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“PARADIGMA CONTABLE: El derecho contable en relación con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) en el Perú versus la legislación tributaria” 1.- INTRODUCCION: El derecho contable se integra por un conjunto de normas reguladoras de la documentación de la actividad de los empresarios y de sus resultados, expresadas en términos monetarios. Ordena la contabilidad, técnica de llevanza, el significado de la anotación o asiento contable y el documento (tradicionalmente libro), en que aquellas se manifiestan. Tales normas, que constituyen elemento estructural de la empresa y estatuto del empresario, revisten un carácter heterogéneo, en el sentido de que forman parte de distintos cuerpos legales. Por ello, se discute su naturaleza jurídica: algunos autores se inclinan por su carácter de derecho privado; otros destacan la incidencia en su contenido, como disciplina académica que es, de aspectos de derecho público, de los que son ejemplo sus relaciones con el derecho fiscal, administrativo (especialmente en la ordenación de la auditoría) y penal. 2.- ANTECEDENTES Sus antecedentes vendrían a ser los delitos contables, que estos a su vez tienen su antecedente inmediato en el Código Penal de 1924. Dichas leyes contenían dentro de su estructura, al delito de administración fraudulenta (artículo 245 inciso 5), el mismo que a su vez tiene fuente extranjera en el Código Penal argentino de 1921. De esta manera, nuestro derogado código sustantivo, sancionaba como autor del delito en comentario, a aquel comisionista, capitán de buque o cualquier otro mandatario que cometiera defraudación, alterando en sus cuentas los precios o condiciones de los contratos, suponiendo gastos o exagerando los que hubiere hecho. Observemos que lejos de las imprecisiones conceptuales que ve en el texto antes trascrito obviamente por el marco temporal en que fue sancionado nuestro legislador ya en esa época tuvo la preocupación de tipificar las alteraciones dolosas que el agente infractor, como destinatario de la buena fe del sujeto pasivo, pudiera llevar a cabo sobre las cuentas [8] de un comerciante. Sin embargo, este enfoque materialista de la

El Derecho Contable en El Perú

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Trabajo de Investigación sobre el Derecho Contable en El Perú

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PARADIGMA CONTABLE: El derecho contable en relacin conlas Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF)en el Per versus la legislacin tributaria

1.- INTRODUCCION:

El derecho contable se integra por un conjunto de normas reguladoras de la documentacin de la actividad de los empresarios y de sus resultados, expresadas en trminos monetarios. Ordena la contabilidad, tcnica de llevanza, el significado de la anotacin o asiento contable y el documento (tradicionalmente libro), en que aquellas se manifiestan. Tales normas, que constituyen elemento estructural de la empresa y estatuto del empresario, revisten un carcter heterogneo, en el sentido de que forman parte de distintos cuerpos legales. Por ello, se discute su naturaleza jurdica: algunos autores se inclinan por su carcter de derecho privado; otros destacan la incidencia en su contenido, como disciplina acadmica que es, de aspectos de derecho pblico, de los que son ejemplo sus relaciones con el derecho fiscal, administrativo (especialmente en la ordenacin de la auditora) y penal.

2.- ANTECEDENTES

Sus antecedentes vendran a ser los delitos contables, que estos a su vez tienen su antecedente inmediato en el Cdigo Penal de 1924. Dichas leyes contenan dentro de su estructura, al delito de administracin fraudulenta (artculo 245 inciso 5), el mismo que a su vez tiene fuente extranjera en el Cdigo Penal argentino de 1921. De esta manera, nuestro derogado cdigo sustantivo, sancionaba como autor del delito en comentario, a aquel comisionista, capitn de buque o cualquier otro mandatario que cometiera defraudacin, alterando en sus cuentas los precios o condiciones de los contratos, suponiendo gastos o exagerando los que hubiere hecho. Observemos que lejos de las imprecisiones conceptuales que ve en el texto antes trascrito obviamente por el marco temporal en que fue sancionado nuestro legislador ya en esa poca tuvo la preocupacin de tipificar las alteraciones dolosas que el agente infractor, como destinatario de la buena fe del sujeto pasivo, pudiera llevar a cabo sobre las cuentas [8] de un comerciante. Sin embargo, este enfoque materialista de la contabilidad, como veremos luego, da un inadecuado nacimiento a tipificaciones no seguras que ahora podemos visualizar en el Cdigo Penal de 1991.

Por otra parte, el artculo 248 del abrogado Cdigo Penal de 1924, sancionaba el delito de falsos informes societarios, cuya fuente la encontramos en el Anteproyecto de Reforma del Cdigo Penal suizo de 1918. Si bien este delito no recoga la falsedad en documentos contables o en la propia contabilidad como sistema, en la prctica, como lo refiere el doctor Luis Roy Freyre, muchas veces las informaciones contrarias a la verdad que sancionaba este artculo, fluan de balances y dems instrumentos de esa naturaleza, que a su vez podan ser falseados, adulterados o fraguados.

3.- FORMULACIN DEL PROBLEMA

En el peru como sabemos carecemos de derecho contable, dicha especialidad es de mucha utilidad ya que hay delitos contables que no son bien analisados o bien sancionados debido a la carencia de conocimientos acerca de contabilidad de parte de los abogados, y personas que reparten justicia , como jueces , fiscales, etc la necesidad de reconocer la existencia del derecho contable en el pas, en concordancia con la cada vez mayor aceptacin global. Tal derecho se denota incipiente y no se han tomado las acciones necesarias para darle una estructura y coherencia formales.

Los encargados en el Peru de promulgar y crear leyes deberian tomar en cuenta esto y Dictar las normas de contabilidad que deben regir en el sector pblico y privado, lo que lleva a un nuevo espacio del derecho: que seria el derecho contable, El reto est planteado y corresponde a las organizaciones que rigen la contabilidad y a las que agrupan a los profesionales contables, constituirse en la piedra de toque que, acorde al entorno globalizado, propicie el reconocimiento formal de lo que es, en esencia prctica, el derecho contable en el pas.

4.- METODOLOGA:

A nuestro parecer la metodologa en el derecho contable para el Peru, debera regirse bajo ciertas fuentes que consideramos de vital importancia para que este se desarrolle equilibradamente y esas serian las siguientes:

a. El codigo de comercio peruano: Tales normas imponen el deber de llevanza de la contabilidad a todo comerciante o empresario y prescriben los libros obligatorios y sus requisitos, determinadas garantas para asegurar su veracidad y el deber de conservarlos, contemplan tambin el secreto de la contabilidad y sus excepciones aluden al valor probatorio, se refiere tambin a los libros de actas, regulando de forma expresa la contabilidad de los grupos de sociedades previa su definicin en funcin de las relaciones intersocietarias.

b. El plan general de Contabilidad: que es el conjunto de fundamentos y principios cuyo cumplimiento conduce en un proceso lgico deductivo al reconocimiento y valoracin de los elementos de las cuentas anuales. Tiene como objetivo garantizar el rigor y coherencia del posterior proceso de elaboracin de las normas de registro y valoracin, as como de la posterior interpretacin e integracin del Derecho Contable.

c. Los principios de Contabilidad: El reconocimiento de los principios contables generalmente aceptados y de su carcter obligatorio resulta del propio Cdigo de Comercio. Su funcin excede a la de la elaboracin de las cuentas anuales, pues incide sobre la total contabilidad.

d. Las normas fiscales: Tras la normalizacin que se ha producido en la ltima dcada del pasado siglo, las normas contables de carcter general, que emanan de la legislacin mercantil, constituyen un Derecho contable, que es la base del registro y presentacin de la informacin financiera, sin que existan criterios contables en otras normas, como las reguladoras de las sociedades y dems entidades cuyos ttulos cotizan en mercados regulados o en las tributarias

e. Las Normas Internacionales de Informacin Financiera: Porque constituyen los Estndares Internacionales o normas internacionales en el desarrollo de la actividad contable y suponen un manual contable, ya que en ellas la contabilidad de la forma como es aceptable en el mundo.4.- DESARROLLO

El derecho contable an es un ideal, ya que no existe en nuestro pas, ni a nivel acadmico ni profesional, instituciones ni centros de estudios, ni obras que contemplen las relaciones entre el Derecho y la Contabilidad en forma unitaria y sistemtica. Menos an esta divulgada en nuestro medio con la denominacin de Derecho Contable para individualizar tales relaciones y sus problemticas, a pesar de su creciente importancia en el mundo jurdico y en el mundo econmico. Pero La contabilidad y el Derecho tienen frecuentes encuentros, influencias recprocas y se presentan auxilio para la solucin de determinados problemas, que son por ello problemas comunes.

Las referidas relaciones existentes entre el Derecho y la Contabilidad han dado lugar a la formacin de una nueva disciplina, denominada Derecho Contable, En una concepcin tradicional, el derecho contable forma parte del derecho mercantil, como una rama especfica, de igual sustantividad y autonoma como cualquier otra en ella encuadrada, tal como el derecho societario, el de la competencia o el de los ttulos valores.

Pretendemos que el derecho contable constituya una visin diferente, que permite un nuevo punto de vista para abordar y analizar las relaciones entre derecho y contabilidad, implicando una nueva disciplina que integra y excede al derecho y a la contabilidad como tales, con caractersticas propias.

Es por eso que, en este nuevo enfoque, proponemos como definicin del Derecho Contable la de ciencia cuyo objeto est constituido por las relaciones interdisciplinarias entre el Derecho, en cuanto Ciencia Jurdica, y la Contabilidad, en sus aspectos cientficos y tcnicos, comprendiendo tanto las reas comunes como las recprocas influencias entre ambas disciplinas y las nuevas interpretaciones que resultan de su armoniosa integracin, superando asimetras y dando coherencia a las regulaciones comunes.

5.- CONCLUSIONES

El derecho contable en el pais nos ayudaria en controversias empresariales o en conflicto de intereses de distintos usuarios, locales, nacionales y globales, que exigen transacciones y estados financieros transparentes, oportunos, con metodologa idnea y de calidad en su elaboracin para garantizar el legtimo inters empresarial en la imperiosa necesidad de cautelar el bien comn.

Es decir en Per, es de vital necesidad dar organicidad al Derecho Contable, ms all de la clasificacin, registro y proceso de transacciones para elaborar reportes fiables, con transparencia y calidad o fiel imagen, acordes a los requerimientos de los usuarios globales; ms all de principios de contabilidad generalmente aceptados, cuyo mbito y trascendencia requieren definirse claramente; ms all de la responsabilidad inherente a la gestin en el marco de las normas contables y leyes generales o especiales; implica darle la importancia debida a su condicin de servir de prueba instrumental de la gestin adecuada de los recursos y la obtencin de resultados en la empresa.

CONTABILIDAD

TEMA: Paradigma contable, El derecho contable en relacin con las Normas Internacionales de Informacin Financiera (NIIF) en el Per versus la legislacin tributaria

ALUMNOS:Fernandez Guerra, Fernando Javier RolandoVasquez Cardenas, Priscilla PatriciaAlemn Cuellar, Gloria Estefany

III Semestre

2014