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EL DEBATE JURÍDICO SOBRE LAS LEYES NUEVAS Y LA REBELIÓN DE GONZALO PIZARRO Las Leyes Nuevas de Carlos V abrieron la puerta para debates jurídicos simultáneos sobre la validez y alcances de las donaciones papales, sobre la potestad del Empera- dor Carlos V para otorgar o anular encomiendas en Amé- rica y sobre el poder de los encomenderos para crear reinos independientes. Existen vasos comunicantes en la fundamentación de cada uno de los criterios doctrinales de teólogos, ju- ristas e historiadores del siglo XVI, de suerte que forman parte de la misma discusión general. Tomaremos como base del debate, las investigacio- nes del historiador peruano Guillermo Lohmann Villena en archivos españoles sobre la rebelión de Gonzalo Pizarro contra las Leyes Nuevas que aportaron valiosos documentos producidos por religiosos españoles, apoyando la guerra civil y la separación de España. ''Las ideas jurídico-poltticas en ¡a rebelión de Gonzalo Pizarro. Casa-Museo de Colón, Semi- nario Americanista de la Universidad de Valladolid.1977, Pienso que para la comprensión adecuada del de- bate suscitado por los asesores religiosos y laicos de los encomenderos, es menester ubicarlo en el contexto de la historia de la iglesia y examinar sus raíces ideológicas, a partir de la Donación de Constantino, siendo este docu- mento la matriz ideológica de las controvertidas faculta- des temporales, que avalaron la conquista y colonización de América. Atribuido al emperador romano Constantino I, pero con sólidas dudas sobre su autenticidad, la Donación de Constantino, supuestamente, debía oficializar la trans- ferencia de los bienes imperiales romanos a la Igle - Anterior Inicio Siguiente

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EL DEBATE JURÍDICO SOBRE LAS LEYES NUEVAS Y LA REBELIÓN

DE GONZALO PIZARRO

Las Leyes Nuevas de Carlos V abrieron la puerta para debates jurídicos simultáneos sobre la validez y alcances de las donaciones papales, sobre la potestad del Empera­dor Carlos V para otorgar o anular encomiendas en Amé­rica y sobre el poder de los encomenderos para crear reinos independientes.

Existen vasos comunicantes en la fundamentación de cada uno de los criterios doctrinales de teólogos, ju­ristas e historiadores del siglo XVI, de suerte que forman parte de la misma discusión general.

Tomaremos como base del debate, las investigacio­nes del historiador peruano Guillermo Lohmann Villena en archivos españoles sobre la rebelión de Gonzalo Pizarro contra las Leyes Nuevas que aportaron valiosos documentos producidos por religiosos españoles, apoyando la guerra civil y la separación de España. ''Las ideas jurídico-poltticas en ¡a rebelión de Gonzalo Pizarro. Casa-Museo de Colón, Semi­nario Americanista de la Universidad de Valladolid.1977,

Pienso que para la comprensión adecuada del de­bate suscitado por los asesores religiosos y laicos de los encomenderos, es menester ubicarlo en el contexto de la historia de la iglesia y examinar sus raíces ideológicas, a partir de la Donación de Constantino, siendo este docu­mento la matriz ideológica de las controvertidas faculta­des temporales, que avalaron la conquista y colonización de América.

Atribuido al emperador romano Constantino I, pero con sólidas dudas sobre su autenticidad, la Donación de Constantino, supuestamente, debía oficializar la trans­ferencia de los bienes imperiales romanos a la Igle -

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sia Católica. A partir del Renacimiento se discute si la Donación de Constantino es una falsificación urdida por historiadores del Vaticano para reconocer al Papa Silves­tre I como receptor de la ciudad de Roma/ las provincias italianas y el conjunto del imperio romano de Occidente y Oriente: "Deseamos que la Santa Iglesia Romana sea hon­rada con veneración como nuestra terrena potencia imperial y que la sede santísima de San Pedro sea exaltada gloriosamente aún más que nuestro trono terreno, ya que Nos le damos poder, gloriosa majestad, autoridad y honor imperial. Y mandamos y decretamos que tenga la supremacía sobre las cuatro sedes emi­nentes de Alejandría, Antioquia, Jerusalem y Constantinopla y sobre todas las otras iglesias de Dios en toda la tierra y que él Pontífice reinante sobre la misma y santísima Iglesia de Roma sea el más elevado en grado y primero de todos los sacerdotes de todo el mundo y decida todo lo que sea necesario al culto de Dios y a la firmeza de la fe cristiana... Hemos acordado a las iglesias de los santos Apóstoles Pedro y Pablo rentas de posesiones para que siempre estén encendidas las luces y estén enriquecidas de formas varias; aparte, por nuestra benevolencia, con decreto de nuestra sagrada voluntad imperial hemos concedido tierras en Occidente y en Oriente, hacia el norte y hacia el sur, a saber en Judea, en Tracia, en Grecia, en Asia, en Africa y en Italia y en varias islas, con la condición que sean gobernadas por nuestro santísimo padre el sumo pontífice Silvestre y de sus sucesores". Donatio Constantini: Fernando Gil y Ricardo Corleto. Pontifi­cia Universidad Católica Argentina.

Las bulas papales de Alejandro VI y Julio II que do­naron a España los entonces desconocidos territorios ame­ricanos, mutatis mutandis, se entroncan con la Donación de Constantino, que permitió al Papa Silvestre (314-35) tomar la propiedad de Alejandría, Antioquia, Jerusalen y Constantinopla, en nombre de la iglesia, y adquirir mu­chos otros bienes y ganar rentas sobre propiedades obse­quiadas por un emperador pagano que, hasta poco antes de emitir el decreto imperial, persiguió cristianos hasta

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que se le fatigó el brazo y luego, súbitamente, al parecer por milagro, se convirtió al cristianismo,

La Donación de Constantino se hizo pública al final de la Edad Media en medio de controversias teológicas sobre si era lícito o ético que la Iglesia de Cristo recibiera bienes materiales provenientes de crueles conquistas de poderes paganos. Sustentándose en las facultades tempo­rales derivadas de la Donación de Constantino, la Iglesia inició un proceso de yuxtaposición de poderes espirituales y seculares en sus relaciones con los reinos europeos. En un amplio arco histórico, que abarcó desde el pontificado de Gregorio Magno (590-604) hasta el Papa Esteban II, se trabó una estrecha vinculación política con el reino fran­co, mediante la cual la Iglesia tuvo potestad de intervenir directamente en asuntos temporales. Progresivamente, a partir de entonces, la Iglesia Católica fue configurándose como un estado soberano y el Papa como un virtual mo­narca temporal.

Amparándose en esa amplitud de facultades tempo­rales, el Papa Alejandro VI autorizó a España los viajes que llevaron al descubrimiento y conquista de América mediante bulas pontificias sustentadas en la interpreta­ción de un célebre pasaje del Evangelio de San Marcos, por el mecanismo jurídico de translati imperii pero a la inversa, ya no procedente de un emperador romano sino de un Papa. Como Vicario de Cristo, el Papa Alejandro VI donó las Indias al Emperador de España (y el continente africano al Rey de Portugal) con el compromiso de adoc­trinar en la fe cristiana a los infieles de esas regiones.

Si tenemos presente que el Padre Las Casas pro­movió la aprobación de las Leyes Nuevas, cuestionando fundamentalmente las potestades temporales del pontifi­cado, apreciaremos cómo el debate sobre la Donación de Constantino reapareció en la discusión de los encomende­ros. Aspecto sustantivo que Lohmann Villena y los apolo­gistas de la corona española no toman en cuenta, porque

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aceptan los títulos concedidos por las bulas como un de­recho inmanente, sin posibilidad de discusión. Siguiendo la herencia ideológica de los teólogos disidentes de las fa­cultades omnipotentes de la Iglesia, Las Casas y Vitoria cuestionaron, desde perspectivas teológicas y jurídicas, la potestad de la iglesia de donar bienes ajenos y recusaron los subsecuentes derechos de la corona española de some­ter a los indígenas al régimen de encomiendas.

Perturbado por las dudas religiosas generadas por los Tratados de Las Casas, el Emperador creyó que podía conjurar su crisis de conciencia con las Leyes Nuevas que paralizaron por breve lapso las encomiendas en América. El aristotelismo de Ginés de Sepúlveda, que avaló la es­clavitud de los indios americanos con los argumentos del filósofo griego que aceptó como algo natural la esclavitud de los prisioneros de guerra, se batió en retirada, momen­táneamente, con las Leyes Nuevas. Pero al reestablecerse la vigencia de las encomiendas para aplacar la rebelión de los encomenderos, regresó a las Indias el aristotelismo escla­vista, con la bendición de los clérigos encomenderos que fueron afectados por la liberación de la mano de obra indí­gena. Las Casas fustigó a las autoridades eclesiásticas con estas frases: "Los obispos de las Indias son de precepto divino obligados y, por consiguiente, de necesidad a insistir y negociar importunamente ante Su Majestad y su Real Consejo, que mande librar de la opresión y tiranía que padecen los dichos indios que se tienen por esclavos, y sean restituidos a su prístina libertad; y por esto, si fuere necesario, arriesgar las vidas", Doctrina, 131.

A excepción de un puñado de ilustres dominicos, numerosos miembros de otras órdenes religiosas, como sabemos, rechazaron las ideas del fraile Las Casas, mez­clando la antipatía que sentían por el personaje con ar­gumentos teológicos y políticos que pretendían evadir las iniquidades de las encomiendas.

En esa perspectiva, asesores religiosos y laicos de Gonzalo Pizarro, como informan las investigaciones de

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Lohmann Villena, reanudaron la polémica sobre las en­comiendas, iluminando el trasfondo ideológico de una divergencia que parecía guiada únicamente por objetivos materialistas.

Si rastreamos los orígenes de la legislación de Indias, forjadora del Derecho Indiano, en las antiguas fuentes ju­rídicas españolas podríamos discernir apropiadamente las fortalezas y debilidades de los argumentos de los asesores de Gonzalo Pizarro, de los cuales únicamente conocemos los resúmenes de Lohmann Villena. Antes del descubri­miento y conquista de América, la legislación española se nutrió de fuentes diversas y aún antagónicas, a saber, el derecho romano, el derecho germánico, el derecho con­suetudinario visigodo, canónico, castellano, árabe, etc. El historiador del derecho español J.M. Ots Capdequi indica que en el período de la España prerromana, habitada por iberos, ligures, celtas, se recibieron influencias fenicias y griegas, pero la influencia más fuerte fue la ibérica, aun­que la barrera idiomàtica no permitió el cabal conocimien­to de sus instituciones jurídicas. Durante la coexistencia de los estados visigodo e hispano-romano, Eurico rompió el pacto con Roma y surgió el Código de Eurico y el Códi­go de Alarico, sustituidos por el sistema de derecho terri­torial que se expresa en el Liber Iudiciorum, romanizado y erudito; y el derecho popular consuetudinario, carente de códigos y diplomas. En la alta Edad Media se registró el predominio del derecho germánico asentado en el usus terrae y en derechos locales, municipales, sin nociones de unidad nacional. Coexistieron derechos particulares y re­gionales. Castilla se rigió por las normas del derecho cas­tellano o Fuero Juzgo, mientras en Aragón prevalecieron los derechos particulares codificados de aragoneses, cata­lanes, valencianos y mallorquíes.

El repaso del conglomerado de derechos particula­res se hace para advertir el juego de hegemonías y rivali­dades que dificultó las apelaciones a las fuentes jurídicas

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españolas. España tenía unidad dinástica —dice Ots Cap-dequi— pero no tenía unidad jurídica ni unidad nacional. Isabel de Castilla impuso la hegemonía del derecho caste­llano en las Indias por su peso específico político ganado con el apoyo a los viajes de Colón. Sin embargo, el dere­cho castellano eminentemente localista resultó insuficien­te para regir en las Indias. Tras padecer la secular domi­nación musulmana, España debutó como nueva potencia imperialista en el siglo XVI, arrastrando las legislaciones de los países europeos del Sacro Imperio Románico y el derecho castellano impuesto como regula áurea a Carlos V por su influyente abuela. Por añadidura de complicacio­nes, Carlos V y Felipe II se vieron en el trance de inventar un Derecho Indiano, transplantando o modificando sus instituciones locales a una realidad extraña, desde todo punto de vista.

Pienso que si no se tienen en cuenta las contradiccio­nes históricas del mundo jurídico español es difícil enten­der el debate de los encomenderos.

De acuerdo a Ots Capdequi, discípulo del ilustre ju­rista Eduardo de Hinojosa, "en la ley 2, tit. I, lib. II de la Recopilación de leyes de los Reinos de las Indias, promul­gada en 1680, al fijar el orden de prelación de los cuerpos legales aplicables en estos territorios decía: "Ordenamos y mandamos, que en todos los casos, negocios y pleitos en que no estuviera decidido ni declarado lo que se debe proveer por las leyes de esta Recopilación, o por cédulas, provisiones u ordenan­zas dadas y no revocadas para las Indias, y las que por nuestra orden se despacharen, se guarden las leyes de nuestro reino de Castilla conforme a la de Toro". Manual de Historia del Derecho Español en las Indias y del Derecho propiamente India­no. Editorial Losada. 1945.

La ley de Toro, parte de una colección de leyes apro­badas por las Cortes en 1505, estableció un orden de prela­ción a cuya cabeza iban el Ordenamiento de Alcalá, los fue­ros municipales y el fuero real, si se aprobaba su empleo.

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Por último, quedaban como recurso de apelación las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio. Estructurado el orden jurí­dico español en forma desigual y cambiante, se aplicaban las leyes de conformidad con la fecha de su promulgación.

Las Leyes Nuevas sobre encomiendas aprobadas en 1542, por ejemplo, debían invocar como sustento doctri­nario la ley de Toro y luego las leyes restantes, en forma supletoria, según la jerarquía fijada y las analogías con la realidad indiana.

De acuerdo a James Lockhart, en Perú hubo menos encomiendas que en Panamá, no obstante la diferencia de superficie territorial y la producción de riquezas. Piensa que esta diferencia se explica por la organización del im­perio incaico. "Dentro de sus límites, la norma fue el estable­cimiento de encomiendas grandes, pero pocas...en el conjunto del gran Perú, que incluía las partes habitadas más cercanas de lo que hoy son Ecuador, Perú y Bolivia, nunca hubo más de 500 encomenderos; sustancialmente se. llegó a esta cifra en 1540 y desde entonces se mantuvo bastante estable. Como quiera que fuera, la proporción exacta de la población española que repre­sentaba a los encomenderos era ciertamente una minoría. Para dar una idea aproximada, puede compararse a los 500 encomen­deros con los cuando menos 2.000 españoles que había en el Perú en 1536, época de la gran rebelión indígena; con las estimaciones contemporáneas de que había entre 4.000 y 5.000 españoles en el Perú a mediados de la década de 1540, y unos 8.000 en 1555". El mundo hispanoperuano.1532-1560, FCE, 21.

¿Quiénes fueron los primeros encomenderos peruleros?

Las primeras encomiendas las adjudicó Francis­co Pizarro a los 170 miembros de la fuerza española que capturó a Atahuallpa en Cajamarca. De la noche a la ma­ñana, los 170 combatientes se transformaron en grandes encomenderos de Lima, Cuzco, Huamanga y Arequipa.

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No todos eran hombres de armas. Hubo entre ellos escri­banos, artesanos, sastres, marineros, músicos, espaderos, a los que las encomiendas recibidas elevaron más tarde a poderosos terratenientes que tuvieron como encomen­dados a centenares de indígenas para trabajar las tierras. Con Pedro de Alvarado llegaron alrededor de 200 españo­les —entre éstos el padre del Inca Garcilaso de la Vega—, quedándose en el Perú la mayor parte, a diferencia del conquistador de México y Guatemala que recibió una bol­sa de cien mil pesos de oro con el compromiso de regresar a México y no volver nunca más al imperio incaico. Los cambios en la repartición y extensión de encomiendas en la costa y los andes, a partir de entonces, se sucedieron en función de quiénes eran ganadores y quiénes vencidos de las guerras civiles. En la guerra de las Salinas, los vete­ranos pizarristas derrotaron a los veteranos almagristas; en Chupas, Vaca de Castro venció al hijo de Diego de Al­magro; en Añaquito, Gonzalo Pizarro se impuso al virrey Núñez de Vela; y en Jaquijahuana, las encomiendas de los rebeldes de Gonzalo Pizarro pasaron al poder de los que desertaron a las filas del rey y traicionaron al caudillo.

Curiosamente, La Gasea, enviado por el Emperador para abatir a los opositores a la derogatoria de las Nuevas Leyes, después de la derrota y muerte de Gonzalo Pizarro y sus aliados militares y religiosos, entregó las encomien­das de éstos a los desertores encabezados por el general Pedro de Hinojosa, que, cambiándose de camiseta, pasó en Panamá de rebelde a leal, y le entregó la flota. Las mis­mas reglas se aplicaron en las rebeliones de menor alcance de Sebastián de Castilla (1553) y Francisco Hernández Gi­rón (1553-1554). En las guerras civiles se perdía realmente la bolsa y la vida.

¿Invocó Carlos V la ley de Toro, o las Siete Partidas, para derogar las Leyes Nuevas?

El preámbulo de las Nuevas Leyes no las menciona. La parte resolutoria remite a la voluntad personal del Em-

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perador como fuente de poder jurídico: "es nuestra volun­tad y mandamos que luego sean puestos en nuestra Real corona todos los indios que tienen y poseen por cualquier título y causa que sea los que fueron o son visorreyes, gobernadores o lugarte­nientes o cualesquier oficiales nuestros así de justicia como de nuestra hacienda, prelados, casas de religión de nuestra hacien­da, cofradías u otras semejantes".., "otro si mandamos que a todas las personas que tuvieren indios sin tener título, sino que por autoridad se han entrado en ellos, se los quiten y pongan en nuestra corona Real",

Al derogar las encomiendas ¿violó el Emperador las capitulaciones, según manifestaron los juristas que aseso­raron a los encomenderos peruleros?

Como conocemos, Capitulaciones fue la deno­minación de los contratos o convenios privados cele­brados entre la corona y los conquistadores. Las Ca­pitulaciones, en algunos casos, achacaban a los conquis­tadores el costo del financiamiento de las expediciones de conquistas, es decir, alquiler o compra de barcos, avitua­llamiento, recluta de soldados, etc; todo esto y más pro­venía de su peculio. Como compensación a los gastos fi­nancieros y riesgo personal de los conquistadores, la coro­na les otorgaba tierras y mano de obra indígena, además de títulos nobiliarios y rangos militares y políticos a los autores de la conquista. El antecedente jurídico sobre las Capitulaciones figuró desde la conquista y colonización de las Islas Canarias. Luego vinieron las Capitulaciones otorgadas a Colón por los Reyes Católicos, por las cuales se le concedió el título de Almirante transmisible heredi­tariamente, al igual se le proclamó virrey y gobernador de los territorios descubiertos por él. Las Capitulaciones fue­ron concedidas, después del descubrimiento, también por oidores de audiencias, virreyes y gobernadores. Siempre el monarca retuvo el poder máximo para su otorgamiento. Diego Colón concedió las Capitulaciones a las expedicio­nes de Alfonso de Ojeda y Diego de Nicuesa, en base a los

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poderes cedidos a su padre. Las frustraciones de Ojeda y Nicuesa movieron a Fernando el Católico a modificar las Capitulaciones, asumiendo la Corona el financiamiento total de la expedición de Pedrarias Dávila al Darién.

En cambio, Hernán Cortés y Francisco Pizarro reci­bieron sus respectivas Capitulaciones post-f acto de la con­quista de México y Perú.

Antes de recibir la Capitulación, Francisco Pizarro adoptó decisiones ilegales sobre repartimientos y enco­miendas. Porras atempera la ilegalidad jurídica de Pizarro, alegando las presiones de los conquistadores en Jauja: ''Los conquistadores de Jauja esperaban con impaciencia el reparto de los indios. Sin éste, ¡a vida económica no podía organizarse. Los españoles necesitaban para sustentarse del trabajo de los indios. Roto por la conquista el engranaje de la administración incaica había que reemplazarla inmediatamente. No había entonces más fórmula conocida y viable de gobierno que el de las encomiendas. El encomendero es el eslabón de la cadena rota que reemplaza al curaca o cacique y respondiendo del trabajo de su grupo o frac­ción demográfica asegura la marcha general de la producción. El encomendero, además, pese a la idea peyorativa de éste, en la mayor parte de los casos justificada, es el único lenitivo contra el abuso de los indios. Sin él —dice la provisión de Pizarro— "no avría quien los dotrinase, ni quien procurase por su bien ni quien evite su daño". Jauja Mítica. Revista Histórica.

Las razones alegadas por Pizarro se contradicen con las cláusulas del contrato privado que suscribió en Panamá con sus socios Pizarro y Luque, y en la licencia otorgada por Pedrarias Dávila, años antes que distribuye­ra encomiendas en Jauja, Lima, Cuzco, Arequipa y Gua-manga. Cuando solicitó autorización real para repartir encomiendas, la Reina rechazó la solicitud, reclamándole que, previamente a la autorización, debía presentarle un memorial, consignando a quiénes se iban a distribuir los indígenas y quiénes iban a ser los beneficiarios y por qué méritos se les adjudicaban. Pero ya Pizarro había hecho

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los repartos. De acuerdo a Porras, "el reparto se hizo por Pizarro y Riquelme, del 28 de julio al 4 de agosto, teniendo en cuenta las noticias de la tierra y los servicios prestados por los conquistadores. Se adjudicó a cada uno los caciques y pueblos, señalados por sus nombres indígenas y determinando el número exacto de indios de que podían servirse. Una parte recibió tierras de la costa y otra en la sierra y se ordenó entregarles una cédula en que costara el depósito", ob,cit, 137. No hay asomos de duda sobre la desbocada ambición de Pizarro, quien ya había recibido encomiendas de indios en la isla de Taboga, en Panamá por cesión de Pedrarias. Bien sabía Pizarro que sin mano de obra indígena no se podía trabajar la tierra americana debido a la desidia o pereza de los conquista­dores. El lucró de encomiendas antes de arribar al Perú. Por ello es que su situación de hombre ambicioso quedó clara ante el poder real, en el contrato de la conquista de 1526, en el que una cláusula comprendía "repartimientos de yndios perpetuos, como de tierras y solares, y eredades como de tesoros y escondedixos encuviertas(sic) como de cualquier rriqueca o apruechamiento de oro, plata, perlas, esmeraldas, dia­mantes y rubíes". Marticorena Enrique. El contrato de Panamá, 1526", Cahiers de monde hispanique et brésüien(Caravelle). Université de Toulouse. 1966.

La vocación pízarrista de ilegalidad y ambición a cualquier precio quedó a la luz del día, desde entonces. La Capitulación de Toledo entre la Reina y Francisco Pizarro, fechada el 26 de julio de 1529, tres años después del con­trato privado, insistió en que el conquistador presentara una relación de las tierras: "Por cuanto nos habedes suplicado por vos en el dicho nombre vos hiciese merced de algunos vasa­llos en las dichas tierras, é al presente lo dejamos de hacer por no tener entera relación de ellas, es nuestra merced que, entretanto que informados proveamos en ello". Concede la Reina que "e ansí mismo os daremos poder para que en nuestro nombre, du­rante el tiempo de vuestra gobernación, hagáis la encomienda de los indios de la dicha tierra, guardando en ella las instrucciones

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e ordenanzas que vos serán dadas". Las Relaciones de la con­quista del Perú. Francisco de ]erez y Pedro Sancho: Edición de Horacio Arteaga. Imprenta y librería Sanmarti Lima. 1917.

Como buen discípulo de Pedrarias, Pizarro incum­plió las condiciones fijadas por la Reina, apoyándose en el cínico aforisma "la ley se dicta, pero no se cumple". Con estos actos de ilegalidad y desobediencia, empezó la rebe­lión pizarrista.

Sobre las Capitulaciones comenta el historiador mexicano Silvio Zavala que "aunque importantes como con­tratos primeros y base legal de partidas de las empresas, no com­prendieron en realidad sino el permiso, la relación del caudillo con el rey y las franquezas generales para los pobladores; pero no decían nada de la organización de la hueste, la relación de los capitanes con los soldados, la relación de éstos entre sí etc". La encomienda indiana. Madrid.

Creadas como derivación de las Capitulaciones, al igual que los repartimientos, las encomiendas de indios, ya para realizar servicios personales, ya para pagar tri­butos, sancionadas por las Leyes de Burgos en 1512, constituyeron la recompensa de la corona española a los conquistadores y/o a sus descendientes por los esfuerzos desplegados para dominar los reinos indígenas. El jurista Juan de Solórzano creyó detectar analogías en la figura de los feudos y mayorazgos del derecho medieval espa­ñol en tanto prevalecían reglas de sucesión por mercedes concedidas por el rey. Pero no hay en las leyes españolas algo que se parezca a la autorización monárquica de ex­plotar hombres y mujeres americanos, sea para trabajar la tierra, sea para laborar en las minas, sea para servidumbre doméstica, sea para pagar impuestos con trabajo. Es po­sible que campesinos de Castilla o de Andalucía estuvie­sen sometidos a regímenes laborales de vasallaje feudal, en el cultivo de las tierras de reyes y nobles en general. Pero ni siquiera en el régimen restrictivo establecido por las Siete Partidas a los judíos, hubo algo semejante a las

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encomiendas americanas. Por ello, se espantaron algunos religiosos españoles al comprobar la realidad social y hu­mana de las encomiendas americanas. Mucho antes del movimiento abolicionista del Padre Las Casas, un anciano predicador español, Miguel de Salamanca, estampó en un escrito;" porque esta manera de encomienda y ¡a manera con que se ejecuta es contra el bien de aquella república indiana; item, es contra toda razón y prudencia humana; ítem, es contra el bien y servicio del rey, nuestro señor, y contra todo derecho civil y canónico; ítem es contra todas las reglas de filosofía moral y teológica; ítem, contra Dios y contra su intención y contra su iglesia". Lewis Hanke. La lucha española por la justicia en la conquista de América. Aguilar, 154.

A pesar de las revelaciones sobre la extinción de las poblaciones indígenas a causa de las encomiendas y re­partimientos, la segunda generación de conquistadores españoles llegó al grado extremo de desafiar y desconocer la auctoritas del rey en el Perú. El cronista Cieza de León relata en su libro sobre las guerras civiles que habían des­aparecido prácticamente los indios en la Isla la Española, en Tierra Firme y Nicaragua y en Cartagena. En esta ciu­dad residió un portugués que colgaba en la percha de su casa lonjas de cuerpos de indígenas para cebar sus perros. ¿Exageró Cieza de León? ¿Mintieron Montesinos, Sala­manca, Las Casas y otros dominicos sobre la desvastación de las poblaciones indígenas producida por repartimien­tos y encomiendas?

Como de todo hay en la viña del Señor, le sobraron defensores a los encomenderos de Perú y México.

¿Quiénes fueron, qué alegaban los prelados religio­sos que defendieron las encomiendas y azuzaban la rebe­lión de Gonzalo Pizarro contra el Emperador?

Según Lohmann Villena, en la agitación de la revuel­ta figuraron dominicos: padres Carvajal, Magdalena y Zúñiga; mercedarios: el Comendador Órenes y el padre Muñoz; franciscanos: el gantés P. Ricjcke; clérigos como

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Juan de Sosa y Juan Coronel; el Obispo de Santa María Calatayud y el Arzobispo de Lima Fray Jerónimo de Loai-za, que disfrutaba por lo bajo de tres repartimientos. El Obispo de Quito Garci Díaz Arias se proclamó ahijado de los Pizarro desde los tiempos de Francisco y no ocultó su apoyo a Gonzalo.

De lo que puede extractarse del trabajo de Lohmann Villena se deduce que las principales impugnaciones a las Nuevas Leyes eran las siguientes:

a) el Emperador violó la letra y espíritu de las Ca­pitulaciones que otorgaban las encomiendas;

b) el Emperador debió atender los puntos de vista de los encomenderos antes de anular las Nue­vas Leyes

c) el Emperador actuó unilateralmente/ perjudi­cando a quienes lucharon y arriesgaron la vida en la conquista del Perú

d) al quebrarse las reglas del juego del contrato entre el Imperio y los conquistadores, fue pro­cedente que éstos se emanciparan y separaran de la autoridad y jurisdicción del Emperador

* e) era pertinente la sucesión por herencia familiar de los poderes políticos de Francisco a Gonzalo Pizarro, así como de encomiendas y bienes

f) si el Papa como vicario de Cristo transmitió derechos sobre las Indias al Emperador podía negociarse un acuerdo entre el Pontificado y los encomenderos en la persona de Gonzalo Piza­rro y legitimar el nuevo reino con el reconoci­miento del papado

Tratadista de la autoridad de Juan de Solórzano res­ponde la primera objeción, sentando que "fuera de las tie­rras, prados, pastos, montes i aguas que por particular gracia i merced ..se hallaren concedidas a las ciudades, villas o lugares de las Indias, o a otras comunidades o personas particulares ae­llas, todo lo demás de este género es i debe ser de su Real Corona

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y dominio.. .solamente de la gracia o merced real, podía deri­var por lo tanto, jurídicamente, el derecho de los particulares al dominio privado de la tierra. Por concesión de los Reyes de España pudieron disfrutar del dominio de sus tierras los indios radicados en reducciones o corregimientos que vivían dedicados al cultivo de las mismas, así como sus caciques y señores. Por concesión, también, de los propios monarcas, pudieron llegar a adquirir el dominio de determinados lotes de tierras, en exten­sión mayor o menor, los descubridores, conquistadores y coloni­zadores españoles", ob, cit, 274.

De conformidad con esta interpretación del tratadis­ta, encomiendas y repartimientos eran mercedes del rey, favores del monarca al subdito. Por tanto, así como podía conceder, el Emperador/ Imperator tenía potestad para anular la merced de las encomiendas.

En cuanto al segundo cuestionamiento, era potestad del monarca atender o no el criterio de los afectados por alguna de sus decisiones en la administración de las In­dias. Podían apelarse fallos de la justicia u ordenanzas del Consejo de Indias. Aún el monarca podía rectificarse motu propio, sin que fuera hacerlo obligación suya. No era obli­gación del debido proceso escuchar al objetante. El Orde­namiento de Alcalá de Henares rezaba: "de cualquier ma­nera que el hombre quiera obligarse, queda obligado".

Hubo muchos casos de rectificaciones reales: verbi­gracia, Fernando el Católico ordenó a Pedrarias por Cé­dula Real de 1513 la prisión de Balboa: pero, al nombrar a éste, posteriormente, como Adelantado de la mar del Sur por Cédula Real de 1514, dejó en suspenso, tácitamente, la encarcelación del jerezano.

Las Siete Partidas (partida segunda, título I, ley X), tipifican la figura del tirano con estas palabras:" Tirano tanto quiere decir como señor cruel, que es apoderado en algún regno o tierra por fuerza o por engaño o traición". Alfonso el Sabio. Antología. Editorial Porrúa. México. Alfonso el Sabio padeció en carne propia la deslealtad, el engaño y la trai-

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ción. Fue víctima de la rebelión de su hermano el infante don Enrique, del golpe de estado de su hijo Fernando de la Cerda, que le sucedió en el reino por su viaje a Fran­cia; poco antes de morir, Fernando entregó el poder a su hermano don Sancho, quedando éste como heredero, pro­vocando el alejamiento de la esposa de Alfonso X, doña Violante, en defensa de los derechos de sus hijos, también herederos al trono. Las ambiciones dinásticas amargaron los tramos finales de la existencia del rey sabio.

Si se le hubiera aplicado el antecedente de las Siete Partidas, la proclamación de Gonzalo Pizarro como sobe­rano del Perú, le habría convertido automáticamente en traidor. Lohman Villena sostiene que "todo estaba preparado para la proclamación de Pizarro como soberano del Perú. Lo sa­bemos por una carta de Carvajal del 17 de marzo, escrita en An-dahuaylas., .porque para la corona del rey con que en tan breves días hemos de coronar a Vuestra Señoría habrá muy concurso de gente (en Lima). El veterano soldado juzgaba que no había ya resquicio para una actitud condescendiente de las autorida­des republicanas, y que en consecuencia el mando que Pizarro esperaba recibir por mano ajena, lo debía de asumir por sí y ante sí, ciñéndose la corona. Resumía su criterio en este enunciado: "Quien puede ser rey por el valor de su brazo, no es razón que sea siervo por razón de la flaqueza de su ánimo. El apercibimien­to tiene en Amazonas en las Indias de Tirso de Molina acentos épicos." ob, cit,81.

Los apologistas jurídicos de la sucesión de Gonzalo a la gobernación se basaron en dos instrumentos jurídicos, esto es la Real Carta de 1534 por la que se comunicó a Francisco Pizarro la prerrogativa para designar como go­bernador provisional a "una persona de las que en esa dicha provincia estuviese, qual os pareciese... hasta que Nos mande­mos proveer desa dicha gouernación A quien fuéremos seruidos la tenga". Lohman Villena, ob.cit, 50; y se invocó, asimismo, el testamento por el cual en 1537 transmitió la goberna­ción a su hijo Gonzalo Pizarro Yupanqui, que murió niño.

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Quedó vigente la minuta enmendada de 1539, mediante la cual Francisco nombró a su hermano Gonzalo como ad­ministrador general del Perú, mientras durase la minori­dad del hijo habido con la hermana de Atahuallpa, con la cual procreó, también, a doña Francisca, primer vastago con la princesa inca de 15 años, del pedófilo conquista­dor de 56 años. Porras Barrenechea Raúl, Jauja mítica. Revista Histórica. María Rosworowski. Francisca Bizarro. Instituto de Estudios Peruanos.

El hijo varón de Francisco falleció, como dijimos, en tanto sobrevivió doña Francisca Pizarro Yupanqui, casada primero con su viejo tío hermano mayor de su padre, Her­nando Pizarro, y a la muerte de éste, se desposó con un des­cendiente de Pedrarias Dávila, más joven que la princesa mestiza, que así se tomó la revancha del anciano consorte. Sin embargo, la hipotética línea de sucesión a la goberna­ción del Perú fue quebrada por el nombramiento de Cris­tóbal Vaca de Castro en una provisión secreta, descubierta por Lohmann Villena, que estableció que si falleciera Piza­rro "en tal caso es nra. Voluntad que vos tengáis por nos la nra. Justicia e gouernación de la dha. Provincia de la Nueva España e de la provincia de la Nueva Toledo", ob,cit, 51. Más adelante, en 1543, Carlos V oficializó la instrucción secreta decretando " se había acordado designar a una persona que en nuestro nombre y como nuestro visorrey la gobierne", ob, cit, 52.

Se aludió al primer virrey Blasco Núñez de Vela, que llega al Perú cuando ya estaba prendido el rancho por las Nuevas Leyes de 1542.

Desde el punto de vista de los rebeldes, las órdenes del monarca representaban el incumplimiento del pac­to con los conquistadores, tanto en la derogatoria de las encomiendas cuanto en los derechos de sucesión. En la mente de los conquistadores y sus asesores, reapareció el estigma antihispánico de un monarca extranjero rodea­do de áulicos étnicamente extraños a las vivencias de los forjadores de las glorias del Nuevo Mundo. El estereoti-

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po del rey nacido en Gante, mal aconsejado por gente de Borgoña, ya antes había producido la revuelta de las co­munidades, en el contexto de una contienda nacionalista a la que no fueron ajenos los españoles radicados en las Indias. Las Nuevas Leyes engendraron en América una variante de la marejada nacionalista que convulsionó la península y llegó a las riberas indianas. La inicial consig­na de "España para los españoles" se transmuto en "Las Indias para los indianos". Luego se dio el paso audaz de la creación de un nuevo reino hispanoinca, con la posible legitimación por el matrimonio de Gonzalo Pizarro con su sobrina Francisca Pizarro Yupanqui. Por aquel tiempo ha­bía estallado el levantamiento de Manco Inca, seguido en menor escala por sus hermanos residentes en Vílcabamba. Manco Inca creó la opción de un mando compartido con los españoles, corregencia de hecho puesta de manifiesto en el cogobierno del Cuzco y en la lucha común de es­pañoles e incas contra las huestes de los generales quite­ños supérstites de Atahuallpa. Manco Inca puso sitio al Cuzco cuando se convenció de la traición de Hernando y Gonzalo Pizarro. Pero la posibilidad de un entendimiento hispano-inca no desapareció del todo. El enrolamiento de Paullu Inca a las huestes de Diego de Almagro en la con­quista del Arauco; las conversaciones de Manco Inca con Almagro el viejo, registradas por Fernández de Oviedo; la bajada de Sairi Túpac al Cuzco para ponerse a la sombra del poder español; los tratos de Titu Cusi Yupanqui con Juan de Matienzo y, ¡ qué duda cabej la convivencia carnal de españoles y mujeres indias manifestaron la existencia de puentes de comunicación interétnica de diverso tipo, a los cuales perteneció el proyecto de un nuevo reino neopi-zarrista o neoatahuallpista.

Si el monarca violó el pacto con los protagonistas de la conquista —razonaron los desilusionados conquistado­res — era posible la constitución de un nuevo statu quo del poder en las Indias. Todo estas opciones flotaban en el aire

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de una época caldeada por las Nuevas Leyes que, bus­cando teóricamente el cese de la explotación de la mano de obra indígena, no satisfacía a quienes conocían las en­crucijadas tortuosas de los que habían sido sometidos por una legitimidad fraudulenta avalada por un papa.

El intento posterior del virrey Toledo de descalificar la legitimidad de los incas, haciendo hincapié en su tiranía sobre los reinos indígenas, reveló la presión de las ideas que desató Las Casas sobre la ilegitimidad de la conquista española de las Indias y, obviamente, del régimen de en­comiendas. Este conflicto de paradojas seudolegitimistas desembocó, en extraño viraje nacionalista, en el proyecto de un nuevo reino mestizo. No hay que olvidar que La Gasea tenía instrucciones reales de reconocer una gober­nación de Gonzalo como una alternativa eventual de en­tendimiento ante las evidencias desastrosas de la erosión de la autoridad de la metrópoli española, no solamente en el Perú.

Lohmann Villena califica como "hablillas" el entron-camiento de Pizarro con el linaje de los incas. Los hijos de Francisco Pizarro con la hermana de Atahuallpa, el hijo de Gonzalo tomado como rehén y los hijos de innume­rables conquistadores con damas indígenas no eran una "hablilla". Por tanto, la alternativa de la transferencia del poder hispano a un poder mestizo tuvo aval biológico. El argumento de que el proyecto hispano-inca era producto de un espejismo porque los naturales no tenían suficien­te madurez cívica para entenderlo y adherirlo es rebatido con los hechos producidos con el entendimiento estratégi­co entre Manco Inca y Francisco Pizarro. Los incas crearon un sistema de dominación continental que puso a prueba su capacidad de negociación diplomática, absorbiendo, algunas veces, culturas regnícolas sin necesidad de con­frontaciones bélicas o pactando los términos de una pax inca. Desde su constitución como núcleo cuzqueño hasta su propagación por territorios de América del Sur, demos-

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traron los incas que estaban muy capacitados para superar cualquier coyuntura de orden político, algo que no acep­tan los hispanófilos a ultranza, cuyos moldes mentales supervalorizan lo europeo y subvalorizan lo autóctono. Como dueños de la tierra y creadores de uno de los más avanzados sistemas de organización social, los incas po­seían justo título y madura experiencia para instrumentar fórmulas de gobierno. Algo muy distinto son los títulos ilegítimos españoles resultantes de la donación insólita de América per sécula seculorum por Alejandro VI y sus su­cesores, transferencia de propiedad y poder impugnada desde la vertiente jurídica española por la autoridad aca­démica de Francisco de Vitoria, y desde el lado teológico por Bartolomé de las Casas. (Cf. Guillermo de Ockham en el descubrimiento de América).

Por todos estos antecedentes, siempre debemos tener en cuenta que el debate jurídico sobre las Nuevas Leyes y las encomiendas corresponde sólo a un aspecto parcial del pensamiento de Bartolomé de Las Casas. Al desembocar en la discusión sobre la legitimidad o ilegitimidad de las fuentes del poder de la monarquía y de los protagonistas de la conquista de América., Las Casas nos remite al de­bate central que apenas arañan los asesores de Gonzalo y que, calculadamente, no aparece en los documentos de la monarquía española. De lo que se trataba, en suma, era de que un papa muy secularizado y muy parcializado, como lo repitieron ingleses y franceses, había donado el conti­nente americano a un imperio que ya tenía bajo su domi­nio a media Europa. La iglesia construyó una secuencia de silogismos que, empezando con la Donación de Cons­tantino y concluyendo con el descubrimiento de Améri­ca, logró absorber el Imperio Romano y sus posesiones en Asia y África y se creyó asistida de poderes seculares para repartir el Nuevo Mundo. Una de las falsas conclu­siones de esta cadena de silogismos fue la donación de las Indias al imperio de los Austria. Enarbolando un poder

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apócrifo cedido por la más que dudosa potestad tempo­ral de la iglesia romana, España recibió títulos ilegítimos y anticristianos sobre los señoríos y reinos de las Indias. Citando a Santo Tomás, Las Casas dijo en los Tratados: "Y pues Dios no hizo diferencia entre los hombres cuanto a los be­neficios naturales, que por su bondad infinita y gratuita volun­tad general e umversalmente hizo comunes a todos, por tanto, a ningún hombre fue ni es permitido hacer, cuanto a esto, entre los hombres diferencia", ob, cit, 1061.

El imperio no solamente convirtió a los indios en va­sallos de quinta categoría que podían ser abusados a su arbitrio sino que exterminó a los agentes de la conquis­ta que hicieron lo mismo en su nombre. Vasallos de los moros durante ochocientos años, los españoles asimilaron por osmosis un parecido estilo de dominación, esto es una amalgama de dominación cultural, económica y política.

Las guerras civiles del siglo XVI fueron un detalle en el conglomerado de contradicciones del descubrimiento y conquista del Perú y América. Por consecuencia del razo­namiento que llevamos, el debate jurídico sobre las enco­miendas debiera englobar el análisis de las potestades de dominio temporal adjudicadas a la corona española por una institución como la iglesia de Cristo, que debió hacer la paz y no la guerra.

Magnificado por sus seguidores, denostado por sus detractores, ¿quien fue, al final de cuentas, Gonzalo Piza-rro? ¿Un megalómano perturbado por el poder, como lo pinta Lohman Villena? ¿Un capitán elegante y esforzado que ganó sus galones a punta de valor y esfuerzo, como lo describen el Inca Garcilaso, que lo conoció, niño él, en el Cuzco, o Gomara que recibió el lejano eco de sus hazañas?

No obstante que perdió una pensión de la corona es­pañola por la ayuda que le prestó su padre en la batalla de las Salinas, Garcilaso describió a Gonzalo con vivida simpatia/' Fue Gonzalo Pizarro del apellido y genealogía de los Pizarro, sangre muy noble e ilustre en toda España; y el Mar-

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qués del Valle don Hernando Cortés fue de la misma parentela, que su madre se llamó Doña Catalina Pizarro, de manera que a esta genealogía se le debe dar la gloria y honra de haber ganado aquellos dos Imperios.. .fue Gonzalo Pizarro gentilhombre de cuerpo, de muy buen rostro, de próspera salud, gran sufridor de trabajos, como por la historia se habrá visto. Lindo hombre de a caballo, de ambas sillas; diestro arcabucero y ballestero, con un arco de bodoques pintaba lo que quería en la pared. Fue la mejor lanza que ha pasado al Nuevo Mundo, según conclusión de todos los que hablaban de los hombres famosos que a él han ido", ob,cit, 601.

Aún en víspera de entregarse al verdugo por la de­rrota de Xaquijaguana, Gonzalo conservó elegancia y dig­nidad, según Gomara:" Quiso rendirse antes de huir, pues nunca sus enemigos le vieron las espaldas. Viendo cerca de Vi-llavicencio, le preguntó quién era; y cuando respondió que era sargento mayor del campo imperial, dijo:" Pues yo soy el sin ventura Gonzalo Pizarro"; y le entregó su estoque. Iba muy ga­lán y gentilhombre, sobre un poderoso caballo castaño, armado de cota y ricas coracinas, con una sobrerropa de raso bien gol­peada y un capacete de oro en la cabeza, con su barbote de lo mismo", Historia General de las Indias, 317-318.

Gonzalo fue el menor de los hermanos de Hernando y Francisco. Había participado en la conquista desde la primera hora, más cerca de Hernando que de Francisco en algunas jornadas, como en el acoso de Manco Inca. Fue el primer capitán en intentar el acceso a Vilcabamba, nido de cóndores protegido por desfiladeros cortados a plomada de la cordillera y por la tropical maraña de la ceja de selva del Cuzco. En la lucha contra el viejo Almagro, estuvo a la sombra de Hernando, inflexible y drástico con el anciano camarada de armas. Hernando fue su maestro de cruelda­des. Ganó relieve por su resistencia en el sitio del Cuzco, donde perdió la vida su hermano Juan Pizarro. Fue, sin embargo, en el viaje al país de la Canela donde sobresalió como viril caudillo.

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Francisco le nombró gobernador de Guayaquil, Qui­to y La Canela, un poco porque, con razón, desconfiaba de la lealtad de Sebastián de Belalcázar y un mucho porque consideró que Gonzalo había acumulado méritos para una gobernación. En el año de la gobernación, 1539, al pa­recer no se había desvanecido el mito de las especias. Los oficiales y soldados estacionados en Quito oían de labios indígenas versiones ambiguas referentes a la existencia de una región de tierra caliente, cordillera abajo, donde flo­recía una de las más codiciadas especias de las islas Malu­cas, la canela. Al abrigo de las lumbres y fogatas atizadas para morigerar el frío nocturno de San Francisco de Quito, tratando de pasar el tiempo a la lumbre del vivac, conver­saban los vecinos españoles sobre la tierra de la Canela y probablemente de una mítica zona llamada el Paititi, donde la imaginación de los contertulios repetía que se guardaba allí más oro y plata que lo que reunió el iluso Atahuallpa para el engaño de su rescate.

La leyenda del Paititi merodeaba por las callejas de piedras enormes del Cuzco, años antes que Gonzalo se es­tableciera en Quito. Después de la muerte de Atahuallpa y de la partida de Manco Inca a Vilcabamba, escasearon los metales preciosos. Potosí estaba en la penumbra de su ex­plotación. Los viejos amautas calentaban las orejas de los conquistadores con historias de cómo los indios de la selva eran los guardianes de inmensos tesoros del último de los incas combatientes. Túpac Inca Yupanqui había descendi­do a la tierra de los Mojos con ánimos de conquista, pero había retrocedido ante la triple muralla de la selva, los ríos innavegables y el desconocimiento de la tierra. Según los viejos quechuas, el mozo Manco Inca alcanzó éxito en otra incursión por los Mojos al presentarse como aliado antes de conquistador. Se trabó entonces una alianza estratégica que ayudó mucho a Manco Inca cuando requirió embos­carse y repeler las entradas de los españoles. "El Ynga del Cuzco —refiere el Padre Diego Felipe de Alcaya— envió a su

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sobrino Mango Ynga, segundo de este nombre, a la conquista de ¡os Chunchos, gente caribe que tienen ocupadas todas las faldas del Cuzco, Chuquiago y Cochabamba. El qual entró con ocho mil yndios de armas, llevando consigo a un hijo suyo; y con próspero suceso llegó a los llanos de esa cordillera, que viene a ser una con la de Sancta Cruz de la Sierra, aunque hay mucha tierra y gran­des ríos de vaxan de estas cordilleras, y muchos pantanos y arte-gadicos" Levene Ricardo, El Paititi, el Dorado y las Amazonas. Relación en Informaciones de Lizarazu y Maurtua. Emecé. 97.

La lujuriosa codicia de Hernando Pizarro se excitó más que con el cuerpo de una adolescente india con las consejas de los ancianos cuzqueños que prometían más oro quizás sólo para impresionar a los insaciables foraste­ros. Por su orden directa, Pedro de Càndia, con 300 solda­dos y diez mil indios, cruzó las nieves del Vilcanota para desgalgarse hacia los tributarios del río Manu y salir al río Madre de Dios. Ríos que serpenteaban como anacon­das en medio de las riberas boscosas, pantanos de la di­mensión de una provincia española, chirridos de millones de insectos y un clima que transformaba los jubones en panales de miel rancia se abrieron a la vista de los biso-ños exploradores. Zumbaban flechas ponzoñosas de los rincones de la selva baja. Giraban en círculo los soldados extraviados. Finalmente, cuando atinaron a construir ca­noas, éstas desaparecían rápidamente entre remolinos de vértigo. La falta de los alimentos habituales y el desco­nocimiento de los frutos silvestres hicieron tanto estrago como las flechas. Se amotinaron los soldados, negándose a continuar en la incertidumbre de una exploración sin límites precisos. Càndia y su lugarteniente Francisco de Villagra acordaron tomar camino de retorno por el altipla­no y salir a rendir cuentas al implacable Hernando, que, disconforme con los trabajos de Càndia, entregó el mando del capitán Peranzures. Regresaron por sus pasos, toma­ron la ruta de la cordillera de Carabaya y bajaron por las riberas del Beni, habitat de los chunchos. Peranzures fra-

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casó como Càndia, porque, por ese tiempo, los españoles no conocían las fuerzas a las que se exponían alegremen­te, internándose por comarcas completamente extrañas al entorno andino. Entraban por una zona y reaparecían por otra, deshidratados, extenuados, desilusionados. Es­pañoles al fin y al cabo, insistieron en arriesgadas explo­raciones, entrando a la buena de Dios por senderos que los incas demoraron mucho tiempo reconocer, después de sacrificios talvez peores. Juan Alvarez Maldonado, luego de los tanteos de Càndia y Peranzures, tuvo mejor suerte y abrió el camino para llegar a los Mojos vía el río Madre de Dios, yendo y viniendo del Cuzco por refuerzos que dividía en batallones suicidas.

Toda esta herencia de pertinacia y coraje reapare­ció cuando el teniente Francisco de Orellana convenció a Gonzalo Pizarro a salir, desde la región norte del Perú, a la búsqueda de la tierra desconocida de la Canela y de otros mitos más seductores y riesgosos. Fray Gaspar de Carvajal de la Orden de Santo Domingo fue compañero de la expedición y refiere con propiedad que "este capitán Francisco de Orellana era capitán y teniente de gobernador en la ciudad de Santiago, la que él en nombre de Su Majestad, pobló y conquistó a su costa, y de la Villa Nueva de Puerto Viejo quees en la provincia del Perú; y por la mucha noticia que se tenía de una tierra donde se hacía canela, por servir a Su Majestad en el descubrimiento de la dicha canela, sabiendo que Gonzalo Pizarro, en nombre del Marqués venía a gobernar a Quito y ala dicha tierra queel dicho capitán tenía a cargo; y para ir al descu­brimiento de la dicha tierra fue a la villa de Quito donde estaba el dicho Gonzalo Pizarro a le ver y meter en la dicha tierra". José Toribio Medina. Descubrimiento del Río de las Amazonas, 1894. La aventura del Amazonas. Historia 16, Madrid.

Por su parte, el cronista Agustín de Zarate suminis­tra otra versión más apegada a la línea de los Pizarro. En primer lugar, la expedición al mando de Gonzalo partió del Cuzco y tropezó a mitad del camino con la resisten-

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cia de los nativos de Guánuco o Huanuco, una resisten­cia tan fuerte que Francisco envióle tropas de socorro con Francisco de Chaves. Cuando llegó a la región conquis­tada por Huayna Capac, llevaba título de gobernador de Guayaquil Quito y la tierra de la canela. Lo acompañaron quinientos soldados bien apertrechados y mucho ganado. Los naturales le presentaron frente de guerra al atardecer, pero luego desaparecían al clarear el día, y comprobar el poderío militar de Gonzalo. El nombramiento de Gonza­lo motivó la destitución de Orellana como gobernador de Guayaquil. Se las arregló, sin embargo, Orellana para alis­tar una pequeña fuerza al servicio de Pizarra. A poco de emprender el viaje a la Canela, la expedición al mando de Gonzalo fue sorprendida por "un tan gran terremoto con temblor y tempestad de agua y relámpagos y rayos y grandes truenos que, abriéndose la tierra por muchas partes, se hundie­ron más de quinientas casas; y en tanto creció un río, que allí había que no podían pasar a buscar comida y a cuya causa pade­cieron gran necesidad de hambre", Zarate, 618.

Finalmente llegaron a la tierra de la canela, que Za­rate describe con prolijidad. De pronto sucede algo. En lugar de emprender el regreso, Gonzalo decidió seguir in­ternándose por una región de muy difícil acceso, más allá del territorio de la Canela, donde los naturales sembra­ban y comercializaban el aromático producto de la tierra. Es probable que supiera allí algo Gonzalo que lo atrapó y lo movió a adentrarse en la selva. ¿Ríos que eran mares de agua dulce? ¿Mujeres guerreras émulas de la leyenda griega de las Amazonas? Los cronistas no aclaran qué in­dujo a Gonzalo a internarse por el bosque de las faldas de los Andes que recorrieron Càndia, Peranzures y Alva­rez Maldonado, pero explorándolo por el norte, no por el sur. Los guías indígenas referían verdades mezcladas con mentiras, la aleación de realidades y leyendas, que fue la conquista de América. Los guías los engañaban, al par que la desorientación y el hambre los iban minando.

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Cuando Gonzalo comprobó que había indígenas desnu­dos y primitivos, como también otros que vestían trajes de algodón, probablemente decidió seguir explorando aque­llas exóticas regiones. ¿Le hablaron de ríos de agua dulce tan grandes como el mar? ¿Le hablaron de unas mujeres guerreras tal como las amazonas griegas? ¿Recibió algu­na versión de la leyenda del Paititi con sus palacios de cúpulas laminadas de oro? Subsiste el enigma histórico hasta ahora. Al llegar a las orillas del río Ñapo tomó la resolución de construir un bergantín en medio de la selva para navegarlo y buscar comida y atender a los enfermos y heridos. Asegura Zarate que en la construcción del ber­gantín "era el primero que echaba mano de ¡a hacha y del mar­tillo". 621.

Es en ese momento en que Orellana se presentó a Gonzalo como el salvador de la situación; le propuso ade­lantarse en el bergantín con cincuenta hombres para ir a buscar comida. Según el padre Carvajal,

"así se fue al dicho Gobernador y le dijo cómo él determi­naba de dejar lo poco que allí tenía y seguir río abajo y que si la ventura le favoreciese en que cerca hallase población y comida con que todos se pudiesen remediar, que él se lo haría saber, y que si viese que se tardaba, que no hiciese cuenta de él", ob,cit, 42. Zarate, en cambio, zarandeó a Orellana por su irresponsa­bilidad: "Y así se fue sin dejar las dos canoas, casi amotinado y alzado; porque muchos de los que con él iban le requirieron que no excediese de la orden de su general, especialmente fray Gaspar de Carvajal, de la orden de los predicadores, que porque insistía más que los otros, le trató muy mal de obra y palabra", ob,cü, 622,

El historiador argentino Ricardo Levene afirma que "la actitud inicial de Orellana fue en todo momento muy clara, mas su conducta después no dependió siempre de su voluntad; gravitó en ella la protesta de sus compañeros acerca del suici­dio que fuera el retroceder para cumplir con Pizarro", ob,cit, 121. Navegar contra la corriente de ríos que furiosamente

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impulsaban al bergantín a desembocar en el Atlántico era una aventura contraria a las leyes de la Física. Pesampa-rar al jefe Pizarro en medio de la selva con la hueste de soldados hambrientos y enfermos constituyó un agravio a la solidaridad hispana. Peor fue reclamar una gloria indi­vidual ante el Rey, posponiendo la contribución de Gon­zalo. El regreso del gobernador a Quito fue otra de sus hazañas. Relata Gomara: "Tardaron en ir y volver año y medio. Caminaron cuatrocientas leguas. Tuvieron gran­des trabajos, con las continuas lluvias. No hallaron sal en la mayoría de las tierras donde anduvieron. No volvie­ron cien españoles, de los doscientos y pico que salieron. No volvió indio ninguno de cuantos llevaron, ni caballo, que todos se los comieron, y aún estuvieron por comerse a los españoles que se morían, pues se usa en aquel río. Cuando llegaron donde había españoles, besaban la tie­rra. Entraron en Quito desnudos, y llagadas las espaldas y pies, para que viesen cómo venían, aunque los más traían cueras, caperuzas y abarcas de venado. Venían tan flacos y desfigurados que no se conocían, y tan estragados los estómagos del poco comer, que les hacía daño lo mucho y aún lo razonable", ob.cit, 241.

La tragedia del Amazonas no soliviantó la cordura de Gonzalo, ni anidó rencores en su alma. Después volvió a sus dominios peruanos a descansar en las tierras bucó­licas. Estaba retirado de alborotos cuando los encomen­deros fueron a su casa a proponerle la aventura en la que le fue la vida. Gonzalo Pizarro les oyó, no vaciló, tomó la espada y otra vez salió a buscar su destino.

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