida por MARIA DEL CARMEN

FLORES, ocurrida el día cuatro de julio de dos mil cuatro, en Colón, lugar

de su último domicilio, de parte de los señores MOISES HENRIQUEZ

FLORES, TERESA DE JESUS VIUDA DE MORALES conocida por

TERESA DE JESUS HENRIQUEZ DE MORALES, y por TERESA DE

JESUS HENRIQUEZ FLORES, ROSA ELENA HENRIQUEZ FLORES,

BLANCA LUZ HENRIQUEZ FLORES, conocida por BLANCA LUZ

HENRIQUEZ DE DELEON, y RICARDO HENRIQUEZ FLORES, en

calidad de herederos testamentarios de la causante; y se ha conferido a

los aceptantes la administración y la representación interinas de la su-

cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas

y veinticinco minutos del día siete de agosto de dos mil doce. Lic.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1209-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO

RIVAS LIMA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor

DAVID OSWALDO FLORES MENJIVAR, quien falleció el día uno

de Enero del año dos mil once, a la edad de veintisiete años, siendo su

último domicilio el de la Ciudad de San Julián; por parte de la señora

ANA MARGARITA MENJIVAR DE LEIVA en calidad de madre

sobreviviente del causante; los menores DAVID ANTONIO FLORES

ALFARO y WENDY ABIGAIL FLORES ALFARO, en calidad de

hijos sobrevivientes, representados legalmente por la señora LUDIN

NOEMY ALFARO ORELLANA. Confiéreseles a los aceptantes en los

conceptos antes relacionados la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los diecisiete días del mes de Septiembre de dos mil

doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA.- LIC. SARA ALBERTINA VILLADA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1210-2

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las doce horas y treinta minutos del día seis de Septiembre del corriente

año, se ha declarado heredera ab-intestato, con beneficio de inventario

de la señora MARIA ESTER NIETO DE PAZ, conocida por MARIA

ESTHER NIETO DE PAZ, quien falleció a las siete horas del día siete

de Julio del año mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Cerro

Verde, Jurisdicción de Tecapán, siendo ese su último domicilio, de parte

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. de la señorita ANA IDALYA NIETO, en calidad de hija de la causante.-

Confiriéndosele a la aceptante dicha la administración y representación

legal interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: San-

tiago de María, a los once días del mes de Septiembre del año dos mil

doce.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ

GARAY, SECRETARIA INTERINA.

Of. 3 v. alt. No. 1211-2

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera

Instancia de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las quince horas y treinta minutos de este

día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el cau-

sante José David Mendoza Rodríguez, quien fuera de 28 años de edad,

soltero, jornalero, originario de Ahuachapán, del domicilio de Colonia

San Damián de esta ciudad, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Jorge

Alfonso Mendoza y de María Luz Rodríguez Rodríguez, cuyo último

domicilio fue esta ciudad; de parte del menor José David Mendoza Moreno,

hijo sobreviviente del causante; al igual que de los señores María Luz

Rodríguez Rodríguez y Jorge Alfonso Mendoza, padres sobrevivientes

del referido causante.

Se nombró interinamente administradora y representante de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente a la señora Ana Gladys Moreno Martínez, Representante Legal

del menor José David Mendoza Moreno; al igual que a los señores María

Luz Rodríguez Rodríguez y Jorge Alfonso Mendoza, padres sobrevi-

vientes del referido causante.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de

Armenia, a los tres días del mes de mayo del año dos mil doce.- LIC.

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1212-2

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, Juez Suplente de

Primera Instancia de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 10:00 horas de este día se emitió reso-

lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada dejada por el señor Bernardo Alvarado

Orellana c/p Bernardo Alvarado, quien falleció el día 25 de abril de 2006,

siendo de 74 años de edad, salvadoreño, casado, agricultor en pequeño,

hijo de Basileo Alvarado y Vicenta Orellana de Alvarado, originario

de Chalatenango y con último domicilio en Sacacoyo, La Libertad, de

parte de Othmaro Antonio Alvarado Núñez y René Otilio Alvarado c/p

René Otilio Alvarado Núñez y por René Atilio Alvarado Núñez, hijos

sobrevivientes del causante y cesionarios de los derechos hereditarios que

les correspondían a Lidia Esperanza Núñez viuda de Alvarado, cónyuge

sobreviviente del causante; María Zoila Alvarado Núñez, Berta Alicia

Alvarado de Hernández y José Julio Alvarado Núñez, hijos sobrevivientes

del causante.

Se nombró Interinamente a las personas antes referidas adminis-

tradores y representantes de la sucesión del causante, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Armenia,

Sonsonate, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil

doce.- LIC. RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. RAFAEL ANTONIO

CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1213-2

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, Juez Suplente de

Primera Instancia de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 15:00 horas de este día se emitió re-

solución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada dejada por el causante José Antonio

Morán Hernández conocido por José Antonio Morán, quien falleció

el día veintiuno de mayo del año 2009, en el Hospital del Instituto del

Seguro Social de Sonsonate a consecuencia de Infarto Agudo de Mio-

cardio, quien fuera de cuarenta y ocho años de edad, jornalero, casado,

originario de El Congo, Santa Ana, nacionalidad Salvadoreño, hijo de

Paula Hernández y de Alfredo Morán, con último domicilio en el Cantón

El Rosario, Armenia, Sonsonate; de parte de Paula Hernández viuda

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397de Morán, Berta Anabel Cristales viuda de Morán; Hugo Adalberto,

Ana Aracely, Yanira Anabel, Iris Yasmín y Ada Patricia, los últimos

cinco de apellidos Morán Cristales la primera en calidad de madre del

causante, la segunda en calidad de esposa sobreviviente del causante y

como representante de los menores Iris Yasmín y Ada Patricia ambos

de apellidos Morán Cristales; y los últimos tres en calidad de hijos

sobrevivientes del causante José Antonio Morán Hernández conocido

por José Antonio Morán.

Se nombró interinamente a los señores antes referidos administra-

dores y representantes de la sucesión del causante José Antonio Morán

Hernández conocido por José Antonio Morán, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de

Armenia, a los tres días del mes de octubre del año dos mil doce.- LIC.

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR

ANGEL, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1214-2

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cinco minutos de

este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de

Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora YSA-

BEL RIVERA, conocida por ISABEL BONILLA RIVERA, ISABEL

BONILLA y por ISABEL RIVERA, al fallecer el día veinticuatro de

agosto de mil novecientos noventa, en el CANTON CERRO EL NAN-

ZAL, JURISDICCION DE SANTA ELENA, habiendo sido su último

domicilio la Ciudad de Santa Elena, Departamento de Usulután, parte

de los señores REINA DOLORES BONILLA, MANUEL ANTONIO

BONILLA, MERCEDES BONILLA CAMPOS y JOSE EFRAIN RI-

VERA CAMPOS, en calidad de hijos del causante.

Confiéresele a los aceptantes dichos la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veinticinco días del mes de septiembre de dos mil doce.- LIC. JOSE

ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1215-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO

RIVAS LIMA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas

quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor MANUEL DE JESUS CLEMENTE, quien

falleció el día uno de abril del año dos mil once, a la edad de sesenta y

siete años, siendo su último domicilio el de esta ciudad; de parte de las

señoras REINA ELIZABETH MARTINEZ CLEMENTE y MARINA

DEL CARMEN MARTINEZ DE MARTINEZ, en su calidad de hijas

sobrevivientes del indicado causante. Confiéreseles a las aceptantes en el

concepto antes relacionado la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, a los veintiocho días del mes de Agosto de dos mil

doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA.- LIC. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1216-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por sentencia estimativa pronunciada en el

proceso común, por este Tribunal, a las nueve horas del día veintiocho

de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el señor

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. SILVESTRE PEREZ HERNANDEZ, fallecido el veintisiete de junio

del dos mil nueve, en Nahuizalco, siendo ése el lugar de su último do-

micilio de parte de la señora SILVIA GUADALUPE PEREZ CRISTO,

en concepto de hija del mencionado causante.

Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas cuarenta

minutos del día doce de septiembre del dos mil doce.- DR. MARIO

MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1217-2

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y

cincuenta minutos de este día, se ha ampliado la declaratoria de herederos

proveída a las CATORCE HORAS Y TREINTA MINUTOS del día

CINCO de DICIEMBRE del año dos mil once, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó la causante señora EULALIA FRANCISCA TORRES

NAJO, quien falleció el día quince de Diciembre del año dos mil diez, a

la edad de cuarenta y dos años, siendo en esta ciudad su último domici-

lio, de parte de la señora MARTA ELISABET TORRES conocida por

MARTA ELIZABETH TORRES y por MARTA ELISABET TORREZ,

en concepto de madre de la causante, CONJUNTAMENTE CON LOS

YA DECLARADOS, señor LUIS ALONSO NAJO DIAZ en concepto de

cónyuge de la causante y el menor LUIS EMMANUEL NAJO TORRES,

éste en concepto de hijo de la causante; el menor representado por el

señor LUIS ALONSO NAJO DIAZ. Confiéresele a la aceptante en el

concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año

dos mil doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1218-2

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado Elsa Victoria

Mendoza de Morales, mayor de edad casada, abogada, del domicilio de

Sonsonate, Departamento de Sonsonate, con Documento Único de Iden-

tidad Número, cero uno veintidós treinta y ocho dieciséis guión cuatro,

como como Defensora Pública de la señora DORA ALICIA CORTEZ

HERNANDEZ, soltera, de oficios Domésticos del domicilio de Santo

Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, con Documento Único

de Identidad Número cero uno nueve tres cinco tres cuatro dos guión

ocho, y Número de Identificación Tributaria cero tres uno cuatro guión

cero dos uno dos siete siete guión uno cero uno guión dos, solicitando

Título de Propiedad a favor de la señora Dora Alicia Cortez Hernández,

de un inmueble de naturaleza Urbana situado en el Barrio El Calvario,

Avenida Rubén Darío Norte, número S/N de esta población, de un área

catastral de CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PUNTO CUATRO

MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS,

marcado en el mapa con el número cero tres uno cuatro U cero uno, y

no se encontró antecedente escrito, con las colindancias siguientes: AL

NORTE: con el señor Pedro Ramos y con el señor Elijio Vásquez, calle

de por medio, AL ORIENTE: con la señora Elsa López, calle de por

medio, AL SUR: con los señores Mauricio Vásquez Vásquez, Ramona

García viuda de Vásquez, Víctor Manuel Vásquez García y Alfonso

López, y AL PONIENTE: Con la señora Ana Lucía Cortez García, el

inmueble lo valúa en un mil dólares de los Estados Unidos de América.

La posesión de dicho inmueble lo posee desde hace más de veinte años

de manera quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo actos de toda

clase que solo da el derecho de dominio, sin que persona alguna le objete

al respecto. El inmueble no es predio dominante, ni sirviente y no pesa

sobre él ninguna carga real que respetar, por lo que se hace saber al

público para efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: Santo Domingo de Guzmán, veintiuno

de junio de dos mil doce.- GUILLERMO SENSENTE SANTIAGO,

ALCALDE MUNICIPAL.- EDWIN ADALVERTO VASQUEZ

VASQUEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1219-2

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397

de tercera publicación

acEPTacioN DE HErENcia

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al público y para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que mediante resolución pronunciada por este

Tribunal a las doce horas del día catorce de Septiembre del año dos

mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante

JOSE HERIBERTO CONTRERAS, quien falleció a las veintidós

horas con cuenta minutos del día veintidós de Enero del año dos mil

siete, en el Hospital Nacional Doctor Edmundo Vásquez de la ciudad de

Chalatenango, siendo la población de San Francisco Morazán, su último

domicilio; de parte de las señoras MARIA DE LA PAZ CONTRERAS,

CECILIA ARACELY CONTRERAS MEJÍA, JESSICA CAROLINA

CONTRERAS MEJIA, y ESPERANZA MEJIA ALAS, esta última

actuando en nombre y representación de la menor ERIKA YAMILETH

CONTRERAS MEJIA, la primera en la calidad de madre y las restantes en

la calidad de hijas sobrevivientes del causante en mención. Habiéndoseles

conferido a las aceptantes la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se cita a lo que se crean con derecho a la herencia para que se pre-

senten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María,

Departamento de Chalatenango, a los catorce días del mes de Septiembre

del año dos mil doce. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. Br. OSCAR IMERY HERNANDEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1189-3

HErENcia YacENTE

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once

horas treinta y dos minutos de este día, a petición de la Licenciada ANA

GLADYS MELARA FUNES, en su calidad de Defensora Pública de

Derechos Reales y Personales en nombre y representación de la señora

CONCEPCIÓN ANGÉLICA TRUJILLO RAMÍREZ, se declaró ya-

cente la herencia intestada dejada a su defunción por el señor ISRAEL

DE JESÚS GALDÁMEZ GONZÁLEZ, quien falleció a las catorce

horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del año dos mil once,

en Reconocimiento por Médico Forense, Doctor Omar Mendoza Ruíz,

No. J.V.P.M. 3702, del Instituto de Medicina Legal de Santa Ana, en

Parqueo del Hospital Nacional de Chalchuapa, siendo Ciudad Arce su

último domicilio, habiéndose nombrado Curador de ella, a la Licenciada

GLENDA DENISSE LEONOR, quien es mayor de edad, Abogada, del

domicilio de Santa Tecla.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las doce horas cinco minutos del día diez de abril del año dos mil doce.

Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-

TARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1191-3

MUErTE PrESUNTa

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

CERTIFICA: Que en las diligencias de muerte presunta del señor

RAUL ANTONIO SORIANO, que promovió, el Licenciado Pedro

Adalberto Ama Domínguez, en su calidad de MARIA ESPERANZA

SORIANO DE REYES, como Apoderado de NICOLAS HUMBERTO

ALFARO GARCIA, se encuentra la sentencia dictada a las diez horas

del veinticinco de enero del corriente año, con el fallo que literalmente

dice: POR TANTO: Por las razones expuestas y lo que disponen los

Arts. 417, 418, 421, 422, 427 Pr. C., derogado y 800, 801, 802, 79 y 80

C.C., a nombre de la República de El Salvador, FALLO: Declárase la

muerte presunta del señor RAUL ANTONIO SORIANO REYES, de

cuarenta y tres años de edad, y con último domicilio en San Antonio del

Monte de este Departamento, y se fija como día presuntivo de su muerte

el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y CINCO, concédase la posesión provisoria de los bienes

del presunto fallecido a la señora MARIA ESPERANZA SORIANO DE

REYES, quien es mayor de edad, de oficios domésticos, del domicilio

de San Antonio del Monte, de este Departamento.

Publíquese esta sentencia en tres números consecutivos del Diario

Oficial. No hay costas. NOTIFIQUESE. Ante mí

Es conforme con su original con el cual se confrontó en el Juzgado

de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día treinta de abril del año

dos mil doce.- Enmendado-veinte-Vale Entre Líneas-cinco.-Vale.- DR.

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. c. No. 918-3

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012.

DEclaraToria DE HErENcia

SALOMON ERNESTO CANALES, Notario, del domicilio de Tecapán, Departamento de Usulután; con oficina ubicada en Avenida Libertadores de América, Polígono “P” # nueve, colonia Padre Santos, del mismo domicilio, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas y quince minutos del día tres de octubre de dos mil doce, se ha Declarado Heredero Definitivo Ab-Intestato expresamente y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su defun-ción ocurrida en ciudad El Tránsito, Departamento de San Miguel, el día veintinueve de enero de mil novecientos ochenta y siete; dejara la señora MARIA VIRGINIA PORTILLO DE AVALOS conocida por VIRGINIA PORTILLO; por parte de RAUL ERCIDES PORTILLO AVALOS, en su calidad de hijo de la causante; confiriéndosele al heredero la administración y Representación Definitiva de la sucesión intestada.

Librado por el Notario, SALOMON ERNESTO CANALES, en la ciudad de El Tránsito, a las doce horas y treinta minutos del día tres de octubre de dos mil doce.

LIC. SALOMON ERNESTO CANALES,

NOTARIO.

1 v. No. C006003

RICARDO ALFREDO MIRANDA, Notario, de este domicilio, con oficina en Boulevard San Patricio, Residencial Cima III, pasaje 14B, casa número 155B, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día once de Octubre de dos mil doce, se ha aceptado expresamente y con beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales, de esta ciudad y Departamento de San Salvador, a las trece horas con quince minutos del día doce de Octubre del año dos mil siete, del domicilio de Colonia El Carmen, pasaje “M”, Block uno, número cuarenta y nueve, San Antonio del Monte, Sonsonate, siendo éste su último domicilio, dejara la señora INES RAMIREZ, de parte de la señora ALMA YEANNETTE HERNANDEZ DE PINEDA, en concepto de hija de la causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación DEFINITIVA de la Sucesión. Dése el aviso de ley en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación para los efectos de Ley.

San Salvador, once de octubre de dos mil doce.

RICARDO ALFREDO MIRANDA,

NOTARIO.

1 v. No. C006008

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera Instancia de la Ciudad de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las nueve horas de este día se emitió resolu-ción en la cual se declaró heredera definitiva abintestato y con beneficio de inventario a Delmi Jeaneth Guzmán Cañas, hija sobreviviente del causante Juan Gualberto Guzmán Tobar c/p Juan Walberto Guzmán Tobar, Juan Guzmán y Juan Guzmán Tobar, quien falleció el día 24 de agosto de 1999 y fue de 57 años de edad, soltero, jornalero, salvadoreño, originario de Antiguo Cuscatlán, La Libertad, hijo de Agustín Guzmán y María Tovar y con último domicilio en la Ciudad de Sacacoyo, La Libertad.

Y se confirió a dicha aceptante en la calidad referida, la adminis-tración y representación definitivas de la sucesión.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Armenia, Sonsonate, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil doce.- LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

1 v. No. C006009

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día veintiuno de agosto del año dos mil doce, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO AB INTESTATO Y CON BENEFICIO DE INVEN-TARIO de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA SE-CUNDINA GUEVARA MURCIA conocida por MARIA GUEVARA quien fue de setenta y seis años de edad, de oficios domésticos, soltera, siendo su último domicilio según partida de defunción el Caserío La Palomera, Cantón La Preza, del Municipio de El Congo, Departamento de Santa Ana, y falleciendo a las nueve horas quince minutos del día veinticinco de agosto de dos mil cuatro, en su casa de habitación, en calidad de cesionario al señor JORGE MEJIA RIVAS; concediéndose definitivamente la administración y representación de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana, veintidós de agosto del año dos mil doce.- LIC. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-RIO.

1 v. No. C006010

SeCCION CARTeLeS pAGADOSde priMera publicación

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397JESUS ALBERTO BERNAL QUINTANILLA, Notario, de este domi-cilio, con Oficina Jurídica situada en la Séptima Calle Poniente, número cuatrocientos nueve, Barrio La Merced, de la Ciudad de San Miguel.

AVISA: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día once de octubre del año dos mil doce, se ha decla-rado al señor MARIO MAGADALENO RIVAS PORTILLO, Heredero definitivo con Beneficio de Inventario de los bienes dejados por el señor JOSE LORENZO MARTINEZ VASQUEZ, quien fue de setenta y un años de edad, agricultor en pequeño, casado, originario de Lolotique, Barrio San Isidro, y del domicilio de Lolotique, Departamento de San Miguel, quien falleció en Barrio San Isidro de Lolotique, Departamento de San Miguel, a las siete horas del día veintiocho de julio de dos mil tres, sin asistencia médica a consecuencia de Cetoacidosis Diabética; en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JOSE RIGOBERTO MARTINEZ RAMOS, en concepto de hijo sobreviviente del causante y AUSTOLA AURORA RAMOS MARTINEZ conocida por Austola Aurora Ramos y Por Autola Aurora Ramos o Autola Aurora Ramos de Martínez, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y Representación definitiva de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en San Miguel, el día once de octubre de dos mil doce.

LICENCIADO JESUS ALBERTO BERNAL QUINTANILLA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C006015

JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, Notario, de este domicilio, con oficina en Décima Calle Poniente Número Trescientos Catorce, Barrio San Francisco, de esta ciudad.

HACE SABER: Que se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario; la Herencia Intestada que a su defunción dejó JUANA GALDAMEZ, ocurrido en la Ciudad de San Miguel, De-partamento de San Miguel, el día veintiuno de Marzo del año dos mil, de parte de los señores: ANA FRANCISCA GALDAMEZ, y MARVIN ALEJANDER GALDAMEZ, en su concepto de Hijos del causante, habiéndoseles conferido la administración y representación definitiva de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la oficina del Notario.- En la Ciudad de San Miguel, a las ocho horas del día seis de octubre del año dos mil doce.

LIC. JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C006017

JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Décima Calle Poniente, Número Trescientos Catorce, Barrio San Francisco, de esta ciudad.

HACE SABER: Que se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejo el señor: GERMAN RAMIREZ AMAYA, ocurrido en la Ciudad de Moncagua, Departamento de San Miguel, el día veintidós de Marzo del año dos mil doce, de parte de la señora: ROSA MARIA BURGOS DE RAMIREZ, en su concepto de Esposa sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y representación definitiva de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la oficina del Notario. En la Ciudad de San Miguel, a las doce horas del día diez de octubre del año dos mil doce.

JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C006018

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, pronunciada a las once horas dos minutos de este día, ha sido declarado Heredero Definitivo con Beneficio de Inventario el señor AMADEO DE JESUS ALVARADO POLANCO, con Documento Único de Identidad Número: cero dos millones setecientos setenta y nueve mil quinientos ochenta y nueve-seis, y con Número de Identificación Tributaria: cero quinientos quince-trescientos mil trescientos setenta y uno-ciento uno-dos, en calidad de Hijo y Cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión del causante les correspondían a los señores: ELENA DEL CARMEN ALVARADO DE GALDAMEZ; JOSE SAMUEL ALVARADO POLANCO; OSCAR MAURICIO ALVARADO POLANCO; PABLO ANTONIO ALVARADO POLANCO y BIBIANA POLANCO viuda DE ALVARADO, conocida Tributariamente como BIBIANA POLANCO DE ALVARADO, en calidad de Hijos y Cónyuge del causante respectiva-mente, de la sucesión intestada que dejara el señor PABLO ALVARADO o PABLO ALVARADO ROMERO, quien falleció a las diecisiete horas del día doce de octubre del año dos mil uno, en el Cantón Talcualhuya, jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, siendo esta ciudad su último domicilio.

Lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a las doce horas veintiocho minutos del día ocho de octubre del año dos mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO DE ACTUACIONES.

1 v. No. C006020

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN

MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las once horas cinco minutos de

este día, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA, con beneficio de

inventario de la herencia intestada que a su defunción deja la señora

AURELIA CHEVEZ DE ZELAYA conocida por AURELIA CHEVEZ

AYALA y por AURELIA CHEVEZ VIUDA DE ZELAYA, quien fue

de ochenta y tres años de edad, de oficios domésticos, de estado familiar

desconocido, fallecida el día veintinueve de agosto de dos mil once,

siendo la ciudad de San Miguel el lugar de su último domicilio, a la

señora ORBELINA ZELAYA CHEVEZ, en calidad de hija de la cau-

sante. Confiriéndole en estas diligencias a la aceptante la administración

y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las once horas diez

minutos del día diez de septiembre del dos mil doce. Lic. DIANA

LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL. Lic. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRE-

TARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. C006021

HERNAN ROBERTO GARCIA CUBIAS, Notario, de este domicilio,

con despacho notarial ubicado en Primera Calle Poniente, Casa número

Nueve, Mejicanos, Departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las nueve horas y veinte minutos del día veintisiete de Julio del año dos

mil doce, se ha declarado al señor JORGE ANTONIO LOPEZ INGLES,

heredero definitivo en su calidad de Padre; con beneficio de inventario de

los bienes de la sucesión intestada que dejó el señor OSCAR ROBERTO

LOPEZ GOMEZ, quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del

Seguro Social de San Salvador, a las dieciocho horas treinta y cinco

minutos del día cinco de Junio del año dos mil uno y siendo su último

domicilio la Ciudad de Mejicanos, habiéndole concedido la representación

y administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día once del mes de octubre del año

dos mil doce.

Lic. HERNAN ROBERTO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F056160

ADOLFO GERARDO MUÑOZ CISNEROS, Notario, de este domicilio,

con oficina ubicada en Colonia Buenos Aires Dos, Avenida Cuatro de

Mayo, número ciento cuarenta y seis, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída, a

las once horas del día uno de octubre de dos mil doce, se ha declarado a la

señora VICTORIA EDITH ROMERO DE FLORES, heredera definitiva

con beneficio de inventario, de los bienes que a su defunción ocurrida en

esta ciudad, el día cuatro de julio de dos mil doce, siendo la ciudad de

Mejicanos, departamento de San Salvador su último domicilio, dejó el

señor JOSE MARIA FLORES PRUDENCIO, en concepto de cónyuge

del causante, habiéndole conferido la administración y representación

definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día dos de octubre de dos mil doce.

Lic. ADOLFO GERARDO MUÑOZ CISNEROS,

NOTARIO.

1 v. No. F056164

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIA-

DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las diez horas y veinte minutos de

este día, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario

al señor CESAR ERNESTO CAMPOS RAMIREZ, en calidad de hijo

de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que le

correspondían al señor Manuel de Jesús Alemán, éste en calidad de cón-

yuge sobreviviente de la misma causante, señora RICARDA MARIBEL

RAMÍREZ DE ALEMÁN conocida por RICARDA MARIBEL RAMÍ-

REZ DE CAMPOS por RICARDA MARIBEL RAMÍREZ TURCIOS

y por RICARDA MARIBEL RAMÍREZ, en la sucesión intestada que

ésta dejó al fallecer el día veintiuno de diciembre del año dos mil diez,

en el Cantón Los Llanitos, jurisdicción de El Tránsito, departamento de

San Miguel, siendo la ciudad de Usulután su último domicilio.

Confiriéndosele al heredero declarado la administración y repre-

sentación definitiva de dicha sucesión, con las facultades y restricciones

de ley. -

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los seis días del mes

de septiembre del año dos mil doce. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SE-

CRETARIA.

1 v. No. F056171

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DAVID ANTONIO RAMOS COLORADO, Notario del domicilio de San Salvador, con oficina establecida en el Pasaje "A" ciento catorce, Colonia Ferrocarril, de San Salvador, AL PÚBLICO

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída las diez horas del día cuatro de julio del año dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el diecinueve de mayo del año dos mil tres, dejó el señor REMBERTO RAMOS, conocido como REMBERTO RAJO y REMBERTO RAJO GONZALEZ, de parte de GLADYS YOLANDA GOMEZ RAUDA VIUDA DE RAJO en concepto de esposa y de GLADYS YOLANDA RAMOS GOMEZ, conocida como GLADYS YOLANDA RAJO, DOLORES MARITZA RAMOS GOMEZ, conocida como DOLORES MARITZA RAJO y DOLORES MARITZA RAJO GOMEZ, OSCAR RAMOS GOMEZ conocido como OSCAR RAJO y RAFAEL RAMOS GOMEZ conocido por RAFAEL RAJO en su calidad de hijos legítimos del causante, habiéndoseles concedido la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en la oficina del Notario DAVID ANTONIO RAMOS COLORADO, el día treinta de septiembre del año dos mil doce.

DAVID ANTONIO RAMOS COLORADO,

NOTARIO.

1 v. No. F056180

NADY PATRICIA MARROQUIN REYES, Notaria, de este domicilio, con oficina Notarial en Centro Comercial Swatmy, local veintisiete, Calle Sisimiles, frente a Sertracen, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las quince horas y treinta minutos de día diez del mes de octubre del corriente año, se ha declarado a la señora EDITH DEL CARMEN SHASTHER DE ALFARO, heredera definitiva con beneficio de inven-tario de los bienes en la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor ALEJANDRO ANTONIO SHASTE CORNELIO conocido por ALEJANDRO ANTONIO SHASTER y por ALEJANDRO ANTONIO SHASTHER, defunción ocurrida en esta ciudad, siendo su último do-micilio Colonia Chaín, Tercera Calle Oriente, Pasaje tres "A", número OCHO, Cuscatancingo, San Salvador y habiendo fallecido el día siete de febrero del año dos mil diez, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores SANTOS CIPRIANO LINO SHASHTE PASHACA y GABRIELA ESCOBAR DE SHAS-HTE, padres del causante, habiéndosele concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil doce.

LICDA. NADY PATRICIA MARROQUIN REYES,

NOTARIO.

1 v. No. F056182

NADY PATRICIA MARROQUIN REYES, Notaria, de este domicilio,

con oficina ubicada en Plaza Mariachi y Centro de Negocios Swatmy,

local veintisiete, Calle Sisimiles, frente a Sertracen, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las quince horas veinte minutos del día diez del mes de octubre del año

dos mil doce, se ha declarado a la señora MARIA ELENA ORELLANA

VIUDA DE DELGADO, heredera definitiva con beneficio de inventario

de los bienes en la herencia intestada, que a su defunción dejó el señor

JOSE MANUEL DELGADO ORELLANA, ocurrida en Kilómetro

treinta y dos y medio, Carretera Panamericana, San Juan Opico, de-

partamento de La Libertad, y habiendo fallecido el día veintidós de

junio del año dos mil doce, siendo su último domicilio de Ciudad Arce,

departamento de La Libertad, en su concepto de madre sobreviviente del

causante, quien ha comparecido ante la suscrita Notaria por medio de

su apoderado General Judicial con cláusula Especial, Licenciado Jorge

Alberto Orellana Villalta, habiéndosele concedido la representación y

administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los once días del mes de

octubre del año dos mil doce.

LICDA. NADY PATRICIA MARROQUIN REYES,

NOTARIA.

1 v. No. F056183

ELMER OSWALDO PEREZ CUBIAS, Notario, del domicilio de Santa

Tecla, con despacho notarial, ubicado en Urbanización Jardines de

Merliot, Calle Cuisnahuat, Polígono G, número veinte, Ciudad Merliot,

de la Ciudad de Santa Tecla,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diecisiete horas del día cinco de septiembre de dos mil doce, se ha

declarado a la señora NORMA PATRICIA MUÑOZ DE ALVARADO,

quien es de treinta y nueve años de edad, estudiante, del domicilio de

Sacacoyo, Departamento de La Libertad, persona que conozco e identifico

por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón

trescientos treinta y nueve mil doscientos ochenta y nueve-ocho, y Tarjeta

de Identificación Tributaria Número cero quinientos once-ciento setenta

mil seiscientos setenta y tres-ciento dos-nueve. Heredera Definitiva con

Beneficio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción

dejó la señora ASCENCION JUANA MUÑOZ conocida como JUANA

ASCENCIO MUÑOZ CASTRO, quien fue de sesenta y seis años de

edad, oficios domésticos, soltera, originaria de Tepecoyo, departamento

de La Libertad, siendo su último domicilio Sacacoyo, Departamento de

La Libertad, y habiendo fallecido en el Hospital Médico Quirúrgico del

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la Ciudad de San Salvador,

a las dos horas y diez minutos, del día veinticuatro de marzo del año dos

mil doce, en su concepto de cesionaria de todos los derechos Hereditarios

que le correspondían y le fueron transferidos de parte de las señoras ANA

MARITZA MUÑOZ DE GARCIA o ANA MARITZA MUÑOZ MEJIA

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. y VILMA NAVIDAD MUÑOZ DE URRUTIA o VILMA NAVIDAD

MUÑOZ, quienes lo hicieron en su calidad de hijas herederas de la

causante ya mencionada, confiriéndole a la heredera la administración

y representación DEFINITIVA de la referida sucesión. Publíquense el

presente aviso tal como lo establece la Ley.

Librado en la ciudad de Santa Tecla, a los cinco días del mes de

septiembre del año dos mil doce.

ELMER OSWALDO PEREZ CUBIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F056200

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

ocho horas con treinta minutos del día cuatro de septiembre del dos mil

doce, se declaró herederos abintestato con beneficio de inventario a los

señores JOSE HELIBERTO FLORES o JOSE HELIBERTO FLORES

GALDAMEZ, MARTA, BERALICIA y ANGELINA todas de apelli-

dos FLORES VIDAL, y DORIS FLORES DE PERLERA, en calidad

de hijos de la causante MARTA VIDAL VIUDA DE FLORES, quien

fue de setenta y siete años de edad, oficios domésticos, fallecida el día

catorce de julio de dos mil once, siendo Metapán su último domicilio.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

cuarenta minutos del día uno de octubre de dos mil doce. LIC. JOSÉ

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F056218

LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal las diez horas

y once minutos de este día, en las presentes Diligencias de Aceptación de

Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor PORFIRIO

GONZALEZ HERNANDEZ, promovidas por el Abogado VICENTE

DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de Apoderado General Judicial

del señor MARIANO ERNESTO LOPEZ ALAS, se ha DECLARADO

HEREDERO ABINTESTATO y con beneficio de inventario de la he-

rencia intestada que a su defunción dejó el causante señor PORFIRIO

GONZALEZ HERNANDEZ, quien fue de veintinueve años de edad,

jornalero, soltero, hijo de los señores Marcelino González y Josefina

Hernández, originario del Municipio de Soyapango, Departamento de

San Salvador, de nacionalidad salvadoreña y con último domicilio en

Soyapango, quien falleció el día veintiuno de junio de mil novecientos

setenta y siete; al señor MARIANO ERNESTO LOPEZ ALAS, en con-

cepto de cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a

los señores JOSEFINA HERNANDEZ hoy DE AGUILUZ, HECTOR

ANTONIO GONZALEZ FLORES, CARLOS EVELIO GONZALEZ

FLORES y FELIX WALBERTO GONZALEZ FLORES; en calidad de

madre e hijos del causante respectivamente. Se ha conferido al heredero

declarado la representación y administración DEFINITIVA de la herencia

intestada.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas

y treinta minutos del día treinta de julio de dos mil doce. LIC. EDGAR

ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F056226

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las quince horas y diez minutos, de

este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario, la

herencia intestada que dejó el señor JOSE ENOC ALVAREZ VASQUEZ,

quien falleció el día catorce de mayo del dos mil ocho; en el Caserío El

Higuerón, Cantón La Quesadilla, Departamento de La Unión; siendo ese

lugar su último domicilio; a la señora ELENA VASQUEZ VIUDA DE

ALVAREZ o ELENA VASQUEZ, en calidad de madre del causante.

Y se le ha conferido a la heredera declarada, en la calidad antes dicha,

la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días

del mes de Septiembre del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PÉREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F056230

MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio, con

oficina ubicada en diecinueve Calle Poniente, trescientos veinticinco,

ciudad; AL PÚBLICO

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las diecisiete horas y treinta minutos del día diez de octubre de dos

mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida a las

veintiuna horas y cero minutos del día dieciocho de agosto de este año,

en Ilopango, departamento de San Salvador, dejó la señora María Luisa

Mendoza Comayagua, de parte del señor José David Pérez Comayagua,

en concepto de heredero testamentario de la causante; habiéndosele

concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida

sucesión.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los once días del mes de octubre de

dos mil doce.

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F056236

MARÍA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio, con

oficina ubicada en Diecinueve Calle Poniente, trescientos veinticinco,

ciudad; al público

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a

las diecisiete horas del día nueve de octubre de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción ocurrida el once de marzo de dos mil doce,

dejó el señor José Bartolo Romero Villalobos, de parte de las señoras:

Rina Lissette Romero de Tobar, Yazmín Carolina Romero Guardado y

María Isabel Romero Guardado; en concepto de hijas sobrevivientes del

causante; habiéndoles concedido la Representación y Administración

Definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en

San Salvador, a los once días del mes de octubre de dos mil doce.

MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F056237

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado

a WALTER FABRICIO ESCOBAR REVELO, heredero beneficiario

e intestado de los bienes que a su defunción dejó la causante GLORIA

ARMINDA ESCOBAR REVELO o GLORIA ARMINDA ESCOBAR,

quien falleció el día cuatro de marzo de este año en el Hospital Pro-

Familia, San Salvador, siendo Zacatecoluca, su último domicilio, en

concepto de hermano y como cesionario del derecho hereditario que le

correspondían a ZOILA JESUS ESCOBAR REVELO o ZOILA JESUS

ESCOBAR, hermana de dicha causante. Confiérase al heredero que se

declara, la administración y representación definitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinte de septiembre de

dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F056243

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cuarenta

minutos de este día, se ha declarado al señor CARLOS VENTURA

CASTILLO, heredero abintestato con beneficio de inventario de los bienes

que a su defunción dejó el señor CLEMENTE VENTURA, conocido

por JOSE CLEMENTE VENTURA, quién fue de ochenta y ocho años

de edad, agricultor en pequeño, casado, salvadoreño, originario y del

domicilio de esta ciudad de San Vicente, departamento de San Vicente,

con Documento Único de Identidad número cero cero quinientos cin-

cuenta y ocho mil trescientos veintiocho-uno, y Número de Identificación

Tributaria mil diez- cero veinte mil ciento veintitrés-ciento uno-uno,

habiendo fallecido a las veintiuna horas del día dieciocho de diciembre

del año dos mil once, en Colonia Divina Providencia de esta ciudad,

lugar de su último domicilio, en concepto de hijo del causante y como

cesionario del derecho hereditario que en esta sucesión les correspondía

a los señores José Adolfo Ventura Castillo, María Luisa Ventura Cas-

tillo y María Argelia Ventura de Arias, estos en concepto de hijos del

causante. Y se ha conferido al heredero declarado la administración y

representación definitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete días

del mes de septiembre del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. F056244

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las diez horas y treinta minutos del día cuatro de octubre del presente

año, fueron DECLARADOS HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA

que, a su defunción dejó el causante RAYMUNDO SANCHEZ RIVAS,

quien falleció el día veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta y

ocho, a la edad de sesenta y dos años, soltero, comerciante en pequeño,

originario de San Vicente, Departamento de San Vicente y del domicilio

de esta Ciudad; siendo esta misma Ciudad su último domicilio; a los

señores JUAN FRANCISCO AQUINO RIVAS y JUANA ARAUJO

conocida por JUANA AQUINO DE ARAUJO, con número de iden-

tificación tributaria en el orden respectivo el primero cero quinientos

dieciocho - veintinueve cero ocho sesenta y ocho - ciento uno - cero, la

segunda cero quinientos dieciocho - treinta cero cinco setenta y dos -

ciento uno - uno; en su calidad de hermanos del causante en mención;

Confiriéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACIÓN Y

REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

cuatro días del mes de octubre de dos mil doce. LICDA. DIGNA GLADIS

MEDRANO DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LIC.

JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.

1 v. No. F056248

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO DE JUCUAPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a

las catorce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

a su defunción dejó JOSE MARIA MORATAYA o JOSE MARIA

MORATAYA CRUZ, quien fue de cincuenta y dos años de edad,

casado, jornalero, originario de Alegría, Departamento de Usulután, de

nacionalidad salvadoreña, hijo de Indalecio de Jesús Morataya y Angela

Cruz, ambos fallecidos; quien falleció a las veintiuna horas del día treinta

día tres de junio del año dos mil cuatro, en el Cantón El Escarbadero,

Estanzuelas, Departamento de Usulután, de parte de ROSA EMILIA

VENTURA DE MORATAYA, de sesenta y ocho años de edad, empleada,

de oficios domésticos, del domicilio de Estanzuelas, Departamento de

Usulután, con Documento Único de Identidad número: cero uno ocho

cinco seis tres siete tres-siete; y con Tarjeta de Identificación Tributaria

número: mil ciento siete- ciento sesenta mil novecientos cuarenta y tres-

ciento uno- dos, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y

cesionaria de Derechos Hereditarios que le correspondían a Francisco

Antonio Morataya Ventura, en concepto de hijo del causante Art. 988

N° 1° C.C.

Confiérasele al aceptante declarado en el carácter aludido, la

Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.

Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la Certi-

ficación solicitada.

LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y CUARENTA MINUTOS

DEL DIA TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE. Lic. OSCAR

NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.

RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. F056259

NAPOLEON ARMANDO DOMINGUEZ RUANO, Notario, de este

domicilio, con oficina ubicada en: COLONIA MEDICA, CALLE

GUADALUPE, NUMERO UN MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE,

SEGUNDA PLANTA, DE ESTA CIUDAD, al público en general,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veintiséis de noviembre del corriente año, se ha

tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario de parte

de la señora MARIA CRUZ RECINOS QUINTANILLA, la herencia

de los bienes que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Nueva Con-

cepción, Departamento de Chalatenango, lugar de su último domicilio,

el día catorce de mayo de dos mil diez, dejó el señor JOSE GABRIEL

MENJIVAR RAMIREZ, en su calidad de cesionaria de los Derechos

Hereditarios que en calidad de hijos sobrevivientes del causante les

correspondían a los señores José Gabriel Recinos Menjívar, Reina del

Carmen Recinos de Calderón y Silvia Elizabeth Recinos de Córdova,

habiéndosele conferido la Representación y Administración Definitiva

de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del

mes de noviembre de dos mil once.

Lic. NAPOLEON ARMANDO DOMINGUEZ RUANO,

NOTARIO.

1 v. No. F056291

DOCTOR JAIME ANTONIO ARIAS BOJÓRQUEZ, notario, de este

domicilio, con Despacho notarial ubicado en Setenta y Nueve Avenida

Sur y Calle Cuscatlán, Edificio Plaza Cristal, Local Dos- Cinco, Colonia

Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas y veinte minutos de este día, se ha declarado a la señora

MARIA JULIA VELASCO ALVARADO, heredera definitiva con be-

neficio de inventario de los bienes que a su defunción dejara la señora

MARIA ANTONIA VELASCO DE GARZONA, o MARIA ANTONIA

VELASCO ALVARADO o MARIA ANTONIA VELASCO, ocurrida

en la ciudad de Armenia, departamento de Sonsonate, el día trece de

junio de dos mil doce, en concepto de heredera universal abintestato de

la causante; habiéndole concedido la administración y representación

definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el doce de octubre de dos mil doce.

JAIME ANTONIO ARIAS BOJÓRQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056295

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397ZOILA JUANA EMPERATRIZ GAMERO GONZÁLEZ, Notario, del

domicilio de Apopa, al público para los efectos de ley,

HAGO SABER: Que por resolución pronunciada por la suscrita

Notaria a las siete horas del día once de octubre de dos mil doce, se ha

declarado a las señoras MARIA EUGENIA CAMPOS DE RAUDA y

MARÍA DEL CARMEN MARADIAGA DE UMAÑA, HEREDERAS

DEFINITIVAS ABINTESTATO, con beneficio de inventario de los

bienes que a su definición dejara el señor CÁNDIDO RAUDA conocido

por CÁNDIDO RAUDA ACOSTA, quien a la fecha de su defunción

era de sesenta y un años de edad, jornalero, salvadoreño, originario y

del domicilio de esta ciudad, hijo de la señora Bibiana Rauda Portillo

conocida por Biviana Rauda y Laureana Rauda y del señor Cruz Acosta;

habiendo sido su último domicilio también la ciudad de Apopa, Departa-

mento de San Salvador; en su calidad de hijas del causante y cedatarias

de los derechos sucesorales que le correspondían a JOSÉ FRANCISCO

MARADIAGA RAUDA, JOSÉ MANUEL RAUDA MARADIAGA,

ANA ISABEL RAUDA CAMPOS y PATRICIA MARISOL RAUDA

CAMPOS, también hijos del causante; quienes le cedieran a las herederas

declaradas, a título gratuito tales derechos; habiéndosele por lo tanto

conferido a las aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTA-

CIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión, lo que se avisa al público

para los efectos de Ley.

Librado en el Despacho Notarial de la infrascrita Notaria. En la

ciudad de Apopa, a los once días del mes de octubre de dos mil doce.

Licda. ZOILA JUANA EMPERATRIZ GAMERO GONZÁLEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056298

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo

Civil de este Municipio Judicial,

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez

horas con diez minutos del día cinco de octubre de dos mil doce.- Se ha

declarado heredera definitiva con beneficio de inventario en la herencia

intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador,

siendo su último domicilio esta Ciudad de San Marcos, el día seis de

noviembre del año dos mil uno, dejó el causante PEDRO ALVARADO

LEMUS, a la señora ZULYMA YASMIN ALVARADO MONROY, en

su calidad de hija del referido de cujus y como cesionaria de los derechos

hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondían a

las señoras ZOILA MONROY DE ALVARADO conocida por ZOILA

ANGELICA MONROY, ZOILA MONRROY y por ZOILA MONROY,

y ANA ZENEYDA ALVARADO MONROY, la primera en su calidad

de cónyuge sobreviviente, y la segunda como hija del causante en men-

ción.

Se ha conferido a la heredera declarada la administración y repre-

sentación definitiva de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las catorce horas del día nueve de octubre

de dos mil doce. Licda. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,

JUEZ DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETA-

RIO.

1 v. No. F056300

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y veinticinco minutos,

de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario,

la herencia intestada que dejó la señora PETRONILA MARTINEZ, quien

falleció el día dieciocho de junio de mil novecientos noventa y cinco; en

el Barrio de Honduras de esta ciudad de La Unión, siendo este lugar su

último domicilio; a la señora ROSA ELVIRA MARTINEZ VIUDA DE

VELASQUEZ, conocida por ROSA ELVIRA MARTINEZ, en calidad

de hija de la causante. Y se le ha conferido a la heredera declarada, en

la calidad antes dicha, la administración y representación definitiva de

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dieciocho días

del mes de septiembre del dos mil doce. Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F056302

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. DOCTOR GENARO SANCHEZ GUARDADO, Notario, de este do-

micilio, con oficina situada en Final Séptima Avenida Norte Edificio

dos-C local número nueve segunda planta Urbanización Santa Adela,

Contiguo a Universidad Politécnica de El Salvador, de esta ciudad al

público, para los efectos de Ley,

AVISO: Que por resolución proveída por el suscrito, a las nueve

horas con treinta minutos del día doce de octubre del dos mil doce, he

declarado heredero definitivo al señor Roberto Arturo Giralt Barraza,

de la herencia testamentaria que a su defunción acaecida a las nueve

horas y treinta minutos del día nueve de abril de dos mil, dejó la señora

Corina Veralice López Barraza de Giralt, conocida por Corina Veralice

Barraza de Giralt y por Corina Barraza de Giralt, quien fue de ochenta

años de edad, Ama de Casa, Salvadoreña, originaria de la ciudad y De-

partamento de Santa Ana, hija de Efraín Barraza Estrada y de Hortensia

López, quien falleció a las seis horas y cuarenta y cinco minutos del día

siete de junio del dos mil diez, en el Hospital Militar de esta Ciudad;

y su último domicilio fue en Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

octubre del dos mil doce.

GENARO SANCHEZ GUARDADO,

NOTARIO.

1 v. No. F056308

acEPTacioN DE HErENcia

SALOMON ERNESTO CANALES, Notario, del domicilio de Tecapán,

departamento de Usulután; con oficina ubicada en AVENIDA LIBER-

TADORES DE AMERICA, POLIGONO "P" # NUEVE, COLONIA

PADRE SANTO, del mismo domicilio. Al público en general,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veintidós de septiembre de dos mil doce, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia testada que a su defunción, ocurrida en ciudad de Mejicanos,

departamento de San Salvador; el día diecisiete de julio de dos mil

doce; dejara la señora Rosa Lydia Morataya conocida por Rosa Lidia

Morataya y por Rosa Morataya; por parte de BLANCA LIDIA CHI-

CAS ARGUETA, en calidad de heredera testamentaria de la causante;

habiéndosele conferido la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario, SALOMON ERNESTO CANA-

LES, en la Villa de Tecapán, a las ocho horas y treinta minutos del día

veintitrés de septiembre de dos mil doce.

Lic. SALOMON ERNESTO CANALES,

NOTARIO.

1 v. No. C006004

JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, Notario, de este domicilio, con

oficina en Décima Calle Poniente Número Trescientos Catorce, Barrio

San Francisco, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las diez horas del veinte de Julio del año dos mil doce. Se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia

Intestada que a su defunción dejó: RAUL ALFREDO VILLACORTA,

ocurrida en la Ciudad de Chinameca, departamento de San Miguel, el día

dos de Marzo de mil novecientos noventa y dos, de parte de la señora:

FRIDA CELINA VILLACORTA VILLACORTA, en su concepto de Hija

sobreviviente del causante, habiéndoseles conferido la administración y

representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con

derechos a la herencia, para que se presenten a la oficina en el término

de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del

presente edicto.

Librado en la oficina del Notario. En la Ciudad de San Miguel, a

las ocho horas del día diecisiete de Septiembre del año dos mil doce.

Lic. JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C006016

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domi-

cilio de esta ciudad y de San Vicente, con oficina ubicada en Calle José

Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento

de Cuscatlán,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario,

proveída a las ocho horas del día diez de Octubre de dos mil doce, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada que al fallecer el día veintinueve de Agosto de dos

mil doce, en Cantón Calvario, jurisdicción de El Rosario, Departamento

de Cuscatlán, dejó don MANUEL ANTONIO HERNANDEZ PEÑA,

teniendo como su último domicilio el mismo lugar de su fallecimiento,

al señor JOSE GILBERTO HERNANDEZ ESCOBAR, en su concepto

de hijo del referido causante, habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.

Librado en la oficina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-

CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a los

doce días del mes de Octubre de dos mil doce.

Lic. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C006023

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domi-

cilio de esta ciudad y de San Vicente, con oficina ubicada en Calle José

Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento

de Cuscatlán,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las quince horas del día cinco de Octubre de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

Testamentaria que al fallecer el día catorce de Abril de dos mil doce, en

Hospital de Emergencias y Diagnóstico, de la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, dejó la señora MARIA CARMEN

ABARCA VIUDA DE BONILLA conocida por MARIA CARMEN

ABARCA DE BONILLA, teniendo como su último domicilio el de

Cantón Cerro Colorado, jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento

de Cuscatlán, de parte de los señores ZOILA MARGOTH BONILLA

ABARCA, MARIA ADELA BONILLA ABARCA, GUADALUPE

ANTONIA BONILLA DE PEREZ, MARIA DEL CARMEN BONILLA

DE MELENDEZ, ANA GLADYS BONILLA DE ROSALES y JOSE

ABEL BONILLA ABARCA, todos en su concepto de Herederos Tes-

tamentarios de la referida causante, habiéndoseles conferido la admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.

Librado en la oficina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-

CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a los

doce días del mes de Octubre de dos mil doce.

Lic. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C006024

NELSON ALBERTO MARROQUIN ARGUETA, Notario, de este do-

micilio, con Oficina Notarial en: Ochenta y Una Avenida Norte, número

Trescientos Veintisiete, Colonia Escalón, San Salvador, al público, para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, pronuncia-

da a las Nueve horas de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente

y con Beneficio de Inventario, la Herencia Testamentaria que dejara la

señora MARIA DEL PILAR MARTINEZ, a su defunción, ocurrida en

el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de esta ciudad, a las

seis horas y treinta minutos del día Diecisiete de Junio del año Dos Mil

Doce, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos, Departamento

de San Salvador, de parte del señor JOSE ENRIQUE MADRID, en

concepto de Heredero Testamentario de la causante, habiéndosele con-

ferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Notaría Pública, San Salvador, a los dos días del mes

de octubre de dos mil doce.

Lic. NELSON ALBERTO MARROQUIN ARGUETA,

NOTARIO.

1 v. No. C006031

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. INOCENTE MILCIADES VALDIVIESO SUAREZ, Notario, de este

domicilio, con Despacho Notarial ubicado en la Séptima Calle Poniente

Bis, Pasaje nueve, casa número dos, Colonia Escalón, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veintiocho de septiembre del presente año, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ MANUEL

ROBERTO GUTIÉRREZ LÓPEZ, ocurrida el día cinco de septiembre

de dos mil doce, siendo San Salvador su último domicilio, aceptación

que se hace por parte de los señores JUAN JOSÉ ROBERTO GU-

TIÉRREZ GUTIÉRREZ, XIMENA MARÍA GUTIÉRREZ DE ESCA-

LÓN, MARÍA ARELY GUTIÉRREZ DE PACAS, y GRACIA MARÍA

GUTIÉRREZ DE MOLINS, todos en su calidad de hijos legítimos del

causante, habiéndoseles conferido la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos

los que se crean con derecho a la referida herencia, acudan a mi oficina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del suscrito Notario, en la ciudad de San

Salvador, a los nueve días del mes de octubre de dos mil doce.-

Lic. INOCENTE MILCIADES VALDIVIESO SUÁREZ,

NOTARIO.

1 v. No. C006032

JORGE ANTONIO MARROQUÍN RUGAMAS, Notario, del domicilio

de San Salvador, con oficina ubicada en 2° nivel del BANCO AZTECA,

9ª. Av. Sur y calle Rubén Darío, San Salvador, al público, para los

efectos legales,

HAGO SABER: Que por resolución dictada en acta notarial de las

14 horas del día 11 de octubre de 2012, en diligencias de aceptación de

herencia seguidas en mis oficios notariales se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con beneficio de Inventario la herencia testamentaria dejada

a su defunción por el causante JUAN ANTONIO SALAZAR MÉNDEZ,

conocido por JUAN ANTONIO SALAZAR, fallecido a las 6 horas del día

11 de marzo del 2011, en la ciudad de Santa Tecla, siendo éste su último

domicilio, de parte de las señoras KARLA ELIZABETH FLAMENCO

SALAZAR y CLARA VERÓNICA FLAMENCO SALAZAR, conocida

por CLARA VERÓNICA BONILLA, en el concepto de HEREDERAS

TESTAMENTARIAS del causante antes mencionado, a quienes se les

confiere en forma conjunta la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones que la ley le otorga a

los curadores de la herencia yacente, en forma conjunta.

San Salvador, 12 de octubre de 2012.-

JORGE ANTONIO MARROQUÍN RUGAMAS,

NOTARIO.

1 v. No. C006035

DORA MÉLIDA AGUILAR CANO, Notario, de este domicilio con oficina

ubicada en Ciudad Satélite, Pasaje Galaxia No. 6-U, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las ocho horas del día veintidós de septiembre de dos mil doce, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia testamentaria que a su muerte dejó el señor JOSÉ MARÍA

MAGAÑA, conocido por JOSÉ MARÍA MAGAÑA MORÁN, de parte

de la señora CATALINA ELSA GUEVARA DE MAGAÑA, en su

concepto de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante JOSÉ

MARÍA MAGAÑA, conocido por JOSÉ MARÍA MAGAÑA MORÁN,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. En consecuencia, por este medio, cita a todos los que

se crean con derechos a la mencionada herencia, para que se presenten

a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la suscrita Notario. San Salvador, a las

doce horas del día veintidós de septiembre de dos mil doce.

Licda. DORA MÉLIDA AGUILAR CANO,

NOTARIO.

1 v. No. F056165

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS, Notario, de este domicilio, con

oficina ubicada en calle Chaparrastique, número seiscientos siete, de

esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las nueve horas del día once de septiembre del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Chinameca,

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397jurisdicción de San Miguel, departamento de San Miguel, a las veintiuna

hora del día veintinueve de junio de mil novecientos noventa y uno,

dejó la señora IRMA ADELFA LOZA, conocida por IRMA ADELFA

LOZA VÁSQUEZ, de parte del señor ROGELIO ERNESTO LOZA,

en concepto de heredero de los bienes que a su defunción dejara la ex-

presada señora, en concepto de hermano sobreviviente de la causante,

habiéndose conferido la administración y representación interina de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la expresada herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario JUAN MIGUEL CARDONA

ARIAS. En la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día catorce

de septiembre del año dos mil doce.-

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F056175

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS, Notario, de este domicilio, con

oficina ubicada en calle Chaparrastique, número seiscientos siete de

esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las nueve horas del día once de septiembre del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Chinameca,

jurisdicción de San Miguel, departamento de San Miguel, a las veinte

horas con treinta y cinco minutos del día catorce de abril de dos mil nueve,

dejó la señora LIDIA LOZA, de parte del señor ROGELIO ERNESTO

LOZA, en concepto de heredero de los bienes que a su defunción dejara

la expresada señora, en su calidad de hijo sobreviviente de la causante,

habiéndose conferido la administración y representación interina de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la expresada herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario JUAN MIGUEL CARDONA

ARIAS. En la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día catorce

de septiembre del año dos mil doce.-

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F056176

La Infrascrita Notaria MARÍA ELBA MENJÍVAR BELTRAN, del

domicilio de Nueva Concepción, con oficina jurídica, ubicada en Barrio

San José, Avenida Silvestre de Jesús Díaz, Frente a Policía Nacional Civil,

de la Ciudad de Nueva Concepción, Chalatenango, al Público,

HACE SABER: Que por acta notarial otorgada en esta ciudad, a las

trece horas treinta minutos del día veinte de septiembre del año dos mil

doce, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE, con beneficio

de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las

ocho horas treinta minutos del día veintidós de febrero de dos mil doce,

falleció en Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del

Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, a consecuencia de Hemo-

rragia intraparenquimatosa e insuficiencia renal crónica, con asistencia

médica, el señor HERNÁN PORTILLO ARÉVALO, quien al momento

de su fallecimiento era de cuarenta y cuatro años de edad, agricultor

en pequeño, casado, originario del Cantón Santa Rosa, jurisdicción de

Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, de nacionalidad

Salvadoreña, lugar de su último domicilio, de parte de la señora GLORIA

DOLORES CHACÓN MARTÍNEZ DE PORTILLO, en su calidad de

cónyuge sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Nueva Concepción, Chalatenango, a los

veinticuatro días de septiembre de dos mil doce.

MARÍA ELBA MENJÍVAR BELTRÁN,

NOTARIO.

1 v. No. F056211

RAUL OVIDIO RODRÍGUEZ RIVERA, Notario, de este domicilio,

con despacho notarial en Reparto Maquilishuat, Avenida Los Laureles,

número cincuenta y cuatro, ciudad, al público,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas

del día tres de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventarío de parte del señor CARLOS

MANUEL LOUCEL, la Herencia Intestada dejada a su defunción por su

tía, la causante, señora MARGARITA LOUCEL AGUILAR, conocida

por GLORIA MARGARITA LOUCEL, MARGARITA AGUILAR

LOUCEL y por MARGARITA LOUCEL, quien fuera de setenta y siete

años de edad, y quien falleció a las veintiún horas treinta y siete minutos

del día veintinueve de noviembre del dos mil nueve, en la ciudad de

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. San Francisco, California, Estados Unidos de América, y habiendo sido

esa jurisdicción su último domicilio, en concepto de CESIONARIO de

los derechos que como hermana sobreviviente de la mencionada cau-

sante, le correspondían en dicha sucesión, a la señora ZOILA LEONOR

CÁNDIDO LOUCEL; confiriéndole al aceptante antes mencionado la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y para que lo

proveído tenga efectos legales se publicará por tres veces este edicto de

conformidad con la Ley.

Librado en San Salvador, a los cinco de septiembre de dos mil

doce.-

RAÚL OVIDIO RODRÍGUEZ RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. F056223

JOSÉ ARTURO HERRERA ALVARADO, Notario, del domicilio de

San Salvador, con oficina en Séptima calle Poniente, media cuadra al

Poniente del Centro Judicial de la ciudad de La Unión.-

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario,

pronunciada a las diez horas del día dos de octubre del año dos mil doce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,

la HERENCIA intestada, que a su defunción ocurrida en el Barrio de

Honduras, de esta ciudad, a las doce horas cinco minutos del día catorce

de agosto de mil novecientos noventa y nueve, dejó el señor LORENZO

ASTACIO GARCÍA, conocido por LORENZO FUENTES, LORENZO

ASTACIO FUENTES GARCÍA, LORENZO FUENTES GARCÍA,

LORENZO ASTERIO GARCÍA y por LORENZO ASTERIO FUENTES

GARCÍA, de parte del señor VICTORIANO REYES, en concepto de

cesionario de los derechos que le correspondían al señor LORENZO

SÁNCHEZ FUENTES, conocido por LORENZO FUENTES

SÁNCHEZ, LORENZO SÁNCHEZ y por LORENZO HERNÁNDEZ

SÁNCHEZ, en la calidad de hijo sobreviviente del causante; y se le ha

conferido al aceptante declarado en el carácter indicado, la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restriccio-

nes de los curadores de la herencia yacente.- En consecuencia por este

medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia,

para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días

contados desde el siguiente día de la última publicación del edicto.-

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.-

Librado en las oficinas del suscrito Notario, La Unión, a los ocho

días del mes de octubre del año dos mil doce.

JOSÉ ARTURO HERRERA ALVARADO,

NOTARIO.

1 v. No. F056232

NIXON ERIS PARADA GUTIÉRREZ, con oficina situada en la 1ª.

Avenida Norte, No. 402 de San Miguel, al público,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las 9:30 horas del día 5 de octubre de 2012, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a las 18: 30 horas del día 21 de enero del 2006, en el

Cantón Carahon, jurisdicción de San Alejo, departamento de La Unión,

dejó el señor JOSÉ DOLORES RAMÍREZ RAMÍREZ, conocido por

JOSÉ DOLORES RAMÍREZ, quien fue de 72 años de edad, casado,

Agricultor en pequeño, originario y del último domicilio de San Alejo,

departamento de La Unión, hijo de los señores ANA JULIA RAMÍREZ y

de JOSÉ VIRGILIO RAMÍREZ, de parte de la señora MARÍA MÁXIMA

ESCOBAR viuda DE RAMÍREZ, en su calidad de esposa sobreviviente y

como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los

señores DANIEL ESCOBAR RAMÍREZ y MARINA DEL CARMEN

ESCOBAR RAMÍREZ, en calidad de hijos sobrevivientes del referido

causante; habiéndosele conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos

los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a la

referida oficina en el término de 15 días, contados desde el día siguiente

a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario Nixon Eris Parada Gutiérrez, San

Miguel, a las 10:00 horas del día 5 de octubre del 2012.

Lic. NIXON ERIS PARADA GUTIÉRREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F056235

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397MARÍA DAISY YANIRA MARTÍNEZ ALAS, Notario, de este domicilio,

con oficinas ubicadas en Edificio AVANTE, Suite cinco- cero uno,

Boulevard Luis Poma, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, Departamento

de La Libertad, al público,

HAGO SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas del

día veinticuatro de febrero del dos mil doce, en el despacho notarial a

mi cargo, las señoras DEYSI ESTER CIERRA ANAYA y MARTA

LIDIA CIERRA DE QUEVEDO, han tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

dejó la señora TERESA ANAYA viuda DE CIERRA, quien falleció a

los ochenta y siete años de edad, de oficios domésticos, originaria de

Santa María Ostuma, Departamento de La Paz, cuyo deceso ocurrió a

las veintidós horas y cuarenta minutos, del día dos de diciembre de mil

novecientos noventa y cinco, en la Colonia La Reynaga, de la ciudad y

Departamento de San Salvador, sin haber formalizado testamento alguno,

siendo su último domicilio la ciudad y Departamento de San Salvador;

y se les ha conferido a las aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores

de la herencia yacente. Cito a los que se crean con derechos a la referida

herencia, para que se presenten a este despacho dentro de los quince días

siguientes desde la última publicación del presente edicto.

Librado en mi despacho Notarial, en la ciudad de San Salvador,

El Salvador, a los trece días del mes de agosto del dos mil doce.-

MARÍA DAISY YANIRA MARTÍNEZ ALAS,

NOTARIO.

1 v. No. F056241

IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA, Notario de este domicilio,

con oficina profesional situada en Urbanización Metrópolis Norte,

Senda Tres poniente número veinticinco, Mejicanos, San Salvador, al

Público.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las nueve horas del día veintitrés de enero de dos mil uno, se ha tenido

por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVEN-

TARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida en la

ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día dieciséis

de marzo de dos mil, dejó el señor LUIS LEONEL AVILA GUERRERO,

quien tuvo su último domicilio en esta ciudad, de parte de los señores

ANA MARGOTH BUSTAMANTE DE AVILA, en su calidad de cón-

yuge sobreviviente y LEONEL ERNESTO AVILA BUSTAMANTE,

ANA MARLENE AVILA BUSTAMANTE, GEMMA LIZETH AVILA

BUSTAMANTE hoy DE LOPEZ y JULIO ALEXANDER AVILA

BUSTAMANTE, en sus conceptos de hijos del causante y como

Herederos Intestados; a quienes se les ha conferido consecuentemente la

administración y representación interina de la sucesión mencionada, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de

febrero de dos mil uno.-

IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA,

NOTARIO.

1 v. No. F056254

LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA, Notario, del domicilio de esta

Ciudad y Departamento, con oficina ubicada en calle Obispo Marroquín

No. 6-3, Sonsonate, al público,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día tres del mes de octubre del año dos mil doce,

se tiene por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la

Herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Regional

del Seguro Social de Sonsonate, siendo su último domicilio la colonia

Montevideo, Avenida Salarrué número dos, jurisdicción de Sonzacate,

de este Departamento, el día veintisiete de abril del año dos mil doce,

dejó el señor JOSÉ HUMBERTO GUEVARA IBARRA, de parte de la

señora SANDRA ESTELA JIMÉNEZ DE GUEVARA, en su calidad de

sobreviviente del referido causante, en su concepto propio de cónyuge,

habiéndose conferido la Administración y Representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los

que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a

la mencionada oficina en el término de quince días, contados desde el

día siguiente de la última publicación del presente edicto.

Librando en la Ciudad de Sonsonate, a los tres días del mes de

octubre del año dos mil doce.

Lic. LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA,

NOTARIO.

1 v. No. F056262

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. REINA PATRICIA ZELADA PEREZ, Notario, del domicilio de la

ciudad de Sonsonate, con Oficina Jurídica establecida en Calle Alberto

Masferrer Oriente, casa número guión catorce, Barrio El Ángel de la

ciudad de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrito No-

tario proveída a las quince horas y treinta minutos del día tres de Abril

de dos mil doce. Se ha tenido por aceptada expresamente y con Bene-

ficio de Inventario la herencia Intestada que dejó la señora MATILDE

GONZALEZ DE SOLIS, quien falleció en Sonsonate, el día dos de

Febrero de dos mil once, de parte del señor JUAN VICENTE SOLIS

GONZALEZ, como hijo de la Causante. Por lo tanto al señor JUAN

VICENTE SOLIS GONZALEZ, se le CONFIERE LA ADMINISTRA-

CION Y REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION DE LA

CAUSANTE MATILDE GONZALEZ DE SOLIS.

Librado en la Oficina de la Notario REINA PATRICIA ZELADA

PEREZ, en la ciudad de Sonsonate, a los tres días del mes de Abril del

año dos mil doce.

REINA PATRICIA ZELADA PEREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056264

SANTOS ISMAEL PORTILLO CHAVEZ, Notario, de este domicilio,

con oficina ubicada en Av. Bernal y Calle La Divina Providencia, Ur-

banización La Carmita II, casa 7, en esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito a

las ocho horas del día once de octubre de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia

Intestada, que a su defunción ocurrida el día veintiocho de agosto de dos

mil doce, en la ciudad de San Salvador, siendo Santa Tecla su último

domicilio, dejó el señor RAUL ERNESTO MONTOYA FUENTES,

de parte de los señores: MARIA BERTA MARTINEZ ALDANA

DE MONTOYA, RAUL ERNESTO MONTOYA MARTINEZ, GA-

BRIELLA DENISSE MONTOYA MONTANO, ADRIAN ERNESTO

MONTOYA MONTANO y DIEGO ALESSANDRO MONTOYA

MONTANO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, la primera y de

hijos del causante los últimos cuatro; habiéndoseles conferido a dichos

señores la Administración y Representación Interinas de la Sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores.

Por lo que se cita a los que se crean con derecho a la referida

herencia a que se presenten a la referida oficina en el término de quince

días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente

edicto.

Librado en San Salvador, a los doce días del mes de octubre de

dos mil doce.

SANTOS ISMAEL PORTILLO CHAVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056267

HECTOR SAUL PORTILLO, Notario, de este domicilio, con oficina

ubicada en Final Séptima Avenida Norte, Pasaje número tres, Número

veintisiete, edificio San José, urbanización Santa Adela, Local Doscientos

tres, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las

diez horas del día ocho de octubre del año dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las dos de la tarde con treinta minutos del

día dos de diciembre del dos mil, en el Barrio El Centro, Jurisdicción

de Victoria, Departamento de Cabañas, a consecuencia de Cáncer en

la Vesícula, con asistencia médica, a los sesenta años de edad, siendo

de oficios del hogar, Originaria y del domicilio de Victoria, Departa-

mento de Cabañas, dejó la señora PAZ MENDOZA conocida por PAZ

MENDOZA HERNANDEZ, las cuales son promovidas por los señores

MARLENE ARENIVAR DE BENAVIDES, SUSANA ARENIVAR

MENDOZA, ANGEL LORENA ARENIVAR DE RAMIREZ, JESUS

MARISOL ARENIVAR DE VASQUEZ, JESUS ANTONIO ARENI-

VAR MENDOZA, en concepto de hijos sobrevivientes, habiéndoseles

conferido la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con

derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en la Oficina del Notario HECTOR SAUL PORTILLO.

En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día once de octubre

del año dos mil doce.

LIC. HECTOR SAUL PORTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F056273

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397GILBERTO ALFREDO GARCIA VASQUEZ, Notario, del domicilio

de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, con oficina Notarial,

Urbanización Siglo XXI, Boulevard Tutunichapa, Plaza Mariachi, Local

37, San Salvador, Departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario

a las ocho horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que dejara la

causante señora BERTA ALICIA ROMERO CASTRO, a su defunción

ocurrida a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día veinticinco

de abril de dos mil diez. A consecuencia de Paro Cardiorrespiratorio en

Calle San Francisco y Avenida Cataluña, Colonia Manzano número mil

setecientos veinticuatro, Departamento de San Salvador, siendo éste su

último domicilio, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de los señores MA-

RIA BERTA CASTRO VIUDA DE ROMERO, conocida por BERTA

CASTRO VIUDA DE ROMERO y MARCO TULIO ROMERO conocido

por MARCO ROMERO, sin dejar testamento alguno, por parte del señor

MARCOS EUGENIO ROMERO CASTRO, hermano de la causante,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

En consecuencia, se cita a quienes se crean con derechos a la

referida herencia, para que se presenten a la referida oficina dentro del

término de quince días, contados a partir del día siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario GILBERTO ALFREDO GARCIA

VASQUEZ. En la ciudad de San Salvador, a los cinco días del mes de

octubre de dos mil doce.

LIC. GILBERTO ALFREDO GARCIA VASQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056292

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE

SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta

minutos del día diez de octubre de dos mil doce, se ha tenido por aceptada

expresadamente con beneficio de inventario la herencia testamentaria que

a su defunción dejó el causante señor Ostasiano Díaz Argueta conocido

por Ostaciano Díaz Argueta, quien fue de sesenta y ocho años de edad,

motorista, quien falleció el día cinco de septiembre de dos mil doce,

siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora

Juana del Carmen Lazo de Díaz conocida por Juana del Carmen Lazo

Cruz, en calidad de heredera testamentaria del causante. Confiriéndose

a la aceptante la administración y representación INTERINA de la

sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil San Miguel, a las once

horas cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre de dos mil doce.-

LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA

AYALA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005999-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA MARTA

ESCOBAR VIUDA DE MEDINA conocida por MARIA MARTA ES-

COBAR RODRIGUEZ, MARIA MARTA ESCOBAR y por MARTA

RODRIGUEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente, de la herencia

intestada dejada a su defunción por el señor JORGE ALBERTO MEDINA

CARDONA conocido por JORGE ALBERTO MEDINA quien falleció

a las dieciséis horas veinte minutos del día seis de abril del año mil

novecientos noventa y ocho, en barrio La Trinidad de esta jurisdicción,

siendo este municipio su último domicilio.

Confiérasele a la aceptante expresada en el concepto indicado la

administración y representación interina de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las once horas cuarenta minutos del día cuatro de septiembre del año

dos mil doce.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C006019-1

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las doce horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario de parte de INES ANTONIA MAYEN DE

ALVARENGA, de cuarenta y nueve años de edad, Modista, del domi-

cilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán, con Documento Único

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos veintisiete mil

trescientos cincuenta guión dos; y Tarjeta de Identificación Tributaria

Número Un mil trescientos trece guión doscientos cincuenta mil cuatro-

cientos sesenta y dos guión ciento uno guión siete; de la herencia que en

forma intestada dejó el causante FIDELINO MEDRANO; quien fue de

setenta y un años de edad, soltero, agricultor en pequeño, originario y del

domicilio de Lolotiquillo, departamento de Morazán, hijo de CALIXTA

MEMBREÑO y LUIS OSORIO; quien falleció a la una hora y cuarenta

minutos del día treinta y uno de octubre de mil novecientos noventa y

ocho, en el Barrio El Centro de Lolotiquillo; siendo ese lugar su último

domicilio; en concepto de hija del referido causante.- Se le ha confe-

rido a la referida aceptante en la calidad expresada, la administración

y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, de-

partamento de Morazán, a las doce horas y diez minutos del día ocho de

octubre del dos mil doce.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO,

JUEZ 1° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO

DE ZUNIGA, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. C006029-1

MARLENI ARACELI BENAVIDES, Jueza Cuarto de lo Civil y Mercantil

de San Salvador Interina AL PUBLICO: Para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce

horas y diecisiete minutos de este día, SE HA TENIDO POR ACEP-

TADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO

de parte del señor ALFONSO EUSEBIO COTTO PAZ conocido por

ALFONSO EUSEBIO COTO PAZ, con Documento Único de Identidad

número 00028937-9 y Número de Identificación Tributaria 0715-161232-

001-0, en la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ALICIA

MARIA RIVAS DE COTTO conocida por ALICIA MARIA RIVAS

SERVELLON, con Documento Único de Identidad número 00993025-2,

y Número de Identificación Tributaria 1109-070537-001-4, quien falleció

el día trece de diciembre de dos mil nueve, en el Hospital Militar, en

calidad de cónyuge sobreviviente de la referida causante, confiriéndosele

al aceptante la administración y representación INTERINA de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

En consecuencia, se cita a aquellos que se crean con derecho a

la referida herencia para que se presenten a deducirlo en un término

de QUINCE DIAS HABILES contados desde el siguiente a la tercera

publicación de éste.

Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las

doce horas y veinte minutos del día doce de septiembre de dos mil doce.

LICDA. MARLENI ARACELI BENAVIDEZ, JUEZA CUARTO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINA.- LICDA. MÓNICA SILVIA

PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056167-1

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA. -

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las doce horas y treinta minutos del día veintiuno de Mayo del presente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-

tario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor OSCAR

ALCIDES CAMPOS CHAVEZ, quien fue de cuarenta y cinco años de

edad, Profesor, divorciado, originario y del domicilió de Jucuapa, De-

partamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Cristóbal

Chávez y Ana Victoria Campos; quien falleció a las once horas y treinta

minutos del día ocho de Septiembre del año dos mil nueve; de parte de

la señora MILAGRO DEL ROSARIO CAMPOS, de cincuenta y dos

de edad, soltera, empleada, del Domicilio de Jucuapa, Departamento

de Usulután, con Documento Único de Identidad número cero cuatro

millones ochocientos un mil novecientos sesenta guión tres; y Tarjeta de

Identificación Tributaria número once cero nueve guión veintiuno once

cincuenta y nueve guión ciento dos guión ocho; ANA JULIA CAMPOS

SALAMANCA, de diecisiete años de edad, Estudiante, del domicilio de

Soyapango, Departamento de San Salvador, está representada por su madre

TERESA DE JESUS SALAMANCA CLAROS, de cuarenta y nueve

años de edad, Empleada, del domicilio de San Salvador, Departamento

de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero un mil

setecientos veintitrés mil setecientos ochenta y seis guión dos; y Tarjeta

de Identificación Tributaria número un mil ciento veintiuno guión cien

mil ochocientos sesenta y dos guión cero cero dos guión dos; la primera

Aceptante por haber sucedido por Derecho de Transmisión de su madre

Ana Victoria Campos conocida Ana Victoria Campos Rodríguez y por

Victoria Campos, quien fue de ochenta y dos de edad, soltera, ama de casa,

del Domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, con Documento

Único de Identidad número cero cero cuatrocientos noventa y cuatro

mil doscientos trece guión uno; y Tarjeta de Identificación Tributaria

número un mil ciento doce guión cero sesenta mil trescientos veintiocho

guión ciento uno guión cero; y la segunda aceptante en calidad de hija

del Causante, Art. 988 No. 1 del C.C.-

Confiérase a las herederas declaradas en el carácter indicado la Ad-

ministración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los

que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presente a

deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de

la tercera publicación del presente edicto.

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Page 58: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce

horas y cincuenta minutos del día veintiuno de Mayo del dos mil doce.

LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F056168-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. Al público.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas con cuarenta

y nueve minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó

el causante LUIS GONZALO RODRIGUEZ AGUILA, quien fue de

cincuenta y siete años de edad, jornalero, casado, fallecido el día ocho

de enero del año dos mil dos, siendo Delgado su último domicilio, de

parte de la señora LEONOR ELIZABETH QUINTANILLA VIUDA

DE RODRIGUEZ, mayor de edad, ama de casa, de este domicilio, con

Número de Identificación Tributaria 1109-020553-001-6 y número de

Documento Único de Identidad 01312068-1, en su calidad de cónyuge

sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que por ley

le correspondían a los señores Oscar Orlando Rodríguez Quintanilla y

Celina Elizabeth Rodríguez de Peña en su calidad de hijos del causante.

Dicha señora es representada judicialmente por la Licenciada MIRIAN

DEL CARMEN CALLES, con Número de Identificación Tributaria

0715-170680-103-4. Confiriéndosele a la aceptante la administración y

representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia Yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas con

cuatro minutos del día veinte de agosto del año dos mil doce. LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE DELGADO.- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F056199-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas con treinta minutos del día catorce de agosto de dos mil

doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada por los causantes FELIX RODRIGUEZ, quien

fue de setenta y cuatro años de edad, agricultor, fallecido el día quince

de octubre de dos mil once, y FELIPA MONZON DE RODRIGUEZ,

quien fue de setenta y un años de edad, de oficios domésticos, fallecida

el día uno de febrero de dos mil diez, siendo Metapán el último domi-

cilio de ambos; de parte de las señoras SANDRA DINORA MONZON

DE MAZARIEGO, SILVIA MARLENY MONZON y MIRNA LUZ

MONZON RODRIGUEZ, en concepto de hijas de los referidos causantes.

En consecuencia, se les confiere a dichas aceptantes la administración y

representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-

ciones de los Curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

quince minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil doce. LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056219-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las diez

horas del día veintidós de agosto de dos mil doce, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada deja-

da por la causante ASUNCION DE JESUS SOTO DE ORELLANA

conocida por ASUNCION MARROQUIN, quien fue de cincuenta y

nueve años de edad, oficios domésticos, fallecida el día cinco de enero

de mil novecientos noventa y seis, siendo Metapán su último domicilio;

por parte del señor ADOLIO DE JESUS ORELLANA SOTO en su

calidad de hijo y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que

le correspondían a los señores MARIA DE JESUS ORELLANA DE

ORELLANA, RAUL ALEXANDER ORELLANA SOTO, EFRAIN DE

JESUS ORELLANA SOTO y LILIAN ASUNCION ORELLANA DE

HERNANDEZ como hijos de la referida causante.- En consecuencia, se

le confirió a dicha aceptante la administración y representación INTE-

RINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas

cinco minutos del día diez de Septiembre de dos mil doce.- LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056220-1

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las ocho horas treinta minutos del día veintidós de agosto de dos mil

doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada por el causante DANIEL GARCIA PERAZA,

quien fue de setenta años de edad, agricultor, fallecido el día treinta de

abril de dos mil doce, siendo Metapán su último domicilio; por parte

de la señora ELVA VASQUEZ DE GARCIA o ELBA VASQUEZ DE

GARCIA o ELBA VASQUEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y

como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a

los señores DANIEL GARCIA VASQUEZ, HERIBERTO GARCIA

VASQUEZ, MARIXA GARCIA DE AGUILAR, JORGE ALFREDO

GARCIA VASQUEZ y REMBERTO GARCIA VASQUEZ, como hijos

del referido causante. En consecuencia, se le confirió a dicha aceptante

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas

diez minutos del día diez de septiembre de dos mil doce. LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056221-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZÁN. AL PÚBLICO PARA EFECTOS

DE LEY

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las

catorce horas y cinco minutos del día veintinueve de agosto del Dos Mil

Doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a

su defunción dejó la causante MARIA MARTINA DIAZ GUEVARA,

de parte del señor CORNELIO DIAZ GUEVARA, de sesenta y dos

años de edad, casado, jornalero, originado de San Simón, Morazán; por

derecho de Transmisión que le corresponde en calidad de hermano de

la causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y un

años de edad, soltera, de oficios domésticos originaria de San Simón,

hija de Presentación Díaz y Lorenza Guevara: falleció el día veinticinco

de Marzo del Dos Mil Doce, en San Simón, Morazán; siendo este lugar

el de su último domicilio.

Se le confirió al aceptante antes mencionado y en la forma esta-

blecida, la administración y representación Interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Morazán, a los treinta días del mes de Agosto del Dos

Mil Doce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º.

DE 1ª. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE

NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056238-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de

parte de los señores FRANCISCO OTONIEL HERRERA IRAHETA,

CLORINDA IDALIA ALEGRÍA DE HERRERA conocida por

CLORINDA ALEGRÍA HERNÁNDEZ y por CLORINDA IDALIA

ALEGRÍA HERNANDEZ DE HERRERA, FRANCISCO OTONIEL

HERRERA ALEGRÍA, WENDY IDALIA DEL CARMEN HERRERA

ALEGRÍA, y ROBERTO OCTAVIO SIBRIAN HERRERA, la herencia

Testamentaria que a su defunción dejó la señora CARMEN IRAHETA

NOVOA conocida por CARMEN IRAHETA NOVOA DE HERRERA

por CARMEN IRAHETA NOVOA DE MIRANDA y por CARMEN

DE HERRERA MIRANDA, quien fue de ochenta y ocho años de edad,

oficios domésticos, casada, salvadoreña, originaria y del domicilio de

San Vicente, departamento de San Vicente, con Número de Identifica-

ción Tributaria mil diez-ciento noventa mil novecientos quince-cero

cero uno-cuatro, habiendo fallecido el día veintiocho de agosto del año

dos mil cuatro, en Barrio El Calvario de esta ciudad, lugar de su último

domicilio, los señores Francisco Otoniel Herrera Iraheta, Clorinda

Idalia Alegría de Herrera conocida por Clorinda Alegría Hernández y

por Clorinda Idalia Alegría Hernández De Herrera, Francisco Otoniel

Herrera Alegría, y Wendy Idalia del Carmen Herrera Alegría, en calidad

de herederos testamentarios de la causante; y Roberto Octavio Sibrian

Herrera, en concepto de cesionario del derecho hereditario testamentario

y legado que en esta sucesión le correspondía a la señora Fredesvinda

Estela Herrera de Sibrian conocida por Estela Herrera Iraheta, está en

concepto de heredera testamentaria de la referida causante. Y se ha

nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta y un

días del mes de agosto del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056245-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397ANA FELÍCITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince

minutos del día ocho de Octubre del corriente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de Inventario de parte del

señor ERANIO EUGENIO ESPINOZA CORDOVA, mayor de edad,

estudiante, del domicilio de San Vicente, departamento de San Vicente,

con Documento Único de Identidad número cero cuatro cero uno dos

cuatro nueve cero - nueve y número de Identificación Tributaria número

uno cero uno cero-cero uno uno uno ocho ocho-uno cero dos-cinco, la

herencia intestada que a su defunción dejó la señora JULIA SOCORRO

CORDOVA, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, doméstica,

soltera, salvadoreña, fallecida el día tres de Octubre del año dos mil

once, en Colonia Espiga de Oro de esta ciudad, departamento de San

Vicente, siendo este último el lugar de su último domicilio, en concepto

de hijo de la causante y se ha nombrado al aceptante administrador y

representante interino de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días

del mes de Octubre del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. TATIANA ARMIDA

MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F056263-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce

horas diez minutos del día diecisiete de septiembre del presente año. Se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada por la causante señora JULIA JESUS CHACON

LOPEZ, conocida JULIA JESUS LOPEZ, fallecida el día seis de julio

del dos mil once, siendo la ciudad de Sonsonate el lugar de su último

domicilio, de parte de la señora MARCELA MARISOL ARANA

CHACON, en concepto de heredera Testamentaria de la causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las quince horas cuarenta

minutos del día veinte de septiembre del dos mil doce. DR. MARIO

MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MIRIAM ELIZABETH

REYES DE MARTÍNEZ, SRIO. INTO.

3 v. alt. No. F056265-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE IZALCO, LICENCIADO ROBERTO RICARDO

RIVAS LIMA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas de este

día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSE

MATIAS GUZMAN AGUIRRE, quien falleció el día uno de Marzo

del corriente, a la edad de cincuenta años, siendo su último domicilio el

de esta Ciudad; por parte de la señora DEISI ESPERANZA ARCE DE

GUZMAN, en su calidad de Cónyuge sobreviviente del indicado causante

y como Cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían

a las señoras GILMA MARIBEL GUZMAN ARCE y SILVIA NOHE-

MY GUZMAN ARCE, en su concepto de hijas sobrevivientes y a los

menores JOSE AMILCAR GUZMAN ARCE y WILLIAM ALFREDO

GUZMAN ARCE, en su calidad de hijas sobrevivientes del indicado

causante, representados legalmente por la señora DEISI ESPERANZA

ARCE DE GUZMAN, en su concepto de hijos del causante. Confiéreseles

a los aceptantes en los conceptos antes relacionados, la Adninistración y

Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamen-

to de Sonsonate, a los veintiún días del mes de Septiembre de dos mil

doce. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056266-1

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a

las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó

VICTOR TORRES conocido por VICTOR TORRES SOLÓRZANO

y por VICTOR TORREZ, quien fue de ochenta y cinco años de edad,

casado, agricultor, originario de Tejutla, Departamento de Chalatenango,

hijo de Jesús Solórzano y Blanca Solórzano, falleció el día quince de

enero del dos mil diez, siendo su último domicilio el Municipio de

Tejutla, Departamento de Chalatenango, de parte de JOSE OSCAR

TORRES SOLORZANO en calidad de hijo del causante. Confiérese al

aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores

de la herencia yacente. Fíjense y publiquense los edictos de ley.

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los diecisiete días del mes de agosto

del dos mil doce. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA. LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056305-1

TÍTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA LIDIA HERNANDEZ MARTINEZ, solicitando que se extien-

da a su favor, título de propiedad de dos lotes de terreno de naturaleza

urbanos situados en la Colonia San Rafael del Barrio El Calvario, de

la ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el primero identifi-

cado como lote número DOCE, comprendido dentro de las medidas y

colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide ocho metros y linda con

resto del inmueble general propiedad de Gerardo Gonzalo de Jesús

Arévalo AL NORTE, mide veinte metros linda con lote número once

resto del inmueble; AL PONIENTE, mide ocho metros y linda con resto

del inmueble general, calle pública de por medio; Y AL SUR mide veinte

metros, linda con resto del inmueble general.- El inmueble se compone

de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS DE EXTENSION

SUPERFICIAL. El segundo identificado como lote número TRECE con

las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide ocho metros, linda

con lote número siete que forma parte del resto del inmueble, propiedad

de Gerardo Gonzalo de Jesús Arévalo; AL NORTE, mide veinte metros,

linda con lote número doce que forma parte del resto del inmueble; AL

PONIENTE, mide ocho metros, linda con lote número siete, que forma

parte del resto del inmueble, calle pública de por medio; Y AL SUR,

mide veinte metros linda con lote número catorce, que forma parte del

resto del inmueble. El lote se compone de CIENTO SESENTA METROS

CUADRADOS de extensión superficial. No son dominantes ni sirvientes.

No tienen cargas o derechos reales ni están en proindivisión. Los hubo

la solicitante por promesa de venta a Gerardo Gonzalo de Jesús Arévalo,

conocido por Gerardo Gonzalo Arévalo Peña, fallecido y los estima

cada uno en MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON

CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA. Los colindantes son de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL: Ilobasco, a los cuatro días del mes de

octubre de dos mil doce. JOSE MARÍA DIMAS CASTELLANOS, AL-

CALDE MUNICIPAL. MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C006000-1

EL SUSCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado

JOSE PEDRO GONZALEZ GOMEZ, apoderado general judicial del

señor JOSE ARNULFO TOBAR Y TOBAR, solicitando se le extienda

Título de Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana con casa,

ubicado en el Barrio Las Flores de esta población, con una extensión

superficial de CIENTO TREINTA Y TRES PUNTO DIECINUEVE

METROS CUADRADOS (133.19 M2), de las medidas y colindancias

siguientes: Al NORTE, doce metros trescientos setenta milímetros, con

Teodoro Olla Herrera; al SUR, trece metros trescientos veinte milímetros,

con Juana Tobar, hoy de Rafael Esteban Tobar, Cuarta Avenida Sur,

Barrio Las Flores de por medio; al ORIENTE, diez metros ochocientos

setenta milímetros, con Ana María Aguilar de Herrera y Petrona Aguilar

Viuda de Valencia, hoy de Moisés Gallardo; y al PONIENTE, nueve

metros ochocientos setenta milímetros, con Enma Garzona, hoy de Irma

Leticia Aguilar de Cosme. En dicho inmueble existe una construcción

de sistema mixto con los servicios básicos, y se valúa en la cantidad de

DOS MIL QUINIENTOS 00/100 DOLARES EXACTOS ($2,500.00),

de los Estados Unidos de Norte América, y fue adquirido por compra que

le hizo a la señora Juana Tobar, según Testimonio de Escritura Pública

ante los oficios del Licenciado René Mauricio Cienfuegos Escalante.

Se avisa para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Salcoatitán, uno de octubre de dos mil

doce. JOSE HERNAN CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LIC.

TEODOSIO SALVADOR RODRÍGUEZ VÁSQUEZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C006001-1

EL INSFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la Licen-

ciada SANDRA ELIZABETH GOMEZ GARAY como apoderada del

señor HERVIS MILTON GOMEZ, de 45 años de edad, empleado, del

domicilio de San Jorge, departamento de San Miguel, con DUI número

04116209-9, solicitando se le expida TITULO DE PROPIEDAD, a

favor de su mandante, sobre un terreno de naturaleza urbano, situado

en el Barrio Concepción, de esta ciudad, de la capacidad superficial de

400 METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias siguientes:

AL ORIENTE: 10 metros linda con María Eva Rivera Chávez, camino

de por medio; AL NORTE: 40 metros con sucesión de Concepción

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397Campos Flores, postes de por medio; AL PONIENTE: 10 metros con

Sucesión de Concepción Campos Flores, postes propios de por medio

y AL SUR 40 metros con José Francisco Cuadra Campos. El inmueble

antes descrito posee construida una casa de sistema mixto. Lo adquirió

por compra que le hizo a la señora ANA VICENTA CAMPOS, el cual

valora en MIL DOSCIENTOS.

Lo que avisa para efectos de ley.

Alcaldía Municipal de San Jorge, departamento de San Miguel,

tres de octubre de dos mil doce. CLEMENTE DE JESÚS APARICIO

ULLOA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. NELSON APARICIO GAR-

CÍA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C006022-1

TÍTUlo SUPlETorio

EL SUSCRITO NOTARIO

HACE SABER: Que a mi Bufete Jurídico situado en Tercera Calle

Oriente, Barrio El Centro, número Doce, Barrio El Centro, de la ciudad

de Cojutepeque, del departamento de Cuscatlán se han presentado el

señor JOSE DOMINGO GARCIA RODRIGUEZ, de sesenta y cuatro

años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de El Rosario, del

departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número:

cero cuatro uno cinco siete siete cero seis- seis, y número de Tarjeta de

Identificación Tributaria: uno dos uno siete- dos ocho cero ocho siete

cinco- uno cero uno- dos, como Representante Legal de los señores

JOSE RUFINO GARCIA y DAYSI ARACELY PORTILLO LOVOS,

solicitando TITULO SUPLETORIO, de UN Inmueble de naturaleza

Rústica, propiedad de sus Representados, situado en Cantón El Amatillo,

Jurisdicción de El Rosario, del departamento de Cuscatlán, de la Extensión

Superficial de UN MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,

de las colindancias especiales siguientes: AL ORIENTE, lindando con

el señor Jesús Mozo; AL NORTE, lindando con el señor José Domingo

García Rodríguez; AL PONIENTE, lindando con el señor José Domingo

García Rodríguez; y AL SUR, lindando con el señor Vicente García. Este

terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en Proindivisión

y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. Los

colindantes son del mismo domicilio de los solicitantes. Lo estiman en

la cantidad de CINCO MIL DÓLARES.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, del departamento de Cuscatlán,

a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil doce.

LIC. JUAN CARLOS BARQUERO ELIAS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C006014

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio

de Cojutepeque y de San Vicente, con oficina jurídica situada en Calle

José Francisco López Número tres, de esta ciudad, al público

HACE SABER: Que a su oficina jurídica se han presentado las

señoritas MARIA VIDAL FERNANDEZ VIDES, de cuarenta y nueve

años de edad, MARIA ANTONIA FERNANDEZ VIDES, de cincuenta

y un años de edad, ambas Religiosas, del domicilio de Monte San Juan,

Departamento de Cuscatlán, y don VICENTE FERNANDEZ VIDES,

de cincuenta y ocho años de edad, Religioso, del domicilio de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, SOLICITANDO TITULO

SUPLETORIO, de un inmueble Rústico, situado en el Cantón San

Martín, jurisdicción de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán,

de la extensión superficial de VEINTE MIL SETECIENTOS CINCO

PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS, que linda:

AL NORTE, con Gonzalo Santiago Alas Flores, Luz Vásquez Hernández

de Flores, Santos Alicia Flores, Isabel Amanda Alfaro, María Vidal

Fernández Vidal; AL ORIENTE, con Carmen Osorio Hernández e Isabel

Amanda Alfaro, calle de por medio; AL SUR Y PONIENTE, con María

Vidal Fernández Vidal. Todos los colindantes son del domicilio de Cantón

San Martín, jurisdicción de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán.

No es sirviente, ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia, lo adquirieron por compra a don Sotero Fernández, el día

seis de Septiembre de mil novecientos ochenta y tres; y desde que lo

adquirieron, lo han poseído de forma quieta, pacífica e ininterrumpida

y lo valúan en la suma de CINCO MIL DÓLARES MERICANOS.

Cojutepeque, doce de Octubre de dos mil doce.

LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. C006025

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. EL SUSCRITO NOTARIO, CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del

domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,

costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de

Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó la

señora EDITH PORTILLO BAIRES, de setenta y seis años de edad,

de oficios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, departamento

de San Miguel, persona quien no conozco e identifico en legal forma

por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno cinco

tres seis siete siete cero- cero; y con Tarjeta de Identificación Tributaria

número uno dos cero dos- cero seis cero nueve tres cinco- uno cero

uno- nueve; promueve DILIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO,

de un inmueble de Naturaleza rústica, situado en Cantón San Luisito,

de la Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, de

la Capacidad Superficial de UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA

Y UNO PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las

medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, partiendo del vértice

Norponiente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo Uno sesenta y dos grados veintiún minutos catorce

segundos Este, con una distancia de veintitrés punto setenta y un metros,

colindando con Nicolás Padilla, cerco de alambre de por medio; AL

ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está formado por cinco

tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno Sur sesenta

y cuatro grados cincuenta y ocho minutos cincuenta y nueve segundos,

Este, con una distancia de veintitrés punto once metros, colindando

con Nicolás Padilla, cerco de alambre de por medio; Tramo Dos Sur

cuarenta y cuatro grados cincuenta y siete minutos diecinueve segundos

Oeste, con una distancia de diez punto cero dos metros; Tramo Tres

Sur sesenta y cinco grados cero seis minutos cincuenta segundos Este,

con una distancia de diez punto cero cero metros, Tramo Cuatro Norte

cuarenta y cinco grados cero cero minutos cero cero segundos Este, con

una distancia de ocho punto cero cero metros, colindando con Tomasa

Campos Portillo, con lindero sin materializar; Tramo Cinco Sur cincuenta

y nueve grados doce minutos veintiún segundos Este, con una distancia

de treinta y siete punto cincuenta y cinco metros, colindando con Tomasa

Campos Portillo, con lindero sin materializar: AL SUR, partiendo del

vértice Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo Uno Sur treinta y cinco grados dieciocho

minutos cuarenta segundos Oeste, con una distancia de veintisiete punto

cuarenta metros; Tramo Dos Sur once grados dieciocho minutos treinta

y seis segundos Oeste, con una distancia de cinco punto diez metros,

colindando con Héctor Campos Portillo, con cerco de alambre de púas y

calle de por medio; AL PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente

está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

Uno Norte cincuenta y un grados cincuenta y dos minutos cincuenta y

cuatro segundos Oeste, con una distancia de ochenta y dos punto sesenta

y dos metros; colindando con Nicolás Padilla, con cerco de alambre

de púas de por medio.- Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el

punto donde se inició esta descripción.- No inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente,

Departamento de San Miguel, por carecer de antecedente Registral y

lo adquirió por compraventa que le hizo el señor JOSÉ BENANCIO

AMAYA; según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de

Inmueble número quince, Libro quince, que llevó el Licenciado José

Rubén Jovel Hernández, a las seis horas del día veintiocho de diciembre

de mil novecientos ochenta y nueve, y con posesión conjunta antes y

después de la compraventa suman más de dieciséis años, de posesión

material de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el

mismo todos los actos de verdadera dueña, sin consentimiento, ni permiso

de persona alguna, como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar

su madera, y todos los actos de verdadera dueña por lo cual comparece

ante mis oficios notariales para que de conformidad con lo establecido

en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma

señale, se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.- Valúa

dicho terreno en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los

catorce días del mes de septiembre del año dos mil doce.-

CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,NOTARIO.

1 v. No. F056212

EL SUSCRITO NOTARIO CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del

domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,

costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de

Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó la

señora TERESA DE JESÚS LUNA GÓMEZ, de cincuenta y cinco años de

edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de San Simón, Departamento

de Morazán, persona quien no conozco e identifico en legal forma por

medio de su Documento Único de Identidad número cero cero nueve

cero dos tres tres ocho- cero; y con Tarjeta de Identificación Tributaria

número uno tres dos uno- cero seis uno uno cinco seis- cero cero uno-

cero; promueve diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble

de Naturaleza rústica, denominado ''FINCA LA LEANDRA'', situado

en Cantón Las Quebradas, Jurisdicción de San Simón, Departamento de

Morazán, de la Capacidad Superficial de NOVECIENTOS METROS

CUADRADOS, de las medidas y Linderos especiales siguientes: AL

ORIENTE, veinte metros colinda con la señora Domitila Franco Orellana,

calle de por medio, AL NORTE, cuarenta y cuatro metros colinda con

terreno de Angelina Alvarado; AL PONIENTE, veinte metros colinda con

la señora Armida Amaya; y AL SUR, cuarenta y seis metros colinda con

Patrona Iglesia Argueta; hasta llegar donde se comenzó.- En el terreno

descrito no existen construcciones y está cultivado de café.- No inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Oriente, Departamento de Morazán, por carecer de antecedente Registral

y lo adquirió por compraventa que le hizo el señor Leandro Santos

Guevara; según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de

Inmueble número setenta y ocho, Libro Sexto, que llevó el Licenciado

Craig Marvin Espinal Pérez, a las once horas del día cinco de mayo

del año dos mil ocho y con posesión conjunta antes y después de la

compraventa suman más de treinta años, de posesión material de forma

quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el mismo, todos los actos

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397de verdadero dueño, sin consentimiento, ni permiso de persona alguna,

como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar su madera, y todos

los actos de verdadero dueño por lo cual comparece ante mis oficios

notariales para que de conformidad con lo establecido en el Artículo

dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma seña-

le, se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.- Valúa

dicho terreno en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los

once días del mes de octubre del año dos mil doce.-

CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056214

EL SUSCRITO NOTARIO CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del

domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,

costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de

Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó el señor

SANTOS FERNANDO CRUZ MACHADO, de treinta y siete años de

edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Sesori, Departamento de

San Miguel, persona a quien no conozco e identifico en legal forma por

medio de su Documento Único de Identidad número cero dos cero uno siete

tres cero uno- nueve; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número

uno dos uno nueve- uno uno cero ocho siete cinco- uno cero uno- seis;

promueve diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de

Naturaleza rústica, situado en Cantón Las Mesas, Caserío El Tule, de

la Jurisdicción de Sesori, Distrito y Departamento de San Miguel, de la

Capacidad Superficial de NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y

TRES PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las

medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE, partiendo del vértice

Nor Poniente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo Uno Norte setenta y dos grados cero seis minutos

cincuenta y dos segundos Este, con una distancia de cuarenta y un punto

diecisiete metros; Tramo Dos Norte cuarenta grados dieciocho minutos

cincuenta y siete segundos Este, con una distancia de treinta punto sesenta

y tres metros, colindando con Santos Julio Machado, con quebrada agua

de por medio; Tramo Tres Sur setenta y cuatro grados cuarenta y cuatro

minutos cuarenta y dos segundos Este, con una distancia de treinta y

cuatro punto veintiún metros, colindando con José Anadelio Vigil Cruz,

con cerco de alambre de púas y calle de por medio; LINDERO ORIENTE,

partiendo del vértice Nor Oriente está formado por dos tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno Sur sesenta y un grados

once minutos veintiún segundos Este, con una distancia de cuarenta y

cinco punto sesenta y cinco metros, colindando con Anacleto Funes, con

cerco de alambre de púas y calle de por medio; Tramo Dos Sur veintiún

grados treinta y siete minutos cincuenta y un segundos Oeste, con una

distancia de sesenta y dos punto treinta y nueve metros, colindando con

Alejandro Vigil, con cerco de alambre de púas y calle de por medio;

LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está formado por

dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno Sur

cincuenta y seis grados cero cero minutos trece segundos Oeste, con una

distancia de cincuenta y un punto ochenta y siete metros; Tramo Dos Sur

veintidós grados veintidós minutos cuarenta y ocho segundos Oeste, con

una distancia de treinta y seis punto setenta y siete metros, colindando

con Santos Leónidas Vigil, con cerco de alambre de púas y calle de por

medio; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está

formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

Uno Norte veintiséis grados veintitrés minutos cuarenta y tres segundos

Oeste, con una distancia de cuarenta punto treinta y un metros; Tramo

Dos Norte diez grados dieciocho minutos diecisiete segundos Oeste,

con una distancia de doce punto cincuenta y tres metros; Tramo Tres

Norte diecinueve grados cincuenta y ocho minutos cincuenta y nueve

segundos Este, con una distancia de trece punto cero seis metros; Tramo

Cuatro Norte quince grados treinta y siete minutos treinta y un segundos

Oeste, con una distancia de treinta y tres punto cincuenta y un metros;

Tramo Cinco Norte cuarenta y nueve grados cincuenta minutos cero

ocho segundos Oeste, con una distancia de treinta y cinco punto sesenta

y nueve metros, colindando con Juan Mateo Cruz, con cerco de alambre

de púas y nacimiento de agua propiedad del titulante.- Así se llega al

vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.

En el terreno descrito existen construidas dos casas de sistema mixto y

contiene los servicios de agua y energía eléctrica y no está cultivado.- El

inmueble descrito no está inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas; y lo adquirió por compraventa verbal que le hizo al señor

FERNANDO CRUZ FUENTES, y con posesión conjunta antes y después

de la compraventa suman más de dieciséis años, de posesión material de

forma quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el mismo todos

los actos de verdadero dueño, sin consentimiento, ni permiso de persona

alguna, como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar su madera y

todos los actos de verdadero dueño por lo cual comparece ante mis oficios

notariales para que de conformidad con lo establecido en el Artículo

dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma señale,

se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.- Valúa dicho

terreno en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.-

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los

tres días del mes de octubre del año dos mil doce.-

CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056215

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. EL SUSCRITO NOTARIO CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ, del

domicilio de San Miguel, con oficina ubicada en Segunda Avenida Sur,

costado Poniente de la Casa Comunal, número seis, Barrio Roma, de

Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

HACE SABER: Que ante mis oficios Notariales se presentó la

señora MARÍA ELOISA RAJO DE SÁNCHEZ, de cincuenta y un años

de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, depar-

tamento de San Miguel, persona quien no conozco e identifico en legal

forma por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos

cuatro uno seis cuatro dos nueve- cero; y con Tarjeta de Identificación

Tributaria número uno dos cero dos- cero ocho cero dos seis uno- uno

cero uno- cero; promueve diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un

inmueble de Naturaleza rústica, situado en Cantón Llano El Ángel, de esta

Jurisdicción, Departamento de San Miguel, de la Capacidad Superficial

de MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y

SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE, dieciocho punto sesenta y cinco metros colinda con

Francisco Martínez y María Elisa Carranza de Martínez; calle principal

de por medio; AL ORIENTE, noventa y dos metros, colinda con Blanca

Orellana y William Orellana; AL SUR, trece punto cincuenta metros,

colinda con Blanca Orellana y William Orellana; AL PONIENTE,

noventa metros, colinda con Estela Lourdes Canales y Edgar Mejicanos.

El terreno descrito contiene una casa de adobe y techo de teja y cuenta

con los servicios básicos. No inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San

Miguel, por carecer de antecedente Registral y lo adquirió por compraventa

que le hizo la señora VALERIANA CARRANZA MARTÍNEZ; según

Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de Inmueble, número

doscientos ochenta, libro Once, que lleva el Licenciado Craig Marvin

Espinal Pérez, a las quince horas del día ocho de septiembre del año dos

mil doce; es dueña que por más de treinta y cuatro años de posesión

material de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo en el

mismo todos los actos de verdadera dueña, sin consentimiento, ni permiso

de persona alguna, como cultivarlo, pastarlo, cercarlo, adquirirlo, cortar

su madera, y todos los actos de verdadera dueña por lo cual comparece

ante mis oficios notariales para que de conformidad con lo establecido

en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria y otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la

misma señale, se les extienda a su favor el Título Supletorio que solicita.

Valúa dicho terreno en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los

diez del mes de septiembre del año dos mil doce.-

CRAIG MARVIN ESPINAL PÉREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F056217

JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ, Notario, de este

domicilio, con bufete profesional situado en treinta y nueve Avenida

Norte y Boulevard Universitario, número ochocientos ochenta y nueve,

de esta ciudad.

HACE SABER: Que ante mis oficios se tramita TÍTULO SUPLETORIO

por el señor MIGUEL ÁNGEL CHACÓN GUTIÉRREZ, de sesenta y

siete años de edad, Jornalero, del domicilio de La Palma, Departamento

de Chalatenango, en relación a un Terreno de naturaleza rústica, situado

en el Cantón El Gramal, lugar conocido como Caserío Los Chacones,

jurisdicción de La Palma, Departamento de Chalatenango, de una extensión

superficial de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS

PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda:

AL ORIENTE, mide ciento cuarenta y dos metros, linda con sucesión de

Daniel Romero y Juan Antonio Salguero Rodríguez; AL NORTE, mide

ciento noventa y tres metros, linda con Francisco Hernández Chacón y

José Antonio Chacón; AL PONIENTE, mide sesenta y tres metros, linda

con María Isaura Chacón Gutiérrez y sucesión de Mardoqueo Chacón;

AL SUR, mide ciento cincuenta y seis metros, linda con Héctor Cruz

Landaverde Villalta. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente,

ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan

a terceras personas; que dicho inmueble lo adquirió por compra que le

hizo a la señora Recáela Chacón de Hernández, el día veinticuatro de

mayo de dos mil doce y sumando a la posesión del actual propietario

suma más de quince años consecutivos, en forma quieta, pacífica y no

interrumpida, pero carece del título de dominio inscrito. Valúa dicho

terreno en la suma de mil cuatrocientos Dólares de los Estados Unidos

de América.

Lo que se avisa para los efectos de ley,

Librado en San Salvador, a los nueve días del mes de octubre de

dos mil doce.

JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ,NOTARIO.

1 v. No. F056303

JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ, Notario, de este

domicilio, con bufete profesional situado en treinta y nueve Avenida

Norte y Boulevard Universitario, número ochocientos ochenta y nueve,

de esta ciudad,

HACE SABER: Que ante mis oficios se tramita TÍTULO SUPLE-

TORIO por el señor Manuel de Jesús Salguero Salguero, de cincuenta y

seis años de edad, Agricultor, del domicilio de La Palma, Departamento

de Chalatenango, en relación a un Terreno de naturaleza rústica, situado

en el lugar llamado El Malcotal, del Cantón Los Planes, jurisdicción de

La Palma, Departamento de Chalatenango, de una extensión superficial

de NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO

PUNTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS y colinda:

AL NORTE, con el señor Pedro Roberto Romero Lemus, con quebrada

de por medio; AL ORIENTE, con los señores Ester Moreira y Carlos

Aquilino Murcia Rivera, con cerco de púas; AL SUR, con Cruz Arriaga;

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397AL PONIENTE, con el señor Salvador Ernesto Sánchez Hernández. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que dicho inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la señora María Nelly Deras Viuda de Aguilar, conocida por María Nelly Deras Lemus, el día tres de febrero de dos mil tres, y sumando a la posesión del actual propietario suma más de quince años consecutivos, en forma quieta, pacífica y no interrumpida, pero carece del título de dominio inscrito. Valúa dicho terreno en la suma de dos mil Dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se avisa para los efectos de ley,

Librado en San Salvador, a los nueve días del mes de octubre de dos mil doce.

JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNÁNDEZ,NOTARIO.

1 v. No. F056304

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada MARÍA SANDRA ARACELY RUIZ, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del señor ANTONIO MÉNDEZ ASCENCIO, de cincuenta y siete años de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO a favor del referido señor, de un inmueble de naturaleza Rústica situado en Cantón Rojas, Caserío Campanario, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el cual se describe así: Con una extensión superficial de UNA MANZANA O SETENTA ÁREAS, según, antecedente, pero su capacidad es mayor, cultivado en extensión como de MEDIA MANZANA O TREINTA Y CINCO ÁREAS, con huerto, café y frutales cercado con piña y madera en el que hay edificadas dos casas; la primera paredes de adobe cubierta de teja de diecisiete metros de largo por seis metros de ancho y la cocina paredes de bahareque de seis varas de largo por cinco varas de ancho según el antecedente hoy en día, una más de sistema mixto consta de un corredor, dos habitaciones, cocina, un comedor, dicha casa mide nueve metros de largo por seis de ancho de los linderos siguientes: AL ORIENTE Y AL SUR, con terreno de José Antonio Méndez, mediando una piedra filuda; según el antecedente, pero en realidad al ORIENTE, en tres tramos; el primero de Sur a Oriente a Norte mide tres metros, el segundo de Sur Oriente a Poniente, mide doce metros y el tercero de Sur Oriente a Norte cincuenta y cinco punto setenta metros, colinda con terreno de Augusto Auxel Méndez; y AL SUR, mide cuarenta y cinco metros, colinda con el señor Napoleón Méndez; AL NORTE, con resto del terreno dividido mediando mojones desde el colocado a la par de un árbol de aceituno recto a una zanja, continuando zanja abajo hasta un barranco siendo el terreno colindante por ese rumbo en la actualidad de Augusto Auxel Méndez, según antecedente pero en la realidad AL NORTE, mide treinta y uno punto cincuenta metros, colinda con terreno de Augusto Auxel Méndez; AL PONIENTE, con terreno del otorgante Rosember Méndez, carretera antigua que conduce de la Ciudad de Sensuntepeque, a Victoria de por medio, continuando por ésta hasta

un árbol de pito, advirtiéndose que según antecedente este inmueble perteneció al señor Napoleón Méndez y previamente a Simón Méndez y posteriormente a la señora Bernabé Viuda de Méndez. Lo adquirió por compraventa que le hicieron los señores ROSEMBER MENDEZ y ELENA ASCENCIO REYES, en el mes de octubre de dos mil y lo valora en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA de Sensuntepeque, a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil doce.- Lic. JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C006012-1

MANUEL DE JESÚS ESCOBAR ROSA, Juez Segundo de lo Civil y Mercantil Suplente, de la Ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que a este juzgado se ha presentado la Licenciada XENIA DANNELIA VALLE GUTIÉRREZ, como apoderada general judicial del señor ROBERTO HERNÁNDEZ SARAVIA, mayor de edad, empleado, de este domicilio, y del domicilio de Westbury, condado de Nassau, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero cuatro uno seis uno siete cero dos- ocho, y con número de Identificación Tributaria un mil dos-cientos seis- cero once mil ciento cincuenta y nueve- ciento uno- cuatro, solicitando se le extienda a su poderdante TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Guadalupe, jurisdicción de Chirilagua, departamento de San Miguel, identificado como parcela número treinta y dos/cero cero, de la capacidad superficial de TRECE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, linda con el señor Miguel Ángel Guevara; AL ORIENTE, linda con parcela número cuarenta y uno del señor Antonio Berríos Hernández y calle de por medio con la señora María Guadalupe Crespo; AL SUR, linda con parcela número treinta y uno plica dos de la señora Marta Alicia Arévalo de Chicas; AL PONIENTE, linda con parcela número nueve de la señora Teresa de Jesús Rivera Molina.

El inmueble antes descrito, el solicitante señor ROBERTO HER-NÁNDEZ SARAVIA, lo valúa en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y afirma lo adquirió por compraventa que le hiciera la señora MARÍA SILVIA ESTELA CAMPOS DE RIVERA, conocida por SILVIA ESTELA CAMPOS DE RIVERA.

Asimismo manifiesta la peticionaria que la posesión ha sido quieta, pacífica y no interrumpida, por más de diez años sucesivos y consecu-tivos.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la

ciudad de San Miguel, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil

doce.- Lic. MANUEL DE JESÚS ESCOBAR ROSA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE. Licda. CLELIS DINORA

LAZO ANDRADE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C006033-1

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Page 67: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda. IDALIA FLORIBEL SANCHEZ RAJO, conocida por IDALIA FLORI-BEL SANCHEZ DE AYALA, mayor de edad, de treinta y cuatro años de edad, Abogada, del domicilio de Ciudad Barrios, en su calidad de Apoderada General Judicial del señor JUAN HUMBERTO CHAVEZ, conocido también por JUAN HUMBERTO CHAVEZ CHAVEZ, de sesenta y cuatro años de edad; jornalero, casado, del domicilio de Ciudad Barrios; solicitando a favor de su poderdante TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Guanaste de esta jurisdicción; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: dos punto cuarenta metros, colinda con RAUL GUEVARA ROMERO, cerco de izote de por medio; AL SUR: en dos tramos, el primero de ochenta metros, tramo dos once punto cincuenta, colinda con el señor RAUL GUEVARA ROMERO, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: en dos tramos, el primero treinta y tres punto noventa me-tros, colinda con JOSE OVIDIO PORTILLO, el segundo tramo nueve punto cincuenta metros, colinda con Ermita Católica Santa Fe Guanaste: AL NORTE: consta de dos tramos cincuenta y ocho metros colinda con RENE ANTONIO CHAVEZ, el segundo tramo catorce metros, colinda con la Ermita Católica Santa Fe Guanaste; existen construidas dos casas, y contiene los servicios básicos y luz eléctrica.- Dicho inmueble tiene una capacidad superficial de MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y fue adquirido por compra que le hizo el titulante a la señora BARBARA MEDRANO, por medio de Escritura Pública de compraventa otorgada el día siete de marzo del año dos mil seis, ante los oficios notariales de la Licenciada LIDHIDALMA LARA COLATO; y lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas y quince minutos del día veintiséis de septiembre del año dos mil doce. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056177-1

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora TOMASA CAMPOS PORTILLO, de cincuenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, por medio de su Apoderada General Judicial Licda IDA-LIA FLORIBEL SANCHEZ RAJO conocida por IDALIA FLORIBEL SANCHEZ DE AYALA, solicitando a su favor TITULO SUPLETO-RIO, de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón San Luisito, Municipio de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CIN-CO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: consta de dos tramos el primero

de diez metros, linda con el terreno de EDITH PORTILLO BAIRES, antes con HECTOR PORTILLO, segundo tramo, dos metros, colinda con HECTOR PORTILLO CAMPOS, calle de por medio; AL NORTE; cuarenta y un metros, linda con NICOLAS PADILLA; AL SUR; tramo uno, diez metros, hoy linda con EDITH PORTILLO BAIRES, SOTERO MEDRANO; AL PONIENTE: tramo uno, diez metros, linda hoy con terreno de la señora EDITH PORTILLO BAIRES antes con NICOLAS PADILLA y SOTERO MEDRANO. El terreno descrito contiene una servidumbre de tránsito de dos metros de ancho, y fue adquirido por compraventa de posesión material que hizo la titulante a la señora EDITH PORTILLO BAIRES, mediante Escritura Pública otorgada antes los oficios del Notario MIGUEL ANGEL GOMEZ, el día cinco de abril del año de mil novecientos noventa y siete y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las doce horas y treinta minutos del día veintiséis de julio del año dos mil doce. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056178-1

LICENCIADA ANA GLORIA ALVARADO VELIS DE GOMEZ, Juez de Primera Instancia Suplente de este Distrito Judicial,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licen-ciada MELIDA BONILLA BONILLA, mayor de edad, Abogada, del domicilio de Guacotecti, departamento de Cabañas, con Documento Único de Identidad número cero un millón trescientos sesenta y un mil cuatrocientos ochenta y siete-guión seis, con tarjeta de Abogado número doce mil quinientos cuarenta y uno, en su calidad de Apoderada General Judicial del señor ANDRES ARIAS FLORES, de setenta años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento dieciséis mil cuatrocientos sesenta y uno - cinco, y número de Identificación Tributaria uno cuatro cero nueve - uno ocho uno cero cuatro uno - cero cero uno - cero; solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor del señor ANDRES ARIAS FLORES, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en los Suburbios del Barrio Las Rosas, Cinquera, departamento de Cabañas, lugar denominado EL OBRAJE, de la extensión superficial de VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: de ciento setenta y tres metros, colinda con inmueble del señor ROBERTO HENRIQUEZ y ELIO FUENTES; AL NORTE: de ciento ochenta metros, colinda con inmueble de la señora NOEMI AVALOS; AL PONIENTE: de doscientos doce metros, colin-da con inmueble de GERMAN ARNOLDO RIVERA y DEMETRIO AVALOS, en dos tramos el primero noventa y tres metros y el segundo ciento diecinueve metros en línea quebrada, y AL SUR: de ciento se-tenta y seis metros, colinda con inmueble de la sucesión de ANTONIO MONGE. El inmueble citado no es terreno sirviente ni dominante, y no está en proindivisión con persona alguna; y lo valúa el titulante en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Inmueble que lo hubo por compra verbal hecha a la señora ANA CONCEPCION FUENTES VIUDA DE HERNANDEZ.

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las once horas treinta minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil doce. Licda. ANA GLORIA ALVARADO VELIS DE GOMEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Licda. ANGELA VERONICA GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056204-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó el señor ADOL-FO CRUZ, de sesenta y nueve años de edad, agricultor en pequeño y del domicilio de Santa Rosa Guachipilín, solicitando se extienda a su favor TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón El Matazano de dicha compresión territorial; de una extensión superficial de SETECIENTOS TRECE PUNTO CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL NORTE, con Abraham Villeda Tejada, Calle de por medio; AL ESTE, con María Isabel Molina Valle, calle de por medio; AL SUR, con Benito Perlera Aguilar; y AL OESTE, con Santos Aguilar, calle de por medio. El referido inmueble no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión, y lo valúa en la cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SEIS DOLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil Metapán, a las catorce horas del día dos de octubre del dos mil doce. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056242-1

TiTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que en esta Alcaldía se ha presentado el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora MARIA ISABEL ARGUETA DE PEREZ, de setenta y un años de edad de oficios domésticos, del domicilio de Osicala, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero dos cuatro seis cinco uno siete seis- ocho y con Número de Identificación Tributaria mil trescientos quince-ciento noventa y un mil ciento cuarenta-ciento uno-ocho, revestido de ese carácter y con instrucciones expresas de mi mandante por este medio vengo a solicitar a favor de ésta TITULO DE DOMINIO O MUNICIPAL, de un lote de terreno de naturaleza urbana, ubicado en la Tercera Avenida Norte, Barrio San Rafael, del Municipio de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad de SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS CERO UN DECIMETRO OCHENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS, de la descripción siguiente: LINDERO NORTE, está formado por dos

tramos rectos, con los rumbos y distancias siguientes: Tramo uno con una distancia de treinta punto sesenta y cinco metros, tramo dos, del mojón dos al mojón tres, con una distancia de diecisiete punto ochenta metros, colindando en estos tramos con propiedad de Antonia Graciliana Amaya de Caballero antes hoy de Humberto González, muro de ladrillo de por medio medianero; LINDERO ORIENTE, está formado por un tramo recto que comprende del mojón tres al mojón cuatro, con una distancia de quince punto sesenta y cinco metros, colindando con propiedad de Virginia Ruiz Amaya, antes hoy de Romelia Delgado Viuda de Flores, Tercera Avenida Norte de por medio; LINDERO SUR: Está formado por un tramo recto que comprende del mojón cuatro al mojón cinco con una distancia de cuarenta y siete punto cincuenta y un metros, colindando con propiedad de José Domingo Reyes Díaz, Pasaje La Ceiba de por medio; LINDERO PONIENTE: Está formado y por un tramo recto que comprende del mojón cinco al mojón uno, con una distancia de catorce punto cincuenta y tres metros, colindando con solar de Luis Ortiz Portillo, antes hoy de Celio Pérez, cerco de alambre de por medio de la titulante, hasta llegar donde se comenzó.- Dentro de esta propiedad existen dos casas construidas la primera techo de tejas, paredes de bloque, piso de cerámica y ladrillo, con servicio de energía eléctrica y agua potable, la segunda techo de lámina, paredes de bloque, piso natural, como también existe una galera techo de lámina sobre horcones, que son propiedad de la titulante. Dicho terreno lo valora en el precio de CINCO MIL DO-LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió por Escritura Pública de Compraventa de Posesión Material, otorgada en la ciudad de San Miguel, el día treinta de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, ante los oficios del Notario Salvador Guerra Hércules, por el señor José Adán Caballero, no tiene cargas ni derechos reales, ni están en proindivisión.- Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Osicala, a los cinco días del mes de Septiembre del año dos mil doce. FREDY EDILBERTO VILLELAS GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. RIGOBERTO HERNANDEZ RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F056229-1

caMBio DE NoMBrE

HERBERT IVÁN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA DE SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado FRANCISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ, de sesenta y tres años de edad, Abogado, del domicilio de esta ciudad y del de Mejicanos, en representación del señor ISABEL CASTELLANOS ESPINOZA conocido por ABEL CASTELLANOS ESPINOZA, quien es de setenta y ocho años de edad, mecánico, originario de San Vicente, departamento del mismo nombre y del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, portador de su Documento Único de Identidad número cero cero seis cuatro tres cuatro dos dos - tres; promoviendo diligencias de cambio de nombre clasificadas al número ST-F- 1632-23LN-12; en consecuencia: De conformidad al Artículo 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, SE HACE SABER a todas las personas que consideren que les puede afectar el cambio de nombre del señor ISABEL CASTELLANOS por

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. el de ABEL CASTELLANOS ESPINOZA, para que se presenten a este Juzgado a ejercer sus derechos dentro del plazo de diez días siguientes contados a partir de la última publicación de este aviso, quienes deberán comparecer por medio de apoderado constituido con arreglo a la Ley, salvo que ellos mismos estuvieren facultados para ejercer la procuración, quienes en caso de ser personas de escasos recursos económicos podrán solicitar asistencia de un defensor público de familia nombrado por la señora Procuradora de la República, de conformidad al Artículo 10 de la Ley Procesal de Familia.

Librado en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las diez horas del día veintiocho de Septiembre de dos mil doce. HERBERT IVÁN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA. Licda. MELVIN MARBELY TEJADA MARTINEZ, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F056283

rENoVacioN DE MarcaS

No. de Expediente: 2001016731

No. de Presentación: 20120170502

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, mayor de edad, EMPRESARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de RADIO DIFUSION DE EL SAL-VADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RADIODIFUSION DE EL SALVADOR S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00164 del Libro 00149 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "A PRIMERA HORA RADIO 102 NUEVE CHARLA, MUSICA Y CAFE", el logotipo se presenta en TRES niveles de expresión; En la parte superior se lee "A Primera Hora", en mayúscula la primer letra de cada una de las palabras que forman la frase, y en minúsculas las restantes, todas las letras que la componen están escritas en color negro y gruesas; en la parte de en medio se encuentra la palabra "RADIO", todas las letras mayúsculas pero de tamaño pequeño, la cual se inicia y termina bajo la letra "A" de la expresión "A Primera Hora", toda en color negro; y en la parte inferior se lee la frase "102 NUEVE", escrita "102" en números arábigos, grandes y gruesos, y junto la palabra "NUEVE" escrita en letras grandes minúsculas, del mismo tamaño y gruesas que las de la expresión "102" y de color negro y seguido termina con un rectángulo de color negro de fondo en cuyo interior se encuentran las expresiones "Charla, Música y Café", escritas en letras mayúsculas la primer letra de cada una de las palabras que componen la expresión antes relacionada y las restantes en letras minúsculas separadas por una coma "Charla, Música" seguida de la consonante "y", para terminar con la palabra "Café", todas escritas en color blanco dentro del rectángulo todo color negro de fondo, para terminar con un punto también blanco, La expresión "102 NUEVE", se inicia bajo la palabra "RADIO" y terminar en rasgo medio de la letra

"m" de Primera y el rectángulo se inicia también en el rasgo medio de la letra "m" de la palabra Primera y termina fuera de la palabra "Hora"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de julio del año dos mil doce.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056253-1

No. de Expediente: 2002026294

No. de Presentación: 20120173725

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ADONAY LOPEZ, mayor de edad, AGRICULTOR EN PEQUEÑO, del domi-cilio de TACUBA, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROINDUSTRIAL "EL PROGRESO" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, del domicilio de Cantón La Pandeadura, jurisdicción de Tacuba, departamento de Ahuachapán, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00015 del Libro 00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una figura que simula un rectángulo y en su interior aparece la expresión NEJAPA, escrita en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil doce.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056260-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 1971021199

No. de Presentación: 20120172966

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BEIERSDORF AG, del domicilio de UNNASTRASSE 48, 20253 HAMBURGO, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 01474 del Libro 00017 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "ELASTOPLAST"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil doce.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056279-1

No. de Expediente: 1972007879

No. de Presentación: 20120172967

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BEIERSDORF AG, del domicilio de Unnastra-Be 48, Hamburgo, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 21877 del Libro 00048 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "HANSAPLAST"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los tres días del mes de septiembre del año dos mil doce.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056281-1

No. de Expediente: 1962008959

No. de Presentación: 20120173972

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de THE CLOROX COMPANY, del domicilio de

1221 BROADWAY, OAKLAND, CALIFORNIA, ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 08959 del Libro 00029

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en "CLOROX" Y DIBUJO,

ESCRITA ESTA PALABRA EN COLOR BLANCO ENCERRADA

EN UN ROMBO DE COLOR AZUL PRUSIA Y EN LA PARTE INFE-

RIOR DEL MISMO, UN MEDIO ROMBO SIN COLOR,; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil doce.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056282-1

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Marca DE fÁBrica

No. de Expediente: 2011113689

No. de Presentación: 20110159059

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSÉ ANTONIO JESÚS SALAVERRÍA BORJA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de JASAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JASAL, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

BocaNa

Consistente en: La palabra BOCANA, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ ORO LAVADO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de octubre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C006006-1

No. de Expediente: 2012121104

No. de Presentación: 20120173340

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ALCIDES RUDECINDO AGUILA NUÑEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

cHocoMaNi

Consistente en: La expresión CHOCOMANI, que servirá para: AMPARAR: PALETAS Y HELADOS COMESTIBLES. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil doce,

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL! Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de septiembre del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C006011-1

No. de Expediente: 2012120214

No. de Presentación: 20120171433

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de

APODERADO de BEIERSDORF AG, de nacionalidad ALEMANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra Labello y diseño, que servirá para:

AMPARAR: COSMÉTICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de agosto del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056275-1

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012120510

No. de Presentación: 20120172219

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, conocido por JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de BEIERSDORF AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

NiVEa oriGiNalS

Consistente en: Las palabras NIVEA ORIGINALS, que se traduce al castellano como Originales, que servirá para: AMPARAR: JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CUERPO Y LA BELLEZA, Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056276-1

No. de Expediente: 2012116945

No. de Presentación: 20120165937

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, conocido por JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de MSD Consumer Care, Inc., de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La expresión S Coppertone SPORT PRO SERIES y diseño. Se traduce al castellano SPORT como: deporte, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES DE PROTECCIÓN SOLAR Y NO MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de septiembre del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056277-1

No. de Expediente: 2012120928

No, de Presentación: 20120172999

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE, conocido por JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de PRESTIGE BRANDS INTERNATIONAL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

PEDiacarE

Consistente en: La palabra PEDIACARE, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA NIÑOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de septiembre del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056278-1

No. de Expediente: 2012121647

No. de Presentación: 20120174524

CLASE; 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HÉCTOR MIGUEL AVALOS MONTECINO, en su calidad de REPRESENTANTE ÚNICO PROPIETARIO de LABORATORIOS Y DROGUERÍA,

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. FARMACÉUTICOS UNIVERSALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FUNIVER, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra FUNIVER y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil doce.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056285-1

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012116702

No. de Presentación: 20120165560

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALBERTO CRUZ MARTÍNEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

a c M SEGUroS

Consistente en: La expresión A C M SEGUROS, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A INTERMEDIARIO EN LA VENTA DE SEGUROS.

La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C006028-1

No. de Expediente: 2012121575

No, de Presentación: 20120174370

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA LEO-NOR LEMUS DE SANTIVAÑEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras pronto DELI y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICA A PRESTAR SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de octubre del año dos mil doce.-

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056208-1

No. de Expediente: 2012121644

No. de Presentación: 20120174521

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GUILLERMO JOSÉ VELÁSQUEZ GUZMÁN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

farMaciaS liMEÑa Consistente en: Las palabras FARMACIAS LIMEÑA, que servirá para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEDI-CADOS A LA COMERCIALIZACIÓN DE MEDICAMENTOS.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil doce.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056284-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397coNVocaToriaS

1 v. No. F055055

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. SUBaSTa PÚBlica

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y

SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles Acumulados

(100-EM-06, 108-EM-06 y 122-EM-06), que juntos se encuentran bajo

la Ref: 3-EA-07, han sido promovidos por el Licenciado FEDERICO

GUILLERMO GUERRERO MUNGUÍA, mayor de edad, Abogado,

de este domicilio, actuando como Apoderado General Judicial de LA

CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA,

que se abrevia LA CENTRAL DE FIANZAS Y DE SEGUROS, S. A. o

LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SOCIEDAD ANÓNIMA,

de este domicilio, contra la Sociedad SERVICIOS Y SUMINISTROS,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio,

y el señor CÉSAR ROLANDO CONTRERAS OBISPO, mayor de edad,

Ingeniero Electricista, de este domicilio, se venderá en este Tribunal en

Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará: Un inmueble

de naturaleza urbana y construcciones que contiene, situado en BLOCK

NÚMERO OCHENTA Y DOS- A, del plano de la lotificación de la

HACIENDA SAN DIEGO, y según nomenclatura actual NÚMERO

NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, hoy COLONIA ESCALÓN,

de esta Ciudad, con una superficie de CUATROCIENTOS DIECINUEVE

METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO DECÍMETROS

CUADRADOS, equivalentes a seiscientas varas cuadradas, con igual

resto registral, que actualmente se encuentra inscrita en el Sistema de

Matrícula SIRYC Número SEIS CERO CERO TRES CUATRO DOS

UNO UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento

de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo éstas legales

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a

las nueve horas del día diez de septiembre de dos mil doce.- Lic. JOSÉ

MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.

Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO

JUDICIAL.

3 v. alt. No. C006034-1

EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO DEL JUZGADO TERCERO

DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO

EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado

con el número 524-EM-08, promovido por la Licenciada ANA MARÍA

CORTEZ ARTIGA, actuando en su calidad como Apoderada General

Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A., en

contra del señor SHAFIK ANTONIO SALEH ORELLANA; se venderá

en Pública subasta, en este Tribunal en fecha que más adelante se seña-

lará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe así: "En

la jurisdicción de San Salvador, Departamento de San Salvador. "Un

inmueble de naturaleza urbana, desmembrado de uno de mayor extensión,

situado en el plano respectivo como lote número UNO, polígono "B" de

la Urbanización residencial Prados de San Luis, de la Jurisdicción de

San Salvador, de una extensión superficial de CIENTO VEINTICINCO

PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes

a CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y NUEVE

VARAS CUADRADAS, que se localiza; partiendo de la Intersección

de los ejes prolongación boulevard universitario, con la senda número

UNO, abierto ambas en la misma urbanización, se mide sobre el eje

de este último con rumbo Sur, cero grados trece punto cuatro minutos

Este, una distancia de diecisiete punto ochenta metros. Partiendo de este

punto con deflexión derecha de noventa grados, rumbo Sur ochenta y

nueve grados cuarenta y seis punto seis minutos Oeste, y una distancia

de tres punto cero cero metros. Se llega al vértice Sur- Este del norte

que se describe: LADO SUR, distancia de doce metros punto cero cero

metros; rumbo Sur ochenta y nueve grados cuarenta y seis punto seis

minutos Oeste, Lindando con lote número del polígono B, propiedad

de Promoción de Viviendas S. A. de C. V.; LADO OESTE, distancia

de doce punto noventa y dos metros, rumbo Norte; con grados punto

trece punto cuatro minutos Oeste, lindando con lote número veintiuno

del polígono ocho propiedad de Promoción de Viviendas S. A. de C. V.;

LADO NORTE, distancia de doce punto noventa y siete metros, rumbo

Sur y nueve grados dieciocho dando con finca San Luis hoy propiedad de

Ultra, S. A., y prolongación del boulevard universitario de veinte punto

cero cero metros de ancho de por medio; LADO OESTE, distancia de

ocho punto cero cero metros, rumbo Sur cero grados trece punto cuatro

minutos Este, lindando con lote número dos del polígono A, propiedad

de Promoción de Viviendas, S. A. de C. V., y senda número uno de seis

metros, de ancho de por medio, en terreno descrito hay construida, una

casa de sistema mixto. El anterior inmueble se encuentra inscrito a favor

del señor SHAFIK ANTONIO SALEH ORELLANA, bajo la matrícula:

SEIS CERO UNO OCHO SEIS SEIS CUATRO TRES- CERO CERO

CERO CERO CERO, del registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del

Departamento de San Salvador".

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las diez horas y dieciocho minutos del día dieciocho de

enero de dos mil doce.- Lic. JOSÉ GUILLERMO RAMOS CHORRO,

JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTERINO. Licda. ANA

CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F056170-1

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promo-

vido por el Licenciado JOSUE RAFAEL REYES CAMPOS, mayor

de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderado General

Judicial del BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN

ECONÓMICA, persona jurídica de carácter internacional, Institución

Bancaria, de este domicilio, contra los señores MANUEL RICARDO

SUAREZ SALAVERRIA, Abogado y Notario, y SYLVIA DE SOLA

DE SUAREZ, de Oficios del Hogar, ambos mayores de edad, de este

domicilio, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que

más adelante se especificará: Un terreno rústico situado en la jurisdic-

ción de Nahulingo e Izalco, Departamento de Sonsonate, en el cual se

encuentra el LOTE NUMERO UNO, POLIGONO DOS, DE TRECE

MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PUNTO VEINTIOCHO METROS

CUADRADOS, de la LOTIFICACIÓN EL MANANTIAL, que dicho

terreno forma parte del área para futuro desarrollo el cual se identifica

como LOTE NUMERO UNO, POLIGONO DOS, que mide: AL NORTE;

veintinueve metros treinta y nueve centímetros, ochenta y tres metros

un centímetro: AL ORIENTE; noventa y cinco metros, noventa y cinco

centímetros: AL SUR; noventa y un metros once centímetros, longitud

de curva de veintidós metros setenta y ocho centímetros, cuarenta y dos

metros sesenta centímetros, longitud de curva de doce metros setenta y

seis centímetros: y AL PONIENTE; once metros veinticuatro centímetros,

longitud de curva de treinta y un metros treinta y nueve centímetros,

treinta metros sesenta y seis centímetros; con un área de TRECE MIL

CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS VEINTIOCHO

DECIMETROS CUADRADOS; en el terreno que se ha descrito existe

actualmente construcciones de sistema mixto que conforman Hotel

"EL MANANTIAL", con una distribución de estacionamiento para

cuarenta vehículos, Lobby, Salón Vip, Baños, Restaurante y Cocina,

Terraza y Cocina, doce habitaciones con baño individual cada una,

afinas y administración, Sala de Junta con cubículos, baños y Gerencia

General; y áreas de mantenimiento. El inmueble antes descrito con las

construcciones que contiene, servicios y demás anexos, con las mejoras

presentes y futuras y demás derechos se encuentra inscrito a favor del

señor MANUEL RICARDO SUAREZ SALAVERRIA, en el Sistema

de Folio Real Automatizado en la Matrícula Número UNO CERO UNO

DOS DOS CERO UNO OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de

Occidente, Departamento de Sonsonate.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a las

ocho horas del día veintiuno de septiembre de dos mil doce. LIC. JOSÉ

MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO

JUDICIAL.

3 v. alt. No. F056297-1

aUMENTo DE caPiTal

TRANSATLANTIC, S.A. DE C.V.

El infrascrito Director Secretario de la Sociedad TRANSATLANTIC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRANSATLANTIC, S.A. DE C.V.

CERTIFICA: Que en acta número DIECISIETE de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la sociedad TRANSATLAN-TIC, S.A. DE C.V., celebrada el día treinta y uno de mayo del 2012, en las oficinas de la sociedad en la que consta que en el punto QUINTO, se acordó por unanimidad aumentar el capital social mínimo en OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR, para totalizar la suma de VEINTE MIL DOLARES, previo a las publicaciones que elige la ley, lo cual es aceptado por los accionistas.

Y para los efectos de los correspondientes trámites legales, extiendo la presente a los nueve días del mes de octubre del dos mil doce.

BOANERGES HERNANDEZ MEDRANO,

SECRETARIO DE LA JUNTA DE ACCIONISTAS.

1 v. No. C006030

DiSolUciÓN Y liQUiDaciÓN DE SociEDaDES

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD TRANSPORTES GARIBELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRANS. GARIBELA, S.A. DE C.V. INS-CRITA EN EL REGISTRO DE COMERCIO AL NÚMERO SESENTA DEL LIBRO DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO DEL REGISTRO DE SOCIEDADES DEL REGISTRO DE COMERCIO

CERTIFICA: Que en las instalaciones de la sociedad TRANSPOR-TES GARIBELA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse TRANS. GARIBELA, S.A. DE C.V. ubicada en Residencial Los Eliseos, polígono E Pasaje tres, casa número Diez, se celebró Junta General Extraordinaria de Socios, a las quince horas del día diez de Octubre del año dos mil doce, estando presentes y representados la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, representa-das por los socios: ADRIÁN BELTRÁN DOMINGUEZ, propietario de cuarenta acciones; JOSE MAURICIO ANTONIO RIVERA conocido por MAURICIO ANTONIO RIVERA CORDOVA, propietario de cuarenta acciones; CARLOS GERARDO LARA AYALA, propietario de cuarenta acciones, sin convocatoria previa deciden instalar la junta de acuerdo a lo establecido en el artículo doscientos treinta y tres del Código de Comercio, luego de comprobado el Quórum y aprobado por unanimidad de votos, los presentes acuerdan nombrar como secretario al señor JOSE MAURICIO ANTONIO RIVERA conocido por MAURICIO ANTO-NIO RIVERA CORDOVA, se elabora y aprueba por UNANIMIDAD el punto TRES asentado en el Acta número TREINTA Y CINCO del LIBRO ÚNICO DE ACTAS.

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. PUNTO TRES: ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD TRANSPORTES GARIBELA, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRANS. GARIBELA, S.A. DE C.V.

Los socios por unanimidad ACUERDAN: la disolución de la sociedad con fundamento en la causal contemplada en numeral cuatro del artículo ciento ochenta y siete del Código de Comercio para que en el plazo de seis meses prorrogables hayan finalizado el proceso y su respectiva inscripción, así como lo establece el artículo trescientos veintiséis del Código de Comercio. Consecuentemente se nombra como Junta de Liquidadores a los señores ARCENIO FRANCISCO HERRERA TOBAR, de treinta años de edad, estudiante del domicilio de San Luis Talpa, departamento de La Paz, portador de su Documento Único de Identidad Número: Cero dos millones doscientos ochenta y ocho mil novecientos treinta y nueve-nueve, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Cero ochocientos trece-ciento veinte mil setecientos ochenta y dos-ciento dos-siete, y la Licenciada WENDOLLYN MARÍA DELGADO MARTÍNEZ, de treinta y tres años de edad, Abogado de la República, del domicilio de Santa Ana, portadora de su Documento Único de Identidad Número: Cero dos millones ochocientos setenta mil setecientos trece-dos, y Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero doscientos diez-cero cincuenta mil ciento setenta y nueve-ciento trece-uno, quienes han aceptado sus nombramientos mediante carta de aceptación del mismo. Así mismo se acuerda de conformidad al artículo sesenta y cuatro del Código de Comercio, que la publicación del acuerdo de disolución de la sociedad se realizará en un periódico de circulación nacional y en el Diario Oficial, la Junta de Liquidadores tendrán las obligaciones establecidas en los artículos del trescientos vein-tisiete al trescientos cuarenta y dos del Código de Comercio, quedando autorizados para que comparezcan ante notario a otorgar la respectiva Escritura Pública de liquidación y su referida inscripción en el Registro de Comercio. Así mismo se acuerda mantener al Licenciado: WILLIAM ALFREDO DÍAZ VASQUEZ, quien es mayor de edad, de nacionalidad salvadoreña, Licenciado en Contaduría Pública, del domicilio de Santa Ana, con Documento Único de Identidad Número: Cero cero doscientos noventa y siete mil novecientos dieciséis-seis, autorizado por el Consejo de Vigilancia de la Profesión del Ejercicio de la Contaduría Pública y Auditoría Número: Tres mil ciento cuarenta, como Auditor Fiscal y Externo de la sociedad de acuerdo a lo que establece el artículo ciento treinta y uno literal d del Código Tributario. Extiendo y firmo la presente certificación en la ciudad de San Salvador, el día diez de Octubre del año dos mil doce.

JOSE MAURICIO ANTONIO RIVERA conocido por

MAURICIO ANTONIO RIVERA CORDOVA,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

1 v. No. C006005

TÍTUlo DE PrEDio UrBaNo

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que JUAN PABLO BAIRES, de sesenta y cinco años de edad, jornalero, del domicilio de Sensuntepeque y Documento

Único de Identidad número cero cero cuatro siete ocho uno seis tres -

dos y Número de Identificación Tributaria cero nueve cero nueve - cero

dos cero tres cuatro siete - uno cero uno - nueve; y de conformidad al

Artículo Uno de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos; solicita título

de un inmueble de naturaleza Urbana situado en CALLE PRINCIPAL,

COLONIA EL MOIDÁN, BARRIO EL CALVARIO de la ciudad de

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superficial

de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO CUARENTA METROS

CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: con una distancia de

diez punto treinta y dos metros; colindando con María Isabel Portillo

con lindero sin materializar y con servidumbre de tránsito de por medio

con un ancho de uno punto treinta metros con el objetivo de dar salida

al inmueble que se describe y al colindante Rosa Amalia Baires; AL

ORIENTE: formado por seis tramos: TRAMO UNO: con una distancia

de nueve punto cero cinco metros, TRAMO DOS: con una distancia de

punto setenta y dos metros; TRAMO TRES: con una distancia de cinco

punto cero seis metros colindando con Rosa Amalia Baires; TRAMO

CUATRO: con una distancia de cinco punto cero cero metros; TRAMO

CINCO: con una distancia de cinco punto noventa y un metros, colin-

dando con Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador INDES,

con pared de ladrillo propia de1 colindante; y TRAMO SEIS: con una

distancia de cuatro punto noventa y dos metros, colindando con Undelia

García, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe; AL

SUR: formado por dos tramos, TRAMO UNO: con una distancia de

nueve punto catorce metros; colindando con Undelia García, con pared

de ladrillo propia del inmueble que se describe; TRAMO DOS: con una

distancia de nueve punto cincuenta y cinco metros; colindando con Rubén

García, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe; y AL

PONIENTE: formado por dos tramos: TRAMO UNO: con una distancia

de nueve punto trece metros, TRAMO DOS: con una distancia de ocho

punto ochenta y dos metros; colindando con José Víctor Manuel Baires

Portillo, con pared de ladrillo propia del colindante. El inmueble antes

descrito posee construida una vivienda de tipo mixta con techo de teja y

polín "C" con un área construida de setenta y seis punto cincuenta metros

cuadrados, con energía eléctrica y agua potable; y lo estima en UN MIL

QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMÉRICA, y lo obtuvo por compra que hizo a Sabino Soriano Portillo,

mayor de edad, de domicilio desconocido; el doce de julio de dos mil

doce ante los oficios notariales de Nicolás Pérez Cornejo. La posesión

de dicho inmueble la ha ejercido por más de diez años consecutivos de

forma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin proindivisión con terceros

y unida su posesión a la de su antecesor suman más de diez años, no

es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes de ninguna

naturaleza a favor de terceros. Los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

a trece de septiembre de dos mil doce. ING. JESÚS EDGAR BONILLA

NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUÉLLAR

ECHEVERRÍA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C006013-1

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EDicTo DE EMPlaZaMiENTo

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil

y Mercantil, Santa Ana: Al señor Héctor Eduardo Morales Baños,

mayor de edad, Cocinero, del domicilio de Santa Ana, con Número de

Identificación Tributaria: 0210-180166-004-3,

HACE SABER: Que en proceso ejecutivo clasificado bajo el NUE:

00969-PE-3CM1; REF: PE-138-12-CII, incoado en su contra y de la señora

Sonia Blanca Melgar Salinas por el Licenciado Carlos Alberto Jiménez

Mendoza, en calidad de representante procesal del Banco Agrícola, So-

ciedad Anónima que se abrevia Banco Agrícola, S.A., y cuyos nombres

comerciales son Banco Agrícola Comercial de El Salvador, Banco Agrí-

cola Comercial, Banco Agrícola o solamente El Agrícola y con sus siglas

BAC, se presentó demanda, la cual fue admitida a las ocho horas con ocho

minutos del día quince de agosto del año dos mil doce, juntamente con

los siguientes documentos: Testimonio de Escritura Préstamo Mercantil

otorgado por el señor Héctor Eduardo Morales Baños y la señora Sonia

Blanca Melgar Salinas, a favor del Banco Agrícola, Sociedad Anónima

que se abrevia Banco Agrícola, S.A., y cuyos nombres comerciales son

Banco Agrícola Comercial de El Salvador, Banco Agrícola Comercial,

Banco Agrícola o solamente El Agrícola y con sus siglas BAC, por el

valor de nueve mil seiscientos ochenta y cinco dólares de los Estados

Unidos de América con setenta y un centavos de la misma moneda,

con interés convencional del seis punto noventa por ciento anual sobre

saldos, Testimonio de Escritura Pública de Hipoteca Abierta, otorgada

por el señor Héctor Eduardo Morales Baños y la señora Sonia Blanca

Melgar Salinas, a favor del Banco Agrícola, Sociedad Anónima que se

abrevia Banco Agrícola, S.A., y cuyos nombres comerciales son Banco

Agrícola Comercial de El Salvador, Banco Agrícola Comercial, Banco

Agrícola o solamente El Agrícola y con sus siglas BAC, que recae sobre

un inmueble ubicado en Urbanización El Trébol III y IV etapa, polígono

diecisiete, lote sesenta y tres, Chupaderos, Santa Ana, departamento de

Santa Ana, copia certificada del Testimonio de Escritura Pública de Poder

General Judicial con cláusula especial, a favor del Licenciado Carlos

Alberto Jiménez Mendoza y otros; estado de cuenta del préstamo que el

señor Héctor Eduardo Morales Baños tiene a favor del Banco Agrícola,

firmado por el contador y Gerente General de dicha institución, copia

certificada del NIT y carné de abogado del Licenciado Jiménez Mendoza,

y en la sustanciación del proceso se han dictado los autos siguientes:

auto de las quince horas con veintiocho minutos del día veinticuatro de

agosto del año dos mil doce, en el cual se declaró sin lugar el recurso

de revocatoria planteado por el Licenciado Jiménez Mendoza, auto de

las catorce horas con ocho minutos del día veintinueve de agosto del

año dos mil doce, en el cual ordenó notificar a los demandados del auto

donde se admitió la demanda, auto de las once horas con ocho minutos

del día cuatro de septiembre del año dos mil doce, donde se le requirió al

Licenciado Jiménez Mendoza, que proporcionara nueva dirección para

emplazar a los demandados, auto de las quince horas con nueve minutos

del día once de septiembre del año dos mil doce, donde se libró oficio

al Registro Nacional de las Personas Naturales, solicitando certificación

de la impresión de datos e imagen del trámite de emisión de DUI de

dichos demandados y al Instituto Salvadoreño del Seguro Social para

que informaran si en su base de datos aparecían registrados los señores

Héctor Eduardo Morales Baños y Sonia Blanca Melgar Salinas, y auto de

las ocho horas con treinta y ocho minutos del día tres de octubre del año

dos mil doce, en el cual se ordena el emplazamiento por edicto al señor

Héctor Eduardo Morales Baños. En razón de ello deberá comparecer en

el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES posteriores a la última publicación

de este edicto a contestar la demanda presentada en su contra y a ejercer

los correspondientes derechos, aclarando, que de acuerdo a lo prescrito

en el artículo 67 y siguientes del Código Procesal Civil y Mercantil, que

instaura la procuración obligatoria, se le requiere a dicho señor, que la

contestación de la demanda y cualquier acto personal, lo deberá hacer

por medio de abogado. Asimismo se aclara que de no comparecer en el

plazo indicado se procederá a nombrarle un curador ad litem para que lo

represente en el presente proceso, de conformidad al artículo 186 inciso

4o. del Código Procesal Civil y Mercantil.

Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana,

a los tres días del mes de octubre del año dos mil doce. LIC. MELVIN

MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SANTA ANA. LICDA. ÉLIDA ZULEIMA MÉNDEZ

GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SANTA ANA.

1 v. No. F056186

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA

DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN

SALVADOR,

HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil,

registrado bajo el número de referencia 351(3498-12-PE-4CM1)4, pro-

movido por la Licenciada MARÍA EUGENIA VÁSQUEZ VALIENTE,

en calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la

sociedad BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia

BANCO AGRÍCOLA S.A., y cuyos nombres comerciales son BANCO

AGRÍCOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA

COMERCIAL, BANCO AGRÍCOLA o simplemente EL AGRÍCOLA

y con sus siglas BAC, pudiendo ser ubicada la parte demandante y

su apoderado en: Calle Lorena, casa No. 160,Colonia Roma, de esta

ciudad o al teléfono 2223-0184; en contra de los demandados señores:

ANA RUTH ALVARADO GUEVARA o ANA RUTH ALVARADO

GUEVARA ahora DE ESCALANTE, mayor de edad, empleada, del

domicilio especial de San Salvador y de Mejicanos, con Número de

Identificación Tributaria un mil trescientos diecinueve - cero ochenta

mil doscientos sesenta y cinco - cero cero uno - cinco, y SALVADOR

ESCALANTE mayor de edad, empleado, del domicilio especial de San

Salvador y de Mejicanos, con Número de Identificación Tributaria cero

seiscientos catorce - cero noventa mil cuatrocientos cincuenta y cuatro

- cero cero uno - ocho. Amparándose en los Art. 181 y 186 C.Pr.C.M.,

por no haber sido posible determinar el paradero de los demandados

ANA RUTH ALVARADO GUEVARA o ANA RUTH ALVARADO

GUEVARA ahora DE ESCALANTE, y SALVADOR ESCALANTE,

y se les emplaza por este medio; previniéndosele a los mismos para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS contados a partir de la tercera publica-ción de este edicto, se presenten a este tribunal a contestar la demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo hicieren se procederá a nombrarles un curador ad-litem, para que los representen en el proceso.

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Los documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda

suscrita por la Licenciada MARÍA EUGENIA VÁSQUEZ VALIENTE;

2) Fotocopia certificada de Testimonio de Escritura Pública de Poder

General Judicial con Cláusula Especial, otorgada por BANCO AGRI-

COLA, S.A., a favor de la Licenciada MARÍA EUGENIA VÁSQUEZ

VALIENTE; 3) Testimonio de Escritura Pública de Préstamo Mercantil,

otorgado por los señores ANA RUTH ALVARADO DE ESCALANTE

y SALVADOR ESCALANTE, el día veinte de agosto del año dos mil

diez; 4) Testimonio de Escritura Pública de Hipoteca Abierta, otorgado

por los señores ANA RUTH ALVARADO conocida por ANA RUTH

ALVARADO GUEVARA ahora DE ESCALANTE y SALVADOR

ESCALANTE, el día veintidós de mayo del año dos mil tres.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley correspondientes.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL: San Salvador, a las once horas con quince minutos del día ocho

de octubre del año dos mil doce. LICDA. KARLA MARÍA REGINA

MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA CUARTO DE LO CIVIL

Y DE LO MERCANTIL. DRA. JACQUELINE XIOMARA AQUINO

PALACIOS, SECRETARIA.

1 v. No. F056190

Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012121149

No. de Presentación: 20120173404

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ELIAS

ANTONIO SACA GONZALEZ, en su calidad de DIRECTOR PRE-

SIDENTE Y REPRESENTANTE de RADIO DIFUSION DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: RADIODIFUSION DE EL SALVADOR S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra EL DESEMPATE y diseño, que servirá

para: AMPARAR: ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de septiembre del año dos mil doce.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056251-1

No. de Expediente: 2012120857

No. de Presentación: 20120172885

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ELIAS

ANTONIO SACA GONZALEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO de PRO-

MOTORA DE COMUNICACIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROMOTORA DE COMU-

NICACIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras LA PEGAJOSA 105.3 FM y diseño,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD. Clase:

35.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F056252-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397

de seGunda publicación

acEPTacioN DE HErENcia

CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

dejó al fallecer la señora EVANGELINA CRUZ DE MEMBREÑO,

quien fue de cincuenta y cinco años de edad, doméstica, casada, de

nacionalidad salvadoreña, originaria y del domicilio de San Miguel,

departamento del mismo nombre, hija de Dolores Cruz; fallecida a la

una hora del día veinticinco de mayo de dos mil doce, en el Cantón El

Havillal, jurisdicción de San Miguel, siendo éste su último domicilio;

de parte del señor JUAN CARLOS MEMBREÑO CRUZ, en calidad

de hijo de la causante.

Se le ha conferido al aceptante en el carácter aludido, la

administración y representación interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente,

y se CITA a los que se crean con derecho a la referida Herencia,

para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince

días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente

edicto.

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: SAN MIGUEL, a las nueve horas y diez minutos

del día veinticinco de septiembre del dos mil doce. Lic. CRISTIAN

ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL. Licda. CLELIS DINORA LAZO ANDRADE, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. C005935-2

JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN

MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con treinta

y tres minutos del día once de septiembre de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada dejada por el causante el señor ASCENCIÓN HERNÁNDEZ, c/p

ASUNCIÓN HERNÁNDEZ, quien fue de setenta y nueve años de edad,

soltero, Agricultor, Originario de Jocoaitique, Departamento de Morazán,

y del Domicilio de esta Ciudad, quien falleció a las nueve horas del día

uno de marzo de mil novecientos noventa y nueve, en el Seguro Social

de esta ciudad, a consecuencia de Embolismo Pulmonar, con asistencia

médica, de parte de las señoras MARÍA DORIS ARGUETA DE ARCE,

c/p MARÍA DORIS ARGUETA, de cuarenta y cinco años de edad, de

oficios domésticos, del domicilio de San Salvador, con DUI número

cero cero ocho dos seis cinco tres seis- uno; y NIT número trece once-

veintinueve cero cuatro sesenta y siete- ciento uno- dos, y MARÍA DEL

CARMEN ARGUETA HERNÁNDEZ, c/p MARÍA DEL CARMEN

ARGUETA, de cuarenta y siete años de edad, de oficios domésticos,

de este domicilio, con DUI número cero uno tres nueve ocho tres cinco

seis- ocho; y NIT número trece once- dieciséis cero siete sesenta y cuatro-

ciento uno- nueve; en calidad de hijas sobreviviente; en el carácter antes

indicado se le ha conferido la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia Yacente que regula el Artículo 480 del Código Civil.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la

Ciudad y Departamento de San Miguel, a las quince horas con cincuenta

y cinco minutos del día once de septiembre del año dos mil doce.- Lic.

JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda. MARTA E. BONILLA RIVERA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005945-2

MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USU-

LUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta

minutos del día veintiocho de septiembre del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia

Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante JULIO

GUERRERO CRUZ, conocido por JULIO GUERRERO, quien falleció

a las veintidós horas y treinta minutos del día veintinueve de enero

del año mil novecientos noventa y siete, en el Barrio Concepción, de

la Ciudad de Mercedes Umaña; siendo su último domicilio de parte;

SANDRA DELFINA GUERRERO DE AGUIRRE y DAMARY DE

JESÚS GUERRERO DE PÉREZ, conocida por DAMARY DE JESÚS

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. GUERRERO, en calidad de hijas del causante antes mencionado, confi-

riéndole la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley, se presente a este Juzgado a hacer uso de sus

derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las once

horas y cincuenta y cinco minutos del día veintiocho de Septiembre del

año dos mil doce.- Licda. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE

GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ANA MAR-

GARITA BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005951-2

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: En las diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada promovidas por el Licenciado ADALBERTO ENRIQUE

AGUIRRE SANDOVAL, en su calidad de Apoderado General Judicial

del señor ALFONSO CUÉLLAR FIGUEROA, clasificadas bajo el

número de referencia 00811-12-DV-2CM1, se ha proveído resolución

por este tribunal a las doce horas cinco minutos del día veintiocho de

septiembre del corriente año, mediante el cual se ha tenido por aceptada

por parte del señor ALFONSO CUÉLLAR FIGUEROA, de treinta y ocho

años de edad, comerciante, del domicilio de Chalchuapa, Departamento

de Santa Ana, con Documento Único de Identidad número cero tres seis

cuatro seis cero cuatro uno guión seis, con Tarjeta de Identificación

Tributaria cero doscientos diez guión cien mil quinientos setenta y cuatro

guión ciento trece guión nueve, en calidad de hijo del causante y como

cesionario de los derechos de los señores Rosa Elba Figueroa Cuéllar,

Ana Margarita Cuéllar Figueroa y Dora Alicia Cuéllar Figueroa, sobre la

sucesión intestada que a su defunción dejara el causante señor GABINO

CUÉLLAR GUZMÁN o GABINO CUÉLLAR, quien era de cincuenta

y ocho años de edad al momento de fallecer el día uno de febrero de

mil novecientos ochenta, agricultor en pequeño, viudo, originario de

Guazapa, Departamento de San Salvador, del domicilio de Candelaria

de la Frontera, de este departamento, siendo su último domicilio Cantón

El Jute, de la jurisdicción de la referida villa.

Al aceptante señor ALFONSO CUÉLLAR FIGUEROA, se

le confiere Interinamente la Administración y Representación de

la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

CÍTESE al señor RICARDO FIGUEROA CUÉLLAR, hijo del

causante, quien según información suministrada es actualmente de

domicilio desconocido, nacido un cuatro de abril de mil novecientos

sesenta y dos, cincuenta años a la fecha, Jornalero, Originario del Cantón

El Jute, Jurisdicción de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, siendo

su último domicilio conocido Municipio de Chalchuapa, Departamento

de Santa Ana, para que se presente a este Juzgado a aceptar o repudiar

herencia dentro de los quince días siguientes a la publicación del último

edicto.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel

que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este juzgado

a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera

publicación de este edicto en el Diario Oficial de conformidad al art.

1163 del Código Civil.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL; Santa Ana, a las doce horas quince minutos del día

veintiocho de septiembre del año dos mil doce. Lic. RODRIGO ER-

NESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SANTA ANA. Lic. LUIS ROLANDO MOLINA

GARCÍA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F055758-2

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por

resolución proveída por este Tribunal, a las once horas quince minutos

del día veintiuno de junio de dos mil doce, se ha tenido por aceptada

expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida a las cinco horas veinte minutos del día cuatro

de noviembre de dos mil cuatro, en Reparto Guadalupano, casa número

treinta de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa,

dejó la señora BERTA JULIA QUIJANO, quien fue de sesenta y ocho

años de edad, soltera, de oficios domésticos; de parte del señor HÉCTOR

HUMBERTO QUIJANO, por derecho de representación de su madre,

señora LILIAN ESPERANZA QUIJANO, quien premurio a la causante

BERTA JULIA QUIJANO, quien era madre de la causante LILIAN

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397ESPERANZA QUIJANO, fallecida a una hora ignorada, del día veintidós

de septiembre de mil novecientos ochenta, en el Hospital San Juan de

Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad

de Chalchuapa, a quien se le nombra INTERINAMENTE administrador

y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas y diecisiete

minutos del día veinticinco de junio de dos mil doce. Lic. CARLOS

JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL CHALCHUAPA.

Lic. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055763-2

LICDA. MISANILLAS REYES CASTILLO DE ORELLANA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL

DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. AL

PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que según resolución de las catorce horas del

día veinticinco de septiembre del año dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia

Testamentaria que a su defunción dejó la causante señora Berta Marina

Argueta de Arias, quien fue de sesenta y dos años de edad, ama de casa,

Casada, originaria y del domicilio de San Sebastián, Departamento de

San Vicente, portador del Documento Único de Identidad número cero

cero cinco cuatro cuatro cuatro cinco cuatro- dos, así como con Número

de Identificación Tributaria un mil nueve- doscientos ochenta y un mil

ciento cuarenta y siete- ciento uno- uno, quien falleció a las dieciocho

horas veinte minutos del día cuatro de diciembre del año dos mil nueve;

de parte del señor Wiliam Sigfredo Arias Argueta, conocido por William

Sigfredo Arias Argueta, quien es de treinta y seis años de edad, Jornalero,

del Domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, portador

del Documento Único de Identidad número cero cuatro tres tres nueve uno

nueve nueve- cinco, así como del Número de Identificación Tributaria

mil nueve- doscientos veinte mil doscientos setenta y seis- ciento dos-

cero, en calidad de hijo y heredero testamentario de la causante.

Confiérase al heredero declarado, la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN

VICENTE, a las catorce horas y treinta minutos del día veinticinco

de septiembre del año dos mil doce.- Licda. MISANILLAS REYES

CASTILLO DE ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA

SUPLENTE. Licda. MILAGRO AURORA ALVARADO DE LINARES,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F055789-2

JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL..

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas

con quince minutos del día veinticuatro de septiembre del año dos mil

doce, en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas

con el NUE: 00871-12-DV-1CM1/255-03; se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, de parte de las señoras NILA

MIRIAM HENRÍQUEZ MACHUCA DE PARADA, de cincuenta y

nueve años de edad, Secretaria, del domicilio de la Ciudad y Departa-

mento de San Miguel; con Documento Único de Identidad número Cero

un millón novecientos dieciocho mil ciento treinta y seis- ocho, y con

Número de Identificación Tributaria mil doscientos diecisiete- doscientos

setenta mil novecientos cincuenta y dos- cero cero dos- cero, en concepto

de cónyuge sobreviviente, y ANAYANCY PARADA DE CASTRO, de

treinta y seis años de edad, Licenciada en Administración de Empresas,

del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel; con

Documento Único de Identidad número cero un millón cuatrocientos trece

mil trescientos seis- nueve, con Número de Identificación Tributaria mil

doscientos diecisiete- cero sesenta mil setecientos setenta y seis- ciento

uno- siete, en calidad de hija sobreviviente; la herencia intestada dejada

por el causante, señor José Agustín Parada c/p José Agustín Parada Flores,

a su defunción ocurrida el día diecisiete de abril del año dos mil doce,

a la edad de sesenta y tres años, Comerciante, casado, originario de la

Ciudad y Departamento de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña,

hijo de Agustín Flores y María de la Paz Parada (ambos ya fallecidos);

siendo su último domicilio la Ciudad y Departamento de San Miguel;

y se le ha conferido a las aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil. Cítese

a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este

Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última

publicación de este edicto.

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel,

a las once horas con treinta minutos del día veinticuatro de septiembre del

año dos mil doce.- Lic. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ,

JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

Licda. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA DE

ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F055806-2

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

a las quince horas y treinta minutos del día seis de septiembre de dos

mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día tres

de febrero de dos mil once, dejó la causante señora BLANCA AMÉRICA

CERRITOS DE ORANTES, conocida por BLANCA AMÉRICA

CERRITOS ANGELINO, BLANCA AMÉRICA CERRITOS DE

CUBAS, ROSA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ, BLANCA

AMÉRICA CERRITOS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGELINO

DE CUBAS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ y por

BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGELINO DE ORANTES, de

cincuenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, casada, origi-

naria de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último

domicilio Soyapango, departamento de San Salvador, hija de PEDRO

CERRITOS y FELÍCITA ANGELINO, de parte de los señores SANTA

MONICA PATIÑO DE RIVAS, con número único de identidad personal

00287947-1 y Número de Identificación Tributaria 0614-160168-105-0;

LAURA JEANNETTE DIAZ DE LÓPEZ, con Número Único de Iden-

tidad personal 02037689-1 y con Número de Identificación Tributaria

0614-210970¬-131-0; y LUIS ERNESTO MARTINEZ CERRITOS,

con numero único de identidad personal 02373376-1 y Número de

Identificación Tributaria 0614-060372-109-6; en su calidad de hijos,

respectivamente de la causante antes mencionada; juntamente con los

señores FÉLIX ALFREDO ORANTES MADRID y RENE ALFREDO

ORANTES CERRITOS, cónyuge e hijo de la causante BLANCA

AMÉRICA CERRITOS DE ORANTES, conocida por BLANCA AMÉ-

RICA CERRITOS ANGELINO, BLANCA AMÉRICA CERRITOS

DE CUBAS, ROSA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ, BLANCA

AMÉRICA CERRITOS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGE-

LINO DE CUBAS, BLANCA AMÉRICA CERRITOS GONZÁLEZ y

por BLANCA AMÉRICA CERRITOS ANGELINO DE ORANTES,

habiendo sido declarado herederos interinos e inclusive definitivos por

la Notario YESENIA MILADY CABRERA HERRERA.

Y se les han Conferido a los aceptantes la administración y re-

presentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas

y treinta y un minutos del día seis de septiembre de dos mil doce.- Lic.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.

MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055827-2

SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias

de Aceptación de Herencia intestada, promovido por el Licenciado

JESÚS ENRIQUE MARTÍNEZ RAMÍREZ, en calidad de Apoderado

General Judicial de la señora ANA VIRGINIA LÓPEZ DE FUENTES

de la defunción de la señora MARÍA LASTENIA FUENTES ZAYA,

quien fue de sesenta y dos años de edad al momento de fallecer, soltera,

quien falleció en fecha seis de noviembre de mil novecientos noventa

y seis, hija de Ramón Zaya y Lucila Fuentes, del domicilio de San

Salvador, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante

antes relacionada. A la señora ANA VIRGINIA LÓPEZ DE FUENTES

a quien de conformidad al art. 1163 del Código Civil se le confirió la

administración y representación interina de la sucesión intestada, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así

mismo en dicha resolución de ordenó citar a los que se crean con derecho

a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir

del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a

este Tribunal a deducir sus derechos.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-

miento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y

Mercantil de San Salvador, a las quince horas del día dieciséis de agosto

de dos mil doce.- Dr. SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. Licda. GABRIELA

CAROLINA PALACIOS CRISTALES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055841-2

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente,

con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora

LUZ ALVARADO o LUZ ALICIA ALVARADO o LUZ ALICIA

ALVARADO DE BONILLA, que falleció el día veintiocho de febrero

de mil novecientos setenta y cinco, en el barrio El Calvario, de

Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de EDGAR MANUEL

BONILLA FRANCO, en concepto de nieto de la causante; y se ha

nombrado a la aceptante interinamente, administradora y representante

de la sucesión de que se trata.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los nueve días del mes

de agosto de dos mil doce. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE

LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055921-2

NELSON ANTONIO GONZÁLEZ MORALES, Notario, del domici-

lio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con oficina ubicada

en Despacho Temis, local uno, Centro Comercial Autopista Sur, San

Salvador.

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas del día ocho de octubre de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida en su casa de habitación en el

Departamento de San Salvador, el día quince de agosto del año dos

mil ocho, dejó el señor HUMBERTO CLAROS conocido por MARIO

HERBERT CLAROS y MARIO HUMBERTO CLAROS, de parte de

las señoras JUANA LETICIA CLAROS MORALES ahora LETICIA

CLAROS MORELAND actuando a través de su apoderada la Señora

LOLLY CLAROS DE AYALA y JUANA LETICIA MORALES DE

CLAROS , en concepto de hija y esposa sobrevivientes del causante;

habiéndoseles conferido la administración y representación de la suce-

sión, con, las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario NELSON ANTONIO GONZÁLEZ

MORALES. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas con treinta

minutos del día nueve de octubre de dos mil doce.

NELSON ANTONIO GONZALEZ MORALES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F055925-2

HErENcia YacENTE

Licenciado Melvin Mauricio Peñate Sánchez, Juez Tercero de lo Civil

y Mercantil de Santa Ana, Al público en general.

HACE SABER: Que se han promovido por el licenciado Carlos

Francisco Lima González, en representación de la señora Dora Elsa

Mezquita de Zaldaña, Diligencias de Declaración de Herencia Yacente,

sobre los bienes que a su defunción dejara el señor Pantaleón Peñate

Fuentes, quien falleció el día once de julio de mil novecientos setenta y

cinco, en el Cantón Flor Amarilla Arriba, de este departamento, siendo

éste su último domicilio, por lo que por medio de resolución pronunciada

a las once horas ocho minutos del día veinticinco de septiembre de dos

mil doce, se declaró yacente la referida herencia y se nombró como

curador para que represente a dicha sucesión al Licenciado Marcos

Antonio Aguilar Coto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa

Ana, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil doce. LIC.

MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. LIC. ELIDA ZULEIMA

MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.

3 v. alt. No. C005956-2

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado Manuel Isidro

Durán Ponce y Ángela de los Santos Rosa de Durán, ambos mayores de

edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando

se les extienda Título de Propiedad de Un Inmueble Urbano Situado en

el Barrio El Carmen de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son:

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. El vértice Nor Poniente es el mojón uno, punto de partida de esta des-

cripción técnica, lindero norte: partiendo del vértice Nor Poniente está

formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,

Sur ochenta grados cuarenta y nueve minutos cuarenta y seis segundos

Este con una distancia de dieciocho punto treinta metros; colindando

con José Félix Alfaro, con cerco de alambre de púas. Camino Vecinal a

salir a la octava calle oriente, mide cuatro punto sesenta y cinco metros

lindero oriente: partiendo del vértice Nor Oriente está formado por cinco

tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur trece

grados cuarenta y un minutos treinta y siete segundos Oeste con una

distancia de treinta y seis punto cincuenta y cuatro metros; Tramo dos,

Sur setenta y siete grados dieciocho minutos treinta y cinco segundos

Este con una distancia de uno punto noventa y seis metros; Tramo tres,

Sur trece grados cuarenta y un minutos treinta y siete segundos Oeste con

una distancia de ocho punto cero cero metros; Tramo cuatro, Sur setenta

y siete grados dieciocho minutos treinta y cinco segundos Este con una

distancia de cuarenta y siete punto ochenta metros; Tramo cinco, Sur doce

grados trece minutos treinta y seis segundos Oeste con una distancia de

veinte punto cuarenta metros; colindando con Noé Emilio Durán Ponce,

Francisca Ponce de Durán, Manuel Isidro Durán Ponce, Benicia Arely

Durán Ponce, Jorge Alberto Durán Rosa y Carlos Mauricio Flores, con

cerco de alambre de púas. Camino vecinal de por medio, lindero sur:

partiendo del vértice Sur Oriente está formado por dos tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte ochenta grados cero

dos minutos quince segundos Oeste con una distancia de cuarenta y siete

punto ochenta y siete metros; Tramo dos, Norte ochenta grados cuarenta

y cinco minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia de

veintiuno punto noventa y tres metros; colindando con Ninfa Roxana

Constanza, con cerco de alambre de púas, lindero poniente: partiendo

del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Norte catorce grados treinta y ocho

minutos veintiséis segundos Este con una distancia de sesenta y siete

punto cuarenta y cinco metros; colindando con Centro Escolar Domingo

Santos, con pared de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que

es el punto donde se inició esta descripción, el Inmueble no es sirviente

ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni

está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra que hicieron a Cruz

Durán Constanza, Lo estiman en DOS MIL DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-

tes

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente,

a dos de octubre del año dos mil doce. FIDENCIO ADILIO GUZMAN

ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL. SERGIO DANILO CUBIAS

PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F055777-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado Manuel Isidro

Durán Ponce y Ángela de los Santos Rosa de Durán, ambos mayores de

edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando

se les extienda Título de Propiedad de Un Inmueble Urbano Situado Barrio

El Carmen de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE:

linda con Noé Emilio Durán Ponce, mide veinticuatro punto cincuenta

metros, ORIENTE: linda con Ana Lizeth Merino Durán, Francisca Ponce

de Durán, mide en tres segmentos el primero de norte a sur seis metros

el segundo de Poniente a Oriente mide cuatro punto quince metros, el

tercero mide tres punto treinta metros SUR: linda con Benicia Arely

Durán Ponce, mide veintiocho punto sesenta metros, PONIENTE: linda

con, Manuel Isidro Durán Ponce, Camino Vecinal de por medio a salir

a la octava calle oriente, mide cuatro punto sesenta y cinco metros, el

Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales

de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por

compra que hicieron a Cruz Durán Constanza, Lo estiman en DOS MIL

DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente,

a dos de octubre del año dos mil doce. FIDENCIO ADILIO GUZMAN

ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL. SERGIO DANILO CUBIAS

PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F055779-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado José

Juanito Guardado, en su calidad de Apoderado General Judicial y

Administrativo con Cláusula Especial del señor Domingo Hernández

Fernández, quien es mayor de edad, Agricultor, del domicilio de San

Pedro Nonualco, Departamento La Paz, con Documento Único de

Identidad número cero uno siete nueve siete tres uno ocho- tres y

Número de Identificación Tributaria cero ochocientos dieciséis- ciento

cincuenta mil cuatrocientos veintitrés- cero cero tres- uno cero uno tres

cero uno cuatro tres cero –uno; solicitando TITULO DE PROPIEDAD

de un inmueble de naturaleza rústico situado el Cantón Hacienda Vieja,

Municipio de San Pedro Nonualco, de una extensión superficial de

CINCO MIL DIECISIETE METROS NOVENTA DECIMETROS

VEINTICINCO CENTÍMETROS TODOS CUADRADOS; y con las

medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide 86.00 metros,

linda con propiedades de Juan Hernández, quebrada de por medio y

con Orlando Nolasco, Calle y quebrada de por medio; AL ORIENTE,

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397mide 78.00 metros, linda con propiedades de Rosendo Pérez Méndez,

María Alicia Pérez de Hernández y Petrona Pérez de Pérez; AL SUR,

mide 51.00 metros, linda con propiedad de Josefa Parada Ventura; AL

PONIENTE, mide 65.00 metros, linda con propiedad de María Ascensión

Pérez de Bernal. El inmueble no tiene cargas reales; lo valora con la

cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, lo hubo por compra a los señores Eduviges Pérez Méndez

y Salomé Fernández Rosales, ambos ya fallecidos.

ALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO: San

Pedro Nonualco, veintiséis de septiembre de dos mil doce. Lic. SERGIO

ANTONIO ORELLANA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE

ANTONIO ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F055940-2

TiTUlo SUPlETorio

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

ALCIDES MENDOZA PÉREZ, en calidad de Apoderado General

Judicial de la señora ROSA CÁNDIDA GARCÍA DE ALFARO, conocida

por ROSA CÁNDIDA GARCÍA MAJANO, de treinta y nueve años

de edad, doméstica, del domicilio de Yucuaiquín, Departamento de La

Unión, solicitando se le extienda a su poderdante TÍTULO SUPLETORIO,

de un terreno de naturaleza rústico, situado en el Cantón Ciricuario,

Jurisdicción de Yucuaiquín, Departamento de La Unión, de la capacidad

superficial de VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y

TRES PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las

medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, ciento trece punto cero

cinco metros, línea recta con terreno de la señora María Aurora López;

AL NORTE, doscientos diez punto noventa metros, línea recta, con

resto del terreno del vendedor señor Juan Inocente López Pineda; AL

PONIENTE, ochenta y seis punto noventa metros, línea recta con el señor

Efraín Pineda; servidumbre de por medio de tres punto veinticinco metros

de ancho y AL SUR, trescientos diecinueve punto veinte metros, línea

recta, con María del Carmen Pérez de Avilés, existiendo a este rumbo

una servidumbre de acceso a esta propiedad de dos punto cincuenta y

cinco metros de ancho por sesenta y uno punto cincuenta metros de largo

que conecta con calle que conduce del Cantón Ciricuario a Yucuaiquín.

Dicho inmueble lo valúa en la suma de DOS MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, y lo adquirió por com-

praventa de posesión material que le hizo al señor JUAN INOCENTE

LÓPEZ PINEDA, el día dos de julio del dos mil doce.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días

del mes de septiembre del dos mil doce.- Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO

PÉREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005906-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado

JOSÉ MATEO MARTÍNEZ, como Apoderado General Judicial de la

señora FLORINDA VILLALTA DE HERNÁNDEZ, a solicitar a favor

de éste TÍTULO SUPLETORIO, sobre dos inmuebles de naturaleza

rústica situados en el cantón La Cuchilla, Caserío Agua Fría, Jurisdicción

de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, el primero de

la EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE VEINTE MIL METROS CUA-

DRADOS, sus medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE,

cincuenta y dos metros cuadrados colindando con el señor Porfirio Sáenz

(ya fallecido), cerco de púas propio del colindante y quebrada de por

medio; AL ORIENTE, ciento cincuenta metros cuadrados y colinda con

terreno de la señora Reina Martínez y el señor Nelson Martínez, cerco

de púas propio de por medio; AL SUR, treinta y seis metros cuadrados

con la señora María Emma Díaz Reyes de Argueta, cerco de púas propio

de la colindante y calle de por medio; AL PONIENTE, doscientos

cincuenta metros cuadrados, con el señor José Segundo Villalta Argueta,

cerco propio y calle de por medio, colinda con Lidia Eriselda Villalta

Hernández, cerco de púas propio de por medio y con Jaime Ulises Villalta

Benítez, cerco de púas propio del colindante de por medio.- El segundo

de la CAPACIDAD SUPERFICIAL DE DOS MIL NOVECIENTOS

METROS CUADRADOS, sus medidas y colindancia son las siguientes:

AL NORTE, cuarenta y nueve metros cuadrados, colinda con la señora

María Emma Díaz Reyes de Argueta, dividido por cerco de púas propio

del colindante de por medio; AL ORIENTE, cien metros cuadrados

colinda con terreno de la señora Candelaria Martínez, dividido por

cerco de púas propio de por medio; AL SUR, sesenta y tres metros

cuadrados, colinda con terreno del señor José Segundo Villalta Argueta,

divide cerco de púas y calle de por medio; Y AL PONIENTE, treinta

y cuatro metros cuadrados colinda con terreno del señor José Segundo

Villalta Argueta, divide cerco de púas propio del colindante y calle de

por medio.- Dichos inmuebles los adquirió el primero por compraventa

privada que le hizo a la señora Felipa Argueta; se estima en el precio de

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA, el segundo lo adquirió por compra verbal que le hizo a

la misma venderá; se estima en el previo de MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, a las once horas del día veinticinco de septiembre del

dos mil Doce.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ

2°. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE

NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055917-2

rENoVacioN DE MarcaS

No. de Expediente: 2001010784

No. de Presentación: 20120164363

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COMPAÑIA DE GALLETAS POZUELO

DCR, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de San José, Costa Rica,

de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00050 del Libro 00147 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en UN DISEÑO DE UNA GOTA CON ROSTRO

SONRIENTE COLOR CAFE Y DELINEADO DE COLOR NEGRO;

LA CUAL SE ENCUENTRA SOSTENIENDO CON SUS MANOS A

LA ALTURA DE LA MITAD DEL DISEÑO, UNA PANCARTA DE

COLOR AZUL EN LA CUAL SE LEE CON LETRAS MAYUSCULAS,

DE MOLDE Y DE COLOR BLANCO LA PALABRA “CHOCOLATE”.

DEBAJO DE LA GOTA DESCRITA SE OBSERVA UNA SOMBRA

DE LA MISMA EN COLOR NEGRO; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los siete días del mes de agosto del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055844-2

No. de Expediente: 1980000360

No. de Presentación: 20120172218

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de RECKITT & COLMAN (OVERSEAS) LIMITED,

del domicilio de DANSOM LANE, HULL, YORKSHIRE, INGLATE-

RRA, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la

inscripción Número 00039 del Libro 00097 de REGISTRO DE MARCAS,

consistente en una espada pendiente que sirve de diámetro perpendicular

a una circunferencia; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055850-2

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 1997005723

No. de Presentación: 20120172220

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES,

SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Llorente de Tibás, ciudad de

San José, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00035 del Libro

00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión

ENTEROL, escrita en letras de molde, mayúsculas, en color negro;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055855-2

No. de Expediente: 1990002377

No. de Presentación: 20120162578

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de ALIMEN-

TOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ALIMENTOS DE EL SALVADOR, S.A.

DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00068 del Libro 00010 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra ARIZ; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los siete días del mes de agosto del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055856-2

No. de Expediente: 1999002973

No. de Presentación: 20120172233

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CEN-

TRAL AMERICA, S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA,

REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00164 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION La Ola

Belmont y un diseño QUE SE PUEDE DESCRIBIR MEJOR DE LA

SIGUIENTE MANERA: CONSISTE EN UNA FIGURA RECTAN-

GULAR DE FORMA IRREGULAR, TENIENDO LA PARTE SUPE-

RIOR MAS ANCHA QUE LA INFERIOR, DICHA FIGURA ESTA

DIVIDIDA. LA PARTE SUPERIOR, QUE ES MAS GRANDE QUE

LA INFERIOR, ES DE COLOR CELESTE. LA PARTE INFERIOR

ES DE COLOR AZUL. AMBAS SECCIONES SE ENCUENTRAN

DIVIDIDAS POR UNA LINEA CURVA, DELGADA Y DE COLOR

BLANCO. SOBRE LA SECCION SUPERIOR SE ENCUENTRA

UNA FIGURA CARICATURESCA DE COLOR AMARILLO QUE

REPRESENTA A UNA PERSONA BAILANDO, CON SUS EXTRE-

MIDADES EXTENDIDAS. PARTE DE LA CABEZA SALE DEL

DIARIO

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Page 89: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. RECTANGULO. INMEDIATAMENTE ABAJO DE DICHA FIGURA

CARICATURESCA, SIEMPRE SOBRE LA SECCION SUPERIOR

DEL RECTANGULO, SE ENCUENTRA LA EXPRESION “La Ola”

ESCRITA EN LETRAS MINUSCULAS (CON EXCEPCION DE LAS

LETRAS L Y O, QUE SON MAYUSCULAS), DE MOLDE, COLOR

ROSADO OSCURO Y CON DISEÑO ESPECIAL. DEBAJO DE

DICHA EXPRESION, YA SOBRE LA SECCION INFERIOR DEL

RECTANGULO, QUE ES DE COLOR AZUL, SE ENCUENTRA LA

EXPRESION Belmont, EN LETRAS MINUSCULAS (CON EXCEP-

CION DE LA LETRA “B”, QUE ES MAYUSCULA), DE MOLDE,

COLOR BLANCO Y CON DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055857-2

No. de Expediente: 1960009057

No. de Presentación: 20120172223

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL

AMERICA, S.A., del domicilio de Ciudad de Panamá, República de

Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 09057 del Libro 00029 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra REX; que ampara productos/ser-

vicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055858-2

No. de Expediente: 2001018859

No. de Presentación: 20120172232

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL

AMERICA, S.A., del domicilio de Ciudad de Panamá, República de

Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00235 del Libro 00163 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en un rectángulo de color rojo en posición

vertical en cuya parte superior se lee la palabra “Delta”, escrita en letras

de molde, minúsculas (a excepción de la letra “D” que es mayúscula),

de color blanco, delineadas de color azul y con diseño especial. Debajo

de la palabra “Delta”, se ve una linea horizontal de color dorado que

atraviesa el rectángulo a todo lo ancho del mismo. En el centro del

rectángulo se observa una figura triangular de color azul y delineada de

color blanco, cuya base se encuentra inclinada hacia adentro. Alrededor

de la figura triangular se observa el color rojo desvaneciente. Debajo de

dicha figura triangular se ve un óvalo de líneas gruesas inclinado hacia

la derecha. En la parte inferior del rectángulo se lee la frase “100's”.

El número 100 se encuentra escrito de color blanco y seguido de un

apóstrofe y de la letra “s” minúscula, escritos en color blanco. Debajo

se lee la frase “EXCELENTE CALIDAD”, escrita en letras de molde,

mayúsculas, de color dorado y sin diseño especial. Sobre el número 100

y la frase “EXCELENTE CALIDAD”, individualmente considerados no

se concede exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055859-2

No. de Expediente: 1977000449

No. de Presentación: 20120172226

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL

AMERICA, S.A., del domicilio de Ciudad de Panamá, República de

Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00227 del Libro 00095 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra “ALAS” sobre un fondo blanco, en

rojo y orilla amarillo oro, sobre la cual hay dos alas yuxtapuestas; azúl

la mayor y amarilla la menor. Las demás palabras que aparecen en el

diseño son irregistrables y sobre las mismas no se pretende exclusividad

alguna; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055860-2

No. de Expediente: 2001018166

No. de Presentación: 20120172230

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL

AMERICA, S.A., SUCURSAL EL SALVADOR, del domicilio de Ciu-

dad de Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00158 del Libro

00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un rectángulo

de color verde colocado en posición vertical en cuya parte superior se

lee palabra “Delta”; escrita en letras de molde, minúsculas (a excepción

de la letra “D” que es mayúscula), de color blanco, delineadas de color

azul y con diseño especial. En el centro del rectángulo se observa una

figura triangular de color azul y delineada de color blanco, cuya base se

encuentra inclinada hacia adentro. Alrededor de la figura triangular se

observa el color verde desvaneciente. Debajo de dicha figura triangular

se ve un óvalo de líneas gruesas inclinado hacia la derecha. En la parte

inferior del rectángulo se lee la frase “100's”. El número 100 se encuen-

tra escrito de color blanco y seguido de un apóstrofe y de la letra “s”

minúscula, escritos en color blanco. Debajo se lee la frase “Excelente

Calidad”, escrita en letras de molde, mayúsculas, de color dorado y sin

diseño especial. Sobre la palabra “Menthol”, el número 100 y la frase

“Excelente Calidad”, individualmente considerados no se le concede

exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055861-2

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2001018162

No. de Presentación: 20120172231

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., SUCURSAL EL SALVADOR, del domicilio de Ciu-dad de Panamá, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00164 del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un rectángulo de color rojo colocado en posición vertical en cuya parte superior se lee palabra “Delta”, escrita en letras de molde, minúsculas (a excepción de la letra “D” que es mayúscula), de color blanco, delineadas de color azul y con diseño especial. En el centro del rectángulo se observa una figura triangular de color azul y delineada de color blanco, cuya base se encuentra inclinada hacia adentro, alrededor de la figura triangular se observa el color rojo desvaneciente. Debajo de dicha figura triangular se ve un óvalo de líneas gruesas inclinado hacia la derecha. En la parte inferior del rectángulo se lee la frase “100's”. El número 100 se encuen-tra escrito de color blanco y seguido de un apóstrofe y de la letra “s” minúscula, escritos en color blanco. Debajo se lee la frase “Excelente Calidad”, escrita en letras de molde, mayúsculas, de color dorado y sin diseño especial. Sobre el número 100 y la frase “Excelente Calidad”, individualmente considerados no se concede exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055862-2

No. de Expediente: 1961009058

No. de Presentación: 20120172221

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CEN-

TRAL AMERICA, S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA

REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 09058 del Libro 00029 de

REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “PAYASOS”,

Y LA REPRESENTACION DE UN PAYASO, SENTADO SOBRE

UNA BOLA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055864-2

No. de Expediente: 1961009050

No. de Presentación: 20120172227

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO CEN-

TRAL AMERICA, S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA,

REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 09050 del Libro 00029 de

REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION “EMU”

ABAJO DEL CUAL APARECE ESCRITO “CIGARETTES”, EL

CENTRO LO CONSTITUYE EL DIBUJO DE UN EMU Y ABAJO

DEL MISMO LA LEYENDA; “CIENTIFIC BLEND OF TURKISH

AND AMERICAN TOBACCOS”; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de

Niza.

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de agosto del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055865-2

Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2012120338

No. de Presentación: 20120171671

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de OSCAR

RENE GONZALEZ LOMELI, de nacionalidad MEXICANA y JOEL

ESTRADA DAMIAN, de nacionalidad MEXICANA y ELISA DE LA

LUZ ZEPEDA DEL RIO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra ZEGNO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATE-

RIAS, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; IMPRESIONES

Y PUBLICACIONES; ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FO-

TOGRAFIA; PAPELERIA, ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA

LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIALES PARA ARTISTA;

PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y BOLIGRAFOS; ARTI-

CULOS DE OFICINA, (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE

INSTRUCCION Y DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MA-

TERIALES PLASTICOS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDOS

EN OTRAS CLASES), CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005908-2

No. de Expediente: 2012118654

No. de Presentación: 20120168798

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Alpharma,

LLC; de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra ZOETIS, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES VETERINARIOS PARA LA PREVENCION Y EL

TRATAMIENTO DE INFECCIONES POR PARASITOS, INFLAMA-

CION Y ENFERMEDADES INFLAMATORIAS, ENFERMEDADES

RESPIRATORIAS E INFECCIOSAS, ENFERMEDADES INMUNO-

LOGICAS, BACTERIANAS, VIRALES Y POR HONGOS, OSTEO-

POROSIS, ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES, ENFERME-

DADES DEL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL, ENFERMEDADES

NUROLOGICAS, UROGENITAS Y URINARIAS, AFECCIONES

GASTROINTESTINALES, AFECCIONES MUSCULOESQUELE-

TALES, ALERGIAS, DIABETES, HIPERTENSION, APOPLEJIA,

CANCER, SANGRE, DOLOR, OBESIDAD, AFECCIONES DIGES-

TIVAS, AFECCIONES OFTALMOLOGICAS, AFECCIONES DE LA

CONDUCTA, AFECCIONES REPRODUCTIVAS, AFECCIONES

DERMATOLOGICAS, DECADENCIA DENTAL, SENSITIVIDAD

DENTAL, GINGIVITIS, HALITOSIS Y AFECCIONES PERIODON-

TALES, Y PARA LA REPARACION DE LA PIEL Y LOS TEJIDOS,

Y PARA DISMINUIR EL COLESTEROL; ADITIVOS NUTRICIO-

NALES Y SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PROPOSITOS

MEDICOS; VACUNAS Y SUBSTANCIAS VETERINARIAS,

EQUIPOS DE DIAGNOSTICO PARA USO EN EXAMENES DE

DIARIO

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. DIAGNOSTICO, PREPARADOS DE DIAGNOSTICO PARA USO

MEDICO Y VETERINARIO, TODO LO QUE ANTECEDE PARA

EL TRATAMIENTO DE FELINOS, CANINOS, BOVINOS, POR-

CINOS, EQUINOS, LLAMAS, CONEJOS, ROEDORES, PAJAROS,

HURONES, AVES, CABRAS, ODEJAS Y ANIMALES ACUATICOS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005909-2

No. de Expediente: 2012115507

No. de Presentación: 20120162831

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de DC

COMICS, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la expresión DC ENTERTAINMENT y diseño. La

palabra Entertainment se traduce al castellano como: entretenimiento,

que servirá para: AMPARAR: BOLSAS ATLETICAS, MOCHILAS

PARA BEBES, MOCHILAS, BOLSAS DE PLAYA, BOLSAS PARA

LIBROS, BOLSAS DE PAÑALES, BOLSAS DE LONA, BOLSAS

DE DEPORTE, BOLSAS TIPO TOTE, MONEDEROS, BOLSAS

DE CINTURA, MOCHILAS, CANGURERA (BOLSAS PARA LA

CINTURA), BOLSAS PARA LA COMPRA, PARAGUAS; CARTE-

RAS; ACCESORIOS HECHOS DE CUERO, A SABER, CARTERAS,

BOLSOS DE MANO Y CINTURONES. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005915-2

No. de Expediente: 2012120526

No. de Presentación: 20120172251

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GENE-

RAL MOTORS LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

HiGH coUNTrY

Consistente en: la expresión HIGH COUNTRY que se traduce al

castellano como Alto país, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS

DE MOTOR Y PARTES DE LOS MISMOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005916-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012120529

No. de Presentación: 20120172254

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

PaUSa

Consistente en: la palabra PAUSA, que servirá para: AMPARAR:

ALIMENTOS Y SUSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA LOS ANI-

MALES Y MASCOTAS INCLUYENDO BOTANAS, HAMBURGUE-

SAS, BOCADILLOS, BOCADITOS, TOCINO Y TIRAS DE CARNE,

POLLO, CONEJO Y RES. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005917-2

No. de Expediente: 2012120533

No. de Presentación: 20120172258

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

do WAL-MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

Consistente en: la expresión SAM*S CHOICE y diseño, donde la

palabra Choice se traduce al castellano como Elegir, que servirá para:

AMPARAR: CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE;

ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A

BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y

CONFITERIA; HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA;

LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINA-

GRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005918-2

No. de Expediente: 2012120450

No. de Presentación: 20120172123

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de

AMERICAN DAIRY QUEEN CORPORATION, de nacionalidad ES-

TADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO.

BliZZarD

Consistente en: la palabra BLIZZARD que se traduce al castella-

no como Ventisca, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE

CONFITERIA CONGELADA. Clase: 30.

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005920-2

No. de Expediente: 2012120245

No. de Presentación: 20120171521

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SIGMA EUROPE, B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: las palabras BERNINA CARNES FRÍAS ESTILO SUIZO y diseño, que servirá para: AMPARAR: CARNES FRIAS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005922-2

No. de Expediente: 2012120334

No. de Presentación: 20120171667

CLASE: 03, 06, 16, 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Kimberly-

Clark Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: un diseño identificado como DISEÑO DE

ELEFANTE, que servirá para: AMPARAR: PAÑOS DE LIMPIEZA

IMPREGNADOS, JABONES, DESENGRASANTES Y PRODUCTOS

DE LIMPIEZA TODOS PARA USO DOMESTICO. Clase: 03. Para:

AMPARAR: HOJAS DE ALUMINIO. Clase: 06. Para: AMPARAR:

BOLSAS DE PLASTICO, BOLSAS DE BASURA Y DESPERDICIOS.

BOLSAS DE SANDWICH, BOLSAS DE ALMACENAMIENTO

DE ALIMENTOS, ENVOLTURAS DE PLASTICO, TOALLAS DE

PAPEL, LIMPIADORES DE PAPEL, SERVILLETAS DE MESA DE

PAPEL. Clase: 16. Para: AMPARAR: RECIPIENTES DE PLASTICO,

ESPONJAS PARA LIMPIEZA DEL HOGAR, GUANTES PARA

LIMPIEZA DEL HOGAR, PAÑOS DE LIMPIEZA NO TEJIDOS.

Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005923-2

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012120339

No. de Presentación: 20120171672

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de ELISA DE LA LUZ ZEPEDA DEL RIO, de nacionalidad MEXICANA y JOEL ESTRADA DAMIAN, de nacionalidad MEXICANA y OSCAR RENE GONZALEZ LOMELI, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión 2drink y diseño, donde la palabra Drink se traduce al castellano como Beber, que servirá para: AMPA-RAR: UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA USO DOMESTICO Y CULINARIO; PEINES Y ESPONJAS; CEPILLOS: MATERIALES PARA FABRICAR CEPILLOS; MATERIAL DE LIMPIEZA; LANA DE ACERO; VIDRIO EN BRUTO O SEMIELABORADO (EXCEPTO EL VIDRIO DE CONSTRUCCIÓN); ARTÍCULOS DE CRISTALE-RIA, PORCELANA Y LOZA NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005924-2

No. de Expediente: 2012120469

No. de Presentación: 20120172155

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PaTroME

Consistente en: la expresión PATROME, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS Y MEDICINALES; VACUNAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005925-2

No. de Expediente: 2012120451

No. de Presentación: 20120172124

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERA-

DO de GlaxoSmithkline Trading Services Limited, de nacionalidad

IRLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

MENTiKliNE

Consistente en: la expresión MENTIKLINE, que servir para: AM-

PARAR: PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACÉUTICAS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005926-2

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012120435

No. de Presentación: 20120172095

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

ENSUEÑo MaX

Consistente en: las palabras ENSUEÑO MAX, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRO-DUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTI-COS, LOCIONES CAPILARES; DENTIFRICOS; SUAVIZANTE DE TELAS, PERFUMADOR DE ROPA, DETERGENTES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005928-2

No. de Expediente: 2012120432

No. de Presentación: 20120172092

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

PiNol TraPEaDo Diario

Consistente en: las palabras PINOL TRAPEADO DIARIO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;

PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉ-TICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS; LIMPIADOR CON ACEITE DE PINO MULTIUSOS, DETERGENTE, JABÓN LÍQUIDO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005929-2

No. de Expediente: 2012120528

No. de Presentación: 20120172253

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Hers-hey México S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Diseño tridimensional identificado como "BRI-LLO LIPS". La palabra "lips" se traduce como "labios", que servirá para: AMPARAR: CAFE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVA-DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS), ESPECIAS, HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005930-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2011112078

No. de Presentación: 20110156115

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de H.B. Fuller Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras ¡Lo PEGA y nunca se despega! y diseño, que servirá para: AMPARAR: ADHESIVOS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005931-2

No. de Expediente: 2012118183

No. de Presentación: 20120167941

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de KEN-TUCKY FRIED CHICKEN INTERNATIONAL HOLDINGS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DoUBlicioUS

Consistente en: la palabra DOUBLICIOUS, que servirá para: AMPARAR: SANDWICHES DE POLLO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005932-2

No. de Expediente: 2012116604

No. de Presentación: 20120165299

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de TROPICAL FLAVORS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras CASCADA ICE TEA, donde las palabras Ice Tea se traducen al castellano como Té Helado, que servirá para: AMPARAR: AGUAS MINERALES, GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS, JARABES Y OTRO PREPARADOS PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de marzo del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005953-2

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Page 99: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012116140

No. de Presentación: 20120164442

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras D'OR CAFE DE ORIGEN JOYA DE LA TIERRA y diseño, en donde D'OR se traduce al castellano como DE ORO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DEL CAFE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005959-2

No. de Expediente: 2012116137

No. de Presentación: 20120164439

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras 7 SENTIDOS EL ALMA DEL CAFÉ y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DEL CAFÉ. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005962-2

No. de Expediente: 2012116139

No. de Presentación: 20120164441

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO de MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras TT TUSELL TOSTADORES y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DEL CAFÉ COMPRENDIDOS EN ESTA CLASE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005963-2

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Page 100: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012119873

No. de Presentación: 20120170715

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAÚL BENJAMÍN LÓPEZ BERTRAND, en su calidad de APODERADO de ABOGADOS CONSULTORES Y ASESORES. SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ABOGADOS CONSULTORES Y ASESORES, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

THE coNDor coffEE ESTaTE"THE BoUrBoN JUNGlE"

Consistente en: Las palabras THE CONDOR COFFEE ESTATE "THE BOURBON JUNGLE", que se traducen al castellano como La Finca de Café del Cóndor "La Selva Bourbon". Sobre la palabra Bourbon no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ DE ORO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de octubre del año dos mil doce.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

RUTH NOHEMI PERAZA GALDÁMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055754-2

No. de Expediente: 2012117044

No. de Presentación: 20120166107

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA COSMÉTICA KENT, SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia: INDUSTRIA COSMÉTICA KENT, S. A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

DErMaBlEND

Consistente en: La palabra DERMABLEND, que servirá para: AMPARAR: PERFUMES, LOCIONES, ACEITES ESENCIA-LES, ARTÍCULOS DE TOCADOR Y BELLEZA, JABONES, SHAMPOO, CREMAS, TALCOS PARA TOCADOR; COSMÉ-TICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS;

DETERGENTES, LIMPIADORES, ABRILLANTADORES, BLANQUEADORES Y PULIDORES, PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA, PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de julio del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055845-2

No. de Expediente: 2012119460

No. de Presentación: 20120169918

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de DUNHILL TOBACCO OF LONDON LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

DUNHill BooST

Consistente en: La expresión DUNHILL BOOST, que servirá para: AMPARAR: CIGARILLOS, CIGARROS, ENVOLTURA PARA TABACO, TABACO PARA PIPAS Y PRODUCTOS DE TABACO. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, veinticinco de junio del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055846-2

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Page 101: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012119157

No. de Presentación: 20120169505

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de NICOVENTURES LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO.

KUJU

Consistente en: La palabra KUJU, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO HUMANO, INCLUYENDO LOS PARCHES TRANSDÉRMICOS, PASTILLAS Y TABLETAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de junio del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055847-2

No. de Expediente: 2012119158

No. de Presentación: 20120169506

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de NICOVENTURES LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

KUJU

Consistente en: La palabra KUJU, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVOS MÉDICOS PARA USO HUMANO, INCLUYENDO AEROSOLES PARA BOCA Y NASALES E INHALADORES. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de junio del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055848-2

No. de Expediente: 2012119159

No. de Presentación: 20120169507

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de NICOVENTURES LIMITED, de nacionalidad

INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y

DE COMERCIO,

KUJU

Consistente en: La palabra KUJU, que servirá para: AMPARAR:

SUSTITUTOS DEL TABACO, CIGARRILLOS QUE CONTIENEN

SUSTITUTOS DEL TABACO, ARTÍCULOS CON CONTENIDO DE

NICOTINA SIN PROPÓSITOS MÉDICOS, CIGARRILLOS, TABACO,

PRODUCTOS DE TABACO, ENCENDEDORES, CERILLOS Y

ARTÍCULOS PARA FUMADORES QUE NO SEAN DE METALES

PRECIOSOS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de junio del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055849-2

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012119853

No. de Presentación: 20120170670

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

SWiTcH

Consistente en: La palabra SWITCH, que se traduce al castellano como Conectar, que servirá para: AMPARAR: CIGARRILLOS, TA-BACO, PRODUCTOS DE TABACO, CERILLOS, ENCENDEDORES Y DEMÁS ARTÍCULOS PARA FUMADOR QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS, Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055851-2

No. de Expediente: 2011114087

No. de Presentación: 20110159781

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de QUIMEX, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: QUIMEX, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

NEBaDErM

Consistente en: La palabra NEBADERM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, DESINFECTANTES E HIGIÉNICOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA CURAS (APÓSITOS); MATERIAS PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA MOLDES DENTALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de agosto del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055852-2

No. de Expediente: 2012120931

No. de Presentación: 20120173002

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

de GADOR S. A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro

de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

DaMSElla

Consistente en: La palabra DAMSELLA, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS

E HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS

Y ENFERMOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES;

MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS

DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA

DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de agosto del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055932-2

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012120934

No. de Presentación: 20120173005

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de GADOR S. A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

lila

Consistente en: La palabra LILA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E HIGIÉNI-COS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS Y ENFERMOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES; MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055933-2

No. de Expediente: 2012120932

No. de Presentación: 20120173003

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO de GADOR S. A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

GaDofEN

Consistente en: La palabra GADOFEN, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS Y ENFER-MOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES; MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055935-2

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012116178

No. de Presentación: 20120164517

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MARCELINO JOSÉ TUSELL ROVIRA, de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: La expresión 7 SENTIDOS - EL ALMA DEL CAFÉ - y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECI-MIENTO DEDICADO A LA COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBU-CIÓN DE PRODUCTOS Y DERIVADOS DEL CAFÉ Y TODO LO RELACIONADO CON LA INDUSTRIA DEL SERVICIO DE LA CAFETERÍA, ASÍ TAMBIÉN PARA SU EXPORTACIÓN, UBICADO EN RESIDENCIAL PEDREGAL, COLONIA LA MASCOTA, NUMERO DOS, DE LA CIUDAD, DISTRITO Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de junio del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005958-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012116182

No. de Presentación: 20120164521

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO

FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO de

MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras TT TUSELL TOSTADORES y

diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO

DEDICADO A LA COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE

PRODUCTOS Y DERIVADOS DEL CAFE Y TODO LO RELACIONA-

DO CON LA INDUSTRIA DEL SERVICIO DE LA CAFETERIA, ASI

TAMBIEN PARA SU EXPORTACION, UBICADO EN RESIDENCIAL

PEDREGAL, COLONIA LA MASCOTA NUMERO DOS, DE LA

CIUDAD, DISTRITO Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v alt. No. C005960-2

No. de Expediente: 2012116180

No. de Presentación: 20120164519

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado PEDRO

FAUSTO ARIETA IGLESIAS, en su calidad de APODERADO de

MARCELINO JOSE TUSELL ROVIRA, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras D'OR CAFE DE ORIGEN JOYA DE

LA TIERRA y diseño, en donde D'OR se traduce al castellano como

DE ORO, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO

DEDICADO A LA COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE

PRODUCTOS Y DERIVADOS DEL CAFE Y TODO LO RELACIO-

NADO CON LA INDUSTRIA DEL SERVICIO DE LA CAFETERIA,

ASI TAMBIEN PARA SU EXPORTACION.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005961-2

SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2012117918

No. de Presentación: 20120167604

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

DoNDE HaY PEPSi HaY MUSica

Consistente en: la expresión DONDE HAY PEPSI HAY MU-

SICA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS CERVEZA; AGUAS

MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL;

BEBIDAS A BASE DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES

Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005933-2

No. de Expediente: 2012116669

No. de Presentación: 20120165468

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO

de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-

licitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Pharmacy Selectos y diseño, en donde

PHARMACY, se traduce al castellano como "Farmacia", que servirá para:

ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR, HACIA

LOS SERVICIOS QUE PRESTA Y LOS PRODUCTOS QUE VENDE

LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS, ESPECIFICAMENTE: LOS

SERVICIOS CONSISTENTES EN LA ADMINISTRACIÓN DE UNA

CADENA DE FARMACIAS Y LOS PRODUCTOS COMERCIALI-

ZADOS SON FARMACÉUTICOS.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055854-2

No. de Expediente: 2012118556

No. de Presentación: 20120168667

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO

de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-

licitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras CON EL RINCÓN VERDE SELECTOS

y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO

CONSUMIDOR, SOBRE LOS SERVICIOS Y LOS PRODUCTOS

QUE COMERCIALIZA LA EMPRESA.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055883-2

DIARIO

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397SUBaSTa PUBlica

MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

inicialmente por la Licenciada ROSA ALBA URRUTIA LOZANO

DE LARA y continuado por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR

MARTINEZ, en su calidad de Apoderados del BANCO DE FOMENTO

AGROPECUARIO, contra de los señores MIGUEL CELIN ZELAYA

y MARIA DAYSI CARBALLO DE ZELAYA, representados por la

Licenciada FRIDA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en calidad de

Agente Auxiliar del Procurador General de la República, reclamándole

cantidad de dólares intereses y costas procesales; se venderá en pública

subasta en este Juzgado el siguiente inmueble ""Una porción de terreno

de naturaleza rústica situado en Jurisdicción de Chapeltique, Distrito y

Departamento de San Miguel, conocida con el nombre de Araniva, situado

en el Cantón Hualama, de la capacidad superficial de CUATROCIENTOS

CUARENTA Y DOS PUNTO NUEVE METROS CUADRADOS, de

las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veinte punto noventa y

dos metros, colinda con propiedad del señor Lorgio Salamanca, calle

vecinal de por medio; AL ORIENTE: veintidós punto treinta y dos metros

colinda con propiedad del señor Santiago Ayala, callejón de por medio;

AL SUR: veintiuno punto setenta y cinco metros colinda con propiedad

de la señora María Olivia Zelaya Montoya; AL PONIENTE: veintiuno

punto trece metros colinda con propiedad de la señora Olivia Zelaya

Montoya, servidumbre de por medio de tres metros de ancho. Dicho

inmueble se encuentra Hipotecado a favor del BANCO DE FOMENTO

AGROPECUARIO en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección de Oriente, bajo el Sistema de Folio Real Automatizado

inscrito en la matrícula número OCHO CERO CERO NUEVE CINCO

SEIS CERO UNO- CERO CERO CERO CERO CERO.

Lo que se pone en el conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas treinta y cinco minutos del día, once de septiembre del dos mil

doce. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005939-2

MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL:

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

inicialmente por la Licenciada ROSA ALBA URRUTIA LOZANO DE

LARA, continuado por RUBEN EDUARDO PEREZ RODRIGUEZ y

actualmente por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR MARTÍ-

NEZ, como Apoderada General Judicial del BANCO DE FOMENTO

AGROPECUARIO , en contra de los Señores JOSE SAMUEL GOMEZ

RIVAS y SILVIA MARGARITA SANDOVAL SANDOVAL, recla-

mándole cantidad de dólares, Interés y costas procesales se venderá

en pública subasta en este Juzgado el siguiente inmueble : Un terreno

rústico, hoy urbano descrito en su antecedente como segundo terreno,

situado en Caserío Las Anonas, Cantón El Palón, Lolotique, San Miguel,

El Amatillo, de la capacidad superficial de OCHO MIL SEISCIENTOS

UN METRO CUADRADO, lindante AL NORTE: con terreno de Juan

Gómez; AL SUR: con José Antonio Sandoval Pérez; AL ORIENTE:

con Juan Antonio Sandoval y Juana Sandoval Pérez, hoy también con

Mario Sandoval; AL PONIENTE: con terreno de Federico Ascensio,

Juan Gómez y Luis Alberto Sandoval Araujo, Inmueble que se encuentra

Inscrito bajo la Matrícula OCHO CERO CERO NUEVE CERO SEIS

NUEVE CINCO GUION CERO CERO CERO CERO CERO, propiedad

de San Miguel, e inscrito a favor del Señor JOSE SAMUEL GOMEZ

RIVAS.

Lo que hace saber al público para los efectos legales correspon-

dientes.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas diez minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil doce.

DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005940-2

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que en Juicio Ejecutivo Mercantil clasificado con

el número 52-2010-C, promovido Inicialmente por la Licenciada Claudia

Carolina Criollo Salazar, y continuado por el Licenciado Eduardo Enrique

Mejía Lemus, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos

catorce - cero nueve cero tres ochenta - ciento treinta - cero, en su cali-

dad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del BANCO

DE FOMENTO AGROPECUARIO, Institución Oficial de Crédito del

domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria

cero seiscientos catorce- cero diez mil setecientos setenta y cuatro - cero

cero dos - cinco, contra los señores MARGOTH ESCAMILLA FLA-

MENCO y JOSÉ DAVID MARTÍNEZ SALAMANCA, con Número

de Identificación Tributaria en su orden respectivo: cero quinientos

nueve - cero cincuenta mil doscientos ochenta y uno - ciento dos - seis

y cero quinientos once - trescientos un mil doscientos setenta - ciento

dos - ocho; se VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA en este Tribunal

un Inmueble de naturaleza rústica, situado en CANTÓN SAN SEBAS-

TIÁN, JURISDICCIÓN DE ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE LA

LIBERTAD, de una extensión superficial de DOS MIL SETECIENTOS

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Page 107: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. NOVENTA Y DOS PUNTO ONCE METROS CUADRADOS; cuya

descripción es la siguiente: AL SUR: setenta y ocho metros ochenta

y cuatro centímetros, linda terreno de Asisclo Ponce Granados; AL

PONIENTE: treinta y dos metros dieciocho centímetros, con porción

de Miguel Ángel Reyes Estrada; AL NORTE: ochenta y ocho metros

cuarenta y ocho centímetros, con porción de Blanca Estela Campos

Ponce y AL ORIENTE: treinta y seis metros cuarenta y dos centímetros,

linda únicamente con terreno que fue de Juan de Jesús Castillo, hoy de

Alejandro Funes, calle de seis metros de ancho de por medio. El inmueble

anteriormente descrito es propiedad del señor JOSÉ DAVID MARTINEZ

SALAMANCA, inscrito a favor de ésta bajo la matrícula número TRES

CERO CERO SIETE OCHO OCHO OCHO UNO - CERO CERO CERO

CERO CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Cuarta Sección del Centro con sede en la Ciudad de Santa Tecla; dicho

Inmueble se encuentra gravado con Primera Hipoteca Abierta Inscrita a

favor del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, bajo el número

de Matrícula TRES CERO CERO SIETE OCHO OCHO OCHO UNO

- CERO CERO CERO CERO CERO asiento CUATRO, en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro con

sede en la Ciudad de Santa Tecla. Ordenándose el valuó del inmueble

antes descrito;

Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondien-

tes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

veinticuatro días del mes de abril de dos mil doce. LICDA. DIGNA

GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005941-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, mayor

de edad, Abogada y de este domicilio, como Apoderada General Judicial

del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONI-

MA, antes denominado BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Santa Tecla, Departamento

de La Libertad, contra los señores EDUARDO NAPOLEON CORTEZ

DEL CID, y ELIDA CECIBEL RECINOS CAMPOS, ambos mayores

de edad, empleados y de este domicilio, se venderá en este Tribunal en

Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará: un inmue-

ble de naturaleza urbana, situado en el lugar denominado CANTON

LOMAS DE CANDELARIA, JURISDICCION Y DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, en donde se ha desarrollado la URBANIZA-

CION RESIDENCIAL CIMA IV, de la cual forma parte el lote que se

identifica con el número SESENTA Y OCHO DEL POLIGONO "C",

de una extensión superficial de SETENTA Y SEIS PUNTO TREINTA

Y UN METROS CUADRADOS, inscrito a favor de las demandadas

en un porcentaje del cincuenta por ciento cada uno, bajo la Matrícula

SEIS CERO CERO CERO CERO UNO UNO OCHO - CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo éstas legales

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil; San Salvador, a las

ocho horas del día diez de julio de dos mil doce. LIC. JOSE MARIA

ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- LIC.

DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO JUDI-

CIAL.

3 v. alt. No. F055744-2

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, Exp.

No. 44/10 promovido por el Ingeniero MARIANO ROLANDO CAS-

TRO SALGUERO, en contra de la señora MARITZA DEL CARMEN

RAMÍREZ DE MENENDEZ, reclamándole cantidad de dinero y

accesorios, se venderá por este Juzgado en Pública Subasta, en fecha

y precio que oportunamente se determinará, el INMUEBLE siguiente;

Un inmueble de naturaleza urbana situada en el Centro de la ciudad de

Santa Ana, desmembrada al rumbo oriente de un inmueble general de

mayor extensión superficial; de un área de CIENTO CINCUENTA Y

CUATRO PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS, y las me-

didas y colindancias siguientes: AL NORTE: Seis punto treinta y cinco

metros, linda con resto del Inmueble de donde se desmembró, propiedad

de la "Sociedad Tecana, Sociedad Anónima de Capital Variable", AL

SUR: Seis punto veintinueve metros, Cuarta Calle Oriente de por medio,

linda en parte con Teatro Nacional y con Centro Judicial Ángel Gochéz

Castro; AL PONIENTE: Veinticuatro punto cuarenta y cuatro metros,

linda con propiedad de Manuel Vicente Ramírez Tovar; y AL ORIENTE:

Veinticuatro punto cuarenta y dos metros, linda con casa de la sucesión

de don Santiago Díaz. Inscrito dicho inmueble a favor de la ejecutada

MARITZA DEL CARMEN RAMÍREZ DE MENENDEZ, en un cien

por ciento a la matrícula DOS CERO DOS CERO CERO CERO SEIS

SEIS GUION CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil; Santa Ana, a las diez

horas del día cinco de septiembre del año dos mil doce. LIC. SAMUEL

MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.-

LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F055772-2

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLEN-

TE DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO

Y SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

inicialmente por la Licenciada ANA CONCEPCION IRIAS LOZANO

y continuado por el Licenciado MARTIN SALVADOR MORALES

SOMOZA, ambos actuando como Apoderados Generales Judiciales de

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.; contra los señores FRANCISCO

OVANDO RAMIREZ y JULIO ANTONIO GONZALEZ RIVERA, se

venderá en Pública Subasta en este Tribunal y en fecha que será señalada

posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: ""Inmueble

ubicado en Avenida Principal y Calle Circunvalación, al oriente del

Centro Urbano Santa Lucía, situado en jurisdicción de Ilopango, en el

Valle de Santa Lucía, Departamento de San Salvador, en donde se ha

desarrollado el proyecto denominado RESIDENCIAL SANTA LUCIA,

del cual forma parte el Lote Número DOCE del Polígono "L", que mide:

NORTE: línea recta de veintiuno punto veinte metros; ORIENTE, línea

recta de cinco punto cero cero metros; SUR, línea recta de veintiuno

punto veinte metros; y PONIENTE, línea recta de cinco punto cero

cero metros, de una extensión superficial de CIENTO SEIS PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, dicho inmueble está inscrito

bajo la matrícula M CERO UN MILLON DOSCIENTOS VEINTIDOS

MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS, del Registro Social de

Inmuebles.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público

para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día doce de septiembre

del dos mil doce. LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ

SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- LICDA. TERESA DE

JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055792-2

Lic. Edgar Orlando Zúniga Rivas, Juez de lo Civil del Distrito Judicial

de Soyapango.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el

Abogado José Mario Denis Molina en calidad de apoderado del Fondo

Social para la Vivienda, contra el señor Mario Orlando Merino Aguilar,

clasificado al número 0098509CCEJC01-C01-2 se autorizará vender

en pública subasta en este Juzgado, el inmueble de naturaleza urbana y

construcciones que contiene identificado como lote número VEINTE

del polígono CUARENTA Y SEIS, pasaje TREINTA Y DOS, Urba-

nización Montes de San Bartolo IV etapa, Jurisdicción de Soyapango,

departamento de San Salvador, ubicado al norte de la calle que conduce

a la Fuente, cantón El Tránsito, segregado de los tablones llamados El

Aguacate y La Estancada, de una extensión superficial de SESENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta

y cinco varas cuadradas, cuya descripción es la siguiente: Partiendo del

punto de intersección de los ejes del Boulevard Las Pavas y el pasaje

número treinta y dos, ambos abiertos en la Urbanización Montes de San

Bartolo IV Etapa, el segundo con rumbo norte, dieciséis grados veinticinco

minutos cuarenta y seis segundos Oeste, se mide sobre el eje de este,

una distancia de ochenta y un punto cincuenta y cinco metros, en este

punto haciendo una deflexión izquierda de noventa grados y distancia

de dos punto cincuenta metros, se llega al mojón número uno esquina

Nor-oriente del lote que se describe así: al Norte: partiendo del mojón

número uno, tramo recto con rumbo sur, setenta y tres grados treinta y

cuatro minutos catorce segundos Oeste y distancia de doce metros se

llega al mojón número dos lindando por este lado con lote número vein-

tidós del mismo polígono: al poniente: partiendo del mojón número dos

tramo recto con rumbo sur dieciséis grados veinticinco minutos catorce

segundos Este y distancia de cinco metros se llega la mojón número tres,

lindando por este lado con lote número diecinueve del mismo polígono.

AL SUR: partiendo del mojón número tres, tramo recto con rumbo norte,

setenta y tres grados treinta y cuatro minutos catorce segundos Este y

distancia de doce metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por

este lado con lote número dieciocho del mismo polígono. AL ORIEN-

TE: partiendo del mojón número cuatro, tramo recto con rumbo norte

dieciséis grados veinticinco minutos catorce segundos Oeste y distancia

de cinco metros se llega al mojón número uno, sitio donde se inició la

presente descripción, lindando por este lado con lote número diecinueve,

polígono cuarenta y siete, pasaje número treinta y dos de por medio de

cinco metros de ancho. Todos los lotes colindantes y accesos son o han

sido propiedad de Edificaciones A.G. S.A DE C.V. El inmueble así

descrito es propiedad del señor Mario Orlando Merino Aguilar, según

matrícula número M05148466, asiento 4 del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas

del ocho de mayo de dos mil doce. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA

RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO

NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055882-2

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a

las diez horas y quince minutos del día trece de julio del corriente año,

en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada Nora Elizabeth

Herrera Carpio, en calidad de apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, contra el señor MIGUEL ANGEL BARRERA MELENDEZ

conocido por MIGUEL ANGEL BARRERA, SE VENDERA EN

PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO Y EN FECHA QUE

OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE:

Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con

el número SEIS, del block DIECISEIS, de una extensión superficial de

SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, el cual forma parte

de la urbanizaci6n "Nuevo Lourdes", situada en jurisdicción de Colón,

departamento de La Libertad, y según razón constancia de inscripción

Urbanización Nuevo Lourdes, block dieciséis, lote seis, urbanización.

Nuevo Lourdes, Once Etapa Porción, Colón, La Libertad, cuyas medidas

perimetrales son las siguientes: AL NORTE Y AL SUR: cinco metros

Y AL ORIENTE Y AL PONIENTE: trece metros. Dicho inmueble se

encuentra inscrito a favor del señor MIGUEL ANGEL BARRERA

MELENDEZ conocido por MIGUEL ANGEL BARRERA, a la matrícula

número 30017578-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Cuarta Sección del Centro, departamento de La Libertad.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve

horas y cuarenta minutos del día veintisiete de agosto de dos mil doce.

LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.

KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055884-2

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal

por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN, como

Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

que puede abreviarse "EL FONDO"., contra el señor JORGE ALBERTO

SIGUACHI conocido por JORGE ALBERTO LEIVA SIGUACHI; se

venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha que oportunamente

se publicará; UN INMUEBLE de naturaleza urbana, situado en la Urba-

nización REPARTO LA CAMPANERA, SEGUNDA ETAPA, Pasaje

"S" Norte, Polígono número CUARENTA, marcado con el número

VEINTIDOS, de la jurisdicción de Soyapango, departamento de San

Salvador; cuya ubicación y descripción es la siguiente: AL NORTE;

nueve punto cero cero metros; AL ORIENTE; cinco punto cero cero

metros; AL SUR; nueve punto cero cero metros; y AL PONIENTE: cinco

punto cero cero metros. El inmueble antes descrito tiene una extensión

superficial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS. Inscrito a favor del señor JORGE ALBERTO SIGUACHI

conocido por JORGE ALBERTO LEIVA SIGUACHI, bajo la Matrícula

número 60269434-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección del Centro, de la Ciudad de San Salvador.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de

Sonsonate, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil doce.

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055885-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES

MENDEZ QUINTEROS, en su calidad de Apoderado del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se abrevia "EL FONDO", contra

el señor CARLOS SANTOS conocido por CARLOS CALLES SAN-

TOS, mayor de edad, de último domicilio conocido el de jurisdicción

de Apopa, de este Departamento, actualmente representado legalmente

por el Curador Ad-Litem nombrado Doctor CARLOS CABALLERO

BERMUDEZ, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios

legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble

embargado siguiente: """Un lote de terreno urbano y construcciones del

sistema mixto que contiene marcado con el número TREINTA Y OCHO,

del polígono CUATRO, del pasaje TRES NORTE, de la Urbanización

Valle Verde III, situada en el Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa,

de este Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de

CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y uno

punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, y en el hay construida una

casa de sistema mixto, y tiene las medidas perimetrales siguientes: AL

PONIENTE: cinco punto cero cero metros. AL NORTE: diez punto cero

cero metros. AL ORIENTE: cinco punto cerocero metros; Y AL SUR:

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397diez punto cero cero metros." El inmueble antes descrito, se encuentra

inscrito a favor del señor CARLOS SANTOS conocido por CARLOS

CALLES SANTOS, bajo la Matrícula número M CERO UNO DOS

DOS CUATRO CINCO SEIS OCHO, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en la Oficina de Sustanciación, Juzgado Tercero de lo

Civil: San Salvador, a las catorce horas del día diecisiete de agosto

del año dos mil doce. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055886-2

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO,

DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el

Juicio Ejecutivo Civil clasificado bajo el número de referencia 146-

EC-2009, promovido por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE

HERNANDEZ, en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusulas

Especiales del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del

señor HECTOR ANTONIO VELA, se venderá en PUBLICA SUBASTA

en este Juzgado en fecha posterior, un inmueble de naturaleza urbana,

identificado lote Número Doce, del Block Dos, Urbanización San

Francisco, Jurisdicción de Ciudad Arce, departamento de La Libertad,

inscrito a la matrícula número TRES CERO DOS CERO CERO UNO

OCHO CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro Santa

Tecla, a favor del señor HECTOR ANTONIO VELA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,

departamento de La Libertad, a las diez horas y treinta minutos del día

nueve de agosto de dos mil doce. LICDO. DAVID AMAEL MORAN

ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS

ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055887-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-

ción seguida en este Tribunal por la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO, como Apoderada del "FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA", que se abrevia "EL FONDO", Institución de Crédito

Autónoma, de este domicilio, contra la señora MARIA LUZ AGUILAR,

mayor de edad, Empleada, del domicilio de San Salvador, departamento

de San Salvador, reclamándole cantidad de dólares y demás accesorios

legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble

embargado siguiente: "Lote de terreno urbano y construcciones que

contiene marcado con el número CATORCE polígono E - uno, pasaje

treinta y uno, el cual forma parte de la Urbanización "EL TIKAL NOR-

TE", situada en jurisdicción de Apopa, de este departamento, con una

extensión superficial de SESENTA metros cuadrados, cuya descripción

técnica es la siguiente: A partir de la intersección de pasaje número treinta

y cinco y pasaje número treinta y uno después de recorrer una distancia

de treinta y tres metros sobre el eje de pasaje número treinta y uno con

rumbo Sur ochenta y un grados veintiséis punto nueve minutos Oeste

a partir del cual con una deflexión izquierda de noventa grados y una

distancia de tres metros se llega a un punto marcado con la letra A, que

pertenece al esquinero Nor-Oriente a partir del cual se inicia la presente

descripción: Línea recta A-B de doce metros con rumbo Sur cero ocho

grados treinta y tres punto un minuto Este lindando con lote número

doce del polígono E-uno de la misma urbanización. AL SUR: Línea

recta B-C de cinco metros con rumbo Sur ochenta y un grados veintiséis

punto nueve minutos Oeste, lindando con lote número trece del polígono

E-uno de la misma urbanización; AL PONIENTE: Línea recta C-D de

doce metros con rumbo Norte cero ocho grados treinta y tres punto un

minuto Oeste, lindando con lote número dieciséis del polígono E-uno de

la misma urbanización; AL NORTE: Línea recta D-A de cinco metros

con rumbo Norte ochenta y un grados veintiséis punto nueve minutos

Este lindado con lote números cuarenta y tres y cuarenta y cinco del

polígono F de la misma urbanización y pasaje número treinta y uno de

por medio de seis metros de ancho. El inmueble anteriormente descrito

se encuentra inscrito a favor de la señora MARIA LUZ AGUILAR, bajo

la Matrícula SEIS CERO UNO CERO DOS CINCO NUEVE SEIS -

CERO CERO CERO CERO CERO propiedad del Departamento de San

Salvador."

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas con veinte minutos del día veintiséis de julio del dos mil doce.

DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055888-2

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. ABELINA CARDOZA RIVERA, JUEZ DECIMO QUINTO DE PAZ,

INTERINA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución

seguida en este Tribunal, por el Doctor Salvador Heriberto Ramírez,

como Apoderado General Judicial del Fondo Social para la Vivienda.

Institución de crédito autónoma de este domicilio, que se abrevie "EL

FONDO", contra el señor MOISÉS PORTILLO o MOISÉS RIVAS

GOMEZ o MOISÉS RIVAS o MOISÉS GOMEZ RIVAS, mayor de edad,

empleado del domicilio de Tonacatepeque, reclamándole la cantidad de

dinero y demás accesorios legales, que se venderá en pública subasta, en

este Juzgado el bien inmueble siguiente: UN LOTE Y CONSTRUCCIO-

NES QUE CONTIENE MARCADO CON EL NUMERO CATORCE,

POLÍGONO VEINTE, DE LA URBANIZACIÓN REPARTO "SAN

JOSE DE LAS FLORES". PRIMERA FASE DE LA PRIMERA ETA-

PA, SITUADA EN EL CANTON LAS FLORES. JURISDICCION DE

TONACATEPEQUE DE ESTE DEPARTAMENTO, que se localizo:

partiendo de la intersección de los ejes del pasaje número diecisiete y

pasaje número dieciséis, abiertos en el terreno general, con rumbo sur,

ochenta y seis grados cincuenta y cinco punto cuatro minutos este, se

mide una distancia de cuarenta y ocho metros noventa centímetros, en este

punto haciendo una deflexión izquierda de noventa grados y una distancia

de dos metros y cincuenta centímetros, se llega al punto número uno del

lote que se describe; AL, PONIENTE: del punto número uno, con rumbo

norte, tres grados cuatro punto seis minutos este, y una distancia de diez

metros veinte centímetros, se llega al punto número dos, lindando con el

lote número quince del mismo bloque; AL NORTE: del punto número

dos, con rumbo sur ochenta y seis grados cincuenta y cinco punto cuatro

minutos este, y una distancia de siete metros y cuarenta centímetros, se

llega al punto número tres, lindando con el lote número siete del mismo

bloque; AL ORIENTE: del punto número tres, con rumbo sur, tres grados

cuatro punto seis minutos oeste, y una distancia de diez metros veinte

centímetros, se llega al punto número cuatro, lindando con lote número

trece del mismo bloque; AL SUR: del punto número cuatro con rumbo

norte, ochenta y seis grados cincuenta y cinco punto cuatro minutos

oeste, y una distancia de siete metros cuarenta centímetros, se llega al

punto número uno, donde se inició la presente descripción, lindando

con zona verde "D",y pasaje número dieciséis, de cinco metros de ancho

de por medio. Los lotes colindantes pertenecen a la misma urbanización

y son o han sido propiedad de "VIVIENDAS FACTIBLES" S.A. DE

C.V. El lote descrito tiene un área de setenta y cinco metros cuadrados,

cuarenta y ocho decímetros cuadrados equivalentes a ciento ocho varas,

cuadradas.- El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del

señor MOISÉS PORTILLO o MOISÉS RIVAS GOMEZ o MOISÉS

RIVAS o MOISÉS GOMEZ RIVAS, al número sesenta y uno del libro

TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE, Registro de Propiedad

de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Décimo Quinto de Paz, a las doce horas del

día veinte de marzo del año dos mil nueve. LIC. ABELINA CARDOZA

RIVERA, JUEZ DECIMO QUINTO DE PAZ. INTA.- LIC. RAFAEL

ANTONIO IRAHETA TAMAYO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055889-2

SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida en este Juzgado, por el Licenciado RAMÓN JOSÉ ANDRÉS

MÉNDEZ QUINTEROS, en su carácter de Apoderado General Judicial

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra el demandado señor

ALBERTO ARTURO CARRANZA MENJIVAR, se venderá en pública

subasta el inmueble que le pertenece al demandado señor CARRANZA

MENJIVAR, en este mismo juzgado en fecha y por el precio que

oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente:"Un

inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado

como APARTAMENTO NÚMERO TREINTA Y CUATRO, DEL

EDIFICIO MULTIFAMILIAR TREINTA Y OCHO, PORCIÓN H, el

cual forma parte del CENTRO URBANO IVU, ANTES CENTRO UR-

BANO MONSERRAT NUMERO DOS, situado en el lugar denominado

Monserrat, jurisdicción y Departamento de San Salvador, y según razón

y constancia de inscripción, APARTAMENTO NUMERO TREINTA Y

CUATRO, NIVEL TRES, EDIFICIO TREINTA Y OCHO, PORCIÓN

H, LUGAR DENOMINADO MONSERRAT, CONDOMINIO CENTRO

URBANO IVU, SAN SALVADOR, el cual mide y linda: AL NORTE,

con espacio aéreo sobre la zona verde la porción H. AL ESTE, con

espacio aéreo sobre la zona verde la porción H. AL SUR, con espacio

aéreo sobre zona de la porción H, pasillo de por medio. AL OESTE,

con el apartamiento treinta y tres, pared medianera de por medio, en la

parte inferior con el apartamento veinticuatro obra gruesa medianera de

por medio y en la parte superior con el apartamiento cuarenta y cuatro,

obra gruesa medianera de por medio."El inmueble anteriormente des-

crito está inscrito a favor del demandado señor ALBERTO ARTURO

CARRANZA MENJIVAR, bajo la Matrícula Número SEIS CERO

CERO TRES OCHO OCHO NUEVE OCHO - A CERO DOS SEIS

OCHO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las catorce horas y diez minutos del día veintiséis de

enero de dos mil doce. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES RUBIO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055890-2

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número:

Cero seis uno cuatro- cero cuatro cero cinco cinco seis -cero cero cua-

tro - nueve; como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,

Autónoma de Derecho Público, del domicilio de San Salvador, con

Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Cero seiscientos cator-

ce - cero setenta mil quinientos setenta y cinco - cero cero dos - seis;

contra el señor MIGUEL ANGEL NOLASCO CHICAS; quien a la

fecha del otorgamiento del Mutuo Hipotecario era de veintidós años de

edad, Vendedor, con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Cero

seiscientos ocho-doscientos mil ciento setenta y seis-ciento uno-uno;

siendo su último domicilio conocido la ciudad de Apopa, actualmente

de paradero ignorado; representado por su Curador Ad-Lítem nombrado,

Licenciado FAUSTO ANTONIO GUTIERREZ MOLINA, de treinta y

cuatro años de edad, Abogado, del domicilio de Santa Tecla, con Tarjeta

de Identificación Tributaria Número: Cero seiscientos catorce-cero treinta

mil setecientos setenta y siete-ciento diecinueve-tres; reclamándole el

pago de CUATRO MIL SETECIENTOS DIECISIETE DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON TREINTA Y

DOS CENTAVOS DE DOLAR, como deuda principal; más el interés

convencional devengado del SEIS POR CIENTO ANUAL SOBRE

SALDOS INSOLUTOS, contado a partir del día veintitrés de junio

del año dos mil tres, hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos

mil cuatro; con tasas modificadas del SIETE POR CIENTO ANUAL

SOBRE SALDOS INSOLUTOS, contado a partir del día uno de enero

del año dos mil cinco, hasta el día treinta y uno de diciembre del año

dos mil cinco; del SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE POR CIENTO

ANUAL SOBRE SALDOS INSOLUTOS, contado a partir del día uno

de enero del año dos mil seis; hasta el día treinta y uno de diciembre

del año dos mil seis; y del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR

CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS INSOLUTOS, contado a partir

del día uno de enero del año dos mil siete, hasta la cancelación total de

la deuda; Primas de Seguro de Vida y de Daños a la Propiedad, por la

cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA Y UN CEN-

TAVOS DE DOLAR, comprendidas desde el día uno de julio del año

dos mil tres, hasta el día veintiséis de febrero del año dos mil diez; todo

hasta su completo pago, transacción o remate y Costas Procesales; se ha

ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado,

en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el lote de terreno

urbano y construcciones que contiene, marcado con el número TREINTA

Y TRES, DEL POLIGONO VEINTISEIS, PASAJE "Ñ" NORTE DE

LA URBANIZACION VALLE VERDE TERCERA ETAPA, situada

en el Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa, departamento de San

Salvador, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS

CUADRADOS, de las medidas perimetrales siguientes: AL SUR: Diez

metros, AL PONIENTE: Cinco metros, AL NORTE: Diez metros, Y AL

ORIENTE: Cinco metros, Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Folio

Real Automatizado, en la Matrícula Número: SESENTA MILLONES

VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA-CERO CERO

CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas

y cuarenta minutos del día once de junio del año dos mil doce. Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA. Licda. MARIA OFELIA VALENCIA CAÑAS,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F055891-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y

SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por la Licenciada BLANCA SILVIA VILLEGAS LINARES, actuando

como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; contra

la señora GEORGINA MARGARITA SORIANO VALENCIA, se

venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será

señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe:

"UN INMUEBLE urbano que según antecedentes se describe así: Lote

de terreno urbano y construcciones que contiene, identificado con el

Número VEINTE Polígono "L", de la Residencial Altavista, situado en

jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una

extensión superficial de SESENTA Y SIETE PUNTO ONCE METROS

CUADRADOS, cuyas medidas perimétricas son: AL NORTE: diez

metros; AL ORIENTE: cinco punto sesenta y dos metros; AL SUR:

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. diez punto veintitrés metros; y, AL PONIENTE: siete punto ochenta

metros. El inmueble anteriormente descrito es propiedad de la señora

GEORGINA MARGARITA SORIANO VALENCIA, según Matrícula

número M CERO UNO UNO DOS SEIS SEIS DOS OCHO del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro,

Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público

para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las quince horas treinta y cinco minutos del día diecisiete

de agosto del año dos mil doce. Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO

DE LO MERCANTIL. Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055927-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,

a las doce horas del día veinticinco de julio del presente año, en el

juicio ejecutivo civil promovido por la Licenciada Deborah Jeannet

Chávez Crespín, en calidad de apoderada del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, contra la señora ORALIA DEL CARMEN ARANA

HERNANDEZ, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE

JUZGADO Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALA-

RA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: "Un lote urbano y construcciones

que contiene, marcado en el plano respectivo con el número TREINTA

del pasaje número VEINTE, polígono VEINTIUNO, del block "E", de

una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS,

dicho lote forma parte de la Urbanización denominada RESIDENCIAL

SANTISIMA TRINIDAD, situado en la jurisdicción de Ayutuxtepeque,

departamento de San Salvador, cuyas medidas perimetrales son: AL

NORTE: cinco punto cero cero metros; AL SUR: cinco punto cero cero

metros; AL ORIENTE: diez punto cero cero metros; AL PONIENTE:

diez punto cero cero metros. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor

de la señora ORALIA DEL CARMEN ARANA HERNANDEZ, a la

matrícula número 60268920-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas de la Primera Sección del Centro con sede en San Salvador.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince

horas y cuarenta minutos del día cinco de septiembre de dos mil doce.

Enmendados-Deborah-apoderada-CINCUENTA-ORALIA-Valen. Más

enmendado-cinco-Vale. Testado-DE-No Vale. Lic. YOALMO ANTO-

NIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA

DE SOMOZA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055929-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado

con el número 6237-EM-10, promovido por la Licenciada PATRICIA

ELENA SANCHEZ DE MORAN, actuando en su calidad de Apoderada

General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la

señora MARTA GLADYS MUÑOZ DE CHAVEZ; se venderá en Pública

subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará, el bien

inmueble que a continuación se localiza y describe así: Jurisdicción de

Tonacatepeque, Departamento de San Salvador. """Un lote de terreno

urbano y construcciones ubicado en RESIDENCIAL ALTAVISTA,

II FASE, I ETAPA, LOTE NUMERO CIENTO TREINTA Y SEIS,

POLIGONO "L" Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San

Salvador, de una extensión superficial de SETENTA Y SIETE PUNTO

CERO CUATRO METROS CUADRADOS, y cuyas medidas según

escritura pública de mutuo hipotecario son las siguientes: AL NORTE:

diez punto cuarenta y dos metros; AL ORIENTE: cinco metros; AL

SUR: diez punto cuarenta y dos metros; y AL PONIENTE: cinco me-

tros y según razón y constancia de inscripción de escritura pública de

cesión de crédito hipotecario en el Centro Nacional de Registros son las

siguientes: AL NORTE: diez punto cuarenta y dos metros; AL ORIENTE:

siete punto cincuenta metros; AL SUR: diez punto veintitrés metros; y

AL PONIENTE: siete punto cincuenta metros. Inscrito en la matrícula

número M CERO UNO UNO DOS SEIS SIETE CUATRO CUATRO

del Registro Social de Inmuebles."""

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las doce horas y veinticinco minutos del día nueve de

agosto de dos mil doce. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397rEPoSicioN DE cErTificaDoS

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San

Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extra-

viado el Certificado No. 0750-020337-3, amparado con el registro No.

1147705 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-03-2012 a 180

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos

de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No.

486 y 932 del Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 08 de octubre de 2012.

BANCO AGRICOLA, S.A.

VICTOR CANALES,

Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,

Gerencia de Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. F055797-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha

presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado

No. 742-019820-2, amparado con el registro No. 926333 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 27-12-2006 a 150 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 05 de Octubre de 2012.

BANCO AGRICOLA, S.A.

VICTOR CANALES,

Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. F055798-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: Que en su Agencia El Angel, de la ciudad de Sonsonate,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 791-016607-9, amparado con el registro No. 739738

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 06-11-2002 a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 08 de Octubre de 2012.

BANCO AGRICOLA, S.A.

VICTOR CANALES,

Jefe Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. F055799-2

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: Que en su Agencia El Angel, de la ciudad de Sonsonate,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 0770-025839-1, amparado con el registro No. 1064468

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 28-11-2011 a 30 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 09 de Octubre de 2012.

BANCO AGRICOLA, S.A.

VICTOR CANALES,

Jefe Depto. Control de Calidad y Atención al Cliente,

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. F055800-2

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: Que en su Agencia La Merced, de la ciudad de San Miguel,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 0781-036551-1, amparado con el registro No. 1137918

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-09-2011 a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 08 de Octubre de 2012.

BANCO AGRICOLA, S.A.

VICTOR CANALES,

Depto. de Control de Calidad y Atención al Cliente,

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. F055802-2

AVISO

El Banco de Fomento Agropecuario,

AVISA: Que en su Agencia Cara Sucia, se ha presentado parte

interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito

Número 409-050-100283-0, constituido el 29-10-10, para el plazo de

360 días prorrogables, lo que se hace del conocimiento del público para

los efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad

con los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco, no recibe oposición alguna a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de septiembre de 2012.

Lic. HENRY EDGARDO VENTURA PERLA,

GERENTE DE AGENCIA CARA SUCIA.

3 v. alt. No. F055825-2

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397BalaNcE DE liQUiDaciÓN

3 v. alt. No. F055796-2

MarcaS DE SErVicio

No. de Expediente: 2012117589

No. de Presentación: 20120167020

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GRUPO

AEROMEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

aEroMEXico.coM

Consistente en: Las palabras AEROMEXICO.COM, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE, EMBALAJE Y

ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE

VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE

DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR

FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y

LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELA-

DIARIO

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Page 117: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. CIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN

DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O

CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE

Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO,

SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPOR-

TE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIOS Y

AGENCIAS DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFOR-

MACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANS-

PORTE, SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION

DE VEHICULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE,

ACARREO, ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES

AEREOS, TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE AL-

MACENES (DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE

ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS

DE ENVIO, REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES,

CORRETAJE DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO,

DESCARGA DE MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO)

DE PRODUCTOS, EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETA-

DO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES,

FLETAMENTO, FLETE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS),

INFORMACION SOBRE TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE

ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O

MERCANCIAS), DISTRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE

DE PASAJEROS, SERVICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE

MERCANCIAS, REPARTO DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS

DE VIAJE, RESERVAS DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS.

Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005910-2

No. de Expediente: 2012117713

No. de Presentación: 20120167209

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de AEROVIAS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras CLUB PREMIER PLATINO y diseño,

en donde PREMIER se traduce al castellano como PRINCIPAL, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS TRANSPORTE, EMBALAJE

Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE

VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE

DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR

FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y

LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELA-

CIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN

DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O

CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE

Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO,

SERVICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPOR-

TE DE MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIOS Y

AGENCIAS DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFOR-

MACION SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANS-

PORTE, SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION

DE VEHICULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE,

ACARREO, ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES

AEREOS, TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE AL-

MACENES (DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE

ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS

DE ENVIO, REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES,

CORRETAJE DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO,

DESCARGA DE MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO)

DIARIO

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Page 118: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DE PRODUCTOS, EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETA-

DO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES,

FLETAMENTO, FLETE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS),

INFORMACION SOBRE TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE

ALMACENAMIENTO, SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O

MERCANCIAS), DISTRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE

DE PASAJEROS, SERVICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE

MERCANCIAS, REPARTO DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS

DE VIAJE, RESERVAS DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS.

Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005911-2

No. de Expediente: 2012117717

No. de Presentación: 20120167213

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de AE-

ROVIAS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras CLUB Premier ORO y diseño, donde

la palabra Premier se traduce al castellano como Principal, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE, EMBALAJE Y

ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE

VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE

DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR

FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y

LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELA-

CIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN

DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O

CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE

Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO, SER-

VICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE

MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIO Y AGENCIAS

DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFORMACION

SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANSPORTE,

SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION DE VEHI-

CULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE, ACARREO,

ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES AEREOS,

TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE ALMACENES

(DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACE-

NAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS DE ENVIO,

REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES, CORRETAJE

DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO, DESCARGA DE

MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO) DE PRODUCTOS,

EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETADO DE MERCAN-

CIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES, FLETAMENTO, FLE-

TE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS), INFORMACION SOBRE

TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE ALMACENAMIENTO,

SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O MERCANCIAS), DIS-

TRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE DE PASAJEROS, SER-

VICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE MERCANCIAS, REPARTO

DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS DE VIAJE, RESERVAS

DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS. Clase: 39.

DIARIO

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Page 119: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.-

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005912-2

No. de Expediente: 2012117711

No. de Presentación: 20120167207

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de AE-

ROVIAS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

clUB PrEMiEr

Consistente en: Las palabras CLUB PREMIER, donde la pa-

labra Premier se traduce al castellano como Principal, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE, EMBALAJE Y

ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS, ORGANIZACION DE

VIAJES, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE

DE PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO (POR

FERROCARRIL, CARRETERA, AGUA, AIRE O CONDUCTO) Y

LOS SERVICIOS AFINES, ASI COMO LOS SERVICIOS RELA-

CIONADOS CON EL ALMACENAMIENTO DE MERCANCIAS EN

DEPOSITOS U OTROS EDIFICIOS PARA SU PRESERVACION O

CUSTODIA, SERVICIOS RELACIONADOS CON EL EMBALAJE

Y EMPAQUETADO DE PRODUCTOS PREVIO A SU ENVIO, SER-

VICIOS DE INFORMACION SOBRE VIAJES O TRANSPORTE DE

MERCANCIAS PRESTADOS POR INTERMEDIARIO Y AGENCIAS

DE TURISMO, ASI COMO LOS SERVICIOS DE INFORMACION

SOBRE TARIFAS, HORARIOS Y MEDIOS DE TRANSPORTE,

SERVICIOS RELACIONADOS CON LA INSPECCION DE VEHI-

CULOS O MERCANCIAS PREVIO SU TRANSPORTE, ACARREO,

ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS, TRANSPORTES AEREOS,

TRANSPORTES AERONAUTICOS, ALQUILER DE ALMACENES

(DEPOSITOS), ALQUILER DE CONTENEDORES DE ALMACE-

NAMIENTO, SERVICIOS DE CHOFERES, SERVICIOS DE ENVIO,

REPARTO DE CORREO, CORRETAJE DE FLETES, CORRETAJE

DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE DEPOSITO, DESCARGA DE

MERCANCIAS, DISTRIBUCION (REPARTO) DE PRODUCTOS,

EMBALAJE DE PRODUCTOS, EMPAQUETADO DE MERCAN-

CIAS, ORGANIZACION DE EXCURSIONES, FLETAMENTO, FLE-

TE (TRANSPORTE DE MERCANCIAS), INFORMACION SOBRE

TRANSPORTE, INFORMACION SOBRE ALMACENAMIENTO,

SERVICIOS DE MENSAJERIA (CORREO O MERCANCIAS), DIS-

TRIBUCION DE PAQUETES, TRANSPORTE DE PASAJEROS, SER-

VICIOS DE REMOLQUE, REPARTO DE MERCANCIAS, REPARTO

DE PAQUETES, RESERVAS DE PLAZAS DE VIAJE, RESERVAS

DE TRANSPORTE, VISITAS TURISTICAS. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005913-2

DIARIO

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Page 120: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012115517

No. de Presentación: 20120162841

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de DC COMICS, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras DC COMICS y diseño, en donde la

palabra COMICS se traduce como HISTORIETA, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO A SABER, JUE-

GOS DE VIDEO SUMINISTRADOS EN LÍNEA, JUEGOS DE COM-

PUTADORA SUMINISTRADOS EN LÍNEA, JUEGOS DE VIDEO

NO DESCARGABLES SUMINISTRADO PARA USO TEMPORAL;

PRODUCCIÓN DE SOFTWARE DE JUEGOS DE VIDEO Y COM-

PUTADORA; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO EN FORMA

DE SERIES DE TELEVISIÓN DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA,

DRAMA, ANIMACIÓN Y REALITY SHOWS; PRODUCCIÓN DE

SERIES DE TELEVISIÓN DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA,

DRAMA, ANIMACIÓN Y REALITY SHOWS; DISTRIBUCIÓN Y

MUESTRA DE PELÍCULAS PARA CINES DE ACCIÓN EN VIVO,

COMEDIA, DRAMA Y ANIMACIÓN; EXHIBICIONES TEATRALES,

TANTO ANIMADAS COMO DE ACCIÓN EN VIVO; SERVICIOS DE

INFORMACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET SOBRE ACTIVIDADES

DE ENTRETENIMIENTO RELACIONADAS ESPECÍFICAMENTE

CON JUEGOS, MÚSICA, PELÍCULAS Y TELEVISIÓN SUMINIS-

TRADO A TRAVÉS DE UNA RED COMPUTACIONAL ELEC-

TRÓNICA GLOBAL; SUMINISTRO DE UN SITIO DE INTERNET,

PRESENTANDO TRÁILERES, FOTOGRAFÍAS Y OTROS MATE-

RIALES MULTIMEDIA; SUMINISTROS DE NOTICIAS SOBRE

ACONTECIMIENTOS ACTUALES Y ENTRETENIMIENTO, E

INFORMACIÓN RELACIONADA CON EDUCACIÓN Y EVENTOS

CULTURALES, A TRAVÉS DE UNA RED COMPUTACIONAL

GLOBAL; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PARA ENTRETE-

NIMIENTO ACTUAL A TRAVÉS DE UNA RED DE COMUNICA-

CIÓN ELECTRÓNICA GLOBAL, EN FORMA DE PROGRAMAS

DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA, DRAMA Y ANIMACIÓN, Y

PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS DE ACCIÓN EN VIVO, COMEDIA,

DRAMA Y ANIMACIÓN PARA DISTRIBUCIÓN A TRAVÉS DE

UNA RED COMPUTACIONAL GLOBAL; SUMINISTRO DE UN

JUEGO PARA COMPUTADORA QUE PUEDE TENERSE ACCESO

MEDIANTE UNA RED DE TELECOMUNICACIONES; SERVICIOS

DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICOS A SABER, PUBLICACIÓN

DE TRABAJOS DE TEXTO Y GRÁFICOS DE OTROS EN LÍNEA

PRESENTANDO ARTÍCULOS, NOVELIZACIONES, GUIONES,

LIBROS DE HISTORIETAS, GUÍAS DE ESTRATEGIAS, FOTO-GRAFÍAS Y MATERIAL VISUAL; SERVICIOS DE PARQUES DE

ATRACCIONES; PARQUES DE RUEDAS DE ATRACCIONES; SHOWS EN VIVO O PREGRABADOS Y/O PELÍCULAS; INFOR-MACIÓN DE ENTRETENIMIENTO Y/O RECREACIÓN; SERVICIOS DE CLUB DE ENTRETENIMIENTO. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de julio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005914-2

No. de Expediente: 2012120448

No. de Presentación: 20120172121

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de AMERICAN DAIRY QUEEN CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SER-VICIOS,

DQ

Consistente en: la expresión DQ, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE Y SERVICIOS DE COMIDA PARA LLEVAR. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005919-2

DIARIO

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Page 121: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012120449

No. de Presentación: 20120172122

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de

AMERICAN DAIRY QUEEN CORPORATION, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SER-

VICIOS,

DairY QUEEN

Consistente en: la expresión DAIRY QUEEN que se traduce al

castellano como Lechero Reina, que servirá para: AMPARAR: SER-

VICIOS DE RESTAURANTE Y SERVICIOS DE COMIDA PARA

LLEVAR. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005921-2

No. de Expediente: 2012120434

No. de Presentación: 20120172094

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de PIZZA HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MaKE iT GrEaT

Consistente en: las palabras MAKE IT GREAT que se traducen

al castellano como "hacerlo muy bien", que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005927-2

No. de Expediente: 2012118655

No. de Presentación: 20120168799

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Alpharma,

LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ZOETIS, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE PROVISIÓN DE INFORMACIÓN Y ASESORÍA EN

EL CAMPO DE LA SALUD ANIMAL Y MEDICINA VETERINARIA.

Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005934-2

DIARIO

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Page 122: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397MarcaS DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012120941

No. de Presentación: 20120173012

CLASE: 29, 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FEDE-RICO GUILLERMO FERNANDEZ MADRIGAL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AGROINDUSTRIAS SAN JULIAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AGROSANIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra LA SONSONATECA y diseño, que

servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y

CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDU-

RAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELA-

DAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS;

HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES. Clase: 29. Para: AMPARAR: CERVEZA; AGUAS

MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL;

BEBIDAS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS

PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005947-2

No. de Expediente: 2012121401

No. de Presentación: 20120173880

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS

DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATO-

RIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

SUaVilEr

Consistente en: la palabra SUAVILER, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de septiembre del año dos mil doce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005964-2

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Page 123: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012121402

No. de Presentación: 20120173881

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATO-RIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SUaVicorT

Consistente en: la palabra SUAVICORT, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil doce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005965-2

No. de Expediente: 2012121400

No. de Presentación: 20120173879

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATO-RIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

NaSiTral

Consistente en: la palabra NASITRAL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA: SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil doce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005966-2

No. de Expediente: 2012121404

No. de Presentación: 20120173883

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATO-RIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

XYliSol

Consistente en: la palabra XYLISOL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil doce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005967-2

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397

de tercera publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las nueve

horas y veinticinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con

beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MARIA

DE JESUS SANCHEZ MORALES conocida por MARIA SANCHEZ,

MARIA DE JESUS SANCHEZ y por MARIA DE LOS ANGELES

SANCHEZ, quien falleció el día diez de marzo del corriente año, en el

Barrio Guadalupe de San Alejo, siendo ese lugar, su último domicilio;

de parte de las señoras MARIA MARTHA CRISTINA SANCHEZ

DE ORTIZ; REINA DE LA PAZ SANCHEZ, e HILDA MARINA

SANCHEZ DE HERNANDEZ, en calidad de hijas y como cesionarias de

los derechos hereditarios que le correspondían a las señoras ARACELY

ABIGAIL SANCHEZ, GLADYS CONCEPCION SANCHEZ conocida

por GLADIS CONCEPCION SANCHEZ y MARIA EL CARMEN

SANCHEZ, éstas en calidad de hijas de la causante. Confiriéndoles a

dichas aceptantes, en el carácter indicado, la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cuatro días

del mes de Octubre del dos mil doce. Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005777-3

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL -A, DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las

once horas del día veinticuatro de Agosto del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión

intestada que a su defunción dejó el causante ALFREDO ROMANO

HERNANDEZ, quien fue de cincuenta y tres años de edad, agricultor,

casado, siendo su último domicilio Soyapango, originario de San José

La Fuente, Departamento de La Unión, Salvadoreño, hijo de Pedro

Romano y Félix María Hernández viuda de Romano, quien falleció el

día veintidós de mayo de mil novecientos noventa y ocho, de parte de

la señora MARÍA DEMETRIA VENTURA VIUDA DE ROMANO,

conocida por MARÍA DEMETRIA VENTURA DE ROMANO y por

MARIA DEMETRIA VENTURA, quien se identifica por medio de

su Documento Único de Identidad número 00227972-8 y Número de

Identificación Tributaria cero seis uno nueve- uno cinco uno dos cinco

cinco-uno cero uno-nueve; en su calidad de cónyuge sobreviviente del

causante y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían

a los jóvenes JOSE DAVID ROMANO VENTURA y JOSE ALFREDO

ROMANO VENTURA, en su calidad de hijos del causante, representada

judicialmente por el Licenciado Nelson Alexander Navarro Renderos.

Se ha conferido a la aceptante la representación y administración

INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después

de la última publicación de este Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas

con quince minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil doce. Lic.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.

MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005778-3

LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE

LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas tres minutos

del día catorce de septiembre de dos mil doce se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

a su defunción ocurrida a las dieciocho horas del día once de junio de

dos mil doce, en Final Calle Principal, Colonia San Judas, Caserío El

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. Carmen, Cantón Faya, de la Villa de Jujutla, de este Departamento,

siendo su último domicilio la Villa de Jujutla; dejó el señor SANTOS

ALEXANDER FLORES RAYMUNDO conocido por SANTOS

ALEXANDER FLORES REYMUNDO, de parte de la señora MARINA

CANDELARIA FLORES VILLALOBOS, en su calidad de Cesionaria

de los derechos hereditarios que les corresponderían a los señores JESÚS

SANTAMARÍA conocida por JULIA FLORES LOPEZ y SANTOS

RAYMUNDO VILLALOBOS en su carácter de padres del causante.

Nómbrase interinamente a la aceptante representante y administradora de

la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la herencia

yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas cuatro

minutos del día catorce de septiembre de dos mil doce. Lic. DANI BERI

CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. Lic.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005783-3

JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de

este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a

las nueve horas con treinta minutos del día once de Septiembre del dos

mil doce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en El Paisnal,

Departamento de San Salvador, siendo esta Ciudad de San Marcos, su

último domicilio, el día uno de Agosto de mil novecientos noventa y dos,

dejó la causante TOMASA CHAMAGUA, de parte de la señora ANA

FLOR RIVERA DE JORGE, en su calidad de cesionaria de los derechos

hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondían

al señor JORGE ALBERTO CHAMAGUA, en calidad de hijo de la de

cujus en mención.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para

que transcurridos que sean quince días contados a partir del siguiente al

de la tercera publicación del edicto de aceptación de herencia, concurran

a este tribunal a hacer uso de su derecho.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las diez horas del día once de septiembre del

año dos mil doce. Licda. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON,

JUEZA DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F055338-3

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolu-

ción proveída por este Juzgado a las catorce horas cincuenta minutos del

día veintisiete de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a las cuatro horas y treinta y cinco minutos, del día

veintiocho de mayo del año dos mil once, en el Hospital Regional del

Seguro Social de la ciudad de Sonsonate, siendo la ciudad de Acajutla

su último domicilio, dejó la señora MARIA CORALIA TORRES, MA-

RIA CORALIA TORRES VALDES o MARIA CORALIA TORRES

VALDEZ, de parte de la señora, ESMERALDA HORTENSIA TORRES

ABREGO, en su concepto de hija de la expresada causante; por lo que

se le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia a

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince

horas cinco minutos del día veintisiete de septiembre del dos mil doce.

Lic. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055345-3

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas

con cuarenta minutos del día trece de febrero del año dos mil doce. Se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en el Cantón San Isidro

Los Planes, de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de

San Salvador, a las dieciséis horas del día uno de agosto de mil nove-

cientos noventa, dejó la causante ALEJANDRA NERIO VIUDA DE

MALDONADO, de parte del señor TRANQUILINO MALDONADO

NERIO, en su concepto de hijo de la causante.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las ocho

horas con cincuenta minutos del día trece de febrero del año dos mil doce.

Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055366-3

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce

horas diez minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario de parte de la señora LILIAN ARACELY

DIMAS LÓPEZ, la herencia intestada dejada a su defunción por la señora

MARIA JULIA GARCIA DE LOPEZ, conocida por JULIA DIMAS,

quien fue de cuarenta y siete años de edad, Costurera, casada, hija de

Gertrudis García y de padre ignorado; quien falleció a las once horas

treinta minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil ocho, en

el Hospital General ISSS, San Salvador; siendo Ciudad Arce su último

domicilio, en concepto de HIJA de la causante. Confiérese a la referida

aceptante en el concepto indicado la administración y representación

interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho en las presentes

diligencias.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, de-

partamento de La Libertad; a las doce horas veinte minutos del día veinte

marzo de dos mil doce. Lcdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055368-3

EL LICENCIANDO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE

LO CIVIL DE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolu-

ción de las catorce horas con cuarenta y seis minutos del día veintitrés

de Agosto de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario de parte del señor JORGE MAURICIO

RODRIGUEZ CHOTO, la herencia intestada dejada por el causante

señor CARLOS CHOTO RODRIGUEZ, quien falleció en San Salvador,

siendo su último domicilio Talnique, departamento de La Libertad, el día

trece de enero de mil novecientos noventa y ocho, a la edad de sesenta y

tres años, soltero, originario de Talnique, departamento de La Libertad,

de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de los Señores NICOLÁS CHOTO

y CIPRIANA RODRIGUEZ; aceptación que hace el citado señor en su

calidad de hijo del referido causante. Y SE LE HA CONFERIDO AL

ACEPTANTE la administración y representación interinas de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA, a las

quince horas con siete minutos del día veintitrés de agosto del año dos

mil doce. Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO

CIVIL DE SANTA TECLA. Lic. ROSA ANGELICA HERNANDEZ

EUCEDA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055372-3

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO,

DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las

nueve horas veintiocho minutos del día veinte de Septiembre de dos mil

doce, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

de parte de la señora MARIA VICTALINA ANZORA DE RUANO, la

HERENCIA INTESTADA que a defunción dejó el causante MOISES

RUANO, quien fue de ochenta y cuatro años de edad, jornalero, fallecido

el día veintinueve de diciembre del año mil novecientos sesenta y dos,

siendo la ciudad de San Juan Opico su último domicilio. La expresada

aceptante lo hace en concepto de CESIONARIA del derecho hereditario

que le correspondía al señor Sergio René Ruano Cornejo, en concepto

de hijo del expresado causante; y en consecuencia, se le confirió la

representación y administración INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que crean tener derecho en dicha sucesión,

para que se presenten a este juzgado a deducirlo en el plazo de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia. San Juan Opico, de-

partamento de La Libertad, a las diez horas siete minutos del día veinte

de Septiembre de dos mil doce. Licdo. DAVID AMAEL MORAN

ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS

ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055382-3

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas dos minutos

del día veinte de agosto del año dos mil doce. Se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a las cinco horas diez minutos del día dieciocho de

mayo del año dos mil once, en el Hospital Nacional San Juan de Dios

de Santa Ana, dejó el señor MIGUEL ANGEL DELGADO HERRERA,

quien tuvo como último domicilio el de Ahuachapán; de parte de la

señora YOLANDA DELGADO DE MARTINEZ, en su calidad de

hija del causante. A quien se le nómbrase interinamente representante

y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los fines de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL, AHUACHAPAN, a las quince horas

veinte minutos del día veinte de agosto de dos mil doce. Dr. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CLAUDIA LELIN

GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055446-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince horas

treinta minutos del día diecisiete de septiembre de dos mil doce, se tuvo

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los

señores, OSCAR RICARDO HERNÁNDEZ MORALES, DOLORES

AIDA HERNÁNDEZ DE FLORES, conocida tributariamente como

DOLORES AIDA HERNÁNDEZ MORALES y MARTA YANIRA

HERNÁNDEZ DE VILLALOBOS, conocida tributariamente como

MARTA YANIRA HERNÁNDEZ MORALES, en concepto de hijos

del causante señor OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ CONTRERAS,

conocido por OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ, de la Herencia

Intestada que a su defunción defirió el expresado causante, ocurrida el

día dieciséis de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro, en esta

ciudad, su último domicilio. Habiéndose conferido a los aceptantes la

administración y representación interina de los bienes de la sucesión

con las facultades y restricciones legales.

Y CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las

quince horas cincuenta minutos del día diecisiete de septiembre de

dos mil doce.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ

CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER

PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055459-3

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este día,

se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que dejó la señora JUANA FRANCISCA ALEMÁN

DE CASTELLÓN, conocida por JUANA FRANCISCA ALEMÁN, al

fallecer el día veintiséis de febrero del corriente año, en el Hospital San

Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo la ciudad de Santa Elena,

en el Departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio,

al señor LUIS ALONSO CASTELLÓN BENAVIDES, conocido por

LUIS ALONSO CASTELLÓN, en concepto de cónyuge sobreviviente

de la causante, y como Cesionario del derecho hereditario que le

correspondía a los señores LUIS ROBERTO CASTELLÓN ALEMÁN

o LUIS ROBERTO CASTELLÓN, IDILIA MARIBEL CASTELLÓN

DE LOZANO o IDILIA MARIBEL CASTELLÓN ALEMÁN o IDILIA

MARIBEL CASTELLÓN, y FLOR DE MARÍA CASTELLÓN DE

ORELLANA o FLOR DE MARÍA CASTELLÓN ALEMÁN o FLOR DE

MARÍA CASTELLÓN, como hijos de la causante y JESÚS ALEMÁN,

como padre de la misma causante; confiriéndosele la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinte días del

mes de agosto del dos mil doce. Lic. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055486-3

JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERÓN, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a

las doce horas del día treinta de julio de dos mil doce. Se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Santo Tomás, siendo éste

su último domicilio, el día doce de febrero de mil novecientos setenta y

nueve, dejó el causante MAURICIO TORRES MARTÍNEZ, conocido

por MAURICIO TORRES, de parte de los señores AUGUSTO MISAEL

TORRES HERNÁNDEZ, CECILIA MAGDALENA TORRES DE

CALDERÓN y PATRICIA GUADALUPE TORRES DE BELTRAN,

en su calidad de hijos del referido de cujus. Se ha conferido a los

aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,

Departamento de San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del

día nueve de agosto de dos mil doce. Licda. JUDITH GUADALUPE

MAZA CALDERÓN, JUEZA DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO

CORTEZ GÓMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055496-3

SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias

de Aceptación de Herencia Testamentaria promovidas por los Licen-

ciados JUAN JOSÉ ALAS, como apoderado general judicial del señor

CÉSAR AUGUSTO PINO MARQUEZ y la Licenciada CRISTELA

GUADALUPE MELÉNDEZ ESCOBAR, conocida por CRISTELA

GUADALUPE NOVOA ESCOBAR, como apoderada general judicial

de la señora IRIS AMADA DE JESÚS GÁLVEZ MARQUEZ, y que

por resolución de las once horas con quince minutos del día veinticuatro

de septiembre del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario de la sucesión que a su defunción

le defirió la causante señora MARÍA DEL TRÁNSITO MARQUEZ DE

GÁLVEZ, conocida por TRÁNSITO MARQUEZ DE GÁLVEZ, quien

fue de ochenta y cinco años de edad al momento de fallecer, de oficios

del hogar, casada, originaria de Apaneca, salvadoreña por nacimiento,

hija de Juan Girón y Andrea Márquez, siendo su último domicilio el de

la ciudad de San Salvador, quien falleció en fecha diecinueve de agosto

del año dos mil nueve, por parte de los señores CÉSAR AUGUSTO

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. PINO MARQUEZ y la señora IRIS AMADA DE JESÚS GÁLVEZ

MARQUEZ, en su calidad de herederos testamentarios de la causante en

un porcentaje de un treinta y tres punto treinta y tres por ciento para cada

uno, a quien de conformidad al art. 1163 del Código Civil se les confirió

la administración y representación interina de la sucesión intestada, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Así

mismo en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho

a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir

del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a

este Tribunal a deducir sus derechos.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento,

se libra el presente Edicto en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de

San Salvador, a las once horas con cincuenta minutos del día veinticuatro

de septiembre del año dos mil doce.- Dr. SAÚL ERNESTO MORALES,

JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.

Licda. GABRIELA CAROLINA PALACIOS CRISTALES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055508-3

HErENcia YacENTE

MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

Pedro Rogelio Sibrián Lara, de treinta y ocho años de edad, abogado,

de este domicilio, en su concepto de apoderado general judicial con

cláusula especial de la señora Arcadia Morán Flores; pidiendo que se

declare yacente la herencia de los bienes que a su defunción dejó la

señora ROSA MÉLIDA MORÁN, quien fue de sesenta y cuatro años

de edad, soltera, del domicilio de esta ciudad, falleció a las quince horas

quince minutos del día seis de noviembre de mil novecientos noventa

y siete, sin haber formalizado testamento alguno y hasta la fecha no se

ha presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia,

por lo que se ha declarado yacente, habiéndose nombrado Curador de

la misma al Licenciado NELSON ARGELIS JIMÉNEZ ESCOBAR, a

quien se juramentó y se le discernió el cargo.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las

ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de septiembre

del dos mil doce.- Licda. MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ

ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA

CORALIA RAMÍREZ LEIVA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055342-3

TÍTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: Que a esta oficina se presento el señor GREGORIO

GONZÁLEZ FUENTES, de sesenta y cuatro años de edad, Jornalero,

de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero

dos millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento veintitrés guión

dos; solicitando a su favor la extensión de TÍTULO DE PROPIEDAD

y DOMINIO; de un inmueble de Naturaleza Urbana, situado en la

Lotificación Gutiérrez, de esta ciudad, Distrito y Departamento de San

Miguel, de la capacidad superficial de SEISCIENTOS NOVENTA Y

OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:

AL ORIENTE, treinta y seis punto cuarenta y cinco metros, colinda con

Miguel Ángel Aguilar Batres y Omar Turcios Vásquez; AL NORTE

cuarenta y seis metros colinda con Edy Bladimir Romero Hernández y

Rosa Cándida Machado Rivas; AL PONIENTE, doce metros colinda

con José Diego Martínez Sorto; y AL SUR, treinta metros colinda con

Rosa María Elena Castillo de Guevara y Gregorio González Fuentes,

calle de por medio, en el inmueble antes descrito se encuentra construida

tres casas en buen estado: Las dos primeras paredes de bloque, techo

de duralita y la última de pared de adobe, techo de teja, con servicio

de agua y con su correspondiente servicio sanitario completo y siendo

propias las paredes de las casas antes descritas. Que el inmueble descrito

lo adquirió por medio de Compra Venta de Posesión Material que le

hizo al señor JOSÉ TEOFILO PORTILLO, el día veintidós de enero de

mil novecientos ochenta, antes los oficios del Notario José Guillermo

Araujo Araujo. Dicho inmueble no tiene cargas, ni derechos reales que

pertenezcan a otra persona, no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra

en proindivisión con nadie. Que desde la fecha que adquirió la posesión

del inmueble descrito hasta la actualidad ha tenido la posesión material

en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin proindivisión con

persona alguna como verdadero dueño. El inmueble anterior lo estima

en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA; lo que se avisa al público para los efectos de ley.

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 ALCALDÍA MUNICIPAL: Ciudad Barrios, a los veintisiete días

del mes de agosto del año dos mil doce. RENÉ WILFREDO GÓMEZ

ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL. Licda. ROSA AMINTA

MORALES DE MEDRANO, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F055465-3

rENoVaciÓN DE MarcaS

No. de Expediente: 2000006939

No. de Presentación: 20120165126

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de BANCO CITIBANK

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00107

del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

LAS PALABRAS MULTI PREMIOS, ESCRITAS EN LETRAS DE

CARACTERES CORRIENTES que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055396-3

No. de Expediente: 1991001632

No. de Presentación: 20120168907

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de FIAT GROUP MARKETING & CORPORATE

COMMUNICATION S.p.A., del domicilio de Via Nizza 250, 10126

Torino, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00018 del Libro 00012 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la expresión ALFA ROMEO; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055398-3

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 1985001377

No. de Presentación: 20100137269

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS

SELLO DE ORO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

del domicilio de Jayaque, Departamento de La Libertad, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Nú-

mero 00145 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente

en la palabra NUGGETS; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de junio del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055401-3

No. de Expediente: 2000008170

No. de Presentación: 20120167766

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de GONHER DE MEXICO S.A. DE C.V., del domicilio

de Avenida Manuel Ordóñez, Número 600, Santa Catarina, Nuevo León,

México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 00186 del Libro 00153 de INSCRIPCIÓN

DE MARCAS, consistente en una viñeta cuadrada de fondo color azul

y sobre este fondo, una fina red de color blanco, en forma también

cuadrada que deja al descubierto solamente una delgada orilla del color

azul a su alrededor; en su parte superior contiene la palabra "WEB" en

letras mayúsculas, de tipo huecas y estilizadas con su borde blanco y

fondo rojo, y la letra "W" está formada por figuras geométricas así: un

trapecio a ambos lados, un rombo en el centro y un triángulo en cada

abertura inferior; bajo esta palabra aparecen las palabras "Oil Filter" en

letras blancas de tamaño pequeño y minúsculas, exceptuando la "O" y

la "F" que sí son mayúsculas; bajo éstas, la expresión "W-16" en color

blanco y en menor tamaño, siendo la "W" mayúscula; y más abajo, la

letra "V" mayúscula junto a los números "4670" ambos también en color

blanco, pero en tamaño muy pequeño; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 07 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

a los cinco días del mes de julio del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055419-3

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397MarcaS DE fÁBrica

NUEVa PUBlicaciÓN

El presente aviso se publica nuevamente por haber salido con error en

los Diarios Oficiales Nos. 167, 169 y 171 Tomo No. 396 de fechas 10,

12 y 14 de septiembre de 2012.

No. de Expediente: 2012116079

No. de Presentación: 20120164335

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MIRIAM

ILIANA MIRANDA LOPEZ, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de GYNOPHARM, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

Consistente en: las palabras CFR RECALCINE y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y

OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;

PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COS-

MÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C004794-3

No. de Expediente: 2012119872

No. de Presentación: 20120170713

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAUL

BENJAMIN LOPEZ BERTRAND, en su calidad de APODERADO de

MARIANO HECTOR SALAZAR CHAVEZ, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

la liMa coffEE ESTaTE

Consistente en: las palabras LA LIMA COFFEE ESTATE, donde

las palabras Coffee Estate se traducen al castellano como Finca de Café,

que servirá para: AMPARAR: CAFE ORO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de septiembre del año dos mil doce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005775-3

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012119475

No. de Presentación: 20120169942

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de PHARMA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

METaBolic cla

Consistente en: las palabras METABOLIC CLA. Se traduce al

castellano la palabra metabolic como: Metabólico, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ESPECIALMENTE

PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA LA OBESIDAD Y EL

METABOLISMO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055513-3

No. de Expediente: 2012121383

No. de Presentación: 20120173829

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de PHARMA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

Consistente en: la palabras NutriBaby y diseño, que servirá para:

AMPARAR: EXTRACTOS DE CARNE: FRUTAS Y VERDURAS,

HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS

SECAS Y COCIDAS; JALEAS, COMPOTAS, PAPILLAS; HUEVOS,

LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de septiembre del año dos mil doce.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055515-3

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012121382

No. de Presentación: 20120173828

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de PHAR-

MA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra NutriBaby y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PRODUCTOS HI-

GIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS Y

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO,

ALIMENTOS PARA BEBES; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES

PARA SERES HUMANOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055517-3

No. de Expediente: 2012120428

No. de Presentación: 20120172036

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJIA ESCOBAR: en su calidad de APODERADO de

Pharma Development S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

102 aÑoS

Consistente en: la expresión 102 AÑOS, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y VETERINARIAS;

PREPARACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS PARA USO

MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO

MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COM-

PLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES;

PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055519-3

No. de Expediente: 2012116027

No. de Presentación: 20120164235

CLASE: 01, 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de ATLANTA BUSINESS CORPORATION, S.A., de nacionalidad

PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO.

alPHa

Consistente en: la palabra ALPHA, que se traduce al castellano

como Alfa, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS

DESTINADOS A LA INDUSTRIA, CIENCIA, FOTOGRAFÍA, ASÍ

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. COMO A LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTU-

RA; RESINAS ARTIFICIALES EN ESTADO BRUTO, MATERIAS

PLASTICAS EN ESTADOS BRUTO, ABONO PARA LAS TIERRAS;

COMPOSICIONES EXTINTORAS; PREPARACIONES PARA EL

TEMPLE Y SOLDADURAS DE METALES; PRODUCTOS QUÍMI-

COS DESTINADOS A CONSERVAR LOS ALIMENTOS; MATERIAS

CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DESTINADOS A LA

INDUSTRIA. Clase: 01. Para: AMPARAR: TRANSPORTE; ALMA-

CENAJE Y EMBALAJE DE MERCANCÍAS; ORGANIZACION DE

VIAJES Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día nueve de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de agosto del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055522-3

No. de Expediente: 2012118442

No. de Presentación: 20120168412

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

de FUJI JUKOGYO KABUSHIKI KAISHA (también conocida como

Fuji Heavy Industries Ltd), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

BrZ

Consistente en: la expresión BRZ, que servirá para: AMPARAR:

AUTOMOVILES; MOTORES PARA AUTOMOVILES; ESPEJOS

RETROVISORES; CAPOTA PARA MOTORES DE VEHICULOS; PA-

RACHOQUES DE VEHICULOS; LIMPIAPARABRISAS; FRENOS DE

VEHICULOS; BOCINAS PARA VEHICULOS; CARROCERIA PARA

VEHICULOS; PUERTAS PARA VEHICULOS; ENGRANAJES PARA

VEHICULOS; CHASIS DE AUTOMOVILES; EMBRAGUES PARA

AUTOMOVILES; SEÑALES DIRECCIONALES PARA VEHICULOS;

CIRCUITOS HIDRAULICOS PARA VEHICULOS; TRANSMISION

PARA VEHICULOS DE TIERRA; PARTES ESTRUCTURALES

PARA VEHICULOS; VOLANTES PARA VEHICULOS; LLANTAS

PARA VEHICULOS; NEUMATICOS PARA VEHICULOS; ASIENTO

PARA VEHICULOS; MARCOS DE PLACAS; PORTAEQUIPAJE

PARA VEHICULOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055524-3

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012121206

No. de Presentación: 20120173550

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL.

frESH firM PlUS

Consistente en: las palabras FRESH FIRM PLUS, que se traducen

al castellano como Mayor Frescura y Firmeza, que servirá para: IDEN-

TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALI-

ZAR CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASI COMO ARTÍCULOS

ELABORADOS DE MADERA.

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055494-3

No. de Expediente: 2012121207

No. de Presentación: 20120173551

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL.

frESH coMforT

Consistente en: las palabras FRESH COMFORT, que se traducen al castellano como Frescura y Comodidad, que servirá para: IDENTIFI-CAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTICULOS ELA-BORADOS DE MADERA.

La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055495-3

No. de Expediente: 2012121205

No. de Presentación: 20120173549

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL.

frESH firM

Consistente en: las palabras FRESH FIRM, que se traducen al cas-tellano como Frescura y Firmeza, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTÍCULOS ELABORADOS DE MADERA.

La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055497-3

No. de Expediente: 2012121210

No. de Presentación: 20120173554

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL.

oNE coVEr PlUS

Consistente en: las palabras ONE COVER PLUS, que se traducen al castellano como Una Mayor Cubierta, que servirá para: IDENTIFI-CAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTÍCULOS ELA-BORADOS DE MADERA.

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055499-3

No. de Expediente: 2012121209

No. de Presentación: 20120173553

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL.

oNE coVEr

Consistente en: las palabras ONE COVER, que se traducen al

castellano como Una Cubierta, que servirá para: IDENTIFICAR UN

ESTABLECIMIENTO DEDICADO A COMERCIALIZAR CAMAS,

BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO ARTÍCULOS ELABORADOS

DE MADERA.

La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055501-3

No. de Expediente: 2012121208

No. de Presentación: 20120173552

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ESPUMAS ARTIFICIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL.

frESH coMforT PlUS

Consistente en: las palabras FRESH COMFORT PLUS, que se

traducen al castellano como Mayor Frescura y Comodidad, que ser-

virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A

COMERCIALIZAR CAMAS, BASES Y COLCHONES, ASÍ COMO

ARTÍCULOS ELABORADOS DE MADERA.

La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

diecinueve de septiembre del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055502-3

DIARIO

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial

No. de Expediente: 2011111997

No. de Presentación: 20110155994

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE DA-

NIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERADO

de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE

EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL.

Pollo caMPEro, HoY ES Dia DE SaBor

Consistente en: la expresión POLLO CAMPERO, HOY ES DIA

DE SABOR, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS

CONSUMIDORES SOBRE LOS SERVICIOS DE RESTAURANTES,

CAFES-RESTAURANTE, CAFETERIAS, RESTAURANTES DE

AUTOSERVICIO Y SERVICIOS DE ALIMENTACION Y BEBIDAS,

BARES DE COMIDAS RAPIDAS.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005789-3

No. de Expediente: 2011106760

No. de Presentación: 20110146640

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-

CIAL.

ToDa la caliDaD Y frEScUra al

MEJor PrEcio

Consistente en: las palabras TODA LA CALIDAD Y FRESCURA

AL MEJOR PRECIO, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL

PUBLICO CONSUMIDOR DE LAS PROMOCIONES Y ACTIVIDA-

DES DE SUPERMERCADO DE LA EMPRESA, UTILIZADAS PARA

MOTIVAR LA VENTA DE PRODUCTOS DE LAS SIGUIENTES

CATEGORIAS: ABARROTES, PRODUCTOS DE CUIDADO PERSO-

NAL, PRODUCTOS PARA LA LIMPIEZA DEL HOGAR, GRANOS

BASICOS, PERECEDEROS Y/O PRODUCTOS DE TEMPORADA.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador,

cinco de junio del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055417-3

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. coNVocaToria

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INGENIO CENTRAL AZUCARERO JIBOA, SOCIEDAD ANONIMA, POR ESTE MEDIO.

CONVOCA, A SESION DE JUNTA GENERAL DE ACCIO-NISTAS. La sesión se llevará a cabo en PRIMERA CONVOCATORIA el día 08 de Noviembre de 2012, de las diez horas en adelante en las instalaciones del Hotel Real Intercontinental, Ubicado en Ave. Los Sisimiles y Blvd. De Los Héroes, Departamento de San Salvador.

De no reunirse en esa fecha y hora señalada por falta de quórum, la sesión de Junta General de Accionistas, se llevará a cabo en SEGUNDA CONVOCATORIA el día 09 de Noviembre de 2012, de las diez horas en adelante, en las instalaciones del Hotel Real Intercontinental, Ubicado en Ave. Los Sisimiles y Blvd. De Los Héroes, Departamento de San Salvador.

En esta Junta se conocerán asuntos de

Carácter Ordinario, según la siguiente agenda:

I) Establecimiento y Verificación del Quórum.

II) Lectura y aprobación del acta de asamblea general ordinaria de accionistas, celebrada el día 07 de septiembre de 2011.

III) Lectura y aprobación de la Memoria de labores de la Junta Directiva, correspondiente al año 2011.

IV) Presentación y aprobación del Balance General, del Estado de Resultados, del Estado de Cambios en el Patrimonio y del informe del Auditor Externo de la sociedad, correspondientes al ejercicio 2011, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

V) Aplicación de Resultados de Ejercicio 2011.

VI) Nombramiento del Auditor Externo, propietario y suplente y fijación de sus respectivos honorarios para el ejercicio 2012.

VII) Nombramiento del Auditor Fiscal, propietario y suplente y fijación de sus respectivos honorarios para el ejercicio 2012.

VIII) Elección de los Miembros propietarios y suplentes de la Junta Directiva y Asignación de sus Emolumentos.

IX) Autorización a los directores y administradores, para reali-zar contratos según art. 275 romano III y IV del Código de Comercio.

EL Quórum necesario para conocer de los asuntos de Carácter Ordinario en PRIMERA CONVOCATORIA será de la mitad más una de todas las acciones de la Sociedad que tiene derecho a votar, o sea, 956,076 acciones y sus resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. Y en SEGUNDA CONVOCATORIA, será constituida la sesión, cualquiera que sea el número de acciones presentes o repre-sentadas, y sus resoluciones se tomarán con el voto de la mayoría de las acciones presentes o representadas.

San Vicente, 04 de Octubre de 2012

LIC. DOUGLAS ENRIQUE RIOS ROBLEDO,

DIRECTOR-PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F055379-3

PUBlica SUBaSTa

FREDY FRANCISCO ORELLANA FRANCO, JUEZ SEGUNDO DE

PAZ SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Juzgado, por

la Licenciada BLANCA MARICELA CAMPOS GOMEZ, continuado

por la Licenciada ALICIA MARICELA GOMEZ DE QUINTANLLA,

como Apoderada General Judicial del señor JOSE SISTO MARTINEZ

BENAVIDES, en contra de los demandados SERGIO ANTONIO

MENDEZ e IRIS YVENTH MENDEZ LOPEZ, conocida por IRIS

IVETH MENDEZ LOPEZ, se venderán en pública subasta en fecha

oportuna los muebles SIGUIENTES: un vehículo Placa P 126194, clase

PICK-UP, marca CHEVROLET, Modelo N/D, color ROJO NEGRO,

Motor F0717T. Chasis CS148A170586, capacidad de 5 TONELADAS,

año 1968, un Horno de Gas, color negro desgastado sin el sistema.

Lo que se avisa al púbico para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de Paz; Jucuapa, a los nueve días

del mes de Agosto del año dos mil doce.- LIC. FREDY FRANCISCO

ORELLANA FRANCO, JUEZ SEGUNDO DE PAZ SUPLENTE. LIC.

MARTHA JULIA MORALES DE DOMINGUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055467-3

rEPoSicioN DE cErTificaDoS

AVISO

Caja de Crédito de Santiago Nonualco, Sociedad Cooperativa de Res-

ponsabilidad Limitada de Capital Variable.

COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Av. El Progreso y calle

Francisco Gavidia, Bo. San Juan de San Santiago Nonualco, departamento

de La Paz, se ha presentado el propietario de los CERTIFICADOS DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO NÚMEROS 03306 y 03253, solicitan-

do la reposición de dichos certificados por UN MIL QUINIENTOS

00/100 DÓLARES (US $1,500.00) y TRES MIL 00/100 DÓLARES

(US $3,000.00), respectivamente. En consecuencia de lo anterior, se

hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del

caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de

este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer los

certificados en referencia.

Santiago Nonualco, 6 de octubre de 2012.

CESAR AUGUSTO BONILLA LOPEZ,

CAJA DE CREDITO DE SANTIAGO NONUALCO,

SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

3 v. alt. No. F055331-3

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del

certificado de depósito a plazo No. 10601035060 (218624) emitido en

Suc. Ahuachapán el 11 de mayo de 2001, por valor original de $514.29

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 5.5000% de Interés, solicitando

la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certificado en referencia.

San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil

doce.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS

3 v. alt. No. F055443-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario

del certificado de depósito a plazo No.060638570 (12103) emitido en

Suc. Santa Ana el 15 de abril de 1991, por valor original de ¢10,742.00

a un plazo de 180 días, el cual devenga el 18% de interés, solicitando la

reposición de dicho certificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certificado en referencia.

San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil

doce.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F055444-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario

del certificado de depósito aplazo No.075600006966 (10000026744)

emitido en Suc. Multiplaza el 25 de noviembre de 2008, por valor

original de $300.00 a un plazo de 1 mes, el cual devenga el 5.000%

de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certificado en referencia.

San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil

doce.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F055445-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario

del certificado de depósito a plazo No. 63601015977(197631) emitido

en Suc. Plaza Libertad el 21 de diciembre de 2001, por valor original

de $2,285.71 a un plazo de 4 meses, el cual devenga el 3.25000% de

interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certificado en referencia.

San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil

doce.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F055447-3

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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario

del certificado de depósito a plazo No.005601074836 (10000073163)

emitido en Suc. Galerías el 16 de noviembre de 2010, por valor original

de $35,000.00 a un plazo de 1 año, el cual devenga el 2.400% de interés,

solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extravia-

do.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certificado en referencia.

San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil

doce.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F055448-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario

del certificado de depósito a plazo No.014601341645 (10000063230)

emitido en Suc. San Francisco Gotera el 08 de marzo de 2010, por valor

original de $9,900.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.600%

de Interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certificado en referencia

San Salvador, a los cinco días del mes de octubre de dos mil

doce.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F055449-3

MarcaS DE SErVicioS

No. de Expediente: 2011114317

No. de Presentación: 20110160255

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA MARLENE

ANDINO DE NIETO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad

de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS.

TEiToN

Consistente en: la palabra TEITON, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACION PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS

PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR,

DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PERFUMES, ACEITES

ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO;

DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del

año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005784-3

DIARIO

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2011108147

No. de Presentación: 20110149225

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de OPERADORA DEL SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: OPERADORA DEL SUR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

UNa MaNo Para crEcEr

Consistente en: la expresión UNA MANO PARA CRECER, que servirá para: AMPARAR: ORGANIZACION DE CAPACITACIONES Y DESARROLLO DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de junio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055422-3

No. de Expediente: 2011113240

No. de Presentación: 20110158315

CLASE: 35, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR PAUL VILLEDA ZIMMER, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras runelsalvador.com y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRE-TENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055426-3

MarcaS DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012120525

No. de Presentación: 20120172250

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de More Pharma Corporation, S. de R.L. de C.V., de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

SKiNrEGEN

Consistente en: la palabra SKINREGEN, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES,

COSMETICOS, LOCIONES CAPILARES: INCLUYENDO PREPA-

RACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, A SABER, CREMAS

PARA LA CARA Y EL CUERPO, LOCIONES, MASCARILLAS,

LIMPIADORES, TÓNICOS, HUMECTANTES, TRATAMIENTOS

DE LIMPIEZA, CREMAS PARA LOS OJOS, GELES PARA LOS

OJOS Y LOCIONES PARA EL CUERPO. Clase: 03.

DIARIO

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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055402-3

No. de Expediente: 2012120524

No. de Presentación: 20120172248

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de More Pharma Corporation, S. de R.L. de C.V., de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

SilcUra

Consistente en: la palabra SILCURA, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES,

COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; INCLUYENDO PREPA-

RACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, A SABER, CREMAS

PARA LA CARA Y EL CUERPO, LOCIONES, MASCARILLAS,

LIMPIADORES, TÓNICOS, HUMECTANTES, TRATAMIENTOS

DE LIMPIEZA, CREMAS PARA LOS OJOS, GELES PARA LOS

OJOS Y LOCIONES PARA EL CUERPO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055404-3

No. de Expediente: 2012120399

No. de Presentación: 20120171815

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad

LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

carNiSENSiTiVE

Consistente en: la palabra CARNISENSITIVE, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; ALIMENTOS Y

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS

PARA BEBES; PREPARACIONES BACTERIANAS PARA USO

MÉDICO, PREPARACIONES BACTEREOLOGICAS PARA USO

MÉDICO. PREPARACIONES BALSÁMICAS PARA USO MÉDICO,

Y ENZIMAS PARA USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055405-3

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012120398

No. de Presentación: 20120171814

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

PUrE Pro EGG

Consistente en: las palabras PURE PRO EGG, en donde PURE EGG se traducen al castellano como PURO HUEVO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS, SUPLEMENTOS NUTRICIONA-LES, COMPLEMENTOS NUTRICIONALES, COMPLEMENTOS NUTRICIONALES PARA USO MÉDICO, ALBUMINA (ALIMEN-TOS A BASE DE -) PARA USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055406-3

No. de Expediente: 2012120397

No. de Presentación: 20120171813

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

SENZaSalE

Consistente en: la palabra SENZASALE, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS DE PASTELERIA Y DE CONFITERIA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CON-DIMENTOS); ESPECIAS AROMÁTICAS (PREPARACIONES -) PARA USO ALIMENTICIO, ESPECIAS, SAZONAR (PRODUCTOS PARA-). Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055408-3

No. de Expediente: 2012120396

No. de Presentación: 20120171812

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de International Pharma Labs S.à.r.I., de nacionalidad

LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

alTraX

Consistente en: la palabra ALTRAX, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055409-3

DIARIO

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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012120395

No. de Presentación: 20120171811

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de International Pharma Labs S.a.r.I., de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

croNaDYN

Consistente en: la palabra CRONADYN, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de julio del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055410-3

No. de Expediente: 2012120743

No. de Presentación: 20120172638

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Camble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

WHiTElocK

Consistente en: la palabra WHITELOCK, que servira para: AMPARAR: DENTIFRICO: BLANQUEADOR PARA DIENTES COSMÉTICO; ENJUAGUE BUCAL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055411-3

No. de Expediente: 2012120745

No. de Presentación: 20120172640

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de The Procter & Camble Company, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

WHiTElocK

Consistente en: la palabra WHITELOCK, que servirá para: AM-

PARAR: ENJUAGUE BUCAL. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de agosto del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055412-3

DIARIO

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Page 146: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012 ...DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. 3 Pág. 80-84 84 84-86 86-87 87-92 92-103 103-104 104-105 106-113 114-115

146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012120530

No. de Presentación: 20120112255

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

MaX facTor EYE BriGHTENiNG

Consistente en: las palabras MAX FACTOR EYE BRIGHTENING, en donde EYE BRIGHTENING se traducen al castellano como OJO ILUMINACION, que servir para: AMPARAR: JABONES DE TO-CADOR, PERFUMERÍA, COSMÉTICOS, ACEITES ESENCIALES, LOCIONES CAPILARES, PREPARACIONES PARA LA LIMPIEZA, CUIDADO Y EMBELLECIMIENTO DE LA PIEL, CUERO CABE-LLUDO Y CABELLO, DESODORANTES Y ANTITRANSPIRAN-TES PARA USO PERSONAL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055414-3

No. de Expediente: 2012120479

No. de Presentación: 20120172172

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de THE GILLETTE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SilVErToUcH

Consistente en: la palabra SILVERTOUCH, que servirá para: AMPARAR: MAQUINILLAS DE AFEITAR Y HOJAS DE AFEITAR; DISPENSADORES, ESTUCHES REMOVIBLES, SOSTENEDORES, Y CARTUCHOS, TODOS ESPECÍFICAMENTE DISEÑADOS PARA CONTENER HOJAS DE AFEITAR, Y PARTES ESTRUCTURALES DE ESTOS. Clase: 08.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F055415-3

No. de Expediente: 2011110675

No. de Presentación: 20110153548

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de VETO GLOBAL SOURCING INC., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: La expresión PLATA y diseño, que servirá para: AMPARAR: TOMACORRIENTES, SWITCHES, ENCHUFES, INTERRUPTORES, DING-DONGS, CAJETINES, JACKS, DIMES, PLAFONES, AMARRAS PLÁSTICAS, PORTEROS ELÉCTRICOS, BRAKERS, CAJA PARA EXTERIORES, CLICKS, CONMUTA-DORES, PLACAS DECORATIVAS Y APLIQUES PARA TOMAS ELÉCTRICAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055420-3

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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012120309

No. de Presentación: 20120171629

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO GENERAL de Car Connectivity Consortium LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO,

Consistente en: un diseño identificado como "Diseño de un cuadra-do", que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE DE COMPUTADOR; HARDWARE DE COMPUTADOR; EQUIPOS DE COMUNICACIÓN PARA COMPUTADOR; EQUIPO DE TELECOMUNICACIÓN; EQUIPOS PERIFÉRICOS PARA COMPUTADOR; EQUIPOS ELEC-TRÓNICOS DE CONSUMO; SOFTWARES TELEMATICOS Y DE INFORMACIÓN PARA ENTRETENIMIENTO (INFOTAINMENT) PARA AUTOMOTORES; HARDWARES TELEMATICOS Y DE INFORMACIÓN PARA ENTRETENIMIENTO (INFOTAINMENT) PARA AUTOMOTORES; ACCESORIOS TELEMATICOS Y DE INFORMACIÓN PARA ENTRETENIMIENTO (INFOTAINMENT) PARA AUTOMOTORES QUE CONSISTEN EN COMPUTADORES, SOFTWARE DE COMPUTADOR, TRANSMISORES, RECEPTORES Y DISPOSITIVOS DE INTERFAZ DE RED; MÓDULOS DE INTER-FAZ ELECTRÓNICA VENDIDOS COMO UNA PARTE INTEGRAL DE UN VEHÍCULO TERRESTRE DE MOTOR PARA INTERFA-CES ALAMBRICOS E INALAMBRICOS PARA DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS MANUALES O MÓVILES; INTERFACES PARA USUARIO PARA DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS VENDIDOS COMO UNA PARTE INTEGRAL DE AUTOMÓVILES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055424-3

No. de Expediente: 2012119838

No. de Presentación: 20120170610

CLASE: 01, 03. 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Warren Distribution, Inc., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra MAG1 y diseño, que servirá para: AMPARAR: ADITIVOS QUIMICOS AUTOMOTRICES, INCLU-YENDO, LIQUIDO DE FRENOS COMPUESTO DE ÉTERES DE GLICOL, SUSTITUTO DE PLOMO CONTENIENDO DESTILADOS DE PETRÓLEO PARA PREVENIR EL DESGASTE DE SELLO DE LA VÁLVULA, SELLADOR Y ACONDICIONADOR DE LA DI-RECCIÓN ASISTIDA (POWER STEERING), FLUIDO (LIQUIDO) PARA LA DIRECCIÓN ASISTIDA (POWER STEERING), ADITIVO PARA TRATAMIENTO DE GAS CONTENIENDO DESTILADOS DE PETRÓLEO, COMPOSICIÓN PRESURIZADA PARA INFLADOR DE NEUMÁTICO PARA SELLAR E INFLAR NEUMÁTICOS, Y LIMPIADOR PARA SISTEMA DE COMBUSTIBLE. Clase: 01. Para: AMPARAR: LIMPIADOR PARA CARBURADOR E INYECTOR DE GASOLINA; LIMPIADOR PARA ACELERADOR Y TOMA DE AIRE; LIMPIADOR PARA MOTOR, LIMPIADOR DE ESTARTER; LIMPIADOR DE FRENOS PARA USO EN FRENOS DE DISCO Y DE TAMBOR; FORMULACIÓN EN SPRAY PARA LIMPIADORA DE VIDRIO PARA LIMPIAR VIDRIOS Y REMOVER PINTURA Y RESIDUOS DE CINTA ADHESIVA; ACEITE PENETRADOR CON TEFLÓN PARA REMOVER ÓXIDO, GRASA Y OTRAS SUSTANCIAS; DESENGRASANTE DE MOTOR PARA REMOVER RESIDUOS DE GRASA Y ACEITE, Y LIMPIADOR PARA MANOS. Clase: 03. Para: AMPARAR: ACEITES, GRASAS Y LUBRICANTES INDUSTRIALES; INCLUYENDO, ACEITE DE MOTOR PARA USO EN VEHÍCULOS; ACEITES SINTÉTICOS PARA MOTORES DE CARROS; ACEITES PARA MOTORES DE SERVICIO PESADO; FLUIDOS PARA TRANSMISIÓN; FLUIDOS HIDRAULICOS; SPRAY DE SILICÓN MULTI-USO AEROSOL LUBRICANTE PARA CADENA; FLUIDO PARA TRACTOR UNIVERSAL; ACEITES PARA ENGRANAJE; GRASAS; ACEITES PARA MOTOR DE DOS CICLOS. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil doce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F055425-3

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397

rEforMaS a loS ESTaTUToS DE la fEDEracioN SiNDical

rEVolUcioNaria (f.S.r.)

Artículo. 16.- Este Artículo se modifica de manera siguiente: El Congreso Federal Nacional Ordinario, se integrará con los miembros Directivos

que ostentan la representación Judicial y Extrajudicial de los Sindicatos miembros.- Para que las resoluciones sean válidas éstas deberán ser adoptadas

por la mayoría de votos de los congresales concurrentes.- Para que se pueda celebrar válidamente un Congreso Federal Nacional, será necesario que

a el concurran por lo menos, la mitad más uno de los sindicatos miembros de la Federación: sino hubiese quórum a la hora indicada, se convocará en

el acto para una hora después de aquélla para la cual no hubo quórum, en cuyo caso se podrá celebrar con el número de Sindicatos representados y

sus resoluciones serán de acatamiento forzoso.- Desde el Artículo. 17 hasta el Artículo. 67, mantienen su contenido igual a los Estatutos vigentes.

Artículo. 68. El encabezamiento se mantiene igual a los Estatutos vigentes: a) Hasta ciento catorce dólares Americanos serán autorizados en caja

chica por el Secretario General y el Secretario de Finanzas conjuntamente; b) De más de quinientos dólares serán autorizados por la Junta Directiva

Federal; Arficulo.-69.- Igual a los Estatutos vigentes.-Artículo.-70.- Igual a los Estatutos vigentes.- Desde los Artículos 71,72,73 y 74; conservan su

texto igual a los Estatutos vigentes.- Artículo.- 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81 y 82 conservan su texto igual a los Estatutos vigentes.

Res. 46/2012.

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: San Salvador, a las catorce horas del día uno de octubre del año dos mil doce.

Por recibida la documentación presentada a este Ministerio a las ocho horas con quince minutos del día veinticinco de septiembre del año dos

mil doce, por el señor Roger Vladimir Vásquez Castro, en su calidad de Secretario de Organización y Estadística de la FEDERACIÓN SINDICAL

REVOLUCIONARIA cuyas siglas son FSR en la que solicita se apruebe el proyecto de reformas a los Artículos 16 y 68 de los Estatutos de la Fede-

ración antes mencionada y sobre lo solicitado se hacen las siguientes.

CONSIDERACIONES:

I) Que de conformidad al acta de Congreso Federal Ordinario de Primera Convocatoria celebrada a las nueve horas del día veintitrés de

septiembre del año dos mil doce, se aprobó el proyecto de reforma a los Estatutos de la referida Federación en los Artículos antes relacio-

nados;

II) Que habiéndose realizado el estudio de la documentación presentada, se determinó que la misma no adolece de errores de fondo y forma,

ni contravenciones a las leyes de la República, al orden público o a las buenas costumbres del país;

Por tanto, en vista de lo antes expuesto y de conformidad al Art. 217 literal j), Art. 221 literal a) numeral 2° del Código de Trabajo y el Art. 3

numeral 1 del Convenio 87 de la Organización Internacional de Trabajo, este Despacho RESUELVE: A) APROBAR las reformas a los Artículos

16 y 68 de los Estatutos de la FEDERACIÓN SINDICAL REVOLUCIONARIA cuyas siglas son FSR, con el texto en que han sido presentadas;

B) PUBLIQUENSE en el Diario Oficial la reforma antes mencionada y la presente resolución; y C) TÉNGANSE por incorporadas al texto vigente

de los Estatutos de la Federación antes mencionada las reformas aquí aprobadas. COMUNÍQUESE. H. CENTENO, MINISTRO DE TRABAJO Y

PREVISIÓN SOCIAL.

SeCCION DOCuMeNTOS OFICIALeSMinisterio de trabaJo y previsión social

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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