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1 Disciplinas Multilaterales para Políticas Relacionadas con Inversión? * Bernard Hoekman Banco Mundial y CEPR Kamal Saggi Southern Methodist University 1. Introducción En la actualidad, el valor de las ventas de las filiales extranjeras de firmas multinacionales excede las exportaciones globales de bienes y servicios (UNCTAD, 1996). El crecimiento observado de la inversión extranjera directa (IED) es una consecuencia de diversos cambios en la economía mundial. Los menores costos en las comunicaciones han disminuido las restricciones sobre la racionalización global de la producción, llevando a una mayor especialización geográfica y a un empalme internacional de la cadena de producción (de valor agregado). Los mayores niveles de outsourcing y la revolución de la tecnología informática han generado un mercado para un conjunto de nuevos servicios constantemente en expansión. Por lo general dichos servicios no pueden ser transados, o los oferentes deben tener presencia física en un mercado con el fin de competir eficientemente, expandiendo así los flujos de IED. Los cambios en el entorno económico generados por los mercados han sido complementados por cambios en las políticas. Las percepciones acerca de las firmas multinacionales y sus efectos en los países anfitriones han experimentado una transformación. La mayoría de países ahora están ansiosos por atraer IED e incluso ofrecen incentivos financieros, con lo cual ha sido posible concluir acuerdos bilaterales * Nuestro agradecimiento para Will Martin, Aaditya Mattoo, Marcelo Olarreaga, Arvind Panagariya, Rolf Langhammer, Murray Smith, Bob Stern, Adel Varghese y Tony Venables por sus comentarios, sugerencias y discusiones sobre las versiones preliminares. Los puntos de vista expresados son personales y no deben

Disciplinas Multilaterales para Políticas Relacionadas …siteresources.worldbank.org/INTRANETTRADE/... · En la reunión Ministerial de la OMC de 1996 en Singapur, se creó un grupo

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Disciplinas Multilaterales para Políticas Relacionadas con Inversión?∗

Bernard HoekmanBanco Mundial y CEPR

Kamal SaggiSouthern Methodist University

1. Introducción

En la actualidad, el valor de las ventas de las filiales extranjeras de firmas

multinacionales excede las exportaciones globales de bienes y servicios (UNCTAD,

1996). El crecimiento observado de la inversión extranjera directa (IED) es una

consecuencia de diversos cambios en la economía mundial. Los menores costos en las

comunicaciones han disminuido las restricciones sobre la racionalización global de la

producción, llevando a una mayor especialización geográfica y a un empalme

internacional de la cadena de producción (de valor agregado). Los mayores niveles de

outsourcing y la revolución de la tecnología informática han generado un mercado para

un conjunto de nuevos servicios constantemente en expansión. Por lo general dichos

servicios no pueden ser transados, o los oferentes deben tener presencia física en un

mercado con el fin de competir eficientemente, expandiendo así los flujos de IED.

Los cambios en el entorno económico generados por los mercados han sido

complementados por cambios en las políticas. Las percepciones acerca de las firmas

multinacionales y sus efectos en los países anfitriones han experimentado una

transformación. La mayoría de países ahora están ansiosos por atraer IED e incluso

ofrecen incentivos financieros, con lo cual ha sido posible concluir acuerdos bilaterales

∗ Nuestro agradecimiento para Will Martin, Aaditya Mattoo, Marcelo Olarreaga, Arvind Panagariya, RolfLanghammer, Murray Smith, Bob Stern, Adel Varghese y Tony Venables por sus comentarios, sugerenciasy discusiones sobre las versiones preliminares. Los puntos de vista expresados son personales y no deben

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de inversión (bilateral investment treaties - BITs). Para 1999 más de 1,600 BITs habían

sido negociados, comparados con unos 400 al comienzo de 1990 (UNCTAD, 1997). Por

otra parte, muchos países continúan sometiendo a las multinacionales a requerimientos de

desempeño. Por ejemplo, las multinacionales deben cumplir con condiciones de

contenido local, y con requerimientos de exportaciones y transferencias de tecnología. De

hecho, no resulta inusual encontrar que los incentivos de inversión que se ofrecen,

neutralicen el impacto negativo de los requerimientos de desempeño y de algunas otras

restricciones sobre la IED, todo esto a favor de una mayor probabilidad de inversión por

parte de multinacionales. La naturaleza esquizofrénica del entorno político general refleja

el cauteloso optimismo con el que muchos países continúan viendo la entrada de firmas

multinacionales en su territorio.

En la reunión Ministerial de la OMC de 1996 en Singapur, se creó un grupo de

trabajo sobre comercio e inversión, con el fin de examinar la relación entre políticas

comerciales y de inversión. Un grupo de países está a favor de introducir disciplinas

sobre políticas de inversión al interior de la OMC; otros se opusieron a esto. Este

documento indaga sobre la existencia de condiciones fuertes en los países en desarrollo

para respaldar la creación de un acuerdo multilateral sobre inversión. Se concluye que a

pesar de que existen algunas razones persuasivas para ello en principio, ninguna justifica

negociaciones multilaterales sobre políticas de inversión en este momento. Existe un

amplio espacio para perseguir la liberalización a través de los acuerdos existentes,

debiéndose dar prioridad a la continuación del proceso de liberalización comercial

multilateral. En la medida en que esto concierne las políticas sobre inversión (de

asentamiento), se debe centrar la atención en aquellos sectores en donde la IED resulta

crítica como una forma de disputa de los mercados, i.e., servicios. El GATS ya incluye la

atribuirse al Banco Mundial.

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inversión como una forma de oferta, para la cual el acceso a mercados y los compromisos

de trato nacional se pueden lograr a partir de la base de sectores específicos. De esta

forma, una gran proporción de las ganancias potenciales de las negociaciones centradas

en la liberalización de la IED se pueden lograr a través de la explotación comprensiva de

los instrumentos multilaterales existentes. Considerando la limitada utilización de los

acuerdos existentes, se debe cuestionar el valor marginal de negociar otros acuerdos

multilaterales y preguntarse si los gobiernos en realidad tienen apetito para aceptar

restricciones y compromisos significativos con respecto al uso de sus políticas de IED. Si

la respuesta es negativa, y la evidencia existente sugiere que de hecho esta es la situación

(considere el fracaso de las negociaciones del MAI en la OECD), parece no existir una

fuerte justificación para lograr un acuerdo de esta clase.

El presente documento se encuentra organizado de la siguiente manera.

Inicialmente se presenta una revisión general del entorno de política actual, prestando

especial atención a las medidas sobre inversión relacionadas con el comercio y a los

aspectos sobre acceso a los mercados (Sección 2). Posteriormente, se presenta la

situación de “diseminación” generada por la cooperación internacional, lo cual resulta en

la existencia de externalidades impuestas por un país a otros (Sección 3). A continuación

se presenta una valoración de las explicaciones para el desarrollo de acuerdos

internacionales, que se basan en argumentos sobre credibilidad y costos de transacción

(Secciones 4 y 5). Las secciones 6 y 7 se concentran en el argumento de la “gran

negociación” (“grand bargain”), el cual gira alrededor de la necesidad de vincular varios

temas con el fin de maximizar las ganancias de la cooperación, y la necesidad de

fortalecer la estructura de la OMC dando un tratamiento simétrico a las políticas sobre

comercio e inversión. Las implicaciones de este argumento con respecto al valor

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(limitado) para los países en desarrollo, de establecer un acuerdo multilateral

independiente sobre IED, se resumen en la Sección 8. Finalmente, se presentan algunos

aspectos destacados a manera de conclusiones (Sección 9).

2. El Entorno de Política

El entorno general de política hacia la IED tiene dos amplios aspectos

característicos. En primer lugar, en años recientes las políticas gubernamentales hacia la

IED han sido liberalizadas alrededor del mundo (Moran, 1998), reflejando una creciente

posición optimista del impacto de la IED sobre los países anfitriones. En segundo lugar, a

pesar de dicha liberalización, muchos países continúan sometiendo a los inversionistas

extranjeros a requerimientos de desempeño y restringiendo el acceso a sus mercados. Este

tipo de políticas se combinan, en ocasiones, con medidas restrictivas de inversión

relacionadas con el comercio (trade-related investment measures - TRIMs) tales como

requerimientos de exportación, de contenido local y de transferencia de tecnologías. Las

TRIMs han tendido a concentrarse en ciertas industrias, siendo las principales las de

automotores, química, petroquímica y de computadores (UNCTAD, 1996). El tipo de

política específica utilizada depende por lo general de si la IED se orienta a la búsqueda

de recursos, al mercado doméstico o a las exportaciones (Caves, 1996).

Qué menciona la literatura económica acerca de los posibles efectos de estas

políticas? En primer lugar se debe tener en cuenta que, en la ausencia de distorsiones

domésticas y de externalidades en la IED, la política óptima en este sentido es no tener

política alguna —i.e. los gobiernos deberían permitir transacciones de mercado

completamente libres. De esta forma, bajo competencia perfecta, la protección sobre el

contenido doméstico disminuye el bienestar incrementando el precio de los insumos

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domésticos: el beneficio resultante para los oferentes de insumos se ve sobrepasado por

los costos en que deben incurrir los productores de bienes finales (Grossman, 1981). Para

que se encuentre una explicación sobre la adopción de políticas que restrinjan la IED

deberán existir distorsiones domésticas de política o fallas en el mercado. En la medida

en que las firmas multinacionales típicamente surgen al interior de industrias

oligopólicas, la presencia de competencia imperfecta en la economía anfitriona es un

obvio candidato.1

El análisis de protección del contenido y los requerimientos de desempeño de las

exportaciones bajo condiciones de competencia imperfecta, demuestra que los efectos

sobre el bienestar de este tipo de políticas no necesariamente son negativos (Hollander,

1987; Richardson 1991 y 1993; Rodrik 1987). Sin embargo, la prescripción normativa

estándar se aplica: pueden identificarse instrumentos más eficientes para enfrentar una

distorsión. En el caso de prácticas anticompetitivas reductoras del bienestar resultantes

del poder de los mercados o de colusiones, esto incluye políticas vigorosas de

competencia, mientras que las distorsiones internas de política tales como los aranceles,

deben ser eliminados de raíz—si es necesario, a través de la apropiada designación de una

intervención regulatoria aplicada bajo fundamentos de no discriminación tanto en firmas

extranjeras como locales. Este enfoque se encuentra implícito en la OMC, que no solo

apunta a una progresiva liberalización comercial, sino que también prohibe el uso de

otras medidas de inversión relacionadas con el comercio (TRIMs).

1 Sin embargo, esto no es necesario. El ejemplo estándar de una distorsión de política es la proteccióncomercial. Considere un país en desarrollo con protección sobre los bienes intensivos en capital en unmodelo estándar de dos sectores y dos factores. Al permitir la entrada de capitales extranjeros se generancambios en la combinación de producción, concentrándose en el sector intensivo en capital, con lo que sepresentará una caída en las importaciones del bien intensivo en dicho sector y en los ingresos por conceptode aranceles. Esto reduce el bienestar debido a que cada unidad de importaciones tiene un mayor valor alinterior del país comparado con su costo en los mercados mundiales (Hamada, 1974).

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En la Ronda Uruguay se negoció un acuerdo sobre TRIMs que prohibe la

utilización de medidas inconsistentes con el principio de trato nacional del GATT (Art.

III) o con la prohibición sobre el uso de restricciones cuantitativas (Art. XI). El acuerdo

sobre TRIMs incluye un listado de medidas prohibidas (incluyendo contenido local,

compensación comercial, compensación de cambio extranjero y requerimientos de ventas

locales), a la vez que requiere que todas las políticas que no se encuentren en

conformidad con el acuerdo sean notificadas en los 90 días siguientes de su entrada en

vigencia, y que sean eliminadas en plazos de dos, cinco o siete años según sea el caso de

países industrializados, en desarrollo o menos desarrollados, respectivamente. El acuerdo

será revisado en el año 2000, momento en el que se complementará con provisiones sobre

competencia y políticas de inversión. (Low y Subramanian, 1996).

En ocasiones no se aprecia que el acuerdo sobre TRIMs no va más allá de las

reglas existentes en el GATT—simplemente reitera que el principio de trato nacional y la

prohibición de restricciones cuantitativas del GATT también aplican a las políticas de

inversión relacionadas con el comercio. Estas disciplinas son bastante fuertes. El GATT

se ha convertido en una restricción para todos aquellos países que utilizan TRIMs, y se

puede esperar que en el futuro se convierta en una fuente más seria de disciplina en la

medida en que expiren los periodos de transición de la Ronda Uruguay, para los países en

desarrollo. Un caso reciente presentado por la Unión Europea, Japón y los Estados

Unidos en contra de las provisiones del Programa Nacional de Automóviles (National

Car Program) introducido por Indonesia en 1996, puede ser un indicativo del futuro. Bajo

el programa en disputa, el gobierno garantizó estatus de compañía “Nacional de

Automóviles” a las compañías indonesias que cumplían con ciertos criterios específicos

como posesión de instalaciones, el uso de marcas registradas y tecnología. También se les

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requirió un incremento en el nivel de contenido local en un periodo de tres años y ante su

cumplimiento se verían beneficiadas de exenciones de impuestos sobre ventas de bienes de

lujo así como sobre pagos de aduana por la importación de partes y componentes. Los

“Automóviles Nacionales” construidos en un país extranjero que cumplan con los

requerimientos de contenido local establecidos por el Ministerio de Industria y Comercio

también quedarán exentos del pago de aranceles por importaciones y los correspondientes a

bienes de lujo. Se estipuló que dichos automóviles importados deberán cumplir con un 20%

de contenido local al final del primer año de producción, si el valor de “compra en el

mostrador” de las partes y componentes indonesios contabiliza por lo menos el 25% del

valor de los automóviles importados (OMC, 1998b). El panel encontró que este programa

violaba el acuerdo sobre TRIMs (la regla de trato nacional).

Más conflictos surgirán bajo el acuerdo sobre TRIMs en la medida en que expiren

los periodos de transición para su total cumplimiento correspondientes a los países en

desarrollo. Una de las principales razones por las que se apuntaba hacia Indonesia era que

las medidas de política habían sido introducidas después de la entrada en vigencia del

acuerdo sobre TRIMs. Un grupo de países aplicó políticas similares, pero actualmente se

encuentran bajo la protección de los periodos de transición acordados en la Ronda

Uruguay.

Nuestra discusión sobre el análisis económico de las TRIMs aclara que de hecho

se pueden presentar circunstancias en donde la política óptima para interiorizar la IED

puede contener un toque restrictivo. Si todos los países persiguen dichas políticas,

típicamente el resultado será ineficiente desde el punto de vista del bienestar mundial.2 La

cooperación que implica el acuerdo en cuanto a no restringir la IED puede ser mejorada

2 Ver Glass y Saggi (1999b) para un análisis en el que dichas políticas tienen consecuencias de distribucióna través de los países.

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desde el punto de vista paretiano. De forma alternativa, esta situación puede ser de suma

cero, en cuyo caso no se presentarán ganancias a partir de la cooperación. Si esto ocurre,

cualquier acuerdo internacional se debe extender más allá de las políticas de inversión de

manera que sea posible realizar pagos paralelos (más adelante se profundiza en este

tema).

Una condición necesaria para que la cooperación sea benéfica es que las políticas

restrictivas tengan un efecto intencional. En muchos casos, algunos estudios muestran

que las medidas sobre inversión requieren que las firmas tomen acciones que de cualquier

forma hubieran tomado. Por ejemplo, una política que requiere que las firmas exporten

resulta inconsecuente si de todos modos dichas firmas lo iban a hacer incluso ante la

inexistencia del requerimiento. Estudios adelantados por el Departamento de Comercio

de los Estados Unidos para 1977 y 1982, indican que solo el 6% de todas las filiales de

firmas estadounidenses en el exterior se vieron restringidas por TRIMs tales como

requisitos de contenido local, a pesar de que la mayoría operaba en sectores donde

existían estas medidas. En otras palabras, estas medidas por lo general fallan en su

intención de reglamentar (UNCTC, 1991). Sin embargo, esta línea de razonamiento

resulta un poco engañosa: los estudios no toman en cuenta aquellas firmas que pudieron

haber invertido pero que no lo hicieron debido a las TRIMs. Al desestimular la IED, las

TRIMs pueden haber generado consecuencias sobre la eficiencia en todo el mundo.

Más aún, parte del problema sobre TRIMs consiste en su limitado objetivo. Las

TRIMs son solo una parte del horizonte de política relevante: las medidas sobre inversión

casi siempre son generales y no están relacionadas con el comercio. Muchos países

utilizan licencias, aprueban regímenes e imponen costos burocráticos sobre los

inversionistas extranjeros. También pueden prohibir por completo el ingreso a través de

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IED, o imponer restricciones sobre equidad de la propiedad. Estas políticas pueden

reflejar los intentos por incrementar el bienestar al desplazar las ganancias extranjeras

hacia la economía doméstica o actividades dirigidas a la búsqueda de mayores rentas y

que disminuyen el bienestar por parte de burócratas y su electorado. En ocasiones, el

efecto de las políticas es simplemente el desperdicio de recursos reales (también llamados

costos friccionales—ver Baldwin, 1994). El acuerdo sobre TRIMs no aplica sobre

políticas no relacionadas con el comercio y tampoco afecta la industria de servicios. Esta

última se encuentra cobijada por el GATS, aunque en lo que se refiere a políticas sobre

IED en estos países puede referirse específicamente al acceso a los mercados y a

compromisos de trato nacional debido a este “modo de oferta” para cualquiera o todos los

servicios. Incluso se puede argumentar que las TRIMs sean tal vez la menos costosa de

todas las medidas sobre inversión, particularmente si las barreras comerciales sobre

bienes finales son bajas, permitiendo así a las firmas extranjeras acceder al mercado por

medio de las exportaciones (más adelante se profundiza en este tema).

Las políticas sobre inversión que buscan transferir rentas de firmas extranjeras

hacia las domésticas se discuten más adelante en la Sección 3, en la medida en que se

constituyen en fuente potencial de diseminación negativa de políticas. Cualquiera que sea

la racionalidad económica de las políticas restrictivas, la evidencia empírica disponible

sugiere que políticas de contenido local y otras relacionadas no son efectivas y resultan

muy costosas para la economía—no logran los vínculos deseados hacia atrás y hacia

delante, impulsan entradas extranjeras ineficientes y crean potenciales problemas para la

futura liberalización, como los que generan aquellos que hacen lobby en contra de un

cambio en el régimen (Moran, 1998). Los gobiernos que se encuentran limitados para

eliminar las políticas (status quo) costosas de IED debido a que las industrias protegidas

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se encuentran en capacidad de prevenir su desaparición, pueden ser asistidos por acuerdos

internacionales que les permitan superar esta resistencia.

3. Efectos de la Diseminación Internacional: Una Razón para la Cooperación?

Las políticas relacionadas con inversión pueden reflejar intentos por desviar

rentas de las fuentes hacia los países anfitriones, o el deseo de asegurar beneficios para

una economía local que potencialmente podrían tener otro destino. Ambos tipos de

política pueden tener efectos de propagación a nivel internacional y generar los principios

para la cooperación mundial. 3

Políticas de Inversión con Objetivos Estratégicos

En la medida en que las firmas multinacionales se han difundido en industrias

oligopólicas, es necesario analizar los incentivos que se presentan para pasar las rentas o

ganancias de las multinacionales hacia la economía anfitriona. Bajo este escenario, las

políticas de intervención pueden mejorar el bienestar local al alterar la distribución de las

rentas del mercado de productos entre firmas locales y extranjeras. Adicionalmente,

dichas políticas también pueden tener efectos en la distribución. 4

3 En un mundo multi-países, el uso selectivo de incentivos de inversión puede tener consecuenciasestratégicas. Una firma extranjera exportadora de un tercer país (o una firma local en un país anfitrión) sepuede enfrentar a una desventaja con respecto a una firma extranjera que experimenta una disminución decostos debida a incentivos de inversión. De esta forma, la dicotomía entre incentivos y políticas estratégicasde inversión no está completamente diferenciada. En este caso se hace la diferenciación con el fin de aislarla motivación primaria existente detrás de cada política: los incentivos buscan atraer a las multinacionales,mientras que las políticas que restringen su comportamiento son medios para alterar la distribución de lasrentas. Ver Glass y Saggi (1999a y b) para obtener información sobre modelos en los que los subsidiossobre la inversión tienen consecuencias estratégicas.4 Suponga, siguiendo a Glass y Saggi (1999a), una economía con un sector oligopólico (manufacturas) y unsector numerario (agricultura). Los flujos de IED que ingresan al sector manufacturero generan una mayordemanda por mano de obra calificada, beneficiando a los trabajadores bajo esta clasificación medianteincrementos en los salarios en el país anfitrión, pero consecuentemente se deterioran las ganancias de lasfirmas anfitrionas (positivo debido a la competencia imperfecta). La tensión entre salarios y gananciasimplica que las políticas gubernamentales hacia la IED benefician a un grupo a expensas de otro y laimportancia relativa del bienestar de ambos grupos (tal como se ve capturado en los objetivos del gobierno)determinará la posición de la política implementada por el gobierno. Si el entorno económico de un país estal que las ganancias de las firmas locales no son importantes debido a que las industrias locales son en sumayoría propiedad de extranjeros (de forma que el ingreso nacional consiste en su mayoría en ingresos

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La distribución de rentas entre gobiernos, firmas del país anfitrión y grandes

multinacionales, siempre ha sido un motivo de controversia. Al contrario que en los

países industrializados, donde se presentan grandes flujos de IED en dos vías, los países

en desarrollo son grandes importadores netos de IED y es precisamente en estos países en

donde las firmas multinacionales han sido controvertidas. En la medida en que los países

en desarrollo justamente representan el punto de vista del país anfitrión con respecto a la

IED, será bastante dificil desarrollar un acuerdo internacional sobre inversión sin que se

expanda la agenda para incluir estos aspectos de especial interés para los países en

desarrollo (Hoekman, 1989). Por supuesto que no está claro el número de países que de

hecho utilizan políticas estratégicas—tal y como se ha enfatizado de forma repetida en la

literatura, y en la práctica resulta bastante difícil para los dirigentes aplicar

adecuadamente dicho tipo de medidas. Los requerimientos de información son

substanciales, las políticas pueden ser fácilmente capturadas por las industrias y deben

tenerse en cuenta las reacciones de las firmas afectadas y de sus gobiernos locales. La

mejor regla dada por la práctica para ser aplicada en la mayoría de situaciones por los

directores de política, es que se abstengan de perseguir políticas estratégicas.5

El hecho de que se apliquen o no políticas estratégicas sobre inversión, siempre

las limitará a ser herramientas de segundo mejor (“second best”) desde un punto de vista

económico si los productos en consideración son transables. La razón es bastante clara—

el logro de los objetivos de desplazamiento de ganancias requiere de instrumentos de

política comercial. Si un país busca el libre comercio, en el mejor de los casos las

salariales), es probable que el país tenga una visión favorable de influjos de IED: la pérdida de gananciassufrida por las firmas existentes debido a la mayor entrada de multinacionales no debe ser granpreocupación con respecto al beneficio acumulado en favor de los trabajadores. Sin embargo, cuando lasganancias de las firmas locales si son relevantes, la posición de política respecto de la IED debe ser másrestrictiva.5 Es mucho más fácil cometer un error aun si la política óptima aparece totalmente clara, tal como seaprecia en las políticas de Madagascar para el control de las exportaciones de vainilla (De Melo, Olarreaga

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políticas sobre inversión tan solo tendrán un efecto limitado en la medida en que las

firmas extranjeras pueden elegir servir el mercado a través del comercio en lugar de

hacerlo mediante IED. Cualquier renta asociada con políticas restrictivas sobre IED será

erosionada en las industrias de transables si se persigue una postura de política comercial

liberal, en la medida en que las firmas extranjeras pueden tomar parte en el mercado

mediante las exportaciones. Esto sugiere la prioridad que debe darse a los esfuerzos de

liberalización y de mayor facilidad comercial (incrementando así la eficiencia de la

libertad aduanera y de los servicios portuarios). Si se cuenta con bajas barreras

comerciales, la industria local no tendrá un gran incentivo para respaldar restricciones

regulatorias sobre la IED (las restricciones en los influjos de IED pueden estar motivados

en parte por la existencia de altas barreras comerciales, debido a que esto crea incentivos

para que la IED sobrepase dicho muro arancelario). Solo en la medida en que las

exportaciones sean una forma de segundo mejor para servir los mercados, las políticas de

inversión dirigirán las rentas hacia firmas domésticas. Por el contrario, si la política

comercial tiene un objetivo estratégico, las medidas sobre inversión serán redundantes.

Esto implica que en la actualidad la OMC es el principal instrumento para perseguir

esfuerzos con miras a disciplinar las políticas estratégicas sobre IED para las industrias

transables. Desde esta perspectiva, no resulta sorprendente que las TRIMs se encuentren

cubiertas por el GATT (y que lo hayan estado desde su inicio).6

En ocasiones, la IED es la única forma para servir los mercados. Si esto es así, las

firmas extranjeras deberán asumir las consecuencias de políticas estratégicas de inversión

y Takacs, 2000).6 Si la IED se encuentra en el sector competidor de importaciones, entonces la política comercial que sedebe usar para gravarla es un subsidio sobre las importaciones—algo que no concierne a la OMC. Si la IEDse encuentra en el sector competidor de exportaciones, un arancel puede desviar recursos de las filialesextranjeras hacia factores domésticos en otros sectores (Olarreaga, 1998). Un régimen de reglamentaciónde libre comercio asegurado mediante la OMC no permitiría esto.

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sin ningún recurso posible para comerciar. 7 En el caso de bienes no transables, como

ocurre con muchas industrias de servicios, la liberalización de restricciones de entrada y

de operación es de mucho mayor importancia en términos de acceso a los mercados, que

para los transables. En muchos casos, las firmas locales a cargo de la producción

recibirán rentas significativas y se opondrán a nuevas entradas de firmas extranjeras.

Nuevamente se presenta una explicación potencial para las negociaciones multilaterales,

en la medida en que el deseo de las firmas extranjeras por obtener acceso a los mercados

puede usarse como una herramienta para promover la liberalización, pero de nuevo se

puede presentar la necesidad de expandir el alcance de la negociación para incluir otros

aspectos (ver también la Sección 7). La pregunta que surge es qué se puede esperar de un

acuerdo sobre inversión relativo al GATS. Esto se discutirá más adelante.

Incentivos sobre la Inversión

Los incentivos ofrecidos para atraer la IED se pueden justificar si existen

externalidades generadas por esa misma inversión. Por ejemplo, los países en desarrollo

pueden esperar que la IED genere propagación tecnológica hacia las firmas locales,

incentivando con esto su productividad. Existe amplia literatura que busca determinar si

los países anfitriones disfrutan de esta propagación (externalidades positivas) generada

por la IED (Blomstrom y Kokko 1997, y Markusen 1998 presentan excelentes estudios al

respecto). La principal dificultad, es que la propagación por su misma naturaleza, no

suele dejar evidencia física—son externalidades que el mercado no toma en cuenta. Aun

si se acepta la noción de que existe una racionalidad económica para generar incentivos

7 Una política común consiste en favorecer las joint ventures relacionadas con subsidiarias de propiedadúnica. Si estas políticas se ven motivadas por el deseo de forzar las multinacionales a participar sus rentascon socios locales o para estimular la transferencia de tecnología hacia las firmas locales (o por ambasrazones) no es aun muy claro. Lo que sí es claro es que, al dejarse como libre elección, las multinacionalesusualmente preferirán subsidiarias de propiedad única, contratando directamente cualquier tipo deexperiencia local que se necesite en forma de empleados en lugar de adquirirla mediante una sociedad.

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sobre la IED debido a las externalidades positivas que esta generan, la evidencia empírica

con respecto a la eficacia de los incentivos financieros para atraer la IED aun es ambigua.

Adicionalmente, al perseguir una política para promover el ingreso de IED a través de

incentivos, es posible que los países lleguen a una guerra mutua de ofertas. Dicha

competencia sobre la inversión generalmente llevará al detrimento de las partes en

conflicto e incluso puede llevar a “pagos excesivos” hacia los inversionistas. En caso de

que este resultado tenga una alta probabilidad de ocurrencia, se presentará un caso

potencial para la cooperación internacional para prohibir o reglamentar el uso de

incentivos fiscales.

Es claro que un factor clave consiste en determinar si los incentivos

fiscales/financieros son efectivos. Muchos estudios han concluido que el ofrecimiento de

este tipo de incentivos para la entrada de IED no es efectivo una vez se tienen en cuenta

los fundamentos que la determinan (Caves, 1996; Moran, 1998). Estos estudios sugieren

que los incentivos terminan básicamente como transferencias a las multinacionales sin

influir en las decisiones de ubicación. Si esto es cierto, implica que no existen buenas

justificaciones para la cooperación internacional: si los incentivos no son efectivos no

existe razón para la búsqueda de disciplinas multilaterales que prohiban su uso así como

tampoco existirá interés particular en cada país para ofrecerlas. Por supuesto que los

incentivos pueden no ser efectivos si son pequeños en cuanto a su magnitud, y si esto es

así, el argumento para la cooperación es débil para comenzar. Adicionalmente, partiendo

de una situación de eficiencia, si los incentivos fiscales no alteran el patrón de la IED,

tampoco lo distorsionan. Por otra parte, es precisamente cuando dichos incentivos no

sirven para atraer la IED que los países en desarrollo obtienen las mayores ganancias por

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no utilizarlos: en tal situación esos incentivos se convierten en transferencias puras de los

países en desarrollo hacia las multinacionales.

Por lo general, los representantes de los gobiernos no se convencen de la

ineficacia de los incentivos, tal y como se ilustra en los pronunciamientos de los

participantes en el Grupo de Trabajo sobre Comercio e Inversión de la OMC (Working

Group on Trade and Investment - WTO, 1998a). En alguna medida esto puede reflejar

diferencias en cuanto a las posiciones sobre lo que se entiende como un incentivo. Es

importante distinguir entre incentivos fiscales y financieros (usualmente específicos sobre

firmas) y políticas más generales dirigidas a la promoción de actividades de negocios.

Que esto último tenga gran peso para atraer inversión es incontrovertible.8 También es

claro que existe una razón para la búsqueda de políticas que faciliten la adopción y

adaptación del “know-how”. Dichos incentivos generales (horizontales) que aplican a

todo nivel son elementos claves en la definición del entorno de negocios y son un

importante determinante de los “fundamentales” que prevalecen en una economía (e.g., la

ausencia de procedimientos burocráticos; infraestructura adecuada; programas de

educación y capacitación, etc.).

Tal como se ha dicho, existe evidencia que sugiere que los incentivos fiscales

tienen efecto en las decisiones de ubicación, especialmente para la IED orientada hacia

las exportaciones, sin que por esto llegue a ser un factor clave (Guisinger et al.1985,

Hines, 1996, Devereux y Griffiths, 1998).9 También existen modelos en la literatura

sobre aglomeración en los que se presentan “trampas” de equilibrio de bajo nivel y

8 En un reciente análisis empírico sobre los efectos de las políticas estatales en los Estados Unidos, conrespecto a la ubicación de la inversión en manufacturas, Holmes (1998) encontró que la participación deeste sector sobre el empleo, se incrementó en un tercio en aquellos estados con un entorno de regulación enfavor de las actividades de negocios, en comparación con un estado fronterizo sin este tipo de política.9 Los incentivos fiscales carecen de importancia para la IED direccionada hacia los mercados domésticos.Este tipo de IED es más sensible en la medida en que se beneficie de la protección sobre las importaciones.

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proveen una explicación para los incentivos con el fin de sobrepasar un umbral crítico

requerido para atraer firmas hacia cierta ubicación. Dada la dificultad para cuantificar las

externalidades positivas relacionadas con el influjo de IED, la determinación del

incentivo óptimo es una tarea complicada. En principio, si los gobiernos compiten por la

IED, se podrá asegurar que esta se dirigirá a aquellos sectores donde es más valorada.

Esta situación económica de “libertad de subsidios” ha sido elaborada por Bond y

Samuelson (1986), quienes argumentan que la competencia de incentivos puede actuar

como un instrumento eficiente de señalización que mejora la asignación de la inversión

entre jurisdicciones, asegurando que la IED se dirigirá hacia donde obtenga el mayor

retorno social. Nótese que en esta situación, los gobiernos deberán buscar políticas

basadas en la no discriminación—en particular, sería apropiado definir su condición

permanente mediante el principio de trato nacional así como establecer un derecho sobre

su establecimiento.

El uso de incentivos para la IED por ningún motivo se encuentra restringido para

los países en desarrollo. De hecho, la magnitud de dichos incentivos usualmente es mayor

en los países industrializados, en donde surgen como resultado de la competencia entre

estados y otras jurisdicciones. En general, se convierten en una preocupación particular

los esfuerzos de los países de altos ingresos para retener o atraer la IED que sería

empleada de forma más eficiente en los países en desarrollo. Los sindicatos y los grupos

que representan los intereses de comunidades locales se pueden oponer al cierre de

plantas y a los esfuerzos de las firmas por trasladar sus instalaciones. Motivaciones

similares constituyen la base para el uso de instrumentos de política comercial tales como

el antidumping. Por lo tanto es importante distinguir entre la competencia por

localización, que puede ser eficiente, y el uso de políticas comerciales (como el

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antidumping) que también alteran los incentivos para flujos hacia fuera de la IED. Esto

último es ineficiente por naturaleza al centrarse en la protección de industrias que no

pueden competir y al inducir una serie de distorsiones auxiliares que se encuentran bien

documentadas en la literatura (e.g., Finger, 1993).

Lo anterior sugiere que pueden existir razones válidas para cuestionar los

argumentos para elaborar un acuerdo multilateral que busque reglamentar los incentivos.

Si los incentivos no son efectivos no existirá una propagación negativa real. Si por el

contrario son efectivos, se puede presentar un buen caso para la libertad de subsidios.

Este último argumento se ve reforzado por consideraciones prácticas: será bastante difícil

imponer cualquier acuerdo que restrinja los incentivos sobre localización, en la medida en

que los gobiernos disponen de varios instrumentos, incluyendo sus regímenes tributarios.

4. Mejoramiento de la Credibilidad de las Políticas mediante un Acuerdo de

Inversión

Desde una perspectiva nacional, un acuerdo multilateral puede ayudar a los países

que buscan IED como un instrumento señalizador o un instrumento mediante el cual es

posible incrementar la credibilidad percibida de un conjunto de políticas dirigidas a

promover la IED. En ocasiones se discute que por ejemplo, los países de Europa central y

oriental han buscado establecer Acuerdos de Asociación con la Unión Europea, en parte

para mejorar la percepción de los inversionistas extranjeros dado que se trata de países

con elevado riesgo en cuanto a revocación e incertidumbre sobre las políticas.10 Con el

fin de valorar la relevancia del “argumento de credibilidad” para un acuerdo de inversión,

es necesario identificar qué tanto de lo que se establecerá en dicho acuerdo se puede

10 Ver Markusen (1998) para una discusión sobre el “caso de credibilidad” para un acuerdo de inversión;Fernandez y Portes (1998) para un análisis sobre cómo un acuedo internacional puede respaldar la

18

perseguir e implementar de forma unilateral. La experiencia de economías en transición

revela que las variables económicas fundamentales son los determinantes cruciales de la

IED y que el papel de un acuerdo de inversión puede resultar marginal en el mejor de los

casos. Algunos países con Acuerdos de Asociación han atraído muy poca IED (e.g.,

Bulgaria) en gran parte debido a que la privatización no se ejecutó vigorosamente debido

al incierto entorno político y a las políticas macroeconómicas que llevaron a inflaciones

de tres dígitos. La República Checa, Hungría y Polonia han atraído flujos significativos

de IED, pero no es claro el papel que han desempeñado las provisiones de inversión de

los Acuerdos de Asociación. Puede argumentarse que algunos fundamentales como las

privatizaciones, el reestablecimiento de los derechos de propiedad privada y la

proximidad geográfica con Europa Occidental (especialmente con Alemania), hayan

generado dichos influjos (Hoekman y Djankov, 1997).

Muchos países en busca de IED han utilizado una serie de instituciones

“incrementadoras de credibilidad”. Una de ellas consiste en comprometerse a aceptar

arbitramento de conflictos bajo la Convención para el Arreglo de Conflictos de Inversión

entre Estados y Nacionales de otros Estados (Convention on the Settlement of Investment

Disputes between States and Nationals of Other States - ICSID), a través de la Cámara

Internacional de Comercio (International Chamber of Commerce - ICC), o mediante el

Comité sobre Legislación de Comercio Internacional de la ONU (UN Committee on

International Trade Law - UNCITRAL),11 dependiendo de las preferencias de los

inversionistas. En ocasiones, dichos compromisos son incluidos en acuerdos regionales

credibilidad.11 Un Centro Internacional que opera bajo el auspicio del Banco Mundial dirigido a aplicar la Convención,antecede las Soluciones de Conflictos sobre Inversión. La ICC tiene un Tribunal de Arbitamento. LaUNCITRAL ha adoptado una serie de reglas de arbitramento y conciliación que pueden ser utilizadas en lasolución de conflictos comerciales.

19

de integración (regional integration agreements - RIAs)—e.g., NAFTA. Adicionalmente,

los países en desarrollo también pueden negociar tratados de inversión bilaterales con los

principales países en cuanto a IED.

Aquellos países que están “en el mercado” por la credibilidad, también pueden

utilizar las actuales disciplinas de la OMC para programar políticas de mayor acceso a los

mercados de servicios (incluyendo concesiones sobre derechos de establecimiento) y

ubicarse en regímenes de aranceles bajos reglamentándolos bajo las disposiciones del

GATT. Aun queda un amplio espacio para que los países en desarrollo utilicen a la OMC

como un instrumento dirigido al fortalecimiento de la credibilidad—la cobertura de

compromisos sobre servicios es bastante limitada y las reglamentaciones arancelarias

sobre las importaciones de mercancías son en muchas ocasiones significativamente

mayores que las tarifas aplicadas. A pesar de que la credibilidad con respecto a las

políticas relacionadas con inversión también puede perseguirse a través de acuerdos

multilaterales, aquellos gobiernos que están convencidos de la necesidad de utilizar

instrumentos externos para alcanzar dichos objetivos, pueden empezar por explotar más a

fondo los instrumentos existentes. En otras palabras, en qué medida la opción de firmar

un acuerdo sobre inversión puede incrementar la credibilidad, cuando ya existen acuerdos

sobre bienes y servicios, con los que se puede conseguir un resultado similar, si no el

mismo? Los proponentes del argumento sobre credibilidad deben considerar que el valor

marginal de un acuerdo de inversión con respecto al incremento de la credibilidad es

substancial. Los escépticos de hecho cuestionarán si este es o no el caso.

5. Costos de Transacción como Argumento para la Armonización de la Políticas de

IED

20

Los gobiernos siguen diferentes políticas hacia la IED, frecuentemente

sometiendo a los inversionistas a regulaciones idiosincráticas. Como resultado de esto,

los inversionistas que hacen presencia en múltiples jurisdicciones deben enfrentar

mayores costos de transacción que si existiera un conjunto de reglas global y armonizado.

Como se mencionó en la introducción, se encuentran vigentes unos 1,600 acuerdos

bilaterales de inversión (Bilateral Investment Treaties – BITs), los cuales difieren entre

países y parejas de países, de tal manera que los inversionistas se enfrentan a diferencias

en la seguridad legal ofrecida por estos instrumentos. Adicionalmente, los gobiernos

también enfrentan costos de negociación asociados con la necesidad de establecer una

serie de estos acuerdos bilaterales con países fuente y deben considerar que los gobiernos

socios de países industrializados buscarán explotar su gran “poder de mercado” para

cambiar los “términos de intercambio” de forma que les reporte ventajas (e.g., insistiendo

en establecer provisiones que pueden ir en detrimento del país anfitrión).

Es claro que la necesidad de negociar los BITs incrementará los costos de

transacción tanto para las firmas como para los gobiernos, pero no es claro que tan

significativos son estos costos con relación a la posible situación de un “BIT global”. Este

aspecto es especialmente relevante si existen razones para dudar acerca del resultado de

dichas negociaciones, en la medida en que se tiene la experiencia de la OECD.

Adicionalmente, la mayoría de BITs son muy similares en el sentido de que buscan

asegurar trato no discriminatorio para los inversionistas una vez ellos se han

establecido/invertido, a la vez que abordan temas sobre solución de conflictos y

arbitramento. Con la notable excepción de los BITs negociados por los Estados Unidos,

estos por lo general no se refieren a aspectos sobre liberalización de acceso a los

mercados. Aun asumiendo que un BIT global tendría el mismo efecto, se puede dar

21

espacio para la diversidad dejando que cada país diseñe y negocie sus acuerdos sin

ninguna restricción. Esto asegura que los gobiernos anfitriones mantengan su libertad

para reflejar diferencias sobre preferencias y condiciones nacionales. Considerando la

existencia de instituciones internacionales, tales como la ICC y la ICSID, que proveen

servicios de arbitramento, los gobiernos pueden decidir unilateralmente si están

interesados en utilizarlos.

Con respecto a los costos impuestos por la multitud de BITs sobre firmas

multinacionales, es probable que la mayor parte de los costos de transacción asociados

con la IED surja de diferencias de idioma, culturas, política y del ambiente general de

negocios del país anfitrión. El proceso de familiarizarse con las leyes sobre inversión de

un país parece bastante trivial comparado con retos más intimidatorios que se presentan

sin importar si un país hace parte de un acuerdo sobre inversión multilateral o bilateral.

6. El Argumento de la Gran Negociación

El argumento de la “gran negociación” es una de las razones de ser de la OMC.

En resumidas cuentas, lo que los procesos de la OMC hacen es permitir a los países

definir un conjunto de negociaciones que les conceden una variedad de tradeoffs

potenciales y acuerdos para ser desarrollados, que son superiores a aquellos del status quo

ante. Debido a que los países están restringidos a un equivalente del comercio por trueque

en las negociaciones comerciales multilaterales, para alcanzar un resultado Pareto

superior (cooperativo), se deben vincular algunos temas. Determinar cuándo serán

necesarios estos vínculos y diseñar con éxito paquetes globalmente benéficos no es una

tarea fácil, dado que esto ocurre en un contexto de lobby por parte de los buscadores de

rentas y a menudo se involucran temas difíciles de analizar (Leidy y Hoeckman, 1993).

22

En el contexto de la IED, el argumento es algo simple- la política de IED es una

valiosa ficha de negociación para los países en desarrollo ya que las naciones

industrializadas son los “demandantes”. En la medida en que los gobiernos estén en una

situación donde las restricciones domésticas inhiben la abolición de las políticas

restrictivas hacia la IED, el usar esta “ficha” no implica costos en cuanto a que el acuerdo

multilateral ayuda al gobierno a que se mueva en una dirección liberalizadora. Dado que

para muchos países en desarrollo la IED hacia fuera (exportación de capital) no es un

tema importante, puede argumentarse que el quid pro quo para la aceptación del trato

nacional, de NMF y el derecho de establecimiento como disciplinas multilaterales

generales, debe ser buscado por fuera del tema de inversión. Dentro de los ejemplos que

se han mencionado se pueden incluir el antidumping y las normas de origen restrictivas

(Moran, 1998). Aunque valido en principio, no es todavía claro que las políticas de

inversión sean una ficha de negociación particularmente valiosa para los países en

desarrollo. Otras políticas son probablemente más poderosas para inducir a “concesiones”

compensatorias. Entre estas, la mayor liberalización comercial bajo los acuerdos

existentes (GATT y GATS) figura de manera importante. Las políticas de inversiones

pueden probar que son útiles al margen, pero mucho se puede (y se tendrá) que traer a la

mesa que se está negociando por parte de los países en desarrollo a través de la

utilización de los mecanismos e instrumentos existentes en la OMC.

7. El Fortalecimiento de la Arquitectura de la OMC

La actual “arquitectura” de la OMC es algo complicada: la OMC es una

institución ápice que involucra tres grandes acuerdos multilaterales (GATT, GATS, y

TRIPs), la pertenencia a estos es obligatoria, pero hay varios acuerdos “plurilaterales”

23

cuya pertenencia es voluntaria. Los tres acuerdos multilaterales se centran en temas

relacionados con el comercio y las políticas comerciales. Como a menudo se destaca en la

literatura, el comercio y la inversión han llegado a ser cada vez más complementarios.

Esto se ve reflejado de diferentes formas en la OMC, quizá más claramente en el GATS

bajo el cual la definición de comercio incluye la “presencia comercial” (i.e., IED) como

un modo de oferta cobijado por este acuerdo. También es frecuentemente señalado que

cada vez es más difícil establecer una diferencia entre el comercio de bienes y el de

servicios, en la medida en que la tecnología otorga a los productores la posibilidad de

suministrar sus bienes de manera tangible o incorpórea. A priori, parecería que cualquier

disciplina multilateral debe aplicar de manera equitativa para todas las transacciones

internacionales sin importar cual sea el modo de suministro.

Se puede elaborar un caso en el cual los miembros de la OMC puedan considerar

el desarrollo de disciplinas que diferencien entre comercio e inversión, estando el

comercio de bienes o servicios sujeto a un conjunto de normas comunes, y el

desplazamiento de los factores de producción sujeto a otro conjunto de normas. De

hecho, este fue el enfoque adoptado en el NAFTA, el cual incluye un capítulo aparte

sobre inversión (en bienes y servicios), que es diferente a las reglas relacionadas con el

comercio transfronterizo (en bienes y servicios). El emular este enfoque resultaría en una

consistencia y una claridad mayor de las reglas y disciplinas aplicables.

Este argumento provee una racionalidad convincente para el despegue de las

negociaciones sobre políticas relacionadas con la IED. Se debe tener en cuenta que la

implicación inmediata de la aceptación de estos argumentos es, que el desplazamiento de

la mano de obra se pondrá en la mesa así como el desplazamiento del capital y del know-

how (IED). Desde un punto de vista puramente económico, los argumentos para la libre

24

movilidad del trabajo no son menos fuertes que aquellos a favor de la libre movilidad del

capital.12 Claramente, los países que juegan un papel de fuente de origen para la

movilización del capital, jugarán como receptores del movimiento de la mano de obra.

Una perspectiva popular entre los países en desarrollo es precisamente, que si ponemos la

inversión en la agenda de la OMC, por qué no adicionamos también el tema de la

movilización de personas? Esto es claramente un tema de política difícil de tratar. Incluso

si existiera la voluntad de confrontarlo, las implicaciones de seguir este camino son de

largo alcance, en la medida que esto involucraría un completo rediseño de la OMC. Más

aún, los argumentos involucrados se extenderían algo más allá de las usuales

consideraciones de política que figuran prominentemente en otros asuntos, como la

liberalización del comercio de bienes y servicios. Es poco probable que los países

industrializados se encuentren preparados para seguir este tema, dado el hecho de que la

OMC ha sido recientemente creada y que los temas involucrados se hacen más espinosos

una vez la movilidad del trabajo se ha introducido a la mezcla.13

8. Hacia un acuerdo sobre Políticas Relacionadas con la IED en la OMC?

Con la reciente terminación de los esfuerzos con base en la OECD para negociar

un Acuerdo Multilateral sobre Inversión (MAI, Multilateral Agreement on Investment)-

el cual no incluía a los países en desarrollo (ver Kobrin, 1998) – la OMC se convierte en

el principal punto de encuentro para aquellos que busquen negociar reglas generales

sobre IED, aunque algunos se hayan manifestado a favor de la UNCTAD. Los RIAs son

claramente una alternativa, pero son instrumentos inferiores desde una perspectiva global,

12 Una óptima asignación de recursos requiere de la libre movilización del capital y del trabajo. El librecomercio en productos puede llevar a un resultado de primer mejor bajo la igualación del precio de losfactores, pero no de otra manera (Krishna y Panagariya, 1997).13 Ver Panagariya (1998) para un argumento a favor de la movilización de personas como parte de la

25

en la medida en que distorsionan los patrones de flujo de IED, ya sea discriminando en

contra de los inversionistas localizados en los países no miembros, o per medio de la

creación de incentivos para la IED desde una fuente cualquiera para localizarlos en un

país determinado. Al respecto, la proliferación de BITs a la que hicimos alusión al

comienzo, es claramente un tema de preocupación debido a que estos también pueden

distorsionar directamente los patrones globales de IED.

Una serie de acuerdos de la OMC ya involucran disciplinas sobre las políticas

relacionadas con la inversión (ver OMC 1996 para una revisión). El acuerdo de TRIMs

contiene un lenguaje que requiere la revisión de un acuerdo para el 2000, el cual incluye

consideraciones sobre si el acuerdo debe ser complementado con provisiones

relacionadas de manera más general con las políticas de inversiones. Una pregunta

central es si las ganancias netas de negociar un acuerdo general factible bajo el auspicio

de la OMC son lo suficientemente grandes. De manera alternativa, el tema es decidir si

continuar o no con el enfoque gradual existente. Para resolver esta pregunta es útil

retomar algunos de los temas claves identificados al principio del documento: Qué podría

hacer un acuerdo por los países en desarrollo en términos de la promoción de políticas

relacionadas con IED y la generación de un mejor acceso a los mercados extranjeros a

través de la IED; en el manejo de diseminaciones internacionales negativas; en el

fortalecimiento de la credibilidad de la política; y en la reducción de los costos de

transacción para las multinacionales y los gobiernos?

Una IED sustancial toma lugar entre los países de altos ingresos que tienen similar

dotación de factores y el hecho de que estos flujos de IED ocurrieron en ausencia de

disciplinas multilaterales, inmediatamente lleva a cuestionar la relevancia de un acuerdo

de este tipo. Se puede argumentar que los flujos de IED habrían sido aún mayores si

agenda de negociación de un país en desarrollo.

26

hubieran existido tales disciplinas. Además, el ambiente de la política a lo largo del

mundo desarrollado como un todo es más uniforme que en los países en desarrollo, por lo

que el valor de implementar reglas comunes para controlar la IED es potencialmente

mayor para estos últimos. En este punto debemos resaltar también, que no obstante la

ausencia de un acuerdo multilateral sobre inversión, los flujos de IED hacia los países en

desarrollo se han incrementado sustancialmente en la última década; en la actualidad

atraen a cerca del 30% del total (UNCTAD, 1996). Sin embargo, la distribución está muy

concentrada, reflejando que lo que importa en términos de atracción de la IED son las

variables fundamentales, como la estabilidad política, la geografía, los recursos naturales,

una infraestructura eficiente, un buen capital humano, y políticas de comercio liberales.

Un tratado de inversión hará poco para atraer IED a los países si estos no tienen los

requisitos fundamentales en orden.

El incrementar el acceso a los mercados extranjeros a través de la IED no parece

ser un tema prioritario para la mayoría de los países en desarrollo. Por lo tanto, la

principal pregunta que subyace es si un acuerdo puede ayudar a reducir el contrapeso a

los impedimentos de política que restringen la adopción de procedimientos y políticas

domésticas que serán más conducentes para la atracción de la IED, y si este puede

direccionar las diseminaciones de política internacional.

Políticas restrictivas

El Acuerdo de TRIMs no aborda únicamente los regímenes de política domésticos

que incrementan el costo del acceso al mercado o restringen el establecimiento de

inversionistas extranjeros. Como se señaló anteriormente, para que sea útil a los países

que enfrentan dificultades en reformar la regulación y el entorno de los negocios, el

proceso para negociar un acuerdo de inversión debe permitir el ingreso a la mesa de

27

temas que son del interés para el público local, para que ellos inviertan recursos en la

lucha para conseguir un mejor régimen de inversiones. Las condiciones necesarias son

que haya políticas restrictivas que han probado ser imposibles de eliminar de manera

unilateral, y que hay vínculos entre los temas que pueden romper el desacuerdo en el

mercado local. La presión extranjera para el acceso al mercado debe ser suficiente en si

misma, pero generalmente los grupos de interés de los paises origen de los recursos que

buscan tal acceso, deberán traer algo a la mesa para motivar al público en las países

receptores para que los asistan en esta tarea. La experiencia regional sugiere que en lo

que respecta a los países en desarrollo, no será fácil idear tal acuerdo –la mayoría no irán

más allá de la OMC. El reciente fracaso para obtener un acuerdo entre los países de la

OECD dentro de los que se suponía había similitud de pensamiento sugiere la misma

conclusión: de limitar la atención a las políticas de inversión únicamente se puede esperar

un fracaso- la agenda necesita ser ampliada para permitir los tradeoffs y los vínculos

entre los temas.14 Si esto se permite, un acuerdo multilateral que incorpore disciplinas

sobre un ambiente regulatorio puede ser valioso para los países en desarrollo que

enfrentan dificultades en la eliminación de manera unilateral de procedimientos

burocráticos redundantes.

Una vez dicho esto, uno puede preguntar que es lo que merece prioridad. Desde

una perspectiva económica nosotros argumentaríamos que la prioridad se debe dar a la

eliminación de restricciones de entrada. Esto en su mayor parte está reglamentado en las

industrias de servicios. Cómo se destacó anteriormente, las restricciones originadas en

14 Los países han enviado largas listas de derogaciones y excepciones a las provisiones generales delborrador del MAI. Esto reduce el interés en las negociaciones por parte de la comunidad empresarial y fueuna de las razones para la ruptura de las conversaciones. Otro factor fue que muchas ONGs se opusieroncon vehemencia a dicho borrador porque percibían que se le daba mucho poder a los inversionistasextranjeros para contender con las políticas regulatorias del país receptor lo que tendría un impactonegativo sobre las inversiones a través de las provisiones sobre la solución de disputas entre el inversionistay el Estado. Ver Kobrin (1998) y Vallianatos (1998).

28

procedimientos burocráticos al interior de la IED deben estar motivadas en parte por la

existencia de altas barreras comerciales. Si esto es así, la prioridad debe ser dada a la

liberalización comercial para facilitar las importaciones. La liberalización de las

restricciones y procedimiento de la IED es más importante para los sectores de no

transables. Por lo tanto, la clave es continuar con el proceso de liberalización comercial

multilateral, dando particular atención a la reducción de la extensión de la discriminación

por medio de la expansión de la cobertura de los compromisos específicos para los

mercados de servicios bajo el GATS, el cual actualmente cubre la inversión como un

modo de oferta.

Diseminación de la política internacional

Cambiando al tema sistémico de la diseminación en política internacional, un

fuerte argumento potencial a favor de un acuerdo multilateral es que este puede ayudar a

prevenir políticas mutuamente destructivas desde el punto de vista de los países en

desarrollo deseosos de atraer IED por medio del uso de incentivos. Como se resaltó

anteriormente, la justificación economía para el argumento de las diseminaciones

negativas es débil. Una serie de estudios encuentran que los incentivos fiscales tienen

poco o ningún impacto en las decisiones de ubicación de los inversionistas extranjeros.

Incluso si uno no acepta esta conclusión – y claramente no hay un resultado definitivo

sobre ésto- no es clara la existencia de una justificacion de bien público internacional

para la cooperación. La competencia (no cooperación) puede mejorar el bienestar para el

mundo como un todo (Bond y Samuelson, 1986; Caves, 1996). No obstante, se debe ser

cuidadoso para distinguir entre el tema de la eficiencia y el de las transferencias de rentas:

la competencia por la IED puede llevar a un resultado eficiente, pero aun así no estar en

el interés de los países en desarrollo que compiten por tales inversiones. Por supuesto, el

29

argumento para la coordinación de políticas se reduce entonces a la colusión entre países

en desarrollo con el objeto de restringir las transferencias a las firmas multinacionales, y

se encuentra por lo tanto basado en razones más débiles.

Por otra parte, para ser efectivo al disciplinar el uso de incentivos fiscales

específicos para las firmas, cualquier acuerdo discutiblemente necesitaría ser bastante

extenso. También requerirá cubrir no solo incentivos de inversión específicos para las

firmas, sino también los impuestos, regímenes de competencia, y tratar con la

discriminación que es creada por los RIAs para asegurar que los países no podrán

esquivar las disciplinas sobre incentivos financieros a través del uso de tales políticas. La

historia de negociación e implementación del GATT/OMC, ilustra que el acuerdo sobre

subsidios y disciplinas relacionadas es muy difícil de lograr, y que las disciplinas son

fácilmente burladas. Incluso los RIAs como los de la UE – que van mucho más allá que

los de la OMC en esta área- han encontrado dificultades recurrentes asociadas con las

políticas del gobierno destinadas a atraer IED. Incluso ni el NAFTA ni el MAI han

tratado de enfrentar este tema.

9. Comentarios finales

La negociación de un acuerdo en la OMC sobre políticas de inversión puede

probar ser útil para aproximar a una “gran negociación” que se extienda a los temas de

interés particular para los países en desarrollo. El punto es que si se quiere que las

negociaciones multilaterales sobre políticas de inversión ayuden a los gobiernos a buscar

liberalizar o mejorar las políticas de IED, la agenda de la negociación tendrá que incluir

temas que sean de suficiente interés para los grupos locales relevantes para inducirlos a

apoyar una agenda a favor de las reformas. Es poco probable que limitar los tradeoffs al

30

área de política de inversiones sea efectivo al respecto para muchos países en desarrollo,

en la medida en que ellos son en primera instancia “importadores” de IED. Dada la

ausencia de intereses para “exportar” IED, las zanahorias necesariamente deberán estar

por fuera del área de inversiones. Los países desarrollados con un gran acervo de IED de

doble vía, en principio deberían lograr de manera más fácil ganancias de la cooperación

que se limitan a políticas de IED ya que cada uno de ellos serán países fuente y destino a

la vez.

Este argumento de la gran negociación para introducir las inversiones en la

agenda de la OMC, debe ser considerado cuidadosamente, en la medida en que puede ser

de alcance significativo para obtener grandes retornos en otras áreas como un quid pro

quo para la participación en un acuerdo de inversión. Mientras que esto ofrece una

racionalidad para introducir la inversión en la agenda de la OMC, nuestra opinión es que

diseñar una gran negociación será difícil. Se debe poner atención a los inconvenientes

potenciales – el eslabonamiento de los temas puede ser una espada de doble filo. Los

esfuerzos para expandir la agenda pueden permitir a los grupos en la sociedad buscar

vínculos entre temas en áreas tales como el medio ambiente o los estándares laborales

que pueden ir en detrimento de la razón de ser original de la OMC: la progresiva

liberalización del comercio internacional. Bhagwati (1998) ha argumentado que esta

posible caja de Pandora ofrece una poderosa justificación para dejar las reglas generales

de inversión por fuera de la agenda de la OMC.

El fracaso de la OECD para lograr un acuerdo del estilo del MAI ilustra las

dificultades de tipo práctico que se pueden presentar. La diversidad del entorno de

política entre países crea un amplio espacio para el escepticismo con relación al éxito de

31

las negociaciones referentes a un acuerdo sobre inversión. Si los países de la OECD, con

su entorno de política uniforme y objetivos similares, fracasaron para lograr un acuerdo,

cómo es posible esperar que países en desarrollo que difieren sustancialmente uno del

otro puedan ponerse de acuerdo sobre un conjunto de principios relacionados con

inversión?

Desde nuestro punto de vista la prioridad debe ser dada a perseguir la “clásica”

liberalización comercial para asegurar que los mercados para bienes transables sean

competidos por medio de las exportaciones. Esto también debe incluir esfuerzos para

liberalizar el acceso al mercado de servicios sobre una base no discriminatoria, un área

donde el establecimiento (IED) es a menudo crucial. La continuada liberalización no

discriminatoria de las barreras comerciales para los bienes y servicios también ayudará a

reducir las posibles distorsiones de ubicación de la IED resultantes de los RIAs y

disciplinará la habilidad de los países para perseguir políticas estratégicas, en la medida

en que la política comercial es un elemento vital en cualquier estrategia de este estilo.

Mientras que la eliminación de la política comercial como instrumento para transferir

ganancias, en teoría va en detrimento de los países en desarrollo, en la práctica tales

políticas son muy difíciles de diseñar e implementar. Cualquier pérdida potencial es

probable que sea compensada y sobrepasada muchas veces por las ganancias de

eficiencia provenientes de la liberalización del comercio. Además, los países también

obtienen una compensación en el sentido mercantilista, en la medida en que la

liberalización comercial en los mercados extranjeros será obtenida como un quid pro quo.

El hecho de que el GATS incluye el establecimiento como un modo de oferta

sobre el que se pueden hacer los compromisos, debilita significativamente la justificación

32

económica para hacer de un acuerdo de inversión independiente un elemento prioritario

de negociación de la OMC. Una vez un progreso posterior sustancial haya sido realizado

para liberalizar el comercio en bienes y servicios sobre unas bases de no discriminación,

incluyendo el acceso al mercado por medio del establecimiento en actividades de

servicios (no transables), será mucho más claro si los beneficios potenciales de la

búsqueda de reglas generales sobre las políticas de inversiones, son lo suficientemente

amplias para justificar el lanzamiento de una negociación multilateral en esta área.

Mientras que apoyamos la aplicabilidad de los principios generales de la OMC como el

trato nacional, de NMF, la transparencia etc. en el área de la inversión, nuestro punto es

simplemente que tales principios ya pueden ser implementados dentro de los acuerdos

existentes. La algo limitada aplicabilidad del instrumento de trato nacional en el GATS,

sugiere que este no es el tiempo apropiado para considerar el lanzamiento de

negociaciones sobre las políticas de inversiones.

Aunque somos pesimistas acerca de la necesidad para –y factibilidad de- negociar

un acuerdo multilateral sobre inversión en este momento, la conclusión de que las nuevas

reglas multilaterales no son realmente necesarias es positiva. Esto implica que los

gobiernos pueden alcanzar mucho de lo que es benéfico de manera unilateral –

incluyendo la aplicación de los principios de trato nacional y de NMF, y la adopción del

derecho de establecimiento en la ley nacional. Esto también implica que los gobiernos no

tendrán que invertir recursos en la negociación de (otra) nueva área y por el contrario

puede usar las instituciones y los mecanismos existentes para liberalizar el acceso a los

mercados. Con el pasar del tiempo, el argumento arquitectónico a favor de las disciplinas

comunes para los bienes o servicios, y las reglas comunes relacionadas con el tratamiento

33

de los factores de producción extranjeros, se volverán más fuertes. En la medida que más

barreras comerciales y de establecimiento en los servicios han sido reducidas

interinamente, mayor será la posibilidad de emprender una revisión general de la OMC.

34

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