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Director - ICAGI · 2017. 12. 29. · Apuntes de la Mutualidad de la Abogacía. Reunión de la Comisión de Familia con D. Gerardo ... Cine y Derecho. All the Kinng´s Men (1946)

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  • Asamblea General del Colegio de Abogados.

    Homenaje a colegiados cincuentenarios.

    Entrevista: Mari Carmen Bildarraz. Decana de los Juz-gados de San Sebastián.

    Apuntes de la Mutualidad de la Abogacía.

    Reunión de la Comisión de Familia con D. GerardoCalvo, Juez de Familia de San Sebastián.

    Las ordenanzas del Valle de Baztán.

    Turno de Violencia sobre la Mujer, de ViolenciaDoméstica y de Agresiones sexuales.

    Euskal Herriko zuzenbide zibilari buruzko lantegi.

    Modificaciones por parte de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita en la tramitación de los expedientes resueltos provisionalmente por el S.O.J. como “archivos penales”..

    El Estatuto del trabajador autónomo y su nuevo pro-yecto de regulación.

    Asociación Jóvenes Abogados de Gipuzkoa.

    Registro sobre beneficiarios de seguros de vida.

    Convenio de Colaboración entre el Colegio de Abogados y el Banco Santander Central Hispano

    Partido en memoria del Bardulian Gonzalo Linares.

    Cine y Derecho. All the Kinng´s Men(1946)

    Edita: Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa / Gipuzkoako Abokatuen Kolegio Prestua Director: Luis Olaizola BernaolaCoordinador: Donato Castaño Diseño/ publicidad: Signos Publicidad y Comunicación S.L. / Xenpelar 3-1º. 20100 Errenteria.943 527466 Depósito Legal: SS-1054-1999. El Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa no comparte necesariamente la opi-nión que reflejan los colaboradores a través de sus artículos.

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    El pasado 22 de junio se celebró en la sede colegial,la Asamblea General Ordinaria correspondiente a2006. Presidida por el Decano del Colegio, DomingoArizmendi, le acompañaron los miembros de la Jun-ta de Gobierno, Santiago Ron, vocal diputado 11º, yel Secretario, Javier Segura.

    El Decano comenzó dando la bienvenida a todos losasistentes y posteriormente ofreció un resumen delos datos más importantes y los hecho acontecidosde mayor relevancia para el Colegio durante el pasa-do ejercicio de 2006.

    Una vez concluido el acto, todos los compañeros quepreviamente se habían inscrito para la comida, acu-dieron al restaurante Chomin de San Sebastián, don-de disfrutaron de una agradable comida acompaña-dos por los invitados. Entre estos últimos, figurabael fiscal jefe de la Audiencia Provincial de San Sebas-

    tian Jaime Goyena. En la misma mesa le acompaña-ron Yolanda Domeño, Presidente de la secciónsegunda de la Audiencia Provincial y Jone Unanue,P residente de la sección tercera, también de laAudiencia Provincial de Gipuzkoa.Representado a los procuradores acudió el Tesorerodel Colegio Fernando Mendavia. El Coelgio Notarialde Pamplona envío a Jose Luis Carvajal.

    Además de este grupo de invitados también acudie-ron un buen número de compañeros, que pudieroncompartir almuerzo y tertulia.

    El pasado 22 de Junio, en el salón de actos del Colegio

    Celebrada la Asamblea General Ordinaria del Colegio de Abogados.

  • colegio • elkargoa

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    El año 2006 en datos y cifras

    Destacamos

    FALLECIMIENTOS

    D. ALEJANDRO DIEZ TRISTAN Marzo 2006D. LUIS LAGO RODRIGUEZ 30-06-2006D. JOSE LUIS PEREA PISON Julio 2006Dª Mª CAROLINA LIZASOAIN AILLET 11-09-2006

    D. LUIS ECHECOPAR REY 21-01-2007D. JOSE JUAN ALZUETA BENEITE 29-03-2007D. GONZALO LINARES FARIAS 26-04-2007D. REMIGIO TOLOSA AYESTARAN 07-05-2007

    3 de AbrilReunión informativa de la Mutualidad de la Aboga-cía sobre el Plan Universal de la Abogacía. 4 de AbrilModificación del Reglamento del Turno de Asisten-cia Penitenciaria 18 de MayoOrganizada por la Agrupación de Jóvenes Abogadosse celebra una charla coloquio sobre DesarrolloSostenible15 de JunioOrganizada por la AJA se celebra una reunión sobreConciliación vida familiar y laboral.21 de JunioIURIS MUGA. Reunión. Problemática de la aplica-ción del Reglamento comunitario 1348/2000.23 de JunioJunta General Ordinaria: 1) Reseña de los aconteci-mientos más importantes del año anterior y 2) Exa-men y votación de la cuenta general de gastos eingresos del ejercicio anterior.6 de JulioO rganizado por el Observatorio IURIS MUGA s ecelebra un seminario sobre la actual situación de laejecución transfronteriza de sentencias en las Juris-dicciones de Baiona y Gipuzkoa.SeptiembreNuevas herramientas para Mutualistas en la web yen el aplicativo informático de Delegaciones.NoviembreAcuerdo suscrito por el Departamento de Justicia,Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco y elConsejo Vasco de la Abogacía. Base de datos juris-prudencial de las resoluciones dictadas por los Tri-bunales de la CAV. Certificado de firma electrónica.NoviembrePuesta a disposición de los colegiados el programade minutación de Lex Tools en soporte CD Rompara aplicación de forma automática las normas dehonorarios.28 de NoviembreOrganizada por la Comisión de Derecho de Familiase celebra una charla sobre la problemática fiscal ytributaria derivada de las rupturas matrimoniales yde parejas de hecho.15 de DiciembreJunta General Ordinaria: Examen y votación delpresupuesto para el año 2.007 y Aprobación delReglamento de Procedimiento Disciplinario. 19 de DiciembreJornada organizada por el Consejo Vasco de la Abo-gacía sobre acceso a la base de datos jurispruden-cial mediante firma electrónica y utilización delprograma del cálculo de honorarios.

    INCORPORACIONES DURANTE EL AÑO 2005

    EJERCIENTES RESIDENTES 50EJERCIENTES NO RESIDENTES -NO EJERCIENTES RESIDENTES 13NO EJERCIENTES NO RESIDENTES 0

    ___TOTAL: 63

    BAJAS COLEGIALES Y PASES A NO EJERCIENTES

    BAJAS: 60A NO EJERCIENTES: 16

    ____TOTAL: 76

    Nº DE COLEGIADOS AL 31-12-2006

    EJERCIENTES RESIDENTES 1.535EJERCIENTES NO RESIDENTES 34NO EJERCIENTES RESIDENTES 295NO EJERCIENTES NO RESIDENTES 11

    ____TOTAL: 1.875

    TURNOS DE OFICIO Y ASITENCIA LETRADA AL DETENIDO

    Nº DE TURNOS DE OFICIO DESIGNADOS 6.371Nº DE ASISTENCIAS LETRADAS PRESTADAS 5.468

    SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA Y HELDU

    Expedientes tramitados en el S.O.J. 3.519Vistos por la Comisión Justicia Gratuita: 4.065

    Expedientes abiertos HELDU 898

    DICTAMENES Y QUEJAS

    Se han recibido de los Juzgados 160 impugnaciones sobrehonorarios y se han emitido 90 dictámenes. Se han tramita-do 10 procedimientos Verbales Sumarios, 51 reclamacionesdeontológicas, 8 expedientes disciplinarios y 19 expedientesde reclamaciones por responsabilidad civil.

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    El acto más emotivo de la Junta del Colegio celebra-da el viernes 22 de junio llegó cuando el Decanoanunció los nombres de los colegiados que recibiánun homenaje del propio Colegio por sus 50 años decolegiación.Los homenajeados de esta edición han sido:Antonio Elosegui Odriozola, colegiado con el número 663, el 14/6/1957Pedro Ruiz Balerdi, colegiado con el número 669, el 8/11/1957Desde estas páginas les damos la más sincera enho-rabuena por todos estos años de profesionalidad.En el mismo acto se rindió un cálido homenaje anuestra compañera en las tareas administrativas Izas-kun Urkola, quien este año cumple 25 años desarro-llando su trabajo con gran eficiencia en el seno delColegio.

    En el mismo acto se homenajeó a nuestra compañera Izaskun por sus 25 años en el Colegio.

    Homenaje a 50 años de colegiación.

    Elkargoko Batzordeak ekainaren 22an, ostirala, egindakoekitaldia oso zirraragarria izan zen, batez ere Dekanoakadierazi zuenean zein kolegiatu omendu behar zituenElkargoak bertan 50 urte egiteagatik.Aurten omenduak honakoak izan dira:Antonio Elosegui OdriozolaPedro Ruiz BalerdiOrri hauetatik zorionik beroenak eman nahi dizkiegu urtehauetan guztietan erakutsi duten profesionaltasun han-diagatik.Ekitaldi horretan bertan omenaldi bero bat eskaini genionadministrazio-lanak egiten dituen gure lankide IzaskunUrkolari; aurten 25 urte beteko ditu gure Elkargoan, etadenbora horretan profesionaltasun osoarekin bete dubere eginkizuna.

  • ¿Cuál ha sido su trayectoria, desde que finalizó susestudios hasta convertirse en Juez Decana de SanS e b a s t i á n ?Después de aprobar la oposición estuve un año enla Escuela Judicial en Barcelona, y luego, en el mis-mo lugar otros seis meses de prácticas. Más quenada porque en Barcelona son juzgados conmucho movimiento y en los que adquieres muchae x p e r i e n c i a .Y luego como la tierra tira mucho, y yo soy deNavarra, mi primer destino fue en Estella, en unJuzgado mixto que llevaba también el RegistroCivil, igual que aquí. Estuve dos años, ascendí yluego me vine a San Sebastián donde llevo desde elaño 2003. Como Juez Decana fui elegida ennoviembre aunque las elecciones fueron en sep-tiembre del año pasado pero no se publicó en elBOE hasta un par de meses después.

    ¿ Y quién le elige?La elección es entre todos los compañeros de pri-mera instancia, instrucción, penal, ejecutoria. Enfin, todos los Juzgados menos la Audiencia Provin-c i a l .

    ¿Cuál es la labor del Juez Decano?Es un órgano de gobierno, que en este caso repre-senta a los jueces que me han elegido y que son losde este partido judicial. Soy el órgano representati-vo ante otras instituciones u organizaciones (en tucaso vienes de parte del Colegio de A b o g a d o s . . . ) .Mantienes contactos o reuniones con la policía aefectos del funcionamiento de los juzgados de ins-trucción, con organizaciones que tengan que vercon alguno de los juzgados, etc. Por ejemplo ahoraque ya están en marcha los juzgados de violenciacontra la mujer, pues vienen los organismos deasistencia a las víctimas, otros sobre puntos deencuentros. En resumen con aspectos org a n i z a t i v o sque afectan al funcionamiento ordinario de los juz-g a d o s .El Decanato también lleva unos servicios comunes

    como son la presentación de escritos y registro deentrada, las demandas o cualquier otra cuestión. Seinformatiza y se reparte entre los juzgados corres-p o n d i e n t e s .En relación a los compañeros, anualmente hay quehacer una Junta de Jueces, incluso aunque no hayapuntos concretos que tratar debe hacerse. En laúltima Junta celebrada, algunos jueces de instruc-ción plantearon alguna cuestión relativa a proble-mas que ellos ven en la práctica diaria, entonces seadoptan distintos acuerdos, se remiten a la Sala deGobierno, allí se aprueban si procede; se estable-cen las normas de repartoY aunque los medios materiales de los juzgadoscorren a cuenta del Gobierno Vasco, el Decano tie-ne la obligación de velar por el mantenimiento deledificio o solicitar más medios materiales para elcorrecto funcionamiento de los juzgados.Otra cuestión son las quejas de los ciudadanosreferentes al funcionamiento de los juzgados quetambién llegan aquí, y como Decana tengo la obli-gación de advertir si realmente ocurre alguna dis-función, alguna queja de tratamiento, etc, etc, nun-ca se entra a valorar la actividad puramente jurídi-ca de ningún juzgado.

    Y por cierto ¿llegan muchas quejas de este tipo?Muchas quejas no, pero sí algunas. El tratamientoque se le da es pedir un informe previo al juzgadocorrespondiente y tu en base a eso resuelves y res-pondes al ciudadano. En realidad las quejas gene-ralmente no son sobre temas realmente importan-t e s .En mi caso, que llevo el Registro Civil, sí que seplantean varias quejas pero que son en base a cues-tiones que el ciudadano plantea y no se le puededar una solución, porque simplemente no dependede nosotros. Y aunque tratas de ofrecer una res-puesta de la mejor manera posible la gente muchasveces sólo entiende lo que le interesa.

    ¿Cuántos juzgados dependen de este decanato?En total estamos 26 juzgados.

    En todo caso echas de menos la labor habitual detu juzgadoEn realidad no echo nada de menos porque prácti-camente sigo llevando lo mismo, ya que por serDecana no tienes exención de trabajo sino que hayque dedicar más tiempo a estar en el Juzgado, dedi-

    Mari Carmen Bildarraz, Juez Decana de los Juzgados de San Sebastián

    Consideramos que son insuficientes los abogadosde oficio que prestan servicio en el juzgado.

    Los Juzgados de San Sebastián tienen desde noviem -bre pasado una nueva Juez Decana al frente. Su tra -to afable seguro que conecta a la perfección con elresto de jueces que tienen en ella a la responsablede la institución. Su mayor preocupación es ponerseen contacto con todas las personas implicadas en el“proceso judicial” para intentar definir mejor losprotocolos de actuación de todos ellos.

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    car más tiempo a otras cuestiones que conlleva elc a rgo y además atender los asuntos propios de tuj u z g a d o .En algunos lugares, como Bilbao, el decanato sí esexclusivo, entre otras cosas porque el volumen dejuzgados es mucho mayor.

    En la anterior entrevista con la Juez Decana, Auro-ra Elosegui, el edificio era prácticamente nuevo ytodavía había cuestiones por concluir: algún juzga-do más, el juzgado de violencia de género,… Conel paso del tiempo se han solventado, hay másp r o b l e m a s … .Cuando yo vine aquí el edificio ya estaba totalmen-te terminado. El juzgado de primera instancianúmero 7 era de reciente creación y en estosmomentos ya se ha creado el número 8. Ta m b i é nse ha creado el juzgado de lo merc a n t i l .Sí es cierto que para ser un edificio nuevo nohemos dispuesto del espacio suficiente. Además hacoincidido con las obras de San Martín, de laAudiencia Provincial, con lo que hemos tenido queestar aqui todos juntos, y se ha producido unapequeña distorsión.En estos momentos prácticamente todos los juzga-dos disponen de sus salas, y sobre todo aquellosque por su cariz necesitan de salas especiales porla situación de algunas personas que pueden estarpresos y necesitan de medidas especiales tanto deacceso como de custodia. Y en general puede

    decirse que estamos bien dotados aunque como sesuele decir nunca estamos contentos al cien porc i e n .

    ¿Cuál ha sido la primera decisión que ha tomadoestando al frente del Juzgado?En realidad no creo que haya tomado ninguna derelevancia, entre otras cosas porque no ha sidonecesario.Lo que sí me planteo nada más entrar en el decana-to es que se deben potenciar más las reuniones conlas partes implicadas en los procesos como puedenser las distintas policías e intentar aplicar unos pro-tocolos de actuación que puedan evitar distorsiones

    Nolanahi ere, dekanatuan sartu bezain laster burura etort -zen zait prozesuetan parte hartzen duten alde guztiekin,adibidez polizia desberdinekin, bilera gehiago egin behar -ko liratekeela, jarduketa-protokolo batzuk erabiltzen saiat -zeko; horrela, horien eta epaitegien artean desadostasunikez izatea lortuko genuke argiketak egiteko orduan, zitaziojudizialen agenda informatizatuan eta abar. Batzuetanikusten duzu koordinazio-falta dagoela, baina hori batezere komunikazio-faltagatik gertatzen da. Horregatik, bile -ra edo jardunaldi horiek sustatu beharko lirateke, ikastaromoduan, jarduketa desberdinak bateratu ahal izateko.

  • entrevista • elkarrizketa

    entre estos y los juzgados a la hora delos atestados, agenda informatizada decitaciones judiciales, etc. En general,en ocasiones puedes ver una falta decoordinación pero más que nada poruna falta de comunicación. Y por ellose trataría de promover esas reunioneso jornadas, a modo de cursillos, dondese puedan poner en común las distin-tas actuaciones.

    ¿Es el Juez Decano, el jefe de los jue-ces de su jurisdicción?No, para nada. En realidad tampoco esel jefe porque no puede entrar en laactividad de cada uno de los jueces.Es más, antes de comunicarle nada porescrito a cualquier juez por cualquiercuestión prefiero hablar con él yc o m e n t a r l o .

    ¿Qué le parece la actitud de muchosjueces que se convierten de la nochea la mañana en protagonistas de lavida pública?Yo creo que ese protagonismo vienedeterminado por una causa en concre-to y no porque uno promueva ese pro-tagonismo. Es decir que si te tocaalgún tema de relevancia pública,pues te ha tocado y no puedes hacern a d a .Si ya me hablas de los jueces estrella o“cherif”, en realidad no creo que seanuestra labor, y en realidad es un temaen el que ni me meto ni me importa.

    ¿Recibe muchas quejas del colectivode Abogados?Sí, justo cuando entré tuve algunasque tratamos de resolver. Eran relativasespecialmente al juzgado de violenciasobre la mujer, sobre las esperas.También recuerdo alguna queja sobrealgún juzgado de primera instancia enla que se hacía hincapié no tanto en ladecisión judicial, en la que por ciertoyo no puedo entrar a valorar, sino dela poca considerac ión o ser muyestricto desde el punto de vista proce-sal y no ser un poco considerado enbase a las circunstancias. Te pongo elejemplo de algún abogado que por cir-cunstancias no ha podido acudir aljuicio y el mismo día envía un escritocon la justificación y a pesar de ello sele ha denegado y el juicio se ha cele-brado. También es cierto que una vezsolicitado el informe se argumentó queefectivamente no había estado bienjustificada esa ausencia.Sí que es verdad que siempre parece

    Beno, Dekanotzan egindako greba sekulako hondamendiaizan zen, eskaerak eta idazkiak hantxe jasotzen baitziren.Baziren gutxieneko zerbitzu batzuk eta nik, dekano gisa,nire idazkariarekin batera, presa zeinek zuen eta zeinek ezerabaki behar genuen. Oso irizpide berezia zela? Bai noski,baina argi dago mundu guztiari berea iruditzen zaiolagarrantzitsuena. Orduan, bertako gai guztiak, presoenak,laneko iraizpenak, kautelazko neurriak, familiako kausak...ahalik eta lasterren ateratzen saiatu ginen, eta gainerakoakzain egon behar.Egiteko zeuden gauza guztien banaketa aspalditxoan amai -tu zen; hala ere, greba-egunerako adierazita zeuden etaegin ezin izan ziren bistei dagokionez, ba gaur egun orain -dik ere hor daude.

  • que existe una distancia entre los abogados y losjueces y que esa distancia parece recíproca. Cues-tión que personalmente nunca he tenido, siemprehe tenido un trato muy cordial con los abogadosp o rque nunca me ha dado la sensación de que ela c e rcamiento de un abogado tuviera algo que vercon posibilidad de “engañarte” u obtener algunaresolución favorable (cosa por cierto impensablepara cualquier juez).

    Y al contrario. ¿los jueces han planteado algunacuestión a los abogados en forma de queja o suge-r e n c i a ?Bueno precisamente hace escasos días estuve conel Decano del Colegio de Abogados y casi todo secentró en los juzgados de instrucción, los abogadosde oficio, con el intercambio de la hora de los telé-fonos móviles hay algunos desajustes y a veces seproduce un vacío.También comentan los jueces que creen insuficien-tes el número de abogados de oficio que existenp o rque tienen que asistir tanto a los juzgados deguardia como a los de la violencia sobre la mujery precisamente este juzgado en muchas ocasionesfunciona como un juzgado de guardia, y claro, el“don de la ubicuidad” no lo tenemos nadie y esosupone retrasos.

    Sin embargo, sigue existiendo una opinión críticahacia la justicia. También es verdad que la gente sefija en la justicia que está todos los días en losmedios. ¿Qué percepción tiene usted de esa justi-c i a ?Creo que la insatisfacción de la gente a veces esjustificada pero también por el desconocimiento delo que supone entrar en un juicio o pleito. Creoque hay que valorar mucho antes de plantear unademanda, porque es muy distinto que tu tengasrazón y otra que te la den. Intervienen muchascuestiones; que haya pruebas, que la demanda estébien planteada... y muchas veces incluso aunquetengas una sentencia favorable, la ejecución de lasentencia te puede llevar mucho tiempo o si es dereclamación de cantidad igual ni siquiera llegas ac o b r a r. La gente piensa que teniendo la sentenciaprácticamente acto seguido le vas a pagar el dine-r o . . .En este sentido también entiendo la difícil laborque tiene el abogado cuando le tiene que explicara su cliente, que aun teniendo razón, es muy com-plicado llevar adelante la demanda por cualquierrazón, o porque no tenga una base jurídica o le fal-ten pruebas. !Cómo le haces entender a esa perso-na que no le merece la pena pleitear porque va aperder dinero y tiempo!Y luego también es cierto que hay un comentariogeneralizado en el que como somos jueces y cadauno desarrolla su actividad jurisdiccional de formaindependiente, la interpretación que pueda hacercada uno puede variar. Entonces la gente piensaque si su demanda le hubiera caído en otro juzga-do igual tenía más posibilidades. E incluso luegoen apelación se revoca o se mantiene la sentenciapero como son tres los jueces, dos de ellos pueden

    mantener un mismo criterio pero uno de ellos emi-tir un voto particular... en este sentido es cierto quea veces al ciudadano le resulta difícil entender todoesto.

    ¿Qué opinión le merece el turno de oficio / asis-tencia al detenido..?Como te he dicho antes, aquí se considera que soninsuficientes los abogados que prestan este servi-cio. En mi caso como no estoy en juzgado de ins-trucción.. Sin embargo aquí en primera instanciatambién se solicita mucho la asistencia gratuita yen mi caso la experiencia con ellos es buena.

    La huelga de los funcionarios de Justicia ocasionógraves trastornos. ¿Están superados en estosmomentos o todavía quedan secuelas de esa huel-g a ?Bueno, concretamente en el Decanato fue la heca-tombe total, porque precisamente ahí es dondeentraban tanto las demandas como los escritos.Había unos servicios mínimos y yo como decana,junto a mi secretaria, debiamos decidir qué era lou rgente y qué no. ¿Que es un criterio muy particu-lar? pues sí, efectivamente, porque lo que está cla-ro es que a todo el mundo lo suyo le parece lo másimportante. Entonces todo lo que tenía por mediotema de presos, despidos laborales, medidas caute-lares, causas de familia, etc. se intentaba agilizar. Ylo demás a esperar.En relación al reparto de todas las cuestiones pen-dientes, ya hace tiempo que se terminó y estamosal día. Sin embargo en relación a las vistas que sehabían señalado para los días de huelga, y que nopudieron celebrarse pues todavía hoy se siguenseñalando.

    ¿Considera que por ser mujer ha tenido más difícilllegar donde ha llegado, o puede decirse que enestos momentos y en este tipo de instituciones esoya está superado?No es mi caso. De hecho para el decanato me pre-senté yo. Además la proporción en este juzgado dejueces mujeres es mayor (60%) que el de jueceshombres (40%).

    entrevista • elkarrizketa

    Badirudi beti abokatuen eta epaileen artean halako urrunta -sun bat dagoela, eta esan liteke urruntasun hori elkarreki -koa dela. Nik neuk ez dut inoiz holakorik sentitu, beti osoharreman atsegina izan baitut abokatuekin eta ez dut inoizpentsatu abokatu bat zuregana hurbiltzeak zerikusia izandezakeenik zu “engainatzearekin” edo bere aldeko ebazpe -na lortu nahi izatearekin (hori pentsaezina da edozein epai -lerentzat).

  • comentario • azalpena

    En mi condición de Delegado y aprovechando laoportunidad que me brinda el Colegio de poder comu-nicar con el colectivo de mutualistas-colegiados a tra-vés de la Revista “Abokatuok”, me propongo informa-ros periódicamente, en forma sencilla y comprensible,de aquellos aspectos más destacables que se vayanproduciendo en la marcha de nuestra Mutualidad.Deseo que esta sección informativa sobre la Mutuali-dad adquiera carácter habitual en la revista colegial sinperjuicio de que podáis ampliar esta información a tra-vés de la página de la Mutualidad www. m u t u a l i d a d a-bogacia.com , del Servicio de Atención al Mutualista(902-255050) o de la propia Delegación.

    Las PRINCIPALES MAGNITUDES al cierre del Ejerci-cio 2006 reflejan un incremento en las aportacionesde los mutualistas del 12,77% (17,3 millones másque el ejercicio anterior), unos rendimientos finan-cieros netos de gastos de las inversiones un 24,14%por encima del ejercicio precedente (26,0 millonesmás) y unas provisiones técnicas acumuladas de1.994,3 millones (180,2 millones adicionales, un10,41%). Los gastos comerciales y de administraciónse han situado en el 0,35% sobre el total del ahorrogestionado, frente al 0,33% del ejercicio anterior.

    La rentabilidad de las inversiones durante el ejerc i c i ose sitúa en el 7,05%, frente al 6,46 del ejercicio ante-r i o r. El 90% de la misma (6,35%) se distribuirá entrelos mutualistas, destinándose el 10% restante juntocon los excedentes obtenidos a acciones de solidari-dad, dotar reservas y el fondo mutual. Durante el ejer-cicio se ha abonado a cuenta a los mutualistas un 5%por lo que se encuentra pendiente de satisfacer un1,35%, hasta alcanzar el 6,35%.

    Se ha acordado pagar una cantidad de 550 euros.- poruna sola vez a los pensionistas de jubilación, viude-dad/orfandad e invalidez, con cargo a la provisiónconstituida con los excedentes obtenidos.

    En forma esquemática, me gustaría destacar tambiénalgunas MEJORAS aplicables a todos los mutualistas:

    * Posibilidad de prolongar el Plan Universal más alláde la edad de jubilación, y de seguir desgravando si sesiguen haciendo aportaciones.

    * Posibilidad de movilización desde y hacia Planes dePensiones en el Sistema Personal.* Inclusión de una cuarta forma de percepción de lasprestaciones de jubilación y fallecimiento, mediantecobro de cantidades irregulares con cargo al fondoacumulado, dejando el saldo restante en el Plan,devengando rendimientos.

    Comunicaciones desde la Delegación de laMutualiadad de la Abogacía

    Alfredo Erviti. Delegado.

  • * Posibilidad de elección de la forma de percepción dela prestación en el momento que desee el mutualista(no de forma inmediata), y de modificación posteriorde dicha forma de perc e p c i ó n .

    * Inclusión de la forma de cobro en renta vitalicia concontraseguro, que facilita el cambio de opción, aun enel caso de haber decidido el cobro en forma de rentav i t a l i c i a .

    * Incremento de la cobertura de Incapacidad Perma-nente, hasta alcanzar los 1.200 euros mensuales paraajustarla a un nivel económico razonable. Se realizaráde forma progresiva en tres años a razón de un incre-mento de renta anual de 200 euros, lo que implicaráun ligero aumento de la prima a satisfacer, según edady sexo.

    * Posibilidad de constitución de Planes Universales,en el Sistema de Previsión Personal a favor de discapa-c i t a d o s .

    * Regulación vía Estatutos del destino del 10% de losexcedentes de la rentabilidad del Plan a las accionesde solidaridad profesional dirigidas a mejorar la situa-ción de los pensionistas y atender a los mutualistas ensituación de especial necesidad.

    * La concesión de un nuevo plazo hasta el 31 dediciembre de 2007 a los mutualistas encuadrados enlos antiguos Planes Básicos de Previsión (P. S . P.; P. P. P. Ay PLUS 50), que en su día rechazaron integrarse en elPlan Universal, para que, si lo desean, puedan nue-vamente optar a ello.

    * Posibilidad de incrementar las aportaciones periódi-cas o de realizar aportaciones extraordinarias con elmismo tratamiento fiscal.

    * Se han incrementado los capitales asegurados en elseguro de Accidentes para aquellos mutualistas que lo

    tengan contratado, con una variación mínima de laprima al alza o a la baja, y

    * Posibilidad de contratar capitales adicionales para laprestación de fallecimiento.

    Por último recordaros que se mantiene la oferta delSeguro de Asistencia Sanitaria privada Plus-Salud ges-tionado por la Mutualidad con primas muy interesan-tes, así como el Convenio de Asistencia médica-qui-r ú rgica-farmacéutica concertado con la SeguridadSocial con un coste mensual de 87,34 euros por uni-dad familiar.

    comentario • azalpena

  • comentario • azalpenak

    La Comisión de Derecho de Familia ha mantenidorecientemente, una reunión con Don Gerardo Calvo,titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Familia deSan Sebastián), para intentar aclarar algunas dudasque se nos plantean, sobre todo respecto de las eje-cuciones, gastos extraordinarios y otros temas.

    Es preciso aclarar, porque en ello insistió el Sr. Cal-vo, que las soluciones que nos da son muy generalesy que siempre se debe tener en cuenta el caso con-creto, lo que puede llevar a soluciones distintas a lasque en términos generales a continuación recoge-mos. Las cuestiones planteadas fueron las siguientes:

    En cuanto al procedimiento a seguir para los casosen los que los hijos, sobre todo siendo mayores deedad, decidan dejar de convivir con el progenitorcustodio para hacerlo con el que hasta ese momentono lo era. Planteábamos si el procedimiento debíaser el de modificación, o bien, el de ejecución. Lasolución que viene refrendada por Sentencias de laAudiencia Provincial de Gipuzkoa es que el procedi-miento ha de ser el de modificación, aún cuandotodos podemos pensar que a veces puede llevarnos asituaciones injustas. Se nos recomienda que inter-pongamos medidas coetáneas junto con la demandaprincipal de modificación, para abreviar el plazo deltiempo en el que esta situación se prolongue.

    Respecto a los gastos que por su naturaleza sonextraordinarios (los que se producen de forma noregular ni previsible) pero que han sido tenidos encuenta a la hora de fijar la contribución a la manu-tención del hijos, planteábamos si éstos deberáncontinuar siendo abonados como gastos extraordina-rios o al estar incluidos en la contribución a lamanutención dejan de ser reclamables como gastosextraordinarios. Si el asunto es contencioso, la sen-tencia no incluirá los gastos extraordinarios en elcómputo de la contribución mensual a la manuten-ción de los hijos y si en el acuerdo se habían inclui-do dentro de la contribución mensual, no se podráncobrar a parte. En cualquier caso, evidentemente setratará siempre de evitar la duplicidad en el pago decualquier gasto.

    En cuanto al carácter de extraordinarios de los gastosde comienzo de curso (matrícula, libros, etc...) éstos

    no son gastos extraordinarios porque son previsiblesy se devengan periódicamente, aún cuando la perio-dicidad sea anual. Es importante acreditarlos paraque sean tenidos en cuenta a la hora de establecer lacuantía de la contribución periódica.

    Planteamos también si el cambio de escolarización oestudios a otros más caros, ya sea por finalización delos obligatorios gratuitos o por cambio de centroescolar, es considerado como gasto extraordinario odebemos solicitar una modificación, siendo ésta últi-ma, la solución que se nos da, por entender querealmente ha habido una modificación en las cir-cunstancias.

    Uno de los problemas que habitualmente se nosplantea a los Letrados es la forma de acreditar lanotificación al cónyuge no custodio del futurodevengo de un gasto extraordinario. Todos sabemosque el burofax no es barato y es muy difícil contarcon otros medios de notificación. A este respecto lasolución será la aportación de prueba dentro de lasadmisibles en derecho, incluso la prueba por indi-cios, como podrían ser la aceptación previa por elcónyuge no custodio de otros gastos similares, perosi no hay otro remedio habrá que recurrir a la notifi-cación por los medios habituales, burofax, copia fir-mada (si el receptor se aviene a firmarlo) etc...

    También planteamos la diferenciación de gastosnecesarios y gastos no necesarios. A este respectose entienden como gastos necesarios todos los sani-tarios no cubiertos por la Seguridad Social, comopodrían ser: plantillas, gafas, ortodoncia (depen-diendo de la capacidad económica de la familia). Seplantea el problema de los gastos sanitarios que noestán incluidos en la sanidad oficial, como puedenser la homeopatía y otros tratamientos alternativos.En principio, no siendo parte de la sanidad oficial noserían exigibles, salvo que con anterioridad se hubie-ran aceptado o, de alguna manera se pudiera demos-trar que el progenitor ha estado de acuerdo con quesu hijo reciba este tipo de tratamientos. En ese caso,sí sería considerado un gasto que el progenitor nocustodio debería abonar como gasto extraordinario.

    También son gastos necesarios los derivados de laenseñanza como puedan ser las clases particulares

    Titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Familia de San Sebastián)

    Reunión de la Comisión de Derecho de Familiacon D. Gerardo Calvo

  • necesarias, consecuencia para la recuperación deasignaturas suspendidas. Pero aquí también habráque tener en cuenta el coste de dichas clases, esd e c i r, que se tendrá en cuenta la capacidad econó-mica de la familia, así como que el gasto, en oca-siones anteriores, haya sido asumido por los proge-nitores para otros hijos o para este mismo hijo paragastos similares. Lo mismo sucede con la adquisi-ción de un ordenador para los estudios de los hijos.Hoy en día es ya un gasto necesario pero no todaslas familias pueden asumirlo, por lo que habrá quee s t a r, en cada caso, a la constatación de la capaci-dad económica.

    Respecto a la concesión de la custodia compartidaen procedimientos contenciosos, el principio gene-ral es su denegación si el Ministerio Fiscal y/o elequipo psico-social se oponen a ello. De hecho, enel Juzgado de Familia, desde la aprobación de la ley,se ha concedido una sola custodia compartida en unprocedimiento contencioso, aunque se trató de unasunto en el que el Ministerio Fiscal y el equipo psi-co-social informaron a favor de la custodia compar-tida, lo que también era la primera y única vez, enque cualquiera de ellos lo hacían y, en consecuen-cia, se concedió dicha custodia.

    Respecto a la ejecución de las deudas correspon-dientes a gastos extraordinarios, éstas han de sercuantificadas mediante el procedimiento previstoen los artículos 712 y siguientes LEC, por lo que,aún cuando esto retrase el procedimiento de ejecu-ción, únicamente, habrá de seguirse el mismo enforma separada o distinta a las deudas correspon-dientes al impago de contribución a la manutenciónmensual por un importe fijo, respecto a estos gastos.

    Otro problema que planteamos es el de la concesióndel uso del domicilio familiar al cónyuge custodio,en los casos en los que uno de los hijos vaya a estarsiempre bajo custodia, sin que existan posibilidadesde que cese la tutela, por sufrir dicho hijo unaminusvalía incapacitante. En algunas ocasiones,puede que incluso la vivienda sea propiedad delcónyuge que no va a ejercitar la custodia. En estoscasos, la concesión del uso del domicilio, en princi-pio, deberá estar sujeta a plazo, porque sino consti-tuiría una verdadera expropiación de la vivienda.Como siempre, habrá que estudiar la situación eco-nómica de cada familia en concreto.Estos son los temas que planteamos al Sr. Calvo, loque no impide que, en un futuro, si queréis trasla-darnos dudas y comentarios, podamos hacérselosllegar ya que, como veis, su disposición a contestar-las es muy buena, lo que siempre es de agradecer,p o rque nos evitará el planteamiento de peticionesque sepamos que a priori van a ser denegadas, aun-que, como al principio decíamos y él nos insistió,cada caso es cada caso y hay que estudiar las cir-cunstancias propias del mismo, por lo que cualquie-ra de las respuestas a los problemas planteadospodría ser distinta en una resolución dictada en unprocedimiento.

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    INDICEI. IntroducciónII. Las Ordenanzas de Baztán y el Derecho Pirenaico III. Aspectos sustantivos de su régimen jurídicoIV. Las Ordenanzas de Baztán y la autonomía munici-palV. Algunas conclusionesVI. Bibliografía

    I. INTRODUCCIÓN

    La comprensión y mejor aplicación de las Ordenan-zas vigentes en el Valle del Baztán , precisa tener pre-sentes los manuscritos y las antiguas Ordenanzascomo testimonios reales del Derecho de esta tierra.Las sucesivas Ordenanzas aprobadas, modificadas yrenovadas ofrecen variantes y concordancias de dis-tinta naturaleza.

    Las Ordenanzas son, en suma, una obra jurídica, esd e c i r, de uso cotidiano y sometidas a la evolucióncotidiana del Derecho vigente en su más ampliaexpresión . Las Ordenanzas Baztanesas se han idoconformando a través de estratos sucesivos y, todavíahoy, pueden aparecer recopilaciones más antiguas. ElFuero General de Navarra del siglo XII ya establecíaque el Concejo vecinal puede redactar las Ordenan-zas con el fin de regir las relaciones entre los vecinos.

    II. LAS ORDENANZAS DE BAZTÁN Y EL DERECHOPIRENAICO

    Sobre la cuestión de los orígenes de las institucionesjurídicas baztanesas las opiniones existentes sondiversas, si bien es evidente la relación de estas insti-tuciones jurídicas con el Derecho Pirenaico. El análi-sis comparado con otras Ordenanzas pirenaicasmuestra similitudes importantes entre los distintosordenamientos jurídicos, con peculiaridades notablesen cada lugar.

    El Valle de Baztán se encuentra inserto en el sistemajurídico Pirenaico , constituido fundamentalmente porun equilibrio económico y social entre personas yrecursos naturales, que inspiran las característicasesenciales de este sistema jurídico peculiar.

    Y es, de hecho, en el ámbito del Derecho Pirenaico,dónde se encuentra el fondo jurídico común. Cadafamilia se identifica con una determinada casa uhogar y las distintas "Casas" conforman la comunidadvecinal. El Derecho de la Casa y de la Comunidad

    vecinal, se encuentra estrechamente relacionado conel poblamiento del país y el de los Pirineos a nivelgeneral.

    Este tipo de disposiciones generales sobre la Casa y laComunidad vecinal son comunes en todo EuskalHerria. A todo ello debe sumarse el Derecho Privadoque busca asegurar, incluso económicamente, elmantenimiento de la Casa y su patrimonio. Sobreestos pilares descansa el ordenamiento jurídico deBaztán. El Derecho Privado de Baztán es fundamen-talmente consuetudinario, pues "cada Casa tiene sucostumbre”, y ha sido, incluso, recopilado por elDerecho Civil de Navarra, llegando a ser origen ofuente del Fuero General navarro.

    Para URZAINKI, "las instituciones jurídicas baztane-sas no son Derecho germánico". OURLIAC , ha obser-vado la existencia del Derecho Pirenaico como tron-co jurídico ajeno al Derecho Germánico. Un dato jurídico relevante es la Sentencia de 15 deAbril de 1.440 , dictada en Pamplona por el Tribunalde la Cámara de Comptos, al resolver un pleito entrelos Reyes de Navarra y el Valle de Baztán. El litigioversaba sobre el patrimonio Real de Navarra y, con-cretamente, si éste tenía o no derecho a cobrar por elganado que entraba a pastar en los pastos y montesde Baztán. La sentencia fue claramente favorable alBaztán. Pero la trascendencia de esta Resolución judi-cial excede de la resolución en concreto, al funda-mentar el fallo en el reconocimiento explícito de losDerechos de la tierra de Baztán. Las instituciones jurí-dicas baztanesas aparecen en este contexto en todasu extensión.

    Ya en las Ordenanzas de 1.560 se expone que suobjeto es el gobierno de la República de vecinos delValle. También se expresa que las citadas Ordenanzasfueron acordadas de manera “no embargante ny des-haciendo las Hordenansas y Leyes que de antyguedadpor los antepasados vezinos de la dicha tierra estánhordenadas y las que se hallaren ser en utilidad y pro-becho de la República de los vezinos de la dicha tie-rra”.

    Las Ordenanzas de 1.603 , señalan, por su parte, que“estas son las Ordenanzas, cotos y parámetros anti-guos y biejos” y “agora nuebamente recopilados yenmendados añadidos y corregidos...(...) para recopi-lar las dichas Ordenanzas biejas y antigoas que emospodido hallar”.

    Una aproximación jurídica e histórica

    Las ordenanzas del Valle de BaztánXabier EzeizabarrenaAbogado del Colegio de Gipuzkoa.Doctor en Derecho (UPV/EHU)

  • Del estudio de las Ordenanzas de 1.560 y 1.603 aflo-ran tensiones diversas sobre la forma de participaciónen los órganos rectores del Valle. Tanto es así, que losvecinos del Valle de Baztán, reunidos en Junta Gene-ral el 28 de Mayo de 1.624 , encargaron la reformade las viejas Ordenanzas, y en nuevo "Batzarre" oJunta General de 29 de septiembre de 1.624 fueronaprobadas.

    Posteriormente, el Tratado de Paz de los Pirineos de1.659 delimita las fronteras entre las Monarq u í a sespañola y francesa, repercutiendo en la titularidad yaprovechamientos de los montes y faceros tradiciona-les del propio Baztán.

    Las Ordenanzas de 1832 son de gran trascendenciapues, con ellas, todavía estaban en funcionamientolas Instituciones públicas del ordenamiento jurídicode Navarra. Las Cortes de Navarra de 1828 y 1829aprobaron las Ordenanzas forestales que, sin embar-go, no tuvieron influencia en la titularidad y la gestióndel patrimonio comunal del Valle de Baztán, ni portanto, en las Ordenanzas de 1832, que habían sidovisadas por el Consejo Real, poco antes de la extin-ción de dicha Institución.

    La desaparición de las instituciones públicas de Nava-rra en el año 1841 coincide también con la llegadade las fronteras estatales. Los problemas en los facerosy pastos comunales son contemplados en el Tr a t a d ode Fronteras de 2 de Diciembre de 1856 entre Españay Francia.

    El artículo 14 del citado Tratado suscrito entre ambosEstados, ampara las facerías del Valle de Baztán conlos pueblos de Sare, Saint-Pee-Sur Nivelle, A i n h o a ,Espelette, Itxassou, Bidarray y con el Valle de Bai-gorry, señalando que “las partes contratantes han con-venido en conservar a los respectivos fronterizoas elderecho que han tenido siempre de celebrar entre si,aunque por tiempo determinado, que no podrá exce-der de cinco años, y con la precisa intervención delas autoridades competentes todos los Convenios de

    pastos u otros que puedan ser provechosos para susintereses y buenas relaciones de vecindad” .

    La unidad del Valle aparece constantemente en todala documentación existente. Sin embargo, Elizondotuvo Ordenanzas de la Parroquia en 1.544 : “de losvezinos y parroquianos de la parroquia, villa o lugarde elisondo, juntos y concordes, ordenar y tomar porasiento para su gobernación”. De hecho, contienenun rigor religioso propio de la Reforma: las ocho pri-meras disposiciones tratan sobre la prohibición dejugar en público durante los divinos oficios, con mul-ta igual que para quien faltare a la misa de precepto.Las disposiciones quinta a trece y veinte a veintidósversan sobre los abastos; las catorce, quince, dieciséisy dieciocho sobre violencias, robos y hurtos. Laspenas de estas Ordenanzas se aplican en buena partea los cofrades, otra parte para los diputados y lo res-tante para las obras de la iglesia de Elizondo. No rom-pen la unidad común del Valle, si bien el Valle deBaztán formaba parte de la Diócesis de Bayona, hastala decisión de Felipe II y a su instancia del Papa Pío Vque expidió la Bula con fecha 30 de Abril de 1566.

    El Catálogo de Montes de Utilidad Pública data delaño 1912. Pese a ello, la Administración Forestal res-petó el ámbito competencial del Valle establecido ensus Ordenanzas. Esto es claramente reconocido por laDiputación al aprobar las Ordenanzas del Valle de1927 y sucesivas, así como por la Ley Foral de Admi-nistración Local de Navarra .

    El dictamen del jurisconsulto Morales informa conclaridad que “la actual Diputación Provincial y Foralno puede bajo pretexto alguno, alterar el estado legal,establecido en época que estaban en toda su integri-dad los fueros y leyes del país, ni atacar el estadolegal creado cuando las Cortes funcionaban, y con elbeneplácito de la Diputación antigua y con Autoridaddel Virrey y Supremo Consejo” .

    Su interesante dictamen concluye con los siguientesaspectos básicos a destacar:

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    1º. Que la propiedad del Valle en los montes y yer-mos de Baztán ha sido exclusiva desde su origen; 2º. El aprovechamiento de dichos montes y yermos seha arreglado siempre internamente en el Valle;3º. Que la Ley de desamortización no ha podido alte-rar los aprovechamientos, ni las concesiones necesa-rias;4º. Que la circular de Diputación de 2 de Julio de1867 no ha podido alterar lo dispuesto en las Orde-nanzas vigentes; El Sr. Morales en su informe señala igualmente que“la forma especial de desamortización obtenida porNavarra, y las mismas declaraciones de excepciónque se sancionaran en su favor por los acuerdos de lacomisión de ventas vendrían a crear la parálisis en lamasa explotable de riqueza del Valle, que al fin seencontraría sin agricultura y sin ganadería”, lo queimpone la competencia plena de la Junta General delValle para gestionar los bienes comunales.

    Es, precisamente, en la unidad del valle conformadaen épocas anteriores al surgimiento de las institucio-nes vecinales concejiles y, por supuesto, municipales,donde se fraguan sus instituciones. Así, el batzarregeneral o pleno y abierto de los vecinos baztanesesestá en el comienzo de la posterior Junta General delValle. Es dentro de esa unidad donde van naciendoalrededor de las parroquias, con sus diezmarios, losnúcleos de los pueblos que a su vez se constituiríanen lugares, cuyos vecinos tratarían los asuntos vecina-

    les en el batzarre local.

    III. ASPECTOS SUSTANTIVOS DE SU RÉGIMEN JURÍ-DICO

    Las Ordenanzas del Valle articulan funcionalmentelos diferentes órganos de la Administración baztanesay a partir de su complementariedad trabajan conjun-tamente hacia un objetivo común: el bienestar comúnde los vecinos del Valle. Esto se realiza a través de losdiferentes Organismos: el Ayuntamiento, la JuntaGeneral y los Batzarres fundamentalmente.

    El Valle tiene la Institución específica de la JuntaGeneral, pues como dice el capítulo 5º de las Orde-nanzas de 1832, “el apreciable método de las once-nas, quincenas y ventenas, no podían abrazar Baztáncomo Valle”. El Alcalde del Valle es el del Ay u n t a-miento y es Presidente de la Junta General. Lo mismoque el Secretario del Valle, que lo es a la vez delAyuntamiento y de la Junta General. Los vecinos delValle participan directamente en la toma de decisio-nes del Batzarre para la mejor administración de sulocalidad y en la Junta General del Valle de Baztán, através de los miembros del Ayuntamiento y de losJurados.

    El Jurado es el Presidente del Batzarre, nombra a los“cargodunes”, y representa, al lugar, en unión con losJunteros, ante la Junta General del Valle. Los “cargo-dunes”, por su parte, son ayudantes del Jurado, querealizan funciones administrativas del Batzarre en elLugar al que pertenecen, como las de secretario,depositario, etc.

    El aprovechamiento denominado “en mano común”está en íntima relación con la institución jurídica dela Casa, que ha quedado recopilada en las Leyes 48,75, 128 y 377 de la Compilación del Derecho Priva-do Foral de Navarra. Estas instituciones jurídicas sonfruto de las necesidades económicas planteadas porla naturaleza del país y de sus recursos naturales ypatrimoniales.

    En la, ya citada, importante Sentencia dictada por laCámara de Comptos de Navarra con fecha 15 deAbril de 1.440, la comunidad del Valle de Baztán estárespaldada de manera notable: “(los vecinos) francoset idepnes de toda pecha et servitud; et bien así losdichos montes, et yermos de Baztán, ser de la mismacondición, et ellos et cada uno dellos, según les per-tenece, poder pascer las yerbas, beber las aguas, etpascer los pastos de los dichos montes et yermos dela dicha tierra de Baztán, con sus ganados, grandes etmenudos et con sus puercos, et son axerizados, cadaet quando quieren, et por bien tuvieren en los dichosmontes et yermos, sin que por la dicha Señoría mayorles pueda ser puesto impediment ni empacho alguno,franca, et quitament et menos que eillos, ni sus des-cendeitnes sean tenidos, ni deban pagar quinta, niotro derecho alguno a la dicha Señoría” “el dicho ter-mino, et montes de Baztán, son solariegos, et losmoradores et habitantes de la dicha tierra son aenposesión, et tenencia, de la propiedad de aquellos”.

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    El Noble Valle y Universidad de Baztán ha sido siem-pre una Unidad, tal y como sucede actualmente; esd e c i r, los lugares que conforman dicha unidad noconstituyen Organismos independientes entre sí ni,por consiguiente, pueblos agrupados para formar unaUnidad colectiva, sino que, son integrantes de untodo indivisible que conforma un único Municipio:

    “... que como la dicha tierra de Baztán et los habitan-tes, et moradores en ella antiguamente con otrosesemble fueron conquistadores de las tierras, comoalgunament face mencion en los Fueros; et (1) los quepoblaron la dicha tierra fueron fidalgos, infanzones,francos, ingenuos et libres de toda servitud aforadosal Fuero General de Navarra, et (2) han todos un ter-mino suyo propio, et (3) solariego, et no realengo, et(4) los antepasados en su tiempo, et los presentes enel suyo, han edificado, et fecho edificar; et facer senel dicho término, iglesias, palacios, casas, bordas,truillares, molinos, piezas, manzanedos, huertos, ver-geres, fortalezas de piedra et fusta, et otros muchosedificios, et (5) han gozado e aprovechado despuésde la primera fundación, ata de sembrar e plantar, ode rozar, doquieren, e por bien en el dicho término, et o m a r, recibir esquilmar, espleitar, gozar, et aprove-char de los frutos que Dios ha dado et da de presente,franca y quitament, sin (6) que sean tenidos a la seño-ría pecha ...”.

    Las sucesivas Ordenanzas buscan posibilitar que losrecursos naturales y económicos sean gestionadoscorrectamente, mediante su planificación y puesta enproducción de forma sostenible, especialmente alobjeto de llevar a cabo la explotación económica delpatrimonio forestal. hidráulico, agrícola, ganadero,artesanal, etc.

    IV. LAS ORDENANZAS DE BAZTÁN Y LA AUTONO-MÍA MUNICIPAL

    La asunción en el Amejoramiento Foral de Navarra dela competencia sobre Régimen Local (art. 46) se haceremitiendo su contenido a lo establecido en la Ley de1841, Decreto Ley de 1925 y Disposiciones comple-mentarias. Este reenvío otorga a tales Leyes virtuali-dad estatutaria, produciéndose la indisponibilidadunilateral de su contenido, su ubicación en superiori-dad jerárquica de las demás fuentes de Derecho Foralque les otorga la protección jurisdiccional del Tribu-nal Constitucional. La legislación básica del Estadoquedará exceptuada de aplicación en los apartadosdónde exista competencia histórica de Navarra. Lacongelación de opciones políticas y org a n i z a t i v a ssolo se produce en el texto constitucional, pero no esfunción ya del legislador ordinario.

    La Ley 43.2 del Fuero Nuevo señala que tienen perso-nalidad jurídica entre otros el Valle de Baztán,debiendo actuar conforme a sus últimas Ordenanzas.Por tanto, estas Ordenanzas se hallan apoyadas en elartículo 46. 1. a) del citado Amejoramiento Foral ypor la conocida Disposición Adicional primera de laConstitución. En tal sentido, las Ordenanzas del Vallede Baztán, a través del citado artículo 46 del Amejo-ramiento del Fuero Navarro (LORAFNA) quedaríancomprendidas entre los Derechos Históricos ampara-

    dos por la Disposición Adicional Primera de la Cons-titución.

    V. ALGUNAS CONCLUSIONES

    Las Ordenanzas del Valle de Baztán constituyen unejemplo rico y singular de Ordenanzas locales enEuskal Herria, cuyo principal objetivo es la ordena-ción de la vida cotidiana de sus gentes, así como dela explotación de los recursos naturales del valle.

    Estas Ordenanzas han pasado por distintas vicisitudeshistóricas que, a día de hoy, ofrecen una garantía derango constitucional frente a terceros en defensa de laautonomía local baztanesa y en aplicación directa delos Derechos Históricos de los que gozan los distintosterritorios de Euskal Herria.

    La foralidad navarra vigente ofrece un marco relevan-te de defensa, actualización y desarrollo de estas ins-tituciones jurídicas para la mejor defensa y bienestarde los vecinos de este valle.

    VI. APUNTE BIBLIOGRÁFICO

    X. EZEIZABARRENA, “Los Derechos Históricos deEuskadi y Navarra ante el Derecho comunitario”, Eus-ko Ikaskuntza, Azpilcueta nº 19, 2004.

    P. OURLIAC, “LES FORS ANCIENS DE BEARN”, Ed.CNRS. 1990.

    P. OURLIAC, “LES PAYS DE GARONNE vers l´anmil”, Ed. PRIVAT, 1993.

    J. POUMAREDE, Cuadernos Sección de Derecho 8,Ed. Eusko Ikaskuntza 1993.

    E. ZUDAIRE, “Cuadernos de Etnología y Etnografiade Navarra”, núm. 34, Institución Príncipe de Viana,Pamplona, 1980.

    T. URZAINQUI, “Navarra Estado europeo”, Pamiela,Pamplona, 2004.

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    Turno de Violencia sobre la Mujer, de Violen -cia Doméstica y de Agresiones sexuales.

    Estando en fase de redacción el nuevo Regla-mento del Turno de Violencia y ante las dudas eincidencias que se producen en el funcionamien-to de dicho Turno, queremos recordaros unaserie de normas de funcionamiento:

    1.- El Turno comprende tanto la Asistencia Jurídi-ca a victimas de Violencia de Genero y de Vio-lencia Domestica, como de Agresiones sexuales.

    2.- En el día de guardia, la agenda particular delLetrado/a, debe estar libre de señalamientos yobligaciones, tanto se esté de Titular como deR e f u e rzo. En ningún caso, el Letrado/a deberáacudir al Juzgado sin haber sido requerida supresencia a través del teléfono de la guardia.

    3.- El Titular o Titulares de la guardia deberánocuparse de saber el nombre y teléfono del com-pañero que esté de Refuerzo. También deberáconocer el nombre y teléfono del letrado del díasiguiente, a fin de comunicarle previamente alcambio de teléfono, cualquier aviso relacionadocon su día de guardia.

    4.- El lugar de recogida y entrega de los teléfo-nos, será:

    Para los Partidos Judiciales de Azpeitia, Bergaray Eibar:

    Días laborables: A las 9,30 horas en la Sala deTogas del Palacio de Justicia del Partido Judicialdel Letrado/a saliente.

    Fines de semana y días festivos: A las 10.00 horasen la puerta principal del Palacio de Justicia delPartido Judicial al que pertenece el Letrado/asaliente.

    Nota: Los Letrados de los Partidos Judiciales deTolosa, Donostia e Irún adscritos a esta listadeberán actuar de la siguiente forma:• Deberán desplazarse a Azpeitia, Bergara yEibar cuando el Letrado entrante o saliente seade esta zona.• En el caso de que el entrante y saliente sean deDonostia, Irún y Tolosa el cambio del móvil sellevará a cabo conforme a las normas de su Parti-do Judicial.Para los Partidos Judiciales de Tolosa, Donostia eIrún:

    Días laborables: A las 9,30 horas en la sede delColegio de Abogados de la calle Fuenterrabía.

    Fines de semana y días festivos: A las 10.00 horasen la puerta principal del Palacio de Justicia delPartido Judicial al que pertenece el Letrado/asaliente.

    5.- El teléfono debe ser atendido las 24 horas deldía, estando obligado el Letrado/a a que el mis-mo esté operativo.

    6.- Si se es requerido, sea la hora que sea, hayobligación de acudir inmediatamente.

    7.- La victima no tiene que solicitar “Justicia Gra-tuita”, para ser atendida el día de la guardia ytampoco para el Juicio Rápido, se celebre éste elmismo día o con posterioridad.

    8.- El Letrado/a en ningún caso minutará honora-rios a la victima por las actuaciones llevadas acabo el día de la guardia y tampoco por el JuicioRápido, pues éste será abonado por el GobiernoVasco una vez justificado.

    9.- Se deberá entregar en Secretaría el parte deasistencia debidamente cumplimentado dentrode los tres días siguientes a la guardia, así comoel correspondiente al registro de llamadas si lasmismas se hubieran producido.

    NOTA: A partir del día 1 de Octubre, la recogiday entrega de los teléfonos para los Partidos Judi-ciales de Tolosa, Donostia e Irún, se realizará alas 9,00 horas los días laborables, sábados inclui-dos y a las 10,00 horas los domingos y festivos.

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    Emakumearen kontrako indarkera, Etxekoindarkeria eta sexu-erasoei buruzko txanda

    Indarkeriari buruzko Txandaren Arautegi berriaidazten ari denez, eta Txanda horren funtziona-menduaren inguruan sortzen diren zalantzak etagorabeherak kontuan izanik, funtzionamendu-arau batzuk gogorarazi nahi dizkizugu:

    1.- Txanda horren barruan, Genero Indarkeriareneta Etxeko Indarkeriaren, eta Sexu Erasoen bikti-ma direnentzako Laguntza Juridikoa sartzen da.

    2.- Guardiako egunean Abokatuaren agenda par-tikularrean ez da inolako egun-izendapenik edoeginbeharrik egongo, Titular gisa nahiz Errefort-zu gisa badihardu ere. Abokatuak ez du inoizEpaitegira joan behar guardiako telefonoarenbidez horra joateko eskatzen ez badiote.

    3.- Guardiako Titularrak edo Titularrek Errefortzu-ko lankidearen izena eta telefonoa jakin behardituzte. Era berean, hurrengo egunean joangoden abokatuaren izena eta telefonoa ere jakinbehar dituzte, telefono-aldaketa egin aurretikharen guardia-egunarekin zerikusia izan dezake-en edozein abisua eman ahal izateko.

    4.- Telefonoak jaso eta emateko orduak etalekuak:

    Azpeitia, Bergara eta Eibarko Barruti Judiziale-tan:

    Lan-egunak: Goizeko 9:30ean, bere lana amaituduen Abokatuaren Barruti Judizialeko JustiziaJauregiko Toga Aretoan.

    Asteburu eta jaiegunetan: Goizeko 10:00etan,bere lana amaitu duen Abokatuaren Barruti Judi-zialeko Justizia Jauregiko ate nagusian.

    Oharra: Tolosa, Donostia eta Irungo Barruti Judi-zialetakoak diren eta zerrenda honi atxikita dau-den Abokatuek honako era honetan jokatukodute:• Azpeitira, Bergarara eta Eibarrera joan beharkodute, bere lana hasi edo amaitu duen A b o k a t u aeskualde horretakoa denean.• Lana hasi edo amaitu duena Donostia, Irun etaTolosakoa denean, haren Barruti Judizialekoarauei jarraituz egingo da mugikorraren aldaketa.

    Tolosa, Donostia eta Irungo Barruti Judizialetan:

    Lan-egunak: Goizeko 9:30ean, Abokatuen Elkar-goaren egoitzan, Hondarribia kalean.

    Asteburu eta jaiegunetan: Goizeko 10:00ean,bere lana amaitu duen Abokatuaren Barruti Judi-zialeko Justizia Jauregiko ate nagusian.

    5.- Eguneko 24 orduetan erantzun behar zaietelefono-deiei, eta Abokatuak beti piztuta eramanbehar du.

    6.- Agertzeko eskatzen badiote, edozein ordutandela ere, berehala joateko obligazioa du.

    7.- Biktimak ez du “Doako Justizia” eskatu beha-rrik guardia-egunean arreta jasotzeko, ezta Epai-keta Azkarrerako ere, hura egun horretan bertannahiz gerora egin behar bada ere.

    8.- Abokatuak ez dio inoiz biktima bati ordainsa-rien minutarik egingo guardiako egunean gauza-turiko lanengatik, ezta Epaiketa A z k a r r a r e n g a t i kere, berau Eusko Jaurlaritzak ordainduko baitu,dagokion eran egiaztatu ondoren.

    9.- Guardiaren ondoko hiru egunen barruanbehar bezala beteriko laguntza-partea aurkeztubehar da Idazkaritzan, baita deien erregistroaridagokion partea ere, deirik izan bada behintzat.

    OHARRA: Urriaren 1etik aurrera, Tolosa, Donos-tia eta Irungo Barruti Judizialetarako telefonoakgoizeko 9:00etan jaso eta emango dira lan-egu-netan (larunbatak barne), eta goizeko 10:00etanigande eta jai-egunetan.

  • entrevista • elkarrizketacursos • ikastaroak

    Sarrera(1) Euskal Herriko zuzenbide zibilean interesik badutenlegelariak elkarrekin lanean jartzeko asmoz antolatzendute elkarlanean Eusko Ikaskuntzako Zuzenbide Sailaketa Abokatu Elkargoak lehen lantegi hau. Horretarako,alor juridiko desberdinetan lanean ari diren legelariakbiltzeko gunea jarri nahi da, bertan aurrez proposatuta-ko gaiaren gainean izandako eskarmentuak mahai gai-neratu eta iritziak azaltzeko. Izan ere, esperientziakdemostratu du jakintza-alor ezberdinetako kidez osatu-tako talde anitzak askoz ere biziagoak izan eta sinergiaegokiak sortzeko aproposak direla, auzolanean jartzenbaitira normalean besteekin harreman urria duten ere-mu iragazgaitzetan aritzen diren pertsonak.(2) Adierazitako gaiari buruzko ondorio komunak ant-zeman eta aurrerantz jarrai daitezkeen ildoak zehazteada lantegien helburua. Horregatik, esanahi zorrotzekoazalpen teoriko hutsik ez da izango saioetan; hasieran,oinarrizko lerro nagusiak eta eskemak azalduko diraeta, gero, bakoitzaren gogoeta eta iritziak emango,azkenean denak bildu eta idatziz laburtzeko. Horrekin,azken batean, zera lortu nahi da: elkarrizketa eta ezta-baida malgua, bizia eta bizkorra izatea, gai berdinariburuz ikuspegi desberdinetatik azaldutako funtsezkoalderdi guztiak pilatzeko.

    Lan-metodoaAztertzeko materiala:3/1999 Legea, azaroaren 16koa, Euskal Herriko Zuzen-bide Zibilari buruzko legea aldatzekoa, GipuzkoakoForu Zibilari dagokionez.Koordinatzailea:Mikel M. KARRERA EGIALDE:- Zuzenbide Zibileko Irakasle Titularra Euskal HerrikoUnibertsitatean.Zeregina: gaia aurkeztea eta saioaren kronika egitea(5’).Gonbidatu aditua:Zeregina: kasuak azaltzea, eta zalantzak eta galderakmahai gaineratzea (25’).Parte hartzaileak:Esperientzia azaltzea, adierazpenak eztabaidatzea etaproposamenak luzatzea.

    Euskal Herriko zuzenbide zibilari buruzko lantegi

  • colegio • lelkargoa

    ¡Ojo con las donacionesentre cónyuges!Venía siendo una práctica habitual la de llevar a caboen los Convenios Reguladores de separación, donacio-nes entre cónyuges a veces de forma expresa y, mayori-tariamente, en forma de renuncia al exceso de adjudica-ción que correspondiera recibir a uno de los cónyuges.En ese caso, la tributación por transmisiones estabaexenta.

    Con la entrada en vigor de la Ley 15/2.005 de 8 de julioy la tramitación de muchos más divorcios que separa-ciones, hemos trasladado esta práctica a los conveniosen los que pactamos también la disolución del matrimo-nio sin tener en cuenta que la base para la exención esprecisamente la del parentesco, parentesco que, necesa-riamente deja de existir al aprobarse judicialmente elConvenio. En ese caso, la tributación es alta puesto quepasan a ser ajenos y como tal se contempla la donaciónentre ellos.

    Algun@s compañer@s han tenido problemas y por ellohemos considerado oportuno este recordatorio.

    Kontuz ezkontideenarteko dohaintzekin!Nahiko gauza ohikoa izan da orain arte banantzeakarautzen dituzten Hitzarmenetan ezkontideen artekodohaintzak egitea, batzuetan berariaz adierazita eta,kasu gehienetan ezkontideetako bati jasotzea legokioke-en esleipen-soberakinari uko eginez. Kasu horretan, ezzen eskualdatze-zergarik ordaintzen.

    Uztailaren 8ko 15/2.005 Lege indarrean jarri ondoren,eta izapideturiko dibortzioak banantzeak baino askozgehiago direnez, ezkontza desegitea hitzartzen dugunhitzarmenetan ere aplikatzen dugu praktika hori, kon-tuan hartu gabe salbuespen horretarako oinarria hainzuzen ahaidetasuna dela, eta ahaidetasun hori, ezinbes-tean, Hitzarmena judizialki onestean desagertzen dela.Kasu horretan zerga-ordainketaren zenbatekoa handiada, hortik aurrera ondasunak besterenak baitira, etaberaien arteko dohaintza ere halaxe ikusten da.

    Lankide batzuek arazoak izan dituzte eta horregatikkomenigarria iruditu zaigu gai hau gogoratzea.

    COMISION DE FAMILIA FAMILIAKO BATZORDEA

    En el número de ABOKATUOK de octubre seampliará la información

    Jura del cargo de nuevosabogadosLa jura del cargo para los nuevos abogados se llevó acabo el pasado 11 de julio en el salón de actos de la enti-dad Kutxa. Más de 90 jóvenes Abogados juraron o prome-tieron su cargo, acompañados de su correspondientepadrino.

    En el próximo número de la revista ABOKATUOK, se ofre-cerá un amplio reportaje sobre este acto y el que se lleva-rá a cabo el día 17 de septiembre y que por el mismomotivo volverá a congregar a varios grupos de nuevosabogados.

    Desde estas páginas deseamos a todas las nuevas incorpo-raciones el mayor exito profesional.

  • entrevista • elkarrizketas.o.j • s.o.j

    Modificaciones porparte de la Comisión

    de Asistencia JurídicaGratuita en la tramita -ción de los expedientesresueltos provisional -mente por el S.O.J.como “archivos pena -les”.

    Servicio de Orientación Jurídica del Iltre. Colegio de Abogados de Gipuzkoa

    En el nº 30 de la Revista “ABOKATUOK”, de Enerodel presente año 2.007, ya se recogió en la página24 la explicación de lo que se viene llamando un“archivo penal” en una resolución de un expedientede Justicia Gratuita, que en definitiva viene a reco-nocer el pago del módulo correspondiente a los pro-fesionales designados de oficio, cuando resulta difí-cil o imposible tramitar el correspondiente expe-diente de Justicia Gratuita, al no atender el justicia-ble a los requerimientos, ni del letrado/a, ni del Ser-vicio de Orientación Jurídica para que solicite elbeneficio de Justicia Gratuita y/o aporte la docu-mentación pertinente.

    En el citado artículo se recogió en qué expedientesse daba esta resolución, así como los requisitos quese exigían cumplimentar a los letrados/as para quese llegara a resolver el expediente como “arc h i v openal”.

    También se aclaró en el citado artículo que por partede S.O.J. se informaría al letrado de la resolucióndel expediente, en su caso, como “archivo penal”, ypor lo tanto, con derecho a cobrar el módulo corres-pondiente, pero que la Comisión de Asistencia Jurí-dica Gratuita, en su resolución definitiva, acordaría,previa revisión, la ratificación del “archivo penal”,pero notificaría la resolución como un archivo porfalta de documentación, al no existir jurídicamenteel concepto de “archivo penal”.

    Sin embargo la Comisión de Asistencia Jurídica Gra-tuita ha variado ahora la tramitación de las resolu-ciones provisionales del S.O.J. como “arc h i v openal”, y así, una vez resuelto por parte del S.O.J.,el expediente como “archivo penal”, la Comisión,antes de acordar una resolución definitiva, vuelve arequerir por correo certificado con acuse de reciboal justiciable para que aporte la documentaciónrequerida para valorar si es susceptible de ser reco-nocido el derecho de Justicia Gratuita o no. De estemodo, si el justiciable recibe la carta de requeri-miento de la Comisión, y no aporta la documenta-ción exigida, el expediente pasa de “archivo penal”a archivo por falta de documentación, por lo que elletrado/a, no percibirá el módulo correspondiente. Siel justiciable no recibe la carta de requerimiento dela Comisión, el expediente se ratifica como “archivopenal”. En ambos casos NO se notifica por parte dela Comisión que el expediente ha sido arc h i v a d odefinitivamente por falta de documentación.

    Para evitar confusiones, ante los posibles cambiosde resolución de los expedientes, y en definitivapara evitar que el letrado/a no esté informado de si

    Aviso muy importante!

  • s.o.j • s.o.j

    va a percibir o no el módulo correspondiente, porparte del S.O.J., se va a proceder a comunicar perso-nalmente a los letrados/as, de los expedientes quepasen de “archivo penal” a archivo por falta dedocumentación, y por otro lado, se va a evitar, en lamedida de lo posible, que los expedientes seanresueltos provisionalmente como “archivos pena-les”, y sean resueltos directamente como favorables,es decir, con derecho a la Justicia Gratuita.

    Para ello, es necesario, e imprescindible, que elletrado/a junto con el parte de asistencia, en los pro-cedimientos de SEGURIDAD DE TRÁFICO, en losde MENORES no sujetos a la guarda de la Diputa-ción Foral, y en los VIOLENCIA D O M É S T I C A n osujetos al CONVENIO, es decir, los que no sean Jui-cios Rápidos, remita al Colegio de Abogados la soli-citud de Asistencia Jurídica Gratuita firmada comorepresentante legal del justiciable, así como aportar,en su momento, carta certificada de haber requeridoal justiciable de que aportara la documentación per-tinente al expediente de Justicia Gratuita, y aportarademás por parte del letrado/a un informe que con-tenga las circunstancias que conozca del justiciable,y que a su modo de ver deduzcan la falta de recur-sos suficientes del mismo, y por lo tanto, con dere-cho a justicia gratuita.

    En la página web del Colegio disponéis del modelobásico de solicitud de Justicia Gratuita, publicadotambién como ANEXO I, en Real Decreto996/2.003, de 25 de Julio, por el que se aprueba elReglamento de Asistencia Jurídica Gratuita. (B.O.E.188/2003, publicado el 7 /08/2.003)En los expedientes de MENORES, a petición delequipo técnico, de la Jueza del Juzgado de Menores,y del Ministerio Fiscal, se ha acordado, en garantíade los derechos de los menores, que no se aportenlos informes psicosociales a los expedientes de Justi-cia Gratuita, como venía requiriendo la Comisión de

    Asistencia Jurídica Gratuita hasta ahora, por lo que,el letrado/a deberá, transcribir en su informe las cir-cunstancias económicas que se desprendan delinforme psicosocial, sin aportarlo, y que a su modode ver deduzcan la falta de recursos suficientes delentorno familiar del mismo.

    En el caso de MENORES EXTRANJEROS NOA C O M PAÑADOS, O BAJO LA G U A R D A DE LAD I P U TACIÓN, únicamente deberá aportarse laResolución de la Diputación Foral de desamparo,y/o de asunción de guarda o tutela del menor, lo quedará lugar a una resolución favorable directamente.

    Todas estas cuestiones, aunque es la mecánicaactual de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratui-ta, tienen carácter provisional, puesto que el Gobier-no Vasco, parece ser que va a proceder a la modifi-cación del Reglamento de Justicia Gratuita, donde sepretende modificar y recoger, entre otras cuestiones,la resolución de los expedientes hasta ahora llama-dos “archivos penales”.

    Sede del S.O.J. ubicada en San SebastiánPlaza Teresa de Calcuta nº 1 (cuarta planta)

    20012 San SebastiánTeléfono: 943-004356Fax: 943-000864

    Personas encargadas:Mentxu OlanoSusana Tadeo

  • entrevista • elkarrizketacomentario • azalpena

    El pasado 24 de noviembre el Consejo de Ministrosaprobó el proyecto de Ley del Estatuto del Tr a b a j oAutónomo para su preceptiva remisión a las CortesGenerales. Su entrada en vigor está prevista paraantes de la finalización del presente año.

    Se propone, de forma particularmente novedosa ypionera en la Unión Europea, regular de forma siste-mática y unitaria el trabajo autónomo en sus múlti-ples variantes. Dar soporte a un auténtico “EstatutoMarco” para ésta compleja actividad.

    La esencia del arrendamiento de servicios es similara la relación laboral, de forma que aquella, por evo-lución legislativa, ha sido desplazada del CódigoCivil a la legislación laboral; siendo la posible notadistintiva entre ellas la del hecho de que quien pres-

    ta sus servicios profesionales lo haga bajo la direc-ción y ámbito de organización del empleador y nor-malmente con carácter exclusivo.

    La presunción iuris tantum que a favor del contratode trabajo consagra el artículo 8.1 del ET, cede siqueda desvirtuada por la prueba acreditativa del queel contrato entre las partes es un arrendamiento deservicios. No cabe duda sin embargo que unos mis-mos servicios, considerados en la pura objetividadde la prestación en que consisten, pueden ser objetode un contrato de trabajo o de uno civil de arrenda-miento de servicios incardinado en el artículo 1544del Código Civil.

    La diferencia deberá encontrarse en las circ u n s t a n-cias concurrentes en la relación que une a las partesy en el desarrollo y contenido de dicha prestación.

    En el seno de la Unión, la proliferación de nuevasformas de organización del trabajo y la aparición deimaginativas figuras contractuales de prestación deservicios y de distribución, han provocado una refle-xión profunda en lo que respecta a las relacionesentre el trabajo por cuenta ajena y el denominadotradicionalmente “trabajo autónomo”.

    Se constata en los nuevos esquemas organizativos yproductivos, un aumento de la autonomía y perdidade la subordinación en el trabajo por cuenta ajena,mientras que, a la inversa, se produce una -cada vezm a y o r- perdida de autonomía e incremento de ladependencia en el trabajo autónomo.

    Como consecuencia lógica, se generaliza la idea debuscar una extensión de las tutelas del trabajo sub-ordinado, hacia el trabajo autónomo, especialmentepara aquellos casos en los que el autónomo en cues-tión, mantiene una especial dependencia con unsolo empresario.

    La cuestión no es fácil. En efecto, a diferencia de loque ocurre en el trabajo por cuenta ajena, que esuna forma de trabajo sustancialmente homogénea,las modalidades de trabajo autónomo, aunque sobrela base de la nota de independencia, presentancaracterísticas y perfiles mas diferenciados; conexcepción del sistema de protección que dentro delsistema de seguridad social debe de ser, generalmen-te, uniforme para todos.

    Nuestro ordenamiento jurídico no ofrece un concep-to específico ni del trabajo ni del trabajador autóno-

    El Estatuto del Trabajo Autónomo y su nuevoproyecto de regulación

    Domingo Arizmendi Barmes.Abogado.

  • comentario • azalpena

    mo. Solo el Estatuto de los Trabajadores de 1980 en sudisposición adicional primera se limita a excluir elcontrato por cuenta propia o autónomo, excepto enlos aspectos en los que por precepto legal se dispongaexpresamente.

    Desde una perspectiva laboral el trabajador autónomoque tenga trabajadores a su servicio es consideradocomo empresario aunque desde el punto de vista deprotección social es a la vez trabajador.

    En la nueva regulación la novedad más relevante es,con toda certeza, el singular régimen jurídico previstopara el denominado “trabajador autónomo dependien-te o TRADE”. El citado TRADE, que ya en su propiadenominación incide en clara contradicción en suspropios términos, -nadie puede ser autónomo e inde-pendiente a la vez – representa aproximadamente el10% del total de los trabajadores autónomos.

    Conviene advertir que la posición intermedia que ocu-pa el TRADE, a medio camino entre el “autónomo tra-dicional” y el trabajador por cuenta ajena, no debe deconfundirse con el llamado “falso autónomo”. Estafigura –falso autónomo- tendrá finalmente la condi-ción de trabajador por cuenta ajena, mientras que, elTRADE queda, en gran medida, fuera del marco delcontrato de trabajo; con las exclusivas salvedadesrecogidas de forma específica en la nueva norma.

    La nueva regulación que determina en su artículo 11el régimen profesional del referido TRADE contiene lassiguientes notas distintivas:

    • Cuenta con los medios materiales para su actividadprofesional• Ejecuta su actividad de forma personal y específica• Organiza, dirige y controla su actividad• Asume los riesgos y responsabilidades de la mismaAdemás:

    • No puede delegar en el cliente su poder organizati-vo• Presta sus servicios exclusivamente o de forma pre-dominante para un solo cliente• No tiene trabajadores a su servicio

    Destaca sin duda la especial atención que presta elnuevo Estatuto a la Prevención de Riesgos Laborales,en lo que a los TRADE se refiere, en las situaciones –cada vez mas frecuentes- de coordinación de activida-des.

    Se parte de la idea tradicional de que en general laactividad del autónomo no supone un riesgo para suvida ni la de otros en su actividad y además es el másinteresado en autoprotegerse. La verdad es que con losnuevos sistemas de producción con descentralizaciónde actividades y necesidad de coordinación, cada vezmás autónomos intervienen en este tipo de procesos.Especialmente en el sector de la Construcción.

    Habrá que tener en cuenta, en esta materia la inter-vención del Derecho Comunitario en materia de Coor-dinación de Actividades (Directiva Marco 89/391 CEEdel Consejo de 12-06-89) para promover la mejora dela seguridad y salud de los tr -abajadores en el trabajo.A estos efectos, se efectúa una modificación de la Leyde Infracciones y Sanciones del Orden y Social5/2000, incorporando infracciones que puedan come-terse por el trabajador autónomo, añadiendo un nuevotipo administrativo sancionatorio en la DisposiciónAdicional Segunda del nuevo Estatuto.

    Estamos, en definitiva, ante un audaz intento de alcan-zar un mayor grado de seguridad jurídica en el difícil–y al parecer inexorable- crecimiento en los procesosde externalización de actividades y servicios en elconjunto del desarrollo empresarial de la Unión Euro-pea.

  • comisiones • batzordeak

    Reunión trimestral de CEAJ en Burgos

    El pasado 16 de Junio se celebró en Burgos la segun-da reunión trimestral correspondiente al año 2007.Esta era también la segunda reunión que Presidía lanueva Junta Ejecutiva tras ser elegidos en Santiagode Compostela el pasado mes de diciembre.

    Siguiendo el correspondiente Orden del día, se dio aconocer la situación en la que se encuentran las dis-tintas comisiones de trabajo tanto en el ConsejoGeneral de la Abogacía Española, como las propiascreadas por la Confederación, en las cuales partici-pan todas aquellas agrupaciones que lo desean. LaFederación Vasca como tal, en la cual se encuentraintegrada la Agrupación de Gipuzkoa, forma partede las comisiones de Turno de Oficio y de Organiza-ción Interna.

    Como novedad debemos destacar la introducción deun concurso de monográficos en los cuales se trata-rán problemas y soluciones a diversos temas deactualidad que vayan surgiendo. Como primer temase eligió el de la “Designación libre de Abogado deOficio por el ciudadano”, cuestión que salió a cola-ción en el primer Congreso de la abogacía de Casti-lla y León. Para el desarrollo de dicha temática se haabierto un período de tiempo (hasta quince díasantes de la próxima reunión) para que los Agrupadosde cualquier Colegio puedan presentar sus trabajos,de los cuales se premiará y será publicada la que seaelegida unánimemente.

    En otro orden de cosas, a cargo del vocal 2º, Vi d a lMasramon, se informó del Congreso que tuvo lugaren Figueras sobre la organización de las Escuelas dePrácticas Jurídicas, en el cual se habló del Reglamen-

    to de la Ley de Acceso, defendiendo en dicho Con-greso entre otras cuestiones, la necesidad de que elcurso de práctica jurídica no dure más de un año, yno dos, como se proponía. En cuanto a las prácticasexternas de las Escuelas de Prácticas Jurídicas, se sos-tuvo que dichas prácticas se realicen en despacho deabogados reales y no en despachos virtuales en laspropias Escuelas de Práctica Jurídica, como se estabap r e t e n d i e n d o .

    También se informó de la celebración del próximoCongreso Estatal de la Abogacía Española en Zarago-za, que se celebrará los días 26 a 28 de septiembredel presente año. Recordando la obtención de unprecio especial en la inscripción a los colegiadoscon menos de siete años de ejercicio, a 360 euros,siendo el plazo para la inscripción hasta el 29 dejunio, solicitándose la participación de los Abogadosjóvenes en dicho Congreso.

    Para finalizar se fue designada como próxima sedede la siguiente reunión trimestral, que se celebrará el8 de septiembre, Palma de Mallorca.

    Blog de la Agrupaciónhttp://ajagipuzkoa.blogspot.com/En nuestra apuesta por las nuevas tecnologías, en laAJA hemos creado un blog con el que pretendemoshaceros partícipes de nuestras actividades y convo-catorias, así como estar al día respecto de las noti-cias interesantes que afecten a nuestra profesión. Como podréis comprobar, la página es de muy sen-cilla estructura. Debajo de cada entrada tambiénpodréis dejar vuestros comentarios. Asimismo, dis-pone de un Calendario, en el cual podréis ver másinformación sobre los eventos, así como unas Utili-dades y Links. Os animamos a enviarnos vuestras sugerencias sobrecómo poder mejorarlo.

    Agrupación de Jóvenes Abogados de Gipuzkoa

  • comisiones • batzordeak

    Reunión de la Federación Vas -ca de Jóvenes Abogados del26 de mayo de 2007.El pasado 26 de mayo la Federación Vasca de Jóve-nes Abogados celebró en Vitoria una reunión organi-zada por la Agrupación de Álava en su sede cole-gial. En dicho encuentro, al tratarse de los primerosque se celebran, se debatieron cuestiones básicascomo la forma de organización interna que llevarála Federación, así como las diversas actividades quevayan a celebrarse, planteándose incluso una reu-nión trimestral de Confederación en alguno de lostres territorios que conforman la Federación Va s c a .También se dio el visto bueno al paso que se hadado en el campo de las nuevas tecnologías, creán-dose a cargo de Daniel Soto, un grupo de googleque servirá para el mejor funcionamiento de la Fede-ración y una forma más ágil de comunicación entresus miembros.

    Tras la reunión, las tres agrupaciones se dirigieronhacia la Rioja alavesa para visitar varias bodegascon la correspondiente cata de vino, siendo esta otraforma más de hermanamiento entre las distintasagrupaciones.

    Reunión FEVASJAEl 21 de julio se celebrará en San Sebastián la próxi-ma reunión de la Federación Vasca de Jóvenes Abo-gados, y su consiguiente jornada lúdico cultural,cuya organización corre a cargo de la A J A G i p u z-koa.

    Con ocasión de la reunión mensualde la Agrupación de Jóvenes Aboga-dos, -reunión que se celebra los últi-mos miércoles de mes-, y dentro delprograma de actividades previsto porla Agrupación, tuvieron lugar los días25 de Abril y 30 de Mayo de 2007,dos charlas sobre la Fiscalidad delAbogado. Para ello, contamos con lagrata presencia del compañero, Sr.Don José Roure Boada, abogado enejercicio del Ilustre Colegio de Abo-gados de Gipuzkoa y delegado deA E D A F, Asociación de Asesores Fis-cales para el Territorio Histórico deGipuzkoa.

    Euskal Federazioaren hurrengo bilera uztailak 21eanizango da, hemen bertan Donostian. Aktibitate kultu-ral eta ludikoak Gipuzkoako Abokatu gazteen elkarte-ak antolatuko ditu. Hauetariko bat, Chillida Lekuaribisita izango da. Bertara, Arabako eta Bizkaikolagunkideak etorriko dira, baita ere bertako elkarkide-ek. Guztion zain egongo gara.

  • comentario • azalpena

    Que ningún seguro de vida se quede sin cobrar. Estees el objetivo del Registro de Contratos de Seguro deCobertura de Fallecimiento, que desde el pasado 19de junio, permitirá, a toda persona que tenga uninterés legítimo, conocer si es beneficiario de unseguro de vida.

    Este registro –que ya tiene registrados cerca de 50millones de seguros de vida- facilitará el documentoque acredita si una persona fallecida tenía contrata-do algún seguro de cobertura de fallecimiento. Si esasí, informa de cuál es la aseguradora a la que elbeneficiario deberá dirigirse para reclamar la indem-nización correspondiente.

    La creación de este registro permite conocer la exis-tencia de un derecho (mucha gente ignora que esbeneficiaria de un seguro de vida), a un coste muyasequible e introduce transparencia en el sector delos seguros. En definitiva, se trata de una medida enlínea con las realizadas por el Gobierno en materiade ampliación de derechos civiles.

    Hasta el 18 de junio –fecha tope para que las com-pañías aseguradoras volcaran los contratos de segu-ros- se han registrado los datos de cerca de 50 millo-nes de contratos de seguros de vida cargados en labase de datos, procedentes de 201 empresas deseguros.

    Sin embargo, y dado que la ley ha otorgado un añoextra de plazo para insertar los datos de seguros detarjetas de crédito en el registro, habrá que esperarhasta el 19 de abril de 2008 para saber cuántos con-tratos de seguro de vida y accidentes hay en España.

    Con posterioridad a la entrada en funcionamientooficial del registro se incluirán los datos de los con-tratos de seguros de vida y accidentes firmados apartir de esa fecha, al margen de los contratos de tar-jeta de crédito.

    Según información remitida por el Ministerio de Justicia

    Entra en funcionamiento el registro que permiti -rá conocer si se es beneficiario de un seguro devida

    Los recursos de casación de la Sala Primera del TribunalSupremo seránresueltos en seismeses a partir de2008El plazo que transcurrirá entre la admisión de unrecurso de casación y su resolución definitiva, en laSala Primera del Tribunal Supremo, no superará losseis meses, lo que coadyuvará a la superación delretraso histórico de la misma, que en algunos casosllegó a alcanzar varios años. Ésta es una de las con-secuencias satisfactorias de un plan estratégico derefuerzo que el Ministerio de Justicia puso en mar-cha en 2006, al objeto de agilizar el funcionamien-to del Tribunal Supremo, sobre todo en las Salas Pri-mera de lo Civil y Tercera de lo Contencioso-admi-nistrativo, que han padecido tradicionalmente unamayor congestión. Otra buena muestra de que elPlan ha comenzado a dar sus frutos satisfactorios esque, en la misma Sala y en el curso de los dos últi-mos años, se ha triplicado el número de Autos dic-tados en fase de admisión de los recursos de casa-ción.

    Con respecto a la Sala Tercera, se prevé que, a fina-les del presente año 2007, logrará poner al día lafase de admisión de los recursos de casación. Elnúmero de asuntos pendientes de admisión se hareducido ya en más de un 40 por ciento, y la pen-dencia total de la Sala se ha reducido en un 20 porciento, en datos referidos al año 2006.

  • colegio • elkargoa

    El pasado 28 de mayo se procedió a la firma delconvenio de colaboración financiera entre el Bancode Santander Central Hispano y el Colegio de Abo-gados de Gipuzkoa.

    Domingo Arizmendi Barnes, en representación delColegio de Abogados de Gipuzkoa y Carlos Rebo-llar Echevarria, en nombre y representación delBanco Santander Central Hispano fueron los encar-gados de rubricar el acuerdo.

    Con este convenio el banco Santander ofrece alColectivo de colegiados del Colegio un conjunto deproductos y servicios bancarios altamente intere-santes, adecuados a sus necesidades financieras.

    E L CONVENIO COMPLETO JUNTO CON SUS ANEXOS PUEDESER CONSULTADO EN LA PA G I N A WEB DE COLEGIOWWW.ICAGI.NET. SECCION: UTILIDADES - OTROS

    Convenio de colaboración financiera entre elColegio de abogados de Gipuzkoa y el BancoSantander Central Hispano.

    Editamos periódicamente boletines de novedades, de publicaciones jurídicas(mensual o quincenal, dependiendo de las novedades que salgan):(1) Boletín.Derecho Civil y Procedimental (Civil y Mercantil)(2) Boletín. Derecho Penal y Procedimental.(3) Boletín.Derecho Público o Administrativo y Procesal Administrativo.(4) Boletín.Derecho Financiero /Tributario y Procedimental.(5) Boletín.Derecho Laboral y Procedimental.Podemos enviarte a petición: todos los boletines o el boletín que quieras.

    Te informamos, sin compromiso ni presión, de la bibliografía que necesites,en un momento determinado, enviándote incluso los índices de las obrasque quieras contrastar.

    HORARIO DE OFICINAS: DE 9 A 14 HORAS. TELÉFONOS: 943 213501 y 651 702879 (LAS 24 HORAS.)

    Estamos las 24 horas a tu disposición en: [email protected]

  • colegio • elkargoa

    Este libro estará a disposición de los miembros del Turno de Violencia sobre la mujer, deviolencia doméstica y agresiones sexuales

    Violencia: Tolerancia cero.

    Los malos tratos y la violencia contra las mujeres es unfenómeno social con múltiples y distintas dimensiones.

    La fundación La Caixa ha editado un libro sobre eltema, “Violencia: tolerancia cero” dirigido por la docto-ra en Sociología Inés Alberdi y el doctor en PsiquiatríaLuis Rojas Marcos.

    Este libro será repartido gratuitamente a partir del 23 dejulio, en el Colegio de Abogados, a los miembros que losoliciten del Turno de Violencia sobre la mujer, de vio-lencia doméstica y agresiones sexuales”

    En la obra, los autores aportan datos actuales, analizanel origen de las conductas violentas y ofrecen posiblesantídotos para afrontar una de las lacras más importan-tes de la actualidad.

    Un libro que resultara de interés para prevenir posiblesconductas de malos tratos e intervenir en aspectos psi-cosociales de las personas que sufren este problema.

    Emakumeen kontrako tratu txarrak eta indarkeriaalderdi eta ñabardura ugari dituen gizarte gertakariada.

    La Caixa fundazioak “Indarkeri